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Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña Refª.: Acta de Pleno ordinario, 29 de marzo de 2012 19-04-12 12:41 211WI03S AYUNTAMIENTO DE SIERO Página 1 de 72 ACTA DEL PLENO ORDINARIO CELEBRADO EL DIA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DOCE En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, en la Villa de Pola de Siero, a las diecisiete horas y un minuto del día veintinueve de marzo de dos mil doce, se reúne el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Siero, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa y con asistencia de los señores Concejales D. Guillermo Martínez Suárez, D. Angel Antonio García González, D. Gonzalo González Alvarez, Dña. María Nachón Alvarez, Dña. Patricia Arganza Alvaro, Dña. María Josefa Justina Sánchez Alonso, D. Valeriano Rodríguez Vigil, D. Rubén Arbesú Arias, D. Manuel José Ballestero Rodríguez. D. José Carlos García de Castro, Dña. María Jesús García Gutiérrez, D. José Manuel Llera Muñío, D. David Ordóñez Palacio, D. Luis Vázquez Suárez, Dña. María Jesús Berdasco Sierra, Dña. María Engracia Valle Quirós y D. Mauricio Adrián Bogomak Medeiro. No asisten a la sesión los siguientes concejales: Dña. Tomasa Tarsila Arce Bernardo, Dña. María Luz Quince Cifuentes, D. Vicente Presa Arboleya, D. Nicolás Fernández Palicio, D. José María Viesca Alvarez, Dña. María González González y D. Rafael Paulino Rodríguez González. Actúa como Secretario el de la Corporación, D. Hermenegildo Felipe Fanjul Viña y asiste la Sra. Interventora, Dña. Aída Gayol Méndez. La sesión es pública. De orden del Sr. Presidente se procede al despacho de los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS DE SESIONES ANTERIORES, CORRESPONDIENTES A LAS CELEBRADAS EL VEINTISÉIS DE ENERO Y VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE . Interesado AYUNTAMIENTO DE SIERO PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N 33510-SIERO ASTURIAS Asunto Acta del Pleno ordinario celebrado el 29 de marzo de 2012.

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Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

Refª.: Acta de Pleno ordinario, 29 de marzo de 2012

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AYUNTAMIENTO DE SIERO

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ACTA DEL PLENO ORDINARIO CELEBRADO EL DIA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DOCE

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, en la Villa de Pola de Siero, a las diecisiete horas y un minuto del día veintinueve de marzo de dos mil doce, se reúne el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Siero, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa y con asistencia de los señores Concejales D. Guillermo Martínez Suárez, D. Angel Antonio García González, D. Gonzalo González Alvarez, Dña. María Nachón Alvarez, Dña. Patricia Arganza Alvaro, Dña. María Josefa Justina Sánchez Alonso, D. Valeriano Rodríguez Vigil, D. Rubén Arbesú Arias, D. Manuel José Ballestero Rodríguez. D. José Carlos García de Castro, Dña. María Jesús García Gutiérrez, D. José Manuel Llera Muñío, D. David Ordóñez Palacio, D. Luis Vázquez Suárez, Dña. María Jesús Berdasco Sierra, Dña. María Engracia Valle Quirós y D. Mauricio Adrián Bogomak Medeiro.

No asisten a la sesión los siguientes concejales: Dña. Tomasa Tarsila Arce Bernardo, Dña.

María Luz Quince Cifuentes, D. Vicente Presa Arboleya, D. Nicolás Fernández Palicio, D. José María Viesca Alvarez, Dña. María González González y D. Rafael Paulino Rodríguez González.

Actúa como Secretario el de la Corporación, D. Hermenegildo Felipe Fanjul Viña y asiste la

Sra. Interventora, Dña. Aída Gayol Méndez. La sesión es pública. De orden del Sr. Presidente se procede al despacho de los asuntos incluidos en el orden del

día de la convocatoria. 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS DE SESIONES

ANTERIORES, CORRESPONDIENTES A LAS CELEBRADAS EL VEINTISÉIS DE ENERO Y VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL DOCE .

Interesado

AYUNTAMIENTO DE SIERO PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N 33510-SIERO ASTURIAS

Asunto

Acta del Pleno ordinario celebrado el 29 de marzo de 2012.

Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, aprobar las actas de las sesiones correspondientes a las celebradas con carácter ordinario los días veintiséis de enero de dos mil doce y veintitrés de febrero de dos mil doce.

PRIMERA PARTE RESOLUTORIA 2º.- COMUNICACIONES A) Generales: A instancias de la Alcaldía-Presidencia, por parte del Sr. Secretario General de la

Corporación, se da cuenta al Pleno Municipal de escritos remitidos por los grupos municipales: • Toma de razón por parte del Pleno Municipal de escritos de los Grupos Municipales

nombrando sus representantes en Comisiones Informativas, Órganos Municipales y otras Entidades. • Convenio de colaboración relativo a la cesión del sistema de video vigilancia instalado en

el Polígono de PEROGRAN. B) Judiciales: Por EL SECRETARIO GENERAL, se da cuenta de las siguientes Sentencias:

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el Recurso de Apelación nº 205/2011, incoado por IBERSILVA S.A.U., contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 que desestima el recurso planteado en materia de reclamación de cantidad, relativa a la certificación final de las obras del saneamiento parcial realizada en varias zonas de Meres DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES

- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 en el Procedimiento Ordinario nº 102/2011, incoado por la ASOCIACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE FABRICANTES DE HORMIGÓN PREPARADO, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de paralización de actividad de fabricación de hormigón por parte de Construcciones Paulino S.A. ESTIMATORIA PARCIALMENTE DEL RECURSO.

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- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº6 en el Procedimiento Ordinario nº 57/2011, incoado por D. BELARMINO GARCÍA IGLESIAS y otros en materia de responsabilidad patrimonial, por daños en su finca a consecuencia del relleno efectuado en las parcelas colindantes. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº4 de Siero en el Juicio Verbal nº 1004/11, incoado por D. FERNANDO VALLE GONZÁLEZ en materia de acción denegatoria de servidumbre de acueducto. ESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el Procedimiento Ordinario 1433/2010, incoada por el Dª ANGÉLICA PÉREZ DÍAZ y D. JOSÉ MANUEL COCAÑA VEGA, contra Acuerdo del Jurado de Expropiación del Principado de Asturias, por el que se declara el justiprecio de la finca nº109-O, expropiada con motivo del Proyecto de Construcción de la Vía de Conexión Corredor del Nalón- Autoría del Cantábrico. Fase III. DESESTIMATORIA DEL RECURSO.

- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 en el Procedimiento Abreviado nº 220/2011, incoado por D. VICTOR MANUEL CUEVAS FERNÁNDEZ contra desestimación presunta de la solicitud de abono de gratificación por acumulación de tareas. DESESTIMATORIA DEL RECURSO.

- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 en el Procedimiento Ordinario nº 117/2011, incoado por FETE-UGT contra Resolución del Ayuntamiento que proclama como miembros del Consejo Escolar a los representantes de ANPE-ASTURIAS y de SUATEA. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo, en el Recurso de Apelación nº 388/2011, incoado por la FEDERACIÓN ASTURIANA SINDICAL DEL TAXI contra la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº1, por la que se estimaba el recurso planteado por D. Fernando Álvarez Cascos y D. Roberto Florez Pérez en materia de licencias vacantes de taxis. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLES A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo, en el Recurso de Apelación nº 4/2012, incoado por D. ANTONIO MORTERA MORÁN contra sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº2, por la que se estimaba parcialmente el recurso planteado contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud de clausura de la mina de espato-flúor denominada La Viesca localizada en Huergo. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

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- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 en el Procedimiento Abreviado nº 19/2011, incoado por Dª PILAR HERNÁNDEZ SANTIAGO en materia de responsabilidad patrimonial, por daños sufridos a consecuencia de tropiezo en una zona en obras sin señalizar en La Sierra de Granda. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo, en el Recurso de Apelación nº 100/2011, incoado por la JUNTA DE COMPENSACIÓN PLAN PARCIAL PARQUE EMPRESARIAL LUGONES-CENTRO contra sentencia estimatoria dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo nº3 de Oviedo, en relación al Procedimiento Ordinario 311/2009 interpuesto por D. Vicente Valdes Fernández contra Resolución de fecha 19 de septiembre de 2008, que aprobó la constitución de la Junta de Compensación del Proyecto de Actuación del Parque Empresarial Lugones-Centro, tramitado a instancia de la entidad “Orchard Asturias S.L” DESESTIMATORIA DEL RECURSO. DESFAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4, en el Procedimiento Abreviado nº 611/2011, incoado por Dª MARIA EUGENIA FERNÁNDEZ GRACIA en materia de responsabilidad patrimonial, reclamando daños y perjuicios sufridos por su hijo al caer en la cancha deportiva de Lugones. DESESTIMATORIA DEL RECURSO. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

- Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 en la Demanda 989/2011, incoada por D. MANUEL SUÁREZ FRANCISCO en materia de despido. DESESTIMATORIA DE LA DEMANDA. FAVORABLE A LOS INTERESES MUNICIPALES.

ECONOMIA, HACIENDA, PATRIMONIO, CONTRATACIÓN, ORGANIZACIÓN Y

PERSONAL HACIENDA 3º.- RELACIÓN CERTIFICADA DE PROVEEDORES EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL

REAL DECRETO-LEY 4/2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, aprobar la siguiente propuesta de la Alcaldía-

Presidencia de fecha 20 de marzo del 2012, obrante en el expediente, y que fue dictaminada por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y Régimen Interior en sesión celebrada con fecha 23 de marzo de 2012:

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“ En aplicación del RD.Ley 4/2012 por la presente se da cuenta al Pleno de la

Relación certificada de acreedores elaborada por la Intervención municipal y

remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con fecha 15 de

Marzo corriente.

En referencia al Plan de Ajuste que sería necesario elaborar en el supuesto de

que este ayuntamiento necesitase acudir al endeudamiento para financiar estas

obligaciones, se ha considerado conveniente, a la vista de los informes de la

Intervención Municipal, proponer al Pleno Municipal la adopción del siguiente

acuerdo:

1. No acudir al endeudamiento y consiguientemente no elaborar plan de ajuste.

2. Proceder al reconocimiento extrajudicial de los créditos correspondientes, con

aprobación plenaria, en los casos que así proceda.

3. Habida cuenta que son obligaciones de ejercicios anteriores, suplementar las

partidas necesarias con cargo al Remanente de Tesorería resultante de la

liquidación del ejercicio 2011, y si éste no resultare suficiente, reajustar los

créditos del presupuesto.

4. En orden al pago de estas obligaciones, se hará efectivo una vez reconocida la

obligación y siguiendo las instrucciones que al efecto se dicten por el Ministerio

según el acuerdo a adoptar por la Comisión Delegada del Gobierno para

Asuntos Económicos para evitar posibles duplicidades de pago.- En Pola de

Siero, a veinte de marzo de 2.012.- El Alcalde.-”

4º.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Nº 16/2012 “Visto el expediente tramitado para proceder al reconocimiento de obligaciones nº 16/2012. Visto el informe de la Intervención Municipal del Ayuntamiento de fecha 21 de marzo del

2012, obrante en el expediente. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal

y Régimen Interior de fecha 23 de marzo de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad aprobar el reconocimiento de obligaciones nº

16/2012. Relación F-2012/7, por un importe total de noventa y seis mil setecientos cuarenta y ocho euros con setenta y nueve céntimos (96.748,79 euros), de conformidad con la relación de facturas obrante en el expediente.”

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5º.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Nº 17/2012 “Visto el expediente tramitado para proceder al reconocimiento de obligaciones nº 17/2012. Visto el informe de la Intervención Municipal del Ayuntamiento de fecha 21 de marzo del

2012, obrante en el expediente. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal

y Régimen Interior de fecha 23 de marzo de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad aprobar el reconocimiento de obligaciones nº

17/2012. Relación F-2012/8, por un importe total de diecinueve mil doscientos veintinueve euros con veinticuatro céntimos (19.229,24 Euros), de conformidad con la relación de facturas obrante en el expediente.”

6º.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Nº 18/2012 “Visto el expediente tramitado para proceder al reconocimiento de obligaciones nº 18/2012. Visto el informe de la Intervención Municipal del Ayuntamiento de fecha 21 de marzo del

2012, obrante en el expediente. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal

y Régimen Interior de fecha 23 de marzo de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad aprobar el reconocimiento de obligaciones nº

18/2012. Relación F-2012/10, por un importe total tres mil cuatrocientos setenta y seis euros con cuarenta y nueve céntimos (3.476,49 euros) de conformidad con la relación de facturas obrante en el expediente.”

7º.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Nº 19/2012 “Visto el expediente tramitado para proceder al reconocimiento de obligaciones nº 19/2012. Visto el informe de la Intervención Municipal del Ayuntamiento de fecha 21 de marzo del 2012,

obrante en el expediente. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal y

Régimen Interior de fecha 23 de marzo de 2012.

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad aprobar el reconocimiento de obligaciones nº

19/2012. Relación F-2012/15, por un importe total tres mil setecientos cincuenta y seis euros con sesenta y dos céntimos (3.756,62 Euros), de conformidad con la relación de facturas obrante en el expediente.”

PATRIMONIO

8º.- EXPTE. .- 223WP001. APROBACIÓN DE RECTIFICACIÓN ANUAL DEL INVENTARIO

MUNICIPAL DE BIENES Y DERECHOS DEL AÑO 2010. “Visto el expediente tramitado para la aprobación de la rectificación anual del Inventario

Municipal de Bienes y Derechos del año 2010. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda, y

Seguridad Ciudadana, de fecha 13 de Febrero de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, la aprobación de la rectificación anual del

Inventario Municipal de Bienes y Derechos correspondientes al año 2010, de acuerdo al detalle que obra en el expediente.”

PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL 9º.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Nº 1/2012 “Visto el expediente tramitado para proceder al reconocimiento de obligaciones nº 1/2012 del

Patronato Deportivo Municipal. Visto el acuerdo del Consejo Rector del Patronato Deportivo Municipal de fecha 1 de marzo

del 2012. Visto el informe del Interventor-Delegado del Patronato Deportivo Municipal de fecha 20 de

marzo del 2012, obrante en el expediente. Vista la propuesta de la Alcaldía de fecha 20 de marzo de 2012. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Organización Municipal

y Régimen Interior de fecha 23 de marzo de 2012.

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El Pleno Municipal acuerda por unanimidad, aprobar definitivamente el reconocimiento de obligaciones nº 1/2012 del Patronato Deportivo Municipal, por un importe total de veinticuatro mil doscientos cincuenta y ocho euros con noventa y cuatro céntimos (24.258,94 €), de conformidad con la relación de facturas obrante en el expediente.”

URBANISMO PLANEAMIENTO, GESTIÓN Y DISCIPLINA URBANÍSTICA 10º.- EXPT.: 242S100G.- PROESCOR INDUSTRIAL, S.L. RECEPCIÓN DE OBRAS DE

URBANIZACIÓN DE LA MANZANA 17/ID/UZ DE GRANDA. “Visto el expediente tramitado para la recepción de las obras de urbanización de la Manzana

17/ID/UZ de Granda, incoado a instancias de PROESCO INDUSTRIAL, S.L y otros. Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística de fecha 29 de

diciembre de 2011, obrante en el expediente y que literalmente señala:

“ Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa:

Por la entidad PROESCOR INDUSTRIAL S.L. se solicita con fecha 25 de

febrero de 2008 la recepción de las obras de urbanización correspondientes a la

denominada UH 17/ID/UZ correspondiente al Suelo Urbanizable de Viella, Colloto,

Granda.

Dicha solicitud motivó la emisión de un primer informe técnico desfavorable

, de fecha 29 de abril de 2008, puesto que girada visita de inspección de las obras, se

observaron una serie de deficiencias en las mismas que, además, estaban sin concluir

en ese momento. De dicho informe se dio cumplido traslado a la entidad promotora del

expediente.

Con fecha 2 de julio de 2008 se presenta un nuevo escrito por parte de

PROESCOR INDUSTRIAL S.L. aportando, según se indica, la documentación requerida

por la Ingeniera Municipal.

Con fecha 22 de septiembre de 2008 se emite un nuevo informe técnico en

el que, tras girar una nueva visita, se comprueba que efectivamente se han solucionado

los problemas de conexión de la instalación de aguas y la corrección de la acera pero

que no obstante, persisten problemas en el alumbrado y en la instalación de

saneamiento.

Con fecha 28 de abril de 2009 se aporta al expediente documentación

relativa a la instalación eléctrica de alumbrado, emitiéndose un nuevo informe técnico

con fecha 14 de mayo de 2009 en el que se da por válida la documentación aportada

pero en el que se continúa efectuando una observación respecto al saneamiento. En

dicho informe se indica que “ la instalación de saneamiento se ha ejecutado de manera

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distinta a la aprobada en el proyecto de urbanización tramitado de modo que se ha realizado una red separativa, vertiendo las aguas pluviales al cauce y bombeando las fecales a la red que se está ejecutando en la actuación colindante” y en el que solicita

se aporte “ en su caso la autorización de vertido de Confederación Hidrográfica del Cantábrico y el proyecto de la bomba, certificado de instalación, memoria técnica o cuanta documentación de puesta en marcha se requiera” .

Ha de indicarse que la apertura del nuevo trazado viario previsto en este

proyecto de urbanización, venía a sustituir al entonces existente, a través del vial de

servicio que permitía conectar la glorieta situada al norte de la Central Lechera con el

núcleo de Granda, en lo que constituía el acceso a la zona industrial y escolar. La

previsible dilación en el tiempo que habría de suponer la recepción formal de las obras,

vistas las deficiencias señaladas, motivó que por parte del Sr Alcalde- Presidente de la

Corporación, se solicitara expresamente de la entidad promotora la apertura del nuevo

viario al uso público, que permanece abierto desde entonces.

Remitido el último de los informes técnicos nuevamente a la entidad

promotora, con fecha 19 de octubre de 2009 se aporta nueva documentación por parte

de ésta.

Con fecha 3 de noviembre de 2009 se emite nuevo informe por parte de la

Ingeniera Industrial Municipal en el que se continúan poniendo de manifiesto una serie

de deficiencias que afectan prácticamente a todas las redes, de alumbrado, pluviales y

fecales, pero en el que, teniendo en cuenta la apertura al público del viario, propone se

estudie jurídicamente una solución que permita compatibilizar ambas circunstancias.

Con fecha 21 de enero de 2010 se propone, por parte de quien suscribe, se

le de traslado al promotor del último de los informes a efectos de su subsanación y

también a efectos de formulación de posibles alegaciones, y ello con independencia de

la solución a adoptar en su caso.

Con fecha 7 de abril de 2010 se presenta un nuevo escrito en el que se aporta

nueva documentación relativa fundamentalmente a la red de saneamiento, ejecutándose

según se indica, la conexión conforme figuraba en el proyecto de urbanización

definitivamente aprobado.

Con fecha 14 de abril de 2010 se emite un nuevo informe en el que se indica que

“ la conexión efectuada para el saneamiento, si bien la iniciada con las dos redes separativas sería la más correcta, ya estaba prevista en el proyecto aprobado, por lo que se entiende hemos de asumirla, máxime cuando no imposibilita que una vez que lleguen las oportunas autorizaciones se pueda realizar la solución definitiva” .

En relación a la instalación de alumbrado se indicaba que la instalación ya se

encontraba ejecutada pero que “ por parte de la compañía aún no se ha resuelto el suministro, por lo que deberá garantizarse su puesta en marcha mediante avales o cualquier otra fórmula jurídicamente válida” .

Con fecha 26 de mayo de 2010 se emite informe jurídico por parte de quien

suscribe, desfavorable a la recepción de las obras, al entenderse que al tratarse de

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servicios o instalaciones de suministros, éstas conforman un conjunto funcional que no

permite una recepción parcial de las mismas.

De dicho informe se le dio traslado a la entidad promotora quien, finalmente,

con fecha 21 de octubre de 2011 presenta un nuevo escrito en el que comunica la

completa subsanación de las deficiencias y en el que solicita la devolución del aval

depositado en garantía de las obras, toda vez que el viario, como ya se ha señalado

anteriormente, lleva abierto al público más de un año.

A modo de aclaración indicar que, se desconoce porqué razón, esta nueva

documentación no se incorporó inicialmente al presente expediente, sino que motivó la

apertura de uno nuevo (el expediente 242V100X) que ha sido anulado. De ahí la

referencia que en el informe técnico se efectúa de este “ antecedente” .

Esta nueva documentación ha sido objeto finalmente, de informe técnico

favorable, emitido con fecha 8 de noviembre de 2011, aunque en él se efectúan una

serie de consideraciones que entiendo, exigen la emisión de un pronunciamiento jurídico

sobre el particular.

Se afirma en dicho informe que “ actualmente se puede afirmar que las obras del vial y de las instalaciones se han ejecutado según el proyecto tramitado y suscrito por el Arquitecto D Nicolás Arganza Álvaro, con lo que el grado de cumplimiento del proyecto de urbanización es prácticamente completo, con excepción del estado que presentan las parcelas municipales, incluso calificadas como zona verde, ocupadas según consta en el expediente de Disciplina 234TD016 y que son objeto de vertidos incontrolados” .

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 385 del Decreto 278/2007

de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de las Disposiciones Legales

vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como en el artículo

195.1 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, “ la recepción de las obras de urbanización, instalaciones y dotaciones urbanísticas corresponde a la Administración urbanística actuante, la cual habrá de realizarla atendiendo únicamente al cumplimiento de las previsiones y especificaciones contenidas en el proyecto de urbanización definitivamente aprobado” .

Es cierto que, según indica el artículo 387 del Decreto 278/2007 de 4 de

diciembre, “ hasta la recepción de las obras de urbanización, su conservación y el mantenimiento de las dotaciones y los servicios correspondientes tienen carácter de gastos de urbanización” pero, a juicio de quien suscribe, y sin perjuicio de superior

criterio, entiendo que no puede imputarse al promotor el estado de la zona verde (que

por cierto, no es zona verde, sino equipamiento) a la que se alude.

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Como consecuencia del Plan Parcial tramitado en desarrollo de este ámbito

(expte 242O1007) definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de

septiembre de 2006 así como de la reparcelación posterior (expte 242S8018) se

produce la inscripción registral a favor del Ayuntamiento de las siguientes parcelas:

- Las registrales 105.589 y 105.590 definidas respectivamente como Viales 1 y

2.

- Las registrales 105.592, 105.593, 105.594, 105.595 y 105.596 destinadas a

Equipamientos y denominadas E-1 E-2 E-3 E-4 y E-5 respectivamente.

- La registral 105.591 denominada simplemente “ parcela de cesión” destinada a

albergar el 10%.

Pues bien, de todas ellas, de su estado o situación, no se contiene referencia alguna

en todos cuantos informes se han emitido en este expediente a lo largo de la dilatada

tramitación del mismo.

La primera referencia que se efectúa en el marco del presente expediente, se

efectúa en el último de los informes técnicos incorporados al expediente al ponerse de

manifiesto la ocupación de la denominada parcela E3, que se señaliza en plano adjunto

para una mayor claridad en el expediente.

Constan en este momento en trámite en la Sección de Disciplina Urbanística sendos

expedientes 234TD016 de denuncia y 234VW02N por el que se tramita el

correspondiente expediente sancionador en el marco de los cuales entiendo que habrán

de adoptarse las medidas que resulten oportunas, toda vez que, tal y como parece

desprenderse de los mismos, el presunto infractor parece encontrarse perfectamente

identificado.

De ser exigible, entiendo que en todo caso habría de serlo el deber más

genérico de conservación y mantenimiento a que hace referencia la normativa

urbanística, debiendo tenerse en cuenta en este caso, la peculiaridad suficientemente

explicitada a lo largo del informe respecto a la petición efectuada desde este

Ayuntamiento para que se procediera a la apertura al uso del público en general del

viario previsto en el planeamiento, que entiendo obligaría a modular igualmente esta

exigencia.

No se comparte sin embargo la apreciación recogida en el escrito

presentado por la entidad promotora con fecha 21 de octubre de 2011 respecto a la

devolución del 100% de la cuantía del aval depositado y ello a pesar de la apertura del

viario que en ningún momento es objeto de discusión.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 385.3 del Decreto 278/2007

de 4 de diciembre procedería en este momento la devolución del 90% de las garantías

prestadas, procediéndose a la devolución del 10% restante, una vez transcurrido el

plazo de un año de garantía previsto en dicho artículo.

Pese a la especifidad que presenta este expediente, entiendo que este es el

procedimiento que ha de seguirse, también en este caso.

Desde el punto de vista jurídico se informa favorablemente por tanto, la

recepción de las obras de urbanización correspondientes a la denominada UH 17/ID/UZ

de Viella Colloto y Granda, promovidas por la entidad PROESCOR INDUSTRIAL S.L. y

ejecutadas conforme al Proyecto de Urbanización tramitado en el expediente 242O102K

elaborado por el Arquitecto D Nicolás Arganza Alvaro.

De formularse pronunciamiento favorable por parte de la Corporación, para

lo cual se somete a consideración de la Comisión Informativa de Urbanismo, procedería

someter el expediente al correspondiente periodo de información pública tal y como se

viene haciendo en todos los expedientes de la misma naturaleza.

Lo que se informa a los efectos oportunos.”

Teniendo en cuenta que sometida a información pública por el plazo de 20 días la recepción de las obras de urbanización, mediante anuncios publicados en el diario La Voz de Asturias de Oviedo, de fecha 18 de enero de 2012, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 23 de fecha 30 de enero de 2012, y en los tablones de edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de Alcaldía de Lugones, no se presentó reclamación alguna, según se desprende de certificación emitida por la Secretaría General del Ayuntamiento de Siero de fecha 23 de enero del 2012, incorporada al expediente.

Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del Ayuntamiento de Siero,

de fecha 23 de febrero de 2012, obrante en el expediente, que literalmente dice:

“Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa:

Transcurrido el período de información pública, mediante la publicación de

anuncio de recepción en el BOPA de fecha 30 de enero de 2012, en el Diario La Voz

de Asturias de fecha 18 de enero de 2012, así como en los tablones de anuncios de

la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones, sin que conste se haya

producido reclamación alguna.

Vistos los informes favorables, y conforme al procedimiento regulado en el art.

195 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto

Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del

Territorio y Urbanismo y artículo 385.3 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por

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el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del

Principado de Asturias se propone al Pleno de la Corporación, por considerarlo

asunto de su competencia:

1.- La adopción de acuerdo de recepción de las obras de urbanización

correspondientes a la denominada UH 17/ID/UZ correspondiente al Suelo

Urbanizable de Viella, Colloto, Granda, conforme al proyecto de urbanización

tramitado en expediente 242O102K. Deberá procederse en el momento de la

recepción, y de conformidad con el citado artículo 385.3 a la devolución del 90% de

las garantías prestadas.

2.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del acta de recepción, así como para la

realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

3.- Dar traslado del acuerdo plenario a los Servicios Municipales de Limpieza y

Parque y Jardines.

4.- Dar traslado asimismo del Acta de Recepción de la Urbanización a la

Gerencia de Catastro.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda y Seguridad Ciudadana, de fecha 27 de Febrero de 2012.

El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Recepcionar las obras de urbanización correspondientes a la denominada UH

17/ID/UZ correspondiente al Suelo Urbanizable de Viella-Colloto-Granda, conforme al Proyecto de Urbanización tramitado en expediente 242o102K. Debiendo procederse en el momento de la recepción, y de conformidad con el artículo 385.3 del Decreto 278/2007, de 4 de Diciembre, por el que se aprueba el ROTUA a la devolución del 90% de las garantías prestadas.

Segundo: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa, o la persona que

legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para la firma del acta de recepción, así como para la realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

Tercero: Dar traslado de este acuerdo plenario a los Servicios Municipales de Limpieza y

Parques y Jardines. Cuarto: Dar traslado del acta de recepción de urbanización a la Gerencia del Catastro”.

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Intervención de la Concejala del Grupo Municipal Foro Asturias Ciudadanos, Sra. Arganza Alvaro:

“A mí me gustaría no participar en esta votación porque tengo relación familiar directa con la empresa.”

Durante el desarrollo de la votación se ausenta del Salón de Plenos la Concejala Dña. Patricia Arganza Alvaro, que no participa en la votación del mismo.

Después de la votación, Dña. Patricia Arganza Alvaro regresa al Salón de Plenos y ocupa su

sitio. 11º.- EXPT.: 242O8005.- JESÚS BERMÚDEZ GUTIÉRREZ. CESIÓN DE PARCELA PARA

VIALES COMO CONSECUENCIA DE LA PARCELACIÓN DE FINCA EN CTRA. GENERAL Nº 49 DE GRANDA.

“Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero por parte de D. José

Manuel González Cuesta, de una parcela de su propiedad sita en la parroquia de Granda, con destino a viales.

Visto el acta de cesión de terrenos obrante en el expediente, de fecha 16 de febrero del 2012,

que literalmente señala:

“ ACTA DE CESIÓN DE TERRENOS

En Pola de Siero, a 16 de Febrero de 2012, ante el Alcalde- Presidente del

Ayuntamiento de Siero Don GUILLERMO MARTÍNEZ SUÁREZ, asistido del Secretario

General de la Corporación, Don HERMENEGILDO FELIPE FANJUL VIÑA, que da fe del

acto.

COMPARECE

Don JOSE MANUEL GONZÁLEZ CUESTA, mayor de edad, casado, vecino de

Granda, Siero, Asturias, con domicilio en la Carretera General número 49, con D.N.I

número 10.506.657- G.

INTERVIENE

En su propio nombre y derecho.

EXPONE

PRIMERO.- El compareciente, según Escritura de Aceptación y Adjudicación de

Herencia y Segregación de diez de Agosto de dos mil cinco, autorizada por el Notario del

Ilustre Colegio de Oviedo, Don José Miguel Sánchez- Andrade Fernández bajo el número

dos mil cuatrocientos tres de su protocolo, es propietario de la siguiente finca:

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“ URBANA. PARCELA A, sita en la parroquia de Granda, concejo de Siero, destinada a cesión de viales, de CIENTO DIECINUEVE METROS VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS. Linda al Norte, carretera; Sur, resto de finca matriz y parcela B; Este, Laureano Fueyo Mier y Oeste, Lorenzo Ablanedo González. Referencia Catastral: 5272203TP7057S0001KS” .

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al Tomo 1.172, Libro 993,

Folio 107, Finca Número 100927.

SEGUNDO.- Procede esta finca de Segregación autorizada en el Expediente

242O8005 por Resolución de la Concejalia Delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de

Siero de 14 de abril de 2005, en la que se configura una parcela con una superficie de

119,20m² de Cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario, condicionando

dicha cesión a “ su aceptación mediante acuerdo plenario, así como a que lo sea libre de cualquier carga o gravamen” .

TERCERO.- En Expediente 241N10W5 mediante acuerdo de la Junta de Gobierno

Local de 30 de Diciembre de 2004, se concede Licencia de Obras sobre dicha parcela

para la construcción de vivienda unifamiliar, condicionada a la obligación de realizar las

obras de urbanización correspondientes al vial público al que da frente la parcela y a la

formalización de la cesión de los terrenos en las condiciones del Planeamiento.

CUARTO.- Que al objeto de dar cumplimiento a las obligaciones urbanísticas

derivadas del expediente anteriormente mencionados el compareciente.

MANIFIESTA

PRIMERO.- Cede libre y gratuitamente al Ayuntamiento de Siero la finca cuya

descripción recoge el expositivo PRIMERO anterior:

“ URBANA. PARCELA A, sita en la parroquia de Granda, concejo de Siero, destinada a cesión de viales, de CIENTO DIECINUEVE METROS VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS. Linda al Norte, carretera; Sur, resto de finca matriz y parcela B; Este, Laureano Fueyo Mier y Oeste, Lorenzo Ablanedo González. Referencia Catastral: 5272203TP7057S0001KS” .

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al Tomo 1172, Libro 993,

Folio 107, Finca Registral Nº 100927.

SEGUNDO.- El Sr. Alcalde en funciones, a reserva de su ratificación por el Pleno

Municipal, acepta la cesión de terrenos objeto de la misma.

TERCERO.- Ambas partes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad la

inscripción de la finca que se cede a nombre del Ayuntamiento de Siero, al amparo de lo

dispuesto en el artículo 1 y 2 del Real Decreto 1093/1997 de 4 de Julio, por el que se

aprueban las normas complementarias al Reglamento de la Propiedad de actos de

naturaleza urbanística.

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Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el

lugar y fecha fijados en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.”

Visto el informe de la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del Ayuntamiento de Siero,

obrante en el expediente, de fecha 16 de febrero de 2012, que literalmente señala: “Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 14 de abril de 2005 se autorizó la

segregación de una superficie de 119,20 m2 que han de ser de cesión al Ayuntamiento de Siero para la ampliación del viario existente.

Consta incorporada al expediente escritura de Aceptación y Adjudicación de

Herencia y Segregación suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo D José Miguel Sánchez- Andrade Fernández con fecha 10 de agosto de 2005 y número 2.403 de su protocolo en la que se configura esta parcela como parcela independiente, con la descripción y linderos que en dicha escritura se recogen y bajo el número registral 100.927.

Se aporta igualmente al expediente nota simple de dicha finca. La cesión propuesta, que aún no ha sido formalizada, constituye condición

necesaria para la edificación de las parcelas del interesado, calificadas como Suelo Urbano Consolidado Núcleo Rural Régimen Urbano, tratándose por tanto del cumplimiento de una obligación urbanística de cesión obligatoria de terrenos destinados a viales tal y como se establece en el artículo 118 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobado por Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de Abril (desarrollado en el artículo 314 del Decreto 278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias) así como en el artículo 2.08 del TR del PGMO de Siero definitivamente aprobado por la CUOTA el 15 de abril de 2003, en vigor en el momento de otorgar la correspondiente licencia de obras ( en idéntico sentido se recoge en el artículo 2.08 del vigente PGMO definitivamente aprobado por el Pleno de la Corporación el 1 de junio de 2006).

Constan como antecedentes los siguientes expedientes:

- Expediente 241N10W5 por el que se otorga licencia de edificación de obras de construcción de vivienda unifamiliar mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de diciembre de 2004.

- Expediente 241Q303B por el que, mediante Resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Industria, Empleo y Seguridad Ciudadana de fecha 11 de abril de 2008 se concede la correspondiente licencia de uso y ocupación.

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De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la siguiente

parcela: “ Urbana. Parcela A, sita en la Parroquia de Granda, Concejo de Siero,

destinada a cesión de viales, de ciento diecinueve metros veinte centímetros cuadrados. Linda al Norte, Carretera; Sur, resto de finca matriz y parcela B; Este Laureano Fueyo Mier y Oeste, Lorenzo Ablanedo González.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 1172, libro 993, folio 107, finca número 100.927.”

2.- Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y

correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales.

3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente o a la persona que legalmente le

sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda, y

Seguridad Ciudadana, de fecha 27 de Febrero de 2012. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de D. José Manuel González

Cuesta de la siguiente parcela: “Urbana. Parcela A, sita en la parroquia de Granda, Concejo de Siero, destinada a

cesión de viales, de cientos diecinueve metros veinte centímetros cuadrados. Linda, al

Norte, carretera; Sur, resto de finca matriz y parcela B; Este, Laureano Fueyo Mier y

Oeste, Lorenzo Ablanedo González.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al tomo 1172, libro 993,

folio 107, finca nº 100.927.”

Segundo: Estos terrenos serán objeto de la debida recepción una vez estén total y

correctamente urbanizados y así sea verificado por los Servicios Técnicos Municipales. Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que

legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación, así como para la firma de cuantos documentos fuesen necesarios con motivo de la misma.”

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12º.- EXPT.: 242U100F.- DESARROLLO COMERCIAL URBANO DE SIERO, S.L. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN CORRESPONDIENTES AL EXPEDIENTE 242N100X. (PROYECTO DE ACCESO A PARQUE PRINCIPADO II NORTE DESDE EL VIAL PRINCIPAL).

“Visto el expediente tramitado para la recepción de las obras de acceso a Parque Principado

Fase II, Norte desde el vial de Parque Principado efectuada por Desarrollo Comercial Urbano de Siero, S.L.

Teniendo en cuenta que sometido el expediente de recepción de las obras de urbanización a

información pública por el plazo de veinte días mediante anuncios publicados en el periódico La Nueva España de Oviedo de fecha 23 de junio de 2010; en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 12 de julio de 2010, y en los Tablones de Edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de la Alcaldía de Lugones, se presentaron dos reclamaciones suscritas por D. Fernando Suárez Olay una de ellas, y otra por D. Victor Tallos Fernández, en su calida de vicepresidente de la Asociación de Vecinos y propietarios de Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur, según se desprende de certificación del Secretario General del Ayuntamiento de Siero de fecha 6 de agosto del 2010, obrante en el expediente. El contenido de las reclamaciones obra igualmente en el expediente.

Consta en el expediente informe de la Ingeniera Municipal de fecha 8 de agosto del 2011,

cuyo tenor literal es el siguiente: “En relación con la solicitud de recepción de las obras de acceso a Parque

Principado Fase II, Norte desde el vial de Parque Principado, efectuada por Desarrollo Comercial Urbano de Siero, S.L., la técnico que suscribe informa lo siguiente:

Según consta en el expediente, con fecha de 17 de junio de 2010 se propone por

la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión que, tras informe técnico de quien suscribe que resulta favorable, se proceda a someter el expediente a periodo de información pública y simultáneamente se solicite a la entidad promotora la documentación a la que se hacía referencia en el informe técnico.

Posteriormente constan incorporados al expediente dos escritos de alegaciones,

pero no la documentación solicitada a la empresa promotora cuya solicitud se reitera con fecha de 18 de junio de 2010, ya que la documentación incorporada, a la que alude el interesado, se refiere exclusivamente a la recepción de las obras tramitadas en el expediente 242N1400A, que actualmente se tramita mediante expediente 242U1006 y no contiene la relativa al proyecto de obras de acceso a Parque Principado Fase II, Norte desde el vial de Parque Principado, cuya recepción se tramita en el presenta expediente. Por lo que nuevamente se ha de requerir planos en soporte informático

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apoyados en la red local (UTM) y formato CAD (DWG o DGN), donde se contemple el estado definitivo de la actuación.

Por lo que se refiere a los escritos de alegaciones, se ha de indicar que con fecha

de 4 de agosto de 2010 se presentan escritos por parte de D. Victor Tallos Fernández, como Vicepresidente de la asociación de vecinos y propietarios de Parque principado - Las Folgueras - Paredes Sur y de D. Fernando Suárez Olay, ambos de semejante contenido en el que además de solicitar la anulación de la convocatoria de información pública, así como otras cuestiones administrativa, por lo que se entiende que ha de ser valorado por la Sección Jurídica de Planeamiento, se alegan una serie de deficiencias de carácter técnico sobre las que se informa seguidamente.

Se solicita en los escritos el cambio de emplazamiento de las señales de STOP,

tanto verticales como horizontales a su estado primitivo, puesto que de este modo se anula la preferencia a los vecinos. Se solicita también reparación de capa asfáltica en dos puntos del proyecto, reparación del hundimiento de capa de registros, bandas de frenazos sonoras, señalizaciones horizontales, y que se realice según proyecto la señalización vertical de CEDA EL PASO, zona ajardinada, la señalización vertical de bandas de frenado sonoras, bordillo que delimita el vial de acceso, el acceso a la UA Paredes-I y que existe una valla y falta de asfalto en paso de peatones. Así mismo se hace mención a que la carretera de acceso a Las Folgueras no tiene el ancho de 7 metros y el tratamiento solicitado mediante expediente 241J107P.

En estos aspectos se ha de indicar los siguiente: Por lo que respecta a la delimitación de viales, ubicación de isletas verdes y

señalización (señales de STOP, CEDA y otras verticales, así como señalización horizontal y bandas reductoras de velocidad), se ha de indicar que la ubicación de las mismas, como se puede apreciar en las fotografías adjuntas, se corresponde con la fijada en el plano Nº3, fechado en febrero de 2004, del proyecto tramitado mediante expediente 242N100X, por lo que con independencia de la preferencia de circulación o el parecer de los interesados, la recepción debe responder a las obras y condiciones aprobadas.

En cuanto a la advertencia de que la carretera de acceso a Las Folgueras no tiene

el ancho de 7 metros y el tratamiento solicitado mediante expediente 241J107P. Se ha de indicar que en efecto, en expediente mencionado se establecía dicha condición y que realmente no se ha comprobado en este momento, puesto que las obras que son objeto de recepción en el presente expediente no son la de ejecución de la carretera de Las

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Folgueras, es solamente la apertura y conexión desde el vial principal a ésta. Siendo, en cuanto a la sección se refiere, el estado actual de esta carretera en mismo que el inicial, que ya se recogía en el plano Nº2, fechado en febrero de 2004, denominado estado actual.

En el mismo sentido se ha de informar sobre la alegación de la necesidad de

reparar la capa de asfalto, la zona que está deteriorada se corresponde con el paso de peatones que ya existía, como también se puede comprobar en el plano Nº2, y si bien es cierto que resulta conveniente repararlo, no es menos cierto que presenta dudas de estar incluido en el ámbito del proyecto.

Todo lo cual se informa a los efectos oportunos.”

También consta informe de la Ingeniera Municipal de fecha 4 de noviembre del 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ En relación con la solicitud de recepción de las obras de acceso a Parque

Principado Fase II, Norte desde el vial de Parque Principado, efectuada por Desarrollo

Comercial Urbano de Siero, S.L., la técnico que suscribe informa lo siguiente:

Se ha aportado la documentación relativa a los planos de fin de obras en papel y

soporte informático formato Autocad, por lo que no existe inconveniente desde el punto

de vista técnico para finalizar la tramitación del expediente.

Todo lo cual se informa a los efectos oportunos.”

La Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión con fecha 20 de marzo del 2012, emite el

informe que a continuación se transcribe, obrante en el expediente:

“ Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa:

Mediante providencia de Alcaldía de fecha 26 de abril de 2010, se procede a la

apertura de expediente relativo a la recepción de las obras de urbanización comprendidas

en el Proyecto de Urbanización tramitado en el expediente administrativo 242N100X,

denominado “ Proyecto de Acceso a Parque Principado II Norte desde el vial Principal”

Consta emitido un primer informe técnico, con fecha 16 de junio de 2010 en el que se

indica que “ las obras se han ejecutado según el proyecto tramitado y suscrito por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D José Angel Blanco Blanco” pero donde

también se indica que falta documentación, como la relativa a los planos definitivos de

final de obra e incluso el Certificado Final de Dirección de obra cuya presentación, entiende

la técnico municipal que ha de realizarse con carácter previo a la firma del Acta de

Recepción.

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Tal y como se viene haciendo por esta Corporación en todos los expedientes de

idéntica naturaleza, se procede a la apertura del correspondiente periodo de información

pública, mediante la publicación de anuncios en el Diario La Nueva España de fecha 25 de

junio de 2010, en el BOPA de fecha 12 de julio de 2010 y en los Tablones de Anuncios de

la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de Lugones.

Simultáneamente se requirió la aportación de la documentación a que hacía referencia

la técnico municipal puesto que, a juicio de quien suscribe es preciso que la misma se

encuentre en poder de la Corporación, no ya cuando se proceda a la firma del

correspondiente Acta de Recepción sino, previamente, en el momento de adoptarse el

acuerdo Plenario relativo a la misma.

Durante el periodo de información pública, constan presentadas dos alegaciones, por

parte de D Fernando Suarez Olay y de D Victor Tallos Fernández en nombre de la

Asociación de Vecinos y Propietarios Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur.

En cuanto a la alegación formulada por el Sr Tallos Fernández ha de indicarse lo

siguiente:

Contiene el escrito presentado, que como se ha dicho, lo es en nombre y

representación de la Asociación de vecinos antes mencionada, una primera parte expositiva

que recoge los fines básicos que a dicha asociación le corresponden.

A continuación, tras efectuar una breve descripción del objeto y del proyecto y una

breve igualmente, descripción de las obras comprendidas en el mismo, se formulan sendas

alegaciones, solicitando por un lado, la realización de una serie de reparaciones y por otro,

que se proceda a la ejecución de ciertas obras descritas en el proyecto.

Respecto a ambas cuestiones, he de remitirme a lo señalado en el informe técnico

emitido por la Ingeniera Industrial Municipal con fecha 8 de agosto de 2011.

A modo de conclusión y para una mayor claridad en el expediente, se indica en

definitiva que:

“ Por lo que respecta a la delimitación de viales, ubicación de isletas verdes y señalización (señales de STOP, CEDA y otras verticales, así como señalización horizontal y bandas reductoras de velocidad), se ha de indicar que la ubicación de las mismas, como se puede apreciar en las fotografías adjuntas, se corresponde con la fijada en el plano Nº3, fechado en febrero de 2004, del proyecto tramitado mediante expediente 242N100X, por lo que con independencia de la preferencia de circulación o el parecer de los interesados, la recepción debe responder a las obras y condiciones aprobadas.

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En cuanto a la advertencia de que la carretera de acceso a Las Folgueras no tiene el ancho de 7 metros y el tratamiento solicitado mediante expediente 241J107P. Se ha de indicar que en efecto, en expediente mencionado se establecía dicha condición y que realmente no se ha comprobado en este momento, puesto que las obras que son objeto de recepción en el presente expediente no son la de ejecución de la carretera de Las Folgueras, es solamente la apertura y conexión desde el vial principal a ésta. Siendo, en cuanto a la sección se refiere, el estado actual de esta carretera en mismo que el inicial, que ya se recogía en el plano Nº2, fechado en febrero de 2004, denominado estado actual. En el mismo sentido se ha de informar sobre la alegación de la necesidad de reparar la capa de asfalto, la zona que está deteriorada se corresponde con el paso de peatones que ya existía, como también se puede comprobar en el plano Nº2, y si bien es cierto que resulta conveniente repararlo, no es menos cierto que presenta dudas de estar incluido en el ámbito del proyecto.” Se entiende por tanto que no procede sino la desestimación de ambas alegaciones, y

ello, por las razones que en dicho informe se explicitan.

Efectúa finalmente el interesado una serie de alegaciones que entiendo, han de ser

objeto de un pronunciamiento jurídico y no técnico y que serán objeto de estudio y

contestación individualizada:

Primero.- Que habiéndose cumplido el plazo para la presentación de los planos

definitivos de obra, así como el certificado final de obra sin haberlos aportado, se anule la

convocatoria a información pública del presente expediente.

La información pública de que es objeto el presente expediente no constituye un

trámite legal de obligado cumplimiento, pues no figura prevista en modo alguno en la

normativa urbanística que regula la recepción de las obras de urbanización por parte de la

Administración.

Se trata de un trámite que efectúa complementaria y voluntariamente esta Corporación

que a juicio de quien suscribe, facilita la intervención de posibles interesados, dota a la

administración de mejores y mayores elementos de juicio a la hora de evaluar la

conformidad de lo ejecutado a los proyectos de urbanización aprobados y aporta, en

definitiva, una mayor garantía y seguridad jurídica a los derechos de posibles terceros.

Se entiende por tanto que, en nada ha de afectar a este periodo de información pública

la aportación o no de la documentación requerida, que por el contrario, sí resulta

plenamente exigible antes de la adopción del correspondiente acuerdo, por lo que se

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estima, no concurre argumentación legal alguna para que haya de procederse en tal

sentido.

Segundo.- Que de no anularse la convocatoria, se de traslado a la Asociación de los

citados Planos así como del certificado en el instante en que sean aportados.

Por parte de la Sección de Planeamiento se ha facilitado en todo momento el acceso

de los representantes de la Asociación a toda la documentación de la que se dispone

directa o indirectamente relacionada con la entidad Parque Principado, no existiendo

inconveniente alguno en facilitarles el acceso a la documentación referida, acceso que

entiendo sin embargo, no puede paralizar la tramitación de un expediente que por definición

tiene por objeto comprobar que las obras han sido ejecutadas de acuerdo con las

previsiones y especificaciones contenidas en el proyecto de urbanización que las recoge,

circunstancia ésta, que ha sido avalada por los técnicos municipales. En cualquier caso se

estima igualmente, que aún facilitando el acceso a la documentación obrante en los

expedientes, como siempre se ha hecho, tampoco resultan admisibles peticiones de

documentación efectuadas “ a priori” a las que el funcionamiento diario de una

administración no pueda, probablemente, dar cumplida respuesta.

Tercero.- Entienden que al tratarse de una petición de recepción por parte de la

empresa Desarrollo Comercial Urbano de Siero S.L. dicho escrito debería aparecer en el

expediente, con poderes notariales del solicitante, circunstancia que no se da. Solicitan se

adjunte al expediente y se les de traslado del mismo.

El motivo de que se haya procedido a la apertura del presente expediente a través de

una providencia de Alcaldía y no de petición formulada por el interesado se debe a que en

un primer momento, mediante escrito presentado en el Registro General de la Corporación

con fecha 12 de marzo de 2010, se efectúa por el interesado una petición de recepción de

obras de urbanización que no afecta a un único proyecto de urbanización, sino a tres

diferentes, con tramitaciones absolutamente independientes , siendo preciso individualizar

la tramitación administrativa para cada uno de ellos y la documentación que a cada uno le

corresponde, optándose por la apertura de oficio de sendos expedientes, el 242U100G y el

que en este momento nos ocupa, permaneciendo la documentación inicialmente presentada

en el primero de ellos, el 242U1006 que, como se ha dicho, es objeto de tramitación

independiente. Una copia de la misma figura en éste.

Por otra parte, es cierto que no se ha solicitado del interesado que acredite la

representación con la que actúa, como también lo es que nunca se ha solicitado tal

acreditación en ningún expediente de esta naturaleza. Como también lo es que no se ha

solicitado de los alegantes, en ningún momento, al entender que a estos efectos no resulta

necesaria, que se aporte ningún tipo de documentación complementaria ni relativa a la

propia entidad, ni a sus representantes.

Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

Refª.: Acta de Pleno ordinario, 29 de marzo de 2012

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El procedimiento de recepción de obras de urbanización viene regulado en el Texto

Refundido 1/2004 de 22 de abril, concretamente en el artículo 195, y también en el Decreto

278/2007 de 4 de diciembre, artículo 385 . Ambos artículos establecen una legitimación

ciertamente amplia, a la hora de definir quien tiene capacidad para solicitar dicha

recepción estableciendo que puede efectuarse “ a instancia de la persona o entidad pública o privada promotora de la actuación urbanística, o de cualquier sujeto que haya adquirido parcelas en el polígono o unidad de actuación” . Se entiende por tanto por quien suscribe, sin perjuicio de superior criterio, que no

resulta determinante la efectos de la presente tramitación, la documentación a la que hace

referencia el interesado en este concreto punto.

Cuarto.- Solicita que no se realice la recepción de obras de este expediente.

Una vez más hemos de remitirnos a la legislación urbanística aplicable. Los artículos

antes citados establecen claramente que “ La recepción de las obras de urbanización, instalaciones y dotaciones urbanísticas corresponde a la administración urbanística actuante, la cual habrá de realizarla atendiendo únicamente al cumplimiento de las previsiones y especificaciones contenidas en el proyecto de urbanización definitivamente aprobado” . Y añaden: “ La administración urbanística manifestará su conformidad o disconformidad con las obras en atención al grado de cumplimiento de las especificaciones del proyecto de urbanización y su ejecución material. Si las obras no se hayan en estado de ser recibidas, deben señalarse las deficiencias.... si las obras se entienden ejecutadas conforme a las citadas especificaciones, se acordará su recepción y se procederá a la devolución del noventa por ciento de las garantías prestadas..” Esto es, no se trata de una decisión que la Administración pueda adoptar

discrecionalmente. La normativa antes transcrita es meridianamente clara: si las obras han

sido ejecutadas conforme al proyecto de urbanización aprobado, han de recibirse y si no lo

han sido han de señalarse las deficiencias y solicitar su subsanación.

Las obras han sido ejecutadas conforme al proyecto de urbanización definitivamente

aprobado según indica la Ingeniera Industrial Municipal en su informe, y por lo tanto, no

procede sino, la adopción de acuerdo expreso de recepción de las mismas.

Quinto: Que no se realice la devolución del aval.

Tal y como se indicaba en el punto anterior, tampoco ésta es una decisión

discrecional que pueda adoptar la administración puesto que la legislación urbanística es

clara sobre este particular: En el momento de la recepción ha de procederse a la

devolución del 90% de las garantías prestadas, procediendo la devolución del 10% restante,

Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

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una vez transcurrido el plazo de un año de garantía, previa emisión de un nuevo informe

técnico sobre el particular.

Sexto:- Que quede definido y claro quien se hace cargo del mantenimiento futuro

que se pretende recepcionar y que zonas son de propiedad pública y privada.

El artículo 196.1 del TR 1/2004 de 22 de abril y artículo 387.2 del Decreto

278/2007 de 4 de diciembre, establecen expresamente que “ La conservación de las obras de urbanización, incluido el mantenimiento de las dotaciones y los servicios correspondientes, incumbe a la Administración urbanística actuante.” Para añadir

posteriormente (artículos 196.2 y 387.5 respectivamente) que “ la recepción de las obras de urbanización determinará el comienzo del deber de conservación” .

Séptimo.- Solicitan un cambio de emplazamiento de las señales de Stop “ tanto verticales como horizontales a su estado primitivo, al entender desde esta asociación que es totalmente incomprensible el cambio realizado, puesto que nos anula a los vecinos la preferencia de circulación que debe tener un servicio público ante una propiedad privada, y que teníamos desde siempre, reservándose esta asociación las acciones legales oportunas.” . He de remitirme nuevamente en lo relativo a este punto, a lo informado por la

Ingeniera Industrial Municipal con fecha 8 de agosto de 2011 que indica que la ubicación

de estas señales “ se corresponde con la fijada en el plano nº 3 , fechado en febrero de 2004, del proyecto tramitado mediante expediente 242N100X por lo que, con independencia de la preferencia de circulación o el parecer de los interesados, la recepción debe responder a las obras y condiciones aprobadas.” .

Esto es, no resulta exigible legalmente la modificación que se solicita por parte del

promotor, puesto que la actuación realizada se ajusta al proyecto aprobado.

Por otra parte, no corresponde a quien suscribe valorar o no la idoneidad de la

solución propuesta por el interesado, pero en todo caso, su posible valoración, se insiste,

habrá de ser en un momento posterior y al margen del procedimiento que en este momento

nos ocupa.

Por todo cuanto se ha dicho se entiende por tanto, que procede la desestimación

de las alegaciones formuladas por el interesado en nombre y representación de la

“ Asociación de vecinos y propietarios Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur” .

En cuanto al escrito de alegaciones presentado por el Sr Suarez Olay en esa

misma fecha, que aunque sin firmar, entiendo que ha de darse igualmente por presentado,

lo es exactamente en los mismos términos que el anterior por lo que no cabe sino remitirse

a lo informado en todos y cada uno de los puntos a los que se ha hecho referencia.

Negociado y Funcionario SECRETARÍA GENERAL ACTAS Y/FV Hermenegildo Felipe Fanjul Viña

Refª.: Acta de Pleno ordinario, 29 de marzo de 2012

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Indicar que, tras sucesivos requerimientos de aportación de documentación, se han

aportado tanto el Certificado final de Dirección de Obra, expedido por el Ingeniero de

Caminos, Canales y Puertos D Jose Angel Blanco Blanco como la documentación relativa a

los planos de fin de obra en papel y soporte informático formato Autocad.

Consta emitido informe técnico favorable de fecha 4 de noviembre de 2011

favorable a la recepción de las obras objeto del presente expediente tras la aportación de

esta documentación.

Por cuanto se ha dicho, visto el informe técnico favorable, y conforme al

procedimiento regulado en el artículo 195 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril,

por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia

de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículo 385.3 del Decreto 278/2007 de 4 de

diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

del Principado de Asturias se propone al Pleno de la Corporación, por considerarlo asunto

de su competencia, se adopte acuerdo:

1.-Desestimando las alegaciones formuladas por D Victor Tallos Fernández en

nombre y representación de la “ Asociación de vecinos y propietarios Parque Principado-

Las Folgueras-Paredes Sur” así como las formuladas por D Fernando Suárez Olay, por las

razones expresadas tanto en el informe técnico de fecha 8 de agosto de 2011, como en el

presente informe.

2.- La adopción de acuerdo de recepción de las obras de Acceso a Parque

Principado Fase II, Norte desde el Vial de Parque Principado conforme al proyecto de

urbanización tramitado en expediente 242N100X. Deberá procederse en el momento de la

recepción, y de conformidad con el citado artículo 385.3 a la devolución del 90% de las

garantías prestadas. Consta depositado aval por importe de 17.393,72 euros.

3.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del acta de recepción, así como para la

realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

4.- Dar traslado del acuerdo plenario a los Servicios Municipales de Limpieza y

Parque y Jardines.

5.- Dar traslado asimismo del Acta de Recepción de la Urbanización a la

Gerencia de Catastro.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda, y

Seguridad Ciudadana, de fecha 23 de Marzo de 2012.

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Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Desestimar las alegaciones formuladas por D. Víctor Tallos Fernández, en nombre

y representación de la Asociación de Vecinos y Propietarios Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur, así como las formuladas por D. Fernando Suárez Olay, por las razones expresadas tanto en el informe técnico de fecha 8 de Agosto de 2011, como en el informe jurídico de fecha 20-3-2012, anteriormente transcritos.

Segundo: Proceder a la recepción de las obras de urbanización de acceso a Parque

Principado Fase II, Norte, desde el vial de Parque Principado, conforme al Proyecto de Urbanización tramitado en expediente 242N100X. Deberá procederse en el momento de la recepción y, de conformidad con el artículo 385.3 del Decreto 278/2007, de 4 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, a la devolución del 90% de las garantías prestadas. Consta depositado aval por importe de 17.393,72 euros.

Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que

legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester para la firma del acta de recepción, así como para la realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

Cuarto: Dar traslado de este acuerdo plenario a los Servicios Municipales de Limpieza y

Parques y Jardines. Quinto: Dar traslado asímismo del acta de recepción de la urbanización a la Gerencia del

Catastro”. 13º.- EXPT.: 242U100G.- DESARROLLO COMERCIAL URBANO DE SIERO, S.L.

RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN CORRESPONDIENTES AL EXPEDIENTE 242M101E. (PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE ACOMETIDAS EN LA ZONA SUR DE PARQUE PRINCIPADO, FASE II, ABASTECIMIENTO).

“Visto el expediente tramitado para proceder a la recepción de las obras de urbanización

correspondientes al expediente 242M101E denominado “Proyecto de urbanización de acometidas en la Zona Sur de Parque Principado Fase II”

Teniendo en cuenta que sometido a información pública el expediente de recepción de las

obras de urbanización, por el plazo de veinte días mediante anuncios publicados en el periódico La

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Nueva España de Oviedo, de fecha 27 de mayo de 2010; en el Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 133, de fecha 10 de junio de 2010, y en los Tablones de Edictos de la Casa Consistorial en Pola de Siero y en el de la Tenencia de Alcaldía de Lugones, se presentaron tres alegaciones por parte de D. Antonio Pérez Pérez, en calidad de Presidente de la Asociación de Vecinos y Propietarios de Parque Principado-Las Folgueras-Paredes; por D. Fernando Suárez Olay y por D. Juan José González Pintado, según se desprende de certificación de la Secretaría General del Ayuntamiento de Siero, de fecha 23 de febrero de 2011, incorporada al expediente. El contenido de las alegaciones también obra en el expediente.

En el expediente consta informe de la Ingeniera Municipal de fecha 28 de julio de 2011, cuyo

contenido literal es el siguiente:

“En relación con la solicitud de recepción de las obras de la conducción de agua

hasta la zona sur de Parque Principado Fase II, efectuada por Desarrollo Comercial

Urbano de Siero, S.L., la técnico que suscribe informa lo siguiente:

Según consta en el expediente, con fecha de 17 de mayo de 2010 se propone por

la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión que, tras informe técnico de quien

suscribe que resulta favorable, se proceda a someter el expediente a periodo de

información pública y simultáneamente se solicite a la entidad promotora la

documentación a la que se hacía referencia en el informe técnico.

Posteriormente constan incorporados al expediente varios escritos de

alegaciones, pero no la documentación solicitada a la empresa promotora cuya

solicitud se reitera con fecha de 23 de febrero de 2011, ya que la documentación

incorporada al expediente 242U1006 se refiere exclusivamente a la recepción de las

obras tramitadas en el expediente 242N1400A y no contiene la relativa al proyecto de

obras de abastecimiento de la zona Sur de Parque Principado II, cuya recepción se

tramita ene le presenta expediente. Por lo que nuevamente se ha de requerir planos en

soporte informático apoyados en la red local (UTM) y formato CAD (DWG o DGN),

donde se contemple el estado definitivo de la actuación.

Por lo que se refiere a los escritos de alegaciones, se ha de indicar que con fecha

de 28 de junio de 2010 se presenta escrito por parte de D. Antonio Pérez Pérez, como

presidente de la asociación de vecinos y propietarios de Parque Principado - Las

Folgueras - Paredes Sur,

en el que fundamentalmente se solicita la anulación de la convocatoria de información

pública, así como otras cuestiones administrativa, por lo que se entiende que ha de ser

valorado por la Sección Jurídica de Planeamiento.

Posteriormente, con fecha de 3 de julio de 2010, se incorpora nueva alegación del

mismo interesado en el que, tras hacer mención a la documentación proyecto, se alega

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que la instalación de saneamiento de aguas pluviales está sin realizar, que la instalación

de saneamiento de aguas negras también está sin ejecutar y que en la reposición del

firme del camino de Las Folgueras existe un vicio oculto por estar hundido en diferentes

puntos. También se menciona que no se han solicitado las autorizaciones para las

instalaciones de saneamiento mencionadas. Reiterando finalmente las alegaciones

anteriores así como que no se proceda a la recepción por no ajustarse al proyecto y

que se realice la reparación del firme del camino de La Folgueras.

Se encuentran incorporadas otras dos alegaciones en el expediente, idénticas en

su contenido y efectuadas por D. Fernando Suárez Olay y D. Juan José González

Pintado también con fecha de 3 de julio de 2010, que fundamentalmente se refieren a

los mismos aspectos.

Con respecto a las alegaciones se ha de indicar que en efecto el inicial proyecto

de Urbanización de Acometidas en la Zona Sur de parque Principado Fase II

(Abastecimiento) que se tramitó mediante expediente 242M101E, si mencionaba obras

relativas a instalaciones de saneamiento. No obstante, según consta el mencionado

expediente, se había advertido expresamente en el informe técnico de quien suscribe

de 8 de abril de 2003 que: “Se aprecia en el proyecto que, si bien se titula Abastecimiento y los planos y presupuesto indican y valoran exclusivamente esta instalación, en la memoria se citan someramente instalaciones de saneamiento para pluviales, para aguas negras con fosa séptica, gas, telefonía y red eléctrica, sin ningún otro tipo de información o documentación. Por lo tanto, se entiende que en este proyecto no están incluidas esas instalaciones y por lo tanto para su ejecución se presentará el proyecto correspondiente, pues en caso contrario debería completarse el proyecto.” Puesto que no se completó el expediente con documentación relativa a las

otras instalaciones, el proyecto tramitado en el expediente 242M101E sólo apara las

obras de la red de abastecimiento, como se indicó también en el informe de 18 de

Septiembre de 2.003, redactado como contestación al escrito de alegaciones

presentado con fecha de 30 de junio de 2003 por D. Fernando Suárez Olay, en el que

ya se hacía referencia a las instalaciones de saneamiento.

Finalmente y en cuanto a la solicitud de reparación del firme del vial de acceso a

Les Folgueres por la aparición de vicio oculto se ha de mencionar que girada visita de

inspección se comprueba que en efecto ha aparecido un “blandón” en el camino,

coincidente con el trazado de la canalización de abastecimiento de aguas, por lo que

procede realizar la reparación del mismo.

Todo lo cual se informa a los efectos oportunos.”

A su vez, la Ingeniera Municipal con fecha 23 de enero de 2012, emite nuevo informe cuyo tenor literal es el siguiente:

“En relación con la solicitud de recepción de las obras de la conducción de agua

hasta la zona sur de Parque Principado Fase II, efectuada por Desarrollo Comercial

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Urbano de Siero, S.L. y por lo que respecta a la nueva documentación incorporada al

expediente, la técnico que suscribe informa lo siguiente:

Con fecha de 26 de agosto de 2011 se les da traslado del Oficio de la Concejalía

Delegada de Urbanismo por el que se adjuntan las alegaciones recibidas tras someter el

expediente al periodo de información pública: en dicho escrito también se solicita a la

entidad promotora la documentación relativa a los planos finales del estado de las

instalaciones ejecutadas.

Posteriormente consta escrito presentado por los interesados con fecha de 14

de octubre de 2011 en el que, en resumen, se indica que las instalaciones relativas al

sistema de saneamiento no estaban incluidas en el presente proyecto, tal como se

informaba por quien suscribe en los informes técnicos de 8 de abril de 2003 y 28 de

julio de 2011 y por lo que se entiende que no serían exigibles.

Por lo que respecta a la solicitud de reparación del firme de la calzada

coincidente con la traza de la tubería por la aparición de vicio oculto, como también se

indicaba en el informe técnico de 28 de julio de 2011, se habría comprobado que en

efecto ha aparecido un “blandón” en el camino sobre la tubería instalada. En ese caso, si

bien parte de la misma responde a otros proyectos tramitados para la dotación de

abastecimiento a la zona Norte de Parque Principado, desde la arqueta existente en el

cruce del camino hacia el Sur si sería objeto del presenta proyecto.

Finalmente se aporta la documentación solicitada relativa a los planos finales de

obra en soporte informático.

Todo lo cual se informa a los efectos oportunos.”

Con fecha 14 de marzo del 2012, la Ingeniera Municipal emite nuevo informe cuyo tenor literal

es el siguiente:

“En relación con la solicitud de recepción de las obras de la conducción de agua

hasta la zona sur de Parque Principado Fase II, efectuada por Desarrollo Comercial

Urbano de Siero, S.L. y por lo que respecta a la notificación de que han sido subsanados

los asentamientos sobre la tubería objeto de recepción, se informa que se ha girado

visita de inspección comprobando que en el tramo inicial se han eliminado los

“blandones” , por lo que se informa favorablemente para la conclusión del expediente.

Todo lo cual se informa a los efectos oportunos.”

La Jefa de Sección de Gestión y Planeamiento del Ayuntamiento de Siero, con fecha 21 de

marzo del 2012, emite el informe que a continuación se transcribe:

“ Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa:

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Mediante providencia de Alcaldía de fecha 26 de abril de 2010, se procede a la

apertura de expediente relativo a la recepción de las obras de urbanización

comprendidas en el Proyecto de Urbanización tramitado en el expediente

administrativo 242M101E, denominado “ Proyecto de Urbanización de acometidas en

la zona Sur de Parque Principado Fase II (abastecimiento)”

Consta emitido un primer informe técnico, con fecha 14 de mayo de 2010 en el

que se indica que “ las obras se han ejecutado según el proyecto tramitado y suscrito por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D José Angel Blanco Blanco” pero

donde también se indica que falta documentación, como la relativa a los planos

definitivos de final de obra e incluso el Certificado Final de Dirección de obra cuya

presentación, entiende la técnico municipal que ha de realizarse con carácter previo a

la firma del Acta de Recepción.

Tal y como se viene haciendo por esta Corporación en todos los expedientes

de idéntica naturaleza, se procede a la apertura del correspondiente periodo de

información pública, mediante la publicación de anuncios en el Diario La Nueva España

de fecha 27 de mayo de 2010, en el BOPA de fecha 10 de junio de 2010 y en los

Tablones de Anuncios de la Casa Consistorial y de la Tenencia de Alcaldía de

Lugones.

Simultáneamente se requirió la aportación de la documentación a que hacía

referencia la técnico municipal puesto que, a juicio de quien suscribe es preciso que la

misma se encuentre en poder de la Corporación, no ya cuando se proceda a la firma

del correspondiente Acta de Recepción sino, previamente, en el momento de adoptarse

el acuerdo Plenario relativo a la misma.

Con fecha 8 de junio de 2010 se presenta un escrito suscrito por D Antonio

Pérez Pérez en nombre y representación de la Asociación de Vecinos y Propietarios

Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur” en el que solicita el acceso y la

obtención de copias tanto del presente expediente, como del proyecto de urbanización

a que se ha hecho referencia.

Se le autoriza tanto el acceso como la obtención de copias, tal y como queda

debidamente acreditado en el expediente.

Posteriormente, con fecha 28 de junio de 2010 se presenta por el mismo

interesado, un nuevo escrito en el que se efectúan las siguientes solicitudes:

Primero.- Que habiéndose cumplido el plazo para la presentación de los planos

definitivos de obra, sin que se hubieren aportado se anule la convocatoria a

información pública del presente expediente.

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Sobre este particular ha de indicarse que la información pública de que es

objeto el presente expediente no constituye un trámite legal de obligado cumplimiento,

pues no figura prevista en modo alguno en la normativa urbanística que regula la

recepción de las obras de urbanización por parte de la Administración.

Se trata de un trámite que efectúa complementaria y voluntariamente esta

Corporación que a juicio de quien suscribe, facilita la intervención de posibles

interesados, dota a la administración de mejores y mayores elementos de juicio a la

hora de evaluar la conformidad de lo ejecutado a los proyectos de urbanización

aprobados y aporta, en definitiva, una mayor garantía y seguridad jurídica a los

derechos de posibles terceros.

Se entiende por tanto que, en nada ha de afectar a este periodo de información

pública la aportación o no de la documentación requerida, que por el contrario, sí

resulta plenamente exigible antes de la adopción del correspondiente acuerdo, por lo

que se estima, no concurre argumentación legal alguna para que haya de procederse

en tal sentido.

Segundo.- Que de no anularse la convocatoria, se de traslado a la Asociación

de los citados Planos en el instante en que sean aportados.

Por parte de la Sección de Planeamiento se ha facilitado en todo momento el

acceso de los representantes de la Asociación a toda la documentación de la que se

dispone directa o indirectamente relacionada con la entidad Parque Principado, no

existiendo inconveniente alguno en facilitarles el acceso a la documentación referida,

acceso que entiendo sin embargo, no puede paralizar la tramitación de un expediente

que por definición tiene por objeto comprobar que las obras han sido ejecutadas de

acuerdo con las previsiones y especificaciones contenidas en el proyecto de

urbanización que las recoge, circunstancia ésta, que ha sido avalada por la técnico

municipal. En cualquier caso se estima igualmente, que aún facilitando el acceso a la

documentación obrante en los expedientes, como siempre se ha hecho, tampoco

resultan admisibles peticiones de documentación efectuadas “ a priori” a las que el

funcionamiento diario de una administración no pueda, probablemente, dar cumplida

respuesta.

Tercero.- Entienden que al tratarse de una petición de recepción por parte de

la empresa Desarrollo Comercial Urbano de Siero S.L. dicho escrito debería aparecer

en el expediente, circunstancia que no se da. Solicitan se adjunte al expediente y se

les de traslado del mismo.

El motivo de que se haya procedido a la apertura del presente expediente a

través de una providencia de Alcaldía y no de petición formulada por el interesado se

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debe a que en un primer momento, mediante escrito presentado en el Registro General

de la Corporación con fecha 12 de marzo de 2010, se efectúa por el interesado una

petición de recepción de obras de urbanización que no afecta a un único proyecto de

urbanización, sino a tres diferentes, con tramitaciones absolutamente independientes ,

siendo preciso individualizar la tramitación administrativa para cada uno de ellos y la

documentación que a cada uno le corresponde, optándose por la apertura de oficio de

sendos expedientes, el 242U100F y el que en este momento nos ocupa,

permaneciendo la documentación inicialmente presentada en el primero de ellos, el

242U1006 que, como se ha dicho, es objeto de tramitación independiente. Una copia de

la misma figura en éste.

Finalmente, figura incorporado al expediente un nuevo escrito de alegaciones

por parte de D Antonio Pérez Pérez en nombre de la Asociación de Vecinos y

Propietarios Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur, de fecha 3 de julio de

2010 y sendos escritos por parte de D Fernando Suarez Olay D Juan José González

Pintado aportados en la misma fecha.

En cuanto a la alegación formulada por el Sr Pérez Pérez ha de indicarse lo

siguiente:

Contiene el escrito presentado, que como se ha dicho, lo es en nombre y

representación de la Asociación antes mencionada, una primera parte expositiva que

recoge los fines básicos que a dicha asociación le corresponden.

A continuación, tras efectuar una breve descripción de los antecedentes y

objeto del proyecto así como una descripción de las obras comprendidas en el mismo,

se formulan varias alegaciones consistentes básicamente en afirmar que las

instalaciones relativas al saneamiento de las aguas pluviales estarían sin realizar, al

igual que las instalaciones relativas al saneamiento de las aguas fecales. Afirman

igualmente que ha de procederse a la reparación del firme del camino de Las

Folgueras, puesto que existe un vicio oculto al estar hundido en diferentes puntos de

su trazado. Afirma igualmente que no se habrían solicitado las autorizaciones para las

instalaciones de saneamiento anteriormente mencionadas.

Respecto a estas cuestiones, he de remitirme a lo señalado en el informe

técnico emitido por la Ingeniera Industrial Municipal con fecha 28 de julio de 2011.

A modo de conclusión y para una mayor claridad en el expediente, se indica en

definitiva que:

“ en efecto el inicial proyecto de Urbanización de Acometidas en la Zona Sur de parque Principado Fase II (Abastecimiento) que se tramitó mediante expediente 242M101E, si mencionaba obras relativas a instalaciones de saneamiento. No obstante,

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según consta el mencionado expediente, se había advertido expresamente en el informe técnico de quien suscribe de 8 de abril de 2003 que: “ Se aprecia en el proyecto que, si bien se titula Abastecimiento y los planos y presupuesto indican y valoran exclusivamente esta instalación, en la memoria se citan someramente instalaciones de saneamiento para pluviales, para aguas negras con fosa séptica, gas, telefonía y red eléctrica, sin ningún otro tipo de información o documentación. Por lo tanto, se entiende que en este proyecto no están incluidas esas instalaciones y por lo tanto para su ejecución se presentará el proyecto correspondiente, pues en caso contrario debería completarse el proyecto.” Puesto que no se completó el expediente con documentación relativa a las otras instalaciones, el proyecto tramitado en el expediente 242M101E sólo apara las obras de la red de abastecimiento, como se indicó también en el informe de 18 de Septiembre de 2.003, redactado como contestación al escrito de alegaciones presentado con fecha de 30 de junio de 2003 por D. Fernando Suárez Olay, en el que ya se hacía referencia a las instalaciones de saneamiento.

Finalmente y en cuanto a la solicitud de reparación del firme del vial de acceso a

Les Folgueres por la aparición de vicio oculto se ha de mencionar que girada visita de inspección se comprueba que en efecto ha aparecido un “ blandón” en el camino, coincidente con el trazado de la canalización de abastecimiento de aguas, por lo que procede realizar la reparación del mismo.”

De las alegaciones formuladas se dio traslado igualmente a la entidad

promotora quien, con fecha 14 de octubre de 2011 presenta un escrito que se

pronuncia en los mismos términos que la técnico municipal en su informe, salvo en lo

relativo a la reposición del firme del camino de Las Folgueras cuyas deficiencias

según se indica, no se deberían a las obras incluidas en el presente proyecto.

Entiendo por tanto que, de conformidad con lo señalado en dicho informe,

procede desestimar las alegaciones formuladas en los términos que en el mismo se

señalan, exceptuando por tanto lo relativo a la reparación del firme del camino a Las

Folgueras que, entiende la Ingeniera Industrial Municipal, sí ha de ser reparado.

Efectúa finalmente el interesado una serie de alegaciones que vienen a reiterar

las ya realizadas y que entiendo, han de ser objeto de un pronunciamiento jurídico y

no técnico y que serán objeto de estudio y contestación individualizada:

Primero.- Que habiéndose cumplido el plazo para la presentación de los planos

definitivos de obra, así como el certificado final de obra sin haberlos aportado, se

anule la convocatoria a información pública del presente expediente.

Al igual que en el escrito anteriormente presentado, ha de contestarse que la

información pública de que es objeto el presente expediente no constituye un trámite

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legal de obligado cumplimiento, pues no figura prevista en modo alguno en la

normativa urbanística que regula la recepción de las obras de urbanización por parte

de la Administración.

Se trata de un trámite que efectúa complementaria y voluntariamente esta

Corporación que a juicio de quien suscribe, facilita la intervención de posibles

interesados, dota a la administración de mejores y mayores elementos de juicio a la

hora de evaluar la conformidad de lo ejecutado a los proyectos de urbanización

aprobados y aporta, en definitiva, una mayor garantía y seguridad jurídica a los

derechos de posibles terceros.

Se entiende por tanto que, en nada ha de afectar a este periodo de información

pública la aportación o no de la documentación requerida, que por el contrario, sí

resulta plenamente exigible antes de la adopción del correspondiente acuerdo, por lo

que se estima, no concurre argumentación legal alguna para que haya de procederse

en tal sentido.

Segundo.- Que de no anularse la convocatoria, se de traslado a la Asociación

del certificado en el instante en que sean aportados.

Se reitera igualmente lo ya informado: Por parte de la Sección de

Planeamiento se ha facilitado en todo momento el acceso de los representantes de la

Asociación a toda la documentación de la que se dispone directa o indirectamente

relacionada con la entidad Parque Principado, no existiendo inconveniente alguno en

facilitarles el acceso a la documentación referida, acceso que entiendo sin embargo,

no puede paralizar la tramitación de un expediente que por definición tiene por objeto

comprobar que las obras han sido ejecutadas de acuerdo con las previsiones y

especificaciones contenidas en el proyecto de urbanización que las recoge,

circunstancia ésta, que ha sido avalada por los técnicos municipales. En cualquier caso

se estima igualmente, que aún facilitando el acceso a la documentación obrante en los

expedientes, como siempre se ha hecho, tampoco resultan admisibles peticiones de

documentación efectuadas “ a priori” a las que el funcionamiento diario de una

administración no pueda, probablemente, dar cumplida respuesta.

Tercero.- Entienden que al tratarse de una petición de recepción por parte de

la empresa Desarrollo Comercial Urbano de Siero S.L. dicho escrito debería aparecer

en el expediente. Solicitan se adjunte al expediente y se les de traslado del mismo.

Como se explicaba con ocasión del anterior de los escritos presentados, el

motivo de que se haya procedido a la apertura del presente expediente a través de una

providencia de Alcaldía y no de petición formulada por el interesado se debe a que en

un primer momento, mediante escrito presentado en el Registro General de la

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Corporación con fecha 12 de marzo de 2010, se efectúa por el interesado una petición

de recepción de obras de urbanización que no afecta a un único proyecto de

urbanización, sino a tres diferentes, con tramitaciones absolutamente independientes ,

siendo preciso individualizar la tramitación administrativa para cada uno de ellos y la

documentación que a cada uno le corresponde, optándose por la apertura de oficio de

sendos expedientes, el 242U100F y el que en este momento nos ocupa,

permaneciendo la documentación inicialmente presentada en el primero de ellos, el

242U1006 que, como se ha dicho, es objeto de tramitación independiente. Una copia de

la misma figura en éste.

Cuarto.- Solicita que no se realice la recepción de obras de este expediente.

No cabe sino remitirse a la legislación urbanística aplicable. Los artículos

antes citados establecen claramente que “ La recepción de las obras de urbanización, instalaciones y dotaciones urbanísticas corresponde a la administración urbanística actuante, la cual habrá de realizarla atendiendo únicamente al cumplimiento de las previsiones y especificaciones contenidas en el proyecto de urbanización definitivamente aprobado” .

Y añaden: “ La administración urbanística manifestará su conformidad o

disconformidad con las obras en atención al grado de cumplimiento de las especificaciones del proyecto de urbanización y su ejecución material. Si las obras no se hayan en estado de ser recibidas, deben señalarse las deficiencias.... si las obras se entienden ejecutadas conforme a las citadas especificaciones, se acordará su recepción y se procederá a la devolución del noventa por ciento de las garantías prestadas..”

Esto es, no se trata de una decisión que la Administración pueda adoptar

discrecionalmente. La normativa antes transcrita es meridianamente clara: si las obras

han sido ejecutadas conforme al proyecto de urbanización aprobado, han de recibirse y

si no lo han sido han de señalarse las deficiencias y solicitar su subsanación.

Las obras han sido ejecutadas conforme al proyecto de urbanización

definitivamente aprobado según indica claramente la Ingeniera Industrial Municipal en

su informe de fecha 14 de mayo de 2010, y por lo tanto, no procede sino, la adopción

de acuerdo expreso de recepción de las mismas.

Quinto: Que no se realice la devolución del aval.

Tal y como se indicaba en el punto anterior, tampoco ésta es una decisión

discrecional que pueda adoptar la administración puesto que la legislación urbanística

es clara sobre este particular: En el momento de la recepción ha de procederse a la

devolución del 90% de las garantías prestadas, procediendo la devolución del 10%

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restante, una vez transcurrido el plazo de un año de garantía, previa emisión de un

nuevo informe técnico sobre el particular.

Sexto:- Que sin más dilación se repare el firme del camino de Las Folgueras

por donde fue realizado el abastecimiento de aguas.

La alegación ha de ser estimada en cuanto a este punto concreto, y así se

indica claramente en el informe técnico de fecha 28 de julio de 2011.

Por todo cuanto se ha dicho se entiende por tanto, que procede la

desestimación de las alegaciones formuladas por el interesado en nombre y

representación de la “ Asociación de vecinos y propietarios Parque Principado-Las

Folgueras-Paredes Sur” salvo en lo relativo a esta última por lo que en puridad, se

entiende procede la estimación parcial de la misma.

En cuanto a los escritos de alegaciones presentados por el Sr Suarez Olay y el

Sr González Pintado en esa misma fecha, lo son exactamente en los mismos términos

que el anterior por lo que no cabe sino remitirse a lo informado en todos y cada uno de

los puntos a los que se ha hecho referencia.

Indicar que, tras sucesivos requerimientos de aportación de documentación, se

han aportado la documentación relativa a los planos de fin de obra en papel y soporte

informático formato Autocad, concretamente con fecha 14 de octubre de 2011.

Consta emitido informe técnico de fecha 23 de enero de 2012, donde se reitera

la necesidad de efectuar la reparación que se solicita.

Con fecha 12 de marzo de 2012 se presenta un nuevo escrito por el interesado,

en el que se reitera la solicitud anteriormente efectuada de recepción de obras y

devolución del aval y finalmente con fecha 14 de marzo de 2012 se emite un nuevo

informe técnico en que se informa favorablemente la recepción de las obras, al

haberse efectuado las obras requeridas.

Por cuanto se ha dicho, visto el informe técnico favorable, y conforme al

procedimiento regulado en el artículo 195 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de

abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes

en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículo 385.3 del Decreto

278/2007 de 4 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del

Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias se propone al Pleno de la

Corporación, por considerarlo asunto de su competencia, se adopte acuerdo:

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1.-Estimando parcialmente las alegaciones formuladas por D Antonio Pérez

Pérez en nombre y representación de la “ Asociación de vecinos y propietarios Parque

Principado-Las Folgueras-Paredes Sur” así como por D Fernando Suárez Olay y D

Juan José González Pintado en los términos señalados tanto en el informe técnico de

fecha 28 de julio de 2011, como en el presente informe.

2.- La adopción de acuerdo de recepción de las obras Acometidas en la zona

Sur de Parque Principado Fase II (abastecimiento) conforme al proyecto de

urbanización tramitado en expediente 242M101E. Deberá procederse en el momento

de la recepción, y de conformidad con el citado artículo 385.3 a la devolución del 90%

de las garantías prestadas. Consta depositado aval por importe de 52.847,74 euros.

3.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del acta de recepción, así como para la

realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

4.- Dar traslado del acuerdo plenario a los Servicios Municipales de Limpieza

y Parque y Jardines.

5.- Dar traslado asimismo del Acta de Recepción de la Urbanización a la

Gerencia de Catastro.”

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda, y Seguridad Ciudadana, de fecha 23 de Marzo de 2012.

Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Estimar parcialmente las alegaciones formuladas por D. Antonio Pérez Pérez, en

nombre y representación de la Asociación de Vecinos y Propietarios Parque Principado-Las Folgueras-Paredes Sur, así como por D. Fernando Suárez Olay y D. Juan José González Pintado, en los términos señalados tanto en el informe técnico de fecha 28 de Julio de 2011, como en el informe jurídico de fecha 21 de Marzo de 2012, anteriormente transcritos.

Segundo: Proceder a la recepción de las obras de urbanización acometidas en la zona Sur

de Parque Principado, Fase II (abastecimiento), conforme al Proyecto de Urbanización tramitado en expediente 242M101E. Deberá procederse en el momento de la recepción y, de conformidad con el artículo 385.3 del Decreto 278/2007, de 4 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, a la devolución del 90% de las garantías prestadas. Consta depositado aval por importe de 52.847,74 euros.

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Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para la firma del acta de recepción, así como para la realización de aquellas actuaciones que resultasen precisas con motivo de la misma.

Cuarto: Dar traslado de este acuerdo a los Servicios Municipales de Limpieza y Parques y

Jardines. Quinto: Dar traslado asimismo del acta de recepción de la urbanización, a la Gerencia del

Catastro”. 15º.- EXPT.: 242W100C.- AYUNTAMIENTO DE SIERO. CESIÓN DE VIALES EN EL

POLÍGONO INDUSTRIAL LA TEJERA DE POLA DE SIERO. “Visto el expediente tramitado para la cesión al Ayuntamiento de Siero por parte de D. José

Luis García Meana, en nombre y representación de INMOPRIN, S.A, de una parcela de su propiedad sita en el Polígono Industrial de La Tejera, en Pola de Siero, con destino a viales, cesión obligatoria y gratuita en cumplimiento de las obligaciones urbanísticas debidas para el desarrollo de la zona.

Visto el informe emitido por D. Manuel González Güemes, de la Sección de Planeamiento y

Gestión del Ayuntamiento de Siero de fecha 2 de marzo del 2012, obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Desde la Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de

Siero se ha tenido constancia de la existencia de una parcela con destino a viario sita en el Polígono Industrial de La Tejera, Pola de Siero, pendiente de formalizar.

Esta zona Industrial denominada “ Polígono Industrial La Tejera” comenzó a

fraguarse a raíz del Estudio de Detalle y Proyecto de Urbanización tramitado en el expediente administrativo 198/91 a instancia de INMOPRIN, S.A. (posteriormente GRUPO MEANA, S.A.). Mediante acuerdo Plenario de 25 de abril de 1991 se procedió a la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Zona Industrial de La Tejera en Pola de Siero.

Examinando el Estudio de Detalle anteriormente indicado se cuantifica una

superficie total de Viario de 7.720m², distribuyéndose entre las siguientes calles: -Ao ⇔ Co= 2.520m². -A ⇔ D = 1.295m².

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-D ⇔ Fo = 1.485m². TOTAL DE VIALES = 7.720m² -B ⇔ E = 1.280m². -F ⇔ C = 1.140m². Esta actuación urbanística se desarrollo sobre una única finca llamada “La

Tejera o Ferlera”, de 12.386,39m², que según escritura de Cesión de 24/11/1992 estaba pendiente de inscripción en el Registro de la Propiedad, citándose como referencia registral el tomo 692, folio 50, finca 61.315.

Figura en expediente administrativo 242E800A Resolución de la Concejalia

Delegada de Urbanismo de 6 de mayo de 1994 por la cual se autoriza la segregación de la finca matriz denominada “La Tejera o Ferlera” de 12.386,39m², quedando:

- Parcela de 5.000m² o en reciente medición 7.720m², que se cede al Ayto. de

Siero, con destino a viales. - Quedando un Resto de finca matriz de 7.386,89m² (posteriormente, en escritura

pública otorgada por el Notario Manuel Valencia Benítez, Nº 1695 de su protocolo, se segrega este resto de finca matriz).

Consta incorporado a dicho expediente administrativo una Escritura pública de

Cesión de 24 de Noviembre de 1992 otorgada por el Notario Don Manuel Valencia Benítez bajo el número 2.134 de su protocolo. Dicha escritura ostentaba un error material e involuntario ya que reflejaba que la parcela de cesión era el resto de finca matriz descrita en el Expositito III. Sin embargo, a través de Diligencia puesta por el Notario de fecha 24 de Marzo de 1994 adjunta a dicha escritura se subsana éste error estableciendo “ se detectó el error material e involuntario de que en el otorgamiento primero se hizo constar como cedida la parcela descrita en el expositivo tercero como resto de finca matriz, cuando lo que se quiso y debió decir que se cede la parcela descrita en el expositito II como porción segregada”. La descripción de la parcela de cesión es la siguiente:

“Rústica llamada LA TEJERA O FERLERA, sita en esta villa, de cinco mil

metros cuadrados, en reciente medición siete mil setecientos veinte metros cuadrados. Linda: Norte, Asilo de Ancianos Desamparados, Mercado de Ganados “José Federico González Llenin”, resto de finca matriz y la entidad “Inmoprin, S.A.”; Sur, la entidad “Inmoprin, S.A.” y Francisco Javier Navia Osorio y Rodríguez San Pedro; Este, la Entidad “Inmoprin, S.A.” y Mercado de Ganados “José Federico González Llenin”; y Oeste, parcela del señor Villa Piquero, Francisco Javier Navia Osorio y la Entidad “Inmoprin, S.A.”.

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Existe un Expediente administrativo de Cesión y Recepción de viales en La Tejera

(2589/92) donde el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 1993 acordó la Recepción Provisional de las obras de urbanización de viales del Proyecto de la zona industrial de la Tejera, en Pola de Siero, firmándose el Acta de Recepción Provisional de las mismas el día 29 de Junio de 1.993. Por lo que respecta a la formalización de la cesión no figura en dicho expediente ni Acta de Cesión ni Acuerdo Plenario de Aceptación, sino simplemente la citada Escritura pública Cesión de 24 de Noviembre de 1992 otorgada por el Notario Don Manuel Valencia Benítez bajo el número 2.134 de su protocolo, en la que se establece que se cede al Ayto. de Siero para viales la finca llamada “La Tejera o Ferlera” de 7.720m².

En Expediente 530/93 figura la devolución del aval de las obras de urbanización

con fecha de 28 de Junio de 1993. Todas las naves del Polígono cuentan con Licencia de Uso y Ocupación. Tal

autorización se concedió por Resolución de la Concejalia Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente de 18 de diciembre de 2003, a petición del GRUPO MEANA, S.A., figurando en expediente 241N300Q.

Efectuada consulta telefónica con el Jefe del Negociado de Patrimonio del

Ayuntamiento de Siero el día 23 de Febrero de 2012 me afirma que no figura inventariada esta parcela de 7.720m² destinada a viales. Me indica que sólo constan inventariadas las naves titularidad del Ayuntamiento así como una parcela de terreno de aproximadamente 380m².

Se ha efectuado consulta por parte de quien suscribe con el Sr. Registrador

de la Propiedad de Pola de Siero el día 22 de Febrero de 2012. Me confirma que la finca de 7.720m² con destino a viales figura inscrita con el número 89.395. Me indica que aún consta inscrita a nombre de INMOPRIN, S.A., y que quedó pendiente de inscripción en el Registro por falta de aceptación del Ayuntamiento.

Se comprueba que en la descripción de la finca, y refiriéndose a su cabida, figura: “Rústica llamada LA TEJERA O FERLERA, sita en esta villa, de cinco mil metros cuadrados, en reciente medición siete mil setecientos veinte metros cuadrados”. Al no encontrarse acreditados esos 2.720m² de diferencia por falta de inscripción previa, el Registrador me indica que sólo procederá a inscribir 5.000m², quedando los otros 2.720m² suspendidos de inscripción por falta de inscripción previa.

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En definitiva, se encuentran identificados los viales del Polígono de La Tejera en la Finca Nº 89.395, y existe escritura de Cesión a favor del Ayuntamiento de Siero. En su día quedó pendiente de inscripción a nombre del Ayuntamiento de Siero por falta de aceptación del mismo, por ello, es preceptivo que por parte de esta corporación se proceda a su aceptación mediante Acuerdo Plenario.”

Visto el informe emitido por la Jefa de Sección de Planeamiento y Gestión del

Ayuntamiento de Siero de fecha 2 de marzo del 2012, obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Examinado el expediente de referencia, la Técnico que suscribe informa: Mediante Resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo de fecha 6 de mayo de

1994 se autorizó la segregación de una superficie de 5000 m2 (7720 m2 según reciente medición) que habrían de ser de objeto de cesión al Ayuntamiento de Siero para viales.

Consta otorgada escritura de cesión suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo

D Manuel Valencia Benitez con fecha 24 de noviembre de 1.992. En el Registro de la Propiedad se ha configurado dicha parcela como tal parcela independiente, no llegando a adoptarse en su día acuerdo Plenario de aceptación de dicha cesión, permaneciendo la misma inscrita a nombre de su propietario original.

La superficie que figura inscrita es la inferior de las dos que se reflejaban en la

resolución, extremo éste que no se considera relevante en este momento, no al menos a los efectos pretendidos.

Tal y como se recoge en el informe jurídico emitido por el Sr González Güemes con fecha

1 de marzo de 2012, se encuentra única y exclusivamente pendiente de inscripción por falta de dicha aceptación, no procediendo sino la adopción de acuerdo Plenario en tal sentido.

De conformidad con lo expuesto, se propone: 1.- Que por el Pleno de la Corporación se acepte la cesión de la siguiente parcela: Rústica llamada La Tejera o Ferlera, sita en esta villa de Pola de Siero, de cinco mil

metros cuadrados. Linda, Norte, Asilo de Ancianos Desamparados, Mercado de Ganados “José Federico González Llenín” resto de finca matriz y la entidad Inmoprim S.A. Sur, la entidad Inmoprim S.A. y Francisco Javier Navia Osorio y Rodríguez San Pedro; Este la entidad Inmoprim S.A. y Mercado de Ganados “José Federico González Llenín” y Oeste parcela del Señor Villa Piquero, Francisco Javier Navia Osorio y la entidad Inmoprim S.A.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero, al tomo 840, libro 718, folio 201, finca número 89.395.

3.- Facultar al Sr Alcalde-Presidente, o a la persona que legalmente le sustituya tan

ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación.”

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Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Vivienda y Seguridad

Ciudadana, de fecha 23 de Marzo de 2012. Vistos los informes obrantes en el expediente. El Pleno Municipal acuerda por unanimidad: Primero: Aceptar la cesión al Ayuntamiento de Siero, por parte de INMOPRIN S.A, de la

siguiente parcela:

“Rústica llamada La Tejera o Ferlera, sita en esta Villa de Pola de Siero, de

cinco mil metros cuadrados. Linda, Norte, Asilo de Ancianos Desamparados, Mercado

de Ganados José Federico González Llenín, resto de finca matriz y la entidad Inmoprin,

S.A.; Sur, la entidad Inmoprin, S.A. y Francisco Javier Navia-Osorio y Rodríguez

Sanpedro; Este, la entidad Inmoprin, S.A. y Mercado de Ganados José Federico

González Llenín; y Oeste, parcela del Sr. Villa Piquero, Francisco Javier Navia-Osorio

y la entidad Inmoprin, S.A.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Siero al tomo 840, libro

718, folio 201, finca nº 89.395.”

Segundo: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Eduardo Martínez Llosa, o a la persona que

legalmente le sustituya tan ampliamente como en derecho fuera menester, para realizar cuantos actos sean necesarios con motivo de la aceptación”.

SEGUNDA PARTE DE CONTROL PLENARIO Y DE ORGANOS DE LA CORPORACIÓN 16º.- COMUNICACIÓN DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA Y CONCEJALÍAS

DELEGADAS. Por la Secretaría General se da cuenta de las resoluciones de la Alcaldía y Concejalías

Delegadas, desde el 5 de marzo de 2012 hasta el 28 de marzo de 2012, según lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

17º.- COMUNICACIÓN ESPECÍFICA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA. Por la Secretaría General se da cuenta de las siguientes Resoluciones de la Alcaldía:

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• De fecha 14 de marzo de 2012, sobre el régimen de sesiones de la Junta de Gobierno Local.

• De fecha 14 de marzo de 2012, sobre delegación de asuntos de Alcaldía en la Junta

de Gobierno Local. • De fecha 16 de marzo de 2012, sobre composición de las Comisiones Informativas.

18º.- MOCIONES

Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “La primera moción y la segunda la presentó el Grupo de Izquierda Unida, ya lo

comenté a los portavoces , que si no tienen inconveniente podemos pasarlas al próximo Pleno. ¿Se retiran, entonces? Vale.

I. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA: “ANUNCIOS DE

CONTACTOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN”. “El Señor Alcalde-Presidente retira esta moción del orden del día del Pleno, por no estar

presente en la sesión el concejal proponente de la misma.” II. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA: “APROBACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DEL ARBOLADO DE INTERÉS LOCAL”. “El Señor Alcalde-Presidente retira esta moción del orden del día del Pleno, por no estar

presente en la sesión el concejal proponente de la misma.” III. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL FORO ASTURIAS (FAC): “MODIFICACIÓN

LEGISLATIVA EN SEGURIDAD SOCIAL PARA ADELANTAR LA EDAD DE JUBILACIÓN DE POLICÍAS LOCALES”

Previamente el Pleno Municipal acuerda por unanimidad ratificar la inclusión de este punto en el orden del

día de la sesión, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión.

El Pleno Municipal acuerda por mayoría, con los votos a favor de las Sras. Arganza

Alvaro, Sánchez Alonso, Berdasco Sierra, Valle Quirós y García Gutiérrez y de los Sres. Martínez Llosa, Rodríguez Vigil, Arbesú Arias, Ballestero Rodríguez, Vázquez Suárez, Bogomak Medeiro y

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García de Castro (total doce votos a favor de FAC, concejales no adscritos y la PVF del Grupo Mixto), ningún voto en contra y la abstención de la Sra. Nachón Alvarez y de los Sres. Martínez Suárez, García González, González Alvarez, Llera Muñío y Ordóñez Palacio (total seis abstenciones del PSOE y PP), ausentes las Sras. Arce Bernardo, Quince Cifuentes y González González y los Sres. Presa Arboleya, Fernández Palicio, Viesca Alvarez y Rodríguez González, aprobar la siguiente moción presentada por Dña. María Josefa Sánchez Alonso, Portavoz del Grupo Municipal de Foro Asturias Ciudadanos (FAC):

“ Dª Mª Josefa Sánchez Alonso, Portavoz del Grupo Municipal de FORO ASTURIAS

(FAC) en este Ayuntamiento, actuando en nombre y representación del mismo y de los ediles que lo conforman, al amparo de lo establecido en los arts. 91.4 y 97.3 del R.D. 2568/1986 de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formula la siguiente MOCIÓN para su discusión, debate y aprobación, en su caso, en el próximo Pleno, con fundamento en la siguiente,

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 modificaron mediante

enmienda presentada por los Grupos Parlamentarios Socialistas y Vasco (EAJ-PNV), la Ley 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social en lo referente a la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación para el Cuerpo de Policía de la Ertzaintza. Esta modificación legislativa, justa y muy necesaria, admitía el reconocimiento de la profesión de policía como colectivo especialmente vulnerable y, con ello, la necesidad de ajustar su vida laboral a su situación real de desempeño, situación amparada en la Ley General de la Seguridad Social, que en su art. 161. bis, párrafo primero, contempla la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada, a los trabajadores que ejerzan profesiones de “naturaleza especialmente penosa, tóxica, peligrosa e insalubre” en las que se registren “elevados índices de morbilidad” o mortalidad.

El establecimiento de los coeficientes reductores contemplado en el citado

artículo, implica y exige la realización previa de estudios sobre siniestralidad en el sector, así como de penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo, sobre su incidencia en los procesos de incapacidad laboral que genera en los trabajadores y sobre los requisitos físicos exigidos para el desarrollo de dicha actividad. En este sentido, los estudios llevados a cabo por diferentes Universidades en relación con el colectivo de Policías Locales y Autonómicos en España, reflejan la existencia de indicios de peligrosidad y penosidad en el desarrollo de su actividad. Del mismo modo, los requerimientos psicofísicos que se exigen para su ingreso en el colectivo y el desarrollo de su actividad no puede hacerse a partir de unas determinadas edades, cumpliéndose de esta forma los requerimientos exigidos en la legislación.

Ampliando esta visión al contexto europeo, las condiciones que se dan en la gran

mayoría de los países de nuestro entorno más próximo se encuentran en la línea de lo expuesto en esta moción: en Alemania los Policías se jubilan entre los 55 años y 60 con 35

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años de servicio, en Italia a los 60 años, en Noruega a los 60 años y en el Reino Unido a los 57 años los agentes y a los 60 años los mandos.

De este modo, mientras en la mayor parte de países europeos los agentes de

policía local se jubilan entre los 55 años y los 60 años, a los policías locales y autonómicos de España se les niega esta posibilidad, a excepción del caso de la Ertzaintza y el cuerpo de Bomberos.

Por otro lado, y desde un punto de vista de equilibrio económico y financiero, la

Disposición Adicional Segunda de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, modifica la redacción de la Disposición Adicional Cuadragésima Quinta del RD 1/1994 de la Ley General de la Seguridad Social que dispone “El establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación, que sólo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo, conllevará los ajustes necesarios en la cotización para garantizar el equilibrio financiero”.

En este sentido, los estudios actuariales de costes llevados a cabo despejan

cualquier duda sobre el beneficio en la adopción de esta medida, en el sentido de que el incremento del coste social derivado del delante de la edad de jubilación en este colectivo se compensaría con el rejuvenecimiento de las plantillas y su indudable impacto sobre las cifras de absentismo y períodos de incapacidad temporal, el descenso en el abono de complementos de antigüedad (que pueden llegar a alcanzar diferencias de 5.000 euros anuales), amén de mejorar el rendimiento de la plantilla y garantizar la prestación del servicio con unas adecuadas condiciones psicofísicas que incide en mejorar la Seguridad Social.

Por último, debe recordarse que la Disposición adicional sexta de la Ley 7/2007

de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge que “(...) El Gobierno presentará en el Congreso de los Diputados un estudio sobre los distintos regímenes de acceso a la jubilación de los funcionarios que contenga, entre otros aspectos, recomendaciones para asegurar la no discriminación entre colectivos con características similares y la conveniencia de ampliar la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada de determinados colectivos. (...)”.

La aprobación de la enmienda nº 2865, de los Grupos Parlamentarios Socialista y

Vasco /EAJ-PNV), a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, si bien supone un reconocimiento justo del derecho de los agentes de la Policía Autonómica Vasca a gozar de una jubilación anticipad, discrimina por analogía al resto de Policías Autonómicas y Locales ya que es la naturaleza de la profesión, y no su dependencia orgánica, la que determina el carácter de profesión de riesgo.

Por todo ello, el Grupo Municipal FORO ASTURIAS (FAC), somete a la

consideración del Pleno de la Corporación la aprobación del siguiente:

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ACUERDO Instar a la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), la Secretaria de Estado

de Seguridad Social y la Dirección General de la Ordenación de la Seguridad Social que propongan al Congreso de los Diputados la modificación legislativa en materia de Seguridad Social que permita el adelanto de la edad de jubilación de Policías Locales, a través de la aprobación de las siguientes medidas:

a) El reconocimiento de la profesión de policía local como profesión de

riesgo, poniendo fin a la injusticia de una edad de jubilación que no tiene en cuenta la edad funcional, la siniestralidad en el sector, la penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo, así como la incidencia en los procesos de incapacidad laboral que general y los requerimientos exigidos para el desarrollo de la labor policial.

b) La incorporación del colectivo de Policías Locales y Autonómicos al grupo

de profesiones que le son de aplicación los coeficientes reductores en la edad de jubilación, en las mismas condiciones que se contempla en la Disposición Adicional Cuadragésimo Séptima del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.- En Siero, a 23 de marzo de 2012”.”

En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las

siguientes intervenciones por parte de los Señores Concejales: Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro Asturias Ciudadanos,

Sra. Sánchez Alonso: “En consecuencia con lo anteriormente expuesto, queremos añadir que hasta la fecha

estos trabajadores encargados de la seguridad de los municipios y provincias dependientes de las Administraciones Locales y Autonómicas, excepto, como hemos dicho, en la Ertzaintza y Bomberos, no gozan de ninguna posibilidad de jubilación anticipada, según actividad en similares condiciones a otros cuerpos de idénticas características. Además, si queremos que nuestras administraciones y las instituciones que de ellas dependen, se equiparen con las más avanzadas de Europa, no podemos permitir que perduren situaciones tan injustas dentro del Estado entre profesiones de idénticas características, cuyo objetivo fundamental es velar por la seguridad de los ciudadanos y facilitar una convivencia pacífica en una sociedad moderada y democrática.

Las condiciones que se dan en la gran mayoría de los países de nuestro entorno más próximo, la edad de jubilación de los policías se encuentra en la línea que desde SIPLA, se reclama para los policías locales y autonómicos españoles. Acabamos de exponer las edades de jubilación en alguno de los países más cercanos .

Sin embargo, y a pesar de que la gran mayoría de los policías europeos se jubilan entre los 55 años y 60 años, a los policías locales y autonómicos de España, pese . a sus

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condiciones laborables de estrés y deterioro de las capacidades físicas, no gozan de esta posibilidad.

Por tanto, con la petición de la aprobación de esta moción, lo que queremos es dar respuesta a todos y cada uno de los colectivos claramente discriminados, y al mismo tiempo , dar cumplimiento a lo dispuestos en la disposición adicional sexta, jubilación de los funcionarios de la Ley 7/2007 del 12 de abril, donde se asegura la no discriminación entre colectivos de características similares, y la conveniencia de ampliar la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada de determinados colectivos.

La citada desigualdad, se ve plasmada en la modificación de la Ley 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en materia de seguridad social, y tras la aprobación de la enmienda número 2865 de los grupos parlamentarios socialista y vasco al añadir un nuevo apartado 13 a la disposición final tercera del proyecto de ley de presupuestos generales del Estado para el año 2010.

El estudio ya realizado sobre el deterioro de las condiciones psicofísicas asociadas a la edad y su repercusión del colectivo de la policía local avala el cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la jubilación anticipada por aplicación de coeficientes reductores. Por otra parte el estudio actuarial por costes por la jubilación anticipada despeja toda duda sobre el beneficio de adoptar la medida, el análisis y conclusiones de los costes aproximados por déficit de aportaciones en los que incurriría la Seguridad Social, caso de abrirse la posibilidad de una jubilación anticipada. En un horizonte temporal de cinco años y entendiendo que desde 2011 se situara la edad de jubilación en sesenta años, estos costes variarían desde los 39 millones de euros aproximadamente en 2011 a los 46 millones de euros aproximadamente en 2015. Además hay que tener en cuenta la aportación efectiva que estos trabajadores realizan a las arcas de la Seguridad Social. Según los cálculos aproximados, éstos atienden a casi 400 millones de euros, una cifra nada desdeñable para un conjunto estable de trabajadores. Mediante la disposición adicional segunda de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, se incorpora la disposición adicional cuadragésima quinta que dispone el establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación que sólo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo y conllevará los ajustes necesarios en las cotizaciones para garantizar el equilibrio financiero. Estos ajustes en las cotizaciones a la Seguridad Social será sufragados por los propios policías locales viendo incrementadas sus respectivas retenciones, así como por las administraciones locales en las que prestan servicios.

En ningún caso debe entenderse estos ajustes como un gasto o carga económica adicional para dichas administraciones, más bien deberían entenderse como una inversión, ya que resulta lógico pensar que un funcionario policía local con edad superior a 55 años, debido a la edad y a su deterioro psicofísico es susceptible de soportar largos períodos de incapacidad temporal. Este hecho hace que una administración continúe cotizando y pagando retribuciones por una policía local que no prestaría servicio efectivo de forma continuada. En cambio

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adelantando la edad de jubilación se verían rejuvenecidas las plantillas al cubrir las vacantes generadas por las jubilaciones de policías locales de nuevo ingreso , lo que reduce ostentosamente la posibilidad de largos períodos de incapacidad temporal. Debiendo tener en cuenta que si bien las administraciones locales verán aumentados sus gastos al incrementar sus aportaciones a la Seguridad Social, también generarán un importante ahorro en el abono de las retribuciones a su policía local, al adelantar la edad de jubilación, y por tanto, rejuvenecer sus plantillas con agentes de nuevo ingreso, supone dejar de abonar salarios a policías con más de treinta años de servicio, con grandes retribuciones en concepto de complementos de antigüedad para abonar salarios a policías de nuevo ingreso que no poseen este complemento. La diferencia salarial en concepto de complemento de antigüedad entre un agente con más de treinta años de servicio y otro de nuevo ingreso puede alcanzar los 5.000 euros anuales, además de mejorar el rendimiento de la plantilla y garantizar la prestación de servicio con unas adecuadas condicione psicofísicas que inciden en mejorar la seguridad pública. No queremos pensar que la administración y reconocimientos de un derecho depende de otros factores que no sean los del Estado de derecho consagrados en nuestra constitución. Nada más. Gracias.”

Intervención del Concejal del Grupo Municipal Mixto, Sr. Ordóñez Palacio: “Muy buenas tardes a todos. Desde el Partido Popular creemos que el planteamiento

y la argumentación de esta medida son buenas, pero que hay varios asuntos dudosos, cuanto menos cuestionables. Así el artículo 3 del Real decreto 20/2011, en su párrafo primero dispone que a lo largo del ejercicio del 2012 no se procederá a la incorporación de nuevo personal. Por otra parte, en el mismo Real Decreto, en el párrafo tercero, aparece expresamente la prohibición de convocar plazas vacantes de nuevo ingreso para la administración de justicia y para los cuerpos de seguridad. Si bien nosotros entendemos que los argumentos esgrimidos en el texto de la moción en relación a que jubilando anticipadamente a los policías se verá disminuido el absentismo, las bajas por incapacidad temporal, así como la reducción de la asignación presupuestaria destinada al pago de los salarios son argumentos ciertos y razonables, entendemos que estamos en un contexto distinto en la situación en la que nos encontramos se está hablando de la jubilación a los 67 años y además de la prohibición por Real Decreto de sacar las nuevas vacantes, Por lo tanto entendemos que la medida es buena pero no es el mejor momento para sacar adelante la propuesta. Por eso, una vez más digo que estamos a favor pero en este contexto y situación no vamos a votar a favor, vamos a abstenernos. Muchas gracias.”

Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Suárez: “Muchas gracias. Buenas tardes, Sr. Presidente. El Grupo Socialista quiere

manifestar su apoyo a la reivindicaciones expresadas por los distintos sindicatos policiales en referencia al reconocimiento de su profesión como de riesgo y el adelanto de la edad de

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jubilación. Sabemos de la importancia del contacto directo con los vecinos, la presencia activa en las calles y la asistencia inmediata allí donde se les necesita. Por eso hoy queremos hacer un reconocimiento a su profesionalidad, que de forma anónima permite nuestra seguridad y sobre todo el ejercicio de nuestra libertad, de nuestros derechos como ciudadanos y ciudadanas.

Creemos que hay que ir más allá, que debemos exigir a las administraciones públicas mayores dotaciones en materia de formación continua, de medios más modernos y eficaces y de una planificación técnica con mayor desarrollo y ambición. Tenemos un gran cuerpo de policía, no valen experimentos ni juntas de seguridad convertidas en asambleas, si creemos en la profesionalidad de este cuerpo debemos empezar por respetar sus funciones, dando el margen operativo necesario para garantizar el mayor de los éxitos en sus funciones.

Nuestra compleja estructura territorial a la que solo le faltaría, en términos de broma, disponer de un tramo costero, que como sabe multiplica las incidencias y las necesidades en materia de seguridad, los diferentes cuerpos que operan en el municipio y la creciente demanda ciudadana de una mayor proximidad hacen de la seguridad uno de los elementos de mayor trascendencia para nuestro presente y futuro inmediato. Sin embargo, la propuesta del Grupo Foro Asturias Ciudadanos nos plantea dos dudas fundamentalmente, en primer lugar con respecto a las medidas aprobadas por el Gobierno de España que impiden la contratación de nuevo personal, aunque se haga una excepción es verdad en un porcentaje de reemplazo de las referidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es decir, de apoyar esta moción no estaríamos provocando una merma real en los efectivos de nuestra policía local y por tanto comprometiendo la seguridad de nuestros vecinos.

Y en segundo lugar, en cualquier caso ustedes ahora son gobierno, gobierno de Siero, no nos vale que vengan aquí con una declaración de intenciones, yo la he escuchado muy atentamente y es verdad que ha dado una explicación, pero muy genérica, en términos supongo estatales, quiero suponer que esos cálculos que hacía eran del ámbito del Estado, puesto que efectivamente no es una competencia municipal y es el Estado quien tiene que tomar esa decisión. Pero no nos vale con una declaración de intenciones. Presenten aquí en este pleno, presenten en comisión las cifras de lo que supondría de verdad, que creemos que no sería un ahorro, de lo que supondría la adopción de las medidas contempladas en esta moción y a partir de ahí podremos de forma objetiva mostrar nuestro rechazo o respaldo a las mismas, les pedimos nos faciliten por lo tanto, en cuanto dispongan de ello, un informe económico sobre el que se sustente esta propuesta, en tanto estos puntos no sean aclarados nuestro grupo se abstendrá en la votación.”

Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro Asturias Ciudadanos,

Sra. Sánchez Alonso:

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“Entendemos las dudas que puede generar las cifras que acabamos de aportar y con tiempo recabaremos información sobre la que se nos exige y aportaremos la información solicitada.”

IV. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA: “RETIRADA DEL REAL DECRETO-

LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA MERCADO LABORAL”

Previamente el Pleno Municipal acuerda por unanimidad, ratificar la inclusión de este punto en el orden del

día de la sesión, al no estar dictaminado por la Comisión Informativa correspondiente cuando fue convocada la sesión. El Pleno Municipal acuerda por mayoría, con los votos a favor de la Sra. Nachón Alvarez y

de los Sres. Martínez Suárez, García González y González Alvarez (total cuatro votos a favor del PSOE), los votos en contra de las Sras. Arganza Alvaro, Sánchez Alonso, Berdasco Sierra y Valle Quirós y de los Sres. Martínez Llosa, Rodríguez Vigil, Arbesú Arias, Ballestero Rodríguez, Vázquez Suárez, Bogomak Medeiro, Llera Muñío y Ordóñez Palacio (total doce votos en contra de FORO, concejales no adscritos y PP), y la abstención de la Sra. García Gutiérrez y del Sr. García de Castro (total dos abstenciones de la PVF del Grupo Mixto), ausentes las Sras. Arce Bernardo, Quince Cifuentes y González González y los Sres. Presa Arboleya, Fernández Palicio, Viesca Alvarez y Rodríguez González, rechazar y por tanto no aprobar la moción que a continuación se transcribe, presentada por D. Guillermo Martínez Suárez, Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Siero:

“MOCIÓN AL PLENO

D. Guillermo Martínez Suárez, portavoz del Grupo Municipal Socialista, solicita del Sr.

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Siero la tramitación de la presente MOCION para su dictamen y sometimiento posterior a la consideración del Pleno Municipal, en virtud de lo dispuesto en los artículos 91.4 y 97.3 RD 2568/1986, de 28 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Exposición de Motivos

Las disposiciones contenidas en el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas

urgentes para la reforma del mercado laboral, aprobado por el gobierno de España van a tener, en el caso de que sen aprobadas por las Cortes Generales, consecuencias muy negativas sobre los derechos de los trabajadores.

1.- La Reforma pretende que el despido sea la opción más fácil para que una

empresa mejore su competitividad. La reforma traerá más paro: en un momento de recesión como el que estamos viviendo, una reforma laboral como ésta sólo sirve para facilitar y abaratar el despido, para facilitar más la destrucción de puestos de trabajo, pero no para incentivar la

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contratación. Además está pensada por un gobierno que carece de una agenda de reformas para impulsar el crecimiento. El Gobierno sólo tiene una agenda de ajuste, de triple ajuste. Ajuste presupuestario, ajuste de rentas de trabajo (subida del IREPF) y ajuste en los derechos de los trabajadores.

2.- La reforma supone un retroceso de los derechos de los trabajadores porque:

• Generaliza el abaratamiento del despido a 20 adías, al vincularla a una situación habitual en el ciclo recesito de la economía, como es la caída durante 3 trimestres de los ingresos (independientemente de que los beneficios aumenten).

• Abre la puerta a una rebaja general de los sueldos sin necesidad de

acuerdo. La reforma laboral reforzará el poder de los empresarios en las relaciones de trabajo. Tendrán más fácil modificar las condiciones laborales hasta el punto de que podrán bajar el sueldo a los trabajadores sin necesidad de acuerdo simplemente por razones de competitividad o productividad.

• Crea un nuevo contrato con bonificaciones que permite el despido libre y

gratuito durante el primer año. Este contrato desvirtúa completamente el periodo de prueba y puede provocar una generalización de contratos formalmente indefinidos pero que, en práctica, no duren más de un año o que concluyan a los tres años cuando finalicen las bonificaciones.

• Abre el camino de los despidos colectivos en el sector público. Esta reforma

afecta a un millón de empleados públicos, porque no sólo incumbe a quienes trabajan en las empresas públicas, sino también al personal laboral contratado directamente por los ayuntamientos, las comunidades autónomas o los propios ministerios.

3.- La Reforma anula la capacidad de negociación de los sindicatos para defender los derechos de los trabajadores.

Una gran reforma laboral precisa del pacto de los agentes sociales para ser garantía del

éxito. La que ha presentado el gobierno facilita la inaplicación de lo pactado en los convenios (“descuelgues”). Se establece un procedimiento para saltarse lo dispuesto en los convenios similar, pero más fácil, que el que se puede usar para el despido por causas económicas. Suprime la autorización de la autoridad laboral de los expedientes de regulación de empleo (ERE), con lo que se reduce seriamente la capacidad de los sindicatos a la hora de negociar y se asume un riesgo añadido de judicialización de las relaciones laborales.

En definitiva, la Reforma laboral no va a resolver la grave crisis que sufre la

economía española y no va a rebajar la alta tasa de paro existente. Lo que sí va a suponer es una degradación de las condiciones de trabajo, un empobrecimiento de la población y un ataque a la cohesión social.

La reforma propuesta va a derivar en incremento del número de despidos y

rebajas en los sueldos de los trabajadores que afectará muy negativamente al consumo

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de las familias, deprimirá la demanda interna y en consecuencia producirá disminuciones del Producto Interior Bruto que a su vez supondrá más desempleo.

La reforma es ineficaz, desde la perspectiva del empleo, porque favorece el

despido y con ello el aumento del desempleo. Es injusta, porque los trabajadores pierden derechos y porque da todo el poder a los empresarios sobre los trabadores creando además inseguridad en los trabajadores.

En base a todo lo anterior, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Siero propone

al Pleno del Ayuntamiento de Siero la adopción de los siguientes

ACUERDOS 1. Instar al Gobierno de España la retirada del Real Decreto-Le 3/2012, de 10 de

febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y presente, en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley alternativo y pactado con los agentes sociales y las fuerzas políticas que tenga como objetivo la creación de empleo de calidad y la estabilidad en el empleo.

2. Dar traslado de la presente Moción al Presidente del Gobierno, a la Ministra de

Empleo, al Presidente del Congreso de los Diputados, a los/as Portavoces de los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y a los/as representantes de los agentes sociales”.En Siero, a 26 de Marzo de 2012”.”

En la deliberación previa a la adopción de este acuerdo, se produjeron las

siguientes intervenciones por parte de los Señores Concejales: Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Suárez: “Si es necesario, si no yo pasaría a la argumentación, como consideren, si tienen toda

la documentación no hay ningún problema porque pasemos a la argumentación, si les parece. Muchas gracias, Sr. Presidente. El Grupo Municipal Socialista manifiesta que

entiende hoy las razones que justifica la convocatoria de huelga general que se está llevando a cabo durante esta misma jornada y se solidariza también con los millones de españoles que han secundado esta huelga general. Lamentamos que nuestro alcalde no haya atendido a nuestro requerimiento dentro de sus competencias para cambiar la fecha de este Pleno. Lo primero que queremos decir es que esta reforma laboral ya se está aplicando desde su entrada en vigor, el día 12 de febrero de este año, y que sus efectos y consecuencias son demoledoras para los trabajadores.

Esta reforma laboral permite despedir sin causa justificada, cosa que nunca antes había tenido amparo legal. Es un retroceso de treinta años en las relaciones laborales de nuestro país. Las empresas pueden despedir simplemente con una disminución de ingresos o

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ventas durante tres trimestres consecutivos. Lo harían además con una indemnización de 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. Ello, aunque uno tuviera un contrato indefinido y le diera derecho a 45 días por año, con un máximo de 42 mensualidades. También pueden despedir a un trabajador si en dos meses tiene dos ausencias por baja por enfermedad, aunque estén justificadas, cuando superen sólo nueve días. Esta reforma permite bajar el salario y cambiar las condiciones de trabajo. Con esta reforma el empresario puede bajar el salario y cambiar otras condiciones como el horario, a legando razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Nunca antes esto había tenido amparo legal.

La reforma laboral permite al empresario imponer horas extras en contratos a tiempo parcial, y además desvirtúa la propia naturaleza del contrato a tiempo parcial, utilizado fundamentalmente por jóvenes, antes de la reforma, esto no se podía hacer. Conesta reforma laboral, si tienes menos de 30 años y posees formación, te ofrecerán el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, que realmente no es indefinido porque establece un período de prueba de un año, transcurrido el cual, el empresario te puede despedir gratis, sin que tengas derecho a un solo euro de indemnización, esto, antes no se podía hacer.

Además, eres más atractivo para la contratación si estás cobrando paro desde hace poco, porque podrás compatibilizar y complementar tu salario con el cobro del 25% de la prestación por desempleo, que seguirás consumiéndolo hasta que se agote. Y porque la empresa que te contrate tendrá una deducción fiscal equivalente al 50% de la prestación que tengas pendiente de cobrar. Es decir, si eres joven pero has agotado la prestación por desempleo, eres menos atractivo para contratarte. Si eres joven, pero no tienes cualificación, pueden ofrecerte además un contrato de formación y aprendizaje, que por su naturaleza podría darse el caso que un joven de 16 años comience con esta modalidad de contrato, enlace con otros sucesivos iguales hasta los 30 años y cabes siendo despedido y sin ningún título formativo.

Con esta reforma, el personal laboral de las administraciones públicas podrá ser despedido, aunque lleve 15 ó 20 años trabajando en la Administración como contratado laboral.

Con esta reforma y por primera vez, las administraciones públicas pueden llevar a cabo despidos individuales o colectivos, por causas económicas, técnicas u organizativas. Se entiende por causas económicas la insuficiencia presupuestaria durante tres meses consecutivos, y la diferencia de la empresa privada, las administraciones no podrán hacer el ajuste presupuestario, mediante reducción de jornada o suspensiones temporales de contrato.

La reforma obliga a hacer el ajuste mediante el despido. En España, un millón de trabajadores puede verse afectado por estas medidas. Pero lo más grave,, el empresario puede dejar de aplicar el convenio colectivo, sólo es necesario una disminución de ingresos o ventas mediante dos trimestres consecutivos. Es decir, el Banco Santander que ganó el año pasado 5.000 millones menos que el anterior, podría aplicar esta medida.

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Es además, ésta, una reforma muy lesiva para las mujeres trabajadoras. Se limita y condiciona el derecho a jornada reducida por cuidado de hijos menores o familiares. Se limita y condiciona el derecho a permiso de lactancia. Se elimina para las empresas la bonificación de 1.200 euros al año en las cuotas de la Seguridad Social durante cuatro años, cuando se reincorporan a su puesto, mujeres con excedencia por el cuidado de un hijo.

Esta es una reforma lesiva para los derechos de los trabajadores, que no resolverá nuestro problema de desempleo, y que busca una salida recortando derechos y bajando salarios, en lugar de tener como objetivo un aumento de la productividad.

Es una reforma no acordada con los sindicatos y que ha provocado una reacción mayoritaria en contra de la misma. Por eso pedimos su retirada, porque es una reforma injusta con los trabajadores, abarata el despido, permite despedir sin causa justificada. Permite al empresario bajar el salario del trabajador y cambiar sus condiciones de trabajo. Porque acaba con la cultura del acuerdo en las relaciones laborales, para cambiarla por la de la imposición.

La reforma ha dado un poder absoluto a los empresarios sobre los trabajadores y permite, como decíamos antes, no cumplir lo pactado en los convenios colectivos, mediante los denominados “descuelgues”.Y porque es ineficaz, lejos de facilitar el empleo, lo que hace es facilitara el despido y con ello, sobre todo, el época de recesión, el resultado es que aumentará el paro, como ya se ha visto en los datos del Paro del mes de febrero. Y porque podría estar vulnerando derechos constitucionales.

Por eso, si el gobierno de la nación se empecina en mantener esta reforma, el Partido Socialista Obrero Español, la recurrirá ante el Tribunal Constitucional. Por eso pedimos la retirada de este decreto.”

Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Antes de conceder la palabra, simplemente comentar al representante del Grupo

Socialista, que este Alcalde se solidariza con los que convocaron la huelga hoy, y también se solidariza con los 5 millones y medio de parados a los que llevaron los diferentes gobiernos socialistas. “

Intervención del Concejal del Grupo Mixto, Sr. Ordóñez Palacio: “En la moción presentada por el Partido Socialista, se enumeran una serie de

argumentos que por supuesto son respetables, pero que lógicamente por la diferencia ideológica con el Partido Socialista, en el Partido Popular no compartimos.

Voy a tratar de ir fundamentando y argumentando lo mejor posible una defensa jurídica de la reforma laboral. Pero antes de nada quiero que los presentes me escuchen, teniendo en cuenta que España no es un país de grandes empresas, sino que es un país en el que según datos de finales del 2011, el número de PYMES sin asalariados, constituyen el 55,2% del tejido empresarial nacional. Y el 40% son PYMES con menos de 9 trabajadores, por lo que las PYMES constituyen el 95,2% del tejido empresarial español.

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Por todo ello, y en relación al primer punto de la moción, quiero dejar constancia de que cuando se aborda el tema del despido, de la reforma laboral en general, no se debe caer en el error o en la demagogia de pensar en el gran empresario con 5 empresas y 250 trabajadores en cada uno, que desde la izquierda es habitualmente calificado con un término, a mi juicio, ya obsoleto, como es el patrón visto como el enemigo del trabajador, que se enriquece a su costa.

Esta reforma, nosotros sabemos que es dura, pero va destinada a ayudar a aquellas personas que, como yo, o cualquiera de nosotros, trabaja durante unos años, ahorra un capital producto de su trabajo y decide constituir una empresa.

Con la actual reforma laboral, resulta más atractivo crear una empresa, ya que en el caso de que no vaya bien, es posible despedir a algún trabajador sin tener que asumir unos costes de despido, desproporcionados, que en la mayoría de las ocasiones da lugar al cierre de la misma.

Una pregunta que quiero lanzar a modo de ejemplo sería, en una empresa con cinco trabajadores y sin beneficios, cómo se sale adelante, despidiendo a los trabajadores con una indemnización más baja, o siguiendo con la actividad empresarial con los cinco trabajadores, porque el despido de esos dos con la consecuente indemnización, implicaría el cierre automático de la misma. O lo que es lo mismo, ¿Qué es mejor, despedir a dos trabajadores y salvar tres puestos de trabajo, o despedir a dos? O continuar con la actividad con cinco trabajadores, que conllevará finalmente al cierre de la empresa. A mi juicio, una vez vuelvo a decir que es duro pero es una realidad y la respuesta es clara. Por otra parte en el primer punto de la moción se habla de que estamos ante un gobierno que carece de agenda para impulsar el crecimiento. Lo que me hace gracia es que eso lo digan los socialistas. Un gobierno socialista que ha llevado a nuestro país al podium de todos los récord negativos.

En cuanto al segundo punto, como ya dije antes, efectivamente se generaliza el despido a 20 días pero como expuse anteriormente y partiendo siempre, bueno no es una idea es una realidad, de que como dije ante el 95% de las empresas son PYMES, con esta fórmula de despido de 20 días, entendemos que es la mejor fórmula para tratar de salvar al mayor número.

En cuanto al hecho de que se abra a la puerta la rebaja general de los sueldos sin necesidad de acuerdo, me parece un argumento cuestionable, ya que como tal y como prevé el Decreto 3/20102 esta medida sólo se podrá aplicar a los trabajadores con sueldos por encima de los mínimos del convenio de su categoría. Por lo tanto, efectivamente se podrá bajar el sueldo pero no es verdad que se pueda hacer unilateralmente e ilimitadamente ya que habrá que respetar, en todo caso, el mínimo de los convenios que previamente son negociados.

Respecto a la creación de un nuevo contrato con bonificaciones que permite el despido libre y gratuito para los jóvenes, personalmente creo que con esta medida se fomenta que los jóvenes podamos adquirir experiencia profesional ya que resulta muy habitual que cuando un

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joven de 23, 24, 25 años busca una oferta de trabajo se le exija una experiencia de por ejemplo 2 años.

Personalmente prefiero tener la oportunidad de aprender y de curtirme laboralmente, que carecer de la posibilidad de trabajar por razón de la indemnización que tendrá que pagar el empleador si decide prescindir de mis servicios.

Un asunto más que se trata en la moción son los despidos en el sector público. Como todos sabemos, este sector en España, es una realidad, está saturado. Hay muchos ayuntamientos, organismos, fundaciones que tienen un número de trabajadores excesivo para el servicio que prestan y que hacen que la organización sea deficitaria y un lastre para las arcas públicas. Por ello creo fundamental realizar una reorganización en este aspecto. La media nacional es de un empleado público por cada 17,5 habitantes, lo que nos sitúa a la cabeza de Europa, por encima de Francia, Reino Unido o Alemania, con unos recursos inferiores, lo que hace la situación insostenible para las arcas del Estado, de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos. Y ¿Qué vamos hacer? ¿Debemos dejar las cosas así? Pues, sinceramente creo que no, con esta situación tenemos un problema y los problemas una vez más con medidas duras, pero tienen que ser abordados de fondo.

Respecto al tercer y último punto, cabe señalar que una vez más se desvirtúa el sentido de la reforma. Efectivamente se da prioridad a los convenios de empresa, frente a los estatales en asuntos como el salario base, el complemento base, retribución de las horas extras, establecimiento de un sistema de trabajo por turnos, horarios y distribución del tiempo de trabajo, pero el empresario no puede alterar ciertas facetas del trabajo sin más, antes tiene que pactarlo con los sindicatos . Y hasta que no haya un acuerdo se mantendrán las condiciones del convenio original. Por lo tanto, es falso que se faciliten los descuelgues salariales, ya que si no hay acuerdo con el sindicato, seguirá vigente el convenio original. Y en ningún caso habrá un convenio unilateralmente impuesto por la empresa..

Por otra parte, las empresas podrán imponer un convenio propio cuando estén atravesando momentos de dificultad económica, ,eso es cierto. Pero lo que es cierto también es que los requisitos para acudir a esta posibilidad, vienen recogidos en el texto de la Reforma Laboral, aprobada en el año 2010 por el Gobierno Socialista, por lo tanto no varían, siguen siendo los mismos. En este caso, el empresario podía imponer un convenio en las mismas circunstancias que lo podía hacer el anterior Gobierno Socialista.

Y ya para finalizar, se dice que esta reforma no va a resolver la crisis ni a rebajar la alta tasa de paro. Yo me pregunto, si una reforma socialista lo haría, porque hasta ahora tuvieron tiempo para hacerla, pero ahora que están en la oposición están dándolo todo para tratar de evitar sacar medido que, como digo, una vez más son duras, pero son soluciones.

Y quiero acabar mi intervención con dos datos: 15.769 nuevas empresas, se constituyeron en España en los dos primeros meses del año, un 12% más que el mismo periodo del año anterior. Y desde la entrada en vigor de la Reforma Laboral, se han realizado

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casi 10.000 contratos de apoyo a emprendedores, de los que el 54% se han efectuado con jóvenes. “

Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal Mixto, Sra. García Gutiérrez:

“Desde la Plataforma Vecinal de La Fresneda, debido a las características específicas de nuestro grupo político y a la pluralidad ideológica de las personas que representamos, como ya hicimos en muchas otras ocasiones en las que no se debaten temas que exceden de nuestro ámbito municipal, entendemos que no debemos posicionarnos en ningún otro sentido y por lo tanto, vamos a abstenernos.”

Intervención del concejal no adscrito, Sr. Vázquez Suárez:

“El objetivo de esta Reforma Laboral es claro, se trata de dotar a las empresas de una mayor flexibilidad con el fin de adaptarse a la situación económica delicada que tenemos en estos momentos.

Por una parte se busca que las empresas puedan reducir sus costes, entre ellos los costes laborales, y sobre todo, se busca también que puedan adaptar sus plantillas a las reducciones de demanda que están soportando en estos momentos, sin tener que soportar los altos costes de despido que tenían hasta ahora.

Pero es verdad, una parte de la argumentación de la moción del Partido Socialista, es cierto que a corto plazo este tipo de reforma suele implicar un mayor desempleo. Esto se observa, no sólo aquí se está observando sino también en otros países que han introducido este tipo de regulación. Pero también es cierto que a medio y largo plazo, tendremos ocasión de comprobarlo y también se ha observado en otros países que han hecho este tipo de cambios, a medio y largo plazo lo que se observa es un aumento de la contratación y una potenciación de la actividad económica. Precisamente porque para las empresas es menos costoso, es menos arriesgado contratar y por lo tanto, una vez que se han hecho los ajustes de capacidad que se suelen observar en la fase inicial, tras la aplicación de la ley , como digo, lo que se suele observar es que existe una mayor actividad económica y por lo tanto, una mayor contratación.

Para mantener el estado de bienestar que tenemos en España, todo el mundo coincide en que es necesario crear empleo. Y por lo tanto, teniendo en cuenta que con el sistema laboral que existía hasta ahora, que es un sistema laboral que como ustedes saben procede del franquismo, tiene sus bases en la época franquista, con este nuevo sistema, ya les digo, vamos a mantener probablemente nuestro estado de bienestar, a través de la creación de empleo y el consiguiente aumento de las cotizaciones sociales.

Evidentemente, no nos parece la vía más adecuada para solucionar la situación económica actual el recurso a la huelga general, como acaba de defender el portavoz del Partido Socialista. Y es cierto que esta reforma, la Reforma Laboral no es suficiente, no es la única que debe de haber como acaba de defender el portavoz del Partido Socialista. Y es

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cierto que esta reforma, la Reforma Laboral no es suficiente, no es la única que debe de haber en este país, todos los expertos coinciden en que habría que hacer tres grandes reformas, una de ellas es la laboral, que se está comenzando a hacer ahora. Otra de ellas está haciéndose, que es la reforma del sistema financiero, empezó a hacerla el Partido Socialista, por cierto, con el apoyo del Partido Popular, en una reforma tendente a reducir el número de entidades financieras y aumentar su competitividad.

Y también otra gran reforma fue la reforma de la Seguridad Social, que buscó mantener la sostenibilidad del sistema de pensiones. También una reforma realizada en el periodo de gobierno del Señor Zapatero, a finales de la legislatura que también fue apoyada por el Partido Popular.

Hay que tener en cuenta, y con esto ya termino, que la situación de España en estos momentos, es extremadamente delicada. Tenemos unos desequilibrios muy importantes, tenemos un porcentaje de deuda sobre la riqueza nacional tremendo, una deuda pública muy alta y una deuda privada altísima, si utilizamos parámetros de comparación internacionales. Tenemos también otro desequilibrio importante, que es el gran déficit comercial que tenemos, es decir, la diferencia entre lo que compramos al extranjero y lo que vendemos. En España, esa diferencia del porcentaje entre el producto interior bruto, también tiene una de las cifras más altas del mundo. Y después, también nos encontramos con otra situación muy delicada, que es el gran déficit de las Administraciones Públicas, del Estado, de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos. Es decir, las Administraciones Públicas, hoy están ingresando mucho menos de lo que gastan. En esa situación, evidentemente no sirven paños calientes, hay que tomar medidas drásticas, medidas contundentes, que evidentemente van a suponer unos costes para todos pero que si no se adoptan esas medidas, las consecuencias podrían ser muy perjudiciales para nuestro país.”

Intervención de la Portavoz de Foro Asturias Ciudadanos, Sra. Sánchez Alonso:

“Desde nuestro grupo municipal Foro Asturias, pensamos que es absolutamente necesario una iniciativa del tipo que contempla el Real Decreto Ley del 3/2012. Este debería ser capaz de homologar las características de nuestro mercado de trabajo, a las de los países europeos de nuestro entorno. Entendemos que España y en concreto Asturias, no pueden esperar más tiempo a que surjan los famosos brotes verdes de la economía como arte de magia y para paliar la lacra social en que se ha convertido el paro, como en su momento el Partido Socialista esperaba que así sucediera, como si de un milagro se tratara.

Creemos que se necesitan impulsos y medidas que todos sabemos que no van a suponer una creación inmediata de puestos de trabajo, pero sí puede ser eficaz a medio plazo para que las empresas puedan afrontar el futuro con más garantía, partiendo de una mayor competitividad y en consecuencia para que se pueda empezar, por fín, a ver la recuperación de empleo.

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Nuestra postura en cuanto a su moción, una vez analizado su exposición de motivos, es de total desacuerdo. Ustedes someten a votación una exposición de motivos con una redacción totalmente partidista, oportunista y electoralista, algo usual en su forma de proceder continuamente, dicho sea de paso.

Por tanto, no podemos más que expresar nuestra disconformidad. Para ello, suscribimos en todos sus términos la intervención que en su momento hizo nuestro diputado en el Congreso, en la que incidió en la imperiosa necesidad de acometer una reforma laboral profunda, ambiciosa y que responda a la situación de crisis económica y de desempleo que padece nuestro país.

Señores socialistas, no podemos admitir lecciones de alguien que con su desgobierno fueron artífices de 5.300.000 parados que tenemos en nuestro país, de los que actualmente 99.353 están en Asturias. Una Asturias que sufre una crítica situación que certifica el más absoluto de los fracasos de la política laboral llevada a cabo durante su gobierno, tanto en Asturias como en España.

En Foro somos conscientes de que esa reforma del mercado laboral no iba a producir exenta de polémica y de debate político y social. Pero en ese sentido, nuestro partido siempre ha manifestado la necesidad de que el gobierno haga un esfuerzo de diálogo con los agentes sociales, no sólo en la reforma laboral, sino en las reformas estructurales.

De la redacción de su moción podemos extraer que la verdadera pretensión del Partido Socialista, es la retirada y aplicación del Real Decreto Ley del 3/2012 de la Reforma del Mercado Laboral, ya que solicitan expresamente un proyecto alternativo.

Señores socialistas, Foro confirmó su apoyo a la tramitación del Real Decreto Ley 3/2012 como proyecto de ley para que las fuerzas políticas puedan modificar aspectos de la reforma laboral, que se considerasen mejorables en el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado 8 de marzo, dada la ineludible necesidad de la mencionada reforma.

Su moción tiene difícil calificación, ya que en ella es fácil observar ese doble lenguaje al que nos tienen acostumbrados, plagado de retóricas totalmente vacías, sin contenido y con una total ausencia de medidas que contribuyan a crear empleo. De ahí que me permitan tildarla cuanto menos de oportunista.

Queremos dejar claro que Foro está de acuerdo y que la reforma del mercado laboral continúe su tramitación en el Parlamento como proyecto de Ley, para que todas las fuerzas políticas puedan proponer sus enmiendas al texto normativo aprobado el pasado 8 de marzo.

Pero, evidentemente partiendo de esa base y no redactando un nuevo proyecto de Ley, que lo único que se conseguiría sería el retraso de soluciones a la enorme tasa de desempleo que este país padece.

Sabemos que ustedes son especialistas en retrasos, no olvidamos que cuando en Europa llevaban años intentando paliar una crisis que amenazaba a sus empresas y como consecuencia, a sus trabajadores, aquí el España y bajo el desgobierno del Señor Zapatero,

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seguíamos sin enterarnos de que tal crisis existía, por lo tanto de aquellos barros padecemos estos lodos.

Al día de hoy y los países primeros en abordar reformas laborales incluso mucho más duras y con medidas más estrictas que de las que se nos sugieren, han conseguido estabilizar su economía y por tanto, de sus tasas de paro nos queda mucho que envidiar.

Por tanto, dejémonos de más retrasos, abordemos de una vez por todas los problemas y propongamos cosas coherentes propias de partidos responsables con la ciudadanía.

Y como eso es lo que Foro quiere ser, un partido responsable con la ciudadanía, nuestro voto será en contra de esa moción.“

Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr.

Martínez Suárez: “Voy a intentar contestar brevemente algunas de las cuestiones que se han suscitado

en el debate. La Portavoz de Foro Asturias, sinceramente no voy a entrar para nada en algunas cuestiones, poner en duda incluso hasta la propia legitimidad de presentar una moción de este tipo, cuando tenemos el país paralizado con una jornada de huelga general, cuando hay muchos ciudadanos que sí les preocupa esta situación.

Mire, nosotros hemos perdido ya unas elecciones generales y de forma contundente, y estamos muy seguros que lo que antes decía el Sr. Alcalde, que esos 5 millones de parados han pesado y mucho. Somos muy conscientes y somos muy conscientes también, seguro, de algunos de nuestros fracasos en la gestión y de algunos de los fracasos en la gestión de una crisis, que seguramente es la peor desde la del 29, probablemente la peor que se está viviendo a nivel mundial, financieramente y que en nuestro país, con características singulares, tiene una incidencia especial en el desempleo por nuestra propia estructura.

Pero mire, nosotros pagamos seguramente las elecciones una parte importante de la pérdida de confianza, que otros apliquen también el cuento en otro tipo de elecciones al nivel que corresponda. Ni nosotros pretendemos darle lecciones a nadie, ni al resto de grupos políticos, ni tampoco recibirlas. Estamos, además, seguros, y me quedo con la intervención que han tenido los representantes del Grupo Popular, en nuestras antípodas ideológicas porque algo que se ha dicho aquí, la mejor forma para intentar salvar el mayor número, nosotros queremos que no se quede nadie en la estacada y probablemente esa sea una brecha importante en nuestra manera de enfocar los problemas. Otra cosa es que tengamos éxito o no lo tengamos. Porque es verdad, es un momento muy difícil. Y es el momento también de arrimar el hombro.

Ha dicho antes, D. Luis, al respecto de la reforma financiera, que también inició el Partido Socialista que es un momento de decisiones difíciles, pero con total sinceridad creemos que éstas no son las medidas que van a dar más estabilidad, que van a dar más empleo ni a corto, ni a medio, ni a largo plazo. Es más, que atentan contra derechos laborables básicos.

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Y algo que se nos ha escapado en el debate, no se hizo ningún esfuerzo de consenso ni de negociación, en este caso, con los representantes de los trabajadores, que han sido más o menos criticados, pero existen y son los sindicatos. En cuanto a los convenios que efectivamente se respetaba el original, se respetan hasta el plazo de dos años, después pasan a otra instancia otros dos años, pero al final te puedes quedar sin la aplicación de ese convenio.

Y esperamos además, hubiéramos esperado del actual gobierno, que hablaba mucho de productividad, que hablaba mucho de desarrollo económico, que la salida, la solución no fuera directamente el despido, que fuera efectivamente por un aumento de la productividad de las empresas.

Nosotros no estamos hartos porque el derecho de trabajo cada uno lo organiza de forma diferente, pero sí quisiera recordar que en el año 2004, cuando hubo un cambio de gobierno en nuestro país, un cambio de signo político y cuando era ministro, vaya causalidad, el señor Arenas que decían algo en broma, que no voy a decir aquí el apelativo que le decían porque parecía que tenía una gestión brillante, o eso se nos quería decir, acabamos el año 2004 siendo líderes europeos de desempleo juvenil, teníamos el 22,4 de desempleo juvenil. Es verdad que ahora estamos más allá del 40, y la media europea era del 15,6. Teníamos un salario mínimo más bajo de Europa, sólo superado por Portugal. Sólo una de cada diez viviendas en España, tenía algún tipo de protección. Las ayudas al alquiler era 9 veces menores que la media de la Unión Europea y teníamos la menor inversión en Educación que toda Europa, sólo equiparados a Grecia.

Con esto quiero decir que cada uno pude hacer lecturas muy diferentes de lo que es la gestión de cada uno, y además como ha habido elecciones de por medio, cada uno ha pagado y creemos que de forma contundente en ambos ejemplos que hemos puesto, esas situaciones.

Se hizo referencia también a otras reformas que realizó el Partido Socialista estando en el gobierno y que seguramente que no fueron agradables, ni para nosotros como socialistas, como nos llama María José y se lo agradeceré siempre que nos llame de esa forma. Es verdad que algunas de ellas, forzados también por una situación de crisis económica y en diferentes momentos, pero la última, la que provocó también una huelga general estando de Presidente D. José Luis Rodríguez Zapatero, la que es la primera de la Vicepresidenta del Gobierno, decía algo así, lo vi en el vídeo y tomé nota, decía algo así como: “Esta reforma laboral es un fracaso anticipado y anunciado, que sin diálogo social, que sin acuerdo político y que el decreto no estaba planteado para contratar estaba planeado para despedir.“. Yo volvería a poner el vídeo y lo aplicaría a esta reforma laboral .

Nosotros hemos hecho la defensa que hemos considerado. Puede ser partidista porque está planteada desde un partido político, es verdad, quienes estamos aquí formamos parte de una organización centenaria y por lo tanto creemos en los partidos políticos en el papel que tienen que jugar en nuestra sociedad. Creemos también en el papel de los sindicatos, que no es el mismo que el de los partidos políticos. No sé si es electoralista o no,

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han pasado ya todos los procesos electorales que estaban pendientes y por lo tanto, ahora estamos hablando ya de cosas muy distintas. Y no es oportunista porque el país está parado a causa de esta reforma laboral.”

Intervención del concejal no adscrito, Sr. Vázquez Suárez:

“Simplemente se ha dicho en muchas ocasiones que esta reforma laboral no está negociada con los sindicatos, que supuestamente, pasan por ser los representantes de los trabajadores. En un país con más del 20% de desempleo, más de 5 millones de desempleados, también debería haber alguien que representase a los parados. Y no parece que el papel de los sindicatos, en muchas ocasiones, defienda a los parados, sino más bien a algunos empleados que tienen, en muchos casos, condiciones ventajosas en comparación a las que tienen otros. Como todos ustedes saben en este país hay un mercado laboral segmentado, personas que gozan de unos derechos laborales importantes. Y hay otras personas que tienen unos derechos laborales muy limitados. Y después están los que no tienen empleo. Si se pactase, si se diese excesiva voz a los representantes de ese segmento del mercado de trabajo que goza de las mejores condiciones, probablemente siguiésemos condenando a los que gozan de peores condiciones, de tener que mantener esas condiciones durante mucho tiempo.

Por lo tanto, yo creo que la justificación de que se haga unilateral por parte del gobierno, que es el gobierno de todos los españoles, no sólo el gobierno de una parte de los españoles, que son los que tienen sus representantes sindicales, que si no recuerdo mal, alguna vez he escuchado la cifra del 5%, los representantes de los sindicatos representan al 5% de los españoles que trabajan. Por lo tanto, que tengan palabra, sí, pero, bueno, la capacidad de decisión sobre este tipo de reformas que son muy importantes para la mejora de la competitividad de nuestro país, evidentemente debe estar limitada.”

Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal de Foro Asturias Ciudadanos,

Sra. Sánchez Alonso: “Simplemente recordarle al Señor Martínez que ahora aboga por el consenso y critica

la falta de diálogo. Recordarle que al PSOE, al Partido Socialista le fue imposible hacer este tipo de diálogo y no consiguió consenso alguno con los agentes sociales, tanto en el año 2010 como en el 2011. “

Intervención del Concejal del Grupo Mixto, Sr. Ordóñez Palacio:

“Yo quiero defender una vez más la gestión que está realizando el Partido Popular a nivel nacional, porque como ya dije hoy muchas veces, se tienen que tomar medidas duras, medidas contundentes y no se puede andar con medias tintas, porque la situación del país es muy grave y tenemos que hacer lo posible para salir de ellas. El Gobierno de Zapatero tuvo su oportunidad, pero decidió no hacer nada, no abordar este problema, no sabemos porqué motivos. Yo creo que a largo plazo el tiempo nos dará la razón. Está claro que estas medidas

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del Partido Popular, a corto plazo no van a dar votos, pero por encima del interés electoralista está el bien de todos los españoles. “

Intervención del Secretario General de la Corporación, Sr. Fanjul Viña: “Antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, señor Alcalde, dar cuenta al Pleno para que

se haga efectiva ante la Corporación, de la renuncia al cargo de la Concejala Dña. Patricia Arganza Alvaro.

Entiendo que no tiene que ser un punto del orden del día, es una toma de razón, no se adopta ningún acuerdo y, como todos ustedes saben para que sea efectiva esta renuncia tiene que tomar razón de la misma el Pleno Municipal.

La Sra. Arganza Alvaro Doña Patricia, con fecha de registro de entrada 27 de marzo del 2012 ha presentado un escrito del siguiente tenor, del que doy cuenta al Pleno: “Por la presente, presento mi renuncia al acta de concejal por motivos profesionales y solicito que se gestionen los trámites pertinentes ante la Junta Electoral Central con el objeto de que el acta pase a manos del siguiente en la lista electoral”.

La Sra. Arganza Alvaro ha presentado ante esta Secretaría General del Ayuntamiento de Siero, tanto su declaración de causas de posible incompatibilidad y actividades de los concejales y también su declaración de los bienes patrimoniales de los representantes locales, con motivo del cese de su cargo de la finalización de su mandato como concejal.

También la persona que sigue en la lista presentada por Foro Asturias ha presentado su aceptación al cargo, es Doña Paula Onís Lorenzo, que a la mayor brevedad posible se tramitará la obtención de su credencial, como concejala en este caso, del Ayuntamiento de Siero de Doña Paula Onís Lorenzo.

Simplemente decir que con este anuncio se hace efectiva la renuncia de la Sra. Arganza Alvaro y nada más, un saludo y mucha suerte.”

“TOMA DE RAZÓN DE LA RENUNCIA A SU CONDICIÓN DE CONCEJALA DEL AYUNTAMIENTO DE SIERO, DE DÑA. PATRICIA ARGANZA ÁLVARO.

A instancias de la Alcaldía-Presidencia, por parte del Sr. Secretario General de la Corporación

se da cuenta al Pleno Municipal de escrito de renuncia presentado por DÑA. PATRICIA ARGANZA ALVARO, a su condición de Concejala del Ayuntamiento de Siero, cuyo tenor literal es el siguiente:

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“Por la presente, presento mi renuncia al acta de concejal por motivos profesionales y solicito que se gestionen los trámites pertinentes ante la Junta Electoral Central con el objeto de que el acta pase a manos del siguiente en la lista electoral”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace efectiva la renuncia a su cargo de Concejala de DÑA. PATRICIA ARGANZA ÁLVARO, ante el Pleno Municipal, tomando éste razón de la misma. “

A su vez se deja constancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo 182.1 de la

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio de Régimen Electoral General, corresponde a DÑA. PAULA ONÍS LORENZO, con DNI 52.617.967-Q y con dirección a efectos de notificaciones en C/Torrevieja, nº 26-1º E, La Pola Siero-Siero-Asturias, ser la candidata a Concejala por ocupar el puesto siguiente en la lista electoral presentada por Foro Asturias Ciudadanos en las Elecciones Municipales celebradas el día 22 de mayo de 2011, y por tanto a quien corresponde sustituir a DÑA. PATRICIA ARGANZA ÁLVARO, solicitándose a estos efectos que por parte de la Junta Electoral de Zona de Siero, se expida la correspondiente credencial de la Concejala del Ayuntamiento de Siero, a nombre de Don PAULA ONÍS LORENZO, quien ya ha manifestado aceptar el cargo.”

En relación con la renuncia de la Sra. Arganza Alvaro, se produjeron las

siguientes intervenciones por parte de los Sres. Concejales: Intervención de la Sra. Arganza Alvaro: “Sólo quería explicar que el motivo de mi renuncia es estrictamente laboral, que

trabajo por cuenta ajena en una empresa privada y que este trabajo me está exigiendo cada vez más dedicación y no me permite abarcar ambas ocupaciones.

Entonces, por tanto, presento mi renuncia para dar paso a otra compañera, que sí que puede dedicarle al municipio el tiempo que éste requiere.

Antes de concluir, me gustaría agradecer tanto a la Corporación como a los técnicos municipales la consideración y el afecto que me habéis brindado durante este tiempo.

Por mi parte yo seguiré colaborando con Foro en todo lo posible y nada más. Muchas gracias.”

Intervención del concejal del Grupo Mixto, Sr. García de Castro: “Patricia, ha sido un placer para los representantes de la Plataforma Vecinal de La

Fresneda, el haber compartido contigo estos meses en esta Corporación. No teníamos el placer de conocerte personalmente a pesar de ser vecinos en la misma localidad, y ten por

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seguro que vamos a intentar en la medida que podamos, cuando nuestras votaciones nos lo permitan, seguir manteniendo una relación tan cordial como hasta ahora.

En definitiva yo creo que tenemos que felicitarte, no por le hecho en sí de la renuncia a tu acta de concejal, sino por el motivo que lleva esa renuncia, es precisamente en los tiempos en los que vivimos, la incorporación de más trabajo a la empresa en la que tú estás trabajando, la empresa privada en la que tú trabajas. Y por lo tanto, eso es un motivo de alegría y de satisfacción para la empresa que incorpora nuevos proyectos y, en la situación en la que estamos, yo creo que tiene que ser un motivo de felicitación. Te deseamos lo mejor y mucha suerte.”

Intervención del concejal no adscrito, Sr. Vázquez Suárez: “Nosotros también queremos sumarnos al placer que ha representado conocer a

Patricia Arganza, que no teníamos el placer de hacerlo antes de la constitución de esta Corporación.

Durante este periodo hemos podido comprobar que Patricia es una persona con una actitud muy positiva, es una persona muy preparada y deseamos que hayas disfrutado de esta experiencia en Siero. En el Ayuntamiento de Siero, como sabes, la política es muy entretenida, por lo tanto, seguro que como experiencia ha merecido la pena.”

Intervención del concejal del Grupo Mixto, Sr. Ordóñez Palacio: “Nosotros queremos sumarnos a las palabras de agradecimiento, porque estamos

seguros y como pudimos comprobar en las Comisiones que yo compartí con ella, le ha dedicado tiempo y trabajo.

Y por otra parte queremos desearle el mayor éxito profesional y personal.” Intervención del Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Suárez: “Mucha suerte Patricia, aunque, a veces por caminos diferentes, yo quiero suponer

que perseguimos unos objetivos muy similares en lo que es el bienestar de nuestros ciudadanos. Y además como sabemos que esto tiene, a pesar de que son ocupaciones temporales y ojalá te ocupen más tiempo porque querrá decir que tienes mucho éxito en lo profesional, que te lo deseamos también en lo personal, esto tiene un gusanillo que estoy seguro que tarde o temprano nos volveremos a encontrar. Muchas gracias y mucha suerte.”

Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal Foro Asturias Ciudadanos,

Sra. Sánchez Alonso: “Simplemente decir que antes Patricia me comentaba que le daba pena, que hoy le

estaba dando pena de despedirse y más pena nos da a nosotros el no tenerla como colaboradora continuamente, aunque sabemos que cualquier duda que nos surja vamos a poder seguir contando con ella.

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Y lo dicho antes, que gracias por la colaboración, y sobre todo por la disposición que tuvo de ayudarnos cuando lo necesitamos.”

Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Por mi parte, gracias.” 19º.- RUEGOS 20º.- PREGUNTAS. En estos apartados, se produjeron los siguientes ruegos y preguntas por parte de los Señores

Concejales: Intervención del concejal del Grupo Mixto, Sr. Ordóñez Palacio: “Preguntar por dos solicitudes que había hecho por registro al anterior Equipo de Gobierno,

supongo que tendrán constancia de ello. La primera es una solicitud de un cambio de un contenedor en Leceñes, en Valdesoto. Y luego, también una marquesina en Santa Eulalia de Vigil.

Y por otra parte, pedir que se rebachee con zahorra el camino que sube a los depósitos de Lieres en la mayor brevedad posible, que hay unos baches muy grandes.”

Intervención del Concejal del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. González

Alvarez: “Buenas tardes a todo el Pleno, en particular a Patricia, a la que también me sumo a las

palabras de cariño que le han dirigido todos los compañeros del Pleno, en mi paso particular hemos coincidido en la Comisión de Urbanismo, donde más. Hemos tenido poca ocasión para discutir, porque dentro de su discreción en el mucho trabajo que me consta que ha desarrollado, ha sido una persona con la que he estado muy a gusto y con la que se ha compartido muy bien todo este trabajo. Por lo tanto, sumarme a las felicitaciones y que todo lo que te siga de hoy en adelante sea todo lo bueno que te han deseado mi predecesores en la palabra.

Antes de hacerle un par de preguntas al señor Alcalde, sumarme también al escrito que habíamos hecho llegarle con antelación y el portavoz recordó hoy aquí, mi desacuerdo con la celebración del Pleno en el día de hoy.

Y ya metidos en la arena de las preguntas, que casi son ruegos, ha salido en los medios de comunicación y ha salido usted mismo con los vecinos de Ferrera, por el enlace que viene desde Noreña hasta Pola de Siero. Como sabe, en una Comisión, ya le había dado traslado de que el famoso paso de cebra que se había solicitado le habíamos dado traslado a la Demarcación de Carreteras, tanto el acceso como eso, si hay alguna nueva al respecto, si ya pudieron contestar algo, si se va a hacer o no, y si no, animarles a que sigan insistiendo en esa cuestión.

Y en segundo lugar, habíamos iniciado también desde el gobierno socialista, y se había dado traslado en las Comisiones, entre otras cosas porque ustedes me habían preguntado, de una reordenación de los edificios municipales, en concreto se había iniciado y lo había dicho por Pola de

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Siero con el traslado de la Cruz Roja a la antigua Casa de la Música, y la dije cómo nuestra idea era trasladar las dependencias de Urbanismo, supongo que ahí está la panacea de todo, sobre todo por el gasto desorbitado que puede suponer el edificio en el que se encuentra en la actualidad.

Por lo tanto, saber si ese traslado se va a producir, si van a continuar allí, si va a ser diferente o tienen algo pensado al respecto.”

Intervención del Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. García González: “Desearte mucha suerte Patricia, que aunque no coincidimos en la Comisión, pero que tengas

mucha suerte y espero que no nos eches demasiado de menos. Al Señor Alcalde, aunque me consta que ya tanto la Concejala delegada de Lugones, María

Jesús como Engracia y Rubén están con ello, quería recordar varios temas en lo que se refiere a Lugones. Simplemente que conste como recordatorio, porque me consta que están haciendo ya gestiones.

En primer lugar el aparcamiento junto al Centro de Salud que se había iniciado y que está paralizado, que intenten reanudar la obra en cuanto les sea posible, al igual que el que se acondicionó en Pola de Siero, que creo que son muy necesarios.

En cuanto a la fuente de Lugones que está sin funcionar desde hace unos días y se estaba pendiendo de hacer un pliego para mantenimiento de las fuentes, que no se olvide.

Luego hay un tema que no sé si conviene decirlo aquí, en cuanto a los restos de la propaganda y de la publicidad de la campaña electoral, lo que es en Lugones, sería conveniente que por los servicios de limpieza se procediese a su retirada porque hay zonas que están bastante mal, y hay algunos partidos que no han sido demasiado respetuosos en cuanto al espacio público.

En Lugones, también, que le consta a la responsable de parques y jardines y a la delegada de Lugones que hay una serie de parcelas municipales que no estaban incluidas en el mantenimiento de la zona ver pero que por los servicios municipales se venía haciendo su mantenimiento. Son varias parcelas, como digo, y que desde el cambio de gobierno se han dejado de realizar, aunque también me consta que no por una decisión política. Pero sí me gustaría que lo reanudasen porque son espacios que están cogiendo mal aspecto.

Y en lo referente a la aparición en prensa de declaraciones de lo referido a la ordenanza de limpieza y de recogida de basura, en cuanto sea posible nos gustaría que nos explicasen, si es posible como digo, qué tienen pensado hacer con las alegaciones y con la ordenanza.”

Intervención del Portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, Sr. Martínez

Suárez: “Tengo varias preguntas. En primer lugar, en el Pleno en el que usted fue investido Alcalde,

citó entre sus objetivos, la creación de una oficina de información juvenil y de infancia, no recojo palabras textuales pero vengo a recoger lo que usted decía. Como sabrá en Siero existe desde hace años un servicio de Información Juvenil con excelentes profesionales que por cierto forma parte de la Red Asturiana de Información Juvenil y que recibe financiación del Gobierno de Asturias, aunque este año se ha visto recortada a pesar de la prórroga, en más de un 30% su financiación. Como suponemos

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que no van a crear nada, que ya está creado, la pregunta es, si integrarán en la misma el nuevo servicio de infancia, o qué previsiones tienen al respecto.

Y cómo harán frente también a la disminución de financiación autonómica del ya existente Servicio de Juventud, que no tengo la cifra exacta pero en torno al 30% porque es pasar de contratos de jornada completa a media jornada o similar. Por eso les pregunto si no es más adecuado en el caso de hacer una Oficina Juvenil y de Infancia, mantener el empleo que tenemos en la actualidad y los servicios existentes, que crear otros nuevos, si acaso que no fuera a costa de los anteriores.

En segundo lugar, en el mismo Pleno, el señor Alcalde nos habló de un sistema de seguimiento de los expedientes, o eso quisimos interpretar, de su situación administrativa. Existe ya el programa AUPAC, y por lo tanto, lo que preguntamos es si va a ser sustituido, reformado, o no tiene nada que ver con este programa que no deja de ser un programa informático o de seguimiento y que facilita el trabajo a funcionarios y a representantes y a ciudadanos, por supuesto.

En tercer lugar, el Pleno de este Ayuntamiento, a propuesta de la Comisión Especial para dotar a Siero de un Plan Estratégico, adoptó una serie de acuerdos para la puesta en marcha de los mecanismos de participación y desarrollo del mismo. La pregunta es si se van a mantener todos esos acuerdos, si hay alguna previsión para celebrar la asamblea general que está pendiente, y también cómo quedará distribuida, si es que el Equipo de Gobierno o sus representantes en la Comisión lo tienen ya claro, cómo quedará distribuida la proporción que había de 25 miembros de la misma, que se adjudicaban a los entonces cinco grupos políticos y hoy cuatro.

También comentarle que unos días antes de las recientes Elecciones Autonómicas, un Consejero del Gobierno de Asturias, de nuestro gobierno, visitaba junto con miembros del gobierno local, las instalaciones del Centro de la Madera de Carbayín. Además de dedicar efectivamente unas palabras a los anteriores gobiernos socialistas que estamos siempre presentes, le preguntaríamos si le transmitió algo en especial el señor Consejero con respecto a este equipamiento, mas allá de lo que haya en los medios de comunicación, y si podemos conocer en el futuro qué acciones se han llevado a cabo durante estos ocho meses, y si con los 50.000 euros que había consignados en el proyecto de presupuestos que al final fue rechazado por la Junta General del Principado, era posible que ese equipamiento fuera puesto en marcha con unos mínimos determinados. Quiero suponer por esa cantidad que no era muy elevada.

Otra pregunta, entre los asuntos pendientes del anterior gobierno local, figuran desde luego en nuestro haber, las decisiones y los acuerdos en torno a honores y distinciones, a otorgar a ciudadanos de destacado apego y acción por nuestro Concejo. La pregunta es si se van a tratar en conjunto todas las peticiones y si el gobierno local buscará el consenso y el acuerdo. En todo caso nosotros rogamos con la mejor de las disposiciones, rogamos que se busque ese consenso porque seguramente que hay muchas peticiones, algunas llevan ya tiempo.

Otra pregunta también, como sabe el Consejo de Desarrollo Local aprobó por unanimidad un pacto por el empleo y el desarrollo económico de Siero. Era la primera vez que se realizaba un documento de estas características, y sobre todo con un método de acuerdo y trabajo con grupos políticos y agentes sociales, que nuestro grupo cree que es la senda a continuar. La pregunta es, si el

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gobierno local se compromete a incluir sus propuestas, probablemente en lo posible, dentro del presupuesto para el 2012. Seguro que es muy temprano todavía para conocer esta respuesta.

Otra pregunta también referida al anterior Equipo de Gobierno local, tras la entrevista que mantuvo el pasado mes de agosto del 2011, con el Consejero de Cultura del Gobierno de Asturias, acerca de las acciones a realizar en torno al Palacio de Celles, quiero destacar aquí la sensibilidad del Consejero y su interés, aunque desconocemos a día de hoy si hubo alguna acción específica al respecto, la pregunta es si va a insistir el gobierno local ante el gobierno de Asturias en la necesidad de tomar medidas que eviten un mayor deterioro de este patrimonio, no sólo de Siero sino de todo Asturias. Y además quiero recalcar aquí la sensibilidad especial del Consejero por un asunto que, incluso en la agenda lo llevábamos, se adelantó con el mismo tema. Pero quisiéramos saber qué previsión, si es que el gobierno de Asturias en estos ocho meses hizo una acción concreta con un tema muy complejo, que sabemos que es muy difícil por asuntos de propiedad, y qué previsión habría en el futuro.

Tras las pasadas inundaciones producidas en la vega del Nora, uno de los grupos políticos que sustenta su gobierno, Foro, insistían en la necesidad de que la Confederación Hidrográfica del Cantábrico tomara medidas al respecto de la limpieza del cauce del Nora.¿Han tomado ustedes alguna iniciativa al respecto? ¿Se han puesto en contacto con esto, Urbanismo?

Otra de las preguntas, desde el Grupo Socialista hemos observado, de forma sincera, con agrado, pues es lo correcto y lo propio entre instituciones como ahora, ahora sí los miembros del gobierno de Asturias realizan sus visitas a nuestro municipio acompañados de nuestro Alcalde. Por lo tanto les ruego que nos permitan nuestra felicitación porque creemos que eso es lo correcto y lo que se debe hacer en todo momento.

Otra de las también hemos tenido conocimiento de los daños causados en el Invernadero de Cébrano en Carbayín, lo que lamentamos, y además expresamos desde el Grupo Municipal Socialista la repulsa hacia este tipo de actos vandálicos. A este respecto una pregunta y un ruego ¿Se va a reforzar la vigilancia del entorno para intentar evitar, que sabemos que es imposible evitarlo del todo este tipo de acciones?

Y un ruego: que el Ayuntamiento asuma la reparación, o más bien, si es posible intervenga ante terceros puesto que contaba con financiación, en este caso de una entidad financiera, al menos de la que yo tenga conocimiento en nuestro grupo, para hacer posible que este equipamiento pueda tener el uso para el que fue destinado. Desde aquí el apoyo de nuestro grupo a la gran familia que representa la Asociación Cébrano.

Y para ir terminando, nuestro municipio fue seleccionado junto a otros cuatro de España para formar parte de un grupo experimental, para la obtención del Sello Europeo de la Innovación y la Buena Gobernanza, que es patrocinado por el Consejo de Europa. Rogamos que se continué con esta experiencia.

Nuestro grupo también quiere hacer otro ruego. Que de forma mensual los ingresos de los 25 concejales, que de forma habitual se hacía, que provengan de este Ayuntamiento secan publicados en la Web de la institución como ejercicio de transparencia y derecho ciudadano.

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Y la última también referida a la transparencia, el Equipo de Gobierno anterior estableció un sistema para el seguimiento de la transparencia y el buen gobierno en nuestro Ayuntamiento, en el que estaban implicados no sólo los grupos políticos, sino también y fundamentalmente los empleados municipales. Estaba basada, como se les comunicó a los grupos políticos en aquel entonces, en el índice de transparencia para los Ayuntamientos, patrocinado por la Organización de Transparencia Internacional, una evaluación semestral que había arrojado datos positivos de avance de la transparencia en nuestro Ayuntamiento en este período. Rogamos desde el Grupo Socialista al Equipo de Gobierno, continúe con esta iniciativa, que de forma objetiva permite medir nuestros avances o retrocesos que estamos seguros de que no va a haber en un futuro.”

Intervención de la Concejala del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Sra. González

González: “Dar la enhorabuena y las felicitaciones también a Patricia, desearle lo mejor y que tenga un

buen futuro profesional. Un par de preguntas. El anterior Equipo de Gobierno impulsó un Plan de Seguridad y

Accesibilidad a los centros educativos de nuestro municipio. Celebrado el Consejo Escolar a principios de marzo y con la documentación aportada por los técnicos municipales, desde aquí quisiera darle la enhorabuena tanto a la Policía Local como a los diferentes técnicos que han colaborado en el informe.

La pregunta es: ¿Dispone el Equipo de Gobierno de una priorización de acciones, tal y como se comentó en el Consejo Escolar en el que se decidió el desarrollo de este Plan? ¿Existe alguna previsión de fechas para su puesta en marcha? Rogamos, en todo caso, se informe tanto al Consejo Escolar como a los grupos políticos del calendario de acciones.

Y también, en materia de seguridad, tan sensible por tratarse de menores y de nuestros centros educativos, el anterior Equipo de Gobierno se comprometió a establecer un Plan de Vigilancia intensiva en determinados centros educativos, como por ejemplo en La Ería de Lugones. ¿Va a continuar el Equipo de Gobierno con esta iniciativa?”

Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: ¿Alguien más quiere hablar? Pues tomamos buena nota de todo.” Intervención de la concejala no adscrita, Sra. Berdasco Sierra: “Por mi parte, contestar a lo que el Sr. García González, las alusiones que hizo a los temas

pendientes de Lugones. Reiterarle en primer lugar el agradecimiento que ya hice en privado por su disposición a

colaborar en la gestión que una servidora va a continuar lo que él venía haciendo hasta ahora. En cuanto a los temas que mencionó, ya sabe que lo del aparcamiento, lo de las fuentes y las

parcelas, no va a quedar nada paralizado. Evidentemente, yo sé que el Sr. García González comprende que no llevamos muchos días y que con un chasquillo de dedos no se arranca otra vez las actuaciones.

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En cuanto a la otra sugerencia que ya me hizo también y se lo agradezco muchísimo, de los restos de publicidad que quedan de la campaña electoral, es verdad, tiene razón que además, siento tener que decir que el mal ejemplo es por parte de un partido, que siento tener que hacer alusión a los representantes que no están hoy, que son los de Izquierda Unida, sobre todo. Tienen, literalmente Lugones empapelado, ya desde las otras elecciones, hay fotos de Nicolás en Lugones, que todavía no se han eliminado, y sobre todo la rotonda que hay en el Cruce Viejo de Lugones.

Pero, permítame una sugerencia, hay que empezar barriendo en casa, en la Calle Rafael Sarandeses está empapelado un local que está utilizando una asociación de la que el Sr. García González es partícipe, que es el Club Alpino, con papeles de su secretario Roberto Morís en una conferencia que dio hace ya bastantes días y es llamativo. Prediquemos con el ejemplo. Entonces, si no lo hace el mismo Sr. García González que lo haga el portavoz del Partido Socialista, que a lo mejor tiene más líneas directas, por representar al grupo municipal aquí. Entonces, si están pidiendo eso que le hagan llegar al Partido Socialista que limpie aquella pared un poco, que la tienen bastante sucia.”

Intervención de la Portavoz del Grupo Municipal Foro Asturias Ciudadanos, Sra.

Sánchez Alonso: “Para contestarle a la Sra. González González, que pregunta si se va a seguir con los Planes

de Seguridad, que ya se habían comenzado, que se había hecho un estudio de las necesidades y además, y que si tenemos fecha para abordar esos temas. No hay fecha, ya estamos en ello, algunos de ellos ya se están haciendo, y creo que a la vuelta de vacaciones de Semana Santa, algunos de ellos ya van a estar resueltos.”

Intervención del Alcalde-Presidente, Sr. Martínez Llosa: “Quiero contestarle al Sr. González Alvarez, a la pregunta que me hizo sobre la rotonda, que

tenemos solicitada una entrevista con D. Ignacio Arango, con eso y con el resto del conjunto de los temas pendientes.”

Y no habiendo más asuntos a tratar, y siendo las diecinueve horas y dos minutos, el Señor

Alcalde-Presidente, levanta la sesión, de todo lo cual, yo, como Secretario General de la Corporación, doy fe, extendiendo la presente acta. Certifico.-