boletín oficial de la república argentina, número 33.400. 15 de junio de 2016

Upload: wwwoficialco

Post on 02-Mar-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    1/44

    Sumario

    PRESIDENCIADE LA NACIN

    SECRETARA LEGAL Y TCNICADR. PABLO CLUSELLASSecretario

    DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIALLIC. RICARDO SARINELLIDirector Nacional

    e-mail: [email protected]

    Registro Nacional de la Propiedad IntelectualN 5.218.874

    DOMICILIO LEGALSuipacha 767-C1008AAOCiudad Autnoma de Buenos AiresTel. y Fax 5218-8400 y lneas rotativas

    Precio $ 6,00

    Los documentos que aparecen en el BOLETN OFICIAL DE LA REPBLICAARGENTINA sern tenidos por autnticos y obligatorios por el efecto de estapublicacin y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo elterritorio nacional (Decreto N 659/1947). La edicin electrnica del Boletn Oficialproduce idnticos efectos jurdicos que su edicin impresa (Decreto N 207/2016).

    Contina en pgina 2

    Decretos

    CONTRATOSDecreto 773/2016. Aprubanse Modelos de Contratos de Garanta y Contragaranta ................. 1

    COMISIN NACIONAL DE VALORESDecreto 774/2016. Designaciones en el Directorio .......................................................... .......... 2

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTODecreto 772/2016. Desgnase Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre Coopera-cin Internacional para la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto ................ 2

    MINISTERIO DE TRANSPORTEDecreto 777/2016. Dase por designado Subsecretario de Planificacin y Coordinacin de Transporte . 2

    PROYECTOS NO INDUSTRIALESDecreto 776/2016. Rgimen de Promocin No Industrial. Impnese decaimiento parcial de be-neficio. Multa ............................................................ ................................................................ 3

    SECRETARA LEGAL Y TCNICADecreto 778/2016. Prorrganse designaciones ............................................................... .......... 4

    SECRETARA LEGAL Y TCNICADecreto 779/2016. Designaciones ............................................................ ................................ 4

    SECRETARA LEGAL Y TCNICADecreto 780/2016. Prorrgase designacin ......................................................... ..................... 5

    SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDADecreto 775/2016. Desgnase miembro del Directorio .............................................................. 5

    Decisiones AdministrativasMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGA E INNOVACIN PRODUCTIVADecisin Administrativa 609/2016. Designacin .............................................................. .......... 5

    MINISTERIO DE DEFENSADecisin Administrativa 612/2016. Desgnase Director de Servicios Generales y Contrataciones ...... 5

    MINISTERIO DE EDUCACIN Y DEPORTESDecisin Administrativa 611/2016. Prorrgase designacin de la Directora de Educacin deJvenes y Adultos ................................................................ ..................................................... 6

    MINISTERIO DE SEGURIDADDecisin Administrativa 610/2016. Desgnase Directora General de Administracin .................. 6

    Resoluciones Generales

    COMISIN NACIONAL DE VALORESResolucin General 667/2016. Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificacin .................................. 7

    COMISIN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77Resolucin General 10/2016. Fechas de Vencimiento. Modificacin .......................................... 7

    Resoluciones Conjuntas

    Secretara de Hacienday Secretara de FinanzasDEUDA PBLICAResolucin Conjunta 102/2016 y 25/2016. Dispnese la emisin de Letra del Tesoro en DlaresEstadounidenses .................................................................. ..................................................... 7

    Disposiciones

    Tesorera General de la NacinDEUDA PBLICADisposicin 15/2016. Amplase la emisin de Letras del Tesoro en Dlares Estadounidenses .... 8

    Primera Seccin

    Decretos

    #I5147819I#

    CONTRATOS

    Decreto 773/2016

    Aprubans e Modelos de Contratos de Garanta y Contragaranta.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N S01:0098623/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, el Modelo de Contrato de Prstamo CAF destinado a la ejecucin del Proyecto de Rehabilitacin Integral del Canal Los Molinos - Crdoba, propuesto para ser suscriptentre la Provincia de CRDOBA y la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF) y el Modelde Contrato de Garanta a ser suscripto entre la REPBLICA ARGENTINA y la CORPORACIN

    ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante el Mode lo de Contrato de Prstamo CAF, la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente al Gobierno de la Provincia de CRDOBA fin de cooperar en la ejecucin del Proyecto de Rehabilitacin Integral del Canal Los Molino- Crdoba por un monto de hasta DLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 49.000.000).

    Que el objetivo general del Proyecto es mejorar la cobertura, confiabilidad y flexibilidad de laprestacin de los servicios de agua potable y riego para la poblacin asentada en el sur de laciudad de Crdoba y las localidades del conurbano que se abastecen de ese sistema, a fin decontribuir al bienestar de la poblacin y posibilitar la sostenibilidad de actividades econmicaque favorecen el desarrollo local.

    Que para la ejecucin del referido Proyecto se desarrollarn TRES (3) componentes: (i) Puente ca

    nal sobre el ro Anisacate, (ii) Nueva traza y entubamiento de la conducc in y (iii) Otros rubrosQue la ejecucin de dicho Proyecto y la utilizacin de los recursos del prstamo otorgado por eBanco sern llevadas a cabo por la Agencia Crdoba de Inversin y Financiamiento Sociedade Economa Mixta, entidad autrquica dependiente del MINISTERIO DE INVERSIN Y FINANCIAMIENTO de la Provincia de CRDOBA, denominada en adelante Organismo Ejecutor.

    Que de conformidad con el Convenio Constitutivo de la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO(CAF) y su poltica de operaciones, a efectos de suscribir el mencionado Contrato de PrstamCAF, resulta indispensable que la REPBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieraasumidas por dicha provincia emergentes de la operacin crediticia.

    Que en tal sentido, la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF) ha propuesto al GobiernNacional la suscripcin de un Contrato de Garanta con la finalidad de que la REPBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de CRDOBAcontraiga como consecuencia de la suscripcin del Contrato de Prstamo CAF.

    Que las obligaciones garantizadas por la REPBLICA ARGENTINA no incluyen el compromisde contribuir con recursos adicionales para la ejecucin del mencionado Proyecto.

    Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato dPrstamo CAF y preservar el crdito pblico de la REPBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional hpropuesto al Gobierno de la Provincia de CRDOBA la suscripcin de un Contrato de Contragarantapor medio del cual este ltimo se obligue a la atencin de los compromisos de pago asumidos co

    CINCO (5) das hbiles de anticipacin a la fecha de vencimiento indicada en el respectivo contrato.Que para el caso de no producirse la cancelacin respectiva, el Gobierno de la Provincia dCRDOBA autorizar al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS a efectuar el d

    Buenos Aires,

    mircoles 15

    de junio de 2016

    Ao CXXIVNmero 33.400

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    2/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 2

    Tesorera General de la NacinDEUDA PBLICADisposicin 16/2016. Dispnese la emisin de Letras del Tesoro en Dlares Estadounidenses .. 8

    Avisos Oficiales

    Nuevos .......................................................... ................................................................. .......... 9

    Anteriores ................................................................. ................................................................ 35

    Convenciones Colectivas de Trabajo

    ................................................................................................................................................. 35

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Desgnase como Vicepresidente del Directorio de la COMISIN NACIONAL DVALORES, organismo actuante en la rbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLCAS, a la Doctora Da. Patricia Noem BOEDO (M.I. N 12.909.407).

    ARTCULO 2 Desgnase como Vocal de l Directo rio de l a COMISIN NACIONAL DE VALORES, al Licenciado en Administracin de Empresas D. Martn Jos GAVITO (M.I. N 23.471.962)

    ARTCULO 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial archvese. MACRI. Alfonso de Prat Gay.

    #F5147820F

    #I5147818I#

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

    Decreto 772/2016

    Desgnase Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre Cooperacin Internacional para la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 12.528/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, que los Gobiernos de la REPBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, del ESTADODE ISRAEL, de los ESTADOS UNIDOS DE AMRICA, de la REPBLICA FRANCESA, de la REPBLICA ITALIANA, del REINO DE LOS PASES BAJOS, de la REPBLICA DE POLONIA, deREINO UNIDO DE GRAN BRETAA E IRLANDA DEL NORTE y del REINO DE SUECIA integran eGrupo de Trabajo creado en 1998 sobre Cooperacin Internacional para la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto (I.T.F.), la Ley del Servicio Exterior de la Nacin N 20.957el Decreto N 1938 de fe cha 11 de octubre de 2012, la Resolucin N 610 de fecha 9 de diciembrde 2015 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

    CONSIDERANDO:Que nuestro pas participa en las tareas del Grupo de Trabajo sobre Cooperacin Internacionapara la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto (I.T.F.).

    Que el Gobierno Nacional ha manifestado en el Foro Internacional sobre el Holocausto, que tuvlugar en la Ciudad de Estocolmo, REINO DE SUECIA, en enero de 2000, su claro compromisocon los objetivos que inspiran el mandato del Grupo de Trabajo antes citado.

    Que por el Decreto N 1938/12 se design al seor D. Jorge Norberto ELBAUM como Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre Cooperacin Internacional para la EducacinRememoracin e Investigacin del Holocausto.

    Que por la Resolucin N 610 de fecha 9 de diciembre de 2015 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO se acept la renuncia del seor D. Jorge Norberto ELBAUM acargo para el que fuera designado por el Decreto N 1938/12.

    Que por el expediente mencionado en el Visto se propone designar como Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre Cooperacin Internacional para la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto al seor D. Alejandro Oscar FINOCCHIARO.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESY CULTO ha intervenido en el marco de su competencia.

    Que la SECRETARA DE COORDINACIN Y COOPERACIN INTERNACIONAL y la SECRETARA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

    han intervenido en el mbito de sus respectivas competencias.Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artculo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIN NACIONALy el Artculo 6 de la Ley del Servicio Exterior de la Nacin N 20.957.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Desgnase Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre Cooperacin Internacional para la Educacin, Rememoracin en Investigacin del Holocausto, cocarcter ad-honorem, al seor D. Alejandro Oscar FINOCCHIARO (D.N.I. N 18.453.675).

    ARTCULO 2 Asgnase la categora de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, a l slefecto del rango protocolar, conforme lo establece el Artculo 6 de la Ley del Servicio Exteriode la Nacin N 20.957, al seor D. Alejandro Oscar FINOCCHIARO mientras dure el desempede sus funciones como Representante Especial ante el Grupo de Trabajo sobre CooperaciInternacional para la Educacin, Rememoracin e Investigacin del Holocausto.

    ARTCULO 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial archvese. MACRI. Susana M. Malcorra.

    #F5147818F

    #I5147823I#MINISTERIO DE TRANSPORTE

    Decreto 777/2016

    Dase por designado Subsecretario de Planificacin y Coordinacin de Transporte.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Artculo 99, Inciso 7, de la CONSTITUCIN NACIONAL.

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Dse por designado, a parti r del 1 de marzo de 2016, al Ingeniero Don VictoAlejandro HEINECKE (DNI N 21.109.775) en el cargo de SUBSECRETARIO de la SUBSECRETARA DE PLANIFICACIN Y COORDINACIN DE TRANSPORTE de la SECRETARA DE PLANIFICACIN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

    ARTCULO 2 Comunquese, publiquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. MACRI. Javier Dietrich.

    #F5147823F

    bito automtico de los fondos de la Cuenta de Coparticipacin Federal de Impuestos o delrgimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

    Que en estos trminos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garanta a ser sus-cripto entre la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF) y la REPBLICA ARGENTINA, yel Modelo de Contrato de Contragaranta a ser suscripto entre esta ltima y el Gobierno de laProvincia de CRDOBA.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPBLICAS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 99, inciso 1 dela CONSTITUCIN NACIONAL y el Artculo 53 de la Ley N 11.672, Complementaria Permanentede Presupuesto (t.o. 2014).

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Aprubase el Modelo de Contrato de Garanta a suscribir se entre la REPBLI-CA ARGENTINA y la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF), con el objeto de afianzarlas obligaciones financieras a ser asumidas por el Gobierno de la Provincia de CRDOBA emer-gentes del Contrato de Prstamo CAF, a suscribirse entre la Provincia de CRDOBA y la COR-PORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF), destinado a financiar el Proyecto de RehabilitacinIntegral del Canal Los Molinos - Crdoba, por un monto de hasta DLARES ESTADOUNIDEN-SES CUARENTA Y NUEVE MILLONES (U$S 49.000.000), que consta de OCHO (8) clusulas ycuya copia autenticada se adjunta al presente como Anexo I.

    ARTCULO 2 Aprubase el Modelo de Contrato de Contragaranta a suscribirse entre laREPBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de CRDOBA que consta de SIETE (7)artculos, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo II.

    ARTCULO 3 Facltase a l seor Ministro de Hacienda y Finanzas Pblicas o al func ionarioo funcionarios que el mismo designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban pormedio de los Artculos 1 y 2 del presente decreto.

    ARTCULO 4 Facltase al seor Ministro de Hacienda y Finanzas Pblicas o al funcionario ofuncionarios que el mismo designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los contratos cuyosmodelos se aprueban por los Artculos 1 y 2 del presente decreto, siempre que las mismas noconstituyan cambios sustanciales al objeto de la garanta, destino de los fondos, ni resulten enun incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

    ARTCULO 5 Facltase al seor Ministro de Hacienda y Finanzas Pblicas a ejercer, ennombre y representacin de la REPBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la imple-mentacin del Contrato de Garanta y aqullos requeridos a la REPBLICA ARGENTINA parala correcta ejecucin del Contrato de Prstamo CAF, a ser suscripto entre el Gobierno de laProvincia de CRDOBA y la CORPORACIN ANDINA DE FOMENTO (CAF).

    ARTCULO 6 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial yarchvese. MACRI. Marcos Pea. Alfonso de Prat Gay.

    NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edicin web del BORAwww.boletinoficial.gob.ar y tambin podrn ser consultados en la Sede Central de esta Di-reccin Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires).

    #F5147819F#

    #I5147820I#

    COMISIN NACIONAL DE VALORES

    Decreto 774/2016Designaciones en el Directorio.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO la Ley N 26.831, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N 143 de fecha 17 de diciembre de 2015 se design a la Doctora Da. PatriciaNoem BOEDO (M.I. N 12.909.407) como Vocal del Directorio de la COMISIN NACIONAL DE VA-LORES, organismo actuante en la rbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS.

    Que resulta necesario designar a dicha vocal como Vicepresidente del Directorio de la citadaComisin Nacional.

    Que, asimismo, se propicia designar al Licenciado en Administracin de Empresas D. Martn JosGAVITO (M.I. N 23.471.962) como Vocal del Directorio de la COMISIN NACIONAL DE VALORES.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPBLICAS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el Artculo 99, inciso 7 de laCONSTITUCIN NACIONAL y el Artculo 8 de la Ley N 26.831.

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    3/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 3

    #I5147822I#

    PROYECTOS NO INDUSTRIALES

    Decreto 776/2016

    Rgimen de Promocin No Industrial. Impnese decaimiento parcial de beneficio. Multa.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N S01:0223018/2013 y sus agregados sin acumular Expedien-tes Nros. S01:0223076/2013, S01:0223087/2013, S01:0223057/2013, S01:0223083/2013,S01:0223105/2013 y S01:0223089/2013 todos ellos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONO-MA Y FINANZAS PBLICAS, y

    CONSIDERANDO:

    Que la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA (C.U.I.T. N 30-69803905-8) fue de-clarada beneficiaria del Rgimen de Promocin No Industrial instaurado por el Artculo 36 in finede la Ley N 24.764 y el Decreto N 494 de fecha 30 de mayo de 1997, mediante el Anexo I del De-creto N 1.494 de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolucin N 1.299 de fecha 16 de octubrede 1998 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS, otorgndoselelas franquicias dispuestas en los Artculos 2 y 11 de la Ley N 22.021 y sus modificatorias.

    Que el objeto de dicho proyecto consiste en la implantacin de OCHENTA HECTREAS (80 ha)de mandarinas en un establecimiento de CIEN HECTREAS (100 ha) de superficie ubicado en elDepartamento Alem, Provincia de MISIONES.

    Que el proyecto promovido se concretara mediante una inversin total comprometida de PE-SOS UN MILLN VEINTIN MIL ($ 1.021.000), debiendo contar con una dotacin mnima deTRES (3) personas en forma permanente y de DOCE (12) personas con carcter temporario apartir del inicio de actividades, elevndose a CUATRO (4) personas en forma permanente y de aDIECIOCHO (18) personas con carcter temporario a partir de la puesta en marcha, la que debaser denunciada ante el Gobierno Provincial antes del 31 de diciembre de 2004.

    Que con fecha 22 de marzo de 1999 la Autoridad de Aplicacin extendi a la firma CITRUS DEMISIONES SOCIEDAD ANNIMA el Certificado de Inicio de Ejecucin de Inversiones N 29, enlos trminos de los Artculos 5 y 6 de la Resolucin N 325 de fecha 13 de marzo de 1998 y los

    Artculos 1 y 2 de la Resolucin N 164 de fecha 10 de f ebrero de 1999, ambas del ex MINIS-TERIO DE ECONOMA Y OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS, validando el inicio de actividades.

    Que la firma denunci con fecha 22 de diciembre de 2004 ante el Gobierno Provincial la puestaen marcha de su proyecto promovido en los trminos del Artculo 5 de la Resolucin N 1.299/98del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS.

    Que la ADMINISTRACIN FEDERAL DE INGRESOS PBLICOS, entidad autrquica en el mbitodel ex MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDAY FINANZAS PBLICAS realiz una fiscalizacin a la firma promovida, la que fue analizada porla Direccin Nacional de Incentivos Promocionales de la SUBSECRETARA DE INGRESOS P-BLICOS dependiente de la SECRETARA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMA YFINANZAS PBLICAS, la que consider que la firma habra incumplido con la dotacin de perso-nal temporario comprometido en su norma particular en los Ejercicios 2006, 2008, 2009 y 2012.

    Que asimismo, entendi que del cuadro de produccin anual de mandarinas correspondientesa los Ejercicios 2006 a 2012 inclusive, remitido por el organismo fiscal, la firma CITRUS DE MI-SIONES SOCIEDAD ANNIMA no cumplira con la produccin comprometida para su proyecto.

    Que respecto a la presentacin de las Declaraciones Juradas Semestrales correspondientes alperodo 2011 y 2012, consign que las mismas no haban sido receptadas por esa dependencia.

    Que en tal sentido tom intervencin la Direccin General de Asuntos Jurdicos de la SUBSE-CRETARA LEGAL dependiente de la SECRETARA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del ex MINISTE-RIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS, estimando pertinente ordenar la apertura sumariala la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA, a fin de verificar las infracciones detec-

    tadas e imponer, en caso de corresponder, las sanciones pertinentes.Que en consecuencia, con fecha 1 de noviembre de 2013 el entonces titular de la SUBSECRE-TARA DE INGRESOS PBLICOS, dependiente de la SECRETARA DE HACIENDA del ex MI-NISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS orden la sustanciacin sumarial a la firmaCITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA en el marco de la Resolucin N 221 de fecha 15de agosto de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y PRODUCCIN, por los presuntos in-cumplimientos formales y no formales detectados al proyecto aprobado por el Decreto N 1.494de fecha 30 de diciembre de 1997 y por la Resolucin N 1.299 de fecha 16 de octubre de 1998del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS.

    Que por ello, la instruccin actuante confiri vista de las actuaciones en los trminos del Artculo8 del Anexo a la Resolucin N 221/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y PRODUCCIN, paraque la sumariada exponga su defensa, acompae los documentos que tuviera en su poder y ofrez-ca todas las dems pruebas de que intenta ra valerse para esclarecer los hechos investigados.

    Que con posterioridad a ello, se present el apoderado de la firma, el que acredit la personerainvocada, constituy domicilio y solicit un plazo adicional a los efectos de exponer los hechosy derechos que hacan a su defensa, peticin que fue concedida por la Instructora Sumariante.

    Que la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA present el pertinente descargo, ma-nifestando con relacin al personal comprometido que la firma es una fuente genuina de trabajo,entendiendo que incorpor correctamente todos los obreros y en el rubro agropecuario, sostuvoque no existe un cronograma exacto de incorporacin de obreros temporarios atento a que seencuentran sujetos a muchas variables, siendo las climticas las ms importantes.

    Que con relacin a la variable produccin seal que la firma implant en el proyecto de pro-mocin distintas variedades de mandarinas y con el transcurso del tiempo se fueron verificandoenfermedades nuevas para la zona que los llev a cambiar las variedades de copas.

    Que respecto a la falta de presentacin de Declaraciones Juradas Semestrales correspondien-tes a los aos 2011 y 2012 sostuvo que fueron presentadas en tiempo y forma, adjuntando a talefecto copia de las mismas.

    Que mediante la Providencia N 1.569 de fecha 18 de diciembre de 2013 de la Direccin Generalde Asuntos Jurdicos del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS la InstructoraSumariante tuvo por presentado en tiempo y forma el descargo efectuado por el apoderado dela firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA y conforme a lo dispuesto por el Artculo9 del Anexo de la Resolucin N 221/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y PRODUCCIN,orden la apertura a prueba por el trmino de TREINTA (30) das hbiles administrativos, prove-yendo la prueba documental ofrecida.

    Que siguiendo con el procedimiento establecido en la resolucin antes mencionada, con fecha 16de junio de 2014 se llam a autos para alegar por el trmino de DIEZ (10) das hbiles administrativos,sin perjuicio de lo cual la empresa pese a estar debidamente notificada, no present alegato alguno.

    Que la Instructora Sumariante al analizar los incumplimientos imputados a la sumariada conrelacin al personal comprometido, seal que le asiste razn a la sumariada en cuanto a queprocedi a incorporar una mayor cantidad de personal permanente, respecto del cual la Direc-

    cin Nacional de Incentivos Promocionales de la SUBSECRETARA DE INGRESOS PBLICOSdependiente de la SECRETARA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAPBLICAS procedi a computar el excedente, como personal temporario, sin perjuicio de ello, lfirma no alcanz con la cantidad de personal temporario comprometido en su norma particularen los Ejercicios 2006, 2008, 2009 y 2012.

    Que en lo referente a la variable produccin, la Instructora expres que pese a las argumentaciones expuestas por el apoderado de la firma, la misma no acredit el cumplimiento del compromso asumido, esto es un total de DOS MIL OCHOCIENTAS TONELADAS (2800 tn) anuales, y en tasentido se remiti al cuadro confeccionado por la Direccin Nacional de Incentivos Promocionales, en el que en los perodos 2006, 2007, 2008, 2009 y 2011 la produccin anual alcanzada pola firma fue por debajo del CINCUENTA POR CIENTO (50%), superando mnimamente ese porcentaje en los Ejercicios 2010 y 2012, sin alcanzar el CIEN POR CIENTO (100%) comprometido

    Que por ltimo con relacin a la imputacin referida a la falta de presentacin de las declaraciones juradas semestrales correspondientes a los Ejercicios 2011 y 2012, la Instructora Sumariantmanifest que de la documentacin remitida por el Gobierno Provincial surge que la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA ha cumplido con la presentacin de las declaraciones correspondientes a los ejercicios antes indicados, como as tambin que tal presentacifue realizada en tiempo y forma.

    Que en consecuencia, dicha Instruccin consider que corresponde sancionar a la emprescon las medidas dispuestas por los Artculos 15 y 17 de la Ley N 22.021 y sus modificaciones.

    Que en orden a lo expuesto, la Direccin Nacional de Incentivos Promocionales entendi qupara las infracciones investigadas corresponde aplicar una multa equivalente al SEIS POR CIENTO (6%) del monto total de la inversin del proyecto, como as tambin, decretar el decaimientoparcial del beneficio de exencin en el Impuesto a las Ganancias, con el consecuente reintegrparcial de los tributos no abonados con motivo de la promocin acordada con ms los interesesrespectivos y la actualizacin de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificacionesde corresponder, en el porcentaje de incumplimiento ponderado para cada ejercicio considerando las DOS (2) variables involucradas, dotacin de persona l y produccin, a saber: de l SESENTCOMA OCHENTA Y DOS POR CIENTO (60,82%) para el ao 2006, del TREINTA Y CINCO COMCINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (35,59%) para el ao 2007, del TREINTA Y SEIS COMASESENTA Y OCHO POR CIENTO (36,68%) para el ao 2008, del TREINTA Y CUATRO COMAVEINTISEIS POR CIENTO (34,26%) para el ao 2009, del VEINTIUNO COMA ONCE POR CIENTO (21,11%) para el ao 2010, del TREINTA COMA ONCE POR CIENTO (30,11%) para el ao 201y del VEINTICINCO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (25,35%) para el ao 2012, conformlo establecido en los Artculos 15 y 17 de la Ley N 22.021 y sus modificaciones.

    Que en relacin a la graduacin de la sancin, la Direccin Nacional de Incentivos Promocionales, en el marco de su competencia especfica, indic que la misma fue realizada sobre lbase de las distintas intervenciones tcnicas obrantes en las actuaciones que sirvieron de basal dictamen final de la Instructora Sumariante en los que aconsej que debera procederse dconformidad con lo dispuesto por los Artculos 15 y 17, de corresponder, de la Ley N 22.021.

    Que as tambin, seal que el decaimiento parcial de la exencin del Impuesto a las Ganancias, con su consecuente reintegro, responde para cada ejercicio al clculo de grado de incumplimiento verificado en las obligaciones comprometidas de la norma particular de concesin dbeneficios promocionales otorgados a CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA.

    Que los distintos porcentajes surgen de relacionar las obligaciones asumidas con el cumplimiento dispensado por parte de la empresa promovida a cada variable, efectundose un promediosimple de la relacin obtenida de manera de determinar un solo grado de incumplimiento anua

    Que el grado de incumplimiento anual determinado es el que sirve de base para establecer eporcentaje de reintegro de cada ao.

    Que de conformidad con lo manifestado por la PROCURACIN DEL TESORO DE LA NACINmediante el Dictamen N 221 de fecha 3 de octubre de 2008, es facultad privativa del PODEREJECUTIVO NACIONAL disponer el decaimiento total o parcial de los beneficios promocionalecuando los mismos hubieran sido conferidos por ese rgano Administrativo.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPBLICAS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artculo 99, inciso 1de la CONSTITUCIN NACIONAL.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Impnese a la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA, dec laradbeneficiaria del Rgimen de Promocin No Industrial mediante el Anexo I del Decreto N 1.494de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolucin N 1.299 de fecha 16 de octubre de 1998 deex MINISTERIO DE ECONOMA Y OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS el decaimiento parcial debeneficio de exencin en el Impuesto a las Ganancias, con el consecuente reintegro parcial dlos tributos no abonados con motivo de la promocin acordada con ms los intereses respectivos y la actualizacin de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, decorresponder, en el porcentaje de incumplimiento que se detect en cada ejercicio, siendo deSESENTA COMA OCHENTA Y DOS POR CIENTO (60,82%) para el ao 2006, del TREINTA YCINCO COMA CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (35,59%) para el ao 2007, del TREINTA YSEIS COMA SESENTA Y OCHO POR CIENTO (36,68%) para el ao 2008, del TREINTA Y CUATRO COMA VEINTISEIS POR CIENTO (34,26%) para el ao 2009, del VEINTIUNO COMA ONCPOR CIENTO (21,11%) para el ao 2010, del TREINTA COMA ONCE POR CIENTO (30,11%) parel ao 2011 y del VEINTICINCO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (25,35%) para el ao2012, conforme lo establecido en el Artculo 15 de la Ley N 22.021 y sus modificaciones.

    ARTCULO 2 Impnese a la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA, el pago duna multa de PESOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA ($ 61.260), segn lo dispuesto en el Artculo 17 de la Ley N 22.021 y sus modificaciones.

    ARTCULO 3 El pago de la multa deber efectuarse en el plazo de DIEZ (10) das hbilecontados a partir del da siguiente al de la notificacin del presente decreto, debindose haceefectivo ante la Direccin General de Administracin dependiente de la SUBSECRETARA DE

    ADMINISTRACIN Y NORMALIZACIN PATRIMONIAL de la SECRETARA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS. El slo vencimiento de l plazestablecido producir la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelacialguna por parte del Fisco, conforme el Artculo 18 del Anexo a la Resolucin N 221 de fecha 15de agosto de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y PRODUCCIN.

    ARTCULO 4 Sirva la presente medida de suficiente ttulo ejecutivo para el cobro de lsuma establecida en el Artculo 2 del presente decreto mediante el correspondiente procedimiento de ejecucin fiscal establecido en el Cdigo Procesal Civil y Comercial de la Nacinconforme el Artculo 18 del Anexo a la Resolucin N 221/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y PRODUCCIN.

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    4/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 4

    ARTCULO 5 Hgase saber a la Direccin General Impositiva dependiente de la ADMINIS-TRACIN FEDERAL DE INGRESOS PBLICOS, entidad autrquica en el mbito del MINIS-TERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS y al Gobierno de la Provincia de MISIONES loresuelto por la presente medida.

    ARTCULO 6 Notifquese a la firma CITRUS DE MISIONES SOCIEDAD ANNIMA del dictadodel presente decreto, hacindole saber que contra dicho acto procede el recurso de reconside-racin previsto en el Artculo 84 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos,Decreto 1.759/72 T.O. 1991, el que deber interponerse dentro del plazo de DIEZ (10) das con-tados a partir del da siguiente al de la notificacin.

    ARTCULO 7 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial yarchvese. MACRI. Marcos Pea. Alfonso de Prat Gay.

    #F5147822F#

    #I5147824I#

    SECRETARA LEGAL Y TCNICA

    Decreto 778/2016

    Prorrganse designaciones.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 173-2016 del registro de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIN, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacio-nal para el Ejercicio 2016, los Decretos N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios, N 1544 de fecha 8 de octubre de 2013, N 1177 de fecha 24 de julio de 2014, N 937 defecha 26 de mayo de 2015 y N 227 de fecha 20 de enero de 2016, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la prrroga de las designaciones, con carctertransitorio y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir de la fechadel presente acto, de los agentes consignados en el ANEXO I del presente, en la Planta Perma-nente de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN dispuestas porel Decreto N 1544/13 y prorrogadas por los Decretos N 1177/14 y N 937/15.

    Que por la Ley N 27.198 se aprob el Presupuesto General de la Administracin Nacional parael Ejercicio 2016.

    Que conforme lo dispuesto por el Decreto N 227/16 compete al seor Presidente de la Nacinefectuar las designaciones de personal en las jurisdicciones y unidades organizativas depen-dientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    Que atento razones de ndole operativas no ha sido posible tramitar el proceso de seleccin parala cobertura de los cargos involucrados en la presente medida, razn por la cual, en esta instan-cia resulta necesario efectuar una prrroga de las designaciones citadas precedentemente, porel trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del dictado del presentedecreto.

    Que la cobertura de los cargos en cuestin no constituye asignacin de recurso extraordinarioalguno.

    Que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto de la Jurisdiccin 20.02 - SECRETA-RA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, para atender e l gasto que demandela presente medida.

    Que ha tomado la intervencin de su competencia la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JU-RDICOS de la SUBSECRETARA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARA LEGAL Y TCNI-

    CA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.Que la presente medida se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artculo 99, inciso1, de la CONSTITUCIN NACIONAL y por lo dispuesto en el artculo 2 del Decreto N 227/16.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Prorrganse, a partir del 16 de feb rero de 2016 y por el t rmino de CIENTOOCHENTA (180) das hbiles contados a partir del dictado de la presente medida, las designa-ciones con carcter transitorio ef ectuadas por el Decreto N 1544 de fecha 8 de octubre de 2013,prorrogadas por los Decretos N 1177 de fecha 24 de julio de 2014 y N 937 de fecha 26 de mayode 2015, del personal consignado en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medi-da, en el mbito de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, enlos niveles y grados que all se detallan del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIALDEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP), homologado por elDecreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

    ARTCULO 2 Los cargos involucrados en el artculo 1 debern ser cubiertos de conformidadcon los requisitos y sistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, en los Ttulos II Cap-tulos III y IV y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL

    SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098 del3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) dashbiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

    ARTCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendidocon cargo a las partidas especficas correspondientes a la Jurisdiccin 20.02 - SECRETARALEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    ARTCULO 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. MACRI. Marcos Pea.

    ANEXO I

    APELLIDO Y NOMBRE NIVEL Y GRADO TIPO Y N DE DOCUMENTO

    CALDARERI, Daniela Carmen E - 0 D.N.I. N 25.682.147

    DE LA CRUZ, Romina Ileana E - 0 D.N.I. N 33.039.323

    MARTINEZ, Diego Jorge E - 0 D.N.I. N 28.840.757

    MAZZITELLI, Julin Eduardo E - 0 D.N.I. N 36.293.793

    SIMAN, Leonardo Martn E - 0 D.N.I. N 32.575.172

    VERZINO, Gabriela Noem E - 0 D.N.I. N 17.508.904

    ZAPPACOSTA, Amalia Laura E - 0 D.N.I. N 32.068.513

    #F5147824F#

    #I5147825I#

    SECRETARA LEGAL Y TCNICA

    Decreto 779/2016

    Designaciones.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 343-2016 del registro de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos N 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorioy N 227 de fecha 20 de enero de 2016 y lo solic itado por la SECRETARA LEGAL Y TCNICA dla PRESIDENCIA DE LA NACIN, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 27.198 se aprob el Presupuesto General de la Administracin Nacional parel Ejercicio 2016.

    Que por el artculo 7 de la citada Ley se estableci que las Jurisdicciones y Entidades de lAdministracin Nacional no podrn cubr ir los cargos vacantes financiados existentes a la fe chde su sancin ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisin fundaddel Jefe de Gabinete de Ministros.

    Que por el artculo 10 de la mencionada Ley N 27.198 se dispuso que las facultades otorgadaspor dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrn ser asumidas por el PODER EJECUTIVONACIONAL, en su carcter de responsable poltico de la administracin general del pas y efuncin de lo dispuesto por el inciso 10 del artculo 99 de la CONSTITUCIN NACIONAL.

    Que por el Decreto N 78/00 y sus modificatorios, se aprob la estructura organizativa de lSECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que conforme lo dispuesto por el Decreto N 227/16 compete al seor Presidente de la Nacinefectuar las designaciones de personal en las jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    Que, en el mbito de l a SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN sencuentran vacantes diversos cargos de la planta permanente, resultando necesario procede

    a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas a la citadSecretara, vinculadas directamente con el accionar del seor Presidente de la Nacin y deseor Jefe de Gabinete de Ministros.

    Que la cobertura de los cargos en cuestin no constituye asignacin de recurso extraordinarioalguno.

    Que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto de la Jurisdiccin 20.02 - SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, para atender el gasto que demandla presente medida.

    Que ha tomado la intervencin de su competencia la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS de la SUBSECRETARA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARA LEGAL Y TCNCA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artculo 99, inciso1 de la CONSTITUCIN NACIONAL, por los ar tculos 7 y 10 de la Ley N 27.198 y por lo dispuesto en el artculo 2 del Decreto N 227/16.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Desgnanse con carcter transito rio, a partir del 17 de febrero de 2016 y por etrmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, en la Planta Permanente de la SECRETARIALEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, a las personas consignada en el ANEXO I que forma parte integrante del presente decreto, en el nivel y grado que all se detallan deCONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONADE EMPLEO PBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, y sus modificatorioscon carcter de excepcin a lo dispuesto por el artculo 7 de la Ley N 27.198.

    ARTCULO 2 Desgnanse con carcter transitorio, a partir de l 17 de febrero de 2016 y por etrmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, en la Planta Permanente de la SECRETARIALEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, a las personas consignadas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente medida, en el nivel y grado que all se detallan deCONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONADE EMPLEO PBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, y sus modificatorioscon carcter de excepcin a lo establecido por el artculo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artculo 7 de la Ley N 27.198.

    ARTCULO 3 Los cargos involucrados en los artculos 1 y 2 debern ser cubiertos conformlos requisitos y sistemas de seleccin vigentes, segn lo establecido, en el Ttulo II, Captulos III IV, y en el Ttulo IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DESISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del 17 de febrero de 2016.

    ARTCULO 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendidcon cargo a las partidas presupuestarias especficas correspondientes a la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    ARTCULO 5 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. MACRI. Marcos Pea.

    ANEXO I

    APELLIDO Y NOMBRE NIVEL Y GRADO TIPO Y N DE DOCUMENTO

    GUTIERREZ, Rosana Cecilia E - 0 D.N.I. N 16.878.904

    MOHSER, Cintia rica E - 0 D.N.I. N 27.437.554

    PARMA, Mara del Carmen C - 0 D.N.I. N 23.486.464

    ANEXO II

    APELLIDO Y NOMBRE NIVEL Y GRADO TIPO Y N DE DOCUMENTO

    BRAVO, Camila Ayelen C - 0 D.N.I. N 35.657.989

    TRENTADUE, Antonella C - 0 D.N.I. N 18.900.044

    RUIZ, Mara Fernanda B - 0 D.N.I. N 22.923.362

    #F5147825F

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    5/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 5

    #I5147826I#

    SECRETARA LEGAL Y TCNICA

    Decreto 780/2016

    Prorrgase designacin.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 346-2016 del registro de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIN, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacio-nal para el Ejercicio 2016, los Decretos N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios, N 1544 de fecha 8 de octubre de 2013, N 1177 de fecha 24 de julio de 2014, N 937 defecha 26 de mayo de 2015 y N 227 de fecha 20 de enero de 2016, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 27.198 se aprob el Presupuesto General de la Administracin Nacional parael Ejercicio 2016.

    Que por el Decreto N 1544/13 se dio por designada transitoriamente y por el trmino de CIEN-TO OCHENTA (180) das hbiles, a la agente Julieta Alejandra MILANI (DNI N 35.729.362), en laPlanta Permanente de la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN,cuyas prrrogas se efectuaron por los Decretos N 1177/14 y N 937/15.

    Que por razones de ndole operativas, resulta procedente prorrogar la designacin citada prece-dentemente, desde la fecha de su vencimiento y hasta el 31 de mayo de 2016.

    Que conforme lo dispuesto por el Decreto N 227/16 compete al seor Presidente de la Nacinefectuar las designaciones de personal en las jurisdicciones y unidades organizativas depen-dientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    Que la cobertura del cargo en cuestin no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno.

    Que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto de la Jurisdiccin 20.02 - SECRETA-RA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, para atender e l gasto que demandela presente medida.

    Que ha tomado la intervencin de su competencia la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JU-RDICOS de la SUBSECRETARA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARA LEGAL Y TCNI-

    CA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.Que la presente medida se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artculo 99, inciso1, de la CONSTITUCIN NACIONAL y por lo dispuesto en el artculo 2 del Decreto N 227/16.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Prorrgase, desde la fecha de su vencimiento y hasta el 16 de junio de 2016, la de-signacin con carcter transitorio efectuada por el Decreto N 1544 de fecha 8 de octubre de 2013,prorrogada por los Decretos N 1177 de fecha 24 de julio de 2014 y N 937 de fecha 26 de mayo de2015, en la SECRETARA LEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN, de la agente Ju-lieta Alejandra MILANI (DNI N 35.729.362), en un cargo Nivel E Grado 0 del CONVENIO COLECTI-VO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO(SINEP), homologado por el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

    ARTCULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendidocon cargo a las partidas especficas correspondientes a la Jurisdiccin 20.02 - SECRETARALEGAL Y TCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIN.

    ARTCULO 3 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. MACRI. Marcos Pea.

    #F5147826F##I5147821I#

    SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA

    Decreto 775/2016

    Desgnase miembro del Directorio.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Artculo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIN NACIONAL y el Artculo 6, inciso c) de laLey N 21.622.

    EL PRESIDENTEDE LA NACIN ARGENTINADECRETA:

    ARTCULO 1 Desgnase miembro del D irectorio de l a SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DEMONEDA al seor D. Ral Manuel LISSARRAGUE (M.I. N 4.442.359) por un perodo de ley.

    ARTCULO 2 Comunquese, publquese , dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial yarchvese. MACRI. Alfonso de Prat Gay.

    #F5147821F#

    Decisiones Administrativas

    #I5147769I#

    MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGAE INNOVACIN PRODUCTIVA

    Decisin Administrativa 609/2016

    Designacin.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 859/2016 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA EINNOVACION PRODUCTIVA, la Ley N 27.198, los Decretos N 2098 del 3 de diciembre de 2008y N 227 del 20 de enero de 2016, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 27.198 se aprob el Presupuesto de la Administracin Nacional para el Ejercicio 2016.

    Que por el artculo 7 de la mencionada Ley se estableci que las jurisdicciones y entidades de lAdministracin Nacional no podrn cubr ir los cargos vacantes financiados existentes a la fe chde su sancin, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisin fundaddel JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

    Que por el Decreto N 227/2016 se facult al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuarentre otras, toda designacin de personal en el mbito de la Administracin Pblica Nacionacentralizada y descentralizada, en cargos de la dotacin de planta permanente y transitoriaque se encuentren vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria,

    propuesta de la Jurisdiccin o Entidad correspondiente.Que el titular del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA solicita la designacin transitoria de la Licenciada Mariela Vernica PINTO (D.N.I. N 22.757.181en el cargo de Supervisora de Auditora de Gestin y Legal, Nivel B, Grado 0, F.E. IV del SINEde la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a fin de asegurar e l cumplimiento de los objetivos asignados a dichdependencia.

    Que corresponde autorizar el pago de la Funcin Ejecutiva correspondiente, de acuerdo con lonormado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP), aprobado por el ConveniColectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/2008.

    Que dicha Jurisdiccin cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno.

    Que ha tomado la intervencin que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artculo 100, inciso3 de la CONSTITUCION NACIONAL y por lo dispuesto por los artculos 7 de la Ley N 27.198 1 del Decreto N 227/2016.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    ARTCULO 1 Desgnase con carcter t ransitorio en la Planta Permanente de l MINISTERIODE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo dSupervisora de Auditora de Gestin y Legal, Nivel B, Grado 0, F.E. IV del Convenio Colectivde Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098/08; de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIDE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a la Licenciada Mariela VeronicPINTO (D.N.I. N 22.757.181), con autorizacin excepcional a lo dispuesto por el artculo 7 dela Ley N 27.198, autorizndose el correspondiente pago de la Funcin Ejecutiva Nivel IV decitado Convenio.

    ARTCULO 2 El cargo mencionado deber ser cub ier to conf orme a los requisitos y sistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente, en los Tt ulos II, CaptuloIII, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SINEP), aprobado por eConvenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08, en el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir del dictado de la presentmedida.

    ARTCULO 3 El gasto que demande el financiamiento de la presente medida ser atendidcon las partidas especficas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdiccin 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Categor01 - ACTIVIDADES CENTRALES, Actividad 01 - PLANIFICACION Y CONDUCCION, UNIDADEJECUTORA: UNIDAD MINISTRO.

    ARTCULO 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. Marcos Pea. Jos L. Baraao.

    #F5147769F

    #I5147817I#

    MINISTERIO DE DEFENSA

    Decisin Administrativa 612/2016

    Desgnase Director de Servicios Generales y Contrataciones.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expedien te N 11.319/2016 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley N 27.198los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, 227 del 20 de enero d2016, lo propuesto por el seor Ministro de Defensa, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 27.198 se aprob el Presupuesto General de la Administracin Nacional parel Ejercicio 2016.

    Que el artculo 7 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administracin Nacional no podrn cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1 de enerode 2016, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisin fundada deseor Jefe de Gabinete de Ministros.

    Que el Decreto N 227/16 confiri al seor Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de designaal personal, en el mbito de la Administracin Pblica Nacional, en cargos de Planta Permanenty no Permanente.

    Que se encuentra vacante el cargo de Director de Servicios Generales y Contrataciones dependiente de la DIRECCIN GENERAL DE ADMINISTRACIN de la SUBSECRETARA DE COORDNACIN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DEFENSA.

    Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Direccin.

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    6/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 6

    Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta menester efectuar ladesignacin con carcter de excepcin a lo dispuesto por el artculo 7 de la Ley N 27.198.

    Que ha tomado la intervencin que le compete la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDI-COS del MINISTERIO DE DEFENSA.

    Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artculo 100,inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artculo 7 de la Ley N 27.198 y el artculo 1del Decreto N 227/16.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    ARTCULO 1 De sgna se, a pa rti r de l 21 de marzo de 2016, con car cter transitor io porel trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, en el cargo de Director de ServiciosGenerales y Contrataciones dependiente de la DIRECCIN GENERAL DE ADMINISTRA-CIN de la SUBSECRETARA DE COORDINACIN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEDEFENSA al Licenciado D. Facundo Jenaro MIQUELARENA (D.N.I. N 24.583.653), Nivel B,Grado 0, Funcin Ejecutiva Nivel III, con autorizacin excepcio nal por no reunir los requisitosmnimos establecidos en el artculo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del per-sonal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el DecretoN 2098/08 y modificatorios, autorizndose el correspondiente pago de la Funcin EjecutivaNivel III, del referido Convenio y con carcter de excepcin a lo dispuesto por el artculo 7de la Ley N 27.198.

    ARTCULO 2 El cargo involucrado deber ser cubier to de confo rmidad con los requisitos ysistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente en los Ttulos II, CaptulosIII, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PBLICO SINEP homologado por el Decreto N 2098/08 y modificatorios,en el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, contados a partir del 21 de marzo de2016.

    ARTCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atendidocon cargo a las partidas especficas del presupuesto de la Jurisdiccin 45-MINISTERIO DEDEFENSA.

    ARTCULO 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. Marcos Pea. Julio C. Martnez.

    #F5147817F#

    #I5147816I#

    MINISTERIO DE EDUCACIN Y DEPORTES

    Decisin Administrativa 611/2016

    Prorrgase designacin de la Directora de Educacin de Jvenes y Adultos.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N 17.890/14 del Registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIN, losDecretos Nros. 1.657 del 25 de septiembre de 2014, 1.490 del 30 de julio de 2015 y 227 del 20 deenero de 2016 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACIN Y DEPORTES, y

    CONSIDERANDO:

    Que el Decreto N 227 del 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros aspectos, que toda designa-cin de personal en el mbito de la Administracin Pblica Nacional, centralizada y descentrali-zada, en cargos de planta permanente y no permanente, ser efectuada por el Jefe de Gabinetede Ministros a propuesta de la Jurisdiccin correspondiente.

    Que por el Decreto N 1.657 del 25 de septiembre de 2014 se cubri en el entonces MINISTERIODE EDUCACIN el cargo de Directora de Educacin de Jvenes y Adultos dependiente de laDIRECCIN NACIONAL DE GESTIN EDUCATIVA de la ex SECRETARA DE EDUCACIN.

    Que en el artculo 2 del citado decreto se estableci que el cargo involucrado deba ser cubiertomediante los requisitos y sistemas de seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente,en los Ttulos II, Cap tulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO, apro-bado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08,dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir del 26 de marzo de2014.

    Que por el Decreto N 1.490 del 30 de julio de 2015 se prorrog por CIENTO OCHENTA (180) dasel plazo mencionado precedentemente.

    Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazoestablecido.

    Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACIN Y DEPOR-TES el trmino fijado en el artculo 1 del mencionado Decreto N 1.490 del 30 de julio de 2015.

    Que el cargo citado no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno.

    Que la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIN YDEPORTES ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artculos 100, inciso3, de la CONSTITUCIN NACIONAL y 1 del Decreto N 227 del 20 de enero de 2016.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    ARTCULO 1 Prorrgase a partir del 18 de septiembre de 2015, fecha de su vencimiento yhasta el 9 de diciembre de 2015, la designacin transitoria efectuada por el Decreto N 1.657del 25 de septiembre de 2014 y prorrogada por su similar N 1.490/15, de la Licenciada MaraEugenia BERNAL (D.N.I. N 13.125.112), en el cargo de Directora de Educacin de Jvenes y

    Adultos, Nivel B Grado 0 con Funcin Ejecutiva III, dependiente de la DIRECCIN NACIONALDE GESTIN EDUCATIVA de la entonces SECRETARA DE EDUCACIN del entonces MINISTE-RIO DE EDUCACIN, autorizndose el correspondiente pago de la Funcin Ejecutiva III y conautorizacin excepcional por no reunir los requisitos mnimos establecidos en el artculo 14 del

    SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de TrabajoSectorial homologado por el Decreto N 2.098/08.

    ARTCULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida ser atend idcon cargo a las partidas especficas del presupuesto vigente de la Jurisdiccin 70 - MINISTERIODE EDUCACIN Y DEPORTES.

    ARTCULO 3 Comunquese , publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. Marcos Pea. Esteban J. Bullrich.

    #F5147816F

    #I5147802I#

    MINISTERIO DE SEGURIDAD

    Decisin Administrativa 610/2016

    Desgnase Directora General de Administracin.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente CUDAP: EXP-SEG: 0005663/2015 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de2008 y sus modificatorios y complementarios, 15 de fecha 5 de enero de 2016 y 227 de fecha 20de enero de 2016 y lo solicitado por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

    CONSIDERANDO:

    Que por las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Admnistracin Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.

    Que por el artculo 7 de las citadas leyes se dispuso el congelamiento de los cargos vacantesfinanciados, existentes a la fecha de sancin de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades dela Administracin Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisin fundaddel seor Jefe de Gabinete de Ministros.

    Que por el Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, se homolog el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO(SI.N.E.P.).

    Que en el mbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra vacante el cargo de DirectoGeneral de Administracin dependiente de la SUBSECRETARA DE GESTIN ADMINISTRATIVde la SECRETARA DE COORDINACIN, PLANEAMIENTO Y FORMACIN del MINISTERIO DSEGURIDAD, resultando indispensable proceder a su cobertura transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

    Que el cargo involucrado deber ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de seleccin vgentes segn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO(SI.N.E.P.), homologado por Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro deplazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir de la fecha de la presente medida

    Que la designacin transitoria de la Contadora Pblica Doa Silvia Miriam Elisabeth TURETZKYse efecta con autorizacin excepcional por no reunir los requisitos mnimos de acceso al Nive

    A establecidos en el a rtculo 14 del Convenio citado precedentemente.

    Que por el Decreto N 15/16 se aprob la conformacin organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

    Que mediante el Decreto N 227/16, entre otras cuestiones, se dispuso que toda designacin, asignacin de funciones, promocin y reincorporacin de personal, en el mbito de la Administraci

    Pblica Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarqua inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotacin de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente patida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas ser efectuada poel seor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdiccin o Entidad correspondiente.

    Que la presente medida no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno.

    Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

    Que ha tomado intervencin la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS dependientde la SUBSECRETARA DE ASUNTOS JURDICOS de l MINISTERIO DE SEGURIDAD.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 100, inciso3 de la CONSTITUCIN NACIONAL, el artculo 7 de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 y a tenor dlo dispuesto por el artculo 1 del Decreto N 227/16.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    ARTCULO 1 Desgnase transitoriamente, a partir del 14 de diciembre de 2015 y por el trminde CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a lContadora Pblica Doa Silvia Miriam Elisabeth TURETZKY (D.N.I. N 16.040.395), como Directora General de Administracin dependiente de la SUBSECRETARA DE GESTIN ADMINISTRATIVA de la SECRETARA DE COORDINACIN, PLANEAMIENTO Y FORMACIN del MINISTERIODE SEGURIDAD, en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0, autorizndose el correspondiente pago de lFuncin Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PBLICO (SI.N.E.P.), aprobadpor el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, con carcter de excepcin a lo dispuesto por el artculo 7 de lasLeyes Nros. 27.008 y 27.198 y con autorizacin excepcional por no reunir los requisitos mnimode acceso al Nivel A, establecidos en el artculo 14 del Convenio citado precedentemente.

    ARTCULO 2 El cargo involucrado deber ser cub ierto conforme los requ isitos y sistemade seleccin vigentes segn lo establecido, respectivamente, en los Ttulos II, Captulos III, IVy VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONADE EMPLEO PBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N 2.098/08, sus modificatorios complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a partir dla fecha de la presente medida.

    ARTCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente simputar con cargo a las partidas especficas del presupuesto vigente de la Jurisdiccin 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD.

    ARTCULO 4 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCIN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archvese. Marcos Pea. Patricia Bullrich.

    #F5147802F

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    7/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 7

    Resoluciones Generales

    #I5145275I#

    COMISIN NACIONAL DE VALORES

    Resolucin General 667/2016

    Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificacin.

    Bs. As., 09/06/2016

    VISTO el Expediente N 1560/2016 caratulado PROYECTO DE RG S/ MODIFICACIN ARTCU-LO 17 DE LA SECCIN II, CAPTULO I, DEL TTULO V DE LAS NORMAS (N.T. 2013 Y MOD.) delregistro de la COMISIN NACIONAL DE VALORES, lo dictaminado por la Gerencia de Productosde Inversin Colectiva, la Subgerencia de Asesoramiento Legal, la Gerencia de Asuntos Jurdi-cos y la Gerencia General de Asuntos Jurdicos, y

    CONSIDERANDO:

    Que el artculo 32 de la Ley N 24.083 establece que la COMISIN NACIONAL DE VALOREStiene a su cargo la fiscalizacin y registro de las sociedades gerente y depositaria de los fondoscomunes de inversin.

    Que el artculo 19 inciso h) de la Ley N 26.831 otorga a la COMISIN NACIONAL DE VALORESatribuciones para dictar las reglamentaciones que se debern cumplir para la autorizacin de losvalores negociables, instrumentos y operaciones del mercado de capitales, y hasta su baja delregistro, contando con facultades para establecer las disposiciones que fueren necesarias paracomplementar las que surgen de las diferentes leyes y decretos aplicables a stos, as comoresolver casos no previstos e interpretar las normas all incluidas dentro del contexto econmicoimperante, para el desarrollo del mercado de capitales.

    Que dentro de ese marco, la propuesta actual tiene como finalidad incorporar en la normativadel Organismo el plazo dentro del cual la Sociedad Gerente debe realizar las presentaciones

    requeridas para el lanzamiento del Fondo Comn de Inversin, estableciendo el mismo en NO-VENTA (90) das hbiles desde la autorizacin de la Comisin.

    Que, de esta forma, se persigue agilizar las tramitaciones que deben realizarse en forma previaal lanzamiento.

    Que asimismo, resulta adecuado incorporar la obligacin de informar la fecha de inicio de laactividad del fondo con una antelacin de CINCO (5) das hbiles a su lanzamiento.

    Que, por ltimo, se propicia necesario establecer para el caso de no haberse realizado el lan-zamiento del fondo en el plazo indicado, la obligacin de presentar por parte de los rganos delmismo, con CINCO (5) das hbiles de anticipacin a la fecha del lanzamiento, una nota con carc-ter de declaracin jurada en la cual se manifieste que el texto del reglamento de gestin oportuna-mente aprobado por la Comisin se ajusta a las disposiciones lega les y reglamentarias vigentes.

    Que por lo expuesto, corresponde modificar el ar tculo 17 de la Seccin II del Captulo I del TtuloV de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).

    Que la presente Resolucin se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artculo 32de la Ley 24.083 y el artculo 19 inciso h) de la Ley 26.831.

    Por ello,

    LA COMISIN NACIONAL DE VALORESRESUELVE:

    ARTCULO 1 Sustituir el artculo 17 de la Seccin II del Captulo I del Ttulo V de las NORMAS(N.T. 2013 y mod.) por el siguiente tex to:

    ARTCULO 17.- DOCUMENTACIN DEFINITIVA.

    Una vez autorizado el fondo comn de inversin y antes de comenzar a operar, el Agente deAdministracin de Productos de Inversin Co lectiva de Fondos Comunes de Inversin, deberdentro del plazo de NOVENTA (90) das hbiles contados a partir de la autorizacin otorgada porel Organismo:

    a) Presentar constancia de las publicaciones exigidas en el artculo 11 de la Ley N 24.083.

    b) Acreditar la inscripcin registral del reglamento de gestin.

    c) Informar la fecha de inicio de la actividad del fondo con una antelacin de CINCO (5) das hbiles.

    d) Presentar ejemplar impreso de cada formulario a utilizar.

    De no producirse el lanzamiento del fondo dentro del plazo de NOVENTA (90) das hbiles indica-do, los rganos del fondo debern presentar con una antelacin de CINCO (5) das hbiles a la fe-cha del lanzamiento del mismo, una nota con carcter de declaracin jurada con firma certificaday acreditacin de facultades del firmante, en la cual se manifieste que el texto del reglamento degestin oportunamente aprobado se ajusta a las disposiciones lega les y reglamentarias vigentes.

    ARTCULO 2 La presente Resolucin entrar en vigencia a part ir del da siguiente al de su

    publicacin.ARTCULO 3 Regstrese, comunquese, publquese, dese a la Di reccin Nacional del Regis-tro Oficial, incorprese al sitio web del Organismo en www.cnv.gob.ar y archvese. Marcos

    Ayerra. Roco Balestra. Patrici a Boedo. Carlos Hourbeigt.#F5145275F#

    #I5147475I#

    COMISIN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

    Resolucin General 10/2016

    Fechas de Vencimiento. Modificacin.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO:

    Las facultades conferidas a esta Comisin Arbitral para dictar normas de procedimiento, re-caudacin, control, vencimientos y atribucin de fondos referidas al Rgimen de Recaudacin yControl sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos apli-cable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.

    CONSIDERANDO:

    Que por Resolucin General (CA) N 7/2015 se establecieron las fechas de vencimiento para lpresentacin y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras para el ao 2016

    Que en la misma se fij como vencimiento el da viernes 17/06/2016 para el pago de la primedecena del perodo junio/2016, declarado recientemente como feriado nacional en conmemoracin de la muerte del General Martn Miguel de Gemes;

    Por ello,

    LA COMISION ARBITRALCONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77RESUELVE:

    ARTCULO 1 Modificar el vencimiento para el pago de la primer decena del perodo junio d

    2016, referida al Rgimen de Recaudacin y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB)el cual operar el da 21/06/2016.

    ARTCULO 2 Publquese por un (1) da en el Bole tn Oficia l de la Nac in, notif quese a lajurisdiccione s adheridas y archvese. Rober to J. Arias. Mario A. Salinardi.

    #F5147475F

    Resoluciones Conjuntas

    #I5147768I#SECRETARA DE HACIENDAY SECRETARA DE FINANZAS

    DEUDA PBLICA

    Resolucin Conjunta 102/2016 y 25/2016

    Dispnese la emisin de Letra del Tesoro en Dlares Estadounidenses.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N S01:0248010/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, la Ley de Administracin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector PblicoNacional N 24.156 y sus modificaciones, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, y la Resolucin Conjunta N 31 de la SECRETARA DE HACIENDA y N 10 de la SECRETARA DE FINANZAS dfecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS, y

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley de Administracin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Pblico Nacional N 24.156 y sus modificaciones regul en su Ttulo III el Sistema de Crdito Pblico, establecindose en el Artculo 60 que las entidades de la Administracin Nacional no podrn formalizaninguna operacin de crdito pblico que no est contemplada en la ley de presupuesto generadel ao respectivo o en una ley especfica.

    Que la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para el Ejercici2016 en su Artculo 34 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artculo citado en econsiderando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa del mismo, a realizaoperaciones de crdito pblico por los montos, especificaciones y destino del financiamientindicados en la referida planilla, y autoriza al rgano Responsable de la Coordinacin de loSistemas de Administracin Financiera del Sector Pblico Nacional a realizar las operaciones dcrdito pblico correspondientes a la Administracin Central.

    Que por el Artculo 6 del Anexo del Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de rgano Responsable de la Coordinacin de los Sistemas que integranla Administracin Financiera del Sector Pblico Nacional, sern ejercidas conjuntamente por lSECRETARA DE HACIENDA y la SECRETARA DE FINANZAS, ambas pertenecientes al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS.

    Que en el marco de una estrategia financiera integral, se considera conveniente proceder a laemisin de UN (1) nuevo instrumento de deuda pblica en Dlares Estadounidenses a DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (244) das de plazo.

    Que por el Artculo 2 de la Resolucin Conjunta N 31 de la SECRETARA DE HACIENDA y N 1de la SECRETARA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DECONOMA Y FINANZAS PBLICAS, se aprob un texto ordenado de las normas de procedimientopara la colocacin y liquidacin de los ttulos de la deuda pblica a realizarse en el mercado local.

    Que la Oficina Nacional de Crdito Pblico dependiente de la SUBSECRETARA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPBLICAS ha informado que esta operacin se encuentra dentro de los lmites establecidos enla Planilla Anexa al Artculo 34 de la Ley N 27.198.

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPBLICAS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artculo 34 de laLey N 27.198 y por el Artculo 6 del Anexo del Decreto N 1.344/07.

    Por ello,

    EL SECRETARIO DE HACIENDAYEL SECRETARIO DE FINANZASRESUELVEN:

    ARTCULO 1 Dispnese la emisin de la LETRA DEL TESORO EN DLARES ESTADOUNDENSES CON VENCIMIENTO 20 DE FEBRERO DE 2017, cuya ley aplicable es la de la REPBLICA

    ARGENTINA, por un monto de hasta VALOR NOMINAL ORIGINAL DLARES ESTADOUNIDENSETRESCIENTOS MILLONES (V.N.O. US$ 300.000.000), con las siguientes condiciones financieras:

    Fecha de emisin: 21 de junio de 2016.

    Fecha de vencimiento: 20 de febrero de 2017.

    Plazo: DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (244) das.

    Moneda de emisin y pago: Dlares estadounidenses.

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    8/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 8

    Moneda de suscripcin: Dlares estadounidenses o Pesos al tipo de cambio de referencia de laComunicacin A 3500 correspondiente al da hbil anterior al de la apertura de las ofertas dela licitacin.

    Amortizacin: ntegra al vencimiento.

    Inters: Cupn cero (a descuento).

    Denominacin mnima: ser de VALOR NOMINAL ORIGINAL DLARES ESTADOUNIDENSESUNO (V.N.O. US$ 1).

    Colocacin: se llevar a cabo, en uno o varios tramos, segn lo determine la SECRETARA DEFINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, conforme las normas deprocedimiento aprobadas por el Artculo 2 de la Resolucin Conjunta N 31 de la SECRETARADE HACIENDA y N 10 de la SECRETARA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambasdel ex MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS PBLICAS.

    Negociacin: sern negociables y se solicitar su cotizacin en el MERCADO ABIERTO ELEC-TRNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del pas.

    Titularidad: se emitirn Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidacinde Pasivos Pblicos y Fideicomisos Financieros del BANCO CENTRAL DE LA REPBLICA AR-GENTINA (CRYL), en su carcter de Agente de Registro de los Bonos.

    Exenciones impositivas: gozarn de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes yreglamentaciones vigentes en la materia.

    Atencin de los servicios financieros: los pagos se cursarn a travs del BANCO CENTRAL DELA REPBLICA ARGENTINA mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas deefectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha Institucin.

    ARTCULO 2 Autorzase al Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o alDirector Nacional de la Oficina Nacional de Crdito Pblico o al Director de Administracin de laDeuda Pblica o al Director de Financiacin Externa o al Coordinador de la Unidad de Registrode la Deuda Pblica, a suscribir en forma indistinta la documentacin necesaria para la imple-mentacin de la operacin dispuesta por el Artculo 1 de la presente medida.

    ARTCULO 3 Comunquese, publquese, entrguese a la Direccin Nacional del RegistroOficial y archvese. Gustavo A. Marconato. Luis A. Caputo.

    #F5147768F#

    Disposiciones

    #I5147766I#TESORERA GENERAL DE LA NACIN

    DEUDA PBLICA

    Disposicin 15/2016

    Amplase la emisin de Letras del Tesoro en Dlares Estadounidenses.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO la Ley de Administracin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Pblico Na-cional N 24.156 y sus modificaciones, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Adminis-tracin Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y susmodificaciones, la Disposicin N 14 de fecha 31 de mayo de 2016 de la TESORERA GENERALDE LA NACIN dependiente de la SUBSECRETARA DE PRESUPUESTO de la SECRETARA DEHACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, y

    CONSIDERANDO:

    Que el Artculo 82 de la Ley de Administrac in Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPblico Nacional N 24.156 faculta a la TESORERA GENERAL DE LA NACIN dependiente dela SUBSECRETARA DE PRESUPUESTO de la SECRETARA DE HACIENDA del MINISTERIO DEHACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras delTesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Leyde Presupuesto General de la Administracin Nacional.

    Que el Artculo 82 del Anexo al Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautasque debern observarse para la emisin y colocacin de las Letras del Tesoro.

    Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio se considera conveniente proce-der a la ampliacin y llamado a Licitacin Pblica de las Letras del Tesoro con vencimiento 5 deDiciembre de 2016, originalmente emitidas por el Artculo 2 de la Disposicin N 14 de fecha 31de mayo de 2016 de la TESORERA GENERAL DE LA NACIN.

    Que la emisin que se dispone est contenida dentro del lmite que al respecto establece elArtculo 36 de la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para e lEjercicio 2016.

    Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisin y colocacin de lasprecitadas Letras.

    Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisin y colocacin de estos ins-trumentos, como as tambin los intereses que devenguen debern ser imputados a los crditosprevistos en la Jurisdiccin 90 SERVICIO DE LA DEUDA PBLICA.

    Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el Artculo 82 de la LeyN 24.156, su reglamentacin y sus respectivas modificaciones.

    Por ello,

    EL TESORERO GENERALDE LA NACINDISPONE:

    ARTCULO 1 Amplase la emisin de las Letras del Tesoro en dlares estadounidenses convencimiento 5 de Diciembre de 2016, originalmente emitidas por el Artculo 2 de la DisposicinN 14 de fecha 31 de mayo de 2016 de la TESORERA GENERAL DE LA NACIN, dependien te dela SUBSECRETARA DE PRESUPUESTO de la SECRETARA DE HACIENDA del MINISTERIO DEHACIENDA Y FINANZAS PBLICAS. El monto de la ampliacin ser por un impor te de DLARES

    ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL TRESCIENTOS MILLONES (U$S VN 300.000.000), laque tendrn las mismas condiciones financieras previstas en el Artculo 3 de la citada disposcin, a excepcin de:

    MONEDA DE SUSCRIPCIN: Para el caso que la moneda de suscripcin sea pesos, se utilizarel tipo de cambio de referencia de la Comunicacin A 3500 BCRA correspondiente al da 15de Junio de 2016.

    PRECIO DE SUSCRIPCIN C/VN U$S 1.000: DLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOSOCHENTA Y TRES CON 33/100 (U$S 983,33).

    ARTCULO 2 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial archvese. Jorge H. Domper.

    #F5147766F

    #I5147767I#TESORERA GENERAL DE LA NACIN

    DEUDA PBLICA

    Disposicin 16/2016

    Dispnese la emisin de Letras del Tesoro en Dlares Estadounidenses.

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO la Ley de Administracin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector PblicoNacional N 24.156 y sus modificaciones, la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 ysus modificaciones, y

    CONSIDERANDO:

    Que el Artculo 82 de la Ley de Administrac in Financiera y de los Sistemas de Control del SectoPblico Nacional N 24.156 faculta a la TESORERA GENERAL DE LA NACIN dependiente dela SUBSECRETARA DE PRESUPUESTO de la SECRETARA DE HACIENDA del MINISTERIO D

    HACIENDA Y FINANZAS PBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras deTesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Leyde Presupuesto General de la Administracin Nacional.

    Que el Artculo 82 del Anexo al Decreto N 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautaque debern observarse para la emisin y colocacin de las Letras del Tesoro.

    Que la emisin que se dispone est contenida dentro del lmite que al respecto establece eArtculo 36 de la Ley N 27.198 de Presupuesto General de la Administracin Nacional para eEjercicio 2016.

    Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisin y colocacin de lasprecitadas Letras.

    Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisin y colocacin de estos instrumentos, como as tambin los intereses que devenguen debern ser imputados a los crditoprevistos en la Jurisdiccin 90 SERVICIO DE LA DEUDA PBLICA.

    Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el Artculo 82 de la LeN 24.156, su reglamentacin y sus respectivas modificaciones.

    Por ello,

    EL TESORERO GENERALDE LA NACINDISPONE:

    ARTCULO 1 Dispnese la emisin de Letras del Tesoro en dlares estadounidenses covencimiento 19 de Septiembre de 2016, por un importe de DLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL CUATROCIENTOS MILLONES (U$S VN 400.000.000) de acuerdo a las siguientes condiciones financieras:

    FECHA DE EMISIN: 21 de Junio de 2016.

    PLAZO: NOVENTA (90) das.

    MONEDA DE EMISIN Y PAGO: Dlares Estadounidenses.

    MONEDA DE SUSCRIPCIN: La suscripcin podr realizarse en Dlares Estadounidenses Pesos al tipo de cambio de referencia de la Comunicacin A 3500 BCRA correspondiente ada 15 de Junio de 2016.

    INTERS: Cupn cero (a descuento).

    AMORTIZACIN: ntegramente a su vencimiento.

    DENOMINACIN MNIMA: Ser de VALOR NOMINAL ORIGINAL DLARES ESTADOUNIDENSES UNO (V.N.O. U$S 1).

    FORMA DE COLOCACIN: La citada Letra del Tesoro se colocar por licitacin pblica.

    MODALIDAD: Por adhesin.

    PRECIO DE SUSCRIPCIN C/VN U$S 1.000: DLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOSNOVENTA Y UNO CON 57/100 (U$S 991,57).

    NEGOCIACIN: Sern negociables en el Mercado Abierto Electrnico (MAE) y en Bolsas y Mercados de Valores del pas.

    COMISIONES: No se pagarn comisiones.

    EXENCIONES IMPOSITIVAS: Gozarn de todas las exenciones impositivas dispuestas por laleyes y reglamentaciones en la materia.

    LEY APLICABLE: Ley de la Repblica Argentina.

    TITULARIDAD: Se emitir un certificado global a nombre de la CENTRAL DE REGISTRO Y LIQUIDACIN DE PASIVOS PBLICOS Y FIDEICOMISOS FINANCIEROS del BANCO CENTRADE LA REPBLICA ARGENTINA.

    ATENCIN DE SERVICIOS FINANCIEROS: El pago se cursar a travs del BANCO CENTRAL DLA REPBLICA ARGENTINA mediante la transferencia de fondos en la cuenta de efectivo quposea el titular de registro en dicha institucin.

    ARTCULO 2 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional de l Registro Oficial archvese. Jorge H. Domper.

    #F5147767F

  • 7/26/2019 Boletn Oficial de la Repblica Argentina, Nmero 33.400. 15 de junio de 2016

    9/44

    Mircoles 15 de junio de 2016 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 33.400 9

    Avisos Oficiales

    NUEVOS

    #I5147827I#MINISTERIO DE ENERGA Y MINERA

    SECRETARA DE ENERGA ELCTRICAResolucin 155/2016

    Bs. As., 14/06/2016

    VISTO el Expediente N S01:0060404/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGA Y MINERA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el Decreto N 134 de fecha 16 de diciembre de 2015 se declar la Emergencia del SectorElctrico Nacional hasta el 31 de diciembre de 2017 y se instruy al MINISTERIO DE ENERGA YMINERA para que elabore un programa de acciones necesarias en relacin a los segmentos degeneracin, transporte y distribucin de energa elctrica de jurisdiccin nacional, lo ponga envigencia y lo implemente, con el fin de adecuar la calidad y seguridad del suministro elctrico,garantizando la prestacin de los servicios pblicos de electricidad en condiciones tcnicas yeconmicamente adecuadas.

    Que en dicho contexto, el MINISTERIO DE ENERGA Y MINERA dict la Resolucin N 6 defecha 25 de enero de 2016, delegando en la SECRETARA DE ENERGA ELCTRICA del MINIS-TERIO DE ENERGA Y MINERA las facultades asignadas a la ex SECRETARA DE ENERGA porlos Artculos 35, 36 y 37 de la Ley N 24.065.

    Que en virtud de lo informado por el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), me-

    diante Nota B-105207-1 de fecha 10 de febrero de 2016 de la COMPAA ADMINISTRADORADEL MERCADO MAYORISTA ELCTRICO SOCIEDAD ANNIMA (CAMMESA), respecto de lageneracin adicional a incorporar para satisfacer requerimientos de la demanda en los PerodosEstacionales (i) Verano 2016/2017, (ii) Invierno 2017, o (iii) Verano 2017/2018, esta SECRETARADE ENERGA ELCTRICA dict la Resolucin N 21 de fecha 22 de marzo de 2016, convocandoa interesados en ofertar nueva capacidad de generacin trmica y de produccin de energaelctrica asociada, con compromiso de estar disponible en el MERCADO ELCTRICO MAYO-RISTA (MEM) en los referidos Perodos Estacionales.

    Que en dicho proceso y con sujecin a los Trminos de Referencia aprobados por esta Secreta-ra mediante Nota SEE N 161/2016 y publicados por el OED, se recibieron ofertas por un total deSEIS MIL SEISCIENTOS ONCE (6.611) MW de capacidad adicional de generacin con un preciopromedio de 25.000 U$S/MW-mes.

    Que de entre tales ofertas se consideraron admisibles por esta Secretara aquellas que cumplie-ron con las condiciones establecidas en la sealada Resolucin SEE N 21/2016 y los aludidosTrminos de Referencia.

    Que el OED, conforme la metodologa aprobada por Notas SEE N 187 de fecha 19 de abril de2016 y N 201 de fecha 25 de abril de 2016 que fueran oportunamente publicadas por dichoOrganismo, con los modelos de despacho vigentes en el MEM, que fueron dados a conocer atodos los oferentes, efectu las simulaciones de las que result un orden de mrito de las ofertasadmitidas, ponderando adecuadamente la reduccin de riesgos en el sistema con el incrementode la eficiencia operativa segn lo indicado mediante Nota SEE N 311, de fecha 10 de junio de

    2016, tambin publicada por el OED.Que mediante Nota CAMMESA B- Nota B-108285-1 de fecha 13 de junio de 2016, el OrganismoEncargado del Despacho (OED) elev a esta Secretara el aludido orden de mrito diferenciandolos volmenes a contratar entre 2000 MW, 2500 MW y 3000 MW.

    Que conforme los resultados obtenidos en el anlisis efectuado y la identificacin de las ofertasde mejor relacin beneficio/costo para los tres niveles de potencia requeridos por Nota SEE311/2016, se considera oportuno y conveniente autorizar a la Compaa Administradora del Mer-cado Elctrico Mayorista Sociedad Annima (CAMMESA) a iniciar las tratativas tendientes aconcretar la suscripcin del Contrato de Demanda Mayorista (CdD), con cada una las empresascuya oferta haya resultado incluida en el listado correspondiente al CASO 1, contenido en el

    Anexo de su nota B-108825-1 (1915 MW en total).

    Que analizados los tres casos se entendi el aludido CASO 1 como el adecuado para avanzar enla contratacin de potencia adicional disponible, con eficiencia adecuada a los requerimientosde urgencia.

    Que la Direccin Nacional de Prospectiva de la SUBSECRETARA DE ENERGA TRMICA,TRANSPORTE Y DISTRIBUCIN DE ENERGA ELCTRICA de la SECRETARA DE ENERGAELCTRICA del MINISTERIO DE ENERGA Y MINERA ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS, dependiente de la SUBSECRETARADE COORDINACIN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGA Y MINERA, ha tomado la

    intervencin que le compete.Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artculos35 y 36 de la Ley N 24.065, el Artculo 84 de su Decreto Reglamentario N 1.398 de fecha 11de agosto de 1992, el Artculo 23 nonies de la Ley de Ministerios (texto ordenado por DecretoN 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones y el Artculo 11 de la Resolucin N 6de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGA Y MI