carta de derechos de los pasajeros de aeronaves

4
CARTA DE DERECHOS DE LOS PASAJEROS DE AERONAVES

Upload: milton3229

Post on 15-Jun-2015

680 views

Category:

Documents


4 download

TRANSCRIPT

Page 1: Carta de Derechos de Los Pasajeros de Aeronaves

CARTA DE DERECHOS DE LOS

PASAJEROS DE AERONAVES

Page 2: Carta de Derechos de Los Pasajeros de Aeronaves

1. Trato a pasajeros

Los pasajeros que se encuentren dentro del territorio nacional tienen derecho a

recibir un trato justo, digno, no discriminatorio y respetuoso por parte del personal de los

cuerpos de vigilancia y seguridad privados y, en general, de todos los servidores públicos

de los aeropuertos.

2. Información

Desde el momento de ingresar a un aeropuerto mexicano los pasajeros tienen

derecho a recibir de manera clara, íntegra, completa y oportuna, de parte de las

autoridades aeroportuarias, información sobre:

a) La llegada y salida de los vuelos tanto nacionales como internacionales.

b) Los objetos y equipaje que puede transportar como de mano.

c) Los objetos que no pueden ser introducidos a bordo del avión, así como, en caso de

que no se logre documentar éstos, los trámites que deben cubrirse al momento de ser

recogidos por personal de seguridad para que el pasajero se encuentre en posibilidad de

recuperarlos dentro del término de 90 días posteriores a su viaje.

d) Los procedimientos de revisión que están implementados para ingresar a la sala de

abordaje, así como, las personas que lo realizan.

e) Los trámites de identificación a que estarán sujetos.

f) Los procedimientos de revisión de personas, objetos, equipaje de mano y documentos

que se encuentren autorizados por la autoridad aeroportuaria.

g) Las autoridades responsables de las revisiones, así como las empresas privadas que

tengan bajo su responsabilidad la operación directa.

h) La ubicación de los módulos correspondientes a las oficinas de quejas ante las cuales

puedan

3. Revisión a pasajeros

Page 3: Carta de Derechos de Los Pasajeros de Aeronaves

a) Los procedimientos de revisión de personas, objetos, equipaje de mano y documentos

se deben realizar antes de ingresar a las salas de abordaje y deben ser generales, no

discrecionales ni a juicio personal de quienes lo apliquen.

b) Ante cualquier procedimiento de revisión adicional al señalado, el pasajero tiene

derecho a conocer la causa o motivo de esto.

c) Durante los procedimientos de revisión de pertenencias y objetos de uso personal, a las

mujeres se les debe permitir solicitar que la revisión sea realizada por personas de su

mismo sexo, así como, garantizar que la revisión que se practique a menores, personas

con capacidades diferentes y adultos mayores se realice tomando en consideración la

condición de cada uno de ellos.

Artículos 17, 33 Y 50 de la Ley de Aviación Civil, y 43 de su Reglamento; 71 de la Ley de

Aeropuertos, y 151,152, 154y 156 de su Reglamento.

4. Revisión de equipaje

a) La autoridad aeroportuaria, en los procedimientos de revisión al equipaje de mano, así

como a los artículos que porte el pasajero, se deberá auxiliar para su revisión en la

tecnología de detección avanzada, con la finalidad de evitar dañar total o parcialmente

sus pertenencias.

b) Garantizar que la revisión de equipaje de mano se realice de manera ágil, y evitar la

presencia, durante los procesos de revisión, de prácticas destructivas de objetos y bienes

personales, así como la privación injustificada de éstos.

Artículos 17, 33 Y 50 de la Ley de Aviación Civil, y 43 de su Reglamento; 71 de la Ley de

Aeropuertos, y 151,152,154 Y 156 de su Reglamento.

5. Quejas

En todo aeropuerto mexicano los pasajeros tienen derecho a acudir a una oficina

de quejas, fácilmente identificable y accesible a quienes viajan, que deben ser atendidas

por la autoridad aeroportuaria para recibir y orientar al afectado. Las quejas se harán del

conocimiento de la Secretaría de la Función Pública, de la Procuraduría Federal del

Consumidor y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de acuerdo con su

competencia.

Page 4: Carta de Derechos de Los Pasajeros de Aeronaves

Los pasajeros que, por cualquier motivo, interpongan una queja ante la autoridad

aeroportuaria obtendrán un número de registro de la misma y deberán recibir de ésta una

respuesta acorde con lo que establecen las leyes vigentes en materia del derecho de

petición. Si la respuesta proporcionada por la autoridad resulta insatisfactoria, el pasajero

tiene derecho a objetarla.

Artículos 10 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

Públicos y 25 de la Ley de la interponer sus inconformidades sobre excesos o abusos en

que incurran empresas o servidores públicos.

i) La posibilidad de rehusarse a ser revisado por los empleados de compañías privadas de

seguridad, y solicitar que sea la autoridad aeroportuaria la que practique la revisión.

Artículos 17 de la Ley de Aviación Civil; 43 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 8,

fracción VI, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

Públicos, y 5 del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la

Ley.

6. Derechos Humanos

Los pasajeros que consideren que sus derechos fundamentales fueron violentados

por la autoridad aeroportuaria pueden acudir a solicitar la intervención de la Comisión

Nacional de los Derechos Humanos.

Artículo 25 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

7. Datos personales

Toda la información que contengan las quejas que presenten los pasajeros será

considerada confidencial. Los pasajeros aeroportuarios que interpongan una queja por

cualquiera de los motivos anteriores tienen derecho a la protección de su identidad, así

como a la de los datos personales que proporcionen, y a no ser objeto de ningún tipo de

discriminación o represalia posterior a consecuencia de su queja.

Artículos 4 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 13 Y 14 de la

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.