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Calle Larga,2020

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I. INTRODUCCIÓN

OBJETIVOS Y CRITERIOS GENERALES

II. NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

DEL ESTABLECIMIENTO

III. UNIFORME ESCOLAR Y PRESENTACIÓN PERSONAL

IV. LINEAMIENTOS DEL ACCIONAR DIRECTIVO EN LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD

V. ROLES Y FUNCIONES

VI. DE LA ORGANIZACIÓN Y EL TRABAJO EN EQUIPO

VII. NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, DE HIGIENE Y SEGURIDAD

VIII. P.I.S.E.

IX. REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

X. REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

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El Reglamento Interno del Liceo Pedro Aguirre Cerda, de La Comuna de Calle Larga,

Provincia de Los Andes, Región de Valparaíso, se genera del Proyecto Educativo

Institucional, ambos, estrechamente ligados y por lo tanto, coherentes.

El Reglamento Interno es el conjunto de normas técnicas y administrativas que regulan la

estructura, el funcionamiento y vinculación de los distintos estamentos del

establecimiento educacional, y los derechos y deberes de sus integrantes, con la finalidad

expresa de mejorar la calidad, con equidad, del proceso educativo que en él se desarrolla,

es por este motivo que el Proyecto Educativo y el Reglamento de Convivencia es la

expresión concreta del Reglamento Interno y constituye un medio que se utiliza para la

administración del establecimiento, el cual asegura la congruencia entre las orientaciones

contenidas en el Proyecto y las actividades que se deben realizar para lograr lo postulado.

En última instancia, el Reglamento Interno ordena y facilita la concreción del Proyecto

Educativo y del Reglamento de Convivencia del Liceo.

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1. Los CRITERIOS GENERALES orientadores para la formulación del presente

Reglamento Interno son: 7

Criterio de Participación: esto ha significado generar, abrir canales y oportunidades que

favorezcan la participación responsable, activa y consensual de toda la comunidad

educativa, logrando así que las normas del Reglamento, sean generadas, entendidas,

aceptadas, internalizadas, valoradas y vividas por ellos, favoreciendo:

La generación de actitudes de compromiso permanente y de

Corresponsabilidad;

La coordinación de esfuerzos y de acciones convergentes, que faciliten el

crecimiento de todos los agentes educativos;

El logro de los objetivos del Proyecto del establecimiento;

La generación de un ambiente de auténtica vida democrática, con plena

Participación de sus integrantes.

Esta participación, si bien debe ser considerada un derecho, implica también obligaciones

que todos, sin excepción, deben cumplir en beneficio de la calidad del proceso educativo.

Criterio de Flexibilidad del Reglamento que deberá considerarse una guía, una pauta que

entrega normas orientadoras, factibles de adecuarse a la realidad cambiante del

establecimiento y a las distintas situaciones que se presentan durante el desarrollo del

proceso educativo.

Esto implica la posibilidad de actualizarlo y adaptarlo cuando sea necesario y oportuno (al

menos una vez al año) para satisfacer las necesidades derivadas de las demandas de la

población escolar que atiende y de la comunidad local en la que se inserta el

establecimiento. Esta flexibilidad debiera estar presente no sólo en el texto sino también

en las actitudes y criterios que deben sustentar la aplicación de sus normas.

Criterio de Coherencia, ya que el Reglamento Interno debe tener relación con:

Los principios de la política educacional vigente;

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Los derechos universales de la persona, ya sea niño/a, adolescente o adulto:

Derecho a la vida, a tener y preservar su identidad, a expresar su opinión, libertad de

pensamiento, de conciencia y de religión, de asociación; derecho a un nivel de vida

adecuado para su desarrollo físico, mental espiritual, moral y social. En último

término se debe cautelar el respeto por los derechos humanos de todos los in

integrantes de la unidad educativa.

Las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, tanto de tipo educacional como

laboral;

El proyecto Educativo del establecimiento educacional.

El Reglamento de Convivencia del Liceo

Por otra parte, se debe cautelar que exista unidad entre sus diferentes componentes

y, además, entre sus contenidos teóricos y la práctica pedagógica.

Criterio de Carácter formativo: teniendo presente la finalidad del Reglamento Interno, en

su formulación se ha enfatizado un enfoque educativo, de tal manera que el conocimiento

de sus fundamentos y artículos motiven y generen acciones solidarias, creativas,

constructivas y de compromiso con el desarrollo personal, moral, intelectual, artístico,

espiritual y físico de cada integrante del establecimiento. Se promueve la existencia de un

clima organizacional sano y de un ambiente impregnado de ideales y de valores, que

ayude a crecer y favorezca la superación individual y social, reconociendo y afianzando la

capacidad personal y profesional de sus miembros. En consecuencia, dada su naturaleza

técnico-administrativa, en su articulado priman los criterios pedagógicos formativos, por

sobre los administrativos y punitivos; evitando que sólo reglamente la conducta de los

actores del proceso educativo.

Criterio de Objetividad: Para la elaboración del Reglamento Interno fue necesario realizar

un diagnóstico que entregará antecedentes objetivos acerca de la realidad de la unidad

educativa y de la comunidad en la cual está inserta, con el propósito de lograr el

conocimiento del ser del Liceo y de las pautas que conforman su cultura; valores,

tradiciones y costumbres. Esto implica conocer en detalles las diversas variables que

inciden en el proceso educativo y en la consecución de los objetivos institucionales, junto

con las expectativas de la comunidad respecto de la acción pedagógica del

establecimiento. Ello permitirá al establecimiento enfrentar con criterios y estrategias

realistas los desafíos que se le presentes con el fin de prestar un mejor servicio educativo.

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Criterio de Pertinencia: Fundamentado en el conocimiento objetivo de la realidad escolar

y local, y en las expectativas de los agentes educativos, el Reglamento Interno debe

propender a la eficiencia y la eficacia del proceso educativo, favoreciendo la pertinencia

del quehacer educacional y satisfaciendo, de esta manera, las demandas y aspiraciones

individuales y sociales fundamentales de los integrantes de la comunidad educativa y de la

sociedad en conjunto.

Criterio de Funcionalidad: con el propósito de asegurar la comprensión del Reglamento

Interno, éste se estructuró en un formato breve y fue redactado en forma sencilla,

concisa y clara, de fácil entendimiento e internalización para los agentes educativos que

conforman la unidad educativa. Así se facilitará, además, la difusión a toda la comunidad

educativa, el seguimiento y la evaluación objetiva.

Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos del

Liceo Pedro Aguirre Cerda, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos

propuestos por el establecimiento en su Proyecto Educativo Institucional.

Cautelar y crear conciencia de los derechos, deberes y sanciones que les corresponden a

todos los integrantes de la comunidad escolar, en especial, a los alumnos/as,

promoviendo así, su desarrollo personal y social, expresado en el “Manual de

Convivencia.”

Generar una convivencia escolar sana, capacitando a la comunidad en

“Resolución Pacífica de Conflictos” entre los distintos actores de la

Comunidad Educativa a través de las TARC: TECNICAS ALTERNATIVAS DE

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS y eligiendo a tres de estas técnicas:

La Negociación, el Arbitraje Pedagógico y la Mediación.

Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas y administrativas que propicien un

clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de

favorecer el desarrollo del proceso aprendizaje.

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Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento y la comunidad organizada, en

función del logro de los propósitos educativos.

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1. Organigrama

NORMAS TECNICO-ADMINISTRATVAS SOBRE LA ESTRUCTURA Y

FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO

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2.- ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACION

Para cumplir con los objetivos planteados, el Liceo ha definido los siguientes niveles:

1. Administración Superior.

2. Administración de la Función Educacional

3. Unidad de Apoyo

Administración Superior:

La Administración Superior corresponde al Departamento de Educación Municipal, con su

Jefa de Administración Educacional, quien es responsable ante el Alcalde y el Estado, de

mantener en funcionamiento el Establecimiento Educacional en la forma y condiciones

establecidas en los cuerpos legales y aquellos que se desprendan de los acuerdos

contractuales, privilegiando la gestión pedagógica por sobre cualquier otra.

Administración de la Función Educacional.

Está formado por:

a) EQUIPO DIRECTIVO Y DE GESTION DEL LICEO

b) EQUIPO DE EJECUCIÓN

c) UNIDAD DE APOYO

a) Equipo Directivo y de Gestión del Liceo (jornada diurna y vespertina):

El equipo directivo del Liceo está conformado por:

Docentes Directivos:

Director/a

Inspector/a General

Los mencionados anteriormente tienen por Ley la calidad de Docentes

Directivos.

Técnico-Pedagógicas.

Jefe /a Unidad Técnica-Pedagógica.

Coordinadora Educación Diferenciada Técnico Profesional

Encargado Tercera Jornada

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Encargado de Convivencia Escolar.

b) Equipo de Ejecución.-

Docentes

Profesionales equipo multidisciplinario: fonoaudiólogo, psicólogos, otros.

c) Unidad de Apoyo.-

Reciben el nombre de “Asistentes de la Educación” y se definen como aquellas personas

que desarrollan funciones anexas y/o complementarias al proceso de enseñanza y

aprendizaje, dependiendo de un Docente Directivo.

Profesionales especialistas en impartir los módulos de las distintas especialidades.

(Técnicos en Mandos Superiores e Ingenieros)

Equipo psicosocial: Psicóloga, Orientador Familiar, Asistente Social.

Integrantes del Programa de Integración Escolar: Psicóloga, Terapeuta Ocupacional.

Administrativos/as

Paradocentes

Pañolero

Auxiliares de servicio

BASE:

Estudiante

Padres, Madres y apoderados (as)

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JORNADA ESCOLAR

1 ra. 8,30 a 9,15 2 da. 9,15 a 10,00

Recreo 20 m

3ra. 10,20 a 11,05 4 ta. 11,05 a 11,50

Recreo 10 m

5ta. 10,00 a 12,45 6 ta. 12,45 a 13,30

Almuerzo 45 m

7 ma. 15,15 a 15,00 8 va. 15,00 a 15,45

Recreo 10 m

9na. 15,55 a 16,40 10 ma. 16,40 a 17,25

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UNIFORME 8° BÁSICO A 2° MEDIO

Uniforme Varones:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón gris recto.

Polera Institucional azul.

Polerón de polar azul institucional.

Parka azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones. Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Short (pantlón corto) azul oscuro escolar

Polera gris Institucional ( cuello redondo )

Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol.}

Una muda de ropa interior. Uniforme Damas:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Falda tableada Institucional. ( 10 cms.sobre la rodilla)

Calceta escolar gris.

Polera Institucional azul.

Polerón de polar azul institucional.

Parka azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón Corte recto a la cintura, color gris o negro. ( Uso en invierno desde 23 Junio al 23 Sept)

Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

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Buzo Institucional azul marino

Short (pantalón corto) azul oscuro escolar

Polera gris Institucional ( cuello redondo )

Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol.

Una muda de ropa interior.

EDUCACIÓN MEDIA. 3º MEDIO Y 4º MEDIO

Uniforme Varones:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón de escolar color gris corte rectos.

Polera Institucional azul.

Polerón de polar azul institucional.

Parka azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Overol azul

Chaqueta de geólogo

Elementos de Protección Personal :lentes, casco, protector solar, tapón auditivo.

Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Short azul oscuro escolar

Polera gris Institucional ( cuello redondo )

Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol, cepillo de dientes y pasta dental.

Una muda de ropa interior.

Uniforme Damas:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Falda tableada Institucional. ( 10 cms.sobre la rodilla) .

Calceta escolar gris.

Polera Institucional azul.

Polerón de polar azul institucional.

Parka azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón Corte recto a la cintura, color gris o negro. ( Uso en invierno desde 23 Junio al 23 Sept)

Overol azul

Chaqueta de geólogo

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Elementos de Protección Personal :lentes, casco, protector solar, tapón auditivo.

Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Polera gris Institucional ( cuello redondo )

Short (pantalón corto) azul oscuro escolar

Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol, cepillo de dientes y pasta dental.

Una muda de ropa interior.

De la presentación Personal:

Es responsabilidad de la familia promover en los estudiantes hábitos de aseo y

presentación personal que faciliten su interacción con los pares y proyecten un respeto

por sí mismos (as): lavado del pelo regularmente, limpieza de uñas y oídos, cepillarse los

dientes después de cada comida.

De igual manera se exigirá que los y las estudiantes se presenten con su vestuario limpio y

en condiciones apropiadas para el desarrollo de las actividades escolares.

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El Establecimiento prepara a las y los jóvenes para integrarse al mundo del trabajo de allí

la necesidad de promover durante su vida escolar un estilo de presentación formal

acorde con el rol que desempeñan.

Los varones deben presentarse afeitados, con corte de pelo regular, sin pearcing o

accesorios que pongan en riesgo su seguridad al interior de los talleres de especialidad.

Las damas deben presentarse con su pelo tomado , evitar el maquillaje sobrecargado,

cabello tinturado en gamas llamativas (calipso, azul, rojo, fuscia) o decolorado , sin

pearcing o accesorios que pongan en riesgo su seguridad al interior de los talleres de

especialidad.

Equipo Directivo y de Gestión del Liceo

La Ley General de Educación aprobada el 12 del 09 del 2009, en su artículo 10 letra e

establece “los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales tienen

derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que

dirigen. Son deberes de los equipos docentes directivos liderar los establecimientos a su

cargo sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de estos;

desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo profesional

necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las

normas del establecimiento que conducen.

Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros de estos equipos de los

establecimientos subvencionados o que reciban aporte del Estado deberán realizar

supervisión pedagógica en el aula.”

En el “Marco para la Buena Dirección y el Liderazgo Escolar” Se comprende el liderazgo

como “la labor de movilizar e influenciar a otros para articular y lograr los objetivos y

metas compartidas” (Leithwood et al., 2006). La definición supone que el liderazgo es

una función más amplia que la labor ejercida por el director del establecimiento y es

compartida con otras personas de la institución.

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La existencia y usos del Marco para la Buena dirección y el Liderazgo Escolar permiten:

-Facilitar la construcción de una expectativa compartida sobre el liderazgo escolar y un

referente para el aprendizaje profesional.

-Promover un lenguaje común que favorece la comprensión y la reflexión colectiva sobre

el liderazgo escolar.

-Orientar la auto-reflexión, la autoevaluación y el desarrollo profesional de los directivos

en ejercicio.

-Guiar la formación inicial y en servicio de los directivos escolares que los establecimientos

escolares requieren en el marco de la Reforma Educacional.

-Orientar los procesos de reclutamiento, selección y evaluación de los directivos escolares.

-Facilitar la identificación de líderes escolares efectivos y buenas prácticas que puedan ser

compartidas y adoptadas por otros directivos.

Las prácticas, en el Marco para la Buena Dirección y el Liderazgo Escolar, se agrupan en 5

Dimensiones y los Recursos Personales en tres ámbitos.

Las Dimensiones de prácticas son:

Construyendo e implementando una visión estratégica compartida.

a) Las principales prácticas directivas que componen esta dimensión son:

-Definen o revisan, en conjunto con su comunidad educativa, el proyecto educativo

institucional y curricular, enfocado en el mejoramiento de los logros de aprendizajes de

todos los estudiantes, así como en los valores de la equidad, la inclusión y el respeto a la

diversidad.

-Traducen los propósitos y objetivos institucionales en planes de mejoramiento y metas

de corto y mediano plazo, en el marco de procesos de planificación participativos.

-Difunden y explican los objetivos, planes y metas institucionales, así como sus avances a

todos los actores de la comunidad educativa.

-Promueven y modelan activamente una cultura escolar inclusiva, equitativa y de altas

expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes y desempeño de todos los

miembros del establecimiento.

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-Desarrollan una comunicación y coordinación estratégica y efectiva con el sostenedor

para el logro de los objetivos institucionales y de las políticas locales.

b) Desarrollando las capacidades profesionales.

Las principales prácticas directivas que componen esta dimensión son:

-Desarrollan e implementan, en conjunto con su sostenedor, estrategias efectivas de

búsqueda, selección, inducción y retención de docentes y asistentes de la educación.

-Identifican y priorizan las necesidades de fortalecimiento de las competencias de sus

docentes y asistentes de la educación y generan diversas modalidades de desarrollo

profesional continuo.

-Reconocen y celebran los logros individuales y colectivos de las personas que trabajan en

el establecimiento.

-Apoyan y demuestran consideración por las necesidades personales y el bienestar de

cada una de las personas de la institución.

-Demuestran confianza en las capacidades de sus equipos y promueven el surgimiento de

liderazgos al interior de comunidad educativa.

-Generan condiciones y espacios de reflexión y trabajo técnico, de manera sistemática y

continua, para la construcción de una comunidad de aprendizaje profesional

c) Liderando los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Las principales prácticas directivas que componen esta dimensión son:

Aseguran la articulación y coherencia del currículum con las prácticas de enseñanza y

evaluación como entre los diferentes niveles de enseñanza y asignaturas.

Monitorean la implementación integral del currículum y los logros de aprendizaje en

todos los ámbitos formativos de los estudiantes para el mejoramiento de los procesos de

enseñanza y la gestión pedagógica.

Acompañan, evalúan y retroalimentan sistemáticamente las prácticas de enseñanza y

evaluación de los docentes.

Identifican las fortalezas y debilidades de cada docente de manera de asignarlo al nivel,

asignatura y curso en que pueda alcanzar su mejor desempeño.

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Procuran que los docentes no se distraigan de los procesos de enseñanza aprendizaje,

evitando las interrupciones de clases y la sobrecarga de proyectos en el establecimiento.

Aseguran la implementación de estrategias para identificar y apoyar tempranamente a los

estudiantes que presenten dificultades en los aprendizajes o en los ámbitos conductual,

afectivo o social.

Identifican y difunden, entre sus docentes y directivos, buenas prácticas de enseñanza y

aprendizaje como de gestión pedagógica, tanto internas como externas y que respondan a

las necesidades de sus estudiantes.

d) Gestionando la convivencia y la participación de la comunidad escolar.

Las principales prácticas directivas que componen esta dimensión son:

-Desarrollan e implementan una política que asegura una cultura inclusiva y las

condiciones para que las personas se traten de manera equitativa, justa, con dignidad y

respeto, resguardando los derechos y deberes de la comunidad escolar.

-Modelan y promueven un clima de confianza entre los actores de la comunidad escolar,

fomentando el diálogo y la promoción de una cultura de trabajo colaborativo tanto entre

los profesores como de estos con los estudiantes en pos de la eficacia colectiva y mejora

continua.

-Implementan y monitorean normas y estrategias que aseguran una sana convivencia con

un enfoque formativo y participativo, promoviendo la responsabilidad colectiva para el

logro de un clima escolar positivo.

-Generan oportunidades de participación y colaboración de los actores de la comunidad

escolar a través de espacios formales, a fin de consolidar el logro de un clima escolar

positivo y los objetivos expresados en el Proyecto Educativo Institucional.

-Anticipan conflictos mediando entre los actores, con el fin de lograr soluciones de

manera efectiva y oportuna.

-Desarrollan y mantienen relaciones de comunicación y colaboración permanente con los

padres y apoderados del establecimiento, con el objetivo de involucrarlos en los procesos

formativos de los estudiantes.

e) Desarrollando y gestionando el establecimiento escolar

Las principales prácticas de los directivos que componen esta dimensión son:

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-Estructuran la institución, organizan sus procesos y definen roles y en función del

proyecto educativo institucional y las prioridades de mejoramiento del establecimiento.

-Aseguran que el funcionamiento del establecimiento responda a las normas legales y las

políticas educativas nacionales y locales.

-Recolectan y analizan sistemáticamente información y datos de los procesos y resultados

del establecimiento, que les permitan tomar decisiones informadas y oportunas.

-En conjunto con el sostenedor, aseguran la disponibilidad de los recursos requeridos por

el establecimiento y los gestionan eficientemente, de manera de maximizar su uso en los

procesos pedagógicos y el logro de las metas institucionales.

-Vinculan el establecimiento con instituciones, organizaciones y actores de su entorno que

contribuyan al logro de los objetivos y metas del establecimiento así como del sistema

escolar en su conjunto.

-Informan y explican de manera periódica y comprensible los procesos y resultados del

establecimiento a los distintos actores de la comunidad educativa.

Una de las esencias del liderazgo escolar es la capacidad de hacer frente a situaciones

complejas y cotidianas, elaborar juicios y tomar decisiones. Esta capacidad profesional es

posible de mejorar en la medida que se movilizan una serie de recursos personales que

están al servicio de un propósito y trabajo colectivo. Estando en servicio, la forma de

desarrollar esta capacidades es practicando,

El tener muchas horas de práctica permite ganar experiencia en situaciones determinadas

y contextos específicos, aprendizajes in-situ, de aquello que resulta y lo que no.

Las “prácticas” directivas dan cuenta de los recursos personales que cada directivo ha

desarrollado en su vida profesional y personal. El supuesto fundamental es que estos

recursos personales son posibles de aprender y desarrollar en el tiempo y para ello se

requiere disposición a la mejora, dedicación, interés, estudio y resolución.

A continuación se presentan los principios, habilidades y conocimientos fundamentales

de una Buena Dirección y Liderazgo Escolar.

a)Principios: Aluden a los recursos personales que a partir de un sistema de creencias y un

marco universal , habitualmente expresado en el PEI- guían la conducta de los líderes, lo

que permite asegurar la coherencia de las decisiones conforme a los propósitos

fundamentales.

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Los principios fundamentales que inspiran y proyectan el actuar del líder educativo son:

1.- Ético; 2.- Confianza; 3.- Justicia Social;.4.- Integridad

b) Habilidades: Se refieren a capacidades conductuales y técnicas que permitan

implementar procesos y acciones a fin de lograr los objetivos declarados. Las habilidades

se desarrollan sin vulnerar los principios en que se enmarcan.

Las habilidades fundamentales que el líder escolar proyecta a través de sus acciones son:

1.- Visión estratégica; 2.- Trabajar en equipo; 3.-Comunicar de manera efectiva; 4.-

Capacidad de negociación; 5.- Aprendizaje permanente; 6.- Flexibilidad; 7.- Empatía; 8.-

Sentido de auto-eficacia; 9.- Resiliencia.

c) Conocimientos profesionales: Se remiten al conjunto de saberes y conocimientos

adquiridos en procesos formales de educación complementados por la experiencia

profesional. Los directivos deben conectar los conocimientos adquiridos con sus prácticas.

Los conocimientos más relevantes a considerar en el ejercicio de la dirección y el liderazgo

son: 1.- Liderazgo escolar; 2.- Inclusión y equidad; 3.- mejoramiento y cambio escolar; 4.-

Curriculum; 5.- Evaluación

1. EQUIPO DIRECTIVO:

Formado por Director/a, Inspector General, Jefe(a) Unidad Técnica Pedagógica,

Coordinador(a) de la Educación Diferenciada Técnico Profesional, Encargado de

Convivencia, Coordinador Jornada Vespertina.

Son los profesionales, preocupados por mejorar los procesos que se desarrollan en la

institución, enfocándose en las diferentes dimensiones del mejoramiento educativo:

Gestión Pedagógica, Liderazgo, Convivencia Escolar y Gestión de Resultados, promoviendo

el trabajo cooperativo entre los diferentes estamentos y actores del quehacer educativo.

Entre sus funciones:

Organizan y lideran el trabajo técnico- pedagógico en el desarrollo profesional de

los docentes

Promover un clima de confianza que favorezca la cohesión de todos los miembros

de la comunidad

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fortaleciendo el trabajo en equipo, especialmente a través de la aplicación

Promover la participación de los diferentes actores en las instancias apropiadas

Impulsar una educación integral de calidad con proyección a la inserción laboral y a

la educación superior

El Equipo Directivo puede ampliar su radio de acción convocando a la ejecución de un

Equipo de Gestión, donde se suman la Coordinadora de Pie y un docente representante

del Consejo de Profesores.

2. DIRECTOR (A)

Difundir el PEI y la Planificación Estratégica del Establecimiento.

Liderar y dirigir el establecimiento, de acuerdo a los principios de la administración

educación, teniendo presente que la principal función del liceo es educar, y que

esto prevalece sobre lo administrativo en cualquier circunstancia y lugar.

Presidir las reuniones del Equipo de Gestión y Directivo.

Determinar los objetivos propios de la comunidad escolar en que se encuentra.

Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

6. Proponer la estructura técnico-pedagógica, que estime conveniente para el

establecimiento debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección,

planificación, control y ejecución.

Propiciar un ambiente educativo y de sana convivencia en el establecimiento

estimulante al trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la

obtención de los objetivo del plantel.

Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento

y evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente

distribución de los recursos asignados.

Presidir el Consejo Escolar del Liceo y los diversos consejos técnicos y

administrativos, y delegar funciones cuando corresponda.

Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro

del establecimiento.

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Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales

competentes.

Remitir a las autoridades del Ministerio de Educación las actas, estadísticas y otros

documentos que le sean exigidos, conforme a la reglamentación y legislación

vigente.

Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la

inspección del Ministerio de Superioridad Comunal.

Remitir al organismo municipal pertinente los informes, actas estadísticas y toda

documentación que sea requerida por este.

Delegar, en el subdirector y/o inspector el control de las actividades propias del

establecimiento que estructuran la rutina escolar.

Dar a cada miembro del personal a su cargo, la ocupación efectiva en la labor

curricular y de otro tipo que le corresponde. Autorización de matrículas, traslados

y retiros de los alumnos. Préstamo a exteriores de materiales y bienes. Permisos

del personal.

Resolver cualquier temática de índole pedagógico, administrativo y disciplinario

que no estén contemplados en este Reglamento Interno y/o Manual de

Convivencia.

3. INSPECTOR GENERAL:

Subrogar a la Directora en su ausencia

Asistir a los Consejos Generales y Técnicos Pedagógicos correspondientes.

Resguardar las condiciones higiénicas y de seguridad del edificio escolar, sus

dependencias e instalaciones.

Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y de

respeto

Tramitar accidentes escolares de los alumnos y alumnas

Controlar en forma supletoria, el cumplimiento de los horarios de los docentes en

sus horas lectivas y no lectivas.

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Elaborar la carta de vacíos de horario y disponer el personal que sirve dichas horas

con guías entregadas para tal efecto por UTP

Autorizar las salidas extraordinarias de los alumnos y llevar el control de estas, en

el Libro de Salida, exigido por el Ministerio de Educación.

Apoyar la realización de las actividades extra programáticas del Liceo.

-Supervisar y controlar turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento.

Velar por la buena presentación, ornato y aseo del establecimiento.

Autorizar las salidas de curso fuera del Liceo, durante la jornada de clases.

Determinar las medidas ante el cumplimiento e incumplimiento de las normas

establecidas en el Reglamento de Convivencia, comportándose ambas partes de

manera deferente y respetuosa, no dando lugar a tratos vejatorios, degradantes,

denigrantes y de maltratos psicológicos.

Controlar que las inasistencias de alumnos y alumnas, sea debidamente justificada

con los certificados médicos correspondiente o bien el apoderado, forma

personal, conversará con la Inspectora General para explicar la causa de la

inasistencia.

Coordinar el trabajo realizado por los asistentes de la educación que se

desempeñan como auxiliares de servicios menores.

Coordinar y supervisar las prestaciones realizadas por la Junta de Auxilio Escolar y

Becas en el Liceo, Pases Escolares y otros relacionados.

En caso de presentar, los alumnos y alumnas, un problema, pelea, malos tratos

entre ellos o con alumnos/as de otros establecimientos, en los terrenos aledaños

al establecimiento, no será responsabilidad de la unidad educativa solucionarlo.

4. JEFE DE LA UNIDAD TECNICA PEDAGÓGICA.

Asesor directo del Jefe del Establecimiento

Supervisar las clases de los profesores del Plan Profesional en conjunto con los

Jefes de Especialidad, haciendo llegar a los docentes las observaciones que

correspondan.

Planificar, organizar y dirigir las actividades de la Unidad Técnica Pedagógica.

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Velar por el aprovechamiento, conducta y seguridad de los alumnos en talleres y

laboratorios.

Elaborar los presupuestos de acuerdo con el jefe de la Especialidad y ordenar la

ejecución de los trabajos solicitados por la Dirección.

Estar en conocimiento de toda normativa que regula el desarrollo de los Planes y

Programas de Estudio.

Orientar al personal a su cargo en la elaboración de programas que propendan a la

formación de los alumnos, como pequeños empresarios.

Programar, articular, supervisar y evaluar las actividades que formen parte del

proceso de enseñanza, por parte de los docentes y de aprendizaje, por parte de los

alumnos y alumnas.

Propiciar la integración entre los planes y programas de estudio de los diferentes

sectores de aprendizaje (asignaturas) y los distintos Módulos de las Especialidades

de Electricidad y Explotación Minera.

Colaborar, al formar parte del Equipo de Gestión, en la elaboración del Plan de

Trabajo Anual del Liceo, Proyecto Educativo, Plan de Mejoramiento Educativo, de

acuerdo a lo solicitado por la Subvención Escolar preferencial.

Colaborar en la planificación escolar, distribución de cursos, docentes, alumnos y

alumnas.

Elaborar los horarios de horas lectivas y no lectivas de los docentes acorde a los

requerimientos educacionales de nuestros alumnos.

Orientar a los docentes sobre normas de evaluación y promoción.

Verificar y supervisar la correcta confección de documentos, tales como: Pruebas

según asignatura, Certificados de Estudio, Actas Finales de Promoción,

Concentración de Notas, Licencias de Educación Media, Informes Semestrales de

Evaluación y otros.

Organizar las reuniones por Departamentos de Asignaturas.

Sugerir y coordinar las innovaciones y cambios a los programas de estudios.

Disponer la adquisición de material didáctico manteniendo un nivel suficiente en

cantidad y calidad.

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Coordinar la participación de los docentes de los distintos Departamentos de

Asignatura.

Velar por el rendimiento escolar de los alumnos procurando el mejoramiento

permanente de sus aprendizajes, incluso concertar reuniones con los padres y

apoderado de aquellos alumnos que durante el primer semestre presente sobre

tres asignaturas deficientes, poniendo en peligro su año escolar.

Contribuir al perfeccionamiento del personal docente en materias de evaluación y

currículo.

Supervisar, con Dirección e Inspectoría General, al personal Docente en el

cumplimiento de horarios frente a los cursos.

5. JEFES DE CARRERAS DE LAS ESPECIALIDADES TÉCNICAS ( EXPLOTACIÓN MINERA

Y ELECTRICIDAD).

Son los docentes encargado de dirigir el área y talleres de la especialidad Técnico

Profesional, responsabilizándose de las actividades prácticas que cumplan los

alumnos/as vinculados a las especialidades de Electricidad y Explotación Minera,

persiguiendo una adecuada relación formación- producción y velando por el buen

uso de las maquinarias y equipos.

Es el profesional encargado de la o las Especialidades con que cuenta el Liceo para

la formación profesional de los educandos y sus funciones son:

Planificar, orientar y coordinar la enseñanza de los diferentes módulos y

asignaturas generales, que se imparten en su Especialidad, adecuando los métodos

y objetivos acordados previamente con la Coordinadora de la Educación

Diferenciada Técnico Profesional y Jefa de U.T.P.

Preparar el estudio, desarrollo y cumplimiento de los planes y trabajos

sistemáticos de las Especialidades y de producción anual del Liceo, participando

en la elaboración de los respectivos Proyectos e informando periódicamente, a la

Coordinadora de Educación Diferenciada Técnico Profesional.

Informar a la Jefa de U.T.P. y Coordinadora Educación Diferenciada Técnico

Profesional sobre los trabajos y/o servicios realizados por su Especialidades.

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Estudiar y evaluar, con el personal docente de su especialidad, las necesidades de

materiales, herramientas, maquinarias y de reparación para el normal

funcionamiento de las Especialidades e informar a la Jefa de U.T.P. de las acciones

realizadas en este sentido.

Responsabilizarse de los inventarios de las secciones de sus Especialidades, sin

perjuicio de las obligaciones que incumben, en esta materia, a los docentes

respectivos.

Velar por el aseo permanente del taller y sus dependencias.

Ser responsable por la aplicación de las Normas de Seguridad de los alumnos en los

recintos de su dependencia.

Velar por el aprovechamiento, conducta, salud y seguridad de los alumnos en los

recintos de su dependencia.

Mantener al día los libros y formularios de controles internos de su Especialidad.

Controlar el buen uso, conservación, mantención y reparación de las especies,

equipos, herramientas e instalaciones de sus Especialidades.

Velar por el mantenimiento y marcha de los talleres y laboratorios como también

lo relacionado con la enseñanza impartida en ellos.

Responsabilizarse de la mantención de máquinas y equipos, herramientas e

infraestructura de talleres y laboratorios, que sirven a las especialidades.

Organizar y controlar el funcionamiento y buen uso de las instalaciones, especies y

equipos de taller.

Informar, periódicamente o cuando sea necesario, en reunión de Equipo de

Coordinación Educación Diferenciada Técnico Profesional de las necesidades

materiales, herramientas, máquinas, reparaciones de herramientas y/o máquinas,

problemas en laboratorio, cuando existan.

Velar por el rendimiento, asistencia, puntualidad, seguridad y excelente

comportamiento en charlas, capacitaciones y salidas a terreno, de los alumnos de

las diferentes especialidades.

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6. JEFE DE PRÁCTICAS

Es un docente de Especialidad que por instrucción del Director deberá desempeñarse

como Profesor y Profesor Tutor de Práctica Profesional y que ejecutará las tareas

administrativas asociadas a la Práctica Profesional.

Detectar las necesidades del campo ocupacional y colaborar en la ubicación de

alumnos egresados, de acuerdo a sus posibilidades.

Velar por el mantenimiento y marcha de los talleres y laboratorios como también

lo relacionado con la enseñanza impartida en ellos.

Conocer y aplicar en forma oportuna y correcta el Decreto de Titulación y las

disposiciones complementarias vigentes.

Informar al alumno de los trámites que debe cumplir en el Proceso de Titulación.

Llevar un registro de todos los alumnos egresados y un control de las etapas del

proceso de titulación en que se encuentren.

levar un seguimiento de las supervisiones de las prácticas profesionales, con

registros individuales por Especialidad.

Hacer entrega, de los Certificados de Títulos y formato de título del alumno a la

Dirección del Establecimiento, a fin de que lo envíe a la oficina de Títulos del

Ministerio de Educación para su refrendación y firma del Secretario Ministerial de

la Quinta Región, Valparaíso.

Llevar al día las estadísticas de este proceso de práctica, registrando las fechas en

que se satisface cada etapa y, finalmente el ingreso del titulado en el campo

laboral y/o a un nivel de estudio superior.

Realizar los vínculos necesarios con las industrias o empresas con las cuales

conviene establecer vínculos para que los egresados puedan efectuar sus prácticas

y registrarlas cada vez que materialice estos enlaces.

Comunicar al Equipo de Gestión y Directora, de las observaciones o sugerencias

contenidas en los informes de supervisión de práctica.

Llevar un registro al día de las empresas donde los estudiantes realizan su práctica

profesional.

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Conocer y aplicar en forma oportuna y correcta el Decreto de Titulación y las

disposiciones complementarias vigentes.

Informar al alumno de los trámites que debe cumplir para cumplir con su práctica

Profesional.

Responsabilizarse de la mantención de máquinas y equipos, herramientas e

infraestructura de talleres y laboratorios, que sirven a las especialidades.

Organizar y controlar el funcionamiento y buen uso de las instalaciones, especies y

equipos de taller.

Informar, periódicamente o cuando sea necesario, en reunión de Equipo de

Coordinación Educación Diferenciada Técnico Profesional de las necesidades

materiales, herramientas, máquinas, reparaciones de herramientas y/o máquinas,

problemas en laboratorio, cuando existan.

Controlar y Supervisar, en terreno, las actividades de Prácticas Profesionales de los

alumnos/as, e informar al Equipo de Gestión.

Velar por la seguridad personal de los funcionarios que trabajen en actividades de

Prácticas Profesionales, dentro y fuera del Liceo.

7. COORDINADOR/A EDUCACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO PROFESIONAL.

Es el docente encargado del cumplimiento, por parte de los docentes de las

especialidades, de las tareas técnico pedagógicas, del análisis de los módulos y su relación

interdisciplinaria, con el resto de las asignaturas, desde 8º a 4º de Educación Media,

además de la coordinación de los Proyectos y Convenios vinculados con la Educación

Diferenciada Técnico Profesional

Integrar el equipo de gestión del establecimiento.

Participar, en conjunto con el Jefe de UTP, jefe de Especialidades, Profesores de las

Especialidades, Profesores de Asignaturas, en el estudio y análisis de la Estructura

de los Planes y Programas de Estudios, de acuerdo a las nuevas Bases Curriculares,

Supervisar el desempeño profesional de los especialistas, para apoyar en el

desarrollo de los aprendizajes teóricos y prácticos, con la finalidad de aumentar la

eficacia y eficiencia en el aula, de los distintos actores del proceso educativo.

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Organizar las actividades de Práctica Profesionales y Titulación de los alumnos/as,

en conjunto con el Jefe de Prácticas Profesionales informando al Equipo de

Gestión.

Velar por la aplicación de métodos y programas que busquen la formación de

pequeños empresarios.

Controlar los procedimientos y los seguimientos, de acuerdo a los objetivos

programados por cada Unidad.

Mantener al día el Libro de Registro de los alumnos/as Titulados y Egresados.

Realizar un seguimiento de los alumnos/as que se titulen, con la finalidad de

detectar Controlar la realización efectiva del programa de estudios de los Módulos

y Asignaturas Generales, en los talleres y laboratorios.

Organizar e implementar las acciones de marketing del Liceo.

Investigar las necesidades del Mercado Laboral, vinculándolas con las

especialidades del Liceo.

8. ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Elaborar el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar acorde con las orientaciones

entregadas por el equipo de gestión y los resultados de autoevaluación

institucional.

Presentar al Consejo Escolar el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, el que

podrá realizar observaciones atingentes.

Evaluar el desempeño de su Equipo de Trabajo.

Implementar el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar

Es el encargado de evaluar y/o implementar las medidas que proponga el Consejo

Escolar, las cuales deberán constar en un Plan de Gestión. Además, es conveniente

que sea este funcionario quien se relacione con los miembros de la comunidad

educativa en todos los temas de convivencia escolar.

Proponer y adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de la

convivencia escolar.

Proponer e implementar planes de prevención de la violencia escolar del

establecimiento.

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Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de

las consecuencias del acoso escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la

convivencia escolar.

Ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones que surjan del Consejo

Escolar en relación a la Convivencia Escolar.

Acoger las acusaciones sobre acoso escolar hechas por cualquier miembro de la

comunidad educativa.

Realizar las investigaciones y emitir los informes respectivos de acuerdo a los

procedimientos establecidos por el colegio en caso de faltas a la convivencia

escolar.

9. PROFESOR JEFE DE CURSO

-Es el Docente responsable de la marcha pedagógica, administrativa y de orientación de su

curso, para lo cual aplicará las disposiciones del Ministerio de Educación, los acuerdos del

Consejo de Profesores y de las Unidades del Liceo y realizar las Actividades Curriculares No

Lectivas que le son propias. Con este fin atenderá los siguientes deberes:

Desarrollar una orientación educacional, vocacional y profesional en los alumnos

de acuerdo con el departamento de Orientación, así como desarrollar las

actividades propias de formación de hábitos y actitud social del alumno,

contempladas en los programas de estudio.

Planificar, organizar, asesorar y evaluar las actividades del Consejo de Curso, de

acuerdo a las normas adoptadas por el Establecimiento.

Velar, junto al jefe del Departamento Técnico, por la calidad del proceso

enseñanza aprendizaje e informarse oportunamente del rendimiento de su grupo,

adoptando las medidas necesarias para corregir deficiencias.

Preocuparse porque los alumnos cumplan las disposiciones reglamentarias del

Establecimiento. El Profesor Jefe aplicará el reglamento interno hasta el grado de

suspensión, medida que sólo se adoptará de común acuerdo con la Unidad

Inspectoría General y/o Dirección.

Confeccionar certificados de estudio, informes educacionales, de asistencia y

pedagógicas, planillas de notas y documentos en general, manteniendo al día los

documentos relacionados con la identificación de cada alumno y marcha

pedagógica del curso.

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Arbitrar los medios para lograr, con el apoyo de la Institución un adecuado aseo,

mantenimiento y ornato de la sala de clases y cuidado del mobiliario que le haya

asignado a su curso y apoderados haciéndoles comprender que un ambiente

limpio y hermoso ofrece mejorar condiciones de trabajo.

Organizar y asesorar al Sub-Centro de Padres y Apoderados de su curso, buscando

formas que permitan su debido funcionamiento, asegurando además una

participación activa de los padres en el Centro General del Establecimiento. -

Mantener informado a los padres sobre la asistencia, comportamiento y

rendimiento escolar de sus pupilos, realizando, para tal efecto, reuniones

periódicas programadas en el establecimiento.

En casos especiales, citar individualmente a los apoderados de los alumnos que

presentan problemas.

Servir de enlace entre la Dirección y/o Equipo del Establecimiento y los

Apoderados para el tratamiento de problemas individuales de los alumnos,

procurando la intervención de las personas o instancias que fuere necesario para

su mejor logro.

Confeccionar, al comienzo del año escolar, el "Programa del Consejo de Curso",

efectuando para estos, una revisión de los documentos pertinentes, comprobando

la verosimilitud de los antecedentes, recolectando la información adicional

necesaria, recogiendo los informes de diagnóstico inicial y los datos sobre la

realidad socio-económica y biológica del alumno.

Para este efecto, registrará los datos según el formato que le entregue la Unidad

Inspectoría General.

Recolectar la información sobre la realidad socio-económica y datos estadísticos

sobre sus condiciones y de salud del alumno. Para estos efectos registrará los

datos según el formato que entregue la Unidad de Inspectoría General.

Mantener al día y actualizados, en los libros de clases respectivos, los datos

personales del alumno y el control periódico de observaciones, teniendo una

especial preocupación por los problemas de asistencia de los alumnos.

Atender apoderados en el horario que para este efecto ha acordado con el

Inspector General, horario que debe cumplirse, haya citado o no apoderados, ya

que estos pueden acudir con propia iniciativa a entrevistarse con el profesor jefe.

La atención de Apoderados no puede interferir sus horarios de clases.

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10. DOCENTE DE AULA

Es el Docente propiamente tal, el encargado de impartir la enseñanza en conformidad con

los fines generales de la educación y de realizar las actividades curriculares no lectivas,

para lo cual deberá cumplir lo siguiente:

Efectuar el Proceso Enseñanza-Aprendizaje a nivel de aula, velando porque éste se

desarrolle en las más óptimas condiciones y de acuerdo a la planificación

adoptada, la cual habrá sido previamente supervisada por el Departamento

Técnico Pedagógico, contribuyendo a desarrollar en el alumno, valores, actitudes y

hábitos en concordancia con los objetivos de la Educación Nacional.

Elaborar apuntes de clases y/o material didáctico y de estudios, videos con las

materias que imparte.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico- pedagógico,

impartidas por el Ministerio de Educación y transmitidas por la Dirección del

Establecimiento.

Contribuir al correcto funcionamiento del establecimiento educacional.

Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma

precisa y oportuna la información que la Dirección y los estamentos pertinentes

soliciten.

Deberá consignar con su firma las clases realizadas, objetivos y actividades

desarrolladas, como las observaciones en la hoja de vida del alumno, cuando

corresponda.

Los Libros de clases deberán encontrarse siempre al día, cuidadosamente

trabajados, sin enmiendas que hagan presumir adulteración.

Mantener y manejar diariamente sus planificaciones, las cuales le pueden ser

requeridas en cualquier instante.

Mantener activamente en sus respectivos Departamentos y/o Áreas, aportando su

experiencia e ideas en una permanente optimización del trabajo y tendiendo a la

integración de los contenidos de su asignatura con los de otras asignaturas.

Asistir puntualmente a los Consejos Técnicos que le competen, citados con la

debida antelación.

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Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudios

en el desempeño de su labor docente, logrando el máximo aprovechamiento del

tiempo de clases y evitando distracciones innecesarias en actividades ajenas a la

atención del curso.

Proteger los bienes generales del establecimiento, responsabilizándose por

aquellos que se le confíen a su cargo durante el desempeño con ellos.

Mantener adecuadamente el material didáctico con que cuenta, el cual se

incrementará, con la preparación de sus propios materiales, acorde con sus

planificaciones y contando con el apoyo de la institución.

Velar por el adecuado manejo y cuidado de textos, cuadernos y útiles por parte de

los alumnos, debiendo desarrollar el hábito de mantener sus cuadernos de

materiales al día y ordenados, para lo cual efectuará revisiones periódicas.

Cumplir con el horario de clases para el que fue contratado, en forma puntual,

para ello deberá llegar con la debida antelación al inicio de la jornada, tomar

oportunamente los cursos evitando demoras innecesarias.

El profesor debe ser el primero en ingresar a la sala, la que deberá estar en

perfecto orden y aseo, a su vez, será el último en retirarse de ella, comprobando

que el estado del aseo y orden señalado se cumple. Además, no podrá dejar,

injustificadamente a los alumnos en la sala, durante los recreos, ni autorizar la

salida de ellos durante las horas de clases.

Es deber de los docentes educar a los alumnos en el orden, aseo y mejoramiento

de su establecimiento.

Controlar la asistencia y atrasos de los alumnos de acuerdo a las instrucciones

emanadas de la Inspectoría General, verificar que la asistencia de la primera hora

se mantenga en el resto de la jornada, detectando fugas, cimarras u ocultamiento

para evadir la clase, situaciones de las que se dará cuenta a la Inspectoría General.

Mantener una disciplina adecuada en el aula, aplicando el Reglamento Interno de

los alumnos.

No se utilizará jamás el castigo físico o un lenguaje impropio de educadores. -

Siempre que sea posible deberá solucionar los problemas menores de disciplina en

el aula con un criterio formativo, recurriendo a Inspectoría General en los casos

más severos.

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Debe recordar que es un educador en todo momento y lugar, constituyendo un

modelo para sus alumnos; ello imitarán su correcta presentación personal, su buen

vocabulario, su puntualidad y ecuanimidad. Por su naturaleza de Profesor no debe

permitir acto alguno reñido con las normas establecidas, a ningún alumno, aun

cuando no le haga clases, reflejando así una actuación coherente del conjunto de

educadores del establecimiento.

De acuerdo a precedente, se prohíbe fumar en el establecimiento, de tal modo de

no infringir la Ley vigente e influenciar negativamente al estudiante respecto de los

hábitos de vida saludable.

Respecto a las normas de higiene y seguridad que se contempla en la tercera parte

de este Reglamento, el docente deberá aplicar dichas normas respecto de sus

estudiantes de la misma manera en que deba cumplirlas personalmente, tomando

todas las precauciones que se señalan en el referido Reglamento o de las normas o

instrucciones que imparta la Corporación a través de sus organismos

especializados.

Mantener al día los conocimientos relacionados con su formación profesional, así

como la adquisición de nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor

cumplimiento de sus funciones.

11. COORDINADORA DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA

A. En relación con la Dirección.

Presentar el plan de trabajo anual correspondiente a su cargo, incorporando a su

plan de acción sugerencias emanadas de los otros profesionales, relacionados con

el proceso, enseñanza aprendizaje.

Favorecer y asesorar las acciones de extensión en relación con otros organismos a

fines del servicio y de la comunidad.

Coordinar las actividades del equipo multiprofesional y presentar semestralmente

las actividades relacionadas con el equipo.

Presentar al final del año escolar, el informe anual de las actividades

correspondientes a su cargo.

B. En relación al Equipo Multiprofesional

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Coordinar y participar en la planificación, desarrollo y evaluación de los objetivos

propuestos a nivel de asesoría técnica:

- Al personal docente

- A los alumnos

- Al grupo familiar

- A los paradocentes y a los auxiliares

- A la comunidad en general

Coordinar y participar en estudio de casos y cautelar el cumplimiento de las

acciones y orientaciones que se determinan.

Coordinar las acciones referidas a evaluaciones y seguimientos de los alumnos.

Coordinar las acciones de reevaluación que los profesionales no docentes

apliquen cuando el caso lo requiere.

C. En relación a los estudiantes

Recepcionar a los alumnos al ingreso al establecimiento, recabar

antecedentes y documentos técnicos y de salud necesarios, según el déficit,

a fin de conformar y mantener actualizado el expediente individual.

Participar sistemáticamente, cuando el caso lo requiera en la actualización

de diagnóstico y reevaluación de carácter psicopedagógico de los alumnos,

emitiendo un informe individual, considerando las orientaciones

respectivas.

D. En relación a los Docentes.

Asesorar el desarrollo de las acciones técnicas relativas a planificación,

evolución del tratamiento, metodologías y material didáctico, a fin de

cautelar el cumplimiento de la normativa vigente.

Promover y organizar jornadas de perfeccionamiento a nivel intra y extra

institucional.

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E. En relación a los Padres y Apoderados.

Entrevistar a los padres y apoderados e informarles acerca del déficit atendido,

características y modalidad de la educación que imparte el establecimiento y

orientar el caso si corresponde.

Coordinar y participar conjuntamente con los profesionales no docentes y

docentes en el desarrollo de Talleres de Escuelas para padres, con el fin de

informarles, orientarles y comprometerles en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

F. En relación a la Comunidad.

Informar y orientar a Padres, a Profesionales de otras instituciones (públicas y

privadas) a alumnos en práctica, etc., acerca de las características de la unidad

Educativa y del o los déficits atendidos.

Coordinar y canalizar la atención diagnóstico de los profesionales no docentes

solicitados por la comunidad extra institucional.

Coordinar y participar con los miembros del Gabinete, en la acción de seguimiento

con las instituciones educacionales o laborales de continuación.

12. EDUCADORA DIFERENCIAL

El rol de un Educador(a) Diferencial debe responder a las Necesidades Educativas Especiales (N.E.E) de los alumnos, por medio de la intervención psicopedagógica, la cual a través de una evaluación psicopedagógica , apoyos, y estrategias ,logre entregar una educación de calidad que permita activar las funciones cognitivas del niño ,según sus propias características y necesidades. Además, debe actuar como un mediador, investigador, asesor, educador y coordinador social, incorporando tres ámbitos fundamentales para el desarrollo del alumno: Escuela, familia y comunidad".

Evaluación y apoyo psicopedagógico.

Identificación de NEE del alumno. Detectando las fortalezas en su desarrollo.

Elaborar estrategias de acuerdo a sus características.

Adaptaciones curriculares.

Seguimiento de evaluación de competencias personales.

informar y orientar a la familia en cuanto al apoyo del menor.

Realizar talleres informativos y de levantamiento de estrategias.

Asesoramiento al menor.

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Informar progresos y apoyos complementarios en período de intervención.

Elaboración de PIE (Proyecto de Integración Escolar)

Coordinación técnica pedagógica, además de acciones de prevención y promoción a la diversidad.

Trabajo coordinado entre Educador Diferencial y otro profesional dentro del establecimiento educativo.

Elaboración y adaptaciones curriculares en conjunto.

Activación de redes comunitarias.

Realizar un trabajo disciplinario con profesionales de otra categoría.

Evaluar necesidades de la comunidad, para elaborar plan de trabajo.

Sensibilizar y promover la participación de la comunidad frente a temáticas de atención a la diversidad.

Elaboración de proyectos en base a la comunidad

ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

La Unidad Administrativa depende directamente de la Directora/o y está encargada de

centralizar el trabajo de orden administrativo, en lo que dice relación con la

documentación, además de facilitar las comunicaciones, tanto internas como externas del

plantel.

13. SECRETARIA DE DIRECCIÓN

Mantener los archivos, kardex y base de datos del personal actualizado, y aquellos

que el Director estime necesario para una fluida y rápida información.

Atender correctamente a cualquier trabajador, alumno, padres y apoderados que

soliciten o requieran atención del Director.

Reproducir circulares y enviarlas a los distintos servicios del Liceo y exhibirlas,

según instrucciones del Director.

Guardar la debida reserva y discreción de todos los hechos y situaciones que

observe y escuche en el ámbito de su trabajo, sean éstos referidos a:

conversaciones telefónicas, manejo de documentación, reuniones y otros de su

quehacer profesional.

Tomar conocimiento y preparar respuesta a los requerimientos de los distintos

Organismos e Instituciones con los cuales el Liceo mantiene correspondencia.

Tomar y transcribir dictado y llamados telefónicos

Agilizar el flujo documental de conformidad al conducto regular.

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Disponer la actualización y buen manejo de registros de matrícula, asistencia

media, carpetas de alumnos y alumnas y documentos legales, en general.

Realizar y colaborar en el proceso de matrícula.

Realizar y organizar el inventario, quedando una copia, en un lugar seguro, pero

visible, de lo que corresponde en especies, a cada dependencia del Liceo.

Distribuir materiales de oficina, aseo y otros. Mantener catastro al día.

Mantener estadística del alumnado al día.

Confeccionar la certificación del alumnado, cuando sea requerida por los padres y

apoderados correspondientes: alumno regular, certificados de matrícula,

concentración de notas, certificados de estudio, certificados de informes de

personalidad, licencias de Educación (documentación debe ser visada previamente

por UTP y firmada por la Directora)

Atender otras labores propias de secretaría.

13. PARADOCENTE

Estos funcionarios dependen jerárquicamente de la Inspectoría General y participan en la

labor educativa como apoyo a los docentes en la conducta de los alumnos de acuerdo a

las normas del Establecimiento.

Cumplirán con los siguientes deberes y funciones:

Cuidar del grupo curso que se le asigne, velando por su asistencia y solucionando

los problemas que detecte en el alumnado, de acuerdo a su ámbito de acción.

Controlar la salida extraordinaria de los alumnos, previa autorización del Inspector

General.

Supervisar y controlar las presentaciones de los alumnos dentro y fuera del

Establecimiento.

Vigilar el comportamiento y orden del alumnado en la formación, salas de estudio,

biblioteca, talleres, patio y otras dependencias, así como toda actuación escolar de

los educandos, de los que será responsable directo según distribución de turnos,

jornadas y sectores.

Fiscalizar el aseo y cuidado de las dependencias del sector que se le ha confiado,

con este objetivo deberá hacer, al inicio, cambio y término de jornada, una revisión

total de su sector.

Permanecer en el Establecimiento durante los turnos que se le fijen, colaborando

con el funcionamiento de comités de estudio y otros grupos de trabajo que se

entreguen a su cargo.

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Confeccionar certificados de alumnos regulares, llevar libros de clases y registros,

estadísticas, planillas y demás archivos que les sean encomendados, revisará libros

de clases para verificar en ellos las correspondientes firmas de los docentes y la

correcta toma de asistencia de los alumnos.

Colaborar con los profesores en las actividades de Acle.

Controlar el correcto cumplimiento del Reglamento Internos de los Alumnos, de

acuerdo a las normas y criterios impartidos por la Dirección del Establecimiento.

Controlar la asistencia, atrasos, certificados médicos y justificaciones de los

alumnos, informando al profesor jefe respectivo y llevando además un archivo de

tales certificados.

Mantener permanente contacto con el Inspector General a quién deberá informar

de sus actividades habituales y de las actividades Extra-Escolares que se le haya

asignado.

Fiscalizar permanentemente la correcta presentación personal de los alumnos,

inculcando este hábito a través del propio ejemplo.

Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos, para este efecto utilizar los

botiquines escolares.

Incentivar para que los alumnos incorporen valores individuales y sociales en su

desempeño estudiantil, para lo cual se asesorará con los profesores y el orientador

14. PAÑOLERO (A)

Es la persona responsable del almacenamiento, mantención y conservación de

instrumentos, herramientas, máquinas de mesa y materiales que utilizan los alumnos para

su trabajo en talleres y laboratorios. Debe atender las necesidades de los profesores en la

parte de control práctico y entrega de elementos, herramientas e instrumentos que le

soliciten y sus funciones serán:

Controlar y registrar la recepción y calidad de los materiales que entregue el

encargado de Bodega.

Velar por la conservación y el correcto funcionamiento de los equipos y elementos

a su cargo; debiendo efectuarles mantención preventiva y cuando corresponda,

mantención correctiva, como asimismo, mantener en función el inmueble y el

mobiliario.

Informar oportunamente al Jefe de la Especialidad de pérdidas y destrozos de

herramientas, mobiliario e inmueble.

Mantener actualizados los inventarios correspondientes.

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Mantener diariamente el aseo de las dependencias del taller al cual ha sido

designado.

15. ENCARGADO DEL CENTRO DE RECURSOS DE APRENDIZAJES.

La Biblioteca del Liceo, entendida como un Centro de Recursos para el Aprendizaje,

requiere de un equipo de trabajo para su coordinación y administración.

Es el funcionario encargado de organizar, atender y mantener el servicio de Biblioteca y

Documentación para profesores y alumnos, administrando los medios que le permitan un

máximo aprovechamiento a los beneficiarios.

Serán sus funciones:

Organizar, clasificar y registrar el material bibliográfico, documentos y

publicaciones periódicas con que cuenta el establecimiento para consulta de

docentes y alumnos.

Atender a los usuarios, orientándolos en la ubicación y manejo del material de

consulta que se le solicite, de acuerdo a un "Reglamento de Prestaciones" que

cautele la conservación de los libros y materiales, su adecuado uso, plazos y

condiciones a los que se deben atener los beneficiarios de este servicio escolar.

Realizar los fichajes que correspondan del material a su cargo.

Llevar un registro minucioso de los textos y publicaciones que se entreguen por

donaciones o adquisiciones de parte del establecimiento y/o Corporación, así

como aquellos que propongan dar de baja por su estado de deterioro.

Llevar listado de obras básicas y de uso más frecuente por profesores y alumnos

para sugerir incremento en número de ejemplares si fuere necesario.

Pegar carátulas, forrar y encuadernar, cuando sea posible, textos que pese a su

desgaste pueden seguir siendo aprovechados por los usuarios.

Organizar horarios razonables de atención, de acuerdo con el Departamento

Técnico- Pedagógico.

Promover tipo de actividades y campañas que permitan incentivar los hábitos de

lectura de los alumnos.

Proponer listado de adquisiciones y tomar iniciativa para obtener textos por vía de

donación, campaña o intercambios con instituciones afines.

Velar por una adecuada actitud de los usuarios en las dependencias de la

Biblioteca, conservando el orden, aseo y respeto de los alumnos.

Proponer la reproducción de materiales interesantes y de difícil acceso.

Promover la realización de actividades culturales, proyecciones y exposiciones en

la Biblioteca, en forma permanente y adecuado, a la comunidad escolar del Liceo.

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Confeccionar catálogos de consulta, manuales y documentos que orienten a los

alumnos en su desempeño en la Biblioteca.

Archivar investigaciones y trabajos destacados de alumnos y docentes, así como

libretos, publicaciones internas y discursos de actos trascendentes de la

comunidad escolar.

16. AUXILIAR DE SERVICIO:

Dependen de Inspectoría General

Asear el inicio y término de cada jornada: Oficinas, salas y demás dependencias,

efectuando trabajos tales como: limpiar y encerar pisos, lavar ventanas y limpiar

vidrios, desempolvar muebles, limpiar sanitarios, asear y mantener patios, jardines

y canchas.

Hacer las reparaciones, restauraciones, transformaciones e instalaciones que

determine el Director o Inspector General del Establecimiento.

Informar sobre las necesidades de sus tareas registrando el trabajo realizado en un

cuaderno especialmente destinado para ello.

Movilizar y ordenar objetos propios, de los archivos, salas, talleres, exposiciones,

bodegas, dependencias y terrenos del establecimiento.

Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación y mantención de llaves, equipos,

herramientas y maquinarias que se le hubiese asignado.

Colaborar en la preparación de inventarios de acuerdo a las instrucciones

impartidas por el Director o Inspector General del establecimiento.

Colaborar en las operaciones de adquisición de artículos y productos para el

establecimiento.

Facilitar los medios y condiciones para la realización de las actividades de

colaboración del plantel.

Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del

establecimiento.

Manejar vehículos del plantel, si correspondiera.

Colaborar en el mantenimiento del orden y la seguridad de los alumnos durante

los horarios de entrada y salida de éstos, informando al inspector correspondiente

de cualquier anomalía que detecte.

16. PSICÓLOGA

Realizar entrevistas de atención individual a los estudiantes para reconocer

síntomas y/o actitudes que conlleven problemáticas conductuales, emocionales y

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vulneración de derechos, con la finalidad de realizar derivaciones a redes internas

o externas.

Realizar observaciones en el aula, si el proceso de evaluación psicológica del

estudiante así lo requiere.

Recabar información familiar para la triangulación psicológica correspondiente.

Entregar estrategias a los docentes, atingentes a la labor pedagógica, y además

brindar herramientas para fortalecer el trabajo al interior del aula, según solicitud

recibida por el Encargado de Convivencia Escolar.

Asistir a Consejo Técnico Pedagógicos o reuniones del Equipo de Gestión, para

abordar los casos atendidos y así generar estrategias psicoeducativas para el

trabajo en aula, según solicitud recibida por el Encargado de Convivencia Escolar.

Participar en la actualización del Reglamento de Convivencia Escolar, Protocolos de

Acción y planes requeridos.

Mantener retroalimentación cruzada entre los programas de apoyo, con

especialistas que intervienen a los estudiantes.

Brindar asistencia psicológica (intervención focalizada según la problemática) a los

casos emergentes.

Contribuir en la planificación y aplicación de talleres temáticos, vinculados a su

experticia profesional (psicoemocional y neuroaprendizaje).

Fortalecer en los estudiantes, aptitudes y valores que promuevan la sana

convivencia dentro y fuera del Establecimiento.

Entregar apoyo al docente en el manejo y desarrollo de actividades del grupo

curso.

Entregar apoyo y contención emocional a estudiantes que lo requieran.

Atender a las necesidades y requerimientos de los padres y apoderados del

establecimiento, de manera individual o grupal, entregando información adecuada

para cada caso, realizando entrevistas, charlas y reuniones.

Elaboración de informes psicoeducativos para casos específicos.

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Participar de instancias de vinculación con el medio, para favorecer la gestión de

derivaciones y apoyo a estudiantes.

Participar de instancias de coordinación entre profesionales del Programa de

Integración Escolar, SEP y los demás estamentos de la Comunidad Educativa.

Realizar entrevistas de mediación y resolución de conflictos en conjunto con el

Equipo de Convivencia.

2. ASISTENTE SOCIAL

Planificar y coordinar las actividades de su área.

Realizar Visitas Domiciliarias detectando antecedentes de los estudiantes en lo que

respecta a su grupo familiar, condición socioeconómica, vulneración de derechos,

verificación de domicilio y ausentismo reiterado para elaborar los informes

sociales.

Asesora para la escuela en temas como crecimiento y desarrollo humano,

destrezas sociales, funcionamiento social, observación temprana de problemas

sociales y emocionales de los estudiantes, técnicas para atender situaciones de

conductas y disciplina, evaluación social de situaciones problemáticas y

crecimiento y desarrollo físico y social del niño adolescente.

Derivación a especialistas internos (Psicóloga SEP, Orientador Familiar SEP, Equipo

Pie) o Externos (Casa Psicosocial, Casa del adolescente, Consultorio, Red de

Infancia), dependiendo de la necesidad que presente el estudiante.

Seguimiento de cada uno de los casos derivados a las diferentes instituciones

(Programas Sename, Cesfam, Especialidades médicas, Casa Psicosocial, Casa

Adolescente).

Proponer y desarrollar talleres de trabajo e intervención con toda la comunidad

educativa, según necesidades y requerimientos.

Monitorear la asistencia de los y las estudiantes, especialmente de aquellos en

situación de mayor vulnerabilidad de modo de detectar y abordar precozmente

problemas de ausentismo y riesgo de abandono escolar, con el fin de efectuar

acciones de retención escolar, de acuerdo al protocolo del establecimiento.

Realización de tutorías con apoderados y/o alumnos/as.

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Elaboración de informes sociales y catastros de los/as alumnos/as de la escuela

(información Socioeconómica, derivaciones).

Reunión con los equipos de Programas Sename de acuerdo a cada caso.

Realiza las técnicas alternativas de resolución de conflictos (TARC), tales como:

Mediación Escolar en los estudiantes que soliciten y/o presenten problemáticas en

el área de convivencia, en proceso que resguarden la dignidad de los y las

estudiantes, considerando las siguientes tareas:

- Identificación de problemas comunes o de lo que les separa.

- La búsqueda de formas de aproximación entre los involucrados.

- Poner en marcha las TARC que sean pertinentes a los casos, así poder transformar el

reconocimiento mutuo y la búsqueda de soluciones.

Proponer y desarrollar talleres de trabajo e intervención con toda la comunidad

educativa, según necesidades y requerimientos.

Integrar el equipo multidisciplinario de Convivencia Escolar que permita un

abordaje integral de situaciones de vulnerabilidad en el desarrollo escolar de los

alumnos(as).

A nivel comunitario trabaja generando y activando redes con las distintas

instituciones públicas y sociales en beneficio del establecimiento.

Fortalecer en la comunidad educativa, aptitudes y valores que promuevan la sana

convivencia dentro y fuera del Establecimiento.

Intervención temprana sobre las causas que generan problemáticas individuales y

colectivas, derivadas de las relaciones humanas y del entorno social.

Entrega información y realiza postulación a becas de nivel interno, comunal y

nacional de fortalecimiento y retención a la Educación Escolar.

Participar en la actualización del Reglamento de Convivencia Escolar, Protocolos de

Acción y planes requeridos.

Trabaja la plataforma de Pro-Retención en funciones como:

o Diseño de acciones para Programa y su posterior desarrollo.

o Ingreso de estudiantes según fecha indicada.

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o Realiza diagnostico según necesidad del estudiante.

o Realiza Visita Domiciliaria a estudiantes identificados.

o Realiza Informe Social de acuerdo a cada caso.

17. ORIENTADOR FAMILIAR

Realiza diagnóstico del grupo familiar de los y las estudiantes, que consiste en la

identificación de problemáticas, su correcto abordaje y así a la toma de decisiones

respecto a:

- Si se trata de un problema que involucre negligencias dentro del grupo familiar.

- El grado de conflictividad de las primeras informaciones recabadas sobre el problema.

- El Diagnóstico Familiar.

- Indicaciones en base a las pautas relacionales y sus roles

Interviene realizando consejería Familiar, entregando herramientas para el

fortalecimiento de habilidades de interrelación, en el ámbito parental y filial,

considerando el ciclo evolutivo de cada familia sobre sus relaciones y roles.

Orienta a los estudiantes y su grupo familiar utilizando estrategias y entregando

herramientas que mejoren las dinámicas familiares y fortalezcan las habilidades

relacionales en el ámbito parental y filial relacionadas con los procesos educativos,

potenciando las capacidades básicas del sistema familiar y de sus miembros, según

su ciclo vital, mediante asesoramiento en situaciones concretas como:

- Criterios y pautas de funcionalidad según momentos evolutivos significativos.

- Descubrir situaciones que impiden el desarrollo educativo normal.

- Replantear y formular las reglas de interacción y comunicación dentro del sistema

familiar.

- Ayudar a visualizar los diversos procesos de desarrollo y los recursos que cada miembro

aporta al sistema familiar

- Facilitar el contacto entre padres e hijos, así como realizar encuentros interpersonales

entre los miembros y los subsistemas dentro del núcleo familiar.

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Denunciar de forma inmediata cualquier práctica parental negligente que vulnere

a los y las estudiantes de nuestro establecimiento, afectando y poniendo en riesgo

el proceso educativo (medida de protección).

Interviene a nivel grupal, trabajando con los distintos cursos del establecimiento,

fortaleciendo y potenciando algunas áreas que en conjunto con los docentes se

estimen deficientes.

Realiza y ejecuta las Técnicas Alternativas de Resolución de Conflictos (TARC), en

los estudiantes que soliciten y/o presenten problemáticas en el área de

convivencia, en proceso que resguarden la dignidad de los y las estudiantes,

considerando las siguientes tareas:

- Identificación de problemas comunes o de lo que les separa.

- La búsqueda de formas de aproximación entre los involucrados.

- Poner en marcha las TARC que sean pertinentes a los casos, así poder transformar el

reconocimiento mutuo y la búsqueda de soluciones.

18. PSICÓLOGO

En educación diferencial la labor del psicólogo comprende las siguientes funciones

primordiales.

1. Función de diagnóstico

Esta función puede ser realizada en los siguientes niveles:

- Individual

- Grupal

- Familiar

- Institucional

5. 1.Diagnóstico Individual:

Se refiere al estudio psicológico integral de rendimiento intelectual, personalidad,

desarrollo emocional, interés, actitudes, otros.

Este estudio conlleva anamnesis, absorción de conductas, administración y tabulación de

pruebas psicológicas e interpretación de los resultados a lo menos: antecedentes, pruebas

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aplicadas, conducta durante el examen, resultados, análisis cualitativos, conclusiones y

sugerencias

5.2. Diagnóstico Grupal:

Se refiere al estudio psicológico integral del grupo, curso o taller, utilizando técnicas

psicológicas, tales como: observaciones, cuestionarios, encuestas, dinámica, otros

cuyos objetivos primordial es conocer la realidad del grupo curso.

18. PADRES,MADRES Y APODERADOS(AS)

Los padres y apoderados del Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda se deben

caracterizar por:

1.- Participar activamente en reuniones, asambleas generales de centro de padres u otras

actividades a nivel de apoderado que se realicen en el liceo.

2.- Conocer, participar y comprometerse en el Proyecto Educativo Institucional del

Establecimiento, el Reglamento de Convivencia y el Reglamento de Evaluación al inicio del

año escolar, a través de diferentes instancias

3.- Comprometerse y responsabilizarse por el proceso académico del estudiante,

apoyando activamente el trabajo escolar del estudiante, procurando que cumpla con sus

obligaciones y compromisos asumidos, en las diferentes asignaturas/o módulos de las

especialidades.

4.- Apoyar la labor del establecimiento, interesándose por elevar su prestigio educacional

y promover el desarrollo de un profesional integral.

5.- Cooperar con la labor del establecimiento educacional, y estimular la cooperación y

participación de la comunidad local hacia éste.

6.- Comunicar oportunamente y con medios de verificación a la Dirección del

establecimiento, los problemas que afectan a un curso, grupos de cursos o al

establecimiento completo.

7.- Incentivar la cooperación de los padres y apoderados, en materias relacionadas con

aspectos de salud, socio-económicas y educacionales de los alumnos, a través de

programas de atención médica, becas de estudio, bienestar, y otras de la misma

naturaleza.

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DE LOS CONSEJOS: (EQUIPOS DE TRABAJO)

1. CONSEJO DEL EQUIPO GESTOR.

Formado por: Director/a, Inspector/a General, Jefe/a de Unidad Técnica Pedagógica,

Encargado de Convivencia Escolar, Coordinadora de la Educación Diferenciada Técnico

Profesional.

FUNCIÓN:

Ejercer con propiedad el Liderazgo y Gestión del establecimiento educativo. Este

rol implica asumir nuevas responsabilidades tales como animador pedagógico,

motivador, comunicador y gestor de medios y recursos; además de generar

procesos de sensibilización y convocatoria para trabajar en colaboración con otros,

en el logro de los aprendizajes de los alumnos/a y de resultados institucionales.(en

concordancia con el marco para la Buena Dirección).

Elaborar el Plan Operativo Anual, en concordancia con el Proyecto Educativo

Institucional y el Reglamento Interno.

Examinar y elaborar proyectos, destinados a capturar y optimizar recursos.

Tomar conocimiento y analizar problemas de carácter general que afecten al

Liceo.

Deberá reunirse, a lo menos una vez por semana, pero obligatoriamente una

vez al mes, pudiendo hacerlo en forma extraordinaria.

2. CONSEJO GENERAL

Organismo asesor del equipo gestor, formado por los y las docentes y, por los y las

asistentes de la educación, estará presidido por el Director/a, quien podrá delegar dicha

función de acuerdo a lo determinado por la ley.

Deberá contar con un secretario/a, designado por el Consejo el que deberá llevar el Libro

de Actas, importante medio de verificación de las sesiones. –

Deberá reunirse una vez al mes, y en casos justificados se les llamará en forma

extraordinaria.

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Serán citados por el equipo gestor, con la debida antelación, la asistencia de los docentes

y asistentes de la educación es obligatoria ya que está consignado en sus horas de

colaboración y por lo tanto incluidos en el Plan Operativo Anual

El equipo gestor, en pleno, deberá estar presente en los distintos Consejos.

Función:

Conformado por todo el personal que labora en el Liceo.

Conocer el Plan Operativo Anual, sugerir medidas tendientes a su mejoramiento e

implementación

Analizar evaluaciones al término de cada semestre y año lectivo.

Tomar conocimiento y hacer operativas las circulares, oficios y disposiciones que

afecten al Liceo.

Analizar y determinar soluciones ante problemas o nudos críticos que se presenten

y que afectan el prestigio del Liceo

Deberán mantener reserva respecto de las materias que en ello se traten.

Analizar las medidas frente a problemas de desadaptación, de aprendizaje,

cumplimiento e incumplimiento del Reglamento de Convivencia, otros, de los

alumnos y alumnas, padres, madres, apoderados y apoderadas, personal del Liceo.

3. CONSEJO TÉCNICO-PEDAGÓGICO (TALLER DE PROFESORES/AS)

Organismo formado por todos los docentes de asignatura, asesorados por la Jefa de la

Unidad Técnica- Pedagógica, con presencia de los demás integrantes del equipo gestor del

plantel.

FUNCIÓN:

Conocer las Bases Curriculares de Educación General Básica Diurna y Vespertina,

Educación Media Humanística-Científica para Primero y Segundo Año Medio

diurno en el Liceo, Educación Media Humanístico-Científica para Educación de

Adultos y Terceros y Cuartos de Educación Media Técnica –Profesional ya que

éstas definirán, por ciclos o años, respectivamente, los objetivos de aprendizaje

que permitan el logro de los objetivos generales.

Analizar, con detenimiento, las Bases Curriculares de Enseñanza Media Técnica

Profesional, ya que en ellas se definen el perfil de egreso para cada una de las

especialidades, señalando las competencias mínimas y fundamentales que debe

aprender un estudiante para desempeñarse en un trabajo y/o continuar

trayectoria en educación superior. Además, establece los Objetivos de Aprendizaje

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Genéricos para todas las especialidades y los objetivos de Aprendizaje de cada

especialidad.

Implementar el Plan de Estudio ya que éste define la organización del tiempo

escolar para el logro de los objetivos de aprendizaje determinados en las Bases

Curriculares, definido para cada curso y sus respectivas asignaturas.

Interpretar y explicar que el Plan de Estudio Técnico Profesional, entrega

orientaciones didácticas que facilitan el proceso de enseñanza, aprendizaje y

evaluación de los objetivos de aprendizaje, en donde se individualizan por

asignatura, incluyendo orientaciones que se relacionan con la metodología, la

evaluación y los recursos educativos involucrados, incluyendo actividades que

ejemplifiquen el proceso didáctico, de manera de apoyar el proceso posterior de

planificación de clases, necesarios para lograr los aprendizajes.

Distinguir que los Programas de Estudio de la Enseñanza Técnico Profesional se

presentan con una Estructura Modular, los que se caracterizan por su coherencia

entre objetivos de aprendizajes (perfil de egreso)- aprendizajes esperados -

criterios de evaluación; integración de objetivos de aprendizajes especialidad y

genéricos (excepto empleabilidad y emprendimiento); Cada módulo tiene 2-6

aprendizajes esperados; contienen una propuesta didáctica y de evaluación; lo que

permite flexibilidad y autonomía a los establecimientos; contienen actividades de

aprendizaje (coherente con enfoque de competencia laboral); contienen

actividades de evaluación (coherente con la actividad de aprendizaje)

Identificar la Estructura de los Módulos, que presenta la Enseñanza Técnico

Profesional, identificando:

1.-Introducción del módulo: entrega información general que incluye los Objetivos de

Aprendizaje de la Especialidad y Genéricos de la Enseñanza Media Técnica Profesional a

los cuales responde el módulo, además de la duración sugerida y algunas orientaciones

globales para su implementación.

2.- OBJETIVOS DE APRENDIZAJE (OA) y Criterios de Evaluación: esta sección define lo que

se espera que logren los y las estudiantes. Los OBJETIVOS DE APRENDIZAJES se

desprenden de los perfiles de egreso, y cada uno de ellos se complementa con un

conjunto de Criterios de Evaluación que permite al cuerpo docente clarificar el

Aprendizaje Esperado, conocer su alcance, profundidad y monitorear su logro. Estos

Criterios de Evaluación tienen la forma de desempeños, acciones concretas, precisas y

ejecutables en el ambiente educativo. En ellos quedan integrados los Objetivos Genéricos

de la EMTP.

3.- Ejemplos de actividades de aprendizaje como un modelo didáctico para los y las

docentes: el diseño de las actividades se ha orientado a la coherencia con el enfoque de

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competencias laborales y el contexto de estudiantes de la EMTP. Estas actividades se

presentan a modo de ejemplos y se asocian a metodologías didácticas apropiadas que

describen las acciones de preparación, ejecución y cierre que desarrollan tanto el o la

docente como las y los estudiantes. Asimismo, se identifican los recursos involucrados.

4.- Ejemplo de actividad de evaluación: al igual que las actividades de aprendizaje, sirven

como un modelo didáctico para quienes imparten docencia. Estas actividades detallan la

reflexión que debe realizar el o la docente para seleccionar tanto el medio como el

instrumento de evaluación. · Bibliografía y sitios web recomendados: consiste en un

listado de fuentes de información que son deseables que dispongan tanto la o el docente

como los y las estudiantes durante el desarrollo del módulo

Gestionar el acceso de los estudiantes a los Textos de Estudio (Los Textos

Escolares desarrollan los contenidos definidos en el Marco curricular para apoyar

el trabajo de los alumnos y alumnas en el aula y fuera de ella, y les entregan

explicaciones y actividades para favores su aprendizaje y su autoevaluación. Para

los profesores y profesoras, los textos constituyen una propuesta metodológica

para apoyar la implementación curricular en el aula, y los orientan sobre la

extensión y profundidad con que pueden ser abordados los contenidos del marco

curricular).

Hacer cumplir las instrucciones emanadas por el Ministerio de Educación, que

determina que todos los Establecimientos Educacionales Subvencionados al inicio

del Primer Semestre, previo al comienzo de las clases, destinarán dos días para

programar y definir sus planificaciones para el primer semestre, del mismo modo,

destinarán un día al inicio del segundo semestre, con el mismo objetivo, luego de

las vacaciones de invierno, y, finalizado el período lectivo, se desarrollarán

actividades de evaluación para todos los niveles educativos cuyos resultados serán

considerados en la planificación del siguiente año escolar.

Determinar, previo análisis de técnicas y estrategias didácticas, los problemas de

aprendizaje detectados en los diferentes niveles, alumnos y alumnas.

Velar, en conjunto con los Departamentos de Asignatura, las labores de

reforzamiento orientado a los y las alumnas/os con dificultades de aprendizaje.

Propiciar la integración entre los diversos programas de asignaturas.

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4. CONSEJO ESCOLAR.

EL Ministerio de Educación dicta, mediante el Decreto Nº 24 del 27/01/2005 publicado en

el Diario Oficial, el Reglamento de los Consejos escolares que norma la constitución, el

funcionamiento y las facultades de los Consejos Escolares.

Su Objetivo es acercar e integrar a los distintos actores que componen una unidad

educativa a través de la participación efectiva, de manera que puedan informarse,

participar, opinar y proponer sobre materias relevantes del quehacer educativo, con el

propósito de colaborar con la gestión escolar de su establecimiento.

Su conformación es obligatoria a partir de la promulgación de la ley Nº 19.979.

Es un espacio para intencionar la información a toda la comunidad educativa.

Es un espacio para intencionar la consulta de temas relevantes e importantes para

el buen funcionamiento de la gestión.

Es un espacio para intencionar la propuesta de los distintos actores como

cooperadores del mejoramiento de la calidad.

Integran el Consejo escolar (a lo menos):

-El Sostenedor o representante del mismo asignado por él

-El Director /a del establecimiento educativo

- Integrantes del Equipo de Gestión

-Un docente elegido por sus pares

-El Presidente/a del Centro General de Alumnos/as

-El Presidente/a del Centro General de Padres.

-Otros representantes de los distintos estamentos de la comunidad.

5. CENTRO GENERAL DE PADRES.

Es el organismo que comparte y colabora en los propósitos educativos y sociales de Liceo,

orientará sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas que

competen exclusivamente al establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión

grupal entre sus miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del

establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad

escolar.

Son funciones de los Centros de Padres:

Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal

de sus hijos y pupilos y, en consonancia con ello, promover las acciones de estudio

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y capacitación que sean convenientes para el mejor cometido de las

responsabilidades educativas de la familia.

Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por principios,

valores e ideales educativos comunes, canalizando para ellos las aptitudes,

intereses y capacidades personales de cada uno.

Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento y que faciliten

la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del

rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento

de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación fomenta en los

alumnos.

Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y recursos

para favorecer el desarrollo integral del alumno.

Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e ideales

del Centro de Padres; promover la cooperación de las instituciones y agentes

comunitarios en las labores del establecimiento y, cuando corresponda, participar

en todos aquellos programas de progreso social que obren en beneficio de la

educación, protección y desarrollo de la niñez y juventud.

Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la comunidad,

iniciativas que favorezcan la formación de los alumnos, en especial aquellas

relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas, culturales,

sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal desarrollo de

los alumnos.

Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del establecimiento

tanto para obtener y difundir entre sus miembros la información relativa a las

políticas, programas y proyectos educativos del establecimiento como para

plantear, cuando corresponda, las inquietudes, motivaciones y sugerencias de los

padres relativas al proceso educativo y vida escolar.

6.- CENTRO GENERAL DE ALUMNOS/AS (Decreto Nº524// Reformulado 20061)

Es la organización formada por los y las estudiantes de segundo ciclo de Enseñanza Básica

y de Enseñanza Media del establecimiento. Su finalidad es servir a sus miembros, en

función de los propósitos del establecimiento educacional y dentro de las normas de

organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el

juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de

prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

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Reglamento General de organización y funcionamiento de los Centros de Alumnos de

Establecimientos Educacionales de Segundo Ciclo Básico y de Educación Media,

reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación.

Decreto:

Apruébese el siguiente Reglamento General de Centros De Alumnos de los

Establecimientos Educacionales de Segundo ciclo de Enseñanza Básica y Enseñanza Media.

TITULO I

Definición, fines y funciones

ARTÍCULO 1°: El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes de

segundo ciclo de enseñanza básica y de enseñanza media de cada establecimiento

educacional.

Su finalidad es servir a sus miembros, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento

reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y

de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

En ningún establecimiento se podrá negar la constitución y funcionamiento de un centro

de alumnos.

ARTÍCULO 2°: Las Funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos

manifiesten democráticamente y organizadamente sus intereses, inquietudes y

aspiraciones.

b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que

se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación

humana entre sus integrantes, basada en el respeto mutuo.

c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades

establecidas en el presente decreto.

d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante el

Consejo Escolar y las autoridades u organismos que correspondan.

e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones

deseables para su pleno desarrollo.

f) Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y los derechos humanos

universales a través de sus organismos, programas de trabajo y relaciones

interpersonales.

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g) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el

Centro se relacione de acuerdo con su Reglamento Interno.

TITULO II

De la organización y funcionamiento del Centro de Alumnos

ARTÍCULO 3°: Cada Centro de Alumnos se organizará según la norma y procedimientos

establecidos en un Reglamento Interno, el cual deberá ajustarse a las normas establecidas

en el presente decreto y responder, asimismo, a las características y circunstancias

específicas de las respectivas realidades escolares.

1 Este documento incorpora las modificaciones al Decreto 524 establecidas en el Decreto

Nº 50 de febrero de 2006.

ARTÍCULO 4°: Cada Centro de Alumnos se estructurará, a lo menos, con los siguientes

organismos:

a) La Asamblea General

b) La directiva

c) El Consejo de Delegados de Curso

d) El Consejo de Curso

e) La junta Electoral

También formarán parte constitutiva del Centro de Alumnos todos aquellos organismos y

comisiones de tipo funcional, permanentes o circunstanciales, que para el mejor

cumplimiento de sus funciones puedan crear la Asamblea General, la Directiva del Centro

de Alumnos o el Consejo de Delegados de Curso.

Las funciones a cumplir por los organismos y comisiones permanentes referidas en el

inciso anterior, serán establecidas en el Reglamento Interno del Centro de Alumnos.

De la Asamblea General

ARTÍCULO 5°: La Asamblea General estará constituida por todos los alumnos del

establecimiento pertenecientes al segundo ciclo de enseñanza básica y a enseñanza media

que participen en ella, le corresponde:

a) Convocar a elección del Centro de Alumnos.

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b) Elegir la Junta Electoral.

c) Aprobar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos de acuerdo al procedimiento

establecido en el Artículo N°12.

d) Pronunciarse sobre aquellas materias específicas que pueda señalarles el Reglamento

Interno del Respectivo Centro.

El Reglamento Interno del Centro de Alumnos deberá indicar, asimismo, la Forma y

procedimiento con que será convocada la Asamblea General.

No obstante lo señalado en el Inciso precedente, la Asamblea General se reunirá en sesión

ordinaria a lo menos una vez al año a objeto de pronunciarse sobre la cuenta de gestión

anual de la directiva del Centro de Alumnos y convocar a la elección de la misma.

Asimismo, la Asamblea General podrá sesionar de manera extraordinaria cuando sea

convocada por tres o más miembros de la directiva, por el 50% más uno del Consejo de

Delegados de Curso o a solicitud escrita de los estudiantes del establecimiento que

representen a lo menos el 30% del alumnado.

De la Directiva del Centro de Alumnos

ARTICULO 6°: La Directiva del Centro de Alumnos será elegida anualmente en votación

universal, unipersonal, secreta e informada, dentro de los 45 días antes de finalizar el año

escolar o dentro de los primeros 45 días de iniciado el año escolar, según lo establezca el

reglamento interno del Centro de Alumnos del establecimiento escolar correspondiente.

Para optar a cargos en la Directiva del Centro, el postulante deberá cumplir dos requisitos:

a) Tener a lo menos seis meses de permanencia en el establecimiento al momento de

postular, y

b) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a sus

reglamentos.

La directiva estará constituida a lo menos por un Presidente, Un Vicepresidente, un

Secretario Ejecutivo, un Secretario de Finanzas y un Secretario de Actas.

Las funciones que corresponden desempeñar a cada uno de los miembros de la Directiva

serán fijadas en el Reglamento Interno del Centro. En todo caso, será atribución del

Presidente representar a la Directiva del Centro de Alumnos ante la Dirección y el Consejo

de Profesores del establecimiento en todas aquellas ocasiones en que las necesidades y

acontecimientos de la vida escolar lo requieran, sin perjuicio de las atribuciones que le

correspondan a la directiva.

Le corresponde a la directiva:

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a) Dirigir y administrar el centro de Alumnos en todas aquellas materias de su

competencia.

b) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos.

c) Representar al centro de Alumnos ante la Dirección del establecimiento, el Consejo de

d) Profesores, el Centro de Padres y Apoderados y las Instituciones de la Comunidad. En

el caso del Consejo Escolar se representará a través de su presidente.

e) Decidir a propuesta del Consejo de Delegados de Curso la participación del Centro de

f) Alumnos ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro se relacionará

de acuerdo con su Reglamento Interno y designar a los representantes cuando

corresponda.

g) Presentar al Consejo de Delegados de Curso, antes de ser presentado a la Asamblea

h) General y antes de finalizar su mandato, una cuenta anual de las actividades

realizadas.

i) Convocar al menos una vez al mes al Consejo de Delegados de Curso, a sesionar en

reuniones ordinarias.

j) Convocar a reunión extraordinaria a la Asamblea General, con el acuerdo de al menos

tres de los miembros que conforman la directiva.

Del Consejo de Delegados de Curso

ARTICULO 7º: El Consejo de Delegados de Curso estará formado, según establezca el

Reglamento Interno de cada Centro, por uno, dos o tres delegados de cada curso, del

segundo ciclo de educación básica o de educación media que existan en el

establecimiento.

El presidente del Consejo de curso será por derecho propio uno de estos delegados.

Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro ni de la Junta Electoral.

El Consejo de Delegados de Curso será presidido por el Presidente del Centro de Alumnos

y se reunirá en la forma que se establezca en el Reglamento Interno del Centro. El quórum

para sesionar será de dos tercios de sus miembros y los acuerdos deberán adoptarse por

simple mayoría, salvo el caso de proposición de modificación del Reglamento Interno, las

cuales deberán aprobarse con el voto conforme de los dos tercios del quórum para

sesionar.

Corresponde al Consejo de Delegados de curso:

a) Elaborar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a aprobación ante

la Asamblea General.

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b) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto elaborado por la Directiva del

Centro.

c) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y

grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime más convenientes.

d) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos.

e) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva y los

f) Consejos de Curso.

g) Proponer a la Directiva la afiliación del Centro a aquellas organizaciones estudiantiles

de se deseen formar parte o, en caso contrario, la desafiliación de aquellas en que se

está participando.

h) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se

consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro de Alumnos.

i) Pronunciarse sobre la cuenta anual y el balance que le debe presentar la Directiva del

Centro de Alumnos e informar de ella a la Asamblea General antes de que ésta

proceda a la elección de la mesa directiva.

j) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los miembros del

Centro, de acuerdo con lo estipulado en el reglamento Interno. Las sanciones que se

apliquen sólo podrán consistir en medidas que afecten su participación como miembro

del Consejo, no pudiendo, en caso alguno significar la exclusión del Centro de

Alumnos.

Del Consejo de Curso.

ARTÍCULO 8°: El Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el

organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos del curso

respectivo. Se organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el

Consejo de Delegados de Curso, y participa activamente en los planes de trabajo

preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos.

Sin perjuicio de las actividades que se desarrollan en la hora de Consejo de curso

contemplada en el plan de estudio que aplica el establecimiento, con acuerdo del Profesor

Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser empleado para tratar materias relativas al

Centro de Alumnos.

El Consejo de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 30 días del año

lectivo del establecimiento.

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De la Junta Electoral

ARTÍCULO 9°: La Junta Electoral estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno

de los cuales podrá formar parte de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso o de

los organismos y comisiones creados por éste. Le corresponde organizar, supervigilar y

calificar todos los procesos eleccionarios se establecen en el presente Reglamento General

y en el Reglamento Interno del Centro.

TÍTULO III

De los Asesores del Centro

ARTÍCULO 10° : El Centro de Alumnos tendrá asesores pertenecientes al cuerpo docente

del establecimiento para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo con

el mismo.

Los asesores de los Consejos de Curso serán sus respectivos Profesores Jefes.

La Asamblea General, la Directiva, el Consejo de Delegados de Curso y la Junta Electoral

tendrán en conjunto, a lo menos, dos asesores designados anualmente por la Directiva del

Centro de Alumnos, de una nómina de cinco docentes que deberá presentar el Consejo de

Delegados de curso, no más allá de 60 días después de iniciado el año lectivo del

establecimiento escolar correspondiente. Estos asesores deberán ser docentes a lo menos

con un año de ejercicio profesional, en el establecimiento y manifestar su aceptación para

desempeñar esta función.

ARTÍCULO 11°: El sostenedor y la dirección del establecimiento adoptarán las medidas

pertinentes para que el Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran, con

motivación por el trabajo con jóvenes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10°

de este reglamento.

TÍTULO IV

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 12°: Cada Centro de Alumnos deberá dictar un reglamento interno de

funcionamiento, el que deberá ser revisado anualmente, debiendo considerar y resolver

los aspectos que a continuación se mencionan:

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a) Fecha y procedimiento para la elección de la Directiva del Centro de Alumnos, de

conformidad a lo dispuesto en el Artículo 6° de este reglamento.

b) Funcionamiento de los distintos organismos que componen el Centro de Alumnos.

c) Quórum requeridos para obtener la modificación del reglamento, para dar por

aprobadas las iniciativas que se presenten en la Asamblea General y para determinar

otras materias que decida en Consejo de Delegados de Curso.

d) Forma y procedimiento para la convocatoria de reuniones extraordinarias del Consejo

de

e) Delegados de Curso y de la Asamblea General.

f) Funciones que corresponda desempeñar a cada uno de los miembros de la Directiva

del

g) Centro de Alumnos y de los organismos y comisiones creados de acuerdo a la orgánica

propia.

h) Mecanismos, procedimientos, causales y medidas disciplinarias que le fueren

aplicables a los miembros del Centro de Alumnos

Una Comisión será la encargada de estudiar y aprobar en definitiva el proyecto de

Reglamento Interno elaborado por el Consejo de Delegados de curso, la que estará

constituida por las personas que se indican:

Un orientador o, a falta de éste, preferentemente uno de los profesores encargados

de este tipo de tareas pedagógicas.

El presidente del Centro de Alumnos

Dos alumnos elegidos por el Consejo de Delegados de Curso.

Dos profesores asesores que tuviesen el Centro de Alumnos, de conformidad a lo

dispuesto en el Artículo 10° del presente reglamento.

ARTÍCULO 13°: En el caso de elecciones pluripersonales deberá establecerse en el

Reglamento Interno del Centro o en ausencia de éste por Junta Electoral, un sistema para

determinar los elegidos y que asegure una adecuada representación.

ARTÍCULO 14°: Derógase a contar de la publicación del presente Reglamento, el Decreto

supremo de Educación N° 736 de 1985. Artículo Transitorio.- No obstante lo

CAPITULO IV.- Disposiciones Generales

Art. 7 Se ordena que este Reglamento sea impreso y distribuido entre profesores

y alumnos.

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Art. 8 Los asuntos no previstos en el presente Reglamento, serán resueltos por la

Dirección del establecimiento..

Art. 9 El presente Reglamento será revisado anualmente y publicado por la Jefa

de la Unidad Técnica Pedagógica, con las modificaciones pertinentes.

Desarrollo de la Cultura preventiva y de seguridad.

A fin de evitar accidentes o desgracias que se pudieran derivar en situaciones de

catástrofe natural o en caso de siniestros, la unidad educativa, deberá realizar el

Desarrollo de una Cultura preventiva y de Seguridad, estableciendo los siguientes

procedimientos:

Cronograma de ejecución

Zonas de seguridad asignadas a cursos, niveles o pabellones.

Vías de escape.

Tiempos mínimos de ejecución.

Planos en murales en que se señalen vías de escape y zonas de seguridad, luego de

evacuar las dependencias.

En el piso del patio, las zonas de seguridad para cada pabellón.

Informar a los apoderados/as acerca del funcionamiento de esta operación.

Realizar simulacros cada cierto período e incluirlos en el proyecto anual el Liceo.

Realizar campañas de Seguridad Escolar.

Capacitar a alumnos/as en normas de Primeros auxilios.

Realizar un catastro y solución de problemas domésticos que puedan provocar

accidentes. (revisión de red eléctrica, reposición de vidrios rotos, gomas en las escalas,

otros).

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Reglamento del Laboratorio de Ciencias

JUSTIFICACION

El proceso enseñanza-aprendizaje de las Ciencias Naturales: Física, Química, Biología y de

las Ciencias Tecnológicas requieren de formas, métodos y medios para la observación de

los fenómenos y procesos estudiados, la experimentación, verificación y aplicación de los

conocimientos teóricos adquiridos, así como la producción de nuevos conocimientos por

medio de la investigación científica, el experimento, el descubrimiento y la invención.

El mercado de trabajo, demanda hoy día, de un personal capaz de aplicar creativamente

sus conocimientos, capaz de transformar la realidad, de realizar verificaciones, pruebas y

experimentos, formación teórica; se requiere de la práctica, la ejercitación y la aplicación

concreta.

Se necesitan profesionales capaces de producir nuevos conocimientos, nuevas tecnologías

y nuevas formas para operar los procesos y sistemas, tanto del área de la producción,

como de los servicios.

Por estos motivos se requiere que toda institución docente, y muy en especial el Liceo

Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga, disponga de laboratorios y

talleres, donde se puedan realizar las tareas antes mencionadas, para el logro de los

objetivos de aprendizaje propuestos.

Naturaleza y objetivos

El Laboratorio de Ciencias es una unidad de servicio académico que presta sus servicios a

los sectores de Ciencias (Biología, Química, Física), al igual que los Laboratorios de

Electricidad y Explotación Minera

Administración y uso de los laboratorios

Para el uso del laboratorio los profesores de las asignaturas presentarán a la Jefa de la

Unidad Técnica Pedagógica, una lista de los días y horas que tienen programado realizar

las prácticas de laboratorio. La Jefa de la Unidad Técnica Pedagógica coordinará los

horarios de prácticas de las diversas asignaturas y elaborará un calendario definitivo, que

será remitido a la Inspectora General y a la Directora.

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El docente encargado del Laboratorio realizará periódicamente inventario de los bienes

informando a la Jefa de U.T.P. con la finalidad de que esta realice los trámites

correspondientes para que se puedan reponer materiales y equipos, y/o adquirir otros

nuevos para mantenerlos actualizados.

La Jefa de la Unidad Técnica Pedagógica elaborará anualmente un presupuesto para

equipamiento y mantenimiento de los laboratorios.

El profesor de la asignatura será el responsable del uso del laboratorio durante el período

que le corresponda, debiendo:

a) En base al calendario establecido, procurar las llaves del laboratorio,

firmar el formulario correspondiente y entregarla una vez haya

terminado la práctica.

b) Velar por el uso correcto de los aparatos y sustancias utilizadas en las

prácticas.

c) Mantener el orden y la disciplina, aplicando las sanciones

correspondientes a los alumnos que violen este reglamento o presenten

conductas inadecuadas.

d) Orientar, comprobar y supervisar las prácticas, investigaciones y

experimentos que los estudiantes realicen.

e) Cerrar las puertas, apagar las luces, apagar y desconectar los aparatos,

cerrar las llaves el gas y del agua, al terminar las prácticas.

f) Reportar al director de carrera que corresponda, cualquier pérdida,

deterioro o desperfecto, o rotura de equipos, mobiliarios, sustancias,

etc.

Se establecen las siguientes medidas de seguridad y protección durante la realización de

las prácticas en los laboratorios.

a) En el laboratorio no se puede ingerir ningún alimento o bebida.

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b) Está prohibido fumar.

c) Las sustancias no se pueden probar, ni oler.

d) Las sustancias y materiales deberán estar debidamente identificada en

idioma español.

e) Los estudiantes no podrán comenzar las prácticas y experimentos sin la

presencia, orientación y autorización del profesor.

f) Los frascos de reactivos o cualquier otra sustancia deben ser tapados

inmediatamente después de ser utilizados.

g) Si algún equipo presenta algún problema en su funcionamiento se debe

desconectar de la fuente de corriente eléctrica y reportarla al profesor y

este debe informar a Dirección para que se den las ordenes

correspondientes y las revise personal calificado

h) Si se trabaja con alguna sustancia tóxica y/o inflamable el profesor debe

extremar las medidas de seguridad.

i) El Laboratorio debe contar con botiquín de primeros auxilios.

j) En los fregaderos no se puede verter sólidos o papeles que puedan

taparlos.

k) Durante las prácticas se debe disponer en un lugar visible y de rápido

acceso, las sustancias que contrarresten los efectos corrosivos, tóxicos y

quemaduras que puedan ocurrir.

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l) Los extinguidores de incendios se mantendrán llenos y en un lugar

visible y de fácil acceso. Periódicamente deberán revisarse los

extinguidores para verificar si están en condiciones óptimas para su uso

inmediato.

m) Después de terminadas las prácticas los profesores y estudiantes

deberán lavarse las manos para evitar posteriores accidentes

lamentables.

n) Los profesores y estudiantes deberán usar batas sanitarias para su

protección

o) En las actividades que lo requieran se exigirá a los alumnos y profesores

uso de guantes, mascarillas y lentes protectores.

p) No se permite la presencia en el laboratorio de ninguna persona que no

sea el grupo que recibe la docencia.

q) Después de terminada la práctica, el profesor debe garantizar que los

puestos de trabajo estén recogidos, ordenados y limpios, así como el

laboratorio en general.

r) Al terminar las prácticas en el laboratorio se debe verificar que los

aparatos queden, apagados y desconectados de la fuente de corriente

eléctrica, que las llaves de gas y agua estén cerradas, que las luces

queden apagadas y las puertas cerradas.

LABORATORIO DE ENLACES.

Promover y estimular el uso del laboratorio como soporte pedagógico en las clases

que requieran dicha tecnología.

El laboratorio de enlaces tendrá una función de carácter pedagógico, la que primará

sobre cualquier otra, el equipamiento allí existente sólo podrá ser transferido o

cambiado con expresa autorización de la Dirección

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Cautelar el buen uso, mantenimiento y seguridad de los equipos, informando cuando

estos se encuentren deteriorados, con el objeto que el funcionario que se desempeña

como soporte técnico, pueda tomar las medidas del caso.

Los laboratorios de computación deberán ser particularmente vigilados, asignando, en

lo posible, el uso de ellos a cada alumno/a, para que se responsabilice del cualquier

daño que ocurra al computador.

Calendarizar, el uso, por parte de los docentes, del laboratorio.

NORMAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN ADOPTARSE EN EDUCACIÓN FÍSICA.

Realizar los ejercicios gimnásticos o deportivos con la debida progresión, graduándolos

a las diferencias individuales y alas condiciones de saludo de cada alumno/a.

Aplicar normas de distancia, tiempos, alturas y pesos, de acuerdo a las edades y

contexturas físicas de cada alumno.

Prohibir a los alumnos/as utilizar cualquier elemento gimnástico o deportivo sin la

autorización y vigilancia del profesor.

Una vez finalizadas las actividades deportivas, guardar los implementos para evitar el

uso incontrolado de ellos y que se produzcan accidentes por parte de los alumno/as.

Revisar dichos elementos, eliminando los que están en mal estado

Recomendar a los alumnos/as que no voten frascos de shampoo en las duchas o

servicios higiénicos

Evitar que los alumnos mastiquen chicle en clases de Educación Física.

Evitar el uso de patines, patinetas, otros, sino están debidamente autorizados y

vigilados por el docente responsable.

El uso de los camarines y duchas, será cautelada por los docentes de dicha disciplina,

los que, en lo posible, deberán estar presentes cuando sean utilizadas por los

alumnos/as.

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USO DE EQUIPAMIENTO Y DEPENDENCIAS.-

El Equipamiento de cualquier naturaleza que este fuese, en cuanto a su cuidado, custodia,

mantenimiento y seguridad es de competencia del funcionario que lo utiliza.

El préstamo de equipamiento perteneciente al Liceo sólo podrá ser autorizado por el

equipo de gestión, siempre y cuando exista una razón fundada para ello, presentando una

solicitud por escrito y por personas o entidades responsables.

Al finalizar el año escolar todos los funcionarios que tengan bajo su cargo equipamiento

del Establecimiento deberán hacer entrega de éste a la pañolera. Durante el receso de

verano los equipamientos del Liceo no serán facilitados a los docentes.

El uso de las dependencias será cuidadoso, extremando las medidas de aseo ya que al

desocuparse las mismas, se debe asegurar el cierre de puertas, ventanas y dejar las

alarmas conectadas, con la finalidad de evitar robos.

Es de responsabilidad del Inspector General resguardar el buen uso de los espacios,

controlar el ingreso y salida de mobiliario y equipamiento y la supervisión del recinto en

las oportunidades que sea facilitado a entidades externas.

RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD.

Establecer red de apoyo con Organizaciones Comunitarias, Universidades,

Establecimientos Educacionales, Instituciones de Servicio, Organismos Empresariales,

Padres, Madres, Apoderados y Apoderadas, y otros que apoyen y fortalezcan la acción

educativa del Liceo. El Liceo “Pedro Aguirre Cerda” de la Comuna de Calle Larga está

inserto en una realidad socio-económico de alta vulnerabilidad lo que le permite al

establecimiento ser un faro de irradiación cultural ya que es el único plantel de Educación

Media Técnico Profesional.

La Coordinadora de la Educación Diferenciada Técnico Profesional gestionará y

mantendrá vigentes las alianzas y convenios que el Establecimiento haya firmado con

Universidades , Centros de Formación, Empresas, Preunivesitario, etc.

Además, se mantendrá un Directorio de Empresas vinculadas a las Prácticas Profesionales

de Técnico Eléctrico y Técnico Minero.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Calle Larga,2018.

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INTRODUCCIÓN

Nuestro Liceo Técnico Profesional busca formar hombres y mujeres íntegros para que sean

agentes de cambio en su entorno social, y que contengan una mirada inclusiva, participativa,

solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, enmarcándose en la equidad y enfoque de derechos.

El establecimiento cuenta con un personal docente y asistentes de la educación altamente

comprometidos. No obstante, sabemos que para conseguirlo debemos alinearnos como

profesores, asistentes de la educación, alumnos y padres de familia en torno a este ideal, y para

ello, el Liceo dispone una serie de normas de carácter formativo y disciplinar, con las cuales

nuestros educandos puedan lograr una sana convivencia al interior del establecimiento y una

definitiva y adecuada integración a la sociedad. Al mismo tiempo, pretende fortalecer la

comunidad escolar, ya que, permite a todos sus integrantes actuar con seguridad, conocer lo que

se espera de cada miembro, lo que está permitido y lo que no, y conocer los procedimientos que

serán utilizados para resolver los conflictos que se puedan generar. El fin último de esta

normativa, es que las alumnas y los alumnos se incorporen sistemáticamente y adecuadamente a

la sociedad, logrando grados crecientes de madurez y desarrollo personal, con plena conciencia de

que sus acciones afectarán al resto de su grupo y compañeros. Los adultos deben estar dispuestos

a construir y reconstruir pedagógicamente su estilo de convivencia, considerando la importancia

que tiene la delegación de atribuciones, otorgar confianza y crear oportunidades de mayor

protagonismo de los estudiantes en los procesos de resolución pacífica de conflictos y en los

canales de participación, estimulando una reflexión acerca de los valores que fundamentan las

normas de convivencia y generando instancias de diálogo en torno al reglamento de convivencia

escolar. El Liceo considera la educación como el medio fundamental para promover el desarrollo

integral del educando, su adaptación al ambiente familiar, escolar y social, el fortalecimiento de

actitudes y valores adecuados para la conservación y mejoramiento de su salud física y mental, así

como para adquirir cultura.

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Artículo 46°, letra f:

Se establece que todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Reglamento

Interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad

educativa, y que garantice el justo procedimiento en el caso en que se contemplen sanciones, las

que en ningún caso podrá contravenir la normativa vigente.

Artículo 9°:

Se establece que cada comunidad educativa tiene el derecho a definir sus propias normas de

convivencia, de acuerdo con los valores expresados en su proyecto educativo. Éstas deben

enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener como horizonte la formación de

los y las estudiantes.

Artículo 10°, letra b:

Señala que es deber de las familias conocer el proyecto educativo y normas de funcionamiento del

establecimiento, cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional y

respetar su normativa interna.

Artículo 15°:

Sobre la participación de la Comunidad Educativa, menciona que los y las estudiantes, padres,

madres y apoderados, pueden participar en la revisión del Reglamento de Convivencia a través de

los Consejos Escolares, y aprobarlo, si se le hubiese otorgado esta atribución.

Artículo 16° A, incorporación artículo 16° A, Ley N° 20.536:

Define la buena convivencia escolar como “La coexistencia armónica de los miembros de la

comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado

cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los

estudiantes”.

Artículo 16° B, incorporación artículo 16° A, Ley N° 20.536:

Define el acoso escolar como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento

reiterado (o bullying),realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes

que, en forma individual o colectiva, atente en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de

una situación de superioridad o indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por

medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”

Artículo 16° D, Ley N° 20.536 de Violencia Escolar:

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Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier

medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien

detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así

como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un

estudiante.

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Superación: Que nuestros educandos incorporen el presente valor, para que a través de la

educación y formación que entrega el Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda, sea utilizado

como un medio para romper el nudo crítico, cuando se presentan altos grados de vulnerabilidad.

Respeto: Los y las Estudiantes deben presentar una actitud de respeto y adhesión a los símbolos,

como, Valores Patrios y del Liceo, cumplimiento de normas, respeto por las personas de la

comunidad escolar y la diversidad de opiniones, es por esto que nuestros alumnos deben

promover el respeto por sí mismo, también concientizar el respeto al cuidado y conservación del

medio ambiente.

Responsabilidad: Los y las Estudiantes deben integrar una actitud de responsabilidad ante su

comportamiento personal y así aumentar su compromiso en su desarrollo pedagógico con la

finalidad de formar futuros ciudadanos conscientes de sus responsabilidades y deberes ante la

comunidad en que se desenvuelven.

Solidaridad: Los y las Estudiantes deben mantener ideas y acciones que reflejen empatía y pro

actividad, frente a situaciones que conlleven una ayuda social, lo que provocara que nuestros

alumnos sean personas resilientes antes las adversidades y agentes de cambio social, no

quedándose en el asistencialismo, sino más bien que desarrollen acciones que promuevan el

cambio en sus vidas y en las de otros.

Comunicación Efectiva: Los y las Estudiantes deben mantener una comunicación efectiva, ya que,

de esta forma se lograra trasmitir el mensaje de modo claro y entendible para su interlocutor/es,

sin que genere dudas o interpretaciones erróneas. Este valor está directamente relacionado con la

resolución pacífica de conflictos, que además será de gran importancia cuando nuestros

estudiantes se desenvuelvan en el mundo laboral.

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La convivencia escolar tiene como base la formación personal y social de cada uno de los

integrantes de la Comunidad Educativa, principalmente de los estudiantes que están el pleno

proceso formativo, teniendo como norte la formación para el ejercicio de una ciudadanía

respetuosa, tolerante, participativa, solidaria, tienen por objeto promover y desarrollar, en todos

los integrantes de la comunidad educativa, los principios y normas que fomenten una sana

convivencia escolar favoreciendo la prevención de toda clase de violencia.

Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una buena

convivencia escolar, realizando sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo, la tolerancia y

el pluralismo. La convivencia escolar es una condición necesaria para la creación de un clima y un

ambiente apropiado para el logro de aprendizajes significativos y permanentes, para alcanzar el

desarrollo de competencias requeridas y una educación técnico profesional de excelencia, que

permite a sus estudiantes un eficaz desempeño en el área laboral y/o estudios superiores, sobre la

base de un sólido desarrollo valórico e intelectual.

El Liceo, como uno de los primeros espacios sociales, es un lugar privilegiado para que los

y las estudiantes aprendan a vivir en sociedad, desarrollando las capacidades que les permitirán en

un futuro inmediato convertirse en ciudadanas y ciudadanos que defiendan y promuevan la

integración social, la tolerancia y la colaboración. El presente Reglamento establece y regula las

conductas que son consideradas concordantes o discordantes con la Misión y Visión del Liceo

Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda, expresadas en nuestro Proyecto Educativo Institucional

(PEI), planteándose las sanciones que se aplicarán cuando la conducta de la estudiante sea

discordante. Los principios que rigen nuestra convivencia se encuentran en:

1. Política de Convivencia Escolar, 2015

2. Ley n° 20.536 sobre violencia escolar, 2013.

3. Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, 2015.

4. Declaración Universal de los Derechos Humanos, ONU, 1948.

5. Convención sobre los Derechos del Niño, ONU, 1989.

6. Constitución Política de la República de Chile, 2005

7. Ley Nº 20.370, General de Educación, 2009.

8. Ley N° 20.248, de Subvención de Educación Preferencial.

9. Ley Nº 20.000, de control drogas y estupefacientes

10. Ley N° 17.798, de control de armas y explosivos.

11. Ley Nº 20.084, de Responsabilidad Penal Juvenil y Adolescente, modificada por la Ley Nº

20.191

12. Ley N° 20.500, del Instructivo Presidencial sobre Participación Ciudadana, 2008.

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Reglamento de Convivencia es un componente del Reglamento Interno que todo

establecimiento educacional debe tener. Los establecimientos subvencionados están legalmente

obligados a contar con un Reglamento Interno que contenga el de Convivencia, cuyo objetivo es

otorgar un marco regulatorio a los problemas de convivencia en la comunidad educativa. Sirve

para orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la comunidad, a través de

normas y acuerdos que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos,

estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones

de violencia. Para esto, define sanciones y medidas reparatorias proporcionales y ajustadas a

derecho, susceptibles de aplicar.

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Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente

sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no

se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y

exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a

colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de

los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Durante su permanencia en el establecimiento educacional, los alumnos deberán mantener una

actitud y conducta adecuada a su calidad de estudiante. Sin embargo, durante el desarrollo de su

vida escolar es posible que se produzcan faltas que dañan la sana convivencia entre pares o entre

docente/estudiante, o que afectan el clima de aprendizaje de que debe haber en una institución

educativa.

Estas faltas a sus deberes, serán graduadas en LEVES, GRAVES y GRAVÍSIMAS, y las sanciones

relacionadas a sus faltas, tendrán características formativas, reparatorias y graduales. Cada una

de estas sanciones tendrá explícito su Protocolo de Actuación.

Muchos de los problemas y conflictos que se producen, vulneran algunas de las normas de

convivencia. Frente a ello, es necesario que todos los estamentos de la comunidad educativa

sepan los pasos a seguir, a fin de que se conozcan los mecanismos de resolución y evitar las

arbitrariedades en la aplicación de las sanciones.

El procedimiento necesita contar con, a lo menos, los siguientes componentes:

APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS CLAROS Y JUSTOS.

Antes de la aplicación de una sanción o medida, es necesario conocer la versión de TODOS los

involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta.

El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los

involucrados a:

I.- que sean escuchados;

II.- que sus argumentos sean escuchados;

III.- que se presuma su inocencia;

VI.- que se reconozca su derecho a apelación.

NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA

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V.- Es necesario conocer el contexto, la motivación y los intereses que rodean la aparición de la

falta.

VI.- Deben considerarse otras circunstancias, como la existencia de problemas familiares que

afecten la emocionalidad de los/las alumnos/as, las que pueden alterar su comportamiento.

No se trata de ignorar o justificar una falta, sino de resinificarla de acuerdo con las circunstancias,

poniéndola en contexto.

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Los integrantes de la Comunidad Educativa serán reconocidos por sus logros, méritos y

aporte significativo al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y/o al desarrollo de

la Comuna de Calle Larga, en las ceremonias institucionales, celebraciones o actos de

reconocimiento durante el año escolar.

I.- De las Ceremonias:

a) Acto Inaugural Año Escolar.

Reconocimiento a los/las estudiantes que acceden a la Educación Superior.

Reconocimiento a los/las Estudiantes que obtienen 1º Lugar el año anterior.

b)Ceremonia de Titulación. Esta actividad será organizada por la Coordinadora de la

Educación Diferenciada Técnico Profesional y el equipo de docentes del área Técnico

Profesional, siguiendo el protocolo que compete al acto de titulación. Cada año escolar se

convoca a los estudiantes de la promoción del año anterior que hayan finalizado su

práctica profesional y a los y las estudiantes rezagados de promociones anteriores a

finalizar su proceso con este acto simbólico. La ceremonia se realiza el día 29 de Marzo de

cada año.

c) Acto Reconocimiento al Mérito Académico. Al finalizar cada semestre se organiza un

acto académico en que en presencia de los Padres y Apoderados y la comunidad escolar

se distingue a aquellos estudiantes que han obtenido las calificaciones más altas del

Semestre: Primer Lugar, Segundo Lugar y Tercer Lugar. La nómina de estudiantes

destacados es entregada por U.T.P. a Inspectoría General, equipo que se responsabiliza

de la realización de la ceremonia.

Se mantendrá un cuadro de honor con los Primeros Lugares del Semestre y Anual.

d) Ceremonia Cierre de Proyectos y Convenios . El área de especialidades organiza

ceremonia de cierre de cada uno de los Proyectos ejecutados con nuestros socios de

Convenios de Colaboración, a estas ceremonia se exige una asistencia obligatoria de los

docentes y los estudiantes involucrados. La tarea de organizar estas ceremonias es de la

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Coordinadora de la Educación Diferenciada Técnico Profesional en conjunto con su equipo

de trabajo.

e) Ceremonia de Licenciatura. Es un acto que ofrece el Establecimiento a los estudiante

que egresan. Se asigna un coordinador general que determina comisiones de trabajo y

define los recursos e insumos que se requieren para el montaje del acto solemne. En la

Ceremonia de Licenciatura se realizan las siguientes distinciones a los y las estudiantes:

Premiación 4 Medios. Licenciatura

Distinciones:

1. Permanencia. El estudiante cursa desde 8º básico a 4º Medio en la Jornada Diurna

Vespertina

Inspectoría General entrega la nómina previa revisión de archivo histórico. Recibe

Diploma

2. Premio al Esfuerzo por Especialidad y Jornada Vespertina.

El o la estudiante que en forma sistemática ha demostrado con su actuar

resilencia y capacidad para resolver sus problemáticas emocionales, de salud o

sociales lo que se proyecta en su rutina escolar y su cumplimento con los

compromisos escolares.

Profesores Jefes proponen y Consejo de Profesores en votación universal define.

Recibe Diploma.

3. Colaboración y adhesión. El o la Estudiante participan activamente en las

actividades de formación académica, artística, deportivas que el Establecimiento

ofrece a los estudiantes.

El o la Estudiante respeta las normas y valores que el

Establecimiento propone.

El o la Estudiante con sus actitudes y palabra demuestra aceptación

y valoración del Proyecto Educativo Institucional.

Profesores Jefes proponen y Consejo de Profesores en votación

universal define.

Recibe Diploma.

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Premios:

1. Sello Liceano. El estudiante cumple con el sello de empleabilidad. Jornada Diurna.

La empleabilidad implica capacidad para comunicarse en forma efectiva en la

modalidad escrita y en la modalidad oral.

Manejar las habilidades sociales necesarias para resolver problemas en forma asertiva

Participar y proponer acciones o proyectos de emprendimiento con un claro impacto

en el medio social o en la comunidad escolar.

Participar o proponer acciones o proyectos innovadores dentro de su área de

especialización.

Demostrar dominio de las TICS con un claro componente de responsabilidad ética.

El estudiante cumple con el Perfil de la Jornada Vespertina

Propone Equipo Directivo y Profesores Jefes y votan profesores. Se entrega Galvano

El estudiante de la Jornada Vespertina que muestra un claro compromiso con su

crecimiento personal y académico, asistiendo en forma regular, colaborando y

participando en las actividades liceana.

2. Primer Lugar 4º Medio: Especialidad Técnico Eléctrico, Técnico Minero, Enseñanza

Media HC Adultos

Calcula Promedio U.T.P. ( Dos decimales) Se entrega Galvano

3. Mejor Promedio de la Promoción Diurna

U.T.P. realiza el cálculo de los Promedios Anuales de 1º a 4º Medio (dos decimales) Se

entrega Galvano

II.-De las Celebraciones:

a) Día del Estudiante. 11 de Mayo , el Centro de Estudiantes y Equipo de Convivencia

organizarán actividades recreativas y culturales para los estudiante. Los Padres y

Apoderados a través de sus directivas de curso ofrecerán a sus estudiantes agasajos, por

ejemplo, desayuno.

En el acto se reconoce a los estudiantes su trayectoria de esfuerzo y /o que manifiesten

un cambio de conducta positivo y continuo.

b) Día de la Educación Técnico Profesional. Se realiza un acto académico en el que se

reconoce a los y las estudiantes que cumplen con el Perfil de Especialidad, para esto los

docentes de cada área proponen al Consejo de Profesores los postulantes al

reconocimiento. Se les entrega Diploma de Reconocimiento.

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c)Día del Asistente de la Educación. El equipo de docentes en conjunto con el Equipo de

Gestión ofrecen un agasajo a los funcionarios y se entregan diplomas en que se

reconocen méritos del personal: puntualidad, colaboración, responsabilidad, creatividad

e iniciativa.

d) Día del Profesor. El equipo Directivo en conjunto con el Representante de los

Asistentes de la Educación realizan un agasajo a los docentes. Se entregan

reconocimiento a los docentes por:

Reconocimiento por 5-10-15 años de servicio en el Establecimiento

Reconocimiento por los resultados de la Evaluación Docente: Profesor Destacado,

Profesor Experto I

Reconocimiento por adhesión al Proyecto Educativo o Aporte al Desarrollo de la

Comuna

Es facultad de ambos estamentos concordar la celebración de ambos días en una sola

fecha.

e)Día de la Secretaria. 5 de Diciembre. Se ofrece un agasajo a la Secretaria por parte del

Equipo Directivo.

f) Día Aniversario. El Centro de Estudiantes y el Equipo de Convivencia organizan acto

académico y actividades recreativas y culturales para celebrar el aniversario del

Establecimiento.

Se reconoce en el acto académico a los Apoderados colaboradores con el Proyecto

Educativo con diploma

g)Día del Deporte. El Departamento de Educación Física realizan una propuesta de

actividades al Consejo de Profesores orientada a la promoción de la actividad física y la

vida saludable. Mes de Mayo

En la Jornada del Día del Deporte se reconoce a aquellos Estudiantes que el año anterior

destacaron por su participación en competencias y representaciones deportivas y

recreativas.

h)Día del Libro. Organiza la actividad el CRA y Departamento de Lenguaje. Proponen

actividades al Consejo de Profesores. En la celebración se distingue a aquellos

estudiantes que el año anterior se destacaron por su participación en Concursos

Literarios, actividades y representaciones artísticas y culturales.

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i) Semana de la Ciencias. El área de Ciencias y Tecnología se responsabilizan de presentar

el trabajo realizado por los estudiantes en robótica, explora y taller de ciencias.

j) Día de Puertas Abiertas . Se realiza una jornada en que cada especialidad técnica

presenta a la comunidad de Calle Larga el trabajo de los estudiantes en cada área. Se

invita a Escuelas Básicas, Consejo Empresarial y Autoridades de Educación y Municipales.

Es responsabilidad de cada Jefe de Carrera organizar el trabajo de sus estudiantes.

III.- De las representaciones:

La comunidad educativa está convocada a participar de actos comunales como el Desfile

de 21 de Mayo, Desfile de Aniversario de la Comuna, Encuentro de folklórico Comunal,

Feria de Ciencias, etc. Para el correcto desempeño en estas actividades se designará un

representante del área para coordinar la participación.

En cada una de estas actividades de representación los Docentes deberán asistir en forma

obligatoria, vestidos con formalidad. De igual manera los estudiantes convocados tienen la

obligación de asistir y presentarse con su uniforme oficial.

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UNIFORME 8° BÁSICO A 2° MEDIO Uniforme Varones:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón gris recto.

Polera Institucional azul.

Polerón o sweter azul marino o negro, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Parca azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones. Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Polera gris Institucional ( cuello redondo ) Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol.

Una muda de ropa interior.

Uniforme Damas:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Falda tableada Institucional. ( 10 cms.sobre la rodilla)

Calceta escolar gris.

Polera Institucional azul.

Polerón o sweter azul marino o negro, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Parca azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón Corte recto a la cintura, color gris o negro. ( Uso en invierno desde 23 Junio al 23 Sept)

Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Polera gris Institucional ( cuello redondo ) Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol.

Una muda de ropa interior.

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Pantalón corto azul o negro sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

EDUCACIÓN MEDIA. 3º MEDIO Y 4º MEDIO

Uniforme Varones:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón de escolar color gris corte rectos.

Polera Institucional azul.

Polerón o sweter azul marino o negro, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Parca azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Overol azul

Chaqueta de geólogo

Elementos de Protección Personal :lentes, casco, protector solar, tampón auditivo.

Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Polera gris Institucional ( cuello redondo ) Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol,

cepillo de dientes y pasta dental.

Una muda de ropa interior.

Uniforme Damas:

Zapato o zapatilla negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Falda tableada Institucional. ( 10 cms.sobre la rodilla) .

Calceta escolar gris.

Polera Institucional azul.

Polerón o sweter azul marino o negro, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Parca azul marino o negra, sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

Pantalón Corte recto a la cintura, color gris o negro. ( Uso en invierno desde 23 Junio al 23 Sept)

Overol azul

Chaqueta de geólogo

Elementos de Protección Personal :lentes, casco, protector solar, tampón auditivo.

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Vestuario Educación Física

Zapatilla. De preferencia negra o azul, sin colores fluorescente, diseño o aplicaciones.

Buzo Institucional azul marino

Polera gris Institucional ( cuello redondo )

Útiles de aseo. Toalla, jabón, shampoo, desodorante en barra o crema no aerosol, cepillo de dientes y pasta dental.

Una muda de ropa interior.Pantalón corto azul o negro sin colores fluorescentes, diseño o aplicaciones.

.

De la presentación Personal:

Es responsabilidad de la familia promover en los estudiantes hábitos de aseo y

presentación personal que faciliten su interacción con los pares y proyecten un respeto

por sí mismos (as): lavado del pelo regularmente, limpieza de uñas y oídos, cepillarse los

dientes después de cada comida.

De igual manera se exigirá que los y las estudiantes se presenten con su vestuario limpio y

en condiciones apropiadas para el desarrollo de las actividades escolares.

El Establecimiento prepara a las y los jóvenes para integrarse al mundo del trabajo de allí

la necesidad de promover durante su vida escolar un estilo de presentación formal

acorde con el rol que desempeñan.

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Los varones deben presentarse afeitados, con corte de pelo regular, sin pearcing o

accesorios que pongan en riesgo su seguridad al interior de los talleres de especialidad.

Las damas deben presentarse con su pelo tomado , evitar el maquillaje sobrecargado,

cabello tinturado en gamas llamativas (calipso, azul, rojo, fuscia) o decolorado , sin

pearcing o accesorios que pongan en riesgo su seguridad al interior de los talleres de

especialidad.

La Comunicación a Padres, Madres y Apoderados (as):

El Establecimiento mantendrá una comunicación directa con los Padres, Madres y Apoderados

(as) a través de la citación a entrevista y el llamado telefónico.

a) Del Rendimiento Académico:

Los padres y apoderados del Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga,

serán informados mensualmente de las calificaciones obtenidas por sus pupilos en el

Logro de Aprendizajes. Este procedimiento se realizará a través de Informes de Notas

Parciales, elaborado por el Profesor Jefe y entregado en las reuniones de Subcentros. Sin

perjuicio de lo anterior, el apoderado tiene derecho a ser informado de la situación

académica de su pupilo, cuando lo estime conveniente, previa cita con el profesor jefe o

con la Unidad Técnico Pedagógica del Liceo.

El avance de los logros de Objetivos Fundamentales y Transversales será comunicado al

apoderado de los estudiantes a través del Informe de Desarrollo Personal y Social del

Alumno, el que se entregará semestral y anualmente a los apoderados, en conjunto con el

Informe Semestral de Notas

b) De la Disciplina y Convivencia Escolar:

Los Padres y Apoderados serán citados por Profesor Jefe a Entrevista una vez cada

semestre para tomar conocimiento sobre su desempeño y adherencia del estudiante al

Proyecto Educativo Institucional . Esta entrevista será registrada en la bitácora del docente

y en el Libro de clases.

Los Equipos de Apoyo (PIE y Convivencia Escolar ) y la Inspectoría General están facultados

para citar a los Padres y Apoderados para informar y/o recabar antecedentes del

LA COMUNICACIÓN CON PADRES, MADRES Y APODERADOS (AS)

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desarrollo del estudiante en las áreas que les compete atender. De estas reuniones deberá

quedar un registro en bitácora y en el Libro de Clases.

Cada vez que el estudiante se ausente a clases sin aviso del Apoderado, Inspectoría

General llamará al Apoderado para conocer las razones del ausentismo.

Frente a situaciones graves como fuga, accidente escolar, problemas de salud, etc. El

Establecimiento citará telefónicamente con el Apoderado al Establecimiento.

c) De la Vida Liceana:

En la Reunión Mensual de Padres y Apoderados se entregará un Boletín Informativo con

un resumen de las actividades del Establecimiento, Calendario e información del Centro

General de Padres y Apoderados.

Se mantendrá como medio de difusión de las actividades escolares un FACEBOOK.

SANCIÓN:

Las sanciones deben permitir que las y los estudiantes tomen conciencia de la consecuencia de sus

actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación de

daños.

Para ser formativas, reparadoras y eficientes, las sanciones deben ser coherentes con la falta.

Ante una falta grave o gravísima, el o los alumnos serán retirado por sus apoderados del Liceo,

por 24 (grave) o 48 horas (gravísima), siendo esta una medida preventiva para evitar reiteración

del hecho o que se agrave la situación; durante ese plazo, Directora, Inspector General y Equipo

psicosocial, evaluarán a él o los involucrados para determinar el curso de acción a seguir.

SERVICIO COMUNITARIO.

Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las

consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal.

1.- Colaborar con el orden y ornato de algún espacio del Liceo, (patio, pasillos, su sala, otras)

2.- Ordenar materiales en la Biblioteca o en el Centro de Recursos de Aprendizaje, CRA, traslado

de materiales, otras.

3.-Se considera servicio comunitario cualquier acción que el equipo de convivencia escolar estime

pertinente al interior del establecimiento.

SOBRE PROCEDIMIENTOS DE FALTAS Y APLICACIÓN DE

SANCIONES

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SERVICIO PEDAGÓGICO.

1-. Contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante, asesorado por un docente, realiza

actividades como:

a.- Recolectar material para cursos inferiores;

b.- Ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes;

c.- Clasificar textos en Biblioteca según su contenido;

d.- Apoyar a estudiantes menores en sus tareas, asesorado por un docente.

e.-Desarrollar material visual en relación a su falta.

La sanción pedagógica requiere de una supervisión seria, estricta y eficiente, por la cual la

encargada del CRA, llevará una bitácora, en donde los y las estudiantes firmaran cuando realicen la

sanción impuesta, con horas y días, todo refrendado por el Equipo de Convivencia Escolar

correspondiente.

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I.-FALTA LEVE:

Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero

que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Desde el punto de

vista formativo, una falta leve, es entendida como una instancia para la reflexión, análisis y diálogo

que ayude al estudiante a tomar conciencia de que las responsabilidades personales y sociales se

deben cumplir, en función del respeto al bien común.

En nuestra comunidad educativa son FALTAS LEVES:

1.- Atrasos, (no entrar a tiempo a clases)

2.- Olvidar materiales

3.- Olvidar realizar tareas, trabajos de investigación

4.- Olvidar libro de asignatura

5.- Uso de celular en clase (siempre que así lo considere el docente)

6.- Ensuciar su entorno (sala de clase, baños, jardines, otros)

7.- Rayar el mobiliario, en especial la mesa y silla asignada en su sala de clases

8.- Portar accesorios que llaman ostensiblemente la atención (aros, pulseras piercing, otros)

9-.Las damas se deben presentar sin maquillaje en su cara, uñas y labios

10.- No ingresar al Liceo, en especial si se recibe un llamado de que se encuentra, con uniforme,

en un lugar público.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE LAS FALTAS LEVES:

1.- El Profesor de Asignatura y/ o cualquier miembro de la comunidad educativa, establece un

diálogo reflexivo y pedagógico con el alumno/a que ha cometido la falta, reconociendo el derecho

de este de ser escuchado, sus argumentos considerados e incluso el derecho de apelación, si así

procediera, del que recibirá una sanción, con el propósito de que el alumno reconozca la falta y

manifieste la voluntad de enmendar el daño y comprometerse a no realizarla en el futuro.

2.- Se deberá dejar por escrito el resultado de la conversación con el alumno/a en la Hoja de

Registro de Desarrollo Escolar, firmando ambos como medio de verificación del compromiso

adquirido.

APLICACIÓN DE CRITERIOS Y PROTOCOLOS DE GRADUACIÓN DE

FALTAS.

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3.- El Profesor Jefe será informado de la situación, en lo posible, en el mismo día y firmará el

registro de Desarrollo Escolar en el Libro de clases.

4.- El Profesor Jefe informa al Inspector General, el que se reunirá con el Profesor de Asignatura y

el alumno, escuchara ambas partes de forma objetiva y determinará la sanción.-

5.- El Inspector General deriva el caso al Equipo de Convivencia Escolar.

6.- El Equipo de Convivencia Escolar cita al apoderado vía telefónica para informarle de la situación

y de la medida tomada, para que este firme “El Consentimiento Informado”.

7.- El Equipo de Convivencia Escolar monitorea, mediante Pauta del Cumplimiento de la sanción.

8.-El equipo de Convivencia Escolar registra en la hoja de desarrollo escolar, el cumplimiento de la

sanción.

En caso de reincidir en la falta leve (tres veces), esta pasará a la calidad de grave, actuándose

frente a ella según protocolo determinado para dichas faltas, situación que debe quedar escrita

en la Hoja de Registro de Desarrollo Escolar por Inspectoría General , quien inicia protocolo de

faltas grave.

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II.-FALTA GRAVE:

Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica

de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que

afecten la convivencia. Desde el punto de vista formativo, una falta grave es vista como una

instancia para que el estudiante asuma una responsabilidad de reparación y de crecimiento

personal y social, frente a la comunidad y a sí mismo. Ante una falta grave, es indispensable contar

con el compromiso y la colaboración del Apoderado (Padre, Madre o Adulto Responsable), para

que el estudiante cumpla con la sanción estipulada.

En nuestra Comunidad Educativa son faltas graves:

1.- Utilizar, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, un lenguaje soez e

incluso de amenaza, ya sea en la sala de clases, patio o cualquier dependencia del Liceo.

2.- Realizar acciones que pongan en peligro la integridad física de los integrantes de la Comunidad

Educativa (alumnos/as, profesores/as, asistentes de la educación y apoderados), con puntapiés,

puñetes, estrellones, enfrentamiento cuerpo a cuerpo, otros.

3.- Interrumpir la clase en forma intencionada, con gritos, desórdenes, dañando la concentración

del resto de los alumnos que componen el curso.

4.- Deteriorar el mobiliario de la sala de clases, rayando, destruyendo, quemando, ya sean sillas,

mesas, puerta, basureros y otros.

5.- Engañar a docentes, presentando trabajos de otros alumnos.

6.- Negarse a realizar evaluaciones.

7.- La manipulación de aparatos y equipos del Liceo a los que no se tiene autorización de uso.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE LAS FALTAS GRAVES:

1.- El Profesor de Asignatura y/ o cualquier miembro de la comunidad educativa, establece un

diálogo reflexivo y pedagógico con el alumno/a que ha cometido la falta, reconociendo el derecho

de este de ser escuchado, sus argumentos considerados e incluso el derecho de apelación, si así

procediera, del que recibirá una sanción, con el propósito de que el alumno reconozca la falta y

manifieste la voluntad de enmendar el daño y comprometerse a no realizarla en el futuro.

2.- Se deberá dejar por escrito, por parte del docente de la asignatura y/ o cualquier miembro de

la Comunidad Educativa, que presencio la falta, el resultado de la conversación con el alumno/a en

la Hoja de Registro de Desarrollo Escolar, firmando ambos como medio de verificación del

compromiso adquirido.

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3.- El Profesor de asignatura y/ o cualquier miembro de la comunidad educativa, traslada al

alumno ante el Inspector General explicando las características y la gravedad de la falta.

4.-Inspectoria General se comunica vía telefónica con, el apoderado para que concurra

inmediatamente al Liceo para enterarse de la falta cometida. El Inspector General en caso de que

no pueda establecer contacto telefónico con el apoderado, le enviará una comunicación, en donde

dejará establecido que al día siguiente deberá presentarse ante él, con el alumno para conocer la

situación.

5.-El Inspector General, en presencia del apoderado y el alumno/a, escucha las partes involucradas

en forma objetiva, ya que, los argumentos de ambas partes deben ser tomados en cuenta, si se

considera necesario aplicar una sanción. Se debe reconocer el derecho de apelación de la persona

responsable que recibirá una sanción, sea cual sea la falta cometida.

6.-Inspectoria General determina la sanción de acuerdo a su falta.

7.-.El Inspector General, anota en la Bitácora la atención realizada y los acuerdos llegados frente al

alumno y apoderado, firmando ambos.

8.- EL Apoderado retira al alumno por 24 horas del Establecimiento, en caso que la falta altere la

sana convivencia al interior de la Comunidad Educativa.

9.-Inspectoria General deriva a Equipo de Convivencia Escolar.

10.- El Equipo de Convivencia Escolar realiza intervención para determinar medida formativa o

reparatoria.

11.- El Equipo de Convivencia Escolar cita al apoderado vía telefónica para informarle de la

situación y de la medida tomada, para que este firme “El Consentimiento Informado”.

12.- El Equipo de Convivencia Escolar monitorea, mediante Pauta del Cumplimiento de la sanción.

13.-El equipo de Convivencia Escolar registra en la hoja de desarrollo escolar, el cumplimiento de

la sanción.

14.- El Equipo de Convivencia Escolar, entrega informe de intervención y cumplimiento de

acciones, a dirección e inspectoría General, dentro de un plazo de cuatro días hábiles, desde que

se cumple la sanción.

En caso de reincidir en la falta grave (tres veces), esta pasará a la calidad de gravísima, actuándose frente a ella según protocolo determinado para dichas faltas, situación que debe quedar escrita en la Hoja de Registro de Desarrollo Escolar por Inspectoría General , quien inicia protocolo de faltas gravísimas.

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III.- FALTA GRAVÍSIMA.

Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros

miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas

como delito.

Al momento de ponderar una falta gravísima, se debe dilucidar si se está o no frente a la

comisión de un delito. Al respecto, se debe tener presente que la Directora, Inspector General,

Docentes y Asistentes de la Educación tienen el deber de denunciar cualquier acción u omisión

que revista carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa; ello implica

tanto las faltas y delitos cometidos dentro del establecimiento educacional, como aquellos que

ocurren fuera de él, pero que afecten a los y las estudiantes.

Serán consideradas faltas gravísimas:

1. El o los alumnos/as que ofendan a docentes o asistentes de la educación, reiteradamente,

durante el desarrollo de la clase u otras dependencias de uso común, ya sea responder de

manera desafiante, amenazas y/o con palabras soeces.

(Fundamentación: “Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y

reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes

derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes: letras c. y d Los profesionales de la

educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del

mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral,

no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por

parte de los demás integrantes de la comunidad educativa” Ley 20.370 General de

Educación. Chile 2009)

2.- Hurtos de objetos pertenecientes a integrantes de la comunidad educativa.

3.-Portar o ingresar material inflamable, armas de fuego, armas blancas (originales o hechizas), al

interior del Establecimiento o en actividades organizadas por el Liceo.

4.-Fabricar y/o usar diferentes tipos de bombas; entre otras, de ruido, explosivas, etc.

5.-Portar, vender, comprar, regalar, distribuir, fumar o consumir bebidas alcohólicas, drogas y

sustancias ilícitas o encontrándose bajo sus efectos, dentro del establecimiento o en actividades

organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por este.

6.- Desarrollar conductas de connotación sexual al interior del Liceo, o en una actividad organizada

por el establecimiento. Se incluyen las conductas de acoso que no puedan ser consideradas como

constitutivas de delito.

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7.-Realizar acciones de acoso o abuso sexual, ya sea entre alumnos, desde alumnos a cualquier

integrante de la Comunidad Escolar.

8.-Ingresar, distribuir, exhibir, ofrecer, vender, comprar u ocultar material pornográfico al interior

del establecimiento.

9.-.Cometer fraude en las evaluaciones que realiza el Liceo (falsificar firmas o calificaciones.

10.-Escribir o pegar carteles en paredes, techos, pisos u otros lugares del Liceo que contengan

frases, oraciones o expresiones ofensivas y/o denigrantes referidas a cualquier persona de la

Comunidad Escolar.

11.-Abrir, registrar, sustraer o destruir física o computacionalmente correspondencia,

documentación, archivos o antecedentes de cualquier miembro de la comunidad educativa.

12.- Interferir, borrar o infectar los sistemas computacionales del Liceo, o de terceros, valiéndose

de los equipos del establecimiento o por intermedio de algún dispositivo informático, aplicaciones,

software que puedan dañar la información de la red informática del establecimiento.

13.-Sustraer, intentar sustraer, acceder o intentar acceder de cualquier forma a instrumentos de

evaluación para anticipar las respuestas en beneficio propio o ajeno.

14.-Fotografiar, grabar voces o video a personas de la Comunidad Escolar sin su consentimiento,

para fines que vulneren su intimidad o dignidad personal o familiar.

15.-Utilizar cualquier medio de comunicación y redes sociales para agredir, amenazar, violentar o

degradar la imagen de las personas que conforman la Comunidad Educativa o la imagen del Liceo.

16.-Exhibir, transmitir o difundir por medios tecnológicos cualquier conducta de maltrato escolar

que involucre a algún miembro de la Comunidad Educativa.

17.-Discriminar a un integrante de la comunidad educativa por su condición social, económica,

religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación

sexual, discapacidad, entre otros.

20.-El desacato de las medidas y/o sanciones que se adopten, tanto durante el curso como al

concluir el procedimiento sancionatorio.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS.

1.- El Profesor de Asignatura y/ o cualquier miembro de la comunidad educativa, establece un

diálogo reflexivo y pedagógico con el alumno/a que ha cometido la falta, reconociendo el derecho

de este de ser escuchado, sus argumentos considerados e incluso el derecho de apelación, si así

procediera, del que recibirá una sanción, con el propósito de que el alumno reconozca la falta y

manifieste la voluntad de enmendar el daño y comprometerse a no realizarla en el futuro.

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2.- Se deberá dejar por escrito, por parte del docente de asignatura y/ o cualquier miembro de la

comunidad educativa., que presenció la falta, el resultado de la conversación con el alumno/a en

la Hoja de Registro de Desarrollo Escolar, firmando ambos como medio de verificación del

compromiso adquirido.

3.- El Profesor de asignatura y/ o cualquier miembro de la comunidad educativa, traslada al

alumno ante el Inspector General explicando las características y la gravedad de la falta.

4.-Inspectoria General se comunica vía telefónica con, el apoderado para que concurra

inmediatamente al Liceo para enterarse de la falta cometida. El Inspector General en caso de que

no pueda establecer contacto telefónico con el apoderado, le enviará una comunicación, en donde

dejará establecido que al día siguiente deberá presentarse ante él, con el alumno para conocer la

situación.

5.-El Inspector General, en presencia del apoderado y el alumno/a, escucha las partes involucradas

en forma objetiva, ya que, los argumentos de ambas partes deben ser tomados en cuenta, si se

considera necesario aplicar una sanción. Se debe reconocer el derecho de apelación de la persona

responsable que recibirá una sanción, sea cual sea la falta cometida.

6.- Inspectoría General determinara la sanción.

7.-.El Inspector General, anota en la Bitácora la atención realizada y los acuerdos llegados frente al

alumno y apoderado, firmando ambos.

8.- EL Apoderado retira al alumno por 48 horas del Establecimiento, en caso que la falta altere la

sana convivencia al interior de la Comunidad Educativa.

9.-Inspectoria General deriva a Equipo de Convivencia Escolar.

10.- El Equipo de Convivencia Escolar realiza intervención para determinar medida formativa o

reparatoria.

11.- El Equipo de Convivencia Escolar cita al apoderado vía telefónica para informarle de la

situación y de la medida tomada, para que este firme “El Consentimiento Informado”.

12.- El Equipo de Convivencia Escolar monitorea, mediante Pauta del Cumplimiento de la sanción y

medida formativa.

13.-El equipo de Convivencia Escolar registra en la hoja de desarrollo escolar, el cumplimiento de

la sanción.

“En el caso de que la falta sea constitutiva de delito se realizara la denuncia a la Institución

correspondiente.”

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14.- El Equipo de Convivencia Escolar, entrega informe de intervención y cumplimiento de

acciones, a dirección e inspectoría General, dentro de un plazo de cuatro días hábiles, desde que

se cumple la sanción.

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La labor del Liceo es formativa, no punitiva. Debe estar enfocada a educar en la

convivencia y el diálogo. Por esto, la expulsión de un estudiante o cancelación de

matrícula del año en curso por problemas conductuales es considerada como una

medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo cuando efectivamente la

situación implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para algún miembro de

la comunidad, sanción que siempre se debe aplicar conforme a un justo proceso que debe

contemplar el reglamento interno.

Considerando lo anterior, y la gradualidad de las medidas y sanciones

contempladas en este manual, la expulsión se aplicará en casos excepcionales, agotadas

todas las instancias anteriores y cuando el estudiante persista en conductas dañinas hacia

la comunidad educativa.

Cumpliéndose todas las medidas anteriores y persistiendo la conducta del

estudiante, se solicitará al Consejo General de Profesores que apoye la Cancelación de

Matrícula del año que este en curso. En estos casos, se redactará un informe escrito, en

tres copias (DAEM, liceo, apoderado) describiendo el conjunto de medidas aplicada

durante el período de permanencia del o los alumnos en el Liceo, acompañado de los

medios de verificación correspondiente, y la resolución final.

Responsable: Dirección –– Inspectoría General - Consejo General de Profesores

Evidencia:

1.-Hoja de “REGISTRO DEL DESARROLLO ESCOLAR” (observaciones personales) del

alumno, en años anteriores, si procediera.

2.-Hoja de Registro de Desarrollo Escolar (observaciones personales) del año en curso.

3.-Intervenciones realizadas por el Equipo Psicosocial e informes correspondientes.

4.-Destacar número de veces que el apoderado fue informado de la situación conductual

de su alumno.

5.-Informe escrito, en tres copias, describiendo el conjunto de medidas aplicadas durante

el período de permanencia del o los alumnos/as.

Documentos firmados por el apoderado

DENEGACIÓN DE MATRICULA PARA EL AÑO EN CURSO

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1.-Hoja de “REGISTRO DEL DESARROLLO ESCOLAR” (observaciones personales) del

alumno. (Observaciones personales).del año en curso

2.-Compromiso de Mejora Conductual

3.-Condicionalidad de Matrícula

5.- El Inspector General en el Consejo de Disciplina presentará a los docentes, equipos de

apoyo y Directora la nómina de estudiantes que se encuentran en situación de

Cancelación de Matrícula para el siguiente año escolar.

6.- El Consejo de Profesores analizará cada caso y aceptará o rechazará la propuesta

presentada. La que es ratificada por la Dirección.

7.- El Profesor Jefe deberá informar por escrito a los Apoderados que se cancela la

matrícula para el año siguiente

8.- El alumno, en conjunto con su apoderado, podrá realizar la apelación de la medida y la

revisión de su caso, para garantizar que este procedimiento sea justo y aportar nuevas

evidencias y/o descargos, en un plazo de 5 días.

Esta apelación deberá realizarse de la siguiente forma:

a).- Documento escrito, firmado de alumno y apoderado, con su correspondiente

número de Cédula de Identidad

b).-Dirigida a la Dirección del Establecimiento

Exponer los nuevos antecedentes por los cuales se debe revisar la medida aplicada

9.- Este documento será leído frente a una Comisión Imparcial conformada por Directora,

Inspectoría General, Profesor Jefe, Representante de los Docentes, Representante del

Consejo Escolar, Presidenta del Centro de Estudiantes, quienes con los nuevos

antecedentes a la vista tendrán que “analizar las medidas frente a problemas de

desadaptación, de aprendizaje cumplimiento e incumplimiento del Reglamento de

Convivencia de los alumnos y alumnas”1 aceptará la apelación, reintegrándose el alumno

normalmente a clases, o ratificará la expulsión.

10.- En un plazo de 10 días, la Dirección informa por escrito al Apoderado.

11.- Se envían los antecedentes a la Superintendencia de Educación.

1 Reglamento Interno del Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga, De los Consejos Generales de Profesores, pág. 25, 2010

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Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que vulnere la sana convivencia escolar, debido a

esto es que la autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del

establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser

debidamente explicitadas y, de ser pertinente, sancionadas mediante un sistema gradual.

Definición de acoso escolar.

La ley lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por

estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de

superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor

fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser

cometidos por un solo estudiante o por un grupo, puede ser tanto dentro como fuera del

establecimiento educacional.

Características del acoso escolar

Un alumno o alumna se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y

durante un tiempo, a acciones negativas que se manifiestan mediante diferentes formas de acoso

u hostigamiento cometidas en su ámbito escolar, llevadas a cabo por otro alumno o alumna o

varios de ellos, quedando en una situación de inferioridad respecto al agresor o agresores.

Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado u otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso. El acoso escolar presenta las características que se incluyen a continuación:

Es un tipo de violencia difícil de identificar. Permanece oculta casi siempre para las

personas adultas, pero es bien conocida por el alumnado.

El acoso puede ser físico, psicológico o relacional.

Debe existir intencionalidad de hacer daño por parte de la persona o grupo que agrede.

Se aprecia una reiteración de los comportamientos abusivos a lo largo del tiempo.

Hay desequilibrio y abuso de poder que impide que la persona acosada pueda salir por sí

misma de la situación

ACOSO ESCOLAR O BULLYING

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Desequilibrio de poder: Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico y social

que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales.

Intencionalidad/repetición: La intencionalidad se expresa en una acción agresiva que se

repite en el tiempo y que genera en la víctima la expectativa de ser blanco de futuros

ataques.

Indefensión/Personalización: El objetivo del maltrato suele ser normalmente un solo

alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión.

El acoso suele tener, además, un componente colectivo o grupal, ya que normalmente no

existe un solo agresor o agresora sino varios y porque la situación suele ser conocida por otros

compañeros o compañeras, observadores pasivos que no contribuyen suficientemente para que

cese la agresión.

¿En qué lugares puede ocurrir?

Durante el recreo y patios;

En la formación

En baños, pasillo, comedor

En el aula, cuando la profesora o el profesor se vuelven a la pizarra para dar una

explicación, mientras se atiende a alguna alumna o alumno

En los cambios de hora (entre clase y clase)

En el transporte escolar

En la entrada o salida del liceo

En el exterior del liceo

A través del móvil (mensajes, llamadas anónimas, WhatsApp

Por Internet, a través de redes sociales, chat y correo electrónico.

Tipos de acoso entre iguales La agresión puede adoptar distintas manifestaciones:

Exclusión y marginación social

Agresión verbal

Agresión física indirecta

Agresión física directa

Intimidación/amenaza

Consecuencias del acoso entre iguales

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Para la víctima: Puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado.

Para el agresor o agresora: Puede ser la antesala de una futura conducta delictiva, una interpretación de la obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta, e incluso una supervaloración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado.

Para los compañeros y compañeras observadores: Puede conducir a una actitud pasiva y complaciente ante la injusticia y una modelación equivocada de valía personal

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1.- Realizar, por parte del o los alumnos/as, la denuncia de que está sufriendo de acoso escolar, al Inspector General del Liceo, el que escribe en su Bitácora la situación, con los detalles correspondientes. 2.- El Inspector General se comunica inmediatamente, vía teléfono, con el o la apoderado/a, para que se presente al establecimiento, con la finalidad de informarle de la denuncia y con los apoderados de los alumnos que intimidan. 3.-El Inspector General informa inmediatamente al Equipo Psicosocial para que realice las intervenciones necesarias. 4.- El Equipo Psicosocial procederá ese mismo día a: a) Conversar con los involucrados durante la jornada escolar para recabar información objetiva y fidedigna: a.1) Atención del o los alumnos/as, que están sufriendo de acoso, en presencia de los apoderados

a.2) Atención por parte del Equipo de Convivencia Escolar del o los estudiantes que intimidan, en

presencia de los apoderados; informándoles a los involucrados de las consecuencias de sus

actuaciones

a.3) Registrar y firmar entrevista con los padres en Libro de Clases y en Compromiso de Mejora Conductual 5.-El Equipo de Convivencia Escolar informa a Inspector General sobre los resultados de la

atención realizada y en el caso de que se verificara la denuncia, se comunica a las Autoridades

correspondientes.

6.- Informar, a la brevedad y según corresponda a Carabineros, PDI, SENAME 7.-En caso que la situación lo requiera, derivar a atención médica, dejando constancia del hecho

8.- Lo que corresponde a Inspector General, una vez verificado el hecho, es separar al o los

infractores, por 72 horas del Liceo, retirándose con el apoderado.

9.-El Inspector General, registra y firma entrevista con los padres de los infractores, para

comunicarles la sanción que deben recibir, en Libro de Clases.

10.- El Inspector General, debe hacer firmar un “Compromiso de Mejora Conductual”, al

infractor, siendo refrendado por el apoderado.

PROTOCOLO A SEGUIR FRENTE SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR

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10.- Al reintegro del o los infractores, deberán ser atendido por el Equipo Psicosocial, el que

realizará un seguimiento al o los alumnos infractores, con la finalidad de evaluar la viabilidad de su

permanencia en el establecimiento.

1.- Realizar, por parte del o los alumnos/as, la denuncia de que está sufriendo de acoso escolar, al Encargado de la Tercera Jornada Vespertina del Liceo, el que escribe en su Bitácora la situación, con los detalles correspondientes. 2.- El Encargado de la Tercera Jornada Vespertina del Liceo, conversa con las partes involucradas y de acuerdo a los testimonios recibidos, determina si es real o no la situación.

3.-Si el Encargado de la Tercera Jornada Vespertina del Liceo determina que es verídica la

denuncia procederá a conversar con el o los alumnos involucrados en la intimidación y les dejará

en claro que el Liceo NO acepta ni ampara situaciones de agresiones por muy menores que estas

se estimen. . Se persigue que el estudiante recapacite frente a su conducta negativa y logre un

cambio.

4.- El Encargado de la Tercera Jornada Vespertina del Liceo registra en su Bitácora los resultados

de su intervención y pide que firmen el informe de la entrevista y un Compromiso de Mejora

Conductual al o los alumnos involucrados en la intimidación.

5.- Informa de los resultados a él o los alumnos/as, que fueron intimidadas, asegurándoles un

seguimiento de su parte, durante el transcurso del año escolar.

6.- El Encargado de la Tercera Jornada Vespertina del Liceo, registra y firma entrevista con los

resultados de esta en el Libro de Clases y los infractores deben firmar el Compromiso de Mejora

Conductual

Obligación de Denuncia de Delitos. El Director/a del Liceo deberá denunciar cualquier acción que revista caracteres de delito y que

afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robo, hurtos,

abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá

denunciar a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones (PDI), las fiscalías del Ministerio

JORNADA VESPERTINA

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Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome

conocimiento del hecho.

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Como deben actuar los docentes

Con quien sufre el acoso… Escuchar y creer lo que cuenta quien padece el acoso.

Ponerse en el lugar de la persona que sufre el acoso.

Conocer sus sentimientos sobre la situación que sufre.

Fomentar sentimientos de esperanza sobre la situación y manifestarle que se le ayudará.

Mantener la confidencialidad. Ayudar en el proceso de reparación del

daño y del perdón. Vigilar para que no se repitan esas

situaciones. Nombrar a una profesora o profesor

para garantizar el acompañamiento, tutor o tutora afectiva ...

Con la familia de quien sufre el acoso… Tranquilizar.

Apoyar (deben sentir el acompañamiento del profesorado, evitando que sientan impotencia o indefensión).

Ponerse en el lugar de la familia de la persona que padece esta situación

Mantener la comunicación sobre las medidas que se van adoptando y sus resultados.

Atenuar los sentimientos de culpa sobre la situación y no fomentar la carga de responsabilidades (ni hacia los integrantes de esa familia ni hacia la persona que ejerce la violencia y su familia).

Transmitir que la responsabilidad de detener la situación de acoso es colectiva (profesorado, familia, alumnas y alumnos, otros profesionales).

CONSIDERACIONES EN CASO DE ACOSO ESCOLAR

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Convencer sobre las medidas más adecuadas para la situación.

Informar a las familias de la existencia de:

- Dispositivos de ayuda. - Pautas de intervención familiar. - Medidas para detener la

situación de acoso dentro y fuera del centro

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Con las familias que quienes supuestamente acosan…

Mantener actitud de escucha.

No culpabilizar ni juzgar.

Solicitar colaboración para frenar el acoso.

Pedir confidencialidad entre las familias y con su hija o hijo.

No promover el castigo.

Explicarles las medidas que se van a aplicar en el centro con cada una de las partes.

Pedirles que se pongan en el lugar de la familia de quien sufre el acoso.

Informar a la familia periódicamente de los resultados y de las medidas que se adoptan.

Con quien o quienes practican el acoso escolar

• Hablar por separado con cada una de las personas implicadas.

• Seguir el método de no inculpación. • Mantener la confidencialidad (se ha

obtenido la información de otras fuentes).

• Fomentar la responsabilidad de reparar el daño causado.

• Promover que se comprometa a solucionar la situación.

• Buscar la participación del alumno o de la alumna en la búsqueda de soluciones.

• No implicar y evitar nombrar a quien sufre el acoso.

• Realizar un seguimiento con cada alumna o alumno implicado durante varias semanas.

Lo que no se debe hacer

- Quitar importancia a las manifestaciones del alumnado. - Procurar no minimizar, ni ignorar las quejas del alumnado. - Asignar la responsabilidad de los hechos a quien los padece. - Hacer pública la identidad del alumnado que sufre el acoso o la de la persona confidente. - Enfrentar a quien sufre con quienes agreden de forma directa. - Reunir conjuntamente a las familias implicadas, convocándolas el mismo día y a la misma

hora. - Usar inicialmente la mediación entre iguales como herramienta de resolución del conflicto. - Forzar artificialmente que alumnos y alumnas se pidan perdón, se den un beso, se den la

mano…

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Anexos

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Informe de Acoso Escolar

I. ANTECEDENTES GENERALES

APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO

NOMBRES

CURSO PROFESOR JEFE

INFORMANTE

Estudiante afectado

Otro estudiante________________________________________________

Docente ________________________________________________

Asistente de la Educación ________________________________________

Apoderado/a __________________________________________________

Otro _________________________________________________________

II. ANTECEDENTES PRELIMINARES

Tipo de Acoso Breve Descripción

Físico

Verbal

Psicológico

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III. Caracterización del Acoso Escolar

Descripción de la problemática y los motivos de la situación de violencia escolar.

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________________________________________________________________________________

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________________________________________________________

¿Quiénes participaron en esta situación?

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________

¿Hace cuánto tiempo pasa esto?

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________

¿Esto pasa dentro de la colegio y/o fuera del establecimiento? (sala de clases, recreos, barrio,

casa, medios de comunicación, etc.)

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________

¿Cuándo pasan estas situaciones, como se sienten los involucrados? (hacer referencia a las

emociones /sentimientos de los involucrados)

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¿Qué han realizado para solucionar el problema?, ¿han comentado esta situación con otras

personas (compañeros/as, profesores/as, paradocentes, inspector/a, orientador/a,

padre/madre/apoderado(a), etc.)?

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________

Conclusiones y sanciones aplicadas a los estudiantes según el Manual de Convivencia Escolar

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

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________________________________________________________

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Calle Larga___________________________________

Encargado de Convivencia

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Compromiso de Mejora Conductual

Con fecha……………………………………………………yo…………………………………………………………………………

Cédula de identidad…………………………………. Matriculado en el Liceo Técnico Profesional Pedro

Aguirre Cerda de Calle Larga en……………………………………………….. reconozco las faltas que he

cometido en contra de la comunidad escolar y que dañan sana convivencia de mi liceo:

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………..

A través de esta declaración me comprometo a mejorar mi conducta y evitar cometer faltas que

atenten o perjudiquen la sana convivencia del liceo.

Tomo conocimiento de las sanciones que me serán aplicadas al no cumplir el compromiso que

estoy adquiriendo a través de esta declaración

……………………………………………………………………………………………..

Firma y nombre

……………………………………………………….. ………………………………………………………..

Testigo: Inspector General Testigo: Apoderado (Firma y Nombre) (Firma y Nombre)

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REGLAMENTO DE PROMOCIO N Y

EVALUACIO N

Calle Larga,2020

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Reglamento de Evaluación y Promoción

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción el Liceo Técnico Profesional Pedro

Aguirre Cerda de Calle Larga, ha sido elaborado en base a las orientaciones entregadas por

el Decreto Supremo Nº 67 del 2018 del Ministerio de Educación, siendo válido para la

modalidad tradicional de la enseñanza formal en los niveles de Enseñanza Básica y

Enseñanza Media, en sus planes diferenciados Humanístico-Científico y Técnico

Profesional.

NORMAS GENERALES

ARTÍCULO 1º: El año escolar se organizará en dos semestres, los que se

organizaran en términos de fechas, de acuerdo a las disposiciones

del Calendario Escolar entregadas por la Seremi de Educación de la V

Región de Valparaíso para el año en curso

ARTÍCULO 2º: Los alumnos tienen derecho a ser informados de los criterios de

evaluación, a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema

objetivo y transparente

ARTÍCULO 3º: Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o

módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los

cursos, asignaturas y semestres

Sin perjuicio de lo anterior, el establecimiento podrá implementar

las diversificaciones necesarias y pertinentes, tanto en los procesos

de enseñanza como en los de evaluación a los estudiantes que así lo

requieran.

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TÍTULO I: DE LA COMUNICACIÓN A LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

ARTÍCULO 4º El Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, se entregará a los

padres, madres y/o apoderados, a más tardar al momento de la

matrícula, quedando firmada su recepción en ésta

ARTÍCULO 5º Las Reuniones de Subcentros de Padres y Apoderados se realizarán

mensualmente. En ellas, se entregará información relevante de las

actividades formativas y/o requerimientos del establecimiento o

curso, junto con el Informe de Calificaciones Parciales siendo

dirigidas por un docente del establecimiento, cuando corresponda,

que desempeñará el rol de Profesor/a Jefe. Será parte de la

responsabilidad del Profesor/a Jefe, explicar los avances del curso en

cuanto a aprendizajes y convivencia, e informar a padres, madres y

apoderados de las formas y criterios con que serán evaluados los

alumnos, todo lo cual quedará registrado en las Actas de Reunión de

Padres y Apoderados

ARTÍCULO 6º Los resultados de las evaluaciones parciales serán comunicados a los

y las apoderados/as en términos de notas, a través de un Informe de

Calificaciones Parciales, entregadas en las Reuniones de Subcentros

de Padres y Apoderados bimensualmente.

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Calendario de Reuniones de Subcentros de Padres, Madres y Apoderados

Semestre Mes Información

I Semestre

Marzo Información institucional. Normas generales del establecimiento y curso. Elección de directivas de subcentros

Abril Funcionamiento de Talleres Escolares, Horario de atención de profesores jefes y de asignatura. Elección de Centro General de Padres, Madres y Apoderados. Taller de Competencias Parentales

Mayo Información de avances del curso en aprendizajes y convivencia. Información institucional Primer Informe Parcial de Calificaciones I Semestre

Junio Análisis de Resultados Simce – Taller de Vida Saludable

Julio Evaluación del Semestre: avance curricular, aprendizajes logrados, convivencia escolar Informe Calificaciones del Primer Semestre

II Semestre

Agosto Proceso de Elección de Planes

Septiembre Información de avances del curso en aprendizajes y convivencia. Información institucional Primer Informe Parcial de Calificaciones II Semestre

Octubre Encuesta de Satisfacción Servicio Educativo – Taller de Convivencia Escolar – Reglamento de Prácticas Profesionales

Noviembre Información de avances del curso en aprendizajes y convivencia. Información institucional Segundo Informe Parcial de Calificaciones II Semestre

Diciembre Informe Anual de Calificaciones

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TÍTULO II: DE LA EVALUACIÓN

ARTÍCULO 7º Los y las estudiantes del Liceo Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga,

Enseñanza Media serán evaluados en todas las asignaturas de su

respectivo Plan de Estudios, de acuerdo al nivel de logro de

objetivos, en cada uno de los periodos semestrales.

ARTÍCULO 8º Los y las estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura

o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los

cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan

contempla

ARTÍCULO 9º Las estrategias, procedimientos e instrumentos de evaluación a

utilizar serán acordados por las asignaturas y los/las docentes

responsables de ellas, en función de los aprendizajes esperados que

corresponda evaluar en cada oportunidad, con supervisión de la

Unidad Técnica del establecimiento.

ARTÍCULO 10º Los y las estudiantes tienen el derecho de conocer las formas,

criterios y los plazos por los que serán evaluados. Por lo anterior, el

docente tiene como deber profesional promover el conocimiento y

la comprensión de los procedimientos evaluativos definidos en este

reglamento.

ARTÍCULO 11º Las fechas de las evaluaciones deberán estar de acuerdo a la

Programación de Calificaciones entregadas desde la Unidad Técnico

Pedagógica, que fija los plazos máximos para registrar calificaciones.

Cualquier modificación será acordada entre la UTP y el, la o los y las

profesores(as) responsables

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ARTÍCULO 12º La asistencia de los y las estudiantes a toda evaluación previamente

fijada es obligatoria.

ARTÍCULO 13º La inasistencia deberá ser justificada mediante certificado médico o

personalmente por el/la apoderado(a) ante la Unidad Técnico

Pedagógica. El profesor de asignatura y el y la estudiante, en estos

casos, acordarán una nueva fecha para aplicar la evaluación

pendiente, la que deberá realizarse en los siguientes 10 días hábiles,

desde la fecha en que el/la estudiante se integró normalmente a

clases. El horario podrá ser fijado durante el período de clases de la

asignatura o fuera de éste.

ARTÍCULO 14º Sin perjuicio de lo anterior, el profesor/a podrá aplicar su criterio

profesional, para aceptar las justificaciones de un/una estudiante en

el caso que no esté en el momento de ser aplicada una evaluación o

para postergar que un/una estudiante la rinda, siempre que el

docente lo estime conveniente. En estos casos la Unidad Técnico -

Pedagógica deberá ser informada de esta situación y el criterio

aplicado, quedando registro de la situación y el nuevo plazo en el

Registro de Desarrollo Escolar

ARTÍCULO 15º El o la estudiante que no asista a una evaluación previamente

avisada, sin mediar justificación del apoderado o certificado médico,

se aplicará el procedimiento evaluativo cuando él o la estudiante se

reincorpore, sin necesidad de mediar aviso previo del o la docente.

Sin perjuicio de lo anterior, el profesor que lo estime conveniente,

puede entregar una nueva fecha al estudiante, no excediendo ésta a

la semana desde la fecha oficialmente fijada.

ARTÍCULO 16º El o la estudiante que encontrándose en el establecimiento, no

asistiera o se negara a un procedimiento evaluativo, previamente

avisado por el/la profesor/a, será calificado con nota mínima 1.0

(uno punto cero), situación que será modificada una vez que

Convivencia Escolar medie la conducta escolar, al tratarse de una

situación de autoestima y motivación escolar. Esta situación, deberá

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estar claramente registrada en su hoja de Registro de Desarrollo

Escolar.

DE LA EVALUACIÓN FORMATIVA

ARTÍCULO 17º El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza,

podrá usarse formativa o sumativamente

ARTÍCULO 18º La Evaluación Sumativa tendrá como objetivo certificar,

generalmente con una calificación, los aprendizajes logrados por los

estudiantes

ARTÍCULO 19º Se entenderá como Evaluación Formativa, a aquella que integra a la

enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los

alumnos, es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se

usa de forma profesional para tomar decisiones acerca de los

siguientes pasos en el proceso de enseñanza –aprendizaje.

ARTÍCULO 20º El Plan de Evaluación Formativa que aplicará el Liceo Técnico

Profesional Pedro Aguirre Cerda incluirá:

AREAS ASIGNATURA TIPOS DE EVALUACIÓN FORMATIVA

CANTIDAD DE CALIFICACIONES SEMESTRALES

Humanista Lengua y Literatura Control Lector (día del Libro y del Patrimonio) Trabajos prácticos , Evaluaciones de Unidad, Ensayo Colaborativo, Investigación y Exposición, Exposiciones, Diseño de objetos, Proyectos

3 a 5

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

Inglés

Filosofía

Música

Artes

Matemática y Ciencias

Matemática Exposiciones, Experiencias prácticas en laboratorio, revisión de actividades de clase,

4 a 5

Química

Física

Biología

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Educación Física informes científicos, autoevaluación, evaluaciones prácticas

Técnico Profesional

Electricidad Investigación y Exposición, Actividades prácticas de laboratorio, Pruebas escritas de unidad, actividades prácticas

3 a 6

Explotación Minera

Robótica y Computación

Tecnología

REFLEXIÓN PEDAGÓGICA PARA LA TOMA DE DECISIONES

ARTÍCULO 21º Posterior al proceso de evaluación, los docentes, en reuniones

semanales de área, reflexionan sobre criterios de evaluación y

evidencias evaluativas centrales en cada asignatura, lo que favorece

la mejora continua de las prácticas docentes, considerando el

proceso, progreso y logro de los estudiantes para la toma de

decisiones.

ARTÍCULO 22º En el proceso de reflexión pedagógica, los docentes se reunirán en

torno a áreas:

Humanidades: Reúne las asignaturas de Lengua y Literatura, Inglés,

Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Arte y/o Música, Filosofía,

Educadora Diferencial

Matemática y Ciencias: Participan los docentes que imparten las

asignaturas de Matemática, Química, Física, Biología, Educación

Física y Salud, Educadora Diferencial

Técnico- Profesional: Docentes que imparten módulos en las

especialidades de Electricidad, Explotación Minera, los/las docentes

de Computación y Tecnología, Educadora Diferencial

1. Cada docente realiza análisis de resultados, de la evaluación en

su asignatura, identificando logros de aprendizaje y resultados

deficientes.

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2. En relación a los resultados deficientes, se informará al profesor

jefe, quien realizará la correlación con las otras áreas. Los

estudiantes que presenten menos avances en todas las áreas,

será informado a la Unidad Técnica, que entrevistará a

apoderados y estudiantes, fijándose un plan de formación y

acompañamiento pedagógico y desde Convivencia Escolar,

acciones de mejora para motivación y autoestima escolar

3. De los resultados deficitarios se realizará reforzamiento,

utilizando nuevas estrategias para lograr el aprendizaje,

acordadas entre docentes y la Unidad Técnica Pedagógica

ARTÍCULO 23º Las reuniones por área, que implican la reflexión pedagógica, serán

asignadas en horario de la jornada escolar, cautelándose desde

Inspectoría General y la Unidad Técnica, la participación de la mayor

cantidad de docentes en estas reuniones

ARTÍCULO 24º Las horas asignadas para las reuniones por área, serán parte de la

jornada laboral de los/las docentes, considerándose parte del

tiempo No Lectivo (Art. 69 y 80, DFL 1/ 1996 MINEDUC)

ARTÍCULO 25º Las reuniones de área, así como las reflexiones y evidencias de los

avances y resultados deficientes, serán consignadas en el Portafolio

del Área, que la Unidad Técnica dispondrá para esto

ARTÍCULO 26º En el denominado Portafolio, se consignarán actas de las reuniones

por área, evidencias de los aprendizajes logrados y menos logrados

(resultado de evaluaciones) compromisos de trabajo, acciones de

acompañamiento pedagógico (registradas también en leccionario de

cursos), adecuaciones al Plan Formativo, entrevistas con apoderado,

entre otras acciones.

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PLAN DE FORMACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO

ARTÍCULO 27º El acompañamiento pedagógico con aquellos estudiantes o curso

que no logren el aprendizaje de los objetivos evaluados,

considerándose también, los casos en que un instrumento

evaluativo supere el 20% de calificaciones insuficientes en un curso

1. El profesor de asignatura, analiza y propone a la Unidad Técnica

el plan recuperativo de/los estudiantes, quien validará las

acciones formativas y las metas de aprendizaje propuestas por

el docente. Entre las acciones formativas que el docente

pudiera aplicar: refuerzo y reevaluación de objetivos de

aprendizaje menos logrados, entrega de material adicional para

el adquirir aprendizajes no logrados, nuevas estrategias

evaluativas, experiencias de aprendizaje prácticas, entre otras.

2. Para los casos individuales, será el profesor jefe quien citará y

entrevistará a los apoderados de los estudiantes con rezago

académico. En el caso de que el plan formativo se aplique a un

curso completo, será la Unidad Técnica quien informará al

Profesor Jefe, para que este comunique a sus apoderados

3. Registro en el libro de clases de acciones formativas realizadas

por parte del docente de asignatura.

SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN

ARTÍCULO 28º Los/as estudiantes que se encuentren fuera del establecimiento,

pero en representación de él (pasantías, actividades deportivas,

actividades prácticas, otras) debidamente documentada por los

profesores/as encargados/as, podrán optar a la recalendarización de

las evaluaciones pendientes en su período de ausencia, una vez que

se reincorporen a las clases regulares. La Unidad Técnica será la

responsable de programar las evaluaciones, dejando registrado el

calendario en la Hoja de Desarrollo Escolar de los/las estudiantes.

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ARTÍCULO 29º El o la estudiante que durante la aplicación de un instrumento

evaluativo, sea sorprendido copiando respuestas, ya sea desde la

evaluación de otro/a estudiante o utilizando celular, cuaderno, texto

del estudiante o cualquier otro medio que le entregue las

respuestas, se considerará una actitud deshonesta del estudiante,

por lo que la sanción será abarcada de acuerdo al Manual de

Convivencia. Sin perjuicio de lo anterior, el o la docente deberá

desarrollar un diálogo pedagógico y reflexivo que permita

concientizar al estudiante de la falta, y buscar una nueva instancia

para que el/ la estudiante pueda demostrar sus aprendizajes. En

consecuencia a lo anterior, se aplicará el siguiente procedimiento:

- Retiro y anulación del instrumento, fijándose nueva fecha para

la aplicación de la evaluación, en un plazo que no exceda los 3

días hábiles. Todo lo anterior deberá ser consignado en el

Registro de Desarrollo Escolar del estudiante, siendo firmada por

el docente y el/la alumno/a

- Aplicación de un tipo distinto de instrumento evaluativo, que

considere los mismos aprendizajes e ítems del instrumento

anulado, visado por la Unidad Técnica

- El docente responsable de la asignatura o módulo deberá

informar, mediante entrevista personal con el apoderado

responsable del estudiante e informar verbalmente a la Unidad

Técnica de la situación ocurrida

ARTÍCULO 30º En los casos, en que la copia sea verificada por el/ la docente en el

momento de la corrección del instrumento, se considerará una

actitud deshonesta de los/las estudiantes, por lo que la sanción será

abarcada de acuerdo al Manual de Convivencia. Sin perjuicio de lo

anterior, el o la docente deberá desarrollar un diálogo pedagógico y

reflexivo que permita concientizar a los alumnos de la falta. En estos

casos se aplicarán los siguientes criterios para todos los

involucrados:

- Si la respuesta o ejercicios copiados no exceden el 15% del total

de preguntas o ejercicios del instrumento, el o la docente

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deberá aplicar nuevos ejercicios o preguntas que los/las

estudiantes deberán desarrollar en el período informado por

el/la docente

- Si la copia excede el 15% del instrumento, el docente deberá

diseñar un nuevo instrumento que evalué los mismo

aprendizajes, visado por la Unidad Técnica

- El docente responsable de la asignatura o módulo deberá

informar mediante entrevista personal con el apoderado

responsable del estudiante e informar verbalmente a la Unidad

Técnica de la situación ocurrida

ARTÍCULO 31º En los casos en los que el instrumento de evaluación sea un informe

escrito, guía domiciliaria, ensayo u otro instrumento de similar

característica, se aplicará el concepto de plagio, entendido como la

copia total o parcial de una obra intelectual, presentándola como

propia, así por ejemplo, presentar un informe escrito cuya totalidad

sea copia fiel de una página web o libro. En estos casos, se aplicará

el siguiente criterio:

- Se considerará una actitud deshonesta de los/las estudiantes,

por lo que la sanción será abarcada de acuerdo al Manual de

Convivencia.

- Diálogo pedagógico y reflexivo con el/los/las estudiantes que

cometieron la falta

- Sin perjuicio de lo anterior, el docente deberá elaborar una

prueba objetiva que abarque los mismos aprendizajes

considerados por el instrumento anterior, la cual deberá ser

visada por la Unidad Técnica y aplicada en un plazo no superior a

7 días hábiles desde que se presentó la situación

La no presentación de trabajos, como informe escrito, guía

domiciliaria, ensayo u otro instrumento de similar característica,

estableciéndose una fecha conocida por todos los estudiantes, se

procederá de la siguiente manera:

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- Diálogo pedagógico y reflexivo con entre el docente y el

estudiante

- Registro de calificación mínima

- Registro de situación en Hoja de Desarrollo Escolar

TÍTULO III: DE LAS CALIFICACIONES

ARTÍCULO 32º Las calificaciones de los estudiantes se ajustarán a las siguientes

disposiciones, acordadas por el Consejo General de Profesores,

junto al Equipo de Gestión (Dirección del establecimiento,

Inspectoría General y Unidad Técnico Pedagógica)

ARTÍCULO 33º Las calificaciones serán consideradas asignaciones numéricas, que

representan los aprendizajes logrados de los y las estudiantes, en

relación a los propuestos por el Ministerio de Educación de Chile y a

las adecuaciones hechas por el Liceo Técnico Profesional Pedro

Aguirre Cerda, expresado en la Planificación de Aprendizajes de las

asignaturas o módulos

ARTÍCULO 34º Todos los procedimientos evaluativos aplicados en el Liceo Técnico

Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga, deberán ser

revisados, corregidos y retroalimentados por la Unidad Técnica, de

lo contrario, no podrán ser aplicados

Las calificaciones, al ser asignaciones numéricas se registrarán en el

Libro de Clases, en escala de 1,0 a 7,0. En este registro se utilizará

sólo un decimal

Las calificaciones registradas en el Libro de Clases, serán de tipo:

Parciales: Son aquellas obtenidas por los y las estudiantes durante el

semestre en cada uno de las asignaturas o módulos definidos en el

plan de estudio y que corresponden al Plan Formativo de cada

asignatura.

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Semestral: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones

parciales obtenidas durante el semestre, junto a los respectivos

talleres del curso. Se calculará con 2 decimales, aproximando la

centésima a la décima superior, cuando corresponda.

Calificación Anual: Corresponde al promedio del I y II Semestre del

año lectivo, sin aproximación.

ARTÍCULO 35º Los resultados de los aprendizajes de los y las estudiantes se

comunican en calificaciones, con la escala de 1,0 a 7,0. Sin perjuicio

de esto, los y las estudiantes que sean calificados con nota mínima

1.0, el o la docente deberá informar a la Unidad Técnico -

Pedagógica del Liceo, justificando claramente la situación en la hoja

de Desarrollo Escolar del o la estudiante. En razón de lo anterior,

será considerada como nota mínima en las situaciones de

aprendizaje el 2.0 (dos punto cero) y sólo en las situaciones que lo

ameriten, de acuerdo al criterio profesional del o la docente en

coordinación con la Unidad Técnico Pedagógica.

ARTÍCULO 36º Las calificaciones en escala de 1.0 a 7.0, serán distribuidas bajo los

siguientes Conceptos Cualitativos de Evaluación:

1.0 a 3.9: Notas Insuficientes (I)

4.0 a 4.9: Notas Suficientes (S)

5.0 a 5.9: Notas Buenas (B)

6.0 a 7.0: Notas Muy Buenas (MB)

ARTÍCULO 37º De acuerdo a lo anterior, la calificación mínima para aprobar en

todos los subsectores de aprendizaje de Enseñanza Básica y

Enseñanza Media será de 4,0 (cuatro coma cero).

ARTÍCULO 38º Todos los procedimientos evaluativos aplicados en las asignaturas y

módulos del Plan de Estudio de cada curso, deben ser los

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expresados en el Plan Formativo de cada asignatura y en este

reglamento de evaluación. Las excepciones, deberán ser visadas por

la Unidad Técnica, considerando los argumentos técnicos expuestos

por el/la docente.

ARTÍCULO 39º Todos los procedimientos evaluativos aplicados a los y las

estudiantes del Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda, serán

coeficiente uno.

ARTÍCULO 40º Al finalizar el I Semestre lectivo, los estudiantes que así lo requieran

y que cumplan con las exigencias descritas en este reglamento,

podrán rendir la evaluación recuperativa, la que tendrá carácter de

voluntaria

ARTÍCULO 41º Sin perjuicio de lo anterior, la “evaluación recuperativa”, podrán

rendirla todos aquellos estudiantes que, aun cuando su promedio

sea aprobatorio (promedio semestral superior a 4.0), deseen subir

su promedio semestral

ARTÍCULO 42º La cantidad de notas semestrales, estará definida por el Plan

Formativo de cada asignatura, orientado por la cantidad de hitos

pedagógicos e instrumentos aplicados.

ARTÍCULO 43º El Promedio Final Semestral corresponderá a la suma de las

calificaciones registradas en el Libro de Clases en el sector de

aprendizaje correspondiente, dividido por el total de notas, lo que

será denominado promedio. Cada una de las notas registradas

corresponderá a procedimientos evaluativos aplicados por el o la

docente de la asignatura, o al promedio de talleres, según

corresponda. El promedio final semestral se expresará con un

decimal con aproximación a la décima, según corresponda.

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ARTÍCULO 44º Habiéndose aplicado evaluación recuperativa, en el primer semestre,

y el promedio semestral, final o general, fuese 3.9 este será

aceptado y registrado en el casillero asignado.

ARTÍCULO 45º La entrega de las calificaciones parciales deberá hacerse en un plazo

máximo de 7 días hábiles, contados desde la fecha de la aplicación

de la evaluación. Después de entrega de calificaciones a los y las

estudiantes, será considerada una responsabilidad profesional del

profesor o profesora, el análisis de los resultados y del instrumento

aplicado junto a los y las estudiantes, y la retroalimentación de los

aprendizajes más descendidos. Por esta razón, todos los

instrumentos evaluativos realizados por los y las estudiantes, serán

devueltos a ellos o ellas, a menos que la Unidad Técnico Pedagógica

en coordinación con el o la docente, consideren lo contrario.

ARTÍCULO 46º Una vez entregados, los y las estudiantes serán los responsables de

presentarlos en casos de eventuales errores en la asignación de

calificaciones, en un plazo no superior a un día hábil

ARTÍCULO 47º El Porcentaje de Exigencia del Liceo Técnico Profesional Pedro

Aguirre Cerda de Calle Larga es de un 60%.

ARTÍCULO 48º El Liceo Técnico Pedro Aguirre Cerda, establece un porcentaje

máximo de reprobación, por cada uno de los instrumentos aplicados,

el que será de un 20%. Para ser registradas las calificaciones de los

instrumentos que superan este porcentaje, los resultados, los

aprendizajes logrados y descendidos, deberán ser analizados por el

docente responsable de la asignatura y la Unidad Técnica

Pedagógica. Después de este análisis técnico pedagógico, y de

acuerdo a las evidencias así obtenidas, la Unidad Técnica, podrá

autorizar o no, el registro de las calificaciones. En el caso de ser

registradas, se deberá elaborar en conjunto con el docente, un Plan

Formativo que implique la reestructuración de los aprendizajes

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menos logrados, para así, asegurar el avance formativo de los

estudiantes.

ARTÍCULO 49º Las asignaturas de “Artes Visuales y Música” en la enseñanza básica

serán asignaturas anuales, consideradas en el plan de estudio de la

enseñanza básica.

ARTÍCULO 50º La asignatura de Religión y Orientación, el nivel de logro de los y las

estudiantes será expresado en calificaciones numéricas y

conceptuales. Para la Escala de Notas Numérica se considerará las

calificaciones de 2.0 a 7.0, y para la Escala Conceptual, se expresará

en los siguientes términos: Muy bueno MB - Bueno B – Suficiente S -

Insuficiente I. El promedio obtenido por los estudiantes en esta

asignatura no incidirá en su promoción.

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DE LAS CALIFICACIONES Y PROMEDIO DE TALLERES

ARTÍCULO 51º Las calificaciones parciales y promedios de los Talleres

Escolares, desarrollados por los y las estudiantes de

Séptimo Básico hasta Cuarto Año de Enseñanza Media

Modalidad Técnico Profesional, estarán distribuidos de

acuerdo al nivel y modalidad, considerando la

disponibilidad de las Horas de Libre Disposición,

entregadas por la Jornada Escolar Completa

NIVEL/ CURSO

TALLER 1(2 HRS)

TALLER 2 (2 HRS)

TALLER 3 (2 HRS)

TALLER 4 (2 HORAS)

Enseñanza Básica (7º y 8º Básico)

Matemática Multimedial

Escritura Especializada/ Microeditarorial

Deportes

Enseñanza Media (1º y 2º Medio)

Robótica Escritura Especializada

Deportes

Enseñanza Media Mod. Humanística Científica (3º y 4º Medio)

Lectura y Escritura Especializada

Historia, Geografía y Cs. Sociales

Educación Física y Salud

Programación y Autocad

Enseñanza Media Mod. Técnico Profesional (3º Medio)

Pensamiento Matemático

Historia, Geografía y Cs. Sociales

Educación Física y Salud

Enseñanza Media Mod. Técnico Profesional (4º Medio)

Programación y Autocad

Ciencias Básicas Entrenamiento de la Condición Física

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ARTÍCULO 52º Para el cálculo del promedio de talleres, se usará el

criterio expresado en el Artículo 34º. Esta calificación

semestral será considerada una nota parcial de las

siguientes asignaturas:

CURSO TALLER ASIGNATURA

Séptimo y Octavo Básico

Matemática Multimedial Matemática

Escritura Especializada/ Microeditarorial

Lengua y Literatura

Deportes Educación Física y Salud

Primer y Segundo Medio Robótica Tecnología

Escritura Especializada Lengua y Literatura

Deportes Educación Física y Salud

Tercer Año Humanista Científico

Lectura y Escritura Especializada

Lengua y Literatura

Historia, Geografía y Cs. Sociales

Educación Ciudadana

Educación Física y Salud Ciencias para la Ciudadanía

Programación y Autocad Filosofía

Tercer Año Explotación Minera

Pensamiento Matemático Matemática

Historia, Geografía y Cs. Sociales

Educación Ciudadana

Educación Física y Salud Ciencias para la Ciudadanía

Tercer Año Electricidad Pensamiento Matemático Matemática

Historia, Geografía y Cs. Sociales

Educación Ciudadana

Educación Física y Salud Ciencias para la Ciudadanía

Programación y Autocad Filosofía

Cuarto Año Explotación Minera

Ciencias Básicas Muestreo

Entrenamiento de la Condición Física

Fortificación de Minas

Programación y Autocad Ventilación

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ARTÍCULO 53º Será responsabilidad profesional del docente del taller, trasladar su

promedio a la asignatura antes expuesta, cumpliendo para esto los

plazos y fechas entregados por la Unidad Técnica en la

programación semestral

DE LAS EVALUACIONES RECUPERATIVAS

ARTÍCULO 54º En el presente reglamento de evaluación se entenderá como

evaluación recuperativa, a aquel instrumento que se aplicará sólo al

final del I Semestre, para los estudiantes que:

- Cursen Enseñanza Básica, Enseñanza Media Modalidad

Humanística Científica o Modalidad Técnico Profesional

- Posean al I Semestre más de dos asignaturas o módulos con

promedios insuficientes que oscilen entre 3.6 y 3.9

- Tendrá carácter de voluntaria

- Posean asistencia mínima de 85% considerando los días

trabajados 30 de mayo

- Por lo anterior, la calificación semestral de la asignatura o

módulo corresponderá a un promedio ponderado, en el que el

Cuarto Año Electricidad Ciencias Básicas Equipos Eléctricos de Potencia

Entrenamiento de la Condición Física

Instalaciones Eléctricas Industriales

Programación y Autocad Automatización

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promedio obtenido por el estudiante es equivalente al 70% y la

evaluación recuperativa a un 30%

La aplicación de la evaluación recuperativa, tendrá el siguiente

protocolo:

1. Los estudiantes que cumplen con los requisitos para rendir la

evaluación deberán ser informados por el docente de la

asignatura, durante la primera semana del mes de Junio.

Igualmente se enviará una notificación escrita al apoderado,

quedando ambas situaciones descritas y validadas con la

firma del estudiante en su Hoja de Desarrollo Escolar

2. La última semana de Junio, los estudiantes rendirán las

evaluaciones recuperativas, estableciéndose un máximo de

dos asignaturas o módulos por día

3. Los estudiantes que rindan estas evaluaciones deberán

presentarse con uniforme completo, ropa deportiva o de

seguridad, según corresponda

4. Será un deber del profesor responsable de la asignatura

informar al estudiante de los resultados de la evaluación

recuperativa y el promedio semestral obtenido por el

estudiante, con plazo máximo el último día hábil del primer

semestre

5. La calificación obtenida por el estudiante, quedará registrada

entre la calificaciones parciales y el promedio semestral,

identificándose con la glosa: “Evaluación Recuperativa”

6. Los estudiantes que siendo informados y cumpliendo con los

requisitos anteriores, se negaran o no se presentaran a

rendir la evaluación, mantendrán su promedio semestral. La

situación quedará registrada en la Hoja de Desarrollo Escolar

del estudiante, debiendo ser validada con la firma de éste

Características de la Evaluación Recuperativa

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1. Deberá ser un instrumento con dos ítems, siendo obligatorio

el de selección múltiple, mientras que el segundo quedará a

criterio del docente

2. El ítem de selección múltiple, deberá contar como mínimo

con 20 preguntas, las que representarán un 50% del puntaje

total del instrumento

3. En las asignaturas que así lo requieran, podrán evaluar con

un instrumento distinto, el profesor deberá presentar un

informe técnico con la propuesta evaluativa, para ser visado

por la Unidad Técnica.

4. Los aprendizajes y contenidos incluidos en el instrumentos,

deberán corresponder a los desarrollados durante el I

Semestre

5. Los estudiantes dispondrán de 90 minutos para responder la

evaluación

6. El docente deberá entregar los resultados de la evaluación

dos días hábiles, después de su aplicación

TÍTULO III: SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN

DEL INGRESO TARDÍO

ARTÍCULO 56 Se entenderá como ingreso tardío a clases, a aquellos estudiantes

que iniciado del año escolar, se matriculen entre el 30 de Abril y el

último día hábil de octubre del año en curso.

ARTÍCULO 57º Para los estudiantes que se matriculasen desde el 30 de Abril y hasta

el 30 de Mayo, sin haber estado matriculado antes en otro

establecimiento, se aplicará un proceso de acompañamiento

pedagógico para nivelar sus aprendizajes, conformado por:

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- Entrega de guías y material de estudio domiciliario

- Tutoría para evaluar formativamente sus aprendizajes

- Evaluación formativa para recuperar las calificaciones atrasadas

ARTÍCULO 58º Para los estudiantes que se matriculasen durante el Primer

Semestre del año en curso, habiendo estado matriculado en otro

establecimiento, deberá presentar al momento de ingresar su

matrícula, el Informe de Calificaciones Parciales emitido por el

establecimiento anterior, en forma física y con todos los membretes

pertinentes. El ingreso de estas calificaciones al libro de clases, será

responsabilidad del equipo de unidad técnica

ARTÍCULO 59º Para los estudiantes que se matriculasen durante el Segundo

Semestre del año en curso, habiendo estado matriculado en otro

establecimiento, al momento de ingresar su matrícula deberá

presentar el Informe de Calificaciones del I Semestre cerrado, en

forma física y con todos los membretes pertinentes. Lo anterior

será válido para la Enseñanza Básica y Media Humanística –

Científica.

ARTÍCULO 60º En el caso de la formación diferenciada Técnico Profesional, el

estudiante que requiera la matricula, deberá proceder de otro

establecimiento curricularmente similar

ARTÍCULO 61º Para aquellos estudiantes que no hubiesen cursado el primer

semestre en ningún establecimiento y que requieran matricularse

en el II Semestre en la Formación Diferenciada Técnico Profesional,

esta matricula no podrá ser cursada debido a las características

curriculares de estos cursos

DE LA AUSENCIA A CLASES POR PERÍODOS PROLONGADOS

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ARTÍCULO 62º Se aceptará como período de ausencia prolongado, aquel que no

supere el 50% de días trabajados del año escolar y que además

abarque días continuos, con razones claramente justificadas y

evidenciadas. Por lo anterior, se aceptará:

1. Razones Médicas: El estudiante que se encontrase impedido de

asistir a clases por prescripción médica, el apoderado/a o tutor,

deberá acreditar la situación, presentando la documentación médica

pertinente a la Unidad Técnica del establecimiento. Las estudiantes

en estado de gravidez, y que presenten un embarazo de alto riego,

para procedimientos académicos, se consideraran en este numeral

2. Razones Familiares o Laborales: El estudiante que por razones

familiares (viaje u otro) debiese ausentarse por un mes o más del

establecimiento, el apoderado/a o tutor deberá presentar una carta

formal que explique la situación, presentando documentación anexa

si correspondiese (documentos de viaje, contrato laboral, pasajes u

otros)

3. Razones Académicas y/o deportivas: El estudiantes que por razones

académicas o deportivas debiese ausentarse por un mes o más del

establecimiento, el apoderado/a o tutor deberá presentar una carta

formal que explique la situación, presentando documentación anexa

si correspondiese.

Para todos los casos anteriores se aplicará el siguiente procedimiento

1. Entrevista entre apoderado/a o tutor con la Unidad Técnica,

exponiendo la razón la ausencia prolongada, la cual será

consignada en el libro de clases por la Unidad Técnica del

establecimiento, quien además informará a Profesor Jefe y al

Consejo Técnico de Profesores. En esta sesión, y de acuerdo a las

razones de la ausencia prolongada, se explicará al apoderado la

documentación que deberá presentar y los protocolos a seguir

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Protocolos a seguir

2. La Unidad Técnica del establecimiento abrirá un expediente para

el estudiante, que permitirá el seguimiento de sus procesos

formativos y la calendarización de sus calificaciones atrasadas

y/o pendientes

3. El proceso formativo del estudiante contemplará:

3.1 Entrega de material didáctico para el estudiante pueda

desarrollar en su domicilio, las que serán devueltas a la unidad

técnica, una vez que se reincorpore. Este material, puede o no ser

calificado

3.2 Al incorporarse regularmente, se aplicará un proceso de tutoría

que permita la evaluación formativa de los aprendizajes logrados

por el estudiante en el período de ausencia prolongada

3.3 Calendarización de Calificaciones, si corresponde, para que el

estudiante pueda rendir los evaluaciones pendientes

ARTÍCULO 63º En el caso que la ausencia prolongada derive de una situación

conductual, se utilizará el siguiente procedimiento

1. Apertura de expediente del estudiante desde la unidad técnica,

en el que se mantengan todos los procedimientos evaluativos

que se aplicarán, las fechas y hora, que facilite el seguimiento de

los aprendizajes del estudiante

2. Entrevista con apoderado/a y el estudiante, en el que se

entregará Calendarización de Evaluaciones y Tutorías,

cautelándose la comprensión, del apoderado y del estudiante,

de los procedimientos evaluativos que se aplicarán. La evidencia

de la sesión quedará registrada en la Hoja de Desarrollo Escolar

del alumno/a

3. La Calendarización de Evaluaciones y Tutorías, deberá contener

tipo de instrumento (material de apoyo, guías a desarrollar,

pautas de investigación, otros) fechas de entrega o rendición de

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evaluaciones, fechas de tutorías con el docente responsable de

la asignatura.

4. Entrega de material didáctico para el estudiante que pueda

desarrollar en su domicilio

5. Tutoría con los docentes que imparten asignaturas en el curso

6. Evaluaciones sumativas que el estudiante pueda rendir en el

establecimiento, en los horarios entregados por la unidad

técnica. El responsable de su aplicación, será la Unidad Técnica

y/o el/la docente responsable de la asignatura

7. Las calificaciones así obtenidas, serán consignadas en el libro de

clases, como calificaciones parciales, y serán consideradas en el

cálculo de los promedios semestrales y anuales

ARTÍCULO 64º En el caso de que la ausencia prolongada, implique el cierre

anticipado del año escolar, ésta deberá proceder cumpliéndose los

siguientes aspectos:

- Presentación de carta formal del apoderado o tutor del

estudiante, solicitando a la dirección del establecimiento el

cierre anticipado del año escolar en curso.

- Junto a la solicitud formal, el apoderado deberá anexar copia

fiel de la documentos que apoyen este procedimiento: informe

médico, contrato laboral, embarazo de alto riesgo, otros

- Los antecedentes presentados, deberán ser evaluados por el

Equipo Directivo, considerándose en su aceptación los

siguientes aspectos académicos:

1. Avance del año escolar: deberá cumplirse como requisito el 65%

de los días trabajados, al momento de la solicitud

2. Cierre I Semestre: el estudiante deberá presentar el primer

semestre académico, completamente cerrado, sin calificaciones

pendientes

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3. El cierre del semestre, deberá cumplir con los criterios de

promoción en cuanto a la calificación, contenidos en este

reglamento de evaluación

- De ser aceptada o no la solicitud de cierre anticipado del año

escolar, la resolución final será emitida por la dirección del

establecimiento, en un plazo no superior a 7 días hábiles desde

su solicitud, siendo la Unidad Técnica la responsable de

comunicar esta resolución al apoderado

- El cierre anticipado del año escolar sólo tiene implicancias

académicas, tales como evaluaciones y asistencia; el estudiante

sigue siendo alumno regular del establecimiento hasta el final

del año lectivo que cursa, y la promoción se realizará de

acuerdo a normativa vigente.

ARTÍCULO 65º Los/as estudiantes que por razones médicas certificadas, no

pudieran realizar la actividad física de la asignatura de Educación

Física y Salud ó los talleres asociados a ella, serán evaluados en los

mismos aprendizajes, pero de forma teórica. El docente de la

asignatura deberá presentar Cronograma de Clases, con las

actividades teóricas que estos/as estudiantes deben realizar, la que

será validada por la Unidad Técnica.

TÍTULO IV: DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR

ARTÍCULO 66º El Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga,

cuenta con Programa de Integración Escolar (PIE) desde Séptimo

Año de Enseñanza Básica hasta Cuarto Año Medio de Enseñanza

Media Formación Diferenciada Técnico Profesional

ARTÍCULO 67º Los estudiantes que ingresan al Programa de Integración Escolar

automáticamente tienen el derecho a ser evaluados

diferenciadamente en todas las asignaturas a excepción que el

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especialista que emita el diagnóstico solicite la evaluación

diferenciada solo en algunas asignaturas.

Los apoderados en conjunto con el estudiante pueden renunciar a

este derecho, realizando las siguientes acciones:

1. Conversación con la Coordinadora de Programa de Integración

Escolar.

2. Firma de Documento de Renuncia de Evaluación Diferenciada por

parte del estudiante y el apoderado.

ARTÍCULO 68º En el Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda, las

postulaciones de los estudiantes que necesitan apoyo del Programa

de Integración Escolar, tendrá el siguiente conducto regular:

1. En el período Noviembre-Diciembre, se hará la

postulación del año siguiente. Los profesores Jefes, se

reunirán con los profesores que imparten clases a su

curso, para elaborar Informe Pedagógico, postulando a

aquellos estudiantes que de acuerdo a su criterio

requieran del apoyo del Programa de Integración Escolar

(PIE), así como también sugerir la nómina de los

estudiantes que deben dejar de pertenecer al programa.

Este informe deberá ser validado por los profesores que

imparten asignaturas en el curso y ser presentado a la

Unidad Técnica Pedagógica del liceo, quien podrá o no

aceptar el informe o requerir su reelaboración, debido a

la falta de antecedentes.

2. El Informe Pedagógico de cada uno de los cursos, será

presentado por la Unidad Técnica al Equipo de Gestión.

Una vez analizado en esta instancia, se hará entrega de

los Informes a la Coordinadora del Programa de

Integración Escolar del establecimiento, quien iniciará el

trabajo de coordinación con la Unidad Técnica, para

establecer las características de la intervención durante

el siguiente año.

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3. Al existir discrepancia entre el Informe Técnico del profesor jefe

y el Equipo de Integración Escolar del liceo se podrá solicitar una

reunión técnica con la Coordinadora Comunal, Coordinadora del

Establecimiento y la Unidad Técnica del Liceo, para evaluar la

situación

4. Serán funciones de las profesionales del Equipo de Integración

Escolar:

Semestre

Plazo Acción

I Semestre

Marzo Evaluaciones de Ingreso y postulación de estudiantes, de acuerdo a Informe de Profesores Jefes

Marzo- Abril

Elaboración de documentos técnicos, evaluaciones médicas y situaciones especiales

Abril Presentación de Plan de Trabajo y metas semestrales, para cada uno de los estudiantes del programa

Mayo Inscripción de estudiantes en plataforma

Julio - Evaluación con la Unidad Técnica del Plan de Trabajo de los estudiantes, en cuanto al logro de aprendizajes y metas individuales.

- Readecuación del Plan de Trabajo y metas individuales de los estudiantes

- Informe ejecutivo a Unidad Técnica

- Evaluación del Primer Estado de Avance

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II Semestre

Octubre - Evaluación con la Unidad Técnica del Plan de Trabajo de los estudiantes, en cuanto al logro de aprendizajes y metas individuales (Evaluación Interna del segundo estado de avance)

- Informe Ejecutivo a Unidad Técnica

Noviembre –Diciembre

- Período de reevaluación. Los estudiantes que participan del programa son evaluados psicopedagógicamente (estados de avance)

- Evaluación Psicométricas para los estudiantes que tengan esta medición vencida, a cargo del psicológo(a) del programa

Noviembre –Diciembre

Elaboración de informes y formularios, durante la primera semana de noviembre para Cuarto Año Medio y última semana de Diciembre, para los otros cursos

Diciembre Proyecciones de Planes de Apoyo para el año siguiente en coordinación con la Unidad Técnica

5. Los estudiantes que participen del Programa de Integración Escolar,

podrán recibir apoyo de forma transitoria o permanente, en ambos

casos, éste se realiza a través de un Plan de Apoyo Individual (PAI) o

Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI), según la necesidad

del estudiante. Ambos planes permiten el desarrollo de las

evaluaciones formativas y sumativas.

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TÍTULO V: DE LA PROMOCIÓN

ARTÍCULO 69º El Liceo Técnico Profesional Pedro Aguirre Cerda de Calle Larga,

extenderá para cada estudiante de Enseñanza Básica y Enseñanza

Media los Certificados Anuales de Estudio y los Informes de

Personalidad elaborados por el Profesor Jefe y validados por el

Consejo General de Profesores.

ARTÍCULO 70º El Certificado Anual de Estudio, será considerado un documento

oficial, que el apoderado tendrá el derecho de exigir, de acuerdo a

los plazos indicados por el calendario escolar vigente. En este

documento se indicarán las asignaturas del plan de estudio y las

calificaciones finales anuales obtenidas por el/la estudiante,

promedio general y la asistencia expresada en porcentaje, junto con

la situación final del estudiante.

ARTÍCULO 71º La situación final del estudiante, sea Promovido al curso siguiente o

Repitencia, deberá quedar resuelta al término del año escolar

vigente

ARTÍCULO 72º Al término del año lectivo, el establecimiento emitirá las licencias

correspondientes a todos/as los/as estudiante de Octavo Año de

Enseñanza Básica y Cuarto Año de Enseñanza Media, que hubiesen

aprobado el nivel.

ARTÍCULO 73º El establecimiento usará las Actas de Registro de Calificaciones y

Promoción Escolar emitidas por el SIGE (Sistema de Información

General de Estudiantes) en el que consigna en cada curso, las

calificaciones finales, en cada asignatura o subsector de aprendizaje,

el porcentaje anual de asistencia, la situación final de los alumnos/as

y la cédula de identidad de cada uno.

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ARTÍCULO 74º Las situaciones no previstas en los decretos vigentes serán resueltas

por las SEREMI correspondiente a la V Región de Valparaíso y en

última instancia por la División de Educación General

ARTÍCULO 75º Según lo consigna el Artículo 10, del Decreto N° 67 del 20/02/2018

del MINEDUC, en la promoción de los alumnos se considerará

conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las

asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia a clases.

ARTÍCULO 76º Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos

que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus

respectivos planes de estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio

final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura o el

módulo no aprobado.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien una

asignatura y un módulo, su promedio final anual sea como mínimo

un 5.0, incluidas las asignaturas o módulos no aprobados

ARTÍCULO 77º Respecto de la asistencia, serán promovidos los/as estudiantes que:

- En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los

estudiantes que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de

aquellas establecidas en el calendario escolar anual. Para estos

efectos, se considerará como asistencia regular la participación de

los/as estudiantes en actividades formativas previamente

autorizados por el establecimiento, como campeonatos

deportivos, pasantías, ejecución de proyectos en el área técnico

profesional.

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- La dirección del establecimiento, en conjunto con el/la jefe

técnico-pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá

autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la

asistencia exigida

ARTÍCULO 78º Serán promovidos estudiantes con una asistencia inferior a 85%

siempre cuando:

1. Presente los certificados de salud correspondientes a las fechas

de ausencia.

2. De no presentar certificados médicos, entregar carta dirigida a la

dirección del colegio con los motivos de dichas ausencias.

3. Está carta será revisada por el Equipo de Gestión y presentada al

Consejo de Profesores. En esta instancia se asegurará que se

presenten todos los antecedentes de los/as estudiantes, desde el

área de Inspectoría General, Convivencia Escolar y Programa de

Integración Escolar. Se realizará votación abierta para validar la

promoción o la repitencia.

ARTÍCULO 79º La dirección, considerando todos los antecedes, podrá aceptar o

revocar la decisión del Consejo de Profesores

DE LA REPITENCIA DE CURSO

ARTÍCULO 80º Como lo indica el Artículo 11 del Decreto N° 67 del 20/02/2018 del

MINEDUC, sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los

establecimientos educacionales, a través del director y su equipo

directivo, deberán analizar la situación de aquellos estudiantes que

no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o

que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en

riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para

que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o

repitencia de estos estudiantes. Dicho análisis deberá ser de

carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos

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momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión

del estudiante, su padre, madre o apoderado.

ARTÍCULO 81º Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe

elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el

profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales

del establecimiento que hayan participado del proceso de

aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado

por cada estudiante, deberá considerar, a lo menos, los siguientes

criterios pedagógicos y socioemocionales:

1. El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno

durante el año;

2. La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados

por el estudiante y los logros de su grupo curso, y las

consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de

sus aprendizajes en el curso superior; y

3. Consideraciones de orden socioemocional que permitan

comprender la situación del estudiante y que ayuden a

identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su

bienestar y desarrollo integral.

ARTÍCULO 82º Sin perjuicio de lo anterior, si el/la estudiante es promovido/a se

deberá aplicar un programa de acompañamiento pedagógico, que

permita a los/as estudiantes asegurar el avance de sus aprendizajes,

a pesar del rezago que presenta.

ARTÍCULO 83º Igualmente la repitencia de un/a estudiante, implicará que éste

tendrá derecho a:

- Repetir curso a lo menos en una oportunidad en

Enseñanza Básica y una oportunidad en Enseñanza Media,

sin que por esa causal le sea cancelada o no renovada su

matrícula

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- Que durante el año escolar siguiente, se aplique un

programa de acompañamiento pedagógico focalizado, el

que deberá ser autorizado por la madre, padre o apoderado

ARTÍCULO 84º Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no

previstas en el presente reglamento, serán resueltas por el

Departamento Provincial de Educación

ARTÍCULO 85º El proceso de modificación del presente Reglamento de Promoción,

deberá ser liderado por el Equipo Directivo y Técnico Pedagógico del

establecimiento, considerando mecanismos que garanticen la

participación del Consejo de Profesores y los demás miembros de la

comunidad educativa, a través del Consejo Escolar.

ARTÍCULO 86º El Equipo Directivo junto al equipo Técnico Pedagógico del

establecimiento, presentará una propuesta de Reglamento al

Consejo de Profesores, que deberá tener concordancia con el

Proyecto Educativo y el Reglamento Interno del establecimiento,

quienes sancionarán esta propuesta.

ARTÍCULO 87º Las modificaciones y/o actualizaciones al Reglamento, serán

informadas a la comunidad escolar mediante comunicación escrita o

por su publicación virtual, debiendo estar actualizado en el Sistema

de Información General de Estudiantes - SIGE