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AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS 47 Auditoría Pública nº 44 (2008) p.p. 47-54 Miguel Ángel Torino Presidente AGP Violeta Bargardi Auditora Interna AGP Armando J. Frezze Asesor AGP SUMARIO La imagen institucional de un órgano de control de la hacienda pública incide sobre el peso y el grado de autoridad que puedan alcanzar sus informes y recomen- daciones. Varias razones pueden ser motivo de una imagen institucional desdibuja- da; en el caso de la Auditoría General de la Provincia de Salta es su creación recien- te. De este hecho se deriva que una obligación prioritaria, concomitante con su obje- tivo de control, es trabajar en la difusión de su imagen, aunque no lo mande la ley. Instalar su imagen pública y difundir su tarea a través de medios de comunicación social resulta un imperativo del Órgano de control para con la comunidad, sin per- juicio de la publicación de los informes técnicos porque la labor del Órgano de con- trol no finaliza con la publicación del informe que manda la ley o su remisión a la legislatura. La Auditoría General de la Provincia carece de jurisdicción, carece de poderes sancionatorios sobre los funcionarios o revocatorios sobre los actos; sólo tiene la fuerza que su imagen y sus opiniones tengan ante la comunidad, esa es su autoridad. Ejerce una magistratura de opinión y ella es proporcional al prestigio que goce frente a la opinión pública y a la imagen pública que de la Auditoría General tenga la comunidad. La imagen y su valoración por parte de la sociedad resulta rele- vante frente a nuevas acciones superadoras del concepto tradicional de auditoría, como serían, por ejemplo, las auditorías de políticas públicas desarrolladas por la Provincia y los municipios. I.- IMAGEN HISTÓRICA E INSTITUCIONAL El desconocimiento de la función de los nuevos órganos de control de la hacien- da pública por parte de la comunidad de Salta y sus medios de comunicación, a

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AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS

47Auditoría Pública nº 44 (2008) p.p. 47-54

Miguel Ángel TorinoPresidente AGP

Violeta BargardiAuditora Interna AGP

Armando J. FrezzeAsesor AGP

SUMARIOLa imagen institucional de un órgano de control de la hacienda pública incide

sobre el peso y el grado de autoridad que puedan alcanzar sus informes y recomen-daciones. Varias razones pueden ser motivo de una imagen institucional desdibuja-da; en el caso de la Auditoría General de la Provincia de Salta es su creación recien-te. De este hecho se deriva que una obligación prioritaria, concomitante con su obje-tivo de control, es trabajar en la difusión de su imagen, aunque no lo mande la ley.Instalar su imagen pública y difundir su tarea a través de medios de comunicaciónsocial resulta un imperativo del Órgano de control para con la comunidad, sin per-juicio de la publicación de los informes técnicos porque la labor del Órgano de con-trol no finaliza con la publicación del informe que manda la ley o su remisión a lalegislatura. La Auditoría General de la Provincia carece de jurisdicción, carece depoderes sancionatorios sobre los funcionarios o revocatorios sobre los actos; sólotiene la fuerza que su imagen y sus opiniones tengan ante la comunidad, esa es suautoridad. Ejerce una magistratura de opinión y ella es proporcional al prestigio quegoce frente a la opinión pública y a la imagen pública que de la Auditoría Generaltenga la comunidad. La imagen y su valoración por parte de la sociedad resulta rele-vante frente a nuevas acciones superadoras del concepto tradicional de auditoría,como serían, por ejemplo, las auditorías de políticas públicas desarrolladas por laProvincia y los municipios.

I.- IMAGEN HISTÓRICA E INSTITUCIONALEl desconocimiento de la función de los nuevos órganos de control de la hacien-

da pública por parte de la comunidad de Salta y sus medios de comunicación, a

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pesar de la centenaria antigüedad que esa actividadestatal presenta en América y en Argentina, comotambién las consecuencias de tal desconocimiento, esla primera cuestión que se desea abordar.

Ello requiere de una mirada histórica, muy brevepero necesaria. En América, en un principio fue atri-bución de la Audiencia, conforme las Ordenanzas de1563 “tomar cuentas a los oficiales que tienen a sucargo controlar la Real Hacienda”. Cuarenta y dosaños mas tarde, en el año 1605, se crean losTribunales de Cuentas para la vigilancia y revisión delas cuentas reales y de las conductas de los oficiales asu cargo, y se situaban en Lima y en México, capita-les de los dos virreinatos entonces existentes. La con-taduría de Lima tuvo supervisión sobre lo que hoy esterritorio argentino hasta 1768, año en el cual porReal Cédula se estableció una contaduría en BuenosAires con jurisdicción sobre el Río de la Plata,Tucumán, Salta y Paraguay, la que en 1780 se trans-formo en Tribunal de Cuentas. Éste estuvo en vigen-cia incluso después de declarada la independenciasuprimiéndose en 1821. Sus funciones de algunamanera se retoman con la creación en 1870 de laContaduría General de la Nación. La ley deContabilidad de ese año rige durante setenta y sieteaños y en 1947 una ley de régimen financiero y con-tralor preventivo de presupuesto reemplaza a aquella,sin derogar la institución de la Contaduría General dela Nación.

Estas raíces históricas y jurídicas se notan tambiénen la evolución de la figura del Fiscal del Consejo deIndias, jefe de los fiscales de las Audiencias america-nas. En 1661 se erige la primera Audiencia deBuenos Aires y la inexistencia de distinción entre lojudicial y lo administrativo propio de la época noimpidió considerar imprescindible contar con la opi-nión jurídica de los fiscales para tomar decisiones enambos campos y extremar controles frente a los exce-sos que la extensa geografía americana facilitaba.

En Argentina la función se hereda a través delFiscal General de Estado (1813) luego la de los dosfiscales de la Alta Corte de Justicia (1826) y elFiscal General de Estado de 1853. En 1862 la ley

que organiza la Corte Suprema de Justicia de laNación suma a sus cinco ministros un ProcuradorGeneral, que ejercía buena parte de las actividadesde los antiguos Fiscales Generales. De ese troncocomún se desprendieron dos ramas: la delMinisterio Público por un lado y la de laProcuración General del Tesoro por otra. Ambas endistintos momentos también tuvieron incidencia enel control de la hacienda pública y de sus funciona-rios. (La idea inicial de un Procurador de Haciendadesemboca en la figura del Procurador General delTesoro actual, órgano que tiene hoy casi ciento cin-cuenta años de trayectoria y prestigio).

En el caso particular de la Provincia de Salta,hace más de cincuenta años fue creado el Tribunalde Cuentas con las facultades de control anterior,concomitante y posterior de los actos administrati-vos que la ley colocaba bajo la obligación de su aná-lisis y decisión. La Ley de Contabilidad sancionadaen 1957, regulaba en su Capítulo 8 la composicióndel Tribunal, sus facultades, atribuciones y deberes,el procedimiento aplicable cuando el Órgano pre-tendía observar un acto administrativo (que even-tualmente suspendía el cumplimiento del acto entodo o en la parte observada), requerir rendicionesde cuentas, formular juicios de responsabilidad, etc.Su extinción se produce con la reforma constitucio-nal de 1998, y sus funciones han sido conferidasdesde entonces a la Sindicatura General de laProvincia y la Auditoría General de la Provincia.

Esta brevísima síntesis intenta probar la existen-cia de una rica tradición histórico-jurídica en estetema, la cual no ha impedido que en la actualidadel Órgano que ha reemplazado parte de las funcio-nes del ex-Tribunal de Cuentas no resulte suficien-temente conocido por la mayor parte de la comuni-dad de la provincia.

Se ha dicho que “conocer a un organismo del Estadosuele requerir algo más que detallar su organización yfunciones. Esencialmente lo definen los cometidos quese le han otorgado pero ello no alcanza si no se advier-ten las razones de su creación, las tradiciones de las quees heredero y la trayectoria que protagonizó”.

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Control formal e informal

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Puede entonces afirmarse que pese a las razonesde su creación y las tradiciones de las que es here-dera, la corta trayectoria institucional de laAuditoría General de la Provincia de Salta, de pocomás de un lustro, es todavía un obstáculo serio quedebe ser superado para que la comunidad conozca yvalore su actividad y sus objetivos. En resumen: losantecedentes históricos del control de la haciendapública son extensos pero la comunidad todavía noincorporó a su visión de la Auditoría General esahistoria ni esa tradición de función de control.

Ello lleva al segundo punto de reflexión: la audi-toría pública y la imagen institucional de los órga-nos que la realizan.

Ese punto de novedad institucional tiene unparalelismo con un fenómeno lingüístico. ElDiccionario de la Real Academia define el con-cepto de “auditoría”, la Academia señala en susitio web que tal definición tiene propuesta unareforma la cual, de ser aprobada, desdoblaría elconcepto adjudicándose por un lado a “audito-ría” el significado de “Revisión sistemática deuna actividad o de una situación para evaluar elcumplimiento de las reglas o criterios objetivosa que aquellas deben someterse”, comprensiónque exorbita el mero concepto de revisión conta-ble, y, por otro, la expresión “auditoría conta-ble”, la que significará, en caso de aprobación dela reforma: “Revisión y verificación de las cuen-tas y de la situación económica de una empresa,realizada por un experto independiente”. Aquídos nuevos elementos se agregarán a la defini-ción: la de experto y la de independiente, asícomo también se modificará otro –el de empre-sa– el cual aún sin llegar a englobar al organis-mo público se le acerca más que la actual defini-ción, referida sólo a “sociedad”. Ello sustenta,desde otro ángulo, que el tema no es un con-cepto acabado, sino que está en permanentetransformación, lo cual también tendríaalguna incidencia en el desconocimientopúblico que aquí se analiza.

Desde una visión más general cabe señalar queactualmente sólo existen tres órganos de esta índo-le en la República Argentina: la Auditoría Generalde la Nación, que comenzó sus actividades en1995, la Auditoría General de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, que hizo lo propio enel año 1999, y la Auditoría General de la Provinciade Salta, en funciones desde el año 2001.

De modo que un primer factum aceptado es, enton-ces, que la acción institucional desarrollada por laAuditoría General de la Provincia de Salta (en adelan-te la AGP) debido a lo breve de su existencia –aunqueno únicamente por esta causa– no ha instalado aún enla comunidad una clara imagen de su función de con-trol, función que tiende a ser equivocadamenteaumentada por el imaginario colectivo con funciones,deberes y responsabilidades que en la realidad notiene; desconocimiento que, de continuar en el tiem-po, podría llegar a deteriorar la credibilidad de susinformes y recomendaciones. El error más extendido,que por cierto cometen también con frecuencia losmedios de comunicación, es considerar a la AGPcomo un órgano jurisdiccional, contrariamente al con-cepto y definición que de ella hace la Constitución dela Provincia y la ley que la reglamenta. Esta últimaexpresa en forma clara: “El sistema de control nojurisdiccional de la gestión de la hacienda públicaprovincial y municipal integrada, corresponde a laLegislatura de la Provincia, a la Sindicatura Generalde la Provincia y a la Auditoría General de laProvincia”.

La existencia de la desinformación señalada y lafalta de una imagen pública del Órgano obliganentonces a tomar acciones y buscar herramientasque permitan revertir esos hechos; estos objetivosdeben empezar a formar parte de su política insti-tucional a corto y mediano plazo. La finalidad bási-ca dispuesta por la Constitución para la AGP esejercer el control externo posterior de la HaciendaPública según un programa anual previamenteaprobado y que también comprende “la auditoríade la gestión económica, financiera, patrimonial,

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presupuestaria y operativa en atención a los criteriosde legalidad, economía, eficiencia y eficacia...”.1

Paralelamente tiene el deber de examinar la CuentaGeneral del Ejercicio aconsejando a la Legislaturasu aprobación o rechazo: tales son las obligaciones ydeberes primarios de la AGP al que se suma elhacer conocer sus informes a la opinión pública,mediante su publicación, dado que la comunidad esla destinataria última de sus informes.

Comunicar y hacer conocer estos puntos clavesdebe ser, más que una política institucional, unaobligación de la AGP. Debe difundir en la comuni-dad, con continuidad, sus objetivos; debe instalar suimagen pública bien definida y mantenerla; debelograr la comprensión pública de sus actividades,facultades, deberes y limitaciones así como comuni-car tanto sus logros como también las expectativasdel programa anual que no se alcanzaron. Hacerlo esun compromiso que AGP tiene con cada habitantede la provincia; un deber no escrito pero deber al fin.

Los objetivos iniciales, breves y sencillos, consistenen hacer visible y fácilmente comprensible a todas laspersonas que la actividad de la Auditoría consiste enun “control no jurisdiccional” y que por lo tanto ni

acusa, ni juzga. El propósito más inmediato consisteen eliminar la actual confusión para que no se sigaviendo en la AGP a una fiscalía, a un juzgado, a unTribunal de Cuentas, sino en su verdadero rol. Y queno es “inactividad” del Órgano el no emprenderacciones para las cuales no tiene facultades legales.

Breve párrafo aparte merecen dos elementos que sesuman a las dificultades explicadas: la extensa geogra-fía de la Provincia, con 155.488 Kms. cuadrados desuperficie2 y sus 59 municipios, algunos cordilleranos,otros situados a media altura y otros que están en zonasbajas subtropicales. Resulta difícil instalar en todosellos la imagen institucional de una manera plena.

Por otro lado el manejo de la hacienda públicacomunal también está sometido al control de laAGP, pero desde 1986 los municipios gozan detotal autonomía. En tal sentido la Constitución sal-teña reconoce al Municipio “como una comunidadnatural que, asentada sobre un territorio y unidapor relaciones de vecindad y arraigo, tiende a labúsqueda del bien común local. Los Municipiosgozan de autonomía política, económica, financieray administrativa”. Así esta autonomía y la extensageografía inciden en las dificultades del tema.

1 Art. 169 Punto III, párrafo primero de la Constitución Provincial.2 Casi dos veces la región de Andalucía.

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II.- CONSECUENCIA DE LA IMAGEN INSTITUCIONAL Y DESU AUSENCIA

Pareciera que el mayor déficit de la imagen insti-tucional de la AGP no consiste en una imagen pobreo mala sino en algo quizá más grave: en que no exis-te imagen institucional alguna. Esa ausencia tieneuna incidencia directa sobre el grado de autoridadque puedan lograr sus informes y recomendaciones.

A los fines de este trabajo se conceptualiza comoimagen institucional la valoración que la comuni-dad realiza sobre una institución determinada, quepondera la capacidad acerca de la conducción de unasunto, de un proceso, de un programa o el grado decumplimiento de los objetivos previamente fijados.Su resultado es la percepción dominante que lagente establece respecto de una institución en basea las impresiones y la información pública que reci-be y para que la reciba debe existir por parte de lainstitución un conjunto de acciones comunicativasque hagan conocer su identidad, formen opinión ylleguen a la opinión pública.

La gente tiene conocimiento directo de casi todolo que sucede en el espacio visible y próximo a suhogar o a su trabajo, pero todo lo demás, lo que estámás allá de ese limitado horizonte llega a las perso-nas a través de palabras o imágenes transmitidas porlos medios de comunicación. Éstos resultan ser lasherramientas necesarias, entre otras cosas, para ins-talar y mantener la imagen pública institucional;ellos cronológicamente son: la prensa gráfica, losmedios audiovisuales, Internet y el periodismodigital. Los dos últimos (especialmente diarios on-line y blogs) son herramientas típicas del Siglo XXItanto para la información como para la comunica-ción. Pero hay que tener presente que los medios noson mágicos y es del caso recordar el poco tiempo yatención que le dedica el ciudadano promedio ainformarse por la prensa gráfica y que los diarios yrevistas se adquieren de manera selectiva; por otraparte, la información que recibe de los mediosaudiovisuales no reciben una atención crítica.

Algo distinta –como canal de información ycomunicación– es la situación de Internet: en

Argentina en 1993 prácticamente no existía y sóloen 1995 aparecen los primeros diarios on-line. Hoyhay en el país 5 millones de internautas, aunque estodavía muy poco si se le compara, por ejemplo, conEspaña donde los usuarios de la web son casi 16millones. Pero esta modificación en el consumo deinformación es demasiado importante como para serpasada por alto y por ello se le debe prestar especialatención a esta revolución que está modificando lamanera cómo la gente obtiene sus noticias, situa-ción que se potencia entre los jóvenes cuya conduc-ta usual es ponerse en línea cuando quieren saberqué está pasando en el mundo, buscando fuentes deinformación diversas y comparándolas. Múltiplesencuestas realizadas en todo el mundo lo prueban.

Por ello, aunque la televisión y después los diariosson la fuente informativa más importante para lamayoría, no lo es para las personas de menos de trein-ta años, que van abandonando el uso de los medios tra-dicionales para obtener una visión del mundo. Estácambiando la relación entre el proveedor de noticias yel consumidor y va llegando a su final la época en quela gente aceptaba sin preguntas las noticias presenta-das por un periódico o por una emisora. El uso de losblogs y los medios digitales que permiten comentarlas noticias al consumidor lo prueban, tendencia muyfuerte entre los profesionales jóvenes y con más educa-ción. El Siglo XXI está desarrollando una generaciónde personas que desea tener las noticias que quiere,cuando las quiera y en el formato que las quiera.

Como consecuencia hoy existe una vigilanciamayor y más intensa de la comunidad sobretodo lo que ocurre, produciendo el nacimientode un fenómeno que es la contracara de lasauditorías formales: un mayor control informalde la actividad estatal, ejercitado cotidiana-mente por la gente.

III.- EL CONTROL SOCIAL INFORMALEstos hechos demuestran el crecimiento y desarro-

llo de un control social de naturaleza informal, delque no escapan ni los funcionarios ni las instituciones–estatales o privadas– ni las políticas públicas sobre

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temas trascendentes para la comunidad como las ati-nentes a educación, salud, vivienda, justicia, por citarsólo algunas. El ciudadano se informa pero tambiénopina sobre todas estas cuestiones y, naturalmente, enalgún momento comparará sus ideas con las expuestaspor la historia oficial, aquélla surgida del control for-mal estatal.

Si el órgano tiene una imagen institucionalempobrecida, opacada, difícilmente podrá con susinformes influir sobre la valoración que del tema sefueron formando los miembros de la comunidad.Por cierto que ese control social e informal de lagestión pública, aunque más intuitivo que técnico,es propio de una democracia participativa y por lotanto valioso; pero lo importante es que en tal pon-deración incidirá la imagen pública que se tenga delÓrgano de control, la cuestión se convierte así en untema de singular importancia.

Cuando se planificó este trabajo, un punto cen-tral a desarrollar fue el examinar por qué una insti-tución gubernamental no resulta suficientementeconocida por la comunidad en la que actúa, cuálesson las causas de ese desconocimiento, cómo incideen ello una vida institucional corta y analizar sitales hechos hacen nacer una obligación prioritaria,concomitante con su objetivo de control, consisten-te en trabajar por la correcta difusión de su imagen.

Promediando la labor de desarrollo de este traba-jo llegó el Nº 42 de la Revista Auditoría Pública,que incluía un ensayo titulado “El control exter-no: Parlamento y Opinión Pública”, cuya autoríapertenece a don Luis Muñoz Garde. De más estáseñalar que la lectura de sus reflexiones reafirmaronla convicción acerca de las ideas que se exponen enel presente trabajo.

Dos ejes de reflexión expuestos por MuñozGarde resultaban importantes coincidencias con-ceptuales:

1) Que la labor del órgano de control no finaliza conla mera publicación del informe o su entrega a la legis-

latura; señalando el autor que “Las instituciones decontrol siguen viviendo de espaldas a la comunicación.La estrategia en esta materia, salvo alguna excepción,es la falta de estrategia. Y la consecuencia, la falta deproyección social de los tribunales de cuentas.”... “Lacomunicación con la legislatura no agota las obligacio-nes de estas instituciones respecto a la relación con losciudadanos; tienen que estar en contacto con los ciuda-danos tanto haciéndole llegar los resultados de su tra-bajo a través de los medios como oyendo las demandasy preocupaciones de la comunidad. En el caso de lasinstituciones de control, esto parece más evidentedesde el momento en que nos pronunciamos sobre lagestión del dinero de todos los ciudadanos.” En coin-cidencia con estas ideas uno de los autores del presen-te trabajo había publicado una columna de opinión,afirmando en ella que: “Hacer conocer las reales facul-tades, deberes y obligaciones de la AGP a toda lacomunidad, destinataria por ley de sus informes, yprocurar arraigar en ella su imagen y su rol institucio-nal es –más que una materia pendiente– una obliga-ción de la AGP. Avanzar en la difusión de qué es y paraqué está inserta en la Constitución la AGP, dar unaimagen definida de la misma y de sus fines, una claracomprensión pública acerca de sus actividades, objeti-vos y limitaciones, así como comunicar sus logrosy–por qué no– también las expectativas no cumplidas,es un deber de esta joven institución, deber no escritopero deber al fin.”3

2) También se coincide con Muñoz Garde en quedebe abordarse la comunicación “como una obliga-ción ética… Nuestro deber es, por lo tanto, facilitaresa comunicación realizada principalmente –aunqueno únicamente– a través de los medios” siempre conmesura, evitando el protagonismo y sin obsesionarsecon aquellos. Y hacerlo no de un modo unilateral sinomultilateral: no deben ser olvidadas las institucionesfiscalizadas y el resto del entorno, con el cual tambiénse deben mantener canales de comunicación, que per-mitan recibir la opinión de los ciudadanos.

3 El Presidente de la AGP, Dr. Miguel A. Torino, en diario El Tribuno, Salta, 29/1/06.

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IV.- MAGISTRATURA DE OPINIÓN

¿Por qué resulta tan relevante la imagen institu-cional para esta función?

Porque la AGP no tiene facultades para juzgar; susinformes y recomendaciones carecen de valor sancio-natorio y tampoco pueden modificar ni alterar nin-gún acto administrativo del organismo auditado. Sumayor o menor efecto será directa consecuencia delmayor o menor prestigio que tenga el Órgano opi-nante. Manifiesta Muñoz Garde en el trabajo citado,al vincular este tema con la comunicación y con lapublicidad de la gestión de los órganos de control:“Una actitud abierta en este sentido no sólo contri-buirá a que los tribunales de cuentas dejen de ser ins-tituciones muy poco conocidas, sino que aumentaránotablemente la eficacia de la labor de control.Cuando el trabajo de la institución está basado en laprofesionalidad y objetividad, la publicidad ayudaa que los responsables de las administracionestengan en cuenta sus conclusiones y recomenda-ciones.” (La negrilla nos corresponde).

Sobre el punto existe un interesante paralelismoentre la Auditoría General de la Provincia de Salta yla Defensoría del Pueblo de la Nación a partir demúltiples similitudes, siendo las más notorias lassiguientes: ambas instituciones son órganos constitu-cionales, que se desenvuelven con total independen-cia funcional; son designados por la legislatura y nopertenecen a un partido o gobierno determinado; lafacultad investigativa es también común a ambosórganos, caracterizándose los dos por ser parte de sufunción la de poder realizar observaciones a los actosadministrativos analizados, teniendo obligación dedarlos a conocer públicamente; en el caso puntual dela AGP la norma manda que se publiquen.

Y, por último, el símil más importante de todos,semejanza que no siempre es percibida en toda suenvergadura por los funcionarios y organismos sujetosa auditoría, control o investigación: tanto un órganocomo el otro no actúan contra la AdministraciónPública sino a su favor. Su función consiste en dar aconocer su opinión y sus recomendaciones que tendrán

por objetivo el mejoramiento de la administraciónpública y el afianzamiento del derecho de los adminis-trados. Esta concepción de que la labor de estos órga-nos no está dirigida contra nadie sino encaminada amejorar lo existente no siempre es valorado, compren-dido o reconocido en grado suficiente ni por los mediosde comunicación ni por los funcionarios auditados.

Se llega así al punto omega de esta cuestión: alcarecer de jurisdicción, de poderes sancionatoriossobre los funcionarios o revocatorios sobre los actos,sólo le queda la fuerza de la palabra, de la opinión.Son sus informes las únicas herramientas con quecuenta; estas opiniones serán de peso, valoradas porla comunidad y podrán adquirir toda la dimensiónsocial de una sentencia judicial condenatoria o pose-er la fuerza disuasoria, para influir sobre el procedi-miento ineficiente o sobre el funcionario incorrectosiempre que la comunidad respete tal opiniónimparcial, técnica e independiente. Es un real ejer-cicio de autoridad –no de poder, que no lo tiene–por parte de órganos que deben poseer suficienteprestigio –no fama– y para los cuales su dimensiónética, profesional, técnica y moral es la única fuerzaque puede utilizar.

Se está, en consecuencia, ante una verdadera magis-tratura de opinión y el prestigio validará esa influenciasobre los organismos y funcionarios y fundamentará elreconocimiento de la comunidad. Pero, como la mujerdel César, la imagen pública del Órgano de controlnecesariamente deberá ser cuidada y cultivada porqueno sólo basta con trabajar bien, trabajar mucho yhacerlo con total independencia. Es necesario que todala sociedad, incluidos los organismos estatales, conoz-can -y, por lo tanto, respeten- esa función tan delicada.

En síntesis: el peso de la opinión vertida en losinformes de auditoría es proporcional al prestigioque tenga en la opinión pública el Órgano de con-trol y ese prestigio es proporcional a la imagenpública que de él tenga la comunidad.V.- AUDITORÍA DE POLÍTICAS PÚBLICAS

La Auditoría General de la Provincia de Salta,por último, como parte de sus deberes y obligacio-

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nes que también hacen a su etapa de crecimiento,debe propender a la realización de un nuevo tipo deauditorías: las auditorías de políticas públicas; es elreverso pero a la vez el complemento técnico delcontrol informal que cotidianamente –a veces sintomar conciencia– realiza la opinión pública. A suvez importa modificar parámetros del plan de audi-toría, que tendrá una verticalidad temática, pun-tual, y una horizontalidad temporal que podrá exce-der al de la anualidad presupuestaria.

La sociedad civil y la democracia en proceso de con-solidación son dos datos de la realidad que no puedenser pasados por alto. La comunidad requiere informa-ción acerca de lo público y las auditorías, deben ser losoídos de esa demanda, sin que signifique ocupar espa-cios o roles que no le correspondan. No le será oponi-ble el principio que excluye de las materias justiciablesa la política administrativa –el cual se fundamenta enque el acierto, oportunidad o conveniencia de los actosde la administración, en el ejercicio de facultades quele son propias, resulta una actividad que excluye lainjerencia de los otros poderes– en la medida que elinforme de auditoría que evaluase una política públicadeterminada no es un acto jurisdiccional.

Esa opinión tiene dos objetivos concretos: informaral pueblo, destinatario último de los informes delorganismo, y aportar elementos válidos para el mejo-ramiento del nivel de eficacia de gestión y de respetoal marco jurídico por parte de los organismos públicos.

El concepto de políticas públicas todavía resulta unconcepto en evolución, existen múltiples definicionesy pueden incluso encontrarse contradicciones entrealgunas de ellas; no obstante pueden señalarse elemen-tos comunes a todas, destacándose aquél que subrayaque toda política pública moviliza recursos públicospara obtener resultados y que esa movilización la efec-túan los poderes públicos durante todas las fases delproceso, lo que justifica el control estatal.

Pero el nudo de la cuestión es que si se ha omiti-do o no se han previsto mecanismos para su evalua-ción y –eventualmente– cambios de orientación, larigidez atentará contra la eficacia de esa política enparticular y, tal vez, también la de las políticas con

las que se conecta. La actividad de control o deauditoría deberá entonces apuntar al análisis de losobjetivos establecidos, su relación con los resultadosalcanzados, tanto en los aspectos previstos como enlos no previstos, en plazos de tiempos que excedenel marco habitual de la anualidad.

Medido el grado en que se alcanzaron las finalidadesel informe de auditoría puede recomendar los cambiosque resulten necesarios, estableciéndose de ese modo sila política puesta en marcha ha servido o no, en su casocuánto, qué debe cambiarse, qué resulta incoherente,qué debe modificarse. En suma: un ángulo distintopara mirar la responsabilidad pública respecto de losrecursos también públicos que en ella se utilizaron ytomando extensiones temporales más extensas que lade un presupuesto. No es un dato menor que cualquie-ra sea la definición de política pública, incluye comouno de sus elementos a los recursos estatales (prove-nientes principalmente de los impuestos) lo cual legi-tima esta otra mirada de control, más extendida quizáen el tiempo y en las temáticas, dadas las interrelacio-nes que necesariamente muestran hoy las políticaspúblicas.

El tema queda planteado pero no cerrado. Su espíri-tu recuerda a la parábola evangélica de los talentos.Desde una perspectiva actual esa parábola puedeentenderse describiendo a la comunidad en la figuradel propietario, mientras la administración y sus fun-cionarios son los siervos que reciben los talentos. Y deella se concluye que no es bastante el servir a la socie-dad honestamente sino que, además, resulta imperati-vo hacerlo con eficacia y eficiencia, debiéndose gestio-nar los fondos públicos de una manera que los resulta-dos sean una mejor calidad de vida para todos.

Porque en esa parábola –Mateo 25, 14-30– aquien devuelve lo recibido, pero sin acrecentarlo, suseñor lo echa de sus posesiones llamándolo, indig-nado, “siervo inútil”.

Los temas propuestos que convergen en el puntode las auditorías de políticas públicas, no resultanser así el punto de llegada sino un punto de partidapara el progreso en el campo de las auditorías decontrol de gestión.