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Municipalidad Provincial de Cajamarca REGIMEN ESPECIAL 01-2015-MPC PRIMERA CONVOCATORIA “ADQUISICIÓN DE ARROZ PILADO CORRIENTE MEJORADO PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA (PCA) – PERIODO FISCAL 2015” Proceso regulado por la Ley Nº 27767 Cajamarca, Abril de 2015

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Municipalidad Provincial de

Cajamarca

REGIMEN ESPECIAL 01-2015-MPC

PRIMERA CONVOCATORIA

“ADQUISICIÓN DE ARROZ PILADO CORRIENTE MEJORADO PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA

(PCA) – PERIODO FISCAL 2015”

Proceso regulado por la Ley Nº 27767

CCaajjaammaarrccaa,, AAbbrriill ddee 22001155

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA REGIMEN ESPECIAL N° 01-2015-MPC

______________________________ _______________________________ _________________________________

Ing. HUGO W. MERCADO SEMINARIO WILDER QUILICHE QUIROZ LUIS CACHO PEREZ Presidente Miembro Titular Miembro Titular

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA RUC N°: 20143623042 Correo electrónico: [email protected]

1.2 DOMICILIO LEGAL

Av. Alameda de los Incas S/N – Complejo Qhapac Ñan

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA Adquirir en un plazo determinado 114,700.00 KG DE ARROZ PILADO CORRIENTE MEJORADO PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ALIMENTARIA (PCA) - PERIODO FISCAL 2015“, considerando los términos de Referencia indicados por el área usuaria.

1.4 VALOR REFERENCIAL El valor referencial total asciende a S/. 317,145.50 (Trescientos Diecisiete Mil Ciento Cuarenta y Cinco con 50/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal 054-2015-GM-MPC, el 10 de Marzo del 2015.

ITEM 01: ARROZ CORRIENTE MEJORADO

Nº DESCRIPCION DEL

ITEM CANT. UNIDAD

PRECIO UNIT.

PRECIO TOTAL AL

80%

PRECIO TOTAL AL 100%

PRECIO TOTAL

AL 110%

1 ARROZ PILADO CORRIENTE MEJORADO

114,700.00 kg

2.76500000 253,716.40 317,145.50 348,860.05

TOTAL 317,145.50

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento e inferiores al ochenta por ciento del valor referencial serán devueltas por las comisiones de adquisición, teniéndose por no presentadas, de acuerdo a lo establecido en el Art. 17º del reglamento de la Ley 27767.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 01 RECURSOS ORDINARIOS, RUBRO 00 RECURSOS ORDINARIOS

1.6 SISTEMA DE CONTRATACION El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El requerimiento está definido en el Capítulo IV de las presentes Bases.

1.8 BASE LEGAL

Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentario, aprobado por Ley Nº

27767 Reglamento de la Ley 27767 - Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia

Alimentario, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-MINDES Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015

Ley N° 30282 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2015.

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Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, y sus modificatorias.

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modificatorias.

Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ETAPAS DEL PROCESO FECHAS

Convocatoria y Registro de Participantes Del 15 Abril al 28 de Abril del 2015

Formulación de consultas Del 15 al 23 de Abril del 2015

Absolución de consultas 27/04/2015

Presentación de Propuestas (Acto Público) 29/04/2015. AV ALAMEDA DE LOS INCAS

S/N COMPLEJO QHAPAC ÑAN-SECRETARIA TECNICA DE CONTRATACIONES 09:00 HORAS

Evaluación de Propuestas 29/04/2015

Otorgamiento de Buena Pro (Acto Público) 29/04/2015

2.2 CONVOCATORIA

La convocatoria debe realizarse durante un mínimo de cinco (5) días hábiles, a través de paneles colocados en el o los locales de la Entidad y de la Dirección Regional de Agricultura, según corresponda y en la página Web de la Entidad que convoca. Adicionalmente, deberá realizarse mediante la página Web del SEACE y cualquiera de los medios de comunicación local, tales como diarios, radioemisoras, televisoras, Internet.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde la convocatoria y hasta un (01) día hábil antes de la presentación de propuestas. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La entrega de las Bases se realizará a través de la Entidad, en forma gratuita, a todos los interesados, dentro del ámbito de la convocatoria. El registro de los participantes se realizará en la Of. de Secretaria Técnica de Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, sito en la Av. Alameda de los Incas S/N Complejo Qhapac Ñan, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:00.a 18:00 horas. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono, y acreditará estar con inscripción vigente en el RNP conforme al objeto contractual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado., la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar

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una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, deban realizarse.

2.4 FORMULACIÓN DE CONSULTA A LAS BASES

La Comisión de Adquisición recibirá las consultas por un período de seis (6) días contados a partir del mismo día de la Convocatoria. La Comisión de Adquisición absuelve las consultas al día siguiente del término del plazo para recepcionarlas, quedando obligada a entregarlas durante un mínimo de dos días contados a partir del día siguiente. Se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, en la Oficina de Secretaría Técnica de la Entidad, sito en la Av. Alameda de los Incas S/N Complejo Qhapac Ñan, en el horario de 8:00 horas a 18:00 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente de la Comisión pudiendo acompañar opcionalmente un CD conteniendo las consultas.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.5 OFERTANTES

2.5.1 Podrán intervenir como ofertantes, los pequeños productores de ARROZ CORRIENTE

MEJORADO, en forma individual, agrupada o a través de sus organizaciones de base, Empresas

y/o Asociaciones de Productores/agricultores.

2.5.2 La condición de pequeño agricultor deberá ser acreditada mediante certificación emitida por la

Dirección Regional Agraria y/o Agencia Agraria correspondiente, indicando el área productiva. En

esta debe obligatoriamente mencionar textualmente la condición de Pequeño Agricultor ya sea en

forma individual, agrupada o a través de sus organizaciones de Base o Empresas de Productores.

2.5.3 El volumen que oferte cada postor será de 114,700.00 Kilos de arroz pilado corriente mejorado.

2.5.4 Para efecto de responsabilidad directa contractual, las declaraciones juradas deben ser suscritas

de forma personal por cada uno de los postores sea cual fuera la forma de participación en el

presente proceso.

2.5.5 De presentarse como Agrupación u Organización de Base o como Empresa, Asociación de

Productores/Agricultores, deberán presentar una relación de los Agricultores que la integran

expedida por la Agencia Agraria correspondiente.

2.6 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados acompañadas del Formato N° 01 y estarán dirigidas a la Comisión de Adquisición del REGIMEN ESPECIAL 01-2015-MPC, conforme al siguiente detalle:

Señores

Municipalidad Provincial de Cajamarca Av. Alameda de los Incas S/N Complejo Qhapac Ñan Atentamente: Comisión de Adquisición

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SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR RUC Nº: …………………………………………. Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por Traductor Público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Los formatos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. “Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en el proceso de selección”.

2.7 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. La propuesta técnica se presentará en original y en 02 copias La propuesta económica se presentará en 3 originales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 63º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TECNICA: Documentación de presentación obligatoria:

2.7.1. POSTOR INDIVIDUAL

a. Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores:

Capítulo de Bienes.

b. Carta de presentación según Anexo Nº 01, consignando el domicilio legal y número de RUC.

c. Declaración Jurada suscrita por el postor - Representante legal, según Anexo Nº 02 en la que

manifieste haber recibido y revisado toda la documentación de las bases y comprometerse a

cumplirlas.

d. Copia simple RUC, la cual debe estar activo y habido en la SUNAT hasta la cancelación de la factura

o boleta de venta.

e. Copia simple del documento de identidad del titular/Representante legal.

f. Certificado original emitido por la Agencia Agraria correspondiente, que acredite la condición de

pequeño agricultor local, cuya fecha de expedición corresponda al presente año. (Ver numeral

2.5.2). La cantidad ofertada por cada agricultor será expresada en kilogramos, y debe de tener una

vigencia no más de 30 días a la presente convocatoria.

g. Declaración Jurada de fiel cumplimiento de las características y especificaciones técnicas del

producto, según Anexo Nº 03 firmado por el postor.

h. Copia legalizada del registro sanitario del producto arroz corriente mejorado a nombre del

molino productor, y del postor participante.

i. Copia legalizada del certificado higiénico sanitario de los almacenes del molino productor y del postor

participante, emitido por un laboratorio acreditado ante INDECOPI.

Señores

Municipalidad Provincial de Cajamarca Av. Alameda de los Incas S/N Complejo Qhapac Ñan Atención: Comisión de Adquisición

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SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

RUC Nº: …………………………………………. Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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j. Copia Legalizada del Certificado de Inspección de Disponibilidad de Stock del producto a ofertar, emitida por un laboratorio acreditado ante INDECOPI. A nombre del molino productor y del postor

participante – las cantidades disponibles deben de ser iguales o superiores a las solicitadas en el presente proceso.

k. Copia legalizada Certificado de Inspección de Condiciones Físicas y capacidad de Almacenamiento

de los almacenes al molino productor y del postor participante de los productos a ofertar, emitida

por un laboratorio acreditado ante INDECOPI.

l. En el caso de que el postor no sea el productor (el fabricante) del producto ofertado, y dado que los

documentos solicitados son de uso exclusivo de sus titulares, solo y en este caso deberá adjuntar en

original una carta dirigida al Comité Especial del presente proceso; emitida, firmada y sellada por el

representante legal de la empresa fabricante esta será legalizada por el (titular de dichos

documentos), en la que autoriza a dicho postor a hacer uso en este proceso de cada uno de los

documentos de su propiedad.

Todos los documentos presentados por los postores referentes al producto ofertado, tendrán que tener relación y correlación entre sí, siendo todos estos documentos de presentación obligatoria.

2.7.2. AGRUPACION

a. Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores:

Capítulo de Bienes.

b. Carta de presentación suscrita por el representante de la agrupación y/o asociación de productores

/agricultores, según Anexo N° 01, consignando el domicilio legal y número de RUC,

c. Declaración Jurada suscrita por los postores (cada uno de los agricultores) según Anexo Nº 02, en

la que manifieste:

Haber recibido y revisado toda la documentación de las bases y comprometerse a cumplirlas.

No encontrarse impedido de contratar con el Estado Peruano.

Ser pequeño agricultor local en concordancia con la Ley Nº 27767 y que se somete al

Reglamento de dicha Ley.

d. Declaración Jurada de fiel cumplimiento de las características y especificaciones técnicas del

producto, según Anexo Nº 03 firmado por el representante legal

e. Relación de agricultores con copia simple de DNI vigente indicando el volumen ofertado, firmada

por el representante Legal.

f. Original de RUC de la Asociación de Productores/agricultores el cual debe estar activo y habido en

la SUNAT hasta la cancelación de la factura o boleta de venta.

g. Copia simple del documento de identidad vigente de cada uno de los ofertantes y/o del

representante de la agrupación.

h. Certificado original emitido por la Agencia Agraria correspondiente que acredite a cada uno de los

integrantes de la agrupación la condición de pequeño agricultor local, cuya fecha de expedición

corresponda al presente año. (Ver numeral 2.5.2). La cantidad que ofertada por cada agricultor será

expresada en kilogramos. Y debe de tener una vigencia no más de 30 días a la presente

convocatoria.

i. Copia legalizada del registro sanitario del producto arroz corriente mejorado a nombre del molino

productor y del postor participante (debe de estar a nombre de la Asociación de Agricultores y/o

Productores)

j. Copia legalizada del certificado higiénico sanitario de los almacenes del molino productor y del postor

participante, emitido por un laboratorio acreditado ante INDECOPI.

k. Copia Legalizada del Certificado de Inspección de Disponibilidad de Stock de los productos a ofertar, emitida por un laboratorio acreditado ante INDECOPI.A nombre del molino productor y del postor participante – las cantidades disponibles deben de ser iguales o superiores a las solicitadas en el presente proceso.

l. Copia legalizada del Certificado de Inspección de Condiciones Físicas y capacidad de

Almacenamiento de los almacenes al molino productor y del postor participante de los productos a

ofertar, emitida por un laboratorio acreditado ante INDECOPI.

m. En el caso de que el postor no sea el productor (el fabricante) de los productos ofertados, y dado

que los documentos solicitados son de uso exclusivo de sus titulares, solo y en este caso deberá

adjuntar en original una carta dirigida al Comité Especial del presente proceso; emitida, firmada y

sellada por el representante legal de la empresa fabricante esta será legalizada por el (titular de

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dichos documentos), en la que autoriza a dicho postor a hacer uso en este proceso de cada uno de

los documentos de su propiedad.

Todos los documentos presentados por los postores referentes al producto ofertado, tendrán que tener relación y correlación entre sí, siendo todos estos documentos de presentación obligatoria.

2.7.3. ORGANIZACIONES DE BASE, ASOCIACION DE PRODUCTORES Y/O AGRICULTORES, EMPRESA DE PRODUCTORES.

a. Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo

de Bienes.

b. Carta de presentación suscrita por el representante de la agrupación y/o asociación de productores

/agricultores, según Anexo N° 01, consignando el domicilio legal y número de RUC,

c. Declaración Jurada suscrita por los postores (cada uno de los agricultores) según Anexo Nº 02, en

la que manifieste:

Haber recibido y revisado toda la documentación de las bases y comprometerse a

cumplirlas.

No encontrarse impedido de contratar con el Estado Peruano.

Ser pequeño agricultor local en concordancia con la Ley Nº 27767 y que se somete al

Reglamento de dicha Ley.

d. Declaración Jurada de fiel cumplimiento de las características y especificaciones técnicas del

producto, según Anexo Nº 03 firmado por el representante legal

e. Relación de agricultores, integrantes de la organización de Base o empresa de Productores

adjuntando DNI vigente e indicando el volumen ofertado, firmada por cada agricultor.

f. Original de la Ficha RUC de la Asociación de Productores/agricultores debe estar activo y habido

en la SUNAT hasta la cancelación de la factura o boleta de venta.

g. Copia simple del documento de identidad vigente de cada uno de los ofertantes y del representante

de la agrupación.

h. Certificado original emitido por la Agencia Agraria correspondiente que acredite a cada uno de los

integrantes de la agrupación la condición de pequeño agricultor local, cuya fecha de expedición

corresponda al presente año. (Ver numeral 2.5.2). La cantidad que ofertada por cada agricultor será

expresada en kilogramos. Y debe de tener una vigencia no más de 30 días a la presente

convocatoria.

i. Copia legalizada del registro sanitario del producto arroz corriente mejorado a nombre del molino

productor.

j. Copia legalizada del certificado higiénico sanitario de los almacenes del molino productor, emitido por

un laboratorio acreditado ante INDECOPI.

k. Copia Legalizada del Certificado de Inspección de Disponibilidad de Stock del producto a ofertar,

emitida por un laboratorio acreditado ante INDECOPI. A nombre del molino productor las cantidades

disponibles deben de ser iguales o superiores a las solicitadas en el presente proceso.

l. Copia legalizada Certificado de Inspección de Condiciones Físicas y capacidad de Almacenamiento de

los almacenes al molino productor del producto a ofertar, emitida por un laboratorio acreditado ante

INDECOPI.

m. Copia legalizada del certificado de Saneamiento Ambiental vigente de Fumigación, Desratización,

Desinfección Desinsectación de planta y almacenes.

n. En el caso de que el postor no sea el productor del producto ofertado, y dado que los documentos

solicitados son de uso exclusivo de sus titulares, solo y en este caso deberá adjuntar en original una

carta dirigida al Comité Especial del presente proceso, emitida, firmada y sellada por el representante

legal de la empresa, con firma legalizada ante Notario Público, (titular de dichos documentos), en la

que autoriza a dicho postor a hacer uso en este proceso de cada uno de los documentos de su

propiedad.

Todos los documentos presentados por los postores referentes al producto ofertado, tendrán que

tener relación y correlación entre sí, siendo todos estos documentos de presentación obligatoria.

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SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONOMICA:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Oferta económica. El Sobre N° 2 deberá contener el valor total de la oferta económica (precio de venta), en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a adquirir / contratar. Por lo tanto, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo Nº 04 El monto total de la propuesta económica y los subtotales deberán ser expresados hasta con dos decimales.

2.9 Recepción, Apertura y Evaluación de Propuestas

Recepción, Apertura y Evaluación de Propuestas Técnicas

La recepción y apertura de propuestas se realizará en Acto Público, en presencia de los postores y de Notario Público. La evaluación se iniciará con la verificación de los documentos oficiales que acrediten la condición de pequeño productor agropecuario, emitidos por la Agencia Agraria, descalificándose a los postores que no cumplan con dicho requisito. Las cantidades ofertadas deberán ser concordantes con lo señalado en el Certificado de pequeño productor agrario expedido por la Agencia Agraria, caso contrario la oferta será desestimada. Se desestimarán las propuestas que no se sujeten a las características dispuestas en las especificaciones técnicas de las Bases.

Evaluación Económica y Otorgamiento de la Buena Pro

El otorgamiento de la Buena Pro se sujetará al siguiente procedimiento: 1. La Comisión procede a evaluar las propuestas económicas de los postores cuyas propuestas

técnicas resultaron calificadas, las mismas que en el precio unitario, podrán contener los decimales que fueren necesarios para su precisión y el precio total se consignará solo en dos decimales. Se clasificarán las ofertas económicas válidas de menor a mayor precio ofertado. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo de 100 puntos a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

3. Se otorgará la Buena Pro al postor que ofrezca el menor precio, adquiriéndole la cantidad que ofertó. 4. En el orden de prelación determinado, se procederá a otorgar la Buena Pro a los postores

adquiriéndoles la cantidad que ofrezcan, hasta completar lo requerido. Siempre que las propuestas económicas presentadas no sean superiores al cinco por ciento (5%) de aquella del postor ganador. En caso que las propuestas económicas superen dicho límite, para efectos de otorgarse la Buena Pro, los postores tendrán la opción de reducir su propuesta para adecuarse a la condición establecida en el párrafo anterior.

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5. De no ser posible adquirir la totalidad de los productos alimenticios materia del proceso de

adquisición, las Comisiones de Adquisición deberán proceder a convocar un proceso de adquisición por el saldo no adjudicado. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Se otorgará la Buena Pro a la propuesta ganadora. El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el calendario del proceso.

2.11 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El consentimiento de la Buena Pro se producirá al día siguiente del otorgamiento de la buena pro si es que no se apela el acto del otorgamiento de la buena pro. El consentimiento de la Buena pro se publicará en el SEACE al día siguiente de producido.

CAPITULO III

INFORMACIÓN ADICIONAL

3.1. DE LOS CONTRATOS El contrato se deberá suscribir, bajo responsabilidad, al tercer día hábil siguiente a la fecha del otorgamiento de la Buena Pro. Transcurrida la fecha fijada para la suscripción del contrato sin la concurrencia del postor ganador se dejará sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro, notificándose al postor. La Entidad comunicará al postor que ocuparon los siguientes lugares en el orden de prelación.

3.2. DE LAS GARANTÍAS El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o Administradoras de Fondos de Pensiones o estar considerada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú, de conformidad con lo establecido en el Artículo 155° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o Administradoras de

Fondos de Pensiones o estar considerada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley de Contrataciones del Estado. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

3.3. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.4. VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia del contrato se extenderá desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, o en su caso desde la recepción de la orden de compra, lo que ocurra primero; y rige hasta

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que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA y se efectúe su pago, de conformidad con lo establecido en el Artículo 149° del

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.5. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 24 Reglamento Ley 27767). El contrato establecerá las penalidades por incumplimiento parcial o tardío de las obligaciones. En caso de incumplimiento injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad aplicará al contratista la penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual que debió entregarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta o del pago final. En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = (0.05 x Monto del Contrato) (F x Número en días del plazo) Donde F (factor) tendrá los siguientes valores: - Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, F = 0.40 - Para plazos mayores a sesenta (60) días, F = 0.25

En caso que la penalidad por atraso llegase a alcanzar el cinco por ciento (5%) del monto total del contrato, la Entidad podrá optar por la resolución del contrato por incumplimiento.

3.6. CAUSALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO IMPUTABLES AL CONTRATISTA El contrato podrá ser resuelto si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, en cuyo caso la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no menor a cinco (5) días calendario, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho.

Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, resolverá el contrato mediante la formalidad correspondiente, ya sea en forma total o parcial. La resolución parcial sólo involucrará a aquella parte del contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de la entidad. En tal sentido el requerimiento que se efectúa deberá precisar con claridad qué parte del contrato quedaría resuelta si persistiera el incumplimiento. De no hacerse tal precisión se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento. Si la parte perjudicada es el contratista, la Entidad deberá reconocerle en la liquidación del contrato

la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados bajo responsabilidad de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda. Asimismo, el contrato podrá ser resuelto por mutuo acuerdo entre las partes, o por caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso deberá verificarse el pago hasta la última prestación ejecutada previa a la resolución.

3.7. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE ADQUISICIÓN Mediante el recurso de apelación se impugnan los actos dictados dentro del desarrollo del proceso de adquisición. El recurso de apelación estará dirigido al Presidente de la Comisión de Adquisición, quien lo elevará a la máxima autoridad administrativa de la Entidad que convoca para su correspondiente resolución. Esta competencia es indelegable. Las apelaciones se interponen al día siguiente hábil del otorgamiento de la Buena Pro y se resuelven dentro del día siguiente hábil de haber sido interpuestas.

La interposición de un recurso impugnativo suspende el proceso de adquisición en el estado en que se encuentre. Queda establecido que las Bases del proceso de adquisición no son impugnables.

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3.8. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Ante cualquier controversia que se genere durante la ejecución de las prestaciones derivadas del contrato, las partes se someterán a la Jurisdicción local.

3.9. SANCIONES Potestad sancionadora del OSCE La facultad de sancionar a postores y contratistas por infracción de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, así como de las estipulaciones contractuales, corresponde al OSCE, a través del Tribunal. Causales de imposición de sanción a los proveedores, postores y contratistas El Tribunal impondrá la sanción administrativa de suspensión o inhabilitación a los proveedores, postores o contratistas que: a) No mantengan su oferta hasta el otorgamiento de la Buena Pro y, de resultar ganadores, hasta la

suscripción del contrato; o no suscriban injustificadamente el contrato; b) Incumplan injustificadamente con las obligaciones derivadas del contrato, dando lugar a que éste se les resuelva de conformidad con la presente norma; c) Contraten con el Estado estando impedidos para ello. d) Participen en prácticas restrictivas de la libre competencia, previa declaración del organismo nacional competente; e) Realicen subcontrataciones; f) Presenten documentos falsos o declaraciones juradas con información inexacta a la Entidad o al OSCE; Los postores o contratistas que incurran en las causales establecidas en los incisos c), d), e) y f) precedentes, serán sancionados con suspensión para contratar con el Estado por un período no menor de tres (3) meses ni mayor de un (1) año. Los postores o contratistas que incurran en las causales establecidas en los incisos a) y b) precedentes, serán sancionados con suspensión para contratar con el Estado por un período no menor a un (1) año ni mayor de dos (2) años. La imposición de las sanciones es independiente de la responsabilidad civil o penal que pueda originarse de las infracciones cometidas. Obligación de informar sobre presuntas infracciones La Entidad está obligada a poner en conocimiento del Tribunal los hechos que puedan dar lugar a la aplicación de las sanciones de suspensión o inhabilitación.

3.10. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de recepción de los bienes o servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, conforme a lo establecido por el artículo 181º del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado

Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno (Esta disposición puede variar conforme al artículo 49º del Reglamento).

3.11. DISPOSICIONES FINALES El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley 27767, su Reglamento,

supletoriamente el Decreto Legislativo Nº 1017 de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPÍTULO IV

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

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10. LOGOTIPO

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4.1. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES:

Los bienes serán entregados en el Almacén de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, ubicado en Prolongación Guadalupe No. 430 (espaldas del Colegio Santa Teresita), el plazo será según cronograma establecido por el área usuaria.

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FORMATO Nº 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE

Señores MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA REGIMEN ESPECIAL 01-2015-MPC Presente.-

Atención: Comisión de Adquisición

………………………………….................(Nombre de la Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº...................., tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la REGIMEN ESPECIAL 01-2015-MPC, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………………………….(Nombre del representante) identificado con DNI. Nº……………….. quien en virtud a este documento se encuentra, debidamente autorizado a presentar nuestras propuestas, en el correspondiente Acto Público.

Asimismo, nuestro representante cuenta con poder suficiente para entregar la propuesta a nuestro nombre.

Cajamarca…….. de……………. del 2015.

……………………………….………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 01

CARTA DE PRESENTACIÓN

Señores:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

Comisión de Adquisiciones

Presente.-

De nuestra consideración:

Por medio del presente, en cumplimiento a las Bases del proceso RES Nº 01-2015-MPC, nos presentamos a

participar poniendo en conocimiento los siguientes datos:

Nombre del postor :

Domicilio legal :

Numero de R.U.C :

Representante legal :

Documento de identidad del representante legal :

Cajamarca…….. de……………. del 2015

Atentamente,

………………………….................

FIRMA (Representante legal)

DNI. Nº……………………

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ANEXO Nº 02

DECLARACIÓN JURADA

Señores:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

Comisión de Adquisiciones

Presente.-

De nuestra consideración:

Por el presente el (los) abajo firmante (s) DECLARA (N) BAJO JURAMENTO, lo siguiente:

1. Haber recibido la documentación correspondiente a las Bases del Proceso RES Nº 01-2015-MPC para

la presente convocatoria y haberla revisado, comprometiéndome a cumplir con las exigencias de

dichas Bases.

2. Declaro de manera expresa que no me encuentro impedido de contratar con el Estado.

3. Declaro ser pequeño agricultor / productor local de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27767 y su

Reglamento, sometiéndome a las aplicaciones de la referida Ley.

Cajamarca,………….. de ………….. del 2015

Atentamente,

NOMBRE: ………………………………

FIRMA: ………………………………….

DNI Nº: …………………………………

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ANEXO Nº 03

DECLARACIÓN JURADA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Señores:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

Comisión de Adquisiciones

Presente.-

De nuestra consideración:

Por la presente el abajo firmante DECLARA BAJO JURAMENTO, el FIEL CUMPLIMIENTO de:

· Las características en las Especificaciones Técnicas del producto, …………… que obran como en el

Capítulo IV de las Bases del proceso RES Nº 01-2015-MPC y de mi propuesta.

· El internamiento del producto ofertado en los almacenes indicados.

· Del plazo de entrega contenido en mi propuesta.

Cajamarca,……………de…………. del 2015

Atentamente,

_____________________________

Firma y sello Representante Legal

D.N.I..

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ANEXO Nº 04

PROPUESTA ECONÓMICA

Cajamarca,.........de........................ del 2015

Señores:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA

Comisión de Adquisiciones

Presente.-

De nuestra consideración:

Ref.: RES Nº 01-2015-MPC Primera Convocatoria

De nuestra consideración:

Mediante la presente, el postor............................................................................., pone a consideración de

Uds. nuestra Propuesta Económica por el monto de S/..............................., (incluye impuestos de ley, estiba,

desestiba y otros.) (En letras...................................................................................................................)

Por los alimentos, materia del presente proceso de la referencia, siendo entregado a (los)………..día(s), de

suscrito el contrato, con el siguiente detalle:

CANT. CONCEPTO PRECIO TOTAL

TOTAL

Atentamente,

_____________________________

Firma y sello Representante Legal

D.N.I.

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ANEXO Nº 05

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la adquisición del bien: ADQUISICIÓN DE ARROZ CORRIENTE MEJORADO PARA EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ALIMNETARIA (PCA) – PERIODO FISCAL 2015, que celebra de una parte la Municipalidad Provincial de Cajamarca, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., la Comisión de Adquisición adjudicó la Buena Pro de la REGIMEN ESPECIAL N° 01-2015-

MPC para la adquisición de ADQUISICIÓN DE ARROZ CORRIENTE MEJORADO PARA EL PROGRADA DE COMPLEMENTACIONALIMENTARIA (PCA) - PERIODO FISCAL 2015” , cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 RECURSOS ORDINARIOS, RUBRO 00 RECURSOS ORDINARIOS

CLAUSULA TERCERA: FINALIDAD DEL CONTRATO Abastecimiento de ARROZ CORRIENTE MEJORADO para los Programas de Complementación Alimentaria para el periodo fiscal 2015 de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. CLAUSULA CUARTA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a S/. ………………… a todo costo, incluido IGV. Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (nuevos soles), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendarios de ser estos recibidos.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del presente contrato se extenderá a partir del día siguiente de la firma del mismo o la emisión de la orden de compra, lo que ocurra primero; hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA y se efectúe su pago. CLAUSULA SETIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLAUSULA OCTAVA: GARANTIAS EL CONTRATISTA entregará en el plazo de …….. (indicar, conforme al procedimiento establecido en las presentes Bases) garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., carta fianza equivalente al diez por ciento (10%) del

monto total del contrato - Adicional por el monto diferencial: S/…………………., de ser el caso. Esta(s) garantía(s) es (son) otorgada(s) por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o Administradoras de Fondo de Pensiones o estar consideradas en la última lista de

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Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberá encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. Opcionalmente las micros empresas podrán solicitar la retención del 10%.

CLAUSULA NOVENA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 164° del Reglamento. CLAUSULA DECIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La conformidad estará a cargo de la Sub Gerencia de Programas Asistenciales. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO1 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía

Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO CUARTA: RESOLUCION DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLAUSULA DECIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLAUSULA DECIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO

En lo no previsto en este contrato, en la Ley 27767 y su reglamento, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

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CLAUSULA DECIMO SETIMA: ARBITRAJE

Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su reglamento. Facultativamente, cualquiera de las partes podrán tener el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad previsto, debiendo iniciarse este procedimiento ante un centro de conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia , según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLAUSULA DECIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLAUSULA DECIMO NOVENA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnica económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de………. al…………………………

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”