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Ca S~manaU~t~rinaria Boletín profesional de la Revista de Higiene y Sanidad Pecuarias Director: F. Gordón Ordás IIlIiIIlllIllllllIIlIlllllllIlllª=llfIIIIIIJlltlllllllllllllllll1111111I1"111111l1"IIIUIIIIIIIII)I"IIIIIIIHIIIII~11111111IlrIIIIIIJIIIJlllrII1111Irllllrlll~rllllllllllllllill"1IIIIU/llt! Dirección de la correspondencia: _ - Apartado de Correos n." 630.-Madrid Afio I _ ~ Núm. 1 Sábado, 7 de Abril de 1917 1I111IJIIIIIlIlllllUUIIIIIIIlIilmlllllllllllllllllllUlllllfllllllllllllHlllllllllllllltlIJI1IIIIIlIIIIIIIIUUII}JIIIKIIIUJIltIt1llfltllllllllllllllllmUIIJlIllIlHUIIIH11111111111 La suscripción anual a este Boletín cuesta 5pesetas. Cada número suelto 15 céntimos Las suscripciones anuales empiezan. siempre a contarse desde el día I. 0 de abril; pero se admiten suscripciones en toda época, desquitando ID céntí- mes por cada número que vaya publicado desde que empezó la anualidad IIIHUlllllllllllllltll"IIJlllllllllllllllllllllllllllUlrlll~lIllll!i1111IIIrIIIIIIlIlWII~11UIlI1lIll/JIIU$!UlIIIIIIJtllllllllnlllllllIIlIUHUIWt1IUUUJVI4IHlIJlUum.u1Kll Salutación A todos los periódz·cospr~/est·ona!es, a todos los cpmpaiieros, a todos los am'/gos de los veterinarios, salud. Este Boletín trae al mundo las ansias de lucha por la redención de un hombre Joven, que se resiste a ser enterrado por los desengaños. En sus págz·nas temblarán todas las z·nquieízuíes y en ellas se Zuchard contra toda infusticia projesional. No tendrá más múz·ón que la de decir la verdad, 'informar de los asuntos p1'ojesionales. y sostener batallas por la Asociación Nacional veterinaria. Nuestro público predz"llcto será el de los escarnecidos; nuestras campañas mds amadas, -Zas de la equidad; nuestro lema: todos para uno y uno para todos, C~estione5 generales Un problema de clase.i--Al fin llegó la hora, tan deseada por mí, de poder decir a 'los lectores de esta publicación, cómo un caba- llero, un funcionario público de dignidad intachable, un Inspector de carnes p~obo y honrado, sin cometer: otro pecado que el gran pecado de no querer dejar de serlo, ha sido en Ceuta vejado, escarnecido en, su honra y en su persona, padeciendo· la injusticia social más inicua que pudiera sufrir viviendo en la sociedad menos culta y más perver- sa que pueda existir. No puedo \decir toda la verdad que exprese todos los anteceden. tes y hechos 'ocasionales que forman la trama -del calvario por mí sufrido; porque si dijera toda la verdad, pobre de mí, se pediría que mi cuerpo, pasando por las lobregueces de la mazmorra, fuese pasto de cuervos. ·Asi prefiero dar a conocer hechos escuetos, de verdad in- controvertible, que ellos dicen bien elocuentemente, por su simple enunciado y conexión entre sí, la confabulación abominable, necesa- riamente habida entre almas sin elevación, con objeto de conseguir ver realizados sus execrables propósitos. .

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Ca S~manaU~t~rinariaBoletín profesional de la Revista de Higiene y Sanidad Pecuarias

Director: F. Gordón OrdásIIlIiIIlllIllllllIIlIlllllllIlllª=llfIIIIIIJlltlllllllllllllllll1111111I1"111111l1"IIIUIIIIIIIII)I"IIIIIIIHIIIII~11111111IlrIIIIIIJIIIJlllrII1111Irllllrlll~rllllllllllllllill"1IIIIU/llt!

Dirección de la correspondencia: _- Apartado de Correos n." 630.-Madrid

Afio I _ ~ Núm. 1Sábado, 7 de Abril de 1917

1I111IJIIIIIlIlllllUUIIIIIIIlIilmlllllllllllllllllllUlllllfllllllllllllHlllllllllllllltlIJI1IIIIIlIIIIIIIIUUII}JIIIKIIIUJIltIt1llfltllllllllllllllllmUIIJlIllIlHUIIIH11111111111

La suscripción anual a este Boletín cuesta 5pesetas. Cada número suelto 15 céntimosLas suscripciones anuales empiezan. siempre a contarse desde el día I.0 deabril; pero se admiten suscripciones en toda época, desquitando ID céntí-mes por cada número que vaya publicado desde que empezó la anualidadIIIHUlllllllllllllltll"IIJlllllllllllllllllllllllllllUlrlll~lIllll!i1111IIIrIIIIIIlIlWII~11UIlI1lIll/JIIU$!UlIIIIIIJtllllllllnlllllllIIlIUHUIWt1IUUUJVI4IHlIJlUum.u1Kll

SalutaciónA todos los periódz·cospr~/est·ona!es, a todos los cpmpaiieros, a

todos los am'/gos de los veterinarios, salud. Este Boletín trae almundo las ansias de lucha por la redención de un hombre Joven,que se resiste a ser enterrado por los desengaños. En sus págz·nastemblarán todas las z·nquieízuíesy en ellas se Zuchard contra todainfusticia projesional. No tendrá más múz·ón que la de decir laverdad, 'informar de los asuntos p1'ojesionales.y sostener batallaspor la Asociación Nacional veterinaria. Nuestro público predz"llctoserá el de los escarnecidos; nuestras campañas mds amadas, -Zasde la equidad; nuestro lema: todos para uno y uno paratodos,

C~estione5 generalesUn problema de clase.i--Al fin llegó la hora, tan deseada por

mí, de poder decir a 'los lectores de esta publicación, cómo un caba-llero, un funcionario público de dignidad intachable, un Inspector decarnes p~obo y honrado, sin cometer: otro pecado que el gran pecadode no querer dejar de serlo, ha sido en Ceuta vejado, escarnecido en,su honra y en su persona, padeciendo· la injusticia social más inicuaque pudiera sufrir viviendo en la sociedad menos culta y más perver-sa que pueda existir.

No puedo \decir toda la verdad que exprese todos los anteceden.tes y hechos 'ocasionales que forman la trama -del calvario por mísufrido; porque si dijera toda la verdad, pobre de mí, se pediría que micuerpo, pasando por las lobregueces de la mazmorra, fuese pasto decuervos. ·Asi prefiero dar a conocer hechos escuetos, de verdad in-

controvertible, que ellos dicen bien elocuentemente, por su simpleenunciado y conexión entre sí, la confabulación abominable, necesa-riamente habida entre almas sin elevación, con objeto de conseguir verrealizados sus execrables propósitos. .

-~-Es el caso que, cumpliendo escrupulosa y ieaimente 10 dispuesto

en el artículo 149 del,Reglamento de Policía Sanitaria de los animalesdomésticos, 'venía decomisando reses tuberculosas que presentabanlesiones por las que quedaban excluídas de la admisión para el con-sumo de sus carnes, a tenor de lo preceptuado en el aludido .artículo;reses decomisadas que luego eran libradas al abasto público, casisiempre, porque reconocidas por el segundo y tercer veterinarios, éstosperitos certificaban, generalmente, que dichas reses podían consu-mirse; fundamentando sus dictámenes en que las reses decomisadassolamente presentaban lesiones tuberculosas localizadas, y en que suestado de carnes era bueno. Debo hacer constar, que todas, absolu-tamente todas las reses decomisadas por mí, presentaban tubérculosbien ostensible's en la pleura, pulmón, hígade> y gánglios traquealesy esofágicos, por lo menos. ' I

¿Qué ocurría para que luegó en esas reses mis compañeros que lasreconocían, no vieran más.lesiones que en un solo órgano, o a lo másen dos, en la mayor parte de los casos? Una mano interesada en ello¿hacía'desaparecer las lesiones q~e mis compañeros no veían en la resreconocida? Como aclaración a tales observaciones, me adelanto a ma-nifestar, que siempre creí demostrar mi imparcialidad en el decomi-so de reses, no interviniendo los posteriores reconocimientos quepracticaban mis compañeros; y así lo venía efectuando.

Repetida una y otra vez la anomalía apuntada, creí del caso inter-venir en tres ocasiones los reconocimientos que practicaban miscompañeros y dió la casualidad que en esas tres ocasiones las resesse encontraban tal cual yo las había visto; no obstante, mis compañe-ros dictaminaron que podían consumirse, como aquí se justifica conlá certificación dada por mis compañeros en uno de aquellos tres ca-sos, certificación que transcribo a continuación, porque' su texto puedeser luz clarísima, que haga ver a los lectores de estas líneas lo que yono quiero ni debo decir. El perito segundo certifica: «Que a instanciasde D. José Coriat, he reconocido en el Matadero municipal de estaplaza en el día de hoy una res de su propiedad, presentando lesionestuberculosas localizadas en el pulmón y pleura, no presentando lesio-nes de ningún género en ninguno de los demás aparatos orgánicos,siendo el estado dela res bueno, parlo que respeta al estado de carnes, porcuyo motivo el veterinario que suscribe propone el consumo de la res,previa inutilización de lo,s órganos atacados» ... El tercer perito dice:.Certifico: que habiendo sido nombrado por el ilustre Ayuntamientopara reconocer una res sacrificada en el Matadero público, pude apre-ciar que existían lesiones en el pulmón, hígado y ganglios traquealestuberculosas y estando la mencionada res en buen estado de canjes,es mi parecer que puede expenderse al público, basándome en el Re-glamento del Matadero é inspección de substancias alimenticias, sien-do inutilizadas las vísceras lesionadas» ...

Consultados mis jefes provinciales sobre el particular de que setrata, dichos señores aprobaron mi gestión, rec;onociendo que yo pro-cedía con arreglo a ley decomisando las reses que presentan lesionestuberculosas excluidas en el artículo precitado.

El día 4 de agosto último tuve necesidad de decomisar una restuberculosa, Con tubérculos bien ostensibles en la pleura en toda suextensión y en el pulmón, hígado y ganglios esofágicos. Por atender

-;) -a deberes oficiales tuve necesidad de ausentarme del Matadero, perosin dejar de prevenir al conserje de dicha dependencia, que no per-mitiese salir de aquelIocal la res decomisada-aunque dictaminaranfavorablemente a su consumo .el segundo y el tercer peritos-e-sin miautorización. No se hizo asi, y la res fué dada al abasto público, contrami dictamen, comó tantas otras veces había ocurrido; visto lo sucedi-'do una vez más, opté por solicitar la celebración de sesión extráordi-naria de la Junta local de Sanidad para proponerla adoptase un me-dio que diera la mayor suma de garantías a este vecindario, a fin 'deque no se vendieran carnes de reses tuberculosas, fuera de aquelloscasos en que la ley lo permite. "

Un.periódico local denuncia el consumo de reses tuberculosas y' -pide ejemplar castigo para dos: responsables del hecho denunciad?;pero al tercer día de iniciada su éampaña, cambia de opinión (él sabrápor qué) y pide mi prisión; y, efectivamente, incoadas diligencias judi-ciales en averiguación de responsabilidades por la venta 'de carnestuberculosas, estas diligencias dan por resultado mi procesamiento ymi prisión:. . '

La sentencia absolutoria recaída en mi procesamiento, declarandomi inculpabilidad, bien proclama-mi martirio sufrido; su lectura puedeconstituir una triste lección de cosas, que enseña a ver cómo un ca-ballero y digno funcionario puede ser' encarcelado, La .sentencia .diceasí: «Auditorio de Guerra de Ce¡:Ita=293=Excelentísimo e Ilustrísi-mo Señor: Las presentes actuaciones se instruyeron con motivo de lapublicación de un artículo, titulado «Ceuta ha comido carnes de re-ses tuberculosas» en' un periódico de esta: localidad, A las diligenciasprevias que se incoaron se las dió carácter de causa por haberse apor-tado a los autos algunas declaraciones de las que se deducía la exis-tencia del delito de exacciones' ilegales cometido _por .el veterinariomunicipal D. Maximino Ló'pez Crescente, Existen en el procedimientodistintas declaraciones de importadores de reses, que manifiestan' queen el Matadero cobraba el aludido veterinario determinados derechos,por cada res que sacrificaba. Así los términos de la perpetración del

.delíto mencionado era evidente; perofnteresada una instrucción de-tallada y precisa y habiendo en cuenta las funciones que el expresado ~veterinario desempeña, cuales son las concernientes a la visita sanitariaque para ganado8.-importados o exportados previene la Ley de Sani-dad exterior, se aclara que los derechos percibidos por D. MaximínoLópez, no eran en concepto distinto al de visita sanitaria, y por tantosu exacción era perfectamente .legal, pues no hay testigos- en el pro-cedimiento que manifiesten ha habido duplicidad de pago por res, asícomo tampoco que el pago único que por la importación del ganadose devenga, haya sido satisfecho a D. Maximino 'López, después depromulgada la ley Epízootiás, por virtud de la cual la percepción dedichos derechos pasó al Estado. Por tanto, el que el ..suscribe entiendeque el hecho ,?oncreto de exacción ilegal no ha sido cometido por elencartado, o al menos no hay en el procedimiento elementos de prue-ba para fundamentar .tal afirmación, pues como ya se ha explicado,'los derechos que en el Matadero percibió, eran los correspondientes ala visita sanitaria, no por distinto concepto. Por lo expresado entiendoprocede decretar el sobreseimiento definitivo de las actuaciones, con-forme preceptua el n.? L° del artículo 536 delCódígo de justicia - mili-

-=.~-

tar; debiendo pasar el procedimiento a su instructor. para notificaci6ny cumplimiento, deducción del oportuno testimonio al Consejo Su-premo y unión de las correspondientes hojas de estadistica.= V. E. 1.no obstante resolverá.eeCeuta S de febrero de 19'17.=Antonio DíazDelgado. ' Rubricadó.e--Ceuta 9 de febrero de 1917.-De conformi-dad con el dictamen que antecede, he resuelto sobreseer definitiva-mente estas actuaciones que- pasarán al capitán D. Guillermo Rodrí-guez de Riverá, que como Juez, auxiliado del Secretario que tiene de-signado, cumplimentará cuanto se propone en aquel dictamen. Joa-quín Milans del Bosch.-Rubricado.=Hay un sello que dice: Coman-dancia General de Ceuta-Estado Mayor».

Consideraciones que requieren los hechos cbnsignados en este es-crito, cada cual de los lectores las hará según su criterio.

Termino el relato de hechos, que constituyen historia rigorosa-mente exacta de la primera parte de mi calvario sufrido, por no pres-tarme hacer lo que no debía. La segunda parte,' el procedimiento ad-ministrativo, aun sigue curso; a su terminación la daré a conocer; ysu relación causará asombro a quien la lea, por las atrocidades adrni-nistrativas que denuncia.

Quiero decir a mis compañeros, para terminar este escrito, quelos autores responsables de este caso tienen el titulo- de veterinarios, yes forzas,? decirlo, caballeros .......:.Maximino López Crecente:

** *, La lectura de este artículo de un hombre íntegro, que virilmente

lucha por' sus derechos, apena el ánimo, por~e nada hay tan tristecomo ver a uIt0s veterinarios entretenidos en cavarle la sepultura a uncompañero digno. ¿Hasta cuándo durará esta estúpida lucha fraticidaque nos deshonra y nos debilita frente al enemigo común?

Federaciones y ColegiosFederación veterinaria de Castilla Ja Vieja y León,-Presi-

dmcia.-De oportunidad considero publicar en este número, primerode LA SEMANAVETERINARIA,todo cuanto relacionado con esta Fe-deración puede interesar i conviene saber a los compañeros federa-dos de la región Castellano-Leonesa; para que las decisiones y acuer-dos realizados nosean juzgados como arbitrariedades del cargo que seme confió al designar el Consejo directivo de esta Federación.

La Revista de Higiene y Sanidad Veterinaria, el periódico del Co-legio de Palencia y, sobre todo, unas Circulares impresas que ha he-cho distribuir entre la clase elSr, Gordón Ordás, han dado a sabersu proyecto de publicar este Boletín semanal, ofrecido en condicionesfavorables a todas las colectividades, tanto provinciales como regio-nales. -.

Como se trataba de un proyecto que yo desde luego le estimé ex-celente, y antes de darle a la publicidad, su autor consultó mi opiniónbajo condición de dar una solución pronta y definitiva; de acuerdocon los demás Consejeros de la Federación, ante las dificultades queofrece el reunir a todos los compañeros de Consejo directivo y' afano-so .por cumplir el encargo que se me daba, opté por dirigir una carta-

-5-circular a: los señores Consejeros, para someter a- su consideración elm'encionado proyecto y hacer algunas proposiciones federativas, decuyo contenido y resultado se da cuenta en la comunicación que hedirigido a los compañeros del Consejo y que copiado a la letra dice

, r'aSll , '

«De conformidad con lo preceptuado t, en mi carta-circular dirigi-da a los señores Consejeros de esta Federación, en el pasado mes deenero, tengo el gusto de comunicar a usted ,que el' día 30 del citadomes nos reunimos en Palencia los ,Consejeros residentes eh esta pro-vincia y dada lectura de todas las cartas recibidas en contestación alos extremos expuestos en mi carta, circular de referencia, resultó unamayoría de 22 firmantes e11favor de las proposiciones consultadas,por lo que, en la' referida reunión se determinó dar como acuerdodel Consejo Directivo' de esta Federación, lo siguiente:

a) Suscribir a los veterinarios federados al futuro periódico LASEMANAVETERINARIAque desde el próximo mes de abril comenzará a

, publicar el Sr. Gordón Ordás; "Cuyo periódico será declarado órnago deesta Federación, suspendiendo, por tanto, el proyectb de publicar elperiódico que se ofrece en/ el Reglamento de dicha Federación.

b) Que el pago de la suscripción lo efectue la Tesorer.ía de la Fe- ,deración por trimestres anticipados. _

c) Que los 'Colegios federados abonen la cuota anual de cincopesetas por colegiado mediante pagos trimestrales, y

d) Que el libro de la Asamblea sea publicado bajo la direccióndel Secretario de la Federación cuando se dísponga de fondos paraello.

Lo que comunico a usted para 'fos efectos consiguientes.Dios guarde a usted muchos años.Villada 7 de febrero de 1917.

,El Presidente,

Sr.'D »

** * I

Por acuerdo de la Asamblea - celebrada en Valladolid, se han cur-'sado tres telegramas: uno al Sr. Ministro de Instrucción pública, supli-cando conceda subvención al sabio veterinario D. Joaquín Ravetllat.Otro, de-salutación a este gran compañero alentándole, a proseguiren sus avanzados estudios sobre tisiología. y otro telegrama al señorMinistro de Gracia y Justicia, rogando indulto para el exmédico deEl Pobo Dr. Alegre. ' ,

Más tarde (24 de febrero), en virtud de una atenta circular remiti-da por el Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de la pro-vincia de Tarragona, se expidió en nombre 'de esta Federación untelegrama de felicitación y de agradecimiento al excelentísimo e ilus-trísimo- señor Arzobispo de aquella Archidiócesis, p0r una proposi-ción de ley, sumamente beneficiosa para la clase.Veterinaria, que co-mo senaJor del Reino, .ha presentado en el Senado y es como sigue: ,..

«El importe de las consignaciones correspondientés para pago delos haberes de los veterinarios titulares e Inspectores municipales deHigiene y Sanidad pecuaria que figuran en los presupuestos municipa-les, será recaudo por el Estado, a cuyo efecto vendrán obligados los~Iullicipios a ingresar dicha-s cantidades en las Delegaciones de' Ha-

,l

-6-den da y de esta suerte, sin perjudicar en lo más mínimo los interesesdel Tesoro, los Ministerios de la Gobernación y Fomento habrán desatisfacer trimestralmente los haberes devengados por - tan sufridaclase».

Como esta plausible proposición que tanto puede favorecer a laclase, coincide con una de las conclusiones que fueron aprobadas ennuestra Asamblea y se elevaron al Gobierno de S. M., estimo de mu-cho interés que ahora los veterinarios que tenga~ amistad yrelacio-nes con 9-1gúndiputado o senador de su provincia recaben el apoyoa la proposición del Prelado de Tarragona para que ,sea tomada enconsideración y pueda ser convertida en ley.

*... ..Dentro de poco tiempo, para ef mes de mayo, y probablemente en

Palencia, se celebrará una reunión del Consejo Directivo para tratarde algunos asuntos que interesan a la Federación. .

Oportunamente se convocará por medio de este periódico.-lIf.Vidal Alemán.

Legislación

~ MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA.-SUPRESION DELASREvÁLIDAs.-Real decreto' de 10 de marzo [Gaceta del 15)., .

A propuesta del ministro de Instrucción pública y Bellas Artes,vengo en decretar lo siguiente:"

Artículo LO Todas las enseñanzas que se estudian en los estable-cimientos de-todo género dependientes del ministerio de Instrucciónpública y Bellas Artes. se considerarán definitivamente terminadas conla aprobación de las asignaturas correspondientes establecidas en elplan por el cual hubiere comenzado o seguido el alumno sus estudios.

No se exigirá reválida ni ejercicio alguno especial para la obten-ción del título que corresponde a cada grado. Aprobadas las asig-naturas del plan, será expedido el título a solicitud del alumno o desus representantes legales. .

Art.2.0 No' obstante lo que queda dispuesto y mientras no semodifica lo establecido en materia de derechos de Hacienda para laobtención del título, se satisfarán las cantidades correspondientes alos ejercicios de grado o de reválida. .

Art. 3.0 Mediante las delegaciones que sean necesarias, los títu-los de bachiller, serán expedidos por los directores de los Institutos.

Art. 4.° Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan alo preceptuado en este decreto, y facultadci el ministro de Instrucciónpública y Bellas Artes para dictar todas las reglas necesarias para laejecución del mismo. _ .

Dado en Palacio a 10 de marzo de 1017.-Aifonso.-Er ministrode Instrucción pública y Bellas Artes, Julio Burell.

DISTINCIONESy DERECHOSDE LOSALUMNOS.-Real orden de 10 demarzo (Gaceta del 15). .

Ilmo. Sr.: No obstante lo dispuesto en el Real decreto de estafecha suprimiendo los ejercicios de grado y reválida en todas las ca-

_-7-

rreras, enseñanzas y estudios establecidos en los 'distintos Centrosdocentes que dependen de este Ministerio,

S. M. el Rey (q. ·D. g.) se ha servido disponer que los alumos asíoficiales como de carácter privado o libre, una vez aprobados en losexámenes de asignatura exigidos para completar o.terminar el plan aque deban sujetarse en dichos Centros, puedan aspirar como hastaahora a las distinciones y derechos que con relación a la nota de so-braIiente, título gratuíto, premios extraordinarios y pensiones univer-sitarias en él establece el arto 23 del Reglamento de exámenes y gra-dos de 10 de mayo de i90,I. Cualquier otra disposición referente' aenseñanzas reglamentadas de manera especial y que guarde analogíacon el citado artículo, ordena también S. M. que sea observada a ins-tancia de las respectivos alunrnos.

De Real orden lo digg a V. 1. para su conocimiento y efectos pro-cedentes. Dios guarde a V. I. muchos. Madrid, 10 de marzo de 1917 .......:..Burell.-Señor Subsecretario de este Ministerio. ,

MINisTERIO DE LA GUERRA.-ABoNos DE TIE,MPO.-R. O. C.29 enero 1917. (D. O. núm. 24). Amplía a las fuerzas que prestan susservicios en Cabo Juby los beneficios comprendidos en el arto .1.0,apartado (b) del Real decreto de 13 de mayo de 1916 (c. L. núm. 98)y en el (a) del mismo artículo si hubiese, lugar a ello, con arreglo alart- 6.°. -

CONVOCATORIADE OPOSICIONEs.-R.D. 7 de marzo de1917· (D. O.núm. 55). Prohibe la ampliación de plazas después de promulgadaslas convocatorias, en los distintos organismos del Ejército. . .

DESTINOS.-R. O. 17 marzo- 1917 (D. O. núm. 64). Dispone que losjefes y oficiales del Cuerpo de Veterinaria Militar pasen a serv ir losdestinos que en la misma se les señalan:

Sabinspectar veterinario de prim~ra clase/

D. julián Mut, a la Dirección general de Cría Caballar y Remonta.- .Subinspi!ctores ueteriuarios de segunda clase

D. José Fernández, a la Escuela Superior de Guerra.D. Francisco Acin, a jefe de veterinaria militar de la S.a región.D. Juan Roselló, a id. id. id. de la z." id.

Veterinarios mayores

D. Enrique Usua, a jéfe de veterinaria militar de Baleares.D. Anastasia Bustos, al 2.° Depósito de Caballos Sementales.

Veterinarios prineeros

D. Gregario López Romero, a la r ." Comandancia de tropas deIntendencia. .

D. César Desviat, al regimiento de Húsares de Paví¡{.D. Joaquín Abadía, a la Comandancia de Artillería de Menorca,

en plaza de veterinario segundo.

Veterinario segundo

D. :Agapito Molina, al 9.° regimiento Montado de Artillería.GRATlFICACIONES.-R.O. 30 enero 1917 (D. O. numero 25).-Con-

-8-cediendo la gratificación de 600 pesetas anuales al veterinario mayorD. Juan Alcañiz, con destino en el Instituto dé Higiene Militar.

INDEMNIZACIONES.-R O. IO febrero 1917 (D. O. núm. 55).-De--clara indemnizables las comisiones del servicio desempeñadas por los.siguientes oficiales del Cuerpo de Veterinaria Militar: veterinario pri-mero D. Bonifaéio Llerot, de Hospitalet a Vích, compra y reconoci-miento de sementales, en los días 16, 17" 18, 26, 27 Y 29 de no-viembre de 1916; y 'veterinario tercero D. ~nrique Esteban, de Hos-pitalet a Piera, compra y reconocimiento de sementales, el día 19 -denoviembre' de 1916. .

-R' O. r3 febrero 1917 (D. O. núm. 55).-rdem la id. id. por elveterinario rimero D. Félix Sánchez Hernández, ,de ?evilla a Ubeda,recepción de potros, del dia.3 al 13 de noviembre de 1916.

MATRIMONI0S.-R. O. 22 eneso I9l7 (D. O. núm. I8).-Concedelicencia para contraer matrimonio con D." María del Carmen Calvo, alveterinario primero D. Carlos Cerrero .., ~R O. 30 enero 1917 (D. O. núm. 25).-Idem iel. para id. id.con D." Vicenta Tatay, al veterinario segundo D. Camilo Guillén.

-R. O. 14 marzo 1917 (D. O. núm 6I).-Idem id. para id. id.con D." María 'Cortés Mesa, al veterinario segundo D. Aurelio Alar-c6n Tornes.

PULPAANTIVARIOÚCA........:R. O. c. 6 marzo 1917 (D. O. núm. 55).-Dispone que sea de dos "meses solamente la duración legal de la pulpaantívariólica, envasada en tubos capilares y puesta a la venta en lasfarmacias militares.

REORGANIZACIÓND~ LOS SERVICIOS))EL EJÉRCITO EN l\IL<\RRUECOS.-R. O. C. IO marzo 1917 (D. O. núm. 58).-Asigna la siguiente plantillaal Cuerpo de Veterinaria Militar:

7.efatura y servicios de Ceuta: un veterinario mayor y un veterina-rio primero.

Yejaturay servicios de Melilla: un veterinario mayor, tres veterina-rios primeros y un veterinario segundo.

Yejaturaj servicios de Larache: un veterinario primero ..Rtgimimtos & Cazadores de Alcántara, Vitoria y Taxdir, I4, 28

Y 29 de caoalleria, respectivamente: un veterinario primero, dos segun-dos y un tercero a cada regimiento.

R~mo1ttade Caballtrír;t de Larache: un veterinario primero y unsegundo.

Comandancias de Artillería de Jl1dilla, Ceuta JI Larache: un vete-rinario primero y tres s~gundos o terceros a las de Melilla y Ceuta yun primero y otro segundo o tercero a la de Larache.

Comandancias dt ¡/tgmieros de Melilla, Ceuta;y Laracke: un vete-rinario segundo' a cada una.

Comandancias de tropas de lntmdmcia de 1/,felilla, Ceuta y Lara-,.che: un veterinario primero. y tires segundos a las dos primeras y unprimero y dos segundos a la última.

Compañías mixtas de Sanidad Militar dt Melilla, Tetudn, Lara-ch«y Ceuta: un veterinario primero a las de Melilla, T etuán y Larachey un segundo a la de Ceuta.

Crupos de fuerza regulares indígenas di! Tetuán I, Mdilla 2, Ceu-tllt 3Y Laraclzc 4: un veterinario primero y otro segundo a cada grupo.

RE~MPLAZO POR ENFER~fO.-R. O. 27 febrero I917 (D. O. núm. 48).

--1) -

-Se concede al subinspector veterinario de primera clase D. EusebioMalina .Serrano, con arreglo a las instrucciones publicadas por R. 0.de 5 de junio 'de I905 (c. L. núm. ror), .

V.ACUNACIÓNANTJRRÁBICA.-R. O. C. I2 marzo I9I7 (D. O. número,6o).,-Dispone que por el Instituto de Higiene Militar se elabore lavacuna antirrábica para la inmunización por el método de Hogyes,

MINISTERIO DE LA GOBERNACION.-REGLAMENTO DE LASco-RRIDJI.S" NOVILLOSy BECERROS.(R. O. de 28 de febrero (Gacéta del 3 demarzo).

Los artículos de.este Reglamento que interesa conocer a los vete-rinarios son lbs siguientes:

Artículo 11.- También facilitará localidades gratuitas a los subde-legados de veterinaria que renazcan los 'toros y a los de la mismaprofesión que verifiquen el reconocimiento de Ios caballos, debiendohallarse situados en un lugar próximo a la presidencia las de los pri-meros, y contiguas 8. la puerta de caballos las de los últimos.

'Artículo 13.~-Dos días antes de la corrida presentará la Empresaen las cuadras de la plaza las caballos necesarios para,el servicio arazón de seis por cada uno ele los toros que hayan de ser lidiados, no I

obstante la 'obligación que le afecta de facilitar cuantos caballos' fue-ren precisos. Si la Empresa conviniese tener contratados dicho serviciolo hará siempre bajo. su responsabilidad directa y única.

Los caballos habrán de tener la alzada mínima de 1A5 metros, yserán reconocidos, a presencia del-delegado de la.autoridad gub~rna-tiva, por dos subdelegadps de veterinaria, que aquélla designará, debien-do desechar cuantos caballos no ofrezcan la necesaria resistencia paraelobjeto a quese les destina o presenten síntomas de enfermedades infeecio-sas, y del resultado de su reconocimiento se extenderá por dicho fa-cultatívo certificación duplicada, entregándose ¡{'n ejemplar al delega-do ~e la autoridad gubernativa y otro al,-presidente de la corrida.

Artículo J4.-En la parte exterior de la puerta de caballos habráuna marca de hierro de la altura fijada en el artículo anterior, por sifuese necesario comprobar durante la función la alzada de algún caballo.

Artículo I5.,-Los caballos todos serán probados, a cuyo acto asis-tirán los picadores o sus suplentes, y cada picador, por orden de anti-güedad, eligirá los caballos que haya de utilizar en la lidia, y que.serán tres de primera y otros dos o tres de los llamados de comunidad.

Esta prueba se completará con otra, que tendrá lugar en elredondel de la plaza, 'a presencia del delegado de I la autoridad yde los veterinarios, para que cada picador acostumbre a su mano loscaballos por él escogidos y compruebe si están ernbocados., dan elcostado y el paso atrás, y si son dóciles para el mando.

Los subdelegados. de veterinaria con el visado del delegado de laautoridad, extenderán certificaciones del resultado de la prueba. Tam-bién se hará por dichos subdelegados una reseña por triplicado de loscaballos escogidos, entregando un ejemplar ad delegado de la autori-dad y dos al presidente del espectáculo. Los caballos declarados inú-tites serán marcados y retirados de los corrales y cuadras.

Articulo 19.-Las reses que se destinen a laJidia en las corridasde toros habrán de tener la edad mínima de. cinco años y no excede-rán de siete,

Cuando al hacer los veterinarios el reconocim iento de las reses,

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después de muerta, resultara que alguna o varias de éstas no tenían laedad mencionada, la autoridad gubernativa impondrá al dueflo de laganadería una multa .precisamente de 500 pesetas por cada infracción.

. Artículo 20.- El peso mínimo de los toros será el de S 2 S kilo-gramos, excepto en los meses de junio, julio, agosto y septiembre, enque habrán de pesar S SO bajo las sanciones .del artículo anterior, si.arrojoren menor peso al reconocerlos después de muertos,

La comprobación del peso se hará por los medios que la prácticaaconseje como más convenientes y exactos, ante el delegado de-la au-toridad, los veteninarios y los representantes de la Empresa y ganade-ro. El resultado constará en acta, suscrita por todos ellos, que seunirá a las certificaciones relativas a la edad de los toros, para serpresentadas por el delegado en el acto del reconocimiento de losmismos. .

Art. 23.-El reconocimiento facultativo para acreditar la sanidadde las reses y su utilidad para la lidia, se efectuará únicamente, conarreglo a 10 preceptuado en las Reales órdenes de 10 de febrero de191 I y-26 de febrero de 1916, por los subdelegados de veterinariadesignados por la Dirección general de Seguridad en Madrid y los go-bernadores en las provincias, ante el delegado de la autoridad, y conasistencia del empresario y del ganadero o de sus representantes, condos días de antelación al de la corrida, o antes, si la empresa 10 so-licitara.

Podrá, sin embargo, retrasarse el reconocimiento cuando, porcausa justificada, fuese imposible efectuarlo con la anticipación fijada,o cuando por haber sido desechada alguna Q algunas de las reses, sea '-preciso sustituirlas con otras que hayan de ser objeto de nuevo re-conocimiento.

Se reconocerá, cuando menos, un toro más de los anunciados enel cartel si la corrida fuese de seis, y dos si fuese de ocho. Los torossobreros podrán ser de ganadería distinta a la anunciada, pero siempreprocedentes de una vacada de reputación. - •

El reconocimiento expresado estará sujeto a revisión que se efec-tuará ante las.personas designadas, seis horas antes de la señaladapara principiar la corrida.

De su resultado se extenderán certificaciones, que quedarán enpoder del delegado de la autoridad gubernativa y de la Empresa.

Artículo 23.-El reconocimiento a que se refiere el artículo ante-rior versará exclusivamente sobre la edad aparente, utilidad para lalidia, sanidad y presentación de los toros.

Los veterinarios rechazarán la admisión de todos aquellos toros quetengan cualquier defecto de la vista, viciosa armadura, se resientande los remos o estén faltos de tipo. '

La autoridad gubernativa castigará con multas a los veterinariosque dieren por útiles toros que no reunan las condiciones reglamen-tarias. La imposición de tres multas a un facultativo por tal negli-gencia, implicará que no podrá ser designado para nuevos reconoci-mientos durante un año, y si después se hiciere acreedor a nueva mul-ta, será excluido indefinidamente.

Artículo 9r.-Dispone que el reconocimiento de los novillos sehaga como el de los toros y también por los subdelegados de vete-rinaria.

- 11Artículo 95·-Manda que las reses para las becerradas no pasen

de dos años y que las reconozca un veterinario designado por la au-toridad, al cual pagará la Empresa arrendataria de la plaza.

Se.ruega a todos los lectores de la «Revista de Higiene y Sani-dad Pecuarias», e igualmente a los de LA SEMANAVETERINARIAq2{een lo sucesivo pongan siempre a toda la correspondenciaque nos enuien esta direccidn: jZlpartado de Correos, nú-

, mero 630, ~adrid.

Higiene pec~ariaLos p~c:.uarios ~n acción.-Ba!eares.-El pecuario de esta pro-

vincia, D. Antonio Bosch, ha publicado en La Almudaina, importan-te periódico de-Palma de Mallorca, un interesante' artículo sobre elconflicto creado en aq uellas islas por la guerra europea para el abaste-cimiento de carnes, en cuyo artículo excita como remedio a que se es-timule la cría del ganado vacuno. I

Coruña.--RQf Codina ha publicado, en' el Boletín Agrícola de laR~gión agronómica de Galicia y Asturias, un precioso artículo en elque hace reñexíones muy atinadas sobre el proceder irracional de losganaderos que llevan todas sus _terneras al Matadero sin preocuparsede conservar las mejores para semilla, y anuncia que para contrarres-tar esta orientación se pr,eparan este año en Galicia numerosos Con-

- cursos de ganados, en los cuales se' otorgarán premios en metálico alas reses bovinas de raza gallega que se destinen a la reproducción.

Cuenca.-D. Félix Fernández Turégo, yecuatio de esta provincia,'ha publicado un admirable folleto sobre el «Concurso de ganado 'la-nar manchego celebrado en Taranéón durantelos días 14 y I 5 de mayode I9I6». En dicho folletoí 'que va ilustrado con varias fotografías -dereses premiadas, se hace historia del concurso, se exponen las basesde calificación, se hacen consideraciones "muy atinadas sobre la ovejamanchega de Tarancón y se estimulan a que prosigan los- concursosde distrito hasta llegar a la-celebración de un Concurso provincial.

Zaragoza.-EI Sr. Coderque ha publicado en la hermosa revistailustrada La Vida en el Campo un bien escrito artículo sobre la peri-neumonía exudativa de los bóvidos, en el que se resume, en síntesisperfecta, todo 10 concerniente a esta infección y a su profilaxis.

Notic~as del N~goc:.iado.-Toledo: El alcalde de Escalona solicitala destitución del Inspector de Higiene y Sanidad pecuarias señalandolas faltas cometidas. El 26 de marzo ha sido informada la instancia porel Gobierno civil de Toledo favorablemente a las pretensiones delmonterilla de dicha: localidad., Morsell (Tarragona): El Inspector D. Fabián Vidal Nicasi, recurreprotestando de que solo se le asignaron el pasado año 271 pesetascomo Inspector municipal, y que en el corriente año figura todavíareducida la consignación en presupuestos por este concepto.

Albarracín (Teruel): D. Pedro Narro Jordán, Inspector municipal,solicita de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 302 del Reglamen-to, que se le asignen 1.500 pesetas de sueldo. Acompaña muchos da-

12 -

tos referentes a los servicios prestados y a la, extensión del términom~~~, )

Consultas

D. J. ,S., lJlot?lla de] Palancar.--Pregunta: ¿Se. c,?mputan 'los ser-vicios interinos de Subdelegado de Sanidad a los efectos de poder ob-tener la pensión del -Estado, que menciona, la Ley qe r r-de julio de1912? Respuesta: Los carrgos interinos no dan derecho a ninguna clasede empleados públicos para los efectos de los derechos pasivos. .

D, f'\, G" Nauares de Enmedio.-Pregu12ta:-r.° ¿Puede un alcal-de suprimir del presupuesto municipal la cantidad consignada parapago de la-inspección de carnes?' 2.° Contra un Ayuntamiento que nopaga al veterinario municipal ni los servici<?s de titular ni los de Hi-giene y Sanidad pecuarias, ¿qué recurso puede interpoaersej Rupues-ta: L° Los Ayuntamientos no pueden suprimir nunca de sus presu-puestos las cantidades que tengan consignadas para pago del veteri-nario titular, y si quieren disminuir €sa cantidad ha 'de ser previas lasformalidades que señala el artículo 45 del Reglamento del Cuerpo deveterinarios titulares de España, que son: formación de expediente enqlle se justifique la necesidad, de la medida, audiencia 'en dicho expe-

.díerrte del veterinario, de la junta provincial de sanidad y de la comi-sión provincíal y aprobación por el gobernador, quien comunicará suprovidencia a la Junta de Gobierno-y Patronato, «no autorizando dichaAutoridad ningún presupuesto en el que se haya infringido esta dis-posición», 2.Q El veterinario titular que no cobre sus haberes debeacudir en quejaa la Junta de Gobierno y Patronato para que ésta pidaal gobernador que ordene el pago al alcalde del Ayuntamiento co-rrespondiente; para reclamar el pago de los haberes como inspectoresmunicipales de Higiene y Sanidad pecuarias, deben los veterinarioselevar su queja ante el gobernador po. intermedio del Inspectorprovincial. ..'

D. D. H., Calaiias.-Pregunta: Le ¿Puedo prohibir a los castrado-res la práctica de la castración en los pueblos que visito y en quee.jerzo cargo oficial como veterinario? 2.° ¿Puedo exigir que se prohibaen dichos pueblos la matanza de reses en mataderos particulares? Res~puesta:. LO La R. O. de 26 de julio de 1913 solo reserva la exclusiva aIos veterinarios para la práctica de la castración en el término munici-pal en que residan, siempre que hayan manifestado a la Alcaldía, enun plazo de ocho días, a partir de la publicación de dicha disposición,las facultades que se reservan respecto a la castración de animales enel término municipal de su residencia, quedando las restantes reser-vadas a los castradores, aunque sean ambulantes; más aun: hasta cuan-do el veterinario se ha reservado todas sus- facultades respecto a lacastración, pueden los alcaldes, en caso de excesiva U1:genciay de acu-mulación de servicios, habilitar temporalmente a los castradores.2.° Todas las disposiciones españolas sobre la materia prohiben ter-minantemente el sacrificio de reses en los mataderos particulares yexigen que en cada Municipio haya un matadero público para el sa-crificio; por lo tanto, los mataderos particulares de que se tenga noti-

.cía deben denunciarse ante las autoridades locales, y si éstas no hacen

15caso, ante .las provinciales, corno mataderos clandestinos para que sean

. clausurados.

GacetillasRdve.rtenc.ia importante.~Los suscriptores de la Revista de Hi-

giene y Sanidad Pecuarias, que pertenezcan a la vez a alguno di! losColegios o Federaciones que han aceptado la suscripción coiectiua . deLA SEMANAVETERINARIA,tendrán qtceabonar a esta administración docepeseta.} anuales, como los demds suscriptores; pero, en cambio, 120 ten-d1:dn que pagar a la. Tesoreria de la: Federación o de! Colegio las doscincuenta pesetas para la suscripcio« colectiua, t¡l- CU}/O efecto de esta Ad-ministración se ha pasado, a los presidentes di! los organismos antedi-chos una lista di! los uetertnarios qUi! se encuentran en este caso. r'

, A los \ sus.::riptores.--o-Atendiendo numerpsas' reclamaciones, quenos han parecido justas, de suscriptores de la Eeoista de Higieni! .')1

Sanidad hcz'laTias, que desean que LA SEMANAVETERINARIAsea demismo tamaño que aquélla, a los efectos de la encuadernación, este'Boletín no tendrá el tamaño que se anunció; pero, ~n cambio, en lu-gar de limitar a ocho el númeró de sus páginas, se publicarán cuantashaga necesario aumentar la índole de las informaciones semanales, conlo cual nadie sale perdiendo y salen 'ganando muchos.

Descanse en paz.-En Gruña Puente Arce (Santander) ha fallecidoD. Saturnino Bardón Alvarez,' que desempeñó durnnte muchos añosla cátedra de arte de herrar y fijar de la Escuela de Veterinaria deLeón, y últimamente la de Madrid. .'_

Era un hombre bueno y digno, que solo deja tras de sí recuerdosde simpatía. A toda su familia, y muy singularmente a nuestros queri-dos compañeros D. Luis y D. Saturnino, enviamos la expresión denuestro pésame.más sentido por la desgracia que les aflige.

La Escuela de Veterinaria de Madrid--EI ilustre rector de la Uni-versidad Central, Sr. Carracido, visitó el día 2I la Escuela de vejerina-ria de esta Corte, como tiene indicado se propone hacer respecto a to-dos los Centros de enseñan~a del Distrito, para informarse del esta-do y necesidades de estos importantes establecimientos.

El director de la Escuela, Sr. García Izcara, con todo el Claustrode profesores y los alumnos de la Escuela, recibieron en la puerta delmagnífico edificio al Sr. 'Carracido, cuya presencia fué acogida por losestudiantes con entusiastas aplausos, expresándole luego el señorGarcía Izcara la satisfacción de todo el-personal por esta honrosa visi-ta, cuyo anuncio había sido allí muy grato, porque significaba unaatención que habrá de ser provechosa a los' servicios de la instrucciónpública.

Durante su detenida visita.el Sr. Carracído recorrió todas las de-pendencias de la Escuela, congratulándos<:; de los trabajos que porprofesores y alumnos se efectúan en los departamentos de Histología,de Anatomía descriptiva, de Fisiología, de Microbiología, de Patolo-gía y consulta pública de clínica médica y qujrúrgica y de Zootecniay elogiando el traslado, mejora y ampliación de los Museos de Anato-mía normal y patológica y de Teratología (donde hay algunos ejem-plares que han proporcionado y preparado los profesores respectivosy que compiten con los del extranjero); la creación de los nuevos y

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bien instalados y dotados laboratorios de Histología, de Microbiologfay preparación de sueros y vacunas y de Enfermedades infecto-con-tagiosas: la existencia de abundante y moderno material científico enCátedras, antecátedras y galerías;. la mudanza 'y la reforma de gabi-netes, de botica y botiquín y de Biblioteca: pública; la habilitación delocales útiles en varios sitios -y la formación de jardín y parcelas decultivos agrícolas en los terrenos que han quedado en huerta botá-nico-agrícola, por ansia, iniciativa y labor recientes y constantes paraenseñanza y ornato, que habrían de apreciarse mejor por las dificul-tades de los proyectos y de las obras y por la deficiencia de los ele-mentos y recursos disponibles, pero que revelan actividad, compe-tencia y cultura. . .

El Profesorado de- la Escuela solicitó de su prestigioso jefe 1 señorCarracido su valioso apoyo para lograr, como se -proyecta, ,que elMinisterio de Instrucción pública y el Ayuntamiento reconstruyanpronto algunas dependencias imprescindibles que han sido derrui-das, por el ensanche de las próximas vías públicas y por la edifica-ción del cercano grupo escolar y para conseguir del Gobierno no seanmermadas las correspondientes consignaciones dei presupuesto quepermitan la continuación de servicios instructivos a la clase escolarveterinaria, cuya ulterior actuación profesional determina el fomento yla conservación de la riqueza pecuaria y coopera a la ilustrada inspec-ción de la salubridad pública.

El Sr. Carrecido felicitó efusivamente al director y Claustro deProfesores de la Escuela de Veterinaria po,r su demostrada laboriosi-dad y por sus aspiraciones, que, por convinción y por obligación,prometiópatrocinar cerca del Gobierno para adelanto de la Carrerade Veterinaria y subsiguiente bienestar de la nación.

Cuando el Sr. Carracido se disponía a marchar el director de laEscuela le reiteró la grata impresión que, por sus propósitos. y ofre-cimientos significados en esta visita, dejaba en el animo de todos yque los alumnos ratificaron, al despedirle luego, con una estruendosasalva de aplausos, en reconocimiento y presentimiento juveniles, antela esperanza de regeneración profesional.

Un martir del deber. - Cuando dimos cuenta en la Revista de Hi-¿tieney Sanidad Veterinaria de la muerte de D. Juan Vicente Igual,

, ignorábamos que este querido compañero hubiese muerto de muermo,afección que contrajo en el cumplimiento -de 'su dede~ al frente de laenfermería de ganado de Melilla. Al recoger este triste hecho, queexalta la memoria del difunto, unimos nuestra voz a la de los periódi-cos que han solicitado la tulela del Estado para los tres huérfanos 'quela muerte del Sr. Igual deja en el mayor desamparo. Es lo menos quepuede hacerse en honor de quien perdió la vida en el cumplimientode su deber. -

EnJwrabuena-D. Fidel Ruiz de los Paños, Inspector de Higiene ySanidad pecuarias de la provincia de Palencia, ha contraído matrimo-nio con 1ft distinguida señorita D." Andrea-·Zamora. . ,

1ambién nuestro buen amigo D. Daniel Romero, veterinario deGuareña (Badajoz), se ha unido con el lazo indisoluble a la bella seño-rita Eloisa Loza.

D. Ramón Coiduras, veterinario de Cerviá (Lérida] ha visto nacercon toda felicidad a su hijo Mario.

IReciban los tres matrlmonios nuestra enhorabuena más cordial.Es lamentable.-Por faltas de-delicadeza cometidas respecto a él

por algunos .veterinarios de la provincia, ha, dimitido su cargo de te-sorero del Colegio de Burgos y se ha dado de baja como colegiado,D. Juan Bort, inspector provincial pecuario. Es muy de lamentar quela falta de tacto vaya expulsando de nuestras agrupaciones a los mejo. _res, pues de ese modo, la ansiada regeneraci6n de la Clase será siem-pre un mito. ,

Parada de sementales.-Como en los años precedentes, ha sido-perfectamente alojada en la Escuela de Veterinaria la parada de caba-llos sementales de Madrid, que se compone de dos ingleses pura san-gre y un anglo-árabe (para silla) y un percherón grande (para tiropesado), cuyo servicio gratuito se ofrece a los ganaderos, todos los-días, admitiéndose la pres~ntaci6n de yeguas hasta las diez de la ma-ñana.

AdministraciónI i9viso.-·Eñ esta Sección daremos cuenta de todo lo relativo a la co-

rrespondencia administrativa, a partir del día primero de abril, pu-es laanterior ya la lzemosdespachado por correo, Adv(trtil1ios a nuestros lec-tores que en lo sucesiuo solo sé contestara por carta a quienes envien elsello de o,I5 para la respuesta. ~

Giros sin justific.ar.-Hemos recibido, sin la justificación debida,los giros siguientes:~ Francisco Gasea, Lérida, 10 pesetas; G. Rodrí-guez, Tordesillas; 10 id.; A. Valera, La Roda, 4 id:; A. ]. Peral, Bit.bao, 20 id.; Cecilia Azuarez, Ejea de los-Caballeros,. 10 id .

.Rogamos a los interesados que teagan la bondad de aclararnos susnombres, residencia y motivo de los giros. -

Pagos.-A partir del día primero de abril, se han recibido, parapago del tomo actual, las siguientes cantidades, por diferentes giros,de las cuales no acusaremos otro recibo, pues en lo sucesivo solo en-tregaremos recibo a los que paguen directamente en la Administra-ci6n, de los cuales, por el contrario, no se dará cuenta aquí: .

V. C. c., Valdenebro, 12 pesetas; E. G., Santa Gadea del Cid, 12id.; E. c., Eibar, 12 íd.: ], E., Urruz, 12 id.; P. G. c., Alcazarquivir,12 id.; C. H. V., Canillejas, 12 id.; C. T., Coruña, I2 id.; M. P. O.,Ayna, 12 id.;]. S. R., Sueca, 12- id.; - M. F. V., Sueca, 12 id.; P. F.,Palma del Río, 12 id.; A. L., Villaverde de - Madrid, 12 id.; V. B. E.,El Pardo, 12 id.; P. B., Garrovillas, 12 id.; A. de M., Peñas de SanPedro, 12 id.; N.]., Landete, 12 id.

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