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auditores # 3 Febrero 2007 ENTREVISTA A RAFAEL CÁMARA, PRESIDENTE DEL INSTITUTO CONCLUSIONES DE LAS SESIONES TÉCNICAS Y PLENARIAS DEL XV CONGRESO LA HISTORIA DEL INSTITUTO A TRAVÉS DE SUS PRESIDENTES LAS TRANSACCIONES ENTRE EMPRESAS DEL MISMO GRUPO: EN EL PUNTO DE MIRA FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES EN SITUACIÓN CONCURSAL - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - RAFAEL CÁMARA: ////////// Somos una profesión en alza y el Instituto debe liderar los nuevos retos

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auditores # 3Febrero 2007

ENTREVISTA A RAFAEL CÁMARA, PRESIDENTE DEL INSTITUTO

CONCLUSIONES DE LAS SESIONES TÉCNICAS Y PLENARIAS DEL XV CONGRESO

LA HISTORIA DEL INSTITUTO A TRAVÉS DE SUS PRESIDENTES

LAS TRANSACCIONES ENTRE EMPRESAS DEL MISMO GRUPO: EN EL PUNTO DE MIRA

FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES EN SITUACIÓN CONCURSAL

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RAFAEL CÁMARA: //////////

“Somos una profesión en alzay el Instituto debe liderarlos nuevos retos”

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CONCURSAL

Fusión y escisión de sociedades ensituación concursal Tomasa Hernández Martín

P. 53

RESUMEN DE PRENSA

P. 64

Y ADEMÁS...

P. 72 Actividades de lasAgrupaciones Territoriales

P. 79 Biblioteca

auditores es una publicación del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España. General Arrando, 9 · 28010 Madrid · Tel. 91 446 03 54 · Fax 91 447 11 62 ·www.icjce.es · e-mail: [email protected] · Director: Enrique Alcat · Subdirector: Agustín Ruiz · Colaboradores de este número: Gonzalo CasadoMorentin, Tomasa Hernández Martín, Silvia Leis Calo, Ángel López Muñoz, Fátima López Tello, Mar Rodríguez Serrano · Colaboradores de los CuadernosTécnicos: Rosa Puigvert · Diseño original y dirección de arte: Marcela De Gregorio (reporter) · Consejo Editorial: Rafael Cámara Rodríguez-Valenzuela, Mario Alonso Ayala, José María Fernández Ulloa, Ángel López Muñoz · Impresión: RAF Impresores S.L · Maquetación: Kerning, S.A.

Depósito Legal. B-6544-2006

AUDITORÍA

La historia del Institutoa través de sus presidentes Mar Rodríguez Serrano

P. 42

EMPRESA

Las transacciones entre empresas del mismo grupo:en el punto de mira Silvia Leis Calo ,Ángel López Muñoz,Fátima López Tello

P. 47

auditores # 3Febrero 2007

ENTREVISTA A RAFAEL CÁMARA, PRESIDENTE DEL INSTITUTO

CONCLUSIONES DE LAS SESIONES TÉCNICAS Y PLENARIAS DEL XV CONGRESO

LA HISTORIA DEL INSTITUTO A TRAVÉS DE SUS PRESIDENTES

LAS TRANSACCIONES ENTRE EMPRESAS DEL MISMO GRUPO: EN EL PUNTO DE MIRA

FUSIÓN Y ESCISIÓN DE SOCIEDADES EN SITUACIÓN CONCURSAL

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RAFAEL CÁMARA: //////////

“Somos una profesión en alzay el Instituto debe liderarlos nuevos retos”

////////////////////////////sumario

NOTICIAS

Crónica del XV Congreso Nacional de Auditoría

P. 2

CONCLUSIONES DE LASSESIONES TÉCNICAS Y PLENARIASDEL XV CONGRESO

P. 13

ENTREVISTA CON

Rafael Cámara,presidente del Instituto

P. 36

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/////////RAFAEL CÁMARAPresidente del ICJCE

NUEVA ETAPAEs la primera vez que, como presidente del Instituto, me cabe el privilegio de presentar nuestra revista “auditores”. Disponemos de unas publicacionesperiódicas que responden a las necesidades de formación e información querequiere el colectivo de censores y que se complementan con otras iniciativasque se están llevando a cabo en el mismo sentido. Sin pecar de autocomplaciente,puedo asegurar que estas publicaciones son equiparables en contenidos y calidada las de nuestro entorno europeo. Mi apoyo incondicional, por tanto, a todos loscolaboradores para seguir progresando en los niveles de calidad de nuestraspublicaciones.En el contenido de este número hay que destacar la crónica del XV CongresoNacional de Auditoría y la presentación resumida de las conclusiones de lassesiones técnicas que se desarrollaron durante los tres días de Congreso. La importancia y actualidad de los temas que se suelen abordar en estosencuentros profesionales y que permiten la puesta al día en asuntosfundamentales para el ejercicio de la profesión nos ha llevado a la nueva juntadirectiva a tomar la decisión de celebrar los próximos congresos anualmente y no con secuencia bienal como se venía haciendo hasta ahora.El lugar de nuestra próxima cita congresual, a principio del mes de noviembre,será la ciudad canaria de Santa Cruz de Tenerife. Hay muchos temasprofesionales, pendientes de reforma legislativa, que tenemos que discutir entretodos y estudiar en profundidad. Y ningún escenario mejor que un congresonacional en el que hay mayor posibilidad para contrastar opiniones e ideas así como una mayor repercusión mediática de nuestros propiosplanteamientos.El pasado 6 de febrero tuvimos una reunión, en la sede central del Instituto, con una delegación de la IFAC encabezada por el nuevo presidente, Fermín delValle, su presidente adjunto, Robert Bunting y el secretario ejecutivo, Ian Ball, en la que expuse, acompañado de una representación de miembros del ConsejoDirectivo, la estrategia del Instituto para los próximos años. El plan estratégicodel Instituto viene determinado por los muchos cambios legislativos que han deempezar a implementarse con urgencia, para lo cual vamos a prestar todanuestra colaboración a la Administración. Me estoy refiriendo, entre losprincipales cambios que han de acometerse, al régimen actual de responsabilidadde los auditores, al régimen sancionador, al modelo actual de supervisiónpersonificado en el ICAC y a otros temas como la incompatibilidad, la rotación y la formación obligatoria.Todos estos temas son de una gran importancia en el desarrollo de nuestraprofesión, por lo que nos hemos puesto en contacto con diferentes gruposparlamentarios para hacerles ver la urgencia de estas reformas y le estamoshaciendo llegar a la Administración nuestras propuestas, bien estudiadas y fundamentadas, sobre estas cuestiones.Nuestro anclaje y coordinación con los organismos internacionales (a nivel europeo con la Comisión Europea y la FEE y a nivel mundial con la IFAC) van a ser un referente constante en nuestra actividad institucional.Para terminar, en nombre de la Institución quiero dar la bienvenida a los nuevosmiembros que se incorporan, tras haber superado el último concurso oposición.Vuestra aportación será valiosa. Por nuestra parte, contáis con todo nuestroapoyo y tenéis a vuestra disposición las instalaciones y servicios con los quecuenta la Corporación.

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a) En su vertiente técnicaEl XV Congreso Nacional de Auditoría delICJCE se celebró los días 25, 26 y 27 deoctubre en Bilbao bajo el lema “Nuevos

retos. Nuestra respuesta”. En esta citabienal se reunieron los principalesrepresentantes de la profesión a nivelnacional e internacional con el objetivo deintercambiar conocimientos y experiencias,debatir y reflexionar, así como elaborarconclusiones que facilitasen la labor diariade la profesión auditora. Para ello, se contóen las reuniones de trabajo con la presenciade profesionales del más alto nivel así comocon representantes de destacadas

instituciones representativas de laprofesión, sin faltar una nutrida presenciade auditores de nuestra Corporación hastael punto de que ha sido el congreso másnumeroso de los celebrados hasta la fechaEl XV Congreso Nacional de Auditoría sedesarrolló en sesiones plenarias y técnicasque tuvieron lugar en el Palacio deCongresos y de la Música Euskalduna deBilbao, inaugurado en febrero de 1999. Lassesiones técnicas se desarrollaronsimultáneamente en salas distintas con unmoderador y dos ponentes por cada sesión.Las sesiones plenarias, así como el acto deapertura y clausura, se celebraron en una

sala, con amplia capacidad, del Palacio deCongresos.El día 25, a primera hora de la tarde, tuvolugar la apertura institucional del Congreso,que estuvo presidida por la vice-lehendakaridel Gobierno Vasco, Idoia Zenarrutzabeitia.En ella intervinieron el presidente de laAgrupación Territorial del País Vasco, JoséMª Fernández Ulloa, para presentar elcongreso y dar la bienvenida a loscongresistas, y a continuación el presidentedel ICJCE, José Mª Gassó, quien trazó unapanorámica de la situación de la profesión y aprovechó la ocasión para despedirse delos asistentes al terminar su mandato deocho años al frente del Instituto, deseándolesuerte y su apoyo incondicional al nuevopresidente elegido, Rafael Cámara. La conferencia inaugural, que versó sobre“La competencia televisiva y su evoluciónen el mercado de capitales”, estuvo a cargode Alejandro Echevarría, presidente deTelecinco y del Círculo de EmpresariosVascos. Acto seguido se desarrolló laprimera sesión plenaria que versó sobre “La profesión: un nuevo horizonte” y en laque intervinieron, bajo la coordinación deJosé Mª Gassó, Ricardo Torres Balaguer,portavoz del Grupo Socialista en laComisión de Economía y Hacienda delCongreso de los Diputados, Fermín del Valle,entonces vicepresidente y actual presidentede la IFAC, y Jacques Potdevin, entoncesvicepresidente y actual presidente de la FEE,lo que significó la participación de los dosmáximos representantes que rigen laprofesión a nivel internacional en laactualidad.

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NOTICIAS- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Crónica del XV Congreso Nacional de Auditoría- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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El jueves, día 26 de octubre, comenzó lajornada de trabajo con una sesión técnicasobre “El nuevo marco de actuación delauditor” que se desarrolló de forma paralelay con el mismo contenido en cuatro salas,con el fin de facilitar la participación detodos los congresistas en el proceso dereflexión sobre los efectos que la OctavaDirectiva debe tener en la normativa a nivelnacional. La jornada continuó con diferentessesiones técnicas a lo largo de todo el día enlas que, entre otros, se trataron temas delmáximo interés para los profesionales como“El nuevo Plan General de Contabilidad”,“Normas Internacionales de Auditoría: un futuro previsible”, “Modificacionesmercantiles: consolidación y unidad dedecisión”, “Auditoría Informática”, “Lareforma fiscal”, “Pequeños y medianosdespachos de auditores: problemas ysoluciones” y “Nuevos requerimientoslegislativos en la actuación del auditor”.En la jornada del 27 de octubre, antes deiniciarse las sesiones de trabajo, tuvo lugar,en un acto íntimo y emotivo dentro delmarco de la celebración del XV CongresoNacional de Auditoría, la toma de posesión y el traspaso de poderes de la Junta Directivasaliente a la Junta Directiva entrante. A continuación, dentro ya del programatécnico, se celebró la última sesión plenariaen la que se reflexionó sobre el proceso dearmonización contable que está teniendolugar a nivel internacional, actuando como

ponentes Eduardo Manso Ponte, advisor enauditoría y contabilidad en la SecretaríaGeneral de la Organización Internacional deComisiones de Valores-IOSCO, y ManuelGarcía-Ayuso Covarsi, profesor titular delDepartamento de Contabilidad y EconomíaFinanciera de la Universidad de Sevilla ymiembro del Technical Expert Group deEFRAG.El XV Congreso Nacional de Auditoría, ensu parte técnica, tuvo su punto final con elacto de clausura, que estuvo presidido por

el nuevo presidente del Instituto, RafaelCámara, el entonces presidente de la IFAC,David Devlin, y el presidente del ICAC, JoséRamón González. Todos los componentesde la mesa intervinieron con una ampliaexposición ante la audiencia. RafaelCámara, después de hacer reconocimientopúblico a la labor realizada por supredecesor en el cargo, centróprincipalmente su intervención en poner derelieve los problemas y los grandes retosque tiene planteados en nuestro país, enestos momentos, la profesión auditora a losque a la Administración corresponde darrespuesta adecuada en el aspectolegislativo, contando con el asesoramientode los propios profesionales.Como valoración final, podemos decirque el XV Congreso Nacional deAuditoría ha constituido un magníficomarco para dar respuesta a nuestrasinquietudes como profesionales y unagran ocasión para disfrutar de unatierra hospitalaria como es la vasca, que combina a la perfección tradición y modernidad. En la página web delInstituto se ha colgado un ampliodossier de prensa con las noticias que se han publicado sobre este Congreso.

b) En su vertiente socialEn torno al XV Congreso Nacional deAuditoría se desarrollaron diferentesactividades y actos de carácter social, comocomplemento a su vertiente técnica, queconstituyeron gratos momentos deesparcimiento.

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A lo largo de la mañana del día 25 deoctubre, antes de iniciarse el Congreso ensu parte técnica y formando parte de losactos del mismo, se celebró el Campeonatode Golf, en su quinta edición. El lugar decelebración de dicho torneo fue el Club deGolf Artxanda, que es un club privado dereciente construcción, situado muy cerca deBilbao, que cuenta con dos campos de golf:uno de 9 hoyos y otro de 18, ambosdiseñados por el maestro José MaríaOlazábal. Como en otras ocasiones, al finalse repartieron trofeos a los ganadores y unrecuerdo a todos los participantes.Ya por la tarde para los acompañantes delos congresistas, mientras éstosparticipaban en las primeras sesiones delCongreso (acto de apertura, conferenciainaugural y sesión plenaria) se realizó unavisita guiada por la ciudad de Bilbao,incluyendo zona de Abandoibarra, ParteVieja, Teatro Arriaga y Milla de Oro.Por la noche, en un acto conjunto, tuvolugar la recepción oficial con la presenciade José María Iruarrizaga Artaraz, diputadoforal de Hacienda y Finanzas de laDiputación Foral de Vizcaya, y cóctel cenade bienvenida en el Museo Marítimo

ubicado en la zona de diques de losantiguos astilleros Euskalduna, enAmandoibarra, símbolo de un nuevo Bilbao.El día 26 de octubre estaba programada unaexcursión a la Costa Vasco Francesa paralos acompañantes de los congresistas. Enella los excursionistas pudieron disfrutarde Biarritz, famoso enclave turístico dondese encuentra el Hotel du Palais, que fueantigua residencia de verano de NapoleónIII. La visita incluía además el faro desdedonde pudieron cotemplar una maravillosapanorámica de Biarritz y a continuación unpaseo desde el casino al puerto y a “LeRocher de la Vierge”. La excursión continuó,acompañados en todo momento por unaguía profesional, con una visita a San Juande Luz donde recorrieron en un paseoagradable las calles peatonales salpicadasde comercios de delicatessen y tiendas demoda. El almuerzo tuvo lugar enFuenterrabía, típico pueblo de pescadorescuya Parte Vieja está declarada MonumentoNacional. La excursión filalizo, antes devolver de nuevo a Bilbao, con una visitaguiada de Fuenterrabía (Hondarribia).Por la noche de este mismo día, ya en unacto conjunto, tuvo lugar la visita al Museo

Guggenheim de Bilbao donde se pudoadmirar, aparte del fondo artísticopermanente, la exposición temporal“Comtemporary Arican Art Collection”, del fotógrafo Jean Pigozzi. Antes de darcomienzo la Cena de Gala organizada en el mismo Atrio del Museo, bajo ladirección del prestigioso restaurador,Martín Berasategui, los asistentespudimos disfrutar de la actuación de lainternacionalmente reconocida soprano,Ainhoa Arteta, acompañada al piano porRubén Fernández Aguirre, quien nosofreció un concierto especial en cuyoprograma se incluían piezas de Granadosy Puccini, entre otros.El sábado, día 28 de octubre, una vezconcluido oficialmente el Congreso, tuvolugar una excursión opcional a SanSebastián, con una visita guiada al MuseoChillida Leku y una visita panorámica dela ciudad, admirando las impresionantesvistas de la bahía de La Concha desde elMonte Igueldo, las esculturas del Peine delViento y la zona romántica. Concluyó lajornada de esparcimiento con un almuerzoa base de pintxos por diferentes bares dela parte vieja de Donostia.

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Por el hecho de haberse celebrado el XVCongreso del Instituto a finales del mes deoctubre y a efecto de hacer coincidir lafecha de dicha celebración con el acto deproclamación del resultado de laselecciones, el Consejo Directivo tomó ladecisión de retrasar la fecha deconvocatoria de elecciones.Por este motivo, en el orden del día de laAsamblea General, celebrada el día 30 demarzo, aparecía incluido, de forma especial,un punto sobre la convocatoria deelecciones para el Consejo Directivo delInstituto, tomándose al respecto elsiguiente acuerdo:“En consideración a la celebración del XV

Congreso Nacional de Auditoría del ICJCE

que ha de tener lugar durante los días 25 al

27 de octubre de 2006, en Bilbao, y con el fin

de hacer coincidir el acto de proclamación

del resultado de las elecciones para el

Consejo Directivo con la celebración de

dicho Congreso, se acuerda convocar

elecciones para la provisión de los cargos

del Consejo Directivo como máximo en el

mes de septiembre, sujetándose dicho

proceso al calendario electoral que teniendo

en cuenta las citadas fechas elabore el

Consejo Directivo”.

La convocatoria de elecciones tuvo lugar,mediante circular, el día 15 de septiembre.El plazo de presentación de candidaturasterminó el 29 del mismo mes y suvalidación se produjo cinco días después, el4 de octubre, en el transcurso del Pleno delConsejo Directivo convocado a estos efectos.

Para la Comisión Permanente del Instituto,se presentó una sola candidatura formadapor los siguientes miembros:Presidente:D. RAFAEL CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELAVicepresidente 1º:D. MARIO ALONSO AYALAVicepresidente 2º:D. JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ ULLOASecretario General:D. JAVIER ESTELLÉS VALEROVicesecretario:D. JOSÉ MARÍA BOVÉ MONTEROTesorero:D. MARIO HERRERO GARCÍAContador:D. FRANCISCO TUSET JUBERABibliotecario:D. JAUME CARRERAS BOADAVocal 1º: D. JOSÉ MARÍA LÓPEZ MESTRES

Vocal 2º: D. CÉSAR FERRER PASTORVocal 3º: D. JAVIER LAPASTORA TURPÍN

Para la Comisión Nacional de Deontologíadel Instituto se presentó, igualmente, unasola candidatura formada por lossiguientes miembros:Presidente: D. JUAN ANTONIO CARAMAZANA MATEOSVocal 1º: D. IVAN CANGAS THIEBAUTVocal 2º: D. GABRIEL LÓPEZ GARCÍA

De conformidad con los acuerdos adoptadospor los órganos de gobierno de laCorporación y según lo establecido en losEstatutos y en las normas reguladorassobre elecciones, el día 24 de octubre secelebraron elecciones, resultando elegidaslas únicas candidaturas presentadas para larenovación total de la ComisiónPermanente y la Comisión Nacional deDeontología del Instituto.La proclamación y toma de posesión de losmiembros de la candidatura elegida seprodujo, el día 27 de octubre, en un actoíntimo celebrado en el Palacio de Congresos“Euskalduna” de Bilbao, dentro del marcode la celebración del XV Congreso Nacionalde Auditoría.

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El Instituto renueva su Junta Directiva

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• El Consejo Anual de IFAC, celebrado eldía 10 de noviembre en Estambul, hadesignado al argentino Fermín del Vallecomo su nuevo presidente

• España presenta su candidatura para sersede en 2008 del Consejo Anual de IFAC

• La Federación Internacional de Auditores(IFAC) ha celebrado en Estambul, del 13al 16 de noviembre, su XVII CongresoMundial

“La convergencia en normas de auditoríaes una exigencia global y, por tanto, es algoprioritario que todos los países apliquemosunas mismas normas que garanticen unaalta y similar calidad en los informes deauditoría que se emitan en cualquier país y España debe estar preparada para ello”,señaló Rafael Cámara, presidente delInstituto de Censores Jurados de Cuentasen el Consejo Anual de IFAC (FederaciónInternacional de Auditores), a cuya reuniónasistió en representación del ICJCE y de laprofesión en España.Rafael Cámara destacó la importancia quetiene para el interés público adoptar unasmismas normas de auditoría que seancomunes para todos “lo que sin dudafavorecerá la transparencia”. “La convergencia normativa ayuda a evitarproblemas y de la misma forma que existeuna clara voluntad de convergencia porparte de muchos países históricamentemás avanzados que el nuestro en materiacontable sería de vital importancia paraEspaña sumarnos cuanto antes a lasnormas internacionales de auditoría”,destacó Cámara.El presidente del Instituto de Censorescalificó de “importancia capital” que lospaíses apliquemos las normasinternacionales de auditoría de la mismaforma que también las aceptamos en temasde contabilidad y recordó la importancia de“no quedarnos atrás” en clara alusión alparón de la reforma contable en nuestropaís que se “ha producido, en gran medida,por esta falta de armonización de dichanorma a las normas internacionales”. “Sinembargo –apostilló- en normas de auditoríanuestra profesión está claramente presente,a través del Instituto que represento, en losdebates internacionales y nuestra opiniónsiempre ha sido tenida en cuenta”.El Instituto de Censores Jurados deCuentas de España siempre ha mostrado

su clara vocación internacional como lodemuestra su activa presencia yparticipación en diversos forosinternacionales estando presente en losorganismos mundiales más importantes dela profesión como la FEE (Federación deExpertos Contables) donde el español Josep María Bobé ocupa una de lasvicepresidencias; la Federación deExpertos Contables del Mediterráneo;la IFAC (Federación Internacional deAuditores), etc y con más de veintepersonas en diferentes comisiones.“El IFAC siempre ha reconocido que elcamino para proteger el interés públicoindica una necesidad de desarrollar,promover y hacer cumplir normasinternacionales de alto reconocimiento ya que de esta manera se asegura lacredibilidad de la información, de la cualdependen inversores y otros interesados”.La Federación Internacional de Auditores,IFAC (International Federation ofAccountants) es la máxima autoridadmundial de los profesionales de lacontabilidad y de la auditoría y estáformada por 163 organismoscorrespondientes a 120 países. Representa a más de dos millones y mediode profesionales y tiene como misiónprincipal servir al interés públicopromoviendo la adherencia a normasprofesionales de excelencia y calidad quebusquen la convergencia internacional.

El presidente del Instituto aprovechó suestancia en Estambul para proponer queEspaña sea en 2008 la sede del ConsejoAnual de IFAC.El Congreso Mundial de Auditores que seha celebrado en Estambul, en sudecimoséptima edición, desde el 13 hasta el 16 de noviembre, debatió, unamplio abanico de temas de vitaltrascendencia para el futuro de laprofesión. El Congreso, que tenía comolema Generar crecimiento y estabilidad

en el mundo, se organizó en sesionesplenarias y talleres de trabajo dirigidos porprofesionales del sector público y privado,de reconocido prestigio. Se trataron temas de máxima actualidad e importancia, relacionados con lacontabilidad, la auditoría, ética y gestiónfinanciera.Por otra parte, el Consejo Anual hanombrado presidente de la FederaciónInternacional de Auditores al argentinoJuan José Fermín del Valle, hasta ahoravicepresidente de dicho organismo. DelValle mostró recientemente, con supresencia, su apoyo y respaldo a losauditores españoles y puso de manifiestosu absoluta satisfacción con motivo de laproclamación de Rafael Cámara comopresidente del Instituto de Censores en elCongreso Nacional de Auditoría celebradoen Bilbao, a finales de octubre, que reunióa más de 500 profesionales.

Consejo Anual y XVII Congreso Mundial de la IFAC- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Agrupación Territorial 1ª (Madrid)El día 28 de noviembre, una vez más, secelebraron los actos del Día del Auditor, enesta ocasión bajo el lema “Tiempo de

Reformas”.

Como en convocatorias anteriores, hay quedestacar la amplia acogida que tuvieronestos actos entre los miembros de nuestraAgrupación.La apertura de la jornada corrió a cargo de:José Ramón González García, presidente del

Instituto de Contabilidad y Auditoría deCuentas (ICAC), de Rafael CámaraRodríguez-Valenzuela, presidente delInstituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) y de Antonio FornielesMelero, presidente de nuestra Agrupación.El primer panel de la mañana, titulado“Control de calidad y sistemas desupervisión en la Octava Directiva”, contócon la participación de Cándido GutiérrezGarcía, subdirector general de ControlTécnico del ICAC y José María LópezMestres, socio director de Deloitte. Elcoloquio que se desarrolló con posterioridadfue moderado por Lorenzo López Álvarez,vocal de esta Agrupación.Acto seguido y bajo el lema “La reformacontable española” se desarrollaron lasparticipaciones de Juan Manuel PérezIglesias, director adjunto de Normalizacióny Técnica Contable del ICAC, Enrique AslaGarcía, socio director de KPMG y Jorge Túa

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Celebraciones del Día del Auditor

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Convenio marco de relaciones institucionalesentre el Instituto de Censores Jurados de Cuentasde España y el Colegio Oficial de Censores Juradosde Cuentas de la Comunidad Valenciana

Con fecha 4 de octubre se ha firmado elConvenio marco de relacionesinstitucionales entre el ICJCE y el Colegiode la C. Valenciana. Este documento tienecomo objetivo evidenciar por escrito elfuncionamiento operativo entre las dosinstituciones, que con motivo de laconstitución como Colegio de lasAgrupaciones 5ª y parte de la 15ª (Alicante)se hace necesario.Por el documento firmado, el Institutoreconoce la existencia y singularidad delColegio y que éste, a su vez, reconoce que elprimero es la corporación profesional deámbito estatal representativa de laprofesión y coordinadora de la misma. Conel fin de establecer un marco de relacionesinstitucionales, completando, en lo noprevisto, la regulación fijada en losEstatutos del Instituto, ambas entidades

tienen a bien suscribir un convenio marcode relaciones institucionales, el cual seregirá por diversas cláusulas, entre las quehacen referencia a la representación de laprofesión, el régimen económico ypatrimonial, utilización de base de datos,corte de operaciones y otros.Los Acuerdos que adopte la AsambleaGeneral del Instituto en todo el ámbitonacional y en relación con las materiasincluidas en convenio deberán serasumidos por el Colegio quedando ésteobligado a cumplirlos. Asimismo, el Colegiodeberá asumir los acuerdos adoptados porlos órganos competentes del Instituto enrelación con cualesquiera servicios quesean prestados por los Servicios Centralesdel Instituto, debiendo para ello adoptar losacuerdos oportunos.

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Pereda, catedrático en economía financierade la Universidad Autónoma de Madrid. El moderador del coloquio fue Manuel delOlmo Sendarrubias, vocal de la Agrupación.A continuación se procedió a la entrega deuna placa a Mario Alonso Ayala, que cesacomo presidente de la Agrupación, enagradecimiento a la labor desempeñada endicho cargo.Tras el almuerzo de trabajo, comenzó laconferencia impartida por Manuel ContheGutiérrez, presidente de la ComisiónNacional del Mercado de Valores. Elcoloquio corrió a cargo de Antonio FornielesMelero, presidente de esta Agrupación.

Colegio de Censores Jurados de Cuentas deCataluña (Barcelona)El 30 de noviembre se celebró en el Col·legide Censors Jurats de Comptes de Catalunyael 75 aniversario de su creación, que se hizocoincidir con el Día del Auditor.En esta ocasión, se quiso dar a la jornada unaire de auténtica fiesta de celebración,saliendo de la sede colegial y trascendiendonuestro entorno para adentrarnos en uncamino que nos acercara a uno de losobjetivos que como profesión nos hemosfijado y de esta forma hacer efectivo elacercamiento a las instituciones y el mundoempresarial.En consecuencia, se cambiaron los horariosy hábitos de otras celebraciones,trasladando los actos a un horario de tardeen Cosmo Caixa, entidad que acaba de sergalardonada en Lisboa como el MuseoEuropeo del año, como reconocimiento a uncentro basado en objetos y temas reales queconversan entre ellos y con los visitantes,donde la belleza no está reñida con lacomprensión.Se inició la jornada con una visita a lasinstalaciones de Cosmo Caixa, continuando

con una conferencia en el auditorio delpropio centro a cargo de Antonio GarriguesWalker bajo el título “La dramática luchapor la transparencia”. El Profesor GarriguesWalker, en su linea de humanista yprofundo conocedor del mundo financiero yde los negocios, impartió una lecciónsumamente amena y magistral.Estuvo acompañado en la presidencia porAlbert Folia, presidente del Col·legi, y RafaelCámara, presidente del Instituto, quienes ensus respectivas intervenciones pusieron demanifiesto los actuales retos colegiales yprofesionales tanto a nivel local comonacional y global.

Tanto a la visita a Cosmo Caixa como a laconferencia, se invitó expresamente a todasaquellas personas que en los eventosdenominamos “acompañantes” y que enesta ocasión nos “acompañaron” durantetodos los actos, para desplazarse finalmentea un restaurante de la ciudad donde secelebró la cena de gala, en el transcurso dela cual se hizo entrega del título de AuditorDistinguido al compañero José LuísFernández Baños, socio de la firmaPricewaterhouseCoopers.

Agrupaciones Territoriales de CanariasLa jornada del Día del Auditor, celebradaconjuntamente, el día 1 de diciembre, por lasdos Agrupaciones Territoriales de Canarias(A.T.12ª y 14ª), tenía como título “Auditoría

y Contabilidad: el futuro inmediato”, a tenorde los dos temas sujetos a reforma legal queafectan a los profesionales de auditoría.La reforma de la Octava Directiva (Directiva2006/46/CE relativa a la auditoría legal delas cuentas anuales y de las cuentasconsolidadas) por parte del ParlamentoEuropeo y del Consejo con fecha 17 de mayode 2006, que fue objeto de la primeraponencia de la jornada; y que obliga a lospaíses comunitarios a adaptar laslegislaciones nacionales a los nuevoscontenidos de esta normativa europea. Es una labor de gran importancia y de la que va a depender el futuro profesional de la Auditoría.El otro tema en que se encuentra inmersala profesión es el de la reforma de lacontabilidad para adaptar nuestralegislación en materia contable a lasNormas Internacionales de InformaciónFinanciera y que fue objeto de la última delas ponencias de la jornada.Las otras dos ponencias se centraron en lasexperiencias concursales producidas en elejercicio 2006 y en el planteamiento delámbito formativo de nuestra Corporación.El acto de apertura contó con la presencia de Rosa Rodríguez Díaz, consejera deEconomía y Hacienda y CooperaciónInstitucional del Cabildo de Gran Canaria, y en el acto de clausura con Miguel BecerraDomínguez, viceconsejero de Presidenciadel Gobierno Autónomo de Canarias, asícomo con Rafael Cámara, presidente delInstituto de Censores Jurados de Cuentas deEspaña, quien se refirió ampliamente a lasreformas que están en marcha sobrecontabilidad y auditoría.

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Nueva edición del Máster de Auditoría y del Cursode Especialista en Auditoría y ContabilidadEl Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España y la Universidad de Alcalá hanconvocado el “Máster en Auditoría” y “Curso de Especialista en Auditoría yContabilidad” en su IX edición. Estos cursos se encuentran dirigidos a:- Aspirantes al acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).- Ayudantes de despachos de auditoría.- Auditores Internos.- Responsables y empleados de los departamentos relacionados con la contabilidad

y la fiscalidad de la empresa.- En general todas aquellas personas que quieran introducirse en el conocimiento

teórico de la auditoría.Ambos cursos están homologados por el ICAC con fecha 1 de septiembre y liberan del primer examen en las pruebas de acceso al ROAC a las personas que lo superen.Además, estos cursos están homologados por la Universidad de Alcalá con la categoríade Título Propio, por lo que, a su finalización con aprovechamiento, se expedirán los correspondientes títulos académicos por parte de dicha Universidad.Estos estudios comprenden los módulos de:AuditoríaContabilidad GeneralContabilidad SuperiorMaterias JurídicasMaterias Complementarias

Como ya informábamos en nuestroanterior número, el día 6 de mayo tuvolugar la primera prueba, de carácterteórico, para acceder al Registro Oficial deAuditores de Cuentas (ROAC) y obtener lacondición de auditor. El examen se celebrósimultáneamente en la Escuela Superior deIngenieros de Caminos de Madrid y en laEscuela Universitaria ESERP de Barcelona.De los 2.500 aspirantes que se presentarona esta convocatoria ( 1.267 lo hicieron porel Instituto de Censores Jurados deCuentas de España) sólo un centenar deprofesionales tuvieron que realizar estaprimera prueba, que es de carácter teórico,ya que la gran mayoría de aspirantesfueron dispensados de la misma por haberrealizado cursos de formación teórica,

homologados por el ICAC e impartidos poruniversidades o por centros de enseñanzapreviamente autorizados.Al segundo examen, que era de carácterpráctico y que se celebró el 16 deseptiembre en los mismos lugares que elprimero, asistió masivamente la mayoríade los aspirantes ya que ninguno podíatener la condición de dispensado, tal ycomo sucedió en el primer ejercicio teórico.La jornada, que agrupó con el mismo tipode examen a los aspirantes de las trescorporaciones de auditores existentes enEspaña, se desarrolló sin ningunaincidencia reseñable.El examen incluía, entre otras materias, laauditoría de cuentas o el control interno,las normas jurídicas y profesionales, la

contabilidad analítica de explotación ycontabilidad de gestión, la consolidaciónde cuentas, el análisis económico,financiero y patrimonial, el derecho desociedades, derecho concursal, tributario,civil, mercantil, del trabajo y de laSeguridad Social, los sistemas deinformación e informática, economía de laempresa, economía financiera,matemáticas, estadística y los principiosfundamentales de gestión financiera de lasempresas.Los aspirantes que han logrado superar laspruebas del concurso oposición han podidoinscribirse en el Registro Oficial deAuditores de Cuentas (ROAC) durante elaño 2006 para así poder empezar a firmarlos informes de auditoría a partir de 2007.

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Finalización de las pruebas del concurso oposiciónpara acceso al ROAC

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Carmen Rodríguez Menéndez, miembrodel Departamento Técnico y de Control deCalidad del Instituto de Censores Juradosde Cuentas de España (ICJCE), ha sidonombrada miembro del Comité de NormasInternacionales de Ética paraProfesionales (IESBA- International EthicsStandards Board for Accountants) de laFederación Internacional de Auditores(IFAC- International Federation ofAccountants).Licenciada en Económicas por laUniversidad de Valencia, CarmenRodríguez es auditora desde 1988 y hadesarrollado su experiencia profesional en

el Departamento de Auditoría de KPMG enValencia desde 1985 hasta finales del año2000. Desde el año 2003, Carmen es laresponsable del Departamento Técnico yde Control de Calidad en el Colegio de laComunidad Valenciana y en la AgrupaciónTerritorial de Murcia.Durante 2007, IESBA centrará su trabajoen fortalecer el Código de Ética para elauditor profesional e incrementar el nivelde comprensión del Código de Ética quelos auditores profesionales requierenpara satisfacer el interés público ymejorar la credibilidad en los estadosfinancieros.

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Carmen Rodríguez, nombrada miembro del Comité de Normas Internacionales de Ética para profesionales de la IFAC

NOMBRAMIENTOS

Antonio Fornieles Melero ha sidonombrado Presidente de la Agrupación 1ªdel Instituto de Censores Jurados deCuentas de España (ICJCE).Licenciado en Ciencias Económicas y

Empresariales por la UniversidadComplutense de Madrid, Fornieles Meleroes socio-director en el departamento deauditoría de KPMG desde 1994, aunque sutrayectoria profesional en el ámbito de laprestación de servicios de asesoramiento aempresas se inició en 1983. Asimismo, hasido profesor de la Facultad de CienciasEconómicas y Empresariales de laUniversidad de Cádiz y ha participadoactivamente en la impartición deseminarios y cursos de formación internosy externos organizados por KPMG.

El principal objetivo de Antonio FornielesMelero como nuevo presidente de laAgrupación 1ª del ICJCE es seguirtrabajando, como hasta ahora, en mejorarla formación profesional continuada quepresta la institución, así como ampliar elservicio de asesoramiento y apoyo técnicoa los profesionales de la auditoríamiembros.La Agrupación Primera del Instituto deCensores Jurados de Cuentas representa al35 por cien del total de auditores afiliadosa la organización a escala nacional. Losprofesionales que forman parte de laAgrupación 1ª prestan sus servicios enMadrid, Albacete, Ávila, Cáceres, CiudadReal, Cuenca, Segovia, Soria, Toledo yGuadalajara.

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Antonio Fornieles Melero, nuevo presidente de la Agrupación 1ª del ICJCE

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Jacques Potdevin ha sido elegido nuevopresidente de la Federación de ExpertosContables Europeos (FEE), organismo que engloba a los auditores europeos, en sustitución de David Devlin. Hans vanDamme ha sido nombrado presidenteadjunto responsable de las políticas deinformación financiera, mientras que José María Bové, presidente de la ComisiónInternacional del Instituto de CensoresJurados de Cuentas de España (ICJCE), ha sido ratificado en su cargo comovicepresidente en asuntos relacionados conlas pymes para otros dos años. Peter Kriz,representante del Komora Auditoru CeskeRepubliky, y André Kilesse, presidente delInstitut del Reviseurs d’Enterprises, hansido incorporados como vicepresidentes.Potdevin pertenece a la Federación de

Expertos Contables Europeos desde 1997.En 2000 fue elegido vicepresidente y en2004 presidente adjunto. Ha fundado supropia firma de auditoría Jacques Potdevin& Asocies (JPA Paris). Hans van Damme esmiembro de la Federación de ExpertosContables Europeos desde 1993. Es socio de auditoría de KPMG en Amsterdam.José María Bové repite en su cargo comovicepresidente de FEE. Es auditor y socio de Bové Montero y Asociados, empresa quecreó junto a otros socios a principios de losaños 80 después de desempeñar su laborcomo auditor en una de las grandes firmas.El fundador del Arco Mediterráneo deAuditores (AMA) ha ocupado diversoscargos en el Col·legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya y preside laComisión Internacional del ICJCE.

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Jacques Potdevin elegido nuevo presidente de la FEEJosé María Bové ha sido ratificado como vicepresidente

El argentino Juan José Fermín del Valle hasido nombrado presidente de la FederaciónInternacional de Auditores (IFAC),organización internacional a la quepertenece el Instituto de Censores Juradosde Cuentas de España (ICJCE), durante elXVII Congreso Mundial de Contadores deIFAC celebrado en Turquía. Robert L.Bunting fue nombrado presidente adjunto.Ambos permanecerán en sus cargosrespectivos hasta noviembre de 2008.Tras su elección, Fermín del Valle enfatizó

en su compromiso de aumentar lascompañías alrededor del mundocontribuyendo a su crecimiento económico ydesarrollo. Animó a los miembros de loscomités y del consejo a “liderar con elejemplo” siguiendo los más altos estándareséticos, apremió a los miembros de IFAC acolaborar con la organización sirviendo al

interés público y apeló a los miembros ycorporaciones regionales de auditores aunirse a IFAC en su iniciativa de desarrollarla profesión a nivel mundial.Juan José Fermín del Valle trabajó comomiembro del directorio de IFAC desdeoctubre de 1997. Desde noviembre de 2004hasta su reciente nombramiento comopresidente, Fermín del Valle ocupó el cargode presidente adjunto. Además es miembrodel Grupo de regulación de IFAC ypresidente del Comité de planeamiento yfinanzas. Ha sido socio de la firma DeloitteArgentina desde 1980, profesor asociado enla Facultad de Ciencias Económicas de laUniversidad de Buenos Aires y profesor decontabilidad y auditoría de la Universidadde San Andrés. Es miembro de variasasociaciones contables y autor denumerosas publicaciones.

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Fermín del Valle nombrado presidente de la IFAC

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Homenaje corporativo 2006La nueva Junta Directiva del Instituto rindió un cálido homenaje a losmiembros de la anterior Junta que, tras cumplir el periodo reglamentariode permanencia en sus respectivos cargos, cesaron en los mismos. Setrata de José Mª Gassó Vilafranca , Miguel Martín-Rabadán Muro, IsaacJonás González Díez , Bartolomé Nadal Homar, Agustín Checa Jiménez,Ignacio Viota del Corte , Juan Alberto Marco Granell, Luis AlbertoMoreno Lara y Jesús Rodríguez Hernández.En el transcurso de la comida de Navidad, que compartieron directivos y empleados del Instituto y que siguió a la reunión de la ComisiónPermanente del último mes del año 2006, el presidente, Rafael Cámara,tras dirigir unas palabras de agradecimiento y reconocimiento a losmiembros cesantes por su labor y dedicación al cargo que ahora dejan,les hizo entrega de una escultura con el diseño del emblema corporativo

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CONCLUSIONES DE LASSESIONES TÉCNICAS

Y PLENARIAS

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25 26 27 octubre 2006PALACIO EUSKALDUNA J A U R E G I A

B I L B A O

/////////GONZALOCASADOMORENTIN

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INTRODUCCIÓN- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los pasados días 25, 26 y 27 de octubre se celebró en el Palacio de Congresos y de la Música Euskalduna de Bilbao el XV CongresoNacional de Auditoría del Instituto de Censores Jurados de Cuentas, con la presencia de profesionales del más alto nivel, tantonacionales como internacionales, así como con representantes de destacadas instituciones representativas de la profesión.Bajo el lema “Nuevos retos, nuestra respuesta”, el Congreso desarrolló un programa técnico enfocado hacia los nuevos retos quedeberá afrontar la profesión en los próximos tiempos, y en especial los derivados del nuevo marco de actuación que va a suponeren España la transposición de la Octava Directiva y los derivados del proceso de armonización contable que se está llevando a caboactualmente, tanto a nivel nacional como internacional.Este programa técnico estuvo compuesto principalmente de 2 sesiones plenarias y 11 sesiones técnicas, junto con una sesión decierre, cuyos principales contenidos y conclusiones se resumen a continuación, siguiendo el orden de celebración de las mismas.

SESIÓN PLENARIA 1 - LA PROFESIÓN: HACIA UN NUEVO HORIZONTE- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En esta primera sesión plenaria se analizó el futuro de la profesión auditora, en un momento en el que la auditoría ha dejadode ser un asunto nacional para convertirse en un tema transfonterizo, en cuyo desarrollo deben participar todo los agentesinvolucrados (organismos reguladores, corporaciones, empresarios y legisladores). En especial, se analizaron las modifica-ciones que la aplicación de la Octava Directiva va a suponer en la profesión (responsabilidad, independencia, supervisión,etc.), tanto a nivel europeo como a nivel nacional.Para ello se contó con la presencia de tres ponentes de gran prestigio nacional e internacional, que aportaron su visión sobreel futuro de la profesión desde la óptica tanto del profesional (internacional y europeo) como del legislador (nacional).➢ En primer lugar, Fermín del Valle (IFAC Deputy President) destacó el convencimiento general en la sociedad de que la pro-

fesión contable y auditora es fundamental para el buen funcionamiento de la economía. La auditoría es un eslabón claveen la cadena de producción de la información financiera, y por lo tanto cumple una función de interés público, lo que exigede los auditores una alta calidad y plantea el desafío de actuar con inteligencia para que esta calidad se dé con eficiencia.

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La Octava Directiva ha provisto un razonable marco regulatorio para Europa, dentro del cual cabe destacar la decisión deadoptar Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) que hayan sido desarrolladas en unas determinadas condiciones. ElInternational Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) de IFAC está trabajando cumpliendo todas esas condicio-nes para que sus normas sean adoptadas por la Comisión Europea. Asimismo, se ha tomado la decisión de acelerar el pro-yecto “Clarity” de forma que esté concluido para finales de 2008.Hacia mediados del próximo año, está prevista la emisión de una guía para la aplicación de las NIA´s en la auditoría dePYMEs, lo que será una herramienta de gran utilidad y facilitará la implementación practica del principio de que “una audi-

toría es una auditoría” y que no es conveniente la existencia de distintos conjuntos de normas de auditoría, según el tama-ño de la entidad auditada.Los principios bajo los cuales se debe realizar la auditoría no pueden ser distintos según el tamaño, aunque la aplicaciónde los procedimientos de auditoría pueda ser más simple en el caso de las PYMEs. En todo caso, hay otros productos (revi-siones limitadas, etc.) que ofrecen un distinto grado de seguridad y tienen otros procedimientos. Existen otras áreas en lasque la Octava Directiva deja libertad de decisión a los Estados miembros en su proceso de transposición a la legislaciónnacional, destacando dos:Supervisión pública: cada Estado Miembro debe organizar un sistema efectivo de supervisión pública de los auditores, enbase a ciertos principios, cuyo objetivo principal debe ser defender el interés público, bien a través de la propia actuacióndel ente supervisor o contando con la colaboración de otras organizaciones (incluidas las organizaciones profesionales).• La supervisión pública es un medio para asegurar la calidad del auditor, por lo que no hay contraposición de interés en

este sentido entre la profesión y el supervisor, dado que para ambos la calidad es el objetivo principal. La medida deléxito para todos (auditores y supervisores) será señalada por la implantación de una verdadera cultura de la calidad.

• Independencia: se encuentra en revisión, como una cuestión de alta prioridad, el Código de Ética de IFAC (previsto unborrador para diciembre 2006), con el objetivo de que esta normativa, basada en principios y con un enfoque de amena-zas y salvaguardas, pueda convertirse en una clara referencia internacional y facilite un proceso de convergencia, tam-bién en esta materia.

En relación con el proceso de armonización contable en España se sugiere que las NIIF sean adoptadas directamente (intro-duciendo alguna excepción sólo si está debidamente justificada), así como las normas que el Internacional AccountingStandards Board (IASB) emita próximamente para las PYMEs, evitando la elaboración de un conjunto propio de normas, loque facilitará la uniformidad y redundará en un ahorro de recursos.Esto no supone que un país delegue en un organismo ajeno la elaboración de sus normas, sino que cada país de maneraautónoma tome la decisión de incorporar a su legislación un conjunto de normas homogéneas con el resto del mundo. Laexperiencia demuestra la dificultad de seguir el ritmo a los cambios en el ámbito internacional, por lo que en vez de volvera escribir todo es mejor hacer una buena traducción y no duplicar el esfuerzo, poniendo toda la energía en participar en elproceso de elaboración de la normativa internacional e incidir en su resultado.Respecto al proceso de convergencia contable internacional se señala que existen señales claras del interés de los princi-pales implicados en el proceso (EEUU y Europa), y aunque a corto plazo no se vaya a conseguir una convergencia total sí secamina hacia normas similares.IFAC quiere contar con la colaboración de todos sus miembros y España no puede estar ausente, pues tiene mucho que apor-tar. En este sentido, se anuncia la designación de Carmen Rodríguez, miembro del Departamento Técnico del ICJCE, parael Comité de Ética de IFAC.

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➢ A continuación, intervino Jacques Potdevin (FEE Deputy President), quien comenzó su análisis destacando el importantemomento en que se encuentra actualmente la profesión como consecuencia del rediseño de marco regulatorio realizado enla Unión Europea en muchas áreas importantes (IFRS, Auditoría Estatutaria, Corporate Governance, cualificaciones profe-sionales, etc.). En particular, la modificación de la directiva sobre auditoría legal ha supuesto una auténtica revolución enel sector. Es nuestra responsabilidad como profesionales que el nuevo sistema funcione adecuadamente.Como profesión, necesitamos establecer prioridades para el futuro en aspectos como:• Calidad en la educación de las jóvenes generaciones: nuestro sistema educativo debe preparar a las jóvenes generacio-

nes de contables para prestar los mejores servicios a todo tipo de clientes.• Calidad de servicios para todo tipo de clientes: nuestra profesión tiene una larga historia con múltiples áreas de activi-

dad, de las cuales la auditoría estatutaria es uno de los negocios principales• Promocionar los estándares globales (IFAC), por nuestro propio interés. Es importante tener unas normas adecuadas,

sobre todos para las PYMEs, pero después de hacer un análisis coste-beneficio.Nuestra profesión lleva a cabo muchas actividades de interés público, por lo que tiene una especial responsabilidad

hacia la sociedad y es necesario que respete los principios éticos recogidos en el Código de Ética de la IFAC. Pero esnecesario que los reguladores comprendan que nosotros no somos los responsables de los recientes escándalos, pues nosomos policías. Tenemos que mejorar nuestros sistemas de calidad, pero también tenemos nuestras limitaciones de res-ponsabilidad.

En respuesta a una pregunta planteada sobre el futuro de las firmas pequeñas de auditoría en una economía global, sedestacó que la idea fundamental consiste en mejorar la calidad y en algunos casos dar un empuje hacia la participaciónen alguna red. Las pequeñas y medianas firmas tienen un futuro claro en los mercados locales (el mercado está com-puesto en su mayoría por PYMEs y éstas suelen preferir PYMEs auditoras), pero si quieren trabajar en los mercadostrasnacionales tendrán que buscar alianzas o la asociación de firmas mediante la integración en redes internacionales.

➢ Finalmente, intervino Ricardo Torres Balaguer (Portavoz del Grupo Socialista en la Comisión de Economía y Hacienda del

Congreso de los Diputados), quien comenzó informando sobre la situación actual del Proyecto de Ley de ReformaMercantil, en fase de “estabilización” y reflexión según sus palabras, aunque está previsto el cierre de los debates y su apro-bación para el primer trimestre de 2007. A continuación realizó las siguientes reflexiones:En España todavía hay un gran camino por andar que tenemos que recorrer todos juntos (legisladores, instituciones,Gobierno, profesionales, inversores, etc.), en aspectos como los siguientes:• La reforma de la Ley de Auditoría es inaplazable y necesita cambios en un sentido amplio, como consecuencia de las

modificaciones que se han producido desde 1998. La transposición de la Octava Directiva en los próximos dos años nosva a dar una oportunidad para poner al día todas las cuestiones necesarias.

• El modelo de supervisión en España necesita de una mayor cercanía a los profesionales de la auditoría, debe centrarseen la calidad y abandonar el enfoque sancionador.

• El régimen de responsabilidad civil del auditor (muchas veces busca el bolsillo del auditor y no su responsabilidad real),cuyo debate ya se realizó en la Comisión de Economía del Congreso, instando al Gobierno a realizar un cambio en su regu-lación para que España no sea una isla dentro de Europa en este campo.

Claramente hay en todo el mundo un cambio de tendencia regulatoria, dirigido a compensar los “excesos regulatorios” ori-ginados por la manera de legislar en los últimos años, como una respuesta política a los denominados “escándalos conta-bles”, de manera precipitada y sin contar suficientemente con la profesión. La Octava Directiva, en cuya elaboración se hacontado tanto con los profesionales de la auditoría como con los usuarios es el mejor ejemplo de esta tendencia.La transposición de la Octava Directiva es una oportunidad para romper la incomunicación que ha existido en el pasadoentre la profesión y el legislador. La colaboración institucional será beneficiosa para todos, pues nadie quiere que la normano responda al interés público y sí a la mejora en la calidad y transparencia de la información financiera.La auditoría debe ser equivalente a prestigio profesional, para lo cual es necesario que se sepa y conozca claramente cuales la función del auditor y darle el papel que merece como elemento clave en la llamada generación de confianza. El pres-tigio internacional de la profesión auditora española debe también tener reflejo en el ámbito nacional.Los auditores como profesionales tienen mucho que aportar socialmente, su opinión debe contar en las decisiones de polí-tica económica e ir mucho más allá de la estrictamente técnica sobre los estados financieros.

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Existe la disposición a colaborar al más alto nivel (Parlamento, Gobierno, reguladores, etc.) para que todos podamos apor-tar nuestro conocimiento y experiencia en mejorar nuestro entramado normativo, darle más estabilidad y obtener unosniveles de altísima calidad en la información financiera de las empresas españolas. En la colaboración institucional gana-mos todos: el legislador, el Gobierno, la profesión, los usuarios y, en definitiva, la propia sociedad española.Los auditores deben hacer llegar a los grupos políticos con claridad las propuestas de la profesión, justificándolas por elinterés general, que es el objetivo final de todos.En los próximos tiempos, vamos a vivir unos momentos delicados en el proceso de mejora de la Ley de Reforma Mercantil,pero todos los grupos políticos son conscientes de que el problema es de toda la sociedad y hay que confiar en que se con-sideren las necesidades o visiones de todos los implicados, aunque es difícil incorporar todas ellas (por ejemplo, es muydifícil la aplicación directa de las NIC´s debido a la existencia de elementos de seguridad jurídica).En concreto, el vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda tiene mucho interés en que la Leyde Reforma Mercantil tenga el máximo consenso posible entre todas las partes implicadas (empresas, profesión, grupospolíticos, etc.), por tratarse de un tema de interés general para todos.

Sesión Técnica 1 - El nuevo marco de actuación del auditor: la posición del ICJCE- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En esta sesión técnica, configurada como una continuación de la sesión plenaria anterior y desarrollada en paralelo y con elmismo contenido en 4 salas para todos los congresistas, se analizó la situación actual de la profesión en España y los efectosque la aplicación de la Octava Directiva debe tener en la profesión y la normativa a nivel nacional.Las principales conclusiones alcanzadas en relación con el nuevo marco de actuación que se nos presenta y su adaptación ala situación nacional fueron las siguientes:• Necesidad de un nuevo marco regulatorio (Ley de Auditoría y Reglamento): que cubra el grave vacío normativo actual.

– Urgente reforma del Reglamento, sin esperar a la transposición de la Octava Directiva.– La transposición de la Octava Directivaa debe suponer una nueva Ley de Auditoría, no una reforma de la actual.En este cambio regulatorio es necesario que el legislador escuche y tenga en consideración la opinión de la profesión.Cuando la profesión actúa de manera coordinada en sus reclamaciones (p.e., Anteproyecto de Ley de SociedadesProfesionales y reforma del Código Penal) consigue influir en los legisladores.

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• Independencia e incompatibilidades:– Implantar un sistema basado en un enfoque de amenazas y salvaguardas.– Evitar más restricciones en auditorías y servicios distintos de auditoría (revisiones limitadas, Ecoembes, etc.).

• Rotación

– Rotación de socios y no del “equipo auditor”: 2 años de espera (“cooling-off”).• Necesidad de reforma de la responsabilidad del auditor

– Limitación de la responsabilidad del auditor (estudio UE): proporcional al daño causado (convertir en ley la proposiciónno de ley aprobada en su día).

– El auditor actualmente se encuentra en una situación de indefensión, en la que muchas veces debe trabajar para la cober-tura de la responsabilidad.

– Es difícil que las aseguradoras cubran todos los “siniestros” en el marco regulador actual (el estudio de la UE indica quedebe analizarse este punto).

Una buena cobertura del seguro junto con la responsabilidad limitada animaría a los auditores medianos a entrar en el mer-cado de la auditoría de empresas cotizadas.

• Necesidad de reforma del régimen sancionador (“presunción de culpabilidad”).– Eliminar la mención al auditor en el Código penal.

• Control de calidad y supervisión pública

– Modificar el modelo actual de supervisión del ICAC, intervencionista, enfocado hacia la actuación inspectora y sancio-nadora y alejado de la actividad cotidiana de la profesión.

La relación entre la profesión y el organismo regulador debe pasar de un modelo basado en la desconfianza mutua a unmodelo basado en la colaboración.– Participación de los ejercientes activos en los organismos de supervisión pública.– Sistema de supervisión pública transparente y con financiación adecuada.Los auditores pedimos a los reguladores que no establezcan normas tan estrictas que impidan el desarrollo normal de laprofesión, pero como contrapartida debemos estar comprometidos con la calidad.

• Adopción en bloque de las Normas Internacionales de Auditoría.

Las normas de auditoría deben ser aplicables con carácter general, tanto a entidades de interés público como al resto deempresas, dado que el nivel de seguridad que debe aportar una auditoría debe ser igual para todas ellas.

En todo caso, está previsto por parte de IFAC la emisión de una guía para la aplicación de las NIA´s en la auditoría de PYMEs.• Mejorar el conocimiento de la profesión entre el público en general.

En la sociedad hay un desconocimiento bastante grande de la profesión, de la cual sólo tienen noticias cuando se producealgún escándalo financiero.

• Otros aspectos a considerar– Impulsar la plena aplicación de los Comités de Auditoría (art. 41).– Informe de Transparencia: homogeneización y reducción de costes.– Buen Gobierno Corporativo: implantación del Código Unificado.

En base a las conclusiones alcanzadas se plantean tres categorías de acciones prioritarias:1. Reforma del Marco Normativo:

– Reglamento de Auditoría: Normas de Independencia.– Responsabilidad Proporcional.– Reforma del Régimen Sancionador.– Proyecto de Ley de Sociedades Profesionales.– Proyecto de Ley de Reforma Mercantil y nuevo Plan General de Contabilidad.– Proyecto de Reforma del Código Penal.– Transposición 8ª Directiva mediante nueva Ley de Auditoría.

2. Reforma del Modelo de Supervisión:

– Nueva Orientación Institucional del organismo supervisor (no reforma del ICAC).– Régimen Sancionador orientado a la Calidad.– Procedimiento para resolución de Consultas.

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– Supervisor con entendimiento de la industria y con expe-riencia en la aplicación de las normas profesionales.

– Intensificar relación con otros organismos supervisores

3. Obtención de una Representación Profesional adecuada:

– Mayor visibilidad institucional.– Ganar capacidad de influencia ante los organismos regu-

ladores (legislativo y ejecutivo).– Ampliar la capacidad de interpretación de normas: por

ejemplo a través de la emisión de guías del ICJCE.– Potenciar las acciones de comunicación: plan de medios.– Actividad Institucional: presencia regular.

ACCIONES PRIORITARIAS1. Reforma del Marco Normativo2. Reforma del Modelo de Supervisión3. Representación Profesional adecuada

Sesiones Técnicas 2/6/9/10 - El nuevo Plan General de Contabilidad- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Con anterioridad a la publicación en el Boletín de las Cortes el día 12 de mayo de 2006 del proyecto de Ley de reforma y adap-tación de la legislación mercantil en materia contable, se inició por parte del ICAC la redacción de un borrador que adapta ydesarrolla el Plan General de Contabilidad a las nuevas directrices que el mencionado Proyecto de Ley establecía ya en suborrador, con una clara tendencia a las NIC/NIIF sin pretender una convergencia total a las mismas.El pasado día 28 de septiembre, se debatieron en el Congreso de los Diputados las enmiendas presentadas al mencionadoProyecto, algunas de ellas a la totalidad, lo que comportará probablemente modificaciones al mismo y, como consecuencia deello, modificaciones también al borrador del Plan General de Contabilidad en el que estaba trabajando el ICAC, antes de suexposición pública.A lo largo del Congreso se desarrollaron 4 sesiones técnicas analizando las principales novedades que los mencionados borrado-res del nuevo PGC plantean en cuanto a normativa, documentación, definiciones, requisitos, etc., comparándolas tanto con la nor-mativa actual a nivel nacional (antiguo PGC) como con la normativa internacional actualmente en vigor (NIIF).Los temas tratados en estas sesiones y los aspectos más destacados en cada una de ellas fueron:

➢ Marco conceptual de la contabilidad: objetivos y características de los estados financieros, principios contables, elemen-tos de los estados financieros y normas de registro y valoración.✓ Diferencias entre el marco conceptual del PGC (enfocado a la propiedad y a los acreedores) y el desarrollado por el IASB

(enfocado al mercado).✓ Requisitos básicos de la información para su comparabilidad e integridad: la relevancia y la fiabilidad.✓ Principios contables: mayor importancia del fondo económico de las operaciones sobre la forma y pérdida de importan-

cia del principio de prudencia.✓ Nuevos elementos de las Cuentas Anuales: destacar el coste que supondrán en cuanto a familiarización y adiestramien-

to del personal.✓ Resumen de los criterios de registro y reconocimiento.

➢ Inmovilizados materiales e intangibles: valoración inicial y posterior, amortización y deterioro del valor, arrendamientos,normas particulares, etc.✓ Respecto al inmovilizado material se destacaron como modificaciones significativas las referentes al reconocimiento del

valor actualizado de las obligaciones de desmantelamiento de activos, la activación obligatoria de los gastos financieros,

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el tratamiento contable de las permutas, las valoraciones posteriores y la necesidad de evaluar, al cierre del ejercicio, losindicios de deterioro.

✓ Respecto al inmovilizado inmaterial, la aplicación de las mismas reglas de valoración que para el inmovilizado material,tanto en las valoraciones iniciales como en las posteriores (intangibles con vida útil definida y vida útil indefinida) y se revi-saron las normas particulares de: I+D, fondo de comercio, inversiones en locales arrendados y arrendamientos financieros.

➢ Provisiones y contingencias: incluyendo pasivos por retribuciones al personal a largo plazo y transacciones con pagosbasados en instrumentos de patrimonio.✓ Se pondrá freno al abuso en la contabilización de provisiones y contingencias y no serán admisibles las provisiones

genéricas.✓ Como novedades, se registrarán las obligaciones implícitas o tácitas y se contabilizará a valor actual los importes nece-

sarios para cancelar o transferir a un tercero la obligación que da origen a la provisión.✓ Desaparece la provisión para grandes reparaciones y no se contemplan las provisiones para reestructuración.

➢ Impuesto sobre Beneficios: nuevo modelo de cálculo, efecto impositivo en combinaciones de negocios y operaciones conpatrimonio (temporarias), impuestos anticipados (prudencia) y diferidos (con empresas vinculadas).✓ El proceso de cálculo es ahora a partir del impuesto corriente, sólo hay impuestos diferidos (activos y pasivos) y las dife-

rencias temporarias no son iguales a las temporales.✓ El principio de prudencia no es el preferente, lo que permite registrar activos por impuestos diferidos en función de la

posibilidad de recuperación.✓ Se da un nuevo tratamiento a los impuestos diferidos con empresas vinculadas.

➢ Combinaciones de negocios, negocios conjuntos y consolidación: conceptos, valoración, operaciones entre empresas delgrupo, normas de consolidación.✓ Algunas diferencias con las NIIF en este apartado son: la consolidación horizontal, la aplicación de los mismos criterios en

cuentas consolidadas e individuales, mayores requisitos de información en memoria y el excesivo resumen que se realiza dealgunas normas internacionales.

✓ Las normas particulares para fusiones y escisiones sondistintas según se trate de relaciones matriz-dependien-te o relaciones entre dependientes y desaparece la fusiónde intereses.

✓ No se especifican procedimientos de valoración en unaadquisición cuando no hay mercado organizado.

➢ Instrumentos financieros: valor razonable, clasificaciónde los instrumentos financieros, correcciones valorativas,información a revelar.✓ En este ámbito quedan sin resolver algunas cuestiones sig-

nificativas: conceptos como “disponible para la venta”,“cartera de negociación” y otros, coste de un instrumentofinanciero, modelo de valoración fiable, incorporación de laopción del valor razonable, efecto en las PYMEs.

➢ Hechos posteriores, errores, cambios de criterio contable y

estimaciones: criterios de contabilización e informaciónen memoria.✓ Puede haber un cambio de criterio por cambio de norma.

y se contempla la posibilidad de modificar las cifras com-parativas de ejercicios anteriores, afectadas por un cam-bio de criterio, para facilitar su comparabilidad.

✓ Respecto a los “errores” se aplican los mismos criterios

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que para cambios de criterio, aunque no se contempla la modificación de cifras ya aprobadas por la Junta vía correcciónde un error.

✓ La aplicación de los cambios en estimaciones es prospectiva.✓ Se plantean dudas respecto a los impactos patrimoniales y fiscales de los cambios de criterio y corrección de errores.✓ Se incluye una norma de evaluación de hechos posteriores para establecer la responsabilidad de los administradores res-

pecto a los mismos.

➢ Normas de elaboración de cuentas anuales y modelos: elementos de las cuentas anuales y estructura de cada uno de ellos,cuentas abreviadas, información a incluir.✓ Es un cambio complejo y algunos aspectos formales importantes (p.e. libros oficiales) están sin resolver: moneda fun-

cional, corrección de errores en libros ya depositados.✓ La información intermedia no necesita cifras comparativas a no ser que se exija específicamente (CNMV).✓ Se está pensando la incorporación de “Disposiciones Transitorias” que regulen la aplicación por primera vez del nuevo PGC.

Sesión Técnica 3 - Modificaciones mercantiles: Consolidación y Unidad de decisión- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

La nueva definición de grupo de sociedades introducida en el artículo 42 del Código de Comercio por la Ley 62/2003, de 30 dediciembre, supuso la modificación de las condiciones en las que se venían presentando las cuentas anuales consolidadas y laampliación de la obligación de consolidar a nuevos grupos de sociedades.En esta sesión técnica se analizaron los efectos que la incorporación de la unidad de decisión ha tenido en la definición de losgrupos consolidables, los procedimientos de consolidación y la formulación de cuentas anuales consolidadas, desde una dobleperspectiva:

1. La visión mercantil✓ Los grupos de sociedades son una nueva forma de empresa, caracterizada por la existencia de una “unidad económica

de dirección”, de donde surge el concepto de “empresa policorporativa”.La unidad de decisión supone una integración empresarial de las sociedades que forman el grupo, que puede originar situa-

ciones incongruentes con otra regulación (p.e. las sociedades de distribución energética).✓ No existe un derecho específico de grupos de sociedades, sino normas especiales para los grupos especiales dentro de la

legislación general (contables, fiscales, laborales, etc.).✓ Una reflexión a destacar es que un “concurso” podría pasar a “concurso culpable” si la sociedad obligada a formular

cuentas anuales consolidadas por ser la dominante de un grupo horizontal no lo hiciera, debido a que la Ley Concursalestablece el incumplimiento contable como motivo para considerar un concurso como culpable.

2. La visión del auditor✓ El principal problema para el auditor es como identificar a un grupo de sociedades con dirección única (grupos hori-

zontales), por lo que la única vía para el auditor es obtener una manifestación de los administradores.– La definición de “unidad de decisión” es poco precisa y se basa en la técnica de las presunciones (administradores

comunes, accionistas comunes...) lo que entraña un alto grado de subjetividad, así como una gran complejidad a lahora de demostrar lo contrario.

– Las entidades que no ejercen actividades mercantiles quedan fuera de la obligación de consolidar.✓ La técnica de consolidación en los grupos horizontales, aunque es similar a la tradicional y el ICAC ha ido recogiendo

algunas características propias en sus consultas, no tiene una normativa clara al respecto.✓ Según la opinión del ICAC, la definición del grupo de sociedades depende de la normativa local, aunque la consolidación

deba realizarse de acuerdo a NIIF, lo que plantea un callejón sin salida en el caso de los “grupos horizontales” con empre-sas cotizadas, dado que las NIIF no contemplan como consolidar estos grupos y, según el ICAC, para lo que no se con-temple en las NIIF se aplica lo indicado en la normativa nacional.

El ICAC no puede crear jurisprudencia respecto a las NIIF y crear este tipo de diferencias respecto a la aplicación de lasNIIF a nivel internacional.✓ Obligación de presentar Cuentas anuales consolidadas horizontales y verticales de una misma sociedad.

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Sesión Técnica 4 - Normas Internacionales de Auditoría: Un futuro previsible- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Las principales Normas Internacionales de Auditoría (NIAs), en inglés International Standards on Auditing (ISAs), su evolu-ción y previsible aplicación futura a nivel nacional y las diferencias más significativas con la normativa nacional fueron obje-to de análisis en esta sesión técnica, desde una doble perspectiva:

1. Perspectiva internacional✓ El nuevo marco regulador europeo de la auditoría (Octava Directiva) es el resultado de diversos hitos que se han venido pro-

duciendo históricamente y presenta algunas diferencias con la normativa americana (obligatoriedad de la auditoría, etc.).✓ Todos los estados miembros de la UE deben requerir a los auditores la aplicación de las NIAs, una vez que hayan sido

adoptadas por la Comisión Europea y publicadas en cada una de las lenguas oficiales de la Unión. La FEE está a favor dela implantación de las NIAs como estándar, sin que se añadan o eliminen normas o requisitos adicionales a nivel nacio-nal, aunque en algunos casos deban incorporarse requisitos legales nacionales.

✓ La UE está realizando un trabajo preparatorio para la adopción de NIAs a través de diferentes Comités y Grupos (AuRC,EGAOB, etc.), pero todavía no se ha tomado ninguna decisión para adoptarlas.

La posición de la FEE va encaminada a que deberían plantearse los requisitos mínimos y máximos, además entienden queel “Audit Regulatory Comittee (AuRC)”, debe participar en todos los aspectos relativos a la implantación de las NIAs.✓ El International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) de IFAC está desarrollando el “Proyecto Clarity”, con el

objetivo de preparar unas NIAs más sencillas y, por lo tanto, más aplicables de manera consistente. Para ello se están rees-tructurando y resumiendo las NIAs actualmente existentes, esperando que estén finalizadas todas ellas para el 2008.

✓ Según una encuesta realizada por la FEE sobre la Adopción y Traducción de las NIAs en 29 países (los 25 estados miem-bros, más Bulgaria, Rumania, Noruega y Turquía) más de la mitad de los países las han adoptado sin modificaciones y seencuentran traducidas en 20 idiomas. En el caso de España la adopción de las NIAs se basa en “principles-based nacio-

nal auditing standards unrelated to ISAs”.

La Comisión Europea está muy interesada en analizar cuidadosamente los resultados de la encuesta realizada y encontrarla mejor fórmula para la traducción de las NIAs, dado que en el pasado ha habido problemas con las traducciones.

Es esencial que todos los organismos que forman parte de FEE coordinen sus puntos de vista internamente y con las autori-dades europeas y aseguren que los estándares son aceptables para su aplicación en Europa.

2. Perspectiva nacionalEn esta ponencia se analizaron fundamentalmente lasprincipales diferencias entre las NIAs y las Normas

Técnicas de Auditoría en España (NTA), destacando lassiguientes:✓ Consideraciones sobre la independencia: el Código de con-

ducta del IFAC es más detallado y amplio que la Ley deAuditoría de Cuentas (art.8). La UE es reacia a meterse entemas de independencia y legislar sobre este aspecto.

✓ Aspectos formales en los procedimientos de consulta yrevisión.

✓ Materialidad y alcance de los procedimientos: pará-metros más bajos en NIAs.

✓ Procedimientos de fraude.✓ Relación entre auditores: delimitación de responsabi-

lidad en informe consolidado.✓ Carta de manifestaciones: relación de ajustes inmateriales.✓ Redacción del informe: incertidumbres y uniformidad

no contemplados en NIAs.✓ Comunicaciones a los organismos reguladores: obliga-

ción en NTA.

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La previsión futura es la incorporación paulatina de las NIAs a la normativa española, una vez finalice el proyecto “Clarity”,dando prioridad a la revisión de algunas normas técnicas (Valor razonable, Partes vinculadas, Carta de manifestaciones,Relación entre auditores, Documentación, Uniformidad e Incertidumbres).Destacar también la preparación por el IFAC de unas guías para la aplicación de las NIAS en las pequeñas empresas.

Sesión Técnica 5 - Auditoría informática- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En esta sesión técnica se presentó la situación de la auditoría informática en España y los esfuerzos de redes internaciona-les creadas para la aplicación de las nuevas tecnologías en el trabajo de auditoría.

1. Auditoría informática en España✓ La auditoría informática, o auditoría de sistemas informáticos, es una actividad no regulada en España, que no debe con-

fundirse con la auditoría de seguridad informática, y que se puede presentar como parte de la auditoría de cuentas ocomo actividad independiente.

✓ La auditoría informática es necesaria debido a la importancia de los sistemas de información en los procesos de nego-cio, decisiones estratégicas, fraude, requerimientos legales (por ej., protección de datos), etc.

✓ La Norma Técnica de Auditoría que trata de los entornos informatizados no es propiamente auditoría informática, sinoque se refiere más bien a técnicas de auditoría con ayuda del ordenador (CAAT).

✓ La Information Systems Audit and Control Association (ISACA) es una asociación profesional con presencia en 140 paí-ses (en España: Madrid, Barcelona y Valencia) que emite los títulos profesionales CISA y CISM, publica directrices yguías para la auditoría de sistemas informáticos (entre las que destaca COBIT, considerada la “biblia” de los controlesinformáticos) y realiza actividades de formación para sus miembros.

Como reflexión final, destacar que en el futuro cercano el control interno se basará en gran medida en las tecnologías de lainformación.

2. International Innovation Network (IIN)La International Innovation Network (IIN) es una red creada para compartir ideas sobre nuevos productos y servicios para lacomunidad empresarial y la profesión auditora y contable, colaborando en su desarrollo y distribución (www.iinonline.com).En esta sesión se presentaron algunos de los productos y servicios desarrollados por esta red, de la que es miembro elICJCE, como son:✓ Trust Services (WebTrust,..., etc.)✓ Herramientas de apoyo al trabajo de los profesionales.✓ Utilidades de gestión de firmas de profesionales.✓ Herramientas de Formación.

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Sesión Técnica 7 - Pequeños y medianos despachos de auditores: problemas y soluciones- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En esta sesión técnica se presentaron las conclusiones alcanzadas por la Comisión de Despachos Pequeños y Medianos(DEPYME) sobre la situación de este colectivo de auditores en relación con su problemática específica y las posibles solucio-nes que se pueden plantear desde el Instituto.➢ Del análisis comparativo sobre la situación de la auditoría en España se concluye que:

✓ Hay una gran concentración en las grandes firmas, al igual que en el resto del mundo.✓ En los auditores pequeños y medianos la facturación por persona es baja (debido a que el personal se dedica parcial-

mente a la auditoría al estar integrado en despachos multidisciplinares) y el precio hora de la facturación también esbajo (en otros países dicho precio incluso se multiplica por dos).

✓ El ICJCE tiene un peso significativo al agrupar 1.271 auditores (44,2% sobre el total) que en facturación representan un82,5% del total de la facturación de auditoría en España.

➢ La Comisión DEPYME fue creada ante la percepción de inquietud por parte de los auditores pequeños y medianos frente alcambio de actitud de control que se inició a partir del ejercicio 2002.✓ Tanto los despachos como la Corporación deben ejercer la autocrítica aunque lo importante es actuar de acuerdo con la

nueva situación.✓ La relación con los grandes despachos es favorable para la Corporación, destacando su aportación tanto en recursos

humanos como económicos.

➢ El ICJCE considera prioritario establecer los cauces para dar solución a corto plazo a la problemática que se circunscribecasi exclusivamente a despachos pequeños y medianos, como la siguiente:✓ Desarrollo del trabajo: formación y actualización, supervisión, independencia, especialización, normalización de proce-

dimientos, etc.✓ Cuestiones legales: incompatibilidades de servicios, concentración de honorarios y rotación obligatoria.Estos problemas afectan directamente a la calidad del trabajo del auditor de este tipo de despachos en cuanto a documen-tación del trabajo, cumplimiento de la normativa, adecuación de la evidencia o informe.

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➢ El objetivo del ICJCE es acompañar la evolución del colec-tivo, fijando como metas el aseguramiento de la calidad,la protección ante la responsabilidad y la rentabilidad dedicho colectivo. Para la consecución de dichos objetivos,en la actualidad se está trabajando en aspectos como:✓ La comunicación con el colectivo a través de reuniones

de sensibilización a nivel de cada OrganizaciónTerritorial.

✓ Facilitar soporte técnico, legal y documental.✓ La formación a través de cursos de reciclaje y la for-

mación a auxiliares.

➢ Entre los retos que la Comisión DEPYME se plantea parael futuro se encuentran la optimización de la relación delcolectivo con el Departamento Técnico, la instrumenta-ción de la página Web, la participación de todo el colecti-vo y la formación presencial en zonas distantes.Desde la Comisión DEPYME se recomienda a este colec-tivo actualizar y completar la formación técnica, pero sinrechazar otras opciones que deben corresponder al ámbi-to y decisión personal de cada despacho auditor: uniones,acuerdos de colaboración, cesión de cartera o personalespecializado, etc.

Sesión Técnica 8 - La reforma fiscal- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En esta sesión técnica se analizaron algunos de los aspectos más significativos de la reforma fiscal, actualmente en marchaa través de dos proyectos de ley, y las implicaciones que pueden tener para nuestro trabajo como auditores.

1. Proyecto de Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los

Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

➢ I.R.P.F.: mantiene su estructura.✓ Desaparece la referencia a la renta disponible, considerándose el mínimo personal o familiar como reducción en la

base liquidable, lo que equivale a un gravamen a tipo cero.✓ Rentas del trabajo: se incrementa notablemente la reducción por su obtención.✓ Renta del ahorro: las principales novedades se encuentran en los rendimientos del capital mobiliario y en el trata-

miento de los incrementos y reducciones patrimoniales.

➢ I.Sociedades: modificación gradual a la espera de la adecuación de la normativa contable a las NIIF (Reforma mercantily nuevo PGC), buscando un mayor acercamiento a los países de nuestro entorno y simplificando su estructura.Los cambios afectan (a partir de 1.1.07) a aspectos como: tipo de gravamen (reducción en dos años del 35% al 30% y tra-tamiento más ventajoso para las PYMEs), retenciones a cuenta (pasan del 15% al 18%) o deducciones y bonificaciones enla cuota íntegra (se reducen o suprimen de manera progresiva, en un plazo, en algunos casos, de hasta seis años).Destaca también la supresión del régimen especial de las sociedades patrimoniales.

➢ Otros tributos: I.s/Renta no Residentes e Impuesto sobre el Patrimonio.

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2. Proyecto de Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal

El Proyecto de Ley de Prevención del Fraude Fiscal prevé la modificación de varias leyes como la ley que regula la funciónnotarial, la regulación de las llamadas operaciones entre empresas vinculadas, la regulación de las aportaciones de inmue-bles a sociedades cuyas participaciones luego se transmiten y la regulación de la responsabilidad subsidiaria en materiade IVA, entre otras.En esta ponencia se incluye el informe de la Asociación Española de Asesores Fiscales sobre el Anteproyecto de Ley dePrevención del Fraude Fiscal.

Sesión Técnica 11 - Nuevos requerimientos legislativos en la actuación del auditor- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En esta sesión técnica se trataron dos temas que, aunque dispares, ambos son consecuencia de la evolución legislativa y a suvez afectan al trabajo del auditor:

1. Blanqueo de capitalesEl “blanqueo de capitales” es el conjunto de actividades realizadas por una persona física o jurídica tendentes al aprove-chamiento del dinero procedente de algún acto delictivo, simulando un origen lícito, así como el encubrimiento o ayuda alas personas que han cometido el delito y generado el dinero.Como consecuencia de la Ley 19/2003, los auditores son sujetos obligados en cuanto al seguimiento de las directrices quemarca la normativa vigente en materia de prevención de blanqueo de capitales (así como otros sujetos como los asesoresfiscales y los contables externos).➢ El auditor debe implantar los procedimientos establecidos por Ley: identificar y establecer políticas de admisión de

clientes, nombrar un representante ante el SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo deCapitales e Infracciones Monetarias, dependiente del Banco de España) y crear un OCIC, formar a los empleados y esta-blecer controles y procedimientos internos, básicamente de comunicación, para conocer, prevenir e impedir la realiza-ción de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales.

➢ Examinar las operaciones que puedan estar vinculadas con el blanqueo de capitales si se ponen de manifiesto durante larealización del trabajo de auditoría, sin necesidad de planificar procedimientos específicos para detectarlas, y conservarla documentación relativa a clientes durante seis años.

➢ Evitar entrar en contacto con personas físicas o jurídicas que sean susceptibles de estar blanqueando dinero.➢ Concienciar al personal de la empresa y conocer los sectores de riesgo.➢ Utilizar las publicaciones del Ministerio de Economía y Hacienda a fin de orientar específicamente a los profesionales

sobre los tipos de operaciones con riesgo potencial de vinculación con actividades de blanqueo de capitales.La legislación sobre prevención del blanqueo de capitales afecta directamente al auditor, de varias maneras:➢ El auditor tanto de una empresa no sujeto obligado como de un sujeto obligado está sujeto a esta legislación.➢ El auditor puede actuar como experto externo y realizar el examen anual/trianual de los procedimientos y órganos de

control interno y de comunicación.

2. Informe de gestiónComo consecuencia de la Ley 62/2003, que modificaba el artículo 49 del Código de Comercio y el artículo 202 del TextoRefundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el contenido del informe de gestión tiene un nuevo contenido mínimo, conefecto para los ejercicios cerrados con posterioridad al 1 de enero de 2005.En esta ponencia se analizó la situación del Informe de Gestión, tanto en la legislación mercantil como en la realidadempresarial, y cual debe ser la actuación del auditor en relación con este documento.

➢ El Informe de Gestión, en caso de confeccionarse correctamente, sería un documento muy importante para conocer larealidad de las empresas, aunque parte de la información requerida está supeditada a lo que los administradores entien-dan como relevante para el lector.

➢ El Informe de Gestión es un documento que no puede ser normalizado ya que es totalmente cualitativo y personal de cadaempresa.

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➢ Los informes de gestión actuales presentan una gran disparidad y, salvo para las empresas cotizadas y grandes empre-sas no cotizadas, no contienen información relevante para los lectores de información económica, debido al temor al usode la información facilitada por los competidores, las entidades financieras, los trabajadores u otros agentes externos.

➢ El alcance del trabajo del auditor en relación al informe de gestión no ha cambiado nada respecto a lo ya previsto en lasNormas Técnicas de Auditoría.

➢ El párrafo correspondiente al informe de gestión en nuestro informe de auditoría, no aporta nada a un lector de infor-mación financiera.

SESIÓN PLENARIA 2 – ARMONIZACIÓN CONTABLE- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Esta segunda sesión plenaria se trató el proceso de armonización contable que está teniendo lugar a nivel internacional, tantoa nivel europeo como en el resto del mundo, en cuanto al desarrollo de normativa contable internacional (IFRs), organismosreguladores, etc.

➢ En primer lugar, Eduardo Manso (Advisor en Auditoria y Contabilidad en la Secretaría General de la Organización

Internacional de Comisiones de Valores-IOSCO) analizó diversos aspectos relativos a la convergencia en el ámbito de lainformación financiera en campos como:✓ Normativa contable: la definición del marco conceptual juega un papel fundamental al establecer los grandes principios

sobre los que asentar una regulación estructurada.✓ Gobierno corporativo: informe de gestión, control interno y gestión de riesgos, etc.✓ Información de gestión: donde los intentos armonizadores proceden de organismos reguladores (como IOSCO) además

del IASB.En este proceso de convergencia es muy importante la coordinación de los organismos reguladores hacia la aplicación con-sistente de las NIIF. En esta ponencia se presentaron algunos ejemplos de los procesos actuales existentes entre: IASB yFASB, IASB y AcSB (Canadá), IASB y ASBJ (Japón) y otros acuerdos de convergencia: Latinoamérica, China, etc.

Las principales conclusiones alcanzadas fueron:✓ En los últimos 10-20 años el movimiento armonizador ha sufrido un importante impulso, impensable en sus inicios.✓ Las principales economías del mundo o las han adoptado, o han acordado proyectos de convergencia con las NIIF (Unión

Europea, Canadá, China, Japón y Estados Unidos), junto con muchas otras, hasta totalizar un centenar de países.✓ Por primera vez la utopía de lograr un cuerpo único de normas contables a nivel mundial parece alcanzable en un plazo

razonable, al menos por lo que a sociedades cotizadas y estados consolidados se refiere.✓ Ello incrementará los retos y dificultades de mantener una aplicación consistente, para lo cual los reguladores, y tam-

bién el resto de agentes intervinientes, deberán coordinar sus actuaciones: con una perspectiva de universalidad, evi-tando versiones regionales inconsistentes, a la par que respetando el enfoque de principios de las NIIF.

➢ A continuación, Manuel García-Ayuso (Profesor titular del Departamento de Contabilidad y Economía Financiera de la

Universidad de Sevilla y miembro del Technical Expert Group de EFRAG) reflexionó sobre el proceso de armonización inter-nacional de la contabilidad, analizando el rumbo que se ha tra-zado y su grado de avance en el momento actual.

Se hizo especial referencia a las incertidumbres, riesgos eincoherencias que amenazan al proceso de convergencia

entre el modelo contable del IASB y del FASB (no es unaalianza entre iguales) en temas como:✓ El nuevo Marco Conceptual.✓ Presentación de la Información en los Estados Finan-

cieros.✓ Combinaciones de Negocios.✓ Pasivos y Fondos Propios.✓ Información por Segmentos.

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En base a todo ello, se destacaron las siguientes consideraciones finales:

✓ Nunca antes se habían registrado, en un periodo de tan pocos años, tantos acontecimientos transcendentales para eldesarrollo futuro de la disciplina contable

✓ La armonización internacional de la información contable, que durante tantos años parecía una utopía, parece por finuna realidad alcanzable en un horizonte temporal relativamente corto, aunque la travesía no estará exenta de dificulta-des, pues aún existen importantes incertidumbres y evidentes riesgos para Europa.

✓ En este escenario, es esencial que la UE haga oír su voz y logre influir en el proceso de normalización del FASB y el IASB.

SESIÓN DE CIERRE- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

La sesión de cierre del XV Congreso Nacional de Auditoría contó con la presencia de los presidentes de las principales orga-nizaciones profesionales de auditores, tanto a nivel nacional (ICJCE) como europeo (FEE), así como del presidente del orga-nismo regulador de la contabilidad y de la profesión auditora en España (ICAC).

➢ En primer lugar, Rafael Cámara, como nuevo presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, explicó losejes o soportes sobre los que el nuevo Consejo Directivo va a hacer pivotar la andadura del Instituto en los próximos años, quese centran en tres ámbitos de actuación:

1. Interno

Uno de los principales objetivos del nuevo equipo directivo va a ser la profesionalización del ICJCE a todos los niveles, loque supone más y mejores medios materiales y humanos que permitan dotar de una sólida vida propia a la institución,independientemente de las personas que se encuentran en su dirección.

El Instituto debe tener la capacidad de proporcionar a todo el colectivo las herramientas necesarias para el desarrollo pro-fesional de sus miembros, independientemente de su tamaño, en aspectos como: recursos informáticos y nuevas tecnolo-gías de la comunicación, herramientas de auditoría informática, asesoría jurídica y fiscal, asesoramiento administrativo,soporte de comunicación y marketing, asesoramiento internacional y servicios de traducción.

2. Profesional

El soporte debe ser tal que inequívocamente los auditores acudan al Instituto y a sus servicios técnicos para resolver los pro-

blemas profesionales que se les plantean (normas contables y de auditoría, responsabilidad, planificación de trabajos, emi-sión de informes, incompatibilidades, etc.), como resulta-do de las grandes incertidumbres que genera la actualdispersión normativa (legal, contable, de auditoría, etc.)en el día a día. Por todo ello, las actuaciones en esteámbito abarcaran:a) Potenciar las actividades de formación como eje prio-

ritario de la Institución, como garantía de calidad delos pronunciamientos profesionales.

b) Impulso definitivo al soporte técnico del Instituto,tanto en contabilidad como en auditoría, para obte-ner certidumbre y seguridad jurídica donde la normaplantee diversos criterios.

c) Mejorar los procesos de control de calidad: clavespara mantener la valoración de la profesión en nive-les elevados y completar la cadena de valor que com-ponen la formación y el soporte técnico.

d) Máxima atención a los comportamientos deontológi-cos: deben responder a nuestros naturales niveles deexigencia ética.

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En este ámbito profesional, el objetivo de unificar las Corporaciones Profesionales va a seguir siendo uno de los objeti-vos del Instituto, pero sin que se produzca ningún desgaste adicional a esta Corporación y a la profesión en general, comoha sido en años anteriores.

3. Institucional

Nuestro objetivo en los próximos años tiene que ser ganar el espacio de liderazgo institucional que haga que el legisla-dor fundamente su actividad legislativa no sobre la desconfianza sino en la necesidad de cooperar, confiar y colaborarcon nuestra profesión, de manera que superemos la situación de cierto “abandono” por parte de las instituciones sufri-da durante años.Desde el Instituto se realiza un llamamiento y un ofrecimiento al Presidente del ICAC:✓ Las reformas legislativas deben realizarse con urgencia, aprovechando además la oportunidad que supone la incor-

poración a nuestro ordenamiento jurídico de la Octava Directiva.✓ Desde el Instituto se realiza al Gobierno de España el mismo ofrecimiento de colaboración que se hizo en su día a

la Comisión Europea durante la tramitación de la Octava Directiva, para aportar nuestra experiencia en ese proce-so en el que estuvimos muy presentes y que ha permitido elaborar una regulación basada en la confianza en elpapel del auditor y el máximo contraste con todos los interesados en la información financiera.

No obstante, es necesario acometer reformas urgentes, sin esperar a la transposición de la Octava Directiva (junio de2008), como son:✓ Reforma de la responsabilidad del auditor: hacia un régimen de responsabilidad proporcional.✓ Concreción de aspectos sobre las salvaguardas de la independencia profesional.✓ Revisión del proyecto de reforma contable: que evite que España se aleje del proceso de armonización contable inter-

nacional y con el máximo consenso entre todas las partes interesadas.El objetivo común es hacer una economía fiable, porque lo sean todos los factores que se involucran en el proceso com-plejo de generación de confianza, con la participación de múltiples actores (empresas y administradores, inversores,reguladores, supervisores, profesionales, instituciones y poderes públicos).El papel que jugamos los auditores españoles en este proceso se caracteriza por:✓ Excelente nivel de capacitación y calidad profesional, con sólida reputación internacional.✓ Nuestra implicación y participación profesional es decisiva para comunicar confianza en la incuestionable calidad y

veracidad de la información financiera en España.✓ Confianza reciproca ejemplar entre profesionales y empresarios, que se refleja en la influencia de nuestras actuacio-

nes en las decisiones empresariales.El ámbito político, económico y empresarial de nuestro país confía en nosotros, ahora necesitamos recibir esa confian-

za de nuestras autoridades legislativas y reguladoras.

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➢ A continuación, David Devlin, presidente de la Fédération des Experts Comptables Européens (FEE), analizó los tres retosa los que, en su opinión, debe enfrentarse la profesión auditora en los próximos años:

1. Mejorar el mercado interno de la UE

Aunque pueda parecer muy genérico, son aspectos cuyo desarrollo tiene efectos a largo plazo muy efectivos, concretos ydecisivos para todos nosotros:a) Completar la estrategia del mercado interno de servicios.b) Armonización de los elementos esenciales del marco regulatorio, para crear e integrar un único mercado en el campo

de los servicios.c) Reducir las barreras al comercio en las áreas de auditoría y reporte financiero, permitiendo la participación en la ges-

tión y la propiedad de las empresas de auditoría por cualquier auditor de la UE, lo que facilitará la realización de fusio-nes y agrupaciones entre firmas dentro de Europa, tanto grandes como pequeñas (desde la FEE ya se está trabajandoen un proyecto de redes para firmas pequeñas).d) Implantar las normativas europeas, tanto en auditoría como en reporte financiero, a nivel nacional.

2. Salvaguardar el carácter global de las normas

El proceso de conversión de las normas internacionales en legislación nacional tiene el riesgo de introducir recortes y

modificaciones que dificulten su consideración como estándares globales. Aspectos a considerar en este sentido son:✓ Actuación del EFRAG (European Financial Reporting Advisory Group): proporciona asesoramiento técnico a la

Comisión sobre los estándares de información financiera y la idoneidad de su implementación en Europa y tambiénaporta la experiencia europea al IASB dentro del proceso de elaboración de IFRS de una manera muy proactiva.

✓ Proceso de convergencia: actualmente en la contabilidad (principalmente con EE.UU.), pero en el futuro también en elámbito de la auditoría.

La convergencia plena es la clave para la uniformidad, pero no se va a producir pronto, por lo que a corto plazo habrá quealcanzar un nivel suficiente de convergencia dentro de un marco acordado.✓ Aplicación consistente de IFRS: con riesgos como

a) Traducciones: de un lenguaje muy especializado.b) Influencias de las legislaciones nacionales y de las tradiciones en la implementación.c) Formación insuficiente y necesidad de una mayor experiencia en su aplicación.

Es previsible que en breve se emita un borrador de normas internacionales de contabilidad para PYMEs, menos extenso que

las normas actuales, lo cual permitirá hacer más atractivas estas normas para un número mayor de empresas.

3. Conseguir el objetivo de calidad en la auditoría

✓ La Octava Directiva es un paso fundamental hacia la calidad de la auditoría en Europa, en aspectos como: desarrollo

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profesional, estándares globales o sistemas de aseguramiento de la calidad. Otro aspecto que introduce es la exi-gencia a la Comisión de informar sobre la responsabilidad del auditor.

✓ Los estados miembros son los responsables de la transposición de las directivas europeas: los institutos profesiona-les deben recalcar la necesidad de armonizar las soluciones aplicadas y rechazar la aplicación extraterritorial de lasnormas.

✓ La profesión debería promover auditorías de alto nivel de calidad para todo tipo de clientes: no es aceptable la reali-zación de auditorías de dos niveles, según el tamaño de la empresa.

✓ Necesidad de un mayor desarrollo de los organismos de supervisión pública.La principal conclusión de todo ello es que hay retos muy importantes a los que se enfrenta nuestra profesión, pero tam-bién muchas oportunidades:• El marco regulatorio de la información financiera y la auditoría ha sido sustancialmente modificado y modernizado,

lo que por un lado supone un mayor riesgo en nuestras auditorías, pero también supone una oportunidad de deman-da de nuevos servicios.

• La profesión tiene la responsabilidad de proporcionar servicios de alto nivel de calidad por el interés público y la con-fianza depositada por los mercados y sus agentes en nuestra actuación.

➢ Para finalizar, José Ramón González, presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), desarrollólos aspectos que necesitan de una actuación a nivel nacional para su modificación, como consecuencia de los dos hitosque marcan el modelo europeo de información financiera: la aprobación de la Octava Directiva sobre auditoría de cuentasy la adopción por la Unión Europea de las Normas Internacionales de Contabilidad.✓ En cuanto a la auditoría las cuestiones que deben ser objeto de análisis para su incorporación en la regulación actual-

mente existente son las siguientes:

1. Elaboración, vigencia y aplicación de las Normas Técnicas de Auditoría: por la prevista incorporación de las NormasInternacionales de Auditoría.

2. Firma de informes de auditoría por no socios en nombre de una sociedad de auditoría.3. Responsabilidad plena del auditor del grupo respecto a las cuentas consolidadas.4. Regulación del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), en lo que respecta a auditores de terceros países y

estados miembros.5. Supervisión pública en materia de auditoría a través de un sistema de control de calidad e investigaciones que debe

cumplir una serie de requisitos.6. Independencia y régimen de incompatibilidades y prohibiciones: regulación de mínimos y genérica, que no es con-

tradictoria con la normativa nacional actual (aunque precisa del análisis de alguna situación, como los sistemas desalvaguardas a las amenazas a la independencia), y en la que destaca el establecimiento de un régimen diferenciadopara la auditoría obligatoria de entidades de interés público y el resto.

7. Cooperación intracomunitaria y con terceros países, mediante el intercambio de información.8. Responsabilidad de los auditores: a partir de las conclusiones alcanzadas por la Comisión una vez analizado los

resultados del estudio que ha encargado y considerando también los compromisos ya adquiridos en el ámbitonacional.

9. Ambito regulatorio de la 8ª Directiva (auditoría obligatoria) y su extensión a toda la actividad de auditoría.

✓ Por lo que respecta a la situación de nuestra contabilidad o derecho contable:La decisión adoptada en su momento de evolucionar la contabilidad española hacia los referentes de las NormasInternacionales de Contabilidad adoptadas en Europa, ha requerido inicialmente de una necesaria modificación denuestro Derecho Mercantil (principalmente Código de Comercio y Ley de Sociedades Anónimas) del que dimana nues-tra normativa contable (Plan General de Contabilidad).

Esta propuesta de modificación, que se ha recogido en el Proyecto de Ley de Reforma Mercantil que se encuentra actual-mente en el Parlamento español, sujeta a las modificaciones que puedan producirse en la tramitación parlamentaria,constituirá el referente para la modificación de nuestra norma contable básica de referencia que es el Plan General deContabilidad (PGC).

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Para ello, y contando con la colaboración de la mayoría de los interesados en la información económico-financiera, se hapromovido desde el ICAC un proyecto de modificación del PGC, en base a la redacción actual del Proyecto de Ley deReforma mercantil, que ya se encuentra ultimado, en el sentido de disponer de un primer borrador de Plan que sirva comoreferente a efectos de la aplicación de la reforma mercantil prevista. Las modificaciones que resulten finalmente de latramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de Reforma mercantil tendrán una incidencia en el ámbito del menciona-do borrador.Después de esta reforma, el modelo contable mantendrá la misma estructura existente en el modelo anterior de 1990, esdecir, se mantiene la arquitectura del modelo contable español en el ejercicio de su soberanía contable, se armoniza conlos reglamentos europeos que contienen las normas internacionales y nos encontramos en un proceso de convergenciaque va a permitir ganar en comparabilidad, ganar en seguridad jurídica respecto a su aplicación y, sobre todo, va a facili-tar la compresión de la nueva norma al mantener la misma estructura anterior.La aplicación de la nueva norma debe realizarse de la forma más general posible, por lo que desde el ICAC se van a reali-zar todos los esfuerzos para que sea fácilmente comprensible y pueda darse cualquier solución para su mejor aplicación,en especial en todo lo relativo a las PYMEs.

En definitiva, desde el ICAC se están dando los pasos necesarios para estructurar y planificar los cambios en la norma-tiva contable española y en la normativa de auditoría, para configurar un marco en el ámbito de la información econó-mico-financiera que constituya el referente europeo de modernización de la norma.Todos los esfuerzos del ICAC están dedicados hacia el cumplimiento de los criterios de convergencia europea y la evolu-ción de una normativa que permita conseguir la mejor aplicación en el ámbito y en el uso de la información económico-financiera.

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ENTREVISTA CON RAFAEL CÁMARA PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE ESPAÑA

DESDE QUE EN EL MES DE OCTUBRE DE 2006 Rafael Cámara tomara el relevo enla presidencia del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España la nueva juntadirectiva se puso a trabajar en un plan estratégico que marcará la línea de actuacióndel ICJCE para los próximos años. Los cambios normativos, la limitación de la res-ponsabilidad de los auditores, así como una reforma del modelo de supervisión sonalgunos de los puntos fuertes que ya se están tratando con el Gobierno y otras altasinstituciones tanto en España como en Europa. Todo ello sin perder de vista el resto depreocupaciones del sector, con la mano tendida a los auditores y mirando al futuro.

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SOMOS UNA PROFESIÓN EN ALZA Y EL INSTITUTO DEBE LIDERARLOS NUEVOS RETOS

“”

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Por Enrique Alcat. Fotos: Álvaro Benítez

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- ¿Qué objetivos espera conseguir para el Instituto en su mandato?En primer lugar la plena profesionalización del Instituto a todos losniveles es uno de los objetivos principales del nuevo equipo directivo.Todos los miembros del Instituto debemos encontrar en nuestraInstitución los recursos y herramientas que nos permitan desarrollary mejorar nuestros servicios profesionales independientemente deltamaño y experiencia. Y, por supuesto, cambiar la percepción de lasautoridades españolas respecto al rol del auditor. El Instituto, querepresenta prácticamente al 90% de la profesión, debe tener mayorpresencia en el entorno institucional pero, además, es la profesión ensu conjunto, los profesionales de la auditoría, los que debemos estarpresentes en los debates públicos que afectan a la profesión. Somosuna profesión en alza y el Instituto debe liderar los nuevos retos.

- ¿Cuáles son los puntos más importantes del plan estratégico de laCorporación para los próximos años?El plan estratégico de la Corporación estará marcado por los numero-sos cambios normativos, encabezados por una reforma urgente de laLey de Auditoría de Cuentas, que contemple la modificación del régi-men de responsabilidad de los auditores, la adaptación y clarificaciónde las normas de independencia y la reforma del régimen sancionador.En una segunda fase deberemos acometer la presentación de una pro-puesta de reforma del modelo de supervisión. Para llevarlo a cabo ya semantienen conversaciones con el Gobierno y otros reguladores ysupervisores como la CNMV y el Banco de España y contactos con dife-rentes grupos parlamentarios a los que se les ha puesto de manifiestola urgencia de un cambio legal en nuestra profesión.

- ¿Cree que está realmente valorada la figura del auditor en nuestroentramado financiero?Recuerdo que hace no muchosaños la máxima aspiración de unrecién licenciado era iniciar sucarrera profesional en la audito-ría. Es verdad que después de losllamados “escándalos contables”,la mayor parte de ellos importa-dos, la profesión ha perdido unaparte del atractivo que tenía.Pero no es menos cierto que des-pués de ese pequeño bajón seempieza otra vez a vislumbrar unmayor interés por la profesión. Ynuestra profesión, que siempreha defendido la calidad, esperacontar con los mejores profesio-nales allí donde se encuentren.

- ¿Qué aporta la profesión a nues-tra sociedad?Si la función del auditor formaparte fundamental del engranajeque hace que la informaciónfinanciera sea completa, trans-parente y veraz –y por tanto cum-ple una función de interés públi-co- parecería lógico que el

legislador y los supervisores buscaran reforzar la función y papel delauditor. Los auditores en España contamos con un notable caudal huma-no y profesional que debe ser puesto al servicio del interés público. Ellegislador, los reguladores y los supervisores han de colaborar paraencontrar permanentemente las aportaciones de nuestra profesión por-que ésta y no otra es la manera de mejorar el servicio que ofrecemos a lasociedad. Éste es realmente el tipo de relación adecuada entre la profe-sión y las autoridades, una relación fundamentada en la cooperación.

- ¿Esta cooperación de la que habla es la premisa fundamental paragarantizar la calidad del trabajo de auditoría?Auditores y autoridades deberemos encontrar la forma de recuperar elsosiego que haga posible una regulación profesional acorde con lascrecientes exigencias de calidad y fiabilidad que son exigibles portodos los usuarios de la información financiera. La calidad es nuestrovalor más preciado donde reside la confianza ante nuestros clientes yante la sociedad en general.

- ¿Cómo deberían ser las relaciones con el ICAC? ¿Es realmente elsupervisor que necesita en estos momentos la profesión?Los auditores españoles, y no me refiero sólo a los que pertenecen anuestro Instituto, estamos convencidos que el ICAC está más enfoca-do a imponer sanciones que a mejorar la calidad de los trabajos deauditoría. El debate de revisión del organismo supervisor está servidoy desde nuestra Corporación abogamos por la creación de un organis-mo de supervisión que realmente sea independiente y donde los pro-fesionales de la auditoría obtengamos una supervisión adaptada a lasexigencias actuales no a las del año 88 en el que se concibió. No esta-mos hablando de reformar el ICAC, estoy hablando de un auténticocambio de modelo.

ES INELUDIBLEEN ESPAÑA

LA IMPLANTACIÓNDE UN

SISTEMA DERESPONSABILIDAD

PROPORCIONALPARA LOS

AUDITORESY UNA

PROFUNDAREFORMA

DEL MODELO DESUPERVISIÓN

DE LA PROFESIÓNY POR TANTO DEL

ICAC

/ / / / / / / / / / / / / ENTREVISTA / Rafael Cámara

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que en España tenemos la obliga-ción, tanto profesionales comolegisladores, de adaptarla para pro-ducir esa estabilidad, claridad yreconocimiento de nuestra profe-sión de la que adolece la actual Leydel 88. La Octava Directiva entróen vigor el día 29 de junio y portanto para junio del 2008 deberáformar parte de nuestro ordena-miento jurídico.También debo decir que en el pro-ceso de aprobación ha tenido graninvolucración y participación elInstituto de Censores Jurados deCuentas de España, hemos estadomuy presentes en Bruselas duran-te su largo proceso de maduracióny aprobación. La Octava Directivasupone, en definitiva, el reconoci-miento de la cultura de la calidad,donde el interés público va a estarmejor protegido contando connuestra profesión que ignorándo-la como en el pasado.

- ¿Qué han logrado cambiar o aña-dir los auditores españoles a tra-vés de esa Directiva europea?Los auditores abogamos por limi-tar la responsabilidad del auditor.En Europa existen once países consistemas de responsabilidad limi-tada, el último Bélgica. Lo que esinviable es que cuando se detectanproblemas en la informaciónfinanciera o en la propia contabili-dad de uno de nuestros clientes,nuestro sector acabe siendo elúnico responsable de toda la cade-na que interviene en la generaciónde la información financiera.

Cuando hablamos de precisar la responsabilidad no hablamos de noquerer asumir nuestra parte de responsabilidad, en absoluto, sino quenuestra responsabilidad sea proporcional al daño que realmentehayamos podido ocasionar.

- ¿Qué medidas se pueden impulsar para que la profesión vuelva atener el atractivo que tuvo hace unos años?

- ¿Coincide con su antecesor en la crítica a las reformas de la Ley deAuditoría?La legislación en nuestro país ha atendido en demasiadas ocasiones ala necesidad de los poderes públicos, ante situaciones de mucha pre-sión en términos de opinión pública, a atenuar la crítica política y porello las sucesivas modificaciones han sido de poca calidad legislativay algunas medidas ciertamente desproporcionadas. Esta opinión la comparto no sólo con la inmensa mayoría de los profe-sionales de la auditoría sino con otras profesiones, supervisores y unnotable número de instituciones.

- ¿Qué opinión le merece la Octava Directiva?La Octava Directiva aprobada por el Parlamento Europeo supone unaoportunidad extraordinariamente valiosa para dotarnos de un marcoregulatorio estable, armonizado y que permita la plena recuperaciónde la confianza en nuestro papel. Es una magnífica herramienta legal

BIOGRAFÍA

Rafael Cámara, presidente del

Instituto de Censores Jurados

de Cuentas de España desde el

pasado mes de octubre de 2006,

nació en Bilbao en 1965.

Es abogado y economista,

licenciado por la Universidad de

Deusto en la especialidad

jurídico-económica.

Actualmente es socio responsable

de Regulación en Deloitte, cargo

que ocupa desde mayo de 2004.

Su trayectoria profesional comenzó

en PricewaterhouseCoopers,

donde trabajó de 1989 a 1992

en auditoría de empresas públicas,

corporaciones locales y

administración general de la

Comunidad Autónoma del País

Vasco. Desde 1992 a 1996

cambió la empresa privada

por el Tribunal Vasco de Cuentas

Públicas en el que obtuvo por

oposición la plaza de Letrado y

más tarde Auditor Jefe del citado

Tribunal. Fue Diputado a Cortes

por Álava durante la sexta y

séptima legislatura y en 2002

fue nombrado por el Consejo

de Ministros Secretario General

de Política Fiscal,Territorial y

Comunitaria en el Ministerio de

Hacienda.

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39 / auditores ////////////////////

LA FUNCIÓN DEL AUDITOR FORMA PARTE FUNDAMENTAL

DEL ENGRANAJE QUE HACEQUE LA INFORMACIÓN

FINANCIERA SEA COMPLETA,

TRANSPARENTE Y VERAZ

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/ / / / / / / / / / / / / ENTREVISTA / Rafael Cámara

Nuestra profesión necesita de los mejores candidatos y unos plantea-mientos rigurosos que nos permita competir con otras profesiones. Eneste sentido, es necesario que desaparezcan elementos tan disuasorioscomo puede resultar una responsabilidad profesional excesiva y portanto desincentivadora. El Instituto de Censores Jurados de Cuentas esuna organización profesional de derecho público, y como tal, ha veladosiempre por la calidad del trabajo de sus auditores mediante la selecciónadecuada de dichos profesionales a través de las pruebas de acceso a laprofesión, emisión de normas profesionales y actualización permanen-te de conocimientos. Recuperar nuestro atractivo supone, además, quelas nuevas generaciones también estén dispuestos a comprometerse alargo plazo en una carrera profesional como hemos hecho ya variasgeneraciones de auditores. Y no hay que olvidar que desde la auditoríahan salido grandes profesionales que ocupan las más altas responsabi-lidades tanto en la dirección de empresas como en la comunidad denegocios en general. Nuestra profesión es una escuela de formaciónpermanente de extraordinario valor incluso para los que no ejercen laauditoría como actividad principal.

- ¿Y los temas de carácter ético y deontológico? Una buena parte de lasociedad no tiene una opinión muy favorable respecto a los auditoresen estos temas. Es uno de los aspectos donde vamos a seguir trabajando con toda fir-meza. El Instituto defiende y tutela a los destinatarios de las cuentasmediante un riguroso control de calidad y la exigencia de un compor-tamiento profesional impecable. Y todo ello dentro de un comporta-miento profesional donde la independencia profesional y los códigosde más alta exigencia ética son los cimientos de nuestro trabajo. Escierto que todavía se nos ve desde algunos sectores con cierto recelo ytal vez sea un problema nuestro al no haber sabido explicar bien loque hacemos y cómo lo hacemos.

- ¿El sector atraviesa un momento dulce?Los datos no dejan lugar a dudas. El sector de la auditoría ha crecidoen España casi un 10% y el número de auditorías un 17%, lo que sig-nifica que existe una mayor confianza en nuestra profesión. Hemosvivido en los últimos años algún episodio complejo, cierto, pero esta-mos ofreciendo un buen servicio, magníficamente valorado y desa-rrollando una decisiva labor. El ámbito económico, político y empre-sarial confía en nosotros. Y en este año, incluso, estas cifras puedenmejorar considerablemente.

- ¿Cómo se presenta el futuro de las firmas pequeñas y medianas enEuropa y en nuestro país?Las pequeñas y medianas firmas de auditoría siempre han sido unaprioridad en el Instituto. El compromiso permanente de nuestraCorporación por estas firmas se traduce en el apoyo y respuesta a susdemandas y también a la formación que de forma continua mejoran lacalidad de los pronunciamientos profesionales de sus miembros.Además, y gracias a este apoyo incondicional a las pequeñas y medianasfirmas, el Instituto ocupa la vicepresidencia de la FEE con plena dedi-cación a todo lo relacionado con apoyo y soporte a las pymes. Hemossido los primeros en promover un Congreso Europeo de Firmas dedica-do especialmente a este segmento que se celebró en paralelo con elCongreso Nacional de Censores Jurados de Cuentas celebrado en Sitgeshace dos años. Por tanto, el Instituto representa los intereses de toda laprofesión y de todas las firmas con independencia de su tamaño.

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- Otro de los temas calientes que tendrá que afrontar como presidente esel de los honorarios profesionales que son de los más bajos de Europa...Efectivamente. La cuantía por hora que reciben los auditores en fun-ción de la realización de su trabajo, los honorarios profesionales, esuna de las asignaturas pendientes del sector en España ya que si noscomparamos con el resto de Europa están muy por debajo. En Españael precio/hora medio por auditoría es de 55 euros, mientras que enpaíses como Francia, Inglaterra o Italia oscilan entre 120-160 euros.La profesión debe tener un reconocimiento social con una retribuciónal nivel del riesgo que se asume y del valor del servicio que prestamos.

- Del 25 al 27 de octubre de 2006 se celebró el XV Congreso Nacionalde Auditoría en Bilbao. Después de unos meses, ¿qué balance puedehacer del mismo?El XV Congreso Nacional de Auditoría organizado por el ICJCE y laAgrupación del País Vasco, bajo el lema “Nuevos retos. Nuestra res-puesta”, ha servido para profundizar en los temas que más preocupana la profesión auditora. El balance es altamente positivo ya que nin-guno de los congresos anteriores había reunido a tantos profesionalesque han sobrepasado el medio millar. El Nuevo Plan General deContabilidad, las recientes modificaciones mercantiles, las NormasInternacionales de Auditoría o la Octava Directiva son sin duda algu-nos de los asuntos que más ocupan y preocupan a nuestro colectivo ypuedo decir con rotundidad que nuestros profesionales han estado aun gran nivel como así lo han reconocido las autoridades profesiona-les internacionales que han acudido a este encuentro.

- Por último, en relación al modelo de funcionamiento territorial delInstituto, ¿cuáles son los objetivos para los próximos años?Yo diría que tan ambiciosos como sea necesario para que lo que se pro-picie en nuestra Institución sean los movimientos de suma. En estosprimeros meses he tenido la oportunidad de compartir nuestra reali-dad institucional en buena parte de nuestra geografía, Barcelona,Bilbao, Canarias, Murcia, Burgos, próximamente en Alicante y comoes natural en Madrid, y mi impresión es sencillamente excelente.Todos los miembros de la Corporación y especialmente el ConsejoDirectivo debemos estar plenamente implicados en el apoyo, desarro-llo y fortalecimiento de las Agrupaciones Territoriales y Colegios. Lacercanía física es un valor que debemos promover, y potenciar nues-tros recursos más allá de las sede de Madrid es una obligación y si seme permite, desde un punto de vista personal, una gran satisfacción.

TODOS LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN

Y ESPECIALMENTE EL CONSEJO DIRECTIVO

DEBEMOS ESTAR PLENAMENTEIMPLICADOS EN EL APOYO,

DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LAS AGRUPACIONES

TERRITORIALES Y COLEGIOS

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AUDITORÍA/////////////////////////////

La historia delInstituto a través de sus presidentes

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1111 9999 9999 8888 ---- 2222 0000 0000 6666JJJJ oooo ssss éééé MMMM ªªªª GGGG aaaa ssss ssss óóóó

2222 0000 0000 6666RRRR aaaa ffff aaaa eeee llll CCCC áááá mmmm aaaa rrrr aaaa

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43 / auditores ////////////////////

Con la reciente

elección de Rafael

Cámara como

presidente del Instituto

de Censores, ocho son

los hombres que han

dirigido la Corporación

y que forman parte

intrínseca de su

historia. Todos ellos

pusieron su granito de

arena para que, después

de 63 años, el ICJCE

siga siendo un referente

en la profesión

auditora. Muchas cosas

han cambiado desde

aquel 18 de diciembre

de 1943, pero la ilusión

y el trabajo bien hecho

siguen intactos como

el primer día.

La fundación del Instituto deCensores Jurados de Cuentas deEspaña (ICJCE) se remonta alaño 1943, concretamente al 18de diciembre de 1943, fecha enla que la Dirección General deComercio y Política Arancelariaaprueba su constitución. En1945 se logró integrar en estanueva institución a los Colegiosde Contadores Jurados deMadrid y Bilbao, únicosantecedentes que habíanperdurado tras la Guerra Civil,ya que los Colegios existentesen Vigo y Cataluña seextinguieron. No será hasta el16 de abril de 1945 cuando seaprueben los primerosEstatutos de la Corporación y elInstituto de Censores Jurados deCuentas de España eche aandar.Pero la historia del Institutotambién va íntimamente ligadaa la de aquellos hombres quepresidieron la institución y quepusieron su granito de arenapara que hoy sea un referentepara la profesión dentro y fuerade España. Son mucho más quesiete nombres (ocho con RafaelCámara que ha tomado posesióndel cargo a finales de octubre de2006), más que siete auditoresque dedicaron parte de sutiempo e ilusión al ICJCE, sonsiete profesionales de cuyamano ha caminado el Institutodurante sus 63 años.Antonio Rodríguez Sastre nosólo fue el segundo presidentedel Instituto de Censores, sinoque tomó parte en su fundacióny estuvo implicado en el mismodurante toda su vida. Juan VivesRodríguez de Hinojosa, abogadoque participó en el libro Liber

amicorum publicado en 1985,un año antes de la muerte deRodríguez Sastre, apuntaba ensu artículo “en 1949 era uno delos abogados más cualificadosde Madrid, una vez lograda sureincorporación al Colegio con

una serie de actuaciones parasubsistir profesionalmente, quele llevaron a fundar –en el exilioforzado de su actividad comoabogado- el Instituto deContadores Jurados de Cuentas,antecesor inmediato delInstituto de Censores Jurados de Cuentas del que fue suprimer presidente y es hoyPresidente de Honor”.Rodríguez Sastre nació enBarcelona el 5 de noviembre de1896 y en sus casi noventa añosde vida trabajó activamentecomo abogado, economista,perito mercantil y profesoruniversitario. Obtuvo lalicenciatura en Derecho en 1926y se doctoró en 1944. Sinembargo, su vocación jurídicasurgió a través de la Economía,según afirma José MaríaMartínez Val, abogado ycatedrático de DerechoMercantil en el libro Liber

amicorum, “Rodríguez Sastrellegó al Derecho a través de laEconomía. La sucesión de susestudios así lo establece, porqueaunque los de Peritaje,profesorado e IntendenciaMercantil son posteriores a suLicenciatura en Derecho, suespecialidad en lo militar fue laIntendencia”.Su prestigio y proyeccióninternacional como abogado lellegaría con la defensa en elcaso de la quiebra de ‘BarcelonaTraction’. Muchos son loselogios en boca de quienestrabajaron con él en aquelproceso o quienes desde fuerapudieron ser testigos de suslogros. “Temple, dotes deorganización, inteligencia”,“paladín de los jueces deEspaña, con coraje y gallardíadefendió sin cansancio nidesánimo la rectitud ycompetencia de los servidoresde la justicia española”, “pasiónpor el trabajo y entrega”,

“la figura de Antonio RodríguezSastre se dibuja en tres rasgosesenciales: fe, tenacidad yflexibilidad. Fe que le hizo nodudar jamás del éxito del litigioy que fue el motor de laactividad incansable. Tenacidadque jamás cedió antecircunstancias transitoriamenteadversas o tentaciones egoístasde abandono. Flexibilidad que lepermitió llevar a cabo la difíciltarea de aunar esfuerzos”.Su labor al frente de laCorporación, de la que fuepresidente desde 1946 hasta1953, ha sido reconocida, entreotros, mediante la instauraciónde un premio que lleva sunombre y que se entrega desde1967 a estudios relacionadoscon la auditoría. Él mismo dejópatente tras su muerte laimportancia que el Institutohabía tenido en su vida: legó a lainstitución las obras de subiblioteca personal queconsiderasen de interés. Fueronseleccionados cerca de 3.000

-

/////////MAR RODRÍGUEZ SERRANO

MAGÍN PONT

MESTRES

FUE EL

PRESIDENTE

QUE MÁS AÑOS

PERMANECIÓ

EN EL CARGO,

17, LO QUE LE

PERMITIÓ

LLEVAR A CABO

UN SINFÍN DE

REFORMAS

NECESARIAS

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ejemplares de la ingentebiblioteca de Antonio RodríguezSastre y se ubicaron en una salade la sede central del Institutopresidida por su retrato.Quien ocupó la presidencia delInstituto de Censores durantemás años fue Magín PontMestres. Ni más ni menos que17 años (1972-1989) guiados porsu convicción de modernizar yactualizar la Corporación. Unode sus primeros logros fueconseguir que los Licenciadosen Ciencias Económicas yComerciales también pudieranacceder al Instituto de Censores,ya que por aquel entonces tansólo podían ingresar losprofesores e intendentesmercantiles. “El ConsejoDirectivo puso gran empeño enconseguir clarificar este temade acceso de los Licenciado enCiencias Económicas yComerciales al ICJCE, puestoque estábamos convencidos que,superado este problema consolución satisfactoria, se habríaproducido un granesclarecimiento en la profesiónauditora española a efectos desu difusión, divulgación yutilización por parte de las

empresas”, afirma el propioMagín Pont en su libro “Al

servicio de la profesión

auditora. Desde la presidencia

del Instituto de Censores

Jurados de Cuentas de España

(1972 a 1989)”. Este cambioresultó muy positivo para lainstitución ya que la carrera deComercio se extinguió con laLey de Educación de 1970, “si nose hubiese dado entrada a loslicenciados se habría reducidoconsiderablemente, hastaagotarse, el número de personascon derecho a ingresar en elInstituto”.Durante la presidencia de PontMestres se produjo ladesvinculación del Instituto deCensores del Consejo Superiorde Colegios Oficiales y TitularesMercantiles y la Corporaciónpasó a depender del entoncesMinisterio de Comercio yTurismo (hoy Economía yHacienda). Además, tras pasaruna serie de dificultades queMagín Pont relata en su libro deforma bastante pormenorizada,el 5 de noviembre de 1982 sepublicaron los nuevos Estatutosdel ICJCE en el Boletín Oficialdel Estado.

La Editorial del Instituto deCensores, que cuenta en laactualidad con unos 100 librospublicados, se hizo realidad el10 de marzo de 1978. “Fueronlos contactos con los institutosde diversos países extranjeroslos que nos reafirmaron en laidea de que, también en España,el Instituto debía contar conuna editorial propia”, explicaMagín Pont en su libro.A finales de los años setenta,según relata Magín Pont,empezó a notarse la “necesidadde cultivar conocimientostécnicos, con actualizacionesperiódicas” y así surgió laFormación ProfesionalContinuada (FPC) que desde1982 es una pieza clave dentrodel Instituto para la formaciónde los auditores a través decursos en las diferentesagrupaciones territoriales eincluso de un Máster enauditoría y un Curso deespecialista en auditoría ycontabilidad. Hoy por hoy lasnuevas tecnologías estánpresentes también en estaformación y, así, se impartencursos por medio devideoconferencia y varios

módulos, tanto del Máster comodel Curso de especialista,pueden ser realizados on line.El control de calidad tambiénera una preocupación en elInstituto de Censores poraquellos años. “Conseguir ymantener alta calidad en lostrabajos profesionales de losmiembros, al objeto de alcanzarmáxima utilidad y eficacia” seráel principio que guíe la puestaen marcha de un servicio deControl de Calidad, cuyo textonormativo entró en vigor el 1 deoctubre de 1982. Para poderllevar a cabo esta tarea secontrató a “expertos idóneosdedicados a tiempo completo aeste menester” y se instauró unservicio que “coadyuvó aincrementar el prestigio delInstituto tanto en el ámbitoempresarial, cuanto en eljurisdiccional de los Tribunalesde Justicia, que veían así unanueva garantía de la bondad yfiabilidad del trabajo técnicoefectuado por los censoresjurados de cuentas”.Además, durante la presidenciade Magín Pont se constituyó elCol·legi de Censors Jurats deComptes de Catalunya en

//////////////////// 44 / auditores

/ / / / / / / / / / / / / AUDITORÍA / La historia del Instituto a través de sus presidentes

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noviembre de 1987. Y es que 17años de presidencia dan paramucho y más aún cuando lasituación en España y, por ende,la profesión auditora seencontraba en un momentoimportante de cambio.Guillermo Ibáñez García fue elprimer presidente de laCorporación y, aunque tan sóloocupó el cargo durante un año,su nombre quedará siempre enla historia del Instituto y suretrato ocupará el lugar quemerece en la sala de juntas de lasede central junto al resto dereproducciones de cada uno delos hombres que handesempeñado el puesto demayor responsabilidad.A su lado se encuentra Manuelde Torres Martínez, que tomó elrelevo de la mano de AntonioRodríguez Sastre en 1953. Trascinco años como presidente delICJCE fue sucedido porWenceslao Millán Fernández,quien aportó su experienciaprofesional en diferentesámbitos (miembro del ConsejoNacional de Contabilidad;director del Banco Urquijo;

vicepresidente de la UniónEuropea de Expertos Contables,Económicos y Financieros;académico de la Real Academiade Ciencias Económicas yFinancieras) durante los 14 añosque permaneció al frente delInstituto. Él instauró el “PremioInternacional AntonioRodríguez Sastre” en 1967 y enese mismo año se empezó apublicar la Revista Técnica,durante muchos años la únicapublicación española dedicadaíntegramente a la profesiónauditora y actualmentedesaparecida.Fue de los primeros en utilizaren nuestro país el término“auditoría empresarial”, título,

además, de uno de sus libros, yasí “rompe los moldestradicionales frente a lostérminos tan frecuentementeutilizados de auditoría contableo simplemente auditoría”.Nueve años fueron los quededicó Jesús PeregrinaBarranquero a la presidencia delInstituto, desde 1989 hasta1998. Al igual que otrospresidentes, compaginó sucargo con la actividadprofesional auditora quedesarrolló en Peat MarwickMitchell & Co., firma de la quese convirtió en responsable enEspaña en 1984 y, al crearseKPMG, fue designadopresidente de la empresa en

España hasta 1996.El relevo de Jesús Peregrina lotomó José María Gassó,presidente del ICJCE desde 1998hasta que hace unos meses, enoctubre de 2006, fue elegidoRafael Cámara. Gassó ha sido elcontinuador de la herenciadejada por los anteriorespresidentes y ha aportado sugranito de arena a laCorporación a la que llegó através del Col·legi de CensorsJurats de Comptes deCatalunya, agrupaciónterritorial de la que fuepresidente y en la que realizóuna importante labor.A José María Gassó se debe elrefuerzo de la presenciainternacional del Instituto, laincorporación de nuevas firmascomo miembros, así como elaumento de la facturación de laCorporación. Durante sus ochoaños como presidente haluchado por defender losintereses de los auditores tantoa nivel nacional comointernacional. La limitación dela responsabilidad de losauditores, la equiparación de

45 / auditores ////////////////////

“CONSEGUIR Y MANTENER ALTA LA

CALIDAD EN LOS TRABAJOS

PROFESIONALES DE LOS

MIEMBROS” FUE LA MÁXIMA QUE

GUIÓ LA CREACIÓN DEL SERVICIO

DE CONTROL DE CALIDAD EN 1982

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los honorarios profesionalescon el resto de países europeosy la unificación de la profesiónhan estado siempre presentesen la mente y en lasconversaciones de José MaríaGassó.Consciente de la importanciacreciente de la comunicación yla implantación de las nuevastecnologías impulsó la creaciónde una página web y rediseñola revista “auditores”(anteriormente “el auditor”).Todo esto sin olvidar las raíces,el origen del Instituto, y asíretomó en 2005 la convocatoriadel “Premio InternacionalAntonio Rodríguez Sastre” que,por diversas circunstancias, sedejó de celebrar en 1987.A día de hoy, Rafael Cámarahace el número ocho en la listade presidentes del Instituto deCensores y tiene por delantenumerosos retos a los quehacer frente. Se encuentra conuna Corporación bien diferentea aquella que inició susprimeros pasos en 1943. Losdatos avalan su crecimiento en

número de miembros: en 1943comenzó con 44 miembros, queascenderían a 1.447 en los años60, 4.102 eran los integrantesdel ICJCE en los 80 y en laactualidad el Instituto cuentacon 5.100 auditores. En cuantoal número de sociedades, lascifras se remontan al año 1977en el que comenzaron a seradmitidas en el seno de laCorporación: en 1977 tan sólohabía una sociedad registrada,a finales de los ochenta eran138, mientras que en 2006 secontabilizaron 565 sociedadespertenecientes al ICJCE. (Datosobtenidos del libro deFrancisco Javier Arana Gondra,Instituto de Censores Jurados

de Cuentas de España.

Corporación profesional de

auditores).En sus diferentesintervenciones públicas, y yadesde su primer discurso,Cámara ha dejado patentecuáles son los objetivos quevan a marcar su presidencia:seguir siendo la Corporaciónlíder de la profesión; ofrecerla “colaboración al Ministeriode Economía y al Gobierno enla incorporación de la OctavaDirectiva al ordenamientojurídico español”; “estarpresentes en los debatespúblicos que nosconciernan”; conseguir lareforma de laresponsabilidad ilimitada delauditor; y, entre otros, lacreación de “un organismosupervisor realmenteindependiente”. En definitiva“dotar a nuestra profesión dela mejor herramientainstitucional posible, unaInstitución fuerte, dinámica,respetada y presente en todoslos debates que afecten alfuturo de nuestra profesión”.

/////////////////BIBLIOGRAFÍA

– Instituto de Censores

Jurados de Cuentas de

España. Corporación

profesional de auditores.

Francisco Javier Arana

Gondra. Ediciones del

ICJCE, Madrid 1992.

– Al servicio de la profesión

auditora. Desde la

presidencia del Instituto

de Censores Jurados de

Cuentas de España (1972

a 1989). Magín PontMestres. Ediciones delICJCE, Madrid 1991.

– Tributos y empresas. Varios.Publicacions i edicions dela Universidad deBarcelona, Barcelona 2004.

– Liber Amicorum. Estudios

jurídicos en homenaje al

profesor Dr. Antonio

Rodríguez Sastre. Varios.International LawAssociation, Madrid 1985.

– La regulación de la

auditoría en España.

Antecedentes, pasado

reciente y situación

actual. Francisco JavierMartínez García.Ediciones del ICJCE.Madrid 1992.

– Los inicios de la auditoría

en España. Los colegios de

contadores jurados (1914-

1945). Silvia Ruiz Blanco.Universidad de Vigo 1997.

Presidentes del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

– Guillermo Ibáñez García (1945-1946)– Antonio Rodríguez Sastre (1946-1953)– Manuel de Torres Martínez (1953-1958)– Wenceslao Millán Fernández (1958- 1972)– Magín Pont Mestres (1972-1989)– Jesús Peregrina Barranquero (1989-1998)– José María Gassó (1998-2006)– Rafael Cámara (2006)

EL “PREMIO INTERNACIONAL

ANTONIO RODRÍGUEZ SASTRE” FUE

FUNDADO EN 1967 POR WENCESLAO

MILLÁN FERNÁNDEZ EN HONOR AL

QUE FUE FUNDADOR Y PRESIDENTE

DE LA CORPORACIÓN

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EMPRESA/////////////////////////

Las transaccionesentre empresas

del mismo grupo:en el punto de mira

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La resolución de 30 de julio de1991, en su norma 1ª apartado4º, hace referencia a lavaloración de las aportacionesno dinerarias recibidas en laconstitución o ampliación decapital y establece que elinmovilizado que se reciba seregistrará según esté valoradoen la escritura, entendiendoque es este importe el quemejor se ajusta a los criteriosde mercado, en línea con loestablecido en el artículo 38de la Ley de SociedadesAnónimas. Se dejó para unaresolución posterior lanormativa de aplicación desdeel punto de vista de laSociedad que realiza laaportación, y así, la resoluciónde 27 de julio de 1992,siguiendo las normas sobrepermutas, establece, en sunorma 1ª, que la participaciónen el capital recibida sevalorará de acuerdo con elvalor contable de loselementos patrimonialesaportados para la constitucióno ampliación de capital,minorado por la amortizaciónacumulada con el límitemáximo del valor atribuidopor la Sociedad receptora.Por lo que se refiere a lanormativa aplicable a lasfusiones y escisiones deSociedades, el borrador denormas de contabilidadaplicables a las mismas,publicado en 1993 y queexpresa la opinión del ICAC alrespecto, establece que:– En las fusiones de intereses:

los elementos del balance seincorporan por sus valorescontables preexistentes.

– En las fusiones deadquisición: los elementospatrimoniales se registranpor los valores realesresultantes de los acuerdos defusión, pudiendo surgirfondos de comercio.

I. INTRODUCCIÓN

Las operaciones dereestructuración empresarialson cada vez más frecuentes ymás complejas debido a unentorno fiscal favorable a larealización de operacionesintersocietarias que no tienenun efecto fiscal o en las que éstees beneficioso (por ejemplo, pordeducción fiscal en concepto deamortización de los fondos decomercio) y a las posibilidadesque da la legislación mercantil(la legislación autonómica) paracanalizar cambios en lasestructuras de los grupos.Trataremos pues de resumir eneste artículo las novedadesnormativas que afectan a ladivulgación y tratamientocontable de este tipo deoperaciones societarias, a partirde la mencionada Notapublicada por el ICAC sobre esteasunto, que fue objeto dedesarrollo a través de unacircular emitida por el ICJCE conel fin de ayudar a la evaluaciónde las operaciones intragrupo ysu registro.

Antecedentes normativos

Nuestra norma básica dereferencia, que es el PlanGeneral de Contabilidad (PGC),no recoge un método decontabilización específico paralas transacciones realizadas conempresas pertenecientes a unmismo grupo. Impera, pues, elprincipio de precio deadquisición, por el que todos losbienes y derechos secontabilizan por su precio deadquisición o coste deproducción.Como desarrollo de esteprincipio general establecido enel PGC, el ICAC emitió dosresoluciones que complementanlas normas de valoración delinmovilizado material y que secomentan a continuación.

/////////////////////////////////////

Es un momento de cambios normativos en todos los

ámbitos (auditoría, mercantiles, contables y

fiscales), pero se puede observar que, entre otros,

muchos de ellos están encaminados a regular de

forma muy específica las transacciones entre

entidades vinculadas. La falta de concreción

normativa para este tipo de transacciones ha hecho

que surjan problemas de interpretación del

tratamiento contable más adecuado de cada

operación en concreto, así como abusos en la

aplicación por parte de las entidades. Debido a lo

cual, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de

Cuentas (ICAC) publicó diversas consultas, que

culminaron en abril de 2005 en la emisión de una

Nota sobre el tratamiento contable aplicable a las

transacciones realizadas entre las empresas

pertenecientes a un mismo grupo de sociedades. Por

otra parte, en noviembre de 2006 vio la luz la Ley

36/2006 de medidas para la prevención del fraude

fiscal que endurece los requisitos de documentación

de estas operaciones, entre otras exigencias.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SILVIA LEIS CALO

ÁNGEL LÓPEZ MUÑOZ

FÁTIMA LÓPEZ TELLO

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/ / / / / / / / / / / / / EMPRESA / Las transacciones entre empresas del mismo grupo: en el punto de mira

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– En las fusiones impropias(entre Sociedades vinculadas):los elementos del balance seincorporan por sus valorescontables consolidadospreexistentes.

A pesar de la existencia de lasnormativas anteriores, en lastransacciones entre empresasde un mismo grupo, surgenproblemas cuando el precio deadquisición difiere del preciode mercado o del valor quehubiere sido acordado por laspartes interesadas encondiciones de independenciamutua. La transacción,entonces, enmascara otro tipode operación (por ejemplo,una venta por precio inferioral de mercado implicaría unadonación, con el consiguientetraslado de resultados entrelas empresas implicadas). ElICAC ha tratado este asuntoen algunas consultas, comopor ejemplo la consulta 11 delBOICAC 48 y másrecientemente la consultanúmero 3 del BOICAC 64, enlas que manifiesta, ensíntesis, que a la hora deregistrar la transacción sedebe atender al verdaderofondo económico de laoperación. Este aspecto hasido objeto de una Notaespecífica que desarrollamosa continuación.

Nota del ICAC sobre el

tratamiento contable aplicable

a las transacciones realizadas

entre empresas pertenecientes a

un mismo grupo

Con fecha 25 de abril de 2005, elICAC publica una Nota con el finde aclarar el tratamientocontable de las operacionesentre empresas pertenecientes aun mismo grupo, sobre todo enlo que se refiere a la valoraciónde las transacciones. Esta Notahace un repaso del marconormativo existente y llega a lassiguientes conclusiones en

relación con el tratamiento de estetipo de operaciones:– En una transacción entre

empresas del grupo, la receptoradeberá registrar los activos ypasivos recibidos por el preciode adquisición (en aportacionesno dinerarias, por el valor de laescritura).

– Debido a la ausencia deintereses contrapuestos, esnecesario analizar si existe unvalor fiable del importe quepodría haber sido acordadoentre partes interesadas encondiciones de independencia

mutua. Así, el valor fiable seríael valor de mercado si existe unmercado representativo o, encaso contrario, el derivado deaplicar modelos y técnicas degeneral aceptación.

– Si el precio acordado difiere delvalor fiable, debe tenerse encuenta la naturaleza económicahíbrida de la transacción.

– Si no existe valor fiable, eladquirente deberá mantener elvalor contable preexistente en eltransmitente considerándoseprocedente, en su caso, el valorcontable consolidado.

Resolución 30 julio 1991

Sociedad receptora

Valor del inmovilizado recibido

Valor otorgado en escritura

Resolución 27 julio 1992

Sociedad que entrega

Valor del inmovilizado financiero

Valor contable elementos aportados(minorado por la amortización y con límite máximo valor

atribuido elementos patrimoniales entregados)

TIPO VALORACIÓN

FUSIONES Y ESCISIONES

De intereses

De adquisición

Impropia

Valores contables preexistentesdel último consolidado

Valor real (valor razonable)

Aplicando Normas de Formulaciónde cuentas anuales consolidadas

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– En operaciones de fusión yescisión impropias, eltratamiento adecuado es elcontenido en el Borrador denormas de contabilidadaplicables a las fusiones yescisiones de Sociedades.

– El registro contable de las opera-ciones debe realizarse atendiendoal fondo económico que subyaceen las mismas y con indepen-dencia de las denominacionesjurídicas utilizadas.

Como consecuencia de la faltade desarrollo de estasconclusiones, se plantearonmuchas dificultades por partede los profesionales para suaplicación práctica. Por estemotivo el ICJCE, a través de suComité Técnico, analizó endetalle el contenido de estaNota y elaboró una guía prácticacuyo contenido exponemos en elsiguiente apartado.

Circular G-08/2005 del ICJCE

sobre transacciones entre

empresas de un mismo grupo

Esta circular, emitida con fecha 29 de julio de 2005, tuvo como objetivos:

– Ayudar a una adecuadainterpretación y aplicación de laNota del ICAC antes mencionada.

– Dar guías prácticas para evaluareste tipo de transacciones yayudar en el tratamiento contablede este tipo de operaciones.

– Analizar los efectos en elinforme de auditoría.

En la guía se distinguen dosescenarios a la hora de analizar lastransacciones realizadas entreempresas del mismo grupo,aquellas efectuadas dentro deltráfico habitual de las distintasSociedades, en contraposición alas que se llevan a cabo fuera delmismo.

1er escenario: Transaccionesrealizadas dentro del tráficohabitual de la Sociedad:En este apartado se incluirían lacompra-venta de mercancías yprestaciones de servicios. Estastransacciones se reconocen comocualquier operación realizada conterceros independientes, perosiempre bajo el supuesto de queexiste un fondo económico, deacuerdo con la actividad de la

entidad, y que el precio deejecución es de mercado.

2º escenario: Transaccionesrealizadas fuera del tráficohabitual de la Sociedad:En este caso se encuentranoperaciones como la compra-ventade inmuebles, de participacionessocietarias, permutas,aportaciones no dinerarias,fusiones, escisiones, etc.Dado el carácter excepcional de estetipo de operaciones, será necesariorealizar un análisis específico paracada operación, siguiendo unproceso basado en la evaluación delos cuatro factores siguientes:a) Valor de mercado fiable.b) Naturaleza económica híbrida.c) Efectos similares a los que

serían consecuencia de unafusión o escisión impropia.

d) Sustancia o fondo económico dela operación.

En el gráfico siguiente se resumeel proceso de análisis sugerido:a) Valor de mercado fiable. Elprimer paso es analizar si existeun valor de mercado fiable. LaNota del ICAC no aclara

suficientemente el concepto devalor de mercado fiable, aunquele da una especial relevancia.Ante la ausencia de definiciónen la normativa contableespañola, podemos acudir almarco contable de las NormasInternacionales de InformaciónFinanciera (NIIF) para asimilarel valor de mercado fiable a:– el valor de mercado, si hay un

mercado representativo (porejemplo, valor de cotización.), o

– el valor estimado segúnmodelos y técnicas de generalaceptación (por ejemplo,según valoración realizada porexpertos independientes),incluido el valor obtenido apartir de transacciones denaturaleza similar entreterceros independientes.

La Circular del ICJCE llama laatención para el caso deempresas participadas en un100%, o cerca de este porcentaje,en las que resulta difícil obtenerevidencia para concluir sobre laexistencia de un valor demercado fiable, habida cuenta deque no existen intereses

ANÁLISIS TRANSACCIÓN

¿Existe un valor de mercado fiable? Contabilizar de acuerdo con elvalor neto previo del consolidado

¿Existe diferencia entre el valor asignado a latransacción y el valor de mercado fiable?

¿Los efectos son similares a los que seríanconsecuencia a una fusión o escisión impropia?

¿Tiene sustancia económica la transacciónrealizada?

Contabilizar de acuerdo con condicionespactadas en transacción por las dos

entidades vinculadas

Contabilizar de acuerdo connormas de valoración de CCAACC

Contabilizar de acuerdo con lanaturaleza “híbrida” de la operación

Uso Valorneto

preexistenteen CCAACC

en elmomentoprevio a la

transacciónexaminadaContabilizar de acuerdo con la

sustancia económica verdadera,con independencia de la forma

jurídica utilizada

Resolver limitación al alcanceSí

No

No

No

No

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contrapuestos, que lasoperaciones están influidas porotras empresas del grupo y queno existen transacciones desimilar naturaleza con tercerosajenos al grupo.Si no es posible determinar laexistencia de un valor demercado fiable, la transaccióndeberá registrarse por el valorcontable preexistente (en sucaso, por el valor contableconsolidado). Si se concluye queexiste un valor de mercadofiable, continuaría el análisis dela operación. Y para aquelloscasos en los que no estédisponible la documentaciónque respalde la valoración dada,el auditor deberá evaluar laposible limitación al alcance enel informe de auditoría.b) Naturaleza económica híbrida.Si se pone de manifiesto que elvalor otorgado a la transacciónes significativamente distinto alvalor de mercado fiable nosencontramos en una operaciónde naturaleza económicahíbrida, es decir, queimplícitamente se compone de

dos operaciones diferentes. Porun lado, incluye la transacción avalor de mercado fiable y porotro, un traslado de resultadosentre las Sociedades del grupo(reparto de dividendos osubvención/donación), y portanto debe contabilizarse cadaoperación de acuerdo con suverdadera naturaleza.En caso de que el valor usado enla transacción por lasSociedades del grupo no estéconvenientementedocumentado, o del análisisinicial surjan dudas, el auditordeberá solicitar valoracionesadicionales de expertosindependientes, lo que darálugar a conclusiones distintasen función de los resultados delanálisis de dichas tasaciones. Enel cuadro que reproducimos acontinuación se detallan lassituaciones que pueden darse.c) Efectos similares a los queserían consecuencia de unafusión o escisión impropia. Eltercer factor de análisis suponedeterminar si la operación NO esasimilable a una fusión o

escisión impropia.En caso de que se concluyapositivamente a estacircunstancia la operacióndeberá contabilizarse a valorespreexistentes en el últimoconsolidado y no al pactado porlas Sociedades del grupo paraesa transacción.d) Sustancia o fondoeconómico de la operación. Ladificultad principal de esteanálisis es establecer si latransacción tiene un fondoeconómico real. El ICAC en suNota no define las condicionesque deben cumplirse paradeterminar esta sustanciaeconómica, y no existeliteratura contable en España aeste respecto. La experienciaprofesional de los auditorespermite concluir que existefondo económico cuando sepuede responderafirmativamente (y puededocumentarse la contestación)a las dos preguntas siguientes:– ¿La transacción supone un

incremento de valor del grupo,entendiendo como tal una

modificación sustancial en laconfiguración en losresultados o de flujos de cajaadicionales a los derivados delpuro aprovechamiento fiscal?

– ¿Tiene sentido económico yempresarial la situación quese produce tras la transaccióny existe evidencia de que se vaa mantener en el tiempo?

Para poder evaluar las dos preguntasanteriores se sugiere considerar lossiguientes aspectos:– Incremento evidenciable de valor

real del negocio preexistente.– Existencia de intereses

minoritarios sustanciales(Análisis de la naturaleza delos mismos).

– Financiación de la transacción(Adquirente o receptor, escapaz por si mismo y sinapoyo financiero del grupo definanciar la adquisición).

– Sentido económico de laestructura generada,capacidad y utilizaciónefectiva de control, gestión yexplotación directa sobre elactivo recibido como conse-cuencia de la transacción.

No Existe Existe No Disponible

Utilizado como Distinto delValor Valor

Conclusión sobre el valor de mercado fiable

– Acaba análisis

– Contabilización de latransacción por losvalores preexistentesen las CC.AA.Consolidadas

– Continua el análisisde los siguientesfactores

– Solicitud devaloracionesadicionales quepermitan llegar a unaconclusión

– Solicitud devaloracionesadicionales quepermitan llegar a unaconclusión

Conclusión

– Acaba análisis

– Evaluación posiblelimitación alalcance en elinforme de auditoría

Naturaleza Híbrida de la Transacción

ContabilizaciónSegún naturaleza

Transmisión de activos

Reparto de dividendos, oSubvención / donación

+

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Una vez completado el procesode análisis anterior, sólo podránser contabilizadas de acuerdocon el valor pactado entre laspartes, aquellas transaccionesentre Sociedades de un mismogrupo que cumplan todas y cadauna de las condicionesanteriores. Es imprescindibleque el auditor deje constanciaen los papeles de trabajo delproceso de análisis realizadopara justificar la aceptación ono de la valoración de laoperación.

Efectos en el informe

De cara al informe de auditoría,una vez terminado el análisis delos factores antes mencionados,podemos encontrarnos en lassiguientes situaciones:Cuando la entidad aplica valoresde mercado sin justificaciónadecuada estaríamos ante unasalvedad por incumplimiento deprincipios contables.En caso de no poder obtenerevidencia suficiente paraconcluir sobre el valor demercado o sobre el fondoeconómico, deberá evaluarse lanecesidad de una limitación alalcance.Si no se desglosaadecuadamente la informaciónen la memoria supondría unasalvedad por falta deinformación.

Además, en cualquier caso, elauditor deberá evaluar lanecesidad de un párrafo deénfasis en función de laimportancia relativa de laoperación.

Conclusiones

A lo largo de este artículo hemosintentado profundizar en laproblemática de valoración ytratamiento contable de lasoperaciones entre Sociedades deun mismo grupo a partir de laNota publicada por el ICAC y dela circular emitida por el ICJCE,

que han supuesto un intentoserio de fijar pautas definidasde actuación para el análisis,evaluación y registro de estetipo de operaciones. Comohemos visto, se requiere unproceso de análisispormenorizado de estasoperaciones y una mayorexigencia de documentación delas decisiones adoptadas.Las operaciones entre empresasdel grupo se encuentran en elpunto de mira. La legislaciónmás reciente a este respecto,como es el caso de la normativa

internacional de informaciónfinanciera y la Ley de medidaspara la prevención del fraudefiscal, es cada vez más exigentecon la información a revelarsobre las mismas así como conla documentación de lavaloración realizada por partede las Sociedades.De todo este cambio normativose desprende la necesidad porparte de auditor de destinar unaparte cada vez más significativade sus recursos al análisis yevaluación de las transaccionesentre empresas del grupo.

Alg

un

a co

ndi

ción

NO

se

cum

ple

Si la operación NO es una fusión o escisión entreentidades vinculadas (o con efectos similares)

Si hay un valor mercado fiable

Si el valor utilizado en la transacción ha sidoel de mercado fiable

Si se concluye que la operación tiene sentidoeconómico

Se cumplen TODAS la condiciones

Contabilización al valor de la transacción quecoincide con el de mercado

Contabilizaciónal valor

preexistente enlas CC.AA.

Consolidadas

y

y

y

CO

NC

LUS

IÓN

Conclusiónalcanzada

Existe valor demercado fiable

Valor usado en latransacción

distinto

Solicitud devaloraciones

adicionales quepermitan llegar a

una conclusión

No nos dan tasacionesadicionales

Las tasaciones adicionalescoinciden con el valor de latransacción

Las tasaciones adicionalesson coincidentes con la tasacióninicial y distinto del valorotorgado a la transacción

Las tasaciones adicionalesno coinciden entre si

Limitación alalcance

Sigue el análisis

Operación híbrida

No hay valor demercado fiable

Contabilización segúnCCAA consolidadas

/ / / / / / / / / / / / / EMPRESA / Las transacciones entre empresas del mismo grupo: en el punto de mira

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CONCURSAL/////////////////////////////

Fusión y escisión de sociedades ensituación concursal

Fusión y escisión de sociedades ensituación concursal

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último ha sido objeto demodificación.Como consideraciones previastambién debemos tener encuenta la dificultad en laelaboración del presentetrabajo, la mayoría de losautores que han realizado algúncomentario al art. 100 de la LCse han limitado a efectuar unamera referencia a esaposibilidad sin profundizar másen la materia2; los escasostrabajos que hay se hanconsultado y quedará demanifiesto la escasez de losestudios en la bibliografía queal final del mismoexpondremos.

1. Delimitación del objeto del trabajoNo resulta superfluo señalarque centraremos el presentetrabajo únicamente en la fusióny escisión de sociedadesincursas en un procedimientoconcursal.No interesa, en principio, elanálisis de la situación deaquellas sociedades que sehallan en liquidación societariay participan en una fusión,aunque son muchas lascuestiones que se suscitan parasu compatibilidad, sólointeresarían por vía deaplicación analógica en lossupuestos de hecho idénticos,las previsiones legales a ellasdedicadas.Destacar que se trata deoperaciones (la fusión yescisión) que producen laextinción de la sociedadafectada sin que haya

I. INTRODUCCIÓN

La reestructuraciónempresarial, en concreto lafusión y escisión, desde el puntode vista económico, puede ser lasolución a los problemas que elmercado o la demanda delconsumo imponen; la fusiónrespondería al principio deconcentración y la escisión al dedejar parcelas deficitarias olastres financieros oimproductivos, nonecesariamente ruinosos ya queen otro contexto pueden serinteresantes.Si la situación de crisiseconómica ha llegado a unpunto que pueda calificarse deinsolvencia actual o ésta esinminente habiéndose iniciadoun proceso concursal, se planteael problema de la posibilidad deacogerse a alguno de estosprocesos, (1)fundamentalmentepensados para ser adoptadospor las empresas en su seno, sinpresiones o al menosinterferencias de extraños(acreedores, el juez, laadministración concursal).Pero no sólo existe esteproblema, en el fondo ya no seplantea como tal, sino que sepresentan otros para los que lanormativa sobre la materia noda soluciones dada la parquedadde la misma1.Con el presente trabajo seintentará también analizar si lasituación anterior se mantienetras la entrada en vigor de lanueva Ley Concursal ya queconvergen dos ordenamientos,el societario y el concursal y este

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SUMARIO:

I. INTRODUCCION:

1. Delimitación del objeto del trabajo.

2. Antecedentes de nuestro sistema actual.

3. Breve panorámica de derecho comparado.

II. LA NUEVA LEY CONCURSAL

III. PLANTEAMIENTOS PREVIOS

IV. DIFERENTES SUPUESTOS:

a) Fusión con extinción de la concursada,

en fase común del concurso.

b) Fusión con extinción de la concursada,

en fase de convenio.

c) Fusión con extinción de la concursada,

en fase de liquidación.

d) Fusión sin extinción de la concursada,

en fase de liquidación.

e) Fusión por creación de una nueva sociedad.

f) Escisión de una sociedad concursada.

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1 Cerdá Albero, Fernando “Fusión y escisión de sociedades en liquidación y de sociedades en situaciones concursales” Revista General de derecho, julio-agosto de 1998 pp9332...” Los contenidos normativos sólo establecen los límites a la admisibilidad de las reestructuraciones traslativas en las que participan sociedades mercantiles ensituación liquidatoria o concursal. En efecto, la generalidad de los contenidos expresados en el reducido número de normas que se ocupan de esta cuestión, y el silencionormativo ante las numerosas cuestiones que suscitan, obligan a amalgamar estas previsiones con otras provenientes del propio derecho de Sociedades o del DerechoConcursal. Sin embargo, como tendremos ocasión de comprobar, esta interpretación sistemática no siempre es armónica. Antes bien, se producen ciertas tensiones entreambos tipos de normas, cuya resolución provoca grandes dudas, que fuerzan al intérprete a tomar partido, a veces incluso por posiciones conscientemente arriesgadas.”

2 Vid pág. a 1209 de Comentarios a la Ley Concursal edit BOSCH de FERNÁNDEZ SEIJO, JOSÉ MARÍA, dentro de las clases de convenio se refiere a convenios de absorciónpor fusión de la sociedad deudora, para pasar, sin mayor profundización a decir al inicio de la pág. 1210 que “tampoco será posible acordar por la vía de convenio la fusióno escisión de la persona jurídica concursada, sin perjuicio de las posibilidades de compromisos de viabilidad por terceros”.Vid pág. 492 y siguientes de Manual de la Reforma concursal de EDORTA HERRERA CUEVAS hablando del contenido del convenio y estudiando el art 100 LC ni siquieramenciona el tema.

/////////TOMASAHERNÁNDEZMARTÍN

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liquidación3, para distinguir lossupuestos en los que seobtienen los mismos resultadospero por distinto cauce, así en elplan de liquidación de unasociedad concursada se puedenllevar a cabo ventas de unidadesproductivas que permiten lacontinuidad de la actividad quellevaba la empresa bajo otrapersonalidad jurídica, al igualque en las operacionessocietarias que nos interesan,pero la extinción de la sociedad,por este cauce, ha comportado laliquidación de su patrimonio(más adelante incidiremos eneste punto).Partiendo de la consideraciónque si entendemos elprocedimiento de fusión yescisión como presupuestos decarácter imperativo para queluego se desplieguen losefectos típicos de estasoperaciones societarias, a lahora de compatibilizar los dosprocedimientos el societario yel concursal, que convergerían

en esta situación, nosestaremos refiriendo en todocaso a la fusión propia, sinreferirnos a operacionesasimiladas a la fusión como: lacesión en bloque del activo ydel pasivo, la cesión o toma decontrol, las ofertas públicas deadquisición, etc.Finalmente, poner de manifiestoque en la exposición del trabajotampoco se atenderá a ningunadistinción por razón del tipo desociedad personalista ocapitalista, ni al carácterhomogéneo o heterogéneo de laoperación; el legisladorconcursal no ha establecidoninguna referencia a estossupuestos.

2. Situación anterior a la LeyConcursalBajo esta denominaciónincluiremos todo lo relativo a lasituación existente hasta laentrada en vigor de la vigenteLey Concursal de 9 de julio de2003.

En primer lugar, dejar sentadoque la posibilidad de interveniren una fusión o escisión porparte de una sociedad enquiebra ya se admitía, no estabaregulada pero así se sobreenten-día del panorama legal existente.El panorama normativo loconstituían:- por un lado dos Directivas

Comunitarias: la Tercera78/855 referente a la fusión desociedades anónimas y laSexta 82/891 referente a laescisión de sociedadesanónimas, en ambas se brindala posibilidad a los estadosmiembros de excluir suaplicación en caso de serobjeto de un proceso dequiebra alguna de lassociedades implicadas4,(merece la pena detenerse enel estudio de la redacción dedicho texto por lo deficienteque resulta al utilizar eltiempo de los verbos enpasado, por tanto contempla laoperación como ya realizada).

- por otro, nuestro derechointerno no hizo uso de esaposibilidad que le brindabanlas directivas, el TextoRefundido de la Ley deSociedades Anónimas de 22-12-1989 nada decía al respecto,sólo contenía un precepto, elart. 251 que decía “las

sociedades en liquidación

podrán participar en una

fusión siempre que no haya

comenzado el reparto de su

patrimonio entre los

accionistas”, por tanto serefería al supuesto deliquidación voluntaria de unasociedad, supuesto que hemosexcluido de estudio, pero quenos sirve para comprender laintención del legislador defijar un límite a la posibilidadde tomar parte en unaoperación de reestructuración(el reparto del patrimonio).

Fue la Ley de Sociedades deResponsabilidad Limitada de23-3-1995 la que en el únicoprecepto que dedica a la fusióny escisión, ignorando elalcance que tendría dice en elart. 94:“La sociedad de

responsabilidad limitada en

liquidación podrá participar en

una fusión o en una escisión

siempre que no haya

comenzado el reparto de su

patrimonio entre los socios.

Será necesaria la autorización

judicial para participar en una

fusión o escisión en los

supuestos en que la

liquidación sea consecuencia

de la resolución judicial a que

se refiere el art. 104.2 de la

presente Ley”.

El contenido del precepto al quese remitía, antes de su reformapor la actual LC, establecía que“la quiebra de la sociedad

3 Vid pág. 69 LA FUSIÓN DE SOCIEDADES....” La ausencia de liquidación es connatural a la sucesión universal que se produce con la fusión de sociedades....En definitiva, lafusión de sociedades es el procedimiento jurídico por el cual dos o más sociedades agrupan sus patrimonios íntegros y en su caso, sus socios con la disolución sinliquidación y la extinción de todas ellas para construir una sociedad nueva o de todas menos una que absorbe a las demás”.Esto dicho de la fusión se puede trasladar a la escisión.

4 Art. 1.3º de la Tercera Directiva “Los Estados miembros podrán no aplicar la presente Directiva cuando una o varias de las sociedades que hayan sido absorbidas o quedesaparezcan sean objeto de un proceso de quiebra, de acuerdo o de cualquier otro procedimiento análogo.”Art. 1. 4º de la Sexta Directiva “Los apartados 2 y 3 del art 1 de la Directiva 78/855/CEE serán aplicables”

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determinará su disolucióncuando se acuerdeexpresamente comoconsecuencia de la resoluciónjudicial que la declare”(art. 104.2LSRL).No nos detendremos aquí en suestudio por ser objeto del mismootro momento, únicamenteapuntar, compartiendo laopinión de la profesora LargoGil,5 lo negativo de estaduplicidad normativa,acentuada por la introducciónde modificaciones6, que sóloconduce a crear confusión.Completa la parca regulación enla materia el art. 227 delReglamento del RegistroMercantil que al regular elcontenido de la escriturapública de fusión en el punto 3dice “Si alguna de las

sociedades que se fusionan se

encontrara en quiebra, se hará

constar en la escritura pública

la resolución judicial que

autorice a la sociedad a

participar en la fusión”7.

La regulación de la insolvencialegal, es decir, de la quiebra y lasuspensión de pagos noestablecía nada sobre el tema,pero del art. 928 del Cco sepodían admitir soluciones decontinuidad (sólo destacar lacomplicada regulación, habíaque recurrir a dos códigos decomercio y a una ley especialque reclamaban una reforma dela materia).Como consecuencia de todo loanterior estaba clara laadmisión de la posibilidad que

tenía una sociedad declaradaen suspensión de pagos o enquiebra de tomar parte en unafusión o en una escisión, elresto de los problemas (lossupuestos concretos en que eraposible la reestructuración y laposición que la sociedad en

quiebra podía ocupar en lafusión) se quedaban,legalmente, sin resolver, perosí eran objeto deinterpretación doctrinal(principalmente por laprofesora LARGO GIL y elprofesor CERDÁ ALVERO).

3. Breve panorámica de derechocomparadoPartiendo de la opción quepermiten la Tercera y la SextaDirectiva Comunitaria altrasponerse las mismas a losdiferentes estados, en algunaslegislaciones se excluyó demodo expreso la fusión desociedades en estado concursal,así en Portugal, Holanda,

Luxemburgo o Italia; pero nocon el mismo alcance.En el sistema belga se admitiópero limitándola a la posición deabsorbidas o sociedadesdestinadas a extinguirse ycuando el proceso concursalconduce al consenso.

La situación italiana ha sufridoun importante cambio, el art.2501.2 C.Cvi contenía esaprohibición, que era criticadapor la doctrina (Di Angelis L.)por no sustentarla razones defondo más todavía cuando ellegislador comunitario la habíaprevisto como una posibilidad,se han aprobado (siguiendo losdictados de la lege delega nº 366de 3 de octubre de 2001) losDecretos Legislativos nº 5 y nº 6de 17 de enero de 2003, queentraron en vigor el uno deenero de 2004, y que suprimenesa prohibición.Esta reforma es consciente deque una de las aspiraciones dela ley debe ser aprovechar todos

los márgenes dediscrecionalidad que otorga laDirectiva de 78/855 porque unode los principios inspiradoresdel Derecho Concursal es laconservación de la empresa, (obien uno de los posiblesresultados) por lo que no seconsidera lógico que se excluyaa estas sociedades de la fusióncon empresas solventes (o no)cuyo efecto final sería el mismoque el perseguido mediante losprocedimientos concursales (enItalia existen cinco y alguno deellos no tienen finalidadliquidatoria), esto es, lapreferencia, cuando sea posible,por la conservación de laempresa.El límite lo constituiría laprohibición general de participaren la fusión las sociedades enliquidación que hayancomenzado la distribución delactivo (art. 2501.1 C.Cvi). Si noparticipan en la fusión unasociedad anónima, una sociedadcomanditaria o una sociedadcooperativa por acciones envirtud del art. 2505.quater,pueden participar en la fusiónsociedades que hayan iniciado elreparto del activo.En Francia se admite que esténlas sociedades en liquidaciónindependientemente de laposición que ocupe en laoperación de reestructuración,no contiene referencia alguna ala insolvencia declarada.En Alemania se reconoce sinpaliativos cuando sontransmitentes (UmwG)8

LA SOCIEDAD DERESPONSABILIDAD LIMITADA ENLIQUIDACIÓN PODRÁ PARTICIPAR

EN UNA FUSIÓN O EN UNA ESCISIÓN SIEMPRE QUE NO HAYACOMENZADO EL REPARTO DE SUPATRIMONIO ENTRE LOS SOCIOS

5 Vid pág. 972 REFLEXIONES... ”Ciertamente, la regulación de instituciones comunes a las sociedades de capital, como son la fusión y la escisión de sociedades y con laextensión normativa que comporta la complejidad procedimental de éstas, debe integrar el contenido de una Ley de sociedades de capital o aún más, de una Ley general desociedades”.

6 Vid pág. 973 REFLEXIONES...” es criticable que el legislador se haya servido de la LSRL, para introducir algunas innovaciones en relación al régimen de la fusión y de laescisión contenido en la LSA, y lo que es más grave, que haya limitado su ámbito de aplicación al que se traza en la misma; uno de los cambios carece de explicaciónjurídica( la supresión del informe de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión) y otro ( la admisión expresa de que participe en la fusión o en la escisión unasociedad en liquidación a consecuencia de su declaración judicial en quiebra) deberían haberse integrado en la LSA. Y es que no hay que olvidar que la LSA es la norma enla que está contenido el régimen jurídico general sobre la fusión y la escisión de las sociedades de capital.”

7 Vid pág. 9345 FUSIÓN Y ESCISIÓN “Adviértase, sin embargo, el cambio que el artículo 227.3 del RRM introduce en la estructura de este supuesto con respecto a la delartículo 94.3 de la LSRL. En esta norma la autorización judicial para que una sociedad quebrada pueda participar en una reestructuración se requiere en el (solo) caso deque la junta general de esta sociedad haya acordado su disolución a consecuencia de la declaración de quiebra. En el artículo 227.3 del RRM, en cambio, ( y dejando apartelos problemas de jerarquía normativa)se exige, en todo caso, la autorización judicial para que unas sociedad quebrada pueda reestructurarse; esto es, con independenciade que su junta general haya decidido la disolución de la sociedad quebrada.”

8 Vid págs. 976 y 987 de Reflexiones.... como pág. 9343 de Fusión y Escisión; en estas páginas ambos profesores ponen de manifiesto las concretas particularidades delderecho de los estados más próximos a nuestro entorno.

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II. LA NUEVA LEY CONCURSAL

Sin alteraciones en el marcosocietario se publica la LeyConcursal de 9 de julio de 2003,su entrada en vigor fue enseptiembre de 2004 y que notiene un año de vida, ya seapunta la necesidad de realizaralgunas reformas en la misma,nace con el propósito decididode que partiendo del conveniocomo solución normal delconcurso, con medidas que lopotencian, la liquidación quedereducida al último recurso. Talcomo dice la Exposición demotivo VI:“la finalidad de conservación de

la actividad profesional o

empresarial del concursado

puede cumplirse a través de un

convenio, a cuya propuesta se

acompañará un plan de

viabilidad. Aunque el objeto del

concurso no sea el saneamiento

de empresas, un convenio de

continuación puede ser

instrumento para salvar las que

se consideren total o

parcialmente viables, en

beneficio no sólo de los

acreedores, sino del propio

concursado, de los trabajadores

y de otros intereses. El informe

preceptivo de la administración

concursal es una garantía más

de esta solución”.Visto lo manifestado por laExposición de Motivos en estetema es pieza fundamental elart. 100 de la Ley Concursaldedicado al contenido delconvenio; dicho precepto tienededicado el punto primero alcontenido obligatorio delconvenio (2), el punto segundo aun posible contenido adicional(3); el punto tercero se dedica alas prohibiciones(4); los puntoscuarto y quinto se refieren aotros documentos queacompañaran al convenio (5).Constituye el único precepto

que hace alusión a este tema ylo hace dentro del apartado delas prohibiciones, textualmentedice el art. 100.3 LC:“En ningún caso la propuesta

podrá consistir en la cesión de

bienes y derechos a los

acreedores en pago o para pago

de sus créditos, ni en cualquier

forma de liquidación global del

patrimonio del concursado para

satisfacción de sus deudas, ni

en la alteración de la

clasificación de créditos

establecida por la Ley, ni de la

cuantía de los mismos fijada en

el procedimiento, sin perjuicio de

las quitas que pudieran

acordarse y de la posibilidad de

fusión o escisión de la persona

jurídica concursada, y sin

perjuicio asimismo de lo

previsto en el párrafo segundo

del apartado 5 de este artículo.”

La nueva LC además de derogar,como no podía ser de otramanera, la Ley de Suspensión dePagos de 26 de julio de 1922, ellibro IV del Código de Comerciode 1829 y los arts. 870 a 941 delCódigo de Comercio de 1885,

modifica la redacción de losarts. 260.2 de la LSA y el art.104.2 de la LSRL que conidéntica regulación dice así:“la declaración de concurso no

constituirá, por sí sola, causa de

disolución, pero si en el

procedimiento se produjera la

apertura de la fase de

liquidación la sociedad quedará

automáticamente disuelta. En

este último caso, el juez del

concurso hará constar la

disolución en la resolución de

apertura y, sin nombramiento de

liquidadores, se realizará la

liquidación de la sociedad

conforme a lo establecido en el

capítulo II del título V de la Ley

Concursal”

En conclusión, la nueva LeyConcursal se ha limitado amencionar la posibilidad de queuna sociedad en concurso puedatomar parte en una operación dereestructuración, pero no hasolucionado ninguno de losproblemas que la doctrina habíapuesto sobre el tapete con laanterior regulación y con lareforma lo único que queda

claro es la mera posibilidad perono el resto de cuestiones(fundamentalmente: la posiciónen la operación y la autorizaciónjudicial).

III. PLANTEAMIENTOS PREVIOS

Dentro de este apartado seincluiría aquello que no se debeolvidar para entender einterpretar, en su conformidad,la escasa previsión que ellegislador ha hecho así:En cuanto a las funciones de losprocedimientos que hay queconciliar; una de las funciones9

de la fusión y la escisión es serinstrumento para lograr elsaneamiento de una empresa,ante las dificultadeseconómicas se puede adoptaruna de estas operaciones oambas combinadas para salir deesa situación y ello espredicable incluso en situaciónde insolvencia legalmentedeclarada o en situaciónconcursal, tal y como yavenimos apuntando a lo largodel presente trabajo. Lafunción del procedimiento

9 Vid pág. 71 LA FUSIÓN DE SOCIEDADES......”Las funciones que puede cumplir la fusión de sociedades no están catalogadas,es una materia abierta al devenir de lacoyuntura económica y política. Hay que tener en cuenta dos datos de interés, como son la neutralidad propia de esta operación societaria. Por lo demás, la frecuencia deuna u otra función en un momento histórico dado depende directamente de los factores antes indicados y de las motivaciones subjetivas del empresario.” Lo manifestadopor la profesora Largo respecto de la fusión es predicable también de la escisión.

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concursal es dar satisfacción alos acreedores conciliándolo conla continuidad empresarial encuanto sea posible, pero comoya pusimos de manifiesto, la LeyConcursal es clara en esteaspecto y manifiesta que elobjeto del concurso no es elsaneamiento de empresas.En cuanto al procedimientoconcursal, la nueva ley haoptado por el principio deunidad y como expresa suExposición de Motivos II“La unidad del procedimiento se

consigue en virtud de la

flexibilidad de que la ley lo dota,

que permite su adecuación a

diversas situaciones y

soluciones, a través de las

cuales puede alcanzarse la

satisfacción de los acreedores,

finalidad esencial del concurso...

(in fine) La unidad y la

flexibilidad se reflejan en su

propia estructura, articulada, en

principio, en una fase común

que puede desembocar en otra

de convenio o de liquidación”.

Por tanto se tramitan a travésdel mismo procedimiento lo queantes se denominabasuspensión de pagos y quiebra,es decir, tanto la insolvenciadefinitiva (quiebra) como laprovisional (suspensión depagos, en la práctica setramitaban a través de élauténticas quiebras). Sesuprime la distinción por razónde la cualidad de comerciante ono del deudor. Queda reducido auno lo que antes constituíancuatro procedimientos paratratar la insolvencia legal.En resumen, la finalidad de esteepígrafe era poner de manifiestoque los institutos que se exigecoordinar, para llevar a cabo laoperación, que son; por un lado,el procedimiento societario defusión o escisión y por otro elprocedimiento concursal, notienen una función principalcoincidente pero convergen enel propio momento en que ellegislador apuestadecididamente por lacontinuidad empresarial (que noidentidad social) en cuanto seaposible con la satisfacción delos acreedores.

Y también destacar que no serálo mismo la situación de laempresa que llega al concurso aobtener su certificado de

defunción, o pendiente derecibirlo de algún fleco comopuede ser el tema de lostrabajadores, que la de laempresa que llegue al concursoen pleno funcionamiento; laprimera es un plano fijo fácil desolucionar(liquidación),lasegunda es una secuencia móvila la que hay que ir buscando lasolución adecuada y óptimapara lograr el fin del concurso,de conformidad con losintereses en juego peroadmitiendo la posiblecontinuación de la empresa siello es viable.

IV.ANÁLISIS DE LOS DIFERENTES

SUPUESTOS

Dado que la mejor manera deabordar el estudio dedeterminadas cuestiones, comola posibilidad o no derealización, la posición de lasociedad concursada, lasdistintas fases del proceso oprocedimiento concursal, la

autorización judicial, es seguirel método de análisis de ladistinción de los diferentessupuestos que pueden darse, deuna manera hipotética.10

a) Fusión con extinción de laconcursada, en fase común delconcurso.Este constituiría el supuestoidóneo para tener lugar laoperación de fusión; podríadarse el caso en aquellasempresas que ante susdificultades económicas inicianunas negociaciones de fusión enel que ellas van a ser lasabsorbidas, y en pleno procesosocietario se ven incursas enobligación legal de promover sudeclaración de concurso, tal ycomo previene el art. 5 de laLCon.Por lo que simplemente habríaque llevar al concurso lo queestá teniendo lugar en la vidainterna de la sociedad.En principio, si no se haacordado la suspensión, losadministradores de la sociedadsiguen siendo los legitimadospara realizar el proyecto defusión; por disposición del art.

LA UNIDADDEL

PROCECIMIENTOSE CONSIGUE

EN VIRTUDDE LA

FLEXIBILIDADDE QUE LA

LEY LO DOTA

10 Vid el trabajo del profesor Cerdá Alvero ( aparecerá en la Bibliografía) en él se apunta este método expositivo de la distinción de los diferentes supuestos abordando enellos los mismos puntos conflictivos; pero es el trabajo de los profesores Cortés Domínguez y Pérez Troya( se recogerá en bibliografía) dónde ya aparece consolidado parael tratamiento de estas cuestiones dado el silencio o parquedad de la ley.

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4811 . Con los órganos de lapersona jurídica deudora semantienen, si bien lasconsecuencias de ladeclaración legal de concursotiene efectos sobre lacapacidad de actuación de losmismos, así desde el momentode la declaración deberíaponerse en conocimiento tantodel juez del concurso como dela administración concursalesta circunstancia (el que seestá llevando a cabo unasoperaciones tendentes a lafusión de la sociedad con otra)no sólo como resultado deldeber de colaboración que setiene sino fundamentalmenteporque el proceso somete a suimperio a quien está incursoen él.Parece claro que el reflejo en elconcurso tiene que ser unasolución consensuada, y puedellevarse al mismo vía propuestaanticipada de concurso, ya quese ha diseñado esa posibilidadde propuesta anticipada comomecanismo para facilitar lacontinuidad empresarial, portanto su diseño permitiríautilizarlo con el fin de conseguirllevar a buen término unaoperación societaria ya iniciadaantes de la declaración deconcurso(si el proceso societariono está iniciado estimo que nopodría utilizarse la propuestaanticipada debido a laimposibilidad de conciliar losplazos de ambosprocedimientos).Haremos una sucinta

exposición de los plazos quehabrían de casar, en el procesoconcursal ordinario desde lasolicitud del mismo hasta laexpiración del plazo decomunicación de créditostranscurre un plazo de unos dosmeses, no es exacto debido aque la publicación de ladeclaración del concurso queabre el plazo de un mes para

comunicación de créditos, no esfijo a priori; la operación defusión exige una fasepreliminar que integraría lasactuaciones de carácterunilateral a realizar por lasociedad que desea en inicio laoperación, así como otras decarácter negocial como losprotocolos12, evidentemente esteplazo es muy breve para poderrealizar en él todo esta fase,para que la propuestaanticipada de convenio llevecomo contenido además de lapropuesta de quita y/o espera

las condiciones másimportantes de la operaciónsocietaria; de ahí quesostengamos que la posibilidadde utilizar la propuestaanticipada de convenio paraconseguir la autorización de lafusión sólo pueda hacerse si lafase preliminar ya ha concluidoy el proyecto de fusión si nofirmado por los administradores

debiera estar, en los puntossustanciales, cerrado13.

Decimos lo anterior porque,compartiendo la opinión delprofesor CERDÁ ALVERO14

únicamente deberíaincorporarse a la propuestaanticipada de convenio ademásdel contenido que le es propio ynecesario aquello que afecta alos créditos que son lascondiciones fundamentales dela operación societaria; si seexigiera que los proyectos defusión ya estuvieran aprobadospor las respectivas juntas

generales, no sería posible laoperación no únicamente en lafase común del concurso sinotampoco en la fase de conveniodebido a los plazos necesariospara ello (la elaboración delproyecto, los informes de losexpertos, la información a lasociedad, la convocatoria de lajunta) que exceden con muchode los propios del concurso paraacordar la apertura de la fase deconvenio y más todavía si nohay impugnaciones al informede la administración concursal.Cuando la propuesta esanticipada hay un trámite deadmisión, que es de meracomprobación de que elconvenio cuenta con lasadhesiones de acreedores en laproporción que exige la ley (loscréditos de los adheridos han derepresentar más de la quintaparte del pasivo presentado porel deudor, el real todavía no seconoce al no haberse,seguramente, realizado elinforme por la administraciónconcursal art. 106 LCon), debehacerse por la administraciónconcursal una evaluación de lapropuesta, y finalmente, si seconsiguen las adhesiones en laproporción que determinan losart. 124 y 125 el juez procederá asu aprobación.Así entendida la autorización aque hace referencia el art. 94.3LSRL y el art. 227.3 del RRM setrataría de una merahomologación del convenio oconsenso logrado con lasadhesiones, conforme con la

HASTA EL MOMENTO,EN EL CORTO PERIODO DE TIEMPO

QUE LLEVA EN VIGOR LA NUEVA LEY CONCURSAL EL NÚMERO DE CONVENIOS,

TANTO CON CARÁCTERANTICIPADO COMO NO,

QUE SE HAN PRESENTADO ES ÍNFIMO

11 Art. 48.1 “Durante la tramitación del concurso, se mantendrán los órganos de la persona jurídica deudora, sin perjuicio de los efectos que sobre su funcionamientoproduzca la intervención o la suspensión de sus facultades de administración y disposición y salvo el supuesto en que, a consecuencia de la apertura de la fase deliquidación, se declare el cese de los administradores o liquidadores. Los administradores concursales tendrán derecho de asistencia y de voz en las sesiones de losórganos colegiados”.

12 Vid pág. 93 LA FUSIÓN DE SOCIEDADES…..”complejo proceso preparatorio. Este se integra de actividades varias: Unas, de carácter unilateral, como puede ser la búsquedade la sociedad adecuada en vistas a una eventual fusión, para lo que puede recurrirse a gabinetes especializados. Y otras, de índole negocial como son los pactos previos,que suelen documentarse conforme se avanza en las negociaciones y que servirán para la extensión del futuro proyecto de fusión y en su caso, para reanudar ulterioresnegociaciones sobre puntos concretos del mismo. Son los conocidos como protocolos, el protocolo de fusión y los protocolos anexos”.

13 Vid pág. 989 REFLEXIONES....entiendo que su opinión es partidaria de que se hayan llevado a cabo por las Juntas la aprobación ya que entiende que debe obtenerse laautorización ”una vez que se hayan adoptado los acuerdos sociales de fusión/escisión por las Juntas Generales de todas las sociedades, como una condición de eficacia”.

14 Vid pág. 9349 FUSIÓN Y ESCISIÓN…”No se trata de que la junta de acreedores haya de aprobar de aprobar el proyecto de fusión o escisión: ello es competencia de lasjuntas generales de las sociedades que participen en la reestructuración, y además cabe incluso que dicho proyecto aún no esté redactado. Por otra parte, el propioprocedimiento reestructurador ya ofrece a los acreedores mecanismos de tutela al respecto. Pero, en todo caso, se requiere el acuerdo de la junta de acreedores sobre lascondiciones fundamentales de la transmisión patrimonial propuesta, y en particular sobre aquellos extremos que puedan afectar a los intereses de los acreedores o a lagarantía de sus créditos. Lo cual conlleva, ciertamente, una buena dosis de discrecionalidad”.

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atribución de este carácter semostraría el profesor CERDÁ, yaque aunque no coincida en laredacción el derogado art. 928Cco con el actual 100.2 part.2ºestá claro que las propuestas detraspaso patrimonial deben serautorizadas por los acreedores15.

b) Fusión con extinción de laconcursada, en fase de convenioLos deudores pueden presentarconvenio después de expirado eltérmino para proponerlo concarácter anticipado, es decir; elconvenio presentado“transcurrido el plazo de

comunicación de créditos y

hasta la finalización del plazo

de impugnación del inventario y

de la lista de acreedores si no se

hubiesen presentado

impugnaciones o, de haberse

presentado, hasta la fecha en

que se pongan de manifiesto en

la secretaría del juzgado los

textos definitivos de aquellos

documentos, podrá presentar

ante el juzgado que tramite el

concurso propuesta de convenio

el concursado que no hubiere

presentado propuesta

anticipada ni tuviere solicitada

la liquidación.” Art.113.1 LeyConcursal.Todo lo dicho para la fasecomún debe reproducirse en lafase de convenio, únicamentedestacar que en esta fase laaceptación del mismo se llevaráa cabo en junta convocada alefecto, aunque se siguencontemplando las adhesionesanteriores.Ha sido voluntad de la nueva leyla no consideración de órganonecesario del concurso a lajunta de acreedores que sóloactúa en este momento paramostrar su aceptación o no a unconvenio.Resulta también común a losdos supuestos hasta aquíanalizados, el que la doctrina novea inconvenientes para laadmisión de su posibilidad si seocupa la posición de absorbida ypor tanto se extingue comoconsecuencia de la transmisiónque se produce (ésta es la

posición por la que se decanta,como hemos visto, las Directivascomunitarias).Merece la pena destacar que sise efectúa la operaciónsocietaria, la sociedad seextingue como consecuencia dela misma, se desvinculatotalmente de las posiblesvicisitudes que pueda llevar elcumplimiento o no del convenio;no depende del cumplimiento enlo relativo al pago de loscréditos la eficacia de lareestructuración, ello debe serasí porque caso contrarioestaríamos contemplando unacondición suspensiva delacuerdo societario inadmisible.La complejidad de unaoperación de fusión, laexigencia de un procedimientoimperativo que cumplir y queactúa de corsé, los costeseconómicos que conlleva; todosjuntos son factores quedificultan la utilización de estatécnica para el saneamientoempresarial cuando lainsolvencia está declarada y

más cuando la propia leyconcursal contempla otrosmecanismos que conducen almismo resultado; es el caso de“las proposiciones de

enajenación, bien del conjunto

de bienes y derechos del

concursado afectos a su

actividad empresarial o

profesional o de determinadas

unidades productivas a favor de

una persona natural o jurídica

determinada. Las proposiciones

incluirán necesariamente la

asunción por el adquirente de la

continuidad de la actividad

empresarial o profesional propia

de las unidades productivas a

las que afecte y del pago de los

créditos de los acreedores, en los

términos expresados en la

propuesta de convenio. En estos

casos, deberán ser oídos los

representantes de los

trabajadores.” art. 100.2 in fine

Ley Concursal.

Aquí la transmisión patrimonialtambién se produce a cambio dela asunción del pago de loscréditos de los acreedores y del

15 Vid pág. 9349 siendo esto así es valida su crítica “si la autorización judicial....es homologación del convenio de la junta, cabe preguntarse qué añade esta exigenciajurídico-societaria con respecto a los dictados de la norma concursal del artículo 928 del Ccom. Ciertamente, nada. Antes bien, y por más que en la justificación de laenmienda número 149 se afirmara que con la exigencia de autorización judicial se pretende introducir mayores garantías para los acreedores de la sociedad quebrada, loúnico que hace la norma es recordar las ya existentes”.

/ / / / / / / / / / / / / CONCURSAL / Fusión y escisión de sociedades en situación concursal

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compromiso de continuidad enlas actividad empresarial o de launidad productiva concreta, yello con las ventajas de ordenlaboral que se pueden pactar, siinteresan, dado que a lostrabajadores únicamente se lesda un tramite de audiencia.Se apunta ya como el caucepreferido por los tercerosinteresados así como por laspropias sociedades coninsolvencia legal declarada paraobtener el resultado pretendido,pero también lo fue en elpasado, pensemos en el caso dela quiebra de GALERÍASPRECIADOS, su mayor activo loconstituía la ubicación de losestablecimientos comerciales enlas grandes ciudades, y bajo lapremisa de que el 90% del éxitoes la ubicación y el otro 10% esla mejor ubicación, apareciócomo interesado su grancompetidor EL CORTE INGLÉSque lo adquirió sin el lastre delos empleados, aunque luegoasumiera prácticamente latotalidad de ellos.Pero aún puede llevarse a cabode otra manera, si durante latramitación del procedimientoconcursal aparece un tercerointeresado en la empresaconcursada, para eludir lasdificultades de armonizaciónque ya hemos apuntado, cabe eldesistimiento del concursado,pues está recogido como causade conclusión en el art. 176.1.5ºLConcur., teniendo comoventaja que puede realizarse encualquier estado delprocedimiento, si bien debehaberse terminado la fasecomún del concurso; a estesupuesto cabría objetar variosinconvenientes, el primero de

ellos la posible oposición a quese acepte el mismo por parte dealgún acreedor así como elhecho de dejar libertad a losacreedores para solicitar elconcurso necesario; ambasobjeciones se pueden salvar, laprimera de ellas con laintervención o función de laadministración concursal cuyoinforme es necesario y por tantosu postura en la operación esrelevante, la segunda pagandoal acreedor que inste elconcurso. De esta forma sequeda en libertad la empresapara realizar la operación fueradel procedimiento concursal,obviando las interferenciasajenas a la sociedad.Hasta el momento, en el cortoperiodo de tiempo que lleva envigor la nueva Ley Concursal elnúmero de convenios, tanto concarácter anticipado como no,que se han presentado esínfimo, la causa es la ya antesapuntada, la nula vida de laactividad empresarial previaque acude al procedimiento paraobtener “cristiana sepultura”;en los supuestos en que laempresa si es viable, apareceninteresados (caso TRACOINSA yPROYEX) en continuarla pero alser un tejido vivo no admiten laespera que lleva consigo elprocedimiento societario de lafusión y se tienen que arbitranotras soluciones (en el primercaso apuntado el arrendamientode empresa hasta la aprobacióndel convenio, que se hará concarácter urgente, que contengala enajenación de la unidadproductiva rentable, con ello seha producido el saneamiento).Las consecuencias que se derivade ello, de la elección de otra vía

que no es la operación dereestructuración, son varias,por un lado no intervienen enestas decisiones la junta deaccionistas, operaciones de estadimensión se deja en el terrenode las decisiones del consejo deadministración sin más, elcontrol no será previo sinoposterior, al analizar losresultados anuales; por otro lospropios acreedores de lasociedad que se fusionatambién van a verse afectadospero se elude la posibilidad deoposición.

c) Fusión con extinción de laconcursada, en fase deliquidaciónEste supuesto plantea en primerlugar el tema de si es posible ono el mismo, a la luz de laregulación existente. La razónno es tanto la dificultad prácticade que alguien la quiera16 sino elarticular la finalidad de estafase y sus efectos con los de lafusión.La exclusión expresa no sehabla en la ley por tanto habráque ir analizando los efectos yproblemas que podríanplantearse para ver si es posiblesuperarlos o bien se conviertenen escollos insalvables queconducen a considerar que no esfactible esta posibilidad.Tema central es la autorizaciónjudicial que requiere, engarantía de los derechos de losacreedores, que en fase deliquidación es real pues losacreedores con la apertura deesta fase ya no tienen el derechode oposición que reconoce el art.243 LSA al determinar elvencimiento anticipado de todoslos créditos aplazados (art. 146

LC)17. La opinión del profesorCortés Domínguez y laprofesora Pérez Troya se inclinapor considerar que será el juezdel concurso el que valorará laoportunidad de realización de laoperación a cuya autorizaciónse le somete.El argumento legal arranca de laprevisión del contenido del plande liquidación del art. 148.1 de laLCo que establece:“Dentro de los quince días

siguientes al de notificación de

la resolución de apertura de la

fase de liquidación a la

administración concursal,

presentará ésta al Juez un plan

para la realización de los bienes

y derechos integrados en la

masa activa del concurso que,

siempre que sea factible, deberá

contemplar la enajenación

unitaria del conjunto de los

establecimientos, explotaciones

y cualesquiera otras unidades

productivas de bienes y

servicios del concursado o de

algunos de ellos”.

Y parece, en cierto modo,idéntico al del contenido delconvenio por lo que puedeplantearse si el plan deliquidación puede contener unafusión en la que la entidadconcursada es absorbida o seextingue sin que la absorbentehaya desembolsado precioalguno por la transmisiónpatrimonial que se ha operadocomo efecto de la operaciónsocietaria pero con la que sefrustran las expectativas decobro de los acreedores, todoello se opone frontalmente a lafinalidad de esta fase. Habríaque añadir la imposibilidad de articular un consenso con los acreedores (no puede

16 Vid pág. 4822 ESTUDIOS SOBRE LA LEY CONCURSAL “La razón no estriba tanto en que la sociedad en liquidación concursal difícilmente pueda encontrar alguna otrainteresada en absorberla( aunque no habría que descartar que el caso pudiera darse en el seno de los grupos de sociedades) cuanto en que las exigencias de la liquidaciónconcursal no parecen fácilmente compatibles con los efectos típicos de la fusión”.

17 Vid pág. 4823 ESTUDIOS SOBRE…. “si ese derecho ( el de oposición) queda excluido como consecuencia de los efectos que determina la liquidación, necesariamente ha deadmitirse que la autorización judicial para participar en la operación representa un requisito indispensable para la viabilidad misma de la fusión de una sociedad que seencuentra en liquidación concursal. De alguna manera, de conformidad con esta construcción, la autorización judicial ocupa posición y cumple la función de proteccióndel derecho de oposición, dejando en manos del Juez la procedencia de una operación que sólo podrá autorizar si resulta conveniente para los intereses del concurso,pudiendo, en cualquier caso, interponerse, desde luego, recurso de apelación contra el auto que apruebe el plan de liquidación y autorice la participación de la sociedad enla fusión.”

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equipararse la no aceptacióncon las observaciones opropuestas de modificación queotorga el 148 LC), la dificultadpara poder concluir el concurso(debería buscarse un motivorecogido por la ley para darletrascendencia procesal), lasustitución de sus órganos deadministración y la disoluciónsocietaria que ha comportado laapertura de esta fase(si bien ladecisión de reactivación iríaimplícita en el acuerdo defusión)18. Todo lo anterior meaboca a negar la posibilidad delsupuesto contemplado.

d) Fusión sin extinción desociedad concursada, en fase deliquidaciónSería el supuesto de una fusiónpor absorción en la que laabsorbente es una sociedad enliquidación concursal; partimosde un supuesto bien distinto delanterior, en principio por nosuponer la extinción de lasociedad en crisis legal con loque buen número de losproblemas que hemos vistodesaparecen y también porllevar consigo un aumento delactivo (pero también puedeconllevar un aumento del

pasivo) lo que planteaproblemas de otro signo19.Se trata de una hipótesisidónea, en principio, sólo en elsupuesto de que se trate de unafilial de la concursada porque enlos demás supuestos losproblemas de sacar socialmenteadelante una propuesta de estesigno es prácticamenteimposible.La posición de los profesoresCORTÉS DOMÍNGUEZ Y PÉREZTROYA es la de encajar la fusióndentro del plan de liquidación20,pero seguimos con el mismoproblema que en el supuestoanterior, como la liquidación nopuede ni “abandonarse niexcluirse” por ser el fin de estafase se tiene que buscar laforma de conclusión contranscendencia en las causasque determinaron el concurso;es decir de superación delconcurso, con lo cual aunquepartamos de su posibilidadhipotética carece de interésjurídico.

e) Fusión por creación de unanueva sociedadEn realidad este supuesto seresuelve con lo tratado en el deabsorción de la sociedadconcursada, con una sociedadsolvente, ello es debido a que lasociedad nueva no puedeconstituirse en concurso.f) Escisión de una sociedadconcursadaVeamos en primer lugar laescisión total, es decir cuando lasociedad se extingue, con

división de todo su patrimonioen dos o más partes, cada unade las cuales se traspasa enbloque a una sociedad de nuevacreación o es absorbida por unasociedad ya existente.21

El profesor CERDÁ ALBEROsostenía esta posibilidad antesde la reforma concursal puescuando trata los efectos de esaoperación societaria desociedad suspensa con unconvenio pendiente decumplimiento, mejor dicho encaso de incumplimiento dice:que “habrá que estar en primerlugar a la concreta atribución delas obligaciones de la sociedadescindida a cada sociedadbeneficiaria según el proyectode escisión. Incumplida algunade estas obligaciones (y con ellael convenio) por parte de algunade estas sociedadesbeneficiarías, si cualquieracreedor denuncia el convenio,desaparecen las limitacionesque dicho convenio impusosobre los créditos”.Entendemos que estaposibilidad puede articularsesin problemas, conforme a loexpuesto para la fusión, siestamos en fase común o deconvenio a través del conveniocon los acreedores que permiteobtener esa autorizaciónjudicial que no es otra cosa queuna homologación del acuerdode la junta, no una aprobaciónde la operación dereestructuración en si.El supuesto de sociedad enliquidación al producirse la

18 Vid pág. 9337 op cit CERDÁ ALBERO “Con todo ante el silencio normativo, parece razonable, en línea de principio, no cargar el procedimiento de reestructuración con unacuerdo previo de reactivación, para acogernos sin más trámites a la posibilidad ofrecida por el art. 251 de la LSA y por el art. 94.3 de la LSRL. Y sobre todo hay además uncriterio teleológico: La solución contraria, esto es, exigir la previa reactivación societaria vaciaría de contenido la propia previsión del art. 252 de la LSA y del art. 94.3 dela LSRL: No estaríamos ante el supuesto de la reestructuración de una sociedad en liquidación, sino de una sociedad reactivada.”

19 Vid pág. 4824 ESTUDIOS SOBRE…..”.En primer término, esa situación determinará muy probablemente que el derecho de oposición se ejercite por un alto número deacreedores, que, en buena lógica, sólo consentirán la fusión si sus créditos son pagados o debidamente garantizados. Por otro lado, salvo que la sociedad absorbida seauna filial participada íntegramente por la absorbente, será sumamente improbable reunir el voto favorable de la mayoría de socios para aprobar el acuerdo de fusión,amén de presentarse otros inconvenientes, como los derivados de la necesidad de justificar la operación y su condición más esencial, esto es, del tipo de canje, lo que seráespecialmente difícil si el valor contable de la absorbente es negativo”.

20 Vid pág. 4824 op. Cit “la operación implica que la fusión pueda encajarse dentro del plan de liquidación que ha de prepararse por los liquidadores concursales deconformidad con el art. 148 de la ley concursal, pues, en su defecto, las reglas legales supletoriamente aplicables no parecen dejar espacio alguno a la realización de lafusión. Pensamos, sin embargo, que aquella inserción o inclusión no es imposible, pues no puede concluirse de antemano o en línea de principio que la integración denuevos activos haya de dificultar, o no pueda facilitar, un proceso de liquidación que ni se abandona, ni se excluye.”

21 Es el primer supuesto de escisión que contempla el art. 252 del texto refundido de la LSA, y dado que la de limitadas contiene una remisión constituye el régimen legal dela escisión.

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extinción de la sociedad nosencontraremos con lasobjeciones analizadas en elcaso de la fusión que, en miopinión son insalvables.En la escisión parcial osegregación de una o variaspartes del patrimonio de unasociedad sin extinguirse,traspasando en bloque losegregado a una o variassociedades de nueva creación oya existentes22. Aquí sirve lopuesto antes de manifiestopara la escisión total cuandohablamos en la fase común(convenio anticipado) o en lafase de convenio, en ambossupuestos la escisiónconcertada con los acreedorespuede, sanear la empresa ysuperar la situación concursal.Si el convenio se incumpletendrá lugar lo apuntado por elprofesor Cerdá Albero encuanto a la aplicación delprincipio de responsabilidadsolidaria entre la beneficiaria yla escindida.23

Para el caso de estar elconcurso en fase deliquidación, el encajar laposibilidad de una escisióndebería serlo en el plan deliquidación, aquí notendríamos los problemas de lafusión ni de la escisión totaldado que la escindida no seextingue, por lo que laliquidación ni se abandona ni

se excluye24; incluso está ensintonía con el contenido delplan de liquidación apuntadoen el art. 148 de la LC,

abundando más también lohallaríamos en las reglaslegales supletorias del art. 149de la LC; pero no supone laeliminación de todos losproblemas, el fundamentalsigue siendo el de no responderpor si solo al fin de esta fase ypor tanto no ser causa deconclusión del concurso.

V. CONCLUSIONES

Es difícil sacar unasconclusiones definitivas deesta materia, en mayor medidapor la escasa andadura de laLey Concursal; por un ladotenemos una regulaciónsocietaria rígida en suprocedimiento, no contieneexcepciones de ningún tipo (nosignifica que pensemos quedebieran estar comprendidas,estas excepciones, en laregulación societaria, tienebastante con sus propiosproblemas de dispersión), porotro una Ley Concursal que noarticula la realización de estasoperaciones cuando la sociedadestá inmersa en unprocedimiento concursal.La LC se ha limitado a hablarde la posibilidad de lasoperaciones de fusión yescisión como excepciones alos contenidos prohibidos delconvenio, ya no vuelve a haceralusión a esa posibilidad másen todo su articulado. Estoplantea problemas deinterpretación porque puedeentenderse que es una

excepción a las liquidacionesglobales no permitidas (peroestas operaciones sonextinciones sin liquidación delpatrimonio) o una excepción ala prohibición de alteración dela clasificación legal y cuantíade los créditos25,más que unaprevisión de las mismas.Es decir, la Ley Concursal lasha mencionado para que, a lavista de los contenidos queestaba prohibiendo, no pudierainterpretarse que ya no eraposible su realización, pero noha querido efectuar unaregulación que permitiera queestas operaciones se eligierancon preferencia para elsaneamiento; plantean tantosproblemas (por su complejidad)y dudas que ningunaconcursada va a plantearse surealización e irá al cauce de laenajenación de unidadesproductivas para obtener elmismo resultado.Aunque el legislador de la LCabogó por considerar alconcurso un procedimientopara dar satisfacción a losintereses de los acreedores ysólo cuando fuera viable hacerposible la continuidadempresarial, recientemente seestá decantando por elsaneamiento dentro del caucedel concurso, así en el RealDecreto-Ley 5/2005 de 11 demarzo de reformas urgentespara el impulso a laproductividad y para la mejorade la contratación pública, elartículo decimocuarto dice:

“1. Las medidas de

saneamiento y liquidación

podrán consistir en la

apertura de un

procedimiento concursal o

de un procedimiento de

liquidación administrativa.

2. En caso de apertura de un

procedimiento concursal, se

consideraran:

a) Medidas de saneamiento

en España, la apertura

del concurso en los

términos previstos en la

Ley 22/2003 de 9 de julio,

Concursal.

b) Procedimiento de

liquidación en España, la

apertura de la fase de

liquidación del concurso,

de conformidad con lo

establecido en la Ley

22/2003, de 9 de julio,

Concursal.”

Pese al panorama que hedescrito apuesto por lareestructuración societariacomo instrumentos para lograrel saneamiento, cuando seaviable la empresa de la sociedad,así como que la interpretacióndel procedimiento concursal queefectuaran los juecesmercantiles será de máximaflexibilidad para hacerlasposible cuando sea la soluciónóptima para la continuidad y porser conscientes de las ampliasfacultades que esta Ley lesotorga; no hay que olvidar larelevante función que tieneasignada la administraciónconcursal a desarrollar enprocesos de esta índole.

22 Este es el caso del segundo supuesto contemplado en el art. 252 de la LSA, y en esta sede sólo apuntar que es más factible, dado que cuando la empresa tiene dificultadeseconómicas en una rama o unidad productiva el saneamiento pasa por esa segregación.Además se cuenta con la ventaja recogida en el segundo supuesto del art. 253 de que “Si la parte que se divide o segrega está constituida por una o varias empresas oestablecimientos comerciales, industriales o de servicios, además de los otros efectos, podrán ser atribuidas a la sociedad beneficiaria las deudas contraídas para laorganización o el funcionamiento de la empresa que se traspasa”.

23 Vid pág. 9354 op cit “Más problemático resulta aplicar el mecanismo del art. 259 de la LSA al supuesto de escisión parcial. Huelga recordar que esta norma sólo contemplala responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna sociedad beneficiaria en virtud de la escisión. No, en cambio, si quien incumple es lasociedad parcialmente escindida. En tal caso, la sociedad beneficiaria no responde por este incumplimiento. Podría decirse que, para evitar las consecuencias de ello, losacreedores ya contaron con el mecanismo de protección propio de la escisión, a cuya bondad el legislador confía la suerte de sus créditos.”

24 Aunque el trabajo de los profesores Cortés Domínguez y Pérez Troya está dedicado a la fusión entiendo sostendrían la misma posición en esta operación societaria dereestructuración.

25 Vid pág. 1036 op cit AAVV COMENTARIOS...”Lo que sí puede conllevar, por tanto, la fusión es una alteración en la clasificación legal y la cuantía de los créditosexpresamente prohibida en el art. 100.3 LC, pero de cuya prohibición expresamente se excluye a la fusión que, por tanto, se estaría excepcionando no tanto de la genéricaprohibición de liquidación globales- pues la sucesión universal que conlleva hace innecesaria su mención en conexión con cualquier forma de liquidación global- cuantode la mencionada prohibición de alteración en la clasificación legal y cuantía de los créditos.”

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RESUMEN DE PRENSA1. Cinco Días. Un estudio de la CE apoya la idea de limitar la res-

ponsabilidad del auditor. 2. Expansión. La normativa contable

española es de las más modernas de Europa. 3.Expansión.El Gobierno proyecta eliminar la contabilidad abreviada de las pymes.4. El Economista. Los auditores quieren ser oídos en las reformas

económicas. 5. Negocio&Estilo de Vida. “O empezamos ya

o no llegamos a la transposición de la 8ª Directiva”. 6. Expansión.Albert Folia pide al ICAC la elaboración de una nueva ley de auditoría.7. La Gaceta. La Ley de Auditoría podría modificarse antes de junio

de 2007. 8. Negocio&Estilo de vida. Renovación en la direc-

tiva de la FEE. 9.Expansión. ”Los auditores queremos un órgano

de supervisión independiente”. 10. La Vanguardia. El auditor

más diplomático. 11. El Economista. Bruselas limita la res-

ponsabilidad de los auditores para evitar su quiebra./////////////////////////

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//////////////////////CINCO DÍASMADRID - 11/10/2006Un estudio de la CE apoya la idea de limitar la responsabilidad delauditor.La CE ha publicado un informe sobre el impacto económico de laresponsabilidad de los auditores en los 25. Éste avala las tesis deestos profesionales, que tratan de limitar la responsabilidad aldaño causado. Los auditores españoles han acogido con agrado las conclusionesde un estudio encargado por la Comisión Europea y elaborado porla London Economics que aporta argumentos a su pretensión delimitar la hasta ahora responsabilidad ilimitada a la que debenhacer frente en el caso de una reclamación. Los profesionalesllevan tiempo pidiendo que la responsabilidad civil derivada de sustrabajos se circunscriba al daño causado.Hace ahora un año el Parlamento europeo aprobó una directiva queestableció las bases para armonizar la práctica de la auditoría enla UE. Sin embargo, dejó deliberadamente fuera de ella el polémicoasunto de la responsabilidad. La CE comunicó su intención deencargar un estudio independiente antes de tomar una decisión alrespecto. Algo que sucederá, según el Ejecutivo comunitario antesde que acabe el año. El estudio publicado por la CE y sobre el queinvita a todas las partes interesadas a ofrecer su opinión ([email protected]) recuerda que los actuales sistemas deregulación de la responsabilidad hacen que las firmas de auditoríadeban asumir un riesgo económico ilimitado ante una posibledemanda de terceros por el colapso o quiebra de alguno de susclientes.

En España los profesionales de la auditoría reclaman unamodificación en la ley para limitar responsabilidad civil y hacerque ésta sea proporcional al daño causado, de manera que lasreclamaciones a las que se enfrentan no pongan en peligro lasupervivencia de una firma. El estudio afirma textualmente que“una limitación en la responsabilidad del auditor podría reducir elriesgo ante elevadas y potenciales reclamaciones”, lo que tambiénreducirá el riesgo de desaparición de una de las grandes firmas deauditoría y que dejaría el mercado con sólo tres grandes. “Además,la responsabilidad ilimitada acaba por ser una barrera de entradaespecialmente para las firmas medianas”, señala Rafael Cámara,socio de Deloitte y próximo presidente del Instituto de CensoresJurados de Cuentas de España.Cámara destaca otra de las c0nclusiones del estudio: “unalimitación de la responsabilidad del auditor no supone unareducción en la calidad de la auditoría, por el contrario tendría unefecto positivo”.El informe añade que la responsabilidad ilimitada no supone unamayor calidad sino que puede aumentar el riesgo de que serealicen “auditorías a la defensiva”.En España el Congreso aprobó en septiembre del año pasado unaproposición no de ley presentada por CiU para reducir la fianzaque los auditores deben presentar como garantía ante posiblesresponsabilidades e introducir el criterio de proporcionalidad endicha responsabilidad. Los auditores confían que a la luz de esteestudio de la CE, el Congreso retome la propuesta de CiU.

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//////////////////////EXPANSIÓNMADRID - 21/09/2006Cambio legalEl Gobierno proyecta eliminar la contabilidad abreviada de laspymes.El Ejecutivo pretende acabar con el esquema que permite que laspequeñas y medianas empresas españolas eludan gran parte de lacomplejidad del sistema contable. La reforma ha encontrado ya elrechazo de las empresas.Las pymes españolas se han encontrado con un susto inesperado.En esta ocasión, en forma de nueva ley contable. El Gobierno haincluido en el proyecto de ley de reforma de la contabilidadespañola la eliminación del sistema abreviado del que hasta ahorase han beneficiado las pymes.La medida, contra la que ya ha planteado su rechazo frontal CiU,supone acabar con el mecanismo que permite que las empresascon menor disponibilidad de recursos humanos y económicospuedan verse libres de las exigencias contables totales y tan sólotengan que realizar una cuenta de pérdidas y ganancias y unamemoria simplificadas. La norma permite actualmente queaccedan a esta reducción de trámites las empresas cuyas partidasdel activo no superen el millón de euros, cuya cifra anual denegocios sea inferior a 2 millones de euros, y cuyo número mediode trabajadores no sea superior a 10. Un grupo en el que seencuentran más del 70% de las empresas españolas.El Proyecto de eliminación de este régimen, acabaría, así, con unsistema de contabilidad que cuenta con una fuerte implantaciónen la UE y que ha sido respaldado –por su capacidad para reducirtrámites burocráticos– por organismos internacionales de granprestigio como el ISAR (Grupo de Trabajo Intergubernamental deExpertos en Normas Internacionales de Contabilidad yPresentación de Informes).Fuentes de la patronal CEOE han confirmado ya su rechazo aesta medida, al igual que CiU y el PP, partidos, ambos, quemantendrán una enmienda a la totalidad a la reforma.La argumentación del Gobierno para la eliminación de esterégimen simplificado pasa por su “escasa utilización”, unargumento que rechazan fuentes empresariales por el hecho deque la derogación de este mecanismo “independientemente de siel respaldo ha sido absoluto o no por parte de las compañías, suerradicación tendría una gran trascendencia pues, por lógica,quienes no estén optando por él, han adoptado la decisión por sumayor capacidad, y son precisamente las compañías másnecesitadas las que sufrirían el impacto de quitarlo”.La decisión española choca, además, con la adoptada por laComisión Europea, y comunicada ya al IASB (International

Accounting Standards Board), de publicar un proyecto denormas internacionales de contabilidad específicas parapequeñas y medianas empresas, en el que lleva trabajando desdeel año 2003. Precisamente, el organismo internacional decontabilidad ha difundido ya los primeros borradores sobre lasnormas para las pymes. Se trata, fundamentalmente, de unatraslación a la realidad de las pymes de las normasinternacionales, “mejor explicadas y con menos complicaciones,según las fuentes consultadas.

Debate en PlenoLa reforma contable se debatirá la semana próxima en elPleno del Congreso de los Diputados, donde los grupos de PPy de CiU defenderán sus vetos a la reforma del Gobierno.El Grupo Socialista se muestra abierto a retocar durante eltrámite parlamentario los aspectos más polémicos de lanueva legislación contable. Así, opina que podrá incorporarsealguna medida que contemple un trato diferenciado y másfavorable para las pequeñas y medianas empresas.Igualmente, el grupo parlamentario del Gobierno admite quese pueden suavizar otros aspectos, como el de laactualización del valor de los activos, que, según la reforma,deberán adaptarse al valor de mercado –esta modificacióntiene luego repercusión en los ingresos de las empresas, y setraduce en una mayor factura fiscal–. Esto castigaría, sobretodo, a las empresas con un importante peso de los inmueblesen su balance. En el PSOE existe una predisposición favorablea que esta actualización no tenga un impacto fiscal.Estos retoques se verán cuando se debatan las enmiendas alproyecto de ley contable. Según el calendario que manejan losgrupos parlamentarios, este trámite no se producirá antes denoviembre. Por el momento, el PSOE asume ya que los plazosque contemplaba el Ministerio de Economía y Hacienda parala entrada en vigor de la reforma, el 1 de enero de 2007,difícilmente podrán cumplirse, y que podría aplazarse hasta 2008.

Los sobrecostes de la burocraciaOtro inconveniente al que se enfrentan las pequeñas empresas sonlos enormes trámites burocráticos que les exigen lasadministraciones públicas. Según los estudios de la ComisiónEuropea, las pymes dedican un tercio de su tiempo sólo a trámitesadministrativos, tanto en su proceso de creación como en suactividad cotidiana. En España, por ejemplo, cuesta tres semanas depapeleo poner en marcha una sociedad limitada. Tanto lasautoridades españolas como las comunitarias han prometido acortarnotablemente estos costes burocráticos. Bruselas ha anunciado quesimplificará 1.400 actos administrativos que afectan a las pymes.

//////////////////////EL ECONOMISTAMADRID - 07/11/2006Los auditores quieren ser oídos en las reformas económicas.El nuevo presidente aboga por cambiar el modelo del ICAC.El nuevo presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentasde España, Rafael Cámara, ha tomado posesión del cargo con unclaro objetivo: que la organización que agrupa a los auditoresespañoles esté más presente en los debates públicos. Según afirmóayer, su opinión ha de ser escuchada en reformas legislativaseconómicas que no tengan por qué afectar directamente a estecuerpo profesional. En este sentido, indicó que, por ejemplo, en lareforma contable sólo pudieron hacer alguna aportación cuando yaestaba muy avanzada. Por otro lado, otro de los objetivos delmandato de Cámara es cambiar el modelo del Instituto deContabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) como órganosupervisor de las auditoras.

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//////////////////////EXPANSIÓNCATALUNYA - 01/12/2006Col·legi de Censors Jurats de ComptesAlbert Folia pide al ICAC la elaboración de una nueva ley deauditoría.El presidente del Col·legi de Censors de Comptes de Catalunya,Albert Folia, afirmó ayer, en la celebración del Día del Auditor, quele parece “inaceptable” que la mayoría de entidades del sectorpúblico catalán “tengan una fiscalización tan baja”. Además, pidióal Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) queelabore una nueva ley de auditoría, “ya que la versión del 1988queda obsoleta”. Por su parte, Antonio Garrigues Walker,presidente de Garrigues Abogados, afirmó en la conferencia sobrela transparencia de la información financiera que “la lucha contrala corrupción debe ser el objetivo prioritario” y que “está en riesgola supervivencia del sistema”.

//////////////////////LA GACETAMADRID - 16/11/2006RegulaciónLa Ley de Auditoría podría modificarse antes de junio de 2007.El Insituto de Censores Jurados ha propuesto ya al Gobierno untexto sobre responsabilidad y le presentará sus alternativas para eltema de la independencia antes de fin de año.El recientemente nombrado presidente del Instituto de CensoresJurados de Cuentas de España (ICJCE), Rafael Cámara, cree que elGobierno cumplirá su compromiso de modificar los dos aspectosde la Ley de Auditoría que más preocupan a los profesionales –laindependencia y la responsabilidad del auditor– antes del fin de lapresente legislatura (junio de 2007), a tenor de los avancesconseguidos en los últimos días.“El Ejecutivo está de acuerdo en que la regulación de estos dosaspectos (independencia y responsabilidad) no admite demora”,subrayó Cámara ayer en Madrid. Asimismo, destacó que , en laclausura del XV Congreso Nacional de Auditoría celebrado elpasado mes de octubre en Bilbao, el presidente del Instituto deContabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), José Ramón González,reconoció “por primera vez en público” su intención de reformar lacuestión de la responsabilidad del auditor para que deje de serilimitada, si bien no dio una fecha concreta.Cámara dijo estar convencido de que tanto estos cambios como lareforma contable se acometerán antes del verano de 2007, ya queen la actualidad “confluyen tres factores: la existencia de unambiente político favorable a modificar las leyes; un gran deseopor parte de los auditores de unificar la profesión; y una necesidad,también por parte de los auditores, de participar en el debatepúblico”. Aspectos éstos a los que se une “el cambio tan importanteque se está dando en el ámbito internacional, donde la UE estáotorgando gran importancia a la convergencia de las normas deauditoría”.Primeros avancesCon objeto de ayudar al proceso, el ICJCE ha propuesto ya a laadministración un texto acerca de cómo cree que deberámodificarse el apartado de responsabilidad. Según Cámara, elescrito se parece mucho al presentado por CiU y aprobado por elCongreso el 19 de octubre de 2005 –que, a su vez, recoge las ideasaceptadas por la Comisión de Economía del Parlamento Europeo

en marzo de ese mismo año–. A diferencia de lo que ocurrió entonces, el presidente del ICJCE confia en que el nuevo documento sísupere la fase de tramitación en las Cortes.En cuanto a la alternativa para el artículo 8 de la actual Ley deAuditoría, referente a la inependencia del profesional, el Institutodesea entregar su proposición al Gobierno en los próximos 45 días.En este apartado, Cámara recordó que el Secretario de Estado deEconomía, David Vegara, ha manifestado en más de una ocasiónque el artículo 8 fue aprobado en un momento de ebulliciónpolítica –por el caso Gescartera– y que resulta desmesurado, por loque es necesario hacer balance y conseguir una n orma másequilibrada.Además, Cámara apuntó que “en España el marco regulatoriopendiente es excesivamente amplio” y que esa incertidumbre legalfrena el avance de la profesión, ya que obliga a invertir enprevención de riesgos recursos que deberían servir para innovar ypara mejorar la información financiera.

//////////////////////NEGOCIO & ESTILO DE VIDAMADRID - 13/12/2006Renovación en la directiva de la FEE.La Federación de Expertos Contables Europeos (FEE), organismoque engloba a los auditores del Viejo Continente, ha renovado loscargos directivos para los próximos dos años. Jacques Potdevin,hasta ahora presidente adjunto de la Federación y fundador de supropia firma –Jacques Potdevin & Asocies– ha sido elegido nuevopresidente en su sustitución de David Devlin.Del mismo modo, Hans van Damme, socio de auditoría de KPMGen Amsterdam, ha sido nombrado presidente adjunto responsablede las políticas de información financiera, y Peter Kriz,representante del Komora Auditoru Ceske Republiky, y AndréKilesse, presidente del Reviseurs d’Enterprises, han sidoincorporados como vicepresidentes.Por su parte, José María Bové repite en su cargo comovicepresidente en asuntos relacionados con las pymes. El auditorespañol es socio de la firma Bové Montero y Asociados, empresaque creó junto a otros socios a principio de los 80, es fundador delArco Mediterráneo de Auditores (AMA) y preside la ComisiónInternacional del Instituto de Censores Jurados de Cuentas deEspaña (ICJCE).

Representar a todosTras la elección, el nuevo presidente, Jacques Potdevin, comentóque la “FEE tiene el deber de representar a grandes y pequeñasfirmas de grandes y pequeños países europeos. La Federación esigual que la Unión Europea: unida y diversa”.Recalcó también Potdevin que los últimos años han sidoexcepcionales en la historia de la profesión con la introducción decambios importantes en regulación. Así, para el nuevo presidente,“el reto de la FEE es facilitar una suave implementación de estoscambios para el beneficio del mercado interno y de la profesióneuropea”, a la vez que enfatizó en el crecimiento de las áreas en lasque los auditores están implicados. La FEE, con sede en Bruselas,es el organismo que reúne a los institutos y organizacionesauditoras de los países miembros de la UE con el objetivo depromover y armonizar la auditoría en Europa. En la actualidadcuenta con 44 institutos miembros procedentes de 32 países yrepresenta a más de 500.000 profesionales de la contabilidad y laauditoría.

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Actividades- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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ACTIVIDADES DESARROLLADAS DE OCTUBRE A DICIEMBRE 2006El pasado 10 de octubre se convocaron elecciones para larenovación de todos los miembros del Comité Directivo de laAgrupación, quedando de la siguiente forma:Presidente: D. Antonio Fornieles MeleroVicepresidente: D. Javier López-Guerrero de VivarSecretario: D. Juan Alonso MuñozTesorero: D. Bartolomé Lora LaraContador: D. Santiago Alió SanjuánVocal 1º: D. Manuel del Olmo SendarrubiasVocal 2º: D. José Luis Perelli AlonsoVocal 3º: D. José Manuel Gredilla BastosVocal 4º: D. Juan José Jaramillo MelladoVocal 5º: D. Lorenzo López ÁlvarezVocal 6º: D. Francisco Camins Mochales

DÍA DEL AUDITOREl día 28 de noviembre, una vez más, se celebraron los Actos delDía del Auditor, en esta ocasión bajo el lema “TIEMPO DEREFORMAS”.Como en convocatorias anteriores, hay que destacar la ampliaacogida que tuvieron estos actos entre los miembros de nuestraCorporación.La apertura de la jornada corrió a cargo de D. José Ramón GonzálezGarcía, presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría deCuentas (ICAC), de D. Rafael Cámara Rodríguez-Valenzuela,

presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España(ICJCE) y de D. Antonio Fornieles Melero, presidente de nuestraAgrupación.El primer panel de la mañana, titulado “CONTROL DE CALIDAD Y SISTEMAS DE SUPERVISIÓN EN LA OCTAVA DIRECTIVA”, contó con la participación de D. Cándido Gutiérrez García,subdirector general de control técnico del ICAC y D. José MaríaLópez Mestres, socio director de Deloitte. El coloquio que sedesarrolló con posterioridad fue moderado por D. Lorenzo LópezÁlvarez, vocal de esta Agrupación.Acto seguido y bajo el lema “LA REFORMA CONTABLEESPAÑOLA” se desarrollaron las participaciones de D. Juan ManuelPérez Iglesias, director adjunto de normalización y técnicacontable del ICAC, D. Enrique Asla García, socio director de KPMGy D. Jorge Túa Pereda, catedrático en economía financiera de laUniversidad Autónoma de Madrid. El moderador del coloquio fue D. Manuel del Olmo Sendarrubias, vocal de la Agrupación.A continuación se procedió a la entrega de una placa a D. MarioAlonso Ayala, que cesa como presidente de la Agrupación, enagradecimiento a la labor desempeñada en dicho cargo.Tras el almuerzo de trabajo, comenzó la conferencia impartida porD. Manuel Conthe Gutiérrez, presidente de la Comisión Nacionaldel Mercado de Valores. El coloquio corrió a cargo de D. Antonio Fornieles Melero, presidente de esta Agrupación.

En cuanto a la formación profesional continuada, se hanorganizado los siguientes cursos:

NIIF 3: COMBINACIONES DE NEGOCIOD. José Luis Aller Zamanillo. 3 de octubre. 4 horas decontabilidad

AGRUPACIONES TERRITORIALESY COLEGIOS DE CENSORES

JURADOS DE CUENTAS DE CATALUÑA Y DELA COMUNIDAD

VALENCIANA- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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MODIFICACIONES DE LAS LEYES MERCANTILESD. Alejandro Larriba Díaz-Zorita. 5 de octubre. 4 horas decontabilidad

CONSOLIDACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROSDª Mónica Bravo Hernández. 10 de octubre. 8 horas decontabilidad

PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍAD. Alejandro García López y D. Raúl Llorente Adrián. 17 de octubre.4 horas de auditoría

INSTRUMENTOS FINANCIEROS: NIC 32 Y 39D. Héctor Martín Díaz. 19 de octubre. 4 horas de contabilidad

ACTUACIONES DE CONTROL DE CALIDAD: CONCLUISIONES Y RECOMENDACIONESDª Fátima López Tello y D. Rafael Mendoza Reyes. 23 de octubre. 4 horas de auditoría

ASPECTOS CONTABLES Y FISCALES DEL SECTOR DE LACONSTRUCCIÓND. Álvaro Fernández Vega. 24 de octubre. 8 horas de contabilidad

EL PRINCIPIO DE EMPRESA EN FUNCIONAMIENTOD. Manuel Rioja Delgado y D. Luis Gascón Esteban. 30 de octubre. 4 horas de auditoría

IMPORTANCIA RELATIVA (MATERIALIDAD)D. Alfredo Martínez Cabra. 31 de octubre. 4 horas de auditoría

ORGANIZACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE PAPELES DE TRABAJODª Ana Pérez Gómez. 6 de noviembre. 4 horas de auditoría

AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOSDª Mónica Bravo Hernández. 7 de noviembre. 8 horas de auditoría

MODIFICACIONES DE LAS LEYES MERCANTILESD. Francisco Serrano Moracho. 13 de noviembre. 4 horas de contabilidad

FUSIONES Y ADQUISICIONESD. Rafael Pérez Guerra y D. Miguel Bermejo Pastorín. 14 denoviembre. 4 horas de auditoría

ENTIDADES VINCULADAS. ASPECTOS CONTABLES Y DEAUDITORÍAD. Ángel López Muñoz y Dª Silvia Leis Calo. 15 de noviembre. 3 horas de auditoría

III JORNADAS SOBRE LA LEY CONCURSALD. Emilio Beltrán Sánchez, D. José María de la Cruz Bertolo, D. José Vicente Estrada Esteban, D, Juan Ignacio FernándezAguado, D. Antonio Moreno Rodríguez y D. Juan Rosas Caruana. 20, 21 y 22 de noviembre. 12 horas de auditoría

REVISIONES ANALÍTICASDª Lucía Ramírez Iglesias. 23 de noviembre. 4 horas de auditoría

CIERRE FISCAL DEL EJERCICIO 2006Dª Mª José de la Torre San José. 4 de diciembre. 4 horas de fiscal

FISCALIDAD DE LA EMPRESA FAMILIARD. Ignacio Acosta González. 11 de diciembre. 4 horas de fiscal

LA OCTAVA DIRECTIVAD. Rafael Cámara Rodríguez-Valenzuela. 13 de diciembre. 4 horasde auditoría

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/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 4ª (VIGO)Presentamos de forma resumida las actividades de carácterformativo que se han desarrollado en esta Agrupación de Galicia a lo largo del último trimestre del año:

– 03/10/2006: REUNIÓN DE SENSIBILIZACIÓN- Ponentes: D. Agustín López Casuso.- Lugar de celebración: Cámara de Comercio de Santiago de

Compostela- Horas: 2 horas

– 16 /11/2006: INFORMES DE AUDITORÍA- Ponentes: Agustín López Casuso.- Lugar de celebración: HOTEL Tres Luces de Vigo.- Horas de formación: 10 h.

– 12 /12/2006: PRUEBAS ANALÍTICAS DE AUDITORÍA- Ponentes: José Luis Iglesias Sánchez- Lugar de celebración: Sede de la agrupación.- Horas de formación: 10 h.

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 6ª (VALLADOLID)El pasado día 4 de diciembre han tomado posesión de sus cargoslos miembros del nuevo Comité Directivo del Instituto de CensoresJurados de Cuentas de la Agrupación Territorial Sexta, Instituciónque, a nivel nacional, acoge a la mayor parte de los auditores decuentas de España.El nuevo Comité Directivo está compuesto por los siguientesauditores de cuentas:Presidente D Mariano González AparicioVicepresidente D Bernardo J. Rescalvo SantiagoSecretario D Rafael Soloaga MoralesContador D Guillermo Mateo OyagüeVocal 1º D José Luis Simón-Moretón MartínVocal 2º D Ramón L. Mateo Martínez

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 7ª (SEVILLA)Los cursos/seminarios que la Agrupación Territorial 7ª, concabecera en Sevilla, han impartido durante el último trimestredel año son los siguientes:– “Aspectos económicos de la Ley Concursal” (2ª edición).

Organizado por la Fundación Escuela de Negocios deAndalucía. La duración de este seminario ha sido de 21 horas.Homologado a efectos de formación profesional continuada enel capítulo “D” (Derecho Mercantil y Concursal).

– “Tertulia Fiscal”. En colaboración con la Asociación Españolade Asesores Fiscales, la Agrupación ha reanudado, desdeprincipio de octubre, las tertulias fiscales en las que se hancomentado y estudiado las novedades legislativas que sevienen dando en este campo. Homologado a efectos deformación profesional continuada en el capítulo “F”(Fiscalidad).

– “Curso práctico de Normas Internacionales de Contabilidad”.Organizado por ETEA. La duración de dicho curso ha sido de 12horas que han contado a efectos de formación profesionalcontinuada en el capítulo “C” (Contabilidad).

– “Programas formativos en Urbanismo y Sector Inmobiliario”.Organizado por la Fundación Escuela de Negocios deAndalucía. Dicho seminario ha sido homologado a efectos deformación profesional continuada en el capítulo “O” (Otros).

– “Programas formativos en Asesoramiento Fiscal y Tributario”.Organizado por la Fundación Escuela de Negocios deAndalucía. Dicho seminario ha sido homologado a efectos deformación profesional continuada en el capítulo “F”(Fiscalidad).

– “Curso Experto en Valoración de Empresas”. Organizado por laUniversidad de Sevilla. Homologado a efectos de formaciónprofesional continuada en el capítulo “V” (Valoración deempresas).

– “Las Resoluciones del TEARA Y TSJA en materia de los tributoscedidos”. Organizado por la Asociación Española de AsesoresFiscales. Curso homologado a efectos de formación profesionalcontinuada en el capítulo “F” (Fiscalidad.

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 8ª (ZARAGOZA)

ACTOS CELEBRADOS EN EL CUARTO TRIMESTRE DE 2006

Mesa Redonda: “Problemas más habituales en las Auditorías2005/2006”Fecha: 17 de octubre de 2006Ponentes: D. Javier Castillo Eguizábal / D. Fernando Rausell Pérez /D. Javier Sese Lafalla.En videoconferencia con los CJC de Logroño

Seminario: “La reforma de la Octava Directiva: novedades,adaptación a la regulación española.”Fecha: 15 de noviembre de 2006Ponente: Jesús Tejel GiménezEn conferencia con los CJC de Logroño

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Curso en colaboración con el Colegio Oficial de TitularesMercantiles de AragónSeminario de actualización para administradores concursales.Ponentes: D. Angel Rojo Fernández / Arturo Acebal Martín /Susana Guerrero Jorque / Alfonso Graci Matute.Fecha: 23, 24 y 25 de octubre de 2006Realizado en el Salón de Actos de Colegio de Titulares Mercantiles.Sesión con el Registrador Mercantil de Zaragoza (12 diciembre)Sesión sobre el proyectos Clarity (diciembre)

“Auditoría de entorno informatizado enfocado al cliente”(diciembre)“Responsabilidad del auditor en trabajos realizados que no soninformes de auditoría” (diciembre)

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 9ª (OVIEDO)En cuanto a formación profesional continuada se han impartidotres cursos en esta Agrupación durante el último trimestre del año2006:– “Curso sobre Normas Técnicas de Auditoría y de

Responsabilidad de los Administradores Concursales” (10 de octubre).

– “Curso sobre Control de Calidad” (23 de noviembre)– “Curso sobre Importancia Relativa” (28 de noviembre)Todos los cursos han sido homologados a efectos de formaciónprofesional continuada.

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 11ª (MÁLAGA)Las actividades realizadas por esta Agrupación en el últimotrimestre del año son las siguientes:Curso sobre “Blanqueo de Capitales”, impartido el Ilmo.Magistrado Juez Sr. Miguel Ángel Torres Segura.Curso sobre “ Análisis, evaluación del riesgo en auditoríadeterminación de la materialidad global y por áreas” y “Auditoríade los denominados grupos de coordinación y horizontales”.Impartido por D. Gonzalo Casado del Departamento de Técnico y Control de Calidad A. Territorial del País Vasco.

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 12ª (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)Las actividades formativas que se han desarrollado a lo largo delúltimo trimestre de 2006 son las siguientes:

06/Noviembre/2006Curso: ORGANIZACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LOS PAPELES DE TRABAJO (Videoconferencia) en Conexión con A.T. 1ª

15/Noviembre/2006Curso: ENTIDADES VINCULADAS. ASPECTOS CONTABLES Y DEAUDITORÍA (Videoconferencia) en Conexión con A.T. 1ª

01/Diciembre/2006Jornadas: DÍA DEL AUDITOR DE CANARIAS 2006

/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL 13ª (PALMA DE MALLORCA)Las actividades formativas de la Agrupación de Baleares en elúltimo trimestre de este año son las siguientes:– CURSO DE SEGUIMIENTO FORMATIVO PARA RESPONSABLES

DE FIRMAS, en colaboración con el Col.legi de Catalunya. 32horas lectivas distribuidas en cuatro sesiones de ocho horascada una. Impartido en noviembre y diciembre.

– CIERRE CONTABLE Y FISCAL, ha sido impartido por D. SantiagoPareja Cerdó los días 22 y 23 de noviembre y está homologado en8 horas de fiscalidad.

– PROBLEMAS DEL AUDITOR EN EL PROCEDIMIENTOCONCURSAL, ha sido impartido por D. Javier Massanet el 30 denoviembre y está homologado en 4 horas de derecho.

– AUDITORÍA GRUPOS DE COORDINACIÓN Y HORIZONTALES,ha sido impartido por D. Gonzalo Casado el 19 de diciembre yestá homologado en 4 horas de auditoría.

Por otra parte y como en años anteriores, se ha firmado un acuerdode colaboración con la Consellería de Economía, Hacienda eInnovación del Govern de les Illes Balears para la realización deauditorías vinculadas al Plan de Control Financiero de laconsellería citada.

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/////////////////////////////////////AGRUPACIÓN TERRITORIAL DEL PAÍS VASCO (BILBAO)

ACTIVIDADES OCTUBRE-NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2006– CURSO DE SEGUIMIENTO DEPYME. Bilbao, septiembre, octubre

y noviembre 2006. Horas F.P.C.: 48– SEMINARIO SOBRE ASPECTOS MÁS SIGNIFICATIVOS DE LOS

CONTROLES DE CALIDAD. Bilbao, 3 de octubre de 2006. Horas F.P.C.: 4.(Organizado junto con el Colegio Vasco de Economistas y Colegiode Titulados Mercantiles y Empresariales del País Vasco.

– SEMINARIO SOBRE AUDITORÍA DE GRUPOSHORIZONTALES. Bilbao, 17 de octubre de 2006. Horas F.P.C.: 4 (Organizado junto con el Colegio Vasco deEconomistas y el Colegio de Titulados Mercantiles yEmpresariales del País Vasco.

– CURSO “ÁMBITO DE DECISIÓN DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL”.Bilbao, octubre y noviembre 2006. Horas F.P.C.: 20. Organizadopor el Turno de Actuación Profesional. (TAP).

– XV CONGRESO NACIONAL DE AUDITORÍA. Bilbao, 25, 26 y 27de octubre. Horas F.P.C.: 15.

– SEMINARIO SOBRE AUDITORÍA DE EMPRESASCONSTRUCTORAS E INMOBILIARIAS. Bilbao, 31 de octubre de2006. Horas F.P.C.: 4. Organizado junto con el Colegio Vasco deEconomistas y Colegio de Titulados Mercantiles yEmpresariales del País Vasco.

– SEMINARIO SOBRE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALESCONSOLIDADAS. Bilbao, 8 de noviembre de 2006. Horas F.P.C.: 4. Organizado junto con el Colegio Vasco deEconomistas y Colegio de Titulados Mercantiles yEmpresariales del País Vasco.

– TALLER PRÁCTICO DE PRESENTACIONES EFICACES PARAAUDITORES DE CUENTAS. Bilbao, 21 de noviembre de 2006.Horas F.P.C.:4. Organizado junto con Colegio Vasco deEconomistas y Colegio de Titulados Mercantiles yEmpresariales del País Vasco.

– CIERRE FISCAL Y CONTABLE EJERCICIO 2006. Bilbao, 29 de noviembre de 2006. Horas F.P.C.: 4.

– Reuniones Comité Directivo Agrupación: Bilbao, 10 de octubre de 2006.

– Seguimiento Máster/Experto en Auditoría de Cuentasorganizado junto con la Universidad Comercial de Deusto.

/////////////////////////////////////COLEGIO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE CATALUÑA

(BARCELONA)

Congreso del AMA y la FEE en VersallesLos días 7 y 8 de setiembre se celebró en Versalles el II Congresode la FEE de firmas profesiones pequeñas y medianas y PYMEs,junto con el XV Congreso del AMA.Durante el transcurso de este congreso, se celebró la AsambleaAnual del AMA en la que, entre otras cosas, se renovó su ComitéDirectivo, siendo elegido presidente Albert Folia, actualpresidente de nuestro Col·legi, que sustituye a Jean Huet que loera hasta ahora en representación de los Commissaires auxComptes de Paris-Versailles. También forman parte del Comitélos compañeros Mariàngela Ramió como tesorera, Daniel Faura,como secretario y Josep Ma. Bové como vocal.

DÍA DEL AUDITOR 200675 Aniversario

30 de noviembre de 2006Col·legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya

PROGRAMA (censores y acompañantes)

17:30 h. COSMOCAIXATeodoro Roviralta, 47-51 08022-BarcelonaVisita guiada especial para el Col·legi de Censors Juratsde Comptes de Catalunya

19:00 h. Auditorio COSMOCAIXA“La dramática lucha por la transparencia”Conferencia a cargo deAntonio Garrigues WalkerPresidente de “Garrigues Abogados y AsesoresTributarios”Intervendrán:Albert Folia, presidente del Col·legi de Censors Jurats deComptes de CatalunyaRafael Cámara, presidente del Instituto de CensoresJurados de Cuentas de EspañaJosé Ramón González, presidente del Instituto deContabilidad y Auditoría de Cuentas

21:30 h. Cena en el restaurante “Montjuïc El Xalet”Av. de Miramar, 31 - 08038 Barcelona- Proclamación del Auditor Distingit 2005- Actuación de Mónica Green

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ESCOLA D’AUDITORIA Avance programa de actividades formativas presenciales

Noviembre de 2006 – marzo de 2007

NOVIEMBRE DE 2006 HORAS DÍAS PONENTES

Seminarios. Cursos. Conferencias programadas

Auditoría* Técnicas de muestreo aplicadas a la auditoría 12 6, 13 y 20 Ferràn Rodríguez* El control interno 8 15 y 22 Javier Romero* Virtual/Presencial. Norma técnica de auditoría 12 28 J.R. Aceytuno

Contabilidad* Los ingresos en las NIIF: Contratos construcción 4 8 J. Luis Domínguez* Existencias según las NIC y NIIF 4 21 Víctor Ruiz* Consolidación contable y mercantil. Sistemas para romper

la estructura 3 23 José Manuel Calavia* Nuevas tendencias en control y contabilidad

(Conferencia ACCID) 2 27 ACCID

Cursos ROAC* Auditoría Nivel II (3A) 45 nov. – dic. Diversos* Auditoría Nivel II (4A) 45 nov. – dic. Diversos* Auditoría Nivel IV (3A) 45 nov. – dic. Diversos* Auditoría Nivel IV (4A) 45 nov. – dic. Diversos

DICIEMBRE DE 2006 HORAS DÍAS PONENTES

Seminarios. Cursos. Conferencias programadas

Auditoría* Sesión de firmas: Riesgos del auditor, protección de datos... 4 1 Manuel Salas* Auditoría del área de existencias 8 12 y 14 Miguel Brossa

Contabilidad* Curso práctico de consolidación contable 8 11 y 18 Mª Josep Arasa / Miquel Freire* Cierre contable fiscal 4 19 Josep M. Gay

AÑO 2007 HORAS DÍAS PONENTES

Seminarios. Cursos. Conferencias programadas

Auditoría* Cambios en la información de las CCAA 4 - Sin confirmar* Auditoría del área fiscal 8 - Sin confirmar* Auditoría informática 12 - Sin confirmar* El control de calidad II 3 - Sin confirmar* Sesión BOICAC 4 - Sin confirmar

Contabilidad* NIC y NIIF (sesiones recopilatorias y de novedades) 4 - Sin confirmar* Novedades contables y fiscales 7 Sin confirmar* NIC y NIIF (sesiones recopilatorias y de novedades) V 4 - Sin confirmar* NIC y NIIF (sesiones recopilatorias y de novedades) VI 4 - Sin confirmar

Derecho* Curso de conceptos jurídicos para auditores 16 - Sin confirmar* Curso de actualización de temas concursales 12 - Sin confirmar

Gestión* Sistemas Erp para empresas (Navision, Sap pymes…) 16 - Sin confirmar

Fiscalidad* Cálculo del impuesto sobre beneficios 8 - Sin confirmar* Sesión de actualización del IRPF y del IS 4 - Sin confirmar

Medio ambiente* Sensibilización medioambiental 4 - Sin confirmar

Nota: Este avance tiene datos que deberán ser confirmados mediante la consulta de nuestra página web: www.auditors-censors.com y por el envío delfolleto o circular de las diferentes sesiones.

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/////////////////////////////////////COLEGIO DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA (VALENCIA)

RESUMEN DE ACTIVIDADES DE VALENCIA(de septiembre a diciembre 2006)

CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CONTINUADA

*13, 14, 20 y 21 de septiembre de 2006Jornadas sobre la Ley Concursal

Ponentes:D. José Mª Fernández Seijo (Magistrado Juez del Juzgado de lo

Mercantil nº 3 de Barcelona)

D. Fernando Presencia Crespo (Magistrado Juez Juzgado de lo

Mercantil nº 2 de Valencia)

D. Rafael Fuentes Devesa (Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil

nº 1 de Alicante)D. Salvador Vilata Ménadas (Magistrado Juez del Juzgado de lo

Mercantil nº 1 de Valencia)

D. Vicente Andreu Fajardo (Presidente del RAJ y Presidente del Colegio)

Horas: 20

*27 y 28 de octubre de 2006.1er Encuentro de Profesionales del Derecho Concursal (Xátiva)

Horas: 10 horas

*14 de noviembre de 2006.Reunión de pequeños y medianos despachos (Depyme)

Ponentes: D. Federico Pla Alventosa (Responsable de la Comisión

Depyme del Colegio) y Dª Carmen Rodríguez Menéndez(Departamento Técnico y de Control de Calidad del ICJCE)

*Jornadas Depyme:

*17 de noviembre de 2006Conocimiento del negocio del clienteRevisión analítica global a la planificaciónPonente: D. Albert Grebol MásHoras: 8

*27 de noviembre de 2006Diagnóstico de riesgosImportancia relativaPonente: D. Emili Coll ColletHoras: 8

* 30 de noviembre de 2006MuestreoPonente: D. Ferràn Rodríguez GarcíaHoras: 8

*21 de noviembre de 2006La Ley Concursal ( a los dos años de su entrada en vigor)

Organizado conjuntamente con el Colegio de Titulares Mercantiles deValenciaPonentes:D. Salvador Vilata Ménadas (Magistrado Juez del juzgado de lo

Mercantil nº1 de Valencia)

D. José Mª Ribelles Arellano (Magistrado Juez del juzgado de lo

Mercantil nº 2 de Barcelona)

D. Víctor Fernández González (Magistrado Juez del Juzgado de lo

Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca)

D. Rafael Fuentes Devesa (Magistrado Juez del Juzgado de lo

Mercantil nº1 de Alicante)D. Fernando Presencia Crespo (Magistrado Juez del Juzgado de lo

Mercantil nº 2 de Valencia)

REUNIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO6 de noviembre de 2006 (Reunión de la Junta de Gobierno y de laComisión de Deontología del Colegio)

RESUMEN DE ACTIVIDADES DE ALICANTE(de octubre a diciembre 2006)

CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CONTINUADA

Circular 19/2006 Comisión DEPYME* 13 de noviembre de 2006Reunión de pequeños y medianos despachosPonentes: D. Federico Plá Alventosa. Responsable de la Comisión

DEPYME del Colegio y Dª Carmen Rodríguez Menéndez. Miembro

del Departamento Técnico y de Control de Calidad del ICJCE.

Horario: de 16,30 a 19 horas

Circular 20/2006* 23 de noviembre de 2006Curso de FPC - Revisiones AnalíticasPonente: Dª Lucía Ramírez Iglesias. Gerente de KPMG

Horario: de 16 a 20 horasCurso por videoconferencia desde la AT1 de Madrid

* En trámite cursos DEPYME

SESIONES DE ESTUDIO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DEASESORES FISCALES OFRECIDAS A NUESTRO COLECTIVO

* 26 de octubre de 2006Sesión de Estudio “El problema del asesor fiscal ante la normativade prevención de blanqueo de capitales”Ponentes: D. Eduardo Luque Delgado. Abogado, vocal del consejo

de defensa del contribuyente y ex presidente de la AEDAF y D. Esteban Mestre Delgado. Abogado, profesor titular del

departamento de derecho penal de la Universidad de Alcalá.

* 24 de noviembre de 2006Sesión de Estudio “La Ley de prevención del Fraude Fiscal”Ponente: D. César García Novoa. Catedrático de Derecho

Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de

Compostela, Doctor en Derecho, abogado y miembro de la

AEDAF.

* 1 de diciembre de 2006Sesión de Estudio “Principales novedades del IRPF y del Impuestosobre Sociedades y desaparición de las Sociedades patrimoniales”Ponentes: D. Juan Carlos López Hermoso. Economista y abogado yD. José Ramón Domínguez Rodicio. Abogado.

/ / / / / / / / / / / / / AGRUPACIONES TERRITORIALES Y COLEGIOS DE CENSORES JURADOS DE CUENTAS

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Relación de las últimas obras adquiridas por la biblioteca del Instituto- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACADEMIA ESPAÑOLA. MadridDiccionario esencial de la lengua españolaPozuelo de Alcorcón (Madrid), Espasa Calpe,2006.

ALONSO PÉREZ, Marta y RUIZ BLANCO, SilviaContabilidad informatizada. Manualpráctico de procedimientosVigo, Ideaspropias Editorial, 2006.

ARGIBAY GONZÁLEZ, Mª del MarContabilidad financiera. Métodos yprocedimientos contablesVigo, Ideaspropias Editorial, 2004.

ARRIBAZALAGA URIARTE, FABIÁNIntroducción a las Normas Internacionalesde Información FinancieraMadrid, Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, 2006

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DECONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN DEEMPRESAS. MadridLa contabilidad de gestión en el sistemaportuario españolMadrid, 2006.

BUSTOS CONTELL, ElisabethEl préstamo participativo en la financiación

del plan estratégico de las pymesMadrid, AECA, 2006.

CABALLERO MÍGUEZ, Gonzalo yCABALLERO MÍGUEZ, IriaAnálisis y evolución de balances. Una introducción a los estados contables y su análisisVigo, Ideaspropias Editorial, 2006.

CAÑIBANO CALVO, Leandro y MORAENGUÍDANOS, AraceliLas Normas Internacionales de InformaciónFinanciera: Análisis y aplicaciónMadrid, Civitas Ediciones, 2006.

COBO PLANA, Juan JoséDoctrina de los Juzgados de lo Mercantilsobre la Ley ConcursalValencia, Tirant lo Blanch, 2006.

COL.LEGI DE CENSORS JURATS DECOMPTES DE CATALUNYA. BarcelonaInforme anual 2005Barcelona, 2006.

CONGRESO NACIONAL DE AUDITORÍA DELINSTITUTO DE CENSORES JURADOS DECUENTAS DE ESPAÑA, XV. 26 a 28 deoctubre de 2006. Bilbao

Nuevos retos. Nuestra respuestaMadrid, ICJCE, 2006.

CORONA ROMERO, Enrique (et al.)Código Normas Internacionales deContabilidadValencia, Edición Contable Ciss, 2006.

EDICIONES FRANCIS LEFEBVREMemento práctico social 2006Madrid, 2006.

EDICIONES FRANCIS LEFEBVREMemento práctico fiscal 2006Madrid, 2006.

EDICIONES FRANCIS LEFEBVREMemento práctico grupos consolidados2006-2007. Madrid, 2005.

ENCUENTRO LUSO-GALAICO DEAUDITORES-REVISORES DE CUENTAS, VIII.22 y 23 de septiembre de 2006. VigoNuevos tiempos para la contabilidad yauditoría de cuentasVigo, A. T. 4ª y Ordem de Revisores Oficiais deContas de Portugal, 2006.

ESPAÑA. Leyes, decretos, etc.Legislación básica mercantilMadrid, Centro de Estudios Financieros, 2006.

BIBLIOTECA- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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FÒRUM DE L’AUDITOR PROFESIONAL, XVI.6 i 7 de juliol, 2006. SitgesNova comptabilitat: reptes i oportunitatsBarcelona, Col.legi de Censors Jurats deComptes de Catalunya, 2006.

FUNDACIÓN ECA GLOBALEl auditor de calidadMadrid, Fundación Confemetal, 2006.

GALLIZO, José Luis (coordinador)Responsabilidad social e informaciónmedioambiental de la empresaMadrid, AECA, 2006.

GÓMEZ MARTÍN, FernandoAspectos contables y tributarios del concursode acreedoresBilbao, Universidad de Deusto “La Comercial”y A. T. del País Vasco, 2006.

INSTITUTE OF CHARTERED ACCOUNTANTSIN ENGLAND AND WALES. LondonMeasurement in financial reportingLondon, ICAEW, 2006.

LIZANDA CUEVAS, José Manuel y CABEDOTENEU, ManuelConsolidación contable y fiscal. SupuestosprácticosMadrid, Centro de Estudios Financieros, 2006.

LOBÓN GAVIRA, SantiagoRégimen contable y fiscal de las operacionesde las empresas constructoras einmobiliarias (3ª ed)Santiago de Compostela, Tórculo Edicións,S.L., 2006.

MALLO, Carlos y PULIDO, AntonioNormas Internacionales de Contabilidad.Las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera (NIIF) (2ª ed)Madrid, Thomson Paraninfo, 2006.

MONTESINOS JULVE, Vicente y ORÓNMORATAL, GermánNormas Internacionales de Contabilidad(NIC/NIIF) de la Unión Europea (2ª ed)Madrid, Editorial Tecnos, 2006.

MUÑOZ ORCERA, Rafael (coordinador)Manual de contabilidad financieraCizur Menor (Navarra), Aranzadi, 2006.

PÉREZ RAMÍREZ, Jorge y CALVOGONZÁLEZ-VALLINAS, JavierInstrumentos financieros. Análisis yvaloración con una perspectiva bancariay de información financierainternacionalMadrid, Ediciones Pirámide, 2006

PRICEWATERHOUSECOOPERSMemento dossier Normas Internacionales de Contabilidad2006-2007Madrid, Ediciones Francis Lefebvre, 2006.

RÚA ALONSO DE CORRALES, EnriqueContabilidad de fundaciones. ManualprácticoMadrid, Ediciones Cinca, 2006.

SÁNCHEZ FERNÁNDEZ DE VALDERRAMA,José Luis (coordinador)Estudio sobre las normas internacionales decontabilidad (NIC) y las normasinternacionales de información financiera(NIIF)Madrid, Ediciones Pirámide, 2006.

SÁNCHEZ FERNÁNDEZ DE VALDERRAMA,José Luis y ARNAU ZOROA, Francisco(dirección y coordinación)Lex mentor contable 2006Barcelona, Ediciones Deusto, 2005.

WIEHLE, Ulrich (et al.)100 indicadores financieros según IFRSWiesbaden (Alemania), Cometis, 2006.

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Recensión Bibliográfica- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

//////////////////////RUA ALONSO DE CORRALES, ENRIQUE

Contabilidad de Fundaciones. Manual prácticoMadrid, Ediciones Cinca, 2006.

El sector no lucrativo se ha convertido enuna parte importante de la economíaespañola, no solo en un aspecto cuantita-tivo, sino también por la gran importan-cia que ha alcanzado en el ámbito social,pues lleva a cabo actuaciones sustituto-rias a las realizadas por el Estado. Eldesarrollo de las denominadas entidadesno lucrativas ha experimentado en losúltimos años un crecimiento considera-ble, a pesar de lo cual su expansión no hasido acompañada en materia contable deuna profundización y estudio adecuado,es por ello, por lo que resulta imprescindi-ble tener claros cuáles deben ser los prin-cipios de actuación que permitirán llevaruna adecuada gestión tanto desde el

ámbito interno como en las actividadesque realicen.En la obra, que abarcan seis amplioscapítulos se desarrolla toda laproblemática contable específica quepudiera surgir en las entidades sin fineslucrativos, y más en concreto en lasfundaciones, así como la informaciónque a dichas entidades se les exige y quedeben presentar.La obra está especialmente dirigida,tanto a los profesionales del tercer sectorencargados de la elaboración de losestados contables dentro de laorganización, como a los investigadoresespecializados en el ámbito de lasentidades no lucrativas.

///////////////////////PRICEWATERHOUSECOOPERSNormas Internacionales de InformaciónFinanciera 2006-2007. Desarrollo y comentariosMadrid, Ediciones Francis Lefebvre, 2006.

La obra es un manual de ayuda para laaplicación de las NIC/NIIF. Su propósitoes complementar a las Normas del IASB,no ser un sustituto de ellas. Cada uno delos capítulos del libro está dedicado a unamateria determinada que se haconsiderado de interés destacar por símisma, ya se refiera a un epígrafe delbalance o de la cuenta de resultados o a algún aspecto de presentación de losestados financieros, y en el que seabordan todas las NIC/NIIF y SIC/IFRIC

Interpretations que le son aplicables.Los capítulos tratan de guardar unaestructura similar, dentro de los posible, y así la mayor parte de ellos incluyen:a) Sumario;b) Un “Resumen de las normas aplicables”

a continuación del sumario;c) Una sección 1 “Normas aplicables y

alcance”, en la que se describe elobjetivo, alcance, fecha de entrada envigor y disposiciones transitorias delas Normas (NIC/NIIF y SIC/IFRIC

Interpretations) que abordan laproblemática contable objeto de

desarrollo en ese capítulo, así comouna referencia a su adopción por la UE;

d) A continuación se incluyen lassecciones que hacen referencia a loscriterios contables de reconocimiento,valoración inicial, valoración posterior,correcciones de valor y, en su caso,cualquier otra que se ha consideradonecesaria;

e) Una sección sobre “Información arevelar en los estados financieros”,donde se describe la información que se debería incluir en los estadosfinancieros; y

f) Finalmente, una sección de “Diferencias principales entre lanormativa española y las normas delIASB”

La obra contiene ejemplos adicionalesaportados por PricewaterhouseCoopersque se presentan antepuestos por lareferencia SUPUESTO PRÁCTICO.También contiene ejemplos extraídos de las propias NIC/NIIF y SIC/IFRIC

Interpretations que van sombreados.

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Recensión Bibliográfica- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

//////////////////////MALLO RODRÍGUEZ, CARLOS Y

PULIDO ÁLVAREZ, ANTONIO

Normas Internacionales de Contabilidad.Las Normas de Información Financiera(NIIF) (2ª edición)Madrid, Thomson Paraninfo, 2006.

El proceso de armonización contable en laUnión Europea sigue su curso. En elejercicio de 2005 los grupos de empresasespañoles que cotizan en Bolsa presentanpor primera vez sus Cuentas Anualesaplicando Normas Internacionales deContabilidad, necesidad que se extenderáen un futuro no muy lejano a las empresasindividuales adaptándose al nuevo PlanGeneral de Contabilidad que se prevé queentre en vigor a comienzos de 2007.El empresario, una vez culminado elproceso de adaptación, manejará unainformación financiera más completa yrelevante para su toma de decisiones quela que ofrecen los estados financierosactuales, y, a su vez, constituirá unafuente de datos armonizados con aquellosque presentan las empresas en otrospaíses de la UE.La publicación, en su segunda edición,constituye una fuente de consulta prácticaque servirá de ayuda a los directivos que

se enfrentan al desafío de proporcionaruna información financiera más relevantecomparada con la información contablehabitual. Su utilidad puede extenderse alos profesionales de la contabilidad, asícomo a los auditores, pues les facilitará engran medida la interpretación de la nuevanormativa contable.Esta segunda edición ha actualizado endetalle el contenido de la primera y se haincorporado una nueva colección de casosprácticos básicos, con un enfoqueesencialmente didáctico, en el intento deofrecer una visión divulgativa de losproblemas que pudieran surgir al aplicarlas normas internacionales. La normativaque incorpora ha sido tambiénactualizada, incorporando referencias alas normas internacionales promulgadashasta la fecha, y se han incluido nuevosmodelos de estados financieros en base alos formatos oficiales de las institucionescontables emitidos hasta la fecha.

///////////////////////GALLIZO, JOSÉ L. (COORDINADOR)Responsabilidad Social e InformaciónMedioambiental de la EmpresaMadrid, AECA, 2006

El libro que presentamos contiene nuevecapítulos que versan sobre lainformación y responsabilidad social ymedioambiental, además de otros sobrevaloración de los efectos económicos delos acuerdos derivados del protocolo deKioto para las empresas. Durante losúltimos años ha surgido un nuevomodelo de gestión empresarial queanima a las empresas a aportar mayorinformación de sus operaciones entemas sociales y medioambientales. Las nuevas exigencias obligan a lascompañías a ser más transparentes y aque sus actuaciones se desenvuelvan deacuerdo a criterios éticos y deresponsabilidad hacia su entorno.El objeto del libro es facilitar las pautaspara desarrollar la informacióncomplementaria de las empresas quedebe incluirse en el conjunto de la

información financiera, así comoinformar sobre los problemas yrepercusiones que tendrán para laempresa y sus costes las normas másrecientes de protección medioambiental.El lector podrá identificar laspreocupaciones en el ámbito social queestán presentes en las compañías másdinámicas y modernas. Entenderá que,aunque el beneficio siga siendoconsiderado el impulso que mueve a lasorganizaciones empresariales, subúsqueda ahora se integra en un procesode creación de valor comprensiva de laacción global de la empresa. En definitiva, una nueva concepción deResponsabilidad Social Corporativa(RSC) referida a la puesta en práctica depolíticas formales y de sistemas degestión empresarial en los campos socialy medioambiental.

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//////////////////////WIEHLEM ULRICH (ET AL.)100 indicadores financieros según IFRSWiesbaden (Alemania), Cometis, 2006.

La utilización e interpretación deindicadores en la actividad económicacotidiana ha ido adquiriendo cada vez másimportancia. Es por ello que inversores y quienes otorgan créditos examinan laevolución empresarial por medio deindicadores básicos, como p. ej.EBIT, Working Capital o Cash Flow aobjeto de poder adoptar decisiones deinversión en el menor tiempo posible.El libro “100 indicadores financierossegún IFRS” presenta los principalesindicadores de forma clara y concisa. Está dirigido a directores y gerentes,asistentes de management y expertos enfinanciación, así como también a bancos,auditores, asesores fiscales, periodistaseconómicos y estudiantes, y ayudará aintensificar conocimientos sobreindicadores financieros y a prepararse deforma óptima para el diálogo conentidades crediticias o inversores.

Junto a la correspondiente definición decada indicador, su cálculo se ilustra pormedio de un ejemplo numérico,presentándose además loscorrespondientes campos de aplicación. A su vez, mediante una confrontación delas principales ventajas y desventajas,cada indicador es sometido a un análisiscrítico.Al trabajar con indicadores, esimportante no considerarlos nuncaaisladamente, sino siempre considerandoel curso del tiempo y la relación hacia lasempresas del Peer-Group o bien enfunción de las peculiaridades del ramoespecífico. Y en último término, es elanálisis interrelacional de variosindicadores la clave para llegar, a travésde éstos, a un resultado de realsignificación informativa. Para ello, esta obra de consulta prestaráuna valiosa ayuda.

Recensión Bibliográfica- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

//////////////////////LIZANDA CUEVAS, JOSÉ MANUEL Y

CABEDO TONEU, MANUEL

Consolidación contable y fiscal.Supuestos prácticosMadrid, Centro de Estudios Financieros, 2006.

El libro es una feliz combinación de lasnormas internacionales de contabilidady el régimen de los grupos fiscales,donde los autores pretenden mostrardesde una perspectiva eminentementepráctica las peculiaridades del régimende consolidación fiscal respecto alproceso de consolidación contable.Para conseguirlo han propuesto 21supuestos prácticos que muestran unamplio abanico de situaciones quepueden darse en la práctica y en los queofrecen una solución desde los puntosde vista contable y tributario,incorporando su reflejo en las hojascorrespondientes del modelo 220 dedeclaración del Impuesto sobreSociedades de Grupos Fiscales.La obra se inicia con unas nocionesteóricas que al lector le van a ayudar enla comprensión de la misma y en lasque se hace mención a las novedadesque la implantación de las NIC/NIIF

supone en el proceso de consolidacióncontable, comentándose la NIIF 3 decombinación de negocios y la NIC 27sobre estados consolidados.Se incluyen además unas pinceladas delas especialidades fiscales, con relacióna determinadas operaciones dereestructuración empresarial, quepueden afectar al régimen deconsolidación fiscal, tales comofusiones, escisiones y canje de valores.Por último, el trabajo finaliza con lainclusión de los textos legales queayudarán al lector a disponer de lalegislación que se ocupa de estamateria.La metodología es positiva es muy útilpara quienes deban enfrentarse a laconfección de una declaraciónconsolidada. Los autores traen acolación aquellos supuestos de mayorinterés y que afectan a mayor númerode sujetos pasivos.

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//////////////////////KPMG EUROPEAN BUSINESS CENTRELas NIIF comentadas. Guía práctica deKPMG para comprender las NormasInternacionales de InformaciónFinanciera (Edición 2005/2006)Cizur Menor (Navarra), EditorialAranzadi, S.A., 2006.

Interpretar las Normas Internacionales deInformación Financiera (NIIF) utilizandoel juicio con el fin de aplicarlas a los acuer-dos y transacciones que suceden en lapráctica constituye un desafío importante.Organizado por temas y con abundantesreferencias a las NIIF, la publicaciónpresta especial atención a la aplicaciónpráctica de dichas normas, explicando conclaridad el punto de vista de KPMG enmuchas cuestiones que requiereninterpretación. Por ello, Las NIIF

comentadas toma como punto de partidapreguntas reales surgidas en distintospaíses y se apoya en ejemplos prácticosque facilitan la aplicación de las NIIF.Entran dentro del alcance de esta ediciónaquellas NIIF de aplicación en ejerciciosanuales que comiencen a partir del 1 deenero de 2005, y emitidas hasta el 1 deagosto de 2005.Con el fin de anticipar futuros desarrollosde las NIIF, la publicación presenta deforma resumida las disposiciones que se

verán alteradas por la entrada en vigor denuevas normas y analiza aquellas áreasque pueden resultar afectadas, de formamás inmediata, por proyectos en curso.Las oficinas de la red internacional deKPMG han unido sus esfuerzos parafortalecer sus recursos en el área de lasNIIF, algo que el enfoque global de lasnormas no sólo posibilita sino tambiénexige.Las NIIF comentadas. Guía práctica deKPMG para comprender las NormasInternacionales de InformaciónFinanciera es la traducción al castellanode la publicación Insights into IFRS, obraescrita originalmente en inglés por KPMGInternational Financial Reporting Group.La preparación de Insights into IFRS es elresultado del trabajo realizado por esteequipo de profesionales a lo largo de losúltimos siete años, así como de lacolaboración de numerosos profesionalesde las firmas que componen la redinternacional de KPMG.

//////////////////////ARRIBAZALAGA URIARTE, FABIÁN

Introducción a las Normas Internacionalesde Información FinancieraMadrid, Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, 2006

El propósito de este libro es presentar lasNormas Internacionales de InformaciónFinanciera de una manera lo másdidáctica posible, permitiendo a losusuarios de la información financiera (i.e.:directivos, auditores, inversores, etc.) unacercamiento más amable a las NIIF.El libro presenta una estructura porcapítulos agrupados por materiasrelacionadas. Los distintos apartados decada capítulo incluyen una referencia aaquellos párrafos de las NIIF (incluyendolos anexos a las mismas) en los que seabordan las cuestiones que se tratan, parade esta manera, facilitar la búsqueda yreferencia del lector a las Normasemitidas por el IASB.El capítulo 1 es un capítulo introductorio,en el que se describe detalladamente todo el proceso de armonización contableinternacional, y su implicación tanto en elámbito de la Unión Europea como deEspaña. El capítulo 2 trata el «Marcoconceptual para la preparación ypresentación de los estados financieros»,siendo un capítulo relevante, teniendo en

cuenta que las NIIF deben ser entendidasen el contexto de su objetivo y de las basespara las conclusiones, del prólogo a las NIIFy del mencionado Marco Conceptual. Loscapítulos 3 a 16, ambos inclusive, incluyenun análisis detallado de todas las Normas eInterpretaciones agrupadas por materiasrelacionadas: estados financieros,inmovilizado no financiero,arrendamientos, existencias y contratos deconstrucción, impuesto sobre lasganancias, retribuciones a los empleados,ingresos ordinarios y gastos, monedaextranjera, deterioro de valor y provisiones,consolidación y combinación de negocios,instrumentos financieros, contratos deseguro, agricultura y exploración yevaluación de recursos minerales.Finalmente, el capítulo 17 aborda laadopción por primera vez de las NIIF,habiéndose incluido al final del libro, en lamedida en que su análisis y comprensiónexigen un conocimiento previo de las NIIF.Adicionalmente, el libro incluye un glosariode términos y algunas páginas web quepueden resultar de interés al lector.

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Recensión Bibliográfica- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Informacióndel Instituto

Publicaciones periódicas del Instituto:

• Boletín Informativo “auditores”, bimestral con tirada de 7.000 ejemplares, con las secciones de vida corporativa, temas de opinión, novedades técnicasnacionales e internacionales, noticias de la prensa económica, miscelánea, etc.

• Revista “auditores”, trimestral con tirada de 7.000 ejemplares. Incluye entrevistas a distinguidas personas dentro del sector en el que nos desenvolvemos, cuadernos técnicos, artículos de opinión, novedades editoriales y otros temas de actualidad.

• Boletín de Información Técnica, semestral con tirada de 4.500 ejemplares, en el que se incluyen informaciones técnicas nacionales e internacionales, con un tratamiento más extenso que en el Boletín Informativo “auditores”.

Representación internacional del Instituto

Los organismos internacionales en los que nuestro Instituto participa a travésde los respectivos comités, son los siguientes: • FEE (Federación de Expertos Contables Europeos): Comité de Contabilidad;

Comité de Auditoría; Comité de Banca; Comité de Impuestos Directos; Comitéde Medio Ambiente; Comité de Ética; Comité del Euro; Comité de ImpuestosIndirectos; Comité de Seguros; Comité de Liberalización y Cualificación;Comité del Sector Público; Comité de la Pequeña y Mediana Empresa.

• IFAC (Federación Internacional de Contadores): Comité de Ética; Comité dePrácticas Internacionales de Auditoría.

• IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad). Participamos enel mismo a través del Comité de Contabilidad de la FEE.

• AMA (Arco Mediterráneo de Auditores). Constituido en enero de 1992,participamos a través del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña,de la Agrupación Territorial 1ª (Madrid) y de la Agrupación Territorial 13ª(Baleares).

• FCM (Federación de Expertos Contables Mediterráneos). Constituida en octubrede 1999, participamos como miembros fundadores. Comités Internos del Institutoque se ocupan de asuntos internacionales: Comité de Contabilidad de Gestión,Comité de Formación, Comité de Comercio Electrónico, Comité de Tecnología dela Información y Comité de Control de Calidad.

Page 88: auditores 3 - ICJCE3 /auditores ///// El jueves, día 26 de octubre, comenzó la jornada de trabajo con una sesión técnica sobre “El nuevo marco de actuación delauditor” que

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