censo nacional de recicladores y recicladoras

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GUÍA PARA IMPLEMENTACIÓN CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

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Page 1: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

GUÍA PARA IMPLEMENTACIÓN

CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

Page 2: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

Para el desarrollo del censo, las Municipalidades Provinciales deberán realizar las tres (03) fases, las cuales se detallan en el Cuadro N° 01.

I . GENERALIDADES

II. DESARROLLO

El reglamento de la Ley que regula la ac�vidad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, establece que las Municipalidades Distritales en el ámbito de su jurisdicción, y la Municipalidad Provincial en el ámbito del cercado de la provincia, según corresponda, deberán elaborar el Estudio Situacional del Reciclaje de su ámbito de interven-ción, para lo cual deberá contar con un censo socioeconómico de los recicladores, iden�ficando sus necesidades básicas, ingresos económicos, forma de operar, el grado de organización, su distribución en el territorio y sus rutas de trabajo actuales .

Para realizar el censo nacional de recicladores y recicladoras, las 196 municipalidades provincia-les deberán liderar el proceso en sus respec�vas jurisdicciones, esta tarea estará a cargo de la unidad orgánica con competencias ambientales y/o el área responsable de la ges�ón integral de los residuos sólidos.El desarrollo del censo deberá ser para todos los recicladores y recicladoras, debiendo incluir a los recicladores que se encuentran formalizados y los que aún no lo están (informales).

Asimismo, las municipalidades provinciales deberán convocar a las municipalidades distritales de su jurisdicción para promover la realización del censo en sus distritos y comunicar el desarro-llo del mismo a los recicladores y recicladoras. En el caso que un distrito no cuente con recicla-dores, la municipalidad distrital debe reportar a la Municipalidad Provincial, quienes a su vez serán las encargadas de reportar a MINAM.

PREPARACIÓN(15 días)

IMPLEMENTACIÓN(15 días)

REPORTE (15 días)

Designar al responsable del censo

Desarrollo del Censo

Análisis y Sistematización

Reporte

Identificar actores claves internos y externos

Conformación del equipo del censo y elaboración del plan de trabajoConvocatoria y difusión

PASO 1

PASO 2

PASO 1

PASO 2

PASO 1

PASO 3

PASO 4

1

2

3

Para el desarrollo de las tres fases, la municipalidad deberá definir la Unidad Orgánica responsa-ble de la preparación, implementación y reporte del censo en sus jurisdicciones.

Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, aprueba el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la Ac�vidad de los Recicladores(…)Capítulo II Diseño técnico para la recolección selec�va de residuos sólidos Ar�culo 28°.- Elaboración del Estudio Situacional del Reciclaje La Municipalidad Distrital en el ámbito de su jurisdicción, y la Municipalidad Provincial en el ámbito del cercado de la provincia, según corresponda, deberán elaborar el Estudio Situacional del Reciclaje de su ámbito de intervención. Dicho estudio iden�ficará los siguientes aspectos;(…) 28.3 Un censo socioeconómico de los recicladores que actúan en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad, iden�ficando sus necesidades básicas, ingresos económicos, forma de operar, el grado de organización, su distribución en el territorio y sus rutas de trabajo actuales.

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Page 3: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

PREPARACIÓN

La unidad orgánica responsable del censo, deberá designar a un/a profesional, quien será responsable del desarrollo del proceso del censo, recomendándose que sea el encargado del programa de segregación en fuente y recolección selec�va.

El/la responsable deberá iniciar la recopilación de información secundaria que permita la ade-cuada planificación e implementación del censo, como, por ejemplo:

El/la responsable recibirá capacitación y asistencia técnica por parte del MINAM con la finalidad de que cuente con la información necesaria para el desarrollo del proceso. Este responsable debidamente capacitado, deberá realizar una inducción a sus respec�vos equipos, para infor-mar a los/las recicladores/as sobre el obje�vo, los plazos, lugares del censo, los beneficios entre otros aspectos.

En este paso se debe iden�ficar actores internos de la municipalidad los cuales pueden contri-buir a la implementación del censo, como, por ejemplo:

Gerencia de Seguridad Ciudadana o la que haga

sus veces

Gerencia/ subgerencia de participación vecinal o la que haga sus veces

Gerencia de Comunicación/ Oficinas de Imagen Institu-

cional

Facilitar información de los lugares donde laboran los recicladores, básicamente de los informales. Difusión del proceso de censo

Difusión del censoPrestamos de locales vecinales para el censoApoyo con personal

Adecuación de piezas grá�cas de difusiónDifusión a través de la página web y redes sociales de la municipalidad, entre otros canales de comunicación.

PASO 1 Designar al responsable del censo

PASO 2 Identificar a actores claves internos y externos

Información reportada el Sistema de Información para la Ges�ón de los Residuos Sólidos (SIGERSOL).Relación de los recicladores formalizados en el distrito.Información sobre recicladores en su distrito u otro.

Actores internos

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Page 4: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

La municipalidad puede iden�ficar actores externos dentro de las jurisdicciones, como, ONGs vinculadas al tema de reciclaje inclusivo, empresas privadas, universidades, ins�tutos entre otros, que pueden contribuir a la realización del censo.

El/la responsable deberá conformar el equipo de realización del censo con los aliados internos y externos previamente iden�ficados (por ejemplo: promotores ambientales municipales del programa de segregación en la fuente y recolección selec�va de residuos sólidos domiciliarios; representantes de las Gerencias municipales, promotores ambientales comunitarios y/o promotores ambientales juveniles de los Programas de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental – EDUCCA; o personal de algún aliado estratégico como colec�vos ciudadanos u Organización No Gubernamental).

El responsable convocará al equipo del censo a un taller para elaborar el plan de trabajo (ver anexon° 01) el cual deberá detallar las ac�vidades a desarrollar teniendo en cuenta las tres (03) fases señaladas en el Cuadro N° 1 del presente documento.

Iden�ficar las zonas del distrito donde los recicladores y recicladoras se concentran para desarrollar sus ac�vidades o espacios de mayor afluencia de estos.

Definir los lugares para la ubicación de los puntos de registro del censo por cada zona (ejemplo: casa municipales o vecinales, locales/centros comunales, centro de seguridad ciudadana, plaza central, parques, entre otros), tomando en consideración aspectos de accesibilidad y seguridad.

Definir horarios y turnos para el censo en cada zona, considerando los horarios de trabajo de los recicladores y recicladoras.

Definir el material informa�vo para convocar al censo (posteros, pasa-calles, banners, etc.) e iden�ficar la ubicación estratégica para colocar.

Determinar los equipos de trabajo por zona, sus responsabilidades y contribuciones. Asimismo, cada equipo de trabajo por cada zona deberá definir un coordinador o coordinadora quien reportará a el/la responsable del censo.

PASO 3 Conformación del equipo del censo y elaboración del plan de trabajo

Actores Externos

Durante el taller se deberá:

Toda esta información deberá ser u�lizada como insumo para elaborar el Plan de trabajo.

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Page 5: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

Para realizar la convocatoria y difusión, se requiere un mínimo de quince (15) días, para ello se sugiere:

Para esta etapa, el Ministerio del Ambiente facilitará un Kit comunicacional para que las munici-palidades puedan adecuar los materiales de difusión, en función a la disponibilidad de medios de comunicación o canales de información que puedan llegar a los recicladores y recicladoras.

La implementación del censo implica el llenado de la ficha censal (que �ene carácter de declaración jurada) que permi�rá visualizar la realidad de los recicladores y recicladoras, determinar cuántos de ellos/as se encuen-tran formalizados y cuantos no están formalizados, la labor que desarrollan, datos familiares, datos de salud, datos de recolección, datos de comercialización, los equi-pos – indumentaria que u�lizan, si están capacitados o no, entre otros.

Esta información le servirá a las municipalidades para determinar una línea base de la situación económica.

Al finalizar la jornada diaria el coordinador o coordinado-ra deberá recopilar las fichas de cada zona y entregarlas a el/la responsable.

El/la responsable debe garan�zar que al día siguiente de cada jornada se registre la información de la ficha censal en formato digital a través de un cuadro de Excel el cual será enviado por correo electrónico..

Cada equipo de trabajo llenará la ficha censal, en base a las respuestas dadas por los recicladores y recicladoras.

Colocar las piezas gráficas (pasacalles y banderolas) en lugares accesibles durante un período razonable de �empo (por lo menos 15 días), a fin de permi�r que cual-quier persona pueda informarse sobre los lugares y hora-rios de censo.

Comunicar del proceso de censo a través de las radios locales, así como en las casas vecinales, comedores, o puntos de acceso para recicladores y recicladoras, y en la web y redes sociales de la Municipalidad.

PASO 4 Convocatoria y difusión

IMPLEMENTACIÓN

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Page 6: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

El/la responsable deberá consolidar la información registrada en el formato digital (cuadro de Excel) y crear una única base de datos con toda la información del censo de su jurisdicción.

La base de datos deberá ser enviada al Ministerio del Ambiente en formato digital y con un oficio de la Municipalidad debidamente firmado por el gerente municipal o el gerente de la unidad orgánica responsable al siguiente correo electrónico: [email protected].

Las municipalidades provinciales deberán con-vocar a sus distritos para comunicar el desarro-llo de censo a recicladores y recicladoras, con la finalidad de que se desarrolle la misma acción, de no contar algún distrito con recicla-dores, esta debe reportar a la Municipalidad Provincial, quienes a su vez serán las encarga-das de reportar a MINAM.

REPLICABILIDAD YESCALABILIDAD

PASO 1 Análisis y Sistematización

PASO 2 Reporte

REPORTE

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Page 7: CENSO NACIONAL DE RECICLADORES Y RECICLADORAS

Ministerio del AmbienteAv. Antonio Miroquesada 425

Magdalena del Mar, Lima - Perú(511) 611-6000

www.minam.gob.pe