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NIC “16”: PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO La Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) está contenida en los párrafos 1 a 68. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 16 debe ser entendida en el contexto de su objetivo, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros . En los mismos se suministran las bases para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con directrices específicas. 1. OBJETIVO El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de las propiedades, planta y equipo. Los principales problemas que presenta la contabilidad de las propiedades, planta y equipo son el momento de activación de las adquisiciones, la determinación del importe en libros y los cargos por depreciación del mismo que deben ser llevados a resultados. Esta Norma exige que un elemento correspondiente a las propiedades, planta y equipo sea reconocido como un activo, cuando satisfaga los criterios de definición y reconocimiento de activos contenidos en el Marco Conceptual Para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. 2. ALCANCE Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización de los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita otro tratamiento contable diferente. Esta Norma no es de aplicación a los siguientes activos: (a) activos biológicos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41); y (b) inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural u otros recursos no renovables similares. No obstante, la Norma es de aplicación a los elementos individuales de las propiedades, planta y equipo, usados para desarrollar o

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TRABAJO DE AUDITORIA

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NIC “16”: PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

La Norma Internacional de Contabilidad 16 Propiedades, Planta y Equipo (NIC 16) está contenida en los párrafos 1 a 68. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 16 debe ser entendida en el contexto de su objetivo, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. En los mismos se suministran las bases para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con directrices específicas.

1. OBJETIVO

El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de las propiedades, planta y equipo. Los principales problemas que presenta la contabilidad de las propiedades, planta y equipo son el momento de activación de las adquisiciones, la determinación del importe en libros y los cargos por depreciación del mismo que deben ser llevados a resultados.

Esta Norma exige que un elemento correspondiente a las propiedades, planta y equipo sea reconocido como un activo, cuando satisfaga los criterios de definición y reconocimiento de activos contenidos en el Marco Conceptual Para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros.

2. ALCANCE

Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización de los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita otro tratamiento contable diferente.

Esta Norma no es de aplicación a los siguientes activos:

(a) activos biológicos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41); y

(b) inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural u otros recursos no renovables similares.

No obstante, la Norma es de aplicación a los elementos individuales de las propiedades, planta y equipo, usados para desarrollar o mantener las actividades comprendidas en (a) o (b), pero separables de las mismas.

En algunos casos, las Normas Internacionales de Contabilidad permiten que la capitalización inicial del importe en libros de los elementos de las propiedades, planta y equipo, se determine utilizando un método diferente del exigido en esta Norma. Este es el caso, por ejemplo, de la NIC 22 Combinaciones de Negocios, que obliga, cuando aparezca una minusvalía comprada, a medir inicialmente las propiedades, planta y equipo procedentes de la combinación a su valor razonable, aunque esta cantidad exceda al costo de tales activos. No obstante, incluso en tales casos, todos los demás aspectos del tratamiento contable de los citados activos, incluyendo su depreciación, se guían por los requerimientos de la presente Norma.

La empresa aplicará la NIC 40 Propiedades de Inversión, en lugar de esta Norma, a sus propiedades de inversión. La empresa aplicará, no obstante, esta Norma a las propiedades que estén siendo construidas o desarrolladas para su uso futuro como propiedades de inversión. Una vez que haya completado la construcción o el desarrollo, la empresa aplicará

la NIC 40. La susodicha NIC 40 también será de aplicación a las propiedades de inversión preexistentes que estén siendo objeto de nuevos desarrollos con el fin de continuar en el futuro siendo usadas como propiedades de inversión.

3. DEFINICIONES

Las propiedades, planta y equipo son los activos tangibles que:

(a)  posee una empresa para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y

(b)  se esperan usar durante más de un período contable.

Costo es el importe de efectivo o medios líquidos equivalentes pagados, o bien el valor razonable de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción por parte de la empresa.

Valor residual es el importe neto que la empresa espera obtener de un activo al final de su vida útil, después de haber deducido los eventuales costos derivados de la desapropiación.

Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, que realizan una transacción libre

La pérdida por deterioro es la cantidad en que excede el importe en libros de un activo a su importe recuperable.

4. RECONOCIMIENTO DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

Un elemento de las propiedades, planta y equipo debe ser reconocido como activo cuando:

(a)  es probable que la empresa obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y

(b)  el costo del activo para la empresa pueda ser medido con suficiente fiabilidad.

Al determinar si una partida concreta satisface el primer criterio para su reconocimiento como activo, la empresa necesita evaluar el grado de certidumbre relativo a los flujos de efectivo de los beneficios económicos futuros, a partir de la evidencia disponible en el momento del reconocimiento inicial. Estimar la existencia de certidumbre suficiente, sobre si la empresa va a recibir los beneficios económicos futuros del activo, implica asegurarse de que la misma obtendrá las ventajas derivadas del mismo, y asumirá los riesgos asociados al bien. Esta constatación estará disponible sólo cuando los riesgos y las ventajas se hayan traspasado a la empresa. Antes de que esto ocurra, la transacción para adquirir el activo puede, generalmente, ser cancelada sin penalización importante, y por lo tanto el activo no se reconoce como tal.

El segundo de los criterios para el reconocimiento como activo se satisface de forma inmediata, puesto que la transacción que pone de manifiesto la compra del activo identifica su costo. En el caso de un activo construido por la propia empresa, una medida fiable del costo puede venir dada por las transacciones, con terceros ajenos a la empresa, para adquirir los materiales, mano de obra y otros factores consumidos durante el proceso de construcción. Algunos elementos de los que componen las propiedades, planta y equipo, pueden ser adquiridos por razones de seguridad o medioambientales. La compra de tales   activos   fijos,   si   bien   no incrementa los beneficios económicos que proporciona ninguno

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de los otros activos fijos existentes, puede ser necesaria para que la empresa logre obtener los beneficios económicos derivados del resto de los activos.

5. MEDICIÓN INICIAL DE LOS ELEMENTOS COMPONENTES DE LAS PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

Todo elemento de las propiedades, planta y equipo, que cumpla las condiciones para ser reconocido como un activo debe ser medido, inicialmente, por su costo.

6. COMPONENTES DEL COSTO

El costo de los elementos de las propiedades, planta y equipo, comprende su precio de compra, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, así como cualquier costo directamente relacionado con la puesta en servicio del activo para el uso al que está destinado. Se deducirá cualquier eventual descuento o rebaja del precio para llegar al costo del elemento. Ejemplos de costos directamente relacionados son:

(a)   el costo de preparación del emplazamiento físico;

(b)  los costos de entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior;

(c)   los costos de instalación;

(d)  los honorarios profesionales, tales como los pagados a arquitectos o ingenieros; y

(e)   los costos estimados de desmantelar y trasladar el activo, así como los correspondientes a la restauración de su emplazamiento, en la medida que deban ser considerados como un provisión para gastos futuros, según lo establecido en la NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes.

Cuando se difiere el pago de un elemento integrante de las propiedades, planta y equipo, más allá de los plazos normales del crédito comercial, su costo será el precio equivalente al contado. La diferencia entre esta cantidad y los pagos totales aplazados se reconocerá como gastos por intereses a lo largo del periodo del aplazamiento, a menos que se capitalice, de acuerdo con el tratamiento alternativo permitido por la NIC 23 Costos por Intereses.

Los costos de administración, así como otros gastos indirectos de tipo general, no constituyen un componente del costo de las propiedades, planta y equipo, salvo que estuviesen relacionados directamente con la adquisición del activo, o bien con su puesta en servicio. De manera similar, los costos de puesta en marcha y otros similares, previos al comienzo de la producción, no forman parte del costo del activo, a menos que sean necesarios para poner el mismo en condiciones de servicio. Las pérdidas iniciales de operación, surgidas antes de que el activo alcance el rendimiento pleno esperado, se registran como gastos del periodo correspondiente.

El costo de un activo construido por la propia empresa se determinará utilizando los mismos principios que si fuera un elemento de las propiedades, planta y equipo adquirido al exterior.

Si la empresa fabrica activos similares para su venta, en el curso normal de sus operaciones, el costo del activo será, normalmente, el mismo que tengan el resto de los

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producidos para la venta (véase la NIC 2 Inventarios). Por tanto, se eliminarán cualesquiera beneficios internos para llegar al costo de adquisición de tales elementos.

7. INTERCAMBIO DE ACTIVOS

Un elemento perteneciente a las propiedades, planta y equipo, puede ser adquirido por medio de intercambio total o parcial con otro elemento distinto del activo fijo, o a cambio de otro activo cualquiera. El costo de adquisición de tal elemento se medirá por el valor razonable del activo recibido, que es equivalente al valor razonable del activo entregado, ajustado por el importe de cualquier eventual cantidad de efectivo u otros medios líquidos entregados adicionalmente.

Un elemento que pertenezca a las propiedades, planta y equipo, puede ser adquirido mediante un intercambio por otro activo similar, con un uso parecido dentro de la misma línea de actividad y con un valor similar al entregado. Un elemento de las propiedades, planta y equipo, puede también ser vendido a cambio de obtener derechos de propiedad sobre activos similares.

En ambos casos, puesto que el proceso de obtención de beneficios queda incompleto, no se reconocerán pérdidas o ganancias de la transacción. En lugar de ello, el costo del nuevo activo adquirido será igual al importe en libros del activo entregado.

No obstante, la toma en consideración del valor razonable del activo recibido puede suministrar evidencia de desequilibrio, por ser menor que el importe en libros del bien entregado. Bajo tales circunstancias, se dará de baja parte del valor del bien entregado a cambio, y el nuevo valor se asignará como costo del nuevo activo.

Ejemplos de sobre activos similares son los intercambios de aeronaves, hoteles. estaciones de servicio y otras propiedades de inversión. Si se incluyen, en la transacción de intercambio, otros activos como efectivo, ello puede ser indicativo de que los activos permutados no tienen valores similares.

8. DESEMBOLSOS POSTERIORES A LA ADQUISICIÓN

Los desembolsos posteriores a la adquisición de los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo, sólo se reconocerán como activos cuando mejoren las condiciones del bien por encima de la evaluación normal de rendimiento hecha originalmente para el mismo. Ejemplos de mejoras que producen incrementos en los beneficios económicos futuros son las siguientes:

(a)   modificación de un elemento para ampliar su vida útil o para incrementar su capacidad productiva;

(b)  puesta al día de componentes de la maquinaria, para conseguir un incremento sustancial en la calidad de los productos; y

(c)   adopción de procesos de producción nuevos que permiten una reducción sustancial en los costos de operación estimados previamente.

Los desembolsos procedentes de reparaciones y mantenimiento de las propiedades, planta y equipo, se realizan para restaurar o mantener los beneficios económicos futuros que la empresa puede esperar de las pautas normales de rendimiento estimadas originalmente para el activo. Como tales, se reconocen normalmente como gastos del periodo en que se producen. Por ejemplo, el costo de entretenimiento e inspección de las propiedades, planta

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y equipo, es, normalmente, un gasto del periodo puesto que repone, más que incrementa, el rendimiento normal estimado originalmente.

El tratamiento contable adecuado, para los desembolsos posteriores a la adquisición de un elemento de las propiedades, planta y equipo, dependerá de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta para el reconocimiento y medición inicial del activo fijo correspondiente, así como de la recuperabilidad del gasto posterior en cuestión.

Por ejemplo, cuando el importe en libros del elemento perteneciente a las propiedades, planta y equipo, se haya reducido para tener en cuenta una reducción en los beneficios económicos, el desembolso posterior para recuperar los beneficios económicos esperados del activo será capitalizado, suponiendo que el nuevo importe en libros no supere la cantidad que se puede recuperar del activo en cuestión.

Este puede también ser el caso cuando el precio de compra del activo ya refleja la obligación, por parte de la empresa, de incurrir en desembolsos futuros que sean necesarios para poner el activo en servicio. Un ejemplo de esto puede ser la adquisición de un edificio que necesita ser remodelado. En tales circunstancias, los desembolsos posteriores se añaden al importe en libros del activo, en la medida en que puedan ser recuperados por medio del uso futuro del mismo.

9. MEDICIÓN POSTERIOR A LA INICIAL

Tratamiento por punto de referencia

Con posterioridad a su reconocimiento inicial como activo, todos los elementos de la planta y el equipo, deben ser contabilizados a su costo de adquisición menos la depreciación acumulada practicada y el importe acumulado de cualesquiera pérdidas por deterioro del valor que hayan sufrido a lo largo de su vida útil.

10. TRATAMIENTO ALTERNATIVO PERMITIDO

Con posterioridad al reconocimiento inicial como activo, todo elemento de las propiedades, planta y equipo, debe ser contabilizado a su valor revaluado, que viene dado por su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la depreciación acumulada practicada posteriormente y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de valor que haya sufrido el elemento. Las revaluaciones deben ser hechas con suficiente regularidad, de manera que el importe en libros, en todo momento, no difiera significativamente del que podrá.

11. DEPRECIACIÓN

La base depreciable de cualquier elemento componente de las propiedades, planta y equipo, debe ser distribuida, de forma sistemática, sobre los años que componen su vida útil. El método de depreciación usado debe reflejar el patrón de consumo, por parte de la empresa, de los beneficios económicos que el activo incorpora. El cargo por depreciación de cada periodo debe ser reconocido como un gasto, a menos que dicho valor se incluya como componente del importe en libros de otro activo.

A medida que se van consumiendo los beneficios económicos incorporados a un activo, se reducirá el importe en libros del mismo, con el fin de reflejar dicho consumo, mediante cargos a resultados por depreciación. Tales cargos se harán, incluso, cuando el valor del activo exceda de su valor neto en libros.

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Los beneficios económicos incorporados a un elemento de las propiedades, planta y equipo, se consumen, por parte de la empresa, principalmente a través del uso del activo. No obstante, otros factores, tales como la obsolescencia técnica y el deterioro natural producido por la falta de utilización del bien, a menudo producen una disminución en la cuantía de los beneficios económicos que cabría esperar de la utilización del activo. Consecuentemente, para determinar la vida útil de las propiedades, planta y equipo, deben tenerse en cuenta toda y cada uno de los factores siguientes:

(a)   el uso deseado del activo por parte de la empresa, que debe estimarse por referencia a la capacidad o al rendimiento físico que se espera del mismo;

(b)  el deterioro natural esperado, que depende de factores operativos tales como el número de turnos de trabajo en los que será usado el bien, el programa de reparaciones y mantenimiento de la empresa, así como el nivel de cuidado y mantenimiento mientras el activo no está siendo dedicado a tareas productivas;

(c)   la obsolescencia técnica derivada de los cambios y mejoras en la producción, o bien de los cambios en la demanda del mercado de los productos o servicios que se obtienen con el activo; y

(d)  los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo, tales como las fechas de caducidad de los contratos de servicio relacionados con el bien.

La vida útil de un activo se define en términos de la utilidad que se espera que aporte a la empresa. La política de gestión de activos llevada a cabo por la empresa puede implicar la venta de los elementos de las propiedades, planta y equipo después de un periodo específico de uso, o tras haber consumido una cierta proporción de los beneficios económicos incorporados a los mismos. Por tanto, la vida útil de un activo puede ser inferior a su vida económica. La estimación de la vida útil de un elemento de las propiedades, planta y equipo, es una cuestión de criterio, basado en la experiencia que la empresa tenga con activos similares.

Los terrenos y los edificios son activos independientes y se tratarán contablemente por separado, incluso si han sido adquiridos conjuntamente. Los terrenos tienen, normalmente, una vida ilimitada y por tanto no se deprecian. Las construcciones tienen una vida limitada y, por tanto, son activos depreciables. Un eventual incremento en el valor de los terrenos en los que se asienta un edificio no afectará a la determinación de la vida útil del edificio.

La base de depreciación de un activo se determinará deduciendo el valor residual del mismo. En la práctica, el valor residual de un activo es, con frecuencia, insignificante y por tanto puede prescindirse del mismo al calcular la base de depreciación. Si se adopta el tratamiento de referencia prescrito por esta Norma y además es probable que el valor residual sea significativo, tal importe será estimado en el momento de la adquisición y no se incrementará en periodos posteriores por el efecto de cambios en los precios.

Es posible utilizar una amplia variedad de métodos de depreciación para distribuir, de forma sistemática, la base depreciable de un activo a lo largo de su vida útil. Entre tales métodos se encuentran el de depreciación lineal, el de tasa constante sobre valor neto en libros o el de suma de unidades producidas. El método de depreciación lineal producirá un cargo por depreciación constante a lo largo de toda la vida del activo.

12. REVISIÓN DE LA VIDA ÚTIL

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La vida útil de un elemento de las propiedades, planta y equipo debe revisarse periódicamente y, si las expectativas actuales varían significativamente de las estimaciones previas, deben ajustarse los cargos a resultados del período corriente y de los futuros.

A lo largo de la vida de un activo, puede ponerse de manifiesto que la vida útil estimada resulta inapropiada. Por ejemplo, la vida útil puede alargarse por desembolsos posteriores a la adquisición que mejoran las condiciones del activo y las colocan por encima del nivel de rendimiento estimado en un principio. Alternativamente, ciertos cambios tecnológicos o cambios en el mercado de productos pueden reducir la vida útil del activo. En tales casos, la vida útil y, por ende, la tasa de depreciación, son objeto de ajuste tanto para el periodo corriente como para los futuros.

La política de mantenimiento y reparaciones de la empresa puede afectar también a la vida útil de los activos. Tal política puede redundar en una ampliación de la vida útil del activo o en un incremento de su valor residual. En cualquier caso, la adopción de una política como la descrita no resta validez a la necesidad de realizar cargos por depreciación de los activos.

13. REVISIÓN DEL MÉTODO DE DEPRECIACIÓN

El método de depreciación aplicado a los elementos que componen las propiedades, planta y equipo debe ser objeto de revisión periódicamente y, si ha habido un cambio significativo en el patrón esperado de generación de beneficios económicos de estos activos, debe cambiarse el método para que refleje el nuevo patrón. Cuando tal modificación en el método de depreciación se haga necesaria, debe ser contabilizada como un cambio en una estimación contable, debiendo ajustarse los cargos por depreciación del periodo corriente y de los futuros.

14. RECUPERABILIDAD DEL IMPORTE EN LIBROS -PÉRDIDAS POR DETERIORO

Para determinar si un elemento componente de las propiedades, planta y equipo ha perdido valor por deterioro, la empresa aplicará la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos. En dicha Norma se explica cómo debe proceder la empresa para la revisión del importe en libros de sus activos, cómo ha de determinar el importe recuperable de cada clase de activos y cuándo debe proceder a reconocer, o en su caso cuándo debe proceder a revertir, las pérdidas por deterioro del valor.

En la NIC 22 Combinaciones de Negocios, se explica cómo tratar una pérdida por deterioro del valor que se deba reconocer antes del final de primer periodo contable que haya comenzado después de la fecha de una combinación de negocios que ha sido calificada como adquisición.

15. RETIRO Y DESAPROPIACIÓN DE LOS ACTIVOS

Todo elemento componente de las propiedades, planta y equipo que haya sido objeto de desapropiación, debe ser eliminado del balance, al igual que cualquier elemento del activo fijo que se haya retirado de forma permanente de uso, siempre que no se espere obtener beneficios económicos adicionales por su venta.

Las pérdidas o ganancias derivadas del retiro o desapropiación de un elemento componente de las propiedades, planta y equipo deben ser calculadas como la diferencia entre el importe neto que se estima obtener por la venta, en su caso, y el importe en libros del activo y deben ser reconocidas como pérdidas o ganancias en el estado de resultados.

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Cuando se intercambia un elemento correspondiente a las propiedades, planta y equipo por un activo similar, bajo las circunstancias descritas en el párrafo 23, el costo del activo adquirido será igual al importe en libros del activo desapropiado, y de la transacción no resultarán ni pérdidas ni ganancias.

Las operaciones de venta con arrendamiento posterior se tratarán contablemente de acuerdo con la NIC 17 Arrendamientos.

Los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo que se retiran del uso activo, y se mantienen para desapropiarlos se medirán por su valor neto e libros al momento del retiro. Como mínimo al final de cada período contable, la empresa deberá realizar las comprobaciones  necesarias para detectar las eventuales pérdidas por deterioro del valor de estos activos utilizando el procedimiento establecido en la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos y en consecuencia habrá de proceder a reconocer contablemente tales pérdidas si fuesen detectadas.

16. INFORMACIÓN A REVELAR

En los estados financieros debe revelarse, con respecto a cada clase de elementos de las propiedades, planta y equipo, la siguiente información:

(a)  las bases de medición utilizadas para determinar el importe en libros bruto y, cuando hayan sido utilizadas varias, debe desglosarse el importe en libros bruto que corresponde a cada base de medición en cada clase de elementos de las propiedades, planta y equipo;

(b)  los métodos de depreciación utilizados;

(c)    las vidas útiles o los porcentajes de depreciación utilizados;

(d)  el importe en libros bruto y la depreciación acumulada (junto con el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor que le correspondan), tanto al principio como al final de cada periodo;

(e)    la conciliación de los valores en libros al principio y fin del periodo, mostrando:

(i)                las inversiones;

(ii)            las desapropiaciones de elementos;

(iii)        las adquisiciones realizadas mediante combinaciones de negocios;

(iv)          los incrementos o disminuciones, resultantes de las revaluaciones llevadas a cabo en el período, de acuerdo con los párrafos 29, 37 y 38, así como las eventuales pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el período, o revertidas en el misma, cuya contrapartida hayan sido las cuentas de superávit por  revaluación, en función de lo establecido en la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos;

(v)              las pérdidas por deterioro del valor  reconocidas en el estado de resultados, siguiendo la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos;

(vi)          las pérdidas por deterioro de valor que hayan revertido, y hayan sido reconocidas en el estado de resultados, siguiendo la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos;

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(vii)      la depreciación;

(viii)  las diferencias netas de cambio surgidas en la conversión de estados financieros de una entidad extranjera; y

(ix)        otros movimientos.

No  es  preciso ofrecer  información comparativa para las conciliaciones exigidas por el apartado (e) anterior.

Asimismo, en los estados financieros debe revelarse:

(a)      la existencia, en su caso, y los valores correspondientes a las restricciones de titularidad, así como los elementos de las propiedades, planta y equipo que están afectos como garantía al cumplimiento de determinadas obligaciones;

(b)      las políticas contables seguidas para estimar los eventuales costos de restauración o rehabilitación medioambiental derivados de los elementos de las propiedades, planta y equipo;

(c)      el importe de los anticipos a cuenta sobre elementos de las propiedades, planta y equipo en curso de construcción; y

(d)      el importe de los compromisos de adquisición de elementos de las propiedades, planta y equipo.

La selección de un método de depreciación, así como la estimación de la vida útil de los activos, son cuestiones que requieren el concurso de criterios o juicios subjetivos. Por tanto, las revelaciones sobre los métodos adoptados y sobre las vidas útiles estimadas o de los porcentajes de depreciación suministran, a los usuarios de los estados financieros, información que les permite revisar los criterios seleccionados por la gerencia de la empresa, a la vez que hace posible la comparación con otras empresas. Por razones similares, es necesario revelar los cargos por depreciación de cada periodo, así como la depreciación acumulada al final del mismo.

La empresa informará de la naturaleza y del efecto del cambio en una estimación contable, siempre que haya tenido una incidencia significativa en el periodo actual o que vaya a tenerla en periodos siguientes, de acuerdo con la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables. Tal información puede aparecer respecto a los cambios en las estimaciones de:

(a)    valores residuales:

(b)    costos estimados de desmantelamiento o traslado de los elementos que componen las propiedades, planta y equipo, así como de restauración o rehabilitación de su emplazamiento;

(c)    vidas útiles; y

(d)    método de depreciación.

Cuando los elementos que componen las propiedades, planta y equipo se contabilizan por sus valores revaluados, debe revelarse la siguiente información:

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(a)            las bases valorativas utilizadas para la revaluación;

(b)            la fecha efectiva de la revaluación;

(c)            si se han utilizado los servicios de un tasador independiente;

(d)            la naturaleza de cualesquiera índices utilizados para determinar los costos de reposición;

(e)            el importe en libros de cada clase de elementos de las propiedades, planta y equipo que debieran haberse incluido en los estados financieros confeccionados según el tratamiento por punto de referencia que se contiene en el párrafo 28; y

(f)              el superávit de revaluación, indicando los movimientos del periodo, así como cualesquiera restricciones sobre la distribución de su saldo a los propietarios.

La empresa habrá de ofrecer en sus estados financieros, además de los datos exigidos en los apartados (e) (iv) a (e) (vi) del párrafo 60, información sobre los elementos que componen las propiedades, planta y equipo de que hayan sufrido pérdidas por deterioro de valor, en función de lo establecido en la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos.

Los usuarios de los estados financieros también suelen encontrar en ellos la siguiente información, relevante para cubrir sus necesidades:

(a)    el importe en libros de los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo, que se encuentran temporalmente fuera de servicio;

(b)    el valor bruto en libros de cualesquiera elementos componentes de las propiedades, planta y equipo que, estando totalmente depreciados, se encuentran todavía en uso;

(c)    el importe en libros de los elementos componentes de las propiedades, planta y equipo que, retirados de su uso activo, se mantienen sólo para ser desapropiados; y

(d)    cuando se utiliza el tratamiento contable por punto de referencia, el valor razonable de los elementos componentes de las propiedades planta y equipo, para los que el mismo es significativamente diferente del importe en libros.

Por   tanto, se aconseja a las empresas presentar también estas informaciones.

17. FECHA DE VIGENCIA

Esta Norma Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de julio de 1999. Se aconseja aplicarla con anterioridad a esa fecha. Si alguna empresa aplica esta Norma en periodos que comiencen antes del 1 de julio de 1999:

(a)            debe revelar de este hecho en la nota correspondiente; y

(b)            debe adoptar simultáneamente la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos, la NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes, y la NIC 22 Combinaciones de Negocios, revisada en 1998.

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Esta Norma deroga la anterior NIC 16 Contabilización de las Propiedades, Planta y Equipo, aprobada en 1993.

NIC “32” Y “39”: INSTRUMENTOS FINANCIEROS: PRESENTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

1. Definiciones

Un instrumento financiero es cualquier contrato que dé lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad.

Un activo financiero es cualquier activo que sea:

(a) Efectivo;(b) Un instrumento de patrimonio neto de otra entidad;(c) Un derecho contractual:

(i) A recibir efectivo u otro activo financiero de otra entidad; o (ii) A intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad; o (d) Un contrato que pueda ser liquidado utilizando instrumentos de patrimonio propio de la entidad y sea:

(i) Un instrumento no derivado, según el cual la entidad estuviese o pudiese estar obligada a recibir una cantidad variable de los instrumentos de patrimonio propio; o

(ii) Un derivado que fuese o pudiese ser liquidado mediante una forma distinta al intercambio de un importe fijo de efectivo, o de otro activo financiero, por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propio de la entidad.

Un pasivo financiero es cualquier pasivo que sea:

(a) Una obligación contractual:

(i) De entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o(ii) De intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables para la entidad; o

(b) Un contrato que sea o pueda ser liquidado utilizando instrumentos de patrimonio propio de la entidad, y sea:

(i) Un instrumento no derivado, según el cual la entidad estuviese o pudiese estar obligada a entregar una cantidad variable de los instrumentos de patrimonio propio; o (ii) Un instrumento derivado que vaya a o pueda ser liquidado mediante una forma distinta al intercambio de un importe fijo de efectivo, o de otro activo financiero, por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propio de la entidad.

Un instrumento de patrimonio es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir todos sus pasivos.

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Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua.

Un instrumento derivado (o un derivado) es un instrumento financiero u otro contrato dentro del alcance de la NIC 39 que cumpla las tres características siguientes:

(a) Su valor cambia en respuesta a los cambios en un determinado tipo de interés, en el precio de un instrumento financiero, en el precio de materias primas cotizadas, en el tipo de cambio, en el índice de precios o de tipos de interés, en una calificación o índice de carácter crediticio, o en función de otra variable, suponiendo, en caso de que sea una variable no financiera, que no es específica para una de las partes del contrato (a menudo denominada “subyacente”);

(b) No requiere una inversión inicial neta, o bien obliga a realizar una inversión inferior a la que se requeriría para otros tipos de contratos, en los que se podría esperar una respuesta similar ante cambios en las condiciones de mercado; y (c) Se liquidará en una fecha futura.

2. Relación entre deuda y patrimonio

Dentro de los principales temas a tener en cuenta en la clasificación de un instrumento financiero, recobra vital importancia la distinción entre la clasificación como pasivos y patrimonio.

En la práctica resulta importante tener en cuenta al momento de su clasificación inicial, los principios del marco conceptual del IASB, en particular el principio de sustancia sobre la forma legal.

Para la clasificación como pasivo, se deben cumplir con las definiciones al respecto, en este caso el emisor puede ser requerido o tiene la opción de entregar efectivo, es decir que tiene una obligación contractual.

En su defecto y para la clasificación del instrumento como patrimonio, este debe representar una participación residual en los activos netos del emisor.

• Los instrumentos financieros (compuestos) que contienen tanto un componente pasivo como de patrimonio, deberán separarse y contabilizarse por separado (ejemplo: Acciones Preferentes con dividendos preferenciales).

• El componente pasivo está determinado por el valor justo de los flujos de caja futuros (excluyendo el componente patrimonial) y el valor residual es asignado al componente patrimonial.

3. Compensación de activos y pasivos

En otros rubros de tanta importancia relativa como la de los instrumentos financieros está permitido la compensación con algunas excepciones y limitaciones. Para el caso específico de los instrumentos financieros, la compensación entre activos y pasivos en el balance solo debe ocurrir cuando:

• La entidad tiene el derecho legal enforceable de compensar los derechos y obligaciones, y • La entidad tiene la intención de compensar o liquidar en forma neta, o de realizar el activo y el pasivo de manera simultánea.

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En ese orden de ideas, en una transferencia de activo financiero, que no clasifica para dar de baja bajo la NIC 39, no se deben compensar los activos y pasivos relacionados a la operación.Así mismo, las compensaciones entre activos y pasivos no son normalmente apropiadas para:

• Instrumentos sintéticos (instrumento no derivado que incluye un derivado v. gr. Préstamos con SWAP, forward).• Instrumentos que comparten los mismos riesgos.• Instrumentos que actúan como colateral (garantías).

4. Reconocimiento y medición de los instrumentos financieros

Para el reconocimiento y medición de los instrumentos financieros, se deben seguir los parámetros de la NIC 39, estándar que provee una guía para:

• El reconocimiento y dar de baja;• La clasificación;• La medición; y• La contabilidad de cobertura.

4.1. Requerimientos clave para el reconocimiento

De acuerdo con los parámetros de la NIC 39, todos los activos y pasivos financieros se reconocen en el balance general, incluyendo el valor justo de los instrumentos derivados. De igual manera se indica que con limitadas excepciones, todos los activos financieros deben ser medidos al valor justo (Cuentas por cobrar o por pagar al costo amortizado).

En tal sentido, los instrumentos financieros se deben valorar inicialmente al costo, que ha de ser igual al valor justo de la contrapartida entregada o recibida en el momento de la adquisición del activo o pasivo financiero.

Es importante anotar, que dentro de los elementos del costo, se incluyen todos los costos de la transacción tales como comisiones, honorarios, tasas establecidas por organismos reguladores y mercados de valores, así como impuestos y otros gastos relacionados con la transferencia. Los costos de la transacción no incluirán rimas o descuentos, costos financieros ni asignaciones de costos internos de administración o gestión.

4.2. Reconocimiento inicial

Una entidad debe reconocer un activo financiero o pasivo financiero en su balance cuando y solo cuando se vuelve un partícipe de las condiciones contractuales del instrumento. A continuación detallamos algunos ejemplos de la aplicación de este principio:

• Cuentas por cobrar incondicionales - se reconocen cuando se es parte del contrato.• Contratos de Forward - se reconoce a la fecha de compromiso.• Opciones - reconocidas cuando se suscriben o compran.• Transacciones futuras o planeadas - no se reconocen.

4.3. Exención limitada al reconocimiento inicial

Ciertos activos financieros son usualmente transados en términos que requieren su emisión en un lapso de tiempo establecido por el mercado (por ejemplo, bonos o intercambio de acciones). Esto es conocido como regular way transactions.

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En ese orden de ideas, una entidad puede reconocer o dar de baja dichos activos financieros usando como fecha:

• El día de la transacción (fecha del compromiso); o• El día de liquidación (fecha de entrega). En este caso, se debe registrar el cambio en valor justo desde el día de la transacción. La política escogida debe ser aplicada consistentemente para todas las compras y ventas que pertenecen a la misma categoría de activo financiero.

5. Clasificación de activos y pasivos financierosA continuación se presenta un resumen sobre la clasificación tanto de activos como de pasivos financieros:Un activo financiero (o pasivo financiero) a valor justo a través de resultados (Fair Value through Profit and Loss, “FVPL”) es aquel que:

• Es mantenido para negociarlo, o• Designado como tal desde su registro inicial.Un instrumento financiero debe ser clasificado como FVPL si es:• Adquirido o incurrido principalmente con el propósito de venderlo o recomprarlo en el corto plazo,• Parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que son administrados y de los cuales existe evidencia reciente de un patrón de tomas de utilidades de corto plazo,• Un derivado (exceptuando aquellos instrumentos designados y de cobertura efectiva).Una entidad puede designar un ítem para ser registrado a su valor justo a través de resultados cuando cumple uno de los dos principales criterios:

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• “Elimina o reduce significativamente la inconsistencia en la medición o reconocimiento (a menudo referido como “un desajuste contable”) que pudiere, de alguna forma, surgir de la medición de activos o pasivos o el reconocimiento de utilidades y pérdidas por utilizar diferentes bases”; o• “Un grupo de activos y/o pasivos financieros que son administrados y su rendimiento es evaluado sobre la base del valor justo, de acuerdo a una estrategia de inversiones o de administración de riesgos documentada, y esta es la base utilizada en la información de activos y/o pasivos que es proporcionada internamente al personal clave en la entidad…”.Dado que pérdidas no realizadas son incluidas en el estado de resultados, no es necesario evaluar la inversión por posibles deterioros.

5.1. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento son activos financieros con pagos fijos o determinables y tasa fija que una entidad tiene la intención positiva de mantener hasta el vencimiento.

En tal sentido, no son inversiones mantenidas hasta el vencimiento aquellos instrumentos que han sido designados como FVPL o AFS al momento de su reconocimiento inicial, o aquellos que cumplen con la definición de préstamos y cuentas por cobrar.Las inversiones clasificadas como mantenidas hasta el vencimiento deben ser valorizadas al costo amortizado (tasa de interés efectiva).

Para cumplir con los requerimientos bajo esta clasificación la entidad debe tener la intención positiva y la capacidad para mantener las inversiones hasta el vencimiento.Un instrumento deuda no debe ser clasificado como mantenido hasta el vencimiento si se puede anticipar que sería vendido como respuesta a:

• Cambios en tasas de interés;• Necesidad de liquidez;• Cambios en la disponibilidad y rentabilidad sobre inversiones alternativas;• Cambios en fuentes de financiamiento y términos; y• Cambios en riesgo de moneda extranjera.

En el caso de venta o cambio de clasificación no justificada se está en presencia de un tainted portfolio o portafolio “contaminado”.

El cambio de la clasificación inicial o la venta de una inversión mantenida hasta el vencimiento no es considerada inconsistente en las siguientes situaciones:

Evidencia de un detrimento significativo de la capacidad de pago del emisor. Un cambio de legislación tributaria que elimine o reduzca la exención de impuestos

de los intereses sobre el instrumento de deuda. La fusión de la entidad o venta de un segmento de negocios significativo que

requiera la venta o cambio de clasificación de un instrumento mantenido hasta el vencimiento con el objetivo de sostener la posición de riesgo-tasa de la entidad o sus políticas de riesgo de crédito.

Otros requerimientos regulatorios tales como límites de inversión, cumplimiento de ratios, cómputos de capitales de riesgo o de capitales requeridos por reguladores de industrias (aislado, no recurrente e inusual que no habría podido ser razonablemente anticipado).

Un aumento significativo en los requerimientos de capital regulatorio que provoca la disminución de actividades resultando en una venta de instrumentos mantenidos hasta el vencimiento.

Un incremento significativo en la ponderación de riesgo de instrumentos de deuda usados para propósitos de requerimientos de capital basado en riesgo.

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5.2. Préstamos y cuentas por cobrar

Para la clasificación en esta categoría es necesario la identificación de activos financieros con pagos fijos o determinables, y que estos no se transan en mercados activos.Dentro de esta clasificación no pueden tenerse en cuenta:

• Aquellos que la entidad pretende vender inmediatamente (los cuales deben ser clasificados por FVPL).

• Aquellos que han sido designados como FVPL o disponibles para la venta al inicio.

• Aquellos por los cuales el tenedor pueda no recuperar sustancialmente toda su inversión inicial por razones distintas del deterioro de crédito (estos se clasifican como disponibles para la venta).

Es importante anotar que un interés adquirido sobre un pool de activos no es un préstamo o cuentas por cobrar.

5.3. Inversiones disponibles para la venta

A diferencia de las demás categorías, esta constituye una categoría residual. Todas las inversiones en instrumentos de deuda no clasificados como “mantenidas hasta vencimiento”, “FVPL” y “préstamos y cuentas por cobrar” son clasificadas como disponibles para la venta.Para los efectos de su contabilización, las bases de valuación de las inversiones clasificadas como disponibles para la venta es el valor justo. Las utilidades o pérdidas no realizadas, netas de los impuestos correspondientes, son incluidas dentro de un componente separado del patrimonio.

Por otro lado, los dividendos e intereses ganados, incluyendo la amortización del premium o descuento proveniente de la adquisición, así como diferencias de cambio, deben ser incluidos en el estado de resultados (método de la tasa efectiva).

5.4. Inversiones disponibles para la venta

A diferencia de las demás categorías, esta constituye una categoría residual. Todas las inversiones en instrumentos de deuda no clasificados como “mantenidas hasta vencimiento”, “FVPL” y “préstamos y cuentas por cobrar” son clasificadas como disponibles para la venta.

Para los efectos de su contabilización, las bases de valuación de las inversiones clasificadas como disponibles para la venta es el valor justo. Las utilidades o pérdidas no realizadas, netas de los impuestos correspondientes, son incluidas dentro de un componente separado del patrimonio.Por otro lado, los dividendos e intereses ganados, incluyendo la amortización del premium o descuento proveniente de la adquisición, así como diferencias de cambio, deben ser incluidos en el estado de resultados (método de la tasa efectiva).

6. Medición de los instrumentos financierosPara la medición de los instrumentos financieros se requiere la determinación de los métodos de valoración de los instrumentos, que según la NIC 39 son:

• Costo.• Costo amortizado.• Valor justo.

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La mejor evidencia del valor justo al reconocimiento inicial es el precio de transacción (por ejemplo, el valor justo del pago entregado o recibido) a menos que el valor justo de ese instrumento sea evidenciado a través de la comparación con otras transacciones de mercado con el mismo instrumento, o sea basado en técnicas de valuación cuyos inputs incluyan solamente información obtenida del mercado.

Los precios publicados en un mercado activo es la mejor evidencia de valor justo y debe ser usado para valorizar a valor justo cuando sea posible. El valor justo de un portafolio de instrumentos financieros es el producto del número de unidades del instrumento multiplicado por

Su valor de mercado. Es importante mencionar que no se permiten descuentos por bloques debido al tamaño de la posición.

Cuando cotizaciones o precios de oferta no están disponibles, el precio de la transacción más reciente provee evidencia de valor justo. Si las condiciones han cambiado desde la transacción, el valor justo debe determinarse por referencia de precios o tasas de instrumentos financieros similares. Si la entidad puede demostrar que la última transacción no es a valor justo entonces el precio puede ser ajustado.

Si el mercado no es activo entonces las entidades establecen el valor justo usando técnicas de valorización.Por ejemplo:• Transacción más reciente entre partes no forzadas, • Referencia a valor justo de un instrumento similar,• Flujos descontados, o• Modelos de opciones de precio.

La técnica de valorización usada debe incorporar todos los factores que los participantes del mercado considerarían en la determinación de un precio, y ser consistente con metodologías económicas aceptadas para determinar precios de instrumentos financieros.

7. Transferencias entre categorías

HTM: Mantenidas hasta el vencimiento.FVPL: Valor justo a través de resultados.

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AFS: Disponibles para la venta.

8. Deterioro de instrumentos financieros

Un activo financiero está deteriorado cuando:

• Valor libro > Valor estimado de recuperación.• Se debe evaluar evidencia de deterioro a cada fecha de balance.Si existe evidencia de deterioro, se debe estimar el valor recuperable y reconocer cualquier pérdida por deterioro.Las guías para una evidencia objetiva de deterioro de instrumentos de capital (acciones) estarían dadas por un detrimento significativo y prolongado del valor de mercado respecto del costo. Para las NIIF no existe el concepto de temporal.El deterioro de instrumentos de capital no puede ser reversado; sin embargo, el deterioro de instrumentos de deuda puede ser reversado, bajo ciertas circunstancias.A cada fecha de balance las entidades deben evaluar si existe evidencia objetiva de deterioro.

La evidenciaObjetiva incluye, entre otras:• Dificultades financieras del emisor,• Default o morosidad, o concesiones del prestador,• Alta probabilidad de quiebra o reorganización financiera,• Desaparición de mercado activo debido a problemasFinancieros.

Una evaluación colectiva por activos financieros contabilizados al costo amortizado incluye grupos de activos similares que no son individualmente significativos, activos financieros individualmente significativos que no requieren deterioro, y reconocimiento de pérdidas conocidas que existen en el portafolio pero aún no son evidentes.

Una evaluación colectiva está diseñada para permitir el reconocimiento de pérdidas que se cree existen en un portafolio pero aún no son evidentes - usualmente referidas como pérdidas incurridas pero no reportadas.

La experiencia histórica de pérdidas debe proveer la base para estimar flujos de caja futuros en un grupo de activos evaluados por deterioro. Las provisiones por deterioro colectivo pueden ser solo efectuadas cuando existen cambios adversos en el estatus de pago de clientes, o condiciones macroeconómicas tales como desempleo u otros.

9. Bajas de activos

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A continuación se resume el árbol de decisión para las bajas de activos:

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10. Derivados y contabilidad de coberturaDe acuerdo con la NIC 39 todos los derivados deben ser reportados en el balance a su valor justo. Los derivados pueden tenerse para propósitos de trading o cobertura.Los cambios en el valor justo de los derivados que no clasifican como de cobertura son reconocidos en resultado del ejercicio. La contabilidad de cobertura se aplica en casos específicos donde se cumple con los requerimientos de la norma:

• Los derivados siguen siendo contabilizados a su valor justo,• Se permiten ciertos beneficios que dejan reconocer contablemente la

existencia de una cobertura.

Resumen de la contabilidad de cobertura:

Según la NIC 39, los derivados poseen las siguientes características:• Su valor responde a cambios en una variable como tasa de interés,

commodity, precio de acción, índice, u otro, esta variable se conoce como subyacente.

• No requiere inversión inicial o es menor a la que sería requerida en otros contratos con sensibilidades similares ante cambios en factores de mercado.

• Su liquidación se produce en una fecha futura.

La identificación de derivados no es siempre tan clara.Puede ser difícil de aplicar especialmente para empresas que manejan productos commodities. Existen excepciones pero son difíciles de aplicar en algunos casos.

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11. Derivados implícitos

Los derivados implícitos, generalmente son instrumentos financieros compuestos y que están embebidos dentro de un contrato normal. Los contratos que no cumplen con la definición de derivado, ya sea porque son excepciones a la definición, o no cumplen con alguna de las características (ejemplo: leases, bonos y seguros tradicionales) deben ser analizados por derivados adjuntos.Los derivados implícitos son cláusulas del contrato que pueden alterar los flujos de caja del contrato (ejemplo: indexación del precio pagado a variable aleatoria).Algunos derivados implícitos deberán ser bifurcados y contabilizados como derivados por sí solos.

12. Contabilidad de cobertura

La regla general es que los derivados deben ser contabilizados en el balance a su valor justo.

Si el derivado es considerado como de no cobertura los cambios en el valor justo del instrumento se reconocen en el estado de resultados en el momento que ocurren. Esto puede generar una gran volatilidad en resultados.

La contabilidad de cobertura pretende realizar un calce entre las ganancias/pérdidas reconocidas por el derivado con las pérdidas/ganancias reconocidas en el ítem bajo cobertura. Estas transacciones y su reconocimiento afectan el timing (oportunidad o temporalidad) del reconocimiento no el monto.

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Para la contabilidad de cobertura aplican dos conceptos distintos, son estos:

• Cobertura económica: Proceso de entrar en transacciones con el fin de reducir la exposición frente a algún tipo de riesgo.

• Cobertura contable: Aplicación de ciertas reglas a relaciones de cobertura para reflejarlas en los estados financieros.

Entre los pasos claves para lograr una contabilidad de cobertura, se pueden destacar:

Identificar la partida cubierta o transacción. Identificar la naturaleza del riesgo siendo cubierto. Identificar el instrumento de cobertura. Identificar el tipo de cobertura: flujo de caja o valor justo. Demostrar cualitativa y cuantitativamente que la relación de cobertura se espera sea

efectiva. Documentar la relación de cobertura una a una. Monitorear la efectividad.

Un instrumento cubierto es un activo, pasivo, compromiso firme, transacción futura probable de ocurrir, o una inversión en el extranjero, el que expone a la entidad a riesgos en cambios de: valor justo o flujos de caja futuros.

Un instrumento cubierto puede ser activos o pasivos reconocidos, tales como bonos, réstamos, inversiones en acciones; compromisos firmes no reconocidos, tales como leases, contratos firmes y transacciones probables de ocurrencia, compras futuras de materias primas.

En la cobertura es necesario identificar los riesgos cubiertos y algunos de estos pueden ser:• Cambios en el valor de un bono (trading o available- for-sale) debido a

cambios en la tasa de interés de referencia.

Cambios en la tasa de interés de un préstamo a tasa variable.• Pagos futuros de contrato de servicio en moneda extranjera.• Pagos futuros de deuda en moneda extranjera.

Compras esperadas de materias primas.

En relación con los instrumentos de cobertura, los siguientes instrumentos normalmente no clasificarán como instrumentos de cobertura:

• Instrumentos financieros cuyo valor justo no es posible de medir razonablemente.

• Opciones escritas (o combinación de opciones que resultan en opciones escritas).

• Acciones propias de la entidad.

Solo los derivados que incluyen una parte externa a la entidad pueden ser designados como instrumentos de cobertura.

Los siguientes son los tipos de cobertura, de acuerdo con la NIC 39:• Valor justo: Algo se encuentra ya fijo y se necesita proteger.• Flujo de caja: Algo es variable y se necesita fijar.• Moneda extranjera: Inversiones netas en operaciones en el exterior.

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A manera gráfica a continuación se detalla tanto la cobertura de valor justo como la de flujo de caja:

- Cobertura de Valor JustoCobertura de Flujo de Caja.

13. Cobertura de flujo de caja - inefectividadLa inefectividad debe ser calculada para esta relación de cobertura ya que no queda cuantificada inmediatamente, aunque en algunas ocasiones puede ser compleja.En términos generales la inefectividad se define como las variaciones acumuladas del derivado (pérdidas o ganancias) que sobrepasan las variaciones acumuladas en los flujos de caja del ítem cubierto. La inefectividad puede ser medida a través del método del “derivado hipotético”. Bajo este método se crea un derivado hipotético que es 100% efectivo en cubrir los riesgos de flujos de caja del ítem cubierto.

En tal sentido en el balance, en la cuenta patrimonio,

En tal sentido en el balance, en la cuenta patrimonio,

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Debe ser ajustada al menor valor absoluto entre el cambio en valor justo acumulado del derivado “real” versus el “hipotético”. El método de medición de inefectividad debe ser documentado.

14. Efectividad de la cobertura

La cobertura debe ser evaluada para cumplir con el requerimiento de “alta efectividad”, rango que va entre los siguientes factores 80-125%, v. gr. en mark to market (MtM) del derivado / Δ en MtM del instrumento cubierto.

El requerimiento de efectividad debe probarse al momento de designar la cobertura (prospectiva). El requerimiento de efectividad debe probarse en forma periódica (retrospectiva y continua prospectiva).

Los métodos aceptados para probar la efectividad prospectiva son:• Dollar offset,• Análisis estadístico (v. gr. Análisis de regresión).

• El objetivo de la cobertura y la estrategia de administración de riesgo de la entidad, y• Metodología de evaluación de la efectividad e inefectividad de la cobertura.Las estrategias de coberturas designadas como tal requieren de monitoreo periódico. Especialmente, en lo que se refiere al cumplimiento de las pruebas de efectividad.La norma exige que la prueba retrospectiva se realice cada vez que se emiten estados financieros estatutarios.

NIC “40”: PROPIEDADES DE INVERSIÓN

1. Objetivo

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El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las inversiones inmobiliarias y las exigencias de revelación de información correspondientes.

2. Alcance

Esta Norma será aplicable en el reconocimiento, valoración y revelación de información de las inversiones inmobiliarias.

Entre otras cosas, esta Norma será aplicable para la valoración en los estados financieros de un arrendatario, de los derechos sobre un inmueble mantenido en régimen de arrendamiento y que se contabilice como un arrendamiento financiero, también se aplicará para la valoración en los estados financieros de un arrendador, de las inversiones inmobiliarias arrendadas en régimen de arrendamiento operativo. Esta Norma no trata los problemas cubiertos en la NIC 17 Arrendamientos, entre los que se incluyen los siguientes:

(a) clasificación de los arrendamientos como arrendamientos financieros u operativos;

(b) reconocimiento de las rentas por arrendamiento de inversiones inmobiliarias (ver también NIC 18 Ingresos ordinarios);

(c) valoración, en los estados financieros del arrendatario, de los derechos sobre inmuebles mantenidos en régimen arrendamiento operativo;

(d) valoración, en los estados financieros del arrendador, de su inversión neta en un arrendamiento financiero;

(e) contabilización de las transacciones de venta con arrendamiento posterior;

(f) información a revelar sobre arrendamientos financieros y operativos

3. Esta Norma no será de aplicación a:

(a) los activos biológicos adheridos a terrenos y relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41, Agricultura);(b) las inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural y otros recursos no renovables similares.

3. Definiciones

Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:

Coste es el importe de efectivo o medios líquidos equivalentes al efectivo pagados, o el valor razonable de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción o, cuando sea aplicable, el importe atribuido a ese activo cuando sea inicialmente reconocido de acuerdo con los requerimientos específicos de otras NIIF, por ejemplo, de la NIIF 2 Pagos basados en acciones.Importe en libros es el importe por el que se reconoce un activo en el balance.

Inversiones inmobiliarias son inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:

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(a) su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o(b) su venta en el curso ordinario de las operaciones.

Inmuebles ocupados por el dueño son inmuebles que se tienen (por parte del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos.Valor razonable es el importe por el cual un activo puede ser intercambiado entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua.

Los siguientes casos son ejemplos de inversiones inmobiliarias:

(a) un terreno que se tiene para obtener plusvalías a largo plazo y no para venderse en el corto plazo, dentro del curso ordinario de las actividades del negocio;

(b) un terreno que se tiene para un uso futuro no determinado (en el caso de que la entidad no haya determinado si el terreno se utilizará como inmueble ocupado por el dueño o para venderse a corto plazo, dentro del curso ordinario de las actividades del negocio, se considera que ese terreno se mantiene para obtener plusvalías);

(c) un edificio que sea propiedad de la entidad (o bien un edificio obtenido a través de un arrendamiento financiero) y esté alquilado a través de uno o más arrendamientos operativos; y

(d) un edificio que esté desocupado y se tiene para ser arrendado a través de uno o más arrendamientos operativos.

4. Reconocimiento

Las inversiones inmobiliarias se reconocerán como activos cuando, y sólo cuando:

(a) sea probable que los beneficios económicos futuros que estén asociados con tales inversiones inmobiliarias fluyan hacia la entidad; y

(b) el coste de las inversiones inmobiliarias pueda ser valorado de forma fiable.

Según este criterio de reconocimiento, la entidad evaluará todos los costes de sus inversiones inmobiliarias, en el momento en que incurra en ellos. Estos costes comprenderán tanto aquéllos en que se ha incurrido inicialmente para adquirir o construir una partida de inmuebles, como los costes incurridos posteriormente para añadir, sustituir parte o mantener el elemento correspondiente.

De acuerdo con el criterio de reconocimiento contenido en el párrafo anterior, la entidad no reconocerá, en el importe en libros de un elemento de las inversiones inmobiliarias, los costes derivados del mantenimiento diario del elemento. Tales costes se reconocerán en el resultado del ejercicio cuando se incurra en ellos. Los costes del mantenimiento diario son principalmente los costes de mano de obra y los consumibles, que pueden incluir el coste de pequeños componentes. El objetivo de estos desembolsos se describe a menudo como ‘reparaciones y conservación’ del inmueble.

Algunos componentes de las inversiones inmobiliarias podrían haber sido adquiridos en sustitución de otros anteriores. Por ejemplo, las paredes interiores pueden sustituirse por otras distintas de las originales. Según el criterio de reconocimiento, la entidad reconocerá

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en el importe en libros de una inversión inmobiliaria el coste de sustituir un componente del mismo, siempre que satisfaga los criterios de reconocimiento, desde el mismo momento en que se incurra en dicho coste. El importe en libros de estos componentes sustituidos se dará de baja de acuerdo con los criterios de baja en cuentas contemplados en esta Norma.

5. Valoración inicial

- Las inversiones inmobiliarias se valorarán inicialmente al coste. Los costes asociados a la transacción se incluirán en la valoración inicial.

El coste de adquisición de una inversión inmobiliaria comprenderá su precio de compra y cualquier desembolso directamente atribuible. Los desembolsos directamente atribuibles incluyen, por ejemplo, honorarios profesionales por servicios legales, impuestos por traspaso de las propiedades y otros costes asociados a la transacción.

El coste de una inversión inmobiliaria autoconstruida será su coste en la fecha en que la construcción o desarrollo queden completados. Hasta esa fecha, la entidad aplicará la NIC 16 Inmovilizado material.

El coste de una inversión inmobiliaria no se incrementará por los costes de puesta en marcha (a menos que sean necesarios para poner el inmueble en condiciones de uso), ni por las pérdidas iniciales de explotación en las que se incurra antes de que la inversión inmobiliaria alcance el nivel esperado de ocupación, ni por las cuantías anormales de desperdicios, de mano de obra u otros recursos incurridos en la construcción o desarrollo del inmueble.

Si el pago por una inversión inmobiliaria se aplazase, su coste será el equivalente al precio de contado. La diferencia entre esta cuantía y el total de pagos se reconocerá como un gasto por intereses durante el periodo de aplazamiento.

- El coste inicial del derecho sobre un inmueble mantenido en régimen de arrendamiento y clasificado como una inversión inmobiliaria, será el establecido para los arrendamientos financieros en el párrafo 20 de la NIC 17, esto es, el activo se reconocerá por el menor valor entre el valor razonable del inmueble y el valor actual de los pagos mínimos por arrendamiento. De acuerdo con ese mismo párrafo, se reconocerá como pasivo, un importe equivalente.

La entidad determinará si una permuta tiene carácter comercial, considerando en qué medida se espera que cambien los flujos de efectivo futuros como consecuencia de dicha transacción.

Una permuta tendrá carácter comercial si:

(a) la configuración (riesgo, calendario e importe) de los flujos de efectivo del activo recibido difiere de la configuración de los flujos de efectivo del activo transferido; o

(b) el valor específico para la entidad de la parte de sus actividades afectada por la permuta, se ve modificado como consecuencia del intercambio; y además

(c) la diferencia identificada en (a) o en (b) resulta significativa al compararla con el valor razonable de los activos intercambiados.Al determinar si una permuta tiene carácter comercial, el valor específico para la entidad de la parte de sus actividades afectada por la transacción, deberá tener en cuenta los flujos de efectivo después de impuestos. El resultado de estos análisis puede quedar claro sin necesidad de que la entidad deba realizar cálculos detallados.

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6. Valoración posterior al reconocimiento

Política contable: A excepción de lo señalado en los párrafos 32A y 34, la entidad elegirá como política contable el modelo del valor razonable, contenido en los párrafos 33 a 55, o el modelo del coste, contenido en el párrafo 56, y aplicará esa política a todas sus inversiones inmobiliarias.

7. Inversiones inmobiliarias relacionadas con pasivos

- La entidad puede:

(a) escoger entre el modelo del valor razonable y el modelo del coste para todas sus inversiones inmobiliarias que sirvan de garantía a pasivos en los que se pague un rendimiento ligado directamente al valor razonable, o a la rentabilidad, de los activos específicos que se estén incluidos en dichas inversiones inmobiliarias; y

(b) escoger entre el modelo del valor razonable y el modelo del coste para todas las demás inversiones inmobiliarias, con independencia de la elección realizada en el apartado (a) anterior.

Algunas entidades aseguradoras y otras entidades crean fondos inmobiliarios internos que emiten unidades de participación nocional, algunas de las cuales se colocan entre los inversores, en contratos ligados al valor de esas unidades, y otras se mantienen por parte de la entidad. El párrafo 32A no permite a una entidad medir los inmuebles poseídos por el fondo parcialmente al coste y parcialmente al valor razonable.

Si una entidad escoge diferentes modelos para las dos categorías descritas anteriormente, las ventas de inversiones inmobiliarias entre conjuntos de activos que se valoran utilizando diferentes modelos se reconocerán al valor razonable, y el cambio acumulado en este valor razonable se reconocerá en el resultado del ejercicio. De acuerdo con esto, si se vendiese una inversión inmobiliaria de un conjunto de activos en el que se aplicase el modelo del valor razonable, a otro conjunto de activos en el que se utilizase el modelo del coste, el valor razonable del inmueble en la fecha de la venta se convertirá en su coste atribuido.

- Modelo del valor razonable

Con posterioridad al reconocimiento inicial, la entidad que haya escogido el modelo del valor razonable valorará todas sus inversiones inmobiliarias al valor razonable, excepto en los casos descritos en el párrafo 53.

Cuando el derecho sobre un inmueble, mantenido por el arrendatario en régimen de arrendamiento operativo, se clasifique como inversión inmobiliaria de acuerdo con el párrafo 6, no es aplicable la elección señalada en el párrafo 30; de forma que se aplicará forzosamente el modelo del valor razonable.35. Las pérdidas o ganancias derivadas de un cambio en el valor razonable de una inversión inmobiliaria se incluirán en el resultado del ejercicio en que surjan.

- El valor razonable de una inversión inmobiliaria reflejará las condiciones de mercado en la fecha del balance.

El valor razonable es específico para una fecha dada. Debido a que las condiciones de mercado pueden cambiar, el valor estimado podría ser incorrecto o inapropiado para otra fecha. La definición de valor razonable también asume un intercambio y un cierre simultáneos del contrato de venta, sin ninguna variación en el precio que pudiera haberse producido en una transacción en condiciones de independencia mutua, entre partes

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experimentadas e interesadas, si el intercambio y el cierre de la transacción no fueran simultáneos.

El valor razonable difiere del valor de uso tal como se define en la NIC 36 Deterioro del valor de los activos. El valor razonable refleja el conocimiento y estimaciones de los partícipes en el mercado, así como factores que son relevantes para los partícipes en el mercado en general. En contraste, el valor de uso refleja las estimaciones procedentes de la entidad, así como factores específicos de la entidad, que pueden no ser aplicables a otras entidades en general. Por ejemplo, el valor razonable no reflejará:

(a) el valor adicional derivado de la creación de una cartera de inmuebles en diferentes localidades;

(b) las sinergias entre las inversiones inmobiliarias y otros activos;

(c) los derechos o restricciones legales que sólo son aplicables al propietario actual; y

(d) los beneficios o gravámenes fiscales que sólo son aplicables al propietario actual.

- Para la transferencia de inversiones inmobiliarias, contabilizadas según su valor razonable, a inmuebles ocupados por el dueño o a existencias, el coste del inmueble a efectos de contabilizaciones posteriores, ya se utilice la NIC 16 ó la NIC 2, será el valor razonable en la fecha del cambio de uso.

- Si un inmueble ocupado por el dueño se convierte en una inversión inmobiliaria, que se contabilizará por su valor razonable, la entidad aplicará la NIC 16 hasta la fecha del cambio de uso. La entidad tratará cualquier diferencia, a esa fecha, entre el importe en libros del inmueble determinado aplicando la NIC 16 y el valor razonable, de la misma forma en la que registraría una revalorización aplicando lo dispuesto en la NIC 16.

- En caso de la transferencia de un elemento desde las existencias a las inversiones inmobiliarias, para contabilizarlo según su valor razonable, cualquier diferencia entre el valor razonable del inmueble a esa fecha y su importe en libros anterior se reconocerá en el resultado del ejercicio.

- Cuando una entidad termine la construcción o desarrollo de una inversión inmobiliaria autoconstruida, que vaya a ser contabilizada según su valor razonable, cualquier diferencia entre el valor razonable del inmueble a esa fecha y su importe en libros anterior, se reconocerá en el resultado del ejercicio.

- Las pérdidas o ganancias resultantes del retiro, enajenación o disposición por otra vía de una inversión inmobiliaria, se determinarán como la diferencia entre los ingresos netos de la transacción y el importe en libros del activo, y se reconocerán en el resultado del ejercicio en que tenga lugar el retiro, la enajenación o la disposición por otra vía (a menos que la NIC 17 exija otra cosa, en el caso de una venta con arrendamiento posterior).

8. Información a revelar

- Modelos del valor razonable y del coste

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Las siguientes informaciones a revelar serán adicionales a las contenidas en la NIC 17. De acuerdo con la NIC 17, el dueño de las inversiones inmobiliarias incluirá las revelaciones correspondientes al arrendador respecto a los arrendamientos en los que haya participado. La entidad que mantenga una inversión inmobiliaria en régimen de arrendamiento financiero u operativo, incluirá las revelaciones del arrendatario para los arrendamientos financieros y las revelaciones del arrendador para los arrendamientos operativos en los que haya participado.

- La entidad revelará:

(a) Si aplica el modelo del valor razonable o el modelo del coste.

(b) Si aplica el modelo del valor razonable y en qué circunstancias, los derechos sobre inmuebles mantenidos en régimen de arrendamiento operativo, se clasifican y contabilizan como inversiones inmobiliarias.

(c) Cuando la clasificación resulte difícil (véase el párrafo 14), los criterios desarrollados por la entidad para distinguir las inversiones inmobiliarias de los inmuebles ocupados por el dueño y de los inmuebles que se tienen para vender en el curso normal de las actividades del negocio.

(d) Los métodos e hipótesis significativas aplicados en la determinación del valor razonable de las inversiones inmobiliarias, incluyendo una declaración que indique si la determinación del valor razonable fue hecha a partir de evidencias del mercado o se tuvieron en cuenta otros factores (que deben ser revelados por la entidad) por causa de la naturaleza de los inmuebles y la falta de datos comparables de mercado;

(e) La medida en que el valor razonable de las inversiones inmobiliarias (tal como han sido valorados o revelados en los estados financieros) está basado en una tasación hecha por un perito que tenga una capacidad profesional reconocida y una experiencia reciente en la localidad y categoría de las inversiones inmobiliarias objeto de la valoración; por otra parte, en caso de que no hubiera habido tal valoración, este hecho también se revelará.

(f) Las cifras incluidas en el resultado del ejercicio por:

(i) ingresos derivados de rentas provenientes de las inversiones inmobiliarias;

(ii) gastos directos de explotación (incluyendo reparaciones y mantenimiento) relacionados con las inversiones inmobiliarias que generaron ingresos por rentas durante el ejercicio;

(iii) gastos directos de explotación (incluyendo reparaciones y mantenimiento) relacionados con las inversiones inmobiliarias que no generaron ingresos en concepto de rentas durante el ejercicio; y

(iv) El cambio acumulado en el valor razonable que se haya reconocido en el resultado por la venta de una inversión inmobiliaria, perteneciente al conjunto de activos en los que se aplica el modelo del coste, al otro conjunto de activos en los que se aplica el modelo del valor razonable (véase el párrafo 32C).

(g) La existencia e importe de las restricciones a la realización de las inversiones inmobiliarias, al cobro de los ingresos derivados de los mismos o de los recursos obtenidos por su enajenación o disposición por otra vía.

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(h) Las obligaciones contractuales para adquisición, construcción o desarrollo de inversiones inmobiliarias, o por concepto de reparaciones, mantenimiento o mejoras.

9. Fecha de vigencia

La entidad aplicará esta Norma en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada. Si la entidad aplicase esta Norma para un periodo que comience antes del 1 de enero de 2005, revelará este hecho.Derogación de la NIC 40 (2000)Esta Norma deroga la NIC 40 Inmuebles de inversión (emitida en 2000).

CONCLUSIONES

Las NIIF es un tema de suma importancia, por el mundo globalizado en que nos desenvolvemos se busca que todo sea igual en todos los países.

Por lo que todas las transacciones financiera deben ser sean trasparentes, de calidad y comparables, esto con el fin de darle mucha credibilidad a la información financiera.

Es por ello, que como futuros contadores, es necesario una continua capacitación en estos temas y también actualizarse constantemente con los distintos tópicos nuevos que surgen en el trascurso del tiempo.

Lo que ahora se visualiza a nivel de los Contadores Públicos es un cambio cultural en cuanto al manejo de las normas dado que ahora se volvieron más dinámicas, de mayor estudio y se actualizan constantemente.

En el área contable ha sido a través de la creación de las NIIF, que se ha buscado la manera de alinear la información financiera que se presenta en los diferentes países a nivel mundial. Esto permite a los analistas de la información financiera alcanzar niveles de comparabilidad entre empresas de diferentes países, en muchos de los países en donde se ha adoptado estas normas se ha establecido como requisito que lo usen aquellas empresas que cotizan en bolsa, siendo esto una ventajas para los accionistas y demás personas interesadas en el negocio.

La contabilidad al ser la disciplina que se encarga resumir, registrar, revisar los factores de riqueza de las empresas, con el fin primordial de servir para la toma de decisiones y control de la misma. Es muy importante que esta presentación de información resumida, de manera sistemática y útil para los inversionistas o accionistas de la empresa; este claramente detallada bajo los parámetros que indican las distintas normativas que nos rigen tanto la internacional como la nacional.

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CIBERGRAFÍA

http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/

http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ ES_GVT_IFRS01_2013.pdf

http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ ES_GVT_IFRS02_2013.pdf

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http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ ES_GVT_IAS16_2013.pdf

http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ ES_GVT_IAS32_2013.pdf

http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nor_internac/ ES_GVT_IAS39_2013.pdf

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http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/

http://es.wikipedia.org/wiki/Normas_Internacionales_de_Contabilidad

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