cÁmara de gesell en el perÚ

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CÁMARA DE GESELL EN EL PERÚ La Cámara Gesell, ubicada en la División Clínico Forense del Instituto de Medicina Legal, es un instrumento que se viene usando judicialmente en diversas partes del mundo para tomar declaraciones de los menores víctimas o testigos de delitos contra la vida o la integridad sexual y reducir el daño que sufre el menor por el recuerdo traumático del hecho. En la actualidad el menor, víctima o testigo, es entrevistado entre 3 y 4 veces sobre el tema en la sede policial, por el fiscal, por el experto forense, por el juez y en el juicio, sufriendo un fuerte impacto en todo el proceso. Esta cámara permite que se realice una sola entrevista que sirve como prueba para el resto del proceso. La entrevista es conducida por un psicólogo forense, quien recibe las preguntas que quiera hacer el fiscal a cargo de la investigación. CAMARA DE GESSEL ¿QUÉ ES? Y CÓMO FUNCIONA El dispositivo de la Cámara Gesell (CG) fue creado por el estadounidense Arnold Gesell (1880-1961), que era un psicólogo que se dedicó a estudiar las etapas del desarrollo de los niños. Básicamente, la CG consiste en dos

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Page 1: CÁMARA DE GESELL EN EL PERÚ

CÁMARA DE GESELL EN EL PERÚ

La Cámara Gesell, ubicada en la División Clínico Forense del Instituto de

Medicina Legal, es un instrumento que se viene usando judicialmente en

diversas partes del mundo para tomar declaraciones de los menores víctimas o

testigos de delitos contra la vida o la integridad sexual y reducir el daño que

sufre el menor por el recuerdo traumático del hecho.

En la actualidad el menor, víctima o testigo, es entrevistado entre 3 y 4 veces

sobre el tema en la sede policial, por el fiscal, por el experto forense, por el juez

y en el juicio, sufriendo un fuerte impacto en todo el proceso. Esta cámara

permite que se realice una sola entrevista que sirve como prueba para el resto

del proceso. La entrevista es conducida por un psicólogo forense, quien recibe

las preguntas que quiera hacer el fiscal a cargo de la investigación.

CAMARA DE GESSEL ¿QUÉ ES? Y CÓMO FUNCIONA

El dispositivo de la Cámara Gesell (CG) fue creado por el estadounidense

Arnold Gesell (1880-1961), que era un psicólogo que se dedicó a estudiar las

etapas del desarrollo de los niños. Básicamente, la CG consiste en dos

habitaciones con una pared divisoria en la que hay un vidrio de gran tamaño

que permite ver desde una de las habitaciones lo que ocurre en la otra –donde

se realiza la entrevista-, pero no al revés. Gesell la creó para observar las

conductas de los chicos sin que éstos se sintieran presionados por la mirada de

un observador.

Por su parte, el acto por el cual dicho experto escucha el relato del niño

damnificado, si bien debe ser llevado a cabo observando ciertas previsiones

instituidas para evitar su ulterior repetición y a su vez garantizar el derecho de

defensa en juicio, no guarda las características propias de una declaración

testimonial ni reviste las formalidades de ese medio probatorio en particular,

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pues tan sólo constituye una entrevista que además debe llevarse a cabo en un

ámbito especialmente acondicionado a ese efecto y no en un despacho del

órgano instructor, ni mucho menos en la sala de audiencias de un tribunal oral.

De todos modos, tanto las partes como la propia agencia judicial que dispone la

medida (fiscalía o tribunal), exclusivamente se encuentran habilitados a seguir

sus alternativas desde otro sitio, a través de elementos técnicos destinados al

efecto, pudiendo intervenir durante su desarrollo sólo en forma indirecta y a

través del psicólogo actuante, quien habrá de canalizar sus inquietudes del

modo que considere prudente para garantizar la integridad psíquica del menor.

SIGNOS Y SÍNTOMAS PSÍQUICOS EN EL ABUSO SEXUAL INMEDIATOS

• Trastornos del sueño, pesadillas.

• Ansiedad, angustia.

• Crisis de pánico.

• Cambio de carácter.

• Abandono de sus juegos habituales.

• Enuresis.

• Dolores difusos, sin sustrato alguno.

• Resistencia a concurrir o estar con quien abusa de él.

• Ideas de suicidio.

• Agresividad.

• Depresión.

• Regresión.

• Falta de concentración.

SIGNOS Y SÍNTOMAS PSÍQUICOS EN EL ABUSO SEXUAL TARDÍOS

• Desconfianza.

• Cambios de la personalidad.

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• Agresividad.

• Miedo o fobias a la oscuridad.

• Trastornos del habla, sueño o insomnio.

• Disminución del rendimiento escolar.

• Abandono del hogar.

• Juegos sexuales impropios de la edad.

• Confusión sobre las normas sexuales o el amor.

• Conflictos con la madre por no protegerlo.

• Uso de drogas o alcohol.

• Cefaleas, náuseas, dolores abdominales, calambres, enuresis.

• Hiperactividad o depresión.

• Prostitución.

• Exceso de curiosidad con relación al sexo.

• Masturbación compulsiva.

• Intento de suicidio.

INTERROGATORIO DEL NIÑO - PERICIA PSICOLOGIA

• Debe realizarse en un lugar tranquilo y aislado.

• Debe ser el niño quien determine si deben estar presentes o no sus padres.

• Se debe tener sumo cuidado para no contaminar, ni influir al niño.

• Tener en cuenta el nivel de desarrollo del lenguaje utilizado por el niño.

• De igual manera el desarrollo psicosexual del niño.

• Es necesario respetar los tiempos del niño.

• No debe obligarse al niño a responder lo que se pregunta

• No debe insistirse sobre un mismo punto.

• Es ideal tratar que el niño haga su relato espontáneamente, sin interrumpirlo.

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PROTOCOLO DE RECOMENDACIONES DEL SERVICIO DE PSICOLOGÍA

FORENSE PARA DISMINUIR LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA EN LA

RECEPCIÓN DE LA  DECLARACIÓN DE NIÑOS Y JÓVENES VÍCTIMAS EN

EL PROCESO PENAL.

1. Recepción de declaraciones de niños y jóvenes víctimas de delitos en

contra de la integridad sexual durante la investigación penal preparatoria.

a) Atender a los niños y jóvenes en un lugar que preserve su privacidad, en

lo posible sin presenciar la entrada y salida de detenidos esposados.

b) Cuando la víctima fuere de género femenino o de género masculino

hasta los doce (12), la declaración será recibida por una persona de

género femenino. En el caso de víctimas de género masculino mayores

de doce (12) años, podrá ser recibida por una persona de su mismo

género.

c) Es necesario que quién realiza el interrogatorio no se manifieste apurado

o intranquilo. Es importante respetar los tiempos y silencios de la

presunta víctima y atender su relato.

d) Si la víctima es acompañada por la madre, padre o personas de su

confianza, la misma deberá permanecer callada hasta tanto se le realice

alguna pregunta si fuere necesario y se la ubicará de modo que sin

afectar el acompañamiento afectivo, no pueda influir y/o perturbar al niño

con actitudes gestuales y/o con su presencia.

e) Si el abogado defensor se encontrare presente evitar en lo posible

cuestionamientos procesales y jurídicos en presencia del menor.

f) En lo posible, las preguntas las formulará una sola persona.

2. Recepción de declaraciones de niños y jóvenes víctimas de delitos en

contra de la integridad sexual durante el debate.

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a) Resulta conveniente  que el niño o joven sea recibido por quién preside

la audiencia de debate en la Cámara, y, que esta recepción se lleve a

cabo en un lugar lo más sencillo posible para evitar la solemnidad de la

sala de audiencias que intimida y angustia al niño aún más.

b) Informará a la víctima acerca de la situación en qué se encuentra; es

decir si sabe en qué lugar está, para qué y porqué. Posteriormente y de

acuerdo a lo que responde, se le explica de manera clara y sencilla

dónde se encuentra y qué van a hacer.

c) En la audiencia de debate, es recomendable que las preguntas, en la

medida de lo posible, las formule una sola persona. Se recomienda

dirigirse al niño y joven víctima en forma tranquila, contemplando las

diferencias culturales y su desarrollo evolutivo. Es conveniente que  las

preguntas comiencen desde lo más general y menos ansiógeno hasta

abordar lo puntual y concreto para tratar de llegar al descubrimiento de

la verdad real. Si es prolongado, es recomendable tratar de disminuir los

niveles de angustia y ansiedad pasando a comentarios positivos e

informándolos si se requerirá nuevamente su presencia o con ello

termina su intervención en el proceso penal.

d) En la medida de lo posible, evitar en presencia del niño

cuestionamientos jurídicos de las partes. En caso que ellos se susciten,

se sugiere que el niño salga de la sala de audiencia, en compañía de la

persona que más conoce y que regrese cuando se hayan acordado los

criterios a seguir.

e) Se sugiere que el niño y joven víctima pueda ser preservado de la

presencia del imputado

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Por ello podemos mencionar que el concepto pericial brindado por un

médico especialista forense es de gran importancia dentro del proceso

judicial de investigación de un delito sexual. Por esta razón, el examen

Page 6: CÁMARA DE GESELL EN EL PERÚ

sexológico forense requiere de una gran rigurosidad que permita llegar a un

diagnóstico acertado y a la toma adecuada de evidencia que permita llevar

en un adecuado curso una investigación judicial. Para ello el médico forense

debe siempre tener presente diagnósticos diferenciales ante la presencia de

lesiones que pueden ser confundidas con trauma, en este caso particular, el

prolapso uretral, un diagnóstico diferencial que debe ser conocido por el

médico forense para identificarlo cuando se presenta.

GLOSARIO

1. Acto sexual.- Es entendido como la penetración total o parcial del pene en

la cavidad vaginal de la mujer -secundum naturum-.

2. Acto análogo.- Se alude a los casos del coito rectal o anal –contra naturam-.

3. Actos contrarios al pudor.- Se considera a todo tocamiento lúbrico somático

que ha de recaer sobre el cuerpo del sujeto pasivo con el fin de satisfacer el

apetito sexual del sujeto activo. Se excluyen de este concepto las palabras

obscenas como miradas lúbricas.

4. Atresia.- Imperforación de una abertura natural.

5. Desfloración reciente.- Es el desgarro del himen por el acceso carnal o coito

en una mujer virgen, hasta los 6 ó 10 días.

6. Desfloración antigua.- Es la cicatriz o cicatrices que quedan de los

desgarros que sufrió el himen en el coito desflorador.

7. Himen.- membrana que cierra incompletamente el introito vaginal.

8. Himen no desflorado (íntegro o sin ruptura).- Es todo himen que conserva

su integridad anatómica.

9. Himen desflorado (no íntegro o con ruptura).- Es el desgarro o ruptura del

himen por una relación sexual, en una mujer que ha tenido íntegro su

himen.

10. Himen anular.- Tiene la forma de un diafragma con un orificio que puede

ser central o excéntrico.

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11. Himen labiado.- Se compone de dos partes laterales o labios con una

hendidura central anteroposterior.

12. Himen semilunar.- Tiene la forma de media luna, y cuya concavidad mira

hacia adelante.

13. Himen franjeado.- Su borde libre tiene entrantes y salientes que semejan la

corola de una flor o los dientes de una sierra.

14. Himen tabicado.- Cuando el orificio está dividido por una franja central

originando dos orificios.

15. Himen doble.- Presenta dos membranas superpuestas, con orificios

coincidentes o no.

16. Himen cribiforme.- La membrana tiene varios orificios que semeja a una

criba.

17. Himen imperforado.- Es el que carece de orificio himeneal.

18. Himen dilatable.- El orificio permite el pase de dos dedos sin romperse y al

retirarlos vuelve a sus dimensiones normales.

19. Himen dilatado.- La membrana está íntegra pero el orificio mantiene una

abertura amplia, permite el paso de dos dedos y al retirarlos conserva su

tamaño.

20. Infundibuliforme.- En forma de infundíbulo o embudo.

21. Lesiones en violación.- Es toda herida ocasionada en genitales externos,

paragenitales, o extragenitales, por el agresor; incluso es de índole

psicológico.

22. Prevalido.- Es decir, de una superioridad que puede tener su origen en una

relación jerárquica, laboral, paternal o en una situación especial de

necesidad. En ella lo importante es su conexión con el consentimiento de

la víctima; justamente por tratarse de un delito contra la libertad sexual, se

consideraba que existe un vicio en el consentimiento.

23. Violación.- Es la posesión carnal o cópula practicada con una mujer contra

su voluntad, cualquiera sea su edad.

24. Virginidad.- Estado previo al primer coito en la mujer, que para algunos

círculos culturales, se requiere como condición indispensable un himen

intacto (virginidad anatómica); en sentido más amplio se considera también

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como virginidad el estado consecuente con la desfloración no coital

(virginidad técnica).

BIBLIOGRAFÍA:

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2) BRAMONT ARIAS, Luis Alberto , Derecho Penal Parte Especial, editorial

San Marcos .Lima - Perú.

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Editorial Masson; 2004.

6) Guía de consulta abreviada para el examen serológico forense, informe

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7) GUTIERREZ FERREIRA, Carlos V., Psiquiatria Forense, Teoria –

Casuistica. Marcols Perú Editores, Lima, 1996.

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13) VARGAS ALVARADO Eduardo. Medicina Forense y Deontología Médica.

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Forenses para médicos y abogados. Lehmann Editores. San José – Costa

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15) VENERO ZEGARRA, Griselda, El Delito Sexual , 2006 Editorial Inca S.A.

16) VILLA STEIN, Javier, Derecho Penal Parte Especial. Editorial San Marcos,

Lima – Perú, 1998