artículo 1384

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ARTÍCULO 138 (FRACCIÓN I): La implantación y mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos municipales; y la identificación de alternativas de reutilización. ARTÍCULO 139.- Toda descarga, depósito o infiltración de sustancias o materiales contaminantes en los suelos se sujetará a las normas oficiales mexicanas. ARTÍCULO 140. La Generación, manejo y disposición final de los residuos de lenta degradación estará sujeta a las normas mexicanas. ARTÍCULO 141. Se expedirán normas oficiales mexicanas para la fabricación y utilización de empaques y envases para qué permitan reducir la generación de residuos sólidos.. ARTÍCULO 142.- no se autoriza la importación de residuos para su derrame, depósito, confinamiento, almacenamiento, incineración o cualquier tratamiento para su destrucción o disposición final en el territorio nacional ARTÍCULO 143.Los materiales peligrosos estarán sujetos a regulaciones así también como sus desechos provocados por su uso. ARTÍCULO 144. Determinación de restricciones arancelarias y no arancelarias relativas a la importación y exportación de materiales peligrosos. CAPÍTULO V Actividades Consideradas como Altamente Riesgosas. ARTÍCULO 145 (FRACCIÓN I – VI): Determinación de los usos del suelo especificando cuando es un riesgo poner una industria en una cierta zona. ARTÍCULO 146. Establece la clasificación de las actividades altamente riesgosas para el equilibrio ecológico. ARTÍCULO 147.- Quienes realicen actividades altamente riesgosas, deberán formular y presentar un estudio de riesgo ambiental.

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Page 1: Artículo 1384

ARTÍCULO 138 (FRACCIÓN I): La implantación y mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos municipales; y la identificación de alternativas de reutilización.

ARTÍCULO 139.- Toda descarga, depósito o infiltración de sustancias o materiales contaminantes en los suelos se sujetará a las normas oficiales mexicanas.

ARTÍCULO 140. La Generación, manejo y disposición final de los residuos de lenta degradación estará sujeta a las normas mexicanas.

ARTÍCULO 141. Se expedirán normas oficiales mexicanas para la fabricación y utilización de empaques y envases para qué permitan reducir la generación de residuos sólidos..

ARTÍCULO 142.- no se autoriza la importación de residuos para su derrame, depósito, confinamiento, almacenamiento, incineración o cualquier tratamiento para su destrucción o disposición final en el territorio nacional

ARTÍCULO 143.Los materiales peligrosos estarán sujetos a regulaciones así también como sus desechos provocados por su uso.

ARTÍCULO 144. Determinación de restricciones arancelarias y no arancelarias relativas a la importación y exportación de materiales peligrosos.

CAPÍTULO V

Actividades Consideradas como Altamente Riesgosas.

ARTÍCULO 145 (FRACCIÓN I – VI):

Determinación de los usos del suelo especificando cuando es un riesgo poner una industria en una cierta zona.

ARTÍCULO 146. Establece la clasificación de las actividades altamente riesgosas para el equilibrio ecológico.

ARTÍCULO 147.- Quienes realicen actividades altamente riesgosas, deberán formular y presentar un estudio de riesgo ambiental.

ARTÍCULO 147 BIS. Seguro de riesgo ambiental para quienes realicen actividades altamente riesgosas.

ARTÍCULO 148 El gobierno federal salvaguardara a los habitantes que vivan cerca de una industria que sea considerada altamente riesgosa.

ARTÍCULO 149.- Regulación de la realización de actividades no consideradas altamente riesgosas porque causan un desbalance en el medio ambiente dentro de la zona de la industria..

Page 2: Artículo 1384

CAPÍTULO VI

Materiales y Residuos Peligrosos

ARTÍCULO 150.- Manejo de materiales y residuos peligrosos con arreglo a la presente Ley.

ARTÍCULO 151.- Manejo y disposición final de los residuos peligrosos corresponde a quien los genera.

ARTÍCULO 151 BIS.- Autorización previa para prestación de servicios a terceros, instalación y operación de sistemas y generador de residuos peligrosos.

ARTÍCULO 152.- Programas tendientes a prevenir y reducir la generación de residuos peligrosos, y estimulación del reuso y reciclaje.

ARTÍCULO 152 BIS.- Manejo final de materiales o residuos y acciones para recuperar y restablecer las condiciones del suelo.

ARTÍCULO 153 (FRACCIÓN I – VIII):

Importación o exportación de materiales o residuos peligrosos.

CAPÍTULO VII.

Energía Nuclear

ARTÍCULO 154.- Exploración, explotación y beneficio de minerales radioactivos, aprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear.