blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

5
+ Ley 497-08 Ley 200-04 “ La transparencia es esencial para que la información financiera de la empresa sea fiable y que cumple con las leyes establecidas”. Anny Peláez Anny Peláez

Upload: javier-rivera

Post on 21-Jul-2015

972 views

Category:

Education


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

+ Ley 497-08

Ley 200-04

“ La transparencia es esencial para que la información financiera de la empresa sea fiable y que cumple con las leyes establecidas”.

Anny PeláezAnny Peláez

Page 2: Blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

+ Las cuentas anuales

Las cuentas anuales de cualquier empresa deben ser presentadas con claridad, mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales.

En República Dominicana se han creado dos leyes para regir la publicidad de las cuentas anuales de las empresas: La Ley 497-08 y la Ley 200-04. 

La ley 497-08 es una guía que da un giro importante a la forma de hacer negocios en mi país, República Dominicana. Marca las diferencia entre lo que ha pasado y lo que puede pasar, debido a que da forma a los procesos más significativos a nivel corporativo (fusiones, reducción de capital, compra de acciones, disolución, liquidación, etc.), al igual que las normas para el buen gobierno y la transparencia en cualquier aspecto.

El articulo 31 en una de su secciones establece la forma de asentar las operaciones en el registro contable de acuerdo a la institución encargada para estos fines el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, generando información que permita la preparación adecuada de las cuentas anuales y todo lo concerniente a la parte financiera de la empresa.

De aquí que las empresas privadas de nuestro país deban hacer publicas su información financiera.

Page 3: Blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

+ Ley No. 200-04: General de libre acceso a la Información publica, establece que: Toda persona tiene

derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo:

a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada;

b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales;

c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado;

d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado;

e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal.

f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del presupuesto nacional para la consecución de sus fines.

g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas.

h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas. 

Page 4: Blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

+ Por tanto, el elemento fundamental que debe estar contenido

en esta información lo es la transparencia, misma que se constituye en algo esencial, cada empresa pública tiene el deber de mostrar a la ciudadanía, el gasto de los recursos del Estado, (inversiones, proyectos, obras sociales, etc;) para garantizar que la recaudación de los impuestos de la población sea usados de forma cristalina y eficiente. Aunque en la mayoría de los casos tristemente en nuestra amada isla no es así.

En cuanto a las empresas privadas, también es importante la presentación de la información de sus cuentas, debido a que esto muestra el estado de la empresa y muy importante que las actividades de la misma se efectúan de forma clara y lícita.

Page 5: Blog sobre las cuentas anuales en rep. dom

+ Requisitos para obtener la información de las cuentas anuales en la Rep. Dom.

En nuestro país se proporciona información financiera de las empresas, para obtenerla se debe llenar un formulario, con la información que detallo a continuación:

1. Nombre Completo y calidades de la persona que realiza la gestión.

2. Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere.

3. Identificación de la autoridad pública que posee la información.

4. Motivación de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas.

5. Lugar o medio para recibir las notificaciones.