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RECURSOS DE FORMACIÓN PARA LA EMPRESA

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Ponencia presentada por Boris Giambanco Cervera, responsable de Formación de CEPYME ARAGÓN en el IV Salón de Educación, Formación y Empleo, celebrado en la Feria de Zaragoza, del 29 de mayo al 1 de junio de 2008

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RECURSOS DE FORMACIÓN PARA LA EMPRESA

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Programa

1. Introducción: Iniciativas de Formación 2. Acciones Formativas en las Empresas (Bonificaciones)3. Permisos Individuales de Formación4. Acciones con compromiso de Contratación5. Formación en alternancia: Contratos de formación6. Formación de oferta y Prácticas profesionales no laborales7. Otros recursos de apoyo a la formación:

1. Plandifor2. Evalfor

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Iniciativas de formación del subsistema de

formación profesional para el

empleo

- Formación de demanda

- Formación de oferta

- Formación en alternancia con el empleo

- Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación

-Acciones formativas de las empresas.

- Permisos individuales de formación.

-Planes formativos dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

-AAFF dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados.

-Programas específicos para personas con necesidades formativas especiales o dificultades de inserción o recualificación.

-Formación profesional para empleo de personas en privación de libertad y militares profesionales de tropa y marinería.

- AAFF con compromisos de contratación, prioritariamente para desempleados.

Acciones de contratos para la formación.

- Programas públicos de empleo-formación.

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2. Acciones Formativas en las Empresas (Bonificaciones)

• Acciones formativas de las empresas. Son acciones formativas organizadas por la empresa y dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de sus trabajadores. Para su financiación total o parcial, la empresa cuenta con un crédito consistente en la cuantía en concepto de bonificaciones para la formación de los trabajadores sobre las cuotas de la Seguridad Social satisfechas por la empresa.

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2. Acciones en las empresas

• Desde el 2004, las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores disponen de un “crédito para la formación continua”. Es una cantidad de dinero que dispone cada empresa para financiar sus acciones de formación, que se hará efectivo mediante la aplicación de bonificaciones en sus cuotas a la Seguridad Social, una vez realizada la acción formativa.

CÁLCULO DEL CRÉDITO PARA FORMACIÓN CONTINUA• El crédito resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en

concepto de formación profesional durante el año anterior, el porcentaje de bonificación que anualmente se establece.

CFC= (Sumatorio de la Casilla 501 de los TC1 de Dic2006 a Nov2007)x 0,007 x PB

Porcentaje de bonificación

De 6 a 9 100%

De 10 a 49 75%

De 50 a 249 60%

250 ó más 50%

• Las empresas de 1 a 5 trabajadores disponen de 420 euros anuales.• Aquellas empresas que abran nuevos centros de trabajo en 2008, y las de

nueva creación 65 euros por trabajador que se incorpore. • Entre marzo y mayo, la SS vuelca en la aplicación informática la plantilla

media y el crédito de cada empresa.• La fórmula anterior es la general; si la empresa aplaza el pago

trimestralmente• Estimación media de 80 Eur/trabajador para ponernos en una unidad.

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2. Acciones en las empresas

• ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LA FORMACIÓNLas propias empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores, o podrán agruparse. Podrá contar con una Entidad Organizadora, que cumpliría las obligaciones relacionadas con las acciones formativas y su documentación, gestión, comunicación e impartición si es caso.

• TRABAJADORES DESTINATARIOS DE LA FORMACIÓN1.1.AsalariadosAsalariados que prestan servicio en empresas, o entidades públicas no incluidas en acuerdos de formación con la Administración Pública.

2.2.Fijos discontinuosFijos discontinuos en periodos de no ocupación.

3.Que accedan a situación de desempleosituación de desempleo cuando se encontraban en periodo formativo.

4.Acogidos a regulación de empleoregulación de empleo en periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.

•La participación en acciones formativas por parte de los trabajadores/as no puede superar las 8 horas diarias.•Trabajadores/as que NO pueden beneficiarseNO pueden beneficiarse de la formación susceptible de bonificación:

- Personal en prácticas no laborales, ni personal perteneciente a ETT.

- Autónomos ni personal de Administraciones Públicas.

- A su vez queda prohibida la simulación de contrato laboral con el único fin de que el trabajador participe en la acción formativa.

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2. Acciones en las empresas• REQUISITOS

1. Alumnos por grupo: máximo de 25 participantes en acciones presenciales. En las acciones a distancia o teleformación, mínimo de un tutor cada 80 participantes.

2. Duración de las acciones: un mínimo de 6 horas. Cuando se trate de formación de carácter transversal en el marco de la Estrategia Europea de Empleo y del Sistema Nacional de Empleo (TIC’s, prevención de riesgos laborales, sensibilización en medio ambiente e igualdad de oportunidades), las empresas podrán desarrollar módulos entre 4 y 6 horas.

3. Documentación justificativa: a) Control de asistencia. b) Certificado de realización de la acción formativa c) Cuestionario de evaluación de calidad d) Entrega del material caso no presencial

Nivel de formación Modalidad

Básico Medio-superior

Presencial 9 Euros 13 Euros

A distancia 5,5 Euros

Teleformación 7,5 Euros

Mixta Se aplican los módulos anteriores según presencial y a distancia

4. Módulos económicos máximos: Cada acción formativatendrá una bonificación máxima por alumno y hora segúnel tipo de formación y la modalidad de impartición.

MEM = Módulo económico x Nº Horas de duración x Nº Participantes

• Las empresas de 1 a 9 trabajadores no estarán limitadas por los módulos económicos máximos previstos en este artículo. Asimismo, las empresas de 10 a 49 trabajadores y las de 50 a 249 podrán superar los citados módulos en 10% y un 5% respectivamente.

Módulo «nivel básico» capacita para desarrollar competencias y cualificaciones básicas, se aplicará cuando se vaya a impartir formación en materias transversales o genéricas

Módulo «nivel superior» se aplicará cuando la formación incorpore materias que impliquen especialización o capacite para desarrollar competencias de programación o dirección

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2. Acciones en las empresas5. Cofinanciación: La normativa establece que las empresas deben participar con sus propios recursos en la financiación de la formación continua, salvo las empresas de menos de 10 trabajadores que están exentas. La aportación privada (AP) queda definida como la diferencia entre el coste total de la formación (CT) y la bonificación aplicada por la empresa.•Las empresas también pueden afrontar esta cofinanciación, permitiendo a sus trabajadores que realicen parte de los cursos en jornada laboral.

6. Colectivos Prioritarios: Se consideran colectivos prioritarios los trabajadores de las pymes, las mujeres, las personas con discapacidad, los mayores de 45 años y los trabajadores no cualificados. Las grandes empresas garantizarán que el porcentaje de trabajadores formados de estos colectivos sea igual o mayor al porcentaje que representan en la plantilla de la empresa. •Gran empresa: aquellas cuya plantilla media anual exceda de 250 trabajadores o que estén participada en un 25% o más de su capital o derechos de voto por otras empresas que reúnan el requisito anterior sobre dicha plantilla.

7. Otras Obligaciones: • Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación o epígrafe de “formación profesional para el empleo”.• Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a realizar por los órganos competentes.• Garantizar la gratuidad de las iniciativas de formación a los participantes.• Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en el momento de aplicarse las bonificaciones.• Durante un período mínimo de 4 años, las empresas deberán mantener la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones. Caso de acciones cofinanciadas por el FSE (formación PYMES), al menos, hasta 2017.

% Mínimo de Cofinanciación

De 1 a 9 trabajadores 0%

De 10 a 49 10%

De 50 a 249 20%

250 ó más 40%

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2. Acciones en las empresas

• APLICACIÓN DE LAS BONIFICACIONES

1.- Para que las empresas puedan disfrutar de las bonificaciones se requiere:

• Haber cumplido con el requisito de información a la RLT, que deberá emitir su informe en el plazo de 15 días. Si surgieran discrepancias respecto al contenido del plan de formación, se abrirá un plazo de negociación de 15 días. Y en caso de no existir ésta, informar a los trabajadores/as participantes de las actuaciones en formación.

• Haber comunicado el inicio de cada grupo de formación a la FTFE, con 7 días naturales de antelación. Datos a comunicar: denominación y contenidos básicos de la acción formativa, modalidad de impartición, acreditación oficial, en su caso, número previsto de trabajadores y empresas participantes y fechas, horario y lugar de realización.

o Las modificaciones de fecha, localidad u horario, se efectuarán con al menos 4 días naturales antes del comienzo del curso (salvo si afecta a la fecha de inicio, que deberán transcurrir 7 días hasta la nueva fecha). Cualquier otro cambio, antes del comienzo de la acción.

• Haber realizado la formación.

• Comunicar la finalización del grupo que deberá contener: Denominación de la acción formativa realizada, listado de trabajadores participantes que han finalizado la formación, número de horas lectivas y coste total de la formación, con indicación del coste máximo bonificable.

En los supuestos de agrupación de empresas, la comunicación de inicio y de finalización de la formación se realizará por la entidad organizadora de la formación.

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2. Acciones en las empresas2.- Aplicación: Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que haya finalizado el grupo o grupos de formación y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.

El procedimiento que deberán seguir las empresas para aplicarse esta bonificación de “formación para el empleo” en las liquidaciones de las cuotas, será consignando el importe que se apliquen de formación para el empleo en la casilla de bonificaciones del boletín de cotización.

Si es usuario del Sistema Red: comunicarán las bonificaciones por FC en el fichero FAN, con un nuevo tipo de bonificación a nivel de datos totalizadores “Código CA80: Bonificación INEM formación continua”, en el segmento totalizador (EDTCA80), que no está asociado a datos de trabajador. El importe de esta bonificación se acumulará en el segmento (EDTCA60) de “suma de bonificaciones, subvenciones y compensaciones”.Las empresas que transmitan a través del sistema RED la relación nominal de trabajadores y efectúen

el ingreso de cuotas mediante TC1, deberán aplicar el importe de la bonificación en la casilla 601 del TC1 (Suma de bonificaciones/subvenciones).

Si no transmite por el Sistema Red: La bonificación la cumplimentarán en un TC1 complementario, que en ningún caso deberá ir acompañado de TC2. Deberán presentar una liquidación complementaria de saldo acreedor, con importe únicamente en la casilla de bonificación del TC1 y TC1/xx, con la clase de liquidación “4. Complementaria” y con una clave de control nueva: “95: Bonificaciones por Formación para el Empleo”.

Al finalizar cada ejercicio económico, la Fundación Estatal, sin perjuicio de los controles periódicos del proceso, procederá a la conciliación de los créditos asignados por empresa con las bonificaciones realizadas por cada una de ellas. Si se detectaran diferencias, se requerirá de la empresa una aclaración al respecto.

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2. Acciones en las empresas• TODO POR INTERNET Todas las comunicaciones y gestiones que las empresas tienen que hacer con la Fundación Tripartita se harán exclusivamente por Internet. Para ello, las empresas deben contar antes con una firma electrónica que da validez a las transacciones realizadas en la red. Una vez en posesión de la firma electrónica ya pueden acceder a la web oficial de la Fundación www.fundaciontripartita.org para gestionar los cursos.

Cómo obtener la firma electrónicaDebe acceder a la hoja web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Real Casa de la Moneda, para obtener el certificado: http://www.cert.fnmt.es/clase2/solicitud/mainpeti.htm

Los pasos a realizar son los siguientes:1.Solicitud Vía Internet de su Certificado: Al final de este proceso obtendrá un código que debe presentarse al acreditar la identidad.

2.Acreditación de la Identidad en una Oficina de Registro: El registro de usuario es presencial. Con el código de solicitud del paso anterior, deberá personarse en una oficina de registro para acreditar su identidad.

a)Si es persona física: DNI o NIE y Código de solicitud del certificado (paso 1).b)Si es una entidad, el representante deberá presentar: Documento acreditativo de la representación

legal de la entidad o Documento acreditativo de poder especial y expreso de representación para solicitar el certificado, DNI o NIE del solicitante, Documento acreditativo de la identidad de la entidad (CIF) y Código de solicitud del certificado (paso 1).

3.Descarga del Certificado de Usuario: Una vez realizado el registro presencial y con la ayuda del código obtenido en el paso 1, podrá descargar vía Internet su Certificado de usuario.

•Las empresas que se adhieran al Convenio de Formación no necesitarán realizar los pasos para obtener la firma electrónica, ya que la entidad organizadora será la encargada de realizar todas las comunicaciones.

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2. Acciones en las empresas

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2. Acciones en las empresas

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3. Permiso Individual de Formación

•El Permiso Individual de Formación (PIF) consiste en la autorización de la empresa a sus trabajadores/as para la realización de un curso dirigido a la obtención de una acreditación oficial.

•Estos permisos no financian el coste de la acción formativa (por ej. la matrícula de la Universidad) sino que financian a la empresa el tiempo de trabajo que necesita el trabajador para poder asistir esa formación con acreditación oficial.

REQUISITOS DE LA FORMACIÓN•ReconocidaReconocida por titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, así como los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y cualificaciones profesionales .

- Las acreditaciones oficiales son aquellas que estando previstas en la normativa estatal han sido expedidas por la Administración competente y publicadas en el boletín oficial correspondiente.

- Las titulaciones oficiales son aquellas que han sido expedidas por las Administraciones educativas competentes, con validez en todo el territorio estatal y publicadas en el BOE. Se consideran incluidos los Títulos Universitarios Propios por resolución de la Universidad correspondiente.

•DirigidaDirigida al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnico-profesionales de trabajador y a su formación personal.

•Impartición presencialpresencial, sin incluirse en cursos desarrollados por la propia empresa. En cualquier otro caso de formación mixta, sólo se admitirá la parte presencial.

No son bonificables los permisos para la realización de exámenes.

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3. Permiso Individual de Formación

FINANCIACIÓN•La financiación se realizará a través del crédito anual de bonificaciones para la formación que dispone la empresa y un crédito adicional. Se financia hasta un máximo de 200 horas por permiso y curso académico o año natural.

1. El crédito de formación anual disponible, se incrementa un 5%. De esta forma, la empresa además de este 5%, puede asignar la parte que considere oportuna de su crédito.

2. Además dispone de un crédito adicional. La asignación de este crédito adicional se realiza a medida que las empresas comuniquen los permisos y hasta tanto no se supere, el límite de la disponibilidad presupuestaria que se establezca anualmente en la Ley de PGE.

• El importe del crédito adicional se pone en funcionamiento automáticamente al rebasar el 5% del crédito anual para cada empresa, y será el equivalente al de los costes salariales de los permisos que comunique, con los siguientes límites de la tabla adjunta.• La cuantía se mide siempre en horas, y no en costes económicos.• A partir de 500 trabajadores se añadirán otras 200 horas por cada 500 trabajadores más en plantilla.

Número de trabajadores

Número máximo de horas

De 1 a 9 200 horas

De 10 a 49 400 horas

De 50 a 249 600 horas

De 250 a 499 800 horas

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3. Permiso Individual de Formación

REQUISITOS FORMALES

•Las empresas pondrán a disposición de los trabajadores que lo requieran el modelo de solicitud de autorización, incorporado como Anexo I en la OM, que el personal a formar debe cumplimentar a modo de petición a la empresa, para que esta última permita la realización del curso. La empresa puede denegar este permiso, siempre basado en motivos de organización o de producción.

•Información a la representación legal de los trabajadores/as (RLT) del inicio de la obtención del PIF se dispone de 15 días para la realización y envió del informe correspondiente a la empresa por parte del RLT .

• Comunicación de inicio del PIF, antes del comienzo del disfrute del permiso a través del sistema telemático. Se comunicarán datos personales y salariales del trabajador, horas a disfrutar del permiso, y datos de la formación y su acreditación oficial.

•Realización del permiso.

•Comunicación de la finalización del PIF.

–Los trámites para realizar tanto las comunicaciones como para la aplicación de la bonificación son los mismos que los comentados anteriormente para las acciones formativas

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3. Permiso Individual de Formación

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4. Compromiso de Contratación

• Acciones formativas dirigidas a formar trabajadores de próxima incorporación a la

plantilla de las empresas

1. Prioritariamente personas desempleadas.2. Personas inscritas en las Oficinas del INAEM.3. Empresas, sus asociaciones u otras entidades que

adquieran el citado compromiso de contratación.4. Subvención de la formación concedida por el Instituto

Aragonés de Empleo. 5. Subvención según módulos – hora/alumno6. Gestión del programa 20 días

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4. Compromiso de Contratación

• Acciones formativas dirigidas a formar trabajadores de próxima incorporación a la

plantilla de las empresas

1. No superior a 300 horas

2. Entre 10 y 20 alumnos por curso

3. Formación a medida de las necesidades de la empresa

4. Formación que incluye teoría y práctica

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4. Compromiso de Contratación

• Acciones formativas dirigidas a formar trabajadores de próxima incorporación a la

plantilla de las empresas

1. Contratación del 60% de las personas formadas.2. Contratos efectuados entre el 2º día de inicio del curso

hasta 3 meses después de finalizado el curso.3. Duración de los contratos de al menos 6 meses4. Colaboración entre la empresa y el INAEM en el proceso

de búsqueda y selección de los trabajadores.

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5. Formación en Alternancia

• Contratos de trabajo para la Formación

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

• El objeto es la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. El trabajo efectivo que preste el trabajador en la empresa ha de estar relacionado con las tareas propias del nivel ocupacional, oficio o puesto de trabajo objeto del contrato.

• Se puede celebrar con mayores de dieciséis años y menores de veintiún años que carezcan de la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas, o con un minusválido (sin el límite máximo de edad).

• La duraciónduración mínima del contrato es de seis meses y la máxima de dos años

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5. Formación en Alternancia

• Contratos de trabajo para la Formación

CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN

• Los contenidos de la formación teórica deberán estar vinculados a los certificados de profesionalidad de la ocupación.

• Cuando el trabajador no haya alcanzado la educación secundaria obligatoria, tendrá por objeto inmediato completarla.

• El tiempo dedicado a la formación teórica, impartida fuera del puesto de trabajo, se fijará en el contrato, según el oficio, el número de horas establecido, y la duración del contrato. Al menos será del 15% de la jornada.

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5. Formación en Alternancia

• Contratos de trabajo para la Formación

CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN

• La formación teórica sólo podrá concentrarseconcentrarse en el período final del contrato sí así se hubiera acordado en el convenio aplicable.

• La formación práctica deberá complementarse con asistencia asistencia tutorialtutorial que se prestará con la realización del trabajo efectivo.

• Las empresas podrán financiarse el coste de la formación teórica mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la SS, con cargo a la partida prevista en el presupuesto del SPEE.

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5.Formación en Alternancia

El Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón (Plan Fija)

Doble papel:

Como trabajador de una empresa, ejecuta las tareas sencillas que se le encomienden en su puesto de trabajo durante el 80% de la jornada laboral. El joven percibe de la empresa el 80% del salario establecido. El Gobierno de Aragón proporciona una ayuda económica para sufragar los gastos en que el joven pueda incurrir durante el proceso de formación.

Como alumno, dedica el 20% restante de la jornada laboral a la formación práctica en un centro acreditado. De este modo, el joven va cualificándose profesionalmente y aprendiendo el oficio “desde la base”.

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6. Formación de Oferta

• Planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as.

• Acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as.

• Otros tipos de cursos

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6. Ocupados y Desempleados

• Planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as. Pueden ser acciones formativas sectoriales o intersectoriales. Esto es, aquellas dirigidas a la formación de trabajadores/as ocupados/as y desempleados/as de un sector productivo concreto en el primer caso, o bien, a la adquisición de competencias transversales a varios sectores o específicas de un sector para reciclaje y recualificación de trabajadores/as ocupados/as y desempleados/as de otros sectores.

• Acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as. Se centran en la inserción o reinserción laboral de los trabajadores/as desempleados/as de acuerdo a las necesidades de cualificación y a la oferta de empleo detectada.

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6. Ocupados y Desempleados

Consulta cursos

• Formación prioritariamente desempleados– http://plan.aragob.es/MapaRec.nsf/General?OpenView– http://cepyme.inforienta.es

• Formación prioritariamente ocupados– En las webs de las entidades beneficiarias:

• Intersectoriales: Crea, Cepyme Aragón , UGT Aragón, CC.OO. Aragón

• Sectoriales: p.ej. Fundación Laboral de la Construcción, FEMZ, ECOS, Horeca, Federaciones sindicales, etc.

www.inaem.aragon.esFormación

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6. Prácticas en empresas

Se potenciarán acuerdos con las empresas, públicas o privadas, al objeto de favorecer la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales. Las prácticas profesionales en las empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre los alumnos y las empresas.

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7. Otros Recursos• Acciones complementarias y de acompañamiento

• Plandifor, “Herramienta de información y asesoramiento para el diseño de itinerarios profesionales y planes de carrera”. Esta herramienta pretende facilitar la gestión de la información existente en los manuales de puestos para la valoración de los mismos y la estructuración de requisitos para su adecuado desempeño. Como consecuencia, se pueden obtener objetivos de mejora de competencias así como planes de formación, desarrollo y carrera.

Análisis organizativo

Análisis de la adecuación persona-puesto

Determinación de requisitos para el desempeño del puesto

Descripción de puestos

Itinerarios profesionales

Gestión por competencias

Formación

Conocimientos

Competencias

Persona-puesto Persona-itinerario profesional

Herramienta PLANDIFOR

Perfiles de competencias

• Plandifor ofrece un valor añadido de gran interés para canalizar la gestión de la formación y los recursos humanos en la empresa:

– Constitución como eje de estructuración de distintas políticas de RRHH;

– Adecuación de la formación en la empresa a las necesidades de sus trabajadores/as en función de los puestos desempeñados por cada uno;

– Evaluación de la capacidad de los trabajadores/as de adaptarse a los requerimientos de los puestos de trabajo;

– Integración de las políticas organizativas y de gestión por competencias y adecuación entre trabajadores/as y puestos de trabajo, tanto a nivel interno como en procesos de selección de personal.

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7. Otros Recursos

• Acciones complementarias y de acompañamiento

• Evalfor, “Herramienta de valoración del impacto de la formación en la empresa”. La herramienta está constituida por un software que pretende facilitar la gestión de la formación a través de la integración de los distintos parámetros e indicadores que permiten la medición de los aspectos clave asociados a la evaluación de la formación en la empresa.

• Evalfor cuenta con un valor añadido de gran interés para la gestión de la formación en la empresa a varios niveles:

– Establecimiento por parte de la empresa de los indicadores de su interésindicadores de su interés para el análisis de la rentabilidad del proceso de formación, determinando un cuadro de mando del área de RRHH y del proceso de formación.

– Determinación por parte de la empresa de los indicadores del cuadro de mando cuadro de mando integralintegral (según el modelo y los criterios EFQM) que son de interés para su empresa.

– Introducción y almacenamiento de los valoresalmacenamiento de los valores correspondientes a los Indicadores seleccionados tanto en el cuadro de mando de formación como en el de empresa.

– Posibilidad de desarrollar un análisis mediante informes de cuadro de mando de los valores de los indicadores y las interrelaciones encontradas entre los valores introducidos, permitiendo evaluar el impactoevaluar el impacto que tiene en los distintos ámbitos de la empresa.

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Activa tu formación

Campaña de Difusión Rueda de Prensa

Visitas a EmpresasFeria Empleo

Sesiones Informativas

Concertación Visitas

Charlas Formativas

Puntos de Información

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Campaña de sensibilización y difusión de los recursos de la formación para el empleo en Aragón.