auditorÍa regular empresas pÚblicas de medellÍn e.s.p

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AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. VIGENCIA 2019 CONTRALORÍA GENERAL DE MEDELLÍN MEDELLIN, 9 DE OCTUBRE DE 2020

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AUDITORÍA REGULAR

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.

VIGENCIA 2019

CONTRALORÍA GENERAL DE MEDELLÍN

MEDELLIN, 9 DE OCTUBRE DE 2020

Page 2: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

DIANA CAROLINA TORRES GARCÍA Contralora General de Medellín

ALINA MARCELA RESTREPO RODRÍGUEZ Subcontralora

CARLOS MARIO ESCOBAR FRANCO Contralor Auxiliar de Auditoría Fiscal EPM1 Asuntos Administrativos

Coordinador de Auditoría Regular

GERMÁN BUILES ZULUAGA Contralor Auxiliar de Auditoría Fiscal EPM 2 Energía

CARLOS ALBERTO CORREA ZAPATA

Contralor Auxiliar de Auditoría Fiscal EPM 3 Aguas y Saneamiento Básico

MARTHA ISABEL NUPAN MOSQUERA Contralor Auxiliar Auditoría Fiscal Ambiental

HORACIO AUGUSTO MORENO CORREA

Líder de Proyectos Subcontraloría

WILLIAM GONZALO SÁNCHEZ CEBALLOS

Profesional Universitario 2 (Abogado) Subcontraloría

FRANCISCO FLAVIO SIERRA CATAÑO Profesional Especializado

GERARDO ANÍBAL SERNA GÓMEZ

Profesional Especializado (E)

DARY CECILIA ÁLVAREZ PANIAGUA Profesional Universitario P2 (E)

Page 3: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

OSCAR JOSÉ FRANCO ECHAVARRÍA Profesional Universitario P2 (E)

RAÚL BERNARDO MESA RESTREPO

Profesional Universitario P2 (E)

LUIS ALFONSO REYES VALENCIA Profesional Universitario P1

MARTHA CECILIA MUÑOZ HOLGUÍN

Profesional Universitario P1 (E)

JOSÉ VIDAL PÉREZ MORALES Técnico Operativo

ORLANDO MURILLO GÓMEZ

Técnico Operativo

ANA DELIA MARTÍNEZ HURTADO Secretaria

CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA FISCAL EPM 1 ASUNTOS

ADMINISTRATIVOS

OLGA NELLY CARO VÉLEZ Profesional Especializado

GLORIA ESTELLA ZULUAGA RAMÍREZ

Profesional Universitario P2

JUAN DAVID GIRALDO RODRÍGUEZ Profesional Universitario P2

ELKIN DE JESÚS GÓMEZ GÓMEZ

Profesional Universitario P2 (E)

JOHN FREDY PELÁEZ CORREA Profesional Universitario P2

Page 4: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

JAIRO ALONSO RAMÍREZ ZULUAGA Profesional Universitario P2

NELSON DE JESÚS ARANGO BETANCUR

Técnico Operativo

LUZ STELLA GUTIÉRREZ Técnico Operativo

CRISTINA MARÍA URREGO VARGAS

Técnico Operativo

HÉCTOR DIEGO AGUDELO GONZÁLEZ Técnico Operativo

SANDRA YANETH CIFUENTES QUINTERO

Secretaria

CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA FISCAL EPM 2 ENERGÍA

BERNARDO DE JESÚS CAÑOLA GARCÍA Profesional Especializado

OLGA CECILIA RUIZ PIEDRAHITA

Profesional Universitario P2

IRMA LEONOR PÉREZ TEJADA Técnico Operativo

YENNY MARCELA POSADA CORTÉS

Técnico Operativo

GLORIA ELENA HINCAPIÉ LÓPEZ Secretaria

CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA FISCAL EPM 3 AGUAS Y

SANEAMIENTO BÁSICO

Page 5: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

ARMANDO DÍAZ OJEDA Profesional Universitario P1

ALONSO DE JESÚS CANO DIOSA

Profesional Universitario P1

JOSÉ UBALDO ZULUAGA PINEDA Técnico Operativo

JORGE WILMAR VÁSQUEZ MONSALVE

Técnico Operativo

IRMA CELINA TANGARIFE MEJÍA Secretaria

CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA FISCAL AMBIENTAL

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

1. DICTAMEN INTEGRAL ................................................................................ 19

1.1 FENECIMIENTO DE LA CUENTA ................................................................ 20

1.1.1 Control de Resultados .................................................................................. 21

1.1.2 Control de Gestión ........................................................................................ 22

1.1.3 Control Financiero y Presupuestal ................................................................ 22

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA .............................................................. 24

2.1 CONTROL DE RESULTADOS ..................................................................... 24

2.1.1 Cumplimiento de Objetivos Estratégicos: ..................................................... 25

2.1.2 Planes, Programas y Proyectos/Procesos: ................................................... 44

2.2 CONTROL DE GESTIÓN ........................................................................... 151

2.2.1 Gestión Contractual .................................................................................... 152

2.2.2 Revisión de la Cuenta ................................................................................. 223

2.2.3 Legalidad .................................................................................................... 228

2.2.4 Gestión Ambiental ....................................................................................... 243

2.2.5 Plan de Mejoramiento Único ...................................................................... 270

2.2.6 Control Fiscal Interno .................................................................................. 300

2.3 CONTROL FINANCIERO ........................................................................... 151

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2.3.1 Estados Financieros ................................................................................... 305

2.3.2 Gestión Presupuestal .................................................................................. 306

2.3.3 Gestión Financiera ...................................................................................... 307

3. CONSOLIDADO DE HALLAZGOS ............................................................. 309

ANEXOS ............................................................................................................. 310

Anexo A. Selectividad de contratos evaluados vigencia 2019. ........................... 311

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LISTA DE CUADROS

Pág.

Cuadro 1. Matriz de evaluación de la gestión fiscal. ............................................. 21

Cuadro 2. Evaluación componente control de resultados. .................................... 22

Cuadro 3. Evaluación componente control de gestión. ......................................... 22

Cuadro 4. Evaluación componente control financiero. .......................................... 23

Cuadro 5. Calificación factor cumplimiento de objetivos estratégicos EPM 2019. 25

Cuadro 6. Relación cuantitativa: perspectiva – objetivos – indicadores EPM 2019.

.............................................................................................................................. 26

Cuadro 7. Resultados indicadores perspectiva generación de valor. .................... 27

Cuadro 8. Evolución variables financieras EPM 2015 – 2019. .............................. 28

Cuadro 9. Resultados indicadores perspectiva clientes y mercados. .................... 29

Cuadro 10. Clientes–usuarios (activos, cortados y suspendidos). ........................ 33

Cuadro 11. Clientes–usuarios (activos). ................................................................ 34

Cuadro 12. Resultados indicadores perspectiva Operaciones. ............................. 38

Cuadro 13. Resultados indicadores perspectiva Aprendizaje y Desarrollo. .......... 43

Cuadro 14. Calificación factor planes, programas y proyectos consolidado EPM

matriz. ................................................................................................................... 44

Cuadro 15. Resultados por Vicepresidencia Ejecutiva de EPM matriz. ................ 44

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Cuadro 16. Calificación planes, programas y proyectos VPE Proyectos e Ingeniería.

.............................................................................................................................. 45

Cuadro 17. Ejecución presupuesto proyecto Reposición de Equipos de la Cámara

de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé.. .......................................... 53

Cuadro 18. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Reposición de Equipos

de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé. ..................... 53

Cuadro 19. Capex proyecto Actualización Presa Miraflores. ................................ 56

Cuadro 20. Ejecución presupuesto proyecto Actualización Presa Miraflores. ...... 62

Cuadro 21. Eficiencia y eficacia en la ejecución del proyecto Actualización Presa

Miraflores............................................................................................................... 62

Cuadro 22. Indicadores Financieros del proyecto Ampliación Subestación Urabá.

.............................................................................................................................. 65

Cuadro 23. Riesgos y controles identificados al proyecto Ampliación SE Urabá. . 66

Cuadro 24. Inversiones por año a valores corrientes proyecto Ampliación SE Urabá.

.............................................................................................................................. 67

Cuadro 25. Ejecución metas físicas y presupuestales período de ejecución del

proyecto Ampliación SE Urabá. ............................................................................. 68

Cuadro 26. Resultados evaluación financiera S/E Santa Fe de Antioquia con y sin

compra de lote colindante. .................................................................................... 71

Cuadro 27. Hitos Proyecto Subestación Santa Fe de Antioquia 2019. ................. 72

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Cuadro 28. Ejecución presupuestal detallada 2019. ............................................. 72

Cuadro 29. Cumplimiento de metas físicas y presupuestales a diciembre 31 de

2019. ..................................................................................................................... 78

Cuadro 30. Cumplimiento de metas - proyecto Reposición Subestaciones Móviles.

.............................................................................................................................. 83

Cuadro 31. Ejecución física vs Ejecución presupuestal-Proyecto Electrificación

Rural III y IV. .......................................................................................................... 85

Cuadro 32. Ejecución física Vs Ejecución presupuestal Proyecto Modernización

Minicentral La Ayurá. ............................................................................................. 87

Cuadro 33. Ejecución presupuestal proyecto Cadena Occidente.. ....................... 94

Cuadro 34. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Cadena Occidente..

.............................................................................................................................. 94

Cuadro 35. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Cadena de Occidente.

.............................................................................................................................. 95

Cuadro 36. Ejecución presupuestal proyecto Cuencas La Iguana y La García. .

............................................................................................................................ 101

Cuadro 37. Ejecución contratos evaluados del proyecto, a diciembre de 2019. .

............................................................................................................................ 102

Cuadro 38. Ejecución contratos del proyecto a diciembre de 2019. Evaluados por el

equipo auditor ...................................................................................................... 102

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Cuadro 39. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Cuencas La Iguaná-La

García. ................................................................................................................ 102

Cuadro 40. Ejecución presupuesto proyecto Modernización Sistema Captación El

Buey – Piedras – Pantanillo. . ............................................................................ 108

Cuadro 41. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Modernización

Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo. . ......................................... 109

Cuadro 42. Eficiencia y Eficacia ejecución Proyecto Modernización el Buey Piedras

– Pantanillo. ......................................................................................................... 109

Cuadro 43. Ejecución presupuesto proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto

y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9.. ................................................. 115

Cuadro 44. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Desarrollo Plan

Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9.. ............ 115

Cuadro 45. Eficiencia y eficacia en la ejecución del proyecto Plan Maestro Caldas.

............................................................................................................................ 116

Cuadro 46. Ejecución presupuesto proyecto Valle de San Nicolás. . ................. 122

Cuadro 47. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Valle de San Nicolás.

. ........................................................................................................................... 123

Cuadro 48. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Valle de San Nicolás.

. ........................................................................................................................... 123

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Cuadro 49. Calificación planes, programas y proyectos VPE Gestión de Negocios.

............................................................................................................................ 125

Cuadro 50. Cumplimiento de planes y proyectos VPE Gestión de Negocios. ..... 126

Cuadro 51. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Conexión Clientes Gas a

diciembre 31 de 2019. ......................................................................................... 127

Cuadro 52. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura

Valle de Aburrá diciembre 31 de 2019. ............................................................... 128

Cuadro 53. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura

Región Antioquia diciembre 31 de 2019. ............................................................. 129

Cuadro 54. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura

Urabá a diciembre 31 de 2019. ........................................................................... 129

Cuadro 55. Porcentajes máximos permitidos sin facturación electrónica. ........... 133

Cuadro 56. Presupuesto asignado Vs. Presupuesto ejecutado 2019.. ............... 134

Cuadro 57. Cronograma de ejecución 2019-2021. .............................................. 135

Cuadro 58. Matriz de Evaluación de Gestión Fiscal - EPM 2019. ....................... 138

Cuadro 59. Cumplimento de Hitos programa Nuevos Negocios 2025 – Financiación

EPM. ................................................................................................................... 141

Cuadro 60. Cumplimiento de metas físicas y presupuestales programa Nuevos

Negocios 2025 – Financiación a 31 de diciembre de 2019. ................................ 141

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Cuadro 61. Calificación consolidada factor planes, programas y proyectos

Vicepresidencia Ejecutiva Estrategia y Crecimiento EPM 2019. ......................... 143

Cuadro 62. Metas Físicas o Hitos Movilidad Eléctrica 2019. ............................... 145

Cuadro 63. Matriz de Evaluación de Gestión Fiscal. ........................................... 147

Cuadro 64. Calificación Consolidada factor planes, programas y proyectos/procesos

Áreas Corporativas de soporte EPM 2019. ......................................................... 150

Cuadro 65. Resultados por unidad de negocio planes, programas y

proyectos/procesos áreas corporativas de soporte EPM 2018. .......................... 150

Cuadro 66. Calificación Componente Control de Gestión EPM vigencia 2019. .. 151

Cuadro 67. Calificación Factor Gestión Contractual. ........................................... 153

Cuadro 68. Mayor costo por concepto de prima en las pólizas contractuales. .... 155

Cuadro 69. Mayor costo por concepto de gastos de administración. ................. 162

Cuadro 70. Mayor costo por concepto de gastos de administración. ................. 164

Cuadro 71. Valores pagados previos al contrato. ............................................... 170

Cuadro 72. Valores pagados previos al contrato. ................................................ 172

Cuadro 73. Mayor costo por concepto de impuestos de Ley. ............................. 173

Cuadro 74. Retención de Impuesto de Industria y Comercio (ICA). .................... 177

Cuadro 75. Deducciones mal realizadas en los comprobantes de pago. ............ 180

Cuadro 76. Error en el concepto de facturación y mayor pago efectuado. .......... 188

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Cuadro 77. Reiteración Solicitud de Información Factor Multiplicador CT-2014-

000364-A1. .......................................................................................................... 202

Cuadro 78. Facturas ítems Puja 2 CW31419. .................................................... 217

Cuadro 79. TRM fecha orden de compra facturas FV145007 y FV145009. ........ 217

Cuadro 80. Mayor valor pagado facturas FV145007 y FV145009....................... 218

Cuadro 81. Detalle de facturas contrato CT-I-2012-000023-R1. ......................... 221

Cuadro 82. Calificación Factor Revisión de la Cuenta EPM 2019. ..................... 223

Cuadro 83. Contratos auditados por la CAAF EPM2 con inconsistencias en la

información. ......................................................................................................... 225

Cuadro 84. Calificación Factor Legalidad. ........................................................... 229

Cuadro 85. Calificación Legalidad Financiera. .................................................... 229

Cuadro 86. Calificación Legalidad de Gestión. .................................................... 231

Cuadro 87. Aportes en salud, pensiones y en parafiscales. ................................ 235

Cuadro 88. No pago de la seguridad social bajo los términos de Ley, contrato

CW41099. ........................................................................................................... 241

Cuadro 89. Calificación Factor Gestión Ambiental 2019 EPM. ........................... 244

Cuadro 90. Calificación factor plan de mejoramiento único, vigencia 2019. ....... 271

Cuadro 91. Hallazgos con fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019,

cerrados. ............................................................................................................. 272

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Cuadro 92. Hallazgos con fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019,

cerrados. ............................................................................................................. 293

Cuadro 93. Hallazgos abiertos, con fecha posterior al 31 de diciembre de 2019.299

Cuadro 94. Calificación Factor Control Fiscal Interno Consolidado. ................... 301

Cuadro 95. Calificación Factor Control Fiscal Interno: Procedimiento Venta de

Aprovechamiento. ............................................................................................... 302

Cuadro 96. Calificación Factor Control Fiscal Interno - Gestión Abastecimiento

Consolidado. ....................................................................................................... 304

Cuadro 97. Calificación estados financieros 2019. ............................................. 306

Cuadro 98. Calificación gestión presupuestal 2019. .......................................... 306

Cuadro 99. Criterios de calificación de la gestión presupuestal 2019. ............... 307

Cuadro 100. Calificación gestión financiera. ....................................................... 307

Cuadro 101. Calificación indicadores gestión financiera EPM 2019 ................... 308

Cuadro 102. Consolidado de hallazgos Auditoría Regular EPM-Vigencia 2019. 309

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LISTA DE GRÁFICOS

Pág.

Gráfica 1. Avance Físico - Curva S. proyecto Reposición de Equipos de la Cámara

de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé. ........................................... 52

Gráfica 2. Ejecución presupuestal a diciembre de 2019 – proyecto Reposición de

Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé. ....... 52

Gráfica 3. Avance Físico - Curva S. Proyecto Actualización Presa Miraflores ...... 60

Gráfica 4. Ejecución presupuestal a diciembre de 2019 – proyecto Actualización

Presa Miraflores .................................................................................................... 61

Gráfica 5.Curva S avance físico proyecto Ampliación SE Urabá .......................... 67

Gráfica 6.Curva S avance presupuestal proyecto Ampliación SE Urabá .............. 68

Gráfica 7.Curva S avance meta física proyecto S/E Santa Fe de Antioquia. ........ 77

Gráfica 8. Curva S avance meta presupuestal proyecto S/E Santa Fe de Antioquia.

.............................................................................................................................. 77

Gráfica 9. Curva S avance físico proyecto Reposición Subestaciones Móviles .... 81

Gráfica 10. Curva S avance presupuestal proyecto Reposición Subestaciones

Móviles. ................................................................................................................. 82

Gráfica 11. Electrificación Rural etapa III y IV. Avance físico del proyecto. .......... 84

Gráfica 12. Electrificación Rural etapa III y IV. Ejecución presupuestal acumulada.

.............................................................................................................................. 85

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

Gráfica 13. Avance físico del proyecto Modernización Minicentral La Ayurá. ....... 86

Gráfica 14. Modernización Minicentral La Ayurá. Ejecución presupuestal del

proyecto................................................................................................................. 87

Gráfica 15. Avance Físico - Curva S. proyecto Cadena Occidente. ...................... 90

Gráfica 16. Avance costo total a diciembre de 2019 – proyecto Cadena Occidente.

.............................................................................................................................. 91

Gráfica 17. Avance físico Curva S Proyecto Cuencas La Iguaná y La García. ..... 99

Gráfica 18. Avance Costo Total a diciembre de 2019 proyecto cuencas la Iguaná y

la García. ............................................................................................................... 99

Gráfica 19. Avance Físico - Curva S. proyecto Modernización Sistema Captación El

Buey – Piedras – Pantanillo. ............................................................................... 107

Gráfica 20. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Modernización

Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo. ............................................ 107

Gráfica 21. Avance Físico - Curva S. proyecto Desarrollo Plan Maestro de

Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9. ................................ 113

Gráfica 22. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Desarrollo Plan

Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9. ............. 114

Gráfica 23. Avance Físico - Curva S. proyecto Valle de San Nicolás. ................. 119

Gráfica 24. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Valle de San

Nicolás………………………………………………………………………….. .......... 120

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Gráfica 25. Avance físico programa Nuevos Negocios 2025 – Financiación a

diciembre de 2019. .............................................................................................. 142

Gráfica 26. Registro en el JD Edwards del pago de impuesto de guerra contrato

CW21737. ........................................................................................................... 184

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1. DICTAMEN INTEGRAL

Medellín, 9 de octubre de 2020 Doctor ÁLVARO GUILLERMO RENDÓN LÓPEZ Gerente Empresas Públicas de Medellín E.S.P.

Medellín Asunto: Dictamen Integral Auditoría Regular Vigencia 2019 - Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM. La Contraloría General de Medellín, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política, las Leyes 42 de 1993, 610 de 2000 y 1474 de 2011 y la Resolución 258 de 2012 por medio de la cual se adopta la Guía de Auditoría Territorial-GAT, y Resoluciones 170 de 2017 y 079 de 2019 por medio de las cuales se expide la revisión de la cuenta e informes, se practicó Auditoría Regular a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. vigencia 2019, a través de la evaluación de los principios de Economía, Eficiencia, Eficacia y Valoración de los Costos Ambientales mediante la aplicación de los Sistemas de Control Fiscal Financiero, Legalidad, Gestión y Resultados, y Evaluación del Sistema del Control Fiscal Interno; con el propósito de Conceptuar sobre la Gestión y Resultados y expresar una opinión sobre los Estados Financieros, para finalmente dictaminar en forma integral la Gestión Fiscal y emitir el pronunciamiento sobre el fenecimiento o no de la cuenta. La Entidad es responsable de entregar información oportuna, íntegra, fidedigna, confiable y definitiva, a la Contraloría General de Medellín y equipo auditor, durante el proceso de auditoría, quien a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe integral que contenga el concepto sobre la Gestión Fiscal adelantada por la Empresas Públicas de Medellín E.S.P., que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a las disposiciones legales, y la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros El informe describe los resultados de los componentes Control de Resultados, Control de Gestión y Control Financiero y sus factores evaluados, con las

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respectivas observaciones administrativos detectadas, los cuales deben ser corregidos por la Empresas Públicas de Medellín E.S.P., de forma tal, que contribuyan a su mejoramiento continuo y por consiguiente a la eficiente y efectiva producción y/o prestación de bienes y/o servicios en beneficio de la ciudadanía, fin último del control fiscal. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría General de Medellín, compatibles con las de general aceptación; por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el informe integral. El control incluyó examen sobre la base de pruebas selectivas, evidencias y documentos que soportan la gestión de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., las cifras y presentación de los Estados Financieros y el cumplimiento de las disposiciones legales. 1.1 FENECIMIENTO DE LA CUENTA Con base en la calificación total de 93,1 puntos, sobre la Evaluación de la Gestión Fiscal, la Contraloría General de Medellín fenece la cuenta de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. por la vigencia fiscal correspondiente al año 2019, salvo las operaciones relacionadas con los contratos números: C-2017-000694, CT-2014-000364-A1, CW26012, CW48233, CW48741, CT-2018-00094, CW45049, CW45041, CW31419, CW41099 y CT-2018-001381, que dieron lugar a hallazgos administrativos con presunta incidencia fiscal, las cuales se incluyen en el presente informe con los números: 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 21, 23, 27, 34 y 39, valoradas en $2.392.704.033. 1.2 PLAN DE MEJORAMIENTO La Entidad debe actualizar el correspondiente Plan de Mejoramiento Único con las acciones correctivas o preventivas que adelantará, para subsanar y corregir las causas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de Medellín, como resultado de las Evaluaciones de los Componentes Control de Gestión y Resultados con el fin de dar cumplimiento a las normas y los principios

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de economía, eficiencia, eficacia, equidad y/o mitigar el impacto ambiental de la gestión fiscal. Es de anotar que las acciones correctivas o preventivas de la Evaluación del Componente Control Financiero ya fueron reportadas por su entidad en el Plan de Mejoramiento Único. El Ente Auditado tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, para realizar un plan de mejoramiento único, que se actualizará con ocasión de nuevos informes de auditoría, contados a partir de la recepción del informe definitivo de auditoría. Éste plan actualizado debe ser subido al Módulo Anexos Adicionales del aplicativo “Gestión Transparente”. Cuadro 1. Matriz de evaluación de la gestión fiscal.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró Equipo auditor.

Los fundamentos de este pronunciamiento se presentan a continuación: 1.1.1 Control de Resultados. Como resultado de la auditoría adelantada, la Contraloría General de Medellín conceptúa que el control de resultados es favorable, como consecuencia de la calificación de 90,9 puntos, resultante de ponderar el factor que se relaciona a continuación:

ComponenteCalificación

ParcialPonderación Calificación Total

1. Control de Resultados 90,9 0,30 27,3

2. Control de Gestión 96,9 0,50 48,5

3. Control Financiero 87,0 0,20 17,4

Calificación total 1,00 93,1Fenecimiento

Concepto de la Gestión Fiscal

Rango

80 o más puntos

Menos de 80 puntos

Rango

80 o más puntos

Menos de 80 puntos

2019

MATRIZ DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN FISCAL

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

DESFAVORABLE

FENECE

FAVORABLE

RANGOS DE CALIFICACIÓN PARA EL FENECIMIENTO

Concepto

FENECE

NO FENECE

RANGO DE CALIFICACIÓN PARA EL CONCEPTO DE LA GESTIÓN FISCAL

Concepto

FAVORABLE

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Cuadro 2. Evaluación componente control de resultados.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró Equipo auditor.

1.1.2 Control de Gestión. Como resultado de la auditoría adelantada, la Contraloría General de Medellín, conceptúa que el control de gestión en el manejo y administración de los recursos públicos, es Favorable, como consecuencia de la calificación de 96,9 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación: Cuadro 3. Evaluación componente control de gestión.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró Equipo auditor.

1.1.3 Control Financiero y Presupuestal. Como resultado de la auditoría adelantada, la Contraloría General de Medellín conceptúa que el Control Financiero es Favorable y la Gestión Presupuestal es Favorable, como consecuencia de la calificación de 87 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

Factores Mínimos Calificación Parcial PonderaciónCalificación

Total

1. Cumplimiento Objetivos Estratégicos 98,1 0,50 49,0

2. Cumplimiento de Planes, Programas y Proyectos 83,7 0,50 41,8

Calificación total 1,00 90,9

Concepto de Gestión de Resultados

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

2019

Favorable

CONTROL DE RESULTADOS

Factores Calificación Parcial PonderaciónCalificación

Total

1. Gestión Contractual 99,0 0,60 59,4

2. Revisión de la Cuenta 99,4 0,05 5,0

3. Legalidad 97,1 0,05 4,9

4. Gestión Ambiental 79,4 0,05 4,0

5. Plan de Mejoramiento 96,7 0,10 9,7

6. Control Fiscal Interno 93,6 0,15 14,0

1,00 96,9

Concepto de Gestión

CONTROL DE GESTIÓN

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

2019

Calificación total

Favorable

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Cuadro 4. Evaluación componente control financiero.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró Equipo auditor.

Opinión sobre los Estados Financieros: en nuestra opinión, los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. a 31 de diciembre de 2019, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios y normas prescritas por las autoridades competentes a nivel internacional, en armonía con los principios de contabilidad universalmente aceptados en Colombia y/o por las normas prescritas por el Contador General de la Nación. Párrafo de énfasis Tal como se infiere del análisis de las revelaciones a los estados financieros separados 2019-2018, la contingencia presentada el 28 de abril de 2018 y los hechos posteriores ocurridos en el proyecto Hidroituango, seguirán afectando su situación financiera y los resultados, repercutiendo en especial en el grupo de propiedades, planta y equipo, los ingresos, costos y gastos conexos, generando incertidumbre relacionada con los efectos significativos sobre la rentabilidad, viabilidad financiera y la entrada en operación del proyecto. La situación descrita continúa en evaluación y observación, por parte de la empresa y los entes de control y vigilancia, por lo cual a la fecha de nuestra opinión no se conocen en su totalidad los impactos financieros de la contingencia derivados de los efectos ambientales, multas y sanciones, deterioro, desmantelamiento, costos y gastos relacionados con la misma, por lo tanto los estados financieros separados, aún no reflejan todos los efectos derivados de esta contingencia.

Factores minimos Calificación Parcial PonderaciónCalificación

Total

1. Estados Financieros 100,0 0,30 30,0

2. Gestión Presupuestal 84,0 0,10 8,4

3. Gestión Financiera 81,0 0,60 48,6

Calificación total 1,00 87,0Concepto Componente Control Financiero Favorable

COMPONENTE CONTROL FINANCIERO

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

2019

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2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

En este capítulo se registran los resultados obtenidos para cada uno de los factores evaluados y se emite un Concepto, sobre el componente evaluado. Además, se describe el resultado sobre la evaluación de los Principios de la Gestión Fiscal.

2.1 CONTROL DE RESULTADOS

En este componente se conceptúa en qué medida Empresas Públicas de Medellín E.S.P. logra sus objetivos misionales y cumple los planes, programas y proyectos adoptados por la Empresa durante el año 2019. El direccionamiento estratégico de EPM está conformado por cuatro componentes: Propósito, Identidad, Acción y Resultados. El propósito del Grupo EPM es “Contribuir a la armonía de la vida para un mundo mejor”. La Identidad abarca los elementos que representan la filosofía empresarial y está conformada por el Código de Ética del Grupo que, a su vez, está compuesto por los Principios de Acción y los Valores. Los cinco Principios que guían el actuar del Grupo son: cumplimos nuestros compromisos, nuestro interés primordial es la sociedad, brindamos un trato justo, cuidamos el entorno y los recursos, y buscamos fundamentalmente servir. Los Valores son: Responsabilidad, Transparencia y Calidez. La Acción está integrada por la Estrategia Corporativa, la Estrategia Competitiva y las Estrategias de Soporte. La Estrategia Corporativa es la “Optimización de operaciones y crecimiento con criterios de Responsabilidad Social Empresarial”. La Estrategia Competitiva, su declaración fundamental es “Negocios creando valor para sus grupos de relación”. Los negocios son: Generación Energía, Transmisión Energía, Distribución Energía, Gas, Provisión de Aguas y Gestión de Aguas Residuales, y Gestión de Residuos Sólidos.

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Las Estrategias de Soporte corresponden a las acciones desarrolladas en cada una de las áreas funcionales de la Organización, para dotar de potencia competitiva a los negocios conforme a los modelos y planes de negocio de cada uno de ellos. Los Resultados es lo que se espera alcanzar en términos de las contribuciones logradas en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible -ODS, la MEGA (Meta Estratégica, Grande y Ambiciosa) en términos sociales, ambientales y financieros, y los Objetivos Estratégicos que se deben cumplir. La metodología adoptada por la Contraloría General de Medellín establece que para llegar a conceptuar sobre los resultados obtenidos por la Empresa, deben ser evaluados dos factores a saber: el primero asociado a los Objetivos Estratégicos, donde se evalúa todo lo relacionado con el direccionamiento estratégico de EPM y el segundo asociado al cumplimiento de Planes, Programas y/o Proyectos, es decir el accionar de los diferentes negocios del grupo, en pro del logro de los objetivos. La calificación obtenida del componente Control de Resultados fue de 90,9 puntos, que corresponde a un concepto Favorable, como resultado de la evaluación de los criterios aplicados y que se describen a continuación: 2.1.1 Cumplimiento de Objetivos Estratégicos. Al evaluar este factor se busca determinar de manera objetiva la eficacia medida en términos de oportunidad y cumplimiento en el logro de los objetivos trazados. La forma de medir dichos objetivos es a través del Cuadro de Mando Integral – CMI, que de acuerdo a los criterios y procedimientos aplicados, obtuvo un puntaje de 98,1, para una calificación Cumple, resultante de ponderar las siguientes variables: Cuadro 5. Calificación factor cumplimiento de objetivos estratégicos EPM 2019.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

La estrategia de crecimiento definida, pretende asegurar la sostenibilidad de la Empresa y del grupo empresarial EPM, consistente en la estructuración de objetivos comunes estratégicos consolidados en un tablero de control y seguimiento

VARIABLES PonderaciónCalificación

Total

Eficacia Objetivos Estratégicos 1,00 98,1

1,00 98,1

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Calificación Parcial

98,1

Calificación

Cumple

Cumplimiento Objetivos Estratégicos

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denominado Cuadro de Mando Integral - CMI, el cual clasifica los objetivos empresariales conforme a cuatro perspectivas básicas de negocio: dos de resultados (asociadas a generación de valor y clientes y mercados) y dos de acción (asociadas a operaciones y aprendizaje y desarrollo) que previamente definió la Empresa, las cuales tienen vinculados 10 objetivos estratégicos medidos a través de 39 indicadores, cada uno de ellos con sus respectivas metas. Cuadro 6. Relación cuantitativa: perspectiva – objetivos – indicadores EPM 2019.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Los aspectos más relevantes obtenidos a partir de las pruebas de cumplimiento realizadas, se muestran bajo las cuatro perspectivas planteadas por la Empresa, haciendo un mayor énfasis en las de Resultados: Generación de Valor y Clientes y Mercados. - Resultados perspectiva “Generación de Valor”. La perspectiva del Cuadro de Mando Integral (CMI) en torno a la generación de valor, tiene como objetivo estratégico incrementar valor para todos los grupos de interés, incluye cinco (5) indicadores a saber; Ebitda, margen Ebitda, utilidad neta, margen neto, y retorno sobre capital empleado operativo (RSCEO). Como resultado se obtuvo una calificación de 99,3 puntos, es decir que en promedio las metas propuestas de los indicadores se lograron en términos de cumplimiento y oportunidad.

Objetivo estratégico

Concepto

Generación de Valor Incrementar valor para los grupos de Interés 5 13%

Incrementar valor para los grupos de Interés 2 5%

Crecer en mercados y negocios 7 18%

Armonizar las relaciones con los grupos de interés

externo3 8%

Ateneder integralmente al cliente/usuario entregando

servicios con calidad2 5%

Asegurar el flujo de caja requerido 4 10%

Evaluar la seguridad operacional 3 8%

Optimizar el desarrollo de los proyectos 11 28%

Desarrollar las capacidades organizacionales 1 3%

Lograr la transformación cultural 1 3%

Total General 39 100%

Participación

Clientes y Mercados

Operaciones

Perspectiva Indicadores

Acción

Aprendizaje y

Desarrollo

Resultados

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Cuadro 7. Resultados indicadores perspectiva generación de valor.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Como se puede inferir, en términos generales los indicadores registraron un cumplimiento superior al 100%, no obstante hay que indicar que los indicadores del margen Ebitda, utilidad neta, y margen neto, fueron presupuestados en cifras inferiores a las logradas en 2018, los cuales obtuvieron resultados de 41%, $2,34 billones y 29%, respectivamente; el RSCEO fue estimado con el mismo 17%, y el único que aumentó el pronóstico con relación a lo generado fue el Ebitda, que había registrado $3,34 billones, es decir que solo se estipuló un crecimiento de 2,9% con referencia a lo realmente alcanzado en el año 2018. Esta situación igualmente se presenta para el año 2020, esto es, presupuestar por debajo de lo ejecutado en el 2019, con el agravante que para esta ocasión fueron los cinco indicadores que conforman la perspectiva generación de valor de la Empresa. En consecuencia, es claro que viene presupuestando cifras bajas para lograr resultados sin esfuerzos de eficiencias operacionales.

Perspectiva: Calificación: 99,3

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM $3.444.668 $3.832.151 111,25 100

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Generación $1.624.657 $1.876.542 115,50 100

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Distribución $1.182.868 $1.127.242 95,30 95

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Transmisión $96.039 $126.527 131,75 100

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Gas $72.428 $115.297 159,19 100

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Provisión Aguas $302.320 $307.483 101,71 100

Ingresos Efectivos - Costos y Gastos

EfectivosMillones de pesos EPM Gest. Ag. Res. $302.492 $313.210 103,54 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM 40% 44% 109,57 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Generación 43% 50% 116,74 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Distribución 34% 31% 92,97 93

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Transmisión 63% 73% 116,07 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Gas 9% 13% 143,32 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Provisión Aguas 46% 46% 100,92 100

Ebitda / Ingresos Efectivos % EPM Gest. Ag. Res. 59% 61% 103,29 100

Utilidad NetaUtilidad Operacional y No Operacional -

Provisión Impuesto de Renta Millones de pesos EPM $2.115.758 $2.706.035 127,90 100

Margen Neto Utilidad neta / Ingresos % EPM 25% 31% 123,11 100

RSCEO - Retorno

sobre capital

empleado

operativo

Margen Operacional / Rotación de

activos operativos% EPM 17% 23% 133,93 100

Puntaje

asignado por la

CGM

Meta

ProgramadaMeta Cumplida Resultado %

Generación de Valor

Indicador Formula Unidad de medida

Margen EBITDA

Empresa

EBITDA

Incrementar valor

para los grupos de

Interés

Objetivo

estratégico:

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Independientemente de la proyección de los indicadores, hay que señalar que tal como lo ha referido el órgano de control, en el entendido que la administración proyecta realizar inversiones en la vigencia 2020 por $4,78 billones y tiene que destinar $1,85 billones para el pago del servicio a la deuda, esto significa que debe contraer créditos de manera significativa o vender activos en el 2020 para atender dichos requerimientos, lo que efectivamente ya está sucediendo, al recibir autorización para contraer deuda por USD 750 millones.

En consecuencia, la entidad no está generando la suficiente caja para cubrir sus compromisos, en otras palabras, no reporta la liquidez que debería hacerlo según el nivel de deuda que tiene y su volumen de inversiones que requiere; es por esto que se ha vuelto común, que se presenten en sus estados financieros dos o tres variables no recurrentes que hacen de alguna manera darle un balance a los números de la Empresa, tal es el caso de la vigencia 2019, en la cual se recibieron $525.438 millones producto de un anticipo de indemnización, $260.000 millones por el inicio de venta de activos del paquete accionario de ISA, y el recibo superior en dividendos a $313.000 millones que “normalmente” han otorgado las compañías subsidiarias y asociadas, así hayan endeudado las mismas; todo ello permitió un alivio en términos de caja representado en $1,1 billón, cifra está que se puede decir se “ahorró” para no incurrir en más deuda y así no seguir incumpliendo los indicadores de compromisos financieros.

Esto se viene registrando incluso en los últimos años, tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro. Cuadro 8. Evolución variables financieras EPM 2015 – 2019.

Fuente: EPM, construcción Contraloría General de Medellín.

En conclusión, en el último quinquenio la Empresa generó $15,17 billones de Ebitda, incrementó su deuda en $4,29 billones, y recibió dividendos de subsidiarias y asociadas por $2,05 billones, para así obtener unos recursos de $21,51 billones; los cuales destinó a inversión en Capex por $14,45 billones, pago de impuestos con $1,85 billones, excedentes al Municipio de $5,30 billones, y gastos financieros por

EPM 2015 2016 2017 2018 2019

Ebitda 2.305.594 2.515.574 3.179.766 3.345.966 3.830.362

Deuda 10.898.348 10.820.690 12.410.916 15.804.525 15.192.611

Dividendos recibidos subsidiarias, asociadas 351.778 331.851 323.406 383.796 654.583

Capex 3.351.849 2.655.247 3.083.469 2.686.507 2.677.851

Impuestos 221.490 401.548 483.207 148.356 605.235

Excedentes 991.139 816.521 1.009.136 1.203.504 1.289.652

Gastos financieros 588.958 513.555 797.778 817.548 1.103.798

Depreciación y amortiz intangibles 1.577.134 1.983.743 2.517.022 2.977.243 3.432.320

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$3,82 billones, para un total de recursos demandados de $25,44 billones, es decir que presentó un déficit de $3,92 billones, los cuales tuvo que cubrir especialmente con venta de activos, anticipos y reconocimientos de seguros. Hay que tener en cuenta que de los dividendos pagados por algunas subsidiarias o asociadas, gran parte de ellos fueron financiados por deuda que adquirieron.

Ahora bien, al sacar un indicador que mida más la caja, como es el Ebitda menos Capex, se observa que prácticamente todo lo generado se destina a dicha inversión, situación que se corrobora al hacer la relación entre las depreciaciones y amortizaciones (se supone que éstas son el “ahorro” que se debe hacer para volver a invertir en Capex) frente a la utilidad Ebitda, la cual obtuvo un resultado en el 2015 del 68%, y al 2019 se aumentó al 90%, ello en virtud a que el Ebitda en el quinquenio se incrementó a una tasa anual de crecimiento constante (TACC) del 14%, mientras que las depreciaciones y amortizaciones lo hicieron en un 21%.

- Resultados perspectiva “Clientes y Mercados”. Obtuvo una calificación de 99,2 puntos. Los resultados muestran que los esfuerzos realizados por EPM fueron satisfactorios en su contribución a los resultados estratégicos de incrementar valor para los grupos de interés, crecer en mercados y negocios, armonizar las relaciones con los grupos de interés externo y atender integralmente al usuario entregando servicios con calidad, toda vez que en promedio las metas de los catorce (14) indicadores propuestos se lograron en términos de cumplimiento y oportunidad. Cuadro 9. Resultados indicadores perspectiva clientes y mercados.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Perspectiva Calificación:

EPM $8.519.130 $8.849.763 103,88 100

EPM Generación $3.779.832 $3.835.710 101,48 100

EPM Distribución $3.521.536 $3.689.565 104,77 100

EPM Transmisión $152.922 $173.609 113,53 100

EPM Gas $805.145 $896.013 111,29 100

EPM Provisión Aguas $661.231 $668.194 101,05 100

EPM Gest. Ag. Res. $515.185 $516.815 100,32 100

Protección Hídrica

Áreas prioritarias con iniciativas

de conservación implementadas

áreas prioritarias totales

identif icadas

para oferta hídrica

Ha EPM 12.876 17.177 133,40 100

99,2

Meta

CumplidaEmpresa

Meta

Programada

Objetivos

estratégicos

Ingresos

Clientes y Mercados

Incrementar

valor para los

gfrupos de

interés

Suma de Ingresos

Millones

de

pesos

Indicador FórmulaUnidad de

medida

Puntaje

asignado

por la CGM

Resultado

%

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Continuación Cuadro 9. Resultados indicadores perspectiva clientes y mercados.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Perspectiva Calificación:

% EPM Distribución 96,30% 96,50% 100,21 100

% EPM Provisión Aguas 97,27% 97,24% 99,97 100

% EPM Gest. Ag. Res. 95,37% 95,30% 99,93 100

% EPM Gas 85,59% 85,84% 100,29 100

EPM Distribución 2.485.640 2.508.552 100,92 100

EPM Gas 1.212.236 1.260.940 104,02 100

EPM Provisión Aguas 1.286.856 1.266.504 98,42 98

EPM Gest. Ag. Res. 1.250.269 1.233.212 98,64 99

Unidos por el agua

Suma de hogares existentes que

cuentan con soluciones de

(Abastecimiento Comunitario,

Conexión de Edif icaciones y

Mejoramiento integral de barrios)

Clientes

usuariosEPM 40.200 41.391 102,96 100

% EPM 5,32% 3,74% 142,25 100

% EPM Distribución 4,08% 2,57% 158,75 100

% EPM Gas 2,92% 1,81% 161,33 100

% EPM Provisión Aguas 2,38% 1,81% 131,49 100

Soluciones para

hogares existentes

sin servicio

Número de clientes

usuarios con servicio.

Clientes

usuariosEPM 40.454 37.171 91,88 92

Comprabilidad

(Segmento Hogares)

Suma clientes

usuarios con ofertas

de comprabilidad

Clientes

usuariosEPM 35.800 52.931 147,85 100

Nuevos IngresosMovilidad eléctrica + Energía verde

+ Techos Solares

Millones

de

pesos

EPM $ 4.728 $ 5.060 107,02 100

Monitoreo de

Reputación

Promedio del monitoreo de

Confianza y Favorabilidad% EPM 79,70% 81% 101,63 100

Índice Global de

Reputación

Medición de reputación a los

Grupos de Interés mediante la

aplicación de encuesta

Puntos EPM NA 829 NA N/A

% EPM 80,5% 80,9% 100,43 100

% EPM Generación 69% 63% 91,84 92

% EPM Trans y Distrib 90% 89% 98,56 99

% EPM Gas 80% 86% 107,53 100

% EPM Agua y Saneamiento 83% 85% 102,80 100

Índice EPM 438% 410% 106,83 100

Índice EPM Comercial 30% 31% 96,77 97

Índice EPM Distribución 135% 116% 116,38 100

Índice EPM Gas 123% 75% 164,00 100

Índice EPM Provisión Aguas 350% 323% 108,36 100

Índice EPM Gest. Ag. Res. 33% 14% 235,71 100

Índice EPM 2,59 2,30 112,61 100

Índice EPM Distribución 3,79 3,19 118,81 100

Índice EPM Gas 1,58 1,46 108,22 100

Índice EPM Provisión Aguas 3,20 3,56 89,89 90

Índice EPM Gest. Ag. Res. 0,38 0,36 105,56 100

Armonizar las

relaciones con

los Grupos de

Interés

externos

Trayectoria RSE

Quejas

Reclamos

Atender

integralmente al

cliente/usuario

entregando

servicios con

calidad

99,2

Meta

CumplidaEmpresa

Meta

Programada

Objetivos

estratégicos

Clientes y Mercados

Universalización

Clientes morosos

Crecer en

mercados y

negocios

Clientes-UsuariosClientes

usuarios

Total de clientes en el facturador

en estados:

ACTIVO, SUSPENDIDO y

CORTADO

Clientes suspendidos

clientes totales

Indicador FórmulaUnidad de

medida

Puntaje

asignado

por la CGM

Resultado

%

No. Imputable de quejas * 10.000

No. de instalaciones

(No. Procedentes e imputables de

Reclamos Imputables / No. Cuentas

de cobro emitidas)*10.000

Clientes Disfrutando del servicio

Universo Clientes

Los clientes activos se refiere a

quienes realmente están

disfrutando el servicio.

Encuesta

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De los 4 objetivos planteados para esta perspectiva, se hace énfasis en los dos primeros: Incrementar Valor para los Grupos de Interés y Crecer en Mercados y Negocios. Incrementar Valor para los Grupos de Interés: ligado a los indicadores de generación de valor, se encuentra la variable de Ingresos, que pertenece a la perspectiva de Clientes y Mercados, la cual tiene el mismo objetivo estratégico; dicha variable explicó en parte los resultados del ejercicio 2019, como quiera que es uno de los fundamentales para el logro de las ganancias de la Empresa. La utilidad neta de la compañía terminó para la vigencia del 2019 en $2,70 billones, o sea $361.213 millones (15,40%) por encima de lo registrado en el 2018, originado especialmente como se anotó anteriormente, por los incrementos de los ingresos de actividades ordinarias en $715.784 millones. Dichos ingresos ordinarios ascendieron a $8,85 billones, en los que se destaca los relacionados con la prestación de servicios por $8,45 billones; conformados por los servicios de distribución de energía con $3,38 billones (Crecieron $407.491 millones), generación de energía por $2,96 billones (Disminuyeron $42.177 millones), gas combustible $869.777 millones (Aumentaron $18.180 millones), acueducto $643.799 millones (Mayor ingreso por $72.122 millones) y saneamiento con $507.461 millones (Incrementaron $87.884 millones). Crecer en Mercados y Negocios: registra un cumplimiento en todas las metas de sus indicadores por encima del 90%, y de estos se destacan los siguientes: Universalización: este indicador hace referencia a qué porcentaje de clientes (universo) están disfrutando del servicio. En cada uno de los negocios en que se midió este indicador se observa un cumplimiento del 100%, así: Distribución Energía: se estableció una meta de cobertura del 96,30% de los clientes, logrando cubrir el 96,50%, para un cumplimiento del 100.21%. En términos absolutos se proyectó tener a diciembre 31 de 2019, 2.433.663 clientes disfrutando del servicio, de un universo inicial de 2.527.257, obteniendo 2.455.401 clientes, de un universo final de 2.544.538. El buen resultado se presenta por las estrategias implementadas por EPM E.S.P. en cuanto a la cartera, con lo cual se incrementaron los clientes disfrutando del servicio, y a la disminución de las viviendas existentes sin servicio, por los proyectos de electrificación rural y de gestión y control de pérdidas.

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Provisión Aguas: la ejecución del indicador de Universalización a diciembre 31 de 2019 en el negocio de Provisión Aguas, fue de 97,24%, con un cumplimiento de 99,97% con respecto a la meta de 97,27%. Los porcentajes de cumplimiento y la pequeña subejecución presentada, está explicada principalmente por una disminución en los canales de vinculación de "Urbanizadores y Constructores", derivado de un pequeño decrecimiento del sector de la construcción, comparado con años anteriores. El comportamiento del indicador, está relacionado directamente con la vinculación normal de clientes del negocio y con la ejecución de obras en EPM en el Municipio de Medellín con el Programa Unidos por el Agua, que ha posibilitado la conexión de clientes en otros sectores no atendidos anteriormente. Gestión Aguas Residuales: la ejecución del indicador de Universalización a diciembre de 2019 en el negocio de Aguas Residuales, fue de 95,30%, con un cumplimiento de 99,93% con respecto a la meta de 95,37%. El comportamiento del indicador, está relacionado directamente con la vinculación normal de clientes del negocio y con la ejecución de obras en EPM en el Municipio de Medellín con el Programa Unidos por el Agua, que ha posibilitado la conexión de clientes en otros sectores no atendidos anteriormente. Los porcentajes de cumplimiento y la pequeña subejecución presentada, está explicada principalmente por una disminución en los canales de vinculación de "Urbanizadores y Constructores" derivado por un pequeño decrecimiento del sector de la construcción comparado con años anteriores, adicionalmente, por el desplazamiento de obras de alcantarillado para el año 2020 del programa Unidos por el Agua en los sectores atendidos a través de la línea de abastecimiento comunitario, lo que dificultó la vinculación de dichos clientes Gas: se programó cubrir el 85,59% del universo de clientes, logrando finalizar el año con el 85,84%, para un cumplimiento del 100.29%, lo que en términos absolutos equivale a una programación de 1.222.224 clientes de un universo inicial de 1.427.999, y un resultado de 1.236.817 clientes de un universo final de 1.440.803. Dicho cumplimiento se debió a la vinculación de 12.004 clientes por el programa Unidos por el Gas y el ingreso del municipio de Remedios con 2.156 clientes.

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Clientes-Usuarios: este indicador hace seguimiento al comportamiento de los clientes y usuarios de los negocios, compuesto por clientes activos, suspendidos y cortados, con el fin de tomar decisiones oportunas y eficientes. Para los negocios en que se estableció este indicador, los resultados fueron superiores al 100%, así: Distribución Energía: se proyectó alcanzar 2.485.640 clientes y a diciembre 31 de 2019 se obtuvo 2.508.552, para un cumplimiento del 100,92%, así: 2.447.458 clientes activos, 31.675 suspendidos y 29.419 cortados. Se hace énfasis en que se había proyectado contar a diciembre 31 de 2019 con 20.788 clientes suspendidos y se registraron 31.675, es decir que presentó un cumplimiento del 65%. Esta situación se debió a que los clientes con facturación bimestral y trimestral (rurales dispersos) se les venía realizando la suspensión del servicio con dos cuentas vencidas (90 días de mora para los bimestrales y 120 días de mora para los trimestrales), pero desde principios de 2019 la suspensión del servicio a dichos clientes se les comenzó a realizar con una cuenta vencida (en promedio entre el día 30 y 60 de mora), lo cual se tradujo en un incremento de los suspendidos al finalizar 2019 con relación a los promedios históricos. Gas: para el año 2019 se estableció una meta de 1.212.236 clientes y se lograron 1.260.940 clientes, lo que representó un cumplimiento del 104,02%, así: 1.232.316 clientes activos, 9.894 suspendidos y 18.730 cortados. Se destaca que todos los ítems tuvieron un cumplimiento superior al 100%. Provisión Aguas: para el 2019, la meta de clientes y usuarios en Provisión Aguas se proyectó en 1.286.856 y al cierre del periodo el indicador presentó una ejecución de 1.266.504 de clientes y usuarios para un cumplimiento de la meta del 98,42%. El comportamiento de dicho indicador está relacionado con la vinculación de 20.352 clientes y usuarios (activos, suspendidos y cortados). Cuadro 10. Clientes–usuarios (activos, cortados y suspendidos).

Fuente: rendición de cuentas de EPM al 31 de diciembre de 2019, cálculos equipo auditor.

Ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic

Activos 1,206,678 1,210,758 1,213,948 1,217,397 1,220,957 1,224,194 1,228,229 1,231,991 1,235,060 1,237,863 1,239,904 1,243,824

Suspendidos 11,482 10,597 9,685 9,799 9,874 9,169 9,115 9,036 9,741 9,533 9,737 9,307

Cortados 13,806 13,757 13,724 13,745 13,921 13,952 13,901 14,048 13,937 13,987 13,801 13,373

Total 1,231,966 1,235,112 1,237,357 1,240,941 1,244,752 1,247,315 1,251,245 1,255,075 1,258,738 1,261,383 1,263,442 1,266,504

Activos 1,210,892 1,214,504 1,216,970 1,219,574 1,222,845 1,226,687 1,230,045 1,234,455 1,238,423 1,243,091 1,247,642 1,254,894

Suspendidos 12,511 13,089 13,897 14,499 15,139 15,263 15,585 15,493 15,797 15,911 16,191 14,695

Cortados 14,795 15,45 16,361 17,03 17,745 17,885 18,251 18,163 18,484 18,629 18,939 17,267

Total 1,238,198 1,243,043 1,247,228 1,251,103 1,255,729 1,259,835 1,263,881 1,268,111 1,272,704 1,277,631 1,282,772 1,286,856

Real

Proyectado

2019EstadoProvisión Aguas

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El porcentaje de cumplimiento y la pequeña subejecución presentada del 1,58%, está explicada principalmente, por la disminución de las vinculaciones que presentó el canal Urbanizadores, debido al comportamiento del sector de la construcción. Gestión Aguas Residuales: para el 2019, la meta de clientes y usuarios en Aguas Residuales se proyectó en 1.250.269 y al cierre del periodo el indicador, presentó una ejecución de 1.233.212 de clientes y usuarios para un cumplimiento de la meta del 98,64%. El comportamiento de dicho indicador, está relacionado con la vinculación de 17.057 clientes y usuarios (activos). Cuadro 11. Clientes–usuarios (activos).

Fuente: rendición de cuentas de EPM al 31 de diciembre de 2019, cálculos equipo auditor.

El porcentaje de cumplimiento y la pequeña subejecución presentada del 1,36%, está explicada principalmente, por la disminución de las vinculaciones que presentó el canal Urbanizadores, debido al comportamiento del sector de la construcción Clientes Morosos: EPM E.S.P. con este indicador busca medir la cantidad de clientes en mora mayor a 60 días en los servicios de distribución energía, gas y provisión aguas. Los resultados para cada uno de los servicios fueron superiores al 100% de las metas trazadas. Se hace necesario explicar que hasta agosto de 2018, en el indicador de clientes morosos se incluían todos los servicios suscritos de EPM, pero en septiembre de 2018 se implementó un cambio en la metodología del cálculo del indicador y a partir de ese mes, solo se incluyen los servicios que tengan conceptos asociados a la prestación del servicio y que se pueden suspender en terreno. Este cambio generó una disminución en los resultados de los indicadores a partir de ese mes. Por lo tanto, teniendo en cuenta el componente histórico de las metas y la fecha de entrega, para el 2019 las proyecciones se realizaron incluyendo los resultados del indicador hasta julio de 2018 (fórmula de cálculo anterior) y el resultado de las

Ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic

Activos 1,195,124 1,197,954 1,202,307 1,206,654 1,210,418 1,212,784 1,216,711 1,219,962 1,223,882 1,226,754 1,229,284 1,233,212

Suspendidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Cortados 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Total 1,195,124 1,197,954 1,202,307 1,206,654 1,210,418 1,212,784 1,216,711 1,219,962 1,223,882 1,226,754 1,229,284 1,233,212

Activos 1,201,100 1,205,587 1,209,113 1,212,568 1,216,802 1,221,091 1,225,094 1,229,735 1,234,330 1,239,435 1,244,589 1,250,269

Suspendidos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Cortados 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Total 1,201,100 1,205,587 1,209,113 1,212,568 1,216,802 1,221,091 1,225,094 1,229,735 1,234,330 1,239,435 1,244,589 1,250,269

2019Estado

Gestión Aguas

Residuales

Real

Proyectado

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mismas, es consistente con la tendencia al alza que tenía el indicador hasta esa fecha. Ahora bien, una vez contaron con una historia de 12 meses con la nueva metodología de cálculo del indicador, se hizo un recalculo de las metas y se inició la medición con este valor, mostrando unos resultados muy ajustados al cumplimiento. EPM: para la totalidad de los servicios se proyectó contar al final del año 2019 con un 5,32% de los usuarios en mora mayor a 60 días, logrando que el resultado fuera del 3,74%, representando un cumplimiento del 142,25%. Distribución Energía: en cuanto a este negocio se proyectó tener el 4,08% de los usuarios en mora mayor a 60 días, y a diciembre 31 de 2019 se registró el 2,57%, es decir que la meta se cumplió en un 158,75%. Gas: en este negocio se hizo una proyección para terminar el año 2019 con 2,92% de los clientes con mora mayor a 60 días, y al final se registró el 1,81% de estos, representando un cumplimiento del 161,33%. Provisión Aguas: el comportamiento del indicador de clientes morosos en el negocio de Provisión Aguas presenta una tendencia positiva en lo corrido del año 2019, es decir que se presentaron menos clientes con mora mayor a 60 días de los que inicialmente se proyectaron, toda vez que se tenía como meta el 2,38% y al final del año se obtuvo el 1,81%. Soluciones para Hogares Existentes sin Servicio: para el año 2015 EPM hizo un estudio que le permitió identificar un total de 177.298 hogares sin servicios públicos, los cuales proyectó solucionar al año 2022. Para el año 2019 presupuestó solucionar esta carencia a 40.454 hogares, logrando el mejoramiento de la calidad de vida a 37.171, al disponer de los servicios de energía, acueducto, alcantarillado y gas, presentando un cumplimiento del 91,88%. Energía: se observó un alto cumplimiento en este indicador, toda vez que presentó un resultado de 4.157 hogares con servicios disponibles de energía, con respecto a la meta de 2.000 hogares. Esta alta ejecución se debe fundamentalmente a que al momento de proyectar las metas no se tienen los permisos de las administraciones municipales para habilitar las viviendas ubicadas en zonas de difícil gestión y posteriormente se entregan los mismos, lo cual hace que se tengan que intervenir, así no se hayan proyectado.

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Gas: el resultado para el servicio de gas en el año 2019 fue de 3.333 hogares conectados con respecto a una meta de 2.450, es decir que se presenta un cumplimiento del 136%. El 73% de las familias conectadas durante el 2019 pertenecen a los barrios del Compromiso y la Aldea, el barrio el Salado y el Barrio Juan XXIII. La sobre ejecución se presentó principalmente porque la Alcaldía entregó las zonas con una cobertura mayor a las que se habían presupuestado al principio del año. Provisión Aguas y Gestión Aguas Residuales: las ejecuciones para estos dos indicadores en el año 2019 presentaron un cumplimiento del 89,35% y 76,1%. Estos resultados se ven influenciados por el desplazamiento de las conexiones de líneas de Mejoramiento Integral de Barrios y Abastecimiento Comunitario del Programa Unidos por el Agua para el primer trimestre de 2020, por dificultades técnicas encontradas en los territorios y por problemas de orden público que retrasaron la ejecución de obras, adicionalmente en aguas residuales se presentaron retrasos en el proceso de contratación del Proyecto Reducción de Brecha. A diciembre 31 de 2019, de los hogares que se tenía proyectados en 2015 sin servicios, se había programado solucionar la carencia de los mismos a 110.844 hogares, logrando a dicha fecha conectar a los servicios de EPM E.S.P. a 112.964 hogares, lo cual representa un cumplimiento acumulado del 102%. No obstante el alto cumplimiento con respecto a la meta, se tiene que el mismo fue propiciado fundamentalmente por el servicio de energía, que se habían proyectado 9.401 hogares y se han logrado conectar 18.865, para un cumplimiento del 201% y el de gas, donde se ha logrado un cumplimiento del 166%, no obstante no ir cumpliendo con lo programado a 2019 en cuanto a los servicios de acueducto y alcantarillado, donde se tienen deficiencias del 13% y del 20%, respectivamente, debido a dificultades técnicas presentadas en la ejecución de obras, retrasos en los procesos de contratación, a la falta de adecuaciones internas de algunos usuarios que impidieron la conexión de viviendas a la red principal, y a la demora en la emisión de los permisos de rotura y de definición de requisitos para el reconocimiento de edificaciones por parte del Municipio de Medellín.

Nuevos Ingresos: EPM E.S.P. proyectó para el año 2019 una meta de $4.729 millones como nuevos ingresos por movilidad eléctrica, energía verde y energía solar, obteniendo $5.059 millones, para una ejecución del 107,02%. Para cada uno de los nuevos negocios se tiene:

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Movilidad Eléctrica: para el año 2019 se proyectaron ingresos provenientes de las Unidades de Recargas Eléctricas (URE) de $100.284.000, obteniendo $1.620.000, para un cumplimiento del 1,61%, a pesar de haberse presentado una sobreejecución en la cantidad de vehículos eléctricos e híbridos enchufables, teniendo en cuenta que se proyectaron para dicho año 634 vehículos y realmente se lograron 1.097. Lo anterior se presenta debido a que durante el seguimiento operativo se detectaron errores en el funcionamiento de los equipos de carga, generando imprecisiones en la medición de los consumos de energía al cliente final, razón por la cual no fue factible facturar al usuario final. Estas fallas fueron notificadas al proveedor de dichos equipos de carga, el cual tras la ejecución de varios procesos de corrección, consiguió resultados positivos en diciembre de 2019. Como energía entregada a los usuarios durante el año 2019 no se pudo facturar al cliente final, estos valores están siendo reclamados al proveedor de dichos equipos de carga. Una vez se ejecute en su totalidad el proceso de reclamación, se alcanzarán los ingresos acumulados. Energía verde: corresponde a los ingresos por venta de certificados de energía renovable, los cuales se venden a los clientes del Mercado no Regulado -MNR- de Energía de EPM y a otros usuarios que los soliciten, con el objetivo de compensar sus emisiones de alcance 2 en el inventario de Gases Efecto Invernadero -GEI-. Para el año 2019 se proyectaron acumular ingresos por este negocio de $4.375 millones, obteniendo $4.916 millones, para un cumplimiento del 112,36%. Con respecto a los certificados de energía verde, se proyectó vender en el año 2019 1.228.593 unidades y se logró vender 1.572.328 certificados, para un cumplimiento del 127,98%, adquiridos en su gran mayoría por Smurfit Cartón de Colombia S.A., Grupo Siderúrgico Reyna S.A.S., Cristalería Peldar S.A., Industria Nacional de Gaseosas S.A., Cooperativa Colanta, Siderúrgica del Occidente S.A., Bancolombia S.A., Makro Supermayorista S.A.S., Alimentos Cárnicos S.A.S., Compañía Nacional de Chocolates S.A.S., entre otros, convirtiendo a Colombia en el tercer país del mundo en ventas de este producto, después de China y Brasil. Energía Solar: corresponde a los ingresos por venta de energía generada a partir de sistemas solares fotovoltaicos (SSFV) en el marco de contratos PPA. Se proyectó acumular ingresos para 2019 de $253.402.000, y se obtuvo $141.864.000, para un cumplimiento del 55,98%. Este resultado se debió a que la

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oferta solución solar integral EPC se lanzó al mercado apenas a mediados del mes de julio de 2019 en el marco de la feria Exposolar. Se realizó una buena promoción y divulgación y al 31 de diciembre ya se habían recibido 160 solicitudes entre Pymes y zonas comunes. En 2019 se logró concretar el negocio y venta del primer proyecto solar EPC con el cliente Instituto Universitario Pascual Bravo, aunque los ingresos por esta venta se dieron ya en el año 2020. Resultados perspectiva “Operaciones”. Esta perspectiva obtuvo una calificación de 95 puntos. Los resultados muestran que los esfuerzos realizados por EPM, fueron satisfactorios en su contribución al logro de sus objetivos estratégicos. Cuadro 12. Resultados indicadores perspectiva Operaciones.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Perspectiva: Calificación: 95,0

Cartera en mora

mayor a 60 días

saldo cartera servicios públicos

> 60 días + saldo diferido de los

clientes con mora>60 días)  /

Ingresos por servicios públicos

% EPM 1,72% 1,71% 100,58 12 12 100,00 22 100

Participación

cartera

Saldo cartera mayor a 60 días /

Valor total de la cartera% EPM 15,43% 12,12% 127,31 12 12 100,00 23 100

Liquidez

∑ créditos por desembolsar +

caja por encima de caja mínima

/ ∑ Necesidades de caja

próximos doce meses

Veces EPM 1,00 2,19 219,00 12 12 100,00 24 100

Caja mínimaValor de la caja para 17 días de

costos y gastos

Millones de

pesosEPM $ 236.000 $ 1.324.558 561,25 12 12 100,00 25 100

Grado de

Madurez de

Gestión de

Activos

Nivel de 1 a 5 EPM 2,4 2,5 105,49 12 12 100,00 26 100

% EPM 95% 98% 103,24 12 12 100,00 100

%EPM Sum. y Serv.

Comp.95% 95% 100,06 12 12 100,00 100

% EPM Generación 96% 96,4% 100,38 12 12 100,00 100

% EPM Trans y Distrib 97% 98% 101,00 12 12 100,00 100

% EPM Gas 98% 99,1% 101,16 12 12 100,00 100

%EPM Agua y

Saneamiento96% 102% 106,09 12 12 100,00 100

Índice de

Lesiones

Incapacitantes -

ILI

(Índice de frecuencia*Índice de

severidad)/1000EPM 0,28 0,29 102,89 12 12 100,00 100

Objetivo

estratégico:

Puntaje asignado

por la CGM

Meta

Programad

a

Meta

Cumplida

Resultado

%

Operaciones

Cumpli

miento

(%)

Indicador FormulaUnidad de

medida

Progra

mación

Resultado

%

Encuesta

Índice de Gestión

Ambiental

Empresarial

Empresa

Asegurar el flujo de

caja requerido

Evaluar la seguridad

operacional

Ejecu

ción

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Continuación Cuadro 12. Resultados indicadores perspectiva Operaciones.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

De la perspectiva Operaciones se hace énfasis en el siguiente objetivo: Optimizar el Desarrollo de los Proyectos: las metas en este objetivo en su gran mayoría se cumplieron en más del 90%, a excepción de dos indicadores relacionados con el Proyecto Hidroeléctrico Ituango que presentaron bajos cumplimientos, debido a la contingencia que se presentó; su plan social y ambiental, se ejecutó en un 80% y su plan técnico en un 56%, y el de cumplimiento de inversiones en infraestructura, con un logro del 75%. De estos, se evaluaron en más detalle los siguientes indicadores:

Perspectiva: Calificación: 95,0

Cumplimiento

inversiones en

infraestructura

Inversiones

ejecutadas/Inversiones

presupuestadas

% EPM 90% 92% 102,03 12 12 100,00 100

Cumplimiento

Avance

Proyectos

Infraestructura

Hitos cumplidos/Hitos

programados% EPM 100% 96% 95,81 12 12 100,00 96

Costo proyectos

infraestructura Total costo estimado proyectos

Millones de

pesosEPM $15.514.389 $14.570.866 93,92 12 12 100,00 94

Proyecto Ituango

(inversión)Inversiones ejecutadas

Millones de

pesosEPM $1.048.991 $1.124.760 107,22 12 12 100,00 100

Proyecto Ituango

(costo desde el

inicio)

Costo ejecutado acumuladoMillones de

pesosEPM $11.540.088 $10.883.511 94,31 12 12 100,00 94

Proyecto Ituango

(plan social y

ambiental)

% EPM 100% 80% 80,00 12 12 100,00 80

Proyecto Ituango

(plan técnico)% EPM 100% 56% 56,00 12 12 100,00 56

Cumplimiento

Avance

Proyectos de

Transformación

Empresarial

% actividades ejecutadas % EPM 100% 94% 94,00 10000 10638 106,38 1,00 94

Cumplimiento

presupuestal

Proyectos

Transformación

Empresarial

Ejecución/presupuesto

planeado% EPM 100% 75% 75,00 12 12 100,00 75

Beneficios

Proyectos de

Transformación

Empresarial

2019: Comprende Conexión

digital; Productividad en Campo;

Gestión de activos y Cadena de

suministro

Millones de

pesosEPM $1.524.218 $1.653.878 108,51 12 12 100,00 100

Costos y gastos

Efectivos por:

Negocio, soporte

y compartido

Suma total de costos y gastos

efectivos% EPM $5.070.863 $4.813.469 94,92 12 12 100,00 95

Optimizar el

desarrollo de los

proyectos

Hitos cumplidos/Hitos

programados

Objetivo

estratégico:

Puntaje asignado

por la CGM

Meta

Programad

a

Meta

Cumplida

Resultado

%

Operaciones

Cumpli

miento

(%)

Indicador FormulaUnidad de

medida

Progra

mación

Resultado

%Empresa

Ejecu

ción

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Cumplimiento de Inversiones en Infraestructura: se proyectaron a diciembre 31 de 2019 ejecutar el 90% de las inversiones de $2,37 billones proyectadas, equivalentes a $2,13 billones, ejecutándose $2,17 billones, es decir el 91,83% de las inversiones proyectadas, para un cumplimiento del 102%. A continuación se muestra el detalle de estas inversiones: Proyecto Ituango: se presupuestó inversiones por $1,05 billones y se ejecutaron $1,12 billones, para un cumplimiento del 107,22%. Se requirieron obras adicionales, tanto subterráneas, como exteriores, también fueron necesarios mayores tratamientos para la estabilización, lo cual demandó además, mayor cantidad de personal y dedicación por parte de la asesoría y la interventoría. Adicionalmente, se realizaron pagos anticipados para el suministro de equipos que debieron remplazarse por los daños ocasionados durante la contingencia y, también, para adelantar el blindaje de los pozos de las conducciones, lo cual no estaba presupuestado. Generación Energía (sin Ituango): en este negocio se proyectaron inversiones por $70.349 millones, y a diciembre 31 de 2019 se registraron $65.678 millones, es decir que presentó una ejecución en términos relativos del 93,36%, influenciado básicamente por los siguientes aspectos: Atrasos generados en procesos de contratación por los trámites de aprobación de vigencias futuras y por mayores tiempos en la elaboración de especificaciones técnicas. Atrasos por definición de aspectos técnicos (modificación alcance). Menor valor de reporte de nómina con respecto al valor presupuestado (diferencias por cálculo automático sistema de información). Menor valor ejecutado por retiro del alcance de algunas intervenciones, del programa de arqueología, acorde con concepto emitido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-. Compra anticipada de materiales durante el año 2018, las cuales estaban programados para el año 2019. Optimización de recursos de logística.

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Transmisión: se consideró una meta de inversiones en este negocio para el año 2019 de $10.532 millones, ejecutándose realmente $7.631 millones, obteniendo un cumplimiento del 72,46%, fundamentado en menor consumo de materiales, menor valor en las obras civiles, menor asignación de nómina frente a la programada, ahorros obtenidos en la compra de equipos, menor valor de las actividades de montajes, gestión ambiental, transporte y arqueología. Distribución: para este negocio se proyectaron inversiones de $445.671 millones, logrando a diciembre 31 de 2019 ejecutar $371.657 millones, registrando un cumplimiento del 83,39%. Esta situación se presenta básicamente por: adelanto de pagos en el año 2018 que se tenían programados para junio de 2019, desplazamiento de inicio de obras por atrasos en proyectos de terceros que apalancan estos, menor valor en la adjudicación de contratos de equipos y obras civiles, menor consumo de materiales, menor valor de estudios ambientales, se declararon desiertos procesos de contratación, lo que conllevó al desplazamiento de pagos del año 2019 al año 2020. Gas: se proyectó en el negocio del gas tener inversiones en el año 2019 de $16.425 millones y se ejecutaron $16.849 millones, para un cumplimiento del 102,58%, ajustándose a lo planeado. Provisión aguas: se presupuestaron inversiones por $515.860 millones y se ejecutaron $342.153 millones, para un cumplimiento del 66,33%. La subejecución se presentó por los siguientes aspectos: impactos asociados a los trámites de aprobación de presupuesto para vigencias futuras (impacto en adjudicación de contratos y cumplimiento de cronogramas), requerimientos adicionales por parte del Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH- para licenciamientos arqueológicos, requerimientos adicionales del Área Metropolitana del Valle de Aburrá -AMVA- para permisos ambientales, declaratoria de incumplimiento de contratistas, impacto en proceso de contratación por declaratoria de inconveniencia económica, dificultades para obtención de permisos de rotura por el municipio de Medellín y retraso en suministro de tubería de polietileno de alta densidad, entre otros. Gestión Aguas Residuales: para este negocio EPM E.S.P. proyectó inversiones de $245.435 millones, y al finalizar el año 2019 registró $221.546 millones, para un cumplimiento del 90,27%, situación que se vio impactada por el adelanto de inversiones en el 2018 por adquisición de equipos anticipada y optimización de los rendimientos de ejecución de las obras civiles por implementación de tecnología sin zanja, que implican menor ejecución en el año 2019, al igual que los ahorros por

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exención de IVA y no materialización de parte del riesgo cambiario y los impactos asociados a los trámites de aprobación de presupuesto para vigencias futuras (impacto en adjudicación de contratos y cumplimiento de cronogramas). Institucional: para el año 2019 se presupuestó inversiones para este rubro de $17.911 millones, registrando al finalizar el año $27.175 millones, arrojando una ejecución en términos relativos del 151,72%, resultado que se presenta fundamentalmente por la mayor cantidad de intervenciones ejecutadas durante el año 2019 para la renovación del edificio EPM. Proyecto Ituango (Plan Social y Ambiental): se programó como meta para el año 2019 el 100% de los hitos, y se cumplió el 80%. Se restituyeron las condiciones de vida de 65 familias, de 74 en Puerto Valdivia, las demás no se pudieron concertar por dificultades legales como avalúos y sucesiones ilíquidas para ajustar las pólizas. Se realizó Levantamiento Medida preventiva de actividades regulares del proyecto: impuesta por la Resolución 0820 de 2018 de la ANLA, en el sentido de contratar un perito para emitir un dictamen claro, preciso, detallado y objetivo sobre las condiciones de estabilidad (escenario de la contingencia) y futura (escenario de operación) de la infraestructura asociada a las obras principales del Proyecto Central Hidroeléctrica Ituango, que suministre información suficiente a la ANLA que le permita tener certeza científica sobre la existencia de condiciones de riesgo que puedan derivar en impactos sobre el ambiente, por posibles efectos sobre la integralidad de la infraestructura existente en el proyecto, ocasionando graves inundaciones aguas abajo, con ocasión de la contingencia iniciada el 28 de abril de 2018; EPM suscribió un contrato con la firma Pöyry, especializada en proyectos de grandes presas a nivel mundial, el cual inició el 1 de octubre de 2018 y termina en diciembre de 2020. Cumplimiento Avance Proyectos de Transformación Empresarial: de este indicador EPM ejecutó el 94% de las actividades programadas. La sub ejecución se presentó básicamente en los siguientes programas y proyectos: Proyectos Productividad en Campo (Actualización del FSE) y Tesorería. El primero por demoras en la contratación y cambios en la propiedad de la Empresa proveedora (Clicksoftware) afectando también la ejecución presupuestal del proyecto; y el segundo, por demoras en las pruebas del Sistema de Gestión Integral de Tesorería, atrasos en la compra de la infraestructura necesaria para soportar los tres ambientes y demoras en la configuración de la infraestructura adquirida. En el Programa Seguridad Operacional se registró sub ejecución debido a que no se

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lograron completar unas acciones del plan de choque en el negocio de aguas porque se requerían acciones de otras áreas y más tiempo para la ejecución. Eficiencias Visión 2025. Subejecución en el avance, principalmente por los proyectos Eficiencias T&D y Eficiencias Generación. En Eficiencias T&D, porque se canceló la compra de los macromedidores por inconsistencias técnicas, generando un nuevo proceso de compra; además en Expansión Óptima de la Red se presentaron demoras en la contratación del piloto de implementación del modelo de red de referencia; y en la iniciativa Calidad en el servicio demoras en el suministro de materiales para la intervención de los circuitos críticos y además por el orden público en las regiones de Bajo Cauca, Nordeste y Urabá que ha dificultado el ingreso a zonas donde se encuentran los circuitos más críticos. Crecimiento Visión 2025. Subejecución en el avance principalmente porque en el proyecto Crecimiento y Eficiencias Residuos Sólidos la Ley de Garantías dificultó la firma del acuerdo para la consultoría relacionada con la extracción del BIOGAS en la Pradera; adicional, la manera como está compuesto el mercado ha dificultado la entrada de un nuevo actor en RESPEL; y la injerencia política hace complejo el relacionamiento en el sector de Rellenos Sanitarios por dificultad para conseguir emplazamientos adecuados para la infraestructura. En Eficiencias Residuos Sólidos existe retraso significativo en lo relacionado con el piloto de rutas y barrido ya que el tema no se ha trabajado con la profundidad requerida. Resultados perspectiva “Aprendizaje y Desarrollo”. Esta perspectiva obtuvo una calificación de 100 puntos, siendo su único indicador medido para el año 2019 el de Cumplimiento Plan de Desarrollo Capacidades Priorizadas, el cual cumplió con todos su hitos. La meta del indicador Capital Conversacional se encuentra en construcción, por lo cual no se realizó su medición. Cuadro 13. Resultados indicadores perspectiva Aprendizaje y Desarrollo.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM. Elaboró equipo auditor.

Perspectiva Calificación: 100,0

Desarrollar las capacidades

organizacionales

Cumplimiento plan Desarrollo

Capacidades Priorizadas Hitos cumplidos / hitos planeados % EPM 100% 100% 100,00 100

Lograr la transformación cultural Capital conversacional

Encuesta individual que se aplica a las

personas que han vivido el proceso

conversacional y se mide en tres

dimensiones: darse cuenta, encontrar

sentido y hacerse cargo

En construcción EPM En construcción 3,9 N/A N/A

Puntaje

asignado por la

CGM

Aprendizaje y Desarrollo

Objetivo estratégico Indicador FormulaUnidad de

medida

Meta

programadaMeta Cumplida Resultado %Empresa

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2.1.2 Planes, Programas y Proyectos/Procesos. De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este factor, obtuvo una calificación de 83,7 que los ubica en el rango de Cumple, resultante de ponderar las siguientes variables: Cuadro 14. Calificación factor planes, programas y proyectos consolidado EPM matriz.

Fuente. Matriz de evaluación gestión fiscal. Elaboró Equipo auditor.

La calificación anterior representa una desmejora con relación a la evaluación realizada durante la auditoria de la vigencia 2018, la cual arrojó una calificación de 86,3 puntos. Para la calificación de este factor, se tuvieron en cuenta 68 iniciativas de inversión (proyectos), reportadas en la rendición de cuentas, los cuales ejecutaron un presupuesto de $1,82 billones. Las iniciativas reportadas corresponden sólo a lo definido como Plan estratégico 2019 (sólo iniciativas estratégicas), por lo tanto no corresponde al 100% de la ejecución presupuestal de costo, gasto e inversión de EPM para 2019. En el siguiente cuadro se presentan los resultados obtenidos clasificados por cada Vicepresidencia Ejecutiva, así como su participación con respecto al presupuesto ejecutado: Cuadro 15. Resultados por Vicepresidencia Ejecutiva de EPM matriz.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM vigencia 2018. Elaboró: equipo auditor.

VARIABLES PonderaciónCalificación

Total

Eficacia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 40,4

Eficiencia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 43,2

1,00 83,7

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS

Calificación

Cumplimiento Planes Programas y Proyectos

Cumple

86,5

Calificación Parcial

80,9

Dependencias

Presupuesto

Programado

(Millones $)

Presupuesto

ejecutado

(Millones $)

Nro.

Inciativas

reportadas

(Proyectos)

Participación

ppto ejecutadoEficacia Eficiencia Calificación

V.P.E. Proyectos e Ingeniería 1.405.866 1.428.736 20 78,62% 77,44 80,87 79,15

V.P.E. de Negocios 344.455 365.059 38 20,09% 80,91 86,96 83,94

VP Corporativas y de Soporte 39.838 21.930 5 1,21% 85,51 94,44 89,97

V.P.E. Estrategia y Crecimiento 1.559 1.568 5 0,09% 90,00 100,00 95,00

Total EPM Matriz 1.791.718 1.817.293 68 100% 80,89 86,47 83,68

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- PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS VPE PROYECTOS E INGENIERÍA: para la calificación de este factor en la Vicepresidencia de Proyectos e Ingeniería, se tuvieron en cuenta 20 iniciativas de inversión (proyectos), reportadas en la rendición de cuentas, y de acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, esta Vicepresidencia obtuvo, al ponderar las variables de eficacia y eficiencia, 79,2 puntos, lo que se traduce en una calificación de Cumple Parcialmente, lo que representa una mejora de 0,6 puntos con respecto al resultado obtenido en la vigencia 2018. Cuadro 16. Calificación planes, programas y proyectos VPE Proyectos e Ingeniería.

Fuente: Matriz de evaluación fiscal auditoria regular EPM. Elaboró: equipo auditor.

La Vicepresidencia de Proyectos e Ingeniería es la dependencia administrativa responsable de la ejecución y posterior entrega de los proyectos de infraestructura física y/o de mejora operacional de los negocios (energía, aguas y saneamiento), en el tiempo, costo y calidad negociados con el cliente interno. El proyecto más relevante que se desarrolla actualmente en EPM, es el Proyecto Hidroeléctrico Ituango, PHI, que está bajo el alcance de esta dependencia. Eficacia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos: los cálculos para esta variable arrojaron los siguientes resultados consolidados que soportan la calificación de 77,4 puntos, sobre 100 posibles, en relación con la eficacia alcanzada en el cumplimiento de las metas asociadas a los diferentes planes, programas y proyectos que son responsabilidad de la VPE de Proyectos e Ingeniería: Once iniciativas tuvieron cumplimiento igual o superior al 80% en la ejecución de sus metas físicas.

VARIABLES Ponderación Calificación Total

Eficacia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 38,7

Eficiencia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 40,4

1,00 79,2

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

CONTROL DE RESULTADOS VPE PROYECTOS E INGENIERIA

Calificación Parcial

77,4

80,9

Cumplimiento Planes Programas y Proyectos

Calificación

Cumple Parcialmente

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Nueve presentaron cumplimiento inferior al 80%, de las cuales, tres se ubicaron por debajo del 60% en la ejecución de sus metas programadas así: Cuencas La Iguana - La García 37,7%, Capacidades en gestión de proyectos 36,4% y Renovación Colectores Alcantarillado con tan solo un 0,2% de ejecución. Eficiencia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos: Al relacionar el porcentaje de ejecución de recursos monetarios de cada iniciativa con su respectivo índice de eficacia, se obtiene el índice de eficiencia correspondiente a cada proyecto; y de esta manera, se obtuvo una calificación de 80,9 puntos, como valor promedio en la eficiencia alcanzada en la ejecución de los planes programas y proyectos desarrollados por la VPE Proyectos e Ingeniería, durante la vigencia. En cuanto a la programación de los recursos financieros se presupuestaron $1,4 billones para las 20 iniciativas reportadas, de las cuales, el proyecto hidroeléctrico Ituango absorbería el 75% de esos recursos. El total del presupuesto ejecutado representa el 102%, equivalente a $1,43 billones, de los cuales, el 77% se ejecutaron en el desarrollo del proyecto hidroeléctrico Ituango ($1,10 billones). Once de los proyectos desarrollados en la vigencia 2019 presentaron ejecución presupuestal igual o inferior a la programada ($58.500 millones de subejecución); y en nueve se sobre ejecutó el presupuesto por un valor de $81.370 millones, de los cuales, sobresalen los proyectos Centro Parrilla - Circuito Orfelinato y Recuperación de la central hidroeléctrica Playas con ejecución y presupuestal del 321% y 174%, respectivamente. De los proyectos ejecutados durante la vigencia 2019, relacionados con Energía y/o Aguas y Saneamiento, y que están bajo la gestión de la VPE Proyectos e Ingeniería, la Contraloría seleccionó doce con el objetivo de evaluar el cumplimiento de las metas establecidas en términos de cantidad, calidad, oportunidad, resultados, concordancia y coherencia con los objetivos misionales, además de establecer si la asignación de los recursos permitió maximizar los resultados en el periodo objeto de evaluación. A continuación, se presentan los resultados más relevantes de la auditoría efectuada a estos proyectos:

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- PROYECTO REPOSICIÓN EQUIPOS DE SERVICIOS AUXILIARES EN CÁMARA DE VÁLVULAS Y TORRES DE CAPTACIÓN GUATAPÉ.

Aspectos Generales

Código del Proyecto: PEI0201GENCE

Fecha del caso de negocio: septiembre 4 de 2015

Fecha del acta de constitución del proyecto: elaboración 15 de julio de 2016,

aprobada el 22 de agosto de 2016.

Alineación Estratégica

Con la Estrategia Corporativa: La reposición de los servicios auxiliares y unidades hidráulicas en captación y cámara de válvulas apoya los siguientes elementos: Identidad: respalda el propósito del Grupo EPM de permanecer en el tiempo en el negocio de generación, disminuyendo el riesgo de daños en los activos generadores de ingresos; así se contribuye al desarrollo de territorios sostenibles y competitivos al generar bienestar y desarrollo con equidad en la zona donde se asienta la central Guatapé y la misma central Playas, a través de iniciativas que buscan mejorar la

prestación de los servicios públicos y la realización de programas institucionales.

Acción: optimización de las operaciones al incrementar la seguridad y confiabilidad de la planta de generación y la cadena hidroeléctrica Guatapé-Playas. La Organización asegurara así los ingresos que se generarán por la producción y comercialización de su energía.

Resultados: apoya los siguientes objetivos estratégicos: - Incrementar valor para los grupos de interés porque con ella se garantiza la

rentabilidad para el negocio en el mercado actual y futuro. - Crecer en mercados y negocios, ya que se mantiene los ingresos que permiten

contar con fondos suficientes para fortalecer y expandir la presencia del negocio en el mercado nacional y garantizar el cumplimiento de la MEGA.

- Optimizar la gestión de activos, que busca mejorar el costo total del activo en su ciclo de vida

Con la Estrategia Competitiva: La reposición de los servicios auxiliares y unidades hidráulicas en captación y cámara de válvulas apoya los siguientes elementos:

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Imperativo Estratégico: porque permite crecer de manera sostenible a través del aseguramiento de la producción de energía, con la disminución del riesgo operativo actual y mejora en la confiabilidad de la cadena Guatapé-Playas. Esto permite seguir contribuyendo al desarrollo con equidad en el territorio donde se encuentra la central. Estrategia: contribuye con la competitividad del negocio, al asegurar la generación de la central Guatapé y la misma central Playas para ser ofrecida en el mercado. Focos Estratégicos: con la gestión integral de activos el negocio busca mantener las condiciones óptimas de disponibilidad para asegurar el aprovechamiento del recurso energético. Objetivo(s) estratégico(s): optimizar la Gestión de Activos Forma de jugar: el proyecto le apunta a la rentabilización de operaciones, debido a que este disminuye los riesgos operativos que pueden presentarse ante fallas de los servicios auxiliares que garantizan la operación tanto de las válvulas mariposa como de las compuertas cilíndricas, especialmente en aquellos procedimientos que hayan exigido cerrar dichas válvulas o dichas compuertas y se vea obstaculizado su proceso normal de apertura, lo que impidiera el paso del agua hasta casa de máquinas y por tanto, la generación de energía en cada una de sus 8 unidades. Impacto sobre el objetivo estratégico: realizada la reposición y modernización de los servicios auxiliares y las unidad hidráulicas se reduce al máximo la posible indisponibilidad que pueda ocurrir en la central, ya sea en una etapa o en las dos etapas, cuando por eventos programados, eventos operativos o imprevistos haya sido necesario cerrar una o las dos válvulas mariposa o una o las dos compuertas cilíndricas, lo que reduce al mínimo el riesgo de pérdida por lucro cesante por pérdida intempestiva de la generación de energía y el riesgo de pérdida de ingresos por OEF. Complementariamente, este proyecto disminuye los costos de Operación y Mantenimiento para los sitios y equipos de captación y de cámara de válvulas, aproximadamente en un 80%, mejorando sustancialmente los niveles de monitoreo y seguridad tanto sobre los sitios como sobre los equipos. Indicador de Resultado Asociado al Objetivo Estratégico: los indicadores del negocio a los cuales la ejecución del proyecto les apunta, son los siguientes:

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Operacionales: Disponibilidad hidráulica, relación del costo por potencia instalada y por energía generada, unidades generadas. Clientes y mercados: Ingresos, Ingresos netos Generación de valor: Ebitda, Ebitda/ kW instalado

Descripción del Proyecto

Resumen ejecutivo del proyecto: en la central hidroeléctrica Guatapé de 560 MW

se tiene dos estructuras fundamentales que posibilitan y garantizan el suministro del

agua para la generación promedio anual de 2730 GWh/año, proveniente de un

embalse de regulación anual que permite almacenar hasta 4385 GWh, dos torres

de captación y dos cámaras de válvulas.

Estas estructuras que fueron construidas en dos etapas, en los años 1972 y 1979,

requieren para su operación local (automática) y remota de unos sistemas de

servicios auxiliares que a la fecha de concepción del proyecto habían sobrepasado

su vida útil, presentaban obsolescencia tecnológica, fallas de funcionamiento y baja

confiabilidad operativa, lo que incrementó los costos de mantenimiento correctivo y

los costos de operación por el aumento de la frecuencia del desplazamiento a los

dos sitios para ejercer bien sea el mantenimiento o la operación local, y había

empezado a generar indisponibilidades para la apertura de las válvulas mariposa,

lo que ponía en riesgo de incumplimiento la generación horaria declarada de 280 o

560 MW.

Ante este escenario en los equipos auxiliares, el personal operativo de la central Guatapé empezó a estructurar desde finales del año 2013 el plan para reponer la mayoría de estos equipos, para lo cual realizó en el primer trimestre del 2014 una primera inspección con personal técnico de la empresa dirigido por la Unidad. Operación y Mantenimiento Generación Energía con el objeto de identificar los equipos defectuosos. En el año 2015 producto de la transformación empresarial la UPIGE le correspondió formular el proyecto de reposición de los servicios auxiliares para las dos torres de captación y para la cámara de válvulas, para lo cual coordinó un equipo de trabajo en cabeza del CET estudios que elaboró el informe técnico a través del cual se seleccionó la alternativa a implementar, se realizó el diseño conceptual necesario

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para estimar el presupuesto, cronograma, proceso de contratación y recursos internos a utilizar. El Capex estimado en la formulación fue de USD 3.154.465 incluida la inversión administrativa y el IVA en los conceptos que aplique, a una TRM del 2400 $/USD, lo que equivalía a $7.570.7 millones a junio de 2015 En el plan de inversiones 2016-2019, el presupuesto de inversión aprobado por la Junta Directiva para el proyecto fue de $8.277 millones, sin IVA y con inversión administrativa. En general se haría el cambio total de los equipos de los sistemas auxiliares eléctricos, control, comunicaciones y unidades hidráulicas para los sitios de cámara de válvulas y torres de captación, y se repondrían las puestas a tierra y mejorarían los sistemas de protección contra descargas atmosféricas en la islita de compresores. El beneficio principal del proyecto consiste en reducir al máximo el riesgo de indisponibilidad de una etapa de 280 MW (4 unidades pelotón) o hasta de las dos etapas con 560 MW (8 unidades) que ocasionarían perdidas por lucro cesante y pérdidas por reducción dela ENFICC debido a:

- La no posible apertura de una o las dos válvulas mariposas que permiten el paso

del agua por la tubería de presión, debido a fallas en el sistema automático de operación en razón a la baja confiabilidad que tienen los servicios auxiliares, sistemas de control y Unidades Oleo hidráulicas.

- La no posible apertura de una o las dos compuertas cilíndricas que permiten el

paso del agua por el canal de conducción debido a fallas de confiabilidad en los servicios auxiliares o de la unidad hidráulica. Este beneficio se podría hacer extensivo sobre toda la cadena hidráulica que se alimenta del mayor embalse de regulación anual que tiene el SIN colombiano, cuando la indisponibilidad del paso de agua en una o las dos etapas de la central Guatapé empiece a superar los 3 días, con el riesgo incluso de llegar a dejar indisponibles por falta de agua a las centrales Playas y San Carlos cuando el paso del agua sobrepase los 7 días, especialmente en épocas de verano. Los beneficios subsidiarios son la reducción de los costos de mantenimiento

correctivo, la reducción de riesgos de accidentes, la mejora en la confiabilidad

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operativa de los dos sistemas y la mejora en la seguridad y vigilancia de los dos

sitios.

Control de cambios. El proyecto fue objeto de cuatro (4), cambios o

actualizaciones, en las que se suprimieron y adicionaron actividades y adquisiciones

que no estaban contempladas en el alcance del proyecto original, lo que conllevó a

cambios en el cronograma y en el costo final estimado, llegando a un valor del

proyecto (Capex) de $15.913 millones y una fecha de puesta en operación (FPO),

19 de diciembre de 2019, de acuerdo con el control de cambios número 4 del 31 de

enero de 2019.

Estudio financiero. De acuerdo con el concepto de la Vice Presidencia Finanzas, proyectos como este se clasifican como compra de activos y dada su condición de finalización de la vida útil real o teórica del equipo, el hecho de que se desarrolle una evaluación financiera no apoya o reprueba la ejecución del mismo. En estos proyectos de compra de activos para reemplazo, en donde no hay alternativas que impliquen comparar inversiones, vidas útiles, optimizaciones operativas, mayores ingresos o ahorros en costos, no hay lugar a una evaluación financiera. Por último, informamos que se calculó para estos casos, una equivalencia del monto de la inversión con respecto a los días de ingreso y para todos los resultados fueron de pocos días o incluso de horas, lo que soporta que no es necesario hacer una evaluación completa de la central para definir la recuperabilidad de la inversión.

Objetivo del Proyecto: realizar la reposición de los servicios auxiliares, control,

comunicaciones y unidades hidráulicas para la cámara de válvulas y las torres de

captación, con el fin de reducir al máximo el riesgo de indisponibilidad de la central

Guatapé.

Alcance del Proyecto: el proyecto consiste esencialmente en la reposición general

de los servicios auxiliares y las unidades oleo hidráulicas ubicadas en los sitios de

captación y cámara de válvulas de la central Guatapé, y accesoriamente en la

modernización de los sistemas de comunicación con casa de máquinas que incluye

la adición de dos circuitos cerrados de TV para vigilancia, y en la reposición del

sistema de ventilación de casa maquinas ubicado en cámara de válvulas.

Cumplimiento de metas físicas: en el avance físico - curva S, EPM tenía planeado alcanzar el 96,93% de ejecución física acumulada del proyecto, pero el avance real

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acumulado a 2019 fue de un 90,65%, para un cumplimiento del 93,52%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019: Gráfica 1. Avance Físico - Curva S. proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé.

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

Cumplimiento de metas de avance de costo: con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $11.683 millones para ser ejecutados en el 2019, de los cuales se ejecutaron $9.886 millones, para un cumplimiento del 84,62%. Gráfica 2. Ejecución presupuestal a diciembre de 2019 – proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé.

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

P 56,38% 59,33% 63,01% 77,52% 82,02% 84,93% 87,42% 89,08% 89,77% 92,53% 96,50% 96,93%

E 51,99% 55,62% 59,33% 63,03% 67,84% 69,63% 70,63% 73,34% 79,18% 82,82% 87,41% 90,65%

96,93%

90,65%

0,00%

20,00%

40,00%

60,00%

80,00%

100,00%

120,00%

Curva S - Avance Físico 2019

P 141 675 1.834 2.173 5.760 8.671 9.181 9.633 10.070 10.650 11.243 11.683

E 33 97 277 1.064 1.410 3.917 5.127 5.917 7.503 8.060 8.576 9.886

11.683

9.886

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

12.000

14.000

Eje

cuci

ón

acu

mu

lad

a (

en

mill

on

es d

e p

eso

s C

OP

)

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En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto del año 2019 por concepto: Cuadro 17. Ejecución presupuesto proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

La evaluación por parte del equipo auditor se llevó a cabo con base en el presupuesto definido y en el cronograma actualizado para el proyecto, verificando así el cumplimiento de la meta física y presupuestal, como se puede observar en el siguiente cuadro en donde se muestra la evaluación del cumplimiento de la meta física y de recursos del proyecto para el período de ejecución. Cuadro 18. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control, el grado de aplicación de los recursos en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno,

Descripción Cuenta Aprobado 2019 Ejecución 2019 % cumpl

Gravamen Movimiento Financiero 44 53 120,5

Manejo impactos ambiental-social 40 50 125,0

Servicios personales 2.756 1.400 50,8

Transporte 705 257 36,5

Contrato mano de obra 243 314 129,2

Consumo de materiales 16 N.A

Seguros 17 10 58,8

Obra civil 318 100 31,4

Ingeniería-consultoría-honorarios 436 869 199,3

Equipos 6.659 5.743 86,2

Compra de materiales 57 130 228,1

Viáticos y tiquetes 435 N.A

Servicio aseo, cafetería 2 2 100,0

Estudios y Diseños 330 375 113,6

Vigilancia y seguridad 78 113 144,9

Combustibles y lubricantes -2 18 N.A

TOTAL 11.683 9.885 84,6

Meta

Programada

Meta

CumplidaResultado % Programados Ejecutados Resultado %

96,93% 90,65% 93,52% 11.683 9.886 84,62% 0,90 0,94

Cumplimiento de Metas FísicasCumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto (millones de pesos)

Eficiencia Eficacia

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el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé, la eficiencia alcanzó un valor de 0,90 con corte a diciembre de 2019, lo que significó que se generaron ahorros en la asignación de los recursos, por consiguiente, hubo eficiencia en el uso de los recursos porque al utilizarse el 84,62% del presupuesto programado en función de la cantidad de obra realizada que fue del 93,52%, esto se traduce en un ahorro del 15% en los recursos asignados al proyecto. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una leve pérdida de eficacia, al obtener una calificación de 0,94 por debajo de uno, pues frente a una meta de 96,93% de avance físico programado acumulado al 31 de diciembre de 2019, se alcanzó a ejecutar el 90,65%, con un atraso del 6,5%. No obstante lo anterior, el proyecto entró en operación en diciembre de 2019, tal como estaba programado y los atraso reportados se refieren a pendientes menores en el equipo contraincendios, iluminación de acceso a cámara de válvulas y a trámites ambientales. - PROYECTO ACTUALIZACIÓN PRESA MIRAFLORES. Aspectos Generales Código del Proyecto: PEI0741GENCE Fecha del caso de negocio: septiembre de 2017 Fecha del acta de constitución del proyecto: elaboración 21 de marzo de 2018,

aprobada el 18 de julio de 2018.

Resumen ejecutivo del proyecto

Dada las consecuencias catastróficas que ocasionaría la rotura de una presa grande, EPM ha venido adelantando un seguimiento cuidadoso y continuo de cada una de estas obras de su propiedad y ha realizado evaluaciones detalladas de sus diseños y funcionamiento aproximadamente cada 15 años, para determinar si cumple con los estándares modernos de seguridad.

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Con base en los resultados de estas evaluaciones, EPM ha implementado mejoras en el monitoreo rutinario, restricciones en el nivel máximo de operación del embalse y ha construido las obras de actualización que ha encontrado necesarias. La presa Miraflores requiere adelantar la rehabilitación de sus obras civiles y el cambio de sus equipos electromecánicos en forma inmediata para minimizar los riesgos sísmicos e hidrológicos detectados en las evaluaciones de estabilidad dinámica de la presa y el estado electromecánico de sus equipos por cumplimiento de su vida útil.

Adicionalmente, se requiere realzar la cresta de la presa para recuperar 30 millones de metros cúbicos de embalse útil, que hoy no se pueden utilizar para la generación de la cadena Guatrón por restricción geotécnica e hidrológica de la presa.

Objeto

Construir las obras de actualización y rehabilitación de las estructuras civiles de la presa Miraflores y la reposición de sus equipos electromecánicos de acuerdo con los resultados del estudio de Actualización de la Presa contratados en el año 2015 con el consorcio HMV Ingenieros – INTEINSA por la Unidad Planeación de Infraestructura Generación Energía.

Realzar la cresta de la presa hasta la cota 2068 con el objeto de recuperar 30 millones de metros cúbicos de embalse útil y volver a las condiciones normales de operación del embalse.

Objetivos

Rehabilitar y actualizar la presa de Miraflores, sus obras anexas y equipos electromecánicos y procedimientos operativos de manera que cumpla con los criterios y estándares de seguridad actuales utilizados a nivel mundial.

Recuperar el volumen de embalse útil (30 millones de metros cúbicos) que se encuentra restringido para permitir incrementar la energía firme de la cadena Guadalupe Troneras.

Entre los beneficios más importantes identificados con la rehabilitación y realce de la presa Miraflores se encuentran: minimizar los riesgos por rompimiento de la presa causados por eventos sísmicos y riesgos hidrológicos y recuperar más de 30 millones de metros cúbicos de embalse que permitirán incrementar la energía firme de toda la cadena hidroeléctrica Guadalupe Troneras.

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Costo total

El valor total del proyecto estimado en $83.290 millones se distribuye en $60.470

millones estimados por el consultor y correspondientes a la ejecución de las obras

del proyecto y $22.820 millones requeridos para la contratación de los diseños

definitivos, la contratación de la interventoría, la inversión administrativa, la gestión

ambiental y social, el pago de impuestos, entre otros rubros.

Cuadro 19. Capex proyecto Actualización Presa Miraflores.

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

Alineación Estratégica

La ejecución de los trabajos de actualización de las estructuras civiles y equipos electromecánicos de la presa de Miraflores previstos en el proyecto, contribuirán con el propósito del Grupo EPM de “permanecer en el tiempo” dado que reducen el riesgo operativo actual y mejorarán la confiabilidad de la cadena Guadalupe Troneras. Igualmente respaldan la estrategia competitiva de “optimización de la producción de energía y de la gestión de activos” al disminuir el riesgo de daños en los activos generadores de ingresos y contribuir a garantizar así el cumplimiento de la MEGA. Objetivo Estratégico Principal Optimizar la Gestión de Activos: la inversión busca optimizar el costo total del activo en su ciclo de vida y garantizar la operación al incrementar la seguridad y confiabilidad de la presa Miraflores Otros objetivos impactados Optimizar procesos: al realizar los trabajos de actualización de la estructura civil y equipos electromecánicos de la presa Miraflores previstos en el proyecto se está

COP

(millones)

Equipos 4.838,9 5.8%

Obra Civil 61.179,2 73.5%

Inversión Administrativa 2.477,7 3.0%

Terrenos y Servidumbres 847,9 1.0%

Gestion Ambiental y Social 4.669,2 5.6%

Ingeniería 9.277,1 11.1%

Total general 83.289,9 100%

Concepto Porcentaje

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previniendo el desarrollo de problemas operativos que afecten la prestación del servicio de la cadena Guadalupe Troneras en años posteriores, y así la Organización asegurará los ingresos que se derivan de la producción y comercialización de su energía. Por otro lado, la ejecución del proyecto disminuye el riesgo del desarrollo de deficiencias graves en la presa que puedan llegar a su destrucción con las consecuentes pérdidas de vidas humanas y daños en la infraestructura, aguas abajo de la presa y a suspender la producción de energía en las centrales Troneras, Guadalupe III y Guadalupe IV por falta de caudales en épocas de estiaje. Impacto sobre el objetivo estratégico: construir el proyecto aportará en la rentabilidad futura, la calidad del servicio, el mantenimiento de territorios competitivos y el cuidado del medio ambiente, debido a que su ejecución disminuirá los riesgos de falla de diferentes componentes de la presa, algunas de las cuales podrían ser graves como la falla del terraplén de la presa de tierra, si se desarrolla un daño que obligue a bajar el niveles de operación del embalse para realizar las reparaciones o para reducir los riesgos de una catástrofe por rotura de la presa que permita el escape del agua del embalse generando inundaciones, pérdidas de vidas y de infraestructura aguas abajo. La ejecución del proyecto también reduce la posibilidad de que las personas que realizan labores de mantenimiento y control de la presa de Miraflores sufran accidentes. De otra parte, teniendo en cuenta que la cresta de la presa hace parte de una vía intermunicipal, la ejecución de las obras minimizará los posibles accidentes que a terceros se puedan generar por daños imprevistos con la consecuente pérdida de imagen o reputación. Además, permitirá que en el largo plazo los costos de control y de mantenimiento de las obras civiles sean menores. Indicador de Resultado Asociado al Objetivo Estratégico Los indicadores del negocio a los cuales la ejecución del proyecto les apunta, son los siguientes: Operacionales: disponibilidad hidráulica, relación del costo por potencia instalada y por energía generada, unidades generadas. Clientes y mercados: Ingresos, Ingresos netos. Generación de valor: Ebitda, Ebitda/ kW instalado.

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Control de cambios

El proyecto ha sido objeto de dos (2), cambios o actualizaciones, los cuales e

resumen a continuación:

Control de cambios No. 001: a través del cual se modifica el alcance, costo y FPO

del proyecto, así:

Predios: cambio de alquiler a compra de terrenos para construcción de la Zona de

Manejo de Escombros y Material de Excavación - Zodme, ubicación de campamento

de contratista de obra civil y compensaciones ambientales.

Cronograma: cambios en el tiempo para la realización de trámites ambientales;

inclusión de tiempos acorde con regla de operación del embalse durante la

construcción y los tiempos de contratación para la compra, suministro, montaje y

pruebas para la Válvula de Cono.

Costos: ajuste de la administración y utilidad propuesta en el caso de negocio para

las obras civiles; inclusión de los costos asociados a la compra, suministro, montaje

y pruebas para la Válvula de Cono y ajuste de los costos asociados a los nuevos

términos de referencia para el otorgamiento de la licencia ambiental.

Zona préstamo material llenos de presa: se identificaron nuevas zonas de material

de préstamo, ya que los observados inicialmente presentaban una alta

incertidumbre en el trámite para el licenciamiento, que impactarían negativamente

el cronograma del proyecto.

Control de Cambios No. 002: a través del cual se modifica la FPO del proyecto

(27/09/2021 a 9/02/2023), debido a la necesidad de dividir el proyecto en dos fases,

evitando así que se materialice el riesgo de incumplimiento de los compromisos

comerciales, al mantener la operación del embalse en los niveles mínimos para la

ejecución de las obras, durante tanto tiempo. Por lo anterior, la primera fase que

corresponde al realce de la presa, se desarrollará entre los años 2020 y 2021;

mientras que, la segunda fase, que consiste en las obras civiles asociadas a la

plataforma de acceso a la torres de las compuertas de la captación, descarga de

fondo y pozo de la compuerta de emergencia, además del suministro e instalación

de los equipos hidromecánicos (compuertas, puentes grúa, válvulas y demás

equipos asociados), sólo podrá iniciar a partir del año 2022, siempre y cuando se

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cumpla con la entrada en operación de una unidad del Proyecto Hidroeléctrico

Ituango.

Estudio financiero Dado el carácter del proyecto y en consideración a que es política del Grupo EPM

mantener sus activos en condiciones operativas óptimas, garantizar la calidad y la

continuidad del servicio y propender por la conservación no solo de sus ingresos

sino también de su reputación bajo un ambiente de responsabilidad empresarial, la

Vicepresidencia de Finanzas Corporativas y Gestión de Riesgos recomienda

avanzar con el proyecto en la medida en que se hace necesario actuar con prontitud

para mitigar los riesgos sísmicos e hidrológicos que la operación del activo en las

condiciones actuales acarrean. Teniendo en cuenta que las consecuencias

económicas (sin evaluar consecuencias reputacionales, ambientales, sociales y

demás) producto de la materialización de los riesgos expuestos podrían superar un

monto de 100 millones de dólares a valores de hoy, una inversión en el proyecto

cercana a los 28 millones de dólares termina siendo secundaria frente a la condición

propia del riesgo.

Alcance del Proyecto

El proyecto consiste en la rehabilitación, actualización y realce de la actual Presa Miraflores para asegurar su buen comportamiento durante los próximos 50 años y de paso permitir la recuperación del 100% del volumen útil del embalse cumpliendo con los criterios de diseño de presas vigentes. Estos trabajos incluyen también la rehabilitación de las obras civiles principales anexas a la presa y los equipos electromecánicos asociados a la gestión del embalse. Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado 17avanzar en el desarrollo del proyecto hasta un 18,17% acumulado, pero sólo logró alcanzar 11,84%, para un cumplimiento del 65,16%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019:

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Gráfica 3. Avance Físico - Curva S. Proyecto Actualización Presa Miraflores.

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

Los principales avances obtenidos en la vigencia 2019 fueron:

Se obtuvo la aprobación del Plan de Manejo Ambiental para la Cadena Guatrón.

Finalización de los diseños detallados y especificaciones.

Permiso de levantamiento de veda para el inicio de la construcción.

Obtención de licencia para la implementación del Plan de Manejo Arqueológico. Entre las principales situaciones que afectaron el avance del proyecto tal como estaba programado, se destacan: Tramites ambientales: Aprobación del documento de medidas de manejo ambiental para la construcción del realce de la presa Miraflores: Las medidas de manejo fueron radicadas en junio de 2019. En septiembre de 2019, la ANLA realizó visita al proyecto en el marco del análisis del documento de “Medidas de Manejo Ambiental para la Rehabilitación de la Presa del embalse Miraflores del Complejo Hidroeléctrico Guadalupe”. Permisos ambientales (vertimiento, concesión y aprovechamiento) – Corantiquia: el 26 de junio de 2019, se radicaron ante la Autoridad Ambiental competente las solicitudes de los permisos de vertimiento, concesión y aprovechamiento. A la fecha

P 9,23% 10,13% 11,06% 11,87% 12,64% 13,34% 14,32% 15,16% 15,86% 16,59% 17,24% 18,17%

E 5,31% 5,44% 5,58% 5,90% 7,24% 9,23% 10,70% 10,70% 10,71% 11,38% 11,84% 11,84%

18,17%

11,84%

0,00%

2,00%

4,00%

6,00%

8,00%

10,00%

12,00%

14,00%

16,00%

18,00%

20,00%

Curva S - Avance Físico 2019

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(diciembre de 2019), no se había obtenido de la Autoridad Ambiental respuesta a dichas solicitudes. Alcance del Proyecto: Por solicitud del Negocio Generación Energía y para no afectar la generación de energía de la Central Troneras en el año 2020, el proyecto Actualización Presa Miraflores se desarrollará en dos fases:

Fase I: obras de infraestructura y realce de la presa en el año 2020. Fase II: obras conexas (Torre de captación) y adecuación, suministro y montaje de los equipos electromecánicos en el año 2022.

En ese sentido, la FPO del proyecto cambiaría, pasando del 11/10/21 al 09/02/23. Cumplimiento de metas de avance de costo Con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $4.930 millones para ser ejecutados en el 2019, de los cuales se ejecutaron $2.864 millones, para un cumplimiento del 58,09%. Gráfica 4. Ejecución presupuestal a diciembre de 2019 – proyecto Actualización Presa Miraflores.

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

P 109 1.114 1.222 2.444 2.775 3.155 3.265 3.744 4.150 4.463 4.597 4.930

E 57 263 356 1.222 1.458 2.240 2.293 2.723 2.773 3.110 3.157 2.864

4.930

2.864

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

Eje

cu

ció

n a

cu

mu

lad

a

( e

n m

illo

ne

s d

e p

eso

s C

OP

)

Curva S - Presupuesto 2019

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En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto del año 2019 por concepto: Cuadro 20. Ejecución presupuesto proyecto Actualización Presa Miraflores. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de cuentas EPM vigencia 2019, elaboró equipo auditor.

La evaluación por parte del equipo auditor se llevó a cabo con base en el presupuesto definido y en el cronograma actualizado para el proyecto, verificando así el cumplimiento de la meta física y presupuestal, como se puede observar en el siguiente cuadro, en donde se muestra la evaluación del cumplimiento de la meta física y de recursos del proyecto para el período de ejecución Cuadro 21. Eficiencia y eficacia en la ejecución del proyecto Actualización Presa Miraflores.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control, el grado de aplicación de los recursos en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno,

Descripción Cuenta Aprobado

2019

Ejecución

2020% cumpl

Gestión técnica tramites ambientales 200 0 0,0

Gravamen movimientos financiero 17 17 100,0

Manejo impactos ambienta-social 52 0 0,0

Servicios personales 1.109 733 66,1

Transporte 46 1 2,2

Equipos 204 0 0,0

Viáticos y tiquetes 134 0 0,0

Gastos legales 4 NA

Programa de arqueología 146 8 5,5

Interventorías 126 0 0,0

Estudios y Diseños 2.100 2.052 97,7

Compra terrenos 250 0 0,0

Asesorías 30 49 163,3

Estudio ambiental y social 516 0 0,0

TOTAL 4.930 2.864 58.1%

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados Resultado %

18,17% 11,84% 65,16% 4.930 2.864 58,09% 0,89 0,65

Cumplimiento de Metas FísicasCumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto (millones de pesos)Eficiencia Eficacia

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el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Actualización Presa Miraflores, la eficiencia alcanzó un valor de 0,89 con corte a diciembre de 2019, lo que significó que se generaron ahorros en la asignación de los recursos, por consiguiente, hubo eficiencia en el uso de los recursos porque al utilizarse el 58,09% del presupuesto programado en función de la cantidad de obra realizada que fue del 65,16%, esto se traduce en un ahorro del 7,07% en los recursos asignados al proyecto para ser ejecutados en la vigencia 2019. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Reposición de Equipos de la Cámara de Válvulas y Torres de Captación Central Guatapé, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una pérdida de eficacia, al obtener una calificación de 0,65 por debajo de uno, pues frente a una meta de 18,17% de avance físico programado acumulado al 31 de diciembre de 2019, se alcanzó a ejecutar el 11,84%, con un atraso significativo del 34,85%, por las razones expuestas anteriormente. - PROYECTO AMPLIACIÓN SUBESTACIÓN URABÁ 220/110/44 KV. Antecedentes El sistema eléctrico del Urabá antioqueño, se componía de un único nodo de alimentación, subestación Urabá, energizada radialmente por la línea Urrá- Urabá 220 kV. En la subestación Urabá se disponía de un solo autotransformador 220/110/44 kV, el cual alimentaba 8 subestaciones regionales. Ante la salida de operación de éste elemento del STR (Sistema de Transmisión Regional), se desatendería toda la demanda industrial y vegetativa de la zona del Urabá Antioqueño y se podría reestablecer el servicio una vez se solucionara el inconveniente que provocó la salida de operación del autotransformador, debido a que no existían otras líneas o subestaciones que proporcionaran respaldo para restablecer el servicio durante la falla de éste (exceptuando parte de la demanda de Apartadó que puede ser respaldada desde las redes del Occidente Antioqueño).

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El proyecto se concibió con el objetivo de ampliar la capacidad en la subestación Urabá 220/110/44 kV, y está enmarcado dentro del objetivo estratégico “Fortalecer las relaciones con los grupos de interés externos”, y el impacto esperado se definió como “Incrementar la confiabilidad en la prestación del servicio de energía de los usuarios del sistema del Urabá Antioqueño, lo cual permite afianzar la satisfacción de los clientes respecto al servicio prestado. Por las condiciones regulatorias expuestas en el artículo 7 de la Resolución 024 de 2013, el proyecto se consideró necesario en el sistema, pues era lo recomendable para EPM como el OR (Operador Regional) que lo ejecutará porque de lo contrario se realizaría por convocatoria pública, y de acuerdo con el análisis realizado por la entidad, las operaciones y seguridad en la subestación se verían impactadas si un agente externo llegase a tener activos en predios de la subestación Urabá y a su vez se renunciaría a un proyecto del STR (Sistema de Transmisión Regional) que representa una buena rentabilidad para la organización, con riesgos bajos y beneficios asegurados. Descripción del Proyecto El alcance del proyecto comprendía la ingeniería, suministro, gestión ambiental, interventoría, obras civiles, montaje, pruebas y puesta en servicio de la ampliación de la subestación Urabá en los niveles de 220 kV de propiedad de ISA y 110 kV y 44 kV de propiedad de EPM, así: Ampliación subestación 220 kV: ampliación de las barras principal y de transferencia, equipamiento de una bahía de transformación en configuración Barra Principal más transferencia para la conexión del banco de Autotransformadores nuevos 220/110/44 kV (3 X 50 MVA), incluyendo el sistema de malla a tierra para la nueva bahía y la Integración a la diferencial de barra existente. El lote de la subestación 220 kV es de propiedad de ISA y cuenta con el espacio disponible para esta ampliación, contiguo a la bahía de conexión del banco de Autotransformadores existentes. Ampliación subestación 110 kV: instalación del nuevo banco de Autotransformadores 220/110/44 kV (3 X 50 MVA) contiguo a la unidad de reserva del banco de Autotransformadores existentes, incluyendo la construcción de la respectiva bahía de transformación a 110 kV en configuración barra sencilla, en el espacio disponible que está enfrentada a la bahía de línea existente hacia Apartadó. No se requiere ampliación del barraje en 110 kV.

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Instalación de un nuevo Transformador Zig-Zag 44 kV, (3,5 MVA), contiguo al nuevo banco de Autotransformadores a instalar con su respectiva bahía en 44 kV. Instalación de diferencial de barras 110 kV y teleprotección de la bahía de la línea Urabá – Apartadó 110 kV existente. Ampliación subestación 44 kV: instalación de la nueva bahía de 44 kV, en configuración barra sencilla, a través de una acometida canalizada en cable aislado proveniente del terciario del nuevo banco de Autotransformadores, en el espacio disponible contiguo a donde está conectada la transformación existente, esta quedaría enfrentada a la bahía existente Turbo. Para lo anterior se cuenta con el espacio disponible en el lote de la subestación 44 kV y no se requiere ampliación del barraje en 44 kV. Los resultados obtenidos de la evaluación financiera del proyecto definidos en esa fecha fueron: Cuadro 22. Indicadores Financieros del proyecto Ampliación Subestación Urabá.

Fuente: Caso del negocio Proyecto Ampliación Subestación Uraba.

Se realizó el análisis de riesgos, encontrando seis riesgos asociados al proyecto, de los cuales cuarto se encontraban en el rango de Tolerable y dos de Aceptable, definiéndose los controles para cada uno de ellos. No obstante, de acuerdo con la evaluación, aunque el valor de las inversiones del proyecto se modificó en su ejecución, pues la mayor parte se ejecutó en el 2019, el valor total fue inferior al presupuestado; puede concluirse entonces, que los controles establecidos fueron efectivos, y el proyecto entró en operación de acuerdo con lo programado.

Fecha de evaluación: 2016-08-19

Inversiones $18.694 millones

VPN del proyecto 4.201

TIR 10,13%

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Cuadro 23. Riesgos y controles identificados al proyecto Ampliación SE Urabá.

Fuente: Caso del negocio Proyecto Ampliación Subestación Uraba.

Formulación de metas físicas y presupuestales

De acuerdo con el acta de constitución del proyecto del 28 de noviembre de 2016, el proyecto iniciaría su ejecución en 9 de enero de 2017 y se terminaría el 28 de octubre de 2019. En el caso del negocio fechado en agosto 29 de 2016, se estableció como costo aproximado del proyecto un valor de $18.694 millones y las inversiones se realizarían entre el 2017 y el 2019, año de terminación de ejecución del proyecto así:

Como se observa en el siguiente cuadro, el proyecto solo requería inversión en la Subestación como tal, pues no era necesaria la compra de terrenos ni la constitución de servidumbres, pues se ejecutaría en una Subestación existente. Los costos operativos (OPEX), asociados al proyecto, se definieron como los costos de mantenimiento de los activos nuevos que intervendrían en el proyecto, por valor de $29.153.201 para cada uno de los años de operación.

Código Descripción Nivel de

RiesgoControl

R1

Diferencia entre la valoración económica del proyecto

considerada inicialmente y los valores reales afectando

la viabilidad financiera

Tolerable

Actualizar capex anualmente

Monitoreo del nivel del riesgo para identif icar

cambios

Control y seguimiento del avance y modif icaciones

del proyecto

Seguimiento sensibilidad indicadores f inancieros del

proyecto

R2 Problemas por órden público TolerableAplicación de controles existentes

Monitoreo del nivel del riesgo

R3Problemas con la calidad y tiempo de entrega de los

diseños definitivosTolerable

Solicitud de entregas parciales de diseños al CET

para revisión y ajustes

Formalizar con el CET acta de entrega de diseños

Sensibilización a la dirección del CET de la

importancia de la entrega oportuna y calidad de los

diseños

Participación de los diseñadores del CET en las

reuniones semanales de seguimiento al proyecto

R4Falta de material, equipos o bienes/suministros en la

cantidad o calidad requeridasTolerable

Planeación y seguimiento a la contratación

Reuniones periódicas con contratistas para medir

avances

Capacitación permanente al personal que interviene

en el proceso de adquisición

R5Contagio con personas naturales o jurídicas inmersas

en actividades LA/LTAceptable Aplicar controles existentes

R6Afectación a la salud y el bienestar de los funcionario

por condiciones y situaciones laboralesAceptable Cumplimiento normativa en salud y seguridad

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Cuadro 24. Inversiones por año a valores corrientes proyecto Ampliación SE Urabá.

Fuente: Caso del negocio Proyecto Ampliación Subestación Uraba.

Para la valoración del proyecto se tuvieron en cuenta aspectos como el escenario macroeconómico: Crecimiento PIB, el IPC, IPP, TRM, Libor, Euro, YEN, Inflación externa (EEUU) para el período 2016-2026; análisis de ingresos/beneficios, costos y gastos, análisis de la inversión, análisis del costo de capital promedio ponderado; entre otros.

La ejecución de las metas físicas y presupuestales no se realizaron como se plantearon en el Capex, no obstante, el proyecto entró en operación de acuerdo con lo planeado y tuvo un menor valor de ejecución debido principalmente a que la “ampliación de la subestación Urabá en los niveles de 220 kV de propiedad de ISA” mencionado en el alcance del proyecto, fue construida por Intercolombia (ISA) mediante un contrato de conexión con EPM, y los costos de este contrato no se le cargaron al proyecto en su fase de inversión. Las curvas S de ejecución física y presupuestal de acuerdo con la reprogramación de su ejecución se presentan a continuación. Gráfica 5.Curva S avance físico proyecto Ampliación SE Urabá.

Fuente EPM. Elaboró equipo auditor.

CONCEPTO TOTAL 2017 2018 2019

TERRENOS

SUBESTACIÓN 18693,7 419,8 16517,7 1756,3

LÍNEAS

SERVIDUMBRES

OTRAS INVERSIONES

INTERVENTORÍA UPME

TOTAL 18693,7 419,8 16517,7 1756,3

100,00%

100,00%

0,00%

10,00%

20,00%

30,00%

40,00%

50,00%

60,00%

70,00%

80,00%

90,00%

100,00%

2017

2018

ene.

-19

feb.

-19

mar

.-19

abr.-

19

may

.-19

jun.

-19

jul.-

19

ago.

-19

sep.

-19

oct.-

19

nov.

-19

dic.

-19

Porc

enta

je d

e A

vanc

e

Curva S Avance Físico - 2017 - 2019 Ampliación SE Urabá

% Programado Acumulado % Ejecutado Acumulado

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Gráfica 6.Curva S avance presupuestal proyecto Ampliación SE Urabá.

Fuente EPM. Elaboró equipo auditor.

La entrada de operación del proyecto se estableció para el 28 de octubre de 2019, y de acuerdo con lo mostrado en las curvas S, se cumplió con lo planeado para el proyecto con algunos ahorros significativos en su inversión. La evaluación por parte del equipo auditor se llevó a cabo con base en el presupuesto definido y en el cronograma actualizado para el proyecto, verificando así el cumplimiento de la meta física y presupuestal, como se puede observar en el cuadro 25, en donde se muestra la evaluación del cumplimiento de la meta física y de recursos del proyecto para el período de ejecución. Cuadro 25. Ejecución metas físicas y presupuestales período de ejecución del proyecto Ampliación SE Urabá.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

La subejecución del presupuesto aprobado para cada año, se presentó por:

297

2.413

14.076 14.203

297

1.379

12.339 12.466

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

12.000

14.000

16.000

2017 2018 2019 2020

Curva S Avance Presupuestal 2017 -2019 -Ampliación SE Urabá

PptoProg Acumulado Ejecutado Acumulado

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%

Programados

Millones $

Ejecutados

Millones $

Resultado

%

2017 18,25% 18,25% 100% I.N.D 297

2018 26,08% 26,08% 100% 2.116 1.082 51,1% 0,51 1,00

2019 55,67% 55,67% 100% 11.663 10.954 93,9% 0,94 1,00

Cumplimiento de Recursos asignados Cumplimiento de metas Físicas

Año Eficiencia Eficacia

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2018

Reprogramación para la vigencia 2019 de la instalación de equipos de comunicaciones debido a demoras en la nacionalización de los mismos. Ahorros en los siguientes rubros:

Garantía de cumplimiento e Interventoría CREG 024, la cual dependía de la publicación del plan de expansión de la UPME que fue posterior a lo planeado.

Los diseños e interventoría de las obras civiles se ejecutaron con recursos propios.

2019 Se presentaron ahorros debido al menor valor de las obras civiles, contrato de montajes, gestión ambiental, transporte y arqueología. Con relación a la eficacia el proyecto obtuvo una calificación igual a uno (1) en el 2018 y 2019, lo que implica que su ejecución coincide con la programación por lo tanto fue eficaz. Respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Ampliación de la SE Urabá, la eficiencia alcanzó un valor de 0,94 con corte a diciembre de 2019, lo que significa que se generaron ahorros en la asignación de los recursos a la ejecución del proyecto, pues se utilizó el 94% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, No obstante si se compara el valor de los recursos asignados en el CAPEX, que ascendieron a $18.694, con respecto a lo ejecutado incluido el 2020 que asciende a $12.466, se obtendría una eficiencia total del proyecto de 0.67, pero esto se debe principalmente a que como se dijo antes, la “ampliación de la subestación Urabá en los niveles de 220 kV de propiedad de ISA” fue construida por INTERCOLOMBIA (ISA) mediante un contrato de conexión con EPM y no con recursos con cargo al proyecto.

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- PROYECTO MODERNIZACIÓN S/E SANTA FE DE ANTIOQUIA. Descripción general: actualmente el sistema del Occidente Antioqueño opera con alimentación radial desde la subestación Occidente y alimenta dos de las subestaciones con mayor demanda turística de Antioquia, Santa Fe de Antioquia y San Jerónimo. En ambas subestaciones existe alarma de cargabilidad del transformador 44/13.2 kV. Para atender la demanda en condiciones de operación normal y ante la salida de cualquier transformador de potencia, se genera desatención de demanda, situación que es frecuente en temporadas decembrinas y en días festivos. Principalmente, el proyecto se basa en la ampliación de capacidad de transformación en la subestación Santa Fe de Antioquia y la reposición de aquellos equipos que se encuentran deteriorados, carecen de repuestos porque han salido del mercado, han cumplido su vida útil o se requieren para hacer compatible la operación de la subestación. Específicamente en esta subestación existe un riesgo operativo para el personal, debido a que el edificio de control de la subestación se encuentra ubicado en la misma locación del personal comercial y operativo de la región. Adicionalmente, existe una solicitud de ampliación del almacén ubicado actualmente en la misma instalación de la subestación, situaciones que serán objeto de mejora con el proyecto. El alcance del proyecto comprende la ingeniería, suministro, gestión ambiental, interventoría, obras civiles, montaje, pruebas y puesta en servicio de la infraestructura eléctrica necesaria para la ampliación, reposición y modernización de la subestación de 110 / 44 / 13.2 kV. Las principales obras a ejecutar son: La compra del lote contiguo a la subestación para la futura construcción del almacén general de la región (no hace parte del proyecto la construcción de esta infraestructura locativa), instalación adecuada del transformador 110/44 kV proveniente de la subestación Caucasia, construcción de un nuevo edificio de control y traslado de la infraestructura del edificio de control actual al nuevo, traslado del transformador actual 44/13.2 kV hacia Apartadó e instalación de uno nuevo de 25 MVA, adecuación de las vías de mantenimiento, previsión de espacio para bahías futuras y reposición de equipos de patio y control de la subestación.

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Con la entrada en operación de la nueva infraestructura, se eliminará la provisionalidad del transformador instalado actualmente, que fue la alternativa implementada para evitar que todos los días hubiese desatención de la demanda, ya que el transformador propio de la subestación llegó a su máxima capacidad; así mismo, se podrá suministrar servicio de energía a la totalidad de demanda ante salida de operación de los elementos de transformación 110/44 kV y 44/13.2 kV o sus elementos de conexión, ya que actualmente ante estas situaciones se desatiende demanda debido a que las fuentes que la respaldan llegaron a sus máximos niveles. La evaluación financiera del proyecto se muestra a continuación: Cuadro 26. Resultados evaluación financiera S/E Santa Fe de Antioquia con y sin compra de lote colindante.

Fuente: EPM.

Dentro del análisis de riesgos del proyecto de la S/E Santa Fe de Antioquia, se identificó que las negociación del lote colindante a la subestación impacta el éxito del desarrollo del proyecto, por lo tanto, se consideró necesario anticipar la compra de este terreno y dejarlo presupuestado para la vigencia de 2018 y 2019 con el fin de cubrir posibles riesgos de negociación. En consecuencia, la evaluación financiera consideró la compra de dicho lote. Formulación de metas físicas y presupuestales De acuerdo con el acta de constitución del proyecto modernización S/E Santa Fe de Antioquia de marzo de 2018, la fecha de entrega se había definido para junio de 2021 con un presupuesto de $13.806 millones de pesos. Posteriormente el plan de inversiones 2019-2022, ajustó el monto a $13.099 millones de pesos. Los hitos correspondientes a la vigencia auditada 2019, se muestran en el siguiente cuadro:

INVERSIONES (Capex)

Total VPN TIR PRID PRI VPN TIR PRID PRI

Santafé de Antioquia 12.977 8.181 10,97% 10 7 3.059 10,21% 17 9

Santafé de Antioquia - Lote 13.806 7.367 10,80% 12 7 2.245 10,05% 20 9

PROYECTOINDICADORES CON UC + OTROS INGRESOS INDICADORES CON UC

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Cuadro 27. Hitos Proyecto Subestación Santa Fe de Antioquia 2019.

Fuente: EPM.

El detalle del presupuesto y de la ejecución presupuestal durante la vigencia 2019, se muestra en el siguiente cuadro: Cuadro 28. Ejecución presupuestal detallada 2019.

Fuente: EPM.

Descripción Cuenta Aprobado 2019 Ejecución 2020 % cumpl

Gestión técnica trami ambienta 76 0 0.0%

Gravamen Movimiento Financiero 32 6 17.2%

Manejo impctos ambienta-social 105 94 89.2%

Servicios personales 698 1,124 160.9%

Transporte 138 166 120.6%

Consumo de materiales 6,15 3,568 58.0%

Seguros 75 15 20.2%

Obra civil 1,339 509 38.0%

Ingen-consul-honor 348 282 81.2%

Compra de materiales 0 12 N.A

Servicio aseo, cafete 4 1 19.5%

Compensaciones forestales 4 0 0.0%

TOTAL 8,969 5,776 64.4%

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Las desviaciones frente a lo programado para el año obedecen principalmente a que se presentaron ahorros en el consumo de materiales debido a menor valor en adjudicación de los contratos de suministro estratégico, esto para: transformador de potencia, equipos de patio 110 KV y 44KV, celdas de 13,2 KV y equipos de control, protección y SAS. Por otra parte fueron desplazados al 2020 el retiro de equipos de Servicios Auxiliares, transformadores de corriente 13,2 KV para celdas existentes y materiales para cableado y conexionado. En cuentas como servicios personales se presentó una sobre ejecución debido a que las actividades de montaje de provisionales requirieron de personal adicional por realización de pruebas especiales a equipos de transformación, y a reprocesos asociados a requerimientos adicionales de la Unidad Mantenimiento Subestaciones en lo que respecta a la instalación adicional de una bahía móvil de 44 kV, sin que esto represente un impacto negativo relevante en el proyecto. Frente a manejos de impactos socio-ambiental, la subejecución se debe a pagos pendientes del componente ambiental del contrato de obras civiles el cual está condicionado al avance de la obra. Es importante señalar que por parte del contratista de obra civil se presentó un incumplimiento y abandono de la obra, por lo que EPM actualmente se encuentra adelantando las gestiones con el ajustador Visor Abogados, designado por Seguros Suramericana en aras de determinar la cobertura y cuantía de la perdida. Una vez se tengan los designios de estos términos se procederá a la formalización del documento constitutivo de la reclamación según el artículo 1077 del Código de Comercio. Se han adelantado reuniones con los ingenieros y abogados del ajustador, y se está terminando de consolidar la información requerida para avanzar en la liquidación del siniestro. Las visitas realizadas a campo y el informe preliminar que presentó el ajustador a Seguros Suramericana fue determinante para lograr cobertura integra para el contrato CW91545 celebrado con la firma Quark UP (segundo en la lista de elegibles del proceso inicial) para reiniciar las obras.

Es de anotar que la prescripción para este tipo de eventos es de dos años contados a partir del 10 de febrero de 2020, por lo que EPM aún se encuentra dentro de los términos para realizar estas diligencias. A continuación se presenta el registro fotográfico tomado el día del abandono de las obras por parte de MS Construcciones versus el estado actual.

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Registro fotografico del estado de las obras civiles S/E Santa Fe de Antioquia.

CW56186 – MS CONSTRUCCIONES CW91545 – QUARK UP

Edificio de Control (11/02/2020) Edificio de Control (14/07/2020)

Sala Celdas 13.2 kV (11/02/2020) Sala Celdas 13.2 kV (14/07/2020)

Sala Control y Protección (11/02/2020) Sala Control y Protección (14/07/2020)

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Cárcamos Control (11/02/2020) Cubierta Edificio de Control (14/07/2020)

Cárcamo Comunicaciones (11/02/2020) Cárcamo Comunicaciones (14/07/2020)

Fuente: EPM

La situación acontecida con el contrato de obra civil (retrasos y posterior abandono de obra) impactó de manera negativa el cronograma de ejecución del proyecto, el cual tenía definido la entrega del edificio de control y la infraestructura necesaria para poner en servicio la primera etapa del proyecto (Transformadores de Potencia y edifico de control) en el mes de enero de 2020. En vista de esta situación y además que la infraestructura asociada a la etapa 1 está contemplada en el plan de inversiones regulatorio para la vigencia 2020, la Dirección Proyectos Subestaciones y Líneas 2 definió adelantar un nuevo proceso de contratación a través de una Solicitud Única de Oferta lo cual permitiría lo siguiente: Retomar el control del proyecto lo más rápido posible con un nuevo contrato, con el cual se continuaría con la construcción de las obras faltantes por ejecutar, garantizando así cumplir con los compromisos del Plan de Inversiones Regulatorio de la CREG.

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Con el reinicio de actividades a través de un nuevo contratista en el menor tiempo posible se minimiza el impacto que se está causando a la operatividad de las otras dependencias que se encuentran en el sitio donde se estaban desarrollando las obras del proyecto. Evitar poner en riesgo la prestación del servicio por la instalación provisional que actualmente se encuentra en la subestación de energía. Cumplir con la prestación del servicio de energía eléctrica, ya que actualmente ante la salida de cualquier transformador de potencia, se produciría desatención de la demanda, adicionalmente se debe realizar la reposición de algunos equipos que superaron su vida útil. Al momento de la evaluación, el plazo del proyecto presenta variaciones por dos instancias particulares: el abandono de las obras civiles por parte del contratista y la subsecuente contratación de un nuevo contratista, y las restricciones de movilidad y de distanciamiento social establecidas por el gobierno nacional para la atención de la contingencia mundial del Covid19. Este desplazamiento de las fechas de terminación de las actividades del proyecto será incluido en el cronograma del proyecto dentro del Ciclo Integrado de Planeación de Proyectos 2020 de EPM. Respecto del presupuesto del proyecto, éste no presenta variaciones respecto a lo programado, y cualquier cambio que sea requerido será incluido dentro del Ciclo Integrado de Planeación Integrada de Proyectos 2020 de EPM. La modalidad de contratación del nuevo contratista de obra civil se adoptó basado en lo establecido por el Lineamiento 2018-Lingg-26 en su numeral 3.3, en el cual se puede aplicar la solicitud de oferta única, fundamentado en el literal e) “La ocurrencia de siniestros, calamidades, desastres, fuerza mayor o caso fortuito, o situaciones que puedan interrumpir la continuidad del servicio”. Ahora bien, en relación con la evolución del proyecto, a continuación se muestra la curva S del avance físico del proyecto, en donde se muestra el avance del mismo con corte a diciembre de 2019

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Gráfica 7.Curva S avance meta física proyecto S/E Santa Fe de Antioquia.

Fuente: EPM.

Como se puede observar, para el año 2018 con corte a 31 de diciembre se tenía un cumplimiento de 65,38% en la meta física, que conforme con la meta programada evidencia un ligero atraso en el avance de la obra debido principalmente a que el contratista de las obras civiles del proyecto presentó de manera reiterada atrasos en la ejecución de varias actividades previo al abandono de las obras. Frente al avance presupuestal acumulado, a continuación se muestra la curva de avance en la ejecución presupuestal con corte a diciembre de 2019. Gráfica 8. Curva S avance meta presupuestal proyecto S/E Santa Fe de Antioquia.

Fuente: EPM.

70,67%

65,38%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic

2017 2018 2019 2020 2021

Avance Fisico Proyecto S/E Santa Fe de Antioquia - Curva S

% Avance Planeado Acumulado % Avance Real Acumulado

9.259

6.098

$ 0

$ 2.000

$ 4.000

$ 6.000

$ 8.000

$ 10.000

$ 12.000

$ 14.000

ene feb mar abr may jun jul ago sep oct nov dic

2018 2019 2020 2021

13,099Avance Costo Directo - Curva S

(Cifras en millones de pesos)

Avance Planeado Acumulado Avance Real Acumulado

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La subejecución presupuestal responde a las ya señaladas frente a los ahorros en el consumo de materiales debido a menor valor en adjudicación de los contratos de suministro estratégico y al desplazamiento de ejecución para el año 2020 en razón a las señaladas frente al contratista de obra civil. La evaluación se llevó a cabo con base en el presupuesto definido y en el cronograma actualizado para el proyecto, verificando así el cumplimiento de la meta física y presupuestal, como se puede observar en el cuadro 29, en donde se muestra la evaluación del cumplimiento de la meta física y de recursos del proyecto con corte a diciembre 31 de 2019. Cuadro 29. Cumplimiento de metas físicas y presupuestales a diciembre 31 de 2019.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se considera que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto S/E Santa Fe de Antioquia, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una pérdida de eficacia, al obtener un valor de 0,93, pues frente a una meta de 70,70% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 65,4%. Respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto S/E Santa Fe de Antioquia, la eficiencia alcanzó un valor de 0,7 con corte a diciembre de 2019, lo que significa que se generaron ahorros en la asignación de los recursos a la ejecución del proyecto, pues se utilizó el 70% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, lo que se traduce en ahorros del orden del 30%.

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

70,70% 65,40% 92,50% 8.969 5.776 64,40% 0,70 0,93

Cumplimiento de Metas FísicasCumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto (millones de pesos)Eficiencia Eficacia

Modernización S/E Santa Fé de Antioquia.

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- PROYECTO REPOSICIÓN SUBESTACIONES MÓVILES El parque de subestaciones móviles para el momento de concepción del proyecto, se encontraba en alto grado de deterioro y obsolescencia tecnológica, por lo que se identificó la necesidad de modernizar y/o reponer algunas de ellas. Adicionalmente se evidenció que era necesario adquirir móviles adicionales para la atención de proyectos, conexión de nuevos grandes clientes y mantenimiento del sistema. En consecuencia, fue necesario definir una estrategia o plan de Móviles (Adquisición y Modernización) de mediano o largo plazo, con una visión de gestión de activos que considerara entre otras variables: el inventario de móviles, la condición de las móviles existentes, el tipo de móviles (Celdas, Bahías, Transformadores), la cantidad de equipos de repuestos que podrían sustituir una móvil en un momento dado, el histórico de uso de móviles, las necesidades de corto plazo proyectadas según proyectos y mantenimiento, la remuneración de las móviles, el marco regulatorio de los activos de STR (Sistema de Transmisión Regional) y SDL (Sistema de Distribución Local) y la gestión ambiental; para responder a los objetivos estratégicos del negocio, entre los cuales podemos resaltar el de mejorar los resultados financieros y la continuidad del servicio. Con el propósito de disminuir el riesgo de desatención de demanda, debido a la dificultad de atender contingencias rápidamente y de ejecutar proyectos oportunamente por la escasez de equipos móviles y la condición actual en que se encontraban gran parte de ellos, además de solucionar el problema que esto representa, el proyecto consideró modernizar siete (7) móviles de las existentes en EPM regional Antioquia, resaltando que para ese momento se contaba con dos (2) móviles modernizadas (ejecutadas por otro proyecto) para así completar el parque de subestaciones móviles. Adicionalmente, se recomendó, adquirir cuatro (4) móviles (una bahía de 110 kV, dos bahías de 44 kV y una bahía de transformación de 30 MVA) De otra parte, se realizó un análisis de factibilidad desde diferentes puntos de vista, donde se destacan los análisis: Técnico-Tecnológico, Regulatorio Legal (Remuneración), Mercado (demanda de móviles), organizacional (¿Quién es el responsable por la administración de las móviles?), financiero (orientado a definir entre renovar una móvil o comprarla nueva) y por último un análisis de riesgo básico Ahora bien, en el Plan de Infraestructura T&D 2013 – 2027, elaborado en el año 2012 se incorporaron en el proyecto “Reposición equipos subestaciones (STR-SDL)”, las obras asociadas a la modernización de las SE móviles del sistema. Es

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importante tener en cuenta que en ese entonces no se contaba con un equipo estructurador para la realización de las formulaciones técnicas de los proyectos. Por esta razón en el año 2013, se realizó el estudio de móviles a partir del cual se elaboró el documento “Estudio de móviles para subestaciones eléctricas”, elaborado conjuntamente entre el Área Proyectos Transmisión, el Área Mantenimiento Transmisión y el Área Planeación Transmisión y Distribución Energía. Por las condiciones regulatorias que en su momento se tenían (Resolución CREG 097 de 2008), los proyectos de reposición se valoraban a través de una evaluación global de las inversiones en reposición, no se realizaban evaluaciones financieras individuales a nivel de proyecto de reposición, razón por la cual este proyecto no cuenta con indicadores financieros como VPN (Valor presente Neto), TIR (Tasa Interna de Retorno), PRI (Periodo de recuperación de la Inversión), entre otros. En marzo de 2018, mediante Control de Cambios 4 se actualizó la base de hitos y cronograma del proyecto debido a la necesidad de realizar un cambio en la estrategia de intervención para la modernización, producto de la indisponibilidad de algunas de las móviles a intervenir, principalmente por la utilización de una de las móviles Mitsubishi 110 kV en la contingencia de la S/E Zaragoza, lo que no permitió seguir el plan de trabajo establecido. Adicionalmente, se incluyó la adquisición de 4 subestaciones móviles nuevas por solicitud de la Unidad de Planeación Infraestructura T&D Energía, las cuales no estaban incluidas en el alcance inicial, y que se relacionan a continuación:

2 subestaciones de línea 230 kV 2 subestaciones móviles de celdas de 13.2 kV (10 circuitos) Por lo anterior, el proyecto quedó con un alcance total de adquisición de 11 subestaciones móviles, así:

1 subestación móvil de 30 MVA 110/13.2 kV 3 subestaciones móviles de línea 110 kV 3 subestaciones móviles de línea 44 kV 2 subestaciones móviles de línea 230 kV 2 subestaciones móviles de celdas de 13.2 kV (10 circuitos) De las anteriores subestaciones móviles, de acuerdo a valoración técnico-económica realizada por el CET, las 3 subestaciones móviles de línea 100 kV y las 3 subestaciones móviles de línea 44 kV, serían construidas por EPM, por lo que se

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requirió como estrategia la modificación de algunos contratos en curso, con el fin de adquirir los equipos necesarios para la construcción de estas móviles. Formulación de metas físicas y presupuestales El presupuesto definido en el Plan General del Proyecto correspondió a $19.524 millones para las vigencias 2015 a 2018. Sin embargo, conforme fue avanzando el proyecto, para el momento de la modificación No.3 se tenía un presupuesto acumulado de $33.219 millones de pesos. Posteriormente, luego de los ajustes introducidos al proyecto y el cambio en la estrategia de intervención para la modernización ya mencionado, el presupuesto aprobado en el plan 2019 – 2022 fue de $23.168 millones de pesos y la ejecución a diciembre de 2019 correspondió a $22.868. La diferencia de $33.219 millones a $23.168 se presentó por los ahorros obtenidos en el desarrollo de la estrategia para la construcción de las 6 subestaciones móviles por parte de EPM tal como se definió en el control de cambios No. 4 y por el menor valor de las cinco (5) subestaciones móviles compradas con respecto al presupuesto inicial. De igual manera, la fecha del cierre del proyecto en el Control de Cambios No.4, se actualizó de mayo 27 de 2019 a junio 21 de 2019 y posteriormente modificado al 29 de noviembre de 2019. A continuación se muestra la curva S del avance físico del proyecto, en donde se evidencia el avance del mismo con corte a diciembre de 2019. Gráfica 9. Curva S avance físico proyecto Reposición Subestaciones Móviles.

Fuente: EPM.

99,40%

0,00%

10,00%

20,00%

30,00%

40,00%

50,00%

60,00%

70,00%

80,00%

90,00%

100,00%

2015

2016

2017

2018

ene.

-19

feb.

-19

mar

.-19

abr.-

19

may

.-19

jun.-1

9

jul.-1

9

ago.

-19

sep.

-19

oct.-

19

nov.-

19

dic.-1

9

Porc

enta

je d

e Av

ance

Curva S Avance Físico - MÓVILES

% Programado Acumulado % Ejecutado Acumulado

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Como se puede observar, para el año 2019 con corte a 31 de diciembre se tenía un cumplimiento de 99,40% en la meta física, que conforme con la meta programada evidencia un ligero atraso en el avance de la obra debido principalmente a que para enero del 2020 se encontraba a la espera del cumplimiento de las siguientes actividades: evaluación del proyecto, documentación lecciones aprendidas y lista de chequeo de comisionamiento finalizado las cuales no se alcanzaron a realizar en su totalidad en 2019, ya que se estaba en proceso de atención de garantías por parte del fabricante de los equipos. Frente al avance presupuestal acumulado, a continuación se muestra la curva de avance en la ejecución presupuestal con corte a diciembre de 2019. Gráfica 10. Curva S avance presupuestal proyecto Reposición Subestaciones Móviles.

Fuente: EPM.

Como se muestra en la gráfica anterior, para el año 2019 con corte a 31 de diciembre se tenía una ligera subejecución presupuestal, y en particular para el mes de diciembre se evidenció una ejecución negativa del presupuesto por $1.180 millones de pesos, correspondiente a una cuenta de mercancía en tránsito del proyecto, lo cual a su vez se trata de una cuenta transitoria donde se acumulan los costos de importación de los bienes, incluyendo su valor CIF (Costo, Seguros y Fletes) + impuestos de aduana e IVA y en general todos los desembolsos necesarios para la importación hasta la nacionalización de los bienes.

Ahora bien, la dinámica de la cuenta es un debito por los cargos por nacionalización y un crédito (negativo) cuando se presenta la nacionalización del bien, según esta dinámica el saldo de esta cuenta en el mediano plazo debe ser cero. Como en efecto ocurre con los movimientos de enero a diciembre de dicha cuenta.

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Para la evaluación, se tomó como base el presupuesto definido y el cronograma actualizado para el proyecto, verificando así el cumplimiento de la meta física y presupuestal, como se puede observar en el cuadro 30, en donde se muestra la evaluación del cumplimiento de la meta física y de recursos del proyecto con corte a diciembre 31 de 2019. Cuadro 30. Cumplimiento de metas - proyecto Reposición Subestaciones Móviles.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se considera que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Reposición subestaciones Móviles, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una leve pérdida de eficacia, al obtener un valor de 0,99, pues frente a una meta de 100% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 99,40%. Respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Reposición Subestaciones Móviles, la eficiencia alcanzó un valor de 0,99 con corte a diciembre de 2019, lo que significa que se generó un leve ahorro en la asignación de los recursos a la ejecución del proyecto, pues se utilizó el 99% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, lo que se traduce en ahorros del orden del 1%.

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

100,00% 99,40% 99,40% 23.168 22.868 98,70% 0,99 0,99

Eficacia

Reposición Subestaciones Móviles

Cumplimiento de Metas FísicasCumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto (millones de pesos)Eficiencia

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- PROYECTO ELECTRIFICACIÓN RURAL ETAPA III Y ETAPA IV. Descripción Este proyecto consiste en la construcción de redes eléctricas y acometidas domiciliarias en áreas de influencia del sistema de distribución local de EPM por fuera del Área Metropolitana. El proyecto fue aprobado por la Junta Directiva en 2008 y se ha venido ejecutando a través de varias etapas, correspondiéndole las etapas III y IV a las vigencias 2018 y 2019. Ejecución física Se logró la meta de ejecución de las instalaciones programadas, es decir, se alcanzó un 100% de la ejecución programada, según se aprecia en el siguiente gráfico. Gráfica 11. Electrificación Rural etapa III y IV. Avance físico del proyecto.

Fuente: EPM.

Ejecución presupuestal El proyecto se inició en enero de 2018 y contempló los años de 2018 y 2019 para una ejecución acumulada de $60.910 millones frente a una estimada de $62.422 millones, según se aprecia en el gráfico 2 (97,57% de ejecución presupuestal en el período bianual). Para el año 2019 la meta fue de $30.910 millones de pesos y la ejecución fue de $29.929 millones de pesos, para un porcentaje de ejecución del 96,83%.

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Gráfica 12. Electrificación Rural etapa III y IV. Ejecución presupuestal acumulada.

Fuente: EPM.

Eficiencia del proyecto Haciendo una comparación entre el porcentaje de ejecución presupuestal y el porcentaje de ejecución físca obtenemos la eficiencia del proyecto, según se muestra en el cuadro No.31. Dado que con una inversión menor a la presupuestada (96,83%) se logró el 100% de la meta, se concluye que el proyecto es eficiente (Eficiencia del 96,83%) y se le asigna una calificación de 100. Cuadro 31. Ejecución física vs Ejecución presupuestal-Proyecto Electrificación Rural III y IV.

Fuente: Información EPM. Elaboró Equipo auditor.

- PROYECTO MODERNIZACIÓN Y REPOSICIÓN DE LA MINICENTRAL DE GENERACIÓN DE ENERGÍA LA AYURÁ. Descripción La Minicentral Hidroeléctrica La Ayurá hace parte integral del sistema de conducción de la planta de producción de agua potable La Ayurá, ubicada en el municipio de Envigado, la cual surte de agua a más del 60% de los habitantes del Valle de Aburrá, constituyéndose en un proyecto de múltiple aprovechamiento del recurso hídrico disponible en el embalse La Fe (producción de agua potable - generación de

Nombre proyecto Electrificación Rural Etapa III y Etapa IV

INDICADOR

ACTIVIDAD Unidad de medidaMeta

ProgramadaMeta Cumplida Resultado % Programados Ejecutados Resultado % Eficiencia Calificación

Electrificación Rural Etapa III y

Etapa IVPorcentaje 100 100 100 30.910 29.929 96,83 96,83 100

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asigandos al Proyecto

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energía). La planta cuenta con un grupo turbo-generador con una capacidad instalada de 19,1MVA.

Es propiedad del negocio Aguas, y operada y mantenida por la Dirección Pequeñas Centrales de Generación de Energía (DPCGE) de la VP Generación (como una prestación de servicios de O&M). Fue construida y puesta en servicio entre los años 1.982 y 1.984, acumulando hasta hoy más de treinta años de servicio, por lo cual en los últimos años venía evidenciando un deterioro acelerado de los equipos e infraestructura asociada, convirtiéndose en un riesgo importante para la organización por pérdidas económicas, consecuencia de una probable falla y una prolongada indisponibilidad.

El objetivo del proyecto fue realizar la modernización de la minicentral, mediante intervenciones mayores de reposición de los activos que lo necesitaran de manera que se mitigaran los riesgos de operación.

Ejecución Física

Para la vigencia 2019 se tenía programado llegar al 97.10% de ejecución física y por razones debidamente sustentadas, se alcanzó el 84,82% de la ejecución programada, según se aprecia en el gráfico 3. Esto nos da un porcentaje de cumplimiento de la meta del 87,33% Gráfica 13. Avance físico del proyecto Modernización Minicentral La Ayurá.

Fuente: EPM.

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Ejecución presupuestal Para la vigencia 2019 se tenía presupuestada una inversión de $19.311 millones (97,10% del presupuesto total del proyecto); sin embargo, sólo se ejecutó el 61,5% de esa cifra, esto es $11.905 millones según se aprecia en la siguiente gráfica. Gráfica 14. Modernización Minicentral La Ayurá. Ejecución presupuestal del proyecto.

Fuente: EPM.

Eficiencia del proyecto Haciendo una comparación entre el porcentaje de ejecución presupuestal y el porcentaje de ejecución físca obtenemos la eficiencia del proyecto, según se muestra en el siguiente cuadro. Dado que con una inversión menor a la presupuestada (61,65%) se logró el 87,33% de la meta se concluye que el proyecto es eficiente (Eficiencia de 70,57%) y se le asigna una calificación de 100. Cuadro 32. Ejecución física Vs Ejecución presupuestal Proyecto Modernización Minicentral La Ayurá.

Fuente: Información EPM. Elaboró Equipo auditor.

Nombre proyecto Electrificación Rural Etapa III y Etapa IV

INDICADOR

ACTIVIDAD Unidad de medidaMeta

ProgramadaMeta Cumplida Resultado % Programados Ejecutados Resultado % Eficiencia Calificación

Modernización y Reposición de la

Minicentral de Generación de

Energía La Ayurá Porcentaje 97,10 84,82 87,35 19.311 11.905 61,65 70,57 100

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asigandos al Proyecto

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- PROYECTO AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD DE LA DISTRIBUCIÓN PRIMARIA EN EL SECTOR OCCIDENTAL DE MEDELLÍN – CADENA DE OCCIDENTE. Aspectos Generales

Código del Proyecto: BP23209131000 Fecha de Constitución: 02-01-2014 y actualizada el 31-08-2017

Alineación Estratégica

Objetivo estratégico: incrementar el valor para los grupos de interés y Crecer en clientes y mercados. Aporte a la Estrategia: el aporte a la estrategia de la organización es alto, porque a través del desarrollo de acciones concretas buscara resultados que mejoren la calidad de vida de la comunidad. Impacto sobre los objetivos El proyecto impacta sobre dos objetivos estratégicos, así: aportará en garantizar la calidad del servicio Incrementando el valor para los usuarios y le va permitir crecer en clientes y mercados. Los impactos que se detallan son los siguientes: el aumento de la confiabilidad se logrará mejorando la capacidad hidráulica, de elementos críticos del sistema primario de acueducto, con ello se van a evitar situaciones de racionamiento, como se ha venido presentando en los circuitos Aures, Porvenir, Cucaracho, entre otros, estos casos están asociados a la incapacidad del sistema de bombeo de responder al crecimiento de la demanda. Por otra parte, el proyecto impacta el crecimiento en mercados y usuarios, ya que soportara proyectos de expansión y el crecimiento vegetativo en la zona occidental del Área Metropolitana.

Descripción del proyecto

Problema, Necesidad y Oportunidad Actualmente los circuitos del Occidente (Hamacas, Pajarito, Cucaracho, Palenque, Robledo, Porvenir, Aures, Pedregal, San Cristóbal y América) de la ciudad se han visto afectados por frecuentes interrupciones, ello debido a la re densificación del

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territorio, cambios en la gestión integral de Agua No Contabilizada, (ANC), asentamiento subnormales, afectación por parte de terceros, deficiencias en el estado del circuito, restricciones, cambios en la regulación y en la normatividad junto con el Plan de Ordenamiento Territorial (POTs).

Objetivo del Proyecto Mejorar la calidad del servicio de agua potable en el sector Noroccidental de la ciudad de Medellín, disminuyendo las conexiones fraudulentas, las interrupciones y garantizando la cobertura, dado el gran crecimiento de las unidades de vivienda en el sector.

Alcance del Proyecto Para mitigar las interrupciones del servicio, la Vicepresidencia Aguas y Saneamiento ha venido ejecutando intervenciones operativas que permitan mejorar la continuidad en el servicio de acueducto en los sectores de la Cadena de Occidente, y en construcción (bombeos tanque El Volador y Robledo que hacen parte de la Cadena de Occidente). Su intervención en el sector Cadena de Occidente, que incluye la modernización de equipos eléctricos, mecánicos y de control y obras civiles, para los siguientes componentes: 14 tanques (suman un volumen de 46,000 m3), 12 estaciones de bombeo y 21 Km de tubería en diámetros entre 150 mm y 450 mm, aproximadamente. Su alcance comprende el diseño, ejecución de obras civiles, compra de materiales y equipos, instalación y puesta en funcionamiento de abastecimiento de los tanques y circuitos dependientes de la cadena de occidente: Palenque, Porvenir, Aures 1, Aures 2, Robledo, Cucaracho, Pajarito, Las Hamacas, San Cristóbal, Pedregal Alto, Pedregal Bajo, Aguas Frías, Corazón Alto, Corazón, Belencito y América, y las áreas de expansión: San Cristóbal Norte, Aures 3, Primavera, Olaya Herrera, El Morro, Peñitas, El Salado Occidental y la Cantera. Además, contempla evaluar las alternativas para transportar agua hasta los tanques de la Cadena Occidente, desde la línea de conducción que llega de Manantiales por el río Medellín o desde la línea que llega de La Ayurá por el río Medellín a la altura de la quebrada La Hueso o desde el tanque América.

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Proponiéndose definir un sistema de almacenamiento para el abastecimiento de la región de Altos de Calasanz, El Morro, Olaya Herrera, Peñitas, La Loma, Eduardo Santos y los demás barrios entre las quebradas La Iguaná y La Hueso. Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado un meta física de 37,38%, pero el avance real acumulado a 2019 fue de un 22,66%, lo cual da un cumplimiento del 60,62%, disminuyendo la eficiencia en un 2,08% comparada con la alcanzada en el 2018, que fue de 62,70%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019: Gráfica 15. Avance Físico - Curva S. proyecto Cadena Occidente.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Cumplimiento de metas de avance de costo Con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $54.655 millones, de los cuales se ejecutaron $40.992 millones, para un cumplimiento del 74,91%. Se ajustó la meta del presupuesto de $298.615 millones de pesos. Además, se ajustó el objetivo estratégico de incrementar valor para los grupos de interés, a optimizar procesos.

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Gráfica 16. Avance costo total a diciembre de 2019 – proyecto Cadena Occidente.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Con relación a la desviación de la meta presupuestal, EPM la justifica en la modificación al costo del proyecto, fundamentado en lo siguiente: Este proyecto no tuvo formulación a nivel de ingeniería básica, por lo que detallar el alcance de algunos entregables se surtió en la etapa de diseño. Durante la ejecución de los diseños de la cadena Macarena – Calasanz, se realizó una identificación de los circuitos a intervenir y se encontró que la necesidad de la intervención, supera lo estimado inicialmente. Por lo tanto, en el presupuesto 2020-2023 se incluye el costo asociado a los diseños de dichos circuitos. A solicitud de la Dirección de Planeación Agua y Saneamiento, los diseños no incluyen la reposición de redes que se encuentran en asbesto – cemento, las cuales serán ejecutadas por el Negocio. Para la etapa priorizada Macarena – Calasanz, se requiere incluir el diseño y la construcción de la distribución de 18” que sale del nuevo tanque Calasanz, red que no estaba contemplada en el alcance del proyecto y que fue identificada durante la etapa de diseño del tanque, esta distribución se instalaría de manera paralela a la conducción, aprovechando que por ubicación quedan contiguas. Actualmente, se está negociando con la Constructora Monserrate el predio donde se ubicará el tanque Calasanz, en caso de no llegar a un acuerdo, se procederá con la expropiación del lote.

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Ante lo anterior se plantea un ajuste en la estrategia de contratación, viabilizando en primer lugar la parte baja de Macarena – Calasanz y posteriormente la parte alta, de este modo la FPO se desplaza de abril de 2021 a septiembre de 2021. En cuanto al bombeo Cucaracho – Pajarito, la FPO se desplaza de agosto de 2020 para abril de 2021, debido a las dificultades que se tuvieron en la etapa de diseño con el contratista UT Water, al cual se le declaró terminación anticipada del contrato por incumplimiento, por esta razón, los diseños se debieron finalizar con recursos propios. Esta situación también afectó el tiempo de trámite de la licencia de construcción, ante la negativa de este consultor de firmar los planos para la presentación de documentos ante la curaduría. Adicionalmente, se ajustaron los Acuerdos de Nivel de Servicios (ANS) de los contratos de obra civil, dado que los tiempos considerados en el cronograma actual, para la elaboración y evaluación de ofertas son inferiores respecto a los ANS actuales de Cadena de Suministro, principalmente en los contratos mayores a 5.000 SMMLV. El costo del proyecto pasó de $298.615 millones a $345.591 millones, la diferencia corresponde a: - Ajuste por $14.703 millones, los cuales no quedaron en la captura del

presupuesto 2019-2022, debido a un error involuntario de digitación en el sistema presupuestal.

- $32.273 millones corresponden a mayor valor en gestión ambiental, equipos y materiales, una vez se tuvieron los diseños de detalle y estudios de mercado, además de una afectación por la TRM, adicionalmente, se presenta un incremento en la inversión administrativa. También, se incluyó el costo asociado a los diseños del reordenamiento de circuitos.

La oficialidad de este control de cambios está dada por el acta de Junta Directiva No 1677 del 22 de noviembre de 2019, mediante la cual se aprueba el Plan de Inversiones 2020 – 2023. De igual forma, el proyecto Cadena de Occidente solicito una segunda modificación la cual fue aprobada por el Comité de Gerencia de Proyectos. Para llevar a cabo la solicitud de modificación se cuenta con seis (6) alternativas para hacer el cambio requerido, dentro de ellas están:

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Modificación en el alcance

Modificación en el cronograma (FPO)

Modificación en el cronograma (hitos o meta física)

Modificación en el presupuesto (cambio en el costo del proyecto)

Modificación en el presupuesto (por desplazamientos sin cambio en el costo)

Modificación a la condición del proyecto (suspensión o cancelación) En este caso la solicitud de cambio está relacionada con la modificación del presupuesto (por desplazamiento sin cambio en el costo), por dificultades en la calidad de diseños, nuevos requerimientos ambientales y gestión predial. La justificación está basada en lo siguiente: a finales de 2018, cuando ya se había realizado la captura de presupuesto, se presentaron requerimientos por parte de la autoridad ambiental, solicitando los estudios de conectividad de la zona adyacente al proyecto para el cual otorgaron los permisos de aprovechamiento forestal condicionados a dichos estudios. Por otra parte, se tenía estimado iniciar obras de la etapa priorizada hacia finales de 2019, sin embargo, los diseños tomaron más tiempo del que se tenía estimado, lo que obligó a desplazar los procesos de contratación y ejecución para 2020. Finalmente, se han presentado dificultades en la negociación de los predios del tanque Calasanz y al mismo tiempo el propietario no permitió el ingreso al lote para hacer los estudios en su debido momento, por lo que las inversiones debieron ajustarse en las anualidades. Dado lo anterior, resultó pertinente liberar el presupuesto que no se ejecutó en el 2019 y se ajustaron las vigencias futuras, hechos que fueron corroborados por el equipo auditor. El impacto que tuvo sobre el proyecto en las adquisiciones, fue un desplazamiento en los procesos de contratación por el ajuste presupuestal y el impacto del proyecto en la matriz de riesgos fue su actualización al incluir los riesgos asociados a los casos expuestos anteriormente. La oficialidad de este control de cambios está dada por el acta No 18 aprobada por del Comité de Gerencia en junio de 2019. En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto por concepto:

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Cuadro 33. Ejecución presupuestal proyecto Cadena Occidente. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Ejecución de la contratación a diciembre de 2019 del proyecto Cadena de Occidente

En el siguiente cuadro se discriminan los contratos con el porcentaje de ejecución, los cuales materializan el proyecto. Cuadro 34. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Cadena Occidente. (Cifras en pesos).

Fuente: Rendición de la cuenta – Aplicativo Gestión Transparente CGM. Elaboró equipo auditor.

PROGRAMA 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 TOTAL

Ampliación de la capacidad de la distribución primaria en el sector

occidental de Medellín - Cadena Occidente 213 14.416 49.529 69.409 40.645 46.793 55.553 276.558

Gestion ambiental y Social 5 385 1.533 907 1.141 483 883 5.337

Equipos - 1.613 3.536 6.600 4.094 12.935 5.346 34.125

Obra civil - 809 25.024 45.464 16.703 15.578 47.250 150.829

Materiales - 6.221 8.460 9.172 2.523 4.028 - 30.405

Ingen-consul-honorarios - 22 1.443 661 126 18 344 2.614

Estudios y diseños 208 2.607 2.255 260 2.020 - - 7.350

Interventoría 199 3.935 2.225 1.572 390 1.730 10.052

Tierras y servidumbres - 2.559 3.343 4.120 12.466 13.360 - 35.848

Inversión administrativa 52 2.136 3.693 3.955 3.962 4.099 4.161 22.057

Subtotal con Inv. Adtiva 265 16.552 53.222 73.364 44.607 50.892 59.476 298.615

VALOR TOTAL DEL PROYECTO ACTUALIZADO PLAN DE INVERSIONES 2019-2023

Nombre del Proyecto

Código

del

contrato

Objeto del contrato Contratista Valor

contrato

Valor

adición

Valor Cont. +

Adición

Reporte

pagos

%

Ejecución

CW30771CW 30771 Construcción Impulsión Aures I -

Aures II y obras complementariasMejía y Acevedo S.A.S.

1.039.995.945 220.328.597 1.260.324.542 794.235.701 63,02

CW59031Construcción de la Impulsión Porvenir - Aures,

caseta de control y obras complementariasMejía y Acevedo S.A.S.

8.035.043.942 - 8.035.043.942 3.695.503.778 45,99

CW72722

AE - Prestación de servicios especializados

para la producción de información geográfica,

durante la construcción de los proyectos

Expansión Yulimar, Cadena Occidente y otros

proyectos de EPM

Ingeniería civil y Geodesia

S.A.S. INCIGE S.A.S.

95.200.000 - 95.200.000 16.476.220 17,31

CW23217

Grupo 2 Cadena de Occidente â?? Calasanz y

América, y Yulimar El Carmelo, Ordenamiento

de circuitos nuevos y ajustes de los circuitos

afectados -- Consultoría para la realización de

estudios y diseños asociados a la provisión de

aguas y obras conexas

HMV Ingenieros Ltda.

2.228.207.227 2.053.548.373 4.281.755.601 2.117.012.871 49,44

CW41099Implementación del plan de manejo arqueológico

para el proyecto Cadena de OccidenteLuis Guillermo López

179.998.443 88.248.020 268.246.463 182.450.382 68,02

C+D22:D23W48233

Construcción de las impulsiones Robledo-

Porvenir y Palenque-Cucaracho 2 y obras

complementarias

Comercializadora S.Y E.Y

Cía. S.A 15.792.083.831 - 15.792.083.831 10.364.319.998 65,63

CW60494

Interventoría técnica, administrativa, social

ambiental y financiera, del contrato, para la

construcción de las impulsiones Robledo

Porvenir Palenque, cucaracho 2 y obras

complementarias.

Conhydra S.A ESP

1.222.489.135 - 1.222.489.135 755.802.872 61,82

28.593.018.523 2.362.124.990 30.955.143.514 17.925.801.822 57,91

Ampliación de la

capacidad de la

distribución primaria en

el sector occidental de

Medellin Cadena

Occidente

Total Proyectos

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Cuadro 35. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Cadena de Occidente.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Cadena de Occidente, la eficiencia alcanzó un valor de 1,24 con corte a diciembre de 2019, lo que significa que se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado del proyecto, pues se utilizó el 124% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, lo que se traduce en mayor valor ejecutado del 24%, por lo que, el manejo y asignación de los recursos a la ejecución del proyecto han estado por fuera de los niveles de eficiencia, es decir, se evidencia una pérdida de eficiencia en la ejecución de los recursos en relación con el cumplimiento de la meta física alcanzada, lo que obedece al atraso en el avance de la meta física y a la demanda de mayores recursos para continuar el proyecto dadas las situaciones ya descritas que se han presentado durante la ejecución. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Cadena de Occidente, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una pérdida de eficacia, al obtener un valor de 0,61, pues frente a una meta de 37,38% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 22,66%, es decir, que frente a la meta programada para obtener el 100% de cumplimiento, se presentó un retraso del 14,72% no alcanzado. En conclusión, a diciembre de 2019 (fecha de corte de esta evaluación) el proyecto arroja una eficiencia del 1,24 y eficacia del 0,61 lo que significó que el manejo y asignación de los recursos en la ejecución del proyecto, estuvieron por fuera de los

Unidad de

medida

Meta

programada

Meta

cumplida

Resultado

%Programado Ejecutados

Resultado

%

% 37,38 22,66 60,62 54.655 40.992 75,00 1,24 0,61

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto Eficiencia Eficacia

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niveles de eficiencia, es decir, se evidenció una pérdida de eficiencia en la ejecución de los recursos en relación con el cumplimiento de la meta física programada y ejecutada, o sea, se están demandando mayores recursos por la solicitud de cambio, la cual está relacionada con la modificación del presupuesto (por desplazamiento sin cambio en el costo), por dificultades en la calidad de diseños, nuevos requerimientos ambientales y gestión predial y con respecto a la eficacia se presentó una pérdida de ésta, al estar por debajo con una calificación del 0,61, que con respecto al 100% de la meta física programada teniendo con ello un atraso o incumplimiento del 14,72%.

Pese a las dificultades presentadas durante la ejecución del proyecto y que conllevaron a los atrasos y falta de cumplimiento antes descritos, el Equipo auditor evidenció que se ha venido alcanzando los objetivos estratégicos propuestos. - PROYECTO CUENCAS LA IGUANÁ - LA GARCÍA.

Aspectos Generales Código del Proyecto: BP22009131000 Fecha de Constitución: 11-07-2014 Alineación Estratégica Objetivo estratégico: Lograr excelencia operacional en la prestación de servicios. Aporte a la Estrategia: el aporte a la estrategia de la organización es alto, porque a través del desarrollo de acciones concretas buscara resultados que mejoren la calidad de vida de la comunidad. Impacto sobre el objetivo El proyecto impacta sobre un objetivo estratégico, así: se incrementará la confiabilidad en la operación del sistema de provisión aguas y del sistema de gestión aguas residuales. Provisión Aguas – Acueducto: reducir los daños por Km de red del sistema de distribución secundaria, reducción en el volumen de Agua No Contabilizada (ANC), disminución del impacto negativo sobre los clientes, disminuir el riesgo de pérdida de la calidad y continuidad del agua en la distribución secundaria.

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Provisión Aguas – Alcantarillado: reducir los daños por Km de red del sistema de alcantarillado, cumplimiento de compromisos con la autoridad ambiental PSW, aumentar y mantener el valor de los promedios de oxígeno en el rio Medellín, disminución del impacto negativo sobre los clientes. Descripción del proyecto Problema, Necesidad y Oportunidad Actualmente existe una infraestructura para provisión de aguas que ya cumplió el periodo de vida útil y que se encuentra deteriorada en materiales como hierro fundido, hierro galvanizado, asbesto cemento y acero que requieren su reposición, además de presiones en las redes que están por fuera de la normatividad vigente. Con respecto al sistema de alcantarillado Las Cuencas La Iguaná y La García no tienen saneamiento completo y actualmente se están vertiendo las aguas residuales a las quebradas afluentes del rio Medellín, adicionalmente se cuenta con insuficiencia hidráulica, deterioro en algunas redes y operación deficiente del sistema. Objetivo del Proyecto Provisión Aguas – Acueducto - Reponer y modernizar la infraestructura de redes de acueducto que se

encuentran deterioradas para garantizar la prestación del servicio de acueducto con calidad, continuidad y oportunidad a los clientes.

- Atender el crecimiento de clientes Aguas Residuales – Alcantarillado

Reponer y modernizar la infraestructura de redes y colectores para la recolección y el transporte de las aguas residuales descargadas a las quebradas afluentes del rio Medellín.

Mantener y mejorar la funcionalidad estructural hidráulica y ambiental de las redes de alcantarillado.

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Cumplir el cronograma del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos aprobados por la autoridad ambiental (PSMV).

Alcance del Proyecto En provisión de aguas – acueducto: Con un alcance en la elaboración de los diseños conceptuales y detallados, construcción entrega a operación de las redes de acueducto de los circuitos asociados a la cuenca La Iguaná como son: Porvenir, Cucaracho, Hamacas, Pajarito, Palenque, Volador Centro, Volador Norte y Aures, los cuales corresponden a una longitud de 32,6 Km y el circuito Yulimar asociado a la cuenca La García con una longitud de 6,6 km. En aguas residuales – alcantarillado: con un alcance en:

Elaboración de los diseños conceptuales y detallados, construcción y entrega a operación de las redes de alcantarillado en las cuencas La Iguaná y La García en una longitud estimada de 23,6 y 21,6 km respectivamente.

Garantizar la conexión de las redes diseñadas y construidas a los ramales del interceptor o a las cámaras en conexión establecidas.

Recolección de 92 descargas de aguas residuales, en toda la cuenca de La Iguaná, así como garantizar el transporte de 365 l/s de aguas residuales.

Recolección de 86 descargas de aguas residuales, en toda la cuenca de La García, así como garantizar el transporte de 204 l/s de agua residuales.

Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado un meta física de 87,91%, pero el avance acumulado a 2019 fue de un 64,03%, lo cual da un cumplimiento del 72,84%, disminuyendo la eficiencia en un 10,23% comparada con la alcanzada en el 2018, que fue de 83,07%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019:

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Gráfica 17. Avance físico Curva S Proyecto Cuencas La Iguaná y La García.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Cumplimiento avance de costo

Con relación a la meta presupuestal, se tenía un presupuesto de $121.121 millones, de los cuales se ejecutaron $101.152 millones, para aun cumplimiento del 83,51%. Se ajustó la meta del presupuesto de $229.668 a $281.280 millones para la vigencia del 2019. Gráfica 18. Avance Costo Total a diciembre de 2019 proyecto cuencas la Iguaná y la García.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

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Con relación a la desviación de la meta presupuestal, EPM la justifica en la modificación al costo del proyecto, fundamentado en lo siguiente: Modificación del costo del proyecto: de $229.668 millones a $281.280 millones para la vigencia del 2019. - Incremento en el valor de las obras debido a incumplimiento de contratista

Azacán, que implica reasignación de las obras a otros contratistas.

- Cambio de ejecución de obra a tecnología sin zanja en algunos tramos.

- Nuevas condiciones en la ejecución de las obras (trabajos nocturnos, valoración del riesgo por situación de orden público en la zona y mayores exigencias para permisos.

- Incremento en el valor de la interventoría debido a incumplimiento de contratista

ETSA, que implica reasignación a otro contratista.

- Se están adelantando las gestiones pertinentes de reclamación por los perjuicios ocasionados por incumplimiento de contratistas, hasta tanto se recuperen estos valores están contenidos en el costo del proyecto.

Lo anteriormente descrito, se dio con aprobación de este control de cambios por el Comité de Gerencia de abril 22 de 2019. De otro lado, con aprobación de control de cambio enmarcada en el Plan de Inversiones 2020 – 2023, mediante Acta 1677 de noviembre 22 de 2019, se presenta lo siguiente: - Aumento en el costo debido al mayor valor de las obras del grupo A, las cuales

se ejecutarán en la vigencia 2020-2021, por la terminación del contrato con LICUAS S.A., debido al incumplimiento en la inversión y meta física, según estudio de mercado, adicionalmente se incrementó el costo de la interventoría por mayor permanencia para la ejecución.

- Se están adelantando las gestiones pertinentes de reclamación por los perjuicios ocasionados por incumplimiento de contratistas, hasta tanto se recuperen estos valores están contenidos en el costo del proyecto.

Por lo antes señalado, EPM considera lo siguiente:

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- Modificación de cronograma FPO de 30/08/2021 a 23/02/2022.

- Modificación de cronograma (hitos y meta física): modifica la línea base de hitos y meta física del proyecto. Se debe reprogramar el proyecto y generar una nueva línea base y, por lo tanto, modificar los hitos debido al desplazamiento de la entrada en operación del proyecto: modificación de la FPO.

- Modificación del presupuesto: se modifica el costo y presupuesto del proyecto de

$286.783 millones a $297.545 millones. En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto por concepto: Cuadro 36. Ejecución presupuestal proyecto Cuencas La Iguana y La García. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

El proyecto Cuencas La Iguaná y La García, registró un atraso físico en su ejecución con respecto al programa y cronograma actualizados, que para el 31 de diciembre de 2019 ascendió al 23,88%. Con respecto a la ejecución presupuestal, de acuerdo con el mismo programa definido por la entidad, se debía llevar una ejecución presupuestal de $121.121 millones que fue lo programado a esa fecha y los resultados muestran una ejecución de $101.152 millones, es decir, una sub ejecución de $19.969 millones.

Ejecución de la contratación a diciembre de 2019 En el siguiente cuadro se discriminan los contratos con el porcentaje de ejecución, los cuales se han venido materializando en el proyecto Cuencas la Iguaná y La García.

Programa 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 TOTAL

Cuencas La Iguana y La García - 7.905 2.478 5.063 40.925 60.092 80.677 84.138 281.279

Ingen-consul-honor - 7.905 2.263 1.080 3.294 - 14.542

Interventoría 710 5.515 5.128 2.976 14.330

Materiales: compra y consumo - - - 1.549 4.247 3.765 3.682 - 13.244

Obra civil - - - 1.506 30.179 46.566 66.365 79.474 224.090

Gestión ambiental y social - 162 488 2.324 3.981 5.501 1.688 14.142

Tierras y servidumbres - - 53 441 172 265 - - 931

Inversión Administrativa 337 302 502 597 1.170 1.749 557 289 5.503

Subtotal con Inv. Adtiva 337 8.207 2.980 5.660 42.095 61.842 81.233 84.427 286.781

Valor Total del Proyecto actualizado a mayo 2019 Junta Directiva

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Cuadro 37. Ejecución contratos evaluados del proyecto, a diciembre de 2019. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de la Cuenta – Aplicativo Gestión Transparente. Elaboró Equipo auditor.

Cuadro 38. Ejecución contratos del proyecto a diciembre de 2019. Evaluados por el equipo auditor (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de la Cuenta – Aplicativo Gestión Transparente. Elaboró Equipo auditor.

Cuadro 39. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Cuencas La Iguaná-La García.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Nombre del

Proyecto

Código

contrato Objeto del contrato Contratista

Valor

contrato

Valor

adición

Valor Cont.

+ Adición

Reporte

pagos

%

Ejecución

CT-2014-000364-A1 Prestación de servicios de interventoria

Ingetec S.A

Ingenieros Consultores

Civiles y Eléctricos

8.923 1.964 10.887 3.490 39,11

CT-2015-000265-A1 Prestación de servicios de interventoria Estudios Tecnicos S.A. 13.812 0 13.812 3.215 23,28

CT-2017-000364 Suministros de tuberias y accesorios

Manufacturas de

cemento S.A. 4.372 0 4.372 607 13,88

CW11850 Construcción , reposición, ampliación Consorcio redes Iguana 118.251 59.126 177.377 21.410 18,11

CW13060 Suministro de tuberías, accesorios, válvulas e hidrantes para redes de acueducto (HD)Mexichem Colombia S.A.S 15.440 3.074 18.514 4.739 30,69

CW16225 Suministro de tuberías, accesorios, válvulas e hidrantes para redes de acueducto (HD)Saint - Gobain Colombia S.A.S.19.603 79 19.682 1.970 10,05

CW20106 Construcción , reposición y modernización Vitamar S.A 35.775 0 35.775 4.315 12,06

Total Proyectos CW35062 Grupo 3 y 5 de suministro de valvulas By V Ingenieria S.A.S 1.387 0 1.387 210 15,14

217.563 64.243 281.806 39.956 18,37

Cuencas La

Iguana, La

García

BP22009131000

Totales

Nombre del

Proyecto

Código

del contrato Objeto del contrato Contratista

Valor

contrato

Valor

adición

Valor Cont.

+ Adición

Reporte

pagos

%

Ejecución

CT-2018-001786

Servidumbre de alcantarillado para el proyecto

La Iguana, servidumbre Porvenir 4 propiedad

se sucesores de Héctor Cortes Moreno

Aura Fernández Arango 17 - 17 17 100,00

CT-2014-000364-A1

Prestación de servicios de interventoría

técnica, administrativa, ambiental y social de

los contratos de obra civil para la

Ingetec S.A

Ingenieros Consultores

Civiles y Eléctricos

4.461 6.807 11.268 5.237 46,48

CW16225Suministro de tuberías, accesorios, válvulas e

hidrantes para redes de acueducto (HD)

Saint - Gobain Colombia

S.A.S. 9.215 11.255 20.470 14.667 71,65

CW35067Grupo 4 Suministro de válvulas e hidrantes

para redes de acueducto en proyectos de

Metalúrgica Construcel

Colombia S.A 10 5 15 13 86,67

CW43703Suministro de tuberías y accesorios para

redes de alcantarillado (PEAD - Alacant.)

Comercializadora . S.Y.

E. Y CIA. S.A 602 - 602 52 8,64

CW60839Implementación de Planes de Manejo

Arqueológico en proyectos urbanos de agua y Universidad de Antioquia 957 - 957 326 34,06

15.262 18.067 33.329 20.312 60,94Total Proyectos

Cuencas La

Iguana, La

García

BP22009131000

Unidad de

medida

Meta

programada

Meta

cumplida Resultado % Programado Ejecutados Resultado %

% 87,91 64,03 72,84 121.121 101.152 83,51 1,30 0,73

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto Eficiencia Eficacia

Proyecto Cuencas La Iguana y La Garcia

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Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Cuencas La Iguaná - La García, la eficiencia alcanzó un valor de 1,30 con corte a diciembre de 2019, lo que significa, que se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado del proyecto, pues se utilizó el 130% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, lo que se traduce en mayor valor ejecutado del 30%, por lo que, el manejo y asignación de los recursos en la ejecución del proyecto han estado por fuera de los niveles de eficiencia, es decir, se evidenció una pérdida de eficiencia en la ejecución de los recursos en relación con el cumplimiento de la meta física programada y ejecutada, por lo tanto, se están demandando mayores recursos por el incremento en el valor de las obras debido a incumplimiento del contratista, situaciones que están descritas en los párrafos anteriores que se han ido presentado en la ejecución del proyecto. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que, no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Cuencas La Iguaná - La García, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se evidenció una pérdida de eficacia, al obtener una calificación de 0,73, pues frente a una meta de 87,91% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 64,03%, que con respecto al 100% de la meta programada tiene un atraso del 23,88%. En conclusión, a diciembre de 2019 (fecha de corte de esta evaluación) el proyecto

arroja una eficiencia del 1,30 y eficacia del 0,73, lo que significa que el manejo y

asignación de los recursos en la ejecución del proyecto han estado por fuera de los

niveles de eficiencia, es decir, se evidenció una pérdida de eficiencia en la ejecución

de los recursos en relación con el cumplimiento de la meta física programada y

ejecutada, por consiguiente, se están demandando mayores recursos por el

incremento en el valor de las obras debido a incumplimiento del contratista y con

respecto a la eficacia se presentó una pérdida de ésta al estar por debajo con una

calificación del 0.73 ,que con respecto al 100% de la meta física programada tiene

un atraso o incumplimiento del 23,88%. Otra de las razones que incidieron fue las

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actas de modificación que tienen relación con obras adicionales y extras que

afectaron el valor final de los contratos y la planeación presupuestal del proyecto.

Pese a las dificultades presentadas durante la ejecución del proyecto y que conllevaron a los atrasos y falta de cumplimiento antes descritos, el Equipo auditor evidenció que se ha venido alcanzando el objetivo estratégico propuesto, ya que en la medida en que se ha venido desarrollando el proyecto, se ha incrementado mayor confiabilidad en la operación del sistema de provisión aguas y del sistema de gestión aguas residuales, Cuencas La Iguaná - La Garcia. - PROYECTO MODERNIZACIÓN SISTEMA CAPTACIÓN EL BUEY – PIEDRAS – PANTANILLO. Aspectos Generales Código del Proyecto: PEI066PAGCE Fecha de Constitución: 11-07-2014 Alineación Estratégica Objetivo estratégico: incrementar valor para los grupos de interés y crecer en clientes y mercados. Aporte a la Estrategia: el aporte a la estrategia de la organización es alto, porque permite la disponibilidad de agua hacía el embalse La Fe, lo que garantiza la continuidad del servicio en la planta de producción de agua La Ayurá. Impacto sobre el objetivo El proyecto impacta sobre los dos objetivos estratégico, así: el aumento de la confiabilidad se logrará al mejorar la capacidad hidráulica y flexibilidad operativa de elementos críticos del sistema primario de acueducto. Para el caso particular de este proyecto, se busca garantizar el caudal que llega a la planta de tratamiento de agua potable de Ayurá, la cual es la única opción de abastecimiento para gran parte del área. El crecimiento de clientes y mercados se logra, al viabilizar la prestación del servicio de acueducto a los polígonos de la Ceja – El Carmen – Santuario y el Retiro Rionegro – Marinilla – Guarne, por debajo de la cota 2.200 msnm.

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Descripción del proyecto

Problema, Necesidad y Oportunidad identificada en los: - Componente captación de agua rio Buey. - Componente captación de agua rio Piedras. - Componente calidad del agua. - Componente edificio para operación. - Componente sistema potencia, instrumentación y control. - Componentes obras accesorias. - Componente transporte de agua.

Objetivo del Proyecto: se pretende garantizar la continuidad y cantidad de agua necesaria para el abastecimiento de los Valles de Aburra y San Nicolás. La modernización de tableros de control y potencia del rio Piedras y sus obras civiles, logra la continuidad con la infraestructura existente. Alcance del Proyecto: el alcance del proyecto comprende el diseño, contratación y ejecución de obras civiles. En el informe “Plan de Intervención Provisión Aguas 2017 (PIPA), los proyectos priorizados del POIR corresponden a las acciones que deben ser ejecutadas en el corto y mediano plazo, para lo cual fueron clasificadas en ejecución prioritaria y ejecución normal, respectivamente, así mismo, se identificaron otras zonas con problemas de continuidad como es modernización bombeo río Piedras – El Buey – Pantanillo. Estos proyectos están incluidos en el POIR (Plan de Obras e Inversiones Regulado) presentado en el 2016 al ente regulador y en las proyecciones financieras de los años 2016 y 2017; su presupuesto fue definido con información a nivel de identificación. Este proyecto consiste en: 1. Modernizar los sistemas de bombeo y los sistemas de potencia, control e instrumentación de las estaciones de bombeo Piedras y Pantanillo. 2. Efectuar el análisis hidrológico y optimizar la operación hidráulica, manejo de sedimentos y aseguramiento de la captación del embalse El Buey, del túnel de desviación El Buey-Piedras y del embalse Río Piedras.

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3. Reparación estructural de las superficies de los vertederos de las presas de los embalses El Buey y del Río Piedras y del canal de descarga del embalse El Buey. 4. Evaluar, optimizar y ampliar la capacidad de transporte de la aducción Piedras-Pantanillo conformada actualmente por un tramo de impulsión y un canal con transvase al río Pantanillo, y evaluar la posibilidad de transportar directamente mediante tubería al embalse La Fe o a la torre de captación de La Ayurá. Adicional a lo anterior, están los compromisos del Plan de Manejo Ambiental del proyecto río Buey Piedras. En cuanto al tratamiento del caudal de garantía ambiental, disposición y tratamiento de lodos de los embalses. Este proyecto hace parte del POIR del nuevo marco tarifario. Los entregables del proyecto están enmarcados en: - Obras civiles rehabilitadas para el túnel de descarga y compuerta.

- Obras civiles captación (recuperación azud y fosos de succión).

- Modernización equipos electromecánicos del bombeo Piedras:

Sistema eléctrico.

Sistema de instrumentación y control.

Sistema electromecánico. - Obras civiles de caseta de operación y planta diésel trasladada.

Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado un meta física de 64,17%, pero el avance real acumulado a 2019 fue de un 49,51%, lo cual da un cumplimiento del 76,59%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019:

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Gráfica 19. Avance Físico - Curva S. proyecto Modernización Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Cumplimiento de metas de avance de costo: con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $18.339 millones, de los cuales se ejecutaron $13.021 millones, para un cumplimiento del 71,00%. Gráfica 20. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Modernización Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

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Con relación a la desviación de la meta presupuestal, EPM la justifica fundamentado en lo siguiente: Se incluye en el alcance la rehabilitación de la compuerta de descarga de fondo del embalse del Buey, dado que ha presentado dificultades operativas desde hace aproximadamente dos (2) años, las cuales, a la fecha de hoy, no se han podido solucionar de manera efectiva por parte del negocio A&S por los niveles de complejidad encontrados y se ha identificado la necesidad de emprender acciones especiales que desbordan nuestra capacidad operativa. La dificultad principal, es que se está presentando un pase de agua por el sello de las compuertas, situación que impide el ingreso al túnel de descarga de fondo del embalse. Esta es una condición indispensable para la ejecución de estudios, diseños y obras de la etapa no priorizada y ante no contar con la solución operativa, se ha imposibilitado el desarrollo de actividades de todo el alcance de esta etapa. El nuevo cronograma considera, además, las restricciones operativas previstas por condiciones climáticas. Se prevé mayor costo para la ejecución de la obra civil no priorizada, el cual se determinará con los diseños definitivos. Por lo antes expuesto, se hace modificación al alcance de la fase no priorizada y el FPO de diciembre de 2020 a junio 2022. La oficialidad de este control de cambios está dada por el acta No. 1677 de la aprobación del plan de inversiones 2020 – 2023, del 11 de noviembre de 2019. En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto por concepto: Cuadro 40. Ejecución presupuesto proyecto Modernización Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

PROGRAMA 2017 2018 2019 2020 2021 2022 TOTAL

Modernización sistema captación El Buey - Piedras - Pantanillo - 298 11.530 5.839 4.208 2.077 23.951

Gestión ambiental y social - 34 334 - 0 368

Contratos mano de obra 51 1.813 - 0 1.863

Equipos - 9.598 - - 0 9.598

Obra civil 1.329 2.003 3.324 2.077 8.732

Estudios y diseños 298 201 242 - 0 742

Ingen-consul-honorarios - 8 1.152 - 0 1.160

Interventoría - - 884 0 884

Materiales - 309 295 - 0 604

Tierras y servidumbres 19 - 100 - 0 119

Inversión administrativa 71 1.231 1.888 3.203 1.127 917 8.436

Subtotal con Inv. Adtiva 71 1.549 13.417 9.142 5.334 2.993 32.507

Valor Total del Proyecto Modernización 2020 - reporte octubre 7

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El proyecto Modernización Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo registra un atraso físico en su ejecución con respecto al programa y cronograma actualizados, que para el 31 de diciembre de 2019 ascendió al 23,41%. Con respecto a la ejecución presupuestal, de acuerdo con el mismo programa definido por la entidad, se debía llevar una ejecución presupuestal de $18.339 millones que fue lo programado a esa fecha y los resultados muestran una ejecución de $13.021 millones, es decir, una sub ejecución de $5.318 millones. Ejecución de la contratación a diciembre de 2019 En el siguiente cuadro se discriminan los contratos con el porcentaje de ejecución, los cuales materializan el proyecto, los cuales fueron evaluados por el equipo auditor sus resultados se registraron en el factor de gestión contractual. Cuadro 41. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Modernización Sistema Captación El Buey – Piedras – Pantanillo. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de la cuenta – Aplicativo Gestión Transparente CGM. Elaboró equipo auditor.

Cuadro 42. Eficiencia y Eficacia ejecución Proyecto Modernización el Buey Piedras – Pantanillo.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto Modernización Sistema de Captación El Buey – Piedras –Pantanillo, este indicador muestra en cada momento de control, el grado de aplicación de los recursos en función de la cantidad de obra realizada.

Nombre del Proyecto

Código

del

Contrato

Objeto del contrato Contratista Valor

Contrato

Valor

Adición

Valor Cont. +

Adición

Reporte

pagos

%

Ejecución

CW39211

Grupo 1 Sistema de Refrigeración - Compra de

equipos, tubería y accesorios de los sistemas de

refrigeración, válvulas reductoras de presión y

sistema de detección y alarma para la red contra

incendios de la estación de bombeo Rio Piedras

Hidromecanica Andina

S.A.S. 718 12 730 637 87,26

CW43506Obras Civiles para la modernización de la

estación de bombeo Rio PiedrasIngemec sociados Ltda 963 195 1.158 1.059 91,45

CW45180

Compra de equipos para servicios auxiliares y

sistema de control e instrumentación para la

modernización del bombeo Rio Piedras

Schneider Electric

Systems Colombia

Ltda

5.377 68 5.445 3.141 57,69

7.058 275 7.333 4.837 65,96 Total Proyectos

Modernización sistema de

captación El Buey Piedras

Pantanillo

Unidad de

medida

Meta

programada

Meta

cumplida Resultado % Programado Ejecutados

Resultado

%

% 64,17 49,51 77,15 18.339 13.021 71,00 0,92 0,77

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto

Eficiencia Eficacia

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Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Modernización Sistema de Captación El Buey – Piedras –Pantanillo, la eficiencia alcanzó un valor de 0,92 con corte a diciembre de 2019, lo que significó que se generaron ahorros en la asignación de los recursos, por consiguiente, hubo eficiencia en el uso de los recursos porque al utilizarse el 71,00% de los recursos programados en función de la cantidad de obra realizada que fue del 77,15%, esto se traduce en un ahorro del 29,00% en el avance del proyecto. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. En el caso del proyecto en mención para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una pérdida de eficacia, al obtener un valor de 0,77 por debajo de uno, pues frente a una meta de 64,17% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 49,51%, lo que representa un ejecución del 77,15% de la meta programada. En conclusión, a diciembre de 2019 (fecha de corte de esta evaluación) el proyecto arroja una eficiencia del 0,92 y eficacia del 0,77, es decir, que con un presupuesto ejecutado del 71,00%, se obtuvo un cumplimiento de las metas del 76,59%, arrojando con ello una pérdida de eficacia, así mismo, con el alcance de la rehabilitación de la compuerta de descarga de fondo del embalse del Buey, que sigue presentando dificultades operativas desde hace aproximadamente dos (2) años, sin que a la fecha de hoy, se le dé solución de manera efectiva por parte del negocio A&S, también estaríamos hablando de una ineficacia por parte de EPM, toda vez, que ha dejado pasar un periodo de tiempo bastante considerable sin buscar alternativas que ayuden a mejorar la dificultad presentada, lo que hace que se retrasen las otras actividades de ejecución de estudios, diseños y obras de la etapa no priorizada y al no contar con la solución operativa, se ha imposibilitado el desarrollo de actividades de todo el alcance de esta etapa, retrasando con ello el cumplimiento del objetivo estratégico y el objetivo del proyecto propuesto.

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- PROYECTO DESARROLLO PLAN MAESTRO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO MUNICIPIO DE CALDAS – ETAPA 9.

Aspectos Generales

Código del Proyecto: PEI0695MNELI

Fecha de Constitución: 25-08-2017

Alineación Estratégica

Objetivo estratégico: optimizar la Gestión de Activos.

Aporte a la Estrategia: el aporte a la estrategia de la organización es optimizar la

gestión de activos, se amplía la base de clientes y mercado y se disminuyen los

costos operativos aportando al cumplimiento de la MEGA. Rentabiliza las

operaciones en el mercado actual.

Impacto sobre el objetivo

El proyecto impacta sobre los dos objetivos estratégico, así: mejoras en la calidad,

incremento de la cobertura y garantía de continuidad para los clientes.

Para EPM se amplía el mercado, se mejora la reputación y se alcanza una disminución significativa en las perdidas de los sistemas.

Otro punto fundamental es la optimización y disminución de los costos de mantenimiento.

Descripción del proyecto

Problema, Necesidad y Oportunidad identificada en:

Provisión Aguas – Acueducto: existe infraestructura de redes de acueducto que ya cumplieron con el periodo de vida útil y que se encuentran deterioradas en materiales como PVC de baja resistencia que requieren su reposición. Aguas Residuales – Alcantarillado: las redes actuales presentan deterioro e insuficiencia hidráulica, llevando a la operación deficiente del sistema.

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Objetivo del Proyecto:

Provisión Aguas – Acueducto

- Reponer y modernizar la infraestructura de redes de acueducto que se

encuentran deterioradas para garantizar la prestación de servicio de acueducto

con calidad, continuidad y oportunidad a los clientes.

- Atender el crecimiento de clientes.

Aguas Residuales - Alcantarillado

- Reponer, modernizar y construir las redes colectoras para la recolección y

transporte de aguas residuales descargadas a las quebradas afluentes del Rio

Medellín.

- Entrada en operación de activos (finanzas)

Alcance del Proyecto: diseño y construcción de 2,6 km de acometidas de

alcantarillado en los barrios Los Cerezos y Fundadores, y conexión de red Los

Cerezos con el Interceptor Sur, la construcción de red y acometidas, empalmes y

cambios de acueducto en el barrio Fundadores para sacar completamente de

servicio la tubería de acueducto en asbesto cemento y el diseño y la construcción

de 1.3 km de red y acometidas de acueducto en el barrio los Cerezos.

Descripción: la etapa 9 del PMAA Caldas, reposición de redes de acueducto y alcantarillado de los barrios Fundadores y Los Cerezos, se enmarca en el contrato interadministrativo N° 1401288 de octubre de 1997, suscrito entre EPM y el municipio de Caldas, en el que EPM asumió la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en esa localidad. Con este convenio EPM se compromete, además de la operación y el mantenimiento, a realizar de manera gradual las obras de reposición, ampliación y modernización que determinen las partes de acuerdo con su capacidad de ejecución. Por otra parte, estas inversiones se integran en el marco tarifario para Caldas, de acuerdo con los compromisos declarados en el Plan de Obras e Inversiones Regulado (POIR). Con este proyecto se busca reponer y optimizar 26 km de redes de acueducto de un total de 32,6 km del sistema, y ampliar, reponer y optimizar 26,3 km de redes de

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alcantarillado del total de 24,3 km del sistema existente al año 2000, cuando se elaboró el Plan Maestro. Así mismo, se viene desarrollando por etapas desde el año 2003 con una inversión estimada en el año 1999 de $14.089 millones, sin incluir repavimentación completa de las vías. Entre los años 2014 y 2015 se desarrolló la etapa 7 del proyecto. Las restantes etapas se tienen programadas para los años: 2016-Alcance: Alcantarillado=0,6 km, valor $741 millones aportados por el Municipio de Caldas según convenio CT-2015-001271. 2018-Alcance: Acueducto: 1,3 km, Alcantarillado=2,6 km, valor: $5.300 millones. 2020-Alcance: Acueducto: 1,2 km, Alcantarillado=2,5 km, valor: $5.100 millones. 2022-Alcance: Acueducto: 1,0 km, Alcantarillado=2,5 km, valor: $5.000 millones. 2024-Alcance: Acueducto: 0,4 km, Alcantarillado=2,5 km, valor: $4.700 millones. 2026-Alcance: Acueducto: 0,4 km, Alcantarillado=2,4 km, valor: $4.400 millones. Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado un meta física de 86,47%, pero el avance real acumulado a 2019 fue de un 83,65%, lo cual da un cumplimiento del 96,74%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019: Gráfica 21. Avance Físico - Curva S. proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

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Cumplimiento de metas de avance de costo Con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $5.857 millones, de los cuales se ejecutaron $3.920 millones, para un cumplimiento del 66,93%. Gráfica 22. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Con relación a la desviación de la meta presupuestal, EPM la justifica fundamentado en lo siguiente: Se modifica la FPO debido a que el proceso de contratación de las obras civiles tomó más tiempo del considerado inicialmente, por la implementación de un piloto de esquema de contratación. Por lo tanto, se da desplazamiento en la FPO del proyecto del 09 de marzo de 2020 al 08 de abril de 2020 y de los siguientes hitos: • Entrada en operación y • Cierre del proyecto. La oficialidad de este control de cambios está dada por el acta de Junta Directiva No 1677 del 22 de noviembre de 2019, mediante la cual se aprueba el Plan de Inversiones 2020 – 2023. En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto por concepto:

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Cuadro 43. Ejecución presupuesto proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

El proyecto Desarrollo del Plan Maestro de acueducto y alcantarillado del municipio de Caldas, registra un atraso físico en su ejecución con respecto al programa y cronograma actualizados, que para el 31 de diciembre de 2019 asciende al 36,07% con una ejecución 63,93%, lo que quiere decir, que el proyecto debía llevar una ejecución presupuestal de $5.857millones que fue lo programado a esa fecha y los resultados muestran una ejecución de $3.920 millones, es decir, una subejecución de $1.937 millones

Ejecución de la contratación a diciembre de 2019 Cuadro 44. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado municipio de Caldas – Etapa 9. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de la cuenta – Aplicativo Gestión Transparente CGM. Elaboró equipo auditor.

Programa 2018 2019 2020 TOTAL

Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado del

Municipio de Caldas 1 5.516 4.021 9.539

Ingen-consul-honorarios - 6 - 6

Interventoría - 981 493 1.474

Materiales: compra y consumo - 329 157 486

Obra civil - 3.936 3.334 7.270

Gestión ambiental y social 1 264 37 303

Inversión administrativa 103 236 20 359

Subtotal con Inv. Adtiva 104 5.752 4.041 9.898

Valor Total del Proyecto actualizado Plan de Inversiones 2019-2022

Nombre del Proyecto

Código

del

contrato

Objeto del contrato Contratista Valor

contrato

Valor

adición

Valor

Cont. +

Adición

Reporte

pagos

%

Ejecución

CW45260

Contrato Comercializadora S y E-

Suministro de tuberías y accesorios en

polietileno, para redes de acueducto en

proyectos de infraestructura, operación

y mantenimiento de aguas EPM

Comercializadora S.Y E.Y

Cía. S.A 14.010 - 14.010 3.569 25,47

CW45254

Suministro de tuberías y accesorios en

polietileno, para redes de acueducto en

proyectos de infraestructura, operación

y mantenimiento de aguas EPM

Colombiana de Extrusión

S.A. 6.130 - 6.130 3.578 58,37

CW49672

Construcción, reposición y

modernización de las redes,

acometidas y obras complementarias

de acueducto y alcantarillado en los

municipios de Caldas y Barbosa

Acueducto y Alcantarillado

Sostenibles AAS SA ESP 8.469 - 8.469 5.384 63,57

28.609 - 28.609 12.531 43,80Total Proyectos

Desarrollo Plan Maestro de

Acueducto y Alcantarillado

del municipio de Caldas -

Etapa 9

PEI0695MNELI

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En el anterior cuadro se discriminan los contratos con el porcentaje de ejecución, los cuales materializan el proyecto y evaluados por el equipo auditor y sus resultados están inmersos en el factor de gestión contractual. Cuadro 45. Eficiencia y eficacia en la ejecución del proyecto Plan Maestro Caldas.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control el grado de aplicación de los recursos, en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Caldas - Etapa 9, la eficiencia alcanzó un valor de 0,69 con corte a diciembre de 2019, lo que significa que se generaron ahorros en la asignación de los recursos, por lo que se presenta una eficiencia en el uso de los recursos en la ejecución del proyecto, pues se utilizó 66,93% de los recursos programados para lograr el nivel de avance físico reportado, lo que se traduce en ahorros del 43,07%. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del Proyecto Desarrollo Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Caldas - etapa 9, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una mínima pérdida de eficacia, al obtener un valor de 0,97, pues frente a una meta de 86,47% de actividades programadas para la vigencia 2019, se alcanzó a ejecutar el 83,65% para un cumplimiento del 96,74%. En conclusión, a diciembre de 2019 (fecha de corte de esta evaluación) el proyecto arroja una eficiencia del 0,69 y eficacia del 0,97, es decir, que con un presupuesto ejecutado del 83,65%, se obtuvo un cumplimiento de las metas del 96,74%, no obstante, se presentó incumplimiento en cuanto a la meta física en el lote de acueducto, por parte del contratista de obra, toda vez, que se tenía programada su

Unidad de

medida

Meta

programada

Meta

cumplida Resultado % Programado Ejecutados Resultado %

% 86,47 83,65 96,74 5.857 3.920 66,93 0,69 0,97

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asignados al

Proyecto Eficiencia Eficacia

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terminación para el 4 de diciembre de 2019, sin embargo, el balance de las obras a 31 de diciembre se encontraba en un 58%, teniendo en cuenta el peso de todas las actividades complementarias asociadas a la instalación de la tubería de acueducto. Pese a las dificultades presentadas durante la ejecución del proyecto y que conllevaron a los atrasos y falta de cumplimiento antes descritos, el equipo auditor evidenció que se ha venido alcanzando el objetivo estratégico y el objetivo del proyecto que es, reponer y modernizar la infraestructura de redes de acueducto y reponer, modernizar y construir las redes colectoras de alcantarillado, descargadas en el Rio Medellín. - PROYECTO VALLE DE SAN NICOLÁS

Generales Aspectos

Código del Proyecto: BP26009131000 Fecha de Constitución: Acta 1476 de 3 de septiembre de 2007 (acta de aprobación). Alineación Estratégica Objetivo estratégico: Crecer en clientes y mercados.

Impacto sobre el objetivo: expansión en los negocios de Provisión de Aguas y

Gestión de Aguas Residuales.

Descripción del proyecto:

Problema, Necesidad y Oportunidad: expansión de los negocios de aguas y

saneamiento.

Objetivo del Proyecto: ampliar la cobertura de acueducto y parcialmente de

saneamiento en el sector centro occidental del Valle de San Nicolás y el Alto

Palmas, con alcance en zonas suburbanas y rurales de los municipios de Envigado,

El Retiro y Rionegro, en una zona con potencial de 25.000 usuarios para el sistema

interconectado de acueducto y para 2.000 clientes potenciales del sistema de

tratamiento de aguas residuales.

Alcance del Proyecto: diseñar construir y poner en marcha la infraestructura

asociada a la prestación de los servicios de acueducto y saneamiento en el sector

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rural de alto Palmas y Noroccidental del Valle San Nicolás en los Municipios de

Envigado, El Retiro y Rionegro.

Descripción: en el numeral 3.2 “Provisión de Agua para el Valle de San Nicolás” del acta 1476 del 3 de septiembre de 2007, se hace una presentación sobre el proyecto de abastecimiento de agua potable y saneamiento para el Valle de San Nicolás. Donde se presenta como antecedentes, el estudio elaborado por Integral S.A. en el año 2001 de factibilidad para el abastecimiento de agua potable y saneamiento en los sectores Las Palmas, Santa Elena y sectores aledaños al embalse de La Fe; la realización en el año 2003 del estudio de saneamiento (acueducto y alcantarillado) a nivel de prefactibilidad para el sector Alto de las Palmas (Escobero, Las Palmas, etc.) por solicitud del municipio de Envigado; el estudio de factibilidad del suministro de agua potable para el sector Alto de las Palmas, elaborado por EPM E.S.P. y consultores del municipio de Envigado y el estudio de expansión de la cobertura de Aguas de Oriente S.A. E.S.P. realizados en el año 2005; la aprobación por parte de EPM E.S.P. del diseño de las redes de acueducto del sector Alto de las Palmas en el año 2007; y la tendencia creciente de vivienda y comercio del sector. Se destacó, las oportunidades que brinda el proyecto como son las de expandir el sistema interconectado de aguas y contribuir a la conformación de la ciudad región “Valle de Aburrá – Valle de San Nicolás”; retener los usuarios de los estratos consolidados en el Valle de Aburrá (instituciones y estratos 5 y 6, con tendencia a moverse a la zona del Valle de San Nicolás); beneficiar a EPM E.S.P. del crecimiento urbanístico y la consolidación del sector; optimizar el uso de activos privilegiados (embalse de La Fe, estudios, terrenos); regular la demanda y contribuir a la protección del recurso hídrico; y fijar tarifas derivadas de las economías de escala. El área de influencia del proyecto que está compuesta por tres (3) veredas del municipio de El Retiro, ocho (8) veredas del municipio de Rionegro y seis (6) veredas del municipio de Envigado, para un total de 17 veredas; el esquema de infraestructura, la localización de abasto requerido, la localización de las redes de distribución acueducto; la proyección de usuarios; las etapas del proyecto; la inversión prevista la cual asciende a un total de $95.608 millones, lo que significa $8.450.000 por usuario. De igual forma, se analizó la combinación de soluciones para el saneamiento. Por lo tanto, de acuerdo con lo antes indicado, se estableció construir 1 captación en el embalse la Fe, 1 planta de potabilización para 400 l/s, 4 tanques de

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almacenamiento, 1 tanque de succión, 3 estaciones de bombeo de agua potable, 1 estación de bombeo de agua cruda, 9 km de impulsiones, 13 km de conducciones, 190 km de redes de distribución de acueducto, 4 sistemas de tratamiento de aguas residuales y sus respectivas redes de recolección, para prestar el servicio de acueducto y alcantarillado en la zona centro occidental del Valle de San Nicolás y el municipio de Envigado. Teniendo en cuenta, que el alcance previsto consiste en diseñar, construir y poner en marcha la infraestructura asociada a la prestación de los servicios de acueducto y saneamiento en el sector rural de Alto Palmas y Noroccidente del Valle San Nicolás en los municipios de Envigado, El Retiro y Rionegro. Cumplimiento de metas físicas En el avance físico - curva S, EPM tenía planeado un meta física de 82,82%, pero el avance real acumulado a 2019 fue de un 68,18%, lo cual da un cumplimiento del 82,32%. En la siguiente gráfica se visualiza el avance físico presentado en el 2019: Gráfica 23. Avance Físico - Curva S. proyecto Valle de San Nicolás.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

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Cumplimiento de metas de avance de costo Con relación a la meta presupuestal se tenía un presupuesto de $229.665 millones a diciembre de 2019, de los cuales se ejecutaron $222.593 millones, para un cumplimiento del 96,92%. Gráfica 24. Avance Costo Total a diciembre de 2019 – proyecto Valle de San Nicolás.

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

Modificación en el Presupuesto (por desplazamientos con cambio en el costo).

Con relación a la desviación de la meta presupuestal, EPM la justifica en la modificación al costo del proyecto, fundamentado en lo siguiente: Modificación del costo del proyecto: de $253.855 millones a $257.465 millones para la vigencia del 2019 - El incremento obedece a la necesidad de incluir las garantías de obra sobre la

vía concesionada, para continuar con la renovación del permiso de intervención

sobre la vía que le otorgó la ANI a EPM.

- De acuerdo con la modificación del costo y manteniendo una inversión

administrativa que asciende a $17.272 millones, el costo del proyecto queda en

$274.737 millones.

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Aumento del costo del proyecto en $3.609 millones para la vigencia del 2019. La oficialidad de este control de cambios está dada por el acta No. 18 de 2019 de Comité de Gerencia, del 22/04/2019. De otro lado, se da también la aprobación de control de cambio enmarcada en el Plan de Inversiones 2020 – 2023, mediante acta 1677 de noviembre 22 de 2019, donde se establecen las siguientes modificaciones: - Modificación de la FPO del proyecto: 29 de diciembre de 2020 a 23 de junio de

2021. - El proceso de contratación de las obras de la etapa 4, se dio por terminado como

consecuencia de la implementación del nuevo procedimiento de aprobación de vigencias futuras, lo cual generó un desplazamiento en la finalización de estas obras.

Por lo tanto, se da modificación del costo del proyecto: de $274.737 millones a

$278.498 millones para el plan de inversiones 2020-2023. - Se hace necesario aumentar el costo del proyecto en $3.761 millones, teniendo

en cuenta el presupuesto de adjudicación de los contratos de la etapa 4 del proyecto y considerando la necesidad de contar con una incertidumbre estimada del 10% para la etapa de construcción.

- Se debe reprogramar el proyecto y generar una nueva línea base y por lo tanto, modificar los hitos debido al desplazamiento de la entrada en operación del proyecto: modificación de la FPO del proyecto: 29 de diciembre de 2020 a 23 de junio de 2021.

En el siguiente cuadro se discrimina el presupuesto por concepto:

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Cuadro 46. Ejecución presupuesto proyecto Valle de San Nicolás. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Información remitida por VE Proyectos e Ingeniería. Elaboró equipo auditor.

El proyecto Valle de San Nicolás registra un atraso físico en su ejecución con respecto al programa y cronograma actualizados, que para el 31 de diciembre de 2019 asciende al 31,82% con una ejecución 68,18%, lo que quiere decir, que el proyecto debía llevar una ejecución presupuestal de $229.664 millones que fue lo programado a esa fecha y los resultados muestran una ejecución de $222.593 millones, es decir, una subejecución de $7.071 millones.

Ejecución de la contratación a diciembre de 2019 En el siguiente cuadro se discriminan los contratos con el porcentaje de ejecución, los cuales materializan el proyecto Valle de San Nicolás, los cuales fueron evaluados por el equipo auditor.

Programa 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 TOTAL

Valle San Nicolás 16.883 47.318 53.088 17.137 28.368 51.099 37.443 6.128 257.465

Activos fijos y repuestos 37 - - - 73 - - - 110

Equipos - 11.066 3.168 15 45 9.593 866 - 24.753

Gestión ambiental y social 1 12 19 1.177 1.729 1.156 208 4.302

Ingen-consul-honor 4.060 3.409 4.565 2.142 5.330 134 - - 19.639

Interventoría - - - - - 508 2.899 827 4.233

Materiales: compra y consumo - 427 8.611 2.932 371 12.447 1.817 2.106 28.711

Obra civil 10.709 32.036 35.648 10.694 20.648 25.674 30.706 2.988 169.103

Tierras y servidumbres 2.077 379 467 1.198 192 956 - - 5.268

Estudios y diseños - - - 137 472 58 - - 667

Contratos de mano de obra - - 618 - 61 - - 679

Inversión Administrativa 4.280 1.473 3.177 2.481 2.767 1.593 1.354 146 17.272

Subtotal con Inv. Adtiva 21.163 48.791 56.265 19.618 31.135 52.693 38.797 6.275 274.737

Proyecto Valle de San Nicolás

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Cuadro 47. Ejecución contratos a diciembre de 2019 proyecto Valle de San Nicolás. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: Rendición de la cuenta – Aplicativo Gestión Transparente CGM. Elaboró equipo auditor.

Cuadro 48. Eficiencia y Eficacia en la ejecución del proyecto Valle de San Nicolás. (Cifras en millones de pesos).

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

Con respecto a la eficiencia del proyecto, este indicador muestra en cada momento de control, el grado de aplicación de los recursos en función de la cantidad de obra realizada. Cuando su valor es uno, se encuentra en equilibrio con el presupuesto, si es menor que uno, hay eficiencia en el uso de los recursos y si es mayor que uno, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado. Para el proyecto Valle de San Nicolás, la eficiencia alcanzó un valor de 1,18 con corte a diciembre de 2019, lo que significó que, el presupuesto se está desbordando, pues se está gastando en mayor proporción que lo ejecutado lo que se traduce en que hubo ineficiencia en el uso de los recursos porque al utilizarse el 96,92% de los recursos programados en función de la cantidad de obra realizada que fue del 82,32%, esto indica que hubo un aumento en ejecución de recursos del

Nombre del Proyecto

Código

del

contrato

Objeto del contrato Contratista Valor

contrato

Valor

adición

Valor Cont. +

Adición

Reporte

pagos

%

Ejecució

n

CT-2018-000399

Contrato compensación por la perdida de la

actividad económica por ejecución del proyecto

valle San Nicolás - PTAR Escobero - José

Ancizar López Buitrago

José Ancizar López Buitrago 43.525.304 - 43.525.304 43.525.304 100,00

CT-2018-000402

Contarte de compensación por la perdida de la

actividad económica por ejecución del proyecto

Valle San Nicolás PTAR Escobero - Uriel

Mauricio López.

Uriel Mauricio López Román 11.065.756 - 11.065.756 11.065.756 100,00

CT-2018-000406

Constitución de servidumbre de acueducto en

predio Jagua de Ibérico, propietario Javier Jaller.

Proyecto Valle San Nicolás,

Francisco Javier Jaillier Mejía 270.320 - 270.320 270.320 100,00

CT-2018-000929

Compra de servidumbre en Muebles El Atajo.

Propietario Hildebrando Escobar. Proyecto Valle

San Nicolás.

Hieldebrando de Jesus

Escobar Ochoa 12.096.419 - 12.096.419 12.096.419 100,00

CT-2018-001061Servidumbre vivero sol y sombra (porpMaria

Rosalba Arenas Orozco.Maria Rosalba Arenas Orozco 3.600.253 - 3.600.253 3.600.252 100,00

CW51135

Obras civiles para la terminación del circuito La

Fe en el tramo Los Salados - Glorieta La Fe, en

el municipio de El Retiro

Ndina de Construcciones y

Asociados S.A.S. 6.334.035.044 452.264.781 6.786.299.825 6.737.560.830 99,28

CT-2018-000504Compra de servidumbre para ERP 17. Propietario

Conrado Benjumea. Proyecto Valle San Nicolás.

Conrado de Jesus Benjumea

Ramirez 1.650.000 - 1.650.000 1.650.000 100,00

6.339.285.297 452.264.781 6.791.550.078 6.742.811.082 99,28Total Proyectos

Valle San Nicolás

BP26009131000

Unidad de

medida

Meta

programada

Meta

cumplida

Resultado

%Programado Ejecutados Resultado %

% 82,82 68,18 82,32 229.664 222.593 96,92 1,18 0,82

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto Eficiencia Eficacia

Proyecto Valle de San Nicolas

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18,00% en el avance del proyecto, debido a que se presentó incumplimiento por parte de los primeros contratistas de obra y se necesitó hacer una nueva contratación y en la ejecución de las obras se requirieron cantidades adicionales a las estimadas originalmente, toda vez, que se presentaron reprocesos en desinstalación e instalación de tubería instalada por el contratista inicial. Con relación a la eficacia del proyecto, se considera que cuando la misma tiene una calificación igual a uno (1), la ejecución del proyecto coincide con la programación y se dice que hay eficacia, si es menor de 1 hay pérdida de eficacia ya que no se han cumplido las metas físicas, y si es mayor que 1, hay una ganancia de ésta por una mayor ejecución de la meta programada. Considerando el caso del proyecto Valle de San Nicolás, para las actividades programadas con corte a diciembre de 2019, se encontró una pérdida de eficacia, al obtener una calificación de 0,82 por debajo de uno, pues frente a una meta de 82,82% de actividades físicas programadas acumuladas al 31 de diciembre de 2019, solo se alcanzó a ejecutar el 68,18%, con un atraso del 31,82%, así mismo, se presentó incumplimiento por parte de los primeros contratistas de obra y se necesitó hacer una nueva contratación y en la ejecución de las obras se requirieron cantidades adicionales a las estimadas originalmente, toda vez, que se presentaron reprocesos en desinstalación e instalación de tubería instalada por el contratista inicial.

Pese a las dificultades presentadas durante la ejecución del proyecto y que

conllevaron a los atrasos y falta de cumplimiento antes descritos, el equipo auditor

evidenció que se ha venido alcanzando los objetivos estratégicos propuestos, como

es la expansión de los negocios de Provisión de Aguas y Gestión de Aguas

Residuales e igualmente se viene cumpliendo con el objetivo del proyecto que se

ha venido ampliando la cobertura de acueducto y parcialmente de saneamiento en

el sector Centroccidental del Valle de San Nicolás.

- PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS VPE GESTIÓN DE NEGOCIOS Para la calificación de este factor en la Vicepresidencia Ejecutiva Gestión de negocios, se tuvieron en cuenta 38 iniciativas de inversión (proyectos estratégicos), reportadas en la rendición de cuentas y de acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, se obtuvo, al ponderar las variables de eficacia y eficiencia, 83,9 puntos de lo que se traduce en una calificación de “Cumple” así:

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Cuadro 49. Calificación planes, programas y proyectos VPE Gestión de Negocios.

Fuente: Matriz de evaluación fiscal Auditoría Regular EPM. Elaboró equipo auditor.

Eficacia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos: los cálculos para esta variable arrojaron los siguientes resultados consolidados que soportan la calificación de 80,9 puntos, sobre 100 posibles, en la eficacia alcanzada en el cumplimiento de las metas asociadas a los diferentes planes programas y proyectos correspondientes a la VPE Gestión de Negocios. 21 iniciativas tuvieron cumplimiento igual o superior al 80% en la ejecución de sus metas físicas. 17 proyectos presentaron cumplimiento inferior al 80%, de las cuales seis, se ubicaron por debajo del 60% en la ejecución de sus metas programadas. Eficiencia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos: al relacionar el porcentaje de ejecución de recursos monetarios de cada iniciativa con su respectivo índice de eficacia, se obtiene el índice de eficiencia correspondiente a cada proyecto; y de esta manera se obtuvo una calificación de 87 puntos, como valor promedio, en la eficiencia alcanzada en la ejecución de los planes programas y proyectos desarrollados por la VPE Gestión de Negocios, durante la vigencia 2019. En cuanto a la ejecución de recursos financieros, se presupuestaron $344.455 millones para las 38 iniciativas y se obtuvo una ejecución del 106%, equivalente a $365.059 millones. 24 de los proyectos desarrollados en la vigencia 2019, presentaron ejecución presupuestal igual o inferior a la programada ($54.851 millones de subejecución); y en 14, se sobre ejecutó el presupuesto por un valor de $75.455 millones.

VARIABLES Ponderación Calificación Total

Eficacia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 40,5

Eficiencia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 43,5

1,00 83,9

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

CONTROL DE RESULTADOS VPE de NEGOCIOS

Calificación Parcial

80,9

87,0

Cumplimiento Planes Programas y Proyectos

Calificación

Cumple

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En el siguiente cuadro se presentan los resultados obtenidos por unidad de gestión de negocios de Energía, Gas, Aguas y Saneamiento y la VP Comercial, así como su participación con respecto al presupuesto ejecutado en la vigencia 2019: Cuadro 50. Cumplimiento de planes y proyectos VPE Gestión de Negocios.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM vigencia 2019. Elaboró: equipo auditor.

Entre las dependencias responsables de la gestión de los planes de negocio de Generación, Transmisión y Distribución de Energía, Gas y Aguas y Saneamiento del Grupo EPM, la Vicepresidencia Gas es la que obtiene un mejor desempeño con una calificación de 95,36 puntos, ya que con cinco iniciativas reportadas usó el 19.43% de los recursos ejecutados en la VPE de Gestión de Negocios y cuatro de los programas adelantados superaron las metas físicas propuestas. En segundo lugar se ubica la Vicepresidencia de Generación con un resultado de 87,65% puntos para una calificación de Cumple. Los proyectos y/o iniciativas ejecutadas por esta Vicepresidencia representaron el 21%, (ocho proyectos), de las iniciativas calificadas, lo que implica que ellas aportan ese mismo porcentaje en la calificación de los índices de eficacia y eficiencia, y consumieron el 12,1% de los recursos ejecutados en inversión por la VPE Gestión de Negocios. El tercer y cuarto lugar corresponden a las Vicepresidencias de T&D y Aguas y Saneamiento, respectivamente, donde los resultados más desfavorables fueron los obtenidos por Aguas y Saneamiento, dado que sólo cumplieron con un 72% de las metas físicas programadas en sus planes, programas y proyectos de inversión, así como una ejecución presupuestal del 71%, lo que se traduce en una calificación de 71,71 sobre 100 en su desempeño en la ejecución de las iniciativas de inversión.

Negocio

Presupuesto

Programado

(Millones $)

Presupuesto

ejecutado

(Millones $)

Nro.

Inciativas

reportadas

(Proyectos)

Participación

ppto ejecutadoEficacia Eficiencia Calificación

V.P. Gas 47.679 59.391 5 19,43% 94,66 96,06 95,36

V.P. Generación Energía 38.857 36.972 8 12,10% 89,70 85,60 87,65

V.P. Transmisión y Distribución

Energía163.345 163.338 10 53,44% 75,43 92,63 84,03

V.P. Aguas y sanemaiento 68.655 97.336 9 31,84% 72,05 71,36 71,71

V.P. Comercial 20.457 2.561 5 0,84% 78,01 97,81 87,91

Gestión de Negocios 5.461 5.461 1 1,79% 90,91 90,91 90,91

Total V.P.E. de Negocios 296.776 305.668 33 100% 80,91 86,96 83,94

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La Vicepresidencia Comercial es la dependencia encargada de liderar la estrategia comercial del Grupo EPM de manera coordinada con los negocios, desarrollando propuestas de valor con visión integral del cliente y por segmentos. Esta unidad de gestión obtuvo un desempeño aceptable con una calificación de 87,91puntos, puesto que con cinco iniciativas reportadas usó el 0,84% de los recursos ejecutados en la VPE de Gestión de Negocios. En la vigencia auditada se evaluaron los planes del negocio del Gas, así como el programa Nuevos Negocios 2025 y el proyecto Facturación electrónica, de la VP Comercial, con los resultados que se presentan continuación: Los proyectos Conexión Clientes Gas, Expansión de la Cobertura Valle de Aburra, Expansión de la Cobertura Región Antioquia y Expansión de la Cobertura Urabá, son realmente planes para el crecimiento vegetativo del negocio del Gas, que cuentan con un presupuesto anual para atender inversiones en construcción de kms de redes de polietileno, equipos, obras civiles, terrenos e Inversión Administrativa (Nómina) y tienen como objetivo dar respuesta oportuna y eficaz al crecimiento urbano de los mercados que atiende EPM (120 Poblaciones con clientes: 14 Región Metropolitana y 106 Región Antioquia y 92 Municipios con clientes: 10 Región Metropolitana- 82 Región Antioquia; y un total de conectados en la Región Metropolitana de 1.077.101 y en la Región Antioquia de 215.447). CONEXIÓN CLIENTES GAS El plan Conexión de Clientes pretende ampliar la cobertura del servicio en las poblaciones objetivo del Departamento de Antioquia, incrementar penetración, rentabilizar la infraestructura y activos, obedeciendo al objetivo estratégico Crecer en Clientes y Mercados. Avance del proyecto a diciembre de 2019. Cuadro 51. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Conexión Clientes Gas a diciembre 31 de 2019.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor.

PROYECTO

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

49.430 67.040 135,63 32.995 44.323 134,33 0,99 1,36

Eficiencia

Conexión de

Clientes Gas

Eficacia

Cumplimiento de Metas Físicas a dic

31 2019

Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto a dic 31 de 2019

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El plan Conexión Clientes Gas tenía como meta para el año 2019 la conexión de 49.430 clientes y se conectaron 67.040, superando en 35,63 puntos porcentuales la programación establecida; con un presupuesto para red interna y conexión de $32.995 millones y ejecutado de $44.323 millones, los anteriores resultados permitieron obtener una eficiencia del 0,99% y un eficacia del 1,36, es decir, este programa ejecutó el presupuesto y superó la meta de conexiones de clientes en el 36%, en los 12 meses programados, resultados que le permitieron obtener un costo unitario por cliente de $661.142, inferior al que se tenía programado de $667.509 y para el negocio del Gas unos ingresos adicionales de $17.589 millones. EXPANSIÓN DE LA COBERTURA VALLE DE ABURRA El plan Expansión de la Cobertura Valle de Aburrá pretende fortalecer el sistema de distribución de gas natural en el Valle de Aburrá, optimizando el uso de los activos e incrementar la penetración del mercado a través de propuestas innovadoras en la atención de nuevas zonas. Cuadro 52. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura Valle de Aburrá diciembre 31 de 2019.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor. A diciembre de 2019 tenía programada una meta de construir 71 km de red de polietileno y se lograron 82 km, 10 km más, superando en 15,28 puntos porcentuales la meta establecida; con un presupuesto de $6.865 millones y ejecutado $8.145 millones, $1.280 millones más, que representan el 18,65%, el plan Expansión de la Cobertura Valle de Aburrá logra una eficiencia del 1.03 y eficacia del 1,15, observándose un ahorro u optimización de los recursos, frente a un mayor logro de metas. Al respecto la Vicepresidencia Gas informa referente a este plan, que se lograron optimizaciones en la construcción de redes de polietileno, el plan tenía un presupuesto de $79 millones por km de red y con la ejecución se obtuvo un costo promedio de $ 75 millones por km de red. EXPANSIÓN DE LA COBERTURA REGIÓN ANTIOQUIA El plan Cobertura en la Región Antioquia se busca fortalecer los sistemas de distribución de gas natural comprimido por fuera del Valle de Aburrá sin incluir

PROYECTO

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

71 82 115,28 6.865 8.145 118,65 1,03 1,15

Eficacia

Expansión de la

Cobertura Valle de

Aburrá

Cumplimiento de Metas Físicas a dic

31 2019

Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto a dic 31 de 2019Eficiencia

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Urabá, optimizando el uso de los activos e incrementar la penetración del mercado a través de propuestas innovadoras en la atención de nuevas zonas. Cuadro 53. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura Región Antioquia diciembre 31 de 2019.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor. El plan Expansión de la Cobertura Región Antioquia a diciembre de 2019, arroja un cumplimiento de las metas del 118,57%, toda vez que estimó tener 44 km de red y se ejecutaron 52 km, con unos recursos asignados de $5.336 millones y ejecutados $5.102 millones, el 95,61%, logrando obtener una eficiencia de 0,81% y eficacia del 1,19, mostrando estos resultados un ahorro importante de recursos frente al 19% más, de las metas programadas. De acuerdo con lo informado por la Vicepresidencia Gas, la subejecución de los recursos obedece a un efecto combinado entre la mayor ejecución en las obras civiles de la descompresora de Remedios y al mismo tiempo la optimización en la construcción de redes de polietileno, debido a que se tenía presupuestado ejecutar 43,5 km de red a $68 millones/km y se ejecutaron 51,5 km a $50 millones/km. EXPANSIÓN DE LA COBERTURA URABÁ Este plan se busca fortalecer el sistema de distribución de gas natural en la subregión Urabá, optimizando el uso de los activos e incrementar la penetración del mercado a través de propuestas innovadoras en la atención de nuevas zonas. Cuadro 54. Cumplimiento metas físicas y presupuestales Expansión de la Cobertura Urabá a diciembre 31 de 2019.

Fuente: EPM. Elaboró equipo auditor. El plan Expansión de la Cobertura Urabá a diciembre de 2019, programó 43 kilómetros de construcción de red en polietileno y logró 31 kilómetros, es decir, el 73,30 de la meta programada. Se estimó ejecutar $2.483 millones y se ejecutaron

PROYECTO

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

44 52 118,57 5.336 5.102 95,61 0,81 1,19

Cumplimiento de Metas Físicas a dic

31 2019

Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto a dic 31 de 2019Eficiencia Eficacia

Expansión de la

Cobertura Región

Antioquia

PROYECTO

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%Programados Ejecutados

Resultado

%

43 31 73,30 2.483 1.821 73,34 1,00 0,73

Eficiencia Eficacia

Expansión de la

Cobertura Urabá

Cumplimiento de Metas Físicas a dic

31 2019

Cumplimiento de Recursos Asignados

al Proyecto a dic 31 de 2019

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$1.821 millones, el 73,34%. Este plan obtuvo una eficiencia del 1 y eficacia del 0,73, lo que significa que las metas y recursos se ejecutaron en porcentajes muy similares (73,30 y 73,34, respectivamente), pero no se logró la meta en el tiempo establecido. De acuerdo a lo informado por la Vicepresidencia Gas, estos resultados obedecieron principalmente al retraso en el inicio de las obras de la población de Nueva Colonia en Turbo, debido a la gestión de acuerdos comerciales que se estaban adelantando con algunos grandes clientes de la zona para rentabilizar las inversiones. - PROYECTO FACTURACIÓN ELECTRÓNICA: Objetivo Estratégico: optimizar los procesos (Clasificado como Proyecto de Desarrollo Empresarial). Liderado por la Vicepresidencia de Suministros y Servicios Compartidos de EPM, contempla la emisión y recepción de documentos valorables (Caso de Negocios del Banco de Proyectos de EPM) para el Grupo de EPM y las filiales CENS, CHEQ, EDEQ, ESSA, EMVARIAS, FUNDACION EPM, EPM INVERSIONES y PROMOBILIRIA, como también las nuevas filiales incluidas en el modelo y TICSA Colombia. Servicio Facturación Electrónica: comprende la implementación, procesamiento y generación de facturas electrónicas, mediante una solución certificada y avalada por la DIAN que cumpla con la normatividad vigente; admitiendo múltiples formatos de entrada y generando diferentes tipos de salidas e integración con los sistemas comerciales como CRM, ERP, SAP, SAC, SIRIUS ADM y otros sistemas del negocio requeridos por EPM. Adicionalmente, el servicio de facturación electrónica masiva en línea tolerará todas las acciones adicionales requeridas para la publicación en sitio web y el envío digital de cada factura generada, a una plataforma de fácil acceso y consulta por parte de los clientes/usuarios, toda vez que esta herramienta integra el manejo de datos variables, y la gestión de comunicaciones multicanal incluyendo móviles, correo electrónico, SMS, redes sociales, páginas web, medios impresos y otros canales digitales con mensajes personalizados, entre otros. Emisión de facturas: se iniciará utilizando el sistema o los sistemas tradicionales de facturación, en los cuales se enviarán los datos al contratista Cadena S.A., por los medios usados actualmente por EPM y las filiales, para luego realizar el

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procesamiento e impresión de documentos de archivos de texto plano transmitidos por mecanismos seguros. Para la etapa inicial del proceso, Cadena S. A. ® recibirá los archivos de EPM, luego los procesará según las reglas de negocio definidas en la actualidad (pues no se consideran cambios ni nuevas reglas de negocio) y generará las facturas en el formato estándar definido por la DIAN (XML con su respectivo CUFE y firma digital) y su correspondiente representación gráfica en PDF. Posteriormente se dispondrán en la plataforma de E-Factura de Cadena donde se podrán consultar por los diferentes perfiles y los adquirientes podrán aceptar o rechazar los documentos si es el caso. Adicionalmente, se realizará el envío por correo electrónico con los archivos adjuntos (PDF y XML) a un adquiriente por documento desde donde podrá aceptar o rechazar. Finalmente, los documentos valorables son entregados a la DIAN, de conformidad con los plazos y medios establecidos. Plataforma E Factura: para consultar o interactuar con la información de la facturación electrónica es necesario contar con credenciales de usuario, las cuales son asignadas bien sea por Cadena S. A. ® o por la empresa emisora que registra los datos de sus respectivos receptores. Es decir que las credenciales de usuario corresponden a un nombre de usuario y contraseña los cuales, al ser ingresados en la funcionalidad de autenticación al sistema, serán validadas para verificar que dichas credenciales estén registradas y el nombre de usuario coincida con la contraseña que se ingrese. Servicios Multicanal: comprende el diseño, desarrollo, soporte y mantenimiento de formatos para la impresión masiva con programación dinámica mediante una herramienta que permita múltiples formatos de entrada: XML, XLS, XLSX, SQL, PDF, HTML, AFP, PS/PCL y entrega de diferentes salidas: SMS, XML, XLSX, DOCX SQL, PDF, HTML, AFP, PS/PCL entre otros, como también la integración con datos del CRM, ERP, SAP y otros sistemas del negocio requeridos por EPM. Beneficiarios internos del proyecto: las áreas favorecidas al interior de la casa matriz de EPM serán: Unidad Facturación y Departamento Liquidación por la emisión de facturas desde el sistema Open, todas las dependencias y empresas del grupo EPM que generan facturas desde el ERP (JDE Edwards), como también las dependencias que intervienen en el proceso de recepción de facturas como son Transacciones Financieras, Centro de Servicios Compartidos, Administración Documental, Proveeduría, Servicio Médico y Servicios financieros.

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Mercado Metropolitano: son beneficiarios externos del proyecto, los municipios que integran el Valle de Aburra, y comprende las jurisdicciones de Caldas, la Estrella, Sabaneta, Envigado, Itagüí, Medellín, Bello, Copacabana, Girardota y Barbosa. Este mercado maneja aproximadamente tres millones trescientas mil impresiones (3.300.000) en promedio mensual, y son impresas en formas variables, en promedio un millón seiscientas mil facturas (1.600.000), las cuales podrán ser tiradas en una hoja o en varias, dependiendo de la cantidad de información que requiera cada factura; pues la facturación masiva está distribuida actualmente en veinticinco (25) ciclos. Mercado Regional: asimismo, son beneficiarios externos del proyecto, los municipios del Departamento de Antioquia, que están por fuera del Valle de Aburra y otros municipios en donde EPM presta los servicios, pues dicho mercado maneja aproximadamente un millón setecientas mil (1.700.000) impresiones al mes. Oferta económica: en el proceso de implementación fue considerado un equipo para el acompañamiento, asesoría y puesta en marcha de la solución de emisión de factura electrónica; toda vez que ese personal estará disponible por un tiempo máximo 6 meses. Igualmente, la cantidad de personas necesarias será evaluada por el contratista Cadena S.A., de tal manera que se cumplan con las entregas planeadas y acordadas en conjunto, y con los ingenieros integrantes de la UEN Digital con experiencia en la implementación de proyectos de facturación electrónica. Es importante destacar que, la configuración inicial de la plataforma de E Factura como modelo de emisión y recepción para EPM, tendrá un valor de $20.000.000, con un pago único y que el valor mensual por transacción que aplica para EPM y las filiales CENS, CHEQ, EDEQ, ESSA, EMVARIAS, FUNDACION EPM, EPM INVERSIONES, PROMOBILIRIA y TICSA Colombia; según el rango de transacciones realizadas es el siguiente: De 1 a 2’500.000 de transacciones, tendrá un valor unitario de $27,9 mensual y si, es mayor a 2’500.001, el valor unitario será de $25 mensual. Posteriormente, según el Decreto 1625 de 2016, expedido por la DIAN, a partir del 1° de enero de 2020, se requerirá factura electrónica para proceder a solicitar los impuestos descontables, y los costos o gastos deducibles, de conformidad con la siguiente tabla:

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Cuadro 55. Porcentajes máximos permitidos sin facturación electrónica.

Fuente: Resolución DIAN 000042 de 05 de mayo de 2020.

En último lugar, EPM no podrá solicitar ante la DIAN, los beneficios tributarios de impuestos descontables y costos deducibles del 30% de sus operaciones, toda vez que, para ello debió tener implementada la facturación electrónica desde el 1° de enero de 2020, según lo indicado en el decreto 1625 de 2016; afectando así, las fuentes de recursos, y cuyos efectos se verán reflejados en el ítem, utilidades del ejercicio del Estado de Resultados al cierre del ejercicio 2020. Evaluación Financiera: este proyecto fue catalogado por EPM, como un proyecto gastos y costos; toda vez que no genera ingresos o beneficios financieros vía disminución de costos que fuesen significativos, por ello fue evaluado bajo la metodología de Costo Anual Equivalente CAE. Adicionalmente, como se trató de una única alternativa para desarrollar el proyecto, la evaluación consistió en determinar cuál de todos los proponentes le representará un menor CAE para EPM. Recursos destinados para el proyecto: el presupuesto asignado inicialmente para ese proyecto fue de $1.150 millones, para ejecutarse en el segundo semestre de 2019, pero luego de que fuesen modificadas las fechas de inicio, esa partida de $1.150 millones fue redistribuida, para que se ejecutará en el último trimestre. Ahora bien, la ejecución presupuestal de ese proyecto al cierre de 2019 sumó $286,5 millones, (24,92%) del total establecido; luego, de los $863,5 millones sobrantes, se liberaron recursos para otras áreas de la Empresa por valor de $683 millones, quedando un saldo final disponible de $180,5 millones, los cuales fueron clasificados por EPM como un ahorro presupuestal de 2019, tal como se observa en el siguiente cuadro.

Años de

transición

Porcentaje máximo que podrá

soportarse sin factura electrónica

2020 30%

2021 20%

2022 10%

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Cuadro 56. Presupuesto asignado Vs. Presupuesto ejecutado 2019. (Cifras en pesos).

Fuente: Unidad de Facturación de EPM.

Llama la atención, la baja ejecución presupuestal de recursos consolidada de los tres aplicativos, dispuestos para soportar el proyecto durante el último trimestre octubre - diciembre de 2019, tal como se especifica a continuación: INTEGRACIÓN: el presupuesto asignado fue $48.000.000, pero ejecutó $95.149.925, (198,23%), es decir que sobre-ejecutó recursos por 98,23% del presupuesto fijado. JDE: el presupuesto asignado fue $515.500.000, ejecutó $60.168.780, (11,67%), desistiendo de $455.331.220. OPEN: el presupuesto asignado fue $586.500.000, ejecutó $131.231.515, (22,38%) renunciando a $455.268.485. Hallazgo 1. (Corresponde a la observación 1 del informe preliminar). Debilidad en la planificación para el uso y ejecución de los recursos. Existe debilidad en la planificación para el uso y ejecución de los recursos, tal como se evidenció en el Proyecto Facturación Electrónica, toda vez que de $1.150 millones aforados en el presupuesto para 2019, solamente ejecutó $286.5 millones (24,92%); ya que $683.5 millones, se liberaron para otras áreas de la Empresa y los $180.5 millones restantes, fueron clasificados como un ahorro presupuestal de 2019; lo cual podría acarrear sanciones a EPM, por parte de la DIAN, por el hecho de apartarse del

Aplicativo Oct Nov Dic Total

JDE 225.400.000 225.400.000 64.700.000 515.500.000

OPEN 234.600.000 234.600.000 117.300.000 586.500.000

Integraciones 0 0 48.000.000 48.000.000

Total 460.000.000 460.000.000 230.000.000 1.150.000.000

Mes Integración JDE Open Total

Agosto 4.238.304 0 0 4.238.304

Septiembre 1.412.768 0 0 1.412.768

Octubre 353.192 0 17.139.399 17.492.591

Noviembre 317.873 33.269.425 42.358.190 75.945.488

Diciembre 88.827.788 26.899.355 71.733.926 187.461.069

Total 95.149.925 60.168.780 131.231.515 286.550.220

Redistribuido Ultimo Trimestre de 2019

Presupuesto Ejecutado 2019

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cronograma establecido en el decreto 1625 de 2016, para la entrada en vigencia de esta ley, configurándose así un hallazgo con incidencia administrativa. Posición de la Contraloría General de Medellín Los argumentos expuestos por la Empresa aduciendo que la DIAN expidió varias directrices y normas relacionadas con el desplazamiento del cronograma donde ampliaba el plazo hasta mediados de 2020, no elimina la debilidad existente en la planeación y ejecución de los recursos destinados en el presupuesto de EPM para tal fin en 2019. Hitos para Implementación de la factura electrónica: la Empresa definió 12 hitos, como fundaméntales para la ejecución de ese proyecto, el cual se ejecutaría entre marzo de 2019 y diciembre de 2021; según el cronograma fijado por EPM. Cuadro 57. Cronograma de ejecución 2019-2021.

Fuente: Unidad de Facturación de EPM.

De los 12 hitos aprobados por el Grupo EPM, cinco de ellos, fueron planeados para ser ejecutados durante la vigencia 2019, los cuales se describen a continuación, como también el nivel de cumplimiento de cada uno. Hito 1: planeación, actividad finalizada durante el primer trimestre de 2019, con varios ajustes, pero cumplida dentro de los tiempos fijados.

%

Esperado

(Tarea)

%

TerminadoNombre de la tarea o actividad Fecha de incio

Fecha de

terminacion

52% 27% Implementar esquema de Facturación electrónica Grupo EPM 2/01/19 29/12/2021

100% 100% HITO: Planeación Finalizada vie 8/03/19 vie 8/03/19

100% 100% HITO: Proveedor tecnológico contratado jue 11/04/19 jue 11/04/19

100% 100% HITO: Contrato Cadena S.A. vie 1/11/19 vie 1/11/19

100% 0% HITO: Recepción con Operador Tecnológico (Gestión del Cambio) vie 20/12/19 vie 20/12/19

100% 0% HITO: Plataforma de recepción implementada vie 20/12/19 vie 20/12/19

0% 0% HITO: Desarrollos cadena Finalizados lun 16/03/20 lun 16/03/20

0% 0% HITO: Salida a Producción EMISION mié 1/07/20 mié 1/07/20

0% 0% HITO: Desarrollos en sistemas GEPM finalizados mié 1/07/20 mié 1/07/20

0% 0% HITO: Emisión FE 1 (documento equivalente a SSPP domiciliarios) mié 1/07/20 mié 1/07/20

0% 0% HITO: INICIO FASE 2 - SSPPDD lun 4/05/20 lun 4/05/20

0% 0% HITO: Emisión 2 FE (documento equivalente SSPP domiciliarios) vie 10/12/21 vie 10/12/21

0% 0% HITO: Cierre del proyecto mié 29/12/21 mié 29/12/21

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Hito 2: proveedor tecnológico, EPM, no contrato ningún proveedor tecnológico, lo que realizó, fue la renovación de un contrato existente con la empresa Cadena S.A., como el proveedor tecnológico para este proyecto; toda vez que esta cuarta modificación por (810) días, está comprendida entre el 1° de noviembre de 2019 y el 18 de enero de 2022. Hito 3: contrato, formalizó la cuarta renovación (CW18493), del contrato vigente (CT-800000436544) con Cadena S.A, para la impresión variable y de servicios digitales o multicanal, que incluyó allí el servicio de facturación electrónica; es decir que no existe un contrato adicional para Facturación Electrónica, toda vez que en el servicio que se tenía, se circunscribió esta categoría. A la par, el valor de la renovación es indeterminado, toda vez que el valor real del contrato será el que resulte de la sumatoria de las actas mensuales realizadas por el contratista; sin embargo, para su ejecución, la Empresa destino inicialmente $10.605 millones sin IVA. Hito 4: recepción con Operador Tecnológico, el operador tecnológico designado para la Facturación Electrónica fue la Empresa Cadena S.A. Hito 5: plataforma de recepción, la fecha establecida para la recepción de la plataforma implementada era diciembre de 2019, no obstante, debido a las incertidumbres normativas, el proyecto continúa operando bajo el esquema de contingencia, que consiste en la administración de buzones de correo electrónico, cuya revisión se hace manualmente. Es importante precisar de que los servicios recibidos por EPM, del contratista principal, para el proyecto facturación electrónica en el año 2019, fueron: reuniones de asesorías, entendimiento del proceso y levantamiento de información, entre otros. En último lugar, el proyecto como tal al finalizar el año 2019, no contaba con indicadores de cumplimiento, pues según lo expresado por EPM, los constantes cambios normativos le exigieron desplazarse en el tiempo para el desarrollo y cumplimiento de las actividades definidas en el cronograma inicial. Principios de la gestión fiscal: son las actividades que desarrollan los servidores públicos responsables de la gestión fiscal fundamentados en los principios de Eficiencia, Economía, Eficacia, Equidad y Valoración de Costos Ambientales así:

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- Eficiencia, que la asignación de recursos sea la más conveniente para maximizar los resultados a obtener.

- Economía, que, en igualdad de condiciones y de calidad, los bienes y servicios que adquiera una entidad se consigan al menor costo.

- Equidad, identifica los receptores de la acción económica y analiza la distribución

de costos y beneficios entre los sectores económicos y sociales y entre las entidades territoriales.

- Eficacia, que la obtención de resultados sea oportuna, y guarde relación con los

objetivos y metas programadas.

- Valoración de Costos Ambientales, cuantificación del impacto por el uso o deterioro de los recursos naturales y el medio ambiente, para evaluar la gestión de protección, conservación, uso y explotación de estos.

Cumplimiento de los principios de la gestión fiscal: para la evaluación de este factor, se definió en el Programa de Auditoria, que, de la matriz de Evaluación de Gestión Fiscal, se evaluarían la eficacia y la eficiencia respectivamente. Eficacia, los resultados obtenidos, según los cinco hitos proyectados para ser ejecutados durante la vigencia 2019, alcanzaron un cumplimento del 22%, del total de metas programadas; lo que indica baja eficacia con relación con los objetivos y metas programadas. Eficiencia, el uso de los recursos asignados, no ha sido eficiente, pues de $1.150 millones programados para ejecutarse en el año 2019, solamente finiquitó $287 millones, que representa un 25% del monto total destinado para dicho proyecto. Hallazgo 2. (Corresponde a la observación 2 del informe preliminar). Cumplimiento parcial de las metas establecidas en cinco hitos en hitos del proyecto Facturación Electrónica. En la evaluación realizada se observó un cumplimiento parcial de las metas establecidas en cinco hitos aprobados para 2019, toda vez que logró que en tres de ellos, se cumpliera sólo el 22% del cronograma de metas físicas y el 25% de la ejecución de los recursos asignados al proyecto; esta situación incumple las metas programadas y se estaría presentando por fallas en la gestión, además que Entidad, no poseía para esa fecha, indicadores de cumplimiento, lo que le puede inducir a riesgos de incumplimiento del principio de

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la eficacia y por ende, a eventuales sanciones, por lo anterior, se determina un hallazgo con incidencia administrativa. Posición de la Contraloría General de Medellín Las justificaciones expuestas por la Empresa no desvirtúan la situación encontrada, pues no fue eficaz en el cumplimento las metas físicas, ni eficiente en la ejecución de los recursos destinados para ello, en el periodo objeto de análisis. Cuadro 58. Matriz de Evaluación de Gestión Fiscal - EPM 2019.

Fuente: rendición de cuentas de EPM. Cálculos equipo auditor.

En conclusión, de los cinco hitos que EPM tenía para ejecutar en 2019, cumplió parcialmente con tres de ellos; toda vez que no contrató un operador tecnológico, sino que renovó un contrato vigente, no recibió la plataforma implementada y no poseía indicadores de cumplimiento, que le permitieran evaluar la eficiencia y la eficacia de cada uno de esos hitos planeados para esa vigencia. - PROGRAMA NUEVOS NEGOCIOS 2025 – FINANCIACIÓN Objetivo estratégico Crecer en mercados y negocios (También impacta el “Incrementar valor para los grupos de interés” y está asociado al indicador de resultado de Ebitda). Potenciar las capacidades comerciales y operativas de EPM y las filiales nacionales para alcanzar una mayor penetración del mercado nacional del Grupo EPM y alcanzar el Ebitda proyectado en 2025 en la consultoría realizada por la forma Mckinsey en 2017. Antecedentes o descripción de este programa Los inicios de este proyecto/programa se remontan a un proyecto liderado por la Dirección de Planeación Estratégica donde se buscaba para EPM “Crecer en mercados y negocios” para lo cual se valió de un ejercicio interno que en su momento se denominó “Futuro de los negocios 2030” el cual pretendía identificar opciones de crecimiento futuro de la Empresa mediante la adaptación a las nuevas

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%

Tiempo

Programado

Tiempo

Programado

Resultado

%

Programado

sEjecutados

Resultado

%

9 2 22,2 12 12 100,0 0,22 22 $ 1.150,00 $ 287,00 25,0

EFICACIA EFICIENCIA

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento CronogramaIndice de

Eficacia

Cumplimiento de Recursos Asigandos

al ProyectoCalificación

asignada

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y cambiantes condiciones de los negocios en la geografía donde presta EPM sus servicios. Es por ello que en 2016 luego de recomendación de la Junta Directiva se decidió contar con el apoyo de expertos asesores externos para analizar los temas de estrategia empresarial, priorización de iniciativas y la posible incorporación de nuevos negocios para la Empresa. Para ello en 2017 fue seleccionada la firma de consultoría Mckinsey & Company Colombia INC cuya recomendación fue un escenario de portafolio de cada uno de los negocios de EPM; inversiones internacionales y nacionales y opciones de crecimiento para poder alcanzar la MEGA al 2025 de todo el Grupo EPM, dado en Ebitda $12,6 billones, y por ultimo una hoja de ruta con el fin de “Recomendar los nuevos negocios/líneas de negocios a incorporar, como integrarlos y como adecuar los negocios actuales de acuerdo con los cambios y nuevas tendencias del entorno y diseñar las rutas de acción para maximizar el valor del Grupo EPM al 2025”. Dicho diagnóstico entre otros identifico nuevas oportunidades, unas denominadas priorizadas (Movilidad eléctrica, Generación distribuida solar, Suministro y transporte de gas natural licuado, y Soluciones integrales); y otras denominadas iniciativas adicionales (Instalaciones, reparaciones, mantenimiento (B2C), Facility management (B2B), Seguros y Financiamiento). Problema/Necesidad/Oportunidad Identificada Está orientado a la potencial contribución al Ebitda de EPM planteado por la consultoría de Mckinsey para la iniciativa Financiación. Esta fase apunto a un análisis detallado teniendo en cuenta elementos claves como las restricciones jurídicas para la ampliación del portafolio de productos a financiar, los requerimientos de caja y la provisión de cartera de la Empresa y sus filiales nacionales. Las recomendaciones realizadas por la firma consultora señalaron que EPM debería¸ entre otras acciones, desarrollar Nuevos Negocios que le permitan mejorar el ROIC (Retorno sobre el capital invertido). Es así como dentro de estas iniciativas de nuevos negocios, la financiación fue la que consideraron podía aportar más al Ebitda del 2025, con $174.000 millones (Sin incluir la provisión de cartera o su equivalente), a través de la ampliación del alcance geográfico de su programa de financiación a todas las filiales nacionales de energía; así como su portafolio de servicios. Dentro de dicha recomendación se plantaron dos escenarios posibles futuros a 2025 a saber: el primero sin proyecto donde EPM y las filiales de energía continuarían

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cada una de manera independiente financiando compras a crédito de electrodomésticos, y limitando sus acciones a la facturación y recaudo de los créditos otorgados. La conclusión fue que los ingresos para las filiales de energía en 2025 serían prácticamente los ingresos presupuestados al momento del diagnóstico indexados por la inflación. Para el escenario con proyecto de financiación se daría un aumento de los ingresos y de la utilidad en EPM y las filiales nacionales de energía con el fortalecimiento (Caso EPM, CHEC y EDEQ) y el ofrecimiento financiación de electrodomésticos y productos conexos a los servicios públicos en caso para ESSA y CENS. Con la implementación de este proyecto según la firma consultora se llegaría en 2025 a ingresos por $309 mil millones y un Ebitda de $132 mil millones. La alternativa para potenciar dicho proyecto fue la de financiar productos relacionados con la prestación de los servicios públicos y cada una de las filiales fondearía los créditos otorgados a sus clientes, para lo cual se crearía un encargo fiduciario por cada filial adicional al encargo fiduciarios de EPM y darían mandato a EPM para la interventoría del contrato de patrimonio autónomo.

Los beneficiarios del proyecto serian clientes residenciales y algunos sub segmentos de empresas ubicados en los departamentos de Antioquia, Caldas, Quindío, Santander, Norte de Santander y algunos municipios de Risaralda donde tiene presencia actualmente la CHEC.

Los beneficios cuantitativos del proyecto sería el incremento en la cantidad de clientes beneficiados, pasando de 196.818 clientes beneficiados en el 2017 a 829.084 beneficiados proyectados en el 2025 y en términos monetarios se pasaría de $119 mil millones a $550 mil millones, mientras que en términos de Ebitda el aumento final, de acuerdo con el modelo financiero elaborado, pasara de $6 mil millones a $81 mil millones en colocación de créditos. Para el logro de lo anterior se definieron una serie de hitos a ser conseguidos:

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Cuadro 59. Cumplimento de Hitos programa Nuevos Negocios 2025 – Financiación EPM.

Fuente: Información remitida por EPM. Elaboró equipo auditor.

En el siguiente cuadro se presentan los resultados del proyecto evaluado: Cuadro 60. Cumplimiento de metas físicas y presupuestales programa Nuevos Negocios 2025 – Financiación a 31 de diciembre de 2019.

Fuente: rendición de cuentas de EPM. Cálculos equipo auditor.

No. Hito Estado Comentario

1. Realizar acta de constitución y aprobar. Cumplido En cada una de las filiales CHEC, CENS, ESSA, y EDEQ.

2. Inicio del diseño detallado. Cumplido Hito finalizado.

3. Acta de interacción inicial. CumplidoSe constituyó el acta de interacción con las filiales firmada por las partes el 5 de

diciembre de 2019.

4.Oficialización del modelo de negocio y

presentación de caso de negocio a cada filial.Cumplida Hito finalizado.

5.Características funcionales y no funcionales

de la solución TI y opciones de alternativas.Cumplido Hito finalizado.

6.Procedimiento para administración de

documentos.Cumplido Hito finalizado.

7.Procedimiento para el recaudo de la

financiación.Cumplido Hito finalizado.

8. Contratación proveedor o ajuste según RFI. CumplidoHito finalizado con la contratación de la firma Lisim International S.A.S. luego de

estudio de mercado con 15 empresas que ofrecían herramientas de estudio de crédito.

9. Modelo financiero y contable. Cumplido Finalizado el hito.

10. Manual de oferta Comercial. CumplidoHito finalizado con la definición del manual de oferta comercial y el manual de imagen,

incluidos los productos a financiar y las condiciones.

11. Condiciones de contrato derivados. Cumplido Negociados.

12.Procedimiento de facturación para

financiación.Cumplido Hito finalizado.

13. Documentar procedimientos de operación. CumplidoHito finalizado con la vinculación de clientes, estudio de crédito, pago a aliados

comerciales y proveedores, facturación, recaudo, gestión documental, etc.

14.Procedimiento para servicios comerciales

(Contact center).Cumplido Hito finalizado.

15. Planeación mejoras a los sistemas EPM. Cumplido

Portal aliados, módulos inventario tarjetas y migración. Dentro de los cinco hitos

entregables asociados a mejoras del sistema, tres fueron cumplidos en su totalidad

(100%), los dos restantes en su mayoría tienen como fecha general para su

cumplimiento a finales de 2020.

16.Crédito rotativo sin tarjeta y autorizador propio

implementado. Cumplido

Hito finalizado. Se establecieron unas características y beneficios para los clientes

asociados a crédito rotativo, pago a través de la factura de servicios públicos, tasas de

interés del mercado, sin cuota de administración, amplios plazos, para la compra de

gasodomesticos, electrodomésticos, materiales para el hogar, audio y video,

entretenimiento, equipos de cómputo, conversión a gas natural vehicular, motos y

bicicletas eléctricas.

Meta

Programada

Meta

CumplidaResultado % Programados Ejecutados

Resultado

%

Crecer en

mercados y

negocios

Nuevos

Negocios 2025 -

Financiación

V.P.

ComercialHitos 14 16 114,3 1,14 100 $ 2.316 $ 100 4,3 0,04 100

Cumplimiento de Recursos Asigandos

al ProyectoIndice de

Eficiencia

Calificación

asignada

Unidad de

medida de

avance de la

iniciativa

EFICACIA EFICIENCIA

Cumplimiento de Metas Físicas

Indice de

Eficacia

Calificación

asignada

VP. a la que

pertenece el

proyecto

Proyecto o

Iniciativa

estratégica

Objetivo

Estratégico

Asociado

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Tal y como se observa en los cuadros anteriores las metas físicas (Hitos) tuvieron un cumplimiento superior al 100% por cuanto de los 14 hitos inicialmente programados se cumplieron 16 (Se adelantaron los hitos de crédito rotativo sin tarjeta y el de estudios previos para la contratación de nueva herramienta de otorgamiento de crédito) lo que arroja un índice de eficacia de 1,14. Respecto a la planeación del avance físico de este programa para el 2019 se había establecido a 31 de diciembre lograr un avance del 72%; lo real avanzado fue del 100% no registrándose retrasos significativos en el avance del programa tal y como se observa en la siguiente gráfica. Gráfica 25. Avance físico programa Nuevos Negocios 2025 – Financiación a diciembre de 2019.

Fuente: Información suministrada por EPM de seguimiento mensual proyecto.

Respecto al cumplimiento presupuestal este fue del 4,3% debido a que fue cambiado el presupuesto inicial de $499 millones a $2.316 millones, debido un error de planeación y asignación de una partida para publicidad y al cambio de estrategia de implementación del Software requerido el cual debería incluir los requerimientos del proyecto de crédito y cartera (Se amplía su alcance inicial), lo que adicional a ello conllevo a requerir mayor tiempo adicional del inicialmente planteado.

0% 1%

7%

14%

21%

28%

37%

45%

53%

59%

67%

72%

0% 1%

7%

14%

21%

28%

36%

44%

52%

59%

66%

72%

0%

20%

40%

60%

80%

ene.-19 feb.-19 mar.-19 abr.-19 may.-19 jun.-19 jul.-19 ago.-19 sep.-19 oct.-19 nov.-19 dic.-19

"Programa Nuevos Negocios 2025 Financiación

% Planeado % Real

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- PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS/PROCESOS VICEPRESIDENCIA EJECUTIVA ESTRATEGIA Y CRECIMIENTO. Cuadro 61. Calificación consolidada factor planes, programas y proyectos Vicepresidencia Ejecutiva Estrategia y Crecimiento EPM 2019.

Fuente: rendición de la cuenta, Guía de Auditoría Territorial, cálculos equipo auditor.

En esta variable se evaluaron los resultados de los planes programas y proyectos/procesos de la Vicepresidencia Ejecutiva Estrategia y Crecimiento vigencia 2019, para determinar la eficacia y eficiencia de los proyectos/procesos. De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este factor obtuvo un puntaje de 95,0, para una calificación “Cumple”, resultante de ponderar las siguientes variables: Para la calificación de este factor, se tuvieron en cuenta las cinco (5) iniciativas de inversión reportadas por la empresa asociadas a esta vicepresidencia ejecutiva. Cuadro 62. Resultados planes, programas y proyectos/procesos Vicepresidencia Ejecutiva Estrategia y Crecimiento EPM 2019.

Fuente: rendición de cuentas de EPM al 31 de diciembre de 2018, cálculos equipo auditor.

Eficacia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos/procesos: de los cinco planes, programas y proyectos/procesos, asociados a esta VPE, los cuales representan el 7% del total de 68 rendidos por la empresa en el aplicativo “Gestión Transparente” de la CGM en 2019; se observó que cuatro de los proyectos

VARIABLES Ponderación Calificación Total

Eficacia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 45,0

Eficiencia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 50,0

1,00 95,0

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

CONTROL DE RESULTADOS VPE ESTRATEGIA Y CRECIMIENTO

Calificación Parcial

90,0

100,0

Cumplimiento Planes Programas y Proyectos

Calificación

Cumple

Dependencias

Presupuesto

Programado

(Millones $)

Presupuesto

ejecutado

(Millones $)

Nro.

Inciativas

reportadas

(Proyectos)

Participación

ppto ejecutadoEficacia Eficiencia Calificación

V.P.E. Estrategia y Crecimiento 1.559 1.568 5 0,09% 90,0 100,0 95,0

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presentaron un cumplimiento igual o superior al 100% en la ejecución física. De esta manera, al promediar la calificación de cada meta, se obtuvo un resultado de 90 puntos, sobre 100 posibles, en la eficacia alcanzada en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos/procesos. Eficiencia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos/procesos: al relacionar el porcentaje de ejecución de recursos monetarios del total de las cinco iniciativas antes descritas de esta VPE, con su respectivo índice de eficacia, se obtiene el índice de eficiencia correspondiente a cada una de las metas asociadas, y de esta manera, se obtuvo una calificación de 100 puntos, como valor promedio en la eficiencia alcanzada en su ejecución durante la vigencia 2019. Respecto a la ejecución de recursos financieros correspondiente a las cinco metas evaluadas, fueron presupuestados $1.559 millones, de los cuales fueron ejecutados $1.568 millones, correspondiente a una ejecución del 101%. De las iniciativas ejecutadas por la VPE de Estrategia y Crecimiento de EPM durante la vigencia 2019, este Órgano de Control Fiscal seleccionó el “Proyecto Movilidad Eléctrica”, con el objetivo de evaluar la eficacia y eficiencia de éste. - PROYECTO MOVILIDAD ELÉCTRICA: Rendición de la cuenta: la información contenida en los resultados del plan de acción de EPM para la vigencia 2019, la cual hace parte de la rendición de cuentas de la entidad, no es coherente con la información suministrada por la Unidad Transacciones T&D Energía que es el área responsable de la ejecución del proyecto, pues las metas físicas o hitos establecidos para 2019, son diferentes. Según información suministrada por esta Unidad, la información remitida en la rendición de cuentas fue presentada en hitos independientes para cada trimestre, por lo cual estos se repiten y dificultan la consolidación que se pretende realizar que es para la vigencia total 2019; además se incluyeron como hitos en el Plan de Acción, metas aspiracionales de la administración municipal, alejadas de la realidad del mercado, que no eran competencia de EPM como lo es el tener 500 taxis eléctricos rodando en el Área Metropolitana. Dada la confusión y dificultad para el análisis y evaluación al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Acción remitido en la rendición de cuentas, el seguimiento se hizo teniendo en cuenta la información suministrada por la Unidad de Transacciones T&D Energía, la cual agrupó los 13 Hitos o metas del Plan de Acción en cuatro grandes Hitos que se encuentran claramente definidos.

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Cuadro 62. Metas Físicas o Hitos Movilidad Eléctrica 2019.

Fuente: Unidad de Transacciones T&D Energía EPM.

Antecedentes: el proyecto de movilidad eléctrica tiene sus antecedentes desde 2011, año en el cual se realizó el estudio de prefactibilidad para la masificación de vehículos eléctricos en Colombia. Este estudio fue realizado conjuntamente entre EPM, SOFASA, Universidad EAFIT, y Universidad Pontificia Bolivariana. Este proyecto se encuentra enfocado a la masificación de vehículos eléctricos en el Área Metropolitana, del que hacen parte EPM, Alcaldía Medellín, Área Metropolitana y Gobierno Nacional. Cumplimiento de metas físicas y presupuestales: a continuación se describen las metas (hitos) establecidas por EPM para el proyecto Movilidad Eléctrica en la vigencia 2019 y el cumplimiento de las mismas en la vigencia evaluada. Hito 1. Taxis Eléctricos: la meta era de un lado, definir el mecanismo y las condiciones para el otorgamiento de los incentivos comerciales a tenedores de taxis eléctricos. Esta meta se ejecutó en un 100%, lo cual quedó evidenciado a través del acta de ejecución No.6 - 4600080888 al convenio marco de cooperación institucional No.4600067702 entre EPM y El Municipio de Medellín. De otro lado está la meta para el 2019 de tener 57 taxis rodando en el Área Metropolitana, de los cuales se obtuvo un resultado de 7 taxis rodando, lo que arroja una ejecución del 12,28%. Según información suministrada por la entidad, “esté número no se cumplió por varias razones, las que manifestaron los taxistas fueron: aumento en las plataformas ilegales, el alto precio del vehículo requiere mayor incentivo, el aumento del precio del vehículo por aumento en la tasa de cambio, entre otros”.

TAXIS ELÉCTRICOS 1, 5, 9, 12

Definir mecanismo y

condiciones de incentivos +

57 taxis rodando

Mecanismo definido + 7 taxis rodando 1.889 128

BUSES 2, 6, 10Definir solución técnica para

la carga

Se definió la solución de acuerdo a las

solicitudes y acuerdos con METRO, 

METROPLUS, SECRETARIA DE

MOVILIDAD

1.661 510

EQUIPOS DE CARGA

PÚBLICA3, 7

Instalación equipo de carga

No 20

Se instaló y puso en operación la eco

estación Sao Pablo160 54

VEHÍCULOS RODANDO 4, 8, 11 Y 13 634 1.154 910 431

Hito General (Agrupa

varios Hitos del Plan

de Acción)

Hitos del plan de

Acción Asociados

al Hito General

Meta Física Proyectada Meta Física logradaPresupuesto

millones de $Ejecución

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Hito 2. Buses: las metas establecidas para este hito son: la definición de la solución técnica para la carga de buses de Metroplús, y la construcción de los puntos de carga buses Metroplús. Según información suministrada por la entidad, en la ejecución de estas metas, se definió en la pasada administración los sitios de carga entre temporales y definitivos; uno en terminal Norte con la instalación de 12 cargadores el cual se cambió en la presente administración y por temas jurídicos con el lote disponible no se realizó en el 2019; otro en Universidad de Medellín el cual se construyó y puso en operación el 15 de noviembre de 2019 con 3 cargadores; y otro en Terminal Sur que el 5 de septiembre de 2019 se puso en operación con 3 cargadores. Con la infraestructura descrita el sistema de carga está en capacidad de cargar entre 50 y 52 buses eléctricos. De otro lado está la entrada en funcionamiento de 64 buses de Metroplús, lo cual según explicación dada por la entidad, “la meta al interior de EPM tenía o tiene por alcance la disposición o solución de la carga, al respecto se logró poner en operación 2 de los tres puntos de carga; las definiciones o meta de poner en funcionamiento los 64 buses parte de la administración municipal; al respecto podríamos comentar (precisando que no es una meta del alcance o responsabilidad de EPM; que la incorporación de la totalidad de los buses eléctricos a la operación, se realiza de manera gradual, de acuerdo con el modelo operativo de racionalización que entrega el Área Metropolitana a Metro de Medellín y Secretaria de Movilidad”. La ejecución total de las metas físicas de este hito, teniendo en cuenta las responsabilidades que realmente le corresponden a EPM es de aproximadamente el 66,66% y presupuestalmente presenta una ejecución del 30,70%. Hito 3. Equipos de carga pública: la meta para la vigencia 2019 era el inicio adecuación y terminación de la Eco estación No.20. Respecto a la ejecución de esta meta, se realizó toda la instalación técnica para el tercer trimestre de 2019 y la adecuación de imagen para el cuarto trimestre de 2019; como se definió, se dejó un tiempo para pruebas operativas, identificándose algunos problemas con la medida y posteriormente con la operación de los cargadores; luego de solucionados en la presente vigencia se dio paso a la operación comercial. Este Hito presenta una ejecución de las metas físicas del 100% y una ejecución presupuestal del 33,75%. Hito 4. Vehículos rodando: la meta física de este hito era tener 634 vehículos Eléctricos rodando en el Área metropolitana de Valle de Aburrá. A diciembre de

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2019, la cantidad de vehículos rodando era de 1.154, lo que arroja una ejecución del 182%. La ejecución presupuestal de este hito fue del 47,36%. Eficiencia y Eficacia: los cuatro grandes hitos descritos anteriormente, agrupaban 13 metas establecidas en el plan de acción. De estas metas, se ejecutaron 10, lo que arroja un cumplimiento del 76,9%. Los recursos asignados al proyecto para la vigencia evaluada fueron $4.620 millones, de los cuales se ejecutaron $1.123 millones, equivalentes a un 24,3%. Cumplimiento de los principios de la gestión fiscal: para la evaluación de este factor, se definió en el Programa de Auditoria, que, de la matriz de Evaluación de Gestión Fiscal, se evaluarían la eficacia y la eficiencia respectivamente. Eficiencia: según los resultados arrojados por la Matriz de Evaluación Gestión Fiscal – Cumplimiento Planes, el uso de los recursos asignados al proyecto Movilidad Eléctrica, ha sido eficiente, ya que de los $4.620 millones programado para ejecutarse en el año 2019, se ejecutaron $1.123 millones equivalentes a un 24,3%, no obstante, las metas físicas programadas, alcanzaron una ejecución del 76,9%, lo cual representa un porcentaje muy superior a los recursos ejecutados para lograr estas metas. Eficacia: los resultados obtenidos, según los hitos proyectados para ser ejecutados durante la vigencia 2019, alcanzaron un cumplimento del 76,9%, del total de metas programadas; lo que indica una aceptable eficacia con relación con los objetivos y metas programadas. Cuadro 63. Matriz de Evaluación de Gestión Fiscal.

Fuente: Construcción equipo auditor.

Hallazgo 3. (Corresponde a la observación 3 del informe preliminar). Ingresos por concepto de facturación clientes de carga de vehículos eléctricos. Para la vigencia fiscal de 2019, se proyectaron unos ingresos por concepto de facturación clientes de carga de vehículos eléctricos, por valor de $100.284.000, de los cuales se percibieron ingresos por valor de $1.620.000, equivalentes al 1,6% de lo presupuestado. Según la explicación dada por la entidad, esta situación obedeció a

Meta

Programada

Meta

Cumplida

Resultado

%

Tiempo

Programado

Tiempo

Ejecutado

Resultado

%

Programados

$

Ejecutados

$

Resultado

%

13 10 76,9 12 12 100 0,77 77 4.620 1.123 24,3 0,32 100

Indice de

Eficiencia

Calificación

Asignada

EFICIENCIA

Cumplimiento de Metas Físicas Cumplimiento Cronograma

EFICACIA

Cumplimiento de Recursos

Asignados al ProyectoIndice

de

Eficacia

Calificación

Asignada

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que se encontraron en la operación “un sin números de inconvenientes provenientes de la interfaz, de los cargadores, de la generación de reportes, de fallas en la comunicación, fallas humanas, entre otros, pero el pareto de la causalidad de los problemas provenía de los cargadores; luego de muchas pruebas el principal diagnóstico consistió en un problema con las tarjetas electrónicas de los cargadores; razón por la cual desde ese momento se comenzó con todo un plan de trabajo para el reemplazo, puesta en operación y verificación de la solución, así como un proceso de reclamación al proveedor en razón a que al identificarse dichas fallas se tomó la decisión de suspender los cobros a los clientes para evitar errores en dicha facturación”. Tal situación estaría vulnerando el numeral 5.7 del Pliego de Condiciones del contrato C-2017-000694, cuyo objeto es el “Suministro de cargadores para vehículos eléctricos de carga publica e interna, incluido el servicio de capacitación y el servicio de soporte remoto y presencial para el software de los cargadores”, el cual establece que “Si durante la vigencia del contrato o dentro del período de validez de la garantía de calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados, se encuentra que cualquier parte de los bienes no cumple en un todo con las características garantizadas o con las especificaciones, o muestra defectos por diseño, materiales, mano de obra, procesos de fabricación, actos u omisiones de EL CONTRATISTA o el fabricante, o cualquier defecto o mal funcionamiento imputable al CONTRATISTA o al fabricante, EPM notificará al CONTRATISTA y éste tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para dar una respuesta por escrito a EPM, luego de los análisis por parte de EPM y si se aceptan los argumentos presentados por EL CONTRATISTA y si se llega a un acuerdo con EL CONTRATISTA, éste ejecutará inmediatamente todas las acciones que sean necesarias para subsanar las anomalías dentro del plazo fijado por EPM. Si EL CONTRATISTA habiendo sido notificado no toma acción remedial inmediata o descuida la reparación del defecto en forma tal que se obligue a mantener por fuera de servicio todo o parte del suministro por un término superior a ocho (8) días hábiles, EPM podrá ejecutar cualquier acción remedial que consideren necesaria a riesgo y costo de EL CONTRATISTA, con cargo a cualquier pago debido a éste o a la garantía de calidad y correcto funcionamiento. Lo anterior se entenderá sin menoscabo de cualquier acción que puedan emprender EPM en contra de EL CONTRATISTA y tendiente al reconocimiento de los perjuicios recibidos”. Según comunicación enviada al contratista en febrero 19 de 2020, Empresas Públicas de Medellín E.S.P, actualiza el valor de los perjuicios causados por el mal funcionamiento imputable al CONTRATISTA o al fabricante en la cual le manifiesta

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que “El mal funcionamiento de los cargadores ha incidido en los registros reales, hecho que ha constituido un perjuicio a EPM, pues los cargadores reportaron lecturas equivocadas de las cargas. Dichos prejuicios están valorados a la fecha (31/12/2019) en la suma de ciento veinticinco millones seiscientos treinta y dos mil trescientos cincuenta pesos M/C ($125.632.350)”. “El proceso de reclamación, además de la puesta a punto de los cargadores debería cubrir también los perjuicios por el no cobro de la facturación a los clientes; luego de tener solucionado el problema se ha venido adelantando dos caminos, uno, tratar de llegar a una conciliación con el proveedor para el reconocimiento de dichos dineros dejados de cobrar y otro en paralelo, para cubrir el riesgo de no pago, consistente en adelantar la ejecución de las pólizas para cubrir dichos dineros”. En consecuencia, el dinero dejado de cobrar y en caso que estos recursos públicos no sean recuperados, constituye una afectación al patrimonio de la entidad, principio fiscal de la eficiencia, así como la existencia de un presunto detrimento patrimonial cuantificado a diciembre 31 de 2019 en $125.632.350, por lo que se determina una hallazgo administrativa con presunta incidencia fiscal. Posición de la Contraloría General de Medellín En la argumentación dada por EPM se reconoce la existencia de unos “perjuicios por los valores no cobrados en facturación a los usuarios. A 31 de diciembre el perjuicio se estimó en la suma de $125.632.350. Así mismo manifiestan que “El CONTRATISTA mediante comunicación del día 25 de marzo de 2020, acepta que el perjuicio causado es por causas imputables a los equipos adquiridos y acepta la cuantificación de los mismo en la suma de $125.632.350. A dichos acuerdos se llega después de varias reuniones”. Según EPM en estos momentos “se encuentra en trámite la suscripción de un acta de transacción en virtud de la cual el CONTRATISTA procederá al pago del perjuicio y se tiene vigente la cobertura por parte de la aseguradora por medio de la Póliza de Calidad. Se generaron dos cuentas de cobro por los siguientes valores: RI6654787 por $98.757.192, RI6654789 por $26.875.158 (Anexo 6 y 7 de la respuesta). Dicho pago del perjuicio se estima, que luego de realizar todos los trámites internos relacionados con la elaboración y perfeccionamiento del acta de transacción, formalización de las cuentas de cobro y recaudo de estas, quedará subsanado antes del 31 de diciembre del presente año”. Por la anterior argumentación EPM solicita que se retire la observación del presente informe, lo cual no es procedente, pues hasta tanto no se haga efectiva la recuperación de estos recursos públicos, persiste el presunto daño fiscal, por lo cual se dará el tramite interno para que se dé inicio al correspondiente proceso de responsabilidad fiscal.

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- PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS/PROCESOS ÁREAS CORPORATIVAS DE SOPORTE En esta variable se evaluaron los resultados de los planes programas y proyectos/procesos de las áreas corporativas de la empresa durante la vigencia 2019, para determinar la eficacia y eficiencia de los proyectos/procesos. De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este factor, obtuvo un puntaje de 90 para una calificación “Cumple”, resultante de ponderar las siguientes variables: Cuadro 64. Calificación Consolidada factor planes, programas y proyectos/procesos Áreas Corporativas de soporte EPM 2019.

Fuente: rendición de la cuenta, Guía de Auditoría Territorial. Cálculos equipo auditor.

Para la calificación de este factor, se tuvieron en cuenta cinco iniciativas de inversión reportadas por la empresa asociadas a las áreas corporativas y de soporte. En el siguiente cuadro se presentan consolidados los resultados obtenidos, así como su participación con respecto al presupuesto ejecutado: Cuadro 65. Resultados por unidad de negocio planes, programas y proyectos/procesos áreas corporativas de soporte EPM 2018.

Fuente: rendición de cuentas de EPM al 31 de diciembre de 2018. Cálculos equipo auditor. Eficacia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos/procesos: de los cinco planes, programas y proyectos/procesos, asociados a las áreas corporativas, las cuales representan el 7% del total de 68 rendidos en 2019, se observó que dos

VARIABLES Ponderación Calificación Total

Eficacia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 42,8

Eficiencia Cumplimiento Planes Programas y Proyectos 0,50 47,2

1,00 90,0

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

CONTROL DE RESULTADOS ÁREAS CORPORATIVAS Y DE SOPORTE

Calificación Parcial

85,5

94,4

Cumplimiento Planes Programas y Proyectos

Calificación

Cumple

Dependencias

Presupuesto

Programado

(Millones $)

Presupuesto

ejecutado

(Millones $)

Nro.

Inciativas

reportadas

(Proyectos)

Participación

ppto ejecutadoEficacia Eficiencia Calificación

Corporativas de Soporte 39.838 21.930 5 0,09% 85,5 94,4 90,0

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correspondientes a un 40%, presentaron un cumplimiento igual o superior al 100% en la ejecución física, y dos proyectos o iniciativas registraron un cumplimiento inferior al 80%. De esta manera, al promediar la calificación de cada meta, se obtuvo un resultado de 85,5 puntos, sobre 100 posibles, en la eficacia alcanzada en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos/procesos en las áreas corporativas. Eficiencia en el cumplimiento de planes, programas y proyectos/procesos: al relacionar el porcentaje de ejecución de recursos monetarios del total de las cinco iniciativas antes descritas de las áreas corporativas con su respectivo índice de eficacia, se obtiene el índice de eficiencia correspondiente a cada una de las metas asociadas, y de esta manera, se obtuvo una calificación de 94,4 puntos, como valor promedio en la eficiencia alcanzada en su ejecución durante el 2019. Respecto a la ejecución de recursos financieros correspondiente a las cinco metas evaluadas, fueron presupuestados un total de $39.838 millones, de los cuales, se ejecutaron $21.930 millones, que corresponden a una ejecución efectiva del 55%, la cual se vio afectada por la combinación de sub ejecuciones y sobre ejecuciones en algunas de las iniciativas corporativas, donde como resultado, se dejaron de ejecutar en la vigencia $17.908 millones asociados a estas iniciativas. 2.2 CONTROL DE GESTIÓN Cuadro 66. Calificación Componente Control de Gestión EPM vigencia 2019.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

Factores Calificación Parcial PonderaciónCalificación

Total

1. Gestión Contractual 99,0 0,60 59,4

2. Revisión de la Cuenta 99,4 0,05 5,0

3. Legalidad 97,1 0,05 4,9

4. Gestión Ambiental 79,4 0,05 4,0

5. Plan de Mejoramiento 96,7 0,10 9,7

6. Control Fiscal Interno 93,6 0,15 14,0

1,00 96,9

Concepto de Gestión

Rango

80 o más puntos

Menos de 80 puntos Desfavorable

Favorable

RANGOS DE CALIFICACIÓN PARA EL CONCEPTO DE GESTIÓN

Concepto

Favorable

CONTROL DE GESTIÓN

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

2019

Calificación total

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Como resultado de la auditoría adelantada, sobre el Control de Gestión en el manejo y administración de los recursos públicos por parte de Empresas Públicas de Medellín E.S.P para la vigencia 2019, se obtuvo una calificación de 96,9 puntos, que corresponde a un concepto favorable, resultado de la evaluación de los siguientes factores 2.2.1 Gestión Contractual. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. rindió para la vigencia 2019, un total de 48.378 contratos y órdenes de servicio que registraron ejecución por $4.8 billones. Para definir la selectividad de contratos a auditar, no se tuvieron en cuenta los relacionados o denominados como órdenes de servicio, los cuales ascendían a 46.521 registros con un valor de ejecución de $139.042 millones, quedando una muestra de 1.857 contratos, para los cuales se reportó en el Sistema de Gestión Transparente una ejecución para el 2019 de $4.65 billones. Para realizar la evaluación del Factor Gestión Contractual, se definieron un total de 168 contratos, correspondientes a 25 proyectos, ciclos y/o procesos, que registraron una ejecución auditada de $677.242 millones, no obstante, la cobertura de evaluación no se puede determinar para la vigencia evaluada, pues de acuerdo con las pruebas de auditoría realizadas sobre los contratos seleccionados, y según lo manifestado por EPM, para gran cantidad de los contratos rendidos, en febrero 15 de 2020, el valor ejecutado estaba duplicado en el sistema, es por eso que los valores descritos anteriormente, no corresponden a lo consignado inicialmente en el sistema, sino a lo que con corte agosto 23 de 2020, se registra como ejecutado para la vigencia 2019. De acuerdo con lo anterior se obtiene una cobertura en valor del 14.56% en la contratación de EPM del 2019, mediante la cual, se evaluó el cumplimiento de los principios del control fiscal: economía, eficiencia y eficacia. En el anexo 1, se describen de manera detallada los contratos evaluados, teniendo en cuenta que la muestra a auditar se hizo por selección no probabilística, a criterio del equipo auditor. De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, el factor “Gestión Contractual”, obtuvo un puntaje de 99,0, para una calificación eficiente, resultante de ponderar las siguientes variables:

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Cuadro 67. Calificación Factor Gestión Contractual.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

Los resultados de cada una de las variables (sin ponderar) y que soportan la calificación del factor son: Cumplimiento de las especificaciones técnicas: el resultado obtenido durante la verificación, para esta variable fue de 99,2 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, se refiere esta variable a aquellos aspectos previos a la suscripción de los contratos que permiten determinar asuntos relacionados con los amparos, suficiencia presupuestal, análisis y estudios previos a la contratación y validación de la variedad y calidad de bienes que se pretende adquirir en cumplimiento del principio de planeación de proyectos. El Equipo auditor evidenció en la evaluación, que los contratos están soportados en la matriz de riesgos, las justificaciones de la contratación enmarcados con los objetivos del proyecto trazado; los certificados de disponibilidad y registro presupuestal, se constituyeron de acuerdo con lo definido en las normas pertinentes; el proceso contractual se desarrolló conforme la reglamentación establecida y las delegaciones contractuales, el proceso fue ajustado a los pliegos de condiciones, propuesta oferente, así mismo, se constató que se cumplió con lo pactado en cada contrato, los equipos pudieron constatar que el bien o servicio se recibió a satisfacción. No obstante, se encontraron deficiencias soportadas con los procesos de negociación y en la etapa precontractual, toda vez, que no se hace un análisis detallado de verificación de las cantidades, valores correspondientes en los Gastos

Puntaje Q

Cumplimiento de las especificaciones técnicas 99,2 168 0,20 19,8

Cumplimiento deducciones de ley  99,1 166 0,05 5,0

Costo y calidad de bienes y/o servicios 98,5 151 0,20 19,7

Cumplimiento del objeto contractual 99,2 168 0,30 29,8

Labores de Interventoría y seguimiento 98,9 168 0,20 19,8

Liquidación de los contratos 99,2 115 0,05 5,0

CUMPLIMIENTO EN GESTIÓN CONTRACTUAL 1,00 99,0

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

Calificación ParcialVariables a Evaluar Ponderación

Puntaje

Atribuido

Calificación

Eficiente

GESTIÓN CONTRACTUAL

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de Administración y Factor Multiplicador. Deficiencias que se detallan en las siguientes observaciones: Hallazgo 4. (Corresponde a la observación 4 del informe preliminar). Mayor costo por concepto de prima en las pólizas contractuales. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CT-2014-000364-A1, cuyo objeto es “Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la Iguana, la García, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y Bello. Grupo 2”, con la firma Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A. Ingetec S.A, por valor total, incluidas las actas de modificación bilateral, de $12.561.845.166 IVA incluido. Una vez revisada la documentación contenida en el proceso de contratación en la etapa precontractual, el equipo auditor procedió a la verificación del Factor Multiplicador presentado por la empresa interventora en su propuesta económica, donde se evidenció lo siguiente: en el FORMULARIO 3 – Grupo 2 – Parte 2 FACTOR MULTIPLICADOR PROCESO DE CONTRATACIÓN PC-2016-000653, donde se hace la discriminación del Factor Multiplicador, específicamente en el numeral 2 PRESTACIONES (Expresadas cómo % del SALARIO ORDINARIO), se tuvo en cuenta dentro de sus componentes los seguros de Ley en el ítem 2.9 con una ponderación del 1% sobre el valor del contrato antes de IVA, así mismo, en el numeral 3 GASTOS GENERALES Y DE ADMINISTRACIÓN (Expresados cómo % del SALARIO ORDINARIO) se consideró en el ítem 3.3.2. Seguros, con una ponderación del 3% sobre el valor total del contrato antes de IVA, valores que le fueron aprobados al contratista por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. al momento de la valoración y comparación económica, y de los cuales se tiene lo siguiente:

De acuerdo con lo antes señalado, se está reconociendo por concepto de seguros una ponderación del 4% sobre el valor total del contrato antes de IVA, equivalente a $422.246.593, mientras que el valor real pagado por el contratista, el cual se presenta en el cuadro anterior, es de $14.885.192, incluidas las Actas de Modificación Bilateral, por lo que se presenta una sobreestimación del valor del costo de las pólizas en el presupuesto del contratista de $407.361.401, aumentado de esta forma el valor del contrato.

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Cuadro 68. Mayor costo por concepto de prima en las pólizas contractuales.

Fuente: Información que se encuentra en el aplicativo Neón – EPM. CT-2014-000364-A1. Elaboró equipo auditor.

Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. de acuerdo con los argumentos planteados en su respuesta a la observación formulada, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, hace referencia a que: “(…) Es decir que al 31 de diciembre de 2019 se han pagado por el concepto de seguros $113'446,115 y no $422'246.593 como se expresa en la observación. Respecto al valor real pagado por el contratista, se adjunta el certificado del revisor fiscal en el que se certifica el valor de los seguros contractuales y administrativos en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato es de $ 89'743,970 (ochenta y nueve millones setecientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos). De acuerdo con lo anterior el valor que se encuentra sin soporte al 31 de diciembre de 2019 es el siguiente: $113'446,115 -$ 89.743.970 = $23'702,145.” Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la

No de Poliza Fecha de expedición Compañía de seguros Referente de pago Valor Prima +IVA

0450280-6 12/11/2019 Suramericana 1313175116 736.858

1791461-9 12/11/2019 Suramericana 1213006495 3.033.560

1791461-9 28/06/2019 Suramericana 1212858983 3.061.219

0450280-6 28/06/2019 Suramericana 1313111534 511.251

0450280-6 4/04/2019 Suramericana 1313074571 0

1791461-9 4/04/2019 Suramericana 1212765811 0

1791461-9 27/09/2018 Suramericana 1212561019 2.293.451

0450280-6 27/09/2018 Suramericana 1312982512 441198

1791461-9 27/07/2017 Suramericana 1212115586 0

0450280-6 27/07/2017 Suramericana 1312782823 0

1791461-9 27/07/2017 Suramericana 1211944796 4.080.511

0450280-6 27/07/2017 Suramericana 1312720213 727.144

14.885.192

Formulario AU Cucaracho 2 Obra Civil

Total

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medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. En este sentido, el Consejo de Estado ha afirmado que ningún contrato que implique erogación presupuestal por parte de la entidad estatal se encuentra exento de la exigencia de realizar un estudio de mercado, dado que “no existe justificación legal alguna para que el patrimonio público sufra menoscabo e irrespeto a través del establecimiento de precios incoherentes con la realidad económica del servicio”, pues con este requerimiento se pretende que el valor estimado del contrato obedezca a criterios de razonabilidad y objetividad dejando a un lado la improvisación o subjetividad de la administración. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio de eficiencia en la gestión fiscal. En virtud de lo expuesto, y de conformidad con la respuesta remitida por EPM a la observación formulada, en la cual se está reconociendo que existe un valor de $23.702.145 que a la fecha no ha sido soportado por el contratista, e indica además en su respuesta que descontará al contratista el valor no soportado de las sumas que le adeuda; además, teniendo en cuenta que aún existe el riesgo de no realizar el descuento o no presentar los soportes correspondientes por parte del Contratista con respecto a estos gastos, lo que puede conllevar a una pérdida del recurso público y a un incumplimiento de las disposiciones generales, vulnerando con ello el principio de la gestión fiscal de eficiencia establecido en artículo 8 de la ley 42 de 1993, se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal tasado en $23.702.145. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez analizada la respuesta remitida por EPM, con ocasión a la observación formulada por este Organismo de Control Fiscal es preciso indicar lo siguiente: Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. de acuerdo con los argumentos planteados hace referencia a que: “(…)

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Es decir que al 31 de diciembre de 2019 se han pagado por el concepto de seguros $113'446,115 y no $422'246.593 como se expresa en la observación.

Respecto al valor real pagado por el contratista, se adjunta el certificado del revisor fiscal en el que se certifica el valor de los seguros contractuales y administrativos en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato es de $ 89'743,970 (ochenta y nueve millones setecientos cuarenta y tres mil novecientos setenta pesos).

De acuerdo con lo anterior el valor que se encuentra sin soporte al 31 de diciembre de 2019 es el siguiente:

S 113'446,115 -$ 89.743.970 = $23'702,145.

No obstante, como fue demostrado en los apartes anteriores, EPM y el contratista cumplieron con lo que contractualmente estaba pactado para efectos del pago de las Actas, y pese a que EPM no está de acuerdo con la observación, en principio será descontado al contratista de las sumas que EPM le adeude, en caso de que no se entreguen soportes adicionales.” Por lo que, se está reconociendo que existe un valor de $23.702.145 que a la fecha no ha sido soportada por el contratista, y se allega certificado del Revisor Fiscal de la empresa Ingetec, REV/FISC/279-20 del 16 de septiembre de 2020, del valor de los seguros contractuales y administrativos en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato por valor de $89'743,970. Así mismo, EPM manifiesta que descontará al contratista el valor no soportado de las sumas que le adeuda. En virtud de lo antes señalado, el equipo auditor ratifica la observación formulada y la configura dentro del informe definitivo en un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal tasado en $23.702.145, toda vez, que existe aún el riesgo de no realizar el descuento o no presentar los soportes por parte del contratista. En el evento en el que EPM allegue a este Organismo de Control Fiscal, la recuperación de los recursos no soportados, una vez se encuentre firme el informe, tendrá un periodo de 30 días calendario, antes de ser traslado a la Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal, se levantará la incidencia fiscal y se convertirá en un beneficio cuantitativo.

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De otro lado, con el proceso auditor, se obtuvo un beneficio cualitativo en la verificación de la inversión de los recursos públicos destinados a los gastos del factor multiplicador. Hallazgo 5. (Corresponde a la observación 6 del informe preliminar). Mayor costo por concepto de prima en las pólizas contractuales. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW26012, cuyo objeto es “RFP Construcción y reposición de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las Redes de Acueducto y Alcantarillado de EPM”, con la firma Comercializadora REDYCO S.A.S., por valor total, incluidas las actas de modificación bilateral, de $15.141.005.965. Una vez revisada la documentación contenida en el proceso de contratación en la etapa precontractual, el equipo auditor procedió a la verificación de los Gastos de Administración del AU ofertado por el contratista en su propuesta económica, donde se evidenció lo siguiente: En el FORMULARIO ADMINISTRACIÓN, UTILIDADES E IMPACTO COMUNITARIO, donde se hace la discriminación de los Gastos de Administración, específicamente en el numeral 1.1. Costos legalización-Garantía Única, se tuvo en cuenta dentro de sus componentes en el numeral 1.1.1. Amparo de anticipo más intereses (100%, valor contrato + 30 días), y en la póliza de cumplimiento a favor de entidades estatales Decreto 1082 de 2015, N°4205318000014, expedida por Mapfre Colombia, de fecha 31/05/2018, se registra en las coberturas cumplimiento, pago de salarios y prestaciones sociales y estabilidad de la obra, no obstante, en ninguna parte de la póliza indicada se establece cobertura al anticipo, sin embargo, fue considerado dicho valor dentro de los gastos de administración, con una ponderación del 0.18% del valor del contrato, incluidas las actas de modificación bilateral, equivalente a $2.922.882, valor que le fue aprobado al contratista por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. al momento de la valoración y comparación económica de la propuesta presentada y que además, le fue reconocido, en las actas de pago. Así mismo, dentro del formulario referenciado, se consideró un valor total por concepto de Póliza de Cumplimiento de $21.964.277, revisada la póliza indicada en el párrafo anterior se constató que su costo fue de $10.260.911, por lo que se presenta una diferencia de costos de $11.703.366.

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De acuerdo con lo antes señalado, se presenta una sobreestimación del valor del costo de las pólizas en el presupuesto del contratista por valor de $14.626.248, aumentado de esta forma el valor del contrato. Si bien el Equipo auditor revisó la documentación a que hace referencia en la respuesta EPM, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, al decir que: “…, nos permitimos aclarar que los numerales 1. 1. Costos legalización-Garantía Única y 1.1. 1. Amparo de Anticipo + Intereses (100%, valor contrato +30 días), corresponden al presupuesto de referencia de EPM (ver imagen No. 1)…”, es importante resaltar que, en el aplicativo Ariba, al cual se le permite acceder a la Contraloría General de Medellín para hacer su proceso de evaluación de la auditoría y, teniendo en cuenta que en reiteradas ocasiones se solicitó mediante correo electrónico, el formulario donde aparece el detalle de los gastos de administración presentados por el contratista en su propuesta económica, en cumplimiento a lo establecido en el párrafo cuarto del literal “Lista de actividades, ítems y precios unitarios” del numeral 3.3. “Aspectos Económicos” de la solicitud de oferta CRW18357 Doc119440886 Pliego de condiciones para: “CONSTRUCCIÓN Y REPOSICIÓN DE REDES, ACOMETIDAS Y OBRAS ACCESORIAS DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE EPM, MARZO 2018” (página 23), el cual hace referencia a lo siguiente: “Las componentes de la administración (A) sobre los cuales se basó la oferta, deberán entregarse con la oferta y debidamente diligenciado en los formularios de Administración”, así mismo, el numeral 3.6. “Formularios”, que indica que: En la elaboración de la oferta el invitado deberá tener en cuenta que, determinado tipo de información requerida para la evaluación, debe consignarse en los formularios habilitados en el sistema de información. El no consignar debidamente la información o diligenciarlos de manera incorrecta o parcial, supondrá la calificación de la oferta como “incompleta” salvo casos especiales en los que la omisión sea subsanable. El Oferente deberá diligenciar los formularios F1, F2, F3 y F4, anexos a esta oferta”, de acuerdo con lo antes señalado, siendo el formulario de administración el requerido para presentar las componentes de la administración (A), documento que en ninguna de las respuestas emitidas por EPM fue allegado por ellos. Es de observar que la entidad contratante en la etapa precontractual debía verificar los precios de mercado antes de aceptar la oferta, así como los soportes respectivos al momento de hacer los pagos, pues de lo contrario estaríamos en presencia de un daño patrimonial al estado, por violación al principio de eficiencia.

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Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. En este sentido, el Consejo de Estado ha afirmado que ningún contrato que implique erogación presupuestal por parte de la entidad estatal se encuentra exento de la exigencia de realizar un estudio de mercado, dado que “no existe justificación legal alguna para que el patrimonio público sufra menoscabo e irrespeto a través del establecimiento de precios incoherentes con la realidad económica del servicio”, pues con este requerimiento se pretende que el valor estimado del contrato obedezca a criterios de razonabilidad y objetividad dejando a un lado la improvisación o subjetividad de la administración. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio eficiencia en la gestión fiscal. En virtud de lo expuesto, se genera un incumplimiento de los numerales 2.4 “Aspectos económicos” y 2.4.1. “Valor - precio” de las condiciones generales expedidas por EPM y un inadecuado control de los recursos y las actividades que son propias de la Entidad, lo que conlleva a que el valor que se reconoce en el contrato CW26012, por concepto de seguros, que aumenta injustificadamente la utilidad del contratista y constituye una vulneración del principio de la gestión fiscal de eficiencia, configurándose de esta forma un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasada en $14.626.248, en los términos definidos en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, y en cuanto al aspecto disciplinario por el incumplimiento parcial o total en términos de calidad, cantidad y oportunidad de la obligación, sin que al respecto se pronunciara la supervisión o el gestor administrativo y técnico, de conformidad con lo estipulado en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM; así mismo, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.

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Posición de la Contraloría General de Medellín Si bien el equipo auditor revisó la documentación a que hace referencia en la respuesta EPM, al decir que: “…, nos permitimos aclarar que los numerales 1. 1. Costos legalización-Garantía Única y 1.1. 1. Amparo de Anticipo + Intereses (100%, valor contrato +30 días), corresponden al presupuesto de referencia de EPM (ver imagen No. 1)…”, es importante resaltar que, en el Aplicativo Ariba, al cual se le permite acceder a la Contraloría General de Medellín para hacer su proceso de evaluación de la auditoría y, teniendo en cuenta que en reiteradas ocasiones se solicitó mediante correo electrónico, el formulario donde aparece el detalle de los gastos de administración presentados por el contratista en su propuesta económica, en cumplimiento a lo establecido en el párrafo cuarto del literal “Lista de actividades, ítems y precios unitarios” del numeral 3.3. “Aspectos Económicos” de la solicitud de oferta CRW18357 Doc119440886 Pliego de Condiciones para: “CONSTRUCCIÓN Y REPOSICIÓN DE REDES, ACOMETIDAS Y OBRAS ACCESORIAS DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE EPM, MARZO 2018” (página 23), el cual hace referencia a lo siguiente: “Las componentes de la administración (A) sobre los cuales se basó la oferta, deberán entregarse con la oferta y debidamente diligenciado en los formularios de Administración”, así mismo, el numeral 3.6. “Formularios”, que indica que: En la elaboración de la oferta el invitado deberá tener en cuenta que, determinado tipo de información requerida para la evaluación, debe consignarse en los formularios habilitados en el sistema de información. El no consignar debidamente la información o diligenciarlos de manera incorrecta o parcial, supondrá la calificación de la oferta como “incompleta” salvo casos especiales en los que la omisión sea subsanable. El Oferente deberá diligenciar los formularios F1, F2, F3 y F4, anexos a esta oferta”, de acuerdo con lo antes señalado, siendo el formulario de administración el requerido para presentar las componentes de la administración (A), documento que en ninguna de las respuestas emitidas por EPM fue allegado por ellos. Así mismo, en la respuesta enviada por EPM, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, no fue aportado el formulario donde se registra la discriminación de los componentes de los gastos de administración (A), para hacer la evaluación y el comparativo respectivo. En virtud de lo anterior, no es de recibo la respuesta enviada por EPM, por lo tanto, el equipo auditor ratifica la observación y la configura dentro del Informe Definitivo como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal

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tasado en $14.626.248, y al cual se le dará traslado a los entes responsables para lo de su competencia.

Hallazgo 6. (Corresponde a la observación 7 del informe preliminar). Mayor costo por concepto de gastos de administración. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW48233, cuyo objeto es “Construcción de las impulsiones Robledo-Porvenir y Palenque-Cucaracho 2 y obras complementarias, en el sector Noroccidental del Municipio de Medellín”, con la empresa Comercializadora S&E Y CIA S.A., por valor total de $15.757.810.915, incluidas las actas de modificación bilateral.

Una vez revisada y analizada la información reportada por EPM, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, y en la cual presenta la relación soportada por el contratista y que coincide con los valores verificados por el Equipo auditor, en lo que respecta a las pólizas contractuales, al impuesto de Industria y Comercio y la Póliza de Vida Colectiva, sigue existiendo un faltante por soportar de $170.702.854, como se relaciona en el siguiente cuadro, toda vez, que el contratista presenta soportes por un valor de $68.369.850.

De acuerdo con los valores ponderados en el formulario de administración se debe ajustar el porcentaje de dichos gastos, ya que su valor real pagado no se correlaciona con el valor ponderado en la propuesta, lo que conlleva a que si no es ajustado el porcentaje de administración en estos términos, se le estaría reconociendo al contratista dichos valores al conservar el mismo porcentaje, los cuales se ven reflejados al multiplicar los costos directos de ejecución de obra de las actas de pago por el porcentaje de administración. Cuadro 69. Mayor costo por concepto de gastos de administración.

Fuente: Documentación remitida por EPM. Elaboró equipo auditor.

Costos Cantidad Valor Rendimiento SubtotalTotales

Contractuales

Valor

Pagado por

el Contratista

Diferencia

Administración

Costos de legalización garantía única

Amparo del anticipo 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo del cumplimiento 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo de salarios y prestaciones 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo de estabilidad 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Garantía de responsabilidad civil 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685 $ 14.019.685 $ 4.079.158 $ 9.940.527

Impuestos & Financieros $ 15.577.427.899

Impuestos de industria 1 $ 15.577.427.899 1,00% $ 155.774.279 $ 155.774.279 $ 31.154.856 $ 124.619.423

Otros gastos

Póliza de vida colectiva 1 $ 1.200.000 11 meses $ 13.200.000 $ 13.200.000 $ 1.184.937 $ 12.015.063

$ 253.092.389 $ 68.369.850 $ 170.702.854

FORMULARIO AU CUCARACHO 2 OBRA CIVIL

Total

$ 31.950.899 $ 24.127.841$ 56.078.740

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Es de observar que la entidad contratante en la etapa precontractual debía verificar los precios establecidos por el contratista antes de aceptar la oferta, así como los soportes respectivos al momento de hacer los pagos, pues de lo contrario estaríamos en presencia de un daño patrimonial al estado, por violación al principio de eficiencia. Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. En este sentido, el Consejo de Estado ha afirmado que ningún contrato que implique erogación presupuestal por parte de la entidad estatal se encuentra exento de la exigencia de realizar un estudio de mercado, dado que “no existe justificación legal alguna para que el patrimonio público sufra menoscabo e irrespeto a través del establecimiento de precios incoherentes con la realidad económica del servicio”, pues con este requerimiento se pretende que el valor estimado del contrato obedezca a criterios de razonabilidad y objetividad dejando a un lado la improvisación o subjetividad de la administración. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio de eficiencia en la gestión fiscal. En virtud de lo expuesto, se genera un incumplimiento de los numerales 2.4 “Aspectos económicos” y 2.4.1. “Valor - precio” de las Condiciones Generales expedidas por EPM y un inadecuado control de los recursos y las actividades que son propias de la Entidad, lo que conlleva a que el valor que se reconoce en el contrato CW48233, por concepto de gastos de Administración en su valor real pagado, que aumentan injustificadamente la utilidad del contratista y se constituye en una vulneración al principio de la gestión fiscal de eficiencia, configurándose de esta forma un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasada en $170.702.854, en los términos definidos en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, y en cuanto al aspecto disciplinario por el incumplimiento parcial o total

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en términos de calidad, cantidad y oportunidad de la obligación, sin que al respecto se pronunciara la supervisión o el gestor administrativo y técnico, de conformidad con lo estipulado en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM; así mismo, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley de la 1474 de 2011. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez revisada y analizada la Información reportada por EPM y en la cual presenta la relación soportada por el contratista y que coincide con los valores verificados por el equipo auditor, en lo que respecta a las pólizas contractuales, al impuesto de Industria y Comercio y la Póliza de Vida Colectiva, sigue existiendo un faltante por soportar de $170.702.854, como se relaciona en el siguiente cuadro, toda vez, que el contratista presenta soportes por un valor de $68.369.850. De acuerdo con los valores ponderados en el formulario de administración se debe ajustar el porcentaje de dichos gastos, ya que su valor real pagado no se correlaciona con el valor ponderado en la propuesta, lo que conlleva a que si no es ajustado el porcentaje de administración en estos términos, se le estaría reconociendo al contratista dichos valores al conservar el mismo porcentaje, los cuales se ven reflejados al multiplicar los costos directos de ejecución de obra de las actas de pago por el porcentaje de administración. Cuadro 70. Mayor costo por concepto de gastos de administración.

Fuente: Documentación remitida por EPM. Elaboró equipo auditor.

Costos Cantidad Valor Rendimiento SubtotalTotales

Contractuales

Valor

Pagado por

el Contratista

Diferencia

Administración

Costos de legalización garantía única

Amparo del anticipo 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo del cumplimiento 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo de salarios y prestaciones 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Amparo de estabilidad 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685

Garantía de responsabilidad civil 1 $ 15.577.427.899 0,09% $ 14.019.685 $ 14.019.685 $ 4.079.158 $ 9.940.527

Impuestos & Financieros $ 15.577.427.899

Impuestos de industria 1 $ 15.577.427.899 1,00% $ 155.774.279 $ 155.774.279 $ 31.154.856 $ 124.619.423

Otros gastos

Póliza de vida colectiva 1 $ 1.200.000 11 meses $ 13.200.000 $ 13.200.000 $ 1.184.937 $ 12.015.063

$ 253.092.389 $ 68.369.850 $ 170.702.854

FORMULARIO AU CUCARACHO 2 OBRA CIVIL

Total

$ 31.950.899 $ 24.127.841$ 56.078.740

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Por lo antes señalado, el Equipo auditor acepta los soportes remitidos en cuanto a los costos de arrendamientos, servicios públicos y seguridad, pero en cuanto a los otros costos relacionados en la observación formulada no es de recibo la respuesta remitida, por lo tanto, se ratifica y se configura dentro del Informe Definitivo como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasado en $170.702.854, y al cual se le dará traslado a los entes responsables para lo de su competencia. Hallazgo 7. . (Corresponde a la observación 8 del informe preliminar).Mayor costo por concepto de amparo de anticipo en pólizas contractuales. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW48741, cuyo objeto es “Construcción, reposición y mantenimiento de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las redes de alcantarillado de EPM-Zona Norte. Grupo 3”, con la empresa Redyco S.A.S., por valor total de $7.372.544.964, incluidas las actas de modificación bilateral. Una vez revisada la documentación contenida en el proceso de contratación en la etapa precontractual, el equipo auditor procedió a la verificación de los gastos de administración del AU ofertado por el contratista en su propuesta económica, donde se evidenció lo siguiente: en el FORMULARIO 2 ADMINISTRACIÓN, donde se hace la discriminación de los gastos de administración, específicamente en los costos de legalización garantía única, se tuvo en cuenta dentro de sus componentes el amparo de anticipo + intereses (100%, valor contrato + 30 días), una vez revisada la póliza de cumplimiento a favor de entidades estatales, N°65-44-101169975, expedida por Seguros del Estado S.A., de fecha 28/02/2019, se evidenció que se registra en las coberturas cumplimiento, pago de salarios y prestaciones sociales y estabilidad de la obra, no obstante, en ninguna parte de la póliza indicada se establece cobertura al Anticipo, sin embargo, fue considerado dicho valor dentro de los gastos de administración, con un valor global de $1.327.058, valor que le fue aprobado al contratista por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. al momento de la valoración y comparación económica de la propuesta presentada y que además, le fue reconocido, en las actas de pago. Así mismo, dentro del formulario referenciado, se consideró un valor por concepto de póliza de amparo de materiales (multirriesgo) de $1.800.000, revisada la póliza N°0311351-5/Documento 23544557, expedida por Suramericana, de fecha 15/02/2019, se constató que su costo fue de $645.144, por lo que se presenta una diferencia en el precio estimado de $1.154.856.

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De acuerdo con lo antes señalado, se presenta una sobreestimación del valor del costo de las pólizas en el presupuesto del contratista por valor de $2.481.914 aumentado de esta forma el valor del contrato. Es de observar que la entidad contratante en la etapa precontractual debía verificar los precios de mercado antes de aceptar la oferta, así como los soportes respectivos al momento de hacer los pagos, pues de lo contrario estaríamos en presencia de un daño patrimonial al estado, por violación al principio de eficiencia. Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. En este sentido, el Consejo de Estado ha afirmado que ningún contrato que implique erogación presupuestal por parte de la entidad estatal se encuentra exento de la exigencia de realizar un estudio de mercado, dado que “no existe justificación legal alguna para que el patrimonio público sufra menoscabo e irrespeto a través del establecimiento de precios incoherentes con la realidad económica del servicio”, pues con este requerimiento se pretende que el valor estimado del contrato obedezca a criterios de razonabilidad y objetividad dejando a un lado la improvisación o subjetividad de la administración. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio de eficiencia en la gestión fiscal. En virtud de lo expuesto, se genera un incumplimiento de los numerales 2.4 “Aspectos económicos” y 2.4.1. “Valor -precio” de las condiciones generales expedidas por EPM y un inadecuado control de los recursos y las actividades que son propias de la Entidad, lo que conlleva a que el valor que se reconoce en el contrato CW48741, por concepto de seguros, que aumenta injustificadamente la utilidad del contratista y constituye una vulneración del principio de la gestión fiscal de eficiencia, configurándose de esta forma un hallazgo administrativo con

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presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasada en $2.481.914, en los términos definidos en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, y en cuanto al aspecto disciplinario por el incumplimiento parcial o total en términos de calidad, cantidad y oportunidad de la obligación, sin que al respecto se pronunciara la supervisión o el gestor administrativo y técnico, de conformidad con lo estipulado en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM; así mismo, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. Posición de la Contraloría General de Medellín. En virtud de que no se dio respuesta por parte de EPM a la observación formulada, el equipo auditor la ratifica y la configura dentro del Informe Definitivo como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasada en $2.481.914. Hallazgo 8. (Corresponde a la observación 9 del informe preliminar). Ausencia de detalle costos de administración. Al ser auditados los contratos seleccionados en la muestra para evaluar el factor gestión contractual de la auditoría regular a EPM vigencia 2019, se observó en algunos de ellos, que los costos indirectos de administración están ofertados por el contratista como un porcentaje y no en una proyección de valores e ítems en los cuales se destinarán dichos recursos, esto se evidencio en la oferta de los contratos CW45041, suscrito con UT. Mejia Acevedo SAS - Comercializadora S&E Y CIA S.A., en el contrato CW45047 con Consorcio Caferedes LTDA - Construintegrales LTDA / Consorcio C&C, y en el contrato CW45049 con la firma Condugas S.A. – Silar S.A., situación que se originó porque en las condiciones particulares de los contratos no fue solicitado el detalle de dichos costos, generando incumplimiento a la Circular 02 del 18 de junio de 2019, de la Contraloría General de Medellín que reúne diferentes doctrinas y jurisprudencia al respecto, lo cual imposibilita el control que se debe ejercer sobre dichos gastos por parte de la supervisión o interventoría de los contratos. De acuerdo con lo anterior, se define como un hallazgo administrativo. Nota: esta observación afecta la calificación de la variable “Principio de Planeación Estudios y documentos previos”. Posición de la Contraloría General de Medellín. Revisada la respuesta de EPM a la observación 9, se concluye que efectivamente fueron ajustadas las condiciones particulares para presentar ofertas, lo cual pudo

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ser evidenciado en los “Aspectos Económicos” de este documento, en el que se incluyen las condiciones que deben tener en cuenta los oferentes relacionados con los costos y gastos de administración. Sin embargo, no se aportaron evidencias de la implementación de acciones en los contratos a que hace referencia la observación al interior de EPM para el seguimiento y control por parte de los gestores administrativos y técnicos de los contratos, en la ejecución de los recursos del componente de la administración, por lo cual concluye la mesa de trabajo mantenerla como hallazgo administrativo. Hallazgo 9. (Corresponde a la observación 10 del informe preliminar). Ausencia de soporte de la constitución de las cuentas por pagar. Revisado el contrato CW45041 suscrito con UT. Mejia Acevedo SAS - Comercializadora S&E Y CIA S.A, cuyo objeto es la construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas, se observó que no se constituyeron las cuentas por pagar de la modificación 2, de éste contrato. Esto se evidenció en correo electrónico remitido por el gestor administrativo y recibido por este Ente de Control el 24 de junio de 2020, en el cual, y en respuesta a la solicitud formulada por el equipo auditor de remitir soporte legal mediante el cual se reconocieron facturas de la vigencia 2019, con cargo a recursos de la vigencia 2020, manifiestan lo siguiente: “En la Circular 1564 desde la Gerencia General de EPM del 9 de Diciembre de 2019, se estipula el cierre presupuestal y financiero, y se indican las fechas autorizadas para la generación de órdenes de pago para el año en curso, las cuales fueron definidas así para propiciar un cierre contable adecuado: • Cierre generación de órdenes: 13 de diciembre de 2019. • Cierre recepción de órdenes: 18 de diciembre de 2019”. Pero no se adjuntó el soporte de la constitución de las cuentas por pagar, situación que contraviene lo establecido en el artículo 21, párrafo 4, del Acuerdo 109 de 2019 del Concejo de Medellín, que reza: “Los compromisos y obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, deberán incluirse en el presupuesto del año siguiente como una cuenta por pagar y su pago deberá realizarse en dicha vigencia fiscal”, la anterior situación se generó por falta de control en los procesos presupuestales, lo que originó que se realizarán pagos sin el lleno de los requisitos presupuestales, configurándose un hallazgo administrativo. Nota: esta observación afecta la calificación de la variable “2. Cumplimiento especificaciones presupuestales: Disponibilidad, Registro presupuestal y afectación del rubro presupuestal”.

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Posición de la Contraloría General de Medellín. Con base en la respuesta de EPM frente a ésta en la que se expresa: “Se acepta la observación Administrativa y se procederá a hacer el Plan de Mejoramiento”, se ratifica como hallazgo administrativo. Hallazgo 10. (Corresponde a la observación 11 del informe preliminar). Debilidades en la Planeación. En revisión del contrato CT-2018-00094, celebrado entre Empresas Públicas de Medellín E.S.P y Mincivil S.A, con objeto “Desmonte, trasporte, adecuación y puesta a punto de los puentes Valdivia y Capitán del PHI, vías de aproximación y montaje del puente para la conectividad del corregimiento la Angelina”, por un valor inicial de $8.694.943.445,00, con el fin de restituir las condiciones de vida, para la reposición de servicios e infraestructura básica afectada por la construcción del proyecto hidroeléctrico y que corresponde a la restitución de vías, del puente mular sobre el rio Cauca y la construcción del nuevo puente. El equipo auditor a través del análisis de esta información, evidencia el no cumplimiento de lo estipulado en el contrato CT-2018-00094 en cuanto a lo propuesto en la fase 2, la cual comprende el montaje de un puente colgante metálico y la adecuación de los accesos viales al mismo. El puente será instalado sobre el rio Cauca, comunicando los municipios de Buriticá y Liborina en el sector conocido como La Angelina, y tendrá una duración de tres (3) meses, evidenciando que se vulneró el principio de eficiencia, ya que los logros y o metas propuestas no se cumplieron a cabalidad, presentando también debilidades en la planeación y poder dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2015-DECGGL-2090 de septiembre 11 de 2015, por medio del cual se expiden los lineamientos asociados a la contratación de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. – EPM–. En título I disposiciones generales, Artículo 2 que referencia la Planeación de la contratación, en su Parágrafo 1. Los procesos de contratación deben ser el resultado de estudios previos que determinen su necesidad y conveniencia, mediante los análisis técnicos, jurídicos, financieros o económicos que se consideren necesarios, Constitución Política de Colombia de 1991, Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

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Todo proceso de contratación son el resultado de estudios previos que determinan su conveniencia y oportunidad; y para ello se llevan a cabo los análisis técnicos, jurídicos, financieros, económicos que sean necesarios, y si inicialmente se hubieran tenido los estudios del sistema existente y con las reales condiciones para su instalación, el contrato se hubiera culminado a satisfacción y no se habría afectado significativamente a las poblaciones y asentamientos humanos en las áreas aferentes al proyecto. Esta debilidad en la planeación del contrato CT-2018-00094, atribuible a Empresas Públicas de Medellín E.S.P, incurriendo en costos de estudios y diseños y rediseños que se realizaron para la conectividad del corregimiento la angelina en el municipio de Buriticá, por un valor de $ 1.074.091.367, el trámite de levantamiento de Veda Nacional proyecto “conectividad corregimiento La Angelina del municipio de Buriticá, proyecto Hidroeléctrico Ituango2 – Auto No. 524 de 2017, por un valor de $46.985.048 e igualmente los costos en la modificación de la licencia ambiental por valor de $62.360.000, gastos estos que no se observa su beneficio ya que uno de los objetivos era la instalación del puente y la conectividad del corregimiento la Angelina, con el fin de restituir las condiciones de vida, para la reposición de servicios e infraestructura básica afectada, lo anterior determina para el equipo auditor, por las debilidades de la planeación de la contratación y el no cumplimiento del fin para el cual se planteó el proyecto, se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal, por valor de $1.183.436.415. (Ver cuadro 72 de valores). Cuadro 71. Valores pagados previos al contrato.

Fuente: Elaboró equipo auditor con información del CT-2015-001745-R1 y la ANLA.

Posición de la Contraloría General de Medellín La Contraloría General de Medellín, no recibe los argumentos presentados por EPM a esta observación, se concluye que aunque se inicie un nuevo proceso de contratación para llevar a cabo el cumplimiento de la obligación, la situación no cambia, ya que se incurrió en los costos de estudios y diseños y rediseños que se

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realizaron para la conectividad del corregimiento La Angelina en el municipio de Buriticá, por un valor de $1.074.091.367, el trámite de levantamiento de veda nacional proyecto “Conectividad Corregimient La Angelina del municipio de Buriticá, proyecto Hidroeléctrico Ituango2 – Auto N°524 de 2017, por un valor de $46.985.048 e igualmente los costos en la modificación de la licencia ambiental por valor de $62.360.000, gastos estos que no se observa su beneficio ya que uno de los objetivos era la instalación del puente y la conectividad del corregimiento La Angelina, con el fin de restituir las condiciones de vida, para la reposición de servicios e infraestructura básica afectada, lo anterior determina para el equipo auditor, debilidades en la planeación de la contratación y el no cumplimiento del objeto contractual. La imposibilidad técnica que se presentó para seguir ejecutando el contrato CT-2018-000094, la cual hace mención EPM en su argumentación, se dio ante la imposibilidad de la empresa Mincivil de ejecutar la fase dos, por el cambio en los diseños, de las condiciones iniciales del contrato, donde se evaluaron diversos sistemas constructivos y se determinó que un puente colgante en estructura metálica permitiría disminuir los costos, el sistema constructivo es más rápido y más práctico, por lo anterior la dirección de desarrollo del proyecto recomendó la utilización de la infraestructura existente representada en dos puentes existentes que se encontraban disponibles (Capitán y Valdivia), se dio la orden de inicio el 6 de abril de 2018 a la segunda fase del contrato, y una vez iniciadas las labores en el sitio y con el cambio en el diseño de las condiciones iniciales del contrato, el contratista Mincivil mediante comunicación el 10 de mayo del 2018, manifestó que con este nuevo rediseño se generan condiciones muy diferentes de ejecución, como es obra no prevista por valor de $15.876.202.214, presentándose un incremento del 83% con respecto al presupuesto contractual, todo debido la disponibilidad que se tenía de otro puente ubicado en el área del proyecto llamado el puente Tenche, y recomendaron desmontar este dado que presentaba mejores condiciones técnicas, por su mayor longitud y el desmontaje de éste por estar en lecho seco, solamente se requería de equipo pesado para ser utilizado en la construcción del puente La Angelina, y el desmonte de este se haría entre 20 y 30 días, además este corría el riesgo de quedar sumergido en el embalse y su estructura se perdiera. En otras palabras, se modificó el contrato, lo cual implicó un cambio contractual sustancial, en cuanto al objeto, que impide ejecutar las obras en el marco del vínculo inicial. La concertación con la comunidad se hizo en julio de 2017, y el llenado del embalse estaba programado para el mes de julio del 2018, lo que reducía el plazo de ejecución y no se tendría tiempo para restituir esta conectividad. EPM adelantó el proceso de contratación mediante la solicitud única de una oferta con la firma

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Mincivil, amparados en numeral 3, artículo 10, del decreto 2090 de 2015 Estatuto Contratación. Se configura hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por valor de $1.183.436.415. Cuadro 72. Valores pagados previos al contrato.

Fuente: Elaboró equipo auditor con información del CT-2015-001745-R1y la ANLA.

Cumplimiento de las deducciones de Ley: esta variable obtuvo una calificación de 99.1 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, sin embargo en la verificación de los pagos efectuados en los contratos objeto de estudio, se observó que las Empresas Públicas de Medellín en algunos contratos no realizó las deducciones y retenciones de ley correspondientes a los pagos efectuados en cada contrato y órdenes de compra, inobservando las normas establecidas para tal fin. Hallazgo 11. (Corresponde a la observación 12 del informe preliminar). Mayor costo por concepto de impuestos de Ley. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW26012, cuyo objeto es “RFP Construcción y reposición de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las Redes de Acueducto y Alcantarillado de EPM”, con la empresa Redyco S.A.S., por valor total, incluidas las actas de modificación bilateral, de $15.141.005.965. Una vez revisada la documentación contenida en el proceso de contratación en la etapa precontractual, el equipo auditor procedió a la verificación del FORMULARIO ADMINISTRACIÓN, UTILIDADES E IMPACTO COMUNITARIO, donde se evidenció que el contratista consideró lo siguiente (ver cuadro 74):

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Cuadro 73. Mayor costo por concepto de impuestos de Ley.

Fuente: Documentación Aplicativo Ariba – EPM. Elaboró equipo auditor.

De acuerdo con lo anterior, se presenta una sobreestimación del valor en el costo de los componentes de administración referenciados por el contratista y que se detallan en el cuadro 74 por $181.162.914, aumentado de esta forma considerablemente, el valor del contrato. Si bien el equipo auditor revisó la documentación a que hace referencia en la respuesta EPM, mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, al decir que: “…, nos permitimos aclarar que el numeral 1.3 Impuestos y sus subnumerales, corresponden al presupuesto de referencia de EPM (ver imagen No. 1)…”, es importante resaltar que, en el Aplicativo Ariba, al cual se le permite acceder a la Contraloría General de Medellín para hacer su proceso de evaluación de la Auditoría y, teniendo en cuenta que en reiteradas ocasiones se solicitó mediante correo electrónico, el formulario donde aparece el detalle de los gastos de administración presentados por el contratista en su propuesta económica, en cumplimiento a lo establecido en el párrafo cuarto del literal “Lista de actividades, ítems y precios unitarios” del numeral 3.3. “Aspectos Económicos” de la solicitud de oferta CRW18357 Doc119440886 Pliego de Condiciones para: “CONSTRUCCIÓN Y REPOSICIÓN DE REDES, ACOMETIDAS Y OBRAS ACCESORIAS DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE EPM, MARZO 2018” (página 23), el cual hace referencia a lo siguiente: “Las componentes de la administración (A) sobre los cuales se basó la oferta, deberán entregarse con la oferta y debidamente diligenciado en los formularios de Administración”, así mismo, el numeral 3.6. “Formularios”, que indica que: En la elaboración de la oferta el invitado deberá tener en cuenta que, determinado tipo de información requerida para la evaluación, debe consignarse en

Código Nombre Unidad Cant.Valor

unitarioValor Total

Valor Real

Pagado

Mayor valor

cobrado

x contratista

1.3 Impuestos

1.3.1 Impuesto de Industria y Comercio gl 1% 133.928.522 133.928.522 24.257.920 109.670.602

1.3.2 Impuesto Estampilla U. de Antioquia gl 1% 133.928.522 133.928.522 124.878.861 9.049.661

1.3.3Efectos f inancieros

(retenciones, ICA y rete fuente).gl 1,5% 200.892.782 200.892.782 187.318.292 13.574.490

1.3.4 Impuesto de Guerra gl 5% 669.642.608 669.642.608 624.394.310 45.248.298

1.3.5 Impuesto del 4x1000 gl 0,4% 53.571.409 53.571.409 49.951.545 3.619.864

Total Diferencia 1.010.800.928 181.162.914

ADMINISTRACIÓN, UTILIDADES E IMPACTO COMUNITARIO

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los formularios habilitados en el sistema de información. El no consignar debidamente la información o diligenciarlos de manera incorrecta o parcial, supondrá la calificación de la oferta como “incompleta” salvo casos especiales en los que la omisión sea subsanable. El oferente deberá diligenciar los formularios F1, F2, F3 y F4, anexos a esta oferta”, de acuerdo con lo antes señalado, siendo el formulario de Administración el requerido para presentar las componentes de la administración (A), documento que en ninguna de las respuestas emitidas por EPM fue allegado por ellos. Es de observar que la entidad contratante en la etapa precontractual debía verificar los precios establecidos por el contratista antes de aceptar la oferta, así como los soportes respectivos al momento de hacer los pagos, pues de lo contrario estaríamos en presencia de un daño patrimonial al estado, por violación al principio de eficiencia. Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. En este sentido, el Consejo de Estado ha afirmado que ningún contrato que implique erogación presupuestal por parte de la entidad estatal se encuentra exento de la exigencia de realizar un estudio de mercado, dado que “no existe justificación legal alguna para que el patrimonio público sufra menoscabo e irrespeto a través del establecimiento de precios incoherentes con la realidad económica del servicio”, pues con este requerimiento se pretende que el valor estimado del contrato obedezca a criterios de razonabilidad y objetividad dejando a un lado la improvisación o subjetividad de la administración. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio de eficiencia en la gestión fiscal.

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En virtud de lo expuesto, se genera un incumplimiento de los numerales 2.4 “Aspectos económicos” y 2.4.1. “Valor - precio” de las condiciones generales expedidas por EPM y un inadecuado control de los recursos y las actividades que son propias de la Entidad, lo que conlleva a que el valor que se reconoce en el contrato CW26012, por concepto del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), Impuesto de Guerra e Impuesto del 4x1000, aumentan injustificadamente la utilidad del contratista y se constituye en una vulneración del principio de la gestión fiscal de eficiencia, configurándose de esta forma un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasada en $181.162.914, en los términos definidos en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, y en cuanto al aspecto disciplinario por el incumplimiento parcial o total en términos de calidad, cantidad y oportunidad de la obligación, sin que al respecto se pronunciara la supervisión o el gestor administrativo y técnico, de conformidad con lo estipulado en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM; así mismo, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley de la 1474 de 2011. Posición de la Contraloría General de Medellín Si bien el equipo auditor revisó la documentación a que hace referencia en la respuesta EPM, al decir que: “…, nos permitimos aclarar que el numeral 1.3 Impuestos y sus subnumerales, corresponden al presupuesto de referencia de EPM (ver imagen No. 1)…”, es importante resaltar que, en el aplicativo Ariba, al cual se le permite acceder a la Contraloría General de Medellín para hacer su proceso de evaluación de la auditoría y, teniendo en cuenta que en reiteradas ocasiones se solicitó mediante correo electrónico, el formulario donde aparece el detalle de los gastos de administración presentados por el contratista en su propuesta económica, en cumplimiento a lo establecido en el párrafo cuarto del literal “Lista de actividades, ítems y precios unitarios” del numeral 3.3. “Aspectos Económicos” de la solicitud de oferta CRW18357 Doc119440886 Pliego de Condiciones para: “CONSTRUCCIÓN Y REPOSICIÓN DE REDES, ACOMETIDAS Y OBRAS ACCESORIAS DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE EPM, MARZO 2018” (página 23), el cual hace referencia a lo siguiente: “Las componentes de la administración (A) sobre los cuales se basó la oferta, deberán entregarse con la oferta y debidamente diligenciado en los formularios de Administración”, así mismo, el numeral 3.6. “Formularios”, que indica que: En la elaboración de la oferta el invitado deberá tener en cuenta que, determinado tipo de información requerida para la evaluación, debe consignarse en los formularios habilitados en el sistema de información. El no

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consignar debidamente la información o diligenciarlos de manera incorrecta o parcial, supondrá la calificación de la oferta como “incompleta” salvo casos especiales en los que la omisión sea subsanable. El Oferente deberá diligenciar los formularios F1, F2, F3 y F4, anexos a esta oferta”, de acuerdo con lo antes señalado, siendo el formulario de Administración el requerido para presentar las componentes de la Administración (A), documento que en ninguna de las respuestas emitidas por EPM fue allegado por ellos. Así mismo, en la respuesta enviada por EPM, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, no fue aportado el formulario donde se registra la discriminación de los componentes de los gastos de Administración (A), para hacer la evaluación y el comparativo respectivo. En virtud de lo anterior, no es de recibo la respuesta enviada por EPM, por lo tanto, el Equipo auditor ratifica la observación y la configura dentro del Informe Definitivo como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasado en $181.162.914, y al cual se le dará traslado a los entes responsables para lo de su competencia. Hallazgo 12. (Corresponde a la observación 14 del informe preliminar). Retención de Impuesto de Industria y Comercio (ICA) a Grandes Contribuyentes. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW45254, cuyo objeto es “Suministro de tuberías y accesorios en polietileno, para redes de acueducto en proyectos de infraestructura, operación y mantenimiento de aguas EPM”, con la empresa Colombiana de Extrusión S.A. Extrucol, por valor de $9.195.978.337 con IVA, incluidas las actas de modificación bilateral. En el numeral 4.2.3 “Procedimiento de Facturación” de las Condiciones Generales – Solicitud de Oferta Técnica y Económica Servicios/Consultoría, para el proceso de contratación en referencia, se indica lo siguiente: “4.2.3. Procedimiento para facturación. Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación: (…) 9. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

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10. Indicar la resolución de autorización de la numeración respectiva expedida por la Dian, fecha e intervalo. Cuadro 74. Retención de Impuesto de Industria y Comercio (ICA).

Fuente: Información remitida por EPM. Elaboró equipo auditor.

Teniendo en cuenta lo antes señalado, el equipo auditor al revisar los comprobantes de pago que se relacionan en el cuadro anterior, evidenció que se realizó retención por concepto de ICA Bucaramanga, en las facturas señaladas se establece “Somos Grandes Contribuyentes. Resolución 2509 del 03 de diciembre de 1993, No retener Impuesto de Industria y Comercio según artículo 77 Ley 49 de 1990”. No obstante, luego de ser evaluada por el sujeto de control la observación formulada, éste no tuvo en cuenta los lineamientos establecidos en el Decreto 078 de 2009, Acuerdo 044 de 2008 y Resolución 0026 de febrero 09 de 2018 específicamente en su Art 8, el cual manifiesta lo siguiente: "Articulo 8. Circunstancias bajo las cuales no se efectúa la retención. No están sujetos a retención en la fuente a título de impuesto de industria y comercio, en Bucaramanga”, por lo tanto, en dicho artículo faltó la excepción “que cuando quien actúe como agente retenedor sea una entidad pública”. Por lo antes señalado, el equipo auditor considera que el contratista Colombiana de Extrusión S.A. – Extrucol, catalogado como gran contribuyente por la DIAN y por ser EPM una entidad de derecho público, esta última no podía aplicar la retención del impuesto de Industria y Comercio, incumpliendo con ello lo expuesto en el artículo 8 de la Resolución 0026 de febrero 09 de 2018, por lo que se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín La observación 14 presentada en el informe preliminar entregado a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. sobre la no retención de Impuesto de Industria y Comercio (ICA) a un gran contribuyente como Colombiana de Extrusión S.A. - Extrucol, luego de ser evaluada por el sujeto de control, no es de recibo la respuesta enviada, ya que los argumentos presentados no están soportados en la aplicación

CUENTA

POR PAGAR

FECHA DE

PAGO

FACTURA

No.CONCEPTO

VALOR

BASEICA

PV 19109589 12/09/2019 103268 TUB PE100 Agua 560mm Cantera Santa Rita $ 66.838.086 -$ 334.190

PV 19109798 2/10/2019 103755 TUB PE100 Agua 560mm Cantera Santa Rita $ 152.772.768 -$ 763.864

PV 19656567 3/10/2019 103802 TUB PE100 Agua 500mm Santo Domingo $ 411.372.756 -$ 2.056.864

PV 19109954 18/10/2019 104194 TUB PE100 Agua 630mm Bello $ 36.281.412 -$ 181.407

PV 19663410 11/12/2019 105689 TUB PE100 Agua 630mm Medellín $ 733.690.776 -$ 3.668.454

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de los lineamientos establecidos en el Decreto 078 de 2009 Acuerdo 044 de 2008 Resolución 0026 de febrero 09 de 2018 específicamente en su Art. 8, el cual manifiesta lo siguiente: "Articulo 8. Circunstancias bajo las cuales no se efectúa la retención. No están sujetos a retención en la fuente a título de impuesto de industria y comercio, en Bucaramanga”, acuerdo que le faltó la excepción que cuando quien actúe como agente retenedor sea una entidad pública. En este caso, el equipo auditor considera que el contratista Colombiana de Extrusión S.A. – Extrucol, catalogado como gran contribuyente por la DIAN y por ser EPM una entidad de derecho público, esta última no podía aplicar la retención del Impuesto de Industria y Comercio, por lo expuesto anteriormente en el artículo 8 al cual le faltó la excepción. En consecuencia, se ratifica la observación formulada y se configura dentro del informe definitivo como un hallazgo administrativo. Hallazgo 13. (Corresponde a la observación 15 del informe preliminar). Mayor valor pagado al contratista por deducciones mal realizadas en las órdenes de pago. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW57461, cuyo objeto es “AE - Determinar la Línea Base y la Hoja de ruta en seguridad operacional para los procesos de operación y mantenimiento de Provisión Aguas y Gestión Aguas Residuales, a partir del referente de un Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (OACI)”, con la empresa BQA Consultorías S.A.S., por valor total de $1.029.350.000 con IVA, incluidas las actas de modificación bilateral. En la evaluación realizada por el equipo auditor vigencia 2019 del contrato en referencia, se evidenció que se efectuó una deducción en el comprobante de pago PV19110774, cuya factura corresponde a la 419 del 29/11/2019 “Entregable N°6”, por concepto de Retención en la Fuente del 6%, por valor de $10.500.000, cuando debía ser del 11% equivalente a $19.250.000, lo que genera una diferencia menor al valor que se supone debió ser retenido, favoreciendo al contratista en $8.750.000, por lo que no se dio cumplimiento con lo establecido en el artículo 1.2.4.10.2 del Decreto 1625 de 20161, al igual, que el artículo 2 del Decreto 260 de 2001.

1 DECRETO 1625 DE 2016, de octubre 11. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria. VERSIÓN INTEGRADA CON SUS MODIFICACIONES. Esta versión incorpora las modificaciones introducidas al Decreto Único Reglamentario del Sector Tributario a partir de la fecha de su expedición. ÚLTIMA FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 3 DE AGOSTO DE 2020 ” ARTÍCULO 1.2.4.10.2. Retención en los contratos de consultoría y de administración delegada para declarantes. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.2.4.10.1 de este decreto, la retención en la fuente por concepto de pagos o abonos en cuenta en los contratos de consultoría que realicen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores en favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta que sean personas jurídicas y asimiladas, es el once por ciento (11%). La misma tarifa se aplica a los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios en los contratos de administración delegada a que se refiere el artículo 1.2.4.4.9 de este decreto. (Negrilla y subrayado por fuera de texto) Cuando el beneficiario del pago o abono en cuenta por contratos de consultoría y/o administración delegada sea una persona natural, la tarifa de retención es del diez por ciento (10%). No obstante, lo anterior, la tarifa de retención en la fuente sobre los

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Sin embargo, sobre la figura de retención, en particular a título de renta, el cual corresponde a un mecanismo de anticipación de este impuesto por parte del proveedor, en tal sentido, se puede decir que no hay afectación en mayor o menor valor del impuesto, toda vez, que al momento de depurar, presentar y pagar la declaración de renta por parte del proveedor se complementa el cumplimiento impositivo, sin que haya detrimento patrimonial por parte de EPM, no obstante, si se efectuaron unas deducciones que no correspondían con la normatividad citada, por concepto de Retención en la Fuente, lo que género en su momento una diferencia menor al valor que se supone debió ser retenido, favoreciendo al contratista, vulnerando con ello el artículo 1.2.4.10.2 del Decreto 1625 de 20162, al igual, que el artículo 2 del Decreto 260 de 2001, por lo que se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín La observación 15 presentada en el informe preliminar entregado a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. por mayor valor pagado al contratista por deducciones mal realizadas en las órdenes de pago a la empresa BQA Consultorías S.A.S., luego de ser evaluada por el sujeto de control, no es de recibo para este organismo de control la respuesta enviada, ya que los argumentos presentados aunque son ciertos, sobre la figura de retención, en particular a título de renta, el cual corresponde a un mecanismo de anticipación de este impuesto por parte del proveedor, en tal sentido, se puede decir que no hay afectación en mayor o menor valor del impuesto, toda vez, que al momento de depurar, presentar y pagar la declaración de renta por parte del proveedor se complementa el cumplimiento impositivo, sin que haya detrimento patrimonial por parte de EPM, si se evidenció

pagos o abonos en cuenta por los conceptos de que trata este artículo en favor de personas naturales será del once por ciento (11%) en los eventos previstos en los literales a) y b) del artículo 1.2.4.3.1 de este decreto. (Artículo 2, Decreto 260 de 2001)”. 2 DECRETO 1625 DE 2016, de octubre 11. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria. VERSIÓN INTEGRADA CON SUS MODIFICACIONES. Esta versión incorpora las modificaciones introducidas al Decreto Único Reglamentario del Sector Tributario a partir de la fecha de su expedición. ÚLTIMA FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 3 DE AGOSTO DE 2020. ” ARTÍCULO 1.2.4.10.2. Retención en los contratos de consultoría y de administración delegada para declarantes. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.2.4.10.1 de este decreto, la retención en la fuente por concepto de pagos o abonos en cuenta en los contratos de consultoría que realicen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores en favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta que sean personas jurídicas y asimiladas, es el once por ciento (11%). La misma tarifa se aplica a los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios en los contratos de administración delegada a que se refiere el artículo 1.2.4.4.9 de este decreto. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). Cuando el beneficiario del pago o abono en cuenta por contratos de consultoría y/o administración delegada sea una persona natural, la tarifa de retención es del diez por ciento (10%). No obstante, lo anterior, la tarifa de retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por los conceptos de que trata este artículo en favor de personas naturales será del once por ciento (11%) en los eventos previstos en los literales a) y b) del artículo 1.2.4.3.1 de este decreto. (Artículo 2, Decreto 260 de 2001)”.

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que se efectuó una deducción en el comprobante de pago PV19110774, cuya factura corresponde a la 419 del 29/11/2019 “Entregable N°6”, por concepto de Retención en la Fuente del 6%, por valor de $10.500.000, cuando debía ser del 11% equivalente a $19.250.000, lo que género en su momento una diferencia menor al valor que se supone debió ser pagado, favoreciendo al contratista en $8.750.000. En virtud de lo antes señalado, el equipo auditor levanta la incidencia fiscal, no obstante, ratifica la observación en la connotación administrativa y la configura dentro del informe definitivo como un hallazgo administrativo.

Hallazgo 14. (Corresponde a la observación 16 del informe preliminar). Deducciones mal realizadas en los comprobantes de pago. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW60494, cuyo objeto es “Interventoría técnica, administrativa, social, ambiental y financiera del contrato para la construcción de las impulsiones Robledo Porvenir - Palenque Cucaracho 2 y obras complementarias.”, con la empresa Conhydra S.A. E.S.P., por valor total de $1.823.453.424 con IVA, incluidas las actas de modificación bilateral.

En la evaluación realizada por el equipo auditor a los comprobantes de pago de la vigencia 2019 del contrato en referencia, se evidenció que se efectuó una deducción por concepto de retención en la fuente de diferentes porcentajes, como se observa en el cuadro 76. Cuadro 75. Deducciones mal realizadas en los comprobantes de pago.

Fuente: Información suministrada por EPM. Elaboró equipo auditor.

En los comprobantes de pago PV19108925 y PV19110156, se realizó la retención en la fuente por el 2%, cuando debía ser del 6% equivalente a $17.920.479, lo que genera una diferencia menor al valor que se supone debió ser pagado, favoreciendo al contratista en $11.946.986, así mismo, en los comprobantes de pago, PV19109606, PV19111286 y PV19111173, se realizó una deducción del 11%, cuando debía ser del 6% equivalente a $20.187.229, generando con ello una diferencia mayor al valor que se supone debió ser pagado, afectando el recurso del

Cuenta por

pagar

Fecha de

pago

Factur

a NoConcepto Valor Base IVA

Valor Total

Base con

IVA

Valor Total

Factura

Retención

en la

Fuente

Deducción

de Rete.

Fuente

Retención según

artículo 1.2.4.10.3

del Decreto 1625

de 2016 (6%)

Diferencia

con la

deducción

realizada

PV 19108925 30/08/201919267

Acta Interv. N° 1 $ 183.338.025 $ 34.834.225 $ 218.172.250 $ 218.172.250 -$ 3.666.7610,02

-$ 11.000.282 -$ 7.333.521

PV 19109606 30/09/201919365

Acta Interv. N° 2 $ 111.218.075 $ 21.131.434 $ 132.349.509 $ 132.349.509 -$ 12.233.9880,11

-$ 6.673.085 $ 5.560.904

PV 19110156 31/10/201919457

Acta Interv. N° 3 $ 115.336.621 $ 21.913.958 $ 137.250.579 $ 137.250.579 -$ 2.306.7320,02

-$ 6.920.197 -$ 4.613.465

PV 19111286 19/12/201919567

Acta Interv. N° 4 $ 111.218.075 $ 21.131.434 $ 132.349.509 $ 132.349.509 -$ 12.233.9880,11

-$ 6.673.085 $ 5.560.904

PV 19111173 19/12/201919656

Acta Interv. N° 5 $ 114.017.670 $ 21.663.357 $ 135.681.027 $ 135.681.027 -$ 12.541.9440,11

-$ 6.841.060 $ 5.700.884

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contratista en $16.822.691, por lo que no se dio cumplimiento con lo establecido en el artículo 1.2.4.10.3 del Decreto 1625 de 20163, al igual, que el artículo 2 del Decreto 260 de 2001. Sin embargo, sobre la figura de retención, en particular a título de renta, el cual corresponde a un mecanismo de anticipación de este impuesto por parte del proveedor, en tal sentido, se puede decir que no hay afectación en mayor o menor valor del impuesto, toda vez, que al momento de depurar, presentar y pagar la declaración de renta por parte del proveedor se complementa el cumplimiento impositivo, sin que haya detrimento patrimonial por parte de EPM, no obstante, si se efectuaron unas deducciones que no correspondían con la normatividad citada, por concepto de retención en la fuente, lo que género en su momento una diferencia mayor al valor que se supone debió ser retenido, afectando el recurso del contratista, vulnerando con ello el artículo 1.2.4.10.2 del Decreto 1625 de 2016, al igual, que el artículo 2 del Decreto 260 de 2001, por lo que se configura un hallazgo administrativo.

3 DECRETO 1625 DE 2016, de octubre 11. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria. VERSIÓN INTEGRADA CON SUS MODIFICACIONES. Esta versión incorpora las modificaciones introducidas al Decreto Único Reglamentario del Sector Tributario a partir de la fecha de su expedición. ÚLTIMA FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 3 DE AGOSTO DE 2020 ” ARTÍCULO 1.2.4.10.3. Retención en la fuente en los contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.2.4.10.1 de este decreto, la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta en los contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones que realicen las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, las sociedades de hecho, y las demás entidades a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, es del seis por ciento (6%) del valor total del pago o abono en cuenta. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). La misma tarifa de retención en la fuente en esta clase de contratos, se aplica sobre los pagos o abonos en cuenta que se realicen a favor de personas naturales o de consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales, en los siguientes eventos: a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural, directamente o como miembro del consorcio o unión temporal beneficiario del pago o abono en cuenta superan en el año gravable el valor equivalente a tres mil trescientas (3.300) UVT. b) Cuando de los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural o a un consorcio o unión temporal, se desprenda que, en cabeza de una misma persona natural, directamente o como miembro de un consorcio o unión temporal, los ingresos superan en el año gravable el valor equivalente a tres mil trescientas (3.300) UVT. En este evento la tarifa del seis por ciento (6%) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor. PARÁGRAFO. Cuando el beneficiario del pago o abono en cuenta en los contratos antes referidos sea una persona natural no obligada a declarar o un consorcio o unión temporal cuyos miembros, personas naturales, no se encuentren obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta, la tarifa de retención será del diez por ciento (10%) del valor total del pago o abono en cuenta. (Artículo 1, Decreto 1141 de 2010) (El Decreto 1141 de 2010 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1115 de 2006. Artículo 3, Decreto 1141 de 2010)”

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Posición de la Contraloría General de Medellín. La observación 16 presentada en el informe preliminar entregado a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. por mayor y menor valor pagado al contratista por deducciones mal aplicadas en los comprobantes de pago a la empresa CONHYDRA S.A. E.S.P., luego de ser evaluada por el sujeto de control, no es de recibo para este organismo de control la respuesta enviada, ya que los argumentos presentados aunque son ciertos, sobre la figura de retención, en particular a título de renta, el cual corresponde a un mecanismo de anticipación de este impuesto por parte del proveedor, en tal sentido, se puede decir que no hay afectación en mayor o menor valor del impuesto, toda vez, que al momento de depurar, presentar y pagar la declaración de renta por parte del proveedor se complementa el cumplimiento impositivo, sin que haya detrimento patrimonial por parte de EPM. Si se evidenció que en los comprobantes de pago PV19108925 y PV19110156, se realizó la retefuente por el 2%, cuando debía ser del 6% equivalente a $17.920.479, lo que genera una diferencia menor al valor que se supone debió ser pagado, favoreciendo al contratista en $11.946.986, así mismo, en los comprobantes de pago, PV19109606, PV19111286 y PV19111173, se realizó una deducción del 11%, cuando debía ser del 6% equivalente a $20.187.229, generando con ello una diferencia mayor al valor que se supone debió ser retenido, afectando el recurso del contratista en $16.822.691. En virtud de lo antes señalado, se ratifica la observación en la connotación administrativa y se configura dentro del informe definitivo como un hallazgo administrativo. Hallazgo 15. (Corresponde a la observación 17 del informe preliminar). No aplicación la deducción del impuesto Estampilla de la Universidad de Antioquia. En la evaluación del contrato CT-2015-001455 suscrito entre EPM y Generadora Luzma S.A. E.S.P., que tiene por objeto la “Compra de futuros activos destinados a la transmisión de energía, proyecto de interconexión el Salto - Amalfi - La Cruzada 110 kV, ubicado en jurisdicción de los municipios de Amalfi, Anorí y Remedios del Departamento de Antioquia”, se observó que al realizar la causación y pago de la Factura 209 del 30 de agosto de 2019 (Radicado N°20190120197904), no se aplicó la deducción del impuesto Estampilla Universidad de Antioquia del 1% correspondiente a $57.208.666, lo que generó un mayor valor pagado al contratista por dicha cuantía.

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La situación presentada vulnera el principio fiscal de eficiencia y puede obedecer a: la ausencia de controles o a la poca efectividad de los existentes para evitar que este tipo de riesgos se materialicen, al desconocimiento de los estatutos y normas tributarias aplicables a EPM por parte del personal que realiza la causación y/o cotejo de las facturas o cuentas de cobro, a que el personal designado para estas tareas no cuenta con la experiencia necesaria o están desactualizados en esta materia, teniendo en cuenta el volumen y la rapidez con que cambia la normatividad y la complejidad de su aplicación en empresas como EPM; y probablemente por descuido o error involuntario debido a la cantidad de facturas que se reciben diariamente, cuyas características varían según el tipo de proveedor y de contrato. Todo esto puede conducir a que la empresa incumpla sus obligaciones fiscales con la consecuente aplicación de sanciones por parte de las autoridades competentes, además de posibles detrimentos patrimoniales y acciones disciplinarias contra los responsables de estas omisiones. Por lo expuesto anteriormente, y teniendo en cuenta que por la auditoría realizada por la Contraloría, los recursos pagados de más fueron recuperados por la Empresa, se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Si bien el Departamento de Servicios Financieros de EPM realizó la gestión pertinente para recuperar los recursos objeto de la observación mediante la elaboración y aplicación del documento de ajuste CT 20001976 el pasado 29 de mayo, y como lo afirma en su respuesta, ha establecido mecanismos de revisiones semanales y de permanente socialización y actualización en materia contable y fiscal para identificar oportunamente posibles inconsistencias. Para la Contraloría General de Medellín, la situación detectada amerita la elaboración de un plan de mejoramiento que incluya las acciones necesarias para eliminar las causas que dieron origen a este riesgo, por lo tanto, se mantiene ésta y se configura en hallazgo administrativo. Hallazgo 16. (Corresponde a la observación 18 del informe preliminar). Impuesto de Guerra no descontado. Evaluado el contrato CW21737 suscrito con la Unión Temporal Mejia Acevedo SAS - Comercializadora S&E y CIA S.A., se encontró que no fueron descontados $8.692.739,55 correspondientes al impuesto de guerra. Esta situación se evidenció en el aplicativo JD Edwards, módulo cuentas por pagar proveedores, facturas CT-136 y CT-137; situación requerida al Área de Impuestos de EPM, mediante correo electrónico del 23 de abril de 2020 y fue

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contestado por citada dependencia el 6 de mayo de 2020, informando que: “…se realizaron las validaciones y se procedió con las correcciones del impuesto de guerra de las facturas 136 y 137 las cuales se descontarán en el próximo pago que ha de realizarse el próximo 21 de mayo…”. El anterior hecho va en contravía de lo establecido en el Artículo 6º de la Ley 1106 del 2006 que establece sobre el impuesto de guerra: “Los sujetos pasivos son los siguientes: Personas naturales y jurídicas, consorcios y uniones temporales que suscriban contratos de obra pública con entidades estatales”. Esta inconsistencia se genera por debilidades en los controles del proceso de impuestos, ocasionando un posible menoscabo en los impuestos de la Nación. Posteriormente, mediante correo electrónico del 23 de junio de 2020, fueron enviados los pantallazos con los documentos CT 2000000656 y 2000000657 donde se observa el descuento realizado a la Unión Temporal, por un valor total de $8.692.739,55. Los CT corresponden al módulo de cuentas por pagar, y su uso es para la corrección de impuestos, además, permite descontarse directamente de los pagos. El anterior ajuste, genera un beneficio de control fiscal en $8.692.739,55 y se define un hallazgo administrativo. Gráfica 26. Registro en el JD Edwards del pago de impuesto de guerra contrato CW21737.

Fuente. Aplicativo JD Edwards, módulo cuentas por pagar proveedores, facturas CT-136 y CT-137-EPM.

Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez revisada la respuesta emitida por EPM, se concluye mantenerla bajo los mismos argumentos que la Empresa manifiesta: “Se realizará socialización con el equipo de trabajo en procura de unificar los criterios en materia tributaria al momento de practicar la retención, adicionalmente se generan mecanismos de revisión semanal con el fin de identificar oportunamente estas desviaciones y proceder con su corrección”. Los anteriores ajustes ameritan un plan de mejoramiento, por lo tanto se mantiene como hallazgo administrativo.

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- Costo y calidad de bienes y/o servicios: el resultado obtenido durante la verificación, para esta variable fue de 98,5 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, esta variable se refiere a aquellos aspectos de los contratos que permiten determinar asuntos relacionados con: el presupuesto oficial de la contratación debe responder al análisis realizado por la Entidad de los diferentes precios de los bienes o servicios a contratar que se registran en el mercado. La selección del contratista debe responder a los factores técnicos, financieros y legales que estableció la Administración en sus estudios previos y su pliego de condiciones, de manera tal que permita adjudicar a la propuesta más favorable en términos de precio y conveniencia, en igualdad de condiciones de calidad los bienes y servicios se deben obtener al menor costo y las propuestas presentadas deben obedecer a los precios reales del mercado y a las especificaciones técnicas de calidad requeridas por la Entidad. Al aplicar los procedimientos definidos para evaluar esta variable, los equipos auditores evidenciaron que en algunos contratos se encontraron deficiencias soportadas con el cumplimiento del principio de planeación, el estudio del análisis del sector económico o de mercado en el momento de la valoración del presupuesto oficial y los gastos Administrativos generados por las empresas contratistas de obra y las empresas contratistas de interventoría y consultoría, realización de pagos sin el cumplimiento de requisitos contractuales, pago de actividades no ejecutadas, afectando de esta forma los principios de transparencia, eficacia, economía. Hallazgo 17. (Corresponde a la observación 19 del informe preliminar). Doble pago por una misma acta causada. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CT-2014-000364-A1, cuyo objeto es “Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la Iguana, la García, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y Bello. Grupo 2”, con la empresa Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A. - Ingetec S.A, por valor total de $12.561.845.166 con IVA, incluidas las actas de modificación bilateral. En el numeral 4.2.3 “Procedimiento de Facturación” de las Condiciones Generales – Solicitud de Oferta Técnica y Económica Servicios/Consultoría, del 04/04/2016, para el proceso de contratación en referencia, se indica lo siguiente:

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“4.2.3. Procedimiento para facturación. Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación: (…) 6. Descripción específica o genérica de los bienes vendidos o servicios prestados, o de la obra ejecutada a pagar. (…) 11. Incluir en el cuerpo de la factura, documento equivalente o cuenta de cobro información relacionada con el acta de trabajo:

Número del acta de trabajo dentro del cual se factura.” Teniendo en cuenta lo antes señalado, el equipo auditor al revisar las facturas 25525, 25526, 25527 y 25528 correspondientes al acta de Pago N°27 y sus reajustes correspondientes, evidenció en la parte donde se hace referencia al proyecto que se nombra como “Cuencas Rodas, Piedras Blancas, El Salado”, al igual que en el concepto y se indica además el periodo correspondiente al 02 de julio – 18 de julio de 2019, periodo que ya había sido referenciado y pagado para éste proyecto, en las facturas 25485, 25586, 25487, 25488, 25489 y 25490 correspondientes al Acta de Pago N°26, lo que indica un doble pago por el mismo concepto, por valor de $64.483.413, incluidos los reajustes, no obstante, y como lo manifiesta EPM en uno de los apartes de su respuesta remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020: “… por un error involuntario de forma en el concepto, fueron diligenciadas con el nombre de Cuenca Rodas, Piedras Blancas y El Salado…”. Esto se presenta por debilidades de control que no permiten advertir oportunamente el problema presente, generado por la deficiente aplicación de la causación contable, lo que con lleva a una inefectividad en el trabajo y un control inadecuado del proceso de facturación, incumpliendo con ello las disposiciones establecidas en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM, por lo que se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez revisada y analizada la información remitida por EPM, es de recibo la respuesta y se levanta la incidencia fiscal, no obstante, y como lo manifiesta EPM en uno de los apartes de su respuesta: “… por un error involuntario de forma en el

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concepto, fueron diligenciadas con el nombre de Cuenca Rodas, Piedras Blancas y El Salado…”, se ratifica la observación formulada en la connotación administrativa, toda vez, que es importante mejorar los controles y seguimientos para evitar que se presente este tipo de falencias en el proceso que conlleve a unos riesgos mayores, por lo tanto, se configura en el informe definitivo como un hallazgo administrativo. Hallazgo 18. (Corresponde a la observación 20 del informe preliminar). Error en el concepto de facturación y mayor pago efectuado. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CW26012, cuyo objeto es “RFP Construcción y reposición de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las Redes de Acueducto y Alcantarillado de EPM”, con la empresa REDYCO S.A.S., por valor total de $15.141.005.965, incluidas las actas de modificación bilateral. En el numeral 4.2.3 “Procedimiento de Facturación” de las Condiciones Generales – Solicitud de Oferta Técnica y Económica Servicios/Consultoría, del 04/04/2016, para el proceso de contratación en referencia, se indica lo siguiente: “4.2.3. Procedimiento para facturación. Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación: (…) 6. Descripción específica o genérica de los bienes vendidos o servicios prestados, o de la obra ejecutada a pagar. (…) 11. Incluir en el cuerpo de la factura, documento equivalente o cuenta de cobro información relacionada con el acta de trabajo:

Número del acta de trabajo dentro del cual se factura.” Teniendo en cuenta lo antes señalado, el equipo auditor al revisar las facturas que se relacionan en el siguiente cuadro, evidenció que en las facturas 4351 y 4353, su concepto hacen referencia al Acta N°5 y no al Acta de Inversión y de costo N°6, como fue remitida la información, así mismo, se presentó con las facturas 4372 y 4373, que hacen referencia al Acta de Reajuste N°4 y no al Acta de reajuste N°6, como fue remitida dicha información.

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Cuadro 76. Error en el concepto de facturación y mayor pago efectuado.

Fuente: Información remitida por EPM. Elaboró equipo auditor.

De otro lado, se constató que la Factura 4360, que hace referencia al acta de obra inversión N°6, no corresponde con el valor del acta, quedando un faltante por cubrir de $423.771.501, igualmente ocurre, con las facturas 4374 y 4375, que corresponden a las Actas de reajuste N°6, quedando un faltante por cubrir de $903.838. Así mismo, con las facturas 4372 y 4373, que corresponden a las Actas de reajuste N°4, quedando un faltante por cubrir de $6.193.659. En lo que respecta a las facturas 4484, 4485 y 4486 correspondientes a las Actas de reajustes N°7, se presenta un mayor valor pagado de $3.047.102, así mismo, se presenta para la factura 4457, que corresponde al Acta de reajuste alcantarillado N°10, donde se realizó un mayor pago de la misma por valor de $208.248. En razón del proceso auditor adelantado y como lo manifiesta EPM en uno de sus apartes de su respuesta, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, donde indica que: “En el acta de reajustes No 10, se encuentra que se le canceló al Contratista un valor adicional de $208.248, valor que se procederá a descontar mediante el documento de cobro RI-6654818-92 a la empresa Redyco S.A.S., documento que anexamos en copia a esta comunicación. Efectivamente se presenta un error involuntario por parte de EPM, el cual procedemos a corregir inmediatamente mediante el documento de cobro que les anexamos y posteriormente allegaremos al ente de control la prueba documental

Cuenta X

pagar

Fecha de

PagoFactura No. Concepto Valor Base

Total Valor

BaseValor Acta

Valor Total

Acta Diferencia

PV 19060788 1/02/2019 4351 Acta de obra inversión N°5 $ 412.627.134 423.771.503

PV 19060819 1/02/2019 4353 Acta de obra costo N°5 $ 11.144.369

PV 19105791 11/02/2019 4360 Acta de obra inversión N°6 $ 304.187.924 $ 304.187.924 $ 727.959.425 $ 727.959.425 -423.771.501

PV 19060956 1/03/2019 4374 Reajuste Alcantarillado N°6 $ 15.229.713 $ 16.569.291

PV 19061010 1/03/2019 4375 Reajuste Alcantarillado N°6 $ 435.740 $ 26.525.986

PV 19105979 1/03/2019 4376 Reajustes acueducto N°6 $ 9.956.695 $ 9.956.695

PV 19060955 1/03/2019 4372 Reajuste Alcantarillado N°4 $ 5.893.678 $ 0 $ 0 -6.193.659

PV 19061081 1/03/2019 4373 Reajuste Alcantarillado N°4 $ 299.981 $ 0 $ 0

PV 19062423 27/08/2019 4486 Reajuste Alcantarillado N°7 $ 201.588 $ 601.367

PV 19062425 27/08/2019 4484 Reajuste Alcantarillado N°7 $ 26.446.701 $ 55.949.961

PV 19062424 27/08/2019 4485 Reajuste Alcantarillado N°7 $ 32.348.774

PV 19108953 27/08/2019 4483 Reajustes acueducto N°7 $ 601.367

PV 19062119 16/07/2019 4457 Reajuste Alcantarillado N°10 $ 54.351.111 $ 54.142.863

PV 19108319 16/07/2019 4456 Reajuste Acueducto N°10 $ 15.117.251 $ 15.117.251

-8.545.171Total

903.838

-208.248

$ 56.551.328 -3.047.102

$ 69.260.113$ 69.468.361

$ 423.771.503

$ 25.622.149

$ 6.193.659

$ 59.598.430

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que da cuenta de la aceptación del descuento por parte del contratista y del descuento efectivamente realizado”. Por lo señalado anteriormente, se presenta debilidades de control que no permiten advertir oportunamente el problema presente, generado por la deficiente aplicación de la causación contable, lo que con lleva a una inefectividad en el trabajo y un control inadecuado del proceso de facturación, incumpliendo con ello los procedimientos establecidas en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, al igual que las Condiciones Generales – Solicitud de Oferta Técnica y Económica Servicios/Consultoría, ambos documentos expedidos por EPM, por lo que se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez revisada la documentación soporte remitida por EPM, para el equipo auditor es de recibo la respuesta enviada y levanta la incidencia fiscal, no obstante, ratifica la observación en la connotación administrativa y la configura dentro del informe definitivo como un hallazgo administrativo. En razón del proceso auditor adelantado y como lo manifiesta EPM en uno de sus apartes de su respuesta donde indica que: “En el acta de reajustes No 10, se encuentra que se le canceló al Contratista un valor adicional de $208.248, valor que se procederá a descontar mediante el documento de cobro RI-6654818-92 a la empresa Redyco S.A.S., documento que anexamos en copia a esta comunicación. Efectivamente se presenta un error involuntario por parte de EPM, el cual procedemos a corregir inmediatamente mediante el documento de cobro que les anexamos y posteriormente allegaremos al ente de control la prueba documental que da cuenta de la aceptación del descuento por parte del contratista y del descuento efectivamente realizado”. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). Expuesto lo anterior se presentaría un beneficio cuantitativo valorado en $208.248.

- Cumplimiento del objeto contractual: la calificación obtenida por esta variable fue de 99.2 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, esta variable pretende analizar el comportamiento en la ejecución contractual relacionadas con las modificaciones o variaciones en las cláusulas y condiciones contractuales, la forma de pago y administración de los anticipos, la eficiencia en la asignación de recursos frente a las necesidades a cubrir, y la relación e impacto de

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los resultados obtenidos con la ejecución de sus contratos respecto sus objetivos y metas. Los pagos para la mayoría de los contratos evaluados se hicieron soportados, en lo definido en los pliegos, la respectiva propuesta y en el mismo contrato, lo cual significa que se ajustaron a los valores y cantidades inicialmente pactadas. Se verificó el respectivo recibo a satisfacción y se observó que se cumplió con el objeto establecido en cada contrato, para lograr los fines previstos y satisfacer las necesidades de los usuarios, no obstante, se presentan deficiencias en procedimientos, controles en la supervisión que garanticen cumplimiento favorable en su ejecución contractual, específicamente en cuanto al objeto que es pactado y en los tiempos de cumplimiento de la ejecución de los proyectos. No obstante se detectaron algunas deficiencias en esta variable, las cuales se describen en las siguientes observaciones: Hallazgo 19. (Corresponde a la observación 21 del informe preliminar). Facturación y reconocimiento de gastos que no hacen parte del contrato. Al revisar el contrato CW45049, suscrito con la firma Condugas S.A. – SILAR S.A., cuyo objeto es la construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas, se halló en el informe de gastos indirectos de administración presentado a la Contraloría con corte a diciembre de 2019, un valor de $58.119.600 por concepto de arrendamiento campamento del inmueble ubicado en la calle 28 #87-43/63 piso 1 y 2, y adicionalmente, por este mismo inmueble, la firma CONDUGAS S.A, quien estaba utilizando dicho bien, le pago al Consorcio antes citado un valor de $60.000.000 por arrendamiento, esto último con cargo a los contratos CW53500 y CW35979. La anterior inconsistencia se evidenció al de ser comparadas las facturas que soportan los gastos indirectos de administración del contrato CW45049, además, la relación del concepto arrendamiento que se encuentra en el formato de seguimiento del citado contrato; con las facturas relacionadas del contrato CW53500 y las del contrato CW35979, así mismo, el documento denominado “legalización administración 2019” que tiene ambos contratos y en el contrato de arrendamiento del inmueble. Esta inconsistencia fue corregida posteriormente, retirando esta facturación del informe de gastos indirectos de administración de la vigencia 2019 y fue aceptado dicho ajuste, toda vez que el monto reportado por el contratista Consorcio Condugas S.A.- Silar S.A, como gastos indirectos de administración, es superior al que debía ser legalizado y cubre el ajuste realizado.

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La anterior situación se presenta por falta de control y seguimiento detallado y oportuno por parte de la supervisión de los contratos a los gastos indirectos de administración y va en contravía de lo establecido en el manual para la Gestión Técnica y Administrativa de los Contratos de EPM, por lo cual se define un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Analizada la respuesta a ésta y revisados los soportes entregados como prueba de las acciones adelantadas por el contratista, la mesa de trabajo concluye retirar la incidencia fiscal de la observación, toda vez que se adjuntaron las evidencias con el resumen de los gastos indirectos de administración del contrato CW45049, donde ya no figura la relación de facturas por concepto del arrendamiento del inmueble ubicado en la calle 28 #87-43/63 piso 1 y 2; haciendo énfasis, en que se acepta en estos gastos dicho ajuste, toda vez que el monto reportado por el contratista Consorcio Condugas S.A.- Silar S.A, como gastos indirectos de administración, es superior al que debía ser legalizado y cubre el ajuste realizado. Sin embargo, se infiere en todo este trámite y ejercicio de auditoría, un reproceso producto de la falta de control y seguimiento detallado y oportuno por parte de la supervisión de EPM a los gastos indirectos de administración, por lo cual se ratifica como hallazgo administrativo. Hallazgo 20. (Corresponde a la observación 22 del informe preliminar). Facturación y reconocimiento de gastos que no hacen parte del contrato. Al revisar el contrato CW45049, suscrito con la firma Condugas S.A. – Silar S.A., cuyo objeto es la construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas, se observó por el equipo auditor, que fueron soportados y relacionados en el informe como gastos indirectos de administración de la vigencia 2019, facturas con viajes a la ciudad de Cartagena y Cali y no se evidenció la relación de éstos, con el objeto del contrato. Este hecho fue requerido por la Contraloría a la supervisión del contrato y posteriormente corregido por el Contratista, retirando esta facturación de dichos gastos, toda vez que el monto reportado a legalizar era superior al valor que debía soportado. La inconsistencia antes descrita se evidenció en las facturas que soportan los gastos indirectos de administración del contrato CW45049, y en la relación del concepto tiquetes aéreos que se encuentra en el formato de seguimiento de dicho contrato y en las respuestas de la firma contratista, correos electrónicos del 23 de julio y del 4 de agosto de 2020.

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La anterior situación debió ser requerida oportunamente por los gestores del contrato y se presenta por falta de control y seguimiento a los gastos indirectos de administración y va en contravía de lo establecido en el Manual para la Gestión Técnica y Administrativa de los Contratos de EPM, por lo cual se define un hallazgo administrativo. Nota: esta observación afecta la calificación de la variable “Verificar que la asignación de recursos sea la más conveniente para maximizar sus resultados”. Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez analizados los argumentos presentados por EPM a la observación 22, la mesa de trabajo concluye retirar la incidencia fiscal de la misma, toda vez que se aceptan las justificaciones dadas por los gastos de la cuadrilla que venía de Urabá a cumplir funciones al programa Unidos por el GAS. Igualmente se acepta el retiro de las facturas por tiquetes aéreos de los gastos indirectos de administración porque el monto reportado de dichos gastos es superior al que debía ser legalizado por el contratista. Sin embargo, los argumentos de los viajes a Cartagena y Cali no son aceptados, porque no entregó evidencia que demuestre la relación del objeto del contrato con dichos viajes, situación que debió ser requerida oportunamente por los gestores del contrato, por lo que se mantiene como hallazgo administrativo. Con respecto a la observación 23 definida en el informe preliminar, en la cual se había definido con presunta incidencia fiscal, relacionada con el reconocimiento de gastos sin los soportes necesarios en la ejecución de los contratos CW35979 y CW53500 suscritos con la firma Condugas S.A., de acuerdo con las evidencias entregadas, la CGM decide retirar esta observación del informe final, sin embargo, se enfatiza que estos soportes de legalización no se entregaron oportunamente, pese de haberlos solicitados en varias ocasiones, y solamente con la respuesta al informe preliminar hacen entrega de los mismos, lo que hace que en el desarrollo del proceso auditor, se genere un desgaste y un reproceso innecesario para todas las partes involucradas, producto de la falta de control y seguimiento detallado y oportuno por parte de la supervisión de EPM a los gastos indirectos de administración. Es importante enfatizar que los contratistas como sujetos responsables fiscales tienen obligación de mantener soportes y evidencias que den fe de la destinación de los recursos públicos entregados para que se demuestre que fueron utilizados en el cumplimiento del objeto contractual.

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Hallazgo 21. (Corresponde a la observación 24 del informe preliminar). Gastos de Administración no soportados. Al ser evaluado el contrato CW45041 suscrito con UT. Mejia Acevedo S.A.S. - Comercializadora S&E y CIA S.A., cuyo objeto es la construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas, no se hallaron facturas, cuentas de cobro o documento similar que soporten los gastos indirectos de administración de $468.000.000 de gastos de la oficina central. En respuesta a esta inconsistencia, la Contraloría General de Medellín recibió el correo electrónico el 31 de julio de 2020 de la UT. Mejía Acevedo S.A.S. - Comercializadora S&E y CIA S.A., en el que se adjuntan tres certificado a saber: de la Revisoría Fiscal de la Comercializadora SYE y Cía. S.A., de la Revisor fiscal de Mejía Acevedo S.A.S. y del Representante Legal, la del Contador de la firma Mejía Acevedo S&E; y las facturas 5462 con un concepto genérico de: “costos y gastos administración de 2019” y la factura FCO205174 “gastos oficina central, en todos estos documentos se detalla los rubros del gasto, pero no se adjuntaron los soportes y comprobantes que demuestren tal destinación. Al respecto el Código de Comercio en el Artículo 48 reza: “ARTÍCULO 53. <ASIENTO DE LAS OPERACIONES MERCANTILES - COMPROBANTE DE CONTABILIDAD - CONCEPTO>. En los libros se asentarán en orden cronológico las operaciones mercantiles y todas aquellas que puedan influir en el patrimonio del comerciante, haciendo referencia a los comprobantes de contabilidad que las respalden. El comprobante de contabilidad es el documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual se indicará el número, fecha, origen, descripción y cuantía de la operación, así como las cuentas afectadas con el asiento. A cada comprobante se anexarán los documentos que lo justifiquen”. Y el artículo 207, numeral 4 de citado código establece: “4) Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines;” Subrayas fuera de texto. La falta de soportes fue evidenciada en formato de seguimiento administración del contrato CW45041, en la certificación del 3 de marzo de 2020, firmada por el Contador y Representante Legal de la Unión Temporal y en el correo electrónico recibido de la firma en mención el 31 de julio de 2020 y en la factura 5462 con un

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concepto genérico de: “costos y gastos administración de 2019” y la factura FCO205174 “gastos oficina central. Este hecho transgrede el principio de eficiencia establecido en la Ley 42 de 1993, en un valor de $468.000.000, y es generado por falta de control sobre los gastos indirectos de administración que debe ejercer la supervisión de los contratos, colocando en riesgo los recursos de EPM. Esta observación se determina como administrativa con posible incidencia fiscal valorada en $468.000.000. Nota: esta observación afecta la calificación de la variable “Verificar que la asignación de recursos sea la más conveniente para maximizar sus resultados”. Posición de la Contraloría General de Medellín. Como soportes en la respuesta, fueron entregadas cinco facturas, a saber: la factura 5464 alquiler de equipos de cómputo portátiles, la factura 5463 herramienta menor de segunda equipos de altura y señalización, la factura FCO205143 alquiler CPU y monitores, la factura 5462 con un concepto genérico de: “costos y gastos administración de 2019” y la factura FCO205174 “gastos oficina central”. Las tres primeras facturas son aceptadas toda vez que detallan los elementos suministrados, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las labores del contrato; las dos últimas facturas, además de ser expedidas extemporáneamente, no son de recibo toda vez que no especifican los elementos o servicios suministrados, no se pudo determinar a ciencia cierta el destino de dichos recursos, pues no se entregaron documentos y evidencias que dieran fe de la destinación específica de estos dineros, además de la imposibilidad de verificar los hechos cumplidos, sin mencionar el hecho que las facturas se hacen entre los miembros del consorcio, hechos que se remitirán a la junta nacional de contadores y/o DIAN, para lo de su competencia. De acuerdo con lo anterior, se presenta un hallazgo administrativo con presunta Incidencia fiscal, valorado en $468.000.000. Hallazgo 22. (Corresponde a la observación 25 del informe preliminar). Contrato sin póliza de cumplimiento. Al auditar el contrato CT-2013-002297-A332-R1, firmado con la firma Servicios de Eficiencia Energética SAS, se observó por parte del equipo auditor que dicho contrato fue suscrito sin contar con el debido análisis de riesgos, ni la póliza de cumplimiento y no se halló documento que argumentara la carencia de dicha póliza, teniendo en cuenta que la ejecución de este contrato requiere de personal, equipos, herramientas e inventarios, aspectos

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que deben ser debidamente cubiertos mediante pólizas o garantías. La anterior falencia se evidenció al ser solicitada la información a la supervisión del contrato y en los correos electrónicos del 16, 22 y 31 de julio de 2020, situación que vulnera lo establecido en el numeral 21 del lineamiento 26 de 2018 de EPM. La anterior situación, se presenta por falta de rigurosidad al evaluar los riesgos contractuales y le puede ocasionar a EPM perdidas económicas por tener desprotegido este contrato a través de póliza de seguros. Por lo anterior se define un hallazgo administrativo. Nota: esta observación afecta la calificación de la variable “Verificación y Aprobación Garantía Única y Póliza de Seriedad”. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez analizados los argumentos presentados por EPM, la mesa de trabajo concluye mantener la observación 25, pues no se aportó la evidencia del estudio de riesgos mediante el cual se apoyó EPM para no requerirle pólizas al contratista; por lo tanto se retiró la incidencia disciplinaria y se deja como hallazgo administrativo. La calificación de la variable “Cumplimiento del Objeto Contractual” también se vio afectada por la evaluación realizada a los contratos CT-2018-000978 y CT-2018-000094, para los cuales si bien no se definieron observaciones, si registran algunas deficiencias, las cuales serán objeto de seguimiento en próximas auditorías que realice la CAAF Ambiental. A continuación se describe lo observado. En la revisión del contrato CT-2018-000978, cuyo objeto es aunar esfuerzos técnicos, financieros y administrativos para la terminación de las obras del plan maestro de acueducto y alcantarillado en el municipio de Valdivia, Antioquia, en el marco del Plan Integral Hidroeléctrica Ituango, por un valor de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS M.C. ($1.440.000.000,00), y con un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, fecha de inicio 14 de diciembre de 2018 y terminación 13 de diciembre de 2019, un convenio realizado entre EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P., MUNICIPIO DE VALDIVIA y EMPRESAS PÚBLICAS DE VALDIVIA S.A. E.S.P., a las EMPRESAS PÚBLICAS DE VALDIVIA S.A. E.S.P., le asignan adelantar el proceso de contratación de forma abierta y transparente y el contratista que le adjudicaron la obra fue CONINFRA.

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El objetivo principal de este contrato es contribuir al incremento de la cobertura de servicios eficientes a través de inversiones en infraestructura. Las Empresas Públicas de Medellín EPM pensando en el beneficio que este proyecto aportará para la comunidad de Valdivia, inicia este proceso desde el mes de septiembre de 2016 con la intensión de materializar esos deseos, si bien los hechos de fuerza mayor han sido una de las causas que impidió en tres (3) oportunidades materializar esas obras, no se puede desconocer el incumplimiento de los contratistas. El contratista Coninfra, inició el contrato el 24 de enero 2019 y por situaciones de orden público se suspende el 08 de julio 2019, por un lapso de tiempo aproximado de un mes, debiendo reiniciar labores el 07 de agosto 2019. Cuando al proyecto le faltaba catorce (14) días para su culminación, este convenio es cedido a la firma Consulcon contratista al que el Municipio le otorga un plazo de noventa (90) días para terminar el alcance del proyecto. El contratista Coninfra alcanzó a ejecutar obras por Cuatrocientos dos millones doscientos doce mil ochocientos cuarentaicuatro pesos ($402.212.844) esto equivale al 32.8% de ejecución presupuestal, por su parte el contratista Consulcon, quien aceptó la cesión del contrato alcanzo hacer un acta de cobro por valor de Ciento Veintidós Millones Doscientos Cincuenta y Uno mil Seiscientos Noventa y Ocho pesos ml ($122.251.698),que equivale al 9.98% de ejecución presupuestal, como se puede evidenciar los rendimientos de los contratista no son los mejores, lo que llevo a incumplir el objeto contractual, con una ejecución del 42.7%. En reiteradas ocasiones, se solicita a la Gerente de Empresas Públicas de Valdivia S.A. E.S.P, por parte de EPM., el acta de liquidación y los soportes del Contrato, sin que a la fecha se haya recibido respuesta alguna, esto con el fin de dar cumplimiento a la cláusula 8 “OBLIGACIONES DE EPMVAL”, del citado convenio. EPM procedió a liquidar el convenio, mediante un acta de cierre de cuentas en junio 2020, con el fin de dar cumplimiento al pliego de condiciones, en el que estipula que éste debe ser liquidado a su vencimiento o terminación, dentro de un plazo de seis (6) meses, y EPM procede al cierre de cuentas del convenio. En esta acta de cierre de cuentas, llama la atención la siguiente situación: “De acuerdo con la Interventoría del contrato, las actas de avance de obra relacionadas, no se han aprobado por falta de paz y salvos (de pago de nómina, seguridad social y proveedores), cierre de actas de vecindad, así como las actas de corte de obra y sus memorias con las firmas de las partes, que son documentos soporte que habilitan su cobro”.

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Igualmente, el Secretario de Infraestructura del municipio de Puerto Valdivia, en oficio enviado el 8 de mayo del 2020 al Profesional Ambiental y Social del proyecto Hidroituango, plantea que con el fin de dar liquidación a este convenio, se hace necesario el avalar la información existente y recibida en el proceso de empalme con la anterior administración, y que soporta las decisiones técnicas y financieras tomadas en el desarrollo del convenio y que sobre esta situación se tiene algunas observaciones que se deben aclarar, pues la actual administración no conoció el desarrollo de este contrato, pero es responsable de todas las condiciones técnicas, financieras y legales en las que se recibe la obra, ya que se encontraron las obras y que en los documentos existentes, no se evidencian los soportes de las obras inconclusas y los recursos faltantes por ejecutar. En este sentido, el equipo auditor observa que no se tiene a disposición los documentos idóneos que permitan establecer con claridad las obras ejecutadas por parte de la Administración del municipio de Valdivia, al igual que no se cuenta con soportes de la interventoría, la cual plantea algunos interrogantes con la ejecución de este contrato, en consideración a que no se han aprobado las actas de avance por falta de información, al igual que las actas de corte de obra y de sus memorias, con las firmas de las partes, que son documentos soporte que habilitan su cobro, ante esta situación Empresas Públicas De Medellín E.S.P., municipio de Valdivia y Empresas Públicas de Valdivia S.A. E.S.P., deben dar claridad a estas observaciones presentadas y elaborar el acta de liquidación de acuerdo a la ejecución real de este contrato. Ante la carencia de información consistente sobre lo realmente ejecutado en el contrato y la imposibilidad de desplazamiento al Municipio, es necesario retomar este contrato en un proceso auditor posterior, por lo cual no se emitirá pronunciamiento de fondo respecto a este proceso contractual, sin embargo, es evidente que estamos frente a posibles irregularidades que evidencian incumplimiento a los principios de la gestión fiscal y afectan los recursos públicos de EPM invertidos en este proyecto, siendo estos los motivos de la afectación a la calificación de la variable. En la revisión del contrato CT-2018-000094, con objeto el desmonte, trasporte, adecuación y puesta a punto de los puentes Valdivia y Capitán del PHI, vías de aproximación y montaje del puente para la conectividad del corregimiento la Angelina, en este contrato se definía claramente el objeto contractual, este contrato se ejecutaría en dos etapas , así;

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PRIMERA FASE:- desmonte, transporte, adecuación y puesta a punto de los puentes Capitán y Valdivia SEGUNDA FASE: -la segunda fase tendrá una duración de tres (3) meses y comprende el montaje de un puente colgante metálico y la adecuación de los accesos viales. En la fase de planeación de la contratación, se evaluaron diversos sistemas constructivos de infraestructura existentes en EPM., y se determinó que un puente colgante en estructura metálica permitiría disminuir los costos, el sistema constructivo es más rápido y más práctico, en este sentido se recurriría a desmontar y reinstalar un puente existente de los que se encontraban disponibles (capitán y Valdivia). Transcurrido un mes después de haber iniciado la ejecución del contrato, el equipo de obras principales del proyecto alertó sobre la disponibilidad que se tenía de otro puente ubicado en el área del proyecto llamado el puente Tenche, y se decidió por parte de la Vicepresidencia de Proyectos Generación Energía dar viabilidad al desmonte de este puente, con este cambio se presentaron objeciones por el contratista por los cambios sustánciales en el objeto del contrato, por presentarse obra no prevista, situación que conllevo que el contratista no cumpliera el objeto del contrato (instalar el puente), esto sumado a la situación de la contingencia. Por lo cual es evidente que los cambios en la planeación del objeto contractual llevaron a que la ejecución de este contrato fuera en su fase I del 21.98%. Labores de interventoría y seguimiento: la calificación de esta variable fue de 98.9 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, en este componente se evaluaron los aspectos relacionados con la designación del supervisor, cumplimiento de las funciones ejercidas por cada uno de ellos, seguimiento a los productos y/o servicios que son generados por el contratista, procesos de autorización de pagos, calidad y procedencia de los recibos a satisfacción, verificación de la eficiencia y calidad de los pagos, oportunidad en la entrega de productos y/o servicios y validación de vigencia de las garantías constituidas. El Equipo auditor evidenció que los supervisores fueron designados mediante memorando, acorde a sus funciones dentro de lo establecido por la Gerencia a cargo de los proyectos evaluados y de conformidad con el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, siendo los profesionales universitarios o especializados, los encargados del control y seguimiento, sin embargo, en algunos

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contratos se presentan deficiencias en procedimientos y controles realizados por la supervisión y la interventoría de los proyectos, tal como se detalla en las observaciones siguientes. Hallazgo 23. (Corresponde a la observación 27 del informe preliminar). No entrega de soportes por concepto del factor multiplicador. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron el contrato CT-2014-000364-A1, cuyo objeto es “Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la Iguana, la García, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y Bello. Grupo 2”, con la empresa Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A. Ingetec S.A, por valor total de $12.561.845.166 con IVA, incluidas las actas de modificación bilateral. En el documento de solicitud de ofertas técnicas y económicas a los contratistas clasificados y calificados en los grupos N° 12, 14 y 15 para actividades de “consultoría, interventoría o inspección redes distribución”, “Consultoría, interventoría o inspección interceptores, colectores, túneles” y “consultoría, interventoría o inspección redes recolección”, respectivamente, del PC-2013-004550, revisado mediante el PC-2015-001226, cuyo objeto es “clasificación y calificación de proponentes para la ejecución de actividades de provisión de agua, gestión de aguas residuales, gestión de residuos sólidos y determinación de las reglas para la solicitud de ofertas técnicas, económicas y su evaluación”, se estableció, lo siguiente (página 5): “(…) Este documento contiene las condiciones básicas para la presentación de la oferta. El interesado debe verificarlas completamente y cerciorarse de que no albergan dudas. El hecho de que los interesados no se informen y documenten debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales se contratará, no se considerará como excusa válida para la eventual formulación de posteriores reclamaciones. (subrayado y negrilla por fuera de texto). Con la presentación de la oferta el representante legal o apoderado de la persona jurídica, el representante de la forma asociativa, o la persona natural, según corresponda, manifestará que han analizado todos los documentos del proceso y

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obtenido todas las aclaraciones necesarias sobre los puntos que consideraba inciertos o dudosos. Así mismo, el numeral 2.4 “Aspectos económicos”, del referenciado documento, indica lo siguiente (páginas 16 y 17): 2.4. Aspectos económicos Además de lo previsto en el numeral 4.2 de la Condiciones Generales para la presentación de Oferta Técnica y Económica – Servicios/Consultoría, en este numeral se fijan reglas conforme las cuales deberán atenderse las obligaciones de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el acta de trabajo y para garantizar el cumplimiento de la misma. El oferente debe incluir los costos inherentes a los recursos necesarios para administrar el acta de trabajo, entendiendo por este concepto los requeridos para mantener la disponibilidad de su organización y operación, tales como arrendamientos de bienes inmuebles, pago de nómina, cargas tributarias, servicios públicos, pólizas, el alea normal de ejecución del acta de trabajo y/o costos de contingencia por traslado de riesgos ordinarios, desplazamientos y en general todos los costos que le permitirían mantener condiciones de normalidad en la ejecución de la obra servicios o bienes encomendados. (negrilla y subrayado por fuera de texto). El oferente deberá gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto, cada oferente al estructurar los costos de su oferta deberá tener en cuenta, todos y cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la ejecución de la obra, servicios o bienes encomendados, por lo tanto, para la formulación y la atención de posibles reclamaciones se tendrá en cuenta dicha estructura de costos. 2.4.1. Valor – precios El oferente deberá indicar, en el formulario correspondiente, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems o actividades o entregables, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios. Si se

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presentaren errores aritméticos en la oferta, se harán, por parte de EPM, las correcciones del caso, tomando como definitivos y válidos los precios corregidos. (…) Los precios cotizados por el oferente, en el Formulario 3, deben considerar y contener el pago de los servicios y/o actividades debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones, y deberán comprender todos los gastos necesarios en personal, equipos, transporte, prestaciones sociales, dirección y administración, impuestos, deducciones, retenciones a que haya lugar de acuerdo con la Ley y los demás costos necesarios que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas. De igual forma, el numeral 5.4 “Administración”, del documento citado, donde instruye bajo los siguientes parámetros: 5.4. Administración Constituyen la “administración” del acta de trabajo (contrato) las actividades tendientes a garantizar la debida y oportuna ejecución de los servicios y/o actividades “objeto” del acta de trabajo (contrato), tanto desde el punto de vista técnico como en los demás componentes que determinan el cumplimiento de dicha ejecución. Hará las veces de “Administrador” un servidor o una persona encargada por EPM, quien realizará su labor con base en las atribuciones que aquí se le señalan, las que contemplan las normas legales y técnicas aplicables y los usos y costumbres que en tal tipo de actividades se aplican. 5.4.1. Atribuciones del Administrador y Política de Responsabilidad Social Empresarial. (…) Igualmente, el “Administrador” tendrá la facultad de revisar los libros y documentos con base en los cuales se administran el personal, los recursos y demás bienes involucrados en la ejecución del acta de trabajo (contrato), y cualquier impedimento para ello que surja y sea responsabilidad de ELCONTRATISTA configurará un incumplimiento de su parte. El CONTRATISTA deberá actuar coherentemente con la Política de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), entendida como: “El marco de actuación dentro del cual se desarrollan los objetivos estratégicos del Grupo Empresarial EPM, para contribuir al desarrollo humano sostenible a través de la

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generación de valor social, económico y ambiental, incluyendo temáticas sobre sostenibilidad contempladas en iniciativas locales, nacionales y mundiales. La actuación empresarial socialmente responsable tiene un fundamento ético, a partir del reconocimiento de los impactos que sus decisiones tienen sobre los grupos de interés; está articulada con el Gobierno Corporativo y se gestionará desde el quehacer diario de la empresa y de las personas que la conforman”; y no podrán realizar acciones contrarias a ella”. De acuerdo con lo antes señalado, se solicitó a la funcionaria enlace del proceso auditor y al gestor administrativo de EPM, como se muestra en el siguiente cuadro, mediante correos electrónicos reiterativos, y en oficio 202000002342 del 13 de agosto de 2020 dirigido al Vicepresidente Ejecutivo Proyectos e Ingeniería, toda la información y soportes correspondientes a los componentes registrados por el contratista en el FORMULARIO 3 – Grupo 2 – Parte 2 FACTOR MULTIPLICADOR PROCESO DE CONTRATACIÓN PC-2016-000653. Cuadro 77. Reiteración Solicitud de Información Factor Multiplicador CT-2014-000364-A1.

Elaboró: Equipo auditor.

Así mismo, el gestor administrativo remitió oficio 20200130086800 (0257) del 8 de junio de 2020, a la Empresa contratista INGETEC S.A.S., en el que le hace mención a lo siguiente: “De acuerdo con el radicado No. 20200120133956, Ingetec se niega a atender lo solicitado por EPM a través del comunicado 20200130075133, en el cual se solicita entregar la discriminación del componente de Administración causado en la ejecución del contrato CT-2014-000364-A1, entregando los soportes y cifras de este para la vigencia 2019. Esto con el fin de atender lo solicitado por la Contraloría General de Medellín en el marco de la Auditoría Regular Vigencia 2019 y en aplicación de la Circular No. 02 del 18 de junio de 2019…”

CONTRATO FECHA CORREO ELECTRÓNICO FUNCIONARIO EPM

26/03/2020 [email protected] CRUZANA SUAREZ MORENO

30/03/2020 [email protected] CRUZANA SUAREZ MORENO

06/05/2020 [email protected] CESAR MAURICIO MUÑOZ CASTAÑEDA

20/05/2020 [email protected] CESAR MAURICIO MUÑOZ CASTAÑEDA

27/05/2020 [email protected] CESAR MAURICIO MUÑOZ CASTAÑEDA

04/07/2020 [email protected] CESAR MAURICIO MUÑOZ CASTAÑEDA

CT-2014-000364-A1

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De igual forma, el gestor administrativo envía oficio 20200130152514 (0257) del 13 de agosto de 2020, a la Empresa Contratista INGETEC S.A.S., y en el cual hace referencia a lo siguiente: “…A la fecha, Ingetec solo ha entregado los soportes de nómina y aportes a la seguridad social y parafiscales. Del balance realizado de los pagos realizados versus los soportes con los que se cuenta, se concluye que hasta el acta 49, se tiene sin soportes un valor total de dos mil trescientos cincuenta y cuatro millones doscientos noventa y nueve mil novecientos treinta y dos pesos ($2.354.299.932), tal como se muestra en la siguiente tabla resumen, por cada uno de los componentes del factor multiplicador, donde las cifras en negativas y en rojo, corresponden a los sumas que requieren el respectivo soporte…” Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. de acuerdo con los argumentos planteados en su respuesta a la observación formulada, remitida mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, hace referencia a que: “(…) Del balance efectuado de los pagos realizados hasta el acta 40 con corte al 31 de diciembre de 2019, de acuerdo con los soportes de nómina y de pagos de seguridad social y parafiscales entregados a la auditoria a través de correos electrónicos del 12 de junio de 2020, y adicionalmente el certificado del revisor fiscal, el cual certifica que el valor de los gastos administrativos en los años 2017, 2018 y 2019 que le corresponden al Proyecto Cuencas Rodas, Piedras Blancas, el Salado y la Iguaná es de $2.024.119.876,00 (Dos mil veinticuatro millones ciento diecinueve mil ochocientos setenta y seis pesos m/cte), se obtiene un valor sin soporte de $535'543,647…” Del balance efectuado por EPM frente a los valores pagados en el contrato y los valores soportados por el contratista se da una diferencia de $35.543.647, y de la cual EPM indica que: “Dinero que en principio será retenido y/o descontado al contratista de las sumas que EPM le adeude, en el caso que no se entreguen soportes adicionales, teniendo como sustento, no solo la solicitud efectuada por la Contraloría, sino también la Circular 002 del 18 de junio de 2019, expedida por el citado órgano de control”, en su respuesta también señala que los valores relacionados en la observación 4 están incluidos en los $35.543.647. En virtud de lo expuesto, y de conformidad con la respuesta remitida por EPM, en la cual se está reconociendo que existe un valor de $35.543.647 que a la fecha no ha sido soportado por el contratista, e indica además en su respuesta que descontará al contratista el valor no soportado de las sumas que le adeuda; además,

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teniendo en cuenta que aún existe el riesgo de no realizar el descuento o no presentar los soportes correspondientes por parte del Contratista con respecto a estos gastos, lo que puede conllevar a una pérdida del recurso público y a un incumplimiento de las disposiciones generales, vulnerando con ello el principio de la gestión fiscal de eficiencia establecido en artículo 8 de la ley 42 de 1993, se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal tasado en $11.841.502, valor que resulta de descontar los $23.702.145 de la observación 4 de los $35.543.647 del presente hallazgo. Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez analizada la respuesta remitida por EPM, con ocasión a la observación formulada por este Organismo de Control Fiscal es preciso indicar lo siguiente: Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. de acuerdo con los argumentos planteados hace referencia a que: “(…)

Del balance efectuado de los pagos realizados hasta el acta 40 con corte al 31 de diciembre de 2019, de acuerdo con los soportes de nómina y de pagos de seguridad social y parafiscales entregados a la auditoria a través de correos electrónicos del 12 de junio de 2020, y adicionalmente el certificado del revisor fiscal, el cual certifica que el valor de los gastos administrativos en los años 2017, 2018 y 2019 que le corresponden al Proyecto Cuencas Rodas, Piedras Blancas, el Salado y la Iguaná es de $2.024.119.876,00 (Dos mil veinticuatro millones ciento diecinueve mil ochocientos setenta y seis pesos m/cte), se obtiene un valor sin soporte de $535'543,647…” Del balance efectuado por EPM frente a los valores pagados en el contrato y los valores soportados por el contratista se da una diferencia de $35.543.647, y de la cual EPM indica que: “Dinero que en principio será retenido y/o descontado al contratista de las sumas que EPM le adeude, en el caso que no se entreguen soportes adicionales, teniendo como sustento, no solo la solicitud efectuada por la Contraloría, sino también la Circular 002 del 18 de junio de 2019, expedida por el citado órgano de control”. Por lo que, se está reconociendo que existe un valor de $35.543.647 que a la fecha no ha sido soportado por el contratista, y se allega certificado del Revisor Fiscal de la Empresa Ingetec, REV/FISC/278-20 del 16 de septiembre de 2020, del valor de

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los gastos de administración en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato por valor de $2.024'119.876. Así mismo, EPM manifiesta que descontará al contratista el valor no soportado de las sumas que le adeuda. En virtud de lo antes señalado, el equipo auditor la ratifica y la configura dentro del informe definitivo en un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal tasado en $11.841.502, valor que resulta de descontar los $23.702.145 de la observación 4 de los $35.543.647 del presente hallazgo, toda vez, que existe aún el riesgo de no realizar el descuento o no presentar los soportes por parte del contratista. En el evento en el que EPM allegue a este Organismo de Control Fiscal, la recuperación de los recursos no soportados, una vez se encuentre firme el informe, tendrá un periodo de 30 días calendario, antes de ser traslado a la Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal, se levantará la incidencia fiscal y se convertirá en un beneficio cuantitativo. De otro lado, con el proceso auditor, se obtuvo un beneficio cualitativo en la verificación de la inversión de los recursos públicos destinados a los gastos del Factor Multiplicador. Hallazgo 24. (Corresponde a la observación 29 del informe preliminar). Inadecuado control y seguimiento por concepto de gastos de administración. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P, suscribieron contratos tanto de obra pública, como de interventoría y cuyas condiciones particulares y generales establecieron las siguientes consideraciones: “(…) Este documento contiene las condiciones básicas para la presentación de la oferta. El interesado debe verificarlas completamente y cerciorarse de que no albergan dudas. El hecho de que los interesados no se informen y documenten debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales se contratará, no se considerará como excusa válida para la eventual formulación de posteriores reclamaciones. (Subrayado y negrilla por fuera de texto). Con la presentación de la oferta el representante legal o apoderado de la persona jurídica, el representante de la forma asociativa, o la persona natural, según corresponda, manifestará que han analizado todos los documentos del proceso y

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obtenido todas las aclaraciones necesarias sobre los puntos que consideraba inciertos o dudosos. Así mismo, el numeral 3.3. “Aspectos económicos”, del referenciado documento, indica lo siguiente (páginas 19 y 20): 3.3. Aspectos económicos Además de lo previsto en el numeral 4.5 de la Condiciones Contratación Bienes y Servicios, en este numeral se fijan reglas conforme las cuales deberán atenderse las obligaciones de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el acta de trabajo y para garantizar el cumplimiento de la misma. El oferente debe incluir los costos inherentes a los recursos necesarios para administrar el acta de trabajo, entendiendo por este concepto los requeridos para mantener la disponibilidad de su organización y operación, tales como arrendamientos de bienes inmuebles, pago de nómina, cargas tributarias, servicios públicos, pólizas, el alea normal de ejecución del acta de trabajo y/o costos de contingencia por traslado de riesgos ordinarios, desplazamientos y en general todos los costos que le permitirían mantener condiciones de normalidad en la ejecución de la obra servicios o bienes encomendados. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). El oferente deberá gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto, cada oferente al estructurar los costos de su oferta deberá tener en cuenta, todos y cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la ejecución de la obra, servicios o bienes encomendados, por lo tanto, para la formulación y la atención de posibles reclamaciones se tendrá en cuenta dicha estructura de costos. Valor - precios “El oferente deberá indicar en el campo disponible para el formulario de precios, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems solicitados, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse. (…)

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Todos los costos que se deriven del cumplimiento de las normas de seguridad para ejecutar los trabajos, y de las especificaciones para la gestión ambiental y social según lo establecido en el Anexo técnico, se entienden incluidos en la oferta. El CONTRATISTA deberá discriminar todos los costos en los que incurra por los conceptos anteriormente descritos de acuerdo a los formatos solicitados en el anexo técnico. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). Al preparar su oferta, el oferente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto de Renta, Estampilla Universidad de Antioquia y el de Industria y Comercio, entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley y las disposiciones normativas aplicables. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas, de ser el caso, así como la indemnización que corresponda cuando se dé por terminado el contrato laboral sin justa causa. Lista de actividades, ítems y precios unitarios En el Formulario de precios el oferente deberá señalar el valor unitario incluyendo AU de cada uno de los ítems que allí aparecen. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, en caso de no incluirse ningún valor se procederá de acuerdo con las reglas de subsanabilidad contempladas en esta solicitud de ofertas. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el oferente quiera incluirlos, EL CONTRATANTE se reserva el derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario incluyendo AU y el resultado corregido que EL CONTRATANTE encuentre.” De igual forma, el numeral 6.3 “Supervisión del contrato”, del documento citado, donde instruye bajo los siguientes parámetros: (página 39) 6.3. Supervisión del contrato Constituyen la supervisión del contrato las actividades tendientes a garantizar la ejecución del objeto contratado y la oportuna ejecución de las obras, tanto desde el punto de vista técnico y administrativo como en los demás componentes que determinan el cumplimiento de dicha ejecución. Realizaran las actividades de supervisión los servidores designados para el efecto por EL CONTRATANTE, quien

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desempeñará su labor con base en las atribuciones que aquí se le señalan, las que contemplan las normas legales y técnicas aplicables y los usos y costumbres que en tal tipo de actividades se aplican. La supervisión será realizada por la persona natural o jurídica contratada para tal fin por EL CONTRATANTE. El supervisor, para la realizar sus actividades puede contar con auxiliares o personal Adicional. 6.3.1. Atribuciones del supervisor y Política de Responsabilidad Social Empresarial (…) Igualmente, el “Administrador” tendrá la facultad de revisar los libros y documentos con base en los cuales se administran el personal, los recursos y demás bienes involucrados en la ejecución del acta de trabajo (contrato), y cualquier impedimento para ello que surja y sea responsabilidad de ELCONTRATISTA configurará un incumplimiento de su parte. El CONTRATISTA deberá actuar coherentemente con la Política de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), entendida como: “El marco de actuación dentro del cual se desarrollan los objetivos estratégicos del Grupo Empresarial EPM, para contribuir al desarrollo humano sostenible a través de la generación de valor social, económico y ambiental, incluyendo temáticas sobre sostenibilidad contempladas en iniciativas locales, nacionales y mundiales. La actuación empresarial socialmente responsable tiene un fundamento ético, a partir del reconocimiento de los impactos que sus decisiones tienen sobre los grupos de interés; está articulada con el Gobierno Corporativo y se gestionará desde el quehacer diario de la empresa y de las personas que la conforman”; y no podrán realizar acciones contrarias a ella”. De igual forma, el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM, establece la obligación del gestor administrativo de realizar vigilancia, medición y control de las actividades, obras, servicios o entrega de bienes objeto del contrato.

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De otro lado, bajo los mismos parámetros antes descritos, el numeral 43 “ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LOS CONTRATOS” del LINEAMIENTO GERENCIA GENERAL 2018-LINGG-26, expedido por EPM en enero 04 de 2018 “Lineamientos y Reglas de Negocio del proceso de Contratación”, hace referencia a lo siguiente: “43. ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LOS CONTRATOS La administración y supervisión de los contratos comprende la vigilancia, la medición y el control del cumplimiento del objeto y de su alcance, acorde con lo establecido en la solicitud de ofertas, en el documento de condiciones de solicitud de oferta, o en los acuerdos logrados en los casos de negociación directa, según corresponda, y las respectivas especificaciones dadas y acordadas para su desarrollo, de tal manera que se cumplan los requerimientos y expectativas de la entidad en su calidad de contratante. La administración y gestión de los contratos se llevará a cabo acorde con lo previsto en el manual expedido para el efecto por la Gerencia Cadena de Suministro o quien haga sus veces”. De acuerdo con lo anterior, se evidenciaron deficiencias en la planeación de la ejecución de los recursos, en las deducciones y retenciones de ley, seguimiento y control por parte de los gestores administrativos e interventoría, que conllevan riesgos en el cumplimiento de las responsabilidades asignadas por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. a sus funcionarios y a los contratistas, en aplicación de las normas citadas dispuestas por la Empresa y a lo preceptuado en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y los principios de gestión fiscal contemplados en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, haciendo que existan debilidades de control por parte de EPM, que no permiten advertir oportunamente el problema, generando con ello un uso ineficiente de recursos, un incremento de costos en el valor del contrato, permitiendo una mayor utilidad al contratista y un incumplimiento de las disposiciones generales establecidas por el contratante, por lo tanto, se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín. Una vez analizada la respuesta enviada por EPM, si bien, como lo manifiestan y lo soportan se ha venido adelantando acciones de mejora en los procesos de contratación y en el Manual de Gestión Administrativa, para el equipo auditor la observación se ratifica y se configura dentro del informe definitivo en un hallazgo administrativo.

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Hallazgo 25. (Corresponde a la observación 31 del informe preliminar). Mayor valor pagado por actividades contratadas. Al evaluar los pagos del contrato CW13947 con Servicios Ambientales y Geográficos S.A. – SAG, cuyo objeto es “Monitoreo y actividades ambientales en las centrales de generación energía”, se encontró un mayor valor pagado al contratista por $57.092.961 correspondiente a dos actividades contratadas, lo cual evidencia falencias o debilidades en las labores de supervisión, vigilancia y control por parte de la gestora técnica designada a este contrato y ausencia de controles o poca efectividad de los existentes para evitar que este tipo de situaciones se presenten. En las condiciones particulares para la solicitud de ofertas se incluyeron dos actividades globales que hacen parte del valor del contrato, se trata de la "TRADUCCIÓN AL INGLÉS DE INFORMES DE LA GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DE LAS CENTRALES" con un presupuesto máximo asignado de $30.000.000, y la compra de imágenes de satélite para el "MONITOREO DE LA DINÁMICA DEL RÍO PORCE DESPUÉS DE CASA DE MÁQUINAS PORCE III" con un presupuesto estimado de $75.000.000. No obstante este presupuesto, EPM estableció que pagaría estas dos actividades como un reembolso de gastos mediante la presentación de una cuenta de cobro por parte del contratista, la cual debía traer anexas las facturas que soportaban los servicios expedidas a nombre de EPM, previa recepción de la interventoría a entera satisfacción; se dispuso además que EPM reconocería al contratista el 6% por concepto de administración sobre estos ítems. Lo anterior significa que para el pago de las dos actividades mencionadas, el contratista SAG debía presentar a la supervisión del contrato las facturas de los proveedores seleccionados por las partes para prestar estos servicios, previa evaluación de mínimo tres (3) cotizaciones del mercado, requisito a partir del cual EPM reembolsaría al contratista los valores cobrados por los terceros más un reconocimiento del 6% por administración. No obstante, al revisar las actas de calidad y los valores causados y efectivamente pagados por estas dos actividades, el equipo auditor encontró que los pagos se realizaron por el valor teórico estimado presupuestalmente por EPM para estos ítems y no por el valor real de las facturas, es decir, se pagaron dos (2) traducciones por el valor presupuestal inicialmente estimado en $20.000.000 (a la fecha de la auditoría faltaba una traducción más por pagar) y tres (3) imágenes satelitales por $75.000.000, sin tener en cuenta las facturas de los proveedores de estos servicios, cuyos valores resultaron estar por debajo de lo presupuestado por EPM. Como

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consecuencia de esta forma de pago se omitió de paso el reconocimiento al contratista del 6% por administración. Por esta omisión en los controles y gestión de riesgos, al contratista se le desembolsaron $57.092.961 más de lo que realmente costaron estas actividades, recursos que gracias a las acciones y alertas del equipo auditor fueron recuperados constituyéndose un Beneficio de Control Fiscal en el ejercicio de auditoría. Si bien Empresas Públicas de Medellín se rige por el derecho privado, en la práctica, es responsable de dar cumplimiento a los principios y normas que sustentan la gestión contractual y fiscal. La situación detectada vulnera el principio fiscal de eficiencia, contradice lo establecido en los artículos 83 “Supervisión e Interventoría Contractual” y 84 “Facultades y Deberes de los Supervisores y los Interventores” de la Ley 1474 de 2011 y representa un incumplimiento de las obligaciones definidas por la misma entidad en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los Contratos y lo señalado en el numeral 5.5 “Interventoría” de las Condiciones Particulares para Solicitud de Ofertas. En el numeral 2.4 del citado manual EPM precisa que “La gestión administrativa y técnica de los contratos está orientada por los principios que rigen la contratación y tiene como finalidad garantizar el cumplimiento del objeto contratado en las condiciones pactadas entre las partes”. De acuerdo con lo anterior, el equipo auditor considera que el hecho en cuestión vulnera los principios:

“Controlar: las personas que realizan la gestión de los contratos deben adelantar una labor de inspección, asesoría, supervisión, verificación y evaluación, planeada y ejecutada de manera permanente en las diferentes etapas del desarrollo del contrato, para comprobar si la ejecución se ajusta a lo pactado por las partes o si se requiere tomar alguna medida para asegurar el cumplimiento del mismo. Prevenir: consiste en tomar medidas frente a los errores o fallas que puedan presentarse durante la ejecución del contrato, para impedir que se desvíe el objeto del contrato o su finalidad y que se incumplan las obligaciones contractuales adquiridas. Verificar: se cumple con la medición, control y vigilancia en la ejecución del contrato, para lo cual se deberá revisar continuamente el nivel de cumplimiento de las obligaciones contractuales y de ser necesario, aplicar los correctivos, exigiendo el cumplimiento de lo pactado y procurando solucionar los conflictos que surjan entre las partes”.

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Así mismo, dentro de las numerosas responsabilidades establecidas en dicho manual para la gestión técnica de los contratos, la Contraloría observó falencias en la ejecución de las siguientes actividades relacionadas con la situación identificada: Actividades de la Gestión Técnica (Contratos de Obra, Servicios y Consultoría): “Liquidar periódicamente de acuerdo con lo estipulado en el contrato, el avance de los trabajos, las cantidades de los productos y/o servicios recibidos a satisfacción. Elaborar el acta de obra o servicios ejecutados y enviarla a la gestión administrativa del contrato, para su seguimiento financiero”; así mismo, “Gestionar la generación de la sub-orden para la aprobación y ordenación del pago del jefe respectivo y posterior recibo, así como el control de la ejecución presupuestal en el sistema que los soporte”. El hecho registrado refleja que existen debilidades al interior del proceso, especialmente con la liquidación de las actas de obra o servicio, la generación de las subórdenes y la aprobación de los pagos sin la verificación previa por parte del área técnica de los requisitos y obligaciones establecidas; pero además, indica que los controles existentes no son efectivos para detectar posibles errores o riesgos antes de que se materialicen y ocasionen afectaciones a la entidad. Los auditores reconocen la complejidad de este contrato y las dificultades de la gestora técnica para hacer un seguimiento total en tiempo real, debido a la cantidad de actividades contratadas y el número de instalaciones intervenidas, pero en empresas donde se manejan, administran y ejecutan recursos públicos el control debe ser aún más estricto y cuidadoso para evitar riesgos de fraude o corrupción y posibles detrimentos patrimoniales. Al analizar las causas que pudieron contribuir a que esta situación se presentara, el equipo auditor considera que tal vez no hay suficiente claridad sobre las responsabilidades y el alcance de las funciones asignadas a los gestores técnicos; es probable que la persona encargada de esta supervisión no cuente con conocimientos actualizados sobre los procedimientos administrativos, financieros y legales establecidos al interior del proceso de contratación o no posea la experiencia necesaria en el objeto contratado; por tratarse de un contrato tan complejo, es factible que esté sobrecargada de tareas, lo cual limita su disponibilidad para atender todos los frentes y obligaciones del contrato; eventual desconocimiento de las condiciones, requisitos y especificaciones consagradas en los documentos que reglamentan el contrato; y por último, posibles vacíos en la estructuración de los pliegos. De todas maneras, corresponde a la dependencia responsable de EPM identificar las verdaderas causas que originaron esta situación para definir y aplicar los correctivos pertinentes.

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Finalmente, la inconsistencia detectada puede conducir a la materialización de riesgos de fraude o corrupción y a la lesión del patrimonio público de la Entidad por autorizar un pago indebido. Por todo lo expuesto anteriormente, y teniendo en cuenta que los recursos pagados en exceso fueron recuperados por la Entidad, se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín De acuerdo con la respuesta entregada por la Unidad Ambiental y Social Generación Energía de EPM donde manifiestan que se acepta la observación administrativa y, en consecuencia, procederán a realizar el respectivo Plan de Mejoramiento, el equipo auditor de la Contraloría General de Medellín ratifica la situación detectada constituyéndose un hallazgo administrativo. Hallazgo 26. (Corresponde a la observación 32 del informe preliminar). Inicio de ejecución de contrato sin la respectiva acta. Al evaluar el contrato CW55300 con la firma Constructora Duran Ocampo S.A., cuyo objeto es: “Mantenimiento y adecuación de infraestructura en transmisión y distribución”, se observó que la ejecución del contrato se inició sin contar con la respectiva acta de inicio, requisito indispensable para comenzar el desarrollo del objeto contractual. Este hecho se evidencia en el acta de obra ejecutada N° 1, que comprende el periodo que va desde el 18 de mayo de 2019 hasta el 20 de junio de 2019, mientras el acta de inicio del contrato tiene fecha del 6 de junio de 2019; esto significa que entre el 18 de mayo y el 6 de junio se ejecutaron obras sin la respectiva orden de inicio. Lo anterior transgrede el Pliego de Condiciones (PROCESO DE CONTRATACIÓN 2016-000952) el cual define en el Artículo 5.1. “Cumplidas las obligaciones referentes a la formalización del contrato, EPM, a través del servidor competente y por escrito, dará la orden de inicio para la ejecución de los servicios, obras y/o actividades objeto del contrato. La fecha fijada como de inicio será el punto de partida para contabilizar el plazo de ejecución del contrato.” El hecho referido, obedece a debilidades en las labores de Interventoría, quien debe controlar los recursos y garantizar el cumplimiento de los requisitos legales para el inicio del objeto contractual. En consecuencia, las labores de interventoría para este caso, no garantizaron la oportuna ejecución de los servicios, obras y/o actividades objeto del contrato, tanto desde el punto de vista administrativo como

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en relación con los demás componentes que determinan el cumplimiento de dicha ejecución. Este hecho se constituye en un incumplimiento de las labores de supervisión en relación con el Cumplimiento de las Cláusulas Contractuales y en relación con el Cumplimiento de Funciones de interventoría y/o supervisor; igualmente afecta la legalidad a la luz del cumplimiento de la normatividad aplicable a la etapa precontractual. Por todo lo expuesto anteriormente, se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín En respuesta a la observación 32, EPM argumenta que durante el período comprendido entre las fechas 17 de mayo y 6 de junio de 2019, no fueron ejecutadas labores del contrato CW55300, y además aporta como evidencia una imagen de un acta de “Memorias de Cantidades de Obra” con período de corte del 06 de junio a 20 de junio de 2019, evidencias que no demuestran que sean ciertas y que pueden llevar a incurrir en error al equipo auditor. Toda vez que, verificada la información del contrato CW55300 dispuesta en el aplicativo Ariba, se encontró en la carpeta Seguimiento subcarpeta Información Financiera en las Actas, el Acta 01 donde se evidencia que si existió ejecución de obra entre el 18 de mayo hasta 06 de junio de 2019, tal como puede observarse en los soportes “Memorias de Cantidades de Obra” contenidos en los archivos: SOPORTE ACTA 01 (51 páginas), SOPORTE ACTA 01 transmisión (32 páginas) y SOPORTE ACTA 01 transmisión1 (22 páginas), las cuales cuentan con el visto de la interventoría y del contratista. Adicionalmente, el equipo auditor puso en conocimiento de esta irregularidad a la Gestoría Administrativa del contrato, mediante correo electrónico del 10 de julio de 2020 y del cual se recibió respuesta del señor Omar Egidio Tapiero Urrego el 13 de julio de 2020, el que reza así: “Dando respuesta a su solicitud; informamos que, desde el inicio de cada contrato se acuerdan entre las partes las fechas de corte por acta hasta la terminación de los mismos, la cual en el caso del contrato CW21859 era hasta el 20 agosto de2019. Teniendo en cuenta que fue necesario dar terminación anticipada para el día 4 de junio de 2019 por presupuesto, no se actualizo oportunamente las fechas de cortes de actas al inicio del contrato CW55300 por la premura del tiempo, dado que es un contrato de tracto sucesivo y se dio prioridad a la atención de las actividades en campo; sin embargo, posteriormente dichas fechas fueron actualizadas.”

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Teniendo en cuenta los anteriores hechos y evidencias, la mesa de trabajo no encuentra justificación para retirar la observación, por lo tanto, se confirma como hallazgo administrativo. Con relación a las observaciones 33 y 34 presentadas en el Informe Preliminar, aunque las explicaciones surtidas por EPM fueron de recibo por parte del equipo auditor, toda vez que se allegaron los soportes documentales, la Contraloría General de Medellín hace un llamado a la Empresa, para que en su sistema de información documental, incluya este tipo de documentos, pues son fundamentales para la labor de auditoría y se evitarían reprocesos que afectan la eficiencia en la gestión administrativa tanto de EPM como del órgano de control. Hallazgo 27. (Corresponde a la observación 35 del informe preliminar). Pago de facturas con base de cálculo de la TRM incorrecta. En la ejecución del contrato CW31419 suscrito con la empresa ABB Ltda., se pagó un mayor valor por los bienes facturados por valor de $92.257.948, correspondientes a los ítems 2, 3, 4, 22 y 23 asignados en la Puja 2., lo que contradice lo establecido en las condiciones particulares de contratación descrito a continuación: 5.4.1 Cobertura del riesgo cambiario. Si bien los proveedores pueden cotizar en dólares americanos y ese precio debe ser fijo, el valor del contrato deberá ser estimado en pesos colombianos utilizando una tasa de referencia TCo si la entrega se realiza en Almacén General (bienes nacionales o nacionalizados), o el valor del contrato y la facturación podría ser en dólares americanos si la entrega se realizase FOB por parte de un no residente cambiario. Por otro lado, en caso de que la entrega fuese en el Almacén General por parte de un Residente Colombiano, la facturación se realizará en pesos colombianos de acuerdo con la siguiente descripción: 5.4.1.1. Negociación de precio con banda fija en pesos. Ante escenarios de revaluación y devaluación, esta estrategia establece una tasa fija en pesos que será sujeta a modificación solo cuando la tasa de cambio en el mercado se desvíe de la tasa inicialmente pactada en los rangos establecidos por la metodología. Además, consigue con altas probabilidades, anclar el precio de la adquisición de equipos y mitigar el riesgo que se ha identificado y que se genera

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por la cotización en moneda extranjera pagadera en pesos colombianos, disminuyendo la posible volatilidad. En este caso el responsable de la contratación debe definir la Tasa de Cambio Fija de Negociación del contrato y los umbrales, como se establece más adelante. Estas bandas y la tasa fija de negociación se actualizarán en cada presentación de oferta económica, las cuales están definidas según la siguiente descripción. 5.4.1.2 Tasa de Cambio Fija de Negociación (TCo). Será la tasa de cambio promedio de los últimos 30 días calendario a la fecha de cierre de presentación de las ofertas económicas. Para el dólar, la tasa de cambio oficial será la tasa representativa de mercado (TRM) publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia. 5.4.1.3 Umbrales máximo y mínimo de negociación. El umbral máximo en el que se debe actualizar la tasa fija del contrato será la tasa de cambio resultante de aplicar un incremento del 10% a la Tasa de Cambio Fija de Negociación. Umbral máximo = TCo*110% El umbral mínimo en el que se debe actualizar la tasa fija del contrato será la tasa de cambio resultante de aplicar una disminución del 10% a la Tasa de Cambio Fija de Negociación. Umbral mínimo= TCo*90% 5.4.1.4 Actualización de precios. La tasa de liquidación de las subórdenes y facturación se realizará siempre a la tasa fija pactada, a menos que la TRM del día de la realización de la suborden de compra se encuentre por fuera de la banda definida por los umbrales máximo y mínimo del contrato. En el caso en que la TRM se ubique por fuera de la banda, el área administradora del contrato liquidará la suborden a la TRM de la fecha de realización de la misma. Esta situación se evidenció en el pago de las facturas que se describen en el cuadro 79.

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Cuadro 78. Facturas ítems Puja 2 CW31419.

Fuente: Sistemas de información Ariba y JD Edwards OW. Elaboró equipo auditor.

De acuerdo con lo anterior, si el contratista presenta la factura en pesos, lo debe hacer teniendo en cuenta las consideraciones establecidas en los numerales 5.4.1, 5.4.1.1, 5.4.1.2, 5.4.1.3, 5.4.1.4, de las condiciones particulares de contratación, lo que implica que la TC0, se calculaba con el promedio de TRM del período comprendido entre el 25 de diciembre de 2018 al 23 de enero de 2019, fecha en la que el contratista presentó su propuesta económica para la Puja 2, y con este valor se establecían los umbrales máximo y mínimo, así: TCo = $3.191,95 Tmax = $3.511,1472 Tmin = $2.872,7568 Según lo establecido en las condiciones particulares, 5.4.1.4, la liquidación de las facturas se realizaría a la tasa fija pactada, a menos que en la fecha de realización de la suborden de compra, la TRM se encontrara por fuera de la banda, situación en la que se liquidaría a la TRM del día que se emite la suborden. En este orden de ideas, la liquidación de las facturas FVC145007 y FV145009, se debió realizar a la TCo pactada, pues las TRM para las fechas de emisión de las subórdenes se encontraban dentro del rango establecido, así: Cuadro 79. TRM fecha orden de compra facturas FV145007 y FV145009.

Fuente: Sistemas de información Ariba y JD Edwards OW. Elaboró equipo auditor. Banco de la República.

Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, las facturas FVC145007 y FV145009, se pagaron por un mayor valor así:

FacturaFecha

Factura

Fecha Propuesta

Económica Puja 2

Valor Items

Pactado USDObservaciones

FV145007 22/12/2019 23/01/2019 863.100 Corresponde a los items 2 y 22 de la Puja 2

FV145009 10/12/2019 23/01/2019 975.700 Corresponde a los items 3,4 y 23 de la Puja 2

FacturaFecha

Factura

Fecha

Orden de ompra

TRM

Fecha Orden de CompraOrden

Número de

Suborden

FV145007 22/12/2019 25/11/2019 $ 3.410,77 4T 1064818 OW 250210

FV145009 10/12/2019 22/11/2019 $ 3.440,88 4T 1064820 OW249690

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Cuadro 80. Mayor valor pagado facturas FV145007 y FV145009.

Fuente: Sistemas de información Ariba y JD Edwards OW. Banco de la República. Construcción y calculó: equipo auditor.

La anterior situación se presentó por una mala liquidación del valor de los ítems facturados, toda vez que la propuesta económica de la puja 2 fue en dólares y si la factura se iba a presentar en pesos, se debía liquidar a la tasa de negociación pactada, a no ser que se encontrara por fuera del rango establecido entre la Tmin y la Tmax, que no fue este el caso, lo que genera un mayor valor pagado para los itms 2, 3, 4, 22 y 23 del contrato CW 31419 suscrito con ABB Ltda. Este hecho contravine el principio de eficiencia y se define como un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal valorada inicialmente en $92.257.948, no obstante, el valor definitivo se actualizará con el IPC generado entre la fecha de orden de compra y en la que se haga efectiva la recuperación. Posición de la Contraloría General de Medellín. EPM en su respuesta manifiesta que desde antes de emitirse el informe preliminar por parte de la Contraloría, se procedió a realizar la revisión detallada de la Metodología de Riesgo Cambiario y se identificó que el valor adicional que realmente fue pagado a ABB por concepto de la puja 2 fue de $91’482.671 y no de $92’257.948 como se presenta en este informe, dado que adicionalmente al concepto de IVA también se aplicó a las facturas una retención del 1% por el concepto de Estampilla de la Universidad de Antioquia. También manifiesta EPM en su respuesta, que una vez realizado el análisis, se llegó a un acuerdo con el contratista y es así como el 17 de septiembre de 2020, ABB da autorización a EPM para descontar el mayor valor pagado de la factura FV145792 radicada con el número 20200120256915 por valor de $2.680.281.408. Para recuperar el mayor valor pagado, el proveedor envió la nota crédito NC 11378 por valor de $92’257.947.53 a la cual se le debe descontar el 1% del valor de la estampilla de la Universidad de Antioquia. Se adjuntan a la respuesta los documentos relacionados con la Nota Crédito descrita y la respectiva factura, por lo tanto solicita sea levantada la observación por cuanto con la devolución del dinero se reestablece el patrimonio de la Empresa en la suma indicada.

Factura

Fecha

Propuesta

Económica

Puja 2

Valor Items

Pactado

USD

Tco

Fecha

Orden de

Compra

TRM Fecha

Orden de

Compra

Valor Total Tco

Incluido IVA

Valor Pagado

Incluido IVA

Mayor valor

Pagado

FV145007 23/01/2019 863.100 $ 3.191,95 25/11/2019 $ 3.410,77 $ 3.278.418.787,73 $ 3.321.518.801 $ 43.100.014

FV145009 23/01/2019 975.700 $ 3.191,95 22/11/2019 $ 3.440,88 $ 3.706.121.204,02 $ 3.755.279.138 $ 49.157.934

$ 92.257.948Total

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Para la Contraloría General de Medellín, con corte a la fecha de emisión del presente informe, al no haber sido efectiva la recuperación del dinero, considera que no se han generado los hechos que permitan levantar la observación presentada en el informe preliminar, por lo tanto se define un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal valorada inicialmente en $92.257.948, pues tal como lo establece la Nota Crédito emitida por el contratista, se debe incluir en el valor pagado de más, lo relacionado con el impuesto Estampilla U de A”. Valor que se deberá actualizar con el IPC generado entre la fecha de la orden de compra y el día que se haga la recuperación. No obstante en consideración a que EPM ha realizado las gestiones para recuperar el dinero pagado de más en la ejecución del contrato CW31419 , se determina que si en los 20 días siguientes a la presentación del informe definitivo, la Empresa aporta los soportes que evidencien la recuperación de la totalidad del daño patrimonial causado y cuantificado en el hallazgo fiscal actualizado a la fecha de pago, el ente de control en la fase de cierre de la auditoría regular, mediante acta de mesa de trabajo dejará constancia del hecho, el mismo que será considerado como un beneficio cuantitativo del proceso auditor y se aprobará el no traslado del mismo a la Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal. Hallazgo 28. (Corresponde a la observación 39 del informe preliminar). Incumplimiento de las funciones de los supervisores. En la evaluación de los contratos CT-2017-001472; CT-2013-002297-A469, CT-2018-001381 y CW25709, no se encontraron evidencias de algunos informes de supervisión de acuerdo a la Guía de Control para Interventores de EPM, como los siguientes: No existió el Plan de interventoría. No se observó correspondencia con el contratista solicitando información que considere necesaria para realizar su trabajo. No se evidencia el análisis y administración de los riesgos de cada contrato. No se observa la verificación periódica del tiempo y dedicación de los profesionales de acuerdo con lo establecido en los contratos. Falta de recomendaciones necesarias para una mejor ejecución de los contratos. Falta mantener actualizado el archivo y la documentación soporte de los contratos y su desarrollo en los aplicativos Neón y Ariba. Falta de indicadores y métodos de control o medida para gestionar los procesos, realizar el seguimiento y evaluación y presentar informes de gestión.

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Lo anterior, denota el incumplimiento normativo y la falta de control minucioso a todo el proceso contractual, situación que puede generar pérdidas económicas, falta de controles, problemas en la ejecución y posibles demandas. Este hecho es contrario a la Guía de Control para Interventores de EPM, 3 Responsabilidades del Interventor 3.1 Responsabilidades básicas “Verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas, administrativas, financieras y legales del contrato, así como dejar constancia escrita de dicha verificación y en general de todas sus actuaciones”, y al Artículo 83. Ley 1474: SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA CONTRACTUAL. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados, para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos; configurándose en un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín. De acuerdo a los argumentos y evidencias presentadas por EPM, relacionadas con el incumplimiento de algunas actividades en el proceso de supervisión de los contratos, se observa que a pesar de que relacionan algunas evidencias, no se refleja los planes de interventoría, análisis de riesgos, verificación periódica del tiempo y dedicación de los profesionales de acuerdo con lo establecido en el contrato, indicadores y métodos de control, de acuerdo con la Guía de Control para Interventores de EPM, entre otros documentos, por lo cual se mantiene la observación y se define como hallazgo administrativo.

- Liquidación de contratos: el resultado obtenido durante la verificación, de esta variable fue de 99.2 puntos, correspondiente a un concepto de gestión Eficiente, situación que se presenta como consecuencia de la verificación de la liquidación de los contratos, conforme a lo estipulado en la minuta del contrato. El Equipo auditor evidenció que se dio parcialmente cumplimiento a la cláusula pactada en la minuta de los contratos, que hace referencia a la liquidación de los mismos, presentándose las siguientes deficiencias en esta variable:

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Hallazgo 29. (Corresponde a la observación 37 del Informe Preliminar). Error en la elaboración del acta de liquidación del contrato por la interventoría. En el contrato CT-I-2012-000023-R1, para la ejecución del monitoreo de la calidad ambiental del proyecto Ituango, en el balance económico y financiero de la ejecución de este contrato en el acta de terminación y liquidación del contrato, firmada el 23 de mayo del 2019, se registra como valor total facturado por servicios $7.380.085.045 sin IVA, y por reajustes un valor de $425.069.610, para un valor total sin IVA de $7.813.154.655. Cuadro 81. Detalle de facturas contrato CT-I-2012-000023-R1.

Fuente. Elaboró equipo auditor.

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En la revisión de las diferentes facturas con sus soportes se evidencia que existe error en la elaboración del acta de liquidación, al registrar en las facturas 68, 69, 70 y 71, el valor de estos servicios y reajustes con el IVA incluido dando el resultado anteriormente citado de $7.813.154.655. El equipo auditor al corregir los valores de estas facturas con el IVA descontado encuentra que las sumas registradas en el acta de liquidación, debieron ser: el valor por prestación es $7.232.210.603 y por reajustes $425.605.638, para un valor total ejecutado sin IVA de $7.657.816.241, arrojando una diferencia de $155.338.414 en el resultado de esta acta de liquidación, de acuerdo al cuadro 82. Los errores presentados en el acta de liquidación, evidencian la falta de controles por parte del interventor en la elaboración del acta de liquidación del contrato al no registrar coherencia en los valores cancelados, en el sentido que se registra como si se hubiera cancelado un mayor valor al contratista en la suma de $155.338.414, aclarando que no se canceló este mayor valor y fue un error al registrar los valores con IVA, presentando errores en esta liquidación, lo que evidencia debilidad en los controles establecidos por parte de la interventoría el realizar el acta de liquidación de acuerdo a lo realmente pagado, debiendo establecer los controles necesarios para que no se generen posibles errores en la elaboración de esta, conforme a lo establecido en el Decreto 2015-DECGGL-2090 de septiembre 11 de 2015, por medio del cual se expiden los lineamientos asociados a la contratación de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. artículo 65, generándose un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín. No es de recibo por parte del equipo auditor la respuesta dada por el sujeto de control, ya que no se subsana esta debilidad, en el sentido que en la revisión del acta de liquidación con los registros enviados y realizando la respectiva corrección, se presenta un mayor valor registrado en esta acta de liquidación. Por lo tanto, se configura como un hallazgo administrativo. Hallazgo 30. (Corresponde a la observación 38 del informe preliminar). Falta de suscripción del acta de terminación. En la revisión del contrato CT-2015-001745, con objeto contractual, realizar los estudios, diseños, monitoreo y otras actividades socio-ambientales requeridas durante la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Ituango, el cual inicio el 21 de septiembre del 2015, después de sus respectivas modificaciones define como plazo de finalización el 19 de septiembre de 2019; a la fecha de revisión de este contrato en el mes de julio de 2020, trascurridos 7 meses después, se solicitó el acta de terminación del contrato, para

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dar cumplimiento a lo definido en el pliego de condiciones en el artículo 6, numeral 6.1 de terminación del contrato donde define: “En el caso del literal a) anterior, las partes suscribirán un “Acta de Terminación” del contrato que dé cuenta de la culminación de la relación contractual. En ella se dejará constancia de los aspectos que las partes deseen formalizar por escrito y se declarará la satisfacción y cumplimiento de los derechos y obligaciones mutuas”.

En esta acta se acordarán los ajustes, revisiones, reconocimientos y transacciones a que haya lugar y verificar lo realmente ejecutado, como condición de “paz y salvo” a la que se ha llegado, sin que a la fecha se enviara esta acta de liquidación, incumpliendo lo establecido en el numeral 6.1 del pliego de condiciones, la anterior situación denota incumplimiento en lo definido en el pliego de condiciones, generándose para el equipo auditor un hallazgo administrativo.

Posición de la Contraloría General de Medellín

Es de recibo por parte del equipo auditor la respuesta dada por el sujeto de control, ya que con su respuesta da claridad en cierta forma a la demora en suscripción del acta de terminación, pero no se subsana la debilidad de los controles establecidos en los pliegos de condiciones, en el sentido de elaborar en los seis (6) meses siguientes a la terminación de actividades el documento del acta de liquidación, ya que con esta situación se debió haber realizado las respectivas correcciones en la fecha del acta de liquidación, por lo tanto se mantiene la observación y se define como hallazgo administrativo.

2.2.2 Revisión de la Cuenta. De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este factor, obtuvo un puntaje de 99,4 puntos, para una calificación Eficiente, resultante de ponderar la siguiente variable: Cuadro 82. Calificación Factor Revisión de la Cuenta EPM 2019.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Calidad (veracidad) 1,00 99,4

CUMPLIMIENTO REVISIÓN DE LA CUENTA 1,00 99,4

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

Eficiente

99,4

Calificación

REVISIÓN DE LA CUENTA

Calificación Parcial

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El Artículo 5° de la Resolución 079 de 2019 de la Contraloría General de Medellín, define la Rendición de la Cuenta como el deber legal que tiene todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido. La calificación obtenida en este factor, se fundamenta en que Empresas Públicas de Medellín E.S.P., rindió la información de las operaciones legales, técnicas, contables, financieras, de gestión y resultados de la vigencia 2019, con la calidad exigida por la Contraloría General de Medellín en la citada Resolución. La calidad de la cuenta e informes se evidenció dentro del procedimiento de Auditoría Fiscal, mediante la aplicación de los diferentes sistemas de control fiscal a las operaciones, procesos, proyectos, programas y planes de EPM. Ahora bien, aunque el resultado del ejercicio auditor refleja Eficiencia en la rendición de la cuenta, es importante mencionar que en algunos de los contratos evaluados, se observó una falta de consistencia en los reportes que se toman de lo rendido en gestión transparente, la ejecución de gastos año, el detallado 2019, el valor de los conceptos por proyectos y el total ejecutado, comparado con el costo del proyecto rendido en gestión transparente ítems (total contratos, valor ejecutado, total bruto pagado, cifras en registros y disponibilidades presupuestales) los datos no concuerdan, se detectaron inconsistencias relacionadas principalmente, con la cuantía reportada en el valor inicial, el valor ejecutado o el valor de las adiciones, además de no considerar el valor de los reajustes efectuados, que se deben tener en cuenta para corregir las posibles causas que las originan y para el mejoramiento continuo del proceso de rendición; no obstante, se analizó que dichas diferencias eran representativas y que el aplicativo Gestión Transparente aún presenta inconvenientes, por lo que se concluyó que era pertinente definir observaciones para este factor y son las siguientes: Hallazgo 31. (Corresponde a la observación 40 del Informe Preliminar). Valor errado en la ejecución de contratos en la rendición de la cuenta Febrero 15 de 2020. En los siguientes contratos, auditados por la CAAF EPM 2 Energía, se encontró que el valor reportado en el sistema de Gestión Transparente, no coincide con el valor registrado en los aplicativos Ariba y JD Edwards. Esto contradice lo establecido en la Resolución de Rendición de cuentas 079 de 2019 de la Contraloría General de Medellín en su Capítulo V, artículo 13, que establece como obligación el registro de todos los pagos y eventos ocurridos en los contratos ejecutados en el período de rendición. Situación evidenciada al cotejar en el proceso auditor la

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información reportada en el aplicativo Gestión Transparente con la registrada en los sistemas de información de EPM. Cuadro 83. Contratos auditados por la CAAF EPM2 con inconsistencias en la información.

Fuente: Sistema de Información Ariba, JD Edwards. Elaboró equipo auditor.

Número

del

Contrato

ObjetoValor Inicial Del

Contrato

Apellido y Nombre

Contratista

CW31419Compra de partes de tercera etapa de turbina de gas

General Electric 7FA. $ 3.460.352.271 ABB Ltda.

CW40493

Estudios, diseños detallados y asesoría para

construcción de la actualización, rehabilitación y

realce de presas de EPM, sus equipos y estructuras

conexas.

$ 1.736.681.878 Quark UP Ltda.

CW39767Diseño, fabricación, suministro, pruebas en fábrica y

entrega de Subestaciones móviles. $ 3.519.653.147 Hatch S.A.S.

CW40915 Suministro sistema de diferenciales de barras. $ 792.938.176 Tecnofuegos S.A.S.

CW34977

Consultoría para diseños, estudios técnicos y

estudios ambientales asociados a la ejecución de

proyectos de expansión, remodelación o

modernización de infraestructura eléctrica de EPM.

$ 2.932.606.988 Ethos Energy Power

Plant Services, LLC

CW45175Mantenimiento y adecuación de infraestructura en

transmisión y distribución. $ 2.558.837.594

Mechanical Dynamics

y Analysis LLC

CW36489Mantenimiento y adecuación de infraestructura en

transmisión y distribución. $ 3.105.974.267 Ingetec S.A.S.

CW26613 Suministro de luminarias con tecnología LED. $3.162.779.340,39 Siemens S.A.

CW23981 Suministro cables de cobre. $3.045.463.581,50 Siemens S.A.

CW13726 Suministro cables de cobre. $4.146.037.339,00Hmv Ingenieros

Ltda.

CW21859 Suministros de aluminio. $ 2.800.000.000 Constructora Durán

Ocampo S.A.

CW77923 Suministros de aluminio. $ 4.100.000.000 Constructora Durán

Ocampo S.A.

CW45264

Prestación de servicios para el desarrollo técnico,

ambiental y legal de la Central Hidroeléctrica

Espíritu Santo, proyecto de generación de 550 - 750

MW que actualmente adelanta el contratante.

$ 1.811.800.000 Roy Alpha S.A.

CW23153

Compra de futuros activos destinados a la

transmisión de energía, proyecto de Interconexión El

Salto - Amalfi - La Cruzada 110 KV, ubicado en

jurisdicción de los municipios de Amalfi, Anorí y

Remedios del departamento de Antioquia.

$ 21.705.136.357 Nexans

Colombia S.A.

CW23164

Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y

científicos entre EPM y la Universidad de Antioquia

para la implementación de la gestión integral de la

biodiversidad entendida como el proceso por el cual

se planificarán, ejecutarán y monitorearán acciones

de conservación en las áreas de interés de

Generación Energía.

$ 12.459.895.009 Centelsa S.A.

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Continuación Cuadro 83. Contratos auditados por la CAAF EPM2 con inconsistencias en la información.

Fuente: Sistema de Información Ariba, JD Edwards. Elaboró equipo auditor.

Lo anterior se origina por un mal registro de la información remitida por las diferentes áreas para ser consignada en el sistema Gestión Transparente, lo que genera subestimación o sobreestimación en las cifras y falta de confiabilidad en la información y se configura como un hallazgo administrativo. Posición Contraloría General de Medellín Una vez analizada la respuesta por parte de EPM, el equipo auditor ratifica la observación toda vez que si bien es cierto, la entidad corrigió la información relacionada con los contratos mal rendidos, esta corrección se realizó después de que la Contraloría detectara las inconsistencias relacionadas, por lo tanto, se la configura dentro del Informe Definitivo como un hallazgo administrativo. Hallazgo 32. (Corresponde a la observación 41 del Informe Preliminar). Deficiencia en la rendición de la cuenta CAAF EPM 3 Aguas. Dentro del proceso auditor, se validó la pertinencia y calidad de la información rendida en la plataforma Gestión Transparente en lo que respecta al seguimiento a la contratación suscrita

Número

del

Contrato

ObjetoValor Inicial Del

Contrato

Apellido y Nombre

Contratista

CT-2015-001913 Mantenimiento ambiental en los embalses de EPM. $ 16.112.177.713 Centelsa S.A.

CT-2015-001914Monitoreo y actividades ambientales en las

centrales de generación energía. $ 28.832.375.755

Hengtong Optic

Electric Co Ltda.

CT-2013-002561Estudios ambientales para proyectos eólicos en la

Guajira.$4.760.418.340

Hmv Ingenieros

Ltda.

CT-2015-001455 Suministro de reconectadores trifásicos de 15KV. $30.954.828.396Generadora Luzma

S.A.S. E.S.P.

CT-2017-001714

Solución de simulación genérica de alta-fidelidad

embebido, para el proceso termodinámico de la

Central Térmica La Sierra.

$9.234.939.707Universidad de

Antioquia

CW16074Mantenimiento Ambiental en los Embalses de EPM

$2.061.802.378Corporación

Horizonte Azul

CW13947

Monitoreo y actividades ambientales en las

centrales de generación energía $5.923.055.025

Servicios Ambientales

y

Geográficos S.A.

CW18999Estudios ambientales para proyectos eólicos en la

Guajira$4.388.693.707 Fundación Ecósfera

CW35677 Suministro de Reconectadores Trifásicos de 15KV $7.881.709.964 Celsa S.A.S.

CW69705

Solución de simulación genérica de alta-fidelidad

embebido, para el proceso termodinámico de la

Central Térmica La Sierra.

$1.465.747.365

Worldwide Engineering

Solutions Team West

S.A.S.

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por EPM a 31 de diciembre de 2019, pudiendo identificar que las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. reportó inconsistencia en los valores de los contratos de Aguas y Saneamiento Básico, lo que dio lugar a una modificación en el programa de auditoría y a la selección de la muestra de contratos a evaluar durante el proceso auditor. Lo anterior, se constituye en una deficiencia en la rendición de la cuenta por parte de EPM, al no verificar ni revisar los reportes generados a la Contraloría General de Medellín y a la comunidad, contraviniendo lo establecido en la Resolución 079 del 12 de junio de 2019, la cual reglamenta la Rendición y Revisión de la Cuenta. Así mismo, retrasos por parte de los funcionarios a cargo de la entrega de la información solicitada por el Ente de Control, para el normal desarrollo del proceso auditor que se venía adelantando. Por otro lado, en la verificación realizada a la relación de los contratos adjudicados, se constató que, en los contratos de obra pública, consultoría e interventoría, no se integra el valor de reajustes dentro del costo total del contrato, generando con ello que los reportes de los valores correspondientes a los compromisos (contratos) no son los realmente reportados, dando lugar a una subestimación del valor del contrato para evaluar. Las deficiencias identificadas en la rendición, dan cuenta de las irregularidades en la calidad de la información reportada por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., lo que induce a equivocaciones por parte del Ente Fiscalizador ante los Organismos de Control de mayor jerarquía a los cuales se les rinde la información suministrada por los sujetos de control, en lo que respecta a la contratación suscrita por éstos, así mismo, retrasos en los tiempos de ejecución del proceso auditor adelantado por la Contraloría General de Medellín, por lo que se configura un hallazgo administrativo, sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 101 de la Ley 42 de 1993. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez analizada la respuesta por parte de EPM a la observación formulada, el equipo auditor la ratifica y la configura como un hallazgo administrativo. Hallazgo 33. (Corresponde a la observación 42 del Informe Preliminar). Calidad de Información de la rendición de la cuenta CAAF Ambiental. En la rendición de la cuenta e informes que fueron presentados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en las fechas y formatos establecidos a la Contraloría General

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de Medellín. En la verificación de la calidad de la información se encontró que el contrato No CT-2018-000978, con objeto aunar esfuerzos técnicos, financieros y administrativos para la terminación de las obras del plan maestro de acueducto y alcantarillado en el municipio de Valdivia, Antioquia, en el marco del plan integral hidroeléctrica Ituango, y el contrato N° CT-2018-001382, con objeto aunar esfuerzos técnicos, financieros y administrativos para la terminación de las obras del plan maestro de acueducto y alcantarillado en el municipio de Valdivia, los formatos de la rendición en la columna de valor ejecutado en la vigencia, se registró para el primero un valor de $1.417.669.258, debiendo ser por $541.375.972 y para el segundo se registró una ejecución de $58.815.514 siendo por valor de $714.464.542, con lo que se evidencia debilidades en el registro de la información pertinente y actualizada de la rendición de la cuenta que no permiten advertir los valores reales, dando lugar a la presentación de informes inexactos, incumpliendo la Entidad lo establecido en la Resolución 079 de 2019, en cuanto a la calidad de la información; generándose un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín No es de recibo por parte del equipo auditor la respuesta dada por el sujeto de control, ya que con su respuesta, da la razón a la observación planteada por este ente de control, en el sentido que la entidad no está registrando la información pertinente y actualizada de la rendición de la cuenta que no permiten advertir los valores reales, dando lugar a la presentación de informes inexactos y desconociendo la labor que ejecuta la Contraloría General de Medellín al registrar información inexacta. Se configura en hallazgo administrativo. 2.2.3 Legalidad. La evaluación consistió en la verificación del cumplimiento del marco legal y normativo aplicable a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., que involucró entre otros, las operaciones financieras, administrativas y económicas adelantadas por la Empresa. Este factor desarrolló la legalidad financiera y la legalidad de gestión. Como resultado de la evaluación realizada se obtuvo una calificación de 97,0, equivalente al Cumplimiento de la Normatividad, resultante de ponderar las siguientes variables:

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Cuadro 84. Calificación Factor Legalidad.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

- Legalidad Financiera: la evaluación de la legalidad financiera de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. obtuvo una calificación de 96,3 puntos, lo que indica que la Empresa cumplió con las normas contables, presupuestales y tributarias, obteniendo un concepto de cumplimiento de la normatividad. Cuadro 85. Calificación Legalidad Financiera.

Fuente. Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

En el cumplimiento de normas contables, la calificación se vio afectada principalmente porque se presentaron deficiencias, como se puede apreciar en el Informe de Evaluación del Componente Financiero – vigencia 2019, en: el cumplimiento de políticas contables para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos de acuerdo con el marco normativo que le corresponde aplicar, (Ver hallazgo 1. Clasificación incorrecta indemnización por cobrar a Mapfre, no se cumplió lo estipulado en la nota 2.2 Clasificación de activos y pasivos en corrientes y no corrientes). Asimismo, en políticas de inversión, planes de negocios y planes financieros (ver hallazgos 2 y 3, vulneración política de inversión del mismo informe). Adicionalmente, otras relacionadas con el cumplimiento de: La Resolución No. 743 de 2013 y sus modificaciones, mediante la cual se incorpora como parte integrante de Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Financiera 0,40 37,4

De Gestión 0,60 59,5

CUMPLIMIENTO LEGALIDAD 1,00 97,0

Cumplimiento de la Normatividad

Cumplimiento de la

Normatividad

Calificación Parcial

93,6

99,2

Calificación

LEGALIDAD

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Cumplimiento Normas Contables internas y externas de

acuerdo a la naturaleza juridica de la entidad.90,5 0,50 45,3

Cumplimiento Presupuestal de acuerdo a las normas

internas y externas que rigen la entidad93,3 0,25 23,3

Cumplimiento Normas Tributarias aplicables a la entidad. 100,0 0,25 25,0

1,00 93,6CUMPLIMIENTO LEGALIDAD

LEGALIDAD FINANCIERA

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dispuesto en el Anexo del Decreto Nacional No. 2784 de 2012 (modificado por el Decreto No. 2615 de 2014) aplicable a las entidades definidas en el artículo segundo de dicha resolución. La Resolución No. 193 del 5 de mayo de 2017, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del régimen de contabilidad pública el procedimiento para la evaluación del control interno contable, estándares internacionales definidos en la NIIF plenas, aplicables a la Empresa, y La Resoluciones 170 de 2017 y 079 de 2019 de la Contraloría General de Medellín, relacionadas con la rendición de la cuenta. Se evaluó el cumplimiento de otras normas, entre las cuales se destacan: Ley 1314 de 2009, por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. Resolución No. 117 de 2016 y sus modificaciones, mediante la cual se incorpora como parte integrante de Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores o que Captan o Administran Ahorro del Público y se define la estructura del Catálogo General de Cuentas que se utilizará para el reporte de información financiera de las entidades obligadas a observar dicho Marco Normativo. Estándares Internacionales definidos en la NIIF plenas, aplicables a la Empresa. Ley 142 de julio 11 de 1994, por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

En el cumplimiento de normas presupuestales: se evaluó lo estipulado en la Constitución Nacional. TITULO XII, CAPITULO 3, Artículos 345 al 355 y Jurisprudencia Corte Constitucional, Leyes Orgánicas de Presupuesto: Decreto Nacional 115 de 1996, Ley 617 de 2000 y Ley 819 de 2003. A nivel Territorial municipio de Medellín, lo estipulado en el Estatuto Orgánico del Presupuesto: Decreto 006 de 1998 (Acuerdos 52 de 1995 y 38 de 1997); 49 de 2008 y 2 de 2009. Disposiciones Generales del Decreto Anual de Presupuesto y Decreto de Liquidación, Decretos de la Junta Directiva de 2017, por medio del cual se aprueba y modifica el presupuesto de EPM para la vigencia fiscal 2019, Decretos de la

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Gerencia, por medio del cual se desagrega el presupuesto de EPM para la vigencia fiscal 2019, entre otras.

En el cumplimiento de normas tributarias, se evaluó lo estipulado en el Estatuto Tributario Nacional y Estatuto Tributario Municipal.

- Legalidad de Gestión: incluye la evaluación de la legalidad en la gestión contractual, ambiental y administrativa. Cuadro 86. Calificación Legalidad de Gestión.

Fuente: Matriz de la Gestión Fiscal EPM vigencia 2019.

Legalidad Gestión Contractual: se verificó el cumplimiento del marco constitucional y legal, específicamente la observancia de los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal, el artículo 209 de la Constitución Política, el Código Civil, la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”, la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, la Ley 828 de 2003, el Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, Decreto 1273, el Estatuto Tributario, Decreto 362 de septiembre 2 de 2014 mediante el cual se expiden, por parte de la Junta Directiva, las normas generales de contratación de EPM, las cuales deben ser objeto de reglamentación e implementación a través de “Lineamientos Generales y Reglas de Negocio”, asociados al ciclo Suministros de Bienes y Servicios y algunos procesos donde EPM actúa en calidad de contratante, el primer decreto que se expidió en la reglamentación de dichos lineamientos fue el 2090 de 2015, el cual fue derogado por el Decreto Lineamiento 2018-Lingg-26, de enero 04 de 2018, “Lineamientos y Reglas de Negocio del proceso de Contratación” y demás normas aplicables a la contratación suscrita por las Empresas Públicas de Medellín. Como resultado de la evaluación realizada se obtuvo un puntaje de 99,0. La calificación está sustentada en el incumplimiento de la Ley 1607 de 2012, Decreto 1828 de 2013, el Decreto 1273 de 2018, en cuanto se encontraron debilidades en el cumplimiento de los aportes a la seguridad social en la estructuración de los estudios previos y en el seguimiento y control a la certificación

PonderaciónPuntaje

Atribuido

Contractual 0,65 64,3

Ambiental 0,30 30,0

Administrativa 0,05 4,9

1,00 99,2

99,0

100,0

97,5

SUB TOTAL LEGALIDAD OTROS FACTORES

LEGALIDAD DE GESTIÓN

LEGALIDAD DE GESTIÓN

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del pago de los aportes a la seguridad social, y parafiscales, los cuales no cumplen con el precepto normativo. Igualmente, en materia de seguimiento, el Lineamiento 2018-Lingg-26, de enero 04 de 2018, “Lineamientos y Reglas de Negocio del proceso de Contratación” en su numeral 43 el cual dice “La administración y supervisión de los contratos comprende la vigilancia, la medición y el control del cumplimiento del objeto y de su alcance, acorde con lo establecido en la solicitud de ofertas, en el documento de condiciones de solicitud de oferta, o en los acuerdos logrados en los casos de negociación directa, según corresponda, y las respectivas especificaciones dadas y acordadas para su desarrollo, de tal manera que se cumplan los requerimientos y expectativas de la entidad en su calidad de contratante. La administración y gestión de los contratos se llevará a cabo acorde con lo previsto en el manual expedido para el efecto por la Gerencia Cadena de Suministro o quien Haga sus veces” En consecuencia en la evaluación de la contratación llevada a cabo por el equipo auditor con relación al numeral anterior, se presentaron deficiencias en el cumplimiento de los deberes y obligaciones que corresponden a los gestores administrativos o supervisores e interventores de acuerdo a lo reglamentado en el manual expedido para el efecto por la Gerencia Cadena de Suministro, y se observó incumplimiento de los términos pactados en cuanto a la verificación de los requisitos exigidos dentro de las condiciones particulares o solicitudes de oferta en algunos de los contratos suscritos. En cuanto a una posible vulneración al principio de eficiencia de la gestión fiscal, establecido en la Ley 42 de 1993, esta se evidenció en los diferentes hallazgos formulados y planteados en el presente informe. Con respecto al cumplimiento del Lineamiento 2018-Lingg-26, de enero 04 de 2018, “Lineamientos y Reglas de Negocio del proceso de Contratación” en su numeral 6 el cual dice “Publicidad de la actividad contractual” esta se gestionó mediante la publicación de la información correspondiente en el sistema de información corporativo (TE CUENTO), sin perjuicio de las reservas que por disposición legal se tengan que efectuar. Sin embargo, se presentó un incumplimiento en la publicación oportuna de los documentos que soportan los procesos contractuales en el aplicativo del SECOP I y II, toda vez que, de acuerdo con los reportes generados, no existe evidencia de la publicación por parte de Empresas Públicas de Medellín de sus procesos contractuales; se tiene como antecedente que EPM tiene proceso de demanda en lo que respecta a la obligatoriedad de la publicación en este aplicativo, exigido por el Gobierno Nacional.

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Por esta razón, al criterio relacionado con la publicación de los procesos en el SECOP no fue tenido en cuenta para la asignación de calificación en la matriz de gestión fiscal. A continuación, se presentan los resultados obtenidos en cuanto a la legalidad de gestión en lo contractual: Hallazgo 34. (Corresponde a la observación 43 del Informe Preliminar). Mayor costo por concepto de Salud, ICBF y SENA. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron contrato CT-2014-000364-A1, cuyo objeto es “Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la Iguana, la García, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y Bello. Grupo 2”, con la empresa Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A. - Ingetec S.A, por valor total, incluidas las actas de modificación bilateral, de $12.561.845.166 IVA incluido. En el documento de Solicitud de ofertas técnicas y económicas a los contratistas clasificados y calificados en los grupos N° 12, 14 y 15 para actividades de “consultoría, interventoría o inspección redes distribución”, “Consultoría, interventoría o inspección interceptores, colectores, túneles” y “consultoría, interventoría o inspección redes recolección”, respectivamente, del PC-2013-004550, revisado mediante el PC-2015-001226, cuyo objeto es “clasificación y calificación de proponentes para la ejecución de actividades de provisión de agua, gestión de aguas residuales, gestión de residuos sólidos y determinación de las reglas para la solicitud de ofertas técnicas, económicas y su evaluación”, se estableció en numeral 1.1. “Información General”, de las Condiciones particulares (página 4), lo siguiente: “Teniendo en cuenta el resultado obtenido en el proceso de contratación PC-2013-004550, revisado mediante el proceso PC-2015-001226, cuyo objeto es “Clasificación y calificación de proponentes para la ejecución de actividades de provisión de agua, gestión de aguas residuales, gestión de residuos sólidos y determinación de las reglas para la solicitud de ofertas técnicas, económicas y su evaluación”, en el cual se definieron los acuerdos de disponibilidad técnica para los Grupos N° 12, 14 y 15 para actividades de “Consultoría, interventoría o inspección redes distribución”, “Consultoría, interventoría o inspección interceptores, colectores, túneles” y “Consultoría, interventoría o inspección redes recolección”,

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respectivamente, se solicita la presentación de oferta técnica y económica para la “Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas La Iguaná, La García, Rodas, Piedras Blancas y El Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador Centro y Norte, Yulimar y Bello.”, para lo cual los contratistas deberán considerar: a. El acuerdo de disponibilidad técnica firmado entre las partes b. Las condiciones expresadas en el presente documento c. Las leyes colombianas aplicables d. Las normas de contratación vigentes para EPM e. Las demás normas de rango legal o reglamentario pertinentes f. Las Condiciones Generales Solicitud Oferta Técnica y Económica— Prestación de servicios consultoría…” (Negrilla por fuera de texto) De acuerdo con lo antes señalado, en el numeral 2.1.3.3. Certificaciones de la solicitud de ofertas PC-2016-000653 (páginas 14-15), se indica al contratista lo siguiente: “2.1.3.3. Certificaciones Certificación de pago de los aportes a la seguridad social, y parafiscales. En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, y el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003, relacionados con los aportes a la SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y PARAFISCALES (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena), los interesados en participar en los procesos de suministro de bienes y servicios deberán cumplir con la siguiente obligación: Las PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES deberán aportar en la(s) oferta(s), certificado que acredite estar a paz y salvo con el pago de dichos aportes; expedido por el Revisor Fiscal (si la empresa cuenta con revisoría fiscal), o en su defecto por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del acta de trabajo. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. (…)

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En la siguiente tabla que es indicativa, se presentan las obligaciones mencionadas anteriormente, las cuales pueden sufrir modificaciones de acuerdo con la ley. El proponente y/o contratista deberán prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones durante todas las etapas del proceso de solicitud de ofertas técnicas y económicas y del acta de trabajo. (Subrayado por fuera de texto). Cuadro 87. Aportes en salud, pensiones y en parafiscales.

Fuente: Documento Solicitud de ofertas técnicas y económicas a los contratistas clasificados y calificados en los grupos N* 12, 14 y 15, mayo 2016.

Nota 1: Tener en cuenta lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, sobre exoneración de aportes. (…)” En virtud de las normas citadas y los documentos que hacen parte del proceso contractual, el equipo auditor procedió a la verificación del Factor Multiplicador presentado por la Empresa Interventora en su propuesta económica, donde se evidenció lo siguiente: en el FORMULARIO 3 – Grupo 2 – Parte 2 FACTOR MULTIPLICADOR PROCESO DE CONTRATACIÓN PC-2016-000653, donde se hace la discriminación del Factor Multiplicador, específicamente en el numeral 2 PRESTACIONES (Expresadas cómo % del SALARIO ORDINARIO), se tuvo en cuenta dentro sus componentes la seguridad social, factores de porcentaje en los ítems 2.5.2 Salud (1.20%), 2.7 SENA (0.34%), 2.8 ICBF (0.40%), valores que le fueron aprobados al contratista por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. al

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momento de la valoración y comparación económica, y de los cuales está exonerado, de acuerdo con la normatividad citada. En consecuencia, se estaría reconociendo al contratista el 1.2% del cual está exonerado, según lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1607 de 20124 y el artículo 7 del Decreto 1828 de 2013 del Ministerio de Hacienda y Crédito y Público. De igual forma, se estaría reconociendo al contratista aportes al SENA y al ICBF en un 0.34% y 0.40% respectivamente, cuando el contratista está exonerado de dichos pagos, según lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 y el artículo 7 del Decreto 1828 de 2013 del Ministerio de Hacienda y Crédito y Público. Una vez analizada la respuesta remitida por EPM mediante oficio 20200130184550 del 21 de septiembre de 2020, con ocasión a la observación formulada por este Organismo de Control Fiscal es preciso indicar lo siguiente: Si bien el contratista presenta los soportes correspondientes y allega el certificado del Revisor Fiscal REV/FISC/280-20 del 16 de septiembre de 2020, del valor pagado por aportes a la seguridad social SALUD, PENSIÓN y ARL y aportes parafiscales CAJA DE COMPENSACIÓN, ICBF Y SENA, en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato por valor de $929.878.713, las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. debe cotejar las propuestas económicas presentadas por los oferentes en todos sus componentes, de tal forma, que se logre verificar el cumplimiento y las disposiciones establecidas en las Condiciones Particulares y Generales de sus procesos de contratación. Es así, como la entidad contratante en la etapa precontractual debía verificar los precios de mercado antes de aceptar la oferta, así como los soportes respectivos al momento de hacer los pagos, pues de lo contrario estaríamos en presencia de un daño patrimonial al estado, por violación a los principios de economía, eficiencia y legalidad. Según el artículo 1498 del Código Civil “El contrato oneroso es conmutativo, cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez;(…)”. Por tanto, en la medida en que el contratista traslada costos no reales a la entidad pública, y ésta los acepta o paga, aquél se está enriqueciendo sin justa causa, ya que está haciendo más costosos los bienes y servicios adquiridos y está realizando una

4 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1607_2012.html

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gestión fiscal contraria a los principios que rigen la misma, sin perjuicio de la violación de normas penales, disciplinarias y tributarias. Por lo antes descrito, la entidad estatal debe asegurarse de ejercer una oportuna y permanente vigilancia de la ejecución contractual, al fin de hacer un adecuado control y seguimiento de los costos del contrato para pagar sólo aquellos que se hayan causado efectivamente, con lo cual se respeta el principio de eficiencia en la gestión fiscal. En virtud de lo expuesto, se genera un incumplimiento de las disposiciones generales en el numeral 2.1.3.3. “Certificaciones” de la solicitud de ofertas PC-2016-000653 y un inadecuado control de los recursos y las actividades que son propias de la Entidad, por lo que se configura un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez analizada la respuesta remitida por EPM, con ocasión a la observación formulada por este Organismo de Control Fiscal es preciso indicar lo siguiente: Si bien el contratista presenta los soportes correspondientes y allega el certificado del Revisor Fiscal REV/FISC/280-20 del 16 de septiembre de 2020, del valor pagado por aportes a la seguridad social SALUD, PENSIÓN y ARL y aportes parafiscales CAJA DE COMPENSACIÓN, ICBF Y SENA, en los que incurrió el contratista en los años 2017, 2018 y 2019, para el desarrollo del contrato por valor de $929.878.713, las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. debe verificar las propuestas económicas presentadas por los oferentes en todos sus componentes, de tal forma, que se logre verificar el cumplimiento y las disposiciones establecidas en las condiciones particulares y generales de sus procesos de contratación. Por lo antes expuesto, el equipo auditor levanta la incidencia fiscal, pero ratifica la observación con connotación administrativa y se configura dentro del informe definitivo en un hallazgo administrativo. Hallazgo 35. (Corresponde a la observación 44 del Informe Preliminar). No pago de la seguridad social bajo los términos de Ley. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., suscribieron contrato CW41099, cuyo objeto es “Implementación del plan de manejo arqueológico para el proyecto Cadena de Occidente”, con la empresa LUIS GUILLERMO LÓPEZ BONILLA, por valor total, incluidas las actas de modificación bilateral, de $ 268.246.463 IVA incluido.

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El artículo 3° de la Ley 797 de 2003 modificatorio del artículo 15 de la Ley 100 de 1993 establece que serán afiliados al Sistema General de Pensiones: "1. En forma obligatoria: Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. Así mismo, las personas naturales que presten directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios, o cualquier otra modalidad de servicios que adopten: los trabajadores independientes y los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales." Respecto a la obligación de cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud de los contratistas personas naturales, el inciso 1° del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, señala que en los contratos en dónde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona natural en favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría, la parte contratante deberá verificar la afiliación y pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud. De esta manera, es claro que en los contratos (sin importar su duración) en donde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona, el contratista deberá estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y la parte contratante deberá verificar la afiliación y pago de aportes, sea cual fuere la duración o modalidad de contrato que se adopte. En lo relacionado con la base y porcentaje de cotización que un contratista debe efectuar a los sistemas de salud y pensiones, debe indicarse que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, mediante Circular 000001 del 6 de diciembre de 2004, en ejercicio de las facultades establecidas en los Decretos 246 de 2004 y 205 de 2003, imparten instrucciones con relación al ingreso base de cotización de los contratistas afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Siendo claro que el ingreso base de cotización a los Sistemas de Salud y Pensiones, es por definición y de manera general, uniforme y si tal como lo señaló el artículo 4° de la Ley 797 de 2003, las cotizaciones deben efectuarse con base en el salario o ingresos por prestación de servicios devengados, el ingreso base de cotización tanto para pensiones como para salud de las personas naturales

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vinculadas al Estado o al sector privado, mediante contratos de prestación de servicios o cualquier otra modalidad de servicios que adopten debe corresponder a estos ingresos devengados, por tanto, las bases de cotización deben ser iguales. En segundo término, señaló que al efectuar el examen de nulidad, el honorable Consejo de Estado mantuvo la vigencia del inciso final del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, por lo que en los contratos de vigencia indeterminada, el ingreso base de cotización es el equivalente al 40% del valor bruto facturado en forma mensualizada, razón por la cual, en aplicación del principio de analogía, que halla su justificación en el principio de igualdad, y según el cual, los seres y las situaciones iguales deben recibir un tratamiento igual, dicho porcentaje debe hacerse extensivo a los contratos de vigencia determinada. De igual forma, el artículo. 3.2.7.1 del Decreto 1273 de 2018, establece que: "Título 7 Retención y Giro de los Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los Trabajadores Independientes con contrato de Prestación de Servicios Personales. Artículo. 3.2.7.1 Ingreso Base de Cotización (lBC) del trabajador independiente con contrato de prestación de servicios personales. El ingreso base de cotización (IBC) al Sistema de Seguridad Social Integral del trabajador independiente con contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante corresponde mínimo al cuarenta por ciento (40%) del valor mensualizado de cada contrato, sin incluir el valor total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando a ello haya lugar. En ningún caso el IBC podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente ni superior a 25 veces el salario mínimo mensual legal vigente. (Negrilla y subrayado por fuera de texto) Cuando por inicio o terminación del contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante resulte un periodo inferior a un mes, el pago de la cotización al Sistema de Seguridad Social Integral se realizará por el número de días que corresponda. El Ingreso Base de Cotización (lBC) no podrá ser inferior a la proporción del salario mínimo mensual legal vigente. En los contratos de duración y/o valor total indeterminado no habrá lugar a la mensualización del contrato. En este caso los aportes se calcularán con base en los valores que se causen durante cada periodo de cotización”. Así mismo, en el numeral 2.2.3. “Certificación de pago de los aportes a la seguridad social integral y parafiscales” del documento CONDICIONES PARTICULARES SERVICIOS- CONSULTORIA CRW33724, del 13/09/2018, se indica lo siguiente: (página 7)

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“2.2.3. Certificación de pago de los aportes a la seguridad social integral y parafiscales En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, y el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 o las normas que las modifiquen o complementen, relacionados con los aportes a la SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y PARAFISCALES (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena), los invitados a participar en la solicitud de ofertas para la contratación de bienes y servicios deberán cumplir con la siguiente obligación: Las PERSONAS NATURALES deberán acreditar el pago de los aportes a la seguridad social integral, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003; inciso 1° del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, Ley 1753 de 2015 artículo 135, o las normas que las modifiquen o complementen, esto es aportes para la seguridad social integral. Si tiene trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago de aportes a la seguridad social integral por éstos, así como de los parafiscales antes señalados. En la siguiente tabla que es indicativa, se presentan las obligaciones mencionadas anteriormente, las cuales pueden sufrir modificaciones de acuerdo con la ley. El oferente y el contratista deberán prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones durante todas las etapas de la solicitud de ofertas y del contrato. (…) Nota 2: Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo deberán afiliarse en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante. (Artículo 13, literal a) numeral 5 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 2 de la Ley 1562 de 2012 concordado con el Decreto 0723 de 2013 artículo 5). (…) La Afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), también será obligatoria para todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un (1) mes, toda vez que así lo señala la norma. (Negrilla y subrayado por fuera de texto). Por lo tanto, y de acuerdo con lo anterior, teniendo en cuenta que la Empresa Contratista es persona natural, se procedió a verificar las planillas de pago al

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sistema de seguridad social de la misma, donde se evidenció la constancia de pago de ARUS de los meses de diciembre de 2018 a febrero de 2020, y en las cuales se registra un Índice Base de Cotización (IBC) por un valor no superior a $1.000.000, para realizar los pagos correspondientes a salud, pensión y riesgos, como se muestra en el siguiente cuadro, contraviniendo lo prescrito en el artículo 3.2.7.1 del Decreto 1273 de 2018. Cuadro 88. No pago de la seguridad social bajo los términos de Ley, contrato CW41099.

Fuente: Información suministrada por EPM. Elaboró equipo auditor.

Esta situación genera incumplimiento de las disposiciones generales en el numeral 2.2.3. “Certificación de pago de los aportes a la seguridad social integral y parafiscales” del documento CONDICIONES PARTICULARES SERVICIOS- CONSULTORIA CRW33724 y un inadecuado control de los recursos y actividades que son propias de la Entidad, lo que afecta y pone en riesgo el cabal cumplimiento del objetivo perseguido con el proyecto conforme a las especificaciones contratadas, constituyéndose en una vulneración del principio de la gestión fiscal de

Fecha de

PagoValor Base

Factura

No.

Valor Base

Total por

mes

IBC

40%

Pensión

16%

Salud

12,5%

Riesgos

0,5%

IBC

$1.000.000

Pensión

16%

Salud

12,5%

Riesgos

0,5%

Diferencia

Pensión

Diferencia

Salud

Diferencia

Riesgos

Diferencias

Totales

21/01/2019 6.833.520 1$ 6.833.520 $ 2.733.408 $ 437.345 $ 341.676 $ 13.667 $ 1.000.000 $ 160.000 $ 125.000 $ 5.000 -$ 277.345 -$ 216.676 -$ 8.667 -$ 502.688

5/03/2019 6.833.520 3

8/03/20198.273.708

4

29/03/2019 8.273.708 5

7/05/2019 7.269.268 8$ 7.269.268 $ 2.907.707 $ 465.233 $ 363.463 $ 14.539 $ 1.000.000 $ 160.000 $ 125.000 $ 5.000 -$ 305.233 -$ 238.463 -$ 9.539 -$ 553.235

5/06/2019 7.269.268 10$ 7.269.268 $ 2.907.707 $ 465.233 $ 363.463 $ 14.539 $ 1.000.000 $ 160.000 $ 125.000 $ 5.000 -$ 305.233 -$ 238.463 -$ 9.539 -$ 553.235

3/07/2019 7.269.268 13$ 7.269.268 $ 2.907.707 $ 465.233 $ 363.463 $ 14.539 $ 1.000.000 $ 160.000 $ 125.000 $ 5.000 -$ 305.233 -$ 238.463 -$ 9.539 -$ 553.235

2/08/2019 7.269.268 19

16/08/2019 8.273.708 4

5/09/2019 7.269.268 21

19/09/2019 8.273.708 23

3/10/2019 7.269.268 25

7/10/2019 7.000.000 26

7/10/2019 3.250.000 27

7/10/2019 3.250.000 28

7/10/2019 3.250.000 29

18/10/2019 8.273.708 30

18/11/2019 8.273.708 33$ 8.273.708 $ 3.309.483 $ 529.517 $ 413.685 $ 16.547 $ 1.000.000 $ 160.000 $ 125.000 $ 5.000 -$ 369.517 -$ 288.685 -$ 11.547 -$ 669.750

3/12/2019 7.269.268 35

13/12/2019 8.273.708 37

18/03/2019 7.269.268 41

16/03/2019 7.269.268 43

-$ 14.645.743Total

$ 5.815.414

$ 23.380.936

$ 15.542.976

$ 15.542.976

$ 32.292.976

$ 15.542.976

$ 14.538.536

$ 9.352.374

$ 6.217.190

$ 6.217.190

$ 12.917.190

$ 6.217.190

$ 726.927

$ 1.496.380

$ 994.750

$ 994.750

$ 2.066.750

$ 994.750

$ 930.466

$ 1.169.047

$ 777.149

$ 777.149

$ 1.614.649

$ 777.149

$ 1.000.000

$ 46.762

$ 31.086

$ 31.086

$ 64.586

$ 31.086

$ 29.077

$ 1.000.000

$ 1.000.000

$ 1.000.000

$ 1.000.000

$ 1.000.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

$ 160.000 $ 125.000 $ 5.000

-$ 1.906.750 -$ 1.489.649 -$ 59.586

-$ 1.336.380 -$ 1.044.047 -$ 41.762

-$ 834.750 -$ 652.149 -$ 26.086

-$ 834.750 -$ 652.149 -$ 26.086

-$ 2.422.189

-$ 1.512.985

-$ 1.512.985

-$ 3.455.985

-$ 1.512.985

-$ 1.396.470

-$ 834.750 -$ 652.149 -$ 26.086

-$ 770.466 -$ 601.927 -$ 24.077

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eficiencia, por lo que es del caso radicar un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal, tasada en $14.645.743, en los términos definidos en el artículo 8 de la Ley 42 de 1993, y en relación al aspecto disciplinario por el incumplimiento parcial o total en términos de calidad, cantidad y oportunidad de la obligación, sin que al respecto se pronunciara la supervisión o el gestor administrativo y técnico, de conformidad con lo estipulado en el Manual para la Gestión Administrativa y Técnica de los contratos, en el numeral 3.2 “ejecución de contratos”, del numeral 3 “etapas de la administración de un contrato”, expedido por EPM; así mismo, lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez analizada la respuesta enviada por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., el equipo auditor considera que no es de recibo dicha respuesta, toda vez, que de acuerdo con el honorable Consejo de Estado, el cual mantuvo la vigencia del inciso final del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, por lo que en los contratos de vigencia indeterminada, el ingreso base de cotización es el equivalente al 40% del valor bruto facturado en forma mensualizada, razón por la cual, en aplicación del principio de analogía, que halla su justificación en el principio de igualdad, y según el cual, los seres y las situaciones iguales deben recibir un tratamiento igual, dicho porcentaje debe hacerse extensivo a los contratos de vigencia determinada. Por lo tanto, no es en forma de expensas, ni acumulada al valor de un año, sino “valor bruto facturado en forma mensualizada”. De esta manera el equipo auditor ratifica la observación formulada y se configura dentro del informe definitivo en un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal tasado en $14.645.743, y al cual se le dará traslado a los entes responsables para lo de su competencia, incluida la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). En la evaluación de la legalidad de gestión, se encontró además que el contrato CT-2015-001745, en la fecha de revisión en el mes de julio de 2020, trascurridos 7 meses después de terminado el contrato, no se había elaborado el acta de liquidación, con el fin de dar cumplimiento a lo definido en el pliego de condiciones en el artículo 6 numeral 6.1. - Legalidad Gestión Administrativa: para esta evaluación se cuenta con un cuestionario, a efectos de establecer la legalidad de las decisiones tomadas por la

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Empresa en cuanto a incluir en el lineamiento 2018-Lingg-26, de enero 04 de 2018, “Lineamientos y Reglas de Negocio del proceso de Contratación”, el cual contiene las orientaciones y reglas de negocio del proceso de contratación de la Entidad, y en los pliegos de condiciones de algunos contratos, medidas de apremio provisionales; así mismo, el fundamento jurídico y administrativo que soporta el pago por gestiones (global por ítem) y no por costo unitario como se establece en los pliegos de condiciones y las respectivas ofertas; igualmente, se insta a manifestar si es potestativo para la empresa acatar su reglamentación interna, específicamente en lo relacionado con la Guía para la celebración de actas de interacción, transacción e intervención, que fue elaborada con ocasión del Acuerdo de Gobierno CT-2013-002297, suscrito entre EPM y las empresas que integran el grupo EPM, específicamente en cuanto a los referenciamientos de mercado. Con fundamento en las evaluaciones realizadas en el desarrollo de la auditoría y analizadas las respuestas dadas por Empresas Públicas de Medellín, se asigna una calificación de 97,5 puntos. No se levantan observaciones en este aspecto, porque las deficiencias detectadas se ven reflejadas en los diferentes hallazgos definidos en el factor gestión contractual. - Legalidad Gestión Ambiental: se verificó que Empresas Públicas de Medellín hubiera recopilado las normas de carácter ambiental que le son aplicables en su quehacer misional, o que aplican a las diferentes fases de sus proyectos; así mismo que se efectuara seguimiento a la actualización de las mismas y a su cumplimiento; y finalmente, se constató la observancia del acervo normativo ambiental por parte de EPM. En este orden de ideas, se realizó la calificación del Factor Legalidad Ambiental en la Matriz de Evaluación de la Gestión Fiscal, obteniendo un nivel cualitativo de Cumplimiento de la Normativa en materia ambiental de 100 puntos por parte de Empresas Públicas de Medellín E.S.P en 2019. 2.2.4 Gestión Ambiental. En la evaluación de la gestión ambiental realizada por la Contraloría, los resultados obtenidos en la calificación teniendo en cuenta la variable “Gestión de protección, conservación, uso y explotación de los recursos naturales y el medio ambiente” son de 79,4 puntos, en la cual se presentaron deficiencias, las cuales detallamos a continuación:

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Cuadro 89. Calificación Factor Gestión Ambiental 2019 EPM.

Fuente: Equipo auditor.

En la evaluación de la gestión ambiental realizada por la Contraloría, tuvo una calificación de 79,4, con deficiencias, las cuales detallamos a continuación, el análisis partió del estudio de impacto ambiental (EIA) y el plan de manejo ambiental (PMA), el cual contiene el Plan de Contingencia, el Plan de Gestión Social, este último plan, lo ejecuta actualmente la Fundación Codesarrollo, hoy llamada Socya, con un presupuesto inicial de $69.100.000.000, alcance 2011-2020, este contrato fue adjudicado de manera directa, la recomendación de la oferta recayó sobre el Director de Energía (Decreto 1804 de 2011) y la aceptación se realizó de conformidad con el artículo 7, Decreto 1016 del 20 de noviembre de 1998, expedido por el Gerente General de EPM, y firmado por el Subgerente Desarrollo Proyectos Generación Energía, el Director de Energía, el Gerente Generación Energía y el visto bueno del Comité Institucional, situación contraria al código de ética, al principio cuidado de los recursos públicos y al valor de la transparencia fundamental del Grupo Empresarial EPM, hacemos referencia a este hecho en el inicio del Proyecto Hidroeléctrico Ituango como una deficiencia en el Plan de Gestión Social que hace parte del PMA. La génesis de la contingencia data del 28 de abril de 2018, donde se presentó una obstrucción parcial en la Galería Auxiliar de Desviación (GAD), el cual se construyó sin contar con la licencia ambiental, lo que ocasionó el represamiento del agua, aguas arriba de la presa y la disminución de la misma aguas abajo. En ese momento la presa estaba en una cota 385 msnm y debido a la temporada invernal el embalse comenzó a subir rápidamente, si el agua pasaba por encima de la presa, la estructura podía colapsar y generar una inundación en las poblaciones aguas abajo del proyecto. Este suceso generó un alto nivel de riesgo para las poblaciones asentadas a las riberas del río Cauca aguas abajo de la presa, por lo cual se instaló el Puesto de

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Gestión de protección, conservación, uso y explotación de

los recursos naturales y el medio ambiente1,00 79,4

CUMPLIMIENTO GESTIÓN AMBIENTAL 1,00 79,4

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

GESTIÓN AMBIENTAL

Calificación Parcial

79,4

Calificación

Con deficiencias

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Mando Unificado (PMU) el 7 de mayo de 2018 en la ciudad de Bogotá, para el seguimiento y apoyo a la situación de riesgo, luego el 9 de mayo de 2018 se instaló el PMU de forma permanente en las instalaciones del proyecto. Ante la posibilidad probabilidad de que se presentara un rebosamiento de agua por la presa que aún no estaba terminada, el 10 de mayo la casa de máquinas tuvo que ser habilitada como un canal para la descarga del agua del embalse, con el fin de dar prelación a la protección de las comunidades y el ambiente aguas abajo del proyecto. El 12 de mayo entre las 2:00 p.m. y las 6:00 p.m., se presentó un destaponamiento natural en el túnel de desviación derecho, lo que generó un aumento del caudal del río Cauca a 6,000 m3/s. Debido a esta situación se activó el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres (SNGRD) y se emitió por parte de la Unidad Nacional de Riesgos de Desastres (UNGRD), la orden de evacuación preventiva al corregimiento de Puerto Valdivia. Para minimizar los riesgos a la población aguas abajo del proyecto, se realizaron las siguientes actividades: subir el lleno prioritario hasta la cota 418, construir una pantalla de concreto plástico desde la cota 480 hasta la 418 para garantizar la impermeabilidad de la presa, recuperar la descarga intermedia, taponar definitivamente el túnel de desviación derecho y la galería auxiliar de desviación (GAD) y el cierre de compuertas. El 14 de mayo de 2018, la Gobernación de Antioquia mediante decreto 2018070001272 declara la situación de Calamidad Pública en el Departamento de Antioquia. A partir del 19 de mayo se emite la Circular 034 por parte de UNGRED, el cual pone en alerta roja a Puerto Valdivia, Puerto Antioquía, Cáceres y Tarazá, en escenario de riesgo de 263000 m3/s. El 21 de mayo de 2018, se reportaron 23.918 personas evacuadas UNGRD y EPM firman convenio para la atención de emergencias. EPM-INTEGRAL-ANLA-IDEAM modelan escenarios de manchas de inundación. El 24 de mayo de 2018, la presa alcanza cota de 410 metros, se cumple el hito, se emite la Circular 035 donde UNGRD pone en alerta roja a Puerto Valdivia, Puerto Antioquía y Cáceres en escenario de riesgo de 16.000 m3/s. UNGRD reporta que 13.000 personas retornan a sus casas.

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El 27 de mayo de 2018, la Misión US Army presenta informe de visita en la sala de crisis de Hidroituango. El 28 de mayo de 2018, el PMU Nacional emite la Circular 034, informa el regreso al escenario de riesgo de 263.000m3/s El 30 de junio de 2018, UNGRD emite Circular 038 donde define los albergues. El 07 de junio de 2018, se emite la Circular 041 donde se actualiza el PGRD y ERE Departamentales y Municipales. El 11 de junio terminó la construcción del vertedero con toda su infraestructura mecánica e hidráulica. Para está época la cota de la presa se acercaba a los 415 msnm, lo que permite la evacuación del agua por el vertedero. El 14 de junio de 2018, Circular 042 UNGRD pone en alerta roja Puerto Valdivia y algunos sectores de Tarazá, en escenario de riesgo de 8.100m3/s, actualmente vigente. El 25 de junio de 2018, cierre de PMU, termina la atención en el municipio de Cáceres. El 28 de junio EPM es notificado por la Agencia Ambiental de Licencias Ambientales (ANLA) sobre una medida preventiva para la “suspensión inmediata de todas las actividades regulares relacionadas con etapa de construcción, llenado y operación del embalse, que hacen parte de las actividades que se llevan a cabo dentro de la ejecución del proyecto…”. Esta medida preventiva está condicionada al cumplimiento de algunos requerimientos realizados por la ANLA (Numerales 1 y 6 del artículo primero y el artículo cuarto del Auto 2292 del 15 de mayo de 2018 y numerales 1, 2 y 3 del artículo primero de la Resolución 720 del 16 de mayo de 2018). Adicionalmente, EPM debe contratar un perito experto “a fin que emita un dictamen claro, preciso, detallado y objetivo, sobre las condiciones actuales de estabilidad (bajo el escenario de contingencia) y futura (bajo el escenario de operación) de la infraestructura asociada a las obras principales del proyecto central hidroeléctrica Ituango, que suministre información suficiente a la ANLA que le permita tener certeza científica sobre la existencia o no condiciones de riesgo que pueda derivar en impactos sobre el ambiente, por posibles efectos sobre la integralidad de la infraestructura existente en el proyecto ocasionando graves inundaciones aguas abajo, con ocasión de la contingencia iniciada el día 28 de abril de 2018.”

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El 06 de julio de 2018, cierre de PMU, termina la atención en el municipio de Caucasia. El 19 de julio de 2018, la UNGRD dirige la Circular 042 a los municipios de Valdivia y Tarazá para que tomen acciones necesarias al retornar la población por fuera de la mancha de inundación de 8.100m3/s. El 26 de julio de 2018, se inician las actividades de retorno, se entrega el informe técnico al municipio de Valdivia y se inicia la caracterización de viviendas en campo. El 31 de julio de 2018, se cierra el PMU en el municipio de Nechí. El 08 de agosto en las actividades de retorno se entrega el informe técnico a los municipios de Tarazá y Valdivia y se inicia la caracterización de viviendas de campo. El 13 de agosto se firma Convenio Retorno EPM – Municipio de Valdivia se presta el apoyo técnico y logístico para el retorno. El 20 de septiembre de 2018, entrega el PMU de Tarazá al DAPARD, se entregan resultados de la formalización del retorno en el municipio de Tarazá. El 04 de noviembre de 2018, en la operación del vertedero, el nivel del embalse supera la cota 405; el vertedero operó exitosamente durante 45 días, con un caudal máximo vertido de 1.386,97 m3, caudal pico 2.878 (estación Ituango). El 14 de noviembre de 2018, conformidad con la ley 1523 de 2012, artículo 61 se diseña el Plan de Acción Especifico, donde se busca la rehabilitación y reconstrucción del área afectada y es de obligatorio cumplimiento por las entidades públicas y privadas que deban contribuir a su ejecución. El 13 de enero de 2019, la UNGRD emite la Circular 002, donde reitera los niveles de alerta de la Circular 042. El 15 de enero de 2019, La Procuraduría emite la Circular 001, dando consideraciones al momento de la maniobra de cierre de la compuerta 2. El 16 de enero de 2019, de procedió al cierre de una de las compuertas de la casa de máquinas.

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En todo el periodo de 2019, EPM, realiza acciones del Plan de Recuperación de las poblaciones afectadas por la calamidad pública. Atención de la Emergencia 1. Personas atendidas: Valdivia: 7.622 Tarazá: 5.763 Cáceres: 3.799 Total: 17.184 personas 5.626 familias Resultados Metas cumplidas de acuerdo al Plan de Manejo ambiental (PMA) y Plan de Acción Específico (PAE) a diciembre de 2019. -EPM, dio un manejo adecuado a la contingencia en el sentido de que se salvaron las vidas de las personas que habitan las poblaciones rio abajo que fueron impactadas por la calamidad. Se evacuaron 17.184 personas en dos días. -Se realizó entrega de ayuda humanitaria a 84.324 personas, con ayudas alimentarias y no alimentarias, banco de maquinaria, adecuaciones, cuidado de animales, medios de vida, agua y saneamiento básico, logística y tecnología. -Se diseñó el Plan de Movilidad Se acondicionó el servicio de transporte fluvial en el embalse con 3 ferry y 5 lanchas para conectar a las poblaciones de Ituango y Bocas de Niquía, se acondicionaron vehículos, transporte público, Motocicletas, Motocarros en total se movilizaron 10.603 personas. -Se rescataron 60.605 individuos, de los cuales 60.444 han sido reubicados sin tratamiento, 87 han recibido atención médico veterinaria y 45 individuos han muerto. Del total de organismos rescatados el 81,92% pertenece al grupo de reptiles. -Para la actividad de extracción de material flotante del embalse, mediante la implementación del subprograma de manejo de macrófitas y residuos flotantes, se dispusieron 4 puertos transitorios de extracción y 5 patios de acopio temporal de residuos flotantes en donde se realizó la clasificación para su posterior disposición final, se sacaron 133.660.114 de madera, plástico 13.378, vidrio 349, chatarra

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ferrosa 74, ordinarios e inertes 8.126, envases de contenedores de sustancias peligrosas 6.039.

-Monitoreo diarios físico-químicos, hidrobiológicos y análisis de los resultados de laboratorio.

-Se actualizó del Plan de Contingencias y se formuló del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres, -Durante la implementación del Plan de Contingencias se amplió su alcance a 4 departamentos: Antioquia, Córdoba, Sucre y Bolívar. -Se instalaron 77 sistemas de alerta tempranas (SAT). Se instalaron 130 baños portátiles y 200 duchas portátiles. -Se realizó el convenio EPM/Cruz Roja apoyo con una ambulancia TAB las 24 horas para asegurar la cobertura de emergencias en salud Valdivia y una unidad móvil en Puerto Valdivia. -Se realizó estrategia psicosocial a 948 familias con las comunidades de Puerto Valdivia en el protocolo de retorno, levantamiento de línea base con cada familia. -Mantenimiento y reparación de 8 instituciones educativas utilizadas como albergues temporales. -Mantenimiento de 6 instituciones educativas en Valdivia para el retorno. -Reconocimiento económico por afectaciones a comerciantes, pescadores, agricultores, ganaderos, transportadores, barequeros. El PAE le ha generado a EPM, al 2019 la suma de $226.840.000.000. -Se realizaron 1787 reclamaciones de la población afectada por su actividad económicas formales e informales.

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Metas infringidas de acuerdo a los Objetivos Estratégicos al Plan de Manejo ambiental (PMA) y Plan de Acción Específico (PAE) a diciembre de 2019. - En relación a los Objetivos Estratégicos, programó como meta para el año 2019 el 100% de los Hitos, y se cumplió el 80%. Se restituyeron las condiciones de vida de 65 familias de 74 en Puerto Valdivia, las demás no se pudieron concertar por dificultades legales como avalúos y sucesiones ilíquidas para ajustar las pólizas. Se realizó Levantamiento Medida preventiva de actividades regulares del Proyecto: impuesta por la Resolución 0820 de 2018 de la ANLA, en el sentido de contratar un perito para emitir un dictamen claro, preciso, detallado y objetivo sobre las condiciones de estabilidad (escenario de la contingencia) y futura (escenario de operación) de la infraestructura asociada a las obras principales del Proyecto Central Hidroeléctrica Ituango, que suministre información suficiente a la ANLA que le permita tener certeza científica sobre la existencia de condiciones de riesgo que puedan derivar en impactos sobre el ambiente, por posibles efectos sobre la integralidad de la infraestructura existente en el proyecto, ocasionando graves inundaciones aguas abajo, con ocasión de la contingencia iniciada el 28 de abril de 2018; EPM suscribió un contrato con la firma Pöyry, especializada en proyectos de grandes presas a nivel mundial, el cual inició el 1 de octubre de 2018 y termina en diciembre de 2020. -Incumplimiento de Proyectos que hacen parte de las fichas técnicas entre EPM y la comunidad indígena Nutabe de Orobajo de 24 proyectos sólo han ejecutado 1. -En la evaluación de los contratos CT- -2017-001472; CT-2013-002297-A469, CT-2018-001381, CW25709, no se encontraron evidencias de algunos informes de supervisión de acuerdo a la Guía de Control para Interventores de EPM -Inconsistencias en las bases de datos de los Convenios Interadministrativos CT-2018-000623 entre EPM-UNGRD, donde atendieron la evacuación en la zona de influencia del PHI, con la base de datos del Convenio Interadministrativos CT-2018-000989 entre EPM-Municipio de Valdivia, donde atendieron a las familias evacuadas y retornaron a su sitio de origen. -Presuntas irregularidades en el Contrato No CT-2018-000094,por un valor de $ 8.694.943.445,00, cuyo objeto "Desmonte, transporte, adecuación y puesta a punto de los puentes Valdivia y Capitán del PHI, vías de aproximación y montaje del puente para la conectividad del corregimiento la Angelina".

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- En el Plan de Acción Específico (PAE), se programaron 86 actividades para el año 2019 y se ejecutaron sólo 20, Las actividades que mayor retraso corresponden a las siguientes actividades:

Programa de recuperación, protección y conservación de acuíferos y ciénagas debido al proceso de contratación con Corantioquia, y a su vez en la entrega de productos.

En las líneas de accesibilidad y transporte y Medios de vida con los reconocimientos a los afectados, retorno de familias.

Ejecutar los Puentes Palestina y Turcó ubicados entre Ituango y Briceño junto al muro de la presa.

Remoción Puente Simón Bolívar que está en el rio Cauca.

Construcción Puente Simón Bolívar en Puerto Valdivia

Puente El Doce Tarazá.

Escuela Marco A Rojo en Puerto Valdivia

Centro de Salud Puerto Valdivia.

Puentes Palmichal y Garrucha que se encuentran en el PAE.

Transporte escolar en Valdivia

Electrificación de sectores rurales 733 viviendas.

Compra de Unidad Móvil de Salud, Puerto Valdivia

Aprovechamiento Forestal 18 viviendas indígenas, Cáceres -Incumplimiento con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, en relación a los riesgos del PAE, dimensión 4 Evaluación de Resultados se precisa la necesidad de contar con indicadores para la medición de planes, procesos entre otros, específicamente tanto el seguimiento como la evaluación exigen contar con indicadores para monitorear y medir el desempeño de las entidades.

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-En el PAE no se diseñaron indicadores de gestión que midan impacto y eficacia por cada acción a realizar, ya que se impactó a mucha población y al 2019, no se han reparado. EPM, tiene la obligación de dar cumplimiento al Plan de Acción Específico (PAE), en caso contrario puede acarrear multas, sanciones y demandas que afecta la buena imagen de la empresa. En la evaluación de la gestión de protección, conservación, uso y explotación de los recursos naturales y el medio ambiente se establecieron las siguientes observaciones: Hitos Programados e incumplidos en el contrato BOOMT Hito son todos y cada uno de los eventos que se describen en los Hitos 1,2,3,4,5,6,7,8,9 y 10 que representan una fecha importante en el programa de ejecución de la Hidroeléctrica y que deben ser cumplidos en las oportunidades previstas en el presente contrato. Hito 1: Es la desviación del Río Cauca lo cual deberá ocurrir, a más tardar, el 15 de enero de 2013. Hito 2: Es la terminación de la construcción de la Ataguía en Rolled Compact Concrete (RCC), lo cual deberá ocurrir a más tardar el 13 de agosto de 2013. Hito 3: Es la terminación de la excavación de la Caverna de la Casa de Máquinas hasta las galerías de barras 4 a 1, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 16 de abril de 2014. Hito 4: Es el inicio de los concretos en la sala de montajes, concretos primarios Unidades 4 a 1 y concretos para la vía grúa para las Unidades 4 a 1, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 20 de julio de 2014. Hito 5: Es el inicio del montaje de la Unidad 4, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 12 de noviembre de 2015. Hito 6: Es la construcción de la presa hasta la cota 320, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 11 de enero de 2016.

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Hito 7: Es el cierre de las compuertas de desviación y el inicio del llenado del embalse, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 1 de marzo de 2018. Hito 8: Es la entrada en Operación Comercial de la Unidad 4, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 27 de septiembre de 2018. Hito 9: Es la entrada en Operación Comercial de la Unidad 1, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 24 de junio de 2019. Hito 10: Es la entrada en Operación Comercial de la Unidad 8, lo cual deberá ocurrir a más tardar el 24 de junio de 2022. Estos Hitos fueron incumplidos por efecto de la Contingencia de Hidroituango. Hallazgo 36. (Corresponde a la observación 45 del Informe Preliminar). Primer Plan de Contingencia Hidroituango desactualizado, no consideró algunos riesgos. En el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Ituango elaborado por el Consorcio Generación Ituango contiene el Plan de Contingencia, se evidenció que este Plan quedó sin ejecutar 3 años, desde que comenzó la ejecución de la obra en el año 2011 hasta el 2014, hecho irregular por parte de EPM, ya que no se realizaron los análisis correspondientes en el sentido de actualizar los riesgos, las amenazas exógenas, evaluación de los escenarios, amenazas endógenas, no se abordó lo relacionado con los derrumbes al interior de los túneles y demás obras principales del proyecto y sus implicaciones en la seguridad física y operativa del mismo. Situación anómala que se generó por las deficiencias y debilidades en la estructuración del primer Plan de Contingencia por parte de EPM, originadas en parte por la desarticulación y la estructuración de los escenarios de amenaza y riesgo. Esta situación quedó en evidencia en la contingencia del 28 de abril de 2018, donde falló el túnel del sistema auxiliar de desviación y se generó por causas diferentes a las definidas en el estudio presentado, y que correspondieron a situaciones no previstas al interior del plan de contingencias, desarrolladas en la etapa constructiva y al interior del proyecto. Esta situación es contraria a la Ley 1523 de 2013, por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones, el Decreto 2157 de 2017. LEY 1523 DE 2012 (abril 24) Por la cual se adopta la política nacional de

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gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones: Artículo 1°. De la gestión del riesgo de desastres. La gestión del riesgo de desastres, en adelante la gestión del riesgo, es un proceso social orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo y para el manejo de desastres, con el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. Artículo 42: Análisis específicos de riesgo y planes de contingencia. Todas las entidades públicas o privadas encargadas de la prestación de servicios públicos, que ejecuten obras civiles mayores o que desarrollen actividades industriales o de otro tipo que puedan significar riesgo de desastre para la sociedad, así como las que específicamente determine la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, deberán realizar un análisis específico de riesgo que considere los posibles efectos de eventos naturales sobre la infraestructura expuesta y aquellos que se deriven de los daños de la misma en su área de influencia, así como los que se deriven de su operación. Con base en este análisis diseñará e implementarán las medidas de; reducción del riesgo y planes de emergencia y contingencia que serán de su obligatorio cumplimiento; configurándose por tanto un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín La Contraloría General de Medellín, no recibe los argumentos de EPM debido a que efectivamente el contrato para la ejecución del primer Plan de Contingencia se realizó en el año 2014 con la Cruz Roja Colombiana empresa especializada en este tema, las obras del Proyecto Hidroeléctrico Ituango comenzaron en el año 2011, en ese plan no se tuvieron en cuenta los riesgos relacionado con los derrumbes al interior de los túneles y demás obras principales del proyecto y sus implicaciones en la seguridad física y operativa del mismo. Esta situación quedó en evidencia en la contingencia del 28 de abril de 2018, donde falló el túnel del sistema auxiliar de desviación, que se hizo sin la aprobación de la licencia ambiental por la autoridad ambiental “ANLA” generando una cuantiosa sanción a EPM, y se evidenció que fue por causas no definidas en el primer estudio presentado, que correspondieron a situaciones no previstas en dicho plan, desarrolladas en la etapa constructiva y al interior del proyecto; vulnerando el artículo 42 de la Ley 1523 de 2012 y el Decreto 2157 de 2017. Además, no es argumento válido, el hecho que en el período de 2011 a 2014 no se presentaron

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emergencias o contingencias relevantes que ameritaran la intervención de entidades externas para el manejo de tales situaciones, ni se vio la necesidad de instalar puesto de mando unificado (PMU), a penas el proyecto estaba en el inicio de la ejecución. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo. Hallazgo 37. (Corresponde a la observación 46 del Informe Preliminar). Política Gestión Integral de Riesgos en el Segundo Plan de Contingencia Hidroituango. En la evaluación se observa que EPM no ha realizado el ajuste de la Política de Gestión Integral de Riesgos a partir de la actualización de la normativa, que contengan los lineamientos generales para desarrollar el proceso de gestión de riesgo de desastres, no ha implementado el Plan de Recuperación con todas sus líneas, ni ha conformado equipos de trabajo para gestionar y controlar los planes de emergencia y contingencia en el manejo de la gestión del riesgo de desastres. De acuerdo al evento de la Contingencia del Proyecto Hidroeléctrico Ituango presentada a partir del 28 de abril de 2018 y las nuevas exigencias de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la Unidad Nacional del Riesgo de Desastres (UNGRD), la Cruz Roja diseñó tres planes como los siguientes: -Plan de Emergencias y Contingencia por falla de presa y creciente súbita. -Plan de Contingencia del Sistema Auxiliar de Desviación (SAD) aguas arriba. -Plan de respuesta Contingencia aguas abajo falla SAD. Estos tres procesos que conforman la gestión del riesgo de desastres, no cumplen con las nuevas exigencias normativas de la Ley 1523 de 2013 y el Decreto 2157 de 2017 y se evidencian debilidades al interior de la Empresas Públicas de Medellín como las siguientes:

Ajuste, ampliación y actualización del Plan de Emergencias y Contingencias, en el conocimiento del riesgo

Necesidad de incorporar cada uno de los requerimientos establecidos según Decreto 2157 de 2017, para la reducción del riesgo

Actualmente se cuenta con un Plan de Emergencias y Contingencias (PEC) sólo para algunos escenarios y según la norma debe ser para todos los escenarios y se deben establecer protocolos y procedimientos para cada escenario de riesgo, en el tema de los desastres

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Falta de equipos de trabajo y responsabilidades asociadas a la toma de decisiones en momentos de crisis o de activación de los planes de emergencia definidos en la organización.

Capacitación del personal para asegurar la adecuada implementación de roles operativos, técnicos, tácticos y estratégicos

Plan de Recuperación en las líneas definidas en todos los componentes, EPM de 86 actividades sólo ha cumplido con 20 en el año 2019.

Esta situación es contraria al Decreto 2157 del 20 de diciembre de 2017 "por medio del cual se adoptan directrices generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la ley 1523 de 2012": 3.1. El Plan de Emergencias y Contingencia-PEC.- Es la herramienta de preparación para la respuesta que con base en unos escenarios posibles y priorizados (identificados en el proceso 1e conocimiento del riesgo), define los mecanismos de organización, coordinación, funciones, competencias, responsabilidades, así como recursos disponibles y necesarios para garantizar la atención efectiva de las emergencias que se puedan presentar: Igualmente precisa los procedimientos y protocolos de actuación . Para cada una de ellas minimizando el impacto en las personas, los bienes y el ambiente. Este debe desarrollar los siguientes contenidos mínimos (....) Artículo 2.3.1.5.2.8.1.- Revisión y ajuste del Plan. - Con base a los resultados del monitoreo y seguimiento del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas —PGRDEPP, éste debe ser revisado y ajustado anualmente, y/o cuando el sector o la entidad lo considere necesario y/o cuando los resultados los ejercicios propios de modelación evidencien la necesidad de acciones de mejoramiento del Plan. En cualquier caso, se debe mantener la implementación de los procesos de gestión establecidos en la Ley 1523 2012: Conocimiento del Riesgo, Reducción del Riesgo y Manejo de Desastres. EPM expuso a riesgos previsibles en el desarrollo de las diferentes etapas el proyecto Hidroeléctrico Ituango, afectando a su vez a la población aguas abajo a escenarios de contingencia graves y catastróficos sin contar con las medidas de manejo requeridas para abordarlos, lo que conllevó en parte a la pérdida del control del flujo de agua del río Cauca, quedando a merced de factores sobre los cuales

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tampoco tenía control (clima, estabilidad del macizo, condición de estabilidad física y estructural de la casa de máquinas, túneles y demás excavaciones del proyecto). La afectación social y económica de la población del área de influencia del proyecto y de otras poblaciones no consideradas en el EIA, planes de Contingencia y otros impactos sobre los recursos naturales y el medio ambiente; evidenciado perdidas de obras de infraestructura física vitales como vías terrestres y puentes sobre el río Cauca afectando la libre conectividad y movilidad de la población, evacuación repentina de la población de varios municipios aguas abajo del sitio de presa con pérdida de sus rutinas y de sus actividades diarias, perdida y afectación del tejido social y familiar, perdida de sus fuentes de ingresos y afectación sobre el valor de la tierra y sus bienes materiales, Asimismo se presentó muerte de individuos de fauna y flora al interior del embalse así como aguas debajo del sitio de presa, configurándose en un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín EPM cumple con el ajuste, ampliación y actualización del Plan de Emergencias y Contingencias, en el conocimiento del riesgo, el cual anexaron, pero las otras deficiencias siguen en firme como son las siguientes:

- Necesidad de incorporar cada uno de los requerimientos establecidos según Decreto 2157 de 2017, para la reducción del riesgo

- Actualmente se cuenta con un Plan de Emergencias y Contingencias (PEC),

sólo para algunos escenarios y según la norma debe ser para todos los escenarios y se deben establecer protocolos y procedimientos para cada escenario de riesgo, en el tema de los desastres

- Falta de equipos de trabajo y responsabilidades asociadas a la toma de

decisiones en momentos de crisis o de activación de los planes de emergencia definidos en la organización.

- Capacitación del personal para asegurar la adecuada implementación de

roles operativos, técnicos, tácticos y estratégicos

- Plan de Recuperación en las líneas definidas en todos los componentes, EPM de 86 actividades sólo ha cumplido con 20 en el año 2019.

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Igualmente, la administración acepta lo referente a equipos de Contingencias se afirma: “... ni ha conformado equipos de trabajo para gestionar y controlar los planes de emergencia y contingencia en el manejo de la gestión del riesgo de desastres. Tiene razón la Contraloría, es una oportunidad de fortalecer el tema dado los requerimientos de Ley 1523 de 2012, el Decreto 2157 de 2017 y del alto número de requerimientos del ANLA y las entidades de control (y recomendaciones de la UNGRD). La conformación de un equipo para el proyecto Ituango es muy recomendable y permite una mejor capacidad de respuesta técnica y administrativa al momento de una nueva contingencia.” En consecuencia, se configura un hallazgo administrativo. Hallazgo 38. (Corresponde a la observación 47 del Informe Preliminar). Inconsistencia en el diligenciamiento de las planillas en atención a la emergencia. El Convenio Interadministrativo CT-2018-000623 entre EPM- la Unidad Nacional del Riesgo de Desastres (UNGRD), Objeto aunar esfuerzos técnicos, operativos, logísticos, administrativos y financieros para realizar las acciones conducentes y necesarias para dar atención a las personas evacuadas en la zona de influencia del proyecto de la hidroeléctrica Ituango en el marco de la declaratoria de calamidad pública Decreto 039 del 14 de mayo de 2018 del municipio de Valdivia y la declaratoria de calamidad pública del departamento de Antioquia Decreto 2018070001272 del 14 de mayo. Contratista FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A y el Convenio Interadministrativo CT-2018-000989 entre EPM- Municipio de Valdivia, objeto Aunar esfuerzos técnicos, operativos, logísticos, administrativos y financieros para realizar las acciones conducentes y necesarias para dar atención al retorno a su sitio de origen, de aquellas familias evacuadas en el municipio de Valdivia, de acuerdo a lo previsto en la Circular 034, del 19 de mayo de 2018, a través de la cual se dio la alerta de evacuación, ante el incremento del caudal en el río Cauca. Así mismo, atender todas aquellas actividades propias de atención de la emergencia para aquellas familias que continúan evacuadas. Contratista Municipio de Valdivia. Debido a la contingencia presentada en el Proyecto Hidroeléctrico Ituango, se generó una emergencia en el Corregimiento de Puerto Valdivia por la creciente del río Cauca, afectando a 235 familias, de las cuales 73 registraron una afectación total de sus viviendas y 162 daños parciales. Por lo anterior, EPM y el Proyecto Hidroeléctrico Ituango construyen el plan de reasentamiento para la reposición de las condiciones de vida de la población damnificada y afectada por el evento.

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Aprobado el Plan de reasentamiento, EPM define la metodología de intervención de acuerdo a las personas registradas en el Registro Único de Damnificados-RUD. Las medidas de compensación para las familias con más de 3 años de permanencia en la zona son: Opción 1-reposición con proyecto económico y acompañamiento por dos años y Opción 2-pago directo. Al 10 de abril de 2018 se firmaron 43 contratos de transacción de los cuales 41 corresponden familias damnificadas y 2 a familias afectadas por la creciente del río Cauca el 12 de mayo de 2018. Al realizarse la evaluación de los dos contratos, se hizo una comparación de las bases de datos de la UNGRD y de EPM, sobre la situación presentada en el municipio de Valdivia y en especial en el Corregimiento de Puerto Valdivia, donde se observaron las siguientes situaciones:

- En la concertación con las familias damnificadas, al realizar la validación de los conceptos de pago, el 11 de junio, se identificaron inconsistencias en los números de los contratos registrados en la hoja, de las 162 familias censadas como afectados, se definió en el terreno un total de 156 afectados, esto se debió a que algunas viviendas pasaron a ser pérdida total y otras sin afectaciones.

- Se identificaron 44 familias, cuya afectación solo es la actividad económica,

de estos casos se validaron en campo y se identificaron 21 cédula que están en ambos reportes (afectados y comerciantes). Este hecho puede generar posibles dobles pagos.

- En los casos de las personas atendidas al corte 31 de diciembre de 2019,

según la base de datos de la UNGRD por la emergencia fueron 7.627, (los damnificados aparecen 259, los afectados 540 y los campos vacíos 6.828). La base de datos de EPM fue diferente, presentó 7.622 damnificados.

- En el caso de las familias aparecen registradas en la UNGRD 2.308 y en el

reporte de la contingencia de EPM surgen 2.627, existe una diferencia de 319.

- En el registro de comerciantes de la UNGRD del municipio de Valdivia

aparecen 997 y en la base de datos de EPM aparecen 1.722, con una diferencia de 725.

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- Se detectaron inconsistencias en el número de cédula del beneficiario en el formato de la oferta.

- Falta claridad en la continuidad del pago y el valor de la ayuda económica

mensual. Situación que, puede generar reclamaciones económicas por parte de los afectados. Lo que pone en riesgo el debido proceso en la gestión documental.

La situación anteriormente descrita, demuestra la falta de verificación por parte de EPM, contrariando lo que establece en la Guía de Control para Interventores de EPM, Artículo 3. Responsabilidades del Interventor 3.1 Responsabilidades básicas “Verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas, administrativas, financieras y legales del contrato, así como dejar constancia escrita de dicha verificación y en general de todas sus actuaciones”, y al Artículo 83 de la Ley 1474: SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA CONTRACTUAL. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda. Se evidencia la falta de control e inconsistencias en el Registro Único de Damnificados-RUD frente al contrato de EPM, en el municipio de Valdivia; configurándose por tanto un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Una vez recibidos los argumentos de EPM, se demuestra que en la misma empresa no conocen los informes de auditoría relacionados con el tema, los cuales fueron aportados por funcionarios de EPM a la Contraloría General de Medellín en el ejercicio del control fiscal ambiental entregado a la CGM el 08 de mayo de 2020 por el Vicepresidente de Proyectos Generación, el Sr. William Giraldo Jiménez, juntamente con otros documentos en respuesta a solicitud de la CGM con número de radicado EPM 20200120101662. Estas inconsistencias parten de las bases de datos donde identificaron los receptores de la acción económica registrados en la Unidad Nacional del Riesgo de Desastres y en el Municipio de Valdivia y que fueron pagados por la empresa a las familias damnificadas, comerciantes, números de cédulas y ayudas económicas; además, las bases de datos y los informes fueron aportados a la Contraloría General de Medellín por EPM, en el ejercicio auditor. En el “Listado Comerciantes” entregado por EPM, en respuesta enviada a la CGM con número de radicado 20200130135906, además de las personas registradas en

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el RUD de la UNGRD, incluye a todas las personas que se vieron afectadas en su actividad económica por la orden de evacuación del 16 de mayo de 2018 y que presentaron reclamación ante EPM sin estar inscritos o registrados en el RUD, situación anómala. Ahora, no es cierta la siguiente afirmación de EPM:

- “en segundo lugar y teniendo en cuenta lo anterior, estos documentos a los que se hacen referencia anteriormente (documento 190491ID de Auditoria Negocios EPM y el documento en Excel “Informe Avance Auditoria 11 de junio” referenciado en dicho documento), no fueron entregados por EPM en el marco de la auditoria de la CGM a los convenios CT-2018-000623 y CT-2018-000989 que trata la presente Observación 47. Así mismo, es necesario aclarar que dichos contratos de transacción o conceptos de pagos en el proceso de concertación con las familias damnificadas que se hace referencia en el documento 190491ID de Auditoria Negocios EPM no hizo parte del objeto, alcance o actividades de los convenios señalados. Por lo tanto, en el marco del proceso de auditoría que adelanta la CGM a los convenios CT-2018-000623 y CT-2018-000989 y en lo relativo a las inconsistencias en el Registro Único de Damnificados (RUD) no es posible brindar respuesta a esta situación”.

Estos documentos relacionados anteriormente si fueron entregados por EPM, se entregaron mediante radicado número EPM 20200120101662 el 08 de mayo de 2020, según consta en las pruebas enviadas por la Contraloría el lunes 14 de septiembre en horas de la tarde al equipo de Hidroituango por sugerencia de EPM en la mesa de trabajo aclaratoria. “En dicha mesa, el equipo de EPM presentó una serie de inquietudes y precisiones sobre el contenido de las situaciones manifestadas en esta observación, recibiendo por parte de los funcionarios de la Contraloría General de Medellín (CGM) las claridades sobre el alcance y sentido de éstas. Por último, se acordó que el auditor de la CGM enviaría información a EPM con documentos referenciados en ella, brindando las claridades necesarias para dar respuesta a la misma”. Considerando que la Empresa en su respuesta al informe preliminar no aportó argumentos ni pruebas que desvirtúen lo observado por el ente de control, se confirma la inconsistencia y se constituye en un hallazgo administrativo.

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Hallazgo 39. (Corresponde a la observación 48 del Informe Preliminar). Irregularidades en pago de asesoría del Contrato CT-2018-001381 Comunidad Indígena Nutabe. En la evaluación del Contrato No CT-2018-001381, entre EPM y la Comunidad Indígena de Orobajo del Pueblo Nutabe, cuyo objeto fue: Aunar esfuerzos técnicos, logísticos y administrativos con el objetivo de garantizar el asesoramiento, apoyo y acompañamiento técnico y jurídico a la Comunidad Indígena Nutabe de Orobajo para desarrollar el proceso de Consulta Previa del Proyecto Hidroeléctrico Ituango, se evidenció que en el convenio se estableció desde el comienzo la Ruta Metodológica, donde definieron el cronograma y las actividades del presupuesto, el cual fue invertido de acuerdo a un equipo asesor del Cabildo Indígena Nutabe de Orobajo, en un equipo de Coinvestigadores, unos costos administrativos, material divulgativo y la logística. Para el desarrollo del proceso consultivo la comunidad indígena adoptó la asesoría de la Huella Verde, experta en consultas previas del país. En el contrato se generaron cuatro (4) actas de modificación bilateral, el valor final del convenio quedó por $1.178.564.000, donde se incrementó la ejecución del convenio en un 77.31%. En la revisión de los pagos se observó que la asesoría no tuvo variaciones contractuales, estuvo de acuerdo al cronograma del proceso de consulta previa, las actas de modificaciones bilaterales fueron para la logística, talleres con jornadas de trabajo, desplazamiento, formulación de acuerdos, alojamiento, alimentación y transporte de 176 personas procedentes de tres (3) municipios y once (11) veredas que debían desplazarse hacia Ituango. Se evidencia que en el informe de Consultoría Ituango Social, el equipo auditor concluye lo siguiente El 5 de septiembre de 2019: “Incumplimiento en la ejecución de la ruta metodológica debido a variables de contexto no controladas por EPM, a la fecha, falta la etapa de acuerdos y protocolización para culminar la consulta – avance del 80%, la situación crítica radica en que el cabildo está requiriendo recursos adicionales (aproximadamente $115.000.000) para honorarios del equipo asesor, de no cancelarse éstos, es posible que la comunidad no se presente al taller y sin ellos, no avanzaría la consulta además aducen el descontento de la Comunidad Indígena Nutabe con la negociación y las pretensiones de ampliación de honorarios a sus asesores” La Contraloría General de Medellín, observa que se generó una irregularidad en el Acta de Modificación Bilateral No 3 pago de $104.214.000, el 13 de mayo de 2019, cuenta de cobro número OS2453538 que corresponde a recursos adicionales para

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pagar honorarios del equipo asesor; en el que no existen soportes que evidencien y justifiquen la utilización de este recurso, el equipo asesor con el pago no genero algún producto adicional de lo estipulado, el resultado fue el incumplimiento del contrato, creando un sobrecosto en el ítem honorarios de asesores. EPM no mitigó el riesgo económico en este contrato, se produjo un resultado desfavorable en relación con el esperado, con el pago de un ítem de manera irregular, generando un mayor valor. Este hecho es una presunta violación de la Ley 42 de 1993, artículo 8° Principio de Eficiencia; configurándose por tanto un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal valorada en $104.214.000. Posición de la Contraloría General de Medellín Para la Contraloría no es de recibo los argumentos de EPM, por lo siguiente: para adelantar el proceso de consulta, EPM firmó un convenio de asociación (el 26 de octubre de 2018 por valor de $664.670.000 y un plazo de 140 días), con el Gobernador Nutabe de Orobajo, Edy Sucerquia, para que conforme a la autonomía de la comunidad se eligió y contrató una asesoría especializada entre la comunidad y la empresa, aspectos que EPM consideró como fundamentales. El 02 de noviembre de 2018, se suscribió el acta de inicio del convenio. El 29 de enero de 2019, se firmó el Acta de Modificación Bilateral No 1, en la cual se modificó el Parágrafo cuarto de la cláusula novena de la minuta del contrato donde se adicionaron recursos al valor inicial del convenio para realizar actividades logísticas en las etapas de identificación de talleres de impactos, medidas de manejo, formulación de acuerdos y protocolización en el periodo comprendido entre enero y la finalización del convenio. El valor de la adición fue de $306.436.000, aumento el valor en un 46.10% del valor inicial. El 15 de marzo de 2019, se firmó el Acta de Modificación Bilateral No 2, en la cual se realizó la ampliación del plazo de ejecución en 60 días calendario, quedando como nueva fecha de terminación el 14 de mayo de 2019. El 10 de abril de 2019, mediante oficio número 20190130044565 el Gobernador del Cabildo Indígena Nutabe de Orobajo y la Supervisora Delegada del convenio, enviaron el oficio al Director de la Consulta Previa doctor Luis Fernando Bastidas Reyes y Adriana Lucía Díaz Veloza, Coordinadora Gestión Consulta Previa

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concertaron la ruta metodológica con las etapas y fechas de Formulación de los Acuerdos 24 de mayo y la Protocolización el 25 de mayo de 2019. El 8 de mayo se firma la justificación de la Modificación Bilateral No 3, en ella se parte de la Sentencia T 969 de la Corte Constitucional orientada hacia la información de la consulta previa Principio de Prevención de las Afectaciones: la Corte Constitucional ha sostenido que la Consulta debe ser previa a la realización de la obra, proyecto o actividad. De tal modo, no resulta aceptable que los responsables de los proyectos, obras o actividades realicen la consulta durante la ejecución de los mismos, o con posterioridad a ellos. La razón de ser de ello es que el objetivo de la consulta es precisamente evitar al máximo causar afectaciones no deseadas a las comunidades. El Principio de Información Adecuada y Suficiente: consiste en que las comunidades tengan la información necesaria, adecuada y suficiente para adoptar una posición en relación con la obra, proyecto o actividad, y puedan participar activamente en el diseño de las medidas de manejo para la prevención y/o corrección de los impactos negativos que pueda llegar a tener. El Principio de Buena Fe: dispone que las consultas que se lleven a cabo deban efectuarse de buena fe. Tanto el Estado, cuando las dirige, como los ejecutores de los proyectos, obras o actividades, como las autoridades de los pueblos y comunidades indígenas, negras, raizales y palenqueras deben actuar de buena fe antes, durante y después de las consultas previas. Este principio se concreta en deberes y comportamientos específicos en cada una de las etapas de la consulta, incluyendo las actuaciones preliminares y posteriores a las que están obligadas las partes. Principio de Participación Efectiva: va dirigido a permitir que las comunidades potencialmente afectadas por una obra, proyecto o actividad puedan incidir en su ejecución, de tal modo que puedan prevenirse todos aquellos impactos que puedan ir en detrimento de su integridad cultural, de su autonomía política y organizativa, y del goce efectivo de sus derechos territoriales. El 9 de mayo de 2019, se firmó el Acta de Modificación Bilateral No 3 en el cual se modificó el plazo a 32 días calendario, quedando la terminación para el 14 de junio de 2019, también se realiza una adición de recursos por valor de $16.720.000 por concepto de logística para el día adicional del taller de medidas de manejo y una adición de recursos de $115.945.000, para continuar garantizando el proceso de asesoría en el proceso de consulta previa a la Comunidad Indígena Nutabe de Orobajo. El 30 de mayo de 2019, se firmó el Acta de Modificación Bilateral No 4, en la cual se modificó el valor del contrato realizando una adición de $74.793.000 para desarrollar la segunda jornada de pre-talleres internos de la comunidad indígena

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Nutabe de Orobajo (4 y 5 de junio de 2019), y los talleres de Formulación de Acuerdos y Protocolización (6 y 7 de junio de 2019) del proceso de Consulta Previa para el Proyecto Hidroeléctrico Ituango. El valor final del convenio quedó por $1.178.564.000, se incrementó en un 77.31% Según el informe190091ID - consultoría Ituango Social – Consulta Previa de la Auditoría de Negocios de EPM, Se evidencia que en el equipo auditor concluye lo siguiente El 5 de septiembre de 2019: “Incumplimiento en la ejecución de la ruta metodológica debido a variables de contexto no controladas por EPM, a la fecha, falta la etapa de acuerdos y protocolización para culminar la consulta – avance del 80%, la situación crítica radica en que el cabildo está requiriendo recursos adicionales (aproximadamente $115.000.000) para honorarios del equipo asesor, de no cancelarse éstos, es posible que la comunidad no se presente al taller y sin ellos, no avanzaría la consulta además aducen el descontento de la Comunidad Indígena Nutabe con la negociación y las pretensiones de ampliación de honorarios a sus asesores. En la Sentencia T-969 EPM aduce que está asociada a las garantías que el ejecutor del proyecto debe brindar a la comunidad sujeto de consulta previa para que esta cuente con suficiente información y la debida asesoría para la toma de decisiones asociadas con los impactos, medidas de manejo y acuerdos a los que se llegue en el marco del proceso consultivo. El 3 de mayo de 2019 el señor Gobernador del Cabildo le envió un oficio a EPM con radicado Nro. 20190120085129 en la cual manifiesta: “…en relación con el Equipo Asesor de la Comunidad, la magnitud del proyecto ha dificultado la comprensión por parte de la comunidad, por la complejidad de los impactos y medidas y la dificultad para concertarlos, los cuales han generado incluso, conflictos internos en varios momentos del proceso consultivo, debiendo intensificar el proceso de comprensión a través de más jornadas de capacitación comunitarias y familiares, por parte del equipo asesor y los co-investigadores, que han hecho posible un mayor entendimiento de las dimensiones del proyecto y han posibilitado el desarrollo normal de la ruta metodológica”. Según análisis de la Contraloría esta situación es normal en este tipo de procesos y no ameritan erogaciones adicionales en una ruta metodológica que se concertó desde el principio y quedó establecida en el convenio, además estaba protegida por

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las pólizas, las otras actividades logísticas sí estuvieron soportadas, pero el pago adicional al grupo asesor no tuvo ningún fundamento técnico, sólo fue producto de una presión indebida por parte de la Comunidad Indígena Nutabe de Orobajo. En conclusión revisando los pagos, la Contraloría General de Medellín, observa una irregularidad en el Acta de Modificación Bilateral No 3 pago de $104.214.000, el 13 de mayo de 2019, cuenta de cobro número OS2453538 que corresponde a recursos adicionales para pagar honorarios del equipo asesor; en el que no existen evidencias de peso que justifiquen la utilización de este recurso, el equipo asesor con el pago no genero ningún producto adicional de lo estipulado, EPM no mitigó el riesgo económico en este contrato, se produjo un resultado desfavorable en relación con el esperado, con el pago de un ítem de manera irregular, generando un pago por un mayor valor. Este hecho es una presunta violación de la Ley 42 de 1993, artículo 8º Principio de Eficiencia, por tal razón se configura en un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por un valor de $ 104.214.000. Hallazgo 40. (Corresponde a la observación 49 del Informe Preliminar). Fichas técnicas que soportan los acuerdos por parte de EPM con la Comunidad Indígena Nutabe. El Contrato No CT-2018-001381, Objeto: asesorar, apoyar y acompañar técnica y jurídicamente a la Comunidad Indígena Nutabe de Orobajo en el proceso de Consulta Previa del proyecto Hidroeléctrico Ituango de Empresas Públicas de Medellín EPM, de conformidad con lo establecido en la Resolución 08 del 1 de marzo de 2018, expedida por la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior. Contratista Eddy León Sucerquia Feria. La comunidad indígena Nutabe se autorreconoció en el año 2014, la Resolución de registro es del año 2017, la Resolución que ordena la consulta previa es de marzo de 2018, EPM y la comunidad indígena Nutabe suscribieron fichas técnicas que soportaron los acuerdos que la empresa debía cumplir. De acuerdo al CONTRATO HI ITUANGO S.A BOOMT, CAPITULO VI OBLIGACIONES, DERECHOS Y RIESGOS COMUNES numeral 6.06 Gestión Predial y Social (viii) celebrar los acuerdos mediante los cuales se materializan las concertaciones con las familias y/o personas impactadas por el Proyecto incluyendo comunidades indígenas y afrocolombianas.

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Resolución 071 del 19 de mayo de 2017, a través de la cual el Ministerio del Interior inscribe a la comunidad indígena de Orobajo del Pueblo Nutabe, en el registro de comunidades indígenas del país, así como la Resolución No.08 de marzo de 2018, del mismo ministerio, que establece el inicio del proceso de consulta previa entre la comunidad indígena Nutabe de Orobajo y el Proyecto Hidroeléctrico Ituango. Los acuerdos iniciales cuestan la suma de $6.683.805.400, que corresponden a 24 proyectos, cuyas sesiones fueron realizadas el 24 y 25 de mayo de 2019. El proceso de protocolización de acuerdos y la consulta durante la fase de ruta metodológica estuvo regida por los principios: complementariedad, colectividad, proporcionalidad y razonabilidad. En este sentido, se elaboraron las fichas técnicas de los proyectos acordados, los cuales hacen parte integral del acta de protocolización y el cronograma fue concertado desde el segundo semestre de 2019 hasta el segundo semestre de 2021. La Contraloría observa que a la fecha no se han formulado los proyectos que hicieron parte de las fichas técnicas de los acuerdos, solamente se compraron las tierras. EPM ha venido incumpliendo el cronograma de los proyectos desde el año 2019, según las Fichas técnicas firmadas por las partes y que soportan las propuestas de acuerdos, como términos de referencia, estudios previos, contratos firmados, talleres, encuentros, formulación de proyectos productivos, diseños de la contratación, logística, divulgaciones, kit de herramientas, actas de compromiso, metodologías de trabajo, pedagógicas, de trabajo comunitario, actividades lúdicas, recreativas y culturales, licencias y permisos, registros fotográficos y otras actividades. Este proceso se encuentra atrasado, lo que puede generar posibles demandas y sobrecostos adicionales, por no implementarse oportunamente; configurándose por tanto en un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Se concluye, que según cronograma de las fichas técnicas, los proyectos debían formularse desde el año 2019 hasta el año 2021 y según EPM, el cumplimiento es parcial justificado por el COVID 19, en este momento muchos proyectos se encuentran atrasados y se pueden generar demandas a la Empresa o la reformulación de los proyectos, lo que podría ocasionar sobrecostos, además del acompañamiento permanente por parte de EPM, para poder mitigar los altos riesgos en la Junta Directiva de la comunidad indígena por darle prioridad a intereses

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personales. Por tal motivo se mantiene lo observado y se configura en hallazgo administrativo. Hallazgo 41. (Corresponde a la observación 50 del Informe Preliminar). Incumplimiento en la ejecución del Plan de Acción Específico Recuperación del Bajo Cauca Antioqueño. EPM diseñó el Plan de Acción Específico, según el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012 precisa que “luego de declararse una situación de calamidad pública, se debe elaborar un plan de acción específico para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas que será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas y privadas y que deban contribuir a su ejecución en los términos señalados en la declaratoria”. Adicionalmente, la Gobernación de Antioquia por medio del Decreto D2018070001272 del 14 de mayo de 2018, declara la calamidad pública en el departamento y dispone, en su artículo 3, al Consejo Departamental de Gestión del Riesgo de Desastres en coordinación con el Departamento Administrativo del Sistema de Prevención, Atención y Recuperación de Desastres –DAPARD- la elaboración del plan específico para las áreas afectadas. El plan de acción tiene 124 acciones y 25 líneas de intervención que involucran varias entidades, entre ellas EPM, Bomberos, DAPARD, VIVA, Gobernación de Antioquia, UNGRD entre otras. El PAE para EPM se conformaron 86 actividades divididas en 9 líneas de intervención como: Social, Ambiental, Accesibilidad y Transporte, Educación, Salud, Servicios Públicos, Vivienda, Medios de Vida y una línea transversal de comunicaciones. La Contraloría observa que el PAE para EPM, se encuentra ejecutado en un 17%, se cerraron 20 actividades al año 2019, existen obras que no se han ejecutado como las siguientes:

Puentes Palestina y Turcó ubicados entre Ituango y Briceño junto al muro de la

presa.

Remoción Puente Simón Bolívar que está en el rio Cauca.

Construcción Puente Simón Bolívar en Puerto Valdivia

Puente El Doce Tarazá.

Escuela Marco A Rojo en Puerto Valdivia

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Centro de Salud Puerto Valdivia.

Puentes Palmichal y Garrucha que se encuentran en el PAE.

Transporte escolar en Valdivia

Electrificación de sectores rurales 733 viviendas.

Compra de Unidad Móvil de Salud, Puerto Valdivia

Aprovechamiento Forestal 18 viviendas indígenas, Cáceres

EPM, tiene la obligación de dar cumplimiento al Plan de Acción Específico (PAE), en caso contrario puede acarrear multas, sanciones y demandas que afecta la buena imagen de la empresa.

Registro Fotográfico

Estado puente Palestina Estado puente El Turcó

Estado puente peatonal Simón Bolívar Estado puente peatonal Simón Bolívar

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Estado puente El Doce (Tarazá) Después de la creciente Puente El Doce (Tarazá) reparado por EPM.

Escuela Marco A Rojo Puesto de Salud Puerto Valdivia

Fuente EPM.

De acuerdo con los hechos descritos anteriormente, se define un hallazgo administrativo. Posición de la Contraloría General de Medellín Analizada la información allegada se concluye, que con la respuesta EPM da la razón a la Contraloría en el sentido que el Plan de Acción Específico está atrasado y vienen cumpliendo parcialmente con las metas programadas. Se configura en hallazgo administrativo. 2.2.5 Plan de Mejoramiento Único (PMU): de acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este factor obtuvo una calificación de 96,7 como resultado del puntaje atribuido a las variables definidas para ello: cumplimiento de 98,1 y efectividad de las acciones de 96,3 para un concepto de Cumple, como se relaciona a continuación:

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Cuadro 90. Calificación factor plan de mejoramiento único, vigencia 2019.

Fuente. Matriz de calificación PMU, 2019. Elaboró equipo auditor GAT.

Una vez requeridas y recibidas las evidencias correspondientes, se analizó y verificó el cumplimiento y efectividad de las acciones implementadas por las Empresas Públicas de Medellín E.S.P, encaminadas a subsanar las causas generadoras de los hallazgos y a prevenir su reiteración. Se tuvo como finalidad verificar las acciones propuestas por la Entidad con corte al 31 de diciembre de 2019, sin embargo se observó que el hallazgo 15 de la Auditoría Regular 2018, contenía dos (2) acciones que habían sido proyectadas para el 2020, sin embargo estas fueron desarrolladas dentro de la vigencia de esta evaluación, por lo tanto fueron atendidas y cerradas, una vez se analizaron. El PMU consolidado contiene un total de 58 hallazgos, entre administrativos, fiscales y disciplinarios, con 84 acciones propuestas para subsanarlos; 25 de ellos con fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019; se tienen cinco (5), hallazgos fiscales, que dependen de la evolución del proceso de responsabilidad fiscal, los demás tienen fecha de terminación posterior al alcance de esta evaluación. 17 hallazgos se encuentran tipificados como administrativos y seis (6) con incidencia administrativa y disciplinaria. A continuación se muestran las acciones propuestas para la vigencia 2019, y que conllevaron al cierre de los hallazgos.

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Cumplimiento del Plan de Mejoramiento 0,20 19,6

Efectividad de las acciones 0,80 77,0

1,00 96,7

Cumple < 100 y >= 80

Cumple Parcialmente < 80 y >= 50

No Cumple < 50

PLAN DE MEJORAMIENTO

Puntaje Atribuido

96,3

CUMPLIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO

Calificación

Cumple

98,1

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Cuadro 91. Hallazgos con fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019, cerrados.

Fuente: construcción equipo auditor, con información rendición PMU, 2019. C*: se cierra en cuanto a lo administrativo, lo disciplinario es competencia de la entidad. F: fiscal; C: cerrado

En esta vigencia fueron cerrados los hallazgos administrativos que tenían fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019, excepto el hallazgo 3 de la Auditoría Especial a Facturación Residencial Servicios Públicos Domiciliarios en los cuales no se evidencia su efectividad.

Inicio Terminación

13 Administrativo 100 100 2019-09-01 2019-12-31 C

14 Administrativo 100 100 2019-09-01 2019-12-31 C

15 Administrativo 100 100 2018-09-25 2018-09-25 C

1 Administrativo 100 100 2019-11-02 2019-11-30 C

2 Administrativo 100 100 2019-08-10 2019-10-30 C

A.E. Bienes Dados de Baja vigencia

20143 Fiscal 0 0 2015-09-01 2016-06-30

A.E. Programa de Gestión y

Reducción de Pérdidas de Agua1 Fiscal 0 0 2016-09-12 2017-06-30

3 Fiscal 0 0 2017-11-30 2018-06-30

9Incidencia

Disciplinaria0 0 2017/07/01 2018/07/31

Fiscal 0 0 2018-01-01 2019-01-31

Incidencia

Disciplinaria0 0 2018-01-01 2019-01-31

14Incidencia

Disciplinaria0 0 2018-01-01 2018-12-31

A.E. contratación en la VP de

Transmisión y Distribución de

Energía

1 Administrativo 100 100 2019-02-01 2019-10-15 C

1 Administrativo 100 100 2019-01-01 2019-10-31 C

5 FISCAL 0 0 2018-12-12 2019-12-31

7 Administrativo 100 100 2019-02-01 2019-04-30 C

100 100 2018-12-10 2019-01-31 *

100 100 2018-12-10 2019-01-31

100 100 2018-09-10 2019-12-27 *

100 100 2018-09-10 2019-12-27

100 100 2019-02-01 2019-10-15 *

100 100 2019-02-01 2019-10-15

13Adm y

disciplinario100 100 2019-02-01 2019-10-15 C

14 Administrativa 100 100 2019-01-01 2019-06-30 C

16 Administrativa 100 100 2018-12-06 2019-12-31 C

17 Administrativa 100 100 2019-01-01 2019-31-12 C

F

NOMBRE DE LA AUDITORÍA NºTIPO DE

HALLAZGO

Cumplimiento

%

Efectividad

%

Plazo de la AcciónEstado

Auditoría Regular EPM Vigencia 2018

A. E. Facturación Residencial

Servicios públicos Domiciliarios en

Medellín y el Área Metropolitana.

F

Auditoría Regular Vigencia 2016

F

EPM

10

F

EPM

EPM

Auditoría Regular Vigencia 2017

F

8 Adminiistrativa

y DisciplinariaC

10 Administrativo C

11Adminiistrativa

y DisciplinariaC

2018-12-11 2019-06-30A.E. Otras Cuencas de Acueducto y

Alcantarillado vigencia 20173 Administrativo 100 100 C

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Es de aclarar, que si bien se allegaron por parte de EPM las evidencias correspondientes y que dan fe del cumplimiento de las acciones propuestas, se debe tener presente que algunas de ellas solo podrán verificarse a través de nuevos procesos de evaluación contractual, pues es allí donde se confrontará su verdadera efectividad, lo mismo que la no repetición de las causas originadoras de los hallazgos acá registrados.

Aspectos relevantes de los hallazgos evaluados y cerrados. Auditoría Regular EPM vigencia 2018. Hallazgo número 13: revisado el contrato CW22562 UNIÓN TEMPORAL OBRAS GUATAPÉ UTOG, correspondiente a la construcción del terraplén para el parque lineal en la rivera del embalse municipio de Guatapé, obras que hacen parte del proyecto Malecón Guatapé, el equipo auditor evidenció, que no se realizó un control a los pagos de la componente de administración del contrato, es decir, a los factores de los costos transversales asociados a la ejecución del mismo y que el contratista en su oferta tasó en 25,4%, porcentaje que EPM pagó sin verificar su debida causación y sin que se tuviera total certeza acerca del destino de los recursos de este componente del contrato. El citado contrato, fue adjudicado por un valor de $5.323.322.125, de los cuales, $1.021.241.555, según la manera como se estructuró el pliego de condiciones y fue aceptada la oferta, correspondieron al componente Administración del contrato, pues el pliego de condiciones del proceso de contratación PC-2017-000697 en su numeral 2.4.1 (valor – precios) estableció que: “los precios cotizados por el oferente, en el Formulario 3, deben considerar y contener el pago de trabajos debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones y deberán comprender todos los gastos necesarios en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad del oferente, y todos los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas” (subrayado fuera de texto). En vista de lo anterior, y al ser requerido EPM mediante correo electrónico del 21 de agosto de 2019 por parte del equipo auditor, con el propósito de conocer la relación de costos indirectos asociados al componente Administración (A) del contrato y la verificación realizada por la supervisión del contrato (bien haya sido efectuada a través de la interventoría externa o directamente por la supervisión del contrato), en donde se pudiese corroborar que el pago efectuado por concepto de los costos indirectos estuviesen efectivamente causados por el contratista y contaran con su respectivo soporte, no obstante, la entidad en reunión sostenida el

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4 de septiembre de 2019 en las instalaciones de la Contraloría General de Medellín, informa que no se había realizado un control en ese sentido y simplemente se pagó el porcentaje del 25,4% indicado por el contratista en la oferta, en cada una de las actas de obra ejecutada, en razón a que la misma se había presentado conforme al pliego y se encontraba debidamente aceptada. Posteriormente, en respuesta al informe preliminar EPM aporta los documentos soporte de los gastos de administración que luego del análisis efectuado a los mismos, se logró corroborar la causación de los pagos efectuados por concepto de administración para la vigencia 2018, y que soportan la suma cuestionada en la observación. Lo anterior transgrede el principio de eficiencia de la gestión fiscal contemplado en el artículo 8° de la ley 42 de 1993. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo. Con relación a este hallazgo, el contratista efectivamente soportó el 100% del valor total de los costos de administración del contrato, evidenciándose el cumplimiento y efectividad de la acción propuesta para subsanarse, lo que permite el cierre de este hallazgo. Hallazgo número 14: revisado el contrato CW25511 MGL INGENIEROS S.A.S., correspondiente a la construcción del malecón y obras de urbanismo en la rivera del embalse del municipio de Guatapé, obras que hacen parte del proyecto Malecón Guatapé, el equipo auditor evidenció que no se realizó un control a los pagos de la componente administración del contrato, es decir, a la componente de los costos transversales asociados a la ejecución del mismo y que el contratista en su oferta tasó en 27,4% y EPM lo pagó sin verificar su debida causación y sin que se tuviera total certeza acerca del destino de los pagos de este componente del contrato. El citado contrato fue adjudicado por un valor de $9.692.525.822 de los cuales según la manera como se estructuró el pliego de condiciones y fue aceptada la oferta, $2.011.933.390 correspondieron a la componente administración del contrato, pues las condiciones particulares del proceso de contratación CRW15183 en su numeral 3.3 Aspectos económicos estableció que: “los precios cotizados, deben considerar y contener el pago de trabajos debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones, y deberán comprender todos los gastos necesarios en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad del oferente, y todos

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los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas…”. (Subrayado fuera de texto). En vista de lo anterior, y al ser requerido EPM, mediante correo electrónico del 21 de agosto de 2019, por parte del equipo auditor con el propósito de conocer la relación de costos indirectos asociados al componente Administración (A) del contrato y la verificación realizada por parte de la supervisión del contrato (bien haya sido efectuada a través de la interventoría externa o directamente de la supervisión del contrato) en donde se pudiese corroborar, que el pago efectuado por concepto de los costos indirectos estuviesen efectivamente causados por el contratista y contaran con su respectivo soporte, no obstante, la entidad en reunión sostenida el 4 de septiembre de 2019 en las instalaciones de la Contraloría General de Medellín, informa que no se había realizado un control en ese sentido y simplemente se pagó el porcentaje del 27,4% indicado por el contratista en la oferta para cada una de las actas de obra ejecutada, en razón a que la misma se había presentado conforme al pliego y se encontraba debidamente aceptada. Posteriormente, el día 1 de octubre de 2019 vía correo electrónico, el gestor administrativo del contrato informa que ya se tenían los soportes requeridos y que se podía disponer de ellos. Para tal efecto, el día 3 de octubre se hace entrega física e informal de la documentación solicitada, en donde se da cuenta de los soportes de los gastos de la componente administración (A) del contrato. La situación descrita anteriormente, a pesar de la entrega de la documentación que soporta los gastos en referencia, continúa evidenciando una falta de control por parte de EPM sobre los recursos destinados a sufragar los costos indirectos del contrato, concretamente los comprendidos dentro de la Administración (A), que si bien, se encuentran definidos en la oferta en forma de porcentaje de los precios unitarios aceptados por la entidad, tal estimación, no altera su destinación, que siempre deberá orientarse a cubrir todos aquellos costos diferentes a los directos, necesarios para la ejecución del contrato, tales como honorarios, pólizas, prestaciones sociales, impuestos, entre otros, y por lo tanto, no es discrecional del contratista la aplicación o no de éstos costos y mucho menos hace parte de la utilidad o ganancia propuesta por éste, de manera que el porcentaje estimado como Administración (A) en la oferta presentada por el contratista y aceptada por la empresa contratante, no es de causación inmediata, pues requiere para su reconocimiento que efectivamente en la ejecución contractual se haya incurrido en los costos que la comprenden, pues en caso contrario, se estaría rompiendo la naturaleza conmutativa del contrato, que en términos del artículo 1498 del Código Civil, implica una equivalencia entre las obligaciones pactadas por las partes,

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equivalencia que en el presente caso se rompe en contra de EPM, como contratante, al reconocer unos recursos de los cuales no tiene soporte de que se hayan invertido en la ejecución del contrato. Lo anterior transgrede el principio de eficiencia de la gestión fiscal contemplado en el artículo 8° de la ley 42 de 1993. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo. Con relación a este hallazgo, el contratista efectivamente soportó el 100% del valor total de los costos de administración del contrato, evidenciándose el cumplimiento y efectividad de esta acción, lo que permite el cierre de este hallazgo. La Entidad debe continuar con el monitoreo y revisión permanente en la aplicación de los controles necesarios sobre este componente en los contratos suscritos, además que los soportes que dan cuenta de estos gastos de Administración sean entregados en forma oportuna para su evaluación, con el fin de evitar una nueva ocurrencia de las mismas incidencias en los contratos de obra pública de acueducto y alcantarillado. Hallazgo número 15: en la evaluación del contrato CT-2014-000364-A1 con INGENIEROS CONSULTORES CIVILES Y ELECTRICOS S.A. INGETEC S.A., que tiene por objeto: “prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa, ambiental y social de los contratos de obra civil para la construcción, modernización y referenciación de redes de acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la Iguana, la García, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir, Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y Bello. Grupo 2”, se encontró que los informes diarios, de gestión de calidad, gestión ambiental y social, no fueron entregados por el contratista oportunamente durante el primer año de ejecución del contrato. Lo anterior se puede evidenciar en los informes mensuales, los anexos a los informes entregados por el contratista a EPM y la lista de chequeo para el seguimiento del plan de calidad elaborado por el gestor administrativo, donde se registra en observaciones la entrega parcial e inoportuna de los informes diarios y la gestión de calidad, gestión ambiental y social, que se debieron entregar en los informes mensuales, éstos fueron entregados en una fecha posterior a la establecida, contraviniendo el numeral 12.2 Informes a entregar del Anexo Técnico 1 de la solicitud de ofertas, que indica: “Los informes obligatorios que debe elaborar el consultor son los siguientes: “Informe diario de obra ejecutada: este informe se

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entregará a las 9:00 am del día siguiente y el informe mensual detallado: este informe deberá presentarse a EPM los primeros cinco (5) días calendarios del mes siguiente”, además, en el mismo numeral se describe la temática que se debe presentar en los informes mensuales, como son, la gestión de calidad, la gestión ambiental y social. La inconsistencia presentada se origina por debilidades de la supervisión en el cumplimiento de las funciones de control y seguimiento a la ejecución del contrato, pues ante las deficiencias presentadas, no existen mejoras por parte del contratista y no se tomaron medidas como la mencionada en el numeral 12.2 del Anexo Técnico 1 de la solicitud de ofertas, “EPM podrá retener el pago del respectivo mes hasta tanto EL CONSULTOR realice las entregas de todos los informes establecidos en este anexo técnico, dentro del plazo estipulado y a entera satisfacción de EPM”, lo que ocasiona un riesgo de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato. Lo anterior se define como un hallazgo administrativo. Para subsanar la irregularidad del hallazgo se plantearon tres (3) acciones a saber: Primera acción: modificar plazos de entrega de los informes mediante Acta de Modificación Bilateral, teniendo en cuenta que se no son coherentes los plazos establecidos en el pliego de condiciones del contrato de obra civil con los plazos establecidos para la interventoría, y teniendo en cuenta que los informes del contratista son un insumo para los informes del interventor. En el cumplimiento y efectividad de esta acción, se evidenció según oficio 20180130124174 (0257) del 25 de septiembre de 2018, cuyo asunto fue: "comunicación de modificación No.1. Contrato CT-2014-000364-A1, Objeto: Interventoría Proyecto Rodas, Piedras Blancas y El Salado", en el numeral 7 del oficio en referencia donde se manifiesto lo siguiente: "Modificar los plazos de entrega de los informes diarios, semanales y mensuales (numeral 12.2 del Anexo Técnico), para que sean compatibles con los plazos del contratista de obra civil y el interventor cuente con el tiempo necesario para presentar observaciones y realizar ajustes a los mismos". Por lo tanto, se dio cumplimiento y se logró su efectividad del 100% de esta acción de mejoramiento formulada. Segunda acción: redacción adecuada en los párrafos de los anexos técnicos de los Pliegos de condiciones de los contratos de Obra Civil e Interventoría y de las especificaciones técnicas para que las fechas de entrega de los informes sean coherentes con los plazos para revisión y entrega oportuna de parte de ambos contratistas.

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En el cumplimiento y efectividad de esta acción, se evidenció que EPM realizó una revisión a los pliegos de condiciones para los contratos tanto de obra civil, como de interventoría que estaban en ejecución o en proceso de contratación, con el fin de verificar los requisitos para la entrega de informes. EPM presentó un cuadro comparativo de los plazos de entrega de informes en diferentes contratos que se encuentran en ejecución, identificando algunas inconsistencias entre éstos, lo que generó, en su momento, el hallazgo administrativo por parte de la CGM, los requisitos de plazo de entrega de informes son variados, donde en algunos casos se específica la hora de entrega, en otros solo se indica la jornada de la mañana o de la tarde, y en algunos casos se define que sea al día hábil. Por lo tanto, se elabora los modelos de capítulo de entrega de informes con las siguientes consideraciones: • Se establece la entrega en días hábiles • Se homologan plazos de entrega, para los dos tipos de contrato de interventoría y para los contratos de obra civil • Se define la hora exacta límite para la entrega de los informes diarios y semanales • Se establece la coherencia entre los plazos de entrega exigidos al contratista de obra civil, con los exigidos a la interventoría, para que esta cuente con un tiempo prudente para las revisiones y ajustes. De acuerdo con lo antes señalado, se da cumplimiento 100% a la acción de mejoramiento formulada. Tercera acción: divulgación en grupos primarios y mediantes correo electrónico con el fin de tenerse en cuenta por el personal de la Dirección como lecciones aprendidas para su implementación. El equipo auditor evidenció en el Acta de Reunión, Dirección de Proyectos Aguas, Saneamiento, Gas y Locativos 2 - Reunión de Líderes, con fecha 25 de febrero de 2020 cuyo orden del día consistió en: la presentación del hallazgo 15 presentado en el Plan de Mejoramiento de la Contraloría General de Medellín, el cual se puso en conocimiento a los presentes y se les dio a conocer las acciones formuladas y las gestiones emprendidas que se han vendido dando para subsanar dicho hallazgo. También se dieron a conocer los correos electrónicos y presentación en Power Point al personal directivo sobre las lecciones dadas y esto se hizo el 31 de marzo de 2020; de otro lado se evidenció los ajustes realizados en el numeral 12.2 Informes a Entregar (páginas 62-63) del Anexo Técnico contrato de Interventoría. Por lo tanto, se da cumplimiento 100% a la acción de mejoramiento formulada.

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En razón de lo anterior se cierra este hallazgo administrativo. Auditoría Especial facturación residencial servicios públicos domiciliarios en Medellín y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá. Hallazgo número 1, administrativo: “de acuerdo con la liquidación y pago del Acta 1 del contrato CW37844, en la que se incluyó un valor dejado de pagar con cargo al Acta 43 del contrato CW18861, es claro que se mezcló la ejecución de ambos contratos, pues se realizaron pagos con cargo a un contrato y que correspondían a otro lo que trajo como consecuencia el reconocimiento al contratista del valor dejado de facturar en un acta de ejecución de otro contrato…” En respuesta a este hallazgo EPM, propuso realizar ajuste a las fechas de liquidación del contrato (del 1 al 30 de cada mes) a partir de la siguiente renovación, para que no se presenten liquidaciones parciales. Además, se realizará control para que una vez finalice el contrato CW37844 se validen las liquidaciones y pagos antes de realizarlos, con el fin de evitar errores en la liquidación y pago de los contratos, a partir de la siguiente renovación del contrato CW37844. Tal y como efectivamente lo ajustó EPM para ese contrato, el plazo de inicio de la acción fue el 2 de noviembre de 2019 y de finalización el 30 de noviembre del mismo año, al ver la fecha del acta se observa que la misma es del día 19 de diciembre de 2019, lo que no incide en su cumplimiento por lo que se cierra este hallazgo administrativo. Hallazgo número 2, administrativo: es necesario que antes de suscribir cualquier renovación se realice un análisis de la estructura de costos de los contratos y se determine cuáles de los conceptos tenidos en cuenta en dicha estructura continúan vigentes o no, y así establecer los componentes que harán parte de los nuevos contratos y no como ocurrió en los siguientes contratos: CT 2015-000494, suscrito con INMEL Ingeniería S.A.S. y CT 2015-000495, suscrito con CONSULTEL S.A.S., con corte a 31 de diciembre de 2018, los cuales han tenido dos renovaciones cada uno. Las seis (6) acciones propuesta por EPM fueron cumplidas en forma y tiempo; es decir se generaron las cuentas de cobro por los montos señalados en el hallazgo, recuperándose los recursos, además fue retirado para los contratos CW37844 y CW38052 el ítem de la póliza de seriedad del modelo de costos de dichos contratos a partir de las actas de pago del mes de agosto de 2019. Se generaron unos beneficios cuantitativos (en virtud de la recuperación de los valores pagados por las

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pólizas de seriedad de las propuestas de los contratos mencionados en sus renovaciones) y cualitativos (pues se planteó modificar el procedimiento, señalando que es necesario que antes de suscribir cualquier renovación se realice un análisis de la estructura de costos de los contratos y se determine cuáles de los conceptos tenidos en cuenta en dicha estructura continúan vigentes o no, y así establecer los componentes que harán parte de los nuevos contratos). Lo anterior permitió tomar la decisión de cerrar este hallazgo administrativo. Auditoría Especial contratación en la VP de Transmisión y Distribución de Energía. Hallazgo número 1, administrativo: en el proceso de evaluación de la contratación del sistema de distribución de energía eléctrica de EPM, vigente durante el año 2018, el equipo auditor observó que las figuras de la adición, renovación y prórroga se han aplicado por parte de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., de manera inadecuada, encontrándose lo siguiente: El contrato CT-2014-000550A4, suscrito con la firma Ingeomega S.A., por valor de $7.500 millones, a través del uso de la figura de adición y renovación, se terminó ejecutando por valor de $37.580 millones; es decir, cinco veces más de lo inicialmente pactado. Igual caso sucedió con los contratos CT-2014-000552-A3 adjudicados a Enecon S.A.S., por $11.491 millones, que terminó ejecutándose por valor de $49.872 millones; es decir 4,3 veces más de lo inicialmente adjudicado, y el CT-2014-000567-A5 con la firma R.O.R. Ingeniería S.A.S, por $10.700 millones, que terminó en $38.080 millones; 3,5 veces más de lo originalmente adjudicado; tal como se aprecia en el cuadro 6, y mediante la figura de prórroga y renovación el contrato CT-2014-000550A4 INGEOMEGA S.A., se adjudicó con un plazo de 365 días y se amplió a 1265 días. El contrato CT-2014-000552-A3 Enecon S.A.S. con un plazo de 365 días y se amplió a 1279 días, y el contrato CT-2014-000567-A5 R.O.R. Ingeniería S.A.S., adjudicado con 365 días y se amplió a 1279 días, tal como se aprecia en el cuadro 6."...se evidenció una falta de planeación en el propósito tener un nuevo proceso contractual que permitiera ajustar en un tiempo prudente las deficiencias contractuales detectadas y a su vez permitir que nuevos proponentes pudieran acceder a la contratación de EPM, vulnerando de esta manera los principios de transparencia y equidad a través de la permanente y reiterada aplicación de las figuras de prórroga, adición y renovación..." configurándose como un hallazgo con presunta incidencia administrativa.

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EPM reitera que en el caso objeto de hallazgo, y conforme se expuso en la respuesta a la observación de la Contraloría, si era viable superar el plazo del contrato por un término superior a tres (3) años mediante la figura de la prórroga, acorde con lo dispuesto en el Decreto 2090 de 2015, por lo que no se presentó una inadecuada aplicación de la normatividad contractual. Además, es de precisar que en su momento se soportó documentalmente la necesidad de ampliar el plazo del contrato como obra en cada modificación contractual. No obstante lo anterior, EPM propuso en aras del mejoramiento continuo que aplica en su proceso de adquisición de bienes y servicios: Establecerá una mesa de trabajo desde la Unidad Categorías y Contrataciones con la Dirección Soporte legal Contratación con el objetivo de revisar la aplicación de cada una de las figuras objeto del hallazgo (renovación y prórroga del contrato), lo anterior en concordancia con el lineamiento 26 de 2018 (normatividad actual) y que los resultados de este trabajo serán socializados con la Gerencia de Cadena de Suministro. Dará capacitación a los responsables de los trámites de prórrogas y renovación de los contratos, especialmente en cuanto al diligenciamiento de la documentación que soportan dichos trámites buscando mitigar el riesgo de aplicación incorrecta del lineamiento 26 de 2018, mediante un correcto entendimiento del trámite de prórroga y de renovación de los contratos, además de permitir a los servidores responsables que para cada caso se diligencien adecuadamente los documentos que soportan dichos trámites. EPM adelantó las mesas de trabajo con la Dirección Soporte Legal Contratación, donde se aclararon los términos de modificación y renovación de los contratos, a la luz de lo establecido en el Lineamiento 26. El resultado de las definiciones discutidas y acordadas en las mesas de trabajo, se condensó en una presentación que fue socializada con las dependencias responsables de las gestiones contractuales correspondientes, anexando la presentación compartida en los conversatorios, y listado de asistencia. Por lo anterior, se toma la decisión de cerrar este hallazgo administrativo.

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Auditoría Regular vigencia 2017. Hallazgo número 1, administrativo: "En la ejecución del contrato CW 9644 de 2017 suscrito con LUIS JAVIER GALEANO MURILLO, se realizaron tres modificaciones de las cuales, en la modificación 1 se incluyeron obras extras para la Central Tasajera cuya necesidad de ejecución se tenía identificada desde antes de la suscripción del contrato, tal como se evidencia en la justificación para la suscripción de dicha modificación, contrariando lo establecido en decreto 2090 de 2015, en el Artículo 2. Planeación de la contratación, en el que se establece que el plan operativo de cada dependencia tendrá el detalle de las necesidades de los bienes y servicios a adquirir, su priorización en el tiempo y la partida presupuestal aprobada para cada necesidad. La anterior situación se dio por la deficiencia en la efectividad de los controles establecidos para la definición de las actividades que se deberían presupuestar e incluir para ser ejecutadas a través del contrato, lo que genera riesgos en la ejecución de las obras pactadas por ausencia de presupuesto para su ejecución y que además no se hagan con la calidad adecuada, pues los requerimientos de idoneidad de los contratistas en el proceso de selección no contemplaron la experiencia para las obras extras contratadas, las cuales eran de una exigencia técnica más compleja que las contratadas inicialmente. La situación antes descrita se define como un hallazgo administrativo. Se propuso EPM, entonces, optimizar las actividades contractuales de los contratos de mantenimiento de tal forma que se atiendan las áreas clientes de manera oportuna y eficaz, disminuyendo las posibles fuentes de riesgo en los procesos productivos que puedan representar falta de continuidad en los mismos. En los acuerdos con las dependencias clientes se definirá un periodo de captura de necesidades de mantenimiento y soporte, para su posterior revisión, consolidación y programación. Igualmente, se definirá el tratamiento para las novedades en el plan de mantenimiento y soporte. Lo anterior con el fin de planificar eficazmente desde el punto de vista técnico, financiero y administrativo todo el proceso de contratación y ejecución de los proyectos con las diferentes áreas de la Organización (Clientes) que requieran la prestación del servicio por parte de la Unidad de Soporte y Mantenimiento de Edificios.

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Estas acciones se implementaran para todos los proyectos que atenderá la Unidad de Soporte y Mantenimiento de Edificios durante el año 2019, partiendo desde la etapa precontractual hasta la ejecución. En cumplimiento de estas acciones EPM ha revisado constantemente las necesidades del cliente y ha logrado implementar los mecanismos necesarios que garanticen una disminución del riesgo en los procesos productivos; entre los se encuentran: Planificación Técnica, mediante comités técnicos los cuales están monitoreando constantemente los diseños estructurales, arquitectónicos, acueductos, alcantarillados etc., con el objeto de detectar posibles errores que conlleven a afectar la parte presupuestal de los proyectos. Así mismo realizan visitas periódicas a los proyectos. Planificación Financiera, se realiza seguimiento constante a los proyectos con el objeto de Controlar y ajustar el presupuesto del proyecto. Planificación Administrativa, se realizan reuniones periódicas con el cliente con el objeto de hacer seguimiento y evaluaciones de las diferentes actividades del proyecto; buscando que se cumplan con todos los requerimientos del contrato. Revisadas las anteriores condiciones en la búsqueda de subsanar las causas del anterior hallazgo, observándose su cumplimiento, se cierra este hallazgo. Hallazgo número 7, administrativo: En el contrato CW13858 de 2017 suscrito con Gustavo Adolfo Agudelo, con fecha de inicio septiembre 19 de 2017 por $10.011.868.836 cuyo objeto fue “Construcción, reposición y mantenimiento de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las redes de alcantarillado de EPM Grupo 4, el equipo auditor el día 8 de agosto de 2018 realizó visitas al sitio de la obra en el sector de Envigado, en compañía de funcionarios de EPM, con el fin de verificar las obras correspondientes al ítem 42.1 denominado “Construcción de cámara de inspección incluye la base y la cañuela, contenidas en actas de obra 1 (septiembre - octubre de 2017), 4 (diciembre de 2017 - enero de 2018), 6 (febrero - marzo de 2018) y 7 (marzo - abril de 2018). En las visitas realizadas se observaron problemas constructivos, en las brechas de las vías intervenidas con las cámaras de inspección vaciadas, las cuales presentan hundimientos, según consta en la respectiva acta de visita y en el registro fotográfico anexo a la misma. Para subsanar la irregularidad del hallazgo se plantearon dos acciones a saber:

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Acción número 1: realizar capacitación al personal de la obra del contratista el 7 de septiembre de 2018. Se adjunta registro de capacitación de PAVCO. Para el cumplimiento de esta acción y lograr el objetivo propuesto, se realizó la capacitación al personal de la obra del contratista el 26 de abril de 2019, según acta de reunión y registro fotográfico, donde se presentó por parte de EPM un cuadro comparativo de los plazos de entrega de informes para los contratos que se encuentran en ejecución, identificando algunas inconsistencias entre éstos, que fue lo que generó, en su momento, el hallazgo administrativo por parte de la CGM, también indicaron que los requisitos de plazo de entrega de informes son variados, donde en algunos casos se específica la hora de entrega, en otros solo se indica la jornada de la mañana o de la tarde, y en algunos casos se define que sea al día hábil. Por lo tanto, se elabora los modelos de capítulo de entrega de informes con las siguientes consideraciones: • Se establece la entrega en días hábiles • Se homologan plazos de entrega, para los dos tipos de contrato de interventoría y para los contratos de obra civil • Se define la hora exacta límite para la entrega de los informes diarios y semanales • Se establece la coherencia entre los plazos de entrega exigidos al contratista de obra civil, con los exigidos a la interventoría, para que esta cuente con un tiempo prudente para las revisiones y ajustes. En consecuencia se ha venido logrando el objetivo de fortalecer las competencias del personal a cargo de la supervisión de obras, así como también la implementación de mejores prácticas en la supervisión de obras. De acuerdo con lo antes señalado, se da cumplimiento a la acción de mejoramiento formulada. Acción número 2: realizar capacitaciones con los proveedores de tuberías al personal encargado de EPM de la supervisión de las obras del contrato. Efectivamente se realizó la capacitación por parte de la empresa PAVCO (proveedor) el día 26 de abril de 2019 a funcionarios de EPM, para implementar mejores prácticas en la instalación de tuberías y accesorios en PVC para la construcción de redes de alcantarillado; lo que permitió fortalecer competencias de los funcionarios en la supervisión de obras a Contratista.

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De acuerdo con lo antes señalado, se da cumplimiento a la acción de mejoramiento formulada. Lo anterior permite cerrar este hallazgo administrativo. Hallazgo número 8: En el contrato CW 13856 suscrito con Redyco, con fecha de inicio septiembre 19 de 2017, por $9.771.361.826 cuyo objeto fue: “Construcción, reposición y mantenimiento de redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las redes de alcantarillado de EPM Grupo 3”, el equipo auditor encontró que se ejecutó y pagó obra correspondiente al contrato inicial CT-2014-000385 A2, el cual terminó el 18 de septiembre de 2017, según acta 19 que registra obra ejecutada del 23 de septiembre a octubre 15 de 2017, por $557.644.233,10 cuando ya estaba en ejecución el contrato de renovación CW 13856 que inicio el 19 de septiembre. Esta acta se cancela con las facturas 4140 y 4143 por $23.561.723,38 y 534.079.490,47 respectivamente, con radicado de noviembre 1 de 2017 y según el sistema One Word, causada el 31 de octubre de 2017, no se entiende cómo se causó sin ser radicada; pagada en marzo 8 de 2018. Para subsanar la irregularidad del hallazgo se plantearon dos acciones a saber: Acción número 1: implementar formato de acta de obra (se anexa), donde se especifique claramente el período de ejecución de obra, y en la parte final se indique la fecha de aprobación entre las partes, con las respectivas firmas. En los contratos de obra supervisados por la Unidad Operación Mantenimiento Gestión Aguas Residuales, se tiene implementado un formato de acta de obra donde se especifica claramente el periodo de ejecución y las fechas de aprobación de las actas de obra; las actas firmadas y aprobadas se encuentran en el sistema de información ARIBA para cada contrato, información que fue confirmada. De acuerdo con lo antes señalado, se da cumplimiento a la acción de mejoramiento formulada. Acción número 2: divulgar al equipo de trabajo encargado de la supervisión de los contratos y a los Contratistas de Mantenimiento Redes Alcantarillado y Construcción de proyectos menores de redes de alcantarillado adscritos a esta Unidad Operación y Mantenimiento Gestión Aguas Residuales, la importancia de la coherencia en las fechas de ejecución de obra y el formato del acta de obra. En los soportes entregados se pudo evidenciar que la administración de los contratos de obra supervisados por la Unidad Operación Mantenimiento Gestión Aguas Residuales, se implementó un formato de acta de obra donde se especifica

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claramente el periodo de ejecución y las fechas de aprobación de las actas de obra; las actas firmadas y aprobadas y subidas al sistema de información ARIBA por cada contrato, información que fue confirmada. De acuerdo con lo antes señalado, se da cumplimiento a la acción de mejoramiento formulada. Por lo anterior, se considera cerrar este hallazgo administrativo. Hallazgo 10, administrativo: "en la evaluación de las Renovaciones 1 y 2 al contrato CT-2015-001128, suscritas entre Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y OPERACIONES, SERVICIOS Y LOGISTICAS EN TRANSPORTE S.A, el día 14 de junio de 2016 y el día 01 de agosto de 2017 respectivamente, cuyo objeto fue “Prestación de servicios de transporte terrestre de carga, alimentos y equipos en todo el territorio colombiano”, se evidenció en los documentos que soportan la ejecución contractual (actas de pago), que en los períodos comprendidos entre enero y agosto (renovación 1) y septiembre y diciembre (renovación 2) de la vigencia 2017, la entidad contratante realizó pagos a favor del contratista por valores superiores a los definidos en el formulario 4 del pliego de condiciones PC -2015-000175, los cuales se encuentran vinculados a rangos de distancia, tipo de vehículo y unidad. Para la modalidad Evento – Viaje (evento ruta) contenida en el cuadro transcrito, el pliego de condiciones estableció en el numeral 7.1.3.1.1, unas distancias de referencia entre Medellín y algunos Municipios del Departamento de Antioquia, que son la base para liquidar los valores a pagar según el rango de distancia en el que se encuentre comprendido el recorrido hasta el sitio de descargue, sin embargo al confrontar los pagos realizados en la vigencia 2017, con las distancias que hay entre Medellín y los Municipios o localidades hacia los que se prestó el servicio de carga, se encontró que varios superaron los valores que se debían cancelar de acuerdo a los rangos de distancias, en los que se encontraban los recorridos realizados. Ante la afectación ocasionada a los recursos de la entidad contratante y con el fin de resarcir el perjuicio, ésta elaboró la cuenta de cobro (reintegro) RI 6579326 y el cruce de documento de cobro PX 18027176 por valor de $146’671.390, las cuales se hicieron efectivas mediante comprobante de pago N° PT 1310471, recuperándose de esta manera el valor pagado indebidamente. Razón por la que y atendiendo que en todo caso se presentó un desconocimiento a las estipulaciones contractuales y una falla en los controles del proceso, se configura un hallazgo administrativo. Una vez corregida puntualmente esta acción, con la recuperación de los recursos ya citados, EPM, se propuso entre otras, revisar periódicamente la liquidación de

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servicios pagados al proveedor y la elaboración de una plantilla en Excel para registrar los servicios de transporte solicitados, de acuerdo con los ítems del contrato, además de verificar que los pagos realizados al contratista estén de acuerdo con el servicio prestado y con las tarifas definidas contractualmente, buscando minimizar los riesgos en la liquidación y pago de los servicios de transporte de carga. En este sentido las Empresas Públicas de Medellín, vienen realizando la revisión, la cual se realiza en todas las actas de pago y cada una de las planillas que lo soportan y las plantillas para los pagos fueron adecuadas a las condiciones particulares y acorde al anexo técnico ítems y cantidades con formulación automática que disminuye el porcentaje de error en la liquidación. Igual, se reitera la recuperación de los recursos cancelados de más en la observación citada, razón por la cual se cierra este hallazgo administrativo. Hallazgo 11, administrativo con incidencia disciplinaria: en el CT-2013-000241 suscrito con la firma FIBRATORE por valor: $19.947.738.000, con plazo de ejecución de dos (2) años (26/03/2013 hasta 25/03/2015), que presentó 9 modificaciones, y cuyo objeto es el suministro de postes de poliéster reforzados con fibra de vidrio, se evidencia que a partir de la modificación 4 del contrato, en la que se prorroga el plazo inicial, se está superando el plazo máximo de 3 años determinado en el artículo 27 del Decreto 2090 de 2015, sustentándolo en razones de conveniencia y necesidad, las cuales conforme al citado artículo, no sirven de sustento para exceder dicho plazo, en tanto la única excepción contemplada para el caso de la prórroga, es la naturaleza de la obligación contenida en el contrato. Se encuentra así que las razones expuestas por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para prorrogar el contrato por un término superior al de los 3 años, corresponden a la figura de la renovación, regulada en el artículo 28 Decreto 2090 de 2015, la cual produce efectos jurídicos distintos a los de la prórroga, lo que indica que la entidad no aplicó correctamente su manual de contratación. Lo anterior obedece a deficiencias en la aplicación de las normas que regulan el proceso contractual de la entidad, generando posibles vicios respecto de los actos y contratos que lo integran, y por tanto, afectación al principio de moralidad, consagrado en el artículo 209 de la Constitución Política el cual hace referencia al comportamiento del servidor público respetuoso de las formalidades y finalidades del bloque de legalidad y de los parámetros que se avienen de los principios, valores y normas de nuestro ordenamiento jurídico, debiendo acudir la entidad contratante

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a un nuevo proceso de selección, o suscribir una renovación que le permitirá satisfacer sus necesidades. El anterior hallazgo es administrativo con presunta incidencia disciplinaria. EPM reitera que en el caso objeto de hallazgo, y conforme se expuso en la respuesta a la observación de la Contraloría, si era viable superar el plazo del contrato por un término superior a tres (3) años mediante la figura de la prórroga, acorde con lo dispuesto en el Decreto 2090 de 2015, por lo que no se presentó una inadecuada aplicación de la normatividad contractual de EPM. Además, es de precisar que en su momento se soportó documentalmente la necesidad de ampliar el plazo del contrato como obra en cada modificación contractual. En cuanto a los archivos de referenciamiento de mercado adjuntos en la respuesta a la observación 20 se aclara que estas consultas se hicieron, tal y como se indicó en la mencionada respuesta en el año 2016 y 2017. No obstante lo anterior, EPM en aras del mejoramiento continuo que aplica en su proceso de adquisición de bienes y servicios:

1. Establecerá una mesa de trabajo desde la Unidad Categorías y Contrataciones con la Dirección Soporte legal Contratación con el objetivo de revisar la aplicación de cada una de las figuras objeto del hallazgo (renovación y prórroga del contrato), lo anterior en concordancia con el lineamiento 26 de 2018 (normatividad actual). Los resultados de este trabajo serán socializados con la Gerencia de Cadena de Suministro.

2. Dará capacitación a los responsables de los trámites de prórrogas y

renovación de los contratos, especialmente en cuanto al diligenciamiento de la documentación que soportan dichos trámites.

Lo anterior, en aras de mitigar el riesgo de aplicación incorrecta del lineamiento 26 de 2018 mediante un correcto entendimiento del trámite de prórroga y de renovación de los contratos. Permitir que los servidores responsables de la prórroga y renovación de contratos que en cada caso se diligencien adecuadamente los documentos que soportan dichos trámites. En tal sentido EPM ha adelantado las mesas de trabajo con la Dirección Soporte Legal Contratación, donde se aclararon los términos de modificación y renovación

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de los contratos, a la luz de lo establecido en el Lineamiento 26. El resultado de las definiciones discutidas y acordadas en las mesas de trabajo, se condensó en una presentación que fue socializada con las dependencias responsables de las gestiones contractuales correspondientes. Se anexa presentación compartida en los conversatorios, y listado de asistencia. Por lo anterior, se cierra este hallazgo. Hallazgo número 13, administrativo, con incidencia disciplinaria: En el Proceso de selección No. PC-2016-002169, que originó los contratos CT-2017-000104 suscrito con UT Mejia Acevedo S.A.S, CT-2017-000105 suscrito con CONSOR C&C CAFEREDES LTDA CONSTR TLDA y CT-2017-000106 suscrito con CONSORCIO CONDUGAS SILAR, cuyo objeto fue la construcción de redes de Gas Natural, actividades de conexión al sistema de distribución de Gas Natural de EPM y demás actividades conexas, se encuentra en el informe para recomendación y aceptación de ofertas, declaratoria de desierto, combinación de las anteriores o terminación del proceso de contratación del 13 de enero de 2017, que el oferente NC CONSTRUCCIONES Y CIA LTDA., fue eliminado por aplicación de la causal contenida en el numeral 3.3.2.10 de los pliegos de condiciones “No responder de manera satisfactoria”. No obstante y según los hechos esbozados por la Entidad, tanto en el citado informe, como en los informes jurídico de análisis y conclusiones y en el de respuestas a observaciones al informe de análisis y conclusiones, en la elaboración de las ofertas tanto del proponente eliminado NC CONSTRUCCIONES Y CIA LTDA, como del proponente COSORCIO CONDUGAS SILAR, al cual se le adjudicó contrato, participó la misma persona, circunstancia que implicaba la eliminación de ambos oferentes, conforme al numeral 3.3.2.2 de los pliegos de condiciones que estipuló “Cuando un socio o empleado de quien presente oferta, haya participado en la elaboración de la oferta de otro oferente, que igualmente participe”. Esta situación se originó por debilidades en el proceso de evaluación de las ofertas, ocasionando afectación a los principios de selección objetiva y transparencia, consagrado en el artículo 209 de la Constitución Política. La anterior situación se define como un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. EPM reitera que no ha faltado al principio de selección objetiva, ni de transparencia, como tampoco se presentaron debilidades en el proceso de evaluación de las ofertas, pues queda demostrado que se actuó conforme a lo establecido en los documentos del proceso de contratación, respetando los principios constitucionales y analizando con juicio los hechos que se presentaron.

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Lo anterior, con base en el argumento del ente de control en el informe definitivo de la auditoría, en el sentido que el pliego de condiciones no establece que las actividades de solicitud del derecho de participación y de la garantía de seriedad, son actividades que hacen parte de la elaboración de la oferta, pues en el momento que se ejecutan ni siquiera el interesado tiene calidad de oferente y por tanto no ha elaborado la oferta, ni presentado la misma. Adicionalmente, tal como lo afirma la Contraloría en el informe definitivo, la señora Diana María Ibargüen, en el momento de la evaluación del proceso era empleada del CONSORCIO NC CONSTRUCCIONES CONDUGAS, es decir, no era empleada de las firmas participantes, por lo tanto no se cumple el supuesto para aplicar la causal de eliminación definida en el numeral 3.3.2.2 que establece lo siguiente: “Cuando un socio o empleado de quien presente oferta, haya participado en la elaboración de la oferta de otro oferente, que igualmente participe”. No obstante, lo anterior, EPM en aras del mejoramiento continuo que aplica en su proceso de adquisición de bienes y servicios: Establecerá una mesa de trabajo desde la Unidad Categorías y Contrataciones con la Dirección Soporte Legal Contratación con el objetivo de revisar la causal de eliminación objeto del hallazgo, establecida en los documentos de la contratación, con la finalidad de evaluar su contenido y determinar, si hay lugar a ello, las modificaciones que sean pertinentes. Los resultados de este trabajo serán socializados con la Gerencia de Cadena de Suministro. Evaluar el contenido de la causal de eliminación objeto del hallazgo y determinar, si hay lugar a ello, las modificaciones que sean pertinentes. En concordancia con lo propuesto, EPM realizó varias reuniones con los participantes de la mesa de trabajo (Dirección Soporte Legal Contratación y Unidad Categorías y Contratación), finalmente luego de revisar la causal de eliminación objeto del hallazgo se concluyó que la causal no se modificará. Lo anterior, debido a que la aplicación de dicha causal de eliminación deberá corresponder al análisis particular de cada caso en concreto, en términos del cumplimiento de los supuestos de la causal: la comprobación de la calidad de socio o empleado de quien presente la oferta y su participación en la elaboración de la oferta en aspectos técnico - económicos y no en aspectos meramente documentales.

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En todo caso, debe tenerse en cuenta que la finalidad de la mencionada causal de eliminación, es prevenir la presentación de ofertas en la que los proponentes, a través de sus empleados o socios, participen en el diseño, elaboración y definición de la oferta técnico – económica de otro oferente, con lo cual se podría menoscabar efectivamente la competencia entre los participantes, prevención que consideramos no debe hacerse extensiva a las actividades operativas que no inciden en el contenido técnico - económico de las propuestas a presentar. Aunque con fundamento en lo anteriormente expuesto se cierra este hallazgo en lo administrativo este ente de control estará atento a verificar que no se generen incumplimientos de carácter legal en los procesos contractuales evaluados posteriormente. Hallazgo número 14, administrativo: en los contratos CT-2015-000630 suscrito con HMV INGENIEROS LTDA, CT-2014-000549-A1 suscrito con INGELÉCTRICA S.A., CT-2014-000567-A5-R1 suscrito con ROR INGENIERIA SAS, CT-2014-000550-A4-R1 suscrito con INGEOMEGA S.A, se firmó la intención de modificación de estos por el gestor administrativo, y no por el funcionario competente, lo anterior se puede evidenciar en las comunicaciones con radicados: 201630053871 CA 0298, 201630070069 C.A 0298, 201630161249 C.A 0298, 201630084678, 201630094820, 20170130010426, 20170130059299, 20170130010368, 20170130059293, incumpliendo lo estipulado en el Decreto 2035 de octubre de 2014, que en su Anexo 2 “Delegación general en los procesos de contratación de EPM que se adelanten a través del abastecimiento estratégico” establece quien es el delegado para adelantar la modificación. Este hecho se debió a deficiencias en la aplicación de decreto 2035 de 2015, lo que puede traer como consecuencias un riesgo legal por posibles demandas al carecer de firmas del competente el citado documento. Documentar el procedimiento de las modificaciones de los contratos precisando que la "carta de intención de la modificación" es uno de los documentos soporte de la modificación que el competente válida para realizar la aprobación de la modificación (actuación) en el sistema de información respectivo. Documentar y hacer cambios de forma a los documentos que soportan las modificaciones, para demostrar que con el procedimiento actual no hay violación al decreto de delegaciones. En respuesta a este hallazgo EPM elaboró instructivo para modificación de contratos el cual se somete a revisión por parte de la Dirección Soporte Legal

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Contratación. En este instructivo se precisa claramente que la "carta de intención de la modificación" es uno de los documentos soporte de la modificación que el competente válida para realizar la aprobación de la modificación (actuación) en el sistema de información respectivo. Se envió documento final a revisión de Soporte Legal Contratación y una vez dado el visto bueno de esta dependencia se envió a la Dirección de Operaciones Internas para su publicación en ENTER. Lo anterior, permite cerrar lo concerniente a este hallazgo. Es necesario aclarar, que si bien es cierto, EPM, ha venido dando cumplimiento en un alto porcentaje a las acciones propuestas para subsanar los hallazgos evidenciados, se ha venido observando que en algunos casos solo se realizan de manera puntual para cada uno de los eventos citados y no de manera general como debe hacerse, por lo que nuevamente estas inconsistencias han seguido presentándose en otros procesos contractuales, por lo que la Contraloría General de Medellín, continuará atenta, hasta tanto se corrijan de manera general, subsanándose las causas originadoras de estas. Hallazgo 16, administrativo: la Junta Directiva de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante Decreto 433 de diciembre 13 de 2017, autorizó la asunción de compromisos que afecten el presupuesto de vigencias futuras para el año 2018, por delegación expresa que le realizara el Comfis Municipal, competente para emitir este tipo de autorizaciones en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo 002 de 2009, no obstante se encuentra que la Junta Directiva, además de otorgar la mencionada autorización, regula y define los parámetros y requisitos para asumir este tipo de compromisos, excediendo el ámbito de sus competencias, en tanto la competencia regulatoria para la asunción de compromisos en vigencias futuras para las Empresas Industriales y Comerciales del Municipio de Medellín, fue conferida expresa y específicamente por el artículo 23 del Decreto 006 de 1998, al Gobierno Municipal, sin que pueda hacerse extensiva en éstos asuntos, la competencia general conferida a la Junta Directiva, en el inciso 4º del artículo 3º del mencionado Decreto, la cual opera para las demás regulaciones no contenidas en el Estatuto Presupuestal Municipal y no conferidas a otras autoridades. Empresas Públicas se propone acompañar al Municipio -Secretaría General y Secretaría de Hacienda- en el trámite del acuerdo, o disposición que resulte pertinente, para llenar el vacío reglamentario que ha generado la situación.

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Esta ssituación se considera subsanada con el Acuerdo Municipal y con el concepto emitido por la Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial, Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda, acerca de la aplicación de la Ley 1483 de 2011, mediante radicado 2-2018-018380, del 6 de junio de 2018, por lo que se cierra este hallazgo administrativo.

Hallazgo 17, administrativo: este hallazgo administrativo lo remitió EPM a la Autoridad Ambiental Corantioquia, debido a las ambigüedades legales que se presentan por los lixiviados del Relleno Sanitario de Toledo que vertían a la Quebrada el Taque detectadas por la Contraloría y es esa autoridad la que tiene la competencia para incluir este tema en la Licencia Ambiental. Por lo anterior se retira del Plan de Mejoramiento, por sugerencia, precisamente de la CAAF Ambiental. Las Entidad ha venido depurando el Plan de Mejoramiento Único, reflejándose un avance significativo respecto al cumplimiento de las acciones propuestas para subsanar las causas que originaron los hallazgos evidenciados en auditorías anteriores y que se encontraban vigentes, sin embargo queda por cerrar algunos hallazgos. Cuadro 92. Hallazgos con fecha de terminación hasta el 31 de diciembre de 2019, cerrados.

Fuente: construcción equipo auditor, con información rendición EPM, PMU, 2019.

Auditoría Especial facturación residencial servicios públicos domiciliarios en Medellín y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá. Hallazgo administrativo número 3:de este hallazgo consistente en el no descuento de la DTF + 4 puntos por pago anticipado de la factura de abril de 2018 del contrato CW14856 suscrito con INMEL S.A. no se evidencia ningún tipo de soporte de su cumplimiento y efectividad en la información enviada, distinta a una relación de pagos a los cuales se les aplico el “pronto pago”… la acción de mejora deberá estar encaminada a cumplir el objetivo de la acción planteado en la misma, como por ejemplo modificar el procedimiento en la aprobación de los pagos por parte de los responsables de su aprobación, de la mano claro de la parametrización del sistema de información asociado a pagos, con el fin de no permitir el pago anticipado de obligaciones, salvo previa autorización expresa de un responsable en el caso de aplicar el descuento establecido. Por lo anterior y por la falta de acciones

Inicio TerminaciónNOMBRE DE LA AUDITORÍA NºTIPO DE

HALLAZGO

Cumplimiento

%

Efectividad

%

Plazo de la Acción

Estado

A. E. Facturación Residencial

Servicios públicos Domiciliarios en

Medellín y el Área Metropolitana.

3 Administrativo 50 0 2019-11-02 2019-11-30 A

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claras que conlleven a subsanar las causas del hallazgo evidenciado, además de no tener soportes de los mismos, este hallazgo continúa abierto. Auditoría Especial Otras Cuencas de Acueducto y Alcantarillado vigencia 2017. Hallazgo número 1: en el contrato CT-2014-000378 A3 suscrito con Inciviles S.A. por $15.925.218.391, cuyo objeto fue la construcción, reposición y modernización de las redes de alcantarillado, acometidas y obras complementarias Cuenca El Hato Municipio de Bello – Sector Noroccidental – Grupo 5, se evidenció que los recursos ejecutados según acta de liquidación bilateral y los registros del sistema One World, superaron en $686.898.245 los recursos soportados en las actas de modificación bilateral (tal como se detalla en el siguiente cuadro), es decir que se ejecutaron recursos sin la existencia del soporte presupuestal y los documentos suscritos entre las partes como soporte legal de la ejecución del contrato. Además en el acta de liquidación bilateral se registra en el parágrafo del numeral 4: “Parágrafo: la suma adeudada al contratista obedece a que en la última Acta de Modificación del Contrato (AMB #4), se estableció que el proyecto tendría un costo total de $15.924.989.813,17 y tanto la interventoría, como el contratista, no advirtieron que este valor fuera a ser superior al pactado, y por tal razón EPM apropio recursos únicamente por lo acordado”. Razón por la cual se tuvo que apropiar recursos después de la terminación del contrato por $729.179.481 incluyendo los reajustes por pagar. Lo anterior es contrario a lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto 2090 de 2015, que expresamente señala: “Las relaciones contractuales de EPM deberán contar con prueba escrita del acuerdo de voluntades”, y a lo estipulado en el parágrafo 1 del artículo 12 del mismo Decreto que exige que previo a la asunción de la obligación con el certificado de disponibilidad presupuestal que la respalde, lo que evidencia deficiencias en el proceso contractual por parte de la Interventoría y supervisión del contrato, ocasionando riesgos en la cobertura de las obligaciones adquiridas por la entidad. Configurándose un hallazgo administrativo. Para subsanar la irregularidad del hallazgo se plantearon dos acciones a saber: Acción número 1: la Dirección Proyectos Aguas, Saneamiento, Gas y Locativos 2 enviará un correo a todos sus funcionarios recordando que los informes mensuales de Interventoría deberán contener las debidas proyecciones de los contratos de Obra Civil. Igualmente, se dará la instrucción a las Interventorías para que cualquier

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AMB que se tramite debe contener las respectivas proyecciones de los contratos de Obra Civil. Si bien se evidencian oficios reiterativos, remitidos por EPM como inconformidades en la gestión de la Interventoría para el contrato CW18767 PC-2017-000394 (APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LTDA), y en la que manifiesta que "EPM continúa observando algunas deficiencias en algunos aspectos de la Gerencia Operacional y la Gerencia Técnica de la Interventoría, según lo establecido en los pliegos de condiciones y especificaciones que rigen el contrato, y que han sido informadas en comunicaciones anteriores (ver radicados 20190130012257, 20190130023253, 20190130031848 y 20190130041596, 20190130127382, 20190130156310, 20190130163938), mediante las devoluciones de los informes de gestión mensuales y en los comités de Interventoría, entre los cuales se tienen los siguientes: ... Según el Pliego de Condiciones y especificaciones, "EL CONSULTOR formulará, desarrollará, implementará y documentará, un sistema de seguimiento y control de costos de las obras intervenidas, que sea aceptable para EPM". Desde el inicio del contrato, EPM solicitó a la Interventoría realizar un análisis detallado del costo real de los tramos del proyecto, denominado tramo a tramo, el cual consiste en realizar un comparativo entre el presupuesto elaborado por EPM (entregado a la Interventoría desde el inicio del contrato), el presupuesto elaborado por el contratista y el valor real de cada tramo pagado por la Interventoría, con el fin de llevar un estricto control de los costos de la obra y poder de esta forma proyectar el valor real del contrato y por consiguiente, contar con los insumos necesarios para la toma de decisiones, no obstante, pese a los reiterados llamados al cumplimiento de este aspecto..., en las mismas no se han realizado las proyecciones al contrato que permitan identificar posibles desviaciones en el valor final..." (Negrilla y subrayado por fuera de texto), así mismo se presenta, en el contrato CW19922 (CONSORCIO ENERGIA COLOMBIA), y en el contrato CW25223 (AIM S.A.S.). De igual manera, una vez analizado el contrato CW13858, cuyo objeto era: "Construcción, reposición y mantenimiento de redes de acometidas y obras accesorias de la Infraestructura de las redes de alcantarillado de EPM -Grupo 4", se evidenció, la modificación bilateral N°2 por valor de $1.277.458.384,60, con fecha 07 de marzo de 2019 y el contrato fue recibido el 12 de marzo de 2019, por lo que no se dio un control por parte de Interventoría en el presupuesto de obra, generando con ello el reconocimiento de hechos cumplidos. De acuerdo con lo antes indicado, la acción de mejora 1, fue ineficaz para subsanar las irregularidades detectadas, toda vez, que se sigue presentando las mismas debilidades en los contratos señalados y sin que se dé una solución radical y satisfactoria al problema evidenciado.

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296

Por lo tanto no hay cumplimiento de la acción de mejora número uno (1) propuesta. Acción número 2: se analizará con la Gerencia Jurídica la posibilidad de incluir dentro de los Pliegos de Condiciones y Especificaciones de los contratos de consultoría, medidas de apremio para la Interventoría, en caso que se presenten sobre costos al final de los contratos de obra civil, asociados a obras no liquidadas y que fueron ejecutadas en el transcurso del contrato. En cuanto a la acción de mejora 2, no se allega por parte de EPM documentación (oficio, acta de mesa de trabajo, entre otros) donde se realice consulta con la Gerencia Jurídica, que determine la posibilidad de incluir dentro de los Pliegos de Condiciones y Especificaciones de los contratos de consultoría, medidas de apremio para la Interventoría, en caso que se presenten sobrecostos al final de los contratos de obra civil, asociados a obras no liquidadas y que fueron ejecutadas en el transcurso del contrato. Por lo tanto no hay cumplimiento de la acción de mejora número uno (1) propuesta, adicionalmente en el nuevo informe de Auditoría Regular vigencia 2019 se registrará nuevamente esta observación, ya que éstas no permitieron obtener una mejora del proceso, que contribuya a subsanar las deficiencias detectadas en el proceso auditor anterior Por lo tanto no hay cumplimiento de la acción numero dos (2) de mejora propuesta, adicionalmente, se registrará nuevamente en el informe de Auditoría Regular vigencia 2019, por lo que este hallazgo continúa abierto ya que éstas no permitieron obtener una mejora del proceso, que contribuya a subsanar las deficiencias detectadas en el proceso auditor anterior. Pronunciamiento de la Entidad: En atención al informe presentado por la Contraloría General de Medellín, correspondiente a la Auditoría Regular Vigencia 2019, específicamente lo relacionado en el numeral 2.2.5 Plan de Mejoramiento Único (PMU), donde informan que en la Auditoría Especial Otras Cuencas de Acueducto y Alcantarillado vigencia 2017 (página 287 del informe), para el hallazgo número 1 correspondiente al contrato CT-2014-000378 no hay cumplimiento a las acciones de mejora uno (1) y dos (2) propuestas, nos permitimos informar lo siguiente: Respecto a la acción de mejora 1, correspondiente a “La Dirección Proyectos Aguas, Saneamiento, Gas y Locativos 2 enviará un correo a todos sus funcionarios

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

297

recordando que los informes mensuales de Interventoría deberán contener las debidas proyecciones de los contratos de Obra Civil. Igualmente, se dará la instrucción a las Interventorías para que cualquier AMB que se tramite debe contener las respectivas proyecciones de los contratos de Obra Civil.”, la Contraloría General de Medellín especifica en su mismo informe que hay evidencias de la información solicitada a la Interventoría a través de oficios, comités, devoluciones de informes mensuales y en el mismo pliego de condiciones, lo que podría entenderse como el cumplimiento a la acción de mejora propuesta en el plan de mejoramiento producto de la auditoría especial del año 2017 y que fue aceptado en su momento por la Contraloría General de Medellín. En relación con lo informado por la Contraloría en cuanto a que la Acción 1 no fue eficiente, es importante precisar lo siguiente: 1. En los comités de Interventoría, celebrados todos los meses entre La Interventoría y EPM, uno de los temas tratados es el seguimiento a los costos y programación, donde se muestra no solo el avance a la fecha, sino la proyección del contrato de obra civil. En estos espacios EPM ha ejercido mayor control sobre esta información, tal y como se evidencia en las actas de estos comités. 2. Los oficios enviados a APPLUS, quien realiza la interventoría al contrato de obra CW18689, son oficios producto de la acción proactiva de EPM y que corresponden a la interacción normal en este tipo de contratos, donde se solicita ajustes a los informes entregados, dentro de los cuales, se encuentran las proyecciones realizadas de los costos del proyecto. Lo anterior en la misma vía del punto anterior, lo que evidencia el mayor control sobre las proyecciones por parte de EPM. 3. Como se evidencia en todas las actas de modificación bilateral celebradas al contrato de obra CW18689, la Interventoría entregó las proyecciones del contrato, información con la cual se procedió a apropiar los recursos requeridos (ver documento “Justificación AMB7 firmada.pdf” la cual corresponde a la última AMB tramitada para el contrato de obra. En este documento, en la página 3, se hace un resumen de las AMB tramitadas a la fecha, evidenciándose las proyecciones realizadas). Por lo anterior, la acción de mejora consistente en “…dar la instrucción a la Interventoría para que cualquier AMB que se tramite debe contener las respectivas proyecciones de los contratos de Obra Civil” consideramos si fue cumplida y ha sido efectiva para el contrato de obra CW18689.

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298

Ahora bien, conociendo el riesgo ante posibles deficiencias en la gestión de Costos llevada a cabo por las Interventorías, se planteó una segunda acción al hallazgo presentado por la Contraloría y cuyo fin era garantizar la rigurosidad en la gestión de costos, consistente en analizar con la Gerencia Jurídica “…la posibilidad de incluir dentro de los Pliegos de Condiciones y Especificaciones de los contratos de consultoría, medidas de apremio para la Interventoría, en caso que se presenten sobre costos al final de los contratos de obra civil, asociados a obras no liquidadas y que fueron ejecutadas en el transcurso del contrato”. Al respecto, y como se informó en el correo enviado por la Directora de la Dirección Proyectos Aguas, Saneamiento, Gas y Locativos 2, el 01 de junio de 2020 al buzón de un funcionario de Ente de Control (ver adjunto), los pliegos de condiciones actualmente cuentan con las herramientas necesarias para aplicar las medidas respectivas, donde se establece, entre otras, la aplicación de medidas de apremio cuando la Interventoría incumpla con las obligaciones exigidas en los pliegos de condiciones o por demoras en los trámites de modificación bilateral, como efectivamente se hizo (ver anexo comunicación 20200130014932 del 10 de febrero de 2020, mediante el cual se aplica una medida de apremio a la Interventoría por el incumplimiento de las obligaciones exigidas en el pliego y sus anexos, para este caso, relacionado con deficiencias en las proyecciones del costo del contrato). Adicionalmente, se anexa el correo de la Dirección Soporte Legal Contratación, en el cual se informa: “En atención a la acción de mejora propuesta por EPM al ente control, me permito indicar que la misma fue implementada, para lo cual se incluyó en las condiciones particulares que reglan los procesos de contratación para la adquisición de bienes y servicios referidos a la interventoría, causales de medidas de apremio que puedan ser aplicadas al contratista interventor ante una actuación extemporánea en la etapa de liquidación de los contratos que ponga en riesgo el actuar de EPM. Así mismo dentro de la confección del proceso de contratación y derivado de un análisis de riesgo, se podrán incluir las medidas de apremio necesarias, que regulen situaciones de eventuales incumplimientos de la labor del interventor con su respectivo apremio.” Como se puede observar, las dos acciones pueden considerarse como cumplidas y han permitido obtener una mejora del proceso, dado que le ha permitido a EPM tomar acciones oportunas ante el posible riesgo en la cobertura de las obligaciones adquiridas por la Entidad.

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Posición de la Contraloría General de Medellín Luego de revisar y analizar la información soporte presentada en la respuesta enviada por las Empresas Públicas de Medellín y de acuerdo con los argumentos expuestos por éstos, el equipo auditor considera cumplidas las acciones de mejora (1) y (2) propuestas con ocasión al hallazgo número 1 correspondiente al contrato CT-2014-000378, por lo tanto, se procede al cierre de este hallazgo. En el cuadro siguiente se puede observar los hallazgos que continúan abiertos y corresponden a aquellos que fueron propuestos para ser ejecutados a partir de la vigencia 2019, por lo tanto, no son objeto de esta evaluación, ni afectan en ningún momento la calificación de este Plan de Mejoramiento Único. Cuadro 93. Hallazgos abiertos, con fecha posterior al 31 de diciembre de 2019.

Fuente: construcción equipo auditor, información EPM, 2019.

Nombre de la Auditoría HallazgoAcciones

propuestas

Vigencia

acción

Cumpl.

Acciones %

Efectividad

%

Acciones por

Implementar

Estado del

Hallazgo

1 1 2020-09-30 0 0 1 A

2 1 2022-01-02 0 0 1 A

3 1 2022-01-02 0 0 1 A

4 1 2022-01-02 0 0 1 A

5 5 2020-12-31 0 0 5 A

6 1 2020-09-30 0 0 1 A

7 1 2020-08-31 0 0 1 A

8 1 2022-01-02 0 0 1 A

9 1 2022-01-01 0 0 1 A

10 1 2020-06-01 0 0 1 A

11 3 2020-06-01 0 0 1 A

12 3 2020-06-01 0 0 3 A

16 1 FISCAL 0 0 1 A

17 4 2020-10-30 0 0 4 A

18 1 2020-09-30 0 0 1 A

19 1 2020-09-30 0 0 1 A

20 1 2020-12-31 0 0 1 A

21 1 2022-12-31 0 0 1 A

22 1 2020-10-30 0 0 1 A

23 1 2022-12-31 0 0 1 A

24 1 2020-09-30 0 0 1 A

25 1 2020-09-30 0 0 1 A

26 1 2020-12-01 0 0 1 A

A.E. Bienes Dados de Baja

vigencia 20143 1 FISCAL 0 0

A.E. Proyecto Gestión y

Reducción de Pérdidas de

Agua

1 1 FISCAL 0 0

2 1 FISCAL 0 0

3 2 FISCAL 0 0

10 1 FISCAL 0 0

A.E. Contratación Servicio de

Transportes EPM 1 1

Adm. Fiscal y

Disciplinaria0 0 1 A

2 1 2021-01-31 0 0 1 A

3 1incidencia

f iscal0 0 1 A

4 1incidencia

f iscal0 0 1 A

5 1incidencia

f iscal0 0 1 A

6 1incidencia

f iscal0 0 1 A

9 1 2021-10-27 0 0 1 A

12 1 2020-12-31 0 0 1 A

15 1 2021-01-31 0 0 1 A

Auditoría Regular 2016

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

Auditoría Regular Vigencia

2018

Auditoría Regular Vigencia

2017

6 62021-12-31 0 0

Auditoría Regular 2018 -

Componente Fiscal

Financiero

1 A

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

300

Continuación cuadro 93. Hallazgos abiertos, con fecha posterior al 31 de diciembre de 2019.

Fuente: construcción equipo auditor, información EPM, 2019.

Es importante resaltar que las acciones propuestas por la Entidad y cuya obtención de resultados fue proyectada para vigencias posteriores, no fueron evaluadas. Para emitir la calificación de las acciones de mejora propuestas en el Plan de Mejoramiento Único, encaminadas a subsanar las causas generadoras de los hallazgos, se requirieron las evidencias necesarias y se realizaron las respectivas pruebas, verificando el cumplimiento y efectividad de las acciones propuestas. Reiteramos que las correcciones realizadas en virtud de los hallazgos evidenciados en las diferentes auditorías, no deben limitarse a correcciones puntuales, sino también de manera transversal a todos los procesos contractuales, de otra manera no serán verdaderamente efectivas, tal como ocurre en algunos casos, lo que conlleva a que se generen nuevamente estos hallazgos. 2.2.6 Control Fiscal Interno. Es el análisis de los sistemas de control de los procesos de las entidades sujetas a la vigilancia con el fin de determinar la calidad de los mismos, el nivel de confianza y si son eficientes para el cumplimiento de los objetivos, se valora la efectividad de los controles y la gestión de riesgos en el manejo de los recursos públicos.

Nombre de la Auditoría HallazgoAcciones

propuestas

Vigencia

acción

Cumpl.

Acciones %

Efectividad

%

Acciones por

Implementar

Estado del

Hallazgo

1 1 2020-09-30 0 0 1 A

2 1 2022-01-02 0 0 1 A

3 1 2022-01-02 0 0 1 A

4 1 2022-01-02 0 0 1 A

5 5 2020-12-31 0 0 5 A

6 1 2020-09-30 0 0 1 A

7 1 2020-08-31 0 0 1 A

8 1 2022-01-02 0 0 1 A

9 1 2022-01-01 0 0 1 A

10 1 2020-06-01 0 0 1 A

11 3 2020-06-01 0 0 1 A

12 3 2020-06-01 0 0 3 A

16 1 FISCAL 0 0 1 A

17 4 2020-10-30 0 0 4 A

18 1 2020-09-30 0 0 1 A

19 1 2020-09-30 0 0 1 A

20 1 2020-12-31 0 0 1 A

21 1 2022-12-31 0 0 1 A

22 1 2020-10-30 0 0 1 A

23 1 2022-12-31 0 0 1 A

24 1 2020-09-30 0 0 1 A

25 1 2020-09-30 0 0 1 A

26 1 2020-12-01 0 0 1 A

A.E. Bienes Dados de Baja

vigencia 20143 1 FISCAL 0 0

A.E. Proyecto Gestión y

Reducción de Pérdidas de

Agua

1 1 FISCAL 0 0

2 1 FISCAL 0 0

3 2 FISCAL 0 0

10 1 FISCAL 0 0

A.E. Contratación Servicio de

Transportes EPM 1 1

Adm. Fiscal y

Disciplinaria0 0 1 A

2 1 2021-01-31 0 0 1 A

3 1incidencia

f iscal0 0 1 A

4 1incidencia

f iscal0 0 1 A

5 1incidencia

f iscal0 0 1 A

6 1incidencia

f iscal0 0 1 A

9 1 2021-10-27 0 0 1 A

12 1 2020-12-31 0 0 1 A

15 1 2021-01-31 0 0 1 A

Auditoría Regular 2016

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

Auditoría Regular Vigencia

2018

Auditoría Regular Vigencia

2017

6 62021-12-31 0 0

Auditoría Regular 2018 -

Componente Fiscal

Financiero

1 A

Nombre de la Auditoría HallazgoAcciones

propuestas

Vigencia

acción

Cumpl.

Acciones %

Efectividad

%

Acciones por

Implementar

Estado del

Hallazgo

1 1 2020-09-30 0 0 1 A

2 1 2022-01-02 0 0 1 A

3 1 2022-01-02 0 0 1 A

4 1 2022-01-02 0 0 1 A

5 5 2020-12-31 0 0 5 A

6 1 2020-09-30 0 0 1 A

7 1 2020-08-31 0 0 1 A

8 1 2022-01-02 0 0 1 A

9 1 2022-01-01 0 0 1 A

10 1 2020-06-01 0 0 1 A

11 3 2020-06-01 0 0 1 A

12 3 2020-06-01 0 0 3 A

16 1 FISCAL 0 0 1 A

17 4 2020-10-30 0 0 4 A

18 1 2020-09-30 0 0 1 A

19 1 2020-09-30 0 0 1 A

20 1 2020-12-31 0 0 1 A

21 1 2022-12-31 0 0 1 A

22 1 2020-10-30 0 0 1 A

23 1 2022-12-31 0 0 1 A

24 1 2020-09-30 0 0 1 A

25 1 2020-09-30 0 0 1 A

26 1 2020-12-01 0 0 1 A

A.E. Bienes Dados de Baja

vigencia 20143 1 FISCAL 0 0

A.E. Proyecto Gestión y

Reducción de Pérdidas de

Agua

1 1 FISCAL 0 0

2 1 FISCAL 0 0

3 2 FISCAL 0 0

10 1 FISCAL 0 0

A.E. Contratación Servicio de

Transportes EPM 1 1

Adm. Fiscal y

Disciplinaria0 0 1 A

2 1 2021-01-31 0 0 1 A

3 1incidencia

f iscal0 0 1 A

4 1incidencia

f iscal0 0 1 A

5 1incidencia

f iscal0 0 1 A

6 1incidencia

f iscal0 0 1 A

9 1 2021-10-27 0 0 1 A

12 1 2020-12-31 0 0 1 A

15 1 2021-01-31 0 0 1 A

Auditoría Regular 2016

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

FISCAL

Auditoría Regular Vigencia

2018

Auditoría Regular Vigencia

2017

6 62021-12-31 0 0

Auditoría Regular 2018 -

Componente Fiscal

Financiero

1 A

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

301

El eje fundamental de la evaluación es la adecuada gestión de riesgos para cada uno de los procesos definidos por la empresa, siendo preponderantes los procesos que involucran en su operación recursos públicos. Básicamente la existencia y la efectividad de los controles establecidos permiten inferir una adecuada gestión de los riesgos. El alcance de este factor comprendió los procesos: venta de bienes muebles dados de baja, procedimiento de venta de aprovechamientos; y trasversalmente, se evalúo el control fiscal interno al proceso Gestión de Abastecimiento. Esta última evaluación, se alimenta de los resultados obtenidos en el factor gestión contractual, en el cual se auditaron 170 procesos contractuales que constituyeron la muestra de contratos seleccionados para la Auditoría Regular vigencia 2019. De acuerdo a los criterios y procedimientos aplicados, este factor obtuvo 93,6 puntos para una calificación eficiente, resultante de promediar los valores obtenidos al evaluar las variables de los procesos Baja de Bienes-procedimiento de Venta de Aprovechamientos y el proceso de Abastecimiento. Cuadro 94. Calificación Factor Control Fiscal Interno Consolidado.

Fuente: Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

A continuación, se detallan los resultados obtenidos para cada uno de los procesos evaluados para el Factor Control Fiscal Interno:

Proceso Venta de Bienes Muebles Dados de Baja - procedimiento de venta de aprovechamientos.

De acuerdo con los criterios y procedimientos aplicados, este proceso obtuvo 100 puntos, dando como resultado un control fiscal interno eficiente, lo cual significa que los controle existen, se aplican y son efectivos.

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Evaluación de controles 0,30 28,2

Efectividad de los controles 0,70 65,4

TOTAL 1,00 93,6

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

CONTROL FISCAL INTERNO

Calificación Parcial

94,0

93,4

Calificación

Eficiente

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

302

Cuadro 95. Calificación Factor Control Fiscal Interno: Procedimiento Venta de Aprovechamiento.

Fuente: Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

Para la auditoría al proceso Venta de Bienes Muebles Dados de Baja se seleccionó el procedimiento Venta de Aprovechamientos, en el cual se evaluaron 43 procesos de ventas realizados en la vigencia 2019, teniendo como fundamento los soportes establecidos tales como: Actas de avalúo de inicio de venta, Autorizaciones de inicio de contratación para la venta de los bienes dados de baja, Actas de apertura de ofertas, Actas de recomendación de oferta y Actas de adjudicación. En EPM, son susceptibles de venta todos los bienes muebles que previamente hayan sido dados de baja y que se encuentren en los almacenes de aprovechamientos o fuera de ellos. Estos bienes se venden en el estado, presentación y sitio en que se encuentran y no se da garantía sobre los mismos y deben ser retirados sin lugar a escoger y de acuerdo con las condiciones de la venta. Las dependencias de EPM son responsables de identificar los bienes muebles para la baja y registrarlos en el Formato P-092 Reintegro o Destrucción de Bienes o Activos. La declaratoria de la baja la autoriza el funcionario responsable según delegación interna de EPM, dejando constancia en el formato con su firma. Las modalidades ventas de aprovechamientos establecidas son las siguientes:

Venta por buzón: para la venta de bienes muebles dados de baja cuyo valor es igual o inferior a 200 SMLMV.

Venta por subasta pública adelantada por EPM: para la venta de bienes muebles dados de baja cuyo valor es superior a 200 SMLMV o para aquellos bienes que se consideren.

Venta por subasta pública a través de intermediario comercial. En la evaluación realizada se estableció que durante la vigencia 2019 se programaron 43 procesos de ventas de aprovechamientos, de los cuales, 37 se realizaron a través de venta por buzón y los 6 restantes se propusieron para ser llevados a cabo mediante subasta directa a través de la plataforma electrónica

VARIABLES A EVALUAR PonderaciónPuntaje

Atribuido

Evaluación de controles 0,30 30,0

Efectividad de los controles 0,70 70,0

TOTAL 1,00 100,0

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

CONTROL FISCAL INTERNO

Calificación Parcial

100,0

100,0

Calificación

Eficiente

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

303

https://grupoepm.supplier-eu.ARIBA.com. De está última convocatoria se obtuvo que los procesos numerados con el 12 y 38 no se realizaron por imprecisiones en la interpretación de la subasta directa por parte de los posibles oferentes y se dieron por terminados; mientras que los procesos 11, 20, 22 y 40 no recibieron ofertas y se declararon aplicandose solo la modalidad de ventas por buzon durante la vigencia 2019. Las ventas efectivas de la vigencia 2019 mediante la modalidad de ventas por buzón ascendieron a $4.952 millones. Producto de la auditoría, se realizó un recorrido por todos los procedimientos establecidos para llevar a cabo los procesos de venta de aprovechamientos, tales como: avalúo de los bienes, autorización de inicio, marcación de los elementos en venta, publicación del proceso de venta, presentación, recepción y apertura de ofertas, evaluación de ofertas, aceptación de ofertas, pago de los bienes adjudicados, retiro de los bienes adjudicados y archivo documental. Encontrándose que los controles definidos se aplican y dado que no se han materializado los riesgos gestionados en el proceso podemos concluir que también son efectivos. Por otra parte, las ventas de aprovechamientos relacionadas con excedentes industriales se comercializan bajo otra modalidad; para este tipo de ventas; EPM, adjudicó el contrato CW23164 para el suministro de cables de cobre de acuerdo con las cantidades y especificaciones aprobadas en el proceso de contratación a Centelsa S.A., por USD4.327.780 a precios reajustables sin IVA. Dentro del contrato se estableció que EPM y CHEC como resultado de las labores de mantenimiento y reposición de líneas y equipos afectos a la prestación del servicio de energía eléctrica, genera excedentes industriales de aluminio, cobre, silicio y bronce. El manejo de este material de aprovechamiento, requiere de una disposición adecuada, en tanto que una manipulación impropia genera efectos nocivos para el medio ambiente. Por esta razón se deja abierta la posibilidad para que los eventuales contratistas puedan recibir los excedentes industriales de aluminio, cobre, silicio y bronce procedente de las labores descritas, como parte de pago del contrato, teniendo en cuenta que, luego de realizar las causaciones respectivas, EPM pagará el dinero adeudado por el contrato de suministro, previa deducción del pago efectuado con excedentes.

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304

En este proceso de contratación Centelsa S.A, aceptó recibir los excedentes industriales citados en el párrafo anterior, para el caso de esta evaluación se estableció que durante la vigencia 2019, EPM facturó excedentes por valor de $1.522 millones, los cuales fueron compensados de acuerdo con las condiciones previamente establecidas entre las partes. Las dos modalidades de venta realizadas durante la vigencia 2019 le representaron a EPM ingresos por aprovechamientos de $6.474 millones.

Gestión de Abastecimiento

La calificación del Factor Control Fiscal Interno para los controles definidos en la matriz de riesgo del proceso Gestión Abastecimiento fue de 91,9 puntos, de una calificación máxima de 100 puntos, lo cual significa que los controles existen, se aplican y son efectivos. Cuadro 96. Calificación Factor Control Fiscal Interno - Gestión Abastecimiento Consolidado.

Fuente: Matriz de calificación. Elaboró equipo auditor.

La anterior calificación se vio afectada porque en las etapas: precontractual, contractual, de ejecución y postcontractual se evidenció ausencia de controles, aplicación parcial de los existentes o poca efectividad de los mismos, en algunas actividades, generándose hallazgos de auditoría por las siguientes inconsistencias, las que están ampliamente descritas en el factor Gestión Contractual de este informe: - Falta de aplicación de impuestos como la Estampilla Universidad, impuesto de

Guerra, Industria y Comercio, Retención en la Fuente.

- Aprobación de los pagos sin la verificación previa por parte del área técnica de

los requisitos y obligaciones contractuales.

- Suscripción de contrato sin contar con el debido análisis de riesgos, ni la póliza

de cumplimiento y no se halló documento que argumentará la misma.

VARIABLES A EVALUAR Ponderación Puntaje Atribuido

Evaluación de controles 0,30 27,6

Efectividad de los controles 0,70 64,2

TOTAL 1,00 91,9

Eficiente < 100 y >= 80

Con deficiencias < 80 y >= 50

Ineficiente < 50

CONTROL FISCAL INTERNO

Calificación Parcial

92,1

91,7

Calificación

Eficiente

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305

- Reconocimiento de un mayor costo por concepto de cargos financieros, pólizas y seguros y campamentos, oficinas, gastos administrativos, impuesto de Ley.

- Doble pago por una misma acta causada, con un incremento de costos en el valor del contrato.

- Error en el concepto de facturación y mayor pago efectuado, permitiendo un incremento de costos en el valor del contrato.

- Pagos por concepto de gastos de administración sin la existencia de soportes, permitiendo un incremento de costos en el valor del contrato,

- Mayor costo por concepto de Salud, ICBF y SENA, a sabiendas que el contratista está exonerado, aumenta injustificadamente la utilidad del contratista.

- No pago de la seguridad social bajo los términos de Ley. - Falta de suficiencia, oportunidad y calidad de la información soporte cargada en

los aplicativos de EPM. - Deficiencia en la rendición de la cuenta y en la entrega oportuna de la

información.

2.3 CONTROL FINANCIERO La Contraloría General de Medellín como resultado de la evaluación al Componente Control Financiero realizada a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., con alcance 2019, emite concepto favorable, que corresponde a una calificación de 87,0 puntos, producto de un dictamen a los estados financieros sin salvedad y conceptúa la gestión presupuestal favorable y la gestión financiera favorable, no obstante, se advirtieron tres (3) hallazgos administrativos. 2.3.1 Estados Financieros. Después de realizar las pruebas de auditoría, tanto de cumplimiento como sustantivas, a las partidas seleccionadas, no se detectaron errores que afectaran materialmente los estados financieros, toda vez que no se presentaron incorrecciones ni imposibilidades en los saldos registrados al 31 de diciembre de 2019.

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306

Cuadro 97. Calificación estados financieros 2019.

Fuente: Guía de Auditoría Territorial. Cálculos equipo auditor.

Una vez sumadas las incorrecciones e imposibilidades, se estableció que el monto de éstas representó el 0,00% del total de activos, lo que se traduce en un dictamen Sin Salvedad, conforme al rango de errores establecido por la Guía de Auditoría Territorial para este tipo de opinión ≤ 2,00% del total de activos. 2.3.2 Gestión Presupuestal. De acuerdo a los criterios y procedimientos aplicados este factor obtuvo un puntaje de 84, para un concepto favorable, resultante de ponderar las siguientes variables: Cuadro 98. Calificación gestión presupuestal 2019.

Fuente: Guía de Auditoría Territorial. Cálculos equipo auditor.

Se emite un concepto en conjunto sobre la programación, elaboración, presentación, aprobación, modificaciones y ejecución de los ingresos y gastos presupuestales. Para evaluar cada una de estas fases, se tuvo como soporte los criterios, procedimientos y las fuentes de criterio que se encuentran plasmados en la planeación y programación de la auditoría, cuya ejecución está soportada en papeles de trabajo, aspectos estos que constituyen elementos técnicos y objetivos que respaldan la calificación asignada por el equipo auditor.

Puntaje Atribuido

0

0%

100,0

Limpio <=2%

Con salvedad >2%<=10%

Adversa o negativa >10%

ABSTENCIÒNLimitación para

dictaminar

Indice de inconsistencias (%)

CALIFICACIÒN ESTADOS FINANCIEROS

Calificación

Limpio

Total inconsistencias $ (millones)

ESTADOS FINANCIEROSVARIABLES A EVALUAR

VARIABLES A EVALUAR Puntaje Atribuido

Evaluación presupuestal 84,0

84,0

Favorable >=80%<=100%

Desfavorable <=79%

TOTAL GESTION PRESUPUESTAL

Calificación

Favorable

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307

Cuadro 99. Criterios de calificación de la gestión presupuestal 2019.

Fuente: Rendición de la cuenta EPM, 2019. Cálculos equipo auditor.

2.3.3 Gestión Financiera. Arrojó una calificación definitiva de 81,00 puntos, que corresponde a un concepto favorable, acorde con los criterios de calificación definidos por la Guía de Auditoría Territorial, adoptada por la Contraloría General de Medellín. Cuadro 100. Calificación gestión financiera.

Fuente: Guía de Auditoría Territorial. Cálculos equipo auditor.

Para emitir el concepto de la gestión financiera, se partió del análisis de los resultados de los indicadores claves relacionados con la caja, siguiendo con el análisis de los resultados de aquellos indicadores relacionados con la rentabilidad de la empresa. Por lo tanto, el análisis de la gestión financiera de la empresa, está enfocado a determinar el resultado de las decisiones gerenciales tomadas en el último año y los efectos que estas han producido en la estructura operativa y financiera de la entidad.

CRITERIO REPRESENTATIVIDAD CALIFICACIÓN RESULTADO

1. Programación 5% 90,00 4,50

2. Elaboración 25% 90,00 22,50

3. Presentación 5% 90,00 4,50

4. Aprobación 5% 90,00 4,50

5. Modificación 10% 80,00 8,00

6. Ejecución 50% 80,00 40,00

TOTAL CALIFICACIÓN 100% 84,00

VARIABLES A EVALUAR Puntaje Atribuido

Evaluación Indicadores 81,0

TOTAL GESTIÓN FINANCIERA 81,0

Favorable >=80%<=100%

Desfavorable <=79%

Favorable

Calificación

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308

Cuadro 101. Calificación indicadores gestión financiera EPM 2019

Fuente: Guía de Auditoría Territorial, Contraloría General de Medellín. Cálculos equipo auditor.

CRITERIO REPRESENTATIVIDAD CALIFICACIÓN RESULTADO

1. Margen EBIDTA 25,00% 85,00 21,25

2. Crecimiento Ingresos Operacionales 5,00% 80,00 4,00

3. Margen Bruto 10,00% 85,00 8,50

4. Comportamiento Gastos Operacionales 10,00% 85,00 8,50

5. Productividad Capital de Trabajo 10,00% 85,00 8,50

6. Palanca de Crecimiento 10,00% 80,00 8,00

7. Incidencia de Intereses 15,00% 70,00 10,50

8. Múltiplo de deuda 5,00% 75,00 3,75

9. Rentabilidad del Activo 10,00% 80,00 8,00

TOTAL CALIFICACIÓN 100% 81,00

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

309

3. CONSOLIDADO DE HALLAZGOS

A continuación, se presentan los hallazgos contenidos en el informe, de acuerdo a su incidencia. Cuadro 102. Consolidado de hallazgos Auditoría Regular EPM-Vigencia 2019.

Fuente. Documento de apoyo CGM.

Atentamente,

CARLOS MARIO ESCOBAR FRANCO Contralor Auxiliar de Auditoría Fiscal EPM1 Asuntos Administrativos.

Hallazgos Número Valor (en pesos)

Con Presunta Incidencia Fiscal

Con Presunta Incidencia Disciplinaría

Con Presunta Incidencia Penal

Administrativo 3

Con Más de una incidencia

Con Presunta Incidencia Fiscal y Disciplinaria

Con Presunta Incidencia Fiscal y Penal

Con Presunta Incidencia Disciplinaria y Penal

Total 3 -$

Hallazgos Número Valor (en pesos)

Con Presunta Incidencia Fiscal 7 2.009.084.360

Con Presunta Incidencia Disciplinaría

Con Presunta Incidencia Penal

Administrativo 29

Con Más de una incidencia

Con Presunta Incidencia Fiscal y Disciplinaria 5 383.619.673

Con Presunta Incidencia Fiscal y Penal

Con Presunta Incidencia Disciplinaria y Penal

Total 41 2.392.704.033

Gran Total 44 2.392.704.033

Consolidado de Hallazgos Resultados Evaluación

Componente Control Financiero

Consolidado de Hallazgos Resultados Evaluación

Componentes Control de Resultados y Gestión

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

310

ANEXOS

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

311

Anexo A. Selectividad de contratos evaluados vigencia 2019.

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

1Macroproceso Gestión

Financiera

CT-2019-

001297

Fijar las condiciones administrativas y jurídicas con base en las

cuales LAS EMPRESAS entregan al FEPEP, a título de mutuo, la

suma de mil millones de pesos ($1.000.000.000,00), destinados

para la compra de bicicletas, motos, vehículos 100% eléctricos,

incluyendo híbridos enchufarles.

Fondo de Empleados

de EEPPM$ 1.000.000.000 $ 1.000.000.000

2

Macroproceso

prestacion de servicios

de soporte

administrativo

CW58084Compra, montaje y mantenimiento de dispositivos de detección de

incendios.

Suramericana de Video

y Sonido S.A.S$ 869.526.462 $ 862.460.223

3CT-2019-

000673

Asesor'ia de una firma internacional de abogados para la

estructuración y emisión de notas o bonos y/o estructuras

complementarias bajo la Regla 144 A / Regulación S de la Ley de

Valores de los Estados Unidos.

Clifford Chance

US LLP$ 1.326.000.000 $ 1.311.502.431

4CT-2019-

000608

Prestación de los servicios de una firma de auditoría que emita las

cartas de conformidad requeridas para una emisión de bonos de

EPM y/o sus filiales en el mercado internacional, bajo la Regla 144A

/ Reg S.

Deloitte & Touche Ltda. $ 1.177.386.000 $ 1.177.386.000

5 CW49058

Suministro, diseño, implantación, soporte, actualización,

mantenimiento, puesta en funcionamiento, operación, montaje,

desmontaje, pruebas, alquiler y construcción de sitios de repetición

de un sistema de comunicaciones operativas móviles para las

Empresas del Grupo EPM, incluyendo la ingeniería y servicios

asociados.

Ingeniería de Sistemas

Telemáticos S.A.-

INSITEL S.A.

$ 10.348.946.941 $ 8.052.066.035

6 CW55612 SAM Equipos de Seguridad de TI.

ETEK International

Corporation Sucursal

Colombia

$ 4.093.492.573 $ 2.052.969.598

7 CW47625

Suministro, soporte, actualización, mantenimiento y servicios

asociados de la infraestructura de entidad certif icadora cerrada y

autenticación fuerte de Las Empresas.

Selecta Consulting

Group S.A.S.$ 986.108.442 $ 724.755.996

8 CW48851Amueblamiento, refacción, señalización y redistribución en las

instalaciones físicas de EPM.Construjota S.A.S. $ 836.426.608 $ 836.426.608

9 CW63482Renovación y adecuación de los sistemas de iluminación y

potencia eléctrica, en los diferentes niveles del Edif icio EPM.Enetel S.A.S. $ 769.162.208 $ 769.162.208

10

Macroproceso

Suministro

de Bienes y Servicios

Pólizas Personales

Contributivas

CT-2019-

1045Adquirir Seguros personales contributivos. Suramericana $ 7.814.726.906 $ 7.814.726.906

11CT-2012-

001373-R2

Prestar el servicio de recaudo de los dineros provenientes del

pago de las cuentas de cobro por venta de bienes y servicios que

sean prestados y facturados por EPM.

Comercial CARD S.A.S $ 1.109.243.695 $ 900.474.717

12CT-2014-

002502-R2.

Prestar el servicio de recaudo de los dineros provenientes del

pago de las cuentas de cobro por venta de bienes y servicios que

sean prestados y facturados por EPM

(GANA) Réditos

Empresariales S.A$ 28.713.905.993 $ 9.528.453.167

13 CW 50052

Reparación, adecuación, ampliaciones, reformas, mantenimiento y

construcción de obras civiles en las instalaciones físicas e

infraestructura de EPM.

Construjota S.A.S $ 689.452.561 $ 689.452.561

14 CW 52402Reparación y mantenimiento de ascensores en las instalaciones de

infraestructura de EPM.

Ascensores Schildler

de Colombia S.A.S$ 795.805.788 $ 795.805.788

15 CW56915

Servicio público de transporte terrestre especial para servidores

de las Empresas Públicas de Medellín y o personal autorizado

dentro de Area Metropolitana del Valle de Aburrá.

Efitrans T.C. S.A.S $ 3.580.000.000 $ 1.380.000.000

16 CW56922

Servicio publico de transporte terrestre especial para servidores

de las Empresas PÚblicas de Medellin y o personal autorizado,

fuera del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y a nivel nacional.

Emprestur S.A. $ 7.970.000.000 $ 2.350.000.000

17

Macroproceso

prestación de servicios

de soporte

administrativo

CW56430

Reparación, adecuación, ampliaciones, reformas, mantenimiento y

construcción de obras civiles en las instalaciones físicas e

infraestructura de EPM, ubicadas en el Valle de Aburrá Zona Norte

y fuera del departamento antioqueño.

Galeano Murillo

Luis Javier $ 1.392.919.496 $ 850.000.000

Macroproceso

prestación

de servicios de

soporte administrativo

Macroproceso Gestión

Financiera

Ciclo Gestón

Tecnologías de

Información

Macro proceso

Gestión Financiera

Mantenimiento

Edif icios EPM

Ciclo Suministro de

Bienes y Servicios

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

312

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

18 CW59671

Prestación de servicios de preparación, suministro de alimentos y

aseo de espacios de producción y comedores en instalaciones de

las Centrales del Grupo EPM. Grupo 3-Unidad Operaciones Oriente.

Junta de Acción

Comunal Vereda

Agualinda

$ 652.201.535 $ 623.885.102

19 CW67302Suministro de medicamentos e insumos medico quirúrgicos para

EPM.Dropopular S.A. $ 11.436.584.614 $ 2.725.222.266

20

Macroproceso

prestación de servicios

de soporte

administrativo

CW70966Mantenimiento, reparación, adecuación y construcción de obras

civiles en las instalaciones de EPM.

Saypa

Ingenieros S.A.S.$ 3.078.815.684 $ 1.112.881.772

21 CW23746 Compra de transformadores de potencia. ABB LIMITADA $ 6.205.844.318 $ 6.939.572.802

22 CW24049

Interventoría UPME según Resolución CREG 024 para proyectos de

expansión del sistema transmisión regional STR de EPM, Grupo 1 y

Grupo 2.

WSP COLOMBIA SAS $ 409.360.000 $ 82.608.562

23 CW40493

Acta de ADT Construcción de obras civiles en subestaciones de

Energía del grupo EPM y sus obras asociadas al Sistema de

Interconexión Nacional SIN.

Quark Up Ltda. $ 1.736.681.878 $ 1.612.252.219

24 CW31419 Suministro transformadores de potencia. Abb Ltda. $ 3.460.352.271 $ 9.626.567.773

25 CW31425 Suministro transformadores de potencia.Weg Equipamentos

Eléctricos S.A.$ 3.482.946.472 $ 4.208.837.079

26 CW33076 Suministro transformadores de potencia. Siemens S.A. $ 11.389.069.692 $ 11.063.494.260

27 CW32958 Suministro de bienes y accesorios para Subestaciones de energía. Siemens S.A. $ 46.138.143 $ 419.130.246

28 CW32975 Suministro de bienes y accesorios para Subestaciones de energía. Abb Ltda. $ 1.289.403.314 $ 3.159.193.289

29 CW32980 Suministro de bienes y accesorios para Subestaciones de energía.

Schneider Electric

de Colombia

S.A.S.

$ 2.089.092.571 $ 1.913.212.278

30 CW35033DPD Grupo 4 Suministro de equipos y accesorios para

subestaciones de energía.

Dpd Colombia

S.A.S.$ 1.045.198.397 $ 442.603.200

31 CW32982Suministro de equipos y accesorios para subestaciones de

energía.

Industrias

SDT S.A.S.$ 2.608.944 $ 13.731.286

32 CW33018Suministro de equipos y accesorios para subestaciones de

energía.

Industrias

Ectricol$ 27.070.419 $ 119.727.637

33 CW33023Suministro de equipos y accesorios para subestaciones de

energía.

Metalúrgica de

los Andes S.A.S.$ 20.400.953 $ 20.400.953

34 CW37704

Adquisición y supervisión en la puesta en servicio de los servicios

auxiliares eléctricos de las torres de captación, isla de

compresores y cámara de válvulas de la central Guatapé.

Siemens S.A. $ 3.374.525.329 $ 3.374.525.329

35 CW39767

Diseño, fabricación, suministro, pruebas en fábrica, entrega,

supervisión en la puesta en servicio y capacitación de las

unidades hidráulicas de las torres de captación y cámaras de

válvulas de la central Guatapé .

Hatch S.A.S. $ 3.619.613.147 $ 3.350.741.959

36 CW40915Diseño, suministro, instalación y puesta en operación de sistemas

de detección y extinción de incendios en la Central Guatapé.

Tecnofuegos

S.A.S.$ 792.938.176 $ 673.161.206

37 CW40915

Compra de fibra óptica y accesorios, instalación, pruebas y puesta

en funcionamiento para el sistema de comunicaciones de la central

Guatapé

Enetel S.A.S. $ 186.183.518 $ 186.183.518

38 CW68971

Fabricación, Suministro, transporte hasta el sitio de las obras y

montaje de las barreras protectoras de Torres de Captación

Guatapé.

Instalcom S.A.S. $ 223.297.381 $ 211.006.643

39 CW34977 Reparación de Componentes turbina de gas-Central La Sierra

Ethos Energy

Pow er Plant

Services, Llc

$ 5.354.941.014 $ 5.860.255.940

40 CW45175Compra de partes de tercera etapa de turbina de gas General

Electric 7FA.

Mechanical

Dynamics y

Analysis Llc

$ 2.558.837.594 $ 2.241.373.862

41 CW69635

Asesoría técnica especializada en las áreas de geología,

geotecnia, hidráulica y estructuras de presas, durante la

formulación, diseño, construcción y operación de obras de

infraestructura para los diferentes negocios del Grupo EPM

Fernandez Delgado

Gabriel Guillermo$ 376.665.433 $ 58.009.733

42 CW36489

Estudios, diseños detallados y asesoría para construcción de la

actualización, rehabilitación y realce de presas de EPM, sus

equipos y estructuras conexas

Ingetec S.A.S. $ 3.636.904.824 $ 2.534.755.225

Ciclo Generación

Energía

Actualización presa

Miraflores

Reposición de equipos

de la cámara de

válvulas y torres de

captación de la central

Guatapé.

Modernización SE

Urabá

Ciclo Suministro de

Bienes y Servicios

Page 313: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

313

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

43 CW26607Diseño, fabricación, suministro, pruebas en fábrica y entrega de

Subestaciones Móviles de Energía, Grupo 1.

Weg

Equipamentos

Electricos S.A.

$ 3.525.365.516 $ 3.899.191.034

44 CW26613Diseño, fabricación, suministro, pruebas en fábrica y entrega de

Subestaciones móviles.Siemens S.A. $ 3.162.779.340 $ 3.783.715.621

45 CW26609Diseño, fabricación, suministro, pruebas en fábrica y entrega de

Subestaciones móviles.Abb Ltda $ 3.154.402.568 $ 2.781.549.585

46 CW22290 Modernización estaciones Móviles. Seringel S.A.S. $ 387.918.258 $ 54.447.322

47 CW23981 Suministro sistema de diferenciales de barras. Siemens S.A. $ 3.045.463.582 $ 1.373.321.646

48 CW13726

Consultoría para Diseños, estudios técnicos y estudios

ambientales asociados a la ejecución de proyectos de expansión,

remodelación o modernización de infraestructura eléctrica de EPM.

Hmv Ingenieros

Ltda.$ 8.742.666.356 $ 4.283.770.178

49 CW25978

GRUPO1 Construcción de redes eléctricas y acometidas

domiciliarias, en Áreas de influencia del sistema de distribución

local de EPM por fuera de las Áreas urbanas.

Ingeléctrica S.A. $ 12.185.249.174 $ 7.355.478.643

50 CW30333Suministro de equipos asociados al sistema de automatización de

subestaciones eléctricas para EPM.

Kinnesis

Solutions S.A.S.$ 3.347.641.432 $ 1.731.036.045

51 CW56186AT-Construcción de obras civiles subestación Santa Fe de

Antioquia.

Ms Construcciones

S.A.S.$ 2.705.197.269 $ 797.875.555

52 CW26058Adquisición del bobinado del estator de la unidad de generación de

la Central Hidroeléctrica La Ayurá.

Generadores

Mexicanos Sa De Cv$ 2.343.716.849 $ 3.172.353.508

53 CW26376

Compraventa de los sistemas de Control, Automatización,

Telecomunicaciones, Instrumentación, Protecciones, Servicios

Auxiliares, Sistema de excitación y Vibraciones, provisión de

repuestos y servicios adicionales, para la Central Hidroeléctrica

Ayurá.

Siemens S.A. $ 6.054.929.055 $ 4.058.668.327

54 CW46798Diseño, suministro, instalación y puesta en servicio de sistema

contra incendios en la Mini central Ayurá.

Ingenieria Contra

Incendio

y Seguridad Industrial

Incoldext Ltda

$ 922.394.228 $ 555.338.680

55 CW56731Reaislado de polos del rotor del generador de la central

hidroeléctrica Ayurá.

Electricos Ingenieria Y

Servicios Eis S.A.S.$ 230.860.000 $ 230.860.000

56 CW53025AT - Obras Civiles para la Modernización y Reposición de la

Minicentral de generación de Energía La Ayurá.Ingeomega S.A. $ 649.378.860 $ 217.360.298

57 CW56921

G1 Interventoría Obras Civiles G1 la Modernización y Reposición

de la Minicentral de generación de Energía La Ayurá y G2 de los

tanques de contención de aceite de los transformadores de

potencia de las centrales Guadalupe IV y Troneras.

Consorcio

Energéticos$ 289.344.518 $ 217.360.298

58 CW17842 Suministro de cables de acero.Empresa Colombiana

De Cables S.A.S.$ 2.331.493.096 $ 922.095.894

59 CW25980

GRUPO2 Construcción de redes eléctricas y acometidas

domiciliarias, en Áreas de influencia del sistema de distribución

local de EPM por fuera de las áreas urbanas.

Mejia

Acevedo S.A.S.$ 17.151.351.550 $ 922.095.894

60 CW36402 Suministro de prefabricados en plástico. Maderpol S.A.S. $ 340.642.270 $ 222.176.265

61 CW39773 Suministro de camisas protectoras plásticas - Renovación 1 Fibratore S.A. $ 1.237.946.528 $ 832.888.200

62 CW40896

Interventoría para los contratos de Construcción de redes

eléctricas y acometidas domiciliarias, en Áreas de influencia del

Sistema de Distribución Local de EPM por fuera del Área

metropolitana.

W.S.P de

Colombia$ 9.050.006.933354080588+A3:I65

63Ciclo Transmisión de

EnergíaCW21859

Mantenimiento y adecuación de infraestructura en transmisión y

distribución.

Constructora Durán

Ocampo S.A.$ 5.804.000.000 $ 2.579.859.353

64 CW55300Mantenimiento y adecuación de infraestructura en transmisión y

distribución.

Constructora Durán

Ocampo S.A.$ 5.300.000.000 $ 5.295.965.671

65 CW77923Mantenimiento y adecuación de infraestructura en transmisión y

distribución.

Constructora Durán

Ocampo S.A.$ 4.100.000.000 $ 1.091.684.768

66 CW56076Suministro de Transformadores 3F Sumergibles tipo Netw ork 750

kVA 13200/214-124 V, aceite vegetal.

C.P.S.

Representaciones

S.A.S.

$ 4.942.084.914 $ 3.397.124.367

67 CW45264 Suministro de luminarias con tecnología LED Roy Alpha S.A. $ 3.713.768.000 $ 3.677.972.640

68 CW23153 Suministro Cables de CobreNexans

Colombia S.A.$ 31.201.394.877 $ 21.721.867.279

69 CW23164 Suministro Cables de Cobre Centelsa S.A. $ 14.466.862.335 $ 7.551.540.757

Ciclo Transmisión de

Energía

Electrif icación

Rural Etapa III y IV

Reposición

Subestaciones Móviles

Modernización S/E

Santa Fé de Antioquia

Modernización y

reposición de la

minicentral de

generación de energía

La Ayurá

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

314

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

70CT-2015-

001913Suministros de Aluminio Centelsa S.A. $ 26.157.584.509 $ 5.018.491.778

71CT-2015-

001914Suministros de Aluminio

Hengtong Optic

Electric Co Ltda.$ 29.739.236.018 $ 11.130.286.750

72 CW45041Construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de

distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas

Ut. Mejia Acevedo

S.A.S. -

Comercializadora S&E

Cia. S.A.

$ 13.211.982.364 $ 12.655.637.267

73 CW45047Construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de

distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas

Consorcio Caferedes

Ltda.-

Construintegrales Ltda

/ Consorcio C&C

$ 10.089.585.891 $ 9.709.010.252

74 CW45049Construcción de redes de gas natural, conexión al sistema de

distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas

Consorcio

Condugas S.A. – Silar

S.A.

$ 11.104.943.255 $ 9.488.812.979

75 CW14785

Construcción de las obras y/o ejecución de actividades necesarias

para la instalación, operación y mantenimiento de equipos y de

redes de distribución de gas Natural y la conexión de clientes al

servicio de EPM y demás actividades conexas. Zona 1: Urabá -

Occidente - Remedios

Condugas S.A. $ 18.500.000.000 $ 9.567.510.181

76 CW14787

Construcción de las obras y/o ejecución de actividades necesarias

para la instalación, operación y mantenimiento de equipos y de

redes de distribución de gas natural y la conexión de clientes al

servicio de EPM y demás actividades conexas. Zona N°2 atenderá

las subregiones de Norte y Nordeste (excepto Remedios y

Vagachí en su etapa de zona nueva), Magdalena Medio y otras

zonas que pueda asignar las EPM en el desarrollo del contrato.

Unión Temporal

Con-Gas$ 12.000.000.000 $ 5.834.185.864

77 CW14789

Construcción de las obras y/o ejecución de actividades necesarias

para la instalación, operación y mantenimiento de equipos y de

redes de distribución de gas Natural y la conexión de clientes al

servicio de EPM y demás actividades conexas. Zona 1: Urabá -

Occidente - Remedios

Unión Temporal

Ingeomega S.A., Tecno

Kima Ltda.

$ 18.500.000.000 $ 7.725.240.439

78 CW35979 Operación, mantenimiento y construcción de redes de gas de EPM. Condugas S.A. $ 3.800.000.000 $ 3.800.000.000

79 CW53500 Operación, mantenimiento y construcción de redes de gas de EPM. Condugas S.A. $ 3.629.738.939 $ 3.460.281.852

80 Conexión ClientesCT 2018-

000898Compra de Suministro de Gas Natural. Ecopetrol $ 263.976.000.000 $ 86.422.054.652

81 CW21737Construcción de redes de gas natural y conexiones al sistema de

distribución de gas natural de EPM y demás actividades conexas.

Ut. Mejia

Acevedo S.A.S. -

Comercializadora S&E

y Cia S.A.

$ 13.011.982.364 $ 1.586.153.551

82 CW 32545Compra de vehiculos para transporte de carga y pasajeros con

motor dedicado a Gas Natural.

Comercial

Internaconal de

Equipos y Maquinaria

S.A.S.

$ 3.066.008.403 $ 2.027.403.000

83 CW 29973 Prestacion Servicios de Transporte terreste de Gas Natural.Eduardo Soto

Botero$ 7.459.144.790 $ 4.851.076.645

84

CT-2013-

002297-A332-

R1

Operación y Mantenimiento Distrito Termico la Alpujarra.Servicios de Eficiencia

Energetica $ 793.804.308 $ 771.853.238

85 CW-40851Suministro de medidores de GAS para los clientes Residenciales y

no Residenciales de Empresas Publicas de Medellin E.S.P.Mayun S.A.S. $ 2.613.707.760 $ 1.694.587.316

86 CW-35265Aprobacion y Certif icacion Tecnica de Redes Internas de Gas en el

Sistema de Distribucion de Empresas Publicas de Medellin E.S.P.

E&C Ingenieria

S.A.S.$ 2.844.460.534 $ 3.078.666.506

87 CW41738

Prestacion de servicios para soportar las actividades de preventa,

venta, posventa del portafolio de productos y servicios del GAS

Natural de EPM.

Manpow er

Profesional Ltda.$ 5.742.000.000 $ 5.652.188.477

88 CW30122Aprobación y certif icación técnica de redes internas de gas en el

Sistema de Distribución de Empresas Públicas de Medellín E.S.P

O&I

Inspecciones S.A.S.$ 3.279.194.403 $ 2.301.757.519

89Ciclo Generación

Energía

CT-2013-

002561

Prestación de servicios para el desarrollo técnico, ambiental y legal

de la Central Hidroeléctrica Espíritu Santo, proyecto de generación

de 550 - 750 MW que actualmente adelanta El Contratante.

HMV Ingenieros Ltda. $ 10.548.504.405 $ 2.304.167.317

Ciclo Transmisión de

Energía

Expasión de la

cobertura en el Valle

del Aburrá

Conexión Clientes:

Expasión de la

cobertura en el Valle

del Aburrá

Expasión de la

cobertura en el Valle

del Aburrá

Conexión Clientes:

Expasión de la

cobertura en el Valle

del Aburrá

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

315

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

90Ciclo Transmisión de

Energía

CT-2015-

001455

Compra de futuros activos destinados a la transmisión de energía,

proyecto de interconexión El Salto - Amalfi - La Cruzada 110 KV,

ubicado en jurisdicción de los municipios de Amalfi, Anorí y

Remedios del Departamento de Antioquia.

Generadora Luzma

S.A.S. E.S.P.$ 34.966.124.795 $ 6.931.637.047

91CT-2017-

001714

Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y científ icos entre EPM

y la Universidad de Antioquia para la implementación de la gestión

integral de la biodiversidad entendida como el proceso por el cual

se planif icarán, ejecutarán y monitorearán acciones de

conservación en las áreas de interés de Generación Energía.

Universidad de

Antioquia$ 12.565.182.486 $ 4.525.105.001

92 CW16074 Mantenimiento Ambiental en los Embalses de EPMCorporación Horizonte

Azul$ 2.428.680.095 $ 895.391.694

93 CW13947Monitoreo y actividades ambientales en las centrales de

generación energía

Servicios Ambientales

y Geográficos S.A.$ 7.263.619.711 $ 1.468.925.699

94 CW57407

AE - Implementación de las prácticas de seguridad operacional de

las actividades de hoja de ruta del proyecto de seguridad

operacional para el año 2019 para el proyecto de Seguridad

Operacional de Generación.

BQA Consultorías

S.A.S.$ 1.963.547.600 $ 1.726.836.580

95 CW18999 Estudios ambientales para proyectos eólicos en la Guajira Fundación Ecósfera $ 4.983.449.553 $ 2.391.763.580

96Ciclo Transmisión de

EnergíaCW35677 Suministro de Reconectadores Trifásicos de 15KV Celsa S.A.S. $ 10.950.880.079 $ 7.344.015.542

97Ciclo Generación

EnergíaCW69705

Solución de simulación genérica de alta-f idelidad embebido, para el

proceso termodinámico de la Central Térmica La Sierra.

WORLDWIDE

ENGINEERING

SOLUTIONS TEAM

WEST SAS

$ 1.465.747.365 $ 1.242.221.964

98CT-2018-

001786

Servidumbre de alcantarillado para el proyecto La Iguana,

servidumbre Porvenir 4 propiedad se sucesores de Héctor Cortes

Moreno

Aura Fernández

Arango $ 16.849.993 $ 16.849.993

99CT-2014-

000364-A1

Prestación de servicios de interventoría técnica, administrativa,

ambiental y social de los contratos de obra civil para la

construcción, modernización y referenciación de redes de

acueducto y alcantarillado y obras anexas para las cuencas la

Iguana, la Garcia, Rodas, Piedras Blancas y el Salado y los

circuitos asociados Hamacas, Pedregal Alto, Pajarito, Porvenir,

Cucaracho, Aures, Palenque, Volador centro y norte, Yulimar y

Bello. Grupo 2.

Ingetec S.A

Ingenieros Consultores

Civiles y Electricos

$ 11.268.620.805 $ 5.099.128.427

100 CW16225Suministro de tuberías, accesorios, válvulas e hidrantes para

redes de acueducto (HD).

Saint - Gobain Colombia

S.A.S.$ 20.470.699.463 $ 16.574.079.036

101 CW35067

Grupo 4 Suministro de válvulas e hidrantes para redes de

acueducto en proyectos de infraestructura, operación y

mantenimiento Aguas EPM.

Metalurgica Construcel

Colombia S.A$ 15.287.479 $ 14.263.266

102 CW43703Suministro de tuberías y accesorios para redes de alcantarillado

(PEAD - Alacant.).

Comercializadora . S.Y.

E. Y CIA. S.A$ 602.368.987 $ 51.544.680

103 CW60839Implementación de Planes de Manejo Arqueologico en proyectos

urbanos de agua y saneamiento liderados por EPM.

Universidad de

Antioquia $ 957.167.569 $ 325.750.990

104 CW30771CW 30771 Construcción Impulsión Aures I - Aures II y obras

complementarias.Mejía y Acevedo S.A.S. $ 1.260.324.542 $ 1.229.982.238

105 CW59031Construcción de la Impulsión Porvenir - Aures, caseta de control y

obras complementarias.Mejía y Acevedo S.A.S. $ 8.035.043.942 $ 3.695.503.778

106 CW72722

AE - Prestación de servicios especializados para la producción de

información geográfica, durante la construcción de los proyectos

Expansión Yulimar, Cadena Occidente y otros proyectos de EPM.

Ingeniería civil y

Geodesia S.A.S.

INCIGE S.A.S.

$ 95.200.000 $ 16.476.220

107 CW23217

Grupo 2 Cadena de Occidente â?? Calasanz y América, y Yulimar

El Carmelo, Ordenamiento de circuitos nuevos y ajustes de los

circuitos afectados -- Consultoría para la realización de estudios y

diseños asociados a la provisión de aguas y obras conexas.

HMV Ingenieros Ltda $ 4.281.755.601 $ 2.670.523.131

108 CW41099Implementación del plan de manejo arqueológico para el proyecto

Cadena de Occidente.Luis Guillermo López $ 268.246.463 $ 182.970.125

109 CW48233Construcción de las impulsiones Robledo-Porvenir y Palenque-

Cucaracho 2 y obras complementarias.

Comercializadora S.Y

E.Y Cía. S.A $ 15.792.083.831 $ 10.364.319.998

110 CW60494

Interventoría técnica, administrativa, social ambiental y financiera,

del contrato, para la construcción de las impulsiones Robledo

Porvenir Palenque, cucaracho 2 y obras complementarias.

Conhydra S.A ESP $ 1.222.489.135 $ 755.802.872

Ampliación de la

capacidad de la

distribución primaria en

el sector occidental de

Medellín Cadena

Occidente

BP23209131000

Ciclo Generación

Energía

Cuencas La Iguaná La

García

BP22009131000

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

316

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

111 CT-2018-000399

Contrato compensación por la perdida de la actividad

económica por ejecución del proyecto valle San Nicolás -

PTAR Escobero - José Ancizar López Buitrago .

José Ancizar López

Buitrago $ 43.525.304 $ 43.525.304

112 CT-2018-000402

Contarte de compensación por la perdida de la actividad

económica por ejecución del proyecto Valle San Nicolás

PTAR Escobero - Uriel Mauricio López.

Uriel Mauricio López

Román $ 11.065.756 $ 11.065.756

113 CT-2018-000406

Constitución de servidumbre de acueducto en predio Jagua

de Ibérico, propietario Javier Jaller. Proyecto Valle San

Nicolás,

Francisco Javier Jaillier

Mejía $ 270.320 $ 270.320

114 CT-2018-000929Compra de servidumbre en Muebles El Atajo. Propietario

Hildebrando Escobar. Proyecto Valle San Nicolás.

Hieldebrandode Jesus

Escobar Ochoa $ 12.096.419 $ 12.096.419

115 CT-2018-001061Servidumbre vivero sol y sombra (porpMaria Rosalba Arenas

Orozco.

Maria Rosalba Arenas

Orozco $ 3.600.253 $ 3.600.252

116 CW51135

Obras civiles para la terminación del circuito La Fe en el

tramo Los Salados - Glorieta La Fe, en el municipio de El

Retiro.

Ndina de

Construcciones y

Asocuiados S.A.S.

$ 6.786.299.825 $ 6.737.560.827

117 CT-2018-000504Compra de servidumbre para ERP 17. Propietario Conrado

Benjumea. Proyecto Valle San Nicolás.

Conrado de Jesus

Benjumea Ramirez $ 1.650.000 $ 1.650.000

118 CW39211

Grupo 1 Sistema de Refrigeración - Compra de equipos,

tubería y accesorios de los sistemas de refrigeración,

válvulas reductoras de presión y sistema de detección y

alarma para la red contra incendios de la estación de bombeo

Rio Piedras.

HIDROMECANICA

ANDINA S.A.S.$ 729.846.555 $ 636.552.811

119 CW43506Obras Civiles para la modernización de la estación de bombeo

Rio Piedras.

INGEMEC ASOCIADOS

LIMITADA$ 1.158.581.676 $ 1.058.789.871

120 CW45180

Compra de equipos para servicios auxiliares y sistema de

control e instrumentación para la modernización del bombeo

Rio Piedras.

Schneider Electric

Systems Colombia Ltda $ 5.444.543.929 $ 3.141.460.233

121 CW45260

Contrato Comercializadora S y E-Suministro de tuberías y

accesorios en polietileno, para redes de acueducto en

proyectos de infraestructura, operación y mantenimiento de

aguas EPM.

Comercializadora S.Y

E.Y Cía. S.A $ 14.010.967.219 $ 3.568.287.873

122 CW45254

Suministro de tuberías y accesorios en polietileno, para redes

de acueducto en proyectos de infraestructura, operación y

mantenimiento de aguas EPM.

Colombiana de

Extrusión S.A. $ 6.130.652.224 $ 3.854.404.986

123 CW49672

Construcción, reposición y modernización de las redes,

acometidas y obras complementarias de acueducto y

alcantarillado en los municipios de Caldas y Barbosa.

Acueducto y

Alcantarillado

Sostenibles AAS SA

ESP

$ 8.468.942.166 $ 5.384.398.814

124 CW53057Alianza Estratégica Suministro de medidores de consumo

mecánicos tipo velocidad para agua potable.

Water Tech

Lassa $ 12.633.868.996 $ 10.616.619.720

125 CW58411

Modelación de calidad del agua en las cuencas

abastecedoras de los sistemas de producción en agua

potable EPM.

Universidad Nacional

de Colombia

$ 278.700.000 $ 278.700.000

126 CW52076

Revisión de los modelos que actualmente son utilizados para

pronosticar la demanda de acueducto en el corto y largo

plazo.

Universidad EAFIT $ 139.439.392 $ 139.439.392

127 CW55670Suministro de Alcalinizantes para el proceso de potabilización

de agua.Rio Cal S.A.S. $ 845.108.250 $ 583.521.109

128 CW48287

Diseño, suministro, montaje, puesta en servicio y pruebas de

equipos para el sistema de dosif icaón de carbón de la planta

Manantiales.

Novatec Fluid

System Sa$ 865.493.980 $ 797.578.913

129 CW51068Reposición Intercambiador automático de cloro (Planta La

Ayurá).Servi Cloro S.A.S. $ 388.275.580 $ 388.275.580

130 CW41908

Construcción, ampliación y referenciación de redes de

acueducto, alcantarillado y obras complementarias bajo el

programa de habilitación vivienda G3.

JAC

Santo Domingo$ 3.130.271.228 $ 3.130.271.228

131 CW43794Suministro de poli cloruro de aluminio para el proceso de

potabilización.

Quimpac

de Colombia S.A.$ 674.240.000 $ 259.273.438

132 CW45252

Suministro de medidores con los elementos, dispositivos y

softw are especializado para la prestación del servicio de

aguas prepago de EPM E.S.P.

Water Tech Lassa $ 6.543.633.082 $ 4.974.466.093

133 CW49332

Suministro de accesorios y elementos complementarios

utilizados en el sistema de distribución acueducto de las

Empresas Públicas de Medellín E.S.P.

Apolo $ 1.353.647.610 $ 1.027.864.000

134 CW51807Suministro, transporte, instalación y puesta en funcionamiento

de medidores de caudal en bombeo Pantanillo.Ingecom $ 183.286.998 $ 183.286.998

Valle San Nicolás

BP26009131000

Modernización

sistema de captación

El Buey Piedras

Pantanillo

PEI0667PAGCE

Desarrollo Plan Maestro

de Acueducto y

Alcantarillado del

municipio de Caldas -

Etapa 9

PEI0695MNELI

Ciclo Prestación

Servicio de Acueducto

Page 317: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

317

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

135 CW21728

Mantenimiento, reposición, extensión y construcción de

redes, acometidas y obras accesorias de la infraestructura

de las redes de acueducto de EPM - Zona Norte.

Sanear S.A. $ 16.560.944.727 $ 3.919.253.779

136 CW62845Zona 1 Diagnostico de acometidas y diseño de redes para la

vinculación del cliente al servicio de Alcantarillado.Consorcio Ingedatos $ 1.960.651.985 $ 637.756.214

137 CW62849Zona 2 Diagnostico de acometidas y diseño de redes para la

vinculación del cliente al servicio de Alcantarillado.

Acueducto y

Alcantarillado

Sostenibles

AAS SA ESP

$ 1.835.426.250 $ 655.559.135

138 CW13858

Construcción, reposición y mantenimiento de redes,

acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las

redes de alcantarillado de EPM Grupo 4.

GUSTAVO ADOLFO

AGUDELO LÓPEZ$ 13.379.562.020 $ 2.195.221.748

139 CW26012 RFP Construcción y reposición de redes, acometidas.

REDYCO S.A.S.

Ingenieros -

Contratistas

$ 15.141.005.965 $ 12.128.960.096

140 CW48741

Construcción, reposición y mantenimiento de redes,

acometidas y obras accesorias de la infraestructura de las

redes de alcantarillado de EPM-Zona Norte.

REDYCO S.A.S.

Ingenieros -

Contratistas

$ 10.894.014.155 $ 10.839.082.595

141 CW57461

AE - Determinar la Línea Base y la Hoja de ruta en seguridad

operacional para los procesos de operación y mantenimiento

de Provisión Aguas y Gestión Aguas Residuales, a partir del

referente de un Sistema de Gestión de Seguridad

Operacional (OACI).

BQA Consultorías

S.A.S.$ 1.422.200.000 $ 1.029.350.000

142CT-2013-

002297-A469

Diseñar e implementar estrategias que hacen parte "Plan

Especif ico para la recuperación : Línea - plan de

recuperación EPM" comprende actividades de educación,

relacionamiento, gestión social y levantamiento de la

información servicios públicos domiciliarios en los municipios

de Ituango, Valdivia, Tarazá, Caceres, Caucasia, Nechí y

otros de interés para dicho plan".

Gómez Rodriguez

Claudia Elena

Directora Ejecutiva

Fundación EPM

$ 5.092.560.147 $ 5.092.560.147

143CT-2014-

000048-R1

Asesoria, apoyo y capacitación para la implementación del

Plan de Contingencias en el Proyecto Ituango.

Cruz Roja Colombiana

Seccional Antioquia$ 21.044.548.113 $ 21.044.548.113

144 CT-2017-001472

Prospección, exhumación y traslados de cuerpos sepultados

en las localidades de Oro Bajo en el municipio de

Sabanalarga , Barbacoas en el municipio de Peque y el

sector de Fortuna en el municipio de Buriticá.

INTEGRAL S.A $ 447.027.570 $ 875.495.446

145 CT-2018-001381

Asesorar, apoyar y acompañar técnica y jurídicamente a la

Comunidad Indígena Nutabe de Orobajo en el proceso de

Consulta Previa del proyecto Hidroeléctrico Ituango de

Empresas Públicas de Medellín EPM, de conformidad con lo

establecido en la resolución 08 del 1 de marzo de 2018,

expedida por la Dirección de Consulta Previa del Ministerio

del Interior.

Eddy León

Sucerquia Feria

Comunidad Indígena

De Orobajo del Pueblo

Nutabe

$ 1.178.564.000 $ 1.159.580

146 CW25709Servicio de transporte fluvial y actividades asociadas para

garantizar la conectividad y la movilidad de las comunidades.

Compañía Naviera del

Guavio Ltda$ 7.934.729.469 $ 7.934.729.469

147•Convenio CT-

2018-000623

Aunar esfuerzos técnico, operativos, logísticos,

administrativos y financieros para realizar las acciones

condicentes y necesarias para dar atención a las personas

evacuadas en la zona de influencia del proyecto de la

hidroeléctrica Ituango en el marco de la declaratoria de

calamidad pública Decreto 039 del 14 de mayo de 2018 del

municipio de Valdivia y la declaratoria de calamidad pública

del departamento de Antioquia decreto 2018070001272 del

14 de mayo.

Fiduciaria La Previsora

S.A.$ 59.999.999.180 $ 50.000.000.000

148•Convenio CT-

2018-000989

Aunar esfuerzos técnicos, operativos, logísticos,

administrativos y financieros para realizar las acciones

conducentes y necesarias para dar atención al retorno a su

sitio de origen, de aquellas familias evacuadas en el

municipio de Valdivia, de acuerdo a lo previsto en la Circular

034, del 19 de mayo de 2018, a través de la cual se dio la

alerta de evacuación, ante el incremento del caudal en el río

Cauca. Así mismo, atender todas aquellas actividades

propias de atención de la emergencia para aquellas familias

que continúan evacuadas.

Municipio de Valdivia $ 2.291.437.286 $ 2.291.437.286

Ciclo Prestación

Servicio de Acueducto

Desarrollo Integral de

Ituango

Page 318: AUDITORÍA REGULAR EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P

Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

318

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

149 CT-2017-000616

Prestación de servicios de producción, diseño de conceptos

creativos y asistencia en el desarrollo de estrategias y

tácticas en campañas publicitarias y de comunicación

comercial ATL, BTL y Digitales para la difusión y promoción

de los productos y Servicios.

Ddb Worldw ide

Colombia S.A.S.$ 26.724.137.931 $ 26.724.137.931

150 CW32271Prestación de servicios de producción, diseño de conceptos

creativos y asistencia en el desarrollo de estrategias.

Mccann Erickson

Corporation S.A.$ 11.357.758.619 $ 11.357.758.619

151 CW17835

Prestación de servicios de Agencia Digital, para investigar,

proponer, planear, estructurar, diseñar, programar, asesorar

y elaborar soluciones estratégicas que apoyen y afiancen la

construcción de marca y la reputación de EPM y su Grupo

Empresarial.

Arkix S.A $ 824.826.750 $ 824.826.750

152 CT-2015-001737

Interventoría durante la construcción de las obras civiles

para la gestión ambiental y social del proyecto Hidroeléctrico

Ituango.

Consocio Energía

Colombia$ 18.103.157.976 $ 6.037.950.202

153 CT-2017001624

Proceso de contratación para atender implementar los

proyectos paa el manejo de los impactos psicosociales

generados por la presión migratoriadel proyecto

hidroeléctrico Ituango. En los municipios de ITUANGO Y

VALDIVIA (PUERTO VALDIVIA).

Universidad Catolica

del Norte$ 1.990.173.233 $ 932.782.757

154 CT-2019-000004

Realizar el manejo integrl de las macrófitas y los residuos

flotantes acumulados en el espejo de agua del embalse del

proyecro hidroeléctrco Ituango.

Reforestadora de la

costa S.A$ 13.842.983.016

155CT.I-2012-

000030

Desarrollo de un sistema de vigilancia epidemiológica de la

salud pública en el área de influencia del proyecto

hidroeléctrico Ituango.

Universidad de

Antioquia$ 15.735.692.516 $ 3.703.660.841

156 CT-2018-001703

Implementación y mantenimiento de parcelas permanentes,

desarrollo de los monitoreos de cobertura vegetal y de

paisaje en el Proyecto Hidroeléctrico Ituango.

Servicios Ambientales

Y Geográficos S.A.$ 2.547.856.488 $ 2.547.856.488

157 CT-2019-000660

Aunar esfuerzos técnicos, f inancieros y administrativos para

monitorear y evaluar, aguas abajo del sitio de presa, el

efecto del proyecto hidroeléctrico Ituango, sobre el medio

físico y las actividades económicas asociadas al Bajo Cauca

y La Mojana (minería, agricultura, ganadería y transporte

fluvial).

Universidad Nacional

De Colombia$ 5.898.420.000 $ 1.179.684.000

158 CT-2018-000486

Realizar las actividades que permitan prevenir, corregir y

mitigar los impactos sobre el medio biótico (f lora y fauna),

apoyar su protección y conservación durante la remoción de

la cobertura vegetal y el llenado del vaso del embalse del

proyecto hidroeléctrico Ituango.

Reforestadora de la

Costa SAS$ 9.517.603.898 $ 6.134.126.934

159 CT-2018-000094

Desmonte, transporte, adecuación y puesta a punto de los

puentes Valdivia y Capitán del PHI, vías de aproximación y

montaje del puente para la conectividad del corregimiento la

Angelina.

Mincivil S A $ 8.694.943.445

160 CT-2018-000045

Remoción de la cobertura vegetal y otras actividades

conexas en el embalse del proyecto hidroeléctrico Ituango,

previas a su llenado - Segunda Etapa.

Juan Byron Londoño $ 18.288.669.761 $ 467.849.460

161 CT-2018-000026

Realizar el estudio poblacional de Lontra longicaudis (nutria

neotropical) en el área de influencia directa del proyecto

hidroeléctrico Ituango.

Ingenieros Consultores

Civiles y Eléctricos

Ingetec

S.A.S

$ 655.549.723 $ 266.830.780

162CT-I-2012-

000023-R1Monitoreo de la calidad ambiental del proyecto Ituango.

Unión Temporal

Conintegral- UDEM$ 9.994.870.143

163CT-I-2012-

000023-R2Monitoreo de la calidad ambiental del proyecto Ituango.

Unión Temporal

Conintegral- UDEM$ 19.762.489.551 $ 3.778.908.177

Desarrollo Integral de

Ituango

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Auditoría Regular vigencia 2019 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. NM CF AF AR 1104 D01 10 2020

319

N°Proyecto y/o

Proceso

No.

Contrato Objeto del contrato Contratista

Valor total

contrato

Valor

ejecutado

164 CT-2015-001745

Estudios, diseños, monitoreos y otras actividades socio-

ambientales requeridas durante la construcción del Proyecto

Hidroeléctrico Ituango.

Integral S.A. $ 13.352.035.920 $ 2.049.770.313

165 CT-2017-001801

Realizar un estudio para la caracterización y valoración

técnico económica de algunas actividades productivas

asociadas al rio Cauca, como la minería, la agricultura, la

ganadería, la pesca y el transporte fluvial, con enfoque en la

minería, que se podrían afectar por la operación de la central

hidroeléctrica Ituango.

Universidad Nacional

de Colombia$ 3.716.759.183 $ 1.138.190.292

166 CT-2018-000978

Aunar esfuerzos técnicos, f inancieros y administrativos para

la terminación de las obras del plan maestro de acueducto y

alcantarillado en el municipio de Valdivia, Antioquia, en el

marco del plan integral hidroeléctrica Ituango.

Municipio de Valdivia $ 1.440.000.000 $ 714.464.543

167 CT-2018-001382Modelación, validación y verif icación del modelo de calidad

de agua del embalse y aguas abajo.

Fund Inst

de Hidraul Ambien

de Cantabria

$ 1.169.349.799 $ 541.375.972

168 CT-2019-001354

Construcción y puesta en operación de la planta de

tratamiento de aguas residuales domésticas PTAR,

construcción de colectores, campos de infiltración y sistema

séptico en el sector oriental del Corregimiento Ochalí ­, del

municipio de Yarumal, Antioquia, en el marco de la inversión

Forzosa del 1% del proyecto hidroeléctrico Ituango.

Consorcio

Ochalí 2019$ 1.635.733.411 $ 10.975.467

Totales 195.317.949.675 676.888.254.720

Desarrollo Integral de

Ituango