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1604 ORDEN de 9 de octubre de 2008, por la que se rectifica error material en la Orden de 22 de septiembre de 2008, que aprueba las ba- ses generales y efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias pa- ra el año 2008 (B.O.C. nº 197, de 1.10.08). Examinado el expediente tramitado por la Direc- ción General de Consumo para la elaboración de la Orden de 22 de septiembre de 2008, por la que se aprue- ban las bases generales y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Co- munidad Autónoma de Canarias para el año 2008. Vista la propuesta formulada por el Director Ge- neral de Consumo. Teniendo en cuenta los siguientes I. ANTECEDENTES 1.- Mediante Orden nº 691/08, de 22 de septiem- bre de 2008 (B.O.C. nº 197, de 1.10.08), del Conse- jero de Empleo, Industria y Comercio, se aprueban las bases generales y se efectúa la convocatoria pa- ra la concesión de subvenciones a Federaciones y Aso- ciaciones de Consumidores y Usuarios de la Comu- nidad Autónoma de Canarias para el año 2008. 2.- Tras haberse efectuado la publicación de di- cha Orden, se ha detectado un error material en el con- tenido de la base décima, apartado 1, en referencia al plazo de Resolución de la convocatoria. II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Única.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administra- tivo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que: “Las Administraciones Públi- cas podrán, asimismo, rectificar en cualquier mo- mento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”. En uso de la competencia que tengo atribuida, R E S U E L V O: Rectificar el error material detectado en la base dé- cima, apartado 1, párrafo tercero (página 18735), del anexo I de la Orden de 22 de septiembre de 2008 (B.O.C. nº 197, de 1.10.08), del Consejero de Empleo, Industria y Comercio, por la que se aprueban las bases gene- rales y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a Federaciones y Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, de la siguiente forma: Donde dice: “... antes del 30 de septiembre del año en curso, ...”. Debe decir: “... antes del 30 de noviembre del año en curso, ...”. Contra el presente acto, que pone fin a la vía ad- ministrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empleo, Indus- tria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a par- tir del día siguiente a la publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-ad- ministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Admi- nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cana- rias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, signi- ficando que en el caso de presentar recurso de repo- sición, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de 2008. EL CONSEJERO DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO, Jorge Marín Rodríguez Díaz. 1605 Dirección General de Energía.- Resolución de 14 de octubre de 2008, por la que se requiere a los interesados al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompa- ñen los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 27 de abril de 2007, que con- voca concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de nuevos parques eólicos destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios.- Exptes. V-07/401 a V-07/450. Vistas las solicitudes presentadas ante esta Di- rección General para la asignación de potencia eóli- ca en la modalidad de nuevos parques eólicos desti- nados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios. Teniendo en cuenta los siguientes Boletín Oficial de Canarias núm. 213, jueves 23 de octubre de 2008 20575

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Page 1: Boletín Oficial de Canarias núm. 213, jueves 23 de octubre de … · 2008. 12. 11. · Primero.- El Decreto 32/2006, de 27 de marzo, por el que se regula la instalación y explotación

1604 ORDEN de 9 de octubre de 2008, por la quese rectifica error material en la Orden de 22de septiembre de 2008, que aprueba las ba-ses generales y efectúa la convocatoria parala concesión de subvenciones a Federacionesy Asociaciones de Consumidores y Usuariosde la Comunidad Autónoma de Canarias pa-ra el año 2008 (B.O.C. nº 197, de 1.10.08).

Examinado el expediente tramitado por la Direc-ción General de Consumo para la elaboración de laOrden de 22 de septiembre de 2008, por la que se aprue-ban las bases generales y se efectúa la convocatoriapara la concesión de subvenciones a Federaciones yAsociaciones de Consumidores y Usuarios de la Co-munidad Autónoma de Canarias para el año 2008.

Vista la propuesta formulada por el Director Ge-neral de Consumo.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1.- Mediante Orden nº 691/08, de 22 de septiem-bre de 2008 (B.O.C. nº 197, de 1.10.08), del Conse-jero de Empleo, Industria y Comercio, se apruebanlas bases generales y se efectúa la convocatoria pa-ra la concesión de subvenciones a Federaciones y Aso-ciaciones de Consumidores y Usuarios de la Comu-nidad Autónoma de Canarias para el año 2008.

2.- Tras haberse efectuado la publicación de di-cha Orden, se ha detectado un error material en el con-tenido de la base décima, apartado 1, en referenciaal plazo de Resolución de la convocatoria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, establece que: “Las Administraciones Públi-cas podrán, asimismo, rectificar en cualquier mo-mento, de oficio o a instancia de los interesados, loserrores materiales, de hecho o aritméticos existentesen sus actos”.

En uso de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Rectificar el error material detectado en la base dé-cima, apartado 1, párrafo tercero (página 18735), delanexo I de la Orden de 22 de septiembre de 2008 (B.O.C.nº 197, de 1.10.08), del Consejero de Empleo, Industriay Comercio, por la que se aprueban las bases gene-rales y se efectúa la convocatoria para la concesiónde subvenciones a Federaciones y Asociaciones de

Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónomade Canarias para el año 2008, de la siguiente forma:

Donde dice:

“... antes del 30 de septiembre del año en curso,...”.

Debe decir:

“... antes del 30 de noviembre del año en curso,...”.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía ad-ministrativa, podrá interponerse recurso potestativode reposición ante el Consejero de Empleo, Indus-tria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a par-tir del día siguiente a la publicación de la presenteresolución; o, directamente, recurso contencioso-ad-ministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Admi-nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cana-rias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contadosa partir del día siguiente al de su publicación, signi-ficando que en el caso de presentar recurso de repo-sición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recursode reposición o se produzca la desestimación presuntadel mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otroque pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de 2008.

EL CONSEJERO DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO, Jorge Marín Rodríguez Díaz.

1605 Dirección General de Energía.- Resoluciónde 14 de octubre de 2008, por la que se requierea los interesados al objeto de que procedan ala subsanación de las solicitudes o acompa-ñen los documentos preceptivos establecidosen la Orden de 27 de abril de 2007, que con-voca concurso público para la asignación depotencia en la modalidad de nuevos parqueseólicos destinados a verter toda la energía enlos sistemas eléctricos insulares canarios.-Exptes. V-07/401 a V-07/450.

Vistas las solicitudes presentadas ante esta Di-rección General para la asignación de potencia eóli-ca en la modalidad de nuevos parques eólicos desti-nados a verter toda la energía en los sistemas eléctricosinsulares canarios.

Teniendo en cuenta los siguientes

Boletín Oficial de Canarias núm. 213, jueves 23 de octubre de 2008 20575

Page 2: Boletín Oficial de Canarias núm. 213, jueves 23 de octubre de … · 2008. 12. 11. · Primero.- El Decreto 32/2006, de 27 de marzo, por el que se regula la instalación y explotación

I. ANTECEDENTES

Primero.- El Decreto 32/2006, de 27 de marzo, porel que se regula la instalación y explotación de losparques eólicos en el ámbito de la Comunidad Au-tónoma de Canarias, establece en su artículo 4.1 losvalores de potencia eólica máxima que podrá estarinstalada y conectada a la red en el año 2015 en lossistemas eléctricos insulares.

Segundo.- En el artículo 4.2 del citado Decreto,se establece además que “la Consejería competenteen materia de energía determinará a través de larealización de los estudios pertinentes, en función dela evolución de la demanda y de las restricciones téc-nicas de los grupos térmicos, la potencia de origeneólico que gradualmente podrá conectarse a las re-des eléctricas, dentro de los valores señalados en elpunto 4.1”.

Tercero.- En base a ello, la extinta Consejería deIndustria, Comercio y Nuevas Tecnologías publicóen el Boletín Oficial de Canarias nº 89, de 4 de ma-yo de 2007, la Orden de 27 de abril de 2007, por laque se convoca concurso público para la asignaciónde potencia en la modalidad de nuevos parques eó-licos destinados a verter toda la energía en los siste-mas eléctricos insulares canarios.

Cuarto.- Concluido el plazo de presentación de so-licitudes establecido en la base tercera de las apro-badas mediante la precitada Orden, y una vez com-probada la documentación recibida, procede, conformeal artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la sub-sanación de aquellas cuya documentación no se ajus-ta a las bases de la convocatoria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- En la base quinta de las aprobadas me-diante la Orden de 27 de abril de 2007, se estableceque, examinada la documentación presentada conformea la base cuarta, la Dirección General de Industria yEnergía requerirá al interesado mediante publica-ción en el Boletín Oficial de Canarias, para que, ensu caso, subsane la falta o acompañe los documen-tos preceptivos en un plazo máximo de diez días, conla indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrápor desistido de su solicitud, previa resolución, de con-formidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre.

Segunda. - Mediante Decreto 172/2007, de 17 dejulio, por el que se determina la estructura central y

periférica, así como las sedes de las consejerías delGobierno de Canarias. El artículo 10 determina la es-tructura de la Consejería de Empleo, Industria y Co-mercio que, entre otros órganos superiores, crea laDirección General de Energía, dependiente de la Vi-ceconsejería de Industria y Energía.

Tercera.- El punto ñ) de la Disposición AdicionalTercera establece que quedan suprimidos los órga-nos superiores que se relacionan, entre los que figu-ra la Dirección General de Industria y Energía, cu-yas competencias en materia de energía se asumenpor la Dirección General de Energía.

Vistos los hechos y fundamentos enunciados,

R E S U E L V O:

1. Requerir a los interesados relacionados en losanexos I y II de la presente Resolución, para que enel plazo de diez (10) días hábiles, contados a partirdel día siguiente a la publicación del presente re-querimiento, subsanen y/o completen los documen-tos y/o datos, según códigos relacionados con dichadocumentación indicados en los citados anexos, conla expresa advertencia de que si así no lo hiciesen seles tendrá por desistidos de su petición, previa reso-lución que deberá ser dictada en los términos previstosen el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, mo-dificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. De acuerdo con lo dispuesto en la base cuartade las aprobadas por la citada Orden de 27 de abrilde 2007, la documentación requerida se entregará enformato DIN-A4, en original o fotocopia compulsa-da, excepto los planos, que se entregarán en una es-cala adecuada que permita su correcta interpreta-ción. Toda la documentación se debe presentar,además, en soporte digital, en formato pdf, exceptolos planos, que se presentarán en formato dwg o dgn.

Los datos sobre hojas de cartografía se referirána las facilitadas por Cartográfica de Canarias, S.A.(GRAFCAN), siempre en hojas con fecha de emisiónposterior a 1996 y en formato dwg o dgn.

3. El requerimiento de esta documentación no esimpedimento para que, por parte de esta DirecciónGeneral, se puedan pedir posteriormente aclaracio-nes a los interesados acerca de los aspectos técnicosde la propuesta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de octubre de2008.- El Director General de Energía, Adrián Men-doza Grimón.

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IV. AnunciosAnuncios de contratación

Consejería de Sanidad

4085 Servicio Canario de la Salud. Dirección Ge-neral de Recursos Económicos.- Anuncio de2 de octubre de 2008, por el que se convocaprocedimiento abierto, tramitación ordinaria,para la contratación de la redacción del pro-yecto arquitectónico de ampliación y remo-delación del Centro de Salud de Agüimes.

1. ENTIDAD ADJUDICADORA.

a) Organismo: Servicio Canario de la Salud.

b) Dependencia que tramita el expediente: Di-rección General de Recursos Económicos.

c) Número de expediente: RE-53-08-DGSvA.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Descripción del objeto: contratación de la re-dacción de proyecto arquitectónico del Centro deSalud de Agüimes.

b) Lugar de ejecución: Agüimes.

c) Plazo de vigencia y ejecución del contrato: se-gún Pliegos.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DEADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: concurso.

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