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CAUSA: IÑIGO, DAVID GUSTAVO, ANDRADA, DOMINGO PASCUAL Y OTROS S/
PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD Y CORRUPCIÓN (María de los Ángeles
Verón) – Expte. nº 23554/2002 - 26/10/2012
SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 11 DE DICIEMBRE DE 2012
01. Y VISTO:
La presente causa radicada en esta Excma. Cámara Penal Sala IIa., presidida
a los fines del debate por el Dr. Alberto César Piedrabuena, e integrada por los Sres.
Vocales Dres. Emilio Herrera Molina y Eduardo Antonio Romero Lascano; seguida en
contra de:
01.01. LISTA DE IMPUTADOS:
(1) HUMBERTO JUAN DEROBERTIS, 60 años, DNI nº 10.028.945, argentino,
nacido el día 8 de enero de 1952, ciudad de La Rioja, hijo de María de Jesús
Reinoso y de Humberto Derobertis, soltero en pareja tiene tres hijas mujeres, dos
nietas, una de las hijas sufre de una incapacidad motriz desde hace años, que
originó 7 operaciones de columna, con cuidado permanente a cargo de su pareja. Es
perito mercantil, empleado, vende materiales de construcción, con ingresos
mensuales estimativos de $2.500 a $3.000 mensuales; tuvo otras actividades
laborales. Se domicilia en Islas Orcadas nº 1079, Barrio de La Rioja. No tiene
antecedentes penales, tuvo un accidente cerebro vascular hace cuatro años, sin
adicciones, carece de propiedades. Defensor Oficial Dr. Hernán Molina.
(2) JOSÉ FERNANDO GÓMEZ, alias “Chenga”, 30 años, DNI nº 28.582.170,
argentino, nacido el 3 de noviembre de 1981, en San Francisco, Córdoba, su familia
originaria de Santa Fe, hijo de José Gómez y de Lidia Irma Medina; soltero, en
concubinato con Sandra Brizuela, con cuatro hijos, comerciante en el rubro de
carnicería, con ingresos de entre $1.800 a $2.000, domiciliado en Benjamín Matienzo
998 de La Rioja. No padeció enfermedades graves, ni tiene adicciones, carece de
antecedentes penales, tiene un inmueble que fue objeto de la fianza impuesta;
estuvo preso en Tucumán y en La Rioja. Defensor Dres. Carlos Humberto Posse y
Jorge Cáceres.
(3) MARÍA AZUCENA MARQUEZ, DNI nº 20.953.200, argentina, 42 años,
nacida el 04 de septiembre de 1969 en la provincia de San Juan, hija de José
Bonifacio Márquez y de Carmen Morales, soltera, con cuatro hijos de entre 24 y 4
años de edad (el menor con dolencias cardíacas); sus hijos trabajan, no está en
pareja actualmente, ama de casa, y trabaja en servicio doméstico, percibiendo entre
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$700 a $800 mensuales. Instruida, domiciliada en la calle San Nicolás de Bari 280, -
antes Pelagio Luna nº 39 -, Barrio Mataderos, La Rioja ciudad capital. Sin
antecedentes penales, no tuvo enfermedad grave; no es propietaria. Defensor Dr.
Sergio Gustavo Pérez.
(4) LIDIA IRMA MEDINA, (a) Liliana, 56 años, DNI nº 12.955.597, argentina,
nacida el 23 de noviembre de 1956 en Carlos Pellegrini, Santa Fe, hija de Luis
Santiago Medina (fallecido) y de Zulema Beatriz Ceballos (viuda), soltera, con 9 hijos,
y sin pareja actual, ama de casa, y la ayudan sus hijos; educación primaria.
Domiciliada en calle Benjamín Matienzo y antes en calle Chilecito casa 98, Barrio
Joaquín V. González de La Rioja. Sin antecedentes penales, sin adicciones, y sin
inmuebles. Defensores Dres. Carlos Humberto Posse y Jorge Cáceres.
(5) DANIELA NATALIA MILHEIN, DNI nº 22.451.533, nacida el 4 de enero de
1972, hija de Mercedes del Valle Gignone y de José Hermelindo Milhein, ama de
casa, domiciliada en Remedios de Escalada nº 50 de Yerba Buena. Defensor Oficial
Dr. Hernán Molina.
(6) ANDRES ALEJANDRO GONZALEZ, DNI nº 23.451.533, argentino, nacido
el 25 de diciembre de 1973, hijo de Antonio Rodolfo González y de María Isabel
Santillán, casado y separado de Daniela Natalia Milhein, tuvo dos hijos y uno
fallecido. Mecánico, trabaja para el padre, con ingresos mensuales de $1.800, cuarto
año de la escuela técnica, sin antecedentes penales, ninguna enfermedad grave o
adicción. No es propietario de inmueble. Vive con su nueva pareja con la que tiene
otro hijo. Domiciliado en manzana J, block 6, departamento 2 de Barrio Oeste II, San
Miguel de Tucumán. Defensor Oficial Dr. Hernán Molina.
(7) DOMINGO PASCUAL ANDRADA, DNI nº 22.642.877, argentino, nacido el
2 de abril de 1972, hijo de Anselmo del Carmen Andrada y de Inés Margarita
Fernández - ambos fallecidos -, casado, instruido, de ocupación policía de la
Provincia de La Rioja; domiciliado en Aimogasta 120, de la misma provincia.
Defensora Oficial Dra. Marta Toledo.
(8) MARÍANA NATALIA BUSTOS, DNI nº 22.740.992, argentina, nacida el 18
de noviembre de 1972, hija de Elsa Sequeira y de Víctor Daniel Bustos, soltera, tiene
un hijo de once años de José Fernando Gómez, cobra un plan y vende cosméticos,
sus ingresos ascienden a $1.500 mensuales, terminó la primaria, no es propietaria,
sin haber padecido adicción, domiciliada en la calle Chilecito nº 102 de La Rioja.
Defensores Dres. Carlos Humberto Posse y Juan Carlos López Casacci.
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(9) CARLOS ALBERTO LUNA, 39 años, DNI nº 23.352.883, argentino, nacido
el 21 de julio de 1973, hijo de Raúl Enrique Luna y Olga Diega Arias, domiciliado en
Rolando de la Vega 40, Barrio 12 de junio, La Rioja. En concubinato con Cynthia
Paola Gaitán, chofer de colectivo, cobra por día, enterando $2.300 mensuales
aproximadamente; con relación de dependencia, - empresa de esa provincia -, Arce
Bus. Cursó 2º año de la secundaria, sin antecedentes penales, ni enfermedades
serias. Estuvo detenido 3 años y 3 meses, en la provincia de Tucumán y en La Rioja.
Defensores Dres. Roberto Eduardo Flores y Luis Acosta.
(10) CYNTHIA PAOLA GAITAN, 33 años, DNI nº 26.555.688, argentina,
nacida el 25 de mayo de 1978, en La Rioja, Capital; hija de Francisco Faustino
Gaitán y Teresita Torres, soltera, ama de casa, domiciliada en Rolando de la Vega
40, La Rioja, - antes en Marcelo T. de Alvear 58, Barrio 12 de junio, de la misma
provincia -: Ama de casa, dos hijos, con estudios primarios completos, sin
antecedentes penales, ni enfermedad, pero sufre de parálisis en la pierna. No es
propietaria, estuvo detenida unos días por esta causa, su hijo de 3 años de edad
queda al cuidado de su abuela. Codefensores Dres. Roberto Flores y Luis Acosta.
(11) GONZALO JOSÉ GÓMEZ, DNI n° 28.582.189, alias “El Chenguita”,
hermano mellizo de José Fernando Gómez. Domiciliado en Benjamín Matienzo 938,
de La Rioja. Casado con Paola Verónica Ceballos, con cuatro hijos, actualmente está
desocupado y hace changas, percibiendo un ingreso de $1.000 mensuales. Primaria
completa, careciendo de antecedentes penales, y sin enfermedad. Adicto de cocaína,
sin tratamiento, no tiene propiedades. Defensor Dr. Carlos Humberto Posse.
(12) VÍCTOR ÁNGEL RIVERO, DNI n° 22.150.258, 40 años, nacido en la
provincia de Salta, vivió en Bolívar 1845, domiciliado actualmente en Diagonal Sur al
100 de Yerba Buena. Casado, con tres hijos, de ocupación remisero y mecánico
dental, por cuenta propia, ingresos entre $3.500 a $4000 mensuales. Con tercer año
de la secundaria, en su niñez sufrió de convulsiones, sin secuelas, sin adicciones. Es
propietario de una casa y no tiene vehículos. Dr. Sergio Morfil.
(13) MARÍA JESÚS RIVERO, DNI n°17.549.305, 46 años, nacida en Orán,
Provincia de Salta, desde 1999 reside en Yerba Buena, Pasaje Santa Cruz 245,
antes residía en la Capital Federal. Está en pareja, un hijo, comerciante del rubro
taxis, antes remises – Remisería Cinco Estrellas -, ingresos en la actualidad
fluctuantes, educación terciaria. Sin tiene antecedentes penales, ni enfermedades, ni
adicciones. En la actualidad solamente posee una camioneta porque fue vendiendo
sus vehículos, estima sus ingresos entre $6.000 y $7.000, es propietaria de la
vivienda donde vive. Defensor: Dr. Cergio Morfil.
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01.02. IMPUTACION: ELEVACIÓN A JUICIO.
01.02.01. Consistiendo la imputación de acuerdo al Requerimiento de
Elevación a Juicio, los Autos de Elevación a Juicio y los alegatos del Ministerio
Público Fiscal en lo siguiente:
01.02.02. Conforme el requerimiento de elevación a juicio de la Sra. Fiscal
de Instrucción de la 6ª Nominación de fecha 8 de noviembre de 2004 (cuerpo 23, fs.
4533 a 4537): imputa los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (art.
142 bis inciso 1° Código Penal) y promoción de la prostitución (art. 126 del Código
Penal), en concurso ideal (art. 54 del CP) y que resulta del siguiente hecho: el 3 de
abril del 2002 en horas de la mañana, personas indeterminadas, en la intersección
de calles San Martín y Paso de los Andes de esta ciudad, suben a María de los
Ángeles Verón, en contra de su libertad, a un automóvil Fiat Duna, trasladándola a
las casas ubicadas en Barrio FEPUT y Remedios de Escalada de la Ciudad de Yerba
Buena, donde Daniela Natalia Milhein y Alejandro José González la mantienen
privada de su libertad, y luego la envían a la ciudad de La Rioja para ejercer la
prostitución en los locales Candy, Candilejas y el Desafío. Donde Juan Humberto
Derobertis, María Azucena Márquez, Lidia Irma Medina, José Fernando Gómez,
Mariana Natalia Bustos, Cintia Paola Gaitán, Carlos Alberto Luna y Domingo Pascual
Andrada, la mantienen privada de su libertad y la obligan a ejercer la prostitución; sin
que a la fecha, María de los Ángeles Verón sea habida.
01.02.03. Por otro lado el auto de elevación a juicio del Sr. Juez de
Instrucción de la 4ª Nominación del 30 de junio de 2005 (cuerpo 38, fs. 7504 a 7507):
respecto de Víctor Ángel Rivero, María Jesús Rivero y Gonzalo José Gómez
(“Chenguita”) imputa los mismos delitos describiendo el hecho de la siguiente
manera: que el 3 de abril del 2002 a la mañana personas indeterminadas, en la
intersección de calles San Martín y Paso de los Andes de esta ciudad, suben a María
de los Ángeles Verón, en contra de su voluntad, a un automóvil Fiat Duna,
presuntamente conducido por Víctor Ángel Rivero, trasladándola a casas de Barrio
FEPUT y de calle Remedios de Escalada de Yerba Buena, donde Daniela Natalia
Milhein, Alejandro José González, María Jesús Rivero y Víctor Ángel Rivero la
mantienen privada de su libertad y la envían a la ciudad de La Rioja con fines de
prostitución a los locales Candy, Candilejas y el Desafío. Donde Juan Humberto
Derobertis, María Azucena Márquez, Lidia Irma Medina, José Fernando Gómez
(“Chenga””), Mariana Natalia Bustos, Cintia Paola Gaitán, Carlos Alberto Luna,
Domingo Pascual Andrada y Gonzalo José Gómez (“Chenguita”) la mantienen
privada de su libertad y la obligan a ejercer la prostitución; sin que a la fecha, María
de los Ángeles Verón sea habida.
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02. CUESTIONES:
02.01.01. El Tribunal por unanimidad fija las siguientes cuestiones, que
consisten: 1° Cuestión: abarca las cuestiones procesales que se dejaron para
definitiva, nulidades y exclusiones probatorias. 2° Cuestión: existencia del hecho y
autoría de cada uno de los imputados. 3° Cuestión: en su caso, calificación legal a
otorgar a los hechos probados. 4° Cuestión: en su caso, pena a aplicar a los
imputados conforme a la calificación legal e imposición de costas. 5° Cuestión: en su
caso Acción Civil. 6° Cuestión: regulación de honorarios.
02.01.03. PRIMERA CUESTION: Nulidad y exclusión pro batoria de las
Actas judiciales de declaración como imputado de Go nzalo José Gómez de fs.
2113 a 2115, y su ampliación de fs. 2136.
El Dr. Roberto Eduardo Flores, por las defensas de Gonzalo José Gómez y
Cintia Paola Gaitán, con adhesión del Dr. Luis Acosta, por la defensa de Carlos
Alberto Luna, en sus conclusiones expresadas al final del debate; introduce el
planteo de nulidad contra el Acta de Declaración como Imputado de
Gonzalo José Gómez y su ampliación, producidas en la investigación fiscal
preparatoria (cuerpo 11, fs. 2.113/2.115 y 2.136) con efectos sobre los actos en su
consecuencia. A su vez, la impugnación se extiende invocando la exclusión, como
elemento probatorio, del contenido de tales actuaciones, en cuanto informa datos
incriminatorias sobre los otros acusados.
En sustento del planteo defensivo se alude a que: 1) Dichos actos judiciales
se llevaron a cabo cuando Gonzalo José Gómez se encontraba privado de libertad
en la presente causa, por detención policial ilegal producida con anterioridad, el 24
de octubre de 2003 en la ciudad de La Rioja, continuando en tal condición ya en
sede judicial de esta ciudad de Tucumán. De lo que da cuenta el resultado de sendos
habeas corpus efectivos resueltos, primero por sentencia del tribunal de la Cámara
Tercera en lo Criminal y Correccional de la ciudad de La Rioja de fecha 30 de
octubre de 2003; y luego por la del tribunal Sala Cuarta de la Cámara Penal de
Tucumán de fecha 03 de noviembre de 2003; traídos como prueba instrumental al
debate. 2) La primera declaración judicial como imputado producida el 28 de octubre
de 2003 (cuerpo 11, fs. 2.113/2.115) por una parte, adolece del defecto de una
información de manera genérica del hecho atribuido; y por otra parte en la
declaración, Gonzalo José Gómez, proporciona datos incriminatorias sobre su madre
– Lidia Irma Medina - y su hermano – José Fernando Gómez; como así datos que
permiten medidas procesales contra Cintia Paola Gaitán y Carlos Alberto Luna. 3)
Respecto de la ampliación de declaración de fecha 29 de octubre de 2.003 (cuerpo
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11 fs. 2.136) impugna como acto inexistente, por carecer de las firmas del Fiscal de
Instrucción y Secretario actuantes.
Presentada así a cuestión, los pronunciamientos de sendos tribunales de la
ciudad de La Rioja y de Tucumán, dejan fuera de toda discusión la ilegalidad de la
privación de libertad de Gonzalo José Gómez al tiempo de los actos cuestionados.
Cabe entonces el interrogante si existe afectación constitucional, en la declaración
judicial como imputado, en primer lugar, derivado de aquello; es decir, encontrándose
en tal condición, se produjeron efectos que concurren a enviciar la voluntad de la
persona permitiendo de alguna manera, extraerle información incriminatoria, en
desmedro de una correcta defensa material. En segundo lugar, con el agregado de
una información imputativa defectuosa por genérica.
Para resolver esta cuestión, cabe partirse de que la nulidad es el medio para
evitar los efectos de toda actuación defectuosa por inobservancia de exigencias de
ley como condición de validez. Pero ello siempre y cuando se derive un perjuicio
concreto para el que tenga interés jurídico en su declaración. Ya ha sido dicho y es
de invariable aplicación la doctrina de la inadmisibilidad de la nulidad por la nulidad
misma. Y que, exacerbando las garantías y privilegios constitucionales, se incurre en
una incorrecta manipulación, en desmedro de su espíritu, y lógicamente del supremo
interés u orden público, con efectos en la seguridad del cuerpo social.
Dicho esto, la compulsa de la actuación atacada, contenida en el cuerpo 11,
fs. 2.113 a 2.115, muestra que la realidad es que a pesar de los vicios apuntados, no
ha ocurrido perjuicio alguno el persona de Gómez. En efecto se desprende que el
llamado a declarar responde a la atribución y tiempo del Ministerio Fiscal (art 309
CPPT). El acto ha sido conforme a los derechos que asisten y le han sido informados
al declarante (arts. 261 y siguientes, CPPTuc). Hubo asistencia y consejo técnico
letrado – el mismo Dr. Roberto Flores aquí impugnante - previo, durante y con
posterioridad. La defensa material expresada por Gómez, consistió en la negativa
sobre toda participación en el hecho incriminado; con un relato circunstanciado, que
revela conocimiento y comprensión del mismo; sin ningún dato autoincriminatorio. De
modo que no se advierte, ni ha sido expresado un substancial agravio. Lo que lleva a
tener por no exitosa la defensa que se procura.
No es mejor la suerte de la protesta sobre la ampliación de declaración de
Gonzalo José Gómez – cuerpo 11, fs. 2.136 – a base de la categoría de “acto
inexistente” en razón de la falta de firmas de los funcionarios actuantes. No alcanza
mérito la defensa en su intento. Sin entrar en las disquisiciones y diferencias entre
inexistencia y nulidad, es expresa la previsión legal sobre la suscripción del acta de
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declaración del imputado, por todos los presentes – art. 267 CPPTuc - y la
conminación con nulidad, para el supuesto de actas sin firma de funcionario
actuante: art. 137 CPPTuc. Y este defecto está en el acta mencionada; luego, la
consecuencia a la luz de dicho precepto es la invalidez procesal. Sin embargo, en el
análisis corresponde atender que se trata de una nulidad relativa, toda vez que la
falta de firma aun cuando vicio formal, no se advierte que entidad o de qué modo ha
resultado avasallada una regla constitucional de la persona sometida a proceso. No
puede soslayarse que en definitiva el acta contiene manifestaciones que de ninguna
manera afecta a Gómez; además suscripta por este y su defensor técnico. Entonces
ya en este caso, se advierte extemporáneo el reclamo efectuado al final del debate,
fuera de la oportunidad del art. 189 inc. 1 CPPTuc: hasta el plazo de citación a juicio.
Por último, no reviste relevancia lo apuntado por la defensa técnica acerca de
manifestaciones incriminatorias sobre la madre y hermano del declarante Gonzalo
José Gómez, toda vez la situación procesal de estos es consecuencia del curso de la
investigación preparatoria. Ocurriendo otro tanto respecto de Cintia Paola Gaitán y
Carlos Alberto Luna.
02.01.03. Por lo expuesto, a la PRIMERA CUESTION, e l Tribunal por
unanimidad decide por la negativa.
02.01.04. A LA SEGUNDA CUESTION:
Oídas las respectivas imputaciones iniciales, todos los acusados en sus
defensas materiales en el curso del debate y palabras finales, afirman su inocencia,
negando su intervención en los sucesos y circunstancias de su acaecimiento, como
son descriptas en la acusación base del juicio.
03. Declaración de los imputados.
Se adelanta que ninguno de los imputados ha confesado la comisión del
hecho que se les imputa es decir, haber intervenido en el apoderamiento de María de
los Ángeles Verón, su traslado a La Rioja y mantenimiento en cautiverio para ejercer
la prostitución, previo paso por las casas de la Familia González – Milhein en
Tucumán.
En audiencia de debate la defensa material de cada uno de los imputados se
expresó de la siguiente manera:
03.01. VÍCTOR ÁNGEL RIVERO.
En debate 14/02/2012. Niega haber intervenido en el hecho intimado, es decir,
no confiesa. Expresa lo siguiente: “Entiendo el dolor de la familia Trimarco, tengo tres
hijos y me asesinaron un hermano. Nunca estuve involucrado en un proceso penal.
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No tuve relación con Simón Nieva. Se quiso meter en mi domicilio porque la estaban
agrediendo a la nuera, la que se refugia en mi casa. Nunca le comentaría a Nieva
haber participado en el secuestro de Marita Verón, sino tenía relación con él.
Respecto del auto, era propiedad de mi padre, fue encontrado en octubre del 2002 y
se lo secuestró en abril 2002, nunca estuve en la empresa Cinco Estrellas. Cuando el
Sr. Nieva me involucra lo hizo en el mes de marzo del 2003, en el mes de enero me
hace una denuncia en tribunales. Por qué no lo dijo antes, si él dijo que lo sabía
desde el mes de diciembre del año anterior. Miedo a mi él no me tenía. Nunca lo
traté a Nieva, porque cuando me voy a vivir con mi hermana me dice que no tenga
relación con él, porque tenía problemas con todo el vecindario. Vivía medianera de
por medio. Yo salía a las seis de la mañana y volvía a la una de la tarde. Ya me
habían prevenido de él. Nieva tenía problemas con los vecinos: Amenazas de
muerte, lesiones graves, usurpación. (Porqué lo denuncia Nieva) anteriormente tenía
denuncias de por medio, mala relación con él. (Tipos de problemas anteriores) me
denuncia de amenazas y lesiones, yo lo denuncio de amenazas con arma de fuego.
Verbalmente de él hacia mi delante de testigos vecinos. Él decía que yo había
usurpado una casa de una hermana de él. No tengo ningún parentesco con él. No
siguen como vecinos. Cuando la nuera de él vino a cobijarse en mi casa porque la
estaban agrediendo físicamente, y él entró en mi domicilio, - yo tengo tres hijos, dos
mujeres -. El Sr. Nieva me amenazó con que me iba a hacer desaparecer el bebé,
por eso lo denuncié en la Comisaría 3º. Yo opté por retirarme de ese domicilio y me
fui a vivir a Yerba Buena con ayuda de mi hermana y de mi padre. Me acusa por robo
porque es una persona fabuladora.
No tengo relación con Rubén Ale, era el padre de mi sobrina, nunca he
trabajado con él. Quería agregar que consta que el auto lo compro en octubre y se
me acusa de abril, en esa fecha el auto no era de mi padre. Nieva le dice en su
domicilio que si no se aleja lo iba a complicar con el caso Verón. Esa señora - la
nuera de Nieva - estaba con un embarazo grande y yo le di asistencia. Había
problemas entre la nuera de Nieva, y su suegro el Sr. Nieva. Anteriormente tuve
problemas con Nieva. El hijo de Simón Nieva quiso entrar a mi casa y yo no lo dejé
entrar. Me amenazaron: ya vas a ver con quien te metiste, vas a tener problemas con
la policía. No sé porque Simón Nieva me acusaba a mí y al Sr. Ale. Siempre trabajé:
como mecánico de automotor, mecánico dental y como chofer de camión. Tuve
varios insultos de Simón Nieva y constantes amenazas. Al 3 abril del 2002, vivía en
Barrio San Eduardo, Yerba Buena, no recuerdo la calle, en el fondo de la casa de un
amigo. Trabajaba en un ciber de noche y dormía de día, el nombre del ciber marca
ASCME.
Para esa época de abril 2002, no era vecino del Sr. Nieva. Anteriormente se
domiciliaba en Orán y viene a Tucumán en 1998, separado de su primer matrimonio,
solo. Vino a vivir en la casa de su hermana; María Jesús Rivero, en calle San
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Lorenzo 1866, dos años hasta el 1999, me voy a vivir con mi hermana en Yerba
Buena, Pasaje Santa Cruz 245. Allí se queda de dos a tres años, hasta formar pareja
con María Cecilia Salcedo y se va a vivir al Barrio San Eduardo, Yerba Buena, de
Solano Vera al cerro. Allí se queda a vivir hasta que lo matan a su hermano, en
marzo de 2003. Dueños del Ciber en el que trabajaba eran los Sres. Marcelo Venecia
y Apás. Allí trabajaba de noche, desde las 20 hs. hasta las 8 de la mañana; y los
fines de semana comenzaba el viernes a las 8 de la noche hasta el sábado a las 8 de
la mañana. El Ciber estaba ubicado en la calle 24 de septiembre casi esquina 9 de
julio. Aclara que sus hijos quedaron con la madre en Salta capital.
Por otra parte empezó a manejar un taxi durante un mes y medio, paró la
actividad cuando se fundió el motor. El automotor era del padre, y lo trabajaba en la
ciudad de San Miguel de Tucumán. Yo trabajaba con ese vehículo, no estaba en
buen estado, lo trabajé muy poco, se fundió, viajaba en el 102. Acta de fs. 3356.
Cónyuges Herrera. 16/3/2004. Se le exhibe un Boleto de Compraventa de fs. 3789 y
afirma que nunca lo vio. Describe que al tiempo de manejar el auto, nunca le pidió a
su padre los papeles del auto, porque él había quedado depresivo por la muerte de
su hijo. A las personas que hacían el viaje les decía que no conocía la ciudad, soy de
Orán necesitaba trabajar para mis hijos. Afirma que siempre trabajó por medios
propios, nunca para Ale ni para Alejandro González. No conoce a los siguientes
imputados: Milhein, Gómez, Medina, Natalia Bustos, María Azucena Márquez, José
Gonzalo Gómez, Andrada, Luna ni Gaitán de La Rioja. Respecto de un tal Ponce
canchero del club San Martín en el 2002, no lo conoce, no recuerda. A los hermanos
Cura no los conoce. A Pablo Milhein no lo conoce. A pesar de ser remisero no
conocía mucho la ciudad.
Con respecto al Fiat Duna color blanco, patente CNQ 084, fue secuestrado y
le hicieron las pericias pertinentes, lo retiró mi padre, todas las pericias dieron
negativas sobre cabello y sangre de los asientos. La propiedad que allanaron en
calle Bolívar 1837 es propiedad de su hermana. Había un casero de apellido Ponce
en la misma. Solía vivir en ese domicilio pero me mudé porque había comenzado a
construir una pequeña casa. Nunca he salido de la Argentina. Nunca tuve ningún tipo
de denuncia. Nunca tuve denuncias por secuestro de personas. Recuerda que su
hermana le encargó trabajos de pintura, herrería o electricidad en su casa. No trabajó
en la remisería de su hermana, porque su auto no estaba en condiciones, en
consecuencia trabajaba por cuenta propia con dicho vehículo, no obstante su estado
y no cumplir con los reglamentos. Asegura mantener buenas relaciones con su
hermana, prestándose mutuo apoyo. Nunca tuvo arma de fuego alguna, es así que
no se encontraron cuando hicieron allanamiento de su domicilio.
Comienza a ser vecino de Simón Nieva, después del homicidio de su
hermano, aproximadamente en marzo del 2003. No recuerda que hizo el 3 abril de
2002. Seguramente estaba descansando para trabajar en la noche, tenía la cédula
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verde del auto que correspondía a su padre y con eso circulaba. El padre se lo pasó
porque estaba en un foco depresivo. El auto era un Fiat Duna, piensa que original
blanco de fábrica, sin logotipo de las Cinco Estrellas. Circulaba con la cintita en la
antena. Nunca le propuse nada a Simón Nieva, nunca quise comprar los asientos a
Nieva de otro vehículo, porque nunca tuve relación con este. No le cambie ningún
tipo de asiento al vehículo, a partir de octubre de 2003. Sabe que las pericias dicen
que los asientos no fueron removidos y son los originales. Trabajaba de noche en los
pubs en lugares bailables. En el ciber era trabajo de mostrador. El vehículo
funcionaba a gas y en pésimas condiciones, con una banda elástica en el capot,
andaba con una caja de herramientas, no recuerda el kilometraje, el motor estaba
fundido. No conoció a David Iñigo ni a María Irene Nieva, solo sabe que fue
denunciado por esta y por Nieva padre.
03.02. MARÍA JESÚS RIVERO.
En debate 14/02/2012. Niega la imputación de autoría e intervención como
instigadora o mandante del hecho intimado.
Sobre mi situación económica, vendí el último taxi entre los años 2009 y 2010.
En el año 2005 cedo mi parte en el negocio de remis al Sr. Rubén Ale. En 1988 llega
a Tucumán procedente de Orán, a estudiar Fonoaudiología. En 1989 conoce a
Rubén Ale padre e hijos y formó pareja con Rubén Ale con quien tuvo un hijo. Tuvo
una empresa de remisería desde 1999, en la que trabajaba largas horas, con
problemas de accidentes, choques, robos, robos violentos. En el año 2005 se
desvincula de dicha empresa pasando a tener una vida más tranquila. Nunca conoció
a dueños de prostíbulos, no tiene ningún tipo de experiencia en ese rubro. No se
considera delincuente de ninguna forma. De la causa hay muchos detalles que le
llaman la atención: la declaración de la Sra. Trimarco que reconoce la voz de su hija
– Marita Verón – por teléfono y luego la confunde con la voz de su hijo (“yo
reconozco la voz de mi hijo…” dijo). No se investiga la infinita amistad de la Sra.
Trimarco con el Sr. Vallejo. Tampoco se profundiza la pesquisa relativa a un identikit
que realiza un sargento del ejército, que relata que ve a Marita Verón caminando por
el Arsenal y subiendo a una moto que la lleva con destino desconocido, cuyo
conductor era de fisonomía similar a Adrián Catalán.
Tampoco se corrobora las declaraciones de Micaela Sol Catalán sobre un
incidente que presenciara ella de su madre con ropa interior y su cuñado Adrián
Catalán, en el que Marita Verón lo golpea. No es investigado.
Asimismo, no se investiga la relación de Marita Verón con el Dr. Rojas, un
médico peruano que la asiste en la maternidad, relacionado con el empleado Ardiles,
este es el último contacto con ella y no es investigado. Luego viene la declaración du
un vendedor ambulante en el jardín semillitas, pero nunca se habló de la búsqueda o
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la investigación en el colegio. Así se menciona que ella sale del colegio caminando y
que la ven ascender a un Renault rojo clarito, luego ¿Quién la sube? ¿Es golpeada?
Sobre todo para poder limpiar el nombre mío y de mi hermano. Las
declaraciones de una Sra. de Bella Vista que la ve deambulando a María de los
Ángeles por el hospital varios días, pero no la ayuda. ¿Si yo encuentro alguna hija de
un amigo y le pregunto qué te pasó?
A la familia Verón no la conocía, nunca vi a la Sra. Trimarco, a ella la conocí
en la remisería, porque fue a pedir ayuda en la búsqueda de su hija, a fin de colocar
las fotos de Marita en los autos. Le preguntó de la policía, me dice que no le estaban
dando bolilla, de su yerno me dijo que era un basura y un vago.
Con respecto a Simón Nieva es totalmente falsa la imputación a su hermano y
a ella misma. El mismo Nieva tuvo diversas denuncias. Simón Nieva le hizo una
propuesta para vender una propiedad del Sr. Pérez, como era interesante pensaron
en comprarla para el hijo, sin embargo Simón Nieva la había alquilado a un
usurpador. La relación con el Sr. Nieva era mala, puesto que amenazaba con motivo
de la salida de los niños de un comedor estudiantil, que instaló la imputada en un
galpón. Incluso considera que Nieva logra su cometido de hacer cerrar el comedor
estudiantil ubicado en la calle Bolívar. Por ello le pedí a mi hermano que se mudara
al galpón y que no tuviera relación con Simón Nieva.
Hice una conferencia de prensa sobre estos sucesos, de acuerdo a la Sra.
Trimarco, yo sería una persona tan poderosa o tan fuerte como para manipular al
Jefe de Policía, un agente o un juez, cuando jamás tuve acceso a la causa, Ellos – el
matrimonio Verón – llevaban datos a la remisería como por ejemplo la pista del
acceso norte o del Chañar, y de otros lugares, y ahí salían los autos de la remisería a
buscar. Me llama la atención el dolor de la Sra. Trimarco, quien cambia su concepto
de mí a partir de los dichos y falsas denuncias del Sr. Nieva, quien tiene más
antecedentes que mi hermano y yo, diferentes causas con diferentes personas, esto
está en el expediente.
Conozco a la Sra. Milhein porque ella tuvo un hijo con Rubén Ale después de
que me separara del mismo. Nieva es un mitómano que quería mi propiedad.
Durante más de diez años de investigación jamás ha salido ninguna prueba que nos
pueda vincular con prostíbulos, dueños, etc. No salí del país, solo a Chile, a Brasil y
a Bolivia, yo nací a cincuenta kilómetros. En las investigaciones de Tobar y Trimarco
nunca apareció el nombre Rivero.
Cada visita del Sr. Verón en la época que colaborábamos nos significaba más
de $2.000, le daba dinero al Sr. Verón a veces le daba 100, 70, 700 inclusive le
compré un par de neumáticos para su auto. ¿Por qué no se investigaron otras
pistas?
La Sra. Rivero reitera que vino de Salta en 1988 para estudiar fonoaudiología,
y es instructora de educación física. Concurre a la Fiscalía de Instrucción a fin de
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ponerse a disposición de la investigación. Recuerda que la Sra. Trimarco llegó a la
remisería llorosa a pedir ayuda. Le recomendó a la misma que acudiera a la prensa.
Reconoce que hubo un convenio entre ARUT y el gobierno de Julio Miranda a raíz de
la tremenda ola de asaltos que sufrían los taxistas, incluyendo la muerte del remisero
Cisterna. Los remises tenían comunicación rápida con su central y ésta con la
policía. A posterior del asesinato de Cisterna se hace el convenio y posteriormente
ocurre la desaparición de Marita Verón.
La remisería la inauguramos en diciembre de 1995, en 1999 se separa de
Rubén Ale y es a partir del 2005 corta la relación comercial, vendiendo los últimos
taxis en el año 2010.
La acusación en su contra se inicia por Simón Nieva, antes eran trascendidos
de la prensa, ya no era un Renault, ya no era un Duna blanco, era un Duna rojo.
Antes de estos hechos, no conocía a la familia Verón. Fue a través del Sr. Fredy
Auteri que se contactaron. Desconoce porque el sobrenombre de “Pintura” Verón al
Sr. Daniel Verón. En los afiches que se colocaban en los remises, no figuraba su
celular ni el teléfono de su casa u oficina. No recibió ninguna llamada de prostíbulo o
de la penitenciaria. Existe la posibilidad de que Marita se haya separado de su
marido, porque la madre de Marita – la Sra. Susana Trimarco – llamaba a su yerno:
este vago, este atorrante, nunca se preocupó, nunca le dio ningún apoyo a su nieta.
El matrimonio Verón se oponía a que David Catalán visitara a Marita, consideraban
que era una cuestión moral por los dichos que se había dado un par de besos con un
hombre. Habría problemas con el padre de Marita, vayan ustedes yo voy a ir
después. En la pista del Chañar, había una calle paralela al cañaveral, una casita, un
cuidador, todos decían que escuchaban alguien que lloraba, siempre los datos eran
traídos por el Sr. Verón. La enfermera Palavecino, encuentra una persona parecida
Marita Verón. La conoció a Daniela Milhein, ya respondió, ninguna relación con ella.
En relación con una empresa de taxis en Anillaco, dice que estuvo allí por la
campaña de Menem, que los taxis de esa empresa, tenían las famosas estrellitas del
logotipo. Asimismo, había un prostíbulo Five Star, pero no tenía nada que ver con
ella. Repite, que no tuvo ninguna relación con el secuestro de Marita Verón. No tiene
conocimiento de que algún empleado o los titulares de taxis hayan intervenido.
Cuando lo conocí a Rubén Ale, él trabajaba en el Mercado de Abasto.
Después supe que se trataba de la “Chancha Ale”. Yo manejaba el camión y él me
acompañaba. A su vez, éramos remiseros los dos. Todos los autos que pertenecían
a Cinco Estrellas o ARUT estaban buscando a Marita Verón. Acompañé ocho meses
a la familia Verón en su búsqueda.
Si conoce a PC y al Loco Alberto. ¿Al Sr. Eduardo Cura? Se le exhibe un
documento a fs. 3189 sobre un boleto de compraventa en el que figura como
comprador su padre. Dice que el 8 de octubre de 2002 compró el vehículo. Afirma
desconocer lo que compra o vende su padre. El documento no tiene fecha cierta.
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Tenía una Toyota. La Sra. Rivero dice que el marido de ella Roberto Dilascio es
dueño de un spa ubicado en la calle 25 de mayo al 600. Expresa tener un hijo que se
llama Ángel Ale y está sentado en el público de la audiencia. Tuvo vinculación con un
boliche llamado Macarena, en donde en marzo del 2003 lo matan a su hermano. Era
una bailanta de cumbias y cuartetos, y actuaban conjuntos como: La Nueva Luna,
Gladis y Rodrigo.
No conoce a José Fernando Gómez, Lidia Medina y Mariana Natalia Bustos.
Siguiendo con el episodio de El Chañar, el Sr. Verón se encontraba comiendo un
asado con la policía. Dejaron de darle dinero al Sr. Verón, desde el momento que
trascendió que tenía pasión por los juegos de azar y las riñas de gallo. A partir de lo
último el matrimonio Verón-Trimarco comenzaron a involucrarla en la presente
causa.
Antes de eso, la relación con los Verón era excelente. Al matrimonio no lo
acompañaba nadie. Como ya lo expresó colaboraba con los gastos de la Sra.
Trimarco. Aún no había aparecido el Comisario Tobar. Remarca, que lo lógico
hubiera sido que antes de avisarnos era acudir a la justicia. Al principio todo era muy
difuso, tal vez no se realizaban las medidas de investigación en tiempo y forma. Los
Verón se comunicaban con su oficina, a través de una telefonista y la operadora
daba las instrucciones para que los autos remises acudieran en apoyo.
Afirma que acompañaban al matrimonio en la realización de rastrillajes sin
ninguna orden judicial, debido a su pedido. En ocho a diez meses, debe haberse
reunido cuatro o cinco veces con los Verón, después de la desaparición de Marita.
Entre la Sra. Trimarco y Marita las relaciones eran buenas, no así entre la primera y
su yerno. En cuanto a la situación económica de los Trimarco, cree que era buena ya
que tenían tres casas y un negocio a cargo de Marita Verón. La Sra. Trimarco no
trabajaba y el Sr. Verón tenía un cargo en la legislatura vinculado al legislador “Gallo”
Gutiérrez. No sabe quién es la Sra. Márquez.
Allanamientos: Su casa, la oficina de Remisería Cinco Estrellas, el inmueble
de la calle Bolívar, un taller, fueron allanados por la policía. En su casa el único
elemento que se secuestra es un chaleco antibalas que había quedado de un
incidente ocurrido anteriormente entre desconocidos, en el que intervino la policía
que dejó sobre su auto el chaleco antibalas. La policía pese a sus requerimientos
nunca retiró el chaleco que quedó en su casa.
La Sra. Rivero expresa que en esa época, había comenzado a cursar
abogacía en la UNT, que estaba por preparar Introducción al Derecho.
La familia Verón también le comentó que habían recibido un llamado de Río
Gallegos de Marita, y les daba algo de seguridad pensar que Marita estaba con su
otro hijo – Horacio Verón -. Les aconsejó que buscasen a su hija en el sur del país.
Que establecieran un contacto.
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Asimismo indican que se hicieron pericias sobre el Fiat Duna blanco, con
respecto a los asientos del mismo, fue una pericia de la Policía Federal, que
concluyó que las muestras de cabello halladas en el auto no pertenecían a Marita
Verón. Afirma no conocer a Domingo Pascual Andrada.
Relata la Sra. Rivero la muerte de su hermano Pablo Palavecino, hijo
extramatrimonial de su padre, en un incidente en la bailanta mencionada. Fue una
moto que venía por la Avenida Belgrano, cuyo conductor efectuó siete disparos, uno
de los cuales impacta en el cuello de su hermano. Pablo Palavecino, sobrevive casi
24 hs. Después del incidente.
Volviendo a la familia Verón, dice que no les recomendó qué abogados podían
consultar, tampoco recomendaba a la policía o qué medidas se debían tomar y que
se limitaba a su empresa. Aclara que nunca ejerció la prostitución, que siempre
trabajó y estudió. Reitera que le entregó plata al Sr. Verón, que le compró dos
neumáticos para su auto. Hubo un cambio de actitud de los Verón, con respecto a
ella, atribuyendo a alguien de tribunales que los influenció, sin poder precisar quien
fue.
En el mes de enero de 1988 vino a Tucumán sola, para estudiar y trabajar
como profesora de educación física. Vivía en una pensión de la calle Monteagudo,
trabajaba en un lubricentro y después en una fotocopiadora. A fines de 1988, conoce
a Rubén Ale, habiendo perdido su trabajo, se van a vivir juntos. Su padre vino de
Salta a conocer a Rubén Ale. Deja de estudiar y empieza a trabajar en el mercado de
abasto, comprando legumbres y frutas. Manejaba un camión de 1990. Compran un
auto viejito, lo reparan y lo venden. En el año 1993 Rubén Ale va preso y ella se
dedica a la compraventa de automóviles usados. Luego en 1994 compra un Peugeot
que comienza a trabajar como remis. Posteriormente adquiere un 0 kilómetro con la
ayuda de un amigo. El 15 de diciembre de 1995 abren la Remisería Cinco Estrellas.
En 1991 nace el hijo en común con Rubén Ale.
Después, toda la familia viene de Orán y se radican en San Miguel de
Tucumán. Su mamá en 1990, después su papá y por último su hermano y su
hermana que en 1995 trabaja en la remisería como operadora de radio. Su hermano
Víctor, en 1998 viene separado de su señora, no quería trabajar de remisero, tenía
miedo porque no conocía Tucumán. Como ella estaba terminando de armar su casa,
él se desempeñó como capataz. Víctor estaba solo. Posteriormente conoce a la que
sería su esposa, mudándose a una casa del Barrio San Eduardo ubicado en la
Avenida Solano Vera de Yerba Buena. Allí trabaja como mecánico dental, también
hacía herrería, soldaduras y mecánica de autos. Ella no le conoció esa casa. En
2002, después de la muerte de su hermano Pablo Palavecino, su otro hermano
Víctor se va a vivir a la casa de la calle Bolívar.
En el debate amplía su declaración el 11 de julio 2 012. Entre enero de
1997 cuando fallece el remisero Luis Cisterna hasta enero del año 2000 son once los
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remiseros que fallecen en diferentes asaltos, teníamos la comunicación que no
estaban siendo útiles para preservar la vida de los remiseros. Comenzamos los
paros para exigir una mayor seguridad, mejor servicio, para que el municipio tome
cartas en el asunto y blanquee la situación de muchos remiseros. Alberto Kaleñuk se
firma ese convenio en los primeros meses del año 2000, era de cooperación
recíproca, que al tener nosotros los medios de comunicación nos faltaba el nexo de
comunicación con la policía, llamar al 101, se estableció un número de
radiofrecuencia para con el comando radioeléctrico, fue firmado un día de semana en
el salón blanco de la casa de gobierno, el convenio fue firmado por cada uno de los
dueños de los remiseros que eran miembros de la asociación. Hay una versión
periodística, convenio de reciprocidad, colaborar para prevenir los delitos, fallece
Alcocer, Estrella, Bogdanovik, disparos, puñaladas, el cuerpo del Sr. Luis Cisternas
estuvo desaparecido 10 días y fue hallado en unos cañaverales del sur de la
provincia. - estoy para contestar todas las preguntas -. Si yo me hubiese llevado a
Marita Verón, que hacen el resto de los imputados.
Ministerio Público no pregunta. Tampoco la querella ni la acción civil.
Dr. Cergio Morfil.
En el momento en que se va a firmar el convenio pueden haber sido. Llega a
un total de 18 o 19 muertos remiseros. Ninguno de los asesinados pertenecía a
remisería Cinco Estrellas.
Tribunal.
¿Cuantas empresas hay en la provincia? A partir de que desaparece Paulina
Lebos, el gobierno de José Alperovich, la cantidad de agencias en la capital eran 35
aproximadamente en la provincia llegaban a 80. Once muertos en tres años. ¿La
empresa Cinco Estrellas sufrió asaltos? Muchos, muchísimos. Se trabajaba las 24 hs
con grupos de gente, había zonas rojas, aguas corrientes, Costanera Norte, avenida
Alem al fondo,
Asociación que se forma a partir del asesinato del remisero Luis cisternas, se
formaron cuatro consultorios médicos atendidos por la Dra. Campero médico
pedíatra. Se prohibieron las agencias de remises.
La asociación eran 20 o 23 las agencias que estaban formando parte la
agencia Puma, El Sol, Asociación de Remiseros Unidos de Tucumán (ARUT),
Secretario gremial Alberto caballero.
Dr. Cergio Morfil.
¿Estaban nombrados como veedores de la ciudad? Para aclarar lo dicho por
la Sra. Susana Trimarco dice que ve un libro que le muestra el Subsecretario debe
ser el libro donde estaban estampadas las firmas del convenio. Díaz y Rubén Ale
eran enemigos prácticamente se aborrecían mutuamente. Marita Verón no está,
mentiras que se hicieron cuando Marita Verón faltaba de su casa.
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En otra ampliación el 22 de octubre de 2012 en debate dice que la Sra.
Trimarco afirmó que el hilo conductor para llegar a María de los Ángeles Verón era la
enfermera Patricia Soria, coincidiendo con declaraciones del comisario Tobar, que en
el 2004, en investigación de cruces de llamadas telefónicas surge una pista que
conducía a Marchisio, Patuleco, un tal Medina, los hermanos Catalán, a reuniones en
un taller del Barrio La Bombilla; y Trimarco acusó a Patricia Soria que le habían
pagado para entregar a María de los Ángeles. Que en estos contactos telefónicos no
surge ninguno con los hermanos Rivero. Que a los otros imputados los conoció
recién en la primera audiencia de debate. Que en el año 2003 en campaña política
Fernando Juri por amistad contrató móviles de la remisería para su campaña, pero
como Alperovich quería sacarse a los Ale de encima, en el 2004 surge el testigo
Nieva que involucraba a los Rivero en el caso Verón. Rubén Ale fue investigado pero
nunca acusado, porque no hay elementos. No tuve ninguna relación con Nieva, no lo
conocía. Su hermano Víctor fue a vivir en el galpón, con una vivienda, vecino a la
casa de Nieva que fue comprado por ella.
03.03. DANIELA NATALIA MILHEIN.
En su declaración en el debate 14/02/2012, dice que recibió muchas presiones
y siente mucho miedo. Que son cuatro hermanos, y que tiene un medio hermano. Su
hija está embarazada. Sus padres se separaron cuando ellos eran chicos, quedando
solos. Limpiando autos, conoció a Rubén Eduardo Ale, en 1989, cuando tenía 16
años. Rubén la inicia en la prostitución, ella no tenía padres. Ella era la mujer que él
hacía trabajar. Su pareja era María Jesús Rivero. Ella no quería ejercer la
prostitución, y cuando quiso dejar el prostíbulo Rubén le puso un revólver en la
cabeza. Cuando Rubén cae preso por el crimen de Salinas, ella pensó que no iba a
salir de la cárcel. El hijo en común, Yamile nació. Añade que el “Malevo” Ferreyra la
detuvo en un procedimiento y la picaneó durante cuatro horas. Entonces Rubén
decidió que yo no trabaje más. Sabía lo que era “hacer una plaza” en un prostíbulo, y
es así que, habiendo quedado en libertad, se fue a “El Altillo” en Catamarca, ya que
decidió hacer plata para ella y su hija.
En La Rioja conoció los cabarets de Candy y Candilejas (1996). También en
esa provincia conoció un hombre llamado “Patuleco” y a Lidia Irma Medina, con el
nombre de “mami Lili”. También la conoció a María Azucena Márquez bajo el nombre
de “Claudia”. Ella fue a ejercer la prostitución por cuarenta días, pero a los quince
días quiso volverse. Le fue mal allí y terminó con problemas con la Sra. Medina. Dice
que conoce a todos los integrantes de esos prostíbulos. Para salir de esa situación
tuvo que decirles que el padre de su hija era Rubén Ale, “así me pude ir”. Al llegar a
Tucumán decidió no volver a trabajar de ese modo.
Conoció a su marido Alejandro González pero no tuvo una relación firme.
Posteriormente, a raíz de un trámite en un sindicato, conoció a Alberto Sosa, 20 años
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mayor que ella, quien le propuso una relación que aceptó. Comenzó a estudiar,
terminó el secundario. Pero a la vez continuaba con la relación con su marido,
González. Aproximadamente, en el año 2000, quedó embarazada de su marido
Alejandro González, manteniendo la relación con Alberto Sosa. Su hijo nació con una
cardiopatía congénita, razón por la que fueron a Buenos Aires a la Fundación
Favaloro. Alberto Sosa tenía buenas relaciones con el gobernador Julio Miranda,
razón por la cual pudieron realizarle una intervención a su hijo - Facundo González –
quien fallece en noviembre del 2000. Buscaba tener un bebé, por lo que tuvo otro
embarazo pero la bebé nació muerta. En el año 2002 le prescribieron reposo
absoluto porque estaba nuevamente embarazada. Su hijo nació prematuro el 8 de
abril de 2002, quedando internado por un soplo cardíaco, dándole de alta a los 16
días. Le entregan su hijo, y se muda de la casa del barrio FEPUT, a una casa de
calle Sarmiento 1162, de Yerba Buena que le alquila Alberto Sosa. Posteriormente
se mudan a una casa en la calle Remedios de Escalada 50, de la misma localidad.
Recordando la estadía en La Rioja, relata que viajó con María Alejandra
Huerta, en 1996 y que las dos volvieron de La Rioja a Tucumán. Alejandra, hermana
de María Alejandra Huerta, es la mujer de Marcos Mohammed, quien es hermano de
crianza de Daniela Milhein. María Alejandra Huerta posteriormente retorna a La Rioja
y vuelve a Tucumán a raíz de un problema en el 2000. Viajan juntas a Buenos Aires.
Al regresar, María Alejandra Huerta vuelve nuevamente a La Rioja.
Cuando vivía en la casa de Remedios de Escalada 50, en Yerba Buena, se
acerca a la vivienda Fátima Mansilla, cuya madre era amiga de la suya, le confió que
era violada por un tío y que tenía problemas con su madre. En ese tiempo Fátima
Mansilla tenía 16 años. Alberto Sosa le aconseja que la presentaran en la Defensoría
de Menores por su minoridad. Allí, Fátima Mansilla describe los malos tratos y el
abuso familiar. En una oportunidad fue al cumpleaños de un hijo de mi hermano, en
Villa Mariano Moreno, en casa de mi hermana Marcela Fabiana Milhein, en esa
ocasión Fátima Mansilla le comenta que la querían secuestrar a la hija de Daniela
Milhein y al hijo de María Jesús Rivero. Es así que, con María Jesús Rivero y con
Fátima van a la Brigada. Daniela también le cuenta a Rubén Ale, el padre de la niña.
Agrega que su madre – de Fátima Mansilla – pasaba todos los meses a cobrar el
sueldo de Fátima Mansilla, quien estaba empleada cuidando a la madre de Daniela.
A los dichos de Fátima Mansilla que vio a María de los Ángeles Verón secuestrada
en su casa – señala que no entiende el porqué de la imputación.
Relata que cuando su hijo tenía un año y dos meses, Marcos Mohamed – su
hermano de crianza – le avisa que iba a haber un allanamiento en su casa y que la
iban a detener por la causa de Marita Verón, y ella no entendía por qué. Cuando su
hijo tenía un año y tres meses la detuvieron, por los dichos de Fátima Mansilla. Su
hijo más chico se quedó un tiempo con su mamá, posteriormente con su papa. En
tanto, su hija conoció a su papá de nuevo, porque ella no tuvo trato anteriormente
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con su papá, le enseñó a ser padre. Mientras, mi hijo de ocho años vivía en la casa
de su tío.
Yo estoy aquí contando todo, me pregunto por qué en ese momento el fiscal
no ha valorado mi prueba, no he tenido abogado porque era de Rubén. Nunca se me
hizo lugar a que me pueda defender. A Alberto Sosa no lo vi más, con el padre de mi
hija – Rubén Ale - tenía relaciones pésimas. He estado detenida dos años y tres
meses por este proceso. Mi casa había sido transferida cuando estaba dentro del
penal, porque me dijeron que si no accedía a transferirla la iba a perder. Quedé en la
calle y perdí todo el sacrificio de mi vida.
A la fecha de la desaparición de María de los Ángeles Verón, residía en la
calle Sarmiento 1162, de Yerba Buena. Tenía personal doméstico debido a mi estado
de salud. Una empleada. Estaba Fátima Mansilla porque mi mamá era discapacitada,
y otra empleada más. Conocí a Fátima por mi mamá, que era amiga de la madre de
Fátima. Cuando mi mamá frecuentaba mucho la casa de la madre de Fátima, yo
estaba en Buenos Aires con mi hijo. Fátima tenía 16 años y era tratada como un
miembro más de la familia, sin realizar las tareas de la casa. Nunca me cayó bien. La
otra empleada era María Laura Cejas, de 21 años de edad. Alberto Sosa les pagaba,
yo no realizaba los gastos, él se encargaba de los gastos, yo tenía seis cesáreas y
mi salud era delicada. Yo no estaba bien anímicamente, no me acuerdo cuanto le
pagaba él. Se va de la calle Sarmiento a Remedios de Escalada por falta de pago de
alquiler y por su situación de salud. Fátima y Laura Cejas vivían y pernoctaban en la
casa. Yo no les pedí que ejerzan la prostitución. Para contar tendría que seguir
declarando. Durante el mes de mayo de 2002 aparte de Fátima Mansilla y María
Laura Cejas, hubo otra persona más, - María Alejandra Huerta - aproximadamente
entre abril y mayo del 2002, volvió de La Rioja, no sé qué problemas tuvo ella en La
Rioja, somos familiares y ella ejercía la prostitución allá. María Alejandra Huerta se
alojó en mi casa de la calle Remedios de Escalada 50, de Yerba Buena, donde María
Laura Cejas trabajaba hacía 6 meses. María Alejandra Huerta le propone a María
Laura Cejas irse las dos a Río Gallegos, y se van.
Reitera que María de los Ángeles Verón nunca estuvo en su casa. Yo tengo
un hermano soltero que vivía conmigo. En cuanto a Graciela del Valle Quintana, no
vivía ni frecuentaba mi domicilio. No la veía con mucha frecuencia. La conocía por
María Alejandra Huerta. Ella la llevó un día a mi casa y me la presentó.
En mayo de 2002, la madre de Fátima Mansilla denuncia a su hija Fátima por
fuga del hogar, cuatro veces se presenta a repetir que su hija se fugaba. Ocho
meses después, denuncia el secuestro de la hija; no hay razón para que yo la tuviera
secuestrada ocho meses. Aparte de eso estaba a cincuenta metros de la comisaría
de Yerba Buena y no denunció el secuestro, ni tampoco escapó, cuando la casa
tenía como cincuenta metros de frente. Nunca la tuvo secuestrada, durante los ocho
meses que residió en su casa. La presentó en la Defensoría de Menores. Pregunta
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en ese caso, porqué Fátima no lo dijo en la defensoría, o en la jueza. Tenía 16 años
y era menor de edad.
A pregunta si porqué tenía el DNI de Noemí Garzón en su domicilio, contesta
que la pregunta le sea realizada a Noemí Garzón.
Cuenta que fue por primera vez madre a los 16 años de edad. Se abstiene de
revelar la identidad del padre del niño. Con respecto a Rubén Ale, lo conoció en una
agencia de autos y al otro día la mandó a trabajar como prostituta. Afirma que él no
le preguntó si quería trabajar como prostituta, considerando que no fueron
voluntarias sus acciones. El prostíbulo cree que se llamaba Derby, relata que Rubén
Ale ese día, fue al dueño y le dijo que me dejaba para que yo trabaje allí. Yo
trabajaba para Rubén Ale, durante seis años hasta que lo matan a Salinas en 1991 y
es detenido Ale. Ella no cobraba la plata, la cobraba Ale. Que ella sepa era la única
prostituta que tenía trabajando Rubén Ale. Este último poseía maquinitas de juego. El
Boliche Macarena no era de Ale, ni tampoco boliches o bailantas.
En cuanto a La Rioja, no lo conoció casi al Candy, en cambio si al Candilejas
que era un salón en el que había mesas y sillas, había habitaciones arriba, era un
prostíbulo. El acto sexual era llamado el “pase” desde el salón a las habitaciones.
Describiendo una jornada afirma que trabajaba 24 horas al día, aunque estuviera
enferma o le doliera la cabeza. La experiencia en La Rioja con la Sra. Medina fue
fea. Comenta que la Sra. Medina le dijo en el baño de Tribunales, en ocasión del
debate, que la busque a María Alejandra Huerta y que le solucione el caso de la
declaración de Alejandra Huerta. Mi hija entró embarazada de ocho meses, le puso
la mano en la panza. ¿Es el nombre artístico?
Describe que en el prostíbulo ella únicamente tuvo trato con la Sra. Medina.
Que no quería seguir trabajando, por lo que estuvo menos de 20 días, sin cobrar
nada. Transcurría 1996. La Sra. Lidia Medina estaba a cargo del negocio. Ella estaba
ahí, ella es la que manejaba. Cada acto sexual se registraba como pase del salón a
las habitaciones, mediante fichas. No conozco a los otros integrantes de la familia
Gómez. Sabe que Alejandra Huerta era mujer del Chenga. Se fue porque tuvo
problemas personales con la Medina, un día la golpeó en una habitación porque se
quería venir. Lidia Medina llamó a la policía de La Rioja y le llenó la habitación de
drogas, amenazándola que le iban a “hacer” una causa. Por eso ella insistió en
venirse de La Rioja. No sabe si Medina conocía a Rubén Ale, supone que sí porque
era un personaje de la noche. Describiendo su estadía, relata que dormía en
Candilejas, donde trabajaban como quince chicas aproximadamente.
Sobre la chica Huerta se presentó en su casa, porque se le había escapado al
“marido”, el Chenga Gómez. Sé que viajo la madre María Juárez, mi medio hermano
Mohammed. No sé cuál era el problema. Relata que había una chica brasileña en La
Rioja, pero después no la volvió a ver.
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Refiriéndose a la acusación de María Alejandra Huerta de que Daniela Milhein
la había obligado a ejercer la prostitución en Río Gallegos, menciona que nunca
cobró ninguna comisión por Alejandra Huerta. Agrega que María Alejandra Huerta ya
trabajaba en La Rioja y que era la mujer del Chenga Gómez.
Relata que Alberto Sosa fue con un escribano al Penal donde ella estaba
detenida. A raíz de un intento de secuestro sin especificar de quien. En la Brigada
dice que estaba con Fátima Mansilla y María Jesús Rivero. Agrega que Fátima
Mansilla cuando estaba en su casa y tenía un día libre, se iba a su casa o salía. En
cuanto a si conoce a una mujer llamada Natalia, dice que la única era la novia de su
hermano.
Relata que en cuanto a María Azucena Márquez, la vio entrar y salir del
prostíbulo de La Rioja, pero que desconoce que función cumplía.
Afirma que si conoce a Eduardo Cura y a Fabio y Natalia Cura y que esta
última era la novia de su hermano. Hermana también de Gabriela Cura. No sabe si
los nombrados conocen a María Jesús Rivero. Agrega que la única casa que tuvo fue
la del Barrio FEPUT que es la que transfirió en la cárcel. En cambio, la casa de la
calle Sarmiento era alquilada y también la de la calle Remedios de Escalada, ambas
en Yerba Buena. Fátima fue al hospital Ramón Carrillo de esa localidad, porque se
enfermó, ingresando con el nombre de Fátima Gignone. Ingreso como Gignone
porque era el apellido de mi mamá y por el cariño que le tenía a Fátima Mansilla esta
le decía tía.
Dr. Jorge Cáceres: ¿En qué circunstancias le dijeron me van a hacer cargo de
Marita Verón? Se ha cruzado el abogado y le ha dicho que ella no la conoce a la
gente de La Rioja y que la gente de La Rioja no me conoce.
Relata que el día que la detuvieron, el Comisario Tobar, el 22 o 23 de agosto
del 2003, cuando la llevan a la Sarmiento, se sienta a la par de ella y le comenta que
podía salir en libertad si lo acusaba a Rubén Ale. Estaban los dos sentados y
también se encontraba Graciela Quintana. No le consta que Rubén Ale haya
secuestrado a Marita Verón. Menciona que Fátima Mansilla dijo que iban a
secuestrar a su hijo. Relata que Huerta va a su casa diciendo que se había escapado
del Chenga Gómez, en La Rioja. Que toda su familia viajó a La Rioja y mintieron que
había muerto la abuela de Huerta en Tucumán para que la dejen ir.
Afirma que tiene 40 años de edad, que nació el 4 de enero de 1962 y que
conoció a Rubén Ale entre los años 1988-1989. En ese año se encontraba preso por
el caso de la muerte de “Los Gardelitos”. Vuelve a La Rioja de su propia voluntad, en
el año 1996 aproximadamente, ya tenía 23 o 24 años. En cuanto a la Sra. Lidia
Medina no la conocía como tal sino como “mamá Lili”.
Dice al tribunal que el Dr. Cáceres, en el cuarto intermedio de la audiencia, se
cruzó y le dijo que “yo no conozco a la gente de La Rioja y la gente de La Rioja no
me conoce a mí”.
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21
En el cumpleaños de uno de los hijos de la declarante estaba Fátima Mansilla
como invitada. Concurrió toda su familia, y figura todo esto en una grabación del 10
de octubre de 2002. También menciona que ofreció como prueba a las actas de la
Defensoría del Pueblo, cuando lleva a la menor Fátima Mansilla que realiza una
exposición ante la Dra. Cecilia Rojo.
Agrega que a Fátima Mansilla la lleva a su casa su madre porque tenía un
hermanito enfermo, esto se lo dijo a un psicólogo de la Defensoría del Pueblo.
Sobre Carlos Luna y Paola Gaitán, afirma que no los vio en La Rioja. Tampoco
vio a José Gonzalo Gómez en Candilejas en La Rioja.
En ocasión del allanamiento a su casa, cuando fue detenida, ella estaba en un
ciber. Intervinieron muchos policías, a cargo del Comisario Tobar. Ella intenta hablar
con su amante Alberto Sosa pero el Comisario Jorge Tobar le manotea el teléfono y
le dice que ya iba a saber que le iba a pasar. La policía actuó en forma muy bruta.
Añade que tuvo un problema psiquiátrico y que fue trasladada al Hospicio del
Carmen. Nunca se Drogó. No conoce a Domingo Pascual Andrada, ni lo vio en el
local Candilejas o en La Rioja. Si la vio a Azucena Márquez en ese local, un par de
veces. No conoce a Itatí.
Agrega que quedó embarazada a los quince años pero que el hijo no era de
Rubén Ale. Que cuando queda embarazada del Sr. Ale tenía ya 21 años. Fue pareja
de este último hasta que lo detienen por el ya nombrado caso Salinas. María Jesús
Rivero era la señora de Ale, yo la concubina. No conocía al hermano de María Jesús
Rivero, porque no tenía trato con esa familia. En abril del 2002 ya tenía un trato malo
con Rubén Ale quien siempre la trató mal. No tenían relación cuando ella era menor.
No sabe si Rubén Ale hizo prostituir otra mujer además de ella. En el año 2002 María
Jesús Rivero, Víctor Rivero o Rubén Ale no eran conocidos por el tema de la
prostitución.
La familia Cura eran caseros de la cancha del Club San Martin. Tenían dos
hijas mujeres. Natalia Cura era la novia de su hermano. Sabía por Fabio Cura que
por una deuda de mi hermano, que él no le devolvió se fue a la fundación le planteó
al Dr. Garmendia que en secreto de confesión yo la había matado y después se
desdice.
Tobar me dijo que no había prueba en contra de Rubén, pero que si yo
declaraba en contra de él salía libre. Por el contrario, si María de los Ángeles Verón
aparecía muerta, la dicente iba a ser imputada por asesinato. En los años 99 y 2002
a la fecha no tuvo llamadas telefónicas de los Rivero. No tenía temor con respecto a
ellos o hacia Rubén Ale.
La casa del barrio FEPUT era mía, Alberto compró un terreno y a medida que
pasaron los años fuimos edificando. Compramos el terreno en los años 1997 o 1998.
Vivieron allí hasta que falleció su hijo en el año 2000. Luego fue a la casa de la calle
Sarmiento, en Yerba Buena y después a la casa de la calle Remedios de Escalada
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en la misma localidad, en julio de 2002. En un primer momento le creyó a Fátima
Mansilla. Aclara que tenía el cabello largo y se lo había cortado “cortito”. Alejandra
Huerto estaba próxima a viajar, porque había conseguido trabajo de prostituta en Río
Gallegos a través de un aviso de La Gaceta, Fátima Mansilla quería también viajar.
Fátima Mansilla tenía obsesión con mi hermano más chico, ella nos denuncia a todos
de secuestro pero nunca a Aldo. El hermano de Daniela Milhein se llama Carlos
Gignone es radiólogo.
Fátima Mansilla estaba de novia con el tío de Daniela Milhein, esto
desencadenó problemas matrimoniales porque el tío también estaba entusiasmado
con Fátima, se quería separar, era casado con hijos. Fátima, a veces se iba a
Recórcholis, o a La Cubana. En otra oportunidad se fue a robar al supermercado
Disco. Dice que es una chica con problemas psicológicos. Cree que cuando se
cambiaron a la casa de Remedios de Escalada, Daniela tenía una chica que se
llamaba Mariela, y cree que la podrían haber confundido con Marita Verón. Daniela,
con su padre no tenía una buena relación.
El 8 de abril del 2002 estuvo internado en el Sanatorio del Parque. El 3 de abril
de 2002 estaba en reposo porque su embarazo era de alto riesgo. Estuvo internada
cuatro días y la atendió el Dr. Aldo Feller.
Manifiesta que durante el debate ha recibido amenazas, razón por la cual
solicita la remisión a la fiscalía de turno y la asignación de custodia policial en su
domicilio para toda su familia.
Refiriéndose a la prostitución en San Miguel de Tucumán, afirma que un tal
Patán Subirán tenía sus mujeres en la Marco Avellaneda, que eran conocidos de
Rubén Ale. Eran los maridos de las mujeres que trabajaban conmigo. Que un
individuo llamado “Loco” Alberto es el chofer de Rubén Ale y otro de apodo “Pc”
también fue chofer del mismo. A su vez repite el relato de Alejandra Huerta que el
Chenga Gómez - que era su marido en ese momento - le había quebrado la
mandíbula. Explicando que el término “marido” se refiere al hombre que cobra toda la
plata por su actividad como prostituta. Aclara que no comparte la plata con la mujer y
que ninguna mujer con marido cobra plata, porque el que cobra siempre es el
marido.
Asimismo conoció a la Sra. Mariana Bustos en La Rioja, un día que va a la
casa de la Sra. Medina. Mariana Bustos estaba en la casa. Desconoce si Marita
Verón estuvo en los prostíbulos Candy y Candilejas de La Rioja. Agregando que
sabe que la Sra. Mariana Bustos era de Tucumán. Afirma que la Sra. Medina no la
dejaba volver a Tucumán, que la encerró en una habitación con tres personas.
Explica que mayormente cuando una mujer está privada de su libertad tratan de
pasar un número de teléfono, para avisar a algún familiar, pero que por lo general
esa persona le pasa el papel a la Sra. Medina y ella viene y la golpea. Por otra parte
asevera que Fátima Mansilla miente, cuando asevera que vio a María de los Ángeles
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Verón en casa de la imputada, toda vez que Marita Verón nunca estuvo allí. Añade
que Fátima Mansilla solo estuvo un día en su casa del barrio FEPUT y no cuatro días
como dijo Fátima Mansilla en una causa paralela, en la Fiscalía de Instrucción 8º.
Explicando que su marido Andrés Alejandro González, jamás llevó chicas a
prostíbulos de La Rioja. Que Alejandra Huerta miente.
Ampliación el 8 de marzo de 2002: A continuación de la declaración de la
Sra. Susana Trimarco de Verón, a la afirmación de esta de que había visto juntas a
Daniela Milhein con Patricia Soria, la Sra. Daniela Milhein agrega lo siguiente: Yo a
esta chica Patricia Soria no la conozco. Jamás la he visto a la enfermera Patricia
Soria. Trimarco afirma esto a nueve años del hecho, no sé en qué fecha pudo
haberme visto con ella. Por otro lado, yo estoy imputada por el secuestro de Fátima
Mansilla el 23/5/2002 y el 24/5/2002 dice la veo a Marita Verón. A fs. 115 después
de 6 años se presenta en la fiscalía 8 para decir q ue estuvo un día en la casa de
barrio FEPUT.
Ampliación Declaración de DANIELA MILHEIN. Debate 10 de julio 2012.
Yo quería expresar que a Vides no la conozco, tampoco la quiero conocer, me
extraña que después de diez años diga que me conoce, vive en el mismo barrio de
Vides, respeto las artimañas y estrategias que quieran hacer, no la conozco, lamento
que ha estado aquí para mentir, me siento mal porque después de diez años dice
que me conoce.
03.04. ANDRES ALEJANDRO GONZALEZ. (Esposo de Daniel a Milhein).
4.1. Inicialmente se abstiene de declarar en el debate y se incorpora por su lectura
su declaración de cuerpo 10, fojas 1933/1935, produ cida el 30 de septiembre de 2003,
en la Fiscalía de Instrucción de la 8° Nominación , en donde manifiesta: niego
terminantemente el hecho que se me imputa. Daniela Natalia Milhein era mi mujer de la
cual hace como tres años que estoy separado; en ese momento falleció mi hijo de un año
de edad. Toda mi vida fui mecánico, desde aproximadamente hace veinte años. Mientras
duró mi matrimonio ella fue ama de casa. Cuando yo vivía con ella, vivíamos en el barrio
FEPUT; la casa era de los dos, hasta que nos fuimos a Buenos Aires por los problemas del
chiquito; cuando volvimos nos separamos durante seis meses no la vi a ella ni a mi otro
hijo. Yo vivo en la casa de mi padre: Mientras estuve con ella, la madre de Daniela
prácticamente vivía con nosotros, por razones de que el chiquito estaba enfermo. Después
que falleció el chiquito, estuvo trabajando una chica en la casa; se llamaba Cristina, el
apellido no lo sé; estuvo poco tiempo; habrá tenido veintitrés o veinticuatro años. Me separo
de ella por razón de la muerte del chiquito; ya venía una mala relación. No teníamos auto;
ahora actualmente tengo un solo auto, un Fiat Duna, color blanco, particular, no recuerdo
las letras del dominio; el número 488. Nunca he trabajado como remis; siempre particular.
Actualmente se encuentra parado hace mucho en el taller de Suipacha y Méjico, de mi
papá. Nunca he viajado a ninguna parte; excepto cuando viajé a Buenos Aires por el
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problema del chiquito. Conozco a Fátima Mansilla cuando yo iba a visitar a mi hijo Franco
Andrés González. El Fallecido era Facundo Nahuel González. No sé qué función cumplía
Fátima Mansilla, porque yo visitaba al chiquito y me iba. No he llegado a compartir fiestas
con Daniela y los chicos porque ella no me lo permitía desde que nos habíamos separado.
Yo no le paso dinero por mi hijo porque gano muy poco. Nunca la he visto en mi vida a
María de los Ángeles Verón, ni en fotos. Desconozco si Daniela llevaba chicas a trabajar
como prostitutas o coperas a otra provincia, siempre ha sido mujer de la casa. Nunca fui a
La Rioja; nunca trasladé mujeres a La Rioja ni a ninguna otra provincia. Sólo me dedico a
ser mecánico, no tengo relación con mujeres que trabajan como prostitutas o coperas. A la
vista de foto de fs. 1.845 y 1.847, nunca la vio.; de fs. 1.848, en esa foto se encuentra mi
hijo Franco Andrés, mi señora Daniela Milhein, la nenita en brazos de mi señora es una
vecina, y yo; fue tomada en el barrio FEPUT. He vivido en el barrio FEPUT hasta el año
2001; en la casa vivían mi mujer, la hija mayor de mi señora, el chiquito Franco Andrés
González y la chica que lo cuidaba, Cristina. Nunca vi movimientos de mujeres que iban a
conversar con mi esposa; únicamente conversaba con mi vecina. Y salía de mi casa a las
ocho de la mañana y volvía a las doce y media, a las cuatro de la tarde y volvía tipo ocho y
media a nueve. No conozco a ninguna persona que se domicilie en La Rioja. No conozco a
ningún policía de apellido Catalán; en realidad era mi papá el que trabajaba más con gente
de la policía a la cual se le arreglaba autos. No conozco a ninguna persona que trabaje en
la Maternidad; conozco al médico Aldo Feller que es el que atendió a mi señora, después
no conozco a ningún otro médico. Conozco a los hermanos de mi señora aunque no los
veía mucho porque ella andaba peleada con ellos, y con mi suegra no me llevaba bien. Sí
conozco a una chica de apellido Huerta porque es mujer del hermano de mi señora; con
ella tenía poca relación, de saludo y nada más. Tengo conocimiento que ella – Daniela
Milhein – la ha llevado – a Fátima Mansilla – al Carrillo a hacerla ver porque estaba
enferma. Yo iba al domicilio de Remedios de Escalada al 50, ahí vi a Fátima Mansilla que
trabajaba allí. Esta madrugada, aproximadamente a las dos, me llevaron a una oficina de
adelante y me pusieron frente a una chica medio rubia y el señor Tobar me preguntó si la
conocía, yo le digo que no, ella también dijo que no, y después nos volvieron a llevar al
mismo lugar, y ahora que la vi salir es la misma chica que trajeron hoy.
4.2. Ampliación producida en el debate el 21 de oct ubre de 2012 manifiesta:
niego la causa imputada, no tengo nada que ver, a Marita Verón nunca la vi en mi vida.
Nunca fui remisero sino toda mi vida mecánico. La Sra. Trimarco dijo que yo era un pobre
infeliz y que en esto no tenía nada que ver. Por esta causa perdí familia y trabajo.
03.05. DOMINGO PASCUAL ANDRADA.
5.1. Inicialmente se abstiene a declarar en el debate y se incorpora por su lectura
la declaración del 4 de noviembre de 2002 en la Fis calía de Instrucción de la 8°
Nominación, obrante en el cuerpo 3, fojas 429/430: a ninguna de las personas
mencionadas la conozco. No hago ejercer la prostitución; trabajo en la policía de la
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Provincia de La Rioja con el cargo de agente; los locales los conozco por la labor que yo
hago; los dueños no los conozco. En la actualidad estoy trabajando bajo sumario
administrativo. Mi último destino es la Comisaría Quinta, de calle Antártida, capital de La
Rioja.
Vine a la provincia de Tucumán a llevar a una Señora de nombre Norma para que
haga show bailable en el boliche Candy; esto me lo encargó el señor Carlos Luna o Luján;
yo lo conozco por Carlos; yo no sé si es propietario de Candy; lo conozco de la calle; él me
encargó que viniera a buscar; me dio la dirección que ella dio para eso. Ya vine en otras
oportunidades a buscarla a Norma como ella no se quería ir porque tenía que cobrar un
sueldo de jefas y jefes de familia en Simoca. No conozco la forma en que se organizan los
prostíbulos mencionados. No cobré comisión por buscar a Norma, sino que el tal Carlos
pagó los gastos ocasionados ya sea personales, alojamiento y comida. Vine en colectivo.
Yo tuve una gresca, creía que me estaban por asaltar dos personas; descubren que
yo tenía el arma reglamentaria, me dicen: “conque andas calzado hijo de puta”, todo esto
esta investigado por la Fiscalía 7° de estos tribunales. Esto ocurrió cuando iba caminando a
la terminal para irme de viaje. Vine el 28 de octubre del 2002 y fui detenido el día 30.
Estaba alojado en el Hotel Estrella, frente a la Terminal vieja. Mis superiores no saben que
vine a Tucumán a buscar una mujer. No conozco a nadie en Tucumán que se dedique a la
prostitución. Sé por la labor que tengo, que desde Tucumán se han librado allanamientos y
detenciones para los prostíbulos Candy, Five Star, Bienestar o Buen Estar, Caricia, el
Desafío y Casablanca; todos sobre la ruta 38 en la ciudad de La Rioja. Desconozco si en
estos lugares se encuentran mujeres ejerciendo la prostitución en contra de su voluntad.
Escuché hablar de María de los Ángeles Verón por el trabajo que tengo; escuché que la
buscaban, que la pedían los padres. Lo escuchaba en la policía de La Rioja, cuando fueron
comisarios de acá. Nunca trabajé en procedimientos o investigaciones contra los
prostíbulos que mencioné. Cuando no estaba de servicio hacia trabajos adicionales en
Banco Nación o en canchas de futbol o básquet. El sumario administrativo que tengo en mi
contra es por llegar tarde a la comisaría, incluso llegué en estado de ebriedad, y así se
acumularon causas incluso con la mujer de un policía. Hasta que me resuelvan la situación
estoy como pasivo, mientras tanto no presto no servicio desde como hace veinte días atrás.
Yo no vine a Tucumán con nada raro, a esta señora de nombre Norma, la vine a llevar en
forma voluntaria, en ningún momento la presioné.
5.2. En ampliación, en declaración producida en el debate, el 16 de octubre de
2012, y dijo: niego el hecho que se me imputa, no tengo nada que ver, soy inocente, los
testigos mienten. Conocí en un bar a Carlos Luna en La Rioja, le comenté que estaba sin
trabajo y que me trasladaría a Tucumán a ver si lo conseguiría. Luna me dice que quería
contactar con una chica de Tucumán para un show en La Rioja, de apellido Manzur. Admito
venir a buscarla a pesar de no conocer la ciudad de Tucumán. Acá presenté curriculum en
varios lugares, busco a Manzur, que ya sabía de esto porque siempre viajaba a hacer show
en La Rioja. Yo ya le llevaba el pasaje pero Manzur dice que no podía viajar por diligencias
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en Simoca, que volviera a buscarla después. Cuando vuelvo a buscarla, me atiende la
madre y me dice que no estaba pero que sí viajaría a La Rioja; así la conocí, pero no la
llevé a La Rioja.
Decido volver a La Rioja, y volviendo a la Terminal me asaltan tres sujetos por la
espalda, me piden plata y amenazaban con puñaladas. A uno le doy una patada, otro me
saca la pistola y me golpean en la cabeza. Aparece la policía, me detienen y me llevan al
D2, no sé cómo se enteraron, porque nadie auxiliaba. Me secuestran la pistola y
pertenencias, entre estas una agenda. Los números agendados eran de la provincia de San
Juan, porque mi primera mujer e hijos, y mis hermanos son de allí. También había números
de La Rioja, de la Casa de Gobierno y la policía. También números de mujeres, porque me
gustan y eso no es un delito; no había ningún número de mafiosos que compraban
mujeres. Respecto de Blanca Vides, nunca me vio, esta no me reconoció en el debate;
mintió cuando declaró, nunca tuve auto para llevarla. También dijo que otras personas la
habían llevado.
La testigo Ríos no es verdad de que la haya invitado para La Rioja, no se la
encuentra para que declare en el debate. La testigo Roxana Corpus no me reconoció en el
debate. Soy un chivo expiatorio. Fui el primer preso por el caso Marita Verón. No conozco a
Lidia Irma Medina ni a los imputados, con el único que estuve fue con Carlos Luna. Nunca
avisé a Lidia Irma Medina de los allanamientos en sus locales, porque yo sólo era agente y
no sabía lo que saben los comisarios, nunca participé en los allanamientos, porque lo
hacen fuerzas especiales. No pude olvidarme el uniforme en una whiskería, porque no
podría haber ido a trabajar; no existió el uniforme. Por eso no está en el juicio. Nunca la vi
ni tuve contacto con Marita Verón, no la conozco. A esto Tobar lo conoce, como la Sra.
Trimarco y el Sr. Verón, me vieron en la cárcel, porque hicieron contacto, no sé si tenían
autorización. La Sra. Trimarco me preguntó por Marita, si tenía algo para decir, pero le digo
que no, que estaba detenido por error. Trimarco me insultó y el Sr. Verón la para. Trimarco
me ofreció ayuda si decía donde la tenían a Marita; Lidia Medina y el Chenga. Pero yo le
digo que no los conocía. Tobar dijo que si yo no sabía nada, saldría pronto en libertad, y me
dejó el número de teléfono para que lo hablara si me arrepentía. La Sra. Trimarco también
escribió el número de ella, pero lo perdí. Hoy me rebusco de albañil o manejando un taxi, o
en lo que pueda.
03.06. CARLOS ALBERTO LUNA.
Abstención – lectura c16 3.080/3.081: rechazo categóricamente el hecho que
se me imputa. Yo alquilo los inmuebles donde funcionan las whiskerías, Candy,
Candilejas a la señora Liliana Medina, y El Desafío, a José Fernando Gómez 8(a)
Chenga. Empecé con el Candilejas hace siete años; ellos construyeron después los
otros dos y entonces desde hace cinco alquilo el local para El Desafío, y Candy hace
cinco y medio. Se hacen shows donde las chicas bailan, también son alternadoras,
es decir, hacen copas con los clientes; en ninguno de los locales se ejerce la
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prostitución, ni jamás se ejerció. Algunas de las chicas viven en los locales; yo mismo
les alquilo las habitaciones; otras viven afuera. Los locales están abiertos todos los
días de noche. Conozco a Derobertis porque trabajaba conmigo como encargado de
El Desafío.
A Andrada lo conozco en un boliche tomando y entonces esa vez yo le pido un
favor que me buscara algunas chicas para hacer show. Eso fue cuando justo él viajó
para acá y quedó detenido por esta causa; de allí no lo vi más. Yo sabía que era
policía; me contó que unos días le habían hecho un sumario y que necesitaba un
trabajo.
Conozco a María Azucena Márquez porque ella trabajaba como encargada en
los tres negocios y hace dos años y medio se retiró del ambiente. Me enteré de este
tema por los medios periodísticos. Jamás se privó de la libertad a ninguna chica;
todas las que van son en forma voluntaria y sus propios medios. No conozco a
ninguna chica de apellido Manassero y Romero. Las chicas arreglaban con los
encargados. Soy soltero, pero tengo un hijo con Paola Gaitán; fue una relación
pasajera; fue hace seis años; le paso la manutención todos los meses; quinientos
pesos; algunas veces si se enferma el chico o necesita otras cosas, va al local a
pedir dinero, pero no entra, desde la puerta nomás; jamás trabajó en ninguno de los
locales, es ama de casa; ella habla con el contador de las firmas y él está autorizado
a pasarle la pensión. A la vista de las fotos de fs. 354 y 2.458, nunca la vio a la
chica. El Chenga iba algunas veces al negocio a ver el inmueble o cuando había que
hacerle alguna refacción. Nunca vine a Tucumán. También Liliana Medina algunas
veces iba a los locales. Yo sé que Gómez y Medina no tienen nada que ver en este
tema. Soy totalmente inocente de este hecho que se investiga.
En el Debate: Quiere aclarar que está trabajando en blanco en la Empresa
Arce Bus, chofer de colectivos, empresa de La Rioja. Antigüedad 4 años, percibe
$2.500 más horas extras. Atento al ejercicio del derecho de abstención, se agrega su
declaración de fs. 3080, que es incorporada por su lectura.
03.07. JOSÉ FERNANDO GÓMEZ (“CHENGA”).
03.07.01. Se abstiene de declarar al inicio del Debate, se in corpora por su
lectura su declaración del 7 de noviembre de 2003 e n la Fiscalía de Instrucción
de la 8° Nominación, cuerpo 12, fojas 2245/2246: me crie en el ambiente; mi vieja
se prostituía para criarnos a mí y a mi hermano, de ahí que conozco el ambiente,
cómo se maneja el tema whiskerías, como se denomina allá el término alternadora.
De chico salíamos a pedir comida, después mi vieja puso una verdulería, vendía
frutas en la calle. Cuando tenía trece años empecé la actividad deportiva, corría en
motos hasta los dieciséis años; después mi actividad era comprar y vender cosas,
tenía una panchera fuera del local Candilejas. Últimamente compro y vendo autos;
viajo a Buenos Aires a comprar ropa, y tengo el alquiler de la propiedad donde
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funciona El Desafío. Eso se hizo comprando primero los terrenos y después se
empezó a alquilar y se fue agrandando a medida de las necesidades. Con este tema,
yo nunca vi a la mina; me enteré por los medios que me buscaban. En La Rioja se
escuchaban rumores que estaba en Salta, en Córdoba. Yo nunca fui dueño de
ninguna whiskería; soy totalmente inocente de esto. Mientras trabajaba, juntaba para
ayudar a mi vieja. El terreno de mi vieja donde funciona el local Candilejas lo obtiene
ella con esfuerzo, y yo a la otra propiedad la obtengo también con mi esfuerzo y
trabajo.
Le alquilo la propiedad donde funciona El Desafío a Carlos Luna, que está
haciendo funcionar el local como whiskería, los papeles los tiene un contador, todo
está debidamente documentado. Hacen un allanamiento el año pasado; me doy
cuenta que me buscaban con otro nombre. En todo momento estuve en La Rioja; en
un momento viajé a ver a mi papá que estaba muy enfermo en Frontera, Provincia de
Santa Fe; voy en el auto de un amigo, paso controles y nunca me dijeron nada. Mi
abogado presenta un habeas corpus y eximición de prisión que salen bien por ello
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