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http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS NÚM. 48 DE 10-III-2020 1/16 Cód. 2020-02392 IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS DE LANGREO ANUNCIO. Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020. Anuncio La Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2020, acordó aprobar el Plan Estratégico Municipal de Subvenciones para el ejercicio 2020, haciéndose público el mismo, de conformidad con el art. 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, cuyo texto es el siguiente: 1. Introducción. 1.1. Consideraciones previas. La legislación vigente en materia de subvenciones tiene como objetivo fundamental que la actividad pública, tradi- cionalmente conocida como de fomento y promoción, se desarrolle dentro de los parámetros que la propia ley impone, estableciendo los mecanismos adecuados para su control previo y evaluación posterior, sobre la base de los siguientes objetivos básicos: Favorecer el fomento de la actividad de interés público y general que realiza la sociedad civil estructurada. Fomentar la promoción e inclusión social, profesional y laboral de los individuos mediante ayudas económicas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social. Y para ello, la Ley obliga al sometimiento de esta actividad a los principios de: Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante. Control de la discrecionalidad administrativa. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Asimismo, la Ley introduce, como elemento de gestión e instrumento para la mejora de la eficacia en las actuaciones de las Administraciones Públicas, la necesidad de elaborar, en cada administración, un Plan Estratégico de Subvencio- nes, que permita relacionar los objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles y todo ello con carácter previo a la concesión. La ley 38/2003 de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, recoge en su artículo 8.1, “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria” En el mismo sentido el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones regula la realización de los planes estratégicos en la Administración General del Estado, que si bien no resulta aplicable a los Ayuntamientos, recoge algunos aspectos que pueden ser tenidos en cuenta. Asimismo, y en todo caso, por virtud de la potestad reglamentaria atribuida a las entidades locales por el art. 4 de la Ley 7/1985 RBRL, se ha tenido en cuenta la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Langreo, que en su artículo cuatro recoge: “Por el Ayuntamiento de Langreo se efectuará un Plan estratégico de subvenciones en el que se concretarán los objetivos y efectos que se pretende con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y las fuentes de financiación, con el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestario”. Dicho plan estratégico deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subven- ciones y las propuestas que se planteen deberán estar recogidas en el Plan estratégico de subvenciones municipales. El presente Plan estratégico ha sido elaborado con la participación de todas las Áreas, Servicios y unidades respon- sables de la gestión de subvenciones en el Ayuntamiento de Langreo. 1.2. Naturaleza jurídica. Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera dere- chos ni obligaciones para la administración. Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

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BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 48 de 10-iii-2020 1/16

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IV. Administración Local

AyuntAmientosde LAngreo

AnunCio. Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020.

Anuncio

La Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2020, acordó aprobar el Plan estratégico municipal de subvenciones para el ejercicio 2020, haciéndose público el mismo, de conformidad con el art. 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, cuyo texto es el siguiente:

1. introducción.

1.1. Consideraciones previas.

La legislación vigente en materia de subvenciones tiene como objetivo fundamental que la actividad pública, tradi-cionalmente conocida como de fomento y promoción, se desarrolle dentro de los parámetros que la propia ley impone, estableciendo los mecanismos adecuados para su control previo y evaluación posterior, sobre la base de los siguientes objetivos básicos:

• Favorecerelfomentodelaactividaddeinteréspúblicoygeneralquerealizalasociedadcivilestructurada.

• Fomentarlapromocióneinclusiónsocial,profesionalylaboraldelosindividuosmedianteayudaseconómicasaaquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social. y para ello, la Ley obliga al sometimiento de esta actividad a los principios de:

• Publicidad,transparencia,concurrencia,objetividad,igualdadynodiscriminación.

• EficaciaenelcumplimientodelosobjetivosfijadosporlaAdministraciónotorgante.

• Controldeladiscrecionalidadadministrativa.

• Eficienciaenlaasignaciónyutilizacióndelosrecursospúblicos.

Asimismo,laLeyintroduce,comoelementodegestióneinstrumentoparalamejoradelaeficaciaenlasactuacionesde las Administraciones Públicas, la necesidad de elaborar, en cada administración, un Plan estratégico de subvencio-nes,quepermitarelacionarlosobjetivosaalcanzarylosefectosquesepretendenconseguir,conloscostesprevistosysufinanciación,conobjetodeadecuarlasnecesidadespúblicasacubrirmediantelassubvencionesconlosrecursosdisponibles y todo ello con carácter previo a la concesión.

La ley 38/2003 de 17 de noviembre, Ley general de subvenciones, recoge en su artículo 8.1, “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, elplazonecesarioparasuconsecución,loscostesprevisiblesysusfuentesdefinanciación,supeditándoseentodocasoal cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria” en el mismo sentido el real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones regula larealizacióndelosplanesestratégicosenlaAdministraciónGeneraldelEstado,quesibiennoresultaaplicablealosAyuntamientos, recoge algunos aspectos que pueden ser tenidos en cuenta.

Asimismo, y en todo caso, por virtud de la potestad reglamentaria atribuida a las entidades locales por el art. 4 de laLey7/1985RBRL,sehatenidoencuentalaOrdenanzaGeneraldeSubvencionesdelAyuntamientodeLangreo,queen su artículo cuatro recoge: “Por el Ayuntamiento de Langreo se efectuará un Plan estratégico de subvenciones en el queseconcretaránlosobjetivosyefectosquesepretendeconsuaplicación,elplazonecesarioparasuconsecución,loscostesprevisiblesylasfuentesdefinanciación,conelcumplimientodelprincipiodeestabilidadpresupuestario”.

dicho plan estratégico deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subven-ciones y las propuestas que se planteen deberán estar recogidas en el Plan estratégico de subvenciones municipales.

el presente Plan estratégico ha sido elaborado con la participación de todas las Áreas, servicios y unidades respon-sables de la gestión de subvenciones en el Ayuntamiento de Langreo.

1.2.Naturalezajurídica.

Los Planes estratégicos de subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera dere-chos ni obligaciones para la administración. su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

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1.3. Competencia.

entrando en la materia concreta sobre el órgano competente para la aprobación del Plan, no existe una atribución específicadelacompetencianienlaLey38/2003,nienelRealDecreto887/2006,nienlaLey7/1985,de2deabril,reguladora de las Bases de régimen Local; en principio, en base al artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985 la competencia correspondería al Alcalde, sin embargo, puede sostenerse que sea el Pleno el órgano competente por los siguiente motivos:

• EscompetenciadelPlenolaaprobacióndelasBasesReguladorasdelaconcesióndesubvenciones,yaqueéstasseapruebanobienatravésdeunaOrdenanzaGeneraldeSubvencionesomedianteunaordenanzaEspecíficapa-ra las distintas modalidades de subvenciones, en virtud del artículo 17.2 de la Ley 38/2003, que no tiene carácter básico,ylaaprobacióndeOrdenanzascompetealPleno(artículo49delaLey7/1985,de2deabril,Reguladorade las Bases de régimen Local). Parece conveniente que sea el mismo órgano el que apruebe el Plan estratégico deSubvencionesylaOrdenanzaGeneraldeSubvenciones.

• NoseríacongruentequefueraunórganodistintoalcompetenteparaaprobarelPresupuesto,elqueaprobaraunPlan estratégico cuya plasmación debe efectuarse en los Presupuestos de cada año. Además, es un instrumento deplanificaciónestratégicadelaactividadsubvencionalodefomentoydegestióneconómica,deacuerdoconelartículo 22 de la Ley de Bases de régimen Local.

2. informe de situación y diagnóstico.

2.1. informe técnico de las subvenciones municipales.

DelanálisisrealizadodelassubvencionesmunicipalesconcedidasporelAyuntamientodeLangreoenlosejercicios2016, 2017 y 2018 pueden destacarse algunas conclusiones:

en el año 2016 se han concedido 1.148.213,13 €, lo que implica un incremento con respecto al 2015 del 12,91%.

en el año 2017 se han concedido 1.158.755,34 €, lo que implica un incremento con respecto al 2016 del 0,92%.

en el año 2018 se han concedido 1.183.321,00 €, lo que implica un incremento con respecto al 2017 del 2,12%.

2.2. Las subvenciones municipales en la Administración electrónica del Ayuntamiento de Langreo.

Las subvenciones en el Ayuntamiento de Langreo se tramitan a través de la aplicación Accede Aytos subvenciones.

3. Ámbito subjetivo.

el presente Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Langreo, incluye las subvenciones concedidas directamente por el Ayuntamiento de Langreo en sus diversas Áreas.

4. Ámbito temporal.

el ámbito temporal del presente Plan estratégico de subvenciones se propone solamente para el ejercicio 2020.

5. Aspectos estratégicos del plan.

5.1. misión.

RepresentalarazóndeserdelconjuntodelaactividadsubvencionaldelAyuntamiento:“Impulsar,promoverypoten-ciar la participación de la sociedad civil estructurada de nuestro municipio en los distintos ámbitos de gestión municipal de interés concurrente así como promocionar la inclusión social de los individuos mediante ayudas económicas a aquellos ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social en defensa del principio de igualdad de oportunidades.”

5.2. Principios generales.

La regulación jurídica en materia de subvenciones, así como de las administraciones públicas, establece unos principios generales de actuación, que son elementos fundamentales del Plan estratégico y que deben regir la gestión municipal en materia de subvenciones.

a) Publicidad y concurrencia, mediante convocatoria previa en la que se garantice la concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con las debidas disponibilidades presupuestarias, con carácter previo.

b) objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos.

c) igualdad y no discriminación, entre la ciudadanía, entre los distintos sectores y entre los colectivos.

d) transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados.

e) Eficaciaenelcumplimientodelosobjetivos,conelestablecimientodeunprocedimientodeseguimientoycontrolde las subvenciones concedidas.

f) Eficienciaenlaasignaciónyutilizacióndelosrecursospúblicos,conlavaloracióndelassubvencionesylaasig-naciónalosproyectosmáseficientes.

todos esos principios son aplicables al conjunto de las Líneas y Programas de subvención del Ayuntamiento.

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5.3. objetivos generales.

son objetivos generales del presente Plan estratégico y de las diferentes líneas de ayudas y subvenciones del Ayun-tamiento de Langreo para el ejercicio 2020 los siguientes:

1. dar cumplimiento al mandato legal recogido en el art. 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que obliga a los Ayuntamientos que previamente a la concesión de subvenciones, se proceda a aprobar su correspondiente Plan estratégico.

2. Establecer ynormalizar, parael conjuntode lasmuydiversasydiferentes líneasyprogramasdeayudaysubvenciones del Ayuntamiento de Langreo, un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a las mismas.

3. Mejoraryracionalizarlagestiónmunicipaldelassubvencionesconlavaloracióndelosaspectosdetransversalidad,eficaciayeficienciaenlagestióndelasdiferenteslíneasdeayudas.

4. Impulsarlasimplificaciónadministrativaylatransparencia,conlapuestaenmarchadeunaBasededatosmunicipal de subvenciones, que recoja todas las ayudas concedidas, por los distintos órganos municipales, posibilitando asimismo la posterior incorporación de su tramitación electrónica.

5.4. Líneas estratégicas de actuación 2020.

Las Líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan estratégico, en el que se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento, son las siguientes:

• Líneaestratégica1:ServiciosPúblicosBásicos.......................................................1.000,00€.

• Líneaestratégica2:ActuacionesdeProtecciónyPromociónSocial.........................736.671,00€.

• Líneaestratégica3:ProduccióndeBienesPúblicosdeCarácterPreferente..............148.150,00€.

• Líneaestratégica4:ActuacionesdeCarácterEconómico........................................84.600,00€.

• Líneaestratégica5:ActuacionesdeCarácterGeneral............................................20.000,00€.

• Líneaestratégica6:PromociónyFomentodelDeporte.........................................142.450,00€.

Las cuantías previstas para cada una de las Líneas en el ejercicio 2020 son las recogidas en el Presupuesto anual del Ayuntamiento. La cuantía total de las mismas asciende a 1.132.871 euros.

6. Procedimiento de concesión.

DeacuerdoconloprevistoenlaOrdenanzaGeneraldeSubvenciones,resultadeaplicacióndirectaatodaslassub-venciones concedidas por el Ayuntamiento de Langreo, los siguientes procedimientos de concesión de las subvenciones y ayudas estableciendo como tipos de subvención:

• Subvencionesconcedidasenrégimendeconcurrenciacompetitiva.

• Subvencionesnominativasprevistasenelpresupuesto.

• Subvencionesconcedidasdeformadirectaporrazonesdeinteréspúblico,social,económicoohumanitariouotrasdebidamentejustificadasquedificultensuconvocatoriapública.

• SubvencionescuyootorgamientoocuantíaseanimpuestasalAyuntamientodeLangreoporunanormaderango legal.

Con carácter general, la subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva; además de eso, podránconcedersemedianteayudadirectaaquellassubvencionesquefigurencomonominativasenlospresupuestosmunicipales;yparaaquellossupuestosenlosquedeacuerdoconlanaturalezadelasubvención,laurgenciaoelinteréspúblicodelamisma,serequierauntipodeprocedimientodeconcesióndistintopodráutilizarse,deacuerdoalalegis-laciónvigente,previalajustificacióncorrespondiente.

en las correspondientes bases de subvención deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se regulen.

7. Plazos de ejecución.

Concaráctergeneral,lassubvencionesmunicipalestendránunplazodeejecuciónanual,siendoelperíodoelegibleaefectosdejustificaciónelañonatural.Enaquellossupuestosenlosquelascircunstanciashaganconvenientelafijacióndeunplazodeejecuciónsuperioralanual,olamodificacióndelperíodoelegible,sedeberánrecogerenlascorrespon-dientes bases de las subvenciones.

8. Financiación.

La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan quedarán condicionadas a la exis-tenciadecréditoadecuadoysuficienteenelcorrespondientepresupuestoanual.Previoalaconcesióndecualquiertipodesubvenciónseprocederáalatramitacióndelaautorizacióndelgastocorrespondiente.

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9. Pago anticipado de las subvenciones concedidas.

Deacuerdoconloprevistoenelart.34.4delaLeyGeneraldeSubvencionesqueestablece:“Tambiénsepodránrealizarpagosanticipadosquesupondránentregasdefondosconcarácterprevioalajustificación,comofinanciaciónnecesariaparapoder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”, las bases de las diferentes convocatorias y los convenios ela-boradosparalassubvencionesnominativasenlospresupuestosmunicipales,enfunciónlasnecesidadesdefinanciacióndeltipodeproyectoasubvencionar,delosdestinatariosdelasubvenciónydelosprincipiosdeeficaciayeficienciaquedebenregir toda actuación pública, podrán de forma motivada establecer la posibilidad de pagos anticipados, hasta el límite máximo establecidoenlaOrdenanzaGeneraldeSubvencionesdelAyuntamientodeLangreo.

10. Control y seguimiento del plan estratégico de subvenciones.

ElcontrolyseguimientodelpresentePlanEstratégicodeSubvencionesdelAyuntamientodeLangreo,serealizarádeforma anual, en dos aspectos.

• Control económico-financierode las subvenciones concedidas,queestáencomendadoa la IntervencióndelAyuntamientodeLangreo,queserealizaráenlascondicionesrecogidasenlalegislaciónvigente.

• ControlyseguimientodelPlan,queserárealizadoporlaOficinaalaqueseencomiendeelseguimientodelPlan, para lo cual, por parte de cada uno de los servicios y organismos gestores de subvenciones, se pro-cederá a remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente,memoria justificativa con las siguientesespecificaciones:

• Informacióndecadalíneaytipodesubvención,querecogeránlassubvencionesconcedidas,justificadas,lasrenunciadasylasreintegradas(oenprocedimientodereintegro).

• Elgradodecumplimientodesusobjetivos,desuplazodeconsecución.

• Loscostesefectivosenrelaciónalosprevisibles,desuplandeacciónydesusindicadorescuantificables.

• Impactoyefectossobrelarealidadenlaquesehapretendidoincidir.

• RepercusionespresupuestariasyfinancierasquesederivandelaaplicacióndelPlan.

• Conclusionesovaloraciónglobal.

• SugerenciasparalaelaboracióndelsiguientePlanEstratégicodeSubvenciones.

11. Efectos del incumplimiento del plan estratégico de subvenciones.

SicomoresultadodelosinformesdeseguimientoemitidosporlaOficinaalaqueseencomiendeelseguimientodelPlanydelosinformesemitidosporlaIntervenciónMunicipal,existenlíneasdesubvencionesquenoalcanzanelniveldeconsecucióndelosobjetivosdeseadooelqueresultaadecuadoalnivelderecursosinvertidos,podránsermodificadasosustituidasporotrasmáseficacesyeficienteso,ensucaso,podránsereliminadas.

12. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación del Plan estratégico de subvenciones, se procederá a la creación de una comisión de seguimiento coordinada por el Alcalde o Concejal en quien delegue y en la que se integrará un representante de cada una de las Áreas y organismos gestores de subvenciones, así como un representante de intervención.

13. Títulos competenciales.

Lostítuloscompetencialesquefiguranencadaunadelaslíneasestratégicas,debenentendersecondicionadosentodocaso,porlahabilitaciónquedelasmismasestablezcafinalmenteeldesarrolloreglamentariodelaLey27/2013,de27dediciembre,deRacionalizaciónySostenibilidaddelaAdministraciónLocal,asícomodelalegislaciónautonómicadedesarrollo.Atalefecto,habrádetenerseencuentaloestablecidoenlaLey7/1985RBRL,—traslasmodificacionesintroducidasporlaLey27/2013de27dediciembredeRacionalizaciónySostenibilidadLocal—cuyoartículo7quedaredactado del siguiente modo:

«1. Las competencias de las entidades Locales son propias o atribuidas por delegación.

2. Las competencias propias de los municipios, las Provincias, las islas y demás entidades Locales territoriales solo podrán ser determinadas por Ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas.

3. el estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las entidades Locales el ejercicio de sus competencias. Las competencias delegadas se ejercen en los términos establecidos en la disposición o en el acuerdo de delegación, según corresponda, con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 27,ypreverántécnicasdedireccióncontroldeoportunidadyeficiencia.

4. Las entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuandonosepongaenriesgolasostenibilidadfinancieradelconjuntodelaHaciendamunicipal,deacuerdoconlosrequerimientosdelalegislacióndeestabilidadpresupuestariaysostenibilidadfinancieraynoseincurraenunsupuestode ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública. A estos efectos, serán necesarios yvinculanteslosinformespreviosdelaAdministracióncompetenteporrazóndemateria,enelqueseseñalelainexis-tenciadeduplicidades,ydelaAdministraciónquetengaatribuidalatutelafinancierasobrelasostenibilidadfinancierade las nuevas competencias.

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Entodocaso,elejerciciodeestascompetenciasdeberárealizarseenlostérminosprevistosenlalegislacióndelEstadoy de las Comunidades Autónomas.

el artículo 25 queda redactado como sigue:

«1. el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo.

2. el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

a) urbanismo: Planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promociónygestióndelaviviendadeprotecciónpúblicaconcriteriosdesostenibilidadfinanciera.Conservaciónyrehabilitacióndelaedificación.

b) medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y proteccióncontralacontaminaciónacústica,lumínicayatmosféricaenlaszonasurbanas.

c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.

d) infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.

e) evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.

g) Tráfico,estacionamientodevehículosymovilidad.Transportecolectivourbano.

h) información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

i) Ferias,abastos,mercados,lonjasycomercioambulante.

j) Protección de la salubridad pública.

k) Cementerios y actividades funerarias.

l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.

m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.

n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.Laconservación,mantenimientoyvigilanciadelosedificiosdetitularidadlocaldestinadosacentrospúblicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.

ñ) Promociónensutérminomunicipaldelaparticipacióndelosciudadanosenelusoeficienteysostenibledelastecnologías de la información y las comunicaciones.

3. Las competencias municipales en las materias enunciadas en este artículo se determinarán por Ley debiendo evaluarlaconvenienciadelaimplantacióndeservicioslocalesconformealosprincipiosdedescentralización,eficiencia,estabilidadysostenibilidadfinanciera.

4.LaLeyaqueserefiereelapartadoanteriordeberáiracompañadadeunamemoriaeconómicaquereflejeelim-pactosobrelosrecursosfinancierosdelasAdministracionesPúblicasafectadasyelcumplimientodelosprincipiosdeestabilidad,sostenibilidadfinancierayeficienciadelservicioolaactividad.LaLeydebepreverladotacióndelosrecursosnecesariosparaasegurarlasuficienciafinancieradelasEntidadesLocalessinqueellopuedaconllevar,enningúncaso,un mayor gasto de las Administraciones Públicas. Los proyectos de leyes estatales se acompañarán de un informe del MinisteriodeHaciendayAdministracionesPúblicasenelqueseacreditenloscriteriosantesseñalados.

5.LaLeydeterminarálacompetenciamunicipalpropiadequesetrate,garantizandoquenoseproduceunaatribu-ción simultánea de la misma competencia a otra Administración Pública».

14. Transparencia.

todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas anualmente en la web municipal, indicando la entidad receptora, cuantía de la misma, proyectooacciónalaquevadestinada.EnelplazomáximodeunmesunavezconcedidaslassubvencionesporelAyuntamiento de Langreo, se procederá a la publicación de la totalidad de las mismas en la web municipal, y en todo casodeberánfigurarafinaldeaño.

15. Líneas estratégicas de actuación.

Comoanexoalpresenteplanserecogenlalíneasespecíficasdeayudasmunicipales,agrupadasenlascorrespondienteslíneas estratégicas, con sus objetivos, así como el resto de las características de las mismas y la dotación económica inicial prevista para el ejercicio 2020.

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16. Delegación de competencias.

ElAlcaldeoConcejalenquiendelegue,tendránlapotestadparamodificarlosacuerdosdelaslíneasestratégicasdeactuación,asícomolasmodificacionesenlacomposicióndelaComisióndeSeguimientodelPlan.

17. Criterios generales a considerar en la regulación de las subvenciones.

17.1. subvenciones nominativas y directas:

• Enlatramitacióndelaconcesióndirectadesubvencionesdeberáacreditarselasingularidaddelosbeneficiariosquejustificanlanoaplicacióndelprocedimientoenconcurrenciacompetitiva.

• Para laconsideracióndeunasubvencióncomonominativadeberárecogerseenelPresupuestomunicipalelbeneficiariodelasubvención.

• Enlassubvencionesnominativaselobjetodeestassubvencionesdeberáquedardeterminadoexpresamenteenel correspondiente convenio de colaboración o resolución de concesión conforme al artículo 65 del real decreto 887/2006 de 21 de julio.

17.2. subvenciones en concurrencia.

• Lasconvocatoriasdesubvencionesenrégimendeconcurrenciadeberánincorporarelbaremoconloscriteriospara la concesión, así como la ponderación de los mismos.

• En lossupuestosen losqueexcepcionalmenteseprevea laposibilidadderealizarelprorrateodelcréditoaprobado entre los solicitantes deberá recogerse expresamente en las Bases de las convocatorias.

• Salvoquelasbasesreguladorasestablezcanlocontrario,yconlaexcepcióndelasayudasconcedidasporrazoneshumanitarias,solosepodráfinanciarhastael80%delcostedelproyectooactividad.

• Salvoquelasbasesreguladorasdisponganlocontrario,enloscasosdeconcurrenciadesubvencionesmunicipalescon las de otras administraciones públicas, la suma de las mismas no podrá superar el 80% del coste de la actividad o proyecto subvencionado.

17.3.Justificacióndegastossubvencionables.

• Lajustificaciónserealizaráporlatotalidaddelproyecto.

• Lasconvocatoriasdesubvencionespodránincorporarlaposibilidaddeque,alavistadelapropuestadeconcesiónen la que se deberá recoger la cantidad concedida y el porcentaje de participación en el proyecto, el órgano gestor podrá solicitar la reformulación del proyecto presentado a las condiciones de concesión propuestas.

• Asimismo,en lasconvocatoriasdesubvencionesdestinadasconcaráctergeneralal funcionamientode lasasociaciones o proyectos generales, podrá recogerse que cuando el importe concedido no supere 2.000 €, en la resolución de adjudicación se podrá reseñar junto con la subvención concedida, el porcentaje que ésta supone sobre el importe de la actividad, que tendrá carácter de reformulación.

• Lajustificaciónpodrárealizarsemediantelaaportaciónderelacióndejustificantesporlatotalidaddelcostedelaactividadsubvencionada,ylaacreditacióndelosjustificantesdeloscitadoscostesporelimportedelasubvención concedida. el Ayuntamiento podrá comprobar por muestreo el resto de los costes no acreditados.

• Larelacióndedocumentosjustificativosdeberárealizarseagrupadaengastosdirectoseindirectos,ocualquierotra agrupación que permita comprobar estos aspectos que en todo caso deberán adecuarse a los previstos en las bases, con un máximo de gastos indirectos que no podrá exceder del 25% del proyecto.

17.4.JustificacióndeobligacionestributariasydeSeguridadSocial.

• Cuando en cualquiera de las fases de concesión, o pago deba acreditarse hallarse al corriente en el cumplimiento desusobligacionestributariasyfrentealaSeguridadSocial,estaacreditaciónpodrárealizarsemediantelossistemas de consultas telemáticas vigentes, que en todo caso deberán acreditarse en el expediente.

17.5. Pagos anticipados.

• Cuandoenlasbasesdelaconvocatoriaseprevealaposibilidaddeconcederanticipossobrelassubvencionesconcedidas,deberáacreditarselanecesidaddelanticipopararealizarlaactividad,yqueelbeneficiarionoestéincurso en alguna de las situaciones del artículo 34.4 Ley general de subvenciones.

Langreo,4demarzode2020.—LaAlcaldesa.—Cód.2020-02392.

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1

ANEXOMedio Ambiente. Parques y Jardines

Descripción del objeto de la colaboración

Destinatario final de la actuación

Modalidad de concesión

Objetivos Presupuesto 2020

Partida

AyudaAsociación“Amigos

Parque GarcíaLago”

Asociación Amigosdel Parque García

LagoNominativa

Atención y cuidado de la faunadel Parque García Lago.

Art.25.2 b) LRBRL1.000 €

171.00489.01

LINEA 1. SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS........................................................1.000,00€

Servicios Sociales y Promoción Social.

Asistencia Social Primaria.

Servicios Sociales.

Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Subvenciones aInstitucionesSociales paraactividades decarácter social.

Centros de TerceraEdad,

Asociaciones sinánimo de lucro,

ONGs.

Concurrenciacompetitiva

Concesión de ayudas económicaspara el desarrollo de actividadesy programas de carácter social.

Art.25.2 e) LRBRL

18.000 €231.00480.00

AyudasSociales Población en

GeneralDirecta

Concesión de Ayudas para eldesarrollo del Programa deDesayunos escolares y refuerzode ayudas de emergencia social.

Art.25.2 e) LRBRL

70.000 €231.00480.02

Ayudas – IBISocial

Residentes en elMunicipio

Concurrenciacompetitiva

Concesión de Ayudas al pago delIBI para el mantenimiento devivienda de la poblaciónmunicipal.

Art.25.2 e) LRBRL

40.000 €231.00 –480.03

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2

SubvenciónIntercambio de

Libros

ColectivoSociocultural deMuyeres LesFilanderes

Nominativa

Llevar a cabo el Programa deIntercambio de Libros Escolarespara familias en situación deexclusión.

Art.25.2 e) LRBRL

6.000 €231.00489.01

SubvenciónReparto deAlimentos

Cruz RojaEspañola

Nominativa

Acciones para paliar carenciasalimentarias de población enriesgo de exclusión.

Art.25.2 e) LRBRL

6.000€231.00480.04

SubvenciónPrograma deInmigrantes

AsociaciónProinmigrantes

InterveloNominativa

Acciones para la promoción de laigualdad de oportunidades.

Art. 27 c ) LRBRL en relación a laley 1/2003 de 24 de febrero, deservicios sociales del Principadode Asturias art.7

4.000 €231.00480.05

Subvenciones a“Asociacionesde Mujeres”

Asociaciones deMujeres delMunicipio deLangreo sin ánimode Lucro

Concurrenciacompetitiva

Favorecer la ejecución deprogramas y/o actuacionesrelacionadas con el desarrollo yaplicación del principio de igualde oportunidades entre mujeres yhombres y la promoción en todoslos ámbitos de las mujeres deLangreo.

Art.25.2 o) LRBRL

6.500 € 231.40489.00

Subvención aAsociacionesde Padres quefomenten laconciliación

A.M.P.A. decolegios públicosdel municipio

Concurrenciacompetitiva

Programa Madrugadores.Favorecer la conciliación de lavida laboral y familiar.

Art.25.2 o) LRBRL

3.000€ 231.40489.01

Plan Concertado de Servicios Sociales Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Ayudas socialesy Alojamiento

PlanConcertado

Población enGeneral

Directa

Concesión de ayudas para lacobertura de necesidades básicas,así como para gastos dealojamiento temporal enResidencias de Tercera Edadprivadas, cuando por situación denecesidad no pueden permaneceren su domicilio.

Art 25.2 e) LRBRL

332.171 €231.10480.00

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3

Ayudas SocialesEscolares.Apoyo 1º NivelInfancia

Familias conmenores

Directa Concesión de ayudas paraadquisición de libros de texto,gastos de comedor escolar ycobertura de necesidades básicas.

Art. 25.2 e) LRBRL

140.000 €

231.10480.01

Ayudas socialespara sufragar

gastosenergéticos dela viviendahabitual

Población enGeneral

ConcurrenciaCompetitiva

Ayudas para sufragar gastosenergéticos de la viviendahabitual de población en riesgo deexclusión social

Art. 25.2 e) LRBRL

54.000€231.10480.02

Cooperación Internacional y Ayuda Humanitaria Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Subvenciones aOrganizacionesde CooperaciónInternacional

Población depaíses

desfavorecidos.

Concurrenciacompetitiva

Cooperar para la realización deproyectos en los países másdesfavorecidos del mundo quetengan por objetivo la mejora delas condiciones de vida y eldesarrollo de sus propios recursosnaturales, técnicos y humanos.

Art.20 Ley de Cooperación parael Desarrollo de las ComunidadesAutónomas y Entidades locales

57.000 €231.05490.00

LINEA 2. ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN....................736.671,00€

Educación. Servicios complementarios de educación Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Premios alEstudio

Estudiantes debachillerato, FP y

Universidadempadronados en

Langreo

Concurrenciacompetitiva

Alentar la dedicación al estudio,impulsar el talento y destacar elesfuerzo, el trabajo y losexcelentes resultadosacadémicos de los/as estudianteslangreanos/as para favorecer,con ello, el asentamiento de lapoblación.

Art.27.3 f) LRBRL

2.800 €326.00481.00

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4

Ayudas aEstudios

Universitarios

Estudiantesuniversitarios

empadronados enLangreo

Concurrenciacompetitiva

Ayudar a los/as jóvenesuniversitarios con menosrecursos.

Art.25.2 e) LRBRL

15.000 €326.00481.01

Cultura. Bibliotecas y Archivos

Descripción delobjeto de lacolaboración

DestinatarioModalidad deconcesión

ObjetivosPresupuesto

2020Partida

Subv. AperturaBiblioteca

universitaria

Entidades sin finesde lucro.

Cauce del Nalón

NOMINATIVA

Proporcionar a la población unservicio de actividades culturales.

Art.25.2 m) LRBRL

12.150 €332.14480.00

Cultura. Equipamientos culturales y museos.

Cultura. Promoción cultural

Descripcióndel objeto de

lacolaboración

Destinatario Modalidad deconcesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

PatrimonioIndustrial

PersonasFisicas,Personas

Jurídicas yEntidades sinpersonalidad

Jurídica

ConcurrenciaCompetitiva

Difundir el PatrimonioIndustrial a través dedichos premios.

Art.25.2 m) LRBRL1.000€ 333.00 481.00

Aportación aBanda deMúsica deLangreo

Banda deMúsica deLangreo

Nominativa

Dinamizar culturalmente elmunicipio y favorecer elaprendizaje musical através de su Escuela deMúsica.

Art.25.2 m) LRBRL

31.500 € 334.00 489.00

Subvención“Canción

Asturiana LaNueva”

AsociaciónCultural SanLuis De LaNueva

Nominativa

Promoción de la culturamusical asturiana.

Art.25.2 m) LRBRL

5.000 € 33400 48101

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5

SubvenciónConcursoLiterario

S.F. de SanPedro

Sociedad deFestejos de San

PedroNominativa

Promoción de la culturaLiteraria.

Art.25.2 m) LRBRL 2.000 € 33400 48901

Subvencionesa ActividadesCulturales

Asociacionesculturales del

concejo

Concurrenciacompetitiva

Conceder ayudaseconómicas a lasasociaciones y entidadesdel concejo para eldesarrollo de actividades yprogramas de interéscultural.

Art.25.2 m) LRBRL

10.000 € 334.00 489.02

Subvencionesa Sociedadesde Festejos

Sociedades deFestejos

Concurrenciacompetitiva

Conceder ayudaseconómicas a lasasociaciones y entidadesdel concejo para eldesarrollo de actividades yprogramas de interéslúdico y festivo.

Art.25.2 m) LRBRL

35.000 € 334.00 489.06

Convenio con“Sala Oscura”

TertuliaCinematográficaSala Oscura

Nominativa

Colaborar y asesorar con laprogramacióncinematográfica delAyuntamiento.

Art.25.2 m) LRBRL

3.200 € 334.00 489.08

Cabalgata deReyes

Asociación deVecinos SanAntonio deCiaño ySociedadCultural y

Recreativa PeñaFidalg0

NOMINATIVA

Llevar a cabo laOrganización y Ejecución dela Cabalgata de Reyes delConcejo.

Art.25.2 m) LRBRL

24.000 € 334.00 489.10

Promoción cultural. Juventud

Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidad deconcesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Premios y BecasActividades de

JuventudJóvenes artistas

Concurrenciacompetitiva

Fomentar la creación artística delos jóvenes y de servir deescaparate de esa producción.

Art.25.2 m) LRBRL

3.500 € 334.03 481.00

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6

SubvencionesJuventud

AsociacionesJuveniles y

prestadoras deservicios a lajuventud

Concurrenciacompetitiva

Favorecer la solidaridad, lamulticulturalidad, el apoyo ainiciativas de voluntariado social ycultural, la defensa de los derechosde las minorías, el estudio y ladefensa del medio ambiente, losreferidos a actividades de ocio ytiempo libre, educación para lasalud, la paz y los DerechosHumanos especialmente de losjóvenes y la participación de losjóvenes.

Art.25.2 m) LRBRL

3.000 € 334.03 489.00

LINEA 3. PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARACTER PREFERENTE…………...148.150,00€

Industria y Energía. Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidad deconcesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Subvenciónpara el

mantenimientoy desarrollo deactuacionespropias de la

Agencia Localde la Energía

Agencia Local de laEnergía del Nalón(ENERNALÓN)

Nominativa

Fomentar el ahorro energético ylas energías renovables, dentro delas actuales tendencias dereducción de las emisiones de CO2para prevenir el cambio climáticoy para la mejora del medioambiente.

La información, asesoramiento ydivulgación sobre cualquier fin,proyecto, acción o noticiarelacionada con el objetivoprincipal.

Art.25.2 ñ) LRBRL

60.000 € 425.00 451.00

Comercio, Turismo y Pequeñas y Medianas Empresas

Otras actuaciones sectorialesDescripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Subvencionespara lapromoción delcomercio

Asociaciones deComerciantes deLangreo

ConcurrenciaCompetitiva

Favorecer actuaciones depromoción del comercio con lacooperación de las asociacionesde comerciantes de Langreo.

Art.25.2 i) LRBRL

20.000 € 431.00 – 489.00

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7

Subvencionespara lapromoción delos productosagrícolas de laMancomunidaddel Valle delNalón

Agricultores de laMancomunidaddel Valle del Nalón

ConcurrenciaCompetitiva

Promocionar la labor de losagricultores y los productos entoda la Mancomunidad del Valledel Nalón.

Art.25.2 i) LRBRL

2.600€ 431.00 489.00

ArteFotográfico

Asemeyando Nominativa

Alentar, difundir y fomentar el artefotográfico dada de la ampliavinculación de Langreo con ellacomo demuestra el CentroAudiovisual Cine Felgueroso,declarado Centro de InterésFotográfico Internacional por laConfederación Española deFotografía, El Centro Expositivo dela Federación Internacional delarte Fotográfico (FIAP) en laPinacoteca Municipal de Langreo, tel centro formativo CIFP CISLAN. Através de exposiciones, congresos

Nacionales e Internacioanles,charlas y acciones formativas,consiguiendo mantener almunicipio en el circuito de lasexposiciones de la FIAPpermitiendo para difundir elpatrimonio fotográfico cultural yde Patrimonio Industrial deLangreo por el resto del estado ydel mundo.

Art.25.2 h) LRBRL

2.000€ 432.00 489.00

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LINEA 4. ACTUACIONES DE CARACTER ECONÓMICO...............................84.600,00€

Participación Ciudadana

Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Subvenciones aEntidadesCiudadanas

Asociaciones deVecinos y

Entidades sinánimo de lucro

que

fomenten laparticipaciónentre los/as

ciudadanos/as ydesarrollen

sus actividades enel concejo de

Langreo

Concurrenciacompetitiva

Conceder ayudas económicas alas asociaciones y entidades delconcejo de Langreo, constituidascomo tales, para el desarrollo deactividades y programas decarácter social:

• Los que favorezcan laparticipación entre los/asvecinos/as.

• Programas que, mediante laparticipación vecinal, fomenten lapromoción de valores como latolerancia, respeto y solidaridad,y estimulen el conocimiento delos pueblos.

Art.25.2 m) LRBRL

20.000 € 924.00 489.00

LINEA 5. ACTUACIONES DE CARACTER GENERAL.......................................20.000,00€

Promoción y fomento del deporte

Descripción delobjeto de lacolaboración

Destinatario Modalidadde concesión

Objetivos Presupuesto2020

Partida

Premios, Becas,Ayudas aDeportistas ySimilares

Deportistas yEquipos

ConcurrenciaCompetitiva

Premios y Ayudas pordesplazamientos y manutenciónpara participar en competiciones.

Art.25.2 l) LRBRL

4.500 € 341.00 – 481.01

Subvenciones aactividadesdeportivas

Entidades sin finesde lucro

Concurrenciacompetitiva

Fomento del deporte medianteSubvenciones para pruebas yotras actuaciones deportivas.

Art.25.2 l) LRBRL

18.000 € 341.00 – 489.00

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CelebraciónMaratón

Club DeportivoOchobreAtletismo

Nominativa

Organización y desarrollo de laprueba deportiva atlética.

Art.25.2 l) LRBRL

5.500 € 34100 48901

Subv. Subida aSanto Emiliano

Langreo MotorClub

Nominativa

Organización y Ejecución de laprueba automovilística

Art.25.2 l) LRBRL

20.000 € 341.00 – 489.02

Subvención"Rally LaFelguera"

La Felguera MotorClub

Nominativa

Organización y Ejecución de laprueba automovilística.

Art.25.2 l) LRBRL

15.000 € 341.00 489.03

SubvenciónDeporteFemenino Entidades sin fines

de lucroConcurrenciacompetitiva

Fomento del Deporte Femeninomediante subvenciones a losclubs o a la seccióncorrespondiente.

Art.25.2 l) LRBRL

4.000 € 341.00 489.05

SubvenciónEscudería TrialMotos.,Categoríanacional einternacional

Motor Club TrialLangreo

Nominativa

Promoción de pruebas deportivasy Desarrollar diferentes accionesencaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo, moto, presentaciones,actos públicos de relevancia etc.

Art.25.2 l) LRBRL

3.000 € 34100 48906

Subvenciónescuderíaautomovilismo.

Categoríanacional

Oscarsan/OscarPalacio Arias

Nominativa

Promoción de pruebas deportivasy Desarrollar diferentes accionesencaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo, vehículo,presentaciones, actos públicos derelevancia etc.

Art.25.2 l) LRBR

3.000 € 34100 48907

Subvenciónescuderíaautomovilismo.

Categoríanacional einternacional

Bango Racing CarS.L.

Nominativa

Promoción de pruebas deportivasy Desarrollar diferentes accionesencaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo, vehículo,presentaciones, actos públicos derelevancia etc.

Art.25.2 l) LRBR

5.000 € 34100 48908

SubvenciónClub de Fútbol

Club Santiago deSama F.S.

Nominativa Promoción de pruebas deportivasy Desarrollar diferentes acciones

5.000 € 34100 48909

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Sala, categoríanacional

encaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo, lonas publicitarias enespacio deportivo,presentaciones, actos públicos derelevancia etc.

Art.25.2 l) LRBR

SubvenciónClubes deFútbol

Clubes deportivosConcurrenciacompetitiva

Promoción de pruebas deportivasy Desarrollar diferentes accionesencaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo, lonas publicitarias enespacio deportivo,presentaciones, actos públicos derelevancia etc.

Art.25.2 l) LRBR

40.000 € 34100 48910

SubvenciónClub deNatación

CategoríaRegional yNacional

Club NataciónLangreo

Nominativa

Promoción de pruebas deportivasde piragüismo y Desarrollardiferentes acciones encaminadasa la visibilización y promoción delConcejo por medio de publicidaden equipamiento deportivo.

Art.25.2 l) LRBR

1.500€ 34100 48904

Federación deGimnasia

CategoríaRegional

FederaciónGimnasia

Principado deAsturias

Nominativa

Promoción de las diferentesmodalidades de Gimnasia yDesarrollar diferentes accionesencaminadas a la visibilización ypromoción del Concejo por mediode publicidad en equipamientodeportivo.

Art.25.2 l) LRBR

17.950€ 34100 48912

LINEA 6. PROMOCION Y FOMENTO DEL DEPORTE.................................142.450,00€

TOTAL…………………………………………………………….…….……………………….1.132.871,00€

18.-PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR

Este Plan Estratégico de Subvenciones entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.