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Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Concurso Público Nº 0023-2012-MTC/20 ____________________________________________________________________ ___________ REPUBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL CONCURSO PÚBLICO N° 0023-2012-MTC/20 SUPERVISION DE LA OBRA POR ÍTEMS: CONSTRUCCIÓN DE LOS PUENTES, YUNCULMAS – PUELLAS Y CHIVIS Y ACCESOS. BASES ADMINISTRATIVAS Financiado por: Recursos Ordinarios LIMA - PERU Supervisión de la obra por ítems: Construcción de los Puentes, Yunculmas – Puellas y Chivis y Accesos 1

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Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL

Concurso Pblico N 0023-2012-MTC/20

_______________________________________________________________________________

REPUBLICA DEL PERUMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESPROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONALCONCURSO PBLICO N 0023-2012-MTC/20

SUPERVISION DE LA OBRA POR TEMS: CONSTRUCCIN DE LOS PUENTES, YUNCULMAS PUELLAS Y CHIVIS Y ACCESOS.

BASES ADMINISTRATIVASFinanciado por:

Recursos Ordinarios

LIMA PERU

AGOSTO - 2012

SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el Artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Decreto Supremo N 140-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

Decreto Supremo N 007-2008-TR, Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber acreditar estar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE:

Para participar de un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificacin a travs del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE.

1.4 FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas a las Bases sern presentadas por un perodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento. Se usar preferentemente el ANEXO N 131.5 ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE y a los correos electrnicos de los participantes que as lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artculo 55 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas.

La absolucin de consultas que se formulen al contenido de las Bases, se considerarn como parte integrante de sta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE:

No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

1.7 ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE y a los correos electrnicos de los participantes que as lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artculo 57 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no debe exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

La absolucin de las observaciones se considerar como parte integrante de las Bases y del Contrato.

MUY IMPORTANTE:

No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.1.8 ELEVACIN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones al Titular de la Entidad es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Dicha opcin no slo se originar cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comit Especial, sino, adems, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comit Especial contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendr la opcin de solicitar la elevacin de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisin adoptada por el Comit Especial es contraria a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el Pronunciamiento a travs del SEACE ser no mayor de ocho (8) das hbiles. Este plazo es improrrogable y ser contado desde la presentacin de la solicitud de elevacin de las Bases.

La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento es indelegable1.9 INTEGRACIN DE LAS BASES

El Comit Especial integrar las Bases como reglas definitivas del presente proceso de seleccin, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si stas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, debern contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comit Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o por el OSCE, de ser el caso.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el Artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.10 FORMA DE PRESENTACIN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin efectuada por traductor pblico juramentado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisin de la presentacin del documento o su traduccin no es subsanable.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos, llevarn el sello y la rbrica del postor y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 01). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal (Formato N 01).

1.11 PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el calendario del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor.

El Comit Especial comprobar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser as, devolver la propuesta, tenindola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanacin de la propuesta tcnica, se proceder de acuerdo al Artculo 68 del Reglamento.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.1.12 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta econmica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

b) Garanta de seriedad de oferta.

1.13 EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.13.1Evaluacin Tcnica

Se verificar que la propuesta tcnica contenga los documentos de presentacin obligatoria y cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo a aquellas propuestas admitidas, el Comit Especial les aplicar los factores de evaluacin previstos en las Bases y asignar los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor y a la documentacin sustentatoria presentada por el postor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.13.2 Evaluacin Econmica

Si la propuesta econmica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, en aplicacin del artculo 33 de la Ley y el artculo 39 del Reglamento.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i= Propuesta

Pi= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi= Propuesta Econmica i

Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

El Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

1.14 ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn la fecha sealada en las Bases, el Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin y el puntaje tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de los postores.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se determinar de conformidad con lo indicado en el numeral 1.13.2 de la presente seccin.

El Presidente del Comit Especial anunciar la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a travs del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el Artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o juez de paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario.

Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

1.15 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento.

El consentimiento de la Buena Pro se publicar en el SEACE al da siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.16 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo indicado. CAPTULO II

SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1Recurso de apelacin

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presentar ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin que se impugna, y ser conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

2.2Plazos de interposicin del recurso de apelacin

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPTULO III

SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deber, dentro del plazo de dos (2) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgndole el plazo establecido en las Bases, el cual no podr ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) das hbiles, dentro del cual deber presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentacin requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el postor ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Segn el artculo 141 del Reglamento, para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, lo siguiente:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado;

Garanta de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de la liquidacin final, conforme el artculo 158 del Reglamento;

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso;

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidacin final y se efecte el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que debe presentar el contratista debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

3.4 DE LAS GARANTAS

3.4.1. GARANTA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores debern presentar la garanta de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, segn el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocup el segundo lugar estn obligados a mantener su vigencia hasta la suscripcin del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolver las garantas presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepcin del que ocup el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripcin del contrato.

El plazo de vigencia de la garanta de seriedad de oferta no podr ser menor a dos (2) meses computados a partir del da siguiente de la presentacin de las propuestas. Esta garanta puede ser renovada.3.4.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. sta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta que exista el consentimiento de la liquidacin final.

Alternativamente, las micro y pequeas empresas podrn optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

3.4.3. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIASEn caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

3.5 EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicacin de penalidades por retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

Se podr establecer adelantos directos al contratista, los que en ningn caso excedern en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

La entrega de adelantos se har en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prrroga del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, siempre que sta afecte realmente el plazo indicado.

3.8PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios prestados. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.

La Entidad podr realizar pagos peridicos al contratista por los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estn fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la existencia de la prestacin de los servicios. Las Bases podrn especificar otras formas de acreditacin de la obligacin. Los montos entregados tendrn el carcter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

3.9 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDADLa Entidad es responsable frente a EL CONTRATISTA de las modificaciones que ordene y apruebe en los proyectos, estudios, informes o similares, o de aquellos cambios que se generen debido a la necesidad de la ejecucin de los mismos, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponden a los autores de los proyectos, estudios, informes o similares.4.0 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO Los contratistas estn obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestacin formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de seleccin o en la formalizacin del contrato, as como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artculos 1774 del Cdigo Civil.

4.1 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado el servicio no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Cdigo Civil y en el artculo 50 de la Ley, que establece, entre otros, un plazo de responsabilidad no menor de un (01) ao. Las Bases debern establecer el plazo mximo de responsabilidad del contratista.

4.2 DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos relativos al presente proceso de seleccin, contratacin, conformidad, liquidacin del contrato, pago, entre otros, no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a travs del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL

RUC N: 20503503639

1.2 DOMICILIO LEGAL

Jr. Zorritos N 1203, piso 3 A, Cercado de Lima.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Supervisin de la Obra por tems: Construccin de los Puentes, Yunculmas Puellas y Chivis y Accesos, ubicados en el Distrito de Villa Rica, Provincia de Oxapampa, Departamento de Cerro de Pasco, el mismo que se llevar a cabo por tems del siguiente modo:N de temDesignacin

1Puente Chivis y Accesos

2Puente Puellas y Accesos

3Puente Yunculmas y Accesos

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 972 905,96 (Novecientos Setenta y Dos Mil Novecientos Cinco y 96/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la consultora de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de junio del 2012, segn se muestra a continuacin:

ITEM 1

Supervisin del Puente Chivis y Accesos. Monto S/. 308 555,77 (Trecientos Ocho Mil, Quinientos Cincuenta y Cinco con 77/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con precios referidos al mes de Junio 2012, con un plazo de ejecucin de obra de 240 das calendario. ITEM 2

Supervisin del Puente Puellas y Accesos. Monto S/. 308 771,26 (Trecientos Ocho Mil Setecientos setenta y Uno con 26/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con precios referidos al mes de Junio del 2012, con un plazo de ejecucin de obra de 240 das calendario.

ITEM 3

Supervisin del Puente Yunculmas y Accesos. Monto S/. 355 578,93 (Trecientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Setenta y con y 93/100 Nuevos Soles) incluido IGV, a precios referidos al mes de Junio del 2012, con un plazo de ejecucin de obra de 270 das calendario.El valor referencial comprende todas las etapas del servicio: Supervisin de Ejecucin de la Obra, Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin.Los lmites mximos y mnimos del valor referencial total ascienden a:ITEM N90 % del Valor ReferencialValor Referencial

1S/. 277,700.20(Doscientos Sesenta y Siete Mil, Setecientos con 20/100 Nuevos Soles)S/. 308 555,77

(Trecientos Ocho Mil, Quinientos Cincuenta y Cinco con 77/100 Nuevos Soles)

2S/. 277,894.14(Doscientos Sesenta y Siete Mil, Ochocientos Noventa y Cuatro con 14/100 Nuevos Soles)S/. 308 771,26

(Trecientos Ocho Mil Setecientos setenta y Uno con 26/100 Nuevos Soles)

3S/. 320,021.04(Trescientos Veinte Mil, Veintiuno con 04/100 Nuevos Soles)S/. 355 578,93

(Trecientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Setenta y con y 93/100 Nuevos Soles)

Las propuestas que excedan el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo sern devueltas por el Comit Especial tenindolas por no presentadas.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin Viceministerial No. 668-2012-MTC/02, de fecha 15 de Agosto del 2012.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Con Recursos Ordinarios de PROVIAS NACIONAL del MTC.1.7 SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.8 REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

El servicio a contratar est definido en los Trminos de Referencia que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

1.9 PLAZO DE EJECUCIN DE LA CONSULTORA DE OBRA

La consultora de obra se ejecutar a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de la Entidad, teniendo en consideracin los siguientes plazos:

LA SUPERVISION DE LOS TRES (03) PUENTES SE EJECUTAR EN FORMA PARALELA.

ITEM 1: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE CHIVIS Y ACCESOS

PUENTE CHIVIS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 240 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

180 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendario

ITEM 2: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE PUELLAS Y ACCESOS

PUENTE PUELLAS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 240 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

180 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendario

ITEM 3: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE YUNCULMAS Y ACCESOS

PUENTE YUNCULMAS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 270 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

210 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendarioNOTA: En caso que un mismo postor gane 2 3 tems, la Supervisin de los puentes ser en Paralelo.1.10 BASE LEGAL

Todas las mencionada en la Seccin General.

Decreto Legislativo N 1071, Ley General de Arbitraje.

CAPTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIN

1.11 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

Convocatoria

03.09.2012

Registro de Participantes 04.09.2012 al 09.10.2012

Formulacin de Consultas a las Bases:04.09.2012 al 10.09.2012

Absolucin de Consultas a las Bases:17.09.2012

Formulacin de Observaciones a las Bases18.09.2012 al 24.09.2012

Absolucin de Observaciones01.10.2012

Integracin de Bases05.10.2012

Presentacin de Propuestas - El acto pblico se realizar en Sala de Licitaciones piso 3 A 10:00 a.m.15.10.2012

Evaluacin de Propuestas 16.10.2012 al 19.10.2012

Otorgamiento de la Buena Pro - El acto pblico se realizar en Sala de Licitaciones piso 3 A 10:00 a.m22.10.2012

1.12 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizar en la Unidad de Procesos de Seleccin de PROVIAS NACIONAL, sito en Jr. Zorritos N 1203 piso 3 A, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 17:30 horas, previamente se realizar el pago de la suma S/. 20,00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de derecho de participacin en la Unidad de Tesorera de PROVIAS NACIONAL, sito en Jr. Zorritos N 1203 piso 4 B.

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber acreditar estar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad a travs del rgano Encargado en Contrataciones, verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificacin a travs del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE.

1.13 FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. Zorritos N 1203 1er. piso, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 17:30 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comit Especial del Concurso Pblico N 0023-2012-MTC/20, pudiendo acompaar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected], Se usar preferentemente el ANEXO N 131.14 ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarn en acto pblico, en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito en Jr. Zorritos N 1203 piso 3A, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de Notario.

Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarn en dos sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la Concurso Pblico N 0023-2012-MTC/20, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

Nota:

La presente Licitacin Pblica constituye un solo proceso con una sola convocatoria, en ese contexto un mismo postor puede adjudicarse la supervisin de cualquiera o todos los Items/ Puentes convocados.

El Postor deber indicar en los formatos, adems del objeto de la Convocatoria, el Item/Puente al que postula. Cuando un Postor presenta propuesta para los tres TEMS, la informacin correspondiente a: Experiencia en la Actividad y en la Especialidad, ser la misma informacin que se presenta en forma repetida para cada ITEM, a excepcin del personal.

La forma de presentacin final ser la de presentar en un solo paquete la informacin correspondiente a cada ITEM, que contenga su Sobre N1 y N 2 respectivamente, vale decir si un Postor presenta oferta para los tres ITEM, deber presentar tres paquetes respectivamente.

1.15 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.15.1 SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA:

Se presentar en un (1) original y 2 copias,El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin Documentacin de presentacin obligatoria:

a. Copia simple del certificado o constancia de Inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores en el Registro de Consultor de Obras Viales, Puertos y afines. Cuando se trate de consorcio, el Registro Nacional de Proveedores ser presentada por cada uno de los consorciados.b. Declaracin Jurada de datos del postor, segn el Anexo N 01

Cuando se trate de consorcio, esta Declaracin Jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

c. Declaracin Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente Seccin (Anexo N 02).

d. Declaracin jurada simple de acuerdo al Artculo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo N 03)

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante legal comn del consorcio.e. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y el porcentaje de participacin. (Anexo N 04)

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumir que los integrantes del consorcio ejecutarn conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deber cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades. f. Declaracin Jurada de plazo de ejecucin de la consultora de obra. (Anexo N 05)g. Nmina del personal propuesto. (Anexo N 06), con la documentacin que acredite los requerimientos tcnicos mnimos del personal propuesto: Ttulo Profesional, Diploma de Colegiatura, Constancias o Certificados que evidencie la experiencia mnima en la especialidad, de ser el caso. En caso de Consorcio, se deber presentar una sola nmina del personal profesional asignado a la Obra.h. Declaracin Jurada de compromiso del personal propuesto (Anexo N 07)

El Postor deber presentar este anexo por cada profesional propuesto para cada uno de los cargos requeridos.La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la descalificacin de la propuesta.

Documentacin de presentacin facultativa para Evaluacin:

a. Documentos para la aplicacin de todos los factores de evaluacin: Para la acreditacin de los factores Experiencia en la actividad (Anexo N 08) y Experiencia en la especialidad (Anexo N 09) se requiere: Contratos con su respectiva conformidad o Certificados o Constancias o Resolucin de aprobacin de la Liquidacin de Contrato de Consultora de Obra por la prestacin efectuada; o mediante comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente (la cancelacin de los comprobantes de pago podr constar en voucher de depsito, reporte de estado de cuenta o en el mismo comprobante de pago o sello de cancelado).

Para la acreditacin del factor Cumplimiento del servicio por el postor, se requiere: Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor en los que el servicio se haya efectuado sin que se haya incurrido en penalidades.

Para la acreditacin del factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto (Anexo N 10) deber requerirse: Constancias o certificados. b)Para el factor Mejoras a las condiciones previstas en las Bases se presentar la documentacin requerida en el Captulo IV de las Bases.

c)Para el factor Objeto de la convocatoria se presentar la documentacin requerida en el Captulo IV de las Bases.d) Determinacin del Centro Institucional de Arbitraje. Anexo N 15La solucin de las controversias del contrato que derive de este proceso de seleccin se resolvern segn lo indicado en la Clusula Vigsimo Cuarta de la Proforma del Contrato.

De conformidad con dicha clusula, en caso deba recurrirse al arbitraje, se tratar del tipo institucional. En tal sentido, las normatividades posibles de aplicacin son:

1. Reglamento de Arbitraje de la Cmara de Comercio de Lima y reglas complementarias.

2. Reglamento de Arbitraje del Centro de Anlisis y Resolucin de Conflictos de la Pontifica Universidad Catlica del Per y reglas complementarias.

3. Texto nico Ordenado del Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacin y Arbitraje (SNCA-CONSUCODE), aprobado mediante la Resolucin N 016-2004/CONSUCODE/PRE y reglas complementarias, a cargo de la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE.

Por reglas complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Cdigos de tica, Reglamento de Aranceles y Pagos y dems aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.

Se precisa que el sometimiento al Reglamento y reglas complementarias alcanza tambin a la organizacin, administracin y decisin del Centro Institucional respectivo.

Para efectos de la escogencia del Centro Institucional, los postores debern adjuntar el Anexo N 16. En caso los postores no adjunten el referido Anexo o no indiquen el nombre de uno de los Centros antes referidos, la solucin de las controversias se someter a la organizacin, administracin y reglas del Centro de Anlisis y Resolucin de Conflictos de la Pontifica Universidad Catlica del Per.

1.15.2 SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

a. Oferta econmica en letras y nmeros, el cual deber incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, el que no podr tener borradura alguna o enmendadura o correccin, caso contrario se considerar como no presentada. (Anexo N 11).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

El monto total de la Propuesta Econmica ser en Nuevos Soles.

b. Estructura de la Oferta Econmica (Anexo N 12)

El Anexo N 12 contiene las partidas bsicas mnimas del Presupuesto para los servicios materia del Concurso; el postor podr adecuarlo o complementarlo, incrementando las cantidades y tiempo, de acuerdo a su plan de trabajo, manteniendo el formato.

Se deber detallar los recursos de las 3 etapas del servicio.

Se deber presentar el desagregado de los gastos generales y financieros.

El Postor dentro de su propuesta econmica debe considerar todos los costos necesarios que demande el cumplimiento de los trabajos y requisitos exigidos por las Bases del Concurso, Trminos de Referencia y Contrato.

c. Garanta de Seriedad de Oferta De acuerdo al Artculo 157 del Reglamento, ser por los siguientes montos:

ITEM NObraValor ReferencialMonto de Carta Fianza

1Puente Chivis y AccesosS/. 308 555.77S/. 5,000.00

2Puente Puellas y AccesosS/. 308 771.26S/. 5,000.00

3Puente Yunculmas y AccesosS/. 355 578.93S/. 6,000.00

En el caso de Consorcios, dicha garanta, debe ser obtenida a favor del Consorcio, indicando los integrantes del mismo, cabe indicar que la vigencia de dicha garanta no podr ser menor a los dos (02) meses, computados a partir del da siguiente a la presentacin de las propuestas

2.6 Determinacin del puntaje totalUna vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica, se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica = 0.80

c2 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica = 0.20

2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El Postor ganador de la Buena pro conforme al artculo 141 del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, deber presentar los siguientes documentos:

a. Copia simple de Constancia vigente en el Registro Nacional de Proveedores en el captulo de Consultores de obras viales, puertos y afines.

b. Certificado de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

c. Copia de DNI vigente del Representante Legal;

d. Copia del documento registral vigente del poder del representante legal de la empresa, con una antigedad no mayor a 2 meses.

e. Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;

f. Copia del RUC de la empresa;

g. Cdigo de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.

h. Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.

Para la suscripcin de contrato ser necesario acreditar la habilidad de los profesionales propuestos nacionales; en el caso de profesionales extranjeros ser necesaria la presentacin de la solicitud de inicio de trmite oficial de colegiacin ante el Colegio de Ingenieros del Per y o Colegios Profesionales del Per, y la obtencin del Certificado de Habilidad, el que ser reemplazado posteriormente por el Certificado otorgado por estos, cuando se inicien sus servicios.

i. Carta fianza para efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato (10% del Monto total del Contrato)j. Plan de Trabajo propuesto.k. Contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso;

2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar toda la documentacin requerida para la suscripcin del contrato en el plazo de diez (10) das hbiles contados desde el da siguiente de la citacin. La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina de Trmite Documentario de PROVIAS NACIONAL, sito en Jr. Zorritos N 1203 1er. Piso. Los plazos y procedimiento para suscribir contrato estn establecidos en el Artculo 148 del Reglamento del D. Leg. N 1017.

2.9 ADELANTOS

En caso de solicitar adelanto directo, el contratista, conjuntamente con su pedido de pago del adelanto, presentar a PROVAS NACIONAL, una CARTA FIANZA, la misma que deber ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacin automtica al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al monto del adelanto solicitado (Hasta el treinta por ciento (30%) del monto del contrato). Esta garanta deber tener una validez por un mnimo de noventa (90) das calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar. De ser el caso, su vigencia deber mantenerse hasta la amortizacin total del adelanto otorgado.

La Amortizacin del Adelanto Directo se har mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones que se efecten a la SUPERVISIN. Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortizacin parcial de los adelantos se tomar en cuenta al momento de efectuar el siguiente pago.

2.10 PLAZO PARA EL PAGO

El pago se realizar en forma mensual previa conformidad de la Unidad Gerencial de Obras y Administracin de PROVAS NACIONAL

2.11 FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Recepcin y conformidad de La Unidad Gerencial de Obras.

Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad del servicio prestado.

Factura.

(Podr incluirse cualquier otra documentacin que resulte relevante para el trmite de pago).

2.12 REAJUSTE DEL PAGO

En los contratos de consultora de obras pactados en moneda nacional los pagos estarn sujetos a reajuste de acuerdo a la siguiente frmula:

Pr = [Po x (Ir/Io)] - [(A/C) x Po x (Ir - Ia)/(Ia)] - [(A/C) x Po]

Donde:

Pr =Monto de la Valorizacin reajustada.

Po =

Monto de la Valorizacin correspondiente al mes de servicio, a precios del mes de la fecha correspondiente a la Propuesta

Ir =ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de Valorizacin.

Io =

ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) al mes de la fecha correspondiente a la Propuesta

Ia =ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de pago del Adelanto.

A =Adelanto en Efectivo entregado.

C =Monto del Contrato Principal

CAPTULO III

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

CANTIDADCARGOREQUISITO TCNICO MNIMO

(01)Jefe de Supervisin Ing. Civil con un (01) ao de experiencia en supervisin de obras similares.

(01)Asistente de Supervisor Ing. Civil con un (01) ao de experiencia en ejecucin y/o supervisin de obras similares en el cargo.

(01)Especialista Impacto AmbientalProfesional con un (01) ao de experiencia en ejecucin y/o supervisin de obras similares en el cargo

Definicin de Obras Similares: Se considerar como Obras Similares a las obras de Construccin, Rehabilitacin de puentes Mejoramiento de puentes. Para el sustento del requerimiento tcnico mnimo se deber adjuntar copia de la colegiatura y copia de los certificados o constancias que acrediten la experiencia correspondiente.El postor deber adjuntar una Declaracin Jurada por parte del profesional extranjero propuesto, donde se indique la equivalencia de su profesin. En caso de ser favorecido con la Buena Pro, el postor deber realizar los trmites de inscripcin en el Colegio de Ingenieros del Per en la profesin indicada en las bases, antes de la suscripcin del contrato.Para sustentar Los Requerimientos Tcnicos Mnimos del Personal Propuesto, as como, para sustentar el Factor Experiencia y Calificacin del Personal Propuesto, se presentar en forma conjunta el cuadro correspondiente al Anexo 10; donde debern indicar, los servicios que se tomar como Requerimiento Tcnico Mnimo y los servicios a considerar como Experiencia y Calificacin del Personal PropuestoREPBLICA DEL PERU

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL

CONCURSO PBLICO N 0023-2012-MTC/20

TRMINOS DE REFERENCIA SUPERVISIN DE LA OBRA POR ITEMS

CONSTRUCCIN DE LOS PUENTES YUNCULMAS, PUELLAS Y CHIVIS Y ACCESOS

Financiado por:

Recursos Ordinarios

TRMINOS DE REFERENCIA

SUPERVISION DE LA OBRA POR ITEMS: CONSTRUCCIN DE LOS PUENTES YUNCULMAS, PUELLAS Y CHIVIS Y ACCESOS

1. AREA QUE REQUIERE EL SERVICIO

El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Provias Nacional, est encargado de las actividades de preparacin, gestin, administracin y ejecucin de proyectos de infraestructura de transporte como construccin, mejoramiento, rehabilitacin y mantenimiento de la infraestructura de transportes relacionada a la Red Vial Nacional, as como de la planificacin, gestin y control de actividades y recursos econmicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes la Red Vial Nacional, con el fin de brindar a los usuarios un medio de transporte eficiente y seguro, que contribuya a la integracin econmica y social del pas

En tal sentido para realizar el seguimiento y control de la Obra: Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos, la Unidad Gerencial de Obras requiere contratar la Supervisin de la Obra en mencin por Items, la cual deber ser realizada de acuerdo a los Trminos de Referencia descritos a continuacin.

2. OBJETO DEL SERVICIO FINALIDAD PBLICAEl OBJETO DEL SERVICIO es realizar el seguimiento y control de la Obra: Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos.

La FINALIDAD PBLICA es Supervisar la correcta ejecucin de la Obra Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos, la misma que se encuentra enmarcada en el Plan Operativo Institucional.

3. CARACTERSTICAS TCNICAS DEL SERVICIO

El seguimiento y control de la Obra de los Puentes sern realizados en su integridad por la Supervisin, debiendo comprender todas las actividades necesarias para llevar adelante un proceso constructivo sin problemas e interferencias, para finalmente garantizar la operatividad de los Puentes durante su vida til.

Los presentes Trminos de Referencia establecen las pautas que servirn de base para que la persona natural, jurdica, empresa consultora o consorcio que se seleccione pueda realizar la Supervisin de la Obra por Items: Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos, en concordancia con el Expediente Tcnico aprobado, las Actualizaciones de Presupuestos y los presentes Trminos de Referencia.

El Servicio comprende todo lo relacionado con la supervisin, inspeccin, control tcnico, control de la conservacin del entorno ambiental y control administrativo de las actividades a ejecutarse, orientadas a lograr que la obra sea ejecutada de acuerdo con los Diseos y Especificaciones del Expediente Tcnico aprobado, velando por la calidad de la obra.Los alcances mnimos del servicio que se consideran no son limitativos; pueden ser ampliados o profundizados por la Supervisin.

3.1. Informacin existente

Los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos forman parte de la Red Vial Nacional, ubicados en la Carretera San Luis de Shuaro Villa Rica Dv. Puerto Bermudez Aguayta, departamento de Pasco, provincia de Oxapampa, distrito de Villa Rica.

Para la elaboracin del Estudio Definitivo para la Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos, el 12.11.2009 se suscribi el Contrato de Consultora de Obra N 123-2009-MTC/20, con el Consultor (Proyectista) CONSORCIO TRES PUENTES (VERA & MORENO S.A. CONSULTORES DE INGENIERIA FLORIANO PALACIOS LEN).

Con Resolucin Directoral N 369-2012-MTC/20 de fecha 11.06.2012 se aprob administrativamente el Estudio Definitivo para la Construccin de los Puentes Yunculmas, Puellas y Chivis y Accesos. Con presupuesto de obra ascendente a la suma de:

ITEM 1

Puente Chivis y Accesos. Monto S/. 3 608 353,41 (Tres Millones Seiscientos Ocho Mil Trescientos Cincuenta y Tres y 41/100 Nuevos Soles) incluido IGV, a precios referidos al mes de diciembre del 2011, con un plazo de ejecucin de obra de 180 das calendario.

ITEM 2

Puente Puellas y Accesos. Monto S/. 4 180 205,59 (Cuatro Millones Ciento Ochenta Mil Doscientos Cinco y 59/100 Nuevos Soles) incluido IGV, a precios referidos al mes de diciembre del 2011, con un plazo de ejecucin de obra de 180 das calendario.

ITEM 3

Puente Yunculmas y Accesos. Monto S/. 5 104 408,05 (Cinco Millones Ciento Cuatro Mil Cuatrocientos Ocho y 05/100 Nuevos Soles) incluido IGV, a precios referidos al mes de diciembre del 2011, con un plazo de ejecucin de obra de 210 das calendario.

3.2. Alcances

3.2.1. Actividades durante la ejecucin de la Obra para cada Item.

Inciales

3.2.1.1. Revisar y verificar el Expediente Tcnico

La revisin y verificacin se considera de fundamental importancia y debe entenderse como una optimizacin del mismo. De proponer modificaciones stas debern ser para mejorar la calidad del proyecto original, considerando aspectos crticos del proyecto como: Diseo estructural del puente, encofrados, estudio de suelos, disponibilidad (terreno, canteras, fuentes de agua y botaderos), niveles, puntos de referencia, Bench Marks, etc.

3.2.1.2. Revisar detalladamente los Calendarios de Avance de Obra, Adquisicin de Materiales, Utilizacin de Equipos Mecnicos y Utilizacin del Adelanto Directo, que el Contratista presentar a Provias Nacional. Estos calendarios revisados y de ser el caso, corregidos y/o modificados sern aprobados con la suscripcin de ellos, por el Ing. Residente y el representante legal del Contratista, as como por el Supervisor.

3.2.1.3. Respecto a la verificacin de la disponibilidad de las canteras, fuentes de agua y botaderos. La Supervisin en nombre de Provias Nacional ejercer ante las autoridades competentes todas las acciones necesarias para reservar los volmenes necesarios para el proyecto. Cuando aqullas estuvieran en explotacin por terceros y teniendo en cuenta que el Estado otorga concesiones para la explotacin y no la propiedad de los mismos, agotar todas las gestiones para obtener una transaccin, de tal manera que no se originen por este motivo ampliaciones de plazo en la ejecucin de la obra.

3.2.1.4. Verificar la existencia de permisos y documentacin necesaria para el inicio de los trabajos.

3.2.1.5. Revisar y Verificar el Estudio o Declaracin de Impacto Ambiental, el Plan de manejo socio-ambiental y las especificaciones ambientales.

3.2.1.6. Participar en la entrega del terreno.

Mensuales

3.2.1.7. Inspeccionar y verificar las instalaciones provisionales del Contratista, a efectos que cumplan los propsitos de alojamiento, servicios sanitarios, oficinas tcnicas y administrativas y alimentacin; entre otros.

3.2.1.8. Supervisar la ejecucin de los trabajos de conformidad con el Expediente Tcnico

3.2.1.9. Controlar la utilizacin del Adelanto Directo que se entregar al Contratista, cuyo propsito es la movilizacin de equipo y gastos inciales en la ejecucin del Contrato de Obra.

3.2.1.10. Verificar el replanteo general de la obra y el control topogrfico durante la construccin de la obra permanentemente.

3.2.1.11. Inspeccionar y verificar permanente: materiales, equipos (construccin - laboratorio) y personal del Contratista.

3.2.1.12. Revisar y evaluar el almacenamiento adecuado de todos los materiales y elementos a utilizar en la construccin.

3.2.1.13. Revisar y evaluar las pruebas o ensayos de control de calidad realizados por el Contratista.

3.2.1.14. Revisar y dar conformidad a los procedimientos de construccin propuestos por el Contratista.

3.2.1.15. Controlar que el Contratista cumpla con las normas de seguridad e higiene industrial.

3.2.1.16. Controlar la seguridad y mantenimiento del trnsito peatonal y vehicular durante la construccin en el mbito de la obra, cumpliendo con lo requerido por el Provias Nacional, las autoridades de trnsito y el plan de seguridad vial presentado por el Contratista. De ser necesario el control ser diurno y nocturno.

3.2.1.17. Vigilar que el Contratista publique oportunamente los avisos sobre desvos e instrucciones de trnsito vehicular en los principales medios de comunicacin.3.2.1.18. Supervisar que el Contratista seale adecuadamente y oportunamente los desvos de trnsito y coloque los carteles informativos de obra.3.2.1.19. Controlar que la obra se mantengan bien iluminadas durante los posibles trabajos nocturnos.

3.2.1.20. Inspeccionar y disponer las acciones en relacin a los inmuebles aledaos y/o comprendidos en el rea de influencia de obra, a fin de que no sean afectados. Adoptar las precauciones necesarias para evitar que el trnsito de las maquinarias, el uso de explosivos o materiales inflamables entre otros aspectos, produzcan inconvenientes o daos en la propiedad de terceros

3.2.1.21. Controlar que se realicen las medidas de conservacin ambiental exigidas en el Proyecto, Manual Ambiental y Gua de Supervisin Ambiental del MTC.

3.2.1.22. Controlar permanente la vigencia de las Cartas Fianzas del Contratista, comunicando a Provias Nacional los vencimientos con un mes de anticipacin, as como las Plizas de Seguros correspondientes.

3.2.1.23. Controlar la Programacin y Avance de la obra a travs de un Cronograma PERT-CPM (Diagrama de Red o de Barras) con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde el inicio hasta su conclusin, incidiendo en la Ruta Crtica, exigiendo al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento en caso de atraso.

3.2.1.24. Controlar permanente los Adelantos por Materiales otorgados al Contratista, reflejndose ello en las valorizaciones y en los ajustes de los montos de las Cartas Fianzas.

3.2.1.25. Controlar que el Adelanto Directo otorgado al Contratista sea amortizado en las valorizaciones correspondientes y dentro del Plazo vigente de ejecucin de la obra.

3.2.1.26. Valorizar mensualmente los avances de la obra, segn presupuesto del Expediente Tcnico, as como de los presupuestos adicionales aprobados, sustentndolas con la documentacin tcnico administrativa respectiva y considerando los reajustes correspondientes.

3.2.1.27. El Plazo mximo de aprobacin por la Supervisin de las valorizaciones y su remisin a Provias Nacional para perodos mensuales, es de cinco (5) das, contados a partir del primer da hbil del mes siguiente al de la valorizacin respectiva (Artculo 197 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

3.2.1.28. Elaborar y presentar los Informes mensuales.

3.2.1.29. Elaborar y presentar los Informes Especiales cuando Provias Nacional los solicite o las circunstancias lo determinen.

3.2.1.30. Presentar incluyendo su opinin y en el ms breve plazo, los reclamos y/o planteamientos del Contratista, que excedan de su nivel de decisin y que a su juicio merezcan la organizacin de un expediente destinado a culminar en una resolucin administrativa.

3.2.1.31. Asesorar a Provias Nacional en controversias con el Contratista y/o terceros.

3.2.1.32. Elaborar oportunamente (dentro del plazo exigido) los informes o expedientes que involucren ampliaciones de plazo a que hubiera lugar, para su presentacin y trmite de aprobacin ante Provias Nacional. La Supervisin deber efectuar el seguimiento de aprobacin de los expedientes presentados, informando constantemente a Provias Nacional del progreso del trmite hasta su aprobacin.

3.2.1.33. Programar y coordinar reuniones peridicas con el Contratista.

3.2.1.34. Asistir y participar en las reuniones que organice Provias Nacional.

3.2.1.35. Sostener con los funcionarios de Provias Nacional una permanente comunicacin, informando sobre el estado de la obra y el desarrollo del Contrato.

3.2.1.36. Mantener actualizado el archivo y registro de toda la informacin tcnico - administrativa y contable relacionada con la obra motivo de la supervisin, as mismo ir verificando progresivamente los metrados definitivos de obra ejecutada.

3.2.2. Recepcin de Obra para cada Item

3.2.2.1. Revisar y Aprobar antes de la Recepcin de Obra, los Metrados, elaborados y presentados por el Contratista de acuerdo a los trabajos realmente ejecutados. Los cuales debern ser suscritos por el Supervisor, asimismo por el Ing. Residente y el representante legal del Contratista.

3.2.2.2. Efectuar un resumen estadstico del control de calidad de la obra ejecutada.3.2.2.3. Presentar el Informe previo a la Recepcin, que contendr entre otros, los metrados Post Construccin de acuerdo a los trabajos realmente ejecutados, el Resumen estadstico del control de calidad de la obra ejecutada. Tambin incluir la declaracin jurada de haber supervisado y observado las disposiciones tcnicas y legales durante la construccin de la obra.

Este informe se presentar dentro de los cinco (5) das tiles previos a la fecha de Recepcin de la obra

3.2.2.4. Comunicar a Provias Nacional, sealando su opinin clara sobre si culmin o no con la obra, as como la fecha de trmino de las mismas, dentro de los cinco (5) das posteriores a la fecha en que el Contratista presente la solicitud para la Recepcin. De ser el caso informar sobre las observaciones pendientes que hubiera al respecto.

3.2.2.5. En la etapa de Recepcin de la Obra, el Supervisor cumplir con los plazos y actividades establecidos en el Artculo 210 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.2.2.6. Verificar como miembro del Comit de Recepcin, junto con el Contratista, el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos, especificaciones tcnicas y documentos contractuales.

3.2.2.7. Suscribir el acta al culminar la verificacin junto con los dems miembros del Comit de Recepcin y el Contratista. Donde se incluir las observaciones, s las hubiera. De no existir observaciones, se proceder a la Recepcin de la obra, precisando que fue concluida en la fecha indicada por el Contratista en el Cuaderno de Obra, salvo que el Supervisor est en desacuerdo.

Los metrados de post-construccin deben formar parte del acta de recepcin de obra, ya que complementan a los planos de post-construccin. Por lo tanto, deben plasmarse estos resultados en un cuadro explicativo donde consten los metrados contractuales, los correspondientes a los presupuestos adicionales, reducciones y los realmente ejecutados por cada partida.

3.2.2.8. Informar a Provias Nacional, del levantamiento de observaciones, cuyo plazo mximo es de 1/10 del plazo de ejecucin de la obra para subsanarlas, el cual se computar a partir del quinto da de suscrita el acta. Subsanadas las observaciones, el Contratista solicitar la Recepcin Final de la obra, para que el Comit de Recepcin efecte la verificacin respectiva.

3.2.3. Actividades de Liquidacin de Obra

3.2.3.1. La liquidacin del contrato de obra ser presentada por el Contratista dentro del plazo de treinta (30) das o el equivalente a un dcimo (1/10) del plazo de ejecucin de la obra, el que resulte mayor, contado desde el da siguiente de la recepcin de la obra.

3.2.3.2. Dentro del plazo de diez (10) das de presentada la liquidacin por el Contratista, la Supervisin deber pronunciarse, ya sea observando la liquidacin presentada por el Contratista o, de considerarlo pertinente, presentando a Provias Nacional la liquidacin del contrato de obra elaborada por la misma Supervisin, con el objeto que Provias Nacional notifique al Contratista, para que este ltimo se pronuncie dentro de los quince (15) das siguientes.

3.2.3.3. Si el Contratista no presenta su liquidacin en el plazo previsto, dentro de los diez (10) das de vencido el plazo del Contratista, la Supervisin elaborar y presentar la liquidacin del contrato de obra. Provias Nacional notificar la liquidacin al Contratista para que se pronuncie dentro de los quince (15) das siguientes.

3.2.3.4. En el caso de existir discrepancia con el Contratista respecto a la liquidacin del Contrato de Obra, se proceder de acuerdo a lo establecido en el Artculo 211 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.3.2.3.5. Con la liquidacin del contrato de obra, el Contratista deber haber presentado al Supervisor los planos Post Construccin (los que reflejarn fielmente el estado final de la construccin del Puente) y la Memoria Descriptiva Valorizada, para su revisin y conformidad.3.2.4. Actividades de Liquidacin del Contrato de Supervisin de cada Item.

3.2.4.1. Presentar la Liquidacin de su Contrato dentro de los quince (15) das posteriores a la aprobacin de la Liquidacin del Contrato de Obra, la misma que para ser aprobada por Provias Nacional, ser revisada, corregida y/o modificada segn sea el caso.

3.2.5. Actividades en General

3.2.5.1. El servicio se efectuar bajo el sistema de costos.

3.2.5.2. Todas las actividades durante la ejecucin de la Obra, se valorizarn en base a los servicios efectivamente prestados.

3.2.5.3. La Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin sern consideradas como actividades con unidad global.

3.3. Requisitos que debe cumplir el Consultor

3.3.1. Debe disponer de una organizacin adecuada de profesionales y tcnicos, los cuales contarn con todas las instalaciones necesarias, as como el medio de transporte, informtica y comunicacin para cumplir eficientemente sus obligaciones.

3.3.2. Todo el personal asignado a la Obra, ser contratado con carcter de dedicacin exclusiva por el tiempo y en la oportunidad que sealen en la Propuesta Econmica.

3.3.3. El Personal Tcnico y Administrativo que labore para la Supervisin, estar dispuesto a efectuar trabajos eventuales en das domingos o festivos y jornadas nocturnas cuando as se requiera, sin que esto signifique costo adicional para Provias Nacional.

3.3.4. El personal deber observar en todo momento las normas de seguridad vigentes, debiendo estar provistos de cascos, chalecos, botas, guantes, etc.

3.3.5. El nico obligado frente a Provias Nacional, por la ejecucin oportuna y eficiente de la Supervisin ser el Supervisor y le corresponde asumir como propias todas las actividades de su personal.

3.3.6. El Supervisor con relacin al Contratista, se considerar el representante de Provias Nacional.

4. PRODUCTO A OBTENER POR ITEM

4.1. Informe Inicial

Ser presentado dentro de los 15 das de iniciado el Servicio.

El informe corresponde a la revisin y verificacin del Expediente Tcnico, formulando las conclusiones y recomendaciones, precisando, de ser necesario, las modificaciones correspondientes.

4.2. Fichas Quincenales

Sern presentadas el primer da hbil de cada quincena.

De acuerdo al modelo que le proporcionar a Provias Nacional y donde se adjuntar las fotocopias del cuaderno de obra correspondiente al perodo de la ficha respectiva.

4.3. Valorizaciones Mensuales (por avances del Contratista)4.4. Informes Mensuales (Tcnico - Econmico - Administrativo)Sern presentados dentro de los 10 primeros das del mes y deben contener como mnimo lo siguiente:

4.4.1. rea de la Supervisin

4.4.1.1. Actividades desarrolladas, memoria explicativa de los avances de obra y asuntos ms saltantes, justificaciones de retrasos en caso que los hubiere, proponiendo soluciones para su correccin.

4.4.1.2. Relacin de todos los ensayos realizados en la obra, indicando ubicacin, fecha en que fueron realizados, resultados e interpretacin estadstica. Debern indicar, asimismo, las medidas correctivas y responsabilidades, si las hubiere.

4.4.1.3. Personal y equipos empleados, durante el perodo comprendido en el informe.

4.4.1.4. Grficos que se requieran para la correcta interpretacin de los informes.

4.4.1.5. Fotografas y vdeo, que mostrarn el estado de avance de la obra.

4.4.1.6. Copias de las comunicaciones ms importantes intercambiadas con el Contratista o con terceros.

4.4.1.7. Opinin sobre los Planteamientos que el Contratista hubiese formulado, cuya decisin al exceder sus facultades requirieron su trmite ante Provias Nacional.

4.4.1.8. Estado contable del Contrato de Supervisin discriminado por partidas.

4.4.1.9. Programa de sus actividades para el mes siguiente.

4.4.1.10. Copias claras y legibles de las hojas del Cuaderno de Obra

4.4.2. rea del Contratista

4.4.2.1. Avances fsicos y valorizados del Contratista, cuadros y grficos que muestren el cronograma real en comparacin con el programado.

4.4.2.2. Documentacin que certifique que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones tcnicas.

4.4.2.3. Lista de personal y equipo empleado por el Contratista durante el perodo respectivo, indicando variaciones con lo programado, si las hubiere.

4.4.2.4. Actividades de Conservacin ambiental realizadas durante el mes.

4.4.2.5. Rcord de ndices de seguridad y accidentes de obra.

4.4.2.6. Proyectar los avances para el siguiente mes, tanto fsico como valorizado.

4.4.2.7. Dificultades futuras previstas y las soluciones que se propone adoptar, sugiriendo la intervencin de Provias Nacional, si lo considera indispensable.

4.4.2.8. Juicio crtico sobre la actuacin del Contratista en su conjunto.

4.5. Informes Especiales

4.5.1. Informes solicitados por el Provias Nacional, sern presentados dentro del plazo de tres das hbiles desde su requerimiento formal. De ser necesario podr solicitarse una ampliacin del plazo de presentacin, s por razones justificadas amerita un plazo mayor.

4.5.2. Informe de oficio sin que lo pida el Provias Nacional cuando se trata de asuntos que requieran decisin o resolucin de Provias Nacional promoviendo un Expediente Administrativo o se trate de hacer conocer acciones administrativas que haya tomado y que sern cursadas en el ms breve plazo.

Se har un recuento de estos en los Informes Mensuales.

4.5.3. Informe previo a la Recepcin de la Obra, tal como se establece en el numeral 3.2.2.3.

4.6. Informe Final

Ser presentado dentro de los cinco (05) das posteriores a la aprobacin de la Liquidacin del Contrato de Obra y debe contener como mnimo lo siguiente:

4.6.1. Informe de conformidad de los Metrados y Planos "Post Construccin" presentados por el Contratista.

4.6.2. Recomendaciones para la conservacin de la Obra.

4.6.3. Vdeo de 30 minutos, editado profesionalmente, en la cual se muestre todo el proceso constructivo desde el inicio hasta la finalizacin de la obra.

4.6.4. Informe sobre la revisin y conformidad de la liquidacin del contrato de obra.

5. REQUISITOS MNIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL CONSULTOR POR CADA ITEM

5.1. Recursos Profesionales por cada Item

CantidadCargoProfesin

Uno (01)Jefe de Supervisin

SupervisorIng. Civil con un (01) ao de experiencia en supervisin de obras similares.

Uno (01)Asistente del SupervisorIng. Civil con un (01) ao de experiencia en ejecucin y/o supervisin de obras similares en el cargo.

Uno (01)Especialista Impacto AmbientalProfesional con un (01) ao de experiencia en ejecucin y/o supervisin de obras similares en el cargo.

Obras Similares: Se considera como Obras Similares a las obras de Construccin, Rehabilitacin o Mejoramiento de Puentes.6. PLAZO DE EJECUCINLA CONSTRUCCIN DE LOS TRES (03) PUENTES SE EJECUTAR EN FORMA PARALELA.

ITEM 1: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE CHIVIS Y ACCESOS

PUENTE CHIVIS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 240 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

180 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendario

ITEM 2: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE PUELLAS Y ACCESOS

PUENTE PUELLAS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 240 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

180 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendario

ITEM 3: SUPERVISIN DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIN DEL PUENTE YUNCULMAS Y ACCESOS PUENTE YUNCULMAS Y ACCESOS, la prestacin de los servicios tendr una duracin de 270 das calendario, incluyendo el perodo de Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de inicio por parte de PROVIAS NACIONAL.

El servicio ser brindado como sigue:

Supervisin ejecucin de Obra

210 das calendario

Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y

Liquidacin del Contrato de Supervisin

60 das calendario

7. LUGAR DE EJECUCIN

La Supervisin se ejecutar en el Departamento de PASCO.

8. GARANTA MNIMA DEL SERVICIO

De acuerdo a los alcances del rol contractual; el Supervisor ser legalmente responsable por el periodo de siete (07) aos, a partir de la finalizacin de sus servicios.

9. MODALIDAD DE SELECCIN

Procedimiento Clsico (segn SEACE-OSCE)

10. SISTEMA DE CONTRATACIN

Ser a Precios Unitarios.

11. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

No corresponde (segn SEACE-OSCE)

12. FORMULA DE REAJUSTE

Los Pagos estarn sujetos al reajuste establecido en el Artculo N 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.Pr = [Po x (Ir/Io)] - [(A/C) x Po x (Ir - Ia)/(Ia)] - [(A/C) x Po]

Donde:

Pr = Monto de la Valorizacin reajustada

Po = Monto de la valorizacin correspondiente al mes de servicio, a precios del mes de la fecha del Valor Referencial

Ir = ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de Valorizacin

Io = ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) al mes de la fecha del Valor Referencial

Ia = ndice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de pago del Adelanto

A = Adelanto en Efectivo entregado

C = Monto del Contrato Principal

13. FORMA DE PAGO

Los Pagos se efectuarn mediante valorizaciones se efectuarn mensualmente en forma proporcional al plazo de ejecucin de la Obra, de acuerdo al monto que resulte de descontar al monto total de la Propuesta Econmica el monto correspondiente a la Recepcin de Obra, Liquidacin de Obra y Liquidacin del Contrato de Supervisin, correspondiendo el pago en base a los servicios efectivamente prestados, en concordancia con lo sealado en los presentes Trminos de Referencia.

14. CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y LIQUIDACION

14.1. La Supervisin presentar la liquidacin del contrato dentro de los quince (15) das siguientes de haberse otorgado la conformidad de la ltima prestacin. Provias Nacional deber pronunciarse respecto de dicha liquidacin y notificar su pronunciamiento dentro de los quince (15) das siguientes de recibida.

Si Provias Nacional observa la liquidacin presentada por la Supervisin, ste deber pronunciarse y notificar su pronunciamiento en el plazo de cinco (5) das de haber recibido la observacin; de no hacerlo, se tendr por aprobada la liquidacin con las observaciones formuladas por Provias Nacional.

En el caso que la Supervisin no acoja las observaciones formuladas por Provias Nacional, deber manifestarlo por escrito dentro del plazo previsto en el prrafo anterior.

14.2. Cuando la Supervisin no presente la liquidacin en el plazo indicado, Provias Nacional deber efectuarla y notificarla dentro de los quince (15) das siguientes, a costo de la Supervisin; si ste no se pronuncia dentro de los cinco (5) das de notificado, dicha liquidacin quedar consentida.

Si la Supervisin observa la liquidacin practicada por Provias Nacional, sta deber pronunciarse y notificar su pronunciamiento dentro de los cinco (5) das siguientes.

En el caso de que Provias Nacional no acoja las observaciones formuladas por la Supervisin, deber manifestarlo por escrito dentro del plazo previsto en el prrafo anterior.

15. ADELANTOS

15.1. Provias Nacional podr entregar como Adelanto directo hasta el 30% del monto del Contrato, para los gastos inciales de la Supervisin.

El adelanto se dar previa presentacin de una Carta Fianza incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacin automtica al solo requerimiento de la entidad; extendida a favor de Provias Nacional, por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de tres meses renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado.Provias Nacional otorgar el adelanto directo en un plazo no mayor de treinta (30) das de presentada la solicitud por el Supervisor de la Obra.

El referido adelanto ser amortizado mediante descuentos proporcionales en cada una de las Valorizaciones.

La Carta Fianza debe expresar su renuncia al beneficio de excusin al solo requerimiento de ejecucin en la ciudad de lima, sealando como prescripcin del requerimiento notarial a los 10 aos.

La Carta Fianza debe ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.16. OTRAS CONDICIONES

16.1. El vnculo entre Provias Nacional y la Supervisin, se regir por lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, as como su Reglamento y sus normas complementarias y/o modificatorias.

16.2. La Supervisin ser legalmente responsable de los alcances contractuales que le ha correspondido desempear, durante el periodo de siete (7) aos contados a partir de la finalizacin de sus servicios.

16.3. La Supervisin debe asegurar que en cada momento el Contratista disponga de los equipos y personal suficiente para el cumplimiento del Cronograma de Obra, siendo esto independiente del nmero de equipos ofertados o de su rendimiento.

16.4. La Supervisin deber controlar permanentemente la calidad de los trabajos ejecutados por el Contratista, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parmetros exigidos en las Especificaciones Tcnicas. En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisin definir los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados ptimos, debiendo ser ejecutados por cuenta del Contratista, no correspondindole pago, reintegro o compensacin alguna. Toda vez que el Contratista est en la obligacin de terminar correctamente los trabajos.

16.5. La Supervisin no tiene autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de ordenar la ejecucin de ningn trabajo adicional o variacin de obra que de alguna manera involucre ampliacin de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorizacin escrita y previa de Provias Nacional. Salvo situaciones de emergencia que pongan en peligro la vida, salud o seguridad de las personas, la propiedad pblica o privada o que amenacen causar u ocasionar interrupciones en el trnsito vehicular. Sin embargo la Supervisin deber notificar a Provias Nacional cuando a su juicio, es aplicable el Caso Fortuito o Causa de Fuerza Mayor.

16.6. La Supervisin deber verificar que el Contratista realice una vez concluida la obra, la prueba de carga del puente, de estar considerada dicha actividad en el Expediente Tcnico, respetando la carga viva vehicular (tren de carga) para los cuales fueron diseados, debiendo elevar a Provias Nacional un informe sobre los resultados y conclusiones obtenidos.

16.7. En el caso de que la Obra requiera de obras adicionales, la Supervisin debe preparar el correspondiente expediente tcnico incluyendo planos, especificaciones y presupuesto, que justifique dicho adicional y presentarlo a Provias Nacional en la forma que establece la Directiva N 002-2010-CG/OEA Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra. La necesidad de ejecutar obras adicionales, debe ser prevista por la Supervisin o alertada por el Contratista, a fin que su ejecucin se desarrolle en el calendario de ejecucin de obra. Los Adicionales posibles de detectar tempranamente deben formularse y tramitarse oportunamente. Slo se permitirn adicionales fuera del plazo indicado, por causas de fuerza mayor o aquellos debidamente justificados. Sealndose que toda correccin, modificacin o complementacin del Expediente Tcnico debe ser aprobada por el Proyectista

16.8. En caso que Provias Nacional se vea en la necesidad de incurrir en mayores gastos por incumplimiento de lo sealado en el numeral precedente. La Supervisin no tendr derecho a retribucin de sus servicios que tengan como origen lo sealado en este numeral.

16.9. Si Provias Nacional observa cualquier partida de una valorizacin, esta ser absuelta y regularizada en la Valorizacin siguiente.

16.10. La Supervisin tomar conocimiento que en el monto total sealado en su Propuesta econmica estn incluidos los beneficios sociales y otros gastos que por su naturaleza estn relacionados al total cumplimiento del Contrato.16.11. La Supervisin deber prestar todas las facilidades a los funcionarios del Provias Nacional para la verificacin del Avance de la Obra bajo su supervisin y proporcionar la informacin que sea requerida.

16.12. La Supervisin estar sujeto a fiscalizacin por los funcionarios que designe el Provias Nacional quienes verificarn la permanencia en la Obra del personal del asignado; as como de la totalidad de los equipos incluidos en su Propuesta.

16.13. Las penalidades o sanciones que se aplicarn a la Supervisin sern las establecidas en estos Trminos de Referencia, el Contrato y las que conforme a Ley le corresponden.

16.14. Al presentar el Informe Final del Estudio, la Supervisin devolver a Provias Nacional toda la documentacin recibida para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. As como todo el acerbo documental Tcnico y Administrativo de la Obra y Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser requerido posteriormente para cualquier absolucin de consultas.

16.15. Respecto a la documentacin obrante en su poder relacionada con la obra, La Supervisin debe comprometerse en forma irrevocable de no disponer ni hacer uso de ella en ningn momento, para fines distintos a los de la obra, ni despus de la recepcin de la misma, sin que medie autorizacin expresa otorgada por Provias Nacional.17 PENALIDADES 17.1. Si como consecuencia de alguna demora, deficiencia u omisin en la prestacin del servicio, se produjera un pago indebido o se generara alguna obligacin como gastos generales, intereses u otros a favor del Contratista y en perjuicio del Estado, la Supervisin asumir el 100 % de dichos costos.

17.2. Por no descontar el 100% del monto sobre valorado en el mes siguiente al detectado; la Supervisin asumir el pago del 100% de los intereses que genere la sobre valorizacin. 17.3. En caso la Supervisin no contara con los recursos ofertados para el control de obra se le aplicar una