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CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CONGLOMERADO FINANCIERO GRUPO IMPERIA CUSCATLANSV

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CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CONGLOMERADO FINANCIERO GRUPO IMPERIA CUSCATLANSV

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CONTENIDO

1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 1

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ............................................................................................................... 1

3. SUPLETORIEDAD DE LAS NORMAS. ........................................................................................... 1

4. VALORES ......................................................................................................................................... 1

5. ¿CÓMO OPERAMOS? ..................................................................................................................... 1

6. SEGURIDAD EN EL LUGAR DE TRABAJO ................................................................................... 2

7. RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y DE LA ALTAGERENCIA ............................................................................................................................................ 2

8. RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADOS. ........................................................................... 2

9. PROHIBICIÓN DE REPRESALIAS POR REPORTAR CONDUCTAS ANTIÉTICAS. .................... 3

9.1. CANALES PARA REPORTAR CONDUCTAS ANTIÉTICAS. ...................................................... 3

9.2. CONFIDENCIALIDAD EN LAS DENUNCIAS DE CONDUCTAS ANTIÉTICAS. ......................... 3

10. PRÁCTICAS LABORALES JUSTAS Y DIVERSIDAD .................................................................. 3

10.1. PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN Y ACOSO .......................................................................... 4

11. PROTECCIÓN DE ACTIVOS DEL CONGLOMERADO .................................................................... 4

11.1. COMUNICACIONES, EQUIPOS, SISTEMAS Y SERVICIOS. .................................................... 4

11.2. MANEJO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y PRIVILEGIADA........................................... 4

12. INTERACCIONES CON LOS MEDIOS Y APARICIONES PÚBLICAS. ........................................ 5

12.1. USO DEL NOMBRE, PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS CONEXOS DE LAS SOCIEDADES DEL CONGLOMERADO FINANCIERO GRUPO IMPERIA CUSCATLAN SV .......... 5

12.2. MEDIOS SOCIALES. ................................................................................................................... 5

13. POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERÉS. .................................................................................... 6

13.1. DEFINICIÓN DE CONFLICTO DE INTERÉS .............................................................................. 6

13.2. IDENTIFICACIÓN, PREVENCIÓN, GESTIÓN, MITIGACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS POSIBLES CONFLICTOS DE INTERÉS ............................................................................................. 6

13.3. POLÍTICA DE CONFLICTO DE INTERÉS. ................................................................................. 7

13.4. GESTIÓN, MANEJO Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERÉS EN LA APROBACIÓN DE TRANSACCIONES QUE AFECTEN A LAS SOCIEDADES DEL CONGLOMERADO FINANCIERO GRUPO IMPERIA CUSCATLAN SV .................................................................................................... 7

13.5. REGISTRO DE CONFLICTOS DE INTERÉS. ............................................................................ 7

13.6. CONFLICTOS DE INTERÉS CON CLIENTES, PROVEEDORES, TENEDORES DE VALORES NEGOCIABLES, COMPETIDORES Y ACREEDORES ....................................................................... 7

14. GESTIÓN DE DELEGACIONES Y SEGREGACIÓN DE FUNCIONES DE LAS SOCIEDADESDEL CONGLOMERADO FINANCIERO GRUPO IMPERIA CUSCATLAN SV .................................... 7

15. MANIPULACIÓN DEL MERCADO ...................................................................................................... 8

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16. ANTISOBORNO Y ANTICORRUPCIÓN ........................................................................................ 8

17. CUMPLIMIENTO CON LEYES PARA PREVENIR EL LAVADO DE DINERO Y EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO (“AML/FT”) ............................................................................ 8

18. DEBER DE CUMPLIMIENTO ......................................................................................................... 9

19. DIVULGACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA ............................................................................ 9

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1. Introducción.Como miembros de Junta Directiva y empleados de las sociedades que conforman el ConglomeradoFinanciero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, compartimos la responsabilidad común de protegerla integridad y la reputación de las sociedades del Conglomerado.

Nuestro compromiso es cumplir con los más altos estándares de ética y conducta profesional con nuestros clientes, colegas, accionistas, comunidades y demás grupos de interés.

Este Código es una herramienta para la toma de decisiones correctas, y poder plantearse las inquietudes y preguntas que pueda tener cualquier miembro de Junta Directiva, miembro de la Alta Gerencia o empleado sobre su propia conducta o la de otros, a través de los canales que cada una de las sociedades tenga habilitados.

2. Ámbito de Aplicación.El presente Código es aplicable al Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV el cual se compone de las siguientes sociedades: Banco CUSCATLAN SV, S.A. y sus subsidiarias CUSCATLAN SV Inversiones, S.A. de C.V., CUSCATLAN SV Leasing, S.A. de C.V., CUSCATLAN SV Servicredit, S.A. de C.V., CUSCATLAN SV Soluciones Financieras, S.A. de C.V.

3. Supletoriedad de las Normas.El Código de Conducta del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV estará regido bajo lo contemplado en las Normas Técnicas de Gobierno Corporativo, así como en las demás normativas y leyes aplicables.

4. Valores.El Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV tiene como principios y valores los siguientes:

a) Confianza: Actuar con honestidad, transparencia y ética, en base a nuestros valores y principios,respetando a las personas, la sociedad, las leyes y el medio ambiente.b) Pasión: Trabajar en equipo con compromiso, dedicación y máxima entrega, demostrando nuestroorgullo y entusiasmo por lo que hacemos, "Haciéndolo Bien".c) Innovación: Crear soluciones que retan lo establecido y nos impulsan a ser más efectivos yeficientes, generando nuevos productos y oportunidades para nuestros clientes de forma sostenible.d) Servicio al Cliente: Servir a nuestros clientes con el más alto estándar de calidad y compromisode superar sus expectativas y necesidades.e) Excelencia Operacional: Generar resultados que crean valor a la organización, la sociedad, anuestros clientes y colaboradores a través de un modelo de negocio ágil y robusto que promueve laeficiencia de los recursos y operaciones.

5. ¿Cómo Operamos?Los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados de las sociedades que forman el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, son responsables por el cumplimiento de éste Código.Se aplican finanzas responsables en los negocios del Conglomerado con una conducta transparente, prudente y confiable, anteponiendo la observancia de los principios éticos, al logro de las metas comerciales.Se asume la responsabilidad en la toma de decisiones basándose en la ética y los valores del Conglomerado.

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6. Seguridad en el Lugar de Trabajo.El Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV cumple con las políticas relacionadas con la salud, prevención de incendios y seguridad ocupacional, así como con las leyes aplicables que contribuyan a mantener condiciones seguras y saludables en el lugar de trabajo.Las amenazas o los actos de violencia cometidos en contra de miembros de Junta Directiva, miembros de Alta Gerencia, empleados, clientes, proveedores, o visitantes en el lugar de trabajo, no serán tolerados y deben reportarse de inmediato a la Gerencia de Talento Humano, Gerencia Legal u Oficialía de Cumplimiento según corresponda, quienes podrán aplicar medidas disciplinarias, despidos, sin perjuicio de las acciones civiles o penales.

7. Responsabilidades de los Miembros de Junta Directiva y de la Alta Gerencia.Los miembros de Junta Directiva y de la Alta Gerencia del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV tienen la responsabilidad de liderar con el ejemplo, deben recalcar con frecuencia la importancia de la ética y el cumplimiento de éste Código a sus colegas y subalternos.Deben esforzarse para crear un ambiente de trabajo positivo en el que los miembros del equipo se sientan cómodos al plantear sus inquietudes, especialmente cuando se trata de posibles problemas éticos o legales.

8. Responsabilidades de los Empleados.Los empleados del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV son responsables de cumplir este Código, así como las regulaciones, políticas, y procedimientos internos estipulados por las sociedades que conforman el Conglomerado, leyes locales y demás normativa aplicable, así como actuar con los más altos estándares éticos y de conducta.Además, serán responsabilidades de los empleados las siguientes: a) Escalamiento de inquietudes: Es responsabilidad de los empleados de las sociedades miembrosdel Conglomerado escalar cualquier inquietud sobre posibles problemas de riesgos sistémicos o dereputación de las sociedades del Conglomerado, dicho escalamiento se realizará al Jefe Inmediato oÁrea de Riesgos, Legal o Talento Humano, según sea el caso.b) Reportar actividades sospechosas: Reportar actividades sospechosas de conformidad a lasleyes, normativas, manuales y procedimientos internos en materia de prevención de lavado de dineroy activos; lo cual reviste particular importancia en la interrelación con clientes y en la ejecución deoperaciones financieras. Dichas actividades deberán ser reportadas al Oficial de Cumplimiento oquien haga sus veces.c) Reportar delitos o fraudes: Reportar en forma inmediata toda sospecha, intento de fraude ocualquier desaparición de fondos, valores o bienes muebles, con o sin explicación o cualquier otrasospecha de conducta delictiva. Dichas actividades deberán ser reportadas al Oficial de Cumplimientoo quien haga sus veces.d) Reportar conductas antiéticas: Reportar toda conducta contraria a lo dispuesto en este Código,las políticas internas de las sociedades del Conglomerado o en las leyes y normativas aplicables, enla ejecución de sus labores.e) Responsabilidades por cometimiento de conductas antiéticas: El empleado será consideradopersonalmente responsable de cualquier acto indebido o ilegal que cometa durante su relaciónlaboral, así como por las omisiones de reportar conductas antiéticas si las conocía, o debería haberconocido por el desempeño de sus labores. En este caso la conducta del empleado podrá generaruna terminación de la relación laboral según el caso, sin perjuicio de las acciones penales y civilescorrespondientes.f) Asistencia a capacitaciones: Los empleados del Conglomerado están en la obligación decompletar las capacitaciones exigidas por la ley y normativa aplicable con la periodicidad indicada porla administración.

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9. Prohibición de Represalias por Reportar Conductas Antiéticas.En todas las sociedades que pertenecen al Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLANSV se prohíben las represalias contra cualquier persona, que de buena fe plantee inquietudes opreguntas acerca de cuestiones de ética, discriminación o acoso; o que denuncie posibles violacionesde leyes, regulaciones o políticas aplicables, y/o que participe en la posterior investigación de esascuestiones.

9.1. Canales para Reportar Conductas Antiéticas. En el caso que los empleados tuvieren alguna pregunta acerca del cuál es el curso de acción más apropiado en una determinada situación, o si tuvieran una sospecha razonable o conocimiento de una posible violación a este Código, la ley, o a cualquier norma de ética, deberán comunicarse con alguna de las siguientes personas, quienes tomarán las acciones correspondientes según sea la naturaleza de la cuestión planteada: Jefe Inmediato Superior

Gerente de Talento Humano Director Legal Director de Riesgos Integrales Oficial de Cumplimiento Auditor Interno

De igual forma, podrán comunicarse a la línea ética en caso de un reporte de operación sospechosa, un delito, fraude o conducta antiética.

Línea Ética: o Web: https://www.resguarda.com/bancocuscatlan/es.htmlo Email: [email protected] Canal Telefónico: 800-6988, desde Alcatel marcar 9 + 800-6988

9.2. Confidencialidad en las denuncias de Conductas Antiéticas. Se garantiza a los empleados de las sociedades miembros del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, que las denuncias realizadas por medio de los canales establecidos para reportar conductas antiéticas serán confidenciales, salvo estipulaciones legales en contrario, o cuando una autoridad administrativa o judicial requiera de cooperación en la investigación de un delito o fraude. Las declaraciones falsas o engañosas de cualquier otro tipo formuladas a los auditores, asesores legales, miembros de Junta Directiva, miembros de Alta Gerencia, reguladores u otras entidades gubernamentales, ya sean internos o externos, pueden ser motivo suficiente para la terminación inmediata de la relación laboral y también, según el caso, pudieran configurar conductas delictivas y provocar la aplicación de sanciones severas.

10. Prácticas Laborales Justas y Diversidad.En el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV se considera que el personal esclave para el éxito del mismo; por lo que se busca contratar, desarrollar, mantener y retener a laspersonas más talentosas.

Se fomenta la igualdad de oportunidades laborales, cumpliendo con la letra y el espíritu de todas las leyes relacionadas con las prácticas laborales justas y la no discriminación.

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10.1. Prohibición de Discriminación y Acoso. El Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV prohíbe toda forma de discriminación, acoso o intimidación que violente este Código, políticas internas, así como leyes locales y tratados o instrumentos internacionales ratificados por El Salvador relacionados con la materia, ya sea por parte de un miembro de Junta Directiva, un miembro de la Alta Gerencia, un compañero de trabajo, un cliente, un proveedor, un visitante o cualquiera de los miembros que conforman el Conglomerado.

La discriminación y el acoso, ya sea por raza, sexo, género, estado de gravidez, religión, nacionalidad, edad, discapacidad, opinión política, orientación sexual, cultura, condición socioeconómica, u otra característica personal protegida por la ley, está totalmente prohibida y podría generar una grave sanción para el actor de dicha conducta.

El Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV asume responsablemente el respeto de los derechos humanos, lo cual se ve reflejado en los principios, políticas y acciones respecto a los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia, empleados, proveedores, clientes, y demás grupos de interés. 11. Protección de Activos del Conglomerado.Los activos del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, de sus clientes y proveedores, deben utilizarse únicamente para fines autorizados y de acuerdo con las licencias o lineamientos aplicables. Los activos pueden ser tangibles o intangibles e incluyen valores monetarios, bienes materiales, servicios, planes de negocio, información de clientes, empleadores, empleados, información de los proveedores, propiedad intelectual (programas informáticos, modelos y otros elementos), y cualquier otra información restringida y confidencial.

11.1. Comunicaciones, Equipos, Sistemas y Servicios. Los equipos, sistemas y servicios del Conglomerado, entre los que se incluyen computadoras, teléfonos, correo de voz, computadoras portátiles, teléfonos celulares, agendas electrónicas, facsímil (servicio de FAX), servicios de correo, intranet, acceso a internet, correo electrónico, mensajes de texto (SMS), mensajería instantánea y otros dispositivos, herramientas de comunicación electrónica, enlaces de datos y servicios de información, para uso móvil, remoto o en el lugar de trabajo, se proveen a los miembros de Junta Directiva, miembros de la Alta Gerencia y empleados, como herramientas para realizar tareas según lo requieran sus funciones. Por consiguiente, y hasta donde lo permiten las leyes y regulaciones aplicables, el Conglomerado puede monitorear y registrar el uso que éstos hagan de sus equipos, sistemas y servicios, y puede interceptar cualquier información que se envíe o reciba como resultado de ese uso en cualquier momento. Los equipos, sistemas y servicios del Conglomerado no deberán utilizarse con fines inapropiados o no autorizados o de manera que violen leyes, regulaciones, estándares o procedimientos aplicables. Además, no se tolerará el uso de equipos, sistemas o servicios que comprometa o perjudique al Conglomerado o vaya en detrimento de su reputación o interés. No se permite acceder a internet desde un dispositivo de las sociedades del Conglomerado para ver, descargar, almacenar, enviar o publicar material ilegal, de tono acosador, degradante, ofensivo o inapropiado, o con cualquier otro fin que contradiga las políticas y los procedimientos emitidoscontra toda forma de discriminación y acoso.

11.2. Manejo de Información Confidencial y Privilegiada. La información utilizada en las sociedades del Conglomerado debe manejarse con responsabilidad, haciendo un uso adecuado, por lo anterior, promovemos entre nuestros empleados la ética, responsabilidad y transparencia en la utilización de la misma y que esta se maneje siempre bajo los

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parámetros de seguridad adecuados, según su clasificación y esquemas de control de acceso contenidos en la Política y Estándares de Seguridad de la Información. Como Conglomerado se toman las medidas para que los empleados tengan claridad sobre la clasificación de la información y las restricciones que pueden existir para usarla o compartirla, dentro y fuera de la sociedad para la que trabajan. Lo anterior incluye acciones tendientes a informar sobre las restricciones derivadas de la protección de datos personales, la reserva bancaria y la reserva bursátil, según aplique.

Los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados no deben divulgar información personal que sea considerada confidencial sobre ningún cliente, proveedor, distribuidor y/o empleado, ni a ninguna persona no autorizada, inclusive a otros empleados. La obligación de proteger dicha información incluye evitar su uso inadecuado, y el utilizarla únicamente en la medida necesaria para el desempeño de las funciones propias del puesto, dichas obligaciones de protección son enunciativas y no limitativas.

Los empleados deben garantizar que el acceso a las áreas de trabajo y/o a los equipos estén debidamente protegidos según los Estándares de Seguridad de la información y Ciberseguridad de la Información.

Los empleados no podrán hablar sobre asuntos delicados o información confidencial en lugares públicos como ascensores, pasillos, restaurantes, baños, medios de transporte público, internet o cualquier otro medio electrónico (inclusive en blogs y sitios de redes sociales).

Además, los empleados no podrán imprimir, descargar o enviar información confidencial o estratégica del Conglomerado, a computadoras o dispositivos electrónicos personales, ni a su dirección de correo electrónico personal, así como a ningún servidor o proveedor de servicios de terceros, ni a otro sitio web, ni participar de ningún otro uso no autorizado, malversación o divulgación de dicha información, mucho menos antes de renunciar o que se termine su relación laboral.

12. Interacciones con los Medios y Apariciones Públicas.Solo las personas designadas específicamente por la Alta Gerencia pueden realizar comentarios para los medios, ya sea de manera oficial o extraoficial, o suministrar material para publicación. Ello incluye cualquier interacción con los medios, ya sea formal o informal y sin perjuicio del tema en cuestión.

12.1. Uso del Nombre, Propiedad Intelectual y Derechos Conexos de las Sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV. Los empleados no deben usar el nombre, el logotipo, las marcas, ni las instalaciones de las sociedades del Conglomerado con fines comerciales que no estén relacionados con su trabajo, incluso fuera del trabajo (por ejemplo, en membretes o sitios web). El uso del nombre, Instalaciones, Derechos de Propiedad Intelectual y Conexos con fines de caridad o beneficencia puede hacerse sólo con la autorización previa de la Alta Gerencia.

12.2. Medios Sociales. Aunque se tenga la autorización para el uso comercial de los medios sociales, incluidos los sitios de colaboración, el acceso y el uso de estos sitios queda limitado únicamente al uso comercial aprobado por la Alta Gerencia, cumpliéndose con todos los lineamentos aplicables, los términos y condiciones del propietario, además de los términos y condiciones que rigen el sitio, o los del patrocinador del mismo.

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El uso personal de redes sociales por los empleados de las sociedades miembros del Conglomerado debe ser llevado a cabo fuera del horario laboral y no debe interferir con el trabajo de los empleados. Se prohíbe a los empleados de las sociedades miembros del Conglomerado usar herramientas de comunicaciones, equipos, sistemas y servicios para uso personal no autorizado. Cuando los miembros de Junta Directiva, de Alta Gerencia y empleados utilicen los medios sociales, ya sea por motivos personales o comerciales permitidos y durante o fuera del trabajo, deben seguir los principios generales que se describen a continuación:

� No actuar como vocero sin autorización previa.� Respetar las leyes acerca de Propiedad Intelectual, Derechos de Autor, Marcas Comerciales,

Publicidad y otros derechos de terceros. No vulnerar los logotipos, nombres de marcas, lemasde publicidad, eslóganes u otras marcas comerciales.

13. Política de Conflicto de Interés.

13.1. Definición de Conflicto de Interés. Se define por Conflicto de Interés, cualquier situación en la que se pueda percibir que un beneficio o interés personal o de un tercero puede influir en el juicio o decisión profesional de un miembro de la entidad relativo al cumplimiento de sus obligaciones.

13.2. Identificación, Prevención, Gestión, Mitigación e Información de los posibles Conflictos de Interés. Debido a que las prácticas generadoras de conflictos de interés son múltiples, es deber de los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados atender las pautas aquí trazadas, de forma que siempre que se determine la existencia de un conflicto de interés que no esté expresado en este Código, se abstendrán de ejecutar dicha práctica o acción. Los posibles conflictos de interés pueden ser identificados según las pautas siguientes: a) La actividad de los empleados se sujetará a la estricta observancia de la ley, regulaciones, políticas y controles internos de las sociedades que forman el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV.b) Los clientes actuales y potenciales deben ser tratados con respeto, igualdad y consideración. Se prohíben las dádivas a los miembros de Junta Direc�va, Alta Gerencia y empleados respecto de negociaciones comerciales con estos.c) Los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados se abstendrán de utilizar información privilegiada que repose en la entidad o que conozcan por las funciones que desempeñan, para realizar inversiones o negocios especulativos cuyo resultado positivo esté determinado por tal información.d) Siempre que un empleado del Conglomerado, independientemente de su rango, se coloque en una situación tal en la que por desconocimiento de sus deberes de lealtad generare un provecho para él o para un tercero, se hallará presumiblemente en medio de un conflicto de interés.e) Todo acto violatorio de la ley o políticas internas se imputará a los responsables, aún en el casoque los hayan realizado en cumplimiento de órdenes o autorizaciones expresas de sus superiores.En este caso, tales personas estarán también sujetas a las correspondientes sanciones disciplinariassin perjuicios de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.f) Cuando algún miembro de Junta Directiva o de los Comités del Conglomerado tuviese interéspersonal en cualquier asunto que se discuta en la Junta o Comité correspondiente deberáexcusarse de conocerlo con expresión motivada de causa. Además, los miembros de Junta o delComité correspondiente que tengan conocimiento de algún potencial conflicto de interés decualquiera de los otros miembros, deberán manifestarlo a fin de que se delibere si procede o no, elretiro del miembro de la sesión.g) Los conflictos de interés deberán analizarse de acuerdo con las condiciones particulares de la

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situación concreta. Los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados deberán presumir que todos los eventos antes mencionados son generadores de conflictos de interés. 13.3. Política de Conflicto de Interés. Los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV tienen la obligación de identificar y evitar los conflictos de interés que pudieran surgir entre éstos, así como el incumplimiento a la normativa interna, políticas y leyes aplicables, el uso indebido de los activos de las sociedades del Conglomerado y la realización no autorizada de transacciones con partes relacionadas.

13.4. Gestión, Manejo y Control de Conflictos de Interés en la Aprobación de Transacciones que afecten a las Sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV. Las sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV ofrecen sus productos y servicios al público en general, dentro de éste se encuentran las sociedades hermanas y los grupos de interés (vinculados), por lo que es habitual que estas sociedades y grupos contraten los productos y servicios con las sociedades del Conglomerado. La Juntas Directivas de las sociedades del Conglomerado deben asegurarse que la Alta Gerencia identifique los posibles conflictos de interés entre éstas. No se considera conflicto de interés cuando las decisiones de contratación se basan solamente en la mejor utilidad para las sociedades del Conglomerado. Los proveedores ganan la posibilidad de hacer negocios con éstas cuando sus productos o servicios convienen, en función de su pertinencia, precio, entrega y calidad, sin condicionamientos subjetivos y personales de quien interviene en la decisión puedan desvirtuar estos criterios. De la misma forma funciona con los empleados y demás grupos de interés. Las relaciones de parentesco, amistad o expectativas de los accionistas frente a proveedores, actuales o potenciales, contratistas, clientes, empleados, competidores o reguladores no deben afectar la independencia y buen juicio en defensa de los intereses de las sociedades del Conglomerado.

13.5. Registro de Conflictos de Interés. Las sociedades que forman parte del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, atendiendo a lo establecido en las Normas Técnicas de Gobierno Corporativo llevarán un registro y un control de los casos, que previo el correspondiente análisis, se determine que constituyen conflictos de interés.

13.6. Conflictos de Interés con Clientes, Proveedores, Tenedores de Valores Negociables, Competidores y Acreedores. En las sociedades que forman parte del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, se valoran las relaciones que se tienen con clientes, proveedores, tenedores de valores negociables, competidores y acreedores, comprometiéndose a mantener los más altos estándares de ética e integridad. Al mismo tiempo las sociedades que forman parte del Conglomerado tienen el deber de cumplir con las leyes, regulaciones y políticas que resulten aplicables.

14. Gestión de Delegaciones y Segregación de Funciones de las Sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV.Como parte de una buena organización y gestión de las sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, se tienen identificadas las actividades que se desarrollan dentro de cada una de éstas. Esto permite tener un mejor control para garantizar que cada empleado tenga claras

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las actividades a realizar que posibilite el buen funcionamiento de dichas sociedades. Por lo anterior, sin perjuicio de los deberes de cooperación, colaboración y coordinación, todos los cargos existentes en las sociedades del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV poseen una descripción de puesto, en donde se establecen y segregan cada una de las funciones que tienen que cumplir, las cuales son indelegables sin las autorizaciones previas correspondientes.

15. Manipulación del Mercado.Todos los negocios de las sociedades que conforman el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, deben ser ejecutados dentro de lo establecido por la ley de Competencia y demás normativa vigente aplicable, debiéndose velar en todo momento por la realización de prácticas comerciales justas de conformidad a lo requerido por dichas regulaciones.

16. Antisoborno y Anticorrupción.Todos los negocios de las sociedades que conforman el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, están sujetos a leyes antisoborno que rigen al País.Se prohíbe cualquier promesa, oferta o entrega indebida de cualquier cosa de valor a funcionarios del gobierno o a cualquier otra persona con el objetivo de obtener o mantener un negocio o influenciar en las acciones oficiales. “Cualquier cosa de valor” es un concepto amplio que incluye cualquier tipo de ventaja o beneficio, por ejemplo, pago en efectivo, oferta de empleo (incluidas pasantías) y boletos para un evento deportivo o cultural. El término “funcionarios del gobierno” incluye, aunque no se limita a, cualquier persona que sea empleado o representante de un gobierno, funcionarios de un partido político, funcionarios de organizaciones internacionales, candidatos a mandatarios y empleados de empresas estatales.Bajo ninguna circunstancia se puede ofrecer, prometer u otorgar algo de valor (incluso oportunidades de empleo o pasantías) a un funcionario del gobierno, ni a ninguna otra persona, ni a los miembros de la familia de dicho funcionario, ni a un tercero u organización de caridad sugerida por el destinatario, con el objetivo de influir en el destinatario para que tome o se abstenga de tomar alguna medida oficial, o de inducir al destinatario a realizar negocios con cualquiera de las sociedades. Los pagos realizados de forma indirecta por medio de un abogado, consultor, corredor de bolsa, contratista, u otra tercera persona, están sujetos a las mismas restricciones, y es obligación del ordenante de dicha operación el entender las acciones que dicha persona está realizando en nombre de algunas de las sociedades del Conglomerado.

17. Cumplimiento con Leyes para Prevenir el Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo (“AML/FT”).El “Lavado de Dinero” es el proceso por el cual se legitiman los ingresos ilegales de fondos, que así se introducen en el flujo comercial. Este proceso no se limita a operaciones en efectivo, sino que puede incluir instrumentos monetarios y otros ingresos provenientes de actividades ilícitas. El “Financiamiento al Terrorismo” incluye el financiamiento de terroristas, actos terroristas y organizaciones terroristas. El Financiamiento al Terrorismo puede implicar ingresos provenientes de fuentes ilegítimas y legítimas.En las sociedades que conforman el Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, sus empleados deben actuar de manera diligente para evitar que nuestros productos y servicios sean utilizados en forma directa o indirecta para lavar dinero y financiar el terrorismo, y detectar cualquier actividad sospechosa conforme a las leyes y regulaciones aplicables. Las sociedades del Conglomerado adoptan los principios mundiales de la industria en materia de AML/FT que describen el papel que las instituciones financieras pueden y deben jugar en la prevención del lavado de dinero y del financiamiento al terrorismo.

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18. Deber de Cumplimiento.Cumplir con lo dispuesto en este Código, las políticas internas, las leyes y normativas aplicables, es un requisito de la continuación de la relación laboral en las sociedades que forman parte del Conglomerado Financiero Grupo Imperia CUSCATLAN SV, caso contrario podrían generarse sanciones disciplinarias y/o terminaciones de la relación laboral según sea el caso.

19. Divulgación del Código de Conducta.Por su finalidad, el Código de Conducta debe ser de general acceso, por lo tanto, está disponible en el sitio web del Banco y la Aseguradora miembros del Conglomerado.Adicionalmente, las sociedades del Conglomerado desarrollan un programa de inducción para los nuevos colaboradores en el cual se dan a conocer los documentos que rigen el funcionamiento de todas las áreas de éstas, así como el adecuado comportamiento que deben seguir los miembros de Junta Directiva, Alta Gerencia y empleados, por lo que se da una explicación puntual de los temas que abarca el Código de Conducta a efecto que los nuevos colaboradores conozcan los parámetros y requerimientos dentro del cual deben de enmarcar sus actuaciones.