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1 CAUSA: IÑIGO, DAVID GUSTAVO, ANDRADA, DOMINGO PASCUAL Y OTROS S/ PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD Y CORRUPCIÓN (María de los Ángeles Verón) – Expte. nº 23554/2002 - 26/10/2012 SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 11 DE DICIEMBRE DE 2012 01. Y VISTO: La presente causa radicada en esta Excma. Cámara Penal Sala IIa., presidida a los fines del debate por el Dr. Alberto César Piedrabuena, e integrada por los Sres. Vocales Dres. Emilio Herrera Molina y Eduardo Antonio Romero Lascano; seguida en contra de: 01.01. LISTA DE IMPUTADOS: (1) HUMBERTO JUAN DEROBERTIS, 60 años, DNI nº 10.028.945, argentino, nacido el día 8 de enero de 1952, ciudad de La Rioja, hijo de María de Jesús Reinoso y de Humberto Derobertis, soltero en pareja tiene tres hijas mujeres, dos nietas, una de las hijas sufre de una incapacidad motriz desde hace años, que originó 7 operaciones de columna, con cuidado permanente a cargo de su pareja. Es perito mercantil, empleado, vende materiales de construcción, con ingresos mensuales estimativos de $2.500 a $3.000 mensuales; tuvo otras actividades laborales. Se domicilia en Islas Orcadas nº 1079, Barrio de La Rioja. No tiene antecedentes penales, tuvo un accidente cerebro vascular hace cuatro años, sin adicciones, carece de propiedades. Defensor Oficial Dr. Hernán Molina. (2) JOSÉ FERNANDO GÓMEZ, alias “Chenga”, 30 años, DNI nº 28.582.170, argentino, nacido el 3 de noviembre de 1981, en San Francisco, Córdoba, su familia originaria de Santa Fe, hijo de José Gómez y de Lidia Irma Medina; soltero, en concubinato con Sandra Brizuela, con cuatro hijos, comerciante en el rubro de carnicería, con ingresos de entre $1.800 a $2.000, domiciliado en Benjamín Matienzo 998 de La Rioja. No padeció enfermedades graves, ni tiene adicciones, carece de antecedentes penales, tiene un inmueble que fue objeto de la fianza impuesta; estuvo preso en Tucumán y en La Rioja. Defensor Dres. Carlos Humberto Posse y Jorge Cáceres. (3) MARÍA AZUCENA MARQUEZ, DNI nº 20.953.200, argentina, 42 años, nacida el 04 de septiembre de 1969 en la provincia de San Juan, hija de José Bonifacio Márquez y de Carmen Morales, soltera, con cuatro hijos de entre 24 y 4 años de edad (el menor con dolencias cardíacas); sus hijos trabajan, no está en pareja actualmente, ama de casa, y trabaja en servicio doméstico, percibiendo entre

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    CAUSA: IÑIGO, DAVID GUSTAVO, ANDRADA, DOMINGO PASCUAL Y OTROS S/

    PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD Y CORRUPCIÓN (María de los Ángeles

    Verón) – Expte. nº 23554/2002 - 26/10/2012

    SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 11 DE DICIEMBRE DE 2012

    01. Y VISTO:

    La presente causa radicada en esta Excma. Cámara Penal Sala IIa., presidida

    a los fines del debate por el Dr. Alberto César Piedrabuena, e integrada por los Sres.

    Vocales Dres. Emilio Herrera Molina y Eduardo Antonio Romero Lascano; seguida en

    contra de:

    01.01. LISTA DE IMPUTADOS:

    (1) HUMBERTO JUAN DEROBERTIS, 60 años, DNI nº 10.028.945, argentino,

    nacido el día 8 de enero de 1952, ciudad de La Rioja, hijo de María de Jesús

    Reinoso y de Humberto Derobertis, soltero en pareja tiene tres hijas mujeres, dos

    nietas, una de las hijas sufre de una incapacidad motriz desde hace años, que

    originó 7 operaciones de columna, con cuidado permanente a cargo de su pareja. Es

    perito mercantil, empleado, vende materiales de construcción, con ingresos

    mensuales estimativos de $2.500 a $3.000 mensuales; tuvo otras actividades

    laborales. Se domicilia en Islas Orcadas nº 1079, Barrio de La Rioja. No tiene

    antecedentes penales, tuvo un accidente cerebro vascular hace cuatro años, sin

    adicciones, carece de propiedades. Defensor Oficial Dr. Hernán Molina.

    (2) JOSÉ FERNANDO GÓMEZ, alias “Chenga”, 30 años, DNI nº 28.582.170,

    argentino, nacido el 3 de noviembre de 1981, en San Francisco, Córdoba, su familia

    originaria de Santa Fe, hijo de José Gómez y de Lidia Irma Medina; soltero, en

    concubinato con Sandra Brizuela, con cuatro hijos, comerciante en el rubro de

    carnicería, con ingresos de entre $1.800 a $2.000, domiciliado en Benjamín Matienzo

    998 de La Rioja. No padeció enfermedades graves, ni tiene adicciones, carece de

    antecedentes penales, tiene un inmueble que fue objeto de la fianza impuesta;

    estuvo preso en Tucumán y en La Rioja. Defensor Dres. Carlos Humberto Posse y

    Jorge Cáceres.

    (3) MARÍA AZUCENA MARQUEZ, DNI nº 20.953.200, argentina, 42 años,

    nacida el 04 de septiembre de 1969 en la provincia de San Juan, hija de José

    Bonifacio Márquez y de Carmen Morales, soltera, con cuatro hijos de entre 24 y 4

    años de edad (el menor con dolencias cardíacas); sus hijos trabajan, no está en

    pareja actualmente, ama de casa, y trabaja en servicio doméstico, percibiendo entre

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    $700 a $800 mensuales. Instruida, domiciliada en la calle San Nicolás de Bari 280, -

    antes Pelagio Luna nº 39 -, Barrio Mataderos, La Rioja ciudad capital. Sin

    antecedentes penales, no tuvo enfermedad grave; no es propietaria. Defensor Dr.

    Sergio Gustavo Pérez.

    (4) LIDIA IRMA MEDINA, (a) Liliana, 56 años, DNI nº 12.955.597, argentina,

    nacida el 23 de noviembre de 1956 en Carlos Pellegrini, Santa Fe, hija de Luis

    Santiago Medina (fallecido) y de Zulema Beatriz Ceballos (viuda), soltera, con 9 hijos,

    y sin pareja actual, ama de casa, y la ayudan sus hijos; educación primaria.

    Domiciliada en calle Benjamín Matienzo y antes en calle Chilecito casa 98, Barrio

    Joaquín V. González de La Rioja. Sin antecedentes penales, sin adicciones, y sin

    inmuebles. Defensores Dres. Carlos Humberto Posse y Jorge Cáceres.

    (5) DANIELA NATALIA MILHEIN, DNI nº 22.451.533, nacida el 4 de enero de

    1972, hija de Mercedes del Valle Gignone y de José Hermelindo Milhein, ama de

    casa, domiciliada en Remedios de Escalada nº 50 de Yerba Buena. Defensor Oficial

    Dr. Hernán Molina.

    (6) ANDRES ALEJANDRO GONZALEZ, DNI nº 23.451.533, argentino, nacido

    el 25 de diciembre de 1973, hijo de Antonio Rodolfo González y de María Isabel

    Santillán, casado y separado de Daniela Natalia Milhein, tuvo dos hijos y uno

    fallecido. Mecánico, trabaja para el padre, con ingresos mensuales de $1.800, cuarto

    año de la escuela técnica, sin antecedentes penales, ninguna enfermedad grave o

    adicción. No es propietario de inmueble. Vive con su nueva pareja con la que tiene

    otro hijo. Domiciliado en manzana J, block 6, departamento 2 de Barrio Oeste II, San

    Miguel de Tucumán. Defensor Oficial Dr. Hernán Molina.

    (7) DOMINGO PASCUAL ANDRADA, DNI nº 22.642.877, argentino, nacido el

    2 de abril de 1972, hijo de Anselmo del Carmen Andrada y de Inés Margarita

    Fernández - ambos fallecidos -, casado, instruido, de ocupación policía de la

    Provincia de La Rioja; domiciliado en Aimogasta 120, de la misma provincia.

    Defensora Oficial Dra. Marta Toledo.

    (8) MARÍANA NATALIA BUSTOS, DNI nº 22.740.992, argentina, nacida el 18

    de noviembre de 1972, hija de Elsa Sequeira y de Víctor Daniel Bustos, soltera, tiene

    un hijo de once años de José Fernando Gómez, cobra un plan y vende cosméticos,

    sus ingresos ascienden a $1.500 mensuales, terminó la primaria, no es propietaria,

    sin haber padecido adicción, domiciliada en la calle Chilecito nº 102 de La Rioja.

    Defensores Dres. Carlos Humberto Posse y Juan Carlos López Casacci.

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    (9) CARLOS ALBERTO LUNA, 39 años, DNI nº 23.352.883, argentino, nacido

    el 21 de julio de 1973, hijo de Raúl Enrique Luna y Olga Diega Arias, domiciliado en

    Rolando de la Vega 40, Barrio 12 de junio, La Rioja. En concubinato con Cynthia

    Paola Gaitán, chofer de colectivo, cobra por día, enterando $2.300 mensuales

    aproximadamente; con relación de dependencia, - empresa de esa provincia -, Arce

    Bus. Cursó 2º año de la secundaria, sin antecedentes penales, ni enfermedades

    serias. Estuvo detenido 3 años y 3 meses, en la provincia de Tucumán y en La Rioja.

    Defensores Dres. Roberto Eduardo Flores y Luis Acosta.

    (10) CYNTHIA PAOLA GAITAN, 33 años, DNI nº 26.555.688, argentina,

    nacida el 25 de mayo de 1978, en La Rioja, Capital; hija de Francisco Faustino

    Gaitán y Teresita Torres, soltera, ama de casa, domiciliada en Rolando de la Vega

    40, La Rioja, - antes en Marcelo T. de Alvear 58, Barrio 12 de junio, de la misma

    provincia -: Ama de casa, dos hijos, con estudios primarios completos, sin

    antecedentes penales, ni enfermedad, pero sufre de parálisis en la pierna. No es

    propietaria, estuvo detenida unos días por esta causa, su hijo de 3 años de edad

    queda al cuidado de su abuela. Codefensores Dres. Roberto Flores y Luis Acosta.

    (11) GONZALO JOSÉ GÓMEZ, DNI n° 28.582.189, alias “El Chenguita”,

    hermano mellizo de José Fernando Gómez. Domiciliado en Benjamín Matienzo 938,

    de La Rioja. Casado con Paola Verónica Ceballos, con cuatro hijos, actualmente está

    desocupado y hace changas, percibiendo un ingreso de $1.000 mensuales. Primaria

    completa, careciendo de antecedentes penales, y sin enfermedad. Adicto de cocaína,

    sin tratamiento, no tiene propiedades. Defensor Dr. Carlos Humberto Posse.

    (12) VÍCTOR ÁNGEL RIVERO, DNI n° 22.150.258, 40 años, nacido en la

    provincia de Salta, vivió en Bolívar 1845, domiciliado actualmente en Diagonal Sur al

    100 de Yerba Buena. Casado, con tres hijos, de ocupación remisero y mecánico

    dental, por cuenta propia, ingresos entre $3.500 a $4000 mensuales. Con tercer año

    de la secundaria, en su niñez sufrió de convulsiones, sin secuelas, sin adicciones. Es

    propietario de una casa y no tiene vehículos. Dr. Sergio Morfil.

    (13) MARÍA JESÚS RIVERO, DNI n°17.549.305, 46 años, nacida en Orán,

    Provincia de Salta, desde 1999 reside en Yerba Buena, Pasaje Santa Cruz 245,

    antes residía en la Capital Federal. Está en pareja, un hijo, comerciante del rubro

    taxis, antes remises – Remisería Cinco Estrellas -, ingresos en la actualidad

    fluctuantes, educación terciaria. Sin tiene antecedentes penales, ni enfermedades, ni

    adicciones. En la actualidad solamente posee una camioneta porque fue vendiendo

    sus vehículos, estima sus ingresos entre $6.000 y $7.000, es propietaria de la

    vivienda donde vive. Defensor: Dr. Cergio Morfil.

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    01.02. IMPUTACION: ELEVACIÓN A JUICIO.

    01.02.01. Consistiendo la imputación de acuerdo al Requerimiento de

    Elevación a Juicio, los Autos de Elevación a Juicio y los alegatos del Ministerio

    Público Fiscal en lo siguiente:

    01.02.02. Conforme el requerimiento de elevación a juicio de la Sra. Fiscal

    de Instrucción de la 6ª Nominación de fecha 8 de noviembre de 2004 (cuerpo 23, fs.

    4533 a 4537): imputa los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (art.

    142 bis inciso 1° Código Penal) y promoción de la prostitución (art. 126 del Código

    Penal), en concurso ideal (art. 54 del CP) y que resulta del siguiente hecho: el 3 de

    abril del 2002 en horas de la mañana, personas indeterminadas, en la intersección

    de calles San Martín y Paso de los Andes de esta ciudad, suben a María de los

    Ángeles Verón, en contra de su libertad, a un automóvil Fiat Duna, trasladándola a

    las casas ubicadas en Barrio FEPUT y Remedios de Escalada de la Ciudad de Yerba

    Buena, donde Daniela Natalia Milhein y Alejandro José González la mantienen

    privada de su libertad, y luego la envían a la ciudad de La Rioja para ejercer la

    prostitución en los locales Candy, Candilejas y el Desafío. Donde Juan Humberto

    Derobertis, María Azucena Márquez, Lidia Irma Medina, José Fernando Gómez,

    Mariana Natalia Bustos, Cintia Paola Gaitán, Carlos Alberto Luna y Domingo Pascual

    Andrada, la mantienen privada de su libertad y la obligan a ejercer la prostitución; sin

    que a la fecha, María de los Ángeles Verón sea habida.

    01.02.03. Por otro lado el auto de elevación a juicio del Sr. Juez de

    Instrucción de la 4ª Nominación del 30 de junio de 2005 (cuerpo 38, fs. 7504 a 7507):

    respecto de Víctor Ángel Rivero, María Jesús Rivero y Gonzalo José Gómez

    (“Chenguita”) imputa los mismos delitos describiendo el hecho de la siguiente

    manera: que el 3 de abril del 2002 a la mañana personas indeterminadas, en la

    intersección de calles San Martín y Paso de los Andes de esta ciudad, suben a María

    de los Ángeles Verón, en contra de su voluntad, a un automóvil Fiat Duna,

    presuntamente conducido por Víctor Ángel Rivero, trasladándola a casas de Barrio

    FEPUT y de calle Remedios de Escalada de Yerba Buena, donde Daniela Natalia

    Milhein, Alejandro José González, María Jesús Rivero y Víctor Ángel Rivero la

    mantienen privada de su libertad y la envían a la ciudad de La Rioja con fines de

    prostitución a los locales Candy, Candilejas y el Desafío. Donde Juan Humberto

    Derobertis, María Azucena Márquez, Lidia Irma Medina, José Fernando Gómez

    (“Chenga””), Mariana Natalia Bustos, Cintia Paola Gaitán, Carlos Alberto Luna,

    Domingo Pascual Andrada y Gonzalo José Gómez (“Chenguita”) la mantienen

    privada de su libertad y la obligan a ejercer la prostitución; sin que a la fecha, María

    de los Ángeles Verón sea habida.

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    02. CUESTIONES:

    02.01.01. El Tribunal por unanimidad fija las siguientes cuestiones, que

    consisten: 1° Cuestión: abarca las cuestiones procesales que se dejaron para

    definitiva, nulidades y exclusiones probatorias. 2° Cuestión: existencia del hecho y

    autoría de cada uno de los imputados. 3° Cuestión: en su caso, calificación legal a

    otorgar a los hechos probados. 4° Cuestión: en su caso, pena a aplicar a los

    imputados conforme a la calificación legal e imposición de costas. 5° Cuestión: en su

    caso Acción Civil. 6° Cuestión: regulación de honorarios.

    02.01.03. PRIMERA CUESTION: Nulidad y exclusión pro batoria de las

    Actas judiciales de declaración como imputado de Go nzalo José Gómez de fs.

    2113 a 2115, y su ampliación de fs. 2136.

    El Dr. Roberto Eduardo Flores, por las defensas de Gonzalo José Gómez y

    Cintia Paola Gaitán, con adhesión del Dr. Luis Acosta, por la defensa de Carlos

    Alberto Luna, en sus conclusiones expresadas al final del debate; introduce el

    planteo de nulidad contra el Acta de Declaración como Imputado de

    Gonzalo José Gómez y su ampliación, producidas en la investigación fiscal

    preparatoria (cuerpo 11, fs. 2.113/2.115 y 2.136) con efectos sobre los actos en su

    consecuencia. A su vez, la impugnación se extiende invocando la exclusión, como

    elemento probatorio, del contenido de tales actuaciones, en cuanto informa datos

    incriminatorias sobre los otros acusados.

    En sustento del planteo defensivo se alude a que: 1) Dichos actos judiciales

    se llevaron a cabo cuando Gonzalo José Gómez se encontraba privado de libertad

    en la presente causa, por detención policial ilegal producida con anterioridad, el 24

    de octubre de 2003 en la ciudad de La Rioja, continuando en tal condición ya en

    sede judicial de esta ciudad de Tucumán. De lo que da cuenta el resultado de sendos

    habeas corpus efectivos resueltos, primero por sentencia del tribunal de la Cámara

    Tercera en lo Criminal y Correccional de la ciudad de La Rioja de fecha 30 de

    octubre de 2003; y luego por la del tribunal Sala Cuarta de la Cámara Penal de

    Tucumán de fecha 03 de noviembre de 2003; traídos como prueba instrumental al

    debate. 2) La primera declaración judicial como imputado producida el 28 de octubre

    de 2003 (cuerpo 11, fs. 2.113/2.115) por una parte, adolece del defecto de una

    información de manera genérica del hecho atribuido; y por otra parte en la

    declaración, Gonzalo José Gómez, proporciona datos incriminatorias sobre su madre

    – Lidia Irma Medina - y su hermano – José Fernando Gómez; como así datos que

    permiten medidas procesales contra Cintia Paola Gaitán y Carlos Alberto Luna. 3)

    Respecto de la ampliación de declaración de fecha 29 de octubre de 2.003 (cuerpo

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    11 fs. 2.136) impugna como acto inexistente, por carecer de las firmas del Fiscal de

    Instrucción y Secretario actuantes.

    Presentada así a cuestión, los pronunciamientos de sendos tribunales de la

    ciudad de La Rioja y de Tucumán, dejan fuera de toda discusión la ilegalidad de la

    privación de libertad de Gonzalo José Gómez al tiempo de los actos cuestionados.

    Cabe entonces el interrogante si existe afectación constitucional, en la declaración

    judicial como imputado, en primer lugar, derivado de aquello; es decir, encontrándose

    en tal condición, se produjeron efectos que concurren a enviciar la voluntad de la

    persona permitiendo de alguna manera, extraerle información incriminatoria, en

    desmedro de una correcta defensa material. En segundo lugar, con el agregado de

    una información imputativa defectuosa por genérica.

    Para resolver esta cuestión, cabe partirse de que la nulidad es el medio para

    evitar los efectos de toda actuación defectuosa por inobservancia de exigencias de

    ley como condición de validez. Pero ello siempre y cuando se derive un perjuicio

    concreto para el que tenga interés jurídico en su declaración. Ya ha sido dicho y es

    de invariable aplicación la doctrina de la inadmisibilidad de la nulidad por la nulidad

    misma. Y que, exacerbando las garantías y privilegios constitucionales, se incurre en

    una incorrecta manipulación, en desmedro de su espíritu, y lógicamente del supremo

    interés u orden público, con efectos en la seguridad del cuerpo social.

    Dicho esto, la compulsa de la actuación atacada, contenida en el cuerpo 11,

    fs. 2.113 a 2.115, muestra que la realidad es que a pesar de los vicios apuntados, no

    ha ocurrido perjuicio alguno el persona de Gómez. En efecto se desprende que el

    llamado a declarar responde a la atribución y tiempo del Ministerio Fiscal (art 309

    CPPT). El acto ha sido conforme a los derechos que asisten y le han sido informados

    al declarante (arts. 261 y siguientes, CPPTuc). Hubo asistencia y consejo técnico

    letrado – el mismo Dr. Roberto Flores aquí impugnante - previo, durante y con

    posterioridad. La defensa material expresada por Gómez, consistió en la negativa

    sobre toda participación en el hecho incriminado; con un relato circunstanciado, que

    revela conocimiento y comprensión del mismo; sin ningún dato autoincriminatorio. De

    modo que no se advierte, ni ha sido expresado un substancial agravio. Lo que lleva a

    tener por no exitosa la defensa que se procura.

    No es mejor la suerte de la protesta sobre la ampliación de declaración de

    Gonzalo José Gómez – cuerpo 11, fs. 2.136 – a base de la categoría de “acto

    inexistente” en razón de la falta de firmas de los funcionarios actuantes. No alcanza

    mérito la defensa en su intento. Sin entrar en las disquisiciones y diferencias entre

    inexistencia y nulidad, es expresa la previsión legal sobre la suscripción del acta de

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    declaración del imputado, por todos los presentes – art. 267 CPPTuc - y la

    conminación con nulidad, para el supuesto de actas sin firma de funcionario

    actuante: art. 137 CPPTuc. Y este defecto está en el acta mencionada; luego, la

    consecuencia a la luz de dicho precepto es la invalidez procesal. Sin embargo, en el

    análisis corresponde atender que se trata de una nulidad relativa, toda vez que la

    falta de firma aun cuando vicio formal, no se advierte que entidad o de qué modo ha

    resultado avasallada una regla constitucional de la persona sometida a proceso. No

    puede soslayarse que en definitiva el acta contiene manifestaciones que de ninguna

    manera afecta a Gómez; además suscripta por este y su defensor técnico. Entonces

    ya en este caso, se advierte extemporáneo el reclamo efectuado al final del debate,

    fuera de la oportunidad del art. 189 inc. 1 CPPTuc: hasta el plazo de citación a juicio.

    Por último, no reviste relevancia lo apuntado por la defensa técnica acerca de

    manifestaciones incriminatorias sobre la madre y hermano del declarante Gonzalo

    José Gómez, toda vez la situación procesal de estos es consecuencia del curso de la

    investigación preparatoria. Ocurriendo otro tanto respecto de Cintia Paola Gaitán y

    Carlos Alberto Luna.

    02.01.03. Por lo expuesto, a la PRIMERA CUESTION, e l Tribunal por

    unanimidad decide por la negativa.

    02.01.04. A LA SEGUNDA CUESTION:

    Oídas las respectivas imputaciones iniciales, todos los acusados en sus

    defensas materiales en el curso del debate y palabras finales, afirman su inocencia,

    negando su intervención en los sucesos y circunstancias de su acaecimiento, como

    son descriptas en la acusación base del juicio.

    03. Declaración de los imputados.

    Se adelanta que ninguno de los imputados ha confesado la comisión del

    hecho que se les imputa es decir, haber intervenido en el apoderamiento de María de

    los Ángeles Verón, su traslado a La Rioja y mantenimiento en cautiverio para ejercer

    la prostitución, previo paso por las casas de la Familia González – Milhein en

    Tucumán.

    En audiencia de debate la defensa material de cada uno de los imputados se

    expresó de la siguiente manera:

    03.01. VÍCTOR ÁNGEL RIVERO.

    En debate 14/02/2012. Niega haber intervenido en el hecho intimado, es decir,

    no confiesa. Expresa lo siguiente: “Entiendo el dolor de la familia Trimarco, tengo tres

    hijos y me asesinaron un hermano. Nunca estuve involucrado en un proceso penal.

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    No tuve relación con Simón Nieva. Se quiso meter en mi domicilio porque la estaban

    agrediendo a la nuera, la que se refugia en mi casa. Nunca le comentaría a Nieva

    haber participado en el secuestro de Marita Verón, sino tenía relación con él.

    Respecto del auto, era propiedad de mi padre, fue encontrado en octubre del 2002 y

    se lo secuestró en abril 2002, nunca estuve en la empresa Cinco Estrellas. Cuando el

    Sr. Nieva me involucra lo hizo en el mes de marzo del 2003, en el mes de enero me

    hace una denuncia en tribunales. Por qué no lo dijo antes, si él dijo que lo sabía

    desde el mes de diciembre del año anterior. Miedo a mi él no me tenía. Nunca lo

    traté a Nieva, porque cuando me voy a vivir con mi hermana me dice que no tenga

    relación con él, porque tenía problemas con todo el vecindario. Vivía medianera de

    por medio. Yo salía a las seis de la mañana y volvía a la una de la tarde. Ya me

    habían prevenido de él. Nieva tenía problemas con los vecinos: Amenazas de

    muerte, lesiones graves, usurpación. (Porqué lo denuncia Nieva) anteriormente tenía

    denuncias de por medio, mala relación con él. (Tipos de problemas anteriores) me

    denuncia de amenazas y lesiones, yo lo denuncio de amenazas con arma de fuego.

    Verbalmente de él hacia mi delante de testigos vecinos. Él decía que yo había

    usurpado una casa de una hermana de él. No tengo ningún parentesco con él. No

    siguen como vecinos. Cuando la nuera de él vino a cobijarse en mi casa porque la

    estaban agrediendo físicamente, y él entró en mi domicilio, - yo tengo tres hijos, dos

    mujeres -. El Sr. Nieva me amenazó con que me iba a hacer desaparecer el bebé,

    por eso lo denuncié en la Comisaría 3º. Yo opté por retirarme de ese domicilio y me

    fui a vivir a Yerba Buena con ayuda de mi hermana y de mi padre. Me acusa por robo

    porque es una persona fabuladora.

    No tengo relación con Rubén Ale, era el padre de mi sobrina, nunca he

    trabajado con él. Quería agregar que consta que el auto lo compro en octubre y se

    me acusa de abril, en esa fecha el auto no era de mi padre. Nieva le dice en su

    domicilio que si no se aleja lo iba a complicar con el caso Verón. Esa señora - la

    nuera de Nieva - estaba con un embarazo grande y yo le di asistencia. Había

    problemas entre la nuera de Nieva, y su suegro el Sr. Nieva. Anteriormente tuve

    problemas con Nieva. El hijo de Simón Nieva quiso entrar a mi casa y yo no lo dejé

    entrar. Me amenazaron: ya vas a ver con quien te metiste, vas a tener problemas con

    la policía. No sé porque Simón Nieva me acusaba a mí y al Sr. Ale. Siempre trabajé:

    como mecánico de automotor, mecánico dental y como chofer de camión. Tuve

    varios insultos de Simón Nieva y constantes amenazas. Al 3 abril del 2002, vivía en

    Barrio San Eduardo, Yerba Buena, no recuerdo la calle, en el fondo de la casa de un

    amigo. Trabajaba en un ciber de noche y dormía de día, el nombre del ciber marca

    ASCME.

    Para esa época de abril 2002, no era vecino del Sr. Nieva. Anteriormente se

    domiciliaba en Orán y viene a Tucumán en 1998, separado de su primer matrimonio,

    solo. Vino a vivir en la casa de su hermana; María Jesús Rivero, en calle San

  • 9

    Lorenzo 1866, dos años hasta el 1999, me voy a vivir con mi hermana en Yerba

    Buena, Pasaje Santa Cruz 245. Allí se queda de dos a tres años, hasta formar pareja

    con María Cecilia Salcedo y se va a vivir al Barrio San Eduardo, Yerba Buena, de

    Solano Vera al cerro. Allí se queda a vivir hasta que lo matan a su hermano, en

    marzo de 2003. Dueños del Ciber en el que trabajaba eran los Sres. Marcelo Venecia

    y Apás. Allí trabajaba de noche, desde las 20 hs. hasta las 8 de la mañana; y los

    fines de semana comenzaba el viernes a las 8 de la noche hasta el sábado a las 8 de

    la mañana. El Ciber estaba ubicado en la calle 24 de septiembre casi esquina 9 de

    julio. Aclara que sus hijos quedaron con la madre en Salta capital.

    Por otra parte empezó a manejar un taxi durante un mes y medio, paró la

    actividad cuando se fundió el motor. El automotor era del padre, y lo trabajaba en la

    ciudad de San Miguel de Tucumán. Yo trabajaba con ese vehículo, no estaba en

    buen estado, lo trabajé muy poco, se fundió, viajaba en el 102. Acta de fs. 3356.

    Cónyuges Herrera. 16/3/2004. Se le exhibe un Boleto de Compraventa de fs. 3789 y

    afirma que nunca lo vio. Describe que al tiempo de manejar el auto, nunca le pidió a

    su padre los papeles del auto, porque él había quedado depresivo por la muerte de

    su hijo. A las personas que hacían el viaje les decía que no conocía la ciudad, soy de

    Orán necesitaba trabajar para mis hijos. Afirma que siempre trabajó por medios

    propios, nunca para Ale ni para Alejandro González. No conoce a los siguientes

    imputados: Milhein, Gómez, Medina, Natalia Bustos, María Azucena Márquez, José

    Gonzalo Gómez, Andrada, Luna ni Gaitán de La Rioja. Respecto de un tal Ponce

    canchero del club San Martín en el 2002, no lo conoce, no recuerda. A los hermanos

    Cura no los conoce. A Pablo Milhein no lo conoce. A pesar de ser remisero no

    conocía mucho la ciudad.

    Con respecto al Fiat Duna color blanco, patente CNQ 084, fue secuestrado y

    le hicieron las pericias pertinentes, lo retiró mi padre, todas las pericias dieron

    negativas sobre cabello y sangre de los asientos. La propiedad que allanaron en

    calle Bolívar 1837 es propiedad de su hermana. Había un casero de apellido Ponce

    en la misma. Solía vivir en ese domicilio pero me mudé porque había comenzado a

    construir una pequeña casa. Nunca he salido de la Argentina. Nunca tuve ningún tipo

    de denuncia. Nunca tuve denuncias por secuestro de personas. Recuerda que su

    hermana le encargó trabajos de pintura, herrería o electricidad en su casa. No trabajó

    en la remisería de su hermana, porque su auto no estaba en condiciones, en

    consecuencia trabajaba por cuenta propia con dicho vehículo, no obstante su estado

    y no cumplir con los reglamentos. Asegura mantener buenas relaciones con su

    hermana, prestándose mutuo apoyo. Nunca tuvo arma de fuego alguna, es así que

    no se encontraron cuando hicieron allanamiento de su domicilio.

    Comienza a ser vecino de Simón Nieva, después del homicidio de su

    hermano, aproximadamente en marzo del 2003. No recuerda que hizo el 3 abril de

    2002. Seguramente estaba descansando para trabajar en la noche, tenía la cédula

  • 10

    verde del auto que correspondía a su padre y con eso circulaba. El padre se lo pasó

    porque estaba en un foco depresivo. El auto era un Fiat Duna, piensa que original

    blanco de fábrica, sin logotipo de las Cinco Estrellas. Circulaba con la cintita en la

    antena. Nunca le propuse nada a Simón Nieva, nunca quise comprar los asientos a

    Nieva de otro vehículo, porque nunca tuve relación con este. No le cambie ningún

    tipo de asiento al vehículo, a partir de octubre de 2003. Sabe que las pericias dicen

    que los asientos no fueron removidos y son los originales. Trabajaba de noche en los

    pubs en lugares bailables. En el ciber era trabajo de mostrador. El vehículo

    funcionaba a gas y en pésimas condiciones, con una banda elástica en el capot,

    andaba con una caja de herramientas, no recuerda el kilometraje, el motor estaba

    fundido. No conoció a David Iñigo ni a María Irene Nieva, solo sabe que fue

    denunciado por esta y por Nieva padre.

    03.02. MARÍA JESÚS RIVERO.

    En debate 14/02/2012. Niega la imputación de autoría e intervención como

    instigadora o mandante del hecho intimado.

    Sobre mi situación económica, vendí el último taxi entre los años 2009 y 2010.

    En el año 2005 cedo mi parte en el negocio de remis al Sr. Rubén Ale. En 1988 llega

    a Tucumán procedente de Orán, a estudiar Fonoaudiología. En 1989 conoce a

    Rubén Ale padre e hijos y formó pareja con Rubén Ale con quien tuvo un hijo. Tuvo

    una empresa de remisería desde 1999, en la que trabajaba largas horas, con

    problemas de accidentes, choques, robos, robos violentos. En el año 2005 se

    desvincula de dicha empresa pasando a tener una vida más tranquila. Nunca conoció

    a dueños de prostíbulos, no tiene ningún tipo de experiencia en ese rubro. No se

    considera delincuente de ninguna forma. De la causa hay muchos detalles que le

    llaman la atención: la declaración de la Sra. Trimarco que reconoce la voz de su hija

    – Marita Verón – por teléfono y luego la confunde con la voz de su hijo (“yo

    reconozco la voz de mi hijo…” dijo). No se investiga la infinita amistad de la Sra.

    Trimarco con el Sr. Vallejo. Tampoco se profundiza la pesquisa relativa a un identikit

    que realiza un sargento del ejército, que relata que ve a Marita Verón caminando por

    el Arsenal y subiendo a una moto que la lleva con destino desconocido, cuyo

    conductor era de fisonomía similar a Adrián Catalán.

    Tampoco se corrobora las declaraciones de Micaela Sol Catalán sobre un

    incidente que presenciara ella de su madre con ropa interior y su cuñado Adrián

    Catalán, en el que Marita Verón lo golpea. No es investigado.

    Asimismo, no se investiga la relación de Marita Verón con el Dr. Rojas, un

    médico peruano que la asiste en la maternidad, relacionado con el empleado Ardiles,

    este es el último contacto con ella y no es investigado. Luego viene la declaración du

    un vendedor ambulante en el jardín semillitas, pero nunca se habló de la búsqueda o

  • 11

    la investigación en el colegio. Así se menciona que ella sale del colegio caminando y

    que la ven ascender a un Renault rojo clarito, luego ¿Quién la sube? ¿Es golpeada?

    Sobre todo para poder limpiar el nombre mío y de mi hermano. Las

    declaraciones de una Sra. de Bella Vista que la ve deambulando a María de los

    Ángeles por el hospital varios días, pero no la ayuda. ¿Si yo encuentro alguna hija de

    un amigo y le pregunto qué te pasó?

    A la familia Verón no la conocía, nunca vi a la Sra. Trimarco, a ella la conocí

    en la remisería, porque fue a pedir ayuda en la búsqueda de su hija, a fin de colocar

    las fotos de Marita en los autos. Le preguntó de la policía, me dice que no le estaban

    dando bolilla, de su yerno me dijo que era un basura y un vago.

    Con respecto a Simón Nieva es totalmente falsa la imputación a su hermano y

    a ella misma. El mismo Nieva tuvo diversas denuncias. Simón Nieva le hizo una

    propuesta para vender una propiedad del Sr. Pérez, como era interesante pensaron

    en comprarla para el hijo, sin embargo Simón Nieva la había alquilado a un

    usurpador. La relación con el Sr. Nieva era mala, puesto que amenazaba con motivo

    de la salida de los niños de un comedor estudiantil, que instaló la imputada en un

    galpón. Incluso considera que Nieva logra su cometido de hacer cerrar el comedor

    estudiantil ubicado en la calle Bolívar. Por ello le pedí a mi hermano que se mudara

    al galpón y que no tuviera relación con Simón Nieva.

    Hice una conferencia de prensa sobre estos sucesos, de acuerdo a la Sra.

    Trimarco, yo sería una persona tan poderosa o tan fuerte como para manipular al

    Jefe de Policía, un agente o un juez, cuando jamás tuve acceso a la causa, Ellos – el

    matrimonio Verón – llevaban datos a la remisería como por ejemplo la pista del

    acceso norte o del Chañar, y de otros lugares, y ahí salían los autos de la remisería a

    buscar. Me llama la atención el dolor de la Sra. Trimarco, quien cambia su concepto

    de mí a partir de los dichos y falsas denuncias del Sr. Nieva, quien tiene más

    antecedentes que mi hermano y yo, diferentes causas con diferentes personas, esto

    está en el expediente.

    Conozco a la Sra. Milhein porque ella tuvo un hijo con Rubén Ale después de

    que me separara del mismo. Nieva es un mitómano que quería mi propiedad.

    Durante más de diez años de investigación jamás ha salido ninguna prueba que nos

    pueda vincular con prostíbulos, dueños, etc. No salí del país, solo a Chile, a Brasil y

    a Bolivia, yo nací a cincuenta kilómetros. En las investigaciones de Tobar y Trimarco

    nunca apareció el nombre Rivero.

    Cada visita del Sr. Verón en la época que colaborábamos nos significaba más

    de $2.000, le daba dinero al Sr. Verón a veces le daba 100, 70, 700 inclusive le

    compré un par de neumáticos para su auto. ¿Por qué no se investigaron otras

    pistas?

    La Sra. Rivero reitera que vino de Salta en 1988 para estudiar fonoaudiología,

    y es instructora de educación física. Concurre a la Fiscalía de Instrucción a fin de

  • 12

    ponerse a disposición de la investigación. Recuerda que la Sra. Trimarco llegó a la

    remisería llorosa a pedir ayuda. Le recomendó a la misma que acudiera a la prensa.

    Reconoce que hubo un convenio entre ARUT y el gobierno de Julio Miranda a raíz de

    la tremenda ola de asaltos que sufrían los taxistas, incluyendo la muerte del remisero

    Cisterna. Los remises tenían comunicación rápida con su central y ésta con la

    policía. A posterior del asesinato de Cisterna se hace el convenio y posteriormente

    ocurre la desaparición de Marita Verón.

    La remisería la inauguramos en diciembre de 1995, en 1999 se separa de

    Rubén Ale y es a partir del 2005 corta la relación comercial, vendiendo los últimos

    taxis en el año 2010.

    La acusación en su contra se inicia por Simón Nieva, antes eran trascendidos

    de la prensa, ya no era un Renault, ya no era un Duna blanco, era un Duna rojo.

    Antes de estos hechos, no conocía a la familia Verón. Fue a través del Sr. Fredy

    Auteri que se contactaron. Desconoce porque el sobrenombre de “Pintura” Verón al

    Sr. Daniel Verón. En los afiches que se colocaban en los remises, no figuraba su

    celular ni el teléfono de su casa u oficina. No recibió ninguna llamada de prostíbulo o

    de la penitenciaria. Existe la posibilidad de que Marita se haya separado de su

    marido, porque la madre de Marita – la Sra. Susana Trimarco – llamaba a su yerno:

    este vago, este atorrante, nunca se preocupó, nunca le dio ningún apoyo a su nieta.

    El matrimonio Verón se oponía a que David Catalán visitara a Marita, consideraban

    que era una cuestión moral por los dichos que se había dado un par de besos con un

    hombre. Habría problemas con el padre de Marita, vayan ustedes yo voy a ir

    después. En la pista del Chañar, había una calle paralela al cañaveral, una casita, un

    cuidador, todos decían que escuchaban alguien que lloraba, siempre los datos eran

    traídos por el Sr. Verón. La enfermera Palavecino, encuentra una persona parecida

    Marita Verón. La conoció a Daniela Milhein, ya respondió, ninguna relación con ella.

    En relación con una empresa de taxis en Anillaco, dice que estuvo allí por la

    campaña de Menem, que los taxis de esa empresa, tenían las famosas estrellitas del

    logotipo. Asimismo, había un prostíbulo Five Star, pero no tenía nada que ver con

    ella. Repite, que no tuvo ninguna relación con el secuestro de Marita Verón. No tiene

    conocimiento de que algún empleado o los titulares de taxis hayan intervenido.

    Cuando lo conocí a Rubén Ale, él trabajaba en el Mercado de Abasto.

    Después supe que se trataba de la “Chancha Ale”. Yo manejaba el camión y él me

    acompañaba. A su vez, éramos remiseros los dos. Todos los autos que pertenecían

    a Cinco Estrellas o ARUT estaban buscando a Marita Verón. Acompañé ocho meses

    a la familia Verón en su búsqueda.

    Si conoce a PC y al Loco Alberto. ¿Al Sr. Eduardo Cura? Se le exhibe un

    documento a fs. 3189 sobre un boleto de compraventa en el que figura como

    comprador su padre. Dice que el 8 de octubre de 2002 compró el vehículo. Afirma

    desconocer lo que compra o vende su padre. El documento no tiene fecha cierta.

  • 13

    Tenía una Toyota. La Sra. Rivero dice que el marido de ella Roberto Dilascio es

    dueño de un spa ubicado en la calle 25 de mayo al 600. Expresa tener un hijo que se

    llama Ángel Ale y está sentado en el público de la audiencia. Tuvo vinculación con un

    boliche llamado Macarena, en donde en marzo del 2003 lo matan a su hermano. Era

    una bailanta de cumbias y cuartetos, y actuaban conjuntos como: La Nueva Luna,

    Gladis y Rodrigo.

    No conoce a José Fernando Gómez, Lidia Medina y Mariana Natalia Bustos.

    Siguiendo con el episodio de El Chañar, el Sr. Verón se encontraba comiendo un

    asado con la policía. Dejaron de darle dinero al Sr. Verón, desde el momento que

    trascendió que tenía pasión por los juegos de azar y las riñas de gallo. A partir de lo

    último el matrimonio Verón-Trimarco comenzaron a involucrarla en la presente

    causa.

    Antes de eso, la relación con los Verón era excelente. Al matrimonio no lo

    acompañaba nadie. Como ya lo expresó colaboraba con los gastos de la Sra.

    Trimarco. Aún no había aparecido el Comisario Tobar. Remarca, que lo lógico

    hubiera sido que antes de avisarnos era acudir a la justicia. Al principio todo era muy

    difuso, tal vez no se realizaban las medidas de investigación en tiempo y forma. Los

    Verón se comunicaban con su oficina, a través de una telefonista y la operadora

    daba las instrucciones para que los autos remises acudieran en apoyo.

    Afirma que acompañaban al matrimonio en la realización de rastrillajes sin

    ninguna orden judicial, debido a su pedido. En ocho a diez meses, debe haberse

    reunido cuatro o cinco veces con los Verón, después de la desaparición de Marita.

    Entre la Sra. Trimarco y Marita las relaciones eran buenas, no así entre la primera y

    su yerno. En cuanto a la situación económica de los Trimarco, cree que era buena ya

    que tenían tres casas y un negocio a cargo de Marita Verón. La Sra. Trimarco no

    trabajaba y el Sr. Verón tenía un cargo en la legislatura vinculado al legislador “Gallo”

    Gutiérrez. No sabe quién es la Sra. Márquez.

    Allanamientos: Su casa, la oficina de Remisería Cinco Estrellas, el inmueble

    de la calle Bolívar, un taller, fueron allanados por la policía. En su casa el único

    elemento que se secuestra es un chaleco antibalas que había quedado de un

    incidente ocurrido anteriormente entre desconocidos, en el que intervino la policía

    que dejó sobre su auto el chaleco antibalas. La policía pese a sus requerimientos

    nunca retiró el chaleco que quedó en su casa.

    La Sra. Rivero expresa que en esa época, había comenzado a cursar

    abogacía en la UNT, que estaba por preparar Introducción al Derecho.

    La familia Verón también le comentó que habían recibido un llamado de Río

    Gallegos de Marita, y les daba algo de seguridad pensar que Marita estaba con su

    otro hijo – Horacio Verón -. Les aconsejó que buscasen a su hija en el sur del país.

    Que establecieran un contacto.

  • 14

    Asimismo indican que se hicieron pericias sobre el Fiat Duna blanco, con

    respecto a los asientos del mismo, fue una pericia de la Policía Federal, que

    concluyó que las muestras de cabello halladas en el auto no pertenecían a Marita

    Verón. Afirma no conocer a Domingo Pascual Andrada.

    Relata la Sra. Rivero la muerte de su hermano Pablo Palavecino, hijo

    extramatrimonial de su padre, en un incidente en la bailanta mencionada. Fue una

    moto que venía por la Avenida Belgrano, cuyo conductor efectuó siete disparos, uno

    de los cuales impacta en el cuello de su hermano. Pablo Palavecino, sobrevive casi

    24 hs. Después del incidente.

    Volviendo a la familia Verón, dice que no les recomendó qué abogados podían

    consultar, tampoco recomendaba a la policía o qué medidas se debían tomar y que

    se limitaba a su empresa. Aclara que nunca ejerció la prostitución, que siempre

    trabajó y estudió. Reitera que le entregó plata al Sr. Verón, que le compró dos

    neumáticos para su auto. Hubo un cambio de actitud de los Verón, con respecto a

    ella, atribuyendo a alguien de tribunales que los influenció, sin poder precisar quien

    fue.

    En el mes de enero de 1988 vino a Tucumán sola, para estudiar y trabajar

    como profesora de educación física. Vivía en una pensión de la calle Monteagudo,

    trabajaba en un lubricentro y después en una fotocopiadora. A fines de 1988, conoce

    a Rubén Ale, habiendo perdido su trabajo, se van a vivir juntos. Su padre vino de

    Salta a conocer a Rubén Ale. Deja de estudiar y empieza a trabajar en el mercado de

    abasto, comprando legumbres y frutas. Manejaba un camión de 1990. Compran un

    auto viejito, lo reparan y lo venden. En el año 1993 Rubén Ale va preso y ella se

    dedica a la compraventa de automóviles usados. Luego en 1994 compra un Peugeot

    que comienza a trabajar como remis. Posteriormente adquiere un 0 kilómetro con la

    ayuda de un amigo. El 15 de diciembre de 1995 abren la Remisería Cinco Estrellas.

    En 1991 nace el hijo en común con Rubén Ale.

    Después, toda la familia viene de Orán y se radican en San Miguel de

    Tucumán. Su mamá en 1990, después su papá y por último su hermano y su

    hermana que en 1995 trabaja en la remisería como operadora de radio. Su hermano

    Víctor, en 1998 viene separado de su señora, no quería trabajar de remisero, tenía

    miedo porque no conocía Tucumán. Como ella estaba terminando de armar su casa,

    él se desempeñó como capataz. Víctor estaba solo. Posteriormente conoce a la que

    sería su esposa, mudándose a una casa del Barrio San Eduardo ubicado en la

    Avenida Solano Vera de Yerba Buena. Allí trabaja como mecánico dental, también

    hacía herrería, soldaduras y mecánica de autos. Ella no le conoció esa casa. En

    2002, después de la muerte de su hermano Pablo Palavecino, su otro hermano

    Víctor se va a vivir a la casa de la calle Bolívar.

    En el debate amplía su declaración el 11 de julio 2 012. Entre enero de

    1997 cuando fallece el remisero Luis Cisterna hasta enero del año 2000 son once los

  • 15

    remiseros que fallecen en diferentes asaltos, teníamos la comunicación que no

    estaban siendo útiles para preservar la vida de los remiseros. Comenzamos los

    paros para exigir una mayor seguridad, mejor servicio, para que el municipio tome

    cartas en el asunto y blanquee la situación de muchos remiseros. Alberto Kaleñuk se

    firma ese convenio en los primeros meses del año 2000, era de cooperación

    recíproca, que al tener nosotros los medios de comunicación nos faltaba el nexo de

    comunicación con la policía, llamar al 101, se estableció un número de

    radiofrecuencia para con el comando radioeléctrico, fue firmado un día de semana en

    el salón blanco de la casa de gobierno, el convenio fue firmado por cada uno de los

    dueños de los remiseros que eran miembros de la asociación. Hay una versión

    periodística, convenio de reciprocidad, colaborar para prevenir los delitos, fallece

    Alcocer, Estrella, Bogdanovik, disparos, puñaladas, el cuerpo del Sr. Luis Cisternas

    estuvo desaparecido 10 días y fue hallado en unos cañaverales del sur de la

    provincia. - estoy para contestar todas las preguntas -. Si yo me hubiese llevado a

    Marita Verón, que hacen el resto de los imputados.

    Ministerio Público no pregunta. Tampoco la querella ni la acción civil.

    Dr. Cergio Morfil.

    En el momento en que se va a firmar el convenio pueden haber sido. Llega a

    un total de 18 o 19 muertos remiseros. Ninguno de los asesinados pertenecía a

    remisería Cinco Estrellas.

    Tribunal.

    ¿Cuantas empresas hay en la provincia? A partir de que desaparece Paulina

    Lebos, el gobierno de José Alperovich, la cantidad de agencias en la capital eran 35

    aproximadamente en la provincia llegaban a 80. Once muertos en tres años. ¿La

    empresa Cinco Estrellas sufrió asaltos? Muchos, muchísimos. Se trabajaba las 24 hs

    con grupos de gente, había zonas rojas, aguas corrientes, Costanera Norte, avenida

    Alem al fondo,

    Asociación que se forma a partir del asesinato del remisero Luis cisternas, se

    formaron cuatro consultorios médicos atendidos por la Dra. Campero médico

    pedíatra. Se prohibieron las agencias de remises.

    La asociación eran 20 o 23 las agencias que estaban formando parte la

    agencia Puma, El Sol, Asociación de Remiseros Unidos de Tucumán (ARUT),

    Secretario gremial Alberto caballero.

    Dr. Cergio Morfil.

    ¿Estaban nombrados como veedores de la ciudad? Para aclarar lo dicho por

    la Sra. Susana Trimarco dice que ve un libro que le muestra el Subsecretario debe

    ser el libro donde estaban estampadas las firmas del convenio. Díaz y Rubén Ale

    eran enemigos prácticamente se aborrecían mutuamente. Marita Verón no está,

    mentiras que se hicieron cuando Marita Verón faltaba de su casa.

  • 16

    En otra ampliación el 22 de octubre de 2012 en debate dice que la Sra.

    Trimarco afirmó que el hilo conductor para llegar a María de los Ángeles Verón era la

    enfermera Patricia Soria, coincidiendo con declaraciones del comisario Tobar, que en

    el 2004, en investigación de cruces de llamadas telefónicas surge una pista que

    conducía a Marchisio, Patuleco, un tal Medina, los hermanos Catalán, a reuniones en

    un taller del Barrio La Bombilla; y Trimarco acusó a Patricia Soria que le habían

    pagado para entregar a María de los Ángeles. Que en estos contactos telefónicos no

    surge ninguno con los hermanos Rivero. Que a los otros imputados los conoció

    recién en la primera audiencia de debate. Que en el año 2003 en campaña política

    Fernando Juri por amistad contrató móviles de la remisería para su campaña, pero

    como Alperovich quería sacarse a los Ale de encima, en el 2004 surge el testigo

    Nieva que involucraba a los Rivero en el caso Verón. Rubén Ale fue investigado pero

    nunca acusado, porque no hay elementos. No tuve ninguna relación con Nieva, no lo

    conocía. Su hermano Víctor fue a vivir en el galpón, con una vivienda, vecino a la

    casa de Nieva que fue comprado por ella.

    03.03. DANIELA NATALIA MILHEIN.

    En su declaración en el debate 14/02/2012, dice que recibió muchas presiones

    y siente mucho miedo. Que son cuatro hermanos, y que tiene un medio hermano. Su

    hija está embarazada. Sus padres se separaron cuando ellos eran chicos, quedando

    solos. Limpiando autos, conoció a Rubén Eduardo Ale, en 1989, cuando tenía 16

    años. Rubén la inicia en la prostitución, ella no tenía padres. Ella era la mujer que él

    hacía trabajar. Su pareja era María Jesús Rivero. Ella no quería ejercer la

    prostitución, y cuando quiso dejar el prostíbulo Rubén le puso un revólver en la

    cabeza. Cuando Rubén cae preso por el crimen de Salinas, ella pensó que no iba a

    salir de la cárcel. El hijo en común, Yamile nació. Añade que el “Malevo” Ferreyra la

    detuvo en un procedimiento y la picaneó durante cuatro horas. Entonces Rubén

    decidió que yo no trabaje más. Sabía lo que era “hacer una plaza” en un prostíbulo, y

    es así que, habiendo quedado en libertad, se fue a “El Altillo” en Catamarca, ya que

    decidió hacer plata para ella y su hija.

    En La Rioja conoció los cabarets de Candy y Candilejas (1996). También en

    esa provincia conoció un hombre llamado “Patuleco” y a Lidia Irma Medina, con el

    nombre de “mami Lili”. También la conoció a María Azucena Márquez bajo el nombre

    de “Claudia”. Ella fue a ejercer la prostitución por cuarenta días, pero a los quince

    días quiso volverse. Le fue mal allí y terminó con problemas con la Sra. Medina. Dice

    que conoce a todos los integrantes de esos prostíbulos. Para salir de esa situación

    tuvo que decirles que el padre de su hija era Rubén Ale, “así me pude ir”. Al llegar a

    Tucumán decidió no volver a trabajar de ese modo.

    Conoció a su marido Alejandro González pero no tuvo una relación firme.

    Posteriormente, a raíz de un trámite en un sindicato, conoció a Alberto Sosa, 20 años

  • 17

    mayor que ella, quien le propuso una relación que aceptó. Comenzó a estudiar,

    terminó el secundario. Pero a la vez continuaba con la relación con su marido,

    González. Aproximadamente, en el año 2000, quedó embarazada de su marido

    Alejandro González, manteniendo la relación con Alberto Sosa. Su hijo nació con una

    cardiopatía congénita, razón por la que fueron a Buenos Aires a la Fundación

    Favaloro. Alberto Sosa tenía buenas relaciones con el gobernador Julio Miranda,

    razón por la cual pudieron realizarle una intervención a su hijo - Facundo González –

    quien fallece en noviembre del 2000. Buscaba tener un bebé, por lo que tuvo otro

    embarazo pero la bebé nació muerta. En el año 2002 le prescribieron reposo

    absoluto porque estaba nuevamente embarazada. Su hijo nació prematuro el 8 de

    abril de 2002, quedando internado por un soplo cardíaco, dándole de alta a los 16

    días. Le entregan su hijo, y se muda de la casa del barrio FEPUT, a una casa de

    calle Sarmiento 1162, de Yerba Buena que le alquila Alberto Sosa. Posteriormente

    se mudan a una casa en la calle Remedios de Escalada 50, de la misma localidad.

    Recordando la estadía en La Rioja, relata que viajó con María Alejandra

    Huerta, en 1996 y que las dos volvieron de La Rioja a Tucumán. Alejandra, hermana

    de María Alejandra Huerta, es la mujer de Marcos Mohammed, quien es hermano de

    crianza de Daniela Milhein. María Alejandra Huerta posteriormente retorna a La Rioja

    y vuelve a Tucumán a raíz de un problema en el 2000. Viajan juntas a Buenos Aires.

    Al regresar, María Alejandra Huerta vuelve nuevamente a La Rioja.

    Cuando vivía en la casa de Remedios de Escalada 50, en Yerba Buena, se

    acerca a la vivienda Fátima Mansilla, cuya madre era amiga de la suya, le confió que

    era violada por un tío y que tenía problemas con su madre. En ese tiempo Fátima

    Mansilla tenía 16 años. Alberto Sosa le aconseja que la presentaran en la Defensoría

    de Menores por su minoridad. Allí, Fátima Mansilla describe los malos tratos y el

    abuso familiar. En una oportunidad fue al cumpleaños de un hijo de mi hermano, en

    Villa Mariano Moreno, en casa de mi hermana Marcela Fabiana Milhein, en esa

    ocasión Fátima Mansilla le comenta que la querían secuestrar a la hija de Daniela

    Milhein y al hijo de María Jesús Rivero. Es así que, con María Jesús Rivero y con

    Fátima van a la Brigada. Daniela también le cuenta a Rubén Ale, el padre de la niña.

    Agrega que su madre – de Fátima Mansilla – pasaba todos los meses a cobrar el

    sueldo de Fátima Mansilla, quien estaba empleada cuidando a la madre de Daniela.

    A los dichos de Fátima Mansilla que vio a María de los Ángeles Verón secuestrada

    en su casa – señala que no entiende el porqué de la imputación.

    Relata que cuando su hijo tenía un año y dos meses, Marcos Mohamed – su

    hermano de crianza – le avisa que iba a haber un allanamiento en su casa y que la

    iban a detener por la causa de Marita Verón, y ella no entendía por qué. Cuando su

    hijo tenía un año y tres meses la detuvieron, por los dichos de Fátima Mansilla. Su

    hijo más chico se quedó un tiempo con su mamá, posteriormente con su papa. En

    tanto, su hija conoció a su papá de nuevo, porque ella no tuvo trato anteriormente

  • 18

    con su papá, le enseñó a ser padre. Mientras, mi hijo de ocho años vivía en la casa

    de su tío.

    Yo estoy aquí contando todo, me pregunto por qué en ese momento el fiscal

    no ha valorado mi prueba, no he tenido abogado porque era de Rubén. Nunca se me

    hizo lugar a que me pueda defender. A Alberto Sosa no lo vi más, con el padre de mi

    hija – Rubén Ale - tenía relaciones pésimas. He estado detenida dos años y tres

    meses por este proceso. Mi casa había sido transferida cuando estaba dentro del

    penal, porque me dijeron que si no accedía a transferirla la iba a perder. Quedé en la

    calle y perdí todo el sacrificio de mi vida.

    A la fecha de la desaparición de María de los Ángeles Verón, residía en la

    calle Sarmiento 1162, de Yerba Buena. Tenía personal doméstico debido a mi estado

    de salud. Una empleada. Estaba Fátima Mansilla porque mi mamá era discapacitada,

    y otra empleada más. Conocí a Fátima por mi mamá, que era amiga de la madre de

    Fátima. Cuando mi mamá frecuentaba mucho la casa de la madre de Fátima, yo

    estaba en Buenos Aires con mi hijo. Fátima tenía 16 años y era tratada como un

    miembro más de la familia, sin realizar las tareas de la casa. Nunca me cayó bien. La

    otra empleada era María Laura Cejas, de 21 años de edad. Alberto Sosa les pagaba,

    yo no realizaba los gastos, él se encargaba de los gastos, yo tenía seis cesáreas y

    mi salud era delicada. Yo no estaba bien anímicamente, no me acuerdo cuanto le

    pagaba él. Se va de la calle Sarmiento a Remedios de Escalada por falta de pago de

    alquiler y por su situación de salud. Fátima y Laura Cejas vivían y pernoctaban en la

    casa. Yo no les pedí que ejerzan la prostitución. Para contar tendría que seguir

    declarando. Durante el mes de mayo de 2002 aparte de Fátima Mansilla y María

    Laura Cejas, hubo otra persona más, - María Alejandra Huerta - aproximadamente

    entre abril y mayo del 2002, volvió de La Rioja, no sé qué problemas tuvo ella en La

    Rioja, somos familiares y ella ejercía la prostitución allá. María Alejandra Huerta se

    alojó en mi casa de la calle Remedios de Escalada 50, de Yerba Buena, donde María

    Laura Cejas trabajaba hacía 6 meses. María Alejandra Huerta le propone a María

    Laura Cejas irse las dos a Río Gallegos, y se van.

    Reitera que María de los Ángeles Verón nunca estuvo en su casa. Yo tengo

    un hermano soltero que vivía conmigo. En cuanto a Graciela del Valle Quintana, no

    vivía ni frecuentaba mi domicilio. No la veía con mucha frecuencia. La conocía por

    María Alejandra Huerta. Ella la llevó un día a mi casa y me la presentó.

    En mayo de 2002, la madre de Fátima Mansilla denuncia a su hija Fátima por

    fuga del hogar, cuatro veces se presenta a repetir que su hija se fugaba. Ocho

    meses después, denuncia el secuestro de la hija; no hay razón para que yo la tuviera

    secuestrada ocho meses. Aparte de eso estaba a cincuenta metros de la comisaría

    de Yerba Buena y no denunció el secuestro, ni tampoco escapó, cuando la casa

    tenía como cincuenta metros de frente. Nunca la tuvo secuestrada, durante los ocho

    meses que residió en su casa. La presentó en la Defensoría de Menores. Pregunta

  • 19

    en ese caso, porqué Fátima no lo dijo en la defensoría, o en la jueza. Tenía 16 años

    y era menor de edad.

    A pregunta si porqué tenía el DNI de Noemí Garzón en su domicilio, contesta

    que la pregunta le sea realizada a Noemí Garzón.

    Cuenta que fue por primera vez madre a los 16 años de edad. Se abstiene de

    revelar la identidad del padre del niño. Con respecto a Rubén Ale, lo conoció en una

    agencia de autos y al otro día la mandó a trabajar como prostituta. Afirma que él no

    le preguntó si quería trabajar como prostituta, considerando que no fueron

    voluntarias sus acciones. El prostíbulo cree que se llamaba Derby, relata que Rubén

    Ale ese día, fue al dueño y le dijo que me dejaba para que yo trabaje allí. Yo

    trabajaba para Rubén Ale, durante seis años hasta que lo matan a Salinas en 1991 y

    es detenido Ale. Ella no cobraba la plata, la cobraba Ale. Que ella sepa era la única

    prostituta que tenía trabajando Rubén Ale. Este último poseía maquinitas de juego. El

    Boliche Macarena no era de Ale, ni tampoco boliches o bailantas.

    En cuanto a La Rioja, no lo conoció casi al Candy, en cambio si al Candilejas

    que era un salón en el que había mesas y sillas, había habitaciones arriba, era un

    prostíbulo. El acto sexual era llamado el “pase” desde el salón a las habitaciones.

    Describiendo una jornada afirma que trabajaba 24 horas al día, aunque estuviera

    enferma o le doliera la cabeza. La experiencia en La Rioja con la Sra. Medina fue

    fea. Comenta que la Sra. Medina le dijo en el baño de Tribunales, en ocasión del

    debate, que la busque a María Alejandra Huerta y que le solucione el caso de la

    declaración de Alejandra Huerta. Mi hija entró embarazada de ocho meses, le puso

    la mano en la panza. ¿Es el nombre artístico?

    Describe que en el prostíbulo ella únicamente tuvo trato con la Sra. Medina.

    Que no quería seguir trabajando, por lo que estuvo menos de 20 días, sin cobrar

    nada. Transcurría 1996. La Sra. Lidia Medina estaba a cargo del negocio. Ella estaba

    ahí, ella es la que manejaba. Cada acto sexual se registraba como pase del salón a

    las habitaciones, mediante fichas. No conozco a los otros integrantes de la familia

    Gómez. Sabe que Alejandra Huerta era mujer del Chenga. Se fue porque tuvo

    problemas personales con la Medina, un día la golpeó en una habitación porque se

    quería venir. Lidia Medina llamó a la policía de La Rioja y le llenó la habitación de

    drogas, amenazándola que le iban a “hacer” una causa. Por eso ella insistió en

    venirse de La Rioja. No sabe si Medina conocía a Rubén Ale, supone que sí porque

    era un personaje de la noche. Describiendo su estadía, relata que dormía en

    Candilejas, donde trabajaban como quince chicas aproximadamente.

    Sobre la chica Huerta se presentó en su casa, porque se le había escapado al

    “marido”, el Chenga Gómez. Sé que viajo la madre María Juárez, mi medio hermano

    Mohammed. No sé cuál era el problema. Relata que había una chica brasileña en La

    Rioja, pero después no la volvió a ver.

  • 20

    Refiriéndose a la acusación de María Alejandra Huerta de que Daniela Milhein

    la había obligado a ejercer la prostitución en Río Gallegos, menciona que nunca

    cobró ninguna comisión por Alejandra Huerta. Agrega que María Alejandra Huerta ya

    trabajaba en La Rioja y que era la mujer del Chenga Gómez.

    Relata que Alberto Sosa fue con un escribano al Penal donde ella estaba

    detenida. A raíz de un intento de secuestro sin especificar de quien. En la Brigada

    dice que estaba con Fátima Mansilla y María Jesús Rivero. Agrega que Fátima

    Mansilla cuando estaba en su casa y tenía un día libre, se iba a su casa o salía. En

    cuanto a si conoce a una mujer llamada Natalia, dice que la única era la novia de su

    hermano.

    Relata que en cuanto a María Azucena Márquez, la vio entrar y salir del

    prostíbulo de La Rioja, pero que desconoce que función cumplía.

    Afirma que si conoce a Eduardo Cura y a Fabio y Natalia Cura y que esta

    última era la novia de su hermano. Hermana también de Gabriela Cura. No sabe si

    los nombrados conocen a María Jesús Rivero. Agrega que la única casa que tuvo fue

    la del Barrio FEPUT que es la que transfirió en la cárcel. En cambio, la casa de la

    calle Sarmiento era alquilada y también la de la calle Remedios de Escalada, ambas

    en Yerba Buena. Fátima fue al hospital Ramón Carrillo de esa localidad, porque se

    enfermó, ingresando con el nombre de Fátima Gignone. Ingreso como Gignone

    porque era el apellido de mi mamá y por el cariño que le tenía a Fátima Mansilla esta

    le decía tía.

    Dr. Jorge Cáceres: ¿En qué circunstancias le dijeron me van a hacer cargo de

    Marita Verón? Se ha cruzado el abogado y le ha dicho que ella no la conoce a la

    gente de La Rioja y que la gente de La Rioja no me conoce.

    Relata que el día que la detuvieron, el Comisario Tobar, el 22 o 23 de agosto

    del 2003, cuando la llevan a la Sarmiento, se sienta a la par de ella y le comenta que

    podía salir en libertad si lo acusaba a Rubén Ale. Estaban los dos sentados y

    también se encontraba Graciela Quintana. No le consta que Rubén Ale haya

    secuestrado a Marita Verón. Menciona que Fátima Mansilla dijo que iban a

    secuestrar a su hijo. Relata que Huerta va a su casa diciendo que se había escapado

    del Chenga Gómez, en La Rioja. Que toda su familia viajó a La Rioja y mintieron que

    había muerto la abuela de Huerta en Tucumán para que la dejen ir.

    Afirma que tiene 40 años de edad, que nació el 4 de enero de 1962 y que

    conoció a Rubén Ale entre los años 1988-1989. En ese año se encontraba preso por

    el caso de la muerte de “Los Gardelitos”. Vuelve a La Rioja de su propia voluntad, en

    el año 1996 aproximadamente, ya tenía 23 o 24 años. En cuanto a la Sra. Lidia

    Medina no la conocía como tal sino como “mamá Lili”.

    Dice al tribunal que el Dr. Cáceres, en el cuarto intermedio de la audiencia, se

    cruzó y le dijo que “yo no conozco a la gente de La Rioja y la gente de La Rioja no

    me conoce a mí”.

  • 21

    En el cumpleaños de uno de los hijos de la declarante estaba Fátima Mansilla

    como invitada. Concurrió toda su familia, y figura todo esto en una grabación del 10

    de octubre de 2002. También menciona que ofreció como prueba a las actas de la

    Defensoría del Pueblo, cuando lleva a la menor Fátima Mansilla que realiza una

    exposición ante la Dra. Cecilia Rojo.

    Agrega que a Fátima Mansilla la lleva a su casa su madre porque tenía un

    hermanito enfermo, esto se lo dijo a un psicólogo de la Defensoría del Pueblo.

    Sobre Carlos Luna y Paola Gaitán, afirma que no los vio en La Rioja. Tampoco

    vio a José Gonzalo Gómez en Candilejas en La Rioja.

    En ocasión del allanamiento a su casa, cuando fue detenida, ella estaba en un

    ciber. Intervinieron muchos policías, a cargo del Comisario Tobar. Ella intenta hablar

    con su amante Alberto Sosa pero el Comisario Jorge Tobar le manotea el teléfono y

    le dice que ya iba a saber que le iba a pasar. La policía actuó en forma muy bruta.

    Añade que tuvo un problema psiquiátrico y que fue trasladada al Hospicio del

    Carmen. Nunca se Drogó. No conoce a Domingo Pascual Andrada, ni lo vio en el

    local Candilejas o en La Rioja. Si la vio a Azucena Márquez en ese local, un par de

    veces. No conoce a Itatí.

    Agrega que quedó embarazada a los quince años pero que el hijo no era de

    Rubén Ale. Que cuando queda embarazada del Sr. Ale tenía ya 21 años. Fue pareja

    de este último hasta que lo detienen por el ya nombrado caso Salinas. María Jesús

    Rivero era la señora de Ale, yo la concubina. No conocía al hermano de María Jesús

    Rivero, porque no tenía trato con esa familia. En abril del 2002 ya tenía un trato malo

    con Rubén Ale quien siempre la trató mal. No tenían relación cuando ella era menor.

    No sabe si Rubén Ale hizo prostituir otra mujer además de ella. En el año 2002 María

    Jesús Rivero, Víctor Rivero o Rubén Ale no eran conocidos por el tema de la

    prostitución.

    La familia Cura eran caseros de la cancha del Club San Martin. Tenían dos

    hijas mujeres. Natalia Cura era la novia de su hermano. Sabía por Fabio Cura que

    por una deuda de mi hermano, que él no le devolvió se fue a la fundación le planteó

    al Dr. Garmendia que en secreto de confesión yo la había matado y después se

    desdice.

    Tobar me dijo que no había prueba en contra de Rubén, pero que si yo

    declaraba en contra de él salía libre. Por el contrario, si María de los Ángeles Verón

    aparecía muerta, la dicente iba a ser imputada por asesinato. En los años 99 y 2002

    a la fecha no tuvo llamadas telefónicas de los Rivero. No tenía temor con respecto a

    ellos o hacia Rubén Ale.

    La casa del barrio FEPUT era mía, Alberto compró un terreno y a medida que

    pasaron los años fuimos edificando. Compramos el terreno en los años 1997 o 1998.

    Vivieron allí hasta que falleció su hijo en el año 2000. Luego fue a la casa de la calle

    Sarmiento, en Yerba Buena y después a la casa de la calle Remedios de Escalada

  • 22

    en la misma localidad, en julio de 2002. En un primer momento le creyó a Fátima

    Mansilla. Aclara que tenía el cabello largo y se lo había cortado “cortito”. Alejandra

    Huerto estaba próxima a viajar, porque había conseguido trabajo de prostituta en Río

    Gallegos a través de un aviso de La Gaceta, Fátima Mansilla quería también viajar.

    Fátima Mansilla tenía obsesión con mi hermano más chico, ella nos denuncia a todos

    de secuestro pero nunca a Aldo. El hermano de Daniela Milhein se llama Carlos

    Gignone es radiólogo.

    Fátima Mansilla estaba de novia con el tío de Daniela Milhein, esto

    desencadenó problemas matrimoniales porque el tío también estaba entusiasmado

    con Fátima, se quería separar, era casado con hijos. Fátima, a veces se iba a

    Recórcholis, o a La Cubana. En otra oportunidad se fue a robar al supermercado

    Disco. Dice que es una chica con problemas psicológicos. Cree que cuando se

    cambiaron a la casa de Remedios de Escalada, Daniela tenía una chica que se

    llamaba Mariela, y cree que la podrían haber confundido con Marita Verón. Daniela,

    con su padre no tenía una buena relación.

    El 8 de abril del 2002 estuvo internado en el Sanatorio del Parque. El 3 de abril

    de 2002 estaba en reposo porque su embarazo era de alto riesgo. Estuvo internada

    cuatro días y la atendió el Dr. Aldo Feller.

    Manifiesta que durante el debate ha recibido amenazas, razón por la cual

    solicita la remisión a la fiscalía de turno y la asignación de custodia policial en su

    domicilio para toda su familia.

    Refiriéndose a la prostitución en San Miguel de Tucumán, afirma que un tal

    Patán Subirán tenía sus mujeres en la Marco Avellaneda, que eran conocidos de

    Rubén Ale. Eran los maridos de las mujeres que trabajaban conmigo. Que un

    individuo llamado “Loco” Alberto es el chofer de Rubén Ale y otro de apodo “Pc”

    también fue chofer del mismo. A su vez repite el relato de Alejandra Huerta que el

    Chenga Gómez - que era su marido en ese momento - le había quebrado la

    mandíbula. Explicando que el término “marido” se refiere al hombre que cobra toda la

    plata por su actividad como prostituta. Aclara que no comparte la plata con la mujer y

    que ninguna mujer con marido cobra plata, porque el que cobra siempre es el

    marido.

    Asimismo conoció a la Sra. Mariana Bustos en La Rioja, un día que va a la

    casa de la Sra. Medina. Mariana Bustos estaba en la casa. Desconoce si Marita

    Verón estuvo en los prostíbulos Candy y Candilejas de La Rioja. Agregando que

    sabe que la Sra. Mariana Bustos era de Tucumán. Afirma que la Sra. Medina no la

    dejaba volver a Tucumán, que la encerró en una habitación con tres personas.

    Explica que mayormente cuando una mujer está privada de su libertad tratan de

    pasar un número de teléfono, para avisar a algún familiar, pero que por lo general

    esa persona le pasa el papel a la Sra. Medina y ella viene y la golpea. Por otra parte

    asevera que Fátima Mansilla miente, cuando asevera que vio a María de los Ángeles

  • 23

    Verón en casa de la imputada, toda vez que Marita Verón nunca estuvo allí. Añade

    que Fátima Mansilla solo estuvo un día en su casa del barrio FEPUT y no cuatro días

    como dijo Fátima Mansilla en una causa paralela, en la Fiscalía de Instrucción 8º.

    Explicando que su marido Andrés Alejandro González, jamás llevó chicas a

    prostíbulos de La Rioja. Que Alejandra Huerta miente.

    Ampliación el 8 de marzo de 2002: A continuación de la declaración de la

    Sra. Susana Trimarco de Verón, a la afirmación de esta de que había visto juntas a

    Daniela Milhein con Patricia Soria, la Sra. Daniela Milhein agrega lo siguiente: Yo a

    esta chica Patricia Soria no la conozco. Jamás la he visto a la enfermera Patricia

    Soria. Trimarco afirma esto a nueve años del hecho, no sé en qué fecha pudo

    haberme visto con ella. Por otro lado, yo estoy imputada por el secuestro de Fátima

    Mansilla el 23/5/2002 y el 24/5/2002 dice la veo a Marita Verón. A fs. 115 después

    de 6 años se presenta en la fiscalía 8 para decir q ue estuvo un día en la casa de

    barrio FEPUT.

    Ampliación Declaración de DANIELA MILHEIN. Debate 10 de julio 2012.

    Yo quería expresar que a Vides no la conozco, tampoco la quiero conocer, me

    extraña que después de diez años diga que me conoce, vive en el mismo barrio de

    Vides, respeto las artimañas y estrategias que quieran hacer, no la conozco, lamento

    que ha estado aquí para mentir, me siento mal porque después de diez años dice

    que me conoce.

    03.04. ANDRES ALEJANDRO GONZALEZ. (Esposo de Daniel a Milhein).

    4.1. Inicialmente se abstiene de declarar en el debate y se incorpora por su lectura

    su declaración de cuerpo 10, fojas 1933/1935, produ cida el 30 de septiembre de 2003,

    en la Fiscalía de Instrucción de la 8° Nominación , en donde manifiesta: niego

    terminantemente el hecho que se me imputa. Daniela Natalia Milhein era mi mujer de la

    cual hace como tres años que estoy separado; en ese momento falleció mi hijo de un año

    de edad. Toda mi vida fui mecánico, desde aproximadamente hace veinte años. Mientras

    duró mi matrimonio ella fue ama de casa. Cuando yo vivía con ella, vivíamos en el barrio

    FEPUT; la casa era de los dos, hasta que nos fuimos a Buenos Aires por los problemas del

    chiquito; cuando volvimos nos separamos durante seis meses no la vi a ella ni a mi otro

    hijo. Yo vivo en la casa de mi padre: Mientras estuve con ella, la madre de Daniela

    prácticamente vivía con nosotros, por razones de que el chiquito estaba enfermo. Después

    que falleció el chiquito, estuvo trabajando una chica en la casa; se llamaba Cristina, el

    apellido no lo sé; estuvo poco tiempo; habrá tenido veintitrés o veinticuatro años. Me separo

    de ella por razón de la muerte del chiquito; ya venía una mala relación. No teníamos auto;

    ahora actualmente tengo un solo auto, un Fiat Duna, color blanco, particular, no recuerdo

    las letras del dominio; el número 488. Nunca he trabajado como remis; siempre particular.

    Actualmente se encuentra parado hace mucho en el taller de Suipacha y Méjico, de mi

    papá. Nunca he viajado a ninguna parte; excepto cuando viajé a Buenos Aires por el

  • 24

    problema del chiquito. Conozco a Fátima Mansilla cuando yo iba a visitar a mi hijo Franco

    Andrés González. El Fallecido era Facundo Nahuel González. No sé qué función cumplía

    Fátima Mansilla, porque yo visitaba al chiquito y me iba. No he llegado a compartir fiestas

    con Daniela y los chicos porque ella no me lo permitía desde que nos habíamos separado.

    Yo no le paso dinero por mi hijo porque gano muy poco. Nunca la he visto en mi vida a

    María de los Ángeles Verón, ni en fotos. Desconozco si Daniela llevaba chicas a trabajar

    como prostitutas o coperas a otra provincia, siempre ha sido mujer de la casa. Nunca fui a

    La Rioja; nunca trasladé mujeres a La Rioja ni a ninguna otra provincia. Sólo me dedico a

    ser mecánico, no tengo relación con mujeres que trabajan como prostitutas o coperas. A la

    vista de foto de fs. 1.845 y 1.847, nunca la vio.; de fs. 1.848, en esa foto se encuentra mi

    hijo Franco Andrés, mi señora Daniela Milhein, la nenita en brazos de mi señora es una

    vecina, y yo; fue tomada en el barrio FEPUT. He vivido en el barrio FEPUT hasta el año

    2001; en la casa vivían mi mujer, la hija mayor de mi señora, el chiquito Franco Andrés

    González y la chica que lo cuidaba, Cristina. Nunca vi movimientos de mujeres que iban a

    conversar con mi esposa; únicamente conversaba con mi vecina. Y salía de mi casa a las

    ocho de la mañana y volvía a las doce y media, a las cuatro de la tarde y volvía tipo ocho y

    media a nueve. No conozco a ninguna persona que se domicilie en La Rioja. No conozco a

    ningún policía de apellido Catalán; en realidad era mi papá el que trabajaba más con gente

    de la policía a la cual se le arreglaba autos. No conozco a ninguna persona que trabaje en

    la Maternidad; conozco al médico Aldo Feller que es el que atendió a mi señora, después

    no conozco a ningún otro médico. Conozco a los hermanos de mi señora aunque no los

    veía mucho porque ella andaba peleada con ellos, y con mi suegra no me llevaba bien. Sí

    conozco a una chica de apellido Huerta porque es mujer del hermano de mi señora; con

    ella tenía poca relación, de saludo y nada más. Tengo conocimiento que ella – Daniela

    Milhein – la ha llevado – a Fátima Mansilla – al Carrillo a hacerla ver porque estaba

    enferma. Yo iba al domicilio de Remedios de Escalada al 50, ahí vi a Fátima Mansilla que

    trabajaba allí. Esta madrugada, aproximadamente a las dos, me llevaron a una oficina de

    adelante y me pusieron frente a una chica medio rubia y el señor Tobar me preguntó si la

    conocía, yo le digo que no, ella también dijo que no, y después nos volvieron a llevar al

    mismo lugar, y ahora que la vi salir es la misma chica que trajeron hoy.

    4.2. Ampliación producida en el debate el 21 de oct ubre de 2012 manifiesta:

    niego la causa imputada, no tengo nada que ver, a Marita Verón nunca la vi en mi vida.

    Nunca fui remisero sino toda mi vida mecánico. La Sra. Trimarco dijo que yo era un pobre

    infeliz y que en esto no tenía nada que ver. Por esta causa perdí familia y trabajo.

    03.05. DOMINGO PASCUAL ANDRADA.

    5.1. Inicialmente se abstiene a declarar en el debate y se incorpora por su lectura

    la declaración del 4 de noviembre de 2002 en la Fis calía de Instrucción de la 8°

    Nominación, obrante en el cuerpo 3, fojas 429/430: a ninguna de las personas

    mencionadas la conozco. No hago ejercer la prostitución; trabajo en la policía de la

  • 25

    Provincia de La Rioja con el cargo de agente; los locales los conozco por la labor que yo

    hago; los dueños no los conozco. En la actualidad estoy trabajando bajo sumario

    administrativo. Mi último destino es la Comisaría Quinta, de calle Antártida, capital de La

    Rioja.

    Vine a la provincia de Tucumán a llevar a una Señora de nombre Norma para que

    haga show bailable en el boliche Candy; esto me lo encargó el señor Carlos Luna o Luján;

    yo lo conozco por Carlos; yo no sé si es propietario de Candy; lo conozco de la calle; él me

    encargó que viniera a buscar; me dio la dirección que ella dio para eso. Ya vine en otras

    oportunidades a buscarla a Norma como ella no se quería ir porque tenía que cobrar un

    sueldo de jefas y jefes de familia en Simoca. No conozco la forma en que se organizan los

    prostíbulos mencionados. No cobré comisión por buscar a Norma, sino que el tal Carlos

    pagó los gastos ocasionados ya sea personales, alojamiento y comida. Vine en colectivo.

    Yo tuve una gresca, creía que me estaban por asaltar dos personas; descubren que

    yo tenía el arma reglamentaria, me dicen: “conque andas calzado hijo de puta”, todo esto

    esta investigado por la Fiscalía 7° de estos tribunales. Esto ocurrió cuando iba caminando a

    la terminal para irme de viaje. Vine el 28 de octubre del 2002 y fui detenido el día 30.

    Estaba alojado en el Hotel Estrella, frente a la Terminal vieja. Mis superiores no saben que

    vine a Tucumán a buscar una mujer. No conozco a nadie en Tucumán que se dedique a la

    prostitución. Sé por la labor que tengo, que desde Tucumán se han librado allanamientos y

    detenciones para los prostíbulos Candy, Five Star, Bienestar o Buen Estar, Caricia, el

    Desafío y Casablanca; todos sobre la ruta 38 en la ciudad de La Rioja. Desconozco si en

    estos lugares se encuentran mujeres ejerciendo la prostitución en contra de su voluntad.

    Escuché hablar de María de los Ángeles Verón por el trabajo que tengo; escuché que la

    buscaban, que la pedían los padres. Lo escuchaba en la policía de La Rioja, cuando fueron

    comisarios de acá. Nunca trabajé en procedimientos o investigaciones contra los

    prostíbulos que mencioné. Cuando no estaba de servicio hacia trabajos adicionales en

    Banco Nación o en canchas de futbol o básquet. El sumario administrativo que tengo en mi

    contra es por llegar tarde a la comisaría, incluso llegué en estado de ebriedad, y así se

    acumularon causas incluso con la mujer de un policía. Hasta que me resuelvan la situación

    estoy como pasivo, mientras tanto no presto no servicio desde como hace veinte días atrás.

    Yo no vine a Tucumán con nada raro, a esta señora de nombre Norma, la vine a llevar en

    forma voluntaria, en ningún momento la presioné.

    5.2. En ampliación, en declaración producida en el debate, el 16 de octubre de

    2012, y dijo: niego el hecho que se me imputa, no tengo nada que ver, soy inocente, los

    testigos mienten. Conocí en un bar a Carlos Luna en La Rioja, le comenté que estaba sin

    trabajo y que me trasladaría a Tucumán a ver si lo conseguiría. Luna me dice que quería

    contactar con una chica de Tucumán para un show en La Rioja, de apellido Manzur. Admito

    venir a buscarla a pesar de no conocer la ciudad de Tucumán. Acá presenté curriculum en

    varios lugares, busco a Manzur, que ya sabía de esto porque siempre viajaba a hacer show

    en La Rioja. Yo ya le llevaba el pasaje pero Manzur dice que no podía viajar por diligencias

  • 26

    en Simoca, que volviera a buscarla después. Cuando vuelvo a buscarla, me atiende la

    madre y me dice que no estaba pero que sí viajaría a La Rioja; así la conocí, pero no la

    llevé a La Rioja.

    Decido volver a La Rioja, y volviendo a la Terminal me asaltan tres sujetos por la

    espalda, me piden plata y amenazaban con puñaladas. A uno le doy una patada, otro me

    saca la pistola y me golpean en la cabeza. Aparece la policía, me detienen y me llevan al

    D2, no sé cómo se enteraron, porque nadie auxiliaba. Me secuestran la pistola y

    pertenencias, entre estas una agenda. Los números agendados eran de la provincia de San

    Juan, porque mi primera mujer e hijos, y mis hermanos son de allí. También había números

    de La Rioja, de la Casa de Gobierno y la policía. También números de mujeres, porque me

    gustan y eso no es un delito; no había ningún número de mafiosos que compraban

    mujeres. Respecto de Blanca Vides, nunca me vio, esta no me reconoció en el debate;

    mintió cuando declaró, nunca tuve auto para llevarla. También dijo que otras personas la

    habían llevado.

    La testigo Ríos no es verdad de que la haya invitado para La Rioja, no se la

    encuentra para que declare en el debate. La testigo Roxana Corpus no me reconoció en el

    debate. Soy un chivo expiatorio. Fui el primer preso por el caso Marita Verón. No conozco a

    Lidia Irma Medina ni a los imputados, con el único que estuve fue con Carlos Luna. Nunca

    avisé a Lidia Irma Medina de los allanamientos en sus locales, porque yo sólo era agente y

    no sabía lo que saben los comisarios, nunca participé en los allanamientos, porque lo

    hacen fuerzas especiales. No pude olvidarme el uniforme en una whiskería, porque no

    podría haber ido a trabajar; no existió el uniforme. Por eso no está en el juicio. Nunca la vi

    ni tuve contacto con Marita Verón, no la conozco. A esto Tobar lo conoce, como la Sra.

    Trimarco y el Sr. Verón, me vieron en la cárcel, porque hicieron contacto, no sé si tenían

    autorización. La Sra. Trimarco me preguntó por Marita, si tenía algo para decir, pero le digo

    que no, que estaba detenido por error. Trimarco me insultó y el Sr. Verón la para. Trimarco

    me ofreció ayuda si decía donde la tenían a Marita; Lidia Medina y el Chenga. Pero yo le

    digo que no los conocía. Tobar dijo que si yo no sabía nada, saldría pronto en libertad, y me

    dejó el número de teléfono para que lo hablara si me arrepentía. La Sra. Trimarco también

    escribió el número de ella, pero lo perdí. Hoy me rebusco de albañil o manejando un taxi, o

    en lo que pueda.

    03.06. CARLOS ALBERTO LUNA.

    Abstención – lectura c16 3.080/3.081: rechazo categóricamente el hecho que

    se me imputa. Yo alquilo los inmuebles donde funcionan las whiskerías, Candy,

    Candilejas a la señora Liliana Medina, y El Desafío, a José Fernando Gómez 8(a)

    Chenga. Empecé con el Candilejas hace siete años; ellos construyeron después los

    otros dos y entonces desde hace cinco alquilo el local para El Desafío, y Candy hace

    cinco y medio. Se hacen shows donde las chicas bailan, también son alternadoras,

    es decir, hacen copas con los clientes; en ninguno de los locales se ejerce la

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    prostitución, ni jamás se ejerció. Algunas de las chicas viven en los locales; yo mismo

    les alquilo las habitaciones; otras viven afuera. Los locales están abiertos todos los

    días de noche. Conozco a Derobertis porque trabajaba conmigo como encargado de

    El Desafío.

    A Andrada lo conozco en un boliche tomando y entonces esa vez yo le pido un

    favor que me buscara algunas chicas para hacer show. Eso fue cuando justo él viajó

    para acá y quedó detenido por esta causa; de allí no lo vi más. Yo sabía que era

    policía; me contó que unos días le habían hecho un sumario y que necesitaba un

    trabajo.

    Conozco a María Azucena Márquez porque ella trabajaba como encargada en

    los tres negocios y hace dos años y medio se retiró del ambiente. Me enteré de este

    tema por los medios periodísticos. Jamás se privó de la libertad a ninguna chica;

    todas las que van son en forma voluntaria y sus propios medios. No conozco a

    ninguna chica de apellido Manassero y Romero. Las chicas arreglaban con los

    encargados. Soy soltero, pero tengo un hijo con Paola Gaitán; fue una relación

    pasajera; fue hace seis años; le paso la manutención todos los meses; quinientos

    pesos; algunas veces si se enferma el chico o necesita otras cosas, va al local a

    pedir dinero, pero no entra, desde la puerta nomás; jamás trabajó en ninguno de los

    locales, es ama de casa; ella habla con el contador de las firmas y él está autorizado

    a pasarle la pensión. A la vista de las fotos de fs. 354 y 2.458, nunca la vio a la

    chica. El Chenga iba algunas veces al negocio a ver el inmueble o cuando había que

    hacerle alguna refacción. Nunca vine a Tucumán. También Liliana Medina algunas

    veces iba a los locales. Yo sé que Gómez y Medina no tienen nada que ver en este

    tema. Soy totalmente inocente de este hecho que se investiga.

    En el Debate: Quiere aclarar que está trabajando en blanco en la Empresa

    Arce Bus, chofer de colectivos, empresa de La Rioja. Antigüedad 4 años, percibe

    $2.500 más horas extras. Atento al ejercicio del derecho de abstención, se agrega su

    declaración de fs. 3080, que es incorporada por su lectura.

    03.07. JOSÉ FERNANDO GÓMEZ (“CHENGA”).

    03.07.01. Se abstiene de declarar al inicio del Debate, se in corpora por su

    lectura su declaración del 7 de noviembre de 2003 e n la Fiscalía de Instrucción

    de la 8° Nominación, cuerpo 12, fojas 2245/2246: me crie en el ambiente; mi vieja

    se prostituía para criarnos a mí y a mi hermano, de ahí que conozco el ambiente,

    cómo se maneja el tema whiskerías, como se denomina allá el término alternadora.

    De chico salíamos a pedir comida, después mi vieja puso una verdulería, vendía

    frutas en la calle. Cuando tenía trece años empecé la actividad deportiva, corría en

    motos hasta los dieciséis años; después mi actividad era comprar y vender cosas,

    tenía una panchera fuera del local Candilejas. Últimamente compro y vendo autos;

    viajo a Buenos Aires a comprar ropa, y tengo el alquiler de la propiedad donde

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    funciona El Desafío. Eso se hizo comprando primero los terrenos y después se

    empezó a alquilar y se fue agrandando a medida de las necesidades. Con este tema,

    yo nunca vi a la mina; me enteré por los medios que me buscaban. En La Rioja se

    escuchaban rumores que estaba en Salta, en Córdoba. Yo nunca fui dueño de

    ninguna whiskería; soy totalmente inocente de esto. Mientras trabajaba, juntaba para

    ayudar a mi vieja. El terreno de mi vieja donde funciona el local Candilejas lo obtiene

    ella con esfuerzo, y yo a la otra propiedad la obtengo también con mi esfuerzo y

    trabajo.

    Le alquilo la propiedad donde funciona El Desafío a Carlos Luna, que está

    haciendo funcionar el local como whiskería, los papeles los tiene un contador, todo

    está debidamente documentado. Hacen un allanamiento el año pasado; me doy

    cuenta que me buscaban con otro nombre. En todo momento estuve en La Rioja; en

    un momento viajé a ver a mi papá que estaba muy enfermo en Frontera, Provincia de

    Santa Fe; voy en el auto de un amigo, paso controles y nunca me dijeron nada. Mi

    abogado presenta un habeas corpus y eximición de prisión que salen bien por ello

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