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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE GESTIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL ORIHUELA-COSTA DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA. 1. Objeto del contrato Será objeto del contrato la explotación y gestión integral del Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa, incluyendo la prestación de los servicios de desarrollo de actividades por medio de monitores y entrenadores, socorristas, control de accesos, atención al público, limpieza y mantenimiento general. 2. Descripción del Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa, objeto de este contrato. Las Instalaciones y Espacios deportivos con los que cuenta el Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa son: 1 edificio principal para piscina cubierta, de un único vaso de 25 m x 12,5 m. El edificio contará además con la zona de control de accesos, vestuarios y un bar cafetería. 2 edificios menores de vestuarios, uno para fútbol y otro para pistas exteriores. 1 campo de futbol 11 de césped artificial, que integra 2 campos de fútbol 7 y marcación de rugby. 2 pistas exteriores multideporte. 2 pistas de tenis 3 pistas de padel 1 pista circuito para running a lo largo de todo el cerramiento perimetral. El Centro Deportivo es de nueva construcción, y se encuentra en la calle Níagara, s/n. 3. Duración del contrato La duración del contrato será por doce años, a partir de la firma del contrato, pudiendo prorrogarse por un máximo de otros ocho años más. La prestación del servicio no comenzará hasta que obren en poder del concesionario todos los permisos necesarios para dar comienzo la actividad deportiva, momento en el que se firmará el Acta de inicio del servicio objeto del presente contrato. Al término de la concesión las instalaciones revertirán en perfecto estado de conservación y funcionamiento al Ayuntamiento, a cuyo efecto y con DIECIOCHO MESES de antelación a la fecha en que el contrato deba concluir, el Ayuntamiento designará un interventor técnico, que vigilará la conservación de las instalaciones y del material, e informará a la Corporación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para mantenerlos en las mejores condiciones de conservación y uso.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE GESTIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL ORIHUELA-COSTA DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA.

1. Objeto del contrato Será objeto del contrato la explotación y gestión integral del Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa, incluyendo la prestación de los servicios de desarrollo de actividades por medio de monitores y entrenadores, socorristas, control de accesos, atención al público, limpieza y mantenimiento general.

2. Descripción del Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa, objeto de este contrato. Las Instalaciones y Espacios deportivos con los que cuenta el Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa son:

1 edificio principal para piscina cubierta, de un único vaso de 25 m x 12,5 m. El edificio contará además con la zona de control de accesos, vestuarios y un bar cafetería.

2 edificios menores de vestuarios, uno para fútbol y otro para pistas exteriores.

1 campo de futbol 11 de césped artificial, que integra 2 campos de fútbol 7 y marcación de rugby.

2 pistas exteriores multideporte.

2 pistas de tenis

3 pistas de padel

1 pista circuito para running a lo largo de todo el cerramiento perimetral. El Centro Deportivo es de nueva construcción, y se encuentra en la calle Níagara, s/n.

3. Duración del contrato La duración del contrato será por doce años, a partir de la firma del contrato, pudiendo prorrogarse por un máximo de otros ocho años más. La prestación del servicio no comenzará hasta que obren en poder del concesionario todos los permisos necesarios para dar comienzo la actividad deportiva, momento en el que se firmará el Acta de inicio del servicio objeto del presente contrato. Al término de la concesión las instalaciones revertirán en perfecto estado de conservación y funcionamiento al Ayuntamiento, a cuyo efecto y con DIECIOCHO MESES de antelación a la fecha en que el contrato deba concluir, el Ayuntamiento designará un interventor técnico, que vigilará la conservación de las instalaciones y del material, e informará a la Corporación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para mantenerlos en las mejores condiciones de conservación y uso.

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4. Presupuesto del contrato y régimen económico 4.1 El adjudicatario recibirá el importe del valor de sus servicios directamente del cobro de

las tarifas aplicadas a los usuarios y otros ingresos atípicos. Para garantizar el equilibrio económico el Ayuntamiento aportará a la empresa adjudicataria hasta el máximo anual indicado en el punto 4.10, resultante del estudio económico de viabilidad realizado por el Ayuntamiento.

4.2 Para los servicios deportivos y alquileres, así como otros opcionales que los

concursantes puedan proponer, las tarifas serán establecidas por los licitadores, que presentaran en su oferta su propuesta de precios, que anualmente serán revisadas conforme a las variaciones del IPC. Sobre estas tarifas, las empresas licitadoras podrán ofertar mejoras a la baja y bonificaciones para discapacitados, pensionistas y jubilados, familias numerosas, jóvenes, bonos familiares, etc.

4.3 Las tarifas propuestas buscarán la sostenibilidad y viabilidad del centro deportivo y en

ningún caso será la rentabilidad económica el objetivo principal.

4.4 Las tarifas se revisarán a petición del concesionario, previa autorización expresa del Ayuntamiento de Orihuela, y serán comunicadas al Adjudicatario dentro del trimestre anterior al inicio del siguiente curso académico.

4.5 La recaudación se realizará por el concesionario, bajo los principios de seguridad y

transparencia y con la emisión en todo caso de justificantes registrados de los cobros recibidos.

4.6 El concesionario, para el cobro de las tarifas, deberá utilizar los medios mecánicos e

informatizados que garanticen esa seguridad y transparencia y que apruebe el Ayuntamiento de Orihuela. Estos medios serán aportados por el Adjudicatario con la previa aprobación de la Concejalía de Deportes. Las empresas licitadoras especificarán las características de los medios informáticos que dispondrán.

4.7 Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por la Concejalía

de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela y deberán estar preparados para suministrar información detallada y precisa de los cobros realizados y del estado de ocupación de las actividades y servicios del Centro Deportivo, a través de la correspondiente conexión telemática.

4.8 Otros ingresos complementarios a la actividad principal

El adjudicatario podrá obtener ingresos extraordinarios, aunque debe contar con la

autorización de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela, como consecuencia de la explotación comercial o marginal de la instalación, relacionado directamente con la actividad deportiva de la misma, siendo entre otros:

Explotación del espacio destinado a cafetería restaurante.

Explotación de venta mediante máquinas expendedoras de bebidas refrescantes, café, snacks, y similares, en aquellos espacios autorizados.

Explotación de una tienda de productos deportivos relacionados directamente con la práctica deportiva del Centro Deportivo.

Alquiler de material deportivo.

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Alquiler de taquillas.

Gestión de todas aquellas que sean necesarias para la correcta prestación del Servicio, y que sean compatibles con la actividad deportiva, y en ningún caso superarán el horario previsto en la instalación.

Gestión de publicidad. 4.9 En el caso que estas explotaciones se realicen por terceros, los contratos que regulan

las relaciones entre la entidad adjudicataria y el tercero han de finalizar como máximo en el momento de la finalización de la contratación.

En todo caso la carta de los precios deberá figurar visible en el establecimiento, y en caso que existan precios oficiales deberán adecuarse a los mismos. Los precios serán adecuados al mercado y la Concejalía de Deportes examinará previamente los precios mencionados y podrá exigir al adjudicatario su modificación.

4.10 Contraprestación del Ayuntamiento

El Ayuntamiento aportará al adjudicatario para mantener el equilibrio

económico del servicio las siguientes cantidades distribuidas por anualidades, extraídas del estudio económico de viabilidad del Centro Deportivo Orihuela Costa contratado por este Ayuntamiento.

Los importes reflejados son máximos anuales, IVA excluido al tipo 8%. Los

licitadores ofertarán a la baja sobre estos importes.

Año 2010 (Sept-Dic) 2011 2012 2013 2014 2015

€ 94.769,72 216.443,55 210.111,12 208.462,57 204.801,33 201.468,77

Año 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022

€ 197.381,79 194.822,72 192.404,07 190.739,75 190.000 190.000 190.000

El abono del precio por parte del Ayuntamiento queda condicionado a que se mantengan las condiciones de desequilibrio, constatadas anualmente por los servicios técnicos.

A efectos del pago efectivo de la primera anualidad se prorrateará en proporción a partir de la firma del contrato.

El concesionario deberá aportar anualmente, junto con la Memoria especificada en el Apdo. 6.3 y 13 la documentación técnica y económica suficiente para que los servicios técnicos municipales puedan determinar el mantenimiento del equilibrio económico que da lugar a la contraprestación municipal.

En caso de que, en base a dicha documentación, se acredite la ruptura del equilibrio a favor del contratista, el Ayuntamiento podrá revisar de manera proporcional a la baja la cuantía anual que satisface al contratista como contraprestación al servicio.

El Ayuntamiento realizará doce pagos anuales, correspondientes a cada mensualidad. El importe efectivo a pagar por el Ayuntamiento será el de la cantidad anual ofertada por el adjudicatario, dividida en doce partes iguales. El adjudicatario

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indicará en su oferta económica la cantidad a percibir del Ayuntamiento durante los primeros diez años de servicio, según su propio estudio económico. La empresa deberá presentar un estudio económico proyectado a diez años donde se especifique la cantidad económica a percibir cada año del Ayuntamiento, con el límite de la cantidad indicada.

Esta cantidad podrá ser distinta cada año e incluso el licitador podrá proponer

el pago de un canon al Ayuntamiento siempre que demuestre que la explotación del Centro Deportivo se autofinancia y puede soportar el pago de dicho canon. En cualquier caso, las empresas licitadoras presentarán un estudio de viabilidad económica para los diez primeros años de explotación. Para los años de servicio a partir del décimo y de las posibles prórrogas se utilizará como base la cantidad ofertada en el año 10, pudiendo ser mejorable por el adjudicatario.

5. Obligaciones del Concesionario respecto a la gestión de la instalación. 5.1. Ejecutar la Memoria de gestión de la instalación, así como el programa de servicios y

actividades con sujeción a los medios humanos y materiales presentados en su oferta. 5.2. Mantener las instalaciones en buen estado, asumiendo los gastos de conservación,

mantenimiento, seguridad y explotación del conjunto de las instalaciones. Las copias de las certificaciones de inspección correspondientes serán remitidas inmediatamente a la Concejalía de Deportes.

5.3. Sufragar los gastos derivados de los suministros de electricidad, agua, combustible y consumos telefónicos.

5.4. Ejercer la vigilancia y protección de la instalación y sus dependencias, con sus bienes y enseres, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en las mismas.

5.5. Establecer conjuntamente con el Ayuntamiento y sus servicios técnicos un plan de seguridad, emergencia y evacuación de la instalación.

5.6. Nombrar un Jefe de Servicio como Gestor de las labores encomendadas y receptor de las órdenes e instrucciones emanadas por la Concejalía de Deportes, con localización permanente a través de teléfono móvil, fax y correo electrónico.

5.7. Mantener un Libro Inventario de bienes muebles e inmuebles existentes en la instalación, donde se expresaran las características de los mismos, marca, modelo, año adquisición, indicaciones de mantenimiento del fabricante, así como su valoración económica y estado.

5.8. Los bienes inventariables y los fungibles adquiridos a cargo de la cuenta de la explotación de la instalación serán de propiedad municipal a la finalización del contrato.

5.9. Cuidar que el servicio se realice, en relación con los usuarios de las instalaciones deportivas, con rapidez, eficacia, diligencia, calidad y discreción.

5.10. Sujeción a las tarifas vigentes en cada momento y aprobadas por el Ayuntamiento para los servicios previstos en los precios públicos y, en su caso, para los servicios opcionales propuestos con sujeción a las tarifas presentadas.

5.11. El adjudicatario está obligado a: a) No utilizar el nombre y la imagen interna o externa de la instalación con motivos

publicitarios o de cualquier otro interés exclusivo del adjudicatario, sin que lo autorice previamente y fehacientemente la Concejalía de Deportes.

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b) En cualquier elemento de difusión de actividades y servicios de la instalación, que lleve a cabo el adjudicatario, deberá constar la titularidad pública de la misma, así como el logotipo de la Concejalía de Deportes.

c) La publicidad que se realice en la instalación deberá ajustarse a la normativa municipal. Los derechos económicos que genere la misma se consideran como ingresos propios y específicos de la instalación. En todo caso, la colocación de vallas, carteles o de cualquier elemento publicitario, de carácter fijo o móvil, requerirá la autorización de la Concejalía de Deportes.

5.12. Dotar a todo el personal del centro deportivo de la indumentaria acorde a sus funciones específicas. La uniformidad e identificación personal, que requerirá la aprobación de la Concejalía de Deportes, es de cumplimiento obligatorio.

5.13. Garantizar que los usuarios dispongan de toda la información pertinente sobre el funcionamiento de la instalación, y que sean atendidos de manera adecuada. Preceptivamente el centro deportivo deberá disponer de un rótulo, de acuerdo con el modelo establecido por el Ayuntamiento, en lugar visible, de fácil acceso para el usuario, en el que se indique:

a) Las tarifas vigentes. b) El horario en el que la instalación permanecerá cerrada. c) El horario de atención al público. d) Los servicios y programas que se prestan. e) El nombre de la entidad gestora. f) El aforo. g) Temperatura del vaso de la piscina.

6. Aspectos que comprende la gestión del servicio público de explotación del Centro Deportivo Municipal Orihuela-Costa.

6.1. Elaboración y desarrollo de un Programa de Actividades Deportivas.

El Programa de Actividades Deportivas a desarrollar por el adjudicatario deberá incluir Escuelas Deportivas y una amplia gama de actividades físicas dirigidas a los vecinos de todas las edades en la piscina cubierta, campo de futbol, pistas polideportivas, tenis y pádel.

Estas escuelas deportivas mantendrán la filosofía, los servicios y las ventajas que se

ofrecen en el programa municipal de escuelas deportivas gestionado directamente por la Concejalía de Deportes, a través de un contrato de prestación de servicios.

Los alumnos de estas escuelas deportivas deberán disponer de equipaciones deportivas de entrenamiento y chándal, participar en competiciones federadas y/o regladas, reconocimientos médicos, monitores cualificados, etc.

El adjudicatario podrá organizar también competiciones deportivas, torneos, eventos y otras actividades relacionadas con la actividad física y el deporte.

Todos los programas deportivos serán objeto de revisión anual por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela. A este efecto el adjudicatario presentará su programación con una antelación de al menos tres meses con respecto a la fecha de inicio de la temporada deportiva (con carácter general el 1 de septiembre de cada año). Este programa podrá ser modificado cuantitativa o cualitativamente por causas razonadas y de interés público por la Concejalía de Deportes. Si estas modificaciones supusieran un

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quebranto en la viabilidad económica del contrato, el Ayuntamiento compensará al adjudicatario restableciendo el equilibrio económico.

El adjudicatario en su programa deberá prever suficiente número de horas para el alquiler de pistas por los usuarios, así como calles para nado libre. Igualmente reservará espacio suficiente para uso escolar de la piscina. Asimismo, se dispondrá de los espacios deportivos necesarios para la disputa de jornadas de deporte escolar, sin coste alguno para el Ayuntamiento.

La Concejalía de Deportes podrá disponer de las instalaciones deportivas tres días al

año sin coste para el Ayuntamiento

Las empresas licitadoras deberán desarrollar en su propuesta un programa completo de actividades a desarrollar en el Centro Deportivo.

6.2. La gestión integral y explotación del Centro Deportivo: El adjudicatario deberá gestionar integralmente el Centro Deportivo siguiendo siempre las indicaciones de la Concejalía de Deportes y realizando, entre otras, las siguientes funciones y tareas:

6.2.1. Funciones de control de accesos:

Cumplimiento con personal multifunción de los horarios de apertura al público para la totalidad del Centro Deportivo en puesto de Control. El horario mínimo de apertura será el siguiente, pudiendo las empresas licitadoras proponer ampliaciones al mismo.

o De 9:00 a 22:00 horas de lunes a viernes. o De 9.00 a 15.00 horas sábados, domingos y festivos.

Atención presencial y telefónica al público.

Disposición a costa del adjudicatario de un sistema informático de control de accesos que permita en todo momento a la Concejalía de Deportes conocer la afluencia de usuarios y los ingresos obtenidos con total transparencia.

Gestión de cobro a los usuarios de las actividades.

Gestión de reservas de alquileres de pistas deportivas y su cobro.

Cobros en metálico, tarjeta, transferencia o recibos bancarios a los usuarios cuando corresponda de los distintos servicios y actividades.

Control y distribución de espacios deportivos.

Control de usuarios que utilizan la instalación velando por el buen uso de las mismas.

Labores propias de “conserjería” en los puestos de control.

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Dar información de las actividades que se realizan en el Centro Deportivo y sobre todo aquello que se indique por parte de la Concejalía de Deportes, tales como programas municipales, competiciones, actividades al aire libre y todo tipo de actividades municipales.

Manejo de ordenadores, impresoras, tornos de acceso y otros elementos ofimáticos puestos a disposición del servicio por el adjudicatario.

Entrega de material deportivo y llaves y control de las mismas.

Funciones de control del mantenimiento de las instalaciones:

Revisiones diarias de las instalaciones y solucionar averías.

Puesta en marcha y control de aparatos y sistemas de climatización, producción y distribución de Agua Caliente Sanitaria, iluminación, ventilación, etc. y posterior apagado de los mismos al final de la jornada.

Reposición de material (redes, cintas, postes etc...) en aquellos terrenos de juego donde sea necesario.

Pequeñas tareas de mantenimiento: o cambio y arreglos de luminarias, bombillas, fluorescentes, y otras

pequeñas tareas de electricidad o pequeñas soldaduras de porterías, canastas y vallas, arreglos de las

mismas, etc. o trabajos de albañilería elemental en reparaciones y mejoras. o distintas tareas de fontanería de mantenimiento.

Tareas de mantenimiento complejo y específico, que deberá realizarse por empresas autorizadas u homologadas para ello y que deberán ser subcontratadas por el adjudicatario. El adjudicatario presentará a la Concejalía de Deportes los contratos realizados con todas las empresas subcontratadas a este efecto. Entre otros deberá garantizarse el mantenimiento y revisiones según normativa con empresas homologadas para sistemas de calderas, climatización, legionela, sistema contraincendios, desinfección, desinsectación y desratización, etc.

Limpieza de pistas y espacios deportivos exteriores.

Labores de limpieza de emergencia en edificios cuando sea necesario fuera del horario de trabajo del personal específico de limpieza.

Pintura de paramentos, elementos e instalaciones

Mantenimiento específico de campos de césped artificial (limpieza específica, reposición y distribución del relleno de sílice-caucho, etc.)

Mantenimiento específico y tratamiento físico químico del agua de la piscina, dentro de la reglamentación y normativa vigente al efecto.

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Toda la maquinaria, herramientas, repuestos y fungibles destinados al mantenimiento de las instalaciones serán por cuenta y cargo de la empresa adjudicataria. No obstante, tratándose de una obra nueva, el adjudicatario ejercerá el derecho de garantía que corresponda sobre las construcciones, instalaciones y demás elementos que comprenden el Centro Deportivo.

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6.2.2. Funciones de limpieza del Centro Deportivo:

Deberá mantener en perfecto estado de limpieza todas las instalaciones, dependencias y espacios del Centro Deportivo, cumpliendo en todo momento las condiciones higiénicas, sanitarias y de cualquier tipo que establezca la normativa sectorial de aplicación.

Las labores de limpieza deberán realizarse fuera del horario de apertura al público, si bien se podrán realizar tareas de repaso de limpieza posteriormente.

Serán por cuenta de la empresa la maquinaria, herramientas y los productos de limpieza, desinfección y tratamiento para mantener en perfectas condiciones higiénico sanitarias las Instalaciones Deportivas, equipamientos y materiales.

6.2.3. Funciones de apoyo a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela:

Ayudas a eventos realizados por la Concejalía de Deportes (competiciones, entrega de trofeos, difusión e información sobre actividades, etc...).

Disposición de espacios, materiales y equipamientos deportivos para las actividades que directamente pueda organizar la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela.

Transmitir y dar información, listados, cartas de pago, calendarios, recoger y canalizar resultados, incidencias en los partidos o actividades, etc... ) a monitores, usuarios, árbitros, etc., y reenviarlos a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela.

Contabilizar usuarios que realizan las distintas actividades y usos de los espacios deportivos y transmitir información de estadísticas de uso y encuestas de satisfacción de los usuarios a la Concejalía de Deportes.

Organización y coordinación junto con la Concejalía de Deportes de torneos, campeonatos, eventos y actividades deportivas y culturales realizadas en la Orihuela Costa y/o en el Centro Deportivo.

Dar cuentas a la Concejalía de Deportes de los cobros efectuados.

Servicio de consultoría en todos aquellos aspectos solicitados por la Concejalía de Deportes, por medio de expertos en Gestión Deportiva.

Programar, organizar y controlar la asignación de espacios en función de las necesidades de las actividades a realizar.

Programar y organizar otras actividades de propia iniciativa de la empresa, aprobadas por la Concejalía de Deportes.

Elaborar con periodicidad mensual, trimestral y anual según la Concejalía de Deportes establezca, información estadística sobre la utilización de las instalaciones y de las actividades desarrolladas en cada periodo, de las acciones de la propia empresa en los diversos aspectos de sus actuaciones de

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control de uso, de las recaudaciones económicas, de la información facilitada, que puedan constituir indicadores de cumplimiento y de calidad del servicio prestado por ella y de las actividades de la Concejalía de Deportes.

Colaborar en la planificación, desarrollo y control de las actividades organizadas por la Concejalía de Deportes, disponiendo para ello en su propia estructura empresarial de los recursos humanos necesarios, tales como expertos en gestión deportiva, técnicos de calidad deportiva, etc.

6.3. Elaborar siguiendo los criterios técnicos de la gestión deportiva y la estructura y

contenido que señale la Concejalía de Deportes, de un sistema documental integrado por una Memoria Anual con el contenido que establezca la Concejalía de Deportes, por avances trimestrales de la anterior, por cuadrantes semanales del uso de las instalaciones y de la recaudación económica, y por cuantos informes y estudios le sean requeridos por el citado servicio.

6.4. El servicio se realizará ininterrumpidamente todos los meses del año en el horario

marcado en el punto 3.2.1. La Concejalía de Deportes podrá modificar el horario de prestación del servicio y apertura y cierre de las instalaciones.

6.5. Las empresas licitadoras desarrollarán un plan de trabajo detallado de todos los aspectos concernientes a la gestión integral y explotación del Centro Deportivo.

6.6. El adjudicatario deberá suministrar a su cargo toda la equipación deportiva, mobiliario, elementos informáticos, sistemas de control de accesos, indumentaria, y, en definitiva, todos aquellos elementos materiales, tanto inventariables como fungibles, necesarios para el correcto funcionamiento del Centro Deportivo. Las empresas licitadoras en sus propuestas indicarán la relación valorada de materiales, sistemas y equipos que proponen destinar al servicio, con indicación detallada de sus características, marcas y modelos.

6.7. El adjudicatario diseñará y pondrá en funcionamiento una web del Centro Deportivo

Orihuela Costa con todas las aplicaciones que faciliten la información, el acceso, reserva de plazas, alquileres, pagos, etc. El Ayuntamiento de Orihuela en su página web dispondrá de un link de acceso a la página del C. D. Orihuela Costa.

6.8. Para aquellas cuestiones que puedan ser susceptibles de interpretación serán los

negociados de contratación y deportes los responsables de dirimirlas. 7. Obras de mejora y reforma

Cuando el adjudicatario estime necesario realizar obras o ampliaciones que puedan

mejorar desde su punto de vista el funcionamiento del Centro Deportivo o las actividades que en él se desarrollan, deberá comunicarlo por escrito a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela, con una antelación mínima de 60 días hábiles, para su examen e informe. El coste de su realización será por cuenta del adjudicatario, caso de aprobarse la realización de dichas obras e instalaciones por el Ayuntamiento.

Igualmente, las empresas licitadoras podrán proponer en su oferta todas aquellas obras, mejoras en equipamientos, etc., acompañándolas del correspondiente proyecto básico valorado y estudio de viabilidad en la explotación.

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Las mejoras, ampliaciones y toda clase de obras realizadas en la instalación, debidamente autorizadas, pasarán a propiedad del Ayuntamiento a la finalización del contrato, sin derecho alguno por parte del adjudicatario a recibir indemnización ni compensación.

8. Gestión de personal durante la vigencia del contrato

8.1 El adjudicatario deberá contratar por su cuenta al personal preciso para atender los

servicios objeto de la contratación. 8.2 El adjudicatario queda obligado a cubrir las contingencias de vacaciones, accidentes de

trabajo y enfermedad profesionales del personal a su servicio, así como cualesquiera otros a los que las disposiciones legales vigentes obliguen.

8.3 Este personal dependerá exclusivamente de la empresa contratista y, en consecuencia,

esta asumirá todos los deberes y derechos inherentes a su calidad de empresario, a tenor de lo dispuesto en la legislación social y laboral vigente en cada momento.

8.4 El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en las leyes de

relaciones laborales y de Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o que en lo sucesivo se dicten en esta materia.

8.5 En ningún momento dicho personal podrá relacionar derecho alguno en relación con el

Ayuntamiento de Orihuela, ni existir responsabilidad de cualquier clase a éste como consecuencia de las relaciones existentes entre la empresa contratista y sus empleados. En el momento de inicio de la prestación de los servicios, el adjudicatario comunicará al Ayuntamiento de Orihuela la relación de personal adscrito al servicio.

8.6 El adjudicatario está obligado a presentar antes del 1 de octubre de cada año, o

cuando lo solicite la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela:

• Plantilla contratada. • Contrato de trabajo. • Denominación y funciones del puesto. • Jornada semanal total, desglosando claramente la jornada diaria. • Nombre, apellidos y NIF de la persona que ocupe el puesto. • Acreditación de su titulación o capacitación profesional para el desempeño del puesto. 8.7 El personal irá debidamente identificado y uniformado de acuerdo con las indicaciones

que realice la Concejalía de Deportes. 8.8 La entidad adjudicataria organizará su personal de modo que cubra las necesidades de

funcionamiento del Centro Deportivo y, en todo caso, deberá sustituir de forma inmediata las ausencias del personal a su cargo con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. En todo momento existirá un coordinador responsable en el Centro Deportivo que resuelva cualquier situación o incidencia. Siempre que se produzca un cambio en las personas que desarrollan sus funciones en la presente contratación, deberá notificarse y presentar las titulaciones de los sustitutos a la Concejalía de Deportes de Orihuela.

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8.9 Los técnicos deportivos para la enseñanza en las diferentes actividades, deben poseer

la titulación que se consideren adecuada, y que será expedida por la federación correspondiente o en su caso formación académica oficial que acredite sus conocimientos. Así mismo, los socorristas tendrán la capacitación profesional legal y las actualizaciones correspondientes que en todo momento exija la normativa vigente.

8.10 El personal contratado como técnicos deportivos, administración, coordinación

y control de accesos deberán poseer un alto nivel de inglés, hablado y escrito. Disponiendo de RR.HH. que además tengan conocimientos de alemán, hablado y escrito.

9 Medios humanos operativos mínimos exigibles para la prestación del servicio

9.1 Coordinación del servicio:

Para la correcta coordinación del servicio, el adjudicatario dispondrá de al menos el siguiente personal directamente adscrito al servicio, contratados a jornada completa y desarrollándola en su totalidad en el Centro Deportivo Municipal de Orihuela Costa:

o 1 Coordinador General, Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y que será el responsable del servicio e interlocutor operativo con la Concejalía de Deportes.

o 1 Coordinador-Encargado de los equipos de mantenimiento y limpieza. o 1 Administrativo.

9.2 Monitores, profesores y entrenadores para el desarrollo de las distintas actividades

deportivas, y en cantidad suficiente para cubrir la oferta indicada por el adjudicatario en su oferta. Tendrán la titulación adecuada a la especialidad a impartir.

9.3 Para desarrollar las tareas de mantenimiento, conserjería y limpieza, las empresas licitadoras indicarán la plantilla de personal que se comprometen a mantener. Entre ese personal, como mínimo se deberá contar con:

o 1 Técnico en mantenimiento físico-químico del agua de las piscinas.

o 1 oficial 1ª de oficio multifunción, a jornada completa, con conocimientos generales de soldadura, carpintería, albañilería, electricidad y fontanería, para las tareas de mantenimiento preventivo, reparación y mejora de las instalaciones.

o Socorristas en cantidad suficiente para cubrir las necesidades mínimas exigidas

por la legislación vigente.

9.4 El personal prestará sus servicios durante todo el año.

9.5 Los monitores deportivos y técnicos entrenadores podrán prestar sus servicios por

temporadas hasta la finalización de la obra objeto de su contratación.

9.6 Además el adjudicatario deberá contar con el personal suficiente para la cobertura de bajas, ausencias, vacaciones, etc.

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10 Otros medios humanos

10.1 Además del personal operativo enumerado en el punto anterior, la empresa adjudicataria deberá aportar el siguiente personal:

10.1.1 Experto en gestión de instalaciones deportivas, con titulación de Licenciado en

Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y experiencia contrastada. Será el responsable máximo del servicio y el interlocutor ante la Concejalía de Deportes.

10.1.2 Experto en gestión deportiva, con titulación de Licenciado en Ciencias de la

Actividad Física y el Deporte. Será el responsable de calidad del servicio.

10.2 Personal administrativo para la realización de tareas complementarias, informes, balances y otras relativas al objeto del contrato.

10.3 Este personal realizará sus funciones en un centro de trabajo de la empresa, dotado de los elementos de comunicación, informáticos y ofimáticos necesarios para el desarrollo de sus funciones. Este centro de trabajo se encontrará ubicado a menos de una hora del Centro Deportivo Municipal Orihuela Costa. Contarán con los medios de transporte necesarios para acudir a las visitas que realicen al Centro Deportivo (mínimo una visita semanal) y siempre que sea necesario a las Instalaciones del Ayuntamiento de Orihuela o de la Concejalía de Deportes.

10.4 Los licitadores deberán aportar curriculum detallado de los expertos que pondrá a disposición del servicio.

11 Obligaciones relativas a condiciones sanitarias

El Centro Deportivo será mantenido en todo momento en las debidas condiciones sanitarias. El adjudicatario deberá cumplir obligatoriamente la normativa higiénico-sanitaria aplicable a las piscinas de uso público y parques acuáticos. Cumplirá también la normativa reguladora por la que se establecen los criterios higiénico-sanitarios y control de la legionelosis.

El adjudicatario deberá obtener todas las licencias y autorizaciones que amparen las actividades que realice dentro de las instalaciones.

12 Otros requisitos técnicos exigidos a la empresa adjudicataria

La empresa uniformará a todo el personal con la ropa de trabajo necesaria del tipo que corresponda a sus funciones. Éstos irán debidamente identificados, donde además de logotipo de la empresa podrá figurar el de la Concejalía de Deportes. El personal que desarrolle sus tareas en pistas exteriores dispondrá además de ropa de abrigo para tareas que requieran de este uniforme.

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La empresa deberá establecer un plan de formación del personal, con carácter anual, que facilite la ampliación y puesta al día del mismo en las materias directamente relacionadas con su trabajo en el Centro Deportivo. El Ayuntamiento de Orihuela podrá indicar cursos o materias concretas en las que mejorar la formación del personal.

La empresa adjudicataria deberá cumplir todas las obligaciones laborales, de seguridad social, de prevención y seguridad y todas aquellas disposiciones legales que afecten el desarrollo de la actividad.

Las empresas licitadoras presentarán en sus ofertas el proyecto de sistema informático de gestión de control de accesos que proponen para su implantación, incluyendo la valoración económica del sistema y su implantación (software, equipos informáticos tornos, instalación, etc.). Como mínimo deberá contar con programas para el control de las reservas de espacios deportivos, cursos y actividades, emisión de ticket y recibos, e introducción de datos para estadísticas de uso. Además la empresa deberá impartir cursos de formación específica de manejo de los equipos y programas a todo el personal de las instalaciones. Además los responsables de la Concejalía de Deportes deberán tener acceso remoto para control inmediato de todos los parámetros.

13 Documentación de carácter económico financiero que debe presentar el concesionario

anualmente durante el mes de febrero siguiente al cierre del ejercicio económico, que se entenderá realizado el 31 de Diciembre de cada año.

Memoria de gestión. Debe incluir:

a. La cuenta de explotación. b. Indicadores de gestión. c. Encuesta de satisfacción y opinión de los usuarios. d. Memoria económica, que deberá incluir al menos información referente a los

siguientes conceptos:

Desglose de los ingresos por tipo de uso. Deben incluir los obtenidos por tarifas, por servicios complementarios a la actividad principal y extraordinarios. Los de tipo tarifario se deben desglosar por tarifas y los complementarios a la actividad principal por tipo de servicios realizados.

Inversiones anuales realizadas.

Declaración de ayudas recibidas por otras administraciones o entes públicos o privados.

Liquidación del IVA.

Provisiones para reparaciones y mejoras. Movimientos anuales y criterios de dotación.

Gastos de personal y seguros sociales.

Liquidación de IRPF e. Inventario actualizado de los bienes muebles y equipamientos de la instalación

deportiva.

Programa de trabajo para el curso siguiente: a. Programa previsto de actividades detallando horarios, espacios a utilizar, etc. b. Plantilla de personal. c. Previsiones económicas d. Propuestas de mejoras en las Instalaciones, servicios, equipamientos, etc. e. Indicadores de calidad

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El adjudicatario debe proporcionar toda la información y documentación que estime conveniente el Ayuntamiento de Orihuela para facilitar las tareas de seguimiento y control.

14 Otra documentación a presentar por el adjudicatario

Mensualmente el adjudicatario presentará una relación de ingresos por cobros a usuarios de tarifas y servicios extraordinarios. Trimestralmente se presentará:

Resumen de ingresos en el mes.

Resumen de gastos en el mes y sus justificantes de pago.

Relación de actividades realizadas, con detalle de horarios, salas y alumnos asistentes.

Relación de ocupación de espacios deportivos, especificando relación de alquileres realizados.

Incidencias y soluciones adoptadas.

Relación de trabajadores, justificantes de pago y seguros sociales.

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15 Cobertura de las responsabilidades del Centro Deportivo

En caso de siniestro, el adjudicatario estará obligado a reconstruir y restituir los bienes dañados. El adjudicatario estará obligado a formalizar una póliza de seguro multi-riesgo previa a la explotación de la instalación, que cubra en todo momento el valor real de mercado, del edificio e instalaciones, cuyo cuadro de garantías es el siguiente:

Continente : POR IMPORTE DE 1.000.000 €

El conjunto de las construcciones inmobiliarias principales y/o accesorias, donde está instalado el Centro Deportivo, objeto del presente seguro, y sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración, instalaciones de fuerza, transformadores y otras propias del edificio como tal), siempre y cuando sean necesarias para el uso propio de aquéllas.

Contenido: POR IMPORTE DE 1.000.000, €

Dentro de los locales objeto del seguro:

- El conjunto de los bienes muebles o enseres profesionales, maquinaria e instalaciones, utillaje, elementos de trabajo que sean propios por razón de la actividad asegurada.

- Los ordenadores, miniordenadores, instalaciones de alarma, aparatos eléctricos y electrónicos.

- Palas y carretillas utilizadas para carga y descarga.

- Las instalaciones no fijas de calefacción o climatización.

GARANTÍAS QUE SE DEBEN CONTRATAR

1. Incendio, Explosión, Caída del Rayo.

2. Humo.

3. Choque de vehículos.

4. Caída de aeronaves.

5. Ondas sónicas.

6. Actos de vandalismo o malintencionados.

7. Acciones tumultuarias y huelgas.

8. Derrame o escape accidental de las instalaciones automáticas contra incendios.

9. Derrame de material fundido.

10. Lluvia, Viento, Pedrisco y Nieve.

11. Inundación.

12. Gastos de salvamento.

13. Bomberos.

14. Gastos de desescombro.

15. Desalojamiento forzoso.

16. Gastos de reposición de archivos, títulos y valores.

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17. Daños por agua.

a) Reventón, roturas o desbordamientos:

de las conducciones y de las canalizaciones de desagüe.

de los canalones o bajadas de agua.

de los recipientes o depósitos, aun cuando se encuentren en el exterior del edificio, siempre que estén dentro del recinto del Centro Deportivo.

consecutivos a la omisión del cierre de llaves o grifos de agua, excepto cuando el local haya permanecido cerrado durante más de 72 horas consecutivas.

b) Filtración a través de la cubierta de los edificios

c) Congelación de conducciones y aparatos

d) Los gastos ocasionados como consecuencia de los trabajos para la localización de averías.

18. Rotura de lunas, cristales y rótulos.

19. Robo. (Daños por Robo).

20. Valor a Nuevo en el Continente

El adjudicatario estará obligado a concertar una póliza de responsabilidad civil previa a la explotación de la instalación, cuyas coberturas son las que a continuación se detallan

1º RESPONSABILIDAD CIVIL EXPLOTACION, para daños personales, materiales, perjuicios consecutivos, y todo tipo de gastos: 1.000.000, €

Sublímite por víctima, para daños personales: 250.000, €.

2º RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL: 1.000.000, €

Sublímite por víctima, para daños personales: 250.000, €.

3º RESPONSABILIDAD CIVIL LOCATIVA, para daños por incendio o explosión a bienes inmuebles arrendados: 1.000.000, €

4º RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA SUBCONTRATISTA, entendiéndose por tal la que el asegurado deba afrontar, aunque no directamente, por actos de sus subcontratistas en conexión con su propia actividad.

Quedarán garantizadas las indemnizaciones que subsidiariamente pudiera verse obligado a satisfacer el Asegurado. Será condición indispensable para que surta efecto la cobertura:

- Que la causa del daño sea la ejecución de un trabajo encargado por el Asegurado y en relación con su actividad.

- Que la causa del daño se derive de un supuesto no excluido en las Condiciones Generales o Particulares de la póliza.

- Que se decrete judicialmente, mediante sentencia firme la Responsabilidad Civil subsidiaria del Asegurado y la insolvencia del autor directo del daño.

- Que no surta efecto o no se haya concertado un seguro de Responsabilidad Civil que ampare al autor del daño.

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5º GASTOS DE DEFENSA Y FIANZAS PECUNIARIAS: INCLUIDAS

Se iniciará la vigencia de la misma desde la fecha del acta de iniciación del servicio y la cobertura se actualizará anualmente de acuerdo al I.P.C. general, de enero a diciembre.

El adjudicatario formalizará también una póliza de seguro por accidentes por aquellas actividades que el concesionario organice directamente.

La copia de los originales de las pólizas deberá presentarse en la Concejalía de Deportes previo al comienzo de la explotación, las correspondientes pólizas y recibos en vigor, así como los recibos anuales a su vencimiento.

16 Seguridad en el Centro Deportivo

16.1 El adjudicatario tendrá que garantizar en todo momento la seguridad de las

personas y bienes dentro de las instalaciones. 16.2 El aforo máximo de la instalación se determinará en la licencia de apertura y

funcionamiento que el Ayuntamiento tendrá que aprobar.

16.3 A los efectos, el adjudicatario tiene que elaborar un Plan de Seguridad, emergencia y evacuación que será examinado y aprobado por el Ayuntamiento, sin perjuicio de la aprobación y/u homologación por el resto de autoridades que ostenten competencias en la materia de conformidad con la normativa de aplicación en cada momento.

16.4 El adjudicatario debe cumplir los reglamentos, ordenanzas y edictos que

apruebe el Ayuntamiento en cuanto a la seguridad e higiene de los edificios de utilización pública y en cualquier materia que los sea de aplicación.

16.5 Elaborar y llevar a cabo un Plan de formación para el personal adscrito a la

instalación.

16.6 El adjudicatario deberá cumplir con todas las disposiciones legales que sean de aplicación, en materia laboral, de seguridad y prevención de riesgos laborales.

16.7 El adjudicatario deberá controlar el acceso a las instalaciones, impidiendo a los

usuarios que realicen actividades generadoras de riesgo.

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17 Criterios de valoración técnica adicional de la oferta I.- CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS VALORACIÓN MÁXIMA

1. Oferta Económica: Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más ventajosa para el Ayuntamiento y 0 puntos a las ofertas iguales al presupuesto de licitación valorándose las demás proporcionalmente. El dato a valorar será la propuesta de aportación económica global a realizar por el Ayuntamiento durante los primeros 10 años.

35 puntos

2. Canon a satisfacer por el adjudicatario al Ayuntamiento por el exceso de ingresos previstos, para cada año, procedentes de los usuarios, considerando los establecidos en el estudio económico de viabilidad del Ayuntamiento.

15 puntos

3. Porcentaje de incremento salarial de los trabajadores adscritos al servicio sobre el II Convenio de Instalaciones Deportivas. Se aplicará el mismo porcentaje de incremento sobre todas las categorías salariales.

5 puntos

4. Ampliación del horario de apertura al público del Centro Deportivo 3 puntos

5. Plan de formación del personal, que facilite la ampliación y puesta al día del mismo en las materias directamente relacionadas con su trabajo en el Centro Deportivo Municipal Orihuela Costa. Se detallará el plan de formación anual. La máxima puntuación se otorgará al mayor número de horas dedicadas a formación.

2 puntos

II.-CRITERIOS NO VALORABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS VALORACIÓN MÁX.

1. Programa Técnico:

Adaptación del plan de trabajo presentado a las especificaciones y particularidades del Centro Deportivo y de la población del entorno. Hasta 10 puntos.

Procedimiento de Evaluación y control: Se valorará la previsión de un sistema de autoevaluación de la gestión del servicio diseñada expresamente para el objeto del contrato: definición de objetivos, conceptos evaluados y selección de indicadores cualitativos y cuantitativos, elección y preparación de instrumentos (encuestas, sistema de mediciones, etc.), recolección de datos, análisis de la información, presentación de resultados, toma de decisiones correctoras, implantación de medidas concretas, etc. Hasta 5 puntos.

15 puntos

2. Oferta económica de ampliación y mejoras en el Centro Deportivo durante los 3 primeros años de explotación. Se considerarán las obras de creación de nuevos espacios deportivos, mejoras de los existentes y las dotaciones de equipamientos deportivos inventariables. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más ventajosa para el Ayuntamiento y no necesariamente al mayor presupuesto destinado a este capítulo.

10 puntos

3. Plan económico de viabilidad. Se realizará sobre una proyección a 10 años, indicando detalladamente todos los capítulos de ingresos y gastos.

10 puntos

4. Mejoras propuestas

Se valorarán los siguientes aspectos, siempre que a criterio de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela las propuestas de los licitadores sean útiles y efectivas para la mejora del servicio:

o Mejoras propuestas por el licitador que mejoren cuantitativa y cualitativamente el uso del Centro Deportivo.

o Participación y colaboración de otro personal cualificado de la empresa en la organización de eventos de la Concejalía de Deportes.

o Elementos de mejora para el control de las instalaciones.

5 puntos

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FORMULAS APLICADAS EN LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN 1. Oferta económica:

Se otorgará la puntuación máxima a la oferta económica más ventajosa para el Ayuntamiento y se asignarán 0 puntos a los licitadores cuya proposición sea igual al presupuesto de licitación. A las demás proposiciones se les otorgará la puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente: P = PM x D / DMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración PM: puntuación máxima (25 puntos)

D: Diferencia económica de la oferta objeto de valoración sobre el tipo de licitación. DMAX: Diferencia económica sobre el tipo de licitación que corresponde a la oferta más ventajosa para el Ayuntamiento.

2. Canon a satisfacer por el adjudicatario al ayuntamiento: Por cada uno por ciento de dicho exceso, se asignará un punto, con un máximo de 10 puntos. El beneficio obtenido será destinado por parte del adjudicatario y por indicaciones de la Concejalía de Deportes a la promoción del deporte en el municipio.

3. Porcentaje de incremento salarial:

Como base se utilizará el II Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas, tomando como referencia el salario bruto mensual de la categoría de monitor deportivo (grupo 3 nivel 1). En los cálculos no se incluirán los pluses, ni ningún otro concepto prorrateado (pagas extras, vacaciones, etc.) El bruto mensual propuesto por la empresa cotizará íntegramente a la Seguridad Social. El porcentaje de incremento ofertado será también aplicado por la empresa a las demás categorías y a todos los trabajadores adscritos al Centro Deportivo Municipal Orihuela Costa (socorrista, coordinador, oficial, administrativo, operario, limpiador encargado, etc.), que obligatoriamente percibirán las cantidades resultantes del porcentaje de incremento propuesto por el licitador sobre la base del II Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas.

Se otorgará la puntuación más alta a la mejor oferta, asignando 0 puntos a los licitadores que no ofrezcan subida salarial. A las demás proposiciones se les otorgará la puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente: P = PM x C / CMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración PM: puntuación máxima (5 puntos) C: porcentaje de mejora salarial de la oferta objeto de valoración.

CMAX: porcentaje de mejora que corresponde a la oferta con mayor incremento salarial.

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4. Ampliación del horario de apertura del Centro Deportivo:

Las empresas licitadoras indicarán el horario semanal detallado de apertura y cierre diarios del Centro Deportivo. Indicarán el total de horas semanales que mantendrán abierto al público el Centro Deportivo. Se otorgará la puntuación más alta a la oferta que proponga un mayor número de horas semanales de apertura, asignando 0 puntos a la empresa que no incremente el horario mínimo especificado en el punto 6.2.1. A las demás proposiciones se les otorgará la puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente: P = PM x H / HMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración PM: puntuación máxima (3 puntos)

H: Incremento de horas semanales sobre el horario mínimo de apertura. HMAX: Incremento de horas que corresponde a la oferta con mayor incremento horario semanal.

5. Horas de formación:

Los licitadores detallarán un plan anual de formación relacionada con las funciones a desarrollar por el personal adscrito al servicio. No serán tenidas en cuenta las horas correspondientes a cursos que no tengan relación con dichas funciones. Los cursos se impartirán fuera del horario laboral de los trabajadores, a fin de que no interfiera con el normal desarrollo del servicio. No obstante, la empresa adjudicataria retribuirá a los trabajadores las horas dedicadas a formación. Se otorgará la puntuación más alta a la mejor oferta, asignando 0 puntos a los licitadores que no ofrezcan plan de formación o este sea irrelevante para el servicio. A las demás proposiciones se les otorgará la puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente: P = PM x F / FMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración PM: puntuación máxima (2 puntos) F: horas anuales de formación de la oferta objeto de valoración.

FMAX: horas anuales máximas que corresponde a la oferta con mayor dotación de horas de formación.

18. Documentación a incluir en el sobre de Documentación Técnica (sobres B y C):

Sobre B:

Programa Técnico:

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o Adaptación del plan de trabajo presentado a las especificaciones y particularidades del Centro Deportivo Municipal Orihuela Costa. Se desarrollará específicamente el programa de trabajo propuesto por la empresa en cada uno de los servicios a desarrollar:

Programa de actividades deportivas propuestas, sistema de gestión y control, metodología, programaciones técnicas y didácticas, etc.

Programa de mantenimiento. Programa de control de accesos y servicio de información al usuario. Programa específico de limpieza Plantilla de personal adscrito al servicio Programa de colaboración con la Concejalía de Deportes de Orihuela,

detallando los medios puestos a disposición. Sistema documental y de circulación de información hacia la Concejalía

de Deportes. Curriculum del personal de la empresa especificado en el punto 10.

o Procedimiento de Evaluación y control: Se presentará un sistema de

autoevaluación de la gestión del servicio diseñada expresamente para el objeto del contrato: definición de objetivos, conceptos evaluados y selección de indicadores cualitativos y cuantitativos, elección y preparación de instrumentos (encuestas, sistema de mediciones, etc.), recolección de datos, análisis de la información, presentación de resultados, toma de decisiones correctoras, implantación de medidas concretas, etc.

2. Oferta económica de ampliación y mejoras del Centro Deportivo:

Los licitadores aportarán el proyecto básico valorado y la documentación del equipamiento y material, indicando sus características técnicas y valor. Así mismo indicarán el precio de mercado unitario y la cantidad total anual que se comprometen a invertir durante los tres primeros años de contrato. Estas obras e inversiones quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Orihuela a la finalización del contrato. No se considerarán los proyectos de ampliación o mejora que sean manifiestamente inviables técnica o económicamente. Se reflejará el plazo de ejecución y las garantías para la realización de las mejoras. Los licitadores detallarán los materiales inventariables que aportarán: tales como juegos de porterías balonmano y fútbol-sala, canastas baloncesto, postes y redes de voleibol, bádminton y tenis, mesas de ping-pong, hinchables recreativos, pavimentos deportivos, marcador electrónico, etc. En la oferta se incluirá una breve descripción de características técnicas y valor de mercado del equipamiento que se aportará por el licitador. No serán considerados los materiales y equipos que no reúnan todos los requisitos de homologación y seguridad reglamentarios. Cada licitador determinará en su oferta el importe que destina a esta partida de inversiones en el Centro Deportivo durante el primer trienio, y que en cualquier caso incluirá el valor de mercado de proyectos, construcción, gastos de montaje y desmontaje, carga y descarga, transportes, impuestos y cualquier otro coste o gravamen necesario para la disposición y ejecución de las citadas inversiones. No se tendrán en cuenta las valoraciones económicas manifiestamente sobrevaloradas o con precios por encima de mercado. El Ayuntamiento podrá exigir al adjudicatario las facturas y justificantes de las inversiones realizadas.

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Estas inversiones deberán estar integradas en el estudio económico de viabilidad a presentar por las empresas licitadoras, así como las correspondientes amortizaciones. Se otorgará la puntuación más alta a la mejor oferta, asignando 0 puntos a los licitadores que no indiquen la valoración de las inversiones a realizar o estas no reúnan los requisitos especificados. A las demás proposiciones se les otorgará la puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente: P = PM x C / CMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración PM: puntuación máxima (20 puntos)

C: presupuesto de inversión del primer trienio de la oferta objeto de valoración. CMAX: Presupuesto de inversión del primer trienio que corresponde a la oferta con mayor dotación presupuestaria a este capítulo.

Plan de viabilidad económica con proyección a 10 años, donde las empresas licitadoras desarrollarán todos los capítulos de gastos e ingresos y el consiguiente balance económico durante ese periodo. Igualmente incluirán en dicho plan las amortizaciones de las inversiones propuestas y todas aquellas propuestas y mejoras que supongan un coste o un ingreso.

Mejoras propuestas:

Los licitadores desarrollarán con detalle las propuestas que proponen de cara a la mejora del servicio. Se valorarán los aspectos que a criterio del Ayuntamiento de Orihuela sean útiles y efectivas para la mejora del servicio, especialmente los que se refieren a:

o Mejoras propuestas por el licitador que mejoren cuantitativa y cualitativamente el uso del Centro Deportivo.

o Participación y colaboración de otro personal cualificado de la empresa en la organización de eventos de la Concejalía de Deportes.

o Elementos de mejora para el control de las instalaciones.

Sobre C:

Se incluirán todos los documentos necesarios para la valoración por aplicación de fórmulas matemáticas determinadas en el apdo. 17. I. En Orihuela a 7 de Julio de 2010

EL TÉCNICO M. DE DEPORTES

Fdo. Emilio Martínez Lidón