bovino • caprino • guajolote • porcino • ave • conejo...

2
2. La Delegación y la OEIDRUS en su respectiva jurisdicción son las responsables de supervisar y vigilar que la difusión de las estadísticas pecuarias, en sus diferentes niveles de agregación, que se proporcionen al INEGI estatal, gobierno del Estado, organizaciones de productores, instituciones de enseñanza e investigación, agentes del sector privado y social, sea la misma que se envía al SIAP, en virtud de que esta Unidad Adminis- trativa es la responsable de diseñar y operar el Sistema Nacional de información del Sector Agroalimentario, conforme a las disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográfica y su Reglamento. En los casos que por situaciones no previstas, la Delegación o la OEIDRUS requieran difundir información que no sea congruente con la reportada al SIAP, dicha instancia deberá consultar al SIAP para que se defina la calidad de la información correspondiente, en el entendido que ésta tendrá carácter de preliminar en tanto no la ratifi- que y publique el SIAP. 3. La Delegación o en su caso la OEIDRUS enviarán los reportes con toda la información que se solicita en cada uno de ellos para los productos y especies cuya producción sea significativa en el Estado. (ver Tipos de Reportes). 4. La transmisión de la información se realizará a través de la Red Agropecuaria de acuerdo con el calen- dario de envío. 5. En los primeros 10 días hábiles de diciembre de cada año, la Delegación o en su caso la OEIDRUS enviarán el Programa pecuario anual de producción o Expectativa de producción que se estime para el año inmediato posterior, de carne en canal para: Bovino • Caprino Guajolote Porcino Ave Conejo Ovino así como para: Leche de bovino Huevo para plato Cera en greña Leche de caprino Miel Lana sucia Lo anterior en apego con lo indicado en el párrafo 3 de estos lineamientos. Esta información podrá ser ajustada o ratificada en el Avance mensual de la producción pecuaria correspon- diente a enero. Cabe señalar, que en el SIPCAP no se permite registrar dicho avance si no se anticipa la expec- tativa de producción. 1 de 2

Upload: others

Post on 17-Jul-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Bovino • Caprino • Guajolote • Porcino • Ave • Conejo ...encuestascontinuas.siap.gob.mx/edu_siap/NC/2... · difusión de las estadísticas pecuarias, en sus diferentes niveles

2. La Delegación y la OEIDRUS en su respectiva jurisdicción son las responsables de supervisar y vigilar que la difusión de las estadísticas pecuarias, en sus diferentes niveles de agregación, que se proporcionen al INEGI estatal, gobierno del Estado, organizaciones de productores, instituciones de enseñanza e investigación, agentes del sector privado y social, sea la misma que se envía al SIAP, en virtud de que esta Unidad Adminis-trativa es la responsable de diseñar y operar el Sistema Nacional de información del Sector Agroalimentario, conforme a las disposiciones de la Ley de Información Estadística y Geográ�ca y su Reglamento. En los casos que por situaciones no previstas, la Delegación o la OEIDRUS requieran difundir información que no sea congruente con la reportada al SIAP, dicha instancia deberá consultar al SIAP para que se de�na la calidad de la información correspondiente, en el entendido que ésta tendrá carácter de preliminar en tanto no la rati�-que y publique el SIAP.

3. La Delegación o en su caso la OEIDRUS enviarán los reportes con toda la información que se solicita en cada uno de ellos para los productos y especies cuya producción sea signi�cativa en el Estado. (ver Tipos de Reportes).

4. La transmisión de la información se realizará a través de la Red Agropecuaria de acuerdo con el calen-dario de envío.

5. En los primeros 10 días hábiles de diciembre de cada año, la Delegación o en su caso la OEIDRUS enviarán el Programa pecuario anual de producción o Expectativa de producción que se estime para el año inmediato posterior, de carne en canal para:

• Bovino • Caprino • Guajolote• Porcino • Ave • Conejo• Ovino

así como para:

• Leche de bovino • Huevo para plato • Cera en greña• Leche de caprino • Miel • Lana sucia

Lo anterior en apego con lo indicado en el párrafo 3 de estos lineamientos.

Esta información podrá ser ajustada o rati�cada en el Avance mensual de la producción pecuaria correspon-diente a enero. Cabe señalar, que en el SIPCAP no se permite registrar dicho avance si no se anticipa la expec-tativa de producción.

1 de 2

Page 2: Bovino • Caprino • Guajolote • Porcino • Ave • Conejo ...encuestascontinuas.siap.gob.mx/edu_siap/NC/2... · difusión de las estadísticas pecuarias, en sus diferentes niveles

6. La información sobre producción, pesos, precios y animales sacri�cados en rastros tendrá un seguimiento estadístico mensual para los productos y especies pecuarias consideradas en los formatos que se señalen en la Red. Se reportará un cierre preliminar y un de�nitivo de la producción al término del año calendario; en tanto que los reportes sobre inventarios e indicadores técnicos se realizará una vez al año, de acuerdo con el calenda-rio de envío.

7. La estadística sobre producción que se reporte para las distintas especies y productos, deberá estar sustenta-da y correlacionada con otras variables como inventarios, tasas de extracción y parámetros productivos que al cruzarlas respalden el dato reportado. En caso de requerir apoyo para el manejo de esta información, se deberá consultar al SIAP para que de manera conjunta, se determinen los parámetros técnicos apropiados en cada uno de los sistemas productivos.

8. Con el propósito de mantener uniformidad y congruencia en el manejo y difusión de las estadísticas que se envían al SIAP, éstas tendrán un periodo de vigencia hasta que se emita el cierre preliminar semestral, con la posibilidad de actualizar algunas cifras en cualquier mes del año vigente, en los reportes de junio y diciembre. Las cifras publicadas con carácter de�nitivo no serán susceptibles de cambio alguno. Esto aplica para toda instancia autorizada en difundir la información básica pecuaria contenida en el módulo pecuario SIPCAP.

9. Cuando se presenten eventos climáticos, sanitarios o cualquier otro que afecte sensiblemente el inventario pecuario y altere el ritmo estacional de la producción, la Delegación o en su caso la OEIDRUS enviarán oportu-namente una nota técnica señalando los aspectos relevantes de los efectos de dicho evento.

10. Es responsabilidad del SIAP, una vez recibidos los reportes, integrar las estadísticas pecuarias a nivel nacio-nal y someterlas a un análisis de congruencia, con la colaboración de la Coordinación General de Ganadería; en caso de presentarse inconsistencia en alguna cifra, el SIAP consultará a la fuente Estatal y ésta al DDR que la generó, en caso de proceder una modi�cación, deberá realizarse directamente en la base de datos del DDR que corresponda, con el consiguiente reenvío al SIAP del archivo que contiene el reporte modi�cado.

11. vEl SIAP publicará oportunamente en su portal web el Avance Mensual y Acumulado de la Producción Pecuaria, así como, el Anuario Estadístico de la Producción Pecuaria.

2 de 2