boletín oficial de la república argentina, número 33.396. 09 de junio de 2016

48
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DR. PABLO CLUSELLAS Secretario DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL LIC. RICARDO SARINELLI Director Nacional www.boletinocial.gob.ar e-mail: dnro@boletinocial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 6,00 Sumario Buenos Aires,  jueves 9 de junio de 2016 Año CXXIV Número 33.396 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Decisión Administrativa 586/2016 Dase por des ignada Directora Nacional de Info rmación y Evaluación de la Calidad E ducativa. ..... 1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Decisión Administrativa 584/2016 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2016.............................................................................................. 2 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Decisión Administrativa 591/2016 Prorrógase designación de la Directora Nacional de Cooperación Internacional........................... 2 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Decisión Administrativa 589/2016 Prorrógase designación en la Dirección de Gestión Informática. .................................................. 3 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Decisión Administrativa 590/2016 Prorrógase designación del Director Nacional de la Ocina Nacional de C rédito P úblico. ............. 3 MINISTERIO DE SALUD Decisión Administrativa 592/2016 Prorrógase designación en el In stituto Nacional de Producción de Biológicos.............................. 3 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y V IVIENDA Decisión Administrativa 587/2016 Designación en la Secretaría de Vivienda y Hábitat. .............................................................. ....... 4 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y V IVIENDA Decisión Administrativa 585/2016 Desígnase Directora del Observatorio Político Electoral. ........................................................ ...... 4 PRESUPUESTO Decisión Administrativa 588/2016 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejerci- cio 2016. ............................................................ .................................................................. ...... 4 RESOLUCIONES Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria ALERTA SANITARIO Resolución 302/2016 Declárase estado de Alerta Sanitario en todo el territorio nacional............................................... 5 Secretaría de Empleo EMPLEO Resolución 688/2016 Resolución N° 764/2011. Modicación. ........................................................ .............................. 5 MINISTERIO DE SALUD Resolución 732/2016 Programa Nacional de Alimentación Saludable y Pre vención de la Obesidad. Creación. ............... 6 Ministerio de Transporte ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución 133/2016 Tran sérase personal civil. ................................................................. ......................................... 8 Primera Sección Continúa en página 2 Pág. #I5143836I# MINISTERIO DE EDUCACIÓN  Y DEPORTES Decisión Administrativa 586/2016 Dase por designada Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa. Bs. As., 08/06/2016 VISTO el Expediente N° 2.876/16 del Regis- tro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016 y lo solici- tado por la citada Cartera Ministerial, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes existentes a la fecha de la san- ción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterio- ridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 227/16 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y rein- corporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centra- lizada y descentralizada, en cargos de ran- go y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y nanciados con la corres- pondiente partida presupuestaria de con- formidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que en la órbita de l MINISTERIO DE EDUCA- CIÓN Y DEPORTES se encuentra vacante el cargo Nivel A con Función Ejecutiva I de Di- rector Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA que en virtud de los objetivos, tareas asigna- das y naturaleza de las funciones, hace ne- cesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.198. Que el cargo mencionado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la persona propuesta para c ubrir el car- go aludido ha cumplimentado los requisitos establecidos en la reglamentación vigente. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU- CACIÓN Y DEPORTES ha tomado la inter- vención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NA- CIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del De- creto N° 227/16. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:  Artículo 1°  — Dáse por designada con carácter transitorio, a partir del 9 de marzo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medi- da, en el cargo de Directora Nacional de Informa- ción y Evaluación de la Calidad Educativa (Nivel  A Grado 0 con Función Ejecutiva I) dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES a la Licenciada Ana Beatriz COPES (DNI. N° 22.702.152), con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.  Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res- pectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del mencionado Sistema, homologado por el De- creto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.  Art.  — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas especí- cas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MI- NISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.  Art.  — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich. #F5143836F# DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Upload: wwwoficialco

Post on 05-Jul-2018

224 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 1/48

PRESIDENCIADE LA NACIÓN

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICADR. PABLO CLUSELLASSecretario

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIALLIC. RICARDO SARINELLIDirector Nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

Registro Nacional de la Propiedad IntelectualNº 5.218.874

DOMICILIO LEGALSuipacha 767-C1008AAOCiudad Autónoma de Buenos AiresTel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 6,00

Sumario

Buenos Aires,

 jueves 9

de junio de 2016

Año CXXIVNúmero 33.396

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESDecisión Administrativa 586/2016Dase por designada Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa. ..... 1

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESDecisión Administrativa 584/2016Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional —RecursosHumanos— para el Ejercicio 2016.............................................................................................. 2

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESDecisión Administrativa 591/2016Prorrógase designación de la Directora Nacional de Cooperación Internacional. .......................... 2

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTESDecisión Administrativa 589/2016Prorrógase designación en la Dirección de Gestión Informática. .................................................. 3

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICASDecisión Administrativa 590/2016Prorrógase designación del Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público. ............. 3

MINISTERIO DE SALUDDecisión Administrativa 592/2016Prorrógase designación en el Instituto Nacional de Producción de Biológicos. ............................. 3

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y V IVIENDADecisión Administrativa 587/2016Designación en la Secretaría de Vivienda y Hábitat. .............................................................. ....... 4

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y V IVIENDADecisión Administrativa 585/2016Desígnase Directora del Observatorio Político Electoral. ........................................................ ...... 4

PRESUPUESTODecisión Administrativa 588/2016Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejerci-cio 2016. ............................................................ .................................................................. ...... 4

RESOLUCIONES

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad AgroalimentariaALERTA SANITARIOResolución 302/2016Declárase estado de Alerta Sanitario en todo el territorio nacional. .............................................. 5

Secretaría de EmpleoEMPLEOResolución 688/2016Resolución N° 764/2011. Modificación. ........................................................ .............................. 5

MINISTERIO DE SALUDResolución 732/2016Programa Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad. Creación. ............... 6

Ministerio de TransporteADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVILResolución 133/2016Transfiérase personal civil. ................................................................. ......................................... 8

Primera Sección

Continúa en página 2

Pág.

#I5143836I#

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 586/2016

Dase por designada Directora Nacionalde Información y Evaluación de la CalidadEducativa.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 2.876/16 del Regis-tro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN YDEPORTES, la Ley N° 27.198, el DecretoN° 227 del 20 de enero de 2016 y lo solici-tado por la citada Cartera Ministerial, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198se dispuso el congelamiento de los cargosvacantes existentes a la fecha de la san-ción de la misma, en las Jurisdicciones yEntidades de la Administración Nacional yde los que queden vacantes con posterio-ridad, salvo decisión fundada del Jefe deGabinete de Ministros.

Que mediante el artículo 1° del DecretoN° 227/16 se dispuso que toda designación,asignación de funciones, promoción y rein-corporación de personal, en el ámbito dela Administración Pública Nacional, centra-lizada y descentralizada, en cargos de ran-go y jerarquía inferior a Subsecretario, quecorresponda a cargos de la dotación de suplanta permanente y transitoria y cargosextraescalafonarios, correspondiente a loscargos vacantes y financiados con la corres-pondiente partida presupuestaria de con-formidad a las estructuras jurisdiccionalesaprobadas será efectuada por el señor Jefede Gabinete de Ministros, a propuesta de laJurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en la órbita del MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN Y DEPORTES se encuentra vacante elcargo Nivel A con Función Ejecutiva I de Di-rector Nacional de Información y Evaluaciónde la Calidad Educativa de la SECRETARÍA

DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVAque en virtud de los objetivos, tareas asigna-das y naturaleza de las funciones, hace ne-

cesario proceder a su cobertura transitoriexceptuándolo a tal efecto de lo estableciden el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Que el cargo mencionado no constituyasignación de recurso extraordinario algun

Que la persona propuesta para cubrir el cago aludido ha cumplimentado los requisitoestablecidos en la reglamentación vigente

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intevención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso dlas facultades conferidas por los artículo100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del Dcreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Dáse por designada con carácttransitorio, a partir del 9 de marzo de 2016 y por término de CIENTO OCHENTA (180) días hábilcontados a partir del dictado de la presente medda, en el cargo de Directora Nacional de Informción y Evaluación de la Calidad Educativa (Niv

 A Grado 0 con Función Ejecutiva I) dependiende la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAEDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DEPORTES a la Licenciada Ana Beatriz COPE(DNI. N° 22.702.152), con carácter de excepciónlo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.19

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá scubierto conforme los requisitos y sistemas dselección vigentes según lo establecido, repectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IVVIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEPÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenColectivo de Trabajo Sectorial del Personal dmencionado Sistema, homologado por el Dcreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTOCHENTA (180) días hábiles contados a pardel dictado de la presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativserá atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MNISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése

la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFCIAL y archívese. — Marcos Peña. — EstebaJ. Bullrich.

#F5143836F

DECISIONES

ADMINISTRATIVAS

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 2/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 2

Pág.Secretaría GeneralCONTRATOResolución 128/2016 Aprobación. ................................................................. ............................................................... 9

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ............................................................ ................................................................. ......... 10

 Anteriores ........................................................ ................................................................. ......... 38

ASOCIACIONES SINDICALES

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALResolución 317/2016 Apruébase texto de estatuto social. .............................................................. ............................... 39

  CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 39

#I5143834I#MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 584/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional—Recursos Humanos— para el Ejercicio 2016.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 2.013/2016 del registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, elPresupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado porla Ley N° 27.198 y distribuido por la Dec isión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de2016, los Decretos Nros. 13 del 10 de diciembre de 2015, 57 de fecha 8 de enero de 2016y 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13/15 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios N° 22.520creándose el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que por el Decreto N° 57 del 8 de enero de 2016 se sustituyó, del Anexo I al artículo 1°del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementa-rios —Organigrama de aplicación de la Administración Publica Nacional centralizada— elapartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que se impone dotar a ese Ministerio de diversas instancias de coordinación que ase-guren el eficiente desarrollo de distintas acciones y que hagan al funcionamiento de lasactividades centrales de dicha Cartera de Estado.

Que en ese sentido, resulta necesario crear con dependencia directa de la SUBSECRETA-RÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordi-nador de Secretaría Privada, que asista en forma directa a la mencionada Subsecretaría.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones yEntidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad,salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que resulta necesario necesario proceder a la cobertura del cargo que se crea por lapresente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRE-TARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DE-PORTES, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍADE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervenciónque le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artícu-los 100, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6° de la Ley N° 27.198 y 1° delDecreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Na-cional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DEEDUCACIÓN Y DEPORTES para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planilla

 Anexa al presente ar tículo, la que forma par te integrante del mismo.

 Art. 2° — Créase, con dependencia directa de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el cargo extraescalafonario dCoordinador de Secretaría Privada, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, FuncióEjecutiva Nivel I de l SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convnio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 200y sus modificatorios, el que tendrá como competencia la asistencia directa a la citada Subsecrtaría en el desarrollo de sus actividades.

 Art. 3° — Desígnase en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Secretaría Privada dla SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEPORTES, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de TrabaSectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, aTécnico Christian Hernán LANUSSE (D.N.I. N° 20.910.840).

 Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será Imputado cocargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DEDUCACIÓN Y DEPORTES.

 Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFCIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.

Planilla Anexa al Artículo 1°

PRESUPUESTO 2016

#F5143834

#I5143863I#

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 591/2016

Prorrógase designación de la DirectoraNacional de Cooperación Internacional.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 16.981/14 del Regis-tro del entonces MINISTERIO DE EDU-CACIÓN, los Decretos Nros. 1.630 del 12de octubre de 2011, 573 del 23 de abril de2012, 151 de 4 de febrero de 2013, 309 del13 de marzo de 2014, 1.535 del 8 de sep-tiembre de 2014 y 637 del 16 de abril de2015 y lo solicitado por el MINISTERIO DEEDUCACIÓN Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 227 del 20 de enero de2016 estableció que toda designación depersonal en el ámbito de la Administración

Pública Nacional, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente yno permanente, será efectuada por el Jefede Gabinete de Ministros a propuesta de laJurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 1.630 del 12 de oc-tubre de 2011 se cubrió en el entonces MI-NISTERIO DE EDUCACIÓN el cargo de Di-rector Nacional de Cooperación Internacio-nal dependiente de la UNIDAD MINISTRO.

Que en el artículo 2° del citado decreto seestableció que el cargo involucrado debíaser cubierto mediante los sistemas de se-lección previstos y requisitos según lo es-tablecido, respectivamente, en el artículo120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIIIdel SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP), aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologadopor el Decreto N° 2.098/08, dentro del pla-

zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábilecontados a partir del 1° de junio de 2011.

Que por el Decreto N° 573 del 23 de abde 2012 se prorrogó por CIENTO OCHEN

TA (180) días hábiles el plazo mencionadprecedentemente y por los Decretos Nro151 del 4 de febrero de 2013, 309 del 13 dmarzo de 2014, 1.535 del 8 de septiembde 2014 y 637 del 16 de abril de 2015 shizo lo propio por otros CIENTO OCHENT(180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargen el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensabprorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES el término fijado en artículo 1° del Decreto N° 637/15.

Que el cargo citado no constituye asignción de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU

CACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intevención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso dlas facultades conferidas por los artículo100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Prorrógase a partir del 22 doctubre de 2015 fecha de su vencimiento y hata el 31 de enero de 2016, la designación trasitoria efectuada en los términos del DecreN° 1.630/11, prorrogada por sus similares Nro573/12, 151/13, 309/14, 1.535/14 y 637/15, de Licenciada Juliana María Mercedes BURTO(DNI N° 10.961.078), en el cargo de Directo

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 3/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 3

Nacional de Cooperación Internacional (Nivel AGrado 0 con Función Ejecutiva II) dependientede la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DEEDUCACIÓN Y DEPORTES, autorizándose elcorrespondiente pago de la Función Ejecutiva IIy con autorización excepcional por no reunir losrequisitos mínimos establecidos en el artículo14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial homologado por elDecreto N° 2.098/08.

 Art. 2°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido

con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTE-RIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — EstebanJ. Bullrich.

#F5143863F#

#I5143861I#

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 589/2016

Prorrógase designación en la Direcciónde Gestión Informática.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 8.270/14 del Registrodel entonces MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN, los Decretos Nros. 2.231 del 19 denoviembre de 2012, 1.215 del 23 de agostode 2013, 807 del 29 de mayo de 2014, 39del 12 de enero de 2015, 2.191 del 19 deoctubre de 2015 y 227 del 20 de enero de2016 y lo solicitado, por el MINISTERIO DEEDUCACIÓN Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 227 del 20 de enero de2016 estableció, entre otras cuestiones,que toda designación de personal en elámbito de la Administración Pública Nacio-nal, centralizada y descentralizada, en car-gos de planta permanente y no permanen-te será efectuada por el Jefe de Gabinetede Ministros a propuesta de la Jurisdicción

correspondiente.Que por el Decreto N° 2.231 del 19 de no-viembre de 2012 se cubrió en el entoncesMINISTERIO DE EDUCACIÓN el cargo deCoordinador de Informática y Telecomu-nicaciones dependiente de la DIRECCIÓNDE GESTIÓN INFORMÁTICA de la SUBSE-CRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA.

Que en el artículo 2° del referido decretose estableció que el cargo involucradodebía ser cubierto conforme los requi-sitos y sistemas de selección vigentessegún lo establecido, respectivamente,en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, yIV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial delPersonal del aludido Sistema homologa-do por el Decreto N° 2.098/08, dentro delplazo de CIENTO OCHENTA (180) díashábiles contados a par tir del 1° de agostode 2012.

Que por el Decreto N° 1.215 del 23 deagosto de 2013 se prorrogó por CIENTOOCHENTA (180) días hábiles el plazo men-cionado precedentemente y por sus simi-lares Nros. 807 del 29 de mayo de 2014,39 del 12 de enero de 2015 y 2.191 del 19de octubre de 2015 se hizo lo propio porotros CIENTO OCHENTA (180) días hábilesen cada caso.

Que por razones operativas no ha sido po-sible cumplimentar la cobertura del cargoen el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensableprorrogar en el MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN Y DEPORTES el término fijado en elartículo 1° del Decreto N° 2.191/15.

Que el cargo mencionado no constituyeasignación de recurso extraordinario algu-no.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN Y DEPORTES ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por los artículos100. inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL y 1° del Decreto N° 227 del 20 deenero de 2016.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Prorrógase a partir del 11 deabril de 2016, fecha de su vencimiento y por elplazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábilescontados a partir del dictado de la presentemedida, la designación transitoria efectuadapor el Decreto N° 2.231/12 y prorrogada porsus similares Nros. 1.215/13, 807/14, 39/15 y2.191/15, del señor Martí n Diego R AMOS (D.N.I.N° 16.891.586), en el cargo de Coordinador deInformática y Telecomunicaciones —Nivel BGrado 0 con Función Ejecutiva IV— dependien-te de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁ-TICA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEEDUCACIÓN Y DEPORTES, autorizándose el

correspondiente pago de la Función EjecutivaIV y con autorización excepcional por no reunirlos requisitos mínimos establecidos en el ar-tículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologado porel Decreto N° 2.098/08.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá sercubierto conforme los requisitos y sistemas deselección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV yVIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial del Personal delaludido Sistema, homologado por el Decre-to N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTOOCHENTA (180) días hábiles contados a partirdel dictado de la presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente decisión administrativaserá atendido con cargo a las partidas especí-ficas del presupuesto vigente de la Jurisdicción70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPOR-TES.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — EstebanJ. Bullrich.

#F5143861F#

#I5143862I#

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decisión Administrativa 590/2016

Prorrógase designación del Director Na-cional de la Oficina Nacional de CréditoPúblico.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0133274/2015 delRegistro del ex-MINISTERIO DE ECONO-MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.074 de fecha 10de junio de 2015, se designó con carác-ter transitorio al Licenciado en Econo-mía Don Claudio Eduardo DAL DIN (M.I.N° 16.111.507), en el cargo de Director Na-cional de la OFICINA NACIONAL DE CRÉ-DITO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DEFINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DEFINANZAS del ex-MINISTERIO DE ECO-NOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actualMINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZASPÚBLICAS.

Que encontrándose cumplido el plazo deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles y nohabiéndose efectuado la correspondienteconvocatoria, conforme el proceso de se-lección previsto en el SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), apro-bado por el Convenio Colectivo de Traba-

 jo Sectorial, homologado por el DecretoN° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008,razones operativas hacen necesario pro-rrogar dicha designación transitoria.

Que el citado profesional se encuentra, ac-tualmente, desempeñando el cargo referi-do en el primer considerando.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE HACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtudde las facultades conferidas por el Artículo100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y el Artículo 1° del Decreto N° 227 defecha 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1°  — Prorrógase la designacióntransitoria, del Licenciado en Economía DonClaudio Eduardo DAL DIN (M.I. N° 16.111.507)que fuera dispuesta por el Decreto N° 1.074/15,a partir del 28 de agosto de 2015 y por el tér-mino de CIENTO OCHENTA (180) días hábilescontados a partir del dictado de la presentemedida, en el cargo de Director Nacional de laOFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO dela SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO dela SECRETARÍA DE FINANZAS del ex- MINIS-TERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICASactual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINAN-ZAS PÚBLICAS, Nivel A, Grado 0, autorizán-dose el correspondiente pago del Suplemen-to por Función Ejecutiva Nivel I, del SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),aprobado por el Convenio Colectivo de TrabajoSectorial, homologado por el Decreto N° 2.098de fecha 3 de diciembre de 2008 y con autori-zación excepcional por no reunir los requisitosmínimos establecidos en el Artículo 14 del Cita-do Convenio.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá sercubierto conforme los requisitos y sistemas de

selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IVy VIII; y IV del Convenio Colectivo de TrabajoSectorial del Personal del SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologadopor el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles contadosa partir del dictado de la presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente decisión administrativaserá atendida con cargo a las partidas espe-cíficas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DEHACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

 Art. 4°  — Comuníquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Marcos Peña. — Alfonso de PratGay.

#F5143862F#

#I5143864I#MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 592/2016

Prorrógase designación en el InstitutoNacional de Producción de Biológicos.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el expediente N° 1-2095-S01:0000838/2012 del registro de la ADMINIS-TRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOSE INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOSG. MALBRÁN” (ANLIS), organismo des-centralizado que funciona en la órbita dela SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULA-CIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DESALUD, los Decretos N° 1628 del 23 de di-ciembre de 1996, N° 1133 del 25 de agosto

de 2009, N° 227 del 20 de enero de 2016 N° 64 del 20 de enero de 2014, y:

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 64/14 se designó trasitoriamente por el término de CIENTOCHENTA (180) días hábiles contados partir del 20 de enero del 2014, en la Fución de Jefatura Profesional de Jefe dSERVICIO VACUNA ANTIRRÁBICA al LiOscar Ramón PEREZ (DNI N° 13.852.329con la Categoría AD, Grado 5 y en la Fución de Jefatura Profesional de Jefe dSERVICIO ACTIVIDADES AGROPECUARIAS al Ing. Pablo Hernán COLLAD(DNI N° 21.924.365), con la Categoría Aambos del Convenio Colectivo de Trab

 jo Sectorial homologado por el DecreN° 1133/09, en el INSTITUTO NACIONADE PRODUCCIÓN DE BIOLÓGICOS dla ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALU“DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLISorganismo descentralizado que funcionen la órbita de la SECRETARÍA DE POLTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS dMINISTERIO DE SALUD, autorizándose pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional de Nivel I del ConvenColectivo de Trabajo Sectorial del PersonProfesional de los Establecimientos Hosptalarios y Asistenciales e Institutos de Ivestigación y Producción dependientes dMINISTERIO DE SALUD, homologado pel Decreto N° 1133/09.

Que dichas designaciones transitorias prveían asimismo que los cargos involucrdos debían ser cubiertos conforme con lorequisitos, y sistemas de selección vigetes previstos respectivamente en el TítuIll, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título del Convenio Colectivo de Trabajo Sectrial del Personal Profesional de los Estblecimientos Hospitalarios y Asistencialee Institutos de Investigación y Producciódependientes del Ministerio de Salud hmologado por el Decreto N° 1133 de fech25 de Agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contadoa partir de la fecha indicada en el artícu1° del Decreto nombrado en el primer cosiderando.

Que el procedimiento de selección correpondiente no se ha instrumentado hasta presente y no resulta factible concretaren lo inmediato motivo por el cual, tenie

do en cuenta la naturaleza de los cargoinvolucrados y a efectos de contribuir normal cumplimiento de las acciones qutienen asignadas los servicios menciondos precedentemente, resulta oportuno conveniente disponer una prórroga de ladesignaciones transitorias de los funcionrios mencionados, en las mismas condicines establecidas en el acto de designaciómencionado.

Que los profesionales citados se encuetran actualmente desempeñando los cagos referidos y se encuentran acreditadalas Certificaciones de servicios correspodientes.

Que la presente medida no constituye asinación de recurso extraordinario algunhabiéndose acreditado la disponibilidapresupuestaria correspondiente, con cargal presupuesto del organismo proponente

Que el servicio de Asesoramiento JurídicPermanente del Organismo descentralizdo precedentemente citado y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOdel MINISTERIO DE SALUD han Tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso dlas atribuciones conferidas por el artícu100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° Decreto N° 227 d20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Art ículo 1°  — Prorróganse a partir del 1de octubre del 2014 y por el término de CIEN

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 4/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 4

TO OCHENTA (180) días hábiles contados apartir del dictado de la presente medida, lasdesignaciones transitorias dispuestas por elDecreto N° 64/14, en la Función de JefaturaProfesional de Jefe del SERVICIO. VACUNA

 ANTIRR ÁBICA al Lic. Oscar Ramón PEREZ(DNI N° 13.852.329), con la Categoría AD, Gra-do 5 y con carácter de excepción a los requi-sitos previstos en el artículo 22 del ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologadopor el Decreto N° 1133/09, en la Función deJefatura Profesional de Jefe del SERVICIO

 ACTIVIDADES AGROPECUARIAS al Ing. Pa-blo Hernán COLLADO (DNI N° 21.924.365),con la Categoría AD, ambos del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial homologado porel Decreto N° 1133/09, en el INSTITUTO NA-CIONAL DE PRODUCCIÓN DE BIOLÓGICOSde la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA-BORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismodescentralizado que funciona en la órbita dela SECRETARÍA DE POLÍTICAS; REGULA-CION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SA-LUD, autorizándose el pago del Suplementopor Función de Jefatura Profesional de NivelI del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorialdel Personal Profesional de los Establecimien-tos Hospitalarios y Asistenciales e Institutosde Investigación y Producción dependientesdel MINISTERIO DE SALUD, homologado porel Decreto N° 1133/09.

 Art. 2° — Las funciones involucradas debe-rán ser cubiertas conforme con los requisitos ysistemas de selección vigentes según lo esta-blecido en el Titulo III, Capítulo II, artículos 38 y39 y Título IV del Convenio Colectivo de TrabajoSectorial del Personal Profesional de los Es-tablecimientos Hospitalarios y Asistenciales eInstitutos de Investigación y Producción depen-dientes del Ministerio de Salud homologado porel Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de2009, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA(180) días hábiles contados a partir de la fechadel dictado de la presente medida.

 Art . 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINIS-TERIO DE SALUD, Organismo Descentraliza-do 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD“DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) de-pendiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS,REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTE-RIO DE SALUD.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

#F5143864F#

#I5143865I#

MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

Decisión Administrativa 587/2016

Designación en la Secretaría de Vivienda y Hábitat.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° S02:0033003/2016 del

registro del MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la LeyN° 27.198, los Decretos N° 2098 del 3 dediciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enerode 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto de la Administración Nacionalpara el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la mencionadaLey se estableció que las Jurisdiccionesy Entidades de la Administración PúblicaNacional no podrán cubrir los cargos va-cantes financiados existentes a la fechade su sanción, ni los que se produzcancon posterioridad a dicha fecha, salvodecisión fundada del JEFE DE GABINETEDE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 227/16 se facultóal JEFE DE GABINETE DE MINISTROSa efectuar, entre otras, toda designaciónde personal en el ámbito de la Adminis-tración Pública Nacional, centralizada ydescentralizada, en cargos de la dotaciónde planta permanente y transitoria, que seencuentren vacantes y financiados con lacorrespondiente partida presupuestaria, apropuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que el MINISTERIO. DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA so-

licita la designación transitoria de laSra. Da. María Cristina VARGAS (D.N.I.N° 18.122.488) en el cargo de COOR-DINADORA ADMINISTRATIVA (Nivel C,Grado 0) de la DELEGACIÓN TÉCNICA

 ADMIN ISTRATIVA dependi ente de l a SE-CRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT delcitado Ministerio, a fin de asegurar elcumplimiento de los objetivos asignadosa dicha dependencia.

Que la designación solicitada debe efec-tuarse con autorización excepcional porno reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el artículo 14, Título II, Capítulo IIIdel SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP) aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologadopor el Decreto N° 2098/08.

Que dicha Jurisdicción cuenta con la res-pectiva vacante financiada, motivo por el

cual la presente medida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que lecompete la DIRECCIÓN GENERAL DE

 ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIODEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA.

Que la presente medida se dicta en uso delas atribuciones emergentes del artículo100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL, a lo dispuesto por el artículo 7°de la Ley N° 27.198 y por el artículo 1° delDecreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Art ículo 1°  — Desígnase con carácter tran-sitorio en la Planta Permanente del MINIS-TERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA, a partir del 1° de marzo de 2016y por el término de CIENTO OCHENTA (180)días hábiles contados a partir del dictado dela presente medida, en el cargo de COORDI-NADORA ADMINISTRATIVA (Nivel C, Grado0) de la DELEGACIÓN TÉCNICA ADMINIS-TRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DEVIVIENDA Y HÁBITAT, a la Sra. Da. María Cris-tina VARGAS (D.N.I. N° 18.122.488) con auto-rización excepcional por no reunir los requi-sitos mínimos establecidos en el artículo 14,Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado porel Convenio Colectivo de Trabajo Sectorialhomologado por el Decreto N° 2098 del 3 dediciembre de 2008, y a lo dispuesto por el ar-tículo 7° de la Ley N° 27.198.

 Art. 2°  — El cargo mencionado deberá ser

cubierto conforme a los requisitos y sistemasde selección vigentes según lo establecido,respectivamente, en los Títulos II, Capítulos IIIy IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP), aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologado porel Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008,en el término de CIENTO OCHENTA (180) díashábiles, contados a partir del dictado de la pre-sente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendidocon cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINIS-TERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — RogelioFrigerio.

#F5143865F#

#I5143835I#MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

Decisión Administrativa 585/2016

Desígnase Directora del Observatorio Po-lítico Electoral.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° S02:0018061/2016 delregistro del MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la LeyN° 27.198, los Decretos y N° 2098 del 3 dediciembre de 2008 y 227 del 20 de enerode 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto de la Administración Nacionalpara el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la mencionada Leyse estableció que las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Pública Nacio-nal no podrán cubrir los cargos vacantesfinanciados existentes a la fecha de su san-ción, ni los que se produzcan con posterio-ridad a dicha fecha, salvo decisión fundadadel JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 227/16 se facultóal JEFE DE GABINETE DE MINISTROSa efectuar, entre otras, toda designación

de personal en el ámbito de la Adminis-tración Pública Nacional, centralizada ydescentralizada, en cargos de la dotaciónde planta permanente y transitoria, que seencuentren vacantes y financiados con lacorrespondiente partida presupuestaria, apropuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita ladesignación transitoria de la Dra. Da. Gi-selle CASTELNUOVO (D.N.I. N° 27.767.071)en el cargo de DIRECTORA DEL OBSER-VATORIO POLÍTICO ELECTORAL (Nivel B,Grado 0, F.E. III) de la DIRECCIÓN NACIO-NAL DE ASUNTOS POLÍTICOS Y REFOR-MA POLÍTICA, del citado Ministerio, a finde asegurar el cumplimiento de los objeti-vos asignados a dicha dependencia.

Que la designación solicitada debe efec-

tuarse con autorización excepcional porno reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el artículo 14, Título II, Capítulo IIIdel SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SINEP) aprobado por el ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial homologadopor el Decreto N° 2098/08.

Que corresponde autorizar el pago de laFunción Ejecutiva correspondiente, deacuerdo con lo normado en el SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),aprobado por el Convenio Colectivo de Tra-bajo Sectorial homologado por el DecretoN° 2098/08.

Que dicha Jurisdicción cuenta con la res-pectiva vacante financiada, motivo por elcual la presente medida no implica asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le

compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIODEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA.

Que la presente medida se dicta en uso delas atribuciones emergentes del artículo100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y del artículo 1° del Decreto N° 227/16y a lo dispuesto por el artículo 7° de la LeyN° 27.198.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Desígnase con carácter transi-torio en la Planta Permanente del MINISTERIODEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIEN-DA, a partir del 1° de febrero de 2016 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábles contados a partir del dictado de la presenmedida, en el cargo de DIRECTORA DEL OBSERVATORIO POLÍTICO ELECTORAL (Nivel Grado 0, F.E. III del SINEP) de la DIRECCIÓNACIONAL DE ASUNTOS POLÍTICOS Y RFORMA POLÍTICA, a la Dra. Da. Giselle CASTELNUOVO (D.N.I. N° 27.767.071), con autozación excepcional por no reunir los requisitomínimos establecidos en el artículo 14, TítuII, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologdo por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembde 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de Ley N° 27.198, autorizándose el correspondienpago de la Función Ejecutiva Nivel III del citadConvenio.

 Art. 2°  — El cargo mencionado deberá scubierto conforme a los requisitos y sistemade selección vigentes según lo establecidrespectivamente, en los Títulos II, Capítulos IIV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologdo por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre d2008, en el término de CIENTO OCHENTA (18días hábiles, contados a partir del dictado de presente medida.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendidcon cargo a las partidas específicas del prespuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS VIVIENDA.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, désela DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFCIAL y archívese. — Marcos Peña. — RogelFrigerio.

#F5143835

#I5143860I#PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 588/2016

Modifícase la distribución del Presupueto General de la Administración Nacionpara el Ejercicio 2016.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 4.198/16 del Registdel MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y D

PORTES, la Ley N° 27.198 aprobatoria dPRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMNISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercic2016 y la Decisión Administrativa N° 10 d19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario proceder a ampliel presupuesto vigente de la Jurisdicció70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DPORTES, Fuente de Financiamiento 2Transferencias Externas.

Que la presente ampliación tiene por objeincorporar los recursos provenientes de ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCY LA CULTURA (UNESCO), con destino desarrollo del Programa de Participaciópara la financiación de proyectos efectuda por el Organismo citado.

Que la participación de los Estados Miembros en dicho programa se realiza a travéde sus Comisiones Nacionales.

Que en el caso de nuestro país se realizpor intermedio de la Comisión Nacion

 Argentina de Cooperación con la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAPARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LCULTURA, (CONAPLU), Organismo Gubenamental colegiado, presidido por el señMinistro de Educación y Deportes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intevención que le compete.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del Artículo de la Ley N° 27.198.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 5/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 5

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Modifícase la distribución delPRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINIS-TRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2016de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDU-CACIÓN Y DEPORTES de acuerdo al detalleobrante en las PLANILLAS ANEXAS al presenteartículo que forman parte integrante del mismo.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alfonsode Prat Gay. — Esteban J. Bullrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)Decisión Administrativa se publican en la ediciónweb del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— ytambién podrán ser consultados en la SedeCentral de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

#F5143860F#

RESOLUCIONES

#I5143545I#

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

 ALERTA SANITARIO

Resolución 302/2016

Declárase estado de Alerta Sanitario entodo el territorio nacional.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° S05:0025804/2016 delRegistro del MINISTERIO DE AGROIN-DUSTRIA, las Leyes Nros. 3.959, 17.160 y27.233, el Decreto N° 1.585 del 19 de di-ciembre de 1996, las Resoluciones Nros.11 del 14 de junio de 2012 del Grupo Mer-cado Común del MERCADO COMÚN DELSUR (MERCOSUR), 264 del 16 de abril de

2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICUL-TURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMEN-TOS, 38 del 3 de feb rero de 2012 del ex-MI-NISTERIO DE AGRICULTURA, GANADE-RÍA Y PESCA, 278 del 18 de junio de 2013del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Vistoobra agregado el Informe de NotificaciónInmediata comunicado el 23 de febrerode 2016 a la ORGANIZACIÓN MUNDIALDE SANIDAD ANIMAL (OIE) en el cual seinforma la ocurrencia de focos de Aethina

tumida  en apiarios de la REPÚBLICA FE-DERATIVA DEL BRASIL.

Que mediante la Resolución N° 278 del 18de junio de 2013 del SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMEN-

TARIA, se crea el Programa Nacional deSanidad Apícola, en el ámbito de la Direc-ción Nacional de Sanidad Animal, entrecuyas funciones se establece la implemen-tación de acciones para prevenir el ingresode plagas y otras patologías exóticas, sien-do la Aethina tumida una de las plagas másimportantes que hasta la actualidad nuncafue informada, considerándose el TerritorioNacional libre de la misma.

Que por la Resolución N° 264 del 16 de abrilde 2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRI-CULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALI-MENTOS, se establecen las CondicionesSanitarias para Autorizar la Importación de

 Abejas Re inas a la REPÚBLICA ARGENTI-NA, debiendo el país de origen del materialapícola vivo ser libre de Aethina tumida.

Que la Resolución N° 11 del 14 de junio de2012 del Grupo Mercado Común del MER-

CADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR)establece los Requisitos Zoosanitarios delos Estados Parte para la Importación de

 Abejas Reinas y Productos Apícolas, entrelos cuales se requiere que dichas mercan-cías provengan de zonas o países libresde Aethina tum ida o que sean sometidos aprocesos eficaces para la destrucción delescarabajo en todas sus formas de desa-rrollo.

Que la posibilidad de ingreso al país de laplaga en cuestión representa un alto ries-go de impacto sobre el sector apícola, locual acarrearía graves daños productivos yeconómicos.

Que la condición sanitaria de la REPÚBLI-CA ARGENTINA hace necesaria la adop-ción de medidas administrativas y técnicasde control y prevención de alta rigurosidad,con el fin de mitigar los riesgos de intro-ducción de la Aethina tumida en el Territo-rio Nacional y de mantener dicho estatussanitario.

Que las Leyes Nros. 3.959 y 17.160 y elDecreto N° 1.585 del 19 de diciembre de1996 le confieren al SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMEN-TARIA, las competencias para declarar el

 Alerta Sanita rio cuando existan situacionesque representen un riesgo sobre el estatussanitario en relación a UNA (1) o varias en-fermedades.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha

tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dic-tar la presente medida en virtud de lasatribuciones conferidas por el Artículo 8°,incisos h) y k) del Decreto N° 1.585 del 19diciembre de 1996, sustituido por su similarN° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

 Artículo 1° — Declaración de Alerta Sanita-rio. Se declara el Alerta Sanitario en todo el te-rritorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, con mo-tivo de la presencia de focos de Aethina tumida en la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

 Art. 2° — Notificación inmediata. Toda perso-na, institución y/o autoridad nacional, provincialo municipal, que por cualquier circunstanciatenga conocimiento directo o indirecto de la de-tección o sospecha de ejemplares compatiblescon Aethina tumida en cualquiera de sus esta-dios metamórficos, debe notificar en forma in-mediata al SERVICIO NACIONAL DE SANIDADY CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través desus Oficinas Locales y Direcciones de CentroRegional, y al Programa Nacional de Sanidad

 Apícola dependiente de la Dirección de Progra-mación Sanitaria de la Dirección Nacional deSanidad Animal del citado Servicio Nacional.

 Art. 3° — Zonas de Mayor Riesgo. Se consi-deran Zonas de Mayor Riesgo a:

Inciso a) Las Provincias de MISIONES, deCORRIENTES, del CHACO, de FORMOSA yde ENTRE RÍOS, cuyos territorios limitan o po-seen cercanía geográfica con la REPÚBLICA

FEDERATIVA DEL BRASIL, con la REPÚBLICAORIENTAL DEL URUGUAY y con la REPÚBLICADEL PARAGUAY.

Inciso b) Los puntos de ingreso y las zonasaledañas a puestos de ingreso de mercaderíasde importación provenientes de Brasil, con-siderándose en este punto a los puestos defrontera terrestres, los puertos marítimos y ae-ronáuticos.

Inciso c) Los mercados concentradores defrutas y hortalizas que reciban mercadería pro-veniente de Brasil.

 Art. 4° — Control Sanitario Reforzado. Con elfin de reforzar el control sanitario en las Zonasde Mayor Riesgo se deben adoptar las siguien-tes acciones:

Inciso a) Implementar un cronograma de ca-pacitación para la dotación de personal pro-

fesional y técnico, que se desempeña en lospuestos de frontera terrestres, marítimos y ae-ronáuticos, y en los mercados concentradoresde frutas y hortalizas, con el fin de fortalecerlas competencias técnicas acerca de la plagaen cuestión.

Inciso b) Incrementar los controles físicosy documentales en las mercaderías y fómitesconsiderados de riesgo para el ingreso de laplaga: material apícola vivo, productos apíco-las, equipos apícolas, frutas frescas y sus em-balajes.

Inciso c) Incrementar los controles físicos,documentales y de identidad en los transpor-tes de cargas comerciales de material apícolavivo, productos apícolas y frutas frescas (cono sin carga) autorizados a ingresar a la REPÚ-BLICA ARGENTINA, con el fin de verificar elcumplimiento de los requisitos sanitarios esta-blecidos.

Inciso d) Invitar a las provincias consideradasen las Zonas de Mayor Riesgo a colaborar enla implementación de medidas que permitanreforzar las medidas de prevención de ingre-so establecidas en la presente norma: capaci-tación de técnicos provinciales, difusión a losproductores, instalación de colmenas centine-las y cebos para monitoreo ambiental, y todasaquellas que se consideren pertinentes, previa-mente acordadas con este Servicio Nacional,para reforzar el sistema de vigilancia y controlsanitario sobre la plaga en cuestión.

 Art. 5° — Prohibiciones. En el marco de l Aler-

ta Sanitario declarado se prohíbe:

Inciso a) El ingreso al país de cualquier mer-cadería o fómite en la cual se detecte o se sos-peche de la presencia de ejemplares compati-bles con Aethina tumida.

Inciso b) El ingreso al país de todo vehícu-lo de transporte que traslade material apícolavivo, productos apícolas u otra mercancía quepueda ser causante de diseminación de estaplaga, como frutas o empaques que las hubie-ran contenido sin tratamiento previo que garan-tice la destrucción de todos los estadios de laplaga citada, acción acreditada mediante uncertificado validado por la autoridad competen-te del país de origen.

Inciso c) El ingreso al país de productos apí-colas, vestimenta y todo elemento apícola queno haya recibido un tratamiento que garanticela destrucción de Aethina tumida, acción acre-

ditada mediante un certificado validado por laautoridad competente del país de origen.

Inciso d) El traslado de material apícola vivo,material vacío, productos apícolas, frutas fres-cas u otros fómites donde se sospeche o se de-tecte la presencia de individuos compatibles conla Aethina tumida dentro del Territorio Nacional.

 Art. 6° — Excepciones. Quedan exceptua-dos de las prohibiciones establecidas el semeny el veneno apícola.

 Art. 7° — Facultades. Se faculta a la Direc-ción Nacional de Sanidad Animal de este Or-ganismo a adoptar las acciones sanitarias decontrol y técnico-administrativas que conside-ren necesarias acorde al estado de Alerta Sani-tario declarado en el Artículo 1° de la presenteresolución.

 Art. 8°  — Infracciones. Los infractores a la

presente resolución serán pasibles de las san-ciones que pudieran corresponder de confor-midad con lo establecido por el Capítulo V dela Ley N° 27.233, sin perjuicio de las medidaspreventivas que pudieran adoptarse en virtudde lo estatuido en la Resolución N° 38 del 3 defebrero de 2012 del ex-MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

 Art. 9° — Comunicación. A los fines de la im-plementación de la presente resolución se debenotificar:

Inciso a) A todos los gobiernos provinciales,con especial atención a las Provincias de MI-SIONES, de CORRIENTES, del CHACO, de EN-TRE RÍOS y de FORMOSA, instituciones públi-cas o privadas competentes, fuerzas de segu-ridad, control fronterizo y de rutas nacionales,para el accionar consecuente con la presenteresolución y la colaboración en el control y pre-servación del Territorio Nacional.

Inciso b) A la comunidad internacional, por itermedio de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DECOMERCIO, Comité sobre Medidas Sanitariay Fitosanitarias, a sus efectos.

 Art. 10. — Incorporación. Se incorpora presente resolución al Libro Tercero, Parte Tecera, Título II, Capítulo II, Sección 6a, Subseción 1 del Índice Temático del Digesto Normtivo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado pla Resolución N° 401 del 14 de junio de 2010su complementaria N° 738 del 12 de octubre d2011, ambas del citado Servicio Nacional.

 Art. 11. — Vigencia. La presente resolucióentra en vigencia a partir de su publicación eel Boletín Oficial.

 Art. 12. — Comuníquese, publíquese, desela Dirección Nacional del Registro Oficial y achívese. — Jorge Dillon.

#F5143545

#I5140413I#Secretaría de Empleo

EMPLEO

Resolución 688/2016

Resolución N° 764/2011. Modificación.

Bs. As., 01/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.263.873/2008 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el DecreN° 84 del 23 de enero de 2014 y su modificatorio, la Resolución del MINISTERIO DTRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497 del 13 de mayo de 2008 y sumodificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 764 del 5 de mayde 2011 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DTRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 497/2008, se creó el PROGRAMJÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJque tiene por objeto generar oportuniddes de inclusión social y laboral para jóvnes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATR(24) años desocupados con estudios fomales obligatorios incompletos, a travéde acciones integradas que les permitaidentificar su perfil profesional, finalizar sescolaridad obligatoria, realizar experiecias de formación y/o prácticas calificanten ambientes de trabajo, iniciar una activdad productiva de manera independienteinsertarse en un empleo.

Que por la Resolución de la SECRETARDE EMPLEO N° 764/2011, y modificatoriase aprobó el Reglamento del PROGRAMJÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO

Que el PROGRAMA JÓVENES CON MÁY MEJOR TRABAJO prevé un esquema dprestaciones orientadas a servir de apoyo a las y los jóvenes en el desarrollo dtrayectorias laborales pertinentes y de clidad, adecuadas a sus perfiles, expectavas y entornos.

Que el esquema de prestaciones ofrecidpor el PROGRAMA JÓVENES CON MÁY MEJOR TRABAJO incluye: 1) cursos dintroducción al trabajo; 2) cursos de apoya la empleabilidad e integración social; clubes de empleo; 4) talleres de apoyo la búsqueda de empleo; 5) apoyo para certificación de estudios formales obligatrios; 6) cursos de formación profesional; certificación de competencias laborales; acciones de entrenamiento para el trabaj9) procesos de inserción laboral asistida,10) apoyo para la puesta en marcha de uemprendimiento independiente.

Que los cursos de Introducción al Trabatienen por objetivo apoyar a las y los jóvenes en la actualización, revisión o contrucción de su proyecto formativo y ocpacional.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 6/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 6

Que por el artículo 11 del Reglamento delPROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y ME-JOR TRABAJO, se establece que el cursode Introducción al Trabajo es la primera ac-tividad obligatoria a desarrollar por las y los

 jóvenes en el marco del Programa.

Que a fin de posibilitar una mayor adap-tabilidad del esquema de prestacionesdel PROGRAMA JÓVENES CON MÁS YMEJOR TRABAJO a las necesidades indi-viduales de las y los jóvenes destinatariosy para un mejor aprovechamiento de otrasactividades formativas, especialmente loscursos de formación profesional, cuyaoferta buscará ser ampliada y fortalecidapor esta Secretaría, resulta convenienteprever que las y los jóvenes podrán realizarel curso de Introducción al Trabajo dentrode los primeros de DIECIOCHO (18) mesesde participación en el Programa, períododurante el cual podrán participar en otrasactividades.

Que la modificación antes descripta tam-bién permitirá una más eficaz y mejor ar-ticulación y coordinación entre el PRO-GRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJORTRABAJO y el PROGRAMA DE RESPALDO

 A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRE-SAR), creado por el Decreto N° 84/2014.

Que la presente medida se dicta en ejerci-cio de las facultades conferidas por el ar-tículo 19 de la Resolución del MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL N° 497/2008 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIODE EMPLEORESUELVE:

 Artículo 1°  — Sustitúyese el artículo 11 delReglamento del PROGRAMA JÓVENES CONMÁS Y MEJOR TRABAJO, aprobado como

 ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍADE EMPLEO N° 764/2011 y modificatorias, porel siguiente:

“ARTICULO 11.- Cursos de Introducción alTrabajo. El curso de Introducción al Trabajotiene por objetivo apoyar a los jóvenes en laactualización, revisión y/o construcción de suproyecto formativo ocupacional.

El curso de Introducción al Trabajo brindará alos jóvenes instrumentos cognitivos, de análisis

y valoración, que les permitan la identificaciónde sus intereses, necesidades y prioridades; lasparticularidades de su entorno social y produc-tivo; los saberes y habilidades para el trabajoadquiridos durante su trayectoria ocupacional,y estrategias adecuadas para planificar y de-sarrollar su itinerario de formación para la bús-queda y acceso al empleo.

La realización del curso de Introducción alTrabajo será obligatoria. Para su realización, los

 jóvenes dispondrán de un plazo de DIECIOCHO(18) meses, contados dese el mes siguiente a laaprobación de su adhesión al Programa. Duran-te tal período los jóvenes podrán participar deotras actividades ofrecidas por el Programa.”.

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Miguel A. Ponte.

#F5140413F#

#I5141696I#MINISTERIO DE SALUD

Resolución 732/2016

Programa Nacional de Alimentación Salu-dable y Prevención de la Obesidad. Crea-ción.

Bs. As., 06/06/2016

VISTO el expediente N° 1-2002-9414/16-0del registro de este Ministerio y la LeyN° 26.396, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.396 se declara de in-terés nacional la prevención y control de

los trastornos alimentarios, entre otros, ala obesidad, que comprenderá la investi-gación de sus agentes causales, el diag-nóstico y tratamiento de las enfermedadesvinculadas, asistencia integral y rehabilita-ción, incluyendo la de sus patologías deri-vadas, y las medidas tendientes a evitar supropagación.

Que más de la mitad de la población argen-tina (53,4%) tiene exceso de peso en algúngrado, 4 de cada 10 adultos tiene sobre-peso y 2 de cada 10 obesidad, y que esteproblema de salud se encuentra en claroaumento tanto en adultos como en etapasmás precoces de la vida.

Que el sobrepeso y la obesidad constitu-yen el sexto factor principal de riesgo demuerte en el mundo y cada año fallecen al-rededor de 3,4 millones de personas adul-tas como consecuencia de los mismos.

Que el sobrepeso y la obesidad explicanel 44% de la carga de diabetes, el 23% decardiopatías isquémicas y entre el 7 y 41%de ciertos cánceres.

Que la obesidad puede prevenirse median-te la transformación del ambiente obeso-génico actual en oportunidades para pro-mover un consumo mayor de alimentos nu-tritivos y un aumento de la actividad física.

Que el MINISTERIO DE SALUD elaboró yaprobó mediante Resolución N° 1083 del29 de diciembre 2009, la “Estrategia Na-

cional para la Prevención y Control de En-fermedades no Transmisibles”.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DELA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDA-DES NO TRANSMISIBLES tiene a su cargoentre otras las acciones de promoción dela salud, prevención y control de las enfer-medades no transmisibles y sus factoresde riesgo, incluyendo en éstos el sobrepe-so y la obesidad, proponiendo por lo tantola creación del “PROGRAMA NACIONALDE ALIMENTACIÓN SALUDABLE Y PRE-VENCIÓN DE LA OBESIDAD”.

Que la SECRETARIA DE PROMOCIÓN YPROGRAMAS SANITARIOS y la SUBSE-CRETARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROLDE RIESGO avalan la creación del Progra-ma.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-

TOS JURÍDICOS ha tomado la intervenciónde su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejerci-cio de la competencia atribuida por la Leyde Ministerios - T.O. 1992, modificada porsu similar Ley 26.338.

Por ello,

EL MINISTRODE SALUDRESUELVE:

 Artículo 1°  — Créase el “PROGRAMA NA-CIONAL DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE YPREVENCIÓN DE LA OBESIDAD”, cuyos con-tenidos se detallan en el ANEXO I que formaparte integrante de la presente resolución.

 Art. 2°  — El “PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE Y PREVENCIÓN

DE LA OBESIDAD” creado por el artículo 1°funcionará en el ámbito de la DIRECCIÓN DEPROMOCIÓN DE LA SALUD Y CONTROL DEENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES, de-pendiente de la SECRETARIA DE PROMOCIÓNY PROGRAMAS SANITARIOS y tendrá los li-neamientos y actividades establecidos en elartículo 4° de la Ley N° 25.501.

 Art. 3° — Constitúyese la “Comisión Nacionalde Alimentación Saludable y prevención de laObesidad”, que tendrá como objetivo contribuiren la planificación, seguimiento y evaluación delprograma. Dicha comisión será presidida por elDirector de Promoción de la Salud y Control deEnfermedades no Transmisibles.

 Art. 4° — Convócase a integrar la “ComisiónComisión Nacional de Alimentación Saludabley prevención de la Obesidad” a representantesde la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOSDE SALUD de este Ministerio, del INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARAJUBILADOS Y PENSIONADOS, de la SUPER-INTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, delas distintas Universidades, entidades cientí-ficas, académicas, organismos no guberna-mentales y aquellas instituciones, programasministeriales y actores vinculados con la pro-blemática de alimentación y obesidad que seconsidere necesario, con carácter ad honorem,y sin perjuicio de sus funciones específicas.

 Art. 5° — Las conclusiones, y recomenda-ciones de la “Comisión Nacional de Alimenta-ción Saludable y prevención de la Obesidad”,

serán elevadas a las autoridades sanitarias ypropuestas para ser presentadas en el ámbitodel CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA.

 Art. 6°  — Las acciones del presente Progra-ma se integrarán, articularán y complementarána las llevadas a cabo en relación a la alimen-tación y prevención de la obesidad por otrasáreas y programas existentes de este Ministe-rio, a fin de asegurar la eficiencia y eficacia delprograma.

 Art. 7°  — El gasto que demande el cum-plimiento de este Programa se financiará concargo a las partidas presupuestarias que seasignen anualmente al MINISTERIO DE SALUD,partidas especiales que se asignen por Ley yeventualmente Organismos Internacionales yde otras instituciones.

 Art. 8°  — Regístrese, comuníquese, publí-quese, dése a la Dirección Nacional del Regis-

tro Oficial a sus efectos y archívese. — JorgeD. Lemus.

 ANEXO I

PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓNSALUDABLE Y PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD

INTRODUCCIÓN

JUSTIFICACIÓN

 ANTECEDENTES

PROPÓSITO

OBJETIVOS

LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS DEL PRO-GRAMA 

1) Promoción y regulación de alimentos pro-

cesados saludables.

2) Promoción de una dieta saludable.

3) Prevención y control de sobrepeso y obe-sidad.

4) Vigilancia epidemiológica del sobrepeso yobesidad.

5) Servicios de salud: epidemiología y vigilan-cia de servicios de salud, calidad de atención,fortalecimiento de redes de atención.

6) Comunicación masiva y articulación inter-sectorial.

7) Educación de profesionales de la salud.

8) Priorización de áreas de investigación.

INTRODUCCIÓNEn Argentina, las enfermedades no transmisi-

bles (ENT) explican más del 60% de las muer-tes, y nuestro país ha comenzado hace tiempoel proceso de transición epidemiológica. Den-tro de las ENT, el sobrepeso y la obesidad seasocian además con elevada morbilidad, y loscostos directos para el sistema de salud e indi-rectos para la sociedad son elevados.

Las enfermedades cardiovasculares (EC)explican el 32% de las muertes por todas lascausas y el 16% de los años de vida perdidos.En América Latina, los factores de riesgo (FR)que más muertes explican son la hipertensiónarterial, el exceso de peso (sobrepeso y obesi-dad), el alcohol, el tabaco, el colesterol elevado,la ingesta inadecuada de frutas y verduras y lainactividad física. Acciones sobre estos facto-res impactarán significativamente en la morbi-mortalidad en nuestro país.

La manera más costoefectivo de reducir morbimortalidad a nivel poblacional es actusobre ellos a través de estrategias abarcativade promoción de la salud y prevención: legilación, regulación de la oferta y demanda dbienes y servicios, comunicación, educacióademás del cuidado de la salud. Aún más, eun escenario de escasos recursos, las accionede promoción y prevención estarían aún má

 justificadas.

Para su control se necesita una combinacióde políticas, incluyendo la restricción de la comercialización de alimentos no saludables, e

quetas nutricionales suplementarias en la parfrontal de los paquetes, estrategias en el precde los alimentos y una mejora de la calidad nutricional de los alimentos en las escuelas y otroestablecimientos del sector público.

La relevancia de los factores de riesgo de laenfermedades cardiovasculares se evidenciatravés de la aprobación por parte de la Organización Mundial de la Salud de la Estrategpara Alimentación Saludable y Vida Activa y dla aprobación por la Asamblea Mundial de Salud de la Estrategia Mundial para las Enfemedades No Transmisibles.

 Ambos documentos revisan las evidenciasobre la asociación entre factores de riesgoenfermedades cardiovasculares y se proponuna estrategia general para la implementacióde políticas a nivel nacional. Estas estrategiaresaltan la oportunidad y desafío que nos efrentamos, dado que contamos con evidenccientífica sobre la efectividad de intervencione

individuales y poblacionales en diferentes nivles y una mayor percepción, de la opinión pblica, industria alimentaria y líderes de opiniósobre la relevancia del problema.

JUSTIFICACIÓN

La evolución de los determinantes y condicines de la aparición del sobrepeso y obesidapronostican un aumento de la incidencia y prvalencia de estas enfermedades: alimentacióno saludable, aumento del suministro de enegía alimentaria, baja actividad física, aumende la población, la dependencia del transporautomotor y los trabajos sedentarios. Este amento de la incidencia y prevalencia, ademáde condicionar mayor mortalidad y carga denfermedad, genera una creciente necesidade uso de recursos del sistema de salud para atención de estas enfermedades.

El sobrepeso y la obesidad, relacionados co

la alimentación no saludable y el sedentarismes muy prevalerte en nuestro país (sobrepes35.4%, obesidad 18%). La obesidad se asoca enfermedades crónicas y mayor uso de rcursos del sistema de salud y fuera de él (pejemplo ausentismo laboral).

 A pesar de este escenario poco alentadexiste evidencia consistente sobre la efecvidad de intervenciones tanto de promocióprevención y tratamiento, que justifican lleva cabo acciones de política pública. La expriencia acumulada indica que las intervencines poblacionales pueden ser eficaces, y qupueden producirse modificaciones apreciablede los indicadores sanitarios. La estrategia mácostoefectiva, sostenible y financiable paafrontar esta epidemia mundial es una estrtegia poblacional de promoción y prevencióprimaria. Desde la prevención en el primer nivde atención reorientando los servicios de saluhasta el cuidado especializado, deben reun

estándares mínimos de calidad de atenciógarantizar un mínimo de prestaciones básicaapoyadas en la mejor evidencia disponible trabajar forma articulada en redes de atenció

Desde el encuadre de Promoción de la Salupropuesto en la Carta de Ottawa de 1986, splantea que, a la hora de buscar mejoras sutanciales en la situación de salud de las pesonas, es necesario implementar acciones quaborden los determinantes de la salud de lapoblaciones. La regulación (o no) de los mecados, las políticas sociales y económicas, entrada de la mujer al mercado laboral, los regímenes impositivos y el nivel de desigualdasocial establecen las condiciones en las qulos individuos, instituciones y empresas opran, constituyendo determinantes distales dla obesidad. Por otro lado, la cultura culinarilos sistemas de transporte, el diseño arquitetónico del ambiente, las oportunidades de atividades recreativas, la cultura en cuanto a

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 7/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 7

estética corporal, entre otros, constituyen mo-duladores que acentúan o atenúan el efecto dedichos determinantes distales. En este sentido,algunos autores definen a la obesidad como elresultado de personas respondiendo normal-mente al contexto obesogénico en el que seencuentran inmersas.

Es por ello que el control de la obesidad re-quiere un abordaje desde sus determinantesmultidimensionales para poder elaborar inter-venciones efectivas dirigidas al individuo a finde generar hábitos saludables, pero aun máspara establecer políticas que modifiquen elcontexto obesogénico que constituye el princi-pal condicionante de esta epidemia.

La manera más costo efectiva de reducir laprevalencia de sobrepeso y obesidad a nivelpoblacional es actuar sobre ellos a través deestrategias de promoción de la salud y pre-vención: legislación, regulación de la oferta ydemanda de bienes y servicios, comunicación,educación, además del cuidado de la salud.Las acciones poblacionales deben ser com-plementadas con intervenciones individualesde prevención. Es necesario abarcar diferentesniveles de acción (comunitario, provincial y na-cional) y en diferentes sistemas (salud, educa-ción, desarrollo urbano, producción, recreacióny deportes, etc.).

 ANTECEDENTES

En el marco del Ministerio de Salud de la Na-ción se han desarrollado programas relaciona-dos a la reducción de la prevalencia de factoresde riesgo y muerte por enfermedades crónicasno transmisibles en la población en general.

Entre ellos se encuentran “ESTRATEGIA NA-CIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROLDE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES”,tendiente a reducir la prevalencia de factoresde riesgo y muerte por enfermedades crónicasno transmisibles en la población en general,mediante la promoción de la salud, reorienta-ción de los servicios de salud y vigilancia deEnfermedades No Transmisibles y Factores deRiesgo y el “Plan Nacional Argentina Saluda-ble”, destinado a coordinar acciones de basepoblacional dirigidas a combatir en forma in-tegral los principales factores de riesgo de lasenfermedades crónicas no transmisibles, talescomo la inactividad física, la mala alimentacióny el consumo de tabaco.

En agosto del 2008 el Congreso Nacionalsanciona la Ley 26.396 que declara de interés

nacional la prevención y control de los trastor-nos alimentarios, entre otros, a la obesidad einsta a crearse el Programa Nacional de Pre-vención y Control de los trastornos alimentariosen el ámbito del Ministerio de Salud.

De acuerdo al texto de la Ley, el ProgramaNacional debe contemplar los siguientes linea-mientos y actividades: a) Instrumentar cam-pañas informativas relativas a los trastornosalimentarios, en particular: 1. Sobre las carac-terísticas de los mismos y de sus consecuen-cias; 2. Sobre sus aspectos clínicos, nutricio-nales, psicológicos y sociales y de las formasapropiadas e inapropiadas de su tratamiento;3. Sobre el derecho y promoción de la salud,y sobre los derechos del consumidor; b) Dis-minuir la morbimortalidad asociada con estasenfermedades; c) Formular normas para la eva-luación y control contra los trastornos alimenta-rios; d) Propender al desarrollo de actividadesde investigación; e) Promover, especialmente

entre los niños y adolescentes, conductas nu-tricionales saludables; f) Promover en la comu-nidad espacios de reflexión y educación paracontención de quienes padecen estas enferme-dades; g) Proponer acciones tendientes a elimi-nar la discriminación y la estigmatización en elámbito laboral, educacional y/o social, frente alpadecimiento de los trastornos alimentarios; h)Promover la participación de organizaciones nogubernamentales (ONG’s) en las acciones pre-vistas por el presente programa; i) Promover ycoordinar, con las autoridades provinciales y dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires la imple-mentación de programas similares a nivel local;

 j) Desarrolla r actividades de difusión, televisi-vas, radiales y gráficas, dirigidas a la poblaciónen general y a grupos de riesgo en particular, afin de concientizar sobre los riesgos en la saludque ocasionan las dietas sin control médico yde instruir a la población sobre hábitos alimen-tarios saludables y adecuados a cada etapa decrecimiento.

LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS DEL PRO-GRAMA 

El Programa Nacional de Alimentación Salu-dable y Prevención de la Obesidad del Minis-terio de Salud de la Nación ofrece un enfoqueintegral de la problemática, abarcando los as-pectos principales que determinan el incremen-to de la incidencia de sobrepeso y obesidaden particular: • Elevada oferta de productosalimenticios elaborados con alto contenido desal, grasas saturadas y azúcares libres.

• Publicidad e información inadecuada • Die-

ta inadecuada • Escasa actividad física

• Desigualdades en la calidad de atención yaccesibilidad a cuidados de la salud del sobre-peso y obesidad.

El Programa comprende un conjunto de com-ponentes que operan sobre estos determinan-tes principales. 1. Promoción de dieta saluda-ble, Promoción y regulación de alimentos pro-cesados saludables 2. Prevención y control delsobrepeso y obesidad 3. Vigilancia y control defactores del sobrepeso y obesidad 4. Serviciosde salud: epidemiología/vigilancia de serviciosde salud, calidad de atención, fortalecimientode redes de atención 5. Acciones de comunica-ción masiva 6. Educación de profesionales de lasalud 7. Priorización de áreas de investigación.

COMPONENTES

Las acciones en promoción de la salud serealizarán en conjunto con los diferentes áreasde la Dirección de Promoción de la Salud yControl de ENTs.

1) Promoción y regulación de alimentos pro-cesados saludables.

Para garantizar la sustentabilidad será ne-cesaria una estrategia de coordinación con lasáreas dedicadas a nutrición y alimentos dentrodel Ministerio de Salud, como maternidad e in-fancia, control de alimentos (INAL) y la Comi-sión Nacional de Alimentos. A su vez deberáconsolidarse una articulación institucional efec-tiva con otros actores del estado en esta área:Instituto Nacional de Tecnología Industrial, Mi-nisterio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Ali-mentos, Ministerio de Economía, Ministerio deDesarrollo Social, Secretaría de Deportes. Anivel de las intervenciones locales, se requie-re articular con las Provincias en el marco delConsejo Federal de Salud y con los municipiosa través Programa Nacional de Municipios y

Comunidades Saludables.

1.1 Acuerdos con la indust ria Objetivos: • Re-ducción de sodio de alimentos procesados. •Reducción de azucares en los alimentos pro-cesados. • Mejorar los procesos de prepara-ción de alimentos en comercios para hacerlosmás saludables Actividades • Realización deestudios, experiencias piloto y evaluacionesde reducción de sodio, sustitución de grasasy otras modificaciones de contenidos o proce-sos en sectores prioritarios de la industria dealimentos. • Elaboración de guías de prácti-ca, estrategias y materiales de capacitación ycomunicación, para la implementación de lasintervenciones en el resto del país. • Genera-ción de acuerdos con la industria alimentariapara implementar planes modificaciones dealimentos procesados. • Elaboración de bue-nas prácticas y capacitación en elaboraciónde alimentos saludables para preparadoresde alimentos (restaurantes, comercios, etc.). •

Elaborar e implementar una estrategia de in-centivos de alimentos saludables. Indicadoresde evaluación:• Propuestas técnicas evaluadasdisponibles • Cantidad de alimentos saludablesaccesibles a la población • Nivel de consumode alimentos saludables • Número de acuerdoslogrados • Número de alimentos con cambiosde composición.

1.2 Legislación Objetivos: • Modicar el mar-co regulatorio (Código Alimentario Argentino)para la incorporación de aspectos relacionadoscon alimentación saludable: límites máximosazúcares, sodio, grasas, denominaciones dealimentos.

• Regular la publicidad de alimentos: conte -nidos de la publicidad, denominaciones, adver-tencias. • Modicación impositiva de acuerdoa tipos de alimentos • Regulación de ofertagastronómica.: Actividades: • Elaboración depropuestas de tecnología alimentaria de reduc-

ción de sodio, azucares y otras modificacionesen diferentes rubros de alimentos • Generaciónde consensos con representantes de la indus-tria a nivel nacional • Elaboración de Proyectode Ley de modificación del Código Alimentario

 Argentino • Elaboración de Proyecto de Ley deregulación de publicidad de industria alimenta-ria: contenido de mensajes, destinatarios, ad-vertencias.

• Realizar abogacía para consolidar la imple-mentación del rotulado obligatorio: documen-tos técnicos y de comunicación, material decapacitación Indicadores de evaluación • Pro-

yectos legislativos en curso • Modicacionesalcanzadas en el código alimentario • Controlesde calidad de cumplimiento de modificaciones• Variación en publicidades: contenido, hora-rios, advertencias .• Número de alimentos pro-cesados con rótulos indicando componentesde interés: sodio, azúcar, etc.

2) Promoción de dieta saludable.

La promoción de la alimentación saludabletendrá componentes nacionales y locales. A ni-vel local las intervenciones se realizarán a nivelmunicipal. Para que más municipios se incluyanen intervenciones de este tipo este componentede promoción de alimentación saludable debeser difundido, para que la demanda de capaci-taciones y apoyo continúe.

2.1 Acciones en establecimientos educa-tivos Objetivos: • Promover la alimentaciónsaludable y la actividad física en la poblacióneducativa. Actividades: • Diseñar estrategias

de intervención en escuelas y universidades •Elaboración de propuestas de cambios de cu-rrícula en escuelas y universidades • Diseñar eimplementar experiencias piloto de kioscos sa-ludables en establecimientos educativos Indi-cadores de evaluación: • Horas de clase sobrealimentación saludable • Número de escuelas oestablecimientos educativos con acceso a ali-mentos saludables.

2.2 Promoción de proyectos comunitarios dealimentación saludable:

Objetivos: • Capacitar a municipios en dise-ño, evaluación y monitoreo de intervencionesde promoción • Capacitar y promover a travésde municipios la implementación de interven-ciones individuales y comunitarias para promo-ción de la alimentación saludable. • Obtener in-formación sobre instituciones que realicen acti-vidades de promoción para consolidar una redy sistematizar las intervenciones Actividades:

• Talleres de capacitaciones regionales sobrediseño, evaluación y monitoreo de intervencio-nes • Elaboración de un manual de diseño, eva-luación y monitoreo • Talleres de capacitaciónsobre intervenciones individuales (escuelas/ trabajo/grupos) y comunitarias (industria y co-mercio local, comunicación) de promoción dealimentación saludable. • Asistencia técnica• Relevamiento de instituciones que realicenintervenciones de promoción. Indicadores deevaluación:

• Número de municipios capacitados • Nú-mero de proyectos comunitarios iniciados •Número de municipios con evaluación de resul-tados.

2.3 Promoción de organizaciones e institu-ciones saludables. Objetivos: • Promover laalimentación saludable en ambientes laborales

 Actividades: • Acuerdos con cámaras empre-sarias para evaluación de menús de emplea-

dos • Acuerdos con empresas concesionariasde alimentación • Acciones de promoción ensitios de compra de alimentos en empresas:cartelería, comunicación. Indicadores de eva-luación: • Número de empresas e institucionescon intervenciones realizadas • Proyecto decambios normativos presentado, relacionadocon alimentación • Modicaciones normativasrealizadas.

2.4 Comunicación masiva Objetivos: • Dise-ñar la estrategia comunicacional e implemen-tarla a través de televisión, gráfica y capaci-tar a comunicadores sociales en obesidad ysobrepeso • Brindar apoyo comunicacional aotras estrategias implementadas Actividades:• Realizar spots televisivo y otras estrategiascomunicacionales de alimentación saludable •Estrategia comunicacional como soporte paraotras intervenciones: rotulado, cambios de le-gislación • Realizar capacitaciones para comu-nicadores sociales.

Indicadores de evaluación: • Número dspots difundidos • Número de notas periodíticas publicadas • Número de intervencionecon apoyo comunicacional.

3) Prevención y control sobrepeso y obesidaContamos con información sobre la variabilidainadecuada que existe en el cuidado de la saluen el área de los factores de riesgo. Además, eel sistema de obras sociales y privado, existetambién oportunidades para mejoras, y la difsión, diseminación e implementación de guíade práctica clínica y capacitación de profesinales de la salud puede generar cambios fav

rables en este sector. En este contexto propnemos sistematizar la evaluación y manejo dpacientes que consultan al primer nivel de ateción basándonos en guía de práctica clínica dobesidad del Ministerio de Salud de la Nacióque propone diferentes niveles de complejidade atención. Además propondremos capacitciones para profesionales de la salud y diversaestrategias de implementación de esta guía dpráctica clínica. Priorizar acciones de preveción se sustenta en que estas intervencioneresultan en una mayor ganancia de años dvida saludables que las intervenciones soblas enfermedades. Articulación institucional: articulación de una política efectiva en el árede la prevención de sobrepeso y obesidad rquerirá no sólo la participación de la Direccióde Promoción de la Salud y Control de Enfemedades no Transmisibles, sino la articulacióefectiva con otros programas, como ProgramREMEDIAR+ REDES, Plan SUMAR, ProgramMédicos Comunitarios y Programa Nacional dGarantía de Calidad. Objetivo general: • Mejor

la evaluación y manejo de pacientes de acuerda la implementación de la guía de práctica cnica de obesidad en el primer nivel de atencióObjetivos especícos: • Obtener e implementuna guía de práctica de alimentación saludabsobrepeso y obesidad • Difusión, Diseminacióe Implementación de la guía. • Capacitación dprofesionales: - Talleres sobre implementacióde las guías de acuerdo a cada rol dentro dsistema (médicos, enfermeros, administrativoetc.). Indicadores de evaluación • Número dguías de práctica disponibles e implementada• Número de profesionales y centros capacitados • Medidas de desempeño de diagnósticy tratamiento de acuerdo a estándares de calidad.

4) Vigilancia y control de sobrepeso y obsidad. En el año 2005 se realizó la primerEncuesta Nacional de Factores de Riesgrealizándose en 2009 la Segunda Encuesta en 2013 la tercera. De esta manera, para ev

luar la tendencia del sobrepeso y obesidaasí como también el impacto de las políticapúblicas es necesario repetir esta encuesta eforma periódica. Estas herramientas constityen la estrategia de vigilancia recomendadpor la OMS y OPS para vigilancia de los fac tres de riesgo cardiovasculares. Por otra pares necesario contar con información de otrafuentes que nos permitan no sólo conocer idicadores relacionados a prevalencia de fatores de riesgo, sino también de sus determnantes (indicadores económicos, conductules, de comunicación masiva), su impacto ela población (vigilancia de enfermedades) y desempeño de las políticas como así tambiédel servicio de salud).

5) Servicios de salud: epidemiología/vigilancde servicios de salud, calidad de atención, fotalecimiento de redes de atención. En relaciócon el fortalecimiento y reorientación de la ateción primaria hacia el rastreo y manejo de fa

tores de riesgo y al modelo de atención de codiciones crónicas, el programa articulará con programa REMEDIAR + REDES, el ProgramMédicos Comunitarios, el Programa SUMAcomo así también con las redes de atención pmaria provinciales. En relación con el desarrode guías de práctica clínica, su implementacióy el fortalecimiento de redes de atención, el prgrama articulará dentro del Ministerio de Salude la Nación con la Dirección Nacional de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Saluy con las direcciones de hospitales provincialecomo así también con las sociedades cientícas. Objetivos generales:• Contar con infomación válida y confiable sobre morbilidad pobesidad y el desempeño de servicios de salu• Mejorar la accesibilidad y calidad de atenciódel cuidado de pacientes en alto riesgo. Objtivos especícos: • Contar con un sistema dvigilancia de servicios de salud en la atencióprimaria y en la hospitalaria sobre el proceso datención del sobrepeso y obesidad • Desarroll

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 8/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 8

y fortalecer redes de atención de pacientes enprevención o control de obesidad. Actividades:• Desarrollar un sistema de indicadores útilespara vigilancia y evaluación en servicios de sa-lud en el primer nivel de atención • Desarrollar eimplementar registros orientados a indicadoresde calidad de atención • Implementar guías depráctica y ciclos de mejora de la atención prima-ria, y hospitalaria de la obesidad con enfoquesen la prevención, tratamiento y rehabilitación. •Implementar sistemas de referencia y contrare-ferencia para atención y seguimiento de pacien-tes con obesidad. Indicadores de evaluación:• Disponibilidad de Guías de Práctica Clínica ydocumentación de actividades de difusión, di-seminación e implementación • Documentaciónde reorganización de sistemas de referencia ycontrarreferencia.

6) Comunicación masiva y articulación inter-sectorial. Se articulará con el área de comuni-cación de la Dirección de Promoción de la Sa-lud y Control de ENTs, y con el área de prensay comunicación del Ministerio de Salud de laNación. Se establecerá articulación entre otrasáreas del Estado, sector empresario, universi-tario y tercer sector a través de la Comisión Na-cional de alimentación saludable y prevenciónde la obesidad. Objetivo general:

• Brindar a la comunidad y otras audienciaseducación sobre la alimentación saludable, elsobrepeso y la obesidad. Objetivos específicos:• Contribuir a instalar en la comunidad y la opi-nión pública la importancia de la prevención delsobrepeso y obesidad • Lograr a través de la

articulación intersectorial consenso para el di-seño, evaluación y monitoreo de las acciones •Planear acciones conjuntas entre el programa yotros actores Actividades: • Desarrollar una es-trategia y materiales comunicacionales a dife-rentes audiencias • Articular con la comunicadacivil organizada para acciones de abogacía •

Capacitar a comunicadores en aspectos rela-cionados a alimentación saludable, sobrepesoy obesidad.

7) Educación de profesionales de la salud. Enla actualidad existe una gran variabilidad en laoferta de capacitaciones en diferentes ámbitos,tanto para la obtención de la especialidad comolas profesiones asociadas. Para adecuar el perfilde profesionales que egresan anualmente tantode residencias médicas y otras instancias de ca-pacitación, es necesario definir el perfil profesio-nal necesario, y consensuar un número mínimode habilidades necesarias para la práctica en elsector salud. El Programa deberá articular conáreas específicas del Ministerio de Salud de laNación, Sociedades Científicas, Universidades,para generar un espacio de trabajo intersectorial.Objetivo general: • Mejorar la calidad y ajuste a lasnecesidades del sistema sanitario de los especia-listas y profesiones relacionadas. Objetivos espe-cícos: • Mejorar y armonizar currículas de pre ypostgrado en el área de alimentación • Establecerestándares mínimos de capacitación y habilida-des para obtener y ejercer la especialidad Activi-dades: • Revisión de la situación basal: currículas,instituciones, perfiles de profesionales formados• Denir criterios de mínima para currículas: con -tenidos, habilidades adquiridas, recertificaciones.

8) Priorización de áreas de investigación Conla finalidad de establecer prioridades de investi-gación en el área de alimentación y obesidad, ypromover la traslación de los resultados de la in-vestigación a las políticas públicas, y con la arti-culación con el Comisión Nacional Salud Investi-ga, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, Univer-

sidades, sociedades científicas e investigadores,se impulsará una consulta amplia para discutirsobre prioridades en investigación, se propondráorientar recursos hacia las áreas prioritarias, y sefomentarán herramientas de difusión de resulta-dos de las investigaciones con orientación a susimplicancias para las políticas públicas.

#F5141696F#

Que en razón de las recomendaciones formuladas por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓCIVIL INTERNACIONAL (OACI) se elevó al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN uproyecto de ley caracterizando como servicio público esencial a los servicios de navegación aérea y la creación de una Sociedad del Estado a fin de que se encargue de sprestación.

Que con fecha 15 de julio de 2015 se sancionó la Ley N° 27.161, que entró en vigencia edía 29 de julio de 2015.

Que el Artículo 6° de la referida ley constituyó la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), en la órbita del ex MINISTERIO DEINTERIOR Y TRANSPORTE, con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.70disposiciones pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 (t.o. 1984) sus modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su Estatuto, la que tend

por objeto la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, con excepción dlos servicios de navegación aérea prestados por el MINISTERIO DE DEFENSA en loaeródromos y servicios que por razones de defensa nacional se enuncian en el Anexode dicha ley.

Que por el Artículo 16 de la mencionada ley, se transfieren a la EMPRESA ARGENTINDE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.) las funciones de controoperativo de la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea y la coordinación supervisión del accionar del control aéreo, con sus respectivas competencias, cargopersonal y créditos presupuestarios, así como la administración de los bienes patrimoniales afectados a su uso, con excepción de las inherentes a los aeródromos públicos quse enuncian en el Anexo I de dicha Ley.

Que conforme lo establece el Ar tículo 18 de la Ley 27.161, EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.) garantiza el empleo a todos lotrabajadores que, desde el inicio de sus actividades hasta la fecha de aplicación de dichley, desempeñen funciones en los servicios indicados en el Artículo 2 de dicho cuerpnormativo y pasen a formar parte de la misma.

Que atento a la exigüidad del término entre la entrada en vigencia de la Ley 27.161 y vencimiento del plazo de la prórroga establecida en el Decreto N° 1840/11 y sus modificatorias, mediante la Resolución 1392 de fecha 30 de julio de 2015 ex MINISTERIO DEINTERIOR Y TRANSPORTE se prorrogó la comis ión del personal po r UN (1) año o hasta efectiva transferencia del personal a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉRESOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), lo que ocurra primero.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el Artículo 1y el Título V de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modficatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que en consecuencia, el Artículo 21 de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) asignó las competencias a las que MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá ajustar su accionar, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo y a la actividad vial.

Que en este marco, el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó una nuevconformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE TRANSPORTE los objetivos de las unidades, suprimiéndose la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORT

 AEROCOMERCIAL.

Que el Artículo 3° del Decreto mencionado precedentemente incorporó al Anexo III aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, correspondiente

 Ámbito jurisdiccional en los que actuarán di stintos Organ ismos, el Apartado XXXI - M

NISTERIO DE TRANSPORTE, donde se incluyó la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), siendo en consecuencia transferidal MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que atento a lo precedentemente manifestado y, a fin de proceder a la efectiva transferencia del control operativo de la prestación del Servicio de la Navegación Aérea, resulnecesario establecer un programa general de transferencia de los trabajadores afectadoa la prestación de los Servicios en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 27.161.

Que, sin perjuicio que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL no fuincluida en la conformación organizativa establecida en el Decreto N° 8/16, conformsurge de la Ley N° 27.161 el legislador otorgó al entonces MINISTERIO DEL INTERIOY TRANSPORTE la facultad de dictar las normas complementarias y aclaratorias quresulten pertinentes para la implementación de la mencionada norma, función que sencuentra receptada en este Ministerio por conducto del Decreto N° 13/15.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta ad referéndum de la JEFATURA DE GABINTE DE MINISTROS, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 21 de la Ley de Ministerio

(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el DecretN° 8/16 y sus modificatorios y los artículos 25, 28 y 29 de la Ley N° 27.161.

Por ello,

EL MINISTRODE TRANSPORTERESUELVE:

 Artículo 1° — Transfiérese a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDADEL ESTADO (EANA S.E.) a partir de la CERO (0) hora del día 1° de agosto de 2016, el personal civdependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) que presta servicioen comisión en la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE TRANSITO AEREO de la FUERZ

 AEREA ARGENTINA. La presente transfe rencia se realiza en los términos y con las garantías dipuestas en los arts. 18, 20 y 29 de la Ley N° 27.161.

 Art. 2°  — Los trabajadores alcanzados por el Artículo 1° que optaren por no ser transferidodeberán comunicar expresamente su negativa a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓCIVIL (ANAC) dentro de los DIEZ (10) días corridos. Dicha expresión de voluntad deberá ser materializada mediante Telegrama Laboral conforme el texto obrante en el documento denominad“EJERCICO DE OPCIÓN” que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

#I5143728I#Ministerio de Transporte

 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 133/2016

Transfiérase personal civil.

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 0066976/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚ-BLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 se creó la ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), Organismo Descentralizado actuante en elámbito de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFI-CACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que a través del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, se otorgaron a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) las competencias en materiade control y fiscalización de la actividad aeronáutica, y la prestación de ciertos servicios,entre ellos, los de navegación aérea.

Que mediante el Decreto N° 1840 del 6 de junio de 2011 se dispuso la transferencia de lasfunciones y facultades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)para prestar los servicios de navegación aérea, al ámbito de la FUERZA AÉREA ARGEN-TINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, junto con la totalidad de las unidadesorganizativas dedicadas a prestar tales servicios, con sus respectivas competencias, car-gos y créditos presupuestarios, así como los bienes patrimoniales afectados a su uso ylos derechos resultantes de la percepción de las Tasas.

Que el artículo 8° del Decreto N° 1840/11 dispuso que el personal que prestara serviciosen la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), en ejercicio de las com-petencias que fueran transferidas a la FUERZA AÉREA ARGENTINA pasaba a revestirsus funciones, en comisión, en la DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO AÉREO de laFUERZA AÉREA ARGENTINA, por el plazo de UN (1) año, contado a partir de la vigenciadel mencionado Decreto.

Que el mencionado plazo fue sucesivamente prorrogado mediante el Decreto N° 2170de fecha 8 de noviembre de 2012, la Resolución N° 301 de fecha 10 de mayo de 2013del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto N° 1782 de fecha 12 denoviembre de 2013 y las Resoluciones N° 38 de fecha 4 de febrero de 2014, 790 de fecha6 de agosto de 2014 y 75 de fecha 5 de febrero de 2015, todas del ex MINISTERIO DELINTERIOR Y TRANSPORTE.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 9/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 9

 Art. 3° — A efectos de lo normado en el Artículo 20 de la Ley N° 27.161, una vez cumplido elplazo establecido en el artículo precedente, la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREASOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.) deberá elevar la nómina a este Ministerio en base a la infor-mación suministrada por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

 Art. 4° — Encomiéndase a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDADDEL ESTADO (EANA S.E.), la elaboración del Programa General de Transferencia y el correspon-diente cronograma de ejecución del mismo.

 Art. 5°  — La presente medida se dicta con carácter ad referéndum de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS.

 Art. 6°  — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Guillermo Dietrich.

 ANEXO

“EJERCICIO DE OPCIÓN”

Modelo de notificación a ser cursada por Telegrama Laboral —Ley 23.789— a ADMINISTRA-CIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) al domicilio Avenida Paseo Colón N° 1460 C1063A-DO, Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

“QUIEN SUSCRIBRE, ________, DNI N° ______, PRESTANDO SERVICIOS EN EL AERO-PUERTO DE __________, NOTIFICO QUE OPTO POR NO SER TRANSFERIDO A EMPRESA AR-GENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.)”.

#F5143728F#

#I5141447I#Secretaría General

CONTRATOResolución 128/2016

 Aprobación .

Bs. As., 02/06/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-S01:0069361/2016 del registro de la SECRETA-RÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LANACIÓN, la Decisión Administrativa N° 221del 1° de septiembre de 2009, la Decisión

 Administrativa N° 164 del 11 de abril de2012, el CONTRATO ENTRE LA JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS CON LAFUNDACIÓN DEL AUTOMOVILISMO DE-PORTIVO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA(FADRA) PARA LA TRANSMISIÓN DE ES-PECTÁCULOS DE AUTOMOVILISMO PORTELEVISIÓN ABIERTA celebrado el 17 de

febrero de 2012 y sus Adendas, el DecretoN° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015y el CONTRATO suscripto con fecha 2 de

 junio de 2016 entre la SECRETARÍA GENE-RAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓNy la FUNDACIÓN DEL AUTOMOVILISMODEPORTIVO DE LA REPÚBLICA ARGEN-TINA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 164del 11 de abril de 2012 se encomendó alos responsables del PROGRAMA FUT-BOL PARA TODOS, el desarrollo de lasactividades de coordinación y articulaciónde la transmisión y explotación comercialde la televisación para la transmisión deespectáculos de automovilismo por tele-visión abierta, conforme el contrato sus-cripto el día 17 de febrero de 2012, citadoen el Visto.

Que por el citado contrato, la FUNDACIÓNDEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DELA REPÚBLICA ARGENTINA (FADRA) ce-dió en forma exclusiva a la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, los derechosde explotación primarios y secundarios,por sí o por terceros, por cualquier siste-ma o procedimiento audiovisual en distin-tos formatos, creados o a crearse, de lasimágenes y/o sonidos obtenidos en oca-sión y desarrollo de cada una de la s com-petencias automovilísticas de la totalidadde las Categorías, incluyendo carreras,pruebas clasificatorias, y el nombre (NA-MING) de cada uno de los campeonatos,para su explotación integral en la REPÚ-BLICA ARGENTINA y el resto del mundo.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 151del 17 de diciembre de 2015, se transfirie-

ron el Programa “Futbol para Todos” y elPrograma “Automovilismo para Todos” y

sus unidades organizativas dependientes,desde la órbita de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS a la órbita de la SE-CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIADE LA NACIÓN.

Que por el artículo 7° del aludido Decretose estableció que la referida transferenciacomprendía también los créditos presu-puestarios.

Que en virtud de ello y el estado de si-tuación actual, se ha suscripto con fecha2 de junio de 2016 entre la SECRETARÍAGENERAL de la PRESIDENCIA DE LANACIÓN y la FUNDACIÓN DEL AUTO-MOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPÚ-BLICA ARGENTINA (FADRA) un CON-TRATO mediante el que se regularon lasobligaciones de ambas partes durante elcorriente año.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓNGENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de laSUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALESde la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA dela PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejerci-cio de las facultades conferidas por el ar-tículo 35 inciso b) del Decreto N° 1344/07 ysu modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERALDE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓNRESUELVE:

 Artículo 1° — Apruébase el gasto de PESOSCINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) corres-pondiente al CONTRATO suscripto en fecha 2de junio de 2016 entre la SECRETARÍA GENE-

RAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y laFUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPOR-TIVO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FADRA),que como Anexo, forma parte integrante de lapresente Resolución.

 Art. 2°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendidocon las partidas específicas del presupuestovigente para el corriente ejercicio de la Juris-dicción 20-01 - SECRETARÍA GENERAL de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Fernando de Andreis.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo.El mismo podrá ser consultado en la SecretaríaGeneral de la Presidencia de la Nación, sita en

 Av. Julio A. Roca 782 2° piso CABA.

#F5141447F#

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 10/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 10

#I5141437I#

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 02-06-16

Expediente

5291944 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA COMUNIDAD REVOCADA Autor: JEAN - LUC NANCYTraductor: FELIPE ALARCONEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5291945 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MEDICINA Autor: JUAN ZORRAQUINEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5291946 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA VECINDAD DE LA CARNE Autor: VALERIO MAGRELLITraductor: GUILLERMO PIROEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5291947 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PRECOZ Autor: ARIANA HARWICZEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5291948 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GUANACO Autor: ESTEBAN LOPEZ BRUSA  Editor: MARDULCE EDITORA SRL

5291949 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CAPRICHO DE LA REINA Autor: JEAN ECHENOZTraductor: DAMIAN TABAROVSKYEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5291950 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: ETICA Y EJERCICIO PREVISIONAL Autor: CARLOS HOEVEL Autor: EMANUEL LOPEZ MUROEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5291951 Obra Publicada Género: INTERESGENERAL

Título: ¿COMO PUDO SUCEDER? PRENSA ESCRITA Y GOLPISMOEN LA ARGENTINA (1930 - 1976)

 Autor: ALEJANDR A VITALEEditor: EUDEBA EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM

5291952 Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: TODAS LAS CIUDADES Traductor: RENATA YANZON Autor/Editor: MARCOS HERNAN ACOSTA 

5291953 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: SIMPLE Productor: PABLO JORGE OJEDA  

5291954 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BAJO EL CIELO DE CAWNPORE Autor: ALEXANDRA RISLEYEditor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDESPEREZ SH

5291955 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MALA SEMILLA Autor: ANDREA MILANOEditor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDESPEREZ SH

5291956 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL DESTINO DE CORALINE SMITH Autor: CAMILLE ROBERTSONEditor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDESPEREZ SH

5291957 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HACIA UNA TIERRA DE FUEGO Autor: SILVANA SERRANOEditor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDESPEREZ SH

5291958 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: FORMUL ACION Y EVALUACION DE PROYECTOS Autor: SERGIO RAUL IL ARIEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5291959 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TE AMO EN SILENCIO Autor: TOMAS MAYER WOLF

 Autor: NICOLAS PABLO DEL CASTIL LOEditor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA Editor: COMPAÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION SA (EXTRANJ)

5291960 Obra Publicada Género: LETRA Título: TE AMO EN SILENCIO Autor: TOMAS MAYER WOLF Autor: NICOLAS PABLO DEL CASTIL LOEditor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA Editor: COMPAÑIA PERUANA DE RADIODIFUSION SA (EXTRANJ)

5291961 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NINA 11 (ALBUM) Autor: PABLO NICOLAS PERERA  Editor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA 

5291962 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NOTI FOLKLORE 1 (ALBUM) Autor: SERGIO CHRISTIAN CEDRUN Autor: MARCELO GUSTAVO LOFIEGOEditor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA 

5291963 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ATRAVESARNOS (ALBUM) Autor: ALEJANDRO ALVAREZ

Editor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: EL BAILE DE LA LAPICERA SA 

5291964 Obra Publicada Género: LETRA Título: ATRAVESARNOS (ALBUM) Autor: ALEJANDRO ALVAREZEditor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRLEditor: EL BAILE DE LA LAPICERA SA 

5291965 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NUNCA ES TARDE Autor: GASTON BAREMBERG Autor: FABIAN QUINTIEROEditor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRL

5291966 Obra Publicada Género: MUSICA Título: BLACK & TOC Autor: FACUNDO ESPINOSA   Autor: FERNANDO EDMUNDO MONT ELEONEEditor: MS PUBLISHING SRL

5291967 Obra Publicada Género: LETRA Título: BLACK & TOC Autor: FACUNDO ESPINOSA   Autor: FERNANDO EDMUNDO MONT ELEONEEditor: MS PUBLISHING SRL

5291968 Obra Publicada Género: MUSICA Título: PONTE PA ACA (ALBUM) Autor: LUCAS MAXIMILIANO ORTIZ Autor: CARLOS MATIAS HERRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES DE EMI MELOGRAF SA Editor: PUBLITRACK SRL

AVISOS OFICIALES

Nuevos

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 11/48

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 12/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 12

5292016 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: VIENTOS DE INDEPENDENCIA Autor: LAURA AVILA   Autor: CECILIA BL ANCO Autor: LYDIA CARRERAS Autor: JULIA CHA KTOURA Editor: EDEBE SA  Autor: DAMIAN ZA IN

5292017 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: UNA TERTULIA INOLVIDABLE Autor: NATALIA SCHAPIRO Autor: VALERIA CISEditor: EDEBE SA 

5292018 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ALAMITO EN LA CRECIENTE Autor: MARIA CRISTINA RAMOS Autor: ELBA RODRIGUEZEditor: EDEBE SA 

5292019 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: LOS ESPANTADOS DEL TUCUMAN Autor: LAURA AVILA   Autor: GERARDO BARO

Editor: EDEBE SA 5292023 Obra Publicada Género: MUSICA Título: UNLOCK Autor: SOFIA MARIA VICTORIA TAYLOR

 Autor: GONZALO SOLIMANOEditor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292024 Obra Publicada Género: LETRA Título: UNLOCK Autor: SOFIA MARIA VICTORIA TAYLOREditor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292032 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PALABRAS QUE VUELAN Autor: PEQUEÑA LUCKYEditor: EDICIONES LILIUM DE MARTIN CAIRNS

5292046 Obra Publicada Género: TECNICO Título: APICULTURA PARA PRINCIPIANTES. MANUAL PRACTICOPARA LA CRIA DE AVEJAS Y COMERCIALIZACION DE SUS PROD

 Autor: SANDRA GUZZET TI Autor: ALFREDO SANTIEditor: EDICIONES CONTINENTE SRL

5292053 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GENTLEMEN Autor: WILLIAM M THACKE RAY Autor: WILLIA M HARLITTTraductor: HAYDEE YANKOTraductor: CLARA TUJCHEREditor: MARDULCE EDITORA SRL

5292054 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA BOCA SECA Autor: MARCELO CARNEROEditor: MARDULCE EDITORA SRL

5292061 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: EL EXPEDIENTE Autor/Titular: PAULO MARTIN KABLAN Autor: MAURO DAMIAN SZTAJNSZRAJBER

5292083 Obra Publ icada Género: L ITERARIO T ítulo: 50 AÑOS CIERRE DE INGENIOS AZUCAREROS 1966 - 2016 Autor/Ed itor : LUCIA BENJAMINA MERCADO

5292117 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: VUELOS Autor: DIEGO CAMPOS Autor: MATIAS GLEIZER Autor: MARISA BARRA ZA  Autor: NICOLA S MANSILLA PAZEditor: FUNDACIO JOVENES POR LOS DERECHOS HUMANOS

5292136 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: DASVINHAS Autor/Titular: ANALIA LUJAN PEREIRA DAS VINHAS

5292137 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: MONICA PELAY Autor/Titular: SILVIA MONICA PICHOT

5292138 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: PEQUEÑA CARAVANA Productor: PILAR GARZIA  

Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 09/06/2016 N° 39317/16 v. 09/06/20

#F5141437F

#I5141438I#

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 03-06-16

Expediente

5292167 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: HISTORIA DEL FUNDAMENTALISMO ISLAMICO DESDE SUS ORIGENESHASTA EL ISIS

 Autor: MERCEDES SABORIDO Autor: MARCELO BORRELLIEditor: BIBLOS DE DEDALO SRL

5292168 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: ECOLOGISMO ¿LA ESTRATEGIA FRACASADA DEL CAPITALISMO? Autor: ALFREDO CESAR DACHARY Autor: STELLA M ARIS ARNAIZ BURNEEditor: BIBLOS DE DEDALO SRL

5292169 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: INEXORABLE Autor: JULIO CESAR CRIVELLIEditor: BIBLOS DE DEDALO SRL

5292170 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: UNA DE PIRATAS Autor: VERONICA MEILANEditor: BIBLOS DE DEDALO SRL

5292171 Obra Publicada Género: HISTORIETA Título: JUSTICIA POETICA Autor: PABLO DE SANTIS Autor: FRANK ARBELOEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292172 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CAMBIO DE ARMAS Y OTROS CUENTOS POLITICOS Autor: LUISA VALENZUEL A  Editor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292173 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA CASA DEL LAGO DE LA LUNA Autor: FRANCESCA DURANTITraductor: MONICA ROZANSKIEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292174 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EN CANCHA CHICA. MINICUENTOS DE FUTBOL Autor: JUAN JOSE PANNO

 Autor: JUAN PANNOEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292175 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: POETICA DE LO SAGRADO. UNA INTRODUCCION A LA ANTROPOLOGIASIMBOLICA 

 Autor: ADOLFO COLOMBRESEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292176 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL PUEBLO QUE NO QUERIA SER GRIS Autor: BEATRIZ DOUMERC Autor: AYAX BARNESEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292177 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: BICHOS ARGENTINOS Autor: ROBERTO RAINER CINTIEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292178 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LIBRO DE CABECERA Autor: PIPO PESCADOR Autor: MARIA TERESA CIBIL SEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292179 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: POZO CIEGO Autor: ALICIA BARBERISEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292180 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL PERJURIO DE LA NIEVE Autor: ADOLFO BIOY CASARES Autor: SANDRA G ASPARINIEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292181 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ASERRIN, ASERRAN Autor: BEATRIZ DOUMERC Autor: AYAX BARNESEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 13/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 13

5292182 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: COMO SE HACEN LOS NIÑOS Autor: BEATRIZ DOUMERC Autor: AYAX BARNESEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292183 Obra Pub licada Género: D IDACTICO Título: GESTION DE INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR Autor : JUAN CARLOS PUGLIESEEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292184 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: TALLER DE ESCRITURA ORIENTADO A LA CRITICA Y EL ANALISIS Autor: LIA GOMEZEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292185 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: INTRODUCCION AL DERECHO Autor: EUGENIO DEL BUSTOEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292186 Obra Publicada Género: MULTIMEDIA Título: ¡TEMAS DE REPASO EN INICIAL! Autor: OBRA COLECTIVA  

 Autor: CECILIA SURWI LOEditor: EDICIONES SANTILLANA SA 

5292187 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: EL METODO BAUZA Autor: EDGARDO BAUZA   Autor: ARIEL RUYA Editor: LIBROFUTBOL.COM

5292188 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: LOS DUEÑOS DEL FUTBOL DEL INTERIOR Autor: SANTIAGO MENICHELLIEditor: LIBROFUTBOL.COM

5292189 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: CANCIONERO DE BOCA Autor: DANIEL PALERMO Autor: RAUL RODRIGUEZEditor: LIBROFUTBOL.COM

5292190 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: CANCIONERO DE RACING Autor: ELIZABETH ORTEGA  Editor: LIBROFUTBOL.COM

5292191 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: DE LA MANO DEL MUÑECO Autor: MAXIMILIANO SEMINARA  Editor: LIBROFUTBOL.COM

5292192 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: FUTBOL DE AYER Y DE HOY Autor: JORGE BARRAZA  Editor: LIBROFUTBOL.COM

5292193 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: PLANIFICACION GASTRONOMICA Autor: MARIA JULIA BACIGALUPO Autor: PABLO FEDERICO DAMON PICHATEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292194 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MINECRAFT 2 Autor: STEPHANIE MILTONTraductor: ANONIMOEditor: MONTENA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA 

5292195 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MINECRAFT 3: GUIA DE CONSTRUCCION Autor: MATTHER NEEDLEREditor: MONTENA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA  Autor: PHIL SOUTHAMTraductor: ANONIMO

5292196 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MINECRAFT 1 Autor: STEPHANIE MILTONTraductor: ANONIMOEditor: MONTENA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA 

5292197 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ENRIQUE IV Autor: WILLIAM SHAKESPEARETraductor: ANTONIO PROMETEO - MOYA Editor: AGUILAR DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA 

5292198 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BUBBA ¿QUE QUIERES SER CUANDO SEAS GRANDE? Autor: CAROLINA MICHA   Autor: DIEGO DALA IRACEditor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL S

5292199 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA CONSPIRACION DE LOS MEDIOCRES Autor: ERNESTO MALLOEditor: GRIJALBO DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA 

5292200 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: YO NO VENGO A DECIR UN DISCURSO Autor: GABRIEL GARCIA MARQUEZEditor: SUDAMERICANA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA 

5292201 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ALEXANDROS I: EL HIJO DEL SUEÑO Autor: VALERIO MASSIMO MANFREDI

Traductor: JOSE RAMON MONREAL SALVADOREditor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL S

5292202 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MINECRAFT 4: GUIA DE COMBATE Autor: STEPHANIE MILTON Autor: THEO CORDNERTraductor: ANONIMOEditor: MONTENA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA 

5292224 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA MAGIA DE LEER Autor: PIPO PESCADOR Autor: CARMELA FISC HEREditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292225 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TODO EL VIENTO DEL MUNDO Autor: GUILLERMO SAAVEDRA  Editor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292226 Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: VUELO A CAPISTRANO. EL ACOMPAÑAMIENTO Autor: CARLOS GOROSTIZA  Director: JORGE DUBATTIEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292227 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL INFIERNO DE LOS VIVOS Autor: ALICIA BARBERIS Autor: GRACIEL A IRITANOEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292228 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

T ítulo: CUENTOS POLICIALES ARGENTINOS CON TINTA Y SANGRE Autor : OCHE CALIFA  Autor: NORA BONIS Autor: OMAR FRANCI A Editor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292229 Obra Publicada Género: HISTORIETA Título: NOCHES BLANCAS Autor: MARCELO BIRMAJER Autor: HUADI (I)Editor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292230 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: FIGURACIONES DE LA COMUNIDAD. EL OJO, LA CARNE Y LA PALABRA Autor: SAMUEL CABANCHIKEditor: EDICIONES COLIHUE SRL Autor: ALEJANDRO BOVERIO

5292231 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: RADIO BELGRANO 1983 - 1989 EL AIRE DE LA DEMOCRACIA NOS LLEGO Autor: CARLOS ULANOVSKY Autor: SUSANA PEL AYES Autor: ALBERTO RONZONI Autor: GUSTAVO LEMA Editor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292232 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA LIBERTAD ES POLVO DE ESTRELLAS Autor: NATHALIE KUPERMAN Autor: ANITA MORRA Traductor: LAURA CECILIA NICOLASEditor: EDICIONES COLIHUE SRL

5292265 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SU ROSTRO EN EL TIEMPO Autor: ALEJANDRO PARISIEditor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL S

5292270 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL PESCADOR DE ESTRELLAS Y OTROS CUENTOS Autor: FERNANDO DE VEDIA   Autor: LUCIA MANCI LLA PRIETOEditor: EDITORIAL ATLANTIDA SA 

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 14/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 14

5292271 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: EL MARAVILLOSO LIBRO DE LOS CUENTOS CELTAS Autor: GRACIEL A REPUN Autor: ENRIQUE MELAN TONI Autor: NERINA CANZIEditor: EDITORIAL ATLANTIDA SA 

5292272 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: COCO NO COMPARTE Autor: LILIANA CINETTO Autor: CYNTHIA ORENSZTAJNEditor: EDITORIAL ATLANTIDA SA 

5292273 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: ¡AMIGURUMIS! Autor: MARIA FERNANDA PEREZEditor: EDITORIAL ATLANTIDA SA 

5292274 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: LUIS ALBERTO SPINETTA. UNA VIDA HERMOSA Autor: MIGUEL GRINBERGEditor: EDITORIAL ATLANTIDA SA 

5292275 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EDIPO Y YOCASTA, UN GRITO EN LA INMENSIDAD Autor/ Titular: MARIANO GABRIEL TACCAGNI

5292276 Obra Publicada Género: MUSICA Título: JANO Autor: JUAN PABLO PICCARDO

 Autor: EZEQUIEL HUMBERTO BAUZA  Autor: TOMAS MAYER WOLFF Autor: FRANCIS CO JOSE CIA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292277 Obra Publicada Género: LETRA Título: JANO Autor: JUAN PABLO PICCARDO Autor: EZEQUIEL HUMBERTO BAUZA  Autor: TOMAS MAYER WOLFF Autor: FRANCIS CO JOSE CIA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292278 Obra Publicada Género: MUSICA Título: KUNOVA Autor: ESTEBAN GABRIEL DE CICCO Autor: ALCIDES RAFAEL SOT TO Autor: PEDRO GERMAN STIEB Autor: MATIAS GABRIEL GARCIA  Autor: CLAUDI O EDUARDO HERRERA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292279 Obra Publicada Género: LETRA Título: KUNOVA Autor: ESTEBAN GABRIEL DE CICCO Autor: ALCIDES RAFAEL SOT TO Autor: PEDRO GERMAN STIEB Autor: MATIAS GABRIEL GARCIA  Autor: CLAUDI O EDUARDO HERRERA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292280 Obra Publicada Género: LETRA Título: LULA MIRANDA 2016 Autor: LOURDES MIRANDA CABALLERO Autor: ESTEBAN CASELLI Autor: MELANI E WILLIAMSEditor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292281 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LULA MIRANDA 2016 Autor: LOURDES MIRANDA CABALLERO Autor: ESTEBAN CASELLI Autor: AXEL FOLLI N Autor: MELANI E WILLIAMS Autor: MERCEDES PIERETTI Autor: RAMIRO RODRIGUEZ Z AMARRIPA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA 

5292288 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: VIAJES Productor: NACHO CROCK DE IGNACIO CROCCO

5292304 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: QUIERO SER ARTISTA Autor: PABLO OTTONELLOEditor: JULIETA ANA MORTATI

5292309 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: PRACTICAS DEL LENGUAJE: MODELOS, ENFOQUES Y PROPUESTASPARA EL AULA 

 Autor: GIMENA CRENA  Autor: ANDRES ZACARIA SEditor: MARIA GIMENA CRENA ESCOBAL

5292310 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SHANTYING: A COMING OF GARBAGE STORY Autor/Editor: ANDRES ANGEL ZACARIAS

5292323 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: QUE IMAGINAS Autor/Titular: JOSUE GOYENECHE

5292328 Obra Publ icada Género: PROGRAMACOMPUTACION

Título: SISTEMA DE CONTROL DE PATRULLAJE Autor: OBRA COLECTIVA   Autor/Titular : SOFLEX SA (Q)

5292331 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: HISTORIA ORAL DE LA POLITICA EXTERIOR ARGENTINA (1930 - 1966) Autor: OBRA COLECTIVA Director: MARIO RAPOPORTEditor: EDITORIAL OCTUBRE DE FUNDACION OCTUBRE TRABAJADORESDE EDIFICIOS

5292334 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DOCE PESCADORES Autor: FRANCO VACCARINI Autor: VANINA STARKOFFTraductor: FERMINA PICHUMILEditor: EDITORIAL LA BOHEMIA DE SORIN VALERIA LAURA 

5292336 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: SOLO MENTE Autor/Titular: JORGE LUIS CAMIZAY

5292343 Obra Publ icada Género: INTERESGENERAL

Título: EXPERIENCIA RELIGIOSA Y COMUNICACION Autor: CARLOS RUTA  Editor: JORGE BAUDINO EDICIONES DE MARIA CLOTILDE FRIGO CAMELIAN

5292344 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: POLITICAS PARA L A FORMACION DE DOCENTES Autor: RAUL A MENGHINI Autor: MARIA ROSA MISUR ACA Editor: JORGE BAUDINO EDICIONES DE MARIA CLOTILDE FRIGO CAMELIAN

529 23 45 Obr a Pub licada Gén er o: D IDACTI CO Tí tul o: GUI A PA RA EL A PREN DI ZA JE D EL GRI EGO C LASI CO/ 1 Au tor : LORENZO MAS CI AL INOEditor: JORGE BAUDINO EDICIONES DE MARIA CLOTILDE FRIGO COMELIANEditor: UNSAM

5292346 Obra Publ icada Género: PROGRAMACOMPUTACION

Título: SISTEMA INTEGRAL DE MEDICINA PREPAGA Autor/Titular: DANIEL NORMAN DODD

5292369 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MOVIMIENTO SONORO Autor/Editor: JUAN CARLOS MARTELLO

5292370 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: EL MAR PLATENSE Autor: MARCELO DIEGO GONZALEZ

 Autor: NICOL AS GONZALEZ ARCHIRIA Titular: WAM ENTERTAINMENT COMPANY SA 

5292373 Obra Publicada Género: LETRA Título: TOMACCO Autor: MATIAS GREGORIO BAZTERRECHEA  Editor: PUBLITRACK SRL

5292374 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TOMACCO Autor: MATIAS GREGORIO BAZTERRECHEA  Editor: PUBLITRACK SRL

5292406 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: NUMEROS QUE CUENTAN Autor: NATALIA BERDINI Autor: VERONICA F BATTAGLIA  Autor: CAROLINA ROZAS Autor: PABLO BERNASCONIEditor: LA BRUJITA DE PAPEL SA 

5292407 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: HISTORIA ECONOMICA Y POLITICAS PUBLICAS EN LA ARGENTINA(1930-2003)

 Autor: ADRIAN GUSTAVO ZARRILLI Autor: JUAN JAVIER BALSA Director: NOEMI M GIRBAL-BLACHA Editor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292408 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: PLANIFICACION GASTRONOMICA Autor: MARIA JULIA BACIGALUPO Autor: PABLO FEDERICO DAMON PICHATEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 15/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 15

5292409 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: INTRODUCCION AL DERECHO Autor: EUGENIO DEL BUSTOEditor: UNIVERSIDAD VIRTUAL DE QUILMES DE UNIVERSIDAD NACIONALDE QUILMES

5292410 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: COMO HACER COSAS CON RAZONES Autor: RAQUEL GUINOVART Autor: CARLOS ALOISIOEditor: EDICIONES DEL ECLIPSE SRL

5292411 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: COMO HACER COSAS CON RAZONES Autor: RAQUEL GUINOVART Autor: CARLOS ALOISIOEditor: EDICIONES DEL ECLIPSE SRL

5292412 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA LINEA Autor: BEATRIZ DOUMERC Autor: AYAX BARNESDirector: ISTVAN SCHEITTEREditor: EDICIONES DEL ECLIPSE SRL

5292416 Obra Publ icada Género: PROGRAMACOMPUTACION

Título: SC - SISTEMA DE INFORMACION EN SALUD Autor/Titular: SERGIO DANIEL MONTENEGRO

5292433 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MAMIFEROS PREHISTORICOS DE LA ARGENTINA QUE CONVIVIERONCON EL HOMBRE

 Autor: FERNANDO E NOVAS Autor: MAYA HANISCHEditor: OJOREJA SA 

Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.

e. 09/06/2016 N° 39318/16 v. 09/06/20#F5141438F

#I5141400I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 306/2016

 Asunto: Baja de Representante del Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Rosa-rio I. Abogado Luciano Martín Giunta.

Bs. As., 03/06/2016

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11576-12-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Rosario I solicita dar de bajaal Representante del Fisco, abogado Luciano Martín GIUNTA, que fuera designado mediante laDisposición N° 293/15 (SDG RHH) del 20 de Mayo de 2015, para ejercer la representación judicialde la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscalque se promuevan en el ámbito de la Dirección Regional Rosario I.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas Me-tropolitanas.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y Asuntos Jurídicos

han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10

de julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Dense por finalizadas las funciones como Representante del Fisco del aboga-do Luciano Martín GIUNTA (D.N.I. N° 22.889.744 - Legajo N° 39.804/68), que fuera designado me-diante la Disposición N° 293/15 (SDG RHH) del 20 de Mayo de 2015 para ejercer la representación

 judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecuciónfiscal que se promuevan en el ámbito de la Dirección Regional Rosario I, en las situaciones a que serefieren los Artícu los 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° delDecreto N° 2102/93 y Ar tículo 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

 ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dire cción Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General,Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 09/06/2016 N° 39280/16 v. 09/06/2016#F5141400F#

#I5141401I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 305/2016

 Asunto: Baja de Representante de l Fisco en ju risdicción de l a Dirección Regional LaPlata. Abogada Fabiana María Lorenzetti.

Bs. As., 03/06/2016

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11804-31-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional La Plata solicita dar de baja ala Representante del Fisco abogada Fabiana María LORENZETTI, que fuera designada mediante

la Disposición N° 387/15 (SDG RHH) del 6 de Julio de 2015, para ejercer la representación judicde la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscque se promuevan en el ámbito de la Dirección Regional La Plata.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interio

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídcos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 1de julio de 1997 y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) d21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Dense por finalizadas las funciones como Representante del Fisco de la abgada Fabiana María LORENZETTI (D.N.I. N° 22.049.844 - Legajo N° 39.937/44), quien fuera designda mediante la Disposición N° 387/15 (SDG RHH) del 6 de Julio de 2015, para ejercer la representción judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en el ámbito de la Dirección Regional La Plata, en las situaciones que se refieren los Ar tículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artícu

1° del Decreto N° 2102/93 y Ar tículo 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415). ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese , publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re

gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora GeneraSubdirección General de Recursos Humanos.

e. 09/06/2016 N° 39281/16 v. 09/06/20#F5141401

#I5141402I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 304/2016

 Asunto: Abogado César Alejandro Eiden. S/otorgamiento de poder para representar Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Posadas.

Bs. As., 03/06/2016

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11118-6-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdireción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar al abogado César AlejandrEIDEN para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de

 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecuc ión fiscal quse promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional Posadas.

Que se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no generuna mayor erogación presupuestaria, en virtud de no producir modificaciones en la situación drevista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General d Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivadel Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 1de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIdel 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 16/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 16

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Desígnese al abogado César Alejandro EIDEN (D.N.I. N° 22.131.244 - LegajoN° 34.673/54) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicialde la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscalque se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional Posadas, en lassituaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N°26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero(Ley N° 22.415).

 ARTÍCULO 2° — El representante del FISCO NACIONAL no podrá a llanarse, desistir total oparcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autoriza-ción expresa y por escrito de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese , publíquese, dése a la Dirección Nac ional del Re -gistro Oficial para su publicación y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE,Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 09/06/2016 N° 39282/16 v. 09/06/2016#F5141402F#

#I5141570I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Disposición 80/2016

 Asunto: Cese de l a designación de Agentes Notificadores. Art. 100, inc. e) de la Ley N°11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la DirecciónGeneral de los Recursos de la Seguridad Social.

Bs. As., 03/06/2016

VISTO la adecuación de la estructura organizativa establecida por la Disposición N° 103 (AFIP)del 22 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Operativa de los Recursos de la Segu-ridad Social y de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social solicitan el cese de ladesignación de agentes notificadores en dichas jurisdicciones, en atención a las necesidadesoperativas del área.

Que las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Coordinación Técnico Institucio-nal han tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modi-ficaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10de julio de 1997 y por la Disposición N° 433/13 (AFIP) del 2 de octubre de 2013, procede disponeren consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERALDE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIALDE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Dense por finalizadas las funciones como Agentes Notificadores de los agen-tes mencionados en el Anexo I que acompaña la presente, para que actúen conforme a la Ley N°11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección General de los Recursosde la Seguridad Social.

 ARTÍCULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese , publíquese, dése a la Dirección Nac ional del Re -gistro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO ALBERTO RAMIREZ, Director General de la Dir. Ge-neral de los Rec. de la Seguridad Social, Administración Federal de Ingresos Públicos.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA—www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/06/2016 N° 39389/16 v. 09/06/2016#F5141570F#

#I5141516I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

CÓDIGO ADUANERO (Artícu los 1013, inciso h) y 1101)

Por ignorarse domicilio, se cita a las firmas importadoras que más abajo se mencionan, paraque dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebaspor la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Secretaría de Actuación N° 4del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sito en Hipólito Yrigoyen 460, 1° Piso, Ciu-dad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términosdel artículo 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el artículo 1004 delmismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima y, de corresponder, el abandonode la mercadería en cuestión a favor del Estado Nacional con entrega de esta en Zona Primaria

 Aduanera, dentro del pla zo arriba señalado, produci rá la extinción de la acción penal aduanera yla no registración del antecedente (art. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe delos tributos debidos y, para el caso de incumplimiento, se aplicará sobre el importe no ingresado

dentro del plazo establecido, el interés previsto en el artículo 794 del Código Aduanero, haciéndoles saber que para la conversión en pesos de los montos expresados en dólares estadounidensesse utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre dsus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago. Fdo. CarloCazzolato, abogado, Firma Responsable, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros... Fdo. MarFernanda Vaz De Brito, abogada, Jefe, División Secretaría de Actuación N° 4... Fdo. Paula LorenDiaspro, abogada, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 4.

Expediente Imputado / C.U.I.T. InfracciónC.A.

MultaMínima

Tributos

12197-14393-2006 ANDYSON S.A.CUIT 30-50771929-1DIT 05 001 IT14 002839 J

 ART. 970 $ 4.250,78

U$S 1.381,02 en concepto dderechos de importación, tasde estadística, e IVA y$ 2.869,71 en concepto dIVA Adicional e Impuesto a laGanancias

12197-2371-2011PROPHOS S.A.CUIT 30-55095837-2DIT 04 001 IT15 000563 B

 ART. 970 $ 10.283,16

U$S 2.336,32 en concepto dderechos de importación, tasde estadística, e IVA y$ 7.198,21 en concepto de IV Adicional e Impuesto a laGanancias

12197-2372-2011PROPHOS S.A.CUIT 30-55095837-2DIT 04 001 IT15 000615 W

 ART. 970 $ 10.956,79

U$S 9.441,68 en concepto dderechos de importación, tasde estadística, e IVA y$ 11.351,23 en concepto dIVA Adicional e Impuesto a laGanancias

12197-2370-2011SURSED S.A.CUIT 33-60926308-9DIT 04 001 IT14 001273 W

 ART. 970 $ 10.204,81

U$S 3.319,72 en concepto dderechos de importación, tasde estadística, e IVA y$ 8.640,63 en concepto dIVA Adicional e Impuesto a laGanancias

 Abogada MARIELA E. CATALANO, Jefe (Int.), División Secretaría N° 4, Dpto. ProcedimientoLegales Aduaneros.

e. 09/06/2016 N° 39335/16 v. 09/06/20

#F5141516

#I5141534I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE SALTA 

 ANEXO N° 014/2016

Por ignorarse el domicilio o documento, se cita a las personas que más abajo se detallan paque dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan en los sumarios que se mencionan más ab

 jo, a presentar sus defensas y ofrecer toda la prueba por la presunta infracción a los artículos de Ley 22415 Código Aduanero, y bajo apercibimiento de Rebeldía. Deberá constituir domicilio dentdel radio urbano de esta Aduana artículos 1001 y 1101 Código Aduanero, bajo apercibimiento dartículo 1004 del citado texto legal. Monto mínimo de la multa artículos 930; 932 según detall

 Aduana de Salta sita en ca lle Deán Funes nº 190, 1º Piso, Salta-Capital.

Sumario Contencioso Causante DNI/CUIT Infracción C.A. Multa

053-SC-178-2012/8 SARAVIA, Juan Carlos 14.526.785 995 $ 1.000,00

05 3-SC -2 60 -2015 /7 A ERO S ERVI CI OS N OA S. R.L . 3 0-7119 80 33 -0 9 68 a) $ 14.9 39,8 3

053 -SC-78-2016/8 ZARATE TAPIA , Ricardo David 25.167.521 986; 987 $ 15. 249,57

053-SC-79-2016/6 GOMEZ, Eustaquio Mateo 16.355.423 986; 987 $ 129.425,01

053-SC-86 -2016/K BARRERA, Silvio Maximiliano 25.010.466 986; 987 $ 16.320,34

053-SC-92-2016/5 MARQUEZ, Delia 10.473.357 986; 987 $ 103.240,88

Téc. Ad. HABIB A. KUNCAR, Sec. A/C, División, AFIP-DGA, Aduana de Salta.

e. 09/06/2016 N° 39353/16 v. 09/06/20#F5141534F

#I5141403I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE PARANÁ 

EDICTO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS notifica en los términos del art. 1013 inc. h) del C.Aque quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería detallada en la presente los qupodrán solicitar respecto de ellas alguna destinación autorizada por la legislación vigente dentrdel plazo de treinta (30) días corridos contados desde la publicación del presente, bajo apercbimiento de lo dispuesto en el art. 417 del C.A., previo pago de los tributos y multas que pudierecorresponder. Vencido dicho plazo se procederá de oficio a destinar las mercaderías involucradas

 A los efectos indicados, los interesados deberán presentarse en la División Aduana de Paraná sen Güemes s/nº Puerto Nuevo de la ciudad de Paraná, Pcia. de Entre Ríos.

 Actuación Consignado Descripción de la Mercader ía

17456-3-2016 MELISSA BELEN VALDEZ

1- PANTALON ELASTIZADO DAMA PROC. CHINA SINMARCA -1 UNIDAD.-2 -RELOJ PULSERA.- 1 UNIDAD.-

17456-4-2016 VALENZUELA SERGIO1- ZAPATILLAS COLOR NEGRO Y ROJO INDUSTRIAVIETNAM MARCA .- 1 PAR

17456-5-2016 FLECHA MILNER ANTONIO 1- PROTECTOR CELULAR TRANSPARENTE SONYXPERIA Z3 MARCA RINGKE 1 UNIDAD

17456-6-2016FERNANDEZ MARIA RITACELIA 

1- FIELTRO DE DIFERENTES FORMAS Y MODELOSPARA ADORNO ESTAMPADOS. INDUSTRIA INDIAMARCA .- 1 PAQUETE

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 17/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 17

 Actuación Consignado Descripción de la Mercade ría

17456-7-2016 SANTAMARIA PABLO1- RELOJ PULSERA DIGITAL MALLA METAL PROC.CHINA SIN MARCA 1 UNIDAD

17456-8-2016 ALZUGARAY CLAUDIO 1-MINI HERRAMIENTAS PARA DESARME DE CELULARPROC. CHINA SIN MARCA.- 1 BOLSA 

17456-9-2016 MILICICH ANDREA 1- CALZA PARA DAMA ESTAMPADA INDUSTRIA BRASILMARCA ROCK CODE.- 1 UNIDAD

17456-10-2016 URANGA VERONICA  1- SACOS DE ABRIGO PARA PERROS COLOR AZULMARCA PET CLOTHES.- 2 UNIDADES

17456-11-2016 SUAREZ LEONEL MATIAS1- APARATO ELECTROESTIMULADOR PARAMUSCULOS INDUSTRIA CHINA MARCA GYM FORMDUO.- 1 UNIDAD

17456-12-2016 VIOLA FABRICIO1- TELAS MULTIFUNCIONES CON ESTAMPA TIPOGORRA PARA MOTOCICLISTA INDUSTRIA CHINA SIN

MARCA.- 2 UNIDADES17456-13-2016 GABAS ANDREA SOLEDAD

1-REMERA COLOR AZUL TALLE XXL INDUSTRIA CHINAMARCA HONG REN.- 1 UNIDAD

17456-14-2016 LOOSE ROBERTOFEDERICO

1- PANTALON JOGGINGS DAMA COLOR NEGROPROCEDENCIA CHINA MARCA EVOLU.- 1 UNIDAD

17456-15-2016 BERLO SABRINA MURIEL1- AROS SIMIL METAL PROCEDENTE EEUU MA RCASTEVE SASCO 1 PAR

17456-16-2016 KATENLSON GERMAN

1- REMERA ESTAMPADA TALLE M INDUSTRIA EEUU SINMARCA.- 1 UNIDAD2- REMERA ESTAMPADA TALLE M INDUSTRIA EE EEMARCA BROOKS.- 1 UNIDAD3- FAJA REFLECTIVA PARA FITNESS, PROCEDENCIAEEUU MARCA RISE UP.- 1 UNIDAD

17456-17-2016 RIFFEL ILEANA NURIA  1- VESTIDO DE COLOR BLANCO Y NEGROPROCEDENCIA CHINA SIN MARCA.- 1 UNIDAD

OSVALDO C. TROSSERO, Administrador (I) Aduana de Paraná.

e. 09/06/2016 N° 39283/16 v. 09/06/2016#F5141403F#

#I5140382I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY 

—EDICTO—

 Arts. 1101 y 1001 del Código aduanero - LEY 22.415

Se cita a el/los interesado/s para que, dentro de los (10) diez días hábiles, comparezca en el/ los Sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas, por lapresunta infracción que en cada caso se indica al/los Arts. del Código Aduanero (Ley 22.415) y bajoapercibimiento de Rebeldía. En el mismo plazo deberán constituir domicilio en el radio urbano deesta Aduana (Art. 1.001 del C.A.) - Estrada N° 4 - 3260 Concepción del Uruguay Entre Ríos - bajoapercibimiento del Art. 1.004 del mismo texto legal. Monto Mínimo de la multa (Arts. 930/932 C.A.)indicado seguidamente.

S.C. N° INTERESADO INFRACC. MULTA  

11/2016/0 MARTINEZ MARIA MAGDALENA Art. 987 $ 9.379,09

 ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,

Ing. Agr. MARCELA PLOUCHOUK, Administradora (I), División Aduana Concepción del Uruguay.

e. 09/06/2016 N° 39056/16 v. 09/06/2016#F5140382F#

#I5141300I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA 

 ADUANA DE ROSARIO

EDICTO

Rosario, 31 de mayo de 2016

Por ignorarse domicilio se notifica a la Sra. ARCE DE MORALES, CANDELARIA, de nacionalidadboliviana, Cédula de Identidad Boliviana N° 1811458, que conforme lo ordenado por SIGEA 17539-49-2016 en trámite en esta dependencia, dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir deldía siguiente de publicada la presente, deberá concurrir munido del Documento en días y horarioshábiles a las oficinas de la Aduana de Rosario, sitas en Av. Eva Perón 9698, a los fines de presenc iarla verificación y aforo de la mercadería objeto de secuestro. Ello bajo apercibimiento de continuartrámite de oficio, no admitiéndose posteriormente rec lamo alguno. — Téc. GUSTAVO ALEJANDROCIGOGNA, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

e. 09/06/2016 N° 39208/16 v. 09/06/2016#F5141300F#

#I5141307I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE ORÁN

NOTIFICACION

Quedan Ud.(s) notificado(s) en los términos del Art. 786 del Código Aduanero de la liquida-ción que forma parte del presente cuyo importe deberá ser abonado dentro del plazo de diez(10) días contado a partir de la publicación del presente, vencido el mismo, el importe antes

indicado será exigido con más los accesorios que prevén los Arts. 794 y 799. Consentida ejecutada la presenta liquidación se aplicaran las medidas contempladas por el Art. 1122 dmismo cuerpo legal.

Lugar de pago: Aduana de Orán, Avda. Palacios N° 830 - Local 3 - Orán (Salta)

Horario: Lunes a Viernes de hs. 08:00 a 16:00.

CARGO SA-76- NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO IMPORTE $

289/15 15-160/K GALARZA, Dario Rene 40.517.341 $ 12.134,11

290/15 15-221/3 BRITO, Jorge Jose 13.785.392 $ 2.928,52

291/15 15-232/K PEREDO, Mónica del Valle 31.421.860 $ 10.242,12

292/15 15-242/8 FERNANDEZ, Susana del Valle 21.873.021 $ 174.567,06

293/15 15-245/8 FERNANDEZ, Carmen Amelia 16.446.478 $ 117.504,64

294/15 15-246/6 NAVARRO, David Alfredo 28.812.747 $ 117.504,64

295/15 15-247/4 VALE METOLA, Juaquin 16.888.782 $ 139.653,65

296/15 15-252/1 VELARDE, Mercedes Bernabe 22.089.519 $ 3.939,85

297/15 15-253/K CARRASCO, Wilton 18.067.233 $ 2.188,81

298/15 15-254/8 VEDIA, America Juana 25.956.923 $ 6.566,45

299/15 12-256/4 LAZARTE, Eduardo Enrique 6.611.026 $ 2.173,14

300/15 12-271/K BISMARK STING, Silvia Mallea 5.817.696 $ 16.528,00

301/15 12-272/8 LAURA CHOQUE, Manuela 94.043.462 $ 35.122,00

302/15 12-273/6 LAURA CHOQUE, Marcelina 95.010.982 $ 43.386,00

3 03/ 15 15 -275 /2 GA LI AN , Agu stin 28.76 3. 56 6 $ 3 9. 25 4,0 0

304/15 15-299/7 LOSADA, Gustavo Oscar 18.186.061 $ 24.322,06

305/15 15-363/6 CASTILLO, Marcelo Daniel 28.247.930 $ 30.104,55

306/15 15-364/4 VAZQUEZ, Miguel Angel 34.676.931 $ 10.806,39

307/15 15-370/K REYNOSO, Soledad Estefania 33.754.416 $ 17.179,66

308/15 15-387/5 CAÑIZARES, Victor Lorenzo 30.692.027 $ 11.582,37

309/15 15-400/5 GOMEZ FLORES, Miriam 94.130.496 $ 88.838,00

310/15 15-402/1 ATORA HERRERA, Filverta 5.778.577 $ 37.188,00

313/15 15-405/1 MARTY, Jose Luis 16.855.798 $ 2.590,51

314/15 15-423/1 GONZALES, Daniel Fernando 35.356.106 $ 365.392,27

315/15 15-424/K YBARRA, Fabio Hernan 37.418.718 $ 57.815,22316/15 15-449/8 RAMIREZ, Gerardo 32.537.193 $ 48.482,12

317/15 15-477/5 MAMANI, Nelson Gabriel SINDOI $ 37.188,00

318/15 14-010/9 VARGAS, Felix Nelson 25.481.853 $ 39.666.163,38

320 /15 11- 633 /8 I NG. Y REF. SAN MA RTI N D EL TA BACAL 3 0-5 010 9122-3 $ 62.114, 32

321/15 11-633/8 MECOZZI, Juan Angel 20-08446967-0 $ 62.114,32

MARIO CESAR ARGUELLO, Jefe de Sec. Fiscaliz. y Operativa Aduanera, Leg. 26.181-5, A/ Aduana de Orán.

e. 09/06/2016 N° 39215/16 v. 09/06/20#F5141307F

#I5141308I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE ORÁN

NOTIFICACION

Quedan Ud.(s) notificado(s) en los términos del Art. 786 del Código Aduanero de la liquidacióque forma parte del presente cuyo importe deberá ser abonado dentro del plazo de diez (10) díacontado a partir de la publicación del presente, vencido el mismo, el importe antes indicado serexigido con más los accesorios que prevén los Arts. 794 y 799. Consentida o ejecutada la presenliquidación se aplicaran las medidas contempladas por el Art. 1122 del mismo cuerpo legal.

Lugar de pago: Aduana de Orán, Avda. Palacios N° 830 - Local 3 - Orán (Salta)

Horario: Lunes a Viernes de hs. 08:00 a 16:00.

CARGO SA-76- NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO IMPORTE $

329/16 15-2937/K QUINTEROS, Carlos Alberto 20-14500235-5 $ 4.061,95

330/16 15-745/7 YUCHANI, Irma Maria 27-24039437-0 $ 18.421,73

331/16 15-692/5 CABRERA, Manuel Antonio 20-14977389-5 $ 28.926,61

332/16 15-632/6 FIGUEROA, Jose Antonio 20-22744821-1 $ 39.632,38

333/16 15-635/0 MENDIETA, Guillermo 20-14333221-8 $ 13.688,97

334/16 15-752/0 COYURI, Alfredo Antonio 20-28856655-1 $ 3.667,18

335/16 15-646/7 FARFAN, Alberto 23-18812845-9 $ 49.930,69

336/16 15-598/1 GONZALES, Luis Alejandro 20-35282167-6 $ 2.439,39

337/16 15-2067/0 AVILA, Beatriz Alejandra 27-31345327-3 $ 6.827,25

338/16 15-642/4 LLANOS, Elio Gregorio 20-35911166-6 $ 24.934,23

339/16 15-644/0 SANCHEZ, Dario Maximiliano 20-33584332-1 $ 21.832,30340/16 15-638/7 GOMEZ CANAVIRI, Felix 20-94984697-1 $ 2.896,33

341/16 15-622/K AGUILERA, Teodoro Javier 20-25090550-6 $ 64.053,78

342/16 15-623/8 BRACAMONTE, Anibal Leonel 20-38273828-5 $ 2.744,46

EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador (I), Aduana de Orán, Dirección Region Aduanera Sa lta.

e. 09/06/2016 N° 39216/16 v. 09/06/20#F5141308F

#I5141347I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2571/2016

Bs. As., 16/05/2016

VISTO el Expediente N° 6.253/2003, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entoces dependiente del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICY SERVICIOS, y

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 18/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 18

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado enel BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como enteautárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NA-CIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmenteconstituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM,constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por elDecreto N° 7/16.

Que mediante la Resolución N° 137 con fecha 15 de junio de 2005, dictada por la ex SE-CRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se le otorgó a la COOPERATIVA DE PROVISIÓNDE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE SUNCHALES LIMITADA (CUIT 30-59627421-4), Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro de los Servicios deTelefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que la Licencia de que se trata fue otorgada en los términos del Reglamento de Licenciaspara Servicios de Telecomunicaciones aprobado por el Artículo 1° del Decreto N° 764 de fecha 3de setiembre de 2000.

Que con fecha 4 de junio de 2010, se recibe la presentación del prestador, mediante la cualsolicita la baja de la licencia oportunamente otorgada.

Que se han cumplido los requisitos correspondientes para la baja de la Licencia citada.

Que el servicio jurídico permanente del organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado delpresente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 6, de fecha 10 de mayo de 2016.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N°27.078, el Decreto N° 267, de fecha 29 de diciembre de 2015, y el Acta de Directorio N° 1, de fecha

5 de enero de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL DIRECTORIODEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Cancélase la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registropara los Servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional otor-gada a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOSDE SUNCHALES LIMITADA (CUIT 30-59627421-4) mediante la Resolución N° 137 con fecha 15 de

 junio de 2005, dic tada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente delMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

 ARTÍCULO 2° — Cancélanse todas las asignaciones de recursos de numeración y señaliza-ción concedidas a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOSPÚBLICOS DE SUNCHALES LIMITADA (CUIT 30-59627421-4).

 ARTÍCULO 3° — La medida adoptada en los Artículos 1° y 2°, tendrá vigencia a par tir del 4 de junio de 2010.

 ARTÍCULO 4° — Notifíquese a la interesada conforme a lo establecido en el A rtículo 11 de laLey Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos yalcances previstos en el Artículo 40 y del Reglamento de Procedimientos Administrativos DecretoN° 1.759/72 T.O. 1991.

 ARTÍCULO 5° — COMUNÍQUESE, publíquese, dése a la Dirección Nacional de l Registro Ofi-cial y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39255/16 v. 09/06/2016#F5141347F#

#I5140383I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3298/2016

Bs. As., 01/06/2016

VISTO el Expediente N° 5.428/2016, del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional aprobado por la Resolución N° 46 de fecha 13de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESI-DENCIA DE LA NACIÓN, determina en su Punto III.4.1 que los Servicios Especiales están destinadosa establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los pres-tadores de servicios de telecomunicaciones, conforme al formato de numeración que allí se indica.

Que en el mismo punto el referido Plan Fundamental ha establecido el grupo de indicativos“10Y” para los servicios de atención de llamadas vinculadas a Emergencias y los grupos “11Y” y“12Y” para los servicios de comunicaciones de Atención al Cliente.

Que por la Resolución N° 8.880 de fecha 9 de abril de 1999 de la ex SECRETARÍA DE CO-MUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se creó el grupo deindicativos de servicio caracterizado como “13Y”, para ‘los servicios a la comunidad.

Que la capacidad de numeración que ofreció el indicativo con formato “13Y” se ha visto agotada.

Que como consecuencia de ello, por la Resolución N° 378 de fecha 10 de noviembre de 200de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se creó el grupo de indicativos dservicio especiales “14Y”, para los servicios a la comunidad, brindados por entidades gubernamentales o de servicio social.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD ha solicitado la asignación de un indicativo dservicio a la comunidad “14Y”, para la atención de comunicaciones efectuadas por los usuarios dla red vial nacional, ya sea por incidentes, accidentes y/o asistencia técnica.

Que en la actualidad cada concesión vial cuenta con un número individual para la asistencvial (accidentes, incidentes y/o asistencias), lo que resulta inconveniente para el público que utilizesas redes viales.

Que la asignación de un único número abreviado para todo el territorio nacional, resulta d

fácil memorización y acceso, simplificando la operatoria del servicio, el momento de su utilizació

Que a tal fin se ha conceptuado procedente destinar el número especial “140”.

Que es facultad de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, administrar los recursodel Plan Fundamental de Numeración Nacional, aprobado como Anexo I de la Resolución N° 46 dfecha 13 de enero de 1997, de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiende la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Naciona

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnese el Indicativo de Servicios Especiales “140” para la atención dcomunicaciones efectuadas por los usuarios de la red vial de todo el TERRITORIO NACIONAL.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

e. 09/06/2016 N° 39057/16 v. 09/06/20#F5140383F

#I5140384I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3340/2016

Bs. As., 02/06/2016

VISTO el Expediente N° 4.748/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y los Expedientes N° 8.297/2006, 8.498/2006, 222/2007, 1.969/2007, 2.809/2010, 14.162/20114.163/2012, 14.164/2012, 370/2013, 371/2013, 471/2013, 472/2013, 473/2013, 474/2013, 678/201

679/2013, 680/2013, 879/2013, 881/2013, 999/2013, 1.002/2013 del registro de la ex COMISIÓNACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MNISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo atárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sunormas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE L A INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la e

 AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materialede Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.

Que mediante Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la eSECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales dTelecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fechno cuentan con normas técnicas.

Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solictado renovaciones de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales d

Telecomunicaciones (RAMATEL).

Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la nomativa vigente.

Que los Informes Técnicos vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadaen el segundo y en el tercer considerando de la presente.

Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las renovaciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 993.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de lainscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 19/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 19

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales deTelecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo I que forma partede la presente.

 ARTÍCULO 2° — Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolu-ción N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICA-CIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo II que forma par te de la presente.

 ARTÍCULO 3° — Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, deberáidentificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidasen la reglamentación específica vigente.

 ARTÍCULO 4° — Déjase estab lecido que las renovaciones otorgadas por el Ar tículo 1° tienenuna validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos loscuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respec-tivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridos previos alvencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I de la Resolución N° 729 de fecha 24de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.

 ARTÍCULO 5° — Déjase establecido que las renovaciones otorgadas por e l Artículo 2° tienenuna validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos loscuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivosactuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al ven-cimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.

 ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

 Anexo I - Renovación de inscripciones en el Registro de Materia les de Telecomunicaciones

Expediente Tipo de Equipo Marca Modelo Solicitante N° Registro

EXPCNC 8297/2006 TRANSCEPTOR QUAKE GLOBAL KDTC 301OMNITRONICSOCIEDAD ANONIMA,

23-5105

EXPCNC 8498/2006 TRANSCEPTOR QUAKE GLOBAL KDTH 300OMNITRONICSOCIEDAD ANONIMA,

23-5106

EXPCNC 222/2007TRANSMISOR DE ALARMA

RADIOELECTRICODX CONTROL FULL ID DX CONTROL S.A., 18-5484

EXPCNC 1969/2007 TRANSMISOR DX CONTROL 4E DX CONTROL S.A., 18-5511

EXPCNC 2809/2010 TR ANSCEPTOR PORTATIL KENWOOD TK-2170 K 2 MULTIRADIO S. A., 10-8234

EXPCNC 14162/2012 TRANSMISOR DENSO 1512VREDES YDISTRIBUCION S.A.,

H-11433

EXPCNC 14163/2012 TRANSMISOR DENSO 12BBYREDES YDISTRIBUCION S.A.,

H-11403

EXPCNC 14164/2012 TRANSMISOR DENSO 12BDSREDES YDISTRIBUCION S.A.,

H-11434

EXPCNC 471/2013 TRANSCEPTOR GIASA TRM-S266M1GENERAL INDUSTRIES

 ARGENTINA S. A.,H-11492

EXPCNC 472/2013 TRANSCEPTOR GIASA TRM-S266M0GENERAL INDUSTRIES

 ARGENTINA S. A.,H-11495

EXPCNC 473/2013 TRANSCEPTOR GIASA TRM-S277M1GENERAL INDUSTRIES

 ARGENTINA S. A.,H-11494

EXPCNC 474/2013 TRANSCEPTOR GIASA TRM-S277M0GENERAL INDUSTRIES

 ARGENTINA S. A.,H-11493

EXPCNC 6 78/2013 TRANSCEPTOR SAMSUNG WIBT40ESAMSUNGELECTRONICS

 ARGENTINA S. A.,H-11525

EXPCNC 679/2013 TRANSCEPTOR MOVIL SAMSUNG WIBT40DSAMSUNGELECTRONICS

 ARGENTINA S. A.,H-11524

EXPCNC 680/2013 TRANSCEPTOR MOVIL SAMSUNG WIBT40A  SAMSUNGELECTRONICS

 ARGENTINA S. A.,H-11521

 Anexo II - Renovación de inscripciones en el Registro de Materia les de Telecomunicaciones

Expediente Tipo de Equipo Marca Modelo Solicitante N° Registro

EXPCNC 370/2013 TRANSCEPTOR PORTATIL ICOM IC-F4261DT MULTIRADIO S.A., C-11481

EXPCNC 371/2013 TRANSCEPTOR PORTATIL ICOM IC-F4261DS MULTIRADIO S.A., C-11479

EXPCNC 879/2013PUNTO DE ACCESO

INALAMBRICOSIEMENS RAPN-W2-RJ-E3 SIEMENS S.A., C-11502

EXPCNC 881/2013PUNTO DE ACCESO

INALAMBRICOSIEMENS RAPN-W1-RJ-E3 SIEMENS S.A., C-11541

EXPCNC 999/2013PUNTO DE ACCESO

INALAMBRICOSIEMENS

EAPN-W2-SFP-E3

SIEMENS S.A., C-11547

EXPCNC 1002/2013PUNTO DE ACCESO

INALAMBRICOSIEMENS EAPN-W2-RJ-E3 SIEMENS S.A., C-11536

e. 09/06/2016 N° 39058/16 v. 09/06/2016#F5140384F#

#I5141350I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3384/2016

Bs. As., 02/06/2016

VISTO el Expediente N° 7.478/2008, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlaFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 43 de fecha 17 de abril de 2008 de l a ex SECRETARÍA DE COMUNICCIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓPÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA Licencia Única dServicios de Telecomunicaciones y registro para los servicios de Telefonía Local y Valor Agregad

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Locpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dicha

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerdo procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad dasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeracióNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración ge ográfica según sindica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo

Numeración que se asigna:

 ALVIS SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANONÚMERO LOCAL

CANTIDADDE NÚMEROS

9 DE JULIO (PROV. BUENOS AIRES) 2317 560hij 1.000

9 DE JULIO (PROV. BUENOS AIRES) 2317 561hij 1.000

9 DE JULIO (PROV. BUENOS AIRES) 2317 562hij 1.000

9 DE JULIO (PROV. BUENOS AIRES) 2317 563hij 1.000

9 DE JULIO (PROV. BUENOS AIRES) 2317 564hij 1.000

 AMBA 11 3719ghij 10.000

BELLA VISTA (PROV. CORRIENTES) 3777 340hij 1.000BELLA VISTA (PROV. CORRIENTES) 3777 341hij 1.000

BELLA VISTA (PROV. CORRIENTES) 3777 342hij 1.000

BELLA VISTA (PROV. CORRIENTES) 3777 343hij 1.000

BELLA VISTA (PROV. CORRIENTES) 3777 344hij 1.000

BOLIVAR 2314 504hij 1.000

BOLIVAR 2314 505hij 1.000

BOLIVAR 2314 506hij 1.000

BOLIVAR 2314 507hij 1.000

BOLIVAR 2314 508hij 1.000

BRAGADO 2342 535hij 1.000

BRAGADO 2342 536hij 1.000

BRAGADO 2342 537hij 1.000

BRAGADO 2342 538hij 1.000

BRAGADO 2342 539hij 1.000

CAÑADA DE GOMEZ 3471 639hij 1.000

CAÑADA DE GOMEZ 3471 642hij 1.000

CAÑADA DE GOMEZ 3471 643hij 1.000

CAÑADA DE GOMEZ 3471 644hij 1.000

CAÑADA DE GOMEZ 3471 645hij 1.000

CASILDA 3464 600hij 1.000

CASILDA 3464 601hij 1.000

CASILDA 3464 602hij 1.000

CASILDA 3464 603hij 1.000

CASILDA 3464 604hij 1.000

FIRMAT 3465 450hij 1.000

FIRMAT 3465 451hij 1.000

FIRMAT 3465 452hij 1.000

FIRMAT 3465 453hij 1.000

FIRMAT 3465 454hij 1.000

GENERAL PICO 2302 68ghij 10.000

GENERAL PICO 2302 686hij 1.000

GENERAL PICO 2302 687hij 1.000

GENERAL PICO 2302 689hij 1.000

GENERAL ROCA (PROV. RIO NEGRO) 298 4255hij 1.000

GENERAL ROCA (PROV. RIO NEGRO) 298 4256hij 1.000

GENERAL ROCA (PROV. RIO NEGRO) 298 4257hij 1.000

GENERAL ROCA (PROV. RIO NEGRO) 298 4258hij 1.000

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 20/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 20

 ÁREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANO NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

GENERAL ROCA (PROV. RIO NEGRO) 298 4259hij 1.000

GOYA 3777 345hij 1.000

GOYA 3777 346hij 1.000

GOYA 3777 347hij 1.000

GOYA 3777 348hij 1.000

GOYA 3777 349hij 1.000

LA PAZ (PROV. ENTRE RIOS) 3437 470hij 1.000

LA PAZ (PROV. ENTRE RIOS) 3437 471hij 1.000

LA PAZ (PROV. ENTRE RIOS) 3437 472hij 1.000

LA PAZ (PROV. ENTRE RIOS) 3437 473hij 1.000

LA PAZ (PROV. ENTRE RIOS) 3437 474hij 1.000

LINCOLN 2355 545hij 1.000

LINCOLN 2355 546hij 1.000

LINCOLN 2355 547hij 1.000

LINCOLN 2355 548hij 1.000

LINCOLN 2355 549hij 1.000

NECOCHEA 2262 686hij 1.000

NECOCHEA 2262 687hij 1.000

NECOCHEA 2262 688hij 1.000

NECOCHEA 2262 689hij 1.000

NECOCHEA 2262 696hij 1.000

RECONQUISTA 3482 335hij 1.000

RECONQUISTA 3482 336hij 1.000

RECONQUISTA 3482 337hij 1.000

RECONQUISTA 3482 338hij 1.000

RECONQUISTA 3482 339hij 1.000

RUFINO 3382 484hij 1.000

RUFINO 3382 485hij 1.000

RUFINO 3382 486hij 1.000

RUFINO 3382 487hij 1.000

RUFINO 3382 488hij 1.000SAN JUAN 264 4780hij 1.000

SAN JUAN 264 4781hij 1.000

SAN JUAN 264 4782hij 1.000

SAN JUAN 264 4783hij 1.000

SAN JUAN 264 4784hij 1.000

VENADO TUERTO 3462 345hij 1.000

VENADO TUERTO 3462 346hij 1.000

VENADO TUERTO 3462 347hij 1.000

VENADO TUERTO 3462 348hij 1.000

VENADO TUERTO 3462 349hij 1.000

VILLA NUEVA (PROV. CORDOBA) 353 4740hij 1.000

VILLA NUEVA (PROV. CORDOBA) 353 4741hij 1.000

VILLA NUEVA (PROV. CORDOBA) 353 4742hij 1.000

VILLA NUEVA (PROV. CORDOBA) 353 4743hij 1.000

VILLA NUEVA (PROV. CORDOBA) 353 4744hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39258/16 v. 09/06/2016#F5141350F#

#I5141380I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3447/2016

Bs. As., 02/06/2016

VISTO el Expediente N° 3.964/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIO-NES, el Expediente N° 7.130/2015 del registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍASDE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y los Expedientes N° 421/2016, 1.196/2016,2.994/2016, 2.995/2016, 3.003/2016, 3.005/2016, 3.015/2016, 3.022/2016, 3.025/2016, 3.101/2016,3.102/2016, 3.103/2016, 3.107/2016, 3.147/2016, 3.192/2016, 3.237/2016, 3.316/2016, 3.318/2016,3.537/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MI-NISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo au-tárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, susnormas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTO-

RIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE L A INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SE-CRETARÍA DE COMUNICACIONES, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materialesde Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.

Que mediante Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la exSECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales deTelecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fechano cuentan con normas técnicas.

Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicita-do el otorgamiento de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales deTelecomunicaciones (RAMATEL).

Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la nor-mativa vigente.

Que los Informes Técnicos vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes seña-lados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadasen el segundo y en el tercer considerando de la presente.

Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 987.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de lainscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Otórgase la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicacioneslos equipos cuyas características se indican en el Anexo I que forma parte de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Reso lución N° 784 dfecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a loequipos cuyas características se indican en el Anexo II que forma parte de la presente.

 ARTÍCULO 3° — Otórgase la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicacioneal solicitante cuyos detalles se indican en el Anexo III que forma parte de la presente.

 ARTÍCULO 4° — Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, debeidentificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidaen la reglamentación específica vigente.

 ARTÍCULO 5° — Dé jase establec ido que las inscripci ones otorgadas por el Artí culo 1°3° tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolu

ción, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar la tratada en los respectivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINT(30) días corridos previos al vencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I dla Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES.

 ARTÍCULO 6° — Déjase establecido que las inscripciones otorgadas por el Ar tículo 2° tieneuna validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos locuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectvos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previoal vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismcompetente.

 ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo I - Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomun icaciones

Expediente Tipo de Equipo Marca Modelo Solicitante N° Registro

EXPENACOM2994/2016

TRANSCEPTORMOVIL

R OAD T RACK P8 G MLANGENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R. L.,

H-16035

EXPENACOM2995/2016

TRANSCEPTORMOVIL

ROAD TRACK P8 DiscretoGENERAL MOTORS DE ARGENTINA S.R. L.,

H-16038

EXPENACOM3107/2016

TRANSCEPTORMOVIL

QUAKEGLOBAL

Q PRO-1 CA SSI, PA BLO RICA RD O H-16 052

 Anexo II - Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones

Expediente Tipo de Equipo Marca Modelo Solicitante N° Registro

EXPAFTIC7130/2015

TRANSCEPTORMULTICANAL

DIGITALSAF

INTEGRA 23GHZ

B.T.W. S.A. C-15645

EXPENACOM421/2016

TRANSCEPTORPORTATIL

UNIFYOPENSCAPEDECT PHONE

S5

UNIFY COMMUNICATIONSS.A.

C-15756

EXPENACOM1196/2016

TRANSCEPTORPORTATIL

PL ANTRON IC S EI TE16KRM. INGENIERIAS.A.C.I.A.F.S.

C-15831

EXPENACOM3003/2016

TRANSCEPTORMOVIL

HYUNDAIMOBIS

 AM111C5GN KIA ARGENTINA S. A. C-16032

EXPENACOM3005/2016

TRANSCEPTORMOVIL

HYUNDAIMOBIS

 AM110A7GN KIA ARGENTINA S. A. C-16033

EXPENACOM

3015/2016

TRANSCEPTOR

MOVIL

HYUNDAI

MOBIS AM211A9GN KIA ARGENTINA S. A. C-16027

EXPENACOM3022/2016

TRANSCEPTORMOVIL

HYUNDAIMOBIS

 AM111A4GN KIA ARGENTINA S. A. C-16028

EXPENACOM3025/2016

TRANSCEPTORMOVIL

HYUNDAIMOBIS

 AM110A9GN KIA ARGENTINA S. A. C-16031

EXPENACOM3101/2016

TRANSCEPTOR MICROLAB M-200BT NEWSAN S.A. C-16048

EXPENACOM3102/2016

TRANSCEPTOR NOBLEX PSB750B NEWSAN S.A. C-16049

EXPENACOM3103/2016

TRANSCEPTOR NOBLEX PSB950B NEWSAN S.A. C-16050

EXPENACOM3147/2016

TRANSCEPTORPORTATIL

HUAWEI BOHUAWEI TECH.INVESTMENT CO. LTD.

C-16055

EXPENACOM3192/2016

TRANSCEPTORMOVIL

PANASONIC AZ1601 CASSI, PABLO RICARDO C-16068

EXPENACOM3237/2016

TRANSCEPTORPORTATIL

 ALCATELonetouch

8080 VISUAR S.A. C-16070

EXPENACOM3316/2016

TELEFONOCELULAR

SAMSUNG SM-G935FIATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DETECNOLOGIA S.A.)

C-16079

EXPENACOM3318/2016

TELEFONOCELULAR

SAMSUNG SM-G930FSAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A .

C-16076

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 21/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 21

 Anexo III - Inscripciones en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones

Expediente Documento Solicitante Res. Com.

EXPENACOM 3537/2016 CUT 30-71512879-5 DIKZA S.R.L. 30-2186

e. 09/06/2016 N° 39260/16 v. 09/06/2016#F5141380F#

#I5141416I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3448/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 393/2007, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNI-CACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución N° 147 de fecha 19 de marzo de 2003 de la ex SECRETARÍA DE CO-MUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, se otorgó a COMSAT

 ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, registro para el servic io de Telefonía Local.

Que por Resolución N° 995 de fecha 12 de abril de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNI-CACIONES, se tiene por registrado a nombre de la empresa BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA las Licencias que oportunamente fueran otorgadas a la empresa COMSAT ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA para la prestación de varios servicios, entre ellos, el de Telefonía Localregistrado mediante Resolución N° 147 de fecha 19 de marzo de 2003, dictada por la ex SECRE-TARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Localpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadolas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considera-do procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad deasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeraciónNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTENACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a BT L ATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA la numeracióngeográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

 Anexo

Numeración que se asigna:

BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 AREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANO NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

CHACRAS DE CORIA 261 3540hij 1.000

CHACRAS DE CORIA 261 3541hij 1.000

CHACRAS DE CORIA 261 3542hij 1.000

CHACRAS DE CORIA 261 3543hij 1.000

CHACRAS DE CORIA 261 3544hij 1.000

LUJAN DE CUYO 261 3550hij 1.000

LUJAN DE CUYO 261 3551hij 1.000

LUJAN DE CUYO 261 3552hij 1.000

LUJAN DE CUYO 261 3553hij 1,000

LUJAN DE CUYO 261 3554hij 1.000

MAIPU (PROV. MENDOZA) 261 3545hij 1.000

MAIPU (PROV. MENDOZA) 261 3546hij 1.000

MAIPU (PROV. MENDOZA) 261 3547hij 1.000

MAIPU (PROV. MENDOZA) 261 3548hij 1.000

 AREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANO NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

MAIPU (PROV. MENDOZA) 261 3549hij 1,000

MARCOS PAZ 220 4753hij 1.000

MARCOS PAZ 220 4754hij 1.000

MARCOS PAZ 220 4755hij 1.000

MARCOS PAZ 220 4756hij 1.000

MARCOS PAZ 220 4757hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39296/16 v. 09/06/20#F5141416

#I5141417I#

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3459/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.599/2001, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normamodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y L AS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlaFundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución N° 518 de fecha 7 de diciembre de 2000 de la ex SECRETAR

DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA VIVIENDA se registró a nombre de GIGARED SOCIEDAD ANÓNIMA en el Registro de Servicioprevisto en el Apartado 5.4 del Artículo 5 del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembde 2000, el Servicio de Telefonía Local.

Que el mencionado Prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local eel Área Local de CORRIENTES, provincia de CORRIENTES.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dich

 Área Local, l os requerimientos del prestador, y la razonabili dad de lo solic itado, han consideradprocedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Naciona

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a GIGARED SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración geográfica segúse indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo

Numeración que se asigna:

GIGARED SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCAL INDICATIVOINTERURBANO NÚMERO LOCAL CANTIDADDE NÚMEROS

CORRIENTES 379 4974hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39297/16 v. 09/06/20#F5141417F

#I5141418I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3460/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 6.209/2015, del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y L AS COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus norma

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 22/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 22

modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 47 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE CO-MUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se aprobó el PlanFundamental de Señalización Nacional (PFSN).

Que por Resolución N° 157 de fecha 3 de septiembre de 2015 de la ex SECRETARIA DECOMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se otorgó a la empresa BLUEBERRY S.R.L. Licencia Única

 Argent ina Digital y registro para la pres tación de l Servic io de Telefonía Local, Servicio de Telefo-nía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública y de Valor Agregado -Accesoa Internet.

Que el mencionado Prestador ha solicitado un Código de Punto de Señalización Nacional(CPSN).

Que lo solicitado se encuadra dentro de las previsiones del inciso V.2 del PFSN.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadoel requerimiento del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente laasignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad deasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de SeñalizaciónNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTENACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a la empresa BLUEBERRY S.R.L. el Código de Punto de Señaliza-ción Nacional (CPSN) 2468.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39298/16 v. 09/06/2016#F5141418F#

#I5141420I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3461/2016

Bs. As., 03/06/2016VISTO el Expediente N° 6.702/2015, del Registro de AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLO-

GÍAS DE LA INFORMACIÓN Y L AS COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 47 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE CO-MUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se aprobó el PlanFundamental de Señalización Nacional (PFSN).

Que por Resolución N° 612 de fecha 18 de mayo de 1992 de la ex SECRETARÍA DE OBRASPÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA YOBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se otorgó a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, SERVICIOSPÚBLICOS Y VIVIENDA DE DIEGO DE ALVEAR LIMITADA, el registro para el Servicio TelefónicoBásico.

Que el mencionado Prestador ha solicitado UN (1) Código de Punto de Señalización Nacional(CPSN).

Que lo solicitado se encuadra dentro de las previsiones del inciso V.2 del PFSN.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadoel requerimiento del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente laasignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad deasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de SeñalizaciónNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTENACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, SERVICIOS PÚBLICOSVIVIENDA DE DIEGO DE ALVEAR LIMITADA el Código de Punto de Señalización Nacional (CPS12953 (en numeración decimal).

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

e. 09/06/2016 N° 39300/16 v. 09/06/20#F5141420F

#I5141421I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3462/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.201/2010, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autáquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sunormas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE L A INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la e

 AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlaFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 43 de fecha 17 de abril de 2008 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA LicencÚnica de Servicios de Telecomunicaciones y registro para los servicios de Telefonía LocalValor Agregado.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Locpara ser utilizada en el Área Local MAR DEL PLATA, provincia de BUENOS AIRES.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dich

 Área Local, l os requerimientos del prestador, y la razonabili dad de lo solic itado, han consideradprocedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL D

COMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad dasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeracióNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración ge ográfica según sindica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTR

OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo

Numeración que se asigna:

 ALVIS SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCAL INDICATIVOINTERURBANO

NÚMERO LOCAL CANTIDADDE NÚMEROS

MAR DEL PLATA 223 6521hij 1.000

MAR DEL PLATA 223 6522hij 1.000

MAR DEL PLATA 223 6523hij 1.000

MAR DEL PLATA 223 6524hij 1.000

MAR DEL PLATA 223 6525hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39301/16 v. 09/06/20#F5141421

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 23/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 23#I5141422I#

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3463/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 11.629/2009, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 43 de fecha 17 de abril de 2008 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICA-CIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA Licencia Única deServicios de Telecomunicaciones y registro para los servicios de Telefonía Local y Valor Agregado.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Localpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadolas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considera-do procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asig-

nar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Nacional.Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE

NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración geográfica según seindica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

 Anexo

Numeración que se asigna:

 ALVIS SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 AREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANONÚMERO LOCAL

CANTIDADDE NÚMEROS

BATAN 223 6428hij 1.000

ESTACION CAMET 223 6427hij 1.000

LA BRAVA (PROV. BUENOS AIRES) 223 6429hij 1.000

NAPALEOFU 2261 421hij 1.000

PLAYA CHAPADMALAL 223 6449hij 1.000

SAN MANUEL (PROV. BUENOS AIRES) 2261 422hij 1.000

SANTA CLARA DEL MAR 223 6448hij 1.000

SIERRA DE LOS PADRES 223 6447hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39302/16 v. 09/06/2016#F5141422F#

#I5141423I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3464/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 3.865/2007, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución N° 146 de fecha 18 de marzo de 2003 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se otorgó a C.P.COMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA registro para los servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local eel Área Local PARQUE INDUSTRIAL PILAR, provincia de BUENOS AIRES.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dich

 Área Local, l os requerimientos del prestador, y la razonabili dad de lo solic itado, han consideradprocedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asig

nar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Naciona

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a C.P.S. COMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA la numeraciógeográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo

Numeración que se asigna:

C.P.S. COMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCAL INDICATIVOINTERURBANO

NÚMERO LOCAL CANTIDADDE NÚMEROS

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4202hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4203hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4204hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4205hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4206hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4207hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4208hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4209hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4210hij 1.000

PARQUE INDUSTRIAL PILAR 230 4211hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39303/16 v. 09/06/20#F5141423F

#I5141424I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3465/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 2.256/2005, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normamodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y L AS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlaFundamental de Numeración Nacional.

Que TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ha solicitado numeración para el Servicde Telefonía Local para ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dicha

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerdo procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Naciona

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 24/48

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 25/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 25

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 43 de fecha 17 de abril de 2008 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICA-CIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA Licencia Única deServicios de Telecomunicaciones y registro para los servicios de Telefonía Local y Valor Agregado.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Localpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadolas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considera-do procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad deasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeraciónNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTENACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a ALVIS SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración geográfica según seindica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

 Anexo

Numeración que se asigna:

 ALVIS SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANO NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

LUJAN (PROV. BUENOS AIRES) 2323 694hij 1.000

LUJAN (PROV. BUENOS AIRES) 2323 695hij 1.000

LUJAN (PROV. BUENOS AIRES) 2323 696hij 1.000

LUJAN (PROV. BUENOS AIRES) 2323 697hij 1.000LUJAN (PROV. BUENOS AIRES) 2323 698hij 1.000

PUERTO MADRYN 280 4745hij 1.000

PUERTO MADRYN 280 4746hij 1.000

PUERTO MADRYN 280 4747hij 1.000

PUERTO MADRYN 280 4748hij 1.000

PUERTO MADRYN 280 4749hij 1.000

TRELEW 280 4740hij 1.000

TRELEW 280 4741hij 1.000

TRELEW 280 4742hij 1.000

TRELEW 280 4743hij 1.000

TRELEW 280 4744hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39309/16 v. 09/06/2016#F5141429F#

#I5141430I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3469/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 14.258/2008, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDADFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que por la Resolución N° 1.083 de fecha 4 de mayo de 1995 de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAPÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se reglamentaron los Servicios de Valor Agregado.

Que por Resolución N° 2.517 de fecha 21 de octubre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y Resolución N° 21de fecha 25 de julio de 2008 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependientdel ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se otorga la empresa BVNET SOCIEDAD ANÓNIMA licencia en régimen de competencia para la prestaciódel Servicio de Valor Agregado y el Servicio de Transmisión de Datos, y registro para los serviciode Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública y Rvendedor de Servicios de Telecomunicaciones.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Locpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que BVNET SOCIEDAD ANÓNIMA ha solicitado numeración para el acce so a la prestacióde servicios de telecomunicaciones brindados mediante tarjetas, soportados por plataformade red inteligente o cualquier otro medio, en la modalidad de pago previo (822) y post-pag(823).

Que el criterio de asignar un bloque de DIEZ MIL (10.000) números al operador, para cada unde los servicios mencionados, es adecuado y suficientemente eficiente a los efectos de satisfaclas necesidades del peticionante.

Que la empresa en cuestión ha solicitado numeración no geográfica para el servicio de valoagregado, denominado Audiotexto Gran Público.

Que han tomado debida intervención las áreas competentes y, habiendo analizado las candades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas ÁreaLocales, los requisitos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, ha considerado procedete la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad dasignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeracióNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a BVNET SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración geográfica según indica en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Asígnase a BVNET SOCIEDAD ANÓNIMA la numeración no geográfica segúse indica en el Anexo lI que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo I

Numeración que se asigna:

BVNET SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANO NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

 AMBA 11 3839ghij 10.000

BAHIA BLANCA 291 517ghij 10.000

CORDOBA 351 709ghij 10.000

MAR DEL PLATA 223 637ghij 10.000

ROSARIO 341 219ghij 10.000

SANTA FE 342 571ghij 10.000

 Anexo II

Numeración que se asigna:

BVNET SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO INDICATIVODE SERVICIO

NÚMERODE CLIENTE

CANTIDADDE NÚMEROS

 Audiotexto Gran Público 600 111980j 10

Para el acceso a la prestación de serviciosde telecomunicaciones brindados mediantetarjetas, soportados por plataformas dered inteligente o cualquier otro medio, en lamodalidad de pago previo o prepaga.

822 198ghij 10.000

Para el acceso a la prestación de serviciosde telecomunicaciones brindados mediantetarjetas, soportados por plataformas dered inteligente o cualquier otro medio, en lamodalidad post-pago.

823 198ghij 10.000

e. 09/06/2016 N° 39310/16 v. 09/06/20#F5141430F

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 26/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 26#I5141432I#

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3470/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 10.895/2007, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquicoy descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normasmodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTO-RIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DECOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlanFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 182 de fecha 10 de octubre de 2007 de la ex SECRETARÍA DE CO-MUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, IN-VERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se registraron a nombre de la empresa INTERLINK SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga DistanciaNacional e Internacional y Telefonía Pública.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Localpara ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadolas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considera-do procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad de asig-nar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTENACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretoN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a INTERLINK SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la nu-meración geográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente Ente Naciona l de Comunicaciones.

 Anexo

Numeración que se asigna:

INTERLINK SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCAL INDICATIVOINTERURBANO

NÚMERO LOCALCANTIDAD

DE NÚMEROS

CERES 3491 486hij 1.000

CHARATA 3731 560hij 1.000

FIRMAT 3465 439hij 1.000

FRANCK 342 5738hij 1.000

GENERAL PINEDO 3731 529hij 1.000

LAS BREÑAS 3731 561hij 1.000

LAS TOSCAS (PROV. SANTA FE) 3482 351hij 1.000

PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA 364 4318hij 1.000

QUIMILI 3843 409hij 1.000

QUITILIPI 364 4319hij 1.000

SAN CRISTOBAL 3408 454hij 1.000

SAN JAVIER (PROV. SANTA FE) 3405 495hij 1.000SAN JERONIMO NORTE 3404 558hij 1.000

SAN JOSE DEL RINCON 342 5737hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39312/16 v. 09/06/2016#F5141432F#

#I5141433I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3471/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 4.835/2009, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 267 de f echa 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTE-RIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico

y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normamodificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAFEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y L AS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el PlaFundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 187 de fecha 12 de octubre de 2006 de la ex SECRETARÍA DCOMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la empresa RED INTERCABLE DIGITASOCIEDAD ANÓNIMA Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro para loservicios de Valor Agregado, Transmisión de Datos, Telefonía Local, Telefonía Pública, Telef

nía de Larga Distancia Nacional e Internacional y como Revendedor de Servicios de Telecomunicaciones.

Que el mencionado prestador ha solicitado la asignación de un Código de Identificación dOperador de Larga Distancia.

Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional en el Punto III.5 establece la Estructu“PQR” para la identificación de Códigos de Operador de Larga Distancia.

Que la solicitud del operador se encuadra en lo establecido en el referido Plan, Punto VIdonde se establecen las pautas para la asignación de los Códigos.

Que RED INTERCABLE DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA ha solicitado numeración para el Sevicio de Telefonía Local para ser utilizada en diversas Áreas Locales del país.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes, y habiendo analizadlas cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dicha

 Áreas Locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerdo procedente la asignación peticionada.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016, se delegó en su Presidente la facultad d

asignar recursos de telecomunicaciones contemplados en el Plan Fundamental de NumeracióNacional.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTNACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DecretN° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DCOMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Asígnase a RED INTERCABLE DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA el Código dIdentificación de Operador de Larga Distancia PQR= 174.

 ARTÍCULO 2° — Asígnase a RED INTERCABLE DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA la numeraciógeográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

 ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicacione

 Anexo

Numeración que se asigna;

RED INTERCABLE DIGITAL SOCIEDAD ANONIMA 

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL

 ÁREA LOCALINDICATIVO

INTERURBANONÚMERO LOCAL CANTIDAD

DE NÚMEROS

25 DE MAYO (PROV. BUENOS AIRES) 2345 492hij 1.000

25 DE MAYO (PROV. BUENOS AIRES) 2345 494hij 1.000

 AMBA 11 53816hij 1.000

 AMBA 11 53817hij 1.000

CHOELE CHOEL 2946 422hij 1.000

CHOELE CHOEL 2946 423hij 1.000

CORRAL DE BUSTOS 3468 578hij 1.000

CORRAL DE BUSTOS 3468 579hij 1.000EDUARDO CASTEX 2334 418hij 1.000

EDUARDO CASTEX 2334 419hij 1.000

FRAY LUIS BELTRAN (PROV. RIO NEGRO) 2946 424hij 1.000

FRAY LUIS BELTRAN (PROV. RIO NEGRO) 2946 425hij 1.000

LAMARQUE 2946 426hij 1.000

LAMARQUE 2946 427hij 1.000

MACACHIN 2953 408hij 1.000

MACACHIN 2953 409hij 1.000

PORTEÑA 3564 351hij 1.000

PORTEÑA 3564 352hij 1.000

SAN GUILLERMO 3562 498hij 1.000

SAN GUILLERMO 3562 499hij 1.000

SUNCHALES 3493 468hij 1.000

SUNCHALES 3493 469hij 1.000

TOSTADO 3491 487hij 1.000

TOSTADO 3491 488hij 1.000

e. 09/06/2016 N° 39313/16 v. 09/06/20#F5141433F

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 27/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 27#I5141310I#

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la ins-cripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por eltérmino de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar unapetición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridosprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el orga-nismo competente. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas resoluciones,cada unidad deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado deequipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.

SOLICITANTE EQUIPO MARCA MODELO N° inscrip.Resolución

ENACOM

Fecha Expte.

BGH S.A. Teléfono celular BGH JOY X2 C- 15177 654 29/03/16 2952/15

CASSI, PABLORICARDO

Transceptorportátil

HELLA FS94 H- 15700 2380 09/05/16 76/16

COVIDIEN ARGENTIN A S.A.

Transceptor ValleyLabTM L S10 VLLS10GEN H- 15832 2381 09/05/16 1260/16

TELEMED S.R.L. Transceptor móvilGE

Sensing&InspectionTechnologies GmbH

RC-24 H- 15927 2382 09/05/16 2127/16

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39218/16 v. 09/06/2016#F5141310F#

#I5141311I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la re-novación de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por eltérmino de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una

petición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridosprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el orga-nismo competente. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas resoluciones,cada unidad deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado deequipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.

SOLICITANTE EQUIPO MARCA MODELO N° inscrip.ResoluciónENACOM

Fecha Expte.

SES SISTEMASELECTRONICOSS.A.

 Antena PRODELIN 1184 Ku C- 5135 2349 06/05/16 7983/06

VEC S.R.L. Transmisor VEC-NAUTEL NX-25 31- 7857 2350 06/05/16 11020/09

SURELY S.A. Modem ELMO TECH DCU-2010-2 53- 8113 2373 09/05/16 1133/10

MULTIRADIO S.A. Transceptor KENWOOD TK-790H 10- 2315 2374 09/05/16 10304/00

CHINTERNATIONAL

 ARGENTIN A S.R.L.

Transmisorde alarma porvinculo físico

DSC SCW9055G-433 55-10986 2375 09/05/16 9325/12

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800 -23GHz TR 1200

- Hi B5C- 11116 2379 09/05/16 8289/12

VEC S.R.L. TransmisorVEC-CONTINENTAL

ELECTRONICS816R-5C 33- 8010 2383 09/05/16 13228/09

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800 -23GHz TR 1200

- Hi B7C- 11123 2384 09/05/16 8294/12

B.T.W. S.A.Transceptor

multicanal digitalSAF

CFIP-07-Phoenix

C- 11325 2385 09/05/16 9220/12

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800 -23GHz TR 1200

- Lo B6C- 11115 2386 09/05/16 8292/12

B.T.W. S.A.Transceptor

multicanal digitalSAF CFIP-08-Lumina C- 11326 2387 09/05/16 9219/12

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800- 23GHz TR1200-Hi B6

C- 11119 2388 09/05/16 8291/12

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800 -23GHz TR 1200

- Lo B5C- 11118 2389 09/05/16 8290/12

CAMBIUMNETWORKS S.R.L.

Transceptormulticanal digital

CAMBIUMNETWORKS

PTP Serie 800-23GHz TR 1200

- Lo B7C- 11122 2390 09/05/16 8293/12

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39219/16 v. 09/06/2016#F5141311F#

#I5141313I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Actividades de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la ins-cripción de las siguientes empresas en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones, por eltérmino de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar unapetición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridosprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el orga-nismo competente.

EMPRESA CUITN° Registro de Comercialización

o FabricaciónD is po si ci ón Fe ch a E xp edi ent e

SOMECO ELECTRONICS S.A. 30-70217915-3 AL - 30 - 2176 2372 09/05/16 13064/12

WATCH LAND S.A. 30-69380763-4 AL - 30 - 2175 2377 09/05/16 10885/12

 ALPINE ELECTRON ICS

OF AMERICA INC. SUC.

BUENOS AIRES

30-66206875-2 AL - 30 - 2174 2378 09/05/16 1671/09

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39221/16 v. 09/06/2016#F5141313F#

#I5141314I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Actividades de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la renovación de las siguientes empresas en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones, pel término de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar unpetición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridoprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.

EMPRESA CUIT N° Registro de Comercializacióno Fabricación

D is po si ci ón F ec ha E xp ed ie n

SYMBAR S.A. 30-69437933-4 AL - 30 - 1339 2370 09/05/16 3147/99

BGH S.A. 30-50361289-1 AL - 30 - 897 2371 09/05/16 5218/00DAXA ARGENTINA S.A. 30-70724707-6 Al - 30 - 1376 2376 09/05/16 7420/00

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39222/16 v. 09/06/20#F5141314

#I5141326I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la incripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por término de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar unpetición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridoprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas resolucionecada unidad deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado dequipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.

SOLICITANTE EQUIPO MARCA MODELO N° inscrip.Resolución.ENACOM

Fecha Expte

BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. Teléfono celular LG LG-H960AR C- 15529 3093 20/05/16 6350/1

 ACEGAME S.A. Teléfono celular X-VIEW ZEN MAGNET C- 15685 3094 20/05/16 7639/1

ELECTRONIC SYSTEM S.A. Teléfono celular NOBLEX N501 C- 15564 3095 20/05/16 6776/1

GASEI S.A. Teléfono celular ARCHOS 50 HELIUM+ C- 15866 3096 20/05/16 1479/1

G Y P NEW TREE S.A. Teléfono celular ViewSonic Q5 C- 15742 3097 20/05/16 298/16

SOLNIK S.A. Teléfono celular HYUNDAI L575 C- 15402 3098 20/05/16 5323/1

ELECTRONIC SYSTEM S.A. Teléfono celular LG LG-H340AR C- 15604 3099 20/05/16 7002/1

SOLNIK S.A. Teléfono celular HYUNDAI HY1-1137BL C- 15472 3100 20/05/16 6090/1

BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. Teléfono celular LG LG-H650AR C- 15522 3101 20/05/16 6467/1

TELECOMUNICACIONESFUEGUINAS S.A.

Teléfono celular PHILIPS S616 C- 15743 3102 20/05/16 288/16

ELECTRONIC SYSTEM S.A. Teléfono celular NOBLEX N501 C- 15625 3103 20/05/16 7442/1

TELECOMUNICACIONESFUEGUINAS S.A.

Teléfono celular PHILIPS V526 C- 15690 3104 20/05/16 17/16

SOLNIK S.A. Teléfono celular HYUNDAI HY2-6275AZ C- 15554 3105 20/05/16 6672/1

ELECTRONIC SYSTEM S.A. Teléfono celular LG LG-H440AR C- 15510 3106 20/05/16 6351/1

MERCEDES-BENZ ARG. S.A. Transceptor HIRSCHMANN 920287A H- 15694 3112 20/05/16 63/16

MERCEDES-BENZ ARG. S.A. Transceptor HIRSCHMANN 920287B H- 15695 3113 20/05/16 64/16

 AUKALLOKA, LIDIA ELENA Transmisor CONTINENTAL 5WK50163 H- 15904 3114 20/05/16 1790/1

MULTIRADIO S.A. Transceptor PICIORGROS TMO-100 H- 15153 3115 20/05/16 2583/1

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39234/16 v. 09/06/20#F5141326F

#I5141327I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto otorgar la renovación de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por término de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar unpetición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridoprevios al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas resolucionecada unidad deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado dequipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.

SOLICITANTE EQUIPO MARCA MODELO N° inscrip.Resolución.ENACOM

Fecha Expte.

KOMBI ELECTRONICAS.A.

Tr ans ce pto r KO MBIMONOKOM-

UP TEL19- 1811 3107 20/05/16 9020/97

POLYCOMTELECOMUNICACOESDO BVRASIL LTDA.

Transceptormóvil

POLYCOM VVX 600 H- 11401 3108 20/05/16 13820/12

BRUNO HNOS. S.A. Fax KYOCERA FS-1120MFP H- 11439 3109 20/05/16 14139/12

BRUNO HNOS. S.A. Fax KYOCERA FS-1125MFP H- 11398 3110 20/05/16 14140/12

SIEMENS S.A. Transceptor SIEMENS RF670R H- 11390 3111 20/05/16 14030/12

CAR SECURITY S.A.Transceptor

móvilLO JACK VLU5 18- 5181 3117 20/05/16 9860/06

TELEMED S.R.L.Transceptor

portátilLOGITECH M-R0038 C- 11281 3118 20/05/16 10927/12

SIEMENS S.A. Transceptor SIEMENS RF630R H- 11409 3119 20/05/16 14031/12

SIEMENS S.A. Transceptor SIEMENS RF620R H- 11388 3120 20/05/16 14028/12

SIEMENS S.A. Transceptor SIEMENS RF640R H- 11386 3121 20/05/16 14029/12

CASSI, PABLO RICARDO Transmisor VALEO 0603A1-A H- 11448 3122 20/05/16 14569/12

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39235/16 v. 09/06/20#F5141327F

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 28/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 28#I5141329I#

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto modificar,conforme a los siguientes detalles, las disposiciones del Registro de Materiales de Teleco-municaciones, manteniendo las fechas de vigencia originales conforme lo establecido en el

 Artíc ulo 3° de las mismas, y por el término de TRES (3) años, cumplidos lo s cua les caducaránautomáticamente de no mediar una petición similar a la tratada, la que deberá ser interpuestadentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente connorma técnica definitiva dictada por el organismo competente. Conforme a lo establecido en el

 Artíc ulo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá ident ificar se conforme a laspautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentaciónespecífica vigente.

DISPOSIC. AMODIFICAR

LO ATINENTE A:NUEVADISP. N°

F ECHA S OLIC ITA NT E EQUIP O MAR CA MOD ELO N° I nscr ip. Exp te .

500/16 EQUIPO 2639 17/05/16 BGH S.A.Teléfonocelular

BGH JOY V6 C- 15544 6677/15

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39237/16 v. 09/06/2016#F5141329F#

#I5141317I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Exenciones de pagos de derechos y aranceles radioeléctricos

La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha resuelto otorgar la exen-ción de pago de derechos y aranceles a los siguientes organismos, según se establece en laResolución N° 10/95 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES y

modificatorias.

RESOLUCIÓN Fecha EXPEDIENTE ORGANISMO AUTORIZADO

MEDIANTE:DESDE:

2475 16/05/16 6207/12 FUERZA AÉREA ARGENTINA DISP. GI N° 4672/14 30/12/14

2476 16/05/16 15714/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1812/15

26/11/15

2477 16/05/16 1981/15INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLOPESQUERO

DISP. AFTIC-DINARN° 1309/15

06/11/15

2478 16/05/16 1980/15INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACION Y DESARROLLOPESQUERO

DISP. AFTIC-DINARN° 1310/15

06/11/15

2479 16/05/16 12905/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA PROVIN CIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 183/14

17/12/14

2480 16/05/16 15356/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA PROVIN CIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 182/14

17/12/14

2528 16/05/16 15353/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA PROVIN CIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 177/14

17/12/14

2529 16/05/16 12907/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA PROVIN CIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 179/14

17/12/14

2575 16/05/16 1989/15 FUERZA AÉREA ARGENTINA  DISP. GI ASRCMMA

N° 93/1506/03/15

2576 16/05/16 15712/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1798/15

26/11/15

2577 16/05/16 15716/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1033/15

21/10/15

2578 16/05/16 15717/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1034/15

21/10/15

2579 16/05/16 15715/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1809/15

26/11/15

2580 16/05/16 15713/14MINISTERIO DE SEGURIDADDE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINARN° 1026/15

21/10/15

2581 16/05/16 12986/14 FUERZA AÉREA ARGENTINA  DISP. GI ASRCMMA

N° 25/1528/01/15

2582 16/05/16 15354/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA P ROVINCIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 176/14

17/12/14

2583 16/05/16 15719/14

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DISP. AFTIC-DINAR

N° 1811/15 26/11/15

2584 16/05/16 15351/14DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA DE LA PROVINCIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 180/14

17/12/14

2585 16/05/16 12906/14DIRECCION GENERALDE AERONAUTICA DE LA PROVINCIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 181/14

17/12/14

2586 16/05/16 15352/14DIRECCION GENERALDE AERONAUTICA DE LA PROVINCIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 178/14

17/12/14

2587 16/05/16 15355/14DIRECCION GENERALDE AERONAUTICA DE LA PROVINCIADE CORDOBA 

DISP, GI ASRCMMAN° 175/14

17/12/14

2588 16/05/16 12904/14DIRECCION GENERALDE AERONAUTICA DE LA PROVINCIADE CORDOBA 

DISP. GI ASRCMMAN° 184/14

17/12/14

2589 16/05/16 8319/14 POLICIA FEDERAL ARGENTINA DISP. GI N° 4351/14 01/12/14

MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39225/16 v. 09/06/2016#F5141317F#

#I5141320I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2671/2016

17/05/2016

DECLÁRASE que la Firma denominada TRANSLYF - LA TRANSPORTADORA DE LUZ Y FUERZA - S.A. ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto N° 1.187/93sus modificatorios, para el mantenimiento de su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRETADORES DE SERVICIOS POSTALES. MANTIÉNESE inscripta a la Firma TRANSLYF - LA TRANSPORTADORA DE LUZ Y FUERZA - S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES con el número CIENTO OCHENTA (180). REGÍSTRESE que la Firma TRANSLY- LA TRANSPORTADORA DE LUZ Y FUERZA - S.A. ha declarado la oferta de los servicios de ENCOMIENDA, CORRESPONDENCIA CON FIRMA EN PLANILLA (CON CONTROL), CORRESPONDE

CIA BAJO PUERTA (CARTA SIMPLE), OPCIONAL AVISO DE RECIBO, SERVICIO PUERTA A PUERTA, CARTA CON COPIA Y CONSTANCIA DE RECEPCIÓN, CORRESPONDENCIA CON ACUSE DRECIBO, CLEARING Y TRANSPORTE DE DOCUMENTACIÓN COMERCIAL, OTROS SERVICIOIMPRESOS Y FINISHING POSTAL, con cober tura geográfica total en CIUDAD AUTÓNOMA DE BUNOS AIRES, Provincias de BUENOS AIRES, CÓRDOBA, MISIONES, SANTA FE, ENTRE RÍOS, MENDOZA, SAN JUAN, SAN LUIS y TUCUMÁN y cober tura geográfica parcial en las Provincias de SALTy SANTIAGO DEL ESTERO. ESTABLÉCESE que el vencimiento del plazo previsto por e l Artículo de la Resolución CNCT N° 007/96 para que la Firma TRANSLYF - LA TRANSPORTADORA DE LUY FUERZA - S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiende su inscripción operará el 31 de enero de 2017. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, EnNacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39228/16 v. 09/06/20#F5141320F

#I5141323I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2804/2016

18/05/2016

DECLÁRASE que la Firma denominada SEND S.R.L. ha acreditado el cumplimiento de lorequisitos establecidos por el Decreto N° 1.187/93 y sus modificatorios, para el mantenimientde su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALESMANTIÉNESE inscripta a la Firma SEND S.R.L. en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADOREDE SERVICIOS POSTALES con el número QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE (547). REGÍSTRSE que la Firma SEND S.R.L. ha declarado la oferta de los servicios de CARTA SIMPLE, CARTA CERTIFICADA y SERVICIO PUERTA A PUERTA, con cobertura geográfica en forma total comedios propios en MENDOZA, SAN JUAN, SAN LUIS y SANTA FE, con convenio de reenvío cola empresa ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. en CIUDAD AUTÓNOMA DBUENOS AIRES, BUENOS AIRES, CATAMARCA, CORDOBA, CORRIENTES, CHACO, CHUBUENTRE RÍOS, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, MISIONES, NEUQUÉN, RÍO NEGROSALTA, SAN JUAN, SAN LUIS y TUCUMÁN y con la empresa TRANS BAN S.A. en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, CORDOBA , CHACO, MISIONES y SANTA FE. ESTABLÉCESE quel vencimiento del plazo previsto por el Artículo 2° de la Resolución CNCT N° 007/96 para que Firma SEND S.R.L. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 29 de julio de 2016. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, EnNacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39231/16 v. 09/06/20#F5141323F

#I5141325I#ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2805/2016

18/05/2016

DECLARASE que la Firma denominada BLUE MAIL S.A. ha acreditado el cumplimiento dlos requisitos establecidos por el Decreto N° 1.187/93 y sus modificatorios, para el mantenimientde su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALESMANTIÉNESE inscripta a la Firma BLUE MAIL S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES con el número SEISCIENTOS TRECE (613). REGÍSTRESE qula Firma BLUE MAIL S.A. ha declarado la oferta de los servicios de CORRESPONDENCIA BAJPUERTA (CARTA SIMPLE), CORRESPONDENCIA CON FIRMA EN PLANILLA (CON CONTROLCORRESPONDENCIA CON ACUSE DE RECIBO, IMPRESOS, FINISHING POSTAL, CARTA COCOPIA CERTIFICADA Y CONSTANCIA DE RECEPCIÓN, ENCOMIENDA y COURIER con cobertugeográfica NACIONAL total, con excepción de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDE ISLAS DE ATLÁNTICO SUR que declaró cobertura parcial; y en el ámbito internacional declarcobertura MUNDIAL. ESTABLÉCESE que la Firma BLUE MAIL S.A. se encuentra autorizada prestar el servicio de CARTA DOCUMENTO en CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES totalProvincia de BUENOS AIRES parcial, por decisión judicial, según los antecedentes indicados elos considerandos. ESTABLÉCESE que el vencimiento del plazo previsto por el Artículo 2° de Resolución CNCT N° 007/96 para que la Firma BLUE MAIL S.A. acredite el cumplimiento anual dlos requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 31 de agosto de 2016

— MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.e. 09/06/2016 N° 39233/16 v. 09/06/20

#F5141325F

#I5140397I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1060/2016

01/06/2016

VISTO el Expediente N° 493/2016, el Decreto N° 756/93 del 21 de Abril de 1993, la ResolucióINCAA N° 609/2015 del 11 de Marzo de 2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE

 ARTES AUDIOVISUALES, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO se estableció la facultad de instituir distintos premioen beneficio de los locatarios y compradores de videogramas en el video-club y los adquirientede los Boletos Oficiales Cinematográficos.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 29/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 29

Que los premios consisten, según la Resolución N° 609/2015/INCAA, en veintidós (22) premiosde PESOS UN MIL ($ 1.000) libre de impuestos, entre los adquirientes de Boletos Oficiales Cinemato-gráficos resultantes del sorteo correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del año 2015.

Que el sorteo referido en la Resolución citada en el VISTO fue realizado el 21 de enero de2016 a las 19 horas en el Espacio INCAA Gaumont, sito en avenida Rivadavia 1635 de la Ciudad

 Autónoma de Buenos Aires, protocolizado por la escribana Valeria Mazzitelli, Notaria adscripta alRegistro Notarial número 1464 de esta Ciudad.

Que en el acta confeccionada por la escribana Valeria Mazzitelli constan los nombres y docu-mentos de los ganadores.

Que los ganadores resultaron ser por el mes de Noviembre: 1° María Cristina Goñi - DNI:4.875.051; 2° Mirian Bidyeran - DNI: 23.848.870; 3° Marina L iliana Lopez Osornio - DNI: 16.226.712; 4°

 Alejandro Schindler - DNI: 22.635.725; 5° Marta del Viaballay López - DNI: 6.231.630; 6° Julia Falconi

- DNI: 6.408.043; 7° Norma Alozew - DNI: 3.946.457; 8° Blanca Baasch - DNI: 0.141.402; 9° RosanaCovos - DNI: 17.203.322; 10° Verónica Lidia Bellene - DNI: 22.185.917; 11° Fernando Mariano Peidro -DNI: 25.705.656 y por el mes de Diciembre: 1° Jorge Daniel Gutiér rez - DNI: 25.227.786; 2° SebastiánNapoli - DNI: 20.249.493; 3° Liana Casanova - DNI: 3.919.860; 4° Armando Nupieri - DNI: 25.418.847;5° Rita de los Angeles Fabian - DNI: 30.637.874; 6° Cecilia Inés Lovigné - DNI: 29.722.739; 7° JoséEnrique Ruggieri - DNI: 10.878.917; 8° Ana María Gravinese - LC: 6.169.500; 9° Aida Elfa Fernández -DNI: 3.924.578; 10° Romina Gisela Lencinas - DNI: 34.434.356; 11° Luis Alamprese - DNI: 4.548.315.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias(t.o. Decreto N° 1248/01) y Decreto N° 175/2016.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárense ganadores del premio de PESOS MIL ($1000) libre de impuestos,correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del año 2015, a los acreedores que figuran enel Anexo I de la presente Resolución, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Liquídese y abónese a favor de los adquirientes de Boletos Oficiales Cine-matográficos que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, la suma de PESOS MIL ($ 1.000)libre de impuestos.

 ARTÍCULO 3° — Impútese el gasto a l a Partida correspondiente sujeto a disponibilidad pre-supuestaria.

 ARTÍCULO 4° — Publíquense los nombres de los ganadores en la página Web del Instituto.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto Nacional de Ciney Artes Audiovisuales.

 ANEXO I - RESOLUCION N° 1060

Noviembre

1° María Cristina Goñi DNI: 4.875.051

2° Mirian Bidyeran DNI: 23.848.870

3° Marina Liliana Lopez Osornio DNI: 16.226.712

4° Alejandro Schindler DNI: 22.635.725

5° Marta del Viaballay López DNI: 6.231.6306° Julia Falconi DNI: 6.408.043

7° Norma Alozew DNI: 3.946.457

8° Blanca Baasch DNI: 141.402

9° Rosana Covos DNI: 17.203.322

10° Verónica Lidia Bellene DNI: 22.185.917

11° Fernando Mariano Peidro DNI: 25.705.656

Diciembre

1° Jorge Daniel Gutiérrez DNI: 25.227.786

2° Sebastián Napoli DNI: 20.249.493

3° Liana Casanova DNI: 3.919.860

4° Armando Nupieri DNI: 25.418.847

5° Rita de los Angeles Fabian DNI: 30.637.874

6° Cecilia Inés Lovigné DNI: 29.722.739

7° José Enrique Ruggieri DNI: 10.878.917

8° Ana María Gravinese LC: 6169500

9° Aida Elfa Fernández DNI: 3.924.578

10° Romina Gisela Lencinas DNI: 34.434.356

11° Luis Alamprese DNI: 4.548.315

e. 09/06/2016 N° 39071/16 v. 09/06/2016#F5140397F#

#I5140402I#MINISTERIO DE SALUD

Resolución 726/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el expediente N° 1-2002-4638000078/16-7 del registro del INSTITUTO NACIONALCENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), las disposiciones dela Ley N° 26.928 de creación de un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas oen Lista de Espera y su reglamentación aprobada por Decreto N° 2266/2015 del P.E.N.; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley citada en el visto dispone en su artículo 11 que el Estado Nacional debe otorgar,en los términos y condiciones de la Ley N° 13.478 y sus normas modificatorias y complementarias,

una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para las personabeneficiarias de la norma que se encuentren en situación de desempleo forzoso y que no cuentecon ningún otro beneficio de carácter previsional.

Que el Decreto N° 2266/2015 en la reglamentación del citado artículo, determina que el MNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, a través de la COMISIÓN NACIONAL DPENSIONES ASISTENCIALES, será el organismo de aplicación y ejecución de la prestación refrida precedentemente.

Que la mencionada reglamentación establece, además, que corresponderá al MINISTERIDE SALUD regular lo concerniente a la inclusión de los beneficiarios en el PROGRAMA FEDERAINCLUIR SALUD, en relación a la asistencia médica.

Que el mencionado Programa, aprobado por Resolución N° 1862/2011 de este Ministerio

promueve el acceso a titulares de pensiones no contributivas, al ejercicio pleno del derecho a salud en todo el territorio nacional, y asiste a las respectivas jurisdicciones en la implementacióde un modelo sanitario que permite una cobertura médica integral.

Que en este marco, resulta apropiado adoptar decisiones sanitarias tendientes a lograr la eficiencia en las prestaciones de salud, ampliando en este caso, las posibilidades de los beneficiariode la Ley N° 26.928, quienes podrán optar entre su cobertura medico asistencial o la inclusión eel PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de scompetencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 2266/2015, reglamentario de la Ley N° 26.928.

Por ello;

EL MINISTRODE SALUDRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Dispónese que los beneficiarios del Sistema de Protección Integral paPersonas Trasplantadas o que se encuentren en lista de espera, creado por Ley N° 26.928, a loque se otorgue la prestación prevista en el artículo 11 de la citada norma y cuenten con cobertumedico asistencial al momento de dicho otorgamiento, podrán optar entre conservarla o ser includos como beneficiarios del PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD.

 ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquesdese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE DANIEL LEMUS, Mnistro de Salud.

e. 09/06/2016 N° 39076/16 v. 09/06/20#F5140402

#I5141582I#MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 229/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 28821/2015 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERV

CIOS DE SALUD, la Ley 23660, el Decreto N° 576 de fecha 1° de abril de 1993 y las ResolucioneN° 1030 del 2 de septiembre de 2010 y N° 1344 de fecha 25 de noviembre de 2010, ambas deRegistro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO, la UNION OBRERA LADRILLERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOLRA) solicita el reconocimiento de las autoridades designadas por esentidad, para ocupar los cargos de dirección y fiscalización en la OBRA SOCIAL DEL PERSONALADRILLERO (RNOS 1-1030-5).

Que al efecto, acompaña copia legalizada del certificado de autoridades gremiales extendidpor el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con mandato vigente por período 26/05/15 al 26/05/19.

Que es del caso recordar, que desde el dictado de la Resolución N° 167/10-MTEySS, la citadasociación sindical se encontraba conducida por un Delegado Normalizador.

Que asimismo, la UOLRA acompaña copia certificada del Acta por la cual la Comisión Drectiva de la entidad gremial elige las autoridades del Agente del Seguro de Salud, por el períod30/11/2015 al 29/11/2019.

Que la asociación sindical peticiona la normalización de la OBRA SOCIAL DEL PERSONALADRILLERO (RNOS 1-1030-5), por encontrarse ésta, desde el 2 de septiembre de 2010, bajo conducción de un Administrador Provisorio.

Que tal medida se implementó con el dictado de la Resolución N° 1030/10-SSSALUD, atenel conflicto de gobernabilidad suscitado en la entidad; toda vez que la conducción de la Obra Social se encontraba acéfala y resultaba imposible la designación de nuevas autoridades por parde la asociación sindical, conforme los artículos 8° y 25 del Estatuto de la OSPL, por encontrarla propia UNION OBRERA LADRILLERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, bajo la administracióde un Delegado Normalizador (conforme Resolución N° 167/10-MTEySS).

Que el Dr. Carlos María GALLARDO (DNI 11.915.578), actual administrador de la Obra Sociafue designado por Resolución N° 1344/2010-SSSalud, hasta tanto se normalice la entidad o Poder Ejecutivo disponga la intervención del Agente del Seguro de Salud.

Que la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, se expide —en Providencia N° 53985/2016— detallando el cumplimiento de los recaudos establecidoen el art. 13 Anexo I del Decreto 576/93, respecto de los integrantes del Consejo Directivo y Comsión Revisora de Cuentas de la Obra Social, elegidos de acuerdo a las disposiciones estatutaria

Que la solicitud efectuada por la entidad gremial debe ser analizada a la luz de la normativde aplicación.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 30/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 30

Que en tal sentido, el inc. a) del art. 12 de la Ley 23660 establece que “Las obras sociales sin-dicales (...) Serán conducidas y administradas por autoridad colegiada (...) cuyos miembros seránelegidos por la asociación sindica l (...) a través de su secretariado nacional, consejo direc tivo nacio-nal o asamblea general de delegados congresales, conforme al estatuto de la obra social sindical”.

Que en este orden, el Estatuto de la OSPL establece en su art. 8° que “La Obra Social seráconducida y administrada por un Consejo Directivo integrado por tres (3) miembros titulares y (...)dos (2) miembros suplentes todos elegidos por la Asociación Sindical a través de la Comisión Di-rectiva Nacional”; en tanto, el art. 25 estipula —en lo que respecta al órgano de fiscalización— que“...estará a cargo de una Comisión Revisora de Cuentas integrada por tres (3) miembros elegidospor la Comisión Directiva Nacional de la (...) UOLRA”.

Que así pues, la UNION OBRERA LADRILLERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA se presentaacreditando su normalización, con el certificado de autoridades gremiales extendido por el MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Asimismo, adjunta Acta de elecciones deautoridades de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL LADRILLERO (RNOS 1-1030-5) y documenta-ción en los términos del art. 13 Anexo I del Decreto N° 576/93; respecto de la cual, la Coordinaciónde Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga se expide favorablemente.

Que en consecuencia, en atención a la documentación obrante en autos, la normativa deaplicación y los términos de la Resolución N° 1344/10-SSSalud; corresponde dar por finalizadaslas funciones del Dr. Carlos María GALLARDO (DNI 11.915.578) como Administrador Provisorio dela Obra Social y proceder, a través de la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidadesde Medicina Prepaga, a extender el certificado de autoridades de estilo.

Que el Dr. Carlos María GALLARDO (DNI 11.915.578) deberá presentar, ante esta Superintenden-cia de Servicios de Salud, en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la publicación de la pre-sente en el Boletín Oficial, un informe circunstanciado de las tareas llevadas a cabo durante su gestióncomo Administrador Provisorio de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL LADRILLERO (RNOS 1-1030-5).

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los DecretosN° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 100 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTEDE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — DASE por finalizadas las funciones del Dr. Carlos María GALLARDO (DNI11.915.578) como Administrador Provisorio de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL LADRILLERO(RNOS 1-1030-5), a partir de la fecha de publicación de la presente en el Boletín Oficial.

 ARTÍCULO 2° — HAGASE SABER al Dr. Carlos María GALLARDO (DNI 11.915.578) que en unplazo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha indicada en el artículo precedente, deberáacompañar un informe circunstanciado de las tareas llevadas a cabo durante su gestión como

 Administrador Provisorio de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL LADRILLERO (RNOS 1-1030-5).

 ARTÍCULO 3° — INSTRUYASE a la Coordinación de Registros de Obras Socia les y Entidadesde Medicina Prepaga de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, para que proceda a extender el certifi-cado de autoridades del Agente del Seguro de Salud, con vigencia a partir de la fecha de publica-ción de la presente en el Boletín Oficial y con vencimiento de los mandatos el 29 de noviembre de2019, conforme Dictamen N° 2283//2016-GAJ-SSSALUD.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Na-cional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades deMedicina Prepaga, y, oportunamente archívese. — Dr. LUIS SCERVINO, Superintendente, Super-intendencia de Servicios de Salud.

e. 09/06/2016 N° 39401/16 v. 09/06/2016#F5141582F#

#I5140665I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3834/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 29212 del Registro del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS),la Ley N° 24.076 y su Decreto Reglamentario N° 1738 del 18 de septiembre de 1992 y sus modifi-catorios; la Ley N° 25.561, sus prórrogas y modificatorias; la Resolución del Ministerio de Energíay Minería de la Nación (en adelante “MINEM” o “MEyM”) N° 28/16; el Capítulo IX de las ReglasBásicas de la Licencia de Distribución aprobadas por Decreto PEN N° 2255/92; la ResoluciónENARGAS N° I-2905/2014; la Resolución ENARGAS N° I-3784/2016 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución MEyM N° 28/16 se dispuso la aplicación de una tarifa final dife-renciada a aquellos usuarios que, por su menor capacidad de pago, se vean imposibilitados deabonar los Cuadros Tarifarios Finales correspondientes a su área.

Que dicha tarifa final diferenciada f ue denominada “Tarifa Social” y consiste en una bonificacióndel CIEN POR CIENTO (100%) del precio de Gas Natural o del Gas Propano incluidos en las tarifas.

Que dicha Resolución estableció, con relación a los usuarios Residenciales, que solo serán be-neficiarios de la “Tarifa Social” aquellos que reúnan los criterios de inclusión que se determinan enel Anexo III de la misma, los que fueron definidos con intervención previa del CONSEJO NACIONALDE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y que podránser modificados previa intervención del referido Consejo u órgano que en el futuro lo reemplace.

Que en virtud de ello, la Resolución MEyM N° 28/16, en su Artículo 5° instruyó al ENARGAS aadecuar el Registro de Exceptuados a la Política de Redireccionamiento de Subsidios del EstadoNacional creado por la Resolución ENARGAS N° I-2905/14, adoptando para los usuarios Residen-ciales los CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA SER BENEFICIARIO DE LA TARIFA SOCIAL que,como Anexo lll, forma parte integrante de dicha Resolución.

Que asimismo, el Artículo 5° de la mencionada resolución estableció que “El ENARGAS debe-rá aplicar las excepciones a los criterios establecidos en el Anexo III que forma parte integrante dela presente medida que, con intervención previa del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓNDE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o el órgano que resulte compe-tente en la materia, estime convenientes por responder a la finalidad tutelar perseguida al instru-mentar la ‘Tarifa Social’.

Que, en tal sentido, se adecuó el Registro de Exceptuados a la Política de Redireccionamientde Subsidios del Estado Nacional dispuesto por la Resolución ENARGAS N° I-2905/14, a fin dincorporar los criterios de elegibilidad para ser beneficiario de la “Tarifa Social” dispuestos por Resolución MEyM N° 28/16.

Que, por lo tanto, fue necesario establecer un conjunto de modificaciones a la ResolucióENARGAS N° I-2905/14.

Que de cara a la normativa reseñada, se modificó el Artículo 3° de la Resolución ENARGAS NI-2905/14, estableciendo que será de aplicación a los usuarios inscriptos al Registro de Exceptuados creado por la Resolución ENARGAS N° I-2905/14 la “Tarifa Social” instituida por la ResolucióMINEM N° 28/16.

Que, así, el Artículo 1° de la Resolución ENARGAS N° I-3784/16 estableció “Modificar el A

tículo 3° de la Resolución ENARGAS N° I-2905/14 el que quedará redactado de la siguiente form‘Establecer que será de aplicación a los usuarios incorporados al Registro creado en el Artículo de la presente, la tarifa final diferenciada denominada ‘Tarifa Social’ dispuesta por la ResolucióMEyM N° 28/16, o aquella que en el futuro la reemplace o sustituya”.

Que, en ese orden, se sustituyó el ANEXO I de la Resolución ENARGAS N° I-2905/14 por  ANEXO I de la Resolución ENARGAS N° I-3784/16 donde: i) se adoptan, para los Usuarios Resdenciales, los CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA SER BENEFICIARIO DE LA TARIFA SOCIAque, como Anexo III, forma parte integrante de la Resolución MINEM N° 28/16; ii) se modifica Procedimiento de “TRAMITACION DE LA SOLICITUD DE INCLUSION EN EL REGISTRO” y iii) smodifica el “MODELO DE FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA” para la solicitud de ingresal Registro creado por la Resolución ENARGAS N° I-2905/14.

Que, en este sentido, el Artículo 3° de la Resolución ENARGAS N° 3784/16 dispuso “Sustituir ANEXO I de la Resolución ENARGAS N° I-2905/14 por el ANEXO I que forma parte de la presentdonde: i) se adoptan, para los Usuarios Residenciales, los CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARSER BENEFICIARIO DE LA TARIFA SOCIAL que, como Anexo III, forma parte integrante de la Resolución MINEM N° 28/16; ii) se modifica el Procedimiento de “TRAMITACION DE LA SOLICITUD DINCLUSIÓN EN EL REGISTRO” y iii) se modifica el “MODELO DE FORMULARIO DE DECLARACIÓJURADA” para la solicitud de ingreso al Registro creado por la Resolución ENARGAS N° I-2905/14

Que, asimismo, en atención a la institución de la “Tarifa Social” por parte de la Resolución MEyN° 28/16, se entendió oportuno modificar la denominación del “Registro de Exceptuados a la Políticde Redireccionamiento de Subsidios del Estado Nacional” por la de “Registro de Beneficiarios dTarifa Social”; ello sin perjuicio de que la Resolución ENARGAS N° I-2905/14 conservara su vigencen todo lo que no resulte incompatible o haya sido modificado expresamente por la presente medid

Que el Anexo I.ii.B de la Resolución ENARGAS N° I-3784/16, establece la TRAMITACIÓN DLA SOLICITUD DE INCLUSIÓN EN EL REGISTRO y en el punto 7 determina que “A los efectos dque un Usuario sustente adecuadamente el motivo que origina la solicitud de inclusión al Registrdebe presentar como mínimo la siguiente documentación según sea el motivo argumentado”.

Que en ese marco de referencia respecto del MOTIVO: “Contar con certificado de discapacdad” se exige como DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA: “Certificado de discapacidad, vigentEn caso de no pertenecer al solicitante, se deberá agregar un documento que acredite el víncucon la persona discapacitada. Certificado médico de un especialista perteneciente a una institución pública/privada que acredite que la discapacidad implica un mayor consumo del servicio dgas. Copia legible del DNI, factura del servicio de gas a nombre del solicitante de la Tarifa Social

Que el supuesto considerado amerita una modificación a efectos de lograr un mayor alineamiento de la Resolución ENARGAS N° I-3784/16 con la Resolución N° 28/16 MEyM sobre estema en particular.

Que, en ese sentido, se torna oportuno reemplazar el mencionado punto 7 del Anexo I.ii.B dla Resolución ENARGAS N° I-3784/16 en el supuesto del MOTIVO “Contar con certificado de di

capacidad” eliminando como documentación respaldatoria a presentar, el certificado médico dun especialista perteneciente a una institución pública/privada que acredite que la discapacidaimplica un mayor consumo del servicio de gas.

Que dicha modificación, además, contribuirá a evitar problemas de interpretación normativa un excesivo casuismo sobre la materia.

Que el cambio propiciado se alinea, además, con las pautas establecidas por el Artículo 4de la Constitución Nacional en cuanto a establecido que, “Los consumidores y usuarios de bieney servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechoa la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsióde los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia dlos servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. Llegislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y lomarcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesarparticipación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, elos organismos de control.” y las pautas que surgen del Artículo 2 de la Ley N° 24.076.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo en cumplimiento de dispuesto en el artículo 7°, inciso d) de la Ley N° 19.549.

Que el Ente Nacional de Regulador del Gas se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en los Artículos N° 38 y su Reglamentación, y 52 inciso ambos de l a Ley N° 24.076, y Decretos PEN N° 571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/01038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14, 1392/15 y 164/16.

Por ello,

EL INTERVENTORDEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Modificar e l Anexo I.ii.B punto 7 de la Resolución ENARGAS N° 3784/16, que quedará redactado de la siguiente forma en su parte pertinente:

Motivo Documentación respaldatoria

Contar con certificado de discapacidad

Certificado de discapacidad, vigente. En caso de no pertenecer asolicitante, se deberá agregar un documento que acredite el víncucon la persona discapacitada. Copia legible del DNI, factura dservicio de gas a nombre del solicitante de la Tarifa Social.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 31/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 31

 ARTÍCULO 2° — Ordenar a las Licencia tarias de Distribución comunicar la presente Resolu-ción dentro de los CINCO (5) días de notificada, a todos sus Clientes que reciban la Tarifa denomi-nada SDB, tengan o no a la fecha de la presente el correspondiente contrato de Subdistribuciónsuscripto con la Licenciataria correspondiente, debiendo remitir a este Organismo constancia dedicha notificación dentro de los CINCO (5) días posteriores a la misma.

 ARTÍCULO 3° — Registrar, comunicar, notificar a las Licenciatari as de Distribución en los tér-minos del Art. 41 de Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ, Interventor, Ente NacionalRegulador del Gas.

e. 09/06/2016 N° 39112/16 v. 09/06/2016#F5140665F#

#I5140695I#

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA 

Resolución 108/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0235852/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICA-CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA solicita su ing reso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORIS-TA (MEM) como AGENTE GENERADOR para su Parque Eólico Rawson III de hasta VEINTICUATROMEGAVATIOS (24 MW), a instalarse en el Departamento Rawson, Provincia del CHUBUT.

Que el Parque Eólico Rawson III se conectará al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN(SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Raw-son, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBU-CIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.).

Que mediante Nota B-95817-1 de fecha 9 de febrero de 2015 de la COMPAÑÍA ADMINISTRA-DORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), informa queGENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA ha cumplimentado los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2del Anexo 17 de LOS PROCEDIMIENTOS.

Que mediante Disposición N° 156/15-SGAyDS de fecha 10 de septiembre de 2015 el MINISTE-RIO DE AMBIENTE Y CONTROL DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia del CHUBUT,aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Parque Eólico Rawson III presentado porGENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA con respecto a su Proyecto Parque Eólico RAWSON IIIdio satisfacción a las exigencias normativas establecidas.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) del Parque EólicoRawson III se publicó en el Boletín Oficial de la Repúbli ca Argentina N° 33.297 de fecha 15 de enerode 2016, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la Dirección Nacional de Prospectiva de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA,TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍAELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA

DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado lacorrespondiente intervención.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos35 y 36 de la Ley N° 24.065 y por la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTE-RIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIODE ENERGÍA ELÉCTRICA RESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRI-CO MAYORISTA (MEM) a GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA para su Parque Eólico Rawson III dehasta VEINTICUATRO MEGAVATIOS (24 MW) de potencia nominal, localizada en el DepartamentoRawson, Provincia del CHUBUT, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN(SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Raw-son, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBU-CIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.).

 ARTÍCULO 2° — Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA

ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionena los demás Agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que debanabonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte derivados de eventuales indispo-nibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a GENNEIA SOCIE-DAD ANÓNIMA, titular del Parque Eólico Rawson III, en su vínculo con el SISTEMA ARGENTINODE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la EstaciónTransformadora Rawson, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRI-CA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.). Aeste efecto se faculta a l a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRI-CO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectuar los correspondientes cargos dentro del PeríodoEstacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

 ARTÍCULO 3° — Notifíquese a GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRA-DORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESADE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIASOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD(ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

 ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publ íquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Ofic ialy archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de Energía Eléctrica.

e. 09/06/2016 N° 39142/16 v. 09/06/2016#F5140695F#

#I5140696I#MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA 

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA 

Resolución 109/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0204350/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que ENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA solicita su ingreso al MERCADO ELÉCTRCO MAYORISTA (MEM) como AGENTE GENERADOR para su Planta Solar Solares de la Punta, insta

lada en el Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de SAN LUIS, de CINCO MEGAVATIO(5 MW) de potencia nominal, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) ebarras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora La Punta, jurisdiccióde la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A.).

Que la Nota B-92433-1 de fecha 17 de septiembre de 2014 de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa quENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA cumplimentó los requisitos exigidos en los Putos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administrac ión en el MERCADELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que mediante Resolución N° 158-PGA-2014 de fecha 16 de diciembre de 2014, el MINISTERDE MEDIO AMBIENTE del Gobierno de la Provincia de SAN LUIS resolvió aprobar el Estudio dImpacto Ambiental del Proyecto Solares de la Punta.

Que ENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA, con respecto a su Planta Solar Solarede la Punta dio satisfacción a las exigencias normativas establecidas.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad d AGENTE GENERADOR de ENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA para su Planta SolSolares de la Punta se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 33.222, de fech25 de septiembre de 2015, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente

Que la Dirección Nacional de Prospectiva de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICATRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compet

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de l a SUBSECRETARDE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado correspondiente intervención.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen en virtud de lo dispuesto por loartículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y por la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo de 2016 dMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIODE ENERGÍA ELÉCTRICA RESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRCO MAYORISTA (MEM) a ENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA para su Planta SolSolares de la Punta, instalada en el Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de SALUIS, de CINCO MEGAVATIOS (5 MW) de potencia nominal, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Es

tación Transformadora La Punta, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DSAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A.).

 ARTÍCULO 2° — Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionea los demás Agentes de l MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que debaabonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte derivados de eventuales indisponiblidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a ENERGÍAS RENOVABLESOCIEDAD ANÓNIMA para su Planta Solar Solares de la Punta, en su vínculo de conexión con SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI), en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIO(33 kV) de la Estación Transformadora La Punta, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORDE ENERGÍA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A.). A este efecto se faculta a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIM(CAMMESA) a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichosobrecostos o penalidades se produzcan.

 ARTÍCULO 3° — Notifíquese a ENERGÍAS RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIM(CAMMESA), a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIM(EDESAL S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo decentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

 ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a l a Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de Energía Eléctrica.

e. 09/06/2016 N° 39143/16 v. 09/06/20#F5140696F

#I5143423I#MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

 y 

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución Conjunta 6/2016 y 186/2016

Bs. As., 31/05/2016

VISTO el Expediente N° S02:0051061/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAPÚBLICAS Y VIVIENDA, el Decreto N° 1295 del 19 de julio de 2002, el Decreto N° 55 del 7 de enede 2016, el Decreto N° 283 del 1 de f ebrero de 2016, el Decreto N° 1283 del 24 de mayo de 2003, Decreto N° 27 del 27 de mayo de 2003, el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y la ResolucióN° 20 del 10 de febrero de 2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 32/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 32

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1295/02 se aprobó la “Metodología de Redeterminación de Pre-cios de Contratos de Obra Pública”, que como Anexo forma parte integrante del mismo, aplicablea los contratos de obra pública regidos por la Ley de Obra Pública N° 13.064 y sus modificatorias,con excepción de las concesiones con régimen propio y cobro directo al usuario, como así tampo-co a los contratos de concesión de obra y de servicios, licencias y permisos.

Que en el artículo 5° de la mencionada “Metodología de Redeterminación de Precios de Con-tratos de Obra Pública” se previó el procedimiento de redeterminación de precios, estableciendoen el apartado a) y d) que la incidencia de los distintos factores en la redeterminación de precios secalculará en base a la relación entre los precios básicos contractuales y los de plaza al momentode la oferta y que los precios de referencia para determinar la incidencia de los factores a tener encuenta en las redeterminaciones de precios serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL

DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC), administración desconcentrada actuante en el ámbito delMINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS o, en el caso de ser necesario por no serrelevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales o especializados aprobados por elcomitente.

Que asimismo, en el artículo 8° de la “Metodología de Redeterminación de Precios de Contra-tos de Obra Pública” se estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS(INDEC) informará mensualmente los precios de los insumos principales definidos para cada unade las categorías de obras descriptas en el artículo 6° de dicha Metodología, los que serán deaplicación a los efectos del cálculo de la variación de referencia.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC) calculó dichos índiceshasta el mes de octubre del año 2015, constando ellos en la publicación de noviembre de dicho año.

Que con la asunc ión de las nuevas autoridades del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICASY CENSOS (INDEC) ocurrido el 10 de diciembre de 2015, se verificó que existía una situación anó-mala en el organismo que le impedía brindar con regularidad el servicio a su cargo, suministrandoinformación estadística suficiente y confiable en temas particularmente sensibles como precios alconsumidor, producto bruto interno y comercio exterior.

Que en dicho marco mediante el artículo 1° del Decreto N° 55/16 se declaró en estado deemergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y de su órgano rector el INS-

TITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC), hasta el 31 de diciembre de 2016,encontrándose impedido de relevar y calcular los distintos tipos de índices aludidos en los consi-derandos anteriores.

Que en consecuencia, los procedimientos de redeterminación de precios de los contratos deobra pública tramitados en el marco del Decreto N° 1295/02, se vieron interrumpidos ante la au-sencia de índices, elementos imprescindibles para la actualización de los costos de los insumos.

Que por otra parte, mediante el artículo 1° de la Resolución N° 20/16 del MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA se creó la COMISIÓN DE EVALUACIÓN, COORDINA-CIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS, en el ámbi tode dicho Ministerio, estableciendo en el artículo 2° sus competencias, dentro de las cuales se des-taca la de coordinar y unificar los criterios de trabajo en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, así como de todos los organismos descentralizados actuantesen la órbita del mismo, alcanzados por la delegación efectuada por el Decreto N° 283/16, en losprocesos de redeterminación de precios, llevados a cabo en el marco del régimen del DecretoN° 1295/02 y la de asistir al Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda en todas las materiasvinculadas a procesos de redeterminación de precios.

Que a fin de garantizar la continuidad de los procedimientos de redeterminación de preciosde los contratos de obra pública y de suplir la ausencia de índices, para éstos y para cualquier tipode cálculo en el que ellos sean necesarios, la citada COMISIÓN DE EVALUACIÓN, COORDINA-CIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS, dependientede la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL del MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha propuesto la definición de un procedimiento quepermita la aplicación del Decreto 1295/02 hasta tanto se normalice la publicación de los indicado-res relacionados con dicho acto administrativo.

Que asimismo, la COMISIÓN DE EVALUACIÓN, COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOSPROCESOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS advirtió que el denominado Índice de Costode la Construcción ha recogido aproximadamente, durante todo el período antes mencionado enel cual el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) se abstuvo de publicar losíndices, los movimientos registrados en ese mercado, resultando apto para el ajuste de los contra-tos del sector y para la actualización de aquellos costos que requiriesen los citados Indicadores.

Que en consecuencia, resulta procedente establecer como fuente para el cálculo de la actua-lización de los costos de los insumos principales de los contratos de obra pública, en el marco dela competencia del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la subaperturaMateriales y el Nivel General del Índice del Costo de la Construcción —ICC—, de conformidad conlo establecido en la “Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública”aprobada como Anexo por el Decreto N° 1295/02.

Que asimismo, resulta pertinente establecer el procedimiento reflejado en el considerandoanterior se extienda a aquellos contratos cuyas partes hayan acordado la redeterminación de pre-cios, mediante la aplicación de los índices que mensualmente publica el INSTITUTO NACIONALDE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC), a los fines de garantizar la efectiva ejecución de las obraspúblicas que se encuentran en curso.

Que el artículo 10 de Decreto 1295/02 facultó al MINISTERIO DE ECONOMÍA, actual MINIS-TERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS y a l a SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, enton-ces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para que mediante resolución conjunta deambas jurisdicciones dicte las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que corres-pondieren.

Que mediante el Decreto N° 1283/03 se creó el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS al que se le transfirió lo atinente a las obras públi-cas desde la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante el Decreto N° 27/03 y sus modificatorios se aprobó como Anexo I el Organi-grama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE-DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, ubicando a la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICASdentro de su órbita.

Que el Decreto N° 13/15 en su artículo 5° sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios N°22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, asignando las competenciasen materia de obras públicas al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que han tomado la intervención de sus competencias las Direcciones Generales de AsuntoJurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y del MINISTERIO DHACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 10 dDecreto N° 1295 del 19 de julio de 2002 y por el inciso d) del artículo 5° de la “Metodología dRedeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública” aprobada como Anexo por el DecreN° 1295 del 19 de julio de 2002.

Por ello

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA YEL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVEN:

 ARTÍCULO 1° — Establécese como fuente para el cálculo de la actual ización de los costos dlos insumos principales de los contratos de obra pública que se detallan en el Anexo I de la presente medida, la subapertura Materiales y el Nivel general del Índice de Costo de la Construcció—ICC—, de conformidad con lo establecido en la “Metodología de Redeterminación de Precios dContratos de Obra Pública” aprobada como Anexo por el Decreto N° 1295 del 19 de julio de 200

 ARTÍCULO 2° — Es tablécese que la variación porcentua l del Índice de Precios Inte rnos Bsicos al Por Mayor (IPIB) correspondiente a los insumos previstos en los incisos e), i), j) k), t) y wdel artículo 15 de la “Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Públicaaprobada como Anexo por el Decreto N° 1295 del 19 de julio de 2002, quedará ajustada por subapertura Materiales de Índice de Costo de la Construcción —ICC—.

 ARTÍCULO 3° — Establécese que l a variación porcentual de la Subapertura Transpor te dÍndice de Precios al Consumidor del insumo previsto en el inciso l), del artículo 15 de la “Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública” aprobada como Anexo por eDecreto N° 1295 del 19 de julio de 2002, quedará ajustada por el Nivel general del Índice de Cosde la Construcción —ICC—.

 ARTÍCULO 4° — Establécese que lo previsto en los ar tículos 2° y 3° de la presente medidserá también de aplicación a aquellos contratos cuyas partes hayan acordado la redeterminació

de precios mediante la aplicación de los índices que mensualmente publica el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), hasta tanto se normalice la publicación por éste, de loindicadores relacionados con la presente medida.

 ARTÍCULO 5° — Establécese que los precios resultantes de la aplicación del presente régmen, serán la base para sucesivas redeterminaciones o actualizaciones de precios de los contratos y/o prestaciones a realizarse una vez que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA CENSOS (INDEC) retome su actividad normal y habitual y publique nuevamente sus índices.

 ARTÍCULO 6° — Comuníque se, pub líquese, dése a la Dirección Nacional de l Reg istro Ocial y archívese. — Lic. ROGELIO FRIGERIO, Ministro del Interior, Obras Públicas y Viviend— Ing. FRANCISCO ADOLFO CABRERA, Ministro de Producción e int. de Hacien da y FinanzaPúblicas.

 ANEXO

Se listan a continuación los insumos citados en el articulado de la presente:

a) Mano de Obra: Se aplicará la variación de la apertura Mano de Obra del Índice de Costo dla Construcción (ICC) Cuadro 1.4 por capítulo y variaciones porcentuales para distintos períodos

b) Albañilería: Se aplicará la variación de la apertura Albañilería del ICC Cuadro 1.5 por ítem dobra y variaciones porcentuales para distintos períodos.

c) Pisos y revestimientos: Se aplicará la variación de la apertura Baldosa Cerámica Roja papisos de 20x20 (m2) del ICC Cuadro 1.8 Precio promedio de algunos materiales para la construcción.

d) Carpinterías: Se aplicará la variación de la apertura Carpintería Metálica y Herrería del ICCuadro 1.5 por ítem de obra y variaciones porcentuales para distintos períodos.

e) Productos químicos: Se aplicará la variación de la apertura Sustancias y Productos Químcos del Índice de Precios Internos Básicos al Por Mayor (IPIB) Cuadro 3.2. Por principales apertras y variaciones porcentuales para distintos periodos. Nivel General Productos Nacionales Posción 24.

f) Andamios: Se aplicará la variación de la apertura Andamios del ICC Cuadro 1.6 Índice dprecios de algunos servicios y variaciones porcentuales para distintos períodos - Servicios dalquiler.

g) Artefactos de iluminación y cableado: Se aplicará la variación de la apertura InstalacióEléctrica del ICC Cuadro 1.5 por ítem de obra y variaciones porcentuales para distintos períodos

h) Caños de PVC para instalaciones varias: Se aplicará la variación de la apertura Caño PVdel ICC Cuadro 1.9 Índice de precios de algunos materiales y variaciones porcentuales para ditintos períodos.

i) Motores eléctricos y equipos de aire acondicionado: Se aplicará la variación de la apertuMáquinas y Aparatos Eléctricos del IPIB Cuadro 3.2. por principales aperturas y variaciones pocentuales para distintos períodos. Nivel General Productos Nacionales Posición 31.

 j) Equipo - Amortización de Equipo: Se aplicará la variación de la apertura Máquinas y Equipodel IPIB Cuadro 3.2. por principales aperturas y variaciones porcentuales para distintos períodoNivel General Productos Importados Posición 29.

k) Asfaltos, combustible y lubricantes: Se aplicará la variación de la apertura Productos Refinados de Petróleo del IPIB Cuadro 3.2. Por principales aperturas y variaciones porcentuales padistintos períodos. Nivel General Productos Nacionales Posición 23.

l) Transportes: Se aplicará la variación de la Subapertura Transporte del Índice de Precios Consumidor, Cuadro 4. Apertura 6. Transporte y Comunicaciones.

m) Aceros - Hierro aleteado: Se aplicará la variación de la apertura Acero Aleteado Conformado tipo ADN 420 diámetro 10 mm del ICC Cuadro 1.8 Precio promedio de algunos materiales pala construcción.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 33/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 33

n) Cemento: Se aplicará la variación de la apertura Cemento Portland Normal bolsa 50 kg delICC Cuadro 1.8 Precio promedio de algunos materiales para la construcción.

o) Costo financiero: Se aplicará la var iación de la Tasa Nominal Anual Activa del BANCO DE LANACIÓN ARGENTINA, considerando para cada mes calendario los valores vigentes el día QUINCE(15) o en su defecto, el día hábil posterior.

p) Gastos Generales: Se aplicará la variación de la apertura Gastos Generales del ICC Cuadro1.4 por capítulo y variaciones porcentuales para distintos períodos.

q) Arena: Se aplicará variación de la apertura Arena Fina (m3) del ICC Cuadro 1.8 Precio pro-medio de algunos materiales para la construcción.

r) Artefactos para baño y grifería: Se aplicará la variación de la apertura Instalación Sanitaria

y Contra Incendios del ICC Cuadro 1.5 por ítem de obra y variaciones porcentuales para distintosperíodos.

s) Hormigón: Se aplicará la variación de la apertura Hormigón Elaborado del ICC Cuadro 1.9Índice de precios de algunos materiales y variaciones porcentuales para distintos períodos.

t) Medidores de caudal: Se aplicará le variación de la apertura Máquinas y Equipos de UsoEspecial del IPIB Cuadro 3.2. Por principales aperturas y variaciones porcentuales para distintosperíodos. Nivel General Productos Nacionales Posición 292.

u) Válvulas de Bronce: Se aplicará la variación del elemento Llave Esclusa de Bronce, Código4322032 del relevamiento de Elementos para la Construcción del índice de materiales del ICC. (Porart. 15 —Normas aclaratorias y Complementarias— de la Resolución Conjunta MINISTERIO DEECONOMÍA N° 396/2002 y SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NA-CIÓN N° 107/02, B.O. 19/9/2002, se establece que el Código correspondiente a Válvulas de Broncedel relevamiento de Elementos para la Construcción del índice de materiales del ICC, es: 4324041).

v) Electrobombas: Se aplicará la variación del elemento Electrobomba - Trifásica 7,5 HP. Códi-go 4322032 del relevamiento de Elementos para la Construcción del índice de materiales del ICC.

w) Membrana impermeabilizante de polietileno: Se aplicará la variación de la apertura Pro-ductos de Plástico del IPIB Cuadro 3.2. por principales aperturas y variaciones porcentuales paradistintos períodos. Nivel General Productos Nacionales Posición 252.

e. 09/06/2016 N° 40274/16 v. 09/06/2016#F5143423F#

#I5140672I#MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39866/2016

Expediente N° SSN: 0014587/2015. Solicita autorización para operar con la coberturade motovehículos.

Síntesis:

03/06/2016

VISTO… Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autorízase a ASEGURADORA DEL FINISTERRE COMPAÑIA ARGENTINA DESEGUROS S.A. a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el “SEGURO DEMOTOVEHÍCULOS”, con las Condiciones Contractuales establecidas en el Anexo del punto 23.6.Inc. a. 1) del Reglamento General de la Actividad Aseguradora dispuesto por la Resolución SSN N°38.708 de fecha 06 de Noviembre de 2014; Solicitud de Seguros de folios 2/3; Frente de Póliza defolios 12/16; Nota Técnica conteniendo la Política de Suscripción y Retención de Riesgos a fs. 2/3del folio 34 y con la Denuncia de Siniestro establecida por la Resolución SSN N° 30.506 de fecha05 de Mayo de 2005.

 ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín O ficial. — Lic. EDGAR-DO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Av. Julio A. Roca721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 09/06/2016 N° 39119/16 v. 09/06/2016#F5140672F#

#I5140673I#

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39867/2016

Expediente N° SSN: 0014943/2015. Solicita autorización para operar en el seguro demotovehículos.

Síntesis:

03/06/2016

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Autor ízase a COLÓN COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. a operar en todo elterritorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el RAMO “SEGURO DE MOTOVEHÍCULOS”, con las

Condiciones Contractuales establecidas en el Anexo del punto 23.6. Inc. a. 1) del ReglamentGeneral de la Actividad Aseguradora dispuesto por la Resolución SSN N° 38.708 de fecha 06 dNoviembre de 2014; Nota Técnica conteniendo la Política de Suscripción y Retención de Riesgode folio 3; Frente de Póliza a fs. 2/5 del folio 9; Solicitud de Seguro a fs. 6/7 del folio 9 y con lDenuncia de Siniestro establecida por la Resolución SSN N° 30.506 de fecha 05 de Mayo de 2005

 ARTÍCULO 2° — Regístrese , comuníquese y publíquese en el Boletín Ofic ial. — Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Av. Julio A. Roc721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 09/06/2016 N° 39120/16 v. 09/06/20#F5140673

#I5140708I#

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39868/2016

Expediente N° SSN: 0011567/2015 - Asunto: Modificación de la Resolución SSN N32.841/2008 - Sistema Informático ALSEP de Control del Lavado de Activos en Segurode Vida y Retiro.

Síntesis:

03/06/2016

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Susti túyase el Artículo 2° de la Resolución SSN N° 32.841 de fecha 6 dmarzo de 2008 por el siguiente:

Las entidades aseguradoras autorizadas a operar en los ramos de seguros de vida y retirodeberán adecuarse a los requerimientos de información establecidos en el Anexo I de la presenresolución.

 ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el título “DATOS A INFORMAR” del Anexo I de la Resolución SSN° 32.841 de fecha 6 de marzo de 2008 por el siguiente:

Las aseguradoras deberán informar las operaciones de seguros de vida y retiro (excepto sguros obligatorios) que seguidamente se detallan:

a) Rescates totales y retiros parciales por montos iguales o superiores a la suma de PESODOSCIENTOS SESENTA MIL ($260.000.-) o su equivalente en moneda extranjera.

b) Préstamos por montos iguales o superiores a la suma de PESOS SETENTA MIL ($70.000o su equivalente en moneda extranjera.

c) Indemnizaciones pagadas por montos iguales o superiores a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000.-), o su equivalente en moneda extranjera.

d) Anulaciones de pólizas que generen movimientos de fondos a favor del asegurado o tomador, por la cual se deban restituir primas por un monto igual o superior a la suma de PESOSETENTA MIL ($70.000.-) o su equivalente en moneda extranjera.

En caso que la entidad no haya tenido operaciones durante el periodo a informar, deberá realizar el reporte sin movimientos.

 ARTICULO 3° — Regístrese , comuníquese y publíquese en el Boletín Ofic ial. — Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.Capital Federal.

e. 09/06/2016 N° 39155/16 v. 09/06/20#F5140708

#I5140709I#MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39869/2016

Expediente N° SSN: 0002263/2015 (ex registro SETRA N° 62.049): Sotomayor, OrianTeresa s/verificación cumplimiento a las Leyes Nros. 20.091 y 22.400 y reglamentaciódictada en consecuencia.

Síntesis:

03/06/2016

VISTO... y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto de la Productora Ase sora de Sguros señora Da. Oriana Teresa SALAS SOTOMAYOR (Matrícula N° 71.209), por los Artículos 1°2° de la Resolución SSN N° 39.469 de fecha 13 de octubre de 2015.

 ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidadispuestas en el ar tículo precedente.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 34/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 34

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Pro-ductores Asesores de Seguros, sito en Mitre N° 870 4° Piso Oficina 6 (C.P. 5.500) Ciudad deMendoza, Provincia de MENDOZA, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. EDGARDO ISAACPODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca N° 721 -Mesa de Entradas - de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 09/06/2016 N° 39156/16 v. 09/06/2016#F5140709F#

#I5140710I#MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓNResolución 39870/2016

Expediente N° SSN: 0000328/2015 (Ex Registro SETRA N° 63.939): Verificación cum-plimiento Leyes Nros. 20.091, 22.400 y reglamentación dictada en consecuencia porparte del PAS Leonardo, María José (Matrícula N° 74.318).

Síntesis:

03/06/2016

VISTO... y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto de la Productora Asesora de Se-guros señora Da. María José LEONARDO (Matrícula N° 74.318), por los Artículos 1° y 2° de la Re-solución SSN N° 39.431 de fecha 10 de septiembre de 2015.

 ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas

dispuestas en el ar tículo precedente. ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Pro-

ductores Asesores de Seguros, sito en Vuelta de Obl igado N° 2.865 Depar tamento “A” (C.P. 1.429),Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. EDGARDO ISAACPODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca N° 721 -Mesa de Entradas - de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 09/06/2016 N° 39157/16 v. 09/06/2016#F5140710F#

#I5140711I#MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39871/2016

Expediente N° SSN: 0003711/2015 (Ex Registro SETRA N° 54.056): Presunta infracción delPAS Sr. Roman Alejandra Eveline —Matrícula 66.606— a las Leyes Nros. 22.400 y 20.091.

Síntesis:

03/06/2016

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto de la Productora Asesora de Se-guros señora Da. Alejandra Eveline ROMAN (Matrícula N° 66.606), por los Artículos 1° y 2° de laResolución SSN N° 35.177 de fecha 18 de junio de 2010.

 ARTÍCULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidasdispuestas en el ar tículo precedente.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Pro-ductores Asesores de Seguros, sito en Calle 33 N° 480 Torre Lateral 3° “C” (C. P. 1.900) Ciudad deLa Plata, Provincia de BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletí n Oficial. — Lic. EDGARDO ISAACPODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca N° 721 —Mesa de Entradas— de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e. 09/06/2016 N° 39158/16 v. 09/06/2016#F5140711F#

#I5141282I#PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 

 AUTORIDAD MARÍTIMA 

Disposición 13/2016

Bs. As., 31/05/2016

Visto lo informado por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° del Decreto N° 1.650 de fecha 16/11/2010 del PODER EJECUTIVO NACIO-NAL, establece que las medidas, características de la tela, colores y accesorios de la Bandera

 Argentina de Ceremonia y de la Bandera A rgentina de Izar serán las dete rminadas según NormIRAM DEF D 7679: 2002; Norma IRAM - DEF D 7677: 2002; Norma IRAM DEF D 7675: 2003 y Noma IRAM - DEF D 7674: 2004, que forman parte del Expediente N° 6649/2008 de la SECRETARÍDE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que de conformidad con el Artículo 3° del mencionado Decreto, el MINISTERIO DEL INTRIOR dictará las normas complementarias y aclaratorias del Decreto N° 1650/2010 sobre el tratamiento y uso de la BANDERA NACIONAL ARGENTINA en concordancia con lo que prescribe Decreto N° 10.302 del 24 de abril de 1944 en su Artículo 8°.

Que el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre —REGINAVE— establece obligación de enarbolar la bandera nacional en buques públicos y privados, así como una bandede cortesía en buques extranjeros cuando se encuentren en aguas jurisdiccionales.

Que el Artículo 202.0103 de dicho Régimen establece que la Prefectura Naval Argentina determinará el tamaño de la bandera a llevarse en buques y embarcaciones argentinos de acuerda sus características.

Que el Órgano jurídico competente ha tomado la correspondiente intervención.

Que la Prefectura Naval Argentina se halla facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso a), apartado 2 de la Ley N° 18.398

Por ello;

EL PREFECTO NACIONAL NAVALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase la Ordenanza N° 3-16 (DPSN) del Tomo 2 “RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE” titulada “DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS CARACTERÍSTICAS DEPABELLÓN NACIONAL EN LOS BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES”, y el ANEXO N° 1.

 ARTÍCULO 2° — A part ir de la entrada en vigor de la presente, todo pabellón nuevo que sinstale en buques y artefactos navales argentinos deberá satisfacer las disposiciones que se detallan en la presente.

 ARTÍCULO 3° — Los buques y artefactos navales deberán reemplazar los pabellones existetes que no satisfagan las disposiciones establecidas en los Artículos 4° y 5° de la presente en uplazo no mayor a los 180 días de su entrada en vigor.

 ARTÍCULO 4° — Las caracte rísticas, confección y accesorios de l a bandera argentina, serálas establecidas en la Norma IRAM - DEF D 7679: 2002; Norma IRAM DEF D 7677: 2002; NormIRAM DEF D 7675: 2003 y Norma IRAM - DEF D 7674: 2004 (una ilustración se adjunta en Anexo N1 a la presente). En virtud de ello, salvo lo prescrito en el Artículo 5°, el tamaño y proporciones dla bandera argentina serán las siguientes:

 Ancho de la bandera: igual o mayor a 1/5 de la altura del mástil.

Largo de la bandera: 1,6 veces su ancho.

Franjas: 1/3 del ancho cada franja.

Diámetro interno del sol (cara): 1/9 del ancho de la bandera.

Diámetro externo del sol (incluidos los rayos): 2,5 veces el diámetro interno del sol.

 ARTÍCULO 5° — Por razones operativas y/o de diseño o por cuestiones vinculadas a la segudad de la navegación, la Prefectura podrá aceptar una bandera cuyo ancho no guarde estricta proporción con la altura del mástil siempre que mantenga las restantes proporciones establecidas eel Artículo 4° en función a su ancho. En general, el ancho de la bandera en función a la eslora ser

ESLORADE ARQUEO

 Anchode bandera

Largode bandera (1) 

 Anchode la franja (1) 

Diámetroexterno del sol (1) 

Diámetrointerno del sol (

(m) (mm) (mm) (mm) (mm) (mm)

De 4 a 12 (2) 300 480 100 82 33

De 12 a 20 450 720 150 125 50

De 20 a 100 900 1440 300 250 100

Más de 100 1300 2080 433 360 144

(1) Proporciones acorde Decreto N° 1650/2010.(2) Buques y embarcaciones de eslora menor a CUATRO METROS (4 m.) no están obligados.

 ARTÍCULO 6° — Los buques y embarcaciones ex tranjeras en puer tos argentinos o en navegación por aguas jurisdiccionales argentinas, llevarán una bandera de cortesía de característicay dimensiones como las indicadas precedentemente.

 ARTÍCULO 7° — Derógase la Ordenanza Marítima N° 5/87 —TOMO 2— “RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE”.

 ARTÍCULO 8° — La presente Ordenanza entrará en vigor a par tir de la fecha consignada en encabezamiento de la misma.

 ARTÍCULO 9° — Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO se procederá a la publicacióen el Boletín Oficial de la República Argentina, impresión, distribución y difusión en el sitio dINTERNET e INTRANET como Ordenanza (DPSN), incorporándose al TOMO 2 “RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE. Posteriormente, corresponderá su archivo en el Departamento Oganización y Desarrollo como antecedente. — EDUARDO RENE SCARZELLO, Prefecto GeneraPrefecto Nacional Naval.

NOTA: Esta Disposición se publica sin Agregados. Los mismos podrán ser consultados en página web www.prefecturanaval.gov.ar

e. 09/06/2016 N° 39194/16 v. 09/06/20

#F5141282F

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 35/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 35#I5141283I#

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 

 AUTORIDAD MARÍTIMA 

Disposición 16/2016

Bs. As., 31/05/2016

Visto lo informado por la Prefectura de Zona Río de la Plata, lo analizado por la Dirección dePolicía de Seguridad de la Navegación, y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Marítima N° 05/81 establecía la zona de espera para el embarco y desem-barco de prácticos en el Río de la Plata, motivado en su momento por el retiro del EstacionarioIntersección.

Que la Ordenanza Marítima N° 04/81 disponía en su artículo 2° la delimitación de la “Zona de Alijo” para aquellos buques que deban ser alijados en el Río de la Plata.

Que la instalación del gasoducto subfluvial desde Punta Lara (R.A.) a Santa Ana (R.O.U.) lle-vada a cabo por la Empresa “GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A.” motivó, mediante DisposiciónSNAV, NA9 N° 21/03, la modificación de la “Zona de Espera de Practicaje” y “Zona de Alijo”, lascuales conformaban un área de 26,4 millas náuticas cuadradas aproximadamente.

Que la extensión del Canal de Acceso al Puerto de La Plata desde el Km. 7,700 hasta el Km.12,000 y la prolongación de un corredor natural hasta el Km. 52,000 Rada Exterior para permitir elingreso seguro de los buques a dicho canal, ocasionó la pérdida de un área de fondeo de aproxi-madamente 4,2 millas náuticas cuadradas.

Que dicha obra produjo la división de la Zona de Espera de Practicaje en dos sectores, unoal Oeste del Canal (12,2 millas náuticas cuadradas) y otro al Este del mismo (9.6 millas náuticascuadradas) aproximadamente, afectando a los buques que operan en los puertos de La Plata,Buenos Aires, Dock Sud y La Boca, así como también a los que provienen de o se dirijan a puertosargentinos de la Cuenca del Plata.

Que desde el 17 de febrero del año 2014 se encuentra en vigencia la “Zona de Fondeo y Espe-ra de Practicaje” en aguas del Río de la Plata de Jurisdicción Nacional, fijada mediante Disposiciónde la Prefectura de Zona Río de la Plata.

Que cumplidos dos años desde la implementación de la misma y efectuado un minuciosoanálisis, se ha observado, que pese a la reducción de su espacio físico, la sectorización interna dela actual zona ha permitido el fondeo de buques, en cantidades similares a años anteriores, perode mayores dimensiones.

Que la óptima sectorización interna acorde el tipo de buque, facilitaría las operaciones debunker o carbonera en todos los sectores, lográndose una asertiva gestión del tráfico, garan-tizando un flujo continuo y expedito de la vía navegable e incrementándose los parámetros deseguridad.

Que el sector marítimo y fluvial apoyó la implementación de medidas de estas característicasy el Departamento Seguridad de la Navegación comparte la opinión.

Que fueron efectuadas las consultas de rigor al Servicio de Hidrografía Naval con relación ala implementación de la nueva zona en la cartografía náutica, no habiendo objeciones al respecto.

Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica en relación al proyecto aludido, y ha determi-nado que no existen óbices desde el punto estrictamente jurídico.

Que es función de esta autoridad marítima regular la navegación en los puertos y en aguas de jurisdicción nacional, acorde lo establecen los artículos 31, 34, 39 y 89 de la Ley N° 20.094 (Leyde la Navegación).

Que la Prefectura Naval Argentina se halla facultada para dictar el correspondiente actoadministrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso a), apartado 2 de la Ley N°18.398.

Por ello,

EL PREFECTONACIONAL NAVALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase la Ordenanza N° 5-16 (DPSN) del Tomo 3 “Régimen Operativodel Buque” titulada “ZONA DE FONDEO Y ESPERA DE PRACTICAJE EN AGUAS DEL RÍO DE LAPLATA DE JURISDICCIÓN NACIONAL”, y su Agregado N° 1 a la presente norma.

 ARTÍCULO 2° — Deróguese la Ordenanza N° 5/81 (DPSN) del Tomo 3 “Régimen Operativo del

Buque” titulada: “Zona de Espera y Maniobra para Buques que deban Embarcar o DesembarcarPrácticos del Río de La Plata, Río Paraná, Río Uruguay y Puertos de Buenos Aires y La Plata” ydisposiciones complementarias aplicables.

 ARTÍCULO 3° — Suprímase e l artículo 2° de la Ordenanza N° 4/81 (DPSN) del tomo 3 “Régi-men Operativo del Buque” titulada “Zona de Alijo en los ríos de la Plata, Paraná Guazú y Paraná”.

 ARTÍCULO 4° — La presente Ordenanza entra rá en vigor una vez cumplidos los TREINTA (30)días computados desde el siguiente al de la fecha consignada en el encabezamiento.

 ARTÍCULO 5° — Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO se procederá a la publicación en elBoletín Oficial de la República Argentina, impresión, distribución y difusión en el sitio de INTERNETe INTRANET como Ordenanza N° 5/16 (DPSN), y la eliminación del articulo N° 2 de la OrdenanzaN° 4/81 (DPSN) titulada Zona de Alijo en los ríos de la Plata, Paraná Guazú y Paraná, ambas per-tenecientes al TOMO 3 “RÉGIMEN OPERATIVO DEL BUQUE”, Posteriormente, corresponderá suarchivo en el Departamento Organización y Desarrollo como antecedente. — EDUARDO RENESCARZELLO, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.

NOTA: Esta Disposición se publica sin Agregado. El mismo podrá ser consultado en la páginaweb www.prefecturanaval.gov.ar

e. 09/06/2016 N° 39195/16 v. 09/06/2016#F5141283F#

#I5141556I#COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA 

 y 

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución Conjunta 1/2016

Norma estableciendo la Captura Total Permisible de la especie pescadilla ( Cynoscio guatucupa ) para el año 2016 en el área de l Tratado.

Montevideo, 27/05/2016

Visto:

El estado del recurso pescadilla ( Cynoscion guatucupa ) y la necesidad de adoptar medidarelativas a su conservación y racional explotación, en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Rde la Plata y su Frente Marítimo.

Considerando:

1) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizar estudios y coordinar plnes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies.

2) Que ambas Comisiones han coordinado por Resolución Conjunta N° 2/2006 la forma dllevar a cabo los cometidos indicados en 1).

3) Que la CTMFM encomendó al Grupo de Trabajo de Recursos Costeros la tarea de sugeruna captura biológicamente recomendable para el año en curso en el área del Tratado.

4) Que dicho Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento a lo mandatado por la CTMFM, sugiriedo medidas de conservación y manejo con el objetivo de mantener la sustentabilidad del recurso

5) Que ante eventos de carácter fortuito que pudieran impactar sobre el desarrollo de la pequería, es menester prever una reserva administrativa.

 Atento:

 A lo establecido en los Artículos 54, 55, 66 incisos a) y b), 80 y 82 incisos a), b), c) y d) del Trtado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA YLA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMORESUELVEN:

 ARTÍCULO 1° — Fijar una Captura Total Permisible (CTP) de la especie pescadilla ( Cynoscio guatucupa ) de 19.000 toneladas en el área geográfica del Tratado del Río de la Plata y su FrenMarítimo para el año 2016.

 ARTÍCULO 2° — Fijar, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1°, una reserva adicional dhasta el 10% de la CTP establecida, de la cual podrá disponerse mediante Resolución Conjuntfundada.

 ARTÍCULO 3° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimie

to grave.

 ARTÍCULO 4° — Comunicar esta Resolución al Minis terio de Relaciones Exteriores y Culde la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental dUruguay.

 ARTÍCULO 5° — Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Repúblic Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Embajador ROBERTGARCÍA MORITÁN, Vicepresidente CTMFM. — Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, PresidenCTMFM. — Embajador GUILLERMO ENRIQUE GONZÁLEZ, Vicepresidente CARP. — Dr. FELIPMICHELINI, Presidente CARP.

e. 09/06/2016 N° 39375/16 v. 09/06/20#F5141556F

#I5142696I#

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

 Acordada 16/2016

Exp. 6830/2015

Bs. As., 07/06/2016

En Buenos Aires, a los 7 días del mes de junio del año dos mil dieciséis, los señores Ministroque suscriben la presente,

CONSIDERARON:

1) Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio d justi cia que la Cor te Suprema de Justi cia de la Nación viene desarroll ando en el marco dPrograma de Fortalecimiento Institucional del Poder Judicial de la Nación, en uso de las facutades que le otorga la Constitución Nacional y en razón de lo dispuesto por las leyes n° 26.68y 26.856, este Tribunal ha procedido a reglamentar distintos aspectos vinculados al uso dtecnologías electrónicas y digitales y así dispuso su gradual implementación en el ámbito dPoder Judicial de la Nación, a partir de la puesta en marcha del Sistema de Gestión Judicia(Lex100).

2) Que la ley 48 del 14 de septiembre de 1863 reconoció en cabeza de esta Corte la atribucióde dictar los reglamentos necesarios para la ordenada tramitación de los pleitos, facultad qudiversos textos legislativos han mantenido inalterada para procurar la mejor administración de justicia (art. 10 de la ley 4055; art. 4°, ley 25.488); y que justifica la sistematización que se lleva a cab

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 36/48

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 37/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 37

Si la asignación fue concretada normalmente, el sistema registrará toda la información ingre-sada incluyendo los datos correspondientes al resultado de la asignación.

Si el sistema no asigna la causa a un tribunal, se detallará la observación que diera motivo atal resultado.

b) Modalidad de ingreso masivo.

Los usuarios que lo consideren conveniente, para aquellos objetos o tipos de juicio que sedeterminen, podrá efectuarse el ingreso de causas en forma masiva.

 A tales fines se habilitará un mecanismo específico que permitir á la incorporación de l as de-mandas con encolumnados y homogéneos en su composición, incluidos los documentos quecorrespondan.

IV- Presentación de la Demanda e Inicio de la Causa.

a) Emisión de la carátula:

Efectuada la asignación del tribunal, el letrado tendrá disponible la carátula en formato digital“pdf”, para ser impresa bajo su exclusiva responsabilidad.

El sistema informático hará constar además los siguientes datos en la carátula:

• Si existen juicios con identidad de partes, precisando el número, carátula, juzgado y secre -taría intervinientes.

• Si a los letrados de la parte actora se los hubiese excluido de la matrícula o ésta se hallasesuspendida.

El sistema emitirá, en los casos que corresponda, la constancia de asignación de mediación,previa, el acta poder y la boleta de pago de la tasa de justicia.

b) Inicio de la causa:

Una vez completados los trámites previos que correspondan (suscripción del acta poder,mediación previa, pago de tasa de justicia, etc.), el letrado deberá presentar directamente en el

 juzgado asignado el escr ito de demanda y toda la documentac ión original que la integre jun to conla carátula. El cargo que se coloque en este acto será el que establezca la fecha y hora de iniciode la causa.

V- Publicación de Ingresos Diarios:

Para las causas correspondientes a materias de impulso de oficio, a medida que el sistemarealice los procesos automáticos de asignación, las demandas ingresadas serán publicadas porfuero en el sitio web del Centro de Información Judicial.

En cuanto a las causas cuyo impulso se basa en el principio dispositivo, siendo la presenta-ción de la demanda una prerrogativa de la parte actora, la publicación se efectuará una vez regis-trado su inicio por parte del tribunal asignado.

En ambos casos, se publicarán con los siguientes datos:

• Número de Expediente

• Carátula

• Tipo de Proceso

• Objeto de Juicio

• Tipo de Asignación

• Tribunal Asignado

VI- Falta de servicio:

En caso que el sistema del Poder Judicial de la Nación no funcione durante el horario hábil yque la demanda a ingresar sea urgente o con plazo de vencimiento en la misma fecha, el letradopodrá presentarla en Mesa de Entradas que corresponda, la cual deberá recibirla y asignarla.

Una vez reestablecido el sistema el letrado tendrá, dentro del plazo de 48 horas, que cargar elformulario de ingreso de la demanda y los documentos digitalizados.

 ANEXO II:

Reglas para la interposición de demandas y presentaciones en general.

1) Con el objeto de economizar recursos y en consonancia con el Sistema de Gestión Am-biental aprobado por acordada 35/2011, los escritos deberán presentarse en hoja A4, en doblefaz, utilizando páginas de veintiséis (26) renglones y con letra de tamaño claramente legible (nomenor a 12).

2) A fin de reducir el tiempo de control, en beneficio de los letrados y las dependencias judi-ciales, las demandas se presentarán con el siguiente orden:

1- Carátula emitida por el sistema.

2- En los fueros que correspondiere, hoja de ruta -”parte actora” y luego, tantas hojas deruta “parte demandada” como personas sean mencionadas como demandadas. Tales hojas seencuentran disponibles en la página web del CIJ, de la CSJN y del Colegio Público de Abogadosde la Capital Federal.

3- Constancia de pago de tasa de justicia, si correspondiere.

4- Constancia de haber cumplimentado trámites previos, a saber: acta poder, mediación, etc.,si correspondiere.

5- Documentación.

6- Escrito de demanda.

e. 09/06/2016 N° 39977/16 v. 09/06/2016#F5142696F#

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 38/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 38

AVISOS OFICIALES

Anteriores

#I5138038I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a los señores Marco Antonio SAMARTINS (D.N.I. N° 93.973.483) y Pedro BARTELLE (DNI N° 93.989.467) para que dentro del plazo

de 10 (diez) días hábiles bancar ios comparezcan en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOSEN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horariode 10 a 13, a tomar vista y presentar sus defensas en el Sumario Cambiario N° 6519, ExpedienteN° 100.963/10, caratulado “ INDULAR MANUFACTURAS S.A. Y OTROS”, que se les instruye en lostérminos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, dedeclarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.— LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 08/06/2016 N° 38104/16 v. 14/06/2016#F5138038F#

#I5138042I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la señora Graciela Noemí ALVA-REZ (D.N.I. N° 11.273.425) para que dentro del plazo de 11 (once) días hábiles bancarios comparez-ca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250,

piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensaen el Sumario Cambiario N° 6668, Expediente N° 101.215/13, caratulado “GRACIELA NOEMÍ AL-VAREZ”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimientoen caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el BoletínOficial.

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.— LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 08/06/2016 N° 38108/16 v. 14/06/2016#F5138042F#

#I5138043I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Eduardo Marcelo FIOREN-TINO (D.N.I. N° 17.542.515) para que dentro del pla zo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparez-ca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250,piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa

en el Sumario Cambiario N° 6734, Expediente N° 100.376/12, caratulado “EDUARDO MARCELOFIORENTINO”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo aperci-bimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en elBoletín Oficial.

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.— LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 08/06/2016 N° 38109/16 v. 14/06/2016#F5138043F#

#I5138044I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma MASILY S.A. (C.U.I.T.N° 30-62294384-7) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca enla GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar su defensa enel Sumario Cambiario N° 6535, Expediente N° 100.763/12, caratulado “MASILY S.A. Y OTROS”,que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en casode incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.— LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 08/06/2016 N° 38110/16 v. 14/06/2016#F5138044F#

#I5138045I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firma RED WINE & RED MEATS.A. (C.U.I.T. N° 30-70994589-7) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancar ios com-parezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar sudefensa en el Sumario Cambiario N° 5526, Expediente N° 101.134/10, caratulado “ABATAL S.R.L. YOTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento

en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el BoletOficial.

MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario— LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 08/06/2016 N° 38111/16 v. 14/06/20#F5138045F

#I5139203I#MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

EDICTO

“MINISTERIO DE SALUD”. Conforme lo dispuesto por el art. 49 párrafo 2 de la Ley 17.565atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita a la farmacéutica Elida Ramona FranDNI 11.842.277 —en carácter de propietaria de Farmacia “Olivera”— para que en el plazo de DIE(10) días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTASANITARIAS de la DIRECCIÓN DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en la Av. 9 de jul1925, Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista dExpediente N° 1-2002-24463-12-7 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba quhaga al derecho de su defensa por la presunta infracción al art. 4 de la Ley 17.565 en que habrincurrido bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlo en rebeldía.

Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 08/06/2016 N° 38674/16 v. 10/06/20#F5139203F

#I5139204I#MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

EDICTO

“MINISTERIO DE SALUD. Conforme lo dispuesto por el art. 549 segundo párrafo de la L17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita al Representante Legal dla firma Droguería E.F.G. FARMA S.A. CUIT 33-70960318-9 para que en el plazo de DIEZ (10) díaa contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANTARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en Av. 9 de Julio 192Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 9:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del expedienN° 1-2002-17075-06-5 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga derecho de su defensa por la presunta infracc ión a la ley 17.565 en que habría incurrido bajo APECIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlo en rebeldía. FIRMADO: SR. DIRECTOR DLA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS, DROSCAR PEREZ.”

Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 08/06/2016 N° 38675/16 v. 10/06/20#F5139204

#I5139745I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE PERSONAL

SECCIÓN JUBILACIONES

EDICTO BOLETIN OFICIAL

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agentfallecido Jorge Raúl MALDONADO (L.E. N° 8.412.199), alcanzados por el beneficio establecido eel artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión FinancieraHipólito Yrigoyen 370, 4° Piso Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatorque acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratorde herederos.

Fecha: 01/06/2016

Lic. ABEL EDUARDO AGUIRRE MANDL, A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 08/06/2016 N° 38848/16 v. 10/06/20#F5139745F

#I5141697I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE PERSONAL

SECCIÓN JUBILACIONES

EDICTO BOLETIN OFICIAL

La Administración Federal de Ingresos Públicos cit a por diez (10) días a parientes del agete fallecido Eduardo Luis RIVAL (D.N.I. N° 11.361.955), alcanzados por el beneficio establec

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 39/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 39

do en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T.N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en laSección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciuda d Autónoma deBuenos Aires.

 Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendien-tes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, HipólitoYrigoyen 370, 4° Piso Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acreditesu vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.

Fecha: 06/06/2016

Lic. ABEL EDUARDO AGUIRRE MANDL, A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 08/06/2016 N° 39465/16 v. 10/06/2016#F5141697F#

ASOCIACIONES SINDICALES

#I5141756I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 317/2016

 Apruébase texto de esta tuto social.

Bs. As., 02/06/2016

VISTO el expediente N° 107.720/16 del Registro de la DELEGACIÓN REGIONAL LOMAS DEZAMORA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, mo-dificada por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03; y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LANÚS Y AVELLANEDA, con domici -lio en calle Maipú N° 290, Partido de Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aproba-ción de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada me-diante Resolución N° 951 de fecha 23 de noviembre de 1963 del entonces MINISTERIO DE TRA-BAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referenciael artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificaciónestatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N°23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho lasdisposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobrelas normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que dada las modificaciones realizadas, con fundamento en los principios de unidad y cohe-rencia legislativa, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad deautos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gre-mial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de AsociacionesSindicales, aconsejando la aprobación de la modificación realizada al estatuto social de la entidadpeticionante.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°,de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, yen atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase e l texto del Esta tuto Social de l SINDICATO DE EMPLEADOS DECOMERCIO DE LANÚS Y AVELLANEDA, con domicilio en calle Maipú N° 290, Part ido de Avellane-da, Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 120/142 del Expediente N° 107.821/16 agregadoa fojas 21 del Expediente N° 107.720/16, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551y Decreto Reglamentario N° 467/88.

 ARTÍCULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance me-ramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionante, como unaampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley23.551.

 ARTÍCULO 3° — Establécese que dentro de l plazo de diez (10) días a par tir de la notificaciónde esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en laforma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Direc-ción Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YFORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, bajo apercibimiento de no dar curso a petición algunaque efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíque se, dése a la Direcc ión Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. JORGE TRIACA, Ministro de Trabajo, Empleo y SeguridadSocial.

#F5141756F#

CONVENCIONES

COLECTIVAS DE TRABAJO

#I5135084I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 302/2016

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.717.045/16 del Regist ro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatoriaLey N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE TRABAJADOREDE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.T.C. y D.R.A.) por el sector sindicy la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUY AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (C.E.C.A.D.R.A.) por la parte empleadora, el que luca fojas 73/76 del Expediente N° 1.717.045/16 y ha sido debidamente ratificado a fojas 77 de lamismas actuaciones.

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen un incremento salarial respecto dConvenio Colectivo de Trabajo N° 508/07 en los términos y conforme los lineamientos que surgedel mismo.

Que el plexo convencional individualizado ha sido oportunamente celebrado entre las partecitadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado a través de Resolución Secretaria de Trabajo N° 733, de fecha 20 de julio de 2007.

Que posteriormente las partes han negociado y celebrado numerosos acuerdos de diversnaturaleza, conforme surge de las constancias obrantes por ante esta Cartera de Estado.

Que en definitiva y conforme antecedentes citados, las partes se encuentran conjuntamenlegitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde coel del Convenio Colectivo de Trabajo 508/07, cuyas escalas salariales modifica.

Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencde la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de mayo de 2016, dconformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y TopIndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio htomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos pla Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad colos antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de laatribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.T.C. y D.R.A.) por el sectsindical y la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (C.E.C.A.D.R.A.) por la parte empleadora, que luce a fojas 73/76 del Expediente N° 1.717.045/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negciación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Getión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplidopase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registrel acuerdo obrante a fojas 73/76 del Expediente N° 1.717.045/16.

 ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signata rias. Cumplido, pase a la D irección Nac ionde Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de BasPromedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la LeN° 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjutamente con el de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 508/07.

 ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y desta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficiaarchívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de TrabajEmpleo y Seguridad Social.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 40/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 40

Expediente N° 1.717.045/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 302/16 se ha tomado razón delacuerdo obrante a fojas 73/76 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número320/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordina-ción - D.N.R.T.

 ACTA ACUERDO DE RECOMPOSICION SALARIAL

Entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESACARGA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA(UTCYDRA), por una parte y en representación de los Trabajadores, con Personería Gremial Nú-mero 410, con carácter de entidad gremial de Segundo grado, con domicilio legal en Cochabam-

ba 1635, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los MiembrosParitarios, el Sr. Juan Carlos OPSANSKY, DNI: 13.264.531; el Sr. Carlos Amadeo PEREZ DATTI,L.E.: 07.796.588 y el Dr. Julio CUELLO, DNI: 11.600.108; y por la otra, en representación de losEmpleadores, la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO, MOVIMIENTO,EMPAQUE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CECADRA), lo hacen los Miembros Pari-tarios, el Sr. Héctor Guillermo GONZALEZ, DNI: 10.075.955; el Sr. Néstor Hugo VILLOLDO, DNI:10.076.926 y la Dra. Mónica María EMMA, DNI: 17.757.137, con domicilio legal en Perú 420 6° piso,oficina “K” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ambas partes acreditando su personería yfacultades para negociar colectivamente con poderes y demás constancias obrantes en el Expe-diente 1.173.352/06, al que se referencia el presente Acuerdo- manifiestan que luego de intensastratativas con el fin de otorgar un aumento para todos aquellos trabajadores comprendidos en elConvenio Colectivo de Trabajo 508/07 (t.o. 2015), las partes en conjunto ACUERDAN:

PRIMERA - Objeto. Dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 508/07, pro-curando mantener el nivel de los salarios y preservando la paz social, las partes proceden a laactualización e incremento del salario básico de las categorías allí previstas y aplicables a lostrabajadores convencionados, los cuales regirán para el ámbito geográfico y per sonal del men-cionado convenio.

SEGUNDA - Planillas Salariales. A partir del 1° de Mayo de 2016, las partes acuerdan unincremento salarial del 28% (veintiocho por ciento) no acumulativo, sobre los salarios básicos deConvenio acordados para cada categoría homologados mediante Resolución S.T. N° 858/15 enExpte. N° 1.679.003/15, incremento que será abonado en dos (2) cuotas por las empresas a todoslos trabajadores, cualquiera fuere la categoría en que revistieren y con antigüedad inicial, en formaprogresiva y no acumulativa, conforme al cronograma que se indica seguidamente:

1°) A partir del 01 de Mayo de 2016, el 14% de incremento aplicado sobre los básicos de con-venio a Agosto 2015;

2°) A partir del 01 de Julio de 2016, el 14% no acumulativo restante, alcanzando el incrementototal del 28 % aplicado siempre sobre los básicos de convenio a Agosto 2015.

Las partes adjuntan las planillas correspondientes a los nuevos básicos mencionados identifi-cadas como ANEXO I (Planilla Salari al - MAYO 2016); ANEXO II (Planilla Salari al - JULIO 2016); queintegran el presente acuerdo e ilustran las pautas acordadas.

TERCERA - Vigencia. En el marco de la autonomía de la voluntad de las partes, éstas acuer-dan que la vigencia del presente acuerdo será de aplicación desde el 1° de Mayo de 2016 al 31 deOctubre de 2016.

CUARTA - Paz Social: Las partes se comprometen durante la vigencia del presente acuerdoa mantener armoniosas relaciones laborales en un marco de equidad y paz social, evitando lasmedidas de fuerza de tipo salarial y los despidos sin causa y/o suspensiones.

QUINTA - Preservación del Salario: Sin perjuicio de la vigencia acordada, si durante el plazopactado se produjere en el país una situación económica general que distorsionara irreversible-mente los valores salariales aquí pactados, las partes se comprometen a reunirse para reanalizarlas condiciones aquí estipuladas.

SEXTA - Absorción. La incidencia resultante de los nuevos sueldos acordados en el presenteacuerdo, absorben y/o compensan hasta su concurrencia con la suma del aumento que se dis-pone en el presente, a las empresas que hubiesen acordado colectiva o individualmente y ya seaunilateralmente o por acuerdo de partes, durante el corriente año, incrementos remunerativos ono, o a cuenta de futuros aumentos sobre los ingresos de los trabajadores y en tanto no lo hayansido por recategorización y/o mayor antigüedad según el actual convenio colectivo de trabajo deaplicación.

SÉPTIMA - Aporte Solidario: Las partes ratifican la continuidad de la vigencia del Aporte So-lidario establecido en el Artículo 79° (t.o. 2015) del CCT N° 508/07, el que queda incorporado alarticulado definitivo del citado convenio colectivo de trabajo.

OCTAVA: Homologación. Las partes dejan constancia que el nuevo régimen salarial sustituyeen todas sus partes al establecido en el Artículo 18° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 508/07,mediante Resolución S.T. N° 858/15 en Expte. N° 1.679.003/15, ratificando en su totalidad las de-

más condiciones generales del citado Convenio Colectivo de Trabajo. Por lo tanto, atendiendo alCarácter Alimentario de los Salarios y a un estricto sentido de Justicia Social, sin amenazar conello la paz común ni la estabilidad que con su esfuerzo contribuyen a sostener, las partes solicitana la Autoridad de Aplicación la pronta homologación del presente Acuerdo.

Leído y ratificado el presente en todos sus términos, en prueba de conformidad, se firmancuatro (4) ejemplares de igual tenor y a los mismos efectos, a los veinticinco (25) días del mes deabril de 2016.

 ANEXO I

PLANILLA SAL ARIAL - Ar t. 18° - CCT 508/07 (t.o. 2015) - MES MAYO 2016

a- Operarios de Carga y Descarga:

  HORA JORNAL MES

Operario cat. 1 $ 58,08 $ 464,65 $ 11.616,24

Operario cat. 2 $ 52,86 $ 422,91 $ 10.572,78

Operario cat. 3 $ 47,20 $ 377,61 $ 9.440,20

Operario cat. 4 $ 45,36 $ 362,90 $ 9.072,52

b- Personal Administrativo y/o Venta:

  HORA JORNAL MES

 Adm.-Vta. cat. 1 $ 58,08 $ 464,65 $ 11.616,24

 Adm.-Vta. cat. 2 $ 54,45 $ 435,61 $ 10.890,36

 Adm.-Vta. cat. 3 $ 52,86 $ 422,91 $ 10.572,78

 Adm.-Vta. cat. 4 $ 47,20 $ 377,61 $ 9.440,20

c- Conductores:

  HORA JORNAL MES

Cat. 1 $ 72,36 $ 578,87 $ 14.471,76

Cat. 2 $ 66,76 $ 534,07 $ 13.351,70

 ANEXO II

PLANILLA SALARIAL - Art. 18° - CCT 508/07 (t.o. 2015) - MES JULIO 2016

a- Operarios de Carga y Descarga:

  HORA JORNAL MES

Operario cat. 1 $ 65,21 $ 521,71 $ 13.042,79

Operario cat. 2 $ 59,36 $ 474,85 $ 11.871,19

Operario cat. 3 $ 53,00 $ 423,98 $ 10.599,53

Operario cat. 4 $ 50,93 $ 407,47 $ 10.186,69

b- Personal Administrativo y/o Venta:

  HORA JORNAL MES

 Adm.-Vta. cat. 1 $ 65,21 $ 521,71 $ 13.042,79

 Adm.-Vta. cat. 2 $ 61,14 $ 489,11 $ 12.227,78

 Adm.-Vta. cat. 3 $ 59,36 $ 474,85 $ 11.871,19

 Adm.-Vta. cat. 4 $ 53,00 $ 423,98 $ 10.599,53

c- Conductores:

  HORA JORNAL MES

Cat. 1 $ 81,24 $ 649,96 $ 16.249,00

Cat. 2 $ 74,96 $ 599,66 $ 14.991,39

#F5135084F

#I5135082I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 303/2016

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.705.915/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/7 del Expediente N° 1.705.915/16 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATDE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINAla empresa GONVARRI ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo establecido en la LeN° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marcdel Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1129/10 “E”, conforme surge de los términoscontenido del texto.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principde la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergende su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, sprocederá a remitir a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la proce

dencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformdad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministeritomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laborvigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada eautos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologacióde conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de laatribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 41/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 41

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE ME-CÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y laempresa GONVARRI ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 5/7 del ExpedienteN° 1.705.915/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la p resente Resolución por la Dirección General de Re gistros,Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación

registre el Acuerdo obrante a fojas 5/7 del Expediente N° 1.705.915/16. ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Di rección Na-

cional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de BasePromedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y deconformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo de Empresa N° 1129/10 “E”.

 ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homolo-gado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.705.915/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 303/16 se ha tomado razóndel acuerdo obrante a fojas 5/7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número321/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordina-ción - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 17 días del mes de diciembre 2015, se reúnen,el representante de GONVARRI ARGENTINA S.A. Sr. EMILIO ANTONIO ROS TORRES, PAS.

 AAD361741 en carácter de Apoderado, en adelante “la empresa”, por una parte y por la otra losrepresentantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTORDE LA REPUBLICA ARGENTINA, en adelante “SMATA”, los Sres. RICARDO PIGNANELLI, DNI10.872.297; GUSTAVO MORAN, DNI 12.349.768; RICARDO DE SIMONE, DNI: 11.460.260; MARIOVICTOR VALOR, DNI 25.084.489; ALBERTO DUARTE, DNI 11.868.078; HECTOR QUIÑONES, DNI20.018.528; y el Sr. Delegado de Personal LEONARDO JAVIER VELASQUEZ, DNI 30.163.763; enadelante los representantes del personal, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienesluego de varias reuniones, EXPRESAN:

CONSIDERACIONES PRELIMINARES

Habiéndose realizado numerosas reuniones y teniendo en cuenta las diferentes propuestasefectuadas por las partes, se ha arribado a un acuerdo que quedará plasmado en las siguientescláusulas.

En razón de las manifestaciones efectuadas en los párrafos precedentes las partes ACUER-DAN:

PRIMERO: Desde el día 1° de enero de 2016 la totalidad del personal comprendido en el CCT.1129/10 “E”, tendrá derecho a las escalas que las partes firman como parte integrante e indivisibledel presente.

SEGUNDO: Las partes convienen que el incremento acordado en la presente, clausura enforma total y definitiva la negociación salarial que venían manteniendo.

TERCERO: Las partes acuerdan que a partir del 1° de abril de 2016 las partes se reunirán aefectos de analizar los extremos que estimen necesarios. Esto así sin que ello constituya uso ocostumbre de la Empresa que la obligue en el futuro.

CUARTO: El incremento previsto en el presente acuerdo tiene como condición para su otor-gamiento que absorberán y/o compensarán hasta su concurrencia cualquier aumento, incrementoy/o mejora y/o beneficio y/o ajuste que se otorgue, que se acuerde y/o que se disponga por vía delPoder Ejecutivo, legal, reglamentaria y/o convencional o por cualquier otra fuente, ya sea con ca-rácter remunerativo o no remunerativo, por suma fija o por porcentaje, y aún cuando dicho aumen-to / mejora / beneficio se disponga sobre remuneraciones normales y/o habituales y/o nominalesy/o permanentes y/o sobre básicos convencionales, o sobre cualquier otro tipo de remuneración

o pago alguno.

QUINTO: En virtud del acuerdo alcanzado, los REPRESENTANTES DEL PERSONAL recono-cen que el mismo evidencia una justa y adecuada composición de intereses vinculada a la retribu-ción del personal. En razón de lo expuesto asumen el compromiso de no plantear cuestiones deíndole económica y/o monetaria.

SEXTO: Las partes comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas y ordenadasrelaciones, que permitan atender y cumplir las exigencias tanto de la Empresa como de los Tra-bajadores, procurando el cumplimiento, entre otros, de los objetivos de Seguridad, Calidad y Pro-ducción, con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el continuo mejo-ramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener lapaz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.

SEPTIMO: Cualquiera de las partes podrá presentar este documento ante las autoridades delMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y solicitar su homologación. Sinperjuicio de ello, lo aquí pactado es de cumplimiento inmediato y obligatorio para las partes porimperio de lo normado en el art. 1197 del Código Civil.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firman cinco (5) ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio del presente.

SUELDOS 31/12/15

CATEGORÍA BÁSICO MENSUAL

CATEGORÍA A $ 8.415,28

CATEGORÍA 1 $11.421,90

CATEGORÍA 2 $ 13.509,17

CATEGORÍA 3 $ 14.776,42

CATEGORÍA 4 $ 15.530,15

CATEGORÍA 5 $ 16.306,66

Incremento salarial sobre sueldos al 31/12/2015

 Acta acuerdo GONVARRI-SMATA 5,4% desde el 01/01/16 al 31/03/16

CATEGORÍA BÁSICO MENSUAL

CATEGORÍA A $ 8.869,70

CATEGORÍA 1 $ 12.038,68

CATEGORÍA 2 $ 14.238,66

CATEGORÍA 3 $ 15.574,35

CATEGORÍA 4 $ 16.368,78

CATEGORÍA 5 $ 17.187,22

#F5135082

#I5135074I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 304/2016

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.687.400/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente N° 1.689.499/15, agregado al Expediente N° 1.687.400/1como foja 3, y a fojas 89/90 del Expediente N° 1.687.400/15 obran el Acuerdo y el Acta Complementaria celebrados entre la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (S.A.L.) y la ASOCIACIÓ

 ARGENTINA DE TELEVISIÓN POR CABLE (A.T.V.C.), ratificado el primero a foja 43, conforme a dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe indicar que a foja 61 de autos, se declaró constituida la pertinente Comisión Negociadora.

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen un incremento salarial y pago de una gratificación extraordinaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 432/7conforme surge de los términos y condiciones del texto pactado.

Que a su vez, las partes pactan un aporte solidario y una retención de aumento, conformelos términos allí detallados.

Que las partes a fojas 89/90 de autos hacen ciertas aclaraciones, la que será homologadcomo Acta Complementaria del Acuerdo de marras.

Que en orden a ello cabe señalar que, en relación a la retención pactada en la cláusula décimcuarta, se descontará el aporte solidario que según lo previsto en la cláusula duodécima debaabonar a los trabajadores no afiliados.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principde la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergende su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laborvigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada eautos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo y el Acta Complementaria.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fide dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de esMinisterio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologacióde conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de laatribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárense homologados el Acuerdo y el Acta Complementaria celeb radoentre la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (S.A.L.) y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TELEVISIÓN POR CABLE (A.T.V.C.) que lucen a fojas 2/8 de l Expediente N° 1.689.499/15, agregado Expediente N° 1.687.400/15 como foja 3, y a fojas 89/90 del Exped iente N° 1.687.400/15, ratificad

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 42/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 42

el primero a foja 43, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o.2004).

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el

 Acuerdo y el Acta Complementaria obrantes a fojas 2/8 del Expediente N° 1.689.499/15, agregadoal Expediente N° 1.687.400/15 como foja 3, y a fojas 89/90 del Expediente N° 1.687.400/15

 ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacionalde Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la BasePromedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la LeyN° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presentelegajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 432/75.

 ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, del ActaComplementaria y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecidoen el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.687.400/15

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 304/16 se ha tomado razóndel acuerdo obrante a fojas 2/8 del expediente N° 1.689.499/15 agregado como foja 3 al expe-diente principal y a fojas 89/90 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número323/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordina-ción - D.N.R.T.

 ACTA - ACUERDO SAL - ATVC

En la ciudad de Buenos Aires, a los once días del mes de Agosto de 2015, entre la ASOCIA-CION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC), representada en este acto por el Lic.WALTER BURZACO y el Dr. DANIEL CELENTANO, por una parte y por la otra, la SOCIEDAD AR-GENTINA DE LOCUTORES (S.A.L.) representada por el Lic. SERGIO LUIS GELMAN, la Sra MARIAVICTORIA SFEIR y el Sr. GUSTAVO MIGUEL GONZALEZ en su carácter de Presidente, SecretariaGremial y Tesorero, respectivamente, acuerdan celebrar el presente acuerdo salarial que se regirápor las cláusulas siguientes:

PRIMERA. VIGENCIA: El presente acuerdo regirá desde el 1° de Agosto de 2015 hasta el 31de Julio de 2016.

SEGUNDA. AMBITO DE APLICACIÓN: El presente acuerdo salarial será de aplicación paratodos los locutores de todo el país encuadrados en la CCT 432/75.

TERCERA. REMUNERACIONES: Las partes acuerdan un incremento salarial equivalente alTREINTA Y UNO POR CIENTO (31%) sobre todos los rubros salariales, remunerativos y no remu-nerativos percibidos regularmente, vigentes al 31 Julio de 2015. Dicho incremento se realizará enforma escalonada y no acumulativa de conformidad a la siguiente pauta:

3.1. A partir del 1° de Agosto de 2015 se i ncrementan en un 18% (DIECIOCHO POR CIENTO),todos los conceptos salariales vigentes a Julio de 2015.

3.2. A partir del 1° de Octubre de 2015, se incrementarán en un 31% (TREINTA Y UNO PORCIENTO), todos los conceptos salariales vigentes a Julio de 2015, absorbiendo el dieciocho porciento (18%) de la etapa anterior.

Las nuevas escalas salariales del CCT 432/75, conforme a la presente cláusula y sus incisos3.1 y 3.2 se encuentran detalladas en los Anexos I y II que se adjunta al presente acuerdo formandoparte del mismo.

CUARTA. GRATIFICACION EXTRAORDINARIA: Las partes acuerdan para las emisoras dela Escala “A” el pago de una gratificación extraordinaria y por única vez, que tendrá carácter noremunerativo de SEIS MIL PESOS ($ 6.000). Dicho monto se abonará en efectivo en dos (2) cuotasen ambos casos dentro del plazo legal establecido por el art. 128 de la LCT. La primera cuota depesos TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500) conjuntamente con el pago de los haberes del mes de

 Agosto de 2015. La segunda cuota será de pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) y se abonarácon los haberes del mes de Diciembre de 2015.

Para las emisoras encuadradas en la Escala “B”, la gratificación extraordinaria también será

de SEIS MIL PESOS ($ 6.000), la que podrá ser abonada hasta en cuatro cuotas, y de la siguienteforma: la primera cuota será de Pesos DOS MIL ($ 2.000) y se abonará con las remuneracionesdel mes de Agosto de 2015; la segunda y tercera cuota serán de Pesos MIL QUINIENTOS ($ 1.500)cada una y la última cuota será de Pesos UN MIL ($ 1.000), las que se abonarán con las remunera-ciones correspondientes a los meses de Octubre-2015, Diciembre-2015 y Febrero-2016, respec-tivamente.

QUINTA: INCREMENTO NO REMUNERATIVO. TRANSITORIEDAD: Las partes acuerdan paralas emisoras ubicadas en la Escala “A” (más de 6.500 abonados), que el incremento establecidoen la cláusula tercera, inciso 3.1 tendrá en forma transitoria carácter de asignación no remunera-tiva hasta el mes de Diciembre de 2015 inclusive, convirtiéndose en remunerativo a partir del 1°de Enero de 2016. Para las emisoras ubicadas en la Escala “B” (menos de 6.500 abonados), elincremento establecido en la cláusula tercera incisos 3.1 y 3.2 tendrá en forma transitoria carácterde asignación no remunerativa, hasta el mes de FEBRERO de 2016 inclusive, convirtiéndose enremunerativo a partir del 1° de MARZO de 2016. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente cláu-sula, las partes establecen que el locutor en ningún caso percibirá un ingreso neto menor al que lehubiere correspondido si el aumento hubiese tenido carácter de remunerativo (Ej. Remuneraciónvariable, aguinaldo, licencias ordinarias y especiales, e indemnizaciones).

SEXTA. FORMA DE LIQUIDACION: De conformidad a lo establecido en la cláusula anterior yen tanto se encuentre vigente el plazo establecido para el pago con carácter de no remunerativo

del incremento de Agosto-2015, las empresas liquidarán bajo el concepto “Asignación no Rmunerativa Aumento Agosto 15-18%” una suma igual a la que resulte de aplicar los porcentajedispuestos en la cláusula tercera inciso 3.1 sobre todos los conceptos convencionales (Básico, Atigüedad, Horas extras, Horas nocturnas, etc.) vigentes a Julio de 2015, descontando los aportecorrespondientes al trabajador, que no se efectivizan por tratarse de sumas no remunerativas, dmodo tal que el locutor percibirá en dinero una suma no remunerativa igual a la que hubiera percbido si el aumento hubiera tenido carácter de remunerativo. Para la segunda etapa del incrementel 13% correspondiente al inciso 3.2 deberá abonarse en la Escala “A” con carácter remunerativose liquidará mensualmente sobre todos los conceptos fijos y variables tomando como referencialos básicos vigentes a Julio 2015, bajo el concepto “Incremento remunerativo Oct. 15 13%”. Ela ESCALA “A”, vencido el plazo de liquidación del 18% de la cláusula 3.1 como no remunerativel incremento del 31% a partir del 1° de ENERO de 2016 se aplicará en forma directa a la escasalarial vigente a Julio 2015. Para la Escala “B” en virtud de que la segunda etapa del incrementequivalente al 13% continuará con carácter de no remunerativo hasta FEBRERO 2016, a los efectos de expresar dicha etapa en el recibo de haberes, transitoriamente y en forma separada se realizará bajo el concepto “Incremento no remunerativo Oct. 15-13%”. Desde el 1° de MARZO d2016 en las emisoras de la ESCALA “B” el incremento del 31% se aplicará en forma directa a escala salarial vigente a Julio 2015.

SEPTIMA. BASICOS DE CONVENIO: Los salarios básicos de las emisoras de la Escala “Aquedarán conformados a partir del 1° de ENERO de 2016 con los incrementos establecidos en cláusula tercera incisos 3.1 y 3.2 y en las emisoras de la Escala “B”, los salarios básicos quedaráconformados a partir del 1° de MARZO de 2016. Dicha conversión deberá preservar el salario nedel locutor en un todo de acuerdo con los Anexos I y II que forman parte del presente acuerdo.

OCTAVA. COMPROMISO: En virtud del acuerdo arribado, ambas partes se comprometenmantener la paz social. Asimismo, las partes acuerdan reunirse con el objeto de evaluar el impacde la economía en el aumento pactado, pudiendo redefinirse si fuera necesario, las metas salariales en el presente acuerdo, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula primera.

NOVENA. NO ABSORCION: El incremento previsto en el presente acuerdo no podrá ser absorbido, ni total ni parcialmente por aumentos anteriores que se hubieren producido en el ámbitde las empresas destinatarias del presente acuerdo, con anterioridad al 1° Junio de 2015, cuaquiera fuere su origen y naturaleza. Aquellas empresas que hubiesen otorgado aumentos a cuentde la presente negociación, se reunirán con la entidad sindical a los efectos de compatibilizar loaumentos implementados con los aquí pactados.

DECIMA. COMPROMISO INSTITUCIONAL: Las partes se comprometen a iniciar 60 días antes de la finalización del presente acuerdo, las negociaciones necesarias tendientes a renovar lapautas salariales aquí pactadas.

UNDECIMA. CUOTA SINDICAL S.A.L.: Las emisoras actuarán como agentes de retención dla cuota sindical de los afiliados a la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, consistente en e2% (dos por ciento) de las remuneraciones brutas sujetas a aportes y contribuciones de la Segridad Social, incluyendo el Sueldo Anual Complementario, conforme lo establece el art. 6° de ley 24.241 y la Disposición D.N.A.S. N° 12/11, de fecha 18/5/2011 de la Direcc ión Nacional de Asciaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo. Los importes resultantes deberán ser depositadomensualmente en la Cuenta Corriente N° 3993626 - CBU 01105995-20000039936268 del Bancde la Nación Argentina perteneciente a la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, mediante boleta de depósito bancario que obtendrán on line mediante empadronamiento a través de la páginweb www.sal.org.ar, enviando a la sede de la SAL, Vidt 2011, (1425) BUENOS AIRES, la planildescriptiva de las contribuciones realizadas. El plazo para los depósitos de estas contribucioneserá el mismo que el establecido para los aportes y contribuciones a la Seguridad Social. De iguamanera las emisoras serán agentes de retención de los beneficios sociales y/o ayudas económcas que la SAL y/o sus Seccionales y/o sus entidades Mutuales, otorguen a los trabajadores comuniquen a las empresas, en concordancia con lo establecido por el Artículo N° 132 de la Lede Contrato de Trabajo.

DUODECIMA. APORTE SOLIDARIO: De conformidad con lo establecido en el artículo 9° de ley 14.250, se instituye un aporte solidario de todos los locutores no afiliados, representados por Sociedad Argent ina de Locutores (S. A.L.) equivalente al 1,60% (UNO COMA SESENTA POR CIETO) de las remuneraciones brutas que por todo concepto perciba cada locutor estable y/o suplencomprendido por el presente acuerdo. A tales efectos y con los alcances del artículo 38° de la Lede Asociaciones Sindicales, las empresas de la actividad se erigirán en agentes de retención daporte, debiendo liquidarlo bajo el concepto “Aporte Solidario” y depositarlo mensualmente en Cuenta Corriente N° 3993626 - CBU 01105995-20000039936268 del Banco de la Nación Argentina perteneciente a la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, mediante boleta de depósitbancario que obtendrán on line mediante empadronamiento a través de la página web www.saorg.ar enviando a la sede de la SAL, Vidt 2011, (1425) BUENOS AIRES, la planilla descriptiva de lacontribuciones realizadas. El plazo para los depósitos de estas contribuciones será el mismo quel establecido para los aportes y contribuciones a la Seguridad Social. El aporte solidario que sestablece en el presente artículo permanecerá vigente hasta el 31 de Julio de 2016, fecha en la quse producirá su caducidad automática, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario

DECIMO TERCERA. CONTRIBUCIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR SOBRE LOS INCREMENTOS NO REMUNERATIVOS: Como consecuencia de lo establecido en la cláusula tercedel presente, corresponderá a las empresas realizar el pago de una contribución mensual del 2%(DOS POR CIENTO) equivalente a la suma que por retención de cuota sindical se debería efectuaa los locutores afiliados a la SAL, si el aumento hubiese tenido el carácter de remunerativo y otdel 1,60% (UNO COMA SESENTA POR CIENTO) equivalente al aporte solidario de los locutores nafiliados. Dichas contribuciones mensuales deberán ser depositadas mensualmente en la CuenCorriente N° 3993626 - CBU 01105995-20000039936268 del Banco de la Nación Argentina pertneciente a la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, mediante boleta de depósito bancario quobtendrán on line mediante empadronamiento a través de la página web www.sal.org.ar envianda la sede de la SAL, Vidt 2011, (1425) BUENOS AIRES la planilla descriptiva de las contribucionerealizadas. El plazo para los depósitos de estas contribuciones será el mismo que el establecidpara los aportes y contribuciones a la Seguridad Social. En igual sentido, corresponderá a laempresas realizar el pago de una contribución mensual equivalente al 8,1% (OCHO COMA UNPOR CIENTO) sobre las asignaciones no remunerativas percibidas por los locutores estables suplentes. Dicha contribución mensual, deberá depositarse en la Cuenta Corriente N° 399362- CBU 01105995-20000039936268, del Banco de la Nación Argentina perteneciente a la SOCIDAD ARGENTINA DE LOCUTORES enviando a la sede de Vidt 2011, (1425) BUENOS AIRES, respectivo comprobante de depósito y la planilla descriptiva de las contribuciones. El plazo padepósito de estas contribuciones será el mismo que el establecido para el pago de los aportes contribuciones a la Seguridad Social.

DECIMO CUARTA. RETENCION DE AUMENTO: Todas las empresas de la actividad procederán a retener a todos los locutores con destino a la S.A.L., el primer aumento previsto para el mede AGOSTO de 2015. Estas retenciones serán abonadas mediante depósito en la Cuenta CorrienN° 3993626 - CBU 01105995-20000039936268, del Banco de la Nación Argentina pertenecien

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 43/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 43

a la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES enviando a la sede de Vidt 2011, (1425) BUENOS AIRES, el respectivo comprobante de depósito y la planilla descriptiva correspondiente. El plazopara el depósito de esta retención será en las emisoras de la Escala “A” el correspondiente al es-tablecido para el pago de los aportes y contribuciones correspondientes a los salarios del mes deSEPTIEMBRE de 2015.- Para las emisoras de la Escala “B” el plazo para depositar dicha retenciónserá el establecido para el pago de aportes y contribuciones correspondientes al mes de ENEROde 2016.

DECIMO QUINTA. HOMOLOGACION: Las partes podrán solicita r ante el Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social, en forma conjunta o individual, la homologación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efectoen el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 ANEXO I

 ACTA ACUERDO SALARIAL S.A.L. - ATVC (CCT N° 432/75)

PERIODO DE VIGENCIA: DESDE EL 1° DE AGOSTO DE 2015 AL 31 E JULIO DE 2016

ESCALA “A”: Emisoras de 6.500 abonados en adelante

LOCUTORES ESTABLESJuI-15

Básico

 AGOSTO-SET IEMBRE 2015

Básico + Asig. No rem. (18%)

OCTUBRE - NOVIEMBRE 2015

Bás.+ asig. No rem. (18%)+

asig. rem. (13%)

Dic-15

Básico

Locutor Off turno completo 10.685 10.685 + 1.558 10.685 + 1.558 + 1.389 13.998

Locutor 1 Noticiero diario de 30 min. 10.685 10.685 + 1.558 10.685 + 1.558 + 1.389 13.998

Locutor 1 Noticiero diario de 60 min. 13.892 13.892 + 2.025 13.892 + 2.025 + 1.806 18.199

Locutor en Cámara 14.641 14.641 + 2.135 14.641 + 2.135 + 1.903 19.180

 ANTIGÜEDAD:

2% s/básico Loc. Off p/año serv. y por

mes

214 214 + 31,20 214 + 31,20 + 27,82 280

SUPLENCIAS JuI-15Suplencias

 AGOSTO-SET IEMBRE 2015Suplencia + asig. No rem. 18%

OCTUBRE - NOVIEMBRE 2015

Supl. + asig. No rem. (18%) +

asig. rem. (13%)

Dic-15Suplencias

Supl. Loc. Off turno compl. (6 hs.) 582,82 582,82 + 84,98 582,82 + 84,98 + 75,77 763,52

Supl. Loc. Off medio turno (3 hs.) 349,69 349,69 + 50,99 349,69 + 50,99 + 45,46 458,11

Supl. 1 Noticiero de 30 min. 582,82 582,82 + 84,98 582,82 + 84,98 + 75,77 763,52

Supl. 1 Noticiero de 60 min. 757,75 757,75 + 110,48 757,75 + 110,48 + 98,51 992,68

Se deja constancia que los montos expresados como Asignaciones no remunerativas y remunerativas son referen-ciales, ya que los mismos varían en función del resto de los adicionales que se abonan en forma individual y queforman parte de la base de cálculo de la misma (antigüedad, licencias, horas nocturnas, etc.).

 ANEXO II

 ACTA - ACUERDO SALARIAL: S.A.L. - ATVC (CCT N° 432/75)

PERIODO DE VIGENCIA: DESDE EL 1° DE AGOSTO DE 2015 AL 31 DE JULIO DE 2016

ESCALA “B”: Emisoras que no alcanzan los 6.500 abonados

LOCUTORES ESTABLESJul-15

Básico

 AGOSTO-SET IEMBRE 2015

Básico + Asig. no remun. (18%)

OCTUBRE - FEBRERO 2016

Bás.+asig. no rem. (18%) +

asig. no rem. (13%)

Mar-16

Básico

Locutor Off turno completo 10.087 10.087 + 1.471 10.087 + 1.471 + 1.311 13.214Locutor 1 Noticiero diario de 30 min. 10.087 10.087 + 1.471 10.087 + 1.471 + 1.311 13.214

Locutor 1 Noticiero diario de 60 min. 13.113 13.113 + 1.912 13.113 + 1.912 + 1.705 17.178

Locutor en Cámara 13.820 13.820 + 2.015 13.820 + 2.015 + 1.797 18.104

 ANTIGÜEDAD:

2% s/básico L Loc. Off Esc. “A” p/año y

p/mes214 214 + 31,10 214 + 31,20 + 27,82 280

SUPLENCIASJul-15

Suplencias

 AGOSTO-SET IEMBRE 2015

Suplencia + asig. No rem. 18%

OCTUBRE - FEBRERO+ 2016

Supl. + asig. no rem. (18%) +

asig. no rem. (13%)

Mar-16

Suplencias

Supl. Loc. Off turno compl. (6 hs.) 550,20 550,20 + 80,23 550,20 + 80,23 + 71,53 721,00

Supl. Loc. Off medio turno (3 hs.) 330,12 330,12 + 48,14 330,12 + 48,14 + 42,92 433

Supl.1 Noticiero de 30 min. 550,20 550,20 + 80,23 550,20 + 80,23 + 71,53 721

Supl.1 Noticiero de 60 min. 715,26 715,26 + 104,29 715,26 + 104,19 + 92,98 937

Se deja constancia que los montos expresados como Asignaciones no remunerativas y remunerativas son referen-ciales, ya que los mismos varían en función del resto de los adicionales que se abonan en forma individual y queforman parte de la base de cálculo de la misma (antigüedad, licencias, horas nocturnas, etc.).

Expediente N° 1687400/15

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 8 días del mes de marzo de 2016, siendo las 13,00horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante laJefa del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. María del Carmen Brigante; en representa-ción de la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (S.A.L): el Sr. Sergio Gelman y el Sr. GustavoRosales y en representación de la ASOCIACION ARGENTINA DE TV POR CABLE (ATVC), lo haceel Dr. Daniel Oscar Celentano. Todos debidamente acreditados en el presente expediente.

 Abierto e l acto por la funcionaria actuante, ambas partes manifiestan que: vienen por la pre-sente, visto el dictamen N° 322, aquí inserto, que ratifican su posición de Fs. 77. y acompañan co-pia de la Resolución ST N° 1918, allí aludida. Las partes manifiestan: que el acuerdo celebrado, delque se requiere su homologación se ajusta a lo dispuesto por la Resolución ST N° 1918/14 atentoa que la retención pactada se compensa el valor que corresponde retener a los trabajadores a latrabajadores afiliados a la entidad sindical, en concepto de cuota sindical y el aporte solidario quedeben abonar los trabajadores no afiliados.

 A todo evento las partes manifiestan que debe tenerse presente la cláusula 4° de Fs. 2 la grati-ficación extraordinaria no remunerativa por única vez cuyo monto supera holgadamente cualquieraen particular o la suma de todas las retenciones y aportes solidarios que contiene el acuerdo ce-lebrado. Las partes manifiestan que no estando la intangibilidad del salario de los trabajadores dela actividad reiteran su solicitud de homologación.

En este estado, y no siendo para más a las 14.30 horas, LEIDA y RATIFICADA la presente actlos comparecientes en sus respectivos caracteres y representaciones firman al pie en señal de plena conformidad 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha consignaden el encabezamiento, por ante mí que así lo CERTIFICO.

#F5135074F

#I5135081I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 305/2016

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.669.001/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.706.206/1agregado como fojas 75 al Expediente Principal, celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADODEL CAUCHO Y AFINES (S.E.C.A), por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DEL NEUMÁTICO, por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente acuerdo las partes pactan abonar a la totalidad del personal comprenddo en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 402/05 una suma de carácter no remunerativo por únicvez, conforme surge del texto convencional traído a marras.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada en la Cláusula Primera, resuta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptoque componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Por ello, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumacuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativconforme a lo establecido en el ARTÍCULO N° 103 de la Ley N° 20.744 (1976).

Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de spersonería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laborvigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de estMinisterio tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de laatribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE RELACIONES LABORALESRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo ce lebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DEL CAUCHO Y AFINES (S.E.C.A), por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINDEL NEUMÁTICO, por la parte empleadora, que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.706.206/1agregado como fojas 75 al Expediente Principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de NegociacióColectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de RegistrGestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumpdo, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinacióregistre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.706.206/16 agregado como fojas 75 Expediente Principal.

 ARTÍCULO 3° — Notif íquese a las par tes signatarias. Fina lmente, procédase a la guarda dpresente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 402/05.

 ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TR ABAJEMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en

 Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

 ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficiaarchívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de TrabajEmpleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.669.001/1

Buenos Aires, 23 de mayo de 201

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 305/16 se ha tomado razón dacuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente N° 1.706.206/16 agregado como foja 75 al expedientde referencia, quedando registrado bajo el número 322/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registde Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 44/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 44

FORMULAN ACUERDO

 Ambas partes manifiestan que han arribado a un acuerdo de carácter salarial, mediante el cuallos representantes de la Federación Argentina del Neumático reconocen a favor de cada uno delos trabajadores comprendidos en el C.C.T. N° 402/05 el pago de una suma única y con carácterno remunerativo de $ 4.000.- (pesos cuatro mil), la que se abonara en cuatro cuotas consecutivasde $ 1.000 (pesos un mil) a abonarse conjuntamente con los salarios correspondientes a los mesesde Enero, Febrero, Marzo, Abril de 2016.

La asignación acordada será abonada por los empleadores aun a los trabajadores que seencuentren en el periodo de licencia por maternidad (art. 167 LCT) o con licencia por enfermedado accidente de trabajo.

CONTRIBUCION EMPRESARIA EXTRAORDINARIA 

 Asimismo, la par te emple adora reconoce a favor de l a Entidad Gremia l para el cumplimien-to y desarrollo de los fines sociales y culturales de la misma un aporte de $ 800 (pesos ocho-cientos) por cada trabajador, pagaderos en cuatro cuotas iguales y consecutivas de $ 200(doscientos) cada una de ellas, su pago se efectuara mediante deposito en las cuentas que atal efecto tiene habilitadas el gremio en el Banco Provincia de Buenos Aires, conjuntamentecon el pago de los aportes y contribuciones de los haberes de los meses de Enero, Febrero,Marzo y Abril de 2016.

 Ambas partes dejan expresado que estos importes no se tomaran como base de cálculo a losfines de la próxima negociación paritaria 2016/2017, ni se incorpora a los básicos vigentes, a esosmismos efectos.

 ABSORCION

La suma acordada absorbe y/o compensa hasta su concurrencia:

1) Los pagos efectuados por las empresas con imputación a cuenta de futuros aumentosotorgados desde el 1° de diciembre de 2015. Se exceptúan de esta absorción los incrementosotorgados como premios por contraprestaciones mensurables.

2) Los aumentos salariales u otorgamientos de prestación no remuneratoria o remuneratoriaque disponga con carácter general una norma estatal en el futuro durante la vigencia del presente,en cuyo caso las partes se comprometen a reunirse para acordar la forma de aplicación del mismo.

DOCUMENTAL

Se deja constancia que se adjuntan al presente la siguiente documental:

1) Copia del Estatuto del Sindicato Empleados del Caucho y Afines.

2) Copia de la Certificación de Autoridades del Sindicato Empleados del Caucho y Afines.

3) Copia del Estatuto de la Federación Argentina del neumático.

4) Copia del Acta de designación de autoridades de fecha 12/06/2015.

HOMOLOGACION

Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

#F5135081F#

#I5135085I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 100/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.687.541/15 del Registro del MINISTERIO DE TR ABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1273 del 4 de septiembre de 2015, N° 1568del 5 de octubre de 2015 y N° 1684 del 20 de octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 53 del Expediente N° 1.687.541/15 obran las escalas salaria les pactadas entreel SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA

 ARGENTINA , por la parte sindical y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, porla parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o.2004).

Que las escalas precitadas forman parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homo-logado por la Resolución S.T. N° 1568/15 y registrado bajo el N° 1482/15 “E”, conforme surge defojas 92/94 y 97, respectivamente.

Que el segundo párrafo del ar tículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le im-pone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicarel promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determinatriplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que el Convenio Colect ivo de Trabajo de Empresa N° 1482/15 “E” vigente desde el 1° de mayde 2015, renueva al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 730/05 “E”.

Que mediante la providencia de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo de fecha 2de noviembre de 2015, obrante a fs. 103, se solicitó a las partes que informen un valor/porcentarepresentativo de lo que mensualmente perciben los trabajadores por el concepto Incentivo Varible previsto en el artículo 35.2.b del CCT N° 1482/15 “E”, en atención a la modificación realizadal procedimiento para su cálculo, respecto del procedimiento acordado en el instrumento que srenovó.

Que en respuesta a ello, a fs. 107 obra la presentación efectuada por las partes signatariasen la cual informan el valor obtenido luego de haber realizado el cálculo correspondiente, cumpmentando lo requerido.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1273 del 4 de septiembre d2015, se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencdesde el 1° de mayo de 2015, correspondiente al Acuerdo N° 911/15 homologado por la Resolucióde la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1100 del 10 de agosto de 2015.

Que atento a la fecha de otorgamiento del incremento sala rial pactado en el Acuerdo N° 911/1cabe entender que el mismo se encuentra comprendido en el marco del Convenio Colectivo dTrabajo de Empresa N° 1482/15 “E”, debido a que la vigencia de este último, opera desde el 1° dmayo de 2015, ut supra indicada.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1684 del 20 de octubre d2015, se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencdesde el 1° de agosto de 2015, correspondiente al Acuerdo N° 1112/15 homologado por la Resolción de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1347 del 15 de septiembre de 2015.

Que atento a la fecha de celeb ración del Acuerdo N° 1112/15, producida el 20 de julio de 201cabe entender que el mismo fue pactado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1482/15 “E”, el cual tiene vigencia desde el 1° de mayo de 2015.

Que en consecuencia, atento a que las partes en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1482/15 “E”, han establecido el nuevo porcentaje del adicional “Incentivo variable por ca liday producción”, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneracioneanteriormente fijados y los respectivos topes indemnizatorios que surgen de los mismos, por lonuevos importes que se detallan en los ANEXOS I y II de la presente.

Que a fojas 112/117, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptadopara el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo dartículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Dcreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fecha13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJORESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones fijado pla Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1273 del 4 de septiembre de 2015, y el topindemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 911/15, suscripto entre el SINDICATDE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINAla empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

 ARTÍCULO 2° — Déjese sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones fijado pla Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1684 del 20 de octubre de 2015 y el tope idemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 1112/15, suscripto entre el SINDICATO DMECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

 ARTÍCULO 3° — Fí jase el importe promedio de las remunerac iones del cual surge el topindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.74(t.o. 1976) y sus modificatorias correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1568 del 5 de octubre de 201y registrado bajo el N° 1482/15 “E” suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DETRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa TOYOTA ARGENT

NA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de presente.

 ARTÍCULO 4° — Fíjase el importe promedio de las remunerac iones del cual surge el topindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.74(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1347 del 15 de sept iembre de 2015, y regis trado bajo e l N° 1112/suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LREPÚBLICA ARGENTINA y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 5° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Getión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplidello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinción tome conocimiento de la presente medida en relación con los promedios de remuneracionefijados por las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1273 del 4 de septiembre de 201y N° 1684 del 20 de octubre de 2015 y de los respectivos topes indemnizatorios, correspondientea los acuerdos registrados bajo los N° 911/15 y N° 1112/15, homologados por las Resoluciones dla SECRETARIA DE TRABAJO N° 1100 del 10 de agosto de 2015 y N° 1347 del 15 de septiembde 2015, respectivamente, y registre los importes de los promedios de las remuneraciones fijadopor este acto y los topes indemnizatorios resultantes.

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 45/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 45

 ARTÍCULO 6° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

 ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Dr. C. P. EZEQUIEL SABOR, Secretario de Trabajo, M.T.E. y S.S.

 ANEXO I

Expediente N° 1.687.541/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES

DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAC/TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA CCT N° 1482/15 “E”

01/05/2015 $ 21.375,51 $ 64.126,53

 ANEXO II

Expediente N° 1.687.541/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA C/TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 1112/15CCT N° 1482/15 “E”

01/08/2015 $ 22.486,87 $ 67.460,61

Expediente N° 1.687.541/15Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 100/16 se ha tomado razón deltope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número282/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi-nación – D.N.R.T.

#F5135085F#

#I5135086I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 307/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 646.712/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatori as,la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 de abril de2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarial pactada entre el SINDICA-TO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTI-NA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parteempleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Re-solución Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N° 239/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85,respectivamente.

Que a fojas 10 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarial pactada entre el SINDI-CATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGEN-TINA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parteempleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Re-solución Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N° 240/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85,respectivamente.

Que a fojas 12 del Expediente N° 646.712/15, obra la escala salarial pactada entre el SINDI-CATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGEN-TINA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parteempleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 26/90 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolu-ción Ss.R.L. N° 225/16 y registrado bajo el N° 241/16, conforme surge de fojas 80/82 y 85, respec-tivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar ypublicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determinatriplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 92/98, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Labordependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten eesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafdel artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por laDecisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 201y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 2de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Fíj ase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el topindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.74(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° dla Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 de abril d2016, y registrado bajo el N° 239/16 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DETRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresSCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle qucomo ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Fíj ase el importe promedio de l as remuneraciones del cual surge el topindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.74(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° dla Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 de abril d2016, y registrado bajo e l N° 240/16 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DETRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresSCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle qucomo ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope idemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de la Reslución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 225 del 14 de abril de 2016, registrado bajo e l N° 241/16 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, com

 ANEXO III, forma parte integrante de l a presente.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de RegistrGestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpdo ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabaja fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topindemnizatorio resultante.

 ARTÍCULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las pates signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

 ARTÍCULO 6° — Comuníquese, pub líquese, dése a la Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del TrabajM.T.E. y S.S.

 ANEXO I

Expediente N° 646.712/1

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 239/16CCT N° 26/90 “E”

01/07/2014 $ 14.252,30 $ 42.756,90

 ANEXO II

Expediente N° 646.712/1

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 240/16CCT N° 26/90 “E”

01/10/2014 $ 15.057,29 $ 45.171,87

 ANEXO III

Expediente N° 646.712/1

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAC/SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA Acuerdo N° 241/16CCT N° 26/90 “E”

01/01/2015 $ 16.922,33 $ 50.766,99

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 46/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 46

Expediente N° 646.712/15

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 307/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con elnúmero 283/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

#F5135086F#

#I5135088I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 308/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.700.984/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, laResolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 207 del 6 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 y 9 del Expediente N° 1.700.984/15, obran las escalas salariales pactadas entreel SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA

 ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD EN COMANDITAPOR ACCIONES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Em-presa N° 8/89 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L.N° 207/16 y registrado bajo el N° 226/16, conforme surge de fojas 58/60 y 63, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias,le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar ypublicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determinatriplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 69/71 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboraldependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafodel artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por lasDecisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Fí jase el importe promedio de las remunerac iones del cual surge el topeindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 207 del 6 de abril de 2016 y registrado bajoel N° 226/16, suscripto ent re el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTO-MOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FORD ARGENTINASOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, por la parte empleadora, conforme al detalle que,como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

 ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

 ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publ íquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofic ialy archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c, Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,M.T.E. y S.S.

 ANEXO

Expediente N° 1.700.984/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAC/FORD ARGENTINA SOCIEDAD ENCOMANDITA POR ACCIONESCCT N° 8/89 “E”

01/10/2015 $ 20.634,80 $ 61.904,40

Expediente N° 1.700.984/1

Buenos Aires, 23 de mayo de 201

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 308/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con número 285/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamenCoordinación - D.N.R.T.

#F5135088F

#I5135089I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 309/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.700.983/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatoriala Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 206 del 6 de abril d2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 del Expediente N° 1.700.983/15, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, pola parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1341/13 “Econforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la Ss.R.N° 206/16 y registrado bajo el N° 224/16, conforme surge de fojas 37/39 y 42, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatoriale impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determintriplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respetivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 48/50 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Labordependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten eesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafdel artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por laDecisiones Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 201y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 2de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Fíj ase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el topindemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.74(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 206 del 6 de abril de 2016, y registrado bael N° 224/16 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FAURECIA ARGENTNA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, formparte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de RegistrGestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpdo ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabaja fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topindemnizatorio resultante.

 ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las pates signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

 ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a l a Dirección Nacional de l Registro Oficy archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del TrabajM.T.E y S.S.

 ANEXO

Expediente N° 1.700.983/1

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE

SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINAc/FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA CCT N° 1341/13 “E” División Asientos

01/10/2015 $ 16.440,00 $ 49.320,00

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 47/48

  Jueves 9 de junio de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.396 47

Expediente N° 1.700.983/15

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 309/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con elnúmero 286/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

#F5135089F#

#I5135087I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 310/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.686.815/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, laResolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 143 del 10 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 81 del Expediente N° 1.686.815/15, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL), por l a parte sindi-cal, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, por la parte empleadora, enel marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 307/73, conforme lo dispuesto en la Ley de Nego-ciación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L.N° 143/16 y registrado bajo el N° 148/16, conforme surge de fojas 152/153 y 156, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y

publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina

triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 162/165 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboraldependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las cons-tancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remunera-ciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del ar-tículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por las Decisiones

 Administrativas N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y N° 145 del 1° de marzo de 2016 y por la Resolu-ción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 36 del 22 de enero de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indem-nizatorio, según los términos del ar tículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) ysus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETA-RÍA DE RELACIONES LABORALES N° 143 del 10 de marzo de 2016 y registrado bajo el N° 148/16,suscripto entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL), porla parte sindical, y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, por la parte em-pleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

 ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

 ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publ íquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofic ialy archívese. — Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,M.T.E. y S.S.

 ANEXO

Expediente N° 1.686.815/15

PARTES SIGNATARIASFECHA DE

ENTRADA ENVIGENCIA 

PROMEDIO DE LASREMUNERACIONES

TOPEINDEMNIZATORIO

RESULTANTE ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES(CULTURAL- GREMIAL-MUTUAL)C/ ASOCIACIÓN ARGENTINA DEEMPRESARIOS TEATRALES

 

General 01/09/2015 $ 16.182,50 $ 48.547,50Salas con capacidad menor a 200 butacas 01/09/2015 $ 13.500,00 $ 40.500,00

CCT N° 307/73

Expediente N° 1.686.815/15

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 310/16 se ha tomado ra-zón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con elnúmero 284/16 T. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

#F5135087F#

8/15/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.396. 09 de junio de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33396-09-de-junio-de 48/48