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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2012 TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS VOLUMEN 5/17

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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2012

TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS

VOLUMEN 5/17

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ÍNDICE

VOLUMEN 5/17

I.11. SECRETARÍA DE CULTURA 5

I.11.1. ANTECEDENTES 5

I.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA 13

I.11.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS” 13

Auditoría ASC/140/12

I.12. SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO 55

I.12.1. ANTECEDENTES 55

I.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA 61

I.12.2.1. CAPÍTULOS 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”

Y 3000 “SERVICIOS GENERALES” 61

Auditoría ASC/141/12

I.13. SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL 85

I.13.1. ANTECEDENTES 85

I.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA 93

I.13.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 93

Auditoría ASC/142/12

I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 143

I.14.1. ANTECEDENTES 143

I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA 149

I.14.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS” 149

Auditoría ASC/143/12

I.15. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD

PARA LAS COMUNIDADES 229

I.15.1. ANTECEDENTES 229

I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA 235

I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS” 235

Auditoría ASC/144/12

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I.16. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL 273

I.16.1. ANTECEDENTES 273

I.16.2. AUDITORÍA FINANCIERA 283

I.16.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 283

Auditoría ASC/145/12

I.17. PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA

DEL DISTRITO FEDERAL 335

I.17.1. ANTECEDENTES 335

I.17.2. AUDITORÍA FINANCIERA 343

I.17.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 343

Auditoría ASC/146/12

I.18. CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL 435

I.18.1. ANTECEDENTES 435

I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA 447

I.18.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 447

Auditoría ASC/147/12

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5 VOLUMEN 5/17

I.11. SECRETARÍA DE CULTURA

I.11.1. ANTECEDENTES

El 31 de enero de 2002, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el decreto

por el que se adicionan los artículos 15 y 32 Bis y se reforma el artículo 28 de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, con el cual se abrogó la Ley del

Instituto de Cultura de la Ciudad de México y se creó la Secretaría de Cultura. Dicho

decreto entró en vigor el 1o. de mayo de 2002 y señaló en el artículo 15, Título Segundo,

Capítulo Primero, las dependencias que auxiliarán al Jefe de Gobierno en el ejercicio de

sus atribuciones; entre ellas la Secretaría de Cultura, a la cual corresponde diseñar y

normar las políticas, programas y acciones de investigación, formación, difusión, promoción y

preservación del arte y cultura en el Distrito Federal, así como impulsar, desarrollar, coordinar

y ejecutar todo tipo de actividades culturales que se encuentren dentro de sus facultades.

Mediante el oficio núm. OM/0875/2002 del 29 de mayo de 2002, la Oficialía Mayor

autorizó la estructura orgánica de la Secretaría de Cultura, conforme al dictamen

núm. 15/2002 vigente a partir del 22 de mayo de 2002.

Con el oficio núm. OM/702/2005 del 26 de julio de 2005, se autorizó la estructura orgánica

de la dependencia, conforme al dictamen núm. 16/2005 vigente a partir del 16 de julio de 2005.

De acuerdo con el oficio núm. SC/DA/0550 /2005 del 22 de junio del mismo año, la

estructura orgánica incluía 75 plazas.

El 26 de octubre de 2007, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el decreto

por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal para la Secretaría de Cultura.

El 7 de noviembre de 2007 se dictaminó favorablemente la reestructuración orgánica de la

Secretaría de Cultura, mediante el dictamen núm. 25/2007 emitido con el oficio

núm. OM/2142/2007. Así, la dependencia quedó formada por 69 plazas de estructura:

7 Coordinadores, 6 Directores, 16 Subdirectores, 17 Jefes de Unidad Departamental, 19 Líderes

Coordinadores de Proyectos y 1 Enlace. Esta reorganización permitió una mejor distribución

de las responsabilidades y líneas de mando, y entró en vigor el 1o. de noviembre de 2007.

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Con fecha 1o. de diciembre de 2008 entró en vigor el dictamen núm. 20/2008, por el cual

se dictaminó favorablemente la estructura orgánica de la Secretaría de Cultura, que fue

comunicado mediante el oficio núm. OM/2445/2008 del 12 de diciembre de 2008. Dicha

estructura considera 69 plazas: 1 Secretario de Cultura, 1 Asesor, 1 Secretario Particular,

6 Coordinadores, 8 Directores, 15 Subdirectores, 17 Jefes de Unidad Departamental

y 20 Líderes Coordinadores de Proyectos.

Asimismo, con el oficio núm. CG/634/2009 del 18 de noviembre de 2009, en alcance al

dictamen núm. 20/2008 comunicado con el oficio núm. OM/2445/2008 del 12 de diciembre

de 2008, se realizaron movimientos con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2009, creando

la Dirección General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, la Dirección

de Promoción y Locaciones, y la Dirección de Permisos y Vinculación Interinstitucional.

Mediante el oficio núm. CG/0389/2009 del 30 de junio de 2009, se informó del dictamen

núm. 9/2009 vigente a partir del 16 de junio de 2009, con el cual se autorizó la modificación

a la estructura orgánica de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría de

Cultura. En dicho dictamen, se consideró a la Dirección Ejecutiva de Administración con

dos Líderes Coordinadores de Proyectos y cinco Enlaces; la Dirección de Recursos

Humanos con dos Jefes de Unidad Departamental; la Dirección de Recursos Financieros

con tres Jefes de Unidad Departamental; la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales con cinco Jefes de Unidad Departamental; y la Subdirección de Enlace

Administrativo con dos Jefes de Unidad Departamental.

Las atribuciones de la dependencia quedaron señaladas en el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012. Dicho ordenamiento consigna

las atribuciones de la Secretaría de Cultura, como las de la Dirección de Administración, las

subdirecciones y demás unidades que la conforman.

Atribuciones

La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 29 de diciembre de 1998, que entró en vigor el 1o. de enero de 1999

y fue reformada el 20 de mayo del mismo año; el 31 de enero de 2002; el 4 de agosto de 2004;

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el 15 de junio de 2005; el 19 de mayo y el 11 de agosto de 2006; el 6 de febrero, el

30 de abril y el 14 de noviembre de 2007; el 24 de enero, el 2 y 21 de octubre, 10 de noviembre

y el 5 y 10 de diciembre de 2008; el 26 de enero, el 17 de febrero y el 1o. de julio de 2009;

el 20 y 27 de diciembre de 2010; el 16 de agosto y el 14 de noviembre de 2011, así como el

26 de enero, 9, 15 y 30 de mayo, y 6 de julio de 2012, establece en su artículo 32 Bis las

siguientes atribuciones de la Secretaría de Cultura:

“Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Cultura le corresponde diseñar y normar las políticas,

programas y acciones de investigación, formación, difusión, promoción y preservación del

arte y cultura en el Distrito Federal, así como impulsar, desarrollar, coordinar y ejecutar

todo tipo de actividades culturales. Las actividades de la Secretaría estarán orientadas

a enriquecer la calidad de las manifestaciones culturales con base en los principios

democráticos de igualdad, libertad, tolerancia y pluralidad. Lo anterior en el marco del

respeto a la diversidad e identidad culturales, el derecho al desarrollo de la propia cultura,

la conservación de las tradiciones y la participación social.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Apoyar a la formación y el desarrollo cultural de los habitantes de la Ciudad de México,

sin distinción alguna;

”II. Fomentar, propiciar y apoyar la creación artística en todos sus géneros;

”III. Promover y difundir entre la población del Distrito Federal la cultura local, nacional

e internacional en sus expresiones artísticas, científicas y tecnológicas;

”IV. Conservar, administrar y acrecentar los bienes, históricos, arqueológicos y artísticos

ubicados en la Ciudad de México, a excepción de los que sean competencia de la

Federación, en los términos de las leyes relativas;

”V. Formular y coordinar la ejecución de programas de formación cultural no formal;

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”VI. Estimular la educación artística, a través de los talleres de iniciación, escritura,

lectura, artes plásticas, música, artes escénicas, cine, audio, video y multimedia para

niños, jóvenes y adultos;

”VII. Organizar cursos, concursos, festivales, y otras formas de participación para

enriquecer la vida cultural;

”VIII. Impulsar la participación de los habitantes de la ciudad en la elaboración, promoción

y divulgación de los proyectos culturales a cargo de la administración pública;

”IX. Operar un sistema de información y comunicación a fin de promover de manera

oportuna al público en general la oferta y demanda culturales en la Ciudad de México;

”X. Apoyar la creación, la difusión editorial y el hábito de la cultura entre los habitantes

del Distrito Federal;

”XI. Establecer las políticas y lineamientos para la creación, uso y aprovechamiento de

los centros y espacios culturales, tanto de la administración centralizada, como

de los que se encuentran asignados a los órganos político administrativos y coordinar

con ellos, las actividades de su competencia;

”XII. Promover el conocimiento de la historia, la geografía y el patrimonio cultural urbano

y rural de la Ciudad de México;

”XIII. Procurar y concertar los instrumentos jurídicos necesarios que permitan desarrollar

la cooperación cultural con todo tipo de organismos o instituciones tanto públicas

como privadas, nacionales o extranjeras;

”XIV. Apoyar las actividades de investigación, reflexión y discusión relativas a la cultura;

”XV. Promover la creación y ampliación de diversas opciones de organización,

administración y de financiamiento, que permitan impulsar y fortalecer las actividades

culturales;

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”XVI. Impulsar la actividad cultural que se desarrolla en las unidades territoriales,

pueblos, barrios, colonias y unidades habitacionales en coordinación con los

órganos político administrativos;

”XVII. Procurar el equilibrio geográfico y social de la oferta de servicios y bienes

culturales que se generan en la Ciudad de México;

”XVIII. Otorgar reconocimientos y estímulos al mérito de los creadores artísticos,

investigadores, intérpretes o promotores culturales, mediante evaluaciones sustentadas

en los principios de objetividad, imparcialidad y equidad;

”XIX. Desarrollar la formación y capacitación de investigadores y promotores culturales;

”XX. Apoyar, preservar y difundir el arte, las artesanías, las expresiones de cultura popular,

las festividades y tradiciones de las comunidades establecidas en el Distrito Federal;

”XXI. Establecer los instrumentos y procedimientos necesarios, a fin de brindar apoyo

y facilitar las gestiones de los creadores y productores que, por la magnitud y

trascendencia de sus proyectos o actividades, así lo requieran ante la autoridad

correspondiente;

”XXII. Concertar y desarrollar de manera conjunta con otras instituciones y dependencias

del sector público, programas cívicos y protocolarios que permitan fortalecer los

valores nacionales y las conductas patrióticas y democráticas;

”XXIII. Fijar los lineamientos de operación del Archivo Histórico de la Ciudad, del Consejo

de la Crónica de la Ciudad de México;

”XXIV. Administrar y programar las actividades de los museos, las agrupaciones

musicales, los teatros que le sean adscritos; la Orquesta Filarmónica de la Ciudad

de México, las escuelas de música y danza y las demás que le sean asignadas; y

”XXV. Las demás que le confieran las leyes y otros ordenamientos jurídicos aplicables.”

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Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Cultura

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 458,411.3 100.0 433,168.9 100.0 25,242.4 5.8

Corriente 458,411.3 100.0 433,168.9 100.0 25,242.4 5.8

Presupuesto ejercido

Gasto total 620,812.4 100.0 621,262.1 100.0 (449.7) (0.1)

Corriente 595,480.0 95.9 614,604.2 98.9 (19,124.2) (3.1)

De capital 25,332.4 4.1 6,657.9 1.1 18,674.5 280.5

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Análitico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 458,411.3 620,812.4 162,401.1 35.4

Corriente 458,411.3 595,480.0 137,068.7 29.9

De capital 0.0 25,332.4 25,332.4 n.a.

2011

Gasto total 433,168.9 621,262.1 188,093.2 43.4

Corriente 433,168.9 614,604.2 181,435.3 41.9

De capital 0.0 6,657.9 6,657.9 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Análitico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

En 2012, la Secretaría de Cultura tuvo una asignación de 458,411.3 miles de pesos, que

representó el 0.5% del presupuesto asignado a la Administración Central del Sector

Gobierno del Distrito Federal (97,134,027.0 miles de pesos), y erogó 620,812.4 miles

de pesos, que representaron el 0.6% del monto ejercido por dicha administración

(109,556,324.0 miles de pesos).

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Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 458,411.3 100.0 620,812.4 100.0 162,401.1 35.4

Corriente 458,411.3 100.0 595,480.0 95.9 137,068.7 29.9

“Servicios Personales” 190,805.5 41.6 237,126.1 38.2 46,320.6 24.3

“Materiales y Suministros” 12,995.5 2.9 15,293.2 2.4 2,297.7 17.7

“Servicios Generales” 208,185.3 45.4 207,304.6 33.4 (880.7) (0.4)

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 46,425.0 10.1 135,756.1 21.9 89,331.1 192.4

De capital 0.0 0.0 25,332.4 4.1 25,332.4 n.a.

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 0.0 25,332.4 4.1 25,332.4 n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

Principales Resultados

De las tres vertientes de gasto en que participó la Secretaría de Cultura durante 2012, las

principales, por su importe ejercido, fueron la 04 “Control y Evaluación de la Gestión

Gubernamental” y la 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, pertenecientes a los Ejes

Estratégicos “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes” e “Intenso

Movimiento Cultural”, respectivamente.

En la vertiente de gasto 04 “Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental”, los

recursos se ejercieron en la función 08 “Otros Servicios Generales”, por medio de la cual

se realizó el pago de servicios personales a los servidores públicos adscritos a la

dependencia que tuvieron a su cargo las acciones sustantivas y operativas de la misma;

se adquirieron bienes y servicios requeridos por la dependencia para la ejecución de sus

actividades operativas y administrativas, así como para utilizarse en los diferentes recintos

culturales en los que se llevaron a cabo actividades artísticas, educativas y culturales,

cursos y talleres, exposiciones y actos cívicos; se continuó otorgando apoyos económicos

a organizaciones civiles sin fines de lucro, que se otorgan año con año para su operación,

y con los cuales promueven actividades artísticas y culturales en beneficio de los habitantes

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de la Ciudad de México; y se llevaron a cabo adquisiciones consolidadas y de uso

generalizado de bienes y servicios destinados para acciones sociales y el funcionamiento

de las áreas operativas que integran la dependencia.

En la vertiente de gasto 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, destaca la función

04 “Recreación, Cultura y Otras Manifestaciones Sociales”, por medio de la cual, entre

otras acciones, se operaron cuatro Fábricas de Arte y Oficios (Faros) ubicados en las

Delegaciones Iztapalapa, Tláhuac, Milpa Alta y Gustavo A. Madero, los cuales son

espacios de innovación e intercambio cultural, públicos y gratuitos que favorecen la

prevención, inclusión e inserción social para el pleno ejercicio de los derechos culturales y

la libre expresión de la diversidad cultural; además, constituyen un modelo de intervención

pública y comunitaria con servicios culturales (artes urbanas, escénicas, literarias, plásticas

e interdisciplinarias para todo público, con especial énfasis en los jóvenes), educativos

(talleres libres en artes y oficios artesanales) y comunitarios (con entidades públicas y la

sociedad civil organizada). Asimismo, se suscribieron convenios de colaboración y

coproducciones escénicas nacionales e internacionales con el Consejo Nacional para la

Cultura y las Artes, el Instituto Nacional de Bellas Artes, la Universidad Nacional

Autónoma de México, la Universidad Autónoma Metropolitana y el Instituto Politécnico

Nacional, y se celebraron convenios para diversos festivales internacionales, con objeto

de realizar puestas en escena y estrechar el conocimiento entre la comunidad artística y

el público en general; se creó la Plataforma Internacional de Intercambio Artístico Cultural

entre la Ciudad de México y un país invitado por cada edición de la Muestra de las Artes

Escénicas de la Ciudad de México, para propiciar el diálogo entre los creadores escénicos,

promotores, productores y programadores de teatros, así como festividades de ambos

países, a fin de crear el gusto por las artes escénicas en los habitantes de la Ciudad de

México; se realizaron foros de negocios con programadores y productores, conferencias y

talleres; y se apoyó económicamente a los grupos participantes en la Muestra de las Artes

Escénicas de la Ciudad de México, para que la entrada a todos los eventos fuera gratuita.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Secretaría de Cultura.

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13 VOLUMEN 5/17

I.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.11.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría ASC/140/12

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”,

la Secretaría de Cultura (SECULT), en relación con el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, informó lo siguiente:

“A) Situación: Se efectuaron ampliaciones líquidas al presupuesto de la Secretaría de Cultura

para llevar a cabo la ejecución de los proyectos apoyados por el Consejo Nacional para

la Cultura y las Artes (CONACULTA) y la Secretaría de Educación Pública durante el

ejercicio 2012. De igual manera se ampliaron recursos de manera compensada provenientes

de otros capítulos de gasto para el registro de los ingresos de aplicación automática.

”Causas de la Situación: Los recursos mencionados no estaban considerados en el Programa

Operativo Anual 2012 de esta Secretaría y para el último caso los recursos estaban

considerados en otras partidas.”

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría de

Cultura en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se haya

registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propone de conformidad con los siguientes criterios generales de selección

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente.

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14 VOLUMEN 5/17

“Importancia Relativa”. Se consideró este capítulo porque involucra recursos considerables

porque su presupuesto ejercido en 2012 (135,756.1 miles de pesos) fue 192.4% mayor

(89,331.1 miles de pesos) respecto a la asignación original (46,425.0 miles de pesos),

y resultó 26.7% menor (49,547.1 miles de pesos) respecto del presupuesto ejercido en 2011

(185,303.2 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. El capítulo citado se seleccionó por estar propenso a errores,

desperdicios, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se ha

observado en auditorías de ejercicios anteriores realizadas a otros sujetos fiscalizados.

Con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e),

en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1o.; 2o.,

fracciones I, II, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX y XIX; 9o.; 10, incisos a) ; e); 14, fracciones I, VIII,

XVII y XXIII; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36, primer párrafo, de la Ley Orgánica

de esta Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o.; 2o.; fracción XIII, inciso a); y 6o., fracciones IV y V, de su Reglamento Interior, se

determinó incluir a la SECULT para practicar una auditoría al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó con base en los trabajos

llevados a cabo en la fase de planeación de la auditoría, según se señala en el recuadro núm. 2

“Determinación de las Muestras” del reporte de planeación que se presentó de conformidad

con el Manual del Proceso General de Fiscalización.

De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio y evaluación del

sistema de control interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT, en

específico, en las siguientes áreas: la Dirección de Recursos Financieros, responsable de aplicar

las políticas, normas y procedimientos establecidos por la Secretaría de Finanzas (SEFIN)

en coordinación con las áreas internas de la SECULT, para llevar a cabo la administración

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15 VOLUMEN 5/17

de los recursos financieros que la SECULT tiene asignados, de acuerdo con los programas

autorizados; y la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, que se encarga

de supervisar la aplicación de los montos de actuación autorizados y de los procedimientos

normativos para la adquisición de bienes y servicios, así como autorizar los procedimientos para

formalizar los pedidos, contratos y demás documentación relacionada con la adquisición

de servicios.

Se analizó el manual administrativo de la SECULT vigente en 2012, publicado el 23 de junio

de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para verificar que el apartado de organización

fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que, conjuntamente con los

procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuviera autorizado por la Coordinación General

de Modernización Administrativa (CGMA).

Además, se analizó el manual administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración (DEA)

en la SECULT, el cual fue publicado el 8 de marzo de 2010 en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal.

Se aplicaron cuestionarios de control interno a la Dirección Académica del Centro Cultural Ollin

Yoliztli, a la Dirección de Recursos Financieros y a la Coordinación de Patrimonio Histórico,

Artístico y Cultural, todas adscritas a la SECULT.

Se analizaron la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Reglamento

Interior, la estructura orgánica y el manual administrativo de la SECULT vigentes en 2012,

a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relacionados con las erogaciones

efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”; y se verificó que la estructura orgánica y el manual administrativo hubieran sido

autorizados y registrados por la CGMA.

Se analizaron 28 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se verificaron las causas por las cuales se modificó el presupuesto y se constató que

contaran con la documentación soporte y que hubieran sido autorizadas por las personas

facultadas para ello.

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16 VOLUMEN 5/17

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal;

integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión; e identificar

y analizar los tipos de afectaciones y movimiento que modificaron el presupuesto original

del rubro revisado.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos

correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la

normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Se verificó que los recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” registrados por la SECULT, correspondieran a los reportados en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012.

2. Se verificó que las ayudas contaran con la autorización del titular de la SECULT.

3. Se constató que se hubiesen cumplido las cláusulas de los contratos y convenios

celebrados respecto de las ayudas otorgadas.

4. Se verificó que los beneficiarios hubiesen entregado comprobantes de las ayudas

recibidas a nombre del GDF/Secretaría de Cultura.

5. Se verificó que las ayudas y becas se hubieran otorgado de conformidad con

la normatividad aplicable.

6. Se verificó que la SECULT hubiera conservado la documentación original justiticativa

y comprobatoria de las ayudas otorgadas, y que los recursos ejercidos hubieran sido

registrados en las partidas correspondientes a la naturaleza del gasto.

7. Se constató que el pasivo se hubiese reportado a la SEFIN de acuerdo con la normatividad

aplicable.

En cuanto a los procedimientos analíticos, éstos consistieron en integrar, por partidas y capítulo

de gasto, el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el sujeto de fiscalización

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17 VOLUMEN 5/17

a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012; examinar los registros presupuestarios y el importe contabilizado por la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; comprobar que se contara con evidencia de las

ayudas otorgadas; y verificar que los expedientes se hubiesen integrado con la documentación

requerida en las convocatorias, convenios de colaboración y contrato de donación onerosa.

Se seleccionaron como muestra las cuatro partidas de gasto que integraron el presupuesto

ejercido por la SECULT en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” en 2012: 4411 “Premios”, 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 4421 “Becas

y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” y la 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones

sin Fines de Lucro”. La muestra ascendió a 135,756.1 miles de pesos, ejercidos por medio

de 214 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC).

Dichos montos se integraron con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización.

A continuación se describen, por partida, las actividades realizadas:

4411 “Premios”

El presupuesto ejercido por la SECULT en esta partida ascendió a 2,776.4 miles de pesos,

el cual representa el 2.0% del ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”. Al respecto, se revisaron seis CLC, por un monto de 972.2 miles

de pesos, que corresponden al 35.0% de los recursos ejercidos en dicho partida.

Se constató que las seis CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria por el otorgamiento de premios.

Se revisaron tres convocatorias, una del Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario

de la Ciudad de México, relativa al Segundo Concurso de Círculos Culturales; una del Premio

del “Taller Coreográfico Escuela de Danza”; y una del Premio Iberoamericano de Novela

Elena Poniatowska de la Ciudad de México.

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18 VOLUMEN 5/17

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

El presupuesto ejercido por la SECULT en esta partida ascendió a 1,550.1 miles de pesos,

el cual representa el 1.1% del ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”. Al respecto, se revisaron 10 CLC, por un monto de 513.2 miles

de pesos, que corresponden al 33.1% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se constató que las 10 CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria por el otorgamiento de ayudas.

Se revisaron las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales

y Comunitarias (PACMYC) 2011 y 2012, y la “Cédula de Evaluación otras Ayudas Sociales

a Personas”, en relación con la contratación de tres músicos irlandeses, y se verificó su

cumplimiento.

4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

El presupuesto ejercido por la SECULT en esta partida ascendió a 1,200.0 miles de pesos,

el 0.9% del total ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”. Al respecto, se revisaron 20 CLC, por un monto de 400.0 miles de pesos, que

corresponden al 33.3% de los recursos ejercidos en dicha partida.

Se constató que las 20 CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria por el otorgamiento de becas.

Se revisó la convocatoria para audicionar, aceptar y ratificar a 60 integrantes de las diversas

secciones de la Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli, y se verificó su cumplimiento.

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

El presupuesto ejercido por la SECULT en esta partida ascendió a 130,229.6 miles de pesos,

el 96.0% del total ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”. Al respecto, se revisaron ocho CLC, por un monto de 94,930.0 miles de pesos,

que corresponden al 72.9% de los recursos ejercidos en esta partida.

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19 VOLUMEN 5/17

Se constató que las ocho CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria por el otorgamiento de ayudas a instituciones sin fines de lucro.

Se revisaron siete expedientes que correspondieron a seis convenios de colaboración y un

contrato de donación onerosa por las ayudas otorgadas a instituciones sin fines de lucro,

y se verificó que contaran con los requisitos establecidos en dichos convenios y el contrato.

Se llevó a cabo verificación física en la casa Rivas Mercado para constatar la aplicación

de las ayudas de conformidad a los convenios y contratos celebrados por la SECULT.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

por la SECULT con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se realizó lo siguiente:

1. Se integró por partida el presupuesto ejercido en el capítulo, y se determinó revisar las

cuatro partidas que integraron el presupuesto total ejercido en el capítulo, que ascendió

a 135,756.1 miles pesos.

2. Las CLC por revisar de las cuatro partidas se determinaron de la siguiente manera:

a) Partida 4411 “Premios”. Las CLC se agruparon por beneficiario y se seleccionaron

aquellos cuyos montos fueron mayores o iguales al 2.5% respecto al presupuesto

ejercido en la partida. Se determinó una muestra de seis CLC, por un monto de

972.2 miles de pesos.

b) Partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. Las CLC se agruparon por

peso específico y se seleccionaron aquellas cuyos montos fueron mayores o iguales

al 3.2% respecto al ejercido en la partida. Se determinó una muestra por revisar

de 10 CLC, por un monto de 513.2 miles de pesos.

c) Partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”. Las CLC

se ordenaron consecutivamente y se seleccionó una muestra de 20 CLC, que

representan el 33.3% del total ejercido en la partida. La muestra de las CLC

seleccionadas fue por un monto de 400.0 miles de pesos.

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20 VOLUMEN 5/17

d) Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”. Las CLC se

agruparon por beneficiario y se seleccionaron aquellas cuyos montos fueron mayores

o iguales al 6.6% respecto al ejercido en la partida. Se determinó una muestra por

revisar de ocho CLC, por un monto de 94,930.0 miles de pesos

Lo anterior se integró como se señala en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Universo Muestra

CLC Importe % CLC Importe %

4411 “Premios” 47 2,776.4 2.0 6 972.2 0.7

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 42 1,550.1 1.1 10 513.2 0.4

4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” 60 1,200.0 0.9 20 400.0 0.3

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 65 130,229.6 96.0 8 94,930.0 69.9

Total 214 135,756.1 100.0 44 96,815.4 71.3

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del sistema de control interno y con la finalidad de tener una base

sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría,

se analizó el Manual Administrativo de Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT

vigente en 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de marzo de 2010,

con el fin de identificar su estructura orgánica, el objetivo, las funciones y atribuciones de las

unidades administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

Asimismo, se revisó el manual de procedimientos del sujeto fiscalizado para verificar que

en la operación de las erogaciones con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” se hubiesen aplicado los procedimientos correspondientes.

Al respecto, se observó lo siguiente:

Estructura Orgánica

Con el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009, la Contraloría General del

Distrito Federal (CGDF) autorizó a la SECULT el dictamen de estructura orgánica núm.

9/2009 vigente a partir del 16 de junio de 2009.

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21 VOLUMEN 5/17

Manual Administrativo

En 2012, la SECULT contó con el manual administrativo, en su apartado de organización,

autorizado por la CGMA con el oficio núm. CGMA/DEDDEO/1253/09 del 10 de noviembre

de 2009, y registrado ante ésta. Dicho manual se publicó el 8 de marzo de 2010 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal y define los objetivos, funciones, atribuciones y responsabilidades

de los servidores públicos que integran la Dirección Ejecutiva de Administración en la SECULT.

En 2012, la SECULT contó con cinco procedimientos incluidos en su manual administrativo,

con registro núm. MA-02019-9/9, elaborados conforme al dictamen de estructura orgánica

núm. 09/09, aplicables al rubro sujeto a revisión.

Una vez recopilada y analizada la información de las áreas y operaciones sujetas a revisión,

se concluye que, el contar con manuales administrativos autorizados, permitió de manera

general a la SECULT controlar el riesgo en las operaciones relacionadas con las erogaciones

correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Con excepción de las deficiencias de control detectadas, las cuales se especifican en

el apartado de resultados del presente informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Secretaría de Cultura

Con el oficio núm. OM/2445/2008 del 12 de diciembre de 2008, la Oficialía Mayor (OM) autorizó

a la SECULT el dictamen de estructura orgánica núm. 20/2008, vigente a partir del 1o. de

diciembre de 2008. Asimismo, con el oficio núm. CG/634/2009 del 18 de diciembre de 2009,

la CGDF autorizó a la SECULT, en alcance al dictamen de estructura orgánica núm. 20/2008,

con vigencia a partir del 16 de diciembre de 2009, la creación de la Dirección de Promoción

y Locaciones, la de Permisos y Vinculación Interinstitucional y la Dirección General de la

Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Dicho dictamen estuvo vigente hasta

el 15 de noviembre de 2012.

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22 VOLUMEN 5/17

Posteriormente, con el oficio núm. CG/530/2012 de fecha 20 de noviembre de 2012,

se modificó el dictamen núm. 20/2008, y se generaron los siguientes movimientos en

la SECULT: se cambió de nomenclatura una Coordinación y otra se canceló, en la Oficina

de la Secretaria de Cultura se canceló una subdirección y se creó otra, en la Coordinación

Interinstitucional se cambió de nomenclatura una Subdirección y se creó un Líder Coordinador

de Proyectos “C”, en la Coordinación de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural se creó una

subdirección, en la Coordinación de Programación Artística se cambiaron de adscripción

cuatro Coordinaciones y dos Subdirecciones, en la Coordinación de Circuito de Festivales

se cambió de adscripción una Subdirección. Todos los movimientos correspondieron a costos

compensados con vigencia a partir del 16 de noviembre de 2012.

Manual Administrativo

El Manual Administrativo de la Secretaría de Cultura, en su apartado de organización,

vigente a partir del 16 de diciembre de 2009, conforme al dictamen núm. 20/2008, fue enviado

a la CGMA para su registro con el oficio núm. SC/DEA/126/2011 del 25 de febrero de 2011;

y, con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2309/2011 del 18 de abril de 2011, la CGMA de la CGDF

comunicó a la SECULT el número de registro MA-31000-20/2008, el cual fue publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de junio de 2011.

Con el oficio núm. SC/DEA/016/2013 de fecha 4 de enero de 2013, la DEA envió a la CGMA

el manual Administrativo vigente a partir del 16 de noviembre de 2012, en alcance al Dictamen

núm. 20/2008, dicho manual fue registrado como MA-106-20/08 por la CGMA.

El manual cuenta con los antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, objetivo,

funciones por área y organigrama, y se ajusta a su estructura orgánica autorizada con

el dictamen núm. 20/2008, vigente a partir del 16 de noviembre de 2012.

Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección Ejecutiva de

Administración en la SECULT proporcionó un listado de tres procedimientos relacionados

con las actividades respecto del rubro sujeto a revisión, los cuales se encuentran incorporados

a su manual administrativo con registro núm. 20/2008. El apartado referido se publicó en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de junio de 2011.

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23 VOLUMEN 5/17

La SECULT proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, de los manuales

administrativos (apartado de organización y procedimientos) vigentes en 2012.

Dirección Ejecutiva de Administración

Con el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009, la CGDF autorizó a la OM el dictamen

de estructura orgánica núm. 9/2009, vigente a partir del 16 de junio de 2009 y durante 2012,

el cual incluye a la unidad administrativa encargada de la administración en la SECULT

(Dirección Ejecutiva de Administración). Dicho manual fue autorizado por la CGMA con el

oficio núm. CGMA/DDO/1253/09 del 10 de diciembre de 2009, y se integró a sus archivos

como Manual Administrativo de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría

de Cultura, con número de registro MA-12019-9/09.

Dicho manual cuenta con antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, estructura

orgánica, objetivo y funciones por área, y se ajusta a la estructura orgánica autorizada con

el dictamen núm. 9/2009.

Respecto a la revisión del apartado de procedimientos, se determinó que la Dirección Ejecutiva

de Administración, aplicó en 2012 cinco procedimientos para las operaciones realizadas

con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, que

son los siguientes: “Elaboración de Documentos Múltiples”, “Afectaciones Programático-

Presupuestarias”, “Elaboración de Cuentas por Liquidar Certificadas”, “Elaboración del

Programa Operativo Anual” y “Cierre Presupuestal”. Dichos procedimientos se encuentran

integrados en su manual administrativo con registro núm. MA-02019-9/9, elaborado conforme

a la estructura orgánica 09/09.

Se constató la difusión del manual administrativo, en su apartado de organización y de

procedimientos, efectuada por la Dirección Ejecutiva de Administración, mediante la publicación

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de marzo de 2010.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, los resultados de la evaluación del control interno mostraron

las siguientes fortalezas y debilidades:

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24 VOLUMEN 5/17

Fortalezas

1. La SECULT dispone de una estructura operativa actualizada y registrada ante

la Coordinación General de Modernización Administrativa.

2. La SECULT contó con los procedimientos necesarios para la generación de la información

presupuestal y contable.

3. Contó con las reglas de operación del PACMYC.

Debilidades

1. Se observó que la convocatoria de la Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli, mediante

la cual se invitó a las audiciones para aceptar y ratificar a 60 integrantes en las diversas

secciones (cuerdas, maderas, metales y percusiones), no establece el monto, los requisitos

y la temporalidad.

Por no establecer en la convocatoria el monto, los requisitos y la temporalidad, la SECULT

incumplió el artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

que indica:

“Los subsidios, donativos, apoyos y ayudas deberán sujetarse a criterios de solidaridad

social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad

y temporalidad.

”A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso

y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar en reglas

de operación, las cuales deberán:

”I. Identificar con claridad, transparencia y objetividad a la población objetivo, por grupo,

género y Delegación; […]

”III. Señalar los montos por beneficiario o el porcentaje del costo del proyecto o acción

a subsidiar o apoyar;

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25 VOLUMEN 5/17

”IV. Señalar con claridad los requisitos para el acceso a los beneficios del programa,

así como los procedimientos para su verificación deberán ser objetivos, transparentes,

no discrecionales y equitativos;

”V. Señalar la temporalidad, así como las circunstancias bajo las cuales se procederá

a la suspensión de los beneficios.”

La SECULT no contó con un procedimiento específico para el otorgamiento de becas

y otras ayudas para Programas de Capacitación.

Por lo anterior, se concluye que la SECULT contravino el artículo 16, inciso e), “Manuales

de Organización y Procedimientos”, Primer Lineamiento, “Ambiente de Control”, de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012,

que establece: “Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública

del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de organización y procedimientos estén

elaborados conforme a la estructura organizacional y a las atribuciones y responsabilidades

establecidas en las leyes y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose

las actividades y procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información

que se genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento

de los servidores públicos”.

En razón de lo expuesto, se considera que el control interno establecido para la gestión de los

recursos ejercidos por la SECULT con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” fue satisfactorio, ya que existen estrategias y mecanismos de

control sobre el comportamiento de las actividades que garantizan, de manera razonable,

el cumplimiento de los objetivos, la transparencia en su operación y la observancia de

la normativa.

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

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26 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-140-12-01-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que, en las convocatorias que celebre, se señalen

los requisitos, montos y la temporalidad en relación con las ayudas, de conformidad con

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-140-12-02-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que se cuente con un procedimiento específico

para el otorgamiento de becas y otras ayudas, de conformidad con los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

2. Resultado

Se verificó el cumplimiento de las normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización

Contable (CONAC). Al respecto, La Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN, proporcionó copia del oficio núm. DC/123/2013

de la misma fecha y nota informativa firmada por la Dirección de Contabilidad, con la que

se informó: “De conformidad al artículo 46 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

sí se está emitiendo información contable y presupuestal; sin embargo, es importante

destacar que conforme al acuerdo 1 aprobado el 3 de mayo de 2013, en la segunda reunión

del Consejo Nacional de Armonización Contable, acordaron que el cumplimiento de esta

obligación será a más tardar el 30 de junio de 2014”.

Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación en

cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de Contabilidad

informó que, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF)

ha publicado las 32 normas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como se muestra

a continuación:

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27 VOLUMEN 5/17

Norma Fecha

de publicación

Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09

Clasificador por Rubros de Ingresos 25/I//10

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos 25/I/10

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

25/I/10

Plan de Cuentas 25/I/10

Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales

25/I/10

Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10

Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10

Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10

Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10

Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) 31/XII/10

Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que deberá orientarse el Desarrollo del Análisis de los Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que, en la Materia, establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración a la Cuenta Pública

31/XII/10

Clasificador Funcional del Gasto 31/XII/10

Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y Metodología de Registro de los Libros de Diario Mayor e Inventarios y Balances

22/VII/11

Clasificación Administrativa 22/VII/11

Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que Permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

28/XII/11

Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con Menos de Veinticinco Mil Habitantes

28/XII/11

Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos

28/XII/11

Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio 28/XII/11

Lineamientos para el Registro Auxiliar Sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos bajo Custodia de los Entes Públicos

11/X/12

Parámetros de Estimación de Vida Útil 11/X/12

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

11/X/12

Clasificador por Fuentes de Financiamiento 15/I/13

Plan de Cuentas que formará Parte del Manual de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con menos de 25 Mil Habitantes

15/I/13

Mejoras a los Documentos Aprobados por el CONAC 15/I/13

Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos para registrar en las Cuentas de Activo los Fideicomisos sin Estructura Orgánica y Contratos Análogos, incluyendo Mandatos

15/I/13

Términos y Condiciones para la Distribución del Fondo Previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, para el Otorgamiento de Subsidios a las Entidades Federativas y a los Municipios para la Capacitación y Profesionalización, así como para la Modernización de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

23/IV/13

Metodología que permita hacer comparables las Cifras Presupuestales de los Últimos Seis Ejercicios Fiscales del Ámbito Federal

Pendiente de publicar

Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño Mediante la Metodología de Marco Lógico

27/V/13

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28 VOLUMEN 5/17

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN ha realizado acciones encaminadas al cumplimiento

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos publicados

por el CONAC. Respecto a la información contable y presupuestal, se acordó que el

cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de conformidad con el acuerdo 1,

aprobado por el CONAC en la reunión del 3 de mayo de 2013, publicado en el Diario

Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013.

Al respecto, la Secretaría de Cultura informó que, de acuerdo con el artículo 124, primer

párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, la SECULT es una

Unidad Ejecutora de Gasto normada centralmente, no presenta información contable y se

apega a la normatividad establecida por la Secretaría de Finanzas (Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal y el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal),

a fin de cumplir con la armonización contable.

Derivado de lo anterior, se determinó que la SECULT realiza acciones para cumplir la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, emitida por el Consejo Nacional de Armonización

Contable (CONAC).

3. Resultado

Se constató que con el oficio núm. DEA/080/2012 de fecha 13 de febrero de 2012, la Dirección

Ejecutiva de Administración en la SECULT envió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS)

para su revisión y validación. En respuesta, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante

el oficio núm. SFDF/SE/1814/2012 del 23 de febrero de 2012, comunicó a la Dirección

Ejecutiva de Administración lo siguiente: “La validación presupuestal del PAAAPS 2012 […] en

virtud de que se apega a los importes autorizados […] del Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal, para el presente ejercicio fiscal”.

Con el oficio núm. DEA/112/2012 de fecha 27 febrero de 2012, la SECULT envió a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM la copia de la

versión definitiva del PAAAPS, acompañada del oficio de validación de la SEFIN, con sello

de recepción por parte de la DGRMSG de la OM del 29 de febrero de 2012.

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29 VOLUMEN 5/17

Por lo anterior, se concluye que la SECULT envió la versión definitiva del PAAAPS

acompañada del oficio de validación de la SEFIN con desfase de 29 días, por lo que incumplió

el apartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”,

numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) vigente del 20 de mayo de 2011 al 8 de agosto de 2012,

y vigente a partir del 9 de agosto de 2012, que establece lo siguiente:

“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SEFIN,

se deberá enviar mediante oficio, copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio

presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde, que

emita la SEFIN.”

Adicionalmente, la SECULT proporcionó los informes trimestrales del seguimiento de las

adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el ejercicio

de 2012. En el análisis se constató lo siguiente:

Trimestre

Oficio de envío a la DGRMSG de la OM Fecha en que se

debió enviar

Días de desfase Número Fecha Fecha

de recepción

1o. DEA/270/2012 24/IV/12 25/IV/12 10/IV/12 15

2o. DEA/605/2012 23/VII/12 23/VII/12 10/VII/12 13

3o. DEA/980/2012 26/X/12 26/X/12 15/X/12 11

4o. DEA/809/2013 28/X/13 30/X/13 15/I/13 284

Los informes fueron enviados a la DGRMSG de la OM con desfases de 11 hasta 284 días,

por lo que la DEA en la SECULT incumplió el numeral 4.2.1, quinto párrafo, del apartado

4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

vigente del 20 de mayo de 2011 al 8 de agosto de 2012, y vigente a partir del 9 de agosto

de 2012, que establece: “Las modificaciones de cada trimestre […] deberán capturarse en

el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros quince

días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta”.

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30 VOLUMEN 5/17

Se constató que el PAAAPS de 2012 fue publicado el 9 de marzo de ese año, es decir,

con 37 días de desfase, con lo cual se contravino el artículo 19, párrafo segundo, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, que señala: “Las dependencias

[…] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

Recomendación ASC-140-12-03-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que la versión definitiva del Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, acompañada del oficio de validación

emitido por la Secretaría de Finanzas, se remita a la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la Oficialía Mayor en el plazo establecido en la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente.

Recomendación ASC-140-12-04-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que las modificaciones de los informes trimestrales

del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios se capturen

en la página web, en el plazo establecido por la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales, de conformidad con la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), vigente.

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31 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-140-12-05-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios del ejercicio que corresponda se publique en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el plazo establecido, de conformidad con lo señalado

en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

vigente.

Gasto Registrado y Aprobado

4. Resultado

Con el oficio núm. SFDF/SE/0028/2012 de fecha 2 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó el techo presupuestal autorizado a la SECULT para el

ejercicio de 2012, por un monto de 458,411.3 miles de pesos, distribuidos de la siguiente

manera:

(Miles de pesos)

Concepto Gasto

corriente Monto

asignado

Gasto total 458,411.3 458,411.3

Servicios personales 190,805.5 190,805.5

Otros gastos 267,605.8 267,605.8

De los 458,411.3 miles de pesos, 442,844.2 miles de pesos correspondieron a recursos

fiscales y 15,567.1 miles de pesos a ingresos de aplicación automática, y se constató que

el presupuesto original asignado a la SECULT, no contempla gasto de inversión.

Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública de 2012 coincide con el techo presupuestal,

el Programa Operativo Anual, el Calendario Presupuestal y el Analítico de Claves autorizados

por la SEFIN en 2012.

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32 VOLUMEN 5/17

Gasto Modificado

5. Resultado

Para el ejercicio de 2012, la SECULT registró, en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, presupuesto modificado y ejercido de 135,756.1 miles de pesos,

21.9% del total de su presupuesto (620,812.4 miles de pesos), lo que significó una variación

de 192.4% (89,331.1 miles de pesos) en relación con el presupuesto original autorizado

para dicho capítulo (46,425.0 miles de pesos). En comparación con lo ejercido en 2011

(185,303.2 miles de pesos), el gasto de 2012 fue 26.7% menor (49,547.1 miles de pesos).

Se determinó revisar un monto de 96,815.4 miles de pesos, que representa el 71.3% del total

ejercido con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

(135,756.1 miles de pesos). Dicho importe se encontraba distribuido entre las partidas

4411 “Premios” (972.2 miles de pesos), 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” (513.2 miles

de pesos), 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” (400.0 miles de

pesos) y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” (94,930.0 miles de pesos).

En el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta

Pública de la Secretaría de Cultura correspondiente a 2012, en relación con el capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se informó lo siguiente:

“Situación: Se efectuaron ampliaciones líquidas al presupuesto [original] de la Secretaría

de Cultura para llevar a cabo la ejecución de los proyectos apoyados por el Consejo Nacional

para la Cultura y las Artes (CONACULTA) y la Secretaría de Educación Pública durante el

ejercicio 2012. De igual manera se ampliaron recursos de manera compensada provenientes

de otros capítulos de gasto para el registro de los ingresos de aplicación automática.

Causas de la Situación: Los recursos mencionados no estaban considerados en el Programa

Operativo anual 2012 de esta Secretaría y para el último caso los recursos estaban

considerados en otras partidas […] Acciones, proyectos o programas públicos que se

adicionaron o que dejaron de realizar (cuantificar) ‘Proyectos Culturales 2012 (7ª Muestra

de Artes Escénicas de la Ciudad de México, Premio de Novela Elena Poniatowska)’,

‘Música Viva en Plazas’ y ‘Sistemas de Acreditación por Competencias’ (aportación para

restauración de la Casa Rivas Mercado).”

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33 VOLUMEN 5/17

En la revisión a las afectaciones presupuestarias, se determinó lo siguiente:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 46,425.0

Más:

Adiciones

Compensadas (8) 11,501.0

Líquidas (9) 92,732.7

Ampliaciones

Compensadas (12) 45,257.5

Líquidas (1) 318.9

Subtotal 149,810.1

Menos:

Reducciones

Compensadas (16) 59,750.2

Líquidas (4) 728.8

Subtotal 60,479.0 89,331.1

Presupuesto modificado 135,756.1

Presupuesto ejercido 135,756.1

Diferencia 0.0

En el análisis de las afectaciones presupuestarias, se determinó que las principales causas

por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” fueron las siguientes:

1. Las adiciones compensadas por un monto de 11,501 miles de pesos, se efectuaron con

el propósito de que la SECULT, atendiera requerimientos adicionales a su presupuesto,

con objeto de apoyar los programas de cultura y entretenimiento; la partida que se afectó

fue la 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”.

2. Las adiciones líquidas, por un monto de 92,732.7 miles de pesos, se generaron

principalmente en la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”,

derivado de la celebración del convenio de apoyo financiero sin número con la Secretaría

de Educación Pública del Ejecutivo Federal. Dichos recursos se destinaron al Sistema de

Acreditación por Competencias, para impulsar la práctica musical de niños, jóvenes

y adultos asistentes al Conjunto Rivas Mercado, en la Delegación Cuauhtémoc.

3. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 45,257.5 miles de pesos, se realizaron

dentro de las partidas 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” y 4451 “Ayudas Sociales

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34 VOLUMEN 5/17

a Instituciones sin Fines de Lucro”, las cuales se utilizaron para el pago de compromisos

programados, pero que hasta ese momento no se encontraban comprometidos.

4. Las ampliaciones líquidas, por un monto de 318.9 miles de pesos, se efectuaron en la

partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, por la celebración

del convenio de colaboración con la asociación civil No me da la Vida Producciones, A.C.,

la cual se encargó de la promoción de las locaciones que conforman la estructura

fílmica de la Ciudad de México a nivel nacional e internacional, a fin de mejorar y potenciar

el uso y aprovechamiento de las locaciones por parte del sector audiovisual.

5. Las reducciones compensadas, por un monto de 59,750.2 miles de pesos, tuvieron

por objeto canalizar al mes de abril los recursos que no fueron erogados en los meses

de febrero y marzo, ya que dichos recursos fueron programados pero no habían sido

comprometidos, debido a que no se llevó a cabo la totalidad de las contrataciones de

prestadores de servicios previstas para la realización de las diferentes actividades

inherentes a la celebración de eventos y espectáculos culturales, por su reprogramación;

y a la ejecución de los instrumentos jurídicos para otorgar las ayudas correspondientes

a las instituciones sin fines de lucro para la realización de las actividades culturales de

la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”.

6. Las reducciones líquidas, por un monto de 728.8 miles de pesos, se derivaron de

economías al cierre del ejercicio fiscal de 2012, las cuales se generaron por la obtención

de mejores precios en los bienes y servicios adquiridos, así como por la continuidad de

la aplicación de medidas de racionalidad y austeridad. Al respecto, las partidas

afectadas fueron la 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” y la 4451 “Ayudas Sociales

a Instituciones sin Fines de Lucro”.

Dichas modificaciones se realizaron por medio de 28 afectaciones programático-presupuestarias,

en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones Programático-

Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias

Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”,

numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente hasta el 3 de diciembre de 2012, y los artículos

78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente a partir del 4 de diciembre de 2012.

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35 VOLUMEN 5/17

Gasto Comprometido

6. Resultado

Con objeto de comprobar que el gasto, que refleja la aprobación por autoridad competente

de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico, que formaliza una relación jurídica

con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras, en este caso,

para la entrega de premios, otras ayudas sociales a personas, becas y otras ayudas para

programas de capacitación y de ayudas sociales a instituciones sin fines de lucro, de acuerdo

con el criterio relativo a la fiscalización de los recursos destinados al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, haya sido autorizado por la titular

de la SECULT, se analizaron los oficios de autorización para el ejercicio de los recursos de las

partidas 4411 “Premios” (972.2 miles de pesos), 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

(513.2 miles de pesos), 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

(400.0 miles de pesos) y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

(94,930.0 miles de pesos), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Oficios de autorización

Número Fecha Concepto Importe

4411 SC/DACCOY/1402/12 1/XI/12 Premio del Taller Coreográfico Escuela de Danza 185.0

4411 SC/167/12 5/III/12 Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México a través del Segundo Concurso de Círculos Culturales

2,000.0

4411 Convocatoria 29/III/12 Premio Iberoamericano de Novela Elena Poniatowska de la Ciudad de México

500.0

4419 SC/892/11 1/VIII/11 Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC 2011)

1,250.0

4419 S/N 3/V/12 Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC 2012)

700.0

4419 Cédula de Evaluación Otras Ayudas Sociales a Personas Folio 4419-OFCM/001/2012

30/XI/12 Aportación a tres músicos irlandeses 63.8

4421 SC/DACCOY/1401 1/XI/12 Becarios Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli 1,200.0

4451 SC/0123/12 17/II/12 Fundación Cultural de la Ciudad de México 4,000.0

4451 SC/CPHAC/001/2012 20/II/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 3,000.0

4451 SC/0140/2012 24/II/12 Fundación Cultural de la Ciudad de México 4,640.0

4451 CCF/010/2011 5/IX/11 La Música en el Bicentenario, A.C. 5,000.0

4451 SC/CSTCM/CDON/001/2012 17/VIII/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 3,500.0

4451 S/N 2/X/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 70,000.0

4451 SC/CCF/017/12 14/XI/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 4,500.0

4451 SC/CCF/016/12 31/X/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 290.0

Los oficios de autorización comprenden el importe total por ejercer en cada una de las partidas y CLC seleccionadas como muestra.

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36 VOLUMEN 5/17

De acuerdo con lo anterior, se constató que la SECULT contó con la autorización de su titular

para ejercer 96,815.4 miles de pesos (muestra seleccionada) con cargo al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, de conformidad con el párrafo

segundo del artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012.

7. Resultado

Se verificó si la SECULT contó con el instrumento jurídico que refleja el reconocimiento de

las obligaciones contraídas con terceros, en términos de entrega de premios, otras ayudas

sociales a personas e instituciones sin fines de lucro, y becas. Al respecto, se constató

que el sujeto de fiscalización emitió convocatoria, y convenios de colaboración y celebró

contrato de donación onerosa, como se muestra a continuación:

Partida 4411 “Premios”

1. El Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México a través

del Segundo Concurso de Círculos Culturales generó los siguientes instrumentos

jurídicos:

(Miles de pesos)

Convocatoria Carta compromiso

Fecha Por un monto de hasta

Concepto Fecha Folio Proyecto Beneficiario o representante

Monto

7/III/2012 80.0 “Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México a través del Segundo Concurso de Círculos Culturales”

8/V/12 A/CC/15 Construcción Cultural Solidaria II

Maribel Ramírez García

69.2

S/F A/CC/04 Continuemos, In Xochitl, in Cuicatl

Jacqueline Pineda Guerra 70.0

8/V/12 A/CC/19 Proyect-Arte Mayra Guadalupe Romero 74.0

8/V/12 A/CC/41 Asomarte, Una Ventana al Barrio

Julieta Gordillo Martínez 74.0

Total 287.2

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37 VOLUMEN 5/17

La SECULT, mediante convocatoria publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 7 de marzo de 2012, invitó a participar a colectivos culturales comunitarios en el Programa

Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México a través del Segundo

Concurso de Círculos Culturales. Posteriormente, mediante acta circunstanciada del

Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México a través

del Segundo Concurso de Círculos Culturales del 25 de abril de 2012, el comité

dictaminador señaló los proyectos ganadores, entre los que se encontraban los mencionados

en el cuadro.

El objetivo general del Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad

de México a través del Segundo Concurso de Círculos Culturales fue apoyar a los círculos

culturales que impulsan proyectos de desarrollo cultural comunitario en pueblos, barrios

y colonias del Distrito Federal.

La SECULT, en la convocatoria para el Programa Red para el Desarrollo Cultural Comunitario

de la Ciudad de México a través del Segundo Concurso de Círculos Culturales, estableció

en el numeral 5: Requisitos de Inscripción, para poder participar en el concurso, los interesados

deberán cumplir con el siguiente procedimiento:

”5.1 Fase de Registro […]

”Imprimir el comprobante de registro (el cual deberá presentarse en la Fase de Recepción

de Documentos) […]

”En caso de no cumplir con las bases, condiciones, requisitos de registro y recepción,

quedará anulada la participación del Círculo Cultural en el Concurso.”

Con objeto de verificar el cumplimiento de lo establecido en dicha convocatoria, se revisaron

cuatro expedientes y se constató que no contienen el comprobante de registro.

Por lo anterior, se concluye que la SECULT incumplió lo establecido en la convocatoria,

en el apartado 5, “Requisitos de Inscripción”, del numeral 5.1, “Fase de Registro”, de la

Convocatoria.

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38 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

2. Premio del Taller Coreográfico Escuela de Danza

La SECULT mediante convocatoria del 25 de julio de 2012, emitida por conducto de la Escuela

de Danza Contemporánea del Centro Cultural Ollin Yoliztli, invitó a bailarines egresados de

escuelas profesionales de danza, a concursar para formar parte del “Taller Coreográfico

Escuela de Danza”. Un monto de 185.0 miles de pesos sería distribuido entre siete 7 bailarines

(25.0 miles de pesos) los 10.0 miles de pesos restantes se otorgarían a un bailarín más.

Mediante el documento “Audición Taller Coreográfico Escuela de Danza”, firmado por

el Director Académico del Centro Cultural Ollin Yoliztli, la Directora Artística del Taller

Coreográfico Escuela de Danza, el Jefe de Unidad Departamental de la Escuela de Danza

Contemporánea y la Coordinadora Académica de la Escuela de Danza Contemporánea,

se emitió dictamen respecto de los ganadores del concurso.

La SECULT, por conducto de la Escuela de Danza Contemporánea del Centro Cultural Ollin

Yoliztli, de acuerdo con la convocatoria “Taller Coreográfico Escuela de Danza” requirió

lo siguiente:

“Bailarines egresados de escuelas profesionales de danza, a concursar para formar parte

del Taller Coreográfico Escuela de Danza […] La cita es el día miércoles 25 de julio de 2012

[…] en las instalaciones de la Escuela de Danza […]

”1. Haber concluido la carrera profesional de bailarín en alguna de las escuelas profesionales

de danza (presentar documento que acredite su formación).

”2. Tener entre 18 y 26 años de edad…”

Con objeto de verificar el cumplimiento de lo establecido en dicha convocatoria, se revisaron

ocho expedientes y se obtuvo lo siguiente:

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39 VOLUMEN 5/17

a) Un expediente no contiene documento con el que se acredite haber concluido la carrera

profesional de bailarín en alguna de las escuelas profesionales de danza.

b) Dos expedientes, de los bailarines seleccionados no cumplían con la edad señalada

en la convocatoria.

c) En un expediente, la ficha de registro-audición tiene fecha del 6 de agosto de 2012,

y no del 25 de julio de 2012.

Por lo anterior, se concluye que la SECULT incumplió lo establecido en la convocatoria

en cuanto a la fecha de cita y los requisitos de los numerales 1 y 2.

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

3. Premio Iberoamericano de Novela Elena Poniatowska de la Ciudad de México

El 29 de marzo de 2012, en la página www.cultura.df.gob.mx, la SECULT publicó la convocatoria

en la cual estableció que el premio estaría dotado de 500.0 miles de pesos.

Mediante escrito del 9 de octubre de 2012, el jurado, integrado por tres escritores y un

representante de la SECULT, emitió el fallo del V Premio Iberoamericano de Novelas Elena

Poniatowska de la Ciudad de México, en el que resultó ganadora la obra “Canción de Tumba”.

El objetivo del premio es impulsar y reconocer a los autores y autoras de novelas de calidad

literaria en lengua española.

Se constató que el premio se otorgó de conformidad con lo establecido en la convocatoria.

Se corroboró que la SECULT, respecto a la partida 4411 “Premios”, contó con el documento

que refleja el reconocimiento de las obligaciones contraídas, en este caso utilizó la modalidad

de convocatoria.

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Partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

Del PACMYC de 2011 y 2012, se analizaron los siguientes proyectos:

(Miles de pesos)

Proyecto Concepto Importe

Las Andanzas de la Miquiztli. Teatro Ambulante por la Historia y la Tradición Oral de Nuestros Pueblos. PACMYC 2011.

Preservar el patrimonio cultural intangible de la región, por medio de la sensibilización y concientización hacia el fortalecimiento de una identidad comunitaria, mediante eventos de difusión de la historia y tradición oral presentados en el teatro ambulante. 49.8

Memoria Corporal: el Tatuaje en la Ciudad de México. PACMYC 2011

Recaudar, investigar y sistematizar sobre los orígenes socioculturales y desarrollo del tatuaje en la Ciudad de México. 50.0

Arte de Trabajar Modelar y Transformar el Cartón. PACMYC 2012.

Trabajar, modelar y transformar el cartón para elaborar piezas artesanales. 49.7

Archivo de la Palabra: Festividades y Técnicas Artesanales PACMYC 2012

Crear un acervo audiovisual que coadyuve a revalorar, conservar y divulgar las festividades y técnicas artesanales características y significativas del Pueblo Originario de Santa Cruz Acalpixca, Xochimilco. 50.0

Alegría, un Dulce Regalo de Xochimilco para el Corazón. PACMYC 2012.

Proporcionar un espacio y actividades a niños entre 10 y 16 años de edad, que además de ocupar, instruyan a los participantes en la elaboración artesanal de productos y dulces de la región. 50.0

Sueños de Papel PACMYC 2012 Elaboración de globos monumentales de cantolla y talleres de elaboración. 50.0

Fomento y Rescate de Nuestras Culturas y Tradiciones PACMYC 2012

La impartición de talleres para la elaboración de globos y faroles de papel de china. 49.9

La Abuela Luna, Creación Textil de la Región del Sur Xochimilco y Milpa Alta, PACMYC 2012

Revalorar el patrimonio textil como expresión cultural, material e inmaterial, en la zona sur del D.F. 50.0

Expresarte por tu Comunidad. PACMYC 2012 Instaurar talleres con diversas actividades artísticas que promuevan la adquisición de valores indispensables para el desarrollo humano. 50.0

Total 449.4

Mediante convocatorias de 2011 y 2012 emitidas por la Dirección General de Culturas

Populares del CONACULTA y las secretarías, institutos, consejos o direcciones de cultura de

los gobiernos estatales y del Gobierno del Distrito Federal, se invitó a participar en el PACMYC.

Dicho programa tiene el objetivo de contribuir al fortalecimiento de procesos culturales

comunitarios por medio del apoyo a propuestas colectivas.

Se celebraron convenios de colaboración para establecer las bases para la operación

del PACMYC, los cuales se encuentran firmados por el CONACULTA y la SECULT.

En el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 2010 y 2011, se publicaron las

Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias.

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Los apoyos del PACMYC de 2011 y 2012 los otorga la SECULT a la población objetivo, toda

vez que es la encargada de organizar, coordinar y dar seguimiento a los proyectos aprobados.

Entre la población objetivo se encuentran: grupos de cultura popular que de forma colectiva

estén interesados en desarrollar un proyecto cultural. La población objetivo deberá estar

legalmente establecida conforme a la legislación mexicana. La instancia normativa es

el CONACULTA, encargado de vigilar el cumplimiento de los ordenamientos establecidos

para el otorgamiento de los recursos del PACMYC.

En las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias

se estableció que el jurado dictaminador estaría conformado por una Comisión de Planeación

y Apoyo a la Creación Popular, integrada por especialistas, académicos, creadores y

promotores de la cultura popular, los cuales participarían en el proceso de dictaminación,

considerando la cantidad y el perfil de los proyectos recibidos elegibles.

A fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en las Reglas de Operación del Programa

de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias, se revisaron 9 de 10 expedientes.

Al respecto, se detectó que: en un expediente la carta aval no fue emitida por autoridad

formal o comunitaria del lugar donde se desarrollaría el proyecto, y, en el otro, dicha carta

no se localizó.

Por lo expuesto, la SECULT incumplió el numeral 4.4.1, “Elegibilidad”, inciso k), de las Reglas

de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias 2011,

que indica:

“Cada proyecto deberá incorporar una carta de aval, expedida por alguna autoridad formal

o comunitaria del lugar donde se desarrollará el proyecto.”

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

En las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias

se estableció que al recibir el recurso económico se firmarían cartas compromiso entre

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42 VOLUMEN 5/17

la SECULT y los representantes de los proyectos, como un documento jurídico administrativo,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Carta compromiso

Número Fecha Importe Beneficiario

63 13/VIII/12 49.8 Persona física

88 13/VIII/12 50.0 Persona física

04 6/III/13 50.0 Persona física

16 6/III/13 49.7 Persona física

39 6/III/13 50.0 Persona física

41 6/III/13 50.0 Persona física

45 6/III/13 50.0 Persona física

53 6/III/13 50.0 Persona física

79 6/III/13 49.9 Persona física

Total 449.4

Mediante la “Cédula de Evaluación Otras Ayudas Sociales a Personas”, se dictaminó la

aprobación de la ayuda económica, por 63.8 miles de pesos, a tres músicos irlandeses

para llevar a cabo conciertos los días 24 y 25 de marzo de 2012, en la temporada de invierno

de 2012 de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México, en la Sala Silvestre Revueltas

del Centro Cultural Ollin Yoliztli.

Las ayudas se otorgaron de conformidad con lo establecido en Reglas de Operación del

Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitaria y el dictamen.

Se corroboró que la SECULT, respecto a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”,

contó con la documentación de las obligaciones contraídas mediante los instrumentos

jurídicos denominados: carta compromiso, en la que se establece la obligación de otorgar

una ayuda y como contraprestación la ejecución de un proyecto, además del dictamen

mediante el cual la titular de la dependencia autoriza el otorgamiento de la ayuda a tres

músicos irlandeses para llevar a cabo conciertos los días 24 y 25 de marzo de 2012, en la

temporada de invierno de 2012, con la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México,

en la Sala Silvestre Revueltas del Centro Cultural Ollin Yoliztli.

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Partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

La Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli convocó a las audiciones para aceptar y ratificar

a 60 integrantes en las diversas secciones: cuerdas, maderas, metales y percusiones,

dicha convocatoria se encuentra firmada por la Secretaria de Cultura. En la convocatoria

se establece que “las audiciones se llevarán a cabo los días 28 y 29 de junio de 2012

a partir de las 13:00 horas […] Los interesados deberán registrarse […] hasta el 22 de junio.

La audición consistirá en la interpretación de una obra de libre elección y una prueba de lectura

a primera vista”.

Como se observa, en el texto de dicha convocatoria no se establecen los criterios de solidaridad

social, transparencia, objetividad y corresponsabilidad, contraviniendo lo establecido en el

artículo 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Incumplimiento

que se señala en el resultado 1 del presente informe.

Con acta del Consejo Directivo de la Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli, de fecha 10 de

julio de 2012, se tomó el acuerdo de aceptar y ratificar, previa audición, a los 60 integrantes,

los cuales recibirían como apoyo económico, la cantidad de 20.0 miles de pesos, en dos

exhibiciones, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2012. Este Consejo

Directivo se integró por el Director Académico del Centro Cultural Ollin Yoliztli, el Subdirector

de Desarrollo Académico del Centro Cultura Ollin Yoliztli, la Directora Artística de la Orquesta

Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli el Jefe de Unidad Departamental de Programación y Difusión

del Centro Cultura Ollin Yoliztli y el Líder Coordinador de Proyectos de la escuela Música,

Vida en Movimiento.

Las becas se otorgaron de conformidad con lo establecido en el acta del Consejo Directivo

de la Orquesta Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli.

Se corroboró que la SECULT respecto a la partida 4421 “Becas y otras Ayudas para

Programas de Capacitación”, contó con la documentación de las obligaciones contraídas

utilizando la modalidad de convocatoria para aceptar y ratificar a 60 integrantes de la Orquesta

Sinfónica Juvenil Ollin Yoliztli. Se analizó una muestra de 20 beneficiarios, y se detectó

que no existe ningún procedimiento para el otorgamiento de esta ayuda.

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44 VOLUMEN 5/17

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

De su revisión se observó que generó los siguientes instrumentos jurídicos:

(Miles de pesos)

Convenio/Contrato

Número Fecha Importe Beneficiario Concepto

Convenio de colaboración SC/CPHAC/001/2012

20/II/12 3,000.0 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. Proyecto de restauración casa Antonieta Rivas Mercado.

Convenio de colaboración SC/CPHAC/003/2012

2/X/12 70,000.0 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. Proyecto de Restauración del Conjunto Casa Rivas Mercado.

Convenio de colaboración sin número

1/I/12 8,640.0 Fundación Cultural de la Ciudad de México

Apoyar los programas de cultura y entretenimiento a través de la fundación

Convenio de colaboración SC/CCF/4451/008/2011

21/II/12 5,000.0 La Música en el Bicentenario, A.C. Regularización de la entrega del apoyo económico a la asociación por la pre-producción, producción, post-producción y desarrollo de las presentaciones del programa musical denominado “La Música Viva en Plazas Públicas del Distrito Federal, que se llevó a cabo del 17 de septiembre al 11 de diciembre de 2011.

Contrato de donación onerosa SC/CSTCM/CDON/001/2012

17/VIII/12 3,500.0 La Música en el Bicentenario, Asociación Civil

Para la realización de la 7o. Muestra de Artes Escénicas de la Ciudad de México.

Convenio de colaboración SC/CCF/4451/012/2012

31/X/12 290.0 La Música en el Bicentenario, Asociación Civil

De la pre-producción del festival denominado “Música Viva en Plazas Públicas 2012”, en el período comprendido del 31 de octubre al 14 de noviembre de 2012.

Convenio de colaboración SC/CCF/4451/011/2012

15/XI/2 4,500.0

La Música en el Bicentenario, Asociación Civil

Producción, post producción y desarrollo de las presentaciones del festival musical denominado “Música Viva en Plazas Públicas 2012”, que se llevará a cabo del 22 de noviembre de 2012 al 10 de febrero de 2013.

Total 94,930.0

El objeto del convenio de colaboración núm. SC/CPHAC/001/2012 fue establecer los mecanismos

de participación entre las partes, a fin de apoyar a la Fundación Conmemoraciones 2010, A.C.,

en la realización del proyecto de restauración de la Casa Antonieta Rivas Mercado.

El proyecto consistió en la ampliación, rehabilitación, conservación, mantenimiento,

adecuación, remodelación, modernización, reubicación, cimentación, estructuras y construcción

del inmueble. Dichos recursos fueron otorgados por CONACULTA mediante un convenio

de coordinación celebrado con el Gobierno del Distrito Federal representado por la SEFIN

y asistido por la SECULT.

La ayuda se otorgó de conformidad a lo establecido en el convenio, de igual forma, la fundación

cumplió lo establecido en las cláusulas relativas a la realización del proyecto de restauración

de la Casa Antonieta Rivas Mercado.

El convenio de colaboración núm. SC/CPHAC/003/2012, del proyecto del Conjunto Casa

Rivas Mercado, tuvo por objeto establecer mecanismos de participación a fin de apoyar

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45 VOLUMEN 5/17

a la Fundación Conmemoraciones 2010, A.C., en la realización del proyecto, y se señaló

como objetivo impulsar el desarrollo de actividades que estimulen la práctica musical de niños,

jóvenes y adultos que asistan al Conjunto Rivas Mercado. Cabe señalar que estos recursos

fueron otorgados mediante convenio de apoyo financiero firmado por parte del ejecutivo

federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, y por el Gobierno del Distrito

Federal, por conducto de la SECULT y la SEFIN, mediante una aportación de recursos públicos

federales extraordinarios no regularizables, destinados al Sistema de Acreditación por

Competencias. Asimismo, de los 70,000.0 miles de pesos otorgados hasta junio de 2013,

la fundación ha gastado 19,289.5 miles de pesos quedando pendiente 52,055.8 miles de pesos.

La ayuda se otorgó de conformidad con lo establecido en las cláusulas de dicho convenio

para la restauración del Conjunto Rivas Mercado.

El convenio de colaboración sin número celebrado con el fideicomiso núm. 11031457

“Fundación Cultural de la Ciudad de México” tuvo como objetivo apoyar a la fundación en

la realización de actividades culturales y de entretenimiento en beneficio de la población.

El convenio de colaboración núm. SC/CCF/4451/008/2011, relativo al apoyo económico

otorgado a la asociación civil La Música en el Bicentenario, A.C., tuvo como objeto la

regularización de la entrega del apoyo económico por la pre-producción, producción, post

producción y desarrollo de las presentaciones del programa musical denominado “La Música

Viva en Plazas Públicas del Distrito Federal”, que se llevó a cabo del 17 de septiembre al

11 de diciembre de 2011. En el análisis, se constató que la ayuda se otorgó de conformidad

con el convenio de colaboración y que la fundación cumplió lo establecido en las cláusulas

relativas al otorgamiento de la ayuda.

El contrato de donación onerosa núm. SC/CSTCM/CDON/001/2012 tuvo por objeto transferir,

a título de donación onerosa en favor de la donataria La Música en el Bicentenario, A.C.,

la ayuda por un monto de 3,500.0 miles de pesos, los cuales se destinarían a la realización

de la 7a. Muestra de Artes Escénicas de la Ciudad de México. La ayuda se otorgó de

conformidad con lo establecido en el contrato.

El convenio de colaboración núm. SC/CCF/4451/012/2012 tuvo por objeto formalizar la

participación de las partes suscriptoras, la ayuda otorgada fue por un monto de 4,500.0 miles de

pesos, para la pre-producción del festival denominado “Música Viva en Plazas Públicas 2012”,

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46 VOLUMEN 5/17

por el período del 31 de octubre al 14 de noviembre de 2012. El apoyo económico se otorgó

de conformidad con lo señalado en el convenio.

El convenio de colaboración núm. SC/CCF/4451/011/2012 se celebró para otorgar apoyo

económico, por un monto de 290.0 miles de pesos, para la producción, post producción

y desarrollo de las presentaciones del festival musical denominado “Música Viva en Plazas

Públicas 2012”, que se llevó a cabo del 22 de noviembre de 2012 al 10 de febrero de 2013.

El apoyo económico se otorgó de conformidad con lo señalado en el convenio.

Se constató que la SECULT respecto a la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones

sin Fines de Lucro”, contó con la documentación de las obligaciones contraídas utilizando

la modalidad de convenio de colaboración y contrato de donación onerosa.

Además, se verificó que la SECULT contó con la documentación justificativa y comprobatoria

relacionada con el otorgamiento de los premios, becas y ayudas sociales a personas

y a instituciones sin fines de lucro, conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y 125 de la

Ley de Presupuesto y gasto Eficiente del Distrito Federal y 116 de su Reglamento, ambos

vigentes en 2012.

Recomendación ASC-140-12-06-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que en los expedientes de los participantes se

incluya la documentación justificativa establecida como requisito en las convocatorias

para el otorgamiento de premios, otras ayudas y becas que emita la Secretaría de Cultura,

de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación ASC-140-12-07-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que los expedientes de los beneficiarios de los

programas de apoyo se integren con la documentación establecida en las Reglas de Operación

del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias.

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8. Resultado

Se verificó que en el Reporte del Presupuesto Comprometido de la SECULT, enviado

a la SEFIN, se encuentran registrados los importes entregados por concepto de premios,

becas, y ayudas sociales a personas e instituciones sin fines de lucro, por 94,930.0 miles de

pesos, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2.1, apartado 1.2, “Reporte

de Compromisos”, de la circular núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012, emitida por

la SEFIN.

Respecto al pasivo, con el oficio núm. DEA/0034/13 del 8 de enero de 2013, la SECULT envió

a la Dirección General de Egresos “A”, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,

los formatos A, A1 y A2 en forma impresa y en medio magnético. En el análisis, se constató

que, en el formato A, la SECULT incluyó los pasivos correspondientes al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, de las partidas 4411 “Premios”,

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de

Capacitación” y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, en cumplimiento

del artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Se verificó que la SECULT hubiese presentado a la SEFIN los reportes mensuales de 2012

sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que

comprometió con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”. Al respecto, la Dirección Ejecutiva de Administración proporcionó los formatos

“Reporte de Compromiso”, correspondientes al período de enero a diciembre de 2012,

como se muestra a continuación:

Oficio con el que se informó Fecha Días

de desfase Período Número Fecha De presentación De recepción en la SEFIN

Enero DRF/0132/12 10/II/12 10/II/12 10/II/12 0

Febrero DRF/0208/12 9/III/12 10/III/12 12/III/12 2

Marzo DRF/0288/12 9/IV/12 10/IV/12 10/IV/12 0

Abril DRF/0371/12 9/V/12 10/V/12 10/V/12 0

Mayo DRF/0438/12 6/VI/12 10/VI/12 6/VI/12 0

Junio DRF/0544/12 10/VII/12 10/VII/12 10/VII/12 0

Julio DRF/0633/12 8/VIII/12 10/VIII/12 8/VIII/12 0

Agosto DRF/0716/12 10/IX/12 10/IX/12 11/IX/12 1

Septiembre DRF/0804/12 10/X/12 10/X/12 10/X/12 0

Octubre DRF/0903/12 7/XI/12 10/XI/12 8/XI/12 0

Noviembre DRF/0997/12 10/XII/12 10/XII/12 10/XII/12 0

Diciembre DRF/0027/13 10/I/13 10/I/13 10/01/13 0

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Por lo expuesto, se concluyó que la SECULT incumplió el artículo 56, párrafo primero,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que establece

lo siguiente:

“Las Dependencias […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada mes,

un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales, que se encuentren comprometidos al cierre de mes inmediato anterior…”

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, el Director Ejecutivo de

Administración no informó ni proporcionó documentación respecto del presente resultado,

por lo que no se modifica.

Recomendación ASC-140-12-08-SECULT

Es necesario que la Secretaría de Cultura, por conducto de las unidades administrativas

correspondientes, realice acciones para que los reportes mensuales de los recursos fiscales,

recursos crediticios y recursos provenientes de transferencias federales que se encuentren

comprometidos al cierre del mes inmediato anterior se remitan a la Secretaría de Finanzas

en el plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente.

Gasto Devengado

9. Resultado

Para verificar que la SECULT hubiese entregado los premios, becas y ayudas sociales

a personas y a instituciones sin fines de lucro conforme a lo establecido en las Reglas de

Operación, convocatorias, convenios de colaboración y contrato de donación onerosa,

se revisó la documentación que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a

favor de terceros por la entrega de ayudas, relativa a los recursos ejercidos en el capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Se comprobó que las ayudas otorgadas con cargo a las partidas 4411 “Premios”, 4419 “Otras

Ayudas Sociales a Personas”, “Becas y otras Ayudas para Programas de Capacitación”

y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, se entregaran de conformidad

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con lo dispuesto en las reglas de operación, convocatorias, convenios de colaboración

y contrato de donación onerosa.

Gasto Ejercido

10. Resultado

Con objeto de verificar el gasto ejercido por la SECULT, se revisaron las CLC correspondientes

a la entrega de premios, becas, y ayudas sociales y a instituciones sin fines de lucro, con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, de la muestra de

auditoría determinada. Dichas CLC contienen la información del monto otorgado, el beneficiario,

la fuente de financiamiento y la autorización de la titular de la SECULT para ejercer los recursos

como se muestra a continuación:

Partida Cuenta por Liquidar Certificada

Número Fecha Beneficiario Importe

4411 101385 23/VIII/12 Persona física 70.0

4411 101392 23/VIII/12 Persona física 74.0

4411 101439 23/VIII/12 Persona física 74.0

4411 101390 23/VIII/12 Persona física 69.2

4411 103550 12/XII/12 Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Cultura 185.0

4411 102075 6/XI/12 Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Cultura 500.0

Subtotal 972.2

4419 101222 2/VIII/12 Persona física 49.8

4419 101225 2/VIII/12 Persona física 50.0

4419 103320 31/XII/12 Persona física 49.7

4419 103330 31/XII/12 Persona física 50.0

4419 103334 31/XII/12 Persona física 50.0

4419 103335 31/XII/12 Persona física 50.0

4419 103336 31/XII/12 Persona física 49.9

4419 103338 31/XII/12 Persona física 50.0

4419 103339 31/XII/12 Persona física 50.0

4419 103550 31/XII/12 Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Cultura 63.8

Subtotal 513.2

4421 102534 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102548 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102549 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102550 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102551 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102552 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102553 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102554 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102555 12/XII/12 Persona física 20.0

Continúa…

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50 VOLUMEN 5/17

… Continuación

Partida Cuenta por Liquidar Certificada

Número Fecha Beneficiario Importe

4421 105556 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102557 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102558 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102559 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102564 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102565 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102566 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102567 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102568 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102569 12/XII/12 Persona física 20.0

4421 102570 12/XII/12 Persona física 20.0

Subtotal 400.0

4451 100081 17/II/12 Scotiabank Inverlat, S.A. 4,000.0

4451 100101 24/II/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 3,000.0

4451 100104 24/II/12 Scotiabank Inverlat, S.A. 4,640.0

4451 100227 3/IV/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 5,000.0

4451 101630 12/IX/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 3,500.0

4451 102025 25/X/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 70,000.0

4451 102391 11/XII/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 4,500.0

4451 102446 11/XII/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 290.0

Subtotal 94,930.0

Total 96,815.4

Las facturas presentadas como documentación soporte de las CLC núms. 31 C0 00 100227

y 31 C0 00 102446, emitidas en favor del beneficiario, por concepto de apoyo económico

para la pre-producción, producción, post-producción y desarrollo de las presentaciones del

programa musical denominado “La Música Viva en Plazas Públicas del Distrito Federal”,

cumplen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal

de la Federación vigente en 2012. Cabe señalar que las demás CLC se encuentran

respaldadas por recibos simples y de donativo, ya que se entregaron apoyos económicos

a los beneficiarios señalados en el cuadro anterior.

Se revisó que las CLC correspondieran a impresiones del Sistema Informático de Planeación

de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), que hubiesen sido elaboradas, autorizadas,

solicitadas y registradas por los servidores públicos facultados para ello, y que éstos se

encontraran incluidos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de

Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar el Registro de las Cuentas

por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias,

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51 VOLUMEN 5/17

Presupuesto Comprometido, Flujo de Efectivo y Analítico de Claves, de conformidad con

lo establecido en la Sección Primera, Apartado A, numerales 13 y 14, del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, vigente en 2012.

Se verificó el registro contable de las operaciones relacionadas con el ejercido del capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, efectuadas por la SECULT

en 2012, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta contable cargo Cuenta contable abono Monto

5241144111 “Premios Gasto Corriente” 2115144110 “Premios” 2,776.4

5241144191 “Otras Ayudas Sociales a Personas Gasto Corriente”

2115144190 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 1,550.1

5242144211 “Becas y Otras Ayudas para Programa de Capacitación Gasto Corriente”

2115144210 “Becas y otras Ayudas para Programas de Capacitación”

1,200.0

5243144511 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro Gasto Corriente”

2115144510 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

130,229.6

Total 135,756.1

Al respecto, se verificó que el registro contable de las operaciones se efectuó en las cuentas

que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2012.

Gasto Pagado

11. Resultado

Con la finalidad de verificar el gasto, que refleja la cancelación total o parcial de las obligaciones

de pago, concretada mediante la emisión de efectivo o cualquier otro medio de pago, para

la entrega de apoyos y ayudas económicas y en especie, se revisó la evidencia documental

de la entrega de los recursos, consistente en: 13 recibos de la partida 4411 ”Premios”,

10 recibos de la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 40 recibos de la partida

4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, y 2 facturas y 6 recibos de

la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, por el otorgamiento

de premios, becas, y ayudas sociales y a instituciones sin fines de lucro.

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52 VOLUMEN 5/17

Partida Recibo y/o factura

Número Fecha Beneficiario Importe

4411 101385 8/V/12 Persona física 70.0

4411 101392 8/V/12 Persona física 74.0

4411 101439 8/V/12 Persona física 74.0

4411 101390 8/V/12 Persona física 69.2

4411 103550 30/XI/12 Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Cultura 185.0

4411 102075 30/XI/12 Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Cultura 500.0

Subtotal 972.2

4419 101222 19/VII/12 Persona física 49.8

4419 101225 19/VII/12 Persona física 50.0

4419 103320 30/XI/12 Persona física 49.7

4419 103330 30/XI/12 Persona física 50.0

4419 103334 30/XI/12 Persona física 50.0

4419 103335 30/XI/12 Persona física 50.0

4419 103336 30/XI/12 Persona física 49.9

4419 103338 30/XI/12 Persona física 50.0

4419 103339 30/XI/12 Persona física 50.0

4419 103550 30/XI/12 Gobierno de Distrito Federal Secretaría de Cultura 63.8

Subtotal 513.2

4421 102534 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102548 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102549 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102550 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

21 102551 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102552 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102553 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102554 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102555 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 105556 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102557 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102558 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102559 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102564 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102565 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

Continúa…

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53 VOLUMEN 5/17

… Continuación

Partida Recibo y/o factura

Número Fecha Beneficiario Importe

4421 102566 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102567 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102568 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102569 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

4421 102570 30/XI/12 Persona física 10.0

31/XII/12 10.0

Subtotal 400.0

4451 100081 27/II/12 Scotiabank Inverlat, S.A. 4,000.0

4451 100101 21/II/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 3,000.0

4451 100104 27/II/12 Scotiabank Inverlat, S.A. 4,640.0

4451 100227 21/II/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 5,000.0

4451 101630 6/IX/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 3,500.0

4451 102025 24/X/12 Fundación Conmemoraciones 2010, A.C. 70,000.0

4451 102391 23/XI/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 4,500.0

4451 102446 30/XI/12 La Música en el Bicentenario, A.C. 290.0

Subtotal 94,930.0

Total 96,815.4

Por lo anterior, se concluye que la SECULT tramitó ante la SEFIN la obtención de recursos

económicos para el pago, mediante cheque nominativo y transferencias electrónicas a los

beneficiarios; con ello la SECULT cumplió el artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

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55 VOLUMEN 5/17

I.12. SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

I.12.1. ANTECEDENTES

La Dirección General de Trabajo y Previsión Social se creó al publicarse la Ley Orgánica

del Departamento del Distrito Federal, Reglamentaria de la Base Primera, fracción VI del

artículo 73 constitucional, el 31 de diciembre de 1941.

Posteriormente, con el acuerdo núm. 45 del Jefe del Departamento del Distrito Federal,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 1973, se adscribió la

Dirección General de Trabajo y Previsión Social a la Secretaría General de Gobierno para

su coordinación.

Con las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal

del 15 de enero de 1998 y la reforma del 11 de agosto de 1999, surgió la Subsecretaría de

Trabajo y Previsión Social.

Asimismo, con las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, de fecha 28 de diciembre de 2000, a la Subsecretaría de Trabajo y Previsión

Social quedaron adscritas la Dirección General de Trabajo y Previsión Social, la Dirección

General de Empleo y Capacitación y la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 6 de febrero de 2007, fue publicado el decreto

mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley Orgánica

de la Administración Pública del Distrito Federal, con el cual se crea la Secretaría de Trabajo

y Fomento al Empleo como una dependencia de la Administración Pública del Distrito

Federal. Según adición de la fracción XVIII al artículo 15 y del artículo 23 Ter de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, a la Secretaría de Trabajo y

Fomento al Empleo le corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo,

previsión social y protección al empleo.

Atribuciones

El artículo 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007, establece las

siguientes atribuciones de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo:

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56 VOLUMEN 5/17

“Artículo 23 ter. A la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo corresponde el despacho

de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva;

”II. Vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos

y las disposiciones de ellos derivadas;

”III. Proponer al Jefe de Gobierno para su expedición, las políticas dirigidas a hacer

efectiva la fracción anterior, así como los lineamientos para la formulación, ejecución

y evaluación de la política laboral en el Distrito Federal;

”IV. Proteger a los trabajadores no asalariados y a los menores trabajadores, así como

auxiliar a las autoridades federales en materia de seguridad e higiene;

”V. Apoyar y fomentar relaciones con asociaciones obrero patronales del Distrito Federal,

procurando la conciliación de sus intereses;

”VI. Proponer a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, estrategias

para el mejoramiento de la administración e impartición de justicia laboral en el

Distrito Federal, para coadyuvar a su aplicación eficiente;

”VII. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas y programas en materia laboral en

el Distrito Federal, tendientes a la protección y mejoramiento de las condiciones

laborales de los trabajadores;

”VIII. Emitir los lineamientos generales que propicien un mejoramiento en el nivel y calidad

de vida de los trabajadores no asalariados, primordialmente de aquellos que realizan

sus actividades económicas en la vía pública;

”IX. Aplicar las políticas que establezca el Jefe de Gobierno para la promoción y protección

de los derechos de los menores que trabajan, y propiciar acciones que impulsen el

desarrollo de los derechos laborales de las mujeres en equidad con los hombres;

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57 VOLUMEN 5/17

”X. Mantener relaciones con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y las instancias

que correspondan para la protección y mejoramiento del salario en el Distrito Federal;

”XI. Fomentar el servicio de empleo, capacitación y adiestramiento, así como auxiliar

a las autoridades federales a aumentar la cobertura y calidad de la capacitación

laboral impulsando una cultura de trabajo que favorezca el respeto a los derechos y

garantías sociales a favor de los trabajadores en el Distrito Federal;

”XII. Organizar las inspecciones de trabajo en los establecimientos de circunscripción

local, en el ámbito de su competencia;

”XIII. Proponer y coordinar las campañas publicitarias encaminadas a difundir los derechos

y obligaciones de trabajadores y patrones;

”XIV. Promover la productividad en el trabajo, basada en la equidad, seguridad e higiene,

capacitación y progreso de los factores productivos;

”XV. Proponer la firma de convenios en materia de empleo, competencias laborales

y capacitación en el ámbito del Distrito Federal, y en su caso, darles seguimiento;

”XVI. Coadyuvar con el servicio de empleo en los Órganos Político-Administrativos;

”XVII. Promover e implementar las políticas establecidas por el Jefe de Gobierno para que

los trabajadores del Distrito Federal y sus familias gocen del derecho a la cultura y

recreación, con la intervención que corresponda a la Secretaría de Desarrollo Social;

”XVIII. Promover la investigación sobre la problemática laboral en el Distrito Federal,

y elaborar diagnósticos, análisis y estudios en la materia, que contribuyan a la

formulación de la política laboral en el Distrito Federal, así como promover

la participación de organizaciones no gubernamentales en el estudio y difusión de la

misma; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones nacionales

e internacionales, para desarrollar conjuntamente investigaciones, seminarios y

programas de difusión relacionados con dicha problemática;

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58 VOLUMEN 5/17

”XIX. Integrar un banco de información estadística y archivo documental de temas

relacionados con la problemática laboral, así como proporcionar a trabajadores,

empresarios e instituciones académicas, los servicios del centro de documentación

e información y la asesoría de su unidad de apoyo e investigación;

”XX. Difundir con recursos propios, o mediante convenios con otros organismos

públicos o privados, estudios y documentos de interés general, en el ámbito laboral;

”XXI. Coadyuvar en el cumplimiento de las funciones desconcentradas de los Órganos

Político-Administrativos que correspondan al ámbito de su competencia;

”XXII. Tener bajo su adscripción directa a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo

y a la Inspección Local del Trabajo;

”XXIII. Nombrar y remover a los Subprocuradores, Procuradores Auxiliares, peritos y demás

personal de apoyo técnico-operativo de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, así

como a los Inspectores y demás personal de la Inspección Local del Trabajo

excepción hecha del Director General;

”XXIV. Fomentar y apoyar la organización social para el trabajo y el auto empleo;

”XXV. Proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros

de trabajo, para la protección de los trabajadores;

”XXVI. Promover en coordinación con la Dirección General de Prevención y Readaptación

Social del Distrito Federal, la integración laboral de las personas recluidas en los

Centros de Readaptación Social;

”XXVII. Promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores o con capacidades

diferentes en los sectores productivos; y

”XXVIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

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59 VOLUMEN 5/17

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 835,386.4 100.0 825,998.8 100.0 9,387.6 1.1

Corriente 835,386.4 100.0 825,998.8 100.0 9,387.6 1.1

Presupuesto ejercido

Gasto total 630,248.5 100.0 757,731.3 100.0 (127,482.8) (16.8)

Corriente 629,125.4 99.8 756,541.8 99.8 (127,416.4) (16.8)

De capital 1,123.1 0.2 1,189.5 0.2 (66.4) (5.6)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 835,386.4 630,248.5 (205,137.9) (24.6)

Corriente 835,386.4 629,125.4 (206,261.0) (24.7)

De capital 0.0 1,123.1 1,123.1 n.a.

2011

Gasto total 825,998.8 757,731.3 (68,267.5) (8.3)

Corriente 825,998.8 756,541.8 (69,457.0) (8.4)

De capital 0.0 1,189.5 1,189.5 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

En 2012, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo tuvo una asignación de 835,386.4 miles

de pesos, que representó el 0.9% del presupuesto asignado a la Administración Central del

Sector Gobierno del Distrito Federal (97,134,027.0 miles de pesos), y erogó 630,248.5 miles

de pesos, que representaron el 0.6% del monto ejercido por dicha administración

(109,556,324.0 miles de pesos).

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Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 835,386.4 100.0 630,248.5 100.0 (205,137.9) (24.6)

Corriente 835,386.4 100.0 629,125.4 99.8 (206,261.0) (24.7)

“Servicios Personales” 124,615.5 14.9 131,933.5 21.0 7,318.0 5.9

“Materiales y Suministros” 3,549.7 0.4 6,055.5 0.9 2,505.8 70.6

“Servicios Generales” 52,660.4 6.3 44,335.0 7.0 (8,325.4) (15.8)

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 654,560.8 78.4 446,801.4 70.9 (207,759.4) (31.7)

De capital 0.0 0.0 1,123.1 0.2 (1,123.1) n.a.

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 0.0 1,123.1 0.2 (1,123.1) n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

Principales Resultados

De las tres vertientes de gasto en que participó la Secretaría de Trabajo y Fomento al

Empleo durante 2012, la principal, por su importe ejercido, fue la 28 “Fomento del Empleo

y la Productividad”, perteneciente al Eje Estratégico “Economía Competitiva e Incluyente”.

En dicha vertiente de gasto, destacó la función 06 “Protección Social”.

Por medio de la función 06 “Protección Social”, se atendió a las personas desempleadas

mediante los módulos ubicados en los 16 órganos político-administrativos; el Seguro de

Desempleo brindó protección social que se tradujo en un beneficio económico mensual

de 30 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y se entregó a los beneficiarios

por un período de seis meses, accediendo al beneficio una vez cada dos años. Este

apoyo se dio de manera personal e intransferible por medio de una tarjeta de débito.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Secretaría de Trabajo y

Fomento al Empleo.

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61 VOLUMEN 5/17

I.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.12.2.1. CAPÍTULOS 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”

Y 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/141/12

ANTECEDENTES

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) ocupó el duodécimo segundo lugar

respecto del presupuesto ejercido en 2012 por las dependencias (46,709,326.9 miles de pesos),

con un monto de 630,248.5 miles de pesos, que representó el 1.3% del total erogado por éstas

y significó un decremento de 24.6% (205,137.9 miles de pesos) con relación a su presupuesto

original (835,386.4 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, en 2012, la STyFE registró un

presupuesto original asignado de 3,549.7 miles de pesos y ejerció 6,055.5 miles de pesos,

es decir, 70.1% (2,505.8 miles de pesos) más de lo previsto. Respecto a los 5,036.1 miles

de pesos ejercidos en 2011, se registró un aumento de 20.2% (1,019.4 miles de pesos).

Asimismo, en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, en 2012, la STyFE registró un presupuesto

original asignado de 52,660.4 miles de pesos y ejerció con cargo a dicho capítulo

44,335.0 miles de pesos, es decir, 15.8% (8,325.4 miles de pesos) menos de lo previsto.

Respecto a los 46,641.2 miles de pesos ejercidos en 2011, se registró una disminución de

4.9% (2,306.1 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la STyFE

en los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales” se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

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62 VOLUMEN 5/17

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”,

“Exposición al Riesgo” y “Presencia y Cobertura”, contenidos en el Manual de Selección

de Auditorías formulado por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal (CMHALDF).

“Importancia Relativa”. Se consideran estos capítulos porque involucran recursos considerables,

por lo concerniente al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, en 2012, el gasto ejercido

(6,055.5 miles de pesos) fue 70.1% mayor (2,505.8 miles de pesos) respecto del presupuesto

original (3,549.7 miles de pesos), y 20.2% (1,019.4 miles de pesos) superior respecto al

presupuesto ejercido en 2011 (5,036.1 miles de pesos). Por otra parte, en el capítulo 3000

“Servicios Generales”, durante el ejercicio de 2012, el gasto ejercido (44,335.0 miles de

pesos) fue 15.8% menor (8,325.4 miles de pesos) que el presupuesto original (52,660.4 miles

de pesos) y 4.9% (2,306.1 miles de pesos) inferior respecto al presupuesto ejercido en 2011

(46,641.2 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. Los capítulos se seleccionaron por estar propensos a desperdicios,

irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se ha observado

en auditorías de ejercicios anteriores a otros sujetos fiscalizados y a la STyFE.

“Presencia y Cobertura”. Los capítulos se seleccionaron a fin de garantizar que, eventualmente,

todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados se

revisen.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X; 3o; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, primer párrafo, VIII, IX, XIX y XXII, de

la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; y 13, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

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63 VOLUMEN 5/17

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes. Una vez integrado el 100.0% del presupuesto ejercido por la STyFE en 2012

con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”,

se determinó una muestra de auditoría de siete Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y un Documento Múltiple de la partida 2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de

Tecnologías de la Información y Comunicaciones”; 15 CLC de la partida 2151 “Material Impreso

e Información Digital”, y 15 CLC y un Documento Múltiple de la partida 3221 “Arrendamiento

de Edificios”. El conjunto de estas partidas registró en el ejercicio de 2012 un importe de

50,390.5 miles de pesos, la muestra se integró por 37 CLC y dos DM por el importe

de 11,255.9 miles de pesos.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección de Administración en la STyFE, por ser la unidad

administrativa encargada de administrar los recursos materiales y financieros, de registrar

las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del

gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la Oficialía

Mayor (OM) y la Secretaría de Finanzas (SEFIN).

Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron en la operación del

rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran conocer la razonabilidad

del uso y destino de los recursos.

A las áreas de la STyFE, encargadas del registro y control de las operaciones relacionadas

con el ejercicio de los recursos correspondientes a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”

y 3000 “Servicios Generales”, se les solicitó información específica sobre el rubro objeto

de revisión.

Se revisó el Manual Administrativo de la STyFE vigente en 2012, tanto en su parte de

organización como en la de procedimientos, para verificar que la organización de dicha

Dependencia fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos

aplicables al rubro objeto de revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA).

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64 VOLUMEN 5/17

Se realizaron pruebas de cumplimiento al registro y control de las operaciones relacionadas

con las partidas de la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en lo siguiente:

Verificar que la STyFE contara con las autorizaciones para su presupuesto y para las

modificaciones correspondientes, y que el presupuesto aprobado correspondiera al presupuesto

ejercido reportado en la Cuenta Pública de 2012.

1. Se revisaron las afectaciones programático-presupuestarias para integrar los presupuestos

modificado y ejercido en los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales”. Con ellas se integró la ampliación neta del presupuesto.

2. Se revisó que las CLC de la muestra seleccionada hubiesen sido elaboradas y autorizadas

por servidores públicos de nivel de estructura, y que éstos se encontraran incluidos en la

Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de Nivel de Estructura Facultados

para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos

Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias, Presupuesto Comprometido, Flujo

de Efectivo y Analítico de Claves.

3. Se verificó que los recursos ejercidos con cargo a las partidas 2151 “Material Impreso

e Información Digital”, 2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la

Información y Comunicaciones” y 3221 “Arrendamiento de Edificios” estuvieran soportados

con las requisiciones u órdenes de servicio, y que se hubiese contado con suficiencia

presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la STyFE.

Además, se constató que las CLC contaran con su correspondiente documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y que los gastos hubiesen

sido registrados conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito

Federal vigente en 2012.

4. Se verificó que se contara con la documentación que acreditara que la STyFE recibió

los materiales adquiridos, así como los bienes inmuebles arrendados, y que éstos

cumplieran con las especificaciones establecidas en las requisiciones de servicio

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65 VOLUMEN 5/17

y de compra, y en los contratos respectivos; que los proveedores y las arrendadoras

hubiesen entregado comprobantes de pago (facturas y recibos) a nombre del Gobierno

del Distrito Federal, que cumplieran los requisitos fiscales correspondientes; que los

pagos a los proveedores y las arrendadoras, por concepto de adquisición de bienes y

arrendamiento de inmuebles, se hubiesen efectuado en cumplimiento de las condiciones

pactadas en los contratos; que se hubieran aplicado correctamente las sanciones

o descuentos; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hubieran hecho

efectivas las garantías correspondientes, de acuerdo con el Código Fiscal del Distrito

Federal vigente en 2012.

5. Se revisó que los contratos formalizados con los proveedores y arrendadores de bienes

inmuebles cumplieran los requisitos mínimos establecidos en el artículo 56 del Reglamento

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente.

6. Se verificó que la documentación comprobatoria de los gastos realizados cumpliera los

requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

7. Se verificó que los pagos seleccionados como muestra, correspondientes a recursos

ejercidos con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales”, se hubiesen registrado conforme a su naturaleza, de acuerdo con la partida

presupuestal establecida en el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito

Federal vigente.

8. Se comprobó que la STyFE contara con los dictámenes de justipreciación de renta

correspondientes, solicitados a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI)

de la OM.

9. Se verificó que la STyFE, en su caso, hubiese retenido el Impuesto sobre la Renta (ISR)

por los pagos de arrendamiento de bienes inmuebles realizados.

10. Se efectuó la confirmación de operaciones con proveedores y arrendatarios de los

bienes inmuebles (determinados como muestra), a los cuales la STyFE efectuó

pagos durante el ejercicio de 2012 con cargo a las partidas 2151 “Material Impreso

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66 VOLUMEN 5/17

e Información Digital”, 2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías

de la Información y Comunicaciones” y 3221 “Arrendamiento de Edificios”.

11. Se efectuó la inspección física de los inmuebles arrendados con la finalidad de comprobar

la aplicación de los recursos ejercidos con cargo a los capítulos 2000 "Materiales

y Suministros" y 3000 "Servicios Generales".

Las pruebas sustantivas llevadas a cabo consistieron en verificar que las cifras reportadas

a la SEFIN por la STyFE coincidieran con lo reflejado en el Informe de Cuenta Pública del

sujeto fiscalizado correspondiente a 2012; integrar por partida el presupuesto ejercido con

cargo al rubro revisado; identificar y analizar los tipos de afectaciones (presupuestarias

y programáticas) y movimientos que modificaron el presupuesto original de los capítulos

2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”, así como comprobar que

estuvieran registradas y soportadas con la documentación correspondiente.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la STyFE con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales”, se observaron los siguientes criterios:

1. Se estratificó el universo por partida (capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por un

importe de 6,055.5 miles de pesos, y capítulo 3000 “Servicios Generales”, por un importe

de 44,335.0 miles de pesos).

2. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530, “Muestreo

de Auditoría”, de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios

Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por

el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

3. Se consideraron las partidas que cumplieran las siguientes condiciones:

a) Con base en el criterio “Importancia Relativa”, aquellas con mayor participación o que

hubiesen registrado variaciones significativas en el ejercicio del presupuesto de los

capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”.

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67 VOLUMEN 5/17

b) Con base en el criterio “Presencia y Cobertura”, aquellas partidas con asignaciones

presupuestales significativas o no.

c) El monto erogado que representó el peso específico más alto en relación con

el presupuesto ejercido en cada partida.

Derivado de lo anterior, las partidas seleccionadas para su revisión fueron la 2141

“Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones”,

2151 “Material Impreso e Información Digital” y 3221 “Arrendamiento de Edificios”.

En lo referente a las partidas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se ejercieron

4,344.1 miles de pesos, 71.7% de lo erogado en dicho capítulo; asimismo, en el capítulo

3000 “Servicios Generales”, se ejercieron 15,279.2 miles de pesos, 34.5% de lo erogado

en el capítulo.

Derivado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 37 CLC y 2 Documentos

Múltiples, por un monto de 11,255.9 miles de pesos, que representa el 22.3% del gasto

total ejercido con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales” (50,390.5 miles de pesos), como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo/Partida

Universo Muestra

Importe Número de CLC

% Importe Número de CLC

Número de documento

múltiple

Participación respecto

de los capítulos

2000 “Materiales y Suministros”

2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones“ 879.0 8 1.7 879.0 7 1 1.7

2151 “Material Impreso e Información Digital” 3,465.1 15 6.9 3,465.1 15 6.9

Importe de las partidas seleccionadas 4,344.1 23 8.6 4,344.1 22 1 8.6

Otras partidas (14) 1,711.4 73 3.4 - - - -

Recursos ejercidos en el capítulo 2000 6,055.5 96 12.0 4,344.1 22 1 8.6

3000 “Servicios Generales”

3221 “Arrendamiento de Edificios” 15,279.2 45 30.3 6,911.8 15 1 13.7

Importe de las partidas seleccionadas 15,279.2 45 30.3 6,911.8 15 1 13.7

Otras partidas (34) 29,055.8 372 57.7 - - - -

Recursos ejercidos en el capítulo 3000 44,335.0 417 88.0 6,911.8 15 1 13.7

Total ejercido en los capítulos 2000 y 3000 50,390.5 513 100.0 11,255.9 37 2 22.3

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68 VOLUMEN 5/17

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

administrativo (apartado de organización y de procedimientos) de la STyFE y el manual

administrativo de la Dirección de Administración en la dependencia, vigentes en 2012,

para identificar la estructura orgánica; así como los objetivos, funciones y atribuciones de

las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas que intervinieron

en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se verificaron los procedimientos aplicados por

las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer,

devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo a los capítulos 2000

“Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”; y se constató si éstos garantizaron

razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras

disposiciones de observancia obligatoria.

En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno y se realizaron entrevistas

a los servidores públicos de la Dirección de Administración en la STyFE que tuvieron relación

con el ejercicio de recursos de los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales”, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos

facultados para ello, y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos

específicos de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio del

presupuesto de los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”;

se determinó que la STyFE, estableció mecanismos que, en general, hacen factible la

administración de riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató

que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas en los manuales

de organización de la STyFE y de la Dirección de Administración en la dependencia, lo cual

contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las

operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez

permite delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, la STyFE

presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan en el apartado

de resultados.

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69 VOLUMEN 5/17

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Mediante el oficio núm. OM/0359/2008 del 19 de febrero de 2008, la OM autorizó a la STyFE

el dictamen de reestructura orgánica núm. 14/2007 vigente a partir del 1o. del mismo mes y año

y publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de julio de 2009. En este dictamen

se previeron una Oficina del Titular de la STyFE; dos Direcciones Generales (de Trabajo y

Previsión Social, y de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo); una Procuraduría de la

Defensa del Trabajo; y las Direcciones de Seguro de Desempleo y de Estudios y Estadísticas

del Trabajo, como se muestra a continuación:

Estructura orgánica núm. 14/2007 Plazas

Oficina del Secretario 5

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 17

Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo 25

Procuraduría de la Defensa del Trabajo 12

Dirección de Seguro de Desempleo 2

Dirección de Estudios y Estadísticas del Trabajo 1

Total 62

Dirección de Administración

Mediante el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009, la Contraloría General del

Distrito Federal (CGDF) autorizó el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009, en vigor

a partir del 16 del mismo mes y año, en el cual se previeron una Dirección de Administración

con cinco Jefaturas de Unidad Departamental (de Recursos Financieros, de Recursos

Materiales y Servicios Generales, de Recursos Humanos, de Informática, y de Enlace

Administrativo).

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70 VOLUMEN 5/17

Estructura orgánica núm. 9/2009 Plazas

Dirección de Administración 2

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros 1

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales

1

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos 1

Jefatura de Unidad Departamental de Informática 3

Jefatura de Unidad Departamental de Enlace Administrativo 5

Total 13

Manual Administrativo

Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

La STyFE integró su manual de organización con base en el dictamen de reestructura orgánica

núm. 14/2007, vigente a partir del 1o. de marzo de 2007.

En 2012, la STyFE dispuso de cuatro manuales de organización elaborados conforme

al dictamen de reestructura orgánica núm. 14/2007, que establecen los objetivos, funciones,

atribuciones y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades

administrativas que forman la dependencia (Oficina de la Secretaría de Trabajo y

Fomento al Empleo, Direcciones Generales de Trabajo y Previsión Social, y de Empleo,

Capacitación y Fomento Cooperativo y Procuraduría de la Defensa del Trabajo); y fueron

autorizados y registrados por la CGMA con los núms. MA-33001-14/07, MA-33002-14/07,

MA-33003-14/07 y MA-33004-14/07, respectivamente. Dichos manuales se publicaron en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fechas 26 de marzo, 29 de julio, ambos de 2009

y 11 de marzo de 2010; asimismo, mediante circulares se difundieron entre el personal

de la Secretaría.

La STyFE contó con cuatro manuales de procedimientos elaborados con base en el

dictamen de reestructura orgánica núm. 14/2007, integrados a su manual administrativo,

por un total de 53 procedimientos, los cuales fueron autorizados y registrados por la CGMA

y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de marzo, 25 de mayo y 30 de

junio de 2010.

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71 VOLUMEN 5/17

Dirección de Administración

El manual de organización de la Dirección de Administración en la STyFE fue elaborado

con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009 de la OM, vigente a partir del

16 de junio de 2009.

Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección de Administración

de la STyFE proporcionó un listado de 27 procedimientos inherentes a sus actividades,

los cuales se encuentran incorporados a su manual administrativo por medio de los registros

núms. MA-12024-2/07 y MA-12024-9/09.

De los 27 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron 9 relacionados directamente con

el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos ejercidos

con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”;

asimismo, el manual administrativo mediante circulares se difundió entre el personal de

la Dirección de Administración de la STyFE.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”

y 3000 “Servicios Generales”, los resultados de la evaluación del control son los siguientes:

Fortalezas:

1. Para el registro y control de las operaciones de los capítulos 2000 “Materiales y

Suministros” y 3000 “Servicios Generales”, la STyFE dispone de su estructura orgánica

actualizada y registrada ante la CGMA.

2. La STyFE cuenta con áreas específicas responsables de la gestión de los recursos

ejercidos con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios

Generales”.

3. La STyFE dispone de los procedimientos necesarios para generar la información

presupuestal y contable requerida.

Debilidad:

La STyFE no aplicó mecanismos de control que le permitieran contar con la documentación

justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas de forma centralizada con cargo

a su presupuesto.

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72 VOLUMEN 5/17

Con base en lo expuesto, se considera que el sistema de control interno implantado para

la gestión de los recursos ejercidos con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”

y 3000 “Servicios Generales” es satisfactorio, ya que la STyFE cuenta con estrategias y

mecanismos de control para las actividades desarrolladas en torno de las adquisiciones,

arrendamientos y contratación de servicios, que garantizan de manera razonable el cumplimiento

de los objetivos, la transparencia de las operaciones y la observancia de la normatividad.

2. Resultado

Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

Se comprobó que en 2012 la SEFIN aplicó las normas que emitió y publicó el CONAC en

el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Oficial del Distrito Federal, referentes al ejercicio

del gasto. Dichas normas son las siguientes:

1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental

2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental

3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

4. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados

Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

5. Plan de Cuentas

6. Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros

relacionados con los Recursos Públicos Federales

7. Clasificador por Objeto del Gasto

8. Clasificador por Tipo de Gastos

9. Adecuaciones al Clasificador por Objeto de Gastos

10. Manual de Contabilidad Gubernamental

11. Clasificación Funcional del Gasto

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73 VOLUMEN 5/17

12. Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros

Diario Mayor e Inventarios y Balances

13. Clasificación Administrativa

14. Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Financiamiento de los Entes

Públicos

15. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación

Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

16. Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado

para los Municipios con menos de 25,000 Habitantes

17. Lineamientos Dirigidos para Asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental

facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de

los Entes Públicos

18. Parámetros para la Estimación de la Vida Útil

19. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita

la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

Por lo anterior, se ha dado cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, vigente que establecen lo siguiente:

“Artículo 6. El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad

gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para

la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos…”

“Artículo 7. Los entes públicos adoptarán e implementarán, con carácter obligatorio, en el ámbito

de sus respectivas competencias, las decisiones que tome el consejo, de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley, dentro de los plazos que éste establezca.

”Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial de la

Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales, respectivamente,

las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás disposiciones que sean

necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”

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74 VOLUMEN 5/17

Gasto Aprobado

3. Resultado

El techo presupuestal autorizado a la STyFE para el ejercicio de 2012 fue de 835,386.4 miles

de pesos, monto que fue distribuido de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Corriente Inversión Monto asignado

Servicios personales 124,615.5 0.0 124,615.5

Otros gastos 710,770.9 0.0 710,770.9

Gasto total 835,386.4 0.0 835,386.4

La fuente de recursos se formó como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Recursos fiscales 761,266.4

Programa de Apoyo al Empleo 73,253.2

Ingresos de aplicación automática 866.8

Total 835,386.4

El presupuesto original asignado a la STyFE que se reportó en la Cuenta Pública coincide

con el monto consignado en el techo presupuestal, el Programa Operativo Anual y el Calendario

Presupuestal, autorizados por la Secretaría de Finanzas en 2012.

Gasto Modificado

4. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas

se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron

las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto

original del rubro sujeto a revisión. También, se constató que dichas afectaciones se

encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación correspondiente.

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75 VOLUMEN 5/17

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al ejercicio

de 2012, para los capítulos 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”,

la STyFE reportó una asignación original de 56,210.1 miles de pesos, la cual fue modificada

mediante 82 afectaciones programático-presupuestarias. El presupuesto modificado significó

un decremento de 5,819.6 miles de pesos, para quedar en un presupuesto ejercido por un total

de 50,390.5 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 56,210.1

Más:

Adiciones compensadas 7,881.7

Adiciones líquidas 1,592.1

Ampliaciones compensadas 3,091.1

Ampliaciones líquidas 258.0

Subtotal 12,822.9 12,822.9

Menos:

Reducciones compensadas 8,760.5

Reducciones líquidas 9,882.0

Subtotal 18,642.5 18,642.5 (5,819.6)

Presupuesto modificado 50,390.5

Presupuesto ejercido y pagado 50,390.5

Diferencia 0.0

Asimismo, en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe

de Cuenta Pública correspondiente a 2012, en relación con los capítulos 2000 “Materiales

y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”, la STyFE reportó lo siguiente:

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

“A) Causas de la situación: se adicionaron recursos a fin de estar en posibilidad de llevar

a cabo la publicación quincenal del periódico ‘Ofertas de empleo’, instrumento de vinculación

laboral que coadyuva a la colocación de la población desempleada y subempleada

en el D.F. con una edición quincenal aproximada de 110,000 ejemplares; así como la

impresión trimestral de la revista informativa que expone la situación del mercado laboral

en la Ciudad de México, con un tiraje aproximado de 2000 ejemplares, pero debido a que

la Secretaría de Trabajo y Previsión Social a través de la Coordinación General del

Servicio Nacional de Empleo, estimó para la impresión del Periódico Ofertas de Empleo

la cantidad de $3,450,200.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL

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76 VOLUMEN 5/17

DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), no obstante, conforme a la cotización del proveedor

(talleres Gráficos de la Nación), el monto ejercido fue menor principalmente.”

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

“A) Causas de la situación: Se reorientaron recursos para cubrir las necesidades reales de

gasto de la dependencia, por economías resultantes de la obtención de mejores precios y

condiciones en los contratos de arrendamiento de los inmuebles que esta Secretaría ocupa,

las cuales se canalizaron para cubrir el pago de nómina del personal de estructura y técnico

operativo.

”Así también, se redujo el presupuesto de este capítulo derivado del remanente del presupuesto

autorizado para otros servicios generales, por la adhesión del contrato centralizado por

11,584,545.90 pesos, por lo que a través del oficio No. SF/DGA/0526/2012, la Secretaría

de Finanzas autorizó la liberación de los recursos principalmente.”

Dichas modificaciones se realizaron por medio de afectaciones programático-presupuestarias,

en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones Programático-

Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias

Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”,

numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Gasto Comprometido

5. Resultado

Se verificó el gasto comprometido con cargo a las partidas 2141 “Materiales, Útiles y Equipos

menores de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones”, para la adquisición

de cartuchos de tóner para impresoras, CD, memorias USB, limpiadores antiestáticos y aire

comprimido; 2151 “Material Impreso e Información Digital”, para la impresión de 220,000

ejemplares mensuales del periódico de ofertas de empleo y de 6,000 ejemplares de la revista

informativa que expone la situación del mercado laboral en la Ciudad de México, la

compra de diversos periódicos y revistas durante el año; y 3221 “Arrendamiento de Edificios”

por el arrendamiento de inmuebles utilizados por la STyFE.

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77 VOLUMEN 5/17

Al respecto, se constató que la STyFE cuenta con el respaldo documental que refleja

el reconocimiento de las obligaciones contraídas. Para formalizar dichas obligaciones,

se celebraron los contratos y convenios que se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Contrato/Solicitud Fecha Proveedor/Arrendador Descripción Importe total contratado

2141 DAT-09-2012 * Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca Dell, para impresoras modelos 5210-N, 5310-N y 5330-DN. 603.7

DAT-17-2012 * Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca HP, para impresora modelo Laserjet 4250/4350. 35.8

DAT-09-2012-C4 * Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca Dell, para impresoras modelos 2330-DN, 5210-N, 5310-N y 5330-DN. 178.6

* Grafo Cintas, S.A. de C.V. Cartuchos de tóner marca HP, para impresora modelo Laserjet 1320. 21.0

STyFE/DA/24/12 Artifexsite Com, S.A. de C.V. CD regrabable y limpiador antiestático. 24.4

STyFE/DA/23/12 Productos y Servicios Isimart, S.A. de C.V. Aire comprimido. 12.6

Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Fondo revolvente. 2.9

Subtotal 879.0

2151 STyFE/DA/08/12 1/III/12 María del Rosario Hernández Rosas Periódicos y revistas para la Oficina del Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo. 20.6

GDF/STyFE/DGEMyFC/SCB/006/2012

1/IV/12 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Impresión de 220,000 ejemplares mensuales del periódico Ofertas de Empleo del Servicio Nacional de Empleo. 3,318.9

Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Impresión de 6,000 ejemplares de la revista informativa que expone la situación del mercado laboral en la Ciudad de México. 125.0

Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Fondo revolvente. 0.6

Subtotal 3,465.1

3221 STYFE/DA/AI/01/12 12/I/12 Grupo HEXA, S.A. de C.V. Arrendamiento de una superficie de 1,200 m² y 21 cajones de estacionamiento del inmueble ubicado en Avenida San Antonio Abad núm. 122, colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06820. 1,380.0

STyFE/DA/AI/02/12 12/I/12 Inmobiliaria Marly, S.A. de C.V. Arrendamiento de una superficie de 600 m² y 8 cajones de estacionamiento en Avenida Izazaga núm. 89, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06890. 1,070.4

STYFE/DA/AI/04/12 12/I/12 Inmobiliaria Marly, S.A. de C.V. Arrendamiento de una superficie de 1,900 m² y 19 cajones de estacionamiento en Avenida Izazaga núm. 89, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090. 3,390.0

STYFE/DA/AI/03/12 12/I/12 Inmobiliaria AREL, S.A. de C.V. Arrendamiento de 2,400 m² del ala sur del 5o. piso, y 24 cajones de estacionamiento más 400 m² del ala sur del 8o. piso y 4 cajones de Estacionamiento, en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. 4,992.0

STYFE/DA/AI/05/12 12/I/12 Inmobiliaria AREL, S.A. de C.V. Arrendamiento de 164.60 m² de superficie del 8o. piso, y 2 cajones de estacionamiento en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. 292.8

STYFE/DA/AI/06/12 12/I/12 Inmobiliaria AREL, S.A. de C.V. Arrendamiento de 164.60 m² del ala sur del piso 14, así como 2 cajones de estacionamiento en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. 292.8

STYFE/DA/AI/07/12 12/I/12 Inmobiliaria AREL, S.A. de C.V. Arrendamiento de 100 m² del sótano del inmueble ubicado en la Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. 114.1

STYFE/DA/AI/08/12 12/I/12 Moisés Romano Zaga y copropietarios

Arrendamiento de 1,491.68 m² del piso 3 así como 900 m² del piso 3, incluyendo 15 cajones de estacionamiento, en Simón Bolívar núm. 231, colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc. 3,683.8

Subtotal 15,215.9**

Total 19,560.0

* Los contratos fueron realizados de forma centralizada. ** La STyFE en 2012 ejerció con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios” un importe de 15,279.2 miles de pesos, de los cuales 15,215.9 miles de

pesos corresponden a la formalización de contratos de arrendamientos seleccionados como parte de la muestra y 63.3 miles de pesos no fueron objeto de revisión.

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78 VOLUMEN 5/17

En el caso de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios realizadas por

la STyFE, se confirmó el envío de los reportes mensuales de las operaciones autorizadas,

de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

que establece: “Artículo 53. Los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades, a más tardar dentro de los primeros diez días naturales de cada

mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría y otra a la Oficialía,

en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55

de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior, acompañando copia de las

actas de los casos que hayan sido dictaminados al amparo del artículo 54 por el Comité

o Subcomité correspondiente. Asimismo, las entidades enviarán además a su Órgano de

Gobierno, el informe señalado”.

Mediante el oficio núm. ASC/141/12-01 del 24 de septiembre de 2013, la CMHALDF

solicitó a la STyFE que proporcionara las CLC determinadas en la muestra de auditoría

con su documentación justificativa y comprobatoria. En respuesta, la STyFE proporcionó

la documentación solicitada de las partidas 2151 “Material Impreso e Información Digital”

y 3221 “Arrendamiento de Edificios”. Respecto de la partida 2141 “Materiales, Útiles y Equipos

menores de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones”, proporcionó únicamente

la impresión de las CLC núms. 33 CD 01 100665, 33 CD 01 100958, 33 CD 01 101427 y

33 CD 01 101941, emitidas por el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP); asimismo, indicó que, por tratarse de pagos centralizados, el área no cuenta

con la documentación soporte.

Derivado de lo anterior, la STyFE incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los

recursos […] de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados

y justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan…”

En la reunión de confronta celebrada el 6 de diciembre de 2013, mediante el oficio

núm. STYFE/507/2013 del 6 de diciembre de 2013, la Dirección de Administración de la

Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo informó lo siguiente:

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79 VOLUMEN 5/17

“Se da seguimiento al manejo y aplicación de los recursos, partiendo de que se etiqueta

el manejo del recurso mediante el procedimiento de adhesión consolidada y por consiguiente

su aplicación a través del SAP-GRP, de donde se obtiene la evolución presupuestal y la JUD de

Recursos Financieros comunica mensualmente a la JUD de Recursos Materiales y Servicios

Generales (anexo 1), quien verifica que efectivamente ha sido devengado y justificado

el gasto (anexo 4).

”Respecto a la guarda y custodia de los documentos que soportan las CLC´s, éstos

forman parte de los expedientes de la Unidad Administrativa Consolidadora, quien está

obligada a la guarda y custodia de los soportes documentales de las CLC´s que generan,

esto de conformidad al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en el 2012, apartado de Lineamientos

Generales, numeral 16, donde establece que la captura y solicitud de registro de CLC´s

la llevará a cabo la UR encargada de la centralización o consolidación. Sin embargo,

para efectos de control se ha solicitado en distintas ocasiones, copia de los respectivos

soportes documentales (anexo 2), obteniendo como respuesta que, ʽ... Ia información.

solicitada se encuentra disponible en el SAP-GRP y en la página http//intranet.df.gob.mx/om...ʼ

(anexo 3); cabe precisar que la información que refiere del SAP-GRP, es presupuestal,

misma que se envía mensualmente a la JUDRMSG, y en cuanto a la que se presenta en

la página de referencia, corresponde a todas las entidades y dependencias participantes,

por lo que resulta complicado identificar lo que compete esta dependencia, además del

gran volumen de hojas a imprimir con información de otras Instituciones, contraviniendo

lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el D.F., capítulo IV de la Disciplina

Presupuestaria, artículo 81 referente a, tomar medidas para racionalizar el gasto.”

Del análisis de la información y documentación proporcionada, se determinó que la STyFE

desvirtúa parcialmente la observación en cuanto a que las operaciones realizadas de

forma centralizada afectaron su presupuesto; sin embargo, no contó con la documentación

justificativa y comprobatoria de las operaciones, por lo que se concluye que no implantó

mecanismos de coordinación con las unidades administrativas consolidadoras a fin de obtener

dicha documentación.

Recomendación ASC-141-12-01-STFE

Es necesario que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo adopte mecanismos

para garantizar que se establezca una mejor coordinación con las áreas consolidadoras

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80 VOLUMEN 5/17

de información y documentación de la Oficialía Mayor, a fin de que pueda sustentar las

operaciones realizadas con cargo a su presupuesto con su información y documentación

soporte, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Gasto Devengado

6. Resultado

Para verificar si la STyFE recibió los bienes pagados y el uso temporal de los bienes inmuebles

conforme a lo establecido en los convenios y contratos correspondientes, fue revisada la

documentación del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor

de terceros. Adicionalmente, en el caso de la adquisición de bienes pagados con cargo

a la partida 2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la Información y

Comunicaciones”, se revisaron las remisiones y los controles de entradas y salidas (kardex);

respecto de la impresión del periódico ofertas de empleo y la revista informativa que expone

la situación del mercado laboral en la Ciudad de México, pagados con cargo a la 2151 “Material

Impreso e Información Digital” se revisaron las remisiones y facturas; y, para comprobar

el arrendamiento de inmuebles con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”,

se realizaron las inspecciones físicas de los inmuebles arrendados y se elaboró la minuta

correspondiente. Cabe mencionar, que dichos inmuebles siguen siendo arrendados.

Al respecto, se comprobó la recepción de los bienes adquiridos de forma directa y centralizada

por parte de la STyFE; la recepción del periódico Ofertas de Empleo y de las revistas

informativas relativas a la situación del mercado laboral en la Ciudad de México; y el

arrendamiento de inmuebles de conformidad con lo establecido en los convenios y contratos

correspondientes.

Gasto Ejercido

7. Resultado

Con la finalidad de constatar que la STyFE contara con las CLC debidamente aprobadas

por la autoridad facultada para ello y para verificar que la documentación comprobatoria

adjunta cumpliera los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal

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81 VOLUMEN 5/17

de la Federación vigente durante 2012, la CMHALDF solicitó a la STyFE la documentación

justificativa y comprobatoria de las operaciones relacionadas con 37 CLC y 2 documentos

múltiples por un importe de 11,255.9 miles de pesos, con cargo a las tres partidas determinadas

como muestra de auditoría. Del análisis de dicha documentación, se concluyó lo siguiente:

Las 37 CLC y 2 documentos múltiples son impresiones del SAP-GRP y fueron elaboradas

y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de

los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por

Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestales

y Control del Presupuesto Comprometido en 2012, por lo que la STyFE se sujetó a lo

establecido en el apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”,

subapartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar

Certificada”, numeral 2, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que dispone: “Con fundamento

en lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos, ambos vigentes durante 2012 y conforme

a las responsabilidades que de ahí se derivan, le corresponde al titular de la UR o a los

servidores públicos de nivel de estructura que fueron facultados conforme a ley, autorizar

el pago, mediante su firma”.

Asimismo, a efecto de comprobar que la STyFE contase con evidencia documental de

que el ejercicio del gasto fue debidamente aprobado, se revisaron las sesiones ordinarias

y extraordinarias del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

mediante las cuales se dictaminaron las adquisiciones de bienes, arrendamientos y las

contrataciones de servicios realizadas en 2012; y las autorizaciones previas de suficiencia

presupuestal de las operaciones que se muestran a continuación:

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82 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC

y documento múltiple 33 CD 01 con terminaciones

Proveedor/arrendador Descripción Importe revisado

2141 100665 Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca Dell, para impresoras modelos 5210-N, 5310-N y 5330-DN. 603.7

100874 Grafo Cintas, S.A. de C.V. Cartuchos de tóner marca HP, para impresora modelo Laserjet 1320. 21.0

101427 Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca HP, para impresora modelo Laserjet 4250/4350. 35.8

101941 Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Cartuchos de tóner marca Dell, para impresoras modelos 2330-DN, 5210-N, 5310-N y 5330-DN. 178.6

101556 Artifexsite Com, S.A. de C.V. CD regrabable y limpiador antiestático. 24.4

101741 Productos y Servicios Isimart, S.A. de C.V. Aire comprimido. 12.6

102065 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Fondo revolvente. 0.6

200347 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Fondo revolvente. 2.3

Subtotal 879.0

2151 100356 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Compra de Agenda Fiscal 2012. 0.1

100406 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.0

100498 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.6

100595 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.0

100822 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.0

100974 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.1

101003 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

CD-RW Verbatim con 25 piezas. 0.4

101129 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.1

101198 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Compra de Guía Roji. 0.2

101267 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 1.8

101573 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 2.1

101680 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 1.9

101788 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Impresión de 220,000 ejemplares mensuales del periódico Ofertas de Empleo 3,318.9

101924 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

Impresión de 6,000 ejemplares de la revista informativa que expone la situación del mercado laboral en la Ciudad de México. 125.0

102027 María del Rosario Hernández Rosas Compra de periódicos y revistas. 1.9

Subtotal 3,465.1

3221 100384 Inmobiliaria Arel, S.A. de C.V. Arrendamiento de 2,400 m² del ala sur del 5o. piso, y 24 cajones de estacionamiento más 400 m² del ala sur del 8o. piso y 4 cajones de estacionamiento, en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

Arrendamiento de 164.60 m² de superficie del 8o. piso, y 2 cajones de estacionamiento en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

Arrendamiento de 164.60 m² del ala sur del piso 14, así como 2 cajones de estacionamiento en Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

Arrendamiento de 100 m² del sótano del inmueble ubicado en la Avenida Netzahualcóyotl núm. 120, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. 1,422.8

100395 Inmobiliaria Marly, S.A. de C.V. Arrendamiento de una superficie de 600 m² y 8 cajones de estacionamiento en Avenida Izazaga núm. 89, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06890.

Arrendamiento de una superficie de 1,900 m² y 19 cajones de estacionamiento en Avenida Izazaga núm. 89, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090. 1,115.1

100458 Grupo Hexa, S.A. de C.V. Arrendamiento de una superficie de 1,200 m² y 21 cajones de estacionamiento del inmueble ubicado en Avenida San Antonio Abad núm. 122, colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06820.

460.0

100791 Grupo Hexa, S.A. de C.V.

230.0

Continúa…

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83 VOLUMEN 5/17

… Continuación

Partida Número de CLC

y documento múltiple 33 CD 01 con terminaciones

Proveedor/arrendador Descripción Importe revisado

100264 Moisés Romano Zaga y copropietarios Arrendamiento de 1,491.68 m² del piso 3, así como 900 m² del piso 3, incluyendo 15 cajones de estacionamiento, en Simón Bolívar núm. 231, colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc.

920.9

100447 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

100470 Moisés Romano Zaga y copropietarios 920.9

100619 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

100795 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

100828 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

100958 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

101266 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

101493 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

101678 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

102028 Moisés Romano Zaga y copropietarios 307.0

200003 Moisés Romano Zaga y copropietarios (920.9)

Subtotal 6,911.8

Total 11,255.9

Las facturas presentadas como documentación soporte de las operaciones realizadas por

la STyFE y pagadas mediante las CLC incluidas en el cuadro anterior (seleccionadas

como parte de la muestra de auditoría), con cargo a las partidas 2141 “Materiales, Útiles y

Equipos Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones”, 2151 “Material

Impreso e Información Digital” y 3221 “Arrendamiento de Edificios”, y que fueron emitidas

a favor de proveedores y arrendadores, corresponden a la adquisición de bienes,

arrendamientos o contratación de servicios y cumplen los requisitos fiscales establecidos

en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

Gasto Pagado

8. Resultado

Se constató que la STyFE tramitó ante la SEFIN la obtención de recursos económicos para

el pago, mediante transferencias electrónicas, a los proveedores y arrendadores con lo que

se comprobó la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago, concretada mediante el

desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago, en este caso, para los bienes

informáticos adquiridos con cargo a la partida 2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de

Tecnologías de la Información y Comunicaciones”, de la impresión de periódicos y revistas

pagados con cargo a la partida 2151 “Material Impreso e Información Digital”, y del arrendamiento

con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se conoció que la STyFE tramitó

ante la Secretaría de Finanzas la obtención de recursos económicos para el pago, mediante

transferencias electrónicas a los proveedores y arrendadores.

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85 VOLUMEN 5/17

I.13. SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

I.13.1. ANTECEDENTES

En 1982, se instaló una oficina dedicada a crear el Sistema de Protección y Restablecimiento

de la Ciudad de México frente a Desastres (SIPROR), la cual estuvo adscrita a varias

dependencias, como la Secretaría General de Protección y Vialidad. A raíz de la explosión

en San Juanico y de los sismos de 1985, el SIPROR se incorporó al Sistema Nacional de

Protección Civil y cambió de adscripción a la Dirección General de Gobierno del Distrito

Federal. El 15 de septiembre de 1995, el SIPROR se convirtió en Dirección General.

En 1997, por medio del dictamen núm. 180/1997, se autorizó la reestructuración de la

Dirección General de Gobierno del Distrito Federal a partir del 16 de septiembre de 1997;

la unidad administrativa quedó integrada con una Dirección General, dos Subdirecciones

y seis Jefaturas de Unidad Departamental. El 1o. de enero de 2001, se autorizó una

nueva estructura orgánica mediante el dictamen núm. 102/2001.

En el contexto del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, el

gobierno local determinó entre sus prioridades atender a la ciudadanía en materia de

protección civil. Por ello, con fundamento en los artículos 33, fracción III, de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 16, fracción V, y 27,

fracciones IX y X, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

y mediante el dictamen núm. 15/2007 de fecha 8 de marzo de 2007, comunicado con el

oficio núm. OM/0363/2007, la Oficialía Mayor dictaminó favorablemente la estructura

orgánica de la Secretaría de Protección Civil, en vigor a partir del 1o. de marzo de 2007.

Atribuciones

El artículo 23 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró en

vigor el 1o. de enero de 1999 y fue reformada el 6 de febrero de 2007, el 26 de enero de 2009

y el 20 de diciembre de 2010, establece las siguientes atribuciones de la Secretaría de

Protección Civil:

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86 VOLUMEN 5/17

“Artículo 23 bis. A la Secretaría de Protección Civil corresponde el despacho de las

materias relativas a la protección civil y prevención al desastre:

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Elaborar, coordinar y vigilar la ejecución de los programas de protección civil del Distrito

Federal;

”II. Formar parte del Consejo de Protección Civil, como Secretario Ejecutivo;

”III. Ejecutar los acuerdos que en la materia dicten el Jefe de Gobierno y el Consejo

de Protección Civil y vigilar que sean observados por los demás elementos que

conforman el Sistema de Protección Civil del Distrito Federal;

”IV. Elaborar los trabajos que en la materia le encomienden el Jefe de Gobierno o el

Consejo de Protección Civil y resolver las consultas que se sometan a su consideración;

”V. Realizar y difundir programas de orientación y capacitación, en materia de protección

civil a los habitantes del Distrito Federal;

”VI. Elaborar, operar, evaluar y actualizar el Atlas de Riesgo, en materia de protección civil;

”VII. Elaborar, operar, evaluar y actualizar el Registro Estadístico Único de Situaciones de

Emergencia del Distrito Federal;

”VIII.Recabar, captar y sistematizar la información, para conocer la situación del Distrito

Federal en condiciones normales y de emergencia;

”IX. Representar al Distrito Federal, cuando así se lo autorice el Jefe de Gobierno, ante

toda clase de autoridades e instituciones nacionales e internacionales, en materia de

protección civil;

”X. Normar los establecimientos temporales para el auxilio de los habitantes del Distrito

Federal, en situaciones de emergencia;

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87 VOLUMEN 5/17

”XI. Registrar, evaluar, coordinar y vigilar a las organizaciones civiles, empresas

capacitadoras, así como a las empresas de consultoría y estado de riesgo y

vulnerabilidad, que por sus características se vinculen a la materia de protección civil;

”XII. Proponer al Jefe de Gobierno la política general de protección civil, así como sus

principios generales;

”XIII. Coordinar los dispositivos de apoyo para atender situaciones de emergencia o desastre;

”XIV. Fomentar y realizar estudios, investigaciones, análisis y opiniones de carácter técnico,

científico y académico, en materia de protección civil;

”XV. Practicar visitas para verificar el cumplimiento de la Ley, Reglamento, términos de

referencia y normas técnicas complementarias en materia de protección civil en

establecimientos mercantiles que operen con licencia de funcionamiento especial,

en establecimientos mercantiles que operen con licencia de funcionamiento ordinaria de

teatros, cines y auditorios con aforo mayor a quinientas personas y espectáculos

públicos con aforo mayor a quinientas personas;

”XVI. Ser el conducto para que el Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

se relacione con el Jefe de Gobierno;

”XVII. Integrar el Patronato y participar en la integración de la Junta de Gobierno del

Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, en los términos de la ley aplicable;

”XVIII.Llevar el padrón de los certificados de cumplimiento de los establecimientos mercantiles

señalados como de su competencia en la Ley de Establecimientos Mercantiles del

Distrito Federal;

”XIX. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Sistema de Protección Civil para

garantizar, mediante la adecuada planeación, la prevención, auxilio y recuperación

de la población y de su entorno ante situaciones de desastre, incorporando la

participación activa y comprometida de la sociedad;

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88 VOLUMEN 5/17

”XX. Coordinar a las partes del Sistema de Protección Civil en la elaboración de los

planes y programas básicos de atención, auxilio y apoyo al restablecimiento de la

normalidad, frente a los desastres provocados por los diferentes tipos de agentes

perturbadores;

”XXI. Solicitar al Jefe de Gobierno la emisión de las declaratorias de emergencia o desastre,

acompañando dicha solicitud con un informe técnico de la situación por la que se

requiere la intervención inmediata del Sistema de Protección Civil y de los recursos

del FOPREDE o del FODEM, en los términos de las reglas de operación de los mismos;

”XXII. Suscribir convenios de colaboración administrativa con las partes integrantes

del Sistema de Protección Civil, en materia de diagnóstico, prevención y atención de

desastres;

”XXIII. Operar, en términos de la normatividad aplicable, el Fondo Revolvente del FODEM

para la adquisición de suministros de auxilio en situaciones de emergencia y desastre;

”XXIV. Determinar, en los términos de las Reglas de Operación, la adquisición de equipo

especializado de transporte, comunicación, alertamiento y atención de emergencias y

desastres, atención de emergencias y desastres, así como indumentaria especializada

para la atención y rescate con cargo al FOPREDE;

”XXV. Elaborar las normas técnicas complementarias y términos de referencia en materia

de protección civil;

”XXVI. Impulsar la actualización de las empresas capacitadoras, de consultoría y de estudios

de riesgo vulnerabilidad vinculadas a la materia de protección civil;

”XXVII. Iniciar y resolver el procedimiento administrativo con la finalidad de revocar el

registro a las empresas capacitadoras, de consultoría y de estudios de riesgo

vulnerabilidad, y a los terceros acreditados, que incurran en violaciones a la presente

Ley o su reglamento; y

”XXVIII. Las demás que la presente Ley, así como otras disposiciones le asignen.”

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89 VOLUMEN 5/17

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 132,832.4 100.0 154,068.1 100.0 (21,235.7) (13.8)

Corriente 132,832.4 100.0 154,068.1 100.0 (21,235.7) (13.8)

Presupuesto ejercido

Gasto total 126,659.8 100.0 154,542.1 100.0 (27,882.3) (18.0)

Corriente 126,094.3 99.6 138,889.4 89.9 (12,795.1) (9.2)

De capital 565.5 0.4 15,652.7 10.1 (15,087.2) (96.4)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 132,832.4 126,659.8 (6,172.6) (4.6)

Corriente 132,832.4 126,094.3 (6,738.1) (5.1)

De capital 0.0 565.5 565.5 n.a.

2011

Gasto total 154,068.1 154,542.1 474.0 0.3

Corriente 154,068.1 138,889.4 (15,178.7) (9.9)

De capital 0.0 15,652.7 15,652.7 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

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90 VOLUMEN 5/17

En 2012, la Secretaría de Protección Civil tuvo una asignación de 132,832.4 miles de pesos,

que representó el 0.1% del presupuesto asignado a la Administración Central del Sector

Gobierno del Distrito Federal (97,134,027.0 miles de pesos), y erogó 126,659.8 miles

de pesos, que representaron el 0.1% del monto ejercido por dicha administración

(109,556,324.0 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 132,832.4 100.0 126,659.8 100.0 (6,172.6) (4.6)

Corriente 132,832.4 100.0 126,094.3 99.6 (6,738.1) (5.1)

“Servicios Personales” 94,303.8 71.0 86,567.5 68.4 (7,736.3) (8.2)

“Materiales y Suministros” 4,596.0 3.5 5,100.0 4.0 504.0 11.0

“Servicios Generales” 33,832.6 25.5 34,426.8 27.2 594.2 1.8

“Transferencias, Aportaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 100.0 n.s. 0.0 (100.0) (100.0)

De capital 0.0 0.0 565.5 0.4 565.5 n.a.

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 0.0 565.5 0.4 565.5 n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable. n.s. No significativo.

Principales Resultados

De las tres vertientes de gasto en que participó la Secretaría de Protección Civil durante 2012,

la principal, por su importe ejercido, fue la 09 “Protección Civil”, perteneciente al Eje

Estratégico “Seguridad y Justicia Expedita”. De dicha vertiente de gasto, destaca la

función 07 “Auxilio Oportuno y Expedito cuando se presenta”.

Por medio de esta función, se implementaron cuatro Programas Internos Especiales:

Integral de Atención a Emergencias (PIAE), de Registro Único de Situaciones de Emergencias

(PRUSE), de Monitoreo y Recorridos en Zonas de Riesgo (PMRZR) y de Formación

Permanente (PFP).

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91 VOLUMEN 5/17

En el marco del PIAE, se llevó a cabo el programa “Campaña de Invierno 2012”,

realizando recorridos por las zonas más vulnerables a fin de detectar personas en calidad

de calle, que se encuentren en riesgo por temperaturas bajas extremas, para lo cual se

realizaron 55 recorridos, beneficiando a 331 personas; en noviembre, se inició el Programa

de Invierno 2012-2013, para lo cual se realizaron 25 recorridos nocturnos, beneficiando a

177 personas; se atendieron un total de 5,324 emergencias, de las cuales 125 fueron de

tipo geológico, 272 hidrometeorológicas, 2,422 físico-químicas, 15 ecológico-sanitarias

y 2,490 socio-organizativas; y se llevaron a cabo simulacros en escuelas, hospitales y

centros de salud, instalaciones vitales estratégicas, gaseras y gasolineras, oficinas de gobierno,

unidades habitacionales y comités vecinales en zonas de alto riesgo sísmico, establecimientos

mercantiles, gabinete de crisis y reacción inmediata, en coordinación con dependencias

federales, y el macrosimulacro con todos los sectores.

En el marco del PRUSE, se registraron 18,108 incidentes, de los cuales 7,609 fueron

relevantes, 3,083 no relevantes y 7,416 de conocimiento; y se registraron y canalizaron

para su atención 17,295 llamadas de reportes de emergencia y orientación a la población.

Por medio del PMRZR se dio atención a los programas de estiaje, de lluvias y de

temporada invernal, en los cuales se presentaron 18,108 incidentes; de ellos, 117 fueron

por fenómenos meteorológicos, 1,893 por fenómenos hidrometeorológicos, 6,221 por

físico-químicos, 1,773 sanitarios, 3,890 socio-organizativos, 999 sinestros relacionados

con la flora y la fauna, 3,031 gestiones de servicios de emergencia, 63 equipamientos

urbanos, 8 imágenes de impacto urbano, y 113 en riesgos y construcciones.

Mediante el PFP, se actualizaron las Guías Técnicas para la Elaboración de Planes de

Emergencia del Manual de Organización y Procedimientos de la Coordinación de Planes

de Seguridad, del Plan Operativo Estacional de Protección Civil para la Temporada de

Estiaje 2012, del Programa Interno de Protección Civil de la Dirección General de Emergencias

Mayores, y del Plan Operativo Estacional de Protección Civil para la Temporada de

Lluvias 2012; y se llevaron a cabo 808 cursos de capacitación en escuelas de nivel

preescolar, primaria, secundaria y jardín de niños, en unidades habitacionales, y en

colonias de los órganos político-administrativos. Además, se llevó a cabo una campaña de

difusión en materia de protección civil, en la que se contemplaron aspectos de prevención

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92 VOLUMEN 5/17

de riesgos naturales, antropogénicos e inducido, así como medidas de actuación para

salvaguardar la vida de la población en caso de emergencia y desastre; se evaluaron y

supervisaron los programas especiales de protección civil, asegurando que los 16 órganos

político-administrativos del Distrito Federal ingresen al Programa Especial de Protección

Civil; y se realizaron inspecciones técnicas en materia de protección civil, mecánico-

eléctricas, hidrosanitarias e ingeniería civil a los inmuebles y estructuras temporales de

cada evento o espectáculo público, así como el monitoreo de éstos.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Secretaría de

Protección Civil.

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93 VOLUMEN 5/17

I.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.13.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/142/12

ANTECEDENTES

La Secretaría de Protección Civil (SPC) ocupó el vigésimo lugar respecto del presupuesto

ejercido en 2012 por las 21 dependencias del Gobierno del Distrito Federal (GDF)

(46,709,326.9 miles de pesos), con un monto de 126,659.8 miles de pesos, de acuerdo

con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del mismo año.

Ese importe representó el 0.3% del total erogado por dichos entes de la Administración

Pública Centralizada y fue inferior en 4.7% (6,172.6 miles de pesos) al presupuesto asignado

originalmente (132,832.4 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SPC ejerció 34,426.8 miles de pesos

(27.2% del total de su presupuesto), monto 1.8% (594.1 miles de pesos) mayor en relación

con el presupuesto original autorizado en dicho capítulo (33,832.7 miles de pesos) e inferior

en 18.2% (7,653.9 miles de pesos) respecto a lo ejercido en 2011 (42,080.7 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SPC en el

capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección: “Importancia

Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”

(34,426.8 miles de pesos) fue inferior en 18.2% (7,653.9 miles de pesos) respecto del

presupuesto ejercido en 2011 (42,080.7 miles de pesos); y “Exposición al Riesgo”, por tratarse

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94 VOLUMEN 5/17

de un capítulo de gasto propenso a errores involuntarios, desperdicio, irregularidades,

ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se ha observado en auditorías

de ejercicios anteriores practicadas a este sujeto fiscalizado. Dichos criterios generales se

encuentran contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor

de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), con actualización

vigente a partir del 25 de enero de 2013.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

y 1o., 13 y 16 de su Reglamento Interior.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto de la SPC con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 34,426.8 miles de

pesos, se ejerció en 35 partidas de gasto, mediante 260 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y 26 Documentos Múltiples. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de

planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se

determinó revisar un monto de 23,708.9 miles de pesos, ejercidos mediante 23 CLC, con cargo

a las partidas 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 3551 “Servicios de Investigación Científica

y Desarrollo”, que representa el 68.9% del total ejercido en dicho capítulo, como se muestra

a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM CLC DM

3221 “Arrendamiento de Edificios” 21 0 14,002.9 40.7 21 0 14,002.9 40.7

3551 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 2 0 9,706.0 28.2 2 0 9,706.0 28.2

Otras 33 partidas 237 26 10,717.9 31.1 0 0 0.0 0.0

Total 260 26 34,426.8 100.0 23 0 23,708.9 68.9

DM: Documento Múltiple.

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95 VOLUMEN 5/17

Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN)

proporcionó a esta entidad de fiscalización.

2. Seleccionar aquellas partidas del rubro en revisión que presentaron variaciones absolutas

y relativas significativas entre el presupuesto original y el ejercido, correspondientes

al ejercicio en revisión, y respecto de ejercicio inmediato anterior.

3. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo a cada

una de las partidas seleccionadas del rubro en revisión.

4. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores al ejercicio

de la partida del rubro sujeto a revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección de Administración en la SPC,

por ser la encargada de administrar, coordinar y controlar los recursos humanos, financieros,

materiales y servicios generales de la dependencia, con el propósito de atender eficazmente

las actividades que conforme al ámbito de sus atribuciones le corresponden, en específico,

en las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos Financieros y de Recursos Materiales

y Servicios Generales. La primera, por ser la unidad administrativa encargada de integrar el

Programa Operativo Anual (POA) de la dependencia y el presupuesto de egresos; de registrar

y controlar el ejercicio presupuestal de acuerdo con la disponibilidad de recursos y programas

autorizados; de ejecutar la suficiencia presupuestal autorizada para los requerimientos de

servicios solicitados, de acuerdo con la disponibilidad de recursos presupuestales; de efectuar

el registro y la revisión de las CLC para el pago de los compromisos adquiridos con prestadores

de servicios; de custodiar la documentación comprobatoria de los pagos realizados, de acuerdo

con las CLC emitidas; de ejecutar el registro contable del ejercicio presupuestal que se efectúa;

y de elaborar e integrar el Informe de Cuenta Pública de conformidad con la normatividad

aplicable. La segunda, por ser la unidad administrativa encargada de ejecutar y dar seguimiento

al Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS)

de la SPC; de efectuar arrendamientos de bienes inmuebles y contratación de servicios;

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96 VOLUMEN 5/17

de elaborar las bases, dictámenes y demás documentación legal, técnica y administrativa

que se requiera para llevar a cabo los procesos licitatorios en sus diversas modalidades;

de ejecutar los contratos que formalicen el arrendamiento de bienes y contratación de servicios;

y de controlar la ejecución de operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles. Los trabajos

también se realizaron en la Dirección General de Prevención de la SPC, por ser la encargada de

integrar, coordinar, concertar, inducir y vigilar el conjunto de acciones y mecanismos tendentes

a reducir riesgos; evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo de los fenómenos

perturbadores sobre la vida y bienes de la población, la planta productiva, los servicios públicos

y el medio ambiente; así como coordinar y supervisar los programas y acciones de prevención

y mitigación de los diversos tipos de riesgos que inciden en la Ciudad de México.

Evaluación de Control Interno

1. Se verificó que la SPC hubiese contado con mecanismos de control suficientes para

prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar la eficacia y eficiencia de

las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento

de la normatividad y la consecución de los objetivos.

2. Se analizaron los manuales administrativos de la SPC y de la Dirección de Administración

en la dependencia que estuvieron vigentes en el ejercicio de 2012, para verificar que los

manuales de organización correspondieran a las estructuras orgánicas aprobadas y

dictaminadas, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen

sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)

de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

3. Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente

de control a servidores públicos de la Dirección de Administración en la dependencia,

así como de la Dirección General de Prevención de la SPC, quienes intervinieron en

las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,

devengación, ejercicio y pago de operaciones realizadas por la SPC con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a las que

estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

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97 VOLUMEN 5/17

Gasto Aprobado

Se analizaron el POA, el Calendario Presupuestal, el Analítico de Claves y el Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización, todos correspondientes al ejercicio

fiscal de 2012, con la finalidad de verificar si el techo presupuestal reportado se ajustó al

autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

Gasto Modificado

Se revisaron 48 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado

al capítulo 3000 “Servicios Generales”; se verificaron las causas por las cuales se incrementó

dicho presupuesto y se constató que éste contara con la documentación soporte de los cambios

presupuestales efectuados.

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado, se hayan aplicado durante

el período auditado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado para conocer el

presupuesto comprometido de la dependencia correspondiente al ejercicio de 2012

y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con

documentos legales.

2. Se revisó que la SPC contara con la autorización expresa de su titular para llevar a cabo

la contratación de servicios mediante procedimientos distintos a la licitación pública;

que la contratación de servicios estuviera prevista en el PAAAPS, y soportada con las

requisiciones u órdenes de servicio debidamente justificadas y firmadas por el personal

con atribuciones para autorizarlas; que contara con suficiencia presupuestal y, en su

caso, con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios; y que las solicitudes de los servicios contratados con cargo a las partidas

3221 “Arrendamiento de Edificios” y 3551 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

seleccionadas como muestra, contaran con suficiencia presupuestal.

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98 VOLUMEN 5/17

3. Se verificó que la contratación de los prestadores de servicios se hubiese ajustado a los

procedimientos de adjudicación que prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa,

invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación pública nacional

o internacional), y se hubiera formalizado mediante contrato y con prestadores de

servicios que no se encontraran inhabilitados por la CGDF o por la Secretaría de la Función

Pública (SFP); que, de ocurrir alguna eventualidad, se hayan celebrado convenios de

terminación anticipada, en los plazos establecidos; que se hayan realizado estudios

de precios de mercado; que los prestadores de servicios hubiesen presentado las garantías

aplicables en los plazos establecidos; y que los procedimientos de adjudicación

seleccionados como muestra se hayan ajustado a los montos de actuación autorizados.

Todo lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su Reglamento; de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno); de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;

y del manual administrativo de la dependencia, todos vigentes en 2012.

Gasto Devengado

Se revisó que los servicios hubiesen sido recibidos por la SPC y que su entrega estuviera

soportada con la documentación que contara con la firma de recepción a satisfacción de la

dependencia y cumpliera con las especificaciones establecidas en las requisiciones u órdenes

de servicios y en los contratos respectivos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal y del manual administrativo de la dependencia, ambos

vigentes en 2012.

Gasto Ejercido

1. Se constató que los prestadores de servicios hubiesen presentado comprobantes de pago

(facturas o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Protección Civil, y que éstos hubieran cumplido los requisitos

fiscales correspondientes; que los pagos por concepto de prestación de servicios se

hubiesen liquidado de acuerdo a las condiciones pactadas en los contratos y fueran por la

recepción de los servicios pactados; que los gastos se hubieran registrado en partidas

acordes con su naturaleza; y que se hubiese reportado en tiempo y forma a la SEFIN

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99 VOLUMEN 5/17

el pasivo circulante del ejercicio 2011 o de ejercicios anteriores, pagado en 2012, así como

del ejercicio de 2012 pagado en 2013, correspondiente a las partidas del capítulo

3000 “Servicios Generales”; y que, en su caso, tanto los recursos no ejercidos como

los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2012 se informaran a la SEFIN en los

plazos señalados.

2. Se verificó que, de ser el caso, se hayan aplicado correctamente las sanciones o descuentos

a los prestadores de servicios por proporcionar de manera incompleta o extemporánea

los servicios contratados, y que se hayan aplicado los descuentos procedentes en los

pagos efectuados; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hayan hecho

efectivas las garantías correspondientes.

Todo lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal; y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

Gasto Pagado

Se confirmaron las operaciones con los prestadores de servicios contratados para verificar

los procesos de contratación, facturación y pago.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado obtuvieron los resultados esperados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos

consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por

partida de gasto; verificar que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado

a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012; y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la

estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2012. También se verificó que la dependencia haya conservado

la documentación original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados, y contado

con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa de los

prestadores de servicios contratados; que los servicios contratados hayan sido en cumplimiento

de los programas, acciones y atribuciones de la SPC. Asimismo, se constató la recepción de los

servicios por medio de visitas de inspección física.

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100 VOLUMEN 5/17

El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”

Se revisó el 100.0% (14,002.9 miles de pesos) del importe ejercido mediante 21 CLC, así como

su documentación justificativa y comprobatoria.

Se revisó el procedimiento de contratación del arrendamiento de dos inmuebles con

135 y 20 cajones de estacionamiento, respectivamente, con la sociedad civil F2 Services, S.C.,

con la cual se formalizaron los contratos núms. SPC/DA/CT001/2012, SPC/DA/CT002/2012,

SPC/DA/CT013/2012 y SPC/DA/CT014/2012; se verificó que la SPC haya contado con la

opinión favorable de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI) de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM), sobre la posibilidad de utilización de espacios

físicos propiedad del Distrito Federal y con la solicitud de autorización de arrendamiento de

inmuebles; y se revisó el dictamen de justipreciación con el cual se sustentó el importe de la

renta pagada a la sociedad civil.

Partida 3551 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

Se revisó el 100.0% (9,706.0 miles de pesos) del importe ejercido mediante dos CLC, así como

su documentación justificativa y comprobatoria.

Se revisó el convenio específico de colaboración núm. SPC/001/2009 que la SPC celebró

con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en el ejercicio de 2009, para la

elaboración del proyecto denominado “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores

de Oaxaca que Potencialmente Sean Grandes Amenazas Sísmicas a la Ciudad de México”,

que si bien inició su ejecución en el ejercicio de 2009, se verificó su continuación y conclusión

en el ejercicio de 2012. Asimismo, se revisó el contrato núm. SPC/DA/CT025/2012 suscrito

con la asociación civil Ciencia, Integración y Sociedad, A.C., para la realización del “Estudio

para la Determinación del Riesgo por Colapso de Minas en la Segunda Sección del Bosque

de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal”.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y los manuales de organización de

la SPC y el de la Dirección de Administración en la dependencia, vigentes en 2012.

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101 VOLUMEN 5/17

Lo anterior con el propósito de identificar las estructuras orgánicas, así como los objetivos,

funciones y atribuciones de las unidades administrativas que las integran y, específicamente,

de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los manuales de

procedimientos, con el propósito de conocer los que fueron aplicados por las unidades

administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar,

ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”;

y constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,

normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron entrevistas y cuestionarios de control interno y de ambiente de control a los

servidores públicos de la Dirección de Administración en la SPC, así como de la Dirección

General de Prevención de la dependencia, quienes intervinieron en las actividades relacionadas

con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación, ejercicio y pago de

operaciones realizadas por la SPC con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Además, se verificó que los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos

facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos

específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, y a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de control

para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos

de irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que las unidades

administrativas de la SPC y de la Dirección de Administración en la dependencia están

estructuradas conforme a las funciones asignadas en sus respectivos manuales de organización

y que establecieron mecanismos y actividades de control suficientes para administrar los

riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que las afectan; para promover y supervisar

el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos; para registrar y controlar

la información generada en la operación de los recursos; para garantizar la integridad,

calidad y oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada

para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas en el registro,

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102 VOLUMEN 5/17

aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio del presupuesto, así como

el pago de operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Lo anterior garantizó

que, en términos generales, se diera cumplimiento a la normatividad y se generara un

razonable ambiente de control.

No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan

de manera específica en el apartado de resultados.

RESULTADOS

Evaluación de Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. SPC/DA/2481/2013 del 5 de septiembre de 2013, la Dirección de

Administración en la SPC proporcionó su manual administrativo y el de la dependencia,

los cuales se integraron por los manuales de organización y de procedimientos, y fueron

elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica núms. 15/2007, en el caso

de la SPC, y 2/2007, en el caso de la Dirección de Administración en la dependencia.

De su análisis se desprende lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. OM/0363/2007 del 8 de marzo de 2007, la OM autorizó a la SPC

el dictamen de estructura orgánica núm. 15/2007, vigente a partir del 1o. del mismo

mes y año. En este dictamen se previó una Oficina del Titular de la SPC, dos Direcciones

Generales (de Prevención y de Emergencias Mayores), una Dirección Jurídica y una

Coordinación de Promoción y Difusión.

Posteriormente, con el oficio núm. OM/1310/2007 del 16 de julio de 2007, la OM autorizó

un alcance al dictamen de estructura orgánica núm. 15/2007, mediante el cual se crearon

la Subsecretaría de Coordinación de Planes y Programas Preventivos y la Dirección

de Vinculación Institucional, adscritas a la oficina del titular de la SPC, con vigencia a

partir de la misma fecha. Cabe mencionar que, con la creación de la citada Subsecretaría,

las Direcciones Generales de Prevención y de Emergencias Mayores y la Dirección de área

de referencia quedaron adscritas a dicha Subsecretaría.

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103 VOLUMEN 5/17

2. El manual administrativo de la SPC fue actualizado en sus apartados de organización

y de procedimientos conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 15/2007,

como sigue:

a) En 2012, la SPC dispuso de un manual de organización elaborado conforme al

dictamen de estructura orgánica núm. 15/2007, que establece los objetivos, funciones,

facultades y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades

administrativas que forman la dependencia, y fue autorizado y registrado por la CGMA

con el núm. MA-34000-15/07, mediante el oficio núm. CGMA/DDO/3522/08

del 18 de diciembre de 2008.

El manual de organización está integrado por los apartados de presentación,

antecedentes, marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica,

atribuciones, funciones y organigrama, y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 6 de febrero de 2009.

b) La SPC contó con un manual de procedimientos elaborado con base en el dictamen

de estructura orgánica núm. 15/2007, integrado por 22 procedimientos, los cuales fueron

autorizados y registrados por la CGMA con el núm. MA/34000-15/2007, mediante

los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/3880/2011, CG/CGMA/DEDDEO/3884/2011 y

CG/CGMA/DEDDEO/5083/2011, los dos primeros del 28 de septiembre y el tercero

del 21 de diciembre de 2011; y CG/CGMA/DEDDEO/1828/2012 del 3 de julio de 2012.

El listado de 13 procedimientos fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 18 de enero de 2012 y el de los 9 procedimientos restantes el 3 de agosto de 2012.

c) En cuanto a la difusión del manual administrativo (apartado de organización)

de la SPC, mediante nota informativa sin número del 14 de noviembre de 2013,

la Dirección de Administración en la dependencia informó que, “de la búsqueda

realizada en los registros digitales y documentales que se encuentran en la Dirección

de Administración […] no se localizó evidencia documental de la difusión de dicho

instrumento, al interior de la Secretaría de Protección Civil”.

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104 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de

Administración en la SPC no presentó información relacionada con la presente

observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no haber difundido su manual de organización, la dependencia incumplió el

numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012, que establece: “Los titulares de las dependencias […] deberán hacer

del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con

el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la organización

y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción”.

Por su parte, el manual de procedimientos se difundió entre el personal de

la dependencia a través de diversos memorándum y circulares.

3. Con el oficio núm. CGMA/DDO/0671/07 del 5 de marzo de 2007, la CGMA autorizó el

dictamen de estructura orgánica núm. 2/2007, vigente a partir del 1o. del mismo mes

y año, en el cual se previeron una Dirección de Administración con tres Jefaturas de

Unidad Departamental (de Recursos Humanos, de Recursos Materiales y Servicios

Generales, y de Recursos Financieros).

4. El manual administrativo de la Dirección de Administración en la SPC que estuvo vigente

en 2012, en sus apartados de organización y de procedimientos, es el que se indica

a continuación:

a) El manual de organización de la Dirección de Administración en la SPC fue

autorizado por la CGMA con el registro núm. MA-12025-2/07, por medio del oficio

núm. CGMA/DDO/0365/08 del 10 de abril de 2008. Dicho documento considera los

objetivos y funciones, facultades y responsabilidades de los servidores públicos adscritos

a las unidades administrativas que forman la Dirección de Administración; y está

integrado por los apartados presentación, antecedentes, marco jurídico-administrativo,

objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones y organigrama.

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105 VOLUMEN 5/17

Posteriormente, por medio del oficio núm. CGMA/DDO/1567/09 del 24 de junio de 2009,

la CGMA autorizó la actualización al manual de organización de la Dirección de

Administración en la SPC, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 28 de agosto de 2009.

b) El manual de procedimientos fue elaborado con base en el dictamen de estructura

orgánica núm. 2/2007 de la OM, integrado por 54 procedimientos, los cuales fueron

autorizados y registrados con el núm. MA-12025-2/2007, mediante los oficios

núms. CGMA/DDO/3457/08 del 15 de diciembre de 2008; CG/CGMA/DDO/0045/2010

del 11 de enero de 2010; y CG/CGMA/DDO/0272/2011, CG/CGMA/DDO/1243/2011

y CG/CGMA/DDO/1245/2011, el primero del 28 de enero y los dos siguientes del

7 de marzo de 2011. De los 54 procedimientos, el listado de 33 fue publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 3 de junio de 2010, el listado de 19 en la del

23 de febrero de 2011 y el listado de los 2 restantes en la del 14 de abril de 2011.

Al examinar los 76 procedimientos (22 de la SPC y 54 de la Dirección de Administración

en la dependencia) se determinó que 7 de ellos (“Seguimiento y Control Presupuestal

y Programático de la Secretaría de Protección Civil”, “Elaboración e Integración del

Anteproyecto de Egresos y Programa Operativo Anual”, “Control Presupuestal”,

“Archivo Contable”, “Registro de Pasivos”, “Adquisición de Bienes y/o Contratación

de Servicios por Adjudicación Directa” y “Entrada de Bienes de Consumo al Almacén

y Trámite de Pago de Facturas”) están relacionados con el desarrollo de la auditoría.

c) Con listados sin número del 14 de septiembre de 2009, la Dirección de Administración

en la SPC difundió su manual administrativo, en su apartado de organización, a las

unidades administrativas que la componen.

Con un listado sin número del 10 de noviembre de 2008, la Dirección de Administración

en la dependencia difundió su manual administrativo, en su apartado de procedimientos,

a la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos, con otro listado sin

número del 7 de noviembre de 2008, lo informó a la Jefatura de Unidad Departamental

de Recursos Financieros; y mediante los oficios núms. SPC/DA/0328/2011,

SPC/DA/0329/2011, SPC/DA/0330/2011, SPC/DA/0337/2011, SPC/DA/0338/2011,

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106 VOLUMEN 5/17

SPC/DA/0339/2011, SPC/DA/0340/2011, SPC/DA/0341/2011, SPC/DA/0342/2011

y SPC/DA/0358/2011, todos del 17 de febrero de 2011, lo difundió en la Jefatura

de Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales.

De lo anterior se concluye que los manuales administrativos (apartados de organización

y de procedimientos) de la SPC y de la Dirección de Administración en la dependencia,

elaborados conforme a los dictámenes de estructura orgánica núms. 2/2007 y 15/2007,

respectivamente, fueron registrados por la CGMA y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal; sin embargo, únicamente el manual administrativo de la Dirección de Administración

en la dependencia y el manual de procedimiento de la SPC fueron difundidos entre su personal,

no así el manual de organización de la SPC.

Recomendación ASC-142-12-01-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil establezca mecanismos de control para

garantizar que, una vez que se cuente con la autorización y registro de su manual de

organización por parte de la Coordinación General de Modernización Administrativa, lo

difunda entre su personal, en cumplimiento de la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.

Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

2. Resultado

Para establecer si la SPC debió llevar a cabo el registro contable de las etapas de los

presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se observó lo siguiente:

1. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada la Ley General de Contabilidad Gubernamental

en el Diario Oficial de la Federación, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009,

con objeto de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental

y la emisión de información financiera de los entes públicos, y con ello, lograr su adecuada

armonización. De acuerdo con el artículo 4o., fracción I, de dicha Ley, la armonización

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107 VOLUMEN 5/17

consiste en “la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables

vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones

jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones,

de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental,

y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas”.

2. En respuesta al cuestionario relacionado con la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

aplicado a la SEFIN para evaluar el cumplimiento de dicha Ley en 2012, dicha dependencia

informó lo siguiente:

a) La contabilidad gubernamental del Gobierno del Distrito Federal se apega a los

postulados básicos de contabilidad gubernamental: sustancia económica, entes

públicos, existencia permanente, revelación suficiente, importancia relativa, registro

e integración presupuestaria, consolidación de la información financiera, devengo

contable, valuación, dualidad económica y consistencia.

b) Se establecieron normas y metodología para la determinación de los momentos

contables de los egresos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado. El sistema contable permite la generación periódica de los estados y la

información financiera contable y presupuestal.

c) El Plan de Cuentas refleja la aplicación de los Postulados Básicos, normas contables

generales y específicas e instrumentos que establece el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC); facilita el reconocimiento de las operaciones

de gastos; integra en forma automática el ejercicio presupuestario con la operación

contable, a partir de la utilización del gasto devengado; permite que los registros

se efectúen considerando la base acumulativa para la integración de la información

contable y presupuestaria; refleja un registro congruente y ordenado de cada operación

que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera

de los entes públicos; y genera, en tiempo real, estados financieros, de ejecución

presupuestaria y otra información que coadyuva a la toma de decisiones,

a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación

y a la rendición de cuentas.

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108 VOLUMEN 5/17

d) El Sistema de Contabilidad Gubernamental dispone de un Clasificador por Objeto

del Gasto acorde a las disposiciones del CONAC, que cuenta con los tres niveles de

desagregación: capítulo, concepto y partida genérica; y permite la clasificación por tipo

de gasto (corriente, de capital o armonización de la deuda y disminución de pasivos),

y funcional, acorde a su finalidad, función y subfunción.

e) Las principales dificultades que han obstaculizado la implantación del proceso de

armonización contable son la falta de capacitación y que los recursos económicos

y humanos son insuficientes, por lo que la dependencia ha trabajado en forma

coordinada con otros entes gubernamentales para lograr el involucramiento de las

diversas áreas gubernamentales en dicho proceso; asimismo, para concluir la

implementación del sistema de armonización contable se requiere contar con mayor

capacitación, mejores sistemas informáticos, mayores recursos (financieros, materiales

y humanos), y ampliar el número de personal capacitado para el proceso de

implementación.

f) La contabilidad de las operaciones y, por consiguiente, el registro de los momentos

contables del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado se realizaría de forma centralizada por la dependencia, con base en la

información presupuestal emitida por los entes del Gobierno del Distrito Federal.

Al respecto, en la introducción del Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal 2012, se indicó que “el contenido del Informe se soporta en diversos

ordenamientos jurídicos, entre los cuales podemos mencionar: la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente y su Reglamento, la Ley de Ingresos y el Decreto de Presupuesto de

Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2012, todos del Distrito Federal. Asimismo, es

de destacarse que a partir de esta Cuenta Pública, se da inicio a la incorporación del

modelo de Informe propuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental

y en los documentos que de ella se han derivado”.

3. Mediante el oficio núm. ASC/13/1706 del 30 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó

a la SPC los registros contables en los que se reflejaron los momentos contables que

realizó la SEFIN respecto de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, sobre una base acumulativa, por un monto de 34,426.8 miles de pesos,

y que afectaron la situación financiera del GDF en 2012.

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109 VOLUMEN 5/17

En respuesta, por medio del oficio núm. SPC/DA/2481/2013 del 5 de septiembre

de 2013, la Dirección de Administración en la dependencia remitió copia del oficio

núm. DGCNCP/3156/2013 del 30 de agosto de 2013, con el cual la Dirección General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN, remitió las cuentas de mayor afectadas y los registros de las operaciones

que afectaron la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012, las cuales

importan un monto de 34,426.8 miles de pesos, recursos que fueron erogados por la SPC

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2012.

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN es la encargada de realizar el registro contable

de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales” en las cuentas contables establecidas en la

normatividad contable, las cuales reflejaron los momentos contables del gasto, así como

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, de conformidad con la Ley

General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012.

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión de gasto para la SPC con cargo al Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2012 se haya asignado

conforme a la normatividad aplicable, se analizaron el techo presupuestal reportado, el Analítico

de Claves, el POA, el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del

sujeto fiscalizado, todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2012, y se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3606/2011 del 28 de octubre de 2011, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN le comunicó al titular de la SPC el techo presupuestal, por un

monto de 132,832.4 miles de pesos, de los cuales 18,309.4 miles de pesos correspondieron

a servicios personales, y 114,523.0 miles de pesos se destinaron para otros gastos;

y le informó que, para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos,

se debería apegar “estrictamente al Techo Presupuestal comunicado, el cual incluye

algunos gastos de carácter especial determinados por la presente administración y cuyo

monto se encuentra etiquetado para esos fines, razón por la que no podrán orientarse

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110 VOLUMEN 5/17

al financiamiento de otros programas”. Y precisó: “Cabe acotar que los recursos

comunicados a ese órgano desconcentrado (sic) en el presente techo, deberá destinarlos

prioritariamente a cubrir los conceptos estrictamente indispensables para su operación,

tales como servicios personales (nómina) y servicios básicos (agua, energía, teléfono,

combustibles, vigilancia, entre otros). Atendido lo anterior, los recursos restantes podrán

destinarse a la atención de otros conceptos”.

Asimismo, se indicó que el envío de la información del Módulo de Integración por

Resultados e Integración Financiera, en versión electrónica, sería a más tardar los días

7 y 10 de noviembre de 2011, respectivamente; y el del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos 2012, en forma impresa, a más tardar el 11 de noviembre de 2011.

Mediante nota informativa sin número del 2 de septiembre de 2013, la Dirección de

Administración en la SPC informó que, “de acuerdo al Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, así como el POA se registraron de manera

electrónica a través del sistema SAP-GRP”, por un monto de 132,832.4 miles de

pesos; sin embargo, no proporcionó evidencia de haberlos remitido de forma impresa

a la SEFIN. Al respecto, la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros

de la Dirección de Administración en la dependencia informó “que no se encontró

el documento en comento”.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

no se modifica.

Por no proporcionar evidencia documental de que el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2012 se haya presentado de forma impresa a la SEFIN en el plazo establecido,

la SPC incumplió lo dispuesto en el oficio núm. SFDF/SE/3606/2011 del 28 de octubre

de 2011.

2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, en cuyo

artículo 5o. se estableció que a la SPC se le asignó un presupuesto de 132,832.4 miles

de pesos.

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111 VOLUMEN 5/17

3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0030/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SPC el Analítico de Claves y el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, correspondientes

al presupuesto aprobado por la ALDF, por 132,832.4 miles de pesos, de los cuales

94,303.8 miles de pesos se destinaron a servicios personales y 38,528.6 miles de pesos

a otros gastos.

4. Con el oficio núm. SFDF/SE/1009/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN remitió al titular de la SPC el Calendario Presupuestal y el POA

definitivos para el ejercicio de 2012, y señaló que ambos documentos “corresponden

a los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a través del

Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, al Techo Presupuestal

comunicado […] y a la capacidad financiera del Distrito Federal”.

5. En el Analítico de Claves de referencia se asignaron recursos a 45 partidas de gasto que,

en conjunto, suman el presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”

(33,832.7 miles de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2012

de la SPC, según se pudo verificar. Cabe mencionar que 10 partidas a las que se habían

asignado recursos al final del año no los habían ejercido.

Lo anterior demuestra que la SPC estimó originalmente recursos para 45 partidas del capítulo

3000 “Servicios Generales” y solamente los ejerció en 35; que se ajustó al techo presupuestal

autorizado por 33,832.7 miles de pesos y, posteriormente, mediante afectaciones programático-

presupuestales, aumentó su presupuesto en 594.1 miles de pesos, para quedar con

un presupuesto modificado y ejercido de 34,426.8 miles de pesos, conforme al Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012; sin embargo, no remitió su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de forma

impresa a la SEFIN.

Recomendación ASC-142-12-02-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil establezca mecanismos de control para

garantizar que su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ejercicio que corresponda

se remita a la Secretaría de Finanzas en la forma que dicha dependencia lo solicite.

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112 VOLUMEN 5/17

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, la SPC reportó en el capítulo

3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 33,832.7 miles de pesos, el cual

fue objeto de los siguientes movimientos presupuestales: 10 adiciones compensadas,

por un monto de 468.9 miles de pesos; 226 ampliaciones compensadas, por un monto de

34,795.3 miles de pesos; 1 adición líquida por un monto de 3,500.0 miles de pesos;

241 reducciones compensadas, por un monto de 36,659.5 miles de pesos; y 47 reducciones

líquidas, por un monto de 1,510.6 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto original

fue aumentado en 594.1 miles de pesos, para quedar en 34,426.8 miles de pesos, importe

que fue ejercido en su totalidad por el sujeto fiscalizado.

Dichos movimientos se amparan con 48 afectaciones presupuestarias que autorizó la SEFIN,

por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de afectaciones

líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos,

en el caso de las afectaciones compensadas, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V;

y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

a los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Compensadas”,

numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”, numeral 18, del

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2012.

Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y se determinó que las principales

causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”

fueron las siguientes:

1. Las adiciones compensadas, por un monto de 468.9 miles de pesos, se realizaron con

la finalidad de cubrir el pago del Impuesto sobre Nóminas y los seguros de los bienes

patrimoniales generados en años anteriores; así como para hacer frente a compromisos

contraídos por la dependencia.

2. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 34,795.3 miles de pesos, se efectuaron,

principalmente, para readecuar los recursos presupuestales y estar en posibilidad

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113 VOLUMEN 5/17

de cubrir compromisos contraídos con proveedores y prestadores de servicios para

los meses de abril, julio y octubre de 2012.

3. La adición líquida, por un monto de 3,500.0 miles de pesos, se realizó con la finalidad de

concluir el proyecto denominado “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores

de Oaxaca que Potencialmente sean Grandes Amenazas Sísmicas a la Ciudad de

México”, de conformidad con el Convenio de Coordinación que celebraron la Secretaría

de Gobernación y la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, con recursos del Fondo

para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) 2009. El proyecto fue de

carácter multianual para los ejercicios fiscales 2009, 2010, 2011 y 2012, por un importe

total de 11,000.0 miles de pesos.

4. Las reducciones compensadas, por un monto de 36,659.5 miles de pesos, tuvieron

por objeto, principalmente, otorgar suficiencia presupuestal a partidas de gasto prioritarias

y eficientar el gasto público autorizado por la ALDF.

5. Las reducciones líquidas, por un monto de 1,510.6 miles de pesos, se realizaron en razón

de las economías obtenidas al cierre del ejercicio fiscal de 2012.

Por lo expuesto, se concluye que las adecuaciones realizadas al presupuesto asignado

al capítulo 3000 “Servicios Generales” se sujetaron a los montos aprobados y contaron con las

justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos autorizado, modificado y

ejercido por la SPC coinciden con las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012; y que las partidas de gasto que se ejercieron con recursos del citado

capítulo contaron con la suficiencia presupuestal correspondiente.

5. Resultado

En el formato ECG “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública

de 2012 de la SPC, se reportó que fueron asignados recursos al capítulo 3000 “Servicios

Generales” por 33,832.7 miles de pesos, importe inferior en 1.8% (594.1 miles de pesos)

al presupuesto ejercido (34,426.8 miles de pesos).

La distribución de recursos por vertiente de gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales”,

de acuerdo con el Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave

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114 VOLUMEN 5/17

Presupuestal de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se muestra

a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variación

Vertiente de gasto Original Ejercido % Absoluta % (2) – (1) (4) / (1) (1) (2) (3) (4) (5)

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

04 “Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental”

8,381.4

7,541.5

21.9

(839.9)

(10.0)

09 “Protección Civil” 25,101.3 26,735.3 77.7 1,634.0 6.5

12 “Género” 350.0 150.0 0.4 (200.0) (57.1)

Total capítulo 3000 33,832.7 34,426.8 100.0 594.1 1.8

Como se observa, el 99.6% del presupuesto ejercido se concentró en las vertientes de gasto

04 “Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental” y 09 “Protección Civil”. De igual

forma, el incremento del gasto se debió principalmente a los mayores recursos registrados

en las vertientes de gasto referidas.

Respecto al destino del gasto en la vertiente 04 “Control y Evaluación de la Gestión

Gubernamental”, de la revisión del formato AIRAIR “Avance en los Indicadores de los

Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” del Informe de Cuenta Pública

de 2012 de la SPC, se detectó que el gasto se orientó, principalmente, a proporcionar los

servicios de apoyo administrativo para las áreas sustantivas y operativas de la dependencia,

como lo son el pago de nóminas, de honorarios asimilados a salarios y a proveedores y

prestadores de servicios (adquisición de bienes y contratación de servicios de limpieza

y mantenimiento preventivo a los bienes informáticos).

En relación con la vertiente de gasto 09 “Protección Civil”, el destino del gasto se orientó,

principalmente, a la operación y actualización del Atlas de Riesgos de la Ciudad de México,

con la finalidad de proporcionar la información que permita actuar antes, durante y después

de una emergencia de tipo geológico, sanitario, físico-químico, hidrometeorológico y

sociorganizativo, a solicitud de las dependencias de la Administración Pública del Distrito

Federal; a la realización de obras, estudios, investigaciones, análisis y opiniones de carácter

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115 VOLUMEN 5/17

técnico y científico en materia de protección civil, con un enfoque de prevención; y a la

planeación y ejecución de verificaciones de inmuebles en el Distrito Federal, para determinar

su nivel de riesgo en materia de protección civil.

De la revisión de la apertura programática-presupuestal y de las explicaciones a las variaciones

financieras por vertiente de gasto indicadas en el Informe de Cuenta Pública de la SPC,

se concluye que la dependencia destinó los recursos, principalmente, a cubrir las necesidades

de sus áreas operativas y sustantivas; así como a la actualización y operación del Atlas de

Riesgos de la Ciudad de México y la realización de obras, estudios e investigaciones

en material de protección civil, con un enfoque de prevención.

Gasto Comprometido

6. Resultado

En la revisión de los reportes mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios

y provenientes de transferencias federales destinados al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

que se encontraban comprometidos a la fecha de su presentación, se determinó que fueron

elaborados por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros, y autorizados

y enviados por la Dirección de Administración en la dependencia a la Dirección General

de Egresos “B” de la SEFIN, excepto el del mes de enero porque no se contó con presupuesto

comprometido; sin embargo, los informes correspondientes a los meses de marzo y mayo

fueron remitidos fuera del plazo establecido, como se muestra a continuación:

Mes

Oficio de envío Plazo límite de entrega

Días de desfase

Número Fecha

Emisión Entrega

Febrero SPC/DA/0504/2012 9/III/12 9/III/12 12/III/12 0

Marzo SPC/DA/0807/2012 10/IV/12 11/IV/12 10/IV/12 1

Abril SPC/DA/1021/2012 9/V/12 10/V/12 10/V/12 0

Mayo SPC/DA/1248/2012 8/VI/12 24/VII/12 11/VI/12 33

Junio SPC/DA/1470/2012 4/VII/12 5/VII/12 10/VII/12 0

Julio SPC/DA/1774/2012 9/VIII/12 10/VIII/12 10/VIII/12 0

Agosto SPC/DA/1990/2012 10/IX/12 10/IX/12 10/IX/12 0

Septiembre SPC/DA/2261/2012 10/X/12 10/X/12 10/X/12 0

Octubre SPC/DA/2517/2012 8/XI/12 9/XI/12 12/XI/12 0

Noviembre SPC/DA/2719/2012 10/XII/12 10/XII/12 10/XII/12 0

Diciembre SPC/DA/0081/2013 10/I/13 10/I/13 10/I/13 0

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116 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por el desfase en la entrega de los informes de referencia a la SEFIN, la SPC incumplió

el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012,

que establece lo siguiente:

“Las Dependencias […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada mes,

un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales, que se encuentren comprometidos al cierre de mes inmediato anterior. La Secretaría

podrá solicitar a la Contraloría la verificación de dichos compromisos y en el caso de que

estos no se encuentren debidamente formalizados, la Secretaría podrá reasignar los recursos

que no se encuentren comprometidos.”

Por lo anterior, se concluye que la SPC informó a la SEFIN de su presupuesto comprometido

correspondiente al ejercicio de 2012, específicamente en lo referente a los compromisos

en los que existieron los documentos legales que le determinaron una obligación de pago;

sin embargo, los informes correspondientes a marzo y mayo se presentaron fuera del plazo

establecido.

Recomendación ASC-142-12-03-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil establezca mecanismos de control

para garantizar que los informes mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios

y provenientes de transferencias federales que se encuentren comprometidos a la fecha de

su presentación se remitan a la Secretaría de Finanzas en los plazos establecidos en la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

7. Resultado

En el análisis del PAAAPS y sus modificaciones, correspondiente al ejercicio de 2012, que

la Dirección de Administración en la SPC proporcionó a la CMHALDF mediante el oficio

núm. SPC/DA/2481/2013 del 5 de septiembre de 2013, se observó lo siguiente:

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117 VOLUMEN 5/17

1. Con los oficios núms. SPC/DA/0200/2012 y SPC/DA/0212/2012 del 30 de enero

y 1o. de febrero de 2012, en ese orden, la Dirección de Administración en la SPC remitió

el PAAAPS de la dependencia a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; y con el

oficio núm. SPC/DA/0199/2012 del 30 de enero de 2012, remitió copia del PAAAPS

a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de

la OM, como disponen los artículos 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y 14 de su Reglamento, ambos vigentes en 2012.

2. Con el oficio núm. SFDF/SE/1318/2012 del 8 de febrero de 2012, la SEFIN comunicó

la aprobación del PAAAPS, con un total asignado de 23,865.5 miles de pesos, por lo

que, de conformidad con el artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos del

Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012, los montos máximos de adjudicación

directa y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores

aplicables a la SPC ascendieron a 180.0 miles de pesos y 2,220.0 miles de pesos,

respectivamente, para el ejercicio de 2012.

3. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de febrero

de 2012, en lugar del 31 de enero del mismo año.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por haber publicado el PAAAPS en la Gaceta Oficial del Distrito Federal fuera del plazo

establecido, la SPC incumplió el segundo párrafo del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“Las dependencias […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios…”

4. En el apartado “Resumen Presupuestal” del PAAAPS, se asentó que se contaba con

una asignación de 18,617.5 miles de pesos para contratar diversos servicios con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, correspondientes a 34 de las 45 partidas de gasto

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118 VOLUMEN 5/17

en las que se habían estimado originalmente recursos en el techo presupuestal autorizado

a la SPC por 33,832.7 miles de pesos. Las 11 partidas restantes (3112 “Servicio de

Energía Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3221 “Arrendamiento de Edificios”, 3724 “Pasajes

Terrestres Internacionales”, 3751 “Viáticos en el País”, 3761 “Viáticos en el Extranjero”,

3791 “Otros Servicios de Traslado y Hospedaje”, 3921 “Impuestos y Derechos”, 3969 “Otros

Gastos por Responsabilidades”, 3981 “Impuesto Sobre Nóminas” y 3982 “Otros Impuestos

Derivados de una Relación Laboral”), en las que se asignaron 15,215.2 miles de pesos,

no se relacionan con servicios regulados por la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal ni están incluidas en el Anexo 1 “Partidas del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios” de los Lineamientos para la Elaboración del

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios emitidos

por la DGRMSG de la OM y vigentes en 2012.

5. En el apartado “Concentrado por Partida Presupuestal”, correspondiente al capítulo 3000

“Servicios Generales”, también se asentó la asignación de recursos para 34 partidas

de gasto, por un total de 18,617.5 miles de pesos, que corresponden al techo presupuestal

autorizado a la dependencia para 2012.

6. En el apartado “Analítico por Bien o Servicio” se desagregaron los servicios por contratar

por partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, cuyos importes coinciden

con los de los apartados antes señalados, con los del techo presupuestal autorizado y con

los del Presupuesto de Egresos de la SPC para el ejercicio de 2012.

7. Mediante los oficios núms. SPC/DA/1146/2012, SPC/DA/1551/2012 y SPC/DA/2260/2012

del 28 de mayo, 13 de julio y 10 de octubre de 2012, en ese orden; y SPC/DA/0100/2013

del 11 de enero de 2013, la SPC remitió a la DGRMSG de la OM las modificaciones a su

PAAAPS, correspondientes a los cuatro trimestres de 2012, con retrasos de 1 a 48 días

naturales, como se muestra a continuación:

Período Plazo límite de entrega

Fecha de entrega

Días de desfase

Primer trimestre 10/IV/12 28/V/12 48

Segundo trimestre 10/VII/12 16/VII/12 6

Tercer trimestre 10/X/12 11/X/12 1

Cuarto trimestre 10/I/13 11/I/13 1

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119 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por el desfase en la entrega a la OM de las modificaciones del PAAAPS correspondientes

a los cuatro trimestres de 2012, la SPC incumplió el numeral 4.14.3 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente

en 2012, que dispone lo siguiente:

“Las [Direcciones de Administración] de las Dependencias […] serán responsables de

la debida formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse

dentro de los diez días naturales siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a

la fecha de la recalendarización, salvo causa debidamente justificada, las Dependencias

deberán solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos

informes.”

De lo expuesto, se concluye que la SPC cumplió con el envío y trámite de su PAAAPS a la OM

y con su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; sin embargo, la dependencia

no se ajustó al plazo establecido en la normatividad aplicable para la publicación de su

PAAAPS y el envío a la DGRMSG de la OM de las modificaciones a éste, correspondientes

a los cuatro trimestres de 2012.

Recomendación ASC-142-12-04-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil establezca mecanismos de control para

garantizar que su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo establecido; y que las

modificaciones al mismo se elaboren y remitan oportunamente a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

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120 VOLUMEN 5/17

8. Resultado

En 2012, la SPC ejerció un monto de 14,002.9 miles de pesos con cargo a la partida

3221 “Arrendamiento de Edificios”, por el arrendamiento de enero a diciembre de dos

inmuebles ubicados en Avenida Patriotismo, con 135 y 20 cajones de estacionamiento,

respectivamente, con F2 Services, S.C., a través de la fiduciaria Deutsche Bank México,

S.A., Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria, con fundamento en la Ley del Régimen

Patrimonial y del Servicio Público, el Código Civil para el Distrito Federal y el Código de

Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, todos vigentes en 2012.

Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la SPC son resultado de la aprobación

de un instrumento jurídico que haya formalizado una relación jurídica con F2 Services, S.C.,

para la contratación de sus servicios, se analizó el proceso de solicitud del arrendamiento,

la autorización de su contratación por el período de enero a diciembre de 2012 y la

formalización de los respectivos contratos con dicha asociación civil. Sobre el particular

se observó lo siguiente:

1. La solicitud del servicio de arrendamiento de dos inmuebles ubicados en Avenida

Patriotismo para el ejercicio de 2012, se realizó conforme a las siguientes requisiciones

de servicio:

(Miles de pesos)

Número de requisición Fecha Período del servicio Monto

Inmueble con 135 cajones de estacionamiento

DA/RMSG/234.1/2011 7/XII/11 Enero-marzo 2,914.6

DA/RMSG/036/2012 12/III/12 Abril-diciembre 9,061.2

Subtotal 11,975.8

Inmueble con 20 cajones de estacionamiento

DA/RMSG/234.2/2011 7/XII/11 Enero-marzo 493.4

DA/RMSG/039/2012 12/III/12 Abril-diciembre 1,533.7

Subtotal 2,027.1

Total 14,002.9

Dichos formatos de requisición fueron debidamente llenados y autorizados por la Dirección

de Administración en la SPC; y contaron con las justificaciones correspondientes, en las

que se señala que se requería continuar arrendando los inmuebles ya referidos, para

el cumplimiento de los fines de la dependencia.

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121 VOLUMEN 5/17

2. La suficiencia presupuestal fue emitida por la Jefatura de Unidad Departamental de

Recursos Financieros, con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, conforme

a la siguiente documentación:

(Miles de pesos)

Número de oficio Fecha Período del servicio Monto

Inmueble con 135 cajones de estacionamiento

SPC/DA/JRF/0073/2012 30/I/12 Enero-marzo 2,914.6

SPC/DA/JRF/0268/2012 28/III/12 Abril-diciembre 9,061.2

Subtotal 11,975.8

Inmueble con 20 cajones de estacionamiento

SPC/DA/JRF/0074/2012 30/I/12 Enero-marzo 493.4

SPC/DA/JRF/0263/2012 28/III/12 Abril-diciembre 1,533.7

Subtotal 2,027.1

Total 14,002.9

3. Mediante el oficio núm. ASC/13/1703 del 30 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó

a la SPC la opinión emitida por la DGPI de la OM sobre la posibilidad de optimizar la

utilización de espacios físicos propiedad del Distrito Federal, que existieran desocupados

y que reunieran las características buscadas por la SPC, previo a la solicitud de

autorización de arrendamiento de inmuebles con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento

de Edificios”, así como la solicitud de autorización del arrendamiento de edificios y locales,

tramitada ante la DGPI con su documentación soporte correspondiente.

Sobre el particular, la SPC proporcionó los oficios núms. SPC/DA/2278/2011

y SPC/DA/2282/2011, ambos del 16 de noviembre de 2011, por medio de los cuales

la Dirección de Administración en la SPC solicitó a la DGPI de la OM, la emisión de la

Constancia de No Existencia de Inmuebles o Espacios Disponibles para su Asignación,

en virtud de que se pretendía arrendar dos inmuebles ubicados en Avenida Patriotismo,

uno con espacio de 3,960.58 m2 y otro con 680 m2, que serían ocupados como oficinas

administrativas de la SPC.

En respuesta, la DGPI emitió las Constancias de No Existencia de Inmuebles o Espacios

Disponibles propiedad del Distrito Federal núms. DGPI/5648/2011 y DGPI/DIIYSI/3638/2011

del 13 y 21 de diciembre de 2011, respectivamente, para ambos inmuebles. Lo anterior

en cumplimiento del numeral 9.3.1, segundo párrafo, de la Normatividad en materia

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122 VOLUMEN 5/17

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2012.

4. Mediante los oficios núms. SPC/DA/1762/2011 y SPC/DA/2473/2011 del 13 de septiembre

y 7 de diciembre de 2011, respectivamente, la Dirección de Administración en la SPC

solicitó a la OM autorizar el arrendamiento de dos inmuebles ubicados en Avenida

Patriotismo; sin embargo, al concluir la fase de ejecución de auditoría (16 de enero

de 2014), la dependencia no había proporcionado evidencia documental de que la OM

le hubiese otorgado dicha autorización.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no contar con la autorización de referencia, la SPC incumplió el numeral 9.3.2 de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno) vigente en 2012, que establece: “Cuando las dependencias […] en demanda

de espacio localicen un inmueble susceptible de arrendarse, tramitarán la autorización de

arrendamiento ante el Oficial Mayor por conducto de la DGPI, debiendo acompañar

la documentación que para tal efecto se refiere el Manual de la DGPI”.

5. Mediante los oficios núms. SPC/DA/2279/2011 y SPC/DA/2283/2011, ambos del 16 de

noviembre de 2011, la Dirección de Administración en la SPC solicitó a la Dirección

de Avalúos de la DGPI en la OM los dictámenes de justipreciación de renta nueva de los

inmuebles ubicados en Avenida Patriotismo con 135 y 20 cajones de estacionamiento,

respectivamente, los cuales fueron proporcionados con los números secuenciales

AR(ST)-08469-C y AR(ST)-08685-C, y los números progresivos 28/11/11-00001

y 28/11/11-00002, ambos del 28 de noviembre de 2011.

Con el análisis de los dictámenes de justipreciación de referencia, se constató que

contienen antecedentes; datos generales del inmueble (ubicación, nombre del propietario,

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123 VOLUMEN 5/17

tipo de inmueble, uso de suelo, uso y descripción del inmueble, objeto y propósito de

la justipreciación) y de la zona (uso de suelo y servicios públicos); fundamento legal;

consideraciones previas; resultado de la justipreciación; conclusiones; y la indicación

del monto máximo de renta mensual por pagar, que para el inmueble con 135 cajones

de estacionamiento ascendió a 875.7 miles de pesos (sin IVA) y para el inmueble con

20 cajones de estacionamiento fue de 150.3 miles de pesos (sin IVA), por el período

del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012, en cumplimiento de los numerales

9.3.3 y 9.10.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno), vigente en 2012.

6. La SPC contó con los Dictámenes de Seguridad y Estabilidad Estructural emitidos

por la Secretaría de Obras y Servicios para los dos inmuebles ubicados en Avenida

Patriotismo, ambos del 6 de diciembre de 2011, en los cuales se indicaron los datos

generales de los inmuebles, además de que se recomendó “que toda edificación requiere

trabajos de mantenimiento para preservarla en condiciones adecuadas de servicio y

habilidad, evitando con ello el deterioro de sus elementos estructurales”, y se señaló

que los inmuebles “cuenta[n] con las condiciones para continuar siendo ocupado[s] para

el uso que actualmente tiene[n]”, en cumplimiento del artículo 62 de la Ley del Régimen

Patrimonial y del Servicio Público vigente en 2012, que señala lo siguiente:

“Las dependencias […] podrán arrendar bienes inmuebles para su servicio cuando no

sea posible o conveniente su adquisición, en cuyo caso están obligadas a acreditar

tales supuestos ante la Oficialía. Tanto en la adquisición como en el arrendamiento de

inmuebles para oficinas públicas se requerirá el dictamen estructural emitido por Obras,

independientemente de la competencia o intervención que les corresponda a otras

dependencias.”

7. Mediante el oficio núm. ASC/142/12/003 del 11 de noviembre de 2013, la CMHALDF

solicitó a la SPC la opinión favorable por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano

de la Delegación Benito Juárez, en cuanto al uso de suelo de los dos inmuebles

arrendados para oficinas. Al respecto, mediante el oficio núm. SPC/DA/2824/2013

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124 VOLUMEN 5/17

del 16 de octubre de 2013, la SPC informó que “no se localizó en los archivos de la

Dirección de Administración evidencia documental de la opinión favorable emitida por

la Dirección de Desarrollo Urbano de la Delegación Benito Juárez, en cuanto al uso de

suelo de los inmuebles para oficinas, correspondientes a los dos inmuebles arrendados”.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de enero de 2014, el Director de Administración

en la SPC no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no contar con la opinión de referencia, la SPC incumplió el numeral 8 de los

Lineamientos o Procedimientos para la Autorización de Arrendamiento de Bienes

Inmuebles por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor,

que establece lo siguiente:

“Una vez que las dependencias […] cuenten con el oficio emitido por la [DGPI] en el

que se indique que no existen inmuebles disponibles […] podrán localizar un inmueble

susceptible de arrendarse, debiendo tramitar la autorización de arrendamiento

correspondiente ente la [OM] por conducto de la [DGPI], acompañando para tal efecto

la documentación que como requisito establece el […] Manual Administrativo y

Manual de Operación y Funcionamiento de la Ventanilla Única, mismos que se enlistan

a continuación […]

”8. Opinión positiva de la Delegación Política correspondiente, emitida para el ejercicio

fiscal de que se trate.”

8. Durante el ejercicio de 2012, el sujeto fiscalizado suscribió 4 contratos de arrendamiento

con F2 Services, S.C., como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Inmueble Contrato Importe

(IVA incluido) Período Número Fecha

Con 135 cajones de estacionamiento SPC/DA/CT001/2012 2/I/12 2,914.6 1/I/12 al 31/III/12

Con 135 cajones de estacionamiento SPC/DA/CT013/2012 2/IV/12 9,061.2 1/IV/12 al 31/XII/12

Con 20 cajones de estacionamiento SPC/DA/CT002/2012 2/I/12 493.4 1/I/12 al 31/III/12

Con 20 cajones de estacionamiento SPC/DA/CT014/2012 2/IV/12 1,533.7 1/IV/12 al 31/XII/12

Total 14,002.9

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125 VOLUMEN 5/17

Todos los contratos fueron formalizados por el titular de la SPC y por el apoderado legal

de F2 Services, S.C.; además, contaron con las firmas de los titulares de la Dirección

Jurídica de la SPC y de la Dirección de Administración en la dependencia, en cumplimiento

del artículo 16, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012.

9. Con la finalidad de comprobar que la SPC no hubiera adjudicado los contratos a un

prestador de servicios que estuviera inhabilitado, se consultaron los portales de Internet

de la CGDF y de la SFP.

Como resultado de la consulta, se constató que en los archivos de las dependencias

no hay registros que indiquen que F2 Services, S.C. se encontrara inhabilitada en el

ejercicio de 2012.

De lo anterior, se concluye que la SPC contrató el servicio de arrendamiento de los dos

inmuebles ubicados en Avenida Patriotismo conforme a la normatividad aplicable, sin contar

con la autorización por parte de la OM en 2012, aun cuando llevó a cabo las gestiones

administrativas necesarias para tal efecto; ni con la opinión favorable por parte de la

Delegación Benito Juárez, en cuanto al uso de suelo de los inmuebles a arrendar.

Recomendación ASC-142-12-05-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil establezca mecanismos de control para

garantizar que, previo a la celebración de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles

con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se cuente con la autorización de

arrendamiento emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal y con la opinión

favorable de uso de suelo emitida por el órgano político-administrativo de la circunscripción

donde se ubique el inmueble susceptible de arrendarse, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

9. Resultado

En 2012, la SPC ejerció un monto de 9,706.0 miles de pesos con cargo a la partida

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” por la conclusión de un proyecto

multianual celebrado con la UNAM, así como por el estudio en materia de protección civil

llevado a cabo por el prestador de servicios Ciencia, Integración y Sociedad, A.C.

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126 VOLUMEN 5/17

Con la finalidad de verificar si los 3,500.0 miles de pesos ejercidos por la SPC en la

continuación y conclusión del proyecto denominado “Determinación Temprana de la Magnitud

de Temblores de Oaxaca que Potencialmente sean Grandes Amenazas Sísmicas a la

Ciudad de México”, son resultado de la aprobación de algún instrumento jurídico que haya

formalizado una relación jurídica con la UNAM para la contratación de sus servicios, se analizó

el proceso de adjudicación y suscripción del convenio específico de colaboración con dicha

institución. Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. El objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil es proteger a la persona y a la sociedad

ante la eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o humanos, a través

de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta

productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la

interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

2. En el Diario Oficial de la Federación del 15 de agosto de 2006, se publicó el acuerdo

que establece las Reglas del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales, el cual

tiene como finalidad proporcionar recursos tanto a las dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal como a las entidades federativas, destinados a la realización

de acciones y mecanismos tendentes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los

efectos del impacto destructivo de los fenómenos naturales sobre la vida y los bienes

de la población, los servicios públicos y el medio ambiente.

3. El 15 de febrero de 2007, el GDF suscribió un convenio general de colaboración con

la UNAM, con una vigencia indefinida, que sólo puede darse por terminado por acuerdo

de las partes de manera anticipada en el momento en que consideren que se ha cumplido

su objeto, el cual consiste en establecer las bases de colaboración para la realización

de proyectos y trabajos conjuntos en materia de docencia, investigación, difusión de la

cultura y otras en beneficio de las partes, cuyas particularidades se definirán en convenios

específicos de colaboración que celebren la UNAM y las dependencias interesadas

del Distrito Federal.

En la cláusula segunda del convenio, se establecieron los siguientes compromisos

del GDF con la UNAM: a) Entregar, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria,

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127 VOLUMEN 5/17

los recursos económicos que en cada convenio específico de colaboración se estipule

para la realización de las actividades que en ellos se acuerden; b) Proporcionar toda

la información necesaria para el cumplimiento de los convenios específicos; y c) Permitir

el acceso al personal que la UNAM designe en cada convenio específico de colaboración

a sus instalaciones. En la cláusula tercera del convenio, se señalaron los compromisos

de la UNAM con el GDF, entre los que destaca la realización de acciones, estudios,

investigaciones y propuestas en los temas que acuerde con el GDF.

4. El 28 de abril de 2009, la Secretaría de Gobernación y el GDF celebraron un convenio

de coordinación con la finalidad de desarrollar un proyecto denominado “Determinación

Temprana de la Magnitud de Temblores de Oaxaca que Potencialmente sean Grandes

Amenazas Sísmicas a la Ciudad de México”, con el objeto de establecer un sistema

de transmisión de la información a sitios críticos, en donde se lleva a cabo la toma de

decisiones con respecto al bienestar de la ciudadanía del Distrito Federal y de la zona

conurbada, para lo cual el Gobierno Federal aportaría la cantidad de 7,700.0 miles de

pesos, para cubrir el 70.0% del costo del proyecto (11,000.0 miles de pesos). Por su parte,

el GDF aportaría el 30.0% del proyecto mencionado, por la cantidad de 3,300.0 miles

de pesos.

5. En el marco del convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación y el GDF

para la “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores de Oaxaca que

Potencialmente sean Grandes Amenazas Sísmicas a la Ciudad de México” con recursos

del FOPREDEN, el GDF, a través de la SPC, celebró con la UNAM el convenio

específico de colaboración núm. SPC/001/2009, en vigor a partir de las fechas de

su firma y hasta el momento que a juicio del GDF se hayan concluido formalmente

las acciones del FOPREDEN, teniendo como objeto la elaboración del proyecto

denominado “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores de Oaxaca que

potencialmente sean grandes amenazas sísmicas a la Ciudad de México”.

Para el desarrollo de los estudios, se estableció que la aportación en una proporción

del 70.0% del total de los proyectos sería cubierta con recursos federales provenientes del

FOPREDEN; y el 30.0% restante con recursos fiscales del GDF.

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128 VOLUMEN 5/17

6. El 31 de julio de 2009, se suscribió el convenio específico de colaboración

núm. SPC/001/2009 para la realización del proyecto denominado “Determinación

Temprana de la Magnitud de Temblores de Oaxaca que Potencialmente sean Grandes

Amenazas Sísmicas a la Ciudad de México”, que tuvo como objeto instalar cinco

estaciones sismológicas de primer orden en el Estado de Oaxaca y diseñar programas

especiales para evaluar sismos provenientes de ese Estado, así como alertar en forma

temprana a las autoridades a fin de tomar acciones preventivas. Las zonas propuestas

para la instalación de las estaciones fueron: Toxpalam, Silacayoapam, Tlaxiaco,

Zenzontepec y Puerto Escondido. Estas estaciones mejorarían la cobertura de la región

central y norte del estado.

La justificación del estudio fue contar con un sistema de alertamiento temprano que

proporcionara tiempo suficiente para tomar acciones preventivas que mitiguen un daño

mayor. Las acciones pueden ser a nivel persona y a nivel de bloqueo de sistemas de

líneas viales (energía eléctrica, transporte, comunicación, energéticos, seguridad, etc.),

y aunque el proyecto no tiene por objeto predecir algún sismo, sí puede generar un

aviso o alertamiento temprano que permita a las autoridades tomar acciones preventivas.

7. El proyecto denominado “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores de

Oaxaca que Potencialmente sean Grandes Amenazas Sísmicas a la Ciudad de México”,

permitiría generar información sísmica valiosa para el entendimiento del peligro sísmico

en las regiones centro y norte del Estado de Oaxaca, y el conocimiento de los sismos

corticales.

Para tal efecto, mediante la mejor cobertura con estaciones sísmicas en el Estado de

Oaxaca, el Servicio Sismológico Nacional se comprometió a enviar en menos de cinco

minutos de la ocurrencia de un sismo, la información sobre la magnitud y localización

epicentral del evento, la cual será utilizada por la SPC para alimentar programas de

modelado de posibles daños en la Ciudad de México.

La información de las posibles zonas afectadas en el Distrito Federal, permitirá enfocar

los esfuerzos de atención a la emergencia, lo que redundarían en una pronta y adecuada

atención a la sociedad, evitando en lo posible que el siniestro se convierta en un desastre.

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129 VOLUMEN 5/17

La pronta toma de decisiones ante la ocurrencia de un desastre, como el caso de un

sismo importante, es crítica para atender la emergencia y para evitar que se convierta

en un desastre aún mayor.

8. Inicialmente, el proyecto contó con el siguiente programa de trabajo: 1. Compra de equipos,

selección de sitios, instalación y puesta en marcha de las estaciones sismológicas;

y 2. Mantenimiento de los equipos, desarrollo del sistema de alertamiento (que incluye

otras cinco estaciones de Oaxaca y al menos otras cinco estaciones vecinas), gasto de

trasmisión de los datos de las estaciones a la Ciudad de México, y gastos y desarrollo

de trasmisión de la información a las instituciones tomadoras de decisiones, con un

tiempo estimado de ejecución de ocho meses contados a partir de la suscripción del

convenio (31 de julio de 2009).

Sin embargo, debido a diversas situaciones como atrasos en la radicación de recursos,

variación del tipo de cambio peso-dólar para la adquisición de los sismógrafos, así como

la selección idónea de los lugares para construir las estaciones sismológicas, se

suscribieron tres convenios modificatorios: el primero, del 31 de julio de 2010, modificó

la cláusula décima segunda, “Vigencia”, que señalaba como fecha de conclusión el 31 de

julio de 2010, y se cambió para el 31 de julio de 2011; el segundo, del 30 de julio de 2011,

modificó nuevamente la vigencia para el 28 de febrero de 2012; y el tercero, del 27 de

febrero de 2012, también modificó la vigencia para el 28 de septiembre de 2012.

Las modificaciones anteriores no implicaron que se aumentara el costo total del proyecto

por 11,000.0 miles de pesos.

De lo anterior, se concluye que la SPC cumplió con la normatividad aplicable en cuanto

a la suscripción del convenio específico de colaboración núm. SPC/001/2009 y sus convenios

modificatorios, y contó con la documentación justificativa del gasto.

10. Resultado

Con la finalidad de verificar si los 6,206.0 miles de pesos ejercidos por la SPC para la

elaboración del proyecto denominado “Estudio para la Determinación del Riesgo por Colapso

de Minas en la Segunda Sección del Bosque de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo”,

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130 VOLUMEN 5/17

son resultado de la aprobación de algún instrumento jurídico que formalizara una relación

jurídica con Ciencia, Integración y Sociedad A.C., para la contratación de sus servicios, se

analizó el proceso de adjudicación directa y la suscripción del contrato con dicha asociación

civil. Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. El proceso de solicitud del servicio y la autorización de su contratación se realizaron

como sigue:

a) Por medio de la requisición de servicios núm. DA/RMSG/85.1/2012 del 27 de

septiembre de 2012, la Dirección General de Prevención de la SPC solicitó la

realización del estudio siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto del estudio Descripción de los servicios Costo

Determinación del riesgo por colapso

de minas en la segunda sección

del Bosque de Chapultepec,

Delegación Miguel Hidalgo

El estudio constaría de:

1. Estudio fotogramétrico del polígono de apoyo

con GPS de alta precisión.

2. Levantamiento topográfico actual con GPS de alta

precisión.

3. Plano diferencial de elevaciones.

4. Traslape de las zonas minadas con el referente

histórico (análisis espacial de cambio de uso

de suelo).

5. Caracterización estratográfica del subsuelo

mediante sondeos (resistividad de los materiales.

6. Estudios geofísicos de mediciones geoeléctricas.

7. Verificación de eventos detectados.

8. Entrega de informe técnico. 1,588.6

El formato de dicha requisición estuvo debidamente requisitado y contó con la

justificación que señala que en la zona del Bosque de Chapultepec durante los últimos

años se han colapsado varias minas, algunas de tamaño considerable que llegan

a presentar hasta 20 metros de profundidad. Dicha zona es considerada de alto

riesgo, ya que los factores geológicos aunados a la fuerte presión de uso, debido a su

trascendencia social, cultural y recreativa, se conjugan de una manera desfavorable;

además, durante la temporada de lluvias, las minas preexistentes se ven sometidas

a filtraciones y flujos internos de agua que generan socavaciones o, en su caso,

una propagación y apertura importante, poniendo en riesgo de colapso tanto a la zona

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131 VOLUMEN 5/17

verde del Bosque de Chapultepec como a la infraestructura, lo que pudiera ocasionar

que personas, vehículos y/o maquinaria, cayeran en las oquedades que dejan las

minas al colapsarse.

b) Con el oficio núm. SPC/DA/JRF/0643/2012 del 28 de septiembre de 2012, emitido

por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros, se otorgó suficiencia

presupuestal por un importe de 6,230.0 miles de pesos, con cargo a la partida

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”.

2. En la revisión del expediente de la contratación del servicio mediante adjudicación

directa, se determinó lo siguiente:

a) El sondeo de mercado fue elaborado el 11 de octubre de 2012, con base en las

cotizaciones presentadas por Taller de Intervención Urbana, S.A. de C.V.; Ciencia,

Integración y Sociedad, S.A. de C.V.; y Data Integration Services, S.A. de C.V.,

las cuales cumplieron con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

b) En la tercera sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la SPC, celebrada el 12 de octubre de 2012, se dictaminó

favorablemente la contratación del “Estudio para la Determinación del Riesgo por

Colapso de Minas en la Segunda Sección del Bosque de Chapultepec, Delegación

Miguel Hidalgo”, con el prestador de servicios Ciencia, Integración y Sociedad,

S.A. de C.V., con fundamento en el artículo 54, fracción II de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigente en 2012.

Para tal efecto, previamente se contó con la autorización del titular de la dependencia

y la justificación fundada y motivada por éste, en cumplimiento del antepenúltimo

párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente

en 2012.

c) El 15 de octubre de 2012, se suscribió el contrato núm. SPC/DA/CT025/2012 con

Ciencia, Integración y Sociedad, A.C., por un importe de 6,206.0 miles de pesos

(IVA incluido), y con una vigencia del 15 de octubre al 30 de noviembre de 2012.

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132 VOLUMEN 5/17

d) Con la finalidad de comprobar que la SPC no hubiera adjudicado el contrato a un

prestador de servicios que estuviera inhabilitado, se consultaron los portales de Internet

de la CGDF y de la SFP.

Como resultado de la consulta, se constató que en los archivos de las dependencias

no hay registros que indiquen que Ciencia, Integración y Sociedad A.C., se encontrara

inhabilitada en el ejercicio de 2012.

3. En cuanto al análisis del contrato núm. SPC/DA/CT025/2012, se determinó lo siguiente:

a) El contrato se formalizó de manera previa a la prestación de los servicios, en

cumplimiento del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

y reunió los requisitos mínimos que establece el artículo 56 de su Reglamento,

vigentes en 2012.

b) De conformidad con la Declaración II.9 del contrato, el prestador de servicios manifestó

que se encontraba al corriente de sus obligaciones fiscales, en cumplimiento del

artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012.

c) El prestador de servicios presentó la póliza de fianza del 15 de octubre de 2012,

expedida por Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. a nombre de la SEFIN, por un

importe de 535.0 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones

a su cargo derivadas del contrato núm. SPC/DA/CT025/2012, en cumplimiento del

artículo 73, fracción III de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente

en 2012.

Asimismo, en el portal de internet de la Asociación de Compañías Afianzadoras

de México, A.C., se comprobó que la asociación validó la fianza presentada por

el prestador de servicios con el folio núm. FEI480482.

De lo anterior, se concluye que la SPC cumplió con lo establecido en la normatividad

aplicable en cuanto a la adjudicación del contrato núm. SPC/DA/CT025/2012; y contó con

la documentación justificativa del gasto.

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133 VOLUMEN 5/17

Gasto Devengado

11. Resultado

Con la finalidad de verificar si la SPC reconoció las obligaciones de pago a favor de

F2 Services, S.C., por la recepción de conformidad de los servicios que amparan los contratos

de arrendamiento núms. SPC/DA/CT001/2012, SPC/DA/CT013/2012, SPC/DA/CT002/2012

y SPC/DA/CT014/2012, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de dichos

contratos y se observó lo siguiente:

1. Respecto a la cláusula cuarta, “Conservación del Inmueble” de los contratos, no existe

evidencia documental de que el arrendador o la SPC hayan llevado a cabo trabajos

de conservación de los inmuebles.

2. En cuanto a la cláusula quinta, “Mejoras, Adaptaciones y Modificaciones” de los contratos,

no existe evidencia documental de que el arrendador o la SPC hayan realizado trabajos

de mejoras, adaptaciones y modificaciones durante 2012.

3. El pago de los servicios de luz por 236.0 miles de pesos y de telefonía convencional

por 560.5 miles de pesos fue cubierto por la SPC, en cumplimiento de la cláusula novena,

“Pago de Servicios” de los contratos.

Dichos pagos incluyen también los servicios correspondientes al inmueble ubicado

en Avenida Patriotismo con 20 cajones de estacionamiento.

4. La SPC entregó los inmuebles citados a F2 Services, S.C., con motivo de la conclusión

del arrendamiento el 2 de mayo de 2013, fecha en la que se celebraron las Actas

de Entrega-Recepción de los inmuebles ubicados en Avenida Patriotismo con 135

y 20 cajones de estacionamiento, razón por la cual no se realizó la inspección física

de los inmuebles que fueron arrendados por la dependencia en el ejercicio de 2012.

Con base en lo anterior, se concluye que la SPC recibió el servicio de arrendamiento, en

cumplimiento de las cláusulas pactadas en los contratos y no requirió efectuar acciones

de conservación de los inmuebles, ni mejoras, adaptaciones o modificaciones durante 2012.

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134 VOLUMEN 5/17

12. Resultado

Con la finalidad de verificar si la SPC reconoció las obligaciones de pago a favor de la UNAM

por la recepción de conformidad de los servicios que ampara el convenio específico de

colaboración núm. SPC/001/2009 y sus modificatorios, se revisó la documentación que

soporta su cumplimiento. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. Para verificar el avance del proyecto, la Comisión Especial de Evaluación y Seguimiento

celebró reuniones de trabajo los días 14 de agosto, 21 de septiembre, 19 de octubre,

16 de noviembre y 14 de diciembre de 2009, respectivamente; 15 de febrero, 15 de marzo,

19 de abril, 17 de mayo, 21 de junio, 19 de julio y 29 de julio de 2010; 17 de enero y

21 de febrero de 2011; y el 20 de febrero de 2012, en las cuales los representantes de

la UNAM hicieron entrega de los informes de avance del proyecto, en cumplimiento de la

cláusula séptima, “Comisión Especial de Evaluación y Seguimiento”.

En el undécimo informe de avance del proyecto de junio de 2010, la UNAM informó que

se solicitó la adquisición de cinco equipos sísmicos, que se componen de sismómetro

de banda ancha marca Nanometrics, modelo Trillium 120 PA, con cinco digitalizadores

de 6 canales, marca Kinemetrics, modelo Q330S, y cinco acelerómetros Triaxiales,

marca Kinemetrics, modelo FBA ES-T.

2. En cuanto a la conclusión y entrega de los productos finales por parte de la UNAM,

el 26 de septiembre de 2012, sus representantes entregaron a la SPC el informe final

con el cual notificaron que se concluyó la construcción de las estaciones sismológicas en

Fresnillo de Trujano, Yosondua, Tlaxiaco, Toxpalam y Puerto Escondido, en el Estado

de Oaxaca; que cada estación siguió los protocolos de las casetas sísmicas, con dos

cuartos, uno para los sensores sísmicos y el otro para el registrador sísmico, sistema

eléctrico y sistema de telecomunicaciones, que los sensores sísmicos fueron instalados

sobre un pilar especial, sobre una base de arborón y sobre una base de vidrio para el

sismómetro; y que ambos equipos fueron cubiertos por cajas de aluminio recubiertas

de material de alta resistencia térmica.

En dicho informe se anexaron fotografías de los lugares donde fueron instalados los

equipos, y la placa donde se indica que dicha estación sismológica pertenece al Servicio

Sismológico Nacional del Instituto de Geofísica de la UNAM, la clave de la estación

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135 VOLUMEN 5/17

y las instituciones que colaboraron en la construcción y operación: Secretaría de

Gobernación, GDF y las autoridades municipal y estatal del Estado de Oaxaca.

Asimismo, se indicó que las cinco estaciones quedaron totalmente terminadas

y transmitiendo su información en tiempo real, a razón de 100 datos por componente;

en cada sitio hay 3 componentes de velocidad y 3 de aceleración, lo que representa

600 datos por segundo por estación, y hace un total de 3,000 datos sísmicos por segundo

por las cinco estaciones. Dicha información es integrada en tiempo real al sistema de

procesamiento de datos en el Servicio Sismológico Nacional.

3. En el “Informe adicional de Mantenimiento, Desarrollo de Programas para el Análisis

y Transmisión de los Datos a los Tomadores de Decisiones”, del 26 de septiembre

de 2012, la UNAM precisó que con dicho proyecto el Estado de Oaxaca se convirtió

en el estado con mayor número de estaciones sismológicas (ya que además cuenta con

las ubicadas en Oaxaca, Pinotepa Nacional, Huatulco, Huajuapan de León y Matías

Romero) de banda ancha y transmisión en tiempo real de México. Las distancias a que se

encuentran de la Ciudad de México son 180, 205, 250, 310, 350, 421 y 510 kilómetros,

respectivamente, con lo que se cumplió el objetivo del proyecto para poder evaluar los

sismos que provengan de dicho estado y que puedan ser una amenaza para la Ciudad

de México.

Asimismo, la UNAM informó que el sismo presentado el 22 de septiembre de 2012, de

magnitud 5.4, a 29 kilómetros de Pinotepa Nacional, fue registrado de manera exitosa

por las cinco nuevas estaciones sismológicas; e incluyó fotografías de las trazas sísmicas

registradas, así como de que dichas estaciones sismológicas se encuentran transmitiendo

datos en tiempo real al Atlas de Riesgos de la Ciudad de México, para la oportuna toma

de decisiones por parte de las autoridades capitalinas.

Cabe mencionar que la SPC ha tenido problemas para la correcta actualización del Atlas

de Riesgos de la Ciudad de México, toda vez que ha necesitado de la adquisición de

servidores para la puesta en marcha del Sistema Web, Atlas de Peligros y Riesgos del

Distrito Federal; requiere contratar un servicio de datos con la compañía con la que están

configurados los dispositivos para funcionar; y no cuenta con una conexión a internet

segura que funcione aún en situación de desastre las 24 horas del día, los 365 días

del año.

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136 VOLUMEN 5/17

4. Con la finalidad de confirmar que la SPC recibe información en tiempo real de las

estaciones sismológicas de Fresnillo de Trujano, Yosondua, Tlaxiaco, Toxpalam y Puerto

Escondido, el 15 de octubre de 2013 se realizó una visita de inspección al Atlas de

Riesgos de la Ciudad de México, ubicado en las oficinas de la Dirección General

de Prevención de la dependencia. Al respecto, se observó la señal recibida de cuatro

estaciones sismológicas, excepto la de Toxpalam.

Adicionalmente, el 15 de noviembre de 2013 se realizó una visita de inspección al Servicio

Sismológico Nacional, y se comprobó que recibía información en tiempo real de las

estaciones sismológicas de Fresnillo de Trujano, Yosondua, Tlaxiaco y Puerto Escondido,

pero no de la ubicada en Toxpalam. Al respecto, el Servicio Sismológico Nacional informó

que dicha estación dejó de transmitir datos desde el 11 de octubre de 2013, por lo que

enviarían a los técnicos respectivos al Estado de Oaxaca, para verificar el motivo

de la falla y, por ende, la falta de recepción de señal.

De lo anterior, se concluye que la SPC recibió por parte de la UNAM, la conclusión y puesta

en marcha de las cinco estaciones sismológicas instaladas y construidas en el Estado

de Oaxaca, de conformidad con lo pactado en el convenio específico de colaboración

núm. SPC/001/2009 y sus convenios modificatorios.

13. Resultado

Con la finalidad de verificar que la SPC haya reconocido las obligaciones de pago a favor

de Ciencia, Integración y Sociedad, A.C., por la recepción de conformidad de los servicios que

ampara el contrato núm. SPC/DA/CT025/2012, se revisó la documentación que soporta

su cumplimiento y se determinó que conforme a las cláusulas primera “Objeto”, y décima

“Vigencia”, del contrato, el prestador de servicios se obligó a realizar el “Estudio para la

Determinación del Riesgo por Colapso de Minas en la Segunda Sección del Bosque de

Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo”, conforme a las 8 etapas señaladas con anterioridad,

del 15 de octubre al 30 de noviembre de 2012.

Al respecto, mediante oficio sin número del 13 de noviembre de 2012, la asociación civil

entregó en tiempo y forma el “Estudio para la determinación del riesgo por colapso de minas

en la segunda sección del Bosque de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo”, conforme

a los alcances y metas siguientes:

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137 VOLUMEN 5/17

Descripción del servicio Alcances y metas

1. Estudio fotogramétrico del polígono

de apoyo con GPS

Se inició con la importación, orientación de la imagen y triangulación; se generaron

modelos estereoscópicos; se desarrolló un modelo de elevación de terreno;

se elaboró una ortorectificación; se elaboraron mosaicos; y se realizó una

fotointerpretación del uso del suelo.

2. Levantamiento topográfico actual

con GPS de alta precisión

Se determinaron las posiciones relativas a los puntos sobre la superficie de la tierra

y debajo de la misma mediante la combinación de las medidas, según los tres

elementos del espacio: distancia, elevación y dirección, llevando a cabo los métodos

estático, estático rápido, cinemático stop and go y cinemático en tiempo real.

3. Plano diferencial de elevaciones Se utilizó la información hipsométrica, que es la fase de transformación de la realidad

geográfica a la estructura digital de datos; se capturaron los datos mediante los

métodos básicos para conseguir la información de las altitudes (realizados en el

terreno real) y los indirectos. Los métodos utilizados fueron la altimetría de láser,

GPS, el sistema de localización por triangulación y el levantamiento topográfico

con estaciones topográficas con salida digital. La restitución se realizó a partir de

pares de imágenes estereoscópicas digitales, imágenes satelitales y la digitalización

de mapas topográficos vectorizados.

4. Traslape de las zonas minadas

con el referente histórico

(análisis espacial de cambio

de uso de suelo)

Se realizó mediante un análisis multitemporal con imágenes, lo que permitió

una evaluación multitemporal del uso de suelo. La derivación de la información

de cambio obtenida a través de la información espacial consistió, en términos

generales, en la georeferenciación de dos o más imágenes de la misma área

adquiridas en dos puntos distintos en el tiempo. Se llevó a cabo la fotoidentificación,

el tratamiento digital de imágenes multitemporales, la corrección geométrica, la

rectificación imagen a imagen, la rectificación imagen a mapa, la detección del

cambio, la imagen de diferencia, el método de cambio de uso de suelo, la definición

del cambio de uso de suelo, la magnitud del cambio, la dirección del cambio,

la corrección geométrica, los métodos de detección de cambios, y el método

de verificación de resultados.

5. Caracterización estratográfica

del subsuelo mediante sondeos

(resistividad de los materiales)

La resistividad es la variable experimental básica en todos los estudios

geoeléctricos y será aparente o verdadera. La resistividad eléctrica del suelo

dependerá del tipo de suelo, porcentaje de humedad, la composición química

del suelo, la compactación del suelo, la temperatura, la estratificación del

suelo, las mezclas de diferentes tipos de materiales y la concentración de las

sales disueltas en el suelo. Se realizaron cuatro sondeos eléctricos verticales

con el método Wenner, para determinar la litología del terreno mediante curvas

de resistividad, graficar las curvas de resistividad del terreno y conocer su

estratigrafía.

6. Estudios geofísicos de mediciones

geoeléctricas

Se aplicaron los diferentes métodos de exploración eléctrica (Wenner, Dipolo-Dipolo

y Schlumberger). Dichos métodos se diferencian entre sí por la distancia entre

electrodos, y la posición de los electrodos respecto a los de potencial. Con base

en la topografía del terreno, se realizó el estudio en las áreas verdes del parque,

se calculó la abertura electródica y se estimó la profundidad de los sondeos con

base en la extensión de terreno disponible para ello; ya obtenida la profundidad del

estudio y los valores de cada nivel, se realizaron pseudosecciones y pseudoperfiles;

se procedió a la marcación de las distancias entre electrodos; se realizó el cálculo

de las resistividades aparentes; y se elaboró el modelado de resultados.

7. Verificación de eventos detectados Con base en los resultados de métodos geofísicos, recorridos de campo,

interpretación geológica y a sugerencia de la SPC, se seleccionaron seis áreas

de verificación de los eventos encontrados, con la ayuda de una máquina “mano

de chango” marca Case, modelo 580 m, año 2006, cabina abierta antivolcadura

tipo “Orops”, doble tracción, cople rápido para aditamentos, hidráulicos auxiliares

para instalación de martillo con luces de trabajo, que permitió escarbar hasta seis

metros de profundidad.

8. Entrega de informe técnico Se elaboraron e imprimieron informes, a los que se anexaron mapas impresos

y digitales de cada uno de los estudios realizados.

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138 VOLUMEN 5/17

Por medio del oficio núm. SPC/SCPPP/DGP/3761/2012 del 23 de noviembre de 2012,

la Dirección General de Prevención de la SPC indicó a la Dirección de Administración

en la dependencia, que revisó y analizó el contenido del proyecto entregado, el cual se

apegó al contrato, por lo que otorgó la validación correspondiente.

De lo anterior, se concluye que la SPC recibió el “Estudio para la Determinación del Riesgo

por Colapso de Minas en la Segunda Sección del Bosque de Chapultepec, Delegación

Miguel Hidalgo”, en los términos pactados en el contrato núm. SPC/DA/CT025/2012.

Gasto Ejercido

14. Resultado

Con la finalidad de verificar que la SPC haya emitido CLC debidamente elaboradas,

revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, se revisaron 23 CLC

por un monto de 23,708.9 miles de pesos y se constató lo siguiente:

1. Las CLC núms. 34-C0-01 con terminaciones 100236, 100237, 100337, 100338, 100402,

100403, 100426, 100427, 100428, 100516, 100517, 100623, 100624, 100706, 100707,

100806, 100807, 100919, 100920, 101024 y 101025, por un importe total de 14,002.9 miles

de pesos, registrado con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, expedidas

para pagar los servicios de arrendamiento de dos inmuebles ubicados en Avenida

Patriotismo que amparan los contratos núms. SPC/DA/CT001/2012, SPC/DA/CT002/2012,

SPC/DA/CT013/2012 y SPC/DA/CT014/2012, por el período del 1o. de enero al 31 de

diciembre de 2012, están soportadas con 24 facturas (núms. FD con terminaciones

11687, 11688, 13159, 13161, 14749, 14751, 17051, 17075, 17906, 17908, 19518, 19519,

21815, 21816, 24876, 24877, 26238, 26239, 28333, 28357, 30339, 30340, 31712 y 31713),

emitidas por Deutsche Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, División

Fiduciaria, como fiduciaria de F2 Services, S.C., todas a nombre del Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Protección Civil, las cuales indican el mes de arrendamiento

al que corresponden.

2. La CLC núm. 34-C0-01-100821, por un importe de 3,500.0 miles de pesos, registrado con

cargo a la partida 3551 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”, está soportada

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139 VOLUMEN 5/17

con las facturas núms. 37 y 38, emitidas por la UNAM-Instituto de Geofísica, a nombre

del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Protección Civil, por concepto de la

construcción de casetas e instalación de equipo, así como del mantenimiento, desarrollo

de programas para el análisis y transmisión de los datos a los tomadores de decisiones

del proyecto denominado “Determinación Temprana de la Magnitud de Temblores de

Oaxaca que potencialmente sean grandes amenazas sísmicas a la Ciudad de México”;

y está validada con la firma del Director General de Prevención de la SPC.

El importe de dicha CLC se pagó con los remanentes federales del FOPREDEN 2009,

de conformidad con el oficio de autorización multianual núm. SE/0346/2011 del 14 de

diciembre de 2011, emitido por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el cual

se comprometieron recursos por 3,500.0 miles de pesos para el ejercicio de 2012.

3. La CLC núm. 34-C0-01-100892 del 3 de diciembre de 2012, por un importe de 6,206.0 miles

de pesos, registrado con cargo a la partida 3551 “Servicios de Investigación Científica

y Desarrollo”, y expedida para pagar la realización del “Estudio para la determinación

del riesgo por colapso de minas en la segunda sección del Bosque de Chapultepec,

Delegación Miguel Hidalgo”, está soportada con la factura núm. 4, emitida por Ciencia,

Integración y Sociedad A.C., a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de

Protección Civil, y en ella se indica el nombre del estudio desarrollado.

4. La documentación comprobatoria del gasto reunió los requisitos fiscales y administrativos

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y en el

numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2012.

5. Respecto al monto y las características del pasivo circulante establecido con cargo

a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales”, la Dirección de Administración

en la SPC proporcionó copia de los oficios núms. SPC/DA/0071/2012 del 13 de enero

de 2012 y SPC/DA/0110/2013 del 14 de enero de 2013, y sus anexos respectivos,

mediante los cuales informó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del pasivo

circulante correspondiente a los ejercicios de 2011 y 2012, en ese orden.

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140 VOLUMEN 5/17

Al analizar la información referida, se constató que el pasivo correspondió a los

compromisos no cubiertos durante los ejercicios 2011 y 2012; además, se verificó

que se reportó dentro de los plazos establecidos mediante los oficios circulares

núms. SE/3481/2011 y SE/5122/2012 del 24 de octubre de 2011 y 3 de octubre de 2012,

en ese orden, firmados por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento

de los artículos 60 y 70 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012.

Con base en lo anterior, se concluye que la SPC contó con la documentación comprobatoria

de los pagos efectuados por los servicios recibidos, y que ésta cumplió con los requisitos

establecidos en la normatividad aplicable.

Gasto Pagado

15. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos realizados a los prestadores de servicios hayan sido

para cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo de la SPC, la Dirección General

de Auditoría al Sector Central de la CMHALDF solicitó a los prestadores de servicios

seleccionados como muestra, proporcionaran copias de los contratos o convenios; información

sobre las modalidades y números de los procedimientos de adjudicación; copias de las

facturas que detallaran las fechas de expedición, conceptos y montos cobrados; y copias de

las garantías de cumplimiento entregadas. Lo anterior, a fin de confirmar las operaciones

durante el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012 con la SPC, obteniendo

los siguientes resultados:

1. Se verificó en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

la emisión de comprobantes fiscales por parte de F2 Services, S.C., y se constató que

las facturas que expidió a nombre de la SPC fueron autorizadas por el SAT.

2. En respuesta al oficio de solicitud de confirmación de operaciones núm. ASC/13/2242

del 6 de noviembre de 2013, con el oficio núm. DIRE/SAD/315/318/2013 del 21 de

noviembre de 2013, el Instituto de Geofísica de la UNAM remitió información acerca

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141 VOLUMEN 5/17

del convenio suscrito con la SPC en 2009 y de sus modificatorios, así como los recibos

que detallan las fechas, conceptos y montos de las aportaciones que le efectuó la

dependencia en 2012.

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la UNAM se constató

que coinciden con las entregadas por la SPC.

3. En respuesta al oficio de solicitud de confirmación de operaciones núm. ASC/13/2241

del 6 de noviembre de 2013, mediante oficio sin número del 12 de noviembre de 2013,

Ciencia, Integración y Sociedad A.C. remitió información acerca del contrato suscrito

con la SPC para 2012, así como de la factura, fecha, concepto y monto del servicio

prestado a la dependencia en 2012.

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por Ciencia, Integración

y Sociedad A.C., se comprobó que coinciden con las entregadas por la SPC.

4. El registro del pago de los contratos núms. SPC/DA/CT001/2012, SPC/DA/CT002/2012,

SPC/DA/CT013/2012 y SPC/DA/CT014/2012; de la última aportación del convenio específico

de colaboración núm. SPC/001/2009; y del pago del contrato núm. SPC/DA/CT025/2012,

se realizó conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento

del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente

en 2012.

Con base en lo anterior, se concluye que los prestadores de servicios recibieron su pago por

los servicios prestados, el cual fue registrado por la SPC conforme a su naturaleza de gasto.

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143 VOLUMEN 5/17

I.14. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

I.14.1. ANTECEDENTES

Mediante el decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 6 de febrero de 2007, se modificó la fracción XIX del artículo 15 de dicho ordenamiento, con

motivo de la creación de la Secretaría de Educación, con objeto de “sentar las bases para

sustentar el futuro de las próximas generaciones a través del proyecto de la Ciudad

Educadora, de los Aprendizajes y del Conocimiento, además del ineludible compromiso de

operar la transferencia de los servicios educativos administrados por el Gobierno Federal

y mantener funcionando los servicios que actualmente proporciona el gobierno de la ciudad, de

manera sustentable eficiente y con altos estándares de calidad en el Distrito Federal”.

Atribuciones

La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, con reformas del 6 de febrero de 2007,

del 24 de enero y 5 de diciembre de 2008 y del 17 de junio y 14 de noviembre de 2011,

establece las siguientes atribuciones de la Secretaría de Educación:

“Artículo 23 Quáter. A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las

materias relativas a la función educativa y al deporte.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios

del Sistema Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;

”II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito Federal

las leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales;

”III. Impulsar y fortalecer la educación pública;

”IV. Vigilar que la educación que impartan los particulares en planteles incorporados

al sistema educativo del Distrito Federal se sujete a las normas establecidas;

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144 VOLUMEN 5/17

”V. Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al

sistema educativo del Distrito Federal, a la innovación educativa y a la investigación

científica, tecnológica y humanística, en concurrencia con la Federación;

”VI. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones de

promoción y difusión de la investigación científica, innovación tecnológica y de protección

al medio ambiente;

”VII. Recibir y sistematizar la información que en materia de investigación científica

e innovación tecnológica reciba de las instituciones académicas y centros de investigación

públicos y privados, y operar un sistema de consulta al servicio de las dependencias,

órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

y público en general;

”VIII. Instrumentar la coordinación y distribución educativa entre la Federación y el Distrito

Federal conforme a las aportaciones económicas correspondientes que fijen las Leyes

Federales;

”IX. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas que contribuyan a elevar

los niveles y la calidad de la educación en el Distrito Federal;

”X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones

académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que tengan

por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública. Asimismo, podrán opinar

en asuntos pedagógicos;

”XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno de

conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal; estableciendo los espacios,

dentro de las escuelas del Distrito Federal, con la infraestructura humana, inmobiliaria

y material necesaria y adecuada para el desarrollo de actividades relacionadas con la

Educación Física y la Práctica Deportiva;

”XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;

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145 VOLUMEN 5/17

”XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través

del Instituto de la Juventud del Distrito Federal;

”XIV. Desarrollar y ejecutar todo tipo de programas de apoyo social que incidan en el

proceso educativo en el Distrito Federal;

”XV. Coordinar con los titulares de los Órganos Político Administrativos de cada demarcación

territorial, las tareas de rehabilitación y mantenimiento de las escuelas del Distrito Federal, así

como el adecuado funcionamiento de todas y cada una de las instalaciones, incluyendo

dentro de éstas las relativas a la instalación obligatoria de bebederos de agua potable; y

”XVI. Coadyuvar con la Subsecretaría del Sistema Penitenciario del Distrito Federal, en la

realización, implementación y certificación de la enseñanza educativa que se imparta

al interior de los Centros Penitenciarios del Distrito Federal; así como participar en

programas recreativos, culturales y deportivos, éste último a través del Instituto del Deporte

del Distrito Federal.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Educación

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 324,891.0 100.0 337,569.1 100.0 (12,678.1) 3.9

Corriente 324,891.0 100.0 337,569.1 100.0 (12,678.1) 3.9

Presupuesto ejercido

Gasto total 343,167.5 100.0 433,295.1 100.0 (90,127.6) 26.3

Corriente 343,056.1 100.0 433,295.1 100.0 (90,239.0) 26.3

De capital 111.4 0.0 111.4 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Educación y “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Educación y “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

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146 VOLUMEN 5/17

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012 Gasto total 324,891.0 343,167.5 18,276.5 5.6

Corriente 324,891.0 343,056.1 18,165.1 5.6 De capital 0.0 111.4 111.4 n.a.

2011 Gasto total 337,569.1 433,295.1 95,726.0 22.1

Corriente 337,569.1 433,295.1 95,726.0 22.1

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Distrito Federal 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Educación y “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Educación y “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

En 2012, la Secretaría de Educación tuvo una asignación para gasto programable de

324,891.0 miles de pesos, que representó el 0.8% del importe total programado de las

dependencias que integran la Administración Pública del Distrito Federal (39,697,997.6 miles

de pesos), y erogó 343,167.5 miles de pesos, que representaron el 0.7% del monto ejercido

por ese sector (46,709,326.9 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 324,891.0 100.0 343,167.5 100.0 18,276.5 5.6 Corriente 324,891.0 100.0 343,167.5 100.0 18,276.5 5.6

“Servicios Personales” 128,973.0 39.7 166,990.8 48.7 38,017.8 29.5 “Materiales y Suministros” 7,475.8 2.3 4,978.3 1.5 (2,497.5) 33.4 “Servicios Generales” 82,539.3 25.4 72,905.4 21.2 (9,633.9) 11.7 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 105,902.9 32.6 98,181.6 28.6 (7,721.3) 7.3

De capital “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 0.0 111.4 0.03 111.4 n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Educación y “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

Principales Resultados

En 2012, la Secretaría de Educación ejecutó varias acciones dentro de dos de los siete

Ejes Estratégicos del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, los

cuales se describen en seguida:

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147 VOLUMEN 5/17

Eje Estratégico 1 “Reforma Política”

Se realizaron varias acciones encaminadas al cumplimiento de los objetivos previstos en

el Programa Operativo Anual, como el trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas para

realizar el pago de nóminas, proveedores, impuestos y por operaciones ajenas; trámite de

documentos múltiples de reintegro y de observación de glosa; trámite de afectaciones

presupuestarias liquidas y compensadas; otorgamiento de suficiencias presupuestales;

reporte del Impuesto al Valor Agregado; reporte del ejercicio de los recursos relativos a las

ayudas sociales y a espectáculos culturales; elaboración de cheques para pagos diversos;

entero de intereses generados en las cuentas bancarias; estudios de mercado; procesos

de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa; contratación de

prestadores de servicios; capacitación; premio de administración pública y de antigüedad;

y cambios de adscripción.

Eje Estratégico 2 “Equidad”

La Secretaría de Educación promovió la “Planeación y Diseño de Programas y Acciones en

Pro de la Igualdad de Género”. Para tal fin, capacitó y dio seguimiento a 606 facilitadores

en actividades como el establecimiento de relaciones de confianza y trabajo educativo con

grupos familiares y organizaciones de la sociedad civil; se formaron grupos de trabajo

educativo, los cuales participaron como agentes en los procesos de promoción de la

participación social y ciudadana en una campaña de alfabetización para dar atención

a grupos vulnerables; asimismo, se impulsó la conformación de un Comité de Gestión de

Competencias para la publicación de un estándar tanto para orientar la capacitación como

para contar con un mecanismo de certificación laboral de facilitadores en alfabetización

bilingüe en el Distrito Federal, mediante el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y el

Consejo Nacional de Normalización y Certificación, ambos dependientes de la Secretaría

de Educación Pública.

Por medio de los “Apoyos económicos a estudiantes de secundaria”, se benefició a

3,850 estudiantes de escasos recursos económicos, residentes del Distrito Federal, con

becas de 400.00 pesos mensuales por los 10 meses del ciclo escolar.

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148 VOLUMEN 5/17

En la actividad institucional “Programas de Libros Educativos Gratuitos”, como parte del

Programa de Distribución de Libros de Texto para Secundaria, la Secretaría de Educación

realizó una aportación económica de $12,998,715.29, para coadyuvar con la Secretaría

de Educación Pública y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos para la adquisición,

distribución y entrega de 341,665 libros para los alumnos de las escuelas secundarias

públicas del Distrito Federal, correspondientes al ciclo escolar 2012-2013.

Por medio del “Programa Escuela Sana y Segura”, se realizaron acciones de prevención y

atención a la problemática relacionada con la violencia en 400 escuelas de educación básica

del Distrito Federal; se dio atención personalizada a integrantes de la comunidad educativa en

situación de bullying; se capacitó a servidores públicos, operativos y empleados de instituciones

y organizaciones de la sociedad civil con mecanismos, estrategias y habilidades que hacen

frente a diversas problemáticas; y se llevaron a cabo labores de difusión y sensibilización.

Respecto del “Programa de Bachillerato a Distancia”, se brindaron estudios de educación

media superior de manera personalizada a 15517 alumnos, en el marco de una modalidad

educativa y a distancia.

En el marco de la actividad institucional “Transformación educativa”, se operaron 200 centros

comunitarios diseñados para prestar servicios en beneficio de grupos comunitarios y sociales

en condiciones de vulnerabilidad educativa, que concentran a población infantil y adulta

que no haya concluido la educación básica, la población indígena o con alguna discapacidad.

En el “Programa de Asistentes y Promotores Educativos”, se integró un equipo de 308

asistentes educativos para dar atención especializada a estudiantes del sistema educativo

del Distrito Federal en todas sus esferas, tipos y niveles, a fin de complementar su

educación mediante el desarrollo de actividades educativas, de salud, ambientales

y artísticas de interés para los jóvenes. Con ello se ofrecieron alternativas de creación

y recreación cultural tanto en espacios públicos como en escuelas públicas y se

promovieron la cultura, el deporte y la convivencia sana entre los estudiantes.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Secretaría de Educación.

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149 VOLUMEN 5/17

I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.14.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría ASC/143/12

ANTECEDENTES

En el ejercicio de 2012, la Secretaría de Educación (SEDU) reportó un presupuesto ejercido

de 343,167.5 miles de pesos, monto inferior en 20.8% respecto de los 433,295.1 miles de pesos

ejercidos en 2011.

El presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” fue de 98,181.6 miles de pesos, representó el 28.6% del total asignado a ese capítulo;

y significó un decremento de 12.1% (13,505.5 miles de pesos) en relación con el erogado

el año anterior (111,737.1 miles de pesos). El gasto ejercido en dicho capítulo representó una

variación negativa del 7.3% respecto del original autorizado (105,902.9 miles de pesos).

Del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” (98,181.6 miles de pesos), destacó el importe erogado en las partidas 4412 “Ayudas

Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, por 73,382.6 miles de pesos; y 4451

“Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, por 22,710.2 miles de pesos, que en

conjunto representaron 96,092.8 miles de pesos, importe que constituyó el 97.9% del total

erogado en el capítulo y el 28.0% del total ejercido por la SEDU (343,167.5 miles de pesos).

En el Informe de Cuenta Pública del sujeto fiscalizado correspondiente al Ejercicio Fiscal 2012,

apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, la SEDU, en relación con el

capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, informó: “A) Variación

registrada en el concepto de Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos

Económicos: Ya que por necesidades de la operación, parte de los recursos fueron reasignados

a las partidas 3301 y 3831, dentro de la misma área funcional; Ayudas Sociales a Instituciones

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150 VOLUMEN 5/17

sin Fines de Lucro: Se registra una variación debido a que no se llevó a cabo el diseño

instruccional y la digitalización de contenidos educativos, ya que no se concluyeron en este

ejercicio fiscal los trabajos con instituciones de nivel superior que tienen en su oferta educativa

la modalidad a distancia, por lo que estos recursos fueron transferidos al capítulo 3000 dentro

de la misma área funcional”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría

de Educación del Distrito Federal en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los criterios generales de selección “Importancia

Relativa”, “Exposición al Riesgo” y “Presencia y Cobertura” contenidos en el Manual de

Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal, (CMHALDF), vigente a partir del 27 de mayo de 2011.

La CMHALDF ha practicado tres auditorías financieras a la SEDU, correspondientes al

capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, actualmente denominado

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por los ejercicios 2007, 2009

y 2011.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo, en relación

con el 74, fracción VI, y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto

de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII,

IX, XIII, XVI y XIX, 9o., ,27, 28, 30 y 32 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de

Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 de su Reglamento

Interior.

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151 VOLUMEN 5/17

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó como resultado

de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría; particularmente, se determinó

como resultado de los trabajos del estudio y evaluación del sistema de control.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección de Administración, específicamente en la Jefatura

de Unidad Departamental de Recursos Financieros, adscrita a la SEDU.

La Dirección de Administración fue la unidad administrativa encargada de administrar

los recursos humanos, materiales y financieros; de registrar las operaciones financieras;

de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme a las políticas,

lineamientos, criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM)

y la Secretaría de Finanzas (SEFIN). Por su parte, la Jefatura de Unidad Departamental de

Recursos Financieros fue la encargada de registrar, controlar y custodiar la documentación

referente al ejercicio presupuestal.

Se analizó el Manual Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito Federal vigente

en 2012, para verificar que el manual de organización fuera acorde con la estructura

orgánica dictaminada y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro en revisión,

estuvieran autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)

de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se aplicaron entrevistas y cuestionarios de control interno a los titulares de la Dirección

de Administración y de la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros de

la DA (Coordinación General de Educación y Coordinación General de Desarrollo Educativo

y Pedagógico) de la SEDU por ser las áreas encargadas de la requisición, adquisición,

contratación, registro, entrega, control y uso de los bienes o servicios determinados como

muestra.

Se analizaron la Ley Orgánica y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, la estructura orgánica y el Manual Administrativo de la Secretaría de Educación

del Distrito Federal, todos vigentes en 2012, a fin de determinar las áreas, funciones y

procedimientos relacionados con las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 4000

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152 VOLUMEN 5/17

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, y verificar que éstos hubieran

sido autorizados y registrados por la CGMA.

Se evaluó el sistema de control interno establecido por la SEDU para verificar que el proceso

de solicitud, autorización, contratación, adquisición, recepción y abastecimiento de los bienes

o servicios adquiridos, así como el pago, control y registro de los recursos ejercidos con

cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se hubiesen

sujetado a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, al Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal correspondiente al ejercicio en revisión y demás

normatividad aplicable.

También se practicaron pruebas sustantivas y de cumplimiento a las operaciones

y procedimientos establecidos por la SEDU en 2012, para regular el ejercicio, registro y control

de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”.

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por la SEDU

coincidieran con las reflejadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012;

integrar por partida el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión; identificar y analizar

los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro

revisado y verificar que estuviera debidamente registrado y soportado con la documentación

correspondiente (afectaciones programático-presupuestarias y su justificación); y formular

oficios de confirmación de operaciones con los proveedores por adquisición de bienes y

prestación de servicios, con los cuales se realizaron operaciones con cargo al rubro revisado.

Se verificó que los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” correspondieran a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2012 y que se hubiesen registrado de acuerdo con el Clasificador por

Objeto del Gasto del Distrito Federal y con el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, ambos vigentes en 2012.

Se constató que las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) presentaran al reverso la

leyenda que indicara que fueron con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

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153 VOLUMEN 5/17

Subsidios y Otras Ayudas” y se verificó que las facturas que soportan los pagos realizados

cumplieran los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal

de la Federación vigente en 2012.

Se examinó el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

(PAAAPS) autorizado para el ejercicio de 2012.

Se analizaron 27 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; se

verificaron las causas por las cuales disminuyó o incrementó dicho presupuesto; y se constató

que se contara con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.

Se elaboraron oficios de confirmación de las operaciones que el ente auditado efectuó con

cuatro instituciones, a fin de verificar que los procesos de contratación y de tramitación del

presupuesto devengado, comprometido y pagado de los apoyos y donativos otorgados a dichas

instituciones.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos establecidos

en el Manual Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito Federal hayan estado

en operación durante el ejercicio de 2012, las cuales consistieron en lo siguiente:

1. Se verificó que la adquisición de bienes y prestación de servicios solicitados se soportara

con requisiciones o solicitud de servicios, respectivamente; que estuvieran firmadas por

el personal facultado para autorizarlas; que se contara con suficiencia presupuestal; y, en

su caso, que se hubiesen formalizado mediante los contratos o convenios respectivos

en los plazos establecidos, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y al Manual Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito

Federal, ambos vigentes en 2012.

2. Se verificó que la adquisición de bienes y prestación de servicios hubiesen sido recibidos

por la SEDU; que hubieran cumplido las especificaciones establecidas en las requisiciones

y solicitudes de servicio, así como en los contratos o convenios; que los prestadores

de servicios hubiesen entregado comprobantes de pago (facturas o recibos) a nombre

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154 VOLUMEN 5/17

del Gobierno del Distrito Federal SEDU, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales

correspondientes; y que los pagos a los prestadores de servicios, por concepto de

adquisición de bienes y prestación de servicios se hubieran sujetado a las condiciones

pactadas en los contratos o convenios, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

3. Se verificó que la SEDU hubiese conservado la documentación original justificativa

y comprobatoria de los pagos realizados; que los gastos hubieran sido registrados en

las partidas acordes con su naturaleza; que hubiera congruencia entre los gastos

registrados y el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas, en los cuales

se registraron movimientos presupuestarios; que se hubiera reportado a la SEFIN, en

tiempo y forma, el pasivo circulante del ejercicio de 2012 pagado en ese año con

cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y que

los recursos no ejercidos al 31 de diciembre de 2012 se hubiesen enterado oportunamente

a la SEFIN, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2012.

4. Para determinar la muestra de auditoría de las partidas por revisar, se identificó que

del presupuesto ejercido en 2012 por la SEDU en el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” con cargo a cuatro partidas, por un monto de

98,181.6 miles de pesos, destacaron las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas

u Hogares de Escasos Recursos (73,382.6 miles de pesos) y 4451 “Ayudas Sociales

a Instituciones sin Fines de Lucro” (22,710.2 miles de pesos), por haber sumado

conjuntamente un total de 96,092.8 miles de pesos, que representó el 97.9% del

presupuesto ejercido en dicho capítulo.

Además, se aplicaron los siguientes criterios generales, establecidos en el Manual de Selección

de Auditorías de la CMHALDF vigente a partir del 27 de mayo de 2011: “Importancia Relativa”,

por ser el rubro más representativo del ejercicio presupuestal de la dependencia; “Exposición

al Riesgo”, por ser un concepto de gasto propenso a desperdicio, ineficiencias, irregularidades

e incumplimiento de objetivos y metas; y “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que,

eventualmente, todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser

auditados se revisen.

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155 VOLUMEN 5/17

Además, por tratarse de una auditoría financiera, se estratificó el universo (98,181.6 miles

de pesos) por capítulo, partida, función, subfunción y actividad institucional.

Que hubiesen tenido mayor participación o que hubiesen registrado variaciones significativas

en el ejercicio del presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”.

Cuyos recursos hubiesen sido aplicados a programas sociales o partidas señaladas en la

justificación del proyecto de auditoría.

Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se identificaron y seleccionaron las partidas

que presentaron las variaciones más significativas en el ejercicio de los recursos con cargo

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y de “Exposición al

Riesgo”, se seleccionaron las partidas propensas a irregularidades, ineficiencias o incumplimiento

de objetivos y metas.

El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

Se revisó el 32.3% (23,682.2 miles de pesos) del importe ejercido en dicha partida

(73,382.6 miles de pesos), mediante siete CLC, así como su documentación justificativa

y comprobatoria.

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

Se revisó el 37.5% (8,508.9 miles de pesos) del importe ejercido en la partida (22,710.2 miles

de pesos), mediante cinco CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

Conforme a lo señalado, la muestra de auditoría por revisar fue de 32,191.1 miles de

pesos, y se integró por partida como se refiere en seguida:

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(Miles de pesos y por cientos)

Partida Universo Muestra

Importe CLC DM % Importe CLC % %

partida capítulo

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 73,382.6 43 1 74.7 23,682.2 7 32.3 24.1

4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”

588.8 2

0.6

4431 “Ayudas Sociales a Instituciones de Enseñanza”.

1,500.0 1

1.6

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

22,710.2 25 2 23.1 8,508.9 5 37.5 8.7

Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 98,181.6 71 3 100.0 32,191.1 12 69.7 32.8

En la muestra de auditoría determinada para la revisión de las partidas 4412 “Ayudas

Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” (23,682.2 miles de pesos) y 4451

“Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” (8,508.9 miles de pesos), se

determinó que se afectaron dos funciones, cinco subfunciones y once actividades

institucionales respectivamente como se muestra a continuación:

Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

(Miles de pesos)

Función Subfunción Actividad Institucional Importe

2 “Justicia” 4 “Derechos Humanos” 012 “Planeación y diseño de programas y acciones en pro de la igualdad de género” 833.3

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 001 “Apoyos económicos a estudiantes de secundaria” 6,160.0

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 004 “Planeación y programación educativa”

946.0

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 006 “Programa libros educativos gratuitos”

12,998.7

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 008 “Programa escuela sana y segura” 422.5

5 “Educación” 5 “Educación para Adultos” 001 “Transformación educativa”

396.7

5 “Educación” 6 “Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes”

008 “Programa de asistentes y promotores educativos

1,925.0

Total 23,682.2

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157 VOLUMEN 5/17

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”

(Miles de pesos)

Función Subfunción Actividad Institucional Importe

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 003 “Mejoramiento de educación inicial y preescolar” 1,081.5

5 “Educación” 1 “Educación Básica” 004 “Planeación y programación educativa” 2,000.0

5 “Educación” 2 “Educación Media” Superior 007 “Programa de bachillerato a distancia” 5,000.0

5 “Educación” 6 “Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes”

006 “Formación y apoyo integral al docente” 356.0

5 “Educación” 6 “Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes”

007 “Programa ciudad educadora” 71.4

Total 8,508.9

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual administrativo

en su parte de organización de la SEDU y de su Dirección de Administración, vigentes en 2012.

Lo anterior, con el propósito de identificar su estructura orgánica así como los objetivos,

funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran, específicamente

de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisó el apartado de

procedimientos, para conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas

responsables de justificar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, comprobar, ejercer,

registrar y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y para constatar si éstos garantizaron razonablemente

el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de

observancia obligatoria.

En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control

a los titulares de la Dirección de Administración, de la Coordinación General de Educación,

de la Coordinación General de Gestión y Planeación Educativa de la SEDU y la Jefatura de

Unidad Departamental de Recursos Financieros de la Dirección de Administración las cuales

guardan relación con el ejercicio del capítulo en revisión.

Se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados

para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y de los objetivos

específicos de control.

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158 VOLUMEN 5/17

Derivado del análisis de la información general de las áreas y operaciones sujetas a revisión

y los objetivos específicos de control vigentes en 2012, así como los mecanismos de control

identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de control para evaluar si los

mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos respecto de las

irregularidades e ineficiencias detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que, en cuanto

al ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, la SEDU cuenta con mecanismos que en forma razonable hicieron

factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias, en particular, las

partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4451 “Ayudas

Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”. Asimismo, se determinó que la importancia que

se da al control interno es moderada.

Se observó que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas en el

apartado de organización del manual administrativo, lo que permite delimitar las

responsabilidades relacionadas con la administración y ejercicio de dichos recursos.

Las fallas de control detectadas se señalan en los resultados respectivos de este informe.

RESULTADOS

1. Resultado

Mediante el oficio núm. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013, la Dirección de

Administración en la SEDU proporcionó los dictámenes de la estructura orgánica y el

manual administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la SEDU y de

la Dirección de Administración, vigentes en 2012. De su análisis se determinó lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

Áreas Sustantivas de la SEDU

La estructura orgánica de la SEDU vigente en 2012, se sustentó en el dictamen núm. 14/2010

que fue emitido por la CGMA, mediante el oficio núm. CG/375/2010 del 1o. de septiembre

de 2010. Posteriormente, con el oficio núm. CG/568/2010 del 1o. de diciembre de 2010,

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159 VOLUMEN 5/17

la CGDF reniveló a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos y a la Secretaría Particular

de la SEDU de nivel 43.5 y 42.5, respectivamente, para otorgarles el nivel 44.5. Dicha

estructura orgánica, entró en vigor en la misma fecha del oficio referido y estuvo vigente

en 2012 con un total de 48 plazas.

Dirección de Administración en la SEDU

Con el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009 y el dictamen núm. 9/2009, la

CGDF dictaminó favorablemente la estructura orgánica y los organigramas de la OM, con

vigencia a partir del 16 de junio de 2009, los cuales consideran a la Dirección de

Administración, así como a las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Humanos; de Recursos Materiales y Servicios Generales y de Recursos Financieros.

La Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros fue el área que intervino

en el registro de las operaciones financieras y en la conservación de la documentación

justificativa y comprobatoria del gasto.

2. Manual Administrativo

a) Apartado de Organización

Áreas Sustantivas de la SEDU

Con motivo del decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1o. de septiembre

de 2010, se reforma el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal

mediante el cual se modificaron las atribuciones y estructura orgánica de la SEDU, se

envió a la CGMA con el oficio núm. SEDF/072/2011 del 12 de abril de 2011, su manual

administrativo, apartado de organización, para su autorización y registro.

En respuesta, mediante el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2527/2011 del 25 de mayo de 2011, la

CGMA comunicó a la SEDU que su manual administrativo, apartado de organización,

elaborado conforme al dictamen núm. 14/2010, se registró e integró en su acervo documental

con el registro núm. MA-3600 14/10.

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160 VOLUMEN 5/17

Con el oficio núm. SEDF/DEAJ/372/2011 del 14 de junio de 2011 la Dirección Ejecutiva de

Asuntos Jurídicos de la SEDU solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos

adscrita a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR) publicar su apartado

organización en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. Asimismo, la Dirección

Ejecutiva de Asuntos Jurídicos de la SEDU, mediante el oficio núm. SEDF/DEAJ/396/2011 del

23 de junio de 2011, informó a la Contraloría Interna, a la Secretaría Particular, a la Dirección

de Administración, y a las Coordinaciones Generales de Educación y la de Desarrollo Educativo

y Pedagógico que en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal número 1123, del día

23 de junio de 2011, se da a conocer el manual administrativo, en su parte de organización,

de la SEDU […] “solicitando su amable cooperación para difundir su contenido entre el

personal a su cargo, para su debida observancia y atención procedente en el ámbito

de su competencia.”

Dirección de Administración en la SEDU

Con el oficio núm. CGMA/DDO/0418/08 del 16 de abril de 2008, la CGMA de la OM comunicó

a la Dirección de Administración el registro de su manual administrativo, apartado de

organización, con el núm. MA-12026-2/07, conforme al dictamen núm. 2/2007. En dicho

manual se definen las funciones, atribuciones y responsabilidades de los servidores públicos

de las unidades administrativas que integran la Dirección de Administración.

Con el oficio núm. SEDF/DA/0936/2008 del 21 de octubre de 2008, la Dirección de

Administración solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos publicar el

manual de referencia en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. Dicho manual

se publicó el 5 de marzo de 2012.

b) Apartado de Procedimientos

Áreas Sustantivas de la SEDU

Con el oficio núm. SEDF/258/2011 del 16 de diciembre de 2011, la dependencia envió

a la CGMA su manual administrativo, apartado de procedimientos, para su autorización

y registro.

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161 VOLUMEN 5/17

En respuesta, mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/296/2012 del 30 de enero de 2012,

la CGMA comunicó a la SEDU que “determinó registrarlos e integrarlos en su acervo

documental, como parte del Manual Administrativo de la Secretaría de Educación con núm. de

registro MA-3600 14/10”.

Mediante el oficio núm. SEDF/DEAJ/103/2012 del 14 de febrero de 2012, la Dirección Ejecutiva

de Asuntos Jurídicos envió a la Secretaría Particular, a la Dirección de Administración, y a las

Coordinaciones Generales de Educación y a la de Desarrollo Educativo y Pedagógico, un

disco compacto del manual administrativo, en su parte de procedimientos, a fin de que sea

difundido entre el personal a su digno cargo y se proceda a su aplicación y observancia.

Asimismo, con el oficio núm. SEDF/DEAJ/155/2012 del 14 de marzo de 2012 la Dirección

Ejecutiva de Asuntos Jurídicos solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos su apoyo y colaboración para efectuar la publicación siguiente: “Aviso por el cual

se dan a conocer los 14 procedimientos que integran al Manual Administrativo de la Secretaría

de Educación del Distrito Federal con registro MA-36000-14/2010”.

De los 14 procedimientos integrados en el Manual Administrativo de la SEDU en su

apartado de procedimientos, con el registro núm. MA-36000-14/10 y publicados el 30 de

marzo de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, únicamente 10 se relacionan con

el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, los cuales

se indican a continuación:

Núm. Procedimientos con el número MA-36000-14/2010 Núm. Procedimientos con el número MA-36000-14/2010

005 “Expedición y Entrega de Constancias de Estudios

a Alumnos del Programa de Bachillerato a Distancia

del Gobierno del Distrito Federal”

010 “Atención de casos de violencia escolar y/o entre

escolares del programa por una cultura de no-violencia

y buen trato en la comunidad educativa”

006 “Expedición y entrega de Certificados de

Terminación de Estudios de Nivel Medio Superior

del Programa de Bachillerato a Distancia del

Gobierno del Distrito Federal”

011 “Creación del proceso de vinculación institucional

para la actualización y profesionalización del personal

docente en el Distrito Federal”

007 “Selección e Inscripción de Aspirantes para

la impartición de cursos propedéuticos que

les permita ingresar al Bachillerato a Distancia”

012 “Orientación y seguimiento de los programas

de capacitación y superación académica”

008 “Inscripción de Estudiantes al Bachillerato a Distancia” 013 “Operación del Programa Apoyos Económicos

a Estudiantes de Secundaria”

009 “Baja temporal o definitiva del estudiante” 014 “Operación del Programa de Asistentes Educativos”

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162 VOLUMEN 5/17

Dirección de Administración en la SEDU

El manual administrativo, apartado de procedimientos, de la vigente Dirección de

Administración en 2012, fue enviado a la CGMA para su análisis, dictamen y registro, con

el oficio núm. SEDF/DA/0700/2010 del 22 de junio de 2010. En respuesta, mediante el

oficio núm. CG/CGMA/DDO/2237/2010 del 2 agosto de 2010, la CGMA comunicó a la Dirección

de Administración que su manual administrativo, listado de procedimientos, quedó registrado

con el núm. MA-12026-2/07. Dicho documento fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 5 de marzo de 2012.

Con el oficio núm. SEDF/DA/0414/2012 del 23 de febrero de 2012, la Dirección de

Administración solicitó a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, publicar dicho

manual, en su parte de procedimientos, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

Al respecto, con el oficio núm. SEDF/DA/479/13 del 18 de abril de 2013, la Dirección de

Administración informó y remitió a las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Humanos, de Recursos Materiales y Servicios Generales y de Recursos Financieros, lo

siguiente: “… con el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados

de la organización y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción

se les hace entrega en forma electrónica el Manual Administrativo (en su parte de organización

y de procedimientos correspondiente al Dictamen 2/2007) de la Dirección de Administración,

publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal el día 5 de marzo de 2012”.

De los 10 procedimientos integrados en el apartado respectivo del manual administrativo

de la Dirección de Administración, 5 se relacionan con el rubro sujeto a revisión y corresponden

a la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros: 01 “Cuentas por Liquidar

Certificadas”, 02 “Conciliación Programático Presupuestal”, 03 “Pago de Ayudas de los

Programas Sociales”, 04 “Programa Operativo Anual” y 05 “Elaboración de Documentos

Múltiples”.

El sujeto fiscalizado proporcionó evidencia de la difusión de los manuales administrativos

(apartado de organización y procedimientos) vigentes en 2012, que consistió en girar oficios

circulares a las unidades administrativas que conforman la SEDU.

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163 VOLUMEN 5/17

Los resultados de la evaluación del control interno mostraron fortalezas y debilidades en

el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” en el ejercicio 2012, entre las que destacan las siguientes:

Fortalezas:

1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, el sujeto fiscalizado dispone de su estructura

orgánica actualizada y registrada ante la CGMA.

2. La SEDU cuenta con áreas específicas responsables de la gestión de los recursos

ejercidos con cargo al capítulo 4000.

3. Se dispone de procedimientos para la generación de la información presupuestal

y contable.

4. Los programas sociales instaurados por la SEDU contaron con reglas de operación.

Debilidades:

1. Los padrones de los beneficiarios de los programas a cargo de la SEDU correspondientes

al ejercicio 2012, se publicaron fuera del plazo establecido en el artículo 34, fracción II,

de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.

2. La SEDU no cuenta con un procedimiento específico para la partida 4451 “Ayudas

Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración

en la SEDU, mediante el oficio núm. SEDU/DA/574/2014 del 29 de abril del mismo año,

proporcionó información en relación con las observaciones del informe de resultados para

confronta; sin embargo, no proporcionó información o documentación que desvirtuara las

observaciones expuestas en el presente resultado.

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164 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-143-12-01-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal establezca mecanismos

de control para garantizar que las reglas de operación de sus programas sociales se publiquen

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo que señala la Ley de Desarrollo Social

para el Distrito Federal.

Recomendación ASC-143-12-02-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal adopte medidas de control

a fin de que, cuando se lleven a cabo programas de entrega de apoyos económicos se

elaboren reglas de operación o procedimientos específicos para establecer las condiciones

de entrega de éstos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal.

2. Resultado

Para establecer si la SEDU debió llevar a cabo el registro contable de las etapas de los

presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado con

cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se verificó

lo siguiente:

1. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley

General de Contabilidad Gubernamental vigente a partir del 1o. de enero de 2009,

con objeto de establecer, por un lado, los criterios generales que regirán la contabilidad

gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos y, por otro,

lograr su adecuada armonización. De acuerdo con el artículo 4o., fracción I, de dicha ley,

la armonización consiste en “la revisión, reestructuración y compatibilización de los

modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento

de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de

las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad

gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición

de cuentas”.

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165 VOLUMEN 5/17

2. De conformidad con los artículos 124 y 128 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, la contabilidad de las operaciones y, por consiguiente,

el registro de los momentos contables del gasto (aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado) se realizaría de forma centralizada por la SEFIN, con base

en la información presupuestal emitida por los entes del Gobierno del Distrito Federal.

Al respecto, en la introducción del Informe de Cuenta Pública del sujeto fiscalizado

correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2012, se indicó que “el contenido del Informe

se soporta en diversos ordenamientos jurídicos, entre los cuales podemos mencionar:

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente y su Reglamento, la Ley de Ingresos y el

Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, todos del Distrito

Federal. Asimismo, es de destacarse que a partir de esta Cuenta Pública, se da inicio

a la independencia del modelo de Informe propuesto en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental y en los documentos que de ella se han derivado”.

De lo expuesto, se concluye que la SEFIN es la encargada de realizar el registro contable

de las etapas de los presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, en las cuentas establecidas en la normatividad contable, las cuales reflejaron los

momentos contables del gasto, de conformidad con la Ley General de Contabilidad

Gubernamental vigente en 2012.

Gasto Aprobado

3. Resultado

Mediante los oficios núms. ASC/13/1583 del 26 de agosto de 2013 y ASC/143/12/14/05

del 28 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado el techo presupuestal

reportado, el Analítico de Claves, el Programa Operativo Anual (POA), el calendario

presupuestal, y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ejercicio 2012.

Con el oficio núm. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013, la Dirección de

Administración remitió lo siguiente:

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166 VOLUMEN 5/17

1. El oficio núm. SEDF/SE/0032/2012 del 2 de enero de 2012, mediante el cual la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la SEDU, el techo presupuestal

y el Gasto de Inversión autorizados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

(ALDF) y remitió en medio magnético el Analítico de Claves, el POA y el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio presupuestal de 2012.

2. El techo presupuestal autorizado a la SEDU para el ejercicio 2012 fue de 324,891.0

miles de pesos, los cuales se distribuyen de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Corriente Inversión Monto asignado

Gasto total 324,891.0 0.0 324,891.0

Servicios personales 128,973.0 0.0 128,973.0

Otros gastos 195,918.0 0.0 195,918.0

De estos recursos, 84,667.3 miles de pesos se encuentran etiquetados de la siguiente

manera:

(Miles de pesos)

Concepto Destino de gasto/Partida

Importe

Programa equidad en la Ciudad “Atención Integral a Estudiantes” 29 39,524.1

Servicios de Vigilancia 3381 31,548.2

Programa equidad en la Ciudad “Libros de Texto Gratuitos” 29 13,195.0

Servicio de agua potable 3131 400.0

Total 84,667.3

Se observó que el presupuesto original asignado a la SEDU reportado en la Cuenta Pública,

coincide con el techo presupuestal, el POA y el calendario presupuestal autorizado por la

SEFIN en 2012.

Asimismo, se determinó que la Dirección de Administración en la SEDU presentó

oportunamente el calendario presupuestal aprobado y el techo presupuestal autorizado para

el ejercicio fiscal 2012, en cumplimiento de los artículos 21, 47 y 48 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

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167 VOLUMEN 5/17

4. Resultado

Mediante los oficios núms. ASC/13/1583 del 26 de agosto de 2013 y ASC/143/12/14/05

del 28 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU las conciliaciones

programático-presupuestales mensuales enviadas a la Dirección General de Egresos de

la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; el Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones trimestrales;

los Informes Trimestrales del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios (ISAAPS); el análisis de los informes semestrales y anual de actuación, así

como los oficios de envío y, en su caso, de autorización respectivos.

En respuesta, con los oficios núms. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013

y SEDU/DA/330/14 del 6 marzo de 2014, la Dirección de Administración remitió diversa

documentación. De cuyo análisis se determinó lo siguiente:

1. En el análisis de las cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales de 2012,

por medio de las cuales la SEDU validó la información que le remitió la Dirección

General de Egresos “B”, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, se observó

que las conciliaciones fueron enviadas a la SEFIN con desfases de 5 a 18 días naturales.

Por lo anterior, el sujeto fiscalizado contravino el artículo 136, fracción I, inciso a), de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que

instruye lo siguiente:

“Las Dependencias deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:

”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.

”a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”

Tampoco observó el apartado 4 de los Lineamientos Generales para los Trámites

Presupuestarios, subapartado IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias;” epígrafe

IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada, inciso a) Instrumento para el Registro del

Presupuesto Ejercido”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2012, que señala lo siguiente:

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168 VOLUMEN 5/17

“El registro del presupuesto ejercido se desarrollará con base en la autorización que

expide el titular de la UR o de los servidores públicos en quienes haya delegado dicha

responsabilidad y atendiendo a lo siguiente:

”c) Al cierre de cada mes, la DGPP operará y expedirá los reportes acumulados del

registro programático presupuestal en medios magnéticos, mismos que turnará a las UR’s

y DGE’s con el fin de revisar los registros y llevar a cabo los procesos de conciliación

establecidos.”

2. Se observó que el PAAAPS no se envió oportunamente en la primera quincena del mes

de enero del ejercicio presupuestal reportado a la Dirección General de Programática

Presupuestal (DGPP) de la SEFIN, ya que mediante el oficio núm. SEDF/DA/0587/2012

del 30 de marzo de 2012, se presentó, según la fecha de acuse, hasta el 25 de abril del

mismo año.

Respecto a las modificaciones trimestrales del PAAAPS, el Jefe de Unidad Departamental

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección de Administración

informó: “… se realizó una búsqueda exhaustiva a los archivos documentales y

electrónicos […], sin embargo, no se localizó documento alguno relacionado con las

modificaciones de Programa antes referido”.

La SEDU publicó el 6 de julio de 2012 la versión validada del PAAAPS a nivel capítulo

presupuestal correspondiente al ejercicio de 2012, en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal núm. 1389. Por ello, incurrió en un desfase de 108 días hábiles.

Por no presentar oportunamente el Programa Anual de Adquisiciones y sus modificaciones

de 2012, la dependencia contravino el numeral 4.2.1 del apartado 4. “Adquisiciones”;

subapartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios; así como los numerales 4.14.1, inciso a) y 4.14.3 del apartado 4, “Adquisiciones”,

subapartado 4.14, “Informes”, de la Normatividad en Materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) publicada el 20 de mayo de 2011 en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal.

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169 VOLUMEN 5/17

“4.2.1 Las Dependencias, […], deberán elaborar sus PAAAPS, con estricto apego al

presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente y a los lineamientos y formatos

que establezca la DGRMSG para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido

en el artículo 16 de la LADF.

”De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por

la SF, se deberá enviar mediante oficio, copia a la DGRMSG a más tardar en la

primera quincena del mes de enero del ejercicio presupuestal reportado. […].

”Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días naturales posteriores del mes inmediato al

período que se reporta.

“4.14.1 Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información a la

DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por dependencia,

incluyendo a sus Órganos Desconcentrados adscritos, en forma impresa y a través de

medio magnético, de acuerdo a los siguientes períodos:

“a) Programa Anual de Adquisiciones.

”Trimestralmente, a través de la captura en el sitio web que establezca la DGRMSG en

cada ejercicio fiscal:

”El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada…”

“4.14.3. Las DGA de las Dependencias, […] serán responsables de la debida formulación

y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días

naturales siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la

recalendarización, salvo causa debidamente justificada, las Dependencias deberán

solicitar por escrito a la DGRMSG prórroga en el plazo de entrega de dichos informes.”

Tampoco observó el artículo 14, segundo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2012, que establece: “Las modificaciones al Programa

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170 VOLUMEN 5/17

Anual de Adquisiciones que sean autorizadas por la Secretaría, serán notificadas a la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía, previo

al inicio de los procedimientos de adquisición, arrendamiento o prestación de servicios

que correspondan”.

Además, la SEDU publicó hasta el 6 de julio de 2012 la versión validada del PAAAPS,

por lo cual incumplió el artículo 19, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2012, que señala lo siguiente:

“Las dependencias, […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios. El documento que contenga los programas será de carácter

informativo; no implicará compromiso alguno de contratación y podrá ser adicionado,

modificado, suspendido o cancelado, sin responsabilidad alguna para la dependencia...”

3. Con relación a la documentación e información proporcionada correspondiente a los

ISAAPS, se observó que los informes trimestrales de 2012, fueron presentados con

desfases que van de 35 a 258 días naturales como se muestra a continuación:

Período

Oficio de envío Fechas de presentación Desfase

en días

naturales Número Fecha Sello de acuse

en el oficio

Debió

presentarse

Primer trimestre SEDF/DA/1328/2012 10/VIII/12 13/VIII/12 10/IV/12 126

Segundo trimestre SEDF/DA/1328/2012 10/VIII/12 13/VIII/12 10/VII/12 35

Tercer trimestre SEDF/DA/0673/2013 24/VI/13 24/VI/13 10/X/12 258

Cuarto trimestre SEDF/DA/0673/2013 24/VI/13 24/VI/13 10/I/13 166

De lo expuesto, se determina que el sujeto fiscalizado no observó los numerales

4.14.1, inciso b), y 4.14.3 del apartado 4, “Adquisiciones”; subapartado 4.14,

“Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada el 20 de mayo de 2011 en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, vigente en 2012.

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171 VOLUMEN 5/17

El primero indica: “b) Informe del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos

y prestación de servicios efectuados durante el trimestre inmediato anterior (ISAAPS)”.

4. Mediante los oficios núms. SEDF/DA/1328/2012 del 10 de agosto de 2012 (sello de

acuse del 13 de agosto) y SEDF/DA/0673/2013 del 24 de junio de 2013 (sello de

acuse del 24 de junio), se presentaron los informes semestral y anual de actuación del

Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SEDU

correspondiente al ejercicio de 2012, respectivamente; por lo tanto, incurrieron en un

desfase de 34 y 164 días naturales, respectivamente.

Por no presentar oportunamente los informes semestrales y anuales de actuación del

Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios en 2012, la SEDU

incumplió el numeral 4.14.3 del apartado 4, “Adquisiciones”; subapartado 4.14,

“Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno) publicada el 20 de mayo de 2011 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, vigente en 2012.

En respuesta a la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con los

numerales 1, 2, 3 y 4 del presente resultado, mediante el oficio núm. SEDU/DA/574/2014

del 29 de abril del mismo año, la Dirección de Administración informó lo siguiente:

“Con respecto a la entrega de los distintos informes señalados en los 4 numerales

anteriores, me permito informar a Usted que a partir del ejercicio 2013 y como resultado de

los oficios girados a las Unidades Administrativas adscritas a la Dirección de Administración

de la Secretaría de Educación, signados por la entonces Directora de Administración,

y reiterativos signados por la actual Titular de la Unidad administrativa, se establecieron

mecanismos de control mediante los cuales se evitaron los desfases en el cumplimiento de

la entrega de los distintos informes en materia de adquisiciones.

”Con relación al punto 3. Se aclara que en consecuencia de la actualización a la Circular

Uno 2012, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

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172 VOLUMEN 5/17

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente

a partir del 9 de agosto del 2012, se modificaron los numerales 4.14.1, inciso b), y 4.14.3 del

apartado 4 ‘Adquisiciones’, subapartado 4.14, ‘Adquisiciones’ en los que ya no se contempla

la entrega de informes semestrales de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios

por parte de las Dependencias.”

Respecto a las observaciones señaladas en los numerales 1, 2 y 4, la Dirección de

Administración de la SEDU no proporcionó información o documentación que desvirtuara

las observaciones señaladas.

Derivado del análisis de la respuesta del sujeto fiscalizado, se confirma la observación

señalada en el numeral 3 del presente resultado, debido a que la actualización

a la Circular Uno 2012, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal, se llevó acabo el 8 de agosto de 2012, por lo que no exenta su presentación

correspondiente al primer y segundo trimestre.

Recomendación ASC-143-12-03-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal adopte medidas para que

se elaboren las cédulas de las conciliaciones programático-presupuestales mensuales y se

presenten a la Secretaría de Finanzas en los plazos y términos establecidos, de conformidad

con Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y con el Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-143-12-04-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal establezca mecanismos

de control para que las modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios y los informes de seguimiento de las adquisiciones arrendamientos

y prestación de servicios sean enviados a la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Distrito Federal en los plazos y términos que

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173 VOLUMEN 5/17

fija la Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Recomendación ASC-143-12-05-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal adopte medidas para que

los informes semestrales y anual de actuación del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios sean elaborados y reportados a la autoridad administrativa

competente en los plazos y términos que establece en la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

5. Resultado

Con objeto de verificar que el sujeto fiscalizado haya efectuado, en tiempo y forma, el

reporte de su pasivo circulante a la SEFIN, mediante el oficio núm. ASC/13/1583 del 26 de

agosto de 2013, la CMHALDF solicitó a la SEDU los reportes de pasivo circulante constituido

al 31 de diciembre de 2012 y sus correspondientes oficios de envío a la SEFIN.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013,

la Dirección de Administración proporcionó lo siguiente:

El oficio núm. SEDF/DA/0071/2013 del 15 de enero de 2013, mediante el cual la Dirección

de Administración remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, los Formatos B

“Resumen por Clave de Saldos por Ejercer 2012” y B1 “Detalle por Clave y Proveedor

o Contratista del Gasto Corriente y de Inversión 2012”.

Se verificó que con la información proporcionada, el sujeto fiscalizado dio cumplimiento

a la circular núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012, mediante la cual la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN informó sobre los términos aplicables para la recepción y registro

de los documentos de gestión presupuestal correspondiente al cierre del ejercicio 2012.

Asimismo, se observó lo dispuesto en los artículos 60 y 70, fracción III, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

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174 VOLUMEN 5/17

Gasto Modificado

6. Resultado

En 2012, la SEDU reportó en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para el

capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” una disminución

neta de 7,721.3 miles de pesos y del gasto ejercido de 98,181.6 miles de pesos, que

representaron el 2.2% y 28.6% del presupuesto total erogado (343,167.5 miles de pesos),

respectivamente.

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas de

la muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se

realizaron las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. Se constató que dichas

afectaciones se encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación

correspondiente.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1583 del 26 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó al

sujeto fiscalizado las afectaciones programático-presupuestarias de 2012 que repercutieron

en el capítulo objeto de la revisión y su relación. Con el oficio núm. SEDU/DA/875/13 del

2 de septiembre de 2013, la Dirección de Administración proporcionó la información

correspondiente en forma digitalizada. De su análisis se determinó lo siguiente:

1. En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, el sujeto fiscalizado

presentó un presupuesto ejercido de 98,181.6 miles de pesos con cargo al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” en cuatro partidas, de las

cuales destacaron la 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos” por 73,382.6 miles de pesos y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines

de Lucro” por 22,710.2 miles de pesos.

Al analizar las afectaciones presupuestarias de la muestra, se determinó que la modificación

neta al presupuesto original de la SEDU fue por un decremento de 7,721.3 miles de pesos

y que fue resultado de 131 movimientos presupuestales como se refiere a continuación:

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175 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Presupuesto Movimientos

presupuestales Partida Original Modificado Ejercido

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos” 81,695.4 (8,312.8) 73,382.6 63

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro” 24,207.5 (1,497.3) 22,710.2 57

Suma partidas muestra 105,902.9 (9,810.1) 96,092.8 120

Otras partidas (2) 0.0 2,088.8 2,088.8 11

Total 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” 105,902.9 (7,721.3) 98,181.6 131

2. La modificación neta se realizó mediante la elaboración de 27 afectaciones programático-

presupuestarias autorizadas por la SEFIN en 2012, las cuales incluyeron 131 movimientos

presupuestarios, como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Movimiento Presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original

105,902.9

Más:

51 Ampliaciones compensadas 71,509.1

10 Adiciones compensadas 3,782.0 75,291.1

Menos:

54 Reducciones compensadas (77,039.4)

16 Reducciones líquidas (5,973.0) (83,012.4)

131 Modificado al capítulo 4000

(7,721.3) (7,721.3)

Presupuesto ejercido

98,181.6

En relación con el decremento de 7,721.3 miles de pesos del presupuesto original

(105,902.9 miles de pesos) respecto al ejercido (98,181.6 miles de pesos), la Dirección de

Administración, mediante el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/0317/2013 de fecha 28 de

agosto de 2013, proporcionó la nota informativa sin número del 28 de agosto de 2013, en

la que informó lo siguiente:

“En el área funcional 251001 ‘Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria’, se

incrementó el presupuesto asignado de origen, con la finalidad de cumplir con la entrega

de apoyos económicos a los estudiantes de nivel secundaria de planteles públicos del

Distrito Federal.

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176 VOLUMEN 5/17

”El área funcional 251003 ‘Mejoramiento de Educación Inicial y Preescolar’, presenta un

decremento en sus recursos autorizados de origen, ya que parte de estos recursos fueron

reorientados al capítulo 3000, con el objeto de cumplir con los objetivos previstos en este

programa.

”251004 ‘Planeación y Programación Educativa’, en esta área funcional se incrementaron

los recursos, en virtud de ser necesarios para la adquisición de ejemplares didácticos

y establecer convenios de colaboración con instituciones que permiten fomentar el intercambio

cultural en la comunidad estudiantil.

”251006 ‘Programa de Libros Educativos Gratuitos’, se reintegran los recursos a la Secretaría

de Finanzas, ya que del presupuesto asignado a este programa, únicamente se ejercieron

$12,998,715.29 por la adquisición de 341,665 libros de texto gratuitos.

”El área funcional 251008 ‘Programa Escuela Sana y Segura’, presenta un incremento

mínimo en relación a su presupuesto autorizado, esto por concepto de compromisos derivados

de adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS).

”El ‘Programa de Bachillerato a Distancia’ 252007, presenta una disminución en sus recursos,

debido a que estos fueron reorientados al capítulo 3000 para el pago de adeudos de

ejercicios anteriores (ADEFAS).

”En el área funcional 253008 ‘Programa de Licenciatura a Distancia’, se registra una variación

debido a que no se llevó a cabo el diseño instruccional y la digitalización de contenidos

educativos, ya que no se concluyeron en este ejercicio fiscal los trabajos con instituciones

de nivel superior que tienen en su oferta educativa la modalidad a distancia, por lo que

estos recursos fueron transferidos al capítulo 3000 dentro de la misma área funcional.

”255001 ‘Transformación Educativa’, éstos recursos fueron reintegrados a la Secretaría

de Finanzas.

”En el área funcional 256006 ‘Formación y Apoyo Integral al Docente’, parte de los recursos

fueron reasignados al capítulo 3000, para darle continuidad a las actividades de este programa.

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177 VOLUMEN 5/17

”‘Programa de Ciudad Educadora’ 256007, recursos que fueron adicionados para el pago

de la anualidad como miembro activo dentro de la Asociación Internacional de Ciudades

Educadoras de los años 2010, 2011 y 2012.

”En el área funcional 256008 ‘Programa de Asistentes y Promotores Educativos’, los

recursos fueron reintegrados a la Secretaría de Finanzas, debido a que únicamente fueron

ejercidos $23,100,000.00 para el pago de 308 asistentes educativos.

”En el área funcional 256010 ‘Programa de Audiovisuales’, no se llevaron a cabo las actividades

dentro de este programa, debido a que los materiales de difusión del Gobierno del Distrito

Federal, deben contener los lineamientos que marca la Dirección de Comunicación Social

perteneciente a la Oficialía Mayor y que se publican en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

por lo que estos recursos fueron transferidos al Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de

México, para la rehabilitación y adaptación de la escuela denominada ‘Escuela de Artes y

Cultura’, ubicada en la calle de Justo Sierra no. 49.”

En la Cuenta Pública de 2012, apartado “EGG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, la

SEDU, en relación con el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, informó:

“A) Variación registrada en el concepto de Ayudas Sociales a Personas u Hogares de

Escasos Recursos Económicos: Ya que por necesidades de la operación, parte de los

recursos fueron reasignados a las partidas 3331 y 3831, dentro de la misma área funcional:

Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro: Se registra una variación debido a que

no se llevó a cabo el diseño instruccional y la digitalización de contenidos educativos, ya que

no se concluyeron en este ejercicio fiscal los trabajos con instituciones de nivel superior que

tienen en su oferta educativa la modalidad a distancia, por lo que estos recursos fueron

transferidos al capítulo 3000 dentro de la misma área funcional.”

De lo expuesto se concluye que las afectaciones presupuestarias emitidas durante el ejercicio

de 2012 por el sujeto fiscalizado, se realizaron en cumplimiento del artículo 78, primer párrafo,

de la Ley del Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Asimismo, el sujeto fiscalizado cumplió lo dispuesto en los artículos 71, fracción VI, y 68,

fracción V, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, así como

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178 VOLUMEN 5/17

en los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias Compensadas”,

numeral 15, y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”, numeral

18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes hasta el 3 de diciembre de 2012, y los apartados

A “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas” y B “Adecuaciones Presupuestarias

Líquidas”, Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias” del Capítulo III “Registro de

Operaciones Presupuestarias” del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes a partir del 4 de

diciembre de 2012.

7. Resultado

Mediante los oficios núms. ASC/13/1585 y ASC/143/12/14/05 del 26 de agosto de 2013

y 28 de febrero de 2014, respectivamente, la CMHALDF solicitó a la SEDU los informes

relacionados con los recursos ejercidos en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, y éstos fueron enviados a la CGDF; los informes de avance

trimestral en los que se integró la información por medio de los formatos ADyS (Ayudas,

Donativos y Subsidios) y PROSAP (Programas que Otorgan Subsidios y Apoyos a la

Población); la evaluación emitida por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social del

Distrito Federal de los programas sociales del ejercicio 2012, así como los oficios de envío

y, en su caso, de autorización, relacionados con los recursos ejercidos en dicho capítulo.

En respuesta, con los oficios núms. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013,

y SEDU/DA/330/14 del 6 de marzo de 2014, la Dirección de Administración remitió

documentación al respecto, en cuyo análisis se determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SEDU/DA/308/14 del 4 de marzo de 2014, la Dirección de

Administración mencionó que esta dependencia envió los informes relacionados a los

recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 a la Contraloría Interna y no a la

Contraloría General del Distrito Federal.

La Dirección de Administración envió a su órgano interno de control en la SEDU el formato

mensual de Relación de recursos ejercidos para otorgar Donativos y ayudas para beneficio

social o interés público o general a personas físicas o morales sin fines de carácter político,

y adjuntó los montos totales ejercidos, como se muestra a continuación:

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179 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Oficios enviados al Órgano Interno de Control

Mes Número Fecha de acuse

Importe

Enero SEDF/DA/0484/2012 7/III/12 0.0

Febrero SEDF/DA/0526/2012 14/III/12 0.0

Marzo SEDF/DA/0712/2012 23/IV/12 6,966.5

Abril SEDF/DA/0879/2012 14/V/12 8,668.5

Mayo SEDF/DA/1035/2012 11/VI/12 4,256.5

Junio SEDF/DA/1188/2012 10/VII/12 3,577.0

Julio SEDF/DA/1344/2012 15/VIII/12 17,108.4

Agosto SEDF/DA/1512/2012 20/IX/12 5,078.3

Septiembre SEDF/DA/JUDRF/116/2012 18/X/12 9,463.1

Octubre SEDF/DA/1680/2012 12/XI/12 17,462.2

Noviembre SEDF/DA/1864/2012 20/XII/12 8,804.0

Diciembre SEDF/DA/0107/2013 22/I/13 14,303.5

Total partidas 4412 y 4451, según oficios. 95,688.0

Suma otras partidas 2,088.8

Total capítulo 4000 97,776.8

Total capítulo 4000, según Cuenta Pública. 98,181.6

Diferencia 404.8

De lo anterior se observó que el sujeto fiscalizado informó a su órgano interno de control,

en la SEDU los montos y beneficios de las ayudas otorgadas durante el ejercicio 2012, en

cumplimiento del artículo 101, párrafo tercero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente para 2012.

Sin embargo, el sujeto fiscalizado denota fallas de control, ya que hay diferencias

respecto a los oficios presentados por la SEDU, con las cifras reportadas para el capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (98,181.6 miles de

pesos), en el Informe de Cuenta Pública.

Por no presentar a la SEFIN de manera adecuada el importe ejercido y reportado en

la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del ejercicio 2012, la SEDU

incumplió el artículo 16, numeral I, inciso e), Tercer Lineamiento “Actividades de

Control”; y numerales I y II, Cuarto Lineamiento “Información y Comunicación”, de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal vigentes en 2012, y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de

abril de 2007, que establece lo siguiente:

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180 VOLUMEN 5/17

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes […]

”III.Tercer Lineamiento ‘Actividades de Control’

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos

para evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del

control interno que garantice el logro de los objetivos, metas y programas

institucionales, asegurando de manera razonable la generación de información

financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna y suficiente, para cumplir

con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos a

su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos: […]

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones

y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública

del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más

oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse

adecuadamente para que puedan ser presentados en informes y estados financieros

confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma de decisiones…”

”IV. Cuarto Lineamiento: Información y Comunicación

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que

generen, sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas

y programas, así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a

las que en materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones

legales y administrativas aplicables.

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181 VOLUMEN 5/17

”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada

comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos

responsables de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta

forma, la información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente

a las instancias externas e internas procedentes.”

2. Con relación a la documentación e información proporcionada correspondiente a los

informes de avance trimestral enviados a la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se observó que los informes trimestrales

de 2012, se presentaron y requisitaron los formatos ADyS y PROSAP en cumplimiento de

los artículos 135 y 136, fracción IV, inciso c), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012.

3. La SEDU para dar cumplimiento al artículo 42 C, fracción I, primer párrafo, de la Ley

de Desarrollo Social en el Distrito Federal vigente en 2012 se sometió al análisis del

Consejo de Evaluación de Desarrollo Social del Distrito Federal las operaciones de los

Programas Sociales, los resultados fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 27 de junio de 2013, en la cual se hizo del conocimiento el “Aviso por el

cual se dan a conocer las Evaluaciones Internas de los programas sociales a cargo de

la SEDU y que a continuación se enlistan:

”I. Programa de Actualización y Profesionalización Docente.

”II. Programa por una Cultura de la No Violencia y Buen Trato en la Comunidad

Educativa.

”III. Programa de Acciones de Inclusión y Equidad Educativa”.

Por lo anterior, la dependencia dio cumplimiento al artículo 42 C, fracción I, último párrafo,

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración

no proporcionó información o documentación que desvirtuara la observación señalada.

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182 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-143-12-06-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal establezca medidas de

control para garantizar que los informes correspondientes a los apoyos otorgados sean

coincidentes con lo reportado en la Cuenta Pública respectiva.

8. Resultado

Con la finalidad de comprobar que los programas sociales implementados por la SEDU en

el ejercicio de 2012 con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” contaran con los lineamientos y reglas de operación, así como con

padrones de beneficiarios actualizados y con la publicación en la Gaceta Oficial de Distrito

Federal, la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado dicha información mediante el oficio

núm. ASC/13/1583 del 26 de agosto de 2013.

En respuesta, con el oficio núm. SEDU/DA/875/13 del 2 de septiembre de 2013, la Dirección

de Administración proporcionó la información referida, de lo cual se determinó que cinco de

los seis programas sociales analizados estuvieron vigentes en 2012; que sí fueron publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con sus respectivos Lineamientos y Mecanismos de

Operación, uno de ellos fue ayuda económica por única vez y el otro fue un apoyo en

especie (libros de texto). En cuanto a la publicación del padrón de beneficiarios en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal de cada programa, se determinó que de los 4 programas

seleccionados para su revisión, se publicaron los padrones hasta el 27 de marzo de 2013,

como se indica a continuación:

Nombre del programa

Fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal de los lineamientos y mecanismos de operación

Fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del padrón de beneficiarios

“Apoyos Económicos a Estudiantes de

Secundaria” 31/I/12 27/III/13

“Asistentes Educativos” 31/I/12 27/III/13

“Acciones de Inclusión y Equidad Educativa”

31/I/12 27/III/13

“Por una Cultura de No-Violencia y Buen Trato

en la Comunidad Educativa” 31/I/12 27/III/13

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183 VOLUMEN 5/17

Por publicar oportunamente las reglas y mecanismos de operación para los Programas

“Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria”, “Asistentes Educativos”, “Acciones de

Inclusión y Equidad Educativa” y “Por una Cultura de No-Violencia y Buen Trato en la

Comunidad Educativa”, la SEDU dio cumplimiento al artículo 34, fracción I, de la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2012.

Sin embargo, por publicar el padrón de beneficiarios de los cuatro programas relacionados

en el cuadro anterior hasta el 27 de marzo de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

incumplió el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

vigente en 2012, el cual establece lo siguiente:

“Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito Federal deberá

tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. […]

”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año de

ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombre, edad, sexo, unidad territorial…”

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración

no proporcionó información o documentación que desvirtuara la observación señalada.

Cabe mencionar que en el resultado núm. 1 del presente Informe Final de Auditoría, se

emitió la recomendación núm. ASC-143-12-01-SEDU relativa a la necesidad de establecer

mecanismos de control para garantizar que las reglas de operación de sus programas

sociales se publiquen en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo que señala la

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Gasto Comprometido

9. Resultado

Con relación a los recursos comprometidos con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a

Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4451 “Ayudas Sociales Instituciones sin Fines

de Lucro” por el sujeto fiscalizado durante el 2012, la CMHALDF solicitó la información

y documentación que demostrara el momento contable donde se reflejó la aprobación

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184 VOLUMEN 5/17

por la autoridad competente de un acto administrativo u otro instrumento que formalizara una

relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios; o bien, la firma de

los convenios o contratos de donación o de acuerdo con la autoridad competente, por el

cual se dispone la asignación de recursos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Solicitudes

Convenio

Contrato

Beneficiario

CLC Fecha Actividad Institucional Descripción Importe

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

Solicitudes Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Educación

101398 31/XII/12 Apoyos Económicos a

Estudiantes de Secundaria

(1)

Ayuda económica a 3,850 estudiantes de

secundaria.

6,160.0

Solicitudes Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Educación 100531 3/VII/12 Programa de Asistentes y

Promotores Educativos (2)

Ayuda económica a 308 asistentes para

promover y realizar actividades de carácter

educativo, salud, ambiental, artístico,

cultural, deportivo y recreativo, para

alumnos que integran el sistema educativo

del Distrito Federal.

1,925.0

Solicitudes Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Educación

100512 25/VI/12 Planeación y Diseño de

Programas y Acciones en

Pro de la Igualdad de

Género (2)

Ayuda económica a 525 personas que

participaron como figuras facilitadoras.

833.3

Solicitudes Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Educación 100616 24/VII/12 Transformación Educativa

(3)

Ayuda económica a 521 personas que

participaron como figuras facilitadoras.

396.7

Solicitudes Gobierno del Distrito

Federal/Secretaría de Educación 100770 23/VIII/12 Programa Escuela Sana y

Segura (4)

Ayuda económica a 46 promotores para

impartir cursos, cuyo objetivo es contribuir al

mejoramiento del clima escolar y la calidad

educativa.

422.5

Convenio Comisión Nacional de Libros

de Textos Gratuitos

101028 23/X/12 Programa Libros Educativos

Gratuitos

Ayuda en especie por la elaboración de

341,665 libros de texto para estudiantes de

secundaria.

12,998.7

Contrato Siglo XXI, S.A. de C.V. 101299 18/XII/12 Planeación y Programación

Educativa.

Ayuda en especie de 6,000 libros de texto,

con la finalidad de atender necesidades de

educación a profesores de educación

Preescolar y Primaria.

946.0

Suma 4412

23,682.2

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”

Convenio Universidad Nacional

Autónoma de México

100638 27/VII/12 Programa de Bachillerato a

Distancia.

Ayuda económica para el Programa

Educativo Bachillerato a Distancia de la

UNAM en la zona metropolitana.

5,000.0

Convenio Casa Refugio Citlaltépetl, A.C. 100591 13/VII/12 Planeación y Programación

Educativa

Ayuda económica, por única ocasión, para

realizar un proyecto de educación que

fomente el intercambio cultural.

2,000.0

Convenio Universidad Pedagógica

Nacional

101199 23/XI/12 Mejoramiento de Educación

Inicial y Preescolar

Ayuda económica que tiene como objetivo

la operación de la licenciatura para

educación preescolar y la maestría en

educación básica.

1,081.5

Convenio Instituto Latinoamericano

de la Comunicación Educativa

100851 11/IX/12 Formación y Apoyo Integral

al Docente

Ayuda económica, por única ocasión, para

la impartición en línea del "Diplomado

Aplicaciones Didácticas de la Tecnologías

en el "Aula" y así capacitar a 178 docentes

de educación básica.

356.0

Por única

ocasión

Asociación Internacional

de Ciudades Educadoras

101454 31/XII/12 Programa Ciudad Educadora Ayuda económica para la anualidad para

mantener el estatus como miembro activo

dentro de la Asociación Internacional de

Ciudades Educadoras.

71.4

Suma 4451

8,508.9

Total partidas 4412 y 4451

32,191.1

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185 VOLUMEN 5/17

Se confirmó que la SEDU contó con el respaldo documental de las obligaciones contraídas

utilizando la modalidad de solicitudes, convenios y contratos.

Se confirmó que se contó con la autorización del titular de la SEDU para ejercer recursos

por un total de 98,181.6 miles de pesos (incluidos 32,191.1 miles de pesos seleccionados

como muestra) con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” incluidos los programas sociales correspondientes a este capítulo.

En la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto comprometido

con cargo a las partidas 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos” y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”, se observó que el

sujeto fiscalizado formalizó una relación jurídica con terceros para la prestación de servicios y

adquisición de bienes, mediante los contratos o convenios celebrados conforme la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), así como lo establecido en los

artículos 69, fracción III; artículo 97, ante penúltimo párrafo; y artículo 101, primero y

segundo párrafos, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2012.

10. Resultado

Programa de “Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria”

De conformidad con las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Económicos

a Estudiantes de Secundaria para el Ejercicio Fiscal 2012 publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 31 de enero de 2012, el objetivo del programa fue “contribuir a la

permanencia escolar de los estudiantes de educación secundaria pública de las zonas

marginadas de la Ciudad de México, mediante el otorgamiento de apoyos económicos,

a fin de garantizar el derecho a la educación en el Distrito Federal.”

A fin de comprobar que los pagos efectuados con cargo a dicho programa estuvieran

soportados con la documentación comprobatoria, con el oficio núm. ASC/143/12/14/03 del

19 de febrero 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU las pólizas de cheque correspondientes

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186 VOLUMEN 5/17

a los apoyos económicos otorgados en 2012 a los 3,850 beneficiarios de la muestra

seleccionada que corresponden al 3er. pago (septiembre a diciembre), los cuales fueron

cubiertos con la CLC núm. 36 C0 01 101398 del 31 de diciembre de 2012 por un importe

de 6,161.0 miles de pesos, donde se incluye la documentación que soporta el pago a

cada una de ellas.

Al respecto, con el oficio núm. SEDU/DA/228/14 del 21 de febrero 2014, la SEDU

proporcionó las pólizas de cheque y el soporte documental para su análisis, de lo cual se

observó lo siguiente:

1. Los apoyos económicos se entregaron mediante cheque nominativo del 19 de marzo

de 2013 a 3,719 beneficiarios por un total de 5,950.4 miles de pesos, del cual se

obtuvo diferencia de 209.6 miles de pesos que equivale a 131 pólizas de cheque por

igual número de beneficiarios. Por ello, con el oficio núm. ASC/143/12/14/06 del

12 de marzo 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU que informara lo correspondiente

a dicha diferencia. En respuesta, con el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/160/14 de fecha

19 de marzo de 2014, el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Financieros

proporcionó copia del oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/328/2013 del 2 de septiembre de 2013,

mediante el cual se remitió al Director de Concentración y Control de Fondos en la SEFIN el

depósito con folio núm. H5754022 realizado a la cuenta 00100911771 de Scotiabank a

nombre del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del G.D.F, con

referencia 28280790 por un importe de 209.6 miles de pesos, correspondiente al reintegro

de saldo del Programa de Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria para el

Ejercicio Fiscal 2012. Del análisis de la documentación proporcionada, se observó que

la SEDU efectuó el depósito en favor de la SEFIN, en cumplimiento con lo dispuesto en

el artículo 71, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012.

Al respecto, se determinó que la SEDU realizó la entrega de los apoyos económicos a los

beneficiarios del programa de Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria, de

conformidad con las reglas de operación de éstos, en cumplimiento a lo señalado en el

“Monto unitario” que establece: “$400.00 (Cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) mensuales,

a razón de 3,850 apoyos a beneficiarios del Programa durante los ciclos escolares 2011-2012

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187 VOLUMEN 5/17

y 2012-2013”; así como la “Periodicidad de los beneficios” que señala “Los apoyos serán

entregados en tres partes, correspondientes a los siguientes períodos: 1o. pago: de enero

a marzo, 2o. pago: de abril a junio, correspondiente al ciclo escolar 2011-2012 y el 3o. pago:

septiembre a diciembre correspondiente al ciclo escolar 2012-2013 y que será entregado a

los beneficiarios seleccionados de acuerdo a la convocatoria que se publicará para ese

ejercicio fiscal”.

2. La SEDU proporcionó 3,719 pólizas de cheque del 3er. pago (septiembre a diciembre

de 2012), que corresponden a igual número de beneficiarios; en su análisis se encontró

que 2,812 pólizas de cheque no están firmadas por el servidor público que autorizó, en

nueve pólizas de cheque el recibo carece de fecha, en cuatro las firmas de las credenciales

de elector IFE no coinciden con las firmas de los recibos y en una se anexa credencial de

migrante.

Por no cumplir con los datos requeridos en las pólizas de cheque, la SEDU incumplió lo

que disponen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal en su artículo 16, III. Tercer Lineamiento, “Actividades de

Control”, fracción I, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007,

vigentes en 2012.

3. Se seleccionó una muestra dirigida de 100 expedientes de los 3,850 registrados

en dicho programa en 2012, los cuales fueron proporcionados con el oficio

núm. SEDU/CGE/DEEMSS/DEMS/013/2014 del 4 de marzo de 2014.

En su análisis, se constató que los expedientes se integraron con la documentación

que debieron presentar los interesados en participar en el Programa, de conformidad

con lo establecido en los requisitos señalados en el apartado “V. Requisitos

y Procedimientos de Acceso” de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos

Económicos a Estudiantes de Secundaria para el Ejercicio Fiscal 2012.

Sin embargo, en dos expedientes se observó que los beneficiarios están inscritos en

escuelas con claves CCT 09DES4031B y CCT 09DST0092G, las cuales no se localizaron

en el padrón de escuelas autorizadas en las reglas del programa, por lo que al otorgar

el apoyo económico a beneficiarios que están inscritos en escuelas diferentes a las del

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188 VOLUMEN 5/17

padrón publicado, se incumplió el apartado “XII. Listado de escuelas ubicadas en

zonas de muy alta marginación en la Ciudad de México” de las Reglas de Operación

del Programa de Apoyos Económicos a Estudiantes de Secundaria para el Ejercicio

Fiscal 2012 publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2012, así

como la modificación del listado publicado el 20 de noviembre de 2012 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con el numeral

2 del presente resultado, mediante el oficio núm. SEDU/DA/574/2014 del 29 de abril del

mismo año, la Dirección de Administración informó lo siguiente:

“Respecto de este señalamiento, se informa que mediante oficio SEDU/DA/563-1/2014 de

fecha 25 de abril de 2014, se instruyó al Jefe de Unidad Departamental de Recursos

Financieros de esta Dirección de Administración para que tome las medidas necesarias

para recabar las firmas faltantes en las pólizas señaladas, así como para implementar las

medidas de control interno necesarias que eviten la recurrencia en esta omisión. Como

resultado las pólizas en cuestión, a la fecha; se encuentran debidamente firmadas,

adjuntando una muestra de la acción realizada, quedando el total a su disposición para

revisión en el momento que ese Órgano Fiscalizador las requiera”.

Derivado del análisis de la respuesta del sujeto fiscalizado, se confirma las observaciones

señalada en el numeral 2 del presente resultado, debido a que las firmas de las pólizas

fueron recabadas posteriormente a la revisión de la Cuenta Pública de 2012, por lo que el

resultado no se modifica.

Respecto a la observación señalada en el numeral 3 de la partida 4412 “Ayudas Sociales

a Personas u Hogares de Escasos Recursos” del presente resultado, la Dirección de

Administración de la SEDU no proporcionó información o documentación que la atendiera

o desvirtuara.

Recomendación ASC-143-12-07-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal, por conducto de la Dirección

de Administración en esa dependencia, implemente medidas de supervisión para que todos

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189 VOLUMEN 5/17

los pagos efectuados con cargo al Programa de Apoyos Económicos a Estudiantes de

Secundaria estén soportados con documentación comprobatoria (recibos y pólizas de cheque)

debidamente firmada, como dispone el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-143-12-08-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal, establezca mecanismos

de control para garantizar que los expedientes de los beneficiarios se integren y soporten

con la documentación que señalan las reglas de operación de los programas sociales,

y que se resguarden debidamente, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

11. Resultado

Programa “Asistentes Educativos para el Ejercicio Fiscal 2012”

De conformidad con las Reglas de Operación del Programa de Asistentes Educativos

para el Ejercicio Fiscal 2012, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de

enero de 2012, el objetivo general del programa fue “brindar atención especializada

a estudiantes que integran el sistema educativo del Distrito Federal en todas sus esferas,

tipos y niveles de escuelas públicas ubicadas en el Distrito Federal, para complementar su

educación y fomentar una cultura cívica incluyente y solidaria”.

A fin de comprobar que los pagos efectuados, con cargo al programa señalado en el

párrafo anterior, estuvieran soportados con la documentación comprobatoria, con el oficio

núm. ASC/143/12/14/03 del 19 de febrero 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU las pólizas de

cheque de los apoyos económicos otorgados en 2012 a los 308 beneficiarios de la muestra

seleccionada, de junio de 2012, que corresponden al pago de la CLC núm. 36 C0 01 100531

del 3 de julio de 2012, por un importe de 1,925.0 miles de pesos, incluyendo la documentación

que soporta el pago a cada una de ellas.

Al respecto, con el oficio núm. SEDU/DA/271/14 del 25 de febrero 2014, la SEDU proporcionó

las pólizas de cheque y su soporte documental para su análisis, de lo cual se observó lo

siguiente:

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190 VOLUMEN 5/17

1. Se determinó que los apoyos económicos se entregaron mediante cheque nominativo,

por 6.3 miles de pesos a cada uno de los 308 beneficiarios, por un total de 1,925.0 miles de

pesos. Se determinó que la SEDU realizó la entrega de los apoyos económicos a los

beneficiarios del programa de “Asistentes Educativos para el Ejercicio Fiscal 2012”,

de conformidad con las reglas de operación de dicho programa, en cumplimiento del

“Monto unitario” que establece “308 asistentes educativos a razón de 6.3 miles de pesos

mensuales para cada asistente educativo”.

2. El sujeto fiscalizado proporcionó 308 pólizas de cheques que corresponden a igual número

de beneficiarios. De su análisis, se encontró que en dos de las pólizas de cheque las firmas

de las credenciales de elector (IFE) no coinciden con las firmas de los recibos; en dos, no

se tiene recibo ni identificación oficial; en dos más, no se requisitó la fecha del recibo ni de

la póliza; en cuatro, las identificaciones oficiales (IFE) corresponden al Estado de México y

faltó la póliza de cheque núm. 93844 del 9 de julio de 2012. Al respecto, con el oficio

núm. SEDU/DA/JUDRF/177/14 del 25 de marzo de 2014, el Jefe de Unidad Departamental

de Recursos Financieros informó que “…se llevó una búsqueda exhaustiva en los archivos

de esta Unidad Departamental de Recursos Financieros sin lograr su localización”.

Por lo anterior, la SEDU incumplió los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16, Tercer Lineamiento, “Actividades

de Control”, fracción I; y el Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracción II,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012.

“La efectividad de los controles generales en conjunto con los controles específicos,

logrará que un sistema cumpla con los requerimientos de sus usuarios, mismos que

pueden ser de: soporte, alcance, funcionalidad, utilidad, seguridad, calidad de la información,

apoyo a objetivos institucionales, calidad técnica y servicio del área de TI.”

“IV. Cuarto Lineamiento: Información y Comunicación:

”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada

y comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos

responsable de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta

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191 VOLUMEN 5/17

forma, la información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente

a las instancias externas e internas procedentes.”

3. Se seleccionó una muestra de 63 expedientes de los 308 registrados en dicho programa

en 2012, los cuales fueron proporcionados con el oficio núm. SEDU/DA/333/14 del 6 de

marzo de 2014.

De los 63 expedientes mencionados, se encontraron incumplimientos a las Reglas de

Operación. En dos expedientes, no se localizó el comprobante de estudios con nivel mínimo

de bachillerato; en uno de ellos, el comprobante de domicilio no corresponde al Distrito

Federal; y en 37 expedientes, no se localizaron las dos fotografías tamaño infantil.

Por lo anterior, se constató que los expedientes no se integraron con toda la documentación

que debían presentar los interesados en participar en el programa, de conformidad con los

apartados V, “Los Requisitos y Procedimientos de Acceso”, así como, los incisos c), d) y e);

del apartado VI, “Los Procedimientos de Instrumentación”; subapartado “Acceso y Registro”,

párrafo segundo de las Reglas de Operación del Programa de Asistentes Educativos para el

Ejercicio Fiscal 2012 publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2012,

que establecen lo siguiente:

“V. Los requisitos y procedimientos de acceso

”Requisitos

”Ser mayor de edad, contar con escolaridad mínima de bachillerato, residir en el Distrito

Federal.

”VI. Los Procedimientos de Instrumentación

”Acceso y registro

”Los interesados en participar en el proceso de selección para asistentes educativos, deberán

presentarse en las oficinas de Atención Integral al Estudiante de la Secretaría de Educación

del Distrito Federal […], con los siguientes documentos:

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192 VOLUMEN 5/17

”c) Original para cotejo y copia de comprobante de estudios de nivel mínimo de bachillerato;

”d) Original para cotejo y copia de comprobante de residencia en el Distrito Federal con una

antigüedad no mayor a tres meses;

”e) Dos fotografías tamaño infantil…”

Asimismo, mediante el oficio núm. ASC/143/12/14/05 del 28 de febrero de 2014, la CMHALDF

solicitó a la SEDU la evaluación emitida por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social del

Distrito Federal de los programas sociales que la Secretaría de Educación del Distrito Federal

haya tenido en el ejercicio fiscal 2012. Con el oficio núm. SEDU/CGGPE/074/2014 del 14 de

marzo de 2014, la Coordinación General de Gestión y Planeación Educativa de la SEDU

proporcionó lo siguiente:

Dos tomos que contienen 662 encuestas levantadas.

Archivo de trabajo de la encuesta realizada (disco compacto).

Archivo con la evaluación interna, en el apartado IX. En la encuesta se encontraron los

resultados correspondientes.

Al respecto, se observó que la SEDU dio cumplimiento al apartado “Evaluación”, apartado VI,

“Los procedimientos de instrumentación” que señalan lo siguiente:

“Con el fin de evaluar la pertinencia, oportunidad y calidad del apoyo y servicio brindados a los

beneficiarios del programa, se realizará una encuesta a estudiantes y docentes de las

escuelas públicas en las que se realicen actividades y sus resultados podrán ser consultados

en la página de internet de la Secretaría de Educación del Gobierno del Distrito Federal,

www.educacion.df.gob.mx.”

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración no

proporcionó información o documentación que desvirtuara las observaciones señaladas.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2011, en el Informe Final de Auditoría Financiera

ASC/129/11, practicada a la Secretaría de Educación del Distrito Federal, resultado 8, se

emitió la recomendación ASC-129-11-03-SE, que contempla, por conducto de la Dirección

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193 VOLUMEN 5/17

de Administración en esa dependencia, la implementación de medidas de supervisión

para que todos los pagos efectuados, con cargo al Programa de Asistentes Educativos

para el Ejercicio Fiscal 2011, estén soportados con la documentación comprobatoria

(recibos y pólizas de cheque) debidamente firmada, como dispone el acuerdo por el que

se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como

parte del seguimiento de la recomendación citada.

Cabe mencionar que en el resultado núm. 10 del presente Informe Final de Auditoría, se

emitió la recomendación núm. ASC-143-12-08-SEDU relativa a la necesidad de

establecer mecanismos de control para garantizar que los expedientes de los

beneficiarios se integren y soporten con la documentación que señalan las reglas de

operación de los programas sociales, y que se resguarden debidamente, en cumplimiento

de la normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como

parte del seguimiento de la recomendación citada

12. Resultado

Programa “Acciones de Inclusión y Equidad Educativa”

De conformidad con las Reglas de Operación del Programa “Acciones de Inclusión

y Equidad Educativa” publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero

de 2012, el objetivo del programa fue “prestar servicios que beneficien a grupos

comunitarios y sociales en condiciones de vulnerabilidad educativa, que concentren tanto

población educativa infantil como adulta analfabeta o que no haya concluido la educación

básica: población indígena, con alguna discapacidad, niños y jóvenes que se encuentran

en situación de marginación o en extrema pobreza y adultos mayores principalmente, a fin

de tutelar el derecho de acceso a la educación en el Distrito Federal”.

Con la finalidad de comprobar que los pagos efectuados, con cargo al programa señalado

en el párrafo anterior, estuvieran soportados con la documentación comprobatoria, con el

oficio núm. ASC/143/12/14/04 del 19 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU

las pólizas de cheque de los apoyos económicos otorgados en 2012 a los beneficiarios de

la muestra seleccionada. Dichas pólizas de cheque corresponden al pago con la CLC

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194 VOLUMEN 5/17

núm. 36 C0 01 100512 del 25 de junio de 2012, por un importe de 833.3 miles de pesos

a 359 beneficiarios y la CLC núm. 36 C0 01 100616 del 24 de julio de 2012, por un

importe de 396.7 miles de pesos a 166 beneficiarios.

Al respecto, con el oficio núm. SEDU/DA/274/14, del 27 de febrero de 2014, la SEDU

proporcionó las pólizas de cheque y el soporte documental para su análisis, de lo cual se

observó lo siguiente:

1. En el caso de las CLC núm. 100512 y 100616, los apoyos económicos se entregaron

mediante cheque nominativo a 359 beneficiarios, por un total de 834.0 miles de pesos

y a 166 beneficiarios, por un total de 397.0 miles de pesos; obteniendo una diferencia

de 0.7 y 0.3 miles de pesos, respectivamente, debido a que el cheque núm. 93147 fue

emitido por 2.0 miles de pesos y en el padrón se consideró por 1.3 miles de pesos.

Respecto a la CLC núm. 100616 se debió al cheque núm. 98763, el cual se emitió por

2.0 miles de pesos y en el padrón se consideró por 1.7 miles de pesos. Así mismo, se

localizaron 354 del total de 359 pólizas de cheque, como se muestra a continuación:

Cuenta por Liquidar Certificada Pólizas de cheque Diferencia

CLC Importe

(1)

Beneficiarios CLC Importe

(2)

Beneficiarios

(3)

Cantidad

(4)

Importe

(1)-(2)

(5)

Cantidad pólizas

de cheque

(3)-(4)

(6)

100512 833.3 359 100512 834.0 359 354 0.7 5

100616 396.7 166 100616 397.0 166 166 0.3 0

Suma 1,229.7 525 1,231.0 525 520 1.0 5

2. La SEDU proporcionó un total de 520 pólizas de cheque que corresponden a igual

número de beneficiarios. De su análisis, se observó que 520 pólizas no se encuentran

firmadas por quien las autorizó, 39 no cuentan con identificación oficial (IFE) y 6 no

cuentan con la firma de recibido del cheque.

No se localizaron las pólizas de cheque núms. 92790, 92856, 92987, 93015 y 93033,

todas del 26 de junio de 2012. Al respecto, con el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/177/14

del 25 de marzo de 2014, el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Financieros

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195 VOLUMEN 5/17

de la Dirección de Administración en la SEDU informó que “… se llevó una búsqueda

exhaustiva en los archivos de esta Unidad Departamental de Recursos Financieros sin

lograr su localización.”

Por no cumplir con los datos requeridos en las pólizas de cheque y no localizar cinco

de ellas, la SEDU incumplió los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16; Tercer Lineamiento, “Actividades de

Control”, fracción I; y el Cuarto Lineamiento, “Información y Comunicación”, fracción II,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012.

3. Se seleccionó una muestra de 106 expedientes de los 525 beneficiarios registrados en

el programa en 2012, los cuales fueron proporcionados con el oficio

núm. SEDU/CGE/DEEMSS/DEMS/013/2014 del 4 de marzo de 2014, distribuidos en

las diferentes figuras facilitadoras que se consideran en el programa, como se muestra

a continuación:

Expedientes analizados de las figuras facilitadoras

CLC Total

Aspirantes a

facilitadores

o facilitadoras

Facilitadores o

Facilitadoras

Facilitador

líder

Madre o

Padre de

apoyo

Formador

Tutor

Asistente

pedagógico

100512 72 17 28 7 10 5 5

100616 34 4 18 0 5 5 2

Suma 106 21 46 7 14 10 7

De los 106 expedientes analizados, se encontraron incumplimientos a las Reglas de

Operación, debido a que en 12 expedientes no se localizó el certificado de estudios; en

uno, no se localizó la clave única de registro de población (CURP); en tres, no se localizó

la identificación oficial (IFE); en uno, no se localizó la firma de recibido y de aprobación del

curso de formación inicial SEDU; y en otro, tampoco se localizó la constancia de ser

propuesto por el Asistente Educativo o el Formador Tutor del ciclo anterior, como se

muestra enseguida:

Se constató que los expedientes no se integraron con toda la documentación que debían

presentar los interesados en participar en el programa, de conformidad con los incisos d),

e) y f) de los “Requisitos para los participantes como Figuras Facilitadoras” señalados

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196 VOLUMEN 5/17

en el apartado “V. Requisitos y procedimientos de acceso”; así como el inciso d), “De la

Madre o Padre de Apoyo”, del numeral 3, “Figuras Facilitadoras”, y el inciso e), “Del Formador

o Tutor”, de las Reglas de Operación del Programa “Acciones de Inclusión y Equidad

Educativa” para 2012, que señalan:

“Los interesados en participar en el Programa como Figuras Facilitadoras, deberán atender

las fechas previstas en la Convocatoria que para tal efecto se expida, y presentarse en las

oficinas de la Secretaría de Educación del Distrito Federal, con la siguiente documentación:

” d) Copia de identificación oficial (IFE, cartilla de servicio militar, pasaporte).

” e) Copia de certificado de estudios, considerando como mínimo el nivel secundaria.

” f) Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP)…”

El inciso d), “De la Madre o Padre de Apoyo”, que establece “haber recibido y aprobado

el curso de Formación Inicial impartido por la Secretaría de Educación del Distrito Federal”;

y el inciso e), “Del Formador o Tutor”, que solicita “ser propuesto o avalado por el Asistente

Educativo o el Formador o Tutor del ciclo anterior”.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con las observaciones

del presente resultado, la Dirección de Administración no proporcionó información

o documentación alguna que atendiera o desvirtuara las observaciones señaladas, por lo

que éstas no se modifican.

Recomendación ASC-143-12-09-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación, por conducto de la Dirección de Administración

en esa dependencia, implemente medidas de supervisión para que todos los pagos

efectuados con cargo al Programa “Acciones de Inclusión y Equidad Educativa”, estén

soportados con documentación comprobatoria (recibos y pólizas de cheque) debidamente

firmada, como disponen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

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197 VOLUMEN 5/17

Cabe mencionar que en el resultado núm. 10 del presente Informe Final de Auditoría, se

emitió la recomendación núm. ASC-143-12-08-SEDU relativa a la necesidad de

establecer mecanismos de control para garantizar que los expedientes de los

beneficiarios se integren y soporten con la documentación que señalan las reglas de

operación de los programas sociales, y que se resguarden debidamente, en cumplimiento

de la normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como

parte del seguimiento de la recomendación citada

13. Resultado

Programa “Por una Cultura de No-Violencia y Buen Trato en la Comunidad Educativa”

De conformidad con las Reglas de Operación del Programa “Por una Cultura de No-

Violencia y Buen Trato en la Comunidad Educativa” publicadas en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 31 de enero de 2012, el objetivo general del programa fue “contribuir al

mejoramiento del clima escolar y la calidad educativa, mediante acciones de prevención

y atención a las problemáticas relacionadas con la violencia en el entorno escolar, a partir

de la promoción de la cultura de no-violencia y buen trato, en el marco de Equidad

y Derechos Humanos de las niñas, niños y jóvenes”.

A fin de comprobar que los pagos efectuados, con cargo al programa, mencionado estuvieran

soportados con la documentación comprobatoria, con el oficio núm. ASC/143/12/14/03 del

19 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó a la SEDU las pólizas de cheque de los

apoyos económicos otorgados en 2012 a los beneficiarios de la muestra seleccionada,

que corresponden al pago con la CLC núm. 36 C0 01 100770 del 23 de agosto de 2012,

por un importe de 422.5 miles de pesos a 46 beneficiarios, incluyendo la documentación

que soporta el pago a cada una de ellas.

Al respecto, con el oficio núm. SEDU/DA/271/14 del 25 de febrero de 2014, la SEDU

proporcionó las pólizas de cheque y el soporte documental para su análisis, de lo cual se

observó lo siguiente:

1. La SEDU proporcionó un total de 46 pólizas de cheque del pago de septiembre de 2012,

que corresponden a igual número de beneficiarios; 37 de ellas respaldan el pago a igual

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198 VOLUMEN 5/17

número de beneficiarios como promotores educativos, por un apoyo económico

mensual de 8.5 miles de pesos a cada uno; y 9 pólizas de cheque corresponden al

pago del apoyo económico a igual número de promotores educativos coordinadores,

por un apoyo económico mensual de 12. 0 miles de pesos.

De la revisión a las pólizas proporcionadas, se determinó que las 46 pólizas de

cheque no cuentan con el nombre y firma de autorización y no se localizó la póliza del

cheque núm. 99777 del 6 de septiembre de 2012. Al respecto, con el oficio

núm. SEDU/DA/JUDRF/187/14 del 27 de marzo de 2014, el Jefe de Unidad Departamental

de Recursos Financieros de la Dirección de Administración en la SEDU informó que

“después de una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Unidad Departamental

de Recursos Financieros no se encontró la póliza del cheque en cuestión”.

La SEDU realizó la entrega del apoyo económico mensual a los 46 beneficiarios de

conformidad con los apartados III y IV, “Programación Presupuestal”, segundo párrafo,

de las Reglas de Operación del Programa “Por una Cultura de No-Violencia y Buen Trato

en la Comunidad Educativa” publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

31 de enero de 2012, que indican:

“III. Metas Físicas

”… a través de 37 Promotores educativos y 9 Promotores educativos coordinadores […]

”IV. Programación Presupuestal

”El monto del apoyo económico mensual por persona será de $8,500.00 (Ocho mil

quinientos pesos 00/100 M.N.) para promotores educativos y de $12,000.00 (Doce mil

pesos 00/100 M.N.) para Promotores educativos coordinadores.”

Sin embargo, por no cumplir con los datos requeridos en las pólizas de cheque y no

localizar la póliza de cheque núm. 99777, la SEDU incumplió los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16,

Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”, fracción I; y el Cuarto Lineamiento,

“Información y Comunicación”, fracción II, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012.

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199 VOLUMEN 5/17

2. Se seleccionó una muestra de expedientes correspondientes a 7 promotores educativos

coordinadores y 4 promotores educativos, de los 46 beneficiarios registrados en el

programa en 2012, los cuales fueron proporcionados con el oficio núm. SEDU/DA/333/14

del 6 de marzo de 2014.

Del análisis de dichos expedientes, se observaron incumplimientos a las Reglas de

Operación, en dos, no se localizó el comprobante de domicilio; en cuatro, no se

localizó el certificado de bachillerato y cédula profesional de licenciatura afín; y en los

11 que corresponden a la muestra, no se localizó evidencia del curso de inducción.

Además, se constató que los expedientes no se integraron con toda la documentación

que debían presentar los interesados en participar en el programa, de conformidad

con los incisos b) y e) de los “Requisitos de ingreso para ser promotores educativos

y promotores educativos coordinadores”; así como el inciso c) del “Procedimiento de

acceso y selección”, apartado “V. Requisitos y procedimientos de acceso”, de las Reglas

de Operación del Programa “Por una Cultura de No-Violencia y Buen Trato en la

Comunidad Educativa”, dirigido a los diferentes actores que la conforman, específicamente

hacia las niñas, niños y jóvenes de los centros escolares de educación básica del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

31 de enero de 2012, que indican lo siguiente:

“Requisitos de ingreso para ser promotores educativos y promotores educativos

coordinadores.

”Presentar original y copia de la documentación siguiente:

”b) Comprobante de domicilio.

”e) Certificado de Bachillerato y/o cédula profesional de licenciatura afín.

”Procedimiento de acceso y selección

”c) Tomar el curso de inducción, impartido por el personal especializado de la

Dirección de Educación Inicial y Básica de la Secretaría de Educación del Distrito

Federal, quienes evaluarán aptitudes y habilidades en el desarrollo del curso…”

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200 VOLUMEN 5/17

3. Con el oficio núm. ASC/143/12/14/03 del 19 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó

evidencia documental que acredite el cumplimiento del programa “Por una Cultura de

No-Violencia y Buen Trato en la Comunidad Educativa” y la cobertura de las 400 escuelas

de educación básica a las que se enviaron promotores educativos; así como los informes

mensuales de las actividades de dichos promotores.

Con el oficio núm. SEDF/CGDEP/004/2013 del 17 de enero de 2013, la Coordinación

General de Educación remitió la documentación, de la cual se observó lo siguiente:

a) Respecto al cumplimiento del programa, presentó un reporte de evaluación interna

del 30 de junio de 2013, que contiene lo siguiente:

“Resumen de Resultados.

”La implementación del Programa durante 2012 fue coherente con la planeación

diseñada para su ejecución, en tanto se cubrieron las metas establecidas en las

reglas de operación (400 escuelas objetivo).

”Por otra parte, se espera que los diferentes actores que integran los centros

escolares sujetos de intervención, conozcan, desarrollen, modifiquen y transformen,

actitudes y habilidades relacionadas con una nueva cultura de no violencia y buen

trato en el contexto escolar. Lo anterior a partir de:

” Intervención educativa en 400 escuelas de Educación Básica del Distrito Federal,

a través de la impartición de los talleres vivenciales y espacios lúdico-interactivo

‘Educar para construir’, dirigidos a docentes, personal directivo y administrativo,

madres, padres y otros responsables de cuidado y crianza, así como niños, niñas

y jóvenes de cada escuela intervenida.

” Atención terapéutica (individual, familiar y/o grupal) y asesoría legal individual

a niñas, niños, jóvenes y sus familias en situación de violencia entre escolares

o bullying que lo solicitaron.

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201 VOLUMEN 5/17

” Atención telefónica para información, orientación, contención, canalización y citas

para entrevistas de valoración, a través de 3 líneas, realizadas por especialistas en

la temática en cuestión.

” Vinculación interinstitucional para la canalización de casos relacionados con la

problemática mencionada y seguimiento al proceso de investigación, a través del

Observatorio sobre convivencia en el entorno escolar del Distrito Federal.

” Elaboración de material de difusión que sensibiliza a la población de educación

básica y a la comunidad en general sobre el reconocimiento y desnaturalización de

la violencia entre escolares, en el marco de la campaña “Escuela sin violencia”

(Material campaña ESV en archivo).

” Impartición del Diplomado en su 2ª. Generación ‘Estrategias de Atención

y Prevención a la violencia entre escolares’ o ‘bullying’ realizado en las instalaciones

de UACM y desarrollado en coordinación con Educación, Redes y Rehiletes A.C.,

Actualización y Educación Permanente S.C. y Tech Palewi A.C., de febrero a julio

de 2012 en sesiones sabatinas de cuatro horas.”

b) Con el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/206/14 del 25 de marzo de 2012, el Jefe de

Unidad Departamental de Recursos Financieros envió el oficio

núm. SEDU/CGE/0067/2014, mediante el cual la Coordinación General de Educación

proporcionó la evidencia documental de las 400 escuelas en las cuales se llevaron a

cabo talleres vivenciales, el registro de los participantes, el nombre de los promotores

que intervinieron y disco compacto que contiene los nombres de los promotores

educativos y coordinadores que intervinieron durante el 2012, en el programa “Por

una Cultura de No-Violencia y Buen Trato en la Comunidad Educativa”.

En el análisis de la información proporcionada, se observó que los 400 formatos

denominados Cédula de Actividades por Centro Escolar por cada escuela considerada

para el programa señalados se encuentran requisitados con los datos generales de la escuela,

informe de actividades desarrolladas, población beneficiada y firma de los promotores

responsables.

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202 VOLUMEN 5/17

Se constató que dio cumplimiento al apartado “Alcances”, segundo y tercer párrafos;

así como los apartados III, “Metas Físicas” y IX, “Mecanismos de Evaluación y los

Indicadores,” de las Reglas de Operación del Programa “Por una Cultura de No-Violencia

y Buen Trato en la Comunidad Educativa” dirigido a los diferentes actores que la conforman,

específicamente hacia las niñas, niños y jóvenes de los centros escolares de educación

básica del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal 2012, publicadas en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 31 de enero de 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración no

proporcionó información o documentación que desvirtuara las observaciones señaladas.

Cabe mencionar que en el resultado núm. 10 del presente Informe Final de Auditoría, se

emitió la recomendación núm. ASC-143-12-08-SEDU relativa a la necesidad de establecer

mecanismos de control para garantizar que los expedientes de los beneficiarios se integren

y soporten con la documentación que señalan las reglas de operación de los programas

sociales, y que se resguarden debidamente, en cumplimiento de la normatividad aplicable,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la

recomendación citada.

Recomendación ASC-143-12-10-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal, por conducto de la

Dirección de Administración en esa dependencia, implemente medidas de supervisión para

que todos los pagos efectuados, con cargo al “Programa Por una Cultura de No-Violencia

y Buen Trato en la Comunidad Educativa,” estén soportados con documentación comprobatoria

(recibos y pólizas de cheque) debidamente firmada, como disponen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

14. Resultado

Aportación Económica a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos

Respecto a la aportación económica a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos,

la SEDU realizó un pago, por 12,998.7 miles de pesos en favor de la CONALITEG, para el

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203 VOLUMEN 5/17

financiamiento, entrega y distribución de 341,665 libros de texto gratuitos para los

alumnos de las escuelas secundarias públicas del Distrito Federal. Dicha cantidad fue

pagada mediante la CLC núm. 36 C0 01 101028 del 23 de octubre de 2012.

Mediante el oficio núm. ASC/143/12/14/01 del 11 de febrero 2014, la CMHALDF solicitó a la

SEDU la información y documentación que reflejara el gasto comprometido, mediante la

firma del convenio de colaboración. Con el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/099/2014 del

13 de febrero de 2014, la Dirección de Administración remitió la documentación solicitada.

Como resultado de la revisión de dicha documentación, se determinó lo siguiente:

1. El convenio de colaboración, para el financiamiento, entrega y distribución de los libros de

texto gratuitos para los alumnos de las escuelas secundarias públicas del Distrito Federal,

sin número, celebrado el 3 de agosto de 2012, tuvo por objeto, como lo señala su cláusula

primera:

“… establecer las bases conforme a las cuales ‘La Secretaría’, ‘La SEDU’ y ‘La Comisión’,

en lo sucesivo ‘Las Partes’, convienen en continuar y extender los alcances del Programa

de Distribución de Libros de Texto para Educación Secundaria, durante el ciclo escolar

2012-2013, en adelante denominado ‘EL PROGRAMA’.

”Al efecto ‘La SEDU’ realizará una aportación económica por la cantidad de

$12,998,715.29 (Doce millones novecientos noventa y ocho mil setecientos quince pesos

29/100 M.N.), a favor de ‘La Comisión’, con la cual se coadyuve a que ésta pueda cumplir

debidamente con las atribuciones que tiene asignadas por lo que hace a la adquisición,

distribución y entrega de la cantidad de libros de texto gratuito de secundaria para el ciclo

escolar 2012-2013, descritos en el Anexo A, para las Escuelas Secundarias Públicas en el

Distrito Federal.”

2. Con el oficio núm. ASC/143/12/SE/14/03 del 19 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó

el informe concentrado del Distrito Federal, firmado por el Administrador Federal de

Servicios Educativos en el Distrito Federal, relativo a la adquisición, distribución y entrega

de 341,665 libros de texto correspondientes a las claves elegidas para secundaria. Con el

oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/163/14 del 19 de marzo de 2014, la SEDU, por medio de la

Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros, proporcionó la información

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204 VOLUMEN 5/17

solicitada, la cual cumple lo establecido en la cláusula segunda, inciso c), en el “Anexo C”

del convenio referido, y anexó 148 pases de salida emitidos por la CONALITEG, que

comprueban la recepción de los libros de texto gratuitos, con los siguientes datos: número

de pase, destinatario, domicilio de entrega, datos del transporte (nombre del chofer

y placas del vehículo), clave del libro, ciclo escolar, título, cantidad de cajas, ejemplares por

caja, ejemplares por paquete, ejemplares enviados, sello con fecha de salida del almacén

de la Dirección de Distribución (Almacén de Producto Terminado Tequesquináhuac de la

CONALITEG), sello de la institución educativa que recibió los ejemplares, fecha de salida,

nombre y firma del jefe de almacén, y nombre y firma del destinatario.

En el análisis de los 148 pases de salida, no se logró determinar la entrega-recepción de los

341,665 libros para secundaria correspondientes al Distrito Federal, debido a que no se

cuantificó cuáles fueron los libros realmente entregados a las escuelas del Distrito Federal.

Por lo anterior, se incumplieron las cláusulas segunda, incisos b) y c), y cuarta, del

referido convenio de colaboración, que establecen lo siguiente:

“SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento ‘La Secretaría’ se

compromete a: […]

”b) Proporcionar a la ‘Comisión’ la pauta de distribución de los libros de texto para secundaria,

realizada por los profesores frente a grupo, a través de un concentrado a nivel centro de

acopio, así como la documentación soporte, mismo que constituye el Anexo B del presente

Convenio.

”c) Acreditar a ‘La SEDU’ y a ‘La Comisión’, la entrega-recepción de los libros seleccionados

para secundaria, Ciclo Escolar 2012-2013, mediante la entrega de un informe concentrado del

Distrito Federal firmado por el Administrador Federal de Servicios Educativos en el Distrito

Federal, que incluye la adquisición, distribución y entrega de 341,665 (Trescientos cuarenta

y un mil seiscientos sesenta y cinco) libros de texto correspondientes a las claves elegidas

para secundaria, señalados en el Anexo A del citado convenio. Una vez entregado el informe

referido, será integrado al presente instrumento como Anexo C.

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205 VOLUMEN 5/17

”Cuarta. Por su parte, ‘LA COMISIÓN’ se compromete a entregar a ‘LA SEDF’ la

documentación detallada que se describe en el inciso c) de la Cláusula Cuarta de este

instrumento, así como copia de los acuses de recibo de la entrega de libros por parte de

‘LA COMISIÓN’ a los centros de Acopio de ‘LA SECRETARÍA’, que incluye la adquisición

y distribución de 341,665 (Trescientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y cinco) libros

de texto correspondientes a las claves elegidas para secundaria, señalados en el Anexo A del

presente instrumento.”

También, incumplió los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, artículo 16, III. Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”,

inciso e), “Registro Oportuno y Adecuado de las Operaciones y Hechos”, publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012.

Tampoco, observó el artículo 125, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012 que establece: “Será responsabilidad de los titulares de las

Dependencias, […], así como de los servidores públicos encargados de su administración,

la recepción, guarda, custodia y conservación de los documentos justificantes

y comprobatorios del gasto, […], en términos de las disposiciones aplicables”.

En respuesta a la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con

el presente resultado, la Dirección de Administración informó lo siguiente:

“Con relación al resultado señalado respecto de la cláusula segunda, inciso b), del

Convenio de Colaboración para el Financiamiento, Entrega y Distribución de Libros de

Texto Gratuitos para los alumnos de las Escuelas Secundarias Públicas en el Distrito

Federal, me permito informar a Usted que en el convenio referido se integró debidamente

el Anexo B señalado como parte del inciso b), mismo que contiene la pauta de distribución

de los libros a nivel Centro de Acopio.

”En referencia al inciso c) de la misma cláusula, y con la finalidad de dar cumplimiento a lo

señalado, con oficio SEDU/123/2014 de fecha 29 de abril del presente año, la Titular de la

dependencia solicitó al Administrador Federal de Servicios Educativos en el Distrito

Federal, se sirva suscribir el Informe de la entrega de los libros de texto, mismo que se

remitirá en su momento a ese Órgano Fiscalizador.

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206 VOLUMEN 5/17

”No omito señalar que la cláusula segunda del convenido referido, corresponde su

cumplimiento a la Secretaría de Educación Pública Federal, sin embargo esta

dependencia está en la mejor disposición de coadyuvar en el cumplimiento del convenio

en todas y cada una de sus partes.”

Por lo expuesto, la observación no se modifica.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2011, en el Informe Final de Auditoría financiera

ASC/129/11, practicada a la Secretaría de Educación del Distrito Federal, resultado 8, se

emitió la recomendación ASC-129-11-07-SE, que contempla, por conducto de la Dirección

de Administración en la dependencia, la implementación de medidas de control

y supervisión para que se verifique la correcta entrega de los bienes adquiridos, con cargo

a la Aportación Económica a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, de

conformidad con los convenios celebrados, como disponen los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

15. Resultados

Adquisición del Libro “Matemáticas para profesores de educación preescolar y primaria”

Mediante la requisición de bienes y servicios núm. 302 del 27 de septiembre de 2012, la

Dirección de Educación Inicial y Básica solicitó la adquisición de 6,000 ejemplares de

libros de “Matemáticas para profesores de educación preescolar y primaria”, la cual contó

con el oficio de suficiencia presupuestal núm. SEDF/DA/RF/SUF.96/2012 del 9 de

noviembre de 2012, firmado por el Jefe de Unidad Departamental de Recursos

Financieros en la SEDU, por un total de 946.0 miles de pesos cuya justificación señala

“con el objeto de proporcionar elementos didácticos a los profesores de educación

preescolar y primaria se requiere la coedición de la obra titulada ‘Matemáticas para

profesores de educación preescolar y primaria’, elaborada por la UNAM y Siglo XXI

a efecto de proporcionar a los profesores un conocimiento especializado

y didáctico que les permita transmitirlo de manera eficaz a los educandos del sector

educativo del Distrito federal de ese nivel educativo”; con cargo a la partida 4412 “Ayudas

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207 VOLUMEN 5/17

Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, con lo cual se cumplió el artículo

51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Derivado de lo anterior, la SEDU suscribió el contrato de coedición núm.

DGAJ-SPI-34-231012-580 del 31 de octubre de 2012, señalando en la cláusula primera el

objeto, el cual fue “… la edición e impresión de 6,000 (seis mil) ejemplares de la obra

‘Matemáticas para profesores de educación preescolar y primaria’ para lo cual, la ‘UNAM’

entrega en exclusiva a ‘EL COEDITOR’ y a la ‘SECRETARÍA’ el original de los textos

e imágenes para la primera edición de la obra”.

El importe total del contrato de coedición ascendió a 946.0 miles de pesos, con una

vigencia hasta que se cumpliera el objeto de éste, de conformidad con las cláusulas

séptima y décima sexta, respectivamente.

En el análisis del contrato de coedición, se determinó lo siguiente:

Se encuentra soportado con la factura núm. A-14279 del 22 de noviembre de 2012, por

6,000 ejemplares de “Libros de Matemáticas para profesores de educación preescolar

y primaria” a $157.66 (Ciento cincuenta y siete pesos 66/00 M.N.) cada uno.

Con los oficios núms. ASC/143/12/14/03 del 19 de febrero y ASC/143/12/14/08 del 25 de

marzo, ambos de 2014, la CMHALDF solicitó la documentación que justifique

y compruebe qué personas recibieron los libros, así como las entradas y salidas de los

libros recibidos.

En respuesta, el Jefe de Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la SEDU, mediante nota informativa sin número del 24 de febrero de 2014,

informó que “… en el almacén de esta Secretaría de Educación durante el ejercicio del

2012, no se recibieron ningún tipo de libros por parte de algún proveedor”.

Asimismo, mediante el oficio núm. SEDU/DA/JUDRF/206/14 del 28 de marzo de 2014, el

Jefe de Unidad Departamental de Recursos Financieros proporcionó el oficio núm.

SEDU/CGE/0067/2014 de la misma fecha, con el cual la Coordinación General de

Educación, informó lo siguiente:

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208 VOLUMEN 5/17

“Al respecto se envía nota informativa: entrega del Libro ‘Matemáticas para profesores de

preescolar y primaria’ con fecha 26 de marzo de 2014, con la reseña actual de los libros,

su utilización y destino, desde la recepción de los mismos. Se anexa la nota de remisión

No. 29,053 de la editorial impresora Apolo, con fecha 16 de noviembre 2012, donde se

muestra el sello y firma de revisado y recibido en las oficinas de la Secretaría de

Educación. Se adjuntan registros de las personas que han recibido los libros en comento

en las Ferias de Libros donde se han distribuido estos ejemplares. Inventario 2014 de los

libros con los que cuenta esta Secretaría, entre los cuales se encuentran los ejemplares

citados. Se anexan también comprobantes de recibido de ejemplares que ha donado la

Secretaría entre los cuales se encuentran ejemplares de este título. Finalmente, se

adjuntan fotografías de la participación de la Secretaría de Educación en las tres ferias

internacionales del libro, mencionadas en la Nota Informativa, mismas que se

distribuyeron los ejemplares en cuestión.”

Derivado de lo anterior, se llevó a cabo el inventario físico de los libros de texto “Libros de

Matemáticas para profesores de educación preescolar y primaria” el 28 de marzo de 2014

en la bodega de libros, ubicada en el edificio donde se encuentra la SEDU, localizando

5,294 libros de texto y observando que, 742 libros fueron distribuidos a personas que

acudieron a ferias del libro en la que participó la Secretaría, de lo cual resulta una

diferencia de 36 libros de texto en relación con los 6,000 libros que indica el Contrato de

Coedición núm. DGAJ-SPI-34-231012-580, como se indica a continuación:

Concepto Período/Fecha Cantidad de libros

Distribuidos en diversas ferias de libro (1) 2013-2014 742

Inventario Físico (2) 28 de marzo de 2014 5,294

Suma

6,036

Según contrato de coedición

6,000

Diferencia

36

(1) Soportado con listas que indican el total distribuidos en las ferias de Guadalajara, Minería y Mérida

(2) Localizados físicamente en la bodega en cajas.

Por lo anterior, se concluye que la SEDU incumplió las cláusulas sexta y octava del

convenio de coedición que señalan:

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209 VOLUMEN 5/17

Sexta: “Acuerdan las ‘PARTES’ que el número de ejemplares de la coedición del libro

será de 6,000 (seis mil), mismos que serán entregados a la ‘SECRETARÍA’”.

Octava. “‘LAS PARTES’ se obligan a garantizar y coadyuvar a la más amplia distribución

y difusión de la obra a que se refiere este contrato”.

Asimismo, la SEDU incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores

públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de

los recursos […] de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados

y justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan…”

Tampoco utilizó el formato denominado “Alta de almacén” como documento que acredite

la fecha en la que se dio la entrada física de los 6,000 libros con el sello respectivo, por lo

que la SEDU incumplió el numeral 6.1.2, apartado 6. Almacenes e Inventarios del

subapartado 6.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno), vigente en 2012 que señala:

“Las áreas de almacenes deberán registrar la entrada y salida de los bienes muebles que

por cualquier vía legal adquiera la APDF…”

Asimismo, inobservó el numeral I, artículo 16, cuarto lineamiento, “Información y

Comunicación,” de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de

2007, vigentes en 2012, que disponen:

“I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,

sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y programas,

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210 VOLUMEN 5/17

así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a las que en

materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones legales

y administrativas aplicables.”

En respuesta a la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con

el presente resultado, la Dirección de Administración informó lo siguiente:

“Respecto al incumplimiento de la cláusula sexta, informo a Usted que esta dependencia

recibió los 6,000 (seis mil) ejemplares referidos en dicho instrumento jurídico, tal como se

demostró con la Nota de remisión de entrega No. 29053. Así mismo, en dicho documento se

aprecia la entrega de 98 ejemplares adicionales, los cuales no causaron erogación adicional

alguna a esta dependencia. Por tal motivo se aclara el cumplimiento de este punto.

”A la fecha, se tomaron las medidas correctivas con la finalidad de cumplir con lo

establecido en el punto 6.1.2 de la Circular número UNO vigente, (antes 5.1.2 Circular

UNO 2011), para lo cual se anexa oficio SEDU/DA/578/2014 de fecha 29 de abril de 2014,

así como el oficio SEDU/DA/RMSG/673/2014, por medio del cual se informan de la acción

correctiva llevada a cabo y se anexa Acta Circunstanciada en la que se detallan los

hechos de la recepción y distribución de los 6,098 ejemplares recibidos.”

Del análisis de la respuesta del sujeto fiscalizado, se modificó la primera observación del

incumplimiento de la cláusula sexta, ya que demostró con la nota de remisión la entrega

de los libros a la Secretaría.

Respecto a la difusión y entrega de los 6,000 libros, la Dirección de Administración no

proporcionó información y documentación alguna, en cuanto al registro de las entradas

y salidas del almacén, por lo que dichas observaciones prevalecen.

Recomendación ASC-143-12-11-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal implemente mecanismos

de control que garanticen el cumplimiento de las obligaciones contraídas, conforme a las

cláusulas de los contratos suscritos y garantizar la recepción, guarda, custodia

y conservación de los documentos justificantes y comprobatorios.

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211 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-143-12-12-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal establezca medidas de

control para que las áreas de almacén registren la entrada y salida de los bienes muebles,

que por cualquier vía legal se adquieran en cumplimiento de la Circular Uno y los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes.

16. Resultado

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”

Con objeto de verificar si la dependencia cuenta con el respaldo documental que refleje el

reconocimiento de las obligaciones contraídas por éste, con cargo a la partida 4451

“Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”, en términos de entrega de las

ayudas y apoyos económicos a favor de terceros, se identificaron los convenios de

colaboración y de donación, así como los recibos correspondientes, como se muestra a

continuación:

(Miles de pesos)

Convenio de colaboración/ Donación Recibo de donativo/Factura

Número Fecha Beneficiario Número Fecha Descripción Importe

20992-1497-5-XI-07 30/VIII/07 Dirección General

de Finanzas

Departamento

de Ingresos (UNAM)

8502335 5/VI/12 Ayuda económica para el Programa Educativo

de Bachillerato a distancia de la UNAM en la

zona metropolitana de la Ciudad de México.

5,000.0

UPN-DSJ-CONV

014/2012

16/IV/12 Universidad

Pedagógica Nacional

(UPN)

AA

56770

17/VIII/12 Ayuda económica para la operación de la

licenciatura en educación preescolar y la

maestría en educación básica.

1,081.5

CC-SE-CASA

REFUGIO

CITLALTEPETL,

A.C./001/2012

12/VII/12 Casa Refugio

Citlaltépetl, A.C.

7 12/VII/12 Ayuda económica para realizar un proyecto de

educación que fomente el intercambio cultural,

concientice al público en general y promueva

en los niños y jóvenes de la Ciudad de México

un acercamiento a las representaciones

artísticas y la historia solidaria de la Ciudad de

México.

2,000.0

N/A 4/IV/12 Instituto

Latinoamericano

de la Comunicación

Educativa (ILCE)

3095 31/VII/12 Ayuda económica para la impartición en línea

del “Diplomado aplicaciones didácticas de las

tecnologías en el aula” y capacitar a 178

docentes de educación básica.

356.0

N/A N/A Asociación

Internacional

de Ciudades

Educadoras

338 10/I/12 Pago de las anualidades correspondientes al

período de 2010-2011, para mantener el

estatus de miembro activo dentro de la

Asociación Internacional de Ciudades

Educadoras en Barcelona, España.

71.4

Suma 8,508.9

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212 VOLUMEN 5/17

Con relación a los recursos ejercidos por el sujeto fiscalizado durante 2012, la CMHALDF,

mediante el oficio núm. ASC/143/12/14/01 del 11 de febrero de 2014, solicitó la

información y documentación que reflejara el gasto comprometido mediante la firma de los

convenios de colaboración y de donación o de acuerdo de la autoridad competente, por

los cuales se dispone de la asignación de recursos. Con el oficio

núm. SEDU/DA/JUDRF/099/2014 del 13 de febrero de 2014, el Jefe de Unidad

Departamental de Recursos Financieros remitió la documentación solicitada. Como

resultado de la revisión de ésta, se determinó lo siguiente:

1. El convenio de colaboración núm. 20992-1497-5-XI-07 se suscribió el 30 de agosto de

2007, con la Dirección General de Finanzas del Departamento de Ingresos de la

Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por un importe de 5,000.0 miles

de pesos, que de conformidad con la cláusula primera tuvo como objeto “asentar las

bases que permitan ofrecer a través de la SEDU, el programa educativo ‘Bachillerato

a Distancia de la UNAM, en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México’;” y una

vigencia, que la cláusula décima cuarta indica que “el presente instrumento tendrá

vigencia indefinida a partir del 18 de mayo de 2007”.

Se verificó el cumplimiento de las obligaciones de la UNAM, de conformidad con la

cláusula segunda del convenio que señala lo siguiente:

“Para la ejecución del objeto de este convenio, la UNAM, a través de la Coordinación

del Bachillerato a Distancia se compromete a:

”1. Aportar el plan y programa de estudio con sus cuatro módulos y 24 programas

educativos, así como los cursos propedéuticos objeto del presente convenio.

”2. Apoyar la sustentabilidad y el desarrollo de la plataforma tecnológica para el plan

y los programas previamente señalados.

”3. Hospedar en su servidor, el portal desarrollado por la SEDU, en donde se ubicará

el Bachillerato a distancia.

”4. Hospedar en su servidor, las asignaturas del primer módulo del Bachillerato

a distancia, así como los cursos propedéuticos.

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213 VOLUMEN 5/17

”5. Poner a disposición de los interesados en cursar el bachillerato, cursos tutoriales

para el ingreso al bachillerato a distancia en la modalidad en línea.

”6. Impartir a los estudiantes interesados en cursar el bachillerato referido, el paquete

de cursos propedéuticos en la modalidad en línea.

”7. Realizar el pago correspondiente a los asesores y tutores que impartirán los

cursos propedéuticos.

”8. La UNAM someterá sus materiales a evaluación permanente con objeto de

actualizarlos y rediseñarlos dentro de un programa de mejora continua.

”9. Formar y certificar al número requerido de asesores y tutores que participarán

durante la vigencia del convenio.

”‘LA UNAM’ a través de la Coordinación de Bachillerato a Distancia, evaluará y emitirá

el certificado correspondiente a la Formación y Certificación de los Asesores

o Tutores para el Bachillerato de referencia.”

De la revisión al convenio de colaboración, entre la Secretaría de Educación del

Distrito Federal y la UNAM en 2012, no se encontró observación alguna.

2. El convenio específico de colaboración núm. UPN-DSJ-CONV-014/2012 del 16 de abril

de 2012 se celebró entre la SEDU y la Universidad Pedagógica Nacional (UPN), que

de conformidad con la cláusula primera tuvo por objeto lo siguiente:

“… establecer las bases de colaboración entre ‘LAS PARTES’ para llevar a cabo la

profesionalización del Personal Docente de los Centros de Atención a la Infancia del

Gobierno del Distrito Federal (CAIDF), así como la profesionalización del personal

involucrado en la educación básica mediante un posgrado, bajo una modalidad en

línea. La transposición didáctica de 6 (seis) de los programas presenciales y en línea;

así como la administración de la plataforma en la Página WEB http://leptic.upn.mx de

cada uno de los cursos que conforman el proyecto de profesionalización para la

segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava generación.

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214 VOLUMEN 5/17

”Para el programa de posgrado en educación básica con uso de las tecnologías de la

información y comunicación, se incluye el diseño gráfico de la plataforma

http://uupn.upn.mx/meb-mx/ del diseño instruccional de 5 (cinco) especialidades, dando

atención a la primera y segunda generación conforme a los términos establecidos en

este instrumento y en el ‘ANEXO TÉCNICO’ que, firmado por ‘LAS PARTES’, forma parte

integrante del presente Convenio.” Dicho convenio por un importe de 1,081.5 miles de

pesos, con vigencia a partir de la fecha de su firma y conclusión el 31 de diciembre de 2012.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto que ampara

el convenio específico de colaboración, se verificó el cumplimiento de los compromisos

de la UPN, de conformidad con la cláusula tercera del convenio, que señala:

“Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la UPN se obliga a:

”1. Destinar íntegramente las aportaciones económicas que realice ‘LA SECRETARÍA’,

previstas para el ejercicio fiscal de 2012, tomando como base los montos establecidos

en la cláusula quinta de este instrumento, los cuales se aplicarán para la

profesionalización del personal docente de los CAIDF...

”2. Atender las observaciones y sugerencias que en su caso realice ‘LA SECRETARÍA’

por medio de la Dirección de Educación Inicial y Básica…

”3. Entregar a ‘LA SECRETARÍA’ la evidencia de la profesionalización del Personal

Docente de los Centros de Atención a la Infancia del Gobierno del Distrito Federal

(CAIDF), consistente en: listado de evaluaciones por cada cuatrimestre de cada

generación objeto de este contrato, entrega en CD del diseño instruccional de cada

una de las cinco especializaciones diseñadas para el posgrado en educación básica,

un ejemplar o muestra de los productos presentados por los estudiantes en eventos

nacionales, y CD con las conferencias dictadas.

”4. Impartir los cursos de profesionalización en sus instalaciones, conforme al Plan de

estudios aprobados por ‘LA SECRETARÍA’, […], apoyando la actividad docente con el

uso de la tecnología de la información y comunicación (TIC) de tal manera que los

alumnos concluyan satisfactoriamente su profesionalización.

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215 VOLUMEN 5/17

”5. Impartir el programa de posgrado en educación básica con uso de las tecnologías

de la información y comunicación, mediante la plataforma http://uupn.upn.mx/meb-mx/

de ‘LA UPN’ […]

”6. Entregar a ‘LA SECRETARÍA’ el listado de alumnos inscritos, así como su avance

en su evaluación en cada una de las asignaturas a impartirse.

”7. En su momento, certificar debidamente la profesionalización de los alumnos que

concluyan satisfactoriamente el Plan de Estudios establecido en el ‘Anexo técnico’ […]

”8. Otorgar las facilidades necesarias para que ‘LA SECRETARÍA’ tenga un respaldo

de la plataforma moodle de ambos programas de formación, de acuerdo a su estructura.

”9. Las demás que permitan la óptima consecución del objeto del presente Convenio.”

De la revisión al convenio de colaboración entre la Secretaría de Educación del Distrito

Federal y la UPN en 2012, no se encontró observación alguna.

3. El convenio de colaboración núm. CC-SE-CASA REFUGIO CITLALTÉPETL,

A.C./001/2012 del 12 de julio de 2012, se celebró entre la SEDU y la Casa Refugio

Citlaltépetl, A.C., que de conformidad con la cláusula primera tuvo por objeto “…

establecer los términos y condiciones bajo las cuales ‘LA SECRETARÍA’ auxiliará a ‘LA

ASOCIACIÓN CIVIL’, en la elaboración de un proyecto de educación para fomentar el

intercambio cultural, concientizar al público en general y promover en los niños

y jóvenes de la Ciudad de México un acercamiento a las representaciones artísticas

y la historia solidaria de la Ciudad de México”; por un importe de 2,000.0 miles de pesos,

con una vigencia a partir de la firma y hasta que “LAS PARTES” hubieran satisfecho las

obligaciones contraídas.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto que ampara

el convenio de colaboración, se verificó el cumplimiento de los compromisos de la

Casa Refugio Citlaltépetl A.C., de conformidad con la cláusula tercera del convenio,

que señala:

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216 VOLUMEN 5/17

“a) Destinar la aportación económica, a que se refiere la cláusula segunda del

presente instrumento, única y exclusivamente para la realización del proyecto de

educación para fomentar el intercambio cultural, concientizar al público en

general y promover en los niños y jóvenes de la Ciudad de México un acercamiento

a las representaciones artísticas y a la historia solidaria de la Ciudad de México, de

conformidad a las características, especificaciones y demás particularidades

establecidas en el Anexo Técnico del presente instrumento.

”b) Entregar a ‘LA SECRETARÍA’ la documentación de conformidad a las

características y especificaciones establecidas en el Anexo Técnico del presente

instrumento.

”c) Suministrar cualquier información adicional que ‘LA SECRETARÍA’ le solicite en

relación con el proyecto de educación para fomentar el intercambio cultural,

concientizar al público en general y promover en los niños y jóvenes de la Ciudad

de México un acercamiento a las representaciones artísticas y la historia solidaria

de la Ciudad, para realizar las acciones que ‘LA SECRETARÍA’ considere

necesarias.

”d) Mantener informada a ‘LA SECRETARÍA’ sobre el avance del proyecto de

educación para fomentar el intercambio cultural, concientizar al público en

general y promover en los niños y jóvenes de la Ciudad de México un

acercamiento a las representaciones artísticas y a las historia solidaria de la

Ciudad de México, de conformidad con el cronograma de actividades contenido

en el Anexo Técnico del presente instrumento…”

En la revisión del convenio de colaboración celebrado entre la SEDU y la Casa Refugio

Citlaltépetl, A.C. en 2012, no se encontró observación alguna.

4. El convenio de colaboración sin número del 4 de abril de 2012 celebrado entre la SEDU

y el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE), de conformidad con la

cláusula primera que tuvo por objeto “establecer las bases de colaboración entre ‘LAS

PARTES’, para la impartición en línea del ‘DIPLOMADO APLICACIONES DIDÁCTICAS

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217 VOLUMEN 5/17

DE LAS TECNOLOGÍAS EN EL AULA’, en lo sucesivo ‘EL DIPLOMADO’, para capacitar

en dos fases a 178 docentes de educación básica, en lo sucesivo ‘LOS PARTICIPANTES’,

durante los meses de abril a julio de 2012”; por un importe de 356.0 miles de pesos, con

una vigencia a partir de la firma y conclusión al 31 de julio de 2012.

En el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto que ampara

el convenio de colaboración, se verificó el cumplimiento de los compromisos de ILCE,

de conformidad con la cláusula tercera del citado convenio, que señala:

“El ILCE se obliga a:

”a) Designar al Coordinador Operativo del ‘DIPLOMADO’ responsable de asegurar la

comunicación entre el ‘ILCE’ y ‘LOS PARTICIPANTES’.

”b) Impartir el ‘DIPLOMADO’ en el período acordado con ‘LA SEDF’.

”c) Realizar el envío de correos con los datos de usuario y contraseña una vez

realizado el trámite de pago, registro de inscripción, servicio de información a los

alumnos y mesa de ayuda.

”d) Los motivos que observará el ‘ILCE’ para que un participante cause baja, será

cualquiera de los siguientes:

”i. A solicitud del participante, quien deberá informar al ILCE por escrito, el motivo que

da origen a su solicitud.

”ii. Que el participante no haya dado respuesta a los mensajes enviados por el tutor en

línea y compañeros del diplomado, durante más de 5 días por lo que se procederá

a su baja y a inhabilitar su correo electrónico.

”e) Comunicar a la Secretaría, las bajas que causen; ‘LOS PARTICIPANTES’

”f) Acreditar a ‘LOS PARTICIPANTES’ del diplomado, que cumplan con las actividades

del Programa Académico, además de presentar su trabajo final y participar dentro de

los foros.

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218 VOLUMEN 5/17

”g) Acordar con ‘LA SEDF’, las características y diseño de los reconocimientos a ser

entregados a ‘LOS PARTICIPANTES’.

”h) Entregar a ‘LA SEDF’ los reconocimientos correspondientes de cada uno de

‘LOS PARTICIPANTES’ que hayan cumplido en tiempo y forma con el ‘DIPLOMADO’.

Los reconocimientos deberán contener el logotipo de ‘LA SEDF’.

”i) Asimismo el ‘ILCE’ se compromete a expedir el recibo correspondiente por la

aportación realizada por ‘LA SEDF’.

”i) Proveer a ‘LOS PARTICIPANTES’ las condiciones necesarias para que terminen

y obtengan la acreditación correspondiente al ‘DIPLOMADO’ objeto de este

convenio.”

En la revisión del convenio de colaboración celebrado entre la Secretaría de Educación

del Distrito Federal y el ILCE en 2012, no se encontró observación alguna.

5. Respecto a la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras (AICE) no existió

convenio alguno, derivado de que el importe de 71.4 miles de pesos fue por el pago de

las anualidades correspondientes al período 2010-2011, para mantener el estatus

como miembro activo dentro de la AICE, cuya sede se encuentra en la Ciudad de

Barcelona.

La AICE contó con los siguientes antecedentes:

“…es el resultado del movimiento de Ciudades Educadoras, nace en 1994 la

Asociación Internacional en el III Congreso celebrado en Bolonia. Actualmente cuenta

con 419 ciudades miembro, entre los que se encuentra la Ciudad de México.

”A principios de 2007, el Jefe de Gobierno […] presentó una iniciativa de ley para

elevar la política educativa a rango de Secretaría, misma que fue aprobada por

unanimidad en la Asamblea Legislativa. Se creó la institución para coordinar todos los

programas.

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219 VOLUMEN 5/17

”El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, instrumento rector

de las acciones de gobierno, concentra un esfuerzo social en defensa de la educación

pública, laica, gratuita y de calidad. De acuerdo con los planteamientos de ese

Programa, la Secretaría de Educación (SE) asumió el derecho a la Ciudad Educadora

[…].

”Ciudades Educadoras es un movimiento creado en noviembre de 1990, a partir de la

iniciativa del Ayuntamiento de Barcelona. Su objetivo fundamental ha sido promover

una red de cooperación entre las ciudades que permita impulsar proyectos

e intercambiar experiencias sobre educación formal o no formal.

Derivado de lo anterior, con el oficio núm. SEDF/175/2009 del 10 de julio de 2009, el

Secretario de Educación autorizó para realizar la aportación de la anualidad

correspondiente al año 2009.

Asimismo, con el oficio núm. SEDF/123/2012 del 25 de julio de 2012, el Secretario de

Educación autorizó la liberación de los recursos para la aportación de las anualidades

correspondientes a los ejercicios de 2010 y 2011 de la AICE con la finalidad de

mantener el estatus de miembro activo en dicha asociación.

En la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto comprometido,

con cargo a la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”, se

observó que el sujeto fiscalizado formalizó una relación jurídica con terceros para la

prestación de servicios, mediante los contratos o convenios celebrados conforme a la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), así como lo establecido en los artículos 101 y 69, fracción III, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y el artículo 116 de su Reglamento,

vigentes en 2012.

Sin embargo, la SEDU no contó con manual de procedimientos específicos para la partida

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”; ni con procedimientos para la

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220 VOLUMEN 5/17

elaboración, control y seguimiento de la celebración de los contratos o convenios de

donación, que incluyan actividades de control, registro y autorización; por lo que incumplió

los numerales 2.4.1, 2.4.2 y 2.4.3, del apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de

Manuales Administrativos,” de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,

emitida por la CGDF y publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero

de 2011, vigente en 2012.

Además, incumplió el artículo 16, inciso e), numeral III, Primer Lineamiento, “Ambiente de

Control”; y numeral I, Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes

en 2012.

“I. Primer Lineamiento ‘Ambiente de Control’.

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal,

deberán promover y mantener un ambiente de integridad, honradez, respeto y

comportamiento ético que estimule e influya las actividades de los servidores públicos, para

que cumplan con sus responsabilidades de control; asimismo, deberán actualizar y difundir

su misión, visión, objetivos y metas, vigilando que sean congruentes en su funcionamiento.

”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los

manuales de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura

organizacional y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes

y reglamentos que en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades

y procedimientos para todos los procesos sustantivos, así como la información que se

genere; asimismo, deberán de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de

los servidores públicos.

En respuesta a la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, en relación con

el presente resultado, la Dirección de Administración informó lo siguiente:

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221 VOLUMEN 5/17

“A fin de dar cumplimiento a este resultado, la Secretaria de Educación, trabaja en la

elaboración de dos procedimientos específicos para atender los requerimientos solicitados

en relación al ejercicio de gasto para el otorgamiento de Ayudas. Se anexa oficio

SEDU/DEAJ/SLyC/08/2014 de fecha 29 de abril de 2014 y propuesta de procedimiento

"Ayudas sociales a Instituciones sin fines de Lucro" que se encuentra en proceso de

elaboración e integración al Manual Administrativo de la Dirección de Administración.”

La respuesta del sujeto fiscalizado confirma la observación señalada en el presente

resultado, debido a que la Dirección de Administración únicamente informó que está

trabajando en procedimientos específicos para el otorgamiento de apoyos.

Cabe mencionar que en el resultado núm. 1 del presente Informe Final de Auditoría, se

emitió la recomendación núm. ASC-143-12-02-SEDU relativa a adoptar medidas de

control a fin de que, cuando se lleven a cabo programas de entrega de apoyos

económicos se elaboren reglas de operación o procedimientos específicos para

establecer las condiciones de entrega de éstos, en cumplimiento de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada

Gasto devengado

17. Resultado

Para verificar que el sujeto fiscalizado haya entregado los apoyos económicos y en

especie, conforme a lo indicado en las reglas de operación respectivas, fue revisada la

documentación del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de

terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente, en este

caso, para la entrega de apoyos económicos y en especie; así como los apoyos a instituciones

sin fines de lucro, de acuerdo con el criterio relativo a la fiscalización de los recursos

destinados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

De esta forma, se comprobó que la entrega de los apoyos económicos comprendidos en

los programas “Apoyos económicos a Estudiantes de Secundaria”, “Asistentes Educativos

para el ejercicio 2012,” “Acciones de Inclusión y Equidad Educativa”, y al de “Por una Cultura

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222 VOLUMEN 5/17

de No-Violencia y Buen Trato en la Comunidad Educativa”, se realizaron de conformidad con

las reglas de operación formuladas para cada uno de los programas sociales, así como el

pago con cheque nominativo, firmando de recibido cotejado con la firma de su identificación

correspondiente, y justificación del pago de dicho apoyo con el padrón mensual de

beneficiarios que se publica anualmente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Por lo tanto, la SEDU cumplió el artículo 69, párrafo I y III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Cabe mencionar, que en el caso de la aportación económica a la “Comisión Nacional de Libros

de Texto Gratuitos”, la adquisición de los libros entregados, a manera de apoyos en especie, se

formalizaron mediante un contrato o convenio y no contaron con reglas de operación.

Con relación a la fiscalización de los recursos destinados a la partida 4451 “Ayudas

Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”, fue revisada la documentación del gasto que

refleja el momento en que se hace exigible el pago, de conformidad con los convenios,

firmados o la fecha en que se autoriza el pago por haber cumplido los requisitos, en

términos de las disposiciones aplicables.

En el caso de la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”,

se contó con el respaldo documental de las obligaciones contraídas utilizando la modalidad

de convenios de colaboración y donación, recibos de donativos y anexos.

Gasto Ejercido

18. Resultado

Con la finalidad de constatar que la dependencia contara con la documentación que

reflejara la emisión de las CLC debidamente aprobadas por la autoridad facultada para

ello, y para verificar que la documentación comprobatoria adjunta cumpliera los requisitos

de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, vigente durante 2012,

la CMHALDF solicitó al sujeto fiscalizado la documentación justificativa y comprobatoria

de las operaciones relacionadas con las 12 CLC emitidas, con cargo a las dos partidas

seleccionadas como muestra de auditoría. Del análisis a dicha documentación, se concluyó

lo siguiente:

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223 VOLUMEN 5/17

1. Las 12 CLC son impresiones del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la

Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para elaborar,

solicitar y autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,

Afectaciones Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido

en 2012, por lo que el sujeto fiscalizado se sujetó a lo establecido en el apartado IV,

“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3,

“Registro de Operaciones Presupuestarias” y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”,

numeral 2, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

A efecto de comprobar que la SEDU contara con la evidencia documental de que el

ejercicio del gasto fue debidamente aprobado, se revisaron las 12 CLC determinadas

como muestra de auditoría, documentos en los que se puede observar el monto ejercido

y la fuente de financiamiento 01 (Recursos fiscales), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada

CLC

36 CO 01

terminaciones

Fecha Importe Prestador de servicios/Asociación

Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

101398 31/XII/12 6,160.0 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Educación

100531 3/VII/12 1,925.0 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Educación

100512 25/VI/12 833.3 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Educación

100616 24/VII/12 396.7 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Educación

100770 23/VIII/12 422.5 Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Educación

101028 23/X/12 12,998.7 Comisión Nacional de Libros de Textos Gratuitos

101299 18/XII/12 946.0 Siglo XXI, S.A. de C.V.

Suma partida 4412 23,682.2

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”

100638 27/VII/12 5,000.0 Universidad Nacional Autónoma de México

100591 13/VII/12 2,000.0 Casa Refugio Citlaltépetl, A.C.

101199 23/XI/12 1,081.5 Universidad Pedagógica Nacional

100851 11/IX/12 356.0 Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa

101454 31/XII/12 71.4 Asociación Internacional de Ciudades Educadoras

Suma partida 4451 8,508.9

Total partidas 4412 y 4451 32,191.1

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224 VOLUMEN 5/17

2. Las facturas o recibos presentados como documentación soporte de las CLC

núms. 36 C0 01 101028 y terminaciones, 101299, 100638, 100591, 101199 y 100851

emitidas a favor de proveedores y prestadores de servicios, corresponden a operaciones

de adquisición de bienes o contratación de servicios y cumplen los requisitos fiscales de

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Se verificó la autenticidad

de dichos documentos en la página de internet de Verificación de Comprobantes

Fiscales Digitales del Sistema de Administración Tributaria, con lo que se cumplió el

artículo 76 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigentes en 2012. En el caso de las CLC núms. 36 C0 01 101398 y

terminaciones, 100531, 100512, 100616 y 100770 no se encuentran respaldadas por

facturas, toda vez que con ellas se entregaron apoyos económicos o en especie a los

beneficiarios. No se retribuyó la entrega de algún bien o servicio.

3. En cuanto al registro del apoyo en especie con la CLC núm. 101299 entregada por

la SEDU a Siglo XXI, S.A. de C.V., cuya justificación señala que “con el objeto de

proporcionar elementos didácticos a los profesores de educación preescolar y primaria se

requiere la coedición de la obra titulada ‘Matemáticas para profesores de educación

preescolar y primaria’”, se observó que la SEDU asentó las operaciones de forma errónea,

con cargo a la partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos

Recursos”. Las operaciones del ejercicio presupuestal debieron registrarse con cargo a la

partida 2171 “Materiales y Útiles de Enseñanza”, que indica: “Asignaciones destinadas a

la adquisición de todo tipo de material didáctico así como materiales y suministros

necesarios para las funciones educativas”, ya que según el objetivo del programa, el

apoyo en especie no tenía como finalidad ayudar a personas u hogares de escasos

recursos para propósitos sociales, a fin de que fuese posible consignar el cargo en la

partida 4412.

Respecto al registro del apoyo económico entregada por la SEDU a la Asociación

Internacional de Ciudades Educadoras, por concepto de pago de las anualidades del

período 2010-2011 para mantener el estatus como miembro activo dentro de la

Asociación Internacional de Ciudades Educadoras en Barcelona España, se observó

que la SEDU asentó las operaciones de forma errónea, con cargo a la partida 4451

“Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”. La operación del ejercicio

presupuestal debió registrarse con cargo a la partida 4921 “Transferencia para Organismos

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225 VOLUMEN 5/17

Internacionales”, la cual guarda relación con las “asignaciones que no suponen la

contraprestación de bienes o servicio, se otorgan para cubrir cuotas y aportaciones a

organismos internacionales, derivados de acuerdos, convenios o tratados celebrados por

las unidades responsables de gasto”.

Derivado de que el órgano fiscalizado registró en forma errónea las operaciones

relacionadas con las ayudas que se entregaron a una Sociedad Anónima para la entrega

de libros de texto y el pago a la asociación de la anualidad, incumplió el primer párrafo del

artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en

2012 que dispone: “Los Titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los

servidores públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo

y aplicación de los recursos, […] de llevar el registro de sus operaciones conforme a las

disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas

del clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría”.

Asimismo, incumplió el artículo 116, numeral I, del Reglamento de la Ley Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece: “Las […] dependencias

[…] podrán otorgar apoyos, donativos y/o ayudas, para beneficio social o interés público

o general, a personas físicas o morales sin fines de carácter político, en términos de la Ley

y normatividad aplicable, atendiendo además a lo siguiente: I. Las erogaciones se deberán

realizar con cargo a las partidas presupuestales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto”.

El sujeto fiscalizado no contó con manual de procedimientos específico para la partida

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”, que incluya actividades de

control, registro y autorización; por lo que el sujeto fiscalizado incumplió los numerales

2.4.1, 2.4.2 y 2.4.3, apartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales

Administrativos”, de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la

Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal emitida por la

CGDF y publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011.

A su vez, incumplió el artículo 16, Primer Lineamiento, fracción II, inciso e); y el Tercer

Lineamiento, fracción I, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

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226 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de abril de 2014, la Dirección de Administración

no proporcionó información o documentación que desvirtuara, las observaciones del

presente resultado.

Recomendación ASC-143-12-13-SEDU

Es necesario que la Secretaría de Educación del Distrito Federal establezca medidas de

control para que los gastos ejercidos por la dependencia, se clasifiquen en la partida que

corresponda a su naturaleza, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del

Distrito Federal y con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Gasto Pagado

19. Resultado

Con la finalidad de verificar que el gasto que refleja la cancelación, total o parcial de las

obligaciones de pago, concretada mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro

medio de pago, en este caso, para la entrega de apoyos económicos y en especie; así

como, donativos o aportaciones, se revisó la evidencia documental del desembolso de

recursos al beneficiario o destinatario final de dichos apoyos económicos entregados,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Cuentas por Liquidar Certificadas núms. 36 C0 01 con terminaciones

Número Fecha Importe Beneficiario Institución financiera

Operación bancaria

Partida 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

101398 31/XII/12 6,160.0 GDF/Secretaría de Educación(1)

Banorte Cheques nominativos

100531 3/VII/12 1,925.0 GDF Secretaría de Educación (2)

Banorte Cheques nominativos

100512 25/VI/12 833.3 GDF/Secretaría

de Educación(3)

Banorte Cheques nominativos

100616 24/VII/12 396.7 GDF Secretaría de Educación (4)

Banorte Cheques nominativos

100770 23/VIII/12 422.5 GDF Secretaría de Educación (5)

Banorte Cheques nominativos

101028 23/X/12 12,998.7 Comisión Nacional de Libros de Textos Gratuitos

Banamex Transferencia

101299 31/XII/12 946.0 Siglo XXI, S.A. de C.V. Cheque nominativo

Continúa…

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227 VOLUMEN 5/17

… Continuación

Cuentas por Liquidar Certificadas núms. 36 C0 01 con terminaciones

Número Fecha Importe Beneficiario Institución financiera

Operación bancaria

Suma partida 4412 23,682.2

Partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”

100638 27/VII/12 5,000.0 Universidad Nacional Autónoma de México

BBVA Bancomer

Transferencia

100591 13/VII/12 2,000.0 Casa Refugio Citlaltépetl A.C.

Transferencia

101199 23/XI/12 1,081.5 Universidad Pedagógica Nacional

Santander Transferencia

100851 11/IX/12 356.0 Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa

Cheque nominativo

101454 31/XII/12 71.4 Asociación Internacional de Ciudades Educadoras

Actinver, Casa de Bolsa

Transferencia

Suma partida 4451 8,508.9

Total de la muestra 32,191.1

(1) Se realizó el trámite ante la SEFIN con la finalidad de que la SEDU contara con recursos económicos y llevara a cabo la dispersión mediante cheques nominativos a 3,850 beneficiarios, por un total de 6,160.0 miles de pesos.

(2) Se realizó el trámite ante la SEFIN con la finalidad de que la SEDU contara con recursos económicos y llevara a cabo la dispersión mediante cheques nominativos a 308 beneficiarios, por un total de 1,925.0 miles de pesos.

(3) Se realizó el trámite ante la SEFIN con la finalidad de que la SEDU contara con recursos económicos y llevara a cabo la dispersión mediante cheques nominativos a 359 beneficiarios, por un total de 833.3 miles de pesos.

(4) Se realizó el trámite ante la SEFIN con la finalidad de que la SEDU contara con recursos económicos y llevara a cabo la dispersión mediante cheques nominativos a 166 beneficiarios, por un total de 396.7 miles de pesos.

(5) Se realizó el trámite ante la SEFIN con la finalidad de que la SEDU contara con recursos económicos y llevara a cabo la dispersión mediante cheques nominativos a 46 beneficiarios, por un total de 422.5 miles de pesos.

Por lo anterior, se determinó que la SEDU tramitó ante la SEFIN la obtención de recursos

económicos para el pago, mediante transferencias electrónicas a las asociaciones, o bien,

para dispersarlos mediante cheques nominativos entre los beneficiarios de los diferentes

programas sociales.

Con relación a la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro”,

la CMHALDF solicitó mediante los oficios con núms. ASC/14/0581, ASC/14/0582,

ASC/14/0583 y ASC/14/0584 del 14 de marzo de 2014 la confirmación de las operaciones

que la SEDU efectuó con cuatro instituciones, a fin de verificar los apoyos y donativos del

presupuesto devengado, comprometido y pagado a dichas instituciones.

En respuesta, con los oficios núms. DSJ/178/2014 del 1o. de abril de 2014, de la Universidad

Pedagógica Nacional; DGFI/243/2014 del 26 de marzo de 2014, de la Universidad Nacional

Autónoma de México; ILCE/DG/033/14 del 28 de marzo de 2014, del Instituto Latinoamericano

de la Comunicación Educativa; proporcionaron lo relativo a los convenios celebrados y los

recibos, con el detalle de los conceptos, montos y fechas de expedición y pago, con motivo de

las operaciones llevadas a cabo con la SEDU durante 2012.

En el análisis de la información proporcionada por dichas instituciones, se determinó que

coincide con la entregada por la dependencia.

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229 VOLUMEN 5/17

I.15. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES

I.15.1. ANTECEDENTES

La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades fue creada con

fundamento en el decreto al que se adiciona la fracción XX al artículo 15 de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 6 de febrero de 2007.

Mediante el dictamen núm. 2/2007, autorizado con el oficio núm. CGMA/DDO/0662/07 del

5 de marzo de 2007, se creó la Unidad Administrativa de Apoyo-Técnico; asimismo mediante

Acuerdo, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de marzo de 2007, el Jefe de

Gobierno delegó facultades a esta Secretaría en materia de atención a migrantes y sus familias.

Las atribuciones de la Secretaría quedaron establecidas en el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2007. En dicho ordenamiento,

fueron consignadas tanto las atribuciones de la Secretaría como las de la Dirección

de Administración, las subdirecciones y demás unidades que integraron la dependencia.

El 29 de diciembre de 1998, se publicó la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. En el artículo 15, Título Segundo,

Capítulo Primero, del texto vigente en ese año, se señalan las dependencias que auxiliarán al

Jefe de Gobierno en el ejercicio de sus atribuciones; entre ellas, se encuentra la Secretaría

de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, a la cual corresponde el despacho de

las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades agrícolas y del sector

agropecuario, así como la equidad de las comunidades étnicas y la tutela de derechos

indígenas.

Atribuciones

En el decreto en el que se adiciona el artículo 23 Quintus, de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 6 de febrero de 2007, vigente en 2012, se establecen las siguientes atribuciones para la

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades:

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230 VOLUMEN 5/17

“Artículo 23 Quintus. A la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades

agrícolas, forestal y del sector agropecuario, así como la equidad de las comunidades

étnicas y la tutela de derechos indígenas:

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Establecer las políticas y programas generales en materia de promoción y fomento

agrícola, agropecuario, turismo alternativo, así como formular, conducir, coordinar y

evaluar los programas del sector rural;

”II. Formular y ejecutar los programas específicos en materia agrícola, agropecuaria,

turismo alternativo, capacitación y desarrollo tecnológico en la materia;

”III. Proponer al Jefe de Gobierno los mecanismos de coordinación interinstitucional, que

permitan incentivar el desarrollo y la inversión productiva en la zona rural de manera

coordinada con la Secretaría de Medio Ambiente, velando siempre por el impacto ambiental;

”IV. Promover, orientar y estimular el desarrollo del sector rural de la Ciudad de México y

coordinar, con base en la normatividad aplicable, sus acciones con otras dependencias

en esta materia;

”V. Establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector rural, incluyendo

el respaldo financiero, asesorías, y asistencia técnica, entre otros, a través de diversos

instrumentos para apoyar la actividad productiva;

”VI. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el

nivel de vida de las familias que habitan en las zonas rurales de la Ciudad de México,

en coordinación con las dependencias competentes;

”VII. Promover el empleo en el medio rural de la Ciudad de México, así como establecer

programas y acciones que tienden a fomentar la productividad y la rentabilidad de las

actividades económicas rurales, en coordinación con la Secretaría de Trabajo y Fomento

al Empleo;

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231 VOLUMEN 5/17

”VIII. Formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionados con la

asistencia técnica y la capacitación de los productores rurales de la Ciudad de México;

”IX. Promover el desarrollo de la infraestructura industrial y comercial de la producción

agropecuaria, en coordinación con la Secretaría de Finanzas;

”X. Promover la integración de Asociaciones Rurales en la Ciudad de México;

”XI. Elaborar, actualizar y difundir un banco de información de los proyectos y oportunidades

de inversión en el sector rural de la Ciudad de México;

”XII. Coordinar las acciones que el Gobierno del Distrito Federal convenga con las

delegaciones relativas al desarrollo rural en las demarcaciones;

”XIII. Organizar y actualizar los estudios económicos y sociológicos sobre la vida rural,

con el objeto de establecer medios y procedimientos para mejorarla;

”XIV. Organizar y patrocinar congresos, ferias, exposiciones y concursos agrícolas y pecuarios,

así como otras actividades que se desarrollen principalmente en el ámbito rural;

”XV. Coordinar el diseño, operación y ejecución de los planes, programas y proyectos

que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

desarrollen en materia de derechos indígenas;

”XVI. Diseñar, operar y ejecutar planes, programas y proyectos destinados a garantizar

los derechos pluriculturales y pluriétnicos de la población indígena radicada en el

Distrito Federal;

”XVII. Concertar acciones con los sectores social y privado, para que coadyuven en la

realización de acciones en beneficio de los indígenas;

”XVIII. Establecer relaciones de vinculación y cooperación con organizaciones nacionales

e internacionales especializadas en asuntos indígenas y étnicos;

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232 VOLUMEN 5/17

”XIX. Diseñar, operar y ejecutar programas de educación cívica y de cultura de la legalidad,

enfocados a prevenir y erradicar conductas discriminatorias por razones étnicas;

”XX. Fomentar la vinculación e intercambio económicos y culturales con las comunidades

étnicas del Distrito Federal;

”XXI. Asesorar a las dependencias y entidades del Distrito Federal, en temas

relacionados con los derechos indígenas;

”XXII. Participar y organizar foros, seminarios y congresos nacionales e internacionales

sobre asuntos étnicos e indígenas del Distrito Federal;

”XXIII. Desarrollar e impartir cursos y programas de capacitación y actualización sobre

asuntos indígenas y étnicos del Distrito Federal; y

”XXIV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la Secretaría de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 194,776.3 100.0 195,280.0 100.0 (503.8) (0.3)

Corriente 194,776.3 100.0 195,280.0 100.0 (503.8) (0.3)

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Presupuesto ejercido

Gasto total 243,834.0 100.0 446,588.5 100.0 (202,754.5) (45.4)

Corriente 243,834.0 100.0 446,588.5 100.0 (202,754.5) (45.4)

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”.

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233 VOLUMEN 5/17

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD

PARA LAS COMUNIDADES, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 194,776.3 243,834.0 103,097.8 67.3

Corriente 194,776.3 243,834.0 103,097.8 67.3

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0

2011

Gasto total 195,280.0 446,588.5 251,308.4 128.7

Corriente 195,280.0 446,588.5 251,308.4 128.7

De capital 0.0 0.0 0.0 0.0

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”.

En 2012, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades tuvo una

asignación para gasto programable de 194,776.3 miles de pesos, que representó el 0.1%

del importe total programado de las dependencias que integran el Sector Central del Distrito

Federal (138,043,090.1 miles de pesos), y erogó 243,834.0 miles de pesos, que representaron

el 0.2% del monto ejercido por dichos entes públicos (152,693,690.0 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 194,776.3 100.0 243,834.0 100.0 49,057.7 25.2

Corriente 194,776.3 100.0 243,834.0 100.0 49,057.7 25.2

“Servicios Personales” 39,239.1 20.1 42,205.6 17.3 2,966.6 7.6

“Materiales y Suministros” 3,846.5 2.0 3,875.9 1.6 29.4 0.8

“Servicios Generales” 17,117.5 8.8 17,104.9 7.0 (12.6) (0.1)

“Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias” 134,573.3 69.1 180,647.6 74.1 46,074.3 34.2

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”.

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234 VOLUMEN 5/17

Principal Vertiente del Gasto

De las siete vertientes de gasto en las que participó la Secretaría de Desarrollo Rural

y Equidad para las Comunidades durante 2012, las principales, por su importe ejercido,

fueron la 04 “Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental y la 27 “Fomento

Económico”.

Respecto al Eje Estratégico 1 “Reforma Política; Derechos Plenos a la Ciudad y sus

Habitantes”, se ejerció el presupuesto asignado y se reintegraron los remanentes

presupuestales correspondientes de conformidad con lo que señalan las disposiciones

jurídicas y administrativas aplicables; se adquirió y vigiló la correcta utilización de los

artículos de consumo, mobiliario y equipo, así como la contratación de los servicios

generales; se actualizaron las estructuras organizacionales y ocupacionales, los catálogos

de puestos, los tabuladores respectivos y los procedimientos de aplicación de remuneración,

incentivos y estímulos; y se requirió a las direcciones de área la información y datos del

desarrollo de sus funciones, para la integración de los informes que solicitan diferentes

instancias del Gobierno del Distrito Federal.

En el Eje Estratégico 4 “Economía Competitiva e Incluyente”, se ejercieron recursos

del Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, el cual

atendió proyectos relativos a implementos agrícolas, infraestructura y equipamiento

especializado para la producción primaria y cosecha; infraestructura y equipamiento para

el acondicionamiento y manejo poscosecha, sistema de riego tecnificado; equipamiento;

Infraestructura; adquisición de semental ovino con registro genealógico; y datos productivos.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal practicó una auditoría financiera a la Secretaría de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades.

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235 VOLUMEN 5/17

I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría ASC/144/12

ANTECEDENTES

En cuanto al presupuesto autorizado en 2012 a las 21 dependencias del Distrito Federal

(39,697,997.6 miles de pesos), la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las

Comunidades (SEDEREC) ocupó el decimoséptimo lugar, con un monto de 194,776.3 miles

de pesos, que representó el 0.5% del total autorizado para ese grupo. La suma ejercida

por la dependencia (243,834.0 miles de pesos) significó un incremento de 49,057.7 miles

de pesos (25.2%) respecto de su presupuesto original.

En 2012, la SEDEREC reportó un gasto de 180,647.6 miles de pesos con cargo al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, que representó el 74.1%

del total erogado por la dependencia (243,834.0 miles de pesos) y significó una variación

de 34.2% (46,074.3 miles de pesos) en relación con el presupuesto original de dicho

capítulo (134,573.3 miles de pesos). En comparación con el presupuesto ejercido en 2011

(384,239.1 miles de pesos), implicó una variación negativa de 53.0% (203,591.1 miles de pesos).

Del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, destacó el correspondiente a las partidas 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

(102,422.5 miles de pesos) y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

(77,853.1 miles de pesos), que en conjunto ascendió a 180,275.6 miles de pesos y significó

el 99.8% del total erogado en el capítulo correspondiente, el 73.9% del presupuesto total

ejercido por la SEDEREC (243,834.0 miles de pesos).

En el Informe de la Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG, Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto”, la SEDEREC informó que las principales variaciones en el presupuesto del capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se debieron al incremento

de los recursos tanto fiscales como federales, como se explica en seguida:

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236 VOLUMEN 5/17

“Adición de la partida 4419 ‘Otras Ayudas Sociales a Personas’ en el Área Funcional

268023 ‘Proyectos Productivos para Migrantes y sus Familiares’, a efecto de registrar la

aportación federal, para la operación del Fondo de Apoyo a Migrantes 2012, los cuales

tienen el carácter de subsidio federal y se destinarán a proyectos, acciones y obras de

infraestructura y su equipamiento que apoyen a los trabajadores migrantes en retorno y a las

familias que reciban remesas para encontrar una ocupación en el mercado formal; contar

con opciones de autoempleo; generar ingresos; mejorar su capital humano y su vivienda

en las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal.

”Adición de la partida 4419 ‘Otras Ayudas Sociales a Personas’ en el Área Funcional

321001 ‘Apoyo a Productores afectados por Contingencias Climatológicas’, con el objeto de

registrar la aportación federal y estar en posibilidades de dar cumplimiento al Anexo Técnico del

Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable suscrito el 30 de diciembre

de 2011 por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación (SAGARPA) y por el Gobierno del Distrito Federal representado por la Secretaría

de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) y la Secretaría de

Finanzas, con el objeto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos pertenecientes

a la Delegación Tlalpan y que fueron afectados por una contingencia climatológica ocasionada

por la helada ocurrida el 9 de septiembre de 2011 […] a fin de conjuntar acciones y recursos

a efecto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos en el Distrito Federal, como parte

del Programa de Atención a Contingencias Climatológicas […]

”Adición de la partida 4451 ‘Ayudas a Instituciones sin Fines de Lucro’ de las Áreas Funcionales

”321011 ‘Programa de Soporte Agrícola’, 321012 ‘Programa de Uso Sustentable de Recursos

Naturales para la Producción Primaria’ [y] ”321013 ‘Programa para la Adquisición de Activos

Productivos Agrícolas’, a fin de registrar la aportación federal al Convenio de Desarrollo

Rural Sustentable, celebrado el 29 de marzo de 2012, por el Poder Ejecutivo Federal a través

de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)

y el Gobierno del Distrito Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad

para las Comunidades (SEDEREC) […]

”Adición de la partida 4451 ‘Ayudas a Instituciones sin Fines de Lucro’ del Área Funcional

321010 ‘Programa de Modernización y Tecnificación de Unidades de Riego’, con el propósito

de registrar la aportación federal al Anexo de Ejecución y Anexo Técnico del Anexo de

Ejecución número 05/12 signados el 25 de julio de 2012 y que modifican a similares, suscrito

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237 VOLUMEN 5/17

el 29 de marzo de 2012, por el Ejecutivo Federal representado por la Secretaría del Medio

Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua (CNA) y por otra

parte el Gobierno del Distrito Federal mediante la […] SEDEREC. Los anexos mencionados

formalizan las acciones relativas al Programa de Modernización y Tecnificación de Unidades

de Riego, el cual comprende el programa de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola,

derivado del Acuerdo de Coordinación que celebró por una parte el Ejecutivo Federal por

conducto de la Secretaría Del medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión

Nacional del Agua (CNA) y por otra parte el Gobierno del Distrito Federal mediante la […]

SEDEREC con fecha 31 de mayo de 2007 […]

”Adición de la partida 4451 ‘Ayudas a Instituciones sin Fines de Lucro’ del Área Funcional

321015 ‘Salud Animal y Sanidad Vegetal e Inocuidad’, con el objeto de registrar la aportación

federal al Acuerdo Especifico Programa de Prevención y Manejo de Riesgos en su

componente de Sanidades, suscrito el 30 de marzo de 2012, al amparo del Convenio

Marco de Coordinación de Desarrollo Rural Sustentable, entre el Ejecutivo Federal por conducto

de la […] SAGARPA a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad

Agroalimentaria y el Gobierno del Distrito Federal representado por la […] SEDEREC.

”Adición de la partida 4451 ‘Ayudas a Instituciones sin Fines de Lucro’ del Área Funcional

321011 ‘Programa de Soporte Agrícola’ siendo el objetivo registrar la aportación federal al

Acuerdo específico del Programa Soporte 2012, en su componente SNIDRUS (Sistema

Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable) celebrado el 30 de marzo

de 2012, por el Poder Ejecutivo Federal representado por la […] SAGARPA, a través del

Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) y el Gobierno del Distrito

Federal representado por la […] SEDEREC, al amparo del Convenio Marco de Coordinación

de Desarrollo Rural Sustentable.”

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría

de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades en el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

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238 VOLUMEN 5/17

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los criterios generales de selección “Importancia

Relativa” y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF).

La CMHALDF practicó dos auditorías financieras a la SEDEREC por los ejercicios 2008

y 2009 al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, actualmente

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43, del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VII, VIII, IX, XIII y XIX, 27 y 28

de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; y 1, 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Para la revisión, se seleccionaron las partidas 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

y 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”, las cuales integraron el presupuesto

ejercido por la SEDEREC en 2012, que importó 180,647.6 miles de pesos, consignados

mediante 1,915 registros presupuestales y soportados con 1,820 Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC) y 33 documentos múltiples.

Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de

Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó a esta entidad de fiscalización.

De las partidas y los programas seleccionados, se revisó una muestra de 13 CLC por un

importe de 49,190.1 miles de pesos y seis documentos múltiples por 103.1 miles de pesos.

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239 VOLUMEN 5/17

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección de Administración, adscrita

a la SEDEREC, por ser la unidad administrativa que se encarga de administrar los recursos

materiales y financieros de la dependencia, de registrar las operaciones financieras de ésta;

de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme a las políticas,

lineamientos, criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal (OM) y la SEFIN, y de controlar, solicitar y comprobar la aplicación de los recursos.

Se analizó la estructura orgánica de la SEDEREC para identificar las áreas que la integraron

en 2012, así como para verificar su autorización, dictamen y registro por parte de la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF).

Se revisó el manual administrativo de la dependencia vigente en el ejercicio de 2012, para

verificar que su apartado de organización guardara concordancia con la estructura orgánica

dictaminada; y que hubiese sido registrado por la CGMA, junto con los procedimientos

aplicables al rubro objeto de la auditoría. Para ello, se identificaron las áreas, funciones y

procedimientos relativos al ejercicio del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”.

Para el registro de las operaciones efectuadas con cargo a los recursos de dicho capítulo,

la SEDEREC aplicó 42 procedimientos debidamente autorizados, publicados y difundidos

entre el personal de la dependencia.

Se aplicaron cuestionarios de control interno a la Dirección de Administración, ya que fue

la unidad administrativa encargada de la planeación, organización, trámite, ejercicio, control

y registro del presupuesto erogado en 2012 con cargo a los recursos del capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, así como de la salvaguarda de

la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente.

Se verificó que los recursos erogados con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” correspondieran a los asignados en el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2012 y que se hubiesen registrado

oportunamente, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal,

con los artículos 44 y 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

y la demás normatividad aplicable, todos vigentes en 2012.

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240 VOLUMEN 5/17

Se revisó que los formatos de las 13 CLC analizadas reunieran los requisitos establecidos

en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2012.

Se analizaron 42 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el presupuesto

autorizado a los recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se verificaron las causas de dichas adecuaciones y se constató que se contara

con la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.

Además, se realizaron pruebas de controles y de cumplimiento para comprobar que la

dependencia haya observado las normas y ordenamientos vigentes en el período auditado

como se menciona a continuación:

1. Se aplicaron cuestionarios de control interno a fin de verificar que los procedimientos

relacionados con las operaciones registradas con cargo al capítulo sujeto a revisión,

se hayan difundido entre el personal encargado de su aplicación, que éstos se encuentren

actualizados y autorizados, que las actividades se hayan realizado de conformidad con

dichos procedimientos; y que aquellos relacionados con el ejercicio del gasto que integraron

la muestra seleccionada, contaran con las autorización del titular de la SEDEREC.

2. Se revisó que la dependencia contara con las autorizaciones a su presupuesto, así como

las relativas a las modificaciones correspondientes, y que ambas coincidieran con el

presupuesto ejercido que se reportó en el Informe de la Cuenta Pública de la Dependencia

de 2012; que los beneficiarios de las ayudas cumplieran con los requisitos y la

documentación, así como los trámites previamente establecidos; que las ayudas

seleccionadas como muestra se hayan otorgado de conformidad con la normatividad

aplicable y que las operaciones realizadas contaran con la documentación justificativa

y comprobatoria que demuestre la autorización y entrega de los recursos. Asimismo,

se constató que los recursos otorgados se hubieran registrado conforme a la naturaleza del

gasto, de acuerdo con la partida presupuestal establecida en el Clasificador por Objeto

del Gasto del Gobierno del Distrito Federal vigente.

Las pruebas sustantivas de detalle aplicadas consistieron en verificar que las afectaciones

presupuestales hayan sido requisitadas y tramitadas oportunamente y que contaran con la

autorización y documentación soporte correspondientes.

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241 VOLUMEN 5/17

Los procedimientos analíticos sustantivos consistieron en verificar que el presupuesto aprobado

a la dependencia coincidiera con el establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 y que el ejercido correspondiera con las

operaciones realizadas y con el presupuesto reportado en el Informe de la Cuenta Pública

de la dependencia de 2012.

Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la SEDEREC con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se realizó lo siguiente:

1. Se estratificó el universo (capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”) por un importe de 180,647.5 miles de pesos para todas las partidas.

2. La muestra se definió por selección dirigida o casual, de acuerdo con lo establecido

en el Boletín 6020 “El Muestreo en la Auditoría”, de las Guías de Auditoría emitidas por la

Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contadores

Públicos, A.C. (IMCP), para lo cual se consideraron las partidas que cumplieran las

siguientes condiciones:

a) Que tuvieran mayor participación o que hubiesen registrado variaciones significativas

en el ejercicio del presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”;

b) Que los recursos se hubiesen aplicado a programas sociales señalados en la justificación

del proyecto de auditoría;

c) Con base en el criterio “Importancia Relativa” se identificaron y seleccionaron las partidas

que presentaran las variaciones más significativas en el ejercicio de los recursos

con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”;

y, de acuerdo con el de “Exposición al Riesgo”, se seleccionaron las partidas

propensas a irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.

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242 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos y por cientos)

Partidas Presupuesto

ejercido Porcentaje respecto

al ejercido

4411 “Premios” 372.0 0.2

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 102,422.5 56.7

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 77,853.1 43.1

Total 180,647.6 100.0

De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría se determinó en razón del siguiente

criterio para cada una de las partidas seleccionadas:

1. Para las partidas señaladas en la justificación del proyecto de auditoría, se determinó

el monto ejercido que representó el peso específico más alto en relación con el presupuesto

ejercido en cada partida.

2. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 11 CLC por un monto

de 48,450.4 miles de pesos, provenientes de las partidas con importes más significativos,

que representan el 26.8% del gasto total ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (180,647.6 miles de pesos), como se muestra

en el siguiente cuadro.

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Importe Por ciento

Importe Número de CLC

Porcentaje sobre la partida

Porcentaje sobre el capítulo

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 102,422.5 56.7 15,591.2 9 15.2 8.6

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 77,853.1 43.1 32,859.2 2 42.2 18.2

Importe partidas seleccionadas (2) 180,275.6 99.8 48,450.4 11 26.8 26.8

Otras partidas (1) 372.0 0.2

Total 180,647.6 100.0

La muestra original fue de 11 CLC, por un monto de 48,450.4 miles de pesos, que representó

el 26.8% del gasto total ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”. Posteriormente, se adicionaron a la muestra dos CLC que suman un monto

de 739.7 miles de pesos, por estar relacionadas con los programas sociales revisados, por lo

que la cantidad final de la muestra fue de 49,190.1 miles de pesos, el 27.2 % del presupuesto

ejercido en ese capítulo.

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243 VOLUMEN 5/17

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Se analizó el control interno establecido por la SEDEREC en 2012 para el trámite, control, pago

y registro del gasto ejercido con cargo a los recursos del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, para lo cual se realizó el estudio general de las áreas

involucradas.

Asimismo, se verificó que la estructura orgánica de la dependencia contara con el dictamen

de autorización de la OM, que los apartados de organización y de procedimientos del manual

administrativo hayan sido registrados ante la CGMA, y que fuesen acordes tanto con el dictamen

de la estructura orgánica autorizada como con las funciones asignadas que desempeñan

las unidades administrativas involucradas en el ejercicio de las partidas de gasto revisadas.

También se examinaron los cuestionarios de control interno aplicados a la unidad administrativa

que intervino en el ejercicio, control y registro de los recursos erogados con cargo a las partidas

revisadas, a fin de identificar posibles riesgos en el cumplimiento de los objetivos de control

y en la aplicación de los procedimientos establecidos.

Con la revisión del control interno establecido por la SEDEREC para regir el ejercicio de los

recursos de las partidas sujetas a revisión, se constató lo siguiente:

1. La SEDEREC contó en 2012 con una estructura orgánica autorizada y dictaminada

por la OM. Derivado de lo anterior; su manual administrativo fue autorizado, registrado,

publicado y difundido, de acuerdo con la normatividad aplicable.

2. Durante el ejercicio de 2012, la Dirección de Administración fue la encargada de administrar,

ejercer, controlar, tramitar y registrar los recursos presupuestales ejercidos con cargo a los

recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

así como de archivar y salvaguardar la documentación justificativa y comprobatoria

correspondiente.

Para verificar si la instancia administrativa referida contó con elementos de control para

administrar los riesgos, se obtuvieron descripciones de los principales procedimientos

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244 VOLUMEN 5/17

observados a cargo de la dirección en mención, adscrita al sujeto fiscalizado. Se identificaron

42 procedimientos para regular el trámite, control, pago y registro de los recursos ejercidos

con cargo a las partidas revisadas.

Los trabajos efectuados por la CMHALDF comprendieron la aplicación de cuestionarios

de control interno y entrevistas al personal de la dependencia respecto a las operaciones

por auditar, la verificación documental de las operaciones realizadas por la Dirección de

Administración, la recopilación de información y el estudio e identificación de los riesgos

de las operaciones, de acuerdo con los objetivos específicos de control.

Se evaluó el control interno establecido por la SEDEREC para comprobar que el proceso

de solicitud, autorización, contratación y recepción de los servicios, así como el pago, registro

y control de los recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se hayan sujetado a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para

el Ejercicio Fiscal 2012, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012, en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, en el Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal y demás normatividad vigente en 2012.

Del estudio y evaluación del sistema de control interno establecido por la SEDEREC, se

concluye que en 2012 los mecanismos y actividades de control resultaron suficientes para

una adecuada administración de los riesgos. No obstante, se observó que carece de

mecanismos para publicar su PAAAPS, así como los padrones de beneficiarios de las ayudas

que otorga en los términos que establece la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) y la Ley de Desarrollo Social, respectivamente.

Las deficiencias del sistema de control interno detectadas durante la revisión se señalan

en el apartado de resultados de este informe.

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245 VOLUMEN 5/17

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

Con el oficio núm. CG/330/2010 del 30 de julio de 2010, la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF) comunicó a la titular de la SEDEREC, la autorización de la estructura

orgánica correspondiente al dictamen núm. 8/2010 que incluye el organigrama de la Secretaría,

vigente a partir del 31 de marzo de 2010 y durante el ejercicio de 2012.

Asimismo, mediante el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009, se informó al Oficial

Mayor, que se dictaminó favorablemente la estructura orgánica y organigramas de la Dirección

de Administración de la SEDEREC, vigente a partir del 1o. de junio de 2009 y durante

todo el ejercicio de 2012.

La SEDEREC está integrada por la Oficina de la Secretaría, la Dirección General de Desarrollo

Rural, la de Equidad para los Pueblos y Comunidades Étnicas, y un área administrativa

denominada Dirección de Administración.

Manual Administrativo

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/3852/2010 del 21 de diciembre de 2010, la CGMA informó

al titular de la SEDEREC que se determinó integrar al acervo documental de esa Coordinación,

el Manual Administrativo de la Dirección de Administración con el número de registro

MA-12023-9/09.

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/0500/2011 del 2 de febrero de 2011, la CGMA informó

al titular de la SEDEREC que se determinó actualizar, registrar e integrar al acervo documental

el Manual Administrativo de la Dirección de Administración en la SEDEREC, conservando

su número de registro MA-12023-9/09; el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 19 de agosto de 2011.

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246 VOLUMEN 5/17

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/0630/2011 del 9 de febrero de 2011, la CGMA informó

al titular de la SEDEREC que se determinó registrar e integrar al acervo documental de

esa Secretaría su manual administrativo con el número de registro MA-35001-8/10, el cual

fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1o. de junio de 2011.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/0235/2011 del 22 de marzo de 2011, el Director de

Administración de la SEDEREC remitió a los Directores Generales, Asesor, Secretaria

Particular, Directores de Área, Subdirectores y Jefe de Unidad Departamental de la Oficina

de Información Pública, el Manual Administrativo de la SEDEREC con el número de registro

MA-35001-8/10, correspondiente al dictamen 8/2010, con el fin de que se difunda entre

el personal adscrito a las áreas bajo su cargo.

Con el oficio núm. SEDEREC/DA/0236/2011 del 22 de marzo de 2011, el Director de

Administración de la SEDEREC remitió a los Subdirectores de Recursos Humanos,

Financieros y Materiales y Servicios Generales el Manual Administrativo de la Dirección de

Administración de la SEDEREC con el número de registro MA-12023-9/09, correspondiente al

dictamen 9/2009, con el fin de que se difundiera entre el personal adscrito a las áreas a su cargo.

La dependencia publicó el 1o. de junio de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

su manual administrativo, en sus apartados de organización y de procedimientos, por lo que

atendió lo dispuesto en la Circular para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;

el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación, Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada el 25 de enero de 2011,

vigente en 2012.

La SEDEREC cuenta con 55 procedimientos autorizados y registrados ante la CGMA

bajo el número de registro MA-35001-8/10, y la Dirección de Administración cuenta con

87 procedimientos registrados con el núm. MA-12023-9/09 y publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 1o. de junio y 19 de agosto de 2011. De ellos, 42 se relacionan con

el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas“.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, los resultados de la evaluación del control interno mostraron

las siguientes fortalezas y debilidades:

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247 VOLUMEN 5/17

Fortalezas:

1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, la SEDEREC dispone de su estructura orgánica

actualizada y registrada ante la CGMA.

2. La SEDEREC cuenta con áreas específicas responsables de la gestión de los recursos

ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”.

3. La SEDEREC dispone de los procedimientos necesarios para conservar sistemática

y ordenadamente la documentación soporte de sus CLC.

Debilidades:

No se detectaron debilidades relevantes respecto al registro, control de las operaciones de la

dependencia relacionadas con la aplicación de recursos del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Con base en lo expuesto, se considera que el sistema de control interno implementado para

la gestión de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” es satisfactorio, ya que la SEDEREC cuenta con estrategias

y mecanismos de control para las actividades desarrolladas en torno al otorgamiento de ayudas,

que aseguran de manera razonable el cumplimiento de los objetivos, la transparencia de

las operaciones y la observancia de la normatividad.

2. Resultado

El numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno), vigente en 2012, publicada el 20 de mayo de 2011, establece

lo siguiente:

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248 VOLUMEN 5/17

“Las Dependencias […] deberán elaborar sus PAAAPS, con estricto apego al presupuesto

autorizado para el ejercicio correspondiente y a los lineamientos y formatos que establezca

la DGRMSG para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido en el artículo 16

de la LADF.

”De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la SF,

se deberá enviar mediante oficio, copia a la DGRMSG a más tardar en la primera quincena

del mes de enero del ejercicio presupuestal reportado.

”Para los casos en que exista alguna duda respecto a la partida presupuestal que tiene

asignada el bien o servicio en el CABMS, en la elaboración del PAAAPS, se aplicará

invariablemente la partida que defina la SF, previa consulta hecha por las DGA y que

comunicará por escrito a la DGRMSG.

”Las DGA serán las instancias facultadas para autorizar de acuerdo a las necesidades

operativas las modificaciones al PAAAPS, las cuales deberán ser orientadas para coadyuvar

en el cumplimiento de las metas y actividades institucionales.

”Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados,

deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro

de los primeros diez días naturales posteriores del mes inmediato al período que se reporta.”

Por su parte, el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012,

a la letra indica lo siguiente:

“Las Dependencias, […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios.”

Al respecto, se observó lo siguiente:

1. La SEDEREC envió a la SEFIN, para validación, su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de 2012, el 25 de enero del

mismo año.

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249 VOLUMEN 5/17

2. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/1081/2012 del 30 de enero de 2012, la SEFIN comunicó

a la SEDEREC la validación presupuestal de su PAAAPS 2012.

3. Con el oficio núm. SEDEREC/DA/123/2012 del 3 de febrero de 2012, la SEDEREC

envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales copia de

la validación presupuestal por parte de la SEFIN.

4. El PAAAPS 2012 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de febrero

de 2012.

Por lo antes mencionado, se determinó que la SEDEREC no remitió en tiempo y forma

a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales el PAAAPS 2012

ni realizó la publicación de éste en la Gaceta Oficial de Distrito Federal, conforme al

numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) y al artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

ambos vigentes en 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, mediante el oficio

núm. SEDEREC/DA/0159/2014 del 28 de enero de 2014, no proporcionó información

o documentación que desvirtuara la observación relacionada con las deficiencias de control

descritas en el presente numeral, por lo que ésta prevalece.

Por otra parte, los numerales 4.14.1 y 4.14.3 de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente en 2012, publicada el 20 de mayo de 2011,

establecen lo siguiente:

“4.14.1 Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información a la

DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por […], incluyendo

a sus Órganos Desconcentrados adscritos, en forma impresa y a través de medio magnético,

de acuerdo a los siguientes períodos:

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250 VOLUMEN 5/17

”Anualmente en forma impresa y a través de archivo electrónico:

”a) Programa Anual de Adquisiciones.

”Trimestralmente, a través de la captura en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal:

”a) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada, e

”b) Informe del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios

efectuados durante el trimestre inmediato anterior (ISAAPS).”

”4.14.3 Las DGA de las Dependencias, […] serán responsables de la debida formulación

y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro de los diez días naturales

siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la fecha de la recalendarización…”

Al respecto, se observó lo siguiente:

1. La SEDEREC presentó los informes de las modificaciones trimestrales del PAAAPS

como se describe a continuación:

Período por informar

Número de oficio

Fecha de envío

Fecha en que se debió presentar

Días de desfase

1er. trimestre SEDEREC/DA/SRMSG/133/12 10/04/2012 10/04/2012 0

2do. trimestre SEDEREC/DA/553/12 4/07/2012 10/07/2012 0

3er. trimestre SEDEREC/DA/861/12 5/10/2012 15/10/2012 0

4to. trimestre SEDEREC/DA/040/2013 15/01/2013 15/01/2013 0

2. Respecto a los Informes del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios (ISAAPS) de los dos primeros trimestres de 2012, la SEDEREC no proporcionó

evidencia de su presentación ante la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales.

Por no proporcionar evidencia de haber presentado ante las instancias competentes

el ISAAPS correspondiente a los dos primeros trimestres de 2012, la SEDEREC incumplió

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251 VOLUMEN 5/17

el numeral 4.14.3 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

Cabe mencionar que la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) tuvo una modificación que entró en vigor al día siguiente de su

publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, la cual elimina la

obligación de presentar el ISAAPS. En razón de lo anterior, la SEDEREC no está obligada

a presentar dichos informes.

El artículo 101, último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012, establece: “Las Dependencias, […] deberán informar a la Contraloría,

en el ámbito de sus respectivas competencias, el monto global y los beneficios de las ayudas,

apoyos y donativos otorgados”.

Al respecto, se constató que, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/SRF/223/2013 del 31 de

mayo de 2013, la Secretaría envió a la Contraloría Interna en esa dependencia el reporte de los

recursos ejercidos y los beneficiarios de las ayudas otorgadas, por el período comprendido

del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012, por tanto, cumplió la normatividad aludida.

Recomendación ASC-144-12-01-SEDEREC

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

establezca mecanismos de control que le permitan asegurarse de que su Programa

Anual de Arrendamientos, Adquisiciones y Prestación de Servicios, sea presentado ante

las instancias competentes y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en los

términos que establece la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno).

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252 VOLUMEN 5/17

Revisión de la Adopción e Implantación de Normas

emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable

3. Resultado

Se comprobó que la SEFIN aplicó las normas emitidas y publicadas en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal en 2012, mismas que emitió y publicó el Consejo Nacional de Armonización

Contable (CONAC) en el Diario Oficial de la Federación. Las normas que se aplicaron en

el 2012, son las siguientes:

1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2009.

2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2009.

3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos,

publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de septiembre de 2009.

4. Clasificador por Rubros de Ingresos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 25 de enero de 2010.

5. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los

Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas, publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2010.

6. Plan de Cuentas, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2010.

7. Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros

Relacionados con los Recursos Públicos Federales, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 25 de enero de 2010.

8. Clasificador por Objeto del Gasto, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 25 de enero de 2010.

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253 VOLUMEN 5/17

9. Clasificador por Tipo de Gastos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 1o. de julio de 2010.

10. Adecuaciones al Clasificador por Objeto de Gastos, publicadas en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 7 de noviembre de 2011.

11. Manual de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación

el 22 de noviembre de 2010.

12. Marco Metodológico sobre la Forma y Términos en que deberá orientarse el Desarrollo

del Análisis de los Compontes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y

Prioridades que, en la Materia establezca la Planeación del Desarrollo, para su Integración

a la Cuenta Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre

de 2010.

13. Clasificación Funcional del Gasto, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 1o. de julio de 2010.

14. Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros

Diario Mayor e Inventarios y Balances, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 22 de julio de 2011.

15. Clasificación Administrativa, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de julio

de 2011.

16. Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Fincamiento de los Entes

Públicos, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de julio de 2011.

17. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación

Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2011.

18. Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para

los Municipios con menos de 25,000 Habitantes, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre de 2011.

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254 VOLUMEN 5/17

19. Lineamientos dirigidos para asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental

facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de

los Entes Públicos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre

de 2011.

20. Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, publicadas en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2011.

21. Lineamientos para el Registro Auxiliar Sujeto a Inventario de Bienes Arqueológicos,

Artísticos e Históricos Bajo Custodia de los Entes Públicos, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 11 de octubre de 2011.

22. Parámetros para la Estimación de la Vida Útil, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 11 de octubre de 2011.

23. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la

Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de octubre de 2011.

Por lo anterior, se ha dado cumplimiento a los artículos 1 y 2, de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental.

Gasto Aprobado

4. Resultado

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre

de 2011, la SEDEREC tuvo un monto autorizado por 194,776.3 miles de pesos.

Mediante el oficio SFDF/SE/0031/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN comunicó a la SEDEREC el techo presupuestal, el cual se integra de la siguiente

manera:

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255 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Concepto Monto

Gasto total 194,776.3

Gasto corriente 194,776.3

Servicios personales 39,239.0

Materiales y suministros 3,846.5

Servicios generales 17,117.5

Ayudas 134,573.3

Gasto de capital 0.0

El presupuesto original de la dependencia que se reporta en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2012 coincide con el techo presupuestal, el Programa Operativo

Anual (POA) comunicado por la Subsecretaria de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/1010/2012 del 30 de enero de 2012, y el calendario presupuestal autorizado

por la SEFIN en 2012.

De acuerdo con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011,

en su artículo quinto transitorio se destinaron 349,401.4 miles de pesos como recursos

etiquetados para proyectos específicos, de ese monto, a la SEDEREC le correspondieron

6,520.8 miles de pesos para los proyectos “Agricultura Sustentable a Pequeña Escala y

Proyectos Especiales y Vinculación Comercial”, y “Celebración en marzo de 2012, de la Fiesta

del ‘Espíritu Oaxaqueño’ Guelaguetza y de los Pueblos Originarios de la Delegación

Iztapalapa”.

Por lo anterior, se observó que el presupuesto registrado y aprobado fue aplicado por

la Secretaría conforme a la normatividad y ordenamientos aplicables.

Gasto Modificado

5. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas como

muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron

las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones y movimientos que originaron

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256 VOLUMEN 5/17

dichas modificaciones al presupuesto original. También se constató que dichas afectaciones se

encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación correspondiente.

En 2012, la SEDEREC reportó para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” un presupuesto modificado, ejercido y pagado de 180,647.6 miles de pesos,

que es 34.2% mayor (46,074.3 miles de pesos) al original que fue de 134,573.3 miles de pesos.

El presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas” se integró como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Presupuesto ejercido

Porcentaje

4411 “Premios” 372.0 0.2

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 102,422.5 56.7

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 77,853.1 43.1

Total 180,647.6 100.0

Mediante el oficio núm. ASC/13/1609 del 23 de agosto de 2013, la CMHALDF, solicitó

a la SEDEREC la relación de las afectaciones programático-presupuestarias de 2012 que

repercutieron en el capítulo sujeto a revisión, a fin de verificar que las afectaciones

presupuestarias que modificaron los montos originales del presupuesto autorizado a la

SEDEREC, con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, se hayan registrado de acuerdo con la normatividad aplicable y con los importes

aprobados, así como de identificar las causas de los cambios, del orden de 46,074.3 miles

de pesos en el presupuesto original.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/1025/2013 del 9 de septiembre de 2013,

el Director de Administración de la SEDEREC proporcionó 42 afectaciones presupuestarias,

de su análisis se determinó lo siguiente:

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, para el capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, la SEDEREC reportó una

asignación original de 134,573.3 miles de pesos, la cual fue objeto de 42 afectaciones

programático-presupuestarias compuestas por un total de 131 secuencias que afectaron

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257 VOLUMEN 5/17

al capítulo sujeto a revisión, y las cuales se componen de 55 reducciones compensadas por

un importe de 46,905.7 miles de pesos; 34 ampliaciones compensadas por un importe de

20,933.9 miles de pesos; 13 adiciones compensadas por un importe de 25,449.2 miles

de pesos; 7 adiciones líquidas por un importe de 49,257.2 miles de pesos; 3 ampliaciones

líquidas por un importe de 1,806.3 miles de pesos; y 19 reducciones líquidas por un importe

de 4,466.6 miles de pesos.

En consecuencia, el presupuesto original se incrementó en 46,074.3 miles de pesos para

quedar en un presupuesto modificado, ejercido y pagado de 180,647.6 miles de pesos, como

se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 134,573.3

+ 7 adiciones líquidas 49,257.2

3 ampliaciones líquidas 1,806.3 51,063.5

34 ampliaciones compensadas 20,933.9

13 adiciones compensadas 25,449.2 46,383.1

– 55 reducción compensada 46,905.7

19 reducción líquida 4,466.6 51,372.3 46,074.3

Presupuesto modificado 180,647.6

Presupuesto ejercido 180,647.6

Saldo 0.0

Se comprobó que las modificaciones al presupuesto original de la dependencia se llevaron

a cabo mediante 42 afectaciones programático-presupuestarias, mismas que fueron solicitadas

por la Subdirección de Recursos Financieros de la SEDEREC y autorizadas por la Dirección

General de Egresos “A” y por la Subdirección de Análisis Sectorial “E” de la Subsecretaría de

Egresos, de la SEFIN. Con lo anterior, se cumplió lo dispuesto en los artículos 71, fracción VI,

y 68, fracción V, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;

en los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias Compensadas”,

numeral 15, y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”, numeral 18

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2006, ambos vigentes en 2012.

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258 VOLUMEN 5/17

Derivado del análisis a las partidas sujetas a revisión, se conoció lo siguiente:

La partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” contó con un presupuesto de

102,422.5 miles de pesos, y la 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

con 77,853.1 miles de pesos para el ejercicio 2012, lo que representó entre las dos partidas

el 99.8 % del total ejercido (180,647.6 miles de pesos) en el capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Con objeto de comprobar, si el gasto que refleja la aprobación por autoridad competente

de un acto administrativo u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con

terceros para la adquisición de bienes y servicios o la ejecución de obras, en este caso, de la

entrega de ayudas, de acuerdo con el criterio de fiscalización de los recursos destinados

al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se revisaron

las reglas de operación de los programas “Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a

Migrantes en la Cuidad de México”, “Agricultura Sustentable a Pequeña Escala de la Ciudad

de México” y “Desarrollo Agropecuario y Rural en la Cuidad de México”, publicadas en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2012, todos con cargo a la partida

presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”; y al Convenio de Coordinación para

el Desarrollo Rural Sustentable celebrado el 21 de marzo de 2012, entre el Poder Ejecutivo

Federal, por conducto de la SAGARPA, y el Gobierno del Distrito Federal, representado

por la SEDEREC, cuyos recursos fueron aplicados con cargo a la partida presupuestal

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”. De los recursos otorgados por

la SEDEREC durante el ejercicio de 2012 que fueron seleccionados como muestra sujeta

a revisión, se conoció lo siguiente:

Partida Presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

La SEDEREC ejerció recursos por un importe de 102,422.5 miles de pesos con cargo a la

partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, que significaron el 56.7% del total erogado

(180,647.6 miles de pesos) para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” y el 42.0% del total erogado por la Secretaría (243.834.0 miles de pesos).

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259 VOLUMEN 5/17

Derivado de la revisión de los expedientes de los beneficiarios de los programas operados

por la SEDEREC durante 2012, se constató que las ayudas fueron otorgadas de conformidad

con lo establecido en las Reglas de Operación relativas a los programas sociales “Ciudad

Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes en la Cuidad de México”, “Agricultura

Sustentable a Pequeña Escala de la Ciudad de México” y “Desarrollo Agropecuario y Rural

en la Cuidad de México”. Al respecto, se informa lo siguiente:

1. Con relación al programa “Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes

en la Cuidad de México”, se observó que:

a) El objetivo general es fomentar la ciudad hospitalaria e intercultural y ayudar a las

personas del Distrito Federal que han migrado y a sus familiares que permanecen,

así como a migrantes nacionales o internacionales con énfasis en la atención a

mujeres y otros grupos sociales expuestos, en condiciones económicas desventajosas,

a asociaciones sin fines de lucro, así como para la formación, difusión, monitoreo

y seguimiento de las actividades relacionadas con el Programa para propiciar

la participación social.

b) La programación presupuestal establece que el programa ejercerá un monto inicial

de 15,583.4 miles de pesos del capítulo 4000, mismo que podría verse afectado

por ampliaciones o disminuciones que la autoridad competente llegue a definir.

c) Los requisitos y procedimientos de acceso para los beneficiarios de las ayudas

se apegan a lo establecido para tal efecto en la normatividad aplicable.

2. Con respecto al programa “Agricultura Sustentable a pequeña Escala de la Ciudad

de México” se observó lo siguiente:

a) El objetivo general del programa es fomentar la agricultura sustentable a pequeña

escala con el fin de generar productos de autoconsumo y venta de excedentes,

orientado a las personas y grupos de trabajo, comunitarios, barrios y pueblos

originarios, preferentemente mujeres jefas de familia, jóvenes, adultos y adultas

mayores, personas con discapacidad, grupos de vecinos, colonos, familias de escasos

recursos, comunidades educativas, comunidades penitenciarias, indígenas, migrantes

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260 VOLUMEN 5/17

y sus familias en el Distrito Federal, incluyendo acciones de formación, difusión,

monitoreo y seguimiento de las actividades del programa para propiciar la participación

social.

b) La programación presupuestal, consiste en ejercer un monto inicial de 25,887.7 miles

de pesos del capítulo 4000, mismo que podría verse afectado por ampliaciones

o disminuciones que la autoridad competente llegue a definir.

c) Los requisitos y procedimientos de acceso para los beneficiarios de las ayudas

se apegan a lo establecido para tal efecto en la normatividad aplicable.

3. En relación con el programa “Desarrollo Agropecuario y Rural en la Ciudad de México”

se observó lo siguiente:

a) El objetivo general consiste en promover, difundir y fomentar las actividades

agropecuarias para productores y productoras rurales de las delegaciones con

suelo de conservación.

b) La programación presupuestal, se señala un monto inicial de 22,888.8 miles de pesos

del capítulo 4000, mismo que podría verse afectado por ampliaciones o disminuciones

que la autoridad competente llegue a definir.

c) Los requisitos y procedimientos de acceso para los beneficiarios de las ayudas

se apegan a lo establecido para tal efecto en la normatividad aplicable.

Partida Presupuestal 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

La SEDEREC ejerció recursos por un importe de 77,853.1 miles de pesos con cargo a la partida

4451 "Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro", que significaron el 43.1% del total

del presupuesto erogado (180,647.6 miles de pesos) con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y el 31.9% del total erogado por la Secretaría

(243.834.0 miles de pesos).

Derivado de la revisión a la documentación justificativa y comprobatoria soporte de las CLC

mediante las cuales se autorizó el ejercicio de los recursos, se constató dichos recursos

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261 VOLUMEN 5/17

fueron erogados de conformidad con lo establecido en el Convenio de Coordinación para

el Desarrollo Rural Sustentable celebrado el 21 de marzo de 2012, publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2012, entre el Poder Ejecutivo Federal, por

conducto de la SAGARPA, y el Gobierno del Distrito Federal, representado por la SEDEREC.

Dicho convenio incluye entre otras cláusulas, las siguientes:

“Primera. El presente convenio tiene por objeto, establecer las bases de coordinación

y cooperación entre las ‘PARTES’, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones

conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que

en materia de desarrollo agropecuario y acuícola se presenten en lo particular, para impulsar

la infraestructura y el desarrollo integral del sector rural en el Distrito Federal.

”Segunda. Las ‘PARTES’ con el fin de implementar el objeto del presente convenio,

se comprometen a trabajar de manera coordinada y en su caso, a conjuntar apoyos

y/o inversiones en las actividades siguientes:

”I. Propiciar la planeación del desarrollo rural sustentable, con la participación de las

Delegaciones Políticas del Distrito Federal, los sectores social y privado, a través de sus

organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas. Sistemas, Producto y demás

formas de participación que emanen de los diversos agentes de la sociedad rural;

”II. Fomentar la participación de los sectores público, privado y social, en la definición de los

programas, estrategias y acciones en materia de Desarrollo Rural, Sustentable, Agropecuario,

Acuícola y Pesquero.

”IV. Concurrir de acuerdo a la disponibilidad presupuestal con apoyos adicionales, que en cada

caso requieran los productores, para el debido cumplimiento de los proyectos o programas

de fomento, especiales o de contingencia; con objeto de: corregir faltantes de los productos

básicos destinados a satisfacer necesidades nacionales, estatales y delegacionales; atender

desastres naturales, así como en materias de sanidad vegetal, animal y acuícola; de inocuidad

agroalimentaria; de productividad, rentabilidad y competitividad sobre las actividades económicas

que realicen;

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262 VOLUMEN 5/17

”V. Promover y apoyar los programas de la ‘SAGARPA’, con la participación, en su caso,

de las Delegaciones Políticas del Distrito Federal, organismos auxiliares o particulares

interesados: así como coordinar acciones para: la vigilancia del cumplimiento a las medidas

adoptadas en materia de sanidades animal, vegetal, acuícola, movilización nacional e

internacional de mercancías reguladas por la ‘SAGARPA’, buenas prácticas y minimización

de riesgos en la producción primaria de origen vegetal, pecuario, acuícola y pesquero; así como

el monitoreo de riesgos en actividades relacionadas con organismos genéticamente modificados;

”Cuarta. Para el ejercicio fiscal 2012, la ‘SAGARPA’ y el ‘GDF’ acuerdan que con el fin de

establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el ‘DPEF’, las

‘REGLAS DE OPERACIÓN’ y demás disposiciones legales aplicables, realizarán una aportación

conjunta hasta por un monto de $48,666,667.00 (Cuarenta y ocho millones, seiscientos sesenta

y seis mil, seiscientos sesenta y siete pesos 00/100 M.N.) integrados en la siguiente forma:

”Hasta un monto de $36,500,000.00 (Treinta y seis millones, quinientos mil pesos 00/100 M.N.),

a cargo de la ‘SAGARPA’ correspondiente al 75% (sesenta y cinco por ciento) de aportación

federal y sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el ‘DPEF 2012’, y hasta por un

monto de $12,166,667.00 (Doce millones, ciento sesenta y seis mil, seiscientos sesenta

miles de pesos 00/100 M.N.) a cargo del ‘GDF’ con base en la suficiencia presupuestal

prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, correspondientes

al 25% (veinticinco por ciento) de aportación estatal.

”Asimismo, las aportaciones referidas en esta cláusula estarán sujetas a las disposiciones

previstas en el ‘DPEF 2012’ y en las ‘REGLAS DE OPERACIÓN’, y serán distribuidas

conforme a lo señalado en el Anexo Técnico y el Calendario de Ejecución que forma parte

integral del presente convenio.

”Quinta […] al cierre del ejercicio fiscal la ‘SEDEREC’ informará a la ‘SAGARPA’ el resultado

de la ejecución de los recursos asignados en este convenio, derivado de la demanda de cada

uno de los programas.

”Séptima. Los recursos que aporte la ‘SAGARPA’ conforme al presente convenio serán

considerados como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales

y fiscales correspondientes; en consecuencia, no perderán el carácter federal al ser materia

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263 VOLUMEN 5/17

del presente instrumento, ya que al ser transferidos para su aplicación al ‘GDF’, ‘FOFADF’

o beneficiarios, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan

su aplicación, control, ejercicio y comprobación.

”Octava. Para la supervisión y seguimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios,

el ‘GDF’ se compromete a recabar y presentar ante la Delegación de la ‘SAGARPA, la

documentación comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados a los beneficiarios,

misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales aplicables, así como la documentación

e información de los avances físicos financieros de los apoyos otorgados, conforme a las

disposiciones previstas en las ‘REGLAS DE OPERACIÓN’.

”De conformidad con lo establecido en el inciso b), del artículo 76 de las ‘REGLAS DE

OPERACIÓN’, del total de los recursos convenidos, se destinará hasta un 4% para cubrir

los gastos de operación, en los términos establecidos en dicho inciso del citado artículo.

”Decima cuarta. Los representantes de las ‘PARTES’, serán los encargados de dar y supervisar

el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable, las ‘REGLAS DE OPERACIÓN’

vigentes, el presente convenio, el anexo técnico, el calendario de ejecución, y los anexos

y acuerdos específicos que se suscriban; asimismo, les corresponderá realizar la evaluación

periódica de los alcances y resultados de acciones conjuntas de este instrumento jurídico

y, en su caso, acordar y promover las medidas que se requieren al efecto.

”… serán los responsables de suscribir anexos, acuerdos específicos y modificaciones a los

mismos, con sujeción al cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.”

En cuanto a la participación de los recursos para los programas de la SAGARPA, la SEDEREC

otorgó apoyos conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del “Programa Apoyo

a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura”, el cual establece lo siguiente:

“Serán elegibles para obtener los apoyos de los programas y sus componentes, los solicitantes

que cumplan con lo siguiente:

”Presenten la solicitud de apoyo correspondiente, acompañada de los requisitos generales

cuando no cuenten con registro ante el SURI;

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264 VOLUMEN 5/17

”Estén al corriente en sus obligaciones ante la Secretaría, de acuerdo a lo dispuesto en

el capítulo X del presente título;

”No hayan recibido o estén recibiendo apoyo para el mismo concepto del programa, componente

u otros programas de la Administración Pública Federal que impliquen que se dupliquen

apoyos o subsidios, conforme lo establecido en las presentes Reglas de Operación, y

”Cumplan los criterios y requisitos específicos establecidos para el programa y/o componente

correspondiente en las presentes Reglas de Operación, o bien, en los Lineamientos Específicos

de Operación que al efecto se publiquen en el DOF.

”Los requisitos generales que deberán presentarse adjuntos a la solicitud de apoyo

correspondiente son:

”I. Personas físicas.- Ser mayor de edad y presentar, original con fines de cotejo y copia

simple de:

”a) Identificación oficial, en la que el nombre coincida con el registrado en la CURP;

”b) CURP; en caso de que la persona cuente con RFC podrá anexar copia de éste, y

”c) Comprobante de domicilio del solicitante.

”II. Personas morales.- Presentar original con fines de cotejo y copia simple de:

”a) Acta constitutiva y, en su caso, el instrumento notarial donde consten las modificaciones

a ésta y/o a sus estatutos;

”b) RFC;

”c) Comprobante de domicilio fiscal;

”d) Acta notariada de la instancia facultada para nombrar a las autoridades o donde

conste el poder general para pleitos y cobranzas y/o para actos de administración

o de dominio, e

”e) Identificación oficial del representante legal.

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265 VOLUMEN 5/17

”III. En el caso de los componentes PESA, COUSSA, Desarrollo de Zonas Áridas y Desarrollo

de Capacidades y Extensionismo Rural, se podrá considerar adicionalmente a Grupos de

Personas, para los cuales se solicitará original con fines de cotejo y copia simple de:

”a) Acta de asamblea constitutiva y de designación de representantes, con la lista

de asistencia y de firmas, certificada por la autoridad municipal;

”b) Identificación oficial del representante;

”c) Comprobante de domicilio del representante;

”d) CURP del representante, y

”e) Archivo electrónico con los datos de cada integrante del grupo, conforme al formato

del Anexo II, disponible en la página electrónica de la Secretaría.”

Gasto Devengado

7. Resultado

Para verificar que la dependencia tuviera a disposición la evidencia documental del gasto

que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la

recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados, en este

caso, de la entrega de ayudas, de acuerdo con el criterio relativo a la fiscalización de los

recursos destinados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, el documento idóneo para efectos de fiscalización son las reglas de operación de

los programas de la SEDEREC con cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras Ayudas

Sociales a Personas”; y el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable

celebrado el 21 de marzo de 2012, entre el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de

la SAGARPA, y el Gobierno del Distrito Federal, representado por la SEDEREC, con cargo

al presupuesto de la partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”.

De las operaciones que fueron seleccionadas como muestra sujeta a revisión, se tuvo

conocimiento de lo siguiente:

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266 VOLUMEN 5/17

Partida Presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

1. El 31 de enero del 2012 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal dos avisos

respecto de los nueve programas sociales que operó la SEDEREC en ese ejercicio,

las cuales son:

a) “Aviso por el que se dan a conocer los programas sociales de la Secretaría de

Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.”

b) “Aviso por el que se dan a conocer las reglas de operación 2012 de los programas

sociales de la SEDEREC.”

Por lo expuesto, la SEDEREC dio cumplimiento a la obligación señalada en el artículo 34,

fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2012.

No obstante, los padrones de beneficiarios de los programas auditados se publicaron

el 27 de marzo de 2013, por lo que no se atendió lo dispuesto en el artículo 34, fracción II,

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2012, que señala:

“Artículo 34. Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito

Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. […] Para el

cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los artículos 33 y 35 de esta ley,

las Dependencias, […] que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social,

deberán:

”II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año

de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial

y delegación de los beneficiarios de los programas sociales. Dichos padrones deberán

ser entregados en el mismo plazo a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en medio

electrónico e impreso; […]

”El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo será sancionado

en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.”

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267 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 29 de enero de 2014, la SEDEREC no proporcionó

información o documentación que desvirtuara la observación relacionada con la deficiencia

de control respecto de la publicación de los padrones de beneficiarios de los apoyos que

otorga, al tenor de lo descrito en el presente numeral, por lo que éste prevalece.

2. Las CLC núms. 100648, 100655, 100765, 100881, 101062, 101119, 101141, 101632,

101865, 102488 y 102543 por un importe total de 16,330.9 miles de pesos seleccionadas

para su revisión, cuentan con su documentación justificativa y comprobatoria original

que demuestra el gasto devengado consistente en recibos del otorgamiento del apoyo

y pólizas de cheque.

Se revisaron los recibos de entrega de los apoyos y las pólizas de cheque, de los cuales

se comprobó que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 175 y 176 de la

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito vigente en 2012.

3. Los requisitos y mecanismos de acceso a los apoyos otorgados por la SEDEREC en 2012,

se establecieron en las reglas de operación de los programas sociales “Programa de

Agricultura Sustentable a Pequeña Escala” y “Programa Ciudad Hospitalaria, Intercultural

y de Atención a Migrantes de la Ciudad de México”, mismos que fueron cubiertos por los

beneficiaros seleccionados como muestra, lo cual se constató derivado de la revisión

de los expedientes respectivos.

Por lo expuesto, se comprobó que el gasto fue efectivamente devengado por lo que no

se genera observación alguna.

Partida Presupuestal 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

Con la finalidad de verificar que la SEDEREC cumplió lo establecido en la cláusula quinta,

quinto párrafo, y la cláusula décima cuarta, párrafos cuarto y quinto del Convenio de

Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable celebrado el 21 de marzo de 2012,

y de esta manera comprobarse que el gasto fue devengado, se revisó la información

justificativa y comprobatoria de las CLC emitidas con las que se ejercieron los recursos

relacionados con los apoyos. De lo anterior, se informa lo siguiente:

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268 VOLUMEN 5/17

1. La SEDEREC, mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/1644/2013 del 2 de diciembre

de 2013, proporcionó la siguiente información:

a) Cierre finiquito de los programas del ejercicio correspondiente al 2012, mediante

el cual se informa los resultados en la ejecución de los recursos asignados.

b) Oficios núms. SEDEREC/DGDR/706/2012 del 17 de agosto de 2012,

SEDEREC/DGDR/739/2012 del 28 de agosto de 2012 y SEDEREC/129/3092

del 3 de octubre de 2012, con documentación soporte respecto al cumplimiento de

haber ejercido y pagado al menos el 70% de las aportaciones en función de cada

componente y programa así como de los oficios núms. SEDEREC /0003/2012 del

2 de enero de 2012 y 513.0151/2013 del 11 de febrero de 2013, de la reprogramación

de los recursos, en cumplimiento a la cláusula quinta del Convenio de Coordinación

para el Desarrollo Sustentable.

c) Calendario de ejecución de los recursos.

d) Oficios núms. 129/3030 del 24 de septiembre de 2012, 129/3310 del 8 de octubre

de 2012 y 129/3365 del 26 de noviembre de 2012, en donde la SAGARPA informó

y solicitó información respecto al inicio y supervisión de los recursos de los Programas

de dicha Secretaría.

Derivado de la revisión y análisis de la documentación proporcionada, se observó que

la SEDEREC dio cumplimiento a lo establecido en el Convenio de Coordinación para

el Desarrollo Rural Sustentable.

2. Para comprobar que los beneficiarios cumplieran los requisitos establecidos y que se

hubieran observado los procedimientos de acceso señalados en las Reglas de Operación

del “Programa Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura”, se solicitó una

relación de los beneficiarios a los que se les otorgó la ayuda por parte de la SEDEREC.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDEREC/DGDR/1323/2013 del 26 de noviembre

de 2013, la dependencia proporcionó un listado del total de los beneficiarios del “Programa

Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura”; sin embargo, el importe de

las CLC sujetas a revisión, mediante las cuales la SEDEREC otorgó el recurso,

no cubre el monto total del programa, por lo que mediante el oficio núm. ASC/144/12/09

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269 VOLUMEN 5/17

del 2 de diciembre de 2013, se solicitó a la SEDEREC proporcionara la relación de los

beneficiarios a los cuales se les otorgó el apoyo mediante las CLC en revisión.

Mediante el oficio núm. SEDEREC/DA/1698/2013 del 10 de diciembre de 2013, la Secretaría

informó: “… las CLC fueron emitidas a favor de CI Casa de Bolsa, S.A. de C.V., […]

pues al tratarse de recursos concurrentes, estos son aplicados directamente por el

Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Distrito Federal (FOFADF): por lo que

para la SEDEREC al momento de que se contabilizan las CLC a nombre de CI Casa

de Bolsa, S.A. de C.V., ya se tiene como ejercido el recurso”.

Asimismo, mediante la nota informativa sin número del 23 de diciembre de 2013,

la SEDEREC proporcionó la relación de los beneficiarios, cuyas ayudas otorgadas suman

el importe total de las dos CLC en revisión.

Por lo expuesto, se comprobó que el gasto fue devengado, por lo que no se genera observación

alguna.

Recomendación ASC-144-12-02-SEDEREC

En necesario que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades,

establezca mecanismos de control a efecto de publicar en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal los padrones de beneficiarios de los apoyos que otorga en los términos establecidos

en la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal vigente.

Gasto Ejercido

8. Resultado

A efecto de comprobar que la SEDEREC cuente con la evidencia documental de que la emisión

de las CLC se encuentra debidamente aprobada por la autoridad competente, específicamente,

el caso de la entrega de apoyos, de acuerdo con el criterio relativo a la fiscalización de

los recursos destinados al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, el documento idóneo para efectos de fiscalización son las CLC, en donde se puede

observar el monto otorgado, la fuente de financiamiento y la autorización por parte del titular

de la dependencia.

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270 VOLUMEN 5/17

Partida Presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

De las nueve CLC por un importe de 15,694.3 miles de pesos seleccionadas originalmente

para su revisión, se adicionaron a la muestra dos (núms. 100648 y 101062) que suman un

monto de 636.6 miles de pesos, por estar relacionadas con los programas sociales revisados,

por lo que la cantidad final de la muestra fue de 16,330.9 miles de pesos, lo que representó

el 15.9 % del presupuesto ejercido en esa partida, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

CLC Fecha Monto

100648 17/VII/12 105.5

100655 17/VII/12 121.2

100765 20/VII/12 3,862.5

100881 9/VIII/12 58.5

101062 23/VIII/12 531.1

101119 24/VIII/12 4,485.5

101141 24/VIII/12 122.8

101632 21/IX/12 12.5

101865 25/IX/12 2,750.0

102488 29/X/12 1,281.3

102543 13/XI/12 3,000.0

Total 16,330.9

Dicho monto fue afectado por la emisión de seis documentos múltiples, por un importe

de 103.1 miles de pesos, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos)

DM Fecha Monto

200027 12/XI/12 7.0

200030 15/XI/12 25.0

200032 20/XI/12 4.8

200038 3/XII/12 37.5

200046 7/XII/12 16.3

200050 18/XII/12 12.5

Total 103.1

Por lo que finalmente se erogaron recursos con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”, por un monto de 16,227.8 miles de pesos, los cuales están relacionados con los

programas sociales “Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes en la Ciudad

de México”, “Agricultura Sustentable a Pequeña Escala de la Ciudad de México” y “Desarrollo

Agropecuario y Rural en la Cuidad de México”, de los cuales se verificó que su registro en

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271 VOLUMEN 5/17

auxiliares presupuestales correspondiera al presupuesto ejercido por la SEDEREC y reportado

en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012.

Partida Presupuestal 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

De las dos CLC seleccionadas para su revisión, se erogaron recursos que fueron operados

por la SEDEREC durante el ejercicio 2012 con cargo a la partida 4451 “Ayudas Sociales

a Instituciones sin Fines de Lucro”. De la revisión de dichas CLC y a efecto de confirmar que

estuvieran relacionadas con el otorgamiento de recursos del “Programa Apoyo a la Inversión

en Equipamiento e Infraestructura”, se revisó lo siguiente:

En cuanto al pago del apoyo a los beneficiarios del “Programa Apoyo a la Inversión en

Equipamiento e Infraestructura”, se verificó que su registro en auxiliares presupuestales

correspondiera al presupuesto ejercido por la SEDEREC y reportado en la Cuenta Pública

del Gobierno del Distrito Federal de 2012. El importe total se integra por dos CLC, por un

monto de 32,859.2 miles de pesos, como se detalla en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

CLC Fecha Monto

102436 24/X/12 24,625.9

102441 24/X/12 8,233.3

Total 32,859.2

Se verificó que en el presupuesto ejercido mediante las CLC, contara con las autorizaciones

de suficiencia presupuestal correspondientes, así como con la documentación justificativa y

comprobatoria original, y que fueran registradas presupuestalmente en la partida 4451 “Ayudas

Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” conforme al Clasificador por Objeto del Gasto

del Distrito Federal, vigente en 2012.

Gasto Pagado

9. Resultado

Con la finalidad de verificar que el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago, concretado mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio

de pago, en este caso, para el otorgamiento de becas o ayudas, la evidencia documental

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272 VOLUMEN 5/17

del otorgamiento de los recursos al proveedor o del beneficio al destinatario final de los

programas seleccionados como muestra sujeta a revisión, se tuvo conocimiento de lo siguiente:

Partida Presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

Se verificó que en el presupuesto ejercido mediante las CLC, éstas contaran con las

autorizaciones de suficiencia presupuestal correspondientes, así como con la documentación

justificativa y comprobatoria original, y que fueran registradas presupuestalmente en la partida

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” conforme al Clasificador por Objeto del Gasto

del Distrito Federal, vigente en 2012.

Se verificó que la SEDEREC, mediante los documentos múltiples que a continuación se

relacionan de 2012, haya abonado un monto de 103.1 miles de pesos, el cual se justificó

por el reintegro al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

Partida Presupuestal 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”

Con la finalidad de verificar que el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro

medio de pago, en este caso, para el otorgamiento de apoyos, la evidencia documental del

otorgamiento de los recursos al proveedor o del beneficio al destinatario final del programa

sujeto a revisión, se observó lo siguiente:

Se revisó la solicitud de pago y el recibo de caja de la CI Casa de Bolsa, S.A. de C.V., en su

calidad de fiduciario del FOFA D.F., el cual administra y custodia los recursos concurrentes

para el pago de los apoyos otorgados mediante una institución de pago.

En virtud de que la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, no requirió

celebrar alguno de los procedimientos de adjudicación establecidos en la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, para la entrega de ayudas de conformidad con lo establecido en

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

no se llevó a cabo la confirmación de operaciones, toda vez que no se celebraron operaciones

con ningún proveedor.

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273 VOLUMEN 5/17

I.16. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL

I.16.1. ANTECEDENTES

Para cumplir la reforma del artículo 73, fracción VI, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de agosto

de 1928, el Congreso de la Unión expidió el 31 de diciembre de ese mismo año la Ley

Orgánica del Distrito y de los Territorios Federales (publicada en el Diario Oficial de la

Federación el 2 de enero de 1929), y dispuso que el Gobierno del Distrito Federal estuviera

a cargo del Presidente de la República, quien ejercería dicho gobierno local mediante el

órgano creado ex profeso: el Departamento del Distrito Federal.

Desde su creación, el Departamento del Distrito Federal consideró en su estructura a la

Oficialía Mayor (OM) para ejercer sus atribuciones en materia de administración.

El 29 de diciembre de 1978, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley

Orgánica del Departamento del Distrito Federal, y el 17 de enero de1984 se publicó en el

Diario Oficial de la Federación su Reglamento Interior.

El 28 de diciembre de 2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el nuevo Reglamento de la Administración Pública del Distrito Federal y con el oficio

núm. DGAPySPC/64/2000 del 29 de diciembre de 2000 se autorizó la reestructuración

orgánica de la OM y de sus unidades administrativas.

Con el oficio núm. CG/0389/2009 del 30 de junio de 2009, la Contraloría General del

Distrito Federal comunicó a la OM la readscripción estructural de la Dirección General de

Comunicación Social a la OM, con vigencia a partir del 1o. de septiembre de 2010.

Atribuciones

El artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de diciembre de 1998, y sus

reformas publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de noviembre de 2008

y 26 de enero de 2012, establece las siguientes atribuciones de la OM:

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274 VOLUMEN 5/17

“A la Oficialía Mayor corresponde el despacho de las materias relativas a la administración

y desarrollo de personal; a los recursos materiales y a los servicios generales; el patrimonio

inmobiliario; y, en general, a la administración interna de la Administración Pública del

Distrito Federal.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Proponer a la Contraloría General las medidas técnicas y políticas de administración

para la organización, y funcionamiento de la Administración Pública del Distrito Federal;

”II. Diseñar, coordinar e implementar, en el ámbito de sus atribuciones, las normas, políticas y

criterios que en materia de administración interna deben observar las dependencias, órganos

desconcentrados y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal;

”III. Expedir lineamientos para la expedición de credenciales de acreditación de verificadores

que realicen las Dependencias, Órganos y Entidades de la Administración Pública;

”IV. Integrar, actualizar y difundir por Internet el padrón de verificadores administrativos

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”V. Derogada; (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de noviembre de 2008)

”VI. Derogada; (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de noviembre de 2008)

”VII. Derogada; (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de noviembre de 2008)

”VIII. Apoyar al Jefe de Gobierno en la conducción de las entidades paraestatales

agrupadas en cada subsector, y participar en la elaboración de sus respectivos

programas, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan General de

Desarrollo del Distrito Federal;

”IX. Derogada; (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de noviembre de 2008)

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275 VOLUMEN 5/17

”X. Participar en la operación de los Cuerpos del Servicio Público de Carrera de la

Administración Pública del Distrito Federal, así como en la instrumentación de los Sistemas

y procedimientos del mismo Servicio, de conformidad con las disposiciones aplicables;

”XI. Expedir lineamientos generales para la selección, evaluación, certificación y promoción

de los servidores públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad

con las disposiciones jurídicas aplicables;

”XII. Apoyar el funcionamiento del Consejo y de los Comités del Servicio Público de

Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal, así como dar seguimiento a las

resoluciones y los acuerdos emitidos por estos órganos;

”XIII. Expedir los nombramientos de los servidores públicos de carrera que ocupen un

cargo en la estructura de la Administración Pública del Distrito Federal, como resultado

de los procedimientos de ingreso, movilidad y ascenso del Servicio Público de Carrera;

”XIV. Proponer al Jefe de Gobierno la designación o remoción, en su caso, de quienes

deban representar al Distrito Federal ante la Comisión Mixta de Escalafón, la Comisión

Mixta de Higiene y Seguridad y demás comisiones que se integren, de conformidad con

las disposiciones laborales aplicables;

”XV. Autorizar los tabuladores para el pago de los servidores públicos de la Administración

Pública del Distrito Federal centralizada y desconcentrada, así como la normatividad y la

política de sueldos y salarios del personal de la Administración Pública del Distrito

Federal, así como determinar las políticas, normas y lineamientos administrativos respecto

a la contratación de la prestación de servicios profesionales que lleve a cabo la

Administración Pública del Distrito Federal;

”XVI. Intervenir en la formulación de las Condiciones Generales de Trabajo, difundirlas

y vigilar su aplicación;

”XVII. Expedir los nombramientos del personal de la Administración Pública del Distrito Federal,

previo acuerdo de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades competentes;

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276 VOLUMEN 5/17

”XVIII. Establecer la normatividad y las políticas de capacitación del personal de la

Administración Pública del Distrito Federal que no sea miembro del servicio público de

carrera;

”XIX. Establecer la normatividad correspondiente a los arrendamientos, enajenaciones

y adquisiciones que realice el Distrito Federal, así como respecto de los servicios que le sean

prestados e intervenir en unos y otros, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

”XX. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Distrito Federal cuidando su

mantenimiento, conservación y acondicionamiento, así como ordenar su recuperación

administrativa cuando proceda, y proponer al Jefe de Gobierno la concesión del uso o la

venta, en su caso, de dichos bienes;

”XXI. Dirigir y coordinar el Sistema de Valuación de Bienes del Gobierno del Distrito Federal;

”XXII. Establecer la normatividad y control sobre la administración y enajenación de

bienes del patrimonio de la ciudad, así como el establecimiento de lineamientos para su

adquisición, uso y destino, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables;

”XXIII. Derogada;

”XXIV. Celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios, escrituras públicas y demás

actos jurídicos de cualquier índole, necesarios para el ejercicio de las atribuciones del

órgano ejecutivo local, excepto los relativos a obra pública, los servicios relacionados con

ésta, la contratación de créditos o firma de títulos crediticios y otros que sean atribución

de otra dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado, o correspondan a

una facultad indelegable del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, y

”XXV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Conforme al artículo 27 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de diciembre de 2000 y

su reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de marzo de 2009,

la Oficialía Mayor tiene, además de las expresamente conferidas en la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, las siguientes atribuciones:

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277 VOLUMEN 5/17

“Artículo 27. Corresponden al titular de la Oficialía Mayor […]

”I. Atender las necesidades administrativas de la Administración Pública Centralizada

del Distrito Federal;

”I Bis. Apoyar a los titulares de las dependencias, unidades administrativas, unidades

administrativas de apoyo técnico-operativo y órganos desconcentrados en la satisfacción

de sus necesidades de servicios, recursos humanos y materiales para su adecuado

funcionamiento;

”II. Establecer y difundir las políticas para regular la administración de recursos humanos

y materiales, de servicios generales, del patrimonio inmobiliario, del archivo documental y

de los bienes muebles, así como proponer aquellas relacionadas con las Entidades;

”III. Conducir e impulsar la creación, desarrollo, operación y mantenimiento de los

sistemas del servicio público de carrera, administración de recursos humanos

y materiales, servicios generales, del patrimonio inmobiliario, de los bienes muebles, del

archivo documental y de la información que se genere en el ámbito de su competencia;

”IV. Dirigir y resolver, con base en los lineamientos que fije el Jefe de Gobierno, los asuntos

del personal al servicio de la Administración Pública y conducir las relaciones laborales;

”V. Mantener actualizado el escalafón de los trabajadores y vigilar la adecuada difusión

de los movimientos y procesos escalafonarios;

”VI. Autorizar los viáticos y pasajes nacionales y tramitar ante el titular de la Administración

Pública del Distrito Federal la autorización de los pasajes internacionales y los viáticos en

el extranjero, previa validación de suficiencia presupuestal emitida a las dependencias,

órganos desconcentrados y entidades por la Secretaría de Finanzas;

”VII. Imponer, reducir y revocar las sanciones administrativas a que se haga acreedor el

personal, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, sin

perjuicio de las que les competan jurídica y administrativamente imponer a otras autoridades;

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278 VOLUMEN 5/17

”VIII. Determinar la terminación de los efectos del nombramiento de los trabajadores

de la Administración Pública;

”IX. Elaborar las normas y criterios para dictaminar las estructuras ocupacionales de la

Administración Pública del Distrito Federal;

”X. Definir, actualizar, modificar y, en su caso, aprobar las estructuras ocupacionales,

los catálogos de puestos, los tabuladores para el pago de los servidores públicos

de la Administración Pública del Distrito Federal, y los procedimientos de aplicación de

remuneraciones, incentivos y estímulos;

”XI. Llevar a cabo las licitaciones públicas, invitaciones restringidas o adjudicaciones

directas de las adquisiciones consolidadas de la Administración Pública del Distrito

Federal. Conforme a las disposiciones jurídico-administrativas; autorizar las adquisiciones

de los bienes y servicios restringidos que requieran las dependencias, entidades y órganos

desconcentrados;

”XII. Autorizar la adquisición de bienes y servicios, relacionados con telefonía convencional,

telefonía celular y equipos para la trasmisión de voz por radio necesarios para el

desarrollo de las actividades de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XIII. Derogada;

”XIV. Administrar y mantener en funcionamiento los servicios de telefonía convencional,

telefonía celular y de transmisión de voz por radio, que requieran y utilicen las

Dependencias, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XV. Derogada;

”XVI. Requerir a las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-Administrativos,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública la información, datos

o la cooperación técnica para el desarrollo de sus funciones;

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279 VOLUMEN 5/17

”XVII. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus

unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, las cuales se entenderán delegadas;

”XVIII. Ejercer el presupuesto autorizado, para sus Unidades Administrativas y Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, así como el reintegro de los remanentes

presupuestales correspondientes, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área

encargada de la administración en su sector; de conformidad con lo que señalen las

disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

”XIX. Adquirir y vigilar la correcta utilización de los artículos de consumo, así como del

mobiliario y equipo que requieran las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad con lo que señalen las

disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

”XX. Proyectar y supervisar la ejecución de obras de mantenimiento, remodelación y

reparación de los bienes señalados en la fracción anterior, así como autorizar la contratación

de los servicios generales y los que requieran Unidades Administrativas y Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, de conformidad con lo que

señalen las disposiciones jurídicas aplicables;

”XXI. Formalizar, salvo que el Jefe de Gobierno establezca disposición distinta, la

contratación conforme a la Ley de Adquisiciones y Ley de Obras Públicas, para la adecuada

operación de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-

Operativo a su cargo;

”XXII. Coordinar a las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la

administración en las dependencias de la Administración Pública Central; y

”XXIII. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones jurídicas y administrativas

aplicables.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia,

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

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280 VOLUMEN 5/17

EGRESOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 881,757.5 100.0 879,798.7 100.0 1,958.8 0.2

Corriente 877,257.5 99.5 879,798.7 100.0 (2,541.2) (0.3)

De capital 4,500.0 0.5 0.0 0.0 4,500.0 n.a.

Presupuesto ejercido

Gasto total 1,022,673.0 100.0 1,062,724.3 100.0 (40,051.3) (3.8)

Corriente 1,021,289.3 99.9 966,385.6 90.9 54,903.6 5.7

De capital 1,383.7 0.1 96,338.6 9.1 (94,954.9) (98.6)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Oficialía Mayor “Estado Analítico de Egresos presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Oficialía Mayor, “Estado Analítico de Egresos presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO 2012 Y 2011 DE LA OFICIALÍA MAYOR

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 881,757.5 1,022,673.0 140,915.5 16.0

Corriente 877,257.7 1,021,289.3 144,031.6 16.4

De capital 4,500.0 1,383.7 (3,116.3) (69.3)

2011

Gasto total 879,798.7 1,062,724.3 182,925.6 20.8

Corriente 879,798.7 966,385.6 86,586.9 9.8

De capital 0.0 96,338.6 96,338.6 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Oficialía Mayor, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Informe de Cuenta Pública de la Oficialía Mayor, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

En 2012, la Oficialía Mayor tuvo una asignación de gasto programable de 881,757.5 miles

de pesos, que representó el 0.8% del importe total de la Administración Pública

Centralizada (114,633,090.5 miles de pesos), y erogó 1, 022,673.0 miles de pesos, que

representaron el 0.8% del monto ejercido por ese sector (121,996,557.6 miles de pesos).

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281 VOLUMEN 5/17

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA OFICIALÍA MAYOR, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 881,757.5 100.0 1,022,673.0 100.0 140,915.5 16.0

Corriente 877,257.5 99.5 1,021,289.3 99.9 144,031.8 16.3

“Servicios Personales” 626,167.4 71.0 691,997.4 67.7 65,830.0 7.5

“Materiales y Suministros” 17,175.1 2.0 25,288.7 2.5 8,113.6 0.9

“Servicios Generales” 222,381.0 25.2 289,544.6 28.3 67,163.6 7.6

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 11,534.0 1.3 14,458.5 1.4 2,924.5 0.3

De capital 4,500.0 0.5 1,383.7 0.1 (3,116.3) (0.3)

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 4,500.0 0.5 1,383.7 0.1 (3,116.3) (0.3)

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Informe de Cuenta Pública de la Oficialía Mayor, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

Principales Resultados

De las cinco vertientes de gasto que realizó la OM durante 2012, las principales, por su

importe ejercido, fueron la 03 “Administración Pública” y 04 “Control y Evaluación de la

Gestión Gubernamental” del Eje Estratégico “Reforma Política: Derechos Plenos a la Ciudad

y sus Habitantes”.

Mediante la vertiente de gasto 03 “Administración Pública”, en la OM se continuó con los

mecanismos de análisis, simplificación y control de las gestiones realizadas respecto de la

administración de inmuebles que ésta misma implementó durante el ejercicio fiscal 2011;

se procesaron en tiempo y forma las nóminas registradas mediante el Sistema

Desconcentrado de Nómina (SIDEN); se analizaron y validaron los programas de contratación

de prestadores de servicios y de personal, con objeto de dictaminar su procedencia; se

cumplió con las políticas en apoyo de la relación entre el Gobierno del Distrito Federal,

trabajadores de las Unidades Administrativas y el Sindicato Único de Trabajadores del

Gobierno del Distrito Federal; se actualizaron las políticas de seguridad e higiene en el

trabajo, a fin de establecer las medidas necesarias para la prevención de accidentes

y enfermedades; se tramitaron becas especiales para los hijos de trabajadores; se

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282 VOLUMEN 5/17

actualizaron y elaboraron descriptivos nominales, así como la aplicación oportuna de los

conceptos nominales correspondientes, en el Sistema Integral Desconcentrado

de Nómina (SIDEN); se gestionaron viáticos y pasajes nacionales e internacionales; se

actualizó la página web, se realizaron informes de avance del Sistema de Datos Personales

y se evaluaron candidatos a ocupar puestos de estructura orgánica de la OM.

En el caso de la vertiente de gasto 04 “Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental”,

la OM gestionó los recursos con que cuenta mediante el control del personal; se

administraron los recursos materiales por medio del control de las compras de insumos y

bienes indispensables para la operación, control de inventarios y almacén y dotación de

servicios básicos para las instalaciones; se llevó a cabo el manejo y control de recursos

financieros mediante el trámite de documentos de gestión presupuestal para el cumplimiento

de pagos derivados de los compromisos contraídos; se elaboraron y consolidaron

diversos informes en materia de recursos humanos, materiales y financieros; se

administraron los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la administración

pública centralizada por medio de las Direcciones Generales, Ejecutivas o la propia OM.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó en 2012 una auditoría financiera a la OM.

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283 VOLUMEN 5/17

I.16.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.16.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/145/12

ANTECEDENTES

La Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM) ocupó el undécimo lugar respecto

del presupuesto ejercido en 2012 por las 21 dependencias del Gobierno del Distrito Federal

(46,709,326.9 miles de pesos), con un monto de 1,022,673.0 miles de pesos, de acuerdo

con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de ese año. Dicho

importe representó el 2.2% del total erogado por los entes de la Administración Pública

Centralizada y fue superior en 16.0% (140,915.5 miles de pesos) al presupuesto asignado

originalmente (881,757.5 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, la OM ejerció 289,544.6 miles de pesos

(28.3% de su presupuesto total), que significó una variación de 30.2% (67,163.6 miles de

pesos) en relación con el presupuesto original de dicho capítulo (222,381.0 miles de pesos)

y superó en 11.8% (30,615.9 miles de pesos) lo ejercido en 2011 (258,928.7 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Oficialía

Mayor en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección siguientes:

“Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios

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284 VOLUMEN 5/17

Generales” (289,544.6 miles de pesos) superó en 30.2% (67,163.6 miles de pesos) su

asignación original (222,381.0 miles de pesos) y rebasó en 11.8% (30,615.9 miles de pesos)

lo ejercido en 2011 (258,928.7 miles de pesos); “Exposición al Riesgo”, por tratarse de un

capítulo de gasto propenso a desperdicios, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento

de objetivos y metas; y “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que, eventualmente,

todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados se

revisen. Dichos criterios generales se encuentran contenidos en el Manual de Selección

de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF).

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74, fracción VI;

y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, IX, XII, XIII y XIX; 27; 28; 30;

32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 de su Reglamento Interior.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto de la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” por 289,544.6 miles de

pesos, se ejerció en 39 partidas de gasto, mediante 708 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y 37 Documentos Múltiples. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase

de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se

determinó revisar un monto de 49,861.8 miles de pesos, ejercidos mediante 21 CLC en las

partidas 3381 “Servicios de Vigilancia”, 3411 “Servicios Financieros y Bancarios”, 3611 “Difusión

por Radio, Televisión y Otros Medios de Mensajes sobre Programas y Actividades

Gubernamentales” y 3631 “Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad,

excepto Internet”, que representa 17.2% del universo total ejercido en dicho capítulo,

como se observa a continuación:

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285 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto

ejercido %

CLC DM CLC DM

3381 “Servicios de Vigilancia” 33 0 46,639.2 16.1 10 0 17,419.3 6.0

3411 “Servicios Financieros y Bancarios” 26 0 28,705.5 9.9 4 0 7,894.5 2.7

3611 “Difusión por Radio, Televisión y Otros Medios de Mensajes sobre Programas y Actividades Gubernamentales” 129 2 91,847.5 31.7 6 0 19,000.9 6.6

3631 “Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad, excepto Internet” 8 0 20,000.0 6.9 1 0 5,547.1 1.9

Otras 35 partidas 512 35 102,352.4 35.4 0 0 0.0 0.0

Total del capítulo 3000 “Servicios Generales” 708 37 289,544.6 100.0 21 0 49,861.8 17.2

DM: Documento Múltiple.

Para determinar la muestra de partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN)

proporcionó a esta entidad de fiscalización.

2. Seleccionar aquellas partidas del rubro en revisión que presentaron riesgos de operación

durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

3. Considerar aquellas partidas de gasto que presentaron variaciones absolutas y relativas

significativas entre los presupuestos original y ejercido de 2012; así como entre los

presupuestos ejercidos en 2012 y en 2011.

4. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo a cada

partida seleccionada del rubro en revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración de

la OM, por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones financieras

y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme a las

políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la OM y la SEFIN. También en

las Direcciones Generales de Comunicación Social y de Patrimonio Inmobiliario; la primera,

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por ser la responsable de expedir las políticas de comunicación social para eficientar

y transparentar los servicios de publicidad, propaganda, difusión e información de las

actividades del Gobierno del Distrito Federal, entre otras funciones; y la segunda, por ser la

encargada de dirigir oportunamente el registro, control y actualización del patrimonio

inmobiliario del Distrito Federal, concentrando y resguardando los títulos, contratos, convenios

y demás instrumentos que acrediten la propiedad o posesión de los inmuebles del Distrito

Federal, así como garantizar que, en la práctica de los diversos dictámenes valuatorios que

emita la Dirección de Avalúos, se dé estricto cumplimiento al marco jurídico y normativo, a los

criterios técnicos, a la metodología y a los procedimientos establecidos en la materia,

entre otras funciones.

Evaluación de Control Interno

1. Se verificó que la OM hubiese contado con mecanismos de control suficientes para

prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pueden afectar la eficacia y

eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el

cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.

2. Se analizó el manual administrativo de la dependencia vigente en 2012, para verificar

que su apartado de organización correspondiera a la estructura orgánica aprobada y

dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado,

hubiesen sido autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

3. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al Director

General de Administración en la dependencia, quien intervino en las actividades

relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación,

ejercicio y pago de operaciones realizadas por la OM con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a

las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

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Gasto Aprobado

Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico

de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización,

correspondientes al ejercicio fiscal de 2012, con la finalidad de verificar si el techo

presupuestal reportado se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

Gasto Modificado

Se revisaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto

asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las causas por las cuales

se disminuyó dicho presupuesto y se constató que se contara con la documentación

soporte de los cambios presupuestales efectuados.

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado

durante el período auditado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se verificaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado para, por una

parte, conocer el presupuesto comprometido de la dependencia correspondiente al ejercicio

de 2012 y por otra, verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de pago

respaldadas con documentos legales.

2. Se revisó que la OM contara con la autorización expresa del titular de la dependencia

para llevar a cabo la contratación de servicios mediante procedimientos distintos de la

licitación pública; que la contratación de servicios estuviera prevista en el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y soportada

con requisiciones u órdenes de servicio, debidamente justificadas y firmadas por el

personal con atribuciones para autorizarlas; y que se hubiese contado con suficiencia

presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios.

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288 VOLUMEN 5/17

3. Se verificó que la contratación de servicios se hubiese ajustado a los procedimientos

de adjudicación que prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación

restringida a cuando menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional),

y formalizado, mediante contrato, con prestadores de servicios que no se encontraran

inhabilitados por la CGDF o por la Secretaría de la Función Pública (SFP); que, por

eventualidad, se hubieran celebrado convenios de terminación anticipada en los plazos

establecidos; que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; que los

prestadores de servicios hubiesen presentado las garantías aplicables en los plazos

establecidos; que las operaciones autorizadas de conformidad con los artículos 54 y 55 de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012 se hubieran comunicado

a la SEFIN, a la CGDF y a la OM; y que los procedimientos de adjudicación seleccionados

como muestra se hubiesen ajustado a los montos de actuación autorizados.

4. Se revisó que la dependencia haya contado con registros de asistencia (fatigas) del

personal de la Policía Auxiliar del Distrito Federal (PADF); que haya realizado la conciliación

de turnos por los servicios de vigilancia contratados y enviado oportunamente a la OM

la documentación necesaria para adherirse a la contratación consolidada de los

servicios de vigilancia.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su

Reglamento; la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno); la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y el

manual administrativo de la dependencia, vigentes en 2012.

Gasto Devengado

Se verificó que los servicios hubiesen sido recibidos por la OM y que la entrega estuviera

soportada con documentación en la que conste la firma de recepción a satisfacción de la

dependencia, conforme a las especificaciones establecidas en las requisiciones u órdenes

de servicios y en los contratos respectivos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal y del manual administrativo de la dependencia, vigentes en 2012.

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Gasto Ejercido

1. Se constató que los prestadores de servicios hubiesen presentado comprobantes de

pago (facturas o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del Gobierno

del Distrito Federal/Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, y que éstos cumplieran

los requisitos fiscales correspondientes; que los pagos por concepto de prestación de

servicios se hubiesen liquidado de acuerdo con las condiciones pactadas en los contratos

y por la recepción de servicios pactados; que los gastos se hubiesen registrado en las

partidas correspondientes a su naturaleza; y que se hubiese reportado, en tiempo y forma

a la SEFIN el pasivo circulante del ejercicio de 2011 o de ejercicios anteriores, pagados

en 2012, así como el del ejercicio de 2012, pagado en 2013, correspondientes a las

partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales”; y que, en su caso, tanto los recursos

no ejercidos como los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2012 se hubiesen

remitido a la SEFIN en los plazos señalados.

2. Se verificó que, en su caso, se hubiesen aplicado correctamente las sanciones o descuentos

a los prestadores de servicios por proporcionar de manera incompleta o extemporánea

los servicios contratados, y que se hubieran aplicado los descuentos procedentes en los

pagos efectuados; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hubiesen hecho

efectivas las garantías correspondientes.

Todo lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, y del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

Gasto Pagado

Se confirmaron operaciones con los prestadores de servicios contratados para verificar

los procesos de contratación, facturación y pago.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Particularmente, los procedimientos

consistieron en integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por

partida de gasto, verificar que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado

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a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012, y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la

estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2012. También se verificó que la dependencia hubiese

conservado la documentación original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados,

y que contara con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y

administrativa de los prestadores de servicios a los que fueron adjudicados contratos; que

los servicios contratados hubiesen sido necesarios para el cumplimiento de los programas,

acciones y atribuciones de la OM; y que se hubiesen recibido los servicios, por medio de

la realización de visitas de inspección física.

El alcance a nivel partida de gasto se señala a continuación:

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

Se revisaron las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08 celebradas

el 20 de diciembre de 2007, para la contratación de los servicios de seguridad y vigilancia por

parte de la PADF, con objeto de prestar servicios de seguridad, protección y vigilancia en

inmuebles e instalaciones propiedad y/o a cargo del Gobierno del Distrito Federal, y su convenio

modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01 del 21 de marzo de 2012, el cual amplió

la vigencia y actualizó las tarifas de las bases originales.

Para verificar que los servicios de vigilancia contratados se hayan dirigido a dar cumplimiento

a los programas, acciones y atribuciones de la OM, se seleccionaron para su revisión, a través

del método de muestreo aleatorio, las fatigas por la prestación de los servicios correspondientes

a enero y febrero de 2012 en diversos inmuebles a cargo de la OM, entre otros, la Bolsa

Inmobiliaria, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI) y unidades administrativas

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)

y se realizaron 14 visitas de inspección física a igual número de inmuebles expropiados

por el Gobierno del Distrito Federal.

Partida 3411 “Servicios Financieros y Bancarios”

Se seleccionaron los procedimientos de adjudicación directa de los contratos

núms. OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012 celebrado el 12 de junio de 2012 con el Colegio de

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Valuadores de México, A.C., por un monto máximo de 5,000.0 miles de pesos (IVA incluido),

y OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 y OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012, estos celebrados el 12 de

junio y 31 de octubre de 2012, respectivamente, con el Colegio Nacional de Ingenieros

Arquitectos de México, A.C., por montos máximos de 4,000.0 miles de pesos y 3,300.0 miles

de pesos, en ese orden (IVA incluido), por la práctica de avalúos sobre bienes muebles

e inmuebles propiedad del Distrito Federal, asignados o bajo la custodia del Gobierno del

Distrito Federal, así como de particulares, por conducto de la DGPI.

Para verificar que los avalúos practicados se hayan dirigido a dar cumplimiento a los programas,

acciones y atribuciones de la OM, se seleccionaron para su revisión, mediante muestreo

estadístico, con un nivel de confianza de 90.0% y una tasa de error esperada no mayor

de 0.15%, de un universo de 231 avalúos, se seleccionaron 26 (cuatro practicados por el Colegio

de Valuadores de México, A.C.; y 22 por el Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de

México, A.C.), así como el avalúo a la actualización relativo a la justipreciación de renta

mensual a pagar por el inmueble ubicado en Tlaxcoaque por la reubicación de la DGRMSG

de la OM.

Partida 3611 “Difusión por Radio, Televisión y Otros Medios de Mensajes

sobre Programas y Actividades Gubernamentales”

Se seleccionaron los procedimientos de adjudicación directa de los contratos

núms. OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012 y OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012 del 28 de

diciembre de 2011 y 12 de septiembre de 2012, por montos máximos de 1,000.0 miles de

pesos (IVA incluido) y 125.0 miles de pesos (IVA incluido), respectivamente, celebrados con

Auditor de Medios, S.A. de C.V., por la contratación de servicios de espacios publicitarios

y uso de tiempo aire en medios de comunicación masiva (televisión) y de monitoreo de las

campañas en medios masivos de comunicación; OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012

y OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 del 28 de diciembre de 2011 y 12 de septiembre

de 2012, formalizados con Televisa, S.A. de C.V. y TV Azteca, S.A.B. de C.V., por montos

máximos de 20,000.0 miles de pesos (IVA incluido) y 13,000.0 miles de pesos (IVA incluido),

en ese orden, por la contratación de servicios de espacios publicitarios y uso de tiempo aire

en medios de comunicación masiva (radio y televisión); y OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012

del 28 de diciembre de 2011, con Media Mas, S.A., por un monto máximo de 3,600.0 miles

de pesos (IVA incluido), por la prestación del servicio de análisis, estrategia, planeación,

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292 VOLUMEN 5/17

implementación, seguimiento y validación de acciones publicitarias de la actividad de

comunicación social.

Partida 3631 “Servicios de Creatividad, Preproducción

y Producción de Publicidad, excepto Internet”

Se seleccionó la adjudicación directa del contrato núm. OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012

del 4 de septiembre de 2012, celebrado con Asesores en Imagen y Diseño Dafra, S.A. de C.V.,

por un monto máximo de 8,000.0 miles de pesos (IVA incluido), por concepto del servicio de

creatividad, reproducción, producción publicitaria para la promoción y difusión de la actividad

gubernamental bajo la modalidad de comunicación social del Gobierno del Distrito Federal.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el apartado de organización

del manual administrativo de la OM, vigentes en 2012. Lo anterior, con el propósito de identificar

la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades

administrativas que la integran y, especialmente, de las que intervinieron en el rubro objeto

de la revisión. También se revisaron los manuales de procedimientos, con el propósito de,

por un lado, conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables

de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos

asignados al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y, por otro, constatar si éstos garantizaron

razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras

disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al Director General

de Administración en la dependencia, quien participó en las actividades inherentes al registro,

aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las operaciones realizadas

por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Se verificó que los gastos hubiesen

sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron los riesgos

de las operaciones revisadas y de los objetivos específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general, de los objetivos específicos de control y de los

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293 VOLUMEN 5/17

mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz para evaluar

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de

irregularidades e ineficiencias, y disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó que

las unidades administrativas de la OM están estructuradas conforme a las funciones asignadas

en su manual de organización y que establecieron de manera formal mecanismos y actividades

de control suficientes para administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias

que las afectan; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos

establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos;

para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información

y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas

involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, lo que garantizó que, en términos generales, se cumpliera la normatividad y se

generara un razonable ambiente de control.

No obstante lo anterior, se detectaron las deficiencias de control interno que se señalan

de manera específica en el apartado de resultados de este informe.

RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. OM/DGA/3690/2013 del 6 de septiembre de 2013, la Dirección General

de Administración proporcionó el manual administrativo de la OM vigente en 2012, el cual

se integró por los apartados de organización y de procedimientos, y fue elaborado conforme

al dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. Con el oficio núm. OM/0196/2007 del 8 de febrero de 2007, la OM autorizó su propio

dictamen de reestructura orgánica núm. 2/2007 el cual quedó registrado con el

núm. MA-12005-2/2007 con vigencia a partir del 1o. de febrero de 2007; no obstante,

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294 VOLUMEN 5/17

quedó sin efecto una vez que mediante el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio

de 2009, la CGDF autorizó a la OM el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009

vigente a partir del 16 del mismo mes y año.

Por medio de los oficios núms. CG/351/2010 y CG/373/2010 del 16 de agosto y 1o. de

septiembre de 2010, respectivamente, la CGDF emitió alcances al citado dictamen

núm. 9/2009, vigentes a partir de esas fechas, derivados de la actualización de la estructura

orgánica de la DGPI y por la adhesión a la OM de la Dirección General de Comunicación

Social (DGCS), en ese orden.

Para el dictamen núm. 9/2009, se previeron una Oficina de la Oficialía Mayor, cinco

Direcciones Generales (de Administración y Desarrollo de Personal, de Recursos Materiales

y Servicios Generales, de Patrimonio Inmobiliario, de Administración, y de Comunicación

Social), una Dirección Ejecutiva de Administración de Apoyo Técnico y las unidades

administrativas encargadas de la administración en las dependencias de la Administración

Pública Central.

2. Los manuales administrativos de las Direcciones Generales de Comunicación Social,

de Patrimonio Inmobiliario y de Administración, todas dependientes de la OM fueron

actualizados en sus apartados de organización y de procedimientos, como sigue:

Dirección General de Comunicación Social

a) El manual de organización de la DGCS fue remitido a la CGMA mediante el oficio

núm. OM/DEAT/105/2012 del 10 de febrero de 2012; no obstante, mediante el

oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/454/2012 del 27 de febrero de 2012 la CGMA

comunicó a la OM que para la actualización del manual administrativo, en su apartado

de organización, se debió considerar a toda la dependencia en su conjunto, conforme

lo establecido en la Guía para la Elaboración de Manuales de Organización

del Gobierno del Distrito Federal.

Mediante el oficio núm. OM/DEAT/0558/2012 del 9 de agosto de 2012, el Director

Ejecutivo de Apoyo Técnico de la OM remitió a la CGMA el apartado de organización

del Manual Administrativo de la OM el cual considera la totalidad de la dependencia,

con la finalidad de obtener el registro correspondiente.

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295 VOLUMEN 5/17

b) Por medio del oficio núm. OM/DEAT/0688/2012 del 6 de septiembre de 2012, el Director

Ejecutivo de Apoyo Técnico de la OM envió a la CGMA 25 procedimientos elaborados

conforme al dictamen núm. 9/2009, con la finalidad de obtener su autorización y, en su

caso, registro.

En respuesta, con el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/3246/2012 del 7 de noviembre

de 2012, el Coordinador General de Modernización Administrativa comunicó al

Director Ejecutivo de Apoyo Técnico de la OM que los procedimientos presentaron

diversas inconsistencias y le solicitó efectuar las correcciones y reingresarlos

nuevamente, a fin de continuar con el proceso de análisis y llevar a cabo el registro.

Lo anterior denota que, durante 2012, la DGCS de la OM no elaboró su manual

administrativo conforme lo establecido en la Circular Contraloría General para el Control y

Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal y la

Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, vigentes

en 2012 ni en estricto apego de la estructura orgánica dictaminada y, por tanto, el citado

manual administrativo no contó con el dictamen y registro por parte de la CGMA.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General de

Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha, en el

que señaló: “No se cuenta con evidencia documental del dictamen y registro por parte

de la CGMA del manual administrativo de la DGCS; sin embargo, la dependencia gestionó

durante el ejercicio 2013, los trámites administrativos correspondientes a fin de que el

documento en cuestión quede registrado de conformidad con la normatividad vigente…”.

Con el análisis de la información y documentación proporcionadas en el transcurso de

la auditoría y en la reunión de confronta, se confirmó que en 2012, la dependencia

incumplió el apartado 2, “Modernización Administrativa”; subapartado 2.3, “Estructuras

Orgánicas”; epígrafe 2.3.5, “Efectos de la Dictaminación de las Estructuras Orgánicas”;

numeral 2.3.5.2; y subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales

Administrativos”; numeral 2.4.3, de la citada Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

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296 VOLUMEN 5/17

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012, que respectivamente disponen lo siguiente:

“2.3.5.2. Conforme al último dictamen emitido por la CG, las dependencias […] deberán

tramitar ante la CGMA la actualización y registro de su Manual Administrativo, en apego

a lo dispuesto en el numeral 2.4. de la presente Circular.”

“2.4.3. Los Manuales Administrativos de las dependencias […] deberán elaborarse en

estricto apego a la presente Circular y a la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales

del GDF.

”Los Manuales Administrativos deberán elaborarse en estricto apego a la estructura

orgánica vigente, dictaminada por la CG [Contraloría General del Distrito Federal].”

La DGCS de la OM tampoco atendió lo dispuesto en el artículo 16, fracción III, inciso e),

del Primer Lineamiento: Ambiente de Control, de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes en 2012 que establece:

“Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes:

”Primer Lineamiento: Ambiente de Control […]

”Un adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes aspectos […]

”e) Manuales de organización y de procedimientos. Los titulares de las Unidades de

Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales

de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional

y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que

en cada caso sean aplicables, incluyéndose las actividades y procedimientos para todos

los procesos sustantivos, así como la información que se genere; asimismo, deberán

de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos”.

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297 VOLUMEN 5/17

Como la OM, mediante el oficio núm. OM/DEAT/0558/2012 del 9 de agosto de 2012, llevó

a cabo el trámite de autorización y, en su caso, registro ante la CGMA, de la totalidad de su

manual administrativo incluyendo la DGCS, no se emite recomendación a este respecto.

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario

a) El apartado de organización del manual administrativo de la DGPI fue elaborado

conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 2/2007 y registrado con el

núm. MA-12005-2/07; establece los objetivos y funciones, facultades y responsabilidades

de los servidores públicos de mandos medios y superiores adscritos a las unidades

administrativas que la integran, y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 6 de agosto de 2009. Dicho manual administrativo estuvo vigente durante 2012

y cuenta con los apartados: Presentación, Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo,

Objetivo General, Estructura Orgánica, Atribuciones, Funciones y Organigrama.

En la reunión de confronta celebrada el 26 de mayo de 2014, la Directora de

Administración Inmobiliaria proporcionó con el oficio núm. DAI/536/2014 de la misma

fecha, copia del oficio núm. OM/DGA/SEA-DGPI/048/2013 del 13 de agosto de 2013,

mediante el cual la Subdirección de Enlace Administrativo dio a conocer a los Directores

de Área y a los Coordinadores adscritos a la DGPI el apartado de organización del

manual administrativo de esa unidad administrativa, correspondiente al dictamen

núm. 9/2009, a efecto de que se difundiera entre los servidores públicos de la citada

Dirección General.

Lo anterior confirma que durante 2012 la dependencia no difundió entre los servidores

públicos de la DGPI el contenido del apartado de organización de su manual

administrativo, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 2/2007,

por lo que la OM incumplió el apartado 2, “Modernización Administrativa”; subapartado

2.4, “Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”; apéndice

2.4.7, “Efectos de la Dictaminación, Registro y Difusión de los Manuales”; numeral

2.4.7.2, de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente

en 2012, que establece lo siguiente:

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298 VOLUMEN 5/17

“2.4.7.2 Los titulares de las dependencias, unidades administrativas, órganos

desconcentrados, delegaciones y entidades, deberán hacer del conocimiento del

personal, el contenido de los Manuales Administrativos, con el propósito de que estén

adecuada y permanentemente informados de la organización y de los procedimientos

internos aplicables en su área de adscripción.”

La DGPI de la OM llevó a cabo las acciones tendentes a difundir entre sus servidores

públicos el contenido del apartado de organización de su manual administrativo,

pues, como ya se señaló, mediante el oficio núm. OM/DGA/SEA-DGPI/048/2013 del

13 de agosto de 2013, la Subdirección de Enlace Administrativo hizo del conocimiento

de los Directores de Área y de los Coordinadores, el apartado de organización del

manual administrativo de esa unidad administrativa elaborado conforme al dictamen

de estructura orgánica núm. 9/2009, por lo que no se emite recomendación al respecto.

En 2012, la DGPI no actualizó el apartado de organización de su manual administrativo

conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, la Directora de

Administración Inmobiliaria entregó el oficio núm. DAI/536/2014 de la misma fecha;

sin embargo, no proporcionó información ni documentación adicional a la suministrada

en el transcurso de la revisión. Ello confirma que la DGPI no actualizó el apartado

de organización de su manual administrativo conforme al dictamen de estructura

orgánica núm. 9/2009, por lo incumplió el apartado 2, “Modernización Administrativa”;

subapartado 2.3, “Estructuras Orgánicas”; epígrafe 2.3.5, “Efectos de la Dictaminación

de las Estructuras Orgánicas”; numeral 2.3.5.2; y subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”; numeral 2.4.3, de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Además, tampoco atendió lo dispuesto en el artículo 16, fracción III, inciso e), del Primer

Lineamiento: Ambiente de Control, de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes en 2012.

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299 VOLUMEN 5/17

No obstante, la DGPI de la OM llevó a cabo las acciones tendentes a actualizar

su manual administrativo pues mediante los oficios núms. OM/DEAT/0744/2012

y OM/310/2013 del 5 de octubre de 2012 y 10 de abril de 2013, envió a la CGMA

su manual de organización elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica

núm. 9/2009, el cual fue autorizado y registrado por la CGMA mediante el oficio

núm. CG/CGMA/0723/2013 del 22 de abril de 2013 con el registro núm. MA-104-9/09,

por lo que no se emite recomendación al respecto.

b) La DGPI contó con un manual de procedimientos integrado por 45 procedimientos,

los cuales fueron registrados con el núm. MA-12005-2/07; sin embargo, la relación de

dichos procedimientos no ha sido publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General

de Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha;

sin embargo, no proporcionó información ni documentación adicional que desvirtúe

lo observado en el presente inciso, por lo que se confirmó que la dependencia

no observó el apartado 2, “Modernización Administrativa”, subapartado 2.4, “Revisión,

Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, apéndice 2.4.6, “Del proceso de

Dictaminación y Registro de Manuales Administrativos”, numeral 2.4.6.7 de la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana

en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que establece

lo siguiente:

“2.4.6.7 Una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos y Manuales

Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de las dependencias […] serán

los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, gestionando

para tal efecto, los trámites que correspondan ante la CJySL”.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASC/119/12, practicada a la SEFIN, a la OM

y a la Delegación Iztacalco, resultado núm. 1, recomendación ASC-119-12-01-OM,

se contempla llevar a cabo acciones para que la relación de procedimientos de la

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario se publique en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como

parte del seguimiento de la recomendación citada.

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300 VOLUMEN 5/17

La dependencia no presentó evidencia de haber difundido entre los servidores

públicos de la DGPI el contenido de su manual de procedimientos.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General

de Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha;

sin embargo, no proporcionó información ni documentación adicional que desvirtúe

lo observado en el presente inciso, por lo que se confirmó que la OM incumplió el

apartado 2, “Modernización Administrativa”, subapartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”, apéndice 2.4.7, “Efectos de la Dictaminación,

Registro y Difusión de los Manuales”, numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General

para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASC/119/12, practicada a la SEFIN, a la OM

y a la Delegación Iztacalco, resultado núm. 1, recomendación ASC-119-12-03-OM,

se contempla llevar a cabo acciones para que el apartado de procedimientos del Manual

Administrativo de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario se difunda al interior

de las unidades administrativas que la integran y que se cuente con evidencia de ello,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento

de la recomendación citada.

Dirección General de Administración

a) El manual de organización de la DGA establece los objetivos y funciones,

facultades y responsabilidades de los servidores públicos de mandos medios

y superiores adscritos a las unidades administrativas que integran la OM; fue

remitido a la CGMA mediante el oficio núm. OM/DGA/2150/2010 del 17 de diciembre

de 2010, y autorizado y registrado por dicha Coordinación General mediante

el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1267/11 del 7 de marzo de 2011 con el número

de registro MA-12007-9/09; está integrado por los apartados siguientes: Presentación,

Antecedentes, Marco Jurídico-Administrativo, Objetivo General, Estructura Orgánica,

Atribuciones y Funciones, y Organigrama.

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301 VOLUMEN 5/17

El apartado de organización del manual administrativo de la DGA fue publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 15 de abril de 2011 y difundido entre los

servidores públicos de las unidades administrativas encargadas de su aplicación

mediante el oficio núm. OM/DGA/585/2011 del 22 de marzo de 2011.

b) El manual administrativo de la DGA en su apartado de procedimientos contó con

cinco que fueron autorizados y registrados por parte de la CGMA por medio del oficio

núm. CG/CGMA/DDO/0127/11 del 13 de enero de 2011; y 30 que fueron autorizados

y registrados mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/3273/2011 del 13 de

julio de 2011; a los 35 procedimientos se les otorgó el registro núm. MA-12007-9/09.

Las relaciones de los citados procedimientos fueron publicadas en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 29 de marzo y 11 de agosto de 2011, respectivamente.

Mediante los oficios núms. OM/DGA/191/2011 del 2 de febrero; OM/DGA/1589/2011

y OM/DGA/1590/2011, ambos del 29 de julio; y OM/DGA/DRH/1263/2011 y

OM/DGA/DRH/1264/2011, estos del 3 de agosto de 2011, la DGA de la OM difundió

entre el personal adscrito a esa unidad administrativa los 35 procedimientos.

3. Al examinar los 105 procedimientos (25 de la DGCS, 45 de la DGPI y 35 de la DGA),

se determinó que 8 de ellos (“Contratación Consolidada de la partida 3611 Difusión

por Radio, Televisión y Otros Medios de Mensajes sobre Programas y Actividades

Gubernamentales del Gobierno del Distrito Federal, así como para la Centralización de

Pagos”, “Solicitud para la Integración y Seguimiento del Programa de Comunicación

Social del Gobierno del Distrito Federal”, “Contratación Inserción Directa” y “Contratación

de Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad excepto Internet” de

la DGCS; “Atención y Elaboración de Dictámenes Valuatorios de Bienes Muebles

e Inmuebles” de la DGPI; y “Control y Supervisión de la Información contenida en el

Sistema Electrónico Presupuestal ‘SAP-GRP’, correspondiente a la Oficialía Mayor”,

“Elaboración de Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual”

y “Adquisición de Bienes y Servicios” de la DGA) están relacionados con el desarrollo

de la auditoría.

Cabe señalar que la OM no contó con un procedimiento autorizado y registrado por

la CGMA que le permita planear, organizar, controlar, supervisar e integrar el ejercicio

de su presupuesto con cargo a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”.

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302 VOLUMEN 5/17

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General

de Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha;

sin embargo, no proporcionó información ni documentación adicional que desvirtúe lo

observado en el presente inciso, por lo que se confirmó que la dependencia incumplió

el artículo 16, fracción I, del Tercer Lineamiento: Actividades de Control, de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007 y vigentes en 2012

que establece:

“Artículo 16.- Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes […]

”III. Tercer Lineamiento: Actividades de Control

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para

evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno

que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando

de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación

confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como

salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”.

La dependencia no observó lo dispuesto en el apartado 3, “Criterios para la Presentación

y Elaboración de los Manuales”, numeral 3.2, “Contenido”, inciso k), de la Guía Técnica

para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2012,

que establece:

“k) Procedimientos. Para efecto de integrar el Manual de Procedimientos se sugiere

identificar e incluir procedimientos sustantivos que, en forma breve y clara, muestren

secuencial y ordenadamente la forma de realizar un trabajo ejecutado por las áreas

que integran la Dependencia…”

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303 VOLUMEN 5/17

De lo expuesto, se concluye que en 2012 la DGCS no elaboró su manual administrativo

conforme lo establecido en la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de

la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública Del Distrito Federal y en la Guía Técnica

para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, vigentes en 2012 ni con

sujeción a la estructura orgánica dictaminada; por tanto, el manual administrativo no contó

con el dictamen y registro de la CGMA, asimismo, no ha obtenido la totalidad del registro

de su apartado de procedimientos. Además, la DGPI no actualizó el apartado de organización

de su manual administrativo conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009,

autorizado por la CGDF; no presentó evidencia de haber difundido entre los servidores

públicos de la DGPI el contenido de su manual de organización (apartados de organización

y de procedimientos); y la relación de sus procedimientos no se publicó en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal.

La DGA estableció de manera general mecanismos y actividades de control suficientes para

administrar los riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias que afectan las operaciones

que realiza; para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos

establecidos; para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos;

para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información

y documentación generada; y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas

involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”.

Recomendación ASC-145-12-05-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal lleve a cabo acciones

para obtener la totalidad del registro del apartado de procedimientos de la Dirección General

de Comunicación Social, correspondiente a su manual administrativo; que se difunda

al interior de las unidades administrativas que la integran y que se cuente con evidencia

de ello, en cumplimiento de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la

Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.

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304 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-145-12-06-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal incluya, en el apartado

de procedimientos de su manual administrativo, un procedimiento que le permita planear,

organizar, controlar, supervisar e integrar el ejercicio de su presupuesto con cargo a la

partida 3381 “Servicios de Vigilancia”; y se asegure de que se tramite su revisión, dictamen

y registro ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, de conformidad

con los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal y de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno

del Distrito Federal.

Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

2. Resultado

Para establecer si la OM debió llevar a cabo el registro contable de las etapas de los

presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificó lo siguiente:

1. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley

General de Contabilidad Gubernamental vigente a partir del 1o. de enero de 2009, con

objeto de establecer, por un lado, los criterios generales que regirán la contabilidad

gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos y, por otro,

lograr su adecuada armonización. De acuerdo con el artículo 4o., fracción I, de dicha

ley, la armonización consiste en “la revisión, reestructuración y compatibilización de los

modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento

de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de

las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad

gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición

de cuentas”.

2. De conformidad con los artículos 124 y 128 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, la contabilidad de las operaciones y, por consiguiente,

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305 VOLUMEN 5/17

el registro de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado se realizaría de forma centralizada por la SEFIN, con

base en la información presupuestal emitida por los entes del Gobierno del Distrito Federal.

Al respecto, en la introducción del Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012, se indicó: “El contenido del Informe se soporta en diversos ordenamientos

jurídicos, entre los cuales podemos mencionar: la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

y su Reglamento, la Ley de Ingresos y el Decreto de Presupuesto de Egresos para el

Ejercicio Fiscal 2012, todos del Distrito Federal. Asimismo, es de destacarse que a partir de

esta Cuenta Pública, se da inicio a la independencia del modelo de Informe propuesto

en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en los documentos que de ella

se han derivado”.

3. Mediante el oficio núm. ASC/145/12/OM/14/03 del 18 de marzo de 2014, la CMHALDF

solicitó a la OM los registros contables realizados por la SEFIN respecto de los

289,544.6 miles de pesos ejercidos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

que afectaron la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012.

Por medio del oficio núm. OM/DGA/DRF/0359/2014 del 26 de marzo de 2014, el Director

de Recursos Financieros, adscrito a la Dirección General de Administración de la

dependencia remitió copia del oficio núm. DGCNCP/1427/2014 del 31 de marzo

de 2014, con el cual el titular de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, remitió las cuentas

de mayor afectadas y los registros de las operaciones que afectaron la situación financiera

del Gobierno del Distrito Federal en 2012, las cuales importaron 289,544.6 miles de pesos,

recursos que fueron erogados por la OM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

de conformidad con lo siguiente:

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306 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Capítulo de gasto/Cuenta contable

Registro

Presupuestal Contable

Deudor Acreedor

Capítulo 3000 “Servicios Generales” 289,544.6

Gasto Aprobado

8.2.2 “Presupuesto de Egresos por Ejercer” 222,381.0

8.2.1 “Presupuesto de Egresos Aprobado” 222,381.0

Total 222,381.0 222,381.0

Gasto Modificado

8.2.2 “Presupuesto de Egresos por Ejercer” 67,163.6

8.2.3 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobados”

67,163.6

Total 67,163.6 67,163.6

Gasto Comprometido

8.2.4 “Presupuesto de Egresos Comprometido” 289,544.6

8.2.2 “Presupuesto de Egresos por Ejercer” 289,544.6

Total 289,544.6 289,544.6

Gasto Devengado

8.2.5 “Presupuesto de Egresos Devengado” 289,544.6

8.2.4 “Presupuesto de Egresos Comprometido” 289,544.6

Total 289,544.6 289,544.6

Gasto Ejercido

8.2.6 “Presupuesto de Egresos Ejercido” 289,544.6

8.2.5 “Presupuesto de Egresos Devengado” 289,544.6

Total 289,544.6 289,544.6

Gasto Pagado

8.2.7 “Presupuesto de Egresos Pagado” 289,544.6

8.2.6 “Presupuesto de Egresos Ejercido” 289,544.6

Total 289,544.6 289,544.6

De lo expuesto, se concluye que la SEFIN es la encargada de realizar el registro contable

de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” en las cuentas establecidas en la

normatividad contable, las cuales reflejaron los momentos contables del gasto, de conformidad

con la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012.

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307 VOLUMEN 5/17

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión del gasto para la OM en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 se hubiese efectuado conforme a la

normatividad aplicable, se analizaron el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves,

el POA, el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto

fiscalizado, correspondientes al ejercicio fiscal de 2012, y se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3598/2011 del 28 de octubre de 2011, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la OM el techo presupuestal, por un

monto de 910,257.5 miles de pesos, para efectos de la formulación de su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para el ejercicio de 2012, y le informó que debería sujetarse

“estrictamente al techo presupuestal comunicado, el cual incluye algunos gastos de

carácter especial determinados por la presente administración y cuyo monto se encuentra

etiquetado para esos fines, razón por la que no podrán orientarse al financiamiento

de otros programas”.

2. La OM presentó a la SEFIN, por medio del Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP-SAP), el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio

de 2012, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en los subapartados

VI.2, “Módulo de Integración por Resultados”, y VI.3, “Módulo de Integración Financiera”,

del apartado VI, “Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012”, del

Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos 2012.

Mediante los oficios núms. OM/DGA/2284/2011 a OM/DGA/2286/2011, todos del 11 de

noviembre de 2011, el Director General de Administración remitió a las Direcciones

Generales de Política Presupuestal y de Egresos “B”, así como a la Subsecretaría de

Egresos, respectivamente, los formatos “correspondientes a la Integración por Resultados,

Integración Financiera y el Formato Líneas de Acción del PDHDF, presupuestalmente

identificados por las unidades, de acuerdo tanto al Techo Presupuestal mencionado

como al Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

del Presupuesto de Egresos 2012.”

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308 VOLUMEN 5/17

3. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/0033/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la OM el Analítico de Claves, el POA y el Calendario

Presupuestal correspondientes al presupuesto autorizado; y le comunicó que el techo

presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2012 ascendería a 881,757.5 miles

de pesos.

4. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a 36 partidas de gasto que suman

el presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales” (222,381.0 miles de

pesos), el cual se verificó que fue reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2012

de la OM. Cabe mencionar que las partidas 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”, 3711 “Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales”, 3712 “Traslado Aéreo de

Personas”, 3721 “Pasajes Terrestres Nacionales”, 3724 “Pasajes Terrestres Internacionales”,

3751 “Viáticos en el País”, y 3761 “Viáticos en el Extranjero”, a las que se habían

asignado recursos no los ejercieron; mientras que las partidas 3181 “Servicios Postales

y Telegráficos”, 3271 “Arrendamiento de Activos Intangibles”, 3311 “Servicios Legales,

de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3321 “Servicios de Diseño, Arquitectura,

Ingeniería y Actividades Relacionadas”, 3431 “Gastos Inherentes a la Recaudación”,

3461 “Almacenaje, Envase y Embalaje”, 3471 “Fletes y Maniobras”, 3571 “Instalación,

Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramienta”, 3641 “Servicios

de Revelado de Fotografías”, 3822 “Gastos de Orden Social”, 3911 “Servicios Funerarios

y de Cementerio a los Familiares de los Civiles y Pensionistas Directos”, 3941 “Sentencias y

Resoluciones Judiciales” y 3999 “Otros Servicios Generales” no tenían presupuesto

original, pero en el año sí ejercieron recursos.

De acuerdo con lo anterior, la OM estimó originalmente recursos para 36 partidas del capítulo

3000 “Servicios Generales” y los ejerció en 39. Asimismo, el sujeto fiscalizado se ajustó al

techo presupuestal autorizado (222,381.0 miles de pesos) y, posteriormente, mediante

afectaciones programático-presupuestales, incrementó su presupuesto en 67,163.6 miles

de pesos, para quedar con un presupuesto modificado de 289,544.6 miles de pesos, que fue

ejercido en su totalidad, conforme al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes

en 2012.

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309 VOLUMEN 5/17

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, la OM reportó en el capítulo

3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 222,381.0 miles de pesos, el cual fue

incrementado en 67,163.6 miles de pesos, para quedar en 289,544.6 miles de pesos, importe

que fue ejercido en su totalidad por el sujeto fiscalizado, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número de movimientos

Importe

Parcial Total

Presupuesto original 222,381.0

Más:

Ampliaciones compensadas

Adiciones compensadas

Adiciones líquidas

Ampliaciones líquidas

Subtotal

359

40

15

2

231,336.5

14,393.6

30,098.0

46.8

275,874.9

Menos:

Reducciones compensadas

Reducciones líquidas

Subtotal

394

122

(192,206.4)

( 16,504.9)

(208,711.3)

Modificación neta 67,163.6

Total presupuestos modificado y ejercido 289,544.6

Dichos movimientos se soportaron con 67 afectaciones presupuestarias autorizadas por

la SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató de

afectaciones líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la Subsecretaría

de Egresos, en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior, conforme a los artículos

68, fracción V, y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del

Distrito Federal; a los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias

Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”,

numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente hasta el 3 de diciembre de 2012; y a la Sección Tercera

“Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Subapartado A, “Adecuaciones

Presupuestarias Compensadas”, numeral 79, y Subapartado B “Adecuaciones Presupuestarias

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310 VOLUMEN 5/17

Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente a partir del 4 de diciembre de 2012.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que

las principales causas por las que fue modificado el presupuesto original asignado al capítulo

3000 “Servicios Generales” fueron las siguientes:

1. Las ampliaciones y las reducciones compensadas, por 231,336.5 miles de pesos

y 192,206.4 miles de pesos, respectivamente, fueron esencialmente para adecuar el

calendario presupuestal a las necesidades reales de operación de la OM y dar continuidad

a la difusión de la información de los programas y acciones del Gobierno del Distrito

Federal.

2. Las adiciones líquidas, por 30,098.0 miles de pesos, se tramitaron principalmente para

contar con recursos para actualizar los registros del ejercicio de 2012, correspondiente

a la regularización de los gastos con ingresos de aplicación automática autogenerados

captados por la OM.

3. Las adiciones compensadas, por 14,393.6 miles de pesos, tuvieron por objeto

primordialmente, contar con los recursos necesarios para cubrir los diversos compromisos

de la OM, pagar el impuesto predial de los inmuebles propiedad de la dependencia,

llevar a cabo trabajos de revisión de proyectos concesionados (Distribuidor Vial San

Jerónimo Muyuguarda, Autopista Urbana Norte, estacionamiento Plaza de la República,

Centro de Transferencia Modal El Rosario, Centro Varonil de Seguridad Penitenciaria

I y II), así como la venta de inmuebles y elaboración de libros blancos.

4. Las ampliaciones líquidas, por 46.8 miles de pesos, fueron principalmente para cubrir

el pago correspondiente a la nómina finiquito de la quincena 23.

5. Las reducciones líquidas, por 16,504.9 miles de pesos, se efectuaron básicamente,

para adecuar el presupuesto al cierre del ejercicio, a fin de dar cumplimiento a los

artículos 71, párrafo tercer, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y 64 de su Reglamento, vigentes en 2012, y el numeral 2, inciso e), del oficio

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311 VOLUMEN 5/17

circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012, los cuales establecen

que, cuando al término del ejercicio fiscal que corresponda, las dependencias que

conserven fondos presupuestales y en su caso, rendimientos obtenidos deberán

enterarlos a la SEFIN dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

Por lo expuesto, se concluye que las modificaciones del presupuesto asignado al capítulo

3000 “Servicios Generales” se sujetaron a los montos aprobados y contaron con las

justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos autorizado, modificado

y ejercido por la OM coinciden con las reportadas en la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal de 2012; y que las partidas de gasto en que se ejercieron los recursos

del citado capítulo de gasto contaron con la suficiencia presupuestal correspondiente.

Gasto Comprometido

5. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/145/12/OM/14/03 del 18 de marzo de 2014, la CMHALDF solicitó

a la OM los reportes mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes de

transferencias federales destinados al capítulo 3000 “Servicios Generales” que se encontraban

comprometidos a la fecha de su presentación.

Con el oficio núm. OM/DGA/DRF/0359/2014 del 26 de marzo de 2014, la dependencia

proporcionó copia de los oficios con los que remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

los formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a diciembre de 2012, los cuales contaron

con las firmas que acreditan su elaboración por el Jefe de Unidad Departamental de

Programación y Evaluación, así como la autorización a cargo del titular de la Dirección

de Recursos Financieros.

Por lo anterior, se concluye que la OM presentó sus informes de presupuesto comprometido

de 2012 a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, específicamente por lo que se refiere

a los compromisos que se contrajeron a raíz de los documentos legales que determinaron

una obligación de pago.

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312 VOLUMEN 5/17

6. Resultado

Mediante el oficio núm. OM/DGA/3774/2013 del 13 de septiembre de 2013, el Director

General de Administración de la OM proporcionó el PAAAPS de la dependencia

correspondiente al ejercicio de 2012. De su análisis, se desprende lo siguiente:

1. Por medio del oficio núm. OM/DGA/044/2012 del 12 de enero de 2012, la OM envió

el PAAAPS de 2012 de la dependencia a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,

para su validación y autorización.

2. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0579/2012 del 17 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al Director General de Administración de la OM la

validación presupuestal del PAAAPS de 2012 de la dependencia, por 252,958.4 miles

de pesos, “toda vez que es congruente con la asignación presupuestal establecida en el

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”;

además, precisó: “La referida validación no influye en los alcances de las contrataciones

de servicios, adquisiciones y arrendamientos derivados del citado programa, por lo

que es decisión de esa [área] a su cargo, adherirse a las compras consolidadas de

bienes o servicios de uso generalizado, para lo cual deberá sujetarse a lo dispuesto

por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como a la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás legislación aplicable”.

3. La OM publicó su PAAAPS de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero

de 2012.

4. La dependencia informó, en tiempo y forma, a la DGRMSG de la OM las versiones

modificadas del PAAAPS de 2012, correspondientes a los cuatro trimestres del año.

Por lo anterior, se concluye que la OM, en materia de preparación, trámite de validación

y autorización, y publicación de su PAAAPS de 2012, así como en la presentación

de sus versiones modificadas, se ajustó a la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal

y a la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),

vigentes en 2012.

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313 VOLUMEN 5/17

7. Resultado

En 2012, la OM ejerció un monto de 187,192.2 miles de pesos con cargo a las partidas

3381 “Servicios de Vigilancia” (46,639.2 miles de pesos), 3411 “Servicios Financieros

y Bancarios” (28,705.5 miles de pesos), 3611 “Difusión por Radio, Televisión y Otros Medios

de Mensajes sobre Programas y Actividades Gubernamentales” (91,847.5 miles de pesos)

y 3631 “Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad, excepto

Internet” (20,000.0 miles de pesos), por medio de 196 CLC y dos Documentos Múltiples.

Se seleccionaron para su revisión 21 CLC por un importe de 49,861.8 miles de pesos

(17.2% del total ejercido en las partidas), expedidas para pagar los servicios de seguridad,

protección y vigilancia en inmuebles e instalaciones propiedad o a cargo del Gobierno del

Distrito Federal; los avalúos sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Distrito Federal,

asignados o bajo la custodia del Gobierno del Distrito Federal, así como de particulares,

por conducto de la DGPI, los servicios de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en

medios de comunicación masiva (televisión), de monitoreo de las campañas en medios

masivos de comunicación, de análisis, estrategia, planeación, implementación, seguimiento

y validación de acciones publicitarias y de creatividad, reproducción, producción publicitaria

para la promoción y difusión de la actividad gubernamental bajo la modalidad de comunicación

social del Gobierno del Distrito Federal.

Con la finalidad de verificar si los recursos ejercidos por la OM son resultado de la aprobación

de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizara una relación jurídica con terceros para

la contratación de los servicios, se analizó el proceso de adjudicación y formalización de los

contratos seleccionados como muestra que se relacionan a continuación:

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314 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Partida Bases de colaboración o contrato Importe

Número Fecha Vigencia Prestador del servicio

Objeto Contratado Muestra

3381 Convenio modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01 de las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08

21/III/12

20/XII/07

1/I/12 31/XII/12

Policía Auxiliar del Distrito Federal

Servicios de seguridad, protección y vigilancia en inmuebles e instalaciones propiedad o a cargo del Gobierno del Distrito Federal 46,639.2* 17,419,3

3411 OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012

12/VI/12

13/VI/12 al 31/XII/12

Colegio de Valuadores de México, A.C.

Avalúos sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Distrito Federal, asignados o bajo la custodia del Gobierno del Distrito Federal, así como de particulares, por conducto de la DGPI

5,000.0*

1,999,7

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012

12/VI/12

13/VI/12 al 31/XII/12

Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.

Avalúos sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Distrito Federal, asignados o bajo la custodia del Gobierno del Distrito Federal, así como de particulares, por conducto de la DGPI

4,000.0*

2,499.7

OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012

31/X/12

1/XI/12 al 31/XII/12

Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.

Avalúos sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Distrito Federal, asignados o bajo la custodia del Gobierno del Distrito Federal, así como de particulares, por conducto de la DGPI

3,300.0*

3,288.4

Sin contrato Avalúo para actualizar la justipreciación de renta mensual a pagar por el inmueble ubicado el Tlaxcoaque por

la reubicación de la DGRMSG de la OM 106.7 106.7

3611 OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012 28/XII/11

1/I/12 31/XII/12

Auditor de Medios, S.A. de C.V.

Servicios de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en medios de comunicación masiva (televisión) 1,000.0* 375,0

OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012 12/IX/12 12/IX/12 al 31/XII/12

Auditor de Medios, S.A. de C.V.

Servicios de monitoreo de las campañas en medios masivos de comunicación 125.0* 125,0

OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012 28/XII/11

1/I/12 31/XII/12

Televisa, S.A. de C.V.

Servicios de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en medios de comunicación masiva (televisión) 20,000.0* 10,875,5

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 12/IX/12 12/IX/12 al 31/XII/12

TV Azteca, S.A.B. de C.V.

Servicios de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en medios de comunicación masiva (televisión) 13,000.0* 6,025.4

OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012 28/XII/11

1/I/12 31/XII/12

Media Mas, S.A. Servicios de análisis, estrategia, planeación, implementación, seguimiento y validación de acciones publicitarias de la actividad de comunicación social 3,600.0* 1,600,0

3631 OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012 4/IX/12 4/IX/12 al 31/XII/12

Asesores en Imagen y Diseño Dafra, S.A. de C.V.

Prestación del servicio de creatividad, reproducción, producción publicitaria para la promoción y difusión de la actividad gubernamental bajo la modalidad de comunicación social del Gobierno del Distrito Federal 8,000.0* 5,547,1

* Montos máximos de los contratos abiertos celebrados.

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315 VOLUMEN 5/17

En la revisión de los expedientes de las bases de colaboración y de los contratos seleccionados

como muestra, se constató que la OM llevó a cabo los procedimientos de adjudicación

de conformidad con lo siguiente:

1. La contratación de los servicios de seguridad, protección y vigilancia en inmuebles e

instalaciones propiedad o a cargo del Gobierno del Distrito Federal, así como el ejercicio

del gasto, se sujetó a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o

Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, Apartado I,

“Generalidades”, Lineamiento 1, y Apartado II, “De la Consolidación de Contrataciones,

Centralización de Pagos e Integración de Información”, Lineamiento 11, publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011 y vigentes en 2012, que

establecen lo siguiente:

“1. Los presentes Lineamientos son de observancia general y obligatoria para las

dependencias, órganos desconcentrados, entidades y delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (APDF) y tienen por objeto establecer los criterios para

consolidar la adquisición o arrendamiento de bienes o servicios de uso generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la centralización de

pagos de las partidas que se señalan en el numeral 7, con el propósito de obtener las

mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la APDF, así como

coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del gasto mediante los pagos centralizados […]

”11. Con relación a la partida 3381 “Servicio de vigilancia” […] el procedimiento de

contratación y el pago centralizado deberá observar lo siguiente:

”La DGRMSG consolidará el convenio de colaboración con la Policía Auxiliar para que ésta

preste el servicio de vigilancia a las dependencias, órganos desconcentrados y entidades;

en lo que respecta al pago de este servicio, la DGRMSG realizará el cargo de manera

centralizada afectando los presupuestos de las dependencias y órganos desconcentrados

y, en el caso de las entidades, éstas cubrirán el pago en términos del Lineamiento 25.

”La Policía Auxiliar formalizará el convenio de colaboración con cada una de las

delegaciones para prestarles el servicio de vigilancia y, por lo que se refiere al pago de

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316 VOLUMEN 5/17

este servicio, la Policía Auxiliar afectará de manera centralizada los presupuestos de

las delegaciones.”

Para tal efecto, la OM suscribió con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), por conducto

de la PADF, las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08 del 20 de

diciembre de 2007; así como el convenio modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01

del 21 de marzo de 2012. En el Anexo II de ambos documentos, se incluyó a la dependencia

como usuario adherido a la consolidación. De conformidad con la cláusula décima quinta

del convenio modificatorio, los servicios contratados se recibirían del 1o. de enero al

31 de diciembre de 2012.

2. La OM no celebró cuando menos un contrato-pedido por la contratación del avalúo

para actualizar la justipreciación de renta mensual a pagar por el inmueble ubicado

en Tlaxcoaque por la reubicación de la DGRMSG de la OM, lo anterior, se determinó

con base en lo siguiente:

a) Mediante la requisición de bienes núm. RS/51-2012 elaborada el 20 de agosto de 2012,

la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó la práctica del citado

avalúo.

b) Por medio del oficio núm. OM/DGA/DRMSG/1127/2012 del 20 de agosto de 2012,

el Director de Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó al Director

de Recursos Financieros, adscrito a la Dirección General de Administración de la

dependencia el otorgamiento de suficiencia presupuestal para la contratación

de los servicios relativos al avalúo sujeto a revisión.

c) Con el oficio núm. DGPI/DA/880/2012 del 30 de agosto de 2012, el Director de Avalúos,

adscrito a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario informó al Director General

de Administración de la OM lo siguiente: “El trabajo valuatorio ha sido entregado

por el Colegio de Profesionistas y para efectos de emitir el dictamen con número

secuencial JR(ST)-12135 y progresivo 30/08/12-00001, correspondiente al inmueble

en referencia, es necesario se cubra el adeudo contraído toda vez que el compromiso

se encuentra efectivamente devengado”.

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317 VOLUMEN 5/17

d) Por medio del oficio núm. OM/DGA/DRF/1061/2012 del 12 de septiembre de 2012,

el Director de Recursos Financieros otorgó la suficiencia presupuestal solicitada.

e) Con el oficio núm. OM/DGA/DRMSG/1216/2012 del 3 de septiembre de 2012, el

Director de Recursos Materiales y Servicios Generales informó al Director de Recursos

Financieros: “El trabajo valuatorio realizado al inmueble […] solicitado mediante

oficio OM/DGA/1678/2012, ya fue entregado por el Colegio de Profesionistas;

asimismo, comunico que para estar en posibilidad de emitir el dictamen con número

secuencial JR(ST)-12135 y progresivo 30/08/12-00001, correspondiente al inmueble

de mérito, es necesario sea cubierto el adeudo contraído”.

f) En respuesta al oficio de solicitud de confirmación de operaciones de la Dirección

General de Auditoría al Sector Central núm. ASC/14/0592 del 18 de marzo de 2014,

mediante el oficio sin número del 2 de abril del mismo año, el apoderado del Colegio

de Valuadores de México, A.C., remitió entre otros documentos, copia de la factura

núm. 000666E emitida el 13 de septiembre de 2012 por concepto de “Servicios

Profesionales y Técnicos del Dictamen del Avalúo del Bien Inmueble”, correspondiente

al número secuencial JR(ST)-12135, correspondiente al inmueble ubicado el Tlaxcoaque

por la reubicación de la DGRMSG de la OM.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General de

Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha; sin embargo,

no proporcionó información ni documentación adicional a la suministrada en el transcurso

de la revisión, por lo que se confirmó que por el avalúo del inmueble sujeto a revisión,

la OM no celebró con el Colegio de Valuadores de México, A.C., cuando menos un

contrato-pedido, por lo que incumplió la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), apartado 4, “Adquisiciones”, Subapartado

4.7, “De los Contratos de Adquisiciones”, numerales 4.7.1 y 4.7.2, inciso b), vigentes

en 2012, que establecen lo siguiente:

“4.7.1 La formalización de la adquisición de bienes, arrendamientos y/o prestación

de servicios, se realizará mediante el formato de contrato, que al efecto establezca

la DGRMSG, previa opinión de la CJySL.

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318 VOLUMEN 5/17

”Será obligación del área contratante dar a conocer en su respectivo sitio de internet

de transparencia, la fecha de formalización del contrato o contratos, en la que se incluirá

el monto, número de bienes o servicios a suministrar, fecha de entrega o plazo de realización.

”4.7.2 La formalización de las adquisiciones de bienes y/o contratación de arrendamientos

y servicios se realizará de la siguiente forma […]

”b) De $25,001.00 hasta $115,000.00 incluyendo IVA, se formalizará mediante el formato

de contrato-pedido”.

3. Los servicios fueron solicitados mediante las requisiciones de bienes o servicios que

se enlistan a continuación:

Número de contrato Requisición Justificación

Número Fecha

OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012 RS/38-2012 7/VI/12 Atender la gran demanda de avalúos por parte de dependencias del Gobierno del Distrito Federal

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 RS/37-2012 7/VI/12 Atender la gran demanda de avalúos por parte de dependencias del Gobierno del Distrito Federal

OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012 RS 60/2012 24/X/12 Atender la gran demanda de avalúos por parte de dependencias del Gobierno del Distrito Federal

Sin contrato RS/51-2012 20/VIII/12 Para el dictamen de justipreciación de renta mensual a pagar por el inmueble ubicado el Tlaxcoaque por la reubicación de la DGRMSG de la OM

OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012 RS/OS/DGCS/030/2011 15/XII/12 Servicio de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva, electrónicos e impresos (prensa, radio y televisión)

OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012 RS/OS/DGCS/030/2011 15/XII/12 Servicio de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva, electrónicos e impresos (prensa, radio y televisión)

OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012 RS/OS/DGCS/030/2011 15/XII/12 Servicio de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva, electrónicos e impresos (prensa, radio y televisión)

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 RS/OS/DGCS/030/2011 15/XII/12 Servicio de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva, electrónicos e impresos (prensa, radio y televisión)

OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012 RS/OS/DGCS/030/2011 15/XII/12 Servicio de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva, electrónicos e impresos (prensa, radio y televisión)

OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012 OM/DGCS/637/2012 29/VIII/12 Dar a conocer a la opinión pública las acciones de gobierno

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319 VOLUMEN 5/17

a) Las requisiciones de servicio correspondientes a la partida 3411 “Servicios Financieros

y Bancarios”, relativas a los servicios de avalúos sobre bienes muebles e inmuebles

propiedad del Distrito Federal cuentan con los nombres, cargos y firmas del Director

de Avalúos y de la Directora General de Patrimonio Inmobiliario, como áreas

solicitantes; así como el visto bueno del Subdirector de Recursos Materiales y del

Director de Recursos Materiales y Servicios Generales, como áreas responsables

del procedimiento de adjudicación; mientras que las requisiciones de servicio

relativas a la contratación de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en medios de

comunicación masiva (televisión), de monitoreo de las campañas en medios masivos

de comunicación, de análisis, estrategia, planeación, implementación, seguimiento

y validación de acciones publicitarias y de creatividad, reproducción, producción

publicitaria para la promoción y difusión de la actividad gubernamental bajo la modalidad

de comunicación social del Gobierno del Distrito Federal, cuentan con el nombre, cargo

y firma, como área requirente y de autorización, por parte del Director General de

Comunicación Social.

b) Todas las requisiciones de servicio contaron con las autorizaciones emitidas por el titular

de la OM, las cuales incluyeron las justificaciones firmadas por quienes autorizaron

y en las que se fundaron y motivaron las causas que acreditaron fehaciente y

documentalmente el ejercicio de la adjudicación directa de los contratos, así como

con las suficiencias presupuestales para llevar a cabo la contratación de los servicios

sujetos a revisión emitidas por la Dirección de Recursos Financieros, adscrita a la

Dirección General de Administración de la dependencia.

c) La adjudicación directa de los contratos celebrados con cargo a las partidas

3411 “Servicios Financieros y Bancarios”, 3611 “Difusión por Radio, Televisión

y Otros Medios de Mensajes sobre Programas y Actividades Gubernamentales” y

3631 “Servicios de Creatividad, Preproducción y Producción de Publicidad, excepto

Internet” fueron aprobadas en las respectivas sesiones ordinarias y extraordinarias

celebradas entre el 28 de diciembre de 2011 y el 30 de octubre de 2012, en

cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

Asimismo, la OM no tuvo que ajustarse a los montos máximos de actuación.

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320 VOLUMEN 5/17

d) Se contó con los formatos “Cuadro Comparativo de Costos”, en los cuales se incluyeron

las cotizaciones de tres prestadores de servicios, dichos formatos contienen nombres

y firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración, así como de

su revisión y de su autorización.

Cabe señalar que los precios más bajos fueron los presentados por los prestadores

de servicios a los que se les adjudicaron los contratos sujetos a revisión, en

cumplimiento del numeral 4.8.3 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

e) Los prestadores de servicios presentaron las pólizas de fianza para garantizar el

cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de los contratos celebrados.

Dichas fianzas fueron expedidas por un porcentaje determinado en función del valor

de los contratos sin considerar impuestos, de conformidad con lo siguiente:

Número de contrato Fecha Afianzadora %

OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012 12/VI/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 10.0

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 12/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A de C.V. 10.0

OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012 31/X/12 Afianzadora Insurgentes, S.A de C.V. 10.0

Sin contrato

OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012 28/XII/11 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 15.0

OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012 12/IX/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 15.0

OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012 15/X/12 Fianzas Monterrey, S.A. 15.0

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 15/X/12 Primero Fianzas, S.A. de C.V. 15.0

OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012 15/X/12 Primero Fianzas, S.A. de C.V. 15.0

OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012 4/IX/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 15.0

f) La OM proporcionó copia de los oficios con los que informó a la SEFIN, e hizo del

conocimiento de la CGDF y de la DGRMSG, las adjudicaciones directas realizadas

al amparo de los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2012, entre las que se encuentran las relativas a los contratos sujetos

a revisión, atendiendo con ello el artículo 53 del citado ordenamiento jurídico.

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321 VOLUMEN 5/17

4. Con la finalidad de verificar que la OM no hubiera adjudicado contratos a prestadores de

servicios que se encontraran inhabilitados en 2012, se realizaron consultas a las páginas

de Internet de la CGDF y de la SFP. No se observaron registros relativos a la inhabilitación,

en el ejercicio de 2012, de los prestadores de servicios seleccionados como muestra.

De lo anterior se concluye que los recursos ejercidos por la dependencia fueron resultado

de la aprobación de un contrato u otro instrumento jurídico que formalizó una relación jurídica

con terceros para la contratación de los servicios; sin embargo, la OM no celebró cuando

menos un contrato-pedido por la contratación del avalúo para actualizar la justipreciación

de renta mensual a pagar por el inmueble ubicado el Tlaxcoaque por la reubicación de la

DGRMSG.

Recomendación ASC-145-12-07-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal lleve a cabo acciones

para que la contratación de los servicios requeridos por sus unidades administrativas, se

formalice mediante contrato y de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Gasto Devengado

8. Resultado

Con la finalidad de verificar si la OM reconoció las obligaciones de pago en favor de los

prestadores de servicios por la recepción de conformidad de los servicios contratados, se revisó

la documentación que soporta el cumplimiento del contrato y del Convenio de Colaboración

suscritos por la dependencia, como se indica a continuación:

Convenio modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01

de las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08

Respecto a la revisión del proceso de recepción del servicio de vigilancia en el primer bimestre

de 2012, seleccionado para la aplicación de pruebas de auditoría, por un total de 30,561 turnos

contratados, se determinó lo siguiente:

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322 VOLUMEN 5/17

1. En 480 fatigas de servicio quedaron asentados los 30,561 turnos cubiertos por

1,045 elementos de la PADF en diversos inmuebles a cargo de la OM, entre otros,

la Bolsa Inmobiliaria, la DGPI y unidades administrativas de la DGRMSG, por los meses

de enero, febrero y marzo de 2012. Dichas fatigas contaron con el nombre y la firma

del personal de vigilancia asignado en cada inmueble, así como los turnos que cubrió;

y fueron revisadas, validadas y autorizadas por los servidores públicos responsables de

cada unidad administrativa de la OM y por personal de la corporación, en sus respectivos

ámbitos de atribución.

Sin embargo, los formatos de las fatigas utilizados por los elementos de la corporación

que prestaron los servicios de vigilancia en la Bolsa Inmobiliaria, que avalan el registro

de sus asistencias, difieren del formato D.2 “Registro de Asistencia de Personal de

Seguridad y Vigilancia” incluido en los Lineamientos Generales en materia de Seguridad

y Vigilancia aplicables por cada uno de los Inmuebles e Instalaciones que ocupan o lleguen

a ocupar las Dependencias, Órganos Desconcentrados y/o Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 26 de mayo de 2014, el Director General

de Administración entregó el oficio núm. OM/DGA/2170/2014 de la misma fecha;

sin embargo, no proporcionó información ni documentación adicional que desvirtúe lo

observado en el presente numeral, por lo que se confirmó que la OM no utilizó el formato

contenido en el capítulo III, “De los Mecanismos de Control Administrativo”, numeral C.1,

de los citados lineamientos vigentes en 2012, que establece lo siguiente:

“C.1. Las Dependencias […] con el formato denominado ʻRegistro de Asistencia del Personal

de la Policía Auxiliar del DFʼ, llevarán un control de registro de asistencia de los elementos

que proporcionen el servicio por cada jornada de 12 (doce) horas con independencia

de los horarios de trabajo que se pacten, a efecto de que por medio de su correcto

requisitado, se supervisen, concilien y validen los turnos de servicio que se otorguen.

”Dicho control de registro de asistencia será el soporte documental para que las

Dependencias […] realicen la conciliación mensual de turnos con la Corporación de Policía

Complementaria que corresponda indicada en la Circular Uno emitida por la Oficialía

Mayor del GDF, a través de su Coordinador responsable del servicio.”

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323 VOLUMEN 5/17

2. Los turnos reportados en las fatigas del bimestre revisado, así como las faltas, se

registraron en el formato “Conciliación de Turnos”, las cuales fueron elaboradas por

servidores públicos de la OM y de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, especificando

los inmuebles en que se prestaron los servicios contratados y los turnos cubiertos, por

lo que se determinó que la dependencia y la corporación determinaron la efectiva

prestación de los servicios de vigilancia, ajustándose a los turnos cubiertos.

3. El 4 y 5 de marzo de 2014, la CMHALDF llevó a cabo visitas de inspección física

a 14 inmuebles expropiados a cargo de la DGPI y se comprobó que en 12 de ellos,

aún se prestan los servicios de vigilancia y en dos ya se cancelaron, por lo que se

constató que los servicios contratados dan cumplimiento a funciones, atribuciones

y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas la dependencia.

Contratos núms. OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012,

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 y OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012

En cuanto al cumplimiento de la cláusula primera “Objeto” de los contratos celebrados, por

la práctica de avalúos sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Distrito Federal,

asignados o bajo la custodia del Gobierno del Distrito Federal, así como de particulares,

por conducto de la DGPI, se revisaron los expedientes de 26 avalúos, cuatro practicados por el

Colegio de Valuadores de México, A.C., y 22 por el Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos

de México, A.C., proporcionados mediante el oficio núm. OM/CGAA/DEAJ/345/2014 del

10 de marzo de 2014. De su análisis se determinó lo siguiente:

1. Del contrato núm. OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012 del 12 de junio de 2012, se revisaron

los expedientes relativos a la práctica de cuatro avalúos, los cuales fueron entregados

en tiempo y forma, con los números secuenciales siguientes:

Solicitante Número secuencial

del avalúo

Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. AI(VE)-11092

Dirección General de Administración Urbana AT(OS)-11194

Sistema de Transporte Colectivo AM (SD) -10759

Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal AI(0S)-11511

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324 VOLUMEN 5/17

2. En cuanto al cumplimiento de los contratos núms. OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012

y OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012, se revisaron los expedientes relativos a la práctica de

22 avalúos, los cuales fueron entregados en tiempo y forma, con los números

secuenciales siguientes:

Solicitante Número secuencial

del avalúo

Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. AI(VE)-11134

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -11151

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AI (CP) -12158

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario NM(CP)- 12189

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario NM(CP) -12190

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12194

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12196

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12197

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12198

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12199

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12200

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -12201

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(CP) -11213

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario AT(OS) -12242

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario NM(CP) -04674

Dirección General de Patrimonio Inmobiliario NM(CP)-07289

Secretaría de Seguridad Pública JR (ST)- 12090

Secretaría de Seguridad Pública JR(ST) -11654

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal JR (ST) -10948

Dirección General de Regularización Territorial AT(RE)- 11573

Secretaría del Medio Ambiente NM(CP)- 11220

Secretaría del Medio Ambiente NM(CP) -11071

Todos los expedientes fueron integrados por los respectivos dictámenes derivados de los

estudios realizados por peritos valuadores registrados ante la DGPI, designados por los colegios

de profesionales. Los dictámenes cuentan con los nombres y firmas del Director General de

Patrimonio Inmobiliario, del Director de Avalúos, del Subdirector de Registro y Control

de Avalúos, de un representante de los colegios de profesionales y de los peritos que

practicaron los avalúos; y por la documentación señalada en el numeral X, “Base

Informativa que se adjunta a la presente Solicitud” de las solicitudes de servicios que formaron

parte de los contratos celebrados. Dichas solicitudes cuentan con los nombres, cargos

y las firmas de los servidores públicos responsables de su elaboración y solicitud (Directora

de Administración Inmobiliaria), así como de las personas responsables de su pago

(servidores públicos de las unidades administrativas solicitantes).

Se determinó que los avalúos contratados fueron para dar cumplimiento a las funciones,

atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas la dependencia.

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325 VOLUMEN 5/17

Avalúo

Respecto a la actualización relativa a la justipreciación de renta mensual a pagar por el inmueble

ubicado en Tlaxcoaque por la reubicación de la DGRMSG de la OM, la dependencia presentó

el avalúo con número secuencial JR (ST) 12135, practicado por el Colegio de Valuadores

de México, A.C., por lo que se determinó que el citado avalúo fue para dar cumplimiento a las

funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas

la dependencia.

Contratos núms. OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012,

OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012, OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012,

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 y OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012

1. En cuanto al cumplimiento de los contratos celebrados por la contratación de los servicios

de espacios publicitarios y uso de tiempo aire en medios de comunicación masiva

(televisión), a través del oficio núm. OM/CGAA/DEAJ/345/2014 del 10 de marzo de 2014,

el Director Ejecutivo de Apoyo Jurídico, adscrito a la Coordinación General de Apoyo

Administrativo, remitió copia de ocho órdenes de transmisión (siete remitidas a la empresa

Televisa, S.A. de C.V., y una a TV Azteca, S.A.B. de C.V.) emitidas entre el 1o. de enero

y el 10 de septiembre de 2012; lo anterior como parte del cumplimiento a la cláusula

primera “Objeto del Contrato” de los contratos sujetos a revisión celebrados con las citadas

empresas, de conformidad con lo siguiente:

Campaña Canal

de transmisión Cantidad de spots

Duración

Predial 2012 4 2 30 segundos

5 2 30 segundos

2 2 30 segundos

Año Nuevo 2 1 20 segundos

4 1 20 segundos

5 2 20 segundos

Movilidad 4 3 30 segundos

Desfile de la Secretaría de Seguridad Pública 2 4 20 segundos

Derechos Sociales 2 3 30 segundos

5 1 30 segundos

Metrobús (Línea 4) 2 4 30 segundos

Tenencia 2012 2 1 30 segundos

4 1 30 segundos

Sexto Informe de Gobierno 13 19 40 segundos

7 14 40 segundos

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326 VOLUMEN 5/17

2. En cuanto al cumplimiento de los contratos celebrados por los servicios de monitoreo

de las campañas en medios de comunicación masiva, y de análisis, estrategia, planeación,

implementación, seguimiento y validación de acciones publicitarias, a través del oficio

núm. OM/CGAA/DEAJ/345/2014 del 10 de marzo de 2014, el Director Ejecutivo de Apoyo

Jurídico, adscrito a la Coordinación General de Apoyo Administrativo, remitió copia de

ocho formatos, sin especificar su denominación, del monitoreo efectuado en el período

comprendido entre el 1o. de enero al 21 de septiembre de 2012, emitidos por Auditor

de Medios, S.A. de C.V. Lo anterior, como parte del cumplimiento a la cláusula primera,

“Objeto del Contrato”, de los contratos sujetos a revisión celebrados con la citada empresa.

3. Se proporcionaron 13 reportes relativos al contrato celebrado para los servicios de análisis,

estrategia, planeación, implementación, seguimiento y validación de acciones publicitarias

de la actividad de comunicación social emitidos por Media Mas, S.A., las cuales contienen

los datos siguientes: canal, estación de radio, diario de circulación nacional o revista en los

que se promovieron las acciones publicitarias sujetas a revisión, día y hora de la

transmisión, programa, tarifa, duración, cantidad de spots. Lo anterior, como parte del

cumplimiento de la cláusula primera y del anexo técnico del contrato celebrado.

Cabe señalar que las órdenes de transmisión (para televisión y radio), los formatos de

monitoreo y los reportes relativos al contrato celebrado para los servicios de análisis,

estrategia, planeación, implementación, seguimiento y validación de acciones publicitarias

de la actividad de comunicación social, cuentan con los nombres, cargos y firmas de la

Directora de Difusión y Promoción, unidad administrativa responsable del seguimiento

y verificación de los servicios contratados de acuerdo con lo estipulado en la cláusula

décimo tercera de los contratos celebrados y el visto bueno para pago por parte del

Director General de Comunicación Social de la OM.

Por lo anterior, se determinó que la contratación de espacios publicitarios y uso de tiempo aire

en medios de comunicación masiva (televisión), de monitoreo de las campañas en medios

masivos de comunicación, y de análisis, estrategia, planeación, implementación, seguimiento

y validación de acciones publicitarias dan cumplimiento a las funciones, atribuciones y prestación

de los servicios públicos que tiene encomendadas la dependencia.

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327 VOLUMEN 5/17

Contrato núm. OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012

En cuanto al cumplimiento del contrato celebrado por la contratación de los servicios de

creatividad, reproducción, producción publicitaria para la promoción y difusión de la actividad

gubernamental bajo la modalidad de comunicación social del Gobierno del Distrito Federal,

con el oficio núm. OM/DGA/DRF/149/2014 del 12 de febrero de 2014, el Director de Recursos

Financieros remitió copia del oficio núm. OM/DGCS/DDP/1012/2012 del 25 de octubre de 2012,

por medio del cual la Directora de Difusión y Promoción tramitó el pago de la factura presentada

a cobro por el prestador de servicios e informó al Director General de Administración de la OM

que, debido a las características de los servicios contratados, el resguardo de los anexos

(documentación que acredita la efectiva prestación de los servicios) quedó bajo responsabilidad

de la citada Dirección de Difusión y Promoción.

El prestador de servicios Asesores en Imagen y Diseño Dafra, S.A. de C.V., realizó la entrega

de una carpeta que contiene la planeación y la propuesta estratégica, el desarrollo creativo de

los trabajos, un video con su story line, cinco spots de televisión y seis de radio con sus story

line, los derechos de transmisión de la música de fondo y de la locución, así como los servicios

de supervisión de la producción; lo anterior, como parte del cumplimiento de la cláusula primera

y el anexo técnico del contrato celebrado, de conformidad con lo siguiente:

(Acción de gobierno promovida)

Concepto Duración

Video para promocionar el Sexto Informe de Gobierno 4 minutos 38 segundos

Spot de televisión VI-1 con MEC “Infraestructura” 40 segundos

Spot de televisión VI-2 con MEC “Logros” 30 segundos

Spot de televisión VI-2 con MEC “Logros” 40 segundos

Spot de televisión VI-4 con MEC “Programas Sociales” 40 segundos

Spot de televisión VI-6 con MEC “Seguridad” 40 segundos

Spot de radio de VI-1 con MEC “Infraestructura” 40 segundos

Spot de radio VI-2 con MEC “Logros” 40 segundos

Spot de radio VI-3 con MEC “Medio Ambiente” 40 segundos

Spot de radio VI-4 con MEC “Programas Sociales” 40 segundos

Spot de radio VI-5 con MEC “Recuperación de Espacios” 40 segundos

Spot de radio VI-6 con MEC “Seguridad” 40 segundos

Cabe señalar que la factura tramitada para pago contó con el nombre, cargo y firma de visto

bueno de la encargada de despacho de la DGCS.

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328 VOLUMEN 5/17

Por lo anterior, se determinó que la contratación de los servicios de creatividad, reproducción,

producción publicitaria para la promoción y difusión de la actividad gubernamental bajo

la modalidad de comunicación social del Gobierno del Distrito Federal dan cumplimiento

a las funciones, atribuciones y prestación de los servicios públicos que tiene encomendadas

la dependencia.

Recomendación ASC-145-12-08-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal lleve a cabo acciones

para que los formatos de las fatigas utilizados por los elementos de la Policía Auxiliar del

Distrito Federal que prestan servicios de vigilancia, se ajusten al formato D.2 “Registro de

Asistencia de Personal de Seguridad y Vigilancia”, incluido en los Lineamientos Generales en

materia de Seguridad y Vigilancia aplicables por cada uno de los Inmuebles e Instalaciones

que ocupan o lleguen a ocupar las Dependencias, Órganos Desconcentrados y/o Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal.

Gasto Ejercido

9. Resultado

Con la finalidad de verificar si la OM emitió las CLC debidamente elaboradas, revisadas

y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, y soportadas con la documentación

comprobatoria del gasto, se revisaron 21 CLC por un importe de 49,861.8 miles de pesos,

los cuales se pagaron con recursos fiscales, en cuyo análisis se obtuvo lo siguiente:

Convenio modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01

de las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08

En la revisión de las CLC núms. 12 C0 01 con terminaciones 100476, 100480, 101051, 101055,

101058, 101465, 101466, 101468, 102153 y 102154, emitidas entre el 28 de febrero y el 6 de

junio de 2012, por un total de 17,419.3 miles de pesos, seleccionadas como muestra,

se comprobó que éstas fueron elaboradas por un Subdirector de Área de la Dirección

de Servicios Generales y autorizadas por el titular de dicha unidad administrativa, ambos

de la OM, servidores públicos facultados para ello; y que se encuentran soportadas por los

Informes Presupuestales de Liquidación a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto,

Usuarias de los Servicios de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, por 17,419.3 miles de pesos,

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329 VOLUMEN 5/17

expedidos a nombre de las unidades administrativas sujetas a revisión, los cuales cuentan

con el sello y firma del Director de Finanzas de la corporación y las firmas de conformidad de

los servicios del Director de Servicios Generales y del Subdirector de Seguridad Institucional,

ambos de la OM, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Unidad administrativa Número de CLC

Informe de liquidación

Período de pago

Importe

OM 12 C0 01 100476 653076 Enero 1,312.8

Bolsa Inmobiliaria 12 C0 01 100480 653043 Enero 161.2

DGPI 12 C0 01 101051 653118 Enero 4,375.3

OM 12 C0 01 101055 653145 Febrero 1,331.0

Bolsa Inmobiliaria 12 C0 01 101058 653112 Febrero 150.9

Bolsa Inmobiliaria 12 C0 01 101465 653198 Marzo 161.2

DGPI 12 C0 01 101466 653205 Febrero 4,112.2

OM 12 C0 01 101468 653232 Marzo 1,328.0

Bolsa Inmobiliaria 12 C0 01 102153 653344 Abril 156.0

DGPI 12 C0 01 102154 653350 Marzo 4,330.7

Total 17,419.3

Contratos núms. OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012,

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 y OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012

En la revisión de las CLC núms. 12 C0 01 con terminaciones 105167, 107907 y 108062,

emitidas entre el 2 de octubre y el 31 de diciembre de 2012, por un total de 7,787.8 miles de

pesos, seleccionadas como muestra, se comprobó que éstas fueron elaboradas por el Jefe

de Unidad Departamental de Seguimiento Presupuestal y autorizadas por el Director de

Recursos Financieros, ambos de la OM, servidores públicos facultados para ello; y que se

encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Avalúos practicados por los colegios de profesionales.

2. Contratos y oficios mediante los cuales el titular de la Dirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales envió al Director de Recursos Financieros las facturas presentadas

a cobro por los prestadores de servicios, con las firmas de los servidores públicos

responsables de validar la efectiva prestación de los servicios contratados.

3. Reportes mensuales de ingresos por aprovechamientos y productos de aplicación

automática.

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330 VOLUMEN 5/17

Avalúo

En la revisión de la CLC núm. 12 C0 01 104752 del 2 de octubre de 2012 por 106.7 miles

de pesos, seleccionada como muestra, se comprobó que ésta fue elaborada por el Jefe de

Unidad Departamental de Seguimiento Presupuestal y autorizada por el Director de Recursos

Financieros, ambos de la OM, servidores públicos facultados para ello; y que se encuentra

soportada con la documentación siguiente:

1. Recibo de ingresos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público o por

la prestación de servicios en el ejercicio de funciones de derecho público folio 12149,

por el pago del avalúo practicado al inmueble ubicado en Tlaxcoaque.

2. Oficios mediante los cuales el titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales solicitó al Director de Recursos Financieros el pago del avalúo practicado

toda vez que éste ya había sido entregado por el colegio de profesionales.

3. Requisición de bienes núm. RS/51-2012.

Derivado de la confirmación de operaciones realizada con el Colegio de Valuadores de

México, A.C., se constató que dicho colegio de profesionales fue el encargado de realizar

el avalúo sujeto a revisión.

Contratos núms. OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012,

OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012, OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012,

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 y OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012

En la revisión de las CLC núms. 12 C0 01 con terminaciones 103068, 103917, 103919,

106361, 104613 y 107567, emitidas entre el 16 de julio y el 31 de diciembre de 2012, por

un total de 19,000.9 miles de pesos, seleccionadas como muestra, se comprobó que éstas

fueron elaboradas por el Subdirector de Programación y Presupuesto y autorizadas por el

Director de Recursos Financieros, ambos de la OM, servidores públicos facultados para ello;

y que se encuentran soportadas con la documentación siguiente:

1. Catorce facturas emitidas entre el 8 de junio y el 23 de octubre de 2012, por un monto

de 19,000.9 miles de pesos (IVA incluido).

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331 VOLUMEN 5/17

2. Órdenes de transmisión (para televisión y radio) y los formatos de monitoreo, con las

firmas de los servidores públicos responsables de validar la efectiva prestación de los

servicios contratados.

3. Requisición, contratos, oficios mediante los cuales el titular de la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales envió al Director de Recursos Financieros las facturas

presentadas a cobro por los prestadores de servicios.

Contrato núm. OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012

En la revisión de la CLC núm. 12 C0 01 106330 del 22 de noviembre de 2012 por 5,547.1 miles

de pesos, seleccionada como muestra, se comprobó que fue elaborada por la Subdirectora de

Programación y Presupuesto y autorizada por el Director de Recursos Financieros, ambos

de la OM, servidores públicos facultados para ello; y que se encuentra soportada con la

documentación siguiente:

1. Factura núm. 10 del 23 de octubre de 2012, por un monto de 5,547.1 miles de pesos

(IVA incluido).

2. Contrato y oficio mediante el cual el titular de la Dirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales envió al Director de Recursos Financieros la factura presentada

a cobro por el prestador de servicios.

Todas las facturas que soportan las CLC con las cuales se pagaron los importes de los nueve

contratos y del convenio modificatorio de referencia incluyen los sellos con los nombres, firmas

y cargos de los servidores públicos responsables de verificar el cumplimiento de los contratos;

y reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación; y en el numeral 4 del subapartado IV.3.1, “Cuenta por

Liquidar Certificada”, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

Gasto Pagado

10. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos realizados a los prestadores de servicios hayan

tenido por objeto cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo de la OM, la CMHALDF

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332 VOLUMEN 5/17

solicitó a los prestadores de servicios seleccionados como muestra, entre otra información

y documentación, que indicaran la forma en que fueron pagados los servicios prestados

a la dependencia y el monto de éstos (por números de cheques, transferencias bancarias,

notas de crédito [indicando concepto]) por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre

de 2012; y que informaran de sus saldos al 31 de diciembre de 2012 y a la fecha de la

recepción del oficio emitido por las operaciones mencionadas, con la precisión de las fechas

de todos los documentos y el saldo total, de conformidad con lo siguiente:

Número de contrato o convenio de colaboración

Prestador del servicio Oficio de confirmación

Número Fecha

Convenio modificatorio núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/12-01 de las Bases de Colaboración núm. OM/DGRMSG/DSG/SSI/CCC-001-08

Policía Auxiliar del Distrito Federal ASC/14/0666 25/III/14

OM/DGPI/06/COVAMEX/02/2012 Colegio de Valuadores de México, A.C. ASC/14/0592 18/III/14

OM/DGPI/05/CNIAM/02/2012 y OM/DGPI/07/CNIAM/03/2012

Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.

ASC/14/0591 18/III/14

OM/DGCS/DGA/CPS-021-0-2012 y OM/DGCS/DGA/CPS-054-0-2012

Auditor de Medios, S.A. de C.V. ASC/14/0593 18/III/14

OM/DGCS/DGA/CPS/001-0-2012 Televisa, S.A. de C.V. ASC/14/0595 18/III/14

OM/DGCS/DGA/CPS-052-0-2012 TV Azteca, S.A.B. de C.V. ASC/14/0596 18/III/14

OM/DGCS/DGA/CPS-022-0-2012 Media Mas, S.A. ASC/14/0594 18/III/14

OM/DGCS/DGA/CPS-046-0-2012 Asesores en Imagen y Diseño Dafra, S.A. de C.V.

No se localizó

1. Mediante el oficio núm. PADF/DG/DERHF/0489/2014 del 2 de abril de 2014, el Director

Ejecutivo de Recursos Humanos y Financieros de la corporación informó lo relativo

a las operaciones llevadas a cabo con la OM durante 2012.

2. Por medio del oficio sin número del 2 de abril de 2014, el apoderado del Colegio

de Valuadores de México, A.C., proporcionó los archivos electrónicos que contienen la

información relativa a los contratos celebrados; a la modalidad y número de los

procedimientos de adjudicación; a las facturas, con detalle de los conceptos, montos

y las fechas de expedición y pago; y a las garantías de cumplimiento (fianzas) entregadas.

Lo anterior, con motivo de las operaciones llevadas a cabo con la OM durante 2012.

3. Mediante el oficio sin número del 25 de marzo de 2014, el Presidente del XXII Consejo

General de Gobierno del Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México, A.C.,

informó de los contratos celebrados; la modalidad y número de los procedimientos de

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333 VOLUMEN 5/17

adjudicación; y las facturas, con detalle de los montos y las fechas de expedición y pago

de las operaciones llevadas a cabo con la OM durante 2012.

4. Con el oficio sin número del 25 de marzo de 2014, el representante legal de Auditor de

Medios, S.A. de C.V., remitió copias de los contratos celebrados, informando la modalidad

y número de los procedimientos de adjudicación; de las facturas, con detalle de los

conceptos, montos y las fechas de expedición y pago; y a las garantías de cumplimiento

(fianzas) entregadas. Lo anterior, con motivo de las operaciones llevadas a cabo con la OM

durante 2012.

En el análisis de la información proporcionada por los prestadores de servicios, se determinó

que coincide con la entregada por la dependencia.

5. Al 23 de abril de 2014, fecha en que la fase de ejecución de la auditoría estaba en curso,

no se había recibido respuesta de los prestadores de servicios Televisa, S.A. de C.V.;

TV Azteca, S.A.B. de C.V.; y Media Mas, S.A. Además de Asesores en Imagen y Diseño

Dafra, S.A. de C.V. que no se localizó, por lo que la CMHALDF verificó en la página web

del Sistema de Administración Tributaria (SAT) la emisión de los comprobantes fiscales

y constató que las facturas de los prestadores de servicios fueron aprobadas de conformidad

con lo siguiente:

Prestador de servicios Folio de aprobación del SAT

Televisa, S.A. de C.V. 215588

TV Azteca, S.A.B. de C.V. 6B998008-B580-4509-89D0-BB4B6A21BC8F

Media Mas, S.A. 21296698

Asesores en Imagen y Diseño Dafra, S.A. de C.V. 74B5CC18-C22F-654F-DDE9-CA96EE033DB5

Finalmente, se constató que los pagos de los contratos celebrados y del convenio modificatorio

de las bases de colaboración, seleccionados como muestra se registraron en las partidas de

gasto que correspondían, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal

y en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigentes en 2012.

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335 VOLUMEN 5/17

I.17. PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

I.17.1. ANTECEDENTES

El Ministerio Público como órgano encargado de la investigación y persecución de los

delitos, quedó institucionalizado a partir de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos de 1917. El primer ordenamiento jurídico que rigió la institución del Ministerio

Público en el Distrito Federal fue la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios

Federales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 1919, en

la cual se estableció que el Ministerio Público quedaría conformado por un Procurador

General de Justicia y Territorios Federales, entre otras áreas.

En la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito y Territorios Federales, publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1954, se estableció que el

Procurador General de Justicia sería nombrado por el Presidente de la República, y que

los agentes del Ministerio Público auxiliarían al Procurador.

La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1971, hace referencia a

la Procuraduría y no al Ministerio Público, toda vez que el contenido de la ley se refiere

a todas las actividades de procuración de justicia. Asimismo, el 15 de diciembre de 1977

se publicó la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal;

esta Ley ya no hizo referencia a los territorios federales, toda vez que éstos se erigieron

en Estados de la Federación mediante las reformas constitucionales del 21 de noviembre

de 1952 y del 8 de octubre de 1974.

En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicada en el

Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1983, se estableció a la Procuraduría

como dependencia del Poder Ejecutivo Federal y en ella se integró el Ministerio Público del

Distrito Federal y sus órganos auxiliares directos. La Ley Orgánica tuvo dos reformas

mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1985

y el 24 de diciembre de 1986.

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336 VOLUMEN 5/17

Derivado de las reformas Constitucionales de 1993, mediante decreto por el que se

reforman los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105, 107 y 122, así como la

denominación del Título Quinto, se adiciona la fracción IX al artículo 76 y un párrafo al 119,

y se deroga la fracción XVII del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de octubre de 1993, la

institución del Ministerio Público en el Distrito Federal quedó a cargo del Procurador

General de Justicia del Distrito Federal, quien será nombrado y removido por el Jefe del

Departamento del Distrito Federal, con la aprobación del Presidente de la República.

En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 1996, se estableció que para

el despacho de los asuntos que al Ministerio Público le atribuye la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la propia Ley

Orgánica, la institución del Ministerio Público estará presidida por el Procurador General

y en su carácter de representante social será por conducto de sus agentes y auxiliares.

El 9 de septiembre de 2009 y el 11 de febrero de 2010, se publicaron en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal las reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del

Distrito Federal y a su Reglamento, las cuales fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal. Sin embargo, los citados documentos fueron invalidados por la

Suprema Corte de Justicia de la Nación al emitir la sentencia a la controversia constitucional

núm. 102/2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2010

y precisar que es facultad del Congreso de la Unión la organización, competencia, normas

de funcionamiento y regular el nombramiento del Procurador General de Justicia del

Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en los artículos 73, 122 y 133 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atribuciones

En la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2011, en sus artículos 1o. y 2o., se

establecen el objetivo y las atribuciones de la Procuraduría General de Justicia de Distrito

Federal los cuales disponen:

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337 VOLUMEN 5/17

“Artículo 1. (Objeto de la Ley). Esta ley es de orden público, interés social, observancia

general en el Distrito Federal y tiene por objeto organizar la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal para el despacho de los asuntos que al Ministerio Público

atribuyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal, este ordenamiento y demás disposiciones legales aplicables.

”Para el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público, la actuación

de la Procuraduría se regirá por los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad,

objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto

a los derechos humanos.

”Artículo 2. (Atribuciones del Ministerio Público). La Institución del Ministerio Público en el

Distrito Federal estará a cargo del Procurador General de Justicia y tendrá las siguientes

atribuciones, que ejercerá por sí, a través de los Agentes del Ministerio Público, de la Policía

de Investigación, de los Peritos y demás servidores públicos en el ámbito de su respectiva

competencia:

”I. Investigar los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal y perseguir a los

imputados con la Policía de Investigación y el auxilio de servicios periciales;

”II. Promover la pronta, expedita y debida procuración de justicia, observando la legalidad

y el respeto de los derechos humanos en el ejercicio de esa función;

”III. Investigar las conductas tipificadas como delitos por las leyes penales atribuidas

a los adolescentes;

”IV. Proteger los derechos e intereses de las niñas, niños, adolescentes, incapaces,

ausentes, personas adultas mayores y otros de carácter individual o social, que por

sus características se encuentren en situación de riesgo o vulnerabilidad;

”V. Aplicar en el ámbito de su competencia las disposiciones y principios contenidos en

los instrumentos internacionales relativos a los Derechos Humanos en los que el

Estado Mexicano sea parte, desde el inicio de la averiguación previa hasta que concluya

el proceso penal;

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338 VOLUMEN 5/17

”VI. Proporcionar atención a los ofendidos y a las víctimas del delito, facilitar su

coadyuvancia, tanto en la averiguación previa como en el proceso, protegiendo en

todo momento sus derechos e intereses de acuerdo a la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, los Instrumentos Internacionales en los que el Estado

Mexicano sea parte y la demás normativa en la materia; teniendo como ejes rectores

el respeto por los derechos humanos, la perspectiva de género y la protección

integral a la infancia;

”VII. Emitir o solicitar las órdenes o medidas para la protección de las personas víctimas

de delito o de sus testigos;

”VIII. Emitir o solicitar las órdenes o medidas para la protección de los sujetos que

intervienen en el proceso penal;

”IX. Auxiliar a otras autoridades en la investigación de los delitos de su competencia y en

la persecución de los imputados, en los términos de los convenios, bases y demás

instrumentos de colaboración celebrados;

”X. Requerir informes, documentos y opiniones de las dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal, del Distrito Federal y de los estados y municipios

de la República, así como de los particulares, en los términos previstos por las normas

aplicables, para la debida integración de las averiguaciones previas;

”XI. Realizar las actividades que, en materia de seguridad pública, le confiere la Ley

de Seguridad Pública del Distrito Federal y la normativa en la materia;

”XII. Participar en el Consejo Local o las Instancias Regionales, del Sistema Nacional

de Seguridad Pública, en los términos de la normativa vigente en la materia;

”XIII. Participar en el Sistema Nacional de Seguridad Pública, realizando las actividades,

integrando los órganos e instancias de coordinación, así como todas las demás

acciones que señale la normativa vigente en la materia;

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339 VOLUMEN 5/17

”XIV. Recibir y compartir la información sobre Seguridad Pública que obre en sus bases

de datos con las del Centro Nacional de Información, en los términos de las

disposiciones legales y normativas aplicables;

”XV. Solicitar las medidas de protección a favor de las mujeres víctimas de violencia en

términos de la normatividad correspondiente;

”XVI. Preparar, ejercitar la acción y ser parte en el procedimiento de extinción de dominio,

en términos de la ley de la materia;

”XVII. Promover la participación de la ciudadanía en los programas de su competencia;

”XVIII. Realizar estudios, formular lineamientos y ejecutar estrategias o acciones de política

criminal que comprendan:

”a) La elaboración de estudios y programas de prevención del delito en el ámbito

de su competencia, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y

con otras instituciones, tanto del Gobierno del Distrito Federal como del Gobierno

Federal o de otras Entidades Federativas, según la naturaleza de los programas;

”b) El establecimiento de los servicios para la localización de personas y bienes,

así como la ejecución de acciones tendientes a mantener un servicio de

comunicación directa por el que se reciban los reportes de la comunidad

en relación a las emergencias, faltas y delitos de que tenga conocimiento;

”c) Proponer al Presidente de la República, a través del Jefe de Gobierno del Distrito

Federal, los proyectos de leyes y reglamentos relacionados con la Procuraduría

y la Seguridad Pública. Asimismo, proponer al Jefe de Gobierno del Distrito

Federal, los proyectos de leyes y reglamentos relacionados con el Sistema de

Justicia Penal en el Distrito Federal;

”d) El diseño, implementación, vigilancia y seguimiento de las políticas para la

disminución del número de delitos de mayor frecuencia delictiva;

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340 VOLUMEN 5/17

”e) Atender requerimientos de información pública de conformidad con las disposiciones

legales en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y,

”f) Las demás que mencione esta Ley, su reglamento y demás disposiciones

aplicables.

”XIX. Promover la participación de los habitantes del Distrito Federal a través de las

instancias de coordinación que prevé la Ley General del Sistema Nacional de

Seguridad Pública, para:

”a) La participación en la evaluación de las políticas e instituciones de seguridad

pública que se circunscribirá a los temas relativos al desempeño de sus integrantes,

el servicio prestado y el impacto de las políticas públicas en prevención del delito;

”b) La opinión sobre políticas en materia de Seguridad Pública;

”c) Sugerir medidas específicas y acciones concretas para la función mencionada

en los incisos a) y b);

”d) Realizar labores de seguimiento;

”e) Proponer reconocimientos por méritos o estímulos para sus integrantes;

”f) Realizar denuncias o quejas sobre irregularidades;

”g) Auxiliar a las autoridades competentes en el ejercicio de sus tareas y participar

en las actividades que no sean confidenciales o pongan en riesgo el buen

desempeño en la función de Seguridad Pública; y

”XX. Las demás que señale esta ley y otras disposiciones legales aplicables.

”Tendrán carácter de Agentes del Ministerio Público, para todos los efectos legales, los

Subprocuradores, el Coordinador de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador,

el Visitador Ministerial, los Fiscales Centrales de Investigación; los Desconcentrados de

Investigación; los de Procesos; de Supervisión; de Revisión y de Mandamientos Judiciales,

los Directores Generales Jurídico Consultivo y de Implementación del Sistema de Justicia

Penal; de Atención a Víctimas del Delito; de Derechos Humanos, los Directores y

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341 VOLUMEN 5/17

Subdirectores de Área adscritos a las Direcciones Generales señaladas, siempre y cuando

sean licenciados en derecho.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 4,416,170.8 100.0 4,567,570.4 100.0 (151,399.6) (3.3) Corriente 4,349,243.8 98.5 4,467,594.9 97.8 (118,351.1) (2.6) De capital 66,927.0 1.5 99,975.5 2.2 (33,048.5) (33.1)

Presupuesto ejercido

Gasto total 4,737,338.4 100.0 4,692,430.0 100.0 44,908.4 1.0

Corriente 4,566,506.7 96.4 4,537,477.3 96.7 29,029.4 0.6 De capital 170,831.7 3.6 154,952.7 3.3 15,879.0 10.2

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 4,416,170.8 4,737,338.4 321,167.6 7.3 Corriente 4,349,243.8 4,566,506.7 217,262.9 5.0 De capital 66,927.0 170,831.7 103,904.7 155.3

2011

Gasto total 4,567,570.4 4,692,430.0 124,859.6 2.7 Corriente 4,467,594.9 4,537,477.3 69,882.4 1.6 De capital 99,975.5 154,952.7 54,977.2 55.0

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

En 2012, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tuvo una asignación

de 4,416,170.8 miles de pesos, que representó el 3.2% del gasto programable del Gobierno

del Distrito Federal (138,043,090.1 miles de pesos), y erogó 4,737,338.4 miles de pesos,

que representaron el 3.1% del monto ejercido en ese sector (152,693,690.0 miles de pesos).

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342 VOLUMEN 5/17

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 4,416,170.8

4,737,338.4

321,167.6 7.3

Corriente 4,349,243.8 98.5 4,566,506.7 96.4 217,262.9 5.0

“Servicios Personales” 3,801,556.6 86.1 3,967,973.0 83.8 166,416.4 4.4

“Materiales y Suministros” 142,802.1 3.2 133,765.4 2.8 (9,036.7) (6.3)

“Servicios Generales” 398,464.3 9.0 408,001.8 8.6 9,537.5 2.4

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 6,420.8 0.1 56,766.5 1.2 50,345.7 784.1

De capital 66,927.0 1.5 170,831.7 3.6 103,904.7 155.3

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 66,927.0 1.5 123,662.4 2.6 56,735.4 84.8

“Inversión Pública” 0.0 0.0 47,169.3 1.0 47,169.3 100.0

FUENTE: Gobierno de Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

Principales Resultados

De los cinco rubros en que participó la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

durante 2012 con base en sus actividades institucionales, las de mayor relevancia se

presentaron en los apartados de Procuración de Justicia y en específico en la actividad

institucional 007 “Averiguaciones previas”, con un ejercicio presupuestal 1,949,613.3 miles

de pesos y un avance físico alcanzado de 502,376 averiguaciones previas; el de Derechos

Humanos, en su actividad institucional 002 “Acceso a las mujeres víctimas de violencia”,

con un ejercicio presupuestal de 72,301.6 miles de pesos en apoyo de 30,488 mujeres; el de

Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior-Protección Civil, en su actividad institucional

“Acciones de prevención en materia de protección civil” se ejercieron 1,500.0 miles de pesos;

en el Sistema Nacional de Seguridad Pública y su programa se ejercieron 113,616.9 miles

de pesos; y en la actividad institucional, “Administración de recursos institucionales” se

ejercieron 298,431.1 miles de pesos para dar seguimiento a los servicios generales de la

Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, realizando 2,000 actividades.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó en 2012 una auditoría financiera a la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federal.

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343 VOLUMEN 5/17

I.17.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.17.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/146/12

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno Distrito Federal de 2012, la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal (PGJDF) reportó en el capítulo 3000 “Servicios Generales”,

un presupuesto ejercido de 408,001.8 miles de pesos (8.6% del total erogado por la

dependencia, por 4,737,338.4 miles de pesos, lo que representó una variación de 2.4%,

(9,537.5 miles de pesos) respecto del presupuesto original autorizado para dicho capítulo

(398,464.3 miles de pesos). En relación con lo ejercido en 2011 (366,653.7 miles de pesos),

el monto pagado en dicho capítulo significó una variación de 11.3 % (41,348.1 miles

de pesos).

En el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (408,001.8 miles de

pesos) destacaron las partidas 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” (42,287.0 miles

de pesos), 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” (42,666.7 miles de pesos)

y 3981 “Impuesto sobre Nóminas” (83,629.0 miles de pesos), que en conjunto ejercieron

168,582.7 miles de pesos, que significaron el 41.4% del total erogado en el capítulo y el

3.6% del presupuesto total ejercido por la PGJDF (4,737,338.4 miles de pesos).

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, apartado “ECG, Análisis

de Egresos por Capítulo de Gasto”, la PGJDF registró en el capítulo 3000 “Servicios

Generales” un presupuesto original de 398,464.3 miles de pesos y un presupuesto

ejercido de 408,001.8 miles de pesos, lo que refleja una variación de 9,537.5 miles

de pesos.

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344 VOLUMEN 5/17

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en el capítulo 3000 “Servicios

Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa” y

“Exposición al Riesgo” establecidos en el Manual de Selección de Auditorías de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

(CMHALDF) vigente, debido a que el capítulo 3000 “Servicios Generales” presentó una

variación significativa respecto al presupuesto ejercido en 2011 y es propenso a errores,

desperdicios, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como

se ha observado en auditorías de ejercicios anteriores realizadas a otros sujetos

fiscalizados y a la propia PGJDF.

La CMHALDF practicó dos auditorías financieras a la PGJDF, por los ejercicios de 2009

y 2011, al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,

fracción VI; y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43, del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V,

VI, VII, primer párrafo, VIII, IX, XII, XIII y XIX; 9; 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22;

24; 27; 28; 30, fracción IV; 31; 32; 33; 34; y 36, de la Ley Orgánica de la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 de su

Reglamento Interior.

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345 VOLUMEN 5/17

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó como resultado

de los trabajos realizados en la fase de planeación y como resultado del estudio

y evaluación del control interno.

Para la revisión, se seleccionaron las partidas 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”,

3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” y 3981 “Impuesto sobre Nóminas”,

las cuales integraron el presupuesto ejercido por la PGJDF en 2012, que importó

168,582.7 miles de pesos, consignados mediante 441 registros presupuestales

y soportados con 77 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 1 Documento Múltiple.

Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2012 y en la base de datos de las CLC que

la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó a esta

entidad de fiscalización.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Oficialía Mayor de la PGJDF, por ser la

unidad administrativa que se encarga de administrar los recursos materiales y financieros

de la dependencia, de registrar las operaciones financieras de ésta; de conservar la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme a las políticas, lineamientos,

criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor (OM) y la SEFIN; y de controlar,

solicitar y comprobar la aplicación de los recursos.

Se analizó la estructura orgánica de la PGJDF para identificar las áreas que la integraron

en 2012, así como para verificar su autorización, dictamen y registro por parte de la

Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF).

Se revisó el manual administrativo de la dependencia vigente en el ejercicio de 2012, para

verificar que su apartado de organización guardara concordancia con la estructura orgánica

dictaminada y que hubiese sido registrado por la CGMA, junto con los procedimientos

aplicables al rubro objeto de la auditoría. Para ello, se identificaron las áreas, funciones

y procedimientos relativos al ejercicio del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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346 VOLUMEN 5/17

Para el registro de las operaciones efectuadas con cargo a los recursos de dicho capítulo,

la PGJDF aplicó 38 procedimientos, debidamente autorizados y difundidos entre el personal

de la dependencia.

Se aplicaron cuestionarios de control interno a la Oficialía Mayor de la PGJDF, ya que fue

la unidad administrativa encargada de la planeación, organización, trámite, ejercicio,

control y registro del presupuesto erogado en 2012 con cargo a los recursos del capítulo

3000 “Servicios Generales”, así como de la salvaguarda de la documentación justificativa

y comprobatoria correspondiente.

Se verificó que los recursos erogados con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”

correspondieran a los asignados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 y que se hubiesen registrado oportunamente, de

acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, con los artículos 44 y 69

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, y la demás normatividad

aplicable, todos vigentes en 2012.

Se revisó que los formatos de las 23 CLC analizadas reunieran los requisitos establecidos

en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2012.

Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios (PAAAPS), autorizado para el ejercicio de 2012, y las actas del Comité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la dependencia, mediante los

cuales se previeron o dictaminaron operaciones con cargo a los recursos del capítulo

3000 “Servicios Generales” en el ejercicio revisado.

Se analizaron 85 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el

presupuesto autorizado para el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las

causas de dichas adecuaciones y se constató que se contara con la documentación

soporte de las modificaciones efectuadas.

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347 VOLUMEN 5/17

Además, se realizaron pruebas de controles y de cumplimiento para comprobar que la

dependencia hubiese observado las normas y ordenamientos vigentes en el período

auditado, como se señala a continuación:

1. Se aplicaron cuestionarios de control interno a fin de verificar que los procedimientos

relacionados con las operaciones registradas con cargo al capítulo sujeto a revisión

se hubiese difundido entre el personal encargado de su aplicación, que éstos se

encontraran actualizados y autorizados, que las actividades se hubieran realizado de

conformidad con dichos procedimientos, y que aquellos relacionados con el ejercicio

del gasto, que integraron la muestra seleccionada, contaran con las autorización del

titular de la PGJDF.

2. Se revisó que la dependencia contara con las autorizaciones respecto a su

presupuesto, y con las relativas a las modificaciones correspondientes, y que ambas

coincidieran con el presupuesto ejercido que se reportó en el Informe de la Cuenta

Pública de la PGJDF de 2012; Asimismo, se constató que los recursos se hubieran

registrado conforme a la naturaleza del gasto, de acuerdo con la partida presupuestal

establecida en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

3. Se revisó que la contratación de servicios, en su caso, se hubiese ajustado a los

procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos tres

proveedores y licitación pública nacional o internacional) establecidos en la normatividad

aplicable; que se hubiesen formalizado contratos con prestadores de servicio que no

se encontraran inhabilitados por la CGDF; que se hubieran entregado comprobantes

de pago a nombre del ente fiscalizado y que cumplieran con los requisitos fiscales;

que los pagos realizados por la PGJDF correspondieran a servicios prestados; que se

hubiesen cumplido las condiciones pactadas en los contratos y convenios, de acuerdo

con la normatividad aplicable; y que se contara con la documentación justificativa

y comprobatoria de las operaciones seleccionadas que demuestre la autorización y

ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Las pruebas sustantivas de detalle y analíticas sustantivas de detalle aplicadas

consistieron en:

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348 VOLUMEN 5/17

1. Verificar que las contrataciones de servicios estuvieran previstas en el PAAAPS

autorizad; que las contrataciones se encontraran soportadas con las requisiciones de

servicios debidamente justificadas y firmadas, acreditando la autorización emitida por

el personal que tuvo atribuciones para ello; que se hubiese contado con suficiencia

presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la PGJDF; que se hubieran realizado

estudios de precios de mercado; que los prestadores de servicios hubiesen presentado

las garantías correspondientes en los plazos establecidos; que los procedimientos de

contratación de servicios (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos

tres proveedores y licitación pública nacional), seleccionados como muestra, se hubieran

ajustado a los montos de actuación autorizados; que las operaciones autorizadas

se hubiesen realizado de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012 y que se hayan informado a la

SEFIN, a la CGDF y a la OM; que se hubiesen elaborado en tiempo y en forma

las CLC por el entero de las obligaciones fiscales; que los importes enterados se

hubieran reflejado en los estados de cuenta correspondientes; que se haya reportado

a la SEFIN, en tiempo y forma, el pasivo circulante del ejercicio de 2012 pagado en 2013;

y que los recursos no ejercidos y, en su caso, los rendimientos obtenidos al

31 de diciembre de 2012, hubieran sido devueltos a la SEFIN en los plazos señalados.

2. Verificar que el presupuesto aprobado para la dependencia correspondiera con el

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2012 y que el monto ejercido correspondiera con las operaciones realizadas

y con el gasto reportado en la Cuenta Pública de 2012; que las operaciones

seleccionadas como muestra se hubiesen registrado presupuestalmente de conformidad

con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; y que se contara con los

expedientes, debidamente integrados con la documentación legal y administrativa

de los prestadores de servicios adjudicados. Además, se confirmaron operaciones

con los prestadores de servicios que recibieron pagos con cargo al rubro sujeto de

revisión, y se constató que las obligaciones fiscales en materia de Impuesto sobre

Nóminas cumplieran con la presentación de una sola declaración centralizada.

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349 VOLUMEN 5/17

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Para determinar la muestra de las erogaciones efectuadas y registradas en la PGJDF

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se realizó lo siguiente:

1. Se estratificó el universo (capítulo 3000 “Servicios Generales”), por un importe de

408,001.8 miles de pesos, en todas las partidas.

2. La muestra se definió por selección dirigida o casual, de acuerdo con lo establecido

en el Boletín 6020 “El Muestreo en la Auditoría”, de las Guías de Auditoría emitidas

por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento del Instituto Mexicano de

Contadores Públicos, A.C. (IMCP), para lo cual se consideraron las partidas que

cumplieran las siguientes condiciones:

a) Que tuvieran mayor participación o que hubiesen registrado variaciones

significativas en el ejercicio del presupuesto del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

b) Que se encontraran incluidas en la justificación del proyecto de auditoría.

c) Que presentaran los montos más significativos en el ejercicio de los recursos con

cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, de acuerdo con el criterio

“Importancia Relativa” y aquellas propensas a irregularidades, ineficiencias

o incumplimiento de objetivos y metas, según el criterio de “Exposición al Riesgo”.

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350 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos y por cientos)

Partidas Presupuesto

ejercido

Porcentaje respecto

al presupuesto ejercido

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 19,236.0 4.7

3121 “Gas” 358.6 0.1

3132 “Agua Tratada” 9,476.3 2.3

3141 “Telefonía Tradicional” 14,409.3 3.5

3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” 3,476.9 0.9

3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información” 4,411.4 1.1

3181 “Servicios Postales y Telegráficos” 1,209.4 0.3

3191 “Servicios Integrales y Otros Servicios” 1,483.7 0.4

3221 “Arrendamiento de Edificio” 7,864.8 1.9

3271 “Arrendamiento de Activos Intangibles” 8,393.5 2.1

3291 “Otros Arrendamientos” 1,314.3 0.3

3341 “Servicios de Capacitación” 20,569.7 5.0

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 2,581.4 0.6

3361 “Servicios de Apoyo Administrativo, Fotocopiado e Impresión” 10,861.9 2.7

3371 “Servicios de Protección y Seguridad” 1,895.0 0.5

3381 “Servicios de Vigilancia” 27,453.9 6.7

3391 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos Integrales” 4,049.3 1.0

3411 “Servicios Financieros y Bancarios” 133.9 n.s.

3432 “Gastos de Ensobretado y Traslado de Nómina” 288.2 0.1

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 42,287.0 10.4

3471 “Fletes y Maniobras” 104.1 n.s.

3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles”. 304.7 0.1

3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 12,138.3 3.0

3541 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio” 3,340.3 0.8

3551 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 16,978.6 4.2

3553 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte destinados a “Servidores Públicos y Servicios Administrativos” 8,684.0 2.1

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, otros Equipos y Herramienta” 4,414.4 1.1

3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” 42,666.7 10.5

3591 “Servicios de Jardinería y Fumigación” 2,047.2 0.5

3611 “Difusión por Radio, Televisión y otros Medios de Mensajes sobre Programas y “Actividades Gubernamentales” 3,475.1 0.9

3661 “Servicio de creación y Difusión de Contenido exclusivamente a través de Internet” 54.8 n.s.

3691 “Otros servicios de Información” 1,499.9 0.4

3711 “Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales” 544.7 0.1

3712 “Traslado Aéreo de Personas”. 67.8 n.s.

3721 “Pasajes terrestres Nacionales e Internacionales” 16.2 n.s.

3722 “Pasajes terrestres al interior del Distrito Federal” 2,873.1 0.7

3751 “Viáticos en el País” 2,670.5 0.7

3761 “Viáticos en el Extranjero” 120.4 n.s.

3822 “Gastos de Orden Social” 1,744.0 0.4

3911 “Servicios Funerarios y de Cementerio a los Familiares de los Civiles y Pensionistas Directos” 509.0 0.1

3921 “Impuestos y Derechos” 5,141.0 1.3

3951 “Penas, Multas, Accesorios y Actualizaciones” 219.5 0.1

3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 3,500.0 0.9

3981 “Impuesto sobre Nóminas” 83,629.0 20.5

3982 “Otros Impuestos derivados de una Relación Laboral” 29,504.0 7.2

Total 408,001.8 100.0

n.s. No significativo.

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351 VOLUMEN 5/17

La muestra de auditoría se determinó en razón del siguiente criterio para cada una de las

partidas seleccionadas:

1. Para las tres partidas incluidas en el proyecto de auditoría, se determinó el monto

ejercido y se seleccionaron las operaciones que representaron el peso específico más

alto en relación con el presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

2. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 23 CLC y

1 Documento Múltiple, por un monto de 87,784.3 miles de pesos, que representa el

21.5% del gasto total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (408,001.8 miles

de pesos), como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Importe Participación Importe Número de CLC

Participación en la partida

(%)

Participación en el capítulo

(%)

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 42,287.0 10.4 34,876.5* 14* 82.5 8.5

3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos" 42,666.7 10.5 22,054.9 5 51.7 5.4

3981 “Impuesto sobre Nóminas” 83,629.0 20.5 30,852.9 4 36.9 7.6

Importe partidas seleccionadas (3) 168,582.7 41.4 87,784.3 23 52.1 21.5

Otras partidas (42) 239,419.1 58.6

Total capítulo 3000 408,001.8 100.0

* Incluye un Documento Múltiple.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Se analizó el control interno establecido por la PGJDF en 2012 para el trámite, control,

pago y registro del gasto ejercido con cargo a los recursos del capítulo 3000 “Servicios

Generales”, para lo cual se realizó el estudio general de las áreas involucradas.

Asimismo, se verificó que la estructura orgánica de la dependencia contara con el

dictamen de autorización de la OM, que los apartados de organización y de procedimientos

del manual administrativo hubiesen sido registrados ante la CGMA y que fuesen acordes

tanto con el dictamen de la estructura orgánica autorizada como con las funciones

asignadas que desempeñan las unidades administrativas involucradas en el ejercicio de

las partidas de gasto revisadas.

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352 VOLUMEN 5/17

También se examinaron los cuestionarios de control interno aplicados a la unidad

administrativa que intervino en el ejercicio, control y registro de los recursos erogados con

cargo a las partidas revisadas, a fin de identificar posibles riesgos en el cumplimiento

de los objetivos de control y en la aplicación de los procedimientos establecidos.

Con la revisión del control interno establecido por la PGJDF para regir el ejercicio de los

recursos de las partidas sujetas a revisión, se constató que la PGJDF contó con manuales

de organización general y específicos los cuales fueron autorizados y registrados por la

CGMA; sin embargo, dichos manuales no se encuentran publicados en Gaceta Oficial de

Distrito Federal. Además, se verificó que la Oficialía Mayor de la PGJDF fue la encargada

de administrar, ejercer, controlar, tramitar y registrar los recursos presupuestales ejercidos

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, y de archivar y salvaguardar la

documentación justificativa y comprobatoria correspondiente.

Para verificar si la dependencia contó con elementos de control para administrar los

riesgos, se analizaron los procedimientos a cargo de la Oficialía Mayor de la PGJDF.

Se identificaron 38 procedimientos para regular el trámite, control, pago y registro de los

recursos ejercidos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, específicamente a

las partidas 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo

de Desechos” y 3981 “Impuesto sobre Nóminas”.

Asimismo, se aplicaron cuestionarios de control interno y se efectuaron entrevistas

respecto a las operaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”,

específicamente a las partidas 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, 3581 “Servicios de

Limpieza y Manejo de Desechos” y 3981 “Impuesto sobre Nóminas”.

Se realizó la verificación documental de las operaciones realizadas por la Oficialía Mayor

de la PGJDF, la recopilación de información, el estudio e identificación de los riesgos

y la confirmación de operaciones con los prestadores de servicios, de acuerdo con los

objetivos específicos de control.

Se evaluó el control interno establecido por la PGJDF para comprobar que el proceso de

solicitud, autorización, contratación y recepción de los servicios, así como el pago, registro

y control de los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales” se hubiesen sujetado a

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353 VOLUMEN 5/17

lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2012, la Ley General de Contabilidad Gubernamental; el Código Fiscal del

Distrito Federal; la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; el Reglamento

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal; el Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno); en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, la Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal; el Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; los Lineamientos

Generales para consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de

Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para

la Centralización de Pagos; los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2012.

Del estudio y evaluación del sistema de control interno establecido por la PGJDF, se

concluye que en 2012 los mecanismos y actividades de control resultaron insuficientes

para una adecuada administración de los riesgos. Asimismo, se determinó que el ente

fiscalizado que carece de mecanismos para publicar su Manuales de Organización

General y el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, no obstante que contó con la autorización,

publicación y difusión de los procedimientos vinculados con el control, operación

y seguimiento de los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales y servicios de

limpieza y manejo de desechos. Además, se constató que la PGJDF no remitió a la

SEFIN el informe de las adquisiciones, arrendamientos y servicios contratados en el mes

inmediato anterior en tiempo y forma, y que no contó con toda la documentación que debe

integrar los expedientes de contratación de servicios, ni con la documentación que

comprueba que los servicios fueron efectivamente devengados y que refleje información

actualizada y consistente con la que presenta el prestador de servicios, contrariamente

establecido en la normatividad y ordenamientos aplicables.

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354 VOLUMEN 5/17

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, los

resultados de la evaluación del control interno mostraron las siguientes fortalezas

y debilidades:

Fortalezas:

1. La PGJDF se coordina con la SEFIN a efecto de cumplir las obligaciones que confiere

la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

2. La PGJDF se coordina con la OM para cumplir sus obligaciones respecto a

las operaciones que se realizan de manera consolidada, de conformidad con los

Lineamientos Generales para la Consolidación de la Adquisición de Bienes o Servicios

de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para

la centralización de pagos.

3. Los controles establecidos por la dependencia garantizan que las erogaciones con

cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” cuenten con las autorizaciones

correspondientes y se registren presupuestalmente de conformidad con la naturaleza

del gasto en el capítulo y la partida que le corresponde; y que se elaboren los

requerimientos de servicios respectivos.

4. La dependencia, de acuerdo con sus controles establecidos, garantiza que las CLC

por el entero de las obligaciones fiscales, se emitan en tiempo y forma y que los

importes enterados se reflejan en los estados de cuenta correspondientes, en

cumplimiento a la normatividad aplicable.

5. La dependencia cuenta con mecanismos de control que le permiten garantizar que los

procedimientos de adjudicación se realizan de acuerdo a la normatividad aplicable;

que se apliquen, en su caso, las sanciones correspondientes; que se hagan efectivas

las garantías respectivas; y que los servicios pagados se ajusten a los montos

autorizados y contratados.

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355 VOLUMEN 5/17

Debilidades:

1. La dependencia cuenta, en general con controles insuficientes para presentar

diversos informes en los términos establecidos en la normatividad aplicable.

2. La dependencia no cuenta con mecanismos de control que le permitan conservar en

los expedientes de la contratación de servicios la documentación soporte respectiva,

la evidencia de que se recibieron los servicios pagados, en los tiempos y formas

establecidos en los contratos.

3. La carencia de mecanismos de control no le permite a la PGJDF asegurarse de que la

información relacionada con los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales,

en específico de la siniestralidad, se encuentre debidamente actualizada, conciliada,

comprobada y que refleje datos reales; verificar la autenticidad de los recibos de

prima y notas de crédito; así como de integrar de forma ordenada y sistemática los

expedientes de los bienes siniestrados, documentación que acredita que los servicios

fueron efectivamente recibidos.

4. La PGJDF no cuenta con mecanismos de control que le permitan conservar de

manera ordenada y sistemática la documentación de los expedientes correspondientes

a la prestación de los servicios de limpieza y manejo de desechos, en específico las

pólizas de responsabilidad civil y los formatos de control de dichos servicios con datos

correctos.

5. La PGJDF no contó con procedimientos debidamente autorizados, publicados y

difundidos entre su personal, en relación con el control de las actividades inherentes

al servicio de limpieza y manejo de desechos, y al seguro de bienes patrimoniales.

Las deficiencias del sistema de control interno detectadas durante la revisión se señalan

en el apartado de resultados de este informe.

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356 VOLUMEN 5/17

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

1. Con el oficio núm. OM/1514/2001 del 31 de agosto de 2001, la OM comunicó a la

PGJDF, la autorización del dictamen núm. 168/2001 y los organigramas referentes

a la reestructuración orgánica de dicha dependencia, vigente a partir del 1o. de septiembre

de 2001.

2. En la revisión del dictamen núm. 168/2001 y los organigramas de la PGJDF

autorizados, vigentes en 2012, se constató que el ente fiscalizado contó con la estructura

orgánica que se compone de 999 plazas, conforme a lo siguiente:

Nombre Personal

autorizado

Oficina del Procurador General de Justicia del Distrito Federal 208

Oficina de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales 69

Oficina de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas 237

Oficina de la Subprocuraduría de Procesos 66

Oficina de la Subprocuraduría Jurídica y de Derechos Humanos 71

Oficina de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad 108

Oficialía Mayor 240

Total 999

Manual Administrativo

1. Mediante el oficio núm. CGMA/2913/06 del 13 de diciembre de 2006, la CGMA comunicó

a la PGJDF la integración en sus archivos, con número de registro MA-14000-168/01,

del Manual de Organización General de esa dependencia el Manual de Organización

Específico de la Oficina del Procurador General de Justicia del Distrito Federal,

el Manual de Organización Específico de la Oficina del Oficial Mayor, el Manual de

Organización Específico de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales, Manual de Organización Específico de la Dirección General de Tecnología

y Sistemas Informativos y el Manual de Organización Específico de la Dirección de

Servicios a la Comunidad, elaborados conforme al dictamen núm. 168/2001.

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357 VOLUMEN 5/17

La Dirección de Organización y Procedimientos Administrativos de la PGJDF, mediante

nota informativa sin número de fecha 29 de enero de 2014, informó lo siguiente:

“… los manuales de organización, tanto general como específicos, se encuentran

vigentes a partir de que son autorizados por el C. Procurador General de Justicia del

Distrito Federal. Estos pierden su efectividad al modificarse el documento que se

encuentra en uso. La permuta puede presentarse al indicarse: nuevas atribuciones o

nueva estructura orgánica, en cualquiera de las unidades que conforman la Institución.

”Por lo anterior, los títulos que ahora se entregan se encuentran vigentes, en las áreas

correspondientes.”

Asimismo, se informó que la difusión de dichos manuales se realizó con “el oficio a

través del cual se comunica a los titulares de las áreas la autorización, del documento

que les corresponde, por parte del C. Procurador se les solicita lo difundan entre

el personal adscrito a las mismas […] Asimismo, la DGPOP [Dirección General de

Programación, Organización y Presupuesto] realiza la divulgación, de los títulos en

cuestión, por medio electrónico con lo establecido en la Guía Técnica para la Elaboración

de Manuales Admirativos en la PGJDF”.

La PGJDF contó con manuales de organización general y específicos autorizados

y registrados por la CGMA; sin embargo, dichos manuales no fueron publicados en

Gaceta Oficial de Distrito Federal, por lo cual la dependencia no cumplió lo establecido

en el numeral 2.4.6.7 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012, que establece: “una vez obtenido el registro de los Manuales

Administrativos y Manuales Específicos de Operación ante la CGMA, los titulares de

las dependencias […] serán los encargados de su publicación en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, gestionando para tal efecto, los trámites que correspondan ante la

CJySL (Consejería Jurídica y de Servicios Legales)”.

En los informes de las auditorías financieras núms. ASC/131/08 y ASC/131/11,

practicadas a la PGJDF con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas del Distrito

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358 VOLUMEN 5/17

Federal de los ejercicios de 2008 y 2011, esta entidad de fiscalización emitió

observaciones sobre la falta de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de

su manual administrativo en su apartado de organización, por lo que se formularon las

recomendaciones núms. ASC-131-08-02-PGJDFy ASC-131-11-16-PGJDF se les dio

el seguimiento respectivo. La CMHALDF dio por solventadas dichas recomendaciones

y lo comunicó a la dependencia mediante los oficios núms. CMH/14/0003 del

15 de enero de 2014 y CMH/14/0215 del 6 de marzo de 2014, respectivamente, en

virtud de que la PGJDF presentó el mecanismo de control sugerido para subsanar

la observación; no obstante, esta entidad de fiscalización se reserva la facultad de

constatar, en cualquier momento y por los medios que considere idóneos, su debida

observancia. A la fecha de la elaboración del presente informe (julio 2014), la dependencia

aún no contaba con evidencia de la publicación del manual referido.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la

PGJDF no proporcionó información o documentación que modifique la observación

relacionada con la deficiencia de control descrita en el presente resultado, por lo que

ésta prevalece.

2. La PGJDF contó con 343 procedimientos autorizados y registrados ante la CGMA,

de los cuales 38 se encuentran relacionados con la aplicación de recursos al capítulo

3000 “Servicios Generales” y están registrados con el núm. MA-14000-168/01.

Se difundieron entre el personal de la PGJDF los procedimientos aplicables al capítulo

3000 “Servicios Generales”, con los oficios que a continuación se relacionan:

700/326/2004 del 29 de septiembre de 2004, 700/391/2004 del 23 de diciembre de 2004,

700/118/2005 del 8 de abril de 2005, 700/134/2005 del 22 de abril de 2005, 700/145/2005

del 6 de mayo de 2005, 701/1922/2005 del 28 de junio de 2005, 701/0091/2010 del

15 de enero de 2010, 701/200/031/11 y 701/200/032/11 del 29 de abril de 2011,

701/200/064/11 y 701/200/065/11 ambos del 31 de octubre de 2011, 701/03883/2011 del

1o. de noviembre de 2011, 701/4183/11 del 9 de diciembre de 2011, 701/200/082/11

y 701/200/083/11 ambos del 28 de diciembre de 2011, OC 701/003/2012

del 22 de marzo de 2012, OC 701/005/12 del 7 de junio de 2012, 701/04041/12 del

15 de noviembre de 2012, 701/013/2012 del 12 de diciembre de 2012. Además, se

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359 VOLUMEN 5/17

comprobó que los 38 procedimientos fueron publicados en las Gacetas Oficiales del

Distrito Federal núms. 1126, 1294, 1404 y 1497, del 28 de junio de 2011, 22 de febrero

de 2012, 27 de julio de 2012 y 7 de diciembre de 2012, respectivamente.

Por lo anterior, se comprobó que la PGJDF cumplió con los apartados del 2.4.2 al

2.4.6.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la

Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2012.

Recomendación ASC-146-12-01-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, implemente

mecanismos de control que le permitan publicar su manual administrativo en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento de la normatividad aplicable vigente.

2. Resultado

Para verificar que durante el ejercicio de 2012 la PGJDF hubiese observado el marco

legal, la normatividad y ordenamientos aplicables en la presentación de informes o programas,

se realizó lo siguiente:

1. Con la finalidad de verificar que la PGJDF hubiera reportado a la SEFIN en tiempo y

forma el pasivo circulante, mediante el oficio núm. ASC/14/0134 del 24 de enero de 2014,

se solicitó a la dependencia el reporte de pasivo circulante constituido al 31 de diciembre

de 2012 de las obligaciones contraídas con recursos ejercidos con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”, y sus correspondientes oficios de envío a la SEFIN.

En atención a la solicitud, mediante el oficio núm. 701.1/SPE/73/2014 del 5 de marzo

de 2014, la PGJDF remitió copia del oficio núm. 701/0078/2013 del 11 de enero de 2013,

mediante el cual la DGPOP de la PGJDF envió a la Subsecretaria de Egresos de la

SEFIN los formatos “B” y “B1”, denominados “Resumen por Clave de Saldos por

Ejercer 2012” y “Detalle por Clave y Proveedor o Contratista del Gasto Corriente y de

Inversión 2012”, relativos al monto y características de su pasivo circulante.

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360 VOLUMEN 5/17

En la revisión de la documentación proporcionada por la dependencia, se constató

que la PGJDF reportó el pasivo circulante del ejercicio de 2012 en el plazo

establecido en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012.

2. El numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012, publicada el 20 de mayo

de 2011, establece lo siguiente:

“Las Dependencias […] deberán elaborar sus PAAAPS, con estricto apego al

presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente y a los lineamientos y formatos

que establezca la DGRMSG para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido

en el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal (LADF).

”De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido

por la SF, se deberá enviar mediante oficio, copia a la DGRMSG a más tardar en la

primera quincena del mes de enero del ejercicio presupuestal reportado.

”Para los casos en que exista alguna duda respecto a la partida presupuestal que

tiene asignada el bien o servicio en el CABMS, en la elaboración del PAAAPS,

se aplicará invariablemente la partida que defina la SF, previa consulta hecha por las

DGA y que comunicará por escrito a la DGRMSG.

”Las DGA serán las instancias facultadas para autorizar de acuerdo a las necesidades

operativas las modificaciones al PAAAPS, las cuales deberán ser orientadas para

coadyuvar en el cumplimiento de las metas y actividades institucionales.

”Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días naturales posteriores del mes

inmediato al período que se reporta.”

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361 VOLUMEN 5/17

Por otra parte, en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal vigente

en 2012, se establece:

“Las Dependencias […] a más tardar el 31 de enero de cada año, publicarán en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios.”

Al respecto, se observó lo siguiente:

a) Se constató que la PGJDF envió a la SEFIN para su validación su Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de

2012, con el oficio núm. 703/455/2012 del 1o. de marzo de ese año.

b) Mediante el oficio núm. SFDF/SE/2145/2012 del 9 de marzo de 2012, la SEFIN

comunicó a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la

Oficialía Mayor de la PGJDF la validación presupuestal de su PAAAPS de 2012.

c) El PAAAPS 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 1320

del 30 de marzo de 2012.

Por lo expuesto, se confirmó que la PGJDF no remitió a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales el PAAAPS de 2012 dentro del plazo

legal, ni lo publicó en la Gaceta Oficial de Distrito Federal, conforme al numeral 4.2.1

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) y el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

vigentes en 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, y la nota informativa del 30 de mayo de 2014,

la Oficialía Mayor de la PGJDF proporcionó documentos que señalan los motivos del

desfasamiento de la entrega y publicación del PAAAPS e indican lo siguiente:

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362 VOLUMEN 5/17

“… oficio número 703/3322/2011 de fecha 23 de diciembre de 2011 […] el entonces

Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, solicitó al Director

General de Programación, Organización y Presupuesto, le remita el presupuesto

autorizado para el ejercicio fiscal 2012, asignado a la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal, para realizar la captura al Sistema del Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y dar cumplimiento a los

artículos 16 y 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

”Con fecha 6 de enero del 2012 con oficio 703/0042/2012, el entonces Director

General de Recursos Materiales y Servicios Generales reitera al Director General de

Programación, Organización y Presupuesto, le remita el presupuesto autorizado para

el ejercicio fiscal 2012 […]

”Con oficio 701/0050/2012 de fecha 9 de enero de 2012, emitido por el Director

General de Programación, Organización y Presupuesto, al Director General de Recursos

Materiales y Servicios Generales, da respuesta a los oficios antes citados, mediante el

cual informó ‘… que a esa fecha sólo tenía conocimiento del importe del presupuesto

autorizado en el Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

ejercicio 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 30 de diciembre

de 2011, por lo que una vez que la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

remitiera el analítico de dicho presupuesto, lo haría del conocimiento de manera

inmediata […]

”Con fecha 11 de enero del 2012 se recibió el oficio número 701/500/072/2012,

signado por el Director de Programación y Presupuesto, de la Dirección General de

Programación, Organización y Presupuesto, el que remite al Director General

de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Techo Presupuestal y Analítico de

Claves para el ejercicio fiscal 2012.

”… se podrá observar que el proceso de captura del PAAAPS, se inició tardíamente,

imposibilitando el cumplimiento en tiempo y forma de acuerdo a la Normatividad de la

Materia de Adquisiciones, considerando que la captura por cada uno de los bienes

a adquirir, la saturación del sistema, aunado a las validaciones que se tienen que

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363 VOLUMEN 5/17

realizar, lo que originó que la elaboración del PAAAPS, concluyera hasta el día

10 de marzo de 2012, fecha en que fue enviado en oficio número 703/455/2012, a la

Dirección General de Política Presupuestal, para su validación correspondiente.”

Con el oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014, la Oficial Mayor de la

PGJDF instruyó a la Dirección General de Recursos Materiales para que en lo

sucesivo vigile que las áreas a su cargo, responsables de la atención a las observaciones

derivadas de la auditoría núm. ASC/146/12 al capítulo 3000 “Servicios Generales” por

el ejercicio 2012, realicen sus actividades en cumplimiento a la normatividad.

Por lo expuesto, se confirma la deficiencia de control relativa a que la PGJDF envió a

la DGRMSG el PAAAPS 53 días después de lo establecido en la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), y lo publicó

58 días después de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, por lo que el resultado no se modifica.

3. Los numerales 4.14.1 y 4.14.3 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012, publicada el 20 de mayo

de 2011, establecen lo siguiente:

“4.14.1 Las DGA serán las únicas áreas facultadas para el envío de la información

a la DGRMSG. Dicha información deberá presentarse de manera consolidada por […]

incluyendo a sus Órganos Desconcentrados adscritos, en forma impresa y a través de

medio magnético, de acuerdo a los siguientes períodos:

”Anualmente en forma impresa y a través de archivo electrónico:

”a) Programa Anual de Adquisiciones.

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364 VOLUMEN 5/17

”Trimestralmente, a través de la captura en el sitio web que establezca la DGRMSG

en cada ejercicio fiscal:

”b) El Programa Anual de Adquisiciones en versión modificada, e

”c) Informe del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de

servicios efectuados durante el trimestre inmediato anterior (ISAAPS).”

“4.14.3 Las DGA de las Dependencias […] serán responsables de la debida

formulación y entrega oportuna de los informes, los cuales deberán remitirse dentro

de los diez días naturales siguientes al período que se reporte, o bien anteriores a la

fecha de la recalendarización…”

Cabe precisar que la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno), registró una modificación que entró en vigor al día siguiente

de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, por

lo que la obligación de presentar dicho informe se modificó a 15 días naturales.

Al respecto, la PGJDF presentó los informes de las modificaciones trimestrales del

PAAAPS como se describe a continuación:

Período por informar

Número de oficio Fecha de envío Fecha en que se debió presentar

Días de desfase

1er. trimestre 703/864/2011 11/IV/12 10/IV/12 1 2do. trimestre 703/1864/2012 12/VII/12 10/VII/12 2 3er. trimestre 703/2740/2012 10/X/12 15/X/12 0 4to. trimestre 703/0081/2013 14/I/13 15/I/13 0

Respecto a los Informes del Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios (ISAAPS) de 2012, la PGJDF registró un desfase de un día

en la presentación del primer trimestre del ISAAPS, conforme a lo que se detalla

a continuación:

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Período por informar

Número de oficio Fecha de envío Fecha en que se debió presentar

Días de desfase

1er. trimestre 703/860/2012 11/IV/12 10/IV/12 1 2do. trimestre 703/1824/2012 9/VII/12 10/VII/12 0 3er. trimestre 703/2744/2012 11/X/12 15/X/12 0 4to. trimestre 703/0086/2013 14/I/13 15/I/13 0

Sin embargo, en virtud de la modificación de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), se eliminó la obligación de presentar el

ISAAPS, razón por la cual la PGJDF no está obligada a presentar dichos informes.

4. De conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y el 45 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigentes

en 2012, los titulares de las dependencias, a más tardar dentro de los primeros

10 días naturales de cada mes, enviarán un informe a la SEFIN, con copia a la CGDF

y a la OM, en el que se referirán las operaciones autorizadas con base en los artículos

54 y 55 de la Ley de Adquisiciones en comento, realizadas en el mes calendario

inmediato anterior. Estos artículos refieren la excepción a la licitación pública, es

decir, la adquisición, arrendamiento o prestación de servicios por el procedimiento de

invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa.

Al respecto, mediante el oficio núm. 701.1/SPE/73/2014 del 5 de marzo de 2014, la

PGJDF proporcionó diversos oficios dirigidos a la SEFIN, a la OM y a la Contraloría

Interna de esa dependencia, con los que se dio cumplimiento a dicho precepto

normativo; no obstante, se constató que se presentaron con desfases, conforme se

detalla en el siguiente cuadro:

Período que reporta Número de oficio

de remisión del informe Fecha límite de entrega

del informe Fecha de sello de recepción

Enero 703/436/2012 10/II/12 1/III/12

Febrero 703/625/2012 10/III/12 22/III/12

Marzo 703/861/2012 10/IV/12 13/IV/12

Abril 703/1236/2012 10/V/12 17/V/12

Mayo 703/1609/2012 10/VI/12 25/VI/12

Agosto 703/2368/2012 10/IX/12 17/IX/12

Septiembre 703/2738/2012 10/X/12 12/X/12

Octubre y noviembre 703/3603/2012 10/XI/12 y 10/XII/12 27/XII/12

Diciembre 703/0583/2013 10/I/13 22/II/13

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366 VOLUMEN 5/17

Por no remitir a la SEFIN, con copia a la CGDF y a la OM, el informe de las

adquisiciones, arrendamientos y servicios contratados dentro de los primeros 10 días

naturales de cada mes, la dependencia incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2012, que establece:

“Los titulares de las […] dependencias, a más tardar dentro de los primeros diez días

naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría

y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad

con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior,

acompañando copia de las actas de los casos que hayan sido dictaminados al

amparo del artículo 54 por el Comité o Subcomité correspondiente.”

Además, incumplió el artículo 45 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2012, que señala:

“Las […] Dependencias que contraten adquisiciones, arrendamientos o prestación de

servicios bajo los supuestos previstos en el artículo 54 de la Ley, enviarán dentro

de los primeros 10 días naturales de cada mes a la Secretaría, con copia a la

Contraloría y otra a la Oficialía, un informe sobre las operaciones realizadas en el mes

calendario inmediato anterior, acompañado de la documentación soporte.”

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF informó

que con el oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014 “el Oficial Mayor de la

PGJDF […] instruye al encargado del Despacho de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales, para que en lo sucesivo vigile que el personal a su

cargo responsable de la atención a los resultados emitidos por ése Órgano

Fiscalizador, realicen sus actividades, en estricto apego a la normatividad aplicable en

la materia, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos, la transparencia en

las operaciones y la observancia de la normatividad en el ejercicio de los recursos

asignados a esta Dependencia”. Adicionalmente, la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó copia del oficio en comento.

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367 VOLUMEN 5/17

Lo expuesto confirma la deficiencia de control observada en el presente numeral

resultado, por lo que éste no se modifica.

5. El artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigente en 2012 señala la obligación de las dependencias de remitir a la

SEFIN “dentro de los primeros diez días de cada mes, un reporte mensual sobre los

recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren

comprometidos al cierre de mes inmediato anterior”.

Asimismo, el numeral 3; apartado IV, “Lineamientos Generales para los Trámites

Presupuestarios”; subapartado IV.8, “Presupuesto Comprometido”, del Manual de

Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012, que establece: “Las UR’s deberán enviar en forma analítica

y por clave presupuestal a la Secretaría, dentro de los siguientes primeros diez días

del cierre de cada mes, un reporte mensual sobre el total de los recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales que se encuentren comprometidos

a la fecha de su presentación”.

Al respecto, se analizaron los reportes mensuales de los recursos comprometidos

sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales,

correspondientes a 2012, que la DGPOP adscrita a la Oficialía Mayor de la PGJDF

proporcionó a la CMHALDF mediante el oficio núm. 701.1SPE/73/2014 del 5 de marzo

de 2014 y se observó que se presentaron como se muestra en el siguiente cuadro:

Período que reporta Número de oficio

de remisión del informe Fecha límite

de entrega del informe Fecha de sello de recepción

Enero 701/0360/2012 10/II/12 8/II/12

Febrero 701/0746/2012 10/III/12 8/III/12

Marzo 701/1096/2012 10/IV/12 4/IV/12

Abril 701/1490/2012 10/V/12 8/V/12

Mayo 701/1936/2012 10/VI/12 8/VI/12

Junio 701/2361/2012 10/VII/12 9/VII/12

Julio 701/2734/2012 10/VIII/12 6/VIII/12

Agosto 701/3126/2012 10/IX/12 7/IX/12

Septiembre 701/3450/2012 10/X/12 5/X/12

Octubre 701/3595/2012 10/XI/12 9/XI/12

Noviembre 701/4403/2012 10/XII/12 10/XII/12

Diciembre 701/0068/2013 10/I/13 10/I/13

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368 VOLUMEN 5/17

Por lo anterior, se constató que la PGJDF remitió a la SEFIN los reportes de los

recursos comprometidos sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de

transferencias federales en los términos que establece la normatividad aplicable.

Recomendación ASC-146-12-02-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, implante

mecanismos de control para que publique su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en los

plazos que establece la normatividad y ordenamientos aplicables.

Recomendación ASC-146-12-03-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, establezca

medidas de control para que los informes de las adjudicaciones directas e invitaciones

a cuando menos tres proveedores que remite a la Secretaría de Finanzas, con copia a la

Contraloría General del Distrito Federal y a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, sean presentados conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y su Reglamento.

Revisión de la Adopción e Implantación de Normas

emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable

3. Resultado

Para evaluar el control interno relativo a las operaciones correspondientes a los recursos

que ejerce la PGJDF en el marco de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

vigente en 2012, mediante el oficio núm. ASC/146/12/02 del 24 de febrero de 2014, la

CMHALDF aplicó un cuestionario de control interno a la DGPOP de la Oficialía Mayor de

la PGJDF y las diversas áreas responsables que la integran, así como a la Contraloría interna

en esa dependencia. En atención a lo anterior, mediante el oficio núm. 701.1SPE/68/2014

del 24 de febrero de 2014, se proporcionó información y documentación, de cuyo análisis

se desprende lo siguiente:

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369 VOLUMEN 5/17

1. La dependencia conoce cuáles fueron las normas contables y lineamientos para la

generación de información financiera, emitidos y publicados por el Consejo Nacional

de Armonización Contable (CONAC) en los ejercicios de 2011, 2012 y 2013, así como

su fecha de publicación.

Informó que, a la fecha, se está aplicando el Acuerdo por el que se emiten los

Lineamientos Mínimos relativos al Diseño e Integración del Registro en los Libros

Diario, Mayor e Inventarios y Balances, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 22 de julio 2011; el Acuerdo por el que emiten los Lineamientos para la

Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el

Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal y la Lista de Cuentas, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre 2011; el Acuerdo por el

que se emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad

Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles

e Inmuebles de los Entes Públicos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 28 de diciembre 2011; el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales

del Sistema de Contabilidad Gubernamental simplificado para los Municipios con

Menos de Veinticinco Mil Habitantes, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de diciembre 2011; los Lineamientos para el Registro Auxiliar Sujeto

a Inventario de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos Bajo Custodia de los

Entes Públicos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de octubre 2012;

y los Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita

la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de octubre 2012.

2. Se informó que la generación de la información contable y presupuestaria, bajo la

clasificación administrativa, económica y funcional-programática en el ejercicio de 2012,

fue el Estado de situación financiera, Estado de variación en la hacienda pública,

Estado de cambios en la situación financiera, Estado analítico del activo y el Estado

analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivan las clasificaciones:

administrativa, económica y por objeto del gasto y funcional-programático.

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370 VOLUMEN 5/17

3. La PGJDF contó con un manual de contabilidad para el registro del gasto de

conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 37 de la Ley General

de Contabilidad Gubernamental, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

24 de mayo de 2012.

4. La dependencia, al 31 de diciembre de 2012, dispuso, de conformidad con el artículo

cuarto transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, de Listas de cuentas

alineadas al plan de cuentas, clasificadores presupuestarios armonizados, catálogos

de bienes y las respectivas matrices de conversión con las características señaladas

en los artículos 40 y 41 de dicha ley, normas y metodología que establezcan los

momentos contables de ingresos y gastos previstos en la normatividad aludida,

indicadores para medir los avances físico-financieros relacionados con los recursos

federales y catálogos de cuentas y manuales de contabilidad.

5. La PGJDF mediante el Sistema de planeación de Recursos Gubernamentales GRP-SAP

definido por la SEFIN, tramita las CLC, las adecuaciones presupuestales y los

Documentos Múltiples por medio de los cuales ejerce su presupuesto aprobado; además,

verifica que el sistema informático con el que opera para efectos internos la DGPOP

utilice todos los catálogos definidos por el Consejo de Armonización Contable del

Distrito Federal (CONSAC-DF) a fin de garantizar que dicho sistema sea un espejo

del GRP-SAP.

6. Se informó que para garantizar que las unidades administrativas de la dependencia

cumplan los plazos establecidos en los artículos transitorios de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, la DGPOP es quien permanentemente supervisa a las

direcciones que la integran.

7. La PGJDF emite los informes solicitados por la OM con relación a la elaboración

del catálogo e inventario de los bienes que tiene a su cuidado, de conformidad con lo

establecido en el artículo 126 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio

Público.

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371 VOLUMEN 5/17

8. La PGJDF se coordina con la SEFIN a efecto de cumplir las obligaciones que le

confiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental, mediante oficio requisitado

y envío de las siguientes normas contables: Norma para establecer la Estructura de

Información de Montos Pagados por Ayudas y Subsidios, Norma para establecer la

Estructura de Información del Formato de Programas con Recursos Federales por

Orden de Gobierno, Normas y Modelo de Estructura de Información de Ejercicio

y Destino de Gasto Federalizado y Reintegros y Norma para establecer el Formato

para la Difusión de los Resultados de las Evaluaciones de los Recursos Federales

Ministrados a las Entidades Federativas.

9. El área adscrita a la PGJDF encargada de dar seguimiento en relación con el

cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental es la DGPOP.

10. Para medir los avances físicos financieros, la PGJDF utiliza el indicador “Índice

de Aplicación de Recursos para la Consecución de Metas Programadas” (IARCM),

y para medir el cumplimiento de metas utiliza el indicador “Índice de Cumplimiento de

las Metas Programadas al Período”.

Derivado del análisis de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la información

proporcionada por la PGJDF, se concluye que se cumplió lo establecido en los ordenamientos

aplicables para el ejercicio de 2012, por lo que no se genera observación alguna.

Gasto Aprobado

4. Resultado

De acuerdo con el artículo 5o. del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de diciembre de 2011, núm. 1257, tomo III, la PGJDF tuvo un monto autorizado por

4,416,170.7 miles de pesos.

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372 VOLUMEN 5/17

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0035/2011 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la dependencia el techo presupuestal, el cual se integra

de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Parcial Monto total

Gasto corriente 4,349,243.8

Servicios personales 3,801,556.6

Materiales y suministros 142,802.2

Servicios generales 398,464.3

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 6,420.7

Gasto de capital 66,926.9

Bienes muebles, inmuebles e intangibles 66,926.9

Total asignado 4,416,170.7

El presupuesto original asignado a la dependencia reportado en la Cuenta Pública del

Gobierno del Distrito Federal coincide con el techo presupuestal, el Programa Operativo

Anual (POA) comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/0035/2011 del 2 de enero de 2012, y el calendario presupuestal autorizado

por la SEFIN en 2012.

De acuerdo con el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre

de 2011, en el artículo Quinto Transitorio se destinaron 12,000 miles de pesos como

recursos etiquetados para la PGJDF, para nivelación salarial y prestaciones del personal

sindicalizado.

Respecto al Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012 de la PGJDF, se observó que

con el oficio núm. SFDF/SE/3600/2011 del 28 de octubre de 2011, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN solicitó a la PGJDF que le remitiera su Anteproyecto según los

plazos establecidos en el Manual de Programación y Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Egresos 2012.

Con el oficio núm. 701/3792/2011 del 11 de noviembre de 2011, la DGPOP remitió a la

SEFIN el mencionado Anteproyecto. Asimismo, envió los formatos del Guión del Programa

Operativo Anual, Proyecto de Programa Operativo 2012 y Marco de Política Pública.

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373 VOLUMEN 5/17

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/1004/2012 del 30 de enero de 2012, la SEFIN comunicó

a la PGJDF el Calendario Presupuestal y el POA definitivos.

La PGJDF remitió el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012 en los términos

establecidos en el Manual de Programación y Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Egresos 2012, en su capítulo VI, “Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2012”, en su apartado VI.4 “Generación de Reportes”; así como

en los numerales correspondientes de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y su Reglamento.

Por lo anterior, se determinó que el presupuesto aprobado fue integrado y registrado

por la dependencia de acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Modificado

5. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas en la

muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se

realizaron las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. También, se constató que

dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y soportadas con la

documentación correspondiente.

En 2012, la PGJDF reportó, para el capítulo 3000 “Servicios Generales”, un presupuesto

ejercido de 408,001.8 miles de pesos, lo que significó un incremento de 2.4% (9,537.5 miles

de pesos) respecto de su presupuesto original, que fue de 398,464.3 miles de pesos. Las

modificaciones realizadas al presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”

se integró como se detalla a continuación:

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374 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos y porcientos)

Partida Modificación neta Porcentaje

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” (1,787.2) (18.7) 3121 “Gas” (1.4) n.s. 3132 “Agua Tratada”. 724.2 7.6 3141 “Telefonía Tradicional” (3,739.9) (39.2) 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” 3,226.8 33.8 3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información” (988.6) (10.4) 3181 “Servicios Postales y Telegráficos” (271.1) (2.8) 3191 “Servicios Integrales y otros Servicios” 154.5 1.6 3221 “Arrendamiento de Edificio” (135.2) (1.4) 3253 “Arrendamiento de Equipo de Transporte destinado a Servicios Públicos y la operación de Programas Públicos” (120.0) (1.3) 3271 “Arrendamiento de Activos Intangibles” (1,576.5) (16.5) 3291 “Otros Arrendamientos” (28.8) (0.3) 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” (1,000.0) (10.5) 3341 “Servicios de Capacitación”. 69.7 0.7 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 2,581.4 27.1 3361 “Servicios de Apoyo Administrativo, Fotocopiado e Impresión” 2,456.7 25.8 3362 “Servicios de Impresión” (916.5) (9.6) 3371 “Servicios de Protección y Seguridad” (3,105.0) (32.6) 3381 “Servicios de Vigilancia” 2,176.0 22.8 3391 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos Integrales” 1,349.3 14.1 3411 “Servicios Financieros y Bancarios”. (76.1) (0.8) 3432 “Gastos de Ensobretado y Traslado de Nómina”. (23.8) (0.2) 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” (4,213.0) (44.2) 3471 “Fletes y Maniobras” (3.8) n.s. 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles” (195.3) (2.0) 3521 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Administración, “Educacional y Recreativo” (1,000.0) (10.5) 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” (2,111.7) (22.1) 3541 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo e Instrumental Médico y de “Laboratorio” (2,659.7) (27.9) 3551 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 2,978.6 31.2 3553 “Reparación, mantenimiento y conservación de equipo de Transporte destinados a Servidores Públicos y Servicios Administrativos” 2,310.6 24.2 3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, otros Equipos y Herramienta” (99.5) (1.0) 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” 3,396.7 35.6 3591 “Servicios de Jardinería y Fumigación” (4.0) n.s. 3611 “Difusión por Radio, Televisión y otros Medios de Mensajes sobre Programas y “Actividades Gubernamentales” 1,025.1 10.7 3661 “Servicio de Creación y Difusión de Contenido Exclusivamente a través de Internet” 54.8 0.6 3691 “Otros Servicios de Información” 1,499.9 15.7 3711 “Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales” (355.3) (3.7) 3712 “Traslado Aéreo de Personas” 17.8 0.2 3721 “Pasajes Terrestres Nacionales e Internacionales” (1,663.8) (17.4) 3722 “Pasajes Terrestres al Interior del Distrito Federal” 1,373.1 14.4 3751 “Viáticos en el País” 690.5 7.2 3761 “Viáticos en el Extranjero” (278.3) (2.9) 3822 “Gastos de Orden Social” 944.0 9.9 3831 “Congresos y Convenciones” (200.0) (2.1) 3911 “Servicios Funerarios y de Cementerio a los Familiares de los Civiles y Pensionistas Directos” 509.0 5.3 3921 “Impuestos y Derechos” (61.5) (0.6) 3951 “Penas, Multas, Accesorios y Actualizaciones” 169.5 1.8 3961 “Gastos por Concepto de Responsabilidades del Gobierno del Distrito Federal” (626.7) (6.6) 3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 0.0 n.s. 3981 “Impuesto sobre Nóminas”. (7,358.4) (77.2) 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral” 16,430.4 172.3 Total 9,537.5 100.0

n.s. No significativo.

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375 VOLUMEN 5/17

A fin de verificar que las afectaciones presupuestarias que modificaron los recursos

asignados a la PGJDF, con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se hayan registrado

conforme a la normatividad aplicable y a los montos aprobados y para identificar las

causas de la modificación al presupuesto original, mediante el oficio núm. 700/45/2014 del

10 de febrero de 2014, la dependencia proporcionó un total de 85 afectaciones

programático-presupuestarias. Del análisis de dichas afectaciones se determinó lo siguiente:

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al

ejercicio 2012, la PGJDF reportó una asignación original de 398,464.3 miles de pesos

para el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la cual fue objeto de los siguientes

movimientos presupuestales: 11 adiciones líquidas, por 23,803.5 miles de pesos;

28 adiciones compensadas, por 24,725.5 miles de pesos; 3 ampliaciones líquidas, por

97.3 miles de pesos; 769 ampliaciones compensadas, por 307,328.4 miles de pesos;

182 reducciones líquidas, por 27,471.8 miles de pesos; y 815 reducciones compensadas,

por 318,945.4 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto sufrió una ampliación

de 9,537.5 miles de pesos, para quedar en 408,001.8 miles de pesos, importe que fue

ejercido en su totalidad, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Subtotal Total

Presupuesto original

398,464.3

Más:

Adiciones

Líquidas 23,803.5

Compensadas 24,725.5 48,529.0

Más:

Ampliaciones

Líquidas 97.3

Compensadas 307,328.4 307,425.7

Subtotal

355,954.7

Reducciones

Líquidas (27,471.8)

Compensadas (318,945.4) (346,417.2) (346,417.2)

Subtotal

9,537.5

Presupuesto modificado

408,001.8

Menos:

Presupuesto ejercido

408,001.8

Diferencia

0.0

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376 VOLUMEN 5/17

En su informe de Cuenta Pública, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”

(Gasto Corriente), la PGJDF en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales”, señaló

que la variación entre el presupuesto original y el ejercido se realizó debido a lo siguiente:

“No se contaba con la totalidad de la suficiencia presupuestal para cubrir la retención del

Impuesto sobre la Renta por concepto de aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal 2012,

así como para el pago centralizado del suministro de agua potable, la cual se llevó a cabo

con recursos fiscales.

”Asimismo, se adicionaron recursos del fondo 588 ‘Proyecto para la implementación de la

reforma del sistema de justicia penal’ con las cuales se contrató el servicio para el

diagnóstico y diseño de un plan de reorganización institucional de los operadores que

integran el sistema de Justicia Penal acusatorio en el Distrito Federal; asimismo, se realizó

una campaña publicitaria en distintos medios impresos y de comunicación dirigida a todos

los sectores de la población, relacionada con los retos, perspectivas y beneficios de las

acciones realizadas con la implementación del Sistema de Justicia Penal en el Distrito

Federal. Además, se contrató el servicio de investigación científica, con la finalidad de contar

con un proyecto de iniciativa de ley, sobre la ejecución de sanciones penales y reinserción

social para el Distrito Federal, también dentro del marco nuevo del nuevo sistema de

justicia penal, basado en un modelo propio de un estado de derecho democrático.

”De igual forma, se adicionan recursos remanentes de años anteriores, a fin de contar con

recursos que permitieran la celebración de un contrato para el licenciamiento de Microsoft.”

Respecto a las 85 afectaciones programático-presupuestarias, éstas fueron autorizadas

por la SEFIN, por medio de la Dirección General de Egresos. Por consiguiente la PGJDF

cumplió con lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones Programático-

Presupuestaria”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias

Compensadas, numeral 15, y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”,

numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012. Por lo anterior, el presupuesto

fue modificado por la dependencia de conformidad con la normatividad y ordenamientos

aplicables.

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377 VOLUMEN 5/17

Gasto Comprometido

6. Resultado

Con objeto de comprobar si el gasto refleja la aprobación por autoridad competente de un

acto administrativo u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con

terceros para la adquisición de servicios o el pago de obligaciones fiscales con recursos

provenientes del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisaron contratos y contratos

consolidados de las partidas 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” y 3581 “Servicios de

Limpieza y Manejo de Desechos”, así como la normatividad relacionada con la partida

3981 “Impuesto sobre Nóminas”. De los recursos ejercidos por la PGJDF durante el ejercicio

de 2012 que fueron seleccionados como muestra sujeta a revisión, se conoció lo siguiente:

Partida Presupuestal 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

La PGJDF ejerció recursos por un importe de 42,287.0 miles de pesos, que significaron el

10.4 % del total erogado para el capítulo 3000 “Servicios Generales” (408,001.8 miles

de pesos) y el 0.9% del total erogado por la procuraduría (4,737,338.4 miles de pesos).

Se seleccionó para su revisión la documentación justificativa y comprobatoria de los

recursos aplicados por la PGJDF, por un monto de 34,876.5 miles de pesos mediante la

emisión de 14 CLC núms. 100260, 100750, 101151, 101236, 101237, 101238, 101579,

101875, 101876, 101877, 101878, 102093, 102579 y 102437, por un importe de 36,481.8 miles

de pesos y un documento múltiple núm. 200128, por un importe negativo de 1,605.3 miles de

pesos; emitidos entre el 21 de marzo y el 27 de diciembre de 2012, para la prestación

del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales en los rubros de “Aseguramiento de

Infraestructura Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales propiedad y/o a Cargo

del Gobierno del Distrito Federal” y “Aseguramiento del Parque Vehicular (automóviles y

camiones) Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal”. Como resultado de la

revisión de dicha documentación, se conoció lo siguiente:

1. La OM, por conducto de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales (DGRMSG), llevó a cabo la contratación del servicio de aseguramiento

de bienes patrimoniales del Gobierno del Distrito Federal (GDF) correspondiente al

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378 VOLUMEN 5/17

ejercicio de 2012, mediante el procedimiento de licitación pública nacional

núm. 30001077-016-11 y contó con la autorización para contraer compromisos en el

ejercicio presupuestal 2012, por un monto de 3,806,231.0 miles de pesos por parte de

la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN. Dicha autorización fue comunicada

mediante el oficio núm. SFDF/SE/4084/2011 del 21 de noviembre de 2011.

Asimismo, contó con la autorización del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito

Federal, lo cual consta en el acta de la décimo segunda sesión ordinaria del

27 de diciembre de 2011, para adjudicar la licitación a favor de la empresa AXA

Seguros, S.A. de C.V., para el servicio de aseguramiento de la “Infraestructura

Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales Propiedad o a Cargo del Gobierno del

Distrito Federal”, por el monto de 249,000.0 miles de pesos.

2. En la segunda sesión ordinaria del 29 de febrero de 2012, dicho comité autorizó la

adjudicación directa al mismo proveedor por el servicio de “Aseguramiento del Parque

Vehicular (automóviles y camiones) Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito

Federal”, por el monto de 81,303.2 miles de pesos.

De conformidad con el acta de dicha sesión, ambas autorizaciones a favor de la

empresa AXA Seguros, S.A. de C.V., se realizaron en virtud de “haber cumplido con

los requisitos legales y administrativos, técnicos, económicos y haber presentado una

propuesta solvente con el precio más bajo aceptable y conveniente”.

3. Se formalizaron cuatro contratos entre la OM y la empresa AXA Seguros, S.A. de C.V.,

correspondientes a los núms. DAS-05-2012 del 30 de diciembre de 2011, DAS-06-2012

del 30 de diciembre de 2011, DAS-22-2012 del 29 de febrero y DAS-28-2012 29 de

junio de 2012, mediante el proceso de licitación pública nacional que la OM realizó

de manera centralizada.

4. Con el oficio núm. OM/DGRMS/3774/2011 del 28 de diciembre de 2011, la DGRMSG

de la OM informó a la Dirección de Ventas de Negocio Directo y Gobierno de la

empresa AXA Seguros S.A. de C.V. que se autorizó la adjudicación directa a su favor

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379 VOLUMEN 5/17

para el servicio de “Aseguramiento de Infraestructura Urbana, Inmuebles y Bienes

Patrimoniales, Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal”, del 1o. de enero

al 31 de diciembre de 2012. En ese sentido, se formalizó el contrato núm. DAS-05-2012

el 30 de diciembre de 2011 para contratar el servicio mencionado durante el ejercicio

fiscal 2012.

5. Con el oficio núm. OM/DGRMSG/3775/2011 del 28 de diciembre de 2011, la

DGRMSG de la OM informó a la Dirección de Ventas de Negocio Directo y Gobierno

de la empresa AXA Seguros S.A. de C.V., que se autorizó la adjudicación a su favor

para el servicio de “Aseguramiento del Parque Vehicular (automóviles y camiones)

Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal”, del 1o. de enero al

29 de febrero de 2012. Por lo anterior, tiene lugar la celebración del contrato

núm. DAS-06-2012 el 30 de diciembre de 2011, para contratar el servicio mencionado

y el por período señalado.

Para cubrir el servicio de aseguramiento por este rubro para el ejercicio de 2012, se

formalizaron adicionalmente los contratos núms. DAS-22-2012 y DAS-28-2012, para

los períodos del 1o. de marzo al 30 de junio de 2012 y del 1o. de julio al 31 de diciembre

de 2012, respectivamente.

6. En suma, de la muestra auditada, la OM suscribió cuatro contratos administrativos

consolidados con la empresa AXA Seguros S.A. de C.V. para los servicios de

“Aseguramiento de Infraestructura Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales Propiedad

y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal” y “Aseguramiento del Parque Vehicular

(automóviles y camiones) Propiedad o a Cargo de la PGJDF, con cargo a recursos

aplicados por dicha dependencia, bajo los rubros que a continuación se detallan,

y con fundamento en los artículos 1o.; 23; 26; 27, inciso a); y 28 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, al tenor de lo siguiente:

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380 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Número de contrato

Fecha Monto Período de vigencia Servicio

DAS-05-2012 30/XII/11 216,533.4 Del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012.

“Aseguramiento de Infraestructura Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal”

DAS-06-2012 30/XII/11 40,651.6 Del 1o. de enero al 29 de febrero de 2012.

“Aseguramiento de Parque Vehicular (automóviles y camiones) Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal” DAS-22-2012 29/II/12 81,303.2 Del 1o. de marzo al 30 de

junio de 2012. DAS-28-2012 29/VI/12 120,794.3 Del 1o. de julio al 31 de

diciembre de 2012.

7. El servicio de seguros de bienes patrimoniales fue solicitado por la DGRMSG de la

Oficialía Mayor de la PGJDF, mediante el formato único para la contratación consolidada,

con cargo a la partida 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, el 11 de octubre de 2011,

por un monto de 51,000.0 miles de pesos, y cuenta con la firma del Director General

de Programación, Organización y Presupuesto de la Oficialía Mayor de la PGJDF.

8. Mediante el oficio núm. 703/401/2341/2011 del 4 de octubre de 2011, la DGRMSG

de la Oficialía Mayor de la PGJDF remitió a la OM los formatos únicos para la

contratación consolidada, en el cual se menciona que dicha dependencia cuenta con

suficiencia presupuestal por un monto de 51,000.0 miles de pesos.

Cabe mencionar que el proceso de adquisición realizado por la Oficialía Mayor de la

PGJDF se ajustó a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o

Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la centralización de pagos, publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011 y vigentes en 2012.

Dichos lineamientos son de observancia general y obligatoria para las dependencias

y tienen por objeto establecer los mecanismos para consolidar la adquisición o el

arrendamiento de bienes o servicios de uso generalizado; así como centralizar los

pagos, con el propósito de obtener las mejores condiciones posibles en cuanto a precio,

calidad y oportunidad para la Administración Pública del Distrito Federal, y coadyuvar

a la eficiencia en el ejercicio del gasto mediante los pagos centralizados.

9. Los cuatro contratos se formalizaron antes del inicio de su vigencia, conforme al

artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012,

que dispone: “Los contratos deberán formalizarse de conformidad con lo establecido

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381 VOLUMEN 5/17

en las bases de licitación pública o, invitación restringida a cuando menos tres

proveedores, correspondiente, aun en el supuesto de la fracción V del artículo 54 de

esta Ley, en un término no mayor de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en

que se hubiere notificado al proveedor el fallo correspondiente”.

10. Se observó que en los cuatro contratos se incluyeron las cláusulas mínimas

requeridas establecidas en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigente en 2012. Dicho contrato incluye, entre otras cláusulas,

las siguientes:

a) En la cláusula primera de los contratos núms. DAS-05-2012, DAS-06-2012,

DAS-22-2012 y DAS-28-2012 se establece el objeto, correspondiente al servicio

de “Aseguramiento de Infraestructura Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales

Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal” en el caso del primer

contrato, y “Aseguramiento de Parque Vehicular (automóviles y camiones)

Propiedad y/o a Cargo del Gobierno del Distrito Federal” en el caso de los tres

últimos contratos.

b) En la cláusula quinta del contrato núm. DAS-05-2012 y segunda de los contratos

núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, se establece la vigencia, que

en caso del primer contrato es del 1o. de enero al 31 de diciembre, para el

segundo contrato es del 1o. de enero al 29 de febrero, el tercer contrato es del

1o. de marzo al 30 de junio y el cuarto contrato es del 1o. de julio al 31 de diciembre,

todos ellos de 2012.

c) En la cláusula segunda del contrato núm. DAS-05-2012 y tercera, punto 1, de los

contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, se señala el monto

de los contratos que es de 216,533.4 miles de pesos, en el primer contrato;

40,651.6 miles de pesos, en el segundo contrato; 81,303.2 miles de pesos, en el

tercer contrato, y 120,794.3 miles de pesos, en el cuarto contrato.

d) El pago de la prima se estableció de acuerdo con lo siguiente:

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382 VOLUMEN 5/17

Número de contrato

Cláusula Forma de pago

DAS-05-2012 Segunda El costo total de la prima es de 216,533.4 miles de pesos, que se integra por el costo de la prima de reaseguro, fronting fee, gastos de expedición e IVA. El pago del reaseguro será en dos exhibiciones. Para pagos de siniestros procedentes que no rebasen el deducible ingresará un pago inicial de 5,000.0 miles de pesos y pagos subsecuentes según se requiera dar atención.

DAS-06-2012 Tercera, punto 2

El pago mensual será mensual en razón del número de vehículos propiedad y/o a cargo del Gobierno del Distrito Federal según la actualización que se hará del parque vehicular.

DAS-22-2012

DAS-28-2012

e) En la cláusula vigésima novena del contrato núm. DAS-05-2012 y décima

segunda de los contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012 se

señala que el GDF tiene la facultad de supervisar si los servicios contratados

se están proporcionando de la forma en que se pactaron, de lo contrario es de exigir

a AXA Seguros S.A. de C.V. el cumplimiento o rescindir el contrato.

f) En la cláusula décima novena del contrato núm. DAS-05-2012 y décima sexta de

los contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, se estipulan

las indemnizaciones que deberá efectuar AXA Seguros S.A. de C.V., por los

siniestros que se presenten una vez que se cumplan los requisitos que indica

el instructivo para la reclamación de indemnización.

g) En la cláusula vigésima octava del contrato núm. DAS-05-2012 y vigésima sexta

de los contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, se estipulan

las causas de rescisión del contrato y la responsabilidad por daños y perjuicios en

el caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el proveedor

conforme al artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

h) En la cláusula décima del contrato núm. DAS-05-2012 y décima séptima de los

contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012 se establece que el

proveedor deberá pagar intereses moratorios al GDF en caso de no cumplir con la

devolución del pago en exceso realizado por el GDF, conforme al párrafo

segundo del artículo 64 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

i) En la cláusula vigésima sexta del contrato núm. DAS-05-2012 y vigésima de los

contratos núms. DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, se pacta que el

proveedor garantizará el cumplimiento de sus obligaciones contractuales con un

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383 VOLUMEN 5/17

importe del 15% del monto del contrato a favor de la SEFIN, mediante fianza,

cheque de caja, cheque certificado, billete de depósito o carta de crédito en

cumplimiento a la fracción III, del artículo 73, y fracción IV, del artículo 75 Bis de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

11. Respecto al contrato núm. DAS-05-2012 de “Aseguramiento de la Infraestructura

Urbana, Inmuebles y Bienes Patrimoniales Propiedad o a Cargo del Gobierno del

Distrito Federal”, como parte de sus anexos se encuentran los diversos formatos con

los que se hace mención de los bienes objeto de aseguramiento. Los formatos son los

siguientes:

a) Formato sin número: maquinaria con fines de aseguramiento del 29 de septiembre

de 2011.

b) Formato 3: inmuebles con fines de aseguramiento del 29 de septiembre de 2011.

c) Formato 6. equipo electrónico con fines de aseguramiento del 26 de septiembre

de 2011.

d) Formato 7: rotura de maquinaria con fines de aseguramiento del 29 de septiembre

de 2011.

e) Formato 9: reporte de dinero y valores con fines de aseguramiento sin fecha.

f) Formato 10: reporte de cristales con más de 4mm de espesor con fines de

aseguramiento del 29 de septiembre de 2011.

g) Formato 11: obras de arte, monumentos históricos y objetos raros de difícil o imposible

reposición del 26 de septiembre de 2011.

h) Formato 12: armamento con fines de aseguramiento del 23 de septiembre de 2011.

i) Formato 12(A): reporte de armamento equipo especial con fines de aseguramiento

del 26 de septiembre de 2011.

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384 VOLUMEN 5/17

Partida Presupuestal 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos”

La PGJDF ejerció recursos por un importe de 42,666.7 miles de pesos, que significaron el

10.5 % del total erogado para el capítulo 3000 “Servicios Generales” (408,001.8 miles

de pesos) y el 0.9% del total erogado por la procuraduría (4,737,338.4 miles de pesos).

Para su revisión, se seleccionó la documentación justificativa y comprobatoria de los

pagos realizados por la PGJDF, por un monto de 22,054.9 miles de pesos (51.7 % del

total erogado en la partida), el cual realizó mediante 5 CLC núms. 100323, 100653,

101405, 101661 y 102199 expedidas, entre el 3 de abril y el 5 de diciembre de 2012, para

la prestación del servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios de alto

riesgo, con suministro de materiales para los inmuebles que ocupa la PGJDF, realizados

por los prestadores de servicios Claver Servicios, S.A. de C.V., y Grupo de Limpieza y

Mantenimiento Integral, S.C.; mediante la adjudicación directa núm. AD/PGJDF/003/2012

y la licitación pública nacional núm. EA-909013999-N1-2012, respectivamente. Del análisis

a la documentación justificativa y comprobatoria se observó lo siguiente:

A. Se seleccionó para su revisión un monto de 7,005.3 miles de pesos, el cual la PGJDF

ejerció en 2012 mediante las CLC núms. 100323 y 100653, expedidas para pagar el

servicio de servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios de alto

riesgo, con suministro de materiales para los inmuebles que ocupa la dependencia al

prestador de servicios Claver Servicios, S.A. de C.V., mediante la adjudicación directa

núm. AD/PGJDF/003/2012. Al respecto, se informa lo siguiente:

1. Mediante la requisición núm. S-045/2012 del 26 de diciembre de 2011, la

Subdirección de Servicios Generales adscrita a la Oficialía Mayor de la PGJDF,

solicitó la contratación del servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo

vidrios de alto riesgo con suministro de materiales para los inmuebles que ocupa

la PGJDF para mantenerlos en condiciones óptimas de limpieza e higiene, para el

período del 1o. de enero al 31 de marzo de 2012. Dicha requisición contiene

el visto bueno de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

y de las Direcciones de Servicios Generales y Mantenimiento y de Adquisiciones y

Contratación de Servicios de la dependencia.

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385 VOLUMEN 5/17

a) Con el formato “Justificación para la Contratación del Servicio de Limpieza

de Interiores y Exteriores, Incluyendo Vidrios de Alto Riesgo, con Suministro de

Materiales para los Inmuebles que ocupa la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal”, la Dirección de Servicios Generales y Mantenimiento

adscrita a la Oficialía Mayor de la PGJDF justificó la contratación del servicio

a fin de mantener en condiciones de higiene los inmuebles que ocupa la

PGJDF, para prevenir que se generen condiciones insalubres, aumentando

la cantidad de agentes patógenos, es decir, de microorganismos causantes

de enfermedades, así como la presencia de materias tóxicas que pueden

generar daños a la piel, las vías respiratorias, irritación en los ojos y alergias,

en los servidores públicos, en las personas a disposición del ministerio

público, así como a la población en general que acude a dichos inmuebles.

b) El 27 de diciembre de 2011, la Jefatura de Unidad Departamental de Licitaciones

realizó un sondeo de mercado previo a la contratación del servicio de limpieza

con las cotizaciones de Claver Servicios S.A. de C.V., y Cuadrum Limpieza y

Construcción, S.A. de C.V., el cual contiene el visto bueno de la Subdirección

de Adquisiciones y Contrataciones.

2. En el análisis de la documentación comprobatoria de la adjudicación directa

núm. AD/PGJDF/003/2012, conforme a los artículos 27, inciso c); 52; 54, fracción II;

y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se observó lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. SFDF/SE/4755/2011 del 13 de diciembre de 2011, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN otorgó autorización previa con cargo

a la partida 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” para la

contratación del servicio de limpieza.

b) El titular de la PGJDF autorizó la contratación de los servicios de limpieza el

27 de diciembre de 2011 y contó con la justificación correspondiente en

cumplimiento del artículo 54, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigente en 2012.

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386 VOLUMEN 5/17

c) Mediante el oficio núm. 703/100/2744/11 del 28 de diciembre de 2011, la

Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios invitó a la empresa

Claver Servicios, S.A. de C.V., para cotizar el servicio de limpieza de interiores

y exteriores, incluyendo vidrios de alto riesgo, con suministro de materiales

para los inmuebles que ocupa la PGJDF de la adjudicación directa

núm. AD/PGJDF/003/2012.

d) El 29 de diciembre de 2011, la Subdirección de Servicios Generales y la

Jefatura de Unidad Departamental de Supervisión de Servicios Generales

de la Oficialía Mayor de la PGJDF emitieron el dictamen técnico en el que

informan que la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., cumplió los requisitos

técnicos solicitados para la adjudicación directa núm. AD/PGJDF/003/2012.

e) El 30 de diciembre de 2011, la Jefatura de Unidad Departamental de

Compras elaboró el formato “Cuadro de Adjudicación”, el cual contiene el

visto bueno de la Subdirección de Adquisiciones y Contrataciones y en el que

se adjudica a la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., la contratación del

servicio de limpieza.

De conformidad con el sondeo de mercado del 27 de diciembre de 2011

realizado por la Jefatura de Unidad Departamental de Compras, la empresa

Claver Servicios, S.A. de C.V., es quien presentó las mejores condiciones de

precio para la dependencia.

f) Mediante el dictamen del 30 de diciembre de 2011, la Dirección de

Adquisiciones y Contratación de Servicios y la Subdirección de Adquisiciones

y Contrataciones de la Oficialía Mayor de la PGJDF adjudicaron la contratación

del servicio de limpieza de interiores y exteriores incluyendo vidrios de alto

riesgo con suministro de materiales derivado de la adjudicación directa

núm. AD/PGJDF/003/2012 a la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., quien

cumplió los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos y reunió

las mejores condiciones de contratación.

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387 VOLUMEN 5/17

g) El prestador de servicios adjudicado ofreció los precios más bajos y las

mejores condiciones disponibles, en cumplimiento del artículo 52 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2012.

h) Mediante el oficio núm. 703/100/2799/2011 del 30 de diciembre de 2011, la

Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios, informó a la empresa

Claver Servicios, S.A. de C.V. que le fue adjudicado el servicio de limpieza.

i) El 30 de diciembre de 2011, se formalizó el contrato abierto

núm. PGJDF-017/2012 con la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., por un

monto mínimo de 1,114.8 miles de pesos (IVA incluido) y un monto máximo

de 11,148.0 miles pesos (IVA incluido), para el servicio de limpieza de interiores

y exteriores incluyendo vidrios de alto riesgo con suministro de materiales

para inmuebles que ocupa la PGJDF, por el período del 1o. de enero al

31 de marzo de 2012.

j) En la décima segunda sesión ordinaria de 2011 del Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, se dictaminó

procedente la contratación del servicio de limpieza con fundamento en el

artículo 54, fracción II, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

vigente en 2011.

3. En relación con la formalización del contrato abierto núm. PGJDF-017/2012, se

observó lo siguiente:

a) El contrato abierto núm. PGJDF-017/2012 se formalizó el 30 de diciembre de

2011 y su vigencia fue del 1o. de enero al 31 de marzo de 2012, en

cumplimiento del artículo 59, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, vigente en 2012, que establece: “Tratándose de

adjudicaciones directas, el contrato deberá suscribirse previo a la adquisición,

inicio del arrendamiento o prestación del servicio”.

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388 VOLUMEN 5/17

b) El prestador de servicio Claver Servicios, S.A. de C.V., presentó la fianza de

cumplimiento emitida por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., del 30 de diciembre

de 2011, por un importe de 1,441.5 miles de pesos, cantidad que representó

el 15.0% del monto máximo adjudicado (9,610.3 miles de pesos, sin IVA),

de conformidad con la cláusula décima tercera “Garantía de Cumplimiento”

del contrato en revisión y en cumplimiento de los artículos 73, fracción III, de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 75 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2012.

c) Mediante el oficio núm. 700.1/SPE/66/2014 del 26 de febrero de 2014, la PGJDF

proporcionó el expediente de la adjudicación directa núm. AD/PGJDF/146/2011,

el expediente relacionado con el contrato núm. PGJDF-017/2012, así como el

expediente de la adjudicación directa núm. AD/PGJDF/003/2012 y los anexos

1, 2, 3, 4, 5, 5 Bis, 6, 6 Bis, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14. De la revisión a dicha

documental, no se localizó la póliza de seguro de responsabilidad civil, ni

evidencia de que la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., haya presentado

dicha póliza. La CMHALDF con el oficio núm. ASC/146/12/08 del 9 de abril

de 2014, solicitó expresamente a la dependencia, la póliza de responsabilidad

civil correspondiente al contrato núm. PGJDF-017/2012, sin que a la fecha de

elaboración del presente informe lo haya presentado.

Por lo anterior, la PGJDF omitió dar el debido seguimiento a la cláusula

décima cuarta “Seguro de Responsabilidad Civil” del contrato en revisión, que

establece “‘El Proveedor’ se obliga a entregar a ‘La Procuraduría’ a la firma

del presente contrato abierto, una póliza de seguro con cobertura de

responsabilidad civil, respecto a los daños que pudiera ocasionar a terceros

en su persona y/o en sus bienes, que de manera enunciativa mas no limitativa

se tienen las siguientes: por hechos u omisiones que causen daños total o

parcial a los bienes muebles e inmuebles en los que se desarrolla el servicio y

que sean propiedad o estén en posesión de ‘La Procuraduría’ como consecuencia

los servicios de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios de alto

riesgo, con suministro de materiales, que causen alteración a la salud así

como la muerte ocasionada a terceros por un importe de $500,000.00

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389 VOLUMEN 5/17

(Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), con una vigencia mínima que será igual

a la del presente instrumento legal, sin perjuicio de las acciones legales que

‘La Procuraduría’ considere pertinentes”.

Asimismo, la PGJDF omitió actuar en términos del artículo 70, primer párrafo, de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, que establece:

“Los proveedores quedarán obligados ante las dependencias […] a responder

de los defectos y vicios ocultos y deficiencia en la calidad de los bienes o

servicios y arrendamientos, así como de cualquier otra responsabilidad en

que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo

y en el Código Civil para el Distrito Federal.”

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el

oficio núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la

PGJDF, remitió copia de la siguiente documentación:

● Minuta de trabajo del 25 de abril de 2014, de la Dirección de Adquisiciones

y Contratación de Servicios, de las Subdirecciones de Adquisiciones y

Contrataciones y de Integración y Evaluación de Programas; así como de

las Jefaturas de Unidad Departamental de Contrataciones y de Análisis

e Integración, mediante la cual acuerdan que “en virtud de que no fue

posible localizar la póliza de responsabilidad civil, presuntamente presentada

por la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., en cumplimiento al contrato

núm. PGJDF-017/2012 el Director de Adquisiciones y Contratación de

Servicios instruyó nuevamente a la titular de la Jefatura de Contrataciones,

realizar una segunda búsqueda más exhaustiva, en todas las áreas que

conforman la Dirección de Adquisiciones toda vez que son expedientes

de mucha consulta con el propósito de localizar el documento”.

● Minuta de trabajo del 30 de abril de 2014, de la Dirección de Adquisiciones

y Contratación de Servicios, de las Subdirecciones de Adquisiciones y

Contrataciones y de Integración y Evaluación de Programas; así como de

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390 VOLUMEN 5/17

las Jefaturas de Unidad Departamental de Contrataciones y de Análisis e

Integración, mediante la cual acuerdan que “después de búsquedas

exhaustivas y no haber localizado la póliza de responsabilidad civil […]

previa consulta con el Director General de Recursos Materiales y Servicios

Generales, se acordó la posibilidad de hacerlo constar en un acta ante el

MP [Ministerio Público] Virtual, a fin de dejar constancia del documento”.

● Acta de agencia de ministerio público núm. FT/ABURI-TLP-3/T2/02424/14-06

del 6 de junio de 2014.

● Oficio núm. 703.100/1274/2014 del 10 de junio de 2014, mediante

el cual la Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios informó

a la Contraloría Interna en la PGJDF, que no localizó la póliza de

responsabilidad civil correspondiente al contrato núm. PGJDF-017/2012

formalizado con la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., y proporcionó

copia de minutas de trabajo y del acta del ministerio público.

Por lo expuesto, se presume la observación señalada en el presente numeral.

d) Mediante el oficio núm. 703/0103/2012 del 16 de enero de 2012 y notificado el

17 del mismo mes y año, la PGJDF remitió a la Dirección General de Política

Presupuestal de la SEFIN con copia a la CGDF y a la OM el informe en el que

se refieren las operaciones autorizadas con base en los artículos 54 y 55 de

la Ley de Adquisiciones en comento, realizadas en el mes calendario

inmediato anterior, en el cual se consideró el contrato sujeto de revisión; sin

embargo, dicho informe se presentó con desfase de siete días naturales.

Por no presentar dicho informe en los términos establecidos en la normatividad

aplicable, la PGJDF incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2012 que establece: “Los titulares de las

dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez días naturales de

cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría

y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de

conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes

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391 VOLUMEN 5/17

calendario inmediato anterior, acompañando copia de las actas de los casos

que hayan sido dictaminados al amparo del artículo 54 por el Comité

o Subcomité correspondiente”.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el

oficio núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la

PGJDF, informó que con el oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014,

“el Oficial Mayor de la PGJDF […] instruye al encargado del Despacho de la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, para que en

lo sucesivo vigile que el personal a su cargo responsable de la atención a los

resultados emitidos por ése Órgano Fiscalizador, realicen sus actividades, en

estricto apego a la normatividad aplicable en la materia, con el fin de asegurar

el cumplimiento de los objetivos, la transparencia en las operaciones y la

observancia de la normatividad en el ejercicio de los recursos asignados a

esta Dependencia”. Adicionalmente, la Oficialía Mayor de la PGJDF proporcionó

copia de dicho oficio.

Lo expuesto confirma la deficiencia de control observada en el presente

numeral, por lo que éste prevalece.

B. Se seleccionó para su revisión un monto de 15,049.5 miles de pesos, el cual la

PGJDF lo ejerció en 2012 mediante las CLC núms. 101405, 101661 y 102199,

expedidas para pagar el servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo

vidrios de alto riesgo, con suministro de materiales para los inmuebles que ocupa la

PGJDF a la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., mediante

la licitación pública nacional núm. EA-909013999-N1-2012. Al respecto se informa que:

1. Mediante la requisición núm. S-062/2012 del 7 de febrero de 2012, la

Subdirección de Servicios Generales adscrita a la Oficialía Mayor de la PGJDF

solicitó la contratación del servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo

vidrios de alto riesgo con suministro de materiales para los inmuebles que ocupa

la PGJDF para mantenerlos en condiciones óptimas de limpieza e higiene, para el

período del 1o. de abril al 31 de diciembre de 2012.

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392 VOLUMEN 5/17

Dicha requisición contiene el visto bueno de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales y de las Direcciones de Servicios Generales

y Mantenimiento y de Adquisiciones y Contratación de Servicios.

2. La Jefatura de Unidad Departamental de Licitaciones de la dependencia realizó

un sondeo de mercado el 14 de marzo de 2012, previo a la contratación del

servicio de limpieza con las cotizaciones de los prestadores de servicios Claver

Servicios, S.A. de C.V., Cuadrum Limpieza y Construcción, S.A. de C.V., Kasper

Limpieza y Mantenimiento, S.A. de C.V., y Limpieza y Mantenimiento Xielsa,

S.A. de C.V., el cual contiene el visto bueno de la Subdirección de Adquisiciones

y Contrataciones, en cumplimiento del numeral 4.8.1, fracción II, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“En cumplimiento del artículo 51 de la LADF [Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal], el estudio de precios de mercado podrá realizarse de dos maneras: […]

”II.- Con un estudio de precios de mercado mediante solicitud escrita o vía correo

electrónico a cuando menos dos personas físicas o morales cuya actividad u

objeto social se encuentre relacionada con el arrendamiento, la fabricación,

comercialización de bienes o prestación de servicios que se requieran, para que

presenten una cotización estableciendo período para su recepción…”

3. En la revisión del expediente de la licitación pública nacional

núm. EA-909013999-N1-2012, se observó lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. 701/905/2012 del 21 de marzo de 2012, la Dirección

General de Programación, Organización y Presupuesto otorgó la suficiencia

presupuestal por un importe de 27,321.8 miles de pesos, con cargo a la partida

3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” para la contratación del

servicio de limpieza.

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393 VOLUMEN 5/17

b) Por tratarse de una licitación pública nacional, el artículo 21, fracción VI,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2012, exime al

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de

la PGJDF para dictaminar la contratación del servicio de limpieza.

c) La PGJDF publicó la convocatoria núm. 001-12 en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 30 de marzo de 2012, relativa a la licitación pública

nacional núm. EA-909013999-N1-2012, para la contratación del servicio de

limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios de alto riesgo con

suministro de materiales mediante contrato abierto por un monto máximo

de 27,321.8 miles de pesos y un importe mínimo de 2,732.2 miles de pesos,

en cumplimiento de los artículos 32, 33 y 63 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2011.

d) Las bases de la licitación pública nacional núm. EA-909013999-N1-2012, para la

contratación del servicio de limpieza reunieron los requisitos establecidos en los

artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2012.

e) El expediente de la licitación pública nacional núm. EA-909013999-N1-2012

se integró con la documentación derivada del proceso, como la requisición

para la contratación del servicio de limpieza; convocatoria; bases; venta de

bases; actas de aclaración de bases, de fallo, de recepción de la documentación

legal y administrativa y de apertura de las propuestas técnicas y económicas;

dictamen de evaluación de propuestas; listas de asistencias de los prestadores

de servicios; documentación legal y ofertas técnicas y económicas de los

participantes; y fianzas de sostenimiento de las propuestas; además, la

documentación se encuentra foliada y rubricada por los servidores públicos

encargados de llevar a cabo el procedimiento.

f) Mediante el acta de comunicación del resultado del dictamen y fallo del

13 de abril de 2012, la Subdirección de Adquisiciones y Contrataciones determinó

que la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., fue el

participante que cumplió con los requisitos legales, administrativos, técnicos y

económicos, por lo que se le adjudicó la contratación del servicio de limpieza.

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394 VOLUMEN 5/17

g) La Jefatura de Unidad Departamental de Licitación realizó el cuadro de

adjudicación del 13 de abril de 2012, adjudicando los servicios de limpieza a

Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., y contó con el visto bueno

de la Subdirección de Adquisiciones y Contrataciones.

h) El 13 de abril de 2012, se formalizó el contrato abierto núm. PGJDF-025/2012

con la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., por un

monto mínimo de 2,732.2 miles de pesos (IVA incluido) y un monto máximo

de 27,321.8 miles pesos (IVA incluido), para el servicio de limpieza de interiores

y exteriores incluyendo vidrios de alto riesgo con suministro de materiales

para inmuebles que ocupa la PGJDF, por el período del 15 de abril al

31 de diciembre de 2012.

4. En relación con la formalización del contrato abierto núm. PGJDF-025/2012, se

conoció lo siguiente:

a) El contrato abierto núm. PGJDF-025/2012, se formalizó el 13 de abril de 2012

y su vigencia fue del 15 de abril al 31 de diciembre de 2012.

b) La empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., presentó la

fianza de cumplimiento emitida por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., por un

importe de 3,532.9 miles de pesos, cantidad que representó el 15.0% del monto

máximo adjudicado (23,553.3 miles de pesos sin IVA), en cumplimiento de la

cláusula décima segunda “Garantía de Cumplimiento” del contrato en revisión.

c) El prestador de servicios Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C.

presentó la póliza de seguro de responsabilidad civil emitida por AXA Seguros,

S.A. de C.V., por un importe 2,560.0 miles de pesos, en cumplimiento de la

cláusula décima tercera “Seguro de Responsabilidad Civil” del contrato.

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395 VOLUMEN 5/17

Partida Presupuestal 3981 “Impuesto sobre Nóminas”

La PGJDF ejerció recursos por un importe de 83,629.0 miles de pesos, que significaron el

20.5% del total erogado para el capítulo 3000 “Servicios Generales” (408,001.8 miles de

pesos) y el 1.8% del total erogado por la procuraduría (4,737,338.4 miles de pesos).

La Procuraduría ejerció recursos a efecto de dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales,

de conformidad con el artículo 156 del Código Fiscal del Distrito Federal, que establece:

“Se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas

y morales que, en el Distrito Federal, realicen erogaciones en dinero o en especie por

concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la

designación que se les otorgue.

”Para los efectos de este impuesto, se considerarán erogaciones destinadas a remunerar

el trabajo personal subordinado, las siguientes:

”I. Sueldos y salarios;

”II. Tiempo extraordinario de trabajo;

”III. Premios, primas, bonos, estímulos e incentivos;

”IV. Compensaciones;

”V. Gratificaciones y aguinaldos;

”VI. Participación patronal al fondo de ahorros;

”VII. Primas de antigüedad;

”VIII. Comisiones, y

”IX. Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos

de vigilancia o administración de sociedades y asociaciones.”

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396 VOLUMEN 5/17

En relación con esta partida, se observó que la evidencia del presupuesto comprometido

se ajustó a la normatividad y ordenamientos aplicables, los contratos se formalizaron con

prestadores de servicio que no se encuentran inhabilitados, se encuentran registrados en

el padrón de proveedores de la CGDF y, en su caso, se encuentran al corriente de sus

obligaciones fiscales.

Recomendación ASC-146-12-04-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente

mecanismos de control para garantizar que las pólizas de responsabilidad civil obren en

los expedientes de los contratos que suscribe, de conformidad con los instrumentos

jurídicos y normatividad aplicable.

Recomendación ASC-146-12-05-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

medidas de control para que los informes de las adjudicaciones directas e invitaciones a

cuando menos tres proveedores que remite a la Secretaría de Finanzas, con copia a la

Contraloría General del Distrito Federal y a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal, sean presentados conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y su Reglamento.

Gasto Devengado

7. Resultado

Se verificó que la dependencia tuviera a su disposición la evidencia documental del gasto

devengado, el cual hubiera reflejado el reconocimiento de una obligación de pago en favor

de terceros por la recepción de conformidad de los servicios u obligaciones fiscales con

recursos provenientes del capítulo 3000 “Servicios Generales”; se revisó la

documentación relacionada con la recepción de los servicios respecto de las partidas

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” y 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de

Desechos”, así como aquella con la que se integró y determinó el monto ejercido para

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397 VOLUMEN 5/17

cubrir las obligaciones fiscales que se señalan en la partida 3981 “Impuesto sobre

Nóminas”. De los recursos ejercidos por la PGJDF durante el ejercicio de 2012, que

fueron seleccionados como muestra sujeta a revisión, se conoció lo siguiente:

Partida Presupuestal 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

Con la finalidad de comprobar que los recursos aplicados por la PGJDF estuvieron

efectivamente devengados y los servicios de aseguramiento de la infraestructura urbana,

inmuebles y bienes patrimoniales y de aseguramiento del parque vehicular (automóviles y

camiones), propiedad o a cargo de la PGJDF, se recibieron de conformidad con los

contratos formalizados. Mediante el oficio núm. ASC/146/12/01 del 24 de febrero de 2014,

la CMHALDF solicitó a la dependencia 14 CLC y el DM 200128 con su documentación

justificativa y comprobatoria soporte. En respuesta, con el oficio núm. 700.1/SPE/66/2014

del 26 de febrero de 2014, la dependencia proporcionó copia de la documentación

requerida consistente en copia de los contratos núms. DAS-05-2012, DAS-06-2012,

DAS-22-2012 y DAS-28-2012, el listado de automóviles para fines de aseguramiento,

padrón de vehículos en trámite de baja y el padrón de siniestralidad vehicular 2012

del servicio de aseguramiento del parque vehicular (automóviles y camiones), propiedad o

a cargo de la PGJDF. Del análisis a la documentación proporcionada, se observó lo siguiente:

1. En cuanto al servicio de aseguramiento de la infraestructura urbana, inmuebles

y bienes patrimoniales, propiedad o a cargo de la PGJDF, con el oficio

núm. ASC/146/12/09 del 9 de abril de 2012, se solicitaron 13 expedientes de siniestros

cuyos registros aparecen en la relación de siniestralidad de infraestructura, bienes

muebles e inmuebles 2012.

Con el oficio núm. 700.1/SPE/154/2014 del 25 de abril de 2014, la PGJDF

proporcionó 12 expedientes, de cuya revisión se comprobó que cuentan con las

documentales que acreditan que el servicio de aseguramiento fue recibido, entre

estas documentales se encuentran el dictamen de evaluación, el convenio de finiquito,

el recibo de pago, la carta de improcedencia y la determinacion de pérdida, según

corresponda.

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398 VOLUMEN 5/17

Con el oficio núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la

PGJDF proporcionó copia simple de las documentales relacionadas con el servicio de

aseguramiento de infraestructura urbana, bienes muebles e inmuebles, propiedad o a

cargo del GDF, vinculado con el bien mueble e inmueble identificado en el padrón

de siniestralidad con el número de siniestro F0014513, número de inventario

I4504002660240.

Derivado de la revisión y análisis de la documentación seleccionada como muestra,

se constató que la dependencia contó con la documental donde se acredita que los

servicios fueron recibidos y por tanto, los recursos ejercidos en esta modalidad

de aseguramiento, se encuentran efectivamente devengados.

2. Respecto al servicio de aseguramiento del parque vehicular (automóviles y camiones),

propiedad o a cargo de la PGJDF, de la revisión del padrón de siniestralidad vehicular

2012, se observó lo siguiente:

a) Los numerales 27 y 28 fueron omitidos, el numeral 605 no muestra el número de

placas del vehículo y 42 vehículos no se encuentran relacionados en el listado

de automóviles para fines de aseguramiento proporcionado. Con el oficio

núm. ASC/146/12/09 del 9 de abril de 2014, fue requerida una aclaración sobre

el particular.

En respuesta, con el oficio núm. 700.1/SPE/154/2014 del 25 de abril de 2014 y

anexa la nota informativa sin número del 24 de abril de 2014, la PGJDF informó

que los numerales 27 y 28 se encuentran ausentes por causas de impresión, por

lo que se entregó nuevamente el padrón de siniestralidad 2012, así como los

expedientes correspondientes a los dos siniestros relacionados con los registros

cuyos numerales fueron omitidos y el numeral 605 no tiene número de placas

dado que el siniestro no se concretó. Sin embargo, no exhibió documentación que

avalara lo señalado por la dependencia.

De los 42 vehículos que no se encontraron en la relación de vehículos para fines

de aseguramiento, se proporcionó el registro de 35 unidades en el Sistema de

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399 VOLUMEN 5/17

Control Vehicular de la PGJDF con los datos característicos de cada unidad, con

lo que se demuestra que el vehículo estuvo en propiedad y a cargo de la PGJDF

durante el ejercicio 2012.

De los 7 casos de siniestralidad faltantes, correspondientes a los vehículos con

núms. de placa 4754CK, 4698S, P0470, P1839, G09LA, 913YAZ y 357YBE, la

dependencia proporcionó nota informativa sin número del 24 de abril de 2014,

signada por la Jefa de una Unidad Departamental de Siniestros y el Subdirector

de Inventarios de la Oficialía Mayor de la PGJDF, en la cual informó que “por un

error […] la base de siniestros que fue proporcionada […] para su revisión,

contiene errores y deficiencias de las cuales se detectan que estas 7 unidades no

pertenecen al padrón vehicular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito

Federal”. En dicha nota se muestra un cuadro, donde se refiere que el vehículo con

placa núm. 4754CK “no está en el padrón vehicular”, la núm. 4698S “corresponde

al Sistema de Aguas de la Ciudad de México”, y las núms. P0470, P1839, G09LA,

913YAZ y 357YBE se señala “pertenece a la Secretaría de Seguridad Pública”.

De lo expuesto, se determinó que la dependencia presentó deficiencias en cuanto

al registro, operación, control y seguimiento de la integración de la información

con la que cuenta, la cual está relacionada con la obtención de los servicios de

aseguramiento de bienes patrimoniales que contrata, toda vez que al no existir

certeza del número de siniestros registrados y su vinculación con los bienes

propiedad o a cargo de la PGJDF, se podrían generar riesgos en el ejercicio de

recursos en caso de que se estén adquiriendo seguros para un parque vehicular

que no corresponde con el real.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF

informó lo siguiente:

“Se anexa nota informativa de fecha 18 de junio de 2014, signada por el

Subdirector de Inventarios, en la que informa que por error de impresión

se omitieron los numerales 27 y 28 del listado, sin embargo al analizar la base de

datos se observó que ésta si contiene los numerales en comento.

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400 VOLUMEN 5/17

”Por lo que respecta al numeral 605 que en la relación no contempla el número de

placa , se informa a ese Órgano Fiscalizador que el número de siniestro M183713,

que le corresponde no fue concretado.”

La dependencia proporcionó copia del oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio

de 2014, mediante el cual la Oficialía Mayor de la PGJDF instruyó a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales, para que vigile que las

áreas a su cargo, responsables de la atención a las observaciones detectadas por

la CMHALDF realicen sus actividades, en estricto cumplimiento de la normatividad

aplicable en la materia.

Asimismo, proporcionó copia del oficio núm. 703/1234/2014 del 20 de junio de 2014,

con el cual la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

instruyó a la Dirección de Control de Bienes para que el personal responsable de

la administración del padrón de siniestralidad de bienes patrimoniales implemente

un mecanismo de control en el que se valide la información proporcionada por la

aseguradora, para que los siniestros que se reportan en el Sistema de Control

coincidan con los que genera la dependencia.

Con respecto a los 42 vehículos que no están en la relación de vehículos para fines

de aseguramiento y los 7 expedientes de casos de siniestralidad faltantes, la

dependencia informó: “Se anexa oficio número 700/341/2014 de fecha 16 de junio

de 2014 signado por el Oficial Mayor de la PGJDF, en el que instruye al encargado

del Despacho de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales,

para que en lo sucesivo vigile que el personal a su cargo responsable de la

atención a los resultados emitidos por ése Órgano Fiscalizador, realicen sus

actividades, en estricto apego a la normatividad aplicable en la materia con el fin de

asegurar el cumplimiento de los objetivos, la transparencia en las operaciones y la

observancia de la normatividad aplicable en la materia, con el fin de asegurar el

cumplimiento de los objetivos, la transparencia en las operaciones y la observancia

de la normatividad, en el ejercicio de los recursos asignados a esta dependencia,

asimismo, se anexa Nota Informativa de fecha 20 de junio de 2014, signada por

el Subdirector de Inventarios, en la que refieren los mecanismos de control

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401 VOLUMEN 5/17

implementados y documentación soporte a fin de optimizar la operación y cuidar el

ejercicio de los recursos asignados a esta Partida Presupuestal”.

Asimismo, la dependencia proporcionó el oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio

de 2014, con el cual la Oficialía Mayor de la PGJDF instruyó a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales, para que vigile que las áreas a su

cargo actúen en estricto complimiento de la normatividad aplicable en la materia

y remitió la nota informativa sin número de fecha 20 de junio de 2014, en atención

al oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014, con la que la Subdirección

de Inventarios de la Oficialía Mayor de la PGJDF, instruyó la vigilancia y

establecimiento de nueve mecanismos de control encaminados a la idónea

integración de expedientes en el caso de siniestros vehiculares, y se adjuntan

ocho anexos que pretenden demostrar la implementación de dichos mecanismos.

Sin embargo, la instrucción para implementar las medidas de control señaladas

no solventan, ni desvirtúan las observaciones y riesgos expuestos en el presente

numeral; por ello, se confirma la irregularidad observada en el presente numeral

y resultado, por lo que éste prevalece.

b) A fin de verificar que la PGJDF hubiese contado con la documentación que

compruebe que los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales fueron

efectivamente devengados, respecto del padrón de siniestralidad proporcionado,

se seleccionó una muestra aleatoria de 27 registros de siniestralidad, asociados

con el número de placa del vehículo y el nombre del resguardante o conductor del

vehículo, se tomó como criterio que en dicho padrón se duplicaban o triplicaban

los nombres del conductor y número de placa del vehículo.

Con el oficio núm. 700.1/SPE/92/2014 del 14 de marzo de 2014, la PGJDF

proporcionó un cuadro de siniestralidad, en donde se observó que la dependencia

cotejó su información con la que le fue porporcionada por la aseguradora, y se

concluyó que existían de dos a tres números de registro para un mismo siniestro.

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402 VOLUMEN 5/17

Adicionalmente, se proporcionó la nota informativa sin número del 11 de marzo

de 2014, mediante la cual la PGJDF informó lo siguiente:

“Es la aseguradora la que primeramente recibe el reporte de siniestro […] generando

un número de siniestro, […] envía un reporte del monto a cobrar por concepto de

deducible […] realiza un oficio dirigido al Enlace Administrativo de la adscripción

del servidor público responsable, para que […] se le haga saber el adeudo que tiene

por pagar, realizando el pago directamente en cajas de la DGPOP, proporcionando

copia del recibo a esta Jefatura para constancia legal que obre en el expediente.

”Como se puede observar no es viable cobrar dos veces el mismo siniestro, por

que la aseguradora cuenta con los registros que hace llegar a esta Unidad

Departamental , y el afectado es el que realiza el pago y es él , el que en caso de

un cobro injusto lo reclama y hace saber a esta área.”

Por lo anterior, se confirmaron las deficiencias de control de la PGJDF en cuanto

a la integración del padrón de siniestralidad que presentó; no obstante que no

existe una salida de recursos por parte de la dependencia, no se realizó una

depuración de la información que se recibe de la aseguradora y los expedientes

de siniestros con los que cuenta.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la OM de la PGJDF informó que

“Se anexa oficio número 700/341/2014 de fecha 16 de junio de 2014 signado por

el Oficial Mayor de la PGJDF, en el que instruye al encargado del Despacho de la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, para que en lo

sucesivo vigile que el personal a su cargo responsable de la atención a los resultados

emitidos por ése Órgano Fiscalizador, realicen sus actividades, en estricto apego

a la normatividad aplicable en la materia con el fin de asegurar el cumplimiento de

los objetivos, la transparencia en las operaciones y la observancia de la normatividad

aplicable en la materia, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos,

la transparencia en las operaciones y la observancia de la normatividad, en el

ejercicio de los recursos asignados a esta dependencia, así mismo, se anexa

Nota Informativa de fecha 20 de junio de 2014, signada por el Subdirector de

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403 VOLUMEN 5/17

Inventarios, en la que refieren los mecanismos de control implementados y

documentación soporte a fin de optimizar la operación y cuidar el ejercicio de los

recursos asignados a esta Partida Presupuestal”.

La dependencia proporcionó el oficio núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014,

con el cual la Oficialía Mayor de la PGJDF instruyó a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales para que vigile que las áreas a su

cargo actúen en estricto cumplimiento de la normatividad aplicable.

Con la nota informativa sin número del 20 de junio de 2014, en atención al oficio

núm. 700/341/2014 del 16 de junio de 2014, con la que la Subdirección de Inventarios

en la Oficialía Mayor de la PGJDF instruyó la vigilancia y establecimiento de

nueve mecanismos de control encaminados a la idónea integración de expedientes

en el caso de siniestros vehiculares.

Por lo expuesto, se confirmó la deficiencia de control observada en el presente

numeral, por lo que éste prevalece.

c) El padrón de siniestralidad de 2012, se constató que de los 27 registros de

siniestros solicitados, únicamente se trataba de 16 casos, donde el ente fiscalizado

proporcionó 12 expedientes. De su análisis, se observó que cuatro expedientes

correspondientes a los vehículos con placas núms. 044, 2834, 2844, 754WGS,

los cuales no contaron con las documentales que acrediten que los servicios de

aseguramiento se encuentren efectivamente devengados, tales como el aviso

del siniestro, vales de servicio médico para los ocupantes, pase del vehículo para

que se revise minuciosamente el daño, informe de la reparación realizada al vehículo,

informe de que el daño no es reparable por no requerirse, salida del vehículo del

taller, presentación del vehículo ante el centro de diagnóstico para la evaluación,

registro en la bitácora y liberación del vehículo.

A efecto de aclarar dicha situación, la PGJDF con el oficio núm. 700.1/SPE/154

del 25 de abril de 2014 proporcionó la nota informativa sin número del 24 de abril

de 2014, con la que explicó la sitiuación de cada uno de los casos y la justificación de

la falta de documentación. Lo anterior, se confirma lo observado.

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404 VOLUMEN 5/17

La dependencia no informó ni indicó la situación que tenían los cuatro

expedientes de siniestros que no fueron porporcionados, y que se identificaron

con los registros de siniestro núms. M178018B, M183465B, M182890B y

M183591B. Cabe mencionar que dichos casos fueron solicitados nuevamente

mediante el oficio núm. ASC/146/09 del 9 de abril de 2014.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de

la PGJDF proporcionó información o documentación, de cuya revisión y análisis

se constató que acreditó que los servicios fueron recibidos y por tanto, los recursos

ejercidos en esta modalidad de aseguramiento, se encuentran efectivamente

devengados.

d) En función de que el número de expedientes seleccionados originalmente como

muestra se redujo, se seleccionó una segunda muestra de 38 expedientes

vinculados a igual número de registros de la relación de siniestralidad 2012, los

cuales se solicitaron mediante el oficio núm. ASC/146/09 del 9 de abril de 2014.

En atención a lo anterior, la dependencia, mediante el oficio núm. 700.1/SPE/154/2014

del 25 de abril de 2014, proporcionó 35 expedientes de los cuales se observó que

en 25 expedientes se contó con las documentales para acreditar que los servicios

adquiridos se encuentran efectivamente devengados, como el aviso del siniestro,

vales de servicio médico para los ocupantes, pase del vehículo para que se revise

minuciosamente el daño, informe de la reparación realizada al vehículo, informe

de que el daño no es reparable por no requerirse, salida del vehículo del taller,

presentación del vehículo ante el centro de diagnóstico para la evaluación,

registro en la bitácora y liberación de vehículo.

En ocho expedientes de igual número de casos identificados con las placas

núms. 287UMY, 747SSE, 736UNH, 3148, 255UMY, 478TXD, 967WGX y 475TXD,

no se integraron con documentales suficientes que soporten que el servicio de

aseguramiento se encuentra efectivamente devengado y en 2 casos correspondientes

a los vehículos con placas núms. 679YCP y 985WGX, se constató que los

siniestros fueron reportados más de una vez, lo cual crea diversos números

de siniestro para un mismo suceso.

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405 VOLUMEN 5/17

En reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF informó:

“Se anexa Nota Informativa de fecha 20 de junio 2014, signada por el Subdirector

de Inventarios en la cual se anexan las documentales de los 8 expedientes, que

soportan que el servicio fue efectivamente devengado. Así como oficio número

700/341/2014 de fecha 16 de junio de 2014 signado por el Oficial Mayor de la

PGJDF, en el que se instruye al encargado del Despacho de la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales, para que en lo sucesivo vigile que

el personal a su cargo responsable de la atención a los resultados emitidos por

ese Órgano Fiscalizador, realicen sus actividades, en estricto apego a la normatividad

aplicable en la materia, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos, la

transparencia en las operaciones y la observancia de la normatividad, en el ejercicio

de los recursos asignados a ésta Dependencia”. Con el oficio núm. 700/341/2014

del 16 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF instruyó a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales para que vigile que las

áreas a su cargo actúen en estricto cumplimiento de la normatividad aplicable.

Con la nota informativa sin número del 20 de junio 2014, se proporcionaron los ocho

expedientes de los siniestros vinculados los vehículos con placas núms. 287UMY,

747SSE, 736UNH, 3148, 255UMY, 478TXD, 967WGX y 475TXD, de cuya

revisión se constató que los expedientes de los vehículos que se describen

a continuación, contaron con algún documento que acredita que el servicio de

aseguramiento fue recibido.

● Vehículo con placa núm. 747SSE presentó el formato denominado

“Declaración Universal de Accidente” emitido por AXA Seguros, S.A. de C.V.,

documento que demuestra de facto la relación contractual entre la empresa

aseguradora y el asegurado, y el formato denominado “Liberación de

Vehículo” emitido por la PGJDFel cual vincula el vehículo siniestrado con la

acción de liberar los recursos para el gasto de combustible.

● Vehículo con placa núm. 3148, presentó el formato denominado “Aviso de

Accidente” emitido por AXA Seguros S.A. de C.V., documento que demuestra

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406 VOLUMEN 5/17

de facto la relación contractual entre la empresa aseguradora y el asegurado,

y el formato denominado “Liberación de Vehículo” emitido por la PGJDF, el

cual vincula el vehículo siniestrado con la acción de liberar los recursos para

el gasto de combustible.

En los 6 casos restantes (287UMY, 736UNH, 255UMY, 478TXD, 967WGX y

475TXD), los expedientes no se integraron con documentos relativos a la recepción

del servicio de aseguramiento por la PGJDF y que infieren que los recursos

fueron efectivamente devengados.

e) En reunión de trabajo, celebrada el 23 de abril de 2014, personal adscrito a la

Oficialía Mayor de la dependencia informó que toda vez que los siniestros

suceden a los vehículos asignados a la totalidad de las siete áreas adscritas

a la PGJDF, en la Oficina del C. Procurador, en cinco Subprocuradurías y en la

Oficialía Mayor, los resguardantes o conductores de los vehículos siniestrados en

muchas ocasiones no remiten al área concentradora en la Oficialía Mayor en la

PGJDF, que por funciones establecidas en el Manual de Organización General

de la PGJDF, es el Departamento de Seguros y Siniestros, es la responsable del

control y seguimiento del aseguramiento de bienes patrimoniales, las documentales

que comprueben que los servicios de aseguramiento adquiridos, y de esta

manera, conservar ordenada y sistemáticamente los expedientes respectivos. Por

tal motivo, la Subdirección de Inventarios de la DGRMSG de la Oficialía Mayor de

la PGJDF emite los oficios de requerimiento de las documentales a las áreas

de la dependencia, no obstante la petición no es atendida, por lo que no se contó

con el expediente debidamente integrado.

Al respecto, se constató que en 6 expedientes de los 24 que se proporcionaron,

se contienen los oficios de requerimiento señalados, lo que confirma lo observado.

En virtud de que la dependencia presentó deficiencias en cuanto al registro, operación,

control y seguimiento de la integración de la información con la que cuenta relacionada

con la obtención de los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales que contrata,

no observó lo establecido en el segundo párrafo, inciso c), Tercer Lineamiento “Actividades

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407 VOLUMEN 5/17

de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal vigentes en 2012, el cual menciona que “un adecuado control

debe considerar los siguientes aspectos: c) Documentación. La estructura del sistema de

control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente documentados

y la documentación debe estar disponible para su verificación”.

De igual forma incumplió lo dispuesto en la fracción I, inciso e), del Tercer Lineamiento

“Actividades de Control”, de los Lineamientos antes mencionados, que establece lo siguiente:

“Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal

son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores públicos

ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o

minimizarlos, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice

el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de manera

razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación confiable,

oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar

los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos: […]

”e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,

facilitando a los titulares la toma de decisiones.”

Toda vez que la dependencia no conservó de manera ordenada y sistemática, la

documentación relacionada con el prestador de los servicios contratados y no observó el

artículo 76, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2012 que señala: “Las […] dependencias […] conservarán en forma ordenada

y sistemática toda la documentación original comprobatoria de los actos y contratos,

cuando menos por un lapso de cinco años contados a partir de la fecha de su recepción”.

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408 VOLUMEN 5/17

En correlación a ello, la PGJDF omitió proporcionar documentales suficientes que

acrediten que el servicio de aseguramiento fue recibido y por tanto que los recursos

aplicados se encuentran efectivamente devengados, en términos de los artículos 44, 69 y

125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Dichos dispositivos jurídico-normativos establecen lo siguiente:

“Artículo 44.- Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores

públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación

de los recursos, […]; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el

ejercicio del gasto; de que los compromisos sean efectivamente devengados,

comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan;

de llevar un estricto control de los medios de identificación electrónica y de llevar el

registro de sus operaciones conforme a las disposiciones aplicables en la materia.”

“Artículo 69.- Las Dependencias, […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los

pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción

a los siguientes requisitos:

”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los

anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables; […]

”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos

originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen

la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la

entrega de las sumas de dinero correspondientes.”

“Artículo 125.- La contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada por los

documentos justificantes y comprobatorios originales.

”Será responsabilidad de los titulares de las Dependencias, […] así como de los

servidores públicos encargados de su administración, la recepción, guarda, custodia y

conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto, así como de los

libros, registros e información relativa, en términos de las disposiciones aplicables.”

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409 VOLUMEN 5/17

En la revisión al manual administrativo de la PGJDF vigente en 2012, se observó que no

contó con un procedimiento debidamente autorizado, publicado y difundido entre el

personal, que establezca las directrices generales y específicas vinculadas con el control,

operación y seguimiento de los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF, informó que

“se anexa copia del oficio número 703/1236/2014 en el cual el encargado del Despacho

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Procuraduría,

solicita al Director General de Programación, Organización y Presupuesto, el estado que

guardan, el Manual de Procedimientos para el Control y Operación del Seguro de Bienes

Patrimoniales […] enviados mediante los oficios números 701/00789/2014 y 701/00958/2014

respectivamente, a la Coordinación General de Modernización Administrativa para su

registro correspondiente”.

La dependencia proporcionó el oficio núm. 701/00789/2014 del 25 de marzo de 2014,

mediante el cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

envió a la CGMA el Manual de Procedimientos para el Control y Operación del Seguro de

Bienes Patrimoniales, para su revisión, dictamen y, en su caso, registro.

Por lo expuesto, se confirmó la deficiencia de control observada en el presente numeral,

por lo que éste prevalece.

Partida Presupuestal 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos”

Con la finalidad de comprobar que los recursos aplicados por la PGJDF hubieran sido

efectivamente devengados y los servicios de limpieza y manejo de desechos se hubiesen

recibido de conformidad con los contratos núms. PGJDF-017/2012 y PGJDF-025/2012, la

CMHALDF solicitó a la dependencia cinco CLC con su documentación justificativa

y comprobatoria soporte. En respuesta, con el oficio núm. 700.1/SPE/66/2014 del

26 de febrero de 2014, la dependencia proporcionó los expedientes relacionados con los

contratos antes mencionados. Del análisis a la documentación proporcionada, se conoció

lo siguiente:

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410 VOLUMEN 5/17

1. Con objeto de verificar el cumplimiento de las cláusulas del contrato abierto

núm. PGJDF-017/2012, y comprobar que los recursos aplicados se encuentran

efectivamente devengados, se seleccionó el mes de enero de 2012 para su revisión.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

a) La cláusula primera “Objeto del Contrato” establece: “‘El Proveedor’ se obliga a

realizar a ‘La Procuraduría’ el servicio de limpieza de interiores y exteriores,

incluyendo vidrios de alto riesgo, con suministro de materiales para inmuebles

que actualmente ocupa ésta, en aquellos lugares de nueva ocupación y para

aquellos inmuebles que sean sustituidos, y conforme a los horarios, turnos,

términos, condiciones, características y especificaciones técnicas, contenidas en

los anexos ‘1’, ‘2’, ‘3’, ‘4’, ‘5’, ‘5 Bis’, ‘6’, ‘6 Bis’, ‘7’, ‘8’, ‘9’, ‘10’ , ‘11’ , ‘12’, ‘13’ y ‘14’

mismos que forman parte integral del presente instrumento jurídico”.

b) Se determinó que en el mes de enero de 2012, el número de servicios, los

inmuebles y los turnos en los que se realizaron los servicios de limpieza fueron

los que se contrataron en cumplimiento de la cláusula quinta “Lugares y Turnos

de la Prestación del Servicio”, donde se estableció que la prestación del servicio de

limpieza sería en los inmuebles de la PGJDF, bajo tres modalidades: de lunes

a domingo y días festivos (90 inmuebles), de lunes a sábado (22 inmuebles) y de

lunes a viernes (23 inmuebles), en turno de matutino, vespertino o nocturno.

c) Se constató que la PGJDF recibió los materiales de limpieza en el formato

establecido y en las cantidades señaladas, de conformidad con lo estipulado en la

cláusula sexta “Materiales”, del contrato en revisión.

d) Se verificó que la PGJDF contó con las “Listas de Control de Asistencia” del mes

de enero de 2012, de conformidad con lo estipulado en la cláusula décima

“Consideraciones para el Cumplimiento del Servicio de Limpieza”, numeral 10, del

contrato en revisión, y se constató que se realizó el control de la asistencia en los

inmuebles establecidos y la contabilización de las faltas, a efecto de determinar

los servicios no prestados por el personal de limpieza.

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411 VOLUMEN 5/17

e) En la cláusula décima sexta “Penas Convencionales”, se estableció que la PGJDF

aplicaría penas convencionales por incumplimiento o atraso en la prestación de

los servicios objeto del contrato. Al respecto, se revisaron las penas convencionales

calculadas por la PGJDF al prestador de servicios Claver Servicios, S.A. de C.V.,

y se determinó que la dependencia aplicó penas convencionales en el mes de

enero de 2012, por un monto de 10.1 miles de pesos.

Dichas penas convencionales se integraron por 29 servicios no realizados

(1.5 miles de pesos) y por atrasos en la entrega de materiales en cuatro

inmuebles (8.6 miles de pesos), las cuales fueron descontadas del total a pagar

en el mes de enero de 2012.

2. Con objeto de verificar el cumplimiento de las cláusulas del contrato abierto

núm. PGJDF-025/2012, se seleccionó el mes de octubre de 2012 para su revisión.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

a) La cláusula primera “Objeto del Contrato”, establece: “‘El Proveedor’ se obliga a

realizar el servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios de alto

riesgo, con suministro de materiales para inmuebles que actualmente ocupa

‘La Procuraduría’, en aquellos lugares de nueva ocupación y para aquellos inmuebles

que sean sustituidos, y conforme a los horarios, turnos, términos, condiciones,

características y especificaciones técnicas, contenidas en los anexos ‘1’, ‘2’, ‘3’,

‘4’, ‘5’, ‘5 Bis’, ‘6’, ‘6 Bis’, ‘7’, ‘8’, ‘9’, ‘10’ , ‘11’ , ‘12’, ‘13’, ‘14’ y ‘15’ mismos que

forman parte integral del presente instrumento jurídico”.

b) Se determinó que en el mes de octubre de 2012 el número de servicios, los

inmuebles y los turnos en los que se realizaron los servicios de limpieza fueron

los que se contrataron en cumplimiento de la cláusula quinta “Lugares y Turnos

de la Prestación del Servicio”, donde se se estableció que la prestación del

servicio de limpieza sería en los inmuebles de la PGJDF, bajo tres modalidades:

de lunes a domingo y días festivos (91 inmuebles), de lunes a sábado (22 inmuebles)

y de lunes a viernes (23 inmuebles), en turno de matutino, vespertino o nocturno.

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412 VOLUMEN 5/17

c) Se constató que la PGJDF recibió los materiales de limpieza en el formato

establecido y en las cantidades señaladas, de conformidad con lo estipulado en la

cláusula sexta “Materiales”, del contrato en revisión.

d) Se verificó que la PGJDF contó con las “Listas de Control de Asistencia” del mes de

octubre de 2012, lo que comprueba la recepción y la supervisión de los servicios,

de conformidad con lo estipulado en el apartado primero “Horarios e Inmuebles”,

del anexo núm. 1 del contrato en revisión, y se determinó que el control de la

asistencia del personal que realizó los servicios de limpieza, se llevó a cabo

en los inmuebles establecidos en el contrato; asimismo, se contabilizaron las faltas,

a efecto de determinar los servicios no prestados por el personal de limpieza.

e) En la cláusula décima quinta “Penas Convencionales”, se estableció que la PGJDF

aplicaría penas convencionales por incumplimiento o atraso en la prestación de

los servicios objeto del contrato. Al respecto, se revisaron las penas convencionales

calculadas por la PGJDF al prestador de servicio Grupo de Limpieza y Mantenimiento

Integral, S.C., y se determinó que la dependencia aplicó penas convencionales en

el mes de octubre de 2012, por un monto de 27.9 miles de pesos.

Dichas penas convencionales se integraron por 165 servicios no realizados (8.7 miles

de pesos) y por 88 días de atrasos en la entrega de materiales (19.2 miles de pesos),

las cuales fueron descontadas del total a pagar en el mes de octubre de 2012.

En la revisión al manual administrativo de la PGJDF vigente en 2012, se observó que

no contó con un procedimiento debidamente autorizado, publicado y difundido entre el

personal, que establezca las directrices generales y específicas vinculadas con el control,

operación y seguimiento de los servicios de limpieza y manejo de desechos.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF informó que

“se anexa copia del oficio número 703/1236/2014 en el cual el encargado del Despacho

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Procuraduría,

solicita al Director General de Programación, Organización y Presupuesto, el estado que

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413 VOLUMEN 5/17

guardan, el […] Manual de Procedimientos para el Control y Operación de Servicios de

Limpieza, los cuales fueron enviados mediante los oficios números 701/00789/2014 y

701/00958/2014 respectivamente, a la Coordinación General de Modernización Administrativa

para su registro correspondiente”.

La dependencia proporcionó el oficio núm. 701/00958/2014 del 8 de abril de 2014,

mediante el cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

envió a la CGMA el Manual de Procedimientos para el Control y Operación de Servicios

de Limpieza, para su revisión, dictamen y, en su caso, registro.

Por lo expuesto, se confirmó la deficiencia de control observada en el presente numeral, por

lo que éste prevalece.

Partida Presupuestal 3981 “Impuesto sobre Nóminas”

Con la finalidad de verificar que los recursos aplicados por la dependencia con cargo

a la partida 3981 “Impuesto sobre Nóminas” hubiesen sido devengados, se revisó la

normatividad aplicable y se identificó lo siguiente:

1. La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), vigente en 2012, en el apartado 1.12 “Del cumplimiento de las obligaciones

fiscales en materia de Impuesto sobre Nóminas, Impuesto al Valor Agregado y

Retenciones de Impuesto sobre la Renta”, numeral 1.12.9, establece: “Las obligaciones

fiscales en materia de Impuesto sobre Nóminas, […], se cumplirán con la presentación de

una sola declaración centralizada que se tramitará en la DGADP”.

Al respecto la PGJDF proporcionó copia del oficio circular núm. DGADP/00004/2012

del 6 de enero de 2012, mediante el cual la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM del GDF, envió el calendario para el

ejercicio 2012, en el que se establecen las fechas en las que se publicará en la página

de la DGADP, los resúmenes con los importes del impuesto sobre nóminas,

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414 VOLUMEN 5/17

determinados con base en la nómina emitida, las fechas límite para que cada

dependencia otorgue la suficiencia presupuestal correspondiente y los días en los que

la DGADP realizará los cargos centralizados para el entero del impuesto sobre

nóminas a favor de la Tesorería del Distrito Federal (TDF).

Mediante los oficios núms.702200/0020/2012 del 4 de enero de 2012, 702/01780/2012

del 12 de abril de 2012, 702200/2402/2012 del 21 de mayo de 2012 y

702200/5102/2012 del 10 de diciembre de 2012, se constató que la PGJDF cumplió

con la información y los plazos establecidos por la DGADP.

Con el oficio circular núm. DGADP/00005/2012 del 9 de enero de 2012, la DGADP de

la OM del GDF envió el calendario para la recepción de la información mensual para el

pago de las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) y del Impuesto sobre Nóminas

(ISN) del ejercicio de 2012, formatos DGADP-01 “Reporte para el entero de Impuesto

sobre la Renta retenido e Impuesto sobre Nóminas con recursos presupuestales”.

Al respecto, se constató que la PGJDF mediante los oficios núms. 702/455/12 del

9 de febrero, 702/2050/12 del 4 de mayo, 702/2702/12 del 8 de junio, todos de 2012

y 702/0006/13 del 7 de enero de 2013, la Dirección General de Recursos Humanos de

la Oficialía Mayor de la PGJDF, envió a la DGADP de la OM del GDF, los formatos

correspondientes a los meses de enero, abril, mayo y diciembre de 2012, los cuales

integran la muestra seleccionada para su revisión.

2. Los artículos 158 y 159 del Código Fiscal del Distrito Federal vigente en 2012,

señalan lo siguiente:

“Artículo 158. El Impuesto sobre nóminas se determinará, aplicando la tasa del 2.5%

sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al

trabajo personal subordinado.

”Artículo 159. El Impuesto sobre nóminas se causará en el momento en que se

realicen las erogaciones por el trabajo personal subordinado y se pagará mediante

declaración, en la forma oficial aprobada, que deberá presentarse a más tardar el día

diecisiete del mes siguiente.”

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415 VOLUMEN 5/17

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 158 y 159 del Código Fiscal

del Distrito Federal, la PGJDF identificó las percepciones base para la determinación del

Impuesto sobre Nóminas, que se integran por la nómina ordinaria, nómina

extraordinaria, nómina finiquito, nóminas complementarias, recibos extraordinarios,

compensación por entrega recepción, personal eventual y laudos, donde se aplicó

la tasa del 2.5% a cada uno de los conceptos descritos anteriormente y requisitó el

formato DGADP-01 emitido por la DGADP de la OM del GDF, que es el área

responsable de efectuar el pago centralizado.

Mediante los comprobantes de pago emitido por la SEFIN de fechas 17 de febrero,

17 de mayo, 18 de junio, todos de 2012 y 17 de enero de 2013, se constató que la

declaración correspondiente a los meses de enero, abril, mayo y diciembre de 2012,

respectivamente, que integran la muestra seleccionada, se realizó de acuerdo con la

normatividad señalada.

3. Los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamientos de

Bienes o Servicios de uso generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la centralización de pagos vigentes en 2012, referente al

Impuesto sobre Nóminas, establecen lo siguiente:

“Lineamiento 2 fracción XXXV. Unidad Administrativa Consolidadora (UAC): Unidad

Administrativa de la Administración Pública del Distrito Federal, responsable de

efectuar los procedimientos de contratación consolidada de bienes o servicios de uso

generalizado que requieran las dependencias […] así como de efectuar, en su caso,

el pago centralizado derivado de dichas contrataciones, de la nómina SIDEN,

Impuesto sobre Nóminas […]

”Lineamiento 28 Las dependencias […] que causen pagos centralizados tendrán la

obligación de:

”A. Prever los recursos presupuestarios suficientes para cubrir el pago de los compromisos

contractuales derivados de contrataciones consolidadas, así como de los pagos

centralizados derivados de la nómina SIDEN, Impuesto sobre Nóminas…”

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416 VOLUMEN 5/17

Para cubrir la obligación del pago del impuesto sobre nóminas de manera

centralizada, la dependencia, mediante el oficio núm. 700/45/2014 del 10 de febrero

de 2014, presentó nota informativa sin número y sin fecha, firmada por los titulares

de las áreas involucradas (la Dirección General de Programación, Organización y

Presupuesto y la Dirección de Recursos Humanos), en donde se desarrolló el proceso

que sigue de la validación, control y registro del pago centralizado del Impuesto sobre

Nóminas, que se describe a continuación:

a) La Dirección de Operación y Control de Pagos (DOCP) de la PGJDF valida la

base de datos de la nómina remitida por la DGADP de la OM del GDF.

b) La Dirección de Presupuesto y Sistemas de Servicios Personales (DPSSP) de la

PGJDF recibe de la DOCP la nómina para validar percepciones y deducciones

a nivel partida.

c) La DOCP requisitó el formato DGADP-01 “Reporte para el entero de Impuesto

Sobre la Renta retenido e Impuesto sobre Nóminas con recursos presupuestales”.

d) La Dirección General de Recursos Humanos (DGRH) de la PGJDF envía a la

DGADP los formatos que contienen el reporte del ISR e ISN.

e) La DGADP valida los importes del formato y realiza el cargo centralizado.

f) Una vez efectuado el pago en favor de la TDF, la SEFIN otorga a la PGJDF

número de la CLC centraliza y el número de la CLC que le corresponde a la

dependencia por el cargo centralizado.

En virtud de lo anterior y derivado del cálculo del Impuesto sobre Nóminas, se efectuó de

conformidad con la normatividad aplicable, la PGJDF cumplió con lo establecido en los

Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamientos de Bienes

o Servicios de uso generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como

para la centralización de pagos vigentes en 2012.

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417 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-146-12-06-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implante

mecanismos de control para asegurarse de que el registro, operación, control y seguimiento

de la integración de la información con la que cuenta, relacionada con la obtención de los

servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales que contrata, refleje datos depurados,

reales y actualizados, en cumplimiento de la normatividad y ordenamientos aplicables.

Recomendación ASC-146-12-07-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implante

mecanismos de control para que los expedientes de los servicios de aseguramiento de

bienes patrimoniales que contrate, cuente con la evidencia de que dichos servicios hayan

sido recibidos y por tanto, los recursos efectivamente devengados, en cumplimiento de la

normatividad y ordenamientos aplicables.

Recomendación ASC-146-12-08-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implante

mecanismos de control que le permitan contar con su Manual de Procedimientos para el

Control y Operación del Seguro de Bienes Patrimoniales debidamente autorizado,

publicado y difundido en cumplimiento de la normatividad y ordenamientos aplicables.

Recomendación ASC-146-12-09-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implemente

mecanismos de control que le permitan contar con su Manual de Procedimientos para

el Control y Operación de Servicios de Limpieza debidamente autorizado, publicado y

difundido en cumplimiento de la normatividad y ordenamientos aplicables.

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418 VOLUMEN 5/17

Gasto Ejercido

8. Resultado

A efecto de comprobar que la PGJDF contó con la evidencia documental de que la

emisión de las CLC se encontraba debidamente aprobada por la autoridad competente,

específicamente, el caso del ejercicio de recursos por el pago de seguros de bienes

patrimoniales, de limpieza y manejo de desechos y por el pago de obligaciones fiscales

por Impuesto sobre Nóminas, el documento idóneo para efectos de fiscalización son las

CLC, donde se observó el monto otorgado, la fuente de financiamiento y la autorización

por parte del titular de la dependencia.

Partida Presupuestal 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

Se seleccionaron para su revisión 14 CLC por un importe de 36,481.8 miles de pesos,

y un documento múltiple (DM) núm. 200128, por un importe negativo de 1,605.3 miles de

pesos, lo cual dio origen a un monto neto auditado de 34,876.5 miles de pesos, que

representó el 82.5 % del presupuesto ejercido en esa partida (42.287,0 miles de pesos),

como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

CLC/DM Fecha Monto

100260 21/III/12 8,006.8

100750 28/V/12 7,637.9

101151 25/VII/12 3,244.8

101236 10/VIII/12 1,628.7

101238 10/VIII/12 1,628.7

101237 10/VIII/12 1,628.7

101876 19/X/12 1,605.4

101877 19/X/12 1,605.4

101878 23/X/12 1,605.4

101875 19/X/12 1,605.3

102093 21/XI/12 1,605.3

102579 31/XII/12 1,592.1

101579 21/IX/12 1,575.1

102437 27/XII/12 1,512.2

200128 20/XI/12 (1,605.3)

34,876.5

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419 VOLUMEN 5/17

Se verificó que su registro en auxiliares presupuestales correspondiera al presupuesto

ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2012, que contó con las autorizaciones de suficiencia presupuestal

correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que

fueron registradas presupuestalmente en la partida que le corresponde conforme a la

naturaleza del gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal, vigente en 2012.

Con el oficio núm. ASC/146/12/04 del 10 de marzo de 2014, se solicitó al ente fiscalizado

la documentación justificativa y comprobatoria del DM núm. 200128; en respuesta, se

proporcionó la nota informativa del 24 de abril de 2014, en la que se informó que el DM

núm. 200128 se encontró relacionado con la CLC núm. 101875, que pertenece al gasto

centralizado mediante la CLC núm. 105300, la cual tiene el estatus de rechazada por la

DGFA y finalmente fue cancelada por el DM núm. 200077, al tratarse de un error en el

cálculo del IVA, siendo esta la única información con que se cuenta, en razón de que se

trata de una operación centralizada.

Cabe mencionar que para la partida 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, se trató de

un gasto centralizado, siendo la OM del GDF la encargada de generar las CLC respectivas,

con la afectación correspondiente al presupuesto de la dependencia.

Partida Presupuestal 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos”

Se seleccionaron para su revisión cinco CLC por un importe de 22,054.9 miles de pesos,

que representó el 51.7 % del presupuesto ejercido en esa partida (42,666.7 miles de pesos)

como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

CLC Fecha Monto

100323 3/IV/12 3,539.3

100653 17/V/12 3,466.0

101405 4/IX/12 7,425.4

101661 4/X/12 3,762.3

102199 5/XII/12 3,861.9

22,054.9

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420 VOLUMEN 5/17

Se verificó que su registro en auxiliares presupuestales correspondiera al presupuesto

ejercido y reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2012, que contó con las autorizaciones de suficiencia presupuestal

correspondientes, así como con la documentación justificativa y comprobatoria, y que

fueron registradas presupuestalmente en la partida que le corresponde conforme a la

naturaleza del gasto, en atención del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal, vigente en 2012.

1. En la revisión de las CLC núms. 100323 y 100653 expedidas el 3 de abril y 17 de mayo

de 2012, que suman 7,005.3 miles de pesos, a nombre del prestador de servicios

Claver Servicios, S.A. de C.V., se comprobó que fueron elaboradas por el Subdirector

de Presupuesto y el Jefe de Unidad Departamental de Registro y Control del Ejercicio

Presupuestal y autorizadas por el Director de Programación y Presupuesto, todos

servidores públicos facultados para ello.

a) La PGJDF sancionó a la empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., por un monto

de 29.7 miles de pesos, por servicios no realizados y atrasos en la entrega de

material, los cuales fueron descontados del total facturado (7,005.3 miles de pesos)

al pagar un total de 6,975.6 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en

la cláusula décima sexta “Penas Convencionales”, sexto párrafo, del contrato

núm. PGJDF-017/2012 que establece:

“La acumulación de las penas convencionales, no excederá del importe de la

garantía de cumplimiento de contrato abierto, dicha penalización se descontará

administrativamente del importe del pago que se realice y que se estipula en las

cláusulas segunda y tercera del propio instrumento contractual y de conformidad

con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, lo anterior sin perjuicio del derecho que tiene ‘La Procuraduría’ de optar

entre exigir el cumplimiento forzoso del Contrato o rescindirlo, independientemente

de los derechos que le otorgue la Ley Federal de Protección al Consumidor.”

b) Se revisaron las CLC de operaciones ajenas núms. 100868 y 100869, ambas del

15 de junio de 2012, por un monto de 29.7 miles de pesos, mediante las cuales se

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421 VOLUMEN 5/17

reintegró a la SEFIN el importe de las penas convencionales aplicadas a la

empresa Claver Servicios, S.A. de C.V., durante los meses de enero y mayo

de 2012, relativas al contrato abierto núm. PGJDF-017/2012, en cumplimiento del

subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, inciso c) “Cuenta por

Liquidar Certificada de Operaciones Ajenas”, numeral 37, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“La CLC de Operaciones Ajenas es el instrumento presupuestario a través del

cual se entregan a terceros beneficiarios los importes que las UR’s retienen al

efectuar las erogaciones que autorizan para cubrir los bienes y servicios que

adquieren como parte de la ejecución de su presupuesto, por ley o por relaciones

contractuales establecidas con proveedores, contratistas o prestadores de servicios,

para lo cual las unidades retenedoras tendrán las siguientes obligaciones:

”a) Efectuar las retenciones y establecer los pasivos que correspondan.

”b) Autorizar y solicitar el pago a la DGAF y el registro presupuestal de la CLC

a la DGE respectiva, ya sea mensual o quincenal, por el monto total retenido por

beneficiario.

”c) Hacer constar en la CLC la procedencia de los recursos motivo de la retención

(fiscales, aportaciones, transferencias o deuda pública).”

2. En la revisión de las CLC núms. 101405, 101661 y 102199 expedidas el 4 septiembre,

4 de octubre y 5 de diciembre, todas de 2012, por un monto de 15,049.5 miles

de pesos, a nombre del prestador de servicios Grupo de Limpieza y Mantenimiento

Integral, S.C., se comprobó que fueron elaboradas por el Subdirector de Presupuesto

y autorizadas por el Director de Programación y Presupuesto, todos servidores

públicos facultados para ello.

a) La PGJDF sancionó a la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral,

S.C., por un monto de 88.6 miles de pesos, por servicios no realizados y atrasos

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422 VOLUMEN 5/17

en la entrega de material, los cuales fueron descontados del total facturado

(15,049.5 miles de pesos) al pagar un total de 14,960.9 miles de pesos, de

conformidad con lo establecido en la cláusula décima quinta “Penas Convencionales”,

sexto párrafo, del contrato núm. PGJDF-025/2012 que establece:

“La acumulación de las penas convencionales, no excederá del importe de la

garantía de cumplimiento de contrato abierto, dicha penalización se descontará

administrativamente del importe del pago que se realice y que se estipula en las

cláusulas segunda y tercera del propio instrumento contractual y de conformidad

con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, lo anterior sin perjuicio del derecho que tiene ‘La Procuraduría’ de optar

entre exigir el cumplimiento forzoso del Contrato o rescindirlo, independientemente

de los derechos que le otorgue la Ley Federal de Protección al Consumidor.”

b) Se revisaron las CLC de operaciones ajenas núms. 101223 y 102044 del

19 de agosto y 16 de noviembre, ambas de 2012, por un monto de 88.6 miles de

pesos, mediante las cuales se reintegró a la SEFIN el importe de las penas

convencionales aplicadas a la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento

Integral, S.C., durante los meses de mayo, junio, julio y octubre de 2012, relativas

al contrato abierto núm. PGJDF-025/2012, en cumplimiento del subapartado

IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, inciso c) “Cuenta por Liquidar Certificada

de Operaciones Ajenas”, numeral 37, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Partida Presupuestal 3981 “Impuesto sobre Nóminas”

De las cuatro CLC seleccionadas para su revisión, se erogaron recursos que fueron

operados por la dependencia durante el ejercicio 2012, con cargo a la partida 3981

“Impuestos sobre Nómina”. De la revisión de dichas CLC y a efecto de confirmar

su relación con la obligación de cubrir el pago del 2.5% de Impuesto sobre Nóminas, se

revisó lo siguiente:

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423 VOLUMEN 5/17

En cuanto al pago del impuesto a la SEFIN, se verificó que su registro en auxiliares

presupuestales correspondiera al presupuesto ejercido y reportado en la Cuenta Pública

del Gobierno del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012. Dicho monto se integró por

cuatro CLC, por un monto de 30,852.9 miles de pesos, como se detalla en el cuadro

siguiente:

(Miles de pesos)

CLC Fecha Monto

100107 15/II/12 8,085.8 100645 9/V/12 7,097.6 100860 15/VI/12 7,072.9

102440 31/XII/12 8,596.6

Total

30,852.9

Se verificó que el presupuesto ejercido mediante las CLC, hubiese contado con la

autorización de suficiencia presupuestal mediante el oficio núm. SFDF/SE/0035/2012 del

2 de enero de 2012, así como con la documentación comprobatoria consistente en el formato

DGADP-01 “Reporte para el entero de Impuesto sobre la Renta retenido e Impuesto sobre

Nóminas con recursos presupuestales”, oficio con el que se remite a la DGADP, el formato

que contiene el reporte del ISR e ISN y comprobante de pago expedido por la SEFIN.

Asimismo, se constató que fueron registradas presupuestalmente en la partida 3981

“Impuestos sobre Nómina”, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal, vigente en 2012, el cual establece: “Asignaciones destinadas al pago del impuesto

sobre nóminas a cargo de las Unidades Responsables del Gasto, de conformidad con el

Código Fiscal del Distrito Federal”.

Cabe mencionar que para la partida 3981 “Impuestos sobre Nómina”, se trata de un gasto

centralizado, siendo la OM del GDF la encargada de generar las CLC respectivas, con la

afectación correspondiente al presupuesto de la dependencia.

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424 VOLUMEN 5/17

Gasto Pagado

9. Resultado

Con la finalidad de verificar que el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago, concretado mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro

medio, en este caso, para los servicios recibidos, o bien, de las obligaciones fiscales

cubiertas, la evidencia documental del otorgamiento de los recursos al prestador del

servicio o receptor de la obligación fiscal, se tuvo conocimiento de lo siguiente:

Partida Presupuestal 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”

1. Mediante el oficio núm. 700.1/SPE/66/2014 del 26 de febrero de 2014, la PGJDF

proporcionó las CLC que contienen la documentación comprobatoria de la aplicación

de recursos respectiva, consistente en 29 recibos de primas y notas de crédito

emitidas por AXA Seguros, S.A. de C.V., por un importe de 34,876.5 miles de pesos,

como se detallan en el cuadro siguiente:

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425 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Número de contrato

Número de póliza

Número de CLC

asignado por la OM

Número de CLC

asignado por la PGJDF

Fecha Monto Núm. de recibo de prima/Nota

de crédito

Número de folio fiscal

Monto

Monto de los

recibos/Notas de crédito

DAS-05-2012 GJ2001050400 100745 100260 21/III/12 8,006.8 901200086155 1411412 8,006.8 8,006.8

102101 100750 28/V/12 7,637.9 901200187934 1509624 7,637.9 7,637.9

DAS-06-2012 GAA897200000 103244 101151 25/VII/12 3,244.8 701278699604 29477938 3,241.0 3,244.8

701280133980 30923367 3.8

DAS-22-2012 GAA902410000

103569 101236 10/VIII/12 1,628.7 701279757083 30534190 1,620.5 1,628.7

701281790323 32768824 8.2

103571 101238 10/VIII/12 1,628.7 701279757084 30534191 1,620.5 1,628.7

701281790324 32768825 8.2

103570 101237 10/VIII/12 1,628.7 701279757082 30534189 1,620.5 1,628.7

701281790322 32768823 8.2

104468 101579

21/IX/12 1,575.1 701279757085 30534192 1,620.5 1,575.1

701282371069 33417984 (13.4)

701282371070 33417985 (13.4)

701282371071 33417986 (13.4)

701282371072 33417987 (13.3)

701281790325 32768826 8.1

DAS-28-2012 GAA914990000

105310 101876 19/X/12 1,605.4 701283022313 35431076 1,605.4 1,605.4

105313 101877 19/X/12 1,605.4 701283022314 35461077 1,605.4 1,605.4

105408 101878 23/X/12 1,605.4 701283022315 35431078 1,605.4 1,605.4

106297 102093 21/XI/12 1,605.3 701283022312 35461075 1,605.3 1,605.3

107733 102579 31/XII/12 1,592.1 701283022317 35461080 1,605.4 1,592.1

701285734257 36831854 (13.2)

107359 102437

27/XII/12 1,512.2 701283022316 35461079 1,605.4 1,512.2

701285734252 36831849 (13.2)

701285734256 36831853 (13.3)

701285734255 36831852 (13.3)

701285734254 36831851 (13.3)

701285734253 36831850 (13.3)

GAA897200000 701282373273 33419898 (26.8)

Total 34,876.5 34,876.5

Se hace mención que en virtud de que la OM del GDF es la unidad centralizadora del

gasto efectuado con cargo a esta partida presupuestal y derivado de la solicitud de

información y documentación como parte de la práctica de confirmación de operaciones,

dicha dependencia, mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/0642/2014 del 8 de abril

de 2014, proporcionó la misma información.

La CMHALDF verificó en la página de Internet del SAT la emisión de los comprobantes

fiscales y constató que las facturas emitidas por AXA Seguros, S.A. de C.V.,

se encuentran registradas en los controles del SAT.

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426 VOLUMEN 5/17

Además se comprobó que dichos documentos reunieron los requisitos fiscales que se

indican en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

2. Mediante el oficio núm. ASC/14/0674 del 8 de abril de 2014, se notificó a la DGRMSG

de la OM del GDF la confirmación de operaciones, para que proporcionara la

documentación relacionada con las operaciones que realizaron relacionadas con los

contratos antes mencionados, vinculados con recursos aplicados por la PGJDF

durante el ejercicio de 2012. Del análisis de la documentación entregada mediante el

oficio núm. OM/DGRMSG/0642/2014 del 8 de abril de 2014, no se detectaron

diferencias en relación con la proporcionada por el sujeto fiscalizado.

3. Mediante el oficio núm. ASC/14/0859 del 23 de abril de 2014, se notificó al prestador

de servicio AXA Seguros, S.A. de C.V. la confirmación de operaciones, para que

proporcionara la documentación relacionada con las operaciones que realizaron

relacionadas con los contratos antes mencionados, vinculados con recursos aplicados

por la PGJDF durante el ejercicio de 2012.

En respuesta, la empresa AXA Seguros, S.A. de C.V. mediante oficio núm. JCC/07/14

del 8 de mayo de 2014, signado por el Gerente de Ventas de dicha empresa,

proporcionó la información y documentación donde se observó lo siguiente:

a) Con relación al requerimiento de que proporcionara copia de los recibos de

primas y notas de crédito relacionadas con los contratos núms. DAS-05-2012,

DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, específicamente, aquellas que

tienen relación con el aseguramiento de bienes patrimoniales propiedad o a cargo

de la PGJDF, la aseguradora entregó copia de 30 recibos digitales de primas y

notas de crédito. De su revisión, se observó que 28 recibos digitales de primas

coinciden en cuanto a número y montos con los proporcionados por la PGJDF,

por un monto de 27,238.6 miles de pesos, como se muestra a continuación:

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427 VOLUMEN 5/17

Número de póliza Número de recibo de prima/Nota de crédito Número de folio fiscal Monto

GJ2001050400 901200086155 1411412 8,006.8

GAA897200000 701278699604 29477938 3,241.0 701280133980 30923367 3.8

GAA902410000

701279757083 30534190 1,620.5 701281790323 32768824 8.2 701279757084 30534191 1,620.5 701281790324 32768825 8.2 701279757082 30534189 1,620.5 701281790322 32768823 8.2 701279757085 30534192 1,620.5 701282371069 33417984 (13.4) 701282371070 33417985 (13.4) 701282371071 33417986 (13.4) 701282371072 33417987 (13.3) 701281790325 32768826 8.1

GAA914990000

701283022313 35431076 1,605.4 701283022314 35461077 1,605.4 701283022315 35431078 1,605.4 701283022312 35461075 1,605.3 701283022317 35461080 1,605.4 701285734257 36831854 (13.2) 701283022316 35461079 1,605.4 701285734252 36831849 (13.2) 701285734256 36831853 (13.3) 701285734255 36831852 (13.3) 701285734254 36831851 (13.3) 701285734253 36831850 (13.3)

GAA897200000 701282373273 33419898 (26.8)

Total

27,238.6

La aseguradora no proporcionó el recibo de prima núm. 901200187934 por la

cantidad de 7,637.9 miles de pesos, que la PGJDF proporcionó como soporte

documental de la CLC núm. 100750 del 28 de mayo de 2012 y relacionado con el

contrato núm. DAS-05-2012 y la póliza núm. GJ2001050400, cuyo monto sumado

a la cantidad obtenida de las documentales presentadas por AXA Seguros,

S.A. de C.V. (27,238.6 miles de pesos) corresponde a los 34,876.5 miles de pesos,

cantidad soportada documentalmente por la PGJDF con las 13 CLC de la muestra

de auditoría.

b) Respecto de la petición de los padrones de siniestralidad reportada durante el

ejercicio fiscal de 2012 y la documentación que lo acredite, relacionados con los

contratos núms. DAS-05-2012, DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012,

específicamente, por la prestación del servicio de aseguramiento de bienes

patrimoniales propiedad o a cargo de la PGJDF, AXA Seguros, S.A. de C.V.,

remitió el reporte de siniestralidad de los vehículos propiedad o a cargo del

Gobierno del Distrito Federal, relacionados con los contratos núms. DAS-05-2012,

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428 VOLUMEN 5/17

DAS-06-2012, DAS-22-2012 y DAS-28-2012, la cual contiene los registros de los

siniestros de todos y cada uno de los bienes asegurados propiedad o a cargo

del Gobierno del Distrito Federal.

De la conciliación de los padrones de siniestralidad proporcionados por la PGJDF

y la empresa aseguradora, se informó que no se localizaron los registros de

siniestros vinculados a los servicios de aseguramiento de la infraestructura

urbana, inmuebles y bienes patrimoniales, y lo relativo al servicio de aseguramiento

del parque vehicular (automóviles y camiones) propiedad o a cargo de la PGJDF,

los registros y placas del vehículo respectivas, presentaron diversas diferencias,

al tenor de lo siguiente:

Número Número de placa

Número de siniestro

Observación

1 391YCM M1013437B No se localizó en la relación de vehículos para fines de aseguramiento 2012 de la PGJDF, ni en la relación de siniestralidad entregada por AXA Seguros S.A. de C.V.

2 3095 M109226B 3 449YCM M130076B 4 970RVR M140220B 5 2642 M152402B 6 352YBE M158234B 7 932WGT M168784B 8 793WFT M172297B 9 449YNJ M172657B 10 791XYT M176671B 11 4754CK M103237B Están incluidos en el padrón de siniestralidad de la PGJDF de 2012

como propiedad o a cargo de la PGJDF y de conformidad a la relación de siniestralidad entregada por AXA Seguros S.A. de C.V., el vehículo pertenece al Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

12 46985 M111914B 13 747SSE M56168B Están incluidos en el padrón de siniestralidad de la PGJDF de 2012

como propiedad o a cargo de la PGJDF, no así en la relación de siniestralidad entregada por AXA Seguros S.A. de C.V.

14 7335R M171005B 15 2081 M143454B 16 985WGX M182890B 17 188UKW M006373B 18 3025 M041100B 19 341WGS M089697B 20 2835 M8521B 21 754WGS M33642B 22 754WGS M133684B 23 343WTZ M170211B

En virtud de que la dependencia presentó deficiencias en cuanto al registro, operación,

control y seguimiento de la integración de la información con la que cuenta, relacionada

con la obtención de los servicios de aseguramiento de bienes patrimoniales que contrata,

no observó lo establecido en la fracción I, inciso e) y el segundo párrafo, inciso c), del

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429 VOLUMEN 5/17

Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.

Toda vez que la dependencia no conservó de manera ordenada y sistemática, la

documentación relacionada con el prestador de los servicios contratados, no observó

el artículo 76, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y, en

correlación a ello, no contó con las documentales que acreditan que el servicio de

aseguramiento fue recibido y por lo tanto, los recursos aplicados no se encuentran

efectivamente devengados, incumplió los artículos 44, 69 y 125 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, normatividad vigente en 2012.

En reunión de confronta, celebrada el 23 de junio de 2014, mediante el oficio

núm. 700/349/2014 del 20 de junio de 2014, la Oficialía Mayor de la PGJDF, informó

lo siguiente:

“Se anexa Nota Informativa de fecha 19 de junio de 2014 signada por el Subdirector de

Inventarios, en la cual se relacionan cada uno de los vehículos, sus siniestros y el estatus

que grada cada uno de ellos, así como la documentación soporte de los mismos.

”Por otra parte se anexa también el oficio número 703/1234/2014 en el que, el Encargado

del Despacho de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales,

instruye al Director de Control de Bienes a que implemente un Mecanismo de Control, a

efecto de contar con información confiable y oportuna, que acredite que el servicio fue

recibido y devengado.”

De los 10 vehículos que no se localizaron en la relación de vehículos para fines de

aseguramiento 2012 de la PGJDF, ni en la relación de siniestralidad entregada por AXA

Seguros, S.A. de C.V. se proporcionó la impresión del Sistema de Control Vehicular de la

PGJDF de ocho unidades, las cuales son propiedad de la PGJDF. De los 2 casos restantes,

la PGJDF explicó: “El vehículo 352YBE por un ‘error derivado de la falta de depuración de

información’ no pertenece a la Procuraduría, es propiedad de la Secretaría de Seguridad

Pública y la placa correcta es 357YBE. El vehículo 449YNJ no corresponde con el número de

placas que se proporciona en la impresión del Sistema de control Vehicular, 449YMJ”.

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430 VOLUMEN 5/17

De los dos vehículos que están incluidos en el padrón de siniestralidad de la PGJDF

de 2012 como propiedad o a cargo de la PGJDF y de conformidad con la relación de

siniestralidad entregada por AXA Seguros, S.A. de C.V., el vehículo pertenece al Sistema

de Aguas de la Ciudad de México (SACM), porlo que se confirma que por error la unidad

con placas 4754CK no forma parte del padrón de vehículos de la PGJDF y la unidad

46985, la placa correcta es 4695S y que por un “error derivado de la falta de depuración

de información”, éste no forma parte del padrón de vehículos de la dependencia pues

corresponde a SACM.

De los 11 vehículos que están incluidos en el padrón de siniestralidad de la PGJDF de 2012

como propiedad o a cargo de ésta, no así en la relación de siniestralidad entregada por

AXA Seguros, S.A. de C.V., se proporcionó la impresión del Sistema de Control Vehicular

de esa dependencia, lo que acredita que los 11 vehículos son propiedad o están a cargo de la

PGJDF.

Del análisis a la información y documentación proporcionada, se constató que la

dependencia presentó riesgos en cuanto a la información de los bienes que tiene en

propiedad o a su cargo, ya que es proclive a generar pagos indebidos por no mantener

actualizados y con datos reales su padrón del parque vehicular, por lo que dada la

evidencia presentada, no se desvirtuó la irregularidad observada en el presente numeral

y resultado, por lo que éste prevalece.

Partida Presupuestal 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos”

1. Se revisó la documentación comprobatoria del gasto relacionado con el contrato

abierto núm. PGJDF-017/2012, y se constató lo siguiente:

a) Las facturas núms. 1952, 1953, 1954, 2138, 2139 y 2140, las tres primeras del

27 de febrero de 2012 y las tres restantes del 24 de abril de 2012, por un importe

de 7,005.3 miles de pesos, emitidas por Claver Servicios, S.A. de C.V., que amparan

los servicios cobrados de limpieza en los meses de enero y marzo de 2012, a

nombre del Gobierno del Distrito Federal, las cuales reúnen los requisitos fiscales

y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

Federación y los del subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”,

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431 VOLUMEN 5/17

numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2012.

b) La CMHALDF verificó en la página de Internet del SAT la emisión de los

comprobantes fiscales y constató que las facturas emitidas por la empresa Claver

Servicios, S.A. de C.V., se encuentran registradas en los controles del SAT.

c) La CMHALDF se presentó en el domicilio declarado por el prestador de

servicio para oír y recibir notificaciones con la finalidad de notificar el oficio

núm. ASC/146/12/08 del 9 de abril de 2014, mediante el cual se realizó la práctica

de confirmación de operaciones. Sin embargo, dicha diligencia no fue concretada

toda vez que se conoció que la empresa ya no se encuentra en el domicilio

señalado, por lo que se intentó localizar al proveedor vía telefónica, sin obtener

respuesta. Por lo anterior, con el oficio núm. ASC/146/12/09 del 9 de abril de 2014,

se solicitó a la PGJDF para que por su conducto se citara en las instalaciones de

la Oficialía Mayor de la PGJDF al representante legal, o en su caso, a la persona

autorizada por dicha empresa y se realice la notificación del oficio de la práctica

de confirmación de operaciones de referencia. No obstante, dicha diligencia tampoco

fue realizada hasta el momento del cierre de la etapa de ejecución de la presente

auditoría.

2. Se revisó la documentación comprobatoria del gasto relacionado con el contrato

abierto núm. PGJDF-025/2012 y se verificó lo siguiente:

a) Las facturas núms. 410 a la 415 del 28 de agosto de 2012; 480 a la 482 del 18 de

septiembre de 2012; y 673 a la 675 del 21 de noviembre de 2012, que suman un

importe de 15,049.5 miles de pesos, emitidas por Grupo de Limpieza y Mantenimiento

Integral, S.C., que amparan los servicios de limpieza realizados en los meses de

mayo, junio, julio y octubre de 2012, están a nombre del Gobierno del Distrito

Federal, las cuales reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el subapartado IV.3.1,

“Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

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432 VOLUMEN 5/17

b) En respuesta al oficio de solicitud de confirmación de operaciones núm. ASC/14/0653

del 25 de marzo de 2014, el representante legal del prestador de servicios Grupo

de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., mediante escrito del 28 de abril de 2014,

remitió copia de la documentación relacionada con las operaciones que realizó

con la PGJDF durante 2012, la cual coincide con la entregada por dicha

dependencia.

c) Asimismo, la CMHALDF verificó en la página de Internet del SAT la emisión de los

certificados digitales de los comprobantes fiscales y constató que las facturas

emitidas por la empresa Grupo de Limpieza y Mantenimiento Integral, S.C., se

encuentran registradas en los controles del SAT.

Partida Presupuestal 3981 “Impuesto sobre Nóminas”

El Comprobante de pago expedido por la SEFIN, correspondiente a los meses de enero,

abril, mayo y diciembre de 2012, que integraron la muestra seleccionada para su revisión,

se indicó el impuesto que se paga, el monto del mismo, el período al que corresponde,

el RFC de quién realiza el pago, tipo de declaración, fecha de depósito y el número de la

CLC mediante la cual se efectuó el pago.

La dependencia no contó con el comprobante de pago correspondiente al mes de

diciembre relacionado con la CLC núm. 102440; sin embargo, se constató que mediante

el oficio núm. DCOF/0046/2014 del 9 de abril de 2014, la DGADP de la OM, solicitó a la

Dirección de Ingresos de la SEFIN el comprobante de pago del Impuesto sobre Nóminas

correspondiente al mes de diciembre.

De la revisión, se identificó que de acuerdo con el formato DGADP-01 “Reporte para

entero del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Nóminas con recursos

presupuestales”, el Impuesto sobre Nóminas causado por la PGJDF, correspondiente al

mes de enero, no coincide con el importe del comprobante de pago expedido por

la SEFIN, la cual se describe a continuación:

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433 VOLUMEN 5/17

(Pesos)

Importe según formato DGADP-01 Importe del comprobante de pago expedido por la SEFIN

Diferencia

$8,085,486.0 $8,085,789.0 $303.0

Por lo que, mediante el oficio núm. ASC/146/12/05 del 18 de marzo de 2014, se solicitó

a la PGJDF aclara la diferencia detectada.

En respuesta la PGJDF, con el oficio 700.1/SPE/113-bis/2014 del 26 de marzo de 2014,

proporcionó nota informativa sin fecha y sin número informó: “La diferencia […] se debe a

que en el momento de prorratear por sector, se afectó por error el presupuesto de clave

3981 de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por tal motivo en el

momento en que se habilite el menú para poder generar el documento múltiple

correspondiente se hará la corrección de este caso”.

No obstante, mediante el oficio núm. DCOF/0048/2014 del 9 de abril de 2014, la DGADP

de la OM del GDF, derivado de la práctica de confirmación de operaciones, proporcionó la

afectación de manera centralizada al presupuesto de la PGJDF, correspondiente al mes

de enero de 2012 realizado con la CLC núm. 100107 del 15 de febrero de 2012, en donde

se identificó que la diferencia detectada corresponde a un error en el prorrateo en el

Impuesto sobre Nóminas a cargo de la PGJDF realizado por la DGADP, que se compensó

en el mes febrero, pagado mediante la CLC 100238 del 15 de marzo de 2012.

Lo anterior, con fundamento en el Lineamiento 27 de los Lineamientos Generales para

la Consolidación de la Adquisición de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la

Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos,

vigentes en 2012, que establece:

“La UAC afectará de manera centralizada el presupuesto de las UAS, cuando así

proceda, con base en los datos y recursos proporcionados por éstas, así como en los

pagos centralizados causados por la nómina SIDEN, impuesto sobre nóminas, […]. En

caso de que los recursos disponibles resulten insuficientes al momento de realizar los

cargos centralizados, la UAC aplicará dichos cargos hasta por los montos disponibles,

comunicará tal situación a las UAS, a efecto de que realicen los movimientos

presupuestales necesarios.”

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434 VOLUMEN 5/17

Mediante el oficio núm. ASC/14/0667 del 25 de marzo de 2014, se notificó a la DGADP de

la OM, la práctica de confirmación de operaciones para que proporcionara la

documentación relacionada con las operaciones que realizaron con la PGJDF durante

el ejercicio de 2012. Del análisis de la documentación entregada mediante el oficio

núm. DCOF/0048/2014 del 9 de abril de 2014, no se detectaron diferencias en relación

con la proporcionada por el sujeto fiscalizado, sin embrago, la DGADP proporcionó el

comprobante de las transferencias bancarias certificadas, en el que se identificó la

declaración para el pago del Impuesto sobre Nóminas.

Es importante mencionar que la DGADP proporcionó copia de los oficios

núms. DCOF/0046/2014 y DCOF/0047/2014, ambos del 9 de abril de 2014, en donde

solicita a la Dirección de Ingresos de la SEFIN el comprobante de pago del Impuesto

sobre Nóminas, correspondiente al mes de noviembre y diciembre, con el propósito de dar

atención a al oficio núm. ASC/14/0667 del 25 de marzo de 2014 (oficio de práctica de

confirmación de operaciones).

Recomendación ASC-146-12-10-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control para contar y presentar información real, depurada y actualizada

de su padrón del parque vehicular y evitar la aplicación de recursos por concepto de

aseguramiento de bienes patrimoniales que no son de su propiedad o están a su cargo,

de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

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435 VOLUMEN 5/17

I.18. CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

I.18.1. ANTECEDENTES

La Contraloría General del Distrito Federal nace con la Ley Orgánica del Departamento

del Distrito Federal de enero de 1941. Su función principal era la de revisar y supervisar

los contratos de obra pública y los movimientos hacendarios del Distrito Federal. La estructura

organizacional que tenía en esa fecha consideraba como área adjetiva o de apoyo a la

Oficina Administrativa.

Durante los años de 1947 y 1967, la Contraloría General del Distrito Federal tuvo diversos

ajustes y cambios en su estructura organizacional, pero prevalecía la Oficina Administrativa

como una de sus partes integrantes.

En el año de 1973, se crearon las Direcciones de Contabilidad y Asuntos Administrativos,

así como la Dirección de Evaluación, las cuales absorbieron a la Oficina Administrativa

y la Unidad de Sistemas, respectivamente.

Posteriormente, en el transcurso del mes de abril de 1983, la Contraloría General del

Distrito Federal tuvo una reestructuración que considera por primera vez el área de apoyo

de la dependencia con la denominación de Coordinación Administrativa.

A partir de la entrada en vigor del dictamen de estructura orgánica núm. 10/2009, el

16 de junio de 2009, la Contraloría General del Distrito Federal se compone de la Oficina

de la dependencia y de las Direcciones Generales de Legalidad, de Asuntos Jurídicos y

Responsabilidades, de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados,

de Contralorías Internas en Delegaciones, de Contralorías Internas en Entidades, de

Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de Contralorías

Ciudadanas y las Coordinaciones Generales de Modernización Administrativa y de Evaluación

y Desarrollo Profesional. Además, cuenta con 19 contralorías internas en dependencias,

1 en un órgano desconcentrado y 16 en igual número de órganos político-administrativos.

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436 VOLUMEN 5/17

Atribuciones

El artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, que entró en vigor el

1o. de enero de 1999, y fue reformada el 10 de noviembre de 2008 y 26 de enero de 2012,

establece las siguientes atribuciones de la Contraloría General del Distrito Federal:

“Artículo 34. A la Contraloría General corresponde el despacho de las materias relativas al

control y evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados

y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como el

desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativos, y la atención ciudadana.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:

”I. Planear, programar, establecer, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación

del Gobierno del Distrito Federal, manteniendo permanentemente su actualización;

”II. Fiscalizar e inspeccionar los ingresos de la Administración Pública del Distrito Federal

y su congruencia con el Código Financiero del Distrito Federal, procediendo en su

caso, al fincamiento de la responsabilidad administrativa;

”III. Fiscalizar e inspeccionar el ejercicio del gasto público de la Administración Pública del

Distrito Federal y su congruencia con el presupuesto de egresos, procediendo en su

caso, al fincamiento de la responsabilidad administrativa;

”IV. Expedir las normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos

de control de la Administración Pública del Distrito Federal. Discrecionalmente, podrá

requerir de las dependencias competentes, la instrumentación de normas complementarias

para el ejercicio de sus facultades de control;

”V. Coordinar a las contralorías internas que dependerán de la Contraloría General

y que ejercerán funciones de control y fiscalización de las dependencias, órganos

desconcentrados y entidades paraestatales de la Administración Pública del Distrito

Federal, así como emitir los lineamientos para su actuación;

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437 VOLUMEN 5/17

”VI. Determinar los requisitos que debe reunir el personal de los órganos de control

interno a que se refiere la fracción anterior, y designar a sus titulares y demás

servidores públicos que los integren;

”VII. Vigilar y supervisar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización,

asesorando y apoyando a los órganos de control interno de las dependencias,

órganos desconcentrados y entidades paraestatales, los que le estarán adscritos

jerárquica, técnica y funcionalmente;

”VIII. Establecer las bases generales para la realización de auditorías en las

dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales, así como

realizar a las mismas, las auditorías que se requieran en sustitución o apoyo de sus

propios órganos de control;

”IX. Verificar el cumplimiento, por parte de las dependencias, órganos desconcentrados

y entidades paraestatales, de las obligaciones derivadas de las disposiciones en

materia de planeación, programación, presupuestación, ingresos, financiamiento,

inversión, deuda, patrimonio, fondos y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno

del Distrito Federal, procediendo en su caso, al fincamiento de responsabilidades

administrativas;

”X. Planear, establecer y coordinar, con la Secretaría de Finanzas y la Oficialía Mayor,

los sistemas de autoevaluación integral de la información y de seguimiento de la

gestión pública;

”XI. Realizar, dentro del ámbito de su competencia, todo tipo de auditorías y evaluaciones a

las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales, con el objeto

de promover la eficiencia en sus operaciones y verificar el cumplimiento de los objetivos

contenidos en sus programas, y formular, con base en los resultados de las auditorías,

las observaciones y recomendaciones necesarias, estableciendo un seguimiento

sistemático de la aplicación de dichas recomendaciones; al efecto, verificará reuniones

periódicas con los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades

paraestatales, los que deberán informar de las medidas adoptadas al respecto;

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438 VOLUMEN 5/17

”XII. Inspeccionar y vigilar directamente o a través de los órganos internos de control,

que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales,

cumplan con las normas y disposiciones en materia de: información, estadística,

organización, procedimientos, sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago

de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,

conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e

inmuebles, almacenes y demás activos de la Administración Pública del Distrito

Federal, procediendo en su caso, al fincamiento de la responsabilidad administrativa;

”XIII. Fiscalizar el ejercicio de los recursos federales derivados de los acuerdos y convenios

respectivos ejercidos por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades

paraestatales, en coordinación con las autoridades federales competentes;

”XIV. Fiscalizar el ejercicio de los recursos del Distrito Federal comprometidos en los

acuerdos y convenios con entidades federativas en coordinación con los órganos

de control competentes;

”XV. Verificar que se efectúen en los términos establecidos, la aplicación en entidades

paraestatales de los subsidios que otorgue el Gobierno del Distrito Federal;

”XVI. Opinar, previamente a su expedición, sobre la viabilidad y legalidad de los proyectos

de normas de contabilidad gubernamental y de control en materia de programación,

presupuestación, administración de recursos humanos, materiales y financieros,

que elaboren las dependencias correspondientes, así como en materia de contratación

de deuda y manejo de fondos y valores que formule la Secretaría de Finanzas;

”XVII. Normar, controlar y contratar los servicios de auditores externos que resulten

necesarios para cumplir las funciones de revisión y fiscalización;

”XVIII. Designar a los comisarios o sus equivalentes en los órganos de vigilancia, en los

consejos o juntas de gobierno y administración de las entidades paraestatales;

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439 VOLUMEN 5/17

”XIX. Aprobar, en caso de que se requiera conforme a las normas y objetivos que

establezca, la contratación de profesionistas independientes, personas físicas o

morales, para realizar trabajos en materia de control y evaluación de la gestión

pública en las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XX. Celebrar convenios de coordinación, previa autorización del Jefe de Gobierno, con

la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, para el establecimiento

de los procedimientos necesarios que permitan a ambos órganos el cumplimiento de

sus respectivas funciones;

”XXI. Verificar y dar seguimiento hasta su conclusión, al cumplimiento de las

observaciones y recomendaciones que formule la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa derivadas de la revisión de la cuenta pública, y en su

caso, fincar las responsabilidades administrativas a que haya lugar;

”XXII. Verificar y dar seguimiento hasta su conclusión, al cumplimiento de las

observaciones que formule la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de

Diputados derivadas de la revisión de la deuda pública del Gobierno del Distrito

Federal, y en su caso, fincar las responsabilidades administrativas a que haya lugar;

”XXIII. Informar semestralmente al Jefe de Gobierno Distrito Federal sobre el resultado de

la evaluación de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades

paraestatales, que hayan sido objeto de fiscalización, e informar a las autoridades

competentes, si así fuere requerido, el resultado de tales intervenciones;

”XXIV. Llevar el registro de los servidores públicos sancionados en el ámbito de la

Administración Pública del Distrito Federal, y celebrar convenios de colaboración

en la materia, previa autorización del Jefe de Gobierno, con la Federación y las

entidades federativas;

”XXV. Tramitar y resolver las inconformidades que presenten los proveedores o contratistas

derivadas de los procedimientos de adquisición o arrendamiento de bienes muebles,

prestación de servicios de cualquier naturaleza, obras públicas y servicios

relacionados con las mismas;

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440 VOLUMEN 5/17

”XXVI. Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos

que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben

de observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, con motivo de

quejas o denuncias de los particulares o servidores públicos o de auditorías

practicadas por los órganos de control, para constituir responsabilidades

administrativas, y determinar las sanciones que correspondan en los términos de

ley, y en su caso, hacer las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público

prestándole para tal efecto la colaboración que le fuere requerida;

”XXVII. Emitir, formular y notificar los pliegos de responsabilidades a los servidores públicos

que estime presuntos responsables, a efecto de incoar el procedimiento administrativo

correspondiente, así como a aquellos servidores públicos a los que, una vez

valorados los expedientes que le remita la Contaduría Mayor de Hacienda de la

Asamblea Legislativa, así lo determine;

”XXVIII. Intervenir en las actas de entrega-recepción de las unidades administrativas de las

dependencias, órganos desconcentrados y de las entidades paraestatales, a fin

de verificar que se cumpla con la normatividad aplicable, y en caso de incumplimiento,

proceder al fincamiento de la responsabilidad administrativa que proceda;

”XXIX. Intervenir en los procesos de licitación de adquisiciones de bienes y servicios y de

obra pública, para vigilar que se cumpla con las normas y disposiciones aplicables;

”XXX. A través del Órgano de Control Interno de la Contraloría General, vigilar

el cumplimiento de las normas internas de la Contraloría General, constituir las

responsabilidades administrativas de su personal aplicándoles las sanciones que

correspondan y, hacer al efecto, las denuncias a que hubiese lugar;

”XXXI. Establecer, en coordinación con la Oficialía Mayor y la Secretaría de

Finanzas, políticas o lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos,

desincorporación de activos, servicios y obra pública de la Administración Pública

del Distrito Federal, a efecto de eficientar los recursos y transparentar el manejo de

los mismos;

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441 VOLUMEN 5/17

”XXXII. Intervenir directamente o como coadyuvante, ante las autoridades administrativas o

judiciales, en todos los asuntos en que la Contraloría General sea parte, cuando

tenga interés jurídico o se afecte el patrimonio del Gobierno del Distrito Federal,

y éstos se encuentren relacionados con las facultades que tiene encomendadas,

pudiendo delegar tal atribución, tomando en cuenta la importancia que el asunto

revista para el interés público;

”XXXIII. Proponer al Jefe de Gobierno medidas técnicas y políticas para simplificar,

modernizar e innovar la actuación administrativa de la Administración Pública del

Distrito Federal;

”XXXIV. Diseñar, coordinar y normar el desarrollo, simplificación, modernización e innovación

de la actuación administrativa de las dependencias, órganos desconcentrados

y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como

los programas y acciones relativas;

”XXXV. Establecer la normatividad y dictaminar las modificaciones a la estructura

orgánica de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales

de la Administración Pública del Distrito Federal;

”XXXVI. Normar y vigilar la aplicación de las medidas de desconcentración y descentralización

administrativas que resulten de los procesos de modernización de la Administración

Pública del Distrito Federal;

”XXXVII. Normar, vigilar y evaluar los programas de modernización y simplificación

administrativa procurando la permanente comunicación con la población en

cuanto a sus necesidades respecto de los trámites que gestiona y de los servicios

que solicita;

”XXXVIII. Determinar y conducir la política de atención ciudadana y normar, supervisar

y evaluar la operación de las unidades de atención al público;

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442 VOLUMEN 5/17

”XXXIX. Determinar y conducir la política informática y de telecomunicaciones y normar

la elaboración de los sistemas y la adquisición o arrendamiento de bienes y

servicios relacionados, dando a la Oficialía Mayor, la participación que en el ámbito

de su competencia le corresponde;

”XL. Proponer al Jefe de Gobierno las normas y políticas para el desarrollo, modernización,

simplificación e innovación de la actuación administrativa de las entidades

paraestatales;

”XLI. Conducir las políticas de modernización, simplificación y desregulación administrativa

de la Administración Pública del Distrito Federal, vigilando que las acciones

y programas que formulen y ejecuten en esta materia las dependencias, órganos

desconcentrados y entidades se orienten a cumplir con esas políticas;

”XLII. Coadyuvar con las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones

y entidades, en el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a

la información pública así como de protección de datos personales;

”XLIII. Establecer las normas y procedimientos de evaluación de las aptitudes y el

desempeño de los servidores públicos de la Administración Pública, y así como

quien desee incorporarse, para su implementación a través de la unidad administrativa

que al efecto se establezca;

”XLIV. Organizar, conducir y dar seguimiento a los procesos para la evaluación del

desempeño de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal;

”XLV. Elaborar, ejecutar y dar seguimiento al programa de Contraloría Ciudadana,

estableciendo las normas y procedimientos en la materia;

”XLVI. Coordinar el funcionamiento y desarrollo de los Sistemas del Servicio Público

de Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con

las disposiciones aplicables;

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”XLVII. Apoyar el funcionamiento del Consejo y de los Comités del Servicio Público de

Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal, así como dar seguimiento

a las resoluciones y los acuerdos emitidos por estos órganos; y

”XLVIII. Las demás que les atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales de la dependencia

correspondientes a los ejercicios de 2012 y 2011:

EGRESOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2012 2011 Variación

Importe % Importe % Importe %

Presupuesto original

Gasto total 336,881.5 100.0 330,248.6 100.0 6,632.9 2.0

Corriente 336,881.5 100.0 330,248.6 100.0 6,632.9 2.0

Presupuesto ejercido

Gasto total 375,062.3 100.0 428,349.2 100.0 (53,286.9) (12.4)

Corriente 369,901.2 98.6 426,146.2 99.5 (56,245.0) (13.2)

De capital 5,161.1 1.4 2,203.0 0.5 2,958.1 134.3

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2012 Y 2011

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Variación

Importe %

2012

Gasto total 336,881.5 375,062.3 38,180.8 11.3

Corriente 336,881.5 369,901.2 33,019.7 9.8

De capital 0.0 5,161.1 5,161.1 n.a.

2011

Gasto total 330,248.6 428,349.2 98,100.6 29.7

Corriente 330,248.6 426,146.2 95,897.6 29.0

De capital 0.0 2,203.0 2,203.0 n.a.

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2011, México, 2012, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia-Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable.

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444 VOLUMEN 5/17

En 2012, la Contraloría General del Distrito Federal tuvo una asignación de 336,881.5 miles

de pesos, que representó el 0.3% del presupuesto asignado a la Administración

Central del Sector Gobierno del Distrito Federal (97,134,027.0 miles de pesos), y erogó

375,062.3 miles de pesos, que representaron el 0.3% del monto ejercido por dicha

administración (109,556,324.0 miles de pesos).

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, 2012

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe %

Gasto total 336,881.5 100.0 375,062.3 100.0 38,180.8 11.3

Corriente 336,881.5 100.0 369,901.2 98.6 33,019.7 9.8

“Servicios Personales” 276,147.8 82.0 302,060.5 80.5 25,912.7 9.4

“Materiales y Suministros” 4,218.9 1.2 4,302.8 1.2 83.9 n.s.

“Servicios Generales” 56,488.7 16.8 63,185.1 16.8 6,696.4 11.9

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 26.1 n.s. 352.8 0.1 326.7 1,251.7

De capital 0.0 0.0 5,161.1 1.4 5,161.1 n.a.

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 0.0 0.0 5,161.1 1.4 5,161.1 n.a.

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2012, México, 2013, Banco de Información, “Estado Analítico de Egresos Presupuestarios por Dependencia- Clave Presupuestal”.

n.a. No aplicable. n.s. No significativo.

Principales Resultados

De las cuatro vertientes de gasto en que participó la Contraloría General del Distrito

Federal durante 2012, la principal, por su importe ejercido, fue la 04 “Control y Evaluación

de la Gestión Gubernamental”, perteneciente al Eje Estratégico “Reforma Política:

Derechos Plenos a la Ciudad y sus Habitantes”. En la vertiente de gasto, destacan las

funciones de gasto 03 “Coordinación de la Política de Gobierno” y 08 “Otros Servicios

Generales”.

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445 VOLUMEN 5/17

Por medio de la función 03 “Coordinación de la Política de Gobierno”, se contrató a

despachos de auditores externos para realizar los trabajos de dictaminación a los estados

financieros y presupuestales del ejercicio 2011 en 43 entidades paraestatales de la

Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal; se contrató los servicios para

realizar dos auditorías especiales, solicitadas por la Secretaría de Finanzas; se designó a

un auditor externo para dictaminar los estados financieros 2011 de los fideicomisos

subsidiarios del Fondo de Desarrollo Económico del Distrito Federal; se evaluó el avance

de los programas del Convenio de Coordinación en materia de Seguridad Pública; se

coordinaron las actividades desarrolladas por 20 contralorías internas, 19 en secretarías

y 1 en el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, para la ejecución del Programa de

Auditoría 2012; se realizaron 64 documentos correspondientes a los resultados trimestrales

de las acciones de coordinación de las 16 contralorías internas en Delegaciones; se

asesoró a las 27 contralorías internas en entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal; y se atendieron 6,909 quejas y/o denuncias ciudadanas sobre la gestión

pública, entre otras acciones.

Asimismo, por medio de la función 08 “Otros Servicios Generales”, se realizaron las

acciones necesarias para proveer de los recursos necesarios a las áreas que conforman

el Sector Contraloría General, con objeto de que operen en forma eficiente. En materia de

recursos materiales y servicios generales, se contrató los servicios de mantenimiento y

suministro de materiales; en materia de informática, se dio mantenimiento y actualización

a los sistemas de Registro Patrimonial, Servidores Públicos Sancionados, Recepción de

Quejas Generadas en LOCATEL para la Contraloría General, Sesiones de Órganos

Colegiados para la Contraloría General, Resguardo de Recursos Informáticos para la

Dirección General de Administración y Compras Gubernamentales del Distrito Federal; en

materia de recursos humanos, se capacitó a 172 personas y se ejecutó el Programa

Anual de Honorarios; y, en materia de recursos financieros, se dotó de esta clase de

recursos a las áreas que integran el Sector Contraloría General para el cumplimiento

de los objetivos establecidos, entre otras acciones.

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Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal realizó una auditoría financiera a la Contraloría General del

Distrito Federal.

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447 VOLUMEN 5/17

I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA

I.18.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASC/147/12

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”,

la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) informó que la variación en el presupuesto

del capítulo 3000 “Servicios Generales” se debió a que:

“Del Fondo de Aportaciones para Seguridad Pública […] (FASP), se solicitaron los Remanentes

[…] para dar atención al Convenio de Coordinación en materia de Seguridad Pública entre

el Gobierno Federal y el Gobierno del Distrito Federal, para el mejor control y ejercicio de las

actividades de seguridad pública, asimismo se transfirieron [recursos] a favor de la Procuraduría

General de Justicia, en atención al Acuerdo CIFASPDF-3-E3/2012, en el marco del Convenio

antes referido.

”En cuanto a los recursos del 5 al millar, se solicitaron […] para dar continuidad al programa

de servicios profesionales por honorarios que realizan labores de control, de proyectos, de

vigilancia y de inspección; asimismo para cubrir las necesidades de pago por señales de banda

ancha de acceso a internet, las actividades en torno a la Contraloría Ciudadana y Adquisición

de licencias informativas, en el marco del Acuerdo de Coordinación que celebren la Secretaría

de la Función Pública y el Gobierno del Distrito Federal.

”En lo que respecta a recursos fiscales, se solicitaron […] principalmente para el pago del

arrendamiento de la nueva ubicación de la Contraloría General y la instalación. Configuración

y puesta en marcha de la infraestructura del equipo de voz y datos de la nueva sede.”

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Contraloría

General del Distrito Federal en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado,

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aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la

normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propone de conformidad con los siguientes criterios generales de selección

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente:

“Importancia Relativa”. Se consideró este capítulo porque en 2012 presentó una variación

del 44.8% (51,299.1 miles de pesos) entre el presupuesto ejercido en ese año (63,185.1 miles

de pesos) y el presupuesto ejercido en 2011 (114,484.2 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. El capítulo citado se seleccionó por estar propenso a errores,

desperdicios, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas, como se

ha observado en auditorías de ejercicios anteriores realizadas a la CGDF.

Con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e),

en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1o.; 2o.,

fracciones I, II, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I,

VIII, XVII y XXIII; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; y 36, primer párrafo, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o.; 2o., fracción XIII, inciso a); y 6o., fracciones IV y V, de su Reglamento Interior, se determinó

incluir a la CGDF para practicar una auditoría al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó con base en los

trabajos llevados a cabo en la fase de planeación de la auditoría, según se señala en el

recuadro núm. 2 “Determinación de las Muestras” del reporte de planeación que se presentó

de conformidad con el Manual del Proceso General de Fiscalización.

De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio y evaluación del sistema

de control interno y del presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión.

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449 VOLUMEN 5/17

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA) en la CGDF,

en específico, en las siguientes áreas: Coordinación de Recursos Financieros, por ser la

encargada de coordinar la formulación del proyecto de presupuesto de egresos y Programa

Operativo Anual del Sector Contraloría General, de vigilar y controlar su ejercicio, de vigilar

que se cumplan los lineamientos y normas en el ejercicio del gasto y su adecuado registro

y control, y de vigilar el correcto seguimiento de los compromisos debidamente documentados

mediante los contratos respectivos, a fin de realizar en forma oportuna el pago vía

transferencia soportado con los documentos comprobatorios de gasto, para registro y control

del ejercicio del presupuesto; y la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales,

encargada de vigilar que los procedimientos de adquisiciones y contratación de servicios

se realicen de acuerdo con la normatividad vigente, de participar en eventos consolidados

que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor

realiza, de fungir como representante interno de seguros ante la Oficialía Mayor, de validar

los informes que conforme a la normatividad aplicable en la materia se deben elaborar

y de garantizar que su entrega se realice en tiempo y forma.

Se analizó el manual administrativo de la CGDF vigente en 2012, para verificar que el apartado

de organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que, conjuntamente con

los procedimientos aplicables al rubro en revisión, estuviera autorizado por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA).

Además, se analizó el manual administrativo de la DGA en la CGDF.

Se aplicaron cuestionarios de control interno, uno a la Coordinación de Recursos Financieros

y otro a la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscritas a la DGA

en la CGDF.

Se analizaron la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su

Reglamento Interior, la estructura orgánica y el manual administrativo de la CGDF vigentes en

2012, a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relacionados con las

erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y se verificó

que la estructura orgánica y el manual administrativo hubieran sido autorizados

y registrados por la CGMA.

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Se analizaron 36 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

asignados al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las causas por las cuales se

modificó el presupuesto y se constató que dichas afectaciones contaran con la documentación

soporte y que hubieran sido autorizadas por las personas facultadas para ello.

Las pruebas sustantivas consistieron en verificar que las cifras reportadas por el sujeto

fiscalizado coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal;

integrar, por partida, el presupuesto ejercido con cargo al rubro en revisión; e identificar y

analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el presupuesto original del

rubro revisado.

Se efectuaron pruebas de cumplimiento para comprobar que los procedimientos

correspondientes hubieran estado en operación durante el período auditado y que la

normatividad se hubiera aplicado. Particularmente, las pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Se verificó que los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales” registrados por

la CGDF correspondieran a los reportados en la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal de 2012.

2. Se verificó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental respecto

al registro contable de los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

3. Se constató que se hubiesen cumplido las cláusulas de los contratos y convenios

celebrados respecto de los bienes o servicios adquiridos.

4. Se verificó que la contratación de servicios se hubiese ajustado a los procedimientos

de adjudicación (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres

proveedores o licitación pública nacional o internacional) establecidos en la normatividad

aplicable.

5. Se verificó que se hubiesen formalizado los contratos de prestación de servicios con

prestadores de servicios que no se encontraran inhabilitados por la CGDF o la

Secretaría de la Función Pública.

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6. Se revisó que los prestadores de servicios hubieran entregado comprobantes de

pago a nombre del GDF/Contraloría General y que éstos cumplieran los requisitos

fiscales del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

7. Se comprobó que los recursos ejercidos hubiesen sido registrados de acuerdo con

su naturaleza, conforme a la partida presupuestal establecida en el Clasificador por

Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal.

8. Se verificó que los pagos de pasivos se hubiesen registrado y reportado a la

Secretaría de Finanzas (SEFIN) de acuerdo con la normatividad aplicable.

Los procedimientos analíticos consistieron en integrar, por partidas y capítulo de gasto,

el presupuesto ejercido; verificar que las cifras reportadas por el sujeto de fiscalización

a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012; examinar los registros presupuestarios y el importe contabilizado por

la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN; comprobar que se contara con evidencia de

los bienes o servicios adquiridos; y verificar que los expedientes se hubiesen integrado

con la documentación requerida en los procedimientos de adquisición de los bienes

o servicios.

Se seleccionaron como muestra cuatro partidas de gasto que integraron el presupuesto

ejercido por la CGDF en el capítulo 3000 “Servicios Generales” en 2012: 3171 “Servicios

de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información”, 3311 “Servicios Legales, de

Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento

de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” y 3982 “Otros Impuestos

Derivados de una Relación Laboral”. La muestra ascendió a 25,303.3 miles de pesos,

ejercidos por medio de 54 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC).

Dicho monto se integró con las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización.

A continuación se describen, por partida, las actividades realizadas:

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3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información”

El presupuesto ejercido por la CGDF en esta partida ascendió a 2,749.1 miles de pesos, el

cual representa el 4.4% del ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”. Al respecto,

se revisaron dos CLC, por un monto de 2,182.2 miles de pesos, que corresponden al 79.4%

de los recursos ejercidos en dicha partida.

Se constató que las dos CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria.

3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”

El presupuesto ejercido por la CGDF en esta partida ascendió a 24,839.5 miles de pesos,

el cual representó el 39.3% del ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”

(63,185.1 miles de pesos). Al respecto, se revisaron 46 CLC, mediante las cuales se

pagaron los servicios de auditoría externa de los estados financieros y presupuestales

correspondientes a 2011, por un importe total de 9,375.7 miles de pesos, que

corresponden al 37.7% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se constató que las 46 CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria, correspondiente a la contratación de servicios de auditoría externa.

Se revisó un procedimiento de adjudicación directa y, derivado de éste, 30 contratos de

prestación de servicios profesionales para la realización de los trabajos de dictaminación

de los estados financieros y presupuestales del ejercicio de 2011 de las Entidades

Paraestatales del Distrito Federal, y se verificó su cumplimiento.

3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías

de la Información”

El presupuesto ejercido por la CGDF en esta partida ascendió a 9,496.8 miles de pesos,

el 15.0% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, por medio de diez

CLC. Al respecto, se revisaron cuatro CLC, por un monto de 6,739.5 miles de pesos, que

corresponden al 71.0% de los recursos ejercidos en dicha partida.

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453 VOLUMEN 5/17

Se constató que las cuatro CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria.

Se revisaron dos procedimientos de adjudicación: invitación restringida a cuando menos

tres proveedores núm. IR-004-12 y la adjudicación directa para la contratación del servicio

de mantenimiento preventivo y correctivo a servidores, routers, switches, equipos de

hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas.

3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral”

El presupuesto ejercido por la CGDF en esta partida ascendió a 7,356.1 miles de pesos, el

11.6% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (63,185.1 miles de pesos), por

medio de 32 CLC. Al respecto, se revisaron dos CLC, por un monto de 7,002.9 miles de pesos,

que corresponden al 95.2% de los recursos ejercidos en esta partida.

Se constató que las dos CLC contaran con su respectiva documentación justificativa

y comprobatoria.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

por la CGDF con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se realizó lo siguiente:

1. El presupuesto ejercido en el capítulo se integró por partida, y éstas se agruparon

por partidas centralizadas y no centralizadas. Respecto a las partidas no centralizadas,

se seleccionaron aquellas cuyo peso específico fue mayor al 13.0%, de lo que

resultaron tres partidas por revisar.

Con relación a las partidas centralizadas, se seleccionó la partida cuyo peso

específico fue mayor al 34.0%.

2. Las CLC por revisar de las cuatro partidas se determinaron de la siguiente manera:

a) Partida 3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de

Información”. Las CLC se agruparon por peso específico y se seleccionaron

aquellas cuyo peso específico fue mayor al 14.0% respecto al presupuesto

ejercido en la partida. Se determinó una muestra por revisar de dos CLC, por un

monto de 2,182.2 miles de pesos.

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b) Partida 3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”.

Las CLC se agruparon por prestador de servicios y por peso específico y se

seleccionaron dos CLC por prestador de servicios, aquellas cuyo peso

específico fue el más representativo. Se determinó una muestra por revisar de

46 CLC, por un monto de 9,375.7 miles de pesos.

c) Partida 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo

y Tecnologías de la Información”. Las CLC se agruparon por peso específico

y se seleccionaron aquellas cuyo peso específico fue mayor al 24.0% respecto

al presupuesto ejercido en la partida. La muestra por revisar fue de cuatro CLC,

por un monto de 6,739.5 miles de pesos.

d) Partida 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral”. Las CLC

se agruparon por peso específico y se seleccionaron aquellas cuyo peso

específico fue mayor al 33.0% respecto al presupuesto ejercido en la partida.

Se determinó una muestra por revisar de dos CLC, por un monto de 7,002.9

miles de pesos.

Lo anterior se integró como se señala en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Universo Muestra

CLC Importe % CLC Importe %

3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información” 7 2,749.1 4.4 2 2,182.2 3.5

3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados” 277 24,839.5 39.3 46 9,375.7 14.8

3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” 10 9,496.8 15.0 4 6,739.5 10.7

3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral” 32 7,356.1 11.6 2 7,002.9 11.1

Otras partidas 260 18,743.6 29.7

Total 586 63,185.1 100.0 54 25,303.3 40.1

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del sistema de control interno y con la finalidad de tener una

base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de

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455 VOLUMEN 5/17

auditoría, se analizó el Manual Administrativo de la Dirección General de Administración,

con el fin de identificar su estructura orgánica, el objetivo, las funciones y atribuciones de

las unidades administrativas que la integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la

revisión. Asimismo, se revisó el manual de procedimientos del sujeto fiscalizado para verificar

que en las operaciones con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se hubiesen aplicado

los procedimientos correspondientes.

Al respecto, se observó lo siguiente:

Estructura Orgánica

Con el oficio núm. CG/406/2009 del 30 de junio de 2009, el Contralor General del Distrito

Federal comunicó al Coordinador General de Modernización Administrativa que se dictaminó

favorablemente la estructura orgánica núm. 10/2009, vigente a partir del 16 de junio de 2009.

Asimismo, con el oficio núm. CG/045/2012 del 10 de enero de 2012, el Contralor General del

Distrito Federal comunicó las modificaciones al dictamen de estructura orgánica núm. 10/2009,

con vigencia a partir del 31 de enero de 2012 al Coordinador General de Modernización

Administrativa.

Respecto, a la DGA en la CGDF, con el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009,

la CGDF autorizó a la Oficialía Mayor (OM) el dictamen de estructura orgánica

núm. 9/2009, vigente a partir del 16 de junio de 2009, que incluye la DGA en la CGDF.

En 2012, la DGA en la CGDF contó con seis procedimientos incluidos para las operaciones

realizadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, los cuales se encuentran

integrados en su manual administrativo con registro núm. MA-12020-2/07, elaborados conforme

a la estructura orgánica núm. 2/07 y no de acuerdo con la estructura orgánica núm. 9/2009,

vigente a partir del 16 de junio de 2009.

Una vez recopilada y analizada la información de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, se concluyó que al contar con manuales administrativos aunque no estuvieran

autorizados permitió, de manera general, a la CGDF controlar el riesgo en las operaciones

relacionadas con capítulo 3000 “Servicios Generales”. Las deficiencias de control detectadas

se especifican en el apartado de resultados del presente informe.

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RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Contraloría General

Estructura orgánica

Con el oficio núm. CG/406/2009 del 30 de junio de 2009, el Contralor General del Distrito

Federal comunicó al Coordinador General de Modernización Administrativa que se

dictaminó favorablemente la estructura orgánica núm. 10/2009, vigente a partir del 16 de

junio de 2009. Asimismo, con el oficio núm. CG/045/2012 del 10 de enero de 2012, el

Contralor General del Distrito Federal comunicó las modificaciones al dictamen

de estructura orgánica núm. 10/2009, con vigencia a partir del 31 de enero de 2012, al

Coordinador General de Modernización Administrativa.

Además, con el oficio núm. CG/141/2012 de fecha 21 de febrero de 2012, la CGDF

comunicó a la CGMA, la cancelación de una Dirección General de Coordinación de

Programas Federales, una Jefatura de Unidad Departamental Técnica y dos plazas

de Líder Coordinador de Proyectos “A”, a partir del 29 de febrero de 2012. Igualmente,

con el oficio núm. CG/328/2012 de fecha 13 de julio de 2012, se comunicaron las

modificaciones al dictamen núm. 10/2009 con vigencia a partir del 1o. de agosto de 2012,

generando los siguientes movimientos: cancelación de 10 plazas en la CGMA, cinco

cambios de adscripción y un cambio de nomenclatura en la Dirección General de

Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Posteriormente, con el oficio núm. CG/012/2012 del 13 de diciembre de 2012, el Contralor

General del Distrito Federal comunicó al Coordinador General de Modernización

Administrativa las modificaciones al dictamen núm. 10/2009, a partir del 16 de diciembre

de 2012, generando los siguientes movimientos: en la Contraloría General se creó una

Dirección General de Seguimiento a Proyectos, en la Oficina de la Contraloría General se

crearon dos plazas de asesor, en la Dirección General de Seguimiento a Proyectos se

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crearon una Dirección de Vinculación Interna y una plaza de Líder Coordinador de

Proyectos “A”, en la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades se

cancelaron dos plazas y se creó una plaza de Líder Coordinador de Proyectos “B”, en la

Dirección General de Contralorías Internas en Dependencias y Órganos Desconcentrados

se cancelaron dos plazas, en la Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de

la Información y Comunicaciones se cancelaron cuatro plazas, en la CGMA se cancelaron

una plaza y otra cambió de nomenclatura y de adscripción, y en las Contralorías Internas

en la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de

Cultura, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y la Secretaría

de Trabajo y Fomento al Empleo se canceló una plaza de subdirección por cada unidad.

Manual Administrativo

Mediante el oficio núm. CGDF/DGA-OM/DERMSGI/325/2014 del 26 de marzo de 2014, la

Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, Servicios Generales e Informática informó

a la CMHALDF: “envío a usted, CD que contiene el manual de organización de la

Contraloría General del Distrito Federal, a diciembre de 2013…”. Dicho documento señala

como fecha de elaboración diciembre de 2013 y corresponde a la estructura orgánica

núm. 10/2009 autorizada mediante el oficio núm. CG/406/2009 del 30 de junio de 2009,

con vigencia a partir del 16 de junio de 2009, por lo que se concluye que para el ejercicio

de 2012 no se contó con manual administrativo.

Por lo anterior, la CGDF incumplió el numeral 2.4.2 del apartado 2.4, “Revisión, Dictamen

y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular Contraloría General para el

Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal, emitida por la CGDF, vigente en 2012, que establece:

“Los titulares de las dependencias […] son los responsables de la actualización de los

Manuales Administrativos, que se deriven […] de la modificación de la estructura

orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir

conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto de Manual de Organización,

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para que se apruebe simultáneamente con la estructura. La actualización del Manual de

Procedimientos deberá remitirse a la CGMA por medio de oficio firmado con firma

autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar en 60 días hábiles posteriores a la

entrada en vigor de la modificación efectuada, para que ésta proceda a su análisis y, en

su caso, al registro…”

Además, incumplió el inciso e), “Manuales de Organización y de Procedimientos”,

apartado “Un Adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los Siguientes

Aspectos”, primer lineamiento, “Ambiente de Control”, del Acuerdo por el que se

establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

del Distrito Federal, que dispone: “Los titulares de las Unidades de Gobierno de la

Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales de

organización […] estén elaborados conforme a la estructura organizacional […] deberán

de estar debidamente autorizados …”.

En la reunión de confronta, celebrada el 23 de mayo de 2014, con el oficio

núm. CG/CGMA/0284/2014 del 25 de febrero de 2014, mediante el cual la Coordinación

General de Modernización Administrativa comunicó al Contralor General del Distrito

Federal el registro del Manual Administrativo en su parte de organización de la CGDF,

conforme al dictamen núm. 10/2009; el oficio núm. CG/DGA/1000/2014 del 20 de mayo de

2014, con el cual la DGA instruyó al Director de Recursos Humanos se sujetara a los

lineamientos para elaboración y actualización de los manuales administrativos; y los

oficios núms. CG/DGA-OM/966/2014 al CG/DGA-OM/974/2014 del 21 de mayo de 2014,

con los cuales dicha DGA solicitó a las diferentes áreas de la CGDF instruir al funcionario

designado para que acudiera a la reunión para la actualización del Manual Administrativo.

Por lo anterior, se concluye que la DGA no registró el manual administrativo hasta el

2014, e instruyó a las áreas correspondientes para realizar la actualización de su manual

administrativo en su parte de organización. Por lo anterior, no se modifican las

observaciones.

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459 VOLUMEN 5/17

Dirección General de Administración

Estructura orgánica

Con el oficio núm. CG/389/2009 del 30 de junio de 2009, la CGDF autorizó a la OM el

dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009 vigente a partir del 16 de junio de 2009

y durante 2012, que incluye la DGA en la Contraloría General del Distrito Federal.

Manual Administrativo

Mediante el oficio núm. CG/DGA-0018/2014 de fecha 9 de enero de 2014, la DGA

proporcionó su manual administrativo vigente en 2012. De su análisis se desprende que

dicho manual fue autorizado por la CGMA de la OM con el oficio

núm. CGMA/DDO/2793/07 del 11 de septiembre de 2007, y se integró a sus archivos

como Manual Administrativo de la Dirección General de Administración en la Contraloría

General, con número de registro MA-12020-2/07.

Al respecto, se determinó que dicho manual no se ajustó a la estructura orgánica

autorizada con el dictamen núm. 9/2009 vigente a partir del 16 de junio de 2009.

Por lo que, con el oficio núm. CGDF/DGA-OM/DERMSGI/329/2014 de fecha 28 de marzo

de 2014, el Director Ejecutivo de Recursos Materiales, Servicios Generales e Informática

informó: “no se cuenta con el Manual Administrativo 2009, de manera verbal se le solicitó

a la Coordinación General de Modernización Administrativa, mismo que se procederá a su

actualización 2014”.

Por lo señalado, se desprende que la CGDF incumplió el numeral 2.4.2 del apartado 2.4,

“Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal, emitida por la CGDF, vigente en 2012.

También, incumplió el inciso e), “Manuales de Organización y de Procedimientos”,

apartado “Un Adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los Siguientes

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460 VOLUMEN 5/17

Aspectos”, primer lineamiento, “Ambiente de Control”, del Acuerdo por el que se

establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF no informó ni proporcionó documentación

respecto al manual administrativo de la DGA, por lo que no se modifican las

observaciones al respecto.

Respecto a la revisión del apartado de procedimientos, se determinó que en 2012 la DGA

aplicó, para las operaciones realizadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales“,

los siguientes seis procedimientos: “Elaboración y Trámite de Requisición de Bienes

y Servicios”, “Fincamiento de Contrato o de Contrato-Pedido”, “Presentación de Casos

para su Integración en la Carpeta del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios”, “Realización de Adjudicación Directa”, “Trámite y Ejecución de

Invitación Restringida a Cuando Menos tres Proveedores” y “Entrada y Registro de Bienes

por concepto de Compra y Trámite de Pago”, los cuales se encuentran integrados en su

manual administrativo con registro núm. MA-12020-2/07, elaborados conforme a la

estructura orgánica núm. 2/07.

De lo anterior, se concluye que dichos procedimientos corresponden a la estructura

orgánica núm. 2/07 y no a la estructura orgánica núm. 9/2009 vigente a partir del 16 de

junio de 2009. Por lo que se incumplió el numeral 2.4.2 del apartado 2.4, “Revisión,

Dictamen y Registro de Manuales Administrativos”, de la Circular Contraloría General

para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal, emitida por la CGDF, vigente en 2012.

Además, incumplió el inciso e), “Manuales de Organización y de Procedimientos”,

apartado “Un Adecuado Ambiente de Control se verifica por medio de los siguientes

Aspectos”, primer lineamiento, “Ambiente de Control”, del Acuerdo por el que se

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461 VOLUMEN 5/17

establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública

del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF no informó ni proporcionó documentación

respecto al manual administrativo de la DGA en su apartado de procedimientos, por lo

que no se modifican las observaciones al respecto.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” los

resultados de la evaluación del control interno mostraron las siguientes fortalezas

y debilidades:

Fortalezas:

1. Los informes trimestrales del seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos

y prestación de servicios elaborados durante el ejercicio de 2012, fueron enviados en

tiempo y forma a la DGRMSG de la OM.

Debilidades:

1. La CGDF no cuenta con su manual administrativo actualizado de conformidad con la

estructura orgánica núm. 10/2009 vigente en 2012.

2. La DGA en la CGDF no cuenta con su manual administrativo actualizado de

conformidad con su estructura orgánica núm. 9/2009 vigente a partir de junio 2009

y durante 2012.

3. Los procedimientos aplicados por la CGDF en el ejercicio de 2012 no se encuentran

actualizados de conformidad con la estructura orgánica núm. 9/2009 vigente en 2012.

4. La CGDF presentó con desfases a la SEFIN los reportes mensuales de 2012 sobre los

recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que

comprometió con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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462 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-147-12-01-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para que su

manual administrativo, apartado de organización, sea actualizado de acuerdo con la estructura

orgánica autorizada, cuando ésta se modifique, de conformidad con la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal; y con los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-147-12-02-CGDF

Es necesario que la Dirección General de Administración en la Contraloría General del

Distrito Federal realice acciones para que su manual administrativo, en el apartado de

organización, se actualice cuando la estructura orgánica se modifique, conforme a la

Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el

Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, y los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-147-12-03 -CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para que su

manual administrativo, en el apartado de procedimientos, sea actualizado de conformidad

con la estructura orgánica autorizada, de acuerdo con la Circular Contraloría General para

el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal; y los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

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463 VOLUMEN 5/17

2. Resultado

Se verificó el cumplimiento de las normas emitidas por el Consejo Nacional de

Armonización Contable (CONAC); al respecto, la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN proporcionó copia del oficio

núm. DC/123/2013 de la misma fecha y nota informativa firmada por la Dirección de

Contabilidad, con la que se informó lo siguiente: “De conformidad al artículo 46 de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental sí se está emitiendo información contable

y presupuestal; sin embargo, es importante destacar que conforme al acuerdo

1 aprobado el 3 de mayo de 2013, en la segunda reunión del Consejo Nacional de

Armonización Contable, acordaron que el cumplimiento de esta obligación será a más

tardar el 30 de junio de 2014”.

Respecto a si el Gobierno del Distrito Federal ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal las 32 normas que el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación en

cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Dirección de

Contabilidad informó que, de conformidad con el artículo 7 de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, el Consejo de Amortización Contable del Distrito Federal

(CONSAC-DF) ha publicado las 32 normas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, como

se muestra a continuación:

Número Norma Fecha de publicación

1 Marco conceptual de contabilidad gubernamental 11/IX/09

2 Postulados básicos de contabilidad gubernamental 11/IX/09

3

Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos

11/IX/09

4 Clasificador por rubros de ingresos 25/I//10

5 Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos

25/I/10

6 Normas y metodología para la emisión de información financiera y estructura de los estados financieros básicos del ente público y características de sus notas

25/I/10

7 Plan de cuentas 25/I/10

8 Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales

25/I/10

9 Clasificador por objeto del gasto 1/VII/10

10 Clasificador por tipo de gasto 1/VII/10

11 Adecuaciones al clasificador por objeto del gasto 31/XII/10

12 Manual de contabilidad gubernamental 31/XII/10

13 Principales reglas de registro y valoración del patrimonio (elementos generales) 31/XII/10

Continúa…

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464 VOLUMEN 5/17

… Continuación

Número Norma Fecha de publicación

14 Marco metodológico sobre la forma y términos en que deberá orientarse el desarrollo del análisis de los componentes de las finanzas públicas con relación a los objetivos y prioridades que, en la materia, establezca la planeación del desarrollo, para su integración a la Cuenta Pública

31/XII/10

15 Clasificador funcional del gasto 31/XII/10

16 Lineamientos mínimos relativos al diseño y metodología de registro de los libros de diario mayor e inventarios y balances

22/VII/11

17 Clasificación administrativa 22/VII/11

18 Clasificación económica de los ingresos, de los gastos y del financiamiento de los entes públicos

22/VII/11

19 Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes que permita la interrelación automática con el clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas

28/XII/11

20 Lineamientos generales del sistema de contabilidad gubernamental simplificado para los municipios con menos de veinticinco mil habitantes

28/XII/11

21 Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos

28/XII/11

22 Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio 28/XII/11

23 Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos

11/X/12

24 Parámetros de estimación de vida útil 11/X/12

25 Lineamientos para la elaboración del catálogo de bienes inmuebles que permita la interrelación automática con el clasificador por objeto del gasto y la lista de cuentas

11/X/12

26 Clasificador por fuentes de financiamiento 15/I/13

27 Plan de cuentas que formará parte del manual de contabilidad gubernamental simplificado para los municipios con menos de 25 mil habitantes

15/I/13

28 Mejoras a los documentos aprobados por el CONAC 15/I/13

29 Lineamientos que deberán observar los entes públicos para registrar en las cuentas de activo los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos, incluyendo mandatos

15/I/13

30 Términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el presupuesto de egresos de la federación 2013, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones

23/IV/13

31 Metodología que permita hacer comparables las cifras presupuestales de los últimos seis ejercicios fiscales del ámbito federal

Pendiente de publicar

32 Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la metodología de marco lógico

27/V/13

Por lo anterior, se concluye que la SEFIN ha realizado acciones encaminadas al cumplimiento

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de las normas y lineamientos publicados

por el CONAC. Respecto a la información contable y presupuestal, se acordó que el

cumplimiento será a más tardar el 30 de junio de 2014, de conformidad con el acuerdo 1

aprobado por el CONAC, en la reunión del 3 de mayo de 2013, publicado en el Diario

Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2013.

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465 VOLUMEN 5/17

Al respecto, la CGDF informó que no genera ningún estado contable-financiero de

conformidad a lo establecido en el artículo 124, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, ya que es la propia SEFIN quien solicita a todas las

unidades responsables de gasto que le proporcionen los datos e información para cumplir

con la armonización. Dicho ordenamiento establece que la información financiera,

presupuestal, programática y contable que emane consolidadamente del Sistema

Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) de los registros

auxiliares de las dependencias, será la que sirva de base para que la SEFIN elabore la

Cuenta Pública del Distrito Federal.

Derivado de lo anterior, se determinó que la CGDF proporciona información a la SEFIN de

conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, con lo que da cumplimiento a la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, emitida por el CONAC.

3. Resultado

Se constató que con el oficio núm. CG/DGA-OM/0133/2012 de fecha 11 de enero de 2012

y su alcance núm. CG/DGA-OM/0190/2012 de fecha 16 de enero de 2012, la DGA en la

CGDF envió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN el Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) para su revisión

y validación. En respuesta, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/0620/2012 del 18 de enero de 2012, informó a la DGA en la CGDF lo

siguiente: “me permito comunicarle la validación presupuestal del PAAAPS 2012 para

la Contraloría General […] en virtud de que se apega a los importes autorizados […] del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el presente ejercicio fiscal”.

Con el oficio núm. CG/DGA-OM/0238/2012 de fecha 23 de enero de 2012, la CGDF

envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)

de la OM copia de la versión definitiva del PAAAPS, acompañada del oficio de validación de

la SEFIN, con el sello de recepción por parte de la DGRMSG de la OM del 24 de enero

de 2012.

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466 VOLUMEN 5/17

De lo anterior, se concluye que la CGDF envió la versión definitiva del PAAAPS

acompañada del oficio de validación de la SEFIN de conformidad con lo establecido en el

numeral 4.2.1, segundo párrafo, del apartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente del 20 de mayo de 2011

al 8 de agosto de 2012, y la vigente a partir del 9 de agosto de 2012.

Adicionalmente, la CGDF proporcionó los informes trimestrales del seguimiento de las

adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios elaborados durante el ejercicio de

2012. En su análisis, se constató que fueron enviados en tiempo y forma a la DGRMSG

de la OM, por lo que la DGA en la CGDF cumplió el numeral 4.2.1, quinto párrafo, del

apartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno) vigente del 20 de mayo de 2011 al 8 de agosto de 2012, y vigente

a partir del 9 de agosto de 2012.

En alcance al oficio núm. ASC/147/12/CG/14-01 del 11 de febrero de 2014, la CGDF

proporcionó copia de la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 30 de enero de 2012,

en donde se realizó la publicación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de 2012, de conformidad con lo establecido en el artículo

19, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

Gastos Registrado y Aprobado

4. Resultado

Con el oficio núm. SFDF/SE/0034/2012 de fecha 2 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó el techo presupuestal autorizado al Contralor General del

Distrito Federal para el ejercicio de 2012, por un monto de 336,881.5 miles de pesos,

distribuidos de la siguiente manera:

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467 VOLUMEN 5/17

(Miles de pesos)

Concepto Gasto corriente

Monto asignado

Gasto total 336,881.5

Servicios personales 276,147.8

Otros gastos 60,733.7

De los 336,881.5 miles de pesos, 334,881.5 miles de pesos correspondieron a recursos

fiscales y 2,000.0 miles de pesos al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de

los Estados y del Distrito Federal (FASP).

Además, se etiquetaron recursos por los conceptos siguientes:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Contratación de despachos para auditorías externas 32,000.0

Servicios de vigilancia, etiquetado con la partida 3381 1,884.8

Servicio de agua potable, etiquetado con la partida 3131 321.1

Servicio de energía eléctrica, etiquetado con la partida 3112 58.5

Total 34,264.4

Se constató que lo reportado en la Cuenta Pública de 2012 coincide con el techo presupuestal,

con el Programa Operativo Anual, el Calendario Presupuestal y el analítico de claves

autorizados por la SEFIN en 2012, en cumplimiento de los artículos 21 y 47 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Gasto Modificado

5. Resultado

En el ejercicio de 2012, la CGDF reportó en el capítulo 3000 “Servicios Generales”

un presupuesto modificado y ejercido de 63,185.1 miles de pesos, 16.8% del total

de su presupuesto (375,062.3 miles de pesos), lo que significó una variación de 11.9%

(6,696.5 miles de pesos) en relación con el presupuesto original autorizado para dicho

capítulo (56,488.6 miles de pesos). En comparación con lo ejercido en 2011 (114,484.2 miles

de pesos), presentó una disminución de 44.8% (51,299.1 miles de pesos).

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468 VOLUMEN 5/17

En el apartado “ECG, Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, del Informe de Cuenta

Pública de la CGDF correspondiente a 2012, en relación con el capítulo 3000 “Servicios

Generales”, se informó lo siguiente:

“Para realizar las contrataciones de servicios, fue necesario realizar reducciones

compensadas por un monto total $976,581.98 (dentro de las que se encuentran

$79,029.22 que corresponden al pago de impuestos de nómina de la Dirección General

de Programas Federales readscrita a Desarrollo Social) y ampliaciones líquidas por un

monto de $17’684,032.57 que están integradas de la siguiente forma:

”Del Fondo de aportaciones para Seguridad Pública FASP, se solicitaron los Remanentes

FASP por un total de $3’889,157.12 y de Transferencias Federales $500,000.00 para dar

atención al Convenio de coordinación en materia de Seguridad Pública entre el Gobierno

Federal y el Gobierno del D.F., para el mejor control y ejercicio de las actividades de

seguridad pública; asimismo se transfirieron $1’600,000.00 a favor de la Procuraduría

General de Justicia, en atención al Acuerdo CIFASPDF-3-E/2012, en el marco del

Convenio antes referido.

”En cuanto a los recursos del 5 al millar, se solicitaron $7’464,946.53 para dar continuidad

al programa de servicios profesionales por honorarios que realizan labores de control, de

proyectos, de vigilancia y de inspección; asimismo, para cubrir las necesidades de pago

por señales de banda ancha de acceso a internet, las actividades en torno a Contraloría

Ciudadana y la adquisición de licencias informáticas, en el marco del Acuerdo de

Coordinación que celebran la Secretaría de la Función Pública y el Gobierno del D.F.

”En lo que respecta a recursos fiscales, se solicitaron $7,429,928.92 principalmente para

el pago del arrendamiento de la nueva ubicación de la Contraloría General y la instalación

configuración y puesta en marcha de la infraestructura del equipo de voz y datos de la

nueva sede.

”Al cierre del ejercicio, resultó un monto de $10,011,014.10 sin ejercer; integrados como

a continuación se detalla:

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469 VOLUMEN 5/17

”Recursos fiscales por $6,748,830.85 integrados principalmente por $5,000,978.51 que no

fueron ocupados y estaban destinados para los trabajos de la auditoría a los ingresos

y egresos del D.F., por ser un contrato bianual: $476,851.35 de economías de gasto

centralizado y $364,529.95 de proveedores de servicios de limpieza y diversos mantenimientos

que no presentaron facturas, por mencionar lo más relevantes.

”En lo que respecta a los recursos de FASP, no se lograron comprometer $400,000.00

de la aportación local, $892,968.08 de aportaciones federales y $1,121,853.99 de remanentes,

debido a las Reglas de Operación, en las que para recibir los recursos federales, se debe

aportar el 25% de recursos locales, sin embargo ya se tenían remanentes que debían

ejercerse primero.

”Con los remanentes del 5 al millar por $847,361.18 sucedió que se autorizaron en el último

bimestre del ejercicio, no contando con el tiempo suficiente para comprometer el recurso en

las mejores condiciones.

”Por lo anterior, al cierre del ejercicio se integraron los recursos a la Secretaría de Finanzas,

mediante reducción Líquida.”

En la revisión de las afectaciones presupuestarias, se constató que mediante 36 afectaciones

se modificó el presupuesto para quedar como se señala a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Subtotal Total

Presupuesto original

56,488.6

Más:

Ampliaciones compensadas 2,874.0

Ampliaciones líquidas 3,273.8

Adiciones compensadas 359.0

Adición líquida 16,010.2 22,517.0 22,517.0

Menos:

Reducción líquida 11,611.0

Reducción compensada 4,209.5 15,820.5 15,820.5

Presupuesto modificado

63,185.1

Menos:

Presupuesto ejercido

63,185.1

Diferencia 0.0

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470 VOLUMEN 5/17

Al analizar las afectaciones presupuestarias, se determinó que las principales causas por

las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron

los siguientes:

1. Las adiciones compensadas, por un monto de 359.0 miles de pesos, se efectuaron con

el propósito de que la Contraloría General contara con la suficiencia presupuestal para

cubrir los gastos erogados por concepto de telefonía celular y convencional, servicios

de redes de internet y procesamiento de información.

2. Las adiciones líquidas, por un monto de 16,010.2 miles de pesos, fueron para dar

suficiencia presupuestal a las partidas 2611 “Combustibles”, 3311 “Servicios Legales,

de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”,

3553 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado

a Servicios Públicos y Servicios Administrativos” y 3831 “Congresos y Convenciones”;

así como para cubrir el pago de la segunda parte del aguinaldo de 2011, de acuerdo

con el Resumen de Nomina Aguinaldos Activos.

3. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 2,874.0 miles de pesos, se

efectuaron para dar suficiencia presupuestal a las partidas 2461 “Material Eléctrico

y Electrónico”, 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”, 2541

“Materiales, Accesorios y Suministros Médicos” 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”

y; 3921 “Impuestos y Derechos” y para cubrir los compromisos de pago de los servicios

de internet y de licencias de antivirus y software.

4. Las ampliaciones líquidas, por un monto de 3,273.8 miles de pesos, fueron para dar

suficiencia a las partidas 2611 “Combustibles”, 3311 “Servicios Legales, de

Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”,

3553 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinado

a Servicios Públicos y Servicios Administrativos” y la 3831 “Congresos

y Convenciones” así como para dar continuidad a las acciones de seguimiento

y evaluación de las unidades auxiliares de gasto y, así, seguir con las acciones en

cumplimiento de los requerimientos del sistema nacional de seguridad pública

establecidos en el convenio único de coordinación en materia de seguridad.

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471 VOLUMEN 5/17

5. Las reducciones compensadas, por un monto de 4,209.5 miles de pesos, se realizaron

con el fin de cubrir las percepciones nominales del personal que conforma la Dirección

General de Coordinación de Programas Federales, los cuales se encontraban adscritos

a la Contraloría General, pero, a partir del mes de marzo de 2012, cambiaron de

adscripción a la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, por lo cual se

realizó la transferencia.

6. Las reducciones líquidas, por un monto de 11,611.0 miles de pesos, se realizaron con

fundamento en los artículos 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y 64 de su Reglamento vigentes, así como del numeral 2, inciso E) del oficio

circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012, emitido por la SEFIN.

Dichas modificaciones se realizaron por medio de 36 afectaciones programático-

presupuestarias, en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones

Programático-Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas

Presupuestarias Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático

Presupuestales Líquidas”, numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente hasta el 3 de

diciembre de 2012, y los artículos 78 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente a partir

del 4 de diciembre de 2012.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Se verificó si la CGDF contó con instrumentos jurídicos que reflejen el reconocimiento de

las obligaciones contraídas con terceros para la contratación de servicios. Al respecto se

identificó que el sujeto de fiscalización formalizó las operaciones mediante contratos,

convenio específico de colaboración, circular y lineamientos.

Se verificó que en el Reporte del Presupuesto Comprometido de la CGDF enviado a la

SEFIN se encuentran registrados los importes por servicios prestados de acceso de

internet, redes y procesamiento de información; servicios legales de contabilidad,

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472 VOLUMEN 5/17

auditoría y relacionados; por la instalación, reparación y mantenimiento de equipo de

cómputo y tecnologías de la información; y de otros impuestos derivados de una relación

laboral, por un importe de 25,303.3 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en

el numeral 1.2.1, apartado 1.2, “Reporte de Compromisos”, de la circular

núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012, emitida por la SEFIN.

Respecto al pasivo, con el oficio núm. CG/DGA-OM/0093/2013 del 9 de enero de 2013, la

CGDF envió a la Dirección General de Egresos “B”, adscrita a la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN, los formatos A y A1 en forma impresa y en medio magnético.

En el análisis, se constató que, en el formato A, la CGDF incluyó los pasivos

correspondientes al capítulo 3000 “Servicios Generales”, partidas 3311 “Servicios

Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3531 “Instalación, Reparación

y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” y 3982 “Otros

Impuestos Derivados de una Relación Laboral”, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Con objeto de verificar que la CGDF hubiese presentado a la SEFIN los reportes

mensuales de 2012 sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de

transferencias federales que comprometió con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales”, la DGA proporcionó los formatos “Reporte de Compromiso” correspondientes

al período de enero a diciembre de 2012, en los cuales se observó que se sujetó al

artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012.

Gasto Devengado

7. Resultado

Con objeto de verificar que la CGDF hubiese recibido los servicios correspondientes

conforme a lo establecido en los contratos, convenio específico de colaboración,

lineamientos y el “Resumen de Nómina Aguinaldos Activos Aguinaldo Segunda Parte

2011”, fue revisada la documentación del gasto que refleja el reconocimiento de una

obligación de pago a favor de los prestadores de servicios mediante los recursos ejercidos

en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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473 VOLUMEN 5/17

En la revisión se comprobó la recepción de los servicios de mantenimiento solicitados por

la CGDF con cargo a las partidas 3171 “Servicios de Acceso a Internet, Redes

y Procesamiento de Información”, 3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría

y Relacionados”, 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo

y Tecnologías de la Información” y 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación

Laboral”, de conformidad con lo dispuesto en los contratos, convenio específico de

colaboración, Lineamientos por medio de los cuales se otorga por Única Vez, un Pago

Extraordinario a las Personas Físicas que prestan Servicios por Honorarios y a los

Prestadores de Carácter Social, en la Administración Pública Centralizada,

Desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal Correspondiente al Ejercicio 2012;

Partidas Específicas del Capítulo 3000 y 4000, y los Lineamientos para la Contratación de

Servicios con Cargo a las Partidas Presupuestales específicas: 3311 “Servicios Legales,

de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3321 “Servicios de Diseño, Arquitectura,

Ingeniería y Actividades Relacionadas”, 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa,

Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”, 3341 “Servicios de Capacitación”,

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”, 3361 “Servicios de Apoyo

Administrativo, Fotocopiado e Impresión”, 3371 “Servicios de Protección y Seguridad”,

3381 “Servicios de Vigilancia” y 3391 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos

Integrales”. De lo anterior se constató que la CGDF dio cumplimiento a lo establecido en

los contratos, convenio específico de colaboración, lineamientos y el “Resumen de

Nómina Aguinaldos Activos Aguinaldo Segunda Parte 2011”.

Gasto Ejercido

Con objeto de verificar que el importe ejercido por la CGDF se encontrara soportado por

los documentos comprobatorios, una vez autorizadas las CLC para su pago con cargo al

presupuesto autorizado o modificado, derivadas por el acto de recibir los servicios,

independientemente de que éstos se hubiesen pagado o no, se revisaron las CLC de la

muestra, correspondientes a las operaciones realizadas con cargo a las partidas

3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información”,

3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 3531 “Instalación,

Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información”

y 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral”. Se constató que dichas

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474 VOLUMEN 5/17

CLC fueron autorizadas por el personal facultado para ello, que cumplen los requisitos

establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2012, y que contienen la

información del monto otorgado, el beneficiario, concepto y fuente de financiamiento.

Partida 3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes

y Procesamiento de Información”

8. Resultado

En 2012, la CGDF ejerció en la partida 3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes

y Procesamiento de Información” un importe de 2,749.1 miles de pesos, que representó el

4.4% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (63,185.1 miles de pesos),

por medio de siete CLC.

Para la revisión de esta partida, se seleccionó una muestra de dos CLC, mediante las

cuales se pagó a dos prestadores de servicios un importe total de 2,182.2 miles de pesos,

que representó el 79.4% de lo ejercido en la partida (2,749.1 miles de pesos), dichas CLC

estuvieron amparadas con la documentación siguiente:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada Factura

Número Fecha Monto Prestador de servicio

Número fecha Concepto Importe (IVA incluido)

12 C0 01 106033 9/XI/12 387.2 Teléfonos de México

01301120530333

1/V/12 Internet (Mes de mayo)

0.3

ELT4927

4/VII/12 Internet (servicios especiales) 193.0

ELT4926 4/VII/12 Servicio de datos

(mayo) 0.3

130120630387 1/VI/12 Internet (junio) 0.3

ELT4982 Servicio de datos

(junio) 193.0

ELT4980 Servicio de datos

(junio) 0.3

Subtotal 387.2 387.2

13 C0 01 101891 31/XII/12 1,795.0

Universidad Nacional Autónoma de México

FCCABF 513

16/X/12 Servicio de Enlace dedicado a la Red UNAM

1,795.0

Subtotal 1,795.0 1,795.0

Total 2,182.2 2,182.2

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475 VOLUMEN 5/17

Se verificó que las dos CLC se encontraban soportadas con la documentación justificativa

y comprobatoria, la cual consiste en dos contratos de prestación de servicios y siete

facturas expedidas por el prestador de servicios, por lo que la CGDF cumplió el artículo

69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en

2012.

Además, se constató que dichas CLC son impresiones del GRP-SAP y fueron elaboradas,

autorizadas, solicitadas y registradas por los servidores públicos facultados para ello,

y que éstos se encontraban incluidos en la Cédula de Registro de Firmas de los

Servidores Públicos de Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar

y/o Autorizar el Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,

Afectaciones Programático-Presupuestarías, Presupuesto Comprometido, Flujo de

Efectivo y Analítico de Claves, de conformidad con lo establecido en la Sección Primera,

Apartado A, numerales 13 y 14, del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio

presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2012.

Al verificar los requisitos fiscales de las facturas, se comprobó que se expidieron

a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Contraloría General; y que incluyeron el

domicilio del Gobierno del Distrito Federal y su Registro Federal de Contribuyentes

(RFC), concepto, cantidad, precio unitario, importe total e Impuesto al Valor Agregado

(IVA) por los servicios, denominación social del prestador de servicios y su RFC, domicilio

y las impresiones de la cadena original, sello digital, sello del Sistema de Administración

Tributaria, serie del certificado del emisor, folio fiscal y número de serie del Certificado del

Sistema de Administración Tributaria. Lo expuesto, de acuerdo con el artículo 29-A del

Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

Se constató que el registro específico en la partida 3171 “Servicios de Acceso de Internet,

Redes y Procesamiento de Información” se realizó conforme al Clasificador por Objeto del

Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

Por lo anterior, se concluye que se atendió el artículo 44, primer párrafo, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

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476 VOLUMEN 5/17

9. Resultado

Mediante el oficio núm. CG/DGA-OM/DERMSGI/141/2014 del 17 de febrero de 2014, la

DGA proporcionó el contrato administrativo abierto y consolidado de prestación del

servicio de telefonía tradicional y servicios de acceso de internet, redes y procesamiento

de información núm. DAT-03-2012, celebrado por el Gobierno del Distrito Federal,

representado por el Director General de Recursos Materiales y Servicios de la OM,

asistido por el Director de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones y por el apoderado

legal de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., por el período comprendido del 1 de enero

al 31 de diciembre de 2012, firmado el 30 de diciembre de 2011 por las áreas

mencionadas. En la revisión de dicho contrato, se obtuvo lo siguiente:

1. Se adjudicó mediante el procedimiento de adjudicación directa con base en el

fundamento legal del artículo 27 inciso c), 28, 52, 54, fracción II bis y 63, fracción I,

y por los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento

de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la centralización de pagos.

Lo expuesto, en cumplimiento del apartado 4.7, “De los Contratos de Adquisiciones”,

numeral 4.7.4, inciso a), de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

Se verificó que la CGDF contara con el oficio y formato de adhesión suscrito por el

titular de la DGA, en el que se establece que se adhiere a la contratación

consolidada, que acepta que el contrato o convenio sea formalizado por el servidor

público de la Unidad Administrativa Consolidadora facultado para ello y que cuentan

con disponibilidad presupuestal por el monto equivalente al volumen de los

requerimientos solicitados.

Por lo anterior, la CGDF cumplió lo establecido en los Lineamientos Generales para

Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso

Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

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477 VOLUMEN 5/17

2. Se contó con la autorización del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, en la que se señala como descripción del

bien o servicio: “Contratación consolidada […] y servicios de acceso de internet, redes

y procesamiento de información […] que requieren las dependencias…”; la cual se

encuentra firmada por el presidente, vocales y contralores ciudadanos y por quien

elaboró y autorizó.

De lo anterior, se concluye que la CGDF cumplió el apartado 4, “Adquisiciones”, del

subapartado 4.5, “Licitaciones Consolidadas de Bienes, Arrendamientos y Servicios”,

numeral 4.5.7, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

También se contó con la autorización de la OM de fecha 11 de diciembre de 2011, en la

que se señala como justificación: “El actual proveedor sostiene el precio de las tarifas del

año 2007 al 2011, para el ejercicio 2012, obteniéndose las mejores condiciones por

cuanto hace a precio oportunidad y calidad”; lo anterior, en cumplimiento del artículo 55,

último párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

3. Como objeto del contrato se estableció: “…servicios. de acceso de internet, redes

y procesamiento de información a través de las líneas telefónicas y servicios de

conducción de señales...”.

4. En la cláusula segunda se estableció el monto del contrato “por un monto máximo de

$160,340,564.00 (Ciento sesenta millones trescientos cuarenta mil quinientos sesenta

y cuatro pesos 00/100 M.N. y un monto mínimo de $13,365,173.41 (trece millones

trescientos sesenta y cinco mil ciento setenta y tres pesos 41/100 M.N.) incluye IVA”.

En el anexo dos del contrato, se especifica que la CGDF presenta un presupuesto

asignado en formato de adhesión por un monto de 635.7 miles de pesos.

Con la CLC núm. 13 C0 01 106033, de fecha 9 de noviembre de 2012, se pagó el

importe de 387.2 miles de pesos, que corresponde a una parte del monto señalado

en el formato de adhesión del contrato, en cumplimiento de la cláusula segunda y de

lo señalado en el formato referido.

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478 VOLUMEN 5/17

10. Resultado

La DGA, mediante el oficio núm. CG/DGA-OM/DERMSGI/141/2014 del 17 de febrero de

2014, proporcionó el convenio específico de colaboración celebrado con la Universidad

Nacional Autónoma de México, para el acceso y utilización de la red de

telecomunicaciones “REDUNAM” en 2012, el cual se encuentra firmado por el Secretario

General, asistido por el Director General de Cómputo y de Tecnologías de Información

y Comunicación, ambos adscritos a la UNAM y, por parte del Gobierno del Distrito

Federal, el Contralor General, con la intervención de la Directora General de

Administración en la CGDF, y por el Director General de Gobernabilidad de Tecnologías

de la Información y Comunicaciones, todos adscritos a la CGDF. Dicho contrato fue

firmado el 2 de enero de 2012 por los servidores públicos antes mencionados, por el

período del 2 de enero al 31 de diciembre de 2012. En su revisión, se observó lo

siguiente:

1. El 15 de febrero de 2007, el Gobierno del Distrito Federal y la Universidad Nacional

Autónoma de México celebraron el convenio general de colaboración

núm. 19628-143-12-II-07, para la realización de proyectos y trabajos conjuntos en

materia de docencia, investigación y otras, en beneficio de las partes, cuyas

particularidades se definirán en convenios específicos de colaboración. Lo anterior,

de acuerdo con el artículo 1o., primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, por tratarse de un convenio celebrado entre una dependencia de la

Administración Pública del Distrito Federal y un organismo autónomo.

2. Como objeto del convenio específico de colaboración, se estableció: “LA UNAM’

proporcione a ‘EL G.D.F.’ el acceso y utilización de la red de telecomunicaciones

‘REDUNAM’ a través de ‘LA DGTIC’ y que presta a organismos externos para

contribuir a la difusión de la cultura y el desarrollo tecnológico del país…”.

3. En la cláusula quinta “Comisión Especial de Evaluación y Seguimiento” se estableció:

“La Comisión Especial de Evaluación como encargada de vigilar y dar cumplimiento al

presente convenio, deberá de llevar a cabo sesiones de forma bimestral durante la

vigencia de este instrumento, para efectos de revisar los aspectos administrativos y

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479 VOLUMEN 5/17

operativos relativos al servicio proporcionado por ‘REDUNAM’ debiendo levantar en

cada sesión el acta o minuta correspondiente en la que se establezcan los puntos

relevantes al servicio antes referido y su cumplimiento por ambas partes”.

Con el oficio núm. ASC/147/12/CG/14-08 de fecha 3 de abril de 2014, la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),

solicitó a la CGDF que proporcionara las actas o minutas correspondientes, en las que

se establecieran los puntos relevantes respecto al servicio referido y su cumplimiento por

ambas partes; sin embargo, al cierre de la auditoría, (8 de abril de 2014), la CGDF no

las había proporcionado a este órgano de fiscalización, por lo que incumplió lo

establecido, en el artículo 16, inciso h), “Control del Sistema de Información”, Tercer

Lineamiento, “Actividades de Control”, de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF no proporcionó documentación que

desvirtué el presente resultado.

4. Con el oficio núm. ASC/147/12/CG/14-08 de fecha 3 de abril de 2014, la CMHALDF

solicitó a la CGDF que proporcionara las conciliaciones realizadas en forma mensual

por la DGA con la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones

de la DGRMSG de la OM respecto a los servicios de acceso a internet, redes y

procesamiento de información para efectos de control y facturación; sin embargo, al

cierre de la auditoría, la CGDF no había proporcionado la información a este órgano

de fiscalización, por lo que se incumplió lo establecido en el artículo 16, inciso h),

“Control del Sistema de Información”, Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”, de

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril

de 2007, vigente en 2012.

5. En la cláusula sexta se estableció como aportación el pago de 1,795.0 miles de

pesos. En la revisión de la CLC núm. 13 C0 01 101891 de fecha 31 de diciembre

de 2012, se comprobó que efectivamente se pagó lo convenido, y que se cuenta

con la factura por el mismo monto.

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480 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-147-12-04-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para que dé

cumplimiento a lo establecido en las cláusulas de sus convenios de colaboración respecto

a la evaluación y seguimiento de los servicios prestados, de conformidad con los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

Partida 3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”

11. Resultado

En 2012, la CGDF ejerció en la partida 3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría

y Relacionados” un importe de 24,839.5 miles de pesos, que representó el 39.3% del total

ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (63,185.1 miles de pesos), por medio de

277 CLC.

Para la revisión de esta partida, se seleccionó una muestra de 46 CLC mediante las

cuales se pagaron los servicios de auditoría externa de los Estados Financieros

y Presupuestales correspondientes a 2011, por un importe total de 9,375.7 miles de

pesos, que representó el 37.5% de lo ejercido en la partida (24,839.5 miles de pesos),

dichas CLC son las que se muestran a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada

Número Fecha Importe

13 C0 01 100449 7/V/2012 18.1 13 C0 01 100458 7/V/2012 11.8

13 C0 01 100926 13/VIII/2012 21.1

13 C0 01 101890 31/XII/2012 21.1

13 C0 01 100775 5/VII/2012 284.9

13 C0 01 100431 4/V/2012 162.8

13 C0 01 100550 24/V/2012 422.1

13 C0 01 101749 21/XII/2012 420.5

13 C0 01 100723 22/VI/2012 639.4

13 C0 01 100430 4/V/2012 365.4

13 C0 01 100555 24/V/2012 304.4

13 C0 01 100457 7/V/2012 182.7

13 C0 01 100678 14/VI/2012 29.9

13 C0 01 100677 14/VI/2012 17.1 13 C0 01 100640 11/VI/2012 30.6 13 C0 01 100556 24/V/2012 17.5 13 C0 01 1004504 17/V/2012 61.2

Continúa…

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481 VOLUMEN 5/17

…Continuación

Cuenta por Liquidar Certificada

Número Fecha Importe

13 C0 01 100501 17/V/2012 37.9

13 C0 01 100616 8/VI/2012 104.9

13 C0 01 100557 24/V/2012 59.9

13 C0 01 100446 7/V/2012 151.5

13 C0 01 100408 4/V/2012 86.6

13 C0 01 101186 12/IX/2012 33.5

13 C0 01 101185 12/IX/2012 19.1

13 C0 01 100641 11/VI/2012 272.1

13 C0 01 100345 23/IV/2012 155.5

13 C0 01 101846 31/XII/2012 3,241.9

13 C0 01 101022 20/VIII/2012 647.1

13 C0 01 101192 12/IX/2012 330.4

13 C0 01 100456 7/V/2012 144.9

13 C0 01 100638 11/VI/2012 97.6

13 C0 01 1003423 4/V/2012 55.8

13 C0 01 100445 7/V/2012 44.9

13 C0 01 100452 22/VI/2012 31.5

13 C0 01 100534 21/V/2012 35.0

13 c0 01 100533 7/V/2012 21.9

13 C0 01 100416 21/V/2012 49.7

13 C0 01 100451 21/V/2012 28.4

13 C0 01 101189 4/V/2012 41.9

13 C0 01 101187 7/V/2012 73.3

13 C0 01 100531 12/IX/2012 79.2

13 C0 01 100459 12/IX/2012 45.3

13 C0 01 100774 21/V/2012 83.0

13 C0 01 100425 9/V/2012 69.9

13 C0 01 100452 5/VII/2012 205.4

13 C0 01 100534 4/V/2012 117.4

Total 9,375.7

Se verificó que las 46 CLC se encontraban soportadas con la documentación justificativa

y comprobatoria correspondiente, consistente en 30 contratos de prestación de servicios,

44 facturas y 29 recibos de pago expedidos por el prestador de servicio respectivo, por lo

que la CGDF se sujetó al artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Además, se constató que dichas CLC son impresiones del GRP-SAP elaboradas,

autorizadas, solicitadas y registradas por servidores públicos facultados para ello, y que

éstos se encontraban incluidos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos de Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar el

Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones

Programático-Presupuestarías, Presupuesto Comprometido, Flujo de Efectivo y Analítico

de Claves, de conformidad con lo establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, en la

Sección Primera, Apartado A, numerales 13 y 14, vigente en 2012.

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482 VOLUMEN 5/17

Se constató que el registro específico en la partida 3311 “Servicios Legales, de

Contabilidad, Auditoría y Relacionados” se realizó conforme al Clasificador por Objeto del

Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

Por lo anterior se concluye que se atendió el artículo 44, primer párrafo, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

12. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/147/12/CG/14-01 del 11 de febrero de 2014, la CMHALDF

solicitó a la DGA el expediente del proceso de adjudicación que generó 30 contratos de

prestación de servicios profesionales para la realización de los trabajos de dictaminación

de los Estados Financieros y Presupuestales correspondientes al ejercicio de 2011, de las

entidades paraestatales del Distrito Federal. En su revisión, se obtuvo lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/4796/2011 del 14 de diciembre de 2011, el

Subsecretario de Egresos de la SEFIN comunicó al Director General de

Administración en la CGDF la autorización previa de la suficiencia presupuestal, por

un monto de 15,576.0 miles de pesos. De lo anterior se desprende que la CGDF

cumplió el artículo 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente vigente

en 2012.

2. Mediante la requisición núm. 053 de fecha 29 de diciembre de 2011, la Dirección

General de Contralorías Internas en Entidades de la CGDF somete ante el

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios la

contratación de los servicios de auditoría externa para llevar a cabo los trabajos de

dictaminación de los Estados Financieros y Presupuestales de 2011, de las

entidades paraestatales que conforman la Administración Pública del Distrito

Federal. Dicha requisición cuenta con las firmas de autorización de la DGA, el

Coordinador de Recursos Financieros, el Coordinador de Recursos Materiales y

Servicios Generales, y el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios.

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483 VOLUMEN 5/17

De lo anterior, se concluye que la CGDF dio cumplimiento a las actividades 1 y 2 del

procedimiento “Realización de Adjudicación Directa” del manual administrativo vigente

en 2012.

3. Se contó con la justificación para la contratación de los servicios profesionales para

la realización de los trabajos de dictaminación de los Estados Financieros

y Presupuestales del ejercicio de 2011 de las Entidades Paraestatales del Distrito

Federal, debidamente autorizado y firmado por el titular de la CGDF.

Por lo anterior, la CGDF observó lo establecido en el artículo 54, inciso c, fracción VII,

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

13. Resultado

Derivado de la Adjudicación Directa, la CGDF suscribió 30 contratos de prestación de

servicios profesionales para la realización de los trabajos de dictaminación de los Estados

Financieros y Presupuestales correspondientes al ejercicio de 2011 de las entidades

paraestatales del Distrito Federal, con cargo a la partida presupuestal 3311 “Servicios

Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Prestador de Servicios

Contrato Entidad Importe* Fecha de formalización

Vigencia

Persona moral CG-DGA-SG-005-2012 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal

51.6 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-017-2012 Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia 33.7 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-009-2012 Fideicomiso Complejo Ambiental Xochimilco 60.3 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-042-2012 Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia 814.0 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-041-2012 Sistema de Transporte Colectivo 1,827.0 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-039-2012 Servicios de Salud Pública del Distrito Federal 869.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-048-2012 Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. 521.9 1/II/12 1/II/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-056-2012 Fondo de Desarrollo Económico del Distrito Federal

85.3 23/III/12 23/III/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-036-2012 Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal

87.4 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-027-2012 Instituto de la Juventud del Distrito Federal 174.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-007-2012 Escuela de Administración Pública del Distrito Federal

108.2 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Continuación…

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484 VOLUMEN 5/17

…Continuación

Prestador de Servicios

Contrato Entidad Importe* Fecha de formalización

Vigencia

Persona moral CG-DGA-SG-037-2012 Procuraduría Social del Distrito Federal 299.6 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-002-2012 Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

432.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-057-2012 Fondo Mixto de Promoción Turística del Distrito Federal.

95.7 23/III/12 23/III/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-040-2012 Servicios de Transportes Eléctricos del Distrito Federal

777.4 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-084-2012 Dictaminación de los estados de los ingresos y Egresos del Gobierno del Distrito Federal por el ejercicio fiscal 2011

8,104.7 9/XI/12 9/XI/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-060-2012 Tesorería Cifras de Validación 647.1 23/III/12 23/III/12 31/V/12

Persona moral CG/DGCIDOD/FASP/EV/001/2012

Informe Anual de Evaluación 330.4 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-038-2012 Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal

414.1 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-026-2012 Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal

278.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-001-2012 Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal

128.2 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-059-2012 Metrobús 89.9 23/III/12 23/III/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-031-2012 Instituto del Deporte del Distrito Federal 99.9 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-013-2012 Fideicomiso Museo de Arte Popular Mexicano 62.4 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-025-2012 Instituto de Ciencia y Tecnología del Distrito Federal

142.9 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-012-2012 Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal

209.3 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-058-2012 Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal

226.5 23/III/12 23/III/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-032-2012 Instituto Local de Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal

237.2 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-024-2012 Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal 199.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Persona moral CG-DGA-SG-030-2012 Instituto de Vivienda del Distrito Federal 586.8 2/I/12 2/I/12 31/XII/12

Total 17,997.5

*Importe total de los contratos celebrados por la Contraloría General, en el cual se incluye el importe de la muestra de la partida 3311 “Servicios de Legalidad, Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, por 9,375.7 miles de pesos.

En la revisión de los contratos, se constató lo siguiente:

1. Se formalizaron y suscribieron por el Contralor General, la Directora General de

Administración, el Director General de Contralorías Internas en Entidades, la Directora

General de Legalidad, y el Representante Legal del Prestador del Servicio. lo anterior,

en cumplimiento a lo establecido en el artículo 59, párrafo segundo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

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485 VOLUMEN 5/17

2. El numeral 1.7 del apartado de declaraciones señala: “Que el presente contrato se

asigna por adjudicación directa a el prestador de servicios, con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 26, 27 inciso c), 52 y 54, Fracción VII y antepenúltimo

párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, previa dictaminación

favorable del Subcomité de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios

de la Contraloría General”.

Lo anterior, en cumplimiento del inciso a), numeral 4.7.4, “En los Contratos Respectivos

deberán Insertarse las Siguientes Declaraciones”, apartado 4.7, “De los Contratos de

Adquisición”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal” (Circular Uno) vigente en 2012.

3. La cláusula primera de los contratos estipula: “El presente contrato tiene por objeto

que el prestador de servicios realice a favor de la Administración Pública del Distrito

Federal (A.P.D.F.), la Auditoría de los Estados Financieros del Ejercicio 2011”.

4. La cláusula tercera establece que “el prestador de servicios se obliga a entregar los

informes materia de las Auditorías a las Entidades y Unidades Administrativas en el

lugar y fechas señaladas de Acuerdo a los Lineamientos para la Preparación

y Entrega de los Informes de Auditoría Externa vigente en 2012 y la A.P.D.F. se

obliga a cubrir el importe de cada informe entregado, una vez que la Dirección

General de Contralorías Internas en Entidades otorgue su visto bueno para su pago;

facultándose al titular de dicha unidad administrativa para autorizar durante la vigencia del

contrato modificaciones a las fechas previstas, previa solicitud del prestador de servicios

que justifique tales modificaciones”.

En la revisión de los 30 expedientes de los contratos, se constató que contienen los

informes relativos al objeto de los contratos, de acuerdo con lo establecido en los

Lineamientos para la Preparación y Entrega de los Informes de Auditoría Externa

vigentes en 2012.

5. La cláusula décima señala: “El Prestador del servicio entrega en este acto, póliza de

fianza en Moneda Nacional, a favor de la SEFIN del Gobierno del Distrito Federal,

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486 VOLUMEN 5/17

con una vigencia desde su expedición hasta el total cumplimiento del contrato y hasta

30 días después de la conclusión de la vigencia del contrato, por el 15% del monto total,

sin considerar el Impuesto al Valor Agregado”. En el análisis, se constató que los

30 contratos celebrados con los prestadores de servicios presentaron su póliza de fianza.

Se concluye que al haber proporcionado los prestadores de servicio las pólizas de

fianzas se cumplió el artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y a su Reglamento, en el artículo 2, fracción IX.

6. La cláusula duodécima dispone: “Las partes establecen como pena convencional por

incumplimiento al contrato, deficiencia o mala calidad de los servicios o atraso en la

prestación de los servicios o incumpla en cualquiera de las condiciones establecidas en

el presente instrumento, o bien los informes no se presenten de conformidad con los

Lineamientos para la Preparación y Entrega de los Informes de Auditoría Externa

vigentes, se aplicará una pena convencional del 1% sobre el monto total de los servicios

dejados de prestar y/o de los informes dejados de entregar y/o de los servicios de calidad

deficiente sin incluir I.V.A. por cada día natural de incumplimiento, contados a partir del

día siguiente a la fecha de vencimiento para la prestación del servicio y/o entrega de los

informes objeto del servicio materia del presente contrato, sin rebasar el monto de la

garantía del contrato”.

En el análisis de los expedientes de los informes, se constató que en dos casos se aplicaron

sanciones por la entrega de informes con desfase, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de CLC Beneficiario Contrato Nombre del informe

Fecha de entrega

Días de desfase

Importe de la

sanción

13 C0 01 100926 Altieri, Gaona y Hooper, S.C.

CG-DGA-SG-009-2012 Proceso de Extinción 1ª Etapa

12/IV/12 11 0.5

13 C0 01 10034 Orozco Medina y Asociados

CG-DGA-SG-040-2012 Evaluación de Control Interno

3/II/12 6 1.6

Total 2.1

Por lo anterior, se concluye que la CGDF cumplió la cláusula duodécima segunda del

contrato y los artículos 57 y 58, párrafo primero, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, en relación con la aplicación de las sanciones.

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487 VOLUMEN 5/17

7. Se verificaron 44 facturas que reflejan el gasto por el pago por los servicios de auditoría de

los Estados Financieros y Presupuestales correspondientes a 2011, de las entidades

paraestatales que conforman la Administración Pública del Distrito Federal, como se

muestra a continuación:

Recibo o Factura

Número Fecha Importe

1896 10/IV/12 18.1

1908 30/IV/12 11.8

19000 17/VII/12 21.1

19311 8/XII/12 21.1

1043 26/VI/12 284.9

818 22/II/12 162.8

8338 19/VI/12 639.4

7378 28/II/12 365.4

492 18/V/12 304.4

429 10/IV/12 182.7

5377 31/V/12 29.9

5376 25/V/12 17.1

401 1/VI/12 30.6

0344 21/II/12 17.5

000095 13/IV/12 61.2

000094 13/IV/12 37.9

09435 23/V/12 104.9

09247 22/II/12 59.9

8151 11/IV/12 151.5

7284 22/II/12 86.6

680 31/VIII/12 33.5

679 31/VIII/12 19.1

980 5/VI/12 272.1

787 22/II/12 155.5

81593 3/XII/12 3,241.1

75684 9/VIII/12 647.1

120 27/IV/12 330.4

3301 11/IV/12 144.9

1000 5/VI/12 97.6

809 23/II/12 55.8

896A 12/IV/12 44.9

1027 18/VI/12 31.5

60 8/V/12 35.0

42 10/IV/12 21.9

11806 12/IV/12 49.7

11543 21/II/12 28.4

3586 20/II/12 41.9

3609 9/III/12 73.3

6662 22/VIII/12 79.2

6661 22/VIII/12 45.3

2328 7/V/12 83.0

2327 3/V/12 69.9

207 26/VI/12 205.4

121 22/II/12 117.4

Total 8,533.0

*Este monto no contempla los recibos de pago con recursos federales del cinco al millar por un monto de 842.6 miles de pesos.

Las facturas presentadas como documentación soporte de las CLC, emitidas a favor del

beneficiario, tuvieron cuatro modalidades: Factura impresa por impresor autorizado, Factura

impresa con código de barras bidimensional, factura electrónica de 2010 y factura electrónica

de 2011, las cuales cumplen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

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488 VOLUMEN 5/17

14. Resultado

En el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos vigente en 2012, se establece que los

contratistas con quienes se celebren contratos de obra pública y de servicios relacionados

deben pagar un derecho equivalente al cinco al millar sobre el importe de cada una de las

estimaciones de trabajo, y que los ingresos que se obtengan por el cobro del derecho

señalado se destinarán a la entidad federativa que los recaude, para la operación,

conservación, mantenimiento e inversión necesarios para la prestación de los servicios de

vigilancia, inspección y control de sus dependencias.

La CGDF recibió recursos federales del cinco al millar para contratar personal por honorarios

asignados a la Dirección General de Contralorías Ciudadanas con cargo a la partida

3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”. Al respecto, se observó

lo siguiente:

1. En el análisis de los Lineamientos para el Ejercicio y la Comprobación de los Recursos del

Cinco al millar, en lo que corresponde a las condiciones de financiamiento y requisitos

generales establecidos, se constató que la CGDF ejerció los recursos del cinco al millar en

el pago de salarios de personal eventual por obra determinada, es decir, para cubrir el pago

del personal eventual contratado exclusivamente para realizar actividades de auditoría.

2. Se constató que el pago extraordinario por única vez correspondiente al ejercicio 2012

a 37 prestadores de servicios, por un importe de 420.5 miles de pesos, por medio de la

CLC núm. 13 C0 01 101749, de fecha 21 de diciembre de 2012, se efectuó de acuerdo

con los Lineamientos por medio de los cuales se otorga por Única Vez, un Pago

extraordinario a las Personas Físicas que prestan Servicios por Honorarios y a los

Prestadores de Carácter Social, en la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada

y Delegaciones del Distrito Federal Correspondiente al Ejercicio 2012; para las Partidas

Específicas del Capítulo 3000 y 4000, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de noviembre de 2012. Dicho documento establece: “El pago extraordinario se otorgará

conforme a las siguientes bases:

a) ”Se otorgará únicamente a los prestadores de servicio por honorarios y a los

prestadores de Carácter Social que sean personas físicas, con cargo a las partidas

presupuestales 3311 Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados […]

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489 VOLUMEN 5/17

b) ”A los que hubieren prestado sus servicios por honorarios, o que hayan prestado

sus servicios de carácter social, en el ejercicio de 2012, se les otorgará por única

vez un pago extraordinario al equivalente a treinta días de la cantidad percibida por

concepto de honorarios o por la retribución de la prestación de los servicios, dicho

pago será proporcional, en su caso, al tiempo en que hayan prestado sus servicios

y a los importes establecidos en cada contrato, siempre y cuando se encuentren

prestando sus servicios al 16 de noviembre de 2012”. Los pagos se efectuaron

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Fecha de ingreso

Fecha de baja

Honorarios pagados

c/IVA

Meses laborados

Percepción diaria

Días por Pagar

Total pagado

1/XI/11 30/XI/12 18.0 12.0 0.5 30.0 18.0

1/VI/12 31/XII/12 8.6 7.0 0.4 17.5 8.6

1/XI/11 30/XI/12 18.0 12.0 0.5 30.0 18.0

1/XI/11 30/XI/12 18.0 12.0 0.5 30.0 18.0

1/VIII/12 31/XII/12 4.6 5.0 0.3 12.5 4.6

1/VI/12 31/XII/12 6.4 7.0 0.3 17.5 6.4

1/XI/11 30/XI/12 14.7 12.0 0.4 30.0 14.7

1/XI/11 30/XI/12 14.7 12.0 0.4 30.0 14.7

1/XI/11 30/XI/12 18.0 12.0 0.5 30.0 18.0

1/V/12 30/XI/12 5.4 7.0 0.3 17.5 5.4

1/V/12 31/XII/12 6.2 8.0 0.3 20.0 6.2

1/V/12 30/XI/12 11.7 7.0 0.6 17.5 11.7

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/V/12 30/XI/12 11.6 7.0 0.6 17.5 11.6

1/V/12 31/XII/12 13.3 8.0 0.6 20.0 13.3

1/IX/12 31/XII/12 5.2 4.0 0.4 10.0 5.2

1/IX/12 31/XII/12 6.7 4.0 0.6 10.0 6.7

1/IX/12 31/XII/12 6.7 4.0 0.6 10.0 6.7

16/III/12 31/XII/12 11.7 9.5 0.4 23.8 12.1

16/III/12 31/XI/12 10.4 8.5 0.4 21.3 10.4

16/III/12 31/XII/12 14.2 9.5 0.5 23.8 14.2

16/III/12 31/XI/12 10.4 8.5 0.4 21.3 10.4

16/III/12 31/XI/12 10.4 8.5 0.4 21.3 10.4

16/III/12 31/XII/12 14.2 9.5 0.5 23.8 14.2

16/III/12 31/XII/12 11.7 9.5 0.4 23.8 11.7

16/III/12 31/XII/12 14.2 9.5 0.5 23.8 14.2

16/III/12 31/XII/12 15.6 9.5 0.6 23.8 15.6

16/III/12 31/XII/12 14.2 9.5 0.5 23.8 14.2

1/IX/12 31/XII/12 6.0 4.0 0.5 10.0 6.0

1/IX/12 31/XII/12 4.9 4.0 0.4 10.0 4.9

16/VIII/12 31/XII/12 7.5 4.5 0.6 11.3 7.5

16/VIII/12 31/XII/12 7.5 4.5 0.6 11.3 7.5

420.5* 420.9

* Este importe corresponde a lo pagado por la prestación de servicios con la CLC núm. 13 C0 01 101749, de la cual la CGDF no proporcionó los recibos correspondientes.

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490 VOLUMEN 5/17

3. Con el oficio núm. ASC/147/12/CG/14-01 de fecha 11 de febrero de 2014, la CMHALDF

solicitó a la CGDF que proporcionara la CLC núm. 13 C0 01 101749 y su documentación

comprobatoria y justificativa; sin embargo, al cierre de la auditoría (la CGDF no

proporcionó los 37 recibos de honorarios que la amparan, por lo que incumplió el séptimo

lineamiento de los Lineamientos por medio de los cuales se Otorga por Única vez, un

Pago Extraordinario a las Personas Físicas que prestan Servicios por Honorarios y a los

Prestadores de Carácter Social en la Administración Pública Centralizada

Desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal, Correspondientes al Ejercicio 2012;

para las Partidas Específicas del Capítulo 3000 y 4000, que indica:

“Séptimo. Los pagos a que se refieren los presentes lineamientos, se reportarán con

cargo a las partidas presupuestales correspondientes […] y comprobándose en el

caso de prestadores de servicios por honorarios, con los recibos de honorarios…”

Así también, infringió lo estipulado en el artículo 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que a la letra indica:

“La contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada por los documentos

justificantes y comprobatorios originales.

”Será responsabilidad de los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones y Entidades, así como de los servidores públicos encargados de su

administración, la recepción, guarda, custodia y conservación de los documentos

justificantes y comprobatorios del gasto…”

En la reunión de confronta (veintitrés de mayo de 2014), la DGA en la CGDF

proporcionó los oficios núms. CG/DGA-OM/DRH/335/2014 al CG/DGA-OM/DRH/338/2014,

todos del 20 de mayo de 2014, mediante los cuales la DGA solicitó a las Direcciones

Generales de Contralorías Ciudadanas, de Contralorías Internas en Entidades, en

Delegaciones y en Dependencias y Órganos Desconcentrados su apoyo para que el

personal que se contrató con recursos del cinco al millar proporcionara el original del

recibo de honorarios por concepto de pago único; sin embargo, no se proporcionaron

los recibos objeto de la observación, por lo cual ésta no se modifica.

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491 VOLUMEN 5/17

4. En cuanto a la CLC núm. 13 C0 01 100550 del 24 de mayo de 2012, por un importe

de 422.1 miles de pesos, provenientes de recursos federales del cinco al millar, se

constató el pago correspondiente al mes de mayo de 2012 a 29 personas contratadas

por honorarios en la Dirección General de Contralorías Ciudadanas de la CGDF, el cual

se realizó conforme a los Lineamientos para la Contratación de Servicios con cargo a las

Partidas Presupuestales Específicas: 3311 “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría

y Relacionados”, 3321 “Servicios de Diseño, Arquitectura, Ingeniería y Actividades

Relacionadas”, 3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en

Tecnologías de la Información”, 3341 “Servicios de Capacitación”, 3351 “Servicios de

Investigación Científica y Desarrollo”, 3361 “Servicios de Apoyo Administrativo, Fotocopiado

e Impresión”, 3371 “Servicios de Protección y Seguridad”, 3381 “Servicios de Vigilancia” y

3391 “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos Integrales”, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 20 de febrero de 2012, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Período de pago del prestador de servicios

Honorarios IVA Total

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 7.8 1.2 9.0

1/V/12 al 31/V/12 9.5 1.5 11.0

1/V/12 al 31/V/12 9.5 1.5 11.0

1/V/12 al 31/V/12 9.5 1.5 11.0

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 6.5 1.0 7.5

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 8.0 1.3 9.3

1/V/12 al 31/V/12 8.0 1.3 9.3

1/V/12 al 31/V/12 8.0 1.3 9.3

1/V/12 al 31/V/12 8.0 1.3 9.3

1/V/12 al 31/V/12 17.2 2.8 20.0

1/V/12 al 31/V/12 11.0 1.8 12.8

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 12.7 2.0 14.7

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

1/V/12 al 31/V/12 17.0 2.7 19.7

1/V/12 al 31/V/12 15.5 2.5 18.0

Total 363.9 58.2 422.1

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492 VOLUMEN 5/17

Recomendación ASC-147-12-05-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para garantizar

que los pagos a prestadores de servicios por honorarios estén respaldados por los recibos de

pago originales, de conformidad con los Lineamientos por medio de los cuales se otorga

por única vez, un Pago Extraordinario a las Personas Físicas que prestan Servicios por

Honorarios y a los Prestadores de Carácter Social en la Administración Pública Centralizada

Desconcentrada y Delegaciones del Distrito Federal, de acuerdo con el Ejercicio que

corresponda, para las Partidas Específicas del Capítulo 3000 y 4000 y con el artículo 125

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Partida 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento

de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información”

15. Resultado

En 2012, la CGDF ejerció en la partida 3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de

Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” un importe de 9,496.8 miles de pesos,

que representó el 15.0% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”

(63,185.1 miles de pesos), por medio de 10 CLC.

Para la revisión de esta partida, se seleccionó una muestra de cuatro CLC mediante las

cuales se les pagó a dos prestadores de servicios, por un importe total de 6,739.5 miles

de pesos, que representó el 71.0% de lo ejercido en la partida (9,496.8 miles de pesos).

Dichas CLC estuvieron amparadas con la documentación siguiente:

(Miles de pesos)

Número de CLC Prestador del servicio

Fecha de emisión

Procedimiento de adjudicación

Número de contrato Número de factura

Importe (IVA incluido) CLC, contrato

y factura

13 C0 01 101396 Krolls Telcomm

de México, S.A. de C. V. 18/X/12

Invitación restringida a cuando menos

tres proveedores núm. IR-004-12

CG-DGA-SG-069-2012

191 463.7

213 463.7

13 C0 01 101630 7/XII/12 234 463.7

13 C0 01 101643 10/XII/12 260 463.7

262 463.7

Subtotal 2,318.6

13 C0 01 101852 Gonet México, S.A. de C.V. 31/XII/12 Adjudicación directa CG-DGA-SG-087-2012 386 4,420.9

Subtotal 4,420.9

Total 6,739.5

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493 VOLUMEN 5/17

Se verificó que las cuatro CLC están soportadas con la documentación justificativa

y comprobatoria, la cual consiste en factura, contrato y el oficio mediante el cual la

Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales remitió a la Coordinación de

Recursos Financieros la relación de facturas para el trámite de pago correspondiente, por

lo que la CGDF cumplió el artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Además, se constató que dichas CLC son impresiones del GRP-SAP y fueron elaboradas,

autorizadas, solicitadas y registradas por los servidores públicos facultados para ello,

y que éstos se encontraban incluidos en la Cédula de Registro de Firmas de los

Servidores Públicos de Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar y/o

Autorizar el Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,

Afectaciones Programático-Presupuestarías, Presupuesto Comprometido, Flujo de Efectivo

y Analítico de Claves, de conformidad con lo establecido en la Sección Primera, Apartado A,

numerales 13 y 14, del Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Al verificar los requisitos fiscales de las facturas, se comprobó que se expidieron

a nombre del Gobierno del Distrito Federal, que incluyeron el domicilio del GDF y su

RFC, el concepto, descripción, cantidad, costo unitario, importe, IVA y el total por los

servicios adquiridos, denominación social del prestador de servicios y su RFC,

domicilio y las impresiones de la cadena original, sello digital, sello del Sistema de

Administración Tributaria, serie del Certificado del emisor, folio fiscal y número de serie del

Certificado del Sistema de Administración Tributaria. Lo expuesto, de acuerdo con el

artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

16. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/147/12/CG/14-01 del 11 de febrero de 2014, la CMHALDF solicitó

a la DGA el expediente del proceso de adjudicación del contrato núm. CG-DGA-SG-069-2012

para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a servidores, routers,

switches, equipos de hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas, el cual

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494 VOLUMEN 5/17

se proporcionó mediante el oficio núm. CG/DGA-OM/DERMSGI/122/2014 del 12 de febrero

de 2014. En la revisión del expediente, se obtuvo lo siguiente:

1. No se localizó la requisición de servicios núm. 026, por lo que la CMHALDF, con el

oficio núm. ASC/147/12/CG/14-05 del 20 de marzo de 2014, solicitó a la DGA dicho

documento, sin que al cierre de la auditoría (8 de abril de 2014), el ente auditado

hubiese proporcionado la requisición.

Por lo anterior, la CGDF incumplió los artículos 76, segundo párrafo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigentes en 2012. El artículo 76, segundo párrafo, dispone:

“Las dependencias […] conservarán en forma ordenada y sistemática toda la

documentación original comprobatoria de los actos y contratos, cuando menos por un

lapso de cinco años contados a partir de la fecha de su recepción y en el caso de la

documentación con carácter devolutivo para los licitantes, deberán conservar copia

certificada”; y el artículo 125 establece: “…Será responsabilidad de los titulares de las

Dependencias […] así como de los servidores públicos encargados de su administración,

la recepción, guarda, custodia y conservación de los documentos justificantes y

comprobatorios del gasto, así como de los libros, registros e información relativa, en términos

de las disposiciones aplicables”.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF proporcionó el oficio

núm. CG/DGA/997/2014 del 20 de mayo de 2014, mediante el cual la DGA instruyó al

Director Ejecutivo de Recursos Materiales y Servicios Generales aplicar las medidas

correspondientes, a fin de que en lo sucesivo, se sujetara a los lineamientos de control

de los expedientes de los prestadores de servicios. Lo anterior confirma la observación.

2. La justificación para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo de los servidores, routers, switches, equipos de hospedaje de servicios de red,

torres y radios de microondas no presenta fecha, y señala lo siguiente: “La Contraloría

General del Gobierno del Distrito Federal, a través de la Dirección General de

Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, es la instancia

facultada para la operación y administración de la Red Metropolitana de Datos del

Gobierno del Distrito Federal […]

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495 VOLUMEN 5/17

”Derivado de las actividades inherentes de las unidades de gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal (APDF), es indispensable mantener la disponibilidad de las

comunicaciones de datos y cómputo que los servidores, switches, routers, equipos de

hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas, para lo cual se les deben

proporcionar mantenimientos preventivos y correctivos, a fin de prevenir pérdidas de

información, negación de servicios, interrupciones en las redes locales a través de las

cuales se comunican todos los puntos, para el intercambio de la información que se

encuentra almacenada en sus servidores o bien que se genera para las actividades

diarias, ya que de no ocurrir así, la atención a los ciudadanos y a los usuarios internos

en general, se vería seriamente afectada.

”La Red Metropolitana de Datos del Gobierno del Distrito Federal facilita los trámites

a la ciudadanía tales como la expedición de actas de nacimiento emitidas por el registro

civil; por otro lado ofrece la infraestructura para los portales de acceso a la información

pública posibilitando el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública para el Distrito Federal; se provee también conectividad al Sistema de Justicia

Cívica, el intercambio de información dentro de la Administración Local, al SIDEN, al Sistema

de Declaración Patrimonial, así como al Sistema Institucional de Control de Egresos (GRP);

también es la principal conexión a la red Internet donde se encuentran alojados los

servidores de nombres para el dominio df.gob.mx.

”Los activos de red como los son servidores, switches, routers, equipos de hospedaje

de servicios de red, torres y radios de microondas, considerados de misión crítica, ya que

es donde residen los servicios de red ofertados interna y externamente, están en

permanente funcionamiento, esto quiere decir 24 horas los 365 días al año, lo que se

traduce en un acelerado desgaste, en particular de las partes mecánicas; por tal motivo se

debe hacer un mantenimiento periódico para minimizar las posibles fallas, derivadas del

uso instenso al que son sometidos, para garantizar la continuidad de los servicios ofrecidos.

Es importante mencionar que la mayoría de los equipos ya están fuera de garantía y no se

cuenta con equipo suficiente para respaldarlos ante una eventualidad que termine por

inhabilitar cualquiera de ellos, lo cual provocaría la pérdida de disponibilidad del servicio…”

Dicha justificación se encuentra firmada por el Director General de Gobernabilidad de

Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la CGDF.

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496 VOLUMEN 5/17

3. Al analizar las bases de la invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. IR-004-12, de fecha 9 de julio de 2012, correspondiente a la “Contratación del servicio

de mantenimiento preventivo y correctivo a servidores, routers, switches, equipos de

hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas”, se constató que incluyen los

mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, en cumplimiento del

artículo 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

4. Se contó con tres cotizaciones, todas de fecha 30 de mayo de 2012, y con el cuadro

comparativo de precios ofertados de los tres prestadores de servicios siguientes: Krolls

Telcomm de México, S.A. de C.V.; Grupo Multi Asesoría Empresarial, S.C.; y T100

Corporativo, S.A. de C.V. Por lo anterior, se concluye que la CGDF cumplió el numeral

4.8.3 del apartado 4.8, “De las Cotizaciones”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente durante 2012.

5. En la revisión de la documentación legal y administrativa, técnica y económica, se

constató que se elaboró acta de apertura de documentación legal y administrativa,

propuesta técnica y económica, dictamen de fallo, cuadro de mejoramiento final de

ofertas y acta de fallo, en la cual se determinó al participante que ofertó las condiciones

técnicas y económicas más benéficas para la convocante.

Por lo anterior, se concluye que la CGDF cumplió lo establecido en el artículo 43,

fracción II, párrafo quinto, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Recomendación ASC-147-12-06-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para que en

los expedientes de los contratos de servicios se conserve la requisición, de conformidad

con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

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497 VOLUMEN 5/17

17. Resultado

En la revisión del contrato núm. CG-DGA-SG-069-2012, se obtuvo lo siguiente:

1. Se formalizó el 25 de julio de 2012, con la participación del Contralor General, la Directora

General de Administración, el Director General de Gobernabilidad y Tecnologías de la

Información y Comunicaciones, la Directora General de Legalidad y, por la otra parte,

el prestador del servicio, con vigencia del 27 de julio al 31 de diciembre de 2012.

2. En el numeral I.7 del apartado, “Declaraciones”, se señala: “El presente contrato se

fundamenta en los artículos 27 inciso B, 55 y 56 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal”.

Lo expuesto, en cumplimiento del numeral 4.7.4, inciso a), del apartado 4.7, “De los

Contratos de Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

3. Se contó con la autorización de suficiencia presupuestal, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/0034/2012 del 2 de enero de 2012, para el servicio de mantenimiento

preventivo y correctivo a servidores, routers, switches, equipos de hospedaje de

servicios de red, torres y radios de microondas, por un monto de 2,318,573.20 pesos.

Con lo anterior, la CGDF cumplió el artículo 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

4. La cláusula primera del contrato estipula: “Objeto del contrato […] Que ‘El Prestador

del Servicio’ presente a satisfacción de ‘El G.D.F.’ servicio de mantenimiento correctivo

a servidores, routers, switches, equipos de hospedaje de servicios de red, torres

y radios de microondas…”.

Como se observa, en dicha cláusula sólo se hace referencia al mantenimiento correctivo;

sin embargo, las bases de la invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. IR-004-12 del 9 de julio de 2012, refieren la contratación del servicio de mantenimiento

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498 VOLUMEN 5/17

preventivo y correctivo a servidores, routers, switches, equipos de hospedaje de servicios

de red, torres y radios de microondas.

Por lo anterior se concluye que, por no hacer referencia en el contrato al mantenimiento

preventivo y correctivo, como se establece en las bases de la invitación restringida a cuando

menos tres proveedores, la CGDF infringió el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, que establece: “Los contratos deberán formalizarse de conformidad

con lo establecido en las bases de […] invitación restringida a cuando menos tres

proveedores, correspondiente…”.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF proporcionó el oficio

núm. CG/DGA/996/2014 del 20 de mayo de 2014; sin embargo, no presentó información

respecto de la observación, por lo cual ésta no se modifica.

5. La cláusula segunda del contrato señala: “Monto del Contrato. ‘El G.D.F.’ pagará

a ‘El Prestador del Servicio’ […] el servicio objeto del presente contrato, la cantidad

de $1,998,770.00 […] más el 16% de I.V.A. $319,803.20 […] dando un gran total de

$2,318,573.20…”.

Con las CLC núms. 13 C0 01 101396, 13 C0 01 101630 y 13 C0 01 101643 de fechas

18 de octubre y, 7 y 10 de diciembre, todas de 2012, se pagó el importe convenido en

la segunda cláusula contractual.

6. La cláusula tercera establece lo siguiente:

“Forma de Pago. […] El importe del servicio […] será liquidado a ‘El prestador del servicio’

una vez devengados los servicios y a entera satisfacción de ‘El G.D.F.’ dentro de los 20 días

naturales posteriores a la fecha de autorización, aceptación y liberación de las facturas,

de conformidad con el visto bueno del Director General de Gobernabilidad y Tecnologías de

la Información y Comunicaciones, de cada una de estas facturas debidamente requisitadas,

las que se elaborarán de manera desglosada a nombre de ‘El G.D.F.’[…]

’El G.D.F.’ se obliga a pagar a ‘El prestador del servicio’ el importe de las facturas

acompañadas de los reportes que amparen el pago de tales actividades, siempre

y cuando se esté cumpliendo con la prestación del servicio a satisfacción del ‘G.D.F.’…”

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499 VOLUMEN 5/17

a) En el análisis de las facturas núms. 191, 213, 234, 260 y 262 de fechas 21 de

septiembre, 4 de octubre, 1o. de noviembre, y las dos últimas del 3 de diciembre,

todas de 2012, se constató que no cuentan con el visto bueno del Director General

de Gobernabilidad y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Por lo anterior, la CGDF incumplió dicha cláusula del contrato.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF no proporcionó información

o documentación que desvirtúe la observación, por lo cual ésta no se modifica.

b) Con nota informativa de fecha 26 de marzo de 2014, la Dirección Ejecutiva de

Servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DESTIC) informó lo

siguiente: “Se generó una acta que contiene el registro de los eventos atendidos,

tipo de eventos, tiempo de solución, descripción de los mismos y la referencia a las

órdenes de servicio donde se detallan las actividades realizadas por el prestador de

servicios para la atención de cada evento, asimismo se establece que los servicios

se recibieron en tiempo y forma, dicha acta se encuentra firmada por el Coordinador

de Gestión del Servicio de la DESTIC y por el representante legal de la empresa.

”Asimismo, se realizan inspecciones físicas validando el correcto funcionamiento del

equipo y pruebas de calidad en los servicios que fueron requeridos.”

Además, se proporcionó acta del 15 de enero de 2013, en la cual se especifica que

los trabajos realizados del mes de agosto al mes de diciembre de 2012 se recibieron

en tiempo y forma, conforme a lo establecido en el contrato núm. CG-DGA-SG-069-2012.

También se remitieron las órdenes de servicio por el período señalado, en las que

se detallan las actividades realizadas por el prestador del servicio a los equipos

respectivos. Por lo anterior, se concluye que la CGDF cumplió la cláusula tercera

del contrato.

7. La cláusula duodécima contractual, indica: ‘“El prestador del servicio’ constituye en

este acto póliza de fianza en moneda nacional […] expedida por una institución

legalmente autorizada por el Gobierno Mexicano para tal efecto a favor de la Secretaría

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500 VOLUMEN 5/17

de Finanzas del Distrito Federal, con una vigencia desde su expedición hasta el total

cumplimiento del presente contrato y hasta 30 días después de la conclusión del

servicio […] por el 15% del monto total del contrato (sin incluir I.V.A), a fin de garantizar

el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas…”.

El prestador del servicio proporcionó la fianza de cumplimiento núm. 722-09016-5 del

25 de julio de 2012, emitida por Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., Grupo

Financiero Aserta, por un monto de 299.8 miles pesos. De lo anterior, se concluye que

el proveedor cumplió la cláusula duodécima.

Recomendación ASC-147-12-07-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para que los

contratos de prestadores de servicios se formalicen de acuerdo con lo establecido en las

bases de adjudicación respectivas, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal.

Recomendación ASC-147-12-08-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para

garantizar que se cumpla lo establecido en las cláusulas de los contratos de los servicios

prestados respecto al visto bueno de las facturas.

18. Resultado

En la revisión del expediente del contrato núm. CG-DGA-SG-087-2012 de fecha 30 de

noviembre de 2012, derivado de un procedimiento de adjudicación directa, se obtuvo

lo siguiente:

1. Mediante la requisición de bienes y servicios núm. 57 de fecha 27 de noviembre de

2012, la Dirección General de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información

y Comunicaciones solicitó el servicio para el suministro e instalación de equipo de

cómputo y telecomunicaciones para las nuevas instalaciones de la CGDF.

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501 VOLUMEN 5/17

La requisición se encuentra firmada por la Directora General de Administración,

como quien autoriza; el Coordinador de Recursos Financieros, quien da el visto

bueno; el Director General de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información

y Comunicaciones, como el solicitante. Lo expuesto, en cumplimiento de las

actividades 1 y 2 del procedimiento “Realización de Adjudicación Directa”, del manual

administrativo de la CGDF vigente en 2012.

2. La justificación para la prestación del servicio para el suministro e instalación de

equipo de cómputo y telecomunicaciones para las nuevas instalaciones de

la CGDF fue la siguiente:

“… permitirá que la Contraloría General del Distrito Federal en sus nuevas

instalaciones brinde de manera oportuna los servicios a la ciudadanía como son, entre

otros, la Emisión de Constancias de No inhabilitación, la Consulta del Directorio de

Proveedores y Contratistas impedidos para participar en Licitaciones Públicas,

Invitaciones Restringidas a cuando menos Tres Proveedores y Adjudicaciones

Directas, la Resolución de Recursos de Inconformidad interpuestos por Proveedores

Contratistas, el Registro de Servidores Públicos Sancionados e Inhabilitados y la

Reclamación de Responsabilidad Patrimonial. Asimismo permitirá mejorar los servicios

de voz y datos y habilitará el uso de nuevas tecnologías.

”Establecer el punto de acceso de las nuevas instalaciones de la Contraloría

General del Distrito Federal a la Red Metropolitana e Internet con los niveles de

servicio necesarios para la operación…”

Dicha justificación se encuentra firmada por el Director General de Gobernabilidad

de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, como área solicitante, y por

el Contralor General del Distrito Federal, quien autoriza.

3. Se incluyeron cuatro cotizaciones, con éstas, la CGDF elaboró el cuadro comparativo

de estudio de mercado sin fecha, en el que consta el prestador de servicios a quien se

adjudicó el contrato que ofreció las mejores condiciones en cuanto a precio; sin

embargo, no cuenta con las firmas de quien elabora, revisa y autoriza.

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502 VOLUMEN 5/17

Por lo anterior, la CGDF incumplió el párrafo I del numeral 4.8.3, del apartado 4.8

“De las Cotizaciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012, que establece: “I.

Cuadro comparativo de precios ofertados por los […] prestadores del servicio,

debiendo contener como requisitos mínimos […] fecha de elaboración […] ser

validado por el servidor público que elabora, el que revisa y por el que autoriza…”.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF proporcionó el oficio

núm. CG/DGA/998/2014 de fecha 20 de mayo de 2014, mediante el cual el

Director General de Administración instruyó al Director Ejecutivo de Recursos

Materiales y Servicios Generales aplicar las medidas correspondientes a fin de

que, en lo sucesivo, el cuadro comparativo cuente con las firmas de quien elabora,

revisa y autoriza. Lo anterior ratifica la observación.

4. El contrato se formalizó el 30 de noviembre de 2012, por el Contralor General,

la Directora General de Administración, el Director General de Gobernabilidad de

Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Director Ejecutivo de Normatividad

y Consulta y el prestador del servicio, con una vigencia del 30 de noviembre al 20 de

diciembre de 2012, por un monto de 4,420.9 miles de pesos (IVA incluido), que fue

pagado mediante la CLC núm. 13 C0 01 101852 del 31 de diciembre de 2012;

lo anterior, en cumplimiento del artículo 59, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2012.

5. En el numeral 1.7 del apartado I, “Declaraciones”, se establece que el contrato

“se fundamenta en los artículos 27 inciso C), 28, 52 y 54 fracción XVII, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, previa dictaminación favorable del

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

Contraloría General, en su décima primera sesión ordinaria del 30 de noviembre

de 2012, y conforme a la Afectación presupuestaria líquida número C 13 C0 01 13979

del 16 de noviembre de 2012 emitida por la Secretaría de Finanzas, la celebración

de este contrato cuenta con suficiencia presupuestal…”.

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503 VOLUMEN 5/17

Con lo expuesto se cumplió el numeral 4.7.4, párrafo I, apartado 4.7, “De los Contratos

de Adquisiciones”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2012.

6. La cláusula primera del contrato estipula: “Objeto del contrato […] Que ‘El Prestador

del Servicio’ presente a satisfacción de ‘El G.D.F.’ servicio para el suministro e

instalación de equipo de cómputo y telecomunicaciones para las nuevas instalaciones

de la Contraloría General del Distrito Federal…”.

7. La cláusula segunda del contrato señala: “Monto del Contrato. ‘El G.D.F.’ pagará

a ‘El Prestador del Servicio’ […] el servicio objeto del presente contrato, la cantidad

de $3,811,175.81 […] más el 16% de I.V.A. $609,788.13 […] dando un total de

$4,420,963.94…”.

Con la CLC núm. 13 C0 01 101852 del 31 de diciembre de 2012 se pagó el

importe convenido en la segunda cláusula, por lo que se desprende que la CGDF

cumplió dicha cláusula.

8. La cláusula tercera establece lo siguiente:

“Forma de Pago. […] El importe del servicio […] será liquidado a ‘El prestador del

servicio’ una vez devengados los servicios y a entera satisfacción de ‘El G.D.F.’

dentro de los 20 días naturales posteriores a la fecha de autorización, aceptación

y liberación de las facturas, de conformidad con el visto bueno del Director General

de Gobernabilidad y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de cada

una de estas facturas debidamente requisitadas, las que se elaborarán de manera

desglosada a nombre de ‘El G.D.F.’[…]

”El G.D.F.’ se obliga a pagar a ‘El prestador del servicio’ el importe de las facturas

acompañadas de los reportes que amparen el pago de tales actividades, siempre

y cuando se esté cumpliendo con la prestación del servicio a satisfacción del ‘G.D.F.’…”

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504 VOLUMEN 5/17

a) En el análisis de la factura núm. 386 de fecha 11 de diciembre de 2012, se

constató que no cuenta con el visto bueno del Director General de Gobernabilidad

y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Por lo anterior, la CGDF

incumplió la cláusula tercera del contrato.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF proporcionó el oficio

núm. CG/DGA/998/2014 de fecha 20 de mayo de 2014, mediante el cual el

Director General de Administración instruyó al Director Ejecutivo de Recursos

Materiales y Servicios Generales aplicar las medidas correspondientes a fin de

que en lo sucesivo las facturas cuenten con el visto bueno correspondiente.

Lo anterior confirma la observación.

b) En el expediente del contrato núm. CG-DGA-SG-087-2012 se localizó el acta

del 20 de diciembre de 2012, en la cual se detallan los equipos que fueron

entregados, así como los equipos que fueron configurados y puestos en marcha;

asimismo, se especifica que éstos se recibieron en tiempo y forma, de conformidad

con el contrato. Dicho documento se encuentra firmado por el Coordinador de

Gestión del Servicio de la Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información

y Comunicaciones, y por el representante legal de la empresa.

Además, el expediente incluye relaciones de la entrega de los equipos, en las

que se detalla el modelo, descripción, cantidad y números de serie de los

equipos correspondientes al servicio para el suministro e instalación de equipo

de cómputo y telecomunicaciones para las nuevas instalaciones de la CGDF de

fechas 7, 14, 18, 19 y 20 de diciembre de 2012, las cuales se encuentran

firmadas por el Coordinador de Gestión del Servicio. Por lo anterior se concluye

que, la CGDF dio cumplió dicha cláusula.

9. La cláusula duodécima, indica: “El prestador del servicio’ constituye en este acto

póliza de fianza en moneda nacional, número 1560063 expedida por Afianzadora

Sofimex, S.A., institución mexicana legalmente autorizada por el Gobierno

Mexicano para tal efecto a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal,

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505 VOLUMEN 5/17

con una vigencia desde su expedición hasta el total cumplimiento del presente

contrato y hasta 30 días después de la conclusión del servicio […] por el 15% del

monto total del contrato (sin incluir I.V.A), a fin de garantizar el cumplimiento de

todas y cada una de las obligaciones contraídas…”.

En el expediente del contrato se localizó la fianza de cumplimiento núm. 1560063,

del 30 de noviembre de 2012, emitida por la Afianzadora Sofimex, S.A., por un

monto de 571.7 miles de pesos. Por lo anterior, se concluye que el proveedor se

sujetó a la cláusula duodécima.

Recomendación ASC-147-12-09-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para

garantizar que los cuadros comparativos cuenten con las firmas de quien elabora, revisa

y autoriza, de acuerdo con lo establecido en la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

En el resultado 16 del presente informe, se contempla el mecanismo para prevenir la

deficiencia de control consistente en que las facturas no cuentan con el visto bueno del

funcionario público facultado para ello, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

19. Resultado

Del mantenimiento preventivo y correctivo a servidores, routers, switches, equipos de

hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas en los centros de datos

Perisur y Zócalo, así como para el servicio de suministro e instalación de equipo de

cómputo y telecomunicaciones, se seleccionaron para su revisión física los siguientes:

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506 VOLUMEN 5/17

Inventario de Equipos Servidores

Ubicación Perisur

Equipo Marca Modelo

Servidor DELL Power EDGE 2950 Servidor DELL Power EDGE 2950 Servidor DELL Power EDGE 2950 Servidor DELL Power EDGE 2950 Servidor DELL Power EDGE 2950 Servidor HP Proliant DL 140

Ubicación Zócalo

Servidor DELL Power EDGE 2950

Inventario de Equipos de Ruteo y Switcheo (Zócalo)

Equipo Marca Modelo Número de serie Descripción

Router CISCO 3640-A JMX0723L1TF IOS 3600 Software (C3640-I-M), version 12.2 (15)T17(fc1), con 27648k/5120k bytes de memoria, CPU R4700 a 100 Mhz, 1 Ethernet/IEEE 802.3 interface, 2 FastEthernet/IEEE 802.3 interfaces, 2 Serial (sync/async) network interfaces, 123K bytes of non-volatile configuration memory, 16384K bytes of processor board system flash.

Router CISCO 3700 FTX0941A101 IOS 3745 version 12.3, processor (revisión 2.0)

With 249856K/12288K bytes of memory

R7000 CPU at 350MHz,

X.25 software, Version 3.0.0

2 FastEthernet/IEEE 802.3 interface (s)

Switch Summit Extreme 13011 0120M00857 24 puertos fastethernet, 1 puerto de fibra

Switch 3COM Super Stack 4400 73AV309606880 24 puertos fastethernet, 10/100full,1 puerto de fibra 1000full

Switch DLink DES-3828 DQHV158000037 24 puertos ethernet, 100full, 2 puertos tipo SFP para conexiones Gigabit en fibra óptica

Switch 3COM Super Stack 4400 L3AV4XD2FD1A0 24 puertos ethernet, 100full, 1 puerto de fibra 1000full

Inventario de Equipos para Hospedaje de Servicios de Red (Perisur)

Equipo Marca Modelo

Storage Area Network (SAN)

5. Chasis

Enclosure

N/S=SNU752120000BA6

N/S=SNU75212000089C

N/S=SNU75212000098D

32 discos duros

Equallogic

PS3900XV

Sistema de servidores

6 Blades, N/I=I180000116-17

Monitor y teclado N/S=97075JA016757

Chasis, y equipos de comunicación interno

O 2 Switches

Equipos de comunicación externo

O 1 Switche Nortel Network Modelo:BS5520-48T-PWR

IBM

HS21

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507 VOLUMEN 5/17

Inventario Torres y Radios de Microondas

Ubicación Zócalo

Equipo Marca Modelo Ancho de banda mbps fullduplex

Torre AT45

Radio punta A Proxim GX-32 13.5 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Ubiquiti Power Station 5 13 Radio punta A Ubiquiti Power Station 5 13 Radio punta A Ubiquiti Power Station 5 13 Radio punta A Ubiquiti Power Station 5 13 Radio punta A Ubiquiti NanobrigeM 20 Radio punta A Ubiquiti NanobrigeM 20 Radio punta B Ubiquiti Rocket M 25 M

Ubicación Perisur

Torre AT45

Radio punta B Proxim GX-32 13.5 Radio punta B Ubiquiti Rocket M 25M Radio punta B Proxim GX-32 13.5 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta A Proxim 5054 Estación Base 54 Radio punta B

Reubicar Proxim GX-32 13.5

Radio punta B Reubicar

Proxim GX-32 13.5

Radio punta A Proxim QB60II 25

Equipos Entregables

Cantidad Características

1 Switch Core

9 Switch distribución

2 Router/Firewall

1 Servidor tipo raqueable

1 Enlace PTP de frecuencia libre

Configuración de Equipos y Puesta en Marcha

Cantidad Equipo/Marca Modelo Puertos

FastEthernet

Puertos

de fibra

PoE (Power Over Ethernet)

10 Switch 3 Com 4400 24 2 No

7 Switch 3 Com 5500 24 4 Sí

2 Switch 3 Com 5500 48 4 Sí

1 Switch 3 Com 3000 12 - No

1 Switch 3 Com 4900 - 12 No

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508 VOLUMEN 5/17

En la verificación física realizada el 14 de marzo de 2014, se levantaron minutas de inspección

física, en las cuales se incluyó un cuestionario de control interno aplicado al personal encargado

de los centros de datos Perisur y Zócalo, y en el centro de cómputo de la CGDF.

Como resultado de la aplicación del cuestionario y de la inspección física, se constató que

los equipos entregables no fueron identificados con los números de inventario del Catálogo de

Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios del Distrito Federal (CABMSDF); al respecto,

el personal encargado de los equipos contestó lo siguiente: “La Dirección Ejecutiva de

Recursos Materiales e Informática cuenta con el registro de los equipos y con los números

de inventario correspondientes”.

De conformidad con lo anterior, se determinó que, a la fecha de la verificación física, los

equipos no se encontraban identificados con la clave CABMSDF, por lo que la CGDF no

observó lo dispuesto en el CABMSDF publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

25 de febrero de 2011, vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“El CABMSDF, se divide en Catálogo de Bienes Consumibles y Catálogo de bienes

Instrumentales y es el documento que relaciona y clasifica a través de claves únicas, los

bienes y servicios que se adquieren o contratan por la Administración Pública del Distrito

Federal.

”Que con objeto de que al momento en que se realice la adquisición de bienes muebles,

se les asigne a los mismos la clave correspondiente, misma que servirá para que las áreas de

adquisiciones, almacenes e inventarios, lleven a cabo el control y registro homogéneo, el cual

permitirá contar con la información básica para el seguimiento contable y administrativo de los

bienes.”

También incumplió los numerales 6.1.16 y 6.3.1.1 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2012. El numeral 6.1.16 establece: “Las DGA serán

responsables de solicitar a la DAI la asignación de claves CABMSDF para aquellos bienes

(consumibles o instrumentales), que no se encuentren con una clave específica en el catálogo

respectivo”; y el numeral 6.3.1.1 indica lo siguiente:

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509 VOLUMEN 5/17

“La DGA a través del área de almacenes e inventarios, verificará y supervisará que se

realice el registro y control de los bienes instrumentales que ingresen a sus respectivas

áreas, a través de la asignación de un número de inventario, mismo que se conforma con

los siguientes datos: […] II.- La clave CAMBSDF (10 caracteres) y III.- Número progresivo

que se determine (6 dígitos).

”La identificación física de los bienes instrumentales, se realizará mediante una placa

o etiqueta que contendrá las siglas GDF, denominación o siglas del […] Órgano

Desconcentrado […] o clave ejecutora del gasto, clave según CABMSDF y número progresivo

que se asigne […] La aplicación del número de inventario es único y permanente para cada

uno de los bienes instrumentales…”

En lo que respecta a la verificación física realizada el 14 de marzo de 2014 por la CMHALDF,

se constató que el mantenimiento preventivo y correctivo a servidores, routers, switches,

equipos de hospedaje de servicios de red, torres y radios de microondas, y la instalación

de equipo de cómputo y telecomunicaciones, se realizaron de conformidad con lo establecido

en los anexos técnicos de los contratos.

En la reunión de confronta, la DGA en la CGDF proporcionó el oficio núm. CG/DGA/999/2014

del 20 de mayo de 2014, mediante el cual el Director General de Administración instruyó

al Director Ejecutivo de Recursos Materiales y Servicios Generales aplicar las medidas

correspondientes para que los bienes se encuentren identificados, de conformidad con el

CABMSDF; sin embargo, no proporcionó evidencia documental que modifique el presente

resultado.

Recomendación ASC-147-12-10-CGDF

Es necesario que la Contraloría General del Distrito Federal realice acciones para verificar

que a los equipos y sistemas que se adquieran con cargo a la partida 3531 “Instalación,

Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” les

sean asignadas las claves correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el Catálogo

de Adquisiciones, Bienes Muebles y Servicios del Distrito Federal y la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

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510 VOLUMEN 5/17

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en la fecha de las

adquisiciones.

Partida 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación Laboral”

20. Resultado

En 2012, la CGDF ejerció, por medio de 32 CLC, en la partida 3982 “Otros Impuestos

Derivados de una Relación Laboral” un importe de 7,356.1 miles de pesos, que representó

el 11.6% del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (63,185.1 miles de pesos).

Para la revisión de esta partida, se seleccionó una muestra de dos CLC, por un importe

total de 7,002.9 miles de pesos, que representó el 95.2% de lo ejercido en la partida

(7,356.1 miles de pesos), dichas CLC fueron las siguientes:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada

Número Fecha Monto Beneficiario Concepto

13 C0 01 100001 3/I/12 2,449.3 Contraloría General del Distrito Federal

2da. parte de aguinaldos activos, 2011

31 C0 00 101603 3/XII/12 4,553.6

Contraloría General del Distrito Federal

1a.parte de aguinaldos activos, 2012

Total 7,002.9

Se verificó que las dos CLC están soportadas con la documentación justificativa

y comprobatoria, la cual consiste en el “Resumen de Nómina Aguinaldos Activos Aguinaldo

Segunda Parte 2011”, así como el oficio mediante el cual el Coordinación de Recursos remitió

a la Coordinación de Recursos Financieros la nómina del personal de estructura y técnico

operativo, a efecto de que se realizara el depósito bancario o se elaboraran los cheques

correspondientes; por lo que se concluye que la CGDF se sujetó al artículo 69, fracción III,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012.

Además, se constató que dichas CLC son impresiones del GRP-SAP y fueron elaboradas,

autorizadas, solicitadas y registradas por los servidores públicos facultados para ello, y

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511 VOLUMEN 5/17

que éstos se encontraban incluidos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos de Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar el Registro de

las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-

Presupuestarías, Presupuesto Comprometido, Flujo de Efectivo y Analítico de Claves, de

conformidad con lo establecido en la Sección Primera, Apartado A, numerales 13 y 14, del

Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Mediante el oficio núm. CG/DGA-OM/659/2014 de fecha 26 de marzo de 2014, la DGA en

la CGDF solicitó a la Subdirección de Control Fiscal y Autorización de Pagos a Terceros

de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM la documentación

que soporta el entero realizado a la Tesorería de la Federación por el Impuesto sobre la

Renta, así como las CLC de operaciones ajenas y el recibo de entero.

En respuesta, la Dirección de Control de Obligaciones Fiscales, mediante el oficio

núm. DCOF/0018/2014 del 3 de abril de 2014, proporcionó a la DGA en la CGDF el entero

a la Tesorería de la Federación del ISR correspondiente a la primera y segunda parte del

aguinaldo de 2012. Por lo anterior, se concluye que la CGDF se sujetó al artículo

69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Gasto Pagado

21. Resultado

Con la finalidad de verificar el gasto que refleja la cancelación total o parcial de las

obligaciones de pago, concretadas mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro

medio de pago por los servicios recibidos por la CGDF, se revisó la evidencia documental

del desembolso de recursos consistente en: partida 3171 “Servicios de Acceso a Internet,

Redes y Procesamiento de Información”, 7 facturas; partida 3311 “Servicios Legales, de

Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, 44 facturas y 29 recibos de honorarios; partida

3531 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnologías de

la Información”, 6 facturas; y partida 3982 “Otros Impuestos Derivados de una Relación

Laboral”, el “Resumen de Nómina Aguinaldos Activos Segunda Parte 2011”.

Page 512: Auditoría Superior de la Ciudad de México - I R C P DEL G D F E … · 2014. 11. 4. · 6 Coordinadores, 8 Directores, 15 Subdirectores, 17 Jefes de Unidad Departamental y 20 Líderes

512 VOLUMEN 5/17

De lo anterior, se concluye que la CGDF tramitó ante la SEFIN la obtención de recursos

económicos para el pago, mediante cheque nominativo y transferencias electrónicas a los

prestadores de servicios. Con lo anterior la CGDF se sujetó al artículo 69, fracción III, de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que establece:

“Las Dependencias […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos que autoricen

con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos

[…]

”Fracción III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos

originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen

la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la

entrega de las sumas de dinero correspondientes.”

Además, se emitieron oficios de solicitud de información a seis prestadores de servicios

para que proporcionaran información sobre las operaciones realizadas con la CGDF por el

período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012. En respuesta, los seis prestadores

enviaron información (facturas, contratos y listado de pagos); en su análisis, se constató

que dicha información corresponde a la proporcionada por el sujeto fiscalizado.