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BOLETIN MUNICIPAL Impreso por el Municipio de La Matanza Municipalidad de La Matanza Publicación Oficial.- Conforme Art. 108 inc. 2º Ley Orgánica Municipalidades FEBRERO 2016 _________________ ................................ _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ _________________ ................................ _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ ............................... _________________ DEPARTAMENTO EJECUTIVO VERONICA MAGARIO Intendente Municipal FERNANDO ESPINOZA Jefe de Asesores del Intendente Municipal ALEJANDRO RODRIGUEZ Jefe de Gabinete MARIANO RIOS ORDOÑEZ Vice Jefe de Gabinete GUSTAVO DUTTO Secretario de Gobierno ROBERTO FELETTI Secretario de Economía y Hacienda HECTOR TURQUIÉ Secretario de Obras y Servicios Públicos ALEJANDRO COLLIA Secretario de Salud Pública SILVIA FRANCESE Secretaria de Cultura y Educación DÉBORA GIORGI Secretaria de la Producción LILIANA YAMBRUN Secretaria Privada CLAUDIA BERNAZZA Secretaria de Desarrollo Social DANIEL FEITY Secretario de Planificación Operativa y Control Comunal KARINA GABRIELA ROCCA Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable EVA JORGE Secretaria de La Tercera Edad CLAUDIO HORACIO LENTINI Secretario Administrativo, Técnico y de Relaciones Internacionales de La Intendencia ANÍBAL JESÚS STELLA Secretario de Planificación Estratégica JUANA MEDINA Secretaria de Coordinación de Delegaciones CARLOS RUBEN ORSINGHER Secretario de Protección Ciudadana MARIO BARRESI Secretario de Espacio Público y Servicios Públicos SILVINA GVIRTZ Secretaria de Ciencia, Tecnología y Políticas Educativas CECILIA PRESAS Secretario de Juventud EDITH BEATRIZ VIANI Secretario de Planeamiento Urbano MARIA LETICIA PIRIS Secretaria de Tránsito y Transporte HERNÁN ANTONIO LEDESMA Secretario de Deportes y Recreación Impreso el 29 de febrero de 2016, en el Municipio de La Matanza - Almafuerte 3050 (1754) San Justo - Buenos Aires Conmutador Tel: 4651-0101 / 09 - Correo Electrónico: [email protected] www.lamatanza.gov.ar

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  • BOLETINMUNICIPAL

    Impreso por el Municipio de La Matanza

    Municipalidad de La Matanza

    Publicación Oficial.-Conforme Art. 108 inc. 2º Ley Orgánica Municipalidades

    FEBRERO 2016

    _________________ ................................_________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________ ..............................._________________

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    DEPARTAMENTO EJECUTIVOVERONICA MAGARIO

    Intendente Municipal

    FERNANDO ESPINOZAJefe de Asesores del Intendente Municipal

    ALEJANDRO RODRIGUEZJefe de Gabinete

    MARIANO RIOS ORDOÑEZVice Jefe de Gabinete

    GUSTAVO DUTTOSecretario de Gobierno

    ROBERTO FELETTISecretario de Economía y Hacienda

    HECTOR TURQUIÉSecretario de Obras y Servicios Públicos

    ALEJANDRO COLLIASecretario de Salud Pública

    SILVIA FRANCESESecretaria de Cultura y Educación

    DÉBORA GIORGISecretaria de la Producción

    LILIANA YAMBRUNSecretaria Privada

    CLAUDIA BERNAZZASecretaria de Desarrollo Social

    DANIEL FEITYSecretario de Planificación Operativa y Control Comunal

    KARINA GABRIELA ROCCASecretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

    EVA JORGESecretaria de La Tercera Edad

    CLAUDIO HORACIO LENTINISecretario Administrativo, Técnico y de Relaciones Internacionales de La Intendencia

    ANÍBAL JESÚS STELLASecretario de Planificación Estratégica

    JUANA MEDINASecretaria de Coordinación de Delegaciones

    CARLOS RUBEN ORSINGHERSecretario de Protección Ciudadana

    MARIO BARRESISecretario de Espacio Público y Servicios Públicos

    SILVINA GVIRTZSecretaria de Ciencia, Tecnología y Políticas Educativas

    CECILIA PRESASSecretario de Juventud

    EDITH BEATRIZ VIANISecretario de Planeamiento Urbano

    MARIA LETICIA PIRISSecretaria de Tránsito y Transporte

    HERNÁN ANTONIO LEDESMASecretario de Deportes y Recreación

    Impreso el 29 de febrero de 2016, en el Municipio de La Matanza - Almafuerte 3050 (1754) San Justo - Buenos AiresConmutador Tel: 4651-0101 / 09 - Correo Electrónico: [email protected]

    www.lamatanza.gov.ar

  • 2 - Boletín Municipal

    Indice

    Ordenanzas ................................... Pág 03 - 29Decretos ........................................ Pág 29 - 172

    Municipalidad de La Matanza - 3

    OrdenanzasEl Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la

    Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.143.- ARTICULO 1º: Reconócese la deuda municipal con el Dr. Gustavo Alberto Dutto por la suma de $ 576,65 (PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS), dicha suma surge del pago de los servicios de telefonía, gas natural, agua corriente y electricidad que recayeron en el inmueble arrendado por la Comuna sito en calle Ocampo Nº 3.228, entre calles Perú y Mendoza, de la Ciudad de San Justo, y que oportunamente fueron solventados por el causante en el año 2006.-

    FACTURA SERVICIO MONTO FS133526100278972500000120060716 Telefónico $ 40,02 26133526100278972500000120060816 Telefónico $ 40,05 27133526100278972500000120061016 Telefónico $ 39,72 28133526100278972500000120061116 Telefónico $ 40,27 29110389796 Gas natural $ 64,02 31111692461 Gas natural $ 62,63 32112997578 Gas natural $ 32,01 330104-05476220 Agua corriente $ 25,55 350104-08676770 Agua corriente $ 25,55 360104-12576236 Agua corriente $ 25,58 37001-71256513 Electricidad $ 106,60 38001-71939869 Electricidad $ 74,65 41 TOTAL $ 576,65.-

    ARTICULO 2º: Autorízase a la Contaduría Municipal a registrar un asiento en el libro diario, con Débito a la cuenta “Cuentas Comerciales a Pagar, Resultado Acumulado de Ejercicios Anteriores”, por el monto expresado en el Artículo 1º de la presente, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 141º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 3º: Para la cancelación de la deuda mencionada en el Artículo 1º, se seguirá el procedimiento indicado en los Artículos 137º y 138º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Tercera Sesión Ordinaria, Cuarta Reunión, a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Secretaría General de la Intendencia Municipal y Secretaría de Economía y Hacienda. Tome conocimiento la Dirección General de Asuntos Comunitarios.-LA MATANZA, 04-11-2015

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.185.-

    ARTICULO 1º: Reconócese la deuda municipal con la Subdelegación de Ciudad Evita – Zona Oeste, por un total de $ 7.288 (Pesos Siete Mil Doscientos Ochenta y Ocho), en concepto de Caja Chica correspondiente al año 2014, según cuadro que se detalla a continuación, por corresponder al ejercicio vencido.-

    FACTURA Nº IMPORTENº 0001-00000504 $ 80 (Pesos Ochenta)Nº 0001-00001536 $ 480 (Pesos Cuatrocientos Ochenta)Nº 0001-00001202 $ 200 (Pesos Doscientos)Nº 0001-00002387 $ 783 (Pesos Setecientos Ochenta y Tres)Nº 0001-00001404 $ 900 (Pesos Novecientos)Nº 0001-00004636 $ 1.000 (Pesos Mil)Nº 0001-00004649 $ 920 (Pesos Novecientos Veinte)

  • Municipalidad de La Matanza - 5 4 - Boletín Municipal

    Nº 0006-00003143 $ 960 (Pesos Novecientos Sesenta).Nº 0001-00004654 $ 980 (Pesos Novecientos Ochenta)Nº 0001-00004668 $ 985 (Pesos Novecientos Ochenta y Cinco) TOTALES $7.288 (Pesos Siete Mil Doscientos Ochenta y Ocho)

    ARTICULO 2º: Autorízase a la Contaduría Municipal a registrar un asiento en el Libro Diario, con Débito a la cuenta “CUENTAS COMERCIALES A PAGAR, RESULTADOS ACUMULADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES”, por el monto expresado en el Articulo 1º del presente, en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 3º: Para la cancelación de la deuda mencionada en el Artículo 1º, se seguirá el procedimiento indicado en los Artículos 137º y 138º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Tercera Sesión Ordinaria, Cuarta Reunión, a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Secretaría General de la Intendencia Municipal y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 04-11-2015

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.191.-

    ARTICULO 1º: Reconócese la deuda municipal con los Señores. JORGE ALTAMIRANO, VIRGINIA ALTAMIRANO, GEORGINA ALTAMIRANO, IGNACIO ALTAMIRANO y MARIA CRISTINA MAYORAL, por el alquiler correspondiente a los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2014, por la suma total de $ 238.000 (Pesos Doscientos Treinta y Ocho Mil), correspondiente al inmueble ubicado en la calle Hipólito Irigoyen Nº 2.562 de la localidad de San Justo, que este Municipio alquila para el funcionamiento de distintas dependencias, por corresponder al ejercicio vencido.-

    ARTICULO 2º: Autorízase a la Contaduría Municipal a registrar un asiento en el Libro Diario, con Débito a la cuenta “CUENTAS COMERCIALES A PAGAR”, RESULTADO ACUMULADO DE EJERCICIOS ANTERIORES”, por el monto expresado en el Articulo 1º del presente, en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 3º: Para la cancelación de la deuda mencionada en el Artículo 1º, se seguirá el procedimiento indicado en los Artículos 137º y 138º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Tercera Sesión Ordinaria, Cuarta Reunión, a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Secretaría General de la Intendencia Municipal y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 04-11-2015

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.195.-

    ARTICULO 1º: Reconócese la deuda municipal con el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (SUCURSAL SAN JUSTO) por la suma de $ 182,00 (Pesos Ciento Ochenta y Dos) en concepto de comisión bancaria del mes de Diciembre de 2.014, por los movimientos que hubo sobre la Cuenta Corriente Nº 50.272/8, cuyo titular resulta ser la Municipalidad de La Matanza y que responden a las deducciones de los extractos bancarios de folios 5), 6) y 7).-

    ARTICULO 2º: Autorízase a la Contaduría Municipal a registrar un asiento en el Libro Diario, con Débito a la cuenta “CUENTAS COMERCIALES A PAGAR, RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES” por el monto expresado en el Artículo 1º del presente, en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 3º: Para la cancelación de la deuda mencionada en el Artículo 1º, se seguirá el procedimiento indicado en los Artículos 137º y 138º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Tercera Sesión Ordinaria, Cuarta Reunión, a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Secretaría General de la Intendencia Municipal y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 04-11-2015

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.197.-

    ARTICULO 1º: Reconócese la deuda municipal con el Ingeniero RICARDO JAVIER MUÑIZ por la suma de $ 27.500 (PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS), en concepto de viáticos por los servicios prestados desde el mes de Enero a Noviembre del año 2014.-

    ARTICULO 2º: Reconócese la deuda municipal con el Técnico DARIO ANIZAN por la suma de $ 27.500 (PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS), en concepto de viáticos por los servicios prestados desde el mes de Enero a Noviembre del año 2014.-

    ARTICULO 3º: Autorízase a la Contaduría Municipal a registrar un asiento en el libro diario, con Débito a la cuenta “CUENTAS COMERCIALES A PAGAR, RESULTADOS ACUMULADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES” por el monto expresado en el Articulo 1º del presente, en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 4º: Para la cancelación de la deuda mencionada en el Artículo 1º, se seguirá el procedimiento indicado en los Artículos 137º y 138º del Reglamento de Contabilidad.-

    ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Tercera Sesión Ordinaria, Cuarta Reunión, a los diecisiete días del mes de Septiembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Secretaría General de la Intendencia Municipal y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 04-11-2015

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.268.-

    ARTICULO 1º: Modificase en carácter de excepción la zona del predio cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. II, Secc. B, Manz. 99, Parc. 1T, la que quedará designada como zona M.I. (Mixta Industrial).-

    ARTICULO 2º: Autorízase la Radicación de la Industria, cuyo rubro es: TALLER MECANICO SERVICE AUTOMOTOR.-

    Sita en la calle: Avda. Rivadavia Nº 13.202 - Palacios Nº 21 de la localidad de Ramos Mejia.-

    ARTICULO 3º: La firma propietaria deberá realizar los trámites de ampliación en su caso, de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, y cumplimentar con los requisitos exigidos por las Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, como así también deberá cumplir con toda otra normativa relacionada con Leyes Provinciales y/o Nacionales que le correspondiera, especialmente en lo referente a certificados de aptitud de calderas, compresores, incendio, etc., y normas que garanticen la seguridad en general y en particular.

    ARTICULO 4º: En caso de futura ampliación, no habiendo variado la categoría asignada por la O. P. D. S. (Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible), podrá actualizar su documentación industrial municipal con la disposición asignada por la recategorización del establecimiento.-

    ARTICULO 5º: Esta Autorización de radicación puede ser transferida siempre y cuando se mantenga el rubro original y categoría.-

    ARTICULO 6º: En caso de incumplimiento de las vigentes Ordenanzas y Decretos o en su caso producir daños o molestias al medio ambiente, podrá revocarse la presente Ordenanza.-

    ARTICULO 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.-

  • Municipalidad de La Matanza - 7 6 - Boletín Municipal

    Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Planeamiento Urbano, Secretaría de Planificación Operativa y Control Comunal y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 21-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.269.-

    ARTICULO 1º: Modificase en carácter de excepción la zona del predio cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. II, Secc. D, Manz. 182b, Parc. 15, la que quedará designada como zona M.I. (Mixta Industrial).-

    ARTICULO 2º: Autorízase la Radicación de la Industria, cuyo rubro es: FABRICACION Y ENVASADO DE PINTURAS AL AGUA.-

    Sita en la calle: Hernandarias Nº 624/26, de la localidad de Lomas del Mirador.-

    ARTICULO 3º: La firma propietaria deberá realizar los trámites de habilitación o de ampliación en su caso, de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, y cumplimentar con los requisitos exigidos por las Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, como así también deberá cumplir con toda otra normativa relacionada con Leyes Provinciales y/o Nacionales que le correspondiera, especialmente en lo referente a certificados de aptitud de calderas, compresores, incendio, etc., y normas que garanticen la seguridad en general y en particular.

    ARTICULO 4º: En caso de futura ampliación, no habiendo variado la categoría asignada por la O. P. D. S. (Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible), podrá actualizar su documentación industrial municipal con la disposición asignada por la recategorización del establecimiento.-

    ARTICULO 5º: Esta Autorización de radicación puede ser transferida siempre y cuando se mantenga el rubro original y categoría.-

    ARTICULO 6º: En caso de incumplimiento de las vigentes Ordenanzas y Decretos o en su caso producir daños o molestias al medio ambiente, podrá revocarse la presente Ordenanza.-

    ARTICULO 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Planeamiento Urbano, Secretaría de la Producción, Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 21-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.270.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA PROTECNIC S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 6072, en la siguiente calle:

    - Hucal, frente a la Parcela 17 de la Manzana 18.-

    Manzanas Involucradas: CIRC. IV, SECC. N, MANZANA 18, de la localidad de Rafael Castillo.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 10 (diez) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las

    cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 21-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.271.-

    ARTICULO 1º: ADHIERASE el Municipio de La Matanza a la Ley Provincial Nº 14.519.-

    ARTICULO 2º: REVISESE y procédase a la supresión de toda frase o expresión que, por su significación, connotación o anacronismo puedan ser discriminatorios, estigmatizantes y/o inapropiados, de los términos que se refieren al colectivo vinculado a la discapacidad, debiendo ser el de “personas con discapacidad” la correcta denominación para referirse a las mismas, tal como lo indica el Artículo 2º de la Ley en cuestión.-

    ARTICULO 3º: ESTABLEZCASE con carácter permanente en el Partido de La Matanza el día 3 de Diciembre de cada año como “Día Internacional de las personas con Discapacidad”, proclamado por la Organización de las Naciones Unidas en el año 1.992.-

    ARTICULO 4º: FACULTASE al Área del Departamento Ejecutivo, con competencia en la materia, para que conjuntamente con el resto de las Áreas del Ejecutivo, lleve a cabo los actos conmemorativos de la fecha indicada en el Artículo precedente

    ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Quinta Sesión Ordinaria, Sexta Reunión, a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de Derechos Humanos.-LA MATANZA, 21-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.272.-

    ARTICULO 1º: Condónase por única vez y por vía de excepción el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales,

  • Municipalidad de La Matanza - 9 8 - Boletín Municipal

    que pesa sobre el inmueble de la calle: Independencia Nº 2.344, de la localidad de Ramos Mejía, correspondiente al Padrón Nº 27.948, perteneciente al Sr. JORGE ISMAEL MOLFA, por los Años: 1996 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 1997 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 1998 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 1999 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2000 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2001 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2002 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2003 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2004 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2005 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2006 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2007 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2008 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2009 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Gírese copia del presente Dictamen a la Dirección de Cobros Judiciales, para la toma de conocimiento, atento a que registra C.D. Nº 74.449.-

    ARTICULO 3º: Tome conocimiento del dictamen de la presente Ordenanza, el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 4, del Departamento Judicial de La Matanza.-

    ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo -La Matanza-, Quinta Sesión Ordinaria, Sexta Reunión, a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda, la que deberá tener presente lo establecido en el Artículo 3º, Dirección de Cobros Judiciales y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.273.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Fitz Roy N° 5.477, de la localidad de I. Casanova, correspondiente al Padrón Nº 304.532, perteneciente a la Sra. MARCIAL TRINIDAD DEL VALLE AVILA, por los Años: 2009 (B6); 2010 (B5); 2011 (B3); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.274.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Kant N° 3.029, de la localidad de G. de Laferrere, correspondiente al Padrón Nº 198.610, perteneciente a la Sra. BORDA JUANA GLADYS, por los Años: 2009 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B3-B5).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO:Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.275.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Lobos N° 586, de la localidad de V. Celina, correspondiente al Padrón Nº 92.479, perteneciente al Sr. AGUIRRE LUIS JORGE, por los Años: 2009 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo; - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.276.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Juan Pizzurno Nº 235, Piso 1º, Dpto. A, de la localidad de Ramos Mejia, correspondiente al Padrón Nº 887.688, perteneciente a la Señora LIPORACE MARIA ANTONIA, por el Año: 2014 (B1-B2-B3-B4-B5).-

    ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.277.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 50% de la Deuda de Tasa por Servicios Generales que pesa sobre el inmueble ubicado en la calle: Balcarce N° 21, de la localidad de Ramos Mejía, correspondiente al Padrón Nº 829.857, perteneciente a la Sra. BIFULCO ROSALIA BLANCA, por los Años: 2013 (B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: El resto del 50% de la deuda se hará efectiva mediante Plan de Pago amplio y accesible.-

    ARTICULO 3º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.278.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la

  • Municipalidad de La Matanza - 11 10 - Boletín Municipal

    calle: Constitución N° 956, de la localidad de Ramos Mejía, correspondiente al Padrón Nº 814.244, perteneciente a la Sra. CARREÑO GRACIELA OLGA, por los Años: 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.279.-

    ARTICULO 1º: Ratificase el convenio Marco suscripto entre la Universidad Nacional de las Artes (UNA) y el Municipio de la Matanza, obrante a fs. 3 y 4, del presente Expediente H.C.D. Nº 103.127/15.-

    ARTICULO 2º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar todas las gestiones administrativas; y necesarias para la adecuación e integral implementación del Convenio Marco en cuestión.-

    ARTICULO 3º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Cultura y Educación y Secretaría de Economía y Hacienda. Tome conocimiento Asesoría Letrada.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.280.-

    ARTICULO 1º: Condónase por única vez y por vía de excepción el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Morellos N° 1.072, de la localidad de Lomas del Mirador, correspondiente al Padrón Nº 802.868, perteneciente a la Sra. DESTEFANIS ALICIA ETHEL, por los Años: 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.281.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 50% de la Deuda de Tasa por Servicios Generales que pesa sobre el inmueble ubicado en la calle: Perito Moreno N° 5.116, de la localidad de San Justo, correspondiente al Padrón Nº 121.267, perteneciente a la Sra. YEDRO GLADY NOEMI, por los Años: 2009 (B2-B4); 2010 (B3-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: El resto del 50% de la deuda se hará efectiva mediante Plan de Pago amplio y accesible.-

    ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, - Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.282.-

    ARTICULO 1º: Condónase por vía de excepción el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Larraya Nº 1.454, de la localidad de Isidro Casanova, correspondiente al Padrón Nº 382.935, perteneciente al Sr. DIAZ RAMON ANDRONICO, por los Años: 2008 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2009 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6) y 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo -La Matanza-, Quinta Sesión Ordinaria, Sexta Reunión, a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.283.-

    ARTICULO 1º: Condónase por única vez y por vía de excepción el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Concejal Luis Settino N° 2.750, de la localidad de I. Casanova, correspondiente al Padrón Nº 130.810, perteneciente a la Sra. CHAVEZ PAULINA, por los Años: 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.284.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Cnel. Pringles Nº 1.601, de la localidad de Ramos Mejía, correspondiente al Padrón Nº 857.509, perteneciente a la Sra. ELIZALDE ROXANA ELIZABETH, por los Años: 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,

  • Municipalidad de La Matanza - 13 12 - Boletín Municipal

    D E C R E T AARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese; tomen intervención la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.285.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Caaguazú N° 196, de la localidad de C. Madero, correspondiente al Padrón Nº 873.976, perteneciente a la Sra. DUALDE MARIA CRISTINA, por los Años: 2009 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.286.-

    ARTICULO 1º: Condónase por única vez y por vía de excepción el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Circ. S, Sec. 4, Mza 14, Casa 7, La Quilla S/Nº, de la localidad de C. Evita, correspondiente al Padrón Nº 313.603, perteneciente a la Sra. ALTAMIRA NORA INES, por los Años: 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.287.-

    ARTICULO 1º: Modificase en carácter de excepción la zona del predio cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. II, Secc. M, Manz. 6, Parcela 1e, la que quedará designada como zona M.I. (Mixta Industrial).-

    ARTICULO 2º: Autorízase la Radicación de la Industria, cuyo rubro es: FABRICACION DE HILADOS DE FILAMENTO SINTETICO (HILATURA Y TEJEDURIA DE FIBRAS ARTIFICIALES COMPRADAS).-

    Sita en la calle: Avda. San Martín Nº 3.031, de la localidad de Lomas del Mirador.-

    ARTICULO 3º: La firma propietaria deberá realizar los trámites de habilitación o de ampliación en su caso, de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, y cumplimentar con los requisitos exigidos por la Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, como así también deberá cumplir con toda otra normativa relacionada con Leyes Provinciales y/o Nacionales que le correspondiera, especialmente en lo referente a certificados de aptitud de calderas, compresores, incendio, etc., y normas que garanticen la seguridad en general y en particular.

    ARTICULO 4º: En caso de futura ampliación, no habiendo variado la categoría asignada por la O. P. D. S. (Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible), podrá actualizar su documentación industrial municipal con la disposición asignada

    por la recategorización del establecimiento.-

    ARTICULO 5º: Esta Autorización de radicación puede ser transferida siempre y cuando se mantenga el rubro original y categoría.-

    ARTICULO 6º: En caso de incumplimiento de las vigentes Ordenanzas y Decretos o en su caso producir daños o molestias al medio ambiente, podrá revocarse la presente Ordenanza.-

    ARTICULO 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Quinta Sesión Ordinaria, Sexta Reunión a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Planeamiento Urbano, Secretaría de la Producción y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.288.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA PROTECNIC S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 5922, en las siguientes calles:

    - Fardman, esquina El Resero (cruce de calles);

    - El Resero, desde Fardman hasta la Parcela 03 de la Manzana 137a (inclusive).-

    Manzanas Involucradas: CIRC. V, SECC. K, MANZANA 137a, de la localidad de Gregorio de Laferrere.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 06 (seis) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

  • Municipalidad de La Matanza - 15 14 - Boletín Municipal

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.289.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA JUAN D. GARCIA DURAN S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 4852, en la siguiente calle:

    - RUIZ DE LOS LLANOS, desde parte de la Parcela 15a, hasta la Parcela 16b (inclusive) e/ Andalgala y Concejal Settino (Manzana 119).-

    Manzanas involucradas: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 119, de la localidad de Isidro Casanova.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10), días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 14 (catorce) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de la obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la Orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.290.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA EDENOR S.A., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la Vía Pública, para ejecutar la obra: Tendido de Cable Unipolar Subterráneo de Media Tensión - Tendido de Línea Aérea de Media Tensión, conforme Proyecto MO Nº 19.734, de acuerdo a la Nota presentada por la Empresa a fs. 01 y los Planos de Proyecto de fs. 26, 27 y 28, en las siguientes calles de la localidad de Gregorio de Laferrere:

    Tendido de Cable Unipolar Subterráneo de Media Tensión:

    - Av. Luro, entre Juan Cruz Varela y Coronel E. Garzón.-

    Tendido de Línea Aérea de Media Tensión:

    - Valentín Gómez, entre Estanislao del Campo y República de Indonesia;- República de Indonesia, entre Valentín Gómez y Magnasco.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 180 (ciento ochenta) días corridos. Finalizado el mismo dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.291.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA EDENOR S.A., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la Vía Pública, para ejecutar la obra: Montaje de Centro de Transformación a Nivel - Tendido de Cable Unipolar Subterráneo de Media Presión - Colocación de Equipo de Medición, conforme Proyecto: MO Nº 21.303, Nota presentada por la Empresa a fs. 01 y los Planos de Proyecto de fs. 26, 27 y 28, en la siguiente calle de la localidad de Lomas del Mirador:

    - Av. San Martín Nº 4215, entre Perdriel e Ibarrola (cruce de calles).-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 10 (diez) días corridos. Finalizado el mismo dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

  • Municipalidad de La Matanza - 17 16 - Boletín Municipal

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.292.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA PROTECNIC S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 6104, en la siguiente calle:

    - Aviles y Fierro, desde Cañada de Gómez hasta la Parcela 04 de la Manzana 06.-

    Manzanas Involucradas: CIRC. VII, SECC. S, MANZANA 06, de la localidad de Virrey del Pino.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 08 (ocho) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.293.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA E. y N. CONSTRUCCIONES S.R.L., a proceder a hacer

    Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto L.M. Nº 5868, en la siguiente calle:

    - A. DANEL, frente a las Parcelas 01 y 20 de la Manzana 45 (e/Comercio y Río de La Plata).-

    Manzanas involucradas: Circunscripción VI, Sección C, Manzana 45 de la localidad de Virrey del Pino.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10), días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 09 (nueve) días corridos.- Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de Obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del Año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.294.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA S.P.I. CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Instalación Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto L.M. Nº 5338, en la siguiente calle:

    - ECHEVERRIA, desde Cnel. Aguirre hasta parte de la Parcela 20 de la Manzana 202.-

    Manzanas involucradas: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 202, de la localidad de Rafael Castillo.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10), días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de la Obra será de diez (10) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de obra, la Empresa deberá constituir una póliza, por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de la Obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros

  • o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTÍCULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil Quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.295.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA EDENOR S.A., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la Vía Pública, para ejecutar la obra: Tendido de Cable Unipolar Subterráneo de Media Tensión - Tendido de Cable Armado Subterráneo de Baja Tensión - Montaje de Celdas - Colocación de Equipo de Medición - Instalación de Transformador de 800 kVA, de acuerdo a la Nota presentada por la Empresa a fs. 01, los Planos de Proyecto de fs. 26, 27, 28, 29, 30, 31 y Proyecto MO Nº 21.901, en las siguientes calles de la localidad de Ramos Mejia:

    Cable Unipolar Subterráneo de Media Tensión:

    - Tacuari, esquina Alvear (desde Nuevos Empalmes, hasta CT 800 kVA).-

    Cable Armado Subterráneo de Baja Tensión:

    - Iannone, entre Rondeau y Alvear;- Alvear, entre Iannone y proyección de Tacuarí;- Rondeau, entre Iannone y Proyección de Tacuarí

    Nota: No se autoriza el tramo de Calle a ceder entre Rondeau y Alvear, por no ser Vía Pública.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 180 (ciento ochenta) días corridos. Finalizado el mismo dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.296.-

    ARTICULO 1º: Modificase en carácter de excepción la zona del predio cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. III, Secc. G, Quinta 12, Parc. 22b, la que quedará designada como zona M.I. (Mixta Industrial).-

    ARTICULO 2º: Autorízase la Radicación de la Industria, cuyo rubro es: FABRICA DE CALZADO.-

    Sita en la calle: Evita Nº 180, de la localidad de Ciudad Madero.-

    ARTICULO 3º: La firma propietaria deberá realizar los trámites de habilitación o de ampliación en su caso, de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, y cumplimentar con los requisitos exigidos por las Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, como así también deberá cumplir con toda otra normativa relacionada con Leyes Provinciales y/o Nacionales que le correspondiera, especialmente en lo referente a certificados de aptitud de calderas, compresores, incendio, etc., y normas que garanticen la seguridad en general y en particular.

    ARTICULO 4º: En caso de futura ampliación, no habiendo variado la categoría asignada por la O. P. D. S. (Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible), podrá actualizar su documentación industrial municipal con la disposición asignada por la recategorización del establecimiento.-

    ARTICULO 5º: Esta Autorización de radicación puede ser transferida siempre y cuando se mantenga el rubro original y categoría.-

    ARTICULO 6º: En caso de incumplimiento de las vigentes Ordenanzas y Decretos o en su caso producir daños o molestias al medio ambiente, podrá revocarse la presente Ordenanza.-

    ARTICULO 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Planeamiento Urbano, Secretaría de la Producción y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.297.-

    ARTICULO 1º: Modificase en carácter de excepción la zona del predio cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. II, Secc. J, Manz. 551, Parc. 19, la que quedará designada como zona M.I. (Mixta Industrial).-

    ARTICULO 2º: Autorízase la Radicación de la Industria, cuyo rubro es: TORNERIA MECANICA.-

    Sita en la calle: Tacuari Nº 935, de la localidad de Ramos Mejia.-

    ARTICULO 3º: La firma propietaria deberá realizar los trámites de habilitación o de ampliación en su caso, de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia, y cumplimentar con los requisitos exigidos por las Ley Nº 11.459 y su Decreto Reglamentario Nº 1.741/96 para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental, como así también deberá cumplir con toda otra normativa relacionada con Leyes Provinciales y/o Nacionales que le correspondiera, especialmente en lo referente a certificados de

    Municipalidad de La Matanza - 19 18 - Boletín Municipal

  • Municipalidad de La Matanza - 2120 - Boletín Municipal

    aptitud de calderas, compresores, incendio, etc., y normas que garanticen la seguridad en general y en particular.

    ARTICULO 4º: En caso de futura ampliación, no habiendo variado la categoría asignada por la O. P. D. S. (Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible), podrá actualizar su documentación industrial municipal con la disposición asignada por la recategorización del establecimiento.-

    ARTICULO 5º: Esta Autorización de radicación puede ser transferida siempre y cuando se mantenga el rubro original y categoría.-

    ARTICULO 6º: En caso de incumplimiento de las vigentes Ordenanzas y Decretos o en su caso producir daños o molestias al medio ambiente, podrá revocarse la presente Ordenanza.-

    ARTICULO 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Planeamiento Urbano, Secretaría de la Producción, Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y Secretaría de Economía y Hacienda.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.298.-

    ARTICULO 1º: Condónase a la “FUNDACION POR LOS NIÑOS Y ANCIANOS”, el 100% de la Deuda de la Tasa por Seguridad e Higiene, correspondiente a la Partida Nº 208.197.-

    ARTICULO 2º: Condónase el 100% de la Deuda de la tasa por Servicios Generales, correspondiente al Padrón Nº 885.902, por los años: 2010 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 3º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Dirección General de Asuntos Comunitarios.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.299.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA JUAN D. GARCIA DURAN S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 4254, en la siguiente calle:

    - RAULIES, desde Avda. General Rojo hasta la Parcela 11 de la Manzana 79a (inclusive).-

    Manzanas involucradas: Circunscripción V, Sección K, Manzana 79a, de la localidad de Gregorio de Laferrere.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10), días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 14 (catorce) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de la obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la Orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que

    surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.300.-

    ARTICULO 1º: Autorízase con carácter PRECARIO a la EMPRESA PROTECNIC S.R.L., a proceder a hacer Uso y Ocupación de la vía pública, para ejecutar la obra: Extensión Red de Gas Natural de Media Presión, conforme Proyecto: L.M. Nº 6089, en la siguiente calle:

    - Marcelo T. de Alvear, desde Don Bosco hasta la Parcela 2d de la Manzana 119 (inclusive).-

    Manzanas Involucradas: CIRC. IV, SECC. K, MANZANA 119, de la localidad de Rafael Castillo.-

    ARTICULO 2º: A partir de la entrega del permiso de ocupación, la Empresa tendrá diez (10) días de plazo para comenzar la Obra.-

    ARTICULO 3º: El plazo de Obra será de 10 (diez) días corridos. Finalizado el mismo, dispondrá de 48 horas para volver las cosas a su estado anterior so pena de ser pasible de multa.-

    ARTICULO 4º: Dentro de los 10 (diez) días hábiles subsiguientes a la notificación de la autorización del comienzo de Obra, la Empresa deberá constituir una Póliza por valor del cinco por ciento (5%) del monto total de obra en efectivo, Fianza Bancaria, Títulos de Renta Pública o Póliza de Caución a la orden de la Municipalidad de La Matanza.-

    ARTICULO 5º: La Empresa al aceptar la misma, se compromete a trasladar, modificar, suprimir y/o adecuar sus instalaciones en el momento en que la Municipalidad de La Matanza así lo requiera, corriendo la autorizada con todos los gastos que surjan del cumplimiento de este compromiso, como así también con los daños y/o perjuicios que pueda ocasionar a terceros o al Patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos sean.-

    ARTICULO 6º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a lo previsto en las Leyes Provinciales y Decretos en vigencia y Ley Nacional Nº 19.587.-

    ARTICULO 7º: La Empresa deberá ajustarse en un todo a la Ordenanza Nº 10.824/00 otorgándole copia de la misma al iniciador del presente Expediente.-

    ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo, por el área técnica competente, implementará las medidas necesarias a efectos de llevar el control en referencia al Artículo que antecede.-

    ARTICULO 9º: La presente Ordenanza quedará sin efecto si no se diere cumplimiento a lo estipulado en los Artículos precedentes.-

    ARTICULO 10º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,

  • Municipalidad de La Matanza - 2322 - Boletín Municipal

    D E C R E T AARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Obras Públicas.- LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.301.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Curumalal N° 7.325, de la localidad de Virrey del Pino, correspondiente al Padrón Nº 359.858, perteneciente a la Sra. CEBALLOS ELSA LILIANA, por los Años: 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.302.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Pozos N° 1.116, de la localidad de L. del Mirador, correspondiente al Padrón Nº 812.843, perteneciente al Sr. FREGOSI EDGARDO OMAR, por los Años: 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese., Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en San Justo, - La Matanza -, Cuarta Sesión Ordinaria, Quinta Reunión, a los veintiséis días del mes de Noviembre del año dos mil quince.-

    POR TANTO: EL INTENDENTE MUNICIPAL en ejercicio de sus atribuciones,D E C R E T A

    ARTICULO UNICO: Promúlgase, regístrese, comuníquese, publíquese. Pase a intervención de la Jefatura de Gabinete, Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Desarrollo Social.-LA MATANZA, 22-01-2016

    El Honorable Concejo Deliberante, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769/58, sanciona la siguiente:

    ORDENANZA 24.303.-

    ARTICULO 1º: Condónase el 100% de la Deuda de la Tasa por Servicios Generales, que pesa sobre el inmueble de la calle: Anatole France N° 1.948, de la localidad de San Justo, correspondiente al Padrón Nº 862.521, perteneciente al Sr. RIOS SUXSO TEOFILO ARMANDO, por los Años: 2011 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2012 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2013 (B1-B2-B3-B4-B5-B6); 2014 (B1-B2-B3-B4-B5-B6).-

    ARTICULO 2º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese.- Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Delib