bases del concurso crÉdito continuidad de estudios … · 2020. 7. 6. · anexo nº 02 bases del...

31
Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE CREDITO EDUCATIVO Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Upload: others

Post on 22-Mar-2021

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Anexo Nº 02

BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

Convocatoria 2020

OFICINA DE GESTIÓN DE CREDITO EDUCATIVO

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 2: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

INDICE

Tabla de contenido

CAPÍTULO I....................................................................................................................... 3

DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................ 3

CAPÍTULO II. ..................................................................................................................... 6

ETAPAS DEL CONCURSO ............................................................................................... 6

CAPÍTULO III..................................................................................................................... 7

ETAPA DE POSTULACIÓN ............................................................................................. 7

SUBCAPÍTULO I ............................................................................................................... 7

FASE DE ENCUESTA DE PERFIL .................................................................................... 7

SUBCAPÍTULO II .............................................................................................................. 7

FASE DE POSTULACIÓN ELECTRÓNICA ....................................................................... 7

CAPÍTULO IV .................................................................................................................... 14

ETAPA DE VERIFICACIÓN Y SUBSANACIÓN ................................................................. 14

CAPÍTULO V ..................................................................................................................... 15

ETAPA DE SELECCIÓN ................................................................................................... 15

CAPÍTULO VI .................................................................................................................... 17

ETAPA DE FORMALIZACIÓN DEL CRÉDITO ..................................................................... 17

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES .......................................................... 19

ANEXO N° 01: FICHA ÚNICA DE POSTULACIÓN............................................................ 21

ANEXO N° 02: CARTA PODER PARA NOMBRAR APODERADO .................................... 23

ANEXO N° 03: FORMATO DE ACEPTACIÓN DEL CREDITO ............................................ 25

ANEXO N° 04: FORMULARIO DE RENUNCIA AL CREDITO……………………………….26

ANEXO N° 05: COMPROMISO DE SERVICIO AL PERÚ ................................................. 27

ANEXO N° 06: FORMATO DE RECEPCIÓN DE EXPEDIENTE DE POSTULACIÓN…….29

ANEXO N° 07: FICHA DE SOLICITUD DE RENOVACIÓN O CONTINUIDAD

DEL CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS …..…………………………………………..30

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 3: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS - CONVOCATORIA 2020

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Finalidad de las Bases

Establecer las normas, procedimientos, requisitos, criterios de priorización y selección,

beneficios, derechos y obligaciones, que regulan el Concurso del Crédito Educativo denominado

“Crédito Continuidad de Estudios” Convocatoria 2020 en concordancia con la Ley N° 29837, Ley

que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada en su artículo 1 por la

Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30281, en adelante la Ley, el

Decreto Supremo N° 013-2012-ED, modificado por los Decretos Supremos N° 008-2013-ED y N°

001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley, en adelante el Reglamento; y las

disposiciones especiales que apruebe el PRONABEC.

Artículo 2.- Objetivos de las Bases

Garantizar la eficiente y transparente administración de las etapas del crédito especial “Crédito

Continuidad de Estudios” - Convocatoria 2020, en adelante el Crédito. Así mismo cautelar que

el otorgamiento del crédito se realice conforme a lo establecido en la Ley N° 29837, su

Reglamento, las presentes bases, el expediente técnico y las disposiciones especiales que

apruebe el PRONABEC.

Artículo 3.- Población beneficiaria

El Crédito Continuidad de Estudios está dirigido a estudiantes peruanos de alto rendimiento

académico, afectados directa o indirectamente ante la declaratoria de la Emergencia Sanitaria y

el Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del brote del COVID-19 en el territorio

nacional, de universidades licenciadas públicas o privadas, para estudios de pregrado, con las

siguientes características:

i. Quienes hayan estado cursando estudios en el 2019-II o año académico 2019 y que cuenten con alto rendimiento1 (entendido como tercio superior), y se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema, o vulnerabilidad (hogar receptor de alguno de los bonos otorgados por el Estado en el marco de la Emergencia Sanitaria), de acuerdo con el siguiente detalle2:

a) Para regímenes semestrales: encontrarse matriculado entre el quinto ciclo y el penúltimo ciclo académico de su programa de estudios.

b) Para regímenes anuales: encontrarse matriculado entre el tercer año y el penúltimo año de su programa de estudios., o,

ii. Quienes continúen estudiando en 2020-I o año académico 2020 y que cuenten con alto rendimiento1 (entendido como tercio superior), y se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema, o vulnerabilidad (hogar receptor de alguno de los bonos otorgados por el Estado en el marco de la Emergencia Sanitaria), de acuerdo con el siguiente detalle3:

1A tal efecto, se entiende que el estudiante posee alto rendimiento académico si es que se ubica como mínimo en el tercio superior de su programa/carrera de estudios, conforme al orden de mérito obtenido el 2019-II o año académico 2019 o el acumulado al 2019-II o año académico 2019, de acuerdo con el régimen de estudios de la universidad. 2 El acápite i. del artículo 3 es aplicable para aquellos estudiantes que, a la fecha de postulación, no se encuentran matriculados en el semestre 2020-I o año 2020. 3 El acápite ii. del artículo 3 es aplicable para aquellos estudiantes que se encuentran matriculados en el semestre 2020-I o año 2020.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 4: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

a) Para regímenes semestrales: encontrarse matriculado entre el quinto ciclo y el

penúltimo ciclo académico de su programa de estudios. b) Para regímenes anuales: encontrarse matriculado entre el tercer año y el último

año de su programa de estudios.

Artículo 4.- Ámbito de la convocatoria

La convocatoria se lleva a cabo a nivel nacional.

Artículo 5.- Número de créditos ofrecidos

La Convocatoria 2020 de “Crédito Continuidad de Estudios”, tiene como objetivo otorgar hasta

tres mil (3,000) créditos educativos.

Artículo 6.- Instituciones, sedes y programas de estudios elegibles

6.1. Las Instituciones de Educación Superior, Sedes y Programas de estudios potencialmente

elegibles son todas las universidades públicas y privadas que se encuentran licenciadas

por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) hasta la

fecha de publicación de las bases. Su elección se realiza previa aceptación de su

participación en el presente concurso.

6.2. La primera lista de IES, sedes y programas de estudios elegibles se publica en un plazo

máximo de 7 días hábiles y puede ampliarse hasta 12 días calendario antes del fin de la

Fase de Postulación Electrónica.

6.3. Los programas de estudios elegibles son solo aquellos cuyo régimen de estudios se

desarrolla en la modalidad presencial, de acuerdo con la licencia institucional de la

universidad.

Artículo 7.- Duración del crédito

7.1. La duración del crédito comprende el periodo de estudios financiado, el periodo restante

para culminar la carrera/programa de estudios (si lo hubiese), el periodo de gracia para el

repago (si lo hubiese solicitado) y el periodo de repago.

7.2. El crédito financia hasta un (01) año académico para el caso de regímenes de estudio

anual o dos (02) semestres consecutivos en los casos de regímenes de estudio semestral.

7.3. El periodo restante para culminar la carrera o programa de estudios puede ir más allá del

periodo académico financiado.

7.4. El periodo de gracia para el repago es opcional, inicia a la culminación de estudios del

beneficiario, y puede ser de entre 6 meses a 1 año, de acuerdo a lo solicitado por el

beneficiario.

7.5. El periodo de repago puede ser de entre 3 a 6 años, de acuerdo con lo solicitado por el

beneficiario. El pago de la primera cuota inicia a partir de los treinta (30) días calendario

después de culminados los estudios universitarios de pregrado, según lo informado por la

Universidad y en los casos y condiciones señaladas en el numeral 8.5, o, en los casos que

se solicite y apruebe un periodo de gracia, a la culminación de este periodo.

7.6. La duración del crédito se computa desde la emisión de la Resolución Jefatural que lo

declare beneficiario del crédito, conforme a lo establecido por la normativa vigente, la Ley

N° 29837, su Reglamento, y las disposiciones especiales que apruebe el PRONABEC.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 5: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Artículo 8.- Condiciones generales del Crédito Continuidad de estudios

8.1 Normatividad aplicable:

Las presentes Bases y los beneficiarios adjudicados se rigen por la Ley N° 29837 y su

Reglamento, Expediente Técnico de Crédito Continuidad de Estudios , las Disposiciones

Especiales que apruebe el PRONABEC y, supletoriamente por el Procedimiento para el

Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo aprobado por Resolución

Directoral Ejecutiva N° 941-2017-MINEDU/VMGI-PRONABEC y el Texto Único Ordenado

TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el

Decreto Supremo N° 004-2019-JUS .

8.2 Tasas de Interés:

Las tasas de interés para el Crédito Continuidad de Estudios son de dos tipos4: la tasa de

interés compensatoria5 y la tasa de interés moratoria6, las cuales son fijadas anualmente

por Resolución de Dirección Ejecutiva. Como referencia, cabe indicar que las tasas de

interés para el año 2020 fueron establecidas por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 340-

2019-MINEDU/VMAGI-PRONABEC (tasa de interés compensatoria anual es 3.55% y la

tasa de interés moratoria es 6.70% anual).

8.3 Línea de crédito:

La línea de crédito a financiar puede comprender, según lo solicitado por el beneficiario,

más de un concepto de los indicados en el artículo 9 de las presentes Bases. El monto a

otorgar por beneficiario es entre 3 y 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT),

dependiendo del tipo de gestión de la institución y los tipos de conceptos elegidos. Al

monto del crédito solicitado se le añadirá, de forma obligatoria, el 2% destinado al aporte

para el Fondo de Desgravamen.

El monto total financiado será desembolsado, según el tipo de concepto a financiar, a

través de desembolsos periódicos7 correspondientes a cada periodo de estudios del

beneficiario, previa aprobación del proceso de renovación del beneficio del crédito.

8.4 Renovación o continuidad del Crédito:

De manera semestral y durante la etapa de estudios, el beneficiario puede presentar una

solicitud de renovación o continuidad del crédito, a fin de dar continuidad a los

desembolsos para los conceptos a financiar en cada periodo académico y mantener el

beneficio.

Para tales efectos, el beneficiario debe cumplir con los requisitos que se estipulen en las

Disposiciones Especiales que apruebe el PRONABEC, y presentar a la Oficina de Gestión

de Crédito Educativo una solicitud de renovación o continuidad del crédito, conforme al

formato contenido en el Anexo N° 07 de las presentes Bases, la cual deberá estar firmada

de forma electrónica y tiene calidad de declaración jurada.

La Oficina de Gestión de Crédito Educativo evalúa la solicitud de la renovación o

continuidad del crédito y emite la autorización correspondiente mediante Resolución

Jefatural.

4 Conforme a lo establecido por el numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 29837, así como por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 941-2017-MINEDU/VMAGI-PRONABEC, que aprueba el “Procedimiento para el Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo”. 5 Es la tasa de interés efectiva anual que se aplica como retribución por el crédito otorgado. 6 Es la tasa de interés que se cobra cuando se produce un retraso en el pago de las cuotas del préstamo. 7 Los desembolsos por manutención se realizarán de manera trimestral o mensual, y los desembolsos académicos se realizan de manera semestral.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 6: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

8.5 Repago o Reembolso:

El repago del crédito educativo se inicia treinta (30) días calendario después de

culminados los estudios universitarios de pregrado, según lo informado por la IES, y/o a la

culminación del periodo de gracia, salvo se produzca alguna causal de resolución de

contrato de crédito que se establezcan en las Disposiciones Especiales del Crédito

Continuidad de Estudios que apruebe el PRONABEC, en cuyo caso operará la exigibilidad

inmediata del crédito.

En el caso que se presente y se apruebe una solicitud de periodo de gracia, el repago del

crédito inicia inmediatamente después de la culminación de dicho periodo.

El repago o reembolso del crédito se realiza a través del cumplimiento del Cronograma de

Pago actualizado luego de la consolidación de deuda, el cual no podrá exceder de los 6

(seis) años.

De ser el caso el beneficiario tendrá la opción de afiliarse al sistema de pago contingente,

brindando su información laboral (empleador e ingresos) a fin de que el Programa evalúe

su aprobación.

8.6 Cotitular de la obligación:

Es la persona que se obliga de forma solidaria con el beneficiario del crédito educativo a

responder por el cumplimiento de pago del crédito otorgado, que puede ser el padre,

madre o un tercero. El cotitular no participa como beneficiario de los derechos del crédito

educativo.

Artículo 9.- Beneficios

9.1 Crédito Continuidad de Estudios es un crédito especial financiado por el Ministerio de

Educación a través del PRONABEC, que puede subvencionar los siguientes costos

directos e indirectos, según lo solicitado por el beneficiario:

Costos de Matrícula.

Pensión de estudios.

Costos indirectos de manutención que pueden comprender: alimentación, movilidad

local y materiales de estudio.

9.2. El beneficio del financiamiento se hace efectivo desde la adjudicación del crédito mediante

la Resolución Jefatural correspondiente, siempre que el estudiante se encuentre

realizando estudios, y no se reconocen beneficios sobre el tiempo de estudios previamente

transcurrido por el beneficiario del crédito.

9.3. Las obligaciones académicas del beneficiario del crédito están establecidas en el Reglamento, las disposiciones especiales que se aprueben y la normativa vigente del PRONABEC.

9.4. La participación y adjudicación de la presente convocatoria no limita al postulante para

poder aplicar a otro crédito educativo o beca otorgado por el PRONABEC.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 7: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

CAPITULO II ETAPAS DEL CONCURSO

Artículo 10.- Etapas del concurso

10.1 El concurso del Crédito Continuidad de Estudios consta de las siguientes etapas:

o Etapa de Postulación

• Fase de Encuesta de Perfil

• Fase de Postulación Electrónica o Etapa de Verificación y Subsanación o Etapa de Selección

o Etapa de Formalización

10.2 Las etapas son independientes y precluyentes, lo que significa que una vez superada

alguna de ellas no se puede retroceder a la anterior.

10.3 El presente concurso se desarrolla conforme al siguiente cronograma:

CONVOCATORIA DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

ETAPAS Y FASES Fecha de inicio Fecha de término

Etapa de Postulación 01/07/2020 27/07/2020

Fase de Encuesta de Perfil 01/07/2020 07/07/2020

Fase de Postulación Electrónica 08/07/2020 27/07/2020

Etapa de Verificación y Subsanación 22/07/2020 04/08/2020

Etapa de Selección 05/08/2020 11/08/2020

Etapa de Formalización del Crédito 12/08/2020 24/08/2020

Publicación de beneficiarios adjudicados Hasta el 31/08/2020

CAPÍTULO III ETAPA DE POSTULACIÓN

SUBCAPÍTULO I

FASE DE ENCUESTA DE PERFIL

Artículo 11. – Fase de la Encuesta de Perfil

11.1 La encuesta de perfil es el primer paso en la etapa de postulación. Rendir la encuesta es

de carácter obligatorio y necesario para continuar con los siguientes pasos. La Encuesta

de Perfil no es una prueba de conocimientos, es una encuesta psicométrica. La duración

de la misma es de aproximadamente 30 minutos y consta de 43 preguntas. Se realizará a

nivel nacional de forma remota (virtual), a través del portal institucional del PRONABEC

(www.pronabec.gob.pe), según las indicaciones que el Programa brinde. El interesado

puede rendir la encuesta solo una vez.

11.2 El postulante debe crear una cuenta ingresando su número de Documento Nacional de

Identidad, correo electrónico personal y datos de contacto para asignarle un usuario y

clave de acceso, los cuales son notificados en la cuenta de correo electrónico registrado,

y que lo habilita para acceder a la Encuesta de Perfil. Asimismo, se le asigna una casilla

electrónica donde recibe todas las comunicaciones y notificaciones del concurso.

11.3 Si el interesado no completase la Encuesta de Perfil, no se habilita la Fase de Postulación

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 8: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Electrónica, quedando incompleta la postulación. El solo desarrollo de la Encuesta de

Perfil no garantiza ni autoriza la postulación a la convocatoria del Crédito Continuidad de

Estudios.

FASE DE POSTULACIÓN ELECTRÓNICA

Artículo 12.- Fase de Postulación Electrónica

12.1 La fase de postulación electrónica inicia de acuerdo con el cronograma establecido en las

presentes Bases y se realiza de forma virtual a través del Módulo de Postulación

Electrónica en el portal institucional del PRONABEC (www.pronabec.gob.pe).

12.2. El postulante debe ingresar al Módulo de Postulación con el usuario y clave de acceso

asignados en la fase anterior, que lo habilita para firmar electrónicamente los documentos

que conforman el expediente virtual.

12.3 Si el postulante es menor de edad, al momento de realizar la postulación debe registrar el

número del Documento Nacional de Identidad, el correo electrónico y teléfono celular de

su representante (padre, madre, apoderado según corresponda), a quien se le asigna una

clave que lo habilita para firmar electrónicamente los documentos que conformen el

expediente virtual en representación del menor. Esta clave es notificada al correo

electrónico del representante. Además, cuando el representante no sea el padre o la

madre, debe cargar en el Módulo de Postulación el Anexo N°2: Carta poder para nombrar

apoderado.

12.4 Cuando el postulante concluye el registro de la información requerida y la carga de los

documentos solicitados, el Módulo de Postulación muestra el expediente virtual completo

a fin que el postulante culmine su postulación mediante firma electrónica generada por el

Módulo de Postulación. En el caso del menor de edad, la firma electrónica y el envío del

expediente virtual son realizados por su representante a través de la clave asignada.

12.5 El expediente virtual completo y firmado electrónicamente genera el estado de “registro

completo” de la postulación. Este expediente es enviado a la casilla electrónica del

postulante como cargo de recepción de su postulación.

12.6 El interesado puede modificar su postulación hasta 05 (cinco) días antes del término de la

fase de Postulación Electrónica. La modificación permite actualizar registros o documentos

en el Expediente Virtual de Postulación.

12.7 La Fase de Postulación Electrónica finaliza el día indicado en el cronograma a las 17:30

p.m.

12.8 Los datos expresados en el expediente virtual de la Fase de Postulación Electrónica tienen

carácter de declaración jurada, por lo que, en caso de falsedad, el postulante y su

representante, cuando corresponda, asumen las sanciones administrativas, civiles y

penales correspondientes.

12.9 El postulante y/o su representante son responsables de realizar el seguimiento oportuno a

su postulación y los resultados del concurso mediante el portal web de la institución y la

casilla de notificación que se habilitará en el Módulo de Postulación. En ese sentido, no se

puede alegar desconocimiento de los resultados.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 9: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Artículo 13.- Requisitos y documentos obligatorios en la Fase de Postulación

Electrónica

13.1 Los requisitos y documentos obligatorios para la postulación, son los siguientes:

N° Requisitos de postulación

Documento o Fuente de acreditación

1

Tener la nacionalidad peruana conforme al ordenamiento jurídico vigente.

Número de Documento Nacional de Identidad (DNI), es consultado en línea con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

2

Para postulantes menores de edad al momento de su postulación.

La edad es consulta en línea con RENIEC. En caso de ser menor de edad, el postulante debe cargar el Anexo N° 2 cuando el representante no sea el padre o madre.

3

Acreditar condición de pobreza o vulnerabilidad

Encontrarse en condición de pobreza o pobreza extrema, la cual es consultada en línea a través del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH; o, en caso de no encontrarse en condición de pobreza o pobreza extrema, pertenecer a un hogar receptor de uno de los bonos desplegados por la Emergencia Sanitaria: Bono Independiente o Bono Universal Familiar. En este último caso, el interesado debe escanear y cargar al módulo, algún documento que lo acredite como el resultado de la consulta web de las páginas dispuestas para ello por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social o Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (imagen de la consulta en línea para saber si el postulante o su padre, madre o apoderado pertenece a uno de los hogares beneficiados con alguno de los bonos). El documento cargado, será verificado en la base de datos que se disponga para ello (bases de datos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social o Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo), en la Etapa de Verificación y Subsanación.

Haber estudiado en el semestre académico 2019-II o año 20198, o estar estudiando en el semestre académico 2020-I o año

I. Para los estudiantes que estuvieron cursando estudios en el semestre académico 2019-II o año 2019:

A) Para estudiantes con información pre registrada en el Módulo de Postulación, conforme la base de datos enviada por la universidad

- Para los postulantes que cuenten con información registrada previamente en el Módulo de Postulación de la matrícula en el semestre

8 Es aplicable para aquellos estudiantes que no se encuentran matriculados en el semestre 2020-I o año académico 2020.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 10: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

4 20209, en una universidad, sede y programa de estudios elegible

2019-II o año académico 2019, la verificación es automática en el Módulo de Postulación.

- Para los postulantes que no se encuentren de acuerdo con la información mostrada, podrán editar manualmente en el Módulo de Postulación, adicionalmente deben registrar su Constancia de matrícula o documento de similar naturaleza, que acredite la matrícula con las características detalladas en el punto B del presente cuadro.

El/los documento(s) deberá(n) contar con sello y firma de la autoridad competente o en su defecto con la firma digital del mismo.

B) Para postulantes que no cuenten con información pre registrada en el Módulo de Postulación

Constancia de matrícula escaneada del semestre 2019-II o año académico 2019, según corresponda y/o documento oficial emitido por la universidad elegible, el cual debe consignar los datos:

- Nombre de la universidad y programa de estudios.

- Nombres y apellidos del estudiante. - Número del ciclo en el que se encuentra

matriculado el postulante en el semestre 2019-II.10 (Entre el quinto y el penúltimo ciclo académico)

o Número de año académico cursado en

2019 (Entre el tercer y el penúltimo ciclo para los regímenes anuales)

- Duración total del programa de estudios (ciclos o años académicos).

II. Para los estudiantes que están cursando

estudios en el semestre académico 2020-I o año 2020:

Constancia de matrícula escaneada del semestre académico 2020-I o el año académico 2020 y/o documento oficial emitido por la universidad elegible, el cual debe consignar los datos: - Nombre de la universidad y programa de

estudios. - Nombres y apellidos del estudiante. - Número del ciclo en el que se encuentra

matriculado el postulante en el semestre 2020-I. (Entre el quinto y el penúltimo ciclo académico)

9 Es aplicable a los estudiantes que se encuentran matriculados en el semestre 2020-I o año 2020. 9 El programa de estudios debe ser el mismo en el que el postulante estaba /está matriculado en el último periodo académico cursado. 10 El documento debe consignar el ciclo en el que el postulante se encuentra matriculado, independientemente de que los cursos matriculados correspondan a ciclos anteriores según su malla curricular o plan de estudios.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 11: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

O Número de año académico cursado en 2020 (Entre el tercer y el último ciclo para los regímenes anuales).

- Duración total del programa de estudios (ciclos o años académicos).

Se podrá registrar más de un documento en el mismo ítem, a fin de completar la información solicitada.

El/los documento(s) deberá(n) contar con sello y firma de la autoridad competente o en su defecto con la firma digital del mismo.

A) Para estudiantes con información pre registrada por la universidad de educación superior

5

Acreditar alto rendimiento académico11 en los estudios de pregrado.

- Para los postulantes que cuenten con información registrada previamente en el Módulo de Postulación, el rendimiento académico obtenido se verifica automáticamente en el Módulo de Postulación.

- Para los postulantes que no se encuentren de acuerdo con la información mostrada, podrán editarla manualmente en el Módulo de Postulación, adicionalmente deben registrar su Constancia o Certificado escaneado de la universidad elegible, que acredite su pertenencia a alguno de los siguientes percentiles: primer o segundo puesto, décimo superior, quinto superior, tercio superior.

- El orden de mérito obtenido deberá ser referente al último semestre académico cursado y completado (2019-II) para el caso de regímenes de estudios semestrales; o al último año académico cursado y completado (2019), para regímenes anuales; o el acumulado hasta dicho periodo.

- El orden de mérito obtenido es referente al programa de estudios en el cual se encuentra matriculado.

- El documento deberá contar con sello y firma de la autoridad competente o en su defecto con la firma digital de la misma.

B) Para estudiantes que no cuenten con

información pre registrada por la universidad de estudios

- Constancia o certificado escaneado emitido

11 El alto rendimiento académico según el inciso a) del artículo 3 del Reglamento, se define como la medida superlativa de las capacidades académicas del postulante que expresa sus logros de aprendizaje a lo largo del proceso formativo, que lo ubica dentro del percentil superior al finalizar una etapa de sus estudios secundarios, pregrado, o de posgrado, según sea el nivel de estudios hacia el cual postule y en directa relación a su aptitud. Este rendimiento debe ajustarse a las condiciones del ámbito local, regional y/o nacional de origen donde cursó los estudios el postulante y en función de la orientación de los estudios a los que está enfocado. El puesto según el rendimiento durante los estudios de educación superior, también comprenderá el alto rendimiento.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 12: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

por la universidad elegible, que acredite su pertenencia en alguno de los siguientes percentiles conforme a su reglamento o normativa vigente:

Primer o segundo puesto Décimo superior. Quinto superior Tercio superior

- El orden de mérito obtenido deberá ser

referente al último semestre académico cursado y completado (2019-II) para el caso de regímenes de estudios semestrales; o en el último año académico cursado y completado (2019), para regímenes anuales, o el acumulado hasta dicho periodo.

- El orden de mérito obtenido es referente al programa de estudios en el cual se encuentra matriculado.

- El documento deberá contar con sello y firma de la autoridad competente o en su defecto con la firma digital de la misma.

6

Declaraciones Juradas y Formatos generados por el Módulo de Postulación

- Ficha Única de Postulación (Anexo N° 1) que contiene, entre otros aspectos, los siguientes:

- Declaración Jurada de Veracidad de la Información y documentación.

- Declaración Jurada de no tener impedimentos para acceder a un crédito educativo.

- Autorización para ser notificados de manera electrónica en la casilla electrónica que le proporcione el PRONABEC.

- Solo para menores de edad: Anexo N° 2: Carta poder para nombrar apoderado, cuando el apoderado no sea el padre o madre.

13.2 Adicionalmente, el Módulo de Postulación puede solicitar información complementaria que

permita conocer el perfil demográfico del postulante y de su núcleo familiar. La información

complementaria solicitada no tiene impacto en ninguna de las etapas y fases del concurso.

13.3 Asimismo, se debe presentar y acreditar los siguientes requisitos del cotitular de la

obligación:

No ser mayor a 70 años, a la fecha que se realice la postulación.

No estar registrado en la central de riesgos de la Superintendencia de Banca y

Seguros del Perú (SBS) con calificación negativa (deficiente, dudoso o pérdida) al

último reporte de actualización. La verificación de este requisito se realiza en la Etapa

de Verificación y Evaluación (se tomará el último reporte de central de riesgos y se

analizará situación financiera al corte al mes de febrero 2020 dada la coyuntura

económica, producto de la declaración de la Emergencia Sanitaria y del Estado de

Emergencia Nacional por el COVID-19)

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 13: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

No estar registrado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). La

verificación de este requisito se realiza en la Etapa de Verificación y Evaluación.

Artículo 14.- De las condiciones priorizables

Los participantes que deseen acceder a la aplicación de una puntuación adicional por

condiciones priorizables en la fase de asignación de puntaje y selección, deberán

escanear y cargar de forma obligatoria en el Módulo de Postulación la correspondiente

constancia, certificado o documento de similar naturaleza expedido por la Entidad

autorizada, según siguiente detalle:

N° Condición Priorizable Medio de verificación

1 Discapacidad (D) Certificado de Discapacidad, Carné o Resolución emitido por CONADIS para interesados que declaren poseer algún tipo de discapacidad.

Artículo 15.- Consideraciones para la Fase de Postulación Electrónica

15.1. En el Módulo de Postulación, el postulante debe realizar el registro del último ciclo o año

académico matriculado, según su régimen de estudios, el cual quedará registrado en la

Ficha Única de Postulación; este dato debe ser igual al consignado en el/los documento(s)

que sustentan el requisito obligatorio número 4 de la tabla indicada en el artículo 13 de las

presentes Bases. Esta información registrada se toma en cuenta para la programación de

ciclos a subvencionar una vez sea declarado adjudicado, y será validada y/o corregida

durante la etapa de Verificación y Subsanación.

15.2. La información pre registrada en el Módulo de Postulación, respecto al ciclo académico y

orden de mérito, ha sido remitida al PRONABEC por parte de las instituciones elegibles

en el presente concurso a través de nuestros canales autorizados, a fin que esta pueda

ser visualizada y verificada por el postulante al momento de realizar su postulación.

Adicionalmente, de ser necesario, se podrá considerar la información académica remitida

por la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU y la

Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria -SUNEDU para los

mismos fines. Si el postulante pertenece a una universidad elegible de la cual no se cuente

con información, tendrá que cargar constancia o certificado escaneado emitido por la

universidad

15.3. Todos los documentos obligatorios exigidos deben ser escaneados, por ambas caras

cuando corresponda y el contenido de documento debe ser legible. Los documentos deben

ser cargados en formato PDF con un peso máximo 2Mb. De contener el documento más

de una página, se deberá colocar todo en un solo archivo PDF.

15.4. En todos los casos los interesados deben registrar en el Módulo de Postulación Electrónica

las constancias y documentos vinculados a los requisitos o a la acreditación de la

condición priorizable.

15.5. Aquellos que no cumplan con cargar digitalmente uno o más de los documentos de

carácter obligatorio o carguen documentos distintos o incompletos a los de carácter

obligatorio en las presentes bases, son declarados “NO APTOS” en la etapa de Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 14: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Verificación y Subsanación.

15.6. La condición socioeconómica (pobreza o pobreza extrema), es otorgada por el Sistema

Focalización de Hogares (SISFOH), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El

Módulo de Postulación Electrónica realiza la verificación de la condición en línea a través

de la consulta directa al Padrón General de Hogares del SISFOH, dicha consulta se realiza

en las siguientes etapas:

VERIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE POBREZA

Durante la Etapa de Postulación Al finalizar la Etapa de Verificación y Subsanación12 del Expediente Electrónico de Postulación

15.7. Los participantes son responsables de realizar las acciones vinculadas a la vigencia de su

condición socioeconómica.

15.8. La documentación que acredite la pertenencia a un hogar en condición de vulnerabilidad debido a la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional, es verificada por el PRONABEC en la Etapa de Verificación y Subsanación, a través de las Bases de datos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social o Ministerio de Trabajo o Promoción del Empleo.

15.9. El interesado debe seleccionar los conceptos que requiere sean financiados a través del

Crédito Continuidad de estudios. De acuerdo a los conceptos seleccionados, se establecerá el monto total a otorgar solicitado por el postulante en el Expediente Virtual de Postulación.

Artículo 16.- Impedimentos para postular

16.1 Son impedimentos para postular al Crédito Continuidad de Estudios:

16.1.1. Registrar antecedentes policiales o penales o judiciales a la fecha de postulación.

16.1.2. Estar clasificado en la central de riesgos de la Superintendencia de Banca y

Seguros del Perú (SBS) con calificación negativa (deficiente, dudoso o pérdida)

al último reporte de actualización, al mes de febrero del 2020. Este impedimento

se verifica en la Etapa de Verificación y Subsanación.

16.1.3. Ser trabajador del PRONABEC bajo el Régimen de Contrato Administrativo de

Servicios (Decreto Legislativo N° 1057) y Personal de Confianza.

16.1.4. Ser pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos,

hermanos, nietos, tíos, sobrinos y primos hermanos) y segundo grado de afinidad

(hijos adoptivos, cónyuge, padres e hijos propios del cónyuge o conviviente y

abuelos y hermanos del cónyuge o conviviente) de los funcionarios de dirección

y/o del personal de confianza del PRONABEC.

16.1.5. Ser pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos,

hermanos, nietos, tíos, sobrinos y primos hermanos) y segundo grado de afinidad

(hijos adoptivos, padres e hijos del cónyuge o conviviente y abuelos y hermanos

del cónyuge o conviviente) de aquellos servidores públicos que tengan incidencia

directa o indirecta en los procesos de selección de beneficiarios y/o becarios del

PRONABEC.

16.1.6 Haber recibido otro beneficio de crédito educativo que canalice, gestione y/o

12 Se realiza la consulta sobre la condición socioeconómica el último día de la etapa de Verificación y Subsanación.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 15: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

subvencione el Estado, para el mismo nivel de estudios (pregrado).

16.1.6. Haber perdido una beca o crédito educativo del PRONABEC por cualquier causal

que lo haya motivado.

16.1.7. Encontrarse registrado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

(REDAM). Este impedimento no aplica para los participantes menores de edad.

Este impedimento se verifica en la Etapa de Verificación y Subsanación.

16.1.8. Tener deudas vigentes con el PRONABEC. Este impedimento se verifica en la

Etapa de Verificación y Subsanación.

16.2. En caso de verificarse la existencia de alguno de estos impedimentos, el PRONABEC

declara como NO APTO al postulante, deja sin efecto la adjudicación del crédito o dispone

el término anticipado de la misma, según corresponda a la etapa o fase en la que se

encuentre el proceso. Para tales efectos, el PRONABEC solicita información a las diversas

entidades públicas o privadas que considere necesario.

CAPÍTULO IV:

ETAPA DE VERIFICACIÓN Y SUBSANACIÓN

Artículo 17.- Etapa de Verificación y Subsanación

17.1. Consiste en la verificación de los requisitos y documentos obligatorios y opcionales cuando corresponda, presentados por los postulantes. Solo se verifican las postulaciones que alcancen el estado de registro completo en el Módulo de Postulación Electrónica.

17.2. La verificación de información respecto a nacionalidad, edad y clasificación

socioeconómica del postulante, y antecedentes policiales o penales o judiciales; se realiza de forma automática en el Módulo de Postulación, el cual se encuentra interconectado con las entidades de la Administración Pública competentes.

17.3. Para los casos en los que el postulante registre en el Módulo de Postulación una

constancia de matrícula perteneciente al semestre 2020-I o año académico 2020, en esta etapa se valida con información remitida por la universidad de procedencia el ciclo matriculado en el semestre 2020-I o año académico 2020, de corresponder.

17.4. También se verifica que cada uno de los postulantes no se encuentren en ninguno de los

supuestos de impedimentos para la postulación señalados en el artículo 16 de las presentes bases.

17.5. Aquellos requisitos que no puedan verificarse de forma automática son revisados y

validados manualmente. La etapa de Verificación y Subsanación es liderada por la Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo, la que establece la estrategia operativa necesaria para cumplir con el cronograma propuesto y establece las medidas de control de calidad del proceso de validación.

17.6. En caso se identifiquen errores en la postulación, el postulante será notificado y podrá

subsanarlos hasta 5 días calendario antes del cierre de la presente etapa. Esta etapa finaliza el día indicado en el cronograma a las 17:30 pm.

17.7. La verificación de requisitos se realiza en el “Módulo de Verificación”, otorgando la

condición de APTO o NO APTO a cada uno de los expedientes de postulación.

17.8. Al concluir la verificación de todos los expedientes virtuales de postulación, se genera el

Acta de Validación Grupal, que define la lista de postulantes declarados APTOS y NO APTOS (indicando el motivo), y es suscrita digitalmente por la Jefatura de la Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo otorgándole su

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 16: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

conformidad.

CAPÍTULO V

ETAPA DE SELECCIÓN

Artículo 18.- Asignación de puntajes y selección

18.1. En esta etapa, la Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo, realiza la asignación de puntajes y la prelación correspondiente, de acuerdo con el orden de mérito alcanzado por los postulantes y según puntuaciones específicas.

18.2. Los criterios para la asignación de puntajes y prelación para los postulantes del crédito son

los siguientes:

Concepto Indicador Clasificación Puntaje

(1) Grado de afectación económica ante la declaratoria de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional

Afectación económica por la pandemia Covid-19 (A)

Afectación muy alta: Condición de pobreza extrema de acuerdo

con el SISFOH

25

Afectación Alta: Condición de pobreza

de acuerdo con el SISFOH

20

Afectación media alta: Condición de

Vulnerabilidad (Beneficiado por Bono Independiente o Bono

Familiar Universal)

15

(2) Rendimiento académico del estudiante

Orden de mérito obtenido en la universidad (B), en el último periodo de estudios (2019-II o año 2019) o el acumulado hasta dicho periodo (2019-II o año 2019)

1° y 2° puesto 30

Décimo 20

Quinto 15

Tercio 10

(3) Características de la IES y carrera

Posición en la lista de universidades priorizadas según calidad (C)

Top 1-10 10

Top 11 - 20 8

Top 21 - 30 5

Fuera del Top 30 2

Retorno de las carreras (D)

Carreras con retorno priorizado mayor igual

a 1

15

Carreras con retorno priorizado menor a 1

0

(4) Voluntad de pago Resultados del examen Psicométrico del PRONABEC ( E)

puntaje >= 60 20

60 > puntaje >= 50 15

puntaje < 50 10

(5) Condiciones Priorizables

Discapacidad (F) Discapacidad 3

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 17: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

La puntuación final que recibirá el postulante se detalla en la siguiente formula:

Puntaje para asignación de crédito = A + B + C + D +E+ F

18.3. El orden de prelación para el acceso al crédito es definido según los criterios expuestos

en estricto orden de mérito. El factor que considera para el desempate en orden de

prelación es el siguiente:

Condición Socioeconómica (A)

Orden de mérito (B)

Universidades priorizadas (C)

Retorno de las carreras (D)

Artículo 19.- Selección de Postulantes

La Oficina de Gestión de Crédito Educativo, a través la Unidad de Evaluación y Otorgamiento,

es la encargada de realizar la selección de postulantes, tomando en cuenta el orden de mérito

de acuerdo con el puntaje técnico de los postulantes y en atención a los criterios de desempate

de ser el caso.

Articulo 20.- Aprobación de los conceptos y monto del crédito

20.1. Los expedientes de postulación seleccionados serán evaluados por la Oficina de Gestión

de Crédito Educativo y/o por el Comité de Crédito a efectos de determinar los conceptos

a financiarse y el monto total del crédito aprobado de los postulantes seleccionados.

20.2. En el caso de aquellos créditos cuyo monto a otorgar sea igual o menor a 2 UITs, se

presentan los expedientes virtuales de postulación a la Oficina de Gestión de Crédito

Educativo para su evaluación respectiva. Cuando el monto a otorgar sea mayor a 2 UITs,

se presentan los expedientes virtuales de postulación al Comité de Crédito para su

evaluación, y cuya decisión debe constar en acta.

20.3. El Comité de Crédito Educativo o la Oficina de Gestión de Crédito Educativo de

corresponder, evalúan si corresponde financiar todos los conceptos solicitados por el

postulante, de acuerdo a la información presentada en su carpeta y a la normativa vigente

de la presente modalidad. El resultado de esta evaluación permitirá definir el monto total

del crédito a financiar.

Artículo 21.- Publicación de Resultados

21.1. Los resultados son aprobados por Resolución Jefatural de la Oficina de Gestión de Crédito

Educativo, la cual es publicada en el Portal Electrónico Institucional:

www.pronabec.gob.pe. Además, todos los postulantes reciben en la casilla electrónica la

notificación de la Resolución y el resultado de selección y asignación de créditos.

21.2. La Resolución Jefatural de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo que apruebe la

publicación de los resultados del concurso, incluye:

Relación de POSTULANTES SELECCIONADOS y

Relación de POSTULANTES NO SELECCIONADOS

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 18: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Relación de POSTULANTES NO APTOS, señalando expresamente los motivos

por los cuales fueron declarados no aptos.

21.3. Los POSTULANTES NO SELECCIONADOS que no alcanzaron un crédito pueden ser

considerados accesitarios ante casos de renuncia o no aceptación en correspondencia al

puntaje total obtenido en estricto orden de mérito y las condiciones expresadas en el artículo

precedente de las presentes bases, sin expresión de causa.

CAPÍTULO VI

ETAPA DE FORMALIZACIÓN

Artículo 22.- Fase de formalización del crédito

22.1. El POSTULANTE SELECCIONADO será notificado a través de su casilla electrónica.

22.2. El POSTULANTE SELECCIONADO puede efectuar la aceptación del crédito mediante

firma electrónica hasta un día hábil antes del último día de la etapa de formalización del

crédito establecido en el cronograma de las presentes Bases. Vencido dicho el plazo,

pierde la condición de POSTULANTE SELECCIONADO.

22.3. El POSTULANTE SELECCIONADO que no desee formalizar el crédito, debe suscribir

electrónicamente el Formato de Renuncia al Crédito Continuidad de Estudios, el mismo

que se encuentra en Anexo N° 04 en las presentes Bases.

22.4. El crédito no formalizado o renunciado, puede ser otorgado al siguiente POSTULANTE

NO SELECCIONADO, en estricto orden de mérito y conforme a las reglas de selección

del concurso.

Artículo 23.- Formalización de la aprobación del otorgamiento del Crédito

23.1. Para la formalización de la aprobación del Crédito, el POSTULANTE SELECCIONADO

debe presentarse en la Unidad de Coordinación y Cooperación Regional (UCCOR) más

cercana al lugar donde se encuentre, para hacer la entrega en físico de los documentos

que integran su expediente de postulación virtual, el contrato y pagaré, a fin de crear un

expediente de postulación físico. Así mismo el PRONABEC podrá establecer el recojo de

los documentos al domicilio del POSTULANTE SELECCIONADO con servidores

debidamente identificados y/o valerse de otras entidades (Notarias) debidamente

autorizadas para la recolección de los documentos de formalización. Cualquiera de las

formas antes descritas o la combinación de ellas puede ser autorizadas y aplicadas por el

PRONABEC, para lo cual se comunicará con la debida anticipación a los POSTULANTES

SELECCIONADOS el protocolo a seguir.

23.2 El Contrato de Crédito Continuidad de Estudios y el Pagaré tienen naturaleza civil, en

dichos documentos se establecen las condiciones y términos del crédito educativo

aprobado. Los formatos del Contrato de Crédito y Pagaré se encuentran establecidos en

las Disposiciones Especiales que apruebe el PRONABEC para el presente crédito.

23.3. Cuando el POSTULANTE SELECCIONADO sea menor de edad, su proceso de

Formalización del Crédito es firmado por su representante legal (padre o madre o

apoderado, según corresponda).

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 19: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

23.4. El POSTULANTE SELECCIONADO debe descargar los formatos y documentos

presentados en la etapa de postulación, así como el Contrato de Crédito y Pagaré;

imprimirlos, firmarlos (firma manual), colocar su huella dactilar, escanearlos y cargarlos en

el Módulo de Formalización del Crédito. El contrato de crédito y el pagaré serán firmados,

conjuntamente, por el COTITULAR de la obligación (firma y huella dactilar).

23.5. Los documentos son cotejados por el personal de la UCCOR, utilizando el Formato de

Recepción de Expediente de Postulación, que se encuentra en el Anexo N° 06 de las

presentes Bases. El personal de la UCCOR es el responsable de esta etapa y otorga

conformidad a través de la firma digital, para ello verifica que los documentos

presentados en físico guardan conformidad con el expediente de postulación virtual, y

cumplan con las formalidades requeridas. Asimismo, constata que los documentos que

conforman el expediente de postulación físico se encuentren debidamente firmados y con

huella dactilar, y que el Contrato de Crédito y el Pagaré se encuentren firmados y con

huella dactilar por el POSTULANTE SELECCIONADO, o representante cuando

corresponda, y el COTITULAR, verificando las firmas de estos dos últimos documentos

con la RENIEC. Finalmente elabora el formato de remisión de los expedientes de

postulación.

23.6. Con los documentos presentados por el POSTULANTE SELECCIONADO, el personal de

la UCCOR genera un expediente físico el cual es remitido a la Oficina de Gestión de

Crédito Educativo a través de un informe de remisión de los expedientes de postulación.

23.7. La Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo,

con la conformidad otorgada de acuerdo al numeral 23.5 de las presentes Bases, realiza

la validación de la información proporcionada por el sistema y elabora el informe final, el

cual debe indicar la cantidad de postulantes que formalizaron, renunciaron o no se

presentaron a formalizar el crédito educativo. Con este informe, la Oficina de Gestión de

Crédito Educativo emite las(s) Resolución(es) Jefatural(es) que formaliza la adjudicación

de BENEFICIARIOS de crédito y las renuncias al mismo, estas resoluciones pueden ser

parciales a medida que avanza esta fase.

23.8. Posteriormente a la etapa de formalización, la Oficina de Gestión de Crédito Educativo

transfiere a la Unidad de Evaluación y Otorgamiento los expedientes de postulación a fin

de que esta realice una verificación adicional a la realizada por la Unidad de Coordinación

y Cooperación Regional (UCCOR) y emita el informe correspondiente en un plazo de 10

días hábiles.

Artículo 24.- Derechos y obligaciones de los beneficiarios del crédito

Los derechos y obligaciones de los beneficiarios rigen de acuerdo a la Ley N° 29837 y su

Reglamento, así como las Disposiciones Especiales de Crédito Continuidad de Estudios que

apruebe el PRONABEC y las demás las normas internas del Programa, el Compromiso de

Servicio al Perú descrito en al Anexo N° 05 y el Contrato de Crédito Educativo y Pagaré.

Todos los conceptos a financiar aprobados en la etapa de selección se hacen efectivos a partir

de la adjudicación de los beneficiarios y la suscripción del Contrato de Crédito Continuidad de

Estudios.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 20: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. – La Oficina de Gestión de Crédito Educativo puede aprobar los instrumentos

técnicos complementarios que sean necesarios para la adecuada implementación de las Bases

y consecuente ejecución de cualquiera de las etapas descritas en las presentes Bases.

SEGUNDA. - La Oficina de Gestión de Crédito Educativo está facultada para realizar el control

simultáneo y posterior al cierre de cada de una de las etapas mencionadas, pudiendo de

considerarlo pertinente, autorizar las revisiones y correcciones necesarias.

TERCERA. - La información proporcionada durante todas las etapas del concurso tiene el

carácter de declaración jurada. Si el PRONABEC detecta falsedad en dicha documentación,

procederá a iniciar las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes, disponiendo

la nulidad de los actos administrativos emitidos y/o la pérdida del crédito, según corresponda.

CUARTA. - La Oficina de Gestión de Crédito Educativo resuelve los casos no contemplados en

las Bases referidos a aspectos técnicos del concurso, así como cualquier interpretación que

requieran las mismas, en el marco de la Ley N° 29837 y su Reglamento.

QUINTA. - Toda situación posterior al otorgamiento del crédito es resuelta por la instancia

competente, conforme a lo establecido en la Ley N° 29837, su Reglamento y modificatorias,

“Procedimiento para el Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo” y

Disposiciones Especiales que apruebe el PRONABEC.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 21: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXOS

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 22: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 01: FICHA ÚNICA DE POSTULACIÓN

EXPEDIENTE N°

FECHA:

NOMBRE DEL CRÉDITO

DATOS DEL POSTULANTE

DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

FECHA DE NACIMIENTO

EDAD A LA FECHA DE POSTULACIÓN

SEXO

DIRECCIÓN DE DOMICILIO (SEGÚN RENIEC)

DIRECCIÓN ACTUAL

NRO. DE TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

NRO. DE TELÉFONO (REFERENCIA)

EDAD A LA FECHA DE POSTULACIÓN

CLASIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

NOMBRE Y APELLIDO DE LA MADRE/PADRE O APODERADO (Solo para menores de edad)

DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DE LA MADRE/PADRE O APODERADO (Solo para menores de edad)

CUENTA CON ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD (SI/NO)

TIPO DE DISCAPACIDAD

SUB TIPO DE DISCAPACIDAD

INFORMACIÓN ACADÉMICA

IES DE ESTUDIOS

SEDE

CARRERA

RÉGIMEN DE ESTUDIOS SEMESTRAL

ANUAL

ÚLTIMO CICLO ACADÉMICO O AÑO ACADÉMICO MATRICULADO (según corresponda)

N° TOTAL DE CICLOS O AÑOS ACADÉMICOS DE DURACIÓN DE LA CARRERA

ORDEN DE MÉRITO OBTENIDO EN EL ÚLTIMO PERIODO ACADÉMICO O EL ACUMULADO A ESE PERIODO

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA CARGADA

Acreditar estudios de pregrado en una universidad pública elegible en el periodo establecido. Obligatorio

Acreditar alto rendimiento académico. Obligatorio

DOCUMENTACIÓN OPCIONAL

CONDICIONES PRIORIZABLES O SITUACIONES ESPECIALES

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 23: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Persona con discapacidad: Certificado de discapacidad, Resolución de discapacidad o Carnet CONADIS.. Obligatorio

EL POSTULANTE DECLARA BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE

1. Que no cuento con antecedentes policiales, judiciales ni penales, además no tengo ningún impedimento establecido en el artículo 16 de las presentes Bases y que tengo pleno conocimiento que, de comprobarse lo contrario, el PRONABEC procederá a evaluar dicha situación y de corresponder, llevar a cabo el procedimiento respectivo para declarar; debiendo asumir las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales correspondientes.

2.Soy responsable de la veracidad y exactitud de todos los datos consignados en los documentos e información que he presentado, con la finalidad de acceder a cualquiera de las etapas señaladas en el presente las presentes Bases.

3.Me someto y autorizo expresamente la verificación inopinada que realizará el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, sobre la veracidad de mi situación socioeconómica, mediante visitas domiciliarias, cruce de información con los sistemas de RENIEC, SBS, AFP, Centrales de Riesgo, SUNAT y otras acciones y entidades que considere pertinentes.

4. En caso se compruebe la falsedad en la información que he brindado para acceder al concurso, declaro conocer que perderé el crédito y el derecho a percibir los desembolsos correspondientes, estando obligado a restituir el importe de los desembolsos percibidos indebidamente, sin perjuicio del inicio de las acciones legales correspondientes. La devolución la realizaré conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29837.

5. Declaro que la dirección señalada líneas arriba es mi domicilio real, habitual, efectivo y verdadero donde tengo vivencia real, física y permanente, razón por la cual me someto y autorizo expresamente la verificación inopinada POSTERIOR que realizará el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.

6. Declaro que conozco y acepto las disposiciones de las Bases del Concurso y me comprometo al cumplimiento de las obligaciones que se señalan en las mismas y en la normativa vigente del Programa.

7. Estando contemplada la notificación electrónica mediante una casilla electrónica en el numeral 20.4 del artículo 20°- Modalidades de Notificación, del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, como una modalidad de notificación; mediante la presente AUTORIZO al PRONABEC, para que todos los actos administrativos dictados por este y que estén dirigidos a mi persona, sean NOTIFICADOS ELECTRÓNICAMENTE a la CASILLA ELECTRÓNICA personal que el Programa disponga para ello.

Condiciones del Crédito

Monto:

Plazo:

Cuota:

Tasa de interes:

Compensatoria Moratoria

Conceptos a financiar

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 24: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 02: CARTA PODER PARA NOMBRAR APODERADO (Postulantes menores de edad)

Yo,……………………………………………………………………, con DNI N°............................, con domicilio en …..…………………………………………………………………., distrito…..…………………, provincia ………………………… y departamento ………………….……..., otorgo poder al Sr(a). ……………………………………………………………………………… con DNI N°……………….………………, para que en mi representación realice las acciones conducentes a la postulación de mi menor hijo(a) ……………………………………………………............., con DNI N°......................................., así como la firma de los documentos que sean requeridos en el Concurso CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS - CONVOCATORIA 2020. Dejo constancia que tengo pleno conocimiento de los requisitos para participar en el concurso, para lo cual declaro bajo juramento que:

Mi menor hijo(a) no tiene ningún impedimento establecido en el artículo 16 de las presentes Bases de los cuales tengo pleno conocimiento que, de comprobarse lo contrario, el PRONABEC procederá a declarar la nulidad de la inscripción o postulación u del otorgamiento del crédito, perdiéndola indefectiblemente y debiendo asumir las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales correspondientes.

Soy responsable de la veracidad y exactitud de todos los datos consignados en los documentos e información que sea presentada, con la finalidad de acceder a cualquiera de las etapas señaladas en las Bases del concurso para lo cual otorgo el presente poder.

Me someto y autorizo expresamente la verificación inopinada que realizará el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, sobre la veracidad de mi situación socioeconómica, mediante visitas domiciliarias, cruce de información con el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, RENIEC, INFOCORP, SUNAT y otras acciones y entidades que considere pertinentes, como representante de mi menor hijo(a).

En caso se compruebe la falsedad en la información que he brindado para acceder al concurso, declaro conocer que perderé el crédito y el derecho a percibir los desembolsos correspondientes, estando obligado a restituir el importe de los desembolsos percibidos indebidamente, sin perjuicio del inicio de las acciones legales correspondientes. La devolución la realizaré conforme a lo establecido en las Disposiciones Especiales del Crédito Continuidad de Estudios aprobados por el PRONABEC.

Declaro que la dirección señalada líneas arriba es mi domicilio real, habitual, efectivo y verdadero donde tengo vivencia real, física y permanente, razón por la cual me someto y autorizo expresamente la verificación inopinada POSTERIOR que realizará el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.

Declaro que conozco y acepto las disposiciones de las Bases del Concurso y me comprometo al cumplimiento de las obligaciones que se señalan en las mismas y en la normativa vigente del Programa.

Estando contemplada la notificación electrónica mediante una casilla electrónica en el numeral 20.4 del artículo 20- Modalidades de Notificación, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, como una modalidad de notificación; mediante la presente AUTORIZO EXPRESAMENTE al PRONABEC, para que todos los actos administrativos dictados por este en el marco del concurso “Crédito Continuidad de Estudios – Convocatoria 2020” sean NOTIFICADOS ELECTRÓNICAMENTE a la CASILLA ELECTRÓNICA personal que el Programa disponga para ello.

De comprobarse falsedad en lo declarado en el presente concurso, se considera no

….…………..............................................

Firm

a d

el P

adre

o M

adre

del P

ostu

lante

D

NI N

°……

……

……

……

……

……

……

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 25: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

satisfecha la exigencia respectiva para el otorgamiento del crédito, procediéndose conforme a lo establecido en el artículo 34.3 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; sin perjuicio de promover las acciones penales por los Delitos contra la Fe Pública previstos en el Código Penal.

Asimismo, dejo constancia que asumo plenamente la responsabilidad que se derive de la presente representación. Lugar………………………………. y fecha ___/___/2020.

____________________________________________ Firma del padre o madre del interesado

DNI N° ……………………………………….

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 26: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 03: FORMATO DE ACEPTACIÓN DEL CREDITO

CONTINUIDAD DE ESTUDIOS – CONVOCATORIA 2020

(PARA POSTULANTES SELECCIONADOS)

Yo, ………………………………………………………………………………. con DNI N° ...................................,

declaro mi domicilio en ……………………………………………………………… del Distrito……………………......, Provincia ..................................., Departamento .................................. , ante usted con el debido respeto me presento en calidad de POSTULANTE SELECCIONADO del “CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS” – Convocatoria 2020”, declaro lo siguiente:

a) Acepto el crédito otorgado por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC para

continuar y culminar mis estudios de educación superior, conforme al cronograma y al Plan de Estudios

de la Institución de Educación Superior en la cual estudio

b) He tomado conocimiento de la normatividad que rige al crédito a la cual postulé, y estar de acuerdo con

las condiciones establecidas en la misma, sometiéndome a las consecuencias de su incumplimiento.

c) Me comprometo a dedicarme a realizar mis estudios de educación superior durante el tiempo que

perciba los beneficios del crédito y hasta concluir mis estudios

d) Autorizo al Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC solicite mi rendimiento

académico a la institución de educación superior donde realizo mis estudios en calidad de beneficiario

del crédito.

e) Cumplir con las demás obligaciones del beneficiario del crédito establecidas en las Bases del crédito

al que accedí y en las demás normas vigentes sobre la materia.

f) Someterme a las disposiciones del Comité de Crédito Educativo del PRONABEC, según corresponda

a sus competencias, en caso de suspensión, renuncia del crédito, desaprobación de materias, obtener

promedio desaprobatorio, incumplir otras obligaciones como beneficiario o presente información o

documentación falsa para acceder al crédito o continuar con ella.

g) Autorizo al Programa la difusión de mi historia de vida, testimonio e imágenes, personales y familiares,

que tengan relación con el desarrollo académico y profesional durante y después del crédito.

h) Me someto a la verificación inopinada ex post que realiza el Programa Nacional de Becas y Crédito

Educativo, sobre la veracidad de la información proporcionada en el proceso de postulación y durante

la duración de mis estudios, mediante visitas domiciliarias, cruce de información con la Institución

Educativa, el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión

Social – MIDIS, RENIEC, INFOCORP, SUNAT, Policía Nacional del Perú, Ministerio de Justicia, Poder

Judicial y otras acciones y entidades que considere pertinentes.

i) Una vez egresado, me comprometo a formar parte de la red oficial de beneficiarios egresados de

PRONABEC y actualizar constantemente mi información académica y laboral.

Asimismo, declaro que toda la información y documentación proporcionada al PRONABEC es veraz, así

como los documentos presentados son copia fiel del original, en caso contrario me someto a las sanciones

previstas por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

En la ciudad de ………………………………………., a los ………días del mes de ...................... del 2020.

Firma del postulante seleccionado(a)

DNI:----------------------------------------- -------

Firma del representante (solo para menores de edad) Nombres y apellidos:……………………………….. DNI: ……………………………………………………..

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 27: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 04: FORMULARIO DE RENUNCIA AL CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS –

CONVOCATORIA 2020

(PARA POSTULANTES SELECCIONADOS)

Señor(a) Director(a) Ejecutivo(a) de PRONABEC

Yo………………………………………………………………………………...., con DNI N° ………………………………, domiciliado en

…………………………………………………………………………………………………………

………, Distrito… ............................................................................................... ,

Provincia..................................................., Departamento… ............................................................. , ante usted con el debido respeto me presento en calidad de postulante seleccionado y le informo que he tomado la decisión de presentar mi RENUNCIA VOLUNTARIA E IRREVOCABLE a aceptar el crédito, así mismo, doy por finalizada mi participación en el Concurso del Crédito Continuidad de Estudios – Convocatoria 2020. Cabe resaltar que realizo mi renuncia antes de haber sido declarado beneficiario del crédito y sin haber recibido subvención alguna.

El motivo de mi renuncia es el siguiente:

…………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………

Por lo que solicito traslade mi Renuncia a la autoridad competente, a fin que conforme a lo dispuesto en las Disposiciones Especiales de la presente modalidad que apruebe el PRONABEC y el “Procedimiento para el Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo”, proceda a emitir el acto administrativo correspondiente.

En la ciudad de ……………………., a los ………días del mes de .................................... del 2020.

Firma del postulante seleccionado(a)

DNI: -----------------------------------------------

Firma del representante (solo para menores de edad) Nombres y apellidos:……………………………….. DNI: ……………………………………………………..

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 28: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 05: COMPROMISO DE SERVICIO AL PERÚ

CREDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS - CONVOCATORIA 2020

(PARA POSTULANTES SELECCIONADOS)

Yo, ……………………………………………………………………………, con Documento Nacional de Identidad N°………………………………, con domicilio real en

…………………………………………………………...……………………., distrito de

………………………………………., provincia de .................................................................... ,

departamento de ……………………………….., en mi calidad de beneficiario (a) del PRONABEC, por haber obtenido el Crédito Continuidad de Estudios – Convocatoria 2020, en cumplimiento con lo establecido en el Art. 6 de la Ley N° 29837, me COMPROMETO a:

1. Prestar servicios profesionales en el Perú por periodo mínimo de un (01) año después de

finalizados mis estudios. 2. Informar al PRONABEC de la prestación de servicios o labores realizadas.

En caso de incumplir con los compromisos asumidos, me obligo a cumplir con la inmediata exigibilidad del monto que me fue otorgado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 29837.

En la ciudad de ……………………., a los ………días del mes de .................................... del 2020.

Firma del postulante seleccionado(a)

DNI:----------------------------------------- -------

Firma del representante

Nombres y apellidos:……………………………….. DNI: ……………………………………………………..

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 29: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 06: FORMATO DE RECEPCIÓN DE EXPEDIENTE DE POSTULACIÓN

CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS- CONVOCATORIA 2020

(POSTULANTE SELECCIONADO QUE ACEPTE O RENUNCIE AL CRÉDITO)

N° DE EXPEDIENTE DE POSTULACIÓN

NOMBRES Y APELLIDOS DEL POSTULANTE

N° DE DNI DEL POSTULANTE

CRÉDITO

N° DE FOLIOS DEL EXPEDIENTE

ÍTEM LISTADO DE DOCUMENTOS DESCRIPCIÓN SI NO No

Aplica OBSERVACIÓN

1 CONSTANCIA DE MATRÍCULA EN EL SEMESTRE 2020-I o 2020, SEGÚN CORRESPONDA

2 CONSTANCIA DE ORDEN DE MÉRITO

3 ANEXO 01: FICHA ÚNICA DE POSTULACIÓN

4

ANEXO 02: CARTA PODER PARA NOMBRAR APODERADO Solo para menores de edad al momento de la aceptación del crédito.

7 ANEXO N° 03: FORMATO DE ACEPTACIÓN DEL CREDITO

8 ANEXO N° 05: COMPROMISO DE SERVICIO AL PERÚ

10

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, CARNÉ O RESOLUCIÓN EMITIDO POR CONADIS

Solo para postulantes que hayan cargado este documento opcional en la etapa de postulación y que haya sido considerado válido para el concurso.

15

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES, POLCIALES Y/O JUDICIALES

Solo para postulantes que hayan sido observados con uno o más antecedentes

16 ANEXO N° 04: FORMULARIO DE RENUNCIA AL BENEFICIO Solo en caso de renunciar al crédito

17 CONTRATO Y PAGARÉ DE CRÉDITO EDUCATIVO De forma obligatoria para todos los postulantes y cotitulares de la obligación.

18 VALIDACIÓN DE FIRMA DE CONTRATO Y PAGARÉ CON WEB RENIEC

De forma obligatoria

En la ciudad de …………………., a los ………días del mes de ................................... del 2020.

Firma……………………………………. Firma………………………………. Firma …………………………………….

Nombre…………………………………. Nombre …………………………… Nombre………………………………….

DNI:--------------------------------------------- DNI …………………………………. DNI:……………………………………….

UCCOR POSTULANTE SELECCIONADO REPRESENTANTE (menores de edad)

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 30: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

ANEXO N° 07: FICHA DE SOLICITUD DE RENOVACIÓN53 O

CONTINUIDAD DEL CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

N° SOLICITUD FECHA:

N° DE CONTRATO

DATOS DEL BENEFICIARIO

DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

FECHA DE NACIMIENTO SEXO

ESTADO CIVIL LENGUA MATERNA

DIRECCIÓN ACTUAL

NRO. DE TELÉFONO CELULAR CORREO ELECTRÓNICO

CLASIFICACIÓN SOCIECONOMICA

SEMESTRE ACADÉMICO SIGUIENTE

NOMBRE Y APELLIDO DE LA MADRE/PADRE O APODERADO (Solo para menores de edad)

DOCUMENTO NACIONAL IDENTIDAD DE LA MADRE/PADRE O APODERADO (Solo para menores de edad)

NOMBRE Y APELLIDO DEL COTITULAR DE LA OBLIGACIÓN

DOCUMENTO NACIONAL IDENTIDAD DEL COTITULAR DE LA OBLIGACIÓN

INFORMACIÓN ACADÉMICA

UNIVERSIDAD DE ESTUDIOS

TIPO DE INSTITUCIÓN

SEDE

CARRERA

SEMESTRE ACADÉMICO ANTERIOR

PROMEDIO SEMESTRE

ANTERIOR

APROBO SEMESTRE ANTERIOR

SI/NO

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA CARGADA

REGISTRO DE NOTAS DEL SEMESTRE ANTERIOR Obligatorio

CONSTANCIA DE MATRÍCULA Obligatorio

FICHA SOCIOECONÓMICA Según corresponda

DOCUMENTACIÓN OPCIONAL

RECIBO DE SERVICIOS Opcional

CONDICIONES DEL CRÉDITO *

Monto (S/)

Plazo (Meses) Tasa de Interés Compensatoria Anual (%)

Cuota (S/)

Conceptos a Financiar **

Costos de Matrícula Movilidad local

53 De comprobarse falsedad en lo declarado por el solicitante, se considerará no satisfecha la exigencia respectiva para la postulación u obtención del crédito, procediéndose conforme a lo establecido en el Artículo 33.3 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; sin perjuicio de promover las acciones penales por los Delitos contra la Fe Pública previstos en el Código Penal.

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363

Page 31: BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS … · 2020. 7. 6. · Anexo Nº 02 BASES DEL CONCURSO CRÉDITO CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Convocatoria 2020 OFICINA DE GESTIÓN DE

Pensión de Estudios

Alimentación

Alojamiento

Materiales de estudio

EL POSTULANTE DECLARA BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE

1. Como beneficiario del crédito educativo, declaro bajo juramento haber finalizado los estudios del semestre académico, con alto rendimiento en el desarrollo del mismo y sin haber obtenido promedio desaprobatorio, en conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29837 , “Procedimiento para el Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo” y Disposiciones Especiales del Crédito Continuidad de Estudios que el PRONABEC apruebe.

2. Declaro bajo juramento, no contar con los recursos suficientes para continuar los estudios del semestre académico siguiente, correspondiente al siguiente periodo

de estudios, y; estar al día en el pago de las cuotas según el Cronograma de Pagos, en caso corresponda, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29837, “Procedimiento para el Otorgamiento, Monitoreo y Recuperación del Crédito Educativo” y Disposiciones Especiales del Crédito Continuidad de Estudios que el PRONABEC apruebe; siendo mi voluntad continuar con los estudios iniciados mediante el crédito educativo con número de contrato N° Contrato; habiendo cumplido los requisitos dispuestos por la modalidad bajo la cual se me otorgó el crédito, solicito se proceda a la RENOVACIÓN DEL CRÉDITO y consiguiente continuidad del desembolso correspondiente para el semestre académico siguiente en la Universidad Nombre UNIVERSIDAD.

3. Soy responsable de la veracidad y exactitud de todos los datos consignados en los documentos e información que he presentado, con la finalidad de proceder con la RENOVACIÓN DEL CRÉDITO correspondiente para el semestre académico siguiente que El PRONABEC me otorga en tal virtud, y que de encontrar falsedad en la información consignada en esta etapa y verificación posterior asumiré las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales correspondientes.

4. En caso se compruebe la falsedad en la información que he brindado para acceder a la RENOVACIÓN DEL CRÉDITO, declaro conocer que pierdo el beneficio de la

continuidad de desembolsos del crédito, estando obligado a reembolsar el crédito otorgado indebidamente, sin perjuicio del inicio de las acciones legales correspondientes. La devolución la realizo conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29837 y las Disposiciones Especiales de la presente modalidad de crédito.

* Las condiciones del crédito varían cada semestre académico, por lo tanto, el monto consignado en el contrato inicial se actualiza al momento de la renovación del crédito, para lo cual el Beneficiario reconoce el desembolso y conceptos entregados inicialmente. ** Los conceptos a financiar son elegidos por única vez al momento de su postulación.

En la ciudad de …………....... …………, a los ………. días del mes de ……………………de

2020.

[FIRMA]

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el PRONABEC, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición ComplementariaFinal del D.S. 026-2016-PCM.Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: "https://mitramite.pronabec.gob.pe/verifica" e ingresar clave: JACHIDI código seguridad: 363