aspectos relevantes de los prologos de los libros de derecho romano

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ASPECTOS RELEVANTES DE LOS PRÓLOGOS DE LOS LIBROS DE CONSULTA DE DERECHO ROMANO Derecho Romano

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ASPECTOS RELEVANTES DE LOS PROLOGOS DE LOS LIBROS DE CONSULTA DE DERECHO ROMANO QUE SE UTILIZARAN EN EL CURSO A IMPARTIR

ASPECTOS RELEVANTES DE LOS PROLOGOS DE LOS LIBROS DE CONSULTA DE DERECHO ROMANO QUE SE UTILIZARAN EN EL CURSO A IMPARTIR

DERECHO ROMANO

Lic. Roberto Estuardo MoralesDerecho RomanoGumesindo Padilla Sahagn. Derecho Romano. 3ra Edicin

Di Pietro Alfredo. Derecho Privado Romano. 2da Edicin.

Rabinovich-Berkman Ricardo. Derecho Romano. 1ra EdicinLic. Roberto Estuardo MoralesDerecho RomanoDe Solimano Nelly Dora Louzan. Curso de Historia e Instituciones del Derecho Romano. 1ra Edicin.

Guillen Andrs Eduardo. Sinpsis de Historia de Roma.

Morales, Jos Ignacio. Derecho Romano. 6ta Reimpresin.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDerecho RomanoAlveo Hernndez, Marco Aurelio Y Compaero. Apuntes de Derecho Romano. 1ra. Edicin. 2004.

Rascn Garca, Csar. Manual de Derecho Romano, 3ra edicin.

Ghirardi, Juan Carlos Derecho Romano, Temas Doctrinarios-Casos de la Estirpe de los Publio Venator. 1ra Edicin.

Costa, Juan Carlos. Manual de Derecho Romano Pblico y Privado. 1ra Edicin.

Instituciones de Justiniano. 2da Edicin.

Marta Morineau Iduarte y Romn Iglesiasa Gonzlez, Derecho Romano 4ta Edicin.Medelln Aldana Carlos, Medelln Forero, Carlos y Medelln Becerra Carlos. Lecciones de Derecho Romano. Dcimo cuarta Edicin

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Es una disciplina formativa; su objetivo es formar mentes jurdicas, ensear a pensar jurdicamente a quien va a tener que hacerlo durante toda su vida profesional. El Criterio jurdico es una cualidad indispensable con la que tiene que contar quien se inicia en el estudio del Derecho;

La Pretensin del Derecho Romano es la de desarrollar y agudizar ese criterio; su funcin es Introductiva, lo que permite facilitar al alumno el estudio que le espera del Derecho Positivo.

ES POR ELLO QUE NUESTRA DISCIPLINA DEBE ENSENARSE AL INICIO DE LA CARRERA Y NO CUANDO SE ESTA POR CONCLUIRLA.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

La utilidad del estudio del Derecho Romano estriba en que es un antecedente de nuestro derecho positivo (mexicano), lo que es una razn de suficiente PESO; sin embargo, este argumento dejara completamente indiferente a un estudiante de Estados Unidos, Ingls o Polaco, en cuyos respectivos pases el Derecho Romano dista mucho de ser un antecedente, y no obstante se estudia en muchas universidades de estos mismos pases en la Licenciatura

. La razn es la ya apuntada: DESARROLLAR EL CRITERIO JURIDICO DEL ALUMNOLic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

El Derecho Romano que debemos ensear en las universidades modernas, debe ser el mejor que produjo Roma a lo largo de su historia, algo de lo cual podamos tomar ejemplo, un Derecho Paradigmtico no slo como una excelente experiencia histrica, sino como una siempre vigente perfeccin tcnica que ejercita la mente del estudioso del Derecho; de ah que no debemos reducir la enseanza del Derecho Romano a un elenco de referencias de antecedentes del Derecho Positivo, sino que debemos ensear un Derecho que reporte al alumno beneficios prcticos inmediatos y mediatos, para el curso de su carrera y a lo largo de su vida profesional.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

En la medida que alcancemos los objetivos antes expuestos, estaremos haciendo del Derecho Romano, ese Derecho siempre vigente por su autoridad, algo prctico y til para quien desea profesar el Derecho; de lo contrario estaremos FORMANDO SIMPLES GESTORES DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS Y NO VERDADEROS JURISTAS.

Lo que me impuls a escribir esta obra fue la certidumbre de que era indispensable que existiera un estudio sintetizado, una sinopsis completa del Derecho Romano, en el cual el mtodo pedaggico coadyuvara a conocer mejor la legislacin romana, su evolucin y el orden cronolgico en que fueron apareciendo las leyes y se constituyeron en la base de los derechos organizados en casi la totalidad del mundo, as como el propsito de que sea til a los estudiantes.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Un libro de esta naturaleza es particularmente necesario para los que se inician en el estudio o en la prctica del Derecho. Porque cuando se quiere penetrar en la ciencia jurdica sin ninguna preparacin acerca de los fundamentos del Derecho Romano, es muy difcil entenderla: si las nociones, conceptos y fundamentos que aquel provee es imposible lograr la comprensin del universo jurdico.

Morales, Jos Ignacio considera indispensable recurrir a las fuentes romanas para obtener de ellas _sobre todo por lo que se refiere al Derecho Civil- los antecedentes de la legislacin actual, es que ha procurado reunir y sistematizar en este trabajo lo ms importante de los renglones mencionados, a efecto de que todo aquel que se dedique al estudio de tan importante rama tenga las armas, las mximas, las prescripciones, las races, el magnifico pensamiento de los jurisconsultos romanos, cuyo conocimiento y manejo son imprescindibles en el hacer cotidiano del Abogado, particularmente, como se dijo del civilista.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

RABINOVICH-BERKMAN, RICARDOSeala (Abelardo Levaggi) que es un simple admirador del Derecho Romano, al que tengo como compaero inseparable de viaje por los caminos de la Historia del Derecho. En el Libro se encontrara el lector con un estudio valorativo de ese sistema jurdico, entendido como el fenmeno histrico que fue y, por lo tanto, situado en el contexto cultural de su tiempo

El destino primordial de este libro, son los alumnos de la carrera de abogaca, por lo qu se procurar explicarles los porqus de las instituciones jurdicas, mucho ms que su forma, a la vez los pone en contacto con las fuentes directas de la cultura romana, para disfrute suyo, segn lo expresa.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Por ltimo seala que es un estimulante para que Actuales y Futuros Juristas renovemos nuestra fe en ese venero inagotable de sabidura que es el Derecho Romano, y una razn ms para que todas las universidades argentinas le reconozcan el papel medular que debe desempear en los estudios jurdicos, ya que su ausencia, all donde existe, afecta gravemente la calidad de la enseanza que imparten.

Dentro de las palabras preliminares del autor cabe destacar lo siguiente: He buscado preferir claridad a erudicin, y a veces incluso a profundidad. Ha procurado detenerse ms en las instituciones que presentan mayor inters para la comprensin de las repuestas jurdicas posteriores, hasta las actuales.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

El Derecho Romano no es algo abstracto, sino que se vincula inseparablemente con determinadas realidades geogrficas, cronolgicas y culturales. Cuanto ms se conozcan stas, mejor se lo interpretar. Por ltimo indica el autor que el contacto directo con esos trozos del pasado, elocuentsimos, vivos y dinmicos es irremplazable. Son nuestra mejor mquina del tiempo. Nos permite, como dice el Historiador Rober Darnton Conversar con los muertos nos ponen frente a frente con los grandes pensadores del pasado.

Su obra no es un estudio detallado de la HISTORIA DE ROMA, sino que pretende facilitar la tarea de los Estudiantes al repasar contenidos vistos con anterioridad y que ahora les son NECESARIOS PARA PODER COMPRENDER cuales fueron los hechos de la realidad social o poltica que dieron lugar a las Instituciones Romanas, tanto del Derecho Pblico como del Privado.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Se ha tomado la CLASIFICACION MAS TRADICIONAL DE LOS PERIODOS HISTORICOS-POLITICOS DE ROMA y por eso se refiere a los orgenes de la MONARQUIA sus caractersticas y su final; LA REPUBLICA y dentro del presente perodo resaltar la SANCION DE LA LEY DE LAS XII TABLAS y la asuncin como pontfice mximo de un PLEBEYO; el IMPERIO el DOMINADO O BAJO IMPERIO, donde los Emperadores sern cada vez ms orientales y menos romanos hasta la desaparicin de la Regin Occidental y la subsistencia del Imperio BIZANTINO o GRIEGO que perdur hasta su cada definitiva en poder de los Turcos en 1453, perdindose de manera definitiva toda influencia occidental.

El Derecho, como cualquier otra manifestacin de la vida de los pueblos la lteratura, las costumbres o el arte- es un producto de la CONCIENCIA SOCIAL. Por lo tanto vara en el tiempo, cambia de pueblo en pueblo. Ese cambio podr realizar en la medida que evolucionen y se consoliden los sistemas, las experiencias, las necesidades, los sentimientos, y la misma civilizacin.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

El Derecho est integrado por una variedad de INSTITUCIONES, que irn definiendo y dando fuerza de vida a las relaciones entre los individuos. Y nuestra responsabilidad consistir en averiguar cabalmente el desarrollo de cada una de las mismas, para descubrir cmo, desde su nacimiento, responden a las necesidades y exigencias reclamadas por la vida social.

El Derecho Romano nos proveer de una sucesin de normas y principios y, a travs de los mismos, nos mostrar el espritu de un pueblo ocupado en la labor de crear derecho. Esos juristas romanos llevaron a un grado tal de perfeccionamiento algunas de las instituciones como por ejemplo, la de las obligaciones y ciertos derechos de crdito- que han perdurado casi sin modificarse a travs de los siglos, regulando nuestra compleja vida econmica.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Y as Rudolf Von Ihering ese insigne romanista alemn nos dir: Si la poesa no est reida con el derecho, ningn otro como el pueblo romano nos muestra lo que es poesa de orden y regularidad . Porque la obra de este derecho es una obra maestra, en la que la llaneza y la unidad ms grande se conjugan con la actividad enrgica. Aade tambin Ihering La importancia del Derecho Romano para el mundo actual no slo consiste en haber sido por un momento la fuente u origen del derecho: ese valor fue pasajero. Su autoridad reside en la profunda revolucin interna, en la transformacin completa que ha hecho sufrir a todo nuestro pensamiento jurdico, y en haber llegado a ser, como el cristianismo, un elemento de la civilizacin moderna.

El trabajo secular de la Jurisprudencia Romana es consonante con la alta misin reclamada por el pueblo, para quien es derecho lo que es justo. El fruto de esta sabidura este plenamente expresado en la definicin de ULPIANO pronunciada hace XVII siglos: JUSTICIA ES LA CONSTANTE Y PERPETUA VOLUNTAD DE DAR A CADA UNO LO SUYO

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Portalis, miembro de la comisin redactora del Cdigo Civil Francs en su discurso preliminar al Proyecto citado dice: La mayor parte de los autores que censuran el derecho romano, con tanta acritud como ligereza, no hacen ms que blasfemar contra algo que ignoran:

En la actualidad el Derecho Romano es el ANTECEDENTE OBLIGADO DE TODAS LAS INSTITUCIONES CONTEMPORANEASLa Historia de Roma es la Historia de un Pueblo que crea. As marcharn juntas y paralelamente la POLITICA Y EL DERECHO, trabajando al unsono, para hacer de la Urbe, un Orbe, cumpliendo de este modo una misin de validez universal.

Como elemento educativo del espritu, la historia del derecho romano constituye el verdadero ideal cientfico de una historia del Derecho. Est es la ms continua a travs de los siglos y al mismo tiempo la ms progresiva de las historias jurdicas.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Y fue ULPIANO quien dio el sentido absoluto del ordenamiento jurdico romano: Los preceptos del Derecho son los siguientes: Vivir honestamente, No daar a otros y Dar a cada uno lo suyo. Deben ser las normas de todo buen ordenamiento jurdico y es por ello que han desafiado a los siglos.20

Despus de varias dcadas de haber pasado excluido del pnsum estudios de nuestra facultad del curso de Derecho Romano, resulta gratificante que en la reforma curricular se tomara en cuenta su estudio. En este sentido, previo a dedicarse al estudio particular de las instituciones magistralmente desarrolladas por los jurisconsultos romanos, a sabiendas que se encuentran frente a noveles estudiantes, los introducen en los aspectos generales de Roma y de Derecho Romano.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Apuntes de Derecho Romano cumple II funciones de vital importancia. Por un lado, generosamente llena el vatio que hacia sentir la falta de un texto escrito sobre la materia por docentes guatemaltecos; y por el otro, porque no slo Instruye a los alumnos sobre el conocimiento particular del Derecho Romano, sino que los forma y prepara para que en un futuro inmediato, aborden sin mayores tropiezos singularmente los cursos de Derecho Civil, Historia del Derecho y Derecho Notarial.

SU UTILIDAD: Para empezar el estudio del Derecho romano son indispensables ideas generales, lo mismo que para el de la legislacin francesa y de toda legislacin.

Considerar el Derecho en su TOTALIDAD, la naturaleza diversa de las materias que trata, y su enlace recproco, y en fin, comprender su lenguaje; tal es la utilidad que se puede sacar de esta obra.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Estas exposiciones generales se usan muy poco, y aun podra aadir que se hallan muy desacreditadas entre nosotros: con todo, nosotros menos que nadie podemos omitirlas.

Poned al alumno desde luego y sin una preparacin general en este estudio: desde los primeros textos de la ley toca todas las materias, y puede presentrsele todas sin tener ninguna idea de ellas.As es que respecto de la Instituta de Justiniano, que forma en Francia, el objeto especial de la enseanza del Derecho Romano, desde los primeros prrafos se trata de obligaciones, de dominio, de acciones, de excepciones: cosas todas de que el alumno no sabe todava ni una palabra, y cuya relacin ignora completamente. Por eso Principiad el estudio por ideas generales, y todo se esclarece.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

SU ESPIRITU: La primera regla que establecemos es que el Derecho Romano debe estudiarse como Derecho Romano, haciendo que conserve siempre y exclusivamente su figura, su lenguaje, su genio.

Este Derecho se halla, muerto; quien lo estudie debe hacer abstraccin del tiempo presente para trasladarse con su imaginacin a la poca en que vivi, y descender despus por la serie de los siglos hasta llegar a nuestro Derecho actual. Cada poca tiene su sello particular que la distingue.Renunciemos a toda mezcla extraa; renunciemos a la introduccin de nuestras ideas modernas: cuando COMPAREMOS UNAS CON OTRAS, que sea para precavernos con toda apariencia de mentida semejanza, para que resalte el carcter distintivo de cada poca: Nada de aquellos textos o adagios, ni de aquellas divisiones o distinciones, ni de aquellas definiciones o locuciones que tradicionalmente se apropian al Derecho Romano, y que le son completamente extraas.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

En una palabra, no se le atribuya nada que en efecto no le pertenezca.

Su estudio para nosotros es un estudio histrico; pues la primera condicin de la historia es LA VERDAD.

La denominacin de Derecho Romano no es unvoca. Por un lado con ella nos podemos referir al derecho propio que tuvieron los romanos. Siendo as tiene la significacin de Derecho Romano de los romanos . Es el que comprende el desenvolvimiento jurdico que va desde los origenes (s. VIII A.C.) hasta la concrecin de la clebre Compilacin Justiniana. Pero por el otro lado, el Derecho Romano no se acab luego de la redaccin del denominado CORPUS IURIS CIVILIS. Al contrario, sus instituciones, y lo que es ms importante, sus principios, y la configuracin de la forma mentis romana contina vigente tanto en oriente como en occidente.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Adaptado a las circunstancias, luego de su renacimiento en la Edad Media, alcanz a convertirse en el Derecho Comn Europeo. Es decir constituy el DERECHO CIVIL por excelencia que se aplic en OCCIDENTE, alcanzando a ser la ratio scripta en matera jurdica.

Incluso en los pases germnicos, debido al fenmeno de la Recepcin ocurrida en el siglo XVI, pas a ser en dicha rea alemana el derecho positivo que se aplicaba por los jueces y tribunales, lo cual contino hasta la aparicin del Cdigo Civil alemn del ao 1900. Pero tambin en los otros pases occidentales, o qued trasvasado en los distintos cdigos civiles de Europa y Amrica, o quedo constituyendo una FUENTE PERENNE QUE DE ALGUN MODO ALIMENTA LAS INSTITUCIONES JURIDICAS.Est multiplicidad de sentidos que tiene el Derecho Romano es que crea una problemtica muy especial. En efecto, aun cuando las fuentes escritas son las MISMAS, por lo que podemos hablar de cierta UNIDAD, con el decurso del tiempo se fue produciendo una diversidad de aplicacionesLic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Los juristas siguieron apoyndose en las mismas, pero al beber de ellas, apreciaron una pluralidad de gustos en el sabor de lo que manaba de los textos justinianeos.

Siendo as las cosas, la elaboracin de una obra de Derecho Romano no resulta fcil. En el fondo, su supervivencia depende de las distintas generaciones, a las cuales les cabe un deber de volver a reinterpretar dichos textos para apreciar su riqueza. Por ello se ha optado por la explicacin del Derecho Romano de los Romanos. Lo que nos hemos propuesto es un REGRESO A LAS FUENTES tratando de ver lo que fue realmente el Derecho Romano. Verlo con ojos nuevos significa ac hacer el esfuerzo intelectual de interpretar sus instituciones y sus principios tal cual lo vivenciaron los propios juristas romanos, tratando de buscar su esencia prstina. Una vez estudiada la experiencia genuina de los romanos, podremos tener una VISION ms clara que nos ilumine en los problemas que se presentan en el momento jurdico actual.

Muchas veces se suele hablar del legado jurdico de Roma . A fuer de ser sinceros, no obstante lo elogioso que ello pueda resultar en una primera lectura, no aceptamos la idea de legado, puesto que supone la MUERTE DEL DE CIUS. Y para nosotros, ROMA, si bien es causa, y de all lo de CAUSANTE, TODAVIA NO HA MUERTO. GOZA DE MUY BUENA SALUD.Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

Juzgamos que vale ms explicar cada cosa de una manera sencilla y abreviada, sin perjuicio de profundizarlas despus con mayor exactitud y diligencia: en caso contrario, si desde el inicio cargamos con multitud y variedad de cosas el nimo todava rudo y no formado de los estudiantes, suceder una de dos cosas, o generamos desertores de los estudios, o los llevaremos lentamente, con gran trabajo, a lo mismo que, sin pena ni fatiga, por un camino ms leve, podran haber sido conducidos:JUSTINIANO, INSTITUCIONES, I, I, II.

Lic. Roberto Estuardo MoralesDERECHO ROMANO

La formacin de los alumnos que acceden a la Universidad no ha mejorado desde entonces. Con la decadencia del estudio de las humanidades en el bachillerato y la promocin oficial de lo que hoy se denomina ciencia y tecnologa, se propicia un tipo de formacin ajena por completo a la cultura clsica. Esto hace que los estudiantes de leyes al iniciar el estudio del derecho Romano se encuentren con algo nuevo, tan desconocido como ni siquiera hubieran podido imaginar.Rascn Garca, Cesar

Lic. Roberto Estuardo Morales