caracterización de la violencia de género: definición · arístides vara: 12 de octubre 2013...

46
Análisis Comparativo modelos Peruano y Español Lima, Diciembre 2013 Intervención con Víctimas de Violencia de Género y de Trata : 1

Upload: vunhan

Post on 27-Oct-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Análisis Comparativo

modelos Peruano

y EspañolLima, Diciembre 2013

Intervención con Víctimas

de Violencia de Género y de

Trata :

1

2

Caracterización de la Violencia contra las Mujeres: relaciones de género

La violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.

Costos empresariales de la violencia contra las mujeres en el Perú

Arístides Vara: 12 de octubre 2013 USMP

- Violencia contra mujeres deja pérdidas por US $ 6.744 millones: equivale al 3,9% del PBI

- Encuesta a Gerentes de 211 empresas y 1881 trabajadores: multiplicar días perdidos por rentabilidad laboral sector manufacturero

- Dirección c/violencia de Género, y Directora de Manuela Ramos : 4 DE CADA 10 MUJERES SUFREN DE VIOLENCIA FISICA O SEXUAL, 7 DE CADA 10 VIOLENCIA EMOCIONAL

- OMS : “Lima empató con la zona rural de Etiopía”3

4

Caracterización de la Violencia de Género: definición

“Acción o conducta basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como privado”

Incluye violencia: Ocurrida en:

- Física; - ámbito doméstico o dentro de la familia o - Sexual; cualquier relación interpersonal;- Psicológica. - en la comunidad y sea perpetrada por

cualquier persona;- perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, en cualquier lugar que ocurra.

5

Mapeo implementación PNCVM 2009-2015(ENDES 2012)Flora Tristán

- 629,203 mujeres declararon ser víctimas de violencia- 58% de mujeres en nuestro país declaró que alguna vez sufrió violencia física por parte de su esposo o compañero.- 37,2% fue víctima de v física o sexual

Empujadas, golpeadas, pateadas, amenazadas con cuchillo, pistola u otra arma, obligadas a tener relaciones no consentidas

42% no tenía educación39,4% educación primaria y secundaria30,3% educación superiorRegiones: Cusco con 51,8%, Apurímac con 50%, y Junín con 48% encabezan la violencia física y sexual en el Perú

Concepciones sobre violencia en las mujeres

• Se presentan contradicciones entre el discurso sobre derechos, el rechazo a la violencia y las reales posibilidades que evidencian las mujeres para enfrentar el problema, debido a los costes que ello implica tanto a nivel personal/social y/o material.

• Estos elementos nos permiten señalar que en el imaginario de las mujeres se encuentran operando dos concepciones contradictorias. La concepción de derecho y la concepción familista.

• La primera permite que las mujeres identifiquen de forma espontánea derechos básicos que tendrían que ser respetados; no obstante la idea de conservar la “unidad familiar”, por encima del bienestar propio se mantiene.

[

6

• Las comisarías constituyen la primera puerta de acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia, de allí que ellas recurren a estos servicios en primera instancia solicitando protección y apoyo; aunque muchas de las veces con expectativas mayores a las posibilidades de intervención de la policía.

• Es preocupante cómo la insatisfacción de sus necesidades puede implicar para muchas de ellas desarrollar un sentimiento de frustración ante la imposibilidad de acceder formalmente a la justicia y la necesidad de desarrollar estrategias alternas a las formales

• El 27% señaló que acudiría a denunciar ante una eventual situación de maltrato. 75.5% lo haría a una Comisaría.

7

32 Comisarías de la Mujer y la Familia1.365 Comisarías en General

En Lima el 93% acude a la Comisaría y sólo el 4,2% a los CEMS del MIMPLa Defensoría del Pueblo en su Reporte de Supervisión a las Comisarías 2010 señaló que el 39,94% de comisarías no tenía información accesible sobre denuncias de violenciaMas del 50% de Comisarías no tiene ambientes especiales para declaraciones o testimoniosMas del 20% no tiene personal capacitado para atender denuncias de violencia familiar o sexual

8

•Aun así no consideran que la CM sea una instancia inoperante, por lo que desean que sea transformada para superar las debilidades que tiene.

• De no existir la CM: Todas/os las/os actores coinciden en que la posibilidad de acceso a la justicia por las mujeres en situación de violencia se restringiría aún más de lo que está; ello debido a que no tendrían un medio de reivindicación cercano a la población, como lo es una estación policial.

• La CM aporta al protagonismo de las mujeres en el espacio público, y el problema de la violencia como un asunto colectivo y de Estado.

• Consecuentemente, es urgente y necesario que la CM, como política pública, sea dotada de cambios a nivel normativo/institucional; que adquiera el reconocimiento que debe dentro de la estructura del Estado y a nivel policial, por el importante rol que tiene y las expectativas que las mujeres depositan en ella

Presupuesto insuficiente2013: para atender 199 servicios a nivel nacional, y la línea telefónica de apoyo y otros: se le asignó 56 millones de soles Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, aprobado mediante Decreto Supremo 003-2009-MIMDES: Objetivo Estratégico Nº 2 se orienta a: “Garantizar el acceso de las mujeres afectadas por la violencia basada en género, a los servicios públicos de calidad, incluyendo el acceso al sistema de salud y judicial, entre otros, contribuyendo a superar su condición de víctimas. (…) 2.2. Garantizar el acceso de las víctimas de violencia basada en género a la justicia, de manera eficaz y oportuna”.

10

11

Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD:“Seguridad Ciudadana con rostro humano: diagnóstico y propuestas para América Latina 2013-2014”

- 9 homicidios por c/ 100,000 habitantes

- INPE: Robo agravado, TID, violación sexual

Convención de Belem do Pará

• Reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

• Obligaciones del Estado: actuar con debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia de género

12

Derecho al libre desarrollo de la personalidad

TC : AI n° 07-2006:

El libre desenvolvimiento de la personalidad constituye un derecho fundamental innominado o implícito, que se deriva o funda en el Principio fundamental de la dignidad de la persona

La valoración de la persona como centro del Estado y de la sociedad, como ser moral, con capacidad de autodeterminación

13

Género

(17) Discriminación que sufre la mujer: obstáculo para el acceso a la justicia, agravado en aquellos casos en los que concurra alguna causa de vulnerabilidad.(19) Violencia contra la mujer: cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado, mediante el empleo de la violencia física o psíquica

100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de personas en condición de vulnerabilidad: RA 266-2010 CE-PJ 26/07/2010

Derecho de las

mujeres a una vida libre de violencia

Las mujeres tenemos derecho al

reconocimiento, goce, ejercicio y

protección de todos los derechos

humanos y las libertades consagradas

por los instrumentos de derechos

humanos (artículo 4).

Derecho de las mujeres a una vida libre

de violencia:

• el derecho a ser libre de toda forma de

discriminación;

• el derecho a ser valorada y educada

libre de patrones estereotipados de

comportamiento y prácticas sociales y

culturales basadas en conceptos de

inferioridad o subordinación (art. 6)

15

Aportes desde la Jurisprudencia Internacional: ESTEREOTIPO

" [...] ideas preconcebidas sobre el rol de un hombrey una mujer en cuanto a determinadas funciones (…)

Se trata de nociones basadas en estereotipos queindican la necesidad de eventuales vínculos afectivoso de supuestos deseos de formar una familia, lapresunta importancia de la "formalidad" en la relacióny el rol de un padre durante un embarazo, quien debeproveer cuidados y atención a la mujer embarazada,pues de no darse estos presupuestos se presumiríauna falta de idoneidad o capacidad del padre en susfunciones con respecto a la niña [...]".

• Caso Fornerón. Corte IDH16

Tercer Pleno Casatorio Cas. N° 4664-2010- Puno

Precedente Judicial vinculante:

1. En los procesos de familia el Juez tiene facultades tuitivas, debe flexibilizar algunos principios en atención a la naturaleza de los conflictos a solucionar, derivados de relaciones familiares y personales, ofreciendo protección a la parte perjudicada, de conformidad con los art. 4 y 43 de la Constitución

17

Elevación en consulta Sentencias infundadas

- No se apersonan, no concurren

- Sólo declaración a nivel policial

- No se actúa prueba de oficio

- No se evalúa el contexto familiar en el que se producen los hechos

- No existe perspectiva de género para el análisis: tomar en cuenta elementos, circunstancias y datos sobre la situación de las mujeres que de otra forma no serían considerados (visibilizar)

18

Aportes de la Jurisprudencia Internacional: ESTEREOTIPO

“… La madre de la joven González indicó que cuandoacudieron a presentar el reporte de desaparición, unfuncionario habría dicho a una amiga de su hija que “segurose había ido con el novio, porque las muchachas eran muy„voladas‟ y se les aventaban a los hombres”. a madretambién señaló que cuando fueron a poner la denuncia ledijeron que “a lo mejor se fue con el novio, que a lomejor al rato regresaba”. ´[...]

El Tribunal considera que en el presente caso, loscomentarios efectuados por funcionarios en elsentido de que las víctimas se habrían ido con sunovio o que tendrían una vida reprochable y lautilización de preguntas en torno a la preferenciasexual de las víctimas constituyen estereotipos. [...]"Caso González y otras (“Campo Algodonero”). Corte IDH

19

Caso Penal n° 01094-2008 CSJLLViolación y Trata de Personas

- Relato secuenciado de menor de 13 años- Reconocimiento médico: físico, ginecológico y

psicológico- Pruebas de captación y traslado mediante el

engaño- Pruebas de haber sido obligada a ejercer meretricioPositivo:- Aplicación Acuerdo Plenario 02-2005- Mantuvo reserva de identidad de la víctima- Condena a 30 años al autor debidamente

sustentada20

Falencias- Policía requiere contar con institución de apoyo,

mientras familiares se apersonan (descanso, seguridad y alimentación)

- CARs no tienen capacidad para atención de víctimas, gobiernos regionales y locales deben involucrarse

- Reparaciones civiles ínfimas

- No se denunció a administradores del prostíbulo, ni empresas de transporte utilizadas

- UDAVIT no cuenta con presupuesto adecuado

- Trabajo profesional para la recuperación de la víctima21

Acuerdo Plenario N° 1 -2011 Corte Suprema de Justicia

… contexto intimidatorio anterior y contemporáneo … cautiverio, abuso sistemático o continuado: la víctima

no requiere demostrar resistencia u opta por el silencio, pues cualquier intento es inútil o le puede

ocasionar un mal mayor

R.N. 3044-2004: Precedente vinculante Corte Suprema de Justicia:

en este tipo de delitos es común una relación parental, de subordinación, o de poder entre agente y víctima

22

RN. N° 4063-2008 Apurímac: “además las pericias medico legales no acreditan el ejercicio de violencia física contra la agraviada –quien ya tenía experiencia sexual previa…”

RN 3085-2004 Cañete: “Se ha discutido mucho la cuestión de si un hombre puede, valiéndose sólo de sus propias fuerzas, violar a una mujer que se halle en plena posesión de sus facultades. Como es natural que una mujer se resista cuanto pueda, presentará señales (…) derribar a la mujer, mantenerla en el suelo, impedirle que grite, sujetarle las manos de algún modo levantarle las ropas (…) dificilísima la penetración, mucho menos si se trata de una virgen”

23

PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL

DERECHO PENAL SEXUAL

Propone excluir interpretaciones discriminatorias

como la consideración de la resistencia heroica y

permanente de la víctima como condición de la

violencia típica, establecer garantías procesales a

favor de la víctima a fin de que se halle en igualdad

de armas, valorar su declaración como prueba válida

y legítima para enervar la presunción de inocencia,

otorgar valor jurídico a las pericias sicológicas que

revelan el daño sufrido a consecuencia de la

violencia.

Plantea la necesidad de contar con técnicas de

interrogatorio adecuadas para evitar una «segunda

victimización». 24

RN 1547-2012 Piura23 de abril 2013- Relato circunstanciado: momento, lugar, modo y actos

relevantes, ante Juez de Paz - Desfloración reciente, certificado medico no ratificado- Prendas con huellas de sangre- Retractación de la testigo: R.N. N° 3044-2004 Lima: testigos

que declaren en diferentes etapas del proceso: se puede conceder mayor o menor fiabilidad analizando el grado de verosimilitud y fidelidad que presentan

- retractaciones contradictorias- Disminución de pena por edad del acusado

RESPONSABILIDAD DEL JUZGADORAl aplicar el Derecho e interpretar la ley, se aprecia unadimensión cognitiva y otra valorativa del juzgador. Paraevitar la arbitrariedad, se ha recurrido a criterios rectoresde interpretación: la Constitución y los DerechosHumanos.

No es posible proteger la «moral sexual social», o la«honestidad» sin contravenir las disposicionesconstitucionales y las obligaciones contenidas en tratadosde derechos humanos.

El Derecho Penal no puede ser ajeno a la meta de laigualdad, a través del destierro de criteriosdiscriminatorios en la aplicación de la ley.

26

• El proceso es reservado. Se debe preservar la identidad de lavíctima.

• El examen médico legal requiere del consentimiento de la víctima.Examen que será realizado por el médico y una asistente,permitiéndose la presencia de otras personas previoconsentimiento de la víctima.

• Tanto el Fiscal y el Juez deben considerar el estado emocional de lavíctima, para decidir los actos de la investigación.

TRATAMIENTO LEGAL EN DELITOS CONTRA LIBERTAD SEXUAL

(LEY 27055)

27

• La confrontación entre el presunto autor y la víctima noprocede si la víctima es menor de 14 años, salvo que lavíctima lo solicite.

• La prohibición de ordenar la concurrencia del niño, niña oadolescente para los efectos de la realización de ladiligencia de reconstrucción de la escena del delito o lascircunstancias.

• Reconoce el valor probatorio de los certificados médicosexpedidos por el Instituto de Medicina Legal, losestablecimientos de Salud del Estado y los centros de saludautorizados. Establece la gratuidad en la atención y en laexpedición de los certificados médicos correspondientes.

• Asistencia Legal integral y gratuita al agraviado y a sufamilia.

28

• Obligatoriedad de la presencia del Fiscal deFamilia en las declaraciones del NNA, ante lapolicía, bajo sanción de nulidad yresponsabilidad funcional.

• La presencia de cualquiera de los padresdurante la declaración de la víctima, o dealguna otra persona que los represente o quetenga bajo su tutela a la menor, siempre que nofueran estos los denunciados.

• Corresponde al Fiscal de Familia ordenar laevaluación clínica y psicológica de la víctimapor personal especializado.

• La declaración de la víctima será la que rindaante el Fiscal de Familia, salvo mandatocontrario del Juez. 29

TRATAMIENTO LEGAL A VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL (LEY 27055)

• Atención Integral para la recuperación física y psicológicadel niño, niña y adolescente, programas que deberán incluira la familia.

• El deber del Estado de garantizar el respeto de los derechosde la víctima en todos los procedimientos policiales yjudiciales.

• Promover programas preventivos de protección y atenciónpúblicas y privadas que tiendan a prevenir, atender y reducirlos efectos de la violencia dirigida contra el niño, niña yadolescente.

• Intervención de oficio del Fiscal de Familia desde la etapainicial, en toda clase de procedimientos policiales yjudiciales en resguardo y protección de los derechos delniño, niña o adolescente.

30

LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA

Para superar esos prejuicios el/la

Juez debe analizar la declaración

de la víctima objetivamente. La

declaración de la agraviada tendrá

entidad suficiente para destruir la

presunción de inocencia si supera

una exhaustiva valoración.

31

Acuerdo Plenario 02-2005: Garantías de certeza de ladeclaración de un agraviado son las siguientes:

A) Ausencia de incredibilidad subjetiva, la no existenciade relaciones entre el agraviado e imputado.

B) Verosimilitud, no sólo incide en la coherencia ysolidez de la declaración, conteniendo caracteresobjetivos que doten aptitud probatoria.

c) Persistencia en la incriminación (matiz que guardarelación con la letra C de la diapositiva anterior)

32

ACTIVIDAD PROBATORIA EN LOS PROCESOS DE VIOLENCIA

SEXUAL

Difícil probanza

Una característica principal de los delitos sexualeses su clandestinidad. Los hechos suelen perpetrarseen espacios privados, sin la presencia de testigos ysin la existencia de rastros (desfloración, sangre,semen, huellas, etc.) que puedan develar losucedido.

Presunción de inocencia

Es una de las garantías constitucionales másimportantes de la administración de justicia penal.Exige una suficiente actividad probatoria de cargopara destruir el derecho a esta presunción.

33

Concepcionessobre la

violencia en actores

institucionales:

Aunque se reconocen avances, la permanencia de patrones de discriminación obstaculiza la erradicacióndel patriarcado, favoreciendo su transformación en un vigilante silencioso, que obstaculiza la ciudadanía de lasmujeres.

Influencia de una lógica institucional.

34

Obligación del Estado de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar

y reparar la violencia de género

Artículo 7 Belem do Pará:

• Abstención de prácticas de violencia contra la mujer y velar que sus funcionarios actúen de conformidad con esta obligación;

• Aplicación de debida diligencia para investigar y sancionar la violencia contra las mujeres;

• Adecuación de normas y otras medidas jurídicas para garantizar los derechos de las mujeres y hacer efectiva la Convención;

• Aplicación de procedimientos legales justos y eficaces frente a la violencia;

• Modificación de prácticas o costumbres que respalden la tolerancia de la violencia contra las mujeres.

35

Obligación del Estado de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y

reparar la violencia de género

Abstención de prácticas de violencia contra la mujer, y velar para que sus funcionarios actúen de conformidad con esta obligación;

"...ante un acto de violencia contra una mujer, resultaparticularmente importante que las autoridades a cargo dela investigación la lleven adelante con determinación yeficacia, teniendo en cuenta el deber de la sociedad derechazar la violencia contra las mujeres y las obligaciones delEstado de erradicarla y de brindar confianza a las víctimas enlas instituciones estatales para su protección."

Sentencia Corte IDH. Campo Algodonero.

36

Obligación de investigar: la debida diligencia

…una debida diligencia en los procesos

investigativos requiere que éstos tomen

en cuenta:

• la complejidad de los hechos

• el contexto

• las circunstancias en que ocurrieron

• los patrones que explican su comisión

en seguimiento de todas las líneas

lógicas de investigación 37

Obligación del Estado de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia

de género

• Investigación oportuna

• Declaración de la víctima __ toma de la declaración / evaluación

• Minimizar intromisión a la intimidad

• Coordinación de la intervención

• Énfasis exclusivo en prueba directa 38

Articulación Intersectorial

Calidad

De la

Atención

RecepciónAsunción

SoluciónEjecución

Interdisciplinar

Articulada

SinergiasRetro alimentación

SecuencialEnlaces

Respuesta eficiente, eficaz, uniforme, en Registros, supervisada

39

Procesos asociados con el desarrollo de modelos y

metodologías sensibles a las diferencias entre

hombres y mujeres, determinante para el efectivo logro

de los procesos de restitución y reparación

de derechos vulnerados de víctimas

A nivel de impacto de los programas y de los objetivos de restitución y reparación de derechos vulnerados, es

necesario comprender que una mayor eficiencia del proceso se relaciona con identificar aquellas

necesidades, restricciones y fortalezas específicas presentes en los comportamientos y roles asignados a

hombres y mujeres y que afectan sus capacidades para enfrentar con éxito los procesos de reparación y

restitución de derechos vulnerados.

40

Actuación sin articular

Administración de Justicia

• Poder Judicial

• Ministerio Público

• PNP

Política Social

• CEMs

• MINJUS

• ALEGRAS

Sociedad Civil

• ONGs

• Centros de Ayuda

Congreso

Proyecto Ley

pendiente

41

La debida diligencia y la violencia de género

Cuando un ataque es motivado por razones degénero la investigación debe ser realizada convigor e imparcialidad teniendo en cuenta lanecesidad de reiterar continuamente la condena aeste tipo de violencias por parte de la sociedad ypara mantener la confianza de las mujeresvíctimas de violencia en la habilidad de lasautoridades para protegerlas frente a estaamenaza

Sentencia Corte IDH Campo AlgodoneroInforme CIDH. Simone Diniz

42

Informe Regional de Desarrollo

Humano 2013-2014

"Seguridad Ciudadana: con rostro humano"

Diagnóstico y propuestas

para América Latina (PNUD)

Respuestas hacia la violencia de género:• mayor colaboración y cercanía

entre policía y comunidades, fortalecer el tejido social y prevención hacia grupos de riesgo

• mejorar la calidad y la gestión de información;

• fomentar una respuesta estatal integral desde Sector educación, salud, hasta el sector justicia y policía;

• impulsar campañas con el fin de visibilizar y erradicar estas prácticas, con especial énfasis en transformar las masculinidades y los patrones socioculturales discriminatorios. 43

Diez Recomendaciones para una América Latina

Segura (Informe PNUD 2013-2014)

7. Atender y prevenir de modo integral la violencia de género enel espacio doméstico-privado y en el ámbito público.Garantizar la aplicación efectiva de las leyes vigentes para prevenir ysancionar la violencia en contra de las mujeres en la región,incluidas las leyes en contra la violencia intrafamiliar, la violenciasexual y las leyes que tipifican el feminicidio. Formular eimplementar políticas de Estado con un enfoque integral, unpresupuesto específico y la coordinación interinstitucional ymultisectorial, adecuadas para atender las múltiples causas de laviolencia contra las mujeres.Promover campañas de sensibilización desde la niñez, quefomenten relaciones de respeto e igualdad entre mujeres yhombres, y que promuevan masculinidades no violentas.

44

8. Salvaguardar activamente los derechos de las

víctimas.

Formular una política nacional y un marco legal —con

participación activa de las víctimas— que aseguren la atención, protección y reparación oportuna del daño. Poner en marcha mecanismos efectivos para su aplicación. Definir los mecanismos de reparación del daño y el conjunto de prestaciones y servicios que otorgará el Estado a las víctimas de delitos violentos mediante un esfuerzo intersectorial. Capacitar y profesionalizar a los funcionarios públicos que entran en contacto directo con las víctimas y sus familias, definiendo protocolos de atención, cursos de acción y responsabilidades.

45

Gracias por su atención

¡¡

46