apuntes sucesiones eld
DESCRIPTION
Apuntes de la cátedra de sucesiones en la ELD, México.TRANSCRIPT
Sucesiones 19/08/14 07:00
TEMA I. Introducción.
(Asprón- 1.1-1.12)
Concepto.
¿Qué? El curso debería de llamarse herencias, no sucesiones por la amplitud
del concepto.
¿Cómo? Con muerte. Entonces qué pasa con nuestros bienes cuando una
persona muere.
¿Cuándo hay transmisión? Al momento de la muerte.
Tener en cuenta 2 artículos importantes del C.C.D.F:
Artículo 1281. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en
todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
Artículo 1288. A la muerte del autor de la sucesión los herederos adquieren
derecho a la masa hereditaria como a un patrimonio común, mientras que no
se hace la división.
Crítica:
Los bienes son derechos? Discusión doctrinal que las distingue vs. regulación
como derechos de los bienes de conformidad con los artículos 750 f. XII, 754.
Se transmiten todos los derechos y obligaciones? No, sólo los de carácter
patrimonial y que no son personalísimos. P.ej. EL acreedor alimentario no
deja de serlo por la muerte de su deudor; Ej.2. La muerte del mandatario no
vuelve mandatarios a sus herederos; Ej.3. La calidad de asociado en la A.C.
Suceder es poner una cosa en lugar de la otra, o a una persona en una
misma situación o condición que otra.
Capacidad para heredar.
Requisitos para suceder.
Requisitos para heredar.
Existir.
Ser capaz.
Ser digno.
Momento en que debe juzgarse la capacidad del heredero.
(FALTA CLASE DE VIERNES 22)
MARTES 26 DE AGOSTO
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00
19/08/14 07:00