capitulo i disposiciones generales
TRANSCRIPT
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1: REQUERIMIENTOS PARA SER ESTUDIANTE
1. Cumplir con los requerimientos exigidos por el Ministerio de Educación
Nacional y la institución para el proceso de la matricula.
Parágrafo:
2. Estar respaldado por uno de sus padres, o por un acudiente con condiciones
para asistirlo en las situaciones requeridas por el plantel. Excepto los
estudiantes mayores de 18 años en adelante, jornada nocturna.
3. presentar los documentos auténticos requeridos, legales.
4. presentar los certificados de los grados cursados.
ARTICULO 2: ADMISON DE ESTUDIANTES
El ingreso de los aspirantes a la institución Educativa Rafael Valle Meza se realiza
mediante los procesos de inscripción, admisión y matricula.
a) De la Inscripción: se entiende por inscripción el acto mediante el cual, el
aspirante solicita admisión a cualquiera de los grados que ofrece la institución
en la fecha estipulada. Los requisitos son:
solicitud de admisión
Fotocopia del registro civil
Fotocopia de las calificaciones de loa años anteriores cursados
Constancia de estudio del años anterior al que aspira ingresar, si a la
fecha el colegio de procedencia no ha terminado y legalizado el grado
en curso.
Certificado de comportamiento expedido por el coordinador de disciplina
y rector
Parágrafo 1:
Los estudiantes desplazados por la violencia presentaran solo, el certificado de
desplazado por la autoridad competente, mientras en plazo acordado entrega la
documentación requerida en el capitulo II articulo 2. La inscripción se realizara en la
coordinación académica de la jornada a la que aspira.
b) De la Admisión: La admisión es el acto por el cual se otorga al estudiante el
derecho de ingresar a la institución, atendiendo las disposiciones del capitulo 2.
Estos requisitos son:
I. Inscripción
II. Tener la edad establecida por el consejo académico
Preescolar Edad: 5 años
Educación primaria Edad: Hasta 10 años para 1º de primaria
Hasta 11 años para 2º de primaria
Hasta 12 años para 3º de primaria
Hasta 13 años para 4º de primaria
Hasta 14años para 5º de primaria
Hasta 15 años para 6º grado
Hasta 16 años para 7º grado
Hasta 17 años para 8º grado
Hasta 18 años para 9º grado
Hasta 19 años para 10º grado
Hasta 20 años para 11º grado
Parágrafo 2: La edad de admisión requerida para ciclos de la jornada nocturna será a
partir de los 13 años para la básica primaria y de 15 para la básica secundaria, no
obstante prevalecerá el derecho a la educación ante cualquier situación que manifieste
el aspirante .
REQUISITOS PARA MATRICULARSE
Grado 6
1. Certificado de quinto grado de primaria
2. Fotocopia del documento de identidad
3. Registro civil de nacimiento
4. Tres fotos recientes de 3x4
5. Tener máximo 16 años de edad (jornada nocturna)
6. Constancia de trabajo(jornada nocturna)
7. Tener 13 años de edad (jornada nocturna)
Grado 7 a 11
1. Fotocopia del documento de identidad
2. Boletín informativo del año cursado, firmada por el coordinador académico de
su jornada. (Alumnos antiguos)
3. Paz y salvo del año anterior
4. Recibo de pago matricula
5. Tres fotos recientes 3x4
6. Constancia de trabajo (jornada nocturna)
7. Registro civil de nacimiento y/o Documento de Identidad
8. Certificados de estudio de los años anteriores
Parágrafo 3:
Se entiende que los alumnos mayores de 18 años en la nocturna al firmar la matricula
lo hacen ejerciendo el derecho de escoger el tipo de educación que la institución
educativa Rafael Valle Meza y en tal sentido, aceptan formalmente las condiciones,
reglamento y se comprometen activamente con el proyecto educativo institucional del
plantel y este manual de convivencia.
Parágrafo 4:
Los estudiantes menores de 18 años d la jornada nocturna requieren de padres de
familia o acudiente.
Parágrafo 5:
El proceso de selección de nuevos estudiantes se realizara por medio de actividades
de selección y estudios de documentos que permitan un real conocimiento del
estudiante, acerca el plan de estudios desarrollado sen años anteriores y de su familia.
En todo caso, El rector y los coordinadores de cada jornada de la institución estudiaran
y resolverán en igualdad de coediciones, los casos de admisión de nuevos
estudiantes. En caso de reintegro de estudiantes antiguos, se debe tener en cuenta el
seguimiento escolar que de ellos reposa en los archivos de la institución; valorando de
comportamiento académico y disciplinario que en su momento manifestaron en esta
comunidad.
De los costos educativos: el servicio educativo genera unos costos de
carácter obligatorio que debe sufragar el estudiante, como son:
- Matricula
- Derecho de grado
- Certificados
- Constancias
Parágrafo 6:
Estos valores estarán ajustados a las directrices del Ministerio de educación nacional,
a la Secretaria de Educación Departamental, Municipal, y los acordados por el concejo
directivo.
TRANSFERENCIA ESCOLAR
La transferencia es la aceptación de ingresos de estudiantes a la institución. Se
pueden dar de dos maneras: interna o externa.
a) Transferencia interna: Este tipo de transferencias se hacen entre la jornada
diurna de la institución. Debe ser solicitada por escrito, indicando los motivos
de tal requerimiento ante el rector, fundamentando los motivos de la petición. El
rector podrá negar o aprobar la solicitud. En caso de ser aceptada el rector
firmara la transferencia.
b) Transferencia Externa: Deber ser solicitada ante el rector indicando que
aspira, quien revisara la documentación y el plan de estudios, para verificar que
este ultimo corresponde al adoptado por la institución educativa Rafael Valle
Meza, o en caso contrario, pueda validar las áreas o asignaturas en los
términos que establecen los decretos 1694 de 1987 y 225 de 1993 e
igualmente comprobar a través de ellos su veracidad.
c) De la matricula:
1. la matricula es un contrato civil, voluntario mediante el cual las partes se
comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes
(académicas, administrativas y financieras) y que cualquiera de ellas pueda dar
por terminado en caso de incumplimiento, o por razones que lo ameriten.
2. Al matricularse el estudiante se compromete a respetar la filosofía de la
institución y a cumplir con los estatutos y reglamentos del P.E.I. y el Manual de
convivencia.
3. Se considera estudiante de la Institución Educativa Rafael valle Meza, quien ha
cumplido con todos los requisitos y tramites legales y se encuentran
debidamente matriculado. El pago de los costos educativos se cubrirá hasta en
10 cuotas mensuales en el año que esta cursando.
4. Dada las condiciones locativas de la institución Educativa Rafael Valle Meza y
en atención a los mecanismos de evaluación por procesos que se deben
implementar conforme a la ley General de Educación, se fija como numero por
curso de cuarenta y cinco estudiantes.
5. Atendiendo a lo dispuesto en el decreto 3011 de 1997, la jornada nocturna
adopta la organización de la educación para adultos por ciclos
6. académicos así: Tercer ciclo para 6º y 7º con una duración de 40 semanas al
año. Cuarto ciclo para los grados 8º y 9º con una duración de 40 semanas al
año. Quinto ciclo para el grado 10º con una duración de 22 semanas al año.
Sexto ciclo para el grado 11 con una duración de 22 semanas al año.
Parágrafo 7:
Todo estudiante que venga por transferencia interna o externa debe presentar
certificado de buen comportamiento expedido por el coordinador de disciplina y con
visto bueno del rector.
Parágrafo 8:
Será condición fundamental tanto para el ingreso, como para la permanencia en el
colegio la actitud positiva, interesada y colaboradora de los padres o acudientes tanto
en los asuntos que atañen inmediatamente a la formación de sus hijos o acudidos,
como en las actividades programadas por los padres de familia.
Parágrafo 9:
La institución Educativa Rafael Valle Meza, realizara a lo largo del año lectivo un
seguimiento escolar de los estudiantes. Comunicara periódicamente los resultados a
los padres de familia para su activa colaboración en la superación de las deficiencias o
potenciación de los valores que se detecten. En caso de no encontrar eco a las
observaciones, se negara el cupo para el curso siguiente.
ARTICULO 3: CANCELACION DE LA MATRICULA
Para todos los casos el Consejo Directivo es quien determina la cancelación de la
matricula después de previo análisis del debido proceso, en los siguientes casos:
1. Cuando se comprueba que el estudiante utilizo papeles falsos.
2. Cuando se detecte que el estudiante tiene antecedentes penales
3. cuando el rendimiento disciplinario impida el normal desarrollo de las
actividades pedagógicas.
4. por voluntad expresa de los padres o acudientes.
5. Cuando el estudiante abandona o falta sin justa causa a las labores
academicotas completando el limite de inasistencia establecido
conforme a las normas vigentes.
6. por fallo del Consejo directivo previo estudio del debido proceso.
7. Cuando por motivos de salud o causas psicológicas, previo dictamen
profesional, cuando se considere inconveniente su permanencias en la
comunidad educativa.
8. Cuando la perdida del año esta asociada a actos de indisciplina y mal
comportamiento expresamente contemplados en el presente Manual de
Convivencia previo seguimiento del estudiante y cumplimiento del
debido proceso
9. Cuando al ser repitente, no cumpla con sus deberes y actividades
académicas ordinarias y evidencia un nivel de rendimiento bajo.
ARTICULO 4: COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES AL MATRICULARSE
Todo estudiante al momento de la matricula se compromete a:
1. Asistir puntualmente para dar cumplimiento al horario establecido por la
institución.
Paragrafo1:
En el evento que el estudiante llegue tarde a su jornada de clase, los coordinadores
aplicaran estrategias para motivar la puntualidad y se llevara un registro de sus
inasistencias y sus retardos.
2. Cumplir debidamente con las obligaciones académicas y formativas
establecidas por la institución.
3. Estar representado por un padre de familia o acudiente, en la jornada diurna y
nocturna cuando sea menor de edad, para que asume los compromisos que le
corresponden como tal, deberá firmar la matricula para expresar la aceptación
de esta responsabilidad.
Parágrafo 2:
Se exceptúan del servicio social los estudiantes de la jornada nocturna.
4. El Manual de convivencia Escolar tiene un carácter de norma o disposición
legal que regula el contrato de la matricula.
ARTICULO 5: CAUSALES PARA LA PERDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE
Una persona pierde el carácter de estudiante de la institución Educativa Rafael Valle
Meza por:
1. Incumplir con las condiciones señaladas en el capitulo 2 Art. 2.
2. Cancelación voluntaria de la matricula
3. Exclusión ordenado por el Consejo Directivo
4. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matricula o
para resolver otra situación de vida escolar.
ARTICULO 6: IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE
1. Ser menor de edad
Parágrafo 1:
Ningún funcionario o estudiante de la institución puede ser acudiente de un estudiante,
debido a que algunas situaciones tendría que actuar simultáneamente como juez,
fiscal defensor y por consiguiente es contraproducente. Los casos especiales serán
autorizados por el rector en forma escrita.
Parágrafo 2;
El padre o acudiente que justificadamente no pueda asistir a una citación del plantel,
delegará un representante y lo notificará por escrito a la coordinación o dependencia
que lo cita,