capital social dividendo y resevas 2

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7/23/2019 Capital Social Dividendo y Resevas 2 http://slidepdf.com/reader/full/capital-social-dividendo-y-resevas-2 1/23 CAPITAL SOCIAL 1. INTRODUCCIÓN El capital social es importante en el desarrollo y se puede definir como la cifra de las aportaciones realizadas por los socios a las compañías mercantiles. Tiene relevancia económica dado que identifica los derechos de los socios según su participación y, asimismo, cumple una función de garantía frente a terceros dado que constituye punto de referencia para exigir la efectiva aportación patrimonial a la sociedad y la retención del patrimonio existente hasta curir la cifra del capital social repartiendo entre los socios la diferencia restante de los eneficios de la sociedad. Es una cifra estale, a diferencia del patrimonio social, cuya cifra variar! según el uen funcionamiento de la compañía mercantil. 2. ANTECEDENTES "i analizamos la literatura vemos que existen diferentes propuestas sore el origen del capital social. #sí el $anco %undial &'orld $an() identifica siete fuentes claves de capital social en el contexto del desarrollo económico y social, las cuales pasamos a enumerar a continuación*  (1) +as familias. -omo la principal fuente de ienestar económico y social para sus miemros, la familia constituye la primera piedra en la generación de capital social para la sociedad en general. +as comunidades. +as interacciones sociales entre vecinos, amigos y grupos generan capital social y la hailidad de traaar untos para un ien común. Esto es especialmente importante para los pores que pueden usar el capital social como un sustituto del capital humano y físico. +as empresas. -onstruir y mantener organizaciones eficientes como las empresas requiere confianza y con sentido común de propósito, es decir, capital 1 Extraído de: https://capitalsocialenespanol.wordpress.com/2011/06/23/%C2%BFcomose creaelcapitalsocial!"entesdelcapitalsociali/

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7/23/2019 Capital Social Dividendo y Resevas 2

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CAPITAL SOCIAL

1. INTRODUCCIÓN

El capital social es importante en el desarrollo y se puede definir como la cifra de

las aportaciones realizadas por los socios a las compañías mercantiles. Tiene

relevancia económica dado que identifica los derechos de los socios según su

participación y, asimismo, cumple una función de garantía frente a terceros dado

que constituye punto de referencia para exigir la efectiva aportación patrimonial a

la sociedad y la retención del patrimonio existente hasta curir la cifra del capital

social repartiendo entre los socios la diferencia restante de los eneficios de la

sociedad. Es una cifra estale, a diferencia del patrimonio social, cuya cifra variar!

según el uen funcionamiento de la compañía mercantil.

2. ANTECEDENTES

"i analizamos la literatura vemos que existen diferentes propuestas sore el

origen del capital social. #sí el $anco %undial &'orld $an() identifica siete fuentes

claves de capital social en el contexto del desarrollo económico y social, las cuales

pasamos a enumerar a continuación* (1)

+as familias. -omo la principal fuente de ienestar económico y social para sus

miemros, la familia constituye la primera piedra en la generación de capital social

para la sociedad en general.

+as comunidades. +as interacciones sociales entre vecinos, amigos y grupos

generan capital social y la hailidad de traaar untos para un ien común. Esto es

especialmente importante para los pores que pueden usar el capital social como

un sustituto del capital humano y físico.

+as empresas. -onstruir y mantener organizaciones eficientes como las

empresas requiere confianza y con sentido común de propósito, es decir, capital

1 Extraído de:

https://capitalsocialenespanol.wordpress.com/2011/06/23/%C2%BFcomose

creaelcapitalsocial!"entesdelcapitalsociali/

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social. El capital social eneficia a las empresas reduciendo los costes de

transacción.

+a sociedad civil. El capital social es vital para el /xito de cualquier organización

noguernamental porque proporciona oportunidades de participación y da voz aaquellos que pueden ser o estar loqueados por los canales formales que

producen los camios.

El sector púlico. Es decir, el estado y las instituciones son fundamentales para el

funcionamiento y el ienestar de cualquier sociedad.

+a pertenencia /tnica. +as relaciones /tnicas aparecen en las discusiones del

capital social. Tanto si es inmigración, desarrollo de microempresas, nepotismo

trial o conflicto racial, los lazos /tnicos son un claro eemplo de cómo los agentes

que comparten valores comunes y cultura pueden unirse para lograr un eneficio

mutuo.

 # modo de resumen se puede decir que en la creación del capital social influyen

numerosos factores, pero destacan, sore todo, el papel de las familias y de la

educación como fuentes m!s importantes para la formación y el mantenimiento de

dicho capital. +a familia porque es la encargada de transmitir valores y reglas de

comportamiento y la educación puesto que a trav/s de ella se deen adquirir,

adem!s de conocimientos, otros valores que permitan, entre otras cosas, una

uena interacción dentro y a trav/s de las redes sociales.

3. DEFINICIÓN DE CAPITAL SOCIAL

COMO TÉRMINO CONTABLE* el capital social es el valor de los ienes o el

dinero que los socios aportan a una empresa sin derecho de devolución.

0e esta manera, el capital social &que se registra en una partida contale) otorga a

los socios distintos derechos según su participación y supone una garantía frente

a terceros. "e trata de una cifra estale, aunque los resultados negativos pueden

llevar a la quiera y entonces la empresa ya contar! con los recursos necesarios

para hacer frente a sus oligaciones con terceros.

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Es importante estalecer en este sentido adem!s que tami/n existe lo que se

conoce como capital social mínimo. 1n t/rmino este con el que viene a definirse a

aquel capital que toda empresa dee mantener como mínimo. Es importante

surayar que este ser! uno u otro en función del tipo de sociedad que sea, de esta

manera una sociedad anónima dee contar con un capital social mínimo mucho

m!s elevado que el de una que sea de responsailidad limitada.

En otro sentido, el capital social es un pasivo &deuda) de la sociedad frente a los

socios. 2ara modificar dicho aporte, deen seguirse una serie de procedimientos

 urídicos. -ae distinguir entre las nociones de capital social, patrimonio social &la

totalidad de activos y pasivos de la sociedad) y patrimonio neto &la diferencia

efectiva entre los activos y los pasivos).

 #dem!s de todo lo expuesto tenemos que tener muy en cuenta que en el seno de

una empresa puede tener lugar lo que es la ampliación del capital social. Eso se

consigue a trav/s de distintas acciones o situaciones como serían, por eemplo,

las aportaciones dinerarias, las aportaciones no dinerarias, por transformación de

eneficios o reservas así como por compensación de cr/ditos contra la sociedad.

0e la misma forma, tami/n es posile que una empresa concreta sufra la

reducción de su capital social. En este caso, las circunstancias que pueden

propiciar aquel hecho son las devoluciones de aportaciones, el aumento de la

reserva legal, la condonación de dividendos pasivos o con el claro oetivo de

eliminar p/rdidas.

El último hecho citado se decide llevar a cao con la intención de conseguir que se

recupere el equilirio existente entre lo que es el capital y el patrimonio neto. 0e

ahí que esa compensación de p/rdidas se pueda conseguir ien mediante la

reducción de la dimensión contale de la empresa o ien a trav/s de los

eneficios de la sociedad.

PARA LA SOCIOLOGÍA* el capital social es aquello que posiilita la cooperación

entre dos partes. +a noción no implica necesariamente algo positivo, ya que los

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contactos entre las personas pueden dar lugar a hechos negativos &como las

sociedades mafiosas, por eemplo).

En otras palaras, el capital social implica la sociailidad de un grupo humano, con

los aspectos que permiten la colaoración y su uso. +os sociólogos destacan queel capital social est! formado por las redes sociales, la confianza mutua y las

normas efectivas, tres conceptos que no son f!ciles de definir y que pueden variar 

de acuerdo a la concepción del analista.

DESDE UN PUNTO DE VISTA MERCANTIL: El capital social est! dividido en

acciones, representando la acción una participación en el mismo, y, por tanto, un

derecho de propiedad sore el patrimonio de la sociedad.

2ara poder inscriir la escritura de fundación de una sociedad anónima ser!

condición previa que la cifra de capital social emitido est/ totalmente suscrito y

desemolsado al menos en una cuarta parte del valor nominal de cada una de sus

acciones.

0esde un punto de vista mercantil, la cifra de capital social ser! igual a la suma

del valor nominal de todas las acciones emitidas.

1na vez constituida la sociedad dicho capital social podr! aumentar para reciir 

nuevas aportaciones, compensar deudas, con cargo a reservas, etc., o reducirse

para devolver aportaciones, condonar dividendos pasivos pendientes de

desemolso, eliminar o compensar p/rdidas o incrementar reservas.

COMO TÉRMINO LEGAL:(2)

El capital social recoge las aportaciones realizadas por los socios a una sociedad

mercantil a camio de unos títulos de propiedad sore la misma. En el caso de

sociedades anónimas estos títulos se denominan acciones. 0ichas aportaciones

deen realizarse inicialmente para constituir la sociedad, y podr!n realizarse de

2 Extraído de: El capital social en las di#ersas !ormas de la sociedad an$nima

los principios & las di#ersas !"nciones '"e c"mple tanto externa como

internamente en estas. (icente )odol!o *alde +,"re-"i.

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forma posterior en lo que sería las ampliaciones de capital. El concepto de capital

ilumina la esencia de la "ociedad #nónima3 para explicarlo hay que partir de la

distinción entre capital y patrimonio social.

42atrimonio es el conunto efectivo de ienes de la sociedad en un momentodeterminado. "u cantidad est! sometida a las mismas variaciones que el

patrimonio de una persona individual* aumenta si la industria es próspera,

disminuye en el caso contrario. En el primer caso, el patrimonio activo &dinero,

cosas, derechos, valores económicos de toda clase) ser! superior al pasivo

&deudas). En el segundo caso ocurrir! lo contrario.

4 El -apital "ocial es, por el contrario, solamente una cifra permanente de la

contailidad, que no necesita corresponder a un equivalente patrimonial efectivo.

5ndica esa cifra el patrimonio que dee existir, no el que efectivamente existe.

+a cifra de capital es un elemento esencial al constituirse la sociedad. #l efecto la

expresión del capital social en la escritura de constitución constituye la declaración

de que los socios han aportado una cuantía de capital o se han comprometido a

aportarlo en su momento en no menos del 678 de lo ofrecido y la sociedad es

responsale de su existencia. +a ley que la regula se orienta en estalecer que es

indispensale que la sociedad tenga un patrimonio igual al de la cifra del capital

social3 para el efecto oligan a los socios a que cumplan con entregar la totalidad

del capital que han suscrito, deiendo los gestores de la sociedad iniciar una

comproación estricta de que esto se est! cumpliendo3 una forma de logarlo est!

en la prohiición de que la sociedad rinde muchas facilidades para restituirle sus

aportaciones a los accionistas, regulando la redención del capital con ciertas

limitaciones y exigencias formales para su eecución y sancionando severamente

su infracción.

0e todo esto se puede desprender que el capital y el patrimonio social 9que legal

y t/cnicamente deen ser iguales al constituirse la sociedad pueden ser de

cuantía distinta incluso desde el primer momento y lo son, normalmente, en cuanto

la sociedad empieza a funcionar, puesto que la ganancia o la p/rdida har!

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aumentar o disminuir la cifra del patrimonio social, quedando siempre intacta la del

capital.

+a cifra del capital es una línea cerrada o círculo ideal trazado en el activo de la

sociedad, que no acota ienes determinados, pero que impone a la sociedad laoligación de tenerlo siempre cuierto con ienes equivalentes a aquella cifra.

Todo lo que exceda de este círculo puede ser distriuido entre los socios. 2ero así

como la línea del capital es fia &mientras no se modifique con las formalidades

legales), la línea del patrimonio es, por esencia, movile. 2or ello, aunque

inicialmente coinciden una y otra, en cuanto la sociedad empieza a funcionar la

línea del patrimonio empieza a moverse. "i los negocios van mal, en ese caso se

ve clara la función del capital como cifra de retención* la sociedad no podr! repartir 

dividendos a sus accionistas mientras la línea del patrimonio no vuelva a coincidir 

con el capital.

4. PRINCIPIOS

Existen principios que regulan el -apital "ocial y que son dos principios cl!sicos

que completan la defensa del capital de la sociedad por acciones, con los cuales

se le pretende dar una protección adecuada a los negocios que se realice*

1° E P!"#$"%"& ' '*!+"#$",# - #"'' ' $%"* /&$". Es el supuesto

lógico de la defensa del capital. +a "ociedad #nónima ha de nacer con un capital

determinado y único. +a fiación del capital social es una de las menciones de la

escritura de constitución. En la "ociedad #nónima el capital no es solo funcional,

como en las dem!s sociedades, sino fundacional. :o podr! constituirse sociedad

alguna que no tenga su capital suscrito totalmente y desemolsado en una cuarta

parte, por lo menos.

2° E P!"#$"%"& ' E/*0""'' ' C%"*.  Exige que la cifra del capital no

pueda ser liremente alterada, ya que todo aumento de la misma significaría un

engaño para los acreedores si no va acompañado del correlativo aumento en el

patrimonio social3 toda disminución implica la posiilidad de reducir en la misma

cuantía el patrimonio, con la consiguiente disminución de la garantía para los

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acreedores. 2ero durante la vida de la sociedad puede presentarse la necesidad

de dinero y no querer otenerlo a título de pr/stamo3 o puede ser conveniente

restalecer el equilirio entre el capital y el patrimonio, reducido por consecuencia

de p/rdidas. # estos supuestos principales corresponden, respectivamente, los

procedimientos de aumento y de reducción del capital social, que son otras tantas

excepciones al principio de la estailidad en el sentido expuesto.

. AUMENTO REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL

A+#*& ' $"! ' $%"*

0urante la vigencia de la "ociedad, por los requerimientos del negocio que realiza,

puede requerirse de mayores recursos en cuyo caso puede otenerlos acudiendo

a la figura del aumento de capital que se da en ciertas ocasiones con la emisión

de oligaciones.

-uando nos referimos al aumento de capital deen considerarse dos aspectos*

a) +a toma del acuerdo para aumentar el capital3 esta prerrogativa le

corresponde exclusivamente a la ;unta <eneral de #ccionistas, requiri/ndose un

quórum calificado para adoptar el acuerdo y una vez que se apruee deer! ser 

inscrito en los registros púlicos donde aparece registrada la sociedad.

) +a eecución del acuerdo3 que deer! realizarse en los mismos t/rminos en

los que se adoptó el acuerdo de aumento del capital social, respet!ndose las

normas del estatuto que rige la vida de la sociedad.

 #l decidirse elevar su capital una sociedad puede proponerse, o ien aumentar 

efectivamente su patrimonio productivo mediante la aportación de nuevos

elementos patrimoniales &aumento efectivo), o ien elevar sencillamente la cifra

del capital, pero sin necesidad de ingresar nuevos elementos patrimoniales, o sea

mediante un simple traspaso de cuentas en el alance &aumento puramente

contale).

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R'$$",# ' $"! ' $%"*

0eemos afirmar que el capital por decisión o por mandato de la ley puede

reducirse conforme a los requisitos estalecidos por la ley. Esta reducción se

puede proponer con distintos fines económicos puede ser en parte para equilirar la cifra de capital y patrimonio en los casos en que pudieran existir perdidas

sociales contailizadas o tami/n para hacer posile la devolución a los

accionistas de una parte del capital, como tami/n para transformar una parte del

capital en reservas. :o existe prolema para que se reduzca el capital

comin!ndolo con otras operaciones de aumento. En el r/gimen legal que permite

la reducción del capital hay dos fines fundamentales como son* la protección de

los acreedores en la sociedad y la úsqueda de la equidad en la reducción en la

relación de la sociedad con los accionistas y la relación de estos entre sí.

"e pueden distinguir = clases de reducción de capital*

a) >ay una reducción de capital efectiva con devolución de aportaciones o no.) +a exigencia de dividendos pasivos, la reducción de capital por causas de

p/rdidas sociales.c) +a reducción con cargos a eneficios o reservas lires.

+a reducción de capital es una modificación estatutaria que dee ser adoptada conlos requisitos y solemnidades que estalezca la ley. "in emargo, existen

reducciones de capital que se realizan sin la necesidad del acuerdo societario de

la ;unta <eneral de #ccionistas3 estas se pueden dar en los casos en que se

traten de aportaciones no dinerarias o sore falta de desemolso de acciones, así

como tami/n sore el derecho de separación de accionistas.

DIVIDENDO

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INTRODUCCION

El oetivo m!s importante de toda empresa es impulsar el ienestar económico y

social mediante una adecuada inversión del capital a aquellas inversiones que

arroen el m!ximo rendimiento.

Toda empresa, ya sea púlica o privada, para poder realizar sus actividades

requiere de recursos financieros &dinero), ya sea para desarrollar sus funciones

actuales o ampliarlas, así como el inicio de nuevos proyectos que impliquen

inversión. -ualquiera que sea el caso, los medios por los cuales las personas

físicas o morales se hacen llegar recursos financieros en su proceso de operación,

creación o expansión, en lo interno o externo, a corto, mediano y largo plazo, se le

conoce como fuentes de financiamientos.

El financiamiento interno inicial es a menudo necesario en etapas muy tempranas

del desarrollo de la empresa, cuando el empresario todavía est! implementado el

producto o concepto de negocios y cuando la mayor parte de los activos de la

firma son intangiles.

E*"+&&5

+a palara dividendo viene del latín dividendos y significa ?@ cantidad que hay que

dividir@@. "us componentes l/xicos son* dividere (separar por partes), m!s el sufio

endo & gerundivo, participio de futuro pasivo).=

T!+"#&

 +os dividendos son el derecho económico por excelencia concedido a los socios o

accionistas de una sociedad. Aepresentan la parte de los eneficios otenidos por 

una sociedad que se destinan a remunerar a los accionistas por sus aportaciones

al capital social de la empresa. +os eneficios no distriuidos en forma de

3 Extraído: etimolo-ias.dechile.net/di#idendo

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dividendos se destinan a la constitución de reservas con la finalidad de propiciar el

crecimiento de la empresa.B

T!+"#& /6# %&5*"$ ' '"7"'#'&/

C+os dividendos son los pagos en efectivo que las corporaciones hacen a sus

accionistas ordinarios. +os dividendos proporcionan el retorno que recien los

accionistas ordinarios de la empresa por el capital contale suministrado por ellos.

5ncluso, compañías que en la actualidad no pagan dividendos reinvierten las

utilidades generadas en la empresa. 0e esta forma incrementan la capacidad de

compañía para pagar dividendos en el futuro.7

T!+"#& 0#$!"&

En el proceso de reparto de eneficios de una sociedad, el importe de los

dividendos por acción indica la parte de los eneficios que percie cada acción. Es

un dato muy utilizado por el inversor urs!til ya que la política de dividendos en

ocasiones significa una parte importante de los rendimientos del accionista. D

T!+"#& # "##8/

 El dividendo es la parte del eneficio que se reparte entre los accionistas de una

compañía. -onstituye la remuneración que recie el accionista por ser propietario

de la sociedad. +a cantidad es variale según los resultados anuales que la

empresa ha otenido.

Extraído de: www.expansion.com/diccionarioeconomico/di#idendo.html

Extraído de:

www."nac.ed".pe/doc"mentos/or-aniacion/#ri/cdcitra/n!ormesFinalesn#esti

-acion/4a&o2011/F5))E7898FCE/C87.(.79F

6 Extraído de: www.a;an<n.com/tit=di#idendoporacciondpa!orm"lario

economico<nanciero>name=4an"ales><d=ee0;ca#

? Extraído de:www.<nanas.com/a"laaccionista/20130?30/di#idendo

22226?.html

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T!+"#& $&#,+"$&

Fracción de las 1tilidades de una "ociedad anónima que se reparte a los

accionistas en relación a las #cciones que cada uno posea.

:ormalmente se expresa como un porcentae del Galor nominal de la #cción o

como un monto asoluto por #cción. +os dividendos se denominan HprovisoriosH

cuando son determinados por el 0irectorio y HdefinitivosH cuando han sido

acordados por la ;unta de #ccionistas, despu/s de haer aproado el $alance

contale en que se determina la 1tilidad con cargo a la cual se paga el 0ividendo. I

POLITICA DE DIVIDENDOS9

Es el plan de actuación que diseña una empresa para sus eneficios entre los

accionistas a trav/s de los dividendos. +a política dee tomar en cuenta dos

oetivos !sicos* maximizar eneficio de  los propietarios de la empresa y la

otención suficiente de financiamiento.

M"+"8$",# ' !";8.< 0icha política dee diseñarse no solamente para

maximizar el precio de la acción en el año siguiente sino para maximizar la riqueza

en el largo plazo.

O0*#$",# /"$"#* ' "##$"+"#*&.< "in un financiamiento suficiente para

realizar proyectos aceptales, el proceso de maximización de la riqueza no puede

llevarse a cao. +a empresa dee planear sus requerimientos futuros de fondos y

tomando en cuenta la disponiilidad externa de fondos y ciertas consideraciones

de mercado, determinar tanto el monto de financiamiento de utilidades retenidas

necesarias como el de utilidades retenidas disponiles despu/s de haer pagado

@ Extraído de: www.eco<nanas.com/diccionario/9/9(9EA9.htm

Extraído de:

www."nac.ed".pe/doc"mentos/or-aniacion/#ri/cdcitra/n!ormesFinalesn#esti

-acion/4a&o2011/F5))E7898FCE/C87.(.79F

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los dividendos mínimos. Esto es que los pagos de dividendos no deer!n

considerarse como un residuo, sino m!s ien como un desemolso requerido,

despu/s del cual se pueden reinvertir cualesquiera fondos restantes en la

empresa.

MODALIDADES DE DIVIDENDOS1=

) D"7"'#'& $#*:  Es el dividendo distriuido a los accionistas con

anterioridad a la aproación de las cuentas anuales, a cuenta de los eneficios

estimados para el eercicio.

0) D"7"'#'& $&+%+#*!"&: Es el dividendo que se aona cuando ya se han

aonado dividendos a cuenta y una vez especificada la cantidad a repartir entre

los accionistas atendiendo al resultado del eercicio.

$) D"7"'#'& *!&!'"#!"&: Es el dividendo proveniente por la generación de

eneficios extraordinarios.

') D"7"'#'& ">&: Es el dividendo fiado por la sociedad, independientemente, del

resultado otenido por la misma.

) D"7"'#'& 0!*&:  Es el dividendo repartido antes de deducirse el efecto

impositivo.

) D"7"'#'& #*&: Es el dividendo resultante despu/s de impuestos.

) S$!"% '"7"'#': -onsiste en aonar el dividendo en forma de títulos de la

empresa, en vez de en dinero.

TIPOS DE DIVIDENDOS11

10 Extraído de: www.expansion.com/diccionarioeconomico/di#idendo.html

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• L !8,# ' P&: Jue se calcula dividiendo el dividendo en efectivo por 

acción de la empresa entre sus utilidades por acción, indica el porcentae por 

unidad monetaria perciida que se distriuye a los accionistas en forma de

dividendos. 1no de los inconvenientes de esta política es que si las utilidades

de la empresa decaen, o si ocurre una p/rdida en un periodo dado, los

dividendos resultar aos o incluso nulos

• P&5*"$ ' '"7"'#'&/ !!/: "e asa en el pago de un dividendo fio en

cada periodo. Esta política proporciona a los accionistas información

generalmente positiva, indicando que la empresa se desempeña correctamente,

con lo que se reduce al mínimo toda incertidumre.

• P&5*"$ ' '"7"'#'&/ !!/ 0>&/ - '"$"&#/:  #lgunas  empresas

estalecen una política de dividendos regulares aos y adicionales, con la que

pagan un dividendo regular ao, complementado con un dividendo adicional,

cuando las utilidades lo ustifican.

• D"7"'#'&/ # $$"&#/ ($$"&#/ "0!'/): 1n dividendo en acciones es

el pago de dividendos en forma de acciones a los propietarios existentes. +as

empresas recurren a menudo a este tipo de dividendo como una forma de

reemplazo o adición de los dividendos en efectivo. #unque los dividendos en

acciones no tienen un valor real, los acciones pueden conceirlos como algo de

valor que les ha sido proporcionados y que antes no tenían. A/%$*&/ C&#*0/: En el sentido contale el pago de un dividendo en

acciones significa un camio entre las cuentas de capital, en vez de una

utilización de fondos. P#*& ' V"/* ' &/ A$$"&#"/*/: El accionista que recie un dividendo

en acciones no recie en realidad nada de valor.

• D"7"/"&#/ ' A$$"&#/: +as divisiones de acciones tienen un efecto sore el

precio de las acciones de una empresa similar al de los dividendos en acciones.

+a división de acciones es un m/todo comúnmente empleado para reducir elprecio de mercado las acciones de la empresa mediante el incremento en el

número de acciones detentadas por cada accionista. +as empresas suelen

11 Extraído de:

www."nac.ed".pe/doc"mentos/or-aniacion/#ri/cdcitra/n!ormesFinalesn#esti

-acion/4a&o2011/F5))E7898FCE/C87.(.79F

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creer que el precio de sus acciones es demasiado alto, y que una reducción en

el precio de mercado har!n m!s din!micas as transacciones.

FACTORES ?UE INFLUEN EN LAS POLITICAS DE DIVIDENDOS12

-omprenden las restricciones legales, contractuales e internas, las perspectivas

de crecimiento de la empresa, las consideraciones y, por último, las

consideraciones de mercado.

• R/*!"$$"&#/ /. En la mayoría de los países se prohíen a las

corporaciones el pago de cuales quiera parte del capital legal en formas de

dividendos., tal capital legal se mide por el valor contale de las acciones

comunes.

• R/*!"$$"&#/ C&#*!$*/. # menudo la capital de la empresa para

pagar dividendos en efectivo se ve restringida por ciertas provisiones en un

acuerdo de pr/stamo.

• R/*!"$$"&#/ I#*!#/. +a capacidad de la empresa para distriuir 

dividendos se ve a menudo restringida por la cantidad de efectivos en

exceso disponile.

P!/%$*"7/ ' C!$"+"#*&/. +os requerimientos financieros de la

organización de negocios guardan una relación directa con el grado de

expansión o adquisición de activos proyectados.

• C&#/"'!$"&#/ ' &/ P!&%"*!"&/.  #l estalecer una política de

dividendos, el oetivo primero de la empresa dee ser el de maximizar el

eneficio de los propietarios.

• C&#/"'!$"&#/ ' M!$'&. 0eido a que el eneficio de los

propietarios de una empresa se reflea en el precio de mercados de las

acciones, se deer! conocer la proailidad de respuesta del mercado

respecto de ciertos tipos de políticas al formular una política de dividendo

adecuada.

12Extraído de: tml.rincondel#a-o.com/di#idendos.html

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REGULACIÓN LEGAL13

D"7"'#'& A$*"7&

 #nualmente las sociedades mercantiles tienen la oligación legal de efectuar elcierre de cuentas, normalmente referido al último día del año natural, si ien la

fecha del cierre puede ser liremente elegida por los socios en los estatutos

sociales. 0e las operaciones de cierre se extrae, entre otros, el estado contale

denominado Estado de resultados o -uenta de 2/rdidas y <anancias &2 y <), que

contiene la información del resultado otenido por la sociedad en el eercicio a que

se refiere dicha cuenta de p/rdidas y ganancias. En caso de otención de

eneficios hay que proceder, en primer lugar, a compensar las p/rdidas que, en su

caso, la sociedad tenga acumuladas de eercicios anteriores y que impliquen que

el patrimonio neto de la sociedad sea inferior a la cifra del capital social y, en

segundo lugar, a la dotación de las reservas, tanto las reservas legales como las

reservas estatutarias, estas últimas para el caso de que los estatutos contengan

esta previsión. Tras dichas operaciones, el eneficio otenido podr! ser repartido

entre los socios, siendo la ;unta <eneral de #ccionistas el órgano encargado de

estalecer la cuantía, el momento y la forma de pago del dividendo a repartir.

-ae la posiilidad de repartir un dividendo a cuenta de eneficios futuros,

siempre y cuando los administradores sociales ustifiquen la existencia de liquidez

suficiente y que dicho dividendo a cuenta no exceda de la cuantía de los

resultados otenidos desde el fin del último eercicio, así como que no se repartan

cantidades suficientes para atender a la compensación de p/rdidas de eercicios

anteriores, para dotar las reservas y para satisfacer el impuesto que grave el

eneficio que se prevea otener.

D"7"'#'& P/"7&

El dividendo pasivo es el cr/dito que ostenta la sociedad frente al socio que

haiendo suscrito un determinado número de acciones, ien con motivo de la

fundación de la sociedad, ien con motivo de un aumento de capital con emisión

13 Extraído de: es.wiipedia.or-/wii/9i#idendo

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de nuevas acciones, no ha desemolsado la totalidad del valor de las acciones

suscritas. En derecho mercantil vigente en España esta posiilidad sólo est!

contemplada para las "ociedades #nónimas en las que se permite el desemolso

parcial del 678 del valor nominal de cada acción, si ien los estatutos sociales o el

órgano de administración de la compañía deer! estalecer la forma y plazo para

el desemolso del resto. %ientras susiste la falta de pago de los dividendos

pasivos en el plazo estalecido, el accionista moroso est! privado del derecho al

voto en las ;untas <enerales, del derecho a perciir dividendos y del derecho de

suscripción preferente de nuevas acciones. #dem!s, por el atraso en el pago de

los dividendos pasivos, deer! satisfacer a la sociedad el inter/s de

demora.H-antidad de capital pendiente de desemolsoH +as acciones parcialmente

desemolsadas se califican como acciones no lieradas.

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TÍTULO IIICAPITAL, RESERVAS Y DIVIDENDOS14

CAPÍTULO IACCIONISTAS Y CAPITAL

Artículo 50º.-NÚMERO MÍNIMO DE ACCIONISTAS.

Las empresas de los sistemas financiero y de seguros organizadas como sociedades anónimas deben teneren todo momento, el número mínimo de accionistas que establece la Ley General de Sociedades.

Toda persona natural o jurídica que adquiera acciones en una empresa, directa o indirectamente, por unmonto del uno por ciento !"# del capital social en el curso de doce meses, o que con esas compras alcanceuna participación de tres por ciento $"# o m%s, tiene la obligación de proporcionar a la Superintendencia lainformación que este &rganismo le solicite, para la identificación de sus principales acti'idades económicas yla estructura de sus acti'os. (sto incluye proporcionar el nombre de los accionistas en el caso de sociedadesque emiten acciones al portador.

L() G*+L. +rts. !, -! al /, !$0 1#, $02.

L.G.S. +rts. 0, -!, 30, 0/2 #, 01$ #.

Artículo 51º.- TENENCIA DE ACCIONES POR UNA SOLA PERSONA.

4ara la tenencia de acciones en una determinada empresa de los sistemas financiero o de seguros por unasola persona, no e5iste m%s limitación que la que impone el requisito establecido en el artículo anterior.

L() G*+L. +rts. -/, -1 al --.

Artículo 52º.- REUISITOS PARA SER ACCIONISTA.

Los accionistas deben cumplir requisitos de idoneidad moral y sol'encia económica.

6o pueden ser accionistas de una empresa de los sistemas financiero o de seguros, los que se encuentrenincursos en los impedimentos se7alados en los numerales !,1,$,0,-, 3, ,!/,!!,!1,!$,!0 y !- del artículo 1/8

de la presente ley.

Los impedimentos indicados en los numerales 1 y - no ser%n de aplicación si el impedimento es posterior a lacondición de accionista, siempre y cuando la condición de accionista no genere conflicto de inter9s con elcargo y funciones que desempe7a.

L() G*+L. +rts. 1/, 11, -!, -3, -, $02, Glosario resolución e5pedida con criterio de conciencia#.

:.4. +rt. !/1.

Artículo 5!º.- LIMITACI"N A LA PARTICIPACI"N EN EL CAPITAL DE UNA EMPRESA POR PARTEDE OTRA DE LA MISMA NATURALE#A.

6o puede ser accionista de una empresa de los sistemas financiero o de seguros, otra de la mismanaturaleza. 4ara estos efectos no se considera como empresa de la misma naturaleza a aquellos otros tipos

de empresas que integran el sistema financiero o de seguros y que sean distintos al de la empresain'olucrada.

Se e5ceptúa la compra de acciones con el propósito, declarado juratoriamente ante la Superintendencia, deincorporar por fusión a la empresa emisora de las acciones materia de la transferencia. Si transcurriesen seis# meses desde la emisión de la declaración jurada sin que la fusión se ;aya formalizado, el titular de las

1 Extraido de:

www.s;s.-o;.pe/repositorioaps/0/0/Der/re-"le&-ral;ancse-"ro/e&eneral

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acciones adquiridas con tal fin queda obligado a transferirlas e impedido de ejercer con ellas el derec;o de'oto.

L() G*+L. +rts. 1/, 11, -!, -3, -, $02, !< =isp. >. y :.

Artículo 5$º.- LIMITACIONES PARA SER ACCIONISTA EN RA#"N DEL CAR%O

Los funcionarios y trabajadores públicos a que se refiere el artículo $8 de la :onstitución 4olítica, así comosus cónyuges, no pueden ser titulares de acciones de una empresa de los sistemas financiero o de seguros,en una proporción que e5ceda del cinco por ciento del capital de la (mpresa.

(l 4residente de la :&6+S(?, el Superintendente, los trabajadores de ambas instituciones, así como suscónyuges, no pueden ser titulares de acciones de empresa alguna en los sistemas financiero o de seguros.

(sta limitación no rige respecto de las acciones adquiridas con anterioridad a la asunción del cargo o funcióny siempre que sean consignadas en la respecti'a declaración jurada de bienes y rentas, ni de las accionesque, sin 'ariar el porcentaje pree5istente, se suscriba en los casos de aumento de capital.

:&6ST. +rts. $, 0!, 1.

L() G*+L. +rts. -, $- !#, !< =isp. >. y :.

L.G.S. +rts. !/!.

L.G.@ +rt. 12.

Artículo 55º.- LIMITACI"N A ACCIONISTAS MA&ORITARIOS DE OTRA EMPRESA DE LA MISMANATURALE#A.

Auienes, directa o indirectamente, sean accionistas mayoritarios de una empresa de los sistemas financiero ode seguros, no pueden ser titulares, directa o indirectamente, de m%s del cinco -"# por ciento de lasacciones de otra empresa de la misma naturaleza.

L() G*+L. +rts. -$, - Glosario accionistas mayoritarios#.

L.G.S. +rts. !/!, !$$.

Artículo 5'º.- TRANS(ERENCIA DE ACCIONES.

Toda transferencia de acciones de una empresa de los sistemas financiero o de seguros debe ser registradaen la Superintendencia. (n su caso, las instituciones de compensación y liquidación de 'alores establecer%ncon la Superintendencia la utilización de los medios de comunicación inform%ticos m%s con'enientes parapermitir una información a tiempo real.

Trat%ndose de empresas que no tengan inscritas sus acciones en bolsa o que teni9ndolas, las negocien fuerade ellas, ser% responsabilidad del Gerente General de la empresa, remitir a la Superintendencia, dentro de losprimeros diez !/# días ;%biles de cada mes, la relación de todas las transferencias producidas durante elmes anterior.

L() G*+L. +rts. 1, -/, -2, -, $02, !3< =isp. Tran.

L.G.S. +rts. 1, !// al !/1.

L.@.?. +rts. $!, 0, !1$, 11$, 112, 1$0.

Artículo 5)º.- TRANS(ERENCIA POR ENCIMA DEL DIE# POR CIENTO *10+, DEL CAPITAL SOCIAL.

La transferencia de las acciones de una empresa del sistema financiero o de seguros por encima del diez porciento !/"# de su capital social en fa'or de una sola persona, directamente o por conducto de terceros,requiere la pre'ia autorización de la Superintendencia.

Lo dispuesto en el p%rrafo anterior rige para los casos en que, con la adquisición pre'ista y consideradas lastenencias pre'ias de la persona de que se trate, se alcance el mencionado porcentaje.

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Si una persona jurídica, domiciliada en el 4erú, fuese accionista en porcentaje mayor al antes se7alado en laempresa, sus socios deben contar con la pre'ia autorización de la Superintendencia para ceder derec;os oacciones de esa persona jurídica en proporción superior al diez por ciento !/"#. Si el accionista fuesepersona jurídica no domiciliado queda obligada a informar a la Superintendencia en caso de que se produzcauna modificación en la composición de su accionariado, en proporción que e5ceda dic;o porcentaje, conindicación de los nombres de los accionistas de esta última sociedad.

4esa sobre la empresa la obligación de informar a dic;o organismo en los casos en que tome conocimientode que una parte de sus acciones ;a sido comprada por una sociedad no domiciliada, con indicación de losnombres de los accionistas de esta última sociedad.

L() G*+L. +rts. -, -3, -, $02.

Artículo 5º.- DENE%ATORIA DE SOLICITUD DE TRANS(ERENCIA DE ACCIONES.

(l Superintendente denegar% la autorización que se le solicite conforme al artículo anterior, si la personanatural que pretenda adquirir las acciones o los accionistas, directores o trabajadores de la persona jurídicaque tenga igual propósito, se encontrasen incursos en los siguientes casosB

!. (stu'iesen afectados por los impedimentos se7alados en los artículos 1/8, -18 y -$8, o por lasrestricciones de los artículos -08 y --8.

1. (stu'iesen realizando acti'idades pro;ibidas por el artículo !!8.

La resolución es inimpugnable.

L() G*+L. +rts. !!, !, 1/, -1 al --, -2, $02.

Artículo 5º.- SANCI"N AL COMPRADOR UE TRANS%REDE LAS NORMAS SO/RELIMITACIONES A LA PARTICIPACI"N EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA EMPRESA.

(n el caso de adquirirse las acciones con transgresión de lo dispuesto en los artículos -18, -$8, -08 y --8,el comprador es sancionado con una multa de monto equi'alente al 'alor de las acciones que le ;ubiesensido transferidas. Sin perjuicio de ello, queda obligado a la 'enta en el plazo de treinta $/# días y, si talplazo 'enciere sin que la situación ;aya sido corregida, se duplica la multa. +dicionalmente, el adquirente que;ubiere infringido lo dispuesto en los artículos -08 y --8 no puede ejercer el derec;o de 'oto en las sesiones

de la Cunta General de +ccionistas.

(n el caso de que el accionista re;usara cumplir con lo establecido en los artículos -/8 y -28, laSuperintendencia podr% suspender el ejercicio de sus derec;os como tal, incluyendo su derec;o a 'oto y apercibir participaciones en las utilidades. +simismo, las acciones de que es titular el precitado accionista, noser%n computables para determinar el quórum y mayorías necesarias para Cuntas Generales de +ccionistas.

L() G*+L. +rts. -/, -1 al --, -2, $02, $- !#, $!.

L.G.S. +rt. - 1#.

Artículo '0º.- ACCIONES PRE(ERENTES.

Las empresas de los sistemas financiero o de seguros pueden emitir acciones preferentes, con o sin derec;oa 'oto. Las acciones preferentes pueden ser redimibles a plazo fijo, con derec;o a di'idendo acumulati'o o no

acumulati'o, y otras, según lo acuerde la Cunta General de +ccionistas.

(n caso de p9rdidas, 9stas ser%n absorbidas en primer lugar por las acciones comunes y sólo cuando se;aya agotado el 'alor de estas últimas, ser%n absorbidas por las acciones preferentes. (n caso que lasp9rdidas reduzcan el 'alor del patrimonio contable en un tercio o m%s, las acciones sin derec;o a 'otoadquirir%n ese derec;o, sal'o que se aumente el capital con suscripción de nue'as acciones comunes.

+simismo, las empresas podr%n emitir y colocar acciones bajo la par, obser'ando el siguiente procedimientoB

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!. :argar el monto del descuento en su colocación a las cuentas de utilidades retenidas yDo de reser'asfacultati'asE o

1. :argar el gasto financiero a resultados, lo que se ;ar% en el mismo ejercicio en que se coloquen dic;ostítulos.

L() G*+L. +rt. !30

L.G.S. +rts. 21, 33, 0, , 2, !// $#.

Artículo '1º.- (USI"N & ESCISI"N DE EMPRESAS - DERECO DE LOS DISIDENTES.

+cordada por las respecti'as Cuntas Generales la fusión de dos o m%s empresas de los sistemas financiero ode seguros, los accionistas tienen derec;o a 'ender sus acciones a la correspondiente empresa conforme alas normas de la Ley General de Sociedades.

(l mismo derec;o asiste a los accionistas para el caso de la escisión de una empresa.

L() G*+L. +rts. !1, -!, -$, -2.

L.G.S. +rts. !!- 2#, 1// 0#, $00 al $/.

L() 6o. 1/!.

Artículo '2º.- AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA.

(l capital social de una empresa de los sistemas financiero o de seguros sólo puede aumentarse medianteaportes en efecti'o, capitalización de utilidades, y ree5presión del capital como consecuencia de ajustesintegrales contables por inflación.

(5cepcionalmente, y pre'ia autorización de la Superintendencia, dic;o capital social tambi9n podr% seraumentado mediante fusión, con'ersión de obligaciones de la empresa en acciones, y cualquier otramodalidad que autorice este &rganismo.

Trat%ndose del aumento por aporte de inmuebles, la autorización de la Superintendencia proceder%únicamente cuando se trate de aumentos del capital por encima del capital mínimo requerido en efecti'o, y

;asta por un límite equi'alente al setenticinco por ciento 2-"# del patrimonio efecti'o, a la fec;a del aporte.(n el caso de empresas de seguros, contando con la autorización de la Superintendencia, los aumentos decapital a que se refiere el p%rrafo anterior pueden tambi9n tener lugar mediante aportes efectuados encualquiera de los otros acti'os pre'istos en el artículo $!!8.

L() G*+L. +rts. !0, !, !2, !3, 2!, $02.

L.G.S. +rts. 1-, 1, 12, 20, !3, 1/!, 1/1, 1/0, 1/, 1!$, 1!0.

Artículo '!º.- TRATAMIENTO DEL D(ICIT DE CAPITAL.

(l d9ficit de capital que resulte por aplicación de lo dispuesto en el artículo !8, !28 y !38 deber% ser cubiertodurante el siguiente trimestre. (5cepcionalmente, la Superintendencia puede conceder una prórroga deno'enta /# días, para lo cual e'alúa si la empresa ;a sido conducida adecuadamente y si ;a efectuado

esfuerzos razonables para cumplir con la obligación que recae sobre ella.=ic;a prórroga no puede ser otorgada por dos 'eces consecuti'as.

L() G*+L. +rts. !, !2, !3, 1, , 2!, !$1 $#, $02.

Artículo '$º.- REDUCCI"N DEL CAPITAL SOCIAL.

:on e5cepción de lo establecido en el artículo 8, toda reducción del capital o de la reser'a legal debe serautorizada por la Superintendencia.

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Se7aladamente, y sin perjuicio de la apreciación discrecional de la Superintendencia, no procede lareducciónB

!. 4or el 'alor no cubierto de la reser'a legal, con relación al capital mínimo.

1. 4or el monto del d9ficit e5istente respecto de las pro'isiones ordenadas por la Superintendencia.

$. Si, como consecuencia de la reducción, ;an de resultar e5cedidos los límites operacionales de la

empresa.

L() G*+L. +rts. 1#, , !$1 1, 0#, !3- !#.

L.G.S. +rts. 1!- al 1!3, 11/.

CAPÍTULO IIAPLICACIÓN DE UTILIDADES

Artículo '5º.- APLICACI"N DE UTILIDADES.

Las utilidades del ejercicio se determinan luego de ;aber efectuado todas las pro'isiones dispuestas por la

ley, determinadas por la Superintendencia o acordadas por la propia empresa.L() G*+L. +rts. , !$1 0#, !3- 1#, !32, $--.

L.G.S. +rts. 11 al 1$1.

Artículo ''º.- PRELACI"N PARA LA APLICACI"N DE LAS UTILIDADES.

(l orden de prelación para la aplicación de las utilidades del ejercicio de las empresas de los sistemasfinanciero y de seguros, es el siguienteB

!. 4ara la recomposición del capital mínimo, según lo e5igido por los artículos !8 , !28 y !38.

1. 4ara la constitución, por las empresas del sistema financiero, de la reser'a legal o, en su caso, para sureconstitución ;asta el límite a que se refiere el segundo p%rrafo del artículo 8.

$. 4ara la constitución, por las empresas del sistema de seguros, del fondo de garantía a que se refiere elartículo $/-8, o, en su caso, para su reconstitución ;asta el límite a que se refiere el segundo p%rrafo delartículo 8.

0. 4ara la constitución de reser'as facultati'as o la distribución de di'idendos.

L() G*+L. +rts. !, !2, !3, $, 2, 3, $--.

L.G.S. +rts. 11 al 1$1.

CAPÍTULO IIIRESERVAS

Artículo ')º.- RESERA LE%AL.

Las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros deben alcanzar una reser'a no menor alequi'alente del treinta y cinco por ciento de su capital social.

La reser'a en mención se constituye trasladando anualmente no menos del diez por ciento de las utilidadesdespu9s de impuestos y es sustitutoria de aquella a que se refiere el artículo 1-38 de la Ley General deSociedades.

L() G*+L. +rts. !, !2, !3, 3, , 2/, !$1 1#, $-0 !#.

L.G.S. +rts. 11, 1$1.

F.*. +rt. $2 ;#.

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Artículo 'º.- RESERAS (ACULTATIAS.

6o podr% acordarse la transferencia anual de utilidades a la cuenta de reser'a facultati'a, sin quepre'iamente se cumpla con la aplicación preferente dispuesta por esta ley para la constitución de la reser'alegal en el porcentaje anual establecido en el artículo anterior o para la reconstitución de la reser'a legal en laforma dispuesta por el artículo siguiente.

Lo establecido por el presente artículo no es aplicable a las empresas del sistema de seguros en lo que ata7ea las reser'as t9cnicas.

L() G*+L. +rts. 2, , !$1 1#, $-0 !#.

L.G.S. +rt. 11.

F.*. +rt. $2 ;#.

Artículo 'º.- APLICACI"N DE RESERAS.

Si la empresa de los sistemas financiero o de seguros registra p9rdidas, se aplica a su cobertura el monto delas utilidades no distribuidas y de las reser'as facultati'as, si las ;ubiere, y por la diferencia se reduceautom%ticamente el monto de la reser'a legal o del fondo de garantía, de que tratan los artículos 28 y $/-8.

(n tanto no se alcance nue'amente el monto mínimo, o el m%s alto que se ;ubiere obtenido en el período de

constitución de la reser'a legal o del fondo de garantía, el íntegro de las utilidades debe ser aplicado a ella.

L() G*+L. +rts. 0, 2, 2!, 2$, !$1 1#.

L.G.S. +rts. 11/, 11.

F.*. +rt. $2 ;#.

Artículo )0º.- AUMENTO DE RESERAS LE%ALES.

(n cualquier momento, el monto de la reser'a legal puede ser incrementado con aportes que los accionistasefectúen con ese fin.

L() G*+L. +rts. 2, !$1 1#.

L.G.S. +rts. 11, 1$1.

F.*. +rt. $2 ;#.

CAPÍTULO IVDIVIDENDOS

Artículo )1º.- RECOMPOSICI"N PRE(ERENTE DEL CAPITAL MÍNIMO.

=entro del t9rmino se7alado en el artículo $8, la utilidad que se obtenga debe ser aplicada, preferentemente,

a la recomposición del capital social mínimo.

L() G*+L. +rts. !, !2, !3, $, 21, 2$.

L.G.S. +rt. 1$/ !#.

=.L(G. 6o. 2-2. +rt. !/.

Artículo )2º.- DISTRI/UCI"N DE UTILIDADES.

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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo $--8 de la presente ley, en tanto la Cunta General de +ccionistasno ;aya aprobado el respecti'o balance final y la correspondiente distribución de utilidades, las empresasest%n impedidas de repartir 9stas con cargo a las ganancias netas de un ejercicio anual, así como de otorgara sus directores participación en las utilidades.

L() G*+L. +rts. 2$, $02, $-0 0#, $--.

L.G.S. +rts. 0/, !!0 !, 1#, !22, 1$/ $#.=.L(G. 6o. 2-2. +rt. !/.

Artículo )!º.- RESPONSA/ILIDAD POR INCUMPLIMIENTO.

Auienes ;ayan adoptado los acuerdos por los que se transgreda lo dispuesto en los artículos 8, 2!8 y 218,responden solidariamente por el reintegro a la empresa de los importes indebidamente pagados, sin perjuiciode la responsabilidad, tambi9n solidaria, que les corresponde conforme a la Ley General de Sociedades.

L() G*+L. +rts. , 2!, 21, $- !#, $!.

L.G.S. +rts. 0/, !22.