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D.Mgr.Ing. CIP. Karla Gonzales De La Vega
Consultora en Gestión para la Reforma Procesal Penal
E-mail: [email protected]
Skype: karla_innovacion
Caso de Éxito: La Gestión del Conocimiento
aplicada en la Defensa Pública en el Perú
LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO APLICADA EN LA DEFENSA PÚBLICA EN EL PERÚ
El presente trabajo de gestión del conocimiento aplicada a la Defensa Pública en el
Perú, es un aporte e iniciativa propia, creando valor agregado, en los viajes de
seguimiento realizados como parte de mi labor en la Secretaría Técnica de la
Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, representada por el
Doctor Rafael Donaire Otarola, al observarse la necesidad que había en la Defensa
Pública de lograr sinergia para fortalecer su labor en las Audiencias y de incrementar
el conocimiento práctico de los Defensores Públicos con mayor eficiencia, es que
decidí apoyar creativamente el cambio progresivo que se viene dando en el Perú en
aplicación de la Reforma Procesal Penal, como resultado, esta experiencia ha logrado
fortalecer el trabajo en red, a fin de generar, transmitir y mejorar el conocimiento a
través de los casos prácticos vistos en audiencias orales, en las diferentes instancias
de los Juzgados Penales de Investigación Preparatoria, Unipersonal, Colegiado así
como Sala de Apelaciones, específicamente en el rol de los Defensores Públicos del
Servicio de la Defensa Pública en los Distritos Judiciales donde se aplica la Reforma
Procesal Penal.
De esta manera, trabajando en equipo con el Director General, los Directores
Distritales, quienes lideran la Defensa Pública en los Distritos Judiciales del Perú,
así como sus equipos de Defensores Públicos, a efectos de generar un efecto
multiplicador de conocimiento de los casos penales, la teoría del caso expuestas en
audiencias orales, realizar un trabajo de retroalimentación para mejorar sus
prácticas, analizando al detalle las audiencias con la participación del grupo, a través
de la videoconferencia, por internet, se ha generado debate y conocimiento,
incrementando sus buenas prácticas y minimizando los errores para realizar una
mejora continua y de esta forma dar un mejor servicio a los ciudadanos. Este
proyecto piloto iniciado en los Distritos Judiciales de Cañete y Piura, es de éxito y
hoy se está ampliando a un mayor alcance de Distritos Judiciales y asimismo se ha
dado a conocer el 28 de abril de 2010, a través del portal del Ministerio de Justicia.
Fuente: http://www.minjus.gob.pe Nota de prensa - 28 de abril de 2010
Detalle de la nota de prensa publicada en el Ministerio de Justicia:
ABOGADOS DEFENSORES PÚBLICOS DEL MINJUS INICIAN PLAN PILOTO DE
VIDEOCONFERENCIAS
Para intercambiar conocimientos y experiencias de trabajo que permita mejorar
la calidad del servicio de la Defensa Pública
28 Abr | En un real interés por modernizar el sistema de justicia y mejorar la
calidad del servicio de la Defensa Pública, los abogados defensores públicos del
Ministerio de Justicia con sede en Piura y Cañete, utilizan las ventajas de la Internet
para realizar teleconferencias que les permite intercambiar conocimientos jurídicos y
experiencias.
Estos encuentros virtuales, que se realizan a través del programa Skype, marca un
importante paso en la formación del nuevo defensor público, además de reducir los
costos de teléfono y mensajería.
Asimismo, se facilitará la participación a distancia en actividades académicas y
reuniones de trabajo que efectúe y convoque la Dirección General de Defensa Pública
y las direcciones distritales de Defensa Pública, haciendo posible el análisis, consulta
e intercambio de información entre defensores públicos de las distintas sedes a nivel
nacional.
Según lo informado por el doctor Gastón Manrique Pachas, Director General de
Defensa Pública, la videoconferencia es un sistema de comunicación diseñado para
llevar a cabo encuentros a distancia, el cual, en esta oportunidad ha permitido que
los doctores Fernando Ramos Castilla y Jorge Vergara Villanueva, directores
distritales de Defensa Pública de Cañete y Piura, respectivamente, realicen la
actividad académica a distancia sobre “La Etapa Intermedia: Acusación, Defensa
Técnica y Control de Acusación".
Finalmente, agrega el doctor Manrique, este es el inicio de un plan piloto de
videoconferencias que pretende extenderse en todas las sedes distritales de Defensa
Pública con expositores nacionales e internacionales.
ALCANCE DE LA VIDEOCONFERENCIA DE LA DEFENSA PÚBLICA PARA
MEJORA CONTÍNUA EN SU LABOR EN APLICACIÓN DE LA REFORMA
PROCESAL PENAL EN BENEFICIO DEL CIUDADANO
Fuente: Elaboración propia, mapa de referencia de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de
Implementación del Código Procesal Penal - http://www.minjus.gob.pe/
LIMA
MODELO CONCEPTUAL PARA LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO EN LA
DEFENSA PÚBLICA
Fuente: Elaboración propia
Utilizando la videoconferencia se comparte los resultados
de las audiencias orales y teorías del caso aplicadas por la
Defensa Pública en diferentes distritos judiciales, generando
un efecto multiplicador de conocimiento y experiencias
transmitidas a los Defensores Públicos. (Sinergía).
Termina en Audiencias CPP.
En base a los nuevos conocimientos
el Know How de la Defensa Pública
se incrementa, con un mejor
desempeño en las audiencias orales
con un trabajo en red de los
Defensores.
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Inicia en Audiencias CPP.
Reuniones locales analizando las
experiencias en las audiencias orales
y simulaciones de audiencias, en el
rol del Defensor Público, trabajo de
equipo a nivel de Distrito Judicial.
Fuente: Procesos de conversión del conocimiento en la organización (Nonaka y Takeuchi)
El Modelo Inicia en Audiencias Orales y Termina en Audiencias Orales realizándose un feedback
permanente en el rol de la Defensa Pública, destacando la importancia de la litigación oral.
Fuente: Imágenes de Audiencia referencial, como ejemplo para el modelo, obtenidas de la página web: http://www.pj.gob.pe Distritos Judiciales de Arequipa y La Libertad.
HERRAMIENTA DE TECNOLOGÍA UTILIZADA ES SKYPE
Se eligió SKYPE, dado que reúne las condiciones técnicas para realizar
videoconferencias a través de internet, de fácil uso y que no representa ningún costo
para la Defensa Pública, de esta forma se genera el efecto multiplicador y mayor
conocimiento en los Defensores Públicos, logrando comunicación, integración entre los
Distritos Judiciales con intercambio de experiencias prácticas de casos reales de
Audiencias de los Juzgados Penales de Investigación Preparatoria, Juzgados Penales
Unipersonales, Juzgados Penales Colegiados y Sala de Apelaciones, con mayor
eficiencia en el rol del Defensor Público.
Se realiza un trabajo en equipo, acortando distancias y aprendiendo de experiencias,
fortaleciendo el Know How en la red de trabajo de la Defensa Pública, centrándose en
las Audiencias, que son la base del modelo acusatorio adversarial, siendo la oralidad
fundamental y asimismo el desarrollo de la teoría del caso en los defensores públicos en
dichas audiencias clave para el contradictorio en audiencia pública, teniendo en
consideración que los delitos tienen mayor incidencia según la zona geográfica,
permitiendo que la red aporte en conocimiento teniendo como objetivo de dar un mejor
servicio a los ciudadanos, con una justicia penal oportuna, transparente y con el
esfuerzo para mejorar de calidad, a fin de contar a futuro, con estándares de trabajo y
siendo importante considerar que el proceso de aprendizaje continuo de la Defensa
Pública se inicia en las audiencias orales y termina en las audiencias orales, con la
litigación oral.
Fuente: http://www.skype.com
SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DEL CONOCIMIENTO
La sociedad de la información y del
conocimiento es una sociedad en la que las
condiciones de generación de conocimiento
y procesamiento de información han sido
sustancialmente alteradas por una
revolución tecnológica centrada en el
procesamiento de información, la
generación del conocimiento y las
tecnologías de la información.
La información entendida como
conocimiento acumulado de forma
comunicable aparece como el cimiento del
desarrollo económico, político y social. El
proceso de transformación hacia este
modelo es irreversible. El avance
tecnológico faculta al ser humano para hacer provecho de datos, información y
conocimiento en formas, modos o maneras sin precedentes, propiciando un
intercambio científico, cultural y técnico a escala mundial, pasando sobre las
barreras geográficas, las divisiones políticas y las de tiempo.
La difusión de la tecnología amplifica infinitamente su poder al apropiársela y
redefinirla sus usuarios. Las nuevas tecnologías de la información no son sólo
herramientas que aplicar, sino procesos que desarrollar. Por primera vez en la
historia, la mente humana es una fuerza productiva directa, no sólo un elemento
decisivo del sistema de producción.
Desde el punto de vista del conocimiento organizacional, Nonaka y Takeuchi (1999)
hacen la distinción entre los conocimientos tácito y explícito: el primero es lo
aprendido con la experiencia personal e involucra factores intangibles como las
creencias, el punto de vista propio y los valores, es decir, del comportamiento
humano, y lo definen como el más importante y apegado a la filosofía oriental, sobre
todo en las compañías japonesas; el segundo es lo que puede expresarse mediante el
lenguaje formal, incluidos enunciados gramaticales, expresiones matemáticas,
especificaciones, manuales, etc. y lo consideran como resultado de la tradición
filosófica de occidente.
Dichos autores intentan establecer relaciones complementarias entre ambos tipos en
una interacción dinámica centralizada para la creación del conocimiento en las
organizaciones, demostrando que el individuo interactúa con éstas a través del
conocimiento.
Peter Drucker es reconocido como uno de los primeros en percibir la transformación
de una sociedad industrial manufacturera a una de servicios, donde el conocimiento
se convierte en el recurso básico. Drucker acuñó términos básicos como trabajo de
conocimiento o trabajador del conocimiento, sugiriendo que uno de los retos más
importantes para las organizaciones, como parte de la sociedad del conocimiento, es
construir prácticas sistemáticas para administrar su propia transformación: “El
único gran reto para los ejecutivos de los países desarrollados es incrementar la
productividad de los trabajadores del conocimiento y de servicio. Este reto, que
controlará la agenda administrativa por varias décadas, determinará el
comportamiento competitivo de las compañías. Aún más importante: determinará la
configuración de la sociedad y la calidad de vida de todos los países
industrializados”.
CALIDAD DE VIDA Y DERECHOS HUMANOS
Es preciso reflexionar en que la instancia ética de los
derechos humanos es una evidencia primaria. El punto de
arranque es el reconocimiento del valor ético de la
persona, remontarnos al significado de la persona
humana y dignidad nos facilitará la imperiosa necesidad
de contar con argumentos para comprender y por el
principio de conciencia aceptar que el otro tiene dignidad
que le es propia y lo diferencia de otros seres vivientes,
haciéndolo acreedor de respeto.
El modo de llevar a cabo nuestra vida es con otros, es una
vida de relación en que contamos con los demás, ninguna
decisión y por consiguiente ninguna conducta ignora, ni
puede ignorar la convivencia. Aparecen aquí los derechos, aparecen aquí los conflictos, sin
embargo podemos encontrar aquí el aspecto positivo de estos conflictos y el de dar razones de
los actos que se puedan conocer, comprender y justificar a la luz de la dignidad de la persona y
de los derechos.
El génesis dice que Dios creó al hombre a su imagen y semejanza y con este hecho lo distingue
de la creación.
Santo Tomás reconoce dignidad a la persona cuando dice: “la persona es lo más noble y
perfecto que existe en la naturaleza”.
Juan Pablo II expresa el vínculo que existe entre la dignidad y la persona. También reafirma la
libertad como determinante fundamental de la persona. Alguna vez expresó: “aún cuando el
conocimiento científico tiene sus propias leyes que cumplir, debe reconocer, por encima de
todo, el límite insuperable por el respeto de la persona y de la protección de su derecho a vivir
en forma digna como humano”.
Para disponer de condiciones que permitan una calidad de vida digna en un mundo
globalizado, es preciso extender y profundizar la democracia en los diferentes ámbitos,
económicos, sociales y políticos, tanto a nivel nacional como internacional. La participación
democrática y el compromiso a favor de los Derechos Humanos la sociedad civil es la fuerza
más poderosa para modificar la realidad.
La Declaración de los Derechos Humanos contempla como aspectos fundamentales de la
personalidad: la defensa de la integridad física, la defensa de la integridad moral, la defensa
jurídica de tales integridades, junto con el derecho a la educación que hace posible la propia
identidad y personalidad.
Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el Informe sobre desarrollo humano,
2001: “...la promoción de la creatividad requiere contar con ámbitos económicos flexibles,
competitivos y dinámicos. Para la mayoría de países en desarrollo, esto significa ampliar las
reformas que destacan la apertura a nuevas ideas, a nuevos productos y a nuevas inversiones.
Pero el aspecto medular de fomentar la creatividad es la ampliación de las aptitudes humanas
(...) cada país debería asignar inversiones en la educación y el desarrollo de las aptitudes de sus
habitantes”.
EL ROL DEL DEFENSOR PÚBLICO EN LA REFORMA PROCESAL PENAL
El rol esencial y protagónico del Defensor Público dentro del nuevo sistema de
justicia introducido por la Reforma Procesal Penal y que, entre otras cosas, significó
pasar de un modelo inquisitivo, donde el imputado es considerado objeto del proceso,
desprovisto de todo tipo de garantías, a un sistema acusatorio, que reconoce al
imputado como parte de este, el que enfrentando a la persecución del ministerio
público, debe poseer las herramientas necesarias
para defenderse en términos de igualdad. En ese
contexto es que radica la importancia de prestar
con un sistema de defensa real y efectivo que vele,
permanentemente por un justo y debido proceso.
Siendo necesario que el Defensor Público posea
los conocimientos, las herramientas, las destrezas
y habilidades necesarias para defender en
términos de igualdad jurídica.
El servicio de Defensa Penal Pública en el Perú, tiene competencia para brindar
asistencia legal en dependencias policiales, asumiendo la defensa de las personas a
las que se inician investigaciones, así como también aquellas que ya están sometidas
a investigación policial y fiscal; de igual modo está facultado para ejercer la defensa
gratuita de los imputados y/o procesados en salas y juzgados especializados en lo
penal; finalmente el defensor público asesora a los internos recluidos en
establecimientos penitenciarios, gestiona beneficios penitenciarios, cumplimiento de
sentencias y rehabilitaciones y solicita los derechos de gracia.
Fuente:http://www.minjus.gob.pe/defensoria/default.asp
En todos los casos según la LEY N. 29360 – LEY DEL SERVICIO DE DEFENSA PÚBLICA,
articulo 8, Actuación del Defensor Público, El Servicio de Defensa Penal Pública se
brinda bajo el principio de unidad de defensa, para el cual el Defensor Público deberá
actuar a solicitud de la persona investigada, acusada o sentenciada por la comisión
de un delito o falta y en los casos que lo requiera el órgano jurisdiccional o el
Ministerio Público, cuando el procesado haya renunciado a la defensa. El Defensor
Público actuará en defensa de los intereses de su patrocinado, exigiendo el
cumplimiento del debido proceso penal y respeto a las garantías constitucionales.
APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DE GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO EN LA
DEFENSA PÚBLICA
TALLER INDUCTIVO CON LA PARTICIPACIÓN DEL DR. JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA (PRESIDENTE DE LA SALA DE
APELACIONES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA), DR. JORGE VERGARA VILLANUEVA (DIRECTOR
DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DE PIURA) Y SU EQUIPO DE DEFENSORES.
TALLER ANALISIS DE PROCESO JUDICIAL DE LESIONES GRAVES CON PARTICIPACIÓN DE LA ING. KARLA GONZALES
DE LA VEGA (COORDINADORA DE PLANIFICACIÒN Y SEGUIMIENTO DE LA SECRETARIA TÉCNICA DE LA COMISIÒN
ESPECIAL DE IMPLEMENTACIÒN DEL CÒDIGO PROCESAL PENAL – MINISTERIO DE JUSTICIA). DR. JORGE VERGARA
VILLANUEVA (DIRECTOR DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DE PIURA) Y SU EQUIPO DE DEFENSORES PÙBLICOS.
TALLER “ANALISIS DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL” DR. JORGE VERGARA VILLANUEVA (DIRECTOR
DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PIURA) Y SU EQUIPO DE DEFENSORES PÙBLICOS.
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TRABAJANDO EN EQUIPO CON LAS DEFENSORAS PÚBLICAS: DRA.JUANA QUEZADA HIDALGO Y DRA.BERIL
KATHERINE ZARATE HIDALGO EN EL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN, FASE DE ENTRENAMIENTO PARA
VIDEOCONFERENCIA.
ENLACE DE VIDEOCONFERENCIA CON DR. JORGE VERGARA VILLANUEVA, DIRECTOR DISTRITAL DE LA DEFENSA
PÚBLICA DE PIURA, DESDE EL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN
ENLACE DE VIDEOCONFERENCIA CON DIRECTORA DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
ICA DRA. LUPE DEXTRE Y SU EQUIPO DE DEFENSORES PUBLICOS.
TESTIMONIO: VIDEOCONFERENCIA ENTRE DIRECCIONES DISTRITALES
El pasado jueves 15 de abril de 2010, de 17.30 a 20:00 horas, tuvimos una
“VIDEOCONFERENCIA SOBRE LA ETAPA INTERMEDIA: ACUSACIÓN, DEFENSA
TÉCNICA Y CONTROL DE ACUSACIÓN”, entre las Direcciones Distritales de Piura y
Cañete, ambas distantes a 1,181 kilometros aproximadamente.
Sobre la videoconferencia, debo precisar que esta herramienta nos permitió
comunicarnos inmediatamente con nuestros colegas defensores públicos de Piura a
fin de intercambiar experiencias, opiniones y analizar casos a raíz de la vigencia y
aplicación del nuevo código procesal penal, lo cual hicimos desde mi pc portátil
utilizando el internet y el software gratuito “skype”, sin ocasionarnos mayores costos,
tiempo y sobretodo sin necesidad de desplazarnos de sede.
Aquí en Cañete, el Nuevo Sistema Procesal Penal empezó a regir en diciembre del
2009, y el mes pasado tuvimos nuestra primera Audiencia de Control de Acusación,
por lo que contacté con Jorge Vergara, Director Distrital de Piura, sede donde se
viene aplicando el NCPP desde abril del mismo año y pudimos juntos en un Taller
Participativo con todos los Defensores Públicos de mi Sede, analizar un
requerimiento de acusación fiscal sobre un caso de abuso de autoridad, concluyendo
que deberíamos solicitar el sobreseimiento, y en caso no prospere, oponernos a las
pruebas de cargo que no fueron tramitadas con arreglo a las garantías que establece
el nuevo modelo.
Si bien aún tenemos algunas limitaciones logísticas, la teleconferencia nos ha
permitido y facilitado la comunicación, coordinación y participación a distancia en
actividades académicas y reuniones de trabajo lo cual además he extendido a mis
subsedes de Defensa Pública.
FERNANDO RAMOS CASTILLA Director Distrital de Defensa Pública de Cañete Ministerio de Justicia E-mail: [email protected] Skype: framoscas
TESTIMONIO: LA UTILIZACIÓN DE LA VIDEOCONFERENCIA COMO MECANISMO
DE PROYECCIÓN, INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS Y SOLUCIÓN DE
PROBLEMAS
“Ningún grupo puede actuar con eficacia si falta el concierto; ningún grupo
puede actuar en concierto si falta la confianza; ningún grupo puede actuar con
confianza si no se halla ligado por opiniones comunes, afectos comunes,
intereses comunes”
Edmund Burke
En un real interés por modernizar el sistema de justicia y mejorar la calidad del
servicio de la Defensa Pública que brinda el Ministerio de Justicia, los abogados
defensores públicos del Ministerio de Justicia con sede en Piura, Cañete e Ica, vienen
utilizando las ventajas del Internet para realizar talleres inductivos mediante el
sistema de videoconferencias, el mismo que les está permitiendo intercambiar
conocimientos jurídicos e intercambiar experiencias sobre los pareceres procesales
que se vienen presentando en los diversos distritos judiciales donde se viene
aplicando el Código Procesal Penal.
Estos encuentros virtuales, que se realizan a través del programa Skype (el cual se
adquiere de manera gratuita por el internet), marca un reto e importante avance en
la formación del nuevo defensor público, pues además de hacer viable la
comunicación, permite el intercambio grupal y espontáneo de ideas jurídicas
repotenciando la base jurídico de los mismos, focalizando la problemática
institucional en la aplicación del CPP, permitiendo unificar criterios de actuación
defensorial a fin de hacer más emblemático y diligente nuestro servicio.
Sin duda que ahora esta herramienta de la “videoconferencia” nos ayuda a permitir
nuestra capacitación constante, pues la misma nos sirve para poder realizar
capacitaciones y prácticas de simulación de audiencias entre los propios defensores,
logrando identificar algunas limitaciones y falta de adecuación a la oralidad, siendo
que por este medio se ha logrado que todos los defensores encuentren versatilidad en
sus intervenciones diarias y encuentren sustento en sus posiciones jurídicas, las
cuales se encuentran respaldadas por posiciones jurisdiccionales anteriores. Esta
herramienta ha permitido también que los defensores conozcan eficazmente las
actuaciones defensoriales que se han presentado en otras sedes del propio distrito e
incluso de otro distrito judicial, permitiendo preponderar y resaltar la posición que
debe adoptar la defensa pública.
Lo descrito ha conllevado a establecer que la actual labor del defensor público -
rentado por el Estado- en su posición de colaboración con la Administración de
Justicia, no debe ser entendida como un sometiendo al órgano policial, fiscal y
judicial, debiendo para ello “laissez faire, laissez passer” (dejar hacer, dejar pasar)
aludir al francés Adam Smith, pues siempre el defensor público va responder a los
intereses de su patrocinado, el mismo que sin duda es la razón de ser según en el
CPP, para ello debe ejercer fehaciente y responsablemente los derechos del imputado
y del propio abogado defensor, el cual conlleva a enfrentar respetuosamente al
adversario procesal, desatándose un enfrentamiento jurídico y de posiciones, el
mismo que solo atañe a los estrados judiciales.
En suma, lo descrito enerva resaltar que la defensa pública tiene ahora en el Modelo
Procesal Penal vigente un rol eminentemente protagónico, debiendo caracterizarse
por ser contestatario y respetuoso, firme en sus argumentaciones y convincente en
sus exposiciones, siendo pues que la comunidad podrá evaluar el desarrollo de los
actores procesales, medidos sencillamente por la oralidad y secuencia valorativa
mostrada. Esto último sin duda -oralidad- ha permitido ser diagnostica en sus
limitaciones y rectificar los errores, permitiendo a través de las videoconferencias
encontrar mística en nuestros defensores, además de permitir que los defensores se
conozcan más y se identifiquen más.
…Hacia la Convocatoria de Nuestro Primer Pleno Defensorial:
Nuestra Dirección General, representada satisfactoriamente por el Doctor Gastón
Francisco Manrique Pachas, está materializando la idea de poder convocar a plenos
defensoriales entre todas las direcciones distritales de la Defensa Pública a nivel
nacional a fin de focalizar problemáticas procesales que se vienen presentando en la
aplicación del CPP, permitiéndose que en estas reuniones de trabajo, a través de la
videoconferencia, se unifique posiciones defensoriales y efectivizan satisfactoriamente
el servicio que brinda la defensa pública; esto sin duda marcaria un hito en la
práctica procesal de la Defensa Pública.
Jorge Eduardo Vergara Villanueva
Director Distrital Defensa Pública Piura
Ministerio de Justicia
E-mail: [email protected] Skype: covevi2009
D.Mgr.Ing. CIP. Karla Gonzales De La Vega
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E-mail: [email protected]
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Caso de Éxito: La Gestión del Conocimiento
aplicada en la Defensa Pública en el Perú