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1 CAPÍTULO I GENERALIDADES DE LAS COOPERATIVAS DE CAFÈ AFILIADAS A UCAFES EN EL SALVADOR. A. GENERALIDADES SOBRE LAS COOPERATIVAS DE CAFÈ. 1. DEFINICIÓN DE COOPERATIVAS Es una reunión voluntaria de personas, que tienen necesidades en común y deciden asociarse para satisfacerlas, a través de la organización de una empresa sin fines de lucro. Esta organización es una empresa de producción, obtención, consumo o crédito de participación libre y democrática que utiliza sus propios recursos. La Cooperativa se diferencia de las compañías anónimas en que es una sociedad de personas y no de capitales. La participación de cada socio está determinada por el trabajo incorporado al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya aportado; como sucede en las compañías anónimas, donde la ganancia se distribuye a los socios en proporción al capital económico que cada uno aportó 1 . Las Cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser asociados, sin discriminación social, política, religiosa, racial o de sexo. Las Cooperativas son organizaciones administradas democráticamente por los asociados, los cuales participan activamente en la fijación de políticas y la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar y administrar las cooperativas son responsables ante los asociados. 1 http://www.monografias.com/trabajo36/cooperativa/cooperativa.shtml. [Consultado el 29/09/2006 ]

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1

CAPÍTULO I

GENERALIDADES DE LAS COOPERATIVAS DE CAFÈ AFILIADAS A

UCAFES EN EL SALVADOR.

A. GENERALIDADES SOBRE LAS COOPERATIVAS DE CAFÈ .

1. DEFINICIÓN DE COOPERATIVAS

Es una reunión voluntaria de personas, que tienen necesidades en común y deciden

asociarse para satisfacerlas, a través de la organización de una empresa sin fines de

lucro. Esta organización es una empresa de producción, obtención, consumo o

crédito de participación libre y democrática que utiliza sus propios recursos.

La Cooperativa se diferencia de las compañías anónimas en que es una sociedad de

personas y no de capitales. La participación de cada socio está determinada por el

trabajo incorporado al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya

aportado; como sucede en las compañías anónimas, donde la ganancia se distribuye

a los socios en proporción al capital económico que cada uno aportó1.

Las Cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas

capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser

asociados, sin discriminación social, política, religiosa, racial o de sexo.

Las Cooperativas son organizaciones administradas democráticamente por los

asociados, los cuales participan activamente en la fijación de políticas y la toma de

decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar y administrar las

cooperativas son responsables ante los asociados.

1 http://www.monografias.com/trabajo36/cooperativa/cooperativa.shtml. [Consultado el 29/09/2006 ]

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2. ANTECEDENTES HISTORICOS

Entre el sexto y noveno siglo de nuestra era, fueron los persas y los árabes los que

llevaron el café arábica, desde las elevaciones africanas, a otras zonas del mundo,

extendiendo su cultivo y consumo a Europa y Asia.

Las primeras plantaciones de café en América tuvieron lugar cuando los

colonizadores franceses, en el tiempo de Luís XIV, trasladaron el producto desde los

invernaderos de París a la Guyana Francesa, Haití y Santo Domingo.

Según los historiadores, el café pasó desde el Caribe a El Salvador, en 1740; a

Guatemala, en 1750, y a Bolivia, Ecuador, Panamá y Costa Rica, entre 1784 y 1797.

El gran integracionista salvadoreño, Gerardo Barrios, fue el visionario que intuyó el

enorme potencial del café y lo impulsó en todo el país. Desde entonces, el café se

convirtió en la columna vertebral de nuestra economía y moldeó nuestra cultura.

Aunque la población local en el occidente del país sembraba café en pequeña escala

desde antes de La Independencia, su producción no aumentó significativamente si

no hasta la segunda mitad del siglo XIX, de 1860 en adelante.

Fue en esta época que el café salvadoreño inició un periodo de notable crecimiento,

cubriendo amplias zonas cultivables en las tierras altas de El Salvador. Factores

técnicos, económicos y políticos intervinieron directamente en este proceso de

expansión. Ya en ese entonces, el Estado no sólo buscaba aumentar la producción

de café, sino desarrollar un producto con tradición y calidad.

A partir de esos días, el café se mantuvo como una prioridad, hasta que en el siglo

XX se convirtió en el principal producto de exportación del país. Mucha de la

prosperidad alcanzada por los salvadoreños en aquella época estuvo determinada

por el reconocimiento internacional de nuestro café.

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Actualmente hay en el país 23 mil productores, y cerca del 90% de ellos poseen

fincas por debajo de 25 manzanas de extensión. El área cultivada por los pequeños y

medianos agricultores aporta el 80% de nuestra producción total.

Adicionalmente, 15 mil pequeños cafetaleros están organizados en sociedades

cooperativas que brindan apoyo económico y social. Cuentan además con 119

cooperativas de la reforma agraria y 3 mil productores, agrupados en cooperativas

tradicionales, que generan alrededor de un 30% de la producción total.

Existen cerca de 70 beneficiadores/exportadores, mientras que del consumo interno,

que ronda los 150 mil sacos, se encargan cerca de 40 tostadores, que en su mayoría

son pequeñas y medianas casas de tostaduría de café.

El sector cafetalero se encuentra agrupado en cuatro gremiales: la Asociación

Cafetalera de El Salvador, La Unión de Cooperativas de Cafetaleros de El Salvador,

la Asociación de Cooperativas de la Reforma Agraria Productoras, Beneficiadoras y

Exportadoras de Café, y la Asociación Salvadoreña de Beneficiadores y

Exportadores de Café.

Estas entidades, junto al sector público, conforman el foro oficial de discusión

permanente del sector, conocido como el Consejo Salvadoreño del Café. El tipo de

institucionalidad que este foro representa permite al sector cafetalero formar parte de

esfuerzos internacionales interesados a enfrentar, decidida y globalmente, la crisis

del café. Por supuesto, como país estamos interesados en fortalecer los sistemas de

cooperación internacional que nos permita desarrollar acciones como el plan de

mejoramiento de la calidad a nivel mundial.

Complementando el tejido institucional está la fundación Procafé es la entidad

encargada de realizar investigaciones científicas y transferencias tecnológicas,

contando para ello con un patrimonio académico, de investigación y de experiencias

que se remonta a más de 40 años. Tanto el Consejo Salvadoreño del Café como

Procafé son instituciones de servicio al productor financiadas por los cafetaleros.

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3. IMPORTANCIA DE LAS COOPERATIVAS

La importancia de las cooperativas radica, en la aplicación de un verdadero sistema

cooperativista con todas sus reglas, normas, procedimientos y principios

establecidos, será indiscutiblemente, una herramienta para el desarrollo económico,

social e intelectual.

4. CLASIFICACION

Hay muchas clases de cooperativas, si bien por su estructura sólo existen dos tipos:

• Las constituidas para el aprovisionamiento.

• Las constituidas para la producción.

Dentro del tipo de cooperativas constituidas para el aprovisionamiento se tiene dos

destinatarios:

• Para el consumo directo de las personas, familias; en tal caso se denominan

cooperativas de consumidores y usuarios; o

• Para las actividades agrícolas, industriales o profesionales de los socios

(todos ellos agricultores, empresarios, profesionales y comerciantes); en este

último caso se denominan cooperativas de servicios según las leyes de

cooperativas.

Dentro de las cooperativas para la producción existen aquéllas cuyos socios

producen por separado y aquéllas cuyos socios producen asociadamente. Las

primeras son en su mayoría las denominadas cooperativas agrarias (o sea, aquellas

cuyos socios son agricultores propietarios o aparceros en fincas privadas, producen

por separado, y en la cooperativa buscan el canal para vender su producción en las

mejores condiciones). También podrían ser cooperativas de artesanos.

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4.1. LA CREACIÓN DE LAS COOPERATIVAS

4.1.1. Reclutamiento de los primeros socios

Es muy importante que se cuide el reclutamiento de los primeros socios, porque de

éstos depende el éxito de la puesta en marcha de la cooperativa.

Como requisitos a exigir a los socios hay que mencionar:

• Convencimiento de la necesidad de constituir una cooperativa.

• Buena disposición para aportar los recursos económicos necesarios y para

realizar los sacrificios y esfuerzos indispensables.

• Capacidad de convivencia y de trabajo en equipo.

Si cada uno de los primeros socios (pero después también aspirantes) no reúnen los

tres requisitos mencionados, lo mejor es que no se constituya la cooperativa o que

los aspirantes no ingresen; sería tiempo y esfuerzo en vano.

4.1.2. Casos concretos de motivos por los que se crean cooperativas

Cooperativas de trabajo asociado

En el caso de cooperativas de trabajo asociado, éstas acostumbran a surgir de dos

modos distintos:

• Por la iniciativa de unas personas que han estado madurando el proyecto

empresarial y se unen en cooperativa de trabajo a partir de la nada.

• Porque una empresa privada cesa y sus trabajadores deciden continuarla en

forma de cooperativa si se les ceden los activos empresariales bajo una u otra

forma.

En el primer caso existen más probabilidades de éxito porque, implícitamente, todos

los socios promotores reúnen los tres requisitos mencionados; hay factores externos

que, de producirse (o bien, de lograrlos), aseguran el éxito total: buscarán la

financiación suficiente.

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Clases de Cooperativas

Podrán constituirse cooperativas de diferentes clases, tales como:

• Cooperativas de producción;

• Cooperativas de vivienda;

• Cooperativas de servicios.

Son Cooperativas de producción las integradas con productores que se asocian para

producir, transformar o vender en común sus productos.

Las Cooperativas de Producción podrán ser entre otras de los siguientes tipos:

• Producción Agrícola;

• Producción Pecuaria;

• Producción Pesquera;

• Producción Agropecuaria;

• Producción Artesanal;

• Producción Industrial o Agro-Industrial.

Son Cooperativas de Vivienda las que tienen por objeto procurar a sus asociados

viviendas mediante la ayuda mutua y el esfuerzo propio.

Son Cooperativas de Servicio, las que tienen por objeto proporcionar servicios de

toda índole, preferentemente a sus asociados, con el propósito de mejorar

condiciones ambientales y económicas, de satisfacer sus necesidades familiares,

sociales, ocupacionales y culturales.

Las Cooperativas de Servicios podrán ser entre otras de los siguientes tipos:

• De Ahorro y Crédito.

• De Transporte.

• De Consumo.

• De Profesionales.

• De Seguros.

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• De Educación.

• De Aprovisionamiento.

• De Comercialización.

• De Escolares y Juveniles.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito podrán recibir depósitos de terceras personas

que tengan la calidad de aspirantes a asociados. Son personas aspirantes aquellas

que han manifestado su interés en asociarse y cuya calidad tendrán como limite

máximo de un año. En todo caso, la Junta Monetaria autorizara las condiciones,

especialmente en cuanto al tipo de interés y limites, de estas operaciones.

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Proporcionado por ACOVI de R. L.

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5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

5.1. DESCRIPCIÓN DE PUESTOS:

5.1.1. Asamblea General de Socios

La Asamblea General de Socios es la autoridad máxima de las Cooperativas y,

celebrará las sesiones en su domicilio, las cuales serán ordinarias y extraordinarias,

mediante convocatorias previas, escritas o verbales de las cuales quedara

constancia de la notificación.

5.1.2. Auditoria Externa

Efectuar revisiones periódicas de las diferentes áreas claves (Áreas Administrativas,

proceso mercadeo y proceso producción). Con el objeto de verificar que los controles

se establezcan y desarrollen adecuadamente. Proporcionando una evaluación

independiente establecida dentro de la cooperativa para examinar y evaluar sus

actividades.

5.1.3. Junta de Vigilancia

La Junta de Vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la

Cooperativa y fiscalizara los actos de los órganos administrativos así como de los

empleados. Estará integrado por un número impar de miembros no mayores de cinco

ni menor de tres, electos por la Asamblea General de Socios para un período no

mayor de tres años ni menor de uno lo cual regulará el Estatuto respectivo. Estará

compuesta de un Presidente, Secretario y uno o más Vocales.

5.1.4. Consejo de Administración

El Consejo de Administración es responsable del funcionamiento administrativo y

constituye el instrumento ejecutivo de la Asamblea General de Socios, estará

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integrado por un número impar de miembros no menor de cinco ni mayor de siete

electos por la Asamblea General de Socios, para un período no mayor de tres años

ni menos de uno lo cual regulará el Estatuto respectivo. Estará compuesta de un

Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y uno o más Vocales.

5.1.5. Comité de Educación

Este comité es el encargado de promover y aprobar la capacitación y seminarios

para los socios. Es el ente que programa y supervisa que se efectúen todos los

eventos que tengan la finalidad de una mejora educativa para cada uno de sus

socios.

5.1.6. Comité de Crédito

Ejercerá la supervisión de todas las actividades de la Cooperativa y fiscalizara los

actos que tengan que ver con los créditos otorgados sean estos a favor de la

Cooperativa o de los socios así como de los empleados. Los miembros del consejo

serán electos por la Asamblea General de Socios. Los miembros del consejo de

crédito continuarán en el desempeño de sus funciones aunque hubiere concluido el

plazo para el que fueron designados, mientras no se elijan los nuevos miembros por

causa justificada y éstos no tomen posesión de su cargo.

5.1.7. Gerencia General

Bajo la dirección del Consejo Administrativo, es responsable de la ejecución de

políticas, estrategias y planes acordados por estos, para lo cual desarrolla

actividades necesarias de planificación, organización y control de las actividades que

la Cooperativa realiza, con el objeto que éstas se lleven a cabo de acuerdo a los

objetivos de la Cooperativa, vigilando que todos cumplan con sus funciones y

responsabilidades. Operativamente atiende funciones de alto nivel relacionado a

promoción y relaciones públicas.

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5.1.8. Contabilidad y Finanzas

Bajo la dirección del Gerente General, es responsable de velar por la sanidad

financiera de la empresa en lo relativo a su operación y a sus registros contables. En

lo que se refiere a sus registros, la función principal consiste en ejecutar un eficiente

manejo del flujo de efectivo de la Cooperativa y sus respectivas posibilidades de

inversión, un adecuado control y rotación de la cartera de créditos, y una contabilidad

actualizada que le garantice a la Cooperativa un suministro confiable de insumos

bajo las mejores condiciones posibles.

5.1.9. Mercadeo

Bajo la dirección del Gerente General, es responsable de planificar, organizar, dirigir

y controlar las actividades de ventas, relacionadas con pronósticos de mercado, zona

y territorio; elaboración de presupuestos de promoción, inversión y otros, discusión y

acuerdo de planes de ampliación de cobertura, desarrollo del sistema de distribución,

planeación y seguimiento a las estrategias de ventas, distribución y servicio al

cliente; así mismo es responsable del control del presupuesto de costos.

5.1.10. Desarrollo de proyectos

Su función principal es darle seguimiento a los proyectos pactados y autorizados por

la gerencia. Que estos sean desarrollados en el tiempo y forma establecida, así

como la creación de nuevos proyectos para que sean discutidos y/o aprobados por

los entes involucrados en ellos.

6. EVOLUCIÓN Y CRECIMIENTO

En El Salvador, muchos pequeños caficultores son miembros de cooperativas o de

asociaciones de productores. Estas organizaciones funcionan a nivel local y la

mayoría cuentan con personería jurídica. Las funciones de las cooperativas son

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variadas, dependiendo de su origen y estatutos. Como en la mayoría de países

Latinoamericanos, es a través de estas cooperativas locales que los pequeños

productores negocian con actores y mercados externos. Existen dos organizaciones

que prestan servicio a las cooperativas de pequeños caficultores, la Asociación de

Pequeños Productores de Café de El Salvador (APECAFE), y la Unión de

Cooperativas de la Reforma Agraria Productoras, Beneficiadoras y Exportadoras de

Café (UCRAPROBEX).

7. LA CAFICULTURA Y LOS CAMBIOS CLIMATICOS

La mayoría de los caficultores y sus organizaciones están arraigadas culturalmente al

cultivo del café, quienes mantienen el deseo de potenciarlo como fuente principal o

única de ingresos. La tendencia de producción sostenible y competitiva, ha adquirido

fuerza en el sector; y actualmente, hay una estrategia relativa a la producción de café

de calidad. Sin embargo, un problema que puede afectar a productores y aumentar

su vulnerabilidad frente a estos procesos, es el hecho que los expertos señalan

sobre algunos cambios climáticos y la ocurrencia en los últimos años de cambios en

las condiciones oceánicas y atmosféricas y sus implicaciones en los patrones de

lluvia y temperatura, ha derivado en fenómenos naturales destructivos, altamente

impactantes en la caficultura de la región; estos, se han manifestado en daños a la

producción y daños a la infraestructura de producción. Los caficultores están

concientes de ello y este nuevo escenario, derivado de estos cambios, no deja de ser

inquietante para técnicos y productores de café, por cuanto no contribuye a los

esfuerzos actuales de sostenibilidad y competitividad.

La región, ha alcanzado niveles tecnológicos satisfactorios y los caficultores tienen

una actitud que favorece iniciativas para avanzar en este sentido; pero percibimos

que, debido a la influencia de cambios en el clima, los actuales ecosistemas

cafetaleros pueden ser afectados en diferentes grados, sin embargo, estos pueden

recuperarse, sólo requieren de un cambio tecnológico y un convencimiento por parte

del productor para una mayor estabilidad ecológica, lo que se asocia con mayor

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calidad del grano. Surge entonces la interrogante ¿están los productores de la región

preparados para adecuar sus sistemas productivos ante los cambios climáticos?

Afortunadamente las instituciones cafetaleras cuentan con las herramientas técnicas

para afrontarlos, y existen oportunidades de innovación tecnológica que

contrarresten esa tendencia, las cuales residen en el aprovechamiento de recursos

baratos, como la energía solar, eficiencia en el uso del agua, la resistencia genética

del cafeto a situaciones adversas, prácticas de conservación de suelos y otras.2

8. CLASE DE CAFÉ QUE PRODUCE EL SALVADOR

El Salvador produce solamente la especie Arábica, casi completamente en sus

variedades tradicionales. El café Bourbón comprende el 68% del área total de café

cultivada en el país, Pacas que representan el 29% y las especies híbridas

representan solamente el 3%.

El Salvador clasifica su café de acuerdo a la altitud sobre el nivel del mar:

Estricta altura: producido arriba de 1,200 metros sobre el nivel del mar.

Media altura: producido entre 900 y 1,200 metros sobre el nivel del mar.

Bajío: producido entre 600 y 900 metros sobre el nivel del mar.

La mayor parte de nuestro café (71%) es cultivado en media y estricta altura, entre

los 900 y mas de 1,200 metros del nivel del mar, por lo que no es extrañar que sea

disfrutado y muy bien aceptado gracias a su buena calidad en Alemania, Estados

Unidos, Italia, Francia y Japón.

Una taza de este café presenta una taza muy limpia, con un aroma placentero y

penetrante, como también un cuerpo balanceado y acidez tonificada que la hacen

altamente demandado en el mercado mundial.

2 Boletín No. 108 PROMECAFE IICA publicación Julio-Septiembre2006

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La verdad es que el proceso de mercadeo ha cambiado. Ahora no es suficiente tener

un café de buena calidad, tenemos que comercializarlo. Hemos hecho nuestro

trabajo como buenos caficultores y buenos industriales procesando un café de

calidad, con excelentes características y cualidades proporcionales a nuestra altura,

produciendo una taza muy aromática, pero hoy, nuestro desafío es demostrar lo que

nosotros declaramos tener.

El café es el producto agrícola que definió la cultura Salvadoreña, el recurso

económico que ha transformado la historia social de nuestro país y la fuente de

empleo que fortalece y protege la vida en El Salvador.

Desde su primera exportación en 1865, el café ha marcado el paso de la actividad

económica e incluso continúa haciéndolo ahora, cuando la importancia relativa del

sector dentro de la economía ha disminuido debido a la contracción del sector y la

diversificación de la economía, especialmente después de la firma de los acuerdos

de paz hace más de 15 años.

La importancia del café de El Salvador ha venido cambiando durante los últimos

años, de ser la espina dorsal de nuestra economía hacia una fuente de estabilidad

social y ahora se ha convertido en el último bastión ecológico.

En otras palabras, el café es la divisa ecológica de El Salvador, el producto agrícola

que pasó, de ser el recurso vital de nuestra economía, a ser el recurso económico

que produce la vida.

9. AREA GEOGRAFICA DONDE SE CULTIVA EL CAFÉ 3

El Salvador, el país más pequeño de América Central, esta formado por montañas,

valles, volcanes, un llano costero, cordillera de la Sierra Madre y más de 300

kilómetros de costa pacífica.

3 http://www.salvadorancoffees.com/cafe/sp/fmain05.htm

[consultado el 08/10/2006]

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Las plantaciones del café en El Salvador abarcan miles de hectáreas de fértil suelo

volcánico. El café se distribuye en tres zonas importantes del país, y se concentra en

cinco áreas geográficas: Al oeste:

1) Cordillera Apaneca-Lamatepec Al centro del país.

2) Cinturón central. Chichontepec Al este.

3) Sierra Tecapa- Chinameca. Cordillera de Cacahuatique.

Aproximadamente, el 61% de la producción de café viene de la parte occidental del

país, el 24% del área central, mientras que el 15% restante viene del este del

territorio nacional.

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10. SITUACION ACTUAL DEL SECTOR CAFETALERO EN EL

SALVADOR

El incremento de la producción de café en el mundo durante los últimos años ha

inundado el mercado mundial de café en grano comercial barato y ha provocado un

desplome de los precios a niveles que no se registraban desde hacía treinta años. El

café sólo representaba 3,5% del PIB de El Salvador en 2002, cerca de la mitad en

1988. A partir de 2000, la depresión del mercado del café causó la pérdida de 70.000

trabajos directos en El Salvador. Los cafetales también tienen un enorme impacto en

el medio ambiente, ya que representan la casi totalidad de las zonas forestales del

país. Los cafetales pueden contribuir a la retención del suelo y el agua y

proporcionan un excelente hábitat para la biodiversidad.

Con ayuda de la Agencia de los EE.UU. Para el Desarrollo Internacional (USAID),

algunos agricultores de El Salvador se están recuperando, gracias a su entrada en

un mercado completamente distinto: el café especial. Para aumentar sus ingresos del

café y su contribución al PIB, la USAID ayudó a los agricultores de Las Lajas y otras

Cooperativas de El Salvador a mejorar sus métodos de recolección, elaboración y

comercialización del café. El café maduro (llamado café "cereza" o café "uva") se

despulpa, fermenta y lava. Se enseñó a los agricultores a cosechar bayas maduras y

a clasificarlas antes de despulparlas. También se les enseñó la mejor forma de secar

y moler los granos de café.

Al mejorar el proceso íntegro, la Cooperativa estaba en mejores condiciones de

producir cafés de variedad arábiga de alta calidad. Las variedades de arábiga, más

apreciadas que la variedad comercial robusta, se pueden vender como café especial.

En colaboración con Rainforest Alliance, la USAID ayudó a enseñar a los agricultores

a tratar el agua del lavado para proteger el medio ambiente. Esto ha permitido a la

Cooperativa Las Lajas certificar su café como inocuo para el medio ambiente, lo que

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ha incrementado el valor en el mercado de sus productos y ha atraído a más

compradores.

Los 230 agricultores de Las Lajas se recuperaron y vendieron cinco contenedores de

café especial de la cosecha de 2003 a un precio medio de 26% más por libra que el

precio del mercado mundial. La Cooperativa empleó el ingreso adicional, más de

$50.000, para liquidar la deuda que había contraído a principios del decenio, cuando

se debatía por cubrir los costos de producción. La empresa local Exportadora El

Volcán, puso a Las Lajas en contacto con Gala, comprador de café del Reino Unido.

Estos compradores no sólo han ayudado a Las Lajas a aumentar sus ventas, sino

que algunos han empezado a invertir en la comunidad para respaldar la producción.

Gala donó $20.000 a la cooperativa para ayudar a Coatepeque, comunidad en la que

se encuentra Las Lajas, a comprar una cisterna para recoger agua, a fin de que los

miembros de la comunidad puedan disponer de agua fresca en la estación seca.

11. APORTE A LA ECONOMIA

El régimen económico de las Cooperativas, si bien está sujeto a los mismos

condicionamientos que en las demás empresas, posee unas peculiaridades que es

preciso conocer.

En las empresas de carácter colectivo o sea, propiedad de un grupo de personas y al

servicio de estas personas puede haber dos tipos de funcionamiento:

• Si por el tipo de actividad no precisan de capital para invertir en maquinaria e

instalaciones, por ejemplo, pueden funcionar con el simple compromiso de

compra a la sociedad por parte de los socios-propietarios; el solo hecho de la

agrupación puede lograr grandes descuentos, o bien precios en origen más

bajos; o, en otro sentido, puede haber el compromiso de los socios de

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entregar todo su producto a la sociedad, y ésta comercializa en las mejores

condiciones.

Es así que funcionaron muchas cooperativas agrarias en el pasado. O sea, bien

agrupando compras, bien agrupando ventas.

• El segundo tipo de funcionamiento económico, y que es a la vez el más

normal, es aquél en el que todos y cada uno de los socios, además de un

compromiso de compra (o de venta) aportan un capital a la empresa, a fin de

que ésta pueda invertir en infraestructura y además disponer de un circulante.

Si la empresa se gestiona con profesionalidad, y además acierta en su

gestión, obtiene unos beneficios (excedentes en las Cooperativas), parte de

los cuales reinvierte en la empresa bajo diversas modalidades.

Para empezar a funcionar y ser rentable, toda Cooperativa como cualquier empresa

necesita unos recursos económicos en una cuantía mínima imprescindible. Estos

recursos se consiguen mediante las aportaciones de los socios miembros. Estas

aportaciones son las que, en conjunto, se denominan capital social.

12. MARCO LEGAL

12.1 Disposiciones Fundamentales

Art. 1. Se autoriza la formación de cooperativas como asociaciones de derecho

privado de interés social, las cuales gozaran de libertad en su organización y

funcionamiento de acuerdo con lo establecido en esta ley, la ley de creación del

Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP), sus Reglamentos y

sus Estatutos.

Las Asociaciones Cooperativas de producción agropecuaria, pesquera y demás

similares que desarrollen actividades técnicamente consideradas como

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agropecuarias, también se regirán de acuerdo con lo establecido en esta ley, en lo

que no estuviere previsto en su Ley Especial.

Las Cooperativas son de capital variable e ilimitado, de duración indefinida y de

Responsabilidad Limitada con un número variable de miembros. Deben constituirse

con propósitos de servicio, producción, distribución y participación.

Cuando en el texto de esta ley se mencione el término “ASOCIACIONES

COOPERATIVAS” o “COOPERATIVAS”, se entenderá que se refiere también a

“FEDERACIONES” o “CONFEDERACIONES”.

Art. 2.Toda Cooperativa, debe ceñirse a los siguientes principios:

a) Libre adhesión y retiro voluntario;

b) Organización y control democrático;

c) Interés limitado al capital;

d) Distribución de los excedentes entre los Asociados en proporción a las

operaciones que éstos realicen con las Asociaciones Cooperativas o a su

participación en el trabajo común;

e) Fomento de la integración cooperativa;

Art. 3. Toda Cooperativa debe sujetarse a las siguientes normas:

a) Mantener institucionalmente estricta neutralidad religiosa, racial y política

partidista;

b) Reconocer la igualdad de derechos y obligaciones de todos los asociados, sin

discriminación alguna;

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c) Reconocer a todos los Asociados el derecho a un voto por persona, sin tomar en

cuenta la cuantía de sus aportaciones en la Cooperativa. Este derecho se ejercerá

personalmente y sólo podrá ejercerse por medio de delegado en los casos y con las

limitaciones establecidas en esta ley.

Art. 4. Son fines de las Asociaciones Cooperativas, los siguientes:

a) Procurar mediante el esfuerzo propio y la ayuda mutua el desarrollo y

mejoramiento Social, económico y cultural de sus Asociados y de la comunidad, a

través de la gestión democrática en la producción y distribución de los bienes y

servicios;

b) Representar y defender los intereses de sus Asociados;

c) Prestar, facilitar y gestionar servicios de asistencia técnica a sus Asociados;

d) Fomentar el desarrollo y fortalecimiento del Movimiento cooperativo a través de la

integración económica y social de éste;

e) Contribuir con el INSAFOCOOP y demás organismos del Estado relacionados con

el movimiento cooperativo en la formulación de planes y políticas vinculadas en el

Cooperativismo;

f) Los demás que procuren el beneficio de las mismas y sus miembros.

Art. 5. Durante el período de Organización de una Cooperativa, ésta podrá adoptar

dicha denominación, pero agregando las palabras “en formación” y si fuere disuelta

deberá conservarla agregando la frase “en liquidación”.

Art. 6.- Ninguna Cooperativa podrá:

a) Efectuar transacciones con terceras personas naturales o jurídicas, con fines de

lucro, para permitirles participación directa o indirectamente en las prerrogativas o

beneficios que la ley otorga a las Cooperativas;

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b) Pertenecer a entidades con fines incompatibles con los principios cooperativos,

excepto cuando participen como Asociados de Instituciones cuya función sea el

fomento de las Cooperativas;

c) Realizar actividades diferentes a los fines de las Cooperativas;

d) Efectuar operaciones económicas que tengan el carácter de exclusividad o

monopolio en perjuicio de la comunidad;

e) Integrar sus organismos directivos con personas que no sean miembros de la

Cooperativa, ni con las que tengan a su cargo la gerencia, la contabilidad o auditoria;

f) Conceder ventaja, preferencia u otros privilegios a sus promotores, fundadores o

dirigentes;

g) Exigir a los Asociados admitidos con posterioridad a la constitución de las mismas,

que contraigan obligaciones económicas superiores a las de los miembros que hayan

ingresado anteriormente.

12.2 Constitución, Inscripción y Autorización Oficial para Operar

Art. 15. Las cooperativas se constituirán por medio de Asamblea General celebrada

por todos los interesados, con un número mínimo de asociados determinados según

la naturaleza de la Cooperativa, el cual en ningún caso, podrá ser menor de quince.

En dicha Asamblea se aprobarán los estatutos y se suscribirá el capital social,

pagándose por lo menos el 20% del capital suscrito.

El acta de Constitución será firmada por todos los asociados. En caso de que hubiere

asociados que no pudieren firmar, se hará constar esa circunstancia y dejarán

impresa la huella digital del dedo pulgar derecho y en defecto de éste, la huella de

cualquier de sus otros dedos, y firmará a su nombre y ruego otra persona.

Los interesados que desearen constituir una Cooperativa podrán solicitar al

organismo estatal correspondiente, el asesoramiento y asistencia del caso.

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Art. 16. Una vez que la Cooperativa se haya constituido, solicitará su reconocimiento

oficial y su inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas del INSAFOCOOP y

a fin de obtener la personalidad jurídica, La Cooperativa presentará Certificación del

Acta de Constitución firmada por el Secretario del Consejo de Administración. Los

asientos de inscripción así como las cancelaciones de las mismas por disolución y

liquidación de La Cooperativa inscrita, se publicará en extracto por una sola vez en el

Diario Oficial. La oficina de Registro librará el mandamiento respectivo para su

publicación.

Art. 17. Las Cooperativas deben llevar al principio de su denominación las palabras

“ASOCIACIÓN COOPERATIVA” y al final de ellas las palabras “DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA” o sus siglas “DE R. L.”. El INSAFOCOOP no podrá

autorizar a la cooperativa cuya denominación por igual o semejante, pueda

confundirse con la otra existente.

Art.18. El reglamento de esta ley, señalará requisitos y procedimientos

correspondientes a la constitución e inscripción de La Cooperativa, así como a la

aprobación y modificación de sus Estatutos.

12.3 De los Asociados

Art. 19. Para ser miembro de una Cooperativa, será necesario ser mayor de 16 años

de edad y cumplir con los requisitos determinados por el Reglamento de esta ley, y

en cada caso por los Estatutos de La Cooperativa a que se desea ingresar. Los

mayores de 16 años de edad no necesitan la autorización de sus padres o sus

representantes legales para ingresar como asociados, intervenir en las operaciones

sociales y abonar o percibir las cantidades que les corresponda. Podrán ser

miembros de las Cooperativas las personas jurídicas similares o afines que no

persigan fines de lucro.

Se exceptúan las Cooperativas Escolares y Juveniles las cuales estarán sujetas a un

régimen especial.

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Art. 20. Los derechos y obligaciones de los asociados serán establecidos por el

Reglamento de esta ley y por los Estatutos de la Cooperativa, según los fines

específicos que persiga.

Art. 21. La persona que adquiera la calidad de asociado, responderá conjuntamente

con los demás asociados, de las obligaciones contraídas por la cooperativa antes de

su ingreso a ella y hasta el momento en que se cancele su inscripción como

asociado y su responsabilidad será limitada al valor de su participación.

Art. 22. La calidad de asociado se pierde,

a) Por renuncia voluntaria;

b) Por exclusión con base en las causales que señalan el Reglamento de esta ley y

los Estatutos de la Cooperativa;

c) Por fallecimiento;

d) Por disolución de la persona jurídica asociada.

Art. 23. El retiro del asociado es un derecho, sin embargo, podrá diferirse la

devolución de sus habares, cuando el renunciante tenga deudas exigibles a favor de

La Cooperativa o cuando no lo permita la situación económica y financiera de ésta,

de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de esta ley o en los Estatutos de La

Cooperativa.

12.4 Dirección, Administración y Vigilancia

Art. 32. La Dirección, Administración y Vigilancia de las Cooperativas estarán

integradas por su orden:

a) La Asamblea General de Asociados;

b) El Consejo de Administración4

4 Art. 40 de la ley de cooperativas INSAFOCOOP año 2006

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c) La Junta de Vigilancia5

12.5 Régimen Económico

Art. 50. Las Cooperativas, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones

Cooperativas contarán con los recursos económicos-financieros siguientes:

a) Con las aportaciones y los intereses que la Asamblea General resuelva capitalizar;

b) Con los ahorros y depósitos de los asociados y aspirantes;

c) Con los bienes muebles e inmuebles;

d) Con los derechos, patentes, marcas de fábrica u otros intangibles de su propiedad;

e) Con los préstamos o créditos recibidos;

f) Con las donaciones, herencias, legados, subsidios y otros recursos análogos que

reciban del Estado o de otras personas naturales o jurídicas;

g) Con las reservas y fondos especiales;

h) Con todos aquellos ingresos provenientes de las operaciones no contempladas en

el presente artículo.

Art. 51. El capital social de la Cooperativa estará constituido por las aportaciones de

los asociados, los intereses y excedentes capitalizados. Las aportaciones serán

hechas en dinero, bienes muebles e inmuebles o derechos, de acuerdo con lo que

dispongan los Estatutos de la Cooperativa según la naturaleza de ésta. La valoración

de las aportaciones en bienes o derechos, se efectuará de acuerdo con el

procedimiento que señale el Reglamento de la presente ley. No podrá ser valorizada

como aportación el trabajo personal de quienes hayan promovido las constituciones

de las Cooperativas. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley, las aportaciones serán

5 Art. 41 de la ley de cooperativas INSAFOCOOP Año 2006

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representadas mediante Certificados de Aportación que deberán ser nominativos e

indivisibles.

Los certificados sólo podrán ser transferibles previa autorización del Consejo de

Administración. Los Certificados de Aportación no son negociables y podrán

representar una o más aportaciones en las condiciones que determinen los

Estatutos.

Art. 52. Las aportaciones totalmente pagadas y que aún habiendo renunciado el

asociado no hayan sido retiradas antes del cierre de cada ejercicio económico,

devengaran una tasa de interés anual no mayor a las que el sistema bancario pague

por ahorros corrientes.

Art. 53. Será requisito indispensable, para ser admitido como asociado de una

Cooperativa, pagar por lo menos el valor de una aportación y suscribirla al capital

social en la forma establecida por los Estatutos.

12.6 Obligaciones de las Cooperativas, Federaciones y Confederaciones de

Asociaciones Cooperativas 6

Art. 70. Las Cooperativas, Federaciones y Confederaciones están obligadas a:

a) Llevar los libros que sean necesarios para su normal desarrollo, tales como:

De Actas, Registros de Asociados y de Contabilidad, autorizados por el

INSAFOCOOP;

b) Comunicar por escrito al INSAFOCOOP dentro de los treinta días siguientes a su

elección, la nómina de las personas elegidas para integrar los distintos órganos

directivos señalados por esta ley, Reglamento de la misma y Estatutos respectivos;

c) Enviar dentro de los treinta días posteriores a la fecha en que la Asamblea

General de Asociados los haya aprobado, los estados financieros del cierre del

6 Art. 145 del reglamento de la ley general de asociaciones cooperativas

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ejercicio económico los cuales deberán ser autorizados por el Presidente del Consejo

de Administración, Presidente de La Junta de Vigilancia, Contador y Auditor Externo

si lo hubiere;

d) Enviar copia en el término de quince días al INSAFOCOOP de las auditorias que

le hayan practicado;

e) Proveer al INSAFOCOOP de los datos e informes que le sean solicitados por éste.

12.7 Exenciones y Beneficios

Art. 71. Los privilegios que se otorgarán por parte del Estado de acuerdo con esta ley

a las Cooperativas desde el momento de su constitución, son los siguientes:

a) Exención de impuestos de papel sellado y timbres fiscales, derechos de Registro

de Inscripción de todo acto o contrato que celebren las Cooperativas a favor de

terceras personas o éstas a favor de aquellas, cuando le corresponda por la ley

pagarlo a la Cooperativa, así como en toda actuación judicial y administrativa en que

intervenga la Cooperativa, como actora o demandada, ante los tribunales de la

República;

b) Inserción gratuita en el Diario Oficial de las publicaciones que ordene la ley o su

Reglamento.

Art. 72. Los siguientes privilegios serán concedidos a petición de la Cooperativa

interesada por acuerdo ejecutivo en el Ramo de Economía, total o parcialmente,

previa justificación con audiencia del Ministerio de Hacienda, por el plazo de cinco

años, a partir de la fecha de su solicitud y prorrogables a petición de la Cooperativa

por períodos iguales:7

7 Las excepciones que se otorgan a las asociaciones cooperativas de producción agropecuaria, no comprenden el impuesto

al valor agregado IVA. Dichas asociaciones quedan obligadas a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios otorgados.

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a) Exención del impuesto sobre la Renta, Vialidad y Territorial Agropecuario,

cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forma, intereses que se

generen a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presente la solicitud;

b) Exención de impuestos de importación sobre maquinaria, herramientas, repuestos

y accesorios, insumos, combustible, materiales de construcción y toda especie de

animales, que utilicen las Cooperativas, siempre que tales bienes contribuyan al

desarrollo directo de las industria, agricultura, ganadería y servicios, y que no se

produzcan ni manufacturen en el país en calidad aceptable, a juicio del

INSAFOCOOP, o que la producción nacional no abastezca suficientemente el

mercado.

Para estos efectos se presentará al Ministerio de Economía un listado de los

artículos necesarios para el desarrollo de sus actividades, quien lo aprobará,

debiendo comunicarle al Ministerio de Hacienda. Si pasados treinta días después de

la presentación de dicho listado, no se hubiere emitido resolución, aquél se

considerará automáticamente aprobado.

Los bienes que importen las Cooperativas acogiéndose a las reglas del inciso

primero de este artículo, los destinarán exclusivamente a su propio uso y consumo,

sin que puedan comerciar con ellos, excepto aquellos casos señalados en el

Reglamento de la presente Ley.

c) Exención de impuestos fiscales y municipales sobre su establecimiento y

operaciones.

Art. 73. Si el INSAFOCOOP comprobare que una Cooperativa está haciendo mal uso

de los privilegios enunciados en el artículo anterior, deberá solicitar al Ministerio de

Economía que se revoquen, suspendan o restrinjan los mismos.

Art. 74. Las Cooperativas gozarán en condiciones de igualdad, de los regímenes de

protección establecidos o que se establezcan para las empresas, de cualquier

naturaleza que desarrollen la misma clase de actividades.

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Art. 75. Las Federaciones y Confederaciones de Asociaciones Cooperativas gozarán

de los mismos privilegios concedidos en el presente Capitulo para las Cooperativas,

siempre que tramiten su otorgamiento de conformidad al inciso primero del artículo

72, de esta ley.

Art. 76. El Estado y los municipios otorgarán en forma prioritaria concesiones a las

Cooperativas para la explotación de recursos naturales, así como para prestar

servicios públicos, e instalar y operar otros de la misma naturaleza.

El otorgamiento de esta concesión será de acuerdo al artículo 72, inciso primero de

esta ley.

13. HISTORIA DE UCAFES DE R.L.

La Unión de Cooperativas de Cafetaleros de El Salvador, UCAFES de R.L., fue

constituida en la ciudad de San Salvador, el día 28 de agosto de 1979, su naturaleza

es de una SOCIEDAD COOPERATIVA POR ACCIONES DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA, y se rige por las disposiciones que corresponden a las sociedades

anónimas.

Es concebida como una organización de segundo nivel, sus integrantes son 11

Cooperativas las cuales están constituidas en su totalidad por productores de café

quienes se han asociado para integrarse verticalmente en las actividades de

transformación (beneficiado) y comercialización de café, con el objetivo principal de

pasar a un mayor valor agregado por su producto, manteniendo en tal sentido la

tenencia individual de su producto.

Actualmente por medio de UCAFES se está implementando un programa de

Financiamiento y Cooperación Técnica financiado por el Banco Interamericano de

Desarrollo BID el cual está beneficiando a siete pequeñas Cooperativas las cuales

cuentan con 450 socios, consideradas con un menor grado de desarrollo

empresarial.

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Este programa se inició en enero de 1995 y su ejecución está a cargo de Appropriate

Technology International, "ATI", institución de fomento empresarial con sede en

Washington, cuya misión radica en ayudar a los productores agrícolas de pequeña

escala a crear o fortalecer empresas que sean económicas y ambientalmente

sostenibles y por ende convertirlos en EMPRESARIOS AGRICOLAS.

Enmarcados en esta filosofía el programa ha obtenido logros muy importantes dentro

de los que podemos destacar la reconversión y construcción de BENEFICIOS

ECOLOGICOS los cuales han logrado disminuir la contaminación ambiental

mediante la aplicación de tecnologías apropiadas para minimizar el consumo de

agua en el proceso de beneficiado de café, para el control y aprovechamiento de la

pulpa y el tratamiento de las aguas de desecho provenientes del proceso, una de las

Cooperativas beneficiadas con este tipo de tecnología es La Cooperativa de

Caficultores La Unión R.L., que cuenta actualmente con 84 socios todos ellos

pequeños productores de café con un promedio de extensión de sus propiedades de

2.8 hectáreas, de estos pequeños empresarios agrícolas se presentarán sus

experiencias así como sus resultados de las últimas dos cosechas.