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Actualización Plan Regulador Comunal de Quillota CAPÍTULO 8 ANÁLISIS OPERACIONAL DE LA PLANIFICACIÓN VIGENTE Etapa 2 Diagnóstico Integrado Faseuno Consultores – Poch

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Actualización Plan Regulador Comunal de Quillota

I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

VII.

CAPÍTULO 8 ANÁLISIS OPERACIONAL DE LA PLANIFICACIÓN VIGENTE

Etapa 2 Diagnóstico Integrado

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Actualización Plan Regulador Comunal de Quillota

INDICE

I. 1

II. 1

III. 1

IV. 1

V. 1

VI. 1

VII. 1

VIII. Análisis Operacional de la Planificación Vigente y en Estudio ............................................ 1

8.1 Plan Regional de Desarrollo Urbano – PRDU...................................................................... 1

8.1.1 Objetivos generales.............................................................................................................. 1

8.1.2 Propuesta de Estructuración ................................................................................................ 2

8.1.3 Relación con el área de estudio ........................................................................................... 5

8.2 Análisis de la Propuesta del Plan Regulador Intercomunal La Campana ........................... 8

8.2.1 Plan Regulador Intercomunal La Campana ......................................................................... 8

8.2.1.1 Área Urbana............................................................................................................... 10

8.2.1.2 Zonas de Extensión Urbana Intercomunal: ............................................................... 10

8.2.1.3 Cambios Previstos – Zonas de Extensión Urbana .................................................... 12

8.2.1.4 Actividades Productivas, Equipamiento Exclusivo e Infraestructura......................... 12

8.2.1.5 Áreas Rurales ............................................................................................................ 13

8.2.1.6 Vialidad Estructurante................................................................................................ 19

8.3 Plan Regulador Comunal Vigente ...................................................................................... 21

8.3.1 Áreas Funcionales.............................................................................................................. 22

8.3.2 Modificaciones Posteriores:................................................................................................ 24

8.3.2.1 Seccional año 1977, .................................................................................................. 24

8.3.2.2 Modificación año 1977............................................................................................... 24

8.3.2.3 Seccional año 1980 ................................................................................................... 25

8.3.2.4 Modificación año 1988............................................................................................... 26

8.3.2.5 Modificación año 1991............................................................................................... 26

8.3.2.6 Modificación año 2000............................................................................................... 27

8.3.2.7 Modificación año 2001............................................................................................... 28

8.3.3 Parámetros de Zonificación................................................................................................ 29

8.3.4 Superficies y densidades.................................................................................................... 30

8.3.4.1 PRC Vigente .............................................................................................................. 30

8.3.4.2 PRI Campana ............................................................................................................ 31

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8.3.5 Vialidad Estructurante - Caducidad de Vías....................................................................... 32

8.4 Conclusiones ...................................................................................................................... 35

INDICE DE ILUSTRACIONES Ilustración 1 Plano Zonificación Territorial - PRDU Valparaíso. ......................................................... 4 Ilustración 2 Zonificación propuesta PRDU Valparaíso – sector Comuna de Quillota. ...................... 5 Ilustración 3 Estructura de Conectividad Regional. ............................................................................ 8 Ilustración 4 Zona AR-1 – Quillota. ................................................................................................... 14 Ilustración 5 Areas Rurales AR-3 – Comuna de Quillota.................................................................. 15 Ilustración 6 Zonificación PRI La Campana – Ciudad de Quillota .................................................... 18 Ilustración 7 Límite Urbano – PRC Quillota vigente.......................................................................... 21 Ilustración 8 Seccional 1977 ............................................................................................................. 24 Ilustración 9 Modificación 1977......................................................................................................... 25 Ilustración 10 Seccional 1980 ........................................................................................................... 25 Ilustración 11 Modificación 1988. ...................................................................................................... 26 Ilustración 12 Modificación 1991. ...................................................................................................... 27 Ilustración 13 Modificación año 2000................................................................................................ 27 Ilustración 14 Modificación año 2001................................................................................................ 29 Ilustración 15 Vías PRC Vigente – Declaratorias Caducadas .......................................................... 33 Ilustración 16 Plan Regulador Comunal Vigente – Ciudad de Quillota............................................. 34

INDICE DE CUADROS Cuadro 1Densidad máxima para las áreas urbanas......................................................................... 10 Cuadro 2 Densidad promedio para las áreas urbanas ..................................................................... 10 Cuadro 3 Usos de suelo y condiciones de Edificación Zonas ZEU-1, ZEU-2.1, ZEU-2.2, ZEU-5 ... 11 Cuadro 4 Normas Supletorias definidas para las ZEU. .................................................................... 12 Cuadro 5 Normas de usos de suelo para las áreas rurales. Comuna de Quillota............................ 17 Cuadro 6 Vialidad Estructurante – Comuna de Quillota. .................................................................. 20 Cuadro 7 Síntesis de modificaciones y enmiendas PRC Vigente. ................................................... 21 Cuadro 8 Condicionantes Urbanísticas Plan Regulador Comunal Quillota – Sector Oriente .......... 28 Cuadro 9 Condicionantes urbanísticas – PRC Vigente .................................................................... 29 Cuadro 10 Condiciones de Subdivisión Predial, Distanciamientos y Antejardín. ............................. 30 Cuadro 11 Superficie disponible – LU Vigente ................................................................................. 31 Cuadro 12 Cabida Habitantes – PRC Vigente .................................................................................. 31 Cuadro 13 Cabida Habitantes – PRI Campana. ............................................................................... 31 Cuadro 14 Vialidad PRC Vigente. ..................................................................................................... 32

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VIII. Análisis Operacional de la Planificación Vigente y en Estudio Corresponde a la revisión, recopilación y análisis de todos los instrumentos de planificación vigentes y en elaboración dentro del territorio en estudio. Dentro de los cuales se han considerado: El Plan Regional de desarrollo Urbano, instrumento no vigente pero con Resolución Ambiental aprobada; el Plan Regulador Intercomunal PRI La Campana en estudio; y el PRC y límite urbano Vigente.

8.1 Plan Regional de Desarrollo Urbano – PRDU El PRDU Valparaíso es un instrumento de planificación no vigente pero que se encuentra con Resolución Ambiental, aprobada por Resolución Exenta Nº 230 del 13 de agosto de 2007, por la Comisión Regional de Medio Ambiente (COREMA) de la Región de Valparaíso. Su objetivo principal es orientar el proceso de planificación urbana y gestión territorial de la región, estableciendo lineamientos para la gestión pública en un horizonte de 30 años. El documento establece directrices regionales que se fundamentan en aspectos económicos, urbano-territoriales, sociales y ambientales, los cuales se indican a continuación: Económico-Productivo Favorecer las actividades con mayor dinamismo e impacto favorable en las condiciones socioeconómicas y que afectan a la población, según cantidad y calidad del empleo. Potenciar los mercados internos y el sector exportador, con apoyo al desarrollo de la infraestructura de transporte. Urbano-Territoriales Revertir los desequilibrios internos del sistema urbano optimizando el uso y relaciones del espacio regional. Establecer las premisas básicas para la intervención de las áreas urbanas. Mejorar la distribución de las actividades y las redes de interconexión entre los elementos del sistema regional. Sociales Conservar el patrimonio cultural - histórico, los elementos del paisaje y actividades productivas tradicionales como parte de un modo de vida y patrón de relaciones sociales, que otorgue arraigo y pertenencia a los habitantes. Ambiental Impulsar el desarrollo sustentable de la región por medio de la preservación, conservación y uso racional de los recursos naturales. Definir medidas de reposición sobre las áreas deterioradas ambientalmente. Orientar los usos del territorio procurando que sean los más adecuados acorde a sus aptitudes. Generar una mejor calidad de vida a la población sin alterar los recursos naturales, tendiendo a un ambiente libre de contaminación.

8.1.1 Objetivos generales Como objetivos generales se mencionan los siguientes: - Equidad y equilibrio en la distribución territorial de la población y actividades productivas. - Fortalecimiento y rescate de los diferentes roles territoriales al interior de la región. - Asegurar un buen estándar de accesibilidad del conjunto de centros poblados a los principales puntos nodales en el ámbito micro regional como regional. - Propender a la diversificación del espacio funcional de los sistemas urbanos, y una necesaria integración territorial.

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8.1.2 Propuesta de Estructuración Considerando como base los objetivos estratégicos del Plan, la propuesta de estructuración regional está basada en la identificación de subsistemas urbanos- territoriales articulados en función de una red interior y un eje articulador intermedio de carácter central. Como primera premisa de organización se identifican tres franjas territoriales de desarrollo longitudinal: - Sistema Costero: que concentra la mayor cantidad de población en la región, y en el cual se localizan las áreas centrales del sistema urbano regional y los tres enclaves portuarios; - Sistema Intermedio: correspondiente a la sección central de los valles trasversales, articulador de estructuras productivas intra e inter regionales donde se localizan los principales enclaves de transferencia regional; - Sistema Interior y Precordillerano: que integra el espacio regional con menor intensidad de ocupación, con bajos niveles de habitabilidad y accesibilidad territorial. En la segunda premisa se superponen ejes transversales correspondientes a las respectivas cuencas de la región, identificando territorios micro regionales con un sistema de centros urbanos intermedios y menores. Este ordenamiento busca además el desarrollo de una red vial local e intermedia que prioriza los principales corredores de desarrollo regional interno, como son la ruta litoral, orbital intermedia y ruta interior precordillerana. De este esquema de relaciones entre centros poblados, resulta la identificación de 11 cuadrantes de subsistemas urbanos- territoriales, como se resume en el siguiente cuadro:

Esquema Franjas Territoriales Longitudinales

Esquema de Ejes Transversales

Esquema de Territorios

Fuente: Documento “Lineamientos del Plan” PRDU Valparaíso

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Una vez definidos los conjuntos urbanos se proponen en cada territorio diferentes “roles de sus nodos”, atendiendo la diversidad del territorio y las relaciones productivas tanto dentro de la región como interregionales. Para esto se considera las actividades productivas predominantes de cada uno, su identidad propia tanto cultural como social y la conservación de los recursos ambientales existentes. Siguiendo esta estructura de relaciones se conforman 4 Sub-Sistemas Urbano-Territoriales que aúnan y ordenan estos cuadrantes, correspondientes a un sistema de cuencas cada una con una dinámica económica-productiva distinta: 1. Norte-Petorca : Papudo-Zapallar, La Ligua, Cabildo-Petorca. 2. Aconcagua : Quintero-Ventana, La Calera-Quillota, San Felipe Los Andes. 3. Metropolitano-Central : Metropolitano-Central, Limache-Olmué. 4. San Antonio : Quintay-Algarrobo-El Quisco-El Tabo, Casablanca, San Antonio. Dentro de esta organización la comuna de Quillota se inscribe dentro del “Subsistema Valle Aconcagua” donde en su primera sección litoral-costa tiene como principal centro urbano al conjunto Quintero-Las Ventanas como un nodo industrial y portuario, y además articulador hacia la Región Metropolitana y otros territorios del Valle de Aconcagua. Luego en el área intermedia se encuentra el par La Calera-Quillota definidos como centros de transferencia, desarrollo industrial y desarrollo agrícola en torno al cual orbitan otros centros menores especializados en la actividad del agro. Finalmente, hacia el interior se ubica el nodo urbano San Felipe-Los Andes cuya funcionalidad se basa en la centralidad de equipamientos y servicios urbanos. Se plantea en este conjunto urbano una ocupación del territorio más densificada hacia el borde costero, disminuyendo su intensidad a medida que se avanza hacia el interior, privilegiando la aptitud agrícola que poseen estos últimos terrenos. Se propone una densidad habitacional desde 40 viv/ Há en el litoral, hasta 20 viv/ Há en el interior Alto Aconcagua. Bajo esta propuesta las ciudades de La Calera y Quillota tienen un rol jerárquico por su condición intermedia y articuladora de potenciales ejes-corredores productivos del subsistema. Contempla para la ciudad de La Calera la consolidación y extensión de sus zonas industriales, potenciándola como un centro de convergencia del corredor del Aconcagua. Mientras que para la ciudad de Quillota, proyecta impulsar su actividad de explotación agrícola bajo un enfoque de innovación tecnológica, con servicios relacionados a la agroindustria. El documento del PRDU expone que la ciudad de Quillota presenta un potencial de desarrollo de biotecnología asociado a la actividad del agro. Dada su localización en la Orbital Intermedia en la región y la gran calidad agroecológica de sus suelos, plantea para esta comuna conformar un rol de “Centro de Intercambio”, con venta de tecnología de preferencia para la agroindustria, generando Parques Industriales Tecnológicos. Estos Parques deberían conformarse como centros de servicios y procedimientos de apoyo a la producción limpia y generación de productos de alta calidad de carácter biológico y natural. Se propone desarrollarla como una zona libre de contaminación, constituyéndose en el umbral de certificación ambiental de la productividad del interior del Valle de Aconcagua. Complementario a este rol, propone consolidar a la ciudad de Quillota con buenos estándares de calidad de vida para sus habitantes protegiendo todos los componentes del medio ambiente. Su desarrollo residencial considera una estructura funcional en conjunto con la ciudad de La Calera.

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Ilustración 1 Plano Zonificación Territorial - PRDU Valparaíso.

Fuente: Plano Final – COREMA de la Región de Valparaíso, Diciembre 2005.

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8.1.3 Relación con el área de estudio

• Zonificación La zonificación propuesta por PRDU define los lineamientos básicos sobre los usos propuestos, ya sean potenciales, preferentes o exclusivos, integrando el análisis de cada una de las dimensiones del plan (ambiental, urbano- territorial y económico- productivo) y de la estructuración del sistema urbano regional y sus conectividades. A partir de ello se identifican territorios en la región de usos exclusivos, correspondientes a zonas de protección y zonas restringidas al asentamiento humano; territorios de usos preferentes según sean zonas de conservación por suelos de alta aptitud agrícola, ó zonas de conservación ecológica asociados a sitios priorizados por su biodiversidad; zonas de recuperación ambiental por estar afectas a procesos de desertificación ó deforestación; y territorios de usos potenciales, correspondientes a zonas de desarrollo urbano, ó zonas de desarrollo de actividades económicas- productivas.

Ilustración 2 Zonificación propuesta PRDU Valparaíso – sector Comuna de Quillota.

Fuente: Plano Final – Aprobado COREMA de la Región de Valparaíso. Para la comuna de Quillota en específico se identifican las siguientes zonas: - Zona Urbana: Correspondiente a la ciudad de Quillota. Se trata del territorio demarcado por los límites urbanos comunales vigentes. Estas zonas siguen los distintos procesos de gestión urbana, acorde a los roles de cada centro en el contexto del sistema urbano región. En las zonas urbanas consolidadas regirán las normas establecidas en los respectivos Planes Reguladores Comunales, Planes Seccionales y Límites Urbanos. - Zona de Extensión Urbana: Corresponde al territorio delimitado por los Instrumentos de Planificación de escala Intercomunal vigentes. En estas zonas se podrá proponer la delimitación de Villorrios y localidades pobladas menores incluidas en zonas de extensión urbana, a fin de resguardar la densidad habitacional y subdivisiones prediales de baja intensidad de ocupación. Con estas medidas se busca conservar las condiciones de habitabilidad, estructuras sociales e identidad de dichas localidades, para integrarlas de una manera equilibrada a las áreas urbanas. Es el caso de las localidades alrededor de la zona urbana de Quillota, como: El Boco, Las Pataguas, Pueblo Indio, entre otros. Estos villorios podrán a su vez mantener su carácter rural al

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considerarse como reserva de espacio para la futura expansión de los centros urbanos manteniendo beneficios asociados a los diferentes instrumentos de fomento productivo existentes para áreas rurales. Las zonas de extensión urbana podrán incluir usos productivos y sus instalaciones y equipamientos complementarios. En estás áreas se establecerán normas de intensidad de ocupación de suelo, no obstante el PRDU recomienda una gradiente de intensidad de ocupación del suelo desde los centros y pericentros urbanos de Zonas Urbanas consolidadas. Se deberá establecer las respectivas condiciones normativas que favorezcan e incentiven la concreción de proyectos inmobiliarios, para que estos culminen en la generación de zonas de desarrollo urbano condicionado. Esto con el objetivo de absorber los impactos urbanos que la implementación de este tipo de proyecto pueda crear, apuntando a generar compensaciones territoriales, de equipamientos e infraestructuras. - Zona de Actividades Productivas: Zona en la cual se podrá localizar infraestructura de servicios al desarrollo productivo del valle intermedio e interior. Ella se integra los encadenamientos de transporte de transferencia y almacenamiento de productos regionales. Se recomienda en estas zonas la localización y desarrollo de parques industriales asociado a las áreas urbanas propuestas. Para la ciudad se Quillota se observa un borde industrial rodeando el área urbana en sus límites sur-oriente y nor-oriente, paralelo al paso de la vía férrea y la Carretera Internacional Santiago-Mendoza (Ruta 60). - Suelos de Alto Valor Ambiental y Productivo: Zonas que presentan suelos de un gran valor ambiental y productivo. Dada la alta aptitud agrícola de estas áreas, sumado a la escasa presencia que tienen en la superficie regional (solo un 8% de la superficie regional posee clase de capacidad agrícola I, II o III), estas áreas se restringen o excluyen al desarrollo urbano. Para estas áreas rurales se establecen tamaños de subdivisiones prediales y densidades de ocupación del territorio, que favorezcan la utilización de actividades silvoagropecuarias, en desmedro de su utilización en actividades urbanas. Se restringe cualquier cambio de uso de suelo, de modo de cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, originen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana – regional. En Quillota gran parte del suelo de la comuna presenta esta calidad de suelo, se reconoce especialmente hacia los sectores de Rautén Bajo, La Palma, San Isidro y San Pedro. - Zona de Conservación Mixta: Corresponden a las zonas de Alta Vulnerabilidad de los Acuíferos. El PRDU establece una serie de condicionantes para la utilización de estas áreas, con distintos grados de vulnerabilidad de los acuíferos, de modo de generar la menor incompatibilidad posible, entre los usos y el grado de vulnerabilidad que presentan los acuíferos de la V región de Valparaíso. En Quillota se asocia principalmente a los bordes oriente y mayoritariamente poniente del Río Aconcagua, próxima a la localidad del Boco. Además en la zona nor-poniente del sector de Rautén. - Zona de Conservación Ecológica: Corresponde a aquellas zonas que contienen un gran valor ecológico y ambiental, por lo que es necesario condicionar los rangos de intensidad de ocupación de suelo y los tipos de usos permitidos los cuales deben ser compatibles con el carácter de conservación ecológica de la zona. En estas zonas se orienta el uso a Actividades Ecoturísticas, Investigación Científica, Actividades Agroturísticas, Esparcimiento, Actividades Recreativas y Agricultura de baja intensidad o escala.

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Corresponde a sectores de altas cumbre y cerros de la comuna, principalmente hacia el sector norte de Manzanar, al poniente del Boco y Rautén, y hacia área oriente del sector La Palma. - Zona de Desarrollo Turístico: Define algunos lugares de la región donde se podrán desarrollar con preferencia proyectos de carácter turístico. En estas zonas se dará cobertura al desarrollo de equipamientos e infraestructura turística, o cualquier tipo de instalación asociada a la promoción y/o desarrollo de dicha actividad. Se recomienda en particular la identificación de zonas para la generación de equipamiento turístico, asociada en mayor medida al sistema de los Territorios Intermedios de la estructura regional, las que se complementan e integran las zonas de desarrollo turístico propuestas en el Plan Maestro de SERNATUR. En este caso, se define a la localidad del Boco ubicada al nor-poniente de la ciudad de Quillota, donde existen atractivos naturales como la “Quebrada del Ají” y el sector del tranque de Rautén, y los centros de turismo “El Grillo” y “El Edén”.

• Conectividad Además de acuerdo al Plan se definen algunos corredores de conectividad regional, dentro de los cuales Quillota participaría de dos de ellos, los cuales se identifican a continuación: - Sentido Transversal: dentro del Corredor Valle Aconcagua el cual se proyecta como una vía par en la ribera norte del río Aconcagua, que interconecta las localidades rurales y centros urbanos menores, interceptando el corredor bioceánico de la Ruta Internacional CH- 60. Se propone como un eje con un menor nivel de fricción de flujo y una función demográfico- funcional para las comunidades locales y de carácter turístico rural, potenciando el rol de centralidad a escala micro regional de centros nodales como La Calera. Este corredor estaría compuesto de una vía de interconexión con la ruta costera entre el cruce por La Calera de la Ruta 5 y apertura del tramo de interconexión directa a la Ruta F- 20 de acceso a Las Ventanas- Quintero por Pucalán. Y una segunda vía productiva constituida por la ruta Quebrada del Ají, interconexión Quillota – Quintero. - Sentido Longitudinal: dentro del Segundo Corredor Longitudinal - Orbital Intermedia se proyecta como un eje preferencial de transporte, reduciendo los desplazamientos, descongestionando los flujos del Inter-metropolitano costero, y otorgando un corredor paralelo al litoral desplazando y descomprimiendo las dinámicas concentradoras de poblamiento y localización de actividad productiva en el territorio costero. La función específica de este corredor es complementar el tráfico Inter-portuario entre San Antonio, Valparaíso y Quintero- Las Ventanas. Ello implica reconocerlo como un eje en sí desde la ciudad de la Ligua por el norte hasta el Puerto de San Antonio, uniformando el estado operativo de la red, concebido como eje estructurante y de alto estándar de conectividad regional.

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Ilustración 3 Estructura de Conectividad Regional.

QUILLOTA

Fuente: Estado de la Planificación territorial de la Región de Valparaíso – MINVU.

8.2 Análisis de la Propuesta del Plan Regulador Intercomunal La Campana La comuna de Quillota se encuentra inserta en el Plan Regulador Intercomunal de La Campana, actualmente en estudio, incluyendo en su territorio de planificación a las comunas de La Calera, La Cruz, Hijuelas y Nogales de la Provincia de Quillota, y las comunas de Limache y Olmué de la Provincia de Marga-Marga. El Plan tiene como referente técnico de proceso de planificación el estudio de "Modificación del Plan Intercomunal de Valparaíso Satélite Quillota" desarrollado el año 2006 y que obtuvo su Resolución de Calificación ambiental Nº065/2007. Junto al recién aprobado Plan Satélite Borde Costero Norte (Comunas de La Ligua, Papudo, Zapallar y Puchuncaví Norte) y al Intercomunal Cabildo-Petorca, el PRI La Campana son instrumentos que están conectados con el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso (Premval), que es el Intercomunal que establece las bases de la planificación territorial regional. Cabe señalar que a la fecha del presente informe, el PRI La Campana aún se encuentra en etapa de estudio y propuesta, esperándose su aprobación y promulgación oficial dentro del mediano plazo.

8.2.1 Plan Regulador Intercomunal La Campana El PRI La Campana se formula como un instrumento de planificación que regula y orienta el proceso de desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales, conformando un solo marco normativo territorial en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su respectiva Ordenanza General. Dentro de sus objetivos generales se encuentran enfoques de planificación en los ámbitos urbanos, rurales y ambientales. Como algunos de sus objetivos específicos se señalan los siguientes:

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- Adoptar los lineamientos generales propuestos por el PREMVAL en las materias de atingencia, homologando los criterios y disposiciones normativas en cuanto a la definición de zonas y macrozonas. - Optimizar el uso del suelo Intercomunal del área regulada en pos de un mejor aprovechamiento de las capacidades instaladas existentes. - Fortalecer el manejo integrado del territorio y los 3 sistemas existentes (Quillota - La Cruz, Olmué – Limache y Calera - Nogales – Hijuelas) con el fin de lograr una ocupación eficiente del contexto natural. - Generar una nueva macrozonificación general del territorio de la Provincia de Quillota que responda a las nuevas proyecciones de crecimiento y ocupación que ha experimentado el suelo urbano y rural en los últimos 10 años. - Optimizar la conectividad Intercomunal y la accesibilidad física a los distintos sistemas previamente definidos, a través de una estructura vial jerarquizada, racional y eficiente. - Asumir la fuerte vocación agrícola que posee el área Intercomunal del Valle del Aconcagua, especialmente en la elaboración de una estrategia de integración entre la ciudad y el campo, validando la conformación de villorrios o asentamientos menores en vías de una consolidación urbana de origen rural. - Minimizar el consumo de suelos de alto valor agrícola (capacidad de uso I, II y III) para usos urbanos, mediante la concentración de zonas de extensión urbana entorno a las ciudades existentes y contenidas por los ejes estructurantes del territorio tales como Ruta 60-CH y Ruta 5. - Incorporar las riberas urbanas del Río Aconcagua y del Estero Limache, mediante la creación de Áreas Verdes Intercomunales que permitan su integración en las ciudades. - Consolidar la calidad de vida de los villorrios rurales, mediante la generación de una zona rural normada que fortalezca la permanencia de sus habitantes en estos asentamientos y su condición de ruralidad.

A partir de estos objetivos y el trabajo técnico de diagnóstico, el territorio normado por el Plan se subdivide en las siguientes zonas:

- Área Urbana - Zonas de Extensión Urbana (1 a 7) - Área Verde Intercomunal - Zona Productiva Inofensiva y Molesta - Zona Exclusiva de Equipamiento y Actividades Productivas Inofensivas - Zona de Infraestructura - Áreas Rurales (1 a 7)

A continuación se desglosan aquellas zonas normadas por el PRI La Campana atingentes a la comuna de Quillota y sus áreas aledañas al límite urbano vigente: Zonificación Intercomunal – Sector Comuna de Quillota Zonas Código Hectáreas Total general ZONAS URBANAS Zonas Urbanas Comunales Área Urbana ZU 1.090,3 4981,1 Zonas de Extensión Urbana Intercomunal Zona de Extensión Urbana 1 ZEU-1 285,3 319,4 Zona de Extensión Urbana 2.1 ZEU-2.1 60,6 130 Zona de Extensión Urbana 2.2 ZEU-2.2 206,8 270,9 Zona de Extensión Urbana 5 ZEU-5 109,6 306,7 Área Verde Intercomunal ZAV 126,6 715 TOTAL AREA URBANA 789,1 38.881,6 Zonas de Actividades Productivas, Equipamiento Exclusivo e Infraestructura Zona Productiva Inofensiva y Molesta ZEI 152,2 550,9 Zona de Infraestructura de Impacto Intercomunal (ZI-1, ZI-2, ZI-3) ZI 127,4 131,1 TOTAL AREA DE PRODUCTIVAS E INFRAESTRUCTURA 279,6 741,3 AREAS RURALES Área Rural AR 11.363,7 55.718,6 Área Rural 1 AR-1 39,7 788,4

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Área Rural 3 AR-3 475,6 1.550,9 Área Rural 4 AR-4 10.340,6 32.839,9 Área Rural 5 AR-5 1.325,7 4.807,5 Área Rural 6 AR-6 3.037,7 8.046,1 Área Rural 7 AR-7 1.499 36.775,4 TOTAL ÁREA RURAL 23.545,5 116.908,1 Fuente: Documento Plan Propuesto – PRI La Campana.

8.2.1.1 Área Urbana Corresponde a las zonas urbanas incluidas al interior de los límites urbanos definidos por los Planes Reguladores comunales vigentes. Para el caso de Quillota existen los siguientes:

Plan Regulador Vigente – Comuna de Quillota. Ciudad Instrumento

Vigente Superficie (ha)

Nombre Publicación D.O.

PRC Quillota 10.09.1965 Uso de Suelo (Modificación) 10.09.1966 Usos de suelo 10.09.1966 Expropiaciones 10.09.1966 Calles Lorca, Valparaíso y Bulnes (Modificación) 23.01.1978 PRC Quillota (Modificación) 23.01.1978 Yungay esquina Quinto oriente (Modificación) 23.05.1991

Quillota PRC 1061,82

PRC Quillota Oriente (Modificación) 12.07.2000 San Pedro Limite Urbano 43,14 Limite Urbano 27.08.1987 Fuente: Documento Plan Propuesto – PRI La Campana.

• Densidad máxima La Densidad Máxima proyectada corresponde a la densidad máxima que se podrá considerar para las zonas urbanas que se determinen dentro de cada Plan Regulador Comunal, para el caso de Quillota se definen las siguientes.

Cuadro 1Densidad máxima para las áreas urbanas Comuna Área urbana Densidad Máxima

Quillota 1200 Hab/ha Quillota San Pedro 350 Hab/ha Fuente: Documento Plan Propuesto – PRI La Campana.

• Densidad promedio

La Densidad Promedio considerada para los efectos de actualización o modificación de los Planes Reguladores Comunales, se deberá aplicar al interior de las zonas urbanas vigentes (ZU), para el caso de Quillota se definen las siguientes.

Cuadro 2 Densidad promedio para las áreas urbanas Comuna Área urbana Densidad Máxima

Quillota 180 Hab/ha Quillota San Pedro 100 Hab/ha Fuente: Documento Plan Propuesto – PRI La Campana

Para efectos normativos, los usos de suelo permitidos y las condiciones de edificación y subdivisión, se encuentran señaladas en los instrumentos de Planificación comunal y sus respectivas modificaciones posteriores, las cuales se consideran reconocidas por el Plan Intercomunal.

8.2.1.2 Zonas de Extensión Urbana Intercomunal: Son aquellas porciones de territorio destinadas a absorber el crecimiento urbano para uso residencial, equipamiento y actividades productivas. Estas áreas constituyen la base sobre la cual se establecerá la futura actualización de los Planes Reguladores Comunales. En la comuna de

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Quillota se definen cinco tipos de zonas de extensión urbana intercomunal ZEU-1, ZEU-2.1, ZEU-2.2, ZEU-5 y ZAV:

ZEU-1 Zona Extensión Urbana 1 (Primera Jerarquía): Se trata de las áreas consolidadas de los centros urbanos mayores del sistema comunal que se encuentran fuera de los límites de los instrumentos de planificación vigentes, pero ubicados al interior de los territorios de concesión sanitaria o aledaños a estos, por lo cual son sectores de primera prioridad para su incorporación. En la comuna de Quillota se trataría de los sectores La Cuanta, Santa Cristina y El Boco.

ZEU-2.1 Zonas de Extensión Urbana 2.1 (Primera Jerarquía): Esta zona corresponde a los territorios localizados adyacentes a los principales centros urbanos de la Intercomuna que enfrentan un proceso creciente de transformación de uso por anexión urbana. Para la comuna de Quillota se ubican hacia el sur de la calle Arauco entre la vía Férrea y la ruta CH-60.

ZEU-2.2 Zonas de Extensión Urbana 2.2 (Primera Jerarquía): Son los territorios localizados adyacentes a los principales centros urbanos de la Intercomuna y sus áreas de crecimiento de primera prioridad, pero de segunda prioridad para el crecimiento por agregación urbana de los centros urbanos de Primera Jerarquía. En la comuna de Quillota se definen en los sectores Esmeralda y Miraflores.

ZEU-5 Zona Extensión Urbana 5 (Tercera Jerarquía): Área correspondiente a los territorios consolidados de los asentamientos poblados menores o de Tercera Jerarquía del sistema intercomunal que no cuentan con territorios regulados por IPT de nivel comunal. Para la comuna de Quillota se define en la localidad de San Pedro. Cuadro 3 Usos de suelo y condiciones de Edificación Zonas ZEU-1, ZEU-2.1, ZEU-2.2, ZEU-5

Tipos Clase ZEU-1 ZEU-2.1 ZEU-2.2 ZEU-5 Vivienda Residencial Hospedaje Científico Comercio Culto y Cultura Deporte Educación Esparcimiento Salud Seguridad Servicios

Equipamiento

Social Inofensiva Molesta Contaminante

Actividades Productivas

Peligrosa Sanitaria Captación Sanitaria Tratamiento Relleno Sanitario Energética

Infraestructura

Transporte Uso Permitido Destinos Parcialmente prohibidos Usos Prohibidos

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Cuadro 4 Normas Supletorias definidas para las ZEU.

Normas Urbanísticas ZEU-1 ZEU-2.1 ZEU-2.2 ZEU-5 Tamaño predial mínimo (m2) 120 300 500 150 - 500 Densidad Bruta máxima Hab/ha 350 150 100 250-80 Coef. ocupación de suelo (Residencial) 0,7 0,6 0,5 0,6 Coef. ocupación de suelo (Otros Usos) 0,4 0,4 0,4 0,6 Coeficiente de Constructibilidad 1,5 1,2 1 0,7 Altura de Edificación (pisos) 5 3 3 3 Sistema de agrupamiento (A= Aislado; P=Pareado C= Continuo) A/P/C A/P/C A/P A/P

Fuente: Documento Plan Propuesto PRI La Campana. ZAV Área Verde Intercomunal: Definidas por el Plan como un sistema de áreas verdes intercomunales, localizadas al interior de las áreas de extensión urbana, correspondientes al tipo de uso de suelo Área Verde. Para la ciudad de Quillota se define por el cauce urbano de la ribera fluvial del río Aconcagua. En estas zonas solo se permiten edificaciones con destinos complementarios al área verde como Científico, Culto y Cultura, Deporte y Esparcimiento. Además se permite la ejecución de Espacio Público. Las condiciones de edificación para la superficie predial mínima es de 20.000 m², con una ocupación de suelo del 10% y un coeficiente de constructibilidad de 0,1.

8.2.1.3 Cambios Previstos – Zonas de Extensión Urbana A partir de la superposición gráfica de las coberturas de las zonas propuestas sobre el territorio comunal y la revisión de las normas urbanísticas propuestas para las áreas de extensión, se han analizado los cambios que esta provocaría en el territorio en relación a la situación actual. Lo primero es considerar que actualmente la ciudad de Quillota, es una ciudad nodal con tendencia natural a un crecimiento longitudinal entre barreras naturales y artificiales, tendencia que es reforzada por la definición de zonas de extensión hacias los suelos disponibles al sur de la ciudad, crecimiento que se estuctura en base a dos vías longitudinales, una existente (Av. Condell) y una proyectada (Av. Del Río) y que definen normas urbanísticas supletorias que en el escenario máximo probable, define alturas de 5 y 3 pisos en estos suelos. Considerando que las normas supletorias regirán hasta la aprobación del Plan Regulador Comunal en estudio y que es un escenario probable, dada la demanda de suelo residencial actual de la ciudad, se otorguen permisos con estas condicionantes urbanísticas, una alternativa es que los primeros suelos que se materialicen sean aquellos tangentes a crecimientos ya consolidados o tangentes a vías ya existentes. En este caso correspondería a la Av. Condell, lo cual podría generar una sumatoria de crecimientos residenciales a lo lago de este eje, sin lograr ejes transversales que permitan estructurar los grandes paños residenciales y generar nuevas alternativas viales, como ocurre actualmente en la relación oriente poniente de la ciudad. Si bien se proponen vías transversales, dada la escala de planificación estas están planteadas a una distancia de 2 km, equivalente a la distancia entre las calles Concepción y el nodo Alberdi – Valparaíso. Sin embargo, según lo indicado por el Art. 2.1.3 de la OGUC, el instrumento intercomunal podría considerar además de condicionantes urbanísticas, vías colectoras de carácter supletorio, mientras entra en vigencia el instrumento de escala comunal, con el fin de evitar lo anteriormente planteado.

8.2.1.4 Actividades Productivas, Equipamiento Exclusivo e Infraestructura Estas zonas acogen dentro de sus usos de suelo actividades productivas e infraestructura de Impacto Intercomunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.1.7 de la OGUC, estableciéndose para estas áreas las normas urbanísticas y de usos específicos.

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ZEI Zona de Extensión de Actividades productivas de impacto Intercomunal: Se define como el territorio de uso variable, destinado a acoger actividades productivas e infraestructura calificada como inofensiva o molesta. En Quillota se ubican en las áreas del limite urbano oriente - sector ruta 60 CH, sector Lo Venecia, sector El Carmen y área ribera río Aconcagua - sector Tabolango. ZI – 1 Zona de Infraestructura Sanitaria: Áreas donde se emplazan las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) presentes en la Intercomuna. Para la comuna de Quillota se trata de la Planta de Tratamiento El Molino (colindante al río Aconcagua y perteneciente a ESVAL S.A.). En esta zona solo se admiten usos de Infraestructura Sanitaria, destinadas a plantas de tratamiento de aguas servidas, y plantas de captación y distribución o tratamiento de agua potable con sus respectivas instalaciones complementarias. ZI – 2 Zona de depósito final de Residuos Sólidos Domiciliarios: Corresponde a la zona en donde se encuentra el Relleno Sanitario de la comuna de Quillota. Las normas urbanísticas de esta zona regulan principalmente la superficie predial mínima, fijandola en 5 hectareas, con un ocupación de suelo del 10% y un coeficiente de construtibilidad de 0,1. ZI – 3 Zona de Infraestructura Energía: Zona asociada a las dos centrales termoeléctricas ubicadas en la comuna de Quillota, San Isidro y Nehuenco, las cuales tienen como función abastecer de electricidad al Sistema Interconectado Central mediante mecanismos de ciclo combinado, con una línea de transmisión de doble circuito de 220 kV y una longitud aproximada de 9 kilómetros. En esta zona solo se encuentra permitido el uso de suelo ligado a la Infraestructura de Transporte aeronáutico, con una superficie predial mínima de 50 hectareas y 20% de ocupación de suelo.

8.2.1.5 Áreas Rurales Territorios normados por el presente instrumentos de planificación en los cuales se establecen las prescripciones de uso de suelo para la aplicación del Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Para estos efectos el PRI La Campana establece 8 tipos de áreas rurales, donde en la comuna de Quillota existen 7 de estas detalladas a continuación:

• AR Área Rural: El territorio considerado como Área Rural comprende en su mayoría a espacios generados por cordones montañosos que atraviesan de manera transversal los fondos de valle en donde se ha emplazado la población y, que por su disposición física o características asociadas, se encuentran sujetos a desarrollar fenómenos de remoción en masa. En esta área la autorización de subdivisiones y construcciones se ajustan a lo establecido en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. AR-1 Área Rural 1(Usos Múltiples): Corresponden a sectores rurales de apoyo a los centros poblados y que presentan usos múltiples de carácter y sujetos a fuerte intervención antrópica, por la vía de cambios de uso de suelo asociados a proyectos de actividad productiva-agropecuaria, servicios de transporte y alternancia de subdivisiones de predios rústicos. En la comuna de Quillota estas áreas se ubican hacia su límite sur-poniente con la comuna de Limache, próximas al río Aconcagua. Es importante indicar en este caso, que sólo un bajo porcentaje de la zona definida es parte de la comuna de Quillota (retazos), tal como se indica en los círculos rojos de la siguiente imagen.

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Ilustración 4 Zona AR-1 – Quillota.

Fuente: Plan Propuesto.

AR-3 Área de interés silvoagropecuario Mixto 3 (Usos Variables): Corresponde a villorrios agrícolas concentrados los cuales se presentan como un asentamiento rural. Como características generales admite el funcionamiento de un sistema de agua potable rural (APR), posee subdivisiones inferiores a 5000 m², parcelaciones CORA, conjunto de vivienda social y cuenta con la existencia de patrimonio inmueble. Estas zonas se distribuyen principalmente cercanas a caminos principales y secundarios, colindantes a áreas urbanas y mayormente en sentido lineal en todas las comunas. En la comuna de Quillota la mayor cantidad de villorrios rurales se localizan bordeando la Ruta 60 (entre Ariztía y la F-310) y hacia el lado derecho de esta de manera lineal a través de la denominada Ruta F-326. También sobre vías que conectan a ambas rutas de manera transversal, como las calles F-310, F-386, F-382 y F-350. Además se reconocen áreas menores asociadas a villorrios localizados de manera aislada en espacios cercanos a bordes de laderas como es el caso de aquello localizados a lo largo de la Ruta F-360. Se considera un área aproximada de 475,6 hectáreas, que incluye a los siguientes villorrios: El Boco central, Rautén Bajo, La Palma-La Patagua, San Isidro, Santa Rosa de Colmo, El Manzanar. Al respecto es importante indicar que, algunos sectores que se reconocen con concentración residencial no se encuentran incluidos dentro de esta área rural, como son: el sector de Casas Viejas, cercano a Rautén Bajo; el villorrio de Carolmo cercano al sector de Manzanar; y sectores consolidados en las cercanías de Santa Rosa de Colmo, a lo largo de la ruta F-360, lo cual se indica en la siguiente imagen donde se señalan las áreas AR-3 presentes en el territorio comunal.

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Ilustración 5 Areas Rurales AR-3 – Comuna de Quillota.

El Boco Central La Palma, La Patagua y San Isidro

Villorrios consolidados no incluidos como AR·3

Rautén Bajo

Manzanar

Santa Rosa de Colmo

Fuente: Elaboración propia en base a Zonificación PRI Campana.

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De lo señalado anteriormente se desprende que en relación a las áreas AR-3, existe por un lado una tendencia a “potenciar” la unidad correspondiente a La Palma-La Patagua, San Isidro, ya que se genera un continuo a los largo de los ejes consolidados incluyendo territorios aún no ocupados; y por otro a “reconocer” los asentamientos que se concentran en el eje F-360, ya que en estos casos las áreas corresponden sólo al consolidado actual, lo cual puede deberse a que algunas de estas áreas quedan bajo riesgo inundable o potencialmente inundable o colindantes con suelos de fragilidad ambiental como es el caso de Santa Rosa de Colmo, o colindantes a embalses como es en Rautén Bajo. Lo anterior, se ilustra en las siguientes imágenes.

Sector Santa Rosa de Colmo Rautén Bajo

La zona colindante AR4 señalada con la flecha roja, de posible extensión de Santa Rosa de Colmo o entre las áreas AR-3 indicadas en Rautén Bajo, en el uso residencial sólo permite Hospedaje, lo cual impide la localización de nuevos crecimientos residenciales en estos sectores.

AR7

AR4

AR1

Fuente: Elaboración propia en base a Plan Propuesto PRI La Campana. AR-4 Área de Interés Silvoagropecuario 4 (Prioritario): Esta zona contiene a los suelos de alta productividad agrícola de clasificación clase I, II, III, sujetos o no a régimen de riego. Por ser suelos de alto valor agroecológico se determinan condiciones de ocupación restrictivas con fuertes limitantes para el desarrollo disperso de asentamientos poblados o localización de actividades productivas para la aplicación de cambios de uso de suelo. En la comuna de Quillota se localizan en los fondos de valles fluviales de las cuencas hidrográficas del Río Aconcagua. AR-5 Área de Interés Silvoagropecuario 5 (Fragilidad Ambiental): Se define como una sub-clasificación de las áreas de alto valor agrícola. Destacan por ser territorios sujetos a riego tecnificado que acogen cultivos en laderas, que debido a los avances tecnológicos, bajos costos y subsidios estatales de riego tecnificado, han mostrado un progresivo aumento, mayormente asociados a la producción de paltos. La comuna de Quillota posee actualmente la mayor cantidad de superficie con cultivos en ladera, los que se encuentran en el sector de ladera colindante con los cordones montañosos ubicados a ambos lados del fondo de valle de la comuna. AR-6 Área de interés Silvoagropecuario 6 (Fragilidad Ambiental): Zona definida por territorios de relevancia ecológica y paisajística, en los que se encuentran ecosistemas montanos y bosques de preservación (CONAF) no sujetos a régimen de protección. Se incluyen terrenos con presencia de bosques que albergan especies en categoría de conservación, constituyéndose así como Bosques de Preservación.

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Estas áreas se ubican hacia los cordones montañosos en la zona sur-oriente de la comuna de Quillota. AR-7 Área de interés Silvoagropecuario 7 (Fragilidad Ambiental): Áreas a nivel intercomunal que poseen alta relevancia ecológica y que se constituyen como espacios con alta fragilidad ambiental. Esta condición plantea la necesidad de que estos espacios sean preservados y conservados, fijando una normativa que vele por mantener condiciones de zonificación apropiadas en el cuidado y protección de los elementos naturales. Dentro de esta categoría se han identificado un conjunto de elementos naturales definidos como “Sitios para la conservación de la Biodiversidad”, los que incluyen un área de amortiguación lineal de 100 metros que se desarrolla a través del sitio prioritario, a partir de la cual se espera disminuir los impactos asociados al desarrollo de actividades que no sean compatibles con la preservación. Para la comuna de Quillota se define bajo esta categoría a toda la trayectoria del río Aconcagua, resguardando además su zona media y superior considerados sitios prioritarios de conservación ya que a su paso se desarrollan ecosistemas de humedales. Síntesis de Usos de Suelo permitidos – Áreas Rurales

Cuadro 5 Normas de usos de suelo para las áreas rurales. Comuna de Quillota Tipos Clase AR-1 AR-3 AR-4 AR-5 AR-6 AR-7

Vivienda Residencial Hospedaje

Científico

Comercio Culto y Cultura Deporte Educación Esparcimiento Salud Seguridad Servicios

Equipamiento

Social Inofensiva Molesta Contaminante

Actividades Productivas

Peligrosa Uso Permitido Destinos Parcialmente prohibidos Usos Prohibidos

Fuente: Documento Plan Propuesto PRI La Campana.

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Ilustración 6 Zonificación PRI La Campana – Ciudad de Quillota

Fuente: Plano PRI La Campana, lámina sept. 2014.

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8.2.1.6 Vialidad Estructurante Dentro de la vialidad propuesta por el Plan Intercomunal esta el reconocimiento de una red troncal en sentido longitudinal y transversal, asociada a la vialidad existente y la propuesta de apertura de nuevas vías. Dentro de las primeras están: las calles 21 de mayo – Fernando Monckeberg (VT-16c – VT-16d, como par vial hasta Ariztía), Av. Condell (VT-16) como continuación de Condell hasta el limite de extensión urbana sur; y la apertura de una nueva vía en la ribera oriente del Río Aconcagua (VT-8) en un ancho de 30 metros. Dentro de las transversales están: la calle Lorca Prieto (VT-21a y VT-21b) considerando un ancho proyectado de 30 metros en algunos de sus tramos; Balmaceda – Concepción, asimilable a troncal, la proyección de la calle 18 hasta Balmaceda (VT-22cc) que se convierte en un nuevo atravieso paralelo al puente existente en Balmaceda; una nueva vía transversal denominada calle proyectada Nº 2, con una apertura de 30 metros desde el limite de extensión urbana poniente al oriente. En esta trama troncal propuesta, se cree que el principal aporte está en la definición de la vialidad de Borde río, que retorna hacia la ruta CH-60 en su paso por el área de extensión sur como validad transversal y la propuesta de una nueva vía troncal transversal, en el sector de Santa Cristina. Sin embargo, especial atención deberá tenerse en las rutas VT- 27c y VT-28c, en su paso por las áreas residenciales existentes y de extensión urbana de la localidad de San Pedro, pudiendo quizás ser adaptadas a la escala comunal, con el fin de no dividir las áreas de extensión residenciales propuestas. .

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Cuadro 6 Vialidad Estructurante – Comuna de Quillota. DESCRIPCIÓN TRAMO ANCHO COD ROL NOMBRE DESDE HASTA CLASIF. EXIS. PROY. OBSERVACIÓN

VT-8

Av. Del Río Limite Comunal La Cruz - Quillota

Ruta F-450 TRONCAL 30 Apertura

VT-8 F-450 Ruta F-450 Av. Del Río Ruta F-62 TRONCAL 10 30 Ensanche Ambos Costados VT-16c Av. 21 de Mayo Lorca Prieto Simón Álamos TRONCAL 25 Par Vial con Fernando Monckeberg VT-16c Av. 21 de Mayo Simón Álamos Manuel Rodríguez TRONCAL 25 Par Vial con Fernando Monckeberg VT-16c Av. 21 de Mayo Manuel Rodríguez Rafael Ariztía TRONCAL Var. 30-40 Par Vial con Fernando Monckeberg VT-16d

Fernando Monckeberg Lorca Prieto Rafael Ariztía TRONCAL 20 Apertura. Par Vial con Av. 21 de

Mayo VT-16 Av. Condell Ariztía Yungay TRONCAL Var. 22-25 Existente VT-16 Av. Condell Yungay Arauco TRONCAL 35 Existente VT-16 Av. Condell Arauco Cristo Redentor TRONCAL 50 Existente VT-16 Av. Condell Cristo Redentor Ramón Freire TRONCAL 30 Existente VT-16 F- 62 Fernando de La Fuente Ramón Freire Limite Extensión Urbana Sur TRONCAL 25 Asimilable a Vía Troncal VT-16 F- 62 Camino Troncal F-62 Límite Norte Extensión

Urbana (sector San Pedro)

Límite Sur Extensión Urbana Industrial (sector San Pedro)

TRONCAL 30 Existente

VT-21a

Lorca Prieto 21 de Mayo Fernando Monckeberg TRONCAL 15

Asimilable a Vía Troncal. Par Vial con Z. Rodríguez

VT-21a Lorca Prieto Fernando Monckeberg Limite Urbano Oriente TRONCAL 30 Asimilable a Vía Troncal VT-21b Z. Rodríguez Av. Del Río 21 de Mayo TRONCAL 30 Apertura VT-21b

Z. Rodríguez 21 de Mayo Fernando Monckeberg TRONCAL 20

Asimilable a Vía Troncal. Par Vial con Lorca Prieto

VT-22

Balmaceda Ruta F-360 (sector El Boco)

Limite Urbano Oriente (sector El Boco)

TRONCAL 12

Asimilable a Vía Troncal

VT-22 Concepción Limite Urbano Poniente Rosales TRONCAL 35 Existente VT-22a

Concepción Rosales Condell TRONCAL 15

Par Vial con Pudeto. Asimilable Vía Troncal

VT-22b

Pudeto Rosales Condell TRONCAL 15

Par Vial con Concepción. Asimilable Vía Troncal

VT-23 F-360 Ruta F-360 (El Boco) Limite Extensión Urbana Norte (sector El Boco)

Limite Extensión Urbana Sur (sector El Boco)

TRONCAL 12

Asimilable a Vía Troncal

VT-24 Rafael Ariztía 21 de Mayo Vicuña Mackenna TRONCAL 15 Asimilable a Vía Troncal VT-24

Rafael Ariztía Vicuña Mackenna Limite Urbano Vigente

Oriente (sector Ruta Ch-60) TRONCAL 22 25 Ensanche ambos costados.

Asimilable Vía Troncal VT-25

Ramón Freire Fernando de la Fuente Limite Extensión Urbana Sur

(Sector Ruta Ch-60) TRONCAL 20 30 Existente Ensanche ambos costados

VT-26

Calle Proyectada Nº2 Av. Del Río Limite Extensión Urbana Sur oriente (Sector Ruta Ch-60)

TRONCAL

30 Apertura

VT-27 F-382 Ruta F-382 Limite Extensión Urbana Oriente (Sector San Pedro)

Chamorro TRONCAL 15 30 Ensanche costado sur.

VT-27 F-382 Callejón Las Viñas Chamorro René Schneider TRONCAL 15 Asimilable Vía Troncal VT-27 F-382 Ruta F-382 René Schneider Ruta Ch-60 TRONCAL 15 30 Ensanche costado norte. VT-28

Calle Proyectada Nº3 Limite Extensión Urbana Oriente (Sector San Pedro)

Ruta F-382 TRONCAL 30 Apertura

Fuente: Ordenanza PRI La Campana.

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8.3 Plan Regulador Comunal Vigente El Plan Regulador que se encuentra actualmente vigente, fue aprobado el 15 de Junio de 1966 y publicado en el Diario Oficial el 10 de Septiembre de 1966. Desde su aprobación dicho Plan ha sido objeto de dos Planes Seccionales y de diversas modificaciones, las cuales se señalan a continuación:

Cuadro 7 Síntesis de modificaciones y enmiendas PRC Vigente. Instrumento Fecha Estado 1 Límite Urbano "San Pedro" 10-12-1947 Vigente 2 Plan Regulador Comunal, Usos de Suelo 15-06-1966 Vigente 3 Plan Regulador Comunal, Expropiaciones 15-06-1966 Vigente 4 Modificación Plan Regulador Comunal, Usos de Suelo 15-06-1966 Vigente

5 Plan Seccional, “Sector comprendido entre Avenidas Valparaíso, Alberdi, Bulnes y Lorca” 23-01-1978 Vigente

6 Modificación Plan Regulador Comunal, “Plan Regulador de Quillota” 23-01-1978 Vigente 7 Plan Seccional, “Sector Centro Comunal” 26-02-1980 Vigente 8 Modificación Plan Regulador Comunal, “Sector Oriente, Calle Serrano” 29-07-1988 Vigente

9 Modificación Plan Regulador Comunal, “Sector Yungay esquina Pinto” y “Sector Oriente” 21-05-1991 Vigente

10 Modificación Plan Regulador Comunal, “Sector Oriente” 12-07-2000 Vigente

11 Modificación Plan Regulador Comunal, “Extensión Límite Urbano, Sector Acceso Sur” 10-12-2001 Vigente

Fuente: Bases Técnicas estudio de Actualización PRC Quillota.

Ilustración 7 Límite Urbano – PRC Quillota vigente.

Fuente: Elaboración propia en base a información Observatorio Urbano – MINVU.

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8.3.1 Áreas Funcionales De acuerdo a la Ordenanza del Plan Regulador vigente del año 1966, dentro del límite urbano definido se establecen 16 grandes zonas normativas:

• A. Zona de Industrias Inofensivas Zona de dedicada exclusivamente al uso industrial por artesanías o industrias livianas siempre que no causen molestias al vecindario residencial circundante, ya sea a través de ruidos, malos olores, humo, polvo, emanaciones, contaminaciones o en cualquier otra forma. Se ubica principalmente en la zona nor-oriente de la zona urbana, próxima a la Av. 21 de Mayo, sobre la intersección de las calles Santa Cruz con Ignacio Serrano. Hoy en día se encuentra prácticamente utilizada solo por uso residencial con presencia de casas y la “Villa Las Palmas”.

• B. Zona de Industrias Molestas Destinada al establecimiento de industrias de cualquier naturaleza, excepto peligrosas. Se ubica en una franja cerca del borde oriente del Límite Urbano, entre las calles Ariztía, Vicuña Mackenna y Sumatra. Actualmente se encuentra ocupada mayoritariamente con uso residencial con algunos equipamientos solamente hacia la calle Ariztía.

• C. Zona Ferroviaria Reservada exclusivamente al uso ferroviario, sus instalaciones y sólo viviendas del personal de emergencia e indispensable.

• D. Servicios Municipales Son zonas dispuestas para la radicación de servicios municipales. Dentro de esta zona se definen algunas propiedades para uso exclusivo municipal, comercial y deportivo.

• E. Zona de Equipamiento Urbano Corresponde a áreas dispersas dentro del límite urbano, asignadas a los servicios complementarios del habitar, de acuerdo a los usos o sub-grupos que se detallan a continuación: - 1. Equipo Urbano Vecinal Comunitario: Zonas destinadas a servicios vecinales comunes, como: sedes de organizaciones vecinales, parvularios y escuelas primarias, policlínicas, áreas verdes de uso público, mercados vecinales, etc. Corresponderá en cada caso, determinar el servicio específico a ubicar, a la Dirección de Obras Municipales, al Asesor Urbanista, en caso de consultarse el cargo, y al Departamento de Urbanismo del Ministerio de Obras Públicas. Se encuentran principalmente insertas en áreas residenciales. - 2. Equipo Urbano Escolar: Zonas destinadas a locales escolares en cualquiera de sus grados. - 3. Equipo Urbano Religioso: Zonas destinadas a locales de culto religioso, parroquias y sus servicios y conventos. - 4. Equipo Urbano Hospitalario: Zona destinada a Hospital Regional y sus servicios. - 5. Equipo Urbano Deportivo: Zonas destinadas a campos deportivos, tanto particulares como municipales.

• F. Zona Militar Zona de uso exclusivamente para instalaciones militares. Corresponde a un paño emplazado entre las calles Lorca, Valparaíso y Yungay, actualmente en consolidación residencial con villas y condominios de casas y bloques de departamentos.

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• G. Zona de Áreas Verdes

Destinada al uso público en forma de: plazas, jardines o parques. Acá se ubica principalmente a la Plaza de Armas de Quillota, mientras que otras áreas fueron ocupadas con otros usos.

• H. Faja No Edificable Corresponde a fajas adyacentes a calles o avenidas de intenso tráfico con prohibición de recibir construcciones. Se consultan de 15 y 30 metros de ancho en zonas industriales.

• I. Zona de Cementerio Zona reservada al uso y fines del cementerio público. Se trata de una porción de terreno ubicado en la ladera poniente del cerro Mayaca.

• J. Zona Centro Comunal Corresponde al núcleo principal de la ciudad, aquel que alberga los servicios comunales o regionales. El nivel del suelo estará destinado exclusivamente a comercio u oficinas. El resto de los niveles o pisos permite usos de vivienda, comercio u oficinas. Se trata de las cuadras alrededor de la Plaza de Armas, entre las calles Pudeto, Ramón Freire, 18 de Septiembre y Aníbal Pinto. En esta área se concentra la mayoría de los servicios de uso comunal, como bancos, supermercados, colegios, Juzgado, Bomberos, Comisaría y diversos centros comerciales.

• K. Zona Residencial Destinada a usos de vivienda en todas sus formas. Se emplazan en distintas áreas dispersas dentro del límite urbano, especialmente hacia el sector sur de la ciudad.

• L. Zona Residencial para Erradicaciones Zona asignada para la radicación definitiva de viviendas de pobladores actualmente marginales y de aquellos que están en zonas que el Plan Regulador Comunal destina a usos diferentes del residencial.

• M. Zona Residencial Congelada Corresponde a un área que deberá paulatinamente ir cambiando de uso, para lo cual, no se permitirá en ella la subdivisión de predios, la transferencia del dominio público o municipal al particular, las nuevas construcciones y la reparación o ampliación de las existentes.

• N. Zona de Quintas Destinada al uso combinado de vivienda y cultivo hortícola. Se define en dos grandes áreas emplazadas hacia el borde sur-poniente y norte del Límite Urbano. Actualmente se encuentra en su mayoría ocupada con usos residenciales, sin embargo, se aprecia que aún se conservan grandes paños con usos agrícolas.

• O. Zona Comercial Son áreas para uso exclusivo de comercio. Solamente en predios con frente a calle Arturo Prat, entre calles Condell y Freire, será optativo el establecimiento de comercio, vivienda o ambos combinados, debiendo, en todo caso, consultarse el comercio a nivel de suelo. Corresponden a franjas ubicadas en la zona centro comunal, con frente hacia calles como Prat, Blanco Encalada y Ariztía.

• P. Zonas de Estacionamiento Son franjas dispuestas exclusivamente al estacionamiento público de vehículos. Definidas en dos áreas; a la entrada del cementerio público y en la intersección de la calles Chacabuco con Concepción. Ambas hoy en día se encuentran ocupadas con otros usos.

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En general el PRC Vigente, dispone de variadas zonas reconociendo en su definición el concepto de “Zoning” sectores homogéneos y en algunos casos monofuncionales como las zonas destinadas a equipamiento urbano, basados en un reconocimiento de los usos existentes al año de su aprobación. También se reconocen algunos proyectos, como es el caso de un funicular de acceso al cerro Mayaca y el traslado de la línea férrea, hoy proyecto ejecutado y emblemático de la ciudad. Al lado inverso, se cree que su mayor falencia es la falta de una estructura vial efectivamente gravada por la ordenanza, que hubiese permitido contar con una red vial jerárquica e interconectada acorde con los nuevos crecimientos residenciales. Al observar la zonificación propuesta y los usos permitidos, se evidencia que el centro permite cierta mixtura, la definir usos exclusivos en primer piso y otras opciones para los pisos superiores, incluyendo el uso residencial. Sin embargo, no se registra una definición de usos mixtos en las zonas residenciales. Esta monofuncionalidad ha llevado a que este plan haya sufrido diversas modificaciones con el fin de flexibilizar ciertos parámetros y /o definir otros acordes con el concepto de usos mixtos, las cuales se reportan a continuación.

8.3.2 Modificaciones Posteriores: Posterior a la promulgación del PRC aprobado el año 1965, el Plan Regulador de Quillota se ha visto afecto a cinco modificaciones realizadas los años 1978, 1991, 2000 y 2001; y dos Planes Seccionales: el Sector entre Av. Valparaíso, Alberdi, Bulnes y Lorca, en el año 1977, y el Sector Centro Comunal del año 1980:

8.3.2.1 Seccional año 1977, Promulgado en el D.O. el 23 de Enero de 1978, “Sector comprendido entre Avenidas Valparaíso, Alberdi, Bulnes y Lorca”: Este seccional tiene como objetivo introducir cambios parciales en el destino de uso de suelo referente al emplazamiento de equipamientos religiosos y deportivos. Además define superficies destinadas a equipamiento municipal y modificaciones al trazado de algunas calles en dicho sector.

Ilustración 8 Seccional 1977

Área afecta por la Modificación Detalle Plano Modificación, Marzo 1976.

Fuente: Observatorio Urbano

8.3.2.2 Modificación año 1977 Promulgado en el D.O. el 23 de Enero de 1978, “Plan Regulador de Quillota”: Conjuntamente con las modificaciones establecidas en el seccional anterior, es promulgada una segunda modificación pero que afecta a la Ordenanza en general y que principalmente lo que busca es readecuar el destino de uso del suelo en relación con las actividades comerciales y artesanales en funcionamiento.

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A las condiciones normativas ya existentes se agrega en la Zona de Uso Industrial Inofensivo los usos de bodegas comerciales ó depósitos de mercaderías, mientras que para la Zona Residencial se define su destino para todo uso habitacional como asimismo para comercio detallista, donde también se acepta la instalación de talleres artesanales y oficinas profesionales ubicados en la propia vivienda. Por último para la Zona de Industrias Molestas se admite el uso de talleres mecánicos y garajes en las calles Freire entre J. Montt y Arauco, Alberdi entre Freire y Valparaíso, Valparaíso entre Alberdi y Chacabuco, Condell entre Herboso y Lo Garzo, y Bulnes entre Lorca y Yungay.

Ilustración 9 Modificación 1977

Área afecta por la Modificación Detalle Plano Modificación, 17 Diciembre 1976.

Fuente: Observatorio Urbano.

8.3.2.3 Seccional año 1980 Promulgado en el D.O. el 26 de Febrero de 1980, “Sector Centro Comunal”: Este seccional establece un nuevo trazado vial dentro del polígono del área central de la ciudad. Principalmente su normativa fija los anchos mínimos de las calles dentro del sector céntrico y de otros sectores como además de la nueva vialidad que se proyecte. También, de acuerdo al plano aprobado, se demarca la Casa Colonial ubicada en calle San Martín como Monumento Histórico declarada por DS Nº 556 el 10 de junio de 1976.

Ilustración 10 Seccional 1980

Vías afectas por el Seccional Detalle Plano Seccional Quillota PS-3, 6 Junio 1979.

Fuente: Observatorio Urbano

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8.3.2.4 Modificación año 1988 Promulgado en el D.O. el 29 de Julio de 1988, “Sector Oriente, Calle Serrano”: Esta modificación cambia las condiciones de uso de suelo, de edificación y de subdivisión predial del sector enmarcado por el polígono entre las calles Serrano, Sargento Aldea y Vicuña Mackenna. Dentro de esta área se permitirán usos de suelo habitacional, comercial, industrial inofensivo, áreas verdes y vialidad. Como condiciones de edificación se define una subdivisión predial mínima de 200 m², con un índice de constructibilidad de 2,0 y un frente predial mínimo de 12 metros, entre otras condiciones. Además se elimina la calle Sargento Aldea entre la calle Serrano y su unión con la Av. Vicuña Mackenna, y se reemplaza por la prolongación de calle Serrano desde su intersección con la vía de FF.CC. hacia el Oriente, hasta la Av. Vicuña Mackenna.

Ilustración 11 Modificación 1988. Descripción del Punto

Tramo

Área afecta por la Modificación

Área modificación explicada sobre Plano de Expropiaciones año 1965.

Fuente: Elaboración propia con información de Observatorio Urbano.

8.3.2.5 Modificación año 1991 Promulgado en el D.O. el 21 de Mayo de 1991, “Sector Yungay esquina Pinto” y “Sector Oriente”: Ambas modificaciones buscan cambiar las condiciones de uso de suelo, edificación, subdivisión predial y trazados enmarcados dentro de cada sector delimitado. Para el “Sector Yungay esquina Pinto” se establecen usos habitacionales, comerciales, áreas verdes y vialidad. Como condiciones de edificación se indica 350 m² de subdivisión predial y 15 m de frente predial mínimo. En cuanto al “Sector Oriente” se definen usos de suelo habitacionales, comerciales, industriales inofensivos, áreas verdes y vialidad. Además se mantiene el uso comercial exclusivo en los frentes de los predios que se emplazan en la vereda norte de la calle Ariztía.

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Ilustración 12 Modificación 1991.

Área afecta por la Modificación “Sector Yungay esquina Pinto”

Área afecta por la Modificación “Sector Oriente”

Fuente: Elaboración propia.

8.3.2.6 Modificación año 2000 Promulgado en el D.O. el 12 de Julio de 2000, “Sector Oriente”: Esta modificación altera el límite urbano existente ampliando su territorio en el sector nor-oriente de la ciudad, entre el límite comunal Quillota – La Cruz, la calle Ariztía y la Ruta 60. En esta nueva porción de área urbana se establecen 5 zonas normativas: ZIE-1, ZC-1, ZC-2, ZH-1 y ZCH, con sus correspondientes usos de suelo y condiciones técnico urbanísticas. Además se traslada el trazado de la línea férrea Valparaíso – Santiago y se definen como vías estructurantes las avenidas Condell y Central, las calles Ariztía, Devia, La Feria, y algunos tramos de las calles de servicio de la Ruta 60 y FF.CC Oriente y Poniente.

Ilustración 13 Modificación año 2000.

Área afecta por la Modificación Detalle Plano Modificación, MPRCQ-1, Diciembre 1999.

Fuente: Observatorio Urbano

-Zona ZIE-1, Zona Industria y Almacenamiento Inofensivo; Actividades Agrícolas; Equipamiento Escala Intercomunal y Comunal: Esta zona mixta admite principalmente usos de industriales inofensivos, usos agrícolas y de equipmaiento variado. Comprende todo un paño con frente hacia la Ruta 60 hasta la calle La Cruz.

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-Zona ZC-1, Zona Equipmaiento: Admite usos de equipamiento variado a escala intercomunal y comunal. Corresponde a una franja de 60 m de ancho aproximadamente que parte desde la calle Devia hasta la Ruta 60, sobre la vereda norte de la Av. Ariztía. -Zona ZC-2, Zona Equipamiento, Vivienda Densidad 450 hab/ha: Zona de uso mixto, habitacional y de equipamiento variado. Es un paño delimitado por las calles Devia, Serrano, 21 de Mayo y Ariztía. Actualmente se encuentra infraestructura de comercio (supermercado Lider y locales comerciales). -Zona ZH-1, Zona Equipamiento, Vivienda Densidad 350 hab/ha: Zona de uso mixto, habitacional y de equipamiento variado. El área de esta zona se conforma sobre la vereda sur de la calle Ariztía entre las calles La Feria y Devia. Hoy en día solo se encuentra utilizado por paños agrícolas con algunos usos habitacionales. -Zona ZCH, Zona Conservación Histórica Equipamiento Escala Intercomunal y Comunal: Corresponde al edificio de la estación de ferrocarriles existente y a los terrenos adyancentes, esquina 21 de Mayo con Av. Ariztía, donde solo se permiten usos de equipamiento variado. En este sector la edificación existente no podrá habitarse sin previa autorización de la SEREMI de Vivienda, no pudiendo alterarse la altura de la edificación, ni sus respectivas fachadas.

Cuadro 8 Condicionantes Urbanísticas Plan Regulador Comunal Quillota – Sector Oriente ZIE-1 ZC-1 ZC-2 ZH-1 ZCH Superficie predial Mínima (m²) 2.000 800 800 Equip: 350

Vivienda: 100 800

Frente Predial Mínimo 30 15 15 Equip: 15 Vivienda: 10 15

Porcentaje de ocupación máxima de suelo

60% 80% 80% Equip: 80% Vivienda: 60% 80%

Coeficiente máx. de Constructibilidad 2 2 4 Equip: 1,0

Vivienda: 0,8 0,8

Sistema de agrupamiento

Aislado Aislado, Pareado, Continuo

Aislado, Pareado, Continuo

Aislado, Pareado, Continuo Aislado

Altura Máxima Edificación (m) 4 pisos 6 pisos 10 pisos Equip: 2 pisos

Vivienda: 4 pisos 3 pisos

Distanciamiento mínimo 5 m 3 m 3 m (aislado y

pareado) 3 m (aislado y pareado) 3 m

Antejardín mínimo (m) 5 m 3 m

Equip: no se exige Vivienda: 3 m

Equip: no se exige Vivienda: 3 m 3 m

Estacionamientos Según artículo 13

Según artículo 13

Según artículo 13

Según artículo 13

Según artículo 13

Densidad Máxima Hab/Ha - - 450 hab/ha 350 hab/ha -

Fuente: Ordenanza Modificación PRC Quillota, sector Oriente. Diario Oficial 12 de Julio 2000.

8.3.2.7 Modificación año 2001 Aprobado por el Concejo Municipal Nº 234, Acta Nº 55 del 10 de Diciembre del 2001, “Extensión Límite Urbano, Sector Acceso Sur”: La última modificación al PRC corresponde a un área de extensión urbana en la zona de acceso sur a la ciudad. Esta nueva área urbana se rige bajo la normativa ZUE (Zona de Extensión Urbana) que permite usos residenciales incluyendo usos productivos y sus instalaciones, y equipamientos complementarios. Actualmente esta zona se identifica como “Villa El Sendero” y se encuentra completamente ocupada con viviendas.

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Ilustración 14 Modificación año 2001.

Área afecta por la Modificación Detalle Plano Modificación, 10 Diciembre 2001.

Fuente: Observatorio Urbano.

8.3.3 Parámetros de Zonificación En cuanto a las condicionantes de edificación de las diferentes zonas, el plan define alturas, densidades, ocupación de suelo y constructibilidad de manera general para todas las zonas normadas sin distinción, las que se indican en el siguiente cuadro. Al observar los parámetros propuestos, estos resultan inaplicables dada la relación entre el porcentaje de ocupación de suelo v/s máximo edificado, o entre la densidad y la altura permitida, lo cual podría ser aplicado obviando algunos de estos parámetros. Al respecto, se está a la espera de antecedentes que aportará el municipio respecto a la interpretación de la normativa vigente en las zonas normadas, lo cual permitirá poder evaluar los parámetros que se han trabajado a partir de una representación volumétrica.

Cuadro 9 Condicionantes urbanísticas – PRC Vigente

Nº de pisos del edificio

Máximo edificado total en % de la superficie del terreno

% mínimo de terreno libre que debe dejarse a nivel del suelo

Máxima densidad bruta-Hab/Há

1 30 70 188 2 40 80 250 3 40 86 250 4 45 88 281 5 50 90 313 6 55 90 344 7 60 91 375 8 65 91 406 9 70 92 438

10 75 92 469 11 80 92 500 12 85 92 531 13 90 93 563 14 95 93 594 15 100 93 625

Fuente: Ordenanza vigente.

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Importante es mencionar que el Plan Vigente permite alturas máximas de hasta 15 pisos, lo cual no se ha materializado en los 50 años de vigencia del plan. Actualmente se registra un edificio en construcción de una altura de 8 pisos en la calle O’Higgins, siendo la máxima altura registrada. En cuanto a la normativa de las condiciones de subdivisión y distanciamientos, la Ordenanza del PRC de Quillota define algunas restricciones detallas en el siguiente cuadro:

Cuadro 10 Condiciones de Subdivisión Predial, Distanciamientos y Antejardín.

Zona Subdivisión predial M²

Frente Mínimo

Predial en M

Antejardín en M

Altura Cierros en M

Distanciamientos en M

A Zona de Industrias Inofensivas 2.500 30 6 2,5 - B Zona de Industrias Molestas 2.500 30 6 2,5 - C Zona Ferroviaria - - S/A 2,5 - D Zona de Servicios Municipales - - S/A 2,5 - E Zonas de Equipamiento Urbano 2.500 30 S/A 2,5 - F Zona Militar - - S/A 2,5 - G Zona de Areas Verdes - - S/A 2,5 - H Zona Faja no Edificable - - S/A 2,5 - I Zona de Cementerio - - S/A 2,5 - J Zona Centro Comunal 500 18 S/A 2,5 - K Zona Residencial 350 (200) 15 (12) 3 2,5 3

L Zona Residencial para Erradicaciones 200 (180) 12 (10) 3 2,5 3

M Zona Residencial Congelada - - 3 2,5 3 N Zona de Quintas 5.000 50 3 2,5 3 O Zona Comercial - - S/A 2,5 - P Zonas de Estacionamiento - - S/A 2,5 - Fuente: Elaboración propia en base a información Ordenanza Plan Regulador Comunal de Quillota 1966.

8.3.4 Superficies y densidades

8.3.4.1 PRC Vigente Dentro del límite urbano vigente se han detectado 231,8 hectáreas de suelo disponible de las cuales 81,5 están localizadas en zona de actividades productivas y 12,5 están siendo gravadas como área verde intercomunal por el PRI La Campana. Por lo cual solo 137,7 hectáreas podrían considerarse aptas para el desarrollo urbano, según el PRC Vigente. Para determinar la cabida máxima de habitantes posibles sobre este suelo se han considerado dos escenarios: - Se considera la densidad de 313 hab/ha correspondiente a la altura de 5 pisos según se indica en

el cuadro normativo de la ordenanza vigente. Considerando que en las tipologías de edificación reconocidas, la altura máxima de los bloques existentes es coincidente con este valor.

- Se considera la densidad de 250 hab/ha, correspondiente a una altura de 2 pisos según se indica en el mismo cuadro normativo. Coincidente con la altura predominante o máxima registrada de la tipología casas. En este caso se consideran dos opciones, una de ellas aplicando el DFL2 con subdivisión y construcción simultánea.

El resultado indica que en el primer escenario la cabida podría ser de un total de 25.863 habitantes; y de considerar el segundo escenario, el total corresponde a 20.658 habitantes o 25.822 habitantes, si se considera la aplicación del Art. 6.1.8 de la OGUC.

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Es importante considerar que el PRC Vigente no identifica zonas de riesgo y tampoco una densidad por zona normativa, lo cual podría disminuir los valores estimados respecto del suelo disponible y de posibles nuevos habitantes.

Cuadro 11 Superficie disponible – LU Vigente

ZONA Total en Hectáreas

Actividades Productivas 81,5Mixto - Residencial 137,7Parque Intercomunal 12,5Total general 231,8

Fuente: Elaboración propia.

Cuadro 12 Cabida Habitantes – PRC Vigente

ZONA Total en Hectáreas

Cesión 40%

Densidad hab/ha

Total Habitantes Sin DFL2

Densidad hab/ha

Total Habitantes

Total Habitantes con DFL2

Mixto - Residencial 137,7 82,6 313 25.863 250 20.658 25.822 Total general 231,8 Total 25.863 Total 20.658 25.822

Fuente: Elaboración propia en base a ordenanza PRC Vigente.

8.3.4.2 PRI Campana El Plan Regulador Intercomunal de la Campana define un límite de extensión urbana para la ciudad de Quillota de aproximadamente 765 hectáreas, de las cuales 553 corresponden a Zonas de Extensión Urbana (mixtas residenciales) y de este total aprox. 425 se encuentran disponibles. Al evaluar cada zona según la densidad propuesta como normativa supletoria, resulta una cabida de 68.822 nuevos habitantes y al aplicar la densidad promedio propuesta el total es de 57.351habitantes para la ciudad de Quillota.

Cuadro 13 Cabida Habitantes – PRI Campana.

Zona Hectáreas Disponible Cesión 40%

Densidad (Normativa Supletoria)

Densidad Final DFL2

Total Habitantes

ZEUC - 2.2 206,841 186,362 111,8172 100 125 13.977 ZEUC - 2.1 60,668 51,676 31,0056 150 187,5 5.814 ZEUC - 1 285,208 186,785 112,071 350 437,5 49.031 Total 552,717 424,823 254,8938 68.822

Zona Hectáreas Disponible Cesión 40% Densidad Promedio

Densidad Final DFL2

Total Habitantes

ZEUC - 2.2 206,841 186,362 111,8172 180 225 25.159 ZEUC - 2.1 60,668 51,676 31,0056 180 225 6.976 ZEUC - 1 0,000 186,785 112,071 180 225 25.216 Total 552,717 424,823 254,8938 57.351

Fuente: Elaboración propia en base a Ordenanza PRI Campana.

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8.3.5 Vialidad Estructurante - Caducidad de Vías El Plan Regulador Vigente dispone en su título IV las siguientes vías y sus anchos proyectados:

Cuadro 14 Vialidad PRC Vigente. Ancho en Metros

Referencia

55 Calle Pinto, entre prolongación al poniente de Arauco y Yungay. 45 1- Calles al norte y sur de plaza frente a Estación de pasajeros del ferrocarril enfrentando

calle Arauco. 2- Mitad poniente de la cuadra de calle Concepción entre Valparaíso y camino a Boco. 3- Prolongación al poniente de calle Arauco, entre nuevo trazado de Pinto y Bulnes.

30 1.- Vía de circulación primaria que forma la parte sur y oriente de la circunvalación exterior, desde el cruce de Valparaíso con Alberdi, pasando por Alberdi, Instituto y V. Mackenna, hasta el Callejón La Polvareda, incluyendo la nueva ruta a la Cruz. 2.- Vía de circulación primaria que une el Nuevo Casino Valparaíso - Panamericana con cruce de Bulnes, Alberdi e Instituto. 3.- Vía de circulación primaria que une el Nuevo Camino Valparaíso - Panamericana con extremo oriente de Yungay. 4.- Calle San Martín, entre Concepción y 18 de Septiembre.

25 1.- Todas las vías de circulación primaria indicadas en el Plan Regulador Comunal, con excepción de las dimensionadas anteriormente. 2.- Calle Arauco, entre su extremo oriente y Bulnes. 3.- Calle 21 de Mayo, entre Arauco y Simón Alamos. 4.- Calle proyectada que enfrenta la Estación de pasajeros norte del ferrocarril por el oriente, hasta 21 de Mayo por el poniente.

20 1.- Calle Merced, desde nueva vía de circulación primaria proyectada paralela al norte de calle Prat hasta nueva vía de circulación primaria proyectada en su extremo norte. 2.- Calle 21 de Mayo, entre Simón Alamos y Callejón La Polvareda. 3.- Calle R. Ariztía, entre nueva vía de circulación primaria que pasa por calle V. Mackenna y calle Condell.

18 1.- Todas las calles dentro de la Zona Centro Comunal, con excepción del tramo indicado en punto c) - 4 de este artículo. 2.- Toda nueva calle que se proyecte dentro de las Zonas Industriales.

15 1.- Todas las calles comprendidas dentro del sector encerrado por las vías de circulación primaria siguientes: 18 de Septiembre y nueva vía de circulación primaria paralela a Prat por el norte; Yungay por el sur; Bulnes por el poniente, y Condell por el oriente. Se exceptúan las vías de circulación primaria incluidas en dicho sector y las calles de la zona centro comunal que han sido dimensionadas anteriormente. 2.- Vía de acceso al Cementerio y cumbre del Cerro Mayaca. 3.- Toda calle existente o que se proyecte de más de 325 metros de largo. Se entenderá el tramo hasta la vía de circulación primaria que atraviese la calle en los casos que así suceda.

13 1.- Toda calle existente o que se proyecte de más de 125 metros de largo. Se entenderá el tramo hasta la vía de circulación primaria que atraviese la calle en los casos que así suceda.

Ancho Modificación año 2000 20 m y 40 en un tramo central

Av. Central - Vía proyectada entre Ariztía y Lorca Prieto

Fuente: Ordenanza PRC Vigente.

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Faseuno Consultores – Poch

A partir de la superposición de la vialidad propuesta por el PRC Vigente señalada en la tabla adjunta sobre la vialidad existente, podemos indicar que la mayor parte de las vías gravadas por el instrumento de planificación, incluidas las de sus modificaciones posteriores son existentes. Sin embargo, algunas de ellas no lograron materializar los ensanches previstos, como es el caso del damero fundacional, a excepción de algunos tramos en calle Yungay; Av. Condell (tramo Ariztía – Arauco); Av. 21 de Mayo (tramo Simón Alamos – Limite Urbano Norte); Anibal Pinto (entre Yungay y Arauco); Arauco (entre Pinto y Bulnes); y Balmaceda (entre Valparaíso y Camilo Henríquez). En el caso de las aperturas, no lograron materializarse la continuidad de calle Bulnes hacia el sur de Alberdi; vía paralela al norte de calle Prat; Vía paralela al oriente de 21 de mayo; Av. Central (propuesta en la modificación del año 2000).

33

Sin embargo, a partir de la publicación en el diario oficial de con fecha 29 de octubre 2014 de la Ley 20.791, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en relación a las afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores, el nuevo Art. 59, establece declaratorias de utilidad pública sin plazos de caducidad, y el artículo transitorio de la Ley 20.791 declara de utilidad pública todos aquellos terrenos que fueron destinados a circulaciones plazas y parques incluidos sus ensanches con anterioridad a las leyes Nº 19.939 y Nº 20.331. En este contexto, las vialidades antes descritas que no lograron materializarse siguen vigentes.

Ilustración 15 Vías PRC Vigente – Declaratorias Caducadas

Fuente: Elaboración propia a partir de Ordenanza PRC Vigente.

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Ilustración 16 Plan Regulador Comunal Vigente – Ciudad de Quillota

Fuente: Plano PRC vigente, proceso Actualización PRC Quillota 2014.

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8.4 Conclusiones En relación a los lineamientos propuestos por el PRDU (no vigente) se destaca la definición de zonas de extensión urbana: en el Sector Sur, entre Ruta CH 60 y Troncal; en el sector oriente, Área de San Isidro- La Patagua; en el sector Poniente, Boco central y en el sector San Pedro. Zonas que coinciden en algunos casos con las planteadas por el PRI La Campana en estudio, a excepción del sector de San Isidro – La Patagua.

Define un Borde Industrial asociado a la Ruta CH-60, el cual ha ido materializándose a partir de la modificación del PRC Vigente en el año 2000 y que se extiende a partir de la propuesta del PRI Campana. En relación a la densidad recomienda una gradiente de intensidad de ocupación desde el centro urbano hacia los bordes rurales.

En términos de vialidad, destaca la conexión desde el centro de Quillota hasta Quintero, planteando un atravieso paralelo al puente Balmaceda existente, lo cual se reconoce como un potencial a trabajar e incluir en la propuesta vial del PRC en estudio, apoyándose en la integración de los bordes oriente y poniente del río que realiza el PRI Campana, al integrar el sector de Boco y Quillota en un mismo límite urbano.

En relación al Rol de Quillota, este lo plantea como de explotación agrícola bajo un enfoque de innovación tecnológica, con servicios relacionados a la agroindustria y como una ciudad con buenos estándares de calidad de vida para sus habitantes protegiendo todos los componentes del medio ambiente. En este último ámbito, la misión del PRC en estudio será definir dentro de su ámbito de acción, las normas necesarias para permitir el desarrollo y cumplimiento de este rol.

En relación al instrumento intercomunal en estudio, destaca la propuesta de un parque intercomunal de cerca de 126 hectáreas que materializadas permitirán aumentar la dotación de áreas verdes actual, que es de sólo 26 hectáreas.

En términos normativos del ámbito rural, se reconoce una tendencia a “potenciar” la unidad correspondiente a La Palma-La Patagua, San Isidro, ya que se genera una zona continua a los largo de los ejes consolidados incluyendo territorios aún no ocupados, permitiendo consolidación residencial (zona AR-3); y por otro a “reconocer” los asentamientos que se concentran en el eje F-360, ya que norma solo el consolidado existente, no permitiendo su posterior extensión residencial y dejando fuera de esta zona a sectores como Carolmo.

En relación a las implicancias futuras y considerando que las normas supletorias regirán hasta la aprobación del Plan Regulador Comunal en estudio y que es un escenario probable, dada la demanda de suelo residencial actual de la ciudad, se otorguen permisos con estas condicionantes urbanísticas, una alternativa es que los primeros suelos que se materialicen sean aquellos tangentes a crecimientos ya consolidados o tangentes a vías ya existentes. En este caso correspondería a la Av. Condell, lo cual podría generar una sumatoria de crecimientos residenciales a lo lago de este eje, sin lograr ejes transversales que permitan estructurar los grandes paños residenciales y generar nuevas alternativas viales, como ocurre actualmente en la relación oriente poniente de la ciudad. Si bien se proponen vías transversales, dada la escala de planificación estas están planteadas a una distancia de 2 km, equivalente a la distancia entre las calles Concepción y el nodo Alberdi – Valparaíso.

Sin embargo, según lo indicado por el Art. 2.1.3 de la OGUC, el instrumento intercomunal podría considerar además de condicionantes urbanísticas, vías colectoras de carácter supletorio, mientras entra en vigencia el instrumento de escala comunal, con el fin de evitar lo anteriormente planteado.

Respecto del PRC Vigente, presenta en su origen una definición monofuncional de los usos de suelo, lo cual ha derivado en diversas modificaciones para flexibilizar la normativa propuesta y convertir, en algunos casos, condicionantes urbanísticas inaplicables en aplicables; se observa la inexistencia de intencionalidad en la definición de la morfología resultante de la aplicación normativa, al definir parámetros de altura, densidad y ocupación de suelo generales para cualquier zona normativa; la inexistencia de una red de áreas verdes o una red jerarquizada de vías, que permitan estructurar el crecimiento propuesto por este plan; y finalmente la inexistencia de zonas excluidas al desarrollo urbano. Lo anterior, se convierte en las razones que justifican la realización de un nuevo plan Regulador Comunal, acorde con el escenario de desarrollo y normativo actual.

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