centenario de la fundación del colegio de escribanos...

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Centenario de la Fundación del Colegio de Escribanos de la República Oriental del Uruguay y de la creación del Monte-Pío 1875 - 10. de abril - 1975 Por el Esc. Julio R. Bardallo Discur- del Presidente de la Asociacibn de Escribanos del Uruguay, pronunciado en el Teatro del Notariado, el 3 de abril de 1975. www.juridicas.unam.mx Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx Revista de Derecho Notarial Mexicano, núm. 62, México, 1976. DR © Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A. C.

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Centenario de la Fundación del Colegio

de Escribanos de la República Oriental

del Uruguay y de la creación del Monte-Pío

1875 - 10. de abril - 1975

Por el

Esc. Julio R. Bardallo

Discur- del Presidente de la Asociacibn de Escribanos del Uruguay,

pronunciado en el Teatro del Notariado, el 3 de abril de 1975.

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BARDALW), J . R. - Centenario de la Fundación del Colegio de Escriba- nos de la República Oriental del Uruguay y de la creación del Monte-Pio.

Rev. A.E.U., 61:305-25, 1975. l

SUMARIO :

Preámbulo.

La institución notarial y su organización.

El futuro de la institución notarial.

La obra realizada.

Los objetivos.

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Nos congrega hoy un acontecimiento excepcional: el centenario de la fundación del Colegio de Escribanos de la República Oriental del Urúguay 'y de la creación del Monte-Pío. . .

E'n la dimensión "nombre, 100 años son demasiados años, para poder abarcarlos.en un examen panorámico. Son un 'tramo del tiempo en el que necesariamente, parte conocemos por propia experiencia, y parte muy importante, por las crónicas que ya son historia.

En la vida de las instituciones, 100 años son quizás, apenas un hito, de un largo camino. . ,

Hoy nos detenemos precisamente en el mojón del tiempo, que la vida del hombre no alcanza a abarcar y que para la Institución 'es una etapa de su existencia intemporal.

. Hace 25 años, en la vieja casa de la calle Buenos Aires; nos reunimos, para conmemorar los 75 años del Colegio y del Monte-Pi'o y escuchar la palabra ilustrada y cargada de emoción, de ,una de las figuras más queridas del notariado nacional, de don Ignacio Arcos Ferrand. , ,

Nada hay que agregar, a su prolija crónica, sobre l a Fundacign y existencia del Colegio de Escribanos de la República Oriental del Uruguay ; la constitución de la Asociación Notarial y l a . fusión de ambas instituciones, en la Asociación de Escribanos' del UY'uguay. Solo cabe destacar, la perfecta continuidad institucional y la legitimidad,

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con que la Asociación de Escribanos del Uruguay, suma a m tiempo, el de las asociaabms de las que es inmediata y directa continuadora. Los mismos hombres que sostuvieron la existencia del Colegio de Escribanos y de la Asociación Notarial, unidos por los mismos ideales y propósitos, continuaron como Asociación de Escribanos del Uru- guay, hacia la conquista de sus objetivos.

Sin embargo, los episodios capitales que hacen esa historia de 100 años, son p r a msoEros casi una leyenda, en la que se entre- mezclan, hombres con quienes convivimos; hombres que son en sí un vago recuerdo de nuestros comienzos y hombres, que solo son nombres cargados de significación, nombres sin rostro, en el registro de nues- tras emociones.

Poca cosa es realmente la vida de los hombres, puesta a medir y considerar los hechos de la historia; en esta experiencia de re- cordar para conmemorar, recién caemos en la cuenta de que todo es pasado, todo pertenece al tiempo que fue y que la dimensión pre- sente, es realmente un instante, del que al terminar de pasar por la conciencia, ya también es pasado.

ExCraña oomposición, a nuestros ojos, la de aquellos hombres de la leyenda, a quienes les andaba en el alma la inquietud de aso- ciarse, para la obra sin lucro de engrandecer su profesión, de pro- yectarla hacia un mejor destino, de darle una estructura, de infun- dirle el aliento vital, que la sostuv.tera generacionalmente. Extraña visión la de Nicolás Lenguas, Pedro Díaz, Francisco Araúcho, que en 1868 procuraban y,a reunir voluntades en torno a la idea del Co- legio y a quienes vemos luego, años más tarde, en las primeras Juntas Directivas, junto a otros hombres, que abrazaron con el mismo en- tusiasmo y convicción sus banderas, para labrar con el esfuerzo con- tinuado y hondo, el futuro de nuestra profesión: Marcelino Díaz y García, Carlos Casaravilla, José Luis Antuña, Juan Fco. Moratorio, Juan R. Albistur, Benito Montaldo, José S. González, Carlos E. Ba- rros, Manuel R. Alonso. Son los nombres sin rostro que por años hemos llevado prendidos a nuestra emoción y forman los nódulos de nuestra devoción.

Hombres de wofesión; hombres con claras ideas de asociación; hombres de aación, que con la misma decisión se insertaban en los movimientos políticos de su época, para defender sus convicciones,

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trocando sus pacíficos elementos de trabajo, por las armas que mejor servían sus ideales de patria.

Hay en el empeño de estos hombres singulares una clara conti- nuidad, que no interrumpen los tremendos hechos políticos y eco- nómicos, que conmovieron a nuestra patria, desde los golpes de fuerza, hasta los acontecimientos revolucionarios de 1897 y 1904.

Tenemos que suponer, como presupuesto necesario, que aquellos hombres tenían distintas concepciones del rol que l'es cabíí cumplir como ciudadanos ; tenemos que admitir que estaban políticamente en- frentados. Pero en cuanto a su compromiso con el notariado, como profesión y como gremio, fue siempre único, inalterable y firme. Tuvieron sufk iente grandeza de espír i tu para superar las barreras de sus convicciones y vivir a la altura del respeto mutuo.

El Colegio fue mantenido siempre al margen de la eferves'cencia política; ajeno, a los inevitables vaivenes de los acontecimientos. Sa- bían seguramente, que era la única garantía, para poder continuar la empresa que los mantenía unidos.

El notariado, como institución social, viene de siglos. Estuvo en nuestras primeras comunidades, con los Alcaldes Ordinarios de los históricos Cabildos; en los primeros escribanos que abrieron sus des- pachos en los pueblos de la historia; en los escribanos de la capital de la República, que sucedieron a los primeros notarios de la colonia.

La raíz del notariado uruguayo, es netamente hispánica; lo son la función, los registros y los documentos, que la ley les atribuye para el desempeño de su competencia. Nos separamos en cambio del mo- delo y con ello del notariado latino-americano, en la modalidad del ejercicio abierto, s in limzlte de número o de ~ep i s t ros , como lo con sagró la acordada de 28 de junio de 1865 y lo hemos practicado desde entonces conscientes de los inconvenientes del sistema, pero conven- cidos y confiados, en los equilibrios naturales de la libertad. N o por ser muchos, qweremos ser menos. Debemos sólo ingeniarnos en obtener una m4ejo,r distribucz'ón del 7:ngreso. Las pofesiones universi tar ias

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no son en el Uruguay un pasapwte a la felicidad, sino un instrumento de trahnjo, para vivir con dignidad, no mds alCá del lirnik de la auste- r W . Forzar esta posibilklud, lleva seguramente a la mercantiliza- ción del medio utilizado, a la apropiación del trabajo ajeno y a la ilicitud.

Las instituciones, como el notariado, la abogacía, la magistratura, para recordar sólo las carreras jurídicas, necesitan el respaldo de una organización que las proteja y promueva. Sólo en la medida que los hombres que ejercen una misma actividad, se sienten unidos por su común quehacer y su destino, se sorte'an con éxito las dificultades, :los obst&culos, los peligros que acechan incesantes la existencia de las instituciones.

En la historia de éstas, se gasta más energía y medios de lucha, en defenderlas de los peligros que las comprometen, que la energía que se aplica a su fomento y progreso.

Tener y mantener una adecuada wganización, para sostener y defender la Institución a la que se pertenece, es el primero y más importante de los deberes de sus integrantes. Así lo comprendieron y practicaron los hombres que hoy nos permiten conmemorar el pri- mer centenario de nuestra organización gremial.

Es un privilegio, del que nos sentimos legítimamente orgullosos, porque es el fruto, el resultado, de una combinación de esfuerzos y de luchas, de los que somos beneficiarios y en los que continuamos y proseguirán las generaciones que nos sucedan.

Aquetlos perneros h,ombres de nuestra hzst.olr.kt, guiados por el régimen español que los inspiraba, pensaron en una organización más estable y firme que la de una simple asociación civil: se propusieron crear un verdadero Colegio Notarial y así denominaron a nuestra primera asociación. Las circunstancias, no sabemos exactamente cuáles, impidieron que aquella idea se realizara. Quizás el esquema de una organización notarial cerrada, de nota* de número, que perseguían también aquellos colegas de la historia, por su fidelidad al régimen español, fue el obstáculo imdlwab2e para alcanzar la Co- legiación, como es aún hoy, a In distancia, para quienes por incom-

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prensible desinformación, siguen creyendo que una y otra idea, Colegio y l~omta&do de número son el anverso y reverso de una misma moneda.

El m w i m i e n t o lib~eral de comienzos de ~ $ 0 , al que estuvieron afiliados los escribanos que fundaron la Asociación Notarial en 1903, en los que primaban los jóvenes, postergaron por largos años la Co- legiación, a la que opusieron sus principios, en especial, el de ser libres de asociarse o no, de continuar asociados o de separarse a voluntad de la asociación que los agrupara.

Tenemos que remontarnos a 1937 para r e e n o o n t r a ~ en la obra de un maestro, el Dr. Rafael de los Reyes Pena, un nuevo progecto de Colegiaición Notar ia l incluído en su formidable Proyecto de Codifi- cación de la Fe Pública.

De& entonces vuelve a pi:ender Da idea de colegiarse y se rnan- t i m e f i rme en muchos colegas, l,a convicción de que es ése el único medio de fortalecer nuestra organización, para cumplir más eficaz- mente, la misión de custodia y progreso de la institución notarial.

Otros colegas o no han tomado posición frente a esta propuesta que lleva un siglo de formulada, o no han podido aún ponderar de- bidamente, las ventajas c inconvenientes de la organización que se les propone.

La definición de! VI Congreso Nacional de Escribanos, fue arn- pliamente consagratoria de la Colegiación Notarial. Lamentablemente, aún no hemos avanzado desde ese pronunciamiento gremial y el deseo de conmemorar este centenario con un proyecto de ley sobre el Cole- gio de Escribanos del Uruguay, vuelve a ser postergado.

Mientras no logremos todos juntos, encontrarnos en el propósito y ea la aonweta vealixación de u n a f o r m a de Clolegimión, no vale la pena desgastarnos en una oposición de razones, que por conocidas, nada descubrirán al cab,al conocimiento del problema y por reales

(sean en pro o en contra) en nada ayudarán a una definición, por mayor peso o gravitación de unas, razones sobre otras.

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Los pro y Los contra; las ventajas y los ineonvienientes, nunca desaparecen totalmente. Están siempre presentes, real o potencial- mente. Quienes estamos afiliados a la Colegiación, no podemos darles a sus opositores, garantías contra los peligros que temen. Ellos tam- poco pueden ofrecernos, una organización sin tales peligros que nos de las ventajas de un Colegio. Cotoclado el p v o b l e m e n ese plano, m m& temer definición.

Rero si comprarnos las p~sibibida~des de un Cotegio y Ins de una Asociación, en cuanto a realizaciones, no puede dudarse que la primera organización, con todos sus riesgos, permite resultados más valiosos y duraderos. E n suma, que las ventajas deciden y los riesgos, sólo pueden atenuarse sin e lh inarse .

Tenemos bien próxima la historia del Notariado Argentino. Lo que fueron sus Colegios, cuando eran simples asociaciones y lo que son hoy, como auténticos Colegios; lo que aquellos realizaron y lo que pueden hacer actualmente, lograda la forma colegiada.

Roseemos una tmdic2ón y una orgcx,n.ización, que puede trans- formarse en Colegio de Escribanos, sin que la Institución notarial y los Escribanos, corran riesgos de ninguna naturaleza.

EL FUTURO DE LA I,NSTITUCIÓN NOTARIAL

E n el mundo actual los propios notarios están perdiendo con- fianza en la vigencia de su institución. Nadie c o ' ~ ~ f i e m públicamente sus temores, pero se tienen y se &isimuhn. Ciertos temas, que vuel- ven reiteradamente a la consideración de Congresos, Jornadas, En- cuentros, son expresión de esos temores; por ejemplo: "El ? z o t a W o e n el mundo moderno" o formas similares de presentación, nos fuer- zan a pensar, si llegó o no, la hora de la declinación ú'ltirnu.

Se suman a este desfallecimiento inconfeso, factores inquietantes que el medio aporta y que por rara coincidencia, visten ,el m.lsrn'o yopaje en las dl-stintas hfiitudes. Se protesta, contra el elevado precio de los servicios notariales, aunque no se oyen iguales reclamos por los servicios médicos, forerises, contables o de los hombres de oficio, que como nosotros, vcnden trabajo al precio de m e r d o .

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Se propone una mayor burocratixación notarial, para disponer de más Escribanos a sueldo o se procura la sustitución de la escritura pública por el acta notarial o del texto a redactar por el formulario, se habla de la pólzza de seguro, como subrogante moderno de la con- ciencia del Esm'bano y de la respmabz'lúlad que respalda. su ccc- tuacióuz.

Se nos tacha de jormalistas desubicados, porque son necesaria- mente formas las que utilizamos para expresar el derecho y se pro- clamd que en la era & las más eslplectamhreu r e a l i m h s de la técnica, no se conciben los requisitos formales que plagan nuestras tareas.

Esta declinación de la c o n f h a en la func2ón notariul es abso- lutamente .Enfu&&. No desconocemos los peligros que acechan a nuestra institución, pero ellos no afectam su propia existemiu.

Bastan algunas reflexiones, paya comprobar la incuestionable necesidad que tiene la sociedad moderna del notariado, como la ha tenido desde los más remotos tiempos.

La primera observación nos dice que el hombre vive en un medio jurídico, integrado por un número infinito de normas, que se extin- guen, modifican y renuevan constantemente, como las células de un organismo vivo. Las normas procuran regular la conducta humana, haciendo posible la pacífica relación y convivencia de los hombres. Así como el individuo necesita del rnéclico para atender su salud; &Z a~quitecto que proyecte la ciudad, los parques, las viviendas ; del a& mensor, que determine el área, lindes y caracteres de los predios; roacesita del jurista, para guiarse en la multiplicidad de sus relaciones jurídicas, que quiera o no, forzosamente debo trabar con sus seme- jantes, con el Estado, con los sujetos colectivos, personificados o no.

El mundo sin nol-mna no puede pens,arse. El sujeto de derecho sin una g u k u ortentación, tampoco puede imaginarse. Desde siglos el jurista profesional, notario, abogado, han cumplido la compleja y delicada función de asesorar jurídicamente a los ciudadanos, con- tribuyendo a afirmar siis derechos y colaborando en su tráfico nor- ma¡ o en el reconocimiento de los mismos ante la juriscliccióii.

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¿Quién va a sustituir al jurista profesional en el mundo moder- no? LES posible imaginar siquiera el artificio técnico capaz de subro- gar a un jurista? ,-No! como no lo es pensar que las fantásticas compu- t ado ra~ electromecánicas pueden suplantar al médico, al arauitecto. al contador.

Por el contrario, las especializaciones se están multiplicando y acentuando cada día más, hasta el grado de necesitar nosotros mis- mos, jur istas, el auxilio del técnico especializado, para,solucionar las múltiples cuestiones de derecho que a diario debemos atender.

Las relaciones jurídicas aumentan, en la medida que se desarro- llan las actividades sociales y económicas ; el individuo necesita trabar toda suerte de relaciones personales y en el campo económico, es infinito el número de posibles relaciones con otros ciudadanos. Parte importante de estos intercambios se producen s i n que inter,ese a sus pflotagonistas la forma de las relaciones consiguientes. Pero ot ras rekcczones, por su importanoia, pemrcerzmh, sign2fku&n, trascen- dertc'ia, deben revestirse de formas adecuadas, porque así lo exigen la prudencia y buena administración de los intereses personales o porque así lo mandan las norm,as, que en GZertas cirmnsturtezds, no cms ien f en opciones.

La f o r m es, como lo hemos venido sosteniendo de años, todo aqwlb que d e t m m i m um mate& &&: f o r m a es el vocabulario jurídico con que nos expresamos; forma es, la adecuación de una vo- luntad al orden jurídico aplicable; f o r m a es, la redacción, texto o contexto que define los quereres jurídicos; fm GS la mate& dio- cumento que recoge el texto; f o r m a es el registro que lo retiene para su conservación y reproducción; f o r m a es la publicación de los dere- chos ~ub~jetivos y su extinción. Ln formcrción de un m t o o negocio jurídico importa un complejo pYrocesio t é c n h 4 e n t i f i c 0 , que sólo puede realizar el jurista profesional. Con el alcance antes .indicado, el Es- cr.ibano e,s etl único, que posee los medios legales. necesarios, para autor izar ins t rumentos públicos y Dlevair registros de los documentos originales.

¿Puede imaginarse acaso la sustitución de las formas y su pro- ceso po r algo que desempeñe su m i m a función?

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Basta plantear el problema para convenir que las formas no tienen sustituto, ni el responsuble del proceso forrnutivo, puede cam- biarse por una máquina impresora de fórmulas.

La simptfzcaeión de las formas; la redwción de los instrumentos a simples documentos privados, no eliminan las formas ni a sus autores responsables. ACrasa el ~ e l o j e n algunos s i g b s y agvega otras aomplicuciones y dificultades, como la falta de autenticidad y consi- guientemente, la necesidad de la ulterior comprobación, que nunca dará la misma certidumbre que el documento auténtico.

La ~evelación, de que para el hombre, el mundo que lo rodea, está compuesto de hechos que son evidentes y hechos que no lo son, es la más fecunda verdad aportada al derecho notarial. Si nuestro conocimiento cierto, se limitase a los hechos qu,e nos han sido y son ezri&en,tes, polcas cosas &rZanmos p m sab.idas. Es preciso que acepte- mos además como c i e~ tos , los hechos que han sido o son evidentes para otros y de cuya ,exis$encia y verdad testifican. Creemos en Nico- lás Lenguas, Pedro F. Díaz, Benito Montaldo, Manuel R. Alonso, de cuya existencia n.o tu?rimos ev2denck ~persolnal, pdrque ~ o n f i a m ~ o s , te- nemos fe, en el testimonnio de quienes los conocieron y nos transmi- tieron su propia evidencia.

A partir de mtu verdad, es fácil comprender la razón de la fe pziblicn y de su necesidad.

Los hechos en que se basa una relación jurídica, son evidentes sólo para sus protagonistas, entre los que, en ciertas circunstancias, encontramos aclemds un testigo impurcZal y objetivo, que registra minuciosamente aquellos hechos que percibe por sus sentidos.

Tal testigo puede ser el taquígrafo de una asamblea. Pero carece de nutovi&d p sus afirmaciones no tlRnen vntor asignado por 'la ley.

El notario, en cambio, po~see 2ia f m l t a d k g a l de recibir los actos p testificar sobre los hechos que percibe: dn fe asegura bajo las responsabilidades legales, que los hechos han ocurrido tal como los ha registrado (o representado, en la genial concepción del maestro CarneIutti). Este test4wonio tiene valor de auténtico, posee la calidad de verdadero ergcr 'omnes, mientras no se abata por faleedad.

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En esta forma, todos, incluidos el Estado y la Administración de Justicia, pueden admitir como ciertos, los hechos para ellos in.f?vi- clentes, de los que ha dado f e el Notal- io, en el ejercicio de la potestad legal de que está investido.

En este campo de la autent ic idud, tampoco se ha creado el arti- ficio capaz de sustituir el fedatario. Los registros cinematográficos, magnetofónicos, etc., carecerían por sí mismos de valor auténtico, s4 no se v2nculan n l a r e s p o n s a b i Z i ~ de alguien que, revestido de la autoridad para hacerlo, asegure la fidelidad de dichos registros. La autenticidad, descansa en la aptitud mora l (autoridad) y responsabi- Z&d del agente, encargado de asegurar la correspondencia, entre los hechos para él evidentes y los registros donde están representados (imágenes, sonidos, escritura, etc.) .

La func ión not 'ar ial , no está amenazada en si misma por los pro- gresos de la técnica.. Sdgue v igente y cont inuará así. Los cambios que la ley pueda introducir, no serán a la función propiamente dicha, por cuanto su esen&, es tan natural, corno ta ley de la graviedad. Los cambios pueden producirse en relación con los agentes o 2as formas jurídioas, buscando una mayor adecuación con la realidad.

Debe mantenerse la debida separación, entre las especkx l i~m~ones juridicias tradicionales: el notariado, la abogacía y la magistratura. En algunas legislaciones, se fortalelce Za selpara&Ón, mediante un ade- cuado régimen de incompatibilidades.

Cada una de las prenombradas especializaciones manipulan los mismos elementos (normas, doctrina, jurisprudencia), pero cada una en la esfera de su propio campo, que dafi.nirhrnos por su caracter i - zación más relevante: el notar iado en el campo de las formas jurí- dicas; l a abogach en el de la afirmación del derecho (impreciso o controvertido) y la magis t ra tura, expresando o declarando con im - per ium el derecho aplicable.

En el ámbito de las fo rmas jur id icas son un pr i v i l eg io del no ta r io las llamadas fo rmas phb2iicas; en el de la afirmccclb'n del derecho, es competencia exclusiva del abogado el patrolcinio y en el de la magis- tratura, expresar el derecho de cada uno, cuando se excita en la forma correspondiente, la declaración concreta de la jurisdicción.

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E n el campo del nota?.iado las amewazas más persistentm aontra h .o,rgnruizixaición, se orientan hacia el agente y las formas públicas. Se fundan en razones de economía y simplificación.

*3srat, 'L E n torda la actividad utilitccriu de,? hombre, domina lógicamente

el principio de ecolaomia. Aquí, lo singular es que los costos, que se integran con el concurso importante de distintas especializaciones, sea precisamente el qu,e h c e a la. interven&n notarial, el que se con- sidere prescindible o abatible a límites exagerados.

Una de las soluciones que se maneja con frecuencia es la de aumentar el número de Escribanos funcionarios del Estado, para po- nerlos al servicio de ciertos programas, d e t r ~ y e n ~ d o d,el ya insuficiente mermdo de trabajo, el que aquellos funcionarios realizarían, mediunte 2c.n sueldo. La simplicidad de la solución tiene el atractivo, para quie- nes la manejan, de resolver el problema inmediato que les preocupa. Pero no comprenden que atacan uno de los fundamentos mismos de la organización del notariado latino: .el ejercicio, e n régimen de pro- fesión liberal, abierto a todos los Escribanos p w igual, sin absorcio- nes ni pviv,ilegios pava el po&r p4bl;co.

Claro está que el Notariado puede organizarse e n régimen de funcionarios del Estado como existe en algunos países; pero deberán ser abandonados totalmente los beneficios que a la sociedad brinda el notariado profesión liberal. Tctmpoco es 1egitim.o que se proceda al cambio, por asfixia de los Es8cribcmos p~ofesio?za'lt.s, aumentando pro- gresivamente el número de Escribanos empleados públicos y ei mo- nopolio de la escrituración del sector público.

Cuando el Notariado uruguayo se ha opuesto tenazmente a estos sstrangulam$entos, tiene esa poderosa razón par« combatir eC No- tariado burocrátiao, cualquiera sea la forma con que se le disfrace, nor ejemplo: a u t o r i ~ ~ a r a de termimda Oficina pública para llevar l'rotncolo. Detrás ~ ~ e n d r á n los mrgos de Escribmos que se necesiten para absorber la e~crituración de ese Sector de la Administración.

e n clefinitiva~, la co.ns.okl.crcróiz pnulutinn del Notariado de funcio- narios del Estado.

El mismo procedimiento puede utilizarse para el desmantela- miento de todas las profesiones liberales, absorbiendo el Estado, por

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el trabajo de témicos a sueldo, los requerimientos o necesidades de la comunidad. Quedará por saberse, cómo funcionarán los servicios que el Estado asuma y qué destino dará a los técnicos sobrantes. Vale la pena que los noveleros de siempre, piensen con un poco más de juicio y profundidad, sobre la magnitud y trascendencia de sus novelerías. Ls exigen la cordura y la buena fe.

Las críticas contra el formalismo notarial van dirigidas a los requisitos legales que, no obstante tener por fundamento la seguridad, privan a las formas piiblicas de la agilidad y adaptabilidad exigidas por la dinámica social. Ello determina que se nos juzgue como adver- sa.r2os del progreso y de Eas témi- modernas, 0 0 ~ stíbditos de u n rigorismo formal fuera de époaa, como incapaces de reaccionar contra las formas que traban el desenvolvimiento rápido de las relaciones jurídicas.

La imputación no es verdadera, en cuanto se nos responsabiliza de estructuras formales que nos ha impuesto la ley; está en cambio justificada, cuando se nos considera poco afectos a los cambios que las circunstancias del mundo actual exigen.

Seguramente, no hay derecho más f o r m l i s t a que el procesal. A nadie se le ha ocurrido imputar a los abogados o a los jueces la respon- sabilidad de un aparato procesal impropio de una justicia rápida y eficiente. No ob'stante, todos reconocemos que, la eternización de los juicios, al amparo dc los meandros procesales, es la causa inmediata de esta no justicia que padecemos en cuanto Elegrr con. ta'l returdo, que nunca llega a reparar cabalmente el derecho o el interés, que $a sen- f encia reconoce.

Compete al legislador consagrar las reformas formales que la aplicación del derecho exige, en 80s c'aampos linderos del d~~cumanto público y del proceso. Pero corresponde a los Escribanos y a los Abo- gados y Magistrados respectivamente, aportar las ideas fundamenta- les, para lograr aquellas necesarias reformas.

Los formulnrios, que alarman a tantos colegas, como negación del tradicional arte de la notaría; la impresión mecánica de los regis- tros; el protosolo por agregación de originales; la dadiloscopia como forma de identificación de los sujetos de derecho; la reproducción de

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documentos por todas las técnicas conocidas; la responsabil idad com- pa r t i da de los notarios; la o r g a n i z w ~ ó n del t r aba jo en equipos; el pvosesam.Uento de datos (normas, doctrinas, sentencias) para uso pro- fesional, son algunas de las muchas ideas que pueden manejarse en una reforma profunda del sistema formal que utilizamos los notarios latinos.

Todas las innovaciones posibles deben estudiarse sin preconcep- tos, adaptándolos a las . n e c e W ~ del t ráf ico jur id ico, sin perder de vista la creat iv idad, la raxlonable l iber tad del Escribano, y las e&- genc im de la s,eguridnd jur id ica.

Ejemplo: Un poder general puede ser un formulario que se pre- pare y otorgue en minutos; se imorvpo~e al protocolo y se r w o d u z c a cuantas veces sea necesario, en e l t i empo que d e w m otorgante y Escr ibano en tomar un ccaf. Mientras no alcancemos esta meta es- taremos me~ec iendo e l reproche de vivir detenidos y complacernos en sutilezas fuera del tiempo que vivimos.

Estas mismas preocupaciones, las hemos desarrollado en articu- los y editoriales, por lo que debo ahorrarles otras reflexiones coadyu- vantes. Vwestra jerarqu ia ZntelectmE, las hace además totalmente innecesarias.

LA OBRA REALIZADA

. E s forzoso qu,e h,agamos el b a h m e de la ob ra realizada, al cum- plirse cien años de 1.a fundación del Colegio de Escribanos. Sólo des- tacaremos, prometiendo ser concisos, los aspectos más relevantes de los resultados obtenidos, tras los esfuerzos continuados de un siglo de labor.

La Asociación de Escribanos del Uruguay es la ún ica g remia l notar ia l . Afilia más del 80% de los Escribanos en ejercicio. En el 20% no afiliado, existe un fuer te n&cle'o cle t i tuslados que no ejercen profesionalmente. El respaldo es entonces, casi total, lo que revela una profunda conciencia gremial y el indudable prestigio de nuestra Asociación.

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Los afiliados hacen dos tipos de apwtes; la cuota soakl y la contribución al Fondo Gremial Nota*, con tasa variable, por escri- tura o protocolización. Esta contribución también es voluntaria y sólo unos poc,os Escribanos no la cumplen.

Con los fondos así reunidos se cubre el presupuesto de la Aso- ciación, induz'do el costo de En Revista SbcZat.

En su estructura interna, la Asociación es una perfecta pequeña democracia. Las elecciones se han realizado siempre con total regu- laridad. En la composición de los órganos permanentes, Comisión Directiva, Consejo Arbitral y Comisión Fiscal, se aplica estrictamente la representación proporcional. En las elecciows, en las que inter- vienen todos los Escribanos socios del país, el voto es secreto.

Funcionan además múltiples Comisiones. que en a l~unos casos tienen carácter permanente, tales como la Comisión de Biblioteca y Publicidad, las Comisiones Asesoras especializadas en los derechos de frecuente aplicación, la Comisión de Jornadas Notariales, la Comi- sión de Cultura, etc. Bay una intensa vida gremial a través de estas Comisiones, que hacen posible a la Asociación, el cumplimiento de sus fines.

La obra propia más importante, ha sido sin duda la publicación de lit Revista So&l, aue ha aparecido sin interrupción. desde el año 1904. No es necesario destacar la jerarquía de esta publicación jurídica, única que no se ha interrumpido en tan dilatado lapso.

El Colegio de Escribanos no publicó RevZsta S o c d , pero sí Memorias, a través de las cuales pueden seguirse su historia y obras. La Asociación Notarial inició la publicación de nuestra Revista en el expresado año 1904, que luego continuó la Asociación de Escriba- nos del Uruguay hmta el wesente.

Desde hace varios años se edita por bimestres y de cada número se tiran hoy 2,500 ejemplares. Se nemite a todos los Escribanos, sean o mo socios. Desde hace unos años se envía a los señores Jueces Le- trados, Ministros de los Tribunales de Justicia y Ministros de la Suprema Corte de Justicia. Es el reconocimiento del Notariado Na- cional a nuestra ejemplar judicatura, honra de la Administración de Justicia.

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Lcc publicación de la Revista Social, a los costos mtuales, es casi un milagro. No recibimos otra contribución extraordinaria que la de la Caja Notarial. En suma, esta obra no tiene otro apoyo, que el aporte gremial.

La Asociación de Escribanos fue la primer gremial que tuvo sede en propiedad. Años de esfuerzos y decisión firme, de hombres entre- gados a la idea de obtener local propio. Cuando nos iniciamos a la vida gremial, ya poseíamos la finca de la calle Buenos Aires 580. Todos conocen hoy seguramente que, en el año 1942, al realizarse el 20 Congreso Notarial, don Ignacio Axcos Ferrand canceló & su pecur Zio, el gravamen hipotecario, que había hecho posible la adquisición de nuestra sede. Pero de ese acto de generosidad, sólo nos enteramos años después ; don Ignacio, pr,acticó celosamente la caridad evangélica : su mano izquierda, desconocía lo que hacía su mano derecha. La actual sede es otro milagro gremial.

L a delimitación de c ' o m p e t e r t k entre las profesiones de Esmi- banos, Abogados y Contadores, en la jurisdicción voluntaria, donde los Escribanos tuvieron siempre una importante actuación, constituia wna z o m de fricición gr?e&Z, que periódicamente se exacerbaba. La ley de 27 de abril de 1917 no había resuelto satisfactoriamente este problema de competencias. En el año 1960, las instituciones involu- cradas en este problema, e n un amerdo que Eas enaltece, fijó con pre- cisión la competencia de las profesiones nombradas. En cuanto al Notariado, quedó definitivamente fijada su participación en materia sucesoria; de disolución de la sociedad legal de bienes; rectificación de partidas ; venias o autorizaciones judiciales ; curadurías especiales ; emancipaciones, expedición de segundas o ulteriores copias; declara- torias de salida fiscal o municipal; información de vida y costum- bres; inscripciones en el Registro Público de Comercio cuando deban ser ordenados judicialmente (art. 115 de la ley 12.802 de 30 de no- viembre de 1960). La delimitación de los campos profesionales, tiene enorme importancia en nuestro país, donde carecemos de leyes que fijen los límites de actuación de los profesionales universitarios. Debe por tanto señalarse como logro trascendente eC obtenido por la Co- rnk-ión Directiva p e presidia e€ Escribano Raúl Rial Barbé uno de los más encumbrados valores del notariado nacional.

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Las J o m b N ~ t a k l e s han sido el más fructífero medio de progreso técnico y de vinculación entre los Escribanos de todo el p.aís. Llevamos realizadas 17 jornadas y recorridas todas las capitales de los departamentos de la República, con excepción de Artigas, Flo- res y Canelones, por dificultades de hospedaje. De estos encuentros han quedado importantes estudios, sobre temas de actualidad, que han creado una excelente bibtiogmfia. Se han propiciado además so- lucion,e.s técnicas, que orientan la actividad profesional; en algunos casos, se ha logrado cambiar las prácticas profesionales rutinarias y mejorar la labor del Escribano.

E l Consultorio Jurídico-Notarial es otro valioso instrumento de guía en el trabajo profesional. Desde los comienzos de la acción gremial, la institución ha procurado dar a los colegas consultantes, una orientación fundada, en los problemas de la vida profesional. Es importante en la complicada casuística de la actuación notarial, tener el respaldo científico-técnico de la Asociación, en especial porque sus resoluciones, se toman después de un exhaustivo estudio y delibera- ción. Aqui juegan siguzifica.t+uo rol las Comisiones de Estudio, integra- das por especialistas en las distintas ramas de derecho que elaboran los informes que luego considera la Comisión Directiva. Numerosos estudios no se han dado nunca a publicidad. Existe así, un valioso material jurídico inédito y por tanto desconocido.

E l Instituto de Téc~zica de la Investigación Juridica, que ha diri- gido desde sus comienzos, el ilustrado abogado amigo doctor Luis Seguí González, es también obra de mérito velevante. Su actividad comenzó hace algunos años y ha continuado hasta el presente sin interrupción. No tiene antecedentes en nuestro medio. En él se ca- pacita a los egresados inscriptos, en la técnica de la investigación jurídica. En general los alumnos culminan su actuación con un es- tudio sobre tema de su elección. Existe también en este sector 'de nuestra actividad comunitaria, un importante acervo de ensayos, mu- chos de indudable jerarquía. Lamen.tnblemente, por insuficiencia de medios, no ha sido posible editar estos trabajos.

L a Biblioteca socWcl es un servicio descuidado, tal vez fuera mejor decir "postergado" por otras urgencias. Tiene carácter especializado. Posee no obstante un buen acervo bibliográfico, que hemos enrique- cido con colecciones de gran valor actual como Ia "Enciclopedia del

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Diritto". Mediante el canje, tenemos las colecciones de las Revistas Notariales más importantes.

La PrevisGn social fue capítulo especial en la fundación del Colegio de Escribanos. Es asombroso que aquellos hombres, poseye- ran tan claras ideas sobre los riesgos de la vejez, enfermedad y muerte y nociones tan definidas, sobre la solidaridad social, como único procedimiento válido, para conjurar dichos riesgos. La weacu5rl del Monte-Pio y la constitución del primer fondo de Previsión g Auxilio, con carácter voluntar20, es un ejemplo digno de figurar en la historia de la Seguridad Social Uruguaya. La iniciativa funcionó durante algunos años y las reservas se colocaron con garantía hipo- tecaria. La crisis económica de fines de siglo liquidó el fondo y aventó esta hermosa obra de solidaridad gremial. La idea continuó vigente y sus pioneros esperaron pacientemente el momento de su definitiva consagración.

En ocasión del ler. Congreso Nacional de Escribanos celebrado en el año 1920, los Escribanos Emilio J. Paz y Mario Márquez pre- sentaron proyectos de ley de jubilación notarial, que la Comisión encargada de su estudio recogió en un nuevo proyecto, publicado en la Revista Social.

Dicha Comisión; afirma, en el prolijo informe que acompaña al proyecto, que el Escribano Paz merece el titulo de precursor cEe la refolrm'n bgislcrtivn llamada a poner al cuerpo notarial oriental, al abrigo de las contingencias de la suerte, precisamente en la época de la vida en que las energías del espíritu y las actividades de la materia, están o enervadas o agotadas por un largo período de cons- tante trabajo, no siempre tan equitativamente remunerado como para ser dueño en la edad provecta de un cómodo y bien ganado pasar.

Muchos años pasaron desde el Congreso de 1920, hasta la san- ción de la ley 10.062 de 15 de octubre de 1941, que creó la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones.

La creación de este Instituto, es obra de la Asociación de Es- cribanos del Uruguay, de los hombres que la dirigieron en ese período

T. 7 , pág. 284.

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de su existencia y eri especial, de l a fe, Ca persev&ancia, el @sóh de don Ignacio Arcos Feriand. Y él precisamente, que tanto bregó por esta conquista, no podia gozar de los beneficios jubilato.r2os, por im- 'pk,dírselo'su situación patrimonial. Pocos ejemplos más hermosos, de pasión por una causa justa y de desinterés, por cuanto nada lograba para sí, en tan denodado empeño.

: , El resto, es una historia de prudencia, progreso incesante, ejem- plar adm.inl8tración y visión, de' los hombres que han dirigido la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones. Hoy es, sin duda, un Instituto modelo de pensión social. Su Directorio, debe destacarse, ha sido siempre honorario.

'

, En octubre de 1948, en la &dad de Buenos Aires, se creó la Unión Intemacionn.l del Notariado h : t z n o , por inspiración de aquel caballero andante, amigo querido del notariado uruguayo, que fue don José A. Negri. Hoy la integran alrededor de 40 países, de raíz no- tarial latina. Lleva celebrados 12 Congresos: Buenos Aires, 1948; Madrid, 1950; París, 1954; Río de Janeiro, 1956; Roma, 1958; 'Montreal, 1961; Bruselas, 1963; México, 1965; Munich, 1967; Mon- tevideo, 1969; Atenas, 1971 y Buenos Aires, 1973.

.El notariado uruguayo es miembro fundador de la UINL; ha e s ~ d o representado en todos los Congresos y ha contribuido a mu- chos de ellos con trabajos de mérito. Los delegados solventan los gastos, por cuanto la Asociación no puede acordarles ni una mínima ayuda.

'E3 el año 1969, como lo citamos, Uruguay fue sede del X con- greso Internacional del Notariado Latino. Asumimos así un,a respon- sabilidad que muchos consideraban superior a las posibilidades de nuestro medio; sin ninguna ayuda oficial, se realizó el Congreso brillantemente y más aún, se publicaron las Memorias en 6 g m m o s volzimenes, que se presentaron al siguiente Congreso en Atenas -1971-.

Durante el Período 1971-1973 la Presidencia y Secretaría del Comité Permanente de la Unión Internacional del Notariado Latino, correspondió a dos ilustrados colegas, los Escribanos Pedro Mario Hegoburu y Hugo Pérez Montero.

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En el orden de las relaciones internacionales, cabe destacar la última y permanente vinculación mantenida con el notariado argen- tino, desde hace por lo menos medio siglo.

A l r e m d a d o Congreso Nacional de Eseribanm de 1920, con- currió una delegación oficial de Escribanos argentinos. El Presidente del Colegio Nacional de Escribanos de Buenos Aires, don Manuel Pasel, expresaba: "Es la primera vez, señores, que una delegación de Escribanos argentinos, en carácter oficial, tiene el alto honor y la inmensa satisfacción de cruzar el estuario del Plata, aceptando la gentil invitación, de nuestros hermanos por tradición, por cariño y profesión, quienes, para confirmarnos en nuestra fe acerca CER esa hermandad, han sido los en provocar tan noble acercamien- to, para recibirnos como lo hacéis, con los brazos ab2ertod'.

En esta delegación venía además, el Escribano don Eusebio Ximénez, uruguayo nacido en la ciudad de Mercedes, recibido escri- bano público en la República Argentina en 1873, entonces, con 67 anos de activo ejercicio profesional. Integró y presid2ó el Colegio Nacional de Escribanos de Buenos Aires. Didó clases de práctica notarial en el Instituto de Aspirantes al Notariado.

Se& .interminable la enuwrac2ón de las circunstancias, con- memorativas y homenajes, en que Escribanos Argentinos y UTu- guayos, nos hemos encontrado aqui y allá, sintiéndonos siempre fra- temzalmente unidos en lu vo~cación, en el &'al y en ea afecto.

Nuestro último m e n t m o lo disfrutamos con motivo de la XVIIB Jornada Notarial en Paysandú, en octubre último. Allí volvieron a fiurecer las expvesion~es de abgrííz que tales contactos produce, rati- ficando en cada oportunidad, que realmente hay una profunda vincu- lación técnica y afectiva entre ambos notariados.

LOS OBJETIVOS

Las organizaciones, en nuestro caso el Colegio de Escribanos de la República Oriental del Uruguay y la Asociación de Escribanos del Uruguay, mantienen su vigencia y progresan en la medida que definen sus objetiuus.

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.. , , . .El Colegio los tuvo y luchó po r e2los, hasta su fusión con la Asaciacián, Notarial, para dar origen como recordamos a la Asocia- ción de Escribanos. E s casi desconcertante comprobar, d 100 años de distancia que pese a la importante obra realizada, tal como lo re- señamos, tos ,objetivos del Colegw, sólo se han alcanzado en n z i n i m W r t e . En los hechos, la previsión social, por la creación de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, es la única realización con- .cretada.

Otros objetivos, todavía' esperan hacerse realidad. < ,

.. Así, la Colegicceión, a la que ya nos hemos referido, ni siquiera ha ganado la voluntad de un amplio sector, que nos perinita entregar- nos con un importante apoyo gremial, ,a la sanción de l a ley que consagre esta forma de organización.

Lo hecho hasta el presente, por quienes somos decididos parti- "darios de la, Colegiación, no ha encontrado respdesta' en núestro gremio. , , .

La ley ,orgánica notat.1.ia2 vigente, promulgada el 31.'de ,diciéinbre de 1878, tres años después de la fundación del Colegio de Escribanos,

. nunca ' f ue acepfuda por tos colegas qúe entonlees-.lo dirz'giak. Rodea- ron apesta ley, sancionada por un gobierno dictatorial, de &a especie de conspiflación' del s í l~ncio ' : Nunca mencionaron a su,'autor, que na- turalmente debían conocer. Este misterio de origen, nunca se ha develado. Se comprende así que el Cokgio pugnara por la sanción de una ley orgánica y confiara 'al Escribano Manuel R. Alonso,. la re- dacción de un proyecto de ley n o t ~ r i a ~ l . Ciertamente que, pese a los indudables méritos de la ley orgánica vigente, seguimos esperando la promulgación de una ley ajustada a los adelantos aportados por el Derecho Notarial. Ni siquiera poseemos hofun proyecto de l e ~ , ' ~ a r a proponer al Consejo de Estado. El último, respaldado por la Asocia- ción de Escribanos del Uruguay, es el proyecto de Codificación de la Fe Pública del Dr. de los Reyes Pena, redactado en 1937. Pese a su no-ble estructura, a la vigencia, de los principios 'q,ue consagra, texto, etc., debe ser objeto de una profunda revisión.-Tiene ya muchos a .50~ y el progreso del Derecho Notarial ha alterado algunas de das soluciones que aquel proyecto aceptó. , . I , .

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La aprobación d.el Reglamiento Nota&l - 1954-1971, ha dismi- lado la carencia de una ley orgánica moderna. Este objeho, sigue incumplido.

Nuestro sistema Registral, era más que deficiente, durante el períod de actuación del Colegio de Escribanos. Este, con cabal com- P prension de la importancia que para el Notariado tiene un eficiente y bien montado sistema de publicidad registral, encaró la redacción de un proyecto de ley de Registros, confiándole también su redacción, al maestro don Manuel R. A,lonso, por tantas razones, digno de nues- t ra admiración y respeto. Alonso, compuso el Proyecto de Ley No- tarial y el Proyecto de Ley de Registros; ambos se publicaron y difundieron, pero no tuvieron nunca sanción legislativa.

La promulgación de la vigente ley de 25 de septiembre de 1946, sólo e,liminó algunos, de lo's más detomntes defectos del régimen re- gistral; pero éste, sigue siendo un bochorno para el país. Tampom este lobjetivo se ha alcanx&. La Asociación de Escribanos del Uru- guay presentó, al Ministerio de Educación y Cultura, en octubre de 1972, un proyecto de ley de Registros, thspirado en el sistema urgen- tino. Estamos próximos a su consideración por el Poder Ejecutivo y oportuna remisión al Consejo de Estado.

Todos los juicios emitidos en esta exposición son personales y sólo a mí me comprometen. Si bien actúo en esta solemne oportu- nidad y hablo, como Presidente de la Asociación de Escribanos del Uruguay, deseo dejar muy claro, que mis colegas de la Comisión Directiva, me han dejado libertad, para expesame en Ia f o r m que lo hago. Ninguna respnsabilW les cabe, por las manifestaciones que me he permitido formular.

Pienso que los especiales acontecimientos que ensombrecen el mundo actual y por tanto a los países de nuestra América, han per- turbado hasta límites todavía no bien comprendidos por nosotros, todo aquello en 20 que wdamos. En verdad, vivimos en permanente asombro, perdiendo con frecuencia ubicación, frente a la problemática del tiempo.

Por todo ello estimo que así como nosotros vacilamos en. los obje- tivos, m ,las decisiows, en Eo que hasta ayer integraba el acerrro de

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rtuest~i.as convicciones, otro tanto ocurre con las instituciones y orga- nizaciones que integramos.

Hoy veo a la Asociación de Escribanos del U r u g w y y perdóne- serne el juicio; como una organización de relevantes méritos por todo lo que ha hecho, pero al presente, s in objetivos de fh idos , chros. Y si es como pienso, es grave, porque e n el futuro, no. progresará. Si no ponemos- delante metas claras, que comprometan la acción de sus miembros, no podemos pensar e n una evolución que satisfaga las esperanzas del notariado.

Si nos preguntamos con sinomidad, qué queremos como Esle% banos e n el ,Uruguay de hoy, me temo que no sepamos ciertamente qué contestar.

N o sevía válido responder, que deseamos alcanzar los objetivos por los cuales luchó el Colegio de Escribanos, por-que sería lo mimno que confesar que estamos detenidos en el tiempo.

¿.Es que el ,Notariado de 1975 no tiene objetivos propios por los cuiiles luchar?

Es forzoso que comencemos a definirlos. Este es el desafío, que como Presidente de la Asociación de Escribanos del U'ruguay, hago a todos mis wlegas.

El más angustiante problema actual, es la ubicación de los cole- gas jóvenes, en un medio saturado o sobresaturado de Escribanos en ejercicio: Y correlativamente, el bajísimo ingreso medio de la ma- yoría de nuestros colegas.

N o wle dis imulw, ni evad2ITse de2: problema soslayáncEolo. Tam- poco lo resuelve el simplismo de limitar los ingresos a la Facultad de Derecho. La contracción debe operarse por mecanismos naturales: que los aspirantes al notariado sepan, qué realidad les tocará vivir, el día que obtengan su título profesional.

Con el propósito de f i jar objetivos nuevos, s in abandonar los &ejos, proponemas, en esta especial conmemoración, dos ideas, que contribuyan a resolver nuestro principal problema: la apertura. por

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el Estado y ,organismos que lo integran, especialmente los bancarios, de Registros de Escribanos, para la distribución equitativa entre éstos, de las escrituras públicas sin designación de autorizante y la creación de un Fondo Común. Claro está que ninguna de estas ideas es original.

La 1s ya fue objeto de estudio por parte de la Asociación de Escribanos del Uruguay, con motivo de la futura escrituración de los complejos habitacionales, que se construyen, con el aporte del Fondo Nacional de Viviendas.

Se trataría ahora de generalizar la solución, procurando su apli- cación a toda la escrituración oficial. Los requerimientos del sector público, de tanta importancia en estos momentos, deben canalizarse hacia el gremw, en una amplia apertura, que aumente las posibili- dades de trabajo de los Escribanos.

La 2* idea, es una antigua aspiración, que fracasó como inicia- tiva en ocasión del Congreso Nacional de Escribanos de 1959 que mantengo con más convicción que nunca, con los naturales retoques que el tiempo impone.

En muy breves palabras se explica así: El aporte notarial a nuestra Caja, se aumentaría al 25% del honorario según arancel. De este porcentaje, el 17% se destinaría a los Fondos que la Caja admi- nistra y el 8% a un nuevo Fondo, destinado a ser distribuído, entre los Escribanos que no alcanzan determinados límites de ingresos. Podría además aumentarse el "Montepío Notarial" actual de $ 2 5 a $1,000 destinándose el 50% líquido de la recaudación al Fondo Común.

El incremento de aporte propuesto del 7%, no será importante y en definitiva, gravará la competencia.

Finalmente, el Fondo Común financiaría además: 1) El gasto de las delegaciones que se envíen por la Asociación de Escribanos del Uruguay, a los Congresos y reuniones científicas internacionales, in- tegrad,as por las personas que aporten a los expresados eventos, tra- bajos de mérito. 2) Las becas que se concedan a nuestros investi- gadores en las materias y temas que fije la Asociación de Escribanos del Uruguay. 3) La Edición de las Publicaciones de nuestra Asociación.

www.juridicas.unam.mxEsta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

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Revista de Derecho Notarial Mexicano, núm. 62, México, 1976. DR © Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A. C.

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El mejor acto de homenaje, en estos 100 años de existencia gremial, lo deb'emos a los piorfteros de 1875, a 108 hombres s i n r os t r o de nuestra emoción, a quienes hicieron posible, con su fe y con su ejemplo, nuestra conmemoración de hoy.

Y la mejor contribución que podemos hacer en adelante, para que el homenaje de hoy permanezca en el tiempo

: E s con t inuar todos unido's e n pos de 80s v4ejos objet ivos y de loa que como generación del Centenurio; f i jemos corno compromiso de nues t ra ac,ción fu tu ra .

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