calidad de suministro

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  • 7/24/2019 calidad de suministro

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    Respuesta a observaciones recibidas al documento PROCEDIMIENTO DP N5.INFORME DE CALIDAD DE SUMINISTRO EN INSTALACIONES DEL

    SISTEMA DE TRANSMISIN.

    A continuacin se da respuesta a las observaciones recibidas.

    Empresas EMEL

    Pregunta 1: En relacin al Anexo 1 punto 2 Antecedentes de Calidad deSuministro, y para el Anexo 2 Consolidacin de informacin mensualy anual

    a. El campo Causa de Interrupcin obedece al cdigo SEC deacuerdo a Oficio N 2382 de fecha 09-04-2003?

    b. Empresas EMEL considera necesario que se incluya un campoen ambas tablas del punto 2, en el cual se indique si lainterrupcin obedece a o no a una causa de Fuerza Mayor (FM),lo anterior permitir un correcto anlisis de parte de laAutoridad Fiscalizadora para determinar el cumplimiento de loslmites admisibles de Indisponibilidades as como de los ndicesde continuidad FMIK y TTIK.

    c. Para el clculo de ndices de continuidad FMIK y TTIKmensual y acumulado que se deben informar al CDEC-SING sedeben excluir las interrupciones de FM?.

    Respuesta:

    a. En el procedimiento N 5, la DP consider conveniente mantener el

    mismo conjunto de causas que actualmente se utilizan para darrespuesta a la informacin que se entrega a la SEC cada 15 das,

    segn lo dispuso la Superintendencia en su oficio N 2853/DIE del

    13-05-2003. En dicha informacin se utiliza un subconjunto de loscausas de interrupciones indicadas en el Oficio SEC N 2382 que

    menciona EMEL, correspondiente a los cdigos 1001, 1002, 1003,

    1004, 1005, 1007, 1025, 1030, 1031 y 1032. Sin perjuicio de lo

    anterior, en el futuro se podra analizar la utilizacin unaclasificacin ms general, que permitiera asimilar esta informacin a

    normas o prcticas internacionales.

    b. Segn entiende la DP, el procedimiento propuesto cumple con las

    exigencias de la NT y la reglamentacin vigente.

    c. Segn entiende la DP, las disposiciones de la NT no excluyen

    determinadas interrupciones en funcin de caractersticas particulares

    de la causa que las origina.

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    Pregunta 2: Considerando la experiencia de las empresas Distribuidoras en elreporte mensual de interrupciones a la SEC, es sta la encargada dedefinir si una interrupcin es aceptada como FM, entendiendo que en elcaso de Transmisin pueden darse casos similares Cul es elprocedimiento para determinar que interrupciones son clasificadas

    como FM?. Si la respuesta de aceptacin de clasificacin como FM dealguna interrupcin es posterior al envo de la informacin al CDECesto afectar al clculo de los ndices FMIK y TTIK cul ser elprocedimiento para enviar los nuevos clculos del mes analizado?.

    Respuesta:

    Ver respuestas b) y c) a pregunta 1.

    Pregunta 3: En el clculo de ndices FMIK y TTIK se debe informar los valoresacumulados Octubre 2004 Septiembre 2005, o se comienza a acumulara partir de Septiembre?.

    Respuesta:

    De acuerdo a lo indicado en el Artculo 10-24 de la NT, el registro deinformacin por parte de los Coordinados comenzar el 1 de Octubre de

    2005. Por lo tanto, correspondera efectuar el primer clculo de ndices

    FMIK y TTIK con los datos de Octubre de 2005, en los plazos y formatos

    indicados en el procedimiento.

    Pregunta 4: Si bien se entiende que se deben informar todas las interrupciones desuministro, empresas EMEL entiende que para los clculos de ndicesde continuidad e indisponibilidades se debe considerar solamenteaquellas interrupciones con duracin superior a 3 minutos, de la mismaforma en que se calculan los ndices de continuidad para el segmento deDistribucin, lo anterior es de acuerdo al Decreto 327 de 1997, as comolo establecido por SEC para determinar los montos por compensacionesa clientes. Agradeceremos confirmar la observacin entregada.

    Respuesta:

    Entendemos que para efectos de clculo de ndices de continuidad se debencontabilizar todas las interrupciones no importando su duracin.

    Pregunta 5: De acuerdo al Captulo 2 de Definiciones, se indica en el artculo 6 quela potencia instalada corresponde a la potencia mxima transportadapor la instalacin afectada (en kVA), lo cual coincide con lo definido enla Norma Tcnica (artculo 5-72) para los casos en que no existaequipamiento de transformacin. En el caso que exista transformacin

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    y se cuente con ventilacin forzada cul es la potencia que se debeinformar?. Por ejemplo, si se dispone de un transformador de 16/20MVA se debe informar los 16 o los 20 MVA?.

    Respuesta:

    En el procedimiento propuesto, la potencia instalada a informar correspondea la mxima potencia transportada por la Instalacin Afectada durante el

    periodo mensual, no importando si la Instalacin Afectada sea un

    Transformador o Lnea de Transmisin.

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