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C.E.I.P. “Rufino Blanco” Parque Alamedilla s/n. Salamanca CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Junta de Castilla y León Parque Alamedilla s/n 37003.Salamanca. 923266625923266625 Pág. 1 http://centros3.pntic.mec.es/cp.rufino.blanco2/ E-mail: [email protected] NOTA: Este Reglamento de Régimen Interior fue aprobado por el Consejo Escolar en sesión celebrada con fecha 28 de Noviembre de 2007, con lo que entró en vigor a partir de ese momento. Ha sido revisado cada curso escolar.

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1http://centros3.pntic.mec.es/cp.rufino.blanco2/ E-mail: [email protected]

NOTA:

Este Reglamento de Régimen Interior fue aprobado por el Consejo Escolar

en sesión celebrada con fecha 28 de Noviembre de 2007, con lo que entró en

vigor a partir de ese momento. Ha sido revisado cada curso escolar.

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ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

TÍTULO PRELIMINAR: JUSTIFICACIÓN, FUNDAMENTACIÓN LEGALY DEFINICIÓN DEL DOCUMENTO.

5

CAPÍTULO I. Consideraciones previas. 6

CAPÍTULO 2. Base legal por la que se establece elReglamento de Régimen Interno.

6

CAPÍTULO 3. Ámbito de aplicación, publicación, difusión ycumplimiento del Reglamento de RégimenInterno.

8

CAPÍTULO 4. Órgano y fecha de aprobación.9

TÍTULO I. DEFINICIÓN DEL CENTRO. PRINCIPIOS GENERALES. 9

CAPÍTULO 1. Definición del Centro. 9

CAPÍTULO 2. Principios generales.10

TÍTULO II. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO: órganos degobierno y gestión del centro.

10

CAPÍTULO 1. Órganos unipersonales de gobierno 10

CAPÍTULO 2. Órganos colegiados.11

Consejo Escolar14

Claustro de Profesores18

CAPÍTULO 3. Órganos de coordinación docente.20

Equipos de nivel20

Equipos de ciclo20

Comisión de Coordinación Pedagógica22

Tutorías23

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Equipo de Sección Bilingüe. Inglés23

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica 23

24

TÍTULO III. PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA.

TÍTULO IV. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO25

CAPÍTULO 1. Horario del Centro. Entradas y salidas.25

CAPÍTULO 2. En clase29

CAPÍTULO 3. En el recreo 29

CAPÍTULO 4. Organización de recursos materiales.30

Libros de texto y otros materiales.30

Instalaciones y su utilización31

Reparaciones y mantenimiento36

Llaves. 36

Higiene, orden y limpieza. 36

CAPÍTULO 5. Organización de recursos humanos.36

1.PROFESORADO DEL CENTRO.36

Funciones de los profesores36

Derechos de los profesores36

Deberes de los profesores37

Tutores39

Tutorías40

Profesorado sin tutoría40

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Profesorado de apoyo41

Criterios de adscripción42

Ausencias y sustituciones42

Organización de apoyos y refuerzos43

Seguimiento del trabajo complementario de los alumnos43

2.ALUMNADO44

Derechos y deberes de los alumnos44

Derechos de los alumnos44

Deberes de los alumnos46

Admisión durante el curso47

Criterios de agrupamiento48

Ausencias y enfermedades48

Cambio de Religión a Atención Educativa y otras religiones.48

3.PADRES DE ALUMNOS49

Derechos de las familias49

Deberes de los familias49

A.M.P.A.50

Cauces de comunicación50

Visitas de padres51

Padres separados51

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4.ALUMNADO EN PRÁCTICAS53

5.PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS53

CAPÍTULO 6. Actividades complementarias53

CAPÍTULO 7. Actividades Extraescolares.55

Usuarios 56

Derechos56

Deberes56

Sobre los monitores56

CAPÍTULO 8. APERTURA DE CENTRO57

SERVICIO DE MADRUGADORES57

SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR58

CAPÍTULO 9. RED XXI62

CAPÍTULO 10. USO DEL ASCENSOR72

CAPÍTULO 11. SEGURIDAD

Seguridad en el trabajo72

Salud y Accidentes72

Plan de evacuación73

TÍTULO V. CONVIVENCIA. PLAN DE CONVIVENCIA 73

CAPÍTULO 1. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS 73

CAPÍTULO 2. INSTRUMENTOS PARA FAVORECER LA

CONVIVENCIA EN EL CENTRO

76

TÍTULO VI. DISCIPLINA ESCOLAR 77

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JUSTIFICACIÓN

FUNDAMENTACIÓN

LEGAL Y

DEFINICIÓN

DEL

DOCUMENTO

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TÍTULO PRELIMINAR: JUSTIFICACIÓN, FUNDAMENTACIÓN LEGAL YDEFINICIÓN DEL DOCUMENTO.

La legislación vigente (L.O.E.-L.O.M.C.E.)obliga a que se elabore un código normativo que

plasme en cada Centro la adecuación del marco administrativo que de respuesta a sus

necesidades organizativas.

Para que un Centro funcione como una auténtica Comunidad Educativa necesita que todos

sus miembros quieran trabajar solidariamente y contar con una organización y unos

documentos que permitan planificar, organizar, seguir y evaluar el funcionamiento del

Centro.

El presente reglamento forma parte del Proyecto Educativo de Centro y constituye el

conjunto de reglas, normas y procedimientos que, permitirá, a través de su cumplimiento,

el desarrollo de los Principios Básicos del Centro y la organización interna del mismo,

favoreciendo una buena convivencia entre todos los integrantes de la comunidad

educativa. Tiene como función establecer el marco normativo para la ordenación del

funcionamiento y la organización del Centro, así como promover, facilitar y vertebrar la

participación y la convivencia de todos los que forman la Comunidad Educativa del mismo.

CAPÍTULO I. Consideraciones previas.

A lo largo del presente reglamento se utilizará el plural niños- padres- tutores- profesores

en el sentido que tiene en la lengua castellana, es decir, que incluye a los dos géneros. No

es una cuestión de carácter sexista sino de carácter práctico para no caer en reiteraciones.

También por motivo práctico se incluyen siglas.

CAPÍTULO 2. Base legal por la que se establece el Reglamento deRégimenInterno.

Este reglamento está desarrollado a partir del siguiente Marco legal:

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• Constitución Española en su artículo 27 del derecho a la Educación

• La Ley Orgánica de 8/1985 de 3 de Julio, reguladora del Derecho a la Educación

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (L.O.E.).(BOE 4 de Mayo de2006). –

• La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (L.O.M.C.E.), para la mejora de lacalidad educativa.

• Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo de 1995, por el que se establecen losderechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.

• Real Decreto 82/1.996, de 26 de Enero (BOE 20 de febrero) por el que se apruebael Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios deEducación Primaria. (B.O.E. 20 de febrero).

• Orden de 28 de febrero de 1996 por la que se regula la elección de los ConsejosEscolares y Órganos Unipersonales de Gobierno de los centros públicos deEducación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria.

• Orden de 29 de febrero de 1996, por la que se modifican las Órdenes de 29 dejunio de 1994 por las que se aprueban las Instrucciones que regulan laorganización y funcionamiento de las Escuelas de E. Infantil y Colegios deEducación Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria.

• Orden ECD/3387/2003, de 27 de noviembre, por la que se modifica y amplia laOrden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulanla Organización y Funcionamiento de las Escuelas de Educación infantil y de losColegios de Educación primaria, modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996(B.O.E. 5 de diciembre).

• Orden EDU/ 52/2005, de 26 de enero, relativa al fomento de la convivencia en loscentros docentes de Castilla y León. Fecha de B:O:C L Lunes, 31 de enero de 2005(B:O:C L nº 20)

• Resolución 31 de enero de 2005, de la Dirección General de CoordinaciónInspección y Programas Educativos, por la que se completan medidas formativas yse establecen actuaciones para la Inspección educativa dirigidas al fomento de laconvivencia escolar. Fecha de B.O.C. Y L : Martes 1 de febrero de 2005 (B.O.C y Lnº 21)

• Resolución 31 de enero de 2005, de la Dirección General de Planificación yOrdenación Educativa, por la que se desarrollan determinados aspectos de la OrdenEDU/52/2005, de 26 de enero, relativa al fomento de la convivencia en los centrosdocentes de Castilla y león. Fecha de B.O.C. Y L : Martes 1 de febrero de 2005(B.O.C y L nº 21)

• INSTRUCCIÓN de 9 de junio de 2005, para el tratamiento y comunicación de lainformación derivada del desarrollo de los planes de convivencia de los centros deCastilla y León .

• INSTRUCCIÓN de 24 de Noviembre 2005

• Orden de 7 de Julio de 2005 por la que se modifican parcialmente las instruccionesque regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios Públicos,

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aprobadas mediante Orden de 22 de Agosto de 2002, del Departamento deEducación y Ciencia.

• Decreto 8/2006, de 16 de febrero, por el que se crea el Observatorio para laconvivencia escolar de Castilla y León (BOCyL 22.2.2006).

• Orden EDU/1106 de 7 de julio de 2006 modificando la orden EDU/52/2005

• Resolución de 28 de Junio de 2006 de la Dirección General de Política educativa porla que se autoriza el programa de Acogida y de integración de alumnos inmigrantesy se dictan instrucciones para su desarrollo.

• INSTRUCCIÓN de 12 de marzo de 2007para el tratamiento y comunicación de lainformación derivada del desarrollo de los planes de convivencia en los centrosdocentes de Castilla y León.

• INSTRUCCIÓN de 23 de marzo de 2007 sobre la supervisión de los planes deconvivencia y de las funciones desempeñadas por el coordinador de convivencia enlos centros docentes de Castilla y León.

• Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes delos alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el procesoeducativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los CentrosEducativos de Castilla y León

• Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas yactuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativosde Castilla y León (BOCyL 3.12.2007)

• Instrucciones sobre información a padres separados...Ministerio de Educación yCultura del 25 de enero de 1.997

• DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y

autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan

enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.

• ORDEN EDU/1071/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el

«Protocolo específico de actuación en supuestos de posible acoso en

centros docentes, sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas

no universitarias de la Comunidad de Castilla y León».

• ORDEN EDU/1070/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el «Protocolo

de actuación en agresiones al personal docente y no docente de los centros

sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de la

Comunidad de Castilla y León».

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CAPÍTULO 3. Ámbito de aplicación, publicación, difusión ycumplimientodel R.R.I.

Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación del presente Reglamento de Régimen Interior abarca a toda la

Comunidad Educativa, y es de obligado cumplimiento para todos y cada uno de sus

miembros, tanto en horario lectivo, como en el horario de actividades no

complementarias y extraescolares.

Entrará en vigor en el C.E.I.P. RUFINO BLANCO, situado en el Parque de la Alamedilla s/n

de Salamanca, Centro que imparte las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria al día

siguiente al de su aprobación por el Consejo Escolar.

Publicación y difusión.

Una vez aprobado por el Consejo Escolar, tendrá la publicación y difusión adecuada entre

todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Con el fin de aplicar la legislación vigente, el presente Reglamento propone lo siguiente:

o Regular las relaciones personales entre todos los miembros de la Comunidad

Educativa: maestros, alumnos, padres de alumnos y personal no docente.

oEstablecer claramente sus deberes y derechos.

o Ordenar el funcionamiento del Centro para alcanzar el mayor rendimiento

educativo posible.

Publicidad:

Un ejemplar del mismo estará en Secretaría, otro se colgará en la web del Centro y otro

en la Sala de Profesores a disposición de cualquier miembro de la Comunidad Educativa

que quiera o necesite consultarlo. Un extracto del Proyecto Educativo se entrega a las

familias de los alumnos en el momento de su matriculación.

Mecanismos de revisión.

Las propuestas de revisión, si éstas se consideran necesarias, se incluirán en la

Programación General Anual de cada curso. Las modificaciones que se realicen, como

consecuencia de su revisión, serán aprobadas por los 2/3 del Consejo Escolar y se

incluirán en la Memoria del curso en que se hayan realizado.

Actualización: cuando lo exija el cambio de la legislación vigente o las condiciones físicas

del centro, las modificaciones correspondientes se realizarán a lo largo del curso y de

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manera automática por el Equipo Directivo. En el caso de nuevas enmiendas aprobadas,

se incluirían en su apartado y no de forma separada.

Revisión y Modificación: cuando lo pidan al menos 1/3 del Claustro de profesores o lo

proponga 1/3 de los miembros del Consejo Escolar.

Procedimiento a seguir:

Las enmiendas y contraenmiendas se presentarán por escrito a la Dirección del Centro.

CAPÍTULO 4. Órgano y fecha de aprobación

La aprobación del Reglamento de Régimen Interior corresponde al director del Centro,

según la normativa vigente. Sin embargo, el claustro de profesores, el Consejo Escolar y

la A.M.P.A. tienen la capacidad de elaborar las propuestas de modificación de este R.R.I.

El Equipo Directivo velará por el cumplimiento del R.R.I. en el Centro siendo obligación de

todos los miembros de la comunidad educativa su conocimiento y cumplimiento.

Este Reglamento ha sido aprobado por el Consejo Escolar, en sesión ordinaria del día28

de Noviembre de 2007, con lo que entró en vigor a partir de ese momento, se revisó en

abril de 2010 y posteriormente se hizo una revisión general del mismo en mayo de 2011.

Se revisaron algunos puntos en junio de 2013. Se adaptó a la LOMCE y a la nueva

normativa en el curso 2014-15.

Se incluyeron y trataron en el Consejo Escolar varios aspectos en octubre de 2017.

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TÍTULO I. DEFINICIÓNDEL CENTRO.PRINCIPIOS GENERALES

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TÍTULO I. DEFINICIÓN DEL CENTRO. PRINCIPIOS GENERALES.

CAPÍTULO 1. Definición del Centro.

El Centro docente denominado CEIP RUFINO BLANCO es un centro queimparte los

niveles de Educación Infantil y Educación Primaria.

Configuración definitiva del Centro:

• Educación Infantil, Segundo Ciclo: 6 unidades.

• Educación Primaria: 12 unidades.

CAPÍTULO 2. Principios generales.Este reglamento de régimen Interior y su aplicación se desarrollarán teniendo siempre

presentes los siguientes principios generales:

a) El desarrollo de la educación y la convivencia se realizará dentro de

un marco de tolerancia y respeto a la libertad del individuo, a su personalidad y

convicciones, que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción ni

obligación de aceptación de ideologías o creencias determinadas.

b) El derecho de todos los miembros de la comunidad escolar a

intervenir en las decisiones que les afecten mediante sus representantes

libremente elegidos en los órganos colegiados de control y gestión.

c) La orientación de los alumnos para que puedan asumir

progresivamente la responsabilidad de su propia educación y de las actividades

complementarias de tipo cultural, recreativo o similar, que aporten un

enriquecimiento a su educación y formación.

d) El derecho de todos a expresar su pensamiento, ideas y opiniones,

siendo respetadas las libertades académicas que corresponden a los profesores,

sin que el saber sea nunca utilizado como medio de dominación o manipulación de

los alumnos.

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e) Asegurar el orden interno que permita conseguir con la mayorplenitud losobjetivos educativos del centro.

Por otra parte, este Reglamento estará abierto a cualquier modificación propuesta

por cualquiera de los colectivos a los que hace referencia: profesores, alumnos y padres.

TÍTULO II.ESTRUCTURAORGANIZATIVA.ÓRGANOS DE GOBIERNOY GESTIÓNDEL CENTRO

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TÍTULO II. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA : Órganosde gobierno y gestión del centro.

Los órganos de gobierno velarán para que las actividades del Centro se desarrollen de

acuerdo con los principios y valores del Carácter Propio y del Proyecto Educativo, con

objeto de hacer posible la efectiva realización de los fines de la educación.

Los órganos de gobierno garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los

derechos reconocidos a los diferentes sectores de la comunidad escolar y velarán por el

cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación

efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del Centro, en su

gestión y en su evaluación, según los cauces establecidos en este Reglamento.

El centro contará con los siguientes órganos de gobierno:

Unipersonales: el Director/a, el Jefe/a de Estudios y el Secretario

Colegiados: el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores y el Equipo Directivo.

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CAPÍTULO 1.ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO.Definición de funciones, competencias y responsabilidades.

Regulados por el ROC, siendo éstos en este Centro:

- Director

- Jefe de Estudios

- Secretario

Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro. En

nuestro Centro son dirección, jefatura de estudios y secretaría con las competencias que

establece la legislación vigente.

A principios de cada nuevo curso el equipo directivo hará la presentación oficial del curso

y del profesorado en el primer Claustro del mes de Septiembre. Se establecerá a principio

de curso un horario de visitas a secretaría, jefatura de estudios y dirección, que también

será comunicado en la primera reunión general con las familias. El equipo directivo

dispondrá de al menos una hora semanal para su propia coordinación. Las funciones de

cada uno de los miembros del equipo directivo son las que siguen, según establece la

ÓRGANOS DE GOBIERNO

UNIPERSONALES COLEGIADOS

JEFE/A DEESTUDIOS

DIRECTOR/A SECRETARIO/A CONSEJO ESCOLAR CLAUSTRO

ÓRGANOS DECOORDINACIÓN

EQUIPOS DE NIVEL

COMISIÓN DE COORDINACIÓNPEDAGÓGICA

TUTORESEQUIPOS INTERNIVEL

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normativa vigente. Los procedimientos de elección y cese son los establecidos en la

Orden de 28 de febrero de 1996. Las normas para la elección de los Consejos Escolares y

órganos unipersonales de gobierno de los Centros públicos de

Educación Infantil, Primaria y Secundaria están detallados en el B.O.E. 5-3-1996 y en el

Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de

Educación Primaria (B.O.E. de 20-02-1996) (R.O.C. en adelante)

Las competencias y funciones de cada uno de los miembros del equipo directivo son las

que siguen, según establece la normativa vigente.

DIRECTOR/A

1. Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en

el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de

la comunidad educativa.

2. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las

competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

3. Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar

planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

4. Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

5. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.6. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de

los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos

y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las atribuidas

al Consejo Escolar en el artículo 127 de la Ley orgánica (L.O.M.C.E.). A tal fin, se

promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos

en los centros.

7. Aprobar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en

el reglamento de régimen interior.

8. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que

faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que

favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación

integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

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9. Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones

externas y en la evaluación del profesorado

10.Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del

Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito

de sus competencias.

11.Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los

gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las

certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que

establezcan las Administraciones educativas.

12. Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros

del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo

Escolar del centro.

13.Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de

la Ley Orgánica (L.O.M.C.E.)

14.Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las

competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y

organización docente.

15.Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en la

Ley Orgánica (L.O.M.C.E.) y disposiciones que la desarrollen.

16.Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido

en el artículo 122.3.

17. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

18.Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

19.Visar las certificaciones y documentos académicos del centro.

20. Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades.

21.Resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de

disciplina de alumnos y alumnas.

22.Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

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23. Imponer las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 del Decreto

51/2007, que podrá delegar en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno

o en la comisión de convivencia, en su caso.

24.Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para

la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de

ellos en el Decreto 51/2007.

25. Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que

correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar, y

según el procedimiento establecido en el Decreto 51/2007.

26.Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.

JEFE/A DE ESTUDIOS.

1. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal

docente en todo lo relativo al régimen académico.

2. Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

3. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y

complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo,

las programaciones didácticas y la programación general anual y, además, velar

por su ejecución.

4. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios

académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el

claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así

como velar por su estricto cumplimiento.

5. Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.6. Coordinar y dirigir la acción de los tutores y dirigir la acción de los tutores

conforme al Plan de Acción Tutorial (P.A.T.), en coordinación con el Equipo de

Orientación.

7. Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de

profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así

como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas

por el centro.

8. Organizar los actos académicos.

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9. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,

especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su

organización.

10. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la

programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

11. Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer

las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo

establecido en el reglamento de régimen interno y los criterios fijados por el

consejo escolar.

12. Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en

otras actividades no lectivas.

13. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del

ámbito de su competencia.

14. Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los tutores y

de los profesores, establecidas en el plan de convivencia y en el reglamento de

régimen interior, relacionadas con la convivencia escolar.

15. Imponer y garantizar, por delegación del director, las medidas de corrección y el

ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a

cabo en el centro.

SECRETARIO/A

1. Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices

del director.

2. Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar

acta de la sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

3. Custodiar los libros y archivos del centro.

4. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

5. Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

6. Custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del

resto del material didáctico.

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7. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de

administración y de servicios adscrito al centro.

8. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.

9. Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones

del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades

correspondientes.

10. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la

programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

11.Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo

con las indicaciones del director.

12.Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de

competencias.

CAPÍTULO 2. ÓRGANOS COLEGIADOS.

1. EL CONSEJO ESCOLAR.

A.Carácter y composición:

- El director/a, que será su Presidente.

- El jefe/a de estudios.

- Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle

radicado el centro.

- Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del

total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación

del mismo.

- Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos,

que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

- Un representante del personal de administración y servicios del centro.

- El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin

voto.

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Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que

impulse medidas educativas que fomente la igualdad real y efectiva entre hombres

y mujeres.

Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por

la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el

procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.

La participación de los padres de alumnos, maestros y Ayuntamiento en el gobierno de

los centros se efectuará a través del Consejo Escolar del Centro.

El procedimiento de elección es el establecido en la Orden de 28 de febrero de 1996. Que

detalla las normas para la elección de los Consejos Escolares y órganos unipersonales de

gobierno de los Centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años, según lo dispuesto en la

Orden de 15 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de

Castilla y León.

B. Funcionamiento

El régimen de funcionamiento y sus competencias son las establecidas en el R.O.C. y las

determinadas en normativas posteriores

Competencias:

• Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de

la Ley orgánica (L.O.M.C.E.).

• Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias

del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización

docente.

• Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados

por los candidatos.

• Participar en la selección del director del centro en los términos que la Ley

Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás

miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros,

adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del

director.

• Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en

la Ley Orgánica (L.O.M.C.E.) y disposiciones que la desarrollen.

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• Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la

normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director

correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la

convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores legales,

podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

• Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por

las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica (L.O.M.C.E.), la

resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

• Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e

informar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido

en el artículo 122.3. de la L.O.M.C.E..

• Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales,

con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

• Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del

rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las

que participe el centro.

• Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración

competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la

gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la

misma.

• Evaluar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen

en el reglamento de régimen interior y elaborar periódicamente un informe sobre el

clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan

de convivencia

• Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por

las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo de Educación, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la

violencia de género».

• Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.El Consejo Escolar podrá constituir otras comisiones para asuntos específicos, en las que

estarán presentes, al menos, un representante del profesorado y otro de las familias.

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C. Comisiones en el seno del Consejo Escolar.En el Consejo Escolar

funcionarán las siguientes Comisiones:

a) Comisión Económica.

La Comisión Económica elaborará el presupuesto y propondrá al Consejo Escolar la

compra de equipos inventariables que necesiten su aprobación.

Estará formada por: El Director/a, el Secretario/a, un maestro/a miembro del Consejo

Escolar, un padre/madre miembro del Consejo Escolar.

Competencias:

- Colaborar en la elaboración de los presupuestos anuales del centro.

- Informar al Consejo escolar de la gestión económica.

- Gestionar la marcha del comedor escolar.

- Cualquier otro asunto económico relacionado con el centro.

Se reunirá, para colaborar en la elaboración del presupuesto cuando llegue la dotación

económica y para informar de la gestión económica al finalizar cada semestre, en

Enero y Junio. Y siempre que lo considere necesario el Director, a propuesta del

Secretario.

b) Comisión de Convivencia: Tendrá como finalidad garantizar la aplicación correcta

de lo dispuesto en el Decreto 23/2014, de 12 de junio, colaborar en la planificación de

medidas preventivas y en la resolución de conflictos.

Estará constituida por el Director, el Jefe de Estudios, dos profesores, el Coordinador

de convivencia (si no perteneciese al Consejo Escolar, asistirá a las reuniones con voz

pero sin voto), y dos padres o madres de alumnos. El consejo escolar podrá decidir

que asistan a la comisión de convivencia, con voz pero sin voto, representantes de

otros sectores del mismo o de personas que por su cualificación personal o profesional

puedan contribuir a un mejor cumplimiento de sus fines.

Se reunirá al menos dos veces en el curso para hacer un seguimiento del Plan de

Convivencia del centro.

Se reunirá cuando sea preciso para elaborar un informe al Consejo escolar sobre la

aplicación de las normas de convivencia.

El Director la convocará, a propuesta del Jefe de Estudios, siempre que se considere

necesario iniciar sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves a un alumno o

grupo de alumnos.

Tendrá las siguientes competencias:

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- Mediar e intentar resolver los conflictos planteados, y canalizar las iniciativas de

los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto

mutuo y la tolerancia en el centro.

- Garantizar una aplicación correcta de los derechos y deberes de los alumnos y las

normas de convivencia de los centros, junto con la participación de las familias.

- Informar al Consejo Escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia, así

como de todo lo que se le encomiende dentro del ámbito de su competencia.

- Colaborar con el Consejo Escolar en la elaboración del informe en el que se

analice y evalúe la aplicación de las normas de convivencia, que se incluirá en la

Memoria Anual.

- Promover actividades que fomenten la convivencia y favorezcan la prevención de

conflictos.

El coordinador de convivencia.

El director designará entre los miembros del claustro, un coordinador de convivencia,

quien colaborará con el jefe de estudios en la coordinación de las actividades previstas

para la consecución de los objetivos del plan de convivencia.

2. EL CLAUSTRO DE PROFESORES

A.- Carácter y composición

Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la

responsabilidad de planificar, coordinar, informar y en su caso decidir sobre todos los

aspectos educativos del centro. Estará presidido por el director y estará integrado por la

totalidad de los profesores que presten servicio en el Centro. L.O.E. art.128-129,

regulado por los artículos correspondientes del ROC.

En el seno del Claustro se constituirán comisiones de trabajo y se favorecerá la

participación en proyectos que propicien la consecución de los objetivos marcados en

nuestra programación. Los coordinadores/as interciclos, de las comisiones y de los

diferentes proyectos dispondrán de una hora lectiva semanal para el desarrollo de sus

funciones.

B.- Funcionamiento

1.-El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque o

lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además una sesión de

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claustro al principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del

Claustro es obligatoria para todos sus miembros.

2.-Si el Claustro no hubiese finalizado, continuará al día siguiente, siempre y cuando no

haya otro tipo de circunstancia que lo impida, por ejemplo, día de entrevista con padres.

3.-La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos sus miembros. Las

ausencias al mismo deberán estar justificadas. En caso contrario, el Director apercibirá al

ausentado verbalmente y si fuese reincidente, lo hará por escrito.

4.-El Claustro de Profesores quedará válidamente constituido cuando estén presentes la

mitad más uno de sus componentes.

5.-Los acuerdos que exijan votación se tomarán por mayoría relativa, excepto cuando la

normativa vigente especifique otro tipo de mayorías.

6.-Las reuniones del Claustro serán ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias

serán convocadas con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación.

Tendrán carácter extraordinario aquellas cuyo orden del día conste de uno o varios puntos

de urgente tratamiento. No se podrán tratar otros temas, ni habrá lectura del acta

anterior, ni ruegos, ni preguntas.

7.-En las convocatorias ordinarias y para lograr una mayor implicación y efectividad, se

elaborará un orden del día

8.-Los puntos del orden del día deberán tener las características siguientes:

* Figurar claros en la convocatoria.

* Adaptados al tiempo disponible.

* Se dará preferencia al tratamiento de temas monográficos. * El primer punto

será “Lectura y aprobación del acta anterior” * El último punto será “Ruegos y

preguntas”.

9.-El Claustro será informado por el Director/a en todos aquellos temas que por su

importancia afecten al funcionamiento del centro.

10.-El Claustro debatirá previamente aquellos temas de su competencia que vayan a ser

discutidos en el Consejo Escolar del centro.

C.- Competencias.

1.-Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los

proyectos de centro y de la Programación General Anual.

2.-Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los

proyectos y de la Programación General Anual.

3.-Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los

alumnos.

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4.-Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación

pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

5.-Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección

del director en los términos establecidos por la presente Ley.

6.-Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por

los candidatos.

7.-Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento

escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el

centro.

8. Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

9. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar

por que éstas se atengan a la normativa vigente.

10. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Estas

propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del plan de convivencia que

anualmente se apruebe por el director.

11. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las

respectivas normas de organización y funcionamiento.

Toma de acuerdos de los órganos colegiados.

Los órganos colegiados adoptarán los acuerdos por mayoría de los votos emitidos, salvo

en los casos en que la normativaindique otra mayoría.

De ordinario se votará a mano alzada, utilizando el voto secreto cuando la normativa así

lo exija, o cuando lo solicite algún miembro.

Las votaciones se llevarán a cabo de la siguiente manera:

Primero se solicitarán los votos a favor de lo sometido a votación; después los contrarios

y, por último, las abstenciones. Cuando son dos o más las propuestas objeto de votación

y se ha de elegir una, se ordenarán de la manera más conveniente y se llevará a cabo la

votación como se expone anteriormente.

CAPÍTULO. 3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.Establecidos en el ROC.

En este centro funcionarán los siguientes:

• Equipos docentes de nivel

• Equipos docentes internivel

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• Comisión de Coordinación Pedagógica

• Equipo de bilingüismo ( Inglés)

• Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica

Además de estos órganos de coordinación docente, el Centro tendrá en cuenta también a

las diferentes personas responsables de la coordinación de los diversos proyectos en los

que el mismo participe.

Equipos docentes de nivel

Estarán formados por todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso.

Su finalidad es coordinar las actuaciones educativas del curso, reforzar el proceso

educativo del alumnado y prevenir los problemas que pudieran aparecer a lo largo del

mismo, compartiendo toda la información que sea necesaria para trabajar de manera

coordinada en el cumplimiento de las siguientes funciones:

a) Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada

uno de los cursos, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de

coordinación pedagógica.

b) Elaborar los aspectos docentes de la programación general anual

correspondientes al curso.

c) Realizar propuestas al equipo directivo relativas a la elaboración y revisión del

proyecto educativo y de la programación general anual.

d) Tomar decisiones curriculares y organizativas que afectan al curso realizando las

propuestas que estime oportunas a la comisión de coordinación pedagógica.

e) Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión

periódica.

f) Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas relacionadas

con el proceso de enseñanza-aprendizaje y el fomento de la convivencia y la

cultura.

g) Intercambiar información sobre las características generales y específicas del

alumnado.

h) Desarrollar programas específicos para atender a la diversidad del alumnado.

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i) Conocer y compartir todos los problemas y conflictos que han podido surgir en la

clase en cualquier área y su resolución, arbitrando medidas de corrección de

conducta de los casos que lo precisesn, que se aplicarán por parte de todos los

profesores.

j) Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de criterios

comunes de evaluación y calificación.

El equipo docente de nivel estará dirigido por un coordinador que será designado por el

director, una vez oído dicho equipo, entre sus miembros y, preferentemente, entre

aquellos que sean tutores y tengan destino definitivo y horario completo en el centro.

Cuando exista un solo grupo de alumnos por nivel, el coordinador del equipo de nivel será

el tutor del grupo.

Se reunirán cada quince días y siempre que lo consideren conveniente en horario no

lectivo.

Equipos docentes internivel.

Con la finalidad de coordinar la práctica docente entre los niveles o cursos, en los centros

docentes habrá dos equipos docentes internivel. Uno que estará formado por los

coordinadores de los equipos docentes de nivel de 1.º, 2.º y 3.º cursos y otro por los

coordinadores de los equipos docentes de nivel de 4.º, 5.º y 6.º cursos, pudiendo

incorporarse otro profesorado del centro. Son funciones de los equipos docentes

internivel:

a) Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean

necesarias para que los alumnos adquieran las competencias claves acordes con su edad.

b) Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial.

c) Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones

individualizadas que se realicen en 3.º y 6.º de educación primaria, adoptando a partir de

los resultados de las mismas las decisiones individuales y colectivas que sean precisas.

d) Coordinar la selección de materiales pedagógicos y didácticos de acuerdo con los

criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica para el centro.

e) Definir las líneas de actuación pedagógica para el establecimiento de los refuerzos

educativos de acuerdo con los criterios establecidos para todo el centro. f) Proponer

planes de mejora, formación y actividades complementarias a la comisión de coordinación

pedagógica.

g) Participar y colaborar en el desarrollo y consecución de planes desarrollados por el

centro o el Proyecto de Autonomía si fuera el caso.

h) Cualquier otra que les sea encomendada en el ámbito de sus competencias.

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Habrá un coordinador de cada equipo docente internivel que será designado por el

director entre los miembros del equipo una vez oídos los mismos.

Los equipos docentes internivel se reunirán al menos quincenalmente y preceptivamente

para las sesiones de evaluación de los alumnos y siempre que se considere conveniente.

Corresponderá a la persona que actúe como coordinador internivel:

- Ser la portadora de las propuestas y acuerdos de la Comisión de Coordinación

Pedagógica ante el profesorado que compone su equipo internivel.

- Reunir a su equipo internivel quincenalmente coincidiendo con el día reservado

a la coordinación dentro del horario no lectivo tomando acta de lo tratado.

Comisión de Coordinación Pedagógica

La comisión de coordinación pedagógica estará formada por el director del centro, o

persona en quien delegue, que la presidirá, los coordinadores de los equipos docentes

internivel, el coordinador de la etapa de Educación Infantil, el orientador del centro, el

coordinador de convivencia y el/la jefe de estudios del centro que será el coordinador de

la comisión.

En caso de existir proyecto bilingüe, podrá incorporarse a la comisión de coordinación

pedagógica el coordinador del mismo.

Las funciones de la comisión de coordinación pedagógica son las siguientes:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración, revisión y evaluación de la

propuesta curricular y de las programaciones didácticas.

b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la

redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación, y asegurar su

coherencia con el proyecto educativo.

c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de

acción tutorial.

d) Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo del

centro por el cumplimiento y posterior evaluación de las propuestas curriculares de

centro. e) Establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos

de desarrollo curricular.

f) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación,

de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la propuesta curricular de la

etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual,

la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

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h)Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con

las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro

docente o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que

se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

i) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las

adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas

especiales.

j) Hacer propuestas de planes de formación en el centro.

La comisión de coordinación pedagógica se reunirá, al menos, una vez al mes de acuerdo

con el calendario que se establezca al comienzo de cada curso y celebrará una sesión

extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren

necesarias. Actuará como secretario la persona de menor edad.

Tutorías

Cada grupo de alumnos tendrá un maestro/a tutor/a, que siempre que la organización del

centro lo permita, será el maestro/a que imparta más horas de docencia al grupo. Los

tutores serán designados de acuerdo con los criterios establecidos en el R.O.C., en el que

también se indican cuáles son sus funciones.

El/la jefe de estudios coordina el trabajo de los tutores y mantiene reuniones periódicas

para asegurar el buen funcionamiento de la acción tutorial.

Equipo de sección bilingüe. Inglés

Estará formado por los profesores de bilingüismo e inglés. Sus funciones serán elaborar la

programación de cada nivel, buscar y seleccionar materiales adecuados, elegir las

metodologías más adecuadas a cada nivel, proponer la compra de materiales propios al

centro, hacer sugerencias sobre su asignatura a la C.C.P y participar en las propuestas de

la administración sobre el tema. Entre sus componentes se elegirá a un coordinador que

será quien participe en los actos convocados por la Administración y asistirá a la C.C.P.

Se reunirán al menos una vez al trimestre.

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Estará compuesto por el/la psicólogo/a y un/a Técnico de Servicios a la Comunidad que

atienden al centro de manera periódica. Funciones que realizan:

1. Colaboración en la elaboración y seguimiento de Planes y otros documentos de

Atención a la Diversidad, asesorando al Equipo Directivo y a través de la C.C.P.

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2. Evaluación psicopedagógica de los alumnos detectados por los tutores, a través de la

hoja de derivación y asesoramiento de los maestros sobre la respuesta educativa

individualizada, los objetivos y modalidad de refuerzo y las actividades y materiales

didácticos que respondan a sus necesidades.

3. Asesoramiento en la elaboración, evaluación y seguimiento de la adaptaciones

curriculares significativas junto con los tutotes y maestros especialistas, P.T. y A.L.

4. Seguimiento psicológico y socioeducativo con las familias de los alumnos que lo

requieran.

5. Asesoramiento en los programas de acción tutorial.

6. Coordinación con los Departamentos de Orientación de los institutos de educación

secundaria de referencia, los servicios sociales, sanitarios, educativos y otras

instituciones de la zona.

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TÍTULO III.PARTICIPACIÓNDE LOSDISTINTOS SECTORESDE LACOMUNIDADEDUCATIVA.

TÍTULO III. PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA.

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∗CAUCES DE PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO:

- Claustro - C.C.P.- Consejo Escolar (a través de sus representantes)

- Equipos de nivel y de internivel.

∗CAUCES DE PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO:

Su grupo/clase. Se da fundamentalmente a nivel de aula, preferentemente en el

ámbito de su tutoría, bien de forma individual o colectiva (en asamblea). El tutor

es el encargado de recoger sus inquietudes.

La tutoría se realizará cuando se requiera abordar un problema concreto que

precise un tratamiento inmediato o para llevar a cabo el PAT.

Puede haber tareas que se determinen en la CCP y se traten en las clases por el

tutor como temas transversales de la forma que se considere más adecuada.

Los alumnos/as pueden colaborar en distintas actividades o servicios organizados

por el Centro: biblioteca, festivales, deportes, etc., siempre bajo la tutela y

responsabilidad de algún maestro/a del Centro.

∗CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS

- Consejo Escolar (a través de sus representantes)

- Asociación de madres y padres del centro. (A.M.P.A.)

Además de las competencias que les otorga la ley (R.O.C. Art. 55), el A.M.P.A. de este

centro se reúne periódicamente con el Equipo Directivo para intercambiar información,

coordinar actuaciones concretas, participar en las actividades del centro,…

El A.M.P.A. tiene representación en el Consejo Escolar a través de la designación de

uno de sus miembros.

Siempre que exista disponibilidad en las instalaciones, el A.M.P.A. tendrá a su

disposición una dependencia del centro que será utilizada como domicilio social.

Las actividades programadas por la Asociación de madres y padres de alumnos, serán

propuestas por escrito a la dirección y se valorarán en el Consejo Escolar, para que

sean incluidas en la P.G.A. de cada curso escolar.

En la participación de las madres y padres de alumnos se atenderá a los siguientes

aspectos:

- Los padres, madres o tutores legales de los alumnos/as tienen su cauce

representativo a través de dos vías: los representantes en el Consejo Escolar y la

Asociación de madres y padres de alumnos (A.M.P.A.) que con su propia

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autonomía de funcionamiento y organización, tiene regulada su actuación en el

Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de

padres de alumnos.

- La A.M.P.A. dispondrá de un espacio específico en el Centro como sede de la

misma, así como de un buzón de sugerencias.

- Las propuestas de organización y realización de actividades extraescolares, se

realizarán al comienzo de cada curso escolar a través de la A.M.P.A. o de los

representantes en el Consejo Escolar.

Otros coordinadores y encargados

Cada nuevo curso se nombrará los siguientes coordinadores y encargados:

o Coordinadores internivel. oEncargado de Biblioteca.

oCoordinación de Sección Bilingüe. oCoordinador de

Medios Informáticos.

o Coordinador de Red XXI. oProgramas de

Madrugadores y Continuadores.

o Representante del Centro en el CFIEoCoordinador de

Convivencia.oCoordinador del Plan de Fomento de

Lectura y Desarrollo de la Comprensión Lectora y de

Comisión de Lectura.

o Coordinador de Igualdad de Oportunidades mujeres yhombres.

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TÍTULO IV.NORMAS DEFUNCIONAMIENTO YORGANIZACIÓNINTERNA.

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TÍTULO III. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y DE ORGANIZACIÓNINTERNA.

1. CALENDARIO

El calendario escolar lo establece anualmente la Consejería de Educación. A comienzo de

curso se remitirá un ejemplar a cada miembro del Consejo Escolar y del claustro, otro

ejemplar a la A.M.P.A., otro a los padres a través del alumnado, quedando otro ejemplar

expuesto en el tablón de anuncios de la Sala de Profesores.

2.HORARIO ESCOLAR.El colegio tiene otorgada la jornada continuada y cada curso se revisa, se valora y se

solicita.

El horario escolar será el siguiente:

MESES DE JUNIO Y SEPTIEMBRE:

La jornada escolar se desarrollará de 9,00 a 13,00. El recreo será de treinta

minutos. En 1º de Educación Infantil habrá otro descanso de 15 minutos.

MESES DE OCTUBRE A MAYO:

La jornada escolar se desarrollará de 9 a 14 horas, con cinco sesiones en la

mañana.

En Educación Infantil de tres años se tendrá en cuenta el periodo de adaptación

para su mejor escolarización.

El recreo de Primaria tendrá una duración de treinta minutos. El recreo de

Educación Infantil no coincidirá con el de Primaria. En 1º de Educación Infantil habrá

otro descanso de 15 minutos.

3. ENTRADAS Y SALIDAS.

Pautas para las familias en las entradas

1. Para el normal desarrollo de las entradas y salidas, las familias deben permanecer

hasta la entrada de las filas en las proximidades de la entrada (verja instituto),

accediendo solo los niños a la zona de patio. En el caso de los alumnos de 1º de

Infantil podrán ser acompañados por sus padres o tutores, según lo determine el

equipo directivo. Será norma exigible la puntualidad tanto para la entrada como para

la salida.

2. La entrada de los alumnos se hará por la puerta del patio.

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Los alumnos de Infantil y de Primaria que lleguen tarde entrarán por la puerta principal y

serán profesores los encargados de llevarlos al aula correspondiente. Los padres

firmarán el cuaderno de retrasos.

3. Los padres o representantes legales de los alumnos que recogen a sus hijos deberán

estar puntuales con unos minutos de antelación a la salida, en la puerta de entrada

al patio para esperar a sus hijos.

4. Será responsabilidad de los padres o representantes legales hacerse cargo de sus

hijos al finalizar el horario lectivo de mañana y/o las actividades extraescolares de la

tarde.

5. Si por causa justificada dichos padres o representantes no llegaran a la hora

indicada, el tutor/a correspondiente lo comunicará al Equipo Directivo, que adoptará

las medidas que considere oportunas para localizar a la familia de la forma más

rápida posible.

En el caso de las actividades extraescolares el monitor/a informará al profesor quien se

encargará de ponerse en contacto con la familia.

6. Los acompañantes de los alumnos no pueden entrar en las clases en horario escolar;

para dar un comunicado o recoger a sus hijos se pondrán en contacto con el profesor

que está en la zona de entrada y éste lo transmitirá al tutor correspondiente.

Acceso a las aulas

Las entradas, salidas y desplazamientos por el edificio se harán de la manera más

ordenada y silenciosa posible. Los alumnos irán acompañados y precedidos por los

profesores.

Se ordenará en función de la edad del alumnado y del recorrido que haya que hacer para

incorporarse a las aulas. Se entrará previo toque de timbre.

1.-Educación Infantil y primero y segundo y tercero de Primaria por las puertas

principales de acceso por la zona cerca de la puerta de entrada.

2.-El alumnado de 4º,5º y6º de primaria entrará por la puerta de acceso a Comedor y

casa de Conserje.

El centro se abrirá unos minutos antes del comienzo de la actividad docente y se cerrará

diez minutos después del comienzo de la jornada lectiva.

El profesor tutor deberá estar a la hora de entrada y salida en el patio con el fin de

recoger su fila y entrar con ella en orden, salvo que el tutor tenga que estar en otra

clase, en este caso le sustituiría el especialista o apoyo correspondiente.

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Las entradas y salidas del centro se harán de forma ordenada, respetando las normas

oportunas, siendo el profesor el primero en estar en el aula y el último en abandonarla.

Cuando los niños, por razones justificadas, no puedan incorporarse a la hora fijada para

la entrada, lo harán en el recreo.

En la organización de entradas, cada profesor se hará cargo del grupo. En las entradas de

primera hora y en la subida después del recreo, irán con dicho curso tanto el tutor como

el especialista al que le corresponda su hora de clase con ese grupo.

Se procurará que las entradas en las aulas se hagan en orden.

Los retrasos serán anotados por cada profesor tutor. Cuando el retraso sea reiterado, se

enviará comunicación a los padres según modelo existente.

Las puertas de acceso al Centro se cerrarán diez minutos después de la hora de entrada.

Los padres no entrarán en el recinto escolar a acompañar a sus hijos, salvo en el caso de

Infantil. Si se tuviera que acceder al Colegio para asuntos distintos a los de entrada de

clase, debe hacerse por la puerta del edificio principal.

El profesorado contabilizará la asistencia a clase, registrando una falta por día. Las faltas

deberán estar justificadas por los padres.

Si el alumno no llegase a la hora de entrada debe incorporarse al colegio a la hora del

recreo con objeto de no interrumpir las clases.

En el caso de que el número de faltas de asistencia injustificadas sea superior a 5

seguidas o 10 alternas, el tutor y la dirección del centro se lo comunicará a los padres y,

de mantenerse dicha situación, se trasladará el tema a la autoridad competente.

Salidas: deberá habituarse al alumnado a que sus desplazamientos sean en orden. De

ello se encargarán los profesores que hayan impartido la clase antes de dicha salida. El

alumnado realizará todas las salidas a través de la puerta que corresponda.

El profesor tutor cerrará la puerta del aula a las horas de salida, asegurándose que no

queda ningún alumno dentro.

Ningún alumno podrá quedar en el aula sin estar acompañado de un profesor.

El profesor será el último en abandonar la clase en las salidas, controlando luces y

puertas. Al final de la jornada controlará también que la clase quede ordenada.

Solo podrán permanecer en el centro al finalizar la jornada aquellos alumnos que realicen

alguna actividad complementaria, bajo la vigilancia y responsabilidad de la persona

encargada. Cuando el alumno tenga que entrar o salir del centro, por visita médica u otra

razón justificada, deberá comunicarse al tutor y a algún miembro del equipo directivo.

Ningún alumno regresará al aula fuera del horario lectivo, en casos muy necesarios será

acompañado por un profesor

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Si una clase acaba tarde, será el profesor que la imparte en ese momento, el encargado

de que los alumnos lleguen al patio.

Periodo de cortesía: alrededor de 5 minutos esperará el profesor tutor o encargado con

los alumnos que no han venido a recoger. Pasado este periodo de tiempo se comunicará

a la dirección del centro y se procederá a localizar a la familia. Si se repitiera la situación,

se pondría en conocimiento de los Servicios Sociales y de la Dirección Provincial por

abandono de responsabilidad de dichos padres hacia sus hijos. En último extremo, se

podría recurrir a denunciar los hechos ante la Fiscalía de menores.

Retrasos-

Cuando un alumno llega con retraso de manera reiterada se seguirá el procedimiento. Los

alumnos que tengan hermanos en otras clases esperarán a estos fuera del recinto

escolar, como los padres, y no en los pasillos.

A las horas de salida los niños de infantil se entregan a los padres y/o acompañantes. En

el caso de que estos últimos sean menores de edad o no sean los tutores legales, los

profesores tutores tendrán una autorización.

Los retrasos, tanto en entrada como en recogida de los alumnos, deben estar

debidamente justificados y será obligatorio rellenar el “cuaderno de retrasos” en la

entrada.

Siempre que una familia tenga que recoger a un alumno dentro del horario escolar

deberá rellenar el correspondiente “cuaderno de recogida en horario escolar” que se

encuentra a la entrada.

Absentismo-1.Cuando el tutor aprecia entre un 10 y un 20% de faltas injustificadas, comunicará

dicha circunstancia a jefatura de estudios e iniciará el “Protocolo de prevención

delabsentismo escolar” si fuese necesario.

Comportamiento durante los cambios de clase.

Los alumnos, entre clase y clase, no saldrán del aula a no ser por causa justificada o con

el debido permiso del profesor.

Mientras el profesorado cambia de aula, se procurará que transcurra el mínimo espacio

de tiempo. El alumno tendrá en cuenta las siguientes normas:

· Recogida del material de la sesión concluida.

· Preparación del material de la sesión siguiente.

· Se mantendrá una conducta que posibilite el normal funcionamiento de las clases

contiguas.

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· Si algún curso tiene que salir fuera de su aula para acudir a otras aulas como la

de música, inglés, gimnasio.... saldrá acompañado por un profesor, especialista o

tutor correspondiente. Se procurará mantener el orden y el silencio en el

desplazamiento.

Actividades educativas fuera del Centro.

Las actividades aprobadas en el Plan General Anual que tengan que ser realizadas fuera

del centro tendrán el mismo carácter vinculante que las que se lleven a cabo en el recinto

escolar. No obstante, los padres/ madres o tutores legales han de firmar una autorización

para que su hijo las realice.

EN EL RECINTO ESCOLAR

En todo el recinto escolar existe prohibición de fumar. De forma análoga se extiende la

prohibición a la utilización de cigarrillos electrónicos, de acuerdo con las recomendaciones

de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla

y León

EN CLASE

Los alumnos respetarán las normas establecidas desde el principio de curso con cada

tutor y con el resto de sus profesores.

Desarrollo de las clases.

Ningún alumno permanecerá fuera del aula durante las horas de clase. Cualquier

situación que obligue a algún alumno a salir del aula durante el periodo lectivo será

siempre supervisada por el profesor correspondiente.

Para que el alumnado pueda salir del centro durante el periodo lectivo será preceptivo

que vengan a recogerlo con justificante que se entregará al tutor.

EN EL RECREO

Organización del horario de recreo.

• El recreo será de media hora de duración tanto en Educación Infantil como en

Primaria y en Educación Infantil de 3 años podrán tener además un descanso de

juegos al aire libre de 15 minutos.

• Los turnos de vigilancia en los recreos, por parte del profesorado se organizarán

según las normas vigentes y las que establezcan el Claustro.

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• Todos los recreos estarán vigilados por tantos profesores como sea necesario para

cumplir la ratio que marca la ley (60 en Primaria y 30 en Infantil).

• Cada curso escolar se elaborarán unos cuadrantes en los que figuren los vigilantes

de reserva para cubrir sustituciones. La vigilancia es obligatoria y ha de cumplirse

con la máxima puntualidad.

• En caso de faltar algún profesor del turno, se establecerá un horario de

sustituciones. Tanto el profesor que falta como los componentes de su turno,

avisarán lo antes posible a la jefa de estudios para que organice la sustitución.

• Los profesores a los que les toca cuidar patio son los encargados de curar a los

alumnos y atender cualquier incidente rutinario.

• Si surgen problemas de comportamiento en el tiempo de recreo, serán los

profesores que cuidan patio los primeros responsables de dar una solución. Si

éstos lo consideran necesario, avisarán al tutor. Si el problema se considera grave,

se avisará a jefatura de estudios y en última instancia al Director/a.

• El profesor o profesora que estaba con los alumnos en la clase previa a la salida,

controlará que todos salgan de clase en orden y que las luces se apaguen y las

puertas y ventanas queden cerradas.

• La entrada después del recreo se realizará por las mismas puertas que en la

entrada de la mañana o de la tarde.

• Si algún niño permaneciese en clase durante este periodo lo hará acompañado de

un profesor.

• La vigilancia en el patio será a cargo de los profesores del centro a excepción del

Equipo Directivo y de los profesores itinerantes.

• En caso de lluvia u otras inclemencias, los tutores se responsabilizarán de sus

alumnos, permaneciendo con su grupo y los especialistas colaborarán en su

vigilancia turnándose con los tutores.

Además, los alumnos tendrán en cuenta las siguientes normas:

• Bajarán al patio sin gritos, empujones o carreras.• Los alumnos evitarán juegos violentos o con objetos que puedan provocar

lesiones.

• Los alumnos y alumnas que tengan problemas acudirán a uno de los profesores

encargados de la vigilancia del recreo.

• Los alumnos y alumnas no entrarán a las aulas sin permiso de algún profesor de

vigilancia.

• Se hará uso debido de las papeleras. El alumno deberá respetar los espacios

destinados para las zonas de recreo. Asimismo no se permitirá arrojar papeles u

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otros objetos de desecho, para ello previamente se echarán en las papeleras de

las clases o patio.

• En días de lluvia, los alumnos permanecerán en sus aulas respectivas o en la

estancia que se les asigne con la presencia de un profesor. Permanecerán en los

porches o en las clases, con su tutor realizando juegos de mesa u otras

actividades lúdicas. Los alumnos que salgan al porche saldrán siempre

acompañados de sus tutores. Ningún alumno permanecerá en las aulas sin estar

acompañado de un profesor o bajo la presencia directa de éste.

• Los alumnos procurarán ir al servicio en la hora de recreo, salvo casos

excepcionales, teniendo cuidado de no dejar ningún grifo abierto, ni jugar en los

mismos.

• No se permite hablar con los alumnos a través de las vallas, ni hacerles entrega de

ningún tipo de objeto. Por parte de los alumnos no hablarán con nadie a través de

la valla, ni cogerán alimentos u objetos a través de ellas.

• Durante el período de recreo no se permitirá la entrada de los alumnos a las aulas

a no ser por causas justificadas y con el permiso de los profesores de vigilancia.

• Los alumnos no deben acercarse a las vallas exteriores del centro para garantizar

su seguridad.

• Está prohibido subirse a las vallas, porterías, canastas,…• Queda prohibido cualquier tipo de juego violento o que pueda derivar en ello, así

como los que supongan molestias y/o peligro para los demás.

• Ningún alumno podrá salir del recinto escolar. Si un balón saliese fuera, serán los

profesores los que arbitren las medidas necesarias para recuperarlo.

• Los alumnos depositarán las envolturas de los bocadillos y objetos desechables en

las papeleras y cubos de los patios.

• Al finalizar el recreo (sonará el timbre), los alumnos formarán filas y será el tutor,

o profesor con el que tengan clase, el encargado de recoger la fila y llevarla al

aula.

• Utilización de aseos: En los aseos los alumnos permanecerán el tiempo necesario

para utilizarlos, no pudiendo permanecer jugando en los mismos. Los profesores

que vigilan patio serán los encargados de controlar que esto sea así.

ENFERMEDADES Y MEDICAMENTOSNi el personal docente ni el personal de comedor están autorizados para administrar

ningún tipo de medicamento al alumnado. El centro facilitará a las familias el acceso para

administrarlo previa comunicación al Equipo Directivo.

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Cuando un alumno se encuentre enfermo no podrá acudir al colegio. Si el profesorado

observa que un alumno se encuentra mal, tiene fiebre,… avisará a la familia para que

venga a recogerlo. Se contemplan como excepciones los alumnos con enfermedades

crónicas.

En el caso de enfermedades contagiosas tales como varicela, sarampión, paperas,

rubeola, conjuntivitis… las familias no traerán a los niños al centro para evitar contagios.

Cuando se incorporen informarán al tutor del alta pediátrica. Es imprescindible que el

centro esté informado desde el primer momento.

En casos de pediculosis, el centro recomienda actuar como en las enfermedades

contagiosas. Es importante que la familia comunique al tutor el caso lo antes posible.

Siempre que se detecte algún caso, o se reciba alguna comunicación, el centro enviará

una circular a todas las familias para que pongan las medidas preventivas necesarias y

evitar así su propagación.

En caso de accidente de los alumnos, el centro se pondrá en contacto telefónico con algún

miembro de la familia para informarle del percance con el fin de que se personen en el

centro.

En función de la gravedad del accidente, el colegio arbitrará las medidas oportunas.

JUGUETES, APARATOS ELECTRÓNICOS Y OTROSNo se permite acceder al centro con:

1. Juguetes. (Excepcionalmente los alumnos de 3 años sí podrán traer algún juguete

durante el periodo de adaptación).

2. Móviles o aparatos electrónicos, cámaras de fotos,…3. En Infantil:

3.1. Chupete.

3.2. Biberón. 3.3. Pañales.

4. Caramelos, chucherías, chicles,…

CAPÍTULO 4. ORGANIZACIÓN DE RECURSOS MATERIALES EINSTALACIONES

RECURSOS MATERIALES

Libros de texto y otros materiales.

• El profesorado de cada nivel y los equipos docentes internivel se reunirán al final

del Curso Escolar para la elección de los libros de texto y material escolar

seleccionándolos con criterios pedagógicos, adecuados a la metodología adoptada

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conjuntamente y teniendo en cuenta la normativa vigente. Todas las propuestas

serán presentadas en la CCP para su aprobación definitiva.

• En general, todos los alumnos del mismo nivel, llevarán el mismo material escolar

(libros, cuadernillos de apoyo,…).

• A finales de junio se proporcionará a las familias un listado de libros y materiales

por nivel para el curso siguiente.

• Se informará de todo ello puntualmente a la Jefatura de Estudios.

El secretario llevará un inventario de: mobiliario y equipos, libros, videos y otro material

didáctico siempre de acuerdo a la información que le transmitan los tutores y otros

profesores encargados del centro, biblioteca y TIC.

El material de libros y videos estará inventariado en la biblioteca.

Material Escolar: almacenamiento, control y uso:

Todo el material debe ser inventariado siempre.

Es necesario elaborar un listado de los materiales específicos que existen actualmente en

cada ciclo.

Cualquier nuevo material deberá ser inventariado antes de usarse.

Cada profesor tendrá la responsabilidad de inventariar y encargarse de controlar el

material de su aula, de asegurarse que a final de curso quedan los 25 puestos escolares y

los armarios y enseres de la clase bien organizados.

El material de uso común deberá almacenarse en un lugar concreto que ofrezca seguridad

siguiendo un criterio lógico para el funcionamiento cotidiano.

El material común internivel debe centralizarse en una tutoría o, en su defecto, en el aula

del coordinador, quien se responsabilizará de llevar el control y registro.

Para mantener este control pueden resultar útiles unas fichas de registro, donde podamos

anotar de forma ágil y efectiva la retirada de cualquier material y su devolución. Ante

cualquier deterioro se comunicará al profesor encargado. Este se responsabilizará de la

reparación, previo aviso al Secretario si ésta actuación tuviera costes económicos.

INSTALACIONES

Instalaciones y su utilización.

Se procurará que tanto los espacios como los materiales del centro tengan un

aprovechamiento máximo.

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Es una obligación de todos los miembros de la comunidad educativa así como de los que

excepcionalmente utilicen el centro, respetar responsablemente edificios, instalaciones,

mobiliario, libros, juegos,…

No se arrojarán objetos ni desperdicios en ninguna dependencia del centro.

No se permite comer pipas, chicles, caramelos,… salvo permiso expreso del profesorado

en circunstancias excepcionales como cumpleaños, fiestas, etc.

La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario y material escolar por uso indebido o

negligencia deberán ser reparados por los responsables del hecho, y si no fuera posible,

se recurrirá a la indemnización económica.

AulasLos alumnos respetarán a sus profesores, a sus compañeros y el material propio y

ajeno.

Emplearán en todo momento las normas de cortesía socialmente establecidas como

saludar, despedirse, pedir por favor, disculparse, …

Pedirán el turno de palabra, levantando la mano y sin interrumpir a los demás.

Contribuirán a que el ambiente del aula sea relajado y de buena convivencia.

No se pueden decir palabrotas o comentarios que ofendan al resto.

No pueden acceder al centro con móviles, máquinas de juegos,… En caso de no

cumplir esta norma, serán retirados por los maestros durante el periodo de tiempo

que se estime oportuno.

Al término de la jornada, el aula deberá quedar en orden y en un normal estado de

limpieza.

AseosLos alumnos utilizarán los servicios que les corresponden, dándoles el uso debido y

no permaneciendo más tiempo del necesario.

En los baños no se juega, no se tira agua, no se malgasta el papel, no se molesta a

ningún compañero.

Solo se permite la salida al baño en horas de clase en casos de necesidad entendida

y bajo la responsabilidad del profesor que lo autoriza.

Los baños quedarán en perfecto estado respecto a la limpieza, utilizando

adecuadamente las papeleras.

Si para el desarrollo de alguna actividad concreta se necesita utilizar el baño, el

profesor responsable de la actividad se responsabilizará también del uso adecuado

del baño para que se cumplan estas normas.

Pasillos-

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Todos los desplazamientos por el centro se harán de manera ordenada y con el

mayor silencio posible.

En los pasillos no se puede jugar, correr, botar balones, comer pipas, chucherías,…

Los alumnos de Primaria tendrán especial cuidado por las escaleras. No se puede

empujar ni correr. Los profesores subirán y bajarán con los alumnos en fila siendo

ellos los primeros del grupo.

No se puede arrastrar mochilas por las escaleras. Se intentará que la mayor parte del

material se quede en las aulas para evitar el sobrepeso.

Los alumnos no pueden salir a los pasillos en los cambios de clase.

Biblioteca:

Su utilización se basará fundamentalmente en:

a) Préstamos de aula.

b) Préstamos individuales.

Educación Infantil y los cursos de 1º, 2º y 3º de Educación Primaria podrán tener los

libros en el aula para facilitar y agilizar su uso. El profesorado correspondiente se

responsabilizará del control, conservación y devolución de los fondos sacados.

Habrá profesores encargados. Dispondrán de horas semanales cada una para atender

su funcionamiento.

Sus funciones serán:

a) Clasificación y ordenación de los libros.

b) Registro de los nuevos fondos.

c) Registro de entradas y salidas.

d) Realización y actualización del inventario e información al profesorado.

e) Intervención en la adquisición de nuevos fondos.

f) Establecer con antelación visitas de los tutores con previo aviso.

g) Dinamizar las actividades complementarias

h) Reparación de los libros.

Los tutores que utilicen la biblioteca se responsabilizarán de:

1) La conservación adecuada de los libros prestados al aula o utilizados

durante las visitas en grupo a la biblioteca.

2) La devolución de los libros en los plazos establecidos.

3) El cumplimiento de las normas establecidas para el uso de la biblioteca.

4) Informar de la utilización de la biblioteca con antelación a su vista a los

coordinadores de dicho espacio.

Los alumnos que utilicen la biblioteca:

1.-Deberán respetar las normas establecidas para la biblioteca.

2.-Ir a la biblioteca con las manos limpias.

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3.-No comer ni beber en la biblioteca.

4.-Las páginas de los libros deben volverse desde la parte superior derecha de la

hoja con los dedos bien secos.

5.-No doblar las hojas de los libros.

6.-Estar en silencio respetando lo que los demás están realizando.

7.-No pintar los libros.

8.-Reintegrarán con nuevos libros aquellos que hayan deteriorado por un uso

indebido o perdido.

Los alumnos de 5º y 6º de Primaria podrán colaborar voluntariamente en la

realización del registro de libros bajo la supervisión de los profesores encargados.

Gimnasio:

Actividades de Educación Física. Actos festivos del Centro. Atención a grandes grupos. Los

profesores de educación física serán los encargados de realizar el inventario del material

deportivo.

Los grupos que utilicen el gimnasio deben colocar los materiales que han utilizado en el

lugar destinado para ellos y dejar todo recogido y ordenado

No debe usarse el gimnasio como pasillo cuando haya alumnos en clase.

El gimnasio puede ser utilizado por los profesores de Educación Infantil para realizar

ejercicios de psicomotricidad siempre que queden tiempos libres en primaria.

Aula de Música

El profesor de música será el encargado de hacer el inventario de los instrumentos y

materiales del aula, de su organización y control.

El profesor de música establecerá las normas de uso propias del aula.

Los grupos que pasan por el aula deben tratar los materiales de forma adecuada y dejarla

ordenada al finalizar la clase.

Aula de Idiomas

Cada curso se establecerá un horario de ocupación de éste aula, teniendo en cuenta

primero la utilización para idiomas de la sección bilingüe e inglés y después se reservará

para los grupos que lo soliciten y no dispongan en sus aulas de pizarra digital.

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El profesor que acuda con un grupo se responsabiliza del uso de los recursos del aula y de

que ordenadores, mandos, lápices, conexiones,… queden en el lugar indicado para ellos y

todo debidamente apagado al final de la clase.

Aula de Pedagogía Terapéutica

El profesor de PT es el encargado de realizar el inventario, solicitar nuevos recursos y

establecer las normas de trabajo en la misma.

Aula de AL

El profesor de AL será el encargado de realizar el inventario, solicitar nuevos recursos y

establecer las normas de trabajo en la misma.

Aula de Informática.

Será utilizada por todos los cursos en cualquier área de aprendizaje.

Los encargados serán profesores que tendrán las siguientes funciones:

a) Establecer el horario de utilización.

b) Inventariar los medios informáticos, de manera que estén localizados, y

actualizar la información cuando haya adquisición de material.

c) Establecer las normas de utilización de los equipos informáticos.

d) Elaborar y divulgar un manual de instrucciones en el que se expliquen las pautas

de uso de todos los recursos informáticos.

Los profesores o tutores deberán:

a) Hacer constar en el cuaderno de registro las visitas al aula de informática, tanto

en grupo como a nivel individual, anotando los posibles deterioros.

b) El tutor o profesor del grupo que utilice esta clase vigilará el uso que el

alumnado haga del material disponible.

Además, se procurará facilitar a cada profesor un inventario para un mejor uso

funcional del material. Así mismo se creará un cuaderno de préstamos de recursos

informáticos.

Tutoría de E. Infantil

Aula de apoyo y aula de Atención a familias por equipo de Orientación Educativa y equipo

de Atención Temprana.

Aula de Atención Educativa

Dirección, secretaría, jefatura de estudios.

Dependencia de la A.M.P.A

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Los padres harán uso del despacho asignado para ellos siempre que sea posible en

horario no lectivo.

Sala de Profesores: Reunión de los Órganos colegiados del Centro.

Laboratorio de Idiomas.

Cada curso se establecerá un horario de ocupación de éste aula, teniendo en cuenta

primero la utilización para idiomas de la sección bilingüe e inglés y después se reservará

para los grupos que lo soliciten y no dispongan en sus aulas de pizarra digital. Será

utilizable por todos los cursos en cualquier área de aprendizaje.

Los encargados serán profesoresde bilingüe, que tendrán las siguientes funciones:

a) Establecer el horario de utilización.

b) Inventariar los medios audiovisuales, de manera que estén localizados, y

actualizar la información cuando haya adquisición de material.

c) Establecer las normas de utilización de los equipos audiovisuales.

d) Elaborar y divulgar un manual de instrucciones en el que se expliquen las pautas

de uso de todos los recursos audiovisuales.

El profesor que acuda con un grupo se responsabiliza del uso de los recursos del

aula y de que ordenadores, mandos, lápices, conexiones,… queden en el lugar indicado

para ellos y todo debidamente apagado al final de la clase.

Además, se procurará facilitar a cada profesor un inventario para un mejor uso funcional

del material.

En todos los casos la utilización de los espacios por los alumnos será acompañada por un

profesor o monitor responsable.

El comportamiento de los alumnos se adecuará a la actividad realizada, tanto en el

cuidado del material como en las instalaciones.

Utilización instalaciones en horario lectivo.

Cada grupo de alumnos utilizará un aula como espacio de referencia.

Los espacios de uso general: Biblioteca, gimnasio, aula de ordenadores, sala de

profesores y diferentes tutorías se utilizarán según calendario establecido por jefatura de

estudios. Se colocará un horario semanal en la puerta de cada uno de estos lugares y en

las sesiones que queden libres podrán ser utilizadas por el resto de personal.

No se podrán utilizar las instalaciones generales del Centro dentro del horario lectivo por

otras personas o instituciones ajenas al mismo a no ser con autorización del director.

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Utilización de instalaciones en horario no lectivo.

Los espacios generales se utilizarán para reuniones de órganos del centro, actividades

extraescolares organizadas por la A.M.P.A.

Durante el horario de madrugadores y de comedor algunas dependencias del centro

(gimnasio y patio) podrán ser utilizadas por los distintos grupos de alumnos para poder

realizar las actividades programadas. Los monitores o monitoras responsables de estos

alumnos velarán por el cuidado del material de las diferentes dependencias y para que no

se altere el orden.

La utilización de las instalaciones del centro por otros colectivos será estudiada en

Consejo Escolar.

Reparaciones y mantenimiento.Corresponde al Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca la reparación y mantenimiento

del centro, como marca la ley.

El profesorado comunicará por escrito los deterioros a la dirección del centro para que

obre en consecuencia.

Llaves.

Todas las llaves de las distintas dependencias del colegio están colgadas en la Secretaria.

Cada una tiene su rótulo correspondiente y un número de código. Hay una lista en la

puerta del cajetín de llaves con los códigos y leyendas de todas las llaves para que la

localización sea más rápida.

Una vez que se haya hecho uso de la llave, esta volverá a ser devuelta a su sitio. En caso

de extravío se comunicará inmediatamente al equipo directivo.

Higiene, orden y limpieza.

La recogida de la clase será supervisada por el profesor que esté en la última hora. Los

alumnos se presentarán debidamente aseados para mantener las condiciones de higiene

debidas. En caso contrario, el centro adoptará las medidas oportunas, como notificárselo

a la familia, al director y, en último caso, a los servicios sociales municipales. En el

supuesto de que un niño dejara de asistir a clase por enfermedad de carácter grave, se

exigirá para su readmisión un certificado o nota médica donde conste que no existe

ninguna posibilidad de contagio.

La limpieza corporal deberá observarse diariamente con el fin de crear hábitos de higiene

y para respetar a los restantes miembros de la comunidad educativa.

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CAPÍTULO 5.. ORGANIZACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.

1. PROFESORADO DEL CENTRO

1.1.- FunciónLa función principal de los profesores será formar e instruir a los alumnos y alumnas.

Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan

encomendados.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de

los procesos de enseñanza. c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de

su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d)La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en

su caso, con los servicios o departamentos especializados.

e)La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro

o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

g)La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto,

de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores

de la ciudadanía democrática.

h)La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e

hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean

encomendadas.

j) La participación en la actividad general del centro.

k)La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones

educativas o los propios centros.

l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de

enseñanza correspondiente.

Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el

principio de colaboración y trabajo en equipo.

COMPETENCIAS QUE SE DEBEN ADQUIRIR

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ORDEN ECI/3857/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para

la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la

profesión de Maestro en Educación Primaria.

1. Conocer las áreas curriculares de la Educación Primaria, la relación interdisciplinar

entre ellas, los criterios de evaluación y el cuerpo de conocimientos didácticos en torno

a los procedimientos de enseñanza y aprendizaje respectivos.

2. Diseñar, planificar y evaluar procesos de enseñanza y aprendizaje, tanto

individualmente como en colaboración con otros docentes y profesionales del centro.

3. Abordar con eficacia situaciones de aprendizaje de lenguas en contextos

multiculturales y plurilingües. Fomentar la lectura y el comentario crítico de textos de los

diversos dominios científicos y culturales contenidos en el currículo escolar.

4. Diseñar y regular espacios de aprendizaje en contextos de diversidad y que atiendan a

la igualdad de género, a la equidad y al respeto a los derechos humanos que

conformen los valores de la formación ciudadana.

5. Fomentar la convivencia en el aula y fuera de ella, resolver problemas de disciplina y

contribuir a la resolución pacífica de conflictos. Estimular y valorar el esfuerzo, la

constancia y la disciplina personal en los estudiantes.

6. Conocer la organización de los colegios de educación primaria y la diversidad de

acciones que comprende su funcionamiento. Desempeñar las funciones de tutoría y de

orientación con los estudiantes y sus familias, atendiendo las singulares necesidades

educativas de los estudiantes. Asumir que el ejercicio de la función docente ha de ir

perfeccionándose y adaptándose a los cambios científicos, pedagógicos y sociales a lo

largo de la vida.

7. Colaborar con los distintos sectores de la comunidad educativa y del entorno social.

Asumir la dimensión educadora de la función docente y fomentar la educación

democrática para una ciudadanía activa.

8. Mantener una relación crítica y autónoma respecto de los saberes, los valores y las

instituciones sociales públicas y privadas.

9. Valorar la responsabilidad individual y colectiva en la consecución de un futuro

sostenible.

10. Reflexionar sobre las prácticas de aula para innovar y mejorar la labor docente.

Adquirir hábitos y destrezas para el aprendizaje autónomo y cooperativo y promoverlo

entre los estudiantes.

11. Conocer y aplicar en las aulas las tecnologías de la información y de la

comunicación. Discernir selectivamente la información audiovisual que contribuya a los

aprendizajes, a la formación cívica y a la riqueza cultural.

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12. Comprender la función, las posibilidades y los límites de la educación en la

sociedad actual y las competencias fundamentales que afectan a los colegios de

educación primaria y a sus profesionales. Conocer modelos de mejora de la calidad con

aplicación a los centros educativos.

1.2.- Derechos de los profesores

Como funcionarios, los derechos de los profesores están regulados por la legislación de

Función Pública.

Los profesores deben poder desarrollar sus clases en un clima agradable y positivo,

siendo competentes para tomar las medidas necesarias que lo garanticen. Asimismo,

recibirán un trato respetuoso de parte del resto de los miembros de la Comunidad

Educativa.

1. En su labor docente, los profesores tendrán libertad de enseñanza y cátedra de

acuerdo con el artículo 20 de la Constitución, respetando el P.E.C. A tener

garantizada la libertad de cátedra, orientándose su ejercicio a la consecución de los

fines educativos, de conformidad con los principios establecidos en la legislación

vigente y teniendo en cuenta el Proyecto Educativo del Centro. Reconocimiento de la

libertad de cátedra, que tendrá su límite en el respeto a los derechos y libertades

reconocidas como fundamentales y en los acuerdos establecidos en las concreciones

curriculares.

2. El profesor tiene el derecho a estar informado de todas las comunicaciones oficiales

que lleguen al centro de modo general y, principalmente, aquellas que sean de índole

profesional, respetando la información.

3. Los profesores tienen derecho a recibir formación continuada fuera o dentro del

centro, pudiéndose computar con parte del horario de obligada permanencia en el

centro, sin descuidar la atención a familias.

4. A ejercer funciones de docencia e investigación teniendo como referente elel P.E.C. y

la P.G.A.

5. A intervenir en todo aquello que afecte a la actividad del centro a través de los

canales reglamentarios.

6. A constituir asociaciones que tengan como finalidad la mejora de la enseñanza y el

perfeccionamiento profesional, de acuerdo con las normas vigentes.

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7. No se podrá obligar a ningún profesor del Centro, a impartir la enseñanza de la

Religión , ni se impedirá hacerlo a los que estén dispuestos y capacitados para ello

8. Al respeto de su integridad física y psicológica, recibiendo un trato correcto por parte

del resto de componentes de la comunidad educativa.

9. Trabajar en un ambiente relajado y tranquilo.

10. Exigir el respeto que le es debido, como persona y como miembro de la comunidad

escolar.

11. Formar parte del Claustro con voz y voto.

12. Participar en la organización del centro a través de los órganos correspondientes.13. Programar reuniones en el centro con fines pedagógicos.

14. Formular propuestas para su inclusión en el orden del día de las convocatorias para

las sesiones de los órganos colegiados.

15. Ser informados de los acuerdos adoptados en el C.E. y de la información pedagógica

que reciba el centro.

16. Ser informado por los padres o madres con la mayor diligencia de las faltas de

asistencia de sus alumnos.

17. Exigir de toda la comunidad escolar el cumplimiento del presente reglamento.

18. Elegir el material y los textos de su ciclo de forma coordinada, respetando la

normativa y la línea educativa del centro.

19. Proponer y exigir a los alumnos las actividades que considere convenientes dentro de

su función tutorial y de centro.

20. El profesorado de los centros sostenidos con fondos públicos, en el ejercicio de lasfunciones de gobierno, docentes, educativas y disciplinarias que tenga atribuidas, tendrála condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condiciónpor el ordenamiento jurídico.

21. En el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos constatadospor el profesorado y miembros del equipo directivo de los centros docentes sostenidoscon fondos públicos, tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad"iuris tantum" o salvo prueba en contrario, cuando se formalicen por escrito en documentoque cuente con los requisitos establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de laspruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan ser señaladas oaportadas.

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1.3.- Deberes de los profesores

Los profesores tendrán que mantener un espíritu de trabajo y colaboración dentro de

cada una de las áreas en las que interviene, siempre enfocado a lograr los objetivos del

Proyecto Educativo de Centro. Además, deberán:

1. Desarrollar la labor docente dentro del marco del Proyecto Educativo (PEC)

2. Cumplir las disposiciones sobre enseñanza para conseguir la mayor eficacia del

proceso educativo en interés de los alumnos y la sociedad.

3. Asegurar de manera permanente su propio perfeccionamiento científico y pedagógico.

4. Llevar el registro de asistencia de los alumnos así como el control del proceso

educativo de los mismos.

5. Asistir a las sesiones de claustro y a aquellas reuniones oficiales que hayan sido

convocadas reglamentariamente por el director del centro.

6. Cumplir el horario de clases y el calendario de actividades docentes establecido en laP.G.A. del centro.

7. Facilitar información sobre el alumno tanto a los padres como a otras personas que

inciden en su educación.

8. Velar por el cumplimiento de las normas de educación de la Escuela.9. Realizar las programaciones globales correspondientes al curso y áreas que imparte.

10. Elegir los libros de texto y el resto de material curricular usados en el colegio,

elevando las propuestas al Claustro y Consejo Escolar.

11.Mostrar una actitud de respeto, tolerancia y comprensión hacia los alumnos,

tratándolos sin distinción de edad, raza, religión, sexo, ideología, salud, capacidad,

etc.

12. Intentará motivar y ayudar a los alumnos que, por sus problemas especiales,

presenten más dificultad en el aprendizaje, poniendo a su alcance los medios y

materiales necesarios.

13. Fomentar el espíritu crítico de sus alumnos, que favorezca el desarrollo de actitudes

democráticas entre ellos, creando en el centro un clima de trabajo, tolerancia, respeto

y ayuda entre ellos.

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14. Fomentar en los alumnos la responsabilidad en el trabajo y el gusto por la labor bien

hecha.

15. Llevar a cabo la evaluación continua de los alumnos y notificar a las familias las tres

sesiones correspondientes, según el calendario preestablecido.

16.Valorar objetivamente a los alumnos, informando a la Comisión de Coordinación

Pedagógica sobre aquellos alumnos que deban promocionar o permanecer un año más

en el ciclo.

17. Proponer a la C.C.P. el estudio de alumnos que presenten necesidades especiales, ya

sean cognitivas o adaptativas.

18. Permitir la participación activa del alumno en la vida escolar y en la organización del

aula.

19.Asistir puntualmente a clase, cumpliendo con puntualidad el horario académico y la

función docente que le ha sido asignada.

20.No permanecer fuera del aula sin motivo justificado.21.Mantener la clase en un ambiente de trabajo tranquilo y relajado dentro de un marco

de convivencia y respeto mutuo.

22. Justificar sus ausencias según la normativa vigente.23.Controlar diariamente las faltas de asistencia y puntualidad de sus alumnos.

Notificarlo a sus padres y jefe de estudios y aplicar el “Protocolo de prevención del

absentismo escolar” cuando sea necesario.

24. Tratar con el debido respeto a todas las personas de la comunidad educativa.25.Asistir a las reuniones a las que sea convocado respetando y cumpliendo los acuerdos

tomados.

26.Cumplir puntualmente con los servicios de vigilancia establecidos.27.Respetar la labor de los demás maestros.

28.Respetar los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.29. Elaborar las programaciones de aula y realizar la evaluación del aprendizaje.30. Educar a los alumnos atendiendo a los principios educativos y los objetivos aprobados

por el centro e impartir una enseñanza de calidad.

31.Cumplimiento de las normas éticas que exige la función educativa.32.Aceptar los cargos académicos, de coordinación o de gobierno para los que sean

designados.

33.Atender a los padres que requieran información sobre el proceso educativo de sus

hijos en el horario establecido. Comunicar las faltas de comportamiento de los

alumnos a Jefatura de estudios y a sus familias.

34.Cumplimentar adecuadamente los expedientes y demás documentos de los alumnos.

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Las faltas de asistencia de los alumnos, justificadas o no, serán reflejadas en el

boletín escolar, siendo el profesor-tutor el que lleve el control de faltas de asistencia de

sus alumnos, pidiendo justificación firmadas por los padres o tutores. A estos efectos, se

contabilizará como una falta la jornada completa.

Los profesores informarán al Jefe de Estudios de las ausencias reiteradas de los

alumnos.

Asimismo, los profesores deberán ser puntuales a lo largo de la jornada laboral.

Tutores.

A) Normas generales.Cada curso tendrá un maestro-tutor que impartirá docencia en el grupo.

Su nombramiento y funciones aparecen señaladas en los artículos 45 y 46 del

Reglamento Orgánico de Centros y en las Instrucciones Reguladoras. Sus competencias

fundamentales serán:

1. Realizarán entrevistas a las familias, dedicando la hora semanal acordada con

carácter general para todo el centro.

2. Acompañarán al alumnado en las entradas, salidas y recreos, cuando les corresponda.

3. También le corresponderá educar a su tutoría en la democracia participativa.4. Cada tutor convocará al menos tres reuniones generales con las familias durante el

curso, siguiendo la normativa vigente informando del desarrollo de la programación y

evaluación.

5. Corresponde a los tutores, en el ámbito del plan de acción tutorial, la coordinación de

los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando

entre profesores, alumnos y familias o tutores legales.

6. Los tutores impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de

convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría.

7. El tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por

los profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría, con el objeto de resolver

los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el desarrollo

de la actividad educativa.

8. Se coordinará con los profesores que inciden en su aula y en su caso, con el

profesorado de Pedagogía Terapéutica.

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9. Participar en los Equipos de evaluación, decidiendo su evaluación y la promoción del

alumno oído el equipo de profesores.

10. La orientación y asesoramiento de los alumnos en sus problemas y necesidades

educativas.

11. La colaboración con los equipos psicopedagógicos y profesores de apoyo para elaborar

las adaptaciones curriculares necesarias.

12.Coordinación del proceso de evaluación de los alumnos según las normas del P. E. C.

13.Cooperación con los padres o tutores legales de los alumnos facilitando la información

necesaria para un mejor rendimiento de estos últimos.

Para garantizar el buen desempeño de la función tutorial y teniendo en cuenta la

movilidad de la plantilla, el equipo directivo entregará al profesorado, en el primer

claustro, la hoja que recoge las “primeras pautas para tutores” donde se incluyen,

también, “aspectos básicos para conseguir el control de aula”.

PRIMERAS PAUTAS DE LA ACCIÓN TUTORIAL

• Comprobar listados-Material alumnos (mesas-sillas)• Leer ficha de alumnos nuevos. Entrevista con la familia dejando registro. Todos los

tutores que cogen alumnos nuevos deberán realizar una entrevista individual con lafamilia preferentemente en el primer trimestre. Registrar todos los encuentros que semantengan.

• Tutor que recibe un grupo nuevo. Solicitar información al tutor sobre la clase o aJefatura de Estudios.

• Establecer pautas Plan de Acogida para alumnos nuevos tomando como base el Plande Acogida de centro.

• Comprobar expedientes.• Conocer alumnos con áreas pendientes.• Realizar evaluación inicial, entregando registro de resultados de grupo de Lengua y

Matemáticas a la Jefa de Estudios, archivará los resultados individuales en susexpedientes. Antes del 7 de octubre.

• Informar de los resultados del grupo en la primera reunión de familias.• Actualizar listados de alumnos Religión/Alternativa.• Conocer el listado de alumnos usuarios de comedor.• Comunicar cualquier cambio en los listados al Equipo Directivo.• Fijar fecha para la reunión general de padres.• Primaria: Repartir las Agendas escolares y establecer pautas de uso.• Informar a los profesores que entren en la clase de las características del grupo.• Dar a conocer a las familias de sus alumnos la normativa precisa, informarles de la

existencia de documentos de centro y de las líneas de trabajo.• Realizar las ACIs con la colaboración de los profesores de PT y AL.• Conocer los documentos institucionales del centro.

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ASPECTOS BÁSICOS PARA CONSEGUIR EL CONTROL DEL AULA

• Es importante que los profesores ganen la autoridad ante sus alumnos y para ello, elprofesorado debe ir desarrollando una imagen positiva y de guía con su alumnado.

• Dentro del procedimiento de instrucción, hará hincapié en la estructuración de lassesiones, cuidando los momentos de motivación, atención y refuerzos.

• Procurará mantener unas rutinas (emocionales, académicas y de límites), quefomenten la seguridad y autonomía del alumnado respetando las normas establecidasen el aula.

• El estilo comunicativo del docente irá encaminado al respeto y valoración de lapersona, a la ayuda, satisfacción y cooperación y a la valoración y evaluación justa yobjetiva.

• El modo de actuar en la resolución de conflictos será asertivo y democrático.• Se establecerán unas normas y sanciones del aula de manera consensuada. Serán

acordes con las normas del centro. Se pondrán en un lugar visible.• Se cumplirán los castigos que se impongan.• Las conductas inadecuadas se recriminan en el momento. Se refuerzan las positivas.• El profesor tendrá preparado en trabajo cotidiano, dominará la materia y tendrá

planificadas todas las actividades, así como el material necesario.• Es fundamental crear lazos afectivos con el grupo, tener una atención individualizada.• Hay que crear un clima de respeto y afecto en el aula.

Para mejorar la atención a las familias, favorecer la participación de todos y evitar

esperas innecesarias, los padres concertarán previamente las entrevistas con el tutor. A

la hora del recreo, en caso de lluvia u otras inclemencias, tanto los tutores como los

especialistas se responsabilizarán del cuidado de los alumnos. En las entradas y salidas

de la clase acompañará a los alumnos el tutor y profesor que se encuentre con ellos en

ese momento.

Tutorías

A lo largo del curso se debe solicitar la asistencia a las reuniones con antelación para

facilitar a las familias la información más completa.

Durante el primer trimestre habrá reuniones generales con los tutores, es importante la

asistencia de los padres ya que en ellas se tratan aspectos importantes de planificación y

organización del presente curso escolar. En estas reuniones acudirán solamente los

padres, madres y tutores legales de los alumnos sin la presencia de los hijos.

Profesorado sin tutoría

Tendrán las mismas competencias y responsabilidades que los tutores cuando estén con

cada grupo. Ello supone:

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FUNCIONES DE LOS MAESTROS SIN TUTORÍA :

Con carácter general, tendrán las mismas competencias y responsabilidades que los

tutores cuando estén con cada grupo. Ello supone:

1. Asistir a las reuniones de nivel e internivel.

2. Participar en la elaboración de la P.G.A. y los documentos del centro.

3. Coordinarse con los tutores y tutoras en la planificación del proceso de enseñanza y

aprendizaje general acordados.

4. Realizar entrevistas a las familias cuando lo estime necesario una de las partes.

5. Acompañar al grupo que les corresponda en las entradas, salidas y recreos.

6. Realizar con la mayor agilidad los cambios de clase de forma que queden garantizadas

la continuidad y coordinación de las diferentes actividades y responsabilidades

7. Participar en las reuniones generales del ciclo que se mantienen con las familias.

8. Atender y cuidar al alumnado en los periodos de recreo y otras actividades

programadas por el centro

Profesorado de Apoyo

El profesor de apoyo estará integrado en el equipo docente del ciclo donde realice su

labor o preste el mayor número de sesiones de apoyo, con las mismas competencias que

el resto de sus miembros.

Las tareas del profesorado de apoyo serán concertadas en cada caso según las

necesidades que se planteen en los ciclos o las características de los alumnos que

necesiten apoyo o refuerzo educativo; sin embargo, estas tareas se realizarán en un

marco general en el cual las funciones más destacables serían:

1.-Colaborar con los tutores en actividades de pequeño grupo.

2.-Atender individualmente a alumnos cuyas características hagan aconsejable recibir

apoyo y refuerzo educativo dentro o fuera de su aula.

3.-Apoyar en tareas colectivas y actividades de gran grupo, talleres, biblioteca, salidas,

etc.

4.-Organizar materiales y proponer recursos.

5.-Colaborar en el desarrollo de adaptaciones curriculares.

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6.-Las actividades destinadas a proporcionar apoyo y refuerzo educativo se realizarán

dentro del horario lectivo, centrándose principalmente en las tareas instrumentales

básicas.

7.-Asimismo, aquellos profesores que dispongan de horario de libre disposición

destinadas a ese fin desempeñarán las actividades anteriormente citadas.

Criterios de Adscripción:

La adscripción será realizada por el director del Centro, teniendo en cuenta los criterios

que marca la ley (orden del 22-8-02 y la de 7-7-05 sobre la organización y

funcionamiento de los colegios de E. Infantil y Primaria).

Las adscripciones se realizarán en el primer claustro del curso escolar y se harán de

acuerdo con las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las

escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobadas por

Orden del MEC de 29.06.94.

El profesorado se adscribirá a los distintos grupos y niveles. Aquellos profesores que,

quedando tutorías libres, desean cambiar de nivel, lo harán teniendo en cuenta los

siguientes criterios:

1º- Antigüedad en el Centro

2º- Mayor antigüedad en el Cuerpo

Es importante también tener en cuenta una serie de consideraciones:

• Es importante ante todo respetar los Proyectos de Centro.• El equipo directivo no debe ser tutor.

• Los especialistas si podrán ser tutores donde se considere más conveniente.

El director del Centro, podrá modificar la continuidad de un maestro con su grupo de

alumnos por razones que afecten al aprovechamiento escolar de los alumnos o a la

organización del centro, siempre que cumpla los requisitos que la normativa prevea.

Ausencias y sustituciones

Las ausencias de los profesores estarán sujetas a la normativa vigente.

En cuanto a las sustituciones, las prioridades en este tema se establecerán según las

necesidades que se planteen en el Centro en cada curso escolar.

Las sustituciones se harán equitativamente entre todo el profesorado disponible.

En caso de que no fuera posible cubrir dichas ausencias, los alumnos del grupo en

cuestión serán distribuidos en el resto de los grupos, teniendo en cuenta hacerlo

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primeramente en el grupo con edades más afines al mismo. El número de alumnos que

se reparta en cada grupo dependerá de la ratio del aula que los reciba.

Se establece un orden de prioridades para cubrir las ausencias:

1.-Profesor sin ninguna tarea docente en ese momento.

2.-Suspensión de las tareas de coordinación o responsables de biblioteca, aula de

informática,…

3.-Suspensión del refuerzo educativo.

4.-Suspensión del aula de Compensación Educativa, menos los que impartan

castellano para facilitar la inmersión lingüística.

5.-Suspensión de los apoyos de PT.

6.-El equipo directivo no sustituirá siempre que no sea imprescindible.

Los profesores que puedan prever sus ausencias deberán dejar planificadas las tareas

para que sean realizadas durante su ausencia. En caso de que no se diera esta situación,

será el profesorado del mismo nivel o el más próximo, junto con el Jefe de Estudios,

quienes se encargan de dicha labor.

Si la ausencia se produjera por enfermedad, el profesor que vaya a sustituir, pedirá

asesoramiento en cuanto a las actividades a realizar al tutor del mismo nivel al que

pertenezca el profesor ausente.

Organización de apoyos y refuerzos

En Educación Infantil todos los apoyos se realizarán dentro del aula.

En Educación Primarialos apoyos se llevarán a cabo mayoritariamente en las áreas de

Lengua, Matemáticas.

Se procurará que cada profesor apoye a los grupos de su mismo nivel teniendo en cuenta

su formación profesional y sus habilitaciones.

Seguimiento del trabajo complementario de los alumnos

Los programas de nivel serán elaborados de forma que eviten en lo posible el

recargo de las actividades de los alumnos con tareas suplementarias fuera de la jornada

escolar. Para ello se realizará un horario semanal en el que cada profesor apuntará el

tiempo estimado en la realización de las tareas y cuándo se pedirán los trabajos

realizados.

Excepcionalmente y de forma transitoria, podrán asignarse tareas a aquellos

alumnos que, por prolongada ausencia u otras razones justificadas no hayan podido

seguir el normal desarrollo de la clase.

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En estos casos, por el tutor o el equipo docente serán programadas las actividades

realizadas por los alumnos afectados fuera de la escuela, ponderando tanto en sentido

cuantitativo como cualitativo.

2. ALUMNADO

2.1. Derechos y deberes de los alumnos

1. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más

distinciones, en su forma de ejercicio, que las derivadas de su edad, desarrollo

madurativo y del nivel que estén cursando.

2. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución

Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, con el fin de formarse en los

valores y principios reconocidos en ellos.

3. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto

de los derechos que se establecen en el presente Reglamento.

4. El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implica el deber

correlativo de conocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes básicos

sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel en que estén.

Para corregir conductas indeseables en alumnos especialmente conflictivos, el

profesorado empleará el refuerzo de conductas positivas, en vez de “subrayar” las

negativas.

2.2. Derechos de los alumnos:

Derecho a una formación integral.

Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno

desarrollo de su personalidad.

Este derecho implica:a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en

los

principios democráticos de convivencia.

b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente lasrelaciones

interpersonales.

c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan

integrarse personal, laboral y socialmente.

d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico yacadémico.

e) La formación ética y moral.

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f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar

decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. Para ello, la Administración

educativa prestará a los centros los recursos necesarios y promoverá la colaboración

con otras administraciones o instituciones.

Derecho a ser respetado.

Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad,integridad y dignidad

personales.

Este derecho implica:

a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.

b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas,religiosas o

morales.

c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e

higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de actuación.

d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de lasactividades académicas y fomente el respeto mutuo.

e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las

comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación que

hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente.

Derecho a ser evaluado objetivamente.

Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad.

Este derecho implica:

a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados dela evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza.

b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones,

respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones

parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se

establezca.

Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus padres

o tutores legales. Ante la solicitud de los padres, en presencia del profesor pueden ver los

exámenes, pero nunca se los podrán llevar, ni hacer una copia.

Derecho a participar en la vida del centro.

Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su

funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente.

Este derecho implica:

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a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio delos

derechos de reunión, de asociación y de representación en el centro, a través de sus

delegados.

b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual

y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos

constitucionales, merecen las personas y las instituciones.

c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de laactividad

educativa en general.

Derecho a protección social.

Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdocon lo dispuesto en la

legislación vigente y en el marco de las disponibilidades presupuestarias.

Este derecho implica:

a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o

desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención

a aquellos que presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el

acceso y la permanencia en el sistema educativo.

b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una

adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la

imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.

c) La información escolar solo se hará a los padres o tutores legales que

tengan la patria potestad y a quienes estén autorizados por los anteriores y constaten la

autorización correspondiente.

2.3. Deberes de los alumnos:

Deber de estudiar.

Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo

rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad.

Este deber implica:

a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades

académicas programadas.

b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus

funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices.

El estudio es un deber básico del alumno que se concreta en:

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-Asistir a clase con puntualidad, así como cumplir y respetar los horarios aprobados

para el desarrollo de las actividades del Centro.

-Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje y

mostrarle el debido respeto y consideración.

-Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de

un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la

educación.

-Participar en actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al

desarrollo de los currículos.

Deber de respetar a los demás.

Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás.

Este deber implica:

a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de losderechos

establecidos en este Decreto.

b) Respetar a los profesores y tener la consideración debida a ellos.

c) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa,

y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier

otra circunstancia personal o social.

d) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales

que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a

sus pertenencias.

e) Los alumnos deben guardar el debido respeto a todo el personal laboral que

trabaje en el Centro.

Deber de participar en las actividades del centro.Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la vida

del centro.

Este deber supone:

a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las

actividades lectivas y complementarias, así como en las entidades.

b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos

de responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio

de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de

ellos.

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Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro.Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de

colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado

clima de estudio y respeto.

Este deber implica:a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro,

establecidas en este Reglamento de Régimen Interior.b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para

favorecer el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el centro.

c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los

materiales didácticos.

Deber de ciudadanía.

Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de

nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.

2.4. Admisiones durante el curso.

La admisión del nuevo alumnado está sujeta a la legislación vigente y a los plazos

establecidos.

Ante la admisión de un alumno de nueva procedencia, se le adscribirá según la legislación

y se determinará el grupo una vez consultados los profesores implicados.

2.5. Criterios de agrupamiento

En los grupos de nueva creación se buscará el equilibrio entre ambos sexos,

nacionalidades, año y mes de nacimiento y ACNEE.

Se realizarán los cambios necesarios en caso de aparecer desequilibrio en un grupo o

concurrir en él un número suficiente de alumnos cuyas características perturben el normal

funcionamiento de la clase. Posteriormente se dará conocimiento a las familias.

En casos excepcionales, podrá adscribirse o readscribirse algún alumno a un grupo

concreto cuando razones pedagógicas, psicológicas o sociales así lo aconsejen. Esta

decisión la tomará la C.C.P. a propuesta del tutor y oídos el resto de profesores de nivel

A principios de curso se tendrán confeccionadas las listas de cada clase.

2.6. Ausencias o enfermedades.

Ningún alumno entrará o saldrá del colegio en horas de clase, salvo en casos justificados

y previa autorización del tutor. El alumnado no podrá abandonar el centro durante el

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horario lectivo, a no ser que sea recogido por sus padres o tutores legales, previo

conocimiento de su tutor/a o equipo directivo.

Las faltas a clase deberán justificarse a los tutores a través de los modelos que se les

proporcionan a principio de curso. En caso de citas médicas, debe avisarse a los tutores el

día anterior.

Los alumnos que se encuentren enfermos no deberán asistir durante esos días al colegio

reponiéndose en casa.

2.7. Cambio de Religión a Atención Educativa y otras religiones.

El cambio de religión a Atención Educativa o viceversa así como la petición de otra

religión se hará solamente en los primeros quince días del mes de Septiembre. Las

solicitudes que no se presenten en dicha fecha no serán tramitadas.

3. PADRES DE ALUMNOS

Los padres o tutores legales son un elemento definitivo en la educación de sus hijos,

proporcionándoles un clima de comprensión y tolerancia e inculcándoles el respeto hacia

el Centro educativo, los profesores, los compañeros y las instalaciones de su centro

escolar.

3.1. Derechos de las familias

La participación de las familias en el proceso educativo

Artículo 15. Implicación y compromiso de las familias.

A los padres, madres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de

sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda

correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se lleve a cabo

de forma adecuada (Modificación establecida por DECRETO 23/2014, de 12 de junio.

BOCyL del 13 de junio de 2014).

Artículo 16. Derechos de los padres o tutores legales

Los padres o tutores de los alumnos ostentan los siguientes derechos:

1. Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos y

estar informados por parte de los tutores, de los objetivos, de los progresos, de

las dificultades, etc. que tienen sus hijos en el colegio. Esta información se dará, al

menos una vez por trimestre, de manera escrita (boletines informativos).

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2. Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal y académica

de sus hijos o pupilos y a solicitar ante el consejo escolar del centro, la revisión de

las resoluciones adoptadas por el director frente a conductas de sus hijos o pupilos

que perjudiquen gravemente la convivencia.

3. Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro

educativo, a través de su participación en el Consejo Escolar y en la comisión de

convivencia y mediante los cauces asociativos que tienen legalmente establecidos.

4. Que sus hijos reciban una educación con las máximas garantías de calidad.5. Colaborar en la educación integral de sus hijos.6. Estar informados del funcionamiento del centro y del proceso educativo y

rendimiento académico de sus hijos.

7. Mantener intercambio de opiniones con el director, jefe de estudios y profesorado,

encaminado al mejor desarrollo educativo y formativo de sus hijos.

8. Participar como electores y elegibles en el proceso electoral de representantes de

padres/ madres o tutores legales en el Consejo Escolar del centro.

9. Crear y formar parte de las asociaciones que existan en el colegio.10.Participar en las actividades complementarias y extraescolares aprobadas por el

Claustro y el Consejo Escolar, siempre que se requiera y en los términos que se

establezca.

11.Proponer, a través de sus representantes en los órganos colegiados, las posibles

modificaciones al presente reglamento.

12.Conocer la programación de las actividades de sus hijos.13.Celebrar reuniones en los locales del centro cuando tengan por objeto los fines que

les sean propios y no perturben el desarrollo normal de las actividades docentes,

previo conocimiento y autorización por parte de la dirección del centro.

3.2. Deberes de las familias

1. Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus

hijos o pupilos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio.

2. La administración educativa velará por el cumplimiento de los deberes indicados

en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios

informadores de este Decreto, velará por el cumplimiento de los siguientes deberes de los

padres o tutores legales:

a. Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos o pupilos, estimularles

hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y,

en su caso, de su conducta.

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b. Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos o pupilos su

asistencia regular a clase así como su progreso escolar.

c. Respetar y hacer respetar a sus hijos o pupilos las normas que rigen el centro

escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del

respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa

d. Respetar y colaborar en la labor educativa de los docentes.e. Respetar y acatar el Reglamento de Régimen Interior.f. Responsabilizarse de que sus hijos asistan puntualmente a clase.g. Dejar a sus hijos a la entrada del recinto escolar, excepto los de 1º de Educación

Infantil, sin obstaculizar el paso al resto del alumnado y no debiendo permanecer

dentro del recinto escolar más tiempo de lo necesario.

h. Mantener un contacto periódico con los tutores de sus hijos y acudir a las

citaciones de los mismos.

i. Acudir en primer término al tutor o especialista cuando exista algún problema con

su hijo.

j. Los padres o tutores pondrán los medios necesarios para que el alumno traiga al

Centro escolar la totalidad del material solicitado para el buen desarrollo de la

actividad escolar. En caso de dificultades económicas familiares, los padres podrán

solicitar cuantas ayudas oficiales se ofrecen en cada momento.

k. Los padres o tutores tienen el deber de no traer a sus hijos enfermos, así como

responsabilizarse de que cumplan las normas básicas de higiene.

l. Extenderán las justificaciones necesarias ante las ausencias de sus hijos al colegio.m. Favorecer las relaciones positivas de sus hijos con los otros niños y de toda la

comunidad escolar, evitando actitudes discriminatorias y violentas con algún

miembro de ella.

n. Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos asisten regular y puntualmente

a clase.

o. Justificar las faltas de asistencia de sus hijos a la mayor brevedad posible.p. Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les

encomienden.

q. Cooperar en el proceso educativo de sus hijos.r. Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro.s. Acudir a las entrevistas/reuniones con el profesorado, órganos directivos o de

coordinación docente cuando sean requeridos por ellos.

t. Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos asuman los derechos y deberes

contemplados en este reglamento.

u. Revisar diariamente la agenda de sus hijos y leer las comunicaciones de los

maestros.

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v. Atender las circulares que se envían desde el centro.w. Facilitar la información sobre sus hijos que les sea requerida.x. Informar a la dirección y al profesorado de cualquier alergia, enfermedad,… que

tenga o haya tenido su hijo.

y. Vigilar y controlar las actividades y tareas de sus hijos.z. Corresponsabilizarse en el cumplimiento de los deberes de sus hijos: aseo

personal, puntualidad, orden y estudio.

aa. Respetar los horarios de atención a las familias tanto de profesores como del

equipo directivo.

bb.Responsabilizarse de que sus hijos dispongan del material educativo necesario y si

no es posible utilizar los cauces oportunos para solucionarlo.

cc. Dirigirse a todos los miembros de la comunidad educativa con el debido respeto.dd.Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

ee.Respetar las medidas pedagógicas del profesorado.

Existe un documento de compromiso por parte de las familias.

3.2. A.M.P.A.

Funciones: además de las establecidas por la ley señalamos las siguientes:

1. Favorecer y potenciar la participación de los padres en la Comunidad escolar

2. Coordinarse con el Equipo directivo para la organización de las actividades

extraescolares.

3. Colaborar en actividades conjuntas

4. Potenciar un clima de confianza y respeto mutuos entre las familias y el

profesorado

3.3. Cauces de comunicación

Dependiendo del tema que se vaya a tratar, el centro utilizará como cauce de

comunicación con las familias los siguientes medios:

a) Reuniones generales de nivel o aula, al menos dos a lo largo del

curso, ya sea de forma individual o colectiva. Se les citará atendiendo a las

necesidades de información que vaya demandando el tutor.

b) Reuniones individuales, estableciendo un día a la semana, en horariono lectivo, para tratar temas personales.

c) Circulares informativas, que se entregarán en mano a los alumnos.

d) Llamadas telefónicas y correos electrónicos.

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e) Informes escritos de los resultados de las evaluaciones.

Trimestralmente los padres recibirán un informe de los resultados académicos

en las fechas que determine el claustro en la PGA del curso. Si por algún

motivo los padres o tutores legales no se encuentran en estas fechas dejarán a

alguien una autorización escrita para recogerlo o un sobre timbrado y con el

domicilio al que deben enviarse.

3.4. Visitas de padres.

El profesorado mantendrá una actitud de comunicación y estrecha colaboración con las

familias de los alumnos para favorecer la evolución del aprendizaje y de la educación de

los mismos.

Para hacerlo de una manera efectiva y organizada que no perturbe el normal desarrollo

de las actividades escolares, se tendrá en cuenta lo siguiente:

1.-A comienzos del curso, el claustro de profesores señalará una hora semanal para

visitas de padres a los tutores y demás profesores. La visita será solicitada con un

tiempo mínimo de dos días para que estos puedan recabar la información necesaria y

contrastar opiniones con el resto de profesores.

2.-Los órganos unipersonales (director, jefe de estudios y secretario) fijarán también

unas horas de visita que darán a conocer en la circular informativa de comienzos de

curso.

3.-Cada equipo de nivel y de internivel determinará el día de las reuniones con los

padres y fijarán su contenido, incluyendo los puntos que proponga la dirección del centro.

4.-El horario para su celebración será acordado por cada equipo de profesores de

nivel e internivel.

3.5. Padres separados o divorciados

Para llevar a cabo las actuaciones dirigidas a garantizar el derecho a la información de los

padres el centro educativo necesita conocer la situación jurídica familia, lo que conlleva,

en casos de separación o divorcio, la aportación de ciertos documentos por los

progenitores, normalmente resoluciones jurídicas u otros documentos públicos en los que

se establezca el régimen de ejercicio de la patria potestad. En tanto no se aporten

documentos que acrediten una limitación o privación de la patria potestad, los equipos

directivos de los centros han de remitir la información escolar solicitada por el progenitor

que no ostenta la custodia legal, teniendo en cuenta, además, que el derecho a recibir

información no se ciñe a la documentación escrita, sino que incluirá el derecho a hablar

con los tutores y a recibir información verbal.

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1. Solicitud de información y, en su caso, de participación en la toma dedecisiones de progenitores separados o divorciados.1. En el caso de que los progenitores estén separados o divorciados y deseen recibir

información sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos o

tomar decisiones relativas a sus actividades académicas, el padre o la madre interesado

formulará la solicitud, por escrito, al centro, aportando copia fehaciente de la resolución

judicial u otro documento público que contenga la situación jurídica en relación con los

hijos. Únicamente se admitirán resoluciones judiciales o acuerdos de las partes que

consten en documento público. No se considerarán las denuncias, querellas, demandas o

acuerdos privados.

2. En el plazo de tres días hábiles desde la fecha de recepción de la solicitud, se

remitirá una copia de la misma y de la documentación aportada al otro progenitor con el

fin de que, en su caso, pueda aportar, en un plazo no superior a diez días hábiles,

resolución judicial o documento público posterior.

3. Si transcurrido dicho plazo no se aportara documentación o la aportada no

contuviera resolución estableciendo de forma expresa la privación de la patria potestad o

algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación, el centro atenderá la solicitud

formulada, comunicándolo a ambos progenitores.

4. En los casos de separaciones de hecho sin resolución judicial o acuerdo elevado a

escritura pública, no se denegará información a ninguno de los progenitores.

2. Actuación del centro para facilitar información a los progenitores separados odivorciados.

Examinada la solicitud y la documentación aportada por uno o ambos progenitores, y

comprobado por el centro que no existe documento que inhabilite a alguno de ellos para

recibir información sobre el proceso de aprendizaje e integración socio-educativa de sus

hijos o tomar decisiones relativas a sus actividades académicas, los documentos relativos

a la información de evolución académica del alumno, se emitirán por duplicado y se

facilitarán a ambos progenitores en los mismos términos. En el mismo sentido se actuará

para la transmisión de información verbal por parte de los tutores y el equipo directivo a

ambos progenitores.

3. Actuación del centro para garantizar el ejercicio del derecho a la toma de

decisiones por los progenitores.La información relacionada con las actividades complementarias y extraescolares u otras

que no sean las ordinarias del día a día, y en su caso la relacionada con la participación o

toma de decisiones se facilitará a ambos progenitores en los mismos términos, tal y como

se establece en presente reglamento de régimen interior del centro.

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4. ALUMNADO EN PRÁCTICAS

Además de lo previsto en la legislación vigente, este Centro quiere especificar en lo que

se refiere a la participación del mismo en la formación de alumnos en prácticas de las

Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado, que se establecen los siguientes

criterios:

1. Cada profesor decidirá libremente si desea acoger o no alumnos en prácticas.

2. El alumnado en prácticas cumplirá el horario lectivo del centro durante su estancia en

el mismo.

3. Podrá impartir clases con la supervisión del profesor tutor.

4. El alumnado en prácticas no será sustituto del profesorado, por lo que en ausencia de

éste, los grupos deberán estar atendidos por el personal docente del centro.

5. Si bien se considera importante que los alumnos en prácticas tengan contacto con los

alumnos con necesidades educativas especiales, siempre que trabajen con ellos

dentro o fuera del aula lo harán con la directa tutela del profesor tutor o del profesor

especialista y manteniendo total privacidad..

5. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Nuestro centro cuenta con personal de limpieza y monitores de comedor. Las funciones

de cada uno serán las correspondientes a su categoría profesional de acuerdo con sus

convenios laborales. La jefatura del personal no docente estará ejercida por el director.

DERECHOS DEL PERSONAL NO DOCENTE

1.Ser tratado con el debido respeto.

DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE

CAPÍTULO 6. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

PROTOCOLO SOBRE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS FUERA DELRECINTOESCOLAR

Con la finalidad de mantener en todo momento controlada la realización de una actividad

fuera del recinto escolar, sobre todo de cara a posibles responsabilidades, seguidamente

reflejamos el procedimiento que se debe seguir en cada momento.

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1.-Programación de la actividad. Para que una actividad se pueda realizar fuera

del recinto escolar, deberá estar incluida en la P.G.A. Cuando en la PGA sólo conste el

período de realización (2º trimestre, mes de mayo, etc), se comunicará a la Dirección del

Centro, con suficiente anticipación, la fecha exacta de su realización. En el caso de que

surgiera alguna actividad no prevista fuera de la ciudad, deberá ser aprobada

previamente por el Consejo Escolar. Por ello, se debe contar con plazos razonables.

2.Se comunicará a los padres la oferta de la actividad. Sólo podrá

serconsiderada obligatoria en el caso de que sea gratuita, aunque la asistencia estará

siempre supeditada a la autorización paterna.

3.-El día de la actividad. Para salir del colegio se hará siempre con el

conocimiento del director/a.

Todos los alumnos traerán una autorización firmada por su padre, madre o tutor para

poder participar. Las salidas al entorno, tanto las programadas como las que surjan de

forma ocasional, serán autorizadas por los padres desde comienzos de curso.

En el caso de no traerla, los alumnos permanecerán en el centro a cargo de un profesor

de un curso próximo realizando un trabajo alternativo.

El colegio considera de alto valor formativo estas actividades, por lo que insistirá en la

necesidad de asistencia a las mismas.

Si el comportamiento de un alumno lo hiciese necesario, podría adoptarse la medida de

que no asistiera a la actividad programada fuera del colegio. En este caso realizaría otras

actividades didácticas en clase.

Los criterios para las actividades complementarias son los siguientes:

1. Deberán formar parte de la Programación General Anual, por lo que estarán

aprobadas por el Consejo Escolar. Cuando no se encuentren en la P.G.A., el

profesorado se reunirá con la Jefatura de Estudios con objeto de plantear al

Consejo Escolar dicha posibilidad y una vez aprobada comunicarla a la Inspección

Educativa.

2. Cada equipo de nivel y de internivel programará sus actividades complementarias

a comienzo de curso, o cuando surja la actividad , si se considera importante.

Dichas actividades estarán relacionadas con los contenidos trabajados en los

distintos ciclos.

3. Los equipos internivel se coordinarán, a través de la Comisión de Coordinación

Pedagógica, para que a lo largo de la escolarización estas actividades

complementarias faciliten a los alumnos el conocimiento de su barrio, su ciudad y

su Comunidad Autónoma.

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4. En la programación de las salidas deberá conocerse previamente el profesorado

que va a acompañar al alumnado.

5. Se tendrá especialmente en cuenta la atención al alumnado que presente

necesidades educativas especiales, con objeto de establecer las medidas de

adaptación pertinentes.

6. Los alumnos que no asistan a la actividad tienen la obligación de venir a clase.

Sólo podrán permanecer en casa con consentimiento escrito de los padres.

7. Aquellos alumnos que no hagan la salida serán ubicados en otros grupos del

mismo nivel, dejando el tutor trabajo para los mismos, recibiendo atención

educativa de acuerdo con las posibilidades organizativas del centro.

8. Para cualquier salida, el alumnado deberá traer autorización por escrito de los

padres o tutores, sin la cual no podrá salir del centro.

9. El profesorado que acompañe a los grupos en las salidas será responsable de

recoger, supervisar y archivar, por un tiempo prudencial, las autorizaciones

escritas para la misma, debiendo notificar al equipo directivo, con antelación

suficiente, tanto la relación de alumnos que efectuarán la salida como la de

quienes permanezcan en el centro.

10.Si se diera el caso de que el profesor responsable estimase que la salida de un

alumno con el grupo pudiera entrañar algún riesgo para el alumno en sí o para el

desarrollo de la actividad, lo pondrá en conocimiento del equipo directivo. Se

estudiaría conjuntamente y se comunicaría la decisión a los padres.

11.No podrán participar en estas actividades los alumnos con faltas reiteradas de

conducta en otras actividades similares, o por acumulación de faltas contrarias a

las normas de convivencia o haber realizado una conducta gravemente perjudicial

para la convivencia

12. Todas las actividades que se celebren en horario lectivo se considerarán como

ampliación y complemento del proceso educativo. Tendrán carácter obligatorio

para el alumnado, excepto las que supongan un incremento económico o de

horario, en cuyo caso serán voluntarias.

13. En la realización de dichas actividades se procurará fomentar valores como la

convivencia, la cooperación, el respeto a las diferentes culturas y costumbres

dentro del marco constitucional, así como el respeto a los animales y plantas.

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14. Para realizar actividades que requieran salir del recinto escolar, los padres,

madres o tutores legales, deberán cumplimentar y firmar la autorización

correspondiente.

15. El profesorado responsable de dicha actividad facilitará a las familias un modelo de

autorización en el que se describa el tipo de actividad, lugar, duración, importe,…

y toda la información que se crea necesaria. Si por alguna razón hubiera un

cambio de fecha, las familias recibirán comunicación del cambio que deberán

devolver firmada.

16.En el plazo marcado, será imprescindible aportar los requisitos para poder

realizar la actividad. De no ser así, el alumno no podrá realizar la actividad y

pasará la jornada escolar con el grupo más cercano a su edad.

17. La actividad se realizará siempre que al menos, el 70% del alumnado para el que

está programada realice la actividad. En caso contrario, será suspendida.

18. Los tutores entregan y recogen las autorizaciones y controlan el pago.19. Los alumnos que por su comportamiento representen un problema para el normal

desarrollo y aprovechamiento de la actividad o que hayan sido sancionados con la

no asistencia a la misma, podrán ser privados de este derecho. En este caso, el

tutor, con el conocimiento de la Jefatura de estudios, comunicará a la familia dicha

circunstancia.

20. El jefe de estudios, debe tener conocimiento de todas las salidas que se efectúen y

prever así, todo tipo de situaciones: sustituciones, apoyos a la salida, alumnos que

no realizan la actividad,…

21. El jefe de estudios determinará las medidas para la atención pedagógica de los

cursos en los que falte algún profesor y la ubicación de los alumnos que no

realicen la salida. El maestro tutor dejará tarea preparada para estos alumnos.

22. Los padres/ madres podrán acompañar en las salidas a los profesores, siempre

que éstos lo consideren oportuno.

CAPÍTULO 7. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Dentro del Plan de Jornada Escolar Continuada, el Colegio, en coordinación con la AMPA,

tiene un programa de Actividades Extraescolares, que se desarrolla por las tardes de

16,00 a 18,00 horas.

La AMPA recoge las demandas expuestas por las familias y organiza y pone en marcha

cada curso dicho programa.

Para su realización se utilizan las instalaciones del Colegio. De acuerdo con el proyecto de

jornada continuada aprobado para este Centro, los profesores organizarán la atención del

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grupo de alumnos el día que algún monitor no pueda acudir circunstancialmente a

impartir la actividad (y no pueda avisar con anticipación).

Usuarios

Todos los alumnos del centro que lo deseen pueden acudir a las actividades

extraescolares que en horario de tarde se ofertan en el colegio, previa solicitud en las

fechas que se establecen para ello.

1.- Derechos

Los alumnos tienen los siguientes derechos:

a) Disponer de un espacio adecuado donde realizar estas actividades

extraescolares.

b) Contar con unos monitores que les atiendan durante las mismas.

2.- Deberes

Serán deberes de los alumnos y sus padres o tutores:

a) Respetar las normas generales del centro (puntualidad, orden, etc.), recogidas

en los capítulos anteriores.

b) Los padres o familiares dejarán a sus hijos con el monitor de la actividad al

comienzo de la misma y los recogerán a su finalización.

Sobre los monitores Derechos

Son derechos de los monitores:

1. Ser tratado con el mismo respeto que cualquier miembro de la comunidad

educativa.

2. Respetar sus derechos reconocidos en la normativa laboral.

Deberes

Son deberes de los monitores:

1. Los monitores se responsabilizarán de los alumnos durante las actividades.2. Controlarán la asistencia de los alumnos, comunicando las ausencias reiteradas.3. Informarán al equipo directivo de las incidencias habidas.4. Supervisarán y estimularán las normas de convivencia y disciplina dentro y fuera

del recinto escolar.

5. Comunicarán al centro su ausencia con la debida antelación y comunicarán el día

que prevean que no puedan impartir la actividad.

CAPÍTULO 8. APERTURA DE CENTROS

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1. SERVICIO DE MADRUGADORES

1.1.- Sobre la familia y los alumnos

Usuarios

Son usuarios del programa “madrugadores” todos los alumnos del centro que lo necesiten

previa solicitud y autorización en las fechas correspondientes para ello. Derechos

Los alumnos tienen los siguientes derechos:

a) A disponer de un espacio adecuado donde realizar actividades lúdicas hasta el

comienzo o finalización de la actividad escolar.

b) A contar con un personal específico que les atienda durante el tiempo de

permanencia en el centro

DeberesSerán deberes de los alumnos y sus padres o tutores:

a) Respetar las normas generales del centro, recogidas en cualquiera de los

capítulos anteriores.

1. 2.- Sobre la empresa.

El equipo directivo del centro podrá controlar el correcto funcionamiento del servicio y

exigir cuantas actuaciones sean necesarias para el correcto funcionamiento.

1.3.- Sobre los monitores

Derechos

Son derechos de los monitores:

1.-A ser tratados con el mismo respeto que cualquier miembro de la comunidad

educativa dotada de responsabilidad con respecto a los alumnos en el ámbito de su

competencia.

2.-A responsabilizarse del número máximo de alumnos que marque la ratio

monitor/alumno, según la normativa actualizada para cada curso escolar y a poder recibir

la colaboración del resto de monitores.

3.-Al respeto de sus derechos reconocidos en la normativa laboral.

Deberes

Son deberes de los monitores:

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1.- Cuidar de los alumnos. Los responsables de Educación Infantil, los entregarán a

los tutores al término de Madrugadores y comienzo de las clases. Pondrán especial interés

en que vayan vestidos según la climatología.

2.-Controlar la asistencia de los alumnos y reflejarla en un estadillo.

3.-Informar mensualmente al equipo directivo del número de usuarios y de las

incidencia habidas.

4.-Supervisar y estimular las normas de convivencia y disciplina.

2. SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR

El servicio de comedor escolar, proporcionado a los alumnos que voluntariamente lo

solicitan, debe servir, además de cumplir con su función específica, para que se

incremente el clima de convivencia y la eficacia educativa del centro.

Para ello es preciso inculcar al alumnado el sentido de la responsabilidad y el respeto a

los demás, procurando que no se produzcan situaciones problemáticas. Por eso y con el

fin de facilitar la convivencia, la solidaridad y el entendimiento entre los que forman este

colectivo, se establecen las siguientes

2.1.- Sobre los padres o tutores y los alumnos

El Comedor escolar está gestionado por una empresa asignada desde laConsejería de Educación, que se encargará de suministro de alimento y del

cobro a los usuarios a través del servicio 012.

Derechos

Serán derechos de los alumnos y sus padres o tutores:

1.-Disponer de un menú, en cantidad suficiente, conforme a la información facilitada

mensualmente por la empresa. La comida se elaborará siguiendo unos criterios nutritivos.

2.-Los alumnos estarán a cargo del personal de la empresa que se responsabilizará

de su cuidado, tanto en el tiempo anterior a la comida, como en el comedor y en el recreo

posterior a la misma. Es decir, de 14:00 a 16:00 h.

3.-Los alumnos de Educación Infantil, por su corta edad, serán recogidos de la clase

por sus monitores.

4.-Puntualmente, tienen derecho a que sus padres o tutores legales reciban

información ocasional de las incidencias que sucedan en el día a día.

5.-Aprender hábitos de sociabilidad, respeto hacia sus compañeros y colaborar en la

distribución de los alimentos y recogida de la mesa (esto sólo afectará a los alumnos de

4°, 5° y 6° cursos de Educación Primaria).

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Deberes

Son deberes de los padres o tutores:

1.-Pagar el coste de la mensualidad.

2.-Recoger a los alumnos en las horas establecidas.

3.- Cumplir con las normas del centro para un uso correcto del servicio de comedor.

Son deberes de los alumnos respetar las normas de centro para el servicio de

comedor:

a.-Lavarse las manos antes de entrar en el comedor.

b.-Respetar al monitor en el desempeño de sus funciones.

c.-Cuidar el mobiliario, enseres y menaje del comedor.

d.-Velar por la limpieza y cuidado de la mesa.

e.-Comunicarse con un volumen adecuado de voz, sin gritar, levantando la mano

para solicitar las cosas.

f.-Respetar a sus compañeros tanto dentro como fuera del comedor.

g.-Ser capaces de comer por sí solos la comida preparada. Los alumnos de

Educación Infantil podrán recibir una ayuda, pero deberán tener la suficiente autonomía.

h.-Ingerir una cantidad mínima de la comida del día, no permitiéndose el rechazo

por el simple hecho de “no me gusta”.i.- No abandonar el centro sin permiso y autorización expresa de su tutor o

cualquier miembro del Equipo Directivo.

j.-Utilizar correctamente los baños, no tirando al suelo papeles y/o agua.

2.- Sobre la empresa

El marco de referencia jurídico lo establece la normativa correspondiente y los acuerdos

que existan entre la Consejería de Educación y la empresa.

En ellas se disponen tanto:

* El precio del menú diario de cada curso escolar.

* Las ratio alumnos-monitores en función de la etapa escolar.

* Elaboración y supervisión por personal cualificado de la adecuación de losmenús.

* La responsabilidad en el cuidado, mantenimiento y conservación de los

alimentos, menaje e instalaciones.

* Realización de los controles de calidad, higiene y bacteriológicos de los

alimentos elaborados.

* La dependencia laboral de los monitores y personal de cocina con la

empresa contratada y la no existencia de ningún tipo de relación laboral con el centro.

3.- Sobre los profesores

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El profesorado del centro tiene derecho a utilizar el servicio de comedor en las

condiciones establecidas por las mismas normativas que regulan el servicio de los

alumnos, de los que no deben diferenciarse:

Cualquier profesor, mientras esté destinado en el centro, tiene derecho a usar el

comedor. El menú que podrá disfrutar será el mismo que el del resto de los usuarios,

aunque en una cantidad adecuada a sus necesidades.

4.- Sobre los monitores/as

Derechos

1.-A ser tratados con el mismo respeto que cualquier miembro de la comunidad

educativa dotada de responsabilidad con respecto a los alumnos en el ámbito de su

competencia.

2.-A responsabilizarse del número máximo de alumnos que marque la ratio

monitor/alumno, según la normativa actualizada para cada curso escolar y a poder recibir

la colaboración del resto de monitores.

3.-Al respeto de sus derechos laborales reconocidos en la normativa vigente que les

afecte.

Deberes

1.-Los monitores recogerán, cuidarán de los alumnos y, acabado el recreo de

comedor, los entregarán a los encargados de las actividades extraescolares o a sus

padres. Pondrán especial interés en que vayan correctamente vestidos, según el tiempo

que haga. Deberán estar con suficiente antelación para recogerlos y conseguir que todos

se laven antes de comer.

2.-Antes de entrar en el comedor, los monitores de primaria supervisarán que todos

los alumnos se lavan las manos. Posteriormente cuidarán que entren en el comedor

ordenadamente y que ocupen el lugar que se les asignó.

3.-Los monitores cuidarán de que las puertas del recinto escolar quedan cerradas

durante el horario de comedor y, en caso de encontrarlas abiertas, deberán cerrarlas.

4.-Los monitores se encargarán de repartir la comida a los alumnos, velando por su

correcta ingestión en la cantidad adecuada para cada niño, sin que se les fuerce ni se les

atosigue para acabar pronto.

5.-Pondrán especial cuidado para que aquellos alumnos que necesiten una comida

especial, realmente la reciban, sin equivocaciones de ningún tipo.

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6.-Comunicarán a cualquiera de los miembros del Equipo Directivo las incidencias

surgidas, debiendo rellenar el oportuno parte de incidencias para hacérselo llegar a la

familia del niño si fuera necesario.

7.-Ante cualquier herida, accidente o enfermedad repentina, deberá ponerse en

conocimiento de los padres. Para ello, contarán con la información necesaria. Esta

circunstancia deberá comunicarla al Equipo Directivo para su conocimiento si reviste

importancia; si es algo leve, se actuará desinfectando la herida o tomando aquellas

medidas más adecuadas para solucionar el pequeño problema.

8.-Tomar nota de los comensales

9.-Supervisar y estimular las normas de convivencia y disciplina dentro y fuera del

comedor.

5.- Sobre los responsables de comedor

La función de control del comedor la ejercerán los miembros del Equipo Directivo

Funciones de los responsables.

1.-Gestionar, en todos los aspectos, el funcionamiento del comedor y velar por su

buena marcha.

2.-Controlar el número de comensales.

3.-Tomar las medidas pertinentes en cuestiones disciplinarias.

6.- Normas de convivencia

Con la finalidad de velar por el buen funcionamiento del comedor, se considerarán

como normas de convivencia que deben seguir los que participan de este servicio las

establecidas en este RRI.

El comedor es un servicio no obligatorio que ofrece el colegio. Si los alumnos no

respetan las normas de convivencia y/o las normas de funcionamiento del comedor se

les comunicará a las familias por escrito. A las tres conductas contrarias a las normas,

los alumnos serán dados de baja durante 1 semana, si vuelven a reincidir la baja será de

1 mes y si persisten en su actitud la baja será definitiva.

CAPÍTULO 9. ORGANIZACIÓN TIC Y RED XXI EN EL CENTRO.

A fin de poder desarrollar las tareas y funciones que supone la puesta en marcha del Plan

TIC y la estrategia Red XXI en nuestro centro, deberán tenerse en cuenta los siguientes

apartados.

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El Equipo de Coordinación TIC del Centro .

Este Grupo estará compuesto por todos los profesores/as que voluntariamentequieran, pero se promoverá a que en dicho grupo estén representados todos losniveles de enseñanza que se imparten en el Centro. Las funciones que realizaráserán las siguientes:• Hacer una relación de programas educativos existentes en el Centro (yuna pequeña reseña didáctica de cada uno: área de aprendizaje, ciclo al que vadirigido, etc.) y darla a conocer al resto de compañeros.• Recibir, conocer y catalogar software, materiales y recursos de NuevasTecnologías que lleguen al Centro.• Mantener actualizado el rincón web del profesorado.• Elaborar proyectos comunes a todo el Centro que supongan la utilizaciónde las TIC.• Formarse en la utilización de programas que supongan la creación demateriales didácticos propios para uso de todo el profesorado.• Informar al profesorado de su nivel o internivel de las actividadesdiseñadas y las propuestas didácticas decididas y motivarles para conseguir laparticipación activa de todo el Ciclo.

El Coordinador TIC

Habrá un profesor coordinador de TIC. Sus funciones más destacadas son:

• Apoyar al profesorado en la integración de las TICs en la docencia diaria.• Organizar y gestionar los recursos asegurando su correctofuncionamiento.• Colaborar en la implantación de servicios de Intranet.• Dinamizar los proyectos del centro relacionados con NNTT.• Coordinar la comunicación del centro con las instituciones en temas TIC.• Promover y dinamizar el uso de las TIC en el centro.• Recoger las necesidades existentes en relación con las TIC.

• Mantener actualizado el inventario y regular el préstamo del materialdelprofesorado.

• Colaborar con la comisión RED XXI.

Comisión Red XXI

Se formará siempre a principios de curso.

Estará formada por:

- el director/a del centro- el coordinador/a del equipo internivel de 5º y 6º de primaria de E.Primaria y- el maestro/a responsable de Red XXI en el centro.

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1.- Funciones de la Comisión de Centro Red XXI:

• Establecer criterios organizativos de tipo tecnológico y educativo de la estrategia

de REDXXI en el centro.

• Recopilar y organizar la información relativa a los equipamientos, las acciones

hacia los padres, los alumnos y los profesores.

• Proponer acciones organizativas relativas a la utilización de los equipos

informáticos de los centros y de las redes de centro.

• Informar y orientar a los profesores sobre aspectos de la organización tecnológica

y educativa de la estrategia.

• Canalizar el flujo informativo entre la Comisión Provincial de Red XXI y los centros.

• Desarrollar tareas organizativas básicas: Registro de equipos de alumnos,

canalización del servicio de mantenimiento, asignación de equipos y control de los

mismos.

2.- Tareas a desarrollar por la Comisión

• Definición de las funciones y tareas de la comisión, así como de los criterios de

comunicación interna y externa.

• Control y recepción de armarios y equipos.

• Conservación y difusión de los datos de los armarios y puntos de accesos ( claves,

configuración de red, …..)

• Información a los profesores sobre los datos del armario de carga de cada aula.

• Apoyo y orientación en la configuración del ordenador del profesor para su

integración en la red del aula y centro.

• Fijar normas de funcionamiento, conservación y utilización de los equipos delcentro.

• Control funcional de los servicios

• Recepción de los minipc de los alumnos

• Análisis del funcionamiento e instalación de los minipc en el centro.

• Fijar criterios para canalizar los avisos al servicio de mantenimiento.

• Registro y etiquetado de los minipc.

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• Asignación de equipos a aulas y alumnos y su registro siguiendo los criteriosestablecidos en las orientaciones aportadas por las comisiones provinciales de laestrategia de RED XXI.

• Integración de los datos en la base de datos de gestión de equipos, desarrollada alefecto por la Comisión Regional.

• Comunicación de incidencias tecnológicas al servicio de mantenimiento y a laComisión Provincial.

• Etiquetado de cada espacio, dentro del armario, para cada minipc.

• Organizar la información a los profesores y el almacenamiento en cada armario.

Otras tareas:

• Establecer el calendario, de acuerdo con los profesores, de presentación de losminipc a los padres.

• Realizar la entrega de los equipos y su registro en la base de datos a los padresque hayan obtenido la autorización de uso privativo de los minipc.

• Informar de las incidencias a la Comisión Provincial.

• Establecer criterios de utilización didáctica y tecnológica de los equipos y las redesen el centro.

• Diseñar la planificación para la integración didáctica y metodológica de las TIC.• Seguimiento de la utilización de los equipos y control de incidencias tecnológicas.

• Recogida y análisis de equipos al finalizar el curso.

3.- Funcionamiento y normas de uso de los recursos TIC del aula.

Se establece un protocolo de incidencias (tanto para accidentes, como para incidencias

habituales como agotamiento de la lámpara o sustitución de pilas). Se aconseja que

quién detecte la incidencia lo comunique al profesor que esté en el aula (que la

solucionará si es posible), se comunicará posteriormente al Tutor de esa aula y al

Responsable del Programa Red XXI, que la trasladará al Equipo Directivo.En cada uno de

estos estadios las personas implicadas solucionarán la incidencia si es posible y tienen la

responsabilidad. En último término el servicio de mantenimiento será el responsable de

solucionar las incidencias.

Se establecerá a principios de curso un protocolo para la utilización de los recursos

digitales móviles disponibles, entre los miembros del Claustro para evitar conflictos o

malos usos.

Pizarra digital interactiva (PDI):

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• La ubicación de la PDI será al frente del Aula y se mantendrán junto a ellas las

pizarras tradicionales.

• Las PDI vienen con punteros, que es necesario tener localizados y disponibles en

todo momento para todo el profesorado que entre en el aula. El puntero del aula

estará custodiado convenientemente por el profesorado en los cajones de su mesa.

Al final de curso escolar se entregarán en dirección en la caja habilitada para

pertenencias de la clase.

• La PDI táctil (Smart) debe ser usada con su puntero o con los dedos, pulsando,

nunca golpeando.

• La pizarra electromagnética (Promethean) usar siempre sus punteros, sin golpear la

pizarra y evitar caerlo al suelo.

• En las PDI no se puede escribir con rotuladores permanentes, ni es aconsejable

hacerlo tampoco con los que se borran, ni con las tizas. Es un aparato electrónico y

habrá que tener en cuenta para su mantenimiento los consejos sobre temperaturas

y líquidos que se dan para ellos.

• El encendido, uso, borrado y apagado de la PDI es responsabilidad del profesor que

la utiliza en su sesión.

• Se recomienda seguir el mantenimiento que aconseja el fabricante y atenerse al

protocolo de incidencias cuando estas ocurran.

• En caso de avería derivará al coordinador TIC del Centro, los fallos que se detecten

para su reparación por el servicio de mantenimiento.

El Videoproyector:

• El videoproyector es conveniente que esté fijo y que se "toque" lo menos posible.

Se aconseja su utilización a través del mando a distancia. Es un material de

profesor, de aula y de centro. El cambio de las lámparas, cuando sea preciso, es

aconsejable que se realice por técnicos.

• La situación más propicia del videoproyector es en el techo, lo más cerca posible de

la pizarra para que provoquen la menor sombra posible.

• Si no se está utilizando, hay que tenerlo apagado. La lámpara tiene una vida

limitada.

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• El control del mando a distancia será del profesorado, que se asegurará de su

encendido y apagado correctos (habitualmente dos clic). El tutor podría encargarse

del cambio de pilas y baterías, cuando sea necesario, así como de mantener la lente

limpia (usando un paño suave y seco que no deje pelusa.

• Hay que recomendar a los alumnos no mirar directamente al foco del

videoproyector, y procurar que no haya exposiciones prolongadas a su luz directa.

• Se recomienda seguir el mantenimiento que aconseja el fabricante y atenerse al

protocolo de incidencias cuando estas ocurran.

• En caso de avería derivará al coordinador TIC del Centro, los fallos que se detecten

para su reparación por el servicio de mantenimiento

Minipc de alumnos:

• Es imprescindible la identificación y asignación univoca entre un alumno y su

minipc.

• Los minipcs se utilizarán cuando el profesorado lo autorice y solo en caso de tareas

educativas y relacionadas con el proyecto curricular.

• Se recomienda establecer un máximo de utilización diaria global del minipc (podría

coincidir, o no, con el tiempo de duración de la batería).

• Hay que proporcionar al alumno una formación mínima en el uso del minipc, previa

a su utilización habitual.

• Se establecerá a principio de curso una rutina normalizada para "coger" y "dejar" el

minipc en el armario de carga evitando las aglomeraciones delante del mismo, tanto

en una sesión concreta, como a lo largo de un periodo lectivo completo. Esta rutina

debe quedar establecida a principio de curso y en cada nivel para que se convierta

en hábito. El profesorado tiene la responsabilidad de la llave.

• Es importante preservar la responsabilidad individual que cada alumno tiene con el

suyo. Deben desplazar el minipc con la tapa cerrada, sujeto por las dos manos y

extremando el cuidado. Cuando esté en su mesa no se puede poner encima de

libros ni cuadernos.

• Todas las páginas que se visiten, así como los programas utilizados pueden ser

controlados por el profesor a través del software de control del aula.

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Si el alumno cuenta con el uso privativo y puede llevar el minipc a su casa, es

conveniente establecer el compromiso de traer el minipc al día siguiente con la

batería cargada.

• Cuando el uso individual en el aula del minipc no corresponda con lo indicado en la

actividad que se ha propuesto, se actuará igual que cuando el alumno no atiende

a las indicaciones dadas en las clases.

• No siempre es necesario para las actividades un ordenador por alumno, a veces

será suficiente dos ó tres por aula, o bien uno por grupo en actividades en equipo,

o incluso uno por pareja o trío. En estas ocasiones es necesario tener establecido

qué alumno o alumnos "aportan" sus portátiles.

• Se seguirá el mantenimiento indicado por el fabricante y el protocolo de

incidencias y su conocimiento por parte del alumnado.

• En caso de avería derivará al coordinador TIC del Centro, los fallos que se

detecten para su reparación por el servicio de mantenimiento

Portátiles y ordenadores fijos de aula:

• Los portátiles y ordenadores de aula tienen la consideración de material del

profesor, siendo ellos los responsables de su uso y mantenimiento. En el caso de

uso compartido entre varios profesores, creemos importante que el tutor del aula

sea el máximo responsable en la toma de decisiones y uso de estos recursos,

aunque pueden existir varios perfiles de usuarios del profesorado que trabaja en

ese aula.

• Se instalarán programas de origen conocido y se analizarán todos los dispositivos

de memoria que se conecten.

• Si es necesario se proporcionará a los profesores una formación mínima para su

uso por parte del responsable de Red XXI.

• Las contraseñas debe recogerlas el tutor en un documento y entregarlas en

dirección. Deben ser conocidas por el profesorado que trabaja en ese aula.

• El equipo de profesores que imparte docencia en la misma aula debe llegar a un

acuerdo sobre la configuración "normalizada" de los portátiles y/o ordenadores

fijos de esa aula y sobre quién puede cambiar dicha configuración y bajo qué

circunstancias, procurando que el software instalado sea para trabajar con ellos,

pues demasiados programas ralentizan su uso.

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• El ordenador portátil aula del profesorado deberá estar siempre en el colegio en

las horas lectivas. Cuando en alguna ocasión esporádica se necesite trabajar fuera

del colegio con el mismo, se traerá al día siguiente para que los demás profesores

que acudan a esa aula en los siguientes días puedan disponer del mismo.

• El servicio de mantenimiento cubrirá las incidencias de los ordenadores portátiles

del profesor dentro del centro por lo que las incidencias que se produzcan por

negligencia o robo fuera de las instalaciones del centro será responsabilidad del

profesor que lo ha llevado.

Armarios de carga y otros equipamientos de aula:

• El armario de carga se situará en la parte delantera del aula y siempreestaráconlas ruedas de frenado activadas..

• No se considera conveniente el desplazamiento del armario de carga, salvo que

sea absolutamente necesario.

• No usar el armario para colocar libros o elementos pesados.

• Es conveniente apagar correctamente los minipc antes de ponerlos a cargar. Tener

conectado el armario a la corriente eléctrica antes de ir conectando los portátiles a

la carga.

• El armario se podría utilizar también como depósito de otros equipos de tamaño

pequeño (lapiceros digitales, mandos a distancia...) o medios (tablets, lectores

dvd...), siempre que se adquiera el compromiso de mantener el orden interior del

armario y la custodia del mismo.

• Se seguirá el mantenimiento que aconseja el fabricante y habrá que atenerse al

protocolo de incidencias cuando estas ocurran.

Software:

• La utilización de software portable no compromete las configuraciones de los

equipos, por lo que se puede tener flexibilidad y dejarse a responsabilidad

individual del profesor en acuerdos con el profesorado de nivel o Centro.

• La instalación y desinstalación de software residente en los equipos de aula debe

ser consensuada y muy cuidada su elección. La decisión y responsabilidad en los

equipos de aula le corresponderá al tutor de cada grupo, y la de los equipos de

Centro al responsable de RED XXI de centro.

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• Es conveniente realizar copias de seguridad de los archivos y documentos.

Pendrive. A principio de curso, junto con las llaves y otro material de aula, se

proporcionará a cada profesor un pendrive que podrá utilizar durante todo el curso y que

será devuelto al finalizar el mismo, junto con las demás pertenencias de las clases. En el

caso de que se extravíe o deteriore el profesor deberá responsabilizarse de reponerlo.

Criterios organizativos

La incorporación de las aulas digitales en los centros supone un aumento de la

complejidad tecnológica. Esto determina el establecimiento de criterios organizativos que

tengan en cuenta que:

La utilización de los recursos digitales depende de la infraestructura tecnológica

del aula, del centro y del modo de acceso a las redes globales.

• El software y los materiales digitales no sólo son utilizados por los profesores

tutores, sino por los también por los profesores especialistas y en su caso,

profesores sustitutos. Por otro lado los alumnos pueden hacer uso de sus

ordenadores en el domicilio y/o en el centro lo que determina diversidad de

condiciones tecnológicas para el desarrollo de tareas de enseñanza/aprendizaje.

• Los aspectos educativos y didácticos definidos en el Proyecto Educativo,

Programación General Anual, programaciones didácticas y Reglamento de

Régimen Interno determinan la utilización que se haga de los materiales digitales

y frecuentemente éstos mismos son los que delimitan el entorno educativo y

didáctico.

Por ello a continuación se concretan los criterios básicos que hagan referencia a: • El

almacenamiento, cuidado del equipamiento y atribución de responsabilidades

• La disponibilidad operativa del equipamiento y servicios.

• La accesibilidad a los recursos para su utilización por los alumnos y los profesores.

Normas y criterios a contemplar por el centro

Almacenamiento.

• Los elementos almacenables en el aula digital son los minipc del alumno, el

portátil del profesor, los lapiceros digitales y el mando a distancia del

videoproyector.

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• Los lapiceros digitales y el mando a distancia serán guardados por el tutor de aula

en un lugar accesible para los especialistas, que bien puede ser la mesa del

profesor o el propio armario de carga.

• El ordenador portátil de aula, si es posible, debe ser también almacenado en el

armario de carga junto con el cargador. Lo mismo que los minipc de los alumnos,

el ordenador del profesor debe estar cargado, ya que éste es un recurso de uso de

todos los profesores que pasan por el aula.

• Es importante que este ordenador tenga prevista la configuración de varios

perfiles de usuario, (tutor, especialistas que imparten en el aula y administrador),

de manera que esté personalizado para cada uno.

Se debe tener en consideración que:

• Los minipc sean guardados en el armario de carga debidamente cerrados y

conectados a su cargador.

• Los minipc se utilicen cuando el profesor lo autorice y solamente en caso de tareas

educativas.

• Los alumnos guarden los minipc ordenadamente según el criterio que se considere

más adecuado.

• Los alumnos depositen el minipc en el espacio que se le tiene asignado en el

armario.

• El transporte desde el puesto del alumno al armario de carga o viceversa siempre

se realice con la tapa cerrada.

• El armario deberá permanecer conectado a la red eléctrica y a la de datos si se

desea utilizar el acceso a la red de centro e Internet, ya que integra la wifi del

aula. Es importante no prolongar la carga de los miniportátiles más de 3-4 horas

para preservar las baterías.

• Cuando no se utilicen los minipc deben estar siempre en el armario para evitar

caídas o golpes.

• Cuando la clase esté vacía la puerta del armario deberá estar cerrada y la llave

custodiada por el profesor tutor.

Cuidado del equipamiento

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El funcionamiento correcto de las aulas digitales no depende únicamente de la

configuración de cada aula si no que también depende de la configuración de toda la

infraestructura de red de centro.

Se hará un seguimiento y el cuidado del equipamiento de forma global por parte de los

responsables de medios informáticos y de la Comisión Red XXI

Normas básicas del cuidado de los minipc y portátiles del aula.

• No exponer al minipc a líquidos o humedad así como a temperaturas extremas,

polvo, al sol directo, a la lluvia o a productos químicos.

• No colocar pesos sobre el minipc y protegerlos de golpes y caídas.

• Proteger la pantalla de golpes, rayones y no tocar la pantalla.Es preciso limpiarlo periódicamente con un paño suave, siempre que esté

apagado.

• Mantener la batería siempre preparada para el uso en clase.

• No modificar o alterar el exterior con pegatinas, marcas, rayones, ni eliminar

etiquetas de identificación.

• En el caso de rotura o fallo en el funcionamiento nunca intentar reparar el minipc,

ni la batería, ni el cargador, ni los cables...

• Usar siempre el cargador propio del minipc.

• Colocar siempre el minipc en superficies planas y estables.

• Para evitar el calentamiento del ordenador es necesario dejar libre las ranuras de

ventilación.

• Procurar no colocar objetos sobre el teclado (lápices, gomas, etc.), al cerrar la

pantalla puede dañarse de forma irreparable.

• Si se traslada el ordenador a casa es necesario que vaya siempre protegido en su

funda de transporte. Se colocarán el minipc, el cargador y el enchufe de manera

que todo quede plano dentro de la funda, de forma que se pueda llevar en la

mochila entre los libros, para mayor protección.

• No instalar programas no contrastados o no fiables en el portátil del profesor (en

los minipc, los alumnos no tienen la posibilidad de instalar programas).

Normas básicas del cuidado de la pizarra digital.

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• Si la pizarra es táctil (Smart), debe utilizarse solamente con los dedos o con los

marcadores (emuladores) propios de la marca.

• Nunca deben utilizarse marcadores tradicionales o cualquier elemento que marque

o raye.

• No desplazar la pantalla una vez instalada, durante el periodo de garantía, para

evitar perderla.

• Su limpieza se realizará con un paño suave. En caso necesario se puede recurrir a

una solución de vinagre y agua al 50% o a limpiacristales tradicionales (Personal

de limpieza)

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Si la pizarra es electromagnética (Promethean), es necesario cuidar los punteros

de los lápices no golpeando fuerte sobre la superficie y evitando caídas al suelo.

• Si la pizarra que se utiliza se basa en ultrasonidos (Nimio, eBeam), debe fijarse de

una forma segura, proteger los lapiceros de caídas, y realizar el mantenimiento de

las baterías.

Normas básicas del cuidado del videoproyector.

• Si el videoproyector no se está utilizando es recomendable tenerlo apagado, La

lámpara tiene una vida útil limitada.

• Al apagar el videoproyector continuará funcionando el ventilador durante un

tiempo. Este proceso es normal y no debe interrumpirse.

• Es necesario mantener limpia la lente para obtener la mayor calidad posible,

utilizando un paño suave y seco que no deje pelusa y se pasará con mucho

cuidado para retirar el polvo o huellas de dedos.(Personal de limpieza)

• Las partes exteriores se pasarán con un paño limpio y seco y nunca con

limpiadores abrasivos que puedan rayar el videoproyector.

• El cambio de las lámparas deberá realizarlo personal con experiencia en estas

tareas.

Normas básicas del cuidado del armario.

• Las ruedas del carro deben estar con el dispositivo de frenado activado de manera

que no pueda desplazarse y tensar los cables de conexión.

• No utilizar el carro para colocar libros o elementos pesados.

• Extraer las llaves de la puerta de acceso trasera una vez cerrada ya que por su

posición pueden romperse dentro de las cerraduras dificultando su apertura

posterior.

Atribución de responsabilidades

• Los minipc serán responsabilidad de cada alumno, que deberá ser consciente de

que se utilizará solamente para tareas educativas, siguiendo las instrucciones del

profesorado. En caso de fallo se comunicará al profesor tutor que derivará al

responsable de referencia para los fallos técnicos a fin de su solución por el

soporte técnico de los miniportátiles.

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El portátil de aula será responsabilidad del tutor, aunque no implica que sea su

único usuario. En el caso de averías derivará al responsable de referencia los fallos

que se detecten para su reparación por el servicio de mantenimiento del centro.

• Videoproyector y PDI podrán ser responsabilidad del tutor de aula que derivará a

la persona de referencia de mantenimiento del centro.

• Redes de aula y centro podrán ser responsabilidad del profesor de referencia TIC

del centro.

CAPÍTULO 10.USO DEL ASCENSOR-

El ascensor del edificio de Primaria solo se utilizará en casos de necesidad justificada.

Cuando un alumno necesite usar el ascensor, la familia comunicará dicha necesidad a la

dirección del centro.

Será el equipo directivo el encargado de poner en funcionamiento el ascensor y el que

custodie la llave del mismo.

El alumno siempre cogerá el ascensor acompañado por un profesor. Otro profesor se hará

cargo de su fila.

Ningún miembro de la comunidad educativa utilizará el ascensor sin causa justificada.

Será necesario comunicar dicha necesidad a la dirección del centro.

El personal de limpieza sí podrá usarlo para facilitar la subida y bajada del material.

CAPÍTULO 11. SEGURIDAD

1. SEGURIDAD EN EL TRABAJO

La seguridad en el trabajo formará parte de los objetivos generales del Centro.

El equipo directivo difundirá las informaciones que sobre el tema lleguen al centro

Se tendrán especialmente en cuenta las observaciones que en las inspecciones sobre

seguridad se realicen en el centro.

2. SALUD Y ACCIDENTES

1. No se permite traer medicamentos al centro, excepto en caso estrictamente

necesario y en casos excepcionales.

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2. Niños enfermos en el colegio: se avisará a los padres y ellos lo llevarán al médico.

En caso de que los padres no estén o no vengan se comunicará al Centro de Salud

para informar del hecho y que desde allí se den las instrucciones necesarias.

3. En caso de accidente, puesto que el centro carece de personal sanitario, se

procederá según criterio profano del personal adulto en el centro, basado en el

sentido común, como usualmente se procedería en un caso de emergencia a la

vista de las apariencias. Con carácter general no se moverá a los accidentados.

4. Se avisará de inmediato al Centro de Salud o al 112 para informar del hecho.

5. Se intentará siempre localizar, en el caso de producirse estas eventualidades a la

familia para que sea ésta quien se haga cargo de su hijo. Si no se localizara a la

familia, se procederá a atender o trasladar al accidentado o enfermo según la

gravedad apreciada.

6. Ni el centro ni su personal laboral abonarán gasto alguno como causa de

desplazamiento de algún accidentado a los centros sanitarios, debiendo

responsabilizarse de estos gastos la familia del propio afectado. En cualquier caso,

el posible anticipo, por parte del centro, en el pago del desplazamiento deberá ser

reintegrado a éste por la familia de manera inmediata.

7. En la cura de heridas se utilizará siempre guantes de látex desechables para

realizar dicha labor.

8. En todas las dependencias de uso de los alumnos habrá a disposición del

profesorado o encargados guantes de látex por si hubiera necesidad de ellos.

3. PLAN DE EVACUACIÓN

Existe en el Centro un Plan de Evacuación.

Todos los años, durante el primer trimestre se lleva a cabo un simulacro de evacuación

con el fin de recordar las normas en caso de emergencia.

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TÍTULO IV.CONVIVENCIAEN ELCENTRO.

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TÍTULO IV. CONVIVENCIA EN EL CENTRO

CAPÍTULO 1. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIASDe conformidad con lo dispuesto en el título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,

de Educación, corresponden al consejo escolar, al claustro de profesores y a la dirección

del centro las funciones y competencias referentes a la convivencia escolar.

En el DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de

los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo,

y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de

Castilla y León.

Los coordinadores de convivencia, los tutores de los grupos de alumnos y los profesores

sin atribuciones de coordinación específica, deben intervenir de manera concreta, tanto a

través de sus funciones propias y de los contenidos curriculares como de las estrategias

metodológicas pertinentes, en el refuerzo de los derechos y deberes de los alumnos del

centro y en la consecución de un clima escolar adecuado para el desarrollo de la actividad

educativa en el aula y en el centro.

El consejo escolar.

Corresponde al consejo escolar del centro en materia de convivencia escolar:

a) Evaluar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el

reglamento de régimen interior y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de

convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia.b) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la

normativa vigente.

c) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las

causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de

Educación, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la violencia de género».

d) Revisar, a instancia de los padres o tutores legales, las medidas adoptadas por la

dirección del centro en relación con las sanciones por conductas de los alumnos

gravemente perjudiciales para la convivencia, proponiendo las medidas oportunas.

e) Evaluar y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia,

especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia.

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La comisión de convivencia.

1. En el seno del consejo escolar existirá una comisión de convivencia, que tendrá como

finalidad garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto, colaborar en la planificación de

medidas preventivas y en la resolución de conflictos.

2. En su constitución, organización y funcionamiento se tendrán en cuenta los

siguientes aspectos:

a) La comisión estará integrada por el director, el jefe de estudios, dos

profesores y dos padres, elegidos por cada uno de los sectores de entre sus

representantes en el consejo escolar..

b) Si el coordinador de convivencia no forma parte de la comisión de

convivencia como representante del profesorado en el consejo escolar, asistirá a

sus reuniones con voz pero sin voto.

c) El consejo escolar podrá decidir que asistan a la comisión de

convivencia, con voz pero sin voto, representantes de otros sectores del mismo o

de personas que por su cualificación personal o profesional puedan contribuir a un

mejor cumplimiento de sus fines.

3. Sus funciones y normas de funcionamiento estarán reguladas en el presente

Reglamento de Régimen Interior.

La comisión informará al consejo escolar, al menos dos veces durante el curso,

sobre las actuaciones realizadas y hará las propuestas que considere oportunas para la

mejora de la convivencia en el centro.

Las reuniones de la comisión serán en enero y en mayo.

Dentro del Consejo Escolar se constituirá una Comisión de Convivencia para velar por el

correcto ejercicio de los derechos y deberes del alumnado.

Tendrá las siguientes funciones principales:

1.-Promover que las actuaciones en el Centro favorezcan la convivencia, el respeto

mutuo, la tolerancia y el cumplimiento de derechos y deberes.

2.-Impulsar el conocimiento y observancia de las normas de convivencia.

3.-Mediar y resolver posibles conflictos.

4.-Canalizar las iniciativas de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en

el centro, el respeto mutuo y la tolerancia.

El claustro de profesores.

Corresponde al claustro de profesores proponer medidas e iniciativas que favorezcan la

convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del

plan de convivencia.

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Asimismo, en sus reuniones ordinarias y, si fuera preciso, en reuniones extraordinarias,

conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará

para que éstas se atengan a la normativa vigente.

El equipo directivo.

1. Corresponde al equipo directivo fomentar la convivencia escolar, e impulsar cuantas

actividades estén previstas en el plan de convivencia del centro.

2. Son competencias del director:

a) Favorecer la convivencia del centro, garantizar la mediación en la resolución

de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que corresponden a los

alumnos y alumnas, sin perjuicio de las atribuidas al consejo escolar en el artículo

19 de este decreto y aprobar el plan de convivencia y las normas que sobre esta

materia se contemplen en el reglamento de régimen interior.

b) Imponer las medidas de corrección que se establecen que podrá delegar en el

jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en la comisión de convivencia,

en su caso.

c) Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativopara

la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos.

d) Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que

correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar, y

según el procedimiento establecido en este Reglamento.

e) Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.

3. Corresponde al jefe de estudios:

a) Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los

tutores y de los profesores, establecidas en el plan de convivencia y en el

reglamento de régimen interior, relacionadas con la convivencia escolar.

b) Imponer y garantizar, por delegación del director, las medidas de corrección y

el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a

cabo en el centro.

El coordinador de convivencia.

El director designará, entre los miembros del claustro, un coordinador de convivencia,

quien colaborará con el jefe de estudios en la coordinación de las actividades previstas

para la consecución de los objetivos del plan de convivencia.

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El profesor coordinador de convivencia participará en la comisión de convivencia de

acuerdo con lo establecido en el artículo 20.2.b) del Decreto de 17 de mayo de 2007.

Los tutores docentes.

Corresponde a los tutores, en el ámbito del plan de acción tutorial, la coordinación de los

profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando entre

profesores, alumnos y familias o tutores legales.

Los tutores impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de

convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría.

El tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por los

profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría, con el objeto de resolver los

conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el desarrollo de la

actividad educativa.

Los profesores.

Los profesores, dentro del aula o en el desarrollo de sus actividades complementarias o

extraescolares, llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el artículo 35 del

Decreto de 17 de mayo de 2007, y en el marco de lo establecido en el presente

Reglamento de régimen interior.

CAPÍTULO 2. INSTRUMENTOS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA ENELCENTRO.El plan de convivencia del centro y el presente reglamento de régimen interior

deberán contribuir a favorecer el adecuado clima de trabajo y respeto mutuo entre los

miembros de la comunidad educativa.

El plan de convivencia.

El centro, teniendo en cuenta las medidas e iniciativas propuestas por el consejo escolar

y el claustro de profesores, elaborara su plan de convivencia, que se incorporará a la

programación general anual y deberá contener, al menos, los siguientes apartados:

a) Descripción de los aspectos del entorno del centro, identificando los que influyen

en la convivencia.

b) Objetivos a conseguir y actitudes que pretende favorecer el desarrollo del plan.

c) Actividades previstas para la consecución de los objetivos.

d) Mecanismos para la difusión, seguimiento y evaluación del plan.

Al final de cada curso, se evaluará el plan, y en el siguiente se introducirán las

modificaciones pertinentes que se recogerán en la programación general anual.

3. El plan de convivencia, una vez elaborado, será aprobado por el consejo escolar, según

lo previsto en el artículo 19.a) del Decreto de 17 de mayo de 2007.

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TÍTULO V. LA DISCIPLINA ESCOLAR

CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES.

1. 1.Calificación de las conductas que perturban la convivencia y tipos

decorrección.

1. Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro

podrán ser calificadas como:

a) Conductas perjudiciales o contrarias a las normas de convivencia del

centro.

b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro,

que serán calificadas como faltas2. El tipo de corrección de las conductas recogidas en el apartado anterior podrá ser:

a) Actuaciones inmediatas: aplicables a todas las conductas que perturban la

convivencia en el centro con el objetivo principal del cese de la conducta.

b) Medidas posteriores: una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y en

función de las características de la conducta, se podrán adoptar además las siguientes

medidas:

1.º– Medidas de corrección en el caso de conductas contrarias a las normas de

convivencia del centro.

2.º– Mediación y procesos de acuerdo reeducativo.

3.º– Apertura de procedimientos sancionadores, en el caso de conductas

gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.

1. 2. Criterios para la aplicación de las actuaciones correctoras.

1. La comunidad educativa, y en especial el profesorado, ante las

conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, aplicará

las correcciones que, en su caso, correspondan.

2. Los alumnos no pueden ser privados del ejercicio de su derecho a la

educación y de su derecho a la escolaridad.

3. En ningún caso se llevarán a cabo correcciones que menoscaben la

integridad física o la dignidad personal del alumno.

4. Las correcciones que sea preciso aplicar tendrán carácter educativo y

supondrán, en primera instancia, la actuación inmediata y directa del profesor

sobre la conducta del alumno afectado, pudiendo ir seguidas de medidas

posteriores.

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5. Las correcciones deberán guardar la adecuada proporcionalidad con la

naturaleza de las conductas perturbadoras y deberán contribuir a mantener y

mejorar el proceso educativo del alumno.

6. En las correcciones deberá tenerse en cuenta el nivel académico y la

edad del alumno, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que

puedan haber incidido en la aparición de la conducta perturbadora.

7. La calificación de la conducta perturbadora del alumno y el desarrollo

de las actuaciones inmediatas, determinará la adopción de medidas de corrección

o la apertura de procedimiento sancionador.

8. Las medidas de corrección que se lleven a cabo sobre las conductas

contrarias a las normas de convivencia del centro y que, dada su reiteración,

pudieran ser consideradas como conductas disruptivas en el ámbito escolar,

deberán ir acompañadas por las actuaciones de ajuste curricular y las estrategias

de trabajo que se estimen necesarias por parte del profesorado.

9. Este reglamento de régimen interior del centro establece los cauces

oportunos para favorecer y facilitar la implicación de los padres o tutores legales

del alumno en las actuaciones correctoras previstas .

1.3. Ámbito de las conductas a corregir.

1. La facultad de llevar a cabo actuaciones correctoras sobre las conductas

perturbadoras de la convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del recinto escolar en

horario lectivo, durante la realización de actividades complementarias o extraescolares o

en los servicios de comedor.

2. También podrán llevarse a cabo actuaciones correctoras en relación con

aquellas conductas de los alumnos que, aunque se realicen fuera del recinto escolar,

estén directa o indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún

miembro de la comunidad educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en

conocimiento de las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran ser

sancionadas por otros órganos o administraciones, en el ámbito de sus respectivas

competencias.

1.4. Gradación de las medidas correctoras y de las sanciones.

1. A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se

consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición deexcusas y

la reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral.

b) La falta de intencionalidad.

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c) El carácter ocasional de la conducta.

d) El supuesto previsto en el que no se pueda llegar a un acuerdo, o no

pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o

por negativa expresa del alumno perjudicado.

e) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en suconducta.

2. A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad: a)

La premeditación.

b) La reiteración.

c) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva delos derechos

de los demás miembros de la comunidad educativa.

d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la

convivencia, con especial atención a aquellos actos que presenten características de

acoso o intimidación a otro alumno.

e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de losintegrantes

de la comunidad educativa.f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia

a través

de aparatos electrónicos u otros medios.

3. En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas podrán

compensarse.

4. Cuando la reiteración se refiera a la conducta de falta de puntualidad o de asistencia a

clase, cuando no esté debidamente justificada, las medidas a llevar a cabo sobre dicha

conducta deberán contemplar la existencia, en su caso, de programas específicos de

actuación sobre las mismas.

1.5. Responsabilidad por daños.

1. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o

por negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y

pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, quedan obligados a

reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación, en los

términos previstos en la legislación vigente.

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2. Los alumnos que sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la

comunidad escolar deberán restituir lo sustraído, sin perjuicio de la corrección a que

hubiera lugar.

3. Los padres o tutores legales del alumno serán responsables civiles en los términos

previstos en las leyes.

1.6. Coordinación interinstitucional.

1. De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 2/2006,

de 3 de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de las actuaciones

correctoras, el centro podrá recabar los informes que se estimen necesarios acerca de las

circunstancias personales, familiares o sociales del alumno a los padres o tutores legales

o, en su caso, a las instituciones públicas competentes.

2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el

alumno siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en

el centro, éste dará traslado, previa comunicación a los padres o tutores legales en el

caso de menores de edad, a las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de

otro tipo, de la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas

circunstancias personales, familiares o sociales del alumno que puedan ser determinantes

de la aparición y persistencia de dichas conductas.

3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclame la

implicación directa de los padres o tutores legales del alumno y éstos la rechacen de

forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las instituciones públicas

competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas oportunas para garantizar

los derechos del alumno y el cumplimiento de los deberes

CAPÍTULO 2. ACTUACIONES INMEDIATAS.Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta perturbadora de

la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las normas de

convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar

las medidas posteriores

Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el

centro, el profesor llevará a cabo una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Amonestación pública o privada.

b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.

c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo

la actividad durante el tiempo que estime el profesor.

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Quedando garantizado, en todos los casos, el control del alumno y la comunicación

posterior, en caso de ser necesario, al jefe de estudios.

d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en

este caso con permanencia o no en el centro.

Competencia.

Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por cualquier profesor del centro, dado

su carácter directo e inmediato a la conducta perturbadora.

El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno,

que será quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de

informar a la familia del alumno. Asimismo, dará traslado al jefe de estudios, en su caso,

tanto de las actuaciones como de aquellas situaciones en las que las características de la

conducta perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la

posible calificación posterior, lo hagan necesario. El procedimiento de comunicación será

precisado en el reglamento de régimen interior.

CAPÍTULO 3. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DECONVIVENCIA EN EL CENTRO.

1.1. Conductas contrarias a las normas de convivencia en el Centro.

Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro las

siguientes:

a) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechosdemocráticos

legalmente establecidos.

b) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y

falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que

no sean calificadas como faltas.

c) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente

justificada y las faltas aisladas injustificadas de asistencia a clase. Se mantienen 10

minutos de margen siempre que el retraso sea justificado, y no continuo.

d) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la

indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando

en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares. La falta de condiciones

mínimas de higiene o salud (suciedad, olores desagradables, parásitos, enfermedades

infecto-contagiosas).

e) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase,

dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos. La actitud pasiva o

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negativa del alumnado en relación a las orientaciones del profesorado respecto de su

aprendizaje.

f) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o depertenencias

de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada.

g) La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.

h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividadescolar

y no constituya una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro.

1.2.Medidas de corrección.

Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas contrarias a

las normas de convivencia del centro son las siguientes:

a) Amonestación escrita.

b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y

salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días

lectivos.

c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las

instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la

comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos.

d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo

de 15 días lectivos.

e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares delcentro

por un periodo máximo de 15 días.f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.

g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no

superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del

alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden.

Competencias.

La competencia para la aplicación de las medidas previstas en el apartado anterior

(medidas de corrección) corresponde al director del centro, teniendo en cuenta la

posibilidad de delegación en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en la

comisión de convivencia, en su caso.

Régimen de prescripción

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Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro prescribirán en el plazo

de 30 días, contado a partir de la fecha de su comisión. Asimismo las medidas

correctoras impuestas por estas conductas, prescribirán en el plazo de 30 días desde su

imposición.

CAPÍTULO 4. LA MEDIACIÓN Y LOS PROCESOS DE ACUERDOREEDUCATIVO.

A) Disposiciones comunes.

Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas

de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, podrán llevarse a cabo

actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo.

Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes

aspectos:

a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas perturbadoras

calificadas como contrarias a las normas de convivencia podrán tener carácter exclusivo o

conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultánea o posterior a ellas.

b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras

calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y se haya

iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará provisionalmente

interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa, mediante un escrito dirigido al

director, de que el alumno o alumnos implicados y los padres o tutores legales, en su

caso, aceptan dichas medidas así como su disposición a cumplir los acuerdos que se

alcancen.

Igualmente se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las

hubiere.

c) No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales para

la convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias agravantes de la

responsabilidad que se mencionan en el apartado 4.03.4 punto 2 de este Reglamento.

d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de

mediación y procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario, tendrán por

objeto prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de la convivencia escolar.

e) Así mismo, y dadas sus características, podrán desarrollarse, inclusive, con

conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro. En este

caso tendrán el carácter de estrategias preventivas para la resolución de conflictos y

podrán ponerse en práctica con todos los miembros de la comunidad educativa.

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B) La mediación escolarDefinición y objetivos.

1. La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre dos o más

personas, contando para ello con la ayuda de una tercera persona denominada mediador.

2. El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes

en conflicto, regulando el proceso de comunicación en la búsqueda de una solución

satisfactoria para todas ellas.

Aspectos básicos para su puesta en práctica.

Además de las disposiciones comunes establecidas para el desarrollo de la mediación será

preciso tener en cuenta lo siguiente:

a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y acogerse a ella

todos los alumnos del centro que lo deseen.

b) La mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la

reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño causado.

Asimismo, requiere de una estricta observancia de confidencialidad por todas las partes

implicadas.

c) Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa que lodesee,

siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeño.

d) El mediador será designado por el centro, cuando sea éste quien haga la

propuesta de iniciar la mediación y por el alumno o alumnos, cuando ellos sean los

proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la aceptación de las partes

afectadas.

e) La mediación podrá llevarse a cabo con posterioridad a la ejecución de una

sanción, con el objetivo de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar

nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.

Finalización de la mediación.

1. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito,

explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución.

2. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse

iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los acuerdos alcanzados,

la persona mediadora lo comunicará por escrito al director del centro quien dará traslado

al instructor para que proceda al archivo del expediente sancionador.

3. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se

incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho al director para que

actúe en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de

convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente

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perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento

sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de

medidas cautelares previstas.

4. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez

alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno

perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la

responsabilidad.

5. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos

alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contados desde su

inicio. Los periodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo.

C) Los procesos de acuerdo reeducativo

A) Definición y objetivos.

1. El proceso de acuerdo reeducativo es una medida dirigida a gestionar y

solucionar los conflictos surgidos por la conducta o conductas perturbadoras de un

alumno, llevada a cabo mediante un acuerdo formal y escrito, entre el centro, el alumno

y sus padres o tutores legales, en el caso de alumnos menores de edad, por el que todos

ellos adoptan libremente unos compromisos de actuación y las consecuencias que se

derivarán de su desarrollo.

2. Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas del

alumno que perturben la convivencia en el centro y, en especial, aquellas que por su

reiteración dificulten su proceso educativo o el de sus compañeros. B) Aspectos básicos.

1. Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa de los

profesores y estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible para su correcta

realización la implicación de los padres o tutores legales, si se trata de menores de edad.

2. Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario.Los alumnos y los padres o tutores legales, en su caso, ejercitarán la opción de aceptar o

no la propuesta realizada por el centro para iniciar el proceso. De todo ello se dejará

constancia escrita en el centro.

3. Se iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la madre y el padre

o de los tutores legales y de un profesor que coordinará el proceso y será designado por

el director del centro.

4. En el caso de que se acepte el inicio de un proceso de acuerdo reeducativo

como consecuencia de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del

centro se estará a lo dispuesto en el artículo 41.2.b del Decreto de 23 de mayo de 2007.

Si no se aceptara se aplicarán las medidas posteriores que correspondan, sin perjuicio, en

su caso, de proceder conforme al artículo 34.3 del mismo Decreto.

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5. El documento en el que consten los acuerdos reeducativos debe incluir, almenos:

a) La conducta que se espera de cada una de los implicados.

b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no de los acuerdos

pactados.

C) Desarrollo y seguimiento.

1. Para supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados los centros

podrán establecer las actuaciones que estimen oportunas, de acuerdo con lo establecido

en el presente Decreto.

2. Se constituirán comisiones de observancia para dar por concluido el proceso

de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones que lo requieran. Dichas

comisiones estarán formadas, al menos, por la madre y el padre del alumno o, en su

caso, sus tutores legales, el profesor coordinador del acuerdo reeducativo, el tutor del

alumno, en caso de ser distinto del anterior, y el director del centro o persona en quien

delegue.

3. Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo estipulado en

el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador el

director del centro dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente

disciplinario.

4. En caso de que la comisión de observancia determinase el incumplimiento de

lo estipulado en el acuerdo reeducativo, el director actuará en consecuencia, según se

trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de

corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el

centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el

computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en esta

Reglamento de Régimen Interior. Así mismo, podrá actuar conforme a lo dispuesto en el

artículo 34.3 del Decreto de 23 de mayo de 2007.

5. Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días lectivos.

Este periodo comenzará a contabilizarse desde la fecha de la primera reunión presencial

de las partes intervinientes en el acuerdo.

CAPÍTULO 5. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARALACONVIVENCIA EN EL CENTRO.

1. Conductas gravemente perjudiciales para la Convivencia en el Centro.

Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro

y, por ello, calificadas como faltas, las siguientes:

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a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física,

directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en

general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro

educativo. Protocolo de acoso escolar del Centro

b) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad

educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial

o xenófoba, de nacimiento, capacidad económica, convicciones políticas, morales o

religiosas, así como padecer discapacidad física, sensorial o psíquica, o por cualquier otra

condición personal, o circunstancia social o se realicen contra el alumnado más vulnerable

por sus características personales, sociales o educativas.

c) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificacióno sustracción de documentos y material académico.

d) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del

centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la

comunidad educativa.

e) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud yla integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

f) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas deconvivencia en el centro.

g) Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra cualquier miembro

de la Comunidad Educativa.

h) Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las

actividades del centro.

i) La realización de actos o la incitación a los mismos, la introducción en el

centro de objetos o substancias peligrosas o perjudiciales para la salud y/o para la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

j) El incumplimiento de las sanciones impuestas.

k) Faltas reiteradas de asistencia a clase sin justificar.

2. Sanciones.

Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de las faltas previstas son las

siguientes:

a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las

instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la

comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días

lectivos ni superior a 15 días lectivos.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares delcentro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

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c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días

lectivos y la finalización del curso escolar, previo acuerdo del tutor y los profesores del

alumno y del grupo donde será adscrito, con la comunicación a los padres del alumno.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas,

por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso

comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un

programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control

oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho.

e) Cambio de centro.

f) Expulsión temporal o definitiva del centro.

El Director podrá levantar la suspensión antes del agotamiento del plazo previsto,

previa constatación de que se ha producido un cambio de actitud.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, durante el tiempo que duren las

suspensiones anteriormente citadas, el alumno realizará las tareas y actividades de

aprendizaje que determinen sus profesores, que harán un seguimiento periódico de las

mismas. El órgano competente para decidir la aplicación de dichas medidas valorará el

contexto social y familiar del alumno y, cuando resulte aconsejable, podrá determinar

que dichas tareas y actividades se realicen en el centro escolar, fijando la periodicidad

que a tal fin se estime adecuado. Se tendrá en cuenta, en todo caso, los recursos y

posibilidades organizativas del centro.

Podrán resolverse en el seno de la Comisión de Convivencia, previo acuerdo con el

alumno y sus padres.

La resolución sólo podrá adoptarse cuando se considere beneficioso para el alumno, por

mejorar sus oportunidades de continuar con aprovechamiento su proceso formativo. A tal

efecto, el Director, en su resolución, motivará de manera detallada y suficiente la

necesidad de esta medida.

3. Incoación del expediente sancionador.

1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo

podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento.

2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo del director del centro,

a iniciativa propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un

plazo no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos.

3. La incoación de los procedimientos sancionadores se formalizará con el

siguiente contenido:

a) Hechos que motivan el expediente, fecha en la que tuvieron lugar, conducta

gravemente perjudicial para la convivencia cometida y disposiciones vulneradas.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

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c) Nombramiento de un instructor y, en su caso, cuando la complejidad del

expediente así lo requiera, de un secretario. Tanto el nombramiento del instructor como el

del secretario recaerá en el personal docente del centro, estando ambos sometidos al

régimen de abstención y recusación establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común. El acuerdo de incoación contendrá una expresa referencia al régimen de

recusación.

d) En su caso, la posibilidad de acogerse a los procesos para la resolución de

conflictos establecidos en el presente Reglamento de Régimen Interno.

4. La incoación del procedimiento se comunicará al instructor y, si lo hubiere, al

secretario, y simultáneamente se notificará al alumno y a sus padres o tutores legales,

cuando este sea menor de edad. Asimismo, se comunicará, en su caso, a quién haya

propuesto su incoación y al inspector de educación del centro, a quién se mantendrá

informado de su tramitación.

4. Medidas cautelares.

1. Por propia iniciativa o a propuesta del instructor, el director del centro podrá

adoptar motivadamente las medidas cautelares de carácter provisional que sean

necesarias para garantizar el normal desarrollo de la actividad del centro y asegurar la

eficacia de la resolución final que pudiera recaer. Las medidas cautelares podrán consistir

en el cambio temporal de grupo, o en la suspensión temporal de la asistencia a

determinadas clases, actividades complementarias o extraescolares o al propio centro.

2. El periodo máximo de duración de estas medidas será de 5 días lectivos.

El tiempo que haya permanecido el alumno sujeto a la medida cautelar se

descontará, en su caso, de la sanción a cumplir.

3. Las medidas cautelares adoptadas serán notificadas al alumno, y a sus padres

o tutores legales. El director podrá revocar, en cualquier momento, estas medidas.

5. Instructor.

El Instructor ha de ser designado por el Director del Centro y deberá recaer en un

profesor del mismo Centro.

El Director del Centro notificará el nombramiento del instructor a la persona en quien

hubiera recaído y al alumno y sus representantes legales.

En la notificación deberá constar la fecha de la designación. La notificación se hará

mediante correo certificado con acuse de recibo, telegrama o cualquier otro medio que

permita tener constancia de la recepción.

Recusación del Instructor

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Cuando se plantee la recusación del instructor, decidirá el Director del Centro, que

resolverá en función de lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto sobre derechos y

deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.

Si se decidiese admitir alguna de las causas que motivan la recusación del Instructor, el

Director nombrará un nuevo instructor y se procederá en la forma indicada anteriormente

para su notificación.

6. Instrucción.

1. El instructor, desde el momento en que se le notifique su nombramiento,

llevará a cabo las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la

determinación de las responsabilidades, formulando, en el plazo de tres días lectivos, un

pliego de cargos que contendrá los siguientes extremos:

a) Determinación de los hechos que se imputan al alumno de forma clara y

concreta.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

c) Sanciones aplicables.

2. El pliego de cargos se notificará al alumno y a sus padres o representantes

legales si aquél fuere menor, concediéndole un plazo de dos días lectivos para alegar

cuanto estime oportuno y proponer la práctica de las pruebas que a la defensa de sus

derechos o intereses convenga. Si el instructor acordara la apertura de periodo

probatorio, éste tendrá una duración no superior a dos días.

3. Concluida la instrucción del expediente el instructor redactará en el plazo de

dos días lectivos la propuesta de resolución bien proponiendo la declaración de no

existencia de infracción o responsabilidad sobre los hechos bien apreciando su existencia,

en cuyo caso, la propuesta de resolución contendrá los siguientes extremos:

a) Hechos que se consideren probados y pruebas que lo han acreditado.b) Calificación de la conducta o conductas perturbadoras en el marco del

presente Reglamento.

c) Alumno o alumnos que se consideren presuntamente responsables.

d) Sanción aplicable y valoración de la responsabilidad del alumno, con

especificación, si procede, de las circunstancias la agraven o atenúen.

e) Especificación de la competencia del director para resolver.

4. El instructor, acompañado del profesor-tutor, dará audiencia al alumno, y si

es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta

de resolución y ponerles de manifiesto el expediente, concediéndoles un plazo de dos días

lectivos para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes.

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5. Recibidas por el instructor las alegaciones y documentos o transcurrido el

plazo de audiencia, elevará todo el expediente al órgano competente para adoptar su

resolución final.

7. Resolución.

1. Corresponde al director del centro, en el plazo máximo de dos días lectivos

desde la recepción del expediente, la resolución del procedimiento sancionador.

2. La resolución debe contener los hechos imputados al alumno, la falta que

tales hechos constituyen y disposición que la tipifica, la sanción que se impone y los

recursos que cabe interponer contra ella.

3. La resolución se notificará al alumno y, en su caso, a sus padres o

representantes legales y al miembro de la comunidad educativa que instó la iniciación del

expediente, en un plazo máximo de veinte días lectivos desde la fecha de inicio del

procedimiento.

4. Esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.f) de la

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, será comunicada al claustro y al

consejo escolar del centro quien, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la

decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas, en el plazo máximo de

cinco días lectivos.

Si el instructor del expediente forma parte del consejo escolar del centro deberá

abstenerse de intervenir.

5. Contra la resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección

Provincial de Educación correspondiente en los términos previstos en los artículos 114 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6. La resolución no será ejecutiva hasta que se haya resuelto el correspondiente

recurso o haya transcurrido el plazo para su interposición. No obstante, en la resolución

se podrán adoptar las medidas cautelares precisas para garantizar su eficacia en tanto no

sea ejecutiva.

8. Régimen de prescripción.

Las faltas tipificadas para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en

el centro prescribirán en el plazo de noventa días contados a partir de la fecha de su

comisión. Asimismo, las sanciones impuestas por estas conductas prescribirán en el plazo

de noventa días desde su imposición.

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ANEXO III

CUADRO RESUMEN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, MEDIDASCORRECTIVAS Y A QUIÉN CORRESPONDE CORREGIR

(El siguiente cuadro de normas de convivencia y medidas correctivas tendráen cuenta las características personales y psicológicas de los alumnos, así comola situación familiar y sociocultural o económica, ya que no serán consideradaslas faltas ni las correcciones de igual manera a un alumno de Educación Primaria,o a uno de Educación Infantil, o a un alumno ACNEE, ...)

CONDUCTAS TIPO DEFALTA

CORRECTOR CORRECCIÓN

Ver también medidas de corrección cuadro I

1.- CONVIVENCIA.Las manifestaciones expresascontrarias a los valores yderechos democráticoslegalmente establecidos

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Suspensión del derecho a participaren las actividades extraescolares ycomplementarias del centro por un periodomáximo de 15 días.

- Cambio de grupo del alumno por unmáximo de 3 días lectivos.

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1.1.Los alumnos escucharán a losdemás y respetarán las opinionesque se den en los distintosámbitos del centro, pidiendo yrespetando los turnos de palabra

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

1.2.Los alumnos guardarán lasnormas más elementales deeducación, cuidando sucomportamiento y vocabulario,tanto con sus compañeros comocon el resto de la comunidad.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Comunicación a los padres o tutoreslegales.

1.3.Los alumnos guardarán lasnormas de carácter general, sinmenosprecio de las que losprofesores particularmentedispongan en sus respectivasclases.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede

Estudios.

1.4.Los alumnos deberáncolaborar con sus compañeros enlas actividades formativas,respetando su dignidad, sindistinción de edad, religión, raza,salud o sexo, fomentandoactitudes de ayuda, tolerancia ysolidaridad, tanto en el aula comoen el horario de recreo

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Suspensión del derecho a participaren las actividades extraescolares ycomplementarias del centro por un periodomáximo de 15 días.

2. RESPETO. Las acciones dedesconsideración, imposiciónde criterio, amenaza, insultoy falta de respeto, en general,a los miembros de lacomunidad educativa,siempre que no seancalificadas como faltas.

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Suspensión del derecho a participaren las actividades extraescolares ycomplementarias del centro por un periodomáximo de 15 días.

- Comunicación a los padres o tutores.

- Cambio de grupo del alumno por un

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máximo de 3 días lectivos.

2.1.Se prohibirán en el patio losactos que entrañen peligro paralos miembros de la comunidadeducativa y se seguirán lasnormas de losprofesoresvigilantes.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Suspensión del derecho a participaren las actividades extraescolares ycomplementarias del centro por un periodomáximo de 15 días.

3. PUNTUALIDAD. La falta depuntualidad o de asistencia aclase, cuando no estédebidamente justificada.

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento o porescrito, oído el alumno y comunicación al tutory Jefe de Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Comunicación a los padres o tutoreslegales.

3.1.- Los alumnos deberán serpuntuales como unaconsecuencia del respeto a símismos y a los demás. Seconcederá un margen deconfianza de 10 minutos paracasos excepcionales.Transcurridos los cuales, elalumno no podrá entrar en elaula hasta el recreo.

- Amonestación en el momento, o porescrito oído el alumno y comunicación al tutory Jefe de Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Comunicación a los padres o tutoreslegales

3.2.- A la hora en punto en queacaba el recreo o de entrada, losalumnos dejarán de jugar yentrarán ordenadamente.

- Amonestación en el momento, o porescrito oído el alumno y posible comunicaciónal tutor y Jefe de Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

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4. ORDEN Y LIMPIEZA Laincorrección en la presencia,motivada por la falta de aseopersonal o en laindumentaria que pudieraprovocar una alteración en laactividad del centro.

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Comunicación a padres o tutores.

4.1.Tanto a la entrada como a lasalida, los alumnos de menoredad tendrán preferencia en casode interferirse, cuidando noobstruir pasillos y escaleras yevitando carreras o gritos.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.2. Los alumnos entrarán ysaldrán de las clases en orden,sin correr ni gritar.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.3. Las salidas se efectuarán enorden, recogiendo los alumnostodos los utensilios, sillas ymesas, debiendo dejar la clase enorden para facilitar su limpieza.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

4.4. Si hubiera que mover sillas omesas, se hará procurando nohacer ruido para no molestar alresto de compañeros.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.5. Los alumnos noabandonarán la clase hasta que elprofesor lo indique.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

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4.6. Ningún alumno podráquedarse en clase durante eltiempo de recreo ni a la salida, sino está presente un profesor.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.7. Aquellos alumnos quedeseen esperar a sus hermanos oamigos a la salida de clase,deberán hacerlo en el patio ynunca en los pasillos.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.8. En los recreos, las pistasserán utilizadas según el turnoestablecido.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

4.9. Se cumplirán las normasbásicas de higiene comocomplemento a la educación delalumno.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

4.10. Los alumnos mantendránlas instalaciones del recintolimpias y recogidas.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Reparación de daños causados.

- Comunicación a los padres.

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4.11. Se pondrá especialatención en el uso de lavabos yservicios. Los grifos debenquedar siempre cerrados.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Reparación de daños causados.

- Comunicación a los padres.

4.12. Se respetarán lasinstalaciones del centro talescomo vallas, servicios, materialdeportivo, plantas, paredes,puertas...

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Reparación de daños causados.

- Comunicación a los padres.

4.13 Con objeto de mantener ladebida atención y por razones dehigiene, no está permitido comerdurante la clase, siempre que nosea actividad prevista de aula oel bocadillo de media mañana sino se puede salir al patio.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5. El incumplimiento deldeber de estudio durante eldesarrollo de la clase,dificultando la actuación del

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- El profesor - Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

profesorado y del resto dealumnos.

- El tutor delalumno

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Comunicación a los padres o tutores.

5.1.Los alumnos deberán realizarlas actividades escolares deforma responsable y ordenada.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Comunicación a los padres o tutores

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legales.

5.2.Se guardará en clase elmayor silencio y orden posible,con el fin de no molestar a loscompañeros de la misma u otraclase.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5.3.En los cambios de profesor,los alumnos permaneceránsentados y con el material detrabajo preparado para empezarla siguiente clase.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5.4.Los alumnos no podrán saliral servicio sin causa justificada.Si un alumno lo hace durante laausencia de un profesor o elcambio de clase, será falta leve

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5.5.Los alumnos no deberánabandonar la clase durante elcambio de profesor para realizarcualquier gestión sinautorización.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5.6.En la biblioteca, se trabajaráen silencio y se entregarán loslibros al encargado de labiblioteca

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

5.7.Los alumnos traerán todo elmaterial necesario para lasdistintas clases. La falta habitualdel material podrá suponer la

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno de

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incidencias

pérdida del derecho a laevaluación continua.

- Amonestación privada o por escrito, oído elalumno y posible comunicación al Jefe deEstudios

-Comunicación a los padres o tutores legales.

5.8.Los alumnos seguirán lasorientaciones del profesoradorespecto de su aprendizaje ymostrarán el debido respeto yconsideración

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios.

- Comunicación a los padres ó tutoreslegales

6. El deterioro leve de lasdependencias del centro,de su material o depertenencias de otrosalumnos, realizado deforma negligente ointencionada.

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Reparación del daño causado.

-Comunicación a padres o tutores legales.

Se respetará tanto el materialcomún como el propio o ajeno.

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Reparación del daño causado.

-Comunicación a padres o tutores legales.

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7. La utilizacióninadecuada de aparatoselectrónicos einformáticos(reproductores de CD,pizarra digital, lapicerosdigitales, mandos,ordenadores….)

CONTRARIAS ALAS NORMASDECONVIVENCIA

- Elprofesor

- Eltutor delalumno

- Amonestación en el momento, oído elalumno y posible comunicación al tutor y Jefede Estudios.

- Registro en el cuaderno deincidencias

- Amonestación privada o por escrito,oído el alumno y posible comunicación al Jefede Estudios

- Reparación del daño causado.

-Comunicación a padres o tutores legales.

CONDUCTAS GRAVEMENTEPERJUDICIALES

TIPO DEFALTA

CORRECTOR CORRECCIÓN

1. La falta de respeto,indisciplina, acoso,amenaza y agresión verbalo física, directa o indirectaal profesorado, a cualquiermiembro de la comunidadeducativa y, en general atodas aquellas personasque prestan servicios en elcentro.

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LACONVIVENCIA

-El profesor- El tutor delalumno -Jefe deEstudios

- Comisión deConvivencia

-El Director

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

Los alumnos respetarán ladignidad y la función de losprofesores y de cuantas personastrabajen en el Centro o accedanal mismo, así como las normasgenerales de convivenciaestablecidas para cada caso

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

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2. Las vejaciones ohumillaciones a cualquiermiembro de la comunidadeducativa, particularmenteaquellas que tengan unaimplicación de género,sexual, racial o xenófoba,o se realicen contra elalumnado más vulnerablepor sus característicaspersonales, sociales oeducativas.

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LA

CONVIVENCIA

-El profesor

-El Director-Jefe deEstudios- El tutor delalumno

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

3. La suplantación depersonalidad en actos dela vida docente y lafalsificación o sustracciónde documentos y materialacadémico.

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LA

CONVIVENCIA

-El profesor

-El Director-Jefe deEstudios- El tutor delalumno

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

4. El deterioro grave,causadointencionadamente, de lasdependencias del centro,de su material o de losobjetos y las pertenenciasde los demás miembros dela comunidad educativa.

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LA

CONVIVENCIA

-El profesor

-El Director-Jefe deEstudios- El tutor delalumno

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

- Reparación de daños causados. Si losdesperfectos ocasionados fuesen debidos anegligencia manifiesta o de formaintencionada, el alumno estará obligado asu reposición o al pago del valor del biendeteriorado

Los alumnos mantendrán enbuen estado el mobiliario delaula.

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

- Reparación de daños causados. Si losdesperfectos ocasionados fuesen debidosa negligencia manifiesta o de formaintencionada, el alumno estará obligado asu reposición o al pago del valor del biendeteriorado

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5. Las actuaciones y lasincitaciones a actuacionesperjudiciales para la saludy la integridad personal delos miembros de lacomunidad educativa.

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LA

CONVIVENCIA

-El profesor

-El Director-Jefe deEstudios- El tutor delalumno

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

Los alumnos no podránabandonar el centro en horariolectivo sin autorización y sin seracompañado de un adulto.

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

Queda prohibido traer al centroobjetos y sustancias peligrosas operjudiciales para la salud y laintegridad personal de losmiembros de la comunidadeducativa. En el patio no sepermitirá jugar con balones queno sean del centro.

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

6. La reiteración en lacomisión de conductascontrarias a las normas deconvivencia en el centro

GRAVEMENTEPERJUDICIALESPARA LA

CONVIVENCIA

-El profesor

-El Director-Jefe deEstudios- El tutor delalumno

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

Un elevado número de faltas deasistencia, justificadas o no,puede suponer la falta decriterios de evaluación por partede los profesores.

Las faltas de asistencia de losalumnos deberán estarjustificadas

- Amonestación grave y comunicación delos hechos a la familia.

- Medidas de reparación y arrepentimientodel daño causado.

- Medidas de corrección (Ver cuadro anexo)

- Registro de incidencias en la aplicación deconvivencia.

Si un alumno llegara a faltar tres o más díassin justificarlas en los siguientes días, seavisará a los padres para que den laoportuna explicación.

Un elevado número de faltas de asistencia,justificadas o no, puede suponer la falta decriterios de evaluación por parte de losprofesores.

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Uso de los dispositivos digitales:

LOS ALUMNOS PUEDEN LOS ALUMNOS NO PUEDEN Falta

- -Reproducir música.- -Tomar fotos.- - Grabar vídeos con fines educativos o como

parte de un trabajo escolar.- -Usar juegos educativos con la supervisión del

profesor.- -Utilizar AppS educativas, con supervisión del

profesor.- -Acceder a páginas educativas o con fines

educativos, relacionadas con trabajos escolares

-Plagiar o copiar trabajos de otros-Usar palabras inapropiadas que intimiden,acosen, insulten o aíslen a un compañero.-Suscribirse a servicios en línea no autorizadospor el profesor.-Usar páginas que no estén relacionados contrabajos escolares.-Proporcionar a otras personas el nombre ,teléfonos,dirección,correo electrónico y/oinformación personal a otras personas ,decompañeros ,profesores o padres decompañeros.-Participar en chats ,mensajes instantáneos,redes sociales …siempre y cuando no formeparte de un requerimiento para realizar unaactividad o trabajo escolar.-Grabación de cualquier tipo de vídeo , audio ofotografías a compañeros ,profesores ocualquier personal del Centro sin autorización.-Cualquier actividad que quebrante el RRI delCentro y leyes vigentes.-Acceder al dispositivo del profesor.-Exponer la tableta a líquidos, calor y/o fríoexcesivo ,arena y sobrecargas.

Falta

gra

ve

-Usar cargador diferente al original de latablet.-Colocar lapiceros, bolígrafos … o cualquierelemento sobre el dispositivo.-Mantenerlo en su funda siempre. Fa

lta le

ve

El colegio no se hace responsable de los daños que los alumnos realicen de forma negligente a unatablet, y si existen testigos solventes de acción que verifiquen dicha circunstancia, se instará a los padresa que se hagan responsables del abono del dispositivo (Ipad mini 34Gg ),tal y como figura en estereglamento relacionado con la reposición de daños materiales.

Si se cometen faltas, se limitará el uso del dispositivo:Grave _ No se usará durante 15 díasLeve_ No se usará durante una semana

LA UTILIZACIÓN DE IMÁGENES DE PERSONAS SIN SU AUTORIZACIÓN ES UN DELITOTIPIFICADO Y PENADO POR LEY.

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CRITERIOS QUE SE HAN DE OBSERVAR EN LA APLICACIÓN DE LASMEDIDAS DE CORRECCIÓN.

LAS MEDIDAS DE CORRECCIÓN DEBERÁN:

• Tener un carácter educativo y recuperador.

• Garantizar el respeto a los derechos de todo el alumnado.

• Procurar la mejora de las relaciones entre todos los miembros de la comunidad

educativa.

• Respetar el derecho a la educación y, en su caso, a la escolarización.

• No ser contrarias a la integridad física y a la dignidad personal

• Ser proporcionales a la naturaleza de los actos contrarios a las normas Contribuir

a la mejora del proceso educativo del alumno

PARA DECIDIR ACERCA DE LAS MEDIDAS ADECUADAS EN CADA CASO:

Se tendrá en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares o sociales del

alumno, en su caso las necesidades educativas especiales que pudiera presentar el

alumno, así como todos aquellos factores del entorno que pudieran haber incidido en el

conflicto.

Se graduarán las correcciones teniendo en cuenta lo anterior y, además, lo establecido

sobre circunstancias paliativas y agravantes

Podrán corregirse los actos contrarios a las normas de convivencia realizados en el

recinto escolar o durante las actividades complementarias y extraescolares y los servicios

educativos complementarios y los que, aunque realizados fuera del recinto escolar,

tengan su origen o estén directamente relacionados con la actividad escolar y afecten a

miembros de la comunidad educativa

Hay que distinguir entre conductas contrarias a las normas de convivencia y conductas

gravemente perjudiciales para la convivencia del centro. La corrección de unas y otras ha

de entenderse inserta en el proceso de formación del alumno.

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Cuadro I

Conductas contrarias. Medidas de corrección.

MEDIDAS ¿ QUIÉN? CONDICIONES

Amonestación privada o por escrito.Comparecencia inmediata ante el Jefede Estudios.

Profesor del alumno Oído el alumno ydando cuenta al Jefede estudios y altutor.

Tutor del alumno Oído el alumno.Realización de trabajos específicos enhorario no lectivo.Realización de tareas que contribuyan ala mejora y el desarrollo de lasactividades del Centro o, si procede,dirigidas a reparar los daños causados.

Tutor del alumno Oído el alumno.

Jefe de estudios oDirector

Oídos el alumno y suprofesor – tutor.

Suspensión del derecho a participar enlas actividades extraescolares ocomplementarias del centro.

Jefe de estudios oDirector

Oídos el alumno y suprofesor – tutor

Cambio de grupo del alumno por unperiodo máximo de 3 días lectivos.

Jefe de estudios oDirector

Oídos el alumno y suprofesor – tutor

Respecto a las conductas gravemente perjudiciales para laconvivencia en el Centro, medidas correctoras

Cuadro II

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro. Medidasde corrección por mediación de la Comisión de Convivencia con el alumno

decidiendo el Director ,o, si es menor, con sus padres o tutores legales

MEDIDAS ¿ QUIÉN? CONDICIONES

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a) Realización detareas fuera del horariolectivo que podráncontribuir al mejordesarrollo de lasactividades de Centroo, si procede, a repararlos daños causados.

Mediando laComisión deConvivencia.Decide elDirector.

Se dará audiencia, al menos, al profesortutor, al alumno y a sus padres o tutoreslegales.

MEDIDAS ¿ QUIÉN? CONDICIONESSuspensión del derechoa participar en lasactividadesextraescolares ocomplementarias delcentro. *

El Director, conmediación de laComisión deconvivencia.

Se dará audiencia, al menos, al profesortutor, al alumno y a sus padres o tutoreslegales.(*) Para evitar la interrupción del procesoeducativo, durante el tiempo que dure lasuspensión prevista, el alumno deberárealizar los tareas y actividades deaprendizaje que determinen sus profesores,que harán un seguimiento periódico dedichas tareas. Asimismo, el Director podrálevantar la suspensión antes del agotamientodel plazo previsto, previa constatación deque el alumno ha demostrado de manerasuficiente un cambio positivo de actitud.comunicándoselo al Consejo Escolar.

Cambio de grupo delalumno por un periodomáximo de 15 días.Cambio de grupo delalumno.Suspensión del derechode asistencia adeterminadas clasespor un periodo superiora tres días e inferior ados semanas.e) Suspensión delderecho de asistenciaal Centro por unperiodo superior a tresdías e inferior a unmes.f) Cambio de Centro. El Director con la

Comisión deConvivencia.

Se dará audiencia, al menos, al profesortutor, al alumno y a sus padres o tutoreslegales.Sólo podrá adoptarse cuando se considereque es beneficioso para el alumno.

Cuadro III

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro. Medidascorrectivas impuestas mediante instrucción de expediente.

MEDIDAS¿ QUIÉN?

OBSERVACIONES

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Realización de tareas fuera delhorario lectivo que podrán contribuiral mejor desarrollo de las actividadesde centro o, si procede, a reparar losdaños causados.

El Director Requieren la instrucción de expediente.

(*) Para evitar la interrupción del procesoeducativo, durante el tiempo que dure lasuspensión prevista en las letras, elalumno deberá realizar los tareas yactividades de aprendizaje que determinensus profesores, que harán un seguimientoperiódico de dichas tareas. Asimismo, el

Suspensión del derecho a participaren las actividades extraescolares ocomplementarias del centro.Cambio de grupo del alumno.Suspensión del derecho de asistenciaa determinadas clases por un períodosuperior a tres días e inferior a dossemanas.

Director podrá levantar la suspensión antesdel agotamiento del plazo previsto, previaconstatación de que el alumno hademostrado de manera suficiente uncambio positivo de actitud.e) Suspensión del derecho de

asistencia por un periodo superior atres días e inferior a un mes.f) Cambio de centro. El Director Requiere la instrucción de expediente Sólo

podrá adoptarse cuando se considere quees beneficioso para el alumno, debiéndosemotivar detallada y suficientemente sunecesidad.

OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS/AS Y SUS FAMILIAS CON RESPECTO A LOS

DAÑOS CAUSADOS.

1.-Reparar los daños que causen individual o colectivamente, de forma intencionada o

por negligencia.

2.-Hacerse cargo del coste económico de su reparación en el caso de que se haya

producido intencionadamente o por negligencia.

3.-Restituir, en su caso, lo sustraído.

4.-Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos por la ley.

5.-Reparar el daño moral causado a sus compañeros o demás miembros de la comunidad

educativa, en los casos de agresión física o moral.

6.-La reparación no exime de la corrección que esté establecida.

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MODELO

DE

DOCUMENTOS

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MODELO 1

INICIACIÓN DEL EXPEDIENTE

La Dirección del C.E.I.P. Rufino Blanco, una vez recogida la necesariainformación, ACUERDA incoar expediente disciplinario al alumno............................................................................................. de ........ curso de...................... por la presunta comisión de los hechos ocurridos el día................... y que se concretan en ...................... (descripción detallada delos hechos ocurridos) ......................

La instrucción del expediente se encomienda aD……………………………............. ........................................, profesor de.......................... (materia que imparta) ............................. Lo

que traslado a usted para su conocimiento .

Salamanca, a ............. de ................. de 200...

EL DIRECTOR

Fdo.: ......................................................

NOTA.- Se notificará al alumno, o a sus representantes legales si es menor de edad, y alprofesor nombrado Instructor.

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MODELO 2

NOTIFICACIÓN DE LA INICIACIÓN DEL EXPEDIENTE AL

SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA.

Le comunico que con fecha ........................ se ha iniciado expedientedisciplinario al alumno /s de este Centro D............................................................................................................................ de ............ (curso) ....... de ............(nivel educativo) ......................

Conforme se vaya desarrollando el procedimiento se mantendrá informado aese Servicio de Inspección.

Salamanca, a ............. de ................. de 200...

EL DIRECTOR,

Fdo.: ......................................................

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SR. JEFE DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA

MODELO 3 ACTUACIONES DEL INSTRUCTOR PARA EL ESCLARECIMIENTODE LOS HECHOS

(La declaración del alumno sometido a expediente, si es menor de edad, deberá realizarse conla presencia de sus padres o representantes legales)

Previamente citado, comparece el alumno ………....................................…………......... en el expediente disciplinario abierto al efecto, quien, informado delmotivo de su comparecencia, promete decir la verdad de cuanto supiere y fuesepreguntado en relación con este expediente.

PREGUNTADO..........................................................................................................................................................................................................

RESPONDE.............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................. ........................................................................(Se harán cuantas preguntas se consideren de interés para el esclarecimiento de los hechos,

debiendo ser la última:)

PREGUNTADO si tiene algo más que alegar,

RESPONDE .................................................................................

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

Leída la presente declaración por el declarante, la encuentraajustada a lo manifestado.

Salamanca, a ............. de ................. de 200....

Firmas del Instructor y del declarante,

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NOTA. Este modelo, con las adaptaciones necesarias en el texto, puede servir para tomar

declaración a cualquier otra persona.

MODELO 4

ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES POR EL DIRECTOR

A la vista de los hechos imputados al alumno ….....................................…………………………………como presunto responsable de los mismos, acaecidos el día..................., y dada la repercusión que los mismos están teniendo en elCentro, se estima procedente adoptar la siguiente medida provisionalconsistente en la ................................................ (suspensión temporal deasistencia al Centro o a determinadas clases o actividades o cambio de grupo)................................................. ............................................

Salamanca, a ............. de ................. de 200....

EL DIRECTOR,

FDO.: ..........................................................

D........................................................... (padre, madre o tutor del alumno o a éste si

es mayor de edad) ..........................................................

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MODELO 5

ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES A PROPUESTA DELINSTRUCTOR

Este Instructor estima procedente PROPONER la adopción de la medidaprovisional consistente en ..................(cambio temporal de grupo, suspensión temporalde asistencia a determinadas clases o actividades o al Centro) .................................

Salamanca, a ............. de ................. de 200.

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

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SR. DIRECTOR DEL C.E.I.P. RUFINO BLANCO, SALAMANCA

MODELO 6 PLIEGO DE CARGOS

PLIEGO DE CARGOS que formula D………………………………………………………………....................................................., Instructor del expediente disciplinarioincoado al alumno ........................., en virtud de designación efectuada por elDirector del Centro con fecha ........................ para el esclarecimiento de loshechos que se le imputan:

CARGO PRIMERO (O, en su caso, CARGO ÚNICO)

CARGO SEGUNDO(y así sucesivamente los cargos que se imputan)

De probarse tales cargos, el alumno ...................................................podría haber incurrido en responsabilidad disciplinaria por conducta gravementeperjudicial para la convivencia del Centro.

El presente pliego de cargos puede ser contestado por usted dentro delplazo de 2 días lectivos contados a partir del siguiente al de su recepción, conlas alegaciones que considere convenientes a su defensa y con la aportación decuantos documentos considere de interés.

Salamanca, a ............. de ................. de 200....

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

NOTA.- Se notificará al alumno o a sus representantes si es menor de edad.

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MODELO 7

CITACIÓN PARA EL TRÁMITE DE AUDIENCIA Y VISTA DEL EXPEDIENTE

Por la presente, como Instructor del expediente al alumno D………….………………….……………….............................………………….., de … (curso) ….. de ……..(nivel educativo) ……., le convoco a una comparecencia el próximo día ………. de…………….., a las ………. horas, en ………. (indíquese dependencia específica delcentro) ……. del centro ……. (nombre del centro) ……………………., sito en ……………..(domicilio del centro) ……...….., con el fin de proceder al trámite de audiencia alinteresado y vista del expediente.

Realizado dicho trámite, dispondrá de un plazo de dos días lectivos parapresentar cuantas alegaciones estime oportuno.

Se le comunica asimismo que, en caso de no comparecer, transcurrido elplazo de alegaciones citado que finaliza el día ………. de …………….., se continuarála tramitación ordinaria del expediente.

Salamanca, a ............. de ................. de 200...

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

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D.Dña. (se dirigirá al alumno y a sus representantes legales si es menor deedad).

MODELO 8 AUDIENCIA Y VISTA DEL EXPEDIENTE

En ................ (localidad) .................... , siendo las ...... (horas).....del... (día) ... del .... (mes) ....de .... (año) ....... comparece ante mí, Instructordel expediente disciplinario abierto al alumno de este Centro .....................(nombre del alumno) ............................... , el propio alumno .... (y susrepresentantes legales en caso de que el alumno sea menor de edad)......... ,para llevar a efecto el trámite de audiencia al interesado y vista del citadoexpediente.

A tal fin se les muestra el expediente donde constan todas las actuacionesllevadas a cabo para el esclarecimiento de los hechos. Una vez finalizado elexamen del referido expediente se les hace saber que disponen de dos díaslectivos para que presenten las alegaciones que consideren convenientes a sudefensa, plazo que finaliza el día ………. de ……………..., transcurrido el cual secontinuará la tramitación ordinaria del expediente.

En prueba de conformidad con la celebración del presente acto, firman lapresente.

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

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LOS COMPARECIENTES,(Aquí deberán firmar el alumno y, en su caso, sus representantes legales con indicación de su

nombre y apellidos y la correspondiente rúbrica)

MODELO 9

PROPUESTA DE RESOLUCIÓNTramitado el expediente disciplinario instruido con motivo de los hechos

acaecidos el día............. de …………........ en .............................., en el queaparece como implicado en su comisión el alumno........................................................ , el instructor del expedienteD............................................................................ formula la siguientepropuesta de resolución:

I. HECHOS IMPUTADOS

(Fijar con precisión los hechos que se imputan y las actuaciones llevadas acabo para su esclarecimiento) .

II. CALIFICACIÓN DE LOS HECHOS

(Calificación de los hechos y de la conducta del alumno . Se especificarántambién las circunstancias paliativas o agravantes si las hubiere).

III. PROPUESTA

(A la vista de los hechos y de su calificación, el Instructor podrá proponer elsobreseimiento del expediente, la corrección que corresponda si los hechos sonconstitutivos de conducta gravemente perjudicial para la convivencia del Centro,o cualquier otra medida o actuación que estime conveniente).

Salamanca, a …..de .......................de 200....

EL INSTRUCTOR

FDO.: .......................................................

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SR. DIRECTOR Y PRESIDENTE DEL CONSEJO ESCOLAR DEL C.E.I.P. RUFINO BLANCO

MODELO 10

CITACIÓN PARA COMUNICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por la presente, como Instructor del expediente al alumno D................................ ..............…………, de … (curso) …..de …….. (niveleducativo) …….. , le convoco a una comparecencia el próximo día ………. de…………….., a las ………. horas, en ………. (indíquese dependencia específica delcentro) ……. del centro ……. (nombre del centro) ……………………., sito en ……………..(domicilio del centro) ……….., con el fin de proceder a la audiencia en la que se lecomunicará la propuesta de resolución.,

Realizado dicho trámite, dispondrá de un plazo de dos días lectivos parapresentar cuantas alegaciones a la propuesta de resolución estime oportuno.

Se le comunica asimismo que, en caso de no comparecer, transcurrido elplazo de alegaciones que finaliza el día ………. de ……………...., se continuará latramitación ordinaria del expediente, elevando todo lo actuado al Consejo Escolarpara que éste resuelva como proceda.

Salamanca, a ............. de ................. de 200....

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

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D./ Dña. . (se dirigirá al alumno, y a sus representantes legales si es menor de edad)

MODELO 11

AUDIENCIA EN LA QUE SE COMUNICARÁ LA PROPUESTA DERESOLUCIÓN

En ................ (localidad) .................... , siendo las ...... (horas) ..... del... (día) ...del .... (mes) .... de .... (año) ...... comparece ante mí, Instructor delexpediente disciplinario abierto al alumno de este Centro ..................... (nombredel alumno) ............................... , el propio alumno.... (y sus representanteslegales en caso de que el alumno sea menor de edad) ......... , para llevar a cabola audiencia en la que se le(s) comunicará la propuesta de resolución.

A tal fin, en presencia del Director del centro y del profesor-tutor, doy copiade la propuesta de resolución al (a los) interesado(s), comunicándole(s) quedispone(n) de dos días lectivos para que presente(n) las alegaciones queconsideren convenientes a su defensa, plazo que finaliza el día ………. de……………..... , y que transcurrido dicho plazo se elevará todo lo actuado al ConsejoEscolar para que éste resuelva como proceda.

En prueba de conformidad con la celebración del presente acto, firman lapresente.

EL INSTRUCTOR,

FDO.: .......................................................

LOS COMPARECIENTES

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(Aquí deberán firmar el Director del centro, el profesor-tutor, el alumno y, en su caso, sus representantes legales

con indicación de nombre y apellidos de cada uno y la correspondiente rúbrica) .

MODELO 12

NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DEL DIRECTOR AL ALUMNO,O A SUS REPRESENTANTES LEGALES, SI ES MENOR DE EDAD

En la reunión del Consejo Escolar de este Centro celebrada en sesión............(ordinaria o extraordinaria) ..................... de fecha ............................. ha sido tratadouno de los puntos del Orden del día consistente en el estudio y deliberación de lapropuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente disciplinario del queha sido objeto el alumno de este Centro ...........................................................

Examinada la citada propuesta de resolución, de la que Vd. ya tenía conocimiento, yla documentación que a la misma se acompaña, donde se recogen las actuacionesllevadas a cabo por el Instructor para el esclarecimiento de los hechos, el Director de esteCentro ha estimado que los hechos objetos del expediente han quedado suficientementeprobados. De igual forma, el Director ha considerado autor de los mismos al alumno.................................................

Consecuentemente, una vez estudiadas las alegaciones aportadas por Vd. y tras lasdeliberaciones oportunas, el Consejo Escolar ha considerado lo siguiente:

1.-Los hechos consisten en .............. (describirlos sucintamente) ......................2.-En los hechos ... (sí/no) ... concurren las siguientes circunstancias ..... (paliativas

o agravantes) .............................................................................

A la vista de lo anterior, el Consejo Escolar de este Centro ha adoptado el acuerdopor ...................... (mayoría o unanimidad) ........................ de que la corrección quecorresponde a dicha(s) conducta(s) o hecho(s) es ............................

La fecha de efecto de esta medida correctiva será .............................................

La resolución del Director podrá ser objeto de recurso de alzada (1) ante el DirectorProvincial de Educación, en el plazo de un mes, y su resolución pondrá fin a la víaadministrativa.

Salamanca, a ............. de ................. de 200.......

EL DIRECTOR

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FDO.: .......................................................

D./ Dña. (se dirigirá al alumno o, si es menor de edad, a sus representanteslegales) Cuando se trate de un centro concertado, se sustituirá el recurso de alzada por reclamación, deconformidad con lo preceptuado en el art. 27.3 del Decreto 136/2002.