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Aspectos de Cumplimiento relevantes a las principales regulaciones de Cooperativas de Ahorro y Crédito Asamblea anual de COSSEC 15 Noviembre 2013 José Marín, CPA, CISA,CFE, CGEIT, M.Acc Wallace R. Ocasio Jiménez, CFE, CICA 1

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Aspectos de Cumplimiento relevantes a las

principales regulaciones de Cooperativas de Ahorro

y Crédito

Asamblea anual de COSSEC

15 Noviembre 2013

José Marín, CPA, CISA,CFE, CGEIT, M.Acc

Wallace R. Ocasio Jiménez, CFE, CICA

1

AGENDA

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1. Truth in Lending Act. – Regulación Z

2. Equal Credit Oportunity Act. – Regulación B

3. Secure and Fair Enforcement for Mortgage Licensing Act. - Regulación G

4. Truth in Savings Act. – 12 CFR Part 707

5. Electronic Funds Transfer Act – Regulación E

6. Availability of Funds and Collections of Checks –(Regulación CC) 12 CFR

Part 229

Truth in Lending Act–Reglamento Z

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Truth in Lending Act–Reglamento Z

Propósito:

Proveer una divulgación de los costos y términos del crédito antes de que el cliente se obligue. Así permite que los consumidores tomen una decisión de crédito bien informados.

Aplicabilidad: – Préstamos cuyo propósito sea personal, de la familia o del hogar concedidos a persona

natural hasta la cantidad de $53,000 (si excede de $53,000 entonces tienen que verificar la colateral).

– El límite se ajusta efectivo el 1ro de enero de cada año en base al incremento anual del índice del precio al consumidor. (CPI)

– Si la colateral es un bien inmueble (aunque no sea la residencia principal) o una propiedad personal usada o que espera ser usada como residencia le aplica el Reglamento.

– Tiene cargos por financiamiento o pagadero en 4 plazos o más.

Truth in Lending Act–Reglamento Z

Requisitos:

Si el préstamo cumple con lo anterior es necesario proveer una divulgación que contenga lo siguiente:

la cantidad financiada,

el cargo por financiamiento,

la tasa de interés expresado como una Tasa de Porcentaje Anual (APR), y

la descripción de la propiedad dada en garantía.

En los casos en que se esté otorgando una garantía hipotecaria sobre una residencia principal, el Reglamento Z requiere que se le notifique al dueño de la propiedad de su Derecho a Cancelar. El Derecho a Cancelar* consiste en concederle un período de espera de 3 días (no incluye domingos ni días feriados federales) para que piense bien sobre la transacción y tenga la oportunidad de cancelar la misma si así lo desea.

* El Derecho a rescindir o cancelar aplica en refinanciamiento con sobrantes y segundas hipotecas. No aplica en compraventa de residencia

Truth in Lending Act–Reglamento Z

• Subparte A – General – La autoridad, propósito, cubierta y organización de la regulación

• Subparte B – “Open- End Credit” – Las reglas y divulgaciones iniciales

• Subparte C – “Closed- End Credit” – Las reglas en las divulgaciones, el tratamiento del balance de crédito, el cómputo de la tasa del porciento anual, requerimientos de recisión y promociones

• Subparte D – Misceláneos – Contiene reglas en divulgaciones orales. Además establece la disponibilidad de las divulgaciones escritas en el idioma español, tiempo de retención de los records, entre otras cosas

Truth in Lending Act–Reglamento Z

• Subparte E – Reglas especiales – Relacionado a transacciones hipotecarias. Establece reglas de divulgaciones, comisiones y el costo de crédito anual (APR)

• Apéndices A – M2 – Contiene información sobre los procedimientos de ciertas determinaciones de leyes estatales, sus excepciones, modelos y otros.

• Subparte F – Reglas especiales para Préstamos Estudiantiles – Se compone de las Reglas, Divulgaciones y Limitaciones.

• Subparte G – Reglas Especiales aplicables a Tarjetas de Crédito y a “Open End Credit” ofrecidos a estudiantes - Se compone de la habilidad para pagar, limitaciones de cargos y tasas.

Truth in Lending Act–Reglamento Z

• “OPEN END CREDIT”:

– Se impone un Cargo Por Financiamiento de tiempo en tiempo sobre el balance no pagado

– Se contemplan transacciones repetidas

– El balance de crédito queda disponible a medida que el mismo es pagado

SI FALTA UNO O MÁS DE ESTOS, EL CRÉDITO ES CLOSED – END

REGLAMENTO Z – SECCION 226.2 (10) Y (20)

Caso 1

Socio solicita préstamo hipotecario para compra de

residencia principal por $50,000.

Preguntas:

• ¿Aplica TILA?

• ¿Si aplica, comentar, Qué divulgación se debe

proveer y que información mínima debe de

contener?

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Equal Credit Opportunity Act –

Reglamento B

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Equal Credit Opportunity Act –Reglamento B

Propósito:

• Promover la disponibilidad de crédito a todos los solicitantes.

• Prohíbe el discrimen en una transacción de crédito independientemente de la

edad, raza, color, religión, sexo, origen nacional, estado civil, por recibir

asistencia pública o haber ejercido uso de algún derecho concedido por las leyes

de protección al consumidor.

Aplicabilidad:

Aplica a toda persona que como parte de su curso ordinario de negocios,

regularmente participa en la decisión de extender o no crédito incluyendo a

aquellas personas que se dedican a referir clientes o prospectos.

Causales Prohibidas - ECOA

• Raza- La ley por lo general reconoce como: Hispano o latino, Indio Norteamericano o nativo de Alaska, Asiático, Negro o Afro-americano, Nativo Hawaiano u otro isleño del pacífico y blanco.

• Color- El color o tinte de la piel.

• Género- Hombre y Mujer.

• Religión- Las creencias religiosas o las no creencias religiosas.

• Origen Nacional- El sitio de nacimiento y cultura del solicitante.

Causales Prohibidas - ECOA

• Estado Civil- La ley solo reconoce: casado- tiene que ser legalmente, no casado- soltero, viudo o divorciado; separado- casado legalmente pero separado de su cónyuge.

• Edad- No se puede discriminar por edad siempre y cuando la persona esté

capacitada para contratar. • Ingresos de Programas de Asistencia Pública- no se puede discriminar

porque él o ella reciba ingresos de algún programa de asistencia pública federal o estatal

• Ejercer algún derecho bajo la Ley de Protección al Consumidor- No se

puede discriminar por haber ejercido algún derecho bajo leyes de protección al consumidor

Reglamento B – Definiciones Importantes

• Solicitud – Petición oral y escrita para una extensión de crédito hecha de acuerdo a los procedimientos establecidos por el acreedor para el tipo de préstamo que se solicita

• Acreedor – Es la persona que en curso ordinario de sus negocios, regularmente participa en la decisión de extender o no crédito. Esta además aplica a personas que en su curso ordinario de negocio(Broker) se dedique a referir solicitantes de crédito a acreedores.

• Discrimen – Tratar a un solicitante menos favorable que a otro.

Reglamento B – Definiciones Importantes

• Envejeciente – Persona que haya alcanzado la edad de 62 años o

más.

• Valor Negativo – Nunca le puedes asignar un valor negativo a un

envejeciente. Esto basado en los “Credit Scoring” que utilizan los

acreedores para clasificar sus clientes basados en sus atributos.

• Persona – Puede ser Natural o Jurídica

Decisión Adversa – Reglamento B (ECOA)

• No conceder el crédito solicitado • Terminar o cancelar una cuenta

• Rechazar un aumento solicitado en la línea de crédito

Tiene 30 días calendarios desde el último recibo de solicitud de documentos para enviar una

notificación de que su solicitud fue denegada .Toda solicitud denegada se guarda por 25 meses

a partir de la fecha en que el acreedor notifica al solicitante su decisión. Si es comercial se

guarda por 12 meses.

La notificación Adversa debe contener lo

siguiente:

• Nombre y Dirección de la Cooperativa

• La decisión tomada

• La notificación de ECOA- Que la institución no discrimina sobre las causales prohibidas

• Razones para la denegación y

• Desgloses de las fuentes donde se obtuvo la información de crédito

• Derecho del cliente de solicitar un historial de crédito y de la agencia que incluya: el nombre, dirección y teléfono.

• Nombre y Dirección de la Agencia Federal que regula a la Cooperativa (Federal Trade Commission)

Equal Credit Opportunity Act –Reglamento B

Requisitos:

El Reglamento B establece los siguientes requisitos: Los oficiales o empleados de la Cooperativa no podrán desalentar las

solicitudes de crédito bajo cualquiera de las razones de discrimen.

El Reglamento B establece que se tome una decisión de crédito dentro de los 30 días siguientes al recibo de la solicitud de crédito completa.

Las solicitudes denegadas requieren notificación por escrito y divulgación al consumidor de sus derechos bajo ECOA.

En préstamos con garantía hipotecaria se le entregará copia de la tasación al cliente independientemente de la decisión de crédito.

La Cooperativa tiene que retener por 25 meses todos los documentos relacionados con una solicitud de crédito.

PENALIDAD POR NO CUMPLIR CON ECOA

• Acción Individual – Cantidad máxima de $10,000 más

daños por cada transacción.

• Acción de Clase – El total de daños punitivos no podrá

exceder de $500,000 o el 1% del valor neto de la

institución

• Concede Juridicción a tribunales estatales y federales

Caso 2

El socio se acerca a la cooperativa y solicita

información para pedir un préstamo personal, durante

la entrevista el empleado identifica que la fuente de

ingreso del socio es asistencia del gobierno. El

empleado le informa que debe conseguir otra fuente

de ingreso para ser considerado para el préstamo.

¿Este caso esta cubierto por ECOA?

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Secure and Fair Enforcement for

Mortgage Licensing Act. - Regulación G

21

Secure and Fair Enforcement for Mortgage

Licensing Act. - Regulación G

Requisitos:

• Licenciamiento estatal para originadores de préstamos

que trabajen para corredores hipotecarios. – Regulado

por la ley 247 del 30 de diciembre de 2010.

• Un registro uniforme (nationwide registry) para los

originadores de préstamos hipotecarios que trabajen para

las cooperativas de ahorro y crédito, bancos y prestamistas.

Secure and Fair Enforcement for Mortgage

Licensing Act. - Regulación G

Componentes:

• Licenciamiento y Registro de originadores de préstamos.

• Define el término “originador de préstamo” y “originador de préstamo

hipotecario” .

• Establece nueva reglamentación en protección del consumidor.

• Otorga nuevos poderes a HUD.

Secure and Fair Enforcement for Mortgage

Licensing Act. - Regulación G

Propósito:

Este estatuto Federal establece que todo originador de préstamos hipotecarios tendrá que licenciarse o registrarse, a través del “Nationwide Mortgage Licencesing System and Registry”.

Aplicabilidad:

Concesionarios de Préstamos Hipotecarios

Corredores de Préstamos Hipotecarios

Originadores de Préstamos Hipotecarios Residenciales

Caso 3

Una cooperativa decide comenzar a otorgar

prestamos hipotecarios. Como parte de ofrecer este

nuevo producto a sus socios envía a sus empleados a

tomar cursos de originación, proceso y cierre de

prestamos hipotecarios. Con esto, ¿La Cooperativa

cumple con SAFE?

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Truth in Savings - 12 CFR Part 707

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Truth in Savings - 12 CFR Part 707 (TISA)

Propósito:

Requiere que las instituciones financieras divulguen los términos y condiciones en que se pagan intereses y se cobran cargos por servicio en sus cuentas de depósito. De esta forma, los consumidores pueden comparar los mismos entre las instituciones y decidir en cuál depositar sus fondos.

Aplicabilidad:

Cuentas que pertenecen a un individuo para propósitos personales, de la familia o del hogar.

TISA – REQUERIMIENTOS GENERALES

• Las cooperativas deberán establecer unas divulgaciones por escrito de forma clara, precisa y conspicua de manera que sus clientes o potenciales clientes puedan manejar y entender la información provista.

• Para cada tipo de cuenta que se ofrezca podrá tener una divulgación por separado o ya sea en combinación con otras cuentas, pero debe de ser clara y aplicables las divulgaciones a cada tipo de cuenta; si varía los requerimientos de estas.

• Las divulgaciones deberán reflejar las obligaciones legales entre los clientes y la cooperativa. Las divulgaciones se pueden realizar en otro idioma que no sea el inglés, pero si se hace en otro idioma tienes que tenerla disponibles en inglés.

TISA – REQUERIMIENTOS GENERALES

Requisitos:

El Banco tiene que proveer las divulgaciones sobre una cuenta a cualquier individuo en el momento que las solicite de forma clara, por escrito y en una manera que el cliente pueda retener.

Las divulgaciones sobre las cuentas contendrán lo siguiente, según aplique:

Información sobre la tasa de interés: Tasa de Rendimiento Anual (APY) y Tasa de Interés.

En las cuentas de interés variable, se divulgará el hecho de que la tasa de interés y el APY pueden cambiar.

La frecuencia con la cual se calculará y acreditará los intereses.

Información sobre el balance mínimo requerido para la apertura de la cuenta, evitar la imposición de cargas y obtener el APY divulgado.

Cargos que se pueden imponer a la cuenta.

Truth in Savings - 12 CFR Part 707

(TISA)

• Notificación de cambios a las tasas de intereses – Si la cooperativa realiza cambios en las tasas de intereses sobre sus depósitos y estos cambios reducen la tasa de rendimiento anual (APY); la cooperativa deberá notificar vía correo a sus clientes de dicho cambio con por lo menos con 30 días de antelación a que entre en vigor la nueva tasa de interés.

• Mantenimiento de Records – La cooperativa deberá retener evidencia del cumplimiento de estas regulaciones por un mínimo de dos (2) años a partir de la fecha en que las divulgaciones fueron requeridas o tomadas

Truth in Savings - 12 CFR Part 707

(TISA)

• Redondeo Permisible – La tasa de rendimiento anual (APY) generado o ganado podrá ser redondeado a 1/100 (una centésima parte del 1%) ,o sea, (.01). Ejemplo. Si el APY es 5.644% el redondeo más cercano es 5.64%, si es 5.645% sería entonces 5.65%

• Tolerancia – La tolerancia de error permitido bajo TISA es de 1/20 ( una vigésima parte del 1%) , o sea, (.05%). Si se excede de esta cantidad estaría en violación al cumplimiento de TISA

Caso 4

En términos generales,

¿Cuáles son las divulgaciones que debe hacer la

cooperativa a sus socios en relación a TISA?

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Electronic Fund Transfer Act -

Reglamento E

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Electronic Fund Transfer Act - Reglamento E

Propósito:

El propósito de esta Ley es que las

personas estén bien informadas de sus

derechos y obligaciones cuando hacen uso de

medios electrónicos que resultan en crédito o

débito a una cuenta.

Electronic Fund Transfer Act - Reglamento E

Aplicabilidad:

Las siguientes transacciones están sujetas a esta Ley:

Retiros de efectivo de cuentas corrientes y de ahorro en cajeros automáticos.

Transacciones en el sistema de puntos de venta (POS)

Transacciones electrónicas de crédito y débito preautorizadas donde interviene una tercera persona.

Electronic Fund Transfer Act - Reglamento E

Requisitos: Proveer, al momento de la contratación del servicio o antes de que se realice la

primera transacción, una divulgación escrita que contenga los términos y condiciones relacionadas con el servicio de transferencias electrónicas.

Se requiere que los terminales electrónicos (ATH) hagan disponible un recibo en el momento en que se realice una transferencia electrónica de fondos. Además, la Cooperativa tiene que enviar un estado de cuenta que identifique claramente las trasferencias electrónicas que se realizaron.

El Reglamento establece el límite de tiempo que tiene la Cooperativa para procesar las reclamaciones de transferencias electrónicas. De no poder concluir la investigación el Reglamento permite que luego de acreditar provisionalmente la cuenta, se puede extender la investigación.

Caso 5

Uno socio se acerca a un cajero de la sucursal y

realiza un deposito. El empleado de la cooperativa

recibe el dinero y procede a realizar la transacción.

¿ En que forma aplica la regulación E?

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Availability of Funds and Collections of

Checks –(Regulación CC) 12 CFR Part 229

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Availability of Funds and Collections of Checks –

(Regulación CC) 12 CFR Part 229

Propósito:

Fijar los períodos máximos de tiempo en que los bancos tienen que hacer disponibles los fondos de los cheques depositados en las cuentas.

Aplicabilidad:

Cheques que son depositados a cuentas de transacciones. Una cuenta

de transacción es una cuenta donde se puede dar una orden de pago a un tercero.

Availability of Funds and Collections of

Checks –(Regulación CC) 12 CFR Part 229

Requisitos:

La Cooperativa deberá cumplir con las siguientes disposiciones:

Proveer a los clientes una divulgación sobre los períodos de disponibilidad

claramente y en una forma que el cliente pueda retener.

Tener un Afiche de la Política de Disponibilidad de Fondos en los lugares donde se aceptan depósitos.

Endosar los cheques con la información correspondiente en el lugar apropiado.

Devolver los cheques a la brevedad posible.

Disponibilidad de Fondos

Disponibilidad de Fondos

Excepciones

Seis Excepciones a la regla que permite exceder el

periodo de tiempo de disponibilidad de fondos: 1. Cuentas Nuevas

2. Depósitos en exceso de $5,000 en un mismo día

3. Cheques devueltos por falta de fondo que vuelven a ser depositados

4. Depósitos a cuentas con sobregiro constante

5. Casos en que la Cooperativa tiene una causa razonable para entender que el

cheque depositado es incobrable

6. Condiciones de Emergencia

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Check Routing Number

Cheque Sustituto(Check 21)

• Entró en vigor el 28 de octubre de 2004. Enmienda la Regulación CC e introduce la Subparte

D, dentro de la Regulación. Facilita el intercambio de cheques entre bancos. Le da legalidad

a una imagen de un cheque siempre y cuando cumpla con unos requerimientos. Un cheque

sustituto es la reproducción en papel de un cheque original que:

• _1) Contiene la imagen de frente y trasera de un cheque original. La parte de frente debe

decir “Esto es una Copia Legal de su Cheque”

• – 2) Enseña un MICR line que contiene toda la información del cheque original al tiempo en

que el cheque original fue emitido y codificado

• – 3) Es sustituido para el procesamiento electrónico de la misma manera que un cheque

original

• Además requiere a las Instituciones Financieras el proveerle educación al consumidor sobre

lo que es un cheque sustituto y los derechos del consumidor de re crédito.

Cheque Sustituto

¿Qué debo hacer si recibo un cheque sustituto y ocurre un problema?

Check 21 dispone de un procedimiento especial que le permite reclamar un reembolso (también llamado crédito

restituido agilizado) cuando recibe un cheque sustituto del banco y cree que hubo un error debido al mismo. Por

ejemplo, usted puede pensar que le cobraron dos veces por el mismo cheque. Usted puede utilizar este

procedimiento para obtener reembolso por el dinero que perdió. Este procedimiento especial limita el monto del

reembolso a la cantidad pérdida o al monto del cheque sustituto que recibió, cualquiera que sea la cantidad menor,

más intereses sobre esa cantidad si la cuenta gana intereses. Si la cantidad de la pérdida es superior a la del cheque

sustituto, otras leyes podrían otorgarle el derecho de recuperar montos adicionales. Si el banco decide que su

reclamación es válida, el reembolso lo debe recibir el día hábil siguiente a la decisión del banco. Usted debe recibir

hasta $2,500 del reembolso que le corresponde (más intereses si su cuenta gana intereses) dentro de un plazo de 10

días hábiles después de que el banco haya recibido su reclamación, a menos que éste decida que dicha reclamación

no es válida. Debe recibir el resto del reembolso (más intereses, si su cuenta lo gana), a más tardar 45 días después

de que el banco haya recibido su reclamación. Si su banco decide que su reclamación no es válida, le enviará una

notificación explicándole el motivo. El banco puede revocar el reembolso (incluso los intereses sobre el mismo) si

demuestra que el cheque sustituto no causó ningún error en su cuenta.

Ejemplo de un Cheque Sustituto

Caso 6

En términos generales, ¿Qué tipo de información

tiene que divulgar la cooperativa al socio para cumplir

con lo requerido en la regulación CC?

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PREGUNTAS

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Gracias por su Atención