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Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir SENA:” UNA ENTIDAD DE CLASE MUNDIAL” Ministerio de Trabajo SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Regional Córdoba – Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir Kilometro 47 Vía Tierralta Corregimiento de Santa Isabel Montería Córdoba – Teléfonos 7959109 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 ANEXO 6 ESTUDIO PREVIO Y DE NECESIDAD PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD EN LA CONTRATACION DEL SUMINITRO DE ALIMENTACION PARA LOS APRENDICES, TRABAJADORES OFICIALES Y EVENTOS ESPECIALES DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGIA EL PORVENIR De conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Artículo 2.1.1 del Decreto 0734 de 2012. El Subdirector del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir del SENA Regional Córdoba, procede a efectuar los estudios previos en los cuales analiza la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación que en adelante se describirá: 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER. Considerando los objetivos misionales de nuestra institución, El Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, atendiendo a lo señalado en el Plan Operativo 2013, el plan anual de bienestar para los aprendices, la convención colectiva de trabajadores oficiales y para efectos de cumplir satisfactoria y eficientemente nuestra misión de invertir en el desarrollo social y técnico de los Colombianos ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral para la incorporación y formación de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva, requiere contratar el Suministro de Alimentación para los Aprendices, Trabajadores Oficiales y Eventos especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir. Para lo que se anexa la justificación y la certificación del grupo de bienes, Servicios y Logística del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir donde no existen estos materiales y en razón a que no se cuenta con el recurso humano calificado para desempeñar dichas actividades. Para el Centro, la mejor forma y la más conveniente para satisfacer esta necesidad es contratando el suministro de Alimentación para Aprendices, Trabajadores Oficiales y Eventos Especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir. Para ello deberá celebrarse un contrato por parte del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir conteniendo lo siguiente. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR. 2.1. Objeto: CONTRATAR EL SUMINISTRO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS APRENDICES, TRABAJADORES OFICIALES Y EVENTOS ESPECIALES DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGÍA EL PORVENIR. 2.2. Especificaciones Esenciales: Suministrar oportuna y eficientemente raciones alimenticias, consistentes en desayunos, almuerzos, comidas y complementos nutricionales, de primera calidad, en los días y condiciones que establezca el Subdirector

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ANEXO 6

ESTUDIO PREVIO Y DE NECESIDAD PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD EN LA CONTRATACION DEL SUMINITRO DE ALIMENTACION

PARA LOS APRENDICES, TRABAJADORES OFICIALES Y EVENTOS ESPECIALES DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGIA EL PORVENIR

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Artículo 2.1.1 del Decreto 0734 de 2012. El Subdirector del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir del SENA Regional Córdoba, procede a efectuar los estudios previos en los cuales analiza la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación que en adelante se describirá:

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER.

Considerando los objetivos misionales de nuestra institución, El Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, atendiendo a lo señalado en el Plan Operativo 2013, el plan anual de bienestar para los aprendices, la convención colectiva de trabajadores oficiales y para efectos de cumplir satisfactoria y eficientemente nuestra misión de invertir en el desarrollo social y técnico de los Colombianos ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral para la incorporación y formación de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva, requiere contratar el Suministro de Alimentación para los Aprendices, Trabajadores Oficiales y Eventos especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir. Para lo que se anexa la justificación y la certificación del grupo de bienes, Servicios y Logística del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir donde no existen estos materiales y en razón a que no se cuenta con el recurso humano calificado para desempeñar dichas actividades.

Para el Centro, la mejor forma y la más conveniente para satisfacer esta necesidad es contratando el suministro de Alimentación para Aprendices, Trabajadores Oficiales y Eventos Especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir.

Para ello deberá celebrarse un contrato por parte del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir conteniendo lo siguiente.

2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR. 2.1. Objeto: CONTRATAR EL SUMINISTRO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS APRENDICES, TRABAJADORES OFICIALES Y EVENTOS ESPECIALES DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGÍA EL PORVENIR. 2.2. Especificaciones Esenciales: Suministrar oportuna y eficientemente raciones alimenticias, consistentes en desayunos, almuerzos, comidas y complementos nutricionales, de primera calidad, en los días y condiciones que establezca el Subdirector

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del Centro o el funcionario que él delegue, sin perjuicio que el SENA considere indispensable variar y/o aclarar las especificaciones de los bienes objeto del contrato.

ITEM DESCRIPCION UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD

1 DESAYUNOS RACION 28.849

2 ALMUERZOS RACION 36.942

3 CENAS RACION 27.250

4 EVENTOS ESPECIALES RACION 4.872

Observaciones:

1. La alimentación debe ser variada y balanceada, además higiénicamente preparada; para esto último el personal que estará a cargo de la alimentación debe contar con el certificado de manipulación de alimentos.

2. Evitar los excesos de azucares, harinas, sales, frituras, salsas y grasas.

3. No se suministrarán lácteos preparados con leche en polvo.

4. La leche debe ser pasteurizada.

5. Las bebidas con leche deben prepararse en 200 cc de leche y puede variar entre:

Café, bebidas achocolatadas, malteadas, avena etc.

6. Los jugos naturales variados deben ser preparados en agua a concentración normal. Por ningún motivo se ofrecerá a los aprendices bebidas gaseosas o alcohólicas.

7. Todos los alimentos deben ser preparados con insumos de primera calidad.

8. El horario de atención del servicio de comedor, incluyendo sábados y domingos,

será el siguiente: Desayuno: De 6:30 am a 8:00 am Almuerzo: De12:00 m a 2:30 pm Comida: De 6:00 pm a 8:00 pm

9. El CONTRATISTA deberá transportar los insumos necesarios y requeridos para la

preparación y suministro de la alimentación en las Instalaciones del Centro Agropecuario y de Biotecnología “El Porvenir” en el lugar designado para ello o

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previa concertación con el supervisor del contrato para la atención de algún evento especial.

10. EL Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir SENA, Regional Cordoba,

pondrá a disposición del CONTRATISTA las instalaciones físicas del Area de cocina y comedor, el cual cuenta con la siguiente dotación: Un (1) cuarto frío con dos compartimientos (Uno para refrigeración y el otro de congelación), (1) estufa a gas para paila y calderos, de cuatro quemadores grandes, mueble en acero inoxidable, modelo 40. (1) estufa-plancha asadora grande con gratinador 80x44x22 cms. 60000 btu, sistema de conexión en serie, mueble en acero inoxidable a gas, modelo 6. (1) estufa-freidor a gas 15 litros de desagüe para filtrar el aceite, control automático de temperatura, encendido con pieza eléctrica, 40 libras de fritura x hora 45x35x108 mueble acero inoxidable, mod. 25. (1) licuadora industrial base acero inoxidable capacidad de 25 litros vaso en acero inoxidable, sistema vasculante, alto rendimiento, motor 1,5 hp de 30x50x121 , 110v 1125wh, modelo 25. (1) marmita a gas encendido con pieza eléctrica, grifo llenado a agua caliente y fría, desagüe del tanque 90x80x85 capacidad 150 litros acero inoxidable, fuego directo 77000 btu, modelo 4002, Cuatro (4) cilindros de 100 Libras, mesones con lavaplatos, zona de servido con divisiones en acero inoxidable y barra de autoservicio, mesones con lavaplatos, mesones en acero inoxidable, paredes enchapadas. Estos elementos serán entregados debidamente inventariados por parte del Supervisor del Contrato.

11. El CONTRATISTA pagara al SENA un valor económico correspondiente al uso de las instalaciones físicas del área de cocina, comedor, servicio de agua, alcantarillado, energía y demás implementos entregados para la ejecución del contrato.

12. El servicio de alimentos deberá contar con el juego completo y en buenas

condiciones de cubiertos, platos para servir y distribuir los diferentes servicios de comida, tenedor, cuchara, cuchillo, cucharita postrera, plato de sopa, plato pando seco, preferiblemente tipo bandeja, vasos, pocillos, tazas con la capacidad solicitada en las especificaciones técnicas y demás menajes necesarios para la correcta ejecución del objeto contractual.

13. El proponente deberá tener en cuenta que los precios unitarios son fijos por tanto, dentro del desarrollo del contrato principal no habrá reajustes.

14. El CONTRATISTA debe presentar con anticipación mínimo de una semana al

Supervisor del contrato, el menú a suministrar para la semana siguiente, con el propósito de exhibir la variedad, es decir, no repetición de las preparaciones ofrecidas siendo diferentes cada día.

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15. El CONTRATISTA al finalizar el suministro de la alimentación en el horario señalado debe efectuar la limpieza, desinfección, aseo y arreglo del comedor destinado para tal uso. Así mismo, los utensilios (vajilla y menaje).

16. El proponente debe cumplir con un área específica, para la preparación empaque

y distribución de los alimentos, para ello el personal designado al comité técnico por parte del Sena realizara visita de verificación al área de procesos, donde también se verificara que el proponente cumpla con los requisitos antes mencionados, esto con el fin de garantizar la calidad en la producción de los alimentos.

17. Cualquier modificación que el contratista ejecute antes de recibir la decisión del

supervisor, será de su total responsabilidad.

18. Será por cuenta y responsabilidad del contratista, obtener los víveres, insumos, y materiales necesarios para la preparación de los alimentos en forma técnica, eficiente y segura tales como: carnes, granos, verduras, legumbres, frutas, lácteos, aceites, entre otros, y los materiales de aseo como: detergentes, desengrasantes, desinfectantes, limpiones, escobas, y todos los demás que sean necesarios para la prestación de un óptimo servicio.

19. Todos los víveres, insumos, y materiales, que se requieran para la ejecución del

objeto del contrato serán suministrados por el contratista, y los costos de suministro, adquisición, cargue, transporte, almacenamiento y utilización serán incluidos en el precio unitario que se estipula para cada ítem.

20. El CONTRATISTA se obliga a dar cumplimiento a las normas relativas a la

protección, conservación y mejoramiento del entorno humano y biológico, tanto en las áreas utilizadas para la ejecución de los trabajos como las adyacentes a ellas.

21. Durante la ejecución del contrato el CONTRATISTA ordenará las actividades y

proveerá los recursos que requieren los trabajadores vinculados al contrato para garantizarles las condiciones de higiene, salubridad y seguridad en el trabajo.

22. El CONTRATISTA se obliga a emplear personal apto, capacitado, especializado y con experiencia para cada tipo de trabajo con el fin de que las actividades se ejecuten en forma segura, técnica y eficiente.

23. El CONTRATISTA deberá contar con la asesoría de un Nutricionista Dietista, con título registrado y con experiencia mínima de dos (2) años, para la elaboración de las minutas, acompañamiento en la ejecución del contrato y otras funciones definidas en los pliegos de condiciones.

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24. Es importante que exista un menú variado, con los requerimientos nutricionales acorde a la población atendida, al clima y la región, y las condiciones de los aprendices, trabajadores y eventos especiales.

25. El adjudicatario debe contar con amplia experiencia en el manejo de casinos,

cafeterías de empresas, colegios, universidades a nivel Nacional, priorizando la salud y el bienestar de los usuarios, suministrando materias primas de primera calidad, control bacteriológico permanente, menús balanceados, aplicación de buenas prácticas de manufactura.

26. Se deben Cumplir las normas de sanidad y de protección ambiental que establece

la Ley.

27. El contratista debe realizar la inspección sanitaria mensual por parte de laboratorio externo para verificar el cumplimiento del Decreto 3075 referente a la regulación de alimentos en Colombia.

28. Las personas que presten los servicios de suministro de Alimentos, deberán

cumplir con las normas vigentes y las estipuladas por el Centro de Agropecuario y de Biotecnología “El Porvenir” SENA Regional Cordoba, sobre manipulación de alimentos, así como contar con carné de manipulación de alimentos (Vigente y válido en el departamento de Cordoba), así mismo, aplicar los requisitos de higiene y salubridad en todo momento: delantal, tapabocas, gorro, uñas de manos cortas y limpias, realizando los exámenes médicos y de laboratorio respectivos, las capacitaciones mensuales al personal en temas de saneamiento básico, atención al cliente y calidad.

29. El adjudicatario deberá suministrar la totalidad de personal suficiente para las

labores administrativas, técnicas, financieras, de análisis nutricional, logístico y operativo necesarias para la perfecta prestación del servicio, sin descuidar en ningún momento algún aspecto del mismo.

2.3. Plazo de ejecución: ONCE (11) meses y/o hasta agotar el presupuesto contados a partir de la suscripción del acta de Inicio del Contrato, previa aprobación de pólizas. Sin exceder del 30 de Diciembre de 2013. 2.4. Lugar de ejecución o sitio de entrega de los bienes: El SENA requerirá la entrega de los bienes objeto del contrato en las Instalaciones del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, ubicado en el Kilometro 47 Vía a Tierralta, corregimiento de Santa Isabel, municipio de Montería - Córdoba. 2.5. Presupuesto Estimado: El presupuesto oficial asignado por la Subdirección del Centro es la suma de Quinientos Ochenta y Siete Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Seiscientos Pesos ($587.979.600.oo) Mcte, Impuestos Incluidos, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal SIIF Nº 4613 del 29 de Enero de 2013.

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2.6. Forma de Pago: EL SENA, pagará al contratista el valor del contrato por mensualidades vencidas de acuerdo con la prestación del servicio recibido, previa presentación de los siguientes documentos:

- Certificado de recibido a satisfacción del servicio por parte del supervisor del Contrato

- Factura correspondiente en la Oficina del Subdirector, dando estricto cumplimiento a las exigencias legales que establece el artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo en la factura el número del contrato objeto de facturación, nombre y Nit de la entidad contratante, realizando el respectivo descuento del porcentaje que deben pagar los usuarios del servicio que estén subsidiados por el Centro Agropecuario y de Biotecnología el Porvenir así:

1. Aprendices de acuerdo con el POA 2013 pagan el 30% (mínimo).

2. Trabajadores Oficiales de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 de la Convención Colectiva pagan el 15%.

3. El SENA cancelará los porcentajes restantes de acuerdo a la distribución estipulada anteriormente es decir: Hasta el 70% de la cuenta de los aprendices y hasta el 85% de la cuenta de los trabajadores oficiales.

Algunos servicios serán subsidiados hasta en un 100% para aprendices debidamente

autorizados por el Supervisor del Contrato y/o Subdirector de Centro, previo visto bueno

del Comité de Bienestar de Alumnos.

- Copia de la consignación respectiva, correspondiente al valor cancelado a la Entidad por el uso de las instalaciones, bienes, equipos y servicios. - Documento que acredite que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales y al Sistema de Seguridad Social Integral, acompañado de las planillas de pago del período correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 23 de la Ley 1150 de 2007. Cuando se trate de personas jurídicas, esta acreditación se realizará mediante certificación de paz y salvo, la cual deberá estar firmada por el Revisor Fiscal, cuando a ello hubiere lugar o por el Representante Legal. - Certificación de paz y salvo expedida por la oficina de promoción y relaciones corporativas de la Regional, en la cual se haga constar estar al día en el pago de aportes al SENA y Cuota de Aprendices, cuando a ello hubiere lugar. Se dará trámite de pago una vez se expida la certificación de recibido a satisfacción expedida por el Supervisor del Contrato y cumplidos los requisitos exigidos, el SENA dispondrá de diez (10) días calendario contados a partir de la recepción de la factura, para cancelar la suma adeudada, previa deducción de los impuestos, retenciones, multas y descuentos a que hubiere lugar. Cuando el contratista sea un auto retenedor, deberá informar en la factura esta condición a fin de no efectuar la retención.

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Con la firma del contrato, el proponente acepta expresamente la forma de pago establecida por LA ENTIDAD. Del derecho de turno. Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. Los pagos que EL SENA se compromete a efectuar, quedan sujetos al P.A.C que se haga en su presupuesto, de acuerdo con las normas legales vigentes, comprometiéndose así mismo a incluir las partidas necesarias en éste.

3. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. 3.1. Para El Contratista

1. Suministrar oportuna y eficientemente raciones alimenticias, consistentes en desayunos, almuerzos, comidas y complementos nutricionales, de primera calidad, en los días y condiciones que establezca el Subdirector del Centro o el funcionario que él delegue, sin perjuicio que el SENA considere indispensable variar y/o aclarar las especificaciones de los bienes objeto del contrato.

2. Garantizar que las raciones alimenticias obedezcan a un programa nutricional establecido por un profesional idóneo y competente que garantice la cantidad de nutrientes necesarios para el desarrollo integral de nuestros aprendices.

3. Establecer minutas maestras de alimentación 4. Establecer diversidad de menús acorde con las minutas maestras. 5. Garantizar que los productos utilizados para la elaboración de los alimentos sean

de excelente calidad. 6. Garantizar que la manipulación de los alimentos este a cargo de personal

capacitado. 7. Garantizar que el personal este debidamente uniformado y dotado con todos los

elemento necesario y requerido para el oficio. 8. Mantener en óptimas condiciones de higiene y salubridad los elementos de cocina

y el área concedida para el desarrollo de la actividad contractual 3.2. Para El SENA

1. Disponer para la ejecución del contrato el presupuesto pertinente y aprobado para la ejecución del presente proceso contractual.

2. Designar la persona responsable para que ejerza el seguimiento y control del contrato quien certificara la buena ejecución del mismo como requisito para el pago.

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3. Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual y de los fines del mismo.

4. Pagar al contratista el valor y forma de pago acordado. 5. Estudiar y aprobar la Garantía Única en caso de que sea necesaria. 6. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual.

Obligaciones Generales: El CONTRATISTA se comprometerá a cumplir en términos generales, además de las derivadas del punto anterior, con las siguientes obligaciones:

1. Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

2. Cumplir cabalmente los deberes que le impone la Constitución, la ley y los reglamentos internos, los cuales deberá conocer sin que por ello adquiera la calidad de trabajador oficial o servidor público.

3. Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

4. Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

5. En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1° de la Ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá efectuar el pago oportuno de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral en salud, pensión, aportes parafiscales y acreditar encontrarse a paz y salvo como requisito previo para cada pago que se le vaya a efectuar. La persistencia en el incumplimiento de esta obligación del CONTRATISTA, por cuatro (4) veces consecutivas, será causal para la declaración de la caducidad administrativa del contrato.

6. El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

7. Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar ese paz y salvo actualizado cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

8. Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.

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4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.

El SENA seleccionará al contratista por la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 3.2.2.1 del Decreto 0734 de 2012; la Ley 1474 de 2011 y el Decreto Ley 019 de 2012, en lo pertinente. El pliego de condiciones elaborado por la Entidad, para el presente proceso de selección contiene, además de los requisitos exigidos en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, los definidos en el artículo 2.2.3° del Decreto 0734 de 2012 y los específicos de la modalidad de selección. En materia de publicidad del proceso de selección, EL SENA cumplirá con lo dispuesto en los artículos 2.2.5° y 2.2.6° del Decreto 0734 de 2012, referente a las modalidades de Selección para la licitación, selección abreviada y concurso de méritos. El Contrato que se derive del presente proceso se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 0734 de 2012 y demás normas concordantes vigentes que le sean aplicables y el Pliego de Condiciones.

5. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO INDICANDO VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN. El análisis para establecer y determinar el presupuesto de la presente contratación obedece al estudio de mercado realizado mediante publicación, en la página web www.sena.edu.co de la solicitud de precotizaciones, con la descripción de los servicios y las cantidades de raciones requeridas por la Entidad. La cual fue identificada con el código 3600 y realizada desde el 18/01/2013 hasta el 23/01/2013. También se realizo esta solicitud de precotizaciones, con diferentes empresas de la región, mediante llamadas telefónicas, dejando expresamente establecido, que ni la formulación de la solicitud, ni la presentación de la cotización generan compromiso u obligación por parte del SENA, pues no corresponden a un procedimiento de selección. Con base en las precotizaciones obtenidas; “Tio Rico Express Delicias, Llanera El Bocao del Rey y La Parrilla del Sinu” se proyectó el costo promedio por ración (Impuestos incluidos) así:

ITEM DESCRIPCION UNIDAD

DE MEDIDA

CANTIDAD

VALOR UNITARIO

N°1 TIO RICO

EXPRESS DELICIAS

VALOR UNITARIO

N°2 LLANERA EL BOCAO DEL REY

VALOR UNITARIO

N°3 LA PARRILLA DEL SINU

VALOR UNITARIO

PROMEDIO (Impuestos Incluidos)

TOTAL

1 DESAYUNOS RACION 28.849 4.000 4.500 4.700 4.400 $ 126.935.600

2 ALMUERZOS RACION 36.942 7.500 7.500 7.500 7.500 $ 277.065.000

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3 CENAS RACION 27.250 6.000 5.000 5.500 5.500 $ 149.875.000

4 EVENTOS

ESPECIALES RACION 4.872 6.000 7.000 8.000 7.000 $ 34.104.000

TOTAL PROMEDIO $ 587.979.600

Del análisis de mercado, anteriormente expuesto, se concluye que el valor estimado del contrato es la suma de: Quinientos Ochenta y Siete Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Seiscientos Pesos ($587.979.600.oo) Mcte, Impuestos Incluidos, soportados según Certificado de Disponibilidad Presupuestal SIIF Nº 4613 del 29 de Enero de 2013.

5.1. Aspectos que se debe tener en cuenta para la Fijación de Precios de la propuesta: Al formular la propuesta, el PROPONENTE deberá tener en cuenta que todos los impuestos y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos. El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad o a las regulaciones que para tal efecto expida el Gobierno Nacional y estén debidamente acreditados. El SENA efectuará al VENDEDOR las retenciones que, en materia de impuestos tenga establecida la Ley. Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho el VENDEDOR deberán ser tramitadas por éste ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del SENA o costo para ella. Con relación al IVA, el PROPONENTE deberá discriminar en la cotización este impuesto, en los ítems en los que se causa. En caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el CONTRATISTA deberá asumir el costo del impuesto.

6. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN

IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE PARA LA ENTIDAD.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el numeral 3, literal a) del artículo 2.2.9 del Decreto 0734 de 2012, se opta por la ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones.

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7. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el articulo 2.1.2 del Decreto 0734 de 2012, el Centro Agropecuario y de Biotecnología “El Porvenir” del SENA Regional Córdoba, entiende por riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato se pueden presentar y afectar la normal ejecución del contrato, afectando así el equilibrio económico del contrato para uno o ambos extremos contractuales.

ITEM DESCRIPCION TIPIFICACION

% VALORACION

VR DEL CONTRATO

PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA ASIGNACION

1

Riesgo por cambios en el régimen laboral colombiano que afecte el contrato y las condiciones pactadas

Toda norma de obligatorio cumplimiento que modifique las condiciones pactadas en el contrato.

2%

Bajo

Contratista

2

Riesgos por modificación del régimen de impuestos

Cuando en desarrollo del contrato se modifiquen las tarifas de los impuestos o se creen nuevos impuestos o se eliminan los ya existentes, siempre y cuando sean aplicables al contrato

3%

Bajo

SENA- Contratista

3

Riesgo humano por accidente laboral sin perjuicio de terceros

Cuando se produzca una lesión, accidente, daño o muerte a cualquier persona contratada a cualquier titulo por el contratista para la prestación del servicio contratado por la Entidad

3%

Bajo

Contratista

4

Riesgo mecánico

Cuando se produzca un daño físico en las instalaciones de la Entidad con ocasión de la prestación del servicio

2%

Bajo

Contratista

Cuando se produzca

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5

Riesgo eléctrico

un daño en los equipos con los que el contratista presta el servicio y este daño ocasiona daño colateral a la infraestructura eléctrica, ocasionando daños en la red de datos, generando una limitación a la prestación del servicio de la Entidad

3%

Bajo

Contratista

6

Riesgo químico

Se considera riesgo químico todo suceso que pudiera ocasionar daño a los seres humanos, infraestructura o información en medio físico, equipamiento y demás elementos que pudieran estar en contacto con insumos del contrato de alimento.

3%

Bajo

Contratista

Otros Riesgos

De conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años.

8. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE

COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES TANTO DEL PROCESO DE

SELECCIÓN COMO DEL CONTRATO.

8.1. Durante el proceso de selección a. Garantía de seriedad de la propuesta: El proponente presentará con la propuesta,

una garantía de seriedad de la misma a favor del CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGIA EL PORVENIR DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, expedida por una Compañía de Seguros, legalmente establecida en Colombia, o garantía bancaria, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.

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El valor de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser mínimo del diez por ciento (10%) del presupuesto oficial, y su vigencia no podrá ser inferior a 2 meses, contados a partir de la fecha de cierre del proceso.

Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal, en la póliza de garantía de seriedad de la oferta deberá estipularse que el tomador es el consorcio o unión temporal, según sea el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que su valor total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte, de manera directa o indirecta . La garantía de seriedad una vez adjudicada la contratación, será devuelta a solicitud de los oferentes, quienes deberán retirarla en la Oficina de Contratación y Compras del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir del SENA Regional Cordoba. En caso de que un proponente retire su oferta después del cierre del proceso o cuando el proponente favorecido no suscriba el contrato dentro de los términos establecidos, el SENA hará efectiva esta garantía; en este último evento el SENA exigirá al oferente clasificado en segundo lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato y así sucesivamente a los demás oferentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para la entidad, conforme a lo previsto en este pliego de condiciones.

La garantía debe estar acompañada del recibo o constancia de pago de la prima, o constancia de que la póliza no expirará por falta de su pago o por revocación unilateral. (Art. 25 numeral 19 Ley 80/93).

Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión temporal, la Garantía de Seriedad debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión temporal (indicando sus integrantes), y no a nombre del Representante Legal del Consorcio o de la Unión temporal. 8.2 Durante la ejecución del contrato

Como requisito previo a la ejecución del contrato, y dentro del término señalado en la presente Invitación, el CONTRATISTA deberá constituir a su costa y a favor del SENA, una garantía de cumplimiento, en los términos señalados en el artículo 5.1.3 del Decreto 0734 de 2012 para amparar el cumplimiento de las obligaciones surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos:

a. De cumplimiento del Contrato: Por medio de este amparo la Entidad se precave contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al contratista, de las obligaciones contraídas. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (4) meses

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más, a la cual podrá imputarse tanto el valor de la cláusula penal pecuniaria como las multas o los perjuicios derivados de la declaratoria de caducidad.

b. De calidad del servicio: El valor de esta garantía es del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. Con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (4) meses más.

c. De pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: El valor de esta garantía es del Diez por ciento (10%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres años más.

d. Responsabilidad civil extracontractual: Por un equivalente al cinco (5%) del valor del contrato y en ningún caso inferior a 200 SMMLV al momento de la expedición de la póliza.

En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 0734 de Abril 13 de 2012. Plazo de otorgamiento de la garantía: tres (3) días hábiles siguientes al registro presupuestal del contrato. En caso de prórroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de las garantías. EL CONTRATISTA se compromete a modificar las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la firma del acta.

9. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES Y DE PONDERACION PARA TODOS LOS PROPONENTES.

De conformidad con lo establecido en el numeral 9, inciso 3º del artículo 6.1.1.2 del decreto 0734 de 2012,

“La exigencia de requisitos habilitantes por parte de las entidades se deberá hacer desde los estudios previos y proyecto de pliego de condiciones con la debida justificación y soporte técnico de acuerdo al objeto a contratar”.

Los proponentes deberán acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros que se establecen en los pliegos de condiciones que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, son objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje.

9.1. Requisitos Habilitantes: La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización serán objeto de VERIFICACIÓN de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección de acuerdo con lo solicitado y exigido en el respectivo pliego de condiciones y no otorgarán puntaje.

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La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y su valor. El incumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en los pliegos de condiciones, y el incumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas acarrearán el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en los pliegos de condiciones. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. Las propuestas ADMITIDAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas en el aspecto técnico y económico.

9.2. Reglas De Subsanabilidad: En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por el SENA en el pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto en los numerales 2, 3 Y 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.

Tales requisitos o documentos de acuerdo con el Artículo 2.2.8 del Decreto 0734 de 2012, podrán ser requeridos por la entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta la adjudicación, sin que tal previsión haga nugatorio el principio contemplado en el inciso anterior.

9.3. Factores De Ponderación: La propuesta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores de escogencia, técnico-calidad, económico-precio, apoyo a la industria nacional y la ponderación y/o cuantificación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. El Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios de acuerdo a la ley o condiciones del mercado y los estudios y deducciones del Comité evaluador designado para el proceso. Se calificará teniendo en cuenta los siguientes factores de evaluación sobre un puntaje máximo de 1000 puntos, Así:

FACTORES DE PONDERACION DEFINICIÓN CALIFICACIÓN

TÉCNICO - CALIDAD

La propuesta que contenga las mejores especificaciones técnicas y condiciones de calidad de acuerdo a la desagregación señalada en el pliego de condiciones, será la que obtenga el mejor puntaje.

600 puntos

ECONÓMICO - PRECIO Se verificarán los valores de los ítems contenidos en las propuestas, teniendo en

300 puntos

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cuenta los precios del mercado y se compararán seleccionando aquellos que contengan el precio más favorable, de acuerdo a la fórmula que se aplique.

APOYO INDUSTRIA NACIONAL La propuesta que de algún modo acredite el apoyo y/o fortalecimiento al desarrollo de la industria nacional. (Ley 816 de 2003)

100 puntos

TOTAL 1000 puntos

Así mismo, y con el fin de garantizar el proceso contractual así como el cumplimiento de las obligaciones contractuales el Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir acogerá el procedimiento indicado en el artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012, que trata de la oferta con valor artificialmente bajo.

9.4. Criterio de desempate: En caso de empate entre dos (2) o más propuestas, la entidad adjudicará de la siguiente manera en cada uno de los ítems, así:

a. Se adjudicará el contrato a la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el factor técnico. b. Si persiste el empate, se adjudicará a la propuesta que haya obtenido el máximo puntaje en el factor económico. c. Si persiste el empate, se dirimirá de la siguiente manera: El día de la audiencia de adjudicación se realizará un sorteo entre las propuestas empatadas mediante el sistema de balotas por color. Se depositarán tantas balotas de un mismo color como ofertas hayan empatadas en una bolsa en presencia de los asistentes, previa verificación de las mismas, junto con una (1) balota más de diferente color; se elegirá entre los asistentes a la persona encargada de sacar la balota; la balota de diferente color será la propuesta ganadora. De la anterior actuación se dejará constancia en el acta de la audiencia de adjudicación. NOTA: Durante el tiempo establecido para la evaluación de las propuestas el SENA se reserva la posibilidad de realizar visitas de verificación a las instalaciones (en la ciudad de Montería) de las empresas que hallan presentado propuesta.

10. SUPERVISIÓN

La supervisión del contrato estará a cargo del Funcionario designado por el Subdirector del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir SENA Regional Córdoba.

11. INDEMNIDAD

El contratista mantendrá indemne al SENA contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o perjuicio originado en reclamaciones de

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terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, durante la ejecución del objeto y de las obligaciones del Contrato.

En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra el SENA por asuntos que según el Contrato sean de responsabilidad del contratista, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne al SENA y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. El SENA, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista a su vez reconocerá los costos que éstos le ocasionen al SENA, sin que la responsabilidad del contratista se atenúe por este reconocimiento, ni por el hecho que el SENA en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contra tales reclamos, demandas o acciones legales. Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del SENA éste podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista, quien pagará todos los gastos en que la entidad incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, el SENA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista, por razón de los servicios motivo del Contrato o a utilizar cualquier otro medio legal. En consecuencia de lo anterior, El Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA –Regional Córdoba, considera necesario, conveniente y viable adelantar el proceso de selección abreviada de acuerdo a las normas, procedimientos y legislación concordante con esta necesidad.

12. PLAN DE COMPRAS

Certifico que se verificó que el gasto se encuentra contemplado en el plan de compras de la entidad para la vigencia 2013.

13. ACUERDO INTERNACIONAL, TRATADO DE LIBRE COMERCIO O RECIPROCIDAD SIN ACUERDO COMERCIAL

Una vez efectuada la verificación en la pagina web del Ministerio de Comercio, Industria y turismo de Colombia https://www.mincomercio.gov.co/publicaciones no se encontró que la presente contratación esté específicamente cobijada por un Acuerdo Internacional, un Tratado de Libre Comercio o reciprocidad sin acuerdo comercial vigente para el Estado Colombiano en los términos del artículo 8.1.17 del Decreto 0734 de 2012.

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En consecuencia de lo anterior, el Subdirector del Centro Agropecuário y de Biotecnologia El Porvenir del SENA, Regional Córdoba considera necesario, conveniente y viable suscribir el contrato que se ha descrito. Montería, 30 de Enero de 2013.

(Original Firmado)

MARCELO ESCALANTE BARGUIL Subdiretor Centro Agropecuário y de Biotecnologia El Porvenir

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EL TECNICO GRADO 03 DEL GRUPO DE BIENES, SERVICIOS Y LOGISTICA (ALMACEN E INVENTARIOS) DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE

BIOTECNOLOGÍA EL PORVENIR

CERTIFICA QUE: En el Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, SENA Regional Córdoba, NO EXISTEN, Elementos ni producto para suministrar la alimentación a los aprendices, trabajadores oficiales ni eventos especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, por lo cual se requiere la contratación de este servicio para garantizar el suministro de Alimentación, propuestos por el Subdirector del Centro Agropecuario y Biotecnología El Porvenir. Dado en Montería, el 18 de Enero de 2013.

(Original Firmado)

ELIECER VASQUEZ COGOLLO

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LA COORDINADORA DEL GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGÍA EL PORVENIR

CERTIFICA QUE:

El Suministro de Alimentación, que se pretende adquirir dentro del proceso cuyo objeto es “Contratar el Suministro de Alimentación para los Aprendices, Trabajadores Oficiales y Eventos Especiales del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir.” Están incluidos en el Plan de Compras del Centro Agropecuario y de Biotecnología El Porvenir, para la vigencia 2013.

Para constancia se firma en Montería, a los 18 días del mes de Enero de 2013.

(Original Firmado)

CARMEN ALICIA SAEZ SANCHEZ