códigos de conducta empresariales: autorregulación en una...
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Códigos de conducta empresariales:
autorregulación en una economía global RHvs
* Profesor, School of Development Studies, University of East Anglia <[email protected].
764 COMERCIO EXTERIOR, VOL. 54 , NÚM . 9, SEPTIEMBRE DE 2004
JENKINS*
E 1 decenio de los noventa observó una proliferación de códigos de conducta empresariales y una mayor atención
en la responsabilidad empresarial. Ambos fenómenos siguieron a un periodo, el de los años ochenta, caracterizado por un cambio radical en las políticas económicas, las cuales se alejaron del intervencionismo socialdemócrata y keynesiano de la posguerra en el hemisferio norte, y de la industrialización mediante la sustitución de importaciones y el estatismo en el sur. El predominio de políticas económicas monetaristas y la mayor integración de los mercados internacionales de bienes y servicios financieros; la privatización masiva de los activos estatales, y el viraje en los países en desarrollo hacia la liberación comercial y el fomento de las exportaciones, fueron elementos que redefinieron el papel económico del Estado.
Con todo, el cambio de la función estatal y una mayor dependencia de las fuerzas del mercado han traído consigo algunos problemas. El capitalismo siempre ha requerido el establecimiento de ciertas reglas del juego para evitar que impere la ley de la selva. Sin embargo, tanto los cambios ideológicos en el decenio de los ochenta como la mundialización de la actividad económica han significado que en años recientes los estados nación estén menos dispuestos (además de tener menores posibilidades) a desempeñar muchas de estas funciones reguladoras .
En este entorno ha crecido el interés en la responsabilidad social de las empresas y en la autorregulación. Manifestación de ello son los códigos de conducta empresarial en las áreas de la normatividad laboral y ambiental, así como de los derechos humanos. En lugar de considerar los efectos sociales yambien-
tales de las grandes empresas como asunto del que por enci
ma de todo deben ocuparse los gobiernos, hoy se tratan como
aspectos de responsabilidad empresarial sobre los cuales las
propias compañías o sus socios deben establecer normas.
En este ensayo se explican con mayor detalle los cambios en la regulación empresarial y se evalúa su importancia. Se
analizan los elementos impulsores de los códigos de conduc
ta empresariales, así como los sectores y grupos interesados que
han tomado parte en este proceso. Si bien se han elaborado
códigos sobre diversas materias, destacan los relativos a nor
mas de empleo, repercusión ambiental y derechos humanos,
en particular los primeros. Los códigos ambientales, con una
historia más amplia, han causado menos conflicto que los que
se ocupan de asuntos laborales. En la medida que ambos se han
elaborado por lo general en forma separada, es posible concen
trarse en los que se refieren a derechos laborales, aun cuando
también se haga cierta referencia a los códigos ambientales. 1
CAMBIOS EN LA REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD
EMPRESARIAL
Cuando se estableció el orden económico internacional de
la posguerra, el plan inicial era contar con tres organizacio
nes principales: el Banco Mundial, el Fondo Monetario Inter
nacional y la Organización Internacional de Comercio (ore). En virtud de que Estados Unidos no ratificó la Carta de La Ha
bana, por la que se creaba la ore, ésta no terminó de gestarse y
durante cuatro decenios (hasta que se creó la Organización
Mundial de Comercio, O Me) las reglas del comercio interna
cional estuvieron gobernadas por un acuerdo mucho más ade
cuado: el Acuerdo General sobreArancelesAduanerosyComercio ( GATT). Si bien la ore incluía disposiciones para la protección
de la inversión y el control de las prácticas empresariales restric
tivas, tales normas quedaban fuera del ámbito del GATT, de ma
nera que en el sistema de la posguerra las actividades del comercio
internacional no estuvieron reguladas.
En ese ámbito internacional, los estados nación podían en
lo individual, por supuesto, imponer controles a las empre
sas extranjeras que operaban en su territorio, pero se carecía
de un marco reglamentario internacional, a diferencia de lo
que ocurrió con la normatividad laboral. Con las convencio
nes de la Organización Internacional del Trabajo ( OIT), desde
la Declaración de Filadelfia en 1944 se consolidó un marco
internacional sobre el empleo; sin embargo, aquéllas se orien-
1 M. Blowfeld, Coherenceand Divergence.· TheAdvantagesand Disadvantages of Separating Social and Environmentallssues in Developing Standards and Codes of Practice for Agriculture, Natural Resources lnstitute (documento preparado para Values Network), Universidad de Greenwich, Medway, Kent, 1999.
taban sobre todo a los estados miembro como actores prin
cipales en un régimen público de derecho internacional: es
tablecían como obligación de los gobiernos, por ejemplo,
permitir la libertad de asociación y el derecho a la negocia
ción colectiva, pero no aludían de manera directa al compor
tamiento de las empresas internacionales. 2
No fue sino hasta los años setenta, con la aparición de una
actitud en general más crítica hacia las empresas transnacionales
(ETN), sobre todo en los países en desarrollo,3 cuando se re
gistró un movimiento importante para formular normas in
ternacionales de comportamiento empresarial. Si bien es cierto
que la primera propuesta en este sentido provino del propio
sector empresarial, con las Normas para la Inversión Interna
cional ( Guidelines for lnternational lnvestment) de la Cámara
Internacional de Comercio ( 1972), la mayoría de las iniciati
vas procedió de organizaciones internacionales, en particular
de organismos de la ONU, como parte de una atmósfera general
en la que los gobiernos del sur ganaron firmeza en las negocia
ciones económicas tras los aumentos en los precios del petró
leo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo
(OPEP), atmósfera que se expresó en la demanda de un nuevo
orden económico internacional.
En 197 4la Organización de las Naciones Unidas creó su
Centro sobre las Empresas Transnacionales ( eET), luego de
que se diera a conocer el Informe del Grupo de Notables es
tablecido por el Consejo Económico y Social de la ONU. Ello
condujo a la formulación de la versión preliminar de un
Código de Conducta para las ETN que estableció un marco
regulador. Varias organizaciones especializadas de la ONU también formularon códigos que cubrían aspectos particu
lares del comportamiento de las ETN, como la Declaración
Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social (Declaración EMN) de la Organización In
ternacional del Trabajo, 1977 y las propuestas de códigos so
bre Prácticas Comerciales Restrictivas y Transferencia de
Tecnología, de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo (UNeTAD). En el mismo periodo la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos ( OeDE) adoptó su Declaración
sobre Inversiones Internacionales y Empresas Multinaciona
les (1976), en un intento de los gobiernos del norte por res
ponder a las crecientes críticas que las ETN despertaban en
el sur, y al mismo tiempo dejar claro que éstas no estaban
2. B. Hepple, A Race to the Top? lnternationaflnvestment Guidelines and Corporate Codes of Conduct, mi meo., Ciare College Cambridge, 1999.
3. Un aspecto crucial que llamó la atención hacia las actividades de las ETN
en los países en desarrollo fue el escándalo de la ITT en Chile, a principios de los años setenta. cuando se reveló que la empresa estadounidense participó en el derrocamiento del gobierno de la Unidad Popu lar, democráticamente elegido y encabezado por Salvador Allende.
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dispuestas a permitir la imposición de controles excesivos a sus actividades. Este instrumento, al que se llegó a describir como un "ataque preventivo de Occidente para destacar la responsabilidad empresarial", tuvo un carácter voluntario y no fue jurídicamente obligatorio.4
Duran te el decenio de los setenta, las iniciativas in ternacionales para regular las ETN estuvieron acompañadas en muchos países del sur por un clima más restrictivo en el ámbito nacional. Veintidós países en desarrollo aprobaron legislaciones para controlar las actividades de las ETN a fines de los años sesenta y principios de los setenta.5 La nacionalización de empresas extranjeras alcanzó su auge en la primera mitad del decenio de los setenta, 6 y acuerdos regionales como el Pacto Andino impusieron controles a inversionistas del exterior.
La percepción compartida que subyacía en estas iniciativas de regulación era que los intereses de las ETN no coincidían con los de los países anfitriones del sur. Lo que resultaba conveniente para la General Motors podía convenir también a Estados Unidos, pero no necesariamente a Brasil o México. La mejor forma de promover el desarrollo económico consistía no en una política de total apertura al capital extranjero, sino en procesos de regulación que aseguraran la canalización de la inversión extranjera hacia áreas en las que podía tener una contribución particular. También se exigió a los inversionistas extranjeros promover el desarrollo local mediante empresas de riesgo conjunto, compra de insumas locales y políticas de adaptación al país. El papel de los códigos de conducta internacionales propuestos durante este periodo consistió en lo fundamental en mejorar la fuerza de negociación de los países del sur en su lucha por obtener una mayor participación de los beneficios de las actividades de las empresas transnacionales. 7
Los años ochenta, como se señaló, trajeron un cambio fundamental en la actitud hacia las ETN, que se reflejó en una tendencia hacia políticas regidas por el mercado con una cada vez menor intervención estatal, lo mismo en los países industrializados que en las naciones en desarrollo. Los sectores que se habían cerrado al capital extranjero comenzaron a abrirse una vez más en los años ochenta. Este proceso comenzó con la industria manufacturera y luego, a fines de los ochenta y principios de los noventa, se extendió a empresas de servicios públicos y recursos naturales, en
4. J. Robinson, MultinationalsandPolitica!Control, Gower, Londres, 1983. 5. B. Hepple, op. cit. 6. R. Jenkins, "The Changing Relationship between Emerging Markets and
Multinational Enterprises", en P.J. Buckleyy P. N. Ghauri (eds ), Multinational Enterprises and Emerging Markets: Managing lncreasing lnterdependence, Pergamon Press, 1999.
7. Cabe señalar que uno de los papeles que el Centro sobre las Empresas Transnacionales (CET) de la ONU desempeñó en este periodo consistió en brindar capacitación y asesoría a gobiernos de países en desarrollo acerca de estrategias de negociación frente a las transnacionales.
766 CÓDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
parte como resultado de las privatizaciones. También se permitió el acceso a ciertos sectores de servicio tradicionalmente cerrados al capital ex tranj ero. 8
Al mismo tiempo, la mayoría de los países que habían impuesto restricciones generalizadas a la propiedad extranjera las descartaron en el decenio de los noventa. La tendencia hacia requisitos menos estrictos en relación con la propiedad, que había comenzado a finales de los años setenta o principios de los ochenta, se reflejó en la disminución del número de empresas con una participación de 50% en el capital y de filiales con participación minoritaria de ETN estadounidenses en los países en desarrollo.9 También se relajaron restricciones similares respecto de la repatriación de utilidades y los términos permitidos en los acuerdos de transferencia de tecnología, así como los requisitos relativos a exportaciones y al contenido de materias primas nacionales en las manufacturas.
En contraste con los años setenta, la actitud de los gobiernos del sur ha cambiado de manera radical: ahora buscan atraer, más que regular, a las ETN y la inversión extranjera. Así lo consignó la División de Empresas e Inversión Transnacionales de la UNCTAD, que prosiguió con la labor del CET una vez que éste centro fue disuel ro en 199 3:
Los años de mediados de los noventa se caracterizan por un movimiento generalizado hacia la liberalización y la facilitación de la inversión extranjera directa (IED). Hoy día, los regímenes de política interna en materia de IED de muy distintos países en todo el mundo tienen un carácter ampliamente liberal [ ... ] Los gobiernos afinan sus políticas para atraer capital, tecnología y capacidades, y para facilitar el acceso a los mercados con la ayuda de la IED. 10
La mayor parte de los cambios en los regímenes de inversión en los países en desarrollo desde principios del decenio de los noventa entraña la eliminación de restricciones o nuevas medidas de fomento (véase el cuadro 1).
Dados los cambios de actitud entre los gobiernos del sur, a nadie sorprende que las iniciativas de regulación internacional de las ETN no prosperaran durante el decenio de los ochenta. Nunca se llegó a un acuerdo acerca del código del CET, a pesar de que se atenuó considerablemente el rigor de las normas.
Los dos códigos internacionales de importancia que sobrevivieron a los años setenta fueron los de la OCDE y la OIT.
Como se señaló, el de la OCDE de ninguna manera representó
8. UNCTAD, World lnvestment Report, 1994, ONU, Ginebra, 1994, p. 294. 9. F. Contractor, "Ownership Patterns ol U.S. Joint Ventures Abroad and the
Liberalization ol Foreign Government Regulation in the 1980s: Evidence lrom the Benchmark Surveys " , Journal of lnternational Business Studies, vol. 21, núm. 1, 1990.
1 O. UNCTAD, World lnvestment Report, 1995, ONU, Ginebra, 1995, p. 272 .
C U A D R O 1 los códigos de conducta voluntarios: a fines de los setenta, empresas estadounidenses empezaron a adoptar estos códigos en respuesta a la desfavorable publicidad que rodeó a las ETN no sólo como resultado del escándalo de la ITT, sino también a partir de revelaciones sobre sobornos y pagos cuestionables de muchas de las principales empresas de Esta-
LIBERALIZACIÓN DE lA INVERSIÓN EXTRANJERA, 1991-1998
1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998
Número de países con cambios en el régimen de inversión 35 43 57 49
Número de cambios 82 79 102 110 Más favorables para la IED 80 79 101 108 Menos favorables para la IED 2 2
Fuente: UNCTAD, World /nvestment Report, 1999, Ginebra, 1999, cuadro IV.1.
un intento genuino por controlar a las transnacionales, sino que más bien se elaboró para paliar las críticas a sus actividades. Era de carácter voluntario y carecía de mecanismos de aplicación. Si bien algunos casos se han llevado ante el Comité sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales, encargado de procesar asuntos derivados de las Directivas de la OCDE (recomendaciones de la Declaración sobre Inversiones Internacionales y Empresas Multinacionales), por lo general se atendieron mediante aclaraciones a las Directivas. Los sindicalistas han expresado su decepción respecto del manejo que el Comité hace de las quejas; incluso en casos en que se determinó que las empresas tomaron parte en actividades antisindicalistas, el Comité simplemente ha reafirmado su opinión de que la dirección empresarial debería adoptar una actitud positiva hacia las actividades gremiales. 11
La Declaración de la OIT tiene un alcance más limitado al centrarse en los aspectos sociales de las actividades de las ETN. Puesto que la Declaración no es un instrumento obligatorio en términos jurídicos, su cumplimiento deviene voluntario, al igual que las Directivas de la OCDE. Las controversias se remiten al Comité sobre Empresas Multinacionales, encargado de interpretar la Declaración, aunque en realidad no se trata de un procedimiento para la solución de controversias en relación con el cumplimiento de la Declaración: durante sus primeros 10 años en funciones, el Comité sólo emitió dos interpretaciones; 12 de ahí que, al igual que las Directivas de la OCDE, el efecto de la Declaración resultara relativamente limitado.
La tendencia en términos de políticas tanto nacionales como internacionales a partir de los últimos años del decenio de los setenta consistió en la liberalización y la desregulación. De manera simultánea se registró un impulso de
11. J. Murria, Corporate Codes of Conduct and Labour Standards, documento de trabajo de la Oficina de Actividades para los Trabajadores, Organización Internacional del Trabajo (O IT), 1998 <http://www.ilo.org/public/ english/230actra/publ/codes.htm>, consultada el20 de julio de 1999.
12. OIT, The /LO Tripartite Declaration of Principies Concerning Multinational Enterprises and Social Policy- Ten Years after, OIT, Ginebra, 1989.
64 112 106
6
65 76 60 114 151 145
98 135 136 16 16 9
dos Unidos. 13
La primera oleada de códigos empresariales se refirió sobre todo a los pagos cuestionables: los resultados de un estudio de 17 4 códigos vigentes en 1978 señalan que más de la mitad aludíaalasunto;14 de hecho, 90% de los códigos que el propio Kline
estudió se formularon luego de que la Comisión de Títulos y Valores comenzara a investigar los pagos cuestionables. La aprobación en el Congreso estadounidense de la Ley contra Prácticas Corruptas en el Extranjero de 1977 dio mayor impulso a este movimiento. 15
Con todo, a mediados del decenio de los ochenta la presión pública para que se adoptaran códigos de conducta había disminuido, según Kline. 16 Los años noventa registraron un renovado interés en los códigos empresariales. En contraste con la primera oleada de códigos de conducta, las principales materias de las que se ocuparon los códigos fueron los asuntos ambientales y laborales, y sólo 23% trató el tema del soborno. Un inventario de la OCDE de 246 códigos encontró que 50% se refería a normas de empleo y 59% a protección ambiental. 17
La segunda oleada de códigos empresariales comenzó a principios del decenio de los noventa. Una de las primeras compañías en establecer este nuevo enfoque fue Levi Strauss, con sus Términos de Compromiso Empresarial (Business PartnerTerms ofEngagement), adoptados en 1992. Pronto
13 . J. Kline, lnternational Codes and Multinational Business: Setting Guidelines for lnternational Business Operations, Quorum Books, Westport, Conn., 1985.
14. Encuesta de la Foundation ofthe Southwestern Graduate School of Banking, citada en J. Kline, op. cit., p. 105.
15. /bid., p. 103. 16. /bid., p. 108 . 17. OCDE, Codes of Conduct- An Expanded Review of Their Contents, Gru
po de Trabajo del Comité de Comercio de la OCDE, TD/Tc/WP(99)56/FINAL, París, 2000. Ello contrasta con la encuesta de 1978 de la Foundation of the Southwestern Graduate School of Banking, citada en Kline (op. cit., p. 1 05), cuyos resultados señalan que sólo 14% de los códigos se ocuparon de aspectos sociales.
18. J.P. Sajhau, Business Ethics in the Textile, Clothing and Footwear (TCF) Industries: Codes of Conduct, documento de trabajo del Programa de Actividades Sectoriales de la OIT, SAP 2.60/WP.11 O, Ginebra, 1997.
COMERCIO EXTERIOR, SEPTIEMBRE DE 2004 767
No fue sino hasta los años setenta
cuando se registró un movimiento
importante para formular normas
internacionales de comportamiento
empresarial. Si bien es cierto que la
primera propuesta en este sentido
provino de la iniciativa privada, la
mayoría de las iniciativas procedió
de organizaciones internacionales
le siguió en Estados Unidos un gran número de fabricantes de ropa y minoristas. 18 Para mediados de los años noventa, la moda de los códigos había llegado a Europa, y numerosas empresas del Reino Unido y el resto del continente empezaron a adoptarlos. Una vez más, los primeros en incorporar
códigos referentes a las condiciones laborales fueron precisamente los fabricantes de prendas de vestir y minoristas, entre otros, C&A, Otto Versand en Alemania y el Pendand Group
en el Reino Unido. Si bien el número de códigos completos o integrales es has
ta cierto punto escaso, cada vez más compañías los incorporan, y se tiende a ampliar la cobertura de los códigos a medida que las compañías los experimentan más. 19 Su importancia radica en que los están adoptando las principales empresas en sus
ramos; por ejemplo, Levi Strauss y Gap en la industria de la confección, Nike y Reebok en artículos para el deporte, y los principales supermercados británicos en el comercio al por menor.
Aun cuando comparten una nomenclatura común, los códigos de conducta empresariales difieren mucho de los códigos internacionales propuestos en los años setenta, y en parti
cular de la versión preliminar del Código del CET. Los primeros códigos se idearon como medios por los cuales los organismos
19. Esto no ocurre siempre. La Declaración Modificada de Principios Empresariales Generales (Revised Statement of General Business Principies) de Shell, publicada en 1997, no hacía referencia alguna a normas laborales, a pesar de que una declaración anterior (1990) aludía tanto a las Directivas de la OCDE como a la Declaración Tripartita de la OIT.
768 CÜDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
internacionales podían regular a las ETN, en apoyo o complemento de la regulación nacional. Los códigos empresariales, en cambio, son iniciativas voluntarias adoptadas por el pro
pio sector empresarial, y varían desde declaraciones vagas de principios empresariales aplicables a las operaciones internacionales hasta iniciativas de autorregulación más rigurosas.
En términos generales, el propósito de los códigos internacionales era restituir el equilibrio entre el creciente poder de las ETN y los estados nación donde invertían, sobre todo en el
hemisferio sur. Su fundamento era la opinión de que el creci
miento de las grandes compañías internacionales entrañaba una amenaza para la soberanía de las naciones más pequeñas y pobres. Una noción común en ese entonces era la de la soberanía acorralada.20 La regulación internacional se consideraba necesaria para garantizar que los países en desarrollo compartieran las ganancias del crecimiento de la actividad empresarial internacional.
La reciente oleada de códigos empresariales se centra en la influencia de las ETN en dos áreas principales: las condiciones sociales y el ambiente. Ambas forman parte de un debate mu
cho más amplio en torno al efecto de la globalización en el empleo y en el medio, lo que también se refleja en la demanda de cláusulas sociales y ambientales en los tratados comerciales y dentro de la O M C. En tanto que en el decenio de los setenta el apoyo a los códigos provenía principalmente del sur,21 en los noventa el apoyo provino sobre todo del mundo desarrollado, donde las organizaciones sindicalistas internacionales, las Or
ganizaciones no Gubernamentales ( ONG) en favor del desarrollo social y el medio ambiente, y el propio sector empresarial han contribuido para exigir a las empresas internacionales alguna
forma de código de conducta. Aun cuando los códigos empresariales de los noventa tien
den a centrarse en una gama más específica de aspectos que las iniciativas de los años setenta, desde otra perspectiva su cobertura es más amplia. En los setenta se centraban en las
actividades de las ETN y sus filiales; en cambio, en los noventa la cobertura se amplió para abarcar no sólo sus actividades directas, sino también una responsabilidad en relación con
las prácticas laborales y ambientales de sus proveedores. En el caso de muchas empresas, el principal punto de atención
de su código de conducta es garantizar un comportamiento aceptable de sus subcontratistas.
20. Sovereignty at Bay, libro escrito en 1971 por Ray Vernon, una de las más destacadas autoridades académicas en materia de ETN. Aunque en realidad su visión criticaba el planteamiento de que los estados nación se verían necesariamente debilitados por la expansión de las transnacionales.
21. Los gobiernos y las empresas del norte se resistían en general a tales códigos, a menos que fueran vo luntarios y pudieran utilizarse para rehuir la demanda de una regu lación internacional duradera.
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ENTORNO MUNDIAL DEL CRECIMIENTO DE LOS CÓDIGOS
DE CONDUCTA EMPRESARIALES
e omo se señaló en el apartado anterior, la autorregulación se ha vuelto una característica importante de la econo
mía mundial al tiempo que disminuyen las iniciativas de los gobiernos nacionales y de las organizaciones internacionales para controlar las actividades de las ETN. Antes de analizar las respuestas de los afectados por las actividades empresariales transnacionales, se examinará de manera sucinta el entorno global que ha influido en el crecimiento de los códigos empresariales de conducta.
En primer lugar, la globalización se ha intensificado de manera considerable. Las barreras al comercio se han reducido cada vez más desde el decenio de los setenta y muchos más países se han integrado a la economía mundial. El fin del comunismo en la otrora Unión Soviética y en la Europa oriental, y la apertura de China y Vietnam, así como las políticas más liberales en muchos países en desarrollo, incluida de forma relevante la India, han dado lugar a un aumento masivo en el alcance de las operaciones de las ETN. Se calcula que la proporción de la población mundial que forma parte de la economía global ha aumentado de alrededor de un cuarto a cuatro quintas partes.
La inversión extranjera y las actividades de las ETN han crecido incluso más rápido que el comercio mundial en este periodo. Pero la naturaleza cambiante de las empresas globales implica que estas cifras subestiman la verdadera dimensión de sus actividades internacionales. Un factor importante en este sentido es el crecimiento de las cadenas globales de productos o de valor en muchas industrias. 22 Si bien el intercam-
22. G. Gereffi, "lnternational Trade and Industrial Upgrading in the Apparel Commodity Chain", Journaloflnternational Economics, vol. 48, 1999, pp. 37-70, y R. Kaplinsky, Spreading the Gains from Globalisation: WhatCan Be Learned from Value Chain Analysis7, mimeo., Brighton, lnstitute of Development Studies, 2000.
bio siempre fue un elemento de fundamental importancia, ahora es posible controlar la producción a grandes distancias sin ejercer la propiedad. Gran variedad de bienes de consumo, incluidas prendas de vestir, calzado y verduras, se caracteriza por cadenas de valor en las que el control reside en los productores de marcas como Levi Strauss y Nike o en grandes minoristas como Wal-Mart y Tesco.
Una característica fundamental de tales cadenas de valor dirigidas por los grandes compradores es que éstos se aseguran de que los productores cumplan con determinadas fechas de entrega, normas de calidad, especificaciones de diseño, etcétera. En otras palabras, los compradores controlan muchos de los aspectos de la producción que de otra forma corresponderían a los productores. De ahí la pertinencia de que el comprador se responsabilice de las condiciones laborales en empresas subcontratistas y su efecto en el medio ambiente. A menudo en esta clase de compañías, a partir del decenio de los noventa, se empezaron a introducir códigos de conducta explícitos.
Otra característica estructural relevante ha sido lacreciente importancia de los activos intangibles en la valoración de los principales consorcios. 23 Ernst y Young comparan las compañías tradicionales, en las que los intangibles corresponden a 43% del precio de las acciones, con las com
pañías del mañana, en las que representan 65%. 24 Los intangibles con frecuencia se relacionan con las marcas, las cuales a su vez se vinculan con la reputación empresa-
23. El va lor de mercado de una empresa se sustenta en sus activos físicos (instalaciones, equipo y terrenos), sus activos financieros (efectivo, depósitos bancarios, acciones) y los activos intangibles. R Beynon (comp.), The /con Critica/ DictionaryofG/obal Economics, lcon Books, Cambridge, 1999, p. 155.
24. Gonella et al., Making Values Count: Contemporary Experience in Social and Ethical Accounting, Auditing and Reporting, ACCA, Informe de Investigación, núm. 57, 1998, gráfica 2.2.
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C U A D R O 2
COMPOSICIÓN SECTORIAL DE LAS EMPRESAS QUE HAN EMITIDO CÓDIGOS
Activ idad
Primario Agricu ltura Extracción Secundario Alimentos Textiles Madera Derivados del petróleo Química Plásticos Metales Electrónica Productos mecánicos Equipo de oficina Vehículos Otros Terciario Electricidad, gas, agua Construcción Comercio Hoteles o restaurantes Transporte y comunicaciones Actividades financieras Bienes raíces y otros negocios Otros
Número de empresas
3 20
23 4
12 22
S 13 14 15
6 10 15
10 6
61 6
12 10 9
14
Fuente: OCDE, Codes of Conduct- An Expanded Review of Their Contents, Grupo de Trabajo del Comité de Comercio de la OCDE, TDITC/WP(99)56/FINAL, París, 2000.
riaL Una compañía como Nike, que no realiza sus propios procesos de manufactura, y que gasta inmensas cantidades en publicidad y promoción para crear y mantener una imagen corporativa, es muy vulnerable a cualquier menoscabo de su imagen. En ese sentido, el presidente de Levi Strauss , Bob Haas , señaló en 1994: "En el mundo actual , un reportaje en televisión sobre las condiciones de trabajo puede echar por la borda años de esfuerzos por construir la lealtad de los consumidores hacia una marca". 25 En contraste, una compañía farmacéutica propietaria, por ejemplo, de la patente de un medicamento muy valorado depende mucho menos de tales factores (aunque, por supuesto, si se demostrara que el fármaco es inseguro , entonces la reputación de la empresa se vería también afectada).
Así, la creciente importancia de las marcas es la que en lo fundamental permite a los grandes consorcios obtener pingües
2 5. l. Zeldenrust y N. Ascoly, Codes of Conduct for Transnational Corporations: An Overview, lnternat ional Restructuring Education Network Europe, Tilberg, Países Bajos, 1998, p. 14.
770 CÓDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
utilidades y fungir como una importante barrera de entrada, aunque también los vuelve vulnerables a los cuestionamientos de sus políticas laborales o ambientales.26
Los cambios en las actitudes del público también han influido en la adopción de códigos de conducta empresarial. La conciencia de la problemática ambiental ha aumentado en forma considerable desde los setenta. Las compañías de los países del norte ya no pueden ignorar con impunidad el efecto de sus actividades en el ambiente. Asimismo, la nueva legislación establece la responsabilidad empresarial por daños ambientales.
Los avances en la comunicación global , que permiten a los consorcios controlar las actividades de producción en una escala cada vez mayor, han facilitado también la transmisión internacional de información que las empresas habrían preferido mantener a buen resguardo. 27 Es vertiginosa la velocidad con la que información sobre las condiciones laborales en una filial o subcontratista de una empresa transnaci onal en algún 1 ugar de Asia puede difundirse y ser del conocimiento de las ONG y los consumidores en América del N o rte. 28
MORFOLOGÍA DE LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA
Sectores
U na de las características destacadas de la reciente proliferación de los códigos de conducta es su tendencia de
adopción por sectores. De acuerdo con el inventario de códigos de conducta de la OCDE, por el número de empresas que los han adoptado, tales sectores son los del comercio, la manufactura textil, las industrias química y extractiva (véase el cuadro 2). En este registro se incluyen no sólo códigos que cubren normas de empleo, sino también los que se centran en gestión ambiental, protección al consumidor, soborno y otras cuestiones.
Estudios de caso más detallados señalan que los códigos de conducta sobre asuntos laborales se concentran en sectores como vestido, calzado, artículos deportivos , juguetes y comercio al por menor, que abastecen bienes de consumo y por lo general representan marcas bien conocidas. También
26. N. Klein, No Lago, Flamingo, Londres, 2000. 27 . K. O'Neill , lnternetworking for Social Change: Keeping the Spotlight on
Corporate Responsibility, Inst ituto de las Naciones Unidas pa ra el Desarrollo Socia l, Documento de Análisis, núm. 11 1, Ginebra, 1999.
28. N. Kearney, "CorporateCodesofConduct: The PrivatisedApplicationofLabour Standards", en S. Picciotto y R. Mayne (comps.), Regulating lnternational Business.· Beyond Liberalisa tion, Macmil lan, Basingstoke, 1999, p. 208.
son los sectores en los que las ONG han centrado sus campañas para fomentar un comercio justo.29
En cambio, los códigos ambientales suelen encontrarse en industrias muy diferentes. El sector líder al respecto ha sido el de la industria química, pero estos códigos son comunes también en muchos otros, incluidos el forestal, el petrolero y el minero. Se trata de industrias que por lo general no producen bienes de consumo (aunque en el caso del petróleo sí cuenta con marcas de renombre), de industrias de procesamiento cuyos efectos en el medio ambiente son considerables y pueden entrañar procesos peligrosos.
Clases de códigos de conducta
Los códigos de conducta adquieren una amplia variedad de formas, lo que puede dar lugar a cierta confusión. Si bien es posible clasificarlos de numerosas maneras, en este trabajo se identifican cinco clases.30
De compañías
Son códigos que las compañías adoptan de manera unilateral. Pueden relacionarse con sus propias operaciones, como en el caso de la Declaración Revisada de Principios Empresariales Generales de Shell, o aplicarse en particular a sus proveedores, como en el caso de los Términos de Compromiso Empresarial de Levi Strauss.
De asociaciones empresariales
Hay códigos que adoptan un grupo de empresas en determinado sector industrial. Al igual que los códigos de compañías, por lo general se trata de medidas unilaterales, ya sea por asociaciones de empresas establecidas en países desarrollados, como es el caso del código de la Asociación Británica delJu-
29. Entre los ejemplos de tales campañas se incluyen la campaña de ropa limpia, a favor de ropa confeccionada en condiciones dignas y la Red de Etiquetas con ttica en el sector del vestido; la campaña Modificar las reglas, de Christian Aid, dirigida a los supermercados en el Reino Unido; la de Juego Limpio para los Trabajadores de la Industria del Juguete, coordinada por el Movimiento a Favor del Desarrollo Mundial, el Instituto Católico de Relaciones Internacionales y el Congreso de Organizaciones Sindicales.
30 . La OCDE distingue cuatro clases de códigos: de compañías, de asociaciones empresariales, de alianzas sectoriales y los creados por organizaciones internacionales (OCDE, Codes of Conduct ... , op. cit., gráfica 1 ). Una clasificación similar utilizaron A. Kolk, R. van Tulder y C. Welters, "lnternational Codes of Conduct and Corporate Social Responsibility: Can Transnational Corporations Regulate Themselves? ", Transnational Corporations, vol. 8, núm. 1,1999.
guete, o por agrupaciones empresariales de países en desarrollo, como los códigos de la Asociación de Fabricantes y Exportadores de Ropa de Bangladesh y del Consejo de Floristas de Kenia.
Multisectoriales
Los códigos multisectoriales se adoptan como resultado de negociaciones entre diversos sectores interesados, incluidas empresas y sus representantes industriales, ONG y sindicatos. Los gobiernos también pueden participar en su formulación. El Código Base de la Iniciativa de Comercio Ético del Reino Unido representa un ejemplo de este enfoque multisectorial.
Modelo
Los códigos modelo elaborados para servir como referencia de lo que una organización particular considera prácticas de conducta adecuadas. Dado que su propósito es constituirse en un modelo para las compañías o asociaciones empresariales, no es frecuente su aplicación en la práctica. Los han formulado sindicatos, por ejemplo el Código Básico de Prácticas Laborales de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, yONG, como Amnistía Internacional.
lntergubernamentales
Son los códigos que los gobiernos nacionales negocian y acuerdan en el ámbito internacional. Tanto las Directivas de la OCDE para las Empresas Multinacionales como la Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales de la OIT datan de los años setenta.
Cobertura
Características clave de cualquier código de conducta son su cobertura y los elementos o aspectos que deja fuera. Los códigos de más amplia cobertura incluyen lo que la OIT identifica como normas de empleo básicas, derivadas de los siguientes convenios de la OIT: Libertad de Asociación (C87); Derecho a la Negociación Colectiva (C98); Rechazo al Trabajo Forzado (C29, C105); Edad Mínima (C138); Rechazo a las Acciones Discriminatorias (Clll), y Remuneración Equitativa (CllO).
Además, tales códigos pueden referirse a muchos otros aspectos de las condiciones laborales que no se han incluido en las normas de empleo básicas, como: disposiciones sobre
COMERCIO EXTERIOR, SEPTIEMBRE DE 2004 771
salud y seguridad en el trabajo, jornada máxima, salarios y seguridad del empleo.
En el cuadro 3 se presentan los resultados de los 148 códigos de conducta del inventario de la OCDE que incluyen normas laborales. Destaca la notoria variación en el porcentaje de códigos que se ocupan de distintos asuntos. Sólo tres aspectos son comunes a más de la mitad de los códigos estudiados: el compromiso general con un ambiente de trabajo adecuado, el cumplimiento de la legislación local y el rechazo a acciones discriminatorias u hostiles. La normatividad laboral de la OIT se mencionó en sólo uno de cada 1 O códigos, de donde resulta claro que la mayoría de los códigos de conducta no cubren las normas de empleo básicas de la OIT.
Desafortunadamente, los datos del inventario de la OCDE
relativos al contenido laboral de los códigos de conducta no distinguen entre las clases de códigos. Esto constituye una importante limitación, ya que es probable que aquellos adoptados por organizaciones internacionales o por grupos de interés social tengan una cobertura más amplia de las normas de empleo básicas que los de compañías en lo individual o de grupos empresariales. 31
Códigos de compañías
Los estudios sobre códigos de conducta de compañías confirman la considerable variación en el grado de cobertura de las normas de empleo. Según un estudio de 18 compañías británicas, si bien todos los códigos analizados incluyen alguna declaración sobre salud y seguridad, y más de la mitad contiene disposiciones sobre salarios mínimos, trabajo infantil y trabajo forzado, sólo una minoría alude al número de horas de la jornada laboral y a la libertad de asociación. Los atributos menos comunes son los que se refieren a la seguridad del empleo (sólo tres compañías) y al derecho a la negociación colectiva (no incluido en ninguno de los códigos). 32 Esta última omisión resulta muy significativa, ya que corresponde a un atributo considerado como una norma laboral fundamental.
Los resultados de un estudio sobre 1 O códigos de compañías estadounidenses de los sectores del vestido y el comercio al por menor demuestran un patrón hasta cierto punto similar.33 Las medidas incluidas con mayor frecuencia en los códigos se refieren al trabajo forzado, el empleo infantil, la salud y la seguridad y el rechazo a acciones discriminatorias. La mitad de las compañías incluyó en sus códigos alguna referencia
C U A D R O 3
a los salarios mínimos y al máximo de horas de la jornada laboral, aunque en algunos casos sim-
CONTENIDO LABORAL DE LOS CÓDIGOS
Ambiente de trabajo adecuado Cumplimiento de la legislación local Rechazo a acciones discriminatorias u hostiles Compensación Recha zo al trabajo infantil Obligaciones en relación con contratistas y proveedores Rechazo al trabajo forzado Oferta de capacitación Jornada laboral Libertad de asociación Mención específica de los derechos humanos Monitoreo Derecho a la información Mención de códigos de la OIT
Promoción Notificación previa razonable Trabajo eventual moderado Relaciones de trabajo flexibles
Porcentaje de códigos que mencionan el atributo '
75.7 65 .5 60.8 45 .3 43 .2 41.2 38 .5 32.4 31.8 29.7 25 .0 24.3 13.5 10.1 8.8 3.4 3.4 0.7
1. Calculados con la siguiente fórmula : 1 OO*[número de cód igos que mencionan el atributo]+[número de códigos con contenido laboral].
Fuente: OCDE, Codes of Conduct- An Expanded Review of their Contents, Grupo de Trabajo del Comité de Comercio de la OC DE, TDITc/WP(99)56/FINAL, Parls, 2000, cuadro 4.
31. A. Kolk, R. van Tulder y C. Welters, op. cit., cuadro 1 a.
772 CÓDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
plemente se plantea que estos parámetros han de responder a la legislación local. Sólo una compañía menciona en su código la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva, y en ningún caso se incluyeron disposiciones sobre seguridad del empleo.
Códigos multiempresariales
El cuadro 4 presenta información sobre códigos multiempresariales, formulados lo mismo para ciertas industrias en particular que para aplicarse en forma más general. Se les ha agrupado en cuatro clases, como se mencionó. Es posible observar que los códigos modelo y los códigos multisectoriales tienden a tener una cobertura más amplia. La mayoría de éstos incluyen todas las normas de empleo básicas, además de otros aspectos como la disposición de contratos de trabajo adecuados.
32. C. Fergu so n, A Review of UK Company Codes of Conduct, DFID (Departamento del Reino Unido para el Desarrollo Internacional), Divis ión de Desarrollo Social.
33. J. P. Sajhau , op. cit.
•
C U A D R O 4
COBERTURA DE ASPECTOS LABORALES EN CÓDIGOS MULTIEMPRESARIALES
Rechazo al Derecho a la Rechazo Contratos Salud y trabajo Jornada Edad Libertad negociación a acciones Remuneración de trabajo
Iniciativa seguridad forzado laboral minima Salarios de asociación colectiva discriminatorias equitativa adecuados
1 nterg u berna mentales
Organización Internacional del Trabajo ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ Direct ivas de la OCDE ./ ./ ./ ./ Unión Europea: Comité de
Desarrollo y Cooperación ./ ./ ./ ./ ./ ./
Modelo
Amnist ía (Amnistía Internacional) ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./ código de Prácticas Laborales
de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./
Centro lnterfé de Responsabilidad Empresarial ./ ./ ,f1 ./ ./ ./ ./
Labor behind the Label ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./ Código de Prácticas Laborales de la
Industria del Vestido y la Ropa Deportiva ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./
Coalición de Hong Kong para la Producción Segura de Juguetes ./ ./ ./ ./ ./
Multisectoriales
Iniciativa de Comercio Ético, Re ino Un ido ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./
SA8000 (Agencia de Acreditación del Consejo de Prioridades Económicas) ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./
Nicaragua. Red Centroamericana de Mujeres en Solidaridad los trabajadores de la maqu ila ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./
Estatutos Holandeses de Comercio Justo de Prendas de Vestir ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./
Alianza White House de la Industria del Vestido ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./ ./
EURATEX/ETNUC (Iniciativa de organizaciones empresariales y sindicales de la industria textil en Europa) ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./
Código de Prácticas Laborales de la Federación Internacional de Futbol Asociación ./ ./ ./ ./ ./' ./ ./ ./ ./ ./
Códigos de asociaciones empresariales
BGMEA (Asociación de Fabricantes de Ropa de Bangladesh) ./ ./
PAECLSBI (Cá mara de la Industria y Comercio de Sailkot, Pakistan) ./
CTI (Consejo Internacional de la Industria del Juguete) ./ ./ ./ (ley) ./
BTHA (Asociación Br itánica del Juguete) ./ ./ ./(60) ./ ./
1 Mínimos.
Fuente: R. Pearson y G. Seyfang . "New Hope or False Down? Codes of Conduct and Social Policy in a Globalising World", Global Social Poficy, vol. 1, num. 1, pp. 49-78.
COMERCIO EXTERIOR, SEPTIEMBRE DE 2004 773
En contraste, los códigos de asociaciones empresariales tienen una cobertura mucho menos amplia, tanto respecto de las normas de empleo básicas que de otros asuntos. Si bien la mayoría hace mención del trabajo infantil y el trabajo forzado, así como de salud y seguridad en el trabajo, jornadas laborales y salarios mínimos, ninguno de estos códigos incluye la libertad de asociación, el derecho a la negociación colectiva y el rechazo a acciones discriminatorias.
Ello concuerda en buena medida con lo observado respecto de los códigos de empresas individuales, de donde se desprende que cuando los códigos se introducen como una medida de autorregulación -tanto si se trata de compañías que proceden por cuenta propia cuanto de asociaciones empresariales que actúan en forma colectiva-, por lo general no cubren la gama completa de normas laborales básicas. En particular, tienden a no permitir la libertad de asociación o el derecho a la negociación colectiva. También son selectivos en lo que se refiere a otros derechos, de manera que aunque la salud y la seguridad se mencionan con frecuencia, rara vez se incluyen contratos adecuados que brinden seguridad de empleo a los trabajadores. 34
Alcance
Aparte de la cobertura de los asuntos a los que aluden está el alcance de los códigos en lo que se refiere a las personas o grupos a los que se aplican. Al respecto, el código puede aplicarse sólo a la propia compañía, en cuyo caso funciona como una declaración de principios empresariales. Algunas entidades como Sara Lee Corporation cuentan tanto con un código de principios que aplican a sus propias unidades operativas como con un conjunto independiente de directrices utilizadas en la selección de proveedores. 35
En muchos casos los códigos de conducta se elaboraron para garantizar que los proveedores cumplieran con ciertas normas. En la investigación de la OCDE, por ejemplo, más de 40% de los códigos que se ocupan de cuestiones laborales asignan obligaciones a los proveedores (véase el cuadro 3). En particular, en la industria del vestido 26 de 32 códigos de compañías investigados aluden a proveedores y contratistas.36
34. Estos resultados son similares a los de un análisis preliminar de 215 códigos de conducta llevado a cabo por la OIT, de acuerdo con el cual aunque tres cuartas partes de los códigos aluden a salud y seguridad, y dos tercios a la cuestión de la discriminación, sólo 15% contienen referencias a la libertad de asociación o al derecho a la negociación colectiva (OIT, Overview of Global Developments and OfficeActivities Concerning Codes ofConduct, Social Labelling and other Private Sector lnitiativesAddressing Labour lssues, Working Party on the Social Dimensionsofthe Liberalisation of lnternational Trade, GB.273/WP/SDL11(rev1) OIT, Ginebra, 1998, pp. 12-13).
35. J.P. Sajhau, op. cit. 36. OCDE, op. cit.
774 CÚDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
Sin embargo, la interrogante es hasta qué punto en la cadena de suministro han de cumplirse estas normas: en la industria de la confección las relaciones subcontractuales múltiples son comunes y no siempre resulta claro si los códigos se aplican sólo a los proveedores inmediatos de una empresa o también a los subsubcontratistas.
Otra cuestión importante es si los códigos se aplican sólo a empresas o también a trabajadores independientes, que no están formalmente empleados por el fabricante o sus proveedores. Ninguno de los códigos de compañía estudiados por Ferguson en el Reino Unido cubría a trabajadores independientes o a pequeños productores agrícolasY El único formulado específicamente para trabajadores independientes es el Código Australiano de Prácticas para Trabajadores Independientes formulado por el Sindicato Textil, del Vestido y del Calzado de Australia. La red Home-Net, que ha observado una participación activa en el incipiente debate sobre las implicaciones de los códigos de conducta para los trabajadores independientes, en la actualidad participa en la Iniciativa de Comercio Ético del Reino Unido.
Sustancia
Un enfoque simple, limitado a un listado de los aspectos que abordan los códigos, difícilmente permite identificar con claridad hasta qué grado un código da lugar a mejores condiciones de trabajo. Así, por ejemplo, los códigos pueden especificar un número máximo de horas por jornada semanal, pero en algunos casos éste puede ser de hasta 60 horas. De manera semejante, en algunos casos los códigos pueden apenas exigir el cumplimiento de las normas del país anfitrión -por ejemplo, en términos de salarios mínimos o de contratación de menores de edad-, pero bien podría argumentarse que un código de conducta que se limita a pedir que un proveedor o una filial opere dentro de la ley no es un instrumento muy exigente.
Instrumentación
Un código de conducta trascendente precisa de vías claras que permitan su instrumentación y garanticen su cumplimiento. La adopción de un código entraña una declaración de principios en relación con el comportamiento empresarial, lo cual no necesariamente significa que dichos principios se aplican en las operaciones de la empresa. La Organización Internacional de Empleadores (OlE), por ejemplo, calcula que 80% de los códigos en realidad son declaraciones de ética empresarial general que carecen de métodos de instrumentación. 38
37. Ferguson, op. cit., p. 4. 38. Citada en OIT, Overview .. , op. cit., p. 7.
1
En la práctica, la instrumentación de los códigos de conducta puede garantizarse sólo cuando se efectúa un monitoreo independiente. A menudo esto genera polémica, pues las empresas se muestran renuentes a aceptarlo. Incluso cuando en principio se llega a establecer un compromiso de monitoreo independiente, los interesados pueden diferir respecto de lo que consideran independiente.
De los 246 códigos incluidos en el inventario de la OCDE,
sólo poco más de 10% del total y apenas cuatro de cada 100 códigos de compañía contienen disposiciones sobre monitoreo independiente (externo). 39 Un estudio de 132 códigos realizado por Kolketal.llegó a conclusiones muy similares: en 41 o/o de los casos no se incluye mención específica al monitoreo y en otro 44% las propias empresas son las responsables de hacerlo; asimismo, menos de 10% de los códigos de compañía y 5% de los de asociaciones empresariales consideran cierta forma de monitoreo externo.40 En el Reino Unido, el estudio de Ferguson sobre códigos de compañías encontró que ninguno establece un compromiso claro de monitoreo sistemático y verificación independiente, ello a pesar de que los códigos modelo a menudo preconizan tales sistemas. 41
Hay algunas excepciones a esta regla general. En El Salvador, el consorcio Gap estableció un grupo de trabajo para el monitoreo independiente en colaboración con el Centro Interfé de Responsabilidad Empresarial, Empresas con Responsabilidad Social, y el Comité Nacional del Trabajo.42 La participación de otros grupos en el monitoreo es más común en el caso de códigos sectoriales que cuando se trata de los relativos a compañías y, por supuesto, es en particular notoria en el caso de códigos formulados por ONG.43
En resumen, la participación de los interesados en la instrumentación de los códigos es mínima en la mayoría de los casos. Esto resulta paradójico, ya que el discurso de la responsabilidad empresarial está plagado de referencias a los interesados directos y a la necesidad de tomar en consideración mucho más que sólo rendimientos financieros. En esta área el contraste entre retórica y realidad se vuelve en particular patente. En ausencia de procesos de monitoreo y verificación independientes, resulta difícil evaluar hasta qué grado los códigos de compañías se aplican en la práctica o si se limitan a ser mera expresión de buenas intenciones. 44
39. OCDE, op. cit., cuadro 6. 40. A. Kolk, R. van Tulder y C. Welters, op. cit., p. 168 y cuadro 4b. 41. Ferguson, op. cit. 42. J.P. Sajhau, op. cit., recuadro 3. 43. G. Seyfang, Priva te Sector Self-Regulation for Social Responsibility: Mapping
Codes of Conduct, Documento de Trabajo del Programa de Investigación en Política Social, núm. 1, Overseas Development Group, University of East Anglia, Norwich, 1999, cuadro 8.
44. Aun cuando el monitoreo independiente tenga lugar, hay interrogantes respecto de su rigor.
La participación de los interesados en
la instrumentación de los códigos es
mínima. Esto resulta paradójico, ya
que el discurso de la responsabilidad
empresarial está plagado de referencias
a los interesados directos. En esta área
el contraste entre retórica y realidad se
vuelve patente
También está la cuestión de las sanciones impuestas cuando se incurre en incumplimiento de un código. Con frecuencia no están estipuladas con claridad. Alrededor de 60% de los códigos de compañías y asociaciones empresariales en el inventario de la OCDE no especifica consecuencia alguna. 45
Cuando se aplica un código a proveedores, la falta de cumplimiento puede dar lugar a la cancelación de la relación comercial con el contratista; sin embargo, esto no siempre ocurre así. También podría argumentarse que semejante enfoque no necesariamente resulta deseable, ya que a final de cuentas los afectados por tales sanciones son los trabajadores mismos, que pueden terminar sin empleo. El punto aquí es que no basta con un monitoreo, sino que conviene contar con directrices claras para responder al incumplimiento.
EVALUACIÓN DE CÓDIGOS EMPRESARIALES DE CONDUCTA
N o cabe duda de que la creciente atención en la responsabilidad social de las empresas y la mayor adopción de
códigos empresariales de conducta en el decenio de los noventa representan un avance importante. Sin embargo, la cuestión
45. OCDE, op. cit.
COMERCIO EXTERIOR, SEPTIEMBRE DE 2004 775
de lo que éstos significan sigue sin respuesta. ¿Son los códigos de conducta parte de un ejercicio de relaciones públicas de las empresas interesadas en eludir las críticas a sus actividades? ¿O reflejan una nueva forma de control de los negocios por los interesados, más apropiada en una economía
globalizada que los mecanismos tradicionales de regulación estatal y negociación sindical? ¿Representan acaso alternativas realistas a tales mecanismos, o se requiere su aplicación en forma conjunta?
Limitaciones
Como se sugiere en los apartados anteriores, son muchas las
limitaciones de los códigos de conducta como instrumento para promover normas mejoradas en los países en desarro
llo. Algunas son limitaciones prácticas por la forma en que hasta ahora se han instrumentado los códigos. Otras son in
herentes a los códigos empresariales como instrumento y, por tanto, van más allá de la mera problemática asociada a la forma en que en el pasado se aplicaron los códigos. Estas últimas limitaciones dan lugar a interrogantes sobre la función de los
códigos en cualquier circunstancia; de ahí la importancia de tomarlas en consideración.
A pesar de la gran publicidad que han recibido los códigos de conducta, hasta ahora su repercusión ha sido escasa. Muchos códigos de compañía difícilmente pasan de decla
raciones generales de ética empresarial, sin indicación alguna sobre la forma de instrumentarlos. Por su propia natura-
776 CÓDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
leza, los códigos modelo tienen el propósito de servir como ejemplo de las prácticas óptimas en que las empresas en lo
individual o los sectores pueden basar sus propios códigos. Pocas empresas han adoptado los códigos formulados por ONG u otras organizaciones colectivas. En algunos casos, incluso, los códigos se encuentran todavía en su versión pre
liminar yen proceso de negociación. Tal es el caso, por ejemplo, del Código de Prácticas Laborales de la Industria del
Vestido y la Ropa Deportiva el Código Base de la Iniciativa de Comercio Ético (ETI, Reino Unido) y los Estatutos Ho
landeses de Comercio Justo de Prendas de Vestir. El Código de Prácticas Laborales de la Federación Internacional de
Furbo! Asociación aún no lo adoptan muchas empresas, y hasta ahora sólo unas cuantas gozan de la certificación de responsabilidad social SA8000.46 Lo usual es que sean los líderes de la industria los que adopten los códigos, no lama
yoría de las compañías. Ahora bien, el número de empresas que adoptan códigos de conducta es creciente, es decir que la mencionada limitación en parte refleja el desarrollo hasta cierto punto reciente en este campo.
Otras limitaciones son la cobertura, en términos de los
asuntos que la mayoría de los códigos de compañía incluyen, y el alcance, referido a quiénes son sujetos de su aplicación. Una vez más, como se señaló, muchos códigos ni siquiera abarcan las normas de empleo básicas de la OIT, sobre todo las de libertad de asociación y derecho a la negociación co
lectiva, y mucho menos las rebasan para incluir otros derechos de los trabajadores, como la seguridad del empleo. Por lo que respecta al alcance, aunque los códigos suelen abarcar
a los proveedores inmediatos de las empresas que los adoptan, no siempre van más allá en la cadena de suministro. Asimismo, grupos de trabajadores, con frecuencia los más marginados, no quedan sujetos a los códigos, como aquellos trabajadores independientes no directamente empleados por
los proveedores. También ocurre así en la agricultura: los gru
pos más marginados y vulnerables suelen estar al margen de cualquier código de conducta.
La otra gran limitación de los códigos de conducta es la
falta de monitoreo independiente que garantice que no son meras declaraciones generales de principios empresariales. Sin embargo, algunas de las empresas líderes han aceptado dicho control y el aumento en los órganos auditores y de acredita
ción da cuenta de ciertos avances en esta área. 47
46. G. Seyfang, op. cit., cuadro B. 47. Ha habido cuestionamientos acerca de la naturaleza de algunos de los
órganos que han incorporado auditorías sociales, en particular en relación con su experiencia en este campo, y en algunos círculos se sospecha que las empresas auditoras y consultoras participan en esta área sólo por diversificar su cartera de actividades.
Las limitaciones estructurales más arraigadas de los códigos de conducta se relacionan con los elementos impulsores arriba identificados como el origen del auge de tales códigos en el decenio de los noventa. En primer lugar, tienden a concentrarse en los sectores de bienes de consumo para los que las marcas y la imagen corporativa revisten suma importancia. Esto ayuda a explicar por qué sectores como los de los minoristas de gran escala, del vestido y el calzado, del juguete y de ciertos productos alimenticios, con mayor frecuencia incluyen cuestiones sociales en sus códigos. También se caracterizan por que los costos de las compras individuales son relativamente bajos, y los de producción a menudo constituyen una parte pequeña del precio final del producto. Sectores que
' producen bienes de consumo duradero en los que el costo de un solo elemento es relativamente alto, como ocurre con los automóviles, han participado mucho menos en el debate sobre los códigos empresariales de conducta.
Los códigos no sólo abarcan sectores, sino que suelen aplicarse sobre todo a empresas exportadoras. Dado que la presión para adoptar los códigos ha provenido sobre todo del hemisferio norte, son precisamente las empresas que suelen vender en los mercados septentrionales las que deben cumplir con estos requisitos. A pesar de la globalización, muchos productores del sur no están vinculados con el mercado global, y por consiguiente no tienen que preocuparse por los códigos de conducta. Así, aunque los códigos adoptados se conviertan en fuente de prácticas óptimas, bien puede ocurrir que la mayoría de los productores quede al margen de ellos.
Por último, los códigos se centran cada vez más en asuntos particulares que consideran que podrían afectar de manera considerable la imagen de las compañías si se les asociara a ellos. Así, predominan aspectos de mucha relevancia para los países en desarrollo, como el trabajo infantil, en virtud del efecto emotivo que en el norte produce el empleo de niños en las fábricas. Pero ello no necesariamente coincide con lo que otros interesados, sobre todo en el sur, consideran como los asuntos centrales. La tendencia a alcanzar una cobertura variable y no del todo amplia ha sido, pues, inherente a la forma en que se han elaborado los códigos de conducta.
Beneficios
A pesar de sus limitaciones, los códigos han generado beneficios para los interesados. En el caso de la fábrica Mandarín en El Salvador, proveedora de Gap, se reincorporó a trabajadores despedidos (incluidos miembros de la dirección sindical) y se les permitió restablecer su sindicato. También se mejoraron las condiciones de trabajo y Gap se comprometió a continuar abasteciéndose de Mandarín. Una situación
similar se registró en la fábrica de ropa Kimi, en Honduras , donde se reinstaló a trabajadores despedidos y se les permitió organizar un sindicato.48 En las fábricas de Nike en Vietnam se han registrado, asimismo, mejoras concretas: la exposición a sustancias tóxicas se redujo y se mejoraron las condiciones de seguridad y de ventilación.49
Estos ejemplos también ilustran el hecho de que los códigos de conducta influyen en el comportamiento empresarial. En primer lugar, las compañías que adoptan códigos de alcance y cobertura muy limitados pueden ser criticadas por otros interesados. Los códigos modelo permiten mostrar en qué medida las prácticas de una compañía se alejan de las normas recomendadas o de las prácticas óptimas de la industria.
Segundo, cuando las empresas suscriben códigos sin duda significativos y de amplio alcance, también están sujetas a la crítica si incurren en fallas de instrumentación. Aunque a falta de un monitoreo independiente en ocasiones resulta difícil saber si una compañía está incumpliendo con su propio código, las posibilidades de comunicación inmediata entre interesados, sobre todo las ONG y las organizaciones sindicales, pueden ayudar a revelar casos de infracción. Si tales incumplimientos se difunden, la dirección empresarial corre el riesgo de ser acusada de hipocresía.
Un tercer beneficio posible de los códigos de conducta es la creciente conciencia de que el consumo no es una actividad divorciada de la producción y estrictamente limitada al intercambio en el mercado. El hecho de que los códigos, ya sea que cubran aspectos sociales o ambientales, vayan más allá de lo que se produce para ocuparse de cómo se produce, puede tener implicaciones de largo plazo en la actividad económica. En el paradigma económico clásico los consumidores sólo se preocupan por la calidad y el precio del producto; se desempeñan a título individual y no como actores sociales. Sin embargo, una vez que se reconocen aspectos de producción de mucho mayor alcance, se abre el potencial para una movilización en torno a lo que implican las elecciones del consumidor.
Por último, un avance importante asociado a los códigos de conducta es que las empresas acepten responsabilidad por las actividades tanto de sus proveedores como de sus propias filiales. Este concepto de responsabilidad extendida dificulta aún más el que las empresas externalicen costos, sean sociales o ambientales, y luego se jacten de un comportamiento ético o respetuoso del medio ambiente. Así como el análisis de los efectos ambientales de los productos desde una perspectiva de ciclos de vida ha ampliado el concepto de respon-
48. B. Jeffcott y L. Yanz, Code of Conduct, Government Regulation and Worker Organizing , ETNAG Documento de Análisis, núm . 1, 2000.
49 . D. Grayson, "Clearing the Air ", en Financia! Times, Responsible Business: A Financia/ Times Guide, 1999, p. 20.
COMERCIO EXTERIOR, SEPTIEM BRE DE 2004 777
sabilidad empresarial en materia ambiental, el desarrollo de códigos sobre aspectos sociales aplicables a los proveedores ha ampliado el concepto de responsabilidad social.
Peligros
Con todo, son muchos los peligros asociados a la multiplicación de los códigos de conducta. El primero es que se les considere como algo más de lo que realmente son. En algunos casos tan sólo representan un medio para eludir la crítica, sin que en realidad modifiquen nada en la práctica. En otras palabras, es patente la posibilidad de que en la elaboración de los códigos de conducta aparezcan elementos de mala fe. Por eso es tan importante no considerar los códigos como un mero conjunto de directrices . Más bien se les deberá considerar procesos que facilitan el compromiso de los interesados, y que sirven de plataforma para avances ulteriores en lo que concierne al papel de las grandes empresas en las condiciones sociales y ambientales.
Aun si un código de conducta se adopta de buena fe, sus efectos pueden resultar contraproducentes. Los códigos tienden a entrañar prohibiciones, pero la coerción no siempre constituye la mejor manera de mejorar las condiciones. Se ha argumentado que una prohibición explícita del trabajo infantil puede traducirse en el deterioro de las condiciones de vida de las familias más vulnerables, que dependen del ingreso adicional que los menores de edad pueden aportar al hogar. También es posible que en los casos en que se prohíba el empleo de niños en las industrias exportadoras, los menores de edad terminen contratados en condiciones incluso peores en empresas que sólo proveen al mercado nacional. Se tiene registro de que así ocurrió en Bangladesh, luego de que a mediados de los noventa se despidió a los trabajadores infantiles de la industria de la confección. 5°
Otra situación en la que los requisitos de los códigos de conducta pueden empeorar la situación de los más desprotegidos se da cuando a las empresas les resulta imposible garantizar que numerosos pequeños proveedores se rijan en los términos de sus códigos de conducta. En tales casos, pueden imponerse presiones para centralizar las adquisiciones con los principales proveedores y prescindir de los más pequeños, a los que resulta imposible monirorear. Así, la reducción de la base de proveedores puede dejar a los más desfavorecidos sin acceso al mercado de las exportaciones.
Otro conjunto de preocupaciones se refiere al temor de que los códigos de conducta minen la posición de las organiza-
50. DFID, Trade, Labour Standards and Development: Where Should They Meet?, nota informativa del Departamento del Reino Unido para el Desarrollo Internacional.
778 CÓDIGOS DE CONDUCTA EMPRESARIALES
ciones sindicales tradicionales. Por supuesto, los códigos de conducta bien pueden utilizarse en casos en que no haya sindicatos o no se les reconozca. Si de por sí es imposible contar con una organización sindical, difícilmente podrá alegarse que los códigos de conducta están desplazando a los sindicatos. En general, la respuesta adecuada consistiría en asegurarse de que los códigos amplíen al máximo el espacio para el desempeño de las organizaciones sindicales, en lugar de pasarles por encima o tratar de remplazadas.
Un temor adicional es que los códigos de conducta sustituyan la regulación gubernamental y eliminen las presiones para el control gubernamental de las empresas. Es cierto que, como se señaló, los códigos de conducta gozaron de auge en el periodo que siguió a la liberalización masiva. Sin embargo, no es el crecimiento de los códigos lo que ha dado lugar a un menor papel del Estado, aunque lo opuesto podría ser parcialmente cierro. Los códigos empresariales a menudo incluyen en forma explícita la necesidad de observar las leyes nacionales, sea en términos del número de horas de la jornada de trabajo, de salarios o de disposiciones ambientales. Sería un error considerar los códigos de conducta como sustitutos de la regulación gubernamental, y cualquier evaluación realista debe considerar este punto.
Todas estas limitaciones y peligros de los códigos de conducta son, sin duda, reales. Es importante, por tanto, formular estrategias para garantizar que complementen la legislación gubernamental y brinden un espacio para la organización de los trabajadores. Y es más probable que así ocurra si se trata de códigos multisecroriales, y no tanto de códigos formulados de manera unilateral por compañías o asociaciones empresariales. Los códigos de conducta deben considerarse área de controversia política y no una solución a los problemas creados por la globalización de la actividad económica. (i
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