asociaciÓn canal local de televisiÓn de medellÍn ... › wp-content › uploads › 2016 › 06...

133
1 ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO 04 DE 2014 PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES OBJETO: EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMOY OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍNMedellín, marzo de 2014

Upload: others

Post on 24-Jun-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

1

ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN

LICITACIÓN PÚBLICA NÚMERO 04 DE 2014

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

OBJETO:

“EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMOY OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN”

Medellín, marzo de 2014

Page 2: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

2

CONVOCATORIA A VEEDURIAS CIUDADANAS De conformidad con el inciso tercero del Artículo 66 de la Ley 80 de 1.993 y el artículo 24 del Decreto Reglamentario No. 1510 de 2013, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- convoca a todas las veedurías ciudadanas en general, a ejercer el control social sobre el presente proceso de Licitación Pública N° 03 de 2014, para lo cual suministrará la información y documentación requerida para su consulta y en qué caso de requerir copias de las actuaciones, su costo correrá por cuenta del peticionario.

PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCION” En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (1) 560 1095, (1) 565 76 49, (1)562 41 28; vía fax al número telefónico: (1) 565 86 71; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (1) 560 75 56; en el correo electrónico: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: www.anticorrupción.gov.co; correspondencia o personalmente, en la dirección Carrera 8 No 7–27, Bogotá, D.C.

PRESENTACION

TELEMEDELLÍN, Asociación sin ánimo de lucro entre entidades públicas, del orden municipal, constituida mediante la Escritura Pública N. 2.176 el 13 de agosto de 1996, en la Notaría Novena de Medellín, reformada por la Escritura Pública No. 701 de Mayo 4 de 2000 de la Notaría Veintiséis de Medellín, y La Escritura Pública Nro. 2.234 del 05 de diciembre de 2008 de la Notaria 14 De Circulo de Medellín, Nit. 811.006.762-3 con domicilio en esta ciudad de Medellín, está interesada en contratarla “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” La información contenida en los pliegos de condiciones sustituye totalmente cualquier otra que TELEMEDELLÍN o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta licitación.

Los estudios y documentos previos de forma digital, reposan en las oficinas de TELEMEDELLÍN, Cra. 64 C Nº 72 - 58, para que sean consultados por los interesados en participar en el proceso.

Page 3: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

3

Los oferentes que quieran participar en el proceso, asumen la responsabilidad exclusiva de estudiar y analizar previamente el contenido y alcance de todos los documentos que hacen parte integrante del proceso de selección y de hacer sus propios estudios y consultas sobre la naturaleza del objeto a contratar. Como consecuencia, la presentación de la oferta constituirá para TELEMEDELLÍN, la manifestación expresa del proponente de que como profesional idóneo y experto en la contratación de obras de esta naturaleza y conocedor de los trámites, procedimientos y ejecución de los contratos con el Estado, consultó los mencionados documentos, solicitó las aclaraciones técnicas, económicas, financieras, jurídicas, administrativas y de cualquier naturaleza, que conoció y estudió las dificultades y limitaciones para la construcción de las obras y efectuó los estudios propios y acordes con la idoneidad solicitada, que es consciente de que por la naturaleza y complejidad de este tipo de contratos, es posible que como parte del áleas normal del contrato, durante la ejecución de las obras se presenten situaciones que conlleven el ajuste de los diseños, y que conociendo lo anterior, libremente compromete su responsabilidad en la oferta y suscripción de un eventual contrato.

Page 4: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

4

CAPÍTULO I.

CRONOGRAMA Las diferentes etapas del proceso de selección del contratista, de celebración, perfeccionamiento y legalización del contrato, se efectuarán en las fechas y dentro de los términos previstos en el cronograma. Las modificaciones a los plazos y términos aquí establecidos, se darán a conocer mediante adenda que incluirá el nuevo cronograma establecido.

FECHA ACTIVIDAD

7 de marzo de 2014 Aviso de convocatoria

7 de marzo de 2014 Publicación de estudios previos

Entre el 7 y el 20 de marzo de 2014 Publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones

Entre el 7 y el 18 de marzo de 2014 Recepción de Observaciones

Marzo 19 de 2014 a las 10:00 am Audiencia de revisión de Asignación de Riesgos LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN

Marzo 19 de 2014 - 8:00 am Visita de Obra opcional

Marzo 20 de 2014 Respuesta Observaciones

Marzo 21 de 2014 Acto de apertura y Publicación del Pliego de Condiciones Definitivos

Entre el 21 y 24 de marzo de 2014 Recepción de Observaciones a los Pliegos

Entre el 21 marzo y abril 1 de 2014 Expedición de Adendas.

Entre el 21 de marzo y el 4 de Abril de 2014

Plazo presentación de ofertas

Abril 4 de 2014 – 11:00 am Cierre del plazo para presentar ofertas y apertura de las mismas

Entre el 4 y el 11 de abril de 2014 Evaluación de ofertas

Abril 11 de 2014 Publicación informe de evaluación

Entre el 11 y el 22 de abril de 2014 Traslado del Informe de Evaluación y Plazo para subsanar requisitos habilitantes.

Abril 24 de 2014 Evaluación final

Entre el 25 y 30 de abril de 2014 Presentación y estudio de las observaciones formuladas a la evaluación final

Mayo 2 de 2014 Publicación en el SECOP de las respuestas a las observaciones formuladas por los proponentes al informe de evaluación

Mayo 5 de 2014 -5:00 pm Audiencia Pública de adjudicación

Mayo 5 de 2014 Publicación del Acto de Adjudicación

Entre el 5 y el 9 de mayo de 2014 Elaboración del Contrato, perfeccionamiento y legalización

Page 5: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

5

CAPÍTULO II

ASPECTOS GENERALES

2.1. OBJETO “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDEDETELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN”

2.2. ESPECIFICACION TECNICA DEL OBJETO A CONTRATAR LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN, está interesado en seleccionar la propuesta más favorable para la contratación del objeto descrito en el numeral 2.1.,de conformidad con las disposiciones legales vigentes, los requisitos, especificaciones técnicas, factores de evaluación y ponderación señalados en los estudios y documentos previos y éste pliego de condiciones. El proyecto está concebido como una construcción cuya operación lo permita catalogar como un edificio ambientalmente sostenible y que, si TELEMEDELLÍN lo considera conveniente, pueda, en un futuro o durante el desarrollo de la obra, gestionar la obtención de la certificación LEED®1, que otorga el USGBC2. Por esta razón involucra varios aspectos de sostenibilidad que fueron tenidos en cuenta durante la etapa de diseño y a los que se les debe dar continuidad y/o complementar durante la etapa de construcción, que implican un complejo manejo de documentación y registro adicional al requerido por un proyecto de construcción convencional. Los proyectos sostenibles están comprometidos a mejorar y proteger los ecosistemas y la biodiversidad, mejorar la calidad del aire y del agua, reducir la cantidad de desechos sólidos y conservar los recursos naturales. Así mismo, están encaminados a reducir los costos de operación, aumentar el valor del inmueble, aumentar la productividad y satisfacción de los empleados, optimizar el ciclo de vida y constituirse en símbolos de responsabilidad social y ambiental. Los proponentes interesados en participar y presentar propuesta para el presente proceso de selección deben estar en capacidad de implementar y aplicar las normas y requerimientos que se indican a fin de llevar a cabo y con total éxito el objeto de la presente Licitación Pública, lo anterior teniendo en cuenta todos los parámetros y normas establecidas para que la obra ejecutada pueda, si TELEMEDELLÍN lo requiere, ser certificada LEED, y se convierta en punto de referencia para el manejo de construcciones

1LEED®: Leadership in Energy and Environmental Design (Liderazgo en Diseño Energético y Ambiental).

Está basado en un sistema de puntuación que abarca diferentes criterios como la eficiencia energética, el aprovechamiento del agua, los materiales utilizados, el impacto en el entorno y la calidad ambiental interior. Se trata de un sistema para certificar el Diseño, Construcción y Operación de edificios ecológicamente sostenibles. 2USGBC: Consejo de Construcción Sostenible de los Estados Unidos.

Page 6: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

6

ambientalmente sostenibles, las cuales se adaptan a los retos de los nuevos desarrollos, contribuyen con la preservación de los recursos y evitan costos de mantenimiento de las instalaciones, generando ahorros significativos a las entidades, con los consecuentes beneficios que esto acarrea. Las principales actividades por ejecutar, en el lote y áreas aledañas, consisten entre otras en: Obras e instalaciones preliminares Cerramientos Casetas y depósitos Trazados Demoliciones Excavaciones y movimiento de tierras Retiro, cargue y botada de escombros y residuos sólidos a sitios autorizados Construcción de Cimentaciones Construcción de estructuras de contención Construcción de estructuras, en concreto y metálicas. Construcción de accesos. Prefabricados. Cuelgas y elementos no estructurales. Escaleras y rampas. Construcción y adecuación de espacios interiores y de acceso. Mamposterías, muros y divisiones. Cubiertas y cielos Pisos Impermeabilizaciones Puertas, ventanas, vidrieras. Pasamanos Revoques, forros y enchapes Pintura, estucos y acabados finales Instalaciones hidráulicas y sanitarias, interiores y exteriores Aparatos sanitarios Instalaciones de gas Carpintería de madera y cocinas. Cerrajería- Carpintería metálica Fabricación, pruebas en fábrica y en sitio, suministro, embalaje, importación (si es del caso) transporte nacional e internacional (si es del caso), montaje, puesta en funcionamiento, entrenamiento, documentación y servicio de mantenimiento de: Ascensores Sistema de aire acondicionado y de extracción. Sistema de redes eléctricas y puesta a tierra Sistemas de comunicación Sistemas de automatización y seguridad Sistemas anti-incendios (instalaciones y equipamiento). Sistemas de bombeo Iluminación interior y exterior. Fuentes Paisajismo y arborización.

Page 7: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

7

Obras de urbanismo y exteriores. Construcción de acabados en general Amoblamiento urbano Cumplimiento de exigencias para certificación LEED Y aquellas otras que TELEMEDELLÍN considere necesarias para el correcto funcionamiento del proyecto.

En todos los casos se considera como norma general tener en cuenta los diseños, especificaciones, y recomendaciones dadas por los diseñadores, de acuerdo con los prerrequisitos y créditos LEED (si TELEMEDELLÍN considera conseguir la certificación) y,si es del caso, ser complementados por el ADMINISTRADOR DELEGADO, con la debida asesoría de los responsables de los estudios y diseños arquitectónicos y técnicos, a fin de conservar o mejorarlos parámetros que garanticen la eficiencia del proyecto, quien se encargará de gestionar todo el proceso de construcción y de adquisición, fabricación, embalaje, transporte, nacionalización, instalación, puesta en funcionamiento, capacitación y mantenimiento, que se requieran. El administrador delegado, directamente o a través de sus subcontratistas, deberá realizar los trabajos de ajuste o corrección que se presenten una vez terminados los trabajos, durante los 6 meses contados a partir del vencimiento del plazo de ejecución de la obra. Sin perjuicio de las garantías otorgadas por los subcontratistas o proveedores. De estos trabajos posteriores o de post-obra, los que correspondan a ajustes o deterioros que se presentan normalmente por los procesos o por las especificaciones y características de los materiales serán por cuenta de la obra, pero, aquellas que se debieron a errores del contratista, serán a su cargo. 2.2.1. FILOSOFÍA DEL PROYECTO Consiste en el diseño, construcción y puesta en funcionamiento de una Edificación Amigable al medio ambiente, con todos los conceptos de la arquitectura sostenible, la accesibilidad integral y universal a las personas en condición de discapacidad y la protección del usuario final, con un alto grado de automatización y seguridad del edificio.

- Arquitectura Sostenible

- Accesibilidad Integral

- Seguridad y Automatización 2.3 LOCALIZACIÓN. El lugar donde se realizarán las obras objeto de la presente Licitación Pública, está ubicado en un lote en la carrera 43 F Nº 14 – 46, en la ciudad de Medellín. 2.4. NATURALEZA DEL OBJETO Y MODALIDAD DE SELECCIÓN El contrato a celebrar tipifica el de obra definido en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993

Page 8: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

8

bajo la modalidad de administración delegada y que en razón de la cuantía, debe ser adjudicado previa observancia del procedimiento establecido para la Licitación Pública en la mencionada ley, en la ley 1150 de 2007 y en el Decreto 1510 de 2013 y demás normas que los complementan y reglamenten. 2.5. NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROCESO DE SELECCIÓN CELEBRACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO Por tratarse de un contrato estatal, son aplicables los principios de la Constitución Política Colombiana, normas que regulan la función pública y la contratación estatal y todas las demás normas fiscales de orden nacional, departamental y municipal aplicables a la actividad del contratista. Normas que regulan la actividad a desarrollar para ejecutar el objeto contratado, referidas a licencias, permisos, manejo ambiental, entres otras. Las demás que regulen el proceso de contratación y la ejecución del contrato. Las disposiciones civiles y comerciales se aplicarán en cuanto sean compatibles con los principios de la contratación estatal de la función pública. Como, de acuerdo con la ley colombiana, las normas actualmente vigentes se entienden conocidas por todos los proponentes que participan en el presente proceso de selección, TELEMEDELLÍN parte de la base cierta de que el proponente, al elaborar su oferta y presentarse a este proceso, tuvo en cuenta todas las disposiciones legales nacionales, departamentales y municipales que afectan e inciden en el proceso de selección, perfeccionamiento, legalización, ejecución, desarrollo y liquidación del contrato, impuestos, tasas y contribuciones a que hubiere lugar, que puedan incidir en la valoración y presentación de la oferta y en la ejecución del contrato. Así mismo los proponentes deben tener en cuenta que el objeto del presente proceso de contratación se enfoca hacia la construcción de una edificación que debe cumplir antes, durante su desarrollo y en su etapa de operación, con los parámetros requeridos para ser considerada como una construcción ambientalmente sostenible y que pueda ser certificada LEED (si TELEMEDELLÍN lo considera conveniente), por lo tanto se deben manejar y aplicar en su totalidad las normas establecidas para tal fin, de acuerdo con la lista de chequeo y el plan del proceso de certificación LEED anexos. Adicionalmente, el proponente debe tener en cuenta el Plan de la Interventoría de los sistemas energéticos del edificio (COMMISSIONING), el cual se anexa y forma parte integral de este pliego de condiciones. NOTA GENERAL: TODOS LOS CAMBIOS EN DISEÑOS Y ESPECIFICACIONES QUE SE PRETENDAN REALIZAR CON EL FIN DE MEJORAR LAS CONDICIONES DEL PROYECTO TENDRÁN QUE SER APROBADOS POR TELEMEDELLÍN Y LA INTERVENTORÍA. 2.6. LUGAR FISICO Y ELECTRONICO EN QUE SE PUEDEN CONSULTAR Y RETIRAR LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS Y LOS PLIEGOS DEFINITIVOS

Page 9: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

9

Los estudios y documentos previos y los pliegos definitivos pueden consultarse en las siguientes direcciones:

Físicamente en: Las oficinas de TELEMEDELLÍN Cra64 CNro.72-58 Electrónicamente a través de las páginas: http://www.contratos.gov.co Así mismo en las direcciones señaladas serán publicadas las actuaciones que se surtan en el proceso de selección (aclaraciones, adendas, entre otras) exigidas en el decreto 1510 de 2013. Los interesados deberán solicitar a TELEMEDELLÍN por escrito la entrega de información, para lo cual deberán suministrar algún medio magnético de almacenamiento. 2.7 CORRESPONDENCIA Toda la correspondencia que se genere con ocasión del proceso de selección, debe ser enviadas al correo electrónico [email protected], o entregada directamente en las oficinas del archivo de TELEMEDELLÍN, situadas en la dirección señalada, dirigidas así: Señores: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN – SECRETARIA GENERAL

Cra64 CNro.72 - 58

Medellín LICITACIÓN PÚBLICA No: 04 de 2014 OBJETO: “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” PROPONENTE: 2.8 IDIOMA DE LA PROPUESTA La propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN deberán estar escritos en idioma español. 2.9 PRESUPUESTO OFICIAL

Page 10: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

10

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, ordinal 4, del decreto 1510 de 2013, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN, ha estimado un presupuesto oficial del valor de las obras objeto de la presente licitación, el cual con base en los requerimientos técnicos se estima en la suma de QUINCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.950.000.000), incluidos los valores a invertir en la obra, proyección de ajustes, un porcentaje para atender la “post-obra”, el valor de los honorarios de construcción, incluido IVA, para la obra de construcción y para equipamiento, los gastos reembolsables, gastos del contrato e impuestos a que haya lugar, correspondientes a TELEMEDELLÍN, por lo tanto, el proponente deberá proyectar todos los costos en que pudiera incurrir durante la ejecución del contrato. El valor final de la construcción objeto del presente proceso, puede variar de acuerdo con las cantidades finales ejecutadas dentro del desarrollo de la obra. 2.10 APROPIACIÓN PRESUPUESTAL El presente proceso de selección está respaldado por la reserva No. 0645, Rubro 05330204, expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de TELEMEDELLÍN por valor de $ 15.950.000.000 el 5 de marzo de 2014 TELEMEDELLÍN dentro de su estudio económico atendió para la formulación del presupuesto y respecto de la contribución de obra pública a cargo del contratista y para los efectos del presente objeto contractual, que la contribución especial corresponde al 5% del valor total del contrato de obra, por lo cual EL OFERENTE deberá proyectar el valor de esta contribución basándose en la Ley 1106 del 2006, Artículo 6 de la Contribución de los contratos de obra pública o concesión de obra pública y otras concesiones, el cual establece que:

“Todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes deberán pagar a favor de la Nación, Departamento o Municipio, según el nivel al cual pertenezca la entidad pública contratante una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición.”;

Y en concordancia con el concepto emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN No. 057800 de 2003:

(…) “que independientemente de la modalidad de pago que se escoja (precio global, el precio unitario, la administración delegada, o el reembolso de gastos más honorarios no se desnaturaliza el contrato de obra pública porque no constituye una modalidad especial de contratación pública.”,

Se colige entonces que la contribución especial corresponderá al 5% del valor total del contrato de obra.

Page 11: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

11

Sin perjuicio de lo anterior, TELEMEDELLÍN evaluando los efectos de la presente contribución sobre la financiación y viabilidad del proyecto, elevó consulta sobre éste caso en concreto a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Medellín, como ente recaudador, con el fin propósito de que ésta aclare la aplicación de la retención en el presente proceso; en consecuencia si llegara esta entidad a pronunciarse en contrario a lo anteriormente señalado, TELEMEDELLÍN disminuirá el valor proyectado de ésta contribución. Se pone en conocimiento de los participantes la desagregación de la estimación presupuestal

CONCEPTO COSTO ESTIMADO

Honorarios Administrador (Máximo) 671.224.500

IVA sobre Honorarios 107.395.920

Gastos reembolsables (Máximo) 949.389.560

Subtotal 15.152.500.000

Contribución especial 5% 797.500.000

COSTOS DIRECTOS OBRA 13.424.490.020

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL 15.950.000.000

2.11 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Solo podrán participar en éste proceso de selección las personas jurídicas y naturales que no se encuentren incursas en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN, establecidas en la Constitución y la ley. En el caso de las Uniones Temporales o Consorcios ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades o incompatibilidades para contratar con TELEMEDELLÍN. Como consecuencia, con la presentación de la oferta se entiende que el proponente afirma bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna inhabilidad o impedimento legal o constitucional. De presentarse al proceso estando inhabilitado, quedará incurso a su vez en la causal prevista en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, y así será declarado por TELEMEDELLÍN. 2.12 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN El plazo para la ejecución del contrato objeto de la presente licitación pública es de QUINCE (15) meses para la construcción y UN (1) mes más para la liquidación del contrato, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. 2.13 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES La información suministrada en estos pliegos de condiciones sustituye cualquier otra que hubiere sido suministrada por TELEMEDELLÍN o alguno de sus representantes o de

Page 12: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

12

cualquiera de sus funcionarios a los eventuales interesados en participar en este proceso de contratación. Por lo tanto, todas las informaciones, preliminares, concomitantes o posteriores que se hubieren obtenido o se obtengan en el transcurso de este proceso en forma diferente a la oficial, quedan sin valor y TELEMEDELLÍN no se hace responsable por su utilización. El proponente deberá examinar, analizar y estudiar cuidadosamente todos los estudios y documentos previos de la licitación pública, planos y diseños, formularios, condiciones, especificaciones, anexos, adendas, aclaraciones, condiciones del sitio en que se ejecutará la obra, condiciones internas y externas de los edificios y de las áreas externas del proyecto, indagando, averiguando e informándose por su propia cuenta si es del caso y como profesional experto en la materia objeto del contrato, de todas aquellas circunstancias y situaciones que puedan afectar el objeto y ejecución del contrato, su costo, y tiempo de ejecución, entendiéndose que los documentos de la licitación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en estos PLIEGOS DE CONDICIONES, no son fuente autorizada de interpretación del contrato y serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta. Si el proponente encuentra ambigüedades, discrepancias u omisiones en los documentos del presente proceso de selección incluidos los planos y las especificaciones, o tiene alguna duda acerca de su significado, está en la obligación de hacerlo saber a TELEMEDELLÍN y de solicitar la aclaración por escrito dentro de los plazos previstos para solicitar aclaraciones a la licitación por lo menos tres (3) días hábiles antes del término para presentar propuesta, y TELEMEDELLÍN de igual manera hará las aclaraciones que considere pertinentes, y la respuesta se dará mediante comunicación publicada en el SECOP. La eventual falta de respuesta por parte de TELEMEDELLÍN no podrá interpretarse como silencio positivo que dé lugar a la aceptación tácita de las observaciones y, por consiguiente, los términos de los pliegos conservan plena validez, mientras no sean modificados expresamente por TELEMEDELLÍN. El proponente asumirá las consecuencias económicas de la falta de diligencia y cuidado en que incurra respecto del análisis y estudio técnico sobre la naturaleza, objeto y alcance de los documentos precontractuales, y de la obtención de la información interna o externa que requiera para la ejecución del contrato y de la que sea propia e inherente a su actividad profesional. El proponente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este pliego y anexar la documentación exigida, completa y clara, que permita la evaluación, tanto de habilitación como de calificación. Igualmente, el proponente deberá tener en cuenta el objeto a contratar, los planos, las especificaciones, los precios, plazos, condiciones técnicas, económicas y financieras,

Page 13: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

13

físicas, operativas, administrativas, ambientales, climáticas, etc., de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato, y sobre el valor de su propuesta. Los ítems están indicados en forma concisa, y con base en unos requisitos de calidad mínimos a cumplir, que servirán de guía al Administrador Delegado, quien deberá revisarlos y ajustarlos, con el fin de conseguir las mejores ventajas para TELEMEDELLÍN. El proponente debe cumplir, como mínimo con las Normas Técnicas Colombianas (NTC) para materiales o en su defecto las normas ASTM (American Society for Testing and Materials), con el Código Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes CCCSR NSR 10y con las indicadas en el Manual de Especificaciones Técnicas de las Empresas Públicas de Medellín, documentación que deberá ser conseguida y consultada directamente por cuenta del oferente, así como con los parámetros exigidos para la certificación LEED, normas y leyes para la atención de condiciones de discapacidad. Además, por la idoneidad, el conocimiento y experiencia que se exige al proponente, debe tener en cuenta todos los sistemas constructivos, materiales, equipos, desplazamientos, mano de obra, prestaciones, trabajos diurno y nocturno si es del caso, sistemas de seguridad, imprevistos, desperdicios, medio ambiente, clima, vientos, alturas, posibles dificultades en la operación y en los procesos, etc. que se requieran para la ejecución de los trabajos. En todos los casos los materiales y acabados deben ser de primera y de excelente calidad. Con la presentación de la propuesta, el proponente manifiesta: que estudió el pliego de condiciones y todos los documentos de la Contratación; que efectuó los estudios propios del ejercicio de la construcción para acometer una obra de la naturaleza que se licita; que conoce el Sistema de Administración Delegada, que conoce este sistema aplicado al sector público, que obtuvo la información interna y externa que consideró necesaria para comprometer su responsabilidad en una eventual adjudicación del contrato; que solicitó y obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que consideró ambiguas, erróneas, inciertas o dudosas; que como profesional de la construcción conoce la naturaleza de los trabajos, sus requerimientos técnicos, sus riesgos, su costo y su tiempo de ejecución; que conoció y consideró suficientes los planos y las especificaciones técnicas para la construcción de las obras; que conoció el sitio en que se va a ejecutar la obra, sus alrededores, sus condiciones físicas y ambientales y todas las instalaciones de redes de servicios públicos circundantes que pueden afectar el proyecto o son necesarias para el mismo. Que tiene la capacidad técnica y operativa para ejecutar los trabajos contratados, que analizó las implicaciones constructivas y técnicas que se requieren para ejecutar los trabajos, tanto en su relación interna como con las áreas circundantes; que el trabajo en obra debe, si es del caso, ejecutarlo simultáneamente con los trabajos de otros contratistas y en forma coordinada con ellos y suministrarles los espacios que cada uno de ellos requiera para taller y almacenamiento; que formuló su propuesta de manera libre, seria, precisa y coherente.

Page 14: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

14

CAPITULO III

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA 3.1. VALOR DE LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL. Teniendo en cuenta que la ejecución de las obras objeto del contrato, se hará por el SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, en el valor de la reserva están incluidos los valores directos a invertir en las obras civiles (sobre las cuales se cobrarán los honorarios), los valores directos de instalaciones y equipamiento técnico (sobre los que se cobrarán los honorarios); un porcentaje para atender la “post-obra” (sobre los que se cobrarán los honorarios); el valor de los honorarios (incluido IVA) y gastos reembolsables, de personal y administrativos (sobre los cuales no se reconocerán honorarios) y los impuestos que correspondan a TELEMEDELLÍN por la ejecución del contrato (sobre los cuales no se reconocerán honorarios). El valor del contrato se calcula de la siguiente manera: COSTO DE LA CONSTRUCCION DE OBRA DE CONSTRUCCIÓN, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO (sobre los cuales se cobrarán honorarios). Se entiende por costo de la construcción aquél que está conformado por el conjunto de los materiales, equipos y herramientas y mano de obra de la construcción, equipos fijos propios de la construcción que se ejecuta, derechos de conexión de servicios, honorarios o salarios del personal de obra (oficiales, ayudantes, operarios), no incluido en los gastos reembolsables, seguridad social, los estudios que se llegaren a generar en desarrollo de la obra, demás labores profesionales propias de la obra y recursos humanos que se deberán ubicar en el sitio de la obra para poder ejecutarla. DESCUENTOS: En los contratos de construcción por administración delegada el CONTRATISTA está obligado a trasladar a la entidad contratante todas las rebajas, descuentos y comisiones que obtenga en la adquisición, renta o recomendación de materiales y equipos necesarios para la obra, y estará en la obligación de hacer la gestión pertinente para conseguirlos, sin detrimento de la calidad, a favor de TELEMEDELLÍN. GASTOS REEMBOSABLES: Adicionalmente a sus honorarios, el ADMINISTRADOR CONTRATISTA tiene derecho al reembolso de aquellos gastos que no sean imputables a la operación normal de su propia organización y que efectúe con destino específico al trabajo que la entidad contratante le haya encomendado. TELEMEDELLÍN ha considerado dos tipos de gastos reembolsables, de PERSONAL y ADMINISTRATIVOS, que el contratista deberá estudiar, valorar y presentar en el FORMATO DE GASTOS REEMBOLSABLES DE PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA que se anexa y que hacen parte de la propuesta económica. Los gastos reembolsables son los siguientes:

A) Gastos reembolsables de personal Para el efecto deberá diligenciarse el FORMATO “GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA”. El proponente deberá incluir el valor de los

Page 15: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

15

sueldos, honorarios y salarios más las prestaciones sociales, horas extras, parafiscales y el factor salarial propio del proponente, en los diferentes niveles: profesionales, auxiliares, tecnólogos, maestros, oficiales y ayudantes, entre otros.

PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA

CARGO PROFESIÓN DEDICACIÓN NÚMERO

DE MESES

Director de obra Ingeniero civil o arquitecto o arquitecto constructor 100% 16

Coordinador de obra Ingeniero civil o arquitecto o arquitecto constructor 25% 16

Residente de Acabados Arquitecto, Arquitecto Constructor 100% 11

Residente de Estructura Ingeniero civil 100% 9

Auxiliar Leed Ingeniero civil, arquitecto o arquitecto constructor 50% 16

Auxiliar de Residente Ingeniero civil o arquitecto o arquitecto constructor o tecnólogo en construcciones civiles

100% 15

Contador

Contador o firma con experiencia mínima de 3 años en contabilidad de obras civiles y de mínimo una obra por el sistema de administración delegada con el estado.

100% 16

Inspector SISO Inspector SISO 50% 15

Auxiliar administrativo y de Programación

Profesional mínima de 2 años en control de programación de obras 100% 15

Asesoría legal

Abogado o firma de abogados con Experiencia mínima de 3 años en contratación en obras civiles y en mínimo una obra administración delegada

100% 16

Maestro de obra acabados

Maestro con una experiencia mínima de 10 años en construcción de acabados para edificaciones tipo C y/o D

100% 11

Maestro de obra estructura

Maestro con una experiencia mínima de 10 años en construcción de estructuras para edificaciones tipo C y/o D

100% 9

Page 16: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

16

Almacenista Con una experiencia mínima de 5 años como almacenista de obras de edificaciones

100% 16

Herramientero 100% 15

Patiero 100% 11

Secretaria 100% 16

Mensajero 100% 16

Oficios varios oficina

100% 15

Celaduría Un turno de vigilancia de 24 horas 100% 15

B) Gastos reembolsables administrativos Se deberán cotizar como un valor global para todo el plazo del contrato (construcción) y un mes más (16 meses)

1. Servicio telefónico, internet, celulares, y otros tipos de telecomunicaciones relacionados con el objeto contractual

2. Copias en papel de reproducción, fotografías, fotocopias, pastas y relacionados

para informes, y todo tipo de reproducción de originales, papelería, útiles de oficina

3. Equipos, programas para operación de equipos debidamente licenciados, mantenimiento de los mismos, elementos para equipos, programas, que se requieran para el funcionamiento de la oficina, en la obra.

4. Alquiler o compra de muebles y equipos de oficina para personal administrativo de la obra y de apoyo y atención.

5. Otros que se ocasionen con motivo de los trabajos ejecutados y que no puedan

imputarse a la operación normal de la organización propia del ADMINISTRADOR CONTRATISTA (Elementos de aseo oficinas, cafeteras y relacionados, aires, ventiladores)

6. Gastos de transporte de personal para actividades relacionados con la obra.

Los gastos de laboratorio, estudios complementarios, honorarios de especialistas (cuando las circunstancias de la obra lo requieran), se pagarán como gastos reembolsables y serán convenidos y aprobados por la interventoría y TELEMEDELLÍN.

El valor de las pólizas, serán reembolsables, exceptuando el valor de la póliza de garantía de la propuesta y el porcentaje de las pólizas correspondiente a los honorarios (incluyendo IVA) que correrán por cuenta del contratista. NOTAS:

Page 17: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

17

Los gastos reembolsables de personal serán parte de la propuesta económica a calificar, y cada proponente deberá estudiar, la calidad del personal, sus costos, su tipo de vinculación, para responder técnica y administrativamente por la obra. Estos deben quedar claros en la propuesta. Ver FORMATO DE GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA. COSTOS DE CONSTRUCCION NO INCLUIBLES EN LA BASE PARA APLICACION DE LAS TARIFAS DE LOS HONORARIOS. Estos costos son:

a. Los honorarios de los trabajos descritos; b. Los honorarios de los estudios de arquitectura e ingeniería; c. Gastos reembolsables de personal asignado a la obra y administrativos. d. Pólizas de seguros del contrato y de la construcción. e. Impuestos y tasas municipales directamente relacionados con los diseños y con la

obra. f. Contratos ejecutados directamente por TELEMEDELLÍN, a través de otros

contratistas. OTROS COMPONENTES DE COSTOS EN LA CONSTRUCCIÓN. Los siguientes componentes no forman parte del costo de construcción pero se mencionan como información:

a. Ornamentos y muebles que no hagan parte integrante de la obra; b. Impuestos y tasas municipales no relacionadas con la obra; c. Gastos legales. Impuestos de timbre y del contrato; d. Terreno; e. Costos Financieros; f. Gerencia del proyecto g. Escrituración; h. Obras realizadas directamente por TELEMEDELLÍN, o a través de otros

contratistas. 3.2. VALOR DE LOS HONORARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DELEGADA En ejercicio de la libre elección entre alternativas de contratación, TELEMEDELLÍN opta por pagar los honorarios correspondientes a la Administración Delegada propuestos por el oferente, sobre el valor a invertir en la obra, tenidos en cuenta en el presupuesto oficial. En la propuesta económica el proponente deberá indicar los siguientes porcentajes de honorarios a cobrar sobre la inversión en obra:

Honorarios sobre la construcción (estructura y acabados) contemplada en el monto del presupuesto oficial inicial.

Honorarios sobre instalaciones y equipamiento técnico

- Instalación eléctrica y red de voz y datos

- Red de automatización

- Ventanería

Page 18: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

18

- Red de incendio

- Ascensores

- Aire acondicionado

- Iluminación

3.3. RESPONSABILIDADES DEL ADMINISTRADOR En cumplimiento de su deber de proteger los intereses de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN -TELEMEDELLÍN-, el administrador delegado debe vigilar que los sub-contratistas cumplan a cabalidad con las obligaciones laborales. Los rendimientos financieros generados con los dineros destinados para el Fondo Rotatorio, serán de propiedad de TELEMEDELLÍN, y para su manejo, el CONTRATISTA deberá obtener una cuenta independiente y exclusiva. NOTA GENERAL: TODOS LOS CAMBIOS EN DISEÑOS Y ESPECIFICACIONES QUE SE PRETENDAN REALIZAR CON EL FIN DE MEJORAR LAS CONDICIONES DEL PROYECTO TENDRÁN QUE SER APROBADOS POR TELEMEDELLÍN Y LA INTERVENTORÍA, SI ES DEL CASO.

3.4. GARANTÍAS EN LA SUBCONTRATACIÓN El contratista Administrador será responsable por la entrega de la obra en el plazo estipulado y en condiciones técnicas suficientes y satisfactorias de uso, es por ello, que dicho contratista administrador será responsable ante la entidad por todos los contratos que llegare a suscribir para la obra, por ello deberá garantizarlos, exigiendo a cada uno de los subcontratistas las garantías de amparo a favor de la entidad pública contratante dueña de la obra, de acuerdo con las siguientes reglas: Para los contratos de obra: Buen manejo y correcta inversión del anticipo o de Pago Anticipado: por el equivalente al ciento por ciento (100%) de la suma anticipada, con una vigencia estimada igual al plazo del contrato y dos años más. Cumplimiento: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual a su plazo y dos años más. Pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones: por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. Estabilidad de las obras: en una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la obra ejecutada, con una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los trabajos por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN.

Page 19: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

19

Responsabilidad civil extracontractual: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y dos años más. Para el caso de contratos de estudios o consultorías en general: cuando a ello hubiere lugar, se deberá exigir obligatoriamente las siguientes: Calidad de los Servicios Prestados. En una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los bienes o servicios por parte LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN-. Calidad de Estudios. En una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los estudios por parte LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN En el caso de los suministros de bienes o servicios, deberá exigirse especialmente el siguiente amparo: Calidad de los Bienes o servicios Suministrados. En una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los bienes o servicios por parte LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN-; la vigencia de la garantía deberá ser igual a dicho tiempo. Todo Riesgo En Construcción: El contratista (ADMINISTRADOR DELEGADO) tomará por cuenta del contratante una GARANTÍA DE TODO RIESGO EN CONSTRUCCIÓN para amparar las pérdidas o daños accidentales, súbitos e imprevistos que se deriven de cualquier causa, por el ciento por ciento (100%) del valor total de la inversión del proyecto, la cual incluirá un anexo que ampare la responsabilidad Civil extracontractual derivada de la ejecución del proyecto. La vigencia de esta póliza será igual al plazo estimado para la ejecución de la obra y seis (6) meses más. Para la póliza a que se refiere este numeral el tomador será el contratista y/o subcontratistas y el beneficiario será TELEMEDELLÍN. Nota. El tomador y asegurado de las garantías señaladas será el subcontratista, y el beneficiario será el CONTRATISTA ADMINISTRADOR DELEGADO Y/O ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓNDE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN. 3.5. COMITÉS DE OBRA. Para efectos de hacer seguimiento sobre los aspectos técnicos, administrativos y financieros del proyecto, decidir sobre situaciones particulares que pueden afectar o incidir sobre el desarrollo del proyecto, y llevar un control eficiente sobre los recursos asignados en el FONDO DE MANEJO, el proyecto descrito contará con un comité de obra el cual estará conformado por:

Page 20: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

20

3.5.1. INTEGRANTES DEL COMITÉ. Un (1) representante de la entidad pública contratante, TELEMEDELLÍN. Un (1) representante del contratista administrador delegado para la construcción. Un (1) representante de la Interventoría del proyecto. El representante de la Entidad propietaria del proyecto, será la persona designada o contratada para el efecto por TELEMEDELLÍN. Y las decisiones finales del comité serán avaladas por TELEMEDELLÍN. El representante del contratista administrador delegado para la construcción será el Coordinador General del Proyecto, en caso de imposibilidad de asistencia debidamente justificada por escrito, podrá ser reemplazado por una persona del mismo nivel o por el Director de la Obra, para ello deberá facultarse para el efecto mediante comunicación escrita firmada por dicho Coordinador o por el representante legal del contratista. El representante de la Interventoría, será el Director General de la misma, en caso de imposibilidad de asistencia debidamente justificada por escrito, podrá ser reemplazado por una persona del mismo nivel y calidades exigidas, debidamente facultado para el efecto, mediante autorización hecha por escrito, por dicho Director o por el representante legal del contratista. A dicho comité podrán asistir otras personas en calidad de invitadas y de reconocida idoneidad en el medio, según la temática que justifica la invitación, ello con el objetivo de otorgar conceptos de carácter técnico, jurídico, administrativo y/o financiero, dependiendo de las necesidades del proyecto; dichas personas serán preferiblemente recomendadas por TELEMEDELLÍN, el contratista, el Interventor o el Diseñador. Para efectos de lo dispuesto en el anterior párrafo, y con el propósito de introducir criterios de transparencia y buena fe en las decisiones adoptadas por el Comité de Obra, se entiende por calidad de director de cualquier de las partes del proyecto, los siguientes: Por parte de la entidad pública propietaria: las personas del nivel directivo, asesor o ejecutivo de la entidad propietaria del proyecto, o de quienes ejercen control interno o control fiscal en la entidad. Por parte del contratista administrador delegado para la construcción: el representante legal, el coordinador general del proyecto y los Directores de Obra. Por parte del interventor del proyecto: el representante legal, el coordinador general del proyecto y los Directores de Interventoría. Cuando se requiera a juicio de cualquiera de los integrantes del Comité de Obra, atendiendo a la naturaleza y temática de los asuntos, también asistirán los profesionales encargados de los diferentes estudios y documentos técnicos para el desarrollo del proyecto. Estas personas sólo tendrán voz en el seno del Comité de Obra. 3.5.2. SESIONES Y REUNIONES

Page 21: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

21

El Comité de Obra se reunirá de manera ordinaria una vez a la semana, y de manera extraordinaria cada vez que se requiera. De cada una de las reuniones se levantará acta, en la cual firmarán todos los miembros y asistentes, atendiendo a la calidad que ostenten en dicho comité, bien como integrante o como invitado. El responsable de elaborar el acta será el representante de la Interventoría del proyecto la persona de la interventoría que este designe. 3.5.3. RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ Las partes representadas por los integrantes del comité responderán de conformidad con la ley 80 de 1993 3.5.4. FUNCIONES DEL COMITÉ DE OBRA Para el cumplimiento de los fines señalados, dicho comité tendrá las siguientes funciones:

a. Realizar reuniones semanales, para hacer seguimiento sobre los aspectos técnicos, administrativos y financieros del proyecto.

b. Decidir sobre situaciones particulares que pueden afectar o incidir sobre el desarrollo del proyecto, así las cosas, este comité deberá decidir sobre la conveniencia y oportunidad de las compras que realice el Contratista Administrador cuando las mismas superen una cuantía equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales y vigentes SMMLV.

c. Conceptuar sobre los aspectos técnicos, administrativos, y financieros que incidan en el desarrollo y ejecución del proyecto.

d. Aprobar los cambios y modificaciones que puedan presentarse en la ejecución del proyecto, y que incida en los diseños y estudios, en este caso deberá tenerse el visto bueno de los diseñadores.

e. Conceptuar a TELEMEDELLÍN sobre la necesidad de adicionar el valor de los contratos, elaborando las respectivas justificaciones.

f. Aprobar las modificaciones y cambios de cantidades de obra, y especificaciones técnicas, siempre y cuando no incidan en el valor asignado para la ejecución del proyecto, en caso contrario se dará aplicación al literal anterior.

g. Y todas aquellas que durante el desarrollo de los trabajos le asigne TELEMEDELLÍN.

Page 22: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

22

CAPÍTULO IV

TÉRMINOS Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4.1. CONVOCATORIA PÚBLICA En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo19 del Decreto 1510 de 2013, se publicó la convocatoria pública en el SECOP. 4.2 DOCUMENTOS, ESTUDIOS PREVIOS Y PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Para adelantar el proceso de selección, TELEMEDELLÍN elaboró los estudios y documentos previos y el proyecto de pliego, que pueden ser consultados en la dirección señalada en el numeral 2 .6 Lo anterior, sin perjuicio de que se puedan introducir ajustes a los mismos durante el desarrollo del proceso de contratación, tal como lo señala el artículo 25 del decreto 1510 de 2013. 4.3 OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Durante el término de publicación del proyecto de pliego, los interesados en la presente licitación pública, podrán presentar observaciones a su contenido dirigidas al correo electrónico del responsable de este proceso que figure en la página "http://www.contratos.gov.co/" o de forma escrita en comunicación, dirigida a la Secretaria Generalde TELEMEDELLÍN situada en la Cra64 CNro.72 - 58. Antes de hacer las observaciones se debe leer cuidadosamente este Proyecto de Pliego de Condiciones. TELEMEDELLÍN dará respuesta motivada a las observaciones, agrupando aquellas de naturaleza común y de considerarlas relevantes, podrá incluirlas en el pliego definitivo. 4.4 ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN La publicación del proyecto de pliego de condiciones, no obliga a TELEMEDELLÍN a dar apertura del proceso de selección. En caso de decidirse a dar apertura al proceso, se procederá conforme lo señala el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013 en concordancia con el artículo 22ibídem. 4.5 PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DEFINITIVO TELEMEDELLÍN elaborará el pliego de condiciones definitivo y lo publicará en las direcciones señaladas en el numeral 2.6, incluyendo en el mismo las observaciones que efectuaron los interesados, de considerarlas relevantes. 4.6 PLAZO DE LA LICITACIÓN El plazo de la presente licitación pública es el señalado en el cronograma contemplado en el capítulo I. 4.7 PRÓRROGA DEL PLAZO DE LA LICITACIÓN

Page 23: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

23

Cuando lo estime conveniente TELEMEDELLÍN, el plazo de la presente licitación, entendido como el que transcurre entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre, se podrá prorrogar antes del vencimiento y por acto administrativo motivado, dando lugar a adenda modificatoria del cronograma que será publicada en las direcciones ya indicadas en el numeral 2.6 de estos pliegos. La petición de prórroga se formulará ante la Secretaría General de TELEMEDELLÍN, hasta tres (3) días hábiles antes del cierre del presente proceso, a fin de comunicar la decisión sobre la misma, a los interesados. 4.8 VISITA AL SITIO DE LAS OBRAS LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN realizará una visita al sitio de las obras para los interesados en participar en este proceso, la cual no es obligatoria. Todos los costos ocasionados con motivo de la visita son por cuenta del proponente y éste asumirá todos los riesgos por pérdidas, daños o perjuicios a su persona, empleados y propiedades y en ningún caso LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN-TELEMEDELLÍN asumirá responsabilidad por estos hechos. 4.8.1 HORA Y SITIO DE ENCUENTRO La visita se realizará el mismo día y hora indicados en el cronograma de la licitación. El sitio de encuentro es en la carrera 43 F Nº 14-46. 4.8.2 DEBER DE INSPECCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LAS OBRAS. La visita se efectuará sin perjuicio de la responsabilidad que tiene el proponente de realizar por su cuenta, las visitas que consideren necesarias al sitio de obra y sus alrededores para inspeccionar los terrenos y las zonas objeto del presente proceso selectivo y enterarse de los detalles tales como, redes de servicios públicos internas como externas, edificaciones colindantes, proyectos futuros o en ejecución en las áreas aledañas que puedan afectar las obras a contratar, amoblamiento urbano, naturaleza del terreno y del subsuelo, forma y características del sitio, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, de manera especial las fuentes de materiales y zonas de depósito de material sobrante, vías de acceso al sitio, instalaciones y equipo que requerirá, condiciones sociales y laborales, mano de obra, personal que empleará en los trabajos, condiciones geomorfológicas e hidrológicas, medio ambiente, la intervención de las obras que se deben hacer por parte de otros contratistas o subcontratistas y, en general, todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su oferta y el tiempo de ejecución de los trabajos. La información que requieran, debe ser solicitada oficialmente en la dirección anotada para aclaraciones al pliego. La falta de diligencia del proponente en realizar todos los estudios y solicitar las aclaraciones que requiera para presentar su oferta, no servirá de causa a posteriores reclamaciones.

Page 24: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

24

Los proponentes deberán identificar las áreas ambientalmente frágiles y vulnerables que puedan ser afectadas por el proyecto, o viceversa, con el fin de que sean consideradas en el manejo ambiental del proyecto, aspecto éste considerado como prioritario. La presentación de la propuesta constituye una manifestación explícita de parte del proponente de que investigó a fondo las condiciones señaladas en éste pliego, las condiciones de trabajo, revisó los estudios y diseños del proyecto, tuvo en cuenta los riesgos, así como todos los aspectos, factores y elementos que puedan incidir en los costos de sus honorarios por la ejecución de las obras y en la formulación de la propuesta. 4.9 AUDIENCIA PARA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO, ACLARACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. En la fecha señalada en el cronograma, se llevará a cabo la audiencia para la presentación del proyecto, aclaraciones al pliego de condiciones con el objeto de precisar el contenido y alcance del Pliego de Condiciones, escuchar a los interesados, y asignar los riesgos, de acuerdo con lo establecido en el art. 4º de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013. Esta audiencia se realizará en las instalaciones de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN ubicadas en la Cra 43ª Nro.17sur30Canal-Parque. De esta audiencia se levantará un acta suscrita por los asistentes en representación de la Entidad, la cual será publicada a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, en la dirección http://www.contratos.gov.co/. Si las aclaraciones efectuadas implican modificaciones al pliego de condiciones, la misma se llevará a cabo mediante adendas, las cuales serán publicadas en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), a través del Portal Único de Contratación. Las adendas a partir de su publicación se entenderán conocidas por los interesados; todo ello en virtud del principio de economía, que rige los procedimientos contractuales. La aclaración o respuesta que no implique modificación al pliego de condiciones, no podrá afectar los términos y condiciones del presente Pliego de Condiciones. 4.10 ADENDA DE MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS Todas las modificaciones al pliego de condiciones que fuere necesario realizar, conforme lo dispone el artículo 25 del Decreto 1510 de 2013, se efectuarán por medio de adenda hasta tres (3) días antes del cierre de la licitación, y se publicará en la misma dirección anotada en el párrafo anterior para el conocimiento de los interesados en presentar su oferta. Si las modificaciones introducidas dan lugar a la extensión del término del cierre de la licitación, así lo señalará la adenda a los proponentes, para darles plazo para ajustar sus propuestas a las modificaciones realizadas. 4.11 ACLARACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES

Page 25: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

25

Dentro del plazo y hasta tres (3) días hábiles antes del cierre del proceso de la licitación pública, los proponentes podrán solicitar aclaraciones adicionales, que TELEMEDELLÍN responderá y publicará en el SECOP hasta un (1) día hábil antes del cierre de la misma; y si hay lugar a modificación al Pliego de Condiciones, ésta se hará mediante ADENDA, hasta tres (3) antes del cierre de la contratación, la cual será publicada en las direcciones anotadas para las publicaciones oficiales de este proceso y será de obligatorio cumplimiento para la preparación de las propuestas. Igualmente, dentro de este mismo plazo y con el mismo procedimiento, TELEMEDELLÍN podrá hacer las modificaciones o aclaraciones que considere pertinentes, a los pliegos de condiciones definitivos. TELEMEDELLÍN deberá dar las correspondientes respuestas hasta un (1) día antes del cierre de la licitación. La eventual falta de respuesta por parte de TELEMEDELLÍN no podrá interpretarse como silencio positivo que dé lugar a la aceptación tácita de las observaciones y por consiguiente los términos de los pliegos conservan plena validez, mientras no sean modificados expresamente por TELEMEDELLÍN. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de los presentes Pliegos de Condiciones. 4.12 AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LA CONTRATACIÓN LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN de conformidad con el inciso segundo del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, podrá prorrogar el plazo de la contratación antes de su vencimiento y por un término no superior a la mitad del inicialmente señalado, cuando la Administración lo considere conveniente. En este caso, la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta deberá comenzar desde la nueva fecha fijada para el cierre de la contratación. La petición de prórroga se formulará ante TELEMEDELLÍN hasta tres (3) días hábiles antes del cierre de la licitación, a fin de comunicar la decisión sobre la misma a los demás interesados, a fin de dar cumplimiento a los principios de igualdad y transparencia que gobiernan la contratación de las entidades públicas. 4.13 ENTREGA DE PROPUESTAS Las propuestas serán recibidas en la oficina del archivo de TELEMEDELLÍN, carrera 64 C número 72-58, de la ciudad de Medellín, desde la fecha de apertura y hasta la fecha y hora prevista para su cierre en el cronograma, entre las 8:00 y las 12:00 horas y entre las 13:30 y las 17:00 horas y hasta la hora señalada del último día para su presentación. El proponente será el único responsable del envío de propuestas por correo. TELEMEDELLÍN no se hace responsable por las fechas de entrega ni por el contenido ni estado en que estas sean entregadas, ni por no abrirlas cuando las mismas no estén debidamente marcadas en la parte exterior de los sobres y dirigidas a la dirección señalada, toda vez que ingresa a la entidad como correspondencia ordinaria.

Page 26: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

26

Si las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación, la que aparezca en el sello o escrito puesto sobre la oferta, por el encargado de recibirla en el momento de su llegada al sitio preciso de entrega de las mismas, que se haya fijado en los pliegos de condiciones. TELEMEDELLÍN no se responsabilizará por la pérdida de propuestas o por el recibo de propuestas incompletas, alteradas, deterioradas o abiertas, por la pérdida de sus documentos, o que llegaren en forma extemporánea al proceso de selección caso en el cual, se entenderán no presentadas y serán rechazadas. Para efectos de establecer la existencia de las inhabilidades de que tratan los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la ley 80 de 1993, en concordancia con el artículo 4º del Decreto Reglamentario 679 de 1994, TELEMEDELLÍN dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de la presentación de las propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste, ha efectuado materialmente el acto de presentación. 4.14 APERTURA DE LAS PROPUESTAS: Dentro de los quince (15) minutos siguientes a la hora límite para la entrega de propuestas, se realizará una audiencia para su apertura, en la cual se verificará el número de proponentes, pólizas, número de folios y valor total de la oferta que se consigna en el formulario de presentación de la misma y cualquier otro aspecto relevante de lo cual se dejará constancia en el acta respectiva. 4.15 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La evaluación de las propuestas se realizará dentro del término previsto en el cronograma y con estricta sujeción a los principios que gobiernan la función pública y la contratación estatal, a los requisitos, condiciones jurídicas, técnicas, económicas y financieras y factores de ponderación establecidos en el pliego de condiciones por el Comité Asesor que TELEMEDELLÍN designe para el efecto, quienes determinarán el orden de elegibilidad y recomendarán al Gerente el sentido de la decisión a adoptar, de conformidad con la evaluación efectuada. 4.16 REGLAS DE SUBSANABILIDAD Y ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS. De conformidad con el inciso segundo del artículo 25 de la ley 80 de 1993, en concordancia con los artículos 5 de la ley 1150 de 2007, TELEMEDELLÍN podrá aplicando las reglas de subsanabilidad, requerir a los proponentes por una sola vez y en condiciones de igualdad con los demás, para que dentro del término expresamente señalado, subsanen aquellos requisitos y hagan presentación de los documentos de verificación de condiciones del proponente, siempre que no constituyan o se refieran a los factores de escogencia establecidos en el pliego. TELEMEDELLÍN podrá solicitar por escrito a los proponentes, cuando a ello hubiere lugar, las aclaraciones que considere conducentes sobre el contenido de su oferta, y los proponentes deberán dar respuesta, en el término establecido, sin que puedan aprovechar esta oportunidad para completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta caso

Page 27: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

27

en el cual no serán tenidas en cuenta. 4.17 AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EVALUACIÓN. TELEMEDELLÍN, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, podrá prorrogar el plazo para la evaluación de las ofertas. 4.18 TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACIÓN. Una vez efectuada la evaluación, se dará traslado a los proponentes de su resultado en la Secretaría General de TELEMEDELLÍN por el término de 5 días hábiles para que si lo consideran, presenten sus observaciones a la misma. Dicho informe será publicado en las direcciones anotadas. 4.19 AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN TELEMEDELLÍN, previos los estudios correspondientes, la verificación y subsanabilidad de los requisitos habilitantes y el análisis comparativo de las propuestas, basado en los aspectos técnicos, económicos y factores de ponderación, adjudicará el contrato derivado de este proceso, al proponente que presente la oferta más favorable y se ajuste a estos pliegos de condiciones obteniendo el mayor puntaje a la que resulte favorecida luego de darse aplicación a los criterios de desempate, en audiencia que se llevará a cabo en la fecha prevista en el cronograma y en la que la Entidad dará respuesta a las observaciones si no lo hubiere hecho previamente. En la audiencia los oferentes podrán pronunciarse por una sola vez frente a las respuestas dadas por TELEMEDELLÍN a sus observaciones sin que puedan mejorar o modificar la oferta. En caso de pronunciamientos que a juicio de TELEMEDELLÍN requieran de análisis cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, se suspenderá la audiencia por el término que se considere necesario. Se concederá el uso de la palabra por una sola vez al oferente que lo solicite para replicar las observaciones que sobre su oferta hubieren efectuado los intervinientes. Las intervenciones las hará una sola persona previamente designada por el oferente y estará limitada a una duración máxima de cinco (5) minutos. Durante la audiencia los oferentes deben observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y demás oferentes so pena de excluir a quien con su comportamiento altere su normal curso. Terminadas las intervenciones se procederá a adoptar la decisión que corresponda, mediante resolución motivada, que se entenderá notificada al adjudicatario y a los presentes en el acto de la audiencia. 4.20 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN declarará desierta la licitación en los siguientes eventos:

Cuando no se presente ningún proponente.

Ninguna oferta se ajuste al Pliego de Condiciones.

Ninguna de las propuestas obtenga un puntaje mínimo de setecientos cincuenta (750) puntos.

Si del análisis de los precios o condiciones del mercado se desprende que no existen razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios de

Page 28: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

28

referencia y los presentados por los oferentes en el respectivo proceso, la Entidad podrá descalificarlos (a uno o a todos los proponentes) ó declarar desierto el proceso.

En general, cuando existan motivos que impidan la selección objetiva del CONTRATISTA.

La declaratoria de desierta se hará mediante acto motivado, en el que se señalarán expresa y detalladamente las razones que han conducido a tomar tal decisión.

4.21 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Notificada la resolución de adjudicación, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN procederá a elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien deberá presentarse a suscribirlo máximo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su comunicación, la cual se hará por el medio técnico más expedito. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro de aquél término, incurrirá en la causal de inhabilidad para contratar con las entidades estatales por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el literal e), numeral 1 del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y se hará efectiva la garantía de seriedad. Ante esta situación, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente que hubiere quedado en el segundo lugar en el orden de elegibilidad.

Page 29: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

29

CAPITULO V

PREPARACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA 5.1. COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta y LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN en ningún caso será responsable de los mismos. 5.2. PRESENTACIÓN Y EXAMEN DE LA PROPUESTA Deberá ser presentada en sobre sellado, en idioma español, junto con todos los documentos inherentes a ella, en original y copia, rotulados respectivamente como “original” y “copia”. La propuesta deberá ser presentada en texto impreso, y entregada, en la oficina de Archivo de TELEMEDELLÍN, ubicada en la carrera 64C Número 72-58. Los documentos, tanto originales como copias, serán entregados en forma ordenada, con todas sus páginas consecutivamente numeradas, desde el primer folio, incluidas las hojas en blanco, firmadas por el proponente o representante legal, totalmente legibles y legajadas en el mismo orden en que se solicitan. Las hojas en blanco serán anuladas por la entidad durante el proceso de evaluación. Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto del original. Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser validada con la firma del proponente. La carta de presentación original deberá estar debidamente firmada por el representante legal o el apoderado constituido para el efecto. No se aceptan propuestas enviadas por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora de la fecha de cierre. Si el proponente desea enviar la propuesta por correo, deberá remitirla con suficiente antelación para que pueda ser recibida en el sitio y en la dirección anotada antes de la fecha y hora fijadas para el cierre de la Contratación. En todo caso, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN no será responsable por el retardo o extravío que pueda derivarse de esta forma de entrega. Cada uno de los sobres de la propuesta deberá indicar la siguiente información: 5.3 CARÁTULA DE LA PROPUESTA La carátula deberá indicar lo siguiente:

Page 30: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

30

ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN-TELEMEDELLÍN LICITACION PÚBLICA 04-14 CONTIENE: Original __ 1ª Copia ____ Nº de folios __________. PROPONENTE: _________________________________________________ DIRECCIÓN: _______________________________________________ TELÉFONO: _______________________ FAX________________________ E-mail:_________________________ Los sobres serán entregados dentro del plazo del presente proceso selectivo con anterioridad a la fecha y hora prevista para el cierre, en la siguiente dirección: TELEMEDELLÍN. SECRETARÍA GENERAL Carrera 64C Número 72-58. Medellín En este sobre el proponente deberá incluir los documentos que se relacionan a continuación. TELEMEDELLÍN se reserva el derecho de solicitar documentos aclaratorios a los solicitados en los presentes pliegos con el fin de verificar la información suministrada por el proponente 5.4. RESERVA EN DOCUMENTOS El artículo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. Los numerales 2 y 3 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, disponen que todas las personas interesadas en los procesos contractuales pueden conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las entidades públicas, y para ello pueden examinar los expedientes. Por lo tanto, en caso que el Proponente considere que algún documento de su propuesta goza de reserva legal, deberá manifestarlo por escrito y soportarlo conforme con las normas que le brindan tal carácter. 5.5. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 5.6. CONSULARIZACIÓN De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los

Page 31: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

31

documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”. Tratándose de sociedades, expresa, además, el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme con las leyes del respectivo país. (CPC, artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 número 98-55 Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 5.7. APOSTILLE Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en este numeral, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la citada Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostille está dada en idioma distinto del español, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 5.8. TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR El proponente que ofrezca personal con títulos académicos de PREGRADO otorgados en el exterior, deberá acreditar, como requisito previo para la adjudicación, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. Para los títulos de Postgrado (especializaciones, maestrías y doctorados), bastará la consularización o apostille -según el caso- del título respectivo, debidamente otorgado por la Universidad o Institución respectiva, tal como lo exige el parágrafo 1 del artículo 7 de la ley 842 de 2003. Los documentos que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción a dicho idioma. Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. 5.9. AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA

Page 32: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

32

De conformidad con lo dispuesto por la ley 842 de 2003, el proponente que ofrezca personal profesional titulado y domiciliado en el exterior, deberá acreditar como requisito previo para la adjudicación, la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares –COPNIA- para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En su defecto, deberá acreditar la solicitud de permiso, radicada ante el mismo organismo con el lleno de los requisitos exigidos. Para estos efectos, el proponente deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites correspondientes. En el caso de profesionales de la Arquitectura y de la Ingeniería con título extranjero y domiciliados en el exterior, en las ramas reguladas por leyes especiales, deberán cumplir con los requisitos que dichas leyes especiales establecen para el ejercicio temporal de su profesión en Colombia, so pena de incurrir en ejercicio ilegal de la misma sujeto a las sanciones de ley. 5.10. CORRECCIONES, ACLARACIONES, MODIFICACIONES Y RETIRO DE LA PROPUESTA Los proponentes podrán adicionar, modificar o retirar sus propuestas, siempre y cuando ello se haga con anterioridad a la fecha y hora prevista para el cierre de esta contratación. A partir de la fecha y hora de cierre de la contratación los proponentes no podrán retirar, adicionar o modificar sus propuestas. 5.11. PROPUESTAS CONDICIONADAS No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este pliego de condiciones. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas y en tal caso, prevalecerán las disposiciones respectivas del pliego. 5.12. PROPUESTAS PARCIALES No se aceptarán propuestas parciales para esta Licitación Pública. 5.13. PROPUESTAS ALTERNATIVAS Cualquier proponente podrá presentar, además de la propuesta básica, una alternativa o excepciones técnicas y económicas, siempre y cuando no signifiquen condicionamiento para la adjudicación, manifestando claramente los beneficios que obtendrá LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN al adoptarlas. Deberá señalar claramente los puntos de los pliegos de condiciones que se modifican, los precios correspondientes y el plazo de ejecución, e incluyendo toda la información requerida para la cabal comprensión y evaluación de la misma. Sin embargo, las condiciones establecidas por TELEMEDELLÍN primarán sobre cualquier condición estipulada por el proponente. Sólo serán consideradas las propuestas alternativas del proponente favorecido con la

Page 33: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

33

adjudicación del contrato y la selección de la alternativa será potestad de TELEMEDELLÍN. En ningún caso la propuesta alternativa podrá exceder el presupuesto oficial del presente procedimiento.

Page 34: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

34

CAPÍTULO VI

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

La evaluación de la propuesta tendrá dos componentes a saber:

Verificación de requisitos habilitantes

Calificación de los factores de evaluación 6.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES El proponente deberá presentar los documentos que a continuación se relacionan y en la forma que se indica para facilitar su evaluación. TELEMEDELLÍN podrá solicitar las aclaraciones que considere pertinentes, las cuales serán resueltas por el proponente dentro del término que para el efecto se fije en comunicación escrita por TELEMEDELLÍN, advirtiéndose que con la aclaración solicitada no se podrá adicionar, mejorar o completar la propuesta. Ello en concordancia con lo dispuesto en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013. 6.1.1 REQUISITOS DE ORDEN JURÍDICO 6.1.1.1 Resumen de la Propuesta. Éste deberá diligenciarse de conformidad con el FORMATO “RESUMEN DE LA PROPUESTA” de este Pliego de Condiciones. 6.1.1.2 Carta de presentación de la propuesta. Su diligenciamiento deberá hacerse de acuerdo con el modelo suministrado en este pliego de condiciones (FORMATO “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA”). Ésta deberá ser firmada por el proponente, si es persona natural; por el representante legal si es persona jurídica; por el representante legal del consorcio o unión temporal, si se trata de cualquiera de estas formas asociativas. La propuesta deberá estar debidamente abonada por un Ingeniero Civil o Arquitecto o Arquitecto Constructor, con matrícula profesional vigente. La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos de la licitación. 6.1.1.3 Garantía de seriedad de la oferta. Por el hecho de presentar propuesta para esta licitación, se entiende que la propuesta es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta durante todo el tiempo que dure la Licitación incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse, de acuerdo con el Pliego de Condiciones y la normatividad vigente y hasta que suscriba y legalice el contrato respectivo en el caso de serle adjudicada la licitación.

Page 35: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

35

La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía de seriedad a favor de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN-TELEMEDELLÍN con NIT 811.006.762-3, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial sobre el valor de los honorarios, IVA de dichos honorarios, más los gastos reembolsables, y su vigencia se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento del contrato. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo de cancelación de la prima correspondiente. La garantía cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los siguientes eventos:

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.

La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de 90 días.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.

LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN, podrá solicitar la ampliación de la vigencia de la póliza o garantía, cuando se prorrogue el plazo establecido para la adjudicación y el proponente deberá acceder a ello. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá tomarse a nombre de sus integrantes, incluyéndolos a cada uno y con su respectivo porcentaje de participación, y no a nombre de sus representantes legales; si es presentada por una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. La ejecución de la garantía de seriedad de la oferta, no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por tanto, TELEMEDELLÍN podrá perseguir el reconocimiento de los perjuicios no cubiertos por el valor de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes. La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite, una vez haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo, con el proponente ganador. La garantía no podrá ser revocada sin autorización previa, expresa y escrita por parte de TELEMEDELLÍN.

Page 36: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

36

6.1.1.4 Certificación del pago de Parafiscales y aportes al Sistema de Seguridad Social. El proponente deberá certificar el pago de parafiscales y aportes al sistema de seguridad social en el FORMATO “CERTIFICACIÓN PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL” Personas Naturales. En caso que el Proponente sea una persona natural, deberá tener en cuenta lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y las que lo modifican, para cuyo efecto deberá aportar las constancias de pago de los aportes de él y de sus empleados sí los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA por los últimos seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrega de propuestas. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sean personas naturales, deberán aportar la información aquí exigida. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras, respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar, por escrito, que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Personas Jurídicas. Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista, de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, el proponente ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la fecha de entrega de propuestas, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. La información presentada se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar, por escrito, que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido. 6.1.1.5 Certificado de Existencia, Representación Legal y Capacidad de ejercicio.

Page 37: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

37

Las personas naturales nacionales acreditarán su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía. Las personas naturales extranjeras mediante la presentación de copia de su pasaporte; si se encuentra residenciado en Colombia mediante la presentación de copia de la cédula de extranjería. Si el proponente concurre por intermedio de un representante o apoderado, deberá anexar el documento que confiere la representación, en el que consten expresamente los términos y el alcance de dicha representación. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen y deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar propuesta en esta licitación y celebrar el contrato, incluida la facultad para representarla judicial y extrajudicialmente. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato ulterior. El certificado deberá contener la siguiente información: Fecha de expedición no mayor a tres (3) meses anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente licitación pública. El objeto social de la sociedad deberá incluir las actividades principales objeto de la presente licitación pública. La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de cierre del plazo de la presente licitación pública, no será inferior al plazo establecido para el contrato y un (1) año más. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada uno de los integrantes de los mismos, deberá comprobar su existencia, representación y capacidad, en la forma prevista en el presente numeral, incluidas las facultades y capacidad para constituir el Consorcio o la Unión Temporal, así como, para la celebración y ejecución del contrato a través de la forma de asociación escogida. Cuando el proponente o los integrantes de consorcio o unión temporal sean persona jurídica, el objeto social de este (os), debe (n) guardar relación con el objeto a contratar, lo cual se determinará por medio del respectivo Certificado de Existencia y Representación Legal. 6.1.1.6 Documento de Constitución del Consorcio o Unión Temporal Para Consorcios o Uniones Temporales, se deberá anexar el documento que los constituye, según el modelo suministrado en este pliego de condiciones (FORMATO “CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL”), según sea el caso, con

Page 38: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

38

todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones. El proponente deberá presentar (en original) el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal en el cual deberá cumplir lo siguiente: a) Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata

de Unión Temporal, sus integrantes deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de TELEMEDELLÍN.

b) Hacer la designación de la persona que tendrá la representación legal del Consorcio o de la Unión Temporal.

c) Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del

plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. De conformidad con lo estipulado en el artículo 28 del Código de Comercio, los proponentes, personas jurídicas o naturales nacionales, deberán acreditar su existencia y representación legal o matricula en el registro mercantil respectivamente, mediante la presentación del certificado otorgado por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, con fecha de expedición no superior a un (1) mes, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso. En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual o superior al del contrato y un (1) año más. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. En todo caso, al menos uno de los integrantes de un consorcio o unión temporal deberá tener una participación mínima del cincuenta (50%) y ninguno de ellos podrá tener una participación inferior al veinte (20%) de lo contrario su propuesta se considerará como NO HABILITADA. El proponente o los miembros del consorcio o unión temporal, deberán anexar los certificados de Existencia y Representación Legal de persona jurídica o el certificado de matrícula en el registro mercantil de persona natural, respectivamente, en los términos consignados en el presente pliego de condiciones. 6.1.1.7 Clasificación de Bienes y Servicios A partir del primer día hábil de abril de 2014, para inscripción, renovación y actualización del RUP todos los proponentes deben utilizar el Clasificador de Bienes y Servicios.

Page 39: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

39

Para la presente licitación los proponentes deberán estar inscritos en el Clasificador de Bienes y Servicios en los grupos, segmentos, familias y clases que se indican a continuación.

CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

GRUPO SEGMENTOS FAMILIA CLASE

F- SERVICIOS

F72-Servicios de edificaciones, construcción de instalaciones y mantenimiento.

F7212-Servicios de construcción de edificaciones no residenciales

F721211- servicios de construcción de edificios comerciales y de oficinas

G-TERRENOS, EDIFICIOS,

ESTRUCTURAS Y VÍAS

G95- Terrenos, Edificios, Estructuras y vías

G9512-Estructuras y Edificios permanentes

G951215-Edificios y estructuras comerciales y de entretenimiento.

G951217-Edificios y estructuras públicos.

En el caso de consorcios o uniones temporales todos sus integrantes deberán estar inscritos en los grupos, segmentos, familias y clases que se indican en el cuadro. Los proponentes que no cumplan con estos requisitos, de clasificación, no estarán habilitados para continuar en el proceso. 6.1.1.8 Copia del Registro Único Tributario (RUT). Este certificado es expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales. En él ha de consignarse claramente el NIT del proponente y su inscripción en el Régimen Común. En caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento. 6.1.1.9 Reciprocidad La reciprocidad aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales extranjeros que deseen el tratamiento de proponente nacional. Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que exista un acuerdo, tratado o un convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, en el sentido de que a las ofertas de servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. En el supuesto de no existir los mencionados acuerdos, el proponente deberá incluir

Page 40: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

40

dentro del sobre de la propuesta un certificado emitido por la respectiva Misión Diplomática Colombiana, en la cual conste que los proponentes colombianos gozan de la oportunidad de participar en los procesos de contratación pública en las mismas condiciones y con los mismos requisitos exigidos a los nacionales de su país. 6.1.1.10 Tratados Internacionales Una vez verificados los criterios establecidos el artículo 148 y siguientes del Decreto 1510 de 2013, se determinó que el presente proceso se encuentra cubierto por los acuerdos comerciales suscritos entre Colombia y chile; Colombia y Guatemala y por la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN, por lo tanto el plazo entre la fecha de publicación del aviso de convocatoria y la fecha de presentación de ofertas respetará los términos establecidos en dichos acuerdos y TELEMEDELLÍN tratará como colombianos a los bienes y servicios ofrecidos por proponentes de los Estados con los cuales Colombia suscribió los Acuerdos Comerciales. 6.1.1.11Autorización de la Junta Directiva u Órgano Social Competente Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del Órgano Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor del presupuesto total del presente proceso. En el caso de los consorcios y uniones temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización mínimo por el valor del presupuesto oficial, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7o. de la Ley 80 de 1993 y en los Artículos 1568, 1569 y 1571 del Código Civil. 6.1.1.12 Multas, sanciones y efectividad de garantías El proponente deberá relacionar en el FORMATO “MULTAS Y SANCIONES”, las multas y demás sanciones por incumplimiento que le hayan impuesto como contratista, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato respectivo, las cuales pueden haber sido impuestas directamente por la entidad contratante, ya sea pública o privada, así como los actos administrativos mediante los cuales se hubieren declarado siniestros para hacer efectivo el cobro de las garantías constituidas para amparar los riesgos contractuales. En caso de consorcios o uniones temporales, todos y cada uno de los integrantes deberán diligenciar este anexo. Si el proponente o alguno de los miembros de consorcios o uniones temporales registran multas o sanciones por incumplimiento de contratos y efectividad de los amparos de la garantía única durante los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, se le restarán puntos de su evaluación final de conformidad con la siguiente relación:

Page 41: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

41

Si no registra multas ni sanciones por incumplimiento en contratos - 0 puntos

Si registra una multa o sanción por incumplimiento en contratos o efectividad de amparos de la garantía única.

- 50 puntos del total de la calificación.

Si registra dos multas o sanciones por incumplimiento en contratos o efectividad de amparos de la garantía única.

- 75 puntos del total de la calificación.

Si registra tres multas o sanciones por incumplimiento en contratos o efectividad de amparos de la garantía única.

- 100 puntos del total de la calificación.

Si registra cuatro multas o sanciones por incumplimiento en contratos o efectividad de amparos de la garantía única.

- 125 puntos del total de la calificación.

Si registra cinco o más multas o sanciones por incumplimiento en contratos o efectividad de amparos de la garantía única.

- 150 puntos del total de la calificación.

6.1.2 DOCUMENTOS Y REQUISITOS FINANCIEROS Los proponentes, deberán demostrar que cuentan con la capacidad financiera adecuada para ejecutar el objeto de la presente Licitación, la cual se medirá de acuerdo con los documentos y parámetros que se describen en el presente numeral. Los proponentes serán evaluados inicialmente, con base en la información financiera suministrada en el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP), siempre y cuando este documento haya sido expedido en cumplimiento de la normatividad vigente y cumpla con la fecha de corte solicitada. Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán aportar el Registro Único de Proponentes (RUP) de cada uno de sus integrantes, con las mismas exigencias. 6.1.2.1 Balance general y estados de resultados Se anexará balance general y estados de resultados de los años 2012 y 2013, todos firmados por el Representante Legal y Contador Público y certificados de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Si el proponente está obligado a tener revisor fiscal deberán acompañarse con el dictamen de los estados financieros. Entiéndase por estados financieros (artículo 36 de la Ley 222 de 1995): 1. Balance General 2. Estados de Pérdidas y ganancias 3. Notas a los estados financieros. 4. Certificado del contador o revisor fiscal de los gastos de intereses del año 2013 Estos documentos serán utilizados por, TELEMEDELLÍN, para evaluar la capacidad financiera de los proponentes. Los requisitos en cuestión deben ser aportados por cada uno de los miembros de la unión temporal o consorcio, cuando la propuesta se presente bajo una de estas modalidades.

Page 42: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

42

La omisión de la presentación de los balances generales y el estado de resultados con las notas a los estados financieros debidamente clasificados los activos por niveles de clasificación y los pasivos por niveles de exigibilidad (corto–largo plazo) con la propuesta, será causal de inadmisión de la propuesta. En caso de no cumplir con los indicadores solicitados para la capacidad financiera, se entiende no habilitada. En el caso de consorcios o uniones temporales deberán presentar igualmente el balance general y el estado de resultados con las notas a los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2013, debidamente presentados de acuerdo con lo establecido en el artículo 290 del Código de Comercio. Los estados financieros se deben clasificar de acuerdo con el Decreto 2649 de 1993, para que de cada uno se analice de manera ponderada de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal. (Se calculan los indicadores de cada integrante de la asociación los cuales se ponderan de acuerdo con el porcentaje de participación, estos serán sumados y con los resultados de los mismos se realizara la respectiva verificación de cumplimiento). 6.1.2.2. Tarjetas profesionales Presentar fotocopia de las tarjetas profesionales del contador público y del revisor fiscal que acreditan la documentación financiera solicitada en el presente pliego de condiciones. Los documentos descritos en este numeral deberán anexarse a la propuesta, de no hacerlo en esta oportunidad TELEMEDELLÍN, en virtud de la ley, se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones a que haya lugar, siempre y cuando no se modifiquen las condiciones o requerimientos que sirvan como base para la comparación de las propuestas. Se entiende por omisión del requisito o documento la no presentación de los documentos solicitados en este numeral por parte del proponente, en el evento que cualquiera de la documentación exigida sea indebidamente presentada o no preste la claridad requerida para evaluar la propuesta, y TELEMEDELLÍN, se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones a que haya lugar, siempre y cuando no se modifiquen las condiciones o requerimientos que sirvan para la comparación de la propuestas. 6.1.2.3. Proponentes extranjeros En caso de que los proponentes sean extranjeros, las personas naturales o jurídicas que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar los siguientes documentos:

Balance general y estado de resultados correspondientes a la aprobación del corte del ejercicio del último período contable, de acuerdo con lo establecido en los estatutos o las normas de la respectiva sociedad.

Page 43: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

43

Los estados financieros requeridos deben acompañarse de sus respectivas notas y éstos deben ser firmados y avalados por el representante legal y contador público.

Por tratarse de documentos expedidos en el exterior, éstos deben venir consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de traducción simple al español, expresados en pesos colombianos, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos (indicando la tasa de conversión) Cuando TELEMEDELLÍN, en desarrollo de la observación financiera requiera verificar información adicional del proponente, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros del último año, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que considere necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente allegue al pliego de condiciones de TELEMEDELLÍN puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta. El análisis financiero se tomará del Balance General y del Estado de Resultados comparativo, correspondientes al año 2013, según lo indicado en este pliego de condiciones. El análisis financiero o verificación de la capacidad financiera (indicadores) se realizará específicamente tomado como base las cifras de los estados financieros de 2013. Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de los miembros que lo conformen deberá presentar el Balance General y el Estado de resultados 2012 y 2013. Los Estados Financieros y el consolidado deben presentarse debidamente certificados por el Contador Público y el Representante Legal de la entidad proponente, anexando la fotocopia de la tarjeta profesional de contador público que certifica los documentos. El balance general y el estado de resultados, deberá expedirse conforme a lo establecido por el Decreto 2649 de 1993, o a las normas equivalentes al país de origen del proponente.

Indicador Fórmula Margen Requerido

Índice de Liquidez Activo corriente dividido pasivo

corriente Mayor o igual a 1.30

veces

Índice de endeudamiento

Pasivo Total dividido Activo Total Menor o igual al

0.80

Razón de Cobertura de Intereses

Utilidad Operacional dividido gastos de intereses

Mayor o igual al 3.00

Para el caso de los proponentes que aún se encuentren inscritos en el RUP bajo el régimen del decreto 0734 la certificación para evaluar la Razón de Cobertura de Intereses estará dada por el contador o revisor fiscal de la empresa donde se evidencia los gastos de intereses de las empresas, con el fin de realizar la respectiva evaluación.

Page 44: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

44

Los estados financieros a diciembre 31 de 2012 deben acreditar la cobertura de intereses. Capacidad Organizacional Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores, con base en la información contenida en el certificado del RUP. Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera solicitada por TELEMEDELLÍN y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos.

Indicador Fórmula Margen Requerido

Rentabilidad del patrimonio

Utilidad Operacional / Patrimonio Uo / Pat

Mayor o igual a 0.10

Rentabilidad sobre activos

Utilidad Operacional / Activo Total Uo / At

Mayor o igual a 0.05

NOTA: Quedará habilitado el proponente que cumpla todos y cada uno de los indicadores solicitados en este numeral. Los proponentes, Consorcios o Uniones Temporales cuyas pérdidas acumuladas en los dos (2) últimos años superen el 10% del valor del presupuesto oficial, no serán evaluados 6.1.2.4. Facturación Anual en Contratos de Construcción de Obras La Facturación anual de obras realizadas por el oferente en uno cualquiera de los últimos tres (3) años se debe relacionar en el (FORMATO “FACTURACIÓN ANUAL EN CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS”) y deberá ser, como mínimo de 50.000 SMMLV en Colombia. Se entiende por un (1) año o periodo anual, el comprendido entre el primero (1) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre o el respectivo año fiscal en caso de compañías extranjeras. Lo anterior sin perjuicio de que el oferente, si lo considera conveniente, incluya lo correspondiente al año en curso, caso en el cual el período se considerará entre el primero (1) de enero y la fecha de cierre de la Licitación. La facturación total anual de obras de construcción realizadas en el año elegido por el oferente, debe corresponder a las obras registradas dentro de los ingresos operacionales del estado de pérdidas y ganancias específicamente por ingresos por obras de construcción. El FORMATO deberá incluir el valor total de las obras ejecutadas en el año seleccionado por el oferente, convertido a SMMLV en Colombia en el año de su ejecución y será comparado con el monto de la facturación solicitada, expresada en SMMLV del año en que se desarrolla la presente licitación.

Page 45: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

45

La facturación de obras en mención se refiere a los ingresos operacionales del oferente y corresponde a la porción ejecutada de los contratos en el año elegido por éste para efectos de la evaluación. La facturación de obras no se refiere a obras contratadas sino a obras efectivamente ejecutadas. En caso de consorcios, uniones temporales o asociaciones, la facturación se calculará con base en la suma de las partidas de los integrantes en el año que cada uno haya elegido, ponderada por el porcentaje de participación dentro de la asociación. Por lo menos uno de los integrantes de la unión temporal, consorcio o asociación deberá tener el setenta por ciento (70%) de la facturación mínima exigida. En todo caso la evaluación se efectuará sobre el cumplimiento total de la facturación anual de obra exigida. Cuando el oferente sea consorcio, unión temporal o asociación, cada integrante deberá diligenciar el formulario en forma individual. Cuando uno de los integrantes no diligencie el FORMATO, se entenderá que no ha efectuado aporte alguno para la facturación que se pretende acreditar. El oferente deberá anexar el estado de pérdidas y ganancias del año de facturación elegido, so pena de que el volumen anual de obras indicado en el FORMATO no sea tenido en cuenta para efectos de la evaluación. Documentos a presentar:

- FORMATO “FACTURACIÓN ANUAL EN CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS” debidamente diligenciado

- Estado de ganancias y pérdidas del año seleccionado, donde se discrimine claramente la facturación anual por contratos de obra

Cuando el oferente no cumpla con los requisitos mínimos de facturación anual, se evaluará la oferta como NO CUMPLE FINANCIERAMENTE. 6.1.3 CONDICIONES DE EXPERIENCIA GENERAL (Habilitado/ No habilitado) 6.1.3.1 Experiencia General del Proponente: (Habilitado/ No habilitado) Las personas naturales en profesiones afines (arquitecto, ingeniero civil o arquitecto constructor, constructor civil), han de certificar como mínimo quince (15) años en el ejercicio de la profesión; y las personas jurídicas deben certificar diez (10) años o más de constitución. La experiencia general de las personas naturales se acredita con la tarjeta profesional. Para las personas jurídicas se evalúan en correspondencia con el certificado de existencia y representación legal. En caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes de la forma asociativa ha de certificar como mínimo quince (15) años en el ejercicio de la profesión si

Page 46: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

46

son personas naturales, y las personas jurídicas deben certificar diez (10) años o más de constitución. 6.1.3.2 Experiencia específica del Proponente en Construcción de Edificaciones Tipo C o D (Decreto 2090 de 1989): (Habilitado/ No habilitado) La experiencia General del proponente en Construcción de Edificaciones se evaluará a partir de la información que se relaciona en el FORMATO “EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE EN CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES TIPO C O D”, con los respectivos soportes, de máximo seis (6) contratos de construcción de edificaciones tipo C o D (decreto 2090 de 1989), cada uno con un área igual o mayor a 6.000 M2, terminados en los últimos diez (10) años, contados retroactivamente antes de la fecha de cierre del presente proceso, los cuales deberán estar debidamente acreditados mediante certificación expedida por la parte contratante, certificación que puede ser complementada mediante copia del contrato o su correspondiente acta de liquidación, cuyo valor total de la suma de los contratos no sea inferior a 75.000 SMMLV. Al menos uno de los contratos debe haber tenido como objeto la construcción de un edificio de mínimo 8.000 M2. CATEGORÍA C Proyectos de construcciones complejas Vivienda: Edificios donde se repiten las unidades o los pisos que los constituyen, como apartamentos, cuarteles, internados, asilos, albergues infantiles, ancianatos, centros de reposo, centros de reclusión, cárceles, conventos, monasterios. Educación: Colegios, universidades y centros educativos con instalaciones especializadas diversas como laboratorios, aulas múltiples, y gimnasio, salas de exposición, institutos científicos y técnicos. Trabajo: Edificios de oficinas sin destinación específica, centrales de abastecimiento, plazas de mercado, talleres y plantas industriales, específicas donde el proceso industrial y la localización de las máquinas y equipos sea factor preponderante en el proyecto, centros comerciales sin destinación específica. Varios: Capillas, iglesias y centros parroquiales. Paisajismo: Para aquellos proyectos cuya importancia y complejidad exigen estudios especiales de arquitectura en este campo, caso en el cual se requiere concepto de la comisión del ejercicio profesional. Para la acreditación de la experiencia del proponente en este numeral, no se aceptan edificaciones de vivienda de interés social, ni de paisajismo. CATEGORÍA D - Proyectos de construcciones que se caracterizan por su especial complejidad Vivienda: habitación temporal como Hoteles, moteles, paradores Trabajo: edificios administrativos con destinación específica, bancos, cajas de ahorro, aduanas, e instalaciones que por su funcionamiento puedan asimilarse a estas

Page 47: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

47

instituciones. Transporte: Aeropuertos, estaciones de ferrocarril, centrales de transporte y puertos. Recreación: Teatros, cines, museos, bibliotecas, planetarios; centros de radio y de televisión, clubes sociales, culturales y deportivos; estadios, pistas atléticas, piscinas, velódromos e instalaciones deportivas con graderías y dependencias auxiliares; coliseos y canchas deportivas cubiertas. Salud: Puestos y centros de salud; clínicas y hospitales, consultorios médicos y odontológicos. 6.1.3.3 Experiencia del proponente en construcción por el sistema de Administración Delegada El proponente deberá acreditar hasta cinco (5) contratos, celebrados con entidades del sector público o privado, de construcción de obras por el sistema de administración delegada cuyo valor total de la suma de los mismos haya sido igual o superior a 50.000 SMMLV. Al menos uno de los contratos debe haber sido realizado para una entidad del sector público, y de mínimo 5.000 SMMLV. El proponente deberá relacionar estos contratos en el FORMATO “EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN CONSTRUCCIÓN POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA”. Las certificaciones de contratos deben contener la siguiente información:

Objeto.

Plazo.

Número del Contrato (en caso de que exista).

Entidad contratante, teléfono y dirección.

Nombre del contratista. (Si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los integrantes y su porcentaje de participación).

Fecha de iniciación

Área construida

Fecha de terminación.

Porcentaje de participación

Modalidad de ejecución(precios unitarios, precio global, administración delegada. otras)

Valor final del contrato en SMMLV

Recibo a satisfacción de cada uno de los contratos acreditados

Actividades desarrolladas en el contrato que correspondan a las solicitadas en los presentes pliegos.

Firma de la persona competente así: Las certificaciones deberán estar firmadas por la persona competente, así: Para contratos públicos, por el ordenador del gasto de la entidad contratante o el funcionario competente.

Page 48: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

48

Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, por el representante legal de la empresa contratante, o la persona delegada para suscribirlo. Para contratos privados suscritos con personas naturales, por la misma personal natural con quien se celebró la relación contractual. NOTA: NO se aceptarán certificaciones suscritas por supervisores externos a la Entidad contratante, o de la Interventoría. En el evento en que el proponente no cuente con una certificación con toda la información anteriormente descrita, podrá adjuntar entre otros la siguiente documentación: Si el contrato se suscribió en consorcio o en unión temporal se podrá acreditar el porcentaje de participación mediante copia del acuerdo de consorcio o de unión temporal. La fecha de iniciación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con la copia del acta de iniciación, de la orden de iniciación o con el documento previsto en el contrato. La fecha de terminación de la ejecución del contrato, se podrá acreditar con copia del acta de recibo definitivo, acta de liquidación o con el documento previsto en el contrato. El valor final del contrato se podrá acreditar con copia del acta de liquidación (o el documento que haga sus veces) o el acta de recibo final a satisfacción cuando el contrato se encuentre terminado y en proceso de liquidación. Los servicios prestados, con el acta de recibo final a satisfacción o el documento que haga sus veces o con copia del acta de liquidación. De todas maneras se exige la certificación expedida por la entidad contratante, lo que se permite es la complementación con la documentación anterior, en caso talque hubiere faltado información en la certificación. Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento. Si a partir de los documentos soportes de cada contrato, el proponente no acredita toda la información necesaria para llevar a cabo la verificación, TELEMEDELLÍN podrá solicitar información adicional del soporte, y si no es presentada en el tiempo exigido, el contrato no se tendrá en cuenta para acreditar la experiencia especifica del proponente. Contrato que no presente soporte no se considerará. TELEMEDELLÍN se reserva el derecho de verificar durante la evaluación y hasta la adjudicación la información aportada por el proponente y solicitar los soportes que considere convenientes tales como: certificaciones, copias de los contratos, facturas de venta, copia de los medios de pago, actas suscritas, actas de liquidación, estados financieros, copia de pago de impuestos o cualquier otro. La conversión a salarios mínimos (SMMLV) para toda la información presentada se debe hacer con el valor del salario mínimo vigente en la fecha de terminación del contrato

Page 49: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

49

respectivo. Para efectos de los cálculos, se debe hacer uso de la tabla de equivalencias que se inserta a continuación.

PERÍODO SMMLV $

Enero 1 de 2001 a Diciembre 31 de 2001 286.100,00

Enero 1 de 2002 a diciembre 31 de 2002 309.000,00

Enero 1 de 2003 diciembre 31 de 2003 332.000,00

Enero 1 de 2004 a diciembre 31 de 2004 350.000,00

Enero 1 de 2005 a Dic. 31 de 2005 381.500,00

Enero 1 de 2006 a Dic. 31 de 2006 408.000,00

Enero 1 de 2007 a Dic. 31 de 2007 433.700,00

Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 461.500.00

Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 496.900.00

Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 515.000.00

Enero 1 de 2011 a dic. 31 de 2011 535.600.00

Enero 1 de 2012 a dic. 31 de 2012 566.700.00

Enero 1 de 2013 a dic. 31 de 2013 589.500.00

Enero 1 de 2014 a dic. 31 de 2014 616.000.00

Para los contratos ejecutados originalmente por consorcios o uniones temporales de los cuales haya hecho parte un participante, se acreditará la experiencia afectando el valor y el área certificada por el correspondiente porcentaje de participación. Para efectos de la verificación de la experiencia presentada por consorcios o uniones temporales, serán evaluables los contratos presentados por los integrantes del grupo. Sin embargo el integrante que tenga la mayor participación en la forma asociativa debe acreditar por lo menos el 60% de la experiencia aquí requerida, so pena de no ser habilitado y los demás integrantes no podrán tener menos del 20%. Informe Técnico de experiencia general y específica del Proponente (HABILITADO / NO HABILITADO): Se verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos, a partir de la información que se relaciona en los FORMATOS RESPECTIVOS con sus soportes, aplicando los criterios que a continuación se señalan: Los proponentes que cumplan con estos tres requisitos serán HABILITADOS. 6.1.3.4 Experiencia del Director de la Obra Deberá ser Ingeniero Civil, Arquitecto o Arquitecto Constructor, con una experiencia general como profesional, de mínimo quince (15) años, a partir de la expedición de la matrícula (con certificado de vigencia), demostrada, además, mediante certificaciones de realización de obras de construcción durante mínimo diez (10) años. Acreditar experiencia específica como Director de Obras de construcción de edificaciones tipo C o D (decreto 2090 de 1989), de mínimo 5 años, y la acreditación de la construcción de mínimo una edificación tipo C o D (decreto 2090 de 1989), de mínimo 8.000m2.

Page 50: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

50

Además, certificar una obra realizada, por el sistema de administración delegada, con entidades públicas o privadas, de una inversión mínima en la construcción de 20.000 SMMLV. El Director de Obra que cumpla con estos requisitos será HABILITADO. 6.1.3.5 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN. Los proponentes (persona natural o jurídica nacional, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia o personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia) interesados en participar en el presente proceso de selección, deberán acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior a MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS (1.500.000.000). Para el caso de consorcios, uniones temporales u otra forma de asociación, deberán aportar en conjunto la capacidad residual de contratación, la cual se calculará con base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes. Las evaluaciones se efectuarán de conformidad con lo señalado en el artículo 18 del Decreto 1510 de 2013 y la guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del Proponente en los procesos de contratación de obra pública, definido por Colombia Compra Eficiente. Teniendo en cuenta lo anterior, los proponentes deberán presentar los siguientes documentos, así:

a. La lista de los contratos en ejecución suscritos con entidades estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, para lo cual diligenciará el FORMATO CONTRATOS SUSCRITOS Y VIGENTES, el cual deberá estar debidamente suscrito por el representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente.

b. La lista de los contratos en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o

uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con entidades estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, para lo cual diligenciará el FORMATO CONTRATOS SUSCRITOS Y VIGENTES, el cual deberá estar debidamente suscrito por el representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente.

Para los casos a y b, si el proponente no tiene contratos en ejecución, deberá

presentar constancia clara e inequívoca donde se acredite que no tiene contratos de obra civil en ejecución, certificación que deberá estar firmada por

Page 51: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

51

el representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente.

c. Copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios

vigente, expedido por la Junta Central de Contadores del revisor fiscal o contador público que certifica los contratos suscritos y vigentes.

d. Los estados financieros auditados de los últimos dos años (2012 y 2013),

suscritos por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal, que deben contener el estado de resultados y el balance general.

Para el caso de consorcios, uniones temporales u otra forma de asociación, cada uno de los integrantes deberá aportar la documentación relacionada anteriormente. Si el proponente extranjero con ocasión de su tamaño y de la multiplicidad de los países en que opera no puede presentar el certificado con la lista comprensiva de todos los contratos en ejecución y en consecuencia no puede acreditar que cumple con la Capacidad Residual exigida en los documentos del proceso, este proponente puede participar en el proceso pero deberá incrementar hasta en un veinte (20%) el valor de la garantía de cumplimiento prevista en los documentos del proceso. Para calcular la capacidad residual de contratación, se tendrá en cuenta la siguiente información:

El Flujo de Caja de Contratación (FCC) del año inmediatamente anterior.

Los saldos de los contratos en ejecución (SCE) del proponente para el periodo para el cual se calcula la Capacidad Residual.

El porcentaje de recursos propios (Rp) que el proponente invierte en los Contratos en Ejecución.

La fórmula para calcular la Capacidad Residual de Contratación del Proponente es la siguiente:

Capacidad Residual del Proponenten = FCC

n – (SCE

n X Rp)

Dónde: n= El Periodo de cálculo.

FCCn =Flujo de Caja de Contratación para el Período.

SCEn = Es la suma de los saldos por ejecutar de los Contratos en ejecución del

proponente para el Periodo. Rp = Es el porcentaje de recursos propios que el proponente invierte en los

contratos en ejecución.

Page 52: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

52

Para consultar el procedimiento de evaluación, los proponentes podrán consultar la página oficial de Colombia Compra Eficiente http://www.colombiacompra.gov.co/es/manuales. INFORME TÉCNICO DE CAPACIDAD REAL DE CONTRATACIÓN (HABILITADO/NO HABILITADO) Los proponentes que cumplan con una capacidad residual igual o superior a $1.500.000.000 serán HABILITADOS. 6.2 RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN, rechazará la oferta en cualquiera de los siguientes casos: 1. Cuando las propuestas no se ajusten a las exigencias del Pliego de Condiciones, a

menos que hubiere posibilidad de saneamiento conforme a lo previsto en el mismo y en la ley.

2. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad para contratar, establecidas en la Constitución y en la Ley. 3. Cuando el proponente –persona jurídica- no acredite la certificación del pago de

aportes parafiscales y aportes al sistema de seguridad social, en el término que le señale la Entidad para su subsanación.

4. Cuando el proponente no acredite las calidades de admisión establecidas en Capítulo

3 de este Pliego de Condiciones. 5. No aportar la carta de presentación de la propuesta, o aportarla sin haber sido

suscrita por el representante legal o suscrita por persona diferente del representante legal, sin que medie autorización alguna.

6. Cuando la carta de presentación de la propuesta, no esté debidamente abonada por

un Ingeniero Civil o Arquitecto o Arquitecto Constructor, con matrícula profesional vigente.

7. No presentar el documento de constitución del consorcio o unión temporal, según el

caso, o sea presentado sin la suscripción de los integrantes, o no se designe el representante legal en el mismo, o que en el mismo se impongan limitaciones al representante legal y este las exceda.

8. Cuando el objeto social del proponente o de los integrantes del consorcio o unión

temporal que sean persona jurídica, no guarde relación con el objeto a contratar. 9. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga limitaciones respecto de

ésta y no tenga la autorización expresa del órgano social competente. 10. Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, de carácter

Page 53: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

53

jurídico, técnico o financiero. 11. Cuando su presentación sea extemporánea; es decir, se presente luego de la fecha y

hora fijadas para el cierre de esta Licitación. 12. Cuando el valor de los porcentajes de los honorarios o el valor de los gastos

reembolsables se salgan de los rangos indicados en estos pliegos de condiciones en cualquiera de los componentes.

13. Cuando no se acredite su inscripción, en las actividades, especialidades y grupos del

Registro Único de Proponentes y/o no acredite la capacidad residual de contratación (KRC) exigidas, aplicando este numeral para proponentes nacionales y/o proponentes extranjeros con sucursal en Colombia.

14. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la oferta. 15. Por no considerar las modificaciones al Pliego de condiciones que mediante adendas

haya hecho LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN.

16. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo el

mismo nombre o con nombres diferentes, para la misma convocatoria. 17. Cuando la oferta sea incompleta o parcial; esto es, cuando no cumpla lo especificado

o no incluya algún documento que, de acuerdo con estos Pliegos de condiciones, se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva con otras ofertas.

18. Si durante el análisis de las propuestas se encuentra que en ésta se incluyen

condiciones diferentes a las establecidas en el Pliego de Condiciones. 19. Cuando se compruebe que la información suministrada por los oferentes sea

contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta.

20. Cuando el proponente no subsane o aclare en debida forma dentro del plazo fijado, la

información o documentación solicitada por TELEMEDELLÍN. 21. Cuando se compruebe que la información contenida en los documentos que

componen la oferta no es veraz o no corresponde con la realidad, siempre que la mencionada inconsistencia le permita cumplir con un requisito habilitante o mejore la propuesta presentada para efectos de la evaluación.

En los demás casos expresamente establecidos en este Pliego de Condiciones. Nota: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, no se podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso ni que tengan que ver con la falta de capacidad para presentar la propuesta.

Page 54: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

54

6.3 FACTORES Y PONDERACIÓN

ITEM FACTOR PUNTAJE MÁXIMO

6.3.1 Valor suma gastos reembolsables de Personal y administrativos.

300

6.3.2 Valor porcentaje de honorarios de obra

500

6.3.3 Valor honorarios propuestos para contratos especiales y Equipamientos técnicos

150

6.3.4 Acreditación de obras con certificación LEED

50

TOTAL 1.000

NOTA: Cuando haya diferencia en el registro de los valores numéricos expresados en números y letras primarán los valores expresados en números. 6.3.1 Evaluación del valor de los gastos reembolsables por concepto de Personal Asignado a la obra y gastos administrativos (300 puntos) Estos gastos reembolsables corresponderán a los del Personal asignado a la obra descrita en el numeral 3.1 y en el FORMATO “GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA”. El proponente deberá diligenciar en el FORMATO “GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA”, el valor correspondiente a los salarios y prestaciones sociales, con el porcentaje y el tiempo indicados. Cualquier variación al cuadro de personal durante la obra, deberá ser aprobada por TELEMEDELLÍN y la Interventoría. Este personal deberá cumplir con el perfil exigido para cada uno de ellos en el capítulo VII. Para los gastos reembolsables administrativos, el proponente deberá presentar un valor global por los dieciséis (16) meses, que abarque los conceptos indicados en el Capítulo III, Gastos reembolsables administrativos. De todas maneras todos los gastos reembolsables deberán someterse a la aprobación por parte de TELEMEDELLÍN. La evaluación se hará con base en el FORMATO “RESUMEN DE LA PROPUESTA”. Se le darán 300 puntos a la propuesta de menor valor y las demás propuestas serán evaluadas de manera ponderada así:

Page 55: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

55

Pe= Vm/Ve * puntaje máximo Pe= Puntaje del evaluado Vm= Valor mínimo propuesto Ve= Valor del evaluado El valor máximo aceptable de gastos reembolsables es el indicado en el presupuesto oficial (Total Gastos Reembolsables) NOTA: Cualquier valor por encima de éste descalificará la propuesta 6.3.2 Valor porcentaje de honorarios de obra (500 puntos) Para la calificación de éste criterio se tendrán en consideración los porcentajes ofrecidos consignados en el FORMATO “RESUMEN DE LA PROPUESTA”. Se le darán 500 puntos a la mejor propuesta (porcentaje más bajo), y las demás propuestas serán evaluadas de manera ponderada así: Pe= Vm/Ve * puntaje máximo Pe= Puntaje del evaluado Vm= Valor mínimo propuesto Ve= Valor del evaluado El porcentaje máximo de honorarios aceptable es cinco por ciento (5%) antes de IVA NOTA: Cualquier valor por encima de éste descalificará la propuesta 6.3.3 VALOR HONORARIOS PROPUESTOS PARA CONTRATOS ESPECIALES Y EQUIPAMIENTOS TÉCNICOS (150 puntos) Para la calificación de éste criterio se tendrán en consideración los porcentajes ofrecidos consignados en el FORMATO HONORARIOS DE CONTRATOS ESPECIALES de la propuesta. Se consideran contratos especiales y equipamientos técnicos, los siguientes:

- Instalación eléctrica y red de voz y datos

- Red de automatización

- Ventanería

- Red de incendio

- Ascensores

- Aire acondicionado

- Iluminación

Page 56: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

56

Se le darán 150 puntos a la mejor propuesta (porcentaje más bajo), y las demás propuestas serán evaluadas de manera ponderada así: Pe= Vm/Ve * puntaje máximo Pe= Puntaje del evaluado Vm= Valor mínimo propuesto Ve= Valor del evaluado El porcentaje mínimo aceptable de honorarios de contratos especiales es de uno por ciento (1.00%) El porcentaje máximo aceptable de honorarios de contratos especiales es de tres punto cinco por ciento 3.50% NOTA: Cualquier valor por fuera de este rango será descalificado 6.3.4 Acreditación de obras con certificación LEED (50 puntos) A los proponentes que acrediten la construcción de una obra certificada o en proceso de certificación LEED, se les asignarán los cincuenta (50) puntos. El proponente deberá acreditar esta experiencia aportando el certificado LEED, o en su defecto el registro del proyecto en el sistema LEED ON LINE. Sólo se aceptan certificaciones de obras terminadas. 6.4 ORDEN DE ELEGIBILIDAD Agotado el análisis comparativo de las ofertas, se procederá a conformar en forma descendente (de mayor a menor) un orden de elegibilidad, con las propuestas que hubiesen obtenido un puntaje igual o mayor a setecientos cincuenta (750) puntos. Las propuestas que hayan obtenido un puntaje inferior a 750 puntos serán descartadas. 6.5 EMPATE Se entenderá que hay empate entre dos o más propuestas, cuando presenten un número igual en el total de la ponderación de las propuestas 6.6 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de empate TELEMEDELLÍN escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en el numeral 6.3. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación.

Page 57: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

57

Si persiste el empate, TELEMEDELLÍN utilizará las siguientes reglas: 1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 2. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. 3. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones esta-blecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es

presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. 4. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, así: Se realizará un sorteo en audiencia pública cuya fecha y hora serán informadas en el sitio, www.contratos.gov.co, y que en todo caso será después de vencido el término de traslado para observaciones al informe de evaluación. El sorteo se llevará a cabo con balotas, mediante el siguiente procedimiento: a) En el día y fecha de la audiencia de sorteo, a cada proponente se le asignará un número inmodificable de uno (1) a ene (n), (siendo n el número máximo de proponentes empatados), de forma aleatoria mediante sorteo de balota. b) La audiencia pública será conducida por el Gerente de TELEMEDELLÍN o su delegado, y de ella se levantará un acta en la que conste los resultados del sorteo, la cual será suscrita por los funcionarios y demás interesados que asistan a ella. A la audiencia deberá asistir el Jefe de la Oficina de Control Interno de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN o su delegado, quien dará fe del cumplimiento del procedimiento aquí descrito. c) Las balotas asignadas serán ingresadas nuevamente en la balotera, y el Gerente de TELEMEDELLÍN o su delegado será el responsable de extraer las mismas, la primera en salir coincidirá con el proponente que se ubicará en el primer orden de elegibilidad y así sucesivamente hasta completar el cuadro de elegibles. 6.7 ADJUDICACIÓN Se hará en la forma indicada en el Capítulo IV, de este Pliego de Condiciones.

Page 58: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

58

CAPÍTULO VII

DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO 7.1 PLAN DE CALIDAD PARA EL PROYECTO. Éste deberá ser acorde con los elementos de la Norma ISO 9001:2000 y su sistema de gestión de la calidad, el cual será presentado por el proponente favorecido con la adjudicación del contrato. 7.2 PLAN DE ACCIÓN SOCIO-AMBIENTAL PARA EL PROYECTO. Éste documento deberá contener en detalle las actividades que ejecutará el Contratista para el ajuste, ejecución y cumplimiento de cada uno de los programas de gestión socio-ambiental contenidos en la “Guía de Manejo Socio Ambiental para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública en el Municipio de Medellín”, exigida por el Municipio de Medellín mediante el Decreto 673 de 2006, el cual será presentado por el proponente favorecido con la adjudicación del contrato. 7.3 PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA El Contratista deberá proveer el personal de acuerdo con lo establecido en EL “GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA”. El proponente deberá presentar la hoja de vida del Director de la Obra, el cual será evaluado y será uno de los requisitos de habilitación de la propuesta. El Adjudicatario deberá presentar la hoja de vida de todos los demás profesionales anteriormente solicitados para su aprobación por parte de la Interventoría, con el visto bueno de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN- TELEMEDELLÍN. El CONTRATISTA se obliga a mantenerlos al frente de los trabajos, durante el tiempo de ejecución del contrato, con disponibilidad de tiempo completo o con la frecuencia que lo solicite la interventoría y TELEMEDELLÍN. El Coordinador y Director propuestos serán sus representantes en la obra, por lo tanto, (él o sus delegados), deberá tener amplias facultades para, resolver los problemas que se presenten en ella y ocupar el personal obrero experimentado y personal auxiliar suficientemente capacitado para cada tipo de trabajo y en las labores especiales que se le encomienden. 7.3.1 COORDINADOR GENERAL DE OBRA El Coordinador propuesto, deberá tener amplias facultades para resolver los problemas que se presenten en la obra, así como el Director de Obra.

Page 59: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

59

Dicho profesional deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Que acredite ser Ingeniero Civil o Arquitecto, debidamente matriculado.

- Que acredite una experiencia general mínima de QUINCE (15) años en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. En caso de que el profesional haya ejercido en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en Colombia, esta experiencia se tomará a partir de la fecha del documento equivalente en el país de origen o donde hubiere ejercido.

- Que acredite una experiencia específica como Director de Obras de Construcción de Edificaciones o Director de Interventoría mínima de siete (7) años en cualquiera de las dos siguientes opciones, o mediante la suma de las dos:

a) En la empresa privada, haber ejercido como Director de obra o de Interventoría, en contratos cuyo objeto haya involucrado la Construcción de estructuras de edificaciones clasificadas en Categoría C o D. Una de las certificaciones presentada debe corresponder a una (1) obra cuya área construida cubierta sea como mínimo 90.000 m2, la sumatoria de obras no puede ser inferior a 200.000 m2 y el valor total de una de las obras ejecutadas debe ser mayor o igual 240.000 SMMLV. Esta experiencia se calculará con base en la dedicación total en hombres-mes que haya tenido el profesional en cada proyecto. b) En entidades públicas, haber ejercido como funcionario del nivel profesional, ejecutivo o directivo, o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado como Director o Coordinador de Construcción de obra de edificaciones clasificadas en Categoría C o D. Una de las certificaciones presentada debe corresponder a una (1) obra cuya área construida sea como mínimo 90.000 m2 y la sumatoria de obras no puede ser inferior a 200.000 m2. Esta experiencia se calculará con base en el período durante el cual estuvo el profesional vinculado laboralmente como servidor público o mediante contrato de prestación de servicios. 7.3.2 DIRECTOR DE OBRA El CONTRATISTA se obliga a mantener al frente de los trabajos, con dedicación del 100%, durante el tiempo de ejecución del contrato, un (1) Director de Obra, el cual será sometido a la aprobación de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- en forma previa a la iniciación de las obras. El Director propuesto será su representante en la obra, por lo tanto, deberá tener amplias facultades para, resolver los problemas que se presenten en ella. Dicho profesional deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Que acredite ser Ingeniero Civil, Arquitecto o Arquitecto Constructor, debidamente matriculado.

- Que acredite una experiencia general mínima de QUINCE (15) años en el ejercicio

Page 60: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

60

de la profesión, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. En caso de que el profesional haya ejercido en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en Colombia, esta experiencia se tomará a partir de la fecha del documento equivalente en el país de origen o donde hubiere ejercido.

- Que acredite una experiencia específica como Director de Obras de Construcción de Edificaciones mínima de siete (7) años en cualquiera de las dos siguientes opciones, o mediante la suma de las dos:

a) En la empresa privada, haber ejercido como Coordinador o Director de obra, en contratos cuyo objeto haya sido la Construcción de obra blanca y/o acabados de edificaciones clasificadas en Categoría C o D. Una de las certificaciones presentada debe corresponder a una (1) obra cuya área construida sea como mínimo 30.000 m2 y la sumatoria de obras no puede ser inferior a 60.000 m2. Esta experiencia se calculará con base en la dedicación total en hombres-mes que haya tenido el profesional en cada proyecto. b) En entidades públicas, haber ejercido como funcionario del nivel profesional, ejecutivo o directivo, o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado como Coordinador o Director de Construcción de obra blanca y/o acabados de edificaciones clasificadas en Categoría C o D. Una de las certificaciones presentada debe corresponder a una (1) obra cuya área construida sea como mínimo 30.000 m2 y la sumatoria de obras no puede ser inferior a 60.000 m2. Esta experiencia se calculará con base en el período durante el cual estuvo el profesional vinculado laboralmente como servidor público o mediante contrato de prestación de servicios. 7.3.3 PROFESIONALES RESIDENTES DE OBRA El proponente deberá suministrar con una dedicación del 100% un residente de estructura (Ingeniero civil) y un residente de acabados (Arquitecto o Arquitecto Constructor), con una experiencia mínima de cinco (5) años cada uno. 7.3.4 OTRO PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA El proponente deberá suministrar el resto de personal idóneo relacionado en el Formato “GASTOS REEMBOLSABLES DE PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA”, con el fin de garantizar el normal desarrollo de la labor encomendada. Las hojas de vida de este personal deben ser suministradas por el proponente ganador en el momento de suscribir el contrato. En todo caso, TELEMEDELLÍN y la interventoría se reservan el derecho de objetar dichas hojas de vida. 7.5 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES Por tratarse de un contrato por Administración Delegada, el contratista será responsable del recaudo y pago de todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven de los contratos, en el porcentaje estipulado por la ley y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.

Page 61: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

61

Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración Delegada procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:

- TELEMEDELLÍN será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el acuerdo 32 de julio 15 de 2011 del Concejo de Medellín. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).

- La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.

- La Contribución especial de seguridad creada por la Ley 418 de 1997, prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, consiste en una contribución equivalente al 5% del valor total de los contratos de obra pública, descontada de cada pago realizado al contratista.

En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente y será responsable del recaudo y pago de todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven de los contratos, en el porcentaje estipulado por la ley y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad. 7.6 RESPONSABILIDAD. La responsabilidad técnica, administrativa, financiera, contable, jurídica, de programación, ejecución del presupuesto y de programación, y ejecución de obra, y demás propias e inherentes a la administración delegada, radica exclusivamente en cabeza del administrador, quien no podrá transferirla, delegarla, diferirla, diluirla, en el personal que utilice para la ejecución del objeto contratado, sea propio de su organización o contratado a través de gastos reembolsables. NOTA GENERAL: TODOS LOS CAMBIOS EN DISEÑOS Y ESPECIFICACIONES QUE SE PRETENDAN REALIZAR TENDRÁN QUE SER APROBADOS POR EL DISEÑADOR DEL PROYECTO.

Page 62: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

62

CAPITULO VIII

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, celebrará con el proponente favorecido el contrato para la ejecución del objeto, fundamentándose en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y sus Decretos reglamentarios, pliego de condiciones y análisis técnico, jurídico, financiero y económico. 8.1 OBJETO DEL CONTRATO El Contratista se obliga para con LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, ciñéndose a todos los documentos que forman parte del contrato, a realizar todas las actividades relacionadas con la “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” 8.2. FONDO ROTATORIO PARA EL PAGO DE LAS OBRAS LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- pagará el valor del contrato, por el sistema de administración delegada, para el efecto inyectará en la cuenta que para el efecto determine el contratista, los recursos con destino al Fondo Rotatorio de cuenta especial, en la cual el contratista obtendrá los recursos exclusivamente para la ejecución del proyecto, con los cuales soportarán los criterio señalados en el numeral 3.1 de este Pliego de Condiciones, costos de la construcción. Los recursos destinados al fondo rotatorio, no cubrirán honorarios del contratista, y deberá detallarse la distribución de los recursos que dé cuenta inequívoca de los costos base para la tarifa y aquellos que no correspondan a éste. El contratista deberá presentar un Plan de Inversión de recursos del Fondo Rotatorio y programación de Obra, en los términos del numeral 7.3de estos Pliegos de Condiciones. Los recursos serán manejados en una cuenta de ahorros separada y exclusivamente dedicada para dichos efectos, y los rendimientos financieros que se den con ocasión de dichos recursos serán a favor del contratante, el costo de administración del fondo están incluidos dentro de los honorarios del administrador. TELEMEDELLÍN constituirá un Fondo Rotatorio para la ejecución de la obra a nombre del contratista hasta por la suma de Quinientos millones de pesos ($ 500.000.000) pudiendo ser incrementado si la obra lo requiere. Cuando falte por invertir el valor del porcentaje dado como constitución del fondo rotatorio, TELEMEDELLÍN no continuará reembolsando el valor de las relaciones de gastos, pero el contratista debe continuar rindiendo cuentas sobre su inversión.

Page 63: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

63

El interventor se obliga a visar todas las cuentas, requisiciones de almacén y órdenes de pago, ejerciendo un control directo sobre los egresos a través de su firma en los cheques o traslados electrónicos. Los rendimientos financieros generados con los dineros destinados para el Fondo Rotatorio, serán de propiedad de TELEMEDELLÍN, y serán consignados mensualmente a TELEMEDELLÍN. 8.3. FORMA DE PAGO 8.3.1 HONORARIOS TELEMEDELLÍN- pagará el valor del contrato, por el sistema de administración delegada, sobre la base de los honorarios presentados para cada caso por el contratista, previo visto bueno del interventor. COSTO BASE PARA LA APLICACION DE LAS TARIFAS corresponde a aquellos costos de la construcción que sirven de base para liquidar los honorarios. Dentro del costo base están incluidos los siguientes costos de obra: a) Todos los capítulos de construcción, es decir, mano de obra, materiales, equipos,

transporte, desperdicios, además los costos de nacionalización, aduana, fletes y demás necesarios para llevar los equipos y materiales hasta la obra;

Dicho pago se realizará de forma mensual, previa presentación de la factura por parte del Contratista Administrador Delegado, y visto bueno del interventor. El contratista presentará las cuentas de reembolso al fondo rotatorio y de honorarios en forma separada y la de honorarios clasificadas conforme a las tarifas diferenciales. El pago de los gastos reembolsables se hará en dieciséis (16) cuotas iguales. Si la obra presenta retrasos se pagará de acuerdo con el porcentaje programado por mes. De ninguna manera se pagarán gastos reembolsables adicionales a los presentados en la propuesta y aprobados por TELEMEDELLÍN, por mayor plazo de ejecución de la obra. Sólo se pagará como adicionales aquellos diferentes aprobados durante el desarrollo de la obra por la interventoría y TELEMEDELLÍN. En caso tal que se adicione el valor a invertir en la obra y se requiera más tiempo para la ejecución, el cual será estudiado y aprobado por la interventoría y TELEMEDELLÍN, se reconocerán los gastos reembolsables de personal y administración, en forma proporcional al costo contemplado para los 16 meses. 8.4 DOCUMENTOS PARA LA SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá presentar copia del documento de identificación personal del representante legal o persona natural. El paz y salvo fiscal con la Contraloría, el certificado de antecedentes disciplinarios (persona natural), será consultado directamente por TELEMEDELLÍN.

Page 64: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

64

Para la legalización del contrato los siguientes documentos: Garantías exigidas: Se deberán otorgar las garantías y pólizas exigidas en la minuta del contrato. Certificado de paz y salvo actualizado del pago de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y de Aportes Parafiscales expedido por el Revisor Fiscal y en su defecto por el Representante Legal o copia de los recibos de pago de la planilla única en el caso de personas naturales. 8.5 REPORTE DE CUENTA BANCARIA Los contratistas favorecidos informarán TELEMEDELLÍN, a más tardar al día siguiente de la legalización del contrato, sobre una cuenta de ahorros a su nombre con destinación exclusiva para el manejo del fondo rotatorio del proyecto, en la cual le serán consignados, los pagos que por este concepto le efectúe TELEMEDELLÍN. Adicionalmente, el contratista favorecido deberá informar sobre una cuenta de ahorros o corriente donde TELEMEDELLÍN consignará los honorarios y los gastos reembolsables del proyecto. 8.6 DOMICILIO DEL CONTRATO De conformidad con las normas legales Colombianas, el lugar del cumplimiento del contrato que se llegare a celebrar, es la ciudad de Medellín, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad. 8.7 PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO TELEMEDELLÍN dispondrá del tiempo establecido en el cronograma aprobado, para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien a su vez dispondrá del término establecido en el cronograma para suscribir y legalizar el contrato y devolverlo firmado y acompañado de los documentos exigidos, en listados en el numeral 8.4., teniendo en cuenta que algunos serán entregados en original y dos (2) copias por la Secretaría General. Estas exigencias también se aplicarán para el caso de los contratos adicionales. 8.8 SANCIÓN POR NO SUSCRIBIR EL CONTRATO Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro de aquél término, incurrirá en la causal de inhabilidad para contratar con las entidades estatales por el término de cinco (5) años, de conformidad con lo previsto en el literal e), numeral 1 del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993. En este evento, la entidad estatal mediante Acto Administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para TELEMEDELLÍN, según el artículo 30, numeral 12 - Ley 80 de 1993.

Page 65: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

65

8.9 EMPLEADOS Y TRABAJADORES El administrador delegado se obliga a mantener, durante la ejecución de los trabajos y hasta la entrega final y recibo del Contrato, el personal técnico, debidamente capacitado, necesario para todo el proceso de ejecución del objeto del contrato y para culminar las obras en el plazo señalado. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, se reserva el derecho de exigir al contratista, por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada a la ejecución de los trabajos en la obra, ya sea de la Empresa o de los subcontratistas, sin que éste tenga derecho a elevar ningún reclamo al respecto, ni a solicitar explicaciones de la decisión. Cuando cualquiera de los profesionales presentados por el contratista no cumpla con los requisitos exigidos, éste deberá proceder a presentar la hoja de vida de un profesional que cumpla con los requisitos, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha del recibo de la comunicación de no aprobación. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, podrá solicitar, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal asignado a los trabajos, y el Contratista atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado. Todos los empleados y trabajadores vinculados a la obra deben estar afiliados por parte del contratista como empleador, al régimen contributivo de seguridad social (EPS, ARL y Fondo de Pensiones), y debe pagar los aportes de parafiscales (SENA, Caja de Compensación y Bienestar Familiar). En el caso de los subcontratistas debe hacerles cumplir estos mismos requisitos, y en caso de no hacerlo queda bajo su responsabilidad las consecuencias que ello conlleve. La asignación salarial de empleados y trabajadores, para el desarrollo del contrato, NO podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente aprobado por el gobierno nacional. El interventor deberá velar por el cumplimiento de esta obligación legal. El contratista deberá cumplir con todos los salarios, sueldos, honorarios, horas extras, prestaciones sociales, parafiscales y demás obligaciones de ley de sus trabajadores. No se generará vínculo laboral entre estos trabajadores y TELEMEDELLÍN. Un documento suscrito por el contratista donde certifique la cancelación de salarios y prestaciones sociales de todo el personal vinculado a la obra. El pago de aportes parafiscales (SENA, Caja de Compensación y Bienestar Familiar) conforme a la ley. El pago de la seguridad social (EPS, ARL y Pensión). El desacato de cualquiera de estas disposiciones constituye causal de incumplimiento del Contrato.

Page 66: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

66

8.10. CONTRATOS ADICIONALES El contrato no podrá adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, convertido a salarios mínimos mensuales legales vigentes SMMLV. 8.11. PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Gerente General de TELEMEDELLÍN. 8.12. SUBCONTRATOS El CONTRATISTA no podrá subcontratar la administración delegada toda vez que se trata de un contrato intuito personae y por ende la responsabilidad por ésta recae exclusivamente en él. Aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución de las obras, deberán tener la previa aprobación de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN –, a través de la interventoría, en cuyo caso, el CONTRATISTA será el único responsable por la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que TELEMEDELLÍN adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. 8.13. COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS. El contratista deberá tener en cuenta que en la obra podrán interactuar con otros contratistas y deberá como consecuencia actuar coordinadamente con ellos y evitar el entorpecimiento o dilación de las obras. Por tal razón, cuando alguna actividad esencial del CONTRATISTA interfiera, dependa o se afecte por el trabajo que estén ejecutando otros CONTRATISTAS, deberá informar a la Interventoría para que ésta tome las decisiones de organización más adecuadas a la buena marcha y ejecución de los contratos, salvaguardando siempre los principios de coordinación y de programación de obra previstos en estos pliegos de condiciones. 8.14. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo, y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas. Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación

Page 67: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

67

unilateral, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993. 8.15. CADUCIDAD Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN - por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. La caducidad del contrato puede aplicarse hasta el momento en que venza la posibilidad de liquidarlo unilateralmente por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN De conformidad con lo dispuesto por el artículo 29 de la ley 1150 de 2007, cuando declarada la caducidad, se encontrare pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al 50% del contrato, TELEMEDELLÍN podrá, contratar al proponente que ocupe el segundo lugar en este proceso de selección, previa revisión de las condiciones a que hubiera lugar. 8.16. PLAZO DEL CONTRATO El plazo para la ejecución del contrato se fija en 15 meses para la construcción de la obra y un mes adicional para la liquidación, contados a partir de la fecha de suscripción, por las partes, del acta de inicio de los trabajos. 8.17. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o a LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o a TELEMEDELLÍN, u otros similares. Si la suspensión es solicitada por el Contratista, la situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Esta situación no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, por no haberlas constituido o mantenido vigentes.

Page 68: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

68

Las suspensiones de los trabajos debidas a daños en los mismos, repetición de trabajos mal ejecutados, lluvias, derrumbes en vías de acceso, demoras del Contratista en la adquisición de equipos y elementos, transporte, nacionalización, permisos, o huelgas del personal por el incumplimiento del Contratista, de sus obligaciones o convenios laborales, o de su falta de cooperación para atender peticiones justas de sus trabajadores, o cualquier otra suspensión ordenada por la Interventoría por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor o caso fortuito y no darán lugar a indemnización ni ampliación del plazo estipulado. También podrán acordarse suspensiones del plazo contractual, cuando a juicio de TELEMEDELLÍN las circunstancias lo ameriten. 8.18. DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte del contrato que se celebre, los siguientes documentos y a él se consideran incorporados:

- Los pliegos de condiciones y las especificaciones técnicas que sirvieron de base para preparar la propuesta.

- Las adendas expedidas por TELEMEDELLÍN.

- Los planos, especificaciones y demás anexos de licitación, que serán los mismos para la construcción hasta que TELEMEDELLÍN, a través de la interventoría, comunique lo contrario.

- Las modificaciones a los planos y a las especificaciones entregados por TELEMEDELLÍN y los suministrados por el contratista y aprobados por TELEMEDELLÍN.

- La propuesta presentada por el contratista y corregida por TELEMEDELLÍN si a ello hubo lugar.

- El acta de iniciación de obra con sus anexos y todas las demás actas correspondientes a la ejecución del contrato.

- El Manual de Espacio Público del municipio de Medellín.

- El API decretado para el sector

- Plan de calidad para el proyecto.

- Programa de trabajo e inversión en la obra, ajustado al tiempo real de ejecución de las obras.

- Los demás documentos a presentar por el contratista.

- Todos los documentos que se generen durante el desarrollo del contrato, incluida la correspondencia cruzada entre las partes contratantes.

El contratista deberá indicarle al TELEMEDELLÍN, con antelación, las fechas para las cuales requiere de los planos de construcción para cada ítem, de acuerdo con el programa, de manera que se eviten atrasos en el desarrollo de dicho programa. TELEMEDELLÍN en caso tal de que los planos de licitación no sean los mismos que para la construcción o que durante el desarrollo de los trabajos requiera hacer modificaciones a los mismos, se lo comunicará al contratista, a través de la interventoría, y dará prioridad a la entrega de los planos de construcción de acuerdo con lo programado por el constructor, para cada ítem.

Page 69: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

69

8.19. MULTAS En el evento en que el CONTRATISTA incurra en mora o incumplimiento parcial de las obligaciones que adquiere por el contrato, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, - mediante resolución motivada y conforme al procedimiento señalado en la minuta del contrato, aplicará las siguientes multas, previa la garantía de un debido procedimiento: Por no iniciar o no reanudar la ejecución de los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1 x 1.000) del valor total del contrato por cada día de mora, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo. Por reemplazar al personal y/o profesional requerido, sin previa autorización de la Interventoría, o por no remplazar el personal que TELEMEDELLÍN solicite que sea cambiado, por cada día de mora en el incumplimiento de este requisito, el uno por mil (1 x 1.000) del valor del contrato dejado de ejecutar, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación. Por no constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados o la póliza de responsabilidad civil extracontractual, el uno por ciento (1%) del valor del contrato dejado de ejecutar, suma que será deducida de la primera acta de pago. Por no prorrogar la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, o la póliza de responsabilidad civil extracontractual, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor del contrato dejado de ejecutar en el momento de su aplicación, suma que será descontada del acta de pago final. Por no presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor del contrato dejado de ejecutar. En este caso, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, elaborará la liquidación de oficio. Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato, el uno por mil (1 x 1.000) del valor del contrato dejado de ejecutar. 8.20. SANCIÓN PENAL PECUNIARIA En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, hará efectiva la sanción penal pecuniaria, la cual tendrá un monto del diez por ciento (10%) del valor del Contrato y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados, sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DELAS MULTAS Y LA SANCIÓN PENAL PECUNIARIA

Page 70: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

70

De presentarse hechos constitutivos de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, que implicaren hacer efectiva la cláusula penal, el Interventor del Contrato deberá requerir por una sola vez a EL CONTRATISTA, para que éste explique las razones de su incumplimiento y haga uso del derecho de defensa, requerimiento que se dará a conocer inmediatamente a la Compañía Aseguradora mediante la respectiva comunicación. El CONTRATISTA dispondrá de cinco (5) días hábiles a partir del momento del requerimiento, para dar respuesta al mismo. En el evento que LA CONTRATANTE, considere que la respuesta no es satisfactoria o hay ausencia de la misma, procederá mediante Resolución motivada, expedida por el Gerente General de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, y con base en las pruebas aportadas por el Interventor respecto del incumplimiento del CONTRATISTA a hacer efectivo el pago de la cláusula penal, a que se refiere la cláusula anterior, conforme a lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 4° de la Ley 80 de 1993. El acto administrativo, mediante el cual se hace efectiva la multa y/o la cláusula penal, se notificará al CONTRATISTA y a la Compañía Aseguradora de conformidad con lo señalado en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo. Contra ésta proceden los recursos estipulados en las normas legales aplicables. El valor de las multas y/o de la cláusula penal, podrán ser compensados y descontados directamente a juicio de TELEMEDELLÍN, de los saldos pendientes a favor del contratista si los hubiere, o podrá acudir directamente a la Compañía de Seguros o podrá igualmente acudir a obtener su pago ante la jurisdicción competente. Ninguna de estas posibilidades constituye prerrequisito o condición para acudir a la otra. El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria, ingresará al patrimonio de LA CONTRATANTE. 8.21. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, a favor de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, una garantía única, otorgada por un banco o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con los siguientes amparos, cuantías y vigencias: Buen manejo y correcta inversión del fondo rotatorio: por el equivalente al ciento por ciento (100%) de la constitución del fondo, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. Cumplimiento: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más. Pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones: por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. Estabilidad de las obras: en una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la obra ejecutada, con una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha

Page 71: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

71

de recibo definitivo de los trabajos por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN. Responsabilidad civil extracontractual: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y un (1) año más. TODO RIESGO EN CONSTRUCCIÓN: El contratista (ADMINISTRADOR DELEGADO) tomará por cuenta del contratante una GARANTÍA DE TODO RIESGO EN CONSTRUCCIÓN para amparar las pérdidas o daños accidentales, súbitos e imprevistos que se deriven de cualquier causa, por el ciento por ciento (100%) del valor total de la inversión del proyecto, la cual incluirá un anexo que ampare la responsabilidad Civil extracontractual derivada de la ejecución del proyecto. La vigencia de esta póliza será igual al plazo estimado para la ejecución de la obra y seis (6) meses más. Para la póliza a que se refiere este numeral el tomador será el contratista y/o subcontratistas y el beneficiario será TELEMEDELLÍN. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN aprobará las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado. En caso contrario, las devolverá al CONTRATISTA, según sea el caso, para que dentro del plazo que LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN –le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El CONTRATISTA deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas (apremios) o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el CONTRATISTA se negare a constituir o a reponer la garantía exigida, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. TELEMEDELLÍN reembolsará al contratista el valor de las pólizas, descontando el valor correspondiente a los honorarios que serán de cuenta del contratista. 8.22. RESPONSABILIDAD EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto, y modificaciones autorizadas por TELEMEDELLÍN, que le sirve de base y a las instrucciones que imparta LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, para el cabal desarrollo del contrato. Durante la ejecución del contrato y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que se adviertan, sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil. 8.23. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS El CONTRATISTA asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a TELEMEDELLÍN-, o a terceros, y que afecten de cualquier modo personas o propiedades durante la ejecución de la obra, por causa u omisión suya, por defectos o vicios de la obra o de los materiales empleados en ella, o de los trabajadores empleados

Page 72: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

72

en las obras o por la maquinaria o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad. Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del CONTRATISTA todos los costos provenientes de la debida reparación de cualquiera de los daños ocasionados en las obras o en los equipos a él encomendados, y de los perjuicios que se ocasionen. El CONTRATISTA está obligado a cubrir oportunamente la totalidad de estos costos. 8.24. RESPONSABILIDADES ADICIONALES El contratista se obliga a reparar totalmente y por su cuenta, cualquier daño o perjuicio que ocasione a los trabajos en ejecución o ya ejecutados por otros CONTRATISTAS en el área de influencia de la obra y en las calles aledañas, en los términos en que se lo ordene la interventoría. 8.25. PAZ Y SALVO El Contratista manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del contrato, estar a paz y salvo con TELEMEDELLÍN. Adicionalmente, autoriza para que la Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso, haga cruce de cuentas para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. 8.26. DERECHOS DE AUTOR EN LA CONTRATACIÓN Teniendo en cuenta la Ley 23 de 1982 sobre “Derechos de Autor” y la Ley 44 de 1993 “Por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982 y se modifica la Ley 29 de 1944”, se deben incluir los siguientes aspectos: Cualquier tipo de información, publicación, escrito, medio audiovisual, metodología y similares, que sean producto de la realización del objeto del contrato será propiedad de TELEMEDELLÍN. Se prohíbe la reproducción total o parcial, por cualquier medio o con cualquier propósito, sin autorización escrita del Gerente General de TELEMEDELLÍN, conforme a los artículos 9 y 91 de la Ley 23 de 1982 y artículo 51 de la Ley 44 de 1993. Los contratistas deberán contar con la autorización expresa del Gerente General de TELEMEDELLÍN para reproducir o hacer público, a través de cualquier medio escrito, audiovisual o magnético la información producto de la realización de las actividades contractuales. Se sancionará, conforme al Capítulo IV de la precitada Ley 44 de 1993, a quien sin autorización de TELEMEDELLÍN, adapte o modifique el producto del contrato para registrarlo o publicarlo como suyo o de otra persona o entidad distinta a TELEMEDELLÍN. También incurrirá en dichas sanciones, quien lo reproduzca total o parcialmente o distribuya con fines lucrativos. 8.27. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Page 73: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

73

La liquidación del contrato se hará de común acuerdo entre el Contratista y LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de recibo a entera satisfacción por parte del interventor. Dentro de este plazo, las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedará constancia en el acta de liquidación, de conformidad con el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Si es del caso, para la liquidación se exigirá al Contratista la ampliación de la vigencia de las garantías de estabilidad de los trabajos, el pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones, responsabilidad civil, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del plazo contractual. Si el CONTRATISTA no concurre a la liquidación del contrato, o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN– TELEMEDELLÍN lo liquidará unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento de los cuatro (4) meses previstos para la liquidación bilateral, según el Artículo 44, Literal d) de la Ley 446 de 1998, que modificó el Artículo 136 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Los pagos se harán de acuerdo con la disponibilidad de recursos en la tesorería, en los treinta (30) días calendario contados desde la fecha en que se recibe en la Tesorería la orden de pago debidamente diligenciada y soportada, previa certificación de la Interventoría de que los trabajos fueron recibidos a entera satisfacción. En cumplimiento del decreto 1465 de 2005, la autorización de pagos parciales se dará previa comprobación de los pagos de seguridad social de los trabajadores bajo la tutela del contratista.

Page 74: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

74

CAPÍTULO IX

CONDICIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El CONTRATISTA, en caso de que no tenga sede en esta ciudad, bien sea persona jurídica o natural, deberá instalar una Sede en la ciudad de Medellín o municipios del Área Metropolitana, con capacidad administrativa suficiente para atender la ejecución del contrato y con capacidad de decisión. So pena de incurrir en la sanción establecida por el incumplimiento de esta obligación contractual de acuerdo al numeral 8.20. 9.1. VALLA INFORMATIVA El CONTRATISTA instalará una valla de 8m x 4m en el sitio de los trabajos, de acuerdo con las especificaciones suministradas por la Interventoría, cuyo costo será a cargo de la obra. La valla deberá instalarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de iniciación del Contrato, y se desmontará treinta (30) días después de haberse recibido los trabajos a satisfacción por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-. 9.2. ENTREGA DE REGISTRO FOTOGRÁFICO El CONTRATISTA debe entregar a LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN –TELEMEDELLÍN-, en el momento de entrega de la obra, fotografías (tomadas desde los mismos puntos de referencia) donde se aprecie claramente el estado físico y entorno del lugar antes de la iniciación del Proyecto y durante su ejecución. Para tal efecto, el CONTRATISTA debe seleccionar para cada frente de obra, varios sitios para la toma de las imágenes, en cada uno de ellos, tomará desde el mismo punto de referencia, las fotografías registrando el antes, el durante y después de la obra. Lo anterior, con la finalidad de establecer un seguimiento que le permita al personal encargado de éste y de la evaluación precisar los efectos e impactos generados por el proyecto. Además representan un testimonio que ayuda a dirimir problemas que puedan presentarse en cuanto a reclamaciones entre la comunidad y el CONTRATISTA. 9.3. ACTAS DE VECINDAD Previamente a la iniciación de los trabajos, la Interventoría y el CONTRATISTA suscribirán un Acta de Vecindad, en la cual deberá quedar registrado el estado actual del lugar donde se realizarán las obras, de las edificaciones colindantes y estructuras adyacentes, vías, andenes, zonas verdes, espacio público y demás estructuras del lugar, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes. 9.4. DISTINTIVO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA El CONTRATISTA deberá dotar al personal que labora en la obra, de algún distintivo o uniforme que lo identifique ante LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- y la ciudadanía, previo acuerdo con la Interventoría antes del inicio de la obra. Así como de los elementos de seguridad industrial que requiera el

Page 75: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

75

personal que labora en la obra, tales como: cascos, guantes, gafas, botas, etc. Será obligación de la Interventoría velar porque se cumpla esta disposición. 9.5. SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES Todos los trabajadores del CONTRATISTA deberán estar afiliados por parte de éste al régimen contributivo de seguridad social integral (salud, fondo de pensiones, riesgos profesionales), durante la ejecución de la obra. El Interventor velará por el cumplimiento de esta obligación legal. Ninguna persona sin afiliación, o con esta en proceso podrá ingresar a la obra 9.6. INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha acordada en el acta de iniciación suscrita conjuntamente con el Interventor, y el Gerente de TELEMEDELLÍN la cual se elaborará una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato, y entregado el monto para el FONDO ROTATORIO indicado en el presente Pliego de Condiciones La licencia de construcción, se encuentra en trámite, obligación que está a cargo del Consultor de Diseño del proyecto. Es condición para el inicio de los trabajos la previa obtención de la licencia de Construcción del proyecto, por lo que el proponente adjudicatario de la Obra acepta esta situación por lo que no podrá efectuar reclamación alguna por este concepto. Y tan sólo se dará inicio a los trabajos una vez surtidos en su totalidad todos los requisitos técnicos, y jurídicos para dicho fin. 9.7. OTRO PERSONAL DEL CONTRATISTA Además del Personal Profesional Residente, el CONTRATISTA deberá emplear personal idóneo y calificado, de manera que la obra se realice en forma técnica y eficiente. Dicho personal deberá ser fácilmente identificable por la Interventoría cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento. El personal que participe en la ejecución de la obra será contratado directamente por el CONTRATISTA, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y TELEMEDELLÍN, no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN -TELEMEDELLÍN, podrá solicitar en cualquier momento el reemplazo de algún trabajador o empleado del CONTRATISTA, sin que este adquiera el derecho de elevar reclamos por esta causa. 9.8. MOVILIZACIÓN, INSTALACIONES TEMPORALES Y CONSTRUCCIÓN DE VÍAS INDUSTRIALES El CONTRATISTA suministrará, transportará y movilizará hasta el sitio de las obras, todos los equipos de construcción, materiales, personal e instrumentos de trabajo necesarios

Page 76: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

76

para la ejecución adecuada y eficiente de las obras. También tendrá a su cargo la construcción de las vías industriales que se requieran para la ejecución de los trabajos, y demás instalaciones temporales, tales como campamentos para el personal, oficinas, almacenes, talleres, enfermería, depósitos, polvorines, tanques para combustible, estacionamientos, áreas de almacenamiento, servicios de agua potable y sanitarios, entre otros, para atender las necesidades del personal que empleará en la ejecución de la obra. Además, proveerá, mantendrá y manejará competentemente los servicios necesarios para el alojamiento, alimentación, con comodidad, seguridad e higiene, y con sujeción a las normas que sobre este particular se consignan en el pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes. Dentro de estas instalaciones se debe destinar un espacio, adecuado a sus necesidades, para la interventoría. El CONTRATISTA será el responsable del suministro de energía, de las conexiones a las redes externas y de proveer un sistema de comunicaciones para sus campamentos, oficinas, equipos y herramientas que vaya a utilizar durante la ejecución de la obra. Deberá mantener equipos de emergencia para atender la demanda de energía ante fallas eventuales, ya que no podrá invocar tales eventualidades como justificación para la suspensión de las obras, justificar su retraso o solicitar indemnizaciones o ampliaciones de plazo. Todos los trabajos y costos de las instalaciones que se requieran para el servicio de energía, telefónico, radio y comunicaciones del CONTRATISTA, serán bajo su responsabilidad, con cargo a la obra. Al finalizar las obras, o en cualquier otro momento, cuando lo ordene la Interventoría, el CONTRATISTA desmontará todas sus instalaciones, demolerá las edificaciones existentes y dejará las áreas limpias y con aspecto aceptable, a juicio de la Interventoría, antes de la entrega y recibo definitivo de las obras. Algunas edificaciones podrán dejarse en pie, previo acuerdo con LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-. El CONTRATISTA se someterá a todas las leyes y normas vigentes en Colombia sobre construcción, mantenimiento, rehabilitación y funcionamiento de campamentos, y será responsable de cualquier perjuicio o reclamo que provenga de servicios inadecuados o impropios de ellos. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- no asumirá responsabilidad alguna por daños o interferencias en los campamentos del CONTRATISTA, debidos al desarrollo del contrato o por cualquier otra causa. Si el CONTRATISTA usa terrenos de propiedad privada para campamentos y otras construcciones o instalaciones, negociará con los respectivos propietarios todo lo referente a su utilización. La Interventoría verificará que el CONTRATISTA desplace a la obra el equipo requerido, en cuanto a cantidad, tipo y capacidad, de acuerdo con el programa de utilización; que el transporte de los materiales se efectúe en forma adecuada; que el personal se movilice en vehículos debidamente acondicionados para tal fin; y que los campamentos, oficinas y demás instalaciones sean suficientes y cumplan con las condiciones de manejo del

Page 77: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

77

impacto ambiental, de salud ocupacional, higiene y seguridad, contempladas en el pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes. 9.9. ACTAS DE OBRA El CONTRATISTA y la Interventoría deberán elaborar el acta mensual dentro de los diez (10) días calendario del mes siguiente al de ejecución de las obras. Deben separarse las actas de reembolso al Fondo Rotatorio de las actas de pago de honorarios y gastos reembolsables. Ninguna constancia de parte del Interventor que no sea la de recibo definitivo de la totalidad o de parte de las obras, podrá considerarse como constitutiva de aprobación de algún trabajo u obra. 9.10. CAMBIOS EN LOS PLANOS O ESPECIFICACIONES LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- entregará al CONTRATISTA, por conducto de la Interventoría, en el evento de que los planos de licitación no sean los mismos que para la construcción, los planos para ésta última, de acuerdo con su programación de obra, de manera que no entorpezca el desarrollo de la obra. Así mismo, hará entrega de los planos y especificaciones, de modificación o actualización que TELEMEDELLÍN considere necesarios. Tanto los planos de licitación, los de modificación o complementación (provenientes de los diseñadores, interventores o constructores, aprobados por TELEMEDELLÍN o sus representantes) como las especificaciones técnicas, forman parte del contrato. Los planos y las especificaciones son complementarios entre sí, de tal manera que cualquier punto que figure en los planos pero no en las especificaciones, o que se encuentre en éstas pero no en aquellos, tendrán tanto valor como si se encontraren en ambos documentos. El Interventor podrá ordenar, durante la ejecución del contrato, los cambios necesarios, tanto en los planos como en las especificaciones, previa consulta con los proyectistas. Si por estos cambios se afectan el plazo, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- acordará con el CONTRATISTA los mayores costos. Cuando el CONTRATISTA crea conveniente variar los planos o las especificaciones, deberá someter los cambios a consideración del Interventor; si éste no los aprobare, el CONTRATISTA se ajustará a los planos y especificaciones originales. El Contratista será responsable de llevar el control de planos recibidos y deberá implementar un sistema para que las obras siempre se ejecuten con la última versión disponible de los planos y especificaciones. Cualquier error en este sentido será su responsabilidad y deberá ser reparado o subsanado a su costo 9.11. LIBRO DIARIO DE LA OBRA (BITÁCORA) El día en que se inicien los trabajos se abrirá un libro en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría; en él se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del

Page 78: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

78

tiempo, personal laborando, estado y relación del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. Cada anotación diaria deberá llevar la fecha y la firma de los ingenieros residentes del Contratista y del Interventor. El responsable de mantener al día este diario será el Personal Profesional Residente de Interventoría, quien está en la obligación de presentarlo a los representantes de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- que visiten la obra. El libro diario de la obra deberá entregarse a TELEMEDELLÍN una vez finalizados los trabajos. 9.12. COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- se reserva el derecho de ejecutar otros trabajos dentro de los límites o zonas adyacentes a las obras objeto de la presente Licitación. En consecuencia, el CONTRATISTA deberá permitir a éste o a otro contratista, depositar equipos o materiales, instalar personal, etc., además del desarrollo normal e independiente de sus labores. Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas, en relación con su trabajo, será solucionado o decidido por LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, a través del interventor, y para ello podrá ordenar al CONTRATISTA la suspensión de cualquier parte de las obras especificadas, o el cambio de su método de trabajo; sin embargo, si dicha medida afecta en forma real el tiempo de ejecución de las obras, de común acuerdo entre LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- y el CONTRATISTA se convendrá la ampliación del plazo. Cuando alguna actividad del CONTRATISTA dependa del trabajo que esté ejecutando otro, aquél deberá inspeccionar dichas obras e informar a LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN –TELEMEDELLÍN- sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su propio trabajo. El incumplimiento de lo anterior implicará la aceptación por parte del CONTRATISTA de las obras que estén ejecutando terceros, así como la reparación de cualquier daño posterior o defectos que resultaren en las mismas, previsibles en el momento de ejecutar el trabajo. 9.13. INTERVENTORÍA DE LOS TRABAJOS LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato a través del Interventor de la obra y del delegado nombrado por TELEMEDELLÍN, quien tendrá como función verificar el cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA. El Interventor de la obra ejercerá un control integral sobre el desarrollo del contrato, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al CONTRATISTA la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del mismo, las condiciones técnicas, económicas y

Page 79: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

79

financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El Interventor de la obra vigilará que el Contratista inicie las obras sólo cuando disponga de los respectivos permisos de las entidades que regulen este tipo de obras, y las autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente velará porque se cumplan las disposiciones ambientales vigentes. Así mismo, el Interventor de la obra está autorizado para ordenar al CONTRATISTA la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que se pudieren presentar y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría de la obra; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el Interventor de la obra, si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- podrá en cualquier momento, ordenar la suspensión de la obra, si por parte del CONTRATISTA existe un incumplimiento sistemático de las instrucciones impartidas por el Interventor de la obra, sin que el CONTRATISTA tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo. Las principales funciones y atribuciones del Interventor son: Colaborar con el CONTRATISTA para el éxito de los trabajos. Exigir el cumplimiento de las especificaciones y del contrato en todas sus partes. Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, y someterlos a consideración de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-. Aprobar las actas de pago que prepara el CONTRATISTA. Exigir al CONTRATISTA el empleo de personal técnico capacitado y debidamente matriculado, de acuerdo con la ley, y solicitar el despido del que, a su juicio, sea descuidado, incompetente, insubordinado o cuyo trabajo y comportamiento sea perjudicial para los intereses de TELEMEDELLÍN. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad. Vigilar que el CONTRATISTA cumpla las disposiciones que sean necesarias y, en general, todas las atribuciones que se consideren como potestativas del Interventor, y las demás que le asigne LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-.

Page 80: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

80

Tramitar y diligenciar la imposición de sanciones y multas al Contratista, cuando a ello haya lugar, según lo establecido en este Pliego de Condiciones. Informar a la Compañía de Seguros sobre las llamadas de atención e incumplimientos del CONTRATISTA. Cumplir los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones, Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. Revisar y aprobar el programa de trabajo del CONTRATISTA. Y solicitar su actualización tantas veces sea necesario, de acuerdo con la dinámica de la obra. Velar por que se cumpla lo dispuesto en las Resoluciones 093 y 089 de 2004, expedidas por la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín. Velar por que se cumpla lo dispuesto en el Decreto 673 de 2006, por medio del cual se acoge la “Guía de Manejo Socio Ambiental Para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública en el Municipio de Medellín”, expedido por la Alcaldía del Municipio de Medellín. El CONTRATISTA deberá realizar los trabajos de acuerdo con las instrucciones y órdenes impartidas por LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- o la interventoría, sin embargo, ello no aminora en ningún grado la responsabilidad del CONTRATISTA en la correcta ejecución de la obra, ni su autoridad en la dirección de la obra. Además de las funciones generales antes mencionadas, y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a TELEMEDELLÍN en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA suministrará con costo a la obra las facilidades que requiere el Interventor para desempeñar su labor, dotándolo de oficina y la seguridad que ésta requiere. 9.14. EQUIPO El CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de las obras, y en buen estado, el equipo suficiente y aprobado por el Interventor, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños. La deficiencia en el mantenimiento de los equipos o los daños que ellos puedan sufrir, no será causal que exima el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- podrá hacer retirar del sitio de la obra, cualquier equipo o herramienta que a su juicio, esté defectuoso o no recomendable para ser utilizado. El CONTRATISTA deberá reponer con la mayor brevedad, el equipo que haya sido retirado por causa de daños o mantenimiento, con el fin de que no haya ningún retraso en las obras.

Page 81: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

81

9.15. AUTOCONTROL DE CALIDAD El CONTRATISTA es responsable de la calidad de la obra, por lo tanto, el Proponente durante la ejecución del contrato debe disponer de un equipo de laboratorio, o del servicio del mismo, para realizar los ensayos y las mediciones que según las especificaciones técnicas de construcción y las normas legales vigentes de protección ambiental, aseguren la calidad de los trabajos y la conservación de los recursos naturales. Para ello, realizará las pruebas de campo y los ensayos de laboratorio necesarios, incluidos los requeridos para el manejo ambiental del proyecto, y entregará a la Interventoría los resultados de los mismos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de su obtención, para que ésta verifique si se ajustan a las especificaciones y a los requerimientos de la normatividad vigente. La verificación de la Interventoría no exonerará de responsabilidad al CONTRATISTA por la calidad de la obra. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- podrá rechazar la obra ejecutada, o parte de ella, por deficiencias en los materiales o elementos empleados, aunque las muestras y prototipos correspondientes hubieren sido verificados previamente, sin perjuicio de lo establecido en las especificaciones sobre la aceptación de suministros defectuosos. 9.16. MATERIALES El Contratista se compromete a suministrar oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras, y a mantener permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal de las mismas, para evitar la escasez de materiales. Los materiales y demás elementos que el Contratista emplee en la ejecución de las obras que se le encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin al que se destinen, y deben tener un sitio adecuado para su almacenamiento, con el fin de evitar su contaminación. En general, todos los materiales deben cumplir con las Normas Técnicas Colombianas establecidas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC).TELEMEDELLÍN, podrá rechazar los materiales o elementos si no los encuentra conformes a lo establecido en las normas. En caso de que la Interventoría requiera la verificación de las especificaciones técnicas de los materiales, de acuerdo con las normas, el Contratista está obligado a realizar los ensayos necesarios. La responsabilidad por el suministro oportuno de los materiales es del Contratista y por consiguiente éste no puede solicitar ampliación del plazo, ni justificar o alegar demoras en la fecha de entrega de la obra por causa del suministro deficiente o inoportuno de los materiales. La aceptación o el rechazo de materiales será hecho tan pronto como sea posible después de la inspección, pero la inspección y aceptación del material no exonerará al Contratista de su responsabilidad por materiales que no cumplieren con los requisitos de estos documentos, o en cuanto a defectos u otras fallas que pudieran ser descubiertas posteriormente, ni se impondrá a TELEMEDELLÍN, responsabilidad alguna en este

Page 82: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

82

sentido. El Contratista deberá ejecutar, sobre los materiales, las pruebas de fábrica que sean exigidas en estos documentos, notificando previamente a TELEMEDELLÍN, al menos con treinta (30) días de anticipación, sobre su intención de ejecutar cualquier prueba de fábrica, el tipo y propósito de la misma, de tal manera que TELEMEDELLÍN, pueda enviar a sus inspectores o representantes a presenciarlas, o bien, renunciar a la presencia del inspector. Los costos del Inspector serán cubiertos por LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN-TELEMEDELLÍN. En caso de que cualquier material resultare defectuoso por mala calidad de la materia prima o mano de obra, o no se cumpliere con los requisitos de estos documentos, TELEMEDELLÍN tendrá derecho a rechazarlo o a exigir su corrección. 9.17. DISCREPANCIAS En caso de que se encuentren discrepancias entre los datos suministrados, planos o especificaciones, éstas deberán someterse a consideración del Interventor de obra, cuya decisión será definitiva. Cualquier trabajo que el CONTRATISTA ejecute desde el descubrimiento del error, omisión o discrepancia y hasta que reciba la decisión del Interventor de obra, será de su total responsabilidad, siendo por su cuenta y riesgo todas las reparaciones y modificaciones que se requieran para arreglar la obra o para sustituirla hasta corregir el error. En caso de discrepancias entre las escalas y las dimensiones indicadas en los planos, prevalecerán estas últimas. No se permitirá tomar medidas a escala de los planos, salvo en los casos específicamente autorizados por el Interventor. 9.18. ACTUALIZACIÓN DE PLANOS El CONTRATISTA adquiere la obligación de consignar, todos los cambios que se realicen durante la ejecución de las obras, los cuales deberá entregar, en medio magnético la última y definitiva versión de los planos (planos as built) , para el pago de la última acta de obra, previa aprobación del Interventor. 9.19. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todas las instalaciones de la obra, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores, y la de los empleados y bienes del dueño del proyecto, el Interventor y de terceras personas. El CONTRATISTA impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad y los forzará a cumplirlas. El CONTRATISTA será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir, no sólo

Page 83: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

83

sus empleados, trabajadores y subcontratistas, sino también el personal o bienes del dueño del proyecto, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del CONTRATISTA, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del CONTRATISTA. Durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general, las normas que al respecto tenga las entidades oficiales. Igualmente, cumplirá con lo establecido en las siguientes normas: Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción. Resolución Nº 02413 de 1979, emanada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia. Resolución Nº 001937 de marzo 30 de 1994, emanada del Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Normas para Construcción de Pavimentos en el Valle de Aburrá, versión 1994. Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas Públicas de Medellín, última versión. Normas Técnicas ICONTEC. Antes de iniciar el contrato, el CONTRATISTA deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá, además, ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa incluye el Plan de Desvíos y Manejo del Tránsito, requerido para la ejecución de los trabajos (el cual será aprobado por la Entidad Contratante y la Interventoría y tramitado por el CONTRATISTA ante las dependencias o autoridades competentes), así como, los planes y estrategias de socialización y divulgación del mismo a la comunidad. Planes incluidos en el numeral 6.3.2 Metodología para la Construcción Sostenible. Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al CONTRATISTA cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes y éste deberá proceder de conformidad. En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias 9.20. INFORME DE ACCIDENTES

Page 84: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

84

El CONTRATISTA deberá informar al Interventor de la obra, dentro del plazo y en la forma establecida a continuación, acerca de cualquier accidente que ocurra por la ejecución del contrato y que ocasione muerte o perjuicio a cualquier persona, o daño a propiedad, y en todos los casos de enfermedad profesional que ocurran con relación a la ejecución del contrato. El CONTRATISTA tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar el informe de los datos que exija LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- o el Interventor. El informe incluirá, al menos, la siguiente información: Lugar, fecha y hora del accidente. Nombre, estado civil y edad del accidentado. Oficio que desempeña, experiencia y actividad que desempeñaba en el momento del accidente. Información sobre si hubo o no lesión, y clase de la misma. Posibles causas del accidente. Tratamiento recibido y concepto médico. Durante el desarrollo del contrato, el CONTRATISTA exhibirá un tablero para denotar las estadísticas de accidentalidad. 9.21 EXIGENCIAS LEED En el desarrollo del contrato, a través de la Interventoría se harán conocer a El Contratista las exigencias del proyecto en cuanto a normas LEED, las cuales se obliga a cumplir y respetar 9.22. LIMPIEZA DEL SITIO O ZONA DE LOS TRABAJOS Durante el desarrollo de los trabajos, el CONTRATISTA deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con mayor frecuencia, si así lo ordena el Interventor, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de estos. Así mismo será responsable de disponer de todos los elementos y barreras requeridos para garantizar el mínimo o ningún impacto negativo sobre las actividades que se desarrollen en los inmuebles aledaños a las obras, particularmente deberá garantizar que se puedan seguir adelantando las actividades oficiales y comerciales del sector. Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el CONTRATISTA deberá retirar de inmediato todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él, para la ejecución de otras partes de las obras, y deberá disponer satisfactoriamente, en el menor tiempo posible, todos los sobrantes, escombros y basuras que resulten de las obras en los botaderos de

Page 85: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

85

escombros oficialmente autorizados por la autoridad competente. 9.23. SEÑALIZACIÓN Cuando los trabajos objeto del contrato deban realizarse en una vía pública y, en general, cuando para realizar cualquier otro tipo de trabajo se alteren las condiciones normales del tránsito vehicular y peatonal, el CONTRATISTA estará en la obligación de tomar todas las medidas necesarias para evitar la ocurrencia de accidentes, para lo cual deberá acatar las siguientes normas: Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas Públicas de Medellín, Capítulo 17 “Señalización de seguridad y protección en las zonas de trabajo”, y esquemas 44 a 84. Manual de Señalización “Dispositivos para la Regulación del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de Colombia”, Capitulo 4, emanado del Ministerio del Transporte (Resolución No. 001937 del 30 de marzo de 1.994). Decreto 673 de 2006, por medio del cual se acoge la “Guía de Manejo Socio-Ambiental para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública en el Municipio de Medellín”. El CONTRATISTA deberá colocar las señales y avisos de prevención de accidentes, tanto en horas diurnas como nocturnas, en la cantidad, tipo, tamaño, forma, clase, color y a las distancias requeridas, de acuerdo con lo dispuesto en las normas anteriores y las instrucciones del Interventor. Será responsabilidad del CONTRATISTA cualquier accidente ocasionado por la carencia de avisos, defensas, barreras, guardianes o señales. Así mismo, deberá disponer los elementos necesarios para la adecuación de los senderos o pasos peatonales requeridos para el control del tránsito peatonal. El Interventor podrá, en cualquier momento, ordenar que se suspenda la construcción de los trabajos o parte de ellos si existe un incumplimiento por parte del CONTRATISTA en los requisitos de señalización o las instrucciones del interventor al respecto. Cuando los trabajos deban realizarse sin iluminación natural suficiente, el CONTRATISTA suministrará la iluminación eléctrica adecuada, dependiendo del tipo de actividad por ejecutar. Si dicha iluminación es deficiente, el interventor podrá ordenar la suspensión de los trabajos, sin que el CONTRATISTA tenga derecho a reclamos de ninguna clase. No se permitirán extensiones arrastradas, colgadas en forma peligrosa o cuyos cables estén mal empalmados o mal aislados. A una distancia prudente del sitio de trabajo deberán colocarse avisos de peligro con pintura reflectiva y luces intermitentes, según lo estipulado en las normas anteriores. Los gastos en que incurra el CONTRATISTA por la colocación o reposición de señales y avisos, y la adopción de todas las medidas necesarias para el control del tránsito vehicular y peatonal y la prevención de accidentes, serán por su cuenta de la obra. 9.24. SEÑALIZACIÓN NOCTURNA

Page 86: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

86

Los trabajos nocturnos, o aquellos trabajos inconclusos que durante la noche puedan ofrecer peligro o riesgo de accidente a vehículos o peatones, deben señalizarse, teniendo en cuenta el flujo vehicular, el área ocupada por el trabajo y el impacto comunitario. Se puede prevenir el riesgo existente, ofreciendo suficiente visibilidad y oportunidad en la prevención. Todas las señales preventivas utilizadas en la noche deben tener acabados en material reflectivo, como vinilos y cintas adhesivas. 9.25. GARGANTILLAS Son elementos que pueden usarse como complemento a otros elementos de control de tráfico, delineando un camino seguro a los viajeros a través del área de trabajo. En vías de alta velocidad deben colocarse gargantillas de luces rojas que cumplan con las normas La conexión de las gargantillas será efectuada por un electricista con experiencia y conocimiento en redes. En caso de duda, se hará la consulta con la dependencia de EE.PP. de Medellín, que tenga a su cargo ese manejo. 9.26. SEÑALIZACIÓN CON LUCES INTERMITENTES Se deben utilizar en trabajos transitorios nocturnos, mientras el personal labore en el sitio. Se colocarán sobre cualquiera de las señales de la zona de trabajo, indicadas anteriormente, o en pedestales con material reflectivo, preferiblemente plástico. Estas luces intermitentes ofrecen gran visibilidad y sirven como señal de advertencia a los conductores de los vehículos y peatones. La señalización de la zona de los lugares de trabajo sin presencia de trabajadores durante horas nocturnas deberá estar dotada de material reflectivo que garantice la visualización por parte de conductores y peatones. 9.27. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS El Contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a TELEMEDELLÍN o a terceros, y que afecten de cualquier modo personas o propiedades durante la ejecución de la obra, por causa u omisión suya, por defectos o vicios de la obra o de los materiales empleados en ella, o de los trabajadores empleados en las obras o por la maquinaria o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad. 9.28. EJECUCIÓN DE OBRAS AMPARADAS POR LA PÓLIZA DE ESTABILIDAD En el evento en que el CONTRATISTA ejecute algún trabajo originado por fallas de estabilidad de la obra, exigibles con cargo a la garantía de estabilidad otorgada, deberá indicar en sitio visible que tales obras no ocasionan costos adicionales para LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, lo cual hará mediante aviso que contendrá las especificaciones indicadas por el Interventor, y cuyo costo será asumido por el CONTRATISTA. 9.29. SITIOS DE DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS Los escombros se depositarán en los sitios previamente autorizados por la interventoría. Los escombros serán ubicados, depositados y evacuados en el sitio indicado por la

Page 87: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

87

Interventoría, el mismo día que resulten en obra. Por el incumplimiento de esta disposición, el Contratista se hará acreedor a la aplicación de multas según lo dispuesto en este Pliego de Condiciones. 9.30. MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN Los métodos para la ejecución de las obras quedarán sujetos a la iniciativa del CONTRATISTA, en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los mejores resultados en la obra; sin embargo, el LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN –TELEMEDELLÍN- tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar cambios en los métodos, con miras a la seguridad y al avance de la obra, o a su coordinación con las obras de otros Contratistas, o para obligar al CONTRATISTA a ajustarse al contrato. Si LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- así lo requiere, antes de iniciar cualquier parte de la obra, o en cualquier momento durante la ejecución de la misma, el CONTRATISTA deberá suministrar, con suficiente anticipación, toda la información referente a los programas, métodos y procedimientos que utilizará en la ejecución de los trabajos. La aprobación por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- de algún procedimiento o método utilizado por el CONTRATISTA, así como la aceptación y uso por el CONTRATISTA de algún procedimiento o método sugerido por TELEMEDELLÍN, no significará que esta última asume algún riesgo o responsabilidad, y el CONTRATISTA no tendrá derecho a reclamo en caso de falla total o parcial o ineficiencia en alguno de los procedimientos anotados. 9.31. COORDINACIÓN CON LOS FABRICANTES El CONTRATISTA será responsable de la total coordinación entre los diferentes fabricantes o propietarios de patentes que se utilicen durante la ejecución de la obra, y LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- limitará sus relaciones y coordinación únicamente con el CONTRATISTA. No se concederán ampliaciones en el plazo de entrega de la obra por demoras o negligencia en la coordinación entre el Contratista y los fabricantes o propietarios de patentes. 9.32. ENTREGA Y RECIBO DE LA OBRA El CONTRATISTA informará, como mínimo, con QUINCE (15) DÍAS de anticipación, la fecha en que se propone hacer entrega total de la obra, y LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- designará una comisión que dará la aprobación o hará las observaciones necesarias para que el CONTRATISTA las termine a satisfacción. Así mismo, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar las pruebas finales que sean necesarias según el tipo de obra. A más tardar el último día del plazo, el CONTRATISTA deberá tener debidamente terminadas y aprobadas las obras para entregarlas a TELEMEDELLÍN por conducto de

Page 88: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

88

los funcionarios que se comisionen para tal fin; si no las tuviere terminadas, el recibo sólo se hará cuando se hayan ejecutado todas las modificaciones y reparaciones exigidas de acuerdo con este artículo. Las entregas parciales no implican el recibo definitivo de esta parte, ni mucho menos de toda la obra. Es requisito para el recibo de la obra a satisfacción, tener el sitio totalmente limpio de basuras y escombros. Al momento de entregar las obras, las partes suscribirán un acta de finiquito o de exoneración de responsabilidades, relevándose mutuamente de todas las reclamaciones y demandas que puedan resultar, excluyéndose las reclamaciones a que tiene derecho LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, por vicios de construcción, de acuerdo con los numerales 3 y 4 del Artículo 2060 del Código Civil Colombiano y sus normas concordantes. 9.33. USO DE OBRAS EJECUTADAS ANTES DE SU ACEPTACIÓN Siempre que la obra, o parte de ella, esté en condiciones de ser utilizada, y sus intereses lo requieran, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- tomará posesión y hará uso de ella. Dicho uso no eximirá al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones, ni implicará la renuncia por parte de TELEMEDELLÍN a ninguno de sus derechos. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- se reserva el derecho de usar las obras que se consideren defectuosas, sin que por ello se eliminen las obligaciones contraídas por el CONTRATISTA, ni TELEMEDELLÍN renuncie a cualquiera de sus derechos contemplados en este Pliego de Condiciones. 9.34. VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS El CONTRATISTA proveerá, el personal de vigilancia necesario para proteger las personas, las obras, sus propiedades y las propiedades de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- y de terceros, hasta la entrega total de las obras. Para ello, deberá informarse sobre las normas legales existentes y obtener todos los permisos y licencias necesarias y someterlos a la aprobación de TELEMEDELLÍN. Los costos de esta actividad serán por cuenta de la obra. 9.35. SITUACIONES IMPREVISTAS Y CASOS DE EMERGENCIA Si durante el curso de los trabajos, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- o el CONTRATISTA descubrieren en el lugar o sitio donde se construye la obra, condiciones especiales substancialmente distintas a las previstas en las especificaciones, circunstancias desconocidas de naturaleza especial, que difieran substancialmente de aquellas inherentes a las obras del carácter de las que proveen las especificaciones, el CONTRATISTA se abstendrá de alterar tales condiciones o circunstancias sin que antes LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- tome la decisión correspondiente. Si éste resuelve que aquellas son esencialmente diferentes a las previstas, se procederá a ordenar los cambios en las especificaciones, previo convenio de los ajustes, tanto de costo como de plazo o de uno de éstos.

Page 89: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

89

Si se presenta un caso de emergencia no previsto, el cual pueda poner en peligro la seguridad de la obra, de las personas o de las propiedades vecinas, el CONTRATISTA deberá tomar todas las medidas que el caso requiera, sin solicitar autorización previa de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN–TELEMEDELLÍN-, pero deberá notificar por escrito a éste dentro de un plazo no mayor de setenta y dos (72) horas después de la ocurrencia del hecho, suministrando un estimativo de los pagos adicionales o de ampliación en el plazo de ejecución de las obras. Para la comprobación de los gastos en que pueda incurrir por la atención de un caso de emergencia, el Contratista deberá llevar la relación detallada y comprobada de los costos de jornales, materiales, etc., ocasionados por tal motivo. Esta relación deberá ser enviada a TELEMEDELLÍN dentro de los ocho (8) días calendarios siguientes a su ocurrencia. 9.36. NORMAS Y ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN Sin perjuicio de lo establecido en el pliego de condiciones y en el contrato, el Contratista deberá cumplir con lo establecido en las normas, códigos y/o reglamentos de diseño y construcción nacionales e internacionales aplicables a todos y cada uno de los materiales, actividades y procesos por desarrollar. A continuación se relacionan las principales normas técnicas que debe cumplir el Contratista en desarrollo del contrato: 9.36.1. Generales NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS -NTC- (actualizadas) NORMA SISMO RESISTENTE NSR 10 NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN (actualizadas). NORMAS LEED

9.36.2. Redes de servicios Normas y especificaciones generales de construcción de las Empresas Públicas de Medellín (actualizadas). Dentro de las cuales se encuentran normas para las siguientes actividades: Normas para diseño y construcción de canalizaciones telefónicas. Normas de diseño e instalación de redes de distribución e instalaciones internas de gas. Normas para la construcción de las redes eléctricas aéreas y subterráneas. 9.36.3. Urbanismo y espacio público Cartilla del Manual del Espacio Público. Expedido por la Alcaldía de Medellín en 2003. 9.36.4. Manejo socio-ambiental

Page 90: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

90

Decreto 673 de 2006, por medio del cual se acoge la “GUÍA DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN”. 9.37. NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS (NTC) PARA MATERIALES Todos los materiales utilizados en la ejecución de la obra deberán cumplir con las Normas Técnicas Colombianas NTC, o en su defecto, con las normas ASTM (American Society for Testing and Materials). 9.38. MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO Durante la ejecución de las obras, el CONTRATISTA deberá organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los requerimientos técnicos establecidos, sino con las disposiciones contenidas en la Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como las normas especiales para el trámite y obtención de autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, y será responsable ante LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- por el pago de sanciones decretadas por violación a las leyes y disposiciones ambientales. El CONTRATISTA dará cumplimiento a los términos, requisitos y condiciones establecidos en los actos administrativos expedidos por las diferentes autoridades ambientales y regionales, y asumirá la obtención de permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones, los que serán tramitados y obtenidos, previamente a la iniciación de las actividades correspondientes, y los de restauración morfológica y paisajística de las fuentes de materiales, una vez culmine la explotación. En desarrollo de los trabajos no se permitirá, por ninguna circunstancia, depositar cualquier tipo de material en el lecho de corrientes superficiales o cualquier cuerpo de agua. Si esto sucede, el CONTRATISTA, a su costa, deberá retirar el material y conformar el sitio hasta devolverlo a su estado original. Las volquetas deberán estar provistas de una carpa o lona que cubra completamente el material transportado. Para mayor información, el proponente deberá remitirse al “Manual de Manejo Ambiental para las Obras Públicas” establecido según Resolución Nº 16-0213 de junio 16 de 2000, expedida por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá. 9.39. EVALUACIÓN DEL AVANCE DE LA OBRA Durante la ejecución de la obra, LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, a través del interventor, efectuará un seguimiento y control al programa de trabajo, como uno de los mecanismos de verificación del cumplimiento del contrato. Por tal motivo, el CONTRATISTA deberá mantener el programa actualizado, de manera que en todo momento represente la historia real de lo ejecutado en cada actividad, así como la proyección para la terminación de los trabajos dentro del plazo contractual.

Page 91: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

91

El CONTRATISTA y el Interventor evaluarán periódicamente la ejecución del contrato, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos, dejando constancia del estado real de los trabajos; en caso de presentarse algún atraso, deberán señalarse los motivos del mismo, indicando los correctivos que se tomarán para subsanar dicho atraso, los cuales se plasmarán en una modificación al programa de obra que no podrá contemplar la disminución de las cantidades programadas para cada mes ni prórroga del plazo inicialmente establecido. 9.40. GESTIÓN DE LA CALIDAD El CONTRATISTA deberá formular, implantar, mantener y documentar un Sistema de Gestión de la Calidad para las actividades del proyecto, aceptable para LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, y que cubra todos los procesos establecidos en el objeto contractual, con el fin de asegurar y garantizar la efectiva, correcta y técnica ejecución y verificación de los trabajos. La responsabilidad de la gestión de calidad dentro de los términos del contrato corresponde única y exclusivamente al CONTRATISTA, y cualquier supervisión, revisión, comprobación, inspección o auditoría que realice LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, directamente o a través de la interventoría, tendrá el propósito de evaluar dicha gestión en la ejecución del contrato, por lo tanto, no exime al CONTRATISTA de su obligación de mantener su sistema de gestión de calidad en el desarrollo del mismo. LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN- se reserva el derecho de realizar auditorías directamente, o por medio de la interventoría, para verificar el cumplimiento del Plan de Calidad establecido por el CONTRATISTA para la ejecución del proyecto.

Page 92: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

92

CAPÍTULO X

LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES Y DISTRIBUCIÓN DELOS MISMOS

Para realizar la distribución de los riesgos es necesario precisar los siguientes conceptos: TIPIFICACIÓN DEL RIESGO: Es la enunciación que la entidad hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato. ESTIMACIÓN DEL RIESGO: Es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que hace la entidad de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha establecido. ASIGNACIÓN DEL RIESGO: Es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo. TIPOS DE RIESGO Para efectos del presente capítulo se entenderá las siguientes categorías de riesgo: RIESGO PREVISIBLE: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, esta corresponde a la estimación y asignación de los riesgos previsibles, así como su tipificación. RIESGO IMPREVISIBLE: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia. La entidad y los interesados discutirán, la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que se encuentre propuesta en el proyecto de pliego de condiciones, en la fecha señalada en el cronograma del proceso. De dicha audiencia se levantará un acta donde se deje constancia de las propuestas de riesgo previsible hecho por los interesados e igualmente de las consideraciones que sobre los mismos realice la entidad. Los riegos previsibles no considerados por la entidad y que hayan sido aceptados como producto de la audiencia que para el efecto se realice, serán incluidos en el pliego de condiciones. Para efectos de este proceso de selección son riesgos previsibles, los consignados a continuación respectivo de este Pliego de Condiciones.

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

Page 93: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

93

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

Administrativos.

1 No firma del contrato por parte del proponente y/o

CONTRATISTA.

Porque el CONTRATISTA se rehusó a firmarlo, no

estuvo de acuerdo con el clausulado. En

consecuencia se procede a la aplicación de la póliza de

seriedad de la oferta. Riesgo que asume el

CONTRATISTA.

X

2 Demora en la iniciación del

contrato por falta de Interventoría.

Esperar a que se adjudique el contrato de Interventoría o el problema que se haya

presentado. Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

Sin embargo se aclara que el riesgo asumido por

TELEMEDELLÍN queda subsanado mediante los

ajustes pactados.

X

Jurídicos y/o legales

y/o documental

es y/o regulatorios

.

3 Cambios normativos y/o

tributarios

Ocurre en aquellos casos, cuando las condiciones

inicialmente estipuladas en el Contrato ha sufrido una modificación sustancial, tal y como es el caso de una norma que modifique o exija la inclusión de un

nuevo componente técnico que implique la destinación

de mayores recursos, o cuando a consecuencia de

una norma con efectos tributarios varia las

condiciones económicas inicialmente establecidas.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN o el

CONTRATISTA dependiendo quien es la

parte afectada con el cambio.

X X

Page 94: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

94

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

4 Hurto

Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). La

ocurrencia de los eventuales riesgos por

Hurto serán asumidos por quien es víctima de ellos, y en el caso en que este sea

el CONTRATISTA, TELEMEDELLÍN no

asumirá ningún sobrecosto por la pérdida de

materiales o cualquier otro implemento en la obra.

X X

5 Daños Ocasionados por

delincuencia común

Ocurre en los eventos de que trata la Ley 599 de

2000 (Código Penal), por cualquier daño en bienes

muebles o inmuebles de la obra y que aún no han sido

recibidos por parte de la Interventoría del Contrato.

La ocurrencia de los eventuales riesgos por

daños ocasionados en los bienes de la Obra serán asumidos por quien es víctima de ellos, y en el caso en que este sea el

CONTRATISTA, TELEMEDELLÍN no

asumirá ningún sobrecosto por la pérdida de

materiales o cualquier otro implemento en la obra.

X X

Page 95: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

95

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

6 Incumplimiento del contrato

por parte del CONTRATISTA.

Hace referencia a cualquier clase de incumplimiento

por parte del CONTRATISTA, antes, durante y posterior a la orden de iniciación del contrato. Riesgo que

asume el CONTRATISTA.

X

7 Incumplimiento en la

estabilidad de obra por parte del CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

8

No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA o

subcontratistas, a los trabajadores y personal de

la obra en relación con salarios, prestaciones

sociales y demás beneficios a que tengan

derecho, a pesar de que la entidad haya dispuesto los

recursos de forma eficiente.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

9

Paros ocasionados por los trabajadores y personal de

la obra por la no cancelación oportuna de salarios y prestaciones

sociales y demás beneficios a que tengan

derecho.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

10 Daños a terceros por

responsabilidad civil por parte del CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

11 Errores involuntarios que

hayan quedado en los pliegos de condiciones.

Hace referencia a cualquier error que se pueda

presentar en los archivos publicados en la página

X

Page 96: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

96

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

WEB. Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

12

Errores cometidos por el CONTRATISTA en la

elaboración de las propuestas y/o en los

documentos relacionados en el Capítulo respectivo

de los Pliegos de Condiciones o errores

cometidos en documentos elaborados por el

CONTRATISTA durante la ejecución del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

13

No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA,

a toda clase de proveedores en relación con compras, alquileres, servicios, contratos, etc. Aun cuando los dineros

estuvieron a disposición en el fondo rotatorio

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

14

Problemas presentados entre socios y/o consorciados y/o

integrantes de uniones temporales y/o familiares

de las empresas y/o firmas que contratan con TELEMEDELLÍN.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

15 Muerte del CONTRATISTA

y/o representante legal. Riesgo que asume el

CONTRATISTA. X

Page 97: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

97

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

16

Falta de gestión en la adquisición de cualquier tipo de material para la ejecución de la obra.

El CONTRATISTA en la visita obligatoria a la obra

debe estudiar esta situación y tener planes de contingencia. Riesgo que asume el CONTRATISTA, por falta de gestión en la adquisición de insumos

fundamentales y significativos de la obra, a

pesar de las recomendaciones dadas por el Comité de Obra.

X

17

Demora en la radicación oportuna por parte del CONTRATISTA de las

facturas (correctamente diligenciadas y firmadas) y/o cuentas de los gastos

reembolsables.

Riesgo que asume el CONTRATISTA, teniendo

en cuenta que le corresponde a éste tener

planes de contingencia y/o calidad para que las actas se elaboren correctamente y radiquen oportunamente

de acuerdo con lo manifestado en el contrato.

X

18

Errores cometidos por el CONTRATISTA en la

elaboración de las facturas y/o cuentas (gastos

reembolsables) y sus soportes, que ocasionan

demoras en su radicación.

Riesgo que asume elCONTRATISTA, teniendo

en cuenta que le corresponde a éste

coordinar con la interventoría la elaboración

de las actas de acuerdo con lo manifestado en el

contrato.

X

19 Aplicación de la Ley de

intervención económica al CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

20 Muerte de personal del

CONTRATISTA durante la ejecución del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

Page 98: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

98

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

21

Accidentalidad presentada por la deficiente colocación de señalización preventiva

en obra, falta de señalización de aproximación e

iluminación, equipos de radio para cierres y demás señalización necesaria, y

de seguridad industrial y de señalización y dotación de

los operarios y trabajadores ,etc., por

parte del CONTRATISTA, a pesar de contar con los

recursos suministrados por TELEMEDELLÍN

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

22

Por cambios en las especificaciones técnicas durante la ejecución del

proyecto.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

23 Demora en la legalización del contrato por parte del

CONTRATISTA.

Causada por parte del CONTRATISTA, por no

radicar completa, correcta y oportunamente la documentación de

legalización, según el instructivo y lo manifestado en el contrato. Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

24 Abandono de la obra por parte del CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

25

Manejo de los recursos del Fondo Rotatorio en cuenta especial, para la ejecución

del proyecto del CONTRATISTA.

Hace referencia al no correcto manejo de los

recursos destinados para la obra por cuenta del

Fondo Rotatorio. Riesgo que asume el

X

Page 99: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

99

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

CONTRATISTA.

26 Suspensiones del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA, cuando la suspensión sea imputable a este. Para este cálculo

se debe tener en cuenta el Programa de Obra y de Inversiones vigente del

contrato.

X

27 Prórrogas del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA, salvo que haya justificación valida de

la prórroga.

X

28 Coordinación

Interinstitucional.

Cuando TELEMEDELLÍN y/o CONTRATISTA

dependen de decisiones de otras entidades oficiales.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

y/o de Mercado.

29

Reajustes imprevistos en el costo de materiales con

precios no regulados por el Gobierno.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

30

Fluctuación de precios en los costos y materiales

cuyos precios están regulados por el Gobierno.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

31 Fluctuación en tasas de

cambio Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

32

Salida del mercado de insumos o materias primas para la elaboración de las obras objeto del contrato.

Riesgo Financieros que asume TELEMEDELLÍN,

sin embargo el CONTRATISTA asume dicha responsabilidad

cuando la oportunidad y conveniencia en el

X X

Page 100: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

100

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

aseguramiento de dichos materiales no fue atendido

por el CONTRATISTA.

Sociales y/o

Ambientales.

33

No desarrollar una adecuada implementación

de la Guía de Manejo Socio-Ambiental en obras de infraestructura, Decreto 673 de 2006 del Municipio

de Medellín.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

34

No desarrollar una adecuada implementación de la normatividad propia de silvicultura en obras de

infraestructura, del Municipio de Medellín.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

35

Incumplimiento de medidas establecidas por las

autoridades ambientales, como el caso del Área

Metropolitana por otorgamiento de permisos.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

36 Multas por incumplimientos

en manejo ambiental y/o permisos.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

37 Daños ambientales por

inadecuadas prácticas del proceso constructivo.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

38 Paros sociales

ocasionadospor comunidades.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

39 Muerte de árboles en el proceso de siembra y mantenimiento de la

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el X

Page 101: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

101

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

arborización. CONTRATISTA, por negligencia, imprudencia o

dolo.

40

Demora en la obtención de licencias o permisos

ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

En el caso de que el CONTRATISTA sea quien tenga a cargo la obtención de la licencia o permiso.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

41

Demora en la obtención de licencias o permisos

ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

En el caso de que TELEMEDELLÍN sea quien tenga a cargo la obtención de la licencia. Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

42

Daños a terceros por inadecuadas prácticas en el proceso constructivo, desde el punto de vista

ambiental.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

43

Requerimientos adicionales (disposición de

materiales, manejo de aguas, etc.) impuestos por

la autoridad ambiental.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN

X

44

Requerimientos adicionales impuestos por Ministerios o Instituciones relacionadas con aspectos

ambientales.

Hace referencia al riesgo AMBIENTAL del contrato.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

Estudios y/o

Diseños. 45

Por diseños y/o estudios ejecutados por el CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

Page 102: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

102

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

46

Por diseños y/o estudios (definitivos tanto generales y/o específicos) deficientes y/o incompletos ejecutados

por TELEMEDELLÍN.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

47

Por diseños y/o estudios (generales y/o específicos) deficientes y/o incompletos

ejecutados por otro consultor. (En este caso se requerirá al CONSULTOR

respectivo)

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

48

Por modificación y ajustes de los diseños y/o estudios

contratados por el contratista (generales y/o

específicos) los cuales fueron ejecutados por otro

consultor, sin la autorización del consultor

por parte del INTERVENTOR y/o

CONTRATANTE. (En este caso se requerirá al

INTERVENTOR respectivo)

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

49

Por diseños y/o estudios (generales y/o específicos) deficientes y/o incompletos

ejecutados por el interventor.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

50

Demora en la revisión y/o aprobación de diseños y/o estudios, por parte de la

Interventoría cuando sean por causas técnicas

aludibles al CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

Page 103: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

103

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

51

Demora en la definición del estudio definitivo, cuando hay necesidad de hacer una actualización porque

los existentes se encuentran inaplicables por

deficientes o por desactualizados.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

Riesgo técnico, de ejecución

y/o operativo

52

Parálisis de la ejecución de los trabajos por

desbordamiento de los ríos, que afecten la

movilidad en el proyecto y/o explotación de

materiales.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

53 Transporte y utilización de

explosivos.

Hace referencia a todo el proceso de adquisición,

transporte, colocación, uso y manejo de los explosivos.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

54

Saturación de los materiales de construcción

por deficiencias en su acopio.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

55

Demoras ocasionadas por el óptimo funcionamiento y

puesta a punto de la maquinaria y/o equipos en

la obra por parte del CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

56

Daños en el funcionamiento

de la maquinaria y/o equipos.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

Page 104: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

104

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

57

Demoler todos los productos y elementos

defectuosos construidos o materiales producidos que

no cumplan con las especificaciones y normas.

Hace referencia a las órdenes de la Interventoría

y/o supervisores de TELEMEDELLÍN para

demoler obra construidos por el CONTRATISTA que

no cumplan con especificaciones y/o

normatividad vigente. Riesgo que asume el

CONTRATISTA.

X

58 Deficiencias en la calidad y

terminado de los elementos.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

59

Daños ocasionados por el montaje y desmontaje de

las estructuras provisionales

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

60 Daños ocasionados por el

transporte de las estructuras.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

61

Problemas de la calidad de los materiales (bien sea en concreto o aceros cuando

sea metálico)

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

62

Deficiencias presentadas durante la producción de los insumos por parte de

los proveedores del contratista.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

Causas y/o eventos

de la naturaleza,

fuerza mayor o

caso

63

Terremotos, huracanes, tornados, volcanes,

inundaciones fluviales, deslizamientos enormes,

vientos enormes, incendios no provocados y/o demás fuerzas de la naturaleza.

Riesgo que asume TELEMEDELLÍN.

X

Page 105: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

105

Tipificación, Asignación y Estimación de Riesgos

CLASE

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO ASIGNACIÓN DEL RIESGO

No.

DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES TELEMEDELLÍN

PROPONEN

TE Y/O

CONTRATIS

TA

fortuito.

64

Accidentes del transportador que lleve

insumos y/o materiales y/o maquinaria y/o equipos y/o

personal del CONTRATISTA.

Riesgo que asume el CONTRATISTA.

X

65

Deficiencias presentadas durante la producción de los insumos por parte de

los proveedores del contratista cuando los

mismos se hayan adquirido por instrucción de la

Interventoría y TELEMEDELLÍNMEDELLÍ

N

Cuando el comité de Compras haya impartido la

instrucción de comprar algún insumo en el cual el

Contratista no haya incidido. Riesgo que

asume TELEMEDELLÍNMEDELLÍ

N.

X

NOTA 1: Cuando el riesgo sea compartido entre TELEMEDELLÍN y CONTRATISTA, el porcentaje a asumir es 50% para cada uno

NOTA 2: Las columnas No. 5 y 6 corresponden a quien le corresponde asumir el riesgo

NOTA 3: Cuando el riesgo no sea imputable al contratista por negligencia, imprudencia, impericia o dolo (salvo aquellos donde el contratista asuma el riesgo por ser víctima o perjudicado de una situación fáctica concreta) el riego será asumido por TELEMEDELLÍN.

Page 106: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

106

CAPÍTULO XI

FORMATO RESUMEN DE LA PROPUESTA

LICITACIÓN 04 - 14

1. RESUMEN DE LA PROPUESTA

INFORMACIÓN GENERAL

NOMBRE DEL PROPONENTE

CÉDULA O NIT

DIRECCIÓN

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

Entidad que la otorga

Desde: dd/mm/aaaa

Hasta: dd/mm/aaaa

Monto asegurado o depósito

2. VALOR DE LA PROPUESTA:

HONORARIOS

HONORARIOS DE OBRA (porcentaje antes de IVA)

HONORARIOS PROPUESTOS PARA CONTRATOS ESPECIALES Y EQUIPAMIENTOS TÉCNICOS (porcentaje antes de IVA)

GASTOS REEMBOLSABLES

VALOR TOTAL PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA (A)

VALOR TOTAL ADMINISTRATIVOS (B)

VALOR TOTAL GASTOS REEMBOLSABLES (A+B)

(A) Este valor debe coincidir con el reportado en el formato “GASTOS

REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA” (B) Este valor debe coincidir con el reportado en el Formato “GASTOS

REEMBOLSABLES ADMINISTRATIVOS”

NOTA: De presentarse diferencia en estos valores primará el reportado en los formatos correspondientes. NOTA: Cuando haya diferencia en el registro de los valores numéricos

Page 107: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

107

expresados en números y letras primarán los valores expresados en números

FIRMA ________________________________

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL ____________________________ CÉDULA ______________________

Page 108: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

108

FORMATO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

LICITACIÓN 04 -14

Medellín, ___ de __________ de 2014 Señores: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN Carrera 64 C Nº 72-58 Medellín El suscrito _________________________________________________, en calidad de representante legal de __________________ de acuerdo con las condiciones generales del Pliego de Condiciones y especificaciones de la licitación cuyo objeto es: “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” presento la siguiente propuesta. En caso de resultar favorecido y ser aceptada nuestra propuesta, me comprometo a firmar el contrato correspondiente. Declaro así mismo que:

Tengo facultad legal para firmar y presentar la propuesta.

Esta propuesta, y el contrato que llegase a celebrarse, sólo comprometen a la sociedad que legalmente represento.

Tengo conocimiento del sitio donde se desarrollarán las obras.

Conozco la información general y específica y demás documentos de la licitación y acepto los requisitos en ellos contenidos.

Tengo en mi poder los documentos que integran las condiciones de contratación y adendas que son: (indicar fecha y número de cada una):

Adicionalmente, he verificado hasta el momento de cierre de la Licitación Pública y seguiré verificando, durante todo el desarrollo de la Licitación, la página Web http://www.contratos.gov.co/, con el fin de informarme acerca del desarrollo de la presente licitación pública y acepto las condiciones señaladas en los documentos allí consignados. Realizaré los trámites necesarios para el perfeccionamiento y ejecución del contrato en el plazo señalado en las condiciones de los Términos. La sociedad, consorcio o unión temporal que legalmente represento no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señalada por la constitución política, por la ley 80 de 1993 y demás normas que rigen. Me comprometo a ejecutar la obra en el plazo estipulado en los presentes pliegos.

Page 109: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

109

Las direcciones de correo, dirección electrónica y teléfono, donde me pueden comunicar, remitir o enviar notificaciones relacionadas con esta licitación, son las que a continuación relaciono. Me comprometo a informar al TELEMEDELLÍN todo cambio en estos datos ocurrido durante el desarrollo de la presente licitación pública y del contrato que se suscriba como consecuencia de esta licitación y hasta su liquidación final. Nombre del proponente o de su Representante Legal____________________________ C. C. No. ____________________ de _______________ No. del NIT [Consorcio o Unión Temporal o de la (s) firma (s)] _______ [anexar copia (s)] Dirección de correo ______________________________________ Dirección electrónica ______________________________________ Ciudad____________________________________________________ __________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal) Abono la presente propuesta: Nombre _______________________________________ Firma _______________________________________ Cédula o Documento de Identidad _______________________________________ Profesión _______________________________________ Matricula profesional No _______________________________________ Firma oferente _______________________________________ En todos los casos se debe presentar copia de la matrícula profesional y cédula del profesional que abona la propuesta.

Page 110: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

110

FORMATO No. 3 CONTRATOS SUSCRITOS Y VIGENTES

LICITACIÓN 04 - 14 Contrato #

(1) Objeto Contratante

Sector Fecha de inicio

Tipología contrato

Modalidad ejecución (2)

Vr. Contrato

(3)

Saldo por Ejecutar

Público Privado

# Fecha tipo %

participación

(1) Incluir los contratos que se que encuentren suspendidos o en proceso de legalización. (2) Indicar si el contrato se ejecuta en forma Individual (I), en Consorcio (C) o Unión Temporal (UT). (3) Valor que corresponde al proponente, en forma individual o según el porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal.

Page 111: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

111

FORMATO CONSTITUCIÓN CONSORCIOS

LICITACIÓN 04 -14

Medellín, ___ de __________ de 2014 Señores: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN Carrera 64 C Nº 72-58 Medellín Los abajo firmantes manifestamos, a través de este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio para participar en la presente licitación, cuyo objeto es “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” Por lo anterior expresamos lo siguiente: La duración de este Consorcio será igual al término de ejecución del contrato y 6 meses más. El Consorcio está integrado por:

NOMBRE INTEGRANTE 1

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

NOMBRE INTEGRANTE 2

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

NOMBRE INTEGRANTE 3

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

El representante del Consorcio es ___________________________________, identificado con la Cédula de ciudadanía número _________________ de ______________, quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplia y suficientes facultades. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria de conformidad con lo estipulado en la ley 80 de 1993.

Page 112: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

112

Para constancia se firma en __________ a los _____ días del mes de _______ de 2014 _______________________________ Nombre y firma del representante legal ______________________________________________ Nombre y firma de cada uno de los integrantes del Consorcio

Page 113: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

113

FORMATO CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL

LICITACIÓN 04 -14

Medellín, ___ de __________ de 2014 Señores: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN Carrera 64 C Nº 72-58 Medellín Los abajo firmantes manifestamos a través de este documento que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal para participar en la presente licitación, cuyo objeto es “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” Por lo anterior expresamos lo siguiente: La duración de esta Unión Temporal será igual al término de ejecución del contrato y 6 meses más. La Unión Temporal está integrada por:

NOMBRE INTEGRANTE 1

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

NOMBRE INTEGRANTE 2

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

NOMBRE INTEGRANTE 3

NIT o CÉDULA

PARTICIPACIÓN (%)

El representante de la unión temporal es _____________________________, identificado con la cédula de ciudadanía número _________________ de ______________, quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplia y suficientes facultades. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria de conformidad con lo estipulado en la ley 80 de 1993. Para constancia se firma en __________ a los _____ días del mes de _______ de 2014

Page 114: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

114

________________________ Nombre y firma del representante legal ______________________________________________ Nombre y firma de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal

Page 115: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

115

FORMATO CERTIFICACIÓN PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMAS DE SEGURIDAD

SOCIAL INTEGRAL

LICITACIÓN 04-14 Medellín, ___ de __________ de 2014 Señores: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN Carrera 64 C Nº 72-58 Medellín

El suscrito _________________________________________________, identificado con cédula de ciudadanía __________________ en calidad de representante legal de _________________, manifiesto bajo la gravedad del juramento que la empresa __________________________ con NIT ___________________ ha cumplido con las obligaciones a los sistemas de salud, ARL, pensiones y obligaciones parafiscales señalas en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 durante los seis meses anteriores a la fecha de cierre de la presente licitación cuyo objeto es la “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN” y a la fecha se encuentra a paz y salvo por estos conceptos. Atentamente, __________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal)

Page 116: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

116

FORMATO

MULTAS Y SANCIONES

LICITACIÓN 04 -14

NOMBRE Y TIPO DE OBRA

ENTIDAD CONTRATANTE

VALOR CONTRATO

FECHA INICIACIÓN

FECHA TERMINACIÓN

DESCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN

__________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal) Para constancia se firma en __________ a los _____ días del mes de _______ de 2014

Page 117: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

117

FORMATO

FACTURACIÓN ANUAL EN CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

LICITACIÓN 04 -14

FACTURACIÓN ANUAL EN CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS (en SMMLV del

año elegido) AÑO ELEGIDO

__________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal) Para constancia se firma en __________ a los _____ días del mes de _______ de 2014

Page 118: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

118

FORMATO EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE EN CONSTRUCCIÓN DE

EDIFICACIONES TIPO C o D

LICITACIÓN 04 -14

Contrato #

Objeto Contratante Fechas Forma de

ejecución (1)

Área construida

(m²)

Vr. Contrato (SMMLV)

Inicio Terminación. tipo %

participación

(1) Debe especificarse la forma de ejecución, y el porcentaje de participación

Page 119: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

119

FORMATO EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN CONSTRUCCIÓN POR EL SISTEMA DE

ADMINISTRACIÓN DELEGADA

LICITACIÓN 04 -14

Contrato #

Objeto Contratante

Sector Fechas Forma de

ejecución (1)

Área construida

(m²)

Vr. Contrato (SMMLV)

Público Privado

Inicio Terminación tipo %

participación

(1) Debe especificarse la forma de ejecución, y el porcentaje de participación

Page 120: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

120

FORMATO GASTOS REEMBOLSABLES PERSONAL ASIGNADO A LA OBRA

LICITACIÓN PÚBLICA No. 04– 14

PERSONAL REQUERIDO

CANTIDAD % DEDICACIÓN

MESES SALARIO MES

% PRESTACIONES SOCIALES

VALOR TOTAL

Director de obra 1 100% 16

Coordinador de obra

1 25% 16

Residente de Acabados

1 100% 11

Residente de Estructura

1 100% 9

Auxiliar Leed 1 50% 16

Auxiliar de Residente

1 100% 15

Contador 1 100% 16

Inspector SISO 1 50% 15

Auxiliar administrativo y de Programación

1 100% 15

Asesoría legal 1 100% 16

Maestro de obra acabados

1 100% 11

Maestro de obra estructura

1 100% 9

Almacenista 1 100% 16

Herramientero 1 100% 15

Patiero 1 100% 11

Secretaria 1 100% 16

Mensajero 1 100% 16

Oficios varios oficina

1 100%

15

Celaduría 1 100% 15

TOTAL

NOTA: TELEMEDELLÍN podrá solicitar las hojas de vida del equipo, que considere necesario. De presentarse diferencia entre el valor total de este formato y las operaciones aritméticas parciales, se podrán revisar únicamente estas últimas, siendo inmodificables los datos de entrada (Salario mes y % prestaciones sociales) suministrados por el proponente.

Page 121: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

121

FORMATO GASTOS REEMBOLSABLES ADMINISTRATIVOS TOTALES PARA LA EJECUCIÓN

DE LA OBRA

LICITACIÓN 04 -14

DESCRIPCIÓN VALOR

1. Servicio telefónico, internet, celulares, y otros tipos de telecomunicaciones relacionados con el objeto contractual

2. Copias en papel de reproducción, fotografías, fotocopias, pastas y relacionados para informes, y todo tipo de reproducción de originales, papelería, útiles de oficina

3. Equipos, programas para operación de equipos debidamente licenciados, mantenimiento de los mismos, elementos para equipos, programas, que se requieran para el funcionamiento de la oficina, en la obra.

4. Muebles y equipos de oficina para personal administrativo de la obra y de apoyo y atención. (alquiler o compra)

5. Otros que se ocasionen con motivo de los trabajos ejecutados y que no puedan imputarse a la operación normal de la organización propia del ADMINISTRADOR CONTRATISTA (Elementos de aseo oficinas, cafeteras y relacionados, aires, ventiladores)

6. Gastos de transporte de personal para actividades relacionados con la obra.

TOTAL

Page 122: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

122

Page 123: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

123

ANEXO

LISTA DE DOCUMENTOS

1. Formato Resumen de la propuesta 2. Formato Carta de presentación de la propuesta 3. Cédula del Representante Legal 4. Certificados de experiencia 5. Balance general y estados de resultado 6. Garantía de seriedad de la oferta 7. Certificado del pago de parafiscales y aportes al sistema de seguridad social 8. Certificado de existencia y representación 9. Formato de constitución del consorcio o unión temporal 10. RUP 11. RUT 12. Carta de autorización de la Junta Directiva 13. Formato de Multas y Sanciones 14. Tarjetas profesionales (Contador, Revisor Fiscal y profesional que abona la propuesta) 15. Cédula de ciudadanía del profesional que abona la propuesta 16. Formato Facturación Anual en contrato de construcción de obras 17. Formato Experiencia General del proponente en construcción de edificaciones tipo C o D 18. Formato Experiencia específica en construcción por el sistema de administración delegada 19. Formato Contratos suscritos y vigentes 20. Formato Gastos reembolsables personal asignado a la obra 21. Formato Gastos reembolsables administrativos 22. Certificado de gastos de intereses 23. Hojas de vida del Director de la obra, Coordinador de la obra, Residente Estructura y

Residente Acabados

Page 124: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

124

CAPÍTULO XII

MINUTA DEL CONTRATO

CONTRATO NÚMERO: C-__________-08

TIPO DE CONTRATO: OBRA POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACION DELEGADA

CONTRATANTE: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN – TELEMEDELLÍN

CONTRATISTA: OBJETO:

“EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN”

Entre los suscritos a saber WALDIR ALBEIRO OCHOA GUZMÁN, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No.98.564.419, quien en su calidad de Gerente, actúa en nombre y representación legal de la Asociación Canal Local de Televisión de Medellín, “TELEMEDELLÍN”, Asociación sin ánimo de lucro entre entidades públicas del orden Municipal, constituida mediante escritura pública 2176 del 13 de Agosto de 1996, en la Notaría Novena de Medellín, reformada por las escrituras públicas No. 701 de Mayo 4 de 2000 de la Notaría Veintiséis de Medellín y No. 2234 del 5 de Diciembre de 2008 de la Notaria 14 del Circulo de Medellín, Nit 811.006.762-3, quien en adelante se denominará TELEMEDELLÍN, de una parte y ___________________ , identificado con Cédula de Ciudadanía No. ___________, quien actúa en nombre y representación de __________________________________ con NIT __________-__ de la otra parte que se llamará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de OBRA POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, previas las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. _________________________________________________- 2. _________________________________________________ 3. _________________________________________________

Page 125: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

125

CLAUSULAPRIMERA:OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO.- EL CONTRATISTA se obliga para con EL CONTRATANTE o su representante, a la “EJECUCIÓN, POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, DE LAS OBRAS PRELIMINARES, EXCAVACIÓN, SUBESTRUCTURA Y SUPERESTRUCTURA, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO TÉCNICO, ACABADOS, URBANISMO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PROYECTO SEDE DE TELEMEDELLÍN, LOCALIZADO EN EL LOTE UBICADO EN LA CARRERA 43 F Nº 14 - 46, DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN”, de acuerdo con los planos arquitectónicos, estudio de suelos, planos estructurales planos de instalaciones eléctricas, planos de instalaciones hidrosanitarias y demás estudios y diseños adelantados por las diseñadores, y a las especificaciones de construcción que defina EL CONTRATANTE. PARÁGRAFO ÚNICO: Dichos planos y especificaciones son complementarios entre sí, de tal manera que cualquier punto que figure en los planos, pero no en las especificaciones o que se halle en éstas pero no en aquellos, tendrá tanto valor como si se encontrase en ambos documentos. En caso de contradicción entre los planos y especificaciones regirán éstas. CLAUSULASEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA contrae por razón de este Contrato las siguientes obligaciones:

a. Ejercer la vigilancia técnica y administrativa de los trabajos objeto de este contrato con el fin de obtener la correcta realización de la obra de acuerdo con los planos y especificaciones y con las modificaciones acordadas por las partes que lleguen a hacer parte integral de este contrato.

b. Designar y mantener en la obra el personal técnico y administrativo con la suficiente idoneidad y autoridad para representarlo y actuar en su nombre. No obstante, EL CONTRATANTE tendrá derecho a retirar el personal que no considere conveniente en la obra.

c. Adquirir todos los materiales, elementos y equipos que sean indispensables para la obra, previa aprobación del INTERVENTOR. Este se reserva el derecho de adquirir directamente los bienes y servicios requeridos para llevar a cabo la obra. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a trasladar la totalidad de los mejores precios, descuentos y garantías de calidad que obtenga en la adquisición de bienes o servicios para la realización de la presente obra.

d. Atender con los fondos que EL CONTRATANTE le suministre, el pago de sueldos, salarios, prestaciones sociales y demás obligaciones que le impone el Código Sustantivo del Trabajo, a los profesionales, empleados y obreros que se empleen en la Obra, velando por cumplir con todas las normas de seguridad industrial que un buen hombre de negocios, de manera diligente y prudente, habría empleado para casos similares.

e. Las partes dejan expresa constancia de que este personal no tiene relación jurídica directa con EL CONTRATANTE y que en consecuencia EL CONTRATISTA estará obligado a atender todas las anteriores obligaciones.

f. Celebrar por cuenta del CONTRATANTE todos los subcontratos a que hubiere lugar, previa aprobación del Interventor, de acuerdo con el programa general y de actividades de la obra. Para el cumplimiento de esta obligación, EL CONTRATISTA deberá crear un formato de solicitud de cotizaciones para cada caso particular.

g. Llevar en forma clara, correcta y precisa las cuentas de la obra y suministrar semanalmente al CONTRATANTE o a su representante una relación de los gastos

Page 126: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

126

en que ha incurrido el proyecto, acompañado de todos los comprobantes que justifiquen los gastos que se realicen.

h. Responder por la calidad en la ejecución de la obra al tenor de lo dispuesto por la ley y este contrato.

i. Atender las indicaciones que haga EL CONTRATANTE por medio de sus representantes.

j. Informar o efectuar a nombre del CONTRATANTE todas las retenciones en la fuente, así como los demás impuestos que se requieran en los pagos o abonos en cuenta, según las normas vigentes sobre la materia.

k. Velar porque los subcontratistas que ejecuten labores directamente relacionadas con el objeto de este contrato, cumplan con las obligaciones laborales que la ley exige para con los obreros a su servicio.

l. Presentar al CONTRATANTE, previa aprobación de la INTERVENTORÍA, las cuentas de gastos efectuados mensualmente, acompañadas de las facturas y demás soportes. En caso de que se presenten glosas u observaciones, EL CONTRATISTA deberá contestarlas dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su recibo y corregir contablemente máximo a la segunda acta o relación.

m. Acordar con la INTERVENTORÍA los sistemas de medida para el control de pago a los Subcontratistas.

n. Presentar oportunamente al Interventor los pedidos, subcontratos y demás documentos necesarios para su aprobación.

o. Almacenar y conservar adecuadamente todos los materiales, herramientas y equipos que se adquieran y/o se tomen en arrendamiento con destino a la obra, nombrando para el efecto un almacenista. Igualmente, deberá suscribir una póliza de manejo acordada previamente con EL CONTRATANTE y el Interventor.

p. Someter a aprobación previa del Interventor los avalúos que se hagan para la venta de herramientas, materiales y demás elementos sobrantes de la construcción, así como una lista de los elementos que deban darse de baja por inservibles.

q. Negociar anticipadamente los materiales no utilizados en la obra y los sobrantes de almacén, tomando los valores consignados en el inventario de almacén.

r. Calificar, conjuntamente con la INTERVENTORÍA, los insumos depreciables al finalizar la obra en porcentajes del 25%, 40% y 65% sobre los valores del inventario de almacén.

s. Mantener la obra en buenas condiciones de aseo y manejar correctamente los desperdicios y escombros que produzca la construcción.

t. Prestar toda su colaboración para la mejor realización del conjunto de la obra, si en algún momento se encontrare personal de otros contratistas trabajando simultáneamente.

u. Suministrar al CONTRATISTA o al Interventor, cuando éstos lo soliciten, informes sobre cualquier aspecto de la obra.

v. Presentar para la aprobación del Interventor todo plan de trabajo que haya de efectuarse en horas extras o días festivos.

w. Realizar la coordinación técnica y administrativa de los contratos complementarios, de tal forma que se garantice la continuidad en el avance de las obras y el funcionamiento total de la edificación resultante.

Page 127: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

127

x. Avisar al CONTRATANTE con quince (15) de anticipación sobre la fecha de entrega definitiva de la obra, con el fin de que EL CONTRATANTE pueda hacer las observaciones que considere pertinentes.

y. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato. CLAUSULATERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. -A su vez EL CONTRATANTE se obliga a:

a. Suministrar oportunamente y responder por todos los planos y especificaciones completas de la obra, debidamente autorizadas por la autoridad correspondiente, como: Estudio de suelos, diseños, cálculos estructurales, y demás planos relacionados en la cláusula Primera.

b. Hacer entrega material del lote y predios en condiciones que permitan dar inicio a la obra sin inconvenientes.

c. Cubrir oportunamente el Fondo Rotatorio previsto en este contrato. d. Pagar oportunamente al CONTRATISTA el valor correspondiente a honorarios de

acuerdo a las cláusulas de este contrato. e. Tramitar ante las entidades correspondientes la legalización de servicios

definitivos, licencia definitiva de construcción, avalúos catastrales, permisos de ventas, derechos de conexión, y demás licencias y permisos necesarios para la correcta ejecución del proyecto.

f. Reembolsar al CONTRATISTA los costos derivados de las primas de las pólizas de seguros, y demás gastos necesarios para la legalización del presente contrato, En la parte y monto que le corresponda

g. Asumir los costos de indemnizaciones, reclamos, demandas, sentencias y laudos, del personal, de subcontratistas de servicios, de proveedores, etc., derivados de las actividades objeto de este contrato, cuando no se hayan acordado la correspondiente apropiación para cubrir estos riesgos, y siempre y cuando dichos conceptos no sean imputables a culpa del contratista o subcontratista.

h. Reembolsar al CONTRATISTA los gastos de materiales, herramientas y equipos, mano de obra, que se causen por las labores correspondientes a la atención post-construcción y que se deban a causas no imputables al CONTRATISTA.

CLAUSULACUARTA: DESARROLLO DE LA OBRA. - 1. PROGRAMACIÓN DE LA OBRA: EL CONTRATISTA, deberá ceñirse al programa de la obra que apruebe para tal fin y con base en tal programa, dispondrá los recursos necesarios para ejecutar en forma efectiva las diversas actividades de la obra. 2. PRESUPUESTO: EL CONTRATISTA deberá ceñirse al presupuesto de la obra que apruebe para tal fin. Las variaciones en las cantidades de obra, especificaciones, precio en los insumos, plazos, etc., serán tenidas en cuenta para evaluar su incidencia en el presupuesto básico. 3. PLAN DE INVERSIÓN: ELCONTRATISTA someterá a la aprobación del CONTRATANTE el correspondiente plan de inversión para la obra, asociado al programa de obra adoptado. 4. CONTROL DE COSTOS Y PROGRAMACIÓN: Estos servicios correrán por cuenta del CONTRATANTE, 5. COMITÉS DE OBRA: Se efectuarán periódicamente en la obra reuniones a las cuales deberán asistir además del CONTRATISTA, El Interventor, EL CONTRATANTE, y la persona o personas que EL CONTRATANTE mismo desee que asistan, durante las cuales se acordarán entre las partes los aspectos de la obra que deban ser resueltos para desarrollar el contrato. 6. INICIACIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA: ELCONTRATISTA iniciará las labores objeto de este contrato dentro de los diez (10) días calendario

Page 128: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

128

siguientes a la legalización del mismo, creación del fondo rotatorio, constitución de las garantías contractuales, recibo de la licencia de construcción y en general, una vez cumplidos los demás requisitos reglamentarios y los previstos en la propuesta misma que forma parte de este contrato. Para la iniciación de las obras deberá suscribirse la correspondiente acta. Las obras objeto de este contrato deberán ser entregadas a satisfacción del CONTRATANTE y con el visto bueno del Interventor en el plazo señalado en el presente contrato, contados a partir de la suscripción del acta de iniciación. La entrega se efectuará mediante acta que suscribirán las partes para este efecto, en la fecha en que se lleve a cabo dicha entrega. 7. ORDENES DE OBRA: Para el mejor desarrollo de la obra, se estipula que ni EL CONTRATANTE ni el Interventor impartirán órdenes directas al personal de la obra. Cualquiera recomendación u observación la dará al CONTRATISTA o su representante por escrito. 8. AMPLIACIÓN DEL PLAZO: El plazo para la entrega de la obra podrá ampliarse cuando a solicitud debidamente sustentada del CONTRATISTA se demuestren circunstancias que ameriten tal ampliación, siempre y cuando la misma no sea por causas imputables al contratista o subcontratistas. 9. ADJUDICACIÓN DE SUBCONTRATOS: ELCONTRATISTA preparará las bases de solicitud de cotizaciones para los subcontratos y hará la adjudicación respectiva, previa aprobación del EL CONTRATANTE o su representante o del Comité de Obra cuando a ello diera lugar. 10. AVISO DE ENTREGA.ELCONTRATISTA avisará al EL CONTRATANTE e Interventor con una anticipación de quince (15) días calendario a la fecha en que se entregará la obra debidamente concluida, con el fin de que se le vayan formulando las observaciones a que hubiere lugar y procediere a las reparaciones del caso oportunamente CLAUSULA QUINTA: VALOR DEL CONTRATO.- El valor del contrato corresponde a los honorarios que recibirá el CONTRATISTA por la ejecución del proyecto, por un valor de _________________________ ($______________) sobre el costo estimado de la Obra de trece mil cuatrocientos veinticuatro millones cuatrocientos noventa mil diecinueve pesos ($13.424.490.019), que corresponden al ______ (PORCENTAJE DE HONORARIOS, EN LETRAS) por ciento (___%) (PORCENTAJE DE HONORARIOS, EN CIFRA), al IVA sobre los honorarios que ascienden a _____- ($xxx), los gastos reembolsables que corresponde a la suma de --------- ($xxx) y la contribución especial por un valor del cinco (5%) del valor total del contrato, que ascienden a _____ ($xxx). PARÁGRAFO 1º - VALOR DE LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL. El valor de la apropiación presupuestal corresponde al valor total del proyecto, incluido honorarios del CONTRATISTA, costos de la construcción y gastos reembolsables, incluido los impuestos tasas y contribuciones propios de la obra y todos los demás gastos relacionados con la misma y que estén a cargo de TELEMEDELLÍN como entidad pública contratante. PARÁGRAFO 2º – PAGO DE LOS HONORARIOS: EL CONTRATISTA elaborará y presentará la factura de cobro al CONTRATANTE para su aprobación dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes. EL CONTRATANTE contará con un período de cinco (5) días para revisarla, término que una vez vencido sin que la hubiere observado, se entenderá que fue aprobada. En caso de observación o glosa debidamente sustentada por escrito, se pagarán las sumas no disputadas dentro del plazo establecido por la tesorería de TELEMEDELLÍN para el pago de proveedores, el cual no será superior a treinta (30) días calendario contados desde el recibo de la factura en la tesorería, previa aceptación por parte del Interventoría del contrato y de la coordinación que para el efecto disponga TELEMEDELLÍN; los asuntos pendientes por aprobación serán analizados por

Page 129: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

129

el CONTRATISTA, INTERVENTORÍA y CONTRATANTE en lo relativo a las observaciones contenidas en las glosas, las cuales deberán subsanarse en un nuevo plazo de cinco (5) días hábiles. CLAUSULA SEXTA: FONDO ROTATORIO Y MANEJO DE LOS FONDOS DESTINADOS A LA CONSTRUCCION.-EL CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA en calidad de Fondo Rotatorio la suma de quinientos millones ($500.000.000) para atender los gastos pertinentes a la obra. Este Fondo será renovado por EL CONTRATANTE periódicamente o cuando las circunstancias de la obra lo requieran de acuerdo a los egresos necesarios para la ejecución de la obra y su cuantía variará con el tiempo, consultando los requerimientos del proyecto según las actividades que se estén ejecutando. Si el Fondo Rotatorio fuese copado antes de tiempo, o si por razón de economía, EL CONTRATISTA quiere hacer adquisiciones para la obra que beneficien al CONTRATANTE, aquel, previo concepto favorable del representante del CONTRATANTE, podrá cubrir la suma gastada y suministrará la requerida para tales adquisiciones. Los descuentos que se obtengan por tales transacciones serán a favor del CONTRATANTE.EL CONTRATISTA justificará mediante actas de reembolso MENSUAL, de acuerdo con el manejo administrativo de la obra, las cuales irán debidamente detalladas y discriminadas con las plantillas y facturas relacionadas con los gastos efectuados para la buena marcha y ejecución del encargo, los que comprenderán: a) Los gastos de materiales y mano de obra que se causen durante el desarrollo del proyecto y la atención post-construcción. b) Los sueldos y salarios incluyendo prestaciones sociales, indemnizaciones y demás cargas laborales, del personal vinculado directamente con EL CONTRATISTA y asignado exclusivamente para la obra. c) Los pagos hechos a subcontratistas. d) El valor de la papelería, cajas menores, etc. e) Los gastos de legalización del contrato y las garantías que se constituyan a favor del CONTRATANTE. f) Todos los demás gastos necesarios para el manejo administrativo y técnico del proyecto. La no cancelación oportuna por parte del CONTRATANTE de cualquiera de las sumas causadas por concepto de honorarios o gastos reembolsables, pondrá en capacidad al CONTRATISTA de disminuir el ritmo de las obras o aún, suspenderlas totalmente, sin perjuicio de obtener las ampliaciones del plazo correspondiente, el cobro de intereses moratorios y cualquier otra indemnización a que hubiere lugar. Se anexará a dicha acta, cuenta de cobro y/o factura por concepto de honorarios a favor del CONTRATISTA en la cual se relacionará el porcentaje de honorario pactado, el valor del acta base y el valor resultante, de honorarios. PARAGRAFO: Ningún pago parcial ejecutado por EL CONTRATANTE se considerará como aprobación definitiva del trabajo efectuado o del material suministrado. CLAUSULA SEPTIMA: PLAZO. El plazo para la construcción de las obras objeto de la presente Licitación se fija en QUINCE (15), contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de legalización del contrato, y UN (1) más, para la liquidación del contrato. CLAUSULA OCTAVA: GARANTÍAS.- Para garantizar las obligaciones derivadas de la suscripción del presente contrato, EL CONTRATISTA se compromete a constituir, a favor y por cuenta del CONTRATANTE, las garantías bancarias o de Compañías de Seguros legalmente constituidas que a continuación se expresan: BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DE LOS AVANCES AL FONDO ROTATORIO: por el equivalente al ciento por ciento (100%) de la suma entregada al

Page 130: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

130

fondo, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más, por cada entrega del fondo el CONTRATISTA deberá actualizar los amparos constituidos. CUMPLIMIENTO: por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de lo honorarios, y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más. En aquel caso en que el ADMINISTRADOR DELEGADO, subcontrate la totalidad o parte de la obra, a cada uno de los subcontratista deberá exigírsele la constitución de esta garantía, por el porcentaje y vigencia proporcional al valor y plazo de los subcontratos y deberá constituirse a favor de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN-, por el contrario, si la obra es ejecutada directamente por el ADMINISTRADOR DELEGADO será este quien constituya la póliza, por el valor total del proyecto. PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, E INDEMNIZACIONES: por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del valor de los honorarios, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. En aquel caso en que el ADMINISTRADOR DELEGADO, subcontrate la totalidad o parte de la obra, a cada uno de los subcontratista deberá exigírsele la constitución de esta garantía, por el porcentaje y vigencia proporcional al valor y plazo de los subcontratos y deberá constituirse a favor de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN por el contrario, si la obra es ejecutada directamente por el ADMINISTRADOR DELEGADO será este quien constituya la póliza, por el valor total del proyecto. ESTABILIDAD DE LAS OBRAS: en una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la obra ejecutada, con una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los trabajos por parte de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN -. En aquel caso en que el ADMINISTRADOR DELEGADO, subcontrate la totalidad o parte de la obra, esta póliza la deberá constituir el subcontratista a favor de LA ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN - TELEMEDELLÍN por el contrario, si la obra es ejecutada directamente por el ADMINISTRADOR DELEGADO será este quien constituya la póliza. TODO RIESGO EN CONSTRUCCIÓN: El contratista (ADMINISTRADOR DELEGADO) tomará por cuenta del contratante una GARANTÍA DE TODO RIESGO EN CONSTRUCCIÓN para amparar las pérdidas o daños accidentales, súbitos e imprevistos que se deriven de cualquier causa, por el ciento por ciento (100%) del valor total de la inversión del proyecto, la cual incluirá un anexo que ampare la responsabilidad Civil extracontractual derivada de la ejecución del proyecto. La vigencia de esta póliza será igual al plazo estimado para la ejecución de la obra y seis (6) meses más. Para la póliza a que se refiere este numeral el tomador será el contratista y/o subcontratistas y el beneficiario será TELEMEDELLÍN. CLAUSULA NOVENA: CESIÓN DEL CONTRATO.-EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte el presente Contrato a ninguna persona natural o jurídica sin previo consentimiento del CONTRATANTE, sin perjuicio de los subcontratos que pueda suscribir para la adecuada ejecución de las obras objeto del presente contrato. EL CONTRATISTA podrá contratar con terceros la ejecución de determinadas obras, instalaciones o servicios que no sean propios de la especialidad de su firma, de lo cual informará previamente al CONTRATANTE o su representante, atendiendo sus observaciones. CLAUSULA DÉCIMA: SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- Las partes podrán suspender o terminar el contrato por caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso

Page 131: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

131

ELCONTRATISTA tendrá derecho a que se liquiden y paguen los honorarios correspondientes a los trabajos ejecutados conforme al contrato, hasta el momento de la suspensión o terminación. Cuando las causas de suspensión o terminación no obedezcan a fuerza mayor o caso fortuito, EL CONTRATANTE deberá avisar con 8 días de anticipación al CONTRATISTA y este último tendrá derecho a las indemnizaciones correspondientes, así como a los honorarios causados por los trabajos ejecutados hasta ese momento. En ambos casos EL CONTRATANTE está obligado a pagar, previa aprobación, todas las sumas a cargo del CONTRATISTA y a favor de terceros, como resultado de subcontratos, compras o gastos de acuerdo a este contrato. En tal virtud CONTRATISTA y EL CONTRATANTE suscribirán un acta en la que indiquen los trabajos ejecutados, en su cantidad y el material entregado. En caso de suspensión se entiende que no habrá terminación del contrato y que éste entrará en liquidación, pudiendo ser reiniciado cuando se modifiquen las causas que obligaron a las partes a tomar tal decisión. CLAUSULA DECIMA PRIMERA: MODIFICACIONES. Cualquier estipulación adicional o posterior a la firma del presente contrato, deberá ser objeto de un Otrosí que deberán suscribir ambos intervinientes. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: GASTOS DE LEGALIZACION. Los gastos que implique la legalización de este contrato serán a cargo de EL CONTRATANTE. CLAUSULA DECIMA TERCERA:DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Los siguientes son los documentos del contrato y a él se consideran incorporados. Diseños, planos y estudios técnicos y arquitectónicos, Pliegos de condiciones y especificaciones, incluyendo las adendas. La propuesta del CONTRATISTA, incluyendo todos los documentos presentados con la misma, las garantías constituidas. Los convenios adicionales que sean suscritos entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA en desarrollo del contrato, los cuales deberán constar por escrito y con firma de los representantes legales de las dos partes. Informes de ejecución, avances en la programación y control presupuestal. Actas de obra y toda la correspondencia que se derive de la ejecución del contrato. Las disponibilidades y compromisos presupuestales. CLAUSULA DECIMA CUARTA–CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE MULTA: En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA en el presente Contrato, se aplicará el procedimiento de multa previsto en el numeral ___ del pliego de condiciones de la Licitación Pública 04 de 2014. CLÁUSULA DECIMA CUARTA - CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores LA CONTRATANTE, podrá imponer a EL CONTRATISTA en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento, como pena una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva, se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a LA CONTRATANTE. Ello de conformidad con el numeral ____ del pliego de condiciones de la Licitación Pública 04 de 2014. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA - NATURALEZA JURÍDICA DEL PRESENTE CONTRATO: El presente Contrato es un Contrato de Obra por el sistema de

Page 132: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

132

administración delegada, de conformidad con la prescripción del numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, y el Decreto 2090 de 1989. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad y/o incompatibilidad consagradas en la Constitución y la Legislación colombiana. La contravención a lo anterior, dará lugar a las sanciones de ley. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Los gastos que demande la legalización del presente contrato, correrán a cargo de EL CONTRATISTA y los que implique para TELEMEDELLÍN el cumplimiento del mismo se hace con cargo al Artículo Presupuestal No. ____ Disponibilidad Presupuestal No. ____ de ________ de 2014 y Compromiso Presupuestal ____ de ________________ de 2014, que hace parte de los anexos de este contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA - CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: En el presente Contrato se incluyen las cláusulas excepcionales consagradas la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA NOVENA - LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación del contrato será de común acuerdo entre el Contratista y TELEMEDELLÍN, procedimiento que se hará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del contrato. Dentro de este plazo el Contratista y TELEMEDELLÍN acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos y transacciones a que llegaren el Contratista y TELEMEDELLÍN para poner fin a las divergencias presentadas. Para la liquidación se exigirá al Contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la Garantía Única del contrato a la calidad del servicio, al pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones, y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o unilateralmente, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 136 del C. C. A. EL CONTRATISTA tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. CLÁUSULA VIGÉSIMA - PUBLICACIÓN: El presente contrato deberá publicarse en el SECOP. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA - DIRECCIONES PARA NOTIFICACIONES La dirección del CONTRATISTA para efectos de notificaciones es la siguiente: Dirección: __________________ Teléfono: __________________ Fax. __________________

Page 133: ASOCIACIÓN CANAL LOCAL DE TELEVISIÓN DE MEDELLÍN ... › wp-content › uploads › 2016 › 06 › ... · capÍtulo ii aspectos generales 2.1. objeto “ejecuciÓn, por el sistema

133

e-mail __________________ La dirección del CONTRATANTE para efectos de notificaciones es la siguiente: Dirección: Carrera 64 C Nº 72-64 Teléfono: 4489590 Fax. __________________ e-mail [email protected] Las partes deberán informar por escrito a la otra, sobre cualquier cambio de domicilio con la debida anticipación. Cualquier comunicación entre las partes se dirigirá al respectivo representante legal y será entregada personalmente en sus oficinas, las comunicaciones dirigidas a TELEMEDELLÍN serán radicadas en el archivo de la entidad. CLAUSULAVIGÉSIMA SEGUNDA - FIRMAS: Este documento ha sido discutido libremente por EL CONTRATISTA y por EL CONTRATANTE aprobando todas las estipulaciones en él contenidas. Para constancia se expide en la ciudad de Medellín, el ____ (____) de ____________ de ________ (____). WALDIR ALBEIRO OCHOA GUZMÁN _______________________ Gerente Contratista