boletin seguridad social 22

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1 Esta es una publicación del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo ISCOD - Perú, a través de su proyecto Salud Laboral y Protección Social para Trabajadores y Trabajadoras, con el apoyo de la Junta de Comunidades Autónomas Castilla La Mancha. Comentarios y sugerencias: Jr. Lloque Yupanqui 1399, Jesús María - Lima - Perú (511) 472-6418 http://www.seguridadsocialperu.com / [email protected] / twitter: @ISCOD [email protected] / Facebook: saludlaboral proteccion social Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo D O UGT Perú Seguridad Social Visítenos en: www.seguridadsocialperu.com para todos y todas Situación y perspectivas de la seguridad y salud laboral Boletín Virtual N° 22 Accidentes laborales en aumento y la necesidad de medidas de prevención Accidentes laborales en aumento y la necesidad de medidas de prevención

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Boletin Seguridad Social 22

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Page 1: Boletin Seguridad Social 22

1

Esta es una publicación del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo ISCOD - Perú, a través

de su proyecto Salud Laboral y Protección Social para Trabajadores y Trabajadoras, con el apoyo

de la Junta de Comunidades Autónomas Castilla La Mancha.

Comentarios y sugerencias: Jr. Lloque Yupanqui 1399, Jesús María - Lima - Perú (511) 472-6418

http://www.seguridadsocialperu.com / [email protected] / twitter: @ISCOD

[email protected] / Facebook: saludlaboral proteccion social

Instituto Sindical deCooperación al Desarrollo

DOUGTPerú

Seguridad SocialVisítenos en: www.seguridadsocialperu.com para todos y todas

Situación y perspectivas de la seguridad y salud laboral

Boletín Virtual N° 22

Accidentes laborales en aumento

y la necesidad de

medidas de prevención

Accidentes laborales en aumento

y la necesidad de

medidas de prevención

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Seguridad Social virtual

Según estimaciones de la OIT se producen anualmente 270 millones de accidentes de trabajo en el mundo (205 x segundo). 5 000 accidentes o enfermedades mortales en el trabajo por día, lo equivale a un total de entre 2 y 2,3 millones de muertes en el mundo.

En el caso peruano la situación para nosotros, los trabajadores, es muy preocupante. Se sabe que tenemos una tasa de 18,9 accidentes mortales por cada mil, superior a la experimentada

por Brasil, Colombia, Venezuela y Panamá en la región, y por encima de la India y China en Asia.

En el Perú son varios los factores que posibilitan y explican está situación. Entre los motivos más estructurales mencionamos: la carencia de una política pública de seguridad y salud laboral, la evasión de la responsabilidad empresarial y la poca eficiencia del Estado en advertirla y sancionarla; así como la

Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente - CUT

Situación y Perspectivas

de la Seguridad y Salud LaboralLas causas y soluciones a los altos índices de accidentes y enfermedades laborales desde una perspectiva sindical

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existencia de una estructura del mercado laboral dispersa, flexible y con un sesgo marcadamente anti trabajador: contratos temporales, Subcontratos, services, jornadas de trabajo extensas, actividades laborales de alta vulnerabilidad como las micro empresas, autoempleo trabajadoras de la agro exportación, etc.

A ello debemos agregar una limitada cobertura del actual sistema de aseguramiento de los riesgos del trabajo: aproximadamente 6,4% de la PEA. No se trata de un seguro de “riesgos laborales” sino de “trabajo de riesgo”. Solo se incluye a ciertos tipos de actividades que son consideradas riesgosas, dejando afuera a un 58% de los accidentes laborales que se producen en actividades inafectas al seguro.

Tampoco existe una ley de prevención de riesgos laborales, la normativa vigente -el DS N° 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo- es de carácter menor, es decir reglamentaria, y se encuentra dispersa por sectores de actividad productiva, careciendo de un enfoque común en r e l ac ión a t emas importantes como los aspectos de organización.

Un ejemplo, es el caso de los comités de seguridad y salud en el trabajo, el sector industr ial adopta otra

d e n o m i n a c i ó n : c o m i t é s d e seguridad e higiene en el trabajo. Este tipo de organizaciones de tan vital importancia no tiene un respaldo normativo en otros sectores laborales como el público o el de los trabajadores autónomos.

Así pues, en la CUT consideramos que si bien el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo constituye un avance, no ha sido éste lo suficientemente significativo para armonizar la normativa existente y brindar una base común para el conjunto de las actividades productivas y de servicios en el país, sobre todo en el sector de la denominada economía informal.

Por ello desde la CUT se busca una reforma integral de la seguridad s o c i a l , q u e a s e g u r e l a universalización de la cobertura del aseguramiento de los riesgos del trabajo, incluyendo a todos los trabajadores del sector público (régimen CAS y SERVIS que

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prestan servicios al Estado) y privado, independientemente de la actividad productiva o de servicios que desempeñe.

A su vez, y de forma concertada a la par que se impulsa esta reforma, se busca alcanzar mejoras bajo el ordenamiento existente. La CUT a través de la Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente, está constituyendo los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo a nivel regional y por sectores, a fin de contribuir a la promoción de mejores condiciones laborales en nuestras bases sindicales.

Para ello se elegirá a los Delegados prevencionistas que formarán parte de la Comisión de Salud Laboral y Medio Ambiente e impulsarán la

constitución de los Comités. Ello va de la mano con la consolidación de nuestras propias organizaciones sindicales, que deben promover de entre sus miembros a los mejor capacitados para formar parte de estos comités paritarios ante las empresas o el Estado o incluso frente a la propia comunidad dependiendo del sector en el que se desempeñen.

Somos los propios trabajadores y nuestras organizaciones los que podemos identificar los problemas y las soluciones más apropiadas a los problemas de seguridad y salud. Solo con sindicatos bien organizados y preocupados por su entorno laboral y social se podrá tener un ambiente de trabajo seguro.

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Tomado de Andina

En solo 12 meses, 700 obreros de c o n s t r u c c i ó n c i v i l s u f r i e r o n accidentes por la falta de condiciones de seguridad.

Domingo Cabrera, Secretar io nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP, indicó que estos accidentes también ocurren con mucha frecuencia en sectores como la minería, que r e g i s t r a a l r e d e d o r d e 6 0 0 trabajadores afectados en el plazo señalado.

Del total de accidentes de trabajo atendidos en 2009, el 73% de

trabajadores no se encontraba afiliado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

Cabrera señaló que los accidentes de trabajo han aumentado en los ú l t i m o s a ñ o s , s e g ú n l a s estadísticas del Sistema de Accidentes de Trabajo de EsSalud. Refirió que, por ejemplo, en 2009 se atendieron 19 mil 148 accidentes de trabajo, mientras que en 2008 se atendieron 17 mil 677 accidentes.

Del total de accidentes de trabajo

atendidos en 2009, el 73% de

trabajadores no se encontraba

afiliado al Seguro Complementario

de Trabajo de Riesgo.

700 obreros de construcción civil sufrieron accidentes laborales

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De acuerdo a la naturaleza de la

lesión, el 12% fueron heridas en los

dedos de la mano, el 3% fueron

contusiones en la rodilla y el 2 %

heridas en la muñeca y en la mano.

Según la forma del accidente, el 12%

obedecieron a golpes de objetos y el

10% respondieron a caídas.

Por lo general, los trabajadores que

sufren un accidente no reciben

ningún resarcimiento de sus

empleadores, sobre todo los del

sector de construcción civil, como

ocurrió, por ejemplo, con los obreros

sepultados por un derrumbe cuando

construían una galería en el emporio

comercial de Gamarra. Han pasado

varios años de aquella lamentable

ocurrencia y hasta ahora sus

familiares no reciben ayuda alguna.

Y así hay muchos otros casos

similares con obreros fallecidos o

que han quedado con invalidez

permanente", expresó Cabrera.

"Norma general. Cabrera sostuvo

que si bien existe actualmente un

Reglamento de Seguridad y Salud

en el Trabajo –aprobado el 29 de

setiembre de 2005-, no existe una

norma de carácter general que

alcance a todas las actividades

económicas y que incluya tanto al

sector privado como al público.

Ante esta situación, subrayó, el

proyecto de Ley de Seguridad y

Salud en el Trabajo busca

p romover una cu l t u ra de

prevención de riesgos laborales

en el país y propone políticas

públicas mediante el diálogo social

para la promoción, difusión y

cumplimiento de esta y otras

normas sobre la materia.

Asimismo, el proyecto tiene por

f ina l idad adoptar medidas

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destinadas a lograr condiciones de

trabajo seguro y saludable para

todos los trabajadores, así como el

a s e g u r a m i e n t o u n i v e r s a l y

progresivo de todos los riesgos en el

trabajo.

Consejos nacional. Explicó que el

proyecto de ley crea el Consejo

Nacional de Seguridad y Salud en el

T r a b a j o , p r e s i d i d o p o r u n

representante del Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo, e

integrado por un representante del

Ministerio de Salud; uno del Centro

Nacional de Salud Ocupacional y

Protección del Medioambiente para

la Salud (Censopas); y uno de

EsSalud.

También la conforman cuatro de los

gremios de empleadores a propuesta

d e l a C o n f i e p ; y c u a t r o

representantes de las Centrales

Sindicales a propuesta de la CGTP,

CUT, CTP Y CATP.

A nivel regional se crean los

C o n s e j o s R e g i o n a l e s d e

Seguridad y Salud en el Trabajo,

como instancias de concertación

reg iona l en es ta mater ia ,

presididos por un representante de

la Dirección Regional de Trabajo y

Promoción del Empleo.

Plazo para reclamación por

accidente

Cabrera destacó que un tema

importante en este proyecto de Ley

es el referido al plazo para

reclamar las indemnizaciones a los

empleadores como consecuencia

de un accidente de trabajo o

enfermedades ocupaciones, el

cual vence a los 15 años, contados

desde la fecha de término de la

relación laboral.

E l p royec to con temp la la

investigación –a cargo del

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empleador con la Autor idad

Administrativa de Trabajo- de los

accidentes de trabajo mortales, las

enfermedades ocupacionales e

incidentes peligrosos, de acuerdo

con l a g ravedad de l daño

ocasionado o riesgo potencial.

S a n c i o n e s . E n e l á m b i t o

sancionador, el proyecto establece

que quien infrinja esta norma y no

adopte las medidas preventivas

necesarias para evitar que los

trabajadores corran riesgo, será

sancionado con una pena privativa

de la libertad no menor de cinco ni

mayor de diez años.

El representante de la CGTP

expresó que se espera que este

proyecto, que cuenta con

dictamen de la Comisión de

Trabajo del Parlamento, sea visto

antes que concluya la actual

legislatura, el 15 de julio.

“La aprobación de esta norma por

el Congreso contribuirá a reducir la

i n c i d e n c i a d e a c c i d e n t e s

laborales, sobre todo en el ámbito

de la construcción, porque las

empresas y el propio Estado

estarán obligados a garantizar las

cond ic iones de segur idad

necesarias y, en caso que ocurra

un accidente, brindar la atención

que permita la recuperación o un

resarcimiento al trabajador

afectado”, manifestó Cabrera.

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