audiencia para dictar sentencia
DESCRIPTION
presentacionTRANSCRIPT
audiencia para dictar sentencia
Excepto para el caso de los delitos menores, tales como las infracciones, una audiencia para sentenciar tiene lugar cuando se ha determinado la sentencia final ó la penalidad.
La ley le da un margen muy amplio para determinar cuál deba ser la sentencia.
El carácter y las circunstancias que rodean al acusado pueden ser tan importantes como la gravedad del delito, para determinar la sentencia que debe imponerse.
La sentencia se impone después de que el jurado ó el juez han proveído el juicio
. En la audiencia para sentenciar, tanto al fiscal como al defensor se les da oportunidad de presentar evidencias y testimonios para recomendar una sentencia apropiada
El juez tiene la libertad de ignorar estas recomendaciones, aun cuando el fiscal y el defensor hayan estado de acuerdo en una sentencia como parte de un acuerdo sobre los alegatos.
Actos preliminares de la audiencia
Una vez ordenada la apertura a juicio, en la Audiencia Preliminar, el Juez de Control remitirá las actuaciones al Tribunal de Juicio, dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de celebración de la referida Audiencia Preliminar.
Habiendo recibido las actuaciones correspondientes, el Tribunal de Juicio comienza la sustanciación del mismo, comprendiendo esta primera parte, la preparación del debate. Debe integrarse el Tribunal y en consecuencia:
1. El Juez Presidente señalará la fecha para la celebración. Art. 342 COPP.
2. La Audiencia de Juicio Oral y Público, deberá tener lugar no antes de 10 días ni después de 15, contados a partir de la recepción de las actuaciones.
3. Deberá indicar el nombre de los jueces que integrarán el Tribunal.
4. Ordenará la citación a la audiencia de todos los que deberán participar en el debate.
5. El acusado deberá ser notificado por lo menos con 10 días de anticipación a la realización de la audiencia.
http://abogados.lawinfo.com/recursos/ley-criminal/procedimiento-criminal/sentencias-y-sanciones/qu-es-una-audiencia-para-dictar-sentencia.html
http://juicioujap.blogspot.mx/p/actos-preliminares.html