asistencia, atenciÓn, reparaciÓn integral y...

60
ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS TERRITORIALES A LAS VÍCTIMAS PERTENECIENTES A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Septiembre de 2014

Upload: phungduong

Post on 16-Feb-2018

216 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS

TERRITORIALES A LAS VÍCTIMAS PERTENECIENTES A LOS PUEBLOS Y

COMUNIDADES INDÍGENAS

Septiembre de 2014

Page 2: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas
Page 3: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

Dario SotoDirector Adjunto

Fundación Trust for The Americas

Silvina AcostaDirectora de la Iniciativa de

Democracia y Gobernabilidad Fundación Trust for The Americas

Sandra Susana TrujilloAutora

Lucía GarcíaEditora

Gerente MSD Colombia Ltda.

Diego Andrés García [email protected]

Diseño y Diagramación

ImpresiónEditorial Gente Nueva

ISBN 978-958-57483-4-7

2014

Esta publicación fue financiada por la Fundación Trust for The Americas de la Organización de Estados Americanos, en el marco del proyecto de Fortalecimiento a la Garantia de Derechos de las Víctimas de Conflicto Armado. Las opiniones aquí expresadas no comprometen a Trust for The Americas

Page 4: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

v

Page 5: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

5

1. Introducción...................................................................................................................72. Situación de riesgo y vulneración de los derechos de los pueblos indígenas en Colombia.........................................................................83. Objetivo general..........................................................................................................104. Marco normativo y conceptual que compete a los pueblos y comunidades indígenas en Colombia...............................................105. Participación de las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas...........................................................................................22 Respeto a la cosmovisión indígena.............................................................................22 Instancias y mecanismos de participación..................................................................22 Mesas de víctimas.......................................................................................................22 Comités territoriales de justicia transicional................................................................22 Mesa Permanente de Concertación............................................................................236. Estructura institucional para la atención y restitución integral a las víctimas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas..............24 Estructura organizativa para la implementación de la Ley - Decreto 1433 de 2011..............................................................................24 Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas SINARIV..........24 Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas.................................25 Comités Territoriales de Justicia Transicional.............................................................25 Unidad para la Atención y Reparación Integral al las Víctimas..................................26 Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas...........................267. El significado de la reparación para los pueblos y comunidades indígenas...............28 Tipos y categorias de daño.........................................................................................28 Reparación integral.....................................................................................................328. Asistencia, atención y ayuda humanitaria para las poblaciones indígenas................359. Declaración e inscripción en el Registro Único de Víctimas.......................................4110. Medidas colectivas de protección a pueblos y comunidades indígenas.....................4311. Medidas de reparación integral colectivas..................................................................46 Procedimiento para la restitución de tierras................................................................47 Restitución de territorios desde el proceso judicial.....................................................48 Restitución administrativa...........................................................................................4912. Medidas de protección individual................................................................................50 Medidas de protección especial..................................................................................5113. Referentes bibliográficos.............................................................................................52 14. Recomendaciones.......................................................................................................54

Bibliografía.............................................................................................................................56Siglas.....................................................................................................................................58

Contenido

v

Page 6: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

6

Page 7: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

7

El presente documento tiene como objetivo servir como herramienta para la interpretación y aplicación de los lineamientos que establece el Decreto - Ley 4633 de 2011 y la Ley 1448 de 2011 que definen los procedimientos, alcance, competencias institucionales,

criterios metodológicos y enfoques para la asistencia, atención, reparación integral y restitución de los derechos de las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas en Colombia.

Se espera que este instrumento facilite a los funcionarios públicos la comprensión y puesta en marcha de la norma y, al mismo tiempo, sirva de orientación a las comunidades indígenas para acceder a los procesos y procedimientos que establece la Ley.

Esta propuesta toma como fundamento la Constitución Política, la Ley de Origen, la Ley Natural, el Derecho mayor o el Derecho Propio, tomando en consideración los instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, las leyes, la jurisprudencia y los principios internacionales a la verdad, de justicia, reparación y garantías de no repetición.

Management Sciences for Development diseñó este documento en el marco del proyecto de atención a las víctimas del conflicto armado auspiciado por la FundaciónTrust for the Américas.

1. Introducción

Page 8: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

8

2. SITUACIÓN DE RIESGO Y VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN COLOMBIA

El Auto 004 de 2009, de la Corte Constitucional hace referencia a los factores propios del conflicto armado que operan como causas de la eliminación, el desplazamiento y la desintegración de los pueblos indígenas.

Estos factores se agrupan en tres categorías principales:

(i) Las confrontaciones que se desenvuelven en territorios indígenas entre los actores armados, sin involucrar activamente a las comunidades indígenas y sus miembros, pero que las afectan en forma directa y manifiesta.

(ii) Los procesos bélicos que involucran activamente a los pueblos y comunidades indígenas, y a sus miembros individuales, en el conflicto armado.

(iii) Los procesos territoriales y socioeco-nómicos conexos al conflicto armado interno, que afectan los territorios tra-dicionales y la cultura de los pueblos indígenas.

El Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, en su informe de 2012, reporta algunas cifras que evidencian la situación de victimización de los pueblos indígenas y cuyas causas corresponden a los factores enunciados en el Auto 004 de 2009.

Page 9: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

9

Algunas de estas cifras son:

• Los indígenas en Colombia representan el 2,7% del total de la población colombiana y el 3,4% de los desplazados internos.

• Desde 1997 hasta 2011 se han desplazado un total de 106.562 indígenas. Sólo en el 2011 se desplazaron 4.080.

• Según la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC existen 102 pueblos indígenas en riesgo de desaparecer y 32 pueblos generan especial preocupación al contar con menos de 500 personas.

• Existen 35 pueblos indígenas en riesgo de extinción física y cultural.

• Los pueblos indígenas en Colombia fueron víctimas de alrededor de 70 homicidios hasta el mes de septiembre de 2011.

• El Consejo Regional Indígena del Cauca en el Informe de situación de Derechos Humanos 2012-2013, menciona los siguientes hechos violatorios que se presentan respecto a las comunidades indígenas: homicidios, judicialización ilegal, ocupación de sitios sagrados, masacres, cultivos de uso ilícito, estigmatización, minería y concesiones, reclutamiento forzado, bombardeos, militarización, ataques, confinamiento, control de alimentos y violación del derecho a la consulta previa (CRIC, 2013).

Page 10: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

10

4. MARCO NORMATIVO Y CONCEPTUAL QUE COMPETE A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS EN COLOMBIA

Las principales normas que sirven de marco de referencia respecto a las obligaciones del estado en materia de respeto y garantía de los derechos de los púeblos indígenas son1:

1En el documento “Protocolo de orientación y asesoría para las víctimas de violaciones de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario pertenecientes a pueblos indígenas” elaborado por la Defensoría del Pueblo en el año 2011; y DANE Documento Compendio de normatividad de los resguardos indígenas en Colombia en relación con la información estadística.

3. OBJETIVO GENERAL

El presente documento tiene como objetivo brindar herramientas conceptuales y jurídicas partiendo del marco legal del Decreto Ley 4633 de 2011, para la asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a comunidades y pueblos indígenas, que faciliten la operativización del mismo por parte de las entidades territoriales, así como su conocimiento por parte de las organizaciones indígenas.

Convenio OIT N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales

El Convenio número 169 de la OIT es un instrumento jurídico internacional vinculante que se encuentra abierto para su ratificación y que trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas y tribales.

Convenio Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

Establece el Convenio Constitutivo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, ratificado por la Ley 145 de 1994.

Page 11: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

11

Constitución Política de Colombia de 1991

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 10

Artículo 63

Protección a la diversidad étnica y cultural.

Protección a cargo del Estado de las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus territorios.

Inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de las tierras comunales de los grupos étnicos, los resguardos y el patrimonio arqueológico de la Nación.

Artículo 70

La cultura como fundamento de la nacionalidad y el reconocimiento que hace el Estado de la igualdad y la dignidad de todas las culturas que conviven en el país.

Protección al patrimonio arqueológico y cultural de la Nación.

Artículo 72

Artículo 171 Y 176Circunscripción especial para garantizar la participación de los indígenas en el Senado (art. 171) y la Cámara de Representantes (art. 176).

Artículo 246 Reconocimiento de la Jurisdicción Especial Indígena.

Artículo 286 y 287Los territorios indígenas se consideran entidad territorial y gozan de autonomía para la gestión de sus intereses.

Page 12: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

12

Artículo 329

Artículo 330

Artículo 357

La conformación de entidades territoriales debe hacerse con participación de las comunidades indígenas. Propiedad colectiva de los resguardos.

Participación en los ingresos corrientes de la Nación.

Gobierno de los territorios indígenas.

Ley 24 de 1992 Artículo 9 Numeral 20

Establece como función a cargo de la Defensoría del Pueblo velar por los derechos de las minorías étnicas.

Esta resolución brinda reconocimiento a las “Culturas Médicas Tradicionales”, que las define como: “... el conjunto de conocimientos, creencias, valores, actitudes y comportamientos que se acostumbran ancestralmente en nuestras comunidades, para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la explicación de las enfermedades”.

Resolución 005078 de 1992 Ministerio de Salud

Artículo 9Garantiza la representación de las comunidades indígenas en el Consejo Superior de Adecuación de Tierras.

Los indígenas están exentos de prestar el servicio militar siempre que residan en su territorio y conserven su integridad cultural, social y económica.

Garantiza la representación de las comunidades indígenas en el Consejo Nacional Ambiental.

Ley 48 de 1993 Artículo 27 Literal B

Ley 99 de 1993Artículo 13

Page 13: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

13

Artículo 76

Establece que la explotación de los recursos naturales debe hacerse respetando la integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas y exige la consulta con ellas para decisiones sobre esos asuntos.

Garantiza la ampliación de la cobertura en salud para los indígenas.Ley 100 de 1993

Diversos artículos

Reglamenta los artículos 55 a 63 de la Ley 115 de 1993 en materia de etnoeducación.

Decreto 804 de 1995 Diversos artículos

Regula la creación de las asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas y define las funciones que pueden desempeñar.

Decreto 1088 de 1993 Diversos artículos

Establece la etnoeducación dirigida a grupos o comunidades étnicas para garantizar su integridad cultural, su lengua, sus tradiciones y sus usos y costumbres.

Ley 115 de 1993Artículos 55 a 63

Regula las normas fiscales aplicables a los territorios indígenas.

Garantiza la representación de las organizaciones indígenas nacionales en el Consejo Nacional de la Reforma Agraria y Desarrollo Rural.

Decreto 1809 de 1993

Ley 160 de 1994Artículo 5

Artículo 85

Establece como función del Instituto Colombiano de Reforma Agraria estudiar las necesidades de tierras de las comunidades indígenas, y dotarlas de las superficies indispensables para su adecuado asentamiento y desarrollo.

Page 14: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

14

Establece la obligación de la consulta previa cuando el Gobierno Nacional determine zonas de frontera, Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo o Zonas de Integración Fronteriza en territorios indígenas, de acuerdo a la Ley 21 de 1991.

Ley 191 de 1995 Artículo 5

Programa de apoyo y fortalecimiento étnico de los pueblos indígenas 1995 – 1998.

Documento CONPES 2773 de 1995

Establece a cargo del Ministerio del Interior la definición de políticas en materia indigenista; asegurar la participación de los pueblos indígenas en los procesos de delimitación y organización de sus territorios; y garantizar la protección de los resguardos indígenas como propiedad colectiva no enajenable; entre otras.

Ley 199 de 1995Artículo 5

Establece la dotación y titulación de tierras a las comunidades indígenas para la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los Resguardos Indígenas en el territorio nacional.

Decreto 2164 de 1995

Crea la Comisión de Derechos Humanos y el Programa Especial de Atención a los Pueblos Indígenas y establece su composición y funciones.

Decreto 1396 de 1996 Diversos artículos

Modifica parcialmente el Decreto 1809 de 1993, establece la obligación de certificar los datos de la población de los resguardos por parte del DANE, y establece el flujo de información entre el Ministerio del Interior, el Departamento Nacional de Planeación DNP, el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria INCORA, y el Ministerio de Hacienda.

Decreto 840 de 1995

Page 15: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

15

Establece que las autoridades de los territorios indígenas ejercen funciones jurisdiccionales dentro de su territorio y conforme a sus propias normas y procedimientos los cuales no pueden contrariar la Constitución y la Ley.

Garantiza a los grupos étnicos el acceso permanente al uso del espectro electromagnético y a los servicios públicos de telecomunicaciones y medios masivos de comunicación del Estado, así como la creación de sus propios medios de comunicación.

Ley 270 de 1996 Artículos 11 y 12

Ley 335 de 1996 Artículo 20

Crea la Comisión Nacional de Territorios Indígenas y la Mesa Permanente de Concertación con Pueblos y Organizaciones Indígenas, determina su estructura y funciones.

Decreto 1397 de 1996Diversos artículos

Garantiza a la juventud indígena la promoción e integración laboral y el desarrollo sociocultural de acuerdo a sus realidades étnicas y culturales.

Establece que el ordenamiento del territorio municipal y distrital deberá respetar las condiciones de diversidad étnica y cultural.

Ley 375 de 1997Artículo 8

Ley 388 de 1997 Artículo 6

Garantiza a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural.

Garantiza la participación de un representante de las organizaciones indígenas nacionales en el Consejo Nacional de Paz.

Ley 397 de 1997Diversos artículos

Ley 434 de 1998 Artículo 4

Reglamenta la consulta previa a las comunidades indígenas y afro descendientes para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio

Decreto 1320 de 1998 Diversos artículos

Page 16: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

16

Modifica el Código Penal creando tipos penales como el aprovechamiento ilícito de recursos biológicos y modificando el artículo 243 que tipifica la invasión de áreas de especial importancia ecológica, y el artículo 244 que tipifica la exploración o explotación ilícita de minerales o petróleo.

Ley 491 de 1999 Diversos artículos

Reestructura el Ministerio del Interior, crea la Dirección General de Asuntos Indígenas en reemplazo de la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas y establece la estructura y funciones de esta dirección, concediéndole autonomía financiera.

Decreto 2546 de 1999 Artículos 19, 20, 21, 24, 51, entre otros

Garantiza el respeto a las culturas médicas tradicionales de los grupos étnicos, estableciendo que “sólo podrán ser practicadas por quienes sean reconocidos en cada una de sus culturas de acuerdo a sus propios mecanismos de regulación social”. También establece que las personas que ejerzan estas culturas deberán ser certificadas y que el Gobierno reglamentará su vigilancia y control.

Ley 1164 de 2007 Artículo 20

Establece la organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación y crea al interior del organismo de control, la Delegada Preventiva en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos.

Reglamenta la participación de los Grupos Étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Colombia, para proteger su derecho a la salud.

Decreto 262 de 2000 Diversos artículos

Ley 691 de 2001 Diversos artículos

Page 17: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

17

Exige al estado medidas de protección de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos indígenas desplazados por el conflicto armado o en riesgo de desplazamiento forzado, en el marco de la superación del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004.

Auto 004 de 2009

Reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Ley 1438 de 2011 Artículos 3, 13, 15, 16, y 17

Define medidas de “Atención, Asistencia y Reparación Integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”.

Ley 1448 de 2011 Artículo 205

Dicta medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.

Decreto - Ley 4633 de 2011 Todos los artículos

Como se puede evidenciar desde 1991, se han sancionado diferentes instrumentos que tienen por objeto brindar un reconocimiento a los pueblos y comunidades indígenas en los ámbitos político, cultural y social, mejorar las condiciones de vida de los pueblos indígenas, brindarles la protección y garantía de sus derechos ancestrales y su cosmogonía, acceso a sus derechos fundamentales, y respeto y dignidad comprendida en su relación con el territorio y el medio ambiente.

En razón a estas consideraciones, el presente documento toma como referente el marco normativo existente en Colombia, relacionado con la reparación integral a los pueblos y comunidades indígenas víctimas del conflicto armado.

El Decreto Ley 4633 de 2011 contiene una ruta operativa de atención a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, desarrollando el contenido de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Este Decreto comprende once títulos que establecen

Page 18: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

18

La norma define una serie de aspectos conceptuales y procedimientos según las competencias institucionales considerando la forma de gobierno, la cultura, identidad, tradición, cosmogonía, ancestralidad y territorio de los pueblos y comunidades indígenas.

En este marco, cada acción institucional debe tener en cuenta, las definiciones centrales que orientan la asistencia, atención, reparación integral, y restitución de derechos territoriales.

El marco conceptual del Decreto-Ley 4633 de 2011 es el siguiente:

Definición de víctima

Se consideran víctimas a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos colectivos y a sus integrantes individualmente considerados, que hayan sufrido daños como consecuencia de violaciones graves y manifiestas de normas internacionales de derechos humanos, derechos fundamentales y colectivos, crímenes de lesa humanidad o infracciones al Derecho Internacional Humanitario, por hechos ocurridos a partir del primero de enero de 1985, y que guarden relación con factores subyacentes y vinculados al conflicto armado interno. (Artículo tercero)

Definición de asistencia y atención para las víctimas indígenas

Se entiende por asistencia y atención, el conjunto de medidas, programas de política pública y recursos financieros e institucionales, dirigidos a asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales y colectivos de las víctimas que tienen fundamento en la especial protección constitucional que adquieren las víctimas individuales y colectivas, por su condición de vulnerabilidad manifiesta y por su pertenencia a los pueblos indígenas. Estas poblaciones tendrán un acceso prioritario, preferente y diferencial de las víctimas de que trata el presente decreto. (Artículo 72)

Definición de restitución de derechos territoriales

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política, el Convenio 169 de la OIT adoptado a través de la Ley 21 de 1991 y la jurisprudencia sobre la materia, son susceptibles de los procesos de restitución, las tierras que se señalan a continuación, que no podrán ser

los principios, los criterios metodológicos, los enfoques de aplicación, las competencias institucionales, el alcance de la norma, las medidas de estabilización socioeconómica, y las instancias de asistencia, atención, coordinación y participación de las víctimas.

Page 19: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

19

objeto de titulación, adjudicación, compra o restitución en beneficio de personas ajenas a las comunidades indígenas. (Artículo 141)

• Los resguardos indígenas constituidos o ampliados.

• Las tierras sobre las cuales se adelantan procedimientos administrativos de titulación o ampliacion de resguardos indígenas.

• Las tierras de los resguardos de origen colonial y las tierras de ocupación ancestral e histórica que los pueblos y las comunidades indígenas ocupaban el 31 de diciembre de 1990.

• Las tierras comunales de grupos étnicos.

• Las tierras que deben ser objeto de titulación o ampliación de resguardos indígenas por decisión, en firme, judicial o administrativa nacional o internacional.

• Las tierras adquiridas por el INCORA o el INCODER en beneficio de comunidades indígenas de las que es titular el Fondo Nacional Agrario.

• Las tierras adquiridas a cualquier título con recursos propios por entidades públicas, privadas o con recursos de cooperación internacional en beneficio de comunidades indígenas que deben ser tituladas en calidad de constitución o ampliación de resguardos.

• El derecho de las víctimas de que trata el presente decreto a reclamar los territorios indígenas y a que estos les sea restituidos jurídica y materialmente, no se afecta por la posesión o explotación productiva actual de terceros o por la pérdida de los territorios, siempre y cuando se hayan producido por causa y con ocasión de la victimatización definida en el artículo tercero del presente decreto. Los plazos y procedimientos establecidos en este decreto no implican una renuncia a la reclamación y recuperación de los territorios por las demás vías y mecanismos legalmente establecidos.

Definición de reparación integral y restablecimiento del equilibrio y la armonía de los pueblos indígenas

El concepto de reparación integral para los pueblos indígenas, individual y colectivamente considerados, se entiende como el restablecimiento del equilibrio y la armonía de los pueblos, vulnerados históricamente en sus dimensiones material e inmaterial. De la dimensión

Page 20: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

20

inmaterial forman parte los fundamentos espirituales, culturales, ancestrales y cosmogónicos, entre otros. (Artículo quinto)

Aplicación del enfoque diferencial al interior de los pueblos indígenas

Las medidas que se establezcan para las personas reconocidas como de especial reconocimiento y protección, estarán dirigidas a fortalecer la unidad familiar y la integridad cultural y social de los pueblos indígenas (Artículo 47). Estos sujetos son:

• Los niños, niñas y jóvenes indígenas víctimas son prevalentes de conformidad con la Ley de Origen, Ley Natural, el Derecho Mayor, el Derecho Propio, la Constitución Política y las Normas de Derechos Humanos y dado el carácter inadmisible y apremiante de su situación, y su importancia para la permanencia y pervivencia física y cultural de los Pueblos Indígenas a que pertenecen. (Artículo 48)

• Las mujeres indígenas que hayan sufrido daños físicos, psicológicos, espirituales, sexuales y económicos. (Artículo 49)

• Los hombres y mujeres indígenas mayores, que hayan sufrido daño en su salud física, psicológica y espiritual, que ponen en riesgo las garantías de pervivencia física y cultural de los pueblos indígenas. (Artículo 50)

• Los indígenas víctimas del Minas Antipersonas y de municiones sin explorar (Artículo 52)

Sujetos de reparación colectiva

El artículo 151 de la ley 1448 de 2011, reconoce la existencia de tres tipos de sujetos colectivos susceptibles de ser reparados colectivamente: comunidades, grupos y organizaciones:

• Comunidad: conjunto social que comparte una identidad basada en prácticas, cultura, patrones de enseñanza, territorio o historia, con interés de generación de bienes indivisibles o públicos, que trabajan juntos por un mismo objetivo. Tal es el caso de veredas, cabeceras de corregimiento o municipios de arraigo claro y conocido por sus habitantes.

• Grupo: conjunto de personas determinado o determinable que se relacionan entre sí y tienen condiciones comunes o se encuentran en una situación común de la cual posteriormente se deriva un perjuicio para ellos. En estos casos se pueden verificar

Page 21: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

21

patrones sistemáticos de victimización contra sectores de la poblacón como jóvenes, población LGBTI, entre otros.

• Organización social o política: conjunto de personas vinculadas entre sí por su pertenencia formal a un colectivo conformado para perseguir un fin común, el cual cuenta con bienes, sistemas de regulación interna de funcionamiento solución de disputas y relevos, y una vida pública reconocida por sus integrantes. Tal es el caso de sindicatos, partidos políticos, organizaciónes de mujeres entre otros.

Eventos que configuran daño a los sujetos colectivos

La Ley 1448 de 2011 menciona que las infracciones al Derecho Internacional Humanitario o las violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, generan un alto nivel de impacto en las personas, organizaciones y comunidades. Esto se traduce en daños, deterioros y pérdidas en múltiples dimensiones (personales y colectivas), que afectan la condición emocional de los individuos, las dinámicas sociales, el tejido social e institucional de las comunidades, los elementos culturales, entre muchos otros aspectos, en algunos de los siguientes eventos:

• La violación grave y manifiesta de derechos individuales de los miembros de un colectivo: este tipo de violación se menciona en la Ley 1448 y en el Decreto 4633 de 2011, correspondiente a los pueblos indígenas, sin embargo, al estar incluído en el texto de la propia Ley se entiende que es posible verificar dicho evento también entre la población Rom y afrodescendiente.

• El impacto colectivo por la violación de derechos individuales: es reconocido tanto en la Ley 1448 de 2011 como en los Decretos 4633, 4634 y 435 de 2011, por lo que se entiende que se aplica a todos los sujetos colectivos.

• La violación de los derechos colectivos: es una categoría reconocida tanto en la Ley 1448 de 2011 como en los Decretos 4633, 4634 y 435 de 2011. En la Ley, sin embargo, no se hace una precisión respecto de los hechos que configuran la vulneración de estos derechos, mientras que en los Decretos se plantean formas especificas de violación de derechos colectivos.

Page 22: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

22

5. PARTICIPACIÓN DE LAS VÍCTIMAS PERTENECIENTES A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

Respeto a la Cosmovisión Indígena

El Decreto Ley 4633 de 2011, es muy claro en el respeto que se debe tener al aplicar la Ley por la cosmovisión indígena. De esta manera se pretende que mediante las medidas a implementar, se logre el restablecimiento del equilibrio tanto individual como colectivo.

El Decreto Ley, en sus artículos 5, 6, 9 y 11, enuncia los aspectos de la cosmogonía que deben ser tenidos en cuenta al momento de reparar los derechos vulnerados que tienen que ver con los fundamentos espirituales, culturales y ancestrales, la garantía de supervivencia física y cultural, el derecho, acceso y protección del territorio de los pueblos indígenas. El artículo 44, presenta lo que se entiende por manifestaciones integrales de la cosmovisión desde los aspectos espirituales, del territorio, la salud, la educación, el género, el gobierno, la producción, la cultura, entre otros.

Finalmente, el artículo 62, categoriza el territorio como patrimonio espiritual, toda vez que los lugares de culto, son considerados por los pueblos indígenas como sagrados o indispensables para el ejercicio de la espiritualidad individual y colectiva, recalcando la importancia de la protección de los lugares sagrados como parte fundamental del respeto a la cosmovisión indígena.

Instancias y mecanismos de participación

Mesas de víctimas

Se garantiza la participación oportuna y efectiva de las organizaciones de pueblos y comunidades indígenas, en los espacios de diseño, implementación, ejecución y evaluación de la política a nivel nacional, departamental, municipal y distrital. Para tal fin, las organizaciones, pueblos o comunidades indígenas, podrán elegir participar en las mesas de víctimas de que trata el artículo 193 de la Ley 1448 de 2011, en los diferentes niveles, de acuerdo con la convocatoria que se haga por parte del Ministerio Público.

Comités Territoriales de Justicia Transicional

En los Comités Territoriales de Justicia Transicional, definidos por el artículo 173 de la ley

Page 23: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

23

1448 de 2011, tiene asiento un delegado de los pueblos y comunidades indígenas del área de influencia del Comité Territorial, que promoverá la armonización de los programas de víctimas indígenas y no indígenas y participará en los procesos relacionados con la formulación del Plan Integral de Reparación a los Pueblos y Comunidades Indígenas (PIRPCI).

Mesa permanente de concertación

Para los pueblos indígenas no contactados, en contacto inicial o en aislamiento voluntario que hayan sufrido daños y afectaciones, las estrategias, mecanismos y medidas de atención integral, protección, reparación integral y restitución de derechos territoriales, se definen en la Mesa Permanente de Concertación con los pueblos y organizaciones indígenas reglamentada mediante Decreto 1397 de 1996.

Page 24: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

24

En lo que respecta a las medidas de atención integral, protección, reparación integral y restitución de derechos territoriales, el Decreto 4633 de 2011, que cobija a los pueblos y comunidades indígenas, determina competencias institucionales para la implementación de la Ley 1448 de 2011. Adicionalmente, se crean entidades como el Subcomité Técnico de Enfoque Diferencial dentro del Comité Ejecutivo de Atención y Reparación a las Víctimas.

Por lo anterior, la ruta para la atención a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas se enmarca en el marco del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas (SNARIV).

Estructura organizativa para la implementación de la Ley - Decreto 1433 de 2011

Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas SINARIV.

El sistema se concibe como un conjunto de instituciones para la atención y reparación a las víctimas, integrado por entidades públicas nacionales, territoriales y organizaciones públicas o privadas encargadas de formular o ejecutar los planes, los programas, los proyectos y las acciones tendientes a la atención y la reparación integral de las víctimas.

En el orden nacional el sistema esta conformado por:

Los Ministerios Nacionales, el Departamento Nacional de Planeación, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, la Fiscalia General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa, la Policía Nacional, el Servicio Nacional de Aprendizaje, el Instituto Colombiano de Crédito de Estudios Técnicos en el Exterior, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, el Archivo General de la Nación, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el Instituto Geográfico Agustin Codazzi y la Super Intendencia de Notariado y Registro.

6. ESTRUCTURA INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS PERTE- NECIENTES A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

Page 25: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

25

En el orden territorial, por:

1. Los Departamentos, Distritos y Municipios2. Las entidades descentralizadas funcionalmente o por competencias para la atención y reparación de las víctimas a que se refiere la Ley.3. Por la Mesa de Participación de Víctimas.

Para cumplir con su misión, el Sistema Nacional cuenta con dos instancias en el orden nacional y territorial como son el Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas y los Comités Territoriales de Justicia Transicional.

Comité Ejecutivo para la Atención y Reparacióna a las Víctimas

Este Comité cuenta con un Subcomité Técnico de Enfoque Diferencial, creado por el Decreto Ley 4633 de 2011, que tiene las siguienes responsabilidades:

• Hacer seguimiento a los planes de reparación integral, al Plan Nacional de Atención y Reparación, a las propuestas y actividades de los demás Subcomités Técnicos del Comité Ejecutivo, especialmente a los Planes Integrales de Reparaciones Colectivas para los Pueblos y Comunidades Indígenas - PIRCPICI. Artículo 173 - Decreto 4633.

• Gestionar los puntos de contacto y armonización entre las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral de Víctimas y la unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, con el fin de lograr la integralidad de las reparaciones a los pueblos indígenas y respetar la interdependencia de sus derechos.

Comités Territoriales de Justicia Transicional

Son los encargados de elaborar los planes de acción en el marco de los planes de desarrollo, para la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas, así como de coordinar las acciones con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas en los niveles departamental, distrital y municipal, articulando la oferta institucional para garantizar los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, y coordinar así las actividades en materia de inclusión social e inversión social para la población vulnerable.

Page 26: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

26

La conformación de los comités territoriales se encuentran bajo la responsabilidad de gobernadores y alcaldes distritales y municipales, quienes son las instancias que lideran la implementación de la Ley de Víctimas a nivel territorial.

El Sistema destaca la creación de dos unidades que se articulan en el proceso atención integral, protección, reparación integral y restitución de derechos territoriales, las cuales se identifican como:

Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas

El objeto de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, es coordinar y gestionar las actuaciones de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en lo que se refiere a la ejecución e implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación integral. Es la encargada de la administración, operación y funcionamiento del Registro Único de Víctimas (RUV), el cual incluye tanto a las víctimas individuales, como a los sujetos de reparación colectiva.

El Decreto Ley 4633 de 2011 crea dentro de esta Unidad, la Dirección Técnica de Grupos Étnicos, a su interior, una Coordinación de Pueblos y Comunidades Indígenas, que tiene las siguientes funciones:

• Aportar los insumos y recursos técnicos, económicos y humanos necesarios para el diseño, adopción, ejecución, evaluación y seguimiento de los Planes Integrales de Reparacion Colectiva para Pueblos y Comunidades Indígenas - PIRCPICI

• Adelantar, en coordinación con la Unidad de Gestión de Tierras y Territorios Abandonados de Pueblos y Comunidades Indígenas, y las autoridades indígenas, la caracterización integral de los pueblos y comunidades indígenas víctimas.

• Gestionar por medio del componente étnico del Registro Único de Víctimas, los datos referidos a las violaciones e infracciones de que trata el artículo 30 del Decreto 4633, cuya fuente de información serán principalmente las víctimas de pueblos y comunidades indígenas.

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas

En esta Unidad, el Decreto Ley 4633 de 2011 contempla la participación de dos delegados

Page 27: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

27

indígenas dentro del consejo directivo de la entidad. Igualmente, define la creación de una Dirección de Asuntos Étnicos y a su interior una Unidad Coordinadora de Restitución de Derechos Territoriales de los Pueblos y Comunidades Indígenas cuyas funciones son:

• Aportar los insumos necesarios para el diseño, adopción y evaluación de los PIRCPICI.

• Adelantar en coordinación con la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación, y en consulta con las autoridades indígenas la caracterización integral de los daños y afectaciones de que trata el artículo 103 Decreto 4633.

• Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Agricultura, los mecanismos y estrategias para la efectiva participación de las comunidades en el diseño de los planes, programas y proyectos de restitución.

• Apoyar la implementación de los mecanismos necesarios para la reconstrucción y fortalecimiento de comunitarios en los territorios que han sido debilitados.

Page 28: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

28

Perdida o amenaza a la vida y a la integridad física: las medidas de re-paración por violaciones a los derechos a la vida deben contribuir a que una familia y la comunidad se recuperen de la pérdida, a que se sancione a los responsables y se sepa la verdad de los hechos. Cuando las violaciones son contra la integridad física, las medidas de reparación deben buscar la recuperación de la salud.

Tipología de daños y su reparación.

7. EL SIGNIFICADO DE LA REPARACIÓN PARA LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

Para los pueblos indígenas la reparación es reconocida como el restablecimiento del equilibrio y la armonía. Las medidas de reparación, deben conducir a garantizar la permanencia física y la reproducción de los sistemas culturales de las comunidades y pueblos indígenas.

El sustento jurídico de este tipo de reparación se contempla en el artículo 5 del Decreto 4633 de 2011, entendiendo que dicho restablecimiento es “un proceso que incorpora un conjunto de medidas y acciones transformadoras, justas y adecuadas dirigidas a fortalecer la autodeterminación y las instituciones propias, garantizar el goce efectivo de los derechos territoriales y el restablecimiento de los mismos, en caso de que hayan sido vulnerados, e implementar medidas de indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Los derechos a la justicia y a la verdad hacen parte de la reparación integral de las víctimas”.

Por lo anterior, las medidas de reparación tienen como objetivo garantizar la pervivencia de los pueblos en condiciones dignas, seguras y autónomas, de acuerdo con la voluntad de los pueblos y comunidades indígenas.

Tipos y categorias de daño

Algunos de los daños que deben ser reparados para los pueblos y comunidades indígenas son:

Page 29: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

29

Perdida o disfrute del territorio como ámbito de vida cultural, social, económica y espiritual: Los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar del territorio que constituye su ámbito social, económico, cultural y espiritual. Este derecho no se limíta a los territorios titulados, sino que se expande a aquellos que los pueblos indígenas ocupan o usan de alguna manera. Las reparaciones deben contribuir a lograr la restitución territorial y restablecer el disfrute del territorio.

Daños ambientales: los daños ambientales, como la contaminación del agua y de los suelos, la deforestación, el ruido que ahuyenta los animales, el deterioro del paisaje, la disminución de la diversidad biológica y de los recursos naturales, pueden generar daños muy graves a los pueblos indígenas. Las reparaciones contribuyen a prevenir, mitigar o compensar los daños ambientales y enfrentar sus consecuencias.

Daños a la integridad cultural: los daños culturales pueden afectar elementos relacionados con la cosmovisión como la perdida o debilitamiento de la memoria cultural del pueblo, de su lengua, de las costumbres, de la medicina tradicional, de los saberes, y los ritos y las ceremonias. Las reparaciones conllevan a enfrentar situaciones de despojo cultural y fortalecer los elementos que han sido debilitados.

Daños a la integridad social y económica: las reparaciones deben contribuir a encontrar medidas para restablecer el disfrute de los derechos a la educación, salud, trabajo propio y vivienda.

Daños a la integridad política u organizativa: las violaciones a los derechos de los pueblos indígenas pueden tener un grave impacto en sus estructuras familiares y organizativas. En términos concretos, dichas violaciones a los derechos de los pueblos indígenas llevan al debilitamiento o a la división de los pueblos, de sus autoridades y de sus organizaciones, incluso de familias. Las reparaciones pueden contribuir a encontrar formas de restablecer la integridad política y organizativa de los pueblos indígenas.

Page 30: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

30

Daños a las esperanzas y espectativas hacia el futuro: los pueblos indígenas, considerados como un colectivo, tienen esperanzas con respecto a su futuro y al de las generaciones venideras. Algunos pueblos han plasmado estas expectativas en sus planes de vida escritos, otros no los han escrito, pero hacen parte de su ordenamiento ancestral o ley de origen. Las medidas de reparación pueden ayudar a recuperar la tranquilidad y seguridad del pueblo indígena y sus integrantes. Así mismo, logran ayudar a consolidar la autonomía através del fortalecimiento de las comunidades, las autoridades, las organizaciones y los sistemas propios de producción y de organización social y familiar.

Daños a los derechos a la consulta y consentimiento libre, previo e informado: cualquier medida que afecte a los pueblos indígenas debe ser consultada. Sobre todo en aquellos casos en que una medida o actividad amenace la pervivencia de los pueblos indígenas, debe obtenerse el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos afectados.

Enfoque diferencial. las medidas de reparación deben tener en cuenta las afectaciones a mujeres, niños, niñas y mayores para encontrar formas de atenderlos y prevenir futuros daños.

De conformidad con lo consagrado en el Decreto 4633 de 2011, los daños se pueden clasificar de la siguiente forma:

Comprenden las afectaciones físicas, materiales, psicológicas, espirituales y culturales así como la vulneración al lazo de la víctima con su comunidad, pueblo y territorio. (Artículo 41)

DAÑOS INDIVIDUALES

Categoría de los Daños a Comunidades y Pueblos Indígenas.

Page 31: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

31

Daños que vulneran el equilibrio, la armonía, la salud y la soberanía alimentaria de los pueblos indígenas a causa de hechos víctimizantes. (Artículo 45)

Daños que afectan la dimensión material e inmaterial, los derechos o bienes de las comunidades y pueblos indígenas, o cuando se vulneran sistemáticamente los derechos de los integrantes de un pueblo indígena por el hecho de su pertenencia a la comunidad. (Artículo 42)

Daño sufrido por una víctima individualmente considerada perteneciente a un pueblo o comunidad indígena, que pone en riesgo su estabilidad social, cultural, organizativa, política ancestral, o la capacidad de pertenencia cultural y pervivencia como pueblo. (Artículo 43)

• Consultas previas realizadas de manera inapropiada o su omisión cuando fueren necesarias de acuerdo con la ley.

• El ejercicio de prácticas vulneratorias como entrega de prebendas, cooptaciones o manipulaciones.

• Actos de irrespeto a la autoridad tradicional indígena por actores armados.

Daños que afectan los sistemas de pensamiento, organización y producción de comunidades y pueblos indígenas. (Artículo 44)

DAÑO AL TERRITORIO

DAÑOS COLECTIVOS

DAÑOS INDIVIDUAL

CON EFECTOS COLECTIVOS

DAÑO A LA AUTONOMÍA E INTEGRIDAD POLÍTICA Y

ORGANIZATIVA

DAÑOS CULTURALES

Elaboración de Cedecur & Foro, 2013

Page 32: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

32

Reparación integral

Para asistir, atender y reparar integralmente a las víctimas, se creó el Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, PNARIV siendo el marco general que traza los parámetros para las políticas públicas locales, según el CONPES 3726 de 2012.

El Plan esta conformado por cinco componentes y cuatro ejes transversales, que desarrollan el alcance, universo, ruta de acceso e implementación de las medida, las acciones específicas bajo el enfoque diferencial de niños, niñas y adolescentes, mujeres, grupos étnicos y discapacidad, teniendo en cuenta los artículos 13 y 182 de la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4633 de 2011.

Tipo de daño.

Presentación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, y Organización Regional Integral de Valle del Cauca.

Page 33: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

33

ASISTENCIA Y ATENCIÓNRestablecer los derechos de las víctimas y garantizar las condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica y política, a través de un conjunto integrado de medidas, programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal entre otros.Atención: Brindar información, orientación y acompañamiento jurídico y psicosocial, con el proposito de facilitar el ejercicio de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral.

VERDADAdoptar todas las medidas a su alcance para la protección y la garantía de los Derechos Humanos de todas las personas, grupos y comunidades sujetos a la jurisdicción nacional (prevención temprana); se eviten daños contra las personas que enfrentan especial situación de amenaza (prevención urgente); se tipifique como delito las violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al DIH, se investigue, juzgue y sancione a los responsables, y se establezcan mecanismos institucionales para evitar su repetición (garantias de no repetición)

REPARACIÓN INTEGRALContribuir a la reconstrucción del proyecto de vida y dignificación de las víctimas en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica.

JUSTICIAEsclarecer las violaciones, la identificación de los responsables y su respectiva sanción, garantizar los derechos de las víctimas dentro de los procesos judiciales, los mecanismos para garantizar el acceso a la justicia y los mecanismos de protección dentro de los procesos judiciales.

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓNAdoptar todas las medidas a su alcance para la protección y la garantía de los DDHH de todas las personas, grupos y comunidades sujetas a la jurisdicción nacional (prevención temprana); se eviten daños contra las personas que enfrentan especial situación de amenaza (prevención urgente); se tipifiquen como delitos las violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al DIH, se investigue, juzgue y sancione a los responsables, y se establezcan mecanismos institucionales para evitar su repetición (garantias de no repetición)

Los componentes del Plan Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas son:

Page 34: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

34

Estos componentes cuentan con los siguientes ejes transversales, que vinculan todas las medidas de atención, asistencia y reparación integral2:

2 Cedecur & Foro, 2013

21

34

Page 35: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

35

8. ASISTENCIA, ATENCIÓN Y AYUDA HUMANITARIA para LAS poblaciones indígenas

El Artículo 72 del Decreto Ley 4633, define la asistencia y atención para las víctimas indígenas como: “el conjunto de medidas, programas de política pública y recursos financieros e institucionales, dirigidos a asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales y colectivos de las víctimas, que tienen fundamento en la especial protección constitucional que adquieren las víctimas individuales y colectivas, por su condición de vulnerabilidad manifiesta y por su pertenencia a los pueblos indígenas”.

El Artículo 72 establece, igualmente, que se garantizará el acceso especial, prioritario, preferente y diferencial de las víctimas. Teniendo en cuenta que “deberá responder a las especiales necesidades de los pueblos indígenas, a la legislación humanitaria, a la jurisprudencia de la Corte Constitucional y al impacto desproporcionado que las violaciones producen en sus individuos y en su pervivencia como pueblos, con el objetivo de garantizar su tejido social, restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, brindarles condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica, cultural y política, de conformidad con la Ley de Origen, Ley Natural, el Derecho Mayor o Derecho Propio y el bloque de constitucionalidad”.

Los alcaldes como máxima autoridad de la rama ejecutva de los municipios, les corresponde expedir los programas territoriales de prevención, asistencia, protección y reparación integral a las víctimas, e incorporarlos en los planes de desarrollo territorial con sus asignaciones presupuestales (art. 174 Ley 1448).

El diseño de dichos planes se debe realizar respetando los protocolos de participación efectiva.

Los alcaldes, tienen que garantizar las medidas de protección inmediata y orientar a las víctimas sobre cómo acceder a las demás medidas en las fases de emergencia y transición como lo muestra el siguiente cuadro sobre la relación entre la asistencia, la atención y la ayuda humanitaria, con sus conceptos, sus alcances, responsables y componentes.

Page 36: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

36

Relación entre Asistencia, Atención y Ayuda Humanitaria.

COMPONENTE DEASISTENCIA Y ATENCIÓN

Medidas de asistencia

AT

EN

CIÖ

N

Atención y Ayuda Humanitaria

VíctimasDesplazamiento

Forzado VíctimasOtros Hechos

Atención Humanitaria

Inmediata(Alcaldía

municipal)

Emergencia(Unidad para las víctimas e ICBF)

Transicional(Unidad para las víctimas, ICBF y

Alcaldía municipal

AyudaHumanitaria

(Unidad para las víctimas)

AyudaHumanitariainmediata

(Alcaldía municipal

AyudaHumanitaria

Elaboración de Cedecur & Foro, 2013

Page 37: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

37

La asistencia y la atención a las víctimas tienen fines diferentes aunque hagan parte del mismo componente. La atención, es la acción de orientar e informar a las víctimas y esta se realiza en todo momento, mientras que la asistencia, busca restablecer los derechos de las víctimas, y se basa en una serie de medidas identificadas como prioritarias que deben ser desarrolladas por las alcaldías y que tienen por objetivo garantizar los derechos de las víctimas a la educación básica y media, la reunificación familiar, la identidad, el restablecimiento socioeconómico, la asistencia funeraria y la ayuda humanitaria.

Medidas de asistencia.

Atención y Ayuda

Humanitaria

Salud

Educación

Reunificación Familia

AsistenciaFuneraria

RestablecimientoSocioeconomico

Identidad

Elaboración de Cedecur & Foro, 2013

Page 38: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

38

Es importante saber que la atención humanitaria se brinda a víctimas de desplazamiento forzado y la ayuda humanitaria a víctimas de hechos diferentes del desplazamiento forzado.

Atención y ayuda humanitaria.

Atención Humanitaria a Víctimas de Dezplazamiento Forzado

Ayuda Humanitaria a Víctimas de hechos diferentes al

desplazamiento forzado

Se compone de tres fases: Inmediata, Emergencia y

Transición. Cada una tiene responsables distintos

Solo tiene una: La inmediata, pero existe otra ayuda humanitaria que entrega directamente la Unidad

para las Víctimas.

Atención Humanitaria inmediata: Desde la toma de declaración hasta la notificación de inclusión o no en el Registro Único de Víctimas –RUV.

Atención Humanitaria de Emergencia: Desde la inclusión en el RUV hasta que las condiciones de vulnerabilidad no sean de gravedad, según criterio de la Unidad para las Víctimas.

Atención Humanitaria en transición: Hasta que la víctima haya sido reparada.

Ayuda Humanitaria inmediata: Desde la toma de declaración hasta la notificación de inclusión o no en el Registro Único de Víctimas.

Ayuda Humanitaria: Desde la inclusión en el Registro Único de Víctimas, por una sola vez.

Fases

Temporalidad

Elaboración de Cedecur & Foro, 2013

Page 39: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

39

Para todas las fases: Encontrarse incluido en el RUV, ser víctima de desplazamiento forzado ocurrido durante los últimos tres (3) meses previos a la solicitud y encontrarse en situación de vulnerabilidad acentuada como consecuencia del hecho. A excepción de la Inmediata

Atención Humanitaria en Transición: Además de las anteriores, debe encontrase en situación de extrema vulnerabilidad.

Atención o Asistencia Humanitaria Inmediata: alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, alojamiento transitorio.

Asistencia Humanitaria de Emergencia: alimentación, alojamiento, artículos de aseo, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina.

Asistencia Humanitaria de Transición: Alimentación, artículos de aseo y alojamiento temporal.

Atención Humanitaria inmediata: Alcaldías Municipales.

Atención Humanitaria de Emergencia: Unidad para las Víctimas (alojamiento) e ICBF (alimentación).

Atención Humanitaria de transición: Unidad para las Víctimas y Alcaldías (alojamiento), e ICBF (alimentación).

Ayuda Humanitaria Inmediata: Se entrega a aquellas víctimas de hechos diferentes al desplazamiento, ocurridos dentro de los últimos tres meses, cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad, previa inclusión.

Ayuda Humanitaria: Los que define la Unidad para las Víctimas en la Resolución 2349 de 2012, a partir de las afectaciones derivadas de los hechos victimizantes.

Ayuda Humanitaria Inmediata: alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de emergencia, alojamiento transitorio.

Ayuda Humanitaria: Hasta una suma máxima equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento del pago, por una sola vez.

Ayuda Humanitaria Inmediata: Alcaldías Municipales.

Ayuda Humanitaria: Unidad para las Víctimas.

Componentes

Responsables

Criterio

Page 40: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

40

Para el caso de los pueblos y comunidades indígenas, el artículo 73 determina que “la ayuda humanitaria tiene el objetivo de socorrer, asistir, proteger y atender las necesidades de las víctimas indígenas de acuerdo con las especificidades culturales de cada pueblo, en materia de alimentación, aseo personal, abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica de emergencia, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas. En los casos en que la victimización obedezca a múltiples hechos, la ayuda humanitaria estará dirigida a mitigar la vulnerabilidad derivada de estos hechos de manera integral”.

Rutas medidas de asistencia.CONPES 3726/2012

Atención Humanitaria Inmediata

Atención Humanitaria Emergencia

Remisión

Solicita AtenciónHumanitariaTransición

Declaró elhecho

víctimizanteHecho

víctimizante

Entidades Territoriales

Educación

Min Educación Min SaludRegistraduría

Generación de ingresos

SENA-DPS ICBF ICBF

Alimentación Identificación Reunificaciónfamiliar Salud

1

2

3

5

UARIV

UARIV

UARIV

SI

SI

NO

NO

Declaración en el Ministerio

Público

Valoración

No incluido

Incluido

Page 41: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

41

9. DECLARACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE VÍCTIMAS

El Registro y Sistema de Información constituye la puerta de entrada a la asistencia y a la atención y ayuda humanitaria a las víctimas. Es la herramienta mediante la cual se realiza el procedimiento de registro de todas las víctimas del conflicto armado.

Aspectos generales para realizar la declaración.

Las víctimas deberán presentar la declaración de los hechos ocurridos ante el Ministerio Público, de acuerdo con los términos establecidos en la ley 1448 de 2011

Las víctimas de desplazamiento forzado, deben rendir declaración dentro de los dos años siguientes a la ocurrencia del hecho que dió origen al desplazamiento (Si no se encuentra registrada en el Registro Unico de Población Desplazada RUPD)

En el evento mayor en que la víctima de desplazamiento forzado haya impedido a la víctima presentar la solicitud de registro en el término establecido, se empezará a contar el mismo desde el momento en que cesen las circunstacias que motivaron tal impedimiento. Se debera informar sobre ello al Ministerio Público al momento de la declaración, quien remitirá tal información a la Unidad para las Víctimas. (Ley 1448 de 2011, artículo 61; Decreto 4899, artículo 28.)

En el caso de las comunidades étnicas, la declaración ante el Ministerio Público, se realizará de manera colectiva por la autoridades tradicionales, las asociaciones de cabildo, las autoridades indígenas, los gobernadores de cabildo, las organizaciones indígenas o el Ministerio Público de oficio.

Una vez la persona ha declarado, la Unidad para las Víctimas realiza la valoración y verificación de la información aportada por la víctima. Ésta determinará, a través de un acto administrativo si la persona es incluida o no en el RUV, que será notificado y susceptibe de recurso de reposición y de apelación (Ley 1448 de 2011, artículo 157)

Elaboración de Cedecur & Foro, 2013

Page 42: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

42

El componente étnico del registro incorpora de manera específica información relativa a las violaciones de que trata el Decreto Ley 4633 de 2011, así como sobre la víctima pueblo o comunidad, su ubicación y las variables de caracterización de daños y afectaciones, así mismo, se permite el registro de sujetos colectivos.

Aspectos técnicos para la realización del Registro.

MINISTERIO PÚBLICO

INSCRIPCIÓN

SI

NO

UAEARIV 60 Días

¿Quién Solicita?

Autoridades tradicionales, Representantes o el Consejo Comunitario, Asociaciones de Cabildo, Autoridades Indígenas, Gobernadores de Cabildo, Organizaciones de Indígenas que integran la mesa permanente, Ministerio Público.

Implementaciónmedidas de atención y reparación.

Interposición recursos de Reposición / Apelación

Verificación de información: autoridades tradicionales u organizaciones étnicas. Listados censales y de autoridades y representantes de las comunidades que administra el Ministerio del Interior. Información de la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal respectiva.

Presentación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, y Organización Regional Integral de Valle del Cauca.

Page 43: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

43

10. MEDIDAS COLECTIVAS DE PROTECCIÓN A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS

Según el Decreto 4800 de 2011, las medidas colectivas de protección son el conjunto de medidas a las que tienen derecho los sujetos de reparación colectiva que hayan sufrido daños colectivos. El Decreto 4633 en sus artículos 56 al 64 contempla las medidas de protección colectiva y de los derechos territoriales de los pueblos indígenas.

Para las comunidades y pueblos indígenas la dimensión colectiva es muy importante. Las medidas y las acciones para la reparación integral y el restablecimiento del equilibrio y la armonía de los pueblos indígenas deberán considerar la dimensión colectiva de las violaciones a sus derechos fundamentales, colectivos e integrales. Esta dimensión tiene en cuenta el impacto colectivo de las violaciones individuales sobre la estructura tradicional, socioeconómica, cultural y organizativa, sin perjuicio de que las medidas y las acciones sean reconocidas de forma individual. Las medidas buscarán el restablecimiento y el goce efectivo de los derechos vulnerados individual y colectivamente. Las medidas de reparación individual y colectiva son complementarias y no podrán sustituirse entre sí (artículo 14 Decreto 4633).

Sistemas de protección desde el enfoque diferencial

MEDIDAS DE PROTECCIÓN ESPIRITUAL

DEL TERRITORIOSitios sagrados y lugares considerados por los pueblos indígenas como sagrados o indispensables para el ejercicio de la espiritualidad individual y colectiva.

SISTEMAS PROPIOS DE PROTECCIÓN

El Ministerio del Interior a través de la Unidad Nacional de Protección, en concurso con las autoridades y organizaciones indígenas adaptará sus medidas para que incorporen los sistemas de protección propia.

ASISTENCIA Y ATENCIÓN PARA VÍCTIMAS INDÍGENAS Fundamento en la especial protección constitucional que adquieren las víctimas individuales y colectivas, por su condición de vulnerabilidad manifiesta y por su pertenencia a los pueblos indígenas.

Basado en el Decreto Ley 4633

FORTALECIMIENTO DE LA MEDICINA TRADICIONAL

Es obligación del Estado implementar programas de fortalecimiento de la medicina tradicional, en el marco del SISPI

MEDIDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓNEl Ministerio de Educación Nacional reconoce el SEIP como política pública educativa para los pueblos indígenas, de conformidad con el artículo 273 de la Ley 1450 de 2011

Page 44: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

44

En el marco de la Ley 1448 de 2011, Los componentes de reparación a pueblos y comunidades indígenas son:

Componentes de la reparación a pueblos y comunidades indígenas

Las comunidades y pueblos indígenas para su reparación colectiva deben realizar seis (6) pasos, con el acompañamiento de la Dirección de Asuntos Étnicos y la Subdirección de Reparación Colectiva, en coordinación institucional con el Ministerio del Interior y la Unidad de Gestión de Restitución de Tierras.

Indemnización Consulta previa con la comunidad víctima

Plan integral de reparación colectiva

Caracterización de afectaciones colectivas y

territoriales

Rehabilitación

Satisfacción

Verdad y Memoria

Justicia

Garantias de no repetición

Restitución de territorios

Colectiva e individual

De acuerdo con la cultura propia

Acompañamiento judicial

Protección, justicia y prevención

- Medidas de protección judiciales y administrativas.- Restitución por la vía judicial

Estudios especializados del Centro de Memoria Histórica

- Física- Psicológica- Social y Cultural

Presentación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, y Organización Regional Integral de Valle del Cauca.

Page 45: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

45

Pasos para la reparación colectiva.

IDENTIFICACIÓN

Información suficiente respecto a las violaciones de derechos humanos e infracciones de DIH que han producido daños colectivos; censo poblacional, recopilación de información para facilitar el proceso de registro, identificación de quienes cuentan con registro; Mapeo institucional, mapeo de otros actores relevantes

REGISTRO

El Regístro Único de Víctimas de que trata el artículo 154 de la ley 1448, deberá contar con un componente étnico donde se inscribirán como sujetos colectivos los pueblos y comunidades indígenas que hayan sufrido un daño en los terminos de la Ley Decreto 4633 de 2011

PRE-CONSULTA YCARACTERIZACIÓN

DE DAÑOS

Artículo 46 de la Ley Decreto 4633 de 2011

IMPLEMENTACIÓN DEL PIRC

Artículo 140 de la Ley Decreto 4633 de 2011

CONSULTA PREVIA: FORMULACIÓNPLAN INTEGRAL DE REPARACIÓN

COLECTIVA (PIRC)

Artículo 105 de la Ley Decreto 4633 de 2011

SEGUIMIENTO

Artículo 179 de la Ley Decreto 4633 de 2011

Basado en el Decreto Ley 4633 de 2011

Page 46: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

46

Procedimiento para la restitución de tierras

Las medidas de restitución se aplican a las afectaciones territoriales ocurridas a partir del 1 de enero de 1991, hasta diez años más, contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto. La restitución será la medida preferente de reparación de los derechos territoriales, salvo que el territorio o parte de él se encuentre degradado ambientalmente o bajo riesgo de desastre natural.

Medidas de reparación

MEDIDA DE REPARACIÓN

Restitución

Rehabilitación

Indemnización

Satisfacción

Garantías de no repetición

COMPONENTES

Tierras - Vivienda, créditos y pasivos, formación, generación de empleo y carrera administrativa.

Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral.

• Programa de acompañamiento a la inversión adecuada de los recursos.

• Indemnización a población desplazada. • Contrato de transacción.

Reconocimiento público, actos conmemorativos, homenajes públicos, construcción de monumentos, reconstrucción del tejido social, suspensión/exención de la prestación servicio del militar. Desmovilización y desmantelamiento de grupos, aplicación de sanciones a responsables, prevención de violaciones, empoderamiento legal de las víctimas, difusión sobre los derechos de las víctimas radicadas en el exterior.

Presentación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, y Organización Regional Integral de Valle del Cauca.

11. MEDIDAS DE REPARACIÓN INTEGRAL COLECTIVAS

Las medidas de reparación integral colectivas son aquellas a las que tienen derecho los sujetos de reparación que hayan sufrido daños colectivos.

Comprenden medidas de restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, en los componentes político, material y simbólico. Además la reparación deberá distinguir entre los tipos de derechos vulnerados y los sujetos victimizados.

Page 47: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

47

Pueden solicitar inscripción en el registro de tierras abandonadas como sujetos colectivos, las Autoridades Tradicionales, las Asociaciones de Cabildo y Autoridades Indígenas, Gobernadores de Cabildos y las organizaciones indígenas que integran la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas. Además, cualquier integrante de la comunidad a excepción de miembros de las comunidades receptoras; la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas UAEGRTD, la Defensoría del Pueblo y, las comunidades o parte de ellas que se hayan desplazado más allá de las fronteras internacionales.

Procedimiento para la restitución de tierras.

Reconocimientode las afectaciones

territoriales

Trámite judicial y administrativo

¿Hasta dónde llega la restitución?

• La restitución hace parte de la reparación integral.• No importa la situación actual del territorio étnico o de su carácter formal.• La restitución es para territorios étnicos (carácter colectivo) a partir de 1991. • Para casos de predios individuales (sin connotaciones colectivas o comunitarias), se

aplica la Ley de Víctimas con el correspondiente trato preferencial.

Ejercicio pleno de derechos territoriales

Las afectaciones de tierras se pueden dar por situaciones de abandono y despojo, como se describe a continuación:

Afectaciones de tipo territorial

Afectaciones territoriales

Es la afectación territorial en la que hay pérdida del acceso o disfrute de los

lugares de uso colectivo y de aquellos de uso individual por parte de los integrantes de la comunidad. El confinamiento es una

forma de abandono.

Es la afectación territorial en la que hay apropiación total o parcial del territorio

para sí o para un tercero o de los recursos naturales o culturales del territorio, o

de ambos, empleando para ello medios jurídicos o materiales. Invasión y

usurpación.

DespojoAbandono

Presentación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, y Organización Regional Integral de Valle del Cauca.

Page 48: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

48

Restitución de territorios desde el proceso judicial

El procedimiento judicial para la restitución de territorios tiene los siguientes pasos:

Es importante indicar que la restitución de tierras presenta en la actualidad algunos problemas de procedimiento como son: El exceso probatorio, la falta restitución colectiva y administrativa y la microfocalización.

Respecto a la restitución colectiva, es viable de acuerdo con los artículos 82, 95 y 96 de la Ley 1448 de 2011, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

• Tramitarcolectivamentelassolicitudesatravésdelostitularesdelaacción.• Losprediosdebenservecinosocolindantes.• Eltiempoylascausasdeldesplazamientosonlosmismos.• Noserequierequeelopositorsealamismapersona.

En lo que respecta a la microfocalización a la fecha se han priorizado 143 municipios donde se encuentran 92.250 predios despojados o abandonados, con una extensión total de 3´046.246 hectáreas. Esta microfocalización se diseñó para construir gradual y progresivamente el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas, la cual se fundamenta en un concepto favorable del Ministerio de Defensa, pero no consulta la opinión de las víctimas y no garantiza que las condiciones de seguridad se mantendrán ni en el momento de la restitución ni en el futuro.

Cabe anotar que los jueces han restituido en zonas con problemas de seguridad. El 70% de las solicitudes están represadas porque los predios no han sido microfocalizados por el

Demanda presentada por la Unidad de

Restitución de Tierras

Pruebas, oposiciones, presunciones

Sentencia

Proceso Judicial

Jueces especializados

Page 49: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

49

gobierno. Se sugiere que la URT tramite la restitución de predios no microfocalizados y que esta establezca un programa para gestionar todas las solicitudes pendientes de registro con el fin de lograr fallos judiciales antes de junio del año 2021, fecha en que finaliza la ley 1448 de 20113.

Restitución Administrativa

(i) El Gobierno debe aplicar la ruta administrativa en todos los casos en los que no hay opositor a la restitución o cuando el predio reclamado por la víctima sea un baldío. El procedimiento puede ser realizado por la URT, el INCODER o las entidades encargadas de administrar los bienes del municipio o del departamento.

(ii) A las víctimas que no deseen retornar cuando existe opositor en el predio reclamado, es aplicable la compensación administrativa por equivalente o en dinero. El Gobierno puede repetir contra los opositores adelantando procesos judiciales ante los jueces de restitución de tierras.

3 Cfr. Fundación Forjando Futuros y otros. Restitución de Tierras. ´Gota a Gota´. Avances y dificultades. Marzo de 2014. Pág. 4.

Page 50: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

50

Medidas de protección contra

el reclutamiento de jóvenes indígenas

Medidas de protección para las mujeres indígenas

en condición de desplazamiento

Entre las medidas de protección que debe garantizar el estado se destacan:

• Medidas para el ejercicio del trabajo espiritual.• Capacitación en derechos humanos y Derecho

Internacional Humanitario para los jóvenes.• Proyectos de acceso laboral acorde a las tradiciones

culturales.• Campaña nacional que concientice a los empleadores

de la exención del servicio militar prevista en el Artículo 27 de la Ley 48 de 1993.

El Estado garantizará:

• Seguridad adecuada en los sitios de alojamiento y un aumento gradual de mujeres policías en los patrullajes y en las estaciones de policía cercanas.

• Garantizar que los servidores públicos competentes para atender incidentes de violencia sexual, reciban una formación que les permita dar respuestas adecuadas a las denuncias.

• Promover la creación de unidades especiales en la policía judicial y en la fiscalía para la investigación de casos de violencia sexual.

• Asegurar la participación y promover el liderazgo de las mujeres indígenas en la planeación y ejecución de políticas y acciones dirigidas a combatir y prevenir todas las formas de violencia sexual en el marco del conflicto armado.

12. Medidas de protección individual

De manera individual, el Estado debe garantizar a las víctimas o a las personas indígenas, la verdad, la justicia, la satisfacción y las garantías de no repetición. Las medidas individuales de protección de acuerdo al Decreto de Ley 4633 son:

Medidas de protección contra la vulneración

de derechos de los niños y niñas

indígenas.

En coordinación con las autoridades indígenas, el Estado garantizará la implementación de medidas de protección diferencial para la infancia en el marco del conflicto armado, dirigidas a proteger la vida y la integridad física de los niños y niñas e impedir su relacionamiento con los actores armados.

Page 51: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

51

Medidas de protección especial

El Decreto Ley 4633 de 2011, contempla el goce de medidas especiales de atención, reparación y protección individual y colectiva a las personas indígenas víctimas de accidentes como consecuencia de la existencia de minas antipersonales (MAP) y municiones abandonadas sin explotar (MUSE). Dichas medidas deberán atender los impactos individuales y colectivos de estos incidentes, reconociendo su atención y reparación diferencial.

En consecuencia, las autoridades deberán implementar medidas y acciones especiales de prevención y protección en coordinación con las autoridades de los territorios indígenas. De igual manera, la norma precisa diversas medidas referentes a las adecuaciones institucionales para la atención de víctimas indígenas de MAP/MUSE, a saber:

Desminado humanitario.

Asistencia, rehabilitación y reparación de víctimas individuales y colectivas.

Destrucción de minas almacenadas.

Campañas de prevención y educación de la población civíl.

Campañas de concientización y educación de fuerza pública.

Todos aquellos aspectos que demanden el cumplimiento del Tratado de Ottawa, en coordinación con las autoridades indígenas de cada territorio.

1

2

3

4

5

6

Page 52: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

52

13. REFERENTES BIBLIOGRÁFICOS

A continuación se hace una descripción de experiencias de protocolos dirigidos a las autoridades para la atención de las comunidades indígenas.

Protocolo de Orientación y Asesoría para las víctimas de violaciones de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario pertenecientes a pueblos indígenas.

La formulación de este protocolo realizado en Octubre de 2011, tuvo como objetivo entregar a los equipos psico-jurídicos de la Unidad de Atención Integral a Víctimas y a otros funcionarios de la Defensoría del Pueblo involucrados en el tema, una herramienta conceptual y práctica, que permitiera comprender y analizar la problemática de los pueblos indígenas, contribuyendo a generar una orientación más adecuada y específica, que facilitara el acercamiento a los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de los sujetos individuales y del los sujetos colectivos constituidos por las comunidades indígenas.

La formulación y desarrollo de este protocolo hizo parte del proceso de cualificación y adecuación de la estrategia de orientación psico-jurídica a las víctimas del conflicto armado interno que venía adelantando la Defensoría del Pueblo en consideración a las especificidades de afectación de los derechos que padecen las víctimas.

Este protocolo especializado para pueblos indígenas facilitó a los equipos de orientación contar con elementos de análisis idóneos para brindar la orientación particular que requieren este tipo de víctimas por su condición de sujetos de especial protección constitucional. El protocolo cuenta con una ruta a seguir en la atención, orientación y asesoría defensorial, que ha sido construida rigurosamente a partir del trabajo, la información y la cooperación de la Defensoría del Pueblo y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Protocolo para la atención diferencial y especializada de grupos étnicos.

La Defensoría del Pueblo en noviembre de 2011, consciente de la responsabilidad de incidir en la protección efectiva de los derechos fundamentales, colectivos e integrales de los grupos étnicos, incluyó en el Plan Estratégico 2009 - 2011, un Protocolo de Atención Defensorial, definido como un instrumento que tiene como objetivo facilitar el desempeño oportuno, eficiente y ágil de los funcionarios de las Defensorías Regionales, dependencias que atienden en mayor grado las quejas, solicitudes y demás requerimientos de personas y comunidades de este sector de la población.

Page 53: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

53

Este documento contiene lineamientos dirigidos a promover en los servidores de la Defensoría del Pueblo de las diferentes regiones del país, sus capacidades laborales para brindar una atención diferencial e integral a los grupos étnicos de Colombia: pueblos indígenas, rom y comunidades negras, palenqueras y raizales. Así mismo, propende por una atención eficiente, expedita, oportuna y adecuada al interior de la Institución, para contribuir al respeto y a la realización efectiva de los derechos de los grupos étnicos por parte de las entidades públicas nacionales, departamentales y municipales.

El protocolo de atención diferencial es una guía para impulsar el fortalecimiento de la atención especial y diferencial a los miembros de los grupos étnicos y, además, contribuir a la salvaguarda de los derechos colectivos, fundamentales e integrales de esta población, mediante trámites expeditos, eficaces y eficientes orientados a la superación de las causas que los ponen en riesgo o los vulnera.

Camino de Acompañamiento Jurídico, Psicosocial y de Armonización. Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca CHXAB WALA KIWE.

Este protocolo de orientación a víctimas construido desde la cosmovisión Nasa, brinda pautas a partir de lo cultural, lo ancestral y el derecho propio, para que las entidades con las que interactúan las comunidades indígenas en diferentes ámbitos, no añadan afectaciones adicionales en razón de su intervención al daño que ya ha sido causado por los actores del conflicto.

Page 54: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

54

14. RECOMENDACIONES

• El presente documento se debe aplicar tomando en cuenta el contexto socio-cultural a nivel departamental o municipal.

• Aplicar el artículo 23 del Decreto-Ley 4633 de 2011, en donde se establece la coordinación con las autoridades indígenas para las investigaciones pertinentes a las que hubiere lugar y determinar con claridad la competencia de las autoridades.

• Identificar la oferta institucional que existe en cada departamento, dirigida a los pueblos indígenas, con el fin de articular esfuerzos, fortalecer programas que los pueblos indígenas vienen adelantando y hacer efectiva y eficiente la inversión de recursos públicos, dando así respuesta a lo que exige el marco normativo.

• Desarrollar un sistema de seguimiento y monitoreo de la implementación de las leyes y decrteos, con el fin de ajustar la metodología e introducir oportunamente los correctivos necesarios.

• Identificar y reconocer otras lógicas o prácticas, que tienen que ser visibilizadas, reconociendo a algunas comunidades indígenas que no tienen agendas fuertes ni están organizadas, para construir una metodología que permita incorporarlos.

• Socializar los resultados de los instrumentos aplicados, por medio del intercambio de experiencias entre las diferentes poblaciones indígenas y entregar los resultados a la población consultada, instancias de gobierno y a los interesados, mediante publicaciones y diferentes mecanismos de difusión.

• Hacer seguimiento a los resultados de los instrumentos de consulta, mediante la implementación de acciones complementarias.

• Establecer una estrategia de asesoría técnica a los entes territoriales (Gobernaciones y Alcaldías), para la implementación de las normas, así como la concertación de mecanismos de seguimiento de la operatividad del Decreto - Ley 4633 de 2011.

• Respecto al procedimiento de restitución, se propone:

(i) Reforzar la capacitación de los funcionarios de la URT y de los jueces, en los procedimientos de la justicia transicional aplicada a la restitución de tierras.

Page 55: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

55

(ii) Aplicar las pruebas sumarias para determinar los hechos victimizantes, es decir, la identificación del predio y la calidad del propietario, poseedor u ocupante.

(iii) Ante la falta de restitución colectiva es necesario agilizarla de conformidad con lo consagrado en la ley 1448 de 2011, priorizar en cada región macrofocalizada los casos más graves de despojo masivo y proceder a la restitución colectiva, capacitar a las organizaciones de víctimas y a los funcionarios de la URT en la presentación de solicitudes colectivas.

(iv) Ante la limitada restitución administrativa, el Gobierno debe aplicar la ruta en todos los casos en los que no hay opositor a la restitución y cuando el predio reclamado por la víctima sea un baldío. En cuanto a las víctimas que no deseen retornar cuando existe opositor en el predio reclamado, aplicar la compensación administrativa por equivalente o en dinero.

(v) Que la URT tramite la restitución de predios no microfocalizados y que esta establezca un programa para gestionar todas las solicitudes pendientes de registro con el fin de lograr fallos judiciales expeditos.

Page 56: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

56

BIBLIOGRAFÍA

• ACNUR. (2012) Informe situación Colombia Indígenas. http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/RefugiadosAmericas/Colombia/2012/Situación_Colombia_-_Pueblos_indigenas_2012.pdf?view=1.

• Corporación Viva La Ciudadanía - Agencia de Cooperación Alemana, las Rutas de las Víctimas, Ley de víctimas y restitución de tierras, decretos reglamentarios y decretos para etnias. Bogotá: Impresol Ediciones Ltda, 2013

• Consejo Regional de Indígenas – CRI, Informe de Situación de Derechos Humanos 2012-2013. Informe presentado a la Alta Comisionada de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Programa Defensa de la Vida y los Derechos Humanos. Popayán, Cauca. 2013

• DANE. Estadísticas de población y demografía. Bogotá D.C.

• Defensoría del Pueblo. Protocolo de orientación y asesoría para las víctimas de violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario pertenecientes a pueblos indígenas. Unidad de Atención Integral a Víctimas de la Violencia con apoyo de la Agencia del Gobierno de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para la Migraciones (OIM). Bogotá D.C. Alvi Impresores Ltda, 2011

• Fundación Foro Nacional por Colombia – Valle y Cedecur, Protocolo de Atención y Ayuda Humanitaria dirigido a las Administraciones Municipales. Santiago de Cali, 2013

• Human Rights Everywhere – HREV. “Marco legal para los derechos de los pueblos indígenas en Colombia”. Estudio realizado por Vemund Olsen con participación de la ONIC. Bogotá D.C, 2008

• Naciones Unidas, Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Cfr.: Asamblea General. Documento A/61/L.67, 7 de septiembre del 2007.

• Presidencia de la República de Colombia. Decreto - Ley 4633 de 2011. Bogotá D.C. Imprenta Nacional de Colombia.

Page 57: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

57

• Presidencia de la República de Colombia. Ley 1448 de 2011. Bogotá D.C. Imprenta Nacional de Colombia.

• Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Informe sobre el estado de avance de los objetivos del desarrollo del milenio. Estado de avance Nariño. UDENAR, 2011

• Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Cauca frente a los Objetivos del Desarrollo del Milenio. Estado de avance. Unicauca. Cauca, 2012

• Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas. Colección de cuadernos “legislación y pueblos indígenas de Colombia No. 3. Bogotá, Imprenta Nacional de Colombia, 2012

• Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas. Colección cuadernos legislación y pueblos indígenas de Colombia. Bogotá. Imprenta Nacional de Colombia, 2012

• Vecino, C. S. Implementación de la Ley de Víctimas en las Entidades Territoriales. Bogotá: Revés Diseño Limitada,2011

Page 58: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

58

SIGLAS

ACNUR Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

AEI Artefactos explosivos improvisados

ACIN Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca

CONPES Consejo Nacional de Política Económica y Social

CRIC Consejo Regional Indígena del Cauca

DANE Departamento Administrativo Nacional de Estadística

DH Derechos Humanos

DIH Derecho Internacional Humanitario

INCODER Instituto Colombiano de Desarrollo Rural

INCORA Instituto Colombiano de la Reforma Agraria

MAP/MUSE Minas anti persona y municiones sin explotar

ONIC Organización Nacional Indígena de Colombia

OIT Organización Internacional del Trabajo

PIRC Plan Integral de Reparación Colectiva

PIRPCI Plan Integral de Reparación a los Pueblos y Comunidades Indígenas

PNARIV Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas

RUV Registro Único de Víctimas

SEIP Sistema Educativo Indígena Propio

SISPI Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural

SNARIV Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas

UAEARIV Unidad para la Atención y Reparación Integral de Víctimas

UAEGRTD Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas

UARIV Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas

URT Unidad de Restitución de Tierras

Page 59: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas

59

Page 60: ASISTENCIA, ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL Y …msdconsultingsas.com/ASISTENCIA_ATENCION_REPARACION_INTEG… · Establece la etnoeducación dirigida a grupos o . comunidades étnicas