caso n° 7 2012

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CASO Nº 7 INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS El estudio Contable San Martin; le contrata para que se haga cargo de los casos de infracciones y sanciones tributarias que incurren sus clientes, y se le ha entregado los siguientes casos para su asesoramiento: 1. La Bodega LAS CALANDRIAS de Hermes Sánchez, se dedica a la venta de abarrotes y regalos, se encuentra en el RUS. No presentó la declaración mensual de la guía pago fácil correspondiente al mes de enero del presente año, en la categoría 2; cuyo vencimiento fue el 15 de febrero del presente año y se subsana la infracción voluntariamente paga el 28 de marzo. 2. La empresa MATUSITA S.A.C. Dedicada a la venta de productos ferreteros en general. Se encuentra en el Régimen Especial, está obligada a pagar IGV y Renta; mediante PDT 621. No declara los impuestos correspondientes al mes de febrero del presente año, no presentó declaración mensual que venció el 25 de marzo del presente año. La SUNAT la notifica, la empresa realiza una subsanación inducida declara y paga antes de la fecha límite establecida por la administración tributaria. El pago lo realiza el 20 de abril. Impuesto importe IGV 1,800.00 Renta 950.00 3. La empresa ARGEL S.A. se dedica venta de Útiles de oficina, se encuentra en el Régimen General, no ha presentado ni pagado los impuestos correspondientes al mes periodo enero del presente año que vencieron el 10 de febrero, la empresa consulta si puede ser fraccionar todos los pagos pendientes. De no ser así, lo subsanará en forma voluntaria el 28 de mayo. Impuesto importe IGV 2,000.00 Renta 800.00 Essalud 900.00 ONP 1,300.00 5ta Categ. 350.00 5,350.00 4. La empresa de NUEVO HORIZONTE S.A.C. es una empresa que pertenece al grupo TRADER HOLDING que es uno de los principales clientes del estudio, Nuevo Horizonte S.A.C. en el periodo Mayo de presente año ha obtenido ventas incluido el IGV por S/. 172,280 y compras por S/.105,610 que incluye el IGV. Sin embargo el encargado de las declaraciones mensuales ha declarado

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Page 1: Caso N° 7 2012

CASO Nº 7

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS

El estudio Contable San Martin; le contrata para que se haga cargo de los casos de infracciones y sanciones tributarias que incurren sus clientes, y se le ha entregado los siguientes casos para su asesoramiento:

1. La Bodega LAS CALANDRIAS de Hermes Sánchez, se dedica a la venta de abarrotes y regalos, se encuentra en el RUS. No presentó la declaración mensual de la guía pago fácil correspondiente al mes de enero del presente año, en la categoría 2; cuyo vencimiento fue el 15 de febrero del presente año y se subsana la infracción voluntariamente paga el 28 de marzo.

2. La empresa MATUSITA S.A.C. Dedicada a la venta de productos ferreteros en general. Se encuentra en el Régimen Especial, está obligada a pagar IGV y Renta; mediante PDT 621. No declara los impuestos correspondientes al mes de febrero del presente año, no presentó declaración mensual que venció el 25 de marzo del presente año. La SUNAT la notifica, la empresa realiza una subsanación inducida declara y paga antes de la fecha límite establecida por la administración tributaria. El pago lo realiza el 20 de abril.

Impuesto importeIGV 1,800.00Renta 950.00

3. La empresa ARGEL S.A. se dedica venta de Útiles de oficina, se encuentra en el Régimen General, no ha presentado ni pagado los impuestos correspondientes al mes periodo enero del presente año que vencieron el 10 de febrero, la empresa consulta si puede ser fraccionar todos los pagos pendientes. De no ser así, lo subsanará en forma voluntaria el 28 de mayo.

Impuesto importeIGV 2,000.00Renta 800.00Essalud 900.00ONP 1,300.005ta Categ. 350.00

5,350.00

4. La empresa de NUEVO HORIZONTE S.A.C. es una empresa que pertenece al grupo TRADER HOLDING que es uno de los principales clientes del estudio, Nuevo Horizonte S.A.C. en el periodo Mayo de presente año ha obtenido ventas incluido el IGV por S/. 172,280 y compras por S/.105,610 que incluye el IGV. Sin embargo el encargado de las declaraciones mensuales ha declarado dicho periodo sin movimiento. Calcular las sanciones por las infracciones incurridas, se subsana voluntariamente y paga el 26 de junio, el vencimiento fue el 17 de mayo, se encuentra en el régimen general, el coeficiente para el pago a cuenta del impuesto: ingresos del ejercicio anterior de S/.706,700 impuesto determinado S/.80,600.

5. La empresa de TRANSPORTES SEÑOR DE MILAGROS S.A. ha recibido una notificación de la Administración Tributaria, el 7 de junio del presente año, debido que una de sus unidades al ser intervenida se le detectó que “la guía del transportista no consta el registro del ministerio de transportes”; (por error en la impresión de dicho documento no consignaron dicha información), de acuerdo señalado en el código tributario se ha cometido una infracción consignado en el acta probatoria emitido por el fiscalizador. Cuál es la infracción y la

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subsanación se realiza el 7 de junio. Cabe señalar que es la primera infracción tributaria cometida por la empresa en el régimen general.