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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos FORMA E-2 CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL QUE CONTIENE LAS BASES DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, POR EL MECANISMO DE EVALUACIÓN POR PUNTOS DATOS GENERALES 1.- CONVOCANTE: SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS CENTRO SCT OAXACA Oaxaca de Juárez, Oax., 19 de noviembre del 2010. 2.- CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO: 00009057-036-10, su obtención será gratuita. 3.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA. FECHA DE PUBLICACIÓN EN COMPRANET FECHA JUNTA DE ACLARACIONES FECHA VISITA DE OBRA FECHA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 02 DE DICIEMBRE DE 2010 09 DE DICIEMBRE DE 2010, A LAS 10:00 HRS. 08 DE DICIEMBRE DE 2010, A LAS 10:00 HRS. 20 DE DICIEMBRE DE 2010, A LAS 10:00 HRS. 4.- La información necesaria para que los licitantes integren sus propuestas técnica y económica, que no está en el Sistema CompraNet, estará a disposición de los interesados en las oficinas de LA CONVOCANTE en Carretera Cristóbal Colon S/N Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 tramo: Oaxaca-Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oax. C.P. 68100, Depto. de Carreteras Alimentadoras Zona Oriente Edificio A a partir de la publicación de la convocatoria en el Sistema CompraNet, y hasta el sexto día previo al de la presentación y apertura de proposiciones, y es la siguiente: Convocatoria a la Licitación 19/11/10 1

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL QUE CONTIENE LAS BASES DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, POR EL MECANISMO DE

EVALUACIÓN POR PUNTOS

DATOS GENERALES

1.- CONVOCANTE: SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTESDIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

CENTRO SCT OAXACA

Oaxaca de Juárez, Oax., 19 de noviembre del 2010.

2.- CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO: 00009057-036-10, su obtención será gratuita.

3.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA.

FECHA DE PUBLICACIÓN

EN COMPRANETFECHA JUNTA DE ACLARACIONES

FECHA VISITA DE OBRA

FECHA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPOSICIONES02 DE DICIEMBRE DE

201009 DE DICIEMBRE DE

2010, A LAS 10:00 HRS.

08 DE DICIEMBRE DE 2010, A LAS 10:00

HRS.20 DE DICIEMBRE DE 2010, A

LAS 10:00 HRS.

4.- La información necesaria para que los licitantes integren sus propuestas técnica y económica, que no está en el Sistema CompraNet, estará a disposición de los interesados en las oficinas de LA CONVOCANTE en Carretera Cristóbal Colon S/N Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 tramo: Oaxaca-Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oax. C.P. 68100, Depto. de Carreteras Alimentadoras Zona Oriente Edificio A a partir de la publicación de la convocatoria en el Sistema CompraNet, y hasta el sexto día previo al de la presentación y apertura de proposiciones, y es la siguiente:

“NO APLICA PARA ESTA LICITACIÓN”

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

Bases a las que se sujetará la Licitación Pública Nacional número 00009057-036-10 relativa a la obra: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA.

Se entenderá por:

LA LEY.- La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

EL REGLAMENTO.- El Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

LA SECRETARÍA.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

LA CONVOCATORIA.- Documento en el que se establecen las bases en que se desarrollará el procedimiento de contratación y que describe los requisitos de participación.

LA LICITACIÓN.- Procedimiento de contratación para la adjudicación de las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas.

EL LICITANTE.- La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de invitación a cuando menos tres personas.

LA CONVOCANTE.- La Unidad administrativa responsable de llevar a cabo el procedimiento de contratación.

EL CONTRATISTA.- La persona que celebre contratos de obras públicas o servicios relacionados con las mismas.

LA DEPENDENCIA.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

COMPRANET.- Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a cargo de la Secretaría de la Función Pública, en adelante SFP. Dicho Sistema es de consulta gratuita y constituye un medio por el cual se desarrolla el procedimiento de contratación.

PROYECTO ARQUITECTÓNICO.- El que define la forma, estilo, distribución y el diseño funcional de una obra.

PROYECTO EJECUTIVO.- El conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónico y de ingeniería de una obra, el catálogo de conceptos, así como las descripciones e información suficientes para que esta se pueda llevar a cabo.

PROYECTO DE INGENIERÍA.- El que comprende los planos constructivos, memorias de cálculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, así como plantas, alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad.

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FORMA E-2

MIPYMES.- Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

PRESUPUESTO AUTORIZADO.- El que LA SECRETARÍA comunica a LA DEPENDENCIA en el calendario de gasto correspondiente, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

SOBRE CERRADO: Cualquier medio que contenga la proposición de EL LICITANTE, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de LA LEY.

EL SUPERINTENDENTE: El representante de EL CONTRATISTA ante LA DEPENDENCIA para cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos.

DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN

PRIMERA.- En esta licitación solo se aceptará la participación de personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.

EL LICITANTE deberá presentar los siguientes documentos:

I.- Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. FORMATO 01

II.- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de LA LEY. FORMATO 02

III.- Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que, en su caso, previamente haya realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que consideran costos estimados apegados a las condiciones del mercado, en términos de lo establecido en los artículos 31, fracción XV y 51, fracción VII, segundo párrafo de LA LEY. FORMATO 03

IV.- Declaración de integridad mediante la cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de LA DEPENDENCIA convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. FORMATO 04

V.- Escrito en el que manifieste el domicilio, donde éste recibirá toda clase de notificaciones que resulten, en su caso, de los contratos y convenios que celebren de conformidad con LA LEY y EL REGLAMENTO. Mientras no se señale un domicilio distinto en la forma establecida por LA CONVOCANTE, el manifestado se tendrá como

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FORMA E-2

domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones. FORMATO LIBRE (ejemplo 1)

Las notificaciones a LOS LICITANTES respecto de los actos del procedimiento de contratación se realizarán a través de COMPRANET.

Asimismo, en el caso de contar con correo electrónico, deberá proporcionar a LA CONVOCANTE dicha dirección.

VI.- Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá lo siguiente: FORMATO LIBRE (ejemplo 2)

a).- De EL LICITANTE: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredite la existencia legal de las personas morales, así como el nombre de los socios.

b).- Del representante legal de EL LICITANTE:

Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.

VII.- Previo a la firma del contrato, EL LICITANTE a quien se le haya adjudicado el mismo deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los documentos siguientes:

a).-Tratándose de persona moral:

1.- Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.

2.- Acta constitutiva de la empresa, sus reformas y modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente.

3.- Cédula de identificación fiscal.

4.- Poderes notariales de los representantes legales para actos de administración (debidamente inscritos en el Registro Público correspondiente).

5.- Identificación oficial de los representantes legales.

6.- En su caso, convenio privado de las personas agrupadas.

7.- En el caso de MIPYMES, deberá presentar copia de la última declaración anual de impuestos y la constancia del último pago de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social.

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FORMA E-2

b).-Tratándose de persona física:

1.- Copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.

2.- Cédula de identificación fiscal.

Estos documentos servirán para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios.

Asimismo, conforme al procedimiento administrativo de pago de anticipos, estimaciones, ajustes de costos, etc., vía transferencia electrónica, deberá presentar fotocopia de: Registro Federal de Contribuyentes; constancia del domicilio fiscal; constancia de la institución financiera sobre la existencia de cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones.

VIII.-Para los interesados que decidan agruparse para presentar una proposición, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados anteriormente, además de entregar una copia del convenio a que se refiere el artículo 47 de EL REGLAMENTO. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común.

1.- Para los casos en que dos o más interesados se agrupen para presentar una sola proposición, las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública.

d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes en forma solidaria, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.

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FORMA E-2

En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia esta fracción se incluirá en los documentos de la proposición técnica.

En este supuesto la proposición deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas, o bien, en caso de que sea enviada electrónicamente por los medios de identificación electrónica autorizados por LA SFP.

PROCESO DE LICITACIÓN

SEGUNDA.- La junta de aclaraciones de LA CONVOCATORIA se llevará a cabo el día 09 de diciembre de 2010 a las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Residencia General, ubicada en domicilio Carretera Cristóbal Colon S/N Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 tramo: Oaxaca-Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oax. C.P. 68100, Depto. de Carreteras Alimentadoras Zona Oriente Edificio A. Se levantará el acta de la(s) junta(s) de aclaraciones la cual será firmada por LOS LICITANTES que hubieren asistido, sin que la falta de la firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma, de la cual se entregará copia a dichos asistentes.

Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en LA CONVOCATORIA, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en LA LICITACIÓN, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante conforme a lo previsto en la fracción VI del artículo 61 de EL REGLAMENTO. Las personas que hayan presentado el escrito anteriormente citado, serán consideradas LICITANTES y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas o cuestionamientos en relación con LA CONVOCATORIA.

En el caso de que dos o más personas se agrupen para presentar una proposición, cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación.

Si el escrito señalado en párrafo anterior no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de LA LEY.

Las solicitudes de aclaración, a elección de EL LICITANTE, podrán entregarse personalmente en la(s) junta(s) de aclaraciones en el domicilio señalado por LA CONVOCANTE en LA CONVOCATORIA para llevar a cabo dicho evento, o enviarse a través de COMPRANET, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta, acompañadas del escrito señalado en el párrafo anterior.

Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad a la primera junta de aclaraciones, o bien, después del plazo previsto para su envío a través de COMPRANET, no serán contestadas por LA CONVOCANTE por resultar extemporáneas y se integrarán Convocatoria a la Licitación19/11/10

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al expediente respectivo. En dicho supuesto, si el servidor público que presida la junta de aclaraciones considera necesario citar a una ulterior junta, LA CONVOCANTE tomará en cuenta dichas solicitudes para responderlas.

Para efectos de agilizar la contestación de las solicitudes de aclaración que se formulen, ya sea por COMPRANET o de manera personal EL LICITANTE deberá utilizar el FORMATO JA, de no utilizarlo LA CONVOCANTE podrá desechar las solicitudes de aclaración.

La asistencia de los interesados a la(s) junta(s) de aclaraciones es optativa. Cualquier modificación en LA CONVOCATORIA, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la misma y deberá ser considerada por LOS LICITANTES en la elaboración de su proposición.

Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas en la Residencia General de Carreteras alimentadoras y caminos rurales, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100 teléfono: 01 (951) 50 2 14 34, el acta estará visible al día siguiente de su emisión hasta 5 días hábiles.

Asimismo, LA CONVOCANTE difundirá un ejemplar de dicha acta en COMPRANET, para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

REVISIÓN PRELIMINAR

A fin de facilitar el presente procedimiento de contratación LA DEPENDENCIA, a solicitud de EL LICITANTE, efectuará una revisión preliminar respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados, así como de la documentación distinta a la propuesta técnica y económica de acuerdo con lo establecido al respecto en EL REGLAMENTO de LA LEY.

Para efectos de lo anterior, los interesados deberán presentar en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas en Residencia General de Carreteras alimentadoras y caminos rurales, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100 teléfono: 01 (951) 50 2 14 34 y en horario de 9:00 a 13:00 en días hábiles, solicitud de la revisión preliminar que requieran. Dicha revisión podrá efectuarse hasta el sexto día hábil previo a la fecha de presentación y apertura de proposiciones establecida en LA CONVOCATORIA.

REGISTRO ÚNICO DE CONTRATISTAS

Conforme a lo previsto en los artículos 74 Bis de LA LEY y 43, cuarto párrafo de EL REGLAMENTO, LA SFP a través de COMPRANET contará, en los términos de EL REGLAMENTO, con un registro único de contratistas, el cual los clasificará de acuerdo a la información que proporcione, entre otros aspectos, por su actividad; datos generales; nacionalidad; experiencia; capacidad técnica, económica y financiera, e historial respecto

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de contratos celebrados con los sujetos a que se refieren las fracciones I a VI del artículo 1 de LA LEY y de su cumplimiento en tiempo y en monto.

Este registro será permanente y estará a disposición de cualquier interesado, salvo en aquellos casos que se trate de información de naturaleza reservada, en los términos establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Dicho registro tendrá únicamente efectos declarativos respecto de la inscripción de contratistas, sin que dé lugar a efectos constitutivos de derechos u obligaciones.

En términos de lo establecido en el artículo 43 de EL REGLAMENTO, el registro único de contratistas se integrará con la información que proporcionen los contratistas, así como con aquélla que incorporen los sujetos a que se refieren las fracciones I a VI del artículo 1 de LA LEY, derivada de los procedimientos de contratación que lleven a cabo conforme a LA LEY.

Los contratistas solicitarán su inscripción en el registro único de contratistas a LA DEPENDENCIA, la cual, previa validación de la información presentada por EL CONTRATISTA a través de la documentación respectiva que proporcione, llevarán a cabo la inscripción correspondiente. LA DEPENDENCIA podrá inscribir en dicho registro a los contratistas cuando advierta que éstos no se encuentran inscritos; asimismo, LA SFP podrá incluir en el citado registro la información con la que cuente y que sea materia del mismo.

La información contenida en el registro único de contratistas tiene como propósito, entre otros, facilitar los procedimientos de contratación de LA DEPENDENCIA, sin perjuicio de la presentación de los documentos que se requieran en cualquier procedimiento de contratación, en términos de LA LEY, de EL REGLAMENTO y demás disposiciones aplicables.

El registro único de contratistas será diseñado y administrado por LA SFP y contendrá cuando menos lo establecido en el artículo 43 de EL REGLAMENTO.

De igual forma, se les comunica a LOS LICITANTES que en ningún caso se les impedirá el acceso a quienes no se encuentren inscritos en dicho registro, por lo que LOS LICITANTES interesados podrán presentar sus proposiciones directamente en el acto de presentación y apertura de las mismas.

PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos del procedimiento de la licitación en calidad de observador, siendo requisito registrar previamente su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

Los LICITANTES podrán presentar sus proposiciones por escrito durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, en el lugar, fecha y hora que señale LA CONVOCATORIA, por medios electrónicos, conforme a las disposiciones administrativas que emita la SFP, o bien, a través del servicio postal o mensajería.

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FORMA E-2

En caso de que LOS LICITANTES opten por el uso de medios electrónicos para el envío de sus proposiciones, ello no limita que participen en los diferentes actos derivados de la licitación.

I).-PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

La presentación y apertura de proposiciones será el día 20 de diciembre de 2010 a las 10:00 (Diez) horas, en la sala de juntas de la Dirección General del Centro SCT Oaxaca, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100 teléfono: 01 (951) 50 2 14 35, 51-5-95-15 y Fax 01 (951) 515 53 16, en presencia de los interesados que asistan al acto y, en su caso, del representante de LA SFP. LOS LICITANTES deberán entregar el sobre que contenga la proposición en la forma y medio(s) que prevé esta convocatoria, completamente cerrado y claramente identificado en su parte exterior que contenga la propuesta técnica y la propuesta económica, integradas en la forma que prevé la BASE DÉCIMA TERCERA. La documentación distinta a dichas proposiciones podrá entregarse dentro o fuera de dicho sobre a elección de EL LICITANTE. Se procederá a la apertura de las proposiciones haciendo constar la documentación presentada por LOS LICITANTES, sin entrar a su análisis técnico, legal o administrativo; la documentación se recibirá para su posterior evaluación, por lo que no se desechará ninguna de las propuestas recibidas en este acto.

A partir de la hora señalada para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al acto.

La presentación de proposiciones por parte de LOS LICITANTES deberá ser completa, uniforme y ordenada, debiendo utilizar los formatos e instructivos elaborados y proporcionados por LA CONVOCANTE. En caso de que EL LICITANTE presente otros formatos, éstos deberán cumplir con cada uno de los elementos requeridos por LA CONVOCANTE.

La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma. Será causal de descalificación si no se firma autógrafamente el catálogo de conceptos o presupuesto de obra FORMA E-7, los programas solicitados y los documentos así requeridos en la presente CONVOCATORIA, mismos que deberán ser firmados en cada hoja. En las proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca LA SFP.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue EL LICITANTE.

EL LICITANTE deberá firmar autográficamente la totalidad de la documentación que integre su proposición, así como la documentación distinta.

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

LOS LICITANTES que hayan asistido elegirán a uno de ellos para que, en forma conjunta con el servidor público designado por LA DEPENDENCIA para presidir el acto, rubricarán EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS FORMA E-7, y el servidor público dará lectura al importe total de cada una de las proposiciones presentadas.

EL LICITANTE presentará al inicio de los documentos que contenga su proposición la relación cuantitativa de la documentación que presenta en su proposición FORMATO RCD

LOS LICITANTES sólo podrán presentar una sola proposición en cada procedimiento de contratación. Iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones en la fecha, hora y lugar previsto en LA CONVOCATORIA, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por LOS LICITANTES y se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta la conclusión del mismo.

Se levantará el acta conforme a lo previsto en los artículos 37 de LA LEY, así como 62 de EL REGLAMENTO, en la que se hará constar el importe total de cada proposición; el acta se firmará por los asistentes, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. Se señalará en el acta el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación y se proporcionará copia de la misma a los asistentes. Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas en la Residencia General de Carreteras alimentadoras y caminos rurales, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100, teléfono: 01 (951) 50 2 14 34 y en horario de 9:00 a 13:00 el acta estará visible al día siguiente de su emisión hasta 5 días hábiles.

Asimismo, LA CONVOCANTE difundirá un ejemplar de dicha acta en COMPRANET para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

II).-FALLO

En el lugar, día y hora señalados en el acta de presentación y apertura de proposiciones, se dará a conocer el fallo, en presencia de LOS LICITANTES que hubieren presentado proposiciones y que libremente asistan al acto entregándose copia del mismo, y se levantará el acta respectiva, en los términos de los artículos 39 de LA LEY y 68 de EL REGLAMENTO, el acta se firmará por los asistentes, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, en la que se hará constar en su caso, el nombre de EL LICITANTE ganador como adjudicatario del contrato y monto total de su proposición o la declaración de que la licitación ha quedado desierta, señalando en el fallo las razones que lo motivaron. Se proporcionará copia del acta a los asistentes, dicha acta surte los efectos de notificación en forma para el adjudicatario.

Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas la Residencia General de Carreteras alimentadoras y caminos rurales, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100, teléfono: 01 (951) 50 2 14 34 y en horario de 9:00 a 13:00 el acta estará visible al día siguiente de su emisión hasta 5 días hábiles.Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

Asimismo, LA CONVOCANTE, difundirá un ejemplar de dicha acta en COMPRANET para efectos de su notificación a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Adicionalmente a LOS LICITANTES que no hayan asistido al acto se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. En caso de que EL LICITANTE no haya proporcionado una dirección de correo electrónico, LA CONVOCANTE quedará eximida de la obligación de realizar el aviso anteriormente referido.

Conforme a lo establecido en el artículo 74 de LA LEY, las proposiciones desechadas durante la licitación podrán ser devueltas a LOS LICITANTES que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se de a conocer el fallo de la licitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso LA DEPENDENCIA las conservará hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos LA CONVOCANTE podrá, a solicitud de EL LICITANTE el cual tendrá un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de los términos señalados para requerir su devolución, de no ser así LA CONVOCANTE podrá proceder a su destrucción, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 264 de EL REGLAMENTO.

En términos de lo establecido en el párrafo anterior, también podrán devolverse a LOS LICITANTES o destruirse por LA CONVOCANTE las proposiciones presentadas que hayan sido determinadas como solventes en el proceso de contratación. Excepto las tres proposiciones solventes con mayor puntaje incluyendo la ganadora y, en su caso, aquellas proposiciones que habiendo sido objeto de aplicación del mecanismo de puntos sean iguales o inferiores en monto a la propuesta solvente más baja; dichas proposiciones serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de LA CONVOCANTE, quedando sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes, y demás aplicables, así como a las previstas en los artículos 74 de LA LEY y primer párrafo del 264 de EL REGLAMENTO.

El adjudicatario quedará obligado a firmar el contrato en las oficinas de CONTRATOS Y ESTIMACIONES de LA CONVOCANTE, ubicado el Centro SCT Oaxaca, Edificio A segundo piso, sita en Carretera Cristóbal Colón s/n, Col. del Bosque Oaxaca Km. 6.5 Tramo: Oaxaca – Tehuantepec, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68100, teléfono: 01 (951) 50 2 14 31, en la fecha y hora indicada en el acta del fallo, previa entrega de la garantía de cumplimiento por el veinte por ciento (20 %) del monto del contrato, y de ser el caso, por el cien por ciento (100%) del monto de los anticipos, en términos de los artículos 48 fracciones I y II de LA LEY y 91 de EL REGLAMENTO.

Esta CONVOCATORIA conforme a lo establecido en el primer párrafo del artículo 90 de EL REGLAMENTO, no tiene prevista la reducción del porcentaje de la garantía de cumplimiento a que se refiere el párrafo anterior.

En caso de que el adjudicatario no firmare el contrato por causas imputables al mismo, en la fecha, hora y lugar previsto en el fallo y en defecto de tal previsión, dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, se informará a LA SFP para que ésta dentro del ámbito de su competencia determine lo conducente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 77 y 78 de LA LEY, y LA DEPENDENCIA podrá adjudicar el Convocatoria a la Licitación19/11/10

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contrato a EL LICITANTE que haya presentado la siguiente proposición solvente que le siga en calificación y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente haya resultado ganadora, no sea superior de diez por ciento (10%), en términos de los artículos 47 de LA LEY y 74, fracción V de EL REGLAMENTO.

IDIOMA Y MONEDA

TERCERA.- El idioma en que se presentarán las proposiciones será el español y la moneda en que se cotizarán será el peso mexicano.

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

CUARTA.- Conforme a lo establecido en los artículos 38 de LA LEY y 63, fracción II de EL REGLAMENTO, LA CONVOCANTE, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en LA CONVOCATORIA y aplicará el mecanismo de puntos, conforme a lo establecido en el “MÉTODO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS POR EL MECANISMO DE PUNTOS FORMATO MVP” que forma parte de LA CONVOCATORIA a la licitación; el cual contiene la calificación numérica que puede alcanzarse en los rubros y subrubros de las propuestas técnica y económica que integran la proposición de cada uno de LOS LICITANTES y la forma en que se deberá acreditar el cumplimiento de cada uno de los rubros y subrubros motivo de evaluación para obtener la puntuación indicada en cada uno de ellos, conforme a lo previsto en los lineamientos emitidos por la SFP.

El LICITANTE deberá obtener en su propuesta técnica un mínimo de 40 puntos para que sea objeto de evaluación su propuesta económica, Conforme a lo establecido en el primer párrafo de la fracción II del artículo 63 de EL REGLAMENTO y en los lineamientos emitidos por la SFP.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre LOS LICITANTES, a aquél cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en LA CONVOCATORIA, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA CONVOCANTE, obtenga el mayor puntaje y garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

En caso de empate entre los LICITANTES cuyas proposiciones resulten solventes y hayan obtenido igual puntaje, éste se resolverá en términos del penúltimo párrafo del artículo 38 de LA LEY. Si no fuere factible resolver el empate en los términos del citado artículo, la adjudicación del contrato se efectuará en favor de EL LICITANTE que resulte ganador en un sorteo manual por insaculación que realizará la CONVOCANTE en el propio acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada LICITANTE empatado, de la que se extraerá en primer lugar el boleto de EL LICITANTE ganador y, posteriormente, los demás boletos de LOS LICITANTES que resultaron empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.

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En caso de que no se haya previsto dar a conocer el fallo en junta pública, el sorteo por insaculación se llevará a cabo previa invitación por escrito que realizará LA CONVOCANTE, a un representante del Órgano Interno de Control, en adelante OIC y al Testigo Social cuando éste participe en el procedimiento de licitación, levantándose el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o la falta de firma en el acta respectiva de los LICITANTES e invitados, invalide el acto. Las condiciones contenidas en LA CONVOCATORIA y en las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que LA CONVOCANTE pueda solicitar a LOS LICITANTES aclaraciones o información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de la proposición, en su caso, la comunicación se realizará de la forma siguiente:

a).- Escrito dirigido a EL LICITANTE, el cual se notificará en el domicilio que este haya señalado o bien, a través de COMPRANET, caso en el que LA CONVOCANTE enviará un aviso a EL LICITANTE en la dirección de correo electrónico que haya proporcionado en su proposición, informándole que existe un requerimiento en dicho Sistema. Lo cual se hará constar en el acta de fallo.

b).- A partir de la recepción del escrito, EL LICITANTE contará con un plazo de 3 días hábiles para hacer las aclaraciones o entregar los documentos o información solicitada por LA CONVOCANTE y deberá ser entregada, en su caso, en horas y días hábiles. En caso de que EL LICITANTE no atienda, en el tiempo establecido, el requerimiento efectuado, o bien, la información que proporcione no aclare la duda o motivo de la solicitud, LA CONVOCANTE realizará la evaluación con la documentación originalmente entregada en su proposición.

c).- LA CONVOCANTE difundirá en COMPRANET las respuestas de EL LICITANTE, el mismo día en que sean recibidas.

EXPERIENCIA Y CAPACIDAD

QUINTA.- El LICITANTE deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera mediante:

I.- DEFINICIONES:

a).- Carretera.- Camino que se construye con especificaciones adecuadas para el tránsito de vehículos automotores.

b).- Carretera Nueva (CCN).- Camino de trazo nuevo que se construye de; terracerías, obras de drenaje, pavimentación, señalamiento y obras complementarias; conforme a las normas, especificaciones del proyecto y de LA CONVOCATORIA correspondiente.

c).- Ampliación de Carretera (AC).- Camino ampliado en su alineamiento horizontal para mejorar su capacidad de transito; conforme a las normas, especificaciones del proyecto y de LA CONVOCATORIA correspondiente.

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d).- Modernización de Carretera (MC).- Camino en el que se mejora su alineamiento vertical y horizontal, capacidad de transito; conforme a las normas, especificaciones del proyecto y de LA CONVOCATORIA correspondiente.

e).- Estructuras (CE).- Según su propósito y ubicación, las estructuras se definen como sigue:

e.1.- Puente.- Estructura con longitud mayor de seis (6) metros, que se construye sobre corrientes o cuerpos de agua y cuyas dimensiones quedan definidas por razones hidráulicas.

e.2.- Viaducto.- Estructura que se construye sobre barrancas, zonas urbanas u otros obstáculos y cuyas dimensiones quedan definidas por razones geométricas, dependiendo principalmente de la rasante de la carretera o vialidad y del tipo de obstáculo que cruce.

e.3.- Paso Superior Vehicular.- Estructura que se construye en un cruce de la carretera de referencia por encima de otra vialidad y cuyas dimensiones quedan definidas por las características geométricas y rasantes de ambas vialidades.

1.-Relación de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, identificados con los cargos que ocuparán, de los que presentará su currículum con firma autógrafa en el que se incluya, en su caso, copia simple de su cédula profesional, su domicilio y teléfono actual, así como la relación de las actividades profesionales en que haya participado. De los profesionales técnicos propuestos sólo se evaluará la preparación académica y la experiencia demostrada en trabajos de características técnicas, complejidad y magnitud similares a los que se licitan.

No PERSONAL PROFESIONAL EXPERIENCIA SOLICITADA

COMPETENCIA O HABILIDAD

EN TRABAJOS DE:

DOMINIO DE HERRAMIENTAS

DE:

1 SUPERINTENDENTE En la construcción de carreteras y puentes. INGENIERO

CIVIL

PROGRAMASINFORMATICO

S, WORD YEXEL

1 RESIDENTE Deberá demostrar haberconstruido cuando menos 40

kilómetros de carreteras, en losúltimos diez años.

INGENIERO CIVIL

PROGRAMASINFORMATICO

S, WORD YEXEL

1 JEFE DE LABORATORIO

Deberá demostrar haberrealizado el control de calidaden carreteras y estructuras.

INGENIERO CIVIL O

LABORATORISTA

PROGRAMASINFORMATICO

S, WORD YEXEL

1 JEFE DE TOPOGRAFÍA

Deberá demostrar haberrealizado estudios o

levantamientos topográficos encarreteras.

INGENIERO TOPOGRAFO

PROGRAMASINFORMATICO

S, WORD YEXEL

Se consideran obras similares o de la misma naturaleza las siguientes:

La construcción de carreteras y puentes en caminos iguales o superiores al tipo C de las categorías siguientes; CCN, AC, MC Y CE. Solamente estas categorías serán consideradas para evaluación y puntaje en esta CONVOCATORIA.

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FORMA E-2

El personal indicado es el que se considerará para efectos de evaluación. Si una o más personal no cumplen con los requisitos solicitados o están comprometidos al mismo tiempo en la ejecución de otros trabajos, el subrubro correspondiente tendrá una calificación cero (0).

Adicional al personal objeto de valoración para efectos de puntaje, EL LICITANTE deberá considerar en su proposición el personal profesional técnico adecuado y suficiente que se requiera para la ejecución en tiempo y forma de los trabajos que se licitan, conforme a las características, complejidad y magnitud de dichos trabajos.2.-Relación de los contratos de trabajos similares a los de LA CONVOCATORIA de esta licitación en los que sea comprobable su participación, que haya celebrado tanto con las Administraciones Públicas Federal, Estatal o Municipal, como con particulares, con los que acredite la experiencia y capacidad técnica de EL LICITANTE en este tipo de obras. Contendrá el nombre o denominación de la contratante; domicilio y teléfono de los responsables de los trabajos; descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según sea el caso.

Descripción de los trabajos que serán evaluados.

Importe mínimo por contrato a pesos

corrientesSin IVA mdp

Construcción, reconstrucción y ampliación de estructuras en caminos tipo C de las categorías siguientes; CCN, AC Y MC. Solamente estascategorías serán consideradas para evaluación y puntaje en esta CONVOCATORIA.

X

Con referencia al párrafo anterior se informa a los LICITANTES que este Centro SCT para el análisis y evaluación de la experiencia y capacidad técnica del LICITANTE NO tomará en cuenta los “Subcontratos” celebrados con otras Empresas o particulares, en virtud de que dichos “Subcontratos” no acreditan que el licitante ha celebrado contratos de trabajos similares a los que se licitan con las Administraciones Públicas Federal, Estatal o Municipal, como con particulares, lo que imposibilita evaluar el grado de cumplimiento, experiencia y capacidad para llevar la correcta dirección y administración de la obra ya que no ha sido el titular del contrato que origina la ejecución de la obra.

3.- Declaraciones fiscales, estados financieros dictaminados o no de los últimos dos ejercicios fiscales o, en caso de empresas de nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de proposiciones, con el contenido y alcance siguiente:

Los parámetros financieros que EL LICITANTE deberá de cumplir, para demostrar su capacidad de recursos económicos, son los siguientes:

a).- Que el capital neto de trabajo (CNT) cubra el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de la obra, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su análisis financiero presentado en su proposición.

b).- Que el CNT de EL LICITANTE sea suficiente para el financiamiento de los trabajos a realizar. Se tendrá como suficiente dicho capital neto, cuando el importe del último ejercicio fiscal del activo circulante (AC) menos el pasivo circulante (PC) sea igual o mayor del 30% del valor del importe de su propuesta económica sin IVA.

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FORMA E-2

c).- Que EL LICITANTE demuestre una suficiente capacidad para pagar obligaciones. Se tendrá como suficiente dicha capacidad cuando el importe del último ejercicio fiscal del AC entre PC sea igual o mayor de 1.6 unidades y el activo total (AT) entre el pasivo total (PT) sea igual o mayor a 2.0 unidades.

d).- Que EL LICITANTE demuestre un aceptable grado en que depende del endeudamiento y la rentabilidad de la empresa es aceptable. Se tendrá como aceptable dicho grado de endeudamiento y rentabilidad de EL LICITANTE cuando el importe del último año fiscal del PT entre AT sea igual o menor 25%.

En el caso de proposiciones presentadas en forma conjuntas o en grupo, se sumarán los CNT, AC, PC, AT y PT, para cumplir con los parámetros señalados en los incisos anteriores.

Si EL LICITANTE no cumple con uno o más parámetros de los indicados anteriormente, tendrá una calificación de cero (0) en el subrubro indicado en la FORMA 01.

4.-Relación detallada del equipo y personal, indicando cargos y categorías que pretende emplear para el control de calidad de la obra (Unidad de Control de Calidad), cumpliendo con la Norma N-CAL-1-01/05.-Ejecución del Control de Calidad Durante la Construcción o Conservación, del Libro Control y Aseguramiento de Calidad.

5.-Relación de maquinaria y equipo de construcción disponible y necesario para el desarrollo de los trabajos, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad del mismo.

ANTICIPOS

SEXTA.- Para que EL CONTRATISTA realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio los trabajos; así como para la compra y la producción de materiales de construcción, adquisición de equipos de instalación permanente y demás insumos, le será otorgado un anticipo en términos de lo dispuesto por el artículo 50 fracción II de LA LEY del 30% TREINTA POR CIENTO de la asignación presupuestaria aprobada al contrato en el ejercicio de que se trate (Se otorgará anticipo conforme a la complejidad de los trabajos). En dos exhibiciones, el 20% (veinte por ciento) al inicio de los trabajos y el 10 (diez por ciento) se entregará al contar los trabajos objeto de la presente licitación con un avance físico, ejecutado y estimado del 20% veinte por ciento). El importe del anticipo deberá ser considerado obligatoriamente por LOS LICITANTES para la determinación del costo financiero de su proposición, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 fracción III de LA LEY.

LA CONVOCANTE podrá otorgar anticipos para los convenios que se celebren en términos del artículo 59 de LA LEY, sin que pueda exceder el porcentaje que originalmente fue autorizado en el contrato.

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FORMA E-2

Previamente a la entrega del anticipo, EL CONTRATISTA deberá presentar a la Residencia de obra un programa en el que se establezca la forma en el que aplicará dicho anticipo. El área mencionada requerirá a EL CONTRATISTA la información conforme a la cual acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

VISITA AL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

SÉPTIMA.-LA CONVOCANTE a través de la Residencia de Tehuantepec mostrará el sitio de realización de los trabajos, para lo cual los interesados que así lo deseen deberán concurrir a las oficinas de la Residencia de Obra Tehuantepec ubicada en: Km 281+500 de la Carretera Coatzacoalcos – Salina Cruz, Barrio Vixhana Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, Teléfono 01 971 71 5 12 27, el día 08 de diciembre de 2010 a las 10:00 horas, para partir al lugar de la ubicación de los trabajos. La visita tendrá como objeto que LOS LICITANTES conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico.

SUBCONTRATACIÓN

OCTAVA.- EL LICITANTE ganador no podrá subcontratar los trabajos objeto de la obra que le sean adjudicados.

FECHAS, PLAZOS Y MONTOS AUTORIZADOS

NOVENA.- Al formular la proposición, EL LICITANTE tomará en cuenta:

a).-Que la fecha estimada para el inicio de los trabajos será el día 16 de febrero de 2011.

b).-Que el plazo para la ejecución de los trabajos será de 227 días naturales.

c).- Que para la ejecución de los trabajos objeto de LA CONVOCATORIA, se cuenta con el oficio de liberación de inversión número secas (314.A.- 002075) de fecha 27 de septiembre de 2010.

MODELO DE CONTRATO

DÉCIMA.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado (Forma E-8), al que se sujetarán LA DEPENDENCIA y EL LICITANTE ganador.

FORMA DE PAGO

DÉCIMA PRIMERA.- Para efectos de pago se formularan estimaciones (MENSUALES), mismas que se acompañarán de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artículo 132 de EL REGLAMENTO, las que serán presentadas por EL CONTRATISTA al residente de la obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de

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FORMA E-2

su corte y serán pagadas por LA DEPENDENCIA por trabajos ejecutados, mediante transferencia electrónica a través de el medio de comunicación Electrónica Nacional SIAFF (Sistema Integral de Administración Financiera Federal), dentro de un plazo de 20 días naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por el residente de la obra y que EL CONTRATISTA haya presentado la factura correspondiente debidamente requisitada. EL CONTRATISTA será el único responsable de que la factura que presente para su pago cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que la falta de pago por la omisión de alguno de estos o por su presentación incorrecta no será motivo para solicitar pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de LA LEY.

En caso de que la factura entregada por EL CONTRATISTA para su pago presente errores o deficiencias, LA DEPENDENCIA, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a EL CONTRATISTA las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra entre la entrega del citado escrito y la presentación de las correcciones por parte de EL CONTRATISTA no se computará para efectos del segundo párrafo del artículo 54 de LA LEY.

En el caso de que EL CONTRATISTA no presente las estimaciones dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte, la estimación correspondiente se presentará en la siguiente fecha de corte, sin que ello dé lugar a la reclamación de gastos financieros por parte de EL CONTRATISTA.

Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 130 de EL REGLAMENTO, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del contrato correspondiente, serán por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, de gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de LA LEY y de los ajustes de costos.

El residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.

En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de LA DEPENDENCIA, ésta a solicitud de EL CONTRATISTA y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 55 de LA LEY, pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por LA LEY de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL CONTRATISTA. De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 127 de EL REGLAMENTO el atraso en el pago de estimaciones en que incurra LA DEPENDENCIA diferirá en igual plazo la fecha de terminación de los trabajos, circunstancia que deberá formalizarse, previa solicitud de EL CONTRATISTA, a través del convenio respectivo; no procederá dicho diferimiento cuando el atraso derive de causas imputables a EL CONTRATISTA.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido EL CONTRATISTA, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y

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FORMA E-2

se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA DEPENDENCIA.

No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de EL CONTRATISTA sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral 10 del Oficio Circular No. UNCP/309/TU/00428/2009 de fecha 1 de julio de 2009 emitido por la Secretaría de la Función Pública, en el supuesto de que EL CONTRATISTA solicite por escrito a LA DEPENDENCIA ceder sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros, LA DEPENDENCIA en dicho caso, otorgará su consentimiento de igual manera por escrito, fecha a partir de la cual se podrán ceder estos derechos.

REQUISITOS ADICIONALES

DÉCIMA SEGUNDA.- Al formular la proposición EL LICITANTE tomará en cuenta:

a).- Que la obra se llevará a cabo con sujeción a: LA LEY y su REGLAMENTO; el proyecto y sus especificaciones generales y particulares, así como a las especificaciones (Normatividad para la Infraestructura del Transporte) que LA DEPENDENCIA tiene en vigor, última edición, el programa de ejecución general de los trabajos; el programa de utilización de la maquinaria y equipo de construcción; los precios unitarios señalados en la relación de conceptos de trabajo y cantidades de obra para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición, y conforme a las cláusulas del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado y en general de conformidad con lo señalado en LA CONVOCATORIA.

b).- Que en relación con los precios unitarios aludidos en el inciso anterior, cuando a partir del acto de la presentación y apertura de proposiciones ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que determinen un aumento o reducción de los costos directos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa convenido, la revisión de los costos a que se refiere el artículo 56 de LA LEY y 174 de EL REGLAMENTO, se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 57 fracción III y 58 de LA LEY y del 182 de EL REGLAMENTO. (Nota: podrá pactarse otro procedimiento de ajuste de acuerdo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos licitados).

En este caso, cuando EL CONTRATISTA no esté de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni su forma de medición durante el proceso de construcción, podrá solicitar su revisión a efecto de que sean corregidos; en el supuesto de no llegar a un acuerdo, se deberá aplicar el procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57; afectando, en cualquiera de los casos, el importe del o los ajustes de costos resultantes en un porcentaje igual al de los anticipos concedidos.

En el caso de que EL CONTRATISTA no esté de acuerdo en la aplicación del procedimiento de ajuste de costos indicado en la fracción III del artículo 57 de LA LEY, por las razones mencionadas en el párrafo anterior, una vez notificado por LA DEPENDENCIA el factor que proceda, EL CONTRATISTA tendrá diez días naturales para presentar, por escrito, su solicitud de revisión para llegar a un acuerdo fundado y

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FORMA E-2

motivado de acuerdo a la normatividad vigente, en caso contrario EL CONTRATISTA tendrá quince días naturales para presentar a LA DEPENDENCIA el análisis de ajuste de costos conforme al procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57 de LA LEY y lo establecido en el artículo 178 de EL REGLAMENTO y LA DEPENDENCIA tendrá 30 días naturales para resolver lo procedente.

En caso que EL CONTRATISTA no presente en tiempo y forma su solicitud de revisión y análisis de los ajustes de costos a que hace referencia el párrafo anterior, precluye su derecho de dicha revisión, si LA DEPENDENCIA no resuelve en tiempo y forma se tendrá por aceptado lo solicitado por EL CONTRATISTA.

Para los efectos del primer párrafo del artículo 56 y segundo párrafo de la fracción I del artículo 58 de LA LEY, conforme a lo establecido en el artículo 175 de EL REGLAMENTO, con el objeto de actualizar los precios de la proposición a la fecha de inicio de los trabajos, EL CONTRATISTA podrá solicitar, por una sola ocasión, la determinación de un primer factor de ajuste de costos, el cual se calculará conforme al procedimiento de ajuste establecido en el párrafo que antecede y en el contrato correspondiente. Este factor de actualización no se afectará por la entrega de anticipos. Esto no aplicará en las obras que inicien dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de proposiciones. EL CONTRATISTA deberá presentar a LA DEPENDENCIA, en su caso, la solicitud correspondiente en el plazo señalado en el artículo 56 de LA LEY.

c).- Que deberá obtener, con toda oportunidad, los permisos para el uso de explosivos, la explotación de bancos de materiales propuestos por el contratista, liberación de estos y los empleados para el depósito de los materiales de desperdicio y pago de regalías de los mismos.

d).-Que deberá tener en la obra permanentemente un Superintendente de Construcción quien deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de Construcción, catálogo de conceptos o actividades de la obra, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, Bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos

Asimismo, el Superintendente de Construcción deberá estar facultado por EL CONTRATISTA, para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aun las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato. Independientemente de aquellas que LA DEPENDENCIA pueda hacer en la forma y términos previstos en la Base Primera, fracción V de LA CONVOCATORIA.

LA DEPENDENCIA en el contrato, se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del Superintendente de Construcción, y EL CONTRATISTA tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato.

LA DEPENDENCIA en cualquier momento podrá verificar que el personal propuesto por EL LICITANTE para ejecutar los trabajos, sea el que esté desarrollándolos, de no ser así, deberá exigir que se utilice el personal propuesto en la licitación o uno de características similares.

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e).-Que debe cumplir con el señalamiento de protección en obra, el cual deberá estar considerado como concepto de trabajo y que al término de los trabajos es necesario se entregue a LA DEPENDENCIA en buenas condiciones.

f).-Que de ser el adjudicatario del contrato, notificará formalmente la existencia de la(s) Unidad(es) de Control de Calidad a LA DEPENDENCIA, en un plazo no mayor a quince días, contados a partir del fallo correspondiente, obligándose también a obtener y presentar la aprobación correspondiente, emitida por parte de la Dirección General de Servicios Técnicos de LA DEPENDENCIA o de la Unidad General de Servicios Técnicos del Centro SCT correspondiente, misma que tendrá un importe de: $9,414.00 (nueve mil cuatrocientos catorce pesos 00/100 M.N.) más I.V.A. por cada estudio que se requiera en los trabajos y deberá ser considerado en los costos indirectos, este importe puede variar conforme a los costos del tabulador vigente de esta secretaria.

g).-Que cuando se estipule que el pago de los diversos conceptos de trabajo se hará al precio que fije el contrato para la unidad de obra terminada, ha juzgado y tomado en cuenta todas las condiciones que puedan influir en los precios unitarios, independientemente de lo que dichos precios incluyan en razón del costo directo, del indirecto, del financiamiento, la utilidad y cargos adicionales; que los datos tales como clasificación y abundamiento de materiales, disposición y clasificación de los estratos y otras características, los ha proporcionado LA CONVOCANTE únicamente como orientación y a título informativo, quedando bajo la responsabilidad del proponente juzgar de todas las circunstancias dichas, de manera que si cualquiera de ellas resulta diferente en la realidad a como lo consideró el proponente, por ejemplo, en la clasificación de materiales, la diferencia no justificará reclamación alguna de EL CONTRATISTA en cuanto a los precios unitarios.

h).-Que el tratamiento para los materiales que se utilicen en la construcción será el seleccionado por EL CONTRATISTA y deberá ser el adecuado para alcanzar los resultados previstos, salvo que a juicio de LA DEPENDENCIA no sea factible para satisfacer los requisitos estipulados en las especificaciones. Por lo tanto, cuando en LA CONVOCATORIA se indique algún tratamiento, éste deberá usarse como guía y no al que necesariamente deban someterse los respectivos materiales.

i).-Que los materiales que se utilicen en la ejecución de la obra objeto de LA CONVOCATORIA, deberán ser los adecuados para obtener la calidad fijada en el proyecto y satisfacer los requisitos estipulados en las especificaciones indicadas en el proyecto y en LA CONVOCATORIA, debiendo obtener para los bancos a utilizar previamente la autorización en materia de impacto ambiental, otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

j).-Que como cargo adicional ha considerado el cinco al millar por concepto de servicios de inspección, vigilancia y control que realiza la SFP, en términos del artículo 220 de EL REGLAMENTO.

k).-Que ninguna de las diferencias que pudieran resultar en las cantidades de trabajos anotadas por LA CONVOCANTE en la FORMA E-7, justificará reclamación alguna de EL CONTRATISTA en relación con los precios respectivos.

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l).-Que propone precios unitarios únicamente para los conceptos anotados en la relación FORMA E-7 y que por lo tanto, no presenta alternativas que modifiquen lo estipulado en LA CONVOCATORIA.

m).-Que ha propuesto precios oficiales, vigentes a la fecha de presentación de la proposición, para los insumos que vende PEMEX, puestos en obra por los contratistas, en caso que conforme a la naturaleza de los trabajos se requiera la utilización de estos insumos.

n).-Que se considerará como precio unitario, el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse a EL CONTRATISTA por unidad de concepto terminado y ejecutado conforme al proyecto, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad.

o).-Que el precio unitario se integrará con los costos directos correspondientes al concepto de trabajo, costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad de EL CONTRATISTA y los cargos adicionales.

p).-Que presentará, análisis expresados en pesos, de cada uno de los precios unitarios en la misma moneda, relativos a los conceptos señalados en la Relación FORMA E-7, estableciendo separadamente los costos directos, los costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad y los cargos adicionales; de acuerdo con lo indicado en LA LEY, EL REGLAMENTO y LA CONVOCATORIA.

Que al determinar sus costos directos tomó en consideración los salarios vigentes y los precios de materiales, maquinaria y equipo que rigen en el lugar de la obra en la fecha de su proposición, estableciendo los cargos por maquinaria y equipo con base en los precios y rendimientos de éstos considerados como nuevos y acorde con las condiciones de ejecución del concepto de trabajo correspondiente. Ninguna de las diferencias que pudieran resultar entre el precio real y el considerado en los análisis justificará reclamación de EL CONTRATISTA en relación con los precios respectivos.

Los costos indirectos deberán expresarse como un porcentaje del costo directo. En anexo por separado deberá presentarse el análisis detallado de los cargos que determinen este factor, desglosando los correspondientes a la administración de oficinas centrales y de campo, considerando lo establecido en los artículos del 211 al 213 de EL REGLAMENTO.

El costo por financiamiento de los trabajos, estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; considerando para la determinación de este costo, los gastos que realice en la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá deduciendo la amortización de los anticipos concedidos, y la tasa de interés que aplicará, considerando, en su caso, los puntos que como sobrecosto por el crédito le requiera una institución crediticia, señalando el indicador económico en que se basó, debiendo acompañar el análisis correspondiente a este concepto, lo cual se hará en base al análisis de flujo de caja. Y en general, cualquier otro gasto requerido en términos de lo previsto en el artículo 215 de EL REGLAMENTO.

El cargo por utilidad, será fijado por el propio proponente y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento; este cargo deberá considerar las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la

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participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa a cargo de EL CONTRATISTA.

Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar EL CONTRATISTA, por estar convenidas como obligaciones adicionales que se aplican después de la utilidad del precio unitario porque derivan de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos e indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad.

Los cargos adicionales deberán incluirse al precio unitario después de la utilidad y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos.

q).-De ser el caso que se trate de una obra que comprenda más de un ejercicio fiscal, sólo se formulará un contrato por el costo total y la vigencia que resulte necesaria para la ejecución de los trabajos, sujeto a la autorización presupuestaria en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 de LA LEY.

r).-Que los ajustes a los programas de ejecución general de los trabajos y al programa de utilización de maquinaria y equipo de construcción, motivados por las asignaciones anuales, no implicarán cambio en los costos e importes señalados en la FORMA E-7.

s).- Que la relación de conceptos y cantidades de trabajo para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición FORMA E-7 se formulará de acuerdo con lo siguiente:

1.-Se llenará preferentemente a máquina o mediante computadora, de ser manuscrita se usará tinta negra, escribiendo con caracteres de imprenta fácilmente legibles. En ambos casos, el presupuesto de los trabajos FORMA E-7 deberá presentarse sin correcciones, raspaduras ni enmendaduras; en caso de que se elabore por computadora, deberá conservarse el mismo formato.

2.-Se anotarán los importes de los precios unitarios de cada uno de los conceptos que la integran con letra y número, en pesos con aproximación al centésimo, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, prevalecerá el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis.

3.-Cuando la FORMA E-7 se componga de varias hojas, deberá anotarse el monto parcial de cada una de ellas y en la hoja final, el monto total acumulado, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el importe total de la proposición.

4.- En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcto el producto de las cantidades anotadas por LA CONVOCANTE y el importe establecido en el análisis del precio unitario correspondiente o el anotado con letra por el proponente, cuando dicho análisis no se tenga.

5.- De acuerdo con las correcciones a las operaciones aritméticas que en su caso se hagan, se modificarán los montos parciales y la suma de ellos, el IVA y el importe

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total de la proposición. El monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de la proposición.

t).- Que de resultar adjudicatario del contrato, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), según lo establece la regla I.2.1.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010, y en atención al Oficio Circular No. UNAOPSFP/309/0743/2008 de la SFP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, previo a su firma, deberá presentar documento del “acuse de recepción” expedido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con el que compruebe que realizó la “solicitud de opinión” sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores al fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo en su solicitud el correo electrónico de esta Unidad Administrativa [email protected], a fin de que el SAT envíe también a ésta el “acuse de respuesta” en atención a la solicitud de opinión, conforme a lo siguiente:

1.- Presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal”

2.- Contar con clave Cedula de Identificación Electrónica Certificada (CIEC)

3.- En la solicitud deberán incluir los siguientes requisitos:

a).- Nombre y dirección de LA DEPENDENCIA en la cual se licita.

b).- Monto total del contrato.

c).- Señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública.

d).- Número de licitación o concurso.

4.- El contribuyente solicitante con el acto de registrar su solicitud en la página de internet del SAT para efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, manifestación bajo protesta de decir verdad que:

a).-Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a que se refieren el CFF y su Reglamento, que el RFC está activo y el domicilio fiscal localizado.

b).-Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que solicita la opinión.

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c).- No tiene créditos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios. Así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

d).- Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.

e).-En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

5.-En caso que existan créditos fiscales firmes manifestará que se comprometen a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 11.2.1.11 de la citada resolución.

u).-No podrán participar en esta licitación las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos de LA LEY o de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

V).- El licitante deberá presentar de CARÁCTER OBLIGATORIO los siguientes formatos: relación de las partidas de que se componen los trabajos a ejecutar (E-7 preliminar)(ANEXO 1); programa de los trabajos por ejecutar, presentando las partidas por ejecutar en cada periodo (ANEXO 2); relación de maquinaria que se empleará en el desarrollo de los trabajos por ejecutar (ANEXO 3), y la relación del personal que se ocupará en el desarrollo de los trabajos por ejecutar (ANEXO 4); los cuales se integraran en forma digital (CD) para poder ser registrados en el Sistema de Registro, Autorización y Seguimiento Físico y Financiero (SIRASEF) de obras públicas. NOTA (NO DEBERÁ MODIFICAR LOS FORMATOS ANEXOS, DEBIENDO REQUISITAR CADA UNO DE LOS DATOS SOLICITADOS, Y LA INFORMACION QUE SE PRESENTE NO DEBERÁ ESTAR PROTEGIDA Y QUE NO SEA DE SOLO LECTURA, PARA SU FACIL MANEJO EN EL PROGRAMA).

w).- Que dispone y se compromete a emplear en la ejecución de los trabajos objeto de esta licitación, el equipo básico mínimo propio o rentado, debiendo estar en buenas condiciones, y estará constituido por las siguientes unidades:

CANTIDAD DENOMINACIÓN5 camión volteo 7 m32 camión pipa 6,000 lts.2 motoconformadoras 12 g.2 revolvedoras cap. un saco2 retroexcavadoras 416-b2 excavadoras 320 o similar3 tractores d-8 o similar

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2 cargadores frontales1 planta de asfalto2 bomba 3”1 petrolizadora 6,000 lts.1 trituradora1 compactador de rodillo liso1 compactador vibratorio1 compactador de neumáticos1 pinta rayas1 barredora3 track-drill3 compresores2 vibrocompactadores1 pavimentadora.

DÉCIMA TERCERA.- Las propuestas Técnicas y Económicas deberán presentarse foliadas y firmadas autográficamente en cada una de las fojas que las integren, en un (1) solo sobre completamente cerrado claramente identificado en su parte exterior e interior y contendrá:

PROPUESTA TÉCNICA

1.-Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que LA CONVOCANTE les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará LA CONVOCANTE y el programa de suministro correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a LA CONVOCATORIA. FORMATO 05

2.- Materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso se hayan requerido en LA CONVOCATORIA. (NO APLICA)

MATERIALES EQUIPOCOMBUSTIBLE

3.-Descripción de la planeación integral de EL LICITANTE para realizar los trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución de los trabajos, considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los proyectos entregados por LA CONVOCANTE. FORMATO PC

4.-Relación y currículum de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, conforme se establece en la Base Quinta, inciso 1. FORMATO CV

5.-Relación de los contratos de trabajos similares a los de esta licitación. En los términos señalados en la Base Quinta inciso 2. FORMATO RCE

6.-Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que se señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en esta licitación, e Convocatoria a la Licitación19/11/10

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información con que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que subcontratará. Conforme a lo previsto al respecto en el numeral 2 de la Base Quinta de LA CONVOCATORIA. FORMATO LIBRE (NO APLICA)

7.-Capacidad financiera en los términos que establece la Base Quinta, inciso 3.

8.-Relación de maquinaria y equipo de construcción, según se establece en la Base Quinta, inciso 5. FORMATO RMEC

9.- Los documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con dependencias o entidades, en el caso de haberlos celebrado; en el supuesto de que EL LICITANTE no haya formalizado contratos con las dependencias y entidades éste lo manifestará por escrito a LA CONVOCANTE, bajo protesta de decir verdad, por lo que no será materia de evaluación el historial de cumplimiento a que se refiere el último párrafo del artículo 36 de LA LEY. En caso de que EL LICITANTE no presente los documentos o el escrito señalados, se atenderá lo dispuesto en los párrafos primero y segundo del artículo 66 de EL REGLAMENTO.

EL LICITANTE que se encuentre inscrito en el registro único de contratistas tendrá la opción de no presentar la documentación a que se refiere este numeral.(NO APLICA)

10.-Relación detallada del equipo y personal indicando cargos y categorías que pretende emplear para el control de calidad de la obra “N·CAL·1·01·/05.- Libro: CAL. CONTROL Y ASEGURAMIENTO DE CALIDAD PARTE: 1. CONTROL DE CALIDAD TITULO: 01. Ejecución del Control de Calidad durante la Construcción y Conservación” .

11.-Convenio de proposición conjunta (ESTE CONVENIO NO APLICARÁ PARA LOS CASOS EN QUE LOS LICITANTES PARTICIPEN DE MANERA INDIVIDUAL)

12.-Relación de bancos de materiales propuestos por EL LICITANTE, que cumplan con las características y calidades señaladas en las especificaciones de LA DEPENDENCIA para la construcción de terracerías y pavimentos. FORMATO 06

PROPUESTA ECONÓMICA

13.-Carta de proposición firmada en papel membretado por la empresa FORMATO 07.

14.-Catálogo de conceptos conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y monto total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de la obra que servirá para formalizar el contrato correspondiente, en su caso. Forma E-7

15.-Análisis detallado del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajo, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra, maquinaria y equipo de

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construcción con sus correspondientes rendimientos y costos; describiendo el concepto a desarrollar, su unidad de medida y cantidad, determinados y estructurados de acuerdo con lo previsto en LA LEY, el REGLAMENTO y en LA CONVOCATORIA. Forma E-5

En caso de que las matrices de los precios unitarios estén integradas con BÁSICOS O AUXILIARES, obligatoriamente deberán presentarse éstos.

16.-Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por materiales más significativos y equipo de instalación permanente en su caso, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, con sus respectivas unidades de medición y sus importes.

17.-Análisis, cálculo e integración del factor de salario real conforme a lo previsto en los artículos 191 y 192 de EL REGLAMENTO, anexando el tabulador de salarios base de mano de obra del personal a utilizar por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios.

18.-Análisis, cálculo e integración de todos los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, que se empleará en la ejecución de los trabajos; debiendo considerar estos, para efectos de evaluación, costos y rendimientos de maquinas y equipos nuevos.

19.-Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales.

20.-Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, tomando en cuenta los gastos que realizará el CONTRATISTA en la ejecución de los trabajos, los anticipos que se otorguen, que las estimaciones por trabajos ejecutados se cubrirán en un término no mayor de veinte (20) días naturales a partir de la fecha en que se hubieren autorizado por EL RESIDENTE DE OBRA y el indicador económico que se aplicará.

21.-Utilidad propuesta por EL LICITANTE.

22.-Relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieran para la ejecución de los trabajos.

23.-Programa MENSUAL de ejecución convenido conforme al catálogo de conceptos con sus erogaciones, calendarizado y cuantificado conforme al periodo indicado, dividido en partidas y subpartidas y expresado en cantidades de obra y pesos, del total de los conceptos de trabajo, utilizando diagramas de barras. FORMATO PET

24.-Programas MENSUAL de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados, en partidas y subpartidas de utilización, conforme al periodo indicado, considerando inicialmente, en su caso, el monto asignado para el primer ejercicio fiscal, la fecha de iniciación y el plazo para la conclusión de los trabajos, indicados en los apartados de la Base Novena, para los siguientes rubros.

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a).-De la mano de obra, expresado en jornadas identificando categorías e importe en pesos. FORMATO PMO

b).-De la maquinaria y equipo para construcción, identificando su tipo y características, en horas efectivas de utilización y su correspondiente importe expresado en pesos. FORMATO PMEC

c).-De los materiales expresados en unidades convencionales, volúmenes requeridos y pesos. FORMATO PUM

d).- De los equipos de instalación permanente expresados en unidades convencionales, volúmenes requeridos y pesos. FORMATO LIBRE NO APLICA.

e).-De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos, indicando la especialidad, número requerido, horas hombre para la ejecución de los trabajos y su importe en pesos. FORMATO PPPT

25.-Documentos proporcionados por LA CONVOCANTE y que devolverá EL LICITANTE firmados en todas sus hojas:

25.1.-LA CONVOCATORIA FORMA E-2, incluyendo sus anexos y copia(s) de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones.

25.2.- Relación de conceptos de trabajo y cantidades de obra para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición FORMA E-7.

25.3.-Las Especificaciones Generales, Particulares y complementarias.

25.4.-El modelo de Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado FORMA E-8.

25.5.- Proyectos.

26.-Escrito mediante el cual EL LICITANTE señale expresamente la documentación de naturaleza confidencial que entrega en su proposición, para los efectos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. En caso de que la información entregada en su oferta no la considere confidencial, deberá señalarlo en este escrito, cabe aclarar que su omisión no será motivo de desechamiento de la propuesta.

DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPUESTAS

27.- Dentro o fuera del sobre que contenga la proposición técnica y económica, a elección de EL LICITANTE; en un sobre que llamará Documentación Distinta a la proposición, presentará la documentación prevista en la Base primera.

Conforme a lo establecido en el artículo 31, fracción XXXII de LA LEY y 46 de EL REGLAMENTO y atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos Convocatoria a la Licitación19/11/10

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que se licitan, se podrán solicitar requisitos y documentos adicionales a los señalados anteriormente, debiendo señalarse en la convocatoria a la licitación o invitación precisando la forma en que estos serán utilizados en la evaluación de las proposiciones.

DÉCIMA CUARTA.- Causas expresas de desechamiento de las proposiciones que afectan directamente la solvencia de las mismas.

LA CONVOCANTE hará constar durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, cuales contienen la documentación solicitada en LA CONVOCATORIA.

LA CONVOCANTE, sin perjuicio de la aceptación de los documentos y que los reciba para su evaluación, podrá desechar aquella proposición que:

SE CONSIDERAN CAUSAS PARA EL DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES LAS SIGUIENTES:

A).-CAUSALES GENERALES DE DESECHAMIENTO

1.- La falta de información o documentos requeridos en LA CONVOCATORIA que imposibilite determinar la solvencia de la proposición.

2.- El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se haya establecido expresamente en LA CONVOCATORIA que afectan la solvencia de la proposición.

3.- Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por EL LICITANTE es falsa.

4.- La ubicación de EL LICITANTE en alguno de los supuestos señalados en los artículos 31, fracción XXIII, 51 y 78, penúltimo párrafo de LA LEY;

5.- Se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

6.-El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en LA LEY, EL REGLAMENTO y lo estipulado en LA CONVOCATORIA.

7.-Propongan alternativas que modifiquen lo establecido en LA CONVOCATORIA.

8.- La falta de presentación de los escritos o manifiestos siguientes:

a).- Escrito en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. FORMATO 01

b).- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de LA LEY. FORMATO 02

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FORMA E-2

c).- Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o programas que, en su caso, previamente haya realizado, incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que consideran costos estimados apegados a las condiciones del mercado, en términos de lo establecido en los artículos 31, fracción XV y 51, fracción VII, segundo párrafo de LA LEY. FORMATO 03

d).- Declaración de integridad mediante la cual EL LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de LA DEPENDENCIA convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. FORMATO 04

e).- Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá lo señalado en la fracción VI de la Base Primera de LA CONVOCATORIA: FORMATO LIBRE

f).- Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico; de haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que LA CONVOCANTE les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente que, en su caso, le proporcionará LA CONVOCANTE y el programa de suministro correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a LA CONVOCATORIA. FORMATO 05

g).- Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que se señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en esta licitación, e información con que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que subcontratará. Conforme a lo previsto al respecto en el numeral 2 de la Base Quinta de LA CONVOCATORIA. FORMATO LIBRE

9.- Cuando la proposición no sea firmada autógrafamente por la persona facultada para ello, cuando menos en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma. Así como no firmar autógrafamente cada una de las hojas que integran la Proposición FORMATO 07, Catálogo de Conceptos para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición FORMA E-7 y los Programas solicitados en la Base Decima Tercera de LA CONVOCATORIA, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 41 de EL REGLAMENTO.

B).-CAUSALES DE DESECHAMIENTO TÉCNICAS Y ECONÓMICAS

10.-Que los profesionales técnicos propuestos por EL LICITANTE para llevar la adecuada administración, dirección y ejecución de los trabajos, no cuenten con la

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FORMA E-2

experiencia y capacidad requerida en la base quinta inciso 1 de LA CONVOCATORIA y que por lo tanto conforme al método de evaluación por puntos, en el subrubro correspondiente obtengan como calificación cero (0).

11.-Que EL LICITANTE no acredite su experiencia y capacidad técnica en trabajos realizados de características, complejidad y magnitud similares a los que son motivo de LA CONVOCATORIA, conforme a lo establecido en la base quinta inciso 2 de dicha CONVOCATORIA y que por lo tanto conforme al método de evaluación por puntos, en el subrubro correspondiente obtengan como calificación cero (0).

12.-Que la declaración fiscal o balance general presentado no cumpla con los requisitos solicitados por LA CONVOCANTE en la base quinta inciso 3.

13.-Que los análisis de los precios unitarios presentados, no estén integrados conforme a lo establecido en las especificaciones y en la normatividad aplicable; considerando los materiales, mano de obra, maquinaria y equipos de construcción adecuados, suficientes y necesarios para la ejecución del concepto de trabajo que corresponda, cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.

14.-Que los precios unitarios propuestos por EL LICITANTE, no sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, nacional o de la zona o región en donde se ejecutarán los trabajos, individualmente o conformando la propuesta total; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.

15.-Que los análisis de los precios unitarios no estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, considerando lo indicado en LA LEY, EL REGLAMENTO y LA CONVOCATORIA; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.

16.-Que los análisis de costos indirectos no se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en EL REGLAMENTO y en LA CONVOCATORIA; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.

17.-Que el análisis y cálculo del costo financiero no se haya estructurado y determinado de acuerdo con lo previsto en EL REGLAMENTO y en LA CONVOCATORIA; cuando su incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.

18.-Se podrán incluir las causales de desechamiento que la convocante considere necesarias porque afectan la solvencia de la proposición y que permita la normatividad; para lo cual deberá obtener el visto bueno del área normativa correspondiente.

DÉCIMA QUINTA.- LA CONVOCANTE, conforme a lo establecido en el artículo 40 de LA LEY y 71 de EL REGLAMENTO, procederá a declarar desierta la licitación, cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados en LA CONVOCATORIA o sus precios de insumos no fueren aceptables para LA CONVOCANTE, se considerará que los precios de los insumos contenidos en las proposiciones no son aceptables cuando se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se desprendan de la investigación de mercado que se realice para la Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

presupuestación de los trabajos, o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado de manera previa por parte de LA CONVOCANTE y no sea factible pagarlos; cuando no se reciba proposición alguna en el acto de presentación y apertura de proposiciones, situación que quedará asentada en el acta que se formule para dar constancia del acto correspondiente.

LA CONVOCANTE, conforme a lo establecido en el artículo 40 de LA LEY y 70 de EL REGLAMENTO, podrá cancelar la licitación por caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar estos trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia. La determinación de dar por cancelada la licitación precisará el acontecimiento que motiva la decisión, lo cual se notificará por escrito a LOS LICITANTES y al OIC, dentro de los diez días hábiles siguientes a la cancelación, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer su inconformidad en términos del Titulo Séptimo, Capitulo Primero de LA LEY.

LA DEPENDENCIA, a solicitud del contratista cubrirá los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto en el artículo 70 de EL REGLAMENTO de LA LEY; la solicitud de pago de dichos gastos podrá hacerla EL LICITANTE en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la notificación de la cancelación de LA CONVOCATORIA.

Cuando se presente alguna situación de gastos no recuperables por caso fortuito o fuerza mayor LA CONVOCANTE se abstendrá de realizar pago alguno.

DÉCIMA SEXTA.- Las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES serán conservadas por LA DEPENDENCIA conforme al artículo 74 de LA LEY y del artículo 264 de EL REGLAMENTO.

DÉCIMA SEPTIMA.- En el caso de que LA DEPENDENCIA no firmare el contrato respectivo en la fecha, hora y lugar previstos en el fallo y en defecto de tal previsión dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la notificación del fallo o cambiare las condiciones de LA CONVOCATORIA que motivaron el fallo correspondiente, EL LICITANTE ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado ejecutar los trabajos. En este supuesto, LA DEPENDENCIA, a solicitud escrita de EL LICITANTE, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiese incurrido EL CONTRATISTA para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación, lo que se sujetará, cuando proceda, a lo previsto en los artículos 70 Y 82 de EL REGLAMENTO.

DÉCIMA OCTAVA.- Para el caso de penas convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a EL CONTRATISTA, estas serán determinadas únicamente en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada en el contrato para la conclusión total de las obras, se procederá conforme a lo señalado en la cláusula denominada penas convencionales del modelo de contrato a que se alude en la Base Décima.

DÉCIMA NOVENA.- Para el caso de rescisión administrativa y terminación anticipada del contrato se procederá conforme a lo establecido en el modelo de contrato a que se alude en la Base Décima y la normatividad aplicable.

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FORMA E-2

VIGÉSIMA.- EL CONTRATISTA comunicará a través de la Bitácora o excepcionalmente por escrito en términos del primer párrafo del artículo 164 de EL REGLAMENTO, a LA DEPENDENCIA la conclusión de los trabajos encomendados, para que ésta, dentro del plazo pactado en el contrato, verifique su debida terminación, conforme a las condiciones establecidas en el contrato. Al finalizar la verificación de los trabajos, LA DEPENDENCIA en un plazo no mayor de quince días naturales procederá a su recepción física, levantándose el acta correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 166 de EL REGLAMENTO.

EL CONTRATISTA, al término de los trabajos deberá presentar una garantía para responder por los defectos o vicios ocultos que resulten de la ejecución de los trabajos o de cualquier otra índole, en que hubiese incurrido LA CONTRATISTA en la realización de los trabajos; se presentará dicha garantía previamente a la recepción formal de los mismos, conforme a lo establecido en el artículo 66 de LA LEY.

VIGÉSIMA PRIMERA.- Como parte del Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción, EL LICITANTE deberá entregar el formato de encuesta FORMATO 19, debidamente llenado en el acto que se celebre con motivo de la presentación y apertura de proposiciones.

VIGÉSIMA SEGUNDA.-Con base en los artículos 8 y 31 de LA LEY, 222 y 222 bis del Código Penal Federal y el Oficio-Circular No. SACN/300/148/2003 de fecha 3 de septiembre de 2003, emitido por la Subsecretaria de Atención Ciudadana de la SFP y que dirigió a los Oficiales Mayores y equivalentes en las Dependencias de la Administración Pública Federal; se incorporan para su conocimiento y difusión, los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). FORMATO 20 Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. (APLICABLE A OBRAS Y SERVICIOS QUE SE CONVOQUEN AL AMPARO DE LA LEY)

VIGÉSIMA TERCERA.- EL CONTRATISTA deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, ante LA DEPENDENCIA, que tomará las medidas necesarias para asegurarse de que cualquier extranjero que sea contratado por éste o por los subcontratistas o proveedores involucrados en el proyecto de que se trate, para efectos del desarrollo, implementación y puesta en marcha del mismo, contará con la autorización de la autoridad migratoria para internarse en el país con la calidad y características migratorias que le permita trabajar en las actividades para las que haya sido contratado, de conformidad con la Ley General de Población y su Reglamento.

EL CONTRATISTA deberá indicar además, que tanto él como sus correspondientes subcontratistas o proveedores, se comprometen, a dar aviso a la Secretaría de Gobernación en un término de 15 días contados a partir de la fecha en que tengan conocimiento de cualquier circunstancia que altere o pueda modificar las condiciones migratorias a las que se encuentra sujeto cualquier empleado de nacionalidad extranjera a su servicio, obligándose a sufragar los gastos que origina la expulsión del extranjero de que se trate, cuando la Secretaría de Gobernación así lo ordene, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley General de Población.

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FORMA E-2

VIGÉSIMA CUARTA.- INCONFORMIDADES

Las personas que participen en esta licitación podrán inconformarse ante la Dirección General de Inconformidades de LA SFP, ubicada en Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, en México, D. F. o a través de los medios de comunicación electrónica, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de LA LEY. VIGÉSIMA QUINTA.- DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN

En términos del artículo 75 de LA LEY, la SFP en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en LA LEY o en otras disposiciones aplicables.

Asimismo, la SFP podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, todos los datos e informes relacionados con actos de que se trate.

POR “LA CONVOCANTE”DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT OAXACA

ING. JOSÉ LUÍS CHIDA PARDO

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FORMA E-2

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

   

RELACIÓN DE CONCEPTOS DE TRABAJO Y CANTIDADES DE OBRA PARA EXPRESIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN.

OBRA: CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL

  CENTRO S.C.T. "OAXACA" 00009057-036-10      RESIDENCIA GENERAL DE: LUGAR Y FECHA:   CARRETERAS ALIMENTADORAS OAXACA DE JUÁREZ, OAX.  ZONA ORIENTE 19 DE NOVIEMBRE DE 2010

CAMINO: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

CONCEPTOS PRECIO UNITARIOIMPORTE

No. ESPECIF. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD CON LETRA NUMERO TERRACERÍAS      

1 009-C DESMONTE    009-C.02 Desmonte, P.U.OT. (Inciso 3.01.01.002-H.02) 3.70 Ha

   2 009-D CORTES

009-D.04 Excavaciones para en cortes y para desplante de terraplenes P.U.O.T. (Inciso:3.01.01.003-H.04) 4,536.0 M3

3 E.P.1 Excavaciones, P.U.O.T.a) en cortes y adicionales debajo de lasubrasante b) en ampliaciones de cortes y d) en rebajes de corona y/oterraplenes existentes y escalones de liga. (incluye acarreos paradesperdicio al banco ubicado con anterioridad) 105,976.0 M3

   4 009-F.02 Compactación a) del terreno natural en el área de desplante de

los terraplenes y de la cama de los cortes al noventa por ciento (90%) (inciso 3.01.01.005-H.09) 13,536.0 M3

5 E.P.2 Formación y compactación de terraplenes adicionados con sus Cuñas de sobreancho, P.U.O.T compactada al noventa y cinco Por ciento (95%) 3,941.0 M3

6 E.P.3 Mezclado, tendido y compactación al 100% de su P.V.S.M. de la capa subrasante formado con material seleccionado, P.U.O.T. 14,488.0 M3

SUBTOTAL -   ACUMULADO -

Convocatoria a la Licitación19/11/10

MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL

KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

NOMBRE Y FIRMA DE LA EMPRESA O PERSONA FÍSICA.

    

   FORMA: E-7

HOJA: 1 DE 4

   

RELACIÓN DE CONCEPTOS DE TRABAJO Y CANTIDADES DE OBRA PARA EXPRESIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN.

OBRA: CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL

  CENTRO S.C.T. "OAXACA" 00009057-036-10      RESIDENCIA GENERAL DE: LUGAR Y FECHA:   CARRETERAS ALIMENTADORAS OAXACA DE JUÁREZ, OAX.  ZONA ORIENTE 19 DE NOVIEMBRE DE 2010

CAMINO: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

CONCEPTOS PRECIO UNITARIOIMPORTE

No. ESPECIF. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD CON LETRA NUMERO 7 009-H.03 Excavacion para canales P.U.O.T (Parrafo 3.01.01.007-H.01) 457.0 M3    

ESTRUCTURAS Y OBRAS DE DRENAJE    8 047-C EXCAVACIONES PARA ESTRUCTURAS

047-C.02 Excavaciones para estructuras de acuerdo a su clasificación a cualquier profundidad (inciso 3.01.02.H.01) excavado, P.U.O.TCualquiera que sea su clasificación. 5,452.0 M3

9 047-D RELLENOS047-D.02 Rellenos (inciso 3.01.023-H.01)

d) Para protección de obras de drenaje, P.U.O.T 2,230.0 M3    

047-E MAMPOSTERÍA047-E.18 Mampostería de tercera clase, a cualquier altura P.U.O.T (Inciso

3.01.02.024-H.12) a) con mortero de cemento10 a) Para alcantarillas 600.0 M311 b) Para muros 255.0 M3

E.P.4 ALCANTARILLAS TUBULARES DE POLIETILENOAlcantarillas tubulares de polietileno alta densidad corrugado con

Convocatoria a la Licitación19/11/10

MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL

KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

doble banda cerámica termofusionada en la campana y doble12 Empaque en la espiga, de 120 cm de diámetro, P.U.O.T. 385.0 ML

SUBTOTAL -  

NOMBRE Y FIRMA DE LA EMPRESA O PERSONA FÍSICA.

    

ACUMULADO -  

  FORMA: E-7

HOJA: 2 DE 4

   

RELACIÓN DE CONCEPTOS DE TRABAJO Y CANTIDADES DE OBRA PARA EXPRESIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN.

OBRA: CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL

  CENTRO S.C.T. "OAXACA" 00009057-036-10      RESIDENCIA GENERAL DE: LUGAR Y FECHA:   CARRETERAS ALIMENTADORAS OAXACA DE JUÁREZ, OAX.  ZONA ORIENTE 19 DE NOVIEMBRE DE 2010

CAMINO: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA.

CONCEPTOS PRECIO UNITARIOIMPORTE

No. ESPECIF. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD CON LETRA NUMERO 047-X DEMOLICIONES    

13 047-X.01 Demolicion, P.U.O.T. a) de mampostería 2) De tercera clase con mortero de cemento 180.0 M3

   14 E.P.5 Desmantelamiento de tubo de lamina de alcantarilla, P.U.O.T 160.0 ML

047-Y TRABAJOS DIVERSOS15 047-Y.05 Construcción de cunetas, P.U.O.T de concreto hidráulico simple

f’c= 150 Kg/cm2, 922.0 M3

16 047-Y.06 Construcción de lavaderos, P.U.O.T de concreto hidráulico simple f’c= 150 Kg/cm2, 13.0 M3    

17 047-Y.02 Construcción de bordillos, P.U.O.T de concreto hidráulico simple f’c= 150 Kg/cm2, 13.0 M3

Convocatoria a la Licitación19/11/10

MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL

KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

PAVIMENTOS18 E.P.6 BASE HIDRÁULICA

Base hidráulica compactada al cien por ciento (100%) de su P.V.S.M. impregnada y poreada con arena, P.U.O.T. 6,660.0 M3

19 E.P.7 CARPETA DE CONCRETO ASFÁLTICOCarpeta de concreto asfáltico compactada al noventa y cinco porCiento (95%), P.U.O.T. 2,143.0 M3 SUBTOTAL -

 NOMBRE Y FIRMA DE LA EMPRESA O PERSONA FÍSICA.

    

ACUMULADO -  

  FORMA: E-7

HOJA: 3 DE 4

   

RELACIÓN DE CONCEPTOS DE TRABAJO Y CANTIDADES DE OBRA PARA EXPRESIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN.

OBRA: CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL

  CENTRO S.C.T. "OAXACA" 00009057-036-10      RESIDENCIA GENERAL DE: LUGAR Y FECHA:   CARRETERAS ALIMENTADORAS OAXACA DE JUÁREZ, OAX.  ZONA ORIENTE 19 DE NOVIEMBRE DE 2010

CAMINO: MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

CONCEPTOS PRECIO UNITARIOIMPORTE

No. ESPECIF. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD CON LETRA NUMERO SEÑALAMIENTO      

E.P.8 SEÑALAMIENTO VERTICAL    1) Señales preventivas 53.0 PZA

   2) Señales restrictivas 18.0 PZA

3) Señales informativas 20.0 PZA

E.P.9 Indicadores de alineamiento (fantasmas), P.U.O.T. 472.0 PZA

Convocatoria a la Licitación19/11/10

MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL

KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

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Licitación Pública Nacional No.00009057-036-10 Por el Mecanismo de Evaluación por Puntos

FORMA E-2

E.P.10 Defensas laterales, P.U.O.T 666.0 ML    

E.P.11 Marcas en el pavimento, P.U.O.T. 18,300.0 ML

SUBTOTAL -  

NOMBRE Y FIRMA DE LA EMPRESA O PERSONA FÍSICA.

    

ACUMULADO -  

  FORMA: E-7

HOJA: 4 DE 4

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

TRABAJOS POR EJECUTAR, ESPECIFICACIONES GENERALES Y

ESPECIFICACIONES PARTICULARES

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TRABAJOS POR EJECUTAR

Las obras objeto de la licitación No. 00009057-036-10 se refieren a la realización de las actividades necesarias para atender los trabajos de la obra de Modernización a nivel pavimento del camino, IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA.Y que comprenden los trabajos de terracerías, obras de drenaje, obras diversas, pavimentos y señalamiento, realizar de acuerdo a lo indicado en el proyecto de reconstrucción y/o lo que ordene esta Dependencia, siguiendo los lineamientos que en términos generales se describen mas adelante.

Con objeto de no interrumpir la circulación vehicular deberá trabajarse por alas de forma alternada, colocando el señalamiento de protección a que se hacen mención en las especificaciones particulares cuyas condiciones mínimas se describen en el anexo respectivo. El Licitante en sus precios unitarios, deberá considerar lo necesario para la construcción, colocación, movimiento y mantenimiento de dicho señalamiento, como se indica en los incisos 3.01.01.001-H.03, 3.01.02.021-H.03 y 3.01.03.071-H.03, del libro tres, parte cero uno (01) y respectivamente títulos cero uno (01), cero dos (02) y cero tres (03), de las Normas para Construcción e Instalaciones de esta Dependencia y a las especificaciones particulares correspondientes, que son las que regirán para la ejecución de la obra, ya que se exigirá al Licitante su estricto cumplimiento y no se efectuara ningún pago adicional por dichos conceptos.

En términos generales los trabajos necesarios son los indicados a continuación:

El concursante deberá tener en cuenta al formular su proposición, que con la inversión autorizada deberá programar la ejecución de los trabajos durante todo el plazo de ejecución de la obra estipulada, para lo que presentará programas Mensuales para el ejercicio y que éstos últimos se ajustarán Mensualmente con la Residencia para atender los requerimientos que exija la obra en cuestión.

En la ejecución de los conceptos de obra de la presente licitación, se regirán en lo conducente y en sujeción a las Bases de Licitación, a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas en vigor, el Reglamento de la Ley de Obras Públicas, las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las mismas, para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, al Proyecto de Reconstrucción, las Especificaciones Generales de Construcción, las Especificaciones Complementarias y Particulares, a las Normas para Construcción e instalaciones que emite esta Secretaría, la Normativa para la Infraestructura del Transporte. a lo dispuesto en el manual de Señalamientos Dispositivo de Control, de Tránsito de Calles y Carreteras y al Manual para Inspección y Conservación de Puentes, última edición de cada uno de los libros, el programa mensual de obra y de utilización de equipo, programa mensual de erogaciones, a la relación de conceptos y las cantidades de obra por ejecutar y los precios unitarios aplicados en la valorización de la propuesta (Forma E-7), la Ley General de Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, y su Reglamento, Ley Forestal, Ley de Aguas, Ley de Salud, Ley Agraria, Ley de Planeación, Ley de Vías General de Comunicación, Ley Federal del Trabajo, Reglamento de Seguridad e Higiene, Ley de uso de Armas de Fuego y Explosivos, Ley Monetaria, Ley Federal de Derechos, Ley del I.M.S.S., y demás disposiciones normativas en la materia

El concursante se obliga a mantener en buenas condiciones de operación, durante toda la vigencia de los trabajos, la maquinaria y equipo de construcción que señaló al presentar su propuesta y que

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forma parte de su propuesta, y que como mínimo estará a disposición en la obra a ejecutar, durante el plazo de ejecución del contrato, y que por ello no procederá ningún pago adicional.

I. El licitante al formular su proposición deberá considerar que:

A.-Deberá preverse en la ejecución de los trabajos, utilizar de manera intensiva la mano de obra de la localidad y de la región.

B.- Deberá considerar dos frentes de trabajo.

C.-Deberá proveer a su personal de campo con uniformes y equipo de trabajo y seguridad en buenas condiciones, el que deberá ser renovado cada cuatro meses, que los identifique plenamente, no se permitirá la salida del personal a efectuar sus actividades si no cuenta con el uniforme; asimismo la maquinaria y equipo que utilice deberán contar con el logotipo de la empresa y en el caso de los vehículos deberán además ser de un solo color.

D.-Los bancos para la extracción de los materiales con los que se llevarán a cabo los trabajos en las diferentes capas de la estructura de la carretera, deberán ser localizados por el proponente y su ataque deberá ser negociado con los propietarios o usufructuarios del predio donde estos se ubican, siendo a su cargo también la negociación y el pago de las regalías, costos que deberá incluir en los análisis de los precios unitarios correspondientes para realizar los trabajos de las Terracerías, Estructuras y Obras de Drenaje, y Pavimentos, ya que no serán motivo de pago por separado.

E.- En los acarreos de los materiales se deberá considerar muy especialmente las condiciones prevalecientes en la región, pudiéndose realizar con medios propios o con uniones o grupos regionales de transporte, ya que será de su absoluta responsabilidad cualquier atraso que por desavenencia con el transporte pudiera ocurrir. Las tarifas estarán sujetas a los incrementos que la dependencia emita periódicamente. Los costos de acarreos que se contemple deberán estar incluidos en la estructura de los análisis detallados de cada concepto de obra en que corresponda su intervención.

F.- En sus análisis de precios unitarios correspondientes a las diferentes capas estructurales de la carretera, deberá incluir las regalías por la extracción de los materiales pétreos, las cuales deberán ser negociadas por el proponente; la omisión de este concepto no será motivo de reclamación posterior, en caso de que la obra le sea adjudicada.

G.- Los acarreos de los materiales pétreos deberán estar incluidos dentro del precio unitario de cada concepto correspondientes a las diferentes capas estructurales de la carretera que lo requiera y serán los que proponga cada Empresa, en el entendido de que no dará lugar a revisión de costos.

H.- Como se establece en el inciso 03.071-H.01 del Libro Tres Parte 01, Título 03, Pavimentos, de las Normas de esta Dependencia, excepto lo referente al inciso 071-H.05, donde el Licitante propondrá los bancos de materiales, siendo éste el responsable de la calidad de éstos, así como las regalías, cargas, indemnizaciones y demás gravámenes correspondientes. “Los conceptos que no sean objeto de medición no estarán sujetos a pago por separado, pues se considera que sus importes ya se han distribuido proporcionalmente o como corresponda, en los diversos precios unitarios”.

I.- Conforme lo especifica el inciso 3.01.03.085-G.04, en su párrafo a.5. La distancia de acarreo considerada para determinar las cantidades de obra que intervienen en los acarreos de materiales para pavimentos, corresponde a la que existe entre el banco de extracción y el lugar en donde serán utilizados; debiendo el proponente considerar en su análisis de precios unitarios de cada concepto en particular, solamente la distancia indicada; por lo que los acarreos de los

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materiales a las plantas de tratamiento y elaboración, se deberán considerar como acarreos locales, cuyo costo deberá prorratearse en el precio del concepto analizado.

J.- El Licitante propondrá el o los bancos a utilizar indicando el nombre, ubicación, tipo de material existente, su utilización y tratamiento requerido, empleando para ello el modelo que se anexa en estas bases, acompañado de un croquis de localización conteniendo la distancia existente entre el banco y la planta de tratamiento o de producción y el lugar de utilización de los materiales; por lo que en sus análisis detallados de precios unitarios de cada concepto de obra, el Licitante deberá considerar las regalías por extracción, cargos, indemnizaciones y demás gravámenes que origine la adquisición y obtención de los materiales pétreos a utilizar en cada capa estructural, y para cada banco en particular, el cual deberá cumplir con las normas de calidad establecidas en el capítulo 4.01.03.009 de las Normas de Calidad de Materiales, última edición, de esta Dependencia y a las especificaciones particulares correspondientes.

II.- TERRACERÍAS

Las cláusulas e incisos a que se hace mención en los párrafos siguientes, corresponden a las normas para construcción e instalaciones de la secretaria de comunicaciones y transportes, edición 1984, libro 3 parte 01 titulo 01, en los tramos que se requiera y tal como lo indique el proyecto se efectuará el desmonte de acuerdo a lo establecido en el capitulo 3.01.01.002-F, posteriormente y de acuerdo a los datos de proyecto se despalmara la superficie en el espesor que sea necesario para remover la capa vegetal, una vez que el material vegetal haya sido removido en su totalidad, se procederá a efectuar los cortes y terraplenes indicados en el proyecto, debiendo compactar la superficie del desplante de relleno y/o terraplenes al 90% y 95% de su P.V.S.M. de la prueba AASHTO ESTÁNDAR, de acuerdo a lo indicado en el PROYECTO. Los cortes en excavaciones ejecutados a cielo abierto en el terreno natural, en ampliaciones y/o abatimiento de los taludes, en rebajes en la corona de cortes y/o terraplenes existentes, derrumbes y despalmes de corte o para el desplante de terraplenes no compensados se ejecutarán de acuerdo a lo establecido en el capitulo 3.01.01.003-F, de las normas de está Secretaria con las tolerancias ahí fijadas, para excavaciones en prestamos de banco, en la obtención de los materiales para la formación de los terraplenes no compensados, se procederá de acuerdo a lo establecido en el capitulo 3.01.01.004-F.

Los terraplenes en la ampliación de la corona de terraplenes existentes, elevación de la sub-rasante de los terraplenes adicionados con sus cuñas de sobreancho; de la capa sub-rasante en terraplenes formada con materiales seleccionados, de la capa sub-rasante sobre terraplenes formados con material no compactable, de terraplenes y sub-rasante en cortes donde se haya ordenado excavación adicional y en terraplenes formados con material no compactable se deberá seguir lo dispuesto en el capitulo 3.01.01.005-F de las normas de está Secretaria. Con anterioridad al vaciado de los cortes y formación de terraplenes se deberá analizar los movimientos indicados en el proyecto de curva–masa, para que de acuerdo a la cantidad de los materiales de cortes obtenidos, se proceda a su aprovechamiento y/o desperdicio mismos que están contemplados dentro de los volúmenes de acarreos.

Sobre las terracerías existentes, se construirá la capa subrasante de 30 cm de espesor y conforme a los datos indicados en el proyecto, utilizando para ello material procedente de los bancos propuestos por el licitante, el material que forme esta capa se deberá compactar al 100% de su P.V.S.M. de la prueba AASHTO ESTÁNDAR, debiéndose tomar además en cuenta todos los acarreos necesarios para la ejecución de la mismas.

El licitante deberá tomar en cuenta que, se procederá a efectuar en todo el ancho de la sección, un escarificado de la capa de rodamiento actual en un espesor de 30 cm., la superficie descubierta después del escarificado, se compactará al 90% de su peso volumétrico seco máximo en una profundidad de 15 cm.(prueba AASHTO estándar).

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Al material producto de la escarificación, se le agregará material de banco en el volumen necesario, para que con la mezcla de ambos materiales, se construya la capa subrasante en un espesor total de 30cm. Compactados al 100 %, de su peso volumétrico seco máximo determinado en prueba AASHTO estándar.

Si al realizar el corte de la ampliación, el piso de la ampliación y el de la capa de rodamiento, presentan características de estrato rocoso, quedara este nivel como nivel superior de la capa subyacente.

III.- OBRAS DE DRENAJE

Oportunamente y antes de iniciar los trabajos respectivos, la dependencia entregará al licitante los proyectos correspondientes y le señalara la ubicación de las obras de drenaje que habrán de construirse y cuya construcción deberá efectuarse en etapas que sean congruentes, con lo que se ha indicado para los trabajos de terracerías, para la ejecución de los diferentes conceptos se deberá seguir lo dispuesto en el libro 03 parte 01 titulo 02 de las normas para construcción e instalaciones que esta secretaria tiene vigor.

Previo al inicio de los trabajos, se construirá la desviación y se colocará el señalamiento de protección de obra necesario para garantizar la correcta transitabilidad del usuario durante la ejecución de los trabajos y hasta que ésta se ponga en servicio. El licitante conservará la desviación y el señalamiento de obra y colocará los bandereros que sean necesarios.

Posteriormente se construirá la terracerías, estructuras y obras de drenaje, trabajos diversos, pavimento y señalamiento.

Finalmente se colocará el señalamiento definitivo y se abrirá al tránsito la nueva estructura, después de haber cancelado el señalamiento y desviaciones provisionales.

El señalamiento provisional que se instalará durante la ejecución de la obra se sujetará a lo indicado en el capítulo IV del Manual de Dispositivos para el Control del Transito en Calles y Carreteras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

El licitante colocará y conservará durante todo el tiempo que duren los trabajos las desviaciones, su superficie de rodamiento y el señalamiento provisional adecuado, tanto diurno como nocturno, para encauzar el tráfico vehicular con seguridad; siendo también el responsable de su mantenimiento y reposición durante la ejecución de la obra. Asimismo, deberá utilizar el número necesario de bandereros, para el mismo fin.

El licitante queda obligado a colocar en cada uno de los dos lugares que le indique el Centro S.C.T, previo al inicio de la obra, un “letrero informativo de la obra”, de tres (3) por seis (6) metros, con la leyenda que oportunamente se le proporcione.

Conforme a las características y materiales que se señalen en los formatos anexos (Figura 1) conteniendo la leyenda alusiva y otro con las características dimensiones y materiales para su construcción.

La elaboración de estas dos (2) señales será por cuenta del Licitante y su costo deberá considerarlo en los indirectos de la obra. Como se indica a continuación:

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IV.- PAVIMENTOS

Las cláusulas e incisos en que se hace mención en los párrafos siguientes corresponden a las normas para construcción e instalación de la secretaría de comunicaciones y transportes, edición 1984, libro 03, parte 01, titulo 03, y demás en el libro 04, parte 01, titulo 03 edición 1986, de las normas de calidad de los materiales, también de la secretaría de comunicaciones y transportes.

A.- CONSTRUCCIÓN DE LA BASE HIDRÁULICA:

Sobre la capa sub-rasante debidamente terminada, se construirá una capa de base hidráulica de 20 cms de espesor, utilizando material procedente del banco propuesto por licitante, el material que forme esta capa deberá compactarse al 100% de su P.V.S.M. de la prueba AASHTO modificada (cinco capas). Los materiales utilizados deberán de ser de los tipos indicados en la cláusulas 073-D del libro 03, parte 01, titulo 03; además estos deberán cumplir con las normas de calidad establecidas en el inciso 009-C.06 del libro 04, parte 01, titulo 03 y para su ejecución se deberán seguir los lineamientos indicados en la cláusulas 074-F del libro 03, parte 01, titulo 03.

B.- RIEGO DE IMPREGNACIÓN:

Sobre la superficie de la capa de base hidráulica debidamente terminada, superficialmente seca y barrida, se aplicará en todo el ancho de la sección así como en dichos taludes que formen el pavimento, un riego de impregnación con emulsión asfáltica catiónica a razón de 1.5 lts/m².

El producto asfáltico (emulsión catiónica) deberá ser el tipo mencionado en la cláusula 076-D del Libro 3, Parte 01, Título 03, así mismo deberá cumplir con las Normas de Calidad establecidas en el inciso 011-B.04.F del Libro 4, Parte 01, Título 03 y para su aplicación con la cláusula 080-F del Libro 3, Parte 01, Título 03.

C.- RIEGO DE LIGA PARA LA CARPETA:

Sobre la superficie de la capa de base hidráulica debidamente impregnada, se aplicará en todo el ancho de la sección un riego de liga con emulsión asfáltica catiónica, a razón de 1.0 lts/m². O la cantidad que indique el laboratorio de control de calidad como resultado de las pruebas realizadas y aprobadas por la dependencia.

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FIGURA 1

IXTEPEC – GUEVEA DE HUMBOLDT

El Gobierno Federal Moderniza 6.2 km. de esta carretera, para Vivir Mejor.

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El producto asfáltico (emulsión catiónica) deberá ser el tipo mencionado en la cláusula 076-D del Libro 3, Parte 01, Título 03, así mismo deberá cumplir con las Normas de Calidad establecidas en el inciso 011-O.04.F del Libro 4, Parte 01, Título 03 y para su aplicación con la cláusula 080-F del Libro 3, Parte 01, Título 03.

EMULSIONES:

Se deberá indicar el tipo de emulsión asfáltica a emplear par efectos de control de calidad y recepción de la obra; se requiere además, obtener la dosificación adecuada en cada caso conforme a las pruebas de laboratorio necesarias según el trabajo a realizar.

D.- CARPETA ASFÁLTICO P.U.O.T.

1) Sobre la base terminada y con el bombeo adecuado verificado por la Dependencia, se realizará en toda el área un barrido enérgico para eliminar el polvo y materias extrañas; inmediatamente después se dará un riego de liga con emulsión asfáltica de rompimiento rápido, cuando la emulsión tenga la consistencia adecuada, se construirá en todo lo ancho de la corona de la carretera, una carpeta de concreto asfáltico de acuerdo a lo indicado en el inciso 081-H.02, capítulo 3.01.03.081 de las Normas para Construcción e Instalaciones vigente de esta Dependencia, y a la especificación particular correspondiente, compactándola al noventa y cinco por ciento (95%) del peso volumétrico máximo determinado en el laboratorio con el método Marshall. El concreto asfáltico deberá elaborarse utilizando cemento asfáltico tipo AC-20, el material pétreo de tamaño máximo de diecinueve (19) milímetros proveniente del banco, propuesto por el Licitante. La dosificación del cemento asfáltico será de ciento veinticinco (125) kg/m3, aproximadamente, de material pétreo seco y suelto.

El espesor compacto de la carpeta de concreto asfáltico será de cinco (5) cm.Los procedimientos mencionados anteriormente, se repiten para la construcción de la otra ala, cuidando que la longitud de desfasamiento no ponga en peligro a los usuarios.

Los materiales pétreos y el cemento asfáltico que conformen la carpeta deberán cumplir con las Normas especificadas en los incisos 010-C.01 y 011-B.04.b respectivamente del Libro 4, Parte 01, Título 03.

La construcción de la carpeta se deberá apegar a los lineamientos indicados en las cláusulas 081-F del Libro 3, Parte 01, Título 03.

Dado que se utilizará cemento asfáltico AC-20, la mezcla deberá realizarse a una temperatura de entre 140ºC y 165ºC. La mezcla al momento de colocarla en la pavimentadora, deberá tener una temperatura no menor a 135ºC. La temperatura se medirá en el camión antes de descargar en la pavimentadora. La compactación se efectuará inmediatamente después de tendida la mezcla y antes de que su temperatura baje a menos de 130ºC.

El material pétreo que se utilice para formar la carpeta de concreto asfáltico deberá cumplir con los siguientes requisitos:

El grado de compactación deberá ser del 95 % mínimo, la densidad relativa del 2.4 % mínimo, el equivalente de arena deberá ser del 50 % mínimo, desgaste de los ángeles del 30 % máximo y las partículas alargadas y lajeadas del 35 % máximo, perdida de estabilidad por inmersión de agua del 25 % máximo, de acuerdo a lo indicado en la norma N-CMT.4.04/01 de las características de los materiales.

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V.- SEÑALAMIENTO

a).- RECUBRIMIENTO DE SUPERFICIES DE PAVIMENTO CON PINTURA P.U.O.T

1. Para recubrir con pintura las superficies destinadas al señalamiento sobre pavimentos asfálticos, las operaciones serán las siguientes:

a) Previamente a la aplicación de la pintura de tráfico la superficie de rodamiento deberá estar debidamente señalada y limpia, en caso de requerirse se barrera, de existir manchas o acumulaciones de asfalto, de grasa o de algún otro material extraño, se eliminarán de acuerdo con el sistema que en cada caso ordene o apruebe esta secretaría.

b) Se trazarán sobre el pavimento las marcas del señalamiento, con la claridad y frecuencia requerida, para que pueda guiarse el equipo utilizado en la aplicación de la pintura.

2. El equipo que se utilice para la aplicación del recubrimiento y para las operaciones de preparación, deberá ser previamente aprobado por la secretaría.

3. Las pinturas para marcas sobre pavimento tendrán el color que fije el proyecto o la secretaría y tendrá un ancho de 10 cms. el pigmento deberá ser de origen inorgánico; el vehículo será a base de resina alquidálica modificada con hule clorado y el disolvente de origen orgánico.

4. La pintura para marcas sobre pavimentos podrá utilizarse en las siguientes formas:

a) Sin la adición de esferas de vidrio.

b) Con la adición de esferas de vidrio, cuyas características se indican mas delante de estos trabajos por ejecutar.

5. El lote de pintura suministrado para marcas sobre pavimento deberá ser idéntico en su composición y comportamiento a la muestra presentada, ya ensayada y aprobada previamente.

6. Las pruebas de calidad que se harán a las pinturas para marcas sobre pavimento, serán de dos (2) clases:

a) Pruebas de laboratorio.

b) Pruebas de servicio en carretera.

7. Con relación a las pruebas de laboratorio, las características que se estudiarán para juzgar sobre la calidad de la pintura para marcas sobre pavimento, serán las siguientes:

a) En estado fluido antes de aplicarse: apariencia, estabilidad, tiempo de secado, viscosidad, peso específico, finura, exudación, poder cubriente, retenido en malla no. 0.045, contenido de pigmento, contenido de vehículo, contenido de volátiles, contenido de sólidos totales, contenido de hule clorado, contenido de bióxido de titanio, contenido de agua libre, contenido de brea y contenido de aceite de pescado.

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b) En película seca: flexibilidad, color, intemperismo acelerado, reflectancia direccional, resistencia al agua destilada, resistencia a la gasolina, resistencia a cambios bruscos de temperatura y resistencia a la abrasión.

8. En el caso de pinturas a las que se les adicione esferas de vidrio para aumentar su reflectividad, las características de esta pintura, antes de aplicarse, se determinarán sin la adición de las esferas mencionadas, mientras que las características de la película de pintura aplicada relativas a intemperismo acelerado y resistencia a cambios bruscos de temperatura, se determinarán posteriormente a la adición de dichas esferas.

9. Las características físicas y químicas que deberán cumplir las pinturas para marcas sobre pavimento, se indican en las tablas I y II.

10. Con relación a la apariencia, la pintura para marcas sobre pavimento deberá presentar un aspecto uniforme y estar exenta de natas, productos de oxidación, grumos que requieran incorporación, polvo u otras materias extrañas.

11. Con relación a la estabilidad, las pinturas para marcas sobre pavimento, deberán conservar durante veinticuatro (24) horas su aspecto y homogeneidad, sin que se formen capas o sedimentos, ni deberán espesarse ni coagularse en el envase. no debe confundirse la falta de estabilidad, con un asentamiento del pigmento, cuando con una agitación manual durante no más de cinco (5) minutos el pigmento se incorpore al vehículo.

12. Con relación al color, la pintura deberá tener el que se especifique en el proyecto y ser igual a la muestra presentada previamente.

TABLA I. CARACTERÍSTICAS DE LAS PINTURAS PARA MARCAS SOBRE PAVIMENTO, EN ESTADO FLUIDO, ANTES DE APLICARSE.

CONCEPTO ESPECIFICACIONTiempo de secado:Al tacto ..................................................Duro ......................................................

Viscosidad en unidades Krebs

Peso volumétrico en kg/dm3

Finura en unidades Hegman

Exudación o sangrado

Poder cubriente

Retenido en malla No. 0.045, en %

PigmentoContenido S VehículoEn % Volátiles totales Sólidos totales

Hule clorado, en % de la resina

Bióxido de titanio, en % del pigmento

Agua libre, en %

5 minutos mínimo30 minutos máximo

67 a 75

1.4 mínimo

2.5 mínimo

Debe pasar

Debe pasar

1.0 máximo

50 a 5941 a 50

30.5 máximo69.5 mínimo

15 mínimo

20 mínimo

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Brea

Aceite de pescado

1.0 máximo

No debe contener

No debe contener

13. Con relación a la prueba de servicio en carretera, la pintura para marcas sobre pavimento deberá tener una calificación mínima promedio de siete (7) al someterse a doce (12) meses de prueba, calculada con fórmulas que contemplen factores de apariencia y durabilidad, con observaciones intermedias a los tres (3), seis (6), nueve (9) y doce (12) meses.

Las pruebas de servicio se efectuarán en carreteras que tengan una intensidad de tránsito no menor de quinientos (500) vehículos en promedio diario anual en cada carril.

TABLA II. CARACTERÍSTICAS DE LA PINTURA PARA MARCAS SOBRE PAVIMENTO EN PELÍCULA SECA.

CONCEPTO ESPECIFICACIÓN

Flexibilidad.Intemperismo acelerado.Reflectancia direccional, en %.Resistencia al agua destilada.Resistencia a la gasolina.Resistencia a cambios bruscos de temperatura.Resistencia a la abrasión, en kg. de arena/mm.

Debe cumplirDebe cumplir

80 mínimoDebe cumplirDebe cumplirDebe cumplir200 mínimo

14. La pintura para marcas sobre pavimento deberá entregarse en envases impermeables y herméticos, indicando claramente en ellos la marca del fabricante, tipo y color de pintura, contenido en litros, fecha de fabricación y número de lote.

15. El muestreo de la pintura para marcas sobre pavimento y la determinación de los tiempos de secado, viscosidad, peso específico, finura, exudación, poder cubriente, retenido en malla núm. 0.045, flexibilidad, intemperismo acelerado, reflectancia direccional, resistencia al agua destilada, a la gasolina, a cambios bruscos de temperatura y a la abrasión y contenidos de pigmento, vehículo, volátiles, sólidos totales, hule clorado, bióxido de titanio, agua libre, brea y aceite de pescado, así como la prueba de servicio en carretera, deberán efectuarse de acuerdo con los métodos indicados en la normativa para la infraestructura carretera de la SCT.

16. Cuando se termine de pintar la raya central y lateral si existiera manchas del neumático que transporta la pintura debido a que no había secado perfectamente, y pasa sobre ella un vehículo o le falta pintura el licitante tendrá la obligación de volver a pintar nuevamente la raya central y/o laterales y borrar la manchas que existan en la superficie de rodamiento o en donde indique y/o ordene esta secretaria.

ESFERAS DE VIDRIO REFLEJANTES (microesfera)

1. En esta cláusula se tratan las características que deben reunir las esferas de vidrio que se adicionan a la pintura para señales de tránsito o marcas sobre pavimento para impartirle mayor visibilidad por reflexión.

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

2. Las características de calidad de las esferas de vidrio reflejantes, serán las siguientes: apariencia, esfericidad, granulometría, resistencia a agentes químicos, índice de refracción, resistencia a la humedad superficial y contenido de sílice.

3. Por lo que se refiere a la apariencia, las esferas de vidrio reflejantes, deberán ser incoloras, limpias y transparentes, estar exentas de manchas de aspecto lechoso y de burbujas de aire en exceso.

4. Por lo que se refiere a la esfericidad, resistencia a agentes químicos, índices de refracción, resistencia a la humedad superficial y contenido de sílice, las esferas de vidrio deberán cumplir con los requisitos que se indican en la tabla I.

5. Por lo que se refiere a granulometría, las esferas de vidrio reflejantes para marcas sobre pavimento en carreteras y aeropistas y para señales de tránsito, deberán cumplir con los requisitos indicados en la tabla II.

TABLA I. REQUISITOS DE ESFERAS DE VIDRIO.

CONCEPTO ESPECIFICACIÓN

Esfericidad, en %

Resistencia a agentes químicos

Índice de refracción

Resistencia a la humedad superficial

Contenido de sílice, en %

70 mínimo

Debe pasar

1.50 a 1.60

Debe pasar

60 mínimo

TABLA II. REQUISITOS DE GRANULOMETRÍA.

MALLA No.

RETENIDO PARCIAL EN PORCIENTOPara marcas sobre

pavimento en carreterasPara marcas sobre

pavimento en aeropistas

Para señales de tránsito

1.4001.0000.8500.6000.4250.3000.1800.1500.1060.075

charola

0 a 35 a 20

30 a 6510 a 30

5 a 152 a 80 a 8

010 a 20

30 a 855 a 50

0 a 5

0

100

6. La cantidad de esferas de vidrio reflejantes que debe tener la película de pintura se indica en la tabla III.

TABLA III. CANTIDAD DE ESFERAS DE VIDRIO EN LA PELÍCULA DE PINTURA.

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

CONCEPTO Espesor de la Película de pintura en mm.

Cantidad mínima de esferas

Para pavimento de carreteras.

Para pavimento en aeropistas

Para señales de tránsito

0.38

0.30

0.10

700 gr/litro

1200 gr/litro

90% de cubrimiento

7. Las esferas de vidrio reflejantes deberán entregarse en envases herméticos, indicando claramente en ellos, la marca del fabricante, uso a que se destinen, número de lote y contenido en kilogramos.

8. Las esferas de vidrio reflejantes deberán almacenarse de tal manera que no se altere su calidad por contaminación y puedan inspeccionarse fácilmente.

9. El muestreo de las esferas de vidrio reflejantes y la determinación de la apariencia, esfericidad, granulometría, resistencia a agentes químicos, índice de refracción, resistencia a la humedad superficial, contenido de sílice y cantidad de esferas en la película de pintura, deberán efectuarse de acuerdo con los métodos indicados en la normativa para la infraestructura carretera de la sct.

PRUEBAS SOBRE LA PINTURA COLOCADA:

PRUEBA DE REFLECTIVIDAD.

1.- La pintura colocada sobre la superficie de rodamiento se le realizara la prueba de servicio en carreteras, la medición de la reflectividad, se realizara después de haber transcurrido veinticuatro (24) horas de colocación, sobre la rayas laterales y centrales, la reflectividad se medirá con un reflectometro mirolux 12 o un equipo similar que rinda los mismos resultados, de acuerdo con el método de prueba aashto T257-86; el cual deberá tener la empresa.

REFLECTIVIDADMilicandelas / m2 / lux (cd/m2/lx)

COLOR DIURNACONDICION SECA

NOCTURNACONDICION HUMEDA

BLANCO 300 100AMARILLO 260 80

2.- Duración de la pintura en servicio deberá a pegarse con fundamento en la normativa para la infraestructura carretera de la SCT; además la empresa que resulte ganadora se compromete a que la pintura por él colocada mantendrá una calificación igual o mayor que siete (7) en la prueba de servicio en carreteras de pinturas para marcas sobre el pavimento y un valor mínimo de reflectividad al cabo de doce (12) meses de servicio, contados a partir de la fecha de recepción de las obras en caso de incumplimiento, la secretaria se resarcirá por la cantidad que resulte de la siguiente operación aritmética:

IMPORTE DE LA PENALIZACIÓN = MONTO PAGADO (12 – NM) / 12

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FORMA E-2

DONDE:

NM= NUMERO DE MESES TRANSCURRIDOS ENTRE LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL TRABAJO Y EL MOMENTO EN QUE SE DETECTE UNA CALIFICACIÓN INFERIOR A SIETE (7) EN LAS PRUEBAS ANTES DESCRITAS.

REFLECTIVIDADMilicandelas / m2 / lux (cd / m2 / lx)

COLOR DIURNACONDICIÓN SECA

NOCTURNACONDICIÓN HÚMEDA

RECIÉN APLICADABLANCO 300 100

AMARILLO 260 80DESPUÉS DE UN AÑO DE SERVICIO

BLANCO 150 50AMARILLO 130 40

Si la condición de reflectividad diurna en condiciones seca para la pintura recién aplicada no se cumple, el concepto de obra no será pagado y el licitante deberá reponer el trabajo sin derecho a pago adicional alguno; otro caso será si la calificación es menor que siete (7).

3.- Deberá a pegarse al manual de dispositivos para el control del transito en calles y carreteras, de acuerdo como se indica en el proyecto y/o ordene la dependencia.

4.- Deberán efectuarse como lo indica la normativa para la infraestructura carretera de la SCT

5.- La pintura de rayas laterales y central en pavimento asfáltico deberá cumplir con lo establecido en la norma n-cmt-5-01-001, pinturas para señalamiento horizontal, así como en las demas normas aplicables del libro cm. características de los materiales, salvo que el proyecto o la secretaria indiquen otra cosa, tomando en cuenta las indicaciones de la especificación particular correspondiente.

V. ESPESORES.

Los espesores que han sido indicados, corresponden a material ya compactado al grado que en cada caso fue señalado.

VI.- DOSIFICACIONES.

Las dosificaciones de los materiales pétreos, asfálticos y aditivos que se indican en estos Trabajos por Ejecutar, como fue señalado en cada caso, son aproximadas y las definitivas serán las que ordene la Dependencia, como resultado de las pruebas de laboratorio que en cada caso se lleve a cabo.

VII.- CALIDAD DE LOS MATERIALES

Los materiales a que se refieren estos Trabajos por Ejecutar, deberán cumplir con los requisitos que se indican en las Normas de Calidad de los Materiales de esta Dependencia, edición 1986, solo que deberá hacerse caso omiso del valor cementante y contracción lineal. A continuación se señalan algunos de estos requisitos que se consideran mas importantes:

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FORMA E-2

PAVIMENTO.

1. El material pétreo que se utilice para formar la carpeta de concreto asfáltico, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

MATERIAL PARA

UTILIZARSE

FINOS % LL% IP% PVSS

% EA% VRS%DESGASTE

DE LOS ANGELES

DURABILIDAD

BASEHIDRAULIC

A5-10

25MAXIM

O

6MAXIMO

1350 KG/M3

EA=55%

90%MÍNIM

O

30MÁXIMO

40%MÍNIMO

CARPETA4

MAXIMO

25MAXIM

O

6MAXIMO

1400 KG/M3

EA=60%

30MAXIMO

2. El material pétreo que se utilice en la elaboración de la mezcla asfáltica, deberá cumplir con lo estipulado en el inciso 4.01.03.010-C.01.

3. El concreto asfáltico deberá cumplir con los requisitos determinados por el método Marshall para especimenes compactados con setenta y cinco (75) golpes por cara:

P R U E B AM E Z C L A

A S F A L T I C A P A R A :

CARPETAESTABILIDAD 700 KGFLUJO 2 a 4 mm.RESPECTO AL POR CIENTO DE VACIOS EN LA MEZCLA RESPECTO AL VOLUMEN ESPECIMEN 3 a 5

POR CIENTO DE VACIOS EN EL AGREGADO MINERAL (VAM) RESPECTO AL VOLUMEN DEL ESPECIMEN DE MEZCLA, NO MENOR DE

14

4. Los productos asfálticos para la aplicación de los riegos de impregnación y de liga, así como el cemento asfáltico AC-20 para la elaboración de la mezcla asfáltica para la construcción de la carpeta, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el inciso 4.01.03.011-B.04.

VIII.- NORMAS DE EJECUCIÓN

1.- La carpeta de concreto asfáltico se ejecutará de acuerdo a lo indicado en la cláusula 3.01.03.081-F y la especificación particular respectiva.

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FORMA E-2

ESPECIFICACIONES GENERALES

LOS SIGUIENTES REQUISITOS DEBERÁN SER CONSIDERADOS POR EL LICITANTE AL FORMULAR SU PROPOSICIÓN.

A.-

B.-

C.-

D.-

E.-

F.-

G.-

H.-

I.-

J.-

K.-

La visita al sitio de ejecución de los trabajos, deberá realizarse con todo detalle a fin de considerar todos los elementos necesarios en la estructura y análisis de los precios unitarios.

El licitante deberá tomar en cuenta todo lo indicado en los trabajos por ejecutar para elaborar sus precios unitarios y programas de obra; asi como el personal necesario para los trabajos de apoyo topográfico y la instalación de un laboratorio permanente de campo con el personal y equipo necesario para el control de calidad de la obra, los cuales deberán ser considerados en sus costos indirectos.

Los bancos de materiales serán propuestos por el licitante y quedaran sujetos a la aprobación de la dependencia, en caso de rechazo esta no aceptará ninguna reclamación para la modificación de los precios unitarios de esta licitación. Estos bancos deberán indicarse claramente en la propuesta, anexando antecedentes de calidad que garanticen el cumplimiento de los requisitos especificados.

Los materiales que se utilicen en esta obra, deberán cumplir con lo indicado en las normas para la construcción e instalaciones y lo indicado en las normas de calidad de los materiales vigentes de esta dependencia.

En lo relativo al suministro de los materiales, el licitante deberá asegurar que estos estén disponibles en cantidad y calidad suficientes en todo momento durante el proceso de la obra.

El licitante deberá contemplar en su propuesta que todo el equipo que proponga utilizar deberá estar concentrado en el sitio de los trabajos con tres días previos al inicio de la obra, en perfectas condiciones y será revisado por la dependencia y en caso de no estar en perfectas condiciones, el licitante deberá de reemplazar dicho equipo al momento, sin que ello signifique incremento en los precios unitarios o reclamación alguna por parte del licitante.

Para la compactación de la carpeta de concreto asfáltico no se permitirá el uso de equipos remolcados o jalados con tractor agrícola, solo se permitirá el uso de equipo de compactación autopropulsados.

A la empresa que se le asigne el contrato, en la primera semana después del fallo, deberá presentar un programa específico para cada uno de los conceptos, precisando las fechas en que se ejecutaran los trabajos, este programa deberá ser presentado en planta.

La limpieza general de la obra y de las zonas adyacentes de los trabajos, tanto durante el proceso de la misma como el final para entrega de la obra, deberán considerarse por el licitante como parte de los costos indirectos de sus precios unitarios.

El licitante sera el responsable de realizar cualquier trámite que se requiera para iniciar y darle continuidad a la ejecución de los trabajos, ya que cualquier demora tanto en el inicio como en el transcurso de ejecución de los mismos por negligencia de la propia empresa no justificara modificar el programa propuesto por la empresa, particularmente por el uso de explosivos.

El licitante deberá considerar que los acarreos de la planta de producción al lugar de utilización, deberán ser incluidos en la estructura de los precios unitarios, en donde se requiera utilizar dicho servicio, ya que en él catalogo de conceptos los acarreos no son considerados por separado.

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FORMA E-2

L.- El proponente deberá considerar en los análisis detallados de precios unitarios de las emulsiones asfálticas, el calculo para obtener el costo básico de la emulsión que intervendrá en el análisis del concepto, a fin de que en su actualización se pueda considerar el precio oficial del asfalto emitido por PEMEX, a aquellas propuestas que no presenten el análisis del básico antes indicado, será motivo para desecharlas, ya que no se aceptaran costos de adquisición de proveedores no oficiales.

E.G.- BANCOS DE MATERIALES Y DE DEPÓSITO.

Al formular la proposición deberá tomarse en cuenta que los bancos de materiales necesarios para la construcción de las terracerías y pavimentos, ya sea los señalados en el proyecto o los que en su caso proponga el contratista para sustituir o complementar los indicados por la Secretaría, así como los bancos de depósito que le sean fijados para los materiales de desperdicio, correrán por cuenta del contratista y por lo tanto éste deberá hacer todos los arreglos requeridos para su adquisición y cubrir las regalías, cargos, indemnizaciones y demás gravámenes necesarios para su explotación o utilización; ninguna de las diferencias que pudieran resultar entre el costo real que le signifique al contratista el aprovechamiento de los bancos de materiales y de depósito y el considerado en los análisis, justificará reclamación alguna en relación con los precios unitarios contenidos en la proposición.

E.G BANCOS DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS Y OBRAS DE DRENAJE.

El proponente deberá tener en cuenta en su Proposición que los bancos para obtener el material para los terraplenes de acceso, así como la piedra, la arena, el agua y otros materiales necesarios para la construcción de las estructuras, obras de drenaje y trabajos diversos, deberán ser localizados y propuestos por el Contratista y acepte la Secretaría.

En caso de que la Secretaría, por alguna razón no acepte los bancos que se le propongan y sea necesario extraer los materiales de alguno o algunos bancos distintos a los inicialmente considerados por el Contratista, este cambio no será motivo de modificación alguna a los precios unitarios anotados en la Relación (Forma E-7).

E.G.- DESVIACIONES, CAMINOS DE ACCESO Y DISPOSITIVOS O TRABAJOS DE PROTECCIÓN.

Durante la ejecución de la obra objeto de la licitación el Contratista estará obligado a construir y conservar transitables todo el tiempo requerido, las desviaciones, considerando que deberá ejecutar los trabajos por alas de acuerdo con su programación que proponga en su concurso, ya que se trata de un camino en operación; así como también los caminos de acceso adecuados para comunicar los frentes de trabajo, los lugares fijados para la obtención de los materiales destinados a su construcción, y para permitir el movimiento del equipo, maquinaria y vehículos necesarios para su realización; así como a sujetarse a las disposiciones de seguridad contenidas en el Capítulo Sexto del Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras (edición 1986), en la inteligencia de que no se le autorizará la ejecución de ninguna clase de trabajos hasta que haya colocado, a satisfacción de la Secretaría, las señales y dispositivos de protección en la forma y condiciones indicadas en dicho Capítulo, adicionalmente a lo anterior, se deberá considerar que todo el señalamiento de protección de obras y desviaciones, tendrá instalación eléctrica, para operarlo en todos los turnos vespertinos y nocturnos, no se autorizará la colocación de “mecheros, piedras o fantasmas pintados, etc.”

La construcción y conservación de las desviaciones y caminos de acceso, así como la elaboración, colocación y mantenimiento de las señales y dispositivos de protección hasta que los trabajos le sean recibidos, serán a cargo del Contratista y por lo tanto, su costo deberá considerarlo en los

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FORMA E-2

precios unitarios de los diversos conceptos de trabajos, conforme a lo estipulado en el inciso 1.01.01.005-G.03 del Libro 1 de Generalidades y Terminología.

El proponente habrá de tener presente, que los trabajos se efectuarán en un camino en operación y por lo tanto, deberá tomar en cuenta al formular su proposición todas las dificultades y restricciones que se presenten debido a la presencia de instalaciones (de Petróleos Mexicanos, comisión Federal de Electricidad, Teléfonos, Fibra Óptica, etc.) así como la intensidad del tránsito, como por ejemplo, baja eficiencia, tiempos inactivos del equipo de construcción, etc., ya que no se aceptará reclamación alguna del Contratista respecto a los precios unitarios contenidos en su proposición, aduciendo el desconocimiento de las condiciones en que se realizarán los trabajos.

Además también deberá tomar en cuenta al preparar su proposición, que le Contratista estará obligado a tomar todas las providencias que sean necesarias para mantener la continuidad y fluidez del tránsito, organizando los diferentes frentes de trabajo de manera que se facilite el movimiento de dicho tránsito y se reduzcan al mínimo las molestias que ocasionen a los usuarios por la construcción de la obra, debiendo extremar las precauciones a fin de prevenir y evitar accidentes de cualquier naturaleza, ya sea motivo de los trabajos, o por los movimientos de su maquinaria o equipo, o por el abastecimiento de materiales; o la necesidad de efectuar voladuras ( en los casos de uso de explosivos) controladas para evitar daños a terceros.

E.G.- LETREROS INFORMATIVOS DE LA OBRA (SEÑAL DIAGRAMATICA)

El Contratista queda obligado a colocar en cada uno de los dos (2) lugares que se le indiquen, una señal de doscientos cuarenta y cuatro (244) centímetros por cuatrocientos ochenta y ocho (488) centímetros con la leyenda que oportunamente se le proporcione. Cada letrero se formará con un bastidor de lámina galvanizada G-90 de calibre 16, soportados con columnas de acero estructural A-36 galvanizadas de tipo IPR de 8 x 4 x 22.3 kg/m y ancladas con cuatro (4) anclas de acero comercial A-307 de una (1) pulgada de diámetro en cada columna. Para el fondo del letrero y la leyenda alusiva se usará pintura de aceite de colores azul, negro y blanco.

La elaboración de estas dos (2) señales será por cuenta del Contratista y su costo deberá considerarlo en los indirectos de la obra.

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FORMA E-2

E.G.- DATOS CONSIGNADOS EN EL PROYECTO Y/O BASES DE LICITACIÓN Y SUS APÉNDICES

El proponente al formular los análisis detallados para el cálculo e integración de los precios unitarios que proponga para los trabajos objeto de la licitación, deberá tomar en cuenta todos los requisitos y condiciones que puedan influir en los mismos, teniendo presente que los datos asentados en el proyecto y/o Bases de licitación y sus apéndices, tales como clasificación y abundamiento de materiales, disposición de los estratos y demás características, únicamente los ha proporcionado la Secretaría como orientación y a título informativo; en consecuencia, queda bajo la estricta responsabilidad del proponente juzgar de todas las circunstancias requeridas, de manera que si cualquiera de ellas resulta diferente en la realidad a como lo consideró el proponente, por ejemplo en la clasificación de los materiales, la diferencia no justificará reclamación alguna del contratista en cuanto a los precios unitarios contenidos en su proposición.

E.G.- PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE PARA FORMULAR LOS ANALISIS DETALLADOS DE PRECIOS UNITARIOS DE EXCAVACIONES P.U.O.T.

En la preparación de los análisis detallados de precios unitarios correspondientes a excavaciones por unidad de obra terminada, el proponente deberá proceder conforme a los lineamientos que en términos generales se indican a continuación:

C o n c e p t o s:

Excavación de escalones, de cortes y adicionales debajo de la subrasante, de ampliación de cortes, de abatimiento de taludes de rebajes de la corona de cortes y/o de terraplenes existentes,

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FORMA E-2

y los resultantes de abrir cajas para desplante de terraplenes, de remoción de derrumbes y de construcción de bermas, por unidad de obra terminada, sin clasificar el material, se pagarán a los precios fijados en el contrato para el metro cúbico según sea el caso de que se trate, como sigue:

1.- Cuando el material excavado se emplee en la formación de terraplenes, los precios unitarios incluyen lo que corresponda por: extracción, remoción y carga del material excavado; acarreo libre, descarga del material para la formación de terraplenes, y afinamiento de los cortes o de la excavación.

Análisis de los precios unitarios.- Los análisis detallados de los precios unitarios correspondientes a los conceptos antes señalados, deben corresponder:

a) Análisis detallado del costo del material con clasificación 100-00-00 (material A)b) Análisis detallado del costo de material con clasificación 00-100-00 (material B)c) Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-00-100 (material C)d) En cada uno de estos análisis debe incluirse: extracción, remoción y carga del material

excavado, acarreo libre, descarga del material para la formación de terraplenes. e) Con los costos obtenidos para cada uno de los materiales A B y C se integrara el costo

del concepto de acuerdo con la clasificación que considere el proponente para todo el tramo objeto de la licitación.

2.- Cuando el material excavado deba ser desperdiciado, los precios unitarios incluyen lo que corresponda por: extracción, remoción y carga del material excavado, acarreo libre, descarga y depósito del material en los sitios y en la forma que indique la secretaria, incluyendo su extendido en la zona de desperdicio y afinamiento d los cortes o de la excavación.

Análisis de los precios unitarios.- Los análisis detallados de los precios unitarios correspondientes a los conceptos antes señalados, deben comprender:

f) Análisis detallado del costo del material con clasificación 100-00-00 (material A)g) Análisis detallado del costo de material con clasificación 00-100-00 (material B)h) Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-00-100 (material C)i) En cada uno de estos análisis debe incluirse: extracción, remoción y carga del material

excavado, acarreo libre, descarga y deposito del material en los sitios y en la forma que indique la Secretaria, incluyendo en su caso, su extendido en la zona de desperdicio y afinamiento de los cortes o de la excavación.

j) Con los costos obtenidos para cada uno de los materiales A B y C se integrara el costo del concepto de acuerdo con la clasificación que considere el proponente para todo el tramo objeto de la licitación.

E.G.- OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DETALLADOS Y COMPLETOS LOS ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS.

El proponente al elaborar su proposición deberá tomar en cuenta que está obligado a presentar detallados y completos los análisis para el cálculo e integración de los precios unitarios que proponga para los trabajos objeto de licitación, debiendo en su formulación apegarse estrictamente, tanto en lo señalado en las Bases de Licitación y en sus apéndices como a lo dispuesto en la Sección 5 de las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las mismas para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.

En forma muy particular se recomienda atender a lo señalado en el párrafo anterior, ya sea que los análisis detallados de precios unitarios se presenten procesados en computadora o calculados

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FORMA E-2

manualmente, ya que será causa de descalificación de la proposición no presentar dichos análisis debidamente integrados.

E.G.- VIDEO EDITADO DEL DESARROLLO DE LA OBRA.

El contratista deberá incluir dentro del monto de su propuesta el costo de un vídeo en formato DVD, con tomas del desarrollo de construcción de la obra, en sus diferentes etapas de terracerías, estructuras, revestimiento y señalamientos, con una duración total de una hora, con información editada propia de la carretera y la integración de la obra con el medio que la rodea, misma que obtendrá de diversas fuentes como la propia Secretaria de Comunicaciones y Transportes, Secretaria de Turismo, Instituto Nacional de Antropología e Historia. Durante el desarrollo de la obra se realizaran tomas terrestres, enfatizando la actividades de esta obra (desde el proceso de obtención de los materiales, la elaboración, su colocación hasta la terminación total de la actividad) se entregará una copia de dicho vídeo a la mitad de la obra para su revisión y correcciones en el Centro S.C.T., de igual forma un segundo vídeo de la parte restante de la obra para que ambas partes formen un vídeo completo en ambos formatos, una ves concluido el vídeo este se encontrara en 5 (cinco) juegos en el Centro S.C.T. Oaxaca, para dar por recibido el trabajo; el costo total correspondiente deberá considerarlos dentro de sus indirectos de obra.

E.G.- RESPONSABILIDAD EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y LABORATORIO PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LA MISMA.

El contratista será el único responsable de la ejecución de las obras, cuando estas no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado, la Secretaría ordenará su reparación inmediata, así como la ejecución de las obras adicionales que resulten necesarias, lo que hará por su cuenta sin que tenga derecho a retribución alguna por ello, debiendo incluir estos cargos en sus costos indirectos.

Durante el periodo de ejecución de los trabajos y en el sitio de los mismo, el contratista mantendrá un laboratorio de campo, con el personal calificado y equipo actualizado necesario para que sea factible controlar adecuadamente la calidad de los materiales de construcción y de la obra ejecutada de acuerdo con lo que corresponda en lo indicado de las presentes bases de licitación. El Contratista al que le sea otorgada la ejecución de la obra, antes del inicio de la misma, deberá comunicar e esta Dependencia el Curriculum Vitae de la empresa y de su personal que pretenda emplear para el control mencionado anteriormente, con el objeto de que la misma determine si tiene capacidad positivamente, sin que esto implique que representa apoyo para solicitar algún pago adicional a la Dependencia.

En el caso que determine llevar el control anterior con elementos propios, deberá presentar la relación y el organigrama del personal por emplear y experiencia del mismo, a fin de que sea sancionado por la Dependencia.

El contratista entregará a la Dependencia los controles de calidad oportunamente conforme a los avances en los trabajos, concentrando dichos resultados en gráficas, mismas que servirán de apoyo para la estimación correspondiente. Adicionalmente deberá entregar los análisis estadísticos de los resultados obtenidos, registrando las variaciones y no conformidades con respecto a los requisitos de normas.

Toda la información deberá ser entregada en forma documental y en medios magnéticos, debidamente verificada y ordenada, utilizando hojas de cálculo, bases de datos u otro formato para su fácil manejo e interpretación.

En la propuesta técnica deberá presentar en organigrama la estructura del grupo de trabajo recursos de laboratorio que empleará el proponente para atender el control de calidad de los trabajos conforme a la normatividad de la Secretaría y especificaciones particulares de la obra.

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FORMA E-2

E.G.- OBLIGACIÓN DEL CONTRATISTA PARA EL CONTROL DE LA OBRA EJECUTADA Y PARA MANTENER LA CONTINUIDAD DEL TRANSITO

1. Conforme lo previene el inciso 005.E.08, Titulo 01, parte 01, Libro uno, GENERALIDADES Y TERMINOLOGÍA, de las Normas de Obras Públicas de esta Dependencia, el Contratista estará obligado a mantener un laboratorio de campo con el personal, equipo y demás elementos necesarios para que pueda controlar adecuadamente la calidad de los materiales de construcción y de la Obra Ejecutada.

2. En el análisis de los indirectos de la obra, se debe considerar e indicar un costo porcentual por el laboratorio de campo para el control de la obra el cual estará reflejado en los análisis de los mismos indirectos, mismos que deberá reflejarse de manera congruente con respecto a la importancia de la obra y su procedimiento constructivo.

3. El Contratista presentará en su propuesta técnica el nombre de la Empresa y del representante que llevará el control de la obra, indicando la dirección de dicha empresa en donde la contratante pueda constatar la capacidad de laboratorio, en el caso de que sea contratado, o bien de la propia empresa constructora.

4. El contratista estará obligado a tomar todas las providencias que sean necesarias para mantener la continuidad y fluidez del transito en este tramo y reducir al mínimo las molestias que se ocasionen a los usuarios con motivo de las obras.

5. El Contratista deberá someter a la consideración y aprobación de esta Dependencia el número de frentes de trabajo que pretenda atacar simultáneamente de acuerdo con su programa y necesidad de equipo la aceptación, por parte de la Dependencia, de los frentes de trabajos propuestos por el Contratista, en ningún caso libera a este de la obligación de disponer los trabajos en forma tal que pueda mantener la fluidez del transito en el tramo objeto del concurso.

6. La elaboración, colocación y mantenimiento de las señales y dispositivos de protección, así como lo bandereros serán a cargo del contratista y por lo tanto su costo deberá considerarlo en los costos indirectos de la obra conforme a lo señalado en los trabajos por ejecutar; a la conclusión de las obras, el señalamiento quedará a favor de la Secretaria, inventariándola en el acta de recepción respectiva.

7. La omisión de lo establecido en esta especificación particular será motivo de que la propuesta sea desechada sin perjuicio para la contratante.

E.G.- PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y LOS ENTORNOS NATURALES DE ZONAS, MONUMENTOS Y VESTIGIOS ARQUEOLÓGICOS, HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS.

El Contratista, para la ejecución de la obra deberá prever lo necesario para:

a) Previamente al inicio de los trabajos, deberá obtener la autorización de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cuando al funcionamiento de sus plantas procesadoras fijas y móviles, así como los permisos correspondientes por explotación de bancos de material.

b) Dar cabal cumplimiento a los ordenamientos en vigor emanados de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente a los reglamentos y las normas técnicas ecológicas expedidas por la extinta Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología en especial las normas SEDUE, NTE-CCAT-007/88 relativa al control de contaminantes provenientes de procesos de combustión de combustóleo en fuentes fijas; NTE-CCAT-009/88, sobre partículas sólidas provenientes de fuentes fijas y NTE-CCAT-005/88 relativa al control de contaminantes provenientes de procesos de combustión de diesel en fuentes fijas. Para controlar la emisión a

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FORMA E-2

la atmósfera de gases y partículas sólidas por las plantas de asfalto y de trituración, se instalarán los equipos para el control de esas emisiones, a fin de que se sitúen dentro de los rangos permitidos.

c) Hacer las acciones necesarias par que se propicie para regeneración del suelo, una ves concluida la extracción de los materiales de los bancos explotados.

d) Suspender de inmediato las obras o la explotación de los bancos de materiales, en caso de que se descubran vestigios arqueológicos, históricos o artísticos, dando aviso a las autoridades correspondientes.

En todos estos casos, como lo precisa el inciso 1.01.01.005-E.05 del Libro 1, Generalidades y Terminologías de esta Dependencia, “El Contratista será responsable de los daños y prejuicios que cause a la Dependencia o terceras personas, con motivo de la ejecución de las obras por no ajustarse a lo estipulado en el contrato o por inobservancia de las instrucciones dadas por escrito por la Dependencia y por violación a las Leyes y Reglamentos en vigor”.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCION.

Para la ejecución de los conceptos de obra que corresponden a este proyecto se aplicarán las Normas para Construcción e Instalaciones de Carreteras y Aeropistas, última edición de la S. C. T. que se relacionan a continuación:

Libro No. 2.01.01.- Normas de Servicios Técnicos.- Proyecto Geométrico de Carreteras.Libro No. 3.01.01.-Normas para Construcción e instalaciones.-Carreteras y Aeropistas.- Terrecerías.Libro No. 3.01.02.-Normas para Construcción e Instalaciones.-Carreteras y Aeropistas.-Estructura y Obras de Drenaje.Libro No. 3.01.03.-Normas para Construcción e Instalación.-Carreteras y Aeropistas.-Pavimentos.Libro No. 4.01.01.-Normas de Calidad de los Materiales.-Carreteras y Aeropistas.-Materiales para Terrecerías.Libro No. 4.01.02.- Normas de Calidad de los Materiales.-Carreteras y Aeropistas.- Materiales para Estructuras y Obras de Drenaje.Libro No. 4.01.03.- Normas de Calidad de los Materiales.-Carreteras y Aeropistas.- Materiales para Pavimentos.Libro No. 6.01.01.-Normas para Muestreo y Pruebas de Materiales, Equipos y Sistemas.- Carreteras y Aeropistas.-Terrecerías.Libro No. 6.01.02.Normas para Muestreo y Pruebas de Materiales, Equipos y Sistemas.- Carreteras y Aeropistas.- Estructuras y Obras de Drenaje.Libro No. 6.01.03.-Normas para Muestreo y Prueba de Materiales, Equipos y Sistemas.-Carreteras y Aeropistas.-PavimentosManual de Proyecto Geométrico para Carreteras.Manual de Dispositivos de Tránsito para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras.

NORMAS DE EJECUCIÓN

1.- La ejecución de las actividades de estos trabajos se sujetará a lo estipulado en las especificaciones particulares y las Normas de construcción de Instalaciones de esta Secretaría, editadas en 1984 y la Normativa para la Infraestructura del Transporte edición 2000, prevaleciendo las especificaciones particulares cuando se contravengan las Normas citadas que tienen carácter general.

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2.- En relación a los dispositivos de protección, este se sujetará a lo dispuesto en el manual de Señalamiento y dispositivos para el control del transito en calles y carreteras y/o en la Normativa para la Infraestructura del Transporte edición 2000.

ESPECIFICACIONES PARTICULARES

E.P.1.- EXCAVACIONES P.U.O.T. a) EN CORTES Y ADICIONALES DEBAJO DE LA SUBRASANTE. b) EN AMPLIACIONES DE CORTES Y d) EN REBAJES DE CORONA Y/O DE TERRAPLENES EXISTENTES Y ESCALONES DE LIGA. EXCAVACIÓN Y RETIRO DE DERRUMBES.

EJECUCIÓN:

La excavación por unidad de obra terminada en cortes y adicionales abajo de la subrasante, cuando el material se utilice para la formación de terraplenes y cuando se desperdicie, se sujetará al procedimiento indicado en el inciso (3.01.01.003-F) de la Normas para Construcción e Instalación de Carreteras y Aeropistas, libro 3 terracerías.

MEDICIÓN:

La excavación por unidad de obra terminada en cortes y adicionales abajo de la subrasante, cuando el material se utilice para la formación de terraplenes y cuando se desperdicie se medirá conforme al inciso 003-G. de las Normas para Construcción e Instalaciones de Carreteras y Aeropistas, libro 3 terracerías., tomando como unidad el m3 excavado. El resultado se redondeará a la unidad.

BASE DE PAGO:

La excavación por unidad de obra terminada en cortes y adicionales abajo de la subrasante, cuando parte del material se utilice para la formación de terraplenes y lo demás se desperdicie, sin clasificar el material se pagará al precio fijado en el contrato para el m3 excavado. Este precio unitario incluye además de lo establecido en los incisos (3.01.01.003-H.04.) de las Normas para Construcción e Instalaciones, lo que corresponda por el acarreo del material al sitio donde se utilizará o se desperdiciará cuya distancia de acarreo no deberá ser mayor de 5 km, permisos y regalías del banco de desperdicio, los tiempos de los vehículos empleados durante las cargas y las descargas y todo lo necesario para su correcta ejecución.

E.P.2- FORMACIÓN Y COMPACTACIÓN DE TERRAPLENES ADICIONADOS CON SUS CUÑAS DE SOBRE ANCHO, P.U.O.T., COMPACTADA AL NOVENTA POR CIENTO (90%).

EJECUCIÓN:Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

La formación y compactación de los terraplenes que se construyan, deberán compactarse al noventa por ciento (90%) y construirse de acuerdo a lo señalado en el proyecto respectivo y en el inciso 3.01.01.005-F de las Normas para la Construcción e Instalaciones.

MEDICIÓN:

La medición se hará en el terraplén, tomando como base el volumen indicado en el proyecto para el material ya compactado. Se tomará como unidad el metro cúbico (m3), redondeando el resultado a la unidad. (Inciso 3.01.01.005-G.15)

BASE DE PAGO:

La formación y compactación de terraplenes compactado al 90% de su P.V.S.M. se pagarán al precio fijado en el contrato para el metro cúbico (m3) compactado. Este precio unitario incluye además de lo que corresponde a los incisos 3.01.01-004-H.05 y 3.01.01.005-H.11 de las Normas para Construcción e Instalaciones correspondiente al acarreo del material desde el banco hasta el sitio de utilización, así como todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.3.- MEZCLADO, TENDIDO Y COMPACTACIÓN AL 100% DE SU P.V.S.M. DE LA CAPA SUBRASANTE FORMADA CON MATERIAL SELECCIONADO, P.U.O.T.

EJECUCION:

La construcción de la capa sub-rasante se realizará conforme a lo señalado en el inciso 3.01.01.005-F.10 de las Normas para Construcción e Instalaciones de la S.C.T.

MEDICION:

La medición de la capa Sub-Rasante se efectuará de acuerdo a lo indicado en el inciso 3.01.01.005-G.08 de las Normas para Construcción e Instalaciones de la S.C.T. Se tomará como medida el metro cúbico (m3) compactado, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO:

La formación y compactación al cien por ciento (100%), por unidad de obra terminada, corresponde a la construcción de la capa subrasante de treinta (30) centímetros de espesor en cortes y terraplenes. Estos precios unitarios incluyen lo que corresponda por: pago de regalías y/o permiso de explotación de bancos, desmonte y despalmes de banco, extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación, disgregado, separación, recolección, carga y descarga del desperdicio en el sitio señalado; instalación y desmantelamiento de la planta, alimentación de la planta, cribados, cargas y descargas de los materiales, todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos, formación de los almacenamientos; acamellonado, permisos de explotación de bancos de agua; extracción, carga, acarreo a cualquier distancia, aplicación e incorporación del agua para la compactación; en su caso, operaciones para quitar la humedad excedente de la óptima para compactación; mezclado; tendido y compactación al grado fijado; afinamiento para dar el acabado superficial y los tiempos de los vehículos empleados en el transporte del agua, durante las cargas y descargas, todo lo que se requiera y sea necesario para que los materiales obtenidos de los bancos de préstamo, cumplan los requisitos para capa Sub-Rasante estipulados en las normas de calidad de los materiales, ya sea que deba efectuarse en los bancos la selección de los materiales aprovechables para capa Sub-Rasante y eliminación de los tamaños mayores de setenta y seis (76) milímetros (3”) que contengan, o bien deban disgregarse, triturarse parcialmente y/o cribarse a dicho tamaño máximo de setenta y seis (76) milímetros (3”),

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incluyendo el acarreo de material pétreo del banco de materiales al lugar de utilización, así como todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.4.- ALCANTARILLAS TUBULARES DE POLIETILENO ALTA DENSIDAD CORRUGADO CON DOBLE BANDA CERAMICA TERMOFUSIONADA EN LA CAMPANA Y DOBLE EMPAQUE EN LA ESPIGA.

A. CONTENIDO

Esta Norma contiene los aspectos a considerar en la construcción de alcantarillas con tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble banda cerámica termofusionada en la campana y doble empaque en la espiga, como obras de drenaje para alcantarillas carreteras de nueva construcción.

B. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Las alcantarillas de tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble banda cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga (PEAD) son estructuras flexibles, que se construyen mediante tubos corrugados de polietileno de alta densidad, colocados sobre el terreno en una o varias líneas para dar paso libre al agua de un lado a otro de la vialidad. Según el terreno donde se construyan, pueden ser en zanja, en zanja con terraplén o en terraplén: según su ubicación respecto al eje se clasifican en normal y enviajada.

NORMAS DESIGNACIÓN

Ejecución de Obras.............. ...................................................N-LEG-3Excavación para Estructuras............... .......................... …….N-CTR-CAR-1-01-007 Rellanos............................................................... …………… N-CTR-CAR-1-01-011 Mampostería..... ....... ................................... ......... ............ …N-CTR-CAR-1-02-001 Zampeado................................... ..... .......... .. ....... …………. N-CTR-CAR-1-02-002 Concreto Hidráulico........................... ........ .........................…N-C TR-CAR-1-02-003 Acero para Concreto Hidráulico.............................................. N-CTR-CAR-1-02-004 Estructuras de Concreto Reforzado........ ......... ..................... N-CTR-CAR-1-02-006 Los Tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble bande de cerámica termofusionada en la campana y doble empaque en la

Espiga.................................................................................... N-CMT-3-04-08

C. REFERENCIASSon referencia de esta Norma, las Normas aplicables del Libro CMT. Características de los Materiales.

Además, esta Norma se complementa con las siguientes:

D. MATERIALES

D.1. Los materiales que se utilicen en la construcción de alcantarillas de tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble banda cerámica termofusionada y doblo empaque en la espiga (PEAD), de 120 cm de diámetro, cumplirán con lo establecido en las Normas N-CMT-3-04-08, Tubos Corrugados Anularmente de Polietileno de Alta Densidad con doble banda cerámica termofusionada en la campana y doble empaque en la espiga y que debe de

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tener las siguientes características como indica la tracción D,3.4 de la norma N-CMT-3-4-08 deberán contar con una espiga reducida para su conexión provista de dos canales en la parte final del tubo para la colocación de des empaques que deberán estar hechos de un elastómero con diseño unidireccional que cumpla con los requisitos de la norma ASTM F 477, además los empaques no deberán presentar ningún agrietamiento visible cuando sean probados de acuerdo a la ASTM D 1149, los empaques deben ser instalados por el fabricante del tubo y estar cubiertos con una envoltura removible que asegure que el empaque este libre de desechos. En la campana deberá contener un medio de reforzamiento que será ubicado en la parte intermedia y externa de la campana, en quia de dos líneas con una cinta de reforzamiento que será una capa o enchaquetado en forma de una banda de plástico constante, conteniendo, fibra de vidrio en un mínimo de un 50%, metal, fibra de carbono y fibras plásticas( toda embebida en polietileno) de un ancho de 5.0 cms. Color verde, adherida a la campana a través del sistema de termofusión, el objetivo de esta banda es de garantizar un reforzamiento para incrementar la capacidad estructural de la campana, evitar deformaciones. e incrementar sustancialmente su capacidad de resistencia a la hermeticidad a presiones hidrostáticas y filtraciones, materia de asta especificación. , así como en las demás Normas aplicables del Libro CMT. Características de los Materiales, salvo que el proyecto indique otra cosa o así lo apruebe la Secretaría.

D.2. No so aceptará el suministro y utilización de materiales que no cumplan con lo indicado en la Fracción anterior, ni aun en el supuesto de que serán mejorados posteriormente en el lugar de su utilización por el Contratista de Obra.

D.3. Si en la ejecución del trabajo y a juicio de la Secretaria, los materiales presentan deficiencias respecto a las características establecidas como se indica en la Fracción D.1. de esta Norma, se suspenderá inmediatamente el trabajo en tanto que el Contratista de Obra los corrija por su cuenta y costo. Los atrasos en el programa de ejecución detallado por concepto y ubicación, que por este motivo se ocasionen, serán imputables al Contratista de Obra.

D.4. Para garantizar el buen funcionamiento del producto tubos corrugados de polietileno alta densidad con doble banda cerámica, deberán incluir en el precio unitario, la supervisión de la instalación del proceso constructivo por parte del fabricante en cada obra de drenaje a realizar.

D.5 De acuerdo a las requisitos de calidad requeridos en los suministros y en la ejecución de los trabajos solicitados por la secretara, los materiales referentes a tubos corrugados de polietileno alta densidad con doble banda cerámica en la campana y dobla empaque en la espiga deberán contar, para efectos de garantía en el uso de construcción de alcantarillas tubulares de polietileno para uso carretero, con el certificado de calidad de pruebas de laboratorio y de aceptación para el uso de sistemas carreteros.

E. EQUIPO

El equipo que se utilice para la construcción de alcantarillas de tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble banda cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga (PEAD) será el adecuado para obtener la calidad especificada en el proyecto, en cantidad suficiente para producir el volumen establecido en el programa de ejecución detallado por concepto y ubicación, conforme al programa de utilización do maquinaria, siendo responsabilidad del Contratista de Obra, su selección. Dicho equipo será mantenido en óptimas condiciones de operación durante el tiempo que dure la obra y será operado por personal capacitado. Si en la ejecución del trabajo y a juicio de a Secretaria, el equipo presenta deficiencias o no produce los resultados esperados, se suspenderá inmediatamente el trabajo en tanto que el Contratista de Obra corrija las deficiencias, lo reemplace o sustituya al operador. Los atrasos en el programa de ejecución, que por este motivo se ocasionen, serán imputables al Contratista de Obra.

F. TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

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FORMA E-2

El transporte y almacenamiento de todos los materiales son responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra y los realizará de tal forma que no sufran alteraciones que ocasionen deficiencias en la calidad de la obra, tomando en cuenta lo establecido en las Normas N-CMT-3-04-08, Tubos Corrugados Anularmente de Polietileno de Alta Densidad con doble banda cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga. Se sujetarán, en lo que Corresponda a las reyes y reglamentos de protección ecológica vigentes.

Los residuos producto de la excavación se cargarán y transportarán al sitio o banco de desperdicios que apruebe la Secretaría, en vehículos con cajas cerradas y protegidos con lonas, que impidan la contaminación del entorno o que se derramen. Cuando se trate de materiales que no vayan a ser aprovechados posteriormente y que hayan sido depositados en un almacén temporal, serán trasladados al banco de desperdicios lo más pronto posible.

G. EJECUCIÓN

G.1. CONSIDERACIONES GENERALES

Para la construcción de alcantarillas de Tubos Corrugados Anularmente de Polietileno de Alta Densidad con doble banda cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga se considerará lo señalado en la Cláusula D. de la Norma N-LEG-3, Ejecución de Obras.G.2. EXCAVACIÓN

G.2.1, La excavación para alcantarillas se efectuará de acuerdo con las secciones y niveles establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaría, conforme a Io indicado en la Norma N-CTR-CAR-1-01-007, Excavación para Estructuras.

G.2.2. La excavación se hará dejando una holgura de cincuenta (50) centímetros a cada lado de la alcantarilla, para permitir la compactación del material de relleno. Las paredes de la excavación se harán tan verticales como el terreno lo permita.

G.2.3. El fondo de la excavación en que se asienta la alcantarilla estará exento de calces, piedras salientes, oquedades u otras irregularidades. G.2.4 Se deberá retirar el material inestable del fondo de la zanja, hasta la profundidad necesaria para alcanzar un fondo do zanja firme y estable.

G.2.5. Se excavarán canales de entrada y salida con la geometría y longitud establecidas en el proyecto o aprobadas por la Secretaría.

G.3. PLANTILLA DE APOYO

G.3.1 La plantilla de apoyo para la alcantarilla se formará con una capa con el espesor, materiales, el grado de compactación y el nivel indicado en el proyecto o aprobado por la Secretaria, dependiendo del tipo de terreno sobre el que se apoyará. La pendiente de la plantilla reflejará, la pendiente de la alcantarilla indicada en proyecto.

G.3.2 El material de la plantilla se compactará' a un grado de compactación mínimo de noventa (90) por ciento de su masa volumétrica seca máxima, obtenida mediante a prueba AASHTO estándar. Una franja central de apoyo de la tubería de ancho igual a un tercio del diámetro del tubo deberá quedar suelta, sin compactar. El espesor de la plantilla será de quince (15) centímetros,

G.3.3 La plantilla se colocará invariablemente cuando se requiera excavar una zanja o desplantar sobre un terraplén la alcantarilla. En ambos casos esta tendrá un ancho igual al diámetro del tubo mas cincuenta (50) centímetros a cada lado.

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G.3.4 Se colocará una capa de cimentación cuando el fondo de la zanja sea de material inestable, o sea un fondo lodoso, sustituyendo el material inestable hasta la profundidad donde se tenga estabilidad, con rellenos de filtro o pedraplen con piedra hasta do siete punto sesenta y dos (7.62) centímetros, asegurando la estabilidad de la plantilla de apoyo y de la tunería. Cuando se utilice rellenos de filtro, la cimentación se compactará a un grado de compactación mínimo de noventa (90) por ciento de su masa volumétrica seca máxima, obtenida mediante la prueba AASHTO estándar.

G.4. COLOCACIÓN Y JUNTAS

G.4.1. La colocación de las alcantarillas se hará siempre manteniendo fijo el extremo con la junta tipo hembra (campana con doble banda cerámica termofusionada) e introduciendo dentro de esta el extremo tipo macho (espiga con doble empaque) del siguiente tubo. Las campanas serán orientadas hacia aguas arriba preferentemente, y cuando sea conveniente para la obra y por autorización de la Secretaría podrán orientarse las campanas hacia aguas abajo.

G.4.2. El ensamble de los Tubos será por medio de un doble anillo o empaques de material elastomérico. Se empleara el equipo adecuado para la inserción, se recomienda el empleo de equipos manuales que permitan controlar la fuerza de empuje al acoplar los tubos. El Contratista de Obra deberá asegurarse de limpiar y lubricar la campana, espiga y empaques (2), revisando que los empaques mantengan su posición correcta, durante la inserción.

G.4.3. Los tubos para las alcantarillas solo se anclarán al terreno cuando lo indique el proyecto o así lo indique la Secretaria, para asegurar la estabilidad de estas, por medio de muros de anclaje ya sea de mampostería, concreto ciclópeo o concreto armado, conformo con lo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría, considerando lo indicado en las Normas N-CTR-CAR-1-02-001, Mampostería, N-CTR-CAR-1-02-003. Concreto Hidráulico. NCTR-CAR-1-02-004, Acero para Concreto Hidráulico, N-CTR-CAR-1-02-006, Estructuras de Concreto Reforzado.

G.4.4. Cuando se presente corriente do agua o filtraciones durante la colocación de los tubos, el Contratista de Obra. por su cuenta y costo, hará lo necesario para desviar el agua temporalmente, mediante canales, bombeo u otro procedimiento aprobado por la Secretaría. No se instalarán tubos corrugados anularmente de polietileno de alta densidad con doble banda cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga para alcantarillas, hasta mantener el escurrimiento por debajo del nivel do encarnado o esto haya sido desviado.

G.4.5 La separación mínima entre tubos paralelos o en "batería" deberá ser corno mínimo, medio diámetro, a diámetros exteriores del tubo. Ver Figura 1.

Figura 1. Separación mínima entre tubos

G.5. RELLENO DE PROTECCIÓN

G.5.1. El relleno colocado a los costados (acostillado) y alrededor de los tunos circulares, se compactará simétricamente con pisón de mano o con equipo vibratorio manual, a ambos lados en capas de quince (15) centímetros de espesor, con el material y al grado de compactación establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretaría, de acuerdo con lo indicado en la Norma N-CTR-CAR-1-01-011, Rellenos. Y atendiendo a lo establecido en los apartados G.5.2 al G.5.10.

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G.5.2. Para protección de la estructura se formará sobre el tubo un terraplén de sección trapezoidal con base superior, igual a tres (3) veces el diámetro de la alcantarilla y colchón mínimo de cero punto sesenta (0.60) metros, compactando con equipo manual ligero, de acuerdo con lo indicado en la Norma N-CTR-CAR-1-01-011, Rellenos, Y la Norma ASTM D 2321

G.5.3 El material de acostillado se compactará a un grado de compactación mínimo de noventa (90) por ciento de su masa volumétrica seca máxima, obtenida mediante la prueba AASHTO estándar. Agregando la humedad cercana a la humedad optima.

G.5.4 Los rellenos de colchón de protección de las alcantarillas se ejecutaran previamente a la construcción de los terraplenes.

G.5.5 Para la selección del material de relleno empleado en la estructura de protección del tubo podrán emplearse materiales denominados de acuerdo a Manual M-MMP-1-02/03 Clasificación de Fragmentos de Roca y Suelo, los siguientes tipos de suelo GW, GP, SW, SP, GW-GC, SP-SM, GM, GC, SM, SC, así como agregados triturados limpios de graduación abierta y agregados triturados limpios densamente graduados.

G.5.6 Para lo selección del material de relleno empleado en el protección de la estructura del tubo deberá excluirse materiales con contenido de finos mayor al 51 %, denominados CL, CH, ML, MH.

G.5.7 El material de relleno deberá tener un tamaño máximo de setenta v cinco (75) milímetros,

G.5.8 Deberá tomarse en cuenta la presencia del nivel freático para la selección del material de protección, de manera que se elija el material adecuado, previendo la migración de finos y su consiguiente pérdida de capacidad de carga del sistema suelo-tubo. Atendiendo recomendaciones de acuerdo al apartado G.5.10.

G.5.9 Podrán emplearse rodillos lisos, sobre la estructura de protección, "sin vibración" hasta un cobertura de uno punto veinte (1.20) metros sobre el lomo de tubo, en capas posteriores, podrá emplearse el rodillo liso con vibración o compactadores tipo "pata de cabra" para la alcanzar la compactación requerida y el nivel de rasante de proyecto.

G.5.10 Deberán atenderse las recomendaciones de la Norma ASTM D 2321 Práctica estándar para la instalación de tubos termoplásticos para aplicaciones de drenaje y otras aplicaciones por flujo a gravedad.

G.6. MUROS CABEZA, ALEROS Y DELANTAL

A la entrada y salida de las alcantarillas se colocaran muros de cabeza para sujetar los extremos de la alcantarilla y aleros a los extremos de los muros de cabeza, así como un delantal con dentellon. El muro cabeza, aleros y lavadero deberán formar una sola unidad estructural.

G.6.1. MUROS DE CABEZA

Los extremos de la alcantarilla se sujetarán con muros de cabeza de mampostería, concreto ciclópeo o concreto armado, conforme a lo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría, considerando lo indicado en las Normas N-CTR-CAR-1-02-001, Mampostería, N-CTR-CAR-1-02-003, Concreto Hidráulico, N-CTR-CAR-1-02-004, Acero para Concreto Hidráulico y N-CTR-CAR-1-02-006. Estructuras de Concreto Reforzado. Los muros de cabeza deberán tener una longitud mínima de cero punto setenta y cinco (0.75) veces el diámetro del tubo a cada lado del mismo. La altura de los muros de cabeza estará quince (15) centímetros amiba de la intersección con el talud del terraplén.

G.6.2. ALEROSConvocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

Los aleros se unirán a los extremos del muro de cabeza, que formando una unidad estructural. Estos podrán ser de mampostería, concreto ciclópeo o concreto armado, conforme a lo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaria, considerando lo indicado en las Normas N-CTR-CAR-1-02-001, Mampostería, N-CTR-CAR-1-02-003, Concreto Hidráulico, N-CTR-CAR-1-02-004. Acero para Concreto Hidráulico y N-CTR-CAR-1-02-006, Estructuras de Concreto Reforzado. La longitud y ángulo de los aleros deberán ser suficientes para evitar que el terraplén invada el canal de entrada y salida del escurrimiento.

G.6.3. DELANTAL

A la entrada y la salida de las alcantarillas se colocará un delantal ligado a un muro de cabeza y a los aleros formando una unidad estructural, el delantal deberá contar con un dentellon. Los aleros podrán ser de mampostería, concreto ciclópeo o concreto armado, conforme a lo establecido en el proyecto o aprobado por la Secretaría, considerando lo indicado en las N-CTR-CAR-1-02-001, Mampostería, N-CTR-CAR-1-02-003, Concreto Hidráulico, N-CTR-CAR-1-02-004. Acero para Concreto Hidráulico y N-CTR-CAR-1-02-006, Estructuras de Concreto Reforzado. La longitud del delantal se extenderá hasta el remate de los aleros. El ancho del delantal deberá extenderse hasta unirse, con los aleros.

G.6.4 GEOMETRÍA

Las dimensiones de los muros cabeza, aleros y delantal, deberán atender a !o establecido en el proyecto o a lo aprobado por la Secretaria, y como dimensiones mínimas, las dimensiones no definidas, atenderán a cada caso en particular, en función de !a altura del terraplén y talud del mismo, ángulo requerido para los aleros y su longitud, y diámetro del tubo, establecidos en el proyecto.

G.7. CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS

Es responsabilidad del Contratista de Obra la conservación de la alcantarilla basta que haya sido recibida por la Secretaría, junto con todo el tramo de carretera.

H. MEDICIÓN

Cuando la construcción de alcantarillas tubulares de polietileno de alta densidad con doble banda de cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga, se contrate e precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E. de la Norma N-LEG-3, Ejecución de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad el metro da alcantarilla terminada, medida sobre el eje longitudinal de la alcantarilla, según su tipo, con aproximación a un décimo (0,1).

I. BASE DE PAGO

Cuando la construcción de alcantarillas tubulares de polietileno de alta densidad con doble banda de cerámica termofusionada y doble empaque en la espiga, se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Cláusula I. de esta Norma, se pagará, según su tipo, al precio fijado en el contrato para el metro de alcantarilla terminada. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F. de la Norma N-LEG-3, Ejecución de Obras, incluyen lo que corresponda por:

Valor de adquisición de los tubos de polietileno de alta densidad con doble banda de cerámica termofusionada a la campana y doble empaque en la espiga y demás materiales necesarios para la construcción de las alcantarillas. Carga. transporte y descarga do los tubos y de todos los materiales hasta el sitio de su utilización, y cargo por almacenamiento.

Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

Excavación para la plantilla de apoyo, así como su conformación y compactación. Excavación y acondicionamiento de los canales de entrada y salida.

Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretaría, de los materiales producto de las excavaciones.

Ensamblado, colocación y sellado de los tubos de polietileno de alta densidad con doble banda de cerámica termofusionada en la campana y doble empaque en la espiga.

Conformación y compactación del relleno, de acuerdo con la Norma, N-CTR-CAR-1-01-011, Rellenos.

Suministro y colocación de concreto hidráulico, simple o reforzado, de acuerdo con las Normas N-CTR-CAR-1-02-003, Concreto Hidráulico y N-CTR-CAR-1-02-006. Estructuras de Concreto Reforzado.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas de todos los materiales, así como de los residuos de las excavaciones.

La conservación de la alcantarilla hasta que haya sido recibida por la Secretaría. Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.5.- DESMANTELAMIENTO DE TUBO DE LÁMINA DE ALCANTARILLA P.U.O.T.

DEFINICIÓN:

El desmantelamiento de tubo de lámina de alcantarilla se considerará que dichas estructuras serán utilizadas posteriormente. En consecuencia todas las piezas serán separadas y manejadas sin dañarlas, debiendo de tomar las precauciones necesarias para evitar daños a terceros y a las partes que no se desmantelarán.

MEDICIÓN:

El desmantelamiento de la tubería de lámina de alcantarilla se medirá tomando como unidad el metro lineal con aproximación al entero.

BASE DE PAGO:

Cuando el desmantelamiento de tubo de lámina de alcantarilla se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada incluirá el desmantelamiento y todas las operaciones necesarias así como la identificación y separación de los materiales aprovechables; carga, acarreos y descarga en la forma y en lugar de almacenamiento o en el banco de desperdicios indicado en el proyecto, de los materiales producto del desmantelamiento ya sean aprovechables o no, los tiempos de los vehículos utilizados en el transporte de los materiales durante las cargas y las descargas y todos los materiales necesarios para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.6.- BASE HIDRÁULICA COMPACTADA AL 100% DE SU P.V.S.M. IMPREGNADA Y POREADA CON ARENA, P.U.O.T.

EJECUCIÓN:

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FORMA E-2

La construcción de base hidráulica impregnada y porreada con arena, se realizará conforme a lo señalado en las cláusulas 3.01.03.074-F, 03.01.03.078-F y 3.01.03.078-F.11 de las Normas para Construcción e Instalaciones de la S.C.T

MEDICIÓN:

La medición de la base hidráulica impregnada y poreada, se efectuará de acuerdo a lo indicado en el inciso 3.01.03.074-G.04 de las Normas para Construcción e Instalaciones de la S.C.T se tomará como medida el metro cúbico (m3), del material compactado al 100% de su P.V.S.M. redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO:

La base impregnada y poreada, por unidad de obra terminada se pagarán a los precios fijados en el contrato para el metro cúbico (m3) compacto, aplicando el que corresponda a cada banco en particular y según el grado de compactación, estos precios unitarios incluyen lo que corresponda por: desmonte, despalmes de bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación, disgregado, separación, recolección, carga y descarga del desperdicio en el sitio señalado; instalaciones y desmantelamientos de la planta, alimentación de la planta, cribados y desperdicios de los cribados, trituración parcial o total, cargas y descargas de los materiales, todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos y de los desperdicios de ellos, formación de los almacenamientos, extracción, carga, acarreo, aplicación e incorporación de agua, permisos de explotación de bancos de agua, operaciones de mezclado, tendido y compactación y en su caso, por mezcla de dos (2) o mas materiales; afinamiento para dar el acabado superficial y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas; arena, emulsión asfáltica de rompimiento medio para el riego de impregnación que tendrá que verificarse y ajustarse a una proporción de 1.5 litros/m2 aproximadamente, este concepto incluye según lo indicado en la cláusula 3.01.03.076-H.05; incluyendo el acarreo del material pétreo, entre la distancia que exista del banco de materiales al lugar de utilización, así como todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.7.- CARPETA ASFÁLTICA COMPACTADA AL 95 % P.U.O.T

MATERIALES:

La carpeta de concreto asfáltico, emulsión asfáltica empleada en riego de liga, cemento asfáltico empleado en concreto asfáltico y acarreos, por unidad de obra terminada. Se sujetaran de acuerdo a lo indicado en el capitulo 3.01.03.081, 3.01.03.076 y 3.01.03.085 del libro 3 Pavimentos de las Normas para Construcción e Instalación de la S.C.T.

EJECUCIÓN:

Antes de proceder a la construcción de la carpeta, la base deberá estar debidamente preparada e impregnada. La Secretaría fijará, en cada caso, el lapso que debe transcurrir entre la impregnación de la base y la iniciación de la construcción de la carpeta. La carpeta de concreto asfáltico, emulsión asfáltica empleada en riego de liga, cemento asfáltico empleado en concreto asfáltico y acarreos, por unidad de obra terminada. Se sujetaran de acuerdo a lo indicado en el capitulo 3.01.03.081, 3.01.03.076 y 3.01.03.085 del libro 3 Pavimentos de las Normas para Construcción e Instalación de la S.C.T.

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FORMA E-2

MEDICIÓN:

La carpeta de concreto asfáltico, emulsión asfáltica empleada en riego de liga, cemento asfáltico empleado en concreto asfáltico y acarreos, por unidad de obra terminada, se considerará el volumen resultante del espesor y las secciones transversales del proyecto, con las modificaciones en más o en menos ordenadas por la Secretaría y tomando como unidad el metro cúbico de material compactado en la carpeta, según el grado de compactación. Se sujetaran de acuerdo a lo indicado en el capitulo 3.01.03.081, 3.01.03.076 y 3.01.03.085 del libro 3 Pavimentos de las Normas para Construcción e Instalación de la S.C.T.

BASE DE PAGO:

El pago por unidad de obra terminada de carpeta de mezcla asfáltica con aplicación del riego de liga, compactada al noventa y cinco por ciento (95%) para la construcción de la carpeta de mezcla asfáltica se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico (m3) de carpeta compactada, este precio unitario incluye lo que corresponde por: pagos de regalías y/o explotación de bancos; desmonte y despalme de bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación; instalaciones y desmantelamientos de las plantas, alimentación de las plantas; cribados y desperdicios de los cribados, trituración parcial o total; lavado; cargas y descargas de los materiales,; todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos y de los desperdicios de ellos; formación de los almacenamientos; secado del material pétreo y clasificación, en su caso; riego previo de agua la material pétreo, mezclados; extendidos parciales, revolturas de incorporación por cada riego; curado de la mezcla asfáltica; tendido; compactación; reducción de volumen por compactación recortes de la carpeta y, cargas y descargas del material sobrante y todos los acarreos necesarios del sitio de elaboración y/o banco al sitio de ejecución de los trabajos; barrido de la base impregnada, aplicación del riego de liga con emulsión asfáltica de rompimiento rápido a razón de 1.0 litros/m2 aproximadamente este concepto incluye según lo indicado en la cláusula 03.01.03.076-H.05; tendido; compactación al grado fijado; chaflanes en las orillas de la carpeta y acabado con rodillo liso; acarreos de la planta la lugar de utilización y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y todos los acarreos y lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

E.P.8.- SEÑALAMIENTO VERTICAL P.U.O.T.

MATERIALES:

A.- Placa: Deberá utilizarse lámina negra calibre 16, con ceja perimetral, cuyo espesor es de 1.52 mm y con peso aproximado de 12.2 Kg. /m². Sus dimensiones se estipulan en “El Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras” de esta Secretaría, Edición 1986. No se aceptará en ningún caso, que las placas estén integradas por módulos o que la lámina sea galvanizada.

B.-Poste: El poste será de fierro ángulo con dimensiones de 2” X 2” X 1/4” y longitud de 2.60, 3.05 ó 3.40 m, único o doble dependiendo de las dimensiones de la placa y disposición de la misma. A 10 cm de la parte inferior del poste, se construirá una cruceta con varillas de 20 cm de longitud y 3/8” de diámetro, soldándola en su parte media a cada lado del ángulo del poste.

C.- “Orejas”: Estos elementos se harán utilizando lámina negra calibre 14 m serán de figura trapezoidal, con dimensiones de 4 y 9 cm en las bases y 6 cm de altura, con una perforación ovalada al centro de 20 X 12 mm (3/4” X 1/2”) y serán fijadas a la placa de la señal con soldaduras de electrodos de 2.28 mm de diámetro, clase E-6013.

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FORMA E-2

D.- Colores a emplear, de acuerdo con los patrones de color estipulados en el Apéndice 4 de “El Manual”, para la terminación de las señales:

1.- Preventivas:

Fondo en amarillo tránsito reflejante con Scotchline Grado Ingeniería, símbolos, caracteres y filete impresos con tinta serigráfica color negro.

2.- Restrictivas:

Fondo en blanco reflejante con Scotchline Grado Ingeniería, símbolos, letras y filete impresos con tinta serigráfica en color negro y rojo.

3.- Informativas:

a) De identificación: Se harán en placa plana (Lámina lisa), con fondo en blanco reflejante con Scotchline Grado Ingeniería; letras números, flechas, escudos y filete impresos con tinta serigráfica en color negro.

b) De recomendación: Fondo con pintura blanco mate, letras y filete en negro.

c) De servicios y turísticas: Fondo de placa y tablero adicional con pintura azul mate y símbolos, letras, fechas y filete en blanco reflejante.

d) De destino: Fondo en esmalte color verde; filete, caracteres, letras y números suajados con Scotchline Grado Ingeniería color blanco.

e) Indicadores de obstáculos: Fondo con esmalte color negro; franjas alternadas con Scotchline Grado Ingeniería en color blanco.

f) Indicadores de curva peligrosa: Fondo en amarillo reflejante con Scotchline Grado Ingeniería y símbolo impreso con tinta serigráfica en color negro.

g) En general: Fondo en blanco, reflejante con Scotchline Grado Ingeniería; impresos con tinta serigráfica en color negro.

EJECUCIÓN:

El poste y la “oreja” se deberán proteger inicialmente con pintura anticorrosiva y su terminación se hará con pintura color gris mate. Las placas una vez debidamente desengrasadas, desoxidadas y pulidas, se fondearán en ambas caras con material anticorrosivo y posteriormente se pintarán de color gris mate al reverso y la cara principal presentará su terminación de acuerdo a las especificaciones contenidas en “El Manual”, así como lo correspondiente a la impresión de letra, escudos, flechas, filetes y números que constituyan el mensaje.El contratista deberá hacer el diseño del mensaje que presentará cada una de las señales, apegándose estrictamente a lo indicado en “El Manual”.La placa que contendrá el mensaje se fijará al poste por medio de tornillería y rondanas planas galvanizadas en la “oreja” correspondiente. El tablero de la señal deberá quedar siempre en posición vertical a 90º con respecto al eje de la carretera y en el sitio preciso indicado en el proyecto.

MEDICIÓN:

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FORMA E-2

Se considerará como unidad la pieza colocada para cada tipo de señal y para cada dimensión en particular.

BASE DE PAGO:

El pago por unidad de obra terminada de señal preventiva, restrictiva e informativa, se hará al precio unitario fijado en el contrato para la pieza de cada dimensión en particular; este precio incluye lo que corresponda por: excavación y extendido dentro del derecho de vía del material extraído, para no obstruir el drenaje de la carretera; suministro y aplicación del concreto hidráulico para el relleno de la excavación; suministro, fabricación y habilitado del poste, cruceta, “oreja” placa, tornillería y rondanas; suministro y aplicación de las pinturas anticorrosivas, de acabado y para la impresión del mensaje; diseño del mensaje para cada señal; en caso necesario, la utilización de la obra falsa requerida para fijar la señal en su posición correcta; utilización del equipo, herramienta y mano de obra; consumos; desperdicios; y en general, todo lo necesario para la ejecución del trabajo.

E.P.11.- MARCAS EN EL PAVIMENTO P.U.O.T.

EJECUCION:

El pintado de raya, signos, letras y cifras en el pavimento, deberá efectuarse de acuerdo con lo señalado en el proyecto y/o lo ordenado por la Secretaría. Previamente a la aplicación de la pintura y el material reflejante, las superficies correspondientes deberán barrerse y limpiarse en una faja con ancho mínimo igual al de la señal más 25 centímetros por cada lado, a fin de eliminar el polvo y materias extrañas que puedan afectar la adherencia de la pintura. A continuación se trazarán sobre el pavimento las marcas del señalamiento, con la calidad y frecuencia necesaria para guiar el equipo utilizado en la aplicación del recubrimiento, procediendo de inmediato a la aplicación de la pintura, la cuál deberá ser previamente aprobada por la Secretaría, utilizándola tal como la entrega el fabricante y por ningún motivo se le adicionará adelgazador, debiendo tener una viscosidad de 67 a 75 unidades Krebs a 25 C, secado al tacto en unos 5 minutos, secado duro de 20 a 30 minutos y cumplir con los requisitos señalados en la cláusula 012-C del libro 4, parte 01, Título 04 de las Normas de Calidad de los materiales.La cantidad de pintura que se aplique en el ancho estipulado deberá ser de treinta y ocho (38) micrones (1.5 milésimas de pulgada) de pintura húmeda, siendo en este caso cuando se aplique el material reflejante (esferas de vidrio) en una proporción de setecientos (700) gramos por litro de pintura; las esferas de vidrio deberán cumplir con los requisitos señalados en la cláusula 012-D del Libro 4, Parte 01, Título 04 de las Normas de Calidad de los Materiales.

Cuando lo fije el proyecto y/o lo ordene la Secretaría, los materiales, que se utilicen en el mercado del pavimento, deberán ser previamente muestreados y sujetos a las pruebas de laboratorio que se requieran.

MEDICION:

La medición se hará tomando como unidad el metro efectivo de raya pintada en el pavimento, para cada ancho ordenando, y cada uno de los signos, letras o cifras indicados en el proyecto y/o señalados por la Secretaría. No se medirán las rayas desalineadas, ni los signos, letras o cifras mal trazados o que no cumplan con lo ordenado por la Secretaría.

BASE DE PAGO:

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FORMA E-2

El pago por unidad de obra terminada se hará a los precios fijados en el contrato para el metro efectivo de raya pintada de cada uno de los anchos señalados, así como para cada uno de los signos, letras o cifras ordenados por la Secretaría. Este fondo, filete, letreros, signos o cifras correspondientes, conforme al tipo de señal y a lo ordenado por la Secretaría; aplicación del material reflejante estipulado; fijación de las placas a los postes; cargas, transportes, descargas y almacenamientos; excavaciones; elaboración para el concreto del cimiento de la resistencia especificada, incluyendo el acero de refuerzo, en su caso; mermas y desperdicios; colocación de las señales en sus lugares definitivos; maniobras; andamios; obra falsa; limpieza; en general todo lo necesario para que la obra quede terminada a satisfacción de la Secretaría, y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y descargas.

E.P. 9.- INDICADORES DE ALINEAMIENTO (FANTASMAS)

EJECUCIÓN

Los fantasmas se construirán de concreto hidráulico con resistencia a la ruptura de F’c=100 kg/cm2 a los veintiocho (28) días. Deberán cumplir con todos los requisitos señalados en el proyecto tipo de fantasmas de concreto anexo a estas especificaciones complementarias y quedar pintados y totalmente terminados antes de ser llevados a los lugares de utilización, los fantasmas se colocaran en la forma y con la distribución indicada en dicho proyecto y en el párrafo OD-6 del capitulo v del manual de dispositivos para el control del transito en calles y carreteras de esta secretaría (edición 1996).

MEDICION

La medición se hará tomando como unidad el fantasma de concreto hidráulico ya colocado en el camino según lo indicado en el proyecto y/o lo ordenado por la Secretaría

BASE DE PAGOEl pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato para el fantasma de concreto hidráulico ya colocado; este precio unitario incluye lo que corresponda por: valor de adquisición de todos los materiales necesarios; acarreos de los mismos al lugar de elaboración; almacenamiento; armado; elaboración del concreto con el cemento necesario; colado y curado; mermas y desperdicios; moldes; cargas y descargas; pintura y aplicación de la franja reflejante; maniobras requeridas; acarreo de los fantasmas al lugar de su colocación; excavación para su erección; colocación correspondiente, limpieza y en general todo lo necesario para la correcta ejecución del concepto.

E.P.10.- DEFENSAS METALICAS P.U.O.T.

ESPECIFICACIONES GENERALES

Regirán las Normas para Construcción e Instalación de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes en lo particular lo que corresponda del Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en calles y carreteras, capitulo V.

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FORMA E-2

ESPECIFICACIONES COMPLEMENTARIAS

E.C.1 DEFENSAS: El material utilizado para la fabricación de la defensa será cal. 12 (2.57 mm), con un desarrollo antes del formado de 48.1 cm. y una corrugación de 193.8 mm. de paso por 82.6 mm. de profundidad. El largo total de la pieza será de 412.8 cm. ó 793.8 cm y un largo efectivo de 381 cm. ó 762 cm. se cumplirá con la Norma AASTHO M-180 clase A Tipo 1. (ver fig. 1 y 2)

E.C.2 POSTE: Los postes para la sujeción de la defensa será de acero sección IPR ó sección viga de 6” x 4”, con una longitud total de 150 cm. (ver fig. 4)

E.C.3 SEPARADOR: Será de acero calibre 12 con un perfil tipo u con nervaduras de refuerzo de 76 x 50 x 340 mm. (ver fig. 5)

E.C.4 TERMINAL: Será de acero calibre 12 con una longitud total de 72.4 cm y con una longitud efectiva de 56.5 cm. (ver fig. 3)

E.C.5 TORNILLERIA: Se usará tornillos de 518” x 1 112” de acero según norma ASTM A-307, conforme a la norma NMX-H-118 y deben galvanizarse en caliente de acuerdo a norma NMX- H-4.

E.C.6 REFLEJANTE: Será de forma trapezoidal usando lámina galvanizada cal. 16 y película reflejante tipo Scotchlite ó similar alta intensidad.

E.C.7 ACABADOS: Todas las piezas a excepción de los tornillos serán galvanizados por inmersión en caliente según norma ASTM- 123, los tornillos galvanizados electrolíticos.

TABLA 1

E S P E S O R D E L A L A M I N AT I P O C L A S E A C L A S E B

E S P E S O R TOLERANCIA * E S P E S O R TOLERANCIAPLG MM PLG MM PLG MM PLG MM

1 0.108 2.74 0.009 0.23 0.138 3.51 0.010 0.0252 0.111 2.82 0.009 0.23 0.141 3.58 0.010 0.0253 0.105 2.67 0.009 0.23 0.135 3.43 0.010 0.0254 0.105 2.67 0.009 0.23 0.135 3.43 0.010 0.025

*LA TOLERANCIA PARA ESPESORES MAYORES NO SE LIMITA

TABLA 2

EJECUCION:

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FORMA E-2

Las defensas metálicas deberán ser de las características señaladas en el proyecto y colocadas según lo indicado en los planos respectivos.

MEDICION:

La medición de las defensas colocadas conforme al proyecto y/o a lo ordenado por la Secretaría, se hará tomando como unidad el metro, la longitud se determinará midiendo el desarrollo total de la defensa metálica entre sus remates extremos.

BASE DE PAGO:

El pago por unidad de obra terminada se hará el precio fijado en el contrato por el metro de defensa colocada; este precio unitario incluye todo lo que corresponda por: valor de fabricación o adquisición de las defensas y de todos los accesorios necesarios; cargas, descargas, transportes de las mismas hasta el lugar de la obra; almacenamiento; herrajes; mermas y desperdicios; colocación; montaje; limpieza y en general todo lo que sea necesario para la correcta ejecución; incluyendo adicionalmente la pintura de los mismos utilizando pintura vinílica, atendiendo lo indicado en el capitulo IV apartado M-17. del manual Dispositivos para el Control de Tránsitos en calles y carreteras, que editó ésta Secretaría.

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FORMA E-2

MODELO DEL CONTRATO

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FORMA E-2

DIRECCIÓN GENERAL DE __________________________

CONTRATO No.___________________

CONTRATO DE OBRA PUBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA POR _________________________, EN SU CARÁCTER DE ______________________________________________Y POR LA OTRA, ____________________________________________ REPRESENTADA POR ________________________________, EN SU CARÁCTER DE ______________________ (REPRESENTANTE LEGAL, ADMINISTRADOR ÚNICO, APODERADO GENERAL, APODERADO ESPECIAL, ETCÉTERA, SEGÚN SE ESTABLEZCA EN EL ACTA O PODER CORRESPONDIENTE), A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LES DENOMINARA “LA DEPENDENCIA” Y “EL CONTRATISTA”, RESPECTIVAMENTE, DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I.- "LA DEPENDENCIA" DECLARA QUE:

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FORMA E-2

I.1.- Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1°, 2°, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2.- Su representante, el (la) C._________________, con el carácter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo (7°, en los casos en que se trate de la Oficial Mayor y 6°, cuando se suscriba por los Subsecretarios y Coordinadores Generales), fracción (XI en los casos en que se trate de la Oficial Mayor y IX cuando se suscriba por los Subsecretarios y Coordinadores Generales), del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

NOTA: En los supuestos en que los contratos se suscriban por los Directores Generales, esta declaración contendrá el siguiente texto: “Su representante, el (la) C.__________, con el carácter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 10, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como en atención al contenido del Oficio-Circular número ___ , emitido por la Oficial Mayor en fecha ___ de _______ de _______”.

I.3.- El presente contrato se adjudica (anotar el procedimiento que conforme a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas se haya observado para llevar a cabo la contratación, conforme a alguno de los siguientes supuestos, según sea el caso):

“... como resultado de la Licitación Pública Nacional (o Internacional, según sea el caso) No. ______ , instaurada por "LA DEPENDENCIA", en términos de lo dispuesto por los artículos 27 fracción I y 30 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

“... como resultado del procedimiento de invitar a cuando menos tres personas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II y 42, fracción de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

“... como resultado del procedimiento de invitar a cuando menos tres personas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción II, y 43, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (se aclara que esta declaración es para el procedimiento de invitar a cuando menos tres personas, por monto, en base al artículo 43).

“... directamente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción III y 42, fracción de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

“... directamente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción III y 43, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (se aclara que esta declaración es para adjudicación directa, por monto, en base al artículo 43).

I.4.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la inversión correspondiente a la obra objeto de este contrato, mediante el Oficio Núm. ______ de fecha ______________.

I.5.- Su domicilio para los efectos del presente contrato, es el ubicado en (anotar el domicilio del área usuaria de la Secretaría).

II. "EL CONTRATISTA" DECLARA QUE:

II.1.- Tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del presente contrato.Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

II.2.- Acredita su legal existencia con la escritura pública número ______, de fecha ____ de ____ de 19__, otorgada ante la fe del Lic. ________________ Notario Público No. ____, en la Ciudad de __________, y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio en la Ciudad de ____________, (a continuación deberán anotarse los datos de inscripción, tales como: número, volumen, tomo, a fojas, folio, según corresponda), de fecha ___ de _____ de 19____.

En caso de persona física se suprimirá ésta y la siguiente declaración, con el respectivo corrimiento de declaraciones.

II.3.- Su representante, el (la) C. ______________, con el carácter ya indicado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, de conformidad con el contenido de la escritura pública número _______, de fecha __ de ______ de 19___, otorgada ante la fe del Lic. _____________, Notario Público No. _____ en la Ciudad de ___________, y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, en la Ciudad de _____________, (a continuación deberán anotarse los datos de inscripción, tales como: número, volumen, tomo, a fojas, folio, según corresponda), de fecha ______ de __________ de 19__, manifestando a través de dicho representante que tales facultades no le han sido modificadas ni revocadas a la fecha.

NOTA: En esta declaración, tratándose de poderes especiales y no generales, pueden omitirse los datos de inscripción en el Registro Público, en el supuesto de que tales instrumentos no estén inscritos.

II.4- Su Registro Federal de Contribuyentes es: (anotar el número del RFC del contratista).

II.5.- Su representante, se identifica con (anotar los datos de la identificación oficial del representante del contratista o, en su caso, del representante legal de la persona física que firma el contrato).

II.6.- Cuenta con los recursos técnicos, humanos y materiales necesarios para cumplir con los requerimientos objeto del presente contrato.

II.7.- Tiene establecido su domicilio en ______________________________, mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.

II.8.- Conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; las Normas para la Construcción e Instalaciones y de la Calidad de los Materiales; así como las demás normas que regulan la ejecución de los trabajos, incluyendo las especificaciones generales y particulares de la obra objeto de este contrato y, en general, toda la información requerida para la obra materia del contrato.

II.9.- Conoce debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato, así como las condiciones ambientales, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.

III. DECLARAN “LA DEPENDENCIA” Y “EL CONTRATISTA” que:

III.1 La convocatoria de _______ (licitación, invitación) que origina el presente contrato, la bitácora que se genere, el propio contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones.

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FORMA E-2

III.2.- Las estipulaciones contenidas en el presente contrato no modifican la convocatoria de ______ (licitación o de la invitación), que le dan origen.

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

“La Dependencia” encomienda a “El Contratista” la realización de una obra consistente en (describir los trabajos a realizar) y este se obliga a realizarla hasta su total terminación, acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos y normas señalados en la declaración II.8 (En caso de persona física será la declaración II.6) del apartado de declaraciones de “El Contratista”, apegándose de igual modo a los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y especificaciones generales y particulares, así como a las normas de construcción vigentes en el lugar donde deban realizarse los trabajos, mismos que se tienen por reproducidos como parte integrante de esta cláusula.

Los programas autorizados, presupuestos, proyectos, planos y especificaciones a que se alude en esta cláusula, debidamente firmados por los otorgantes, como anexos, pasarán a formar parte integrante del presente instrumento.

Queda entendido por las partes que la bitácora que se genere con motivo de la realización de los trabajos materia de este contrato, formará parte del mismo y su uso será obligatorio. De igual forma, queda pactado que el acta administrativa a que alude el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y que se genere con motivo de la realización de los trabajos materia de este instrumento, pasará a formar parte integrante del mismo.

SEGUNDA .- MONTO DEL CONTRATO

El monto total del presente contrato, es de $ ______________________ (CANTIDAD CON LETRA), más el impuesto al valor agregado.

NOTA: Para el supuesto de contratos de obra que abarquen más de un ejercicio presupuestal, deberá incluirse la siguiente redacción: “Y la asignación aprobada para el presente ejercicio es de $_____________________________ (CANTIDAD CON LETRA), más el impuesto al valor agregado, en el entendido de que para los siguientes ejercicios quedarán sujetas las asignaciones correspondientes para los fines de ejecución y pago a la disponibilidad presupuestal de los años subsecuentes”.

TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN

“EL Contratista”, se obliga a realizar los trabajos materia del presente contrato en un plazo que no exceda de (anotar el número de días naturales en que se efectuarán los trabajos, cuidando que dicho periodo coincida con el señalado en la convocatoria de licitación, invitación o solicitudes de cotización, según sea el caso). El inicio de los trabajos se efectuará el día ___

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del mes de ____________ de 200__ y se concluirán a más tardar el día _____ del mes de _______ de 200__, de conformidad con el programa de ejecución pactado.

NOTA: En el supuesto de otorgarse anticipos, deberá agregarse el siguiente texto: “Este plazo se diferirá en el caso señalado por la fracción I del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de conformidad con lo pactado en la Cláusula Quinta de este contrato”.

CUARTA.- DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

“La Dependencia” se obliga a poner a disposición de “El Contratista” el o los inmuebles en que deben llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, así como los dictámenes, permisos, licencias y demás autorizaciones que se requieran para su realización.

NOTA: En el caso de que en la convocatoria de licitación, invitación o solicitudes de cotización, según sea el caso, se hayan establecido trámites a cargo del contratista adjudicatario, se precisarán tales gestiones, conforme al siguiente texto: “Por su parte, el contratista tramitará (en este apartado el área convocante deberá describir los trámites)”.

QUINTA.- ANTICIPOS

Para que “El Contratista” realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos, “La Dependencia” otorga un anticipo por la cantidad de $_________________, (con letra) más el impuesto al valor agregado, lo que representa un ___ % del importe total del presente contrato. Queda establecido que el anticipo señalado, es el contemplado en la convocatoria de licitación y el resultante del programa de erogación contenido en la propuesta presentada por “El Contratista” dentro del procedimiento de contratación que motiva la firma del presente instrumento.

NOTA: Para el supuesto de contratos cuyo plazo de ejecución comprendan más de un ejercicio presupuestal, se deberá utilizar la siguiente redacción: “Para que “El Contratista” realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos, “La Dependencia” otorga un anticipo por la cantidad de $_________________ (con letra), más el impuesto al valor agregado, lo que representa un ___ % de la asignación presupuestal aprobada al presente contrato para el primer ejercicio presupuestario, quedando obligado “El Contratista” a utilizar dicho anticipo para los conceptos señalados.

De estarse en el caso de que el anticipo se efectúe en varias exhibiciones, deberá indicarse así en este párrafo.

El anticipo se entregará a “El Contratista” el día _____ del mes de _______ de 200__ (la fecha de entrega del anticipo debe efectuarse con antelación al inicio de los trabajos, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas), previa entrega que efectúe éste a “La Dependencia” de la Convocatoria a la Licitación19/11/10

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garantía a que se alude en la cláusula séptima inciso A. El atraso en la entrega del anticipo será motivo para diferir sin modificar en igual plazo el programa de ejecución pactado, formalizando mediante convenio entre las partes la nueva fecha de iniciación. Si “El Contratista” no entrega la garantía del anticipo dentro del plazo señalado en el artículo 48, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, no procederá el diferimiento y por lo tanto éste deberá iniciar la obra en la fecha establecida.

El otorgamiento y amortización del anticipo, se sujetará a lo establecido al respecto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, y su amortización se hará proporcionalmente a cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados que se formulen, debiéndose liquidar el faltante por amortizar en la estimación final.

NOTA: (Esta cláusula aplica solo cuando se otorgue anticipo. En caso de que no se otorgue éste deberá suprimirse y, por ende, recorrerse el orden de las cláusulas).

SEXTA.- FORMA DE PAGO

Las partes convienen en que los trabajos objeto del presente contrato se paguen mediante la formulación de estimaciones (anotar el periodo que comprenderá cada estimación, ejemplo: mensuales, en el entendido de que tales periodos no podrán exceder de un mes, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas), mismas que se acompañarán de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artículo 102 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las que serán presentadas por “El Contratista” al residente de la obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte y serán pagadas por “La Dependencia” por trabajos ejecutados, en (anotar el domicilio de la dependencia en que se efectuará el pago O BIEN LOS DATOS CORRESPONDIENTES PARA EL CASO DE USO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA), dentro de un plazo de (anotarlo, cuidando que el mismo coincida con el señalado en la convocatoria de licitación o solicitudes de cotización, y en el entendido de que no sea mayor a 20 días naturales) contados a partir de que hayan sido autorizadas por el residente de la obra y que “El Contratista” haya presentado la factura correspondiente.

Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 100 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del presente contrato, serán las correspondientes por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato; y de gastos no recuperables a que alude el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

El residente de obra efectuará la revisión y autorización de las estimaciones por trabajos ejecutados, en un plazo que no excederá de quince días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.

En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajuste de costos por parte de “La Dependencia”, ésta a solicitud de “El Contratista” y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se Convocatoria a la Licitación19/11/10

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calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “El Contratista”.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “El Contratista”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “La Dependencia”.

No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.

NOTA: Tratándose de obras a pagar mediante una sola estimación la cláusula deberá redactarse en forma singular.

SÉPTIMA.- GARANTÍAS.

“El Contratista” se obliga a constituir en la forma, términos y procedimientos previstos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías siguientes:

A) FIANZA PARA EL ANTICIPO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación, por la totalidad del monto concedido como anticipo tanto para que “El Contratista” realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos objeto del presente contrato, así como para la compra y producción de materiales que se instalen permanentemente, conforme a la Cláusula Quinta y deberá ser presentada por “El Contratista” previamente a la entrega de los anticipos, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación y, para los ejercicios subsecuentes, a partir de que “El Contratista” reciba la notificación por escrito del monto del anticipo concedido; la garantía subsistirá hasta la total amortización de los anticipos correspondientes.

NOTA: Si no se otorgara anticipo, el inciso A precedente denominado “FIANZA PARA EL ANTICIPO” deberá suprimirse, haciendo el corrimiento de los incisos siguientes.

B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación por el veinte por ciento (20%) del monto total del presente contrato.

Para el caso de contratos que abarquen más de un ejercicio presupuestal deberá utilizarse el siguiente texto: B) “FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- Fianza a favor de la Tesorería de la Federación por el veinte por ciento (20%) del monto total del presente contrato. Tomando en cuenta que los trabajos objeto de este instrumento se realizarán en más de un ejercicio presupuestario, la referida fianza se substituirá por otra equivalente al veinte por ciento (20%) del monto autorizado para el ejercicio presupuestal de que se trate, considerando los trabajos faltantes de ejecutar conforme al programa convenido y en caso de existir modificaciones contractuales. Esta última fianza deberá ser presentada dentro de los quince días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que “El Contratista” hubiere recibido la notificación por escrito por parte de “La Dependencia” respecto del monto de la inversión autorizada para dicho ejercicio. Si transcurrido este plazo no se otorga la fianza, “La Dependencia” procederá a la rescisión administrativa del contrato.Convocatoria a la Licitación19/11/10

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C) GARANTÍA PARA RESPONDER DE OBRA MAL EJECUTADA O VICIOS OCULTOS.- “El Contratista” garantizará los trabajos dentro de los quince días naturales anteriores a la recepción formal de los mismos, sustituyendo la fianza vigente de cumplimiento por otra garantía que a su elección podrá ser mediante fianza por el equivalente al diez por ciento (10%) del monto total ejercido de la obra, por carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de la obra, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello, para responder de los defectos que resulten de la realización de los mismos, de vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en su ejecución. Esta garantía tendrá una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha de entrega-recepción de los trabajos.

OCTAVA.- AJUSTE DE COSTOS.

Cuando concurran circunstancias de orden económico no previstas en el presente instrumento que determinen un aumento o reducción de los costos directos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos cuando procedan deberán ser ajustados conforme al siguiente procedimiento __________ (señalar el procedimiento de ajuste al que se sujetarán las partes).

No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley de la materia pudiera estar sujeta la importación de los bienes contemplados en la realización de los trabajos.

Cuando el porcentaje del ajuste de los costos sea al alza, será “El Contratista” quien lo promueva; dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, mediante la presentación por escrito de la solicitud, estudios y documentación que la soporten. Si el referido porcentaje es a la baja, será “La Dependencia” quien lo determine en el mismo plazo, con base en la documentación comprobatoria que lo justifique, salvo en el caso del procedimiento de ajuste señalado en la fracción III del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, conforme al cual invariablemente “La Dependencia” deberá efectuarlo con independencia de que sea a la alza o a la baja. Si transcurrido dicho plazo no promoviera “El Contratista” la solicitud señalada, precluirá para éste el derecho para reclamar el ajuste de costos del mes de que se trate y de realizarlo a la baja por parte de “La Dependencia”.

“La Dependencia” dentro de los sesenta días naturales siguientes a la recepción de la solicitud de “El Contratista”, deberá emitir por oficio la resolución que proceda. En caso contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.

Cuando la documentación mediante la que se promueva los ajustes de costos sea deficiente o incompleta, “La Dependencia” apercibirá por escrito a que “El Contratista” para que, en el plazo de diez días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada. Transcurrido dicho plazo sin que “El Contratista” diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos.

El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones correspondientes, deberá cubrirse por parte de “La Dependencia” a solicitud de “El Contratista”, considerando el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado, en la estimación siguiente al mes en que se haya autorizado el ajuste concedido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y su pago se efectuará en (indicar el domicilio de la dependencia en que se realizará el pago).Convocatoria a la Licitación19/11/10

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Los ajustes se calcularán a partir del mes en que se haya producido el incremento o decremento en el costo de los insumos respecto de la obra faltante de ejecutar, conforme al programa de ejecución pactado o, en caso de existir atraso no imputable al contratista, con respecto al programa convenido.

Cuando el atraso sea por causa imputable a “El Contratista”, procederá el ajuste de costos exclusivamente para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al programa convenido.

Para efectos de cada una de las revisiones y ajuste de los costos, que se presenten durante la ejecución de los trabajos, el mes de origen de los precios será el del acto de presentación y apertura de proposiciones, aplicándose el último factor que se haya autorizado.

Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en los índices de precios al productor y comercio exterior/actualización de costos de obras públicas que determine el Banco de México. Cuando los índices que requieran tanto “El Contratista” como “La Dependencia”, no se encuentren dentro de los publicados por el Banco de México, “La Dependencia” procederá a calcularlos en conjunto con “El Contratista” conforme a los precios que investiguen, por mercadeo directo o en publicaciones especializadas nacionales o internacionales considerando al menos tres fuentes distintas o utilizando los lineamientos y metodología que expida el Banco de México.

Los precios unitarios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de los costos indirectos, el costo por financiamiento y el cargo de utilidad originales durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará sujeto a ajuste de acuerdo a las variaciones de la tasa de interés que el contratista haya considerado en su proposición y a los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de la Función Pública.

Una vez aplicado el procedimiento respectivo y determinados los factores de ajuste, éstos se aplicarán al importe de las estimaciones generadas, sin que resulte necesario modificar la garantía de cumplimiento del contrato inicialmente otorgada.

Cuando existan trabajos ejecutados fuera del período programado, por causa imputable a “El Contratista”, el ajuste se realizará considerando el período en que debieron ser ejecutados, conforme al programa convenido, salvo en el caso de que el factor de ajuste correspondiente al mes en el que efectivamente se ejecutaron, sea inferior a áquel en que debieron ejecutarse, en cuyo supuesto se aplicará este último.

NOTA: Para efectos de los ajustes de costos, se aplicará el procedimiento establecido en la fracción III del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, salvo que no se tenga establecida la proporción en que intervienen los insumos, en cuyo caso se establecerá uno de los otros dos procedimientos. De señalarse la fracción III, además de indicarse la primera parte del contenido de ésta, deberá agregarse la siguiente redacción:

“El Contratista” de no estar de acuerdo con la proporción de intervención de los insumos ni su forma de medición durante el proceso de construcción, podrá solicitar su revisión a “La Dependencia” a efecto de que sean corregidos los ajustes de costos y de no llegarse a un acuerdo se aplicará el procedimiento enunciado en la fracción I del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Convocatoria a la Licitación19/11/10

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FORMA E-2

NOTA: Es importante tener presente para esta estipulación lo previsto en el artículo 144 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a fin de indicarlo como corresponda para las hipótesis de dicho precepto.

NOVENA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS

Para la recepción de los trabajos materia del presente contrato, las partes se sujetan al siguiente procedimiento.

Una vez concluidos los trabajos encomendados, “El Contratista” comunicará a “La Dependencia” de dicha circunstancia, con objeto de que ésta dentro de un plazo que no exceda de los siguientes (anotar el número de días, cuidando al estipularlo que se respete el plazo máximo señalado para el inicio de la recepción de los trabajos, contado a partir de la notificación de “El Contratista”, sobre la terminación de los trabajos, que se contempla en el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas ) días calendario contados a partir de la señalada comunicación, verifique la debida terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.

Finalizada la verificación de los trabajos por parte de “La Dependencia”, ésta procederá a su recepción física, en un plazo que no exceda de (anotar el número de días naturales, en el entendido de que no excedan de 15 y cuidando que coincida con el plazo previsto al efecto en la convocatoria de licitación o solicitudes de cotización, según sea el caso), lo cual se realizará mediante la suscripción del acta correspondiente en la que intervendrán los representantes de ambas partes, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, quedando los trabajos recibidos a partir de dicho acto, bajo la responsabilidad de “La Dependencia”.

“La Dependencia” podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existieren trabajos terminados y sus partes sean identificables y susceptibles de utilizarse.

Una vez formalizada la recepción física de los trabajos, ambas partes procederán a los (señalar los días, conforme a lo dispuesto para el caso en la convocatoria de licitación o solicitudes de cotización el cual no podrá exceder de 60 días naturales) días naturales contados a partir de dicha recepción, a elaborar el finiquito correspondiente. De existir desacuerdo entre las partes o bien en el supuesto de que “El Contratista” no acuda a las instalaciones de “La Dependencia” en la fecha indicada para la elaboración del finiquito, esta última procederá a elaborarlo, comunicando su resultado a “El Contratista” dentro de un plazo de diez días naturales, contado a partir de su emisión, quien una vez notificado del resultado de dicho finiquito, tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda. Si transcurrido este plazo “El Contratista” no realiza alguna gestión, el resultado del finiquito se dará por aceptado.

Determinado el saldo total, “La dependencia” pondrá a disposición de “El Contratista” el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro de los importes resultantes; y en forma simultánea, se levantará el acta administrativa que dé por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el presente contrato.

Nota: Los espacios que aparecen en blanco en esta cláusula, deberán estar determinados de acuerdo con las características, complejidad y magnitud de los trabajos.

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DÉCIMA.- REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA

“El Contratista” se obliga a designar anticipadamente a la iniciación de los trabajos en el sitio de realización de los mismos, un representante permanente, que fungirá como superintendente de construcción, el cual debe estar facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de este contrato.

“La Dependencia” se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la sustitución del superintendente de construcción, y “El Contratista” tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el presente contrato y de la correspondiente convocatoria de licitación (invitación o solicitudes de cotización para el caso de procedimientos de adjudicación directa).

DÉCIMA PRIMERA.- RELACIONES LABORALES

“El Contratista”, como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. “El Contratista” conviene por tanto en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “La Dependencia”, en relación con los trabajos del contrato, debiendo cubrir cualesquier importe que de ello se derive y sacar a salvo y en paz de tales reclamaciones a “La Dependencia”, a más tardar a los diez días naturales contados a partir de la fecha en que sea notificado de ello por esta última y, en los supuestos de que con dicho motivo llegare a erogar alguna cantidad, “El Contratista” la reintegrará a “La Dependencia” en igual término.

DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA

“El Contratista” se obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las Normas de Calidad que “La Dependencia” tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente contrato, y a que la realización de todas y cada una de las partes de dicha obra se efectúen de conformidad con el proyecto y las especificaciones generales y particulares para los trabajos materia del presente contrato, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos que se llegaren a presentar en los trabajos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “La Dependencia” o a terceros, en cuyo caso, se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato, hasta por el monto total de la misma.

Igualmente se obliga “El Contratista” a no ceder a terceras personas físicas o morales sus derechos y obligaciones derivadas de este contrato y sus anexos, sobre los bienes o trabajos ejecutados que ampara este contrato, salvo los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se requerirá la previa aprobación expresa y por escrito de “La Dependencia”, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Si con motivo de la cesión de los derechos de cobro solicitada por el contratista se origina un retraso en el pago, no procederá el pago de gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

NOTA: PARA EL CASO DE QUE SE HAYA PERMITIDO LA SUBCONTRATACIÓN SE AGREGARÁ LO SIGUIENTE:Convocatoria a la Licitación19/11/10

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“El Contratista” será el único responsable de las obligaciones que adquiera con las personas que subcontrate para la realización de la obra. El subcontratista no tendrá ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de “La Dependencia” por tales obligaciones.

DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

“La Dependencia” tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por “El Contratista” de acuerdo con el programa de obra aprobado, para lo cual “La Dependencia” comparará periódicamente el avance de las obras. Si como consecuencia de dichas comparaciones el avance de las obras es menor que lo que debió realizarse, “La Dependencia” procederá a:

I.- Retener en total el cinco por ciento (5%) de las diferencias entre el importe de la obra realmente ejecutada (total estimado acumulado) y el importe de la que debió realizarse (total programado acumulado). Por lo tanto, (mensualmente, quincenalmente, semanalmente o diariamente, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) se hará la retención o devolución que corresponda.

Si al efectuarse la comparación correspondiente (al) (la) último (a) (mes, quincena, semana o día, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) del programa general, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, procede hacer alguna retención, su importe se aplicará en favor del Erario Federal, como pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “El Contratista”.

II.- Aplicará, para el caso de que “El Contratista” no concluya la obra en la fecha señalada en el programa general considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, una pena convencional consistente en una cantidad igual al cinco por ciento (5%) (mensual, quincenal, semanal o diaria, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) del importe de los trabajos que no se hayan realizado en la fecha de terminación señalada en el programa general. Esta pena se ajustará a la obra faltante por ejecutar y la cubrirá “El Contratista” (mensualmente, quincenalmente, semanalmente o diariamente, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) y hasta el momento en que las obras queden concluidas y recibidas a satisfacción de “La Dependencia”; estas penas convencionales se aplicarán (mensualmente, quincenalmente, semanalmente o diariamente, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) en las estimaciones correspondientes. En el supuesto que persistan los atrasos en la terminación de la obra al extremo de no haber en un ((a) (mes, quincena, semana o día, según la naturaleza de los trabajos, el programa de ejecución y el calendario de pagos pactados en el contrato) volúmenes de obra qué estimar y por lo mismo de los cuales se pueda efectuar la retención y aplicación, “El Contratista” deberá enterar a “La Dependencia” mediante cheque certificado a favor de la Tesorería de la Federación los importes que se generen por este motivo.

Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas por “El Contratista”.

Estas penas, en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de Convocatoria a la Licitación19/11/10

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cumplimiento, en cuyo caso y llegado a dicho límite se dará inicio al procedimiento de rescisión administrativa.

Independientemente de la aplicación de las penas convencionales señaladas anteriormente, cuando no se haya llegado al límite de la fianza de cumplimiento, “La Dependencia” podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo.

Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a “El Contratista” se harán efectivas con cargo a las cantidades que le hayan sido retenidas, aplicando además, si da lugar a ello, la fianza de cumplimiento, conforme a lo estipulado en la Cláusula Décima Quinta. (NOTA: en caso de que no se otorgue anticipos y se haya efectuado el recorrimiento de las cláusulas seria la cláusula décima cuarta).

DÉCIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

“La Dependencia” podrá suspender temporalmente en todo o en parte los trabajos contratados en cualquier momento por causa justificada para ello; temporalidad que no podrá ser indefinida.

En caso de suspensión del presente contrato, éste podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que la motivaron.

La fecha de terminación del contrato se prorrogará en igual proporción al periodo que comprenda la suspensión, sin modificar el plazo de ejecución convenido, la formalización se realizará mediante el acta circunstanciada de suspensión, en términos de lo dispuesto por el artículo 114 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Cuando la suspensión derive de un caso fortuito o fuerza mayor únicamente se suscribirá un convenio donde se reconozca el plazo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, sin modificar el plazo de ejecución del presente contrato, en términos del artículo 119 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

“La Dependencia” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general; existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado; se determine la nulidad de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, o por resolución de autoridad judicial competente, o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabajos, “El Contratista” podrá optar por no ejecutarlos. En este supuesto, si opta por la terminación anticipada del contrato, deberá solicitarla a “La Dependencia”, quien determinará lo conducente dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del escrito respectivo, en caso de negativa, será necesario que el contratista obtenga de la autoridad judicial la declaratoria correspondiente.

En el evento de que “La Dependencia” no produzca contestación a la solicitud de “El Contratista” dentro del plazo señalado, se tendrá por aceptada la petición de este último.

Una vez comunicada la terminación anticipada del contrato, “La Dependencia procederá a tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin la Convocatoria a la Licitación19/11/10

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comparecencia de “El Contratista”, acta circunstanciada del estado en que se encuentren los mismos, quedando obligado “El Contratista” a devolver a “La Dependencia, en un plazo de diez días naturales contados a partir del inicio del procedimiento respectivo, toda la documentación que ésta le hubiere entregado para la realización de los trabajos.

DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

Las partes convienen que “La Dependencia” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente este contrato, por cualesquiera de las causas que a continuación se enumeran, es decir si “El Contratista”:

a) Contraviene las disposiciones, lineamientos, bases de la convocatoria (invitación de ser el caso), procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

b) No cumple con los trabajos objeto de este contrato, conforme a los términos y condiciones pactados en el mismo y sus anexos.

c) Suspende injustificadamente los trabajos objeto de este contrato.

d) Incurre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

e) Incumple con cualesquiera de las obligaciones a su cargo en el presente instrumento.

Las causales referidas dan lugar a la rescisión inmediata de este contrato, sin responsabilidad para “La Dependencia”, además de que se le apliquen a “El Contratista” las penas convencionales conforme a lo establecido por este contrato o el sobrecosto que resulte de la rescisión, debiendo fundamentar y motivar las causas de la aplicación de uno o de otro, independientemente de hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo y aplicarse en su caso a “El Contratista” los demás cargos que procedan.

Las partes convienen que cuando “La Dependencia” determine justificadamente la rescisión administrativa del contrato, el inicio del procedimiento correspondiente se comunicará a “El Contratista” exponiendo las razones que al efecto se tuvieren para que éste, dentro del término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente en que surta sus efectos la notificación del inicio de la rescisión, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes, en cuyo caso, transcurrido dicho plazo, “La Dependencia” resolverá lo procedente, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere recibido el escrito de contestación de “El Contratista” considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “El Contratista”. En el supuesto de no producir contestación “El Contratista”, dentro del plazo señalado, se emitirá la resolución respectiva, en los términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como en apego a los demás ordenamientos aplicables.

Una vez comunicado el inicio del procedimiento de rescisión administrativa del contrato “La Dependencia procederá a tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, y en su caso, proceder a suspender los trabajos, levantando con o sin la comparecencia de “El Contratista”, acta circunstanciada del estado en que se encuentre la obra y “El Contratista” estará obligado a devolver a “La Dependencia, en un plazo

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de diez días naturales contados a partir del inicio del procedimiento, toda la documentación que ésta le hubiere entregado para la realización de los trabajos.

La determinación de dar por rescindido administrativamente el contrato, no podrá ser revocada o modificada por “La Dependencia”.

Iniciado el procedimiento de rescisión y antes de su conclusión, “La Dependencia” podrá a su juicio, suspender el trámite del citado procedimiento, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del presente contrato.

En el caso de que se determine no rescindir el contrato, se reprogramarán los trabajos una vez notificada la resolución correspondiente por “La Dependencia” a “El Contratista”.

DÉCIMA SEXTA.-

Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás normas y disposiciones administrativas que le sean aplicables.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS ESTIPULACIONES ESPECIFICAS

“El Contratista” acepta que de las estimaciones que se le cubran, se deduzca para los efectos de su aplicación por concepto de inspección de obras, conforme a las previsiones de la normatividad aplicable, EL CERO PUNTO CINCO POR CIENTO (0.5%), del monto de los trabajos contratados.

NOTA: EN LOS CONTRATOS EN QUE RESULTEN DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS SE PACTARÁ LO SIGUIENTE:

LOS DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS QUE RESULTEN DE ESTE CONTRATO INVARIABLEMENTE SE CONSTITUIRÁN A FAVOR DE LA DEPENDENCIA.

DÉCIMA OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS FUTURAS Y PREVISIBLES DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO

En el supuesto de que durante la vigencia del presente contrato surjan discrepancias estrictamente sobre problemas específicos de carácter técnico o administrativo derivados de la ejecución de los trabajos, y que no impliquen en modo alguno una audiencia de conciliación, ambas partes la resolverán conforme al siguiente procedimiento:

(SEÑALAR EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO)

DÉCIMA NOVENA .- JURISDICCIÓN

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de la legislación vigente en la materia, así como a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes Convocatoria a la Licitación19/11/10

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ubicados en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando en consecuencia al fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.

El presente contrato se firma en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día (anotar con letra) del mes de (señalar el mes) de 200__.

POR “LA DEPENDENCIA”(Anotar el cargo del servidor

público que suscriba el contratoen representación de la Secretaría)

______________________________(Anotar el nombre del servidor

público que suscriba el contratoen representación de la Secretaría.)

POR “LA CONTRATISTA”(Anotar el carácter del representante legal del contratista que suscriba el contrato que deberá

coincidir con el del rubro del contrato)

______________________________(Anotar el nombre del representante que suscriba

el contrato en representación del contratista)

NOTA: LAS FIRMAS NO DEBEN QUEDAR SEPARADAS DEL CLAUSULADO

MODELO DE FIANZAS DE CUMPLIMIENTO Y ANTICIPO

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document.doc

___ (1 nombre de la afianzadora)___, EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE OTORGO EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 5TO. Y 6TO. DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE: $__(2 importe de la fianza) (_(3 importe de la fianza con letra)__). LA QUE INVARIABLEMENTE SERÁ POR EL _(4 porcentaje del monto contratado que representa la fianza)_% DEL MONTO TOTAL EJERCIDO NO INCLUYE I.V.A. ANTE: A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN. PARA GARANTIZAR POR ___(5 nombre del contratista)___, CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA EN ____(6 domicilio del contratista)__, EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO DERIVADAS DEL CONTRATO DE __(7 tipo de contrato)___ A ___ (8 modalidad de la contratación, NO. _(9 número de contrato), DE FECHA ___ (10 fecha de firma el contrato)__, OBJETO: __(11 objeto del contrato)___, POR UN MONTO DE $__ (12 monto del contrato) (___(13 monto del contrato con letra)___) SIN INCLUIR I.V.A., CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVÓ A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS __(14 fundamento de la adjudicación)___ DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS CON FECHA ___(15 fecha del fallo)___.- LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 49 FRACCIÓN I DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 67 Y 68 DE SU

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REGLAMENTO POR UN MONTO $__(2 importe de la fianza) (_(3 importe de la fianza con letra)__) SIN INCLUIR I.V.A., QUE CORRESPONDE AL _(4 porcentaje del monto contratado que representa la fianza con número y letra)_ DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, Y EN CASO DE QUE LOS MISMOS SE REALICEN EN MAS DE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, LA FIANZA SE SUSTITUIRÁ POR OTRA EQUIVALENTE AL __(16 porcentaje de la fianza en ejercicios subsecuentes con número y letra)___% DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS, PETICIÓN QUE HARÁ EL FIADO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACOMPAÑANDO A TAL EFECTO DE OFICIO DE AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES QUIEN FIJARÁ EL NUEVO MONTO.- ASIMISMO EL FIADO RENUNCIA AL PRIVILEGIO DE ORDEN Y EXCLUSIÓN.- ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACABARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, ASÍ MISMO ESTA FIANZA PERMANECERÁ AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA DEPENDENCIA OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA O FIADO, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- PARA LIBERAR LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA POR ESCRITO DE LA DEPENDENCIA LA CUAL SE LIBERARÁ UNA VEZ QUE HAYA SIDO CONSTITUIDA Y ENTREGADA A LA DEPENDENCIA LA GARANTÍA A LA QUE ALUDE EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. FIN DE TEXTO. __(17 ciudad y estado)__, A ___(18 fecha de expedición)___.

MP-200-PR02-P01-F71

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document.doc

NOMBRE DE LA AFIANZADORA: __(1 Nombre de la afianzadora)__NÚMERO DE PÓLIZA: __2 Número de fianza)____(3 Declaración expresa de que la afianzadora cuenta con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público)__

$ __(4 Importe de la fianza)__ ( __(5 Importe con letra de la fianza)__) S/I.V.A.

ANTE: A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN.

PARA GARANTIZAR POR: __(6 Nombre del contratista)___,CON DOMICILIO SE ENCUENTRA EN: __ (7 Domicilio del contratista)____,

LA CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA PARTE NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO CORRESPONDIENTE AL _(8 porcentaje del anticipo)_% (_(9 porcentaje con letra)__ PORCIENTO), DEL MONTO DEL __(10 contrato o asignación según corresponda)__ PARA QUE EL CONTRATISTA REALICE EN EL SITIO DE LOS TRABAJOS LA CONSTRUCCIÓN DE SUS OFICINAS, ALMACENES, BODEGAS E INSTALACIONES EN SU CASO, PARA LOS GASTOS DE TRASLADO DE LA MAQUINARÍA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN E INICIO DE LOS TRABAJOS; ASÍ COMO, PARA LA COMPRA Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS QUE SE INSTALEN PERMANENTEMENTE Y DEMÁS INSUMOS QUE DEBERÁN OTORGAR, QUE REPRESENTA LA CANTIDAD DE $__(11 Importe de la fianza)__ (__(12 importe con letra)___) SIN INCLUIR EL I.V.A., RESPECTO AL CONTRATO __(13 tipo de contrato)__ NO. __(14 No. de contrato)__ DE FECHA __(15 fecha de firma)__, CUYO OBJETO CONSISTE EN: __(16 Objeto del contrato)__. CON UN MONTO TOTAL DE $___(17 importe con número del contrato)__ (_(18 importe con letra del contrato)_) S/IVA, CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVÓ A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS __(19 definición de los artículos de la LOPSRM)__ DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON FECHA __(20 indicar fecha de fallo)__. LA ASIGNACIÓN APROBADA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ES DE $__(21 importe con número de la asignación)__ (__(22 importe con letra de la asignación)__) S/IVA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 48 FRACCIÓN I DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, Y 63 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMAS, LA GARANTÍA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DE LOS ANTICIPOS CORRESPONDIENTES Y EN SU CASO DE CONTROVERSIA DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS O JUICIOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, ASIMISMO ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AUN EN LOS CASOS EN QUE LA DEPENDENCIA OTORGUE PRORROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARA PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTICULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA DEPENDENCIA LA CUAL SE LIBERARA UNA VEZ QUE HAYA SIDO CONSTITUIDA Y ENTREGADA A LA DEPENDENCIA LA GARANTÍA A LA QUE ALUDE EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.

FECHA DE EXPEDICIÓN ___ (23 fecha de expedición)__

MP-200-PR02-P01-F73

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FORMA E-2

TEXTO DE GARANTÍA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD

FORMATO DE FIANZA QUE EL CONTRATISTA PRESENTARA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD, EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA.

NOMBRE DE LA AFIANZADORA __(1 nombre de la afinzadora)__

NUMERO DE LA PÓLIZA __(2 número de póliza)__

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE HASTA POR LA SUMA DE $ _(3 importe con número de la fianza)__ (__(4 importe con letra de la fianza)__) NO INCLUYE I.V.A.

ANTE: A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN

PARA GARANTIZAR POR __(5 nombre del contratista)__, CUYO DOMICILIO SE ENCUENTRA EN .. . (6 domicilio del contratista)__, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTEN DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS, DE VICIOS OCULTOS O DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DEL CONTRATO DE __(7 tipo de contrato)__ NUMERO __(8 número de contrato)__, DE FECHA __(9 fecha de firma del contrato)__, QUE TIENE POR OBJETO __(10 descripción de los trabajos)__, POR UN MONTO DE $ __(11 importe con número del contrato)__ (__(12 importe con número del contrato)__) SIN INCLUIR I.V.A., CUYA ADJUDICACIÓN SE LLEVO A CABO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS __(13 artículos sustentan adjudicación)__ DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON FECHA __(14 fecha de fallo)__.- LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 49 FRACCIÓN I Y 66 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 67 Y 68 DE SU REGLAMENTO POR UN MONTO DE $ __(15 importe con número de la fianza)__ ) ( __(17 importe con letra de la fianza)__) SIN INCLUIR I.V.A., QUE CORRESPONDE AL 10% DE LOS TRABAJOS EJERCIDOS.- EL FIADO POR ESTE MEDIO RENUNCIA AL PRIVILEGIO DE ORDEN Y EXCUSIÓN.- LA PRESENTE GARANTÍA SE LIBERARA TRANSCURRIDOS DOCE MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO UNA RESPONSABILIDAD A CARGO DEL CONTRATISTA.- ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE A PARTIR DE LA FECHA QUE LA CALZA Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARA PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTICULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.- QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA DEPENDENCIA

FECHA __(18 fecha de expedición)_FIRMA __(19 firma del representante de la afianzadora)__

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FORMA E-2

EL LICITANTE GANADOR PRESENTAR LOS SIGUIENTES ESCRITOS EN SU CASO.

DA-06Se presentará preferentemente en hoja membretada del licitante

___(1 Área convocante)___Secretaría de Comunicaciones y Transportes Presente:

Con relación a la ___(2 Tipo de licitación)____ No. ___(No. de Licitación)___ y de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.1.17 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril del 2009, a nombre de mi representada manifiesto bajo protesta de decir verdad conocer y estar dispuesto a cumplir íntegramente con las siguientes reglas:

1. El licitante que resulte ganador del presente proceso licitatorio, presentará a “La Convocante” documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

2. Dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, el licitante que resulte ganador deberá presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT.

3. En la solicitud de opinión al SAT, deberá incluir los correos electrónicos [email protected] y [email protected], para que el SAT envíe el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a la misma.

4. Que en el caso de contratistas residentes en el extranjero que resulten adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el CFC o declaración periódica en México así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ente la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de “La Convocante”.

5. El “acuse de recepción” que deberá presentar la contratista le será requerida por “La Convocante” previo a la formalización del contrato.

6. Tratándose de las propuestas conjuntas previstas en el artículo 36 de “La Ley”, los contratistas deberá presentar el “acuse de recepción” a que se refiere el numeral anterior, por cada uno de los obligados en dicha propuesta.

7. El “acuse de recepción” que emita el SAT al momento de solicitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sólo será exigible a los contratistas que resulten adjudicados.

8. No se requerirá la solicitud de opinión al SAT en el caso de ampliación del contrato.

9. La formalización del contrato deberá llevarse a cabo en los plazos que conforme a la convocatoria de la licitación se hubiese previsto, y en ningún caso quedara supeditada a la emisión de la opinión del SAT.

10. Si “La Convocante”, previo a la formalización del contrato o pedido, recibe del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del proveedor o contratista que resulto adjudicado, esta deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el 32-D del Código Fiscal de la Federación y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

Fechado a los __(3)___ de ___(4)_______ de ___(5)______

Protesto lo necesario_________________(6 Firma)____________________

______(7 Nombre del Representante Legal)________(8 Nombre o Razón Social del contratista)____

MP-200-PR02-P01-F75

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FORMA E-2

SOLICITUD DE RETENCIÓN APORTACIONES AL ICIC

__ (2 ciudad y estado)__ , __(3 fecha)__

___ (3 nombre y cargo del titular de la convocante)______ (4 nombre de la convocante)___P r e s e n t e.

Hago referencia al convenio de colaboración signado entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CÁMARA), con fecha 21 de mayo del 2008, el cual en su cláusula Segunda establece el mecanismo para que la “SCT” retenga a los socios de la “CÁMARA”, a los que se les adjudique un contrato de obra pública o servicios relacionados con las mismas, el 2 al millar (0.2%) de las estimaciones que perciban por la ejecución de los trabajos realizados con motivo de dichos contratos, con el fin de que los recursos retenidos en cumplimiento artículo 47 de la mencionada Ley, sean enterados al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción (ICIC) dependiente de la “CÁMARA”, para que cumpla con los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción.

Derivado de lo anterior y por estar mi representada afiliada en la citada “CÁMARA” con el número ___(5 número de afiliación)__, por este conducto me permito manifestar en nombre de mi representada, nuestra conformidad para ceder los derechos de cobro sobre el importe líquido de las estimaciones por trabajos ejecutados del contrato celebrado con esa dependencia número ___(6 número de contrato)___, cuyo objeto es __(7 descripción de los trabajos)___, al ICIC por el dos al millar (0.2%) calculado sobre el importe líquido de las estimaciones por obra ejecutada.

ATENTAMENTE

__(8 nombre y cargo del representante legal del licitante)__

MP-200-PR02-P02-F76

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(1 PAPEL MEMBRETADO DEL

LICITANTE)

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FORMA E-2

FORMATO 19PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y

COMBATE A LA CORRUPCIÓN

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FORMA E-2

ENCUESTA DE TRANSPARENCIA

Oaxaca de Juárez, Oax a 19 de noviembre de 2010

Encuesta de transparencia del procedimiento concursal de:

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 00009057-036-10

Para la contratación de la obra:

MODERNIZACIÓN A NIVEL PAVIMENTO DEL CAMINO: IXTEPEC – SANTIAGO LAOLLAGA – GUEVEA DE HUMBOLDT, DEL KM 45+000 AL KM 51+200, EN EL ESTADO DE OAXACA

Instrucciones: en base a su experiencia de haber participado en el procedimiento concursal, marcar con una “X” en el recuadro de la opción que más describa a lo sucedido durante su participación.

JUNTA DE ACLARACIONES TOTALMENTEDE ACUERDO

EN GENERALDE ACUERDO

EN GENERAL ENDESACUERDO

TOTALMENTE EN DESACUERDO

El contenido de la convocatoria es claro para la realización de la obra pública o servicios a ejecutar.Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad.

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y APERTURA DE

OFERTAS TÉCNICASTOTALMENTEDE ACUERDO

EN GENERALDE ACUERDO

EN GENERAL ENDESACUERDO

TOTALMENTE EN DESACUERDO

El evento se desarrollo con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes.

RESOLUCIÓN TECNICA Y APERTURA DE OFERTAS

ECONOMICASTOTALMENTEDE ACUERDO

EN GENERALDE ACUERDO

EN GENERAL ENDESACUERDO

TOTALMENTE EN DESACUERDO

La resolución técnica fue emitida conforme a la convocatoria y junta de aclaraciones del concurso.

FALLO TOTALMENTEDE ACUERDO

EN GENERALDE ACUERDO

EN GENERAL ENDESACUERDO

TOTALMENTE EN DESACUERDO

En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados.

GENERALES TOTALMENTEDE ACUERDO

EN GENERALDE ACUERDO

EN GENERAL ENDESACUERDO

TOTALMENTE EN DESACUERDO

El acceso al inmueble fue expedito.Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido.El trato que me dieron los Servidores Públicos de la Secretaria durante la licitación fue respetuoso y amable.Volvería a participar en otra licitación que emita la Secretaria.El concurso se apegó a la normatividad aplicable.

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FORMA E-2

Si desea agregar algún comentario respecto al concurso, favor de anotarlas en el siguiente cuadro:

Lineamientos para la admisión de la encuesta

I. La encuesta se adjuntará a la convocatoria del procedimiento concursal, favor de entregarla según las siguientes opciones: Al final de la propuesta técnica y económica.

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