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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORA

Anuncio

La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 8 de marzo de 2016, acuerda:

- Aprobación de las bases para la creación de la bolsa de empleo en la catego-ría de Auxiliares de Biblioteca.

BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO DE AUXILIARES DE BIBLIOTECA

El objeto de la presente convocatoria es la constitución de la bolsa de empleode Auxiliares de biblioteca para la cobertura de vacantes mediante contrato even-tual o nombramiento interino, quienes reuniendo los requisitos que se exijan, pre-senten su solicitud en las condiciones que se indican en las bases.

Tareas a desempeñar por el Auxiliar de Bibliotecas entre otras, las siguientes:• Colocación y ordenación de fondos• Recepción, registro y control de publicaciones periódicas.• Realización de recuentos y expurgos.• Apoyo en el proceso técnico de los fondos bibliográficos y audiovisuales.• Registro de fondos bibliográficos y audiovisuales y preparación de los mismos

para su puesta a disposición del público.• Reparación de ejemplares deteriorados.• Atención al usuario.• Información general sobre la biblioteca y sus servicios.• Información bibliográfica básica.• Préstamo de documentos.• Elaboración de carnés de usuario.• Colaboración en el desarrollo de actividades culturales y promoción de la lectura.• Colaboración en las actividades de formación de usuarios.• Confección de estadísticas bajo la supervisión del personal técnico bibliotecario.• Conocimiento y manejo del sistema de gestión bibliotecaria del centro.

1.- Presentacion de solicitudes.Podrán tomar parte en las pruebas de selección para la creación de las listas

de reserva quienes reuniendo los requisitos que se exijan, presenten su solicituden las condiciones que se indican en las bases.

Los interesados presentaran las instancias dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde, en elRegistro General del Excmo. Ayuntamiento o en la forma prevista en el art. 38 de laLey 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicasy del Procedimiento Administrativo Común, durante los cinco días hábiles siguientesa la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Junto con la solicitud, se acompañará:- Anexo I (Autobaremo) debidamente cumplimentado.

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2.- Vigencia.La bolsa constituida tendrá validez de dos años, desde la fecha del acuerdo

aprobatorio de constitución definitiva de la misma hasta su finalización o celebra-ción de un nuevo proceso selectivo, lo que dará lugar a la presentación de unanueva solicitud. En el caso de no celebrarse el proceso selectivo se prorrogaraautomáticamente por un período máximo de seis meses.

3.- Requisitos de los aspirantes.Requisitos generales:a) Tener nacionalidad española o nacional de los Estados miembros de la

Unión Europea conforme al artículo 57 de la Real Decreto Legislativo 5/2015,de 30 de octubre, texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de lascorrespondientes funciones.

c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxi-ma de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio decualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constituciona-les o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilita-ción absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judi-cial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funcio-nes similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en elque hubieses sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otroEstado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sidosometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, enlos mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del título de:- Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado u otra titula-

ción equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termineel plazo de presentación de solicitudes.

4.- Selección.4.1.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-opo-

sición.La elección de este sistema selectivo se fundamenta en las especialidades de

las plazas y la naturaleza de las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo,siendo el sistema de concurso-oposición, el más adecuado, al permitir valorar deforma limitada y proporcionada, la experiencia profesional previa, la formación aca-démica y la formación complementaria acreditada por los aspirantes, ajustándosepor ello a lo establecido en el artículo 61.º del RDL 5/2015, de 30 de octubre.

4.2.-La valoración de méritos en la fase de concurso, que no servirá para lasuperación de los ejercicios de la fase de oposición, no podrá ser superior al 40%del total de la puntuación.

4.3.- Fase concurso. La valoración de estos méritos se realizará por medio deun autobaremo que deberán realizar los aspirantes, en el modelo que figura en elAnexo I y que deberán presentar junto con la instancia, y el Tribunal Calificadorrevisará el baremo de aquellos aspirantes que superen la fase de oposición y lapuntuación así obtenida únicamente servirá a efectos de determinación de la cali-ficación total y definitiva de los aspirantes que hayan superado todos los ejerciciosde la fase de oposición

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A tal efecto, el Tribunal requerirá a los aspirantes que superen la fase de opo-sición para que en un plazo de diez días naturales aporten la documentación, enoriginal o copia compulsada, acreditativa de los méritos que el candidato deseeque se valoren en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos quepodrán ser alegados y que se recogen en estas Bases. Los méritos alegados y noprobados no serán tenidos en cuenta.

Se valorará según el siguiente baremo:A) Experiencia profesional en bibliotecas: La puntuación máxima que se puede

alcanzar en este apartado es de 2 puntos. 1.- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las

Administraciones Públicas en categoría igual o equivalente a la que se aspi-ra, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por elorganismo competente: 0,02 puntos/mes completo (desechándose las frac-ciones que no computen un mes completo).

2.- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier empresas priva-das en categoría igual o equivalente a la que se aspira: 0,01 puntos/mescompleto (desechándose las fracciones que no computen un mes completo).No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamentecon otros igualmente alegados. Tampoco se computarán los servicios reali-zados mediante contratos para trabajos específicos, como personal even-tual, de consultoría o asistencia o en régimen de colaboración social. Losservicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente, excep-to que la reducción obedezca a algunos de los supuestos previstos en lanormativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados defamiliares y demás supuestos motivados en la conciliación de la vida fami-liar y laboral.La experiencia profesional en Administraciones Públicas se justificarámediante certificación expedida por el órgano competente, donde debeconstar la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado,con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídicaque ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Públicadeberá justificarse mediante el Informe de Vida Laboral y contrato de traba-jo o, a través de certificado de empresa en modelo oficial, contrato de tra-bajo registrado en el Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma, ocualquier otro documento de igual fuerza probatoria, tales como recibos desalarios, TC2, etc. que permita conocer el periodo y la categoría profesional.

B) Formación: La puntuación máxima a otorgar por este apartado es de 1,00 punto.1.- Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y per-

feccionamiento, impartidos u homologados por Administraciones Publicas,Instituciones u Organismos Públicos Oficiales o los impartidos en el ámbitode la formación continua, que tengan relación directa con las tareas, funcio-nes y actividades a desarrollar en el puesto de trabajo citado y los de con-tenido general (Informática, Procedimiento Administrativo, etc,).Se consideran valorables y relacionados, los cursos relativos a cualquierámbito material y competencial de la rama de biblioteconomía y documen-tación así como los referidos a la normativa y necesaria actuación o funcio-namiento de las Administraciones Públicas.

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2.- Solo serán valorables aquellos cursos que se acrediten con diplomas o cer-tificados de asistencia que contengan expresamente cuantificadas las horasde formación. a) Entre 10 y 20 horas: 0,01 puntos.b) Cursos de 21 a 40 horas: 0,03 puntosc) Cursos de 41 a 100 horas: 0,10 puntos.d) Cursos de 101 en adelante: 0,15 puntos.

C) Titulación académica: La puntuación máxima a otorgar por este apartado es1 punto.

Se valorara la posesión de titulación académica oficial distinta a la que sirve deacceso a la presente convocatoria.

No se valorará la titulación academica oficial que haya sido necesario obtenerpara acceder a tora de grado o nivel superior.

La puntución de la misma se realizará conforme al siguiente baremo: a) Diplomado universitario en Biblioteconomia: 0,25 puntosb) Licenciatura universitaria, grado o master en documentación: 0,50 puntos.

4.4.- Fase de oposición.Las fechas de las pruebas así como la resolución de los resultados de cada uno

de los ejercicios y la lista definitiva serán expuestas en el tablón de anuncios delExcmo. Ayuntamiento de Zamora y página web.

Cada miembro del Tribunal emitirá su puntuación teniendo en cuenta que no secomputarán para dicha media aquellas notas que se desvíen de la media delTribunal, por exceso o por defecto, en más de dos puntos.

Las pruebas selectivas de la fase de oposición constara de los siguientesEjercicios:

- Primero: Resolución de un cuestionario tipo test con 50 preguntas y cinco dereserva sobre aspectos relacionados con el programa propuesto en el Anexo II concuatro respuestas alternativas con una duración de 1 hora máximo.

Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será eliminatorio necesitando obtener almenos 5 puntos. La respuesta incorrecta será penalizada con -0,10 puntos.

- Segundo: Desarrollo por escrito de dos temas elegidos por sorteo entre loscomprendidos en el programa anejo a la convocatoria a realizar en dos horas máxi-mo. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será eliminatorio necesitando obtener almenos 5 puntos.

El Tribunal podrá requerir la lectura de los ejercicios, pudiendo el Tribunal for-mular preguntas sobre dicho tema, en la fecha y orden que determine el Tribunal yque será comunicada a ser posible, al finalizarse la prueba escrita.

5.- Desarrollo de los ejercicios.El orden de actuación de las personas aspirantes en todas las pruebas se ini-

ciará de conformidad con las previsiones de la Resolución de la Secretaría deEstado de Administraciones Públicas (vigente en el momento de publicación de lapresente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia) por la que se publiqueel resultado del sorteo a que se refiere el articulo 17 del Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

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Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión dePuestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado.

6.- Tribunal calificador de las pruebas.Los tribunales calificadores estarán constituidos en la siguiente forma:• Presidente: El Jefe del Servicio o miembro del mismo en quien delegue. • Secretario: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue;

que actuara con voz y voto.• Vocales: Designados por la Alcaldía-Presidencia.1) Dos a propuesta del Comité de Empresa, debiendo poseer una titulación o

especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazasconvocadas.

2) Dos designados por la Corporación, uno de ellos actuara de Secretario,debiendo poseer una titulación o especialización igual o superior a las exigi-das para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurranlas circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Igualmente ypor las mismas causas podrán se recusados por los aspirantes.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto y éste no podrá constituir-se sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros titulares o suplentes, sien-do siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario

Los Tribunales calificadores podrán disponer la incorporación a sus trabajos deasesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas.

Dichos asesores, que actuarán con voz, pero sin voto, se limitarán al ejerciciode sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaboraránen el órgano de selección.

Todos los miembros integrantes de los Tribunales calificadores tendrán derechoa la percepción de "asistencias" por la concurrencia a la celebración de las PruebasSelectivas, siendo su cuantía las fijadas en (art. 27 del Real Decreto 462/2002, de24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio) y demás normas quelas actualizan siempre que se realicen fuera de la jornada laboral ordinaria.

7.- Calificación de los ejercicios.La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmé-

tica resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el tablón de anun-

cios de la Corporación y en el lugar de celebración del último ejercicio, la califica-ción definitiva, así como el orden de calificación, que vendrá determinado por lasuma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase deconcurso, conforme a la ponderación establecida para cada fase, así como la pro-puesta de creación de la bolsa de empleo por su orden de preferencia a favor delas personas que hubieran obtenido la mayor puntuación.

En caso de empate se deshará atendiendo a la mayor puntuación obtenida enel segundo ejercicio de la fase de oposición, de persistir el empate se resolveráatendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de opo-sición, y de persistir el mismo, se resolverá a favor de aquel aspirante cuyo apelli-do comience por la letra señalada en la Resolución de la Secretaría de Estado de

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Administraciones Públicas (vigente en el momento de publicación de la presenteconvocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia) por la que se publique el resulta-do del sorteo a que se refiere el articulo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal alservicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos deTrabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado.

8.- Relación de aprobados y presentación de documentos.8.1.- La relación de aprobados de los distintos ejercicios, que irán firmadas por

el Secretario del órgano de selección con el visto bueno de su Presidente, se haránpúblicas en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en los lugares de cele-bración de las pruebas selectivas.

Finalizado el procedimiento, el órgano de selección publicará en los mismoslugares la relación de opositores que han superado el proceso selectivo por ordende puntuación determinada por la media aritmética de la suma de las puntuacionesobtenidas en los ejercicios.

8.2.- Los aspirantes en ella relacionados deberán presentar en el plazo de diezdías naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación, la documentacióncompulsada requerida en el apartado tres de las presentes bases.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presen-tasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen dealguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrán ser nombrados ocontratados quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la res-ponsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de parti-cipación.

9.- Funcionamiento de la bolsa y nombramientos.El llamamiento/ofrecimiento para la prestación de servicios temporales o interi-

nidades se efectuara de acuerdo con el orden de prelación establecido de la bolsade empleo derivada del presente proceso selectivo.

El llamamiento para la contratación temporal o nombramiento interino se efec-tuará por el órgano competente del Ayuntamiento de Zamora, a favor del aspiranteque figure en primer lugar en la lista de espera. Los aspirantes deberán manteneractualizados los domicilios o datos de contacto (teléfono, etc..) a fin de agilizar losllamamientos, debiendo comunicar cualquier cambio de situación que se produzca.

Si producido el llamamiento al aspirante que encabece el llamamiento paracubrir una situación de interinidad, en el plazo de tres días naturales desde que sele ofreciese el nombramiento, no la aceptase, renunciase, o no contestase al ofre-cimiento sin causa justificada, quedará decaído en su derecho a formalizar el nom-bramiento, pasando al aspirante que ocupa el segundo lugar de preferencia en lacitada bolsa, actuando del mismo modo, y así hasta que se acepte el llamamientoy nombramiento interino por un aspirante.

Se consideran causa justificadas a estos efectos:- I.T., paternidad, maternidad y adopción hasta 16 semanas posteriores al alum-

bramiento o resolución de adopción.- Enfermedad acreditada, a través de un informe médico oficial.- La realización de funciones de representación política, sindical o social.- Encontrarse trabajando en el momento de la designación.

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- La realización de estudios académicos o cursos impartidos por CentrosOficiales o reconocidos por el Excmo. Ayuntamiento de Zamora, que impida eldesempeño del trabajo, y demostrando fehacientemente la asistencia almismo.

- Aquellas causas que en cada caso concreto se alegue por el aspirante y asíse resuelva de forma motivada por el Ilmo. Sr. Alcalde.

Todas las causas deberán ser debidamente acreditadas. En caso de que seacredite la justificación a una renuncia o no aceptación del ofrecimiento, etc, con-servará el orden de prelación en la lista para los siguientes llamamientos. En casode que no se justifique adecuadamente, pasará al último lugar de la lista de interi-nidad, perdiendo así el orden de prelación que ostentase. En el caso de que seproduzca una segunda renuncia, etc, sin causa justificada dentro del plazo de unaño desde el primer llamamiento quedará decaído de la bolsa de forma definitiva.

Durante la vigencia de la bolsa de empleo, el nombramiento para la interinidado contratación temporal de duración inferior a ciento ochenta días (180) dará lugar,una vez formalizado el cese, al retorno del interesado a la bolsa de empleo en elmismo orden de prelación originario. Cuando una interinidad o contratación tempo-ral o la suma de varias de ellas supere dicho plazo, y siempre que aquella conti-nuase en vigor, el cese del interesado supondrá la reintegración a la bolsa deempleo en el último lugar de prelación.

La persona que cesa de un contrato temporal del Ayuntamiento de Zamora, seentenderá que esta disponible para ser contratada nuevamente cuando las nece-sidades del servicio así lo requieran.

Las personas que conste en más de 1 lista, y que se encuentren trabajando enuna de ellas, se les llamara para las otras por orden correspondiente pudiendooptar en cada momento a cada una de las plazas.

REGIMEN DISCIPLINARIO

El rechazo de una oferta o renuncia de un contrato, sin causa justificada,supondrá el pasar a ser el último de la lista durante 1 año. En caso de reinciden-cia, la duración de la cesación será de 2 años. El ser ubicado el último de la lista,por sanción, lo será para todas las listas en las que fuera demandante de empleo.

Se consideran causas justificadas:1.- Las que lo fuese para la interrupción del contrato.2.- Enfermedad acreditada, a través de un informe médico oficial.3.- La realización de funciones de representación política, sindical o social.4.- Encontrarse trabajando en el momento de la designación, en los supuestos

de incompatibilidad.5.- La realización de un curso impartido por un Centro Oficial o reconocido por

el Excmo. Ayuntamiento de Zamora, que impida el desempeño del trabajo,y demostrando fehacientemente la asistencia al mismo.

Todas las causas deberán ser debidamente justificadas.

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ANEXO I

MÉRITOS FASE DE CONCURSO

D.N.I. 1º APELLIDO 2ºAPELLIDO NOMBRE

A) Por experiencia profesional en BIBLIOTECAS hasta un máximo de 2 puntos. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en categoría igual o equivalente a la que se aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,02 puntos/mes completo (desechándose las fracciones que no computen un mes completo).

Periodo de tiempo

PUNTUACIÓN

Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en categoría igual o equivalente a la que se aspira: 0,01 puntos/mes completo (desechándose las fracciones que no computen un mes completo).

Periodo de tiempo

PUNTUACIÓN

B) FORMACIÓN Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Administraciones Publicas, Instituciones u Organismos Públicos Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua, que tengan relación directa con las tareas, funciones y actividades a desarrollar en el puesto de trabajo citado y los de contenido general (Informática, Procedimiento Administrativo, etc.,). Se consideran valorables y relacionados, los cursos relativos a cualquier ámbito material y competencial de la rama de biblioteconomía y documentación así como los referidos a la normativa y necesaria actuación o funcionamiento de las Administraciones Públicas.

NÚMERO DE CURSOS

PUNTUACIÓN

-Entre 10-20 horas................ 0.01 puntos por curso

- Entre 21-40 horas:................ 0.03 puntos por curso

- Entre 41-100 horas:............... 0,10 puntos por curso

- Entre 101 en adelante............... 0,15 puntos por curso

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C) Titulación Académica, Se valorara la posesión de titulación académica oficial distinta a la que sirve de acceso a la presente convocatoria. No se valorará la titulación académica oficial que haya sido necesario obtener para acceder a otra de grado o nivel superior.

NÚMERO PUNTUACIÓN

Diplomado universitario en Biblioteconomía: 0,25 PUNTOS

Licenciatura universitaria, grado o master en Documentación 0,50 PUNTOS

TOTAL

Zamora, ………….. de …………………………….. de 2016 INSTRUCCIONES: A.- Escriba a máquina o bolígrafo utilizando mayúsculas de tipo imprenta. Asegúrese que los datos resulten claramente legibles. Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras. B.- Este impreso se presentará junto con la solicitud de participación en la prueba selectiva. C.- Para cualquier aclaración sobre la cumplimentación de este impresa podrá consultar con el Dpto. de Recursos Humanos. D.- El Tribunal requerirá a los aspirantes que superen la fase de oposición para que en un plazo de diez días naturales aporten la documentación, en original o copia compulsada, acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en estas Bases. Los méritos alegados y no probados no serán tenidos en cuenta.

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ANEXO II

PROGRAMA

1.- Concepto de biblioteca. Clases de bibliotecas.

2.- Bibliotecas públicas. Concepto, funciones y servicios.

3.- Tipos de fondos existentes en una biblioteca pública.

4.- Proceso técnico de los fondos bibliográficos y audiovisuales.

5.- La hemeroteca: Gestión de fondos y tratamiento técnico.

6.- Las reglas de catalogación española.

7.- La Clasificación Decimal Universal.

8.- Tipos de préstamo. El préstamo interbibliotecario.

9.- Servicios a los lectores: Referencia e información bibliográfica. Alfabeti-zación informacional en la biblioteca.

10.- Comunidades multiculturales: Servicios bibliotecarios.

11.- Bibliotecas y usuarios con discapacidad.

12.- Actividades de promoción cultural en la biblioteca pública.

13.- Animación a la lectura y dinamización de fondos.

14.- Las nuevas tecnologías en la actividad bibliotecaria.

15.- La difusión de las bibliotecas: Fondos, servicios, actividades con las nue-vas tecnologías.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zamora, 10 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORA

Bases reguladoras de la concesión de plazas para los Centros de EducaciónInfantil Municipales “La Aldehuela” y “Pablo Montesino”

para el curso escolar 2016-2017

Las escuelas infantiles del Ayuntamiento de Zamora son centros de atención ala primera infancia cuya acción se halla en la intersección de dos caminos, por unlado el del sistema educativo por el cual se trabaja según un proyecto educativo, ypor otro, en el camino de la conciliación de la vida laboral y familiar configurándo-se como recurso de apoyo a la familia en el desempeño de sus funciones de socia-lización y atención a la infancia.

La regulación del sistema educativo, partiendo del derecho a la educacióncomo un derecho básico y fundamental, tal y como recoge el art. 27 de laConstitución española, se articula básicamente a través de la Ley Orgánica 8/1985de 3 de julio, del Derecho a la Educación (LODE) y la Ley Orgánica 2/2006 de 3de Mayo, de Educación (LOE), las cuales consideran la educación como un dere-cho que obliga a los poderes públicos a promover acciones encaminadas a garan-tizar su ejercicio.

La educación infantil es objeto de tratamiento en la LOE como primera etapadel sistema educativo español, distribuido en dos ciclos y correspondiendo el pri-mer ciclo a las edades de 0 a 3 años. En este ciclo se persiguen los objetivos dedesarrollo físico, intelectual, afectivo y social de los menores. Se trata de una ense-ñanza de carácter general y voluntaria subrayando el compromiso de las adminis-traciones públicas para satisfacer la demanda social en esta etapa vital para elpleno desarrollo de las capacidades físicas, afectivas, intelectuales y sociales delos menores.

Es, igualmente, la LOE la que establece en sus artículos 12 y 14 por un lado,el carácter voluntario y no gratuito en la prestación del primer ciclo de educacióninfantil, y, por otro, que las Administraciones Públicas promoverán un incrementoprogresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo, y que, asimismo, coor-dinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegu-rar la oferta educativa en este ciclo.

En conjunción con lo anterior, y en la medida en que el Ayuntamiento deZamora acuerda la prestación de este servicio persiguiendo el acceso al mismo delmayor número de niños/as, especialmente aquellos pertenecientes a unidadesfamiliares de rentas bajas, es por lo que se estima oportuno establecer un proce-dimiento de concurrencia competitiva para el acceso a las plazas que se oferten,sin olvidar la posibilidad de supuestos excepcionales de especial necesidad social,para los que se prevé un procedimiento extraordinario de adjudicación directa deplazas al amparo de la normativa de subvenciones vigente.

Por otro lado, referir que el Decreto 12/2008, de 14 de Febrero de laComunidad de Castilla y León determina los contenidos educativos del primer ciclode la Educación Infantil y establece los requisitos que deben reunir los centros queimpartan dicho ciclo.

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Asimismo, la orden EDU/137/2012, de 15 de marzo, por la que se regula el pro-ceso de admisión en las Escuelas Infantiles para cursar el Primer Ciclo deEducación Infantil en la Comunidad de Castilla y León establece en el Capítulo IIIart. 20 que la Entidad Local, podrá establecer un criterio de admisión adicional, conun máximo de 0,75 puntos, y los criterios para resolver en casos de empate.

En consecuencia con lo anterior, las Escuelas Infantiles, además de ser centroseducativos, han de ser un importante recurso familiar y social en tanto que sirvende apoyo a la familia en el cumplimiento de sus funciones y facilitan la conciliaciónde la vida familiar y laboral de los padres y madres. En este sentido, suponen tam-bién un efectivo recurso que opera en favor de la igualdad de oportunidades entrehombres y mujeres.

Los Centros a los que se refieren las presentes Bases son de titularidad muni-cipal y están regidos según lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora delFuncionamiento de los Centros de Educación Infantil Municipales publicada en elB.O.P nº 5 de 12 de enero de 2009 y la Ordenanza reguladora del Precio Públicopor los Servicios de los Centros de Educación Infantil Municipales delAyuntamiento de Zamora (B.O.P. nº 148 de 10 de diciembre de 2008) y modifica-ción de la misma (B.O.P nº 107 de 10 de septiembre de 2010).

BASES

Base primera.- Objeto.Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento de admisión en

el primer ciclo de educación infantil en los Centros Infantiles de titularidad delAyuntamiento de Zamora “La Aldehuela” y “Pablo Montesino” para el curso escolar2016-2017 de acuerdo con lo establecido en el art. 6.2 de la OrdenanzaReguladora del Funcionamiento de los Centros de Educación Infantil Municipalespublicada en el B.O.P nº 5 de 12 de enero de 2009 y en la orden EDU/137/2012,de 15 de marzo, por la que se regula el proceso de admisión en las EscuelasInfantiles para cursar el Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad deCastilla y León.

Base segunda.- Crédito presupuestario.Las plazas objeto de esta convocatoria se concederán con cargo a la aplicación

presupuestaria 326.03 227.99 del Presupuesto Municipal en vigor.

Base tercera.- Destinatarios/as.3.1- Las plazas tendrán por destinatarios/as a niños y niñas cuyas edades

estén comprendidas en el primer ciclo de educación infantil, entre las dieciséissemanas y los tres años en el momento de formalizar la matrícula.

De manera excepcional, ante determinadas circunstancias sociolaborales de lafamilia que lo justifiquen, podrán atenderse a niños/as de 12 a 16 semanas.

Necesariamente todos los miembros de la unidad familiar de convivencia debe-rán residir y estar empadronados en el municipio de Zamora, y tal condición debe-rá mantenerse mientras el/la niño/a ocupe plaza en el centro.

3.2- Los/las niños/as para los que se solicite plaza deberán haber nacido conanterioridad a la finalización del plazo de formalización de matrícula.

3.3- A los efectos de las presentes bases se entiende por unidad familiar deconvivencia la integrada por el/la menor que da lugar a la admisión en los CentrosInfantiles, y por todas aquellas personas que estando empadronadas en el mismo

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domicilio tengan una relación por parentesco de consanguinidad, adopción o afini-dad, hasta el segundo grado del menor, y que se relacionen entre sí:

- Por vínculo matrimonial o unión de hecho.- Por situación derivada de acogimiento familiar simple, permanente o preadop-

tivo (la relación de parentesco se computará a partir de los representantes de losmenores para los que se solicite plaza).

Las familias monoparentales (entendiendo aquel supuesto en el que el/lamenor convive exclusivamente con uno de los progenitores, tanto en casos de viu-dedad, separación o divorcio, como aquellos supuestos en que el/la menor hayasido reconocido/a sólo por uno de ellos) deberán justificar dicha situación con ladocumentación detallada en el Anexo III.

En cualquier caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha desolicitud. (No se entenderá por familia monoparental aquella en la que convivandos miembros de una pareja).

Base cuarta.- Plazas.4.1.- Las presentes Bases se refieren al procedimiento de admisión para las

plazas existentes en los Centros de Educación Infantil (C.E.I.) de titularidad muni-cipal “La Aldehuela” y “Pablo Montesino”.

4.2.- Los Centros tendrán, como máximo, el siguiente número de niños por uni-dad educativa:

4.2.1.- El C.E.I. “La Aldehuela”- Unidad educativa de 0 a 1 años: 8 plazas (2 unidades)- Unidad educativa de 1 a 2 años: 13 plazas (2 unidades)- Unidad educativa de 2 a 3 años: 20 plazas (3 unidades)

4.2.2.- El C.E.I. “Pablo Montesino”- Unidad educativa de 0 a 1 años: 8 plazas (1 unidad)- Unidad educativa de 1 a 2 años: 13 plazas (2 unidades)- Unidad educativa de 2 a 3 años: 20 plazas (1 unidad)

La distribución final de unidades podría modificarse a efectos de satisfacermejor la demanda de plazas.

Base quinta.- Precio.En relación al precio por los Servicios de los Centros de Educación Infantil

Municipales, las presentes bases se remiten a lo establecido en el Punto IV de laOrdenanza reguladora del Precio Público por los Servicios de los Centros deEducación Infantil Municipales del Ayuntamiento de Zamora (B.O.P. nº 148 de 10de diciembre de 2008), las modificaciones de la misma (B.O.P nº 107 de 10 de sep-tiembre de 2010) y (B.O.P nº 71 de 8 de junio de 2011) y cualquier otra modifica-ción que se pueda producir posterior a la publicación de las presentes Bases.

Base sexta.- Jornadas.Se establecen 3 tipos de jornada dentro del horario máximo de apertura de los

centros (art. 5 de la Ordenanza Reguladora del Funcionamiento de los Centros deEducación Infantil Municipales), según la modificación de la Ordenanza regulado-ra del Precio Público por los Servicios de los Centros de Educación InfantilMunicipal (B.O.P n.º 107 de 10 de septiembre de 2010): Jornada de 4 horas, jor-nada de 6 horas y jornada de 8 horas.

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El horario correspondiente a cada jornada en aras de lograr la máxima organi-zación de los propios centros, será el que se establece a continuación:

- Jornada de 4 horas. De 9,30 a 13,30 horas.- Jornada de 6 horas. De 8,30 a 14,30 horas.- Jornada de 8 horas. De 8,00 a 16,00 horas.

Asimismo y tal como se recoge en la propia modificación de la Ordenanza regu-ladora del Precio Público por los Servicios de los Centros de Educación InfantilMunicipal (B.O.P n.º 107 de 10 de septiembre de 2010) se establecen horas de pro-longación por necesidades y a demanda de los padres/tutores. Estas horas podránalargar la jornada siempre de acuerdo con la Ordenanza Reguladora delFuncionamiento de los Centros de Educación Infantil Municipales y cualquier otraque afecte a este servicio.

Base séptima.- Presentación de solicitudes.7.1.- Lugar de presentación: Las personas interesadas en obtener plaza en los

Centros de Educación Infantil Municipales “La Aldehuela” y “Pablo Montesino”deberán presentar la solicitud en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento deZamora (Plaza Mayor nº 1, 49001 Zamora y Ronda de San Torcuato, 15, 49007Zamora) según modelo que se incorpora como ANEXO I a estas Bases, o a travésde los procedimientos y lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre).

7.2.- Plazos de presentación de solicitudes para el curso escolar 2016-2017:7.2.1.- Solicitud de continuidad de plaza y/o cambio de centro: para los/as

niños/as matriculados y con plaza en los Centros municipales de educación infan-til “La Aldehuela” y “Pablo Montesino” en el curso anterior al que se refiere dichasolicitud.

Del 1 al 15 de abril (ambos inclusive).

7.2.2.- Solicitud de nuevo ingreso: Para los/as niños/as que acceden por prime-ra vez a los Centros de educación infantil municipales “Pablo Montesino” y “LaAldehuela” o niños/as que, ya habiendo obtenido plaza con anterioridad, hayancausado baja en los Centros previamente a la apertura del plazo de presentaciónde solicitudes.

Del 16 al 30 de abril (ambos inclusive).

7.3.- Documentación a presentar: Junto a la solicitud (ANEXO I), los interesa-dos presentarán la siguiente documentación acreditativa:

- Autorización firmada por todos los/as miembros de la unidad familiar de con-vivencia distintos/as del solicitante para que desde el Ayuntamiento de Zamora selleven a cabo todas aquellas actuaciones y consultas a otros Departamentos delAyuntamiento de Zamora y de otras administraciones públicas relativas a la obten-ción de datos protegidos por la normativa correspondiente referentes a la situaciónde empadronamiento, situación fiscal (Agencia Tributaria y Hacienda Local) y conla Seguridad Social a los efectos de la adecuada instrucción del expediente admi-nistrativo que se articule con motivo de la presente convocatoria (ANEXO II).

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- Documentación para la baremación de las solicitudes prevista en el art. 6.2.2.3de la Ordenanza Reguladora del Funcionamiento de los Centros de EducaciónInfantil Municipales (B.O.P nº 5 de 12 de enero de 2009). (Relación de documen-tos: ANEXO III).

El modelo de solicitud (ANEXO I), el modelo de autorización (ANEXO II) y larelación de documentación a presentar (ANEXO III), pueden recogerse, asimismo,en la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Zamora y en los Centrosde Acción Social (CEAS) dependientes de ésta. Asimismo, se encuentra disponibleen la página Web del Ayuntamiento de Zamora (www.ayto-zamora.org).

Base octava.- Instrucción.8.1.- Órgano instructor: El órgano competente para la ordenación e instrucción

del procedimiento será el/la Concejal/a Delegado/a de Bienestar Social del Excmo.Ayuntamiento de Zamora.

8.2.- Subsanación y mejora de la solicitud: Recibidas las solicitudes, el órganoinstructor verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convo-catoria y si se advirtiese que la solicitud presentada carece de alguno de los datosque en ella se requieren o la documentación recibida fuese defectuosa o faltasealguno de los documentos preceptivos, se requerirá al/a la interesado/a para que,en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la recepción de lanotificación correspondiente subsane la falta, aportando el documento o cumpli-mente el trámite requerido, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le ten-drá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términosdel artículo 42.1 en relación con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

8.3.- Actos de instrucción: El órgano instructor realizará de oficio cuantas actua-ciones fueren necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación delos datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de concesión.

Base novena.- Valoración de las solicitudes.En relación a la valoración de las solicitudes presentadas, las presentes Bases

se remiten a lo establecido en los art. 6.2.2.1 y 6.2.2.2 de la Ordenanza Reguladoradel Funcionamiento de los Centros de Educación Infantil Municipales (B.O.P nº 5de 12 de enero de 2009) y al art 20 de la orden EDU/137/2012, de 15 de marzo,por la que se regula el proceso de admisión en las Escuelas Infantiles para cursarel Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León. (BOCYLn.º 55 de 20 de marzo de 2012).

En relación a las solicitudes de continuidad de plaza y/o cambio de centro a losque se refiere en la base 3.2.1, tendrán preferencia a continuar en el centro solici-tado aquellos alumnos que están matriculados en el mismo en el momento de lasolicitud.

Base décima.- Propuesta de resolución.10.1 Trámite de audiencia: Una vez valoradas las solicitudes de plazas por el

órgano colegiado de valoración, el órgano instructor, a la vista del expediente y delinforme de dicho órgano colegiado, formulará al órgano que debe resolver el expe-diente la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberánotificarse a los interesados en la forma que establezca la convocatoria, y se con-cederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Se podrá prescindir del trá-

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mite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuentaotros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.

10.2 Propuesta de resolución definitiva: Examinadas las alegaciones aducidas,en su caso, por los/as interesados/as, o emitido informe por la Comisión deValoración si se prescindiera del trámite de audiencia, se formulará la propuesta deresolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantespara los que se propone la concesión de plaza, especificando su evaluación y loscriterios de valoración seguidos para efectuarla, y la relación de solicitantes a losque se les deniega con indicación del motivo de la denegación.

A la vista del expediente y del Informe de la Comisión de Valoración, el órganoinstructor formulará propuesta de resolución motivada.

10.3.- Elevación del expediente al órgano competente para resolver: Realizadoel preceptivo análisis e instrucción, el órgano instructor, previa fiscalización de losexpedientes por la Intervención municipal, remitirá el expediente al órgano compe-tente para su resolución.

Base undécima.- Resolución, notificación y recursos.11.1.- Órgano competente para resolver: El órgano competente para resolver

es la Alcaldía.11.2.- Contenido de la resolución: La resolución será motivada y habrá de con-

tener la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la plaza,su cuantía y plazo, así como a los que se les deniega, con indicación del motivo dela denegación.

11.3.- Plazo para resolver y desestimación de las solicitudes: El plazo máximopara resolver y notificar el procedimiento será de tres meses desde la presentaciónde la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución alguna,dicha solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

11.4.- Notificación de la resolución: La resolución será notificada a las/os inte-resadas/os personalmente y/o a través del Boletín Oficial de la Provincia deZamora.

11.5.- Recursos: Contra la resolución, que agotará la vía administrativa, sepodrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, siel acto es expreso, contado a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la noti-ficación de la resolución, en la forma prevista en los artículos 116 y 117 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, cabe interponer directamente, o una vez resuelto el recurso potesta-tivo de reposición, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos mesescontados a partir del siguiente a la notificación de la resolución, o en su caso, dela resolución del recurso potestativo de reposición o del transcurso del plazo paraentender que se trata de un acto presunto, todo ello de conformidad con los artícu-los 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa.

Base duodécima.- Normativa aplicable.En todo aquello que no aparezca expresamente regulado por las presentes

Bases, serán de aplicación las disposiciones recogidas en la OrdenanzaReguladora del Funcionamiento de los Centros de Educación Infantil Municipalespublicada en el B.O.P nº 5 de 12 de enero de 2009 y la Ordenanza reguladora del

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Precio Público por los Servicios de los Centros de Educación Infantil Municipalesdel Ayuntamiento de Zamora (B.O.P. nº 148 de 10 de diciembre de 2008) y modifi-caciones de la misma (B.O.P n.º 107 de 10 de septiembre de 2010 y nº 71, de 8de junio de 2011).

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ANEXO I

CURSO: 2016/2017

SOLICITUD DE PLAZA EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPALES “PABLO MONTESINO” y “LA ALDEHUELA” DEL EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE ZAMORA

A.- DATOS DEL SOLICITANTE( Padre, madre o tutor legal )

APELLIDO

APELLIDO

NOMBRE

N.I.F SEXO Hombre Mujer

DOMICILIO

FAMILIAR

MUNICIPIO C.POSTAL

TELEFONO

FIJO

TELEFONO

MOVIL

B.- DATOS DEL NIÑO /A

1ª APELLIDO 2º APELLIDO NOMBRE FECHA DE

NACIMIENTO

NIF

C.- TIPO DE SOLICITUD (señalar)

Continuidad de plaza en CEI "La Aldehuela"

Continuidad de plaza en CEI "Pablo Montesino"

Solicitud nueva Continuidad de plaza y cambio de centro.

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D.- CENTRO POR ORDEN DE PREFERENCIA (Señalar con “1” el que se desea en primer lugar y con “2” el que se desea en segundo lugar)

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL

CEI “La Aldehuela”

CEI “Pablo Montesino”

E.- DATOS DE LA JORNADA DE PREFERENCIA (Señalar con una X en el lugar que proceda)

TIPO DE JORNADA

Jornada de 4 horas (9,30-13,30)

Jornada de 6 horas (8,30-14,30)

Jornada de 8 horas (8,00-16,00)

El solicitante se compromete a comunicar al Departamento de Servicios Sociales del Excmo.

Ayuntamiento de Zamora cualquier cambio y/o modificación que pudiera darse en las

circunstancias de la unidad familiar.

DECLARO que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud, así como en la

documentación que se adjunta.

En Zamora, a de 201

EL / LA SOLICITANTE

Fdo.- __________________________________

El firmante declara bajo su responsabilidad que acepta las bases que regulan la presente convocatoria, que cumple

con los requisitos exigidos en las mismas, que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad, y

que autoriza a que desde el Departamento Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zamora se lleven a cabo todas

aquellas actuaciones y consultas a otros Departamentos del Ayuntamiento de Zamora y de otras administraciones

públicas relativas a la obtención de datos protegidos por la normativa correspondiente referentes a la situación de

empadronamiento, situación fiscal y patrimonial y situación con la Seguridad Social a los efectos de la adecuada

instrucción del expediente administrativo que se articule con motivo de la citada convocatoria.

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ANEXO II: AUTORIZACIÓN

(RELLENAR UNO POR CADA MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR DE CONVIVENCIA)

PARA SOLICITUD DE PLAZA EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPALES “PABLO MONTESINO” y “LA ALDEHUELA” CURSO: 2016/2017

D/Dª_____________________________________ con DNI nº ________________ y

domicilio en _____________________________________de ________________

AUTORIZO

a que desde el Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zamora se

lleven a cabo todas aquellas actuaciones, peticiones de información y consultas a

otros departamentos del Ayuntamiento de Zamora y otras administraciones públicas

relativas a la obtención de datos protegidos por la normativa correspondiente

referentes a mi situación de empadronamiento, situación fiscal y situación con la

Seguridad Social y, en su caso, de los menores a mi cargo (nombre y DNI si

disponen):

1.-________________________________

2.-________________________________

3._________________________________

a los efectos exclusivos de la adecuada instrucción del expediente administrativo

que se articule con motivo de la presente convocatoria.

Zamora, a ___ de _________________ de 20____

Fdo: ______________________

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ANEXO III: RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Documentación justificativa de la situación familiar -Certificado de Empadronamiento (o autorización expresa –ANEXO II- para que la administración pueda obtenerlo).

-Documento Nacional de Identidad u otro documento identificativo, de los progenitores, tutores o representantes legales.

-Fotocopia del Libro de Familia en la que aparezcan todos los miembros de la unidad familiar. En su caso resolución de acogimiento o adopción.

-En su caso, título oficial de familia numerosa.

-Para familias monoparentales: -Sentencias de nulidad, separación o divorcio, convenio regulador o cualquier otro documento donde se especifique el régimen de visitas y la pensión por alimentos de los hijos/as. -Declaración jurada de no vivir en pareja.

-En su caso, certificados de minusvalía, o informe del equipo de valoración del Centro Base en los casos en que el/la menor presente necesidades educativas especiales.

-En su caso, certificado acreditativo del grado de minusvalía del familiar, o reconocimiento como “dependiente” en los casos que se alegue dicha circunstancia.

-En su caso, justificante de que el/la hermano/a del niño/a para el/la que se solicita la plaza va a continuar matriculado en la escuela infantil municipal

-En su caso, informe social que acredite circunstancias socio-familiares excepcionales alegadas o situación de grave riesgo psicosocial. Documentación Justificativa de la situación laboral: -Informe de vida laboral, de los progenitores, tutores o representantes legales que convivan con el/la menor.

-Si los progenitores o tutores se encuentran en situación de desempleo, certificado emitido por el Servicio Público de Empleo que acredite dicha situación y las prestaciones que percibe.

-Los/as solicitantes que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos/as, deberán presentar certificado de su empresa o centro de trabajo acreditativo de dicha circunstancia, así como declaración jurada de la fecha en que tienen prevista la reincorporación. Para que la situación laboral se valore como situación en activo, la incorporación al puesto de trabajo deberá producirse dentro de los dos primeros meses del curso escolar.

-En el caso de que los progenitores o tutores se encuentren inmersos en un proceso de inserción laboral, además del informe de vida laboral se deberá presentar un justificante acreditativo de dicha circunstancia, en el que figure el número de horas semanales de duración de dicho proceso de inserción laboral.

-Última nómina de los progenitores, tutores o representantes legales del/la menor. Documentación acreditativa de la situación económica y de deuda -Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de todos los miembros de la unidad familiar de convivencia que tengan obligación de presentarla, referida al periodo impositivo cuyo plazo de presentación haya vencido a la fecha de solicitud.

-En el supuesto de no estar obligados a presentar Declaración de la Renta, se aportará certificado expedido por la Agencia Tributaria acreditativo de dicha circunstancia en el que figuren los datos de los que disponga la Agencia Tributaria.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CUBILLOS

Anuncio de aprobación definitiva

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el2016, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Basesde ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con elartículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales apro-bado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Estado de gastos

Capítulo Euros

A) Operaciones no financieras

A.1) Operaciones corrientes1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.000,00

2 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 63.950,00

3 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,00

4 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000,00

A.2) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.650,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139.100,00

Estado de ingresos

Capítulo Euros

A) Operaciones no financieras

A.1) Operaciones corrientes1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.100,00

2 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.700,00

3 Tasas, precios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . . 11.600,00

4 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66.000,00

5 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.700,00

Total ingresos................................................................. 139.100,00

PLANTILLA DE PERSONAL

A) Funcionarios de carrera: Secretario-Intervención.B) Personal laboral fijo: Operario de usos múltiples.

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Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo170 y 1.71 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales apro-bado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y en la forma y plazosque establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Cubillos, 15 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MAYALDE

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Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración delPatrimonio, correspondientes al ejercicio de 2015, e informadas debidamente porla Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real DecretoLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en laSecretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles para que durante elmismo y ocho días mas, puedan los interesados presentar por escrito los reparos,observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Mayalde, 15 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MELGAR DE TERA

Edicto

Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración delPatrimonio, correspondientes al ejercicio de 2015, e informadas debidamente porla Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real DecretoLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en laSecretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante elmismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escrito los reparos,observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Melgar de Tera, 15 de marzo de 2016.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MONTAMARTA

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La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, celebra el día 2 de marzo de 2016,aprobó las:

BASES PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN, EN RÉGIMEN LABORAL, ATIEMPO PARCIAL DE UN TRABAJADOR CON LA CATEGORÍA DE MÉDICO/A,PARA LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS PROPIAS DEL PUESTO DE TRABA-

JO EN LA RESIDENCIA DE MAYORES DEL AYUNTAMIENTO DE MONTAMARTA

I.- Objeto.1.- El objeto de las presentes bases es regular el proceso de selección para la

selección y contratación, de un/a trabajado/a, en régimen laboral, a tiempo parcialcon una jornada del 20%, con la categoría de médico/a, para la realización de lasactividades de dicho puesto en la Residencia de Mayores del municipio deMontamarta, de propiedad municipal.

2.- La categoría del/de la trabajador/a, será la de médico/a y su contratación seregulará por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. La duración del contra-to será de 12 meses, con un periodo de prueba de 6 meses. Las retribucionesserán las fijadas según el convenio.

3.- El proceso de selección será el concurso-oposición.

II.- Condiciones de los aspirantes.Para tomar parte en el concurso-oposición, será necesario:

a) Ser español o ciudadano de la C.E.E. o de aquellos Estados a los que lessea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previs-tos en la Ley Estatal que regula esta materia.

b) Ser mayor de 18 años, en la fecha de aprobación de las presentes bases.c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las tare-

as correspondientes.d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del

Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, nihallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de las estable-cidas en la legislación vigente.

f) Los nacionales de los demás Estados, a que hace referencia el apartado a),deberán acreditar, además de su nacionalidad y de los requisitos a que hacenreferencia los apartados anteriores, no estar sometidos a sanción disciplina-ria o condena penal que impida, en su Estado de origen, el acceso a la fun-ción pública. Dicha acreditación se efectuará mediante certificados expedidospor las autoridades competentes de sus países de origen.

g) Estar en posesión del Título de Licenciado o Grado Universitario enMedicina, debidamente homologado.

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III.- Instancias.Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, cuyo modelo

figura en el Anexo I a ésta, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta delAyuntamiento de Montamarta, se presentarán en el Registro General de laCorporación, en horas de oficina, durante el plazo de quince días naturales, conta-dos a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficialde la Provincia o en los tablones de anuncios del Ayuntamiento.

Igualmente podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4, dela Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la instancia se acompañará la siguiente documentación, originales o fotoco-pias debidamente compulsadas:

- Documento Nacional de Identidad o equivalente.- Declaración jurada del solicitante en la que conste que no padece enfermedad

ni defecto físico que impida el desarrollo de las tareas propias del puesto detrabajo, así como que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario,del servicio del Estado, de la Comunidad Autónoma o de las EntidadesLocales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni estarincurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en lalegislación vigente.

- Documentación que acredite los méritos al objeto de valorar el concurso.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa, dictaráResolución declarando aprobada la lista de los aspirantes admitidos y excluidos alconcurso-oposición que será publicada en el tablón de anuncios de la Corporación.

En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, enlos términos del artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se concedea los aspirantes excluidos.

Asimismo se publicará la composición del Tribunal calificador y se determinaráe| lugar y fecha en que tendrá lugar la calificación de los méritos alegados y la cele-bración de la fase de oposición.

IV.- Comisión de selección.La Comisión de Selección estará constituida en la forma siguiente: - 1 Presidente.- 4 Vocales.- 1 Vocal Secretario.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitadde sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y delSecretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir cuando concu-rran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, debiendo notificarlo a la Presidencia, encaso contrario podrán ser recusados por los aspirantes.

La actuación de la Comisión se ajustará estrictamente a las bases de la convo-catoria.

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V.- Sistema de selección.El sistema de selección de los aspirantes, se realizará mediante concurso de

méritos.Se computarán y valorarán los méritos que acredite cada aspirante hasta un

máximo de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Experiencia profesional: Por acreditar experiencia profesional como médi-co/a 0,10 puntos por cada mes trabajado con una jornada laboral del 100% y 0,05puntos por mes trabajado con una jornada laboral inferior al 100%. La puntuaciónmáxima a obtener por este criterio será como máximo de 5 puntos.

B) Formación: Los cursos de formación y perfeccionamiento que estén directamen-te relacionados con las funciones de la categoría convocada, se valorarán a razón de:

• De 20 a 50 horas, 0,25 puntos.• De 51 a 80 horas, 0,5 puntos.• De 81 a 150 horas, 1 puntos.• De 151 a 299 horas, 1,5 puntos.• 300 horas o más, 2 puntos.

No se computarán los cursos inferiores a 20 horas. Se valorarán los cursos queversen sobre la materia de Prevención de Riesgos Laborales. En ningún caso lapuntuación por formación podrá exceder de 5 puntos.

Todos los méritos que se acrediten, se valorarán hasta la fecha de referencia ala finalización del plazo de presentación de solicitudes.

VI.- Relación de seleccionados y presentación de documentos. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de

anuncios del Ayuntamiento, relación de todos los aspirantes con la puntuaciónobtenida por cada uno y declarará seleccionado a aquel que más puntuación hayaobtenido. No pudiéndose declarar que ha sido seleccionado un número mayor deaspirantes a los puestos de trabajo convenidos, y elevará dicha resolución a la Sra.Alcaldesa con propuesta de su contratación.

VII.- Contratación.La Sra. Alcaldesa, a la vista de la relación de seleccionados facilitada por el

Tribunal, dictará resolución en el plazo de 5 días acordando la contratación.La incorporación al puesto de trabajo será inmediata tras la resolución sin que

quepa aplazamiento de clase alguna.La formalización del correspondiente contrato se efectuará con sujeción a lo

establecido en el artículo 15.a, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores, y en el R.D. 2720/98, de 28 de diciembre.

VIII.- Incidencias.La presente convocatoria en sus bases y cuantos actos administrativos se deri-

ven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por losinteresados en los casos y en las formas establecidas en la 30/92, de 26 deNoviembre, del régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

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El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, yadoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del con-curso, en aquellos aspectos no previstos en estas bases.

Montamarta, 2 de marzo de 2016.

ANEXO I DE LA CONVOCATORIA

MODELO DE INSTANCIA

D./Dª ……………………….............…………………. con domicilio a efectos denotificaciones en ………………………………, Provincia de .................. Calle/Avda./Plaza . …………… n° …… y con Documento Nacional de Identidad n.° ….......…..

EXPONE:

Que enterado de la convocatoria de concurso-oposición publicada por elAyuntamiento de Montamarta, para la selección y contratación, de un trabajador,con la categoría de fisioterapeuta, a contratar en régimen laboral, a jornada parcialal 20%, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores,para la realización de las tareas propias del puesto de trabajo en la Residencia deMayores del Ayuntamiento de Montamarta, de propiedad municipal.

SOLICITO:

Ser admitido a dicho proceso selectivo.

En ………………… a ……. de ……………….. de 2016

Firma

Montamarta, 2 de marzo de 2016.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MORALEJA DEL VINO

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De conformidad con la Resolución de Alcaldía, por medio del presente anunciose efectúa convocatoria conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Moraleja del Vino. Obtención de documentación e información: Ayuntamiento de Moraleja del Vino. Plaza Mayor n.º 1.C.P. 49.150. Moraleja del Vino. Telefono: 980571017. Fax: 980571021. Correo electrónico: [email protected]ón de internet del perfil del contratante: http://aytomoraleja.es/sede-elec-

tronica/perfil-del-contratante/

2. Objeto del contrato: Arrendamiento para explotación de las instalaciones debar-cafetería y gestión de la piscina municipal de Moraleja del Vino.

3. Tramitación y procedimiento: Ordinario por concurso.

4. Valor estimado del contrato: Once mil seiscientos euros anuales más el 21%de IVA (dos mil cuatrocientos treinta y seis euros), lo que hace un total de catorcemil treinta y seis euros a pagar en cada una se las siguientes anualidades: 2016,2017, 2018 y 2019.

5. Garantías exigidas: Definitiva (5% del importe adjudicado finalmente).

6. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación 15 días hábiles a contar desde el siguiente al

de la publicación en el Boletín Oficial de Zamora.b) Modalidad de presentación. Por correo, por telefax, o por medios electróni-

cos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el art.38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Moraleja del Vino, Plaza Mayor n.°1, Moraleja del Vino 49150.

Dirección electrónica : [email protected]) Apertura de ofertas:Ayuntamiento de Moraleja del Vino.Plaza Mayor n.° 1 Moraleja del Vino 49150.7. Otras informaciones en el Pliego de Cláusulas publicado en el Perfil del contratante.

Moraleja del Vino, 11 de marzo de 2016.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VILLANUEVA DEL CAMPO

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Aprobado por acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria cele-brada el día 24 de febrero de 2016 el pliego de condiciones económicas adminis-trativas que han de regir en la adjudicación del contrato para la explotación de laspiscinas municipales y de kiosco – Bar instalado en su recinto, se anuncia proce-dimiento abierto con el siguiente contenido:

- Objeto del contrato: Explotación de las piscinas municipales y kiosco - bar ins-talado en su recinto.

- Duración: Temporada 2016.

- Tipo de licitación: 600,00 € al alza.

- Garantía provisional: 18,00 €.

- Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación.

- Presentación de proposiciones: Dentro del plazo de quince días contadosdesde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia en la Secretaria del Ayuntamiento, en horario (de lunes a viernes de9 a 14 horas).

- Apertura de proposiciones: Tendrá lugar en la casa consistorial a las catorcehoras del tercer día hábil siguiente a aquel en que termine el plazo de pre-sentación de proposiciones.

Villanueva del Campo, 9 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

SAN CRISTÓBAL DE ENTREVIÑAS

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En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por laComisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspon-diente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho másquienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u obser-vaciones que tengan por convenientes,

San Cristóbal de Entreviñas, 17 de marzo de 2016.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VILLAFÁFILA

Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácterinterino del puesto de Secretaria Intervención de Clase Tercera de la

Agrupación de Municipios de Villafáfila, Revellinos, San Agustín del Pozo y Vidayanes (Zamora).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 64.1 de la Ley 42/1994, de 30 dediciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y en el Decreto32/2005, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorialde la Junta de Castilla y León, por el que se regulan los procedimientos de selec-ción de funcionarios interinos y se crea la bolsa de trabajo para la provisión tempo-ral de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local conhabilitación de carácter nacional. Considerando que se encuentra vacante porCESE del titular de la plaza de Secretaría Intervención de la Agrupación deMunicipios de Villafáfila, Revellinos, San Agustín del Pozo y Vidayanes (Zamora).Siendo necesario iniciar los trámites para proveer con carácter interino la vacanteque se ha producido a fin de no perjudicar el desenvolvimiento de la actividadmunicipal, por Decreto de Presidencia de Agrupación de fecha 18 de marzo de2016, se aprobaron las bases que a continuación se reproducen:

Primera.- Características del puesto.Se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de

Secretaría Intervención de clase tercera de esta Agrupación, reservado a funciona-rios con habilitación de carácter estatal de la Subescala y Categoría de SecretaríaIntervención Grupo A 1, nivel de complemento de destino 26, por encontrarse laplaza vacante.

Segunda.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.Los aspirantes a desempeñar dicha plaza deberán dirigir sus solicitudes al

Presidente de esta Agrupación, según modelo que figura en el Anexo 1, presentán-dolas en el Registro de este Ayuntamiento o en cualquier otro de los previstos enel artículo 38 de la Ley 30/1 992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazode cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta con-vocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación acredita-tiva de los méritos que se aleguen.

Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia los meritos que debenser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debi-da acreditación.

Conforme a lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 32/2005, de fecha 28de abril, el plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcio-narios con habilitación estatal interesados en el desempeño de dicho puesto mani-fiesten por escrito al Presidente de la Agrupación su interés en el desempeño delmismo. Si hubiese solicitudes de este tipo, el procedimiento se suspenderá hastael nombramiento de aquél, momento en el que se dejará sin efecto. Si finalmente

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no recayera nombramiento en funcionario interesado, continuará el procedimientode selección de interino.

Tercera.- Requisitos para participar en la selección.Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de pre-

sentación de solicitudes los siguientes requisitos:a) Ser español.b) Tener cumplidos los 16 años de edad.c) Estar en posesión de la titulación de Licenciado o Graduado en Derecho,

Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Políticas y Sociología,Economía, Ciencias Actuariales y Financieras, conforme al artículo 22 delReal Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en la redacción dada por elReal Decreto 834/2003, de 27 de junio.

d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de lasAdministraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funcio-nes públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejerciciode las funciones correspondientes.

f) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido enla Ley 53/1 984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal alservicio de las administraciones públicas.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la

Agrupación dictará una resolución, aprobando la lista provisional de los aspirantesadmitidos y excluidos, que será expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamientode Villafafila.

Quinta.- Baremo de méritos.1. El procedimiento de selección será el concurso de méritos en el que se valo-

rará:1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas

selectivas convocadas para el acceso:a) A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un

máximo de 3 puntos.b) A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máxi-

mo de 2 puntos.1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:a) En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por

mes completo hasta un máximo de 4 puntos.b) En puestos reservados a distinta subescala y categoría: 0,03 puntos por mes

completo hasta un máximo de 2,25 puntos.c) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funciona-

rios con habilitación nacional clasificados en los grupos A1 y A2, o grupoequivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño defunciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximode 1,5 puntos.

d) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funciona-rios con habilitación nacional clasificados en los grupos C1 y C2, o grupoequivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño

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de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máxi-mo de 1 punto.

e) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasi-ficados en los grupos A1 y A2 o grupo equivalente para el personal laboral,con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 puntos por mescompleto hasta un máximo de 1,5 puntos.

f) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasi-ficados en los grupos C1 y C2, o grupo equivalente laboral, con funcionespropias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hastaun máximo de 1 punto.

1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formaciónen los siguientes sectores: urbanismo, informática, gestión económica financiera,tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionadacon la Administración local, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con elsiguiente baremo:

a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.b) Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos. c) Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.1.4.- Otros méritos directamente relacionados con las características y funcio-

nes del puesto de trabajo convocado: Hasta un máximo de 3 puntos.1.5.- Si se estima necesario la Agrupación a través de su Presidente podrá ins-

tar a la Comisión de selección a convocar a los aspirantes a la realización de prue-bas y/o entrevistas para determinar con mayor precisión la aptitud de los mismos.Dichas pruebas y/o entrevista se valoraran con un máximo de 3 puntos. Se comu-nicaría a los interesados con una antelación mínima de cuatro días hábiles. La nopresentación a la realización de estas pruebas conlleva la exclusión del concursode selección.

2. Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulosoriginales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente com-pulsadas.

Sexta.- Composición del órgano de selección.La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:a) Presidente: Un funcionario designado por la Presidencia, de la

Administración Local, Autonómica o Estatal, entre funcionarios pertenecien-tes al mismo grupo de titulación en situación de servicio activo.

b) Vocal: Un funcionario designado por la Presidencia a propuesta de laDelegación Territorial de Castilla y León en Zamora entre funcionarios perte-necientes al mismo Subgrupo Al en situación de servicio activo.

c) Vocal Secretario: Un funcionario designado por la Presidencia entre funcio-narios con habilitación de carácter estatal de la misma o superior categoríade la correspondiente al puesto, en situación de servicio activo.

d) El Presidente de la Agrupación de Municipios como observador, con voz perosin voto.

Séptima.- Propuesta de nombramiento.Concluida la calificación, la Comisión de Selección propondrá a la Corporación

el candidato seleccionado y hasta un máximo de tres suplentes ordenados segúnpuntuación obtenida y de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la mismaremitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo a la Consejería de

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Presidencia, Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local, de laJunta de Castilla y León, que resolverá definitivamente. El Presidente de laAgrupación hará público en el tablón de edictos del Ayuntamiento el nombramien-to efectuado.

Esta propuesta de nombramiento quedará no obstante condicionada al cumpli-miento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, demedidas fiscales, administrativas y de orden social, que modifica el apartado unodel artículo 64 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, admi-nistrativas y del orden social así como del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo,por el que se adoptan medidas extraordinarias para le reducción del déficit públi-co, en el sentido de que las Corporaciones Locales podrán proponer el nombra-miento de funcionario interino para la provisión de puestos de trabajo vacantes enlas mismas reservados a funcionarios con habilitación nacional aunque ahora con-dicionada a la circunstancia de que no haya sido posible la provisión del puestovacante mediante los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación ocomisión de servicios. Dicha circunstancia deberá quedar acreditada en el expe-diente.

Octava.El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación, la

siguiente documentación:- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.- Fotocopia de los documentos acreditativos de poseer la titulación exigida

como requisito para el acceso.- Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del

servicio de cualquier administración pública y de no encontrarse inhabilitadopara el ejercicio de las funciones correspondientes.

- Declaración de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejerci-cio de las funciones correspondientes.

- Declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personalal servicio de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en laLey 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servi-cio de las Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en el Ley53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio delas administraciones públicas.

Novena.El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles

desde el siguiente al de la recepción en la Corporación de la resolución por la quese efectúa nombramiento.

Décima.- Facultad de la Comisión de Selección.La Comisión de Selección queda facultada para resolver las dudas que se plan-

teen durante el proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

Undécima.La Corporación convocante podrá proponer motivadamente que la Dirección

de Ordenación del Territorio y Administración Local, declare desierto el proceso deselección.

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Duodécima.El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 4 del Decreto 32/2005 de 28 de abril.

Décimo tercera.Frente a las bases y al acto de convocatoria podrá interponerse recurso potes-

tativo de reposición, en el plazo de un mes ante el mismo árgano que dictó el acto,o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde su publica-ción. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interpo-ner recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resulto expresamenteo se haya producido su desestimación por silencio

Villafafila, 18 de marzo de 2016.-El Presidente de la Agrupación.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DEPROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DE LA AGRUPACIÓN DE MUNICIPIOS DE VILLAFAFILA-REVELLINOS-SAN AGUSTÍN DEL POZO-VIDAYANES.

EXPONGO:

Que deseo ser admitido para la provisión interina de la plaza de ....................de ...................... la Agrupación de Municipios de Villafafila-Revellinos-San Agustíndel Pozo-Vidayanes, cuya convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial dela Provincia de Zamora n.° ................. de fecha .........

Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del concurso, quedeclaro conocer y aceptar.

Que aporto los siguientes documentos acreditativos de los méritos exigidos enlas bases.

Por lo que SOLICITO:

Que se me admita en el proceso selectivo para la provisión con carácter interi-no de la plaza de Secretaría Intervención de esta Agrupación.

En ..................... de ................... de 2016

Fdo.

SR. PRESIDENTE DE LA AGRUPACIÓN DE MUNUCIPIOS DE VILLAFÁFILAREVELLINOS, SAN AGUSTÍN DEL POZO, VIDAYANES (ZAMORA).

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

FRESNO DE LA RIBERA

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Aprobado por el Ayuntamiento de Fresno de la Ribera (Zamora) el proyectopara sistema de cloración automático y automatización de funcionamiento de filtrosexistentes en Fresno de la Ribera (Zamora), se expone al público por espacio de20 días al objeto de ser consultado y en su caso planteadas las reclamaciones quese estimen pertinentes.

En el caso de no plantearse ninguna reclamación se entenderá definitivamen-te aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.

Fresno de la Ribera, 18 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

FRESNO DE LA RIBERA

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Siendo definitivo el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general parael ejercicio 2016 y con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 169.1 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de Haciendas Locales, transcribiendo seguidamente el resumen porcapítulos:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Estado de gastos

Capítulo Denominación Euros

A) Operaciones no financieras

A.1) Operaciones corrientes1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137.117,65

2 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 197.226,00

4 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00

A.2) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 187.674,80

7 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 521.021,45

Estado de ingresos

Capítulo Denominación Euros

A) Operaciones no financieras

A.1) Operaciones corrientes1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86.003,65

2 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100,00

3 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.400,00

4 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.003,00

5 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 308.278,05

A.2) Operaciones de capital7 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.000,00

Total ingresos................................................................. 529.788,70

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PLANTILLA DE PERSONAL

Personal funcionario: - Secretario-Interventor - Grupo A1, - Nivel 30. - Escala de Habilitación Nacional. - 1 (agrupado con Ayto. de Riofrío de Aliste-Matilla la Seca).

Personal Laboral:- 1 Trabajador servicio limpieza. - 1 Operario servicios múltiples (alguacil).- 1 AEDL.

Contra el presente acuerdo, cabrá interponer directamente RecursoContencioso Administrativo ante la Sala de lo contencioso Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Castilla y león con sede en Valladolid, en el plazode dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Provincia, de conformidad con lo prescrito por el Art. 171 del R.D.L.2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de Haciendas Locales y los Arts. 10.1b, 25.1 y 46 de la Ley Reguladorade la jurisdicción Contencioso Administrativa de 13 de julio de 1998, y sin perjuiciode que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Fresno de la Ribera, 18 de marzo de 2016.-El Alcalde.

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III. Administración Local OTRAS ENTIDADES LOCALES

ENTIDAD LOCAL MENOR DE CASTROPEPE

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En cumplimiento del articulo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora deHaciendas Locales, se expone al público la Cuenta General correspondiente alejercicio 2015, informada por la Comisión Especial de Cuentas y redactada por laIntervención, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más los inte-resados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

Castropepe, 22 de febrero de 2016.-El Presidente.

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