apuntes examen ingreso para la policia-18!06!2013

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apuntes examen ingreso para la policia por pinkfloyd_mai | buenastareas.com Programa de Educación Cívica Bolilla Nº 1 ï¶ Significado de Pacto Federal 1831: Pacto Federal, acuerdo firmado en la ciudad de Santa Fe, el 4 de enero de 1831, entre las provincias argentinas de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, que conformó a su vez la denominada Liga del Litoral. Los gobiernos del Litoral se unieron previamente mediante pactos federales desde febrero de 1830, que fueron preliminares a la celebración del Pacto definitivo. El Pacto Federal establecía que debía formarse una Comisión Representativa con sede en Santa Fe, integrada por un representante de cada una de las tres provincias con las siguientes atribuciones: 1º) celebrar tratados de paz en nombre de las tres provincias expresadas, conforme a las instrucciones que cada diputado tuviera de su respectivo gobierno; 2º) hacer declaración de guerra contra cualquier otro poder en nombre de las tres provincias litorales; 3º) ordenar el levantamiento del Ejército en caso de guerra contra cualquier otro poder, en nombre de las tres provincias en forma ofensiva o defensiva, y nombrar el general al que debería mandarlo; 4º) determinar el contingente de tropa con que cada una de las provincias debería contribuir; 5º) invitar a todas las demás provincias de la República, cuando estuvieran en plena libertad y tranquilidad, a reunirse en federación con las tres litorales, y a que, por medio de un Congreso General Federativo, se arreglara la administración del país, bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior, y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias. Además, se comprometían a nofirmar tratados por separado con otras provincias y a no otorgar asilo a ningún

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apuntes examen ingreso para la policia

por pinkfloyd_mai | buenastareas.com

Programa de Educación Cívica

Bolilla Nº 1 

ï¶ Significado de Pacto Federal 1831:�  Pacto Federal, acuerdo firmado en la ciudad de Santa Fe, el 4 de enero de 1831, entre las provincias argentinas de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, que conformó a su vez la denominada Liga del Litoral. Los gobiernos del Litoral se unieron previamente mediante pactos federales desde febrero de 1830, que fueron preliminares a la celebración del Pacto definitivo. El Pacto Federal establecía que debía formarse una Comisión Representativa con sede en Santa Fe, integrada por un representante de cada una de las tres provincias con las siguientes atribuciones: 1º) celebrar tratados de paz en nombre de las tres provincias expresadas, conforme a las instrucciones que cada diputado tuviera de su respectivo gobierno; 2º) hacer declaración de guerra contra cualquier otro poder en nombre de las tres provincias litorales; 3º) ordenar el levantamiento del Ejército en caso de guerra contra cualquier otro poder, en nombre de las tres provincias en forma ofensiva o defensiva, y nombrar el general al que debería mandarlo; 4º) determinar el contingente de tropa con que cada una de las provincias debería contribuir; 5º) invitar a todas las demás provincias de la República, cuando estuvieran en plena libertad y tranquilidad, a reunirse en federación con las tres litorales, y a que, por medio de un Congreso General Federativo, se arreglara la administración del país, bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior, y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias. Además, se comprometían a nofirmar tratados por separado con otras provincias y a no otorgar asilo a ningún criminal que buscara refugio en una al huir de la otra; declaraba además libre el tránsito interprovincial. Por un tratado adicional, pero de carácter reservado, se establecía que Buenos Aires pagaría las contribuciones de guerra, para fomentar el equipo y apresto de fuerzas con que cada uno contribuyera, ya que Santa Fe y Entre Ríos no podían hacerlo. 

ï¶ El acuerdo de San Nicolás:�  Pacto de San Nicolás de los Arroyos, acuerdo cuyo proyecto definitivo fue aprobado el 31 de mayo de 1852, en San Nicolás de los Arroyos (Argentina), bajo los auspicios de Justo José de Urquiza, con la representación de once provincias, y cuyo contenido pretendía

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establecer un congreso constituyente que armonizara federalmente las relaciones entre los distintos territorios que conformaban la Confederación Argentina. La Constitución argentina de 1853 fue directa heredera del Pacto. Con el propósito de celebrar el acuerdo, tuvo lugar el 20 de mayo de 1852 la primera reunión en San Nicolás, bajo la presidencia de Justo José de Urquiza. Estuvieron presentes diez gobernadores que representaban a once provincias, pues Catamarca designó a Urquiza como representante, el cual era, además, gobernador de Entre Ríos. El acuerdo estaba integrado por 19 artículos, que establecían, en primer lugar, la fiel observancia del Pacto Federal, especialmente en el artículo 16 de dicho Pacto, que hacía referencia a la organización de la administración general por medio de un congreso general federativo. Determinaba que la reunión de dicho congreso serealizaría en la ciudad de Santa Fe en el mes de agosto, pero después la misma asamblea designaría su sede. Las trece primeras cláusulas del Acuerdo establecían dónde, cómo y cuándo se reuniría el congreso, y las seis restantes se referían a los poderes que se conferían a Urquiza. Se reconocía la igualdad de derechos de las provincias al establecerse que cada una de ellas enviaría dos diputados al congreso, sin mandato imperativo, que aprobarían la constitución a simple mayoría de sufragios. Se organizaba el poder ejecutivo provisional hasta que el congreso dictara la constitución: entonces se nombraría presidente constitucional de la República y el congreso cerraría sus sesiones. 

ï¶ El Congreso Constituyente de Santa Fe y la sanción de la Constitución de 1853�  De acuerdo con el tratado de San Nicolás, se establecía una representación igualitaria para todos los miembros de la Confederación, debiendo enviar cada provincia dos diputados. Este fue uno de los motivos que se adujeron en la Legislatura de Buenos Aires para no aceptar el acuerdo. De aplicarse el criterio contrario, es decir la representación proporcional a la población, Buenos Aires habría tenido como mínimo 18 diputados constituyentes y habría obtenido con sólo el apoyo de dos provincias más la mayoría absoluta en la asamblea. Este problema reflejaba dos realidades: por un lado una provincia con elevada población en relación a las demás que no encontraba justo una representación de dos diputados, y por el otro, otras jurisdicciones provinciales que exigían ser oídas en igualdad de condiciones con sus pares más poblados. Losgobernadores reunidos en San Nicolás habían optado por la última solución, lo que produjo junto con otros motivos, como ya vimos, el rechazo del acuerdo por parte de Buenos Aires. Consecuentemente la provincia de Buenos Aires estuvo ausente de las deliberaciones de la Convención Constituyente. Los dos diputados que habían sido elegidos al efecto durante el breve gobierno personal de Urquiza en Buenos Aires, Salvador María del Carril y Eduardo Lahitte, fueron retirados por una decisión de la Legislatura porteña inmediatamente de producida la revolución septembrina. 

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Los hombres que participaron del Congreso eran de distinto origen. Algunos diputados venían de la vieja generación de Mayo, otros pertenecían a la primera generación de unitarios y otros a la generación del 37; algunos habían vivido en el país, en tanto otros se habían exiliado y habían regresado después del triunfo de Urquiza. Entre ellos había hombres de letras, juristas y militares; sacerdotes y civiles. Si bien muchos divergían en sus ideas económicas, religiosas y políticas, se logró una amplia tolerancia que permitió el surgimiento de la anhelada constitución. El 20 de noviembre se realizó la reunión oficial de la Convención Constituyente. Domingo Crespo, gobernador de Santa Fe, llevó a cabo la instalación oficial en nombre del director provisorio, quien se hallaba ausente debido a la invasión que había sufrido Entre Ríos. Facundo de Zuviría, representante de Salta, fue nombrado presidente. Este, en el primer discurso que pronunció llegó a proponer la suspensión de las deliberaciones en razón de la situación por la que atravesabanlas provincias, algunas de las cuales habían sufrido la invasión de las fuerzas porteñas. Mencionó además como un obstáculo importante la falta de antecedentes constitucionales y la necesidad de reunir material y preparar hombres para la elaboración de la constitución. Su discurso produjo gran efecto y algunas dudas, pero éstos fueron rápidamente aventados por el discurso siguiente de Manuel Leiva, quien intentó demostrar que las condiciones para redactar una constitución estaban dadas. Pocos días después de iniciadas las deliberaciones se eligió la comisión que debía redactar el proyecto preliminar. Esta estuvo integrada originalmente por Manuel Leiva, Juan María Gutiérrez, José Benjamín Gorostiaga, Pedro Díaz Colodrero y Pedro Ferré. El 25 de febrero de 1853 se agregaron Santiago Derqui y Martín Zapata. Salustiano Zavalía ocupó el lugar de Ferré cuando éste debió ausentarse por las negociaciones con Buenos Aires en marzo, y más tarde Juan del Campillo reemplazó a Derqui. La constitución que resultaría de esta Convención Constituyente tuvo como modelos a las constituciones de Estados Unidos (1787), de la monarquía española (1812), de Suiza (1832), de Chile (1833), y de Francia (1783 y 1848). Además se tuvo muy en cuenta el libro Bases de Juan Bautista Alberdi. Alberdi residía en Chile, y no regresó a su país inmediatamente después de Caseros como hicieron la mayoría de los exiliados, aunque quedó vinculado epistolarmente con algunos de éstos. Bastó que Juan María Gutiérrez le pidiera colaboración para que Alberdi contestara con su libro. La primera edición apareció en mayo de 1852 y tuvo unagran difusión. Pero ante el pedido de sus amigos de que agregara a aquélla un proyecto de constitución, Alberdi entregó en julio para su publicación una segunda edición con lo solicitado. Tanto su libro como el proyecto tuvieron influencia decisiva en el documento que elaboraron los constituyentes de Santa Fe. Dos cuestiones fueron las más discutidas en el seno de la convención: la cuestión de la capital y la cuestión religiosa. En cuanto a la primera, hubo dos posiciones: los intransigentes o capitalizadores y los negociadores. Los primeros, que eran el grueso de

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los convencionales y especialmente Gutiérrez y Gorostiaga, eran partidarios de una política enérgica contra Buenos Aires. Para ellos la representación de la voluntad nacional se hallaba en los convencionales y no debía negociarse nada. Sostenían que Buenos Aires debía ser impuesta como capital por la Convención Constituyente y no mediante una ley al respecto. A su vez, los negociadores, encabezados por Facundo de Zuviría y Roque Gondra, impulsaban una política de conciliación con Buenos Aires y en consecuencia se oponían a que ésta fuera declarada capital porque ello produciría la ruptura. Finalmente el artículo 3º quedó redactado de la siguiente manera: "Las autoridades que ejercen el Gobierno federal residen en la ciudad de Buenos Aires, que se declara Capital de la Confederación por ley especial". La mencionada ley fue presentada el 18 de abril en las deliberaciones del Congreso como ley complementaria a la Constitución proyectada. Esta ley se adoptó inmediatamente después de la sanción de la Constitución, pero también estipulabala designación de una capital temporaria para el caso de que los porteños se resistieran a unirse a la Confederación, que fue lo que finalmente ocurrió. El segundo enfrentamiento de los convencionales tuvo que ver con el problema religioso y especialmente con el artículo que establecería la libertad de culto. También aquí se dieron dos posiciones. Los que defendían la tolerancia religiosa y una amplia libertad se denominaron el "círculo" y respondían a la influencia de Salvador María del Carril. A él pertenecían Zavalía, Derqui, Delgado, Gorostiaga y Gutiérrez, entre otros. Sus ideas serían las sancionadas finalmente en la constitución. Este grupo bautizó a la oposición con el nombre de "montoneros". Este era un grupo reducido formado por el padre Centeno, fray Manuel Pérez, el correntino Díaz Colodrero, el santafesino Leiva, y el presidente salteño Zuviría. Estos eran conservadores y querían una constitución inscripta en el catolicismo tradicional, como habían sido todos los anteriores estatutos y ensayos constitucionales. La redacción de la Constitución finalizó en los últimos días del mes de abril de 1853 y el proyecto fue aprobado el 1º de mayo. El 24 de mayo se constituyó una comisión -integrada por del Carril, Gorostiaga y Zapata- para visitar a Urquiza en su residencia de San José y entregarle el primer original de la Constitución. Pero Urquiza no estaba allí pues había debido viajar a Buenos Aires para observar la situación del coronel Lagos y las tropas que sitiaban esa ciudad. Hasta allí se dirigió la mencionada comisión para cumplir con su misión, encontrando a Urquiza en elpueblo de San José de Flores en las afueras de Buenos Aires. Urquiza promulgó aquí la Constitución el 25 de mayo, e inmediatamente se enviaron chasques a las provincias para que pudiera ser jurada el 9 de julio. Con excepción de Buenos Aires, todas las provincias juraron esta Constitución. La Convención Constituyente continuó en funciones un tiempo más ejerciendo una labor legislativa y sancionó las leyes de aduana, de libertad de los ríos, electoral y de capitalización de Paraná. Una vez electas las nuevas autoridades, la Convención se disolvió. 

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ï¶ Conocimientos de las Reformas de la Constitución de 1994:�  La Convención Reformadora, que desarrolló sus sesiones entre el 25 de mayo y el 22 de agosto de 1994, se estableció en dos sedes: la ciudad de Paraná y la de Santa Fe. El 23 de agosto, en el palacio San José, los convencionales y los titulares de los tres poderes del gobierno nacional juraron la Constitución Nacional reformada, integrada por 129 artículos y diecisiete disposiciones transitorias. La Convención Reformadora agregó a la Primera Parte de la Constitución Nacional, que constaba de un único capítulo (Declaraciones, derechos y garantías: del artículo 1 al 35), un segundo capítulo titulado Nuevos derechos y garantías, que pasó a contener ocho artículos (del artículo 36 al 43). Respecto de la Segunda Parte de la Constitución Nacional (Autoridades de la Nación), la Convención modificó algunos artículos y agregó otros. En consecuencia, el articulado de la Segunda Parte fue numerado de nuevo. Se incluyó la participación de ciudadanos en partidos políticos, la consulta popular y lareelección presidencial, modificación ésta que permitió acceder a un nuevo mandato al presidente Carlos Saúl Menem. 

Bolilla Nº 2 

ï¶ El Preámbulo:�  Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino; invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina. 

ï¶ Constitución: la Constitución como ley suprema y fundamental�  Nuestra Constitución Nacional consta de dos partes: una parte dogmática y otra orgánica. La parte dogmática de la Constitución (titulada "Declaraciones, derechos y garantías como característica fundamental proponer y perseguir como fin último del Estado y de su organización Institucional la defensa de los derechos y libertades del hombre , limitar al Estado y dar seguridad al individuo frente a él. Todo derecho fundamental o primario del hombre puede y debe ser considerado incluido en la Constitución, esté o no reconocido expresamente. Pero esta parte dogmática no se incomunica con la parte orgánica que

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tiene como meta organizar al poder, implantándose una estructura de poder limitado, distribuido y controlado, lo cual selogra a través de la forma republicana de gobierno con su división de poderes. Según nuestra Corte Suprema la división de poderes se presenta como un sistema de restricciones a la actividad del poder, para garantía de la libertad individual. 

ï¶ Análisis del Preámbulo:�  Análisis del texto: El Preámbulo refleja, en primer lugar, una manifestación de fe en el pueblo como fuente de poder, ya que extrae la legitimidad de la representación de los constituyentes del pueblo de la Nación Argentina. En segundo lugar, reconoce la preexistencia histórica de las provincias, sin cuya voluntad no hubiera sido posible organizar el Estado. En tercero, plasma las ideas dominantes del orden constitucional. En cuarto, expresa las finalidades fundamentales del Estado. Sus partes constitutivas: 

A) Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina. La unión de las provincias constituyó la Nación y el conjunto del pueblo de aquéllas formó el pueblo soberano, cuyos representantes sancionaron la Constitución. Son los representantes del Pueblo de la Nación quienes ordenan, decretan y establecen la Constitución. En 1853 sólo faltó la voluntad del pueblo de Buenos Aires. 

B) Reunidos en Congreso General Constituyente. El Congreso de Santa Fe fue general, porque a excepción de los delegados de Buenos Aires, estaban reunidos los representantes de las demás provincias argentinas. Fue constituyente porque en el Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos, se convino que el Congreso se reuniría con el objeto de sancionar la Constitución en ejercicio del poder constituyente. 

C) Por voluntad y elección de lasprovincias que la componen. El Congreso se reunió por voluntad de las provincias. Sin esa voluntad, no hubiera sido posible organizar el Estado, como lo que ocurrió en los fallidos intentos de 1819 y 1826. 

D) En cumplimiento de pactos preexistentes. A través de esos pactos, las provincias reconocían que eran entidades autónomas integrantes de la Nación, regulaban sus relaciones y resolvían problemas comunes. Además, muchos pactos ratificaron la voluntad de llegar a la Constitución y sentaron las estructuras básicas del futuro constitucionalismo. 

E) Con el objeto de... El enunciado abarca seis fines, bienes o valores, condensando la ideología de la Constitución y el proyecto político que ella estructura, los mismo son: 

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1) Constituir la unión nacional. Hasta 1853, la unidad nacional sólo existía como sentimiento; no se había constituido la República en Estado. La Constitución forma la unidad federativa con las provincias históricamente preexistentes. Esta cláusula tiene permanente vigencia en nuestro país, cuya sociedad precisa reconciliarse, después de profundas divisiones y escisiones, derivadas de hondos enfrentamientos, disturbios, desasosiegos, desajustes y pujas. 

2) Afianzar la justicia. Significa asegurar la justicia como valor supremo del mundo jurídico-político y consolidar su administración como función del poder, a cargo de un órgano especial (el Poder Judicial). La finalidad de alcanzar la justicia integra la ideología política de nuestra Constitución. Por eso, la realización de ella en el campo de la realidad se convierte en obligación insoslayable de todogobernante. En cuanto a la justicia como función del poder, está a cargo de un órgano especial (el Poder Judicial). Por ello, la Constitución no sólo crea el Poder Judicial federal, sino que también exige a las provincias que aseguren la administración de justicia, prohíbe al presidente de la República el ejercicio de funciones judiciales y proscribe las facultades extraordinarias (Art. 5, 29 y 109). 

3) Consolidar la paz interior. Significa evitar y suprimir la violencia y las luchas civiles, a fin de crear un orden pacífico interno. Esta cláusula se endereza también a terminar con irreconciliables antinomias que suelen separar a los argentinos y que crean, dentro del pluralismo democrático, enemigos en lugar de adversarios, apartándolos, así, del destino común. La paz es un valor permanente, para asegurar la libertad, la justicia, el desarrollo y el progreso. 

4) Proveer a la defensa común. Es un objetivo fundamental del Estado. Se propone otorgar al poder federal las fuerzas suficientes para la defensa del propio Estado, de las provincias y de la población. Significa también la defensa de la Constitución, de la comunidad y, con ella, de la persona humana. La defensa común que debe proveerse está por encima de intereses individuales y grupales, de banderías o sectores. 

5) Promover el bienestar general. Es impulsar el bien común de todos, de la sociedad; es decir, el bienestar de los hombres y grupos que conviven en nuestro Estado. Este propósito tiene en cuenta no sólo el aspecto material o económico, sino también todos los elementos necesarios para el bienestar de la comunidad,permitiendo al hombre, a través de la participación en el bien común, el pleno desarrollo de su personalidad. 

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Por ello, el Estado debe crear las condiciones necesarias que posibiliten esa realización del hombre. La plenitud de la persona sólo se concreta si la sociedad proporciona las bases y las condiciones fácticas para que se realice. Esta finalidad debe ser perseguida por el Estado federal y por las provincias, en forma concurrente, en virtud de lo dispuesto por los Art. 75, inc. 18, y 125. 

6) Asegurar los beneficios de la libertad. Esta libertad, no sólo para nosotros sino también para todos los hombres del mundo que habiten nuestro suelo, necesita de la concurrencia simultánea de otros valores como orden, seguridad, igualdad, justicia y bienestar general. Es la libertad que encierra el concepto de la dignidad de la persona humana, y que obliga a la sociedad y al Estado a crear la posibilidad cierta y real para que el individuo desarrolle en plenitud su personalidad y sus derechos. Pero no es la libertad anárquica, sin obligaciones, abusiva de los derechos de los demás, contraria a la justicia y a la paz social e impeditiva del bienestar general. 

F) Para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino. Asegura los propósitos y objetivos del Preámbulo para todos los individuos que deseen integrar la población de nuestro Estado, en un principio humanitario de apertura. Trata, además, de estimular la inmigración bajo el signo alberdiano de que “gobernar es poblar”, en rasgo de generosidad que el extranjero debe correspondercon el respeto a nuestras instituciones y el trabajo fecundo (Art. 20, 21 y 25). 

G) Invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia. Coloca al Estado y a sus instituciones bajo el amparo de Dios, sin que con ello importe negar la libertad de cultos (Art. 14), que asegura la misma Constitución. Ese Dios a que se refiere esta cláusula es el Dios del catolicismo, en una indiscutible invocación de lo sobrenatural. Por otra parte, evidencia la convicción religiosa de los constituyentes, responde a la tradición de la República y al sentimiento de la mayoría del pueblo argentino (Art. 2 y 14). 

H) Ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina. Es la fórmula final dispositiva que revela las facultades de que estaba investido el Congreso, su carácter soberano y el título definitivo de la Constitución, aprobada en el seno de la Convención Constituyente. 

ï¶ Formas de Gobierno: clasificaciones�  Gobierno, organización política que engloba a los individuos y a las instituciones autorizadas para formular la política pública y dirigir los asuntos del Estado. Los gobiernos están autorizados a establecer y regular las interrelaciones de las personas dentro de su territorio, las relaciones de éstas con la comunidad como un todo, y las relaciones de la

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comunidad con otras entidades políticas. Gobierno se aplica en este sentido tanto a los gobiernos de Estados nacionales como a los gobiernos de subdivisiones de Estados nacionales, por ejemplo condados y municipios. Organizaciones tales como universidades, sindicatos e iglesias, son en general tambiéngubernamentales en muchas de sus funciones. La palabra Gobierno puede referirse a las personas que forman el órgano supremo administrativo de un país, como en la expresión 'el gobierno del presidente Ernesto Zedillo'. Clasificaciones: Los gobiernos se clasifican de diversas maneras y según distintos puntos de vista; muchas de las categorías inevitablemente se solapan. Una clasificación familiar es la que distingue la monarquía de los gobiernos republicanos. Los estudiosos de la época contemporánea, en particular del siglo XX, han subrayado las características que distinguen a los gobiernos democráticos de las dictaduras. En una clasificación de gobiernos, los gobiernos federales se diferencian de los estados unitarios. Los estados federales, como Estados Unidos y Suiza, son uniones de estados en los que la autoridad del Gobierno central o nacional está limitada constitucionalmente por los poderes establecidos legalmente en las subdivisiones que los constituyen. En México, república federal, se repite el esquema organizativo del gobierno central en los 31 estados del país: el poder ejecutivo lo ejerce el presidente (o el gobernador), el legislativo reside en el Congreso (o Cámara de diputados), y el judicial la Suprema Corte de Justicia (o Tribunales Superiores). En los estados unitarios, como Gran Bretaña y España, las subdivisiones constituyentes del Estado están subordinadas a la autoridad del gobierno nacional. El grado de subordinación varía de país en país. Puede variar también dentro de un mismo país de una época a otra y según las circunstancias; por ejemplo, la autoridad central delgobierno nacional en Italia creció mucho de 1922 a 1945, durante el periodo de la dictadura fascista. En una clasificación de naciones democráticas, los gobiernos parlamentarios o consejos de ministros difieren de los sistemas presidencialistas. En los gobiernos parlamentarios, de los que son ejemplo Gran Bretaña, India y Canadá, el poder ejecutivo está subordinado al Parlamento. En gobiernos presidencialistas, como Francia, Estados Unidos y la mayoría de los países de América Latina, el ejecutivo es independiente del legislativo, aunque algunas de las acciones del ejecutivo se someten a una revisión del legislativo. Otras clasificaciones dependen de las diversas formas gubernamentales y poderes entre las naciones del mundo. Según la teoría de ciencia política que prevalece, la función del gobierno es asegurar el bienestar común de los miembros de los grupos sociales sobre los que ejerce control. En diferentes épocas históricas, los gobiernos han procurado lograr el bienestar común por diferentes métodos. Entre los pueblos primitivos, los sistemas de control social eran rudimentarios; surgían directamente de las ideas del bien y el mal comunes a los miembros de un grupo social y se imponían a los individuos principalmente a través de la presión del grupo. En pueblos más desarrollados, los gobiernos asumían formas

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institucionales; descansaban sobre bases legales definidas, imponían castigos a los que violaban la ley y empleaban la fuerza para consolidarse y desempeñar sus funciones. 

ï¶ La democracia directa, indirecta, semidirecta – sus instituciones:�  1) Directa: Cuando la soberanía, quereside en el pueblo, es ejercida inmediatamente por él, sin necesidad de elegir representantes que los gobiernen. 

2) Indirecta: El pueblo es gobernado por medio de representantes elegidos por él mismo. La elección de los individuos que han de tener a su cargo la tarea gubernativa se realiza por medio del sufragio y cualquier individuo tiene el derecho de participar o ser elegido. 

La democracia indirecta es el modelo de democracia más difundido y suele adoptar diversos sistemas: • Parlamentarismo • Presidencialismo • Semipresidencialismo 

a) Parlamentarismo 

En la forma de gobierno parlamentaria, los ciudadanos eligen directamente a los representantes que integran el Poder Legislativo o Parlamento y estos, a su vez, designan entre sus miembros, por mayoría absoluta de votos, a un jefe de gobierno o primer ministro y a los restantes miembros del gabinete. Este gabinete tiene a su cargo la conducción política del país y es encabezado por el primer ministro o jefe de gobierno, quien generalmente es el líder del partido político que ha logrado obtener una mayoría de bancas en las últimas elecciones parlamentarias. 

El gobierno permanecerá en el poder siempre y cuando cuente con el apoyo de la mayoría del Parlamento. Cesará en sus funciones cuando la mayoría le niegue su apoyo o cuando, en las siguientes elecciones cambie la mayoría en el Parlamento. 

Por último, en los parlamentarismos el jefe de gobierno no es el jefe de Estado. El jefe de Estado es una figura simbólica, protocolar, que carece en la práctica de todo poder. 

Según quién sea el Jefe de Estado se distinguenRegímenes Parlamentarios Monárquicos y Republicanos. 

1) Gobierno Parlamentario Monárquico 

Este sistema ocurre en los Estados donde un Rey o Príncipe es el Jefe de Estado El

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ejemplo clásico es el Reino Unido. 

2) Gobierno Parlamentario Republicano El Jefe de Estado es un ciudadano que pasa a ser Presidente de la República por medio de una elección realizada en el Parlamento, por un período determinado de tiempo. Ejemplos: Italia, Grecia etc. 

b) Presidencialismo 

En la forma de gobierno presidencial, los ciudadanos eligen directamente y por separado a los representantes que integran el Poder Legislativo o Congreso y al encargado del Poder Ejecutivo o presidente. En este caso, el presidente es a la vez Jefe de gobierno y jefe de Estado. Tiene a su cargo la conducción política del país, nombra y remueve por sí solo a sus colaboradores o ministros, representa a la nación frente a otros países y dura en su mandato un número de años preestablecido. Ni el presidente ni sus ministros pueden ser miembros del Poder Legislativo. Por otra parte, el Poder Ejecutivo no puede disolver el Congreso. En cambio, el Congreso sí puede destituir al presidente mediante el procedimiento de juicio político. Pero este recurso se emplea excepcionalmente cuando existen casos de mal desempeño o de comisión de delitos. Nuestro país forma parte del grupo de naciones que cuentan con un sistema presidencialista. 

c) Semipresidencialismo 

En el semipresidencialismo, los ciudadanos votan directamente a los representantes que integran el Poder Legislativo, Parlamento o Asamblea, y estos a su vez,designan entre sus miembros, por mayoría absoluta de votos, a un jefe de gobierno o primer ministro y a los restantes miembros del gabinete, que deben contar con respaldo parlamentario permanente. Pero el pueblo también elige en forma directa y por vía separada al jefe de Estado o presidente, que posee así legitimidad democrática propia. 

Esta forma de Gobierno democrática es una modalidad siglo XX. Ejemplos son Francia, Portugal, Austria etc. 

3) Semidirecta: Aquella en la que el pueblo toma intervención en determinados asuntos, mediante la aplicación de distintos mecanismos, como: la iniciativa popular, el referéndum, la consulta popular y la revocatoria de mandato. 

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a) Iniciativa popular: Mecanismo por el cual la ciudadanía propone a las autoridades constituidas un proyecto de ley, sostenido con una determinada cantidad de firmas. 

b) referéndum: Se vota por sí o por no, respecto de una iniciativa presentada por el poder legislativo. 

c) Consulta Popular: Mecanismo en virtud del cual las autoridades someten a consideración del pueblo diferentes cuestiones; puede ser: 

• Vinculante • No Vinculante 

• Vinculante: Significa que aquella decisión que tome la ciudadanía al votar en la consulta debe ser obligatoriamente adoptada por los órganos del gobierno y además que el electorado debe concurrir a votar obligatoriamente. 

• No Vinculante: Su resultado no necesariamente debe ser adoptado por los gobernantes ni es obligatoria la concurrencia a las urnas. 

d) Revocatoria de mandato: Derecho de destituir funcionarios o anular sus decisiones por medio del voto popular. ï¶ La República: características:�  República: Forma de gobierno opuesta a la monarquía. Características de la República: 1. En las repúblicas no existe una persona que automáticamente y por derecho propio asuma la investidura del órgano superior del Estado. 2. En la República se da siempre el fenómeno de la elección. 3. El presidente puede ser responsable, puesto que cabe juzgarle y deponerle, e incluso residenciarle y exigirle responsabilidad jurídica por el mal ejercicio de sus prerrogativas 4. El presidente no tiene los poderes residuales en la misma forma que los reyes en las Monarquías. 5. Las atribuciones de los presidentes están taxativamente señaladas en la Constitución y cuando la Constitución no dice nada, no puede presumirse que el presidente lo pueda TODO, a diferencia del monarca, que tiene unos poderes residuales y una presunción de competencia. 6. La República está siempre íntimamente ligada con la democracia. 

ï¶ La forma representativa, republicana y federal:�  

La Forma Representativa 

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El artículo 22 dice que “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución...” El artículo 39, introducido por la reforma de 1994, dice que “Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. En congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrónelectoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal”. El artículo 40 introducido por la reforma de 1994, establece que “El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática. El Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidades de consulta popular”. 

La Forma Republicana 

El artículo 16 dice que “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. 

La Forma Federal 

Preámbulo: “......reunidos en Asamblea General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen.....” Artículo 3 de la Constitución Nacional “Las autoridades que ejercen el Gobierno federal, reside en la ciudad que se declare Capital de la República poruna ley especial del Congreso, previa cesión hecha por una o más legislaturas provinciales, del territorio que haya de federalizarse”. No siempre la Capital fue Buenos Aires, de hecho, ni siquiera la Provincia de Buenos Aires formó parte del Congreso General Constituyente de Santa Fe que sancionó la

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Constitución Nacional en 1853, el artículo 3ro quedó redactado de la forma que transcribimos a partir de la reforma constitucional de 1860, la capital originariamente y en forma provisoria fue la ciudad de Paraná, la ley que federalizó el territorio de la ciudad de Buenos Aires fue aprobada el 21/9/1880, es decir, 20 años después de la reforma que establecía esa circunstancia. Artículo 31 de la Constitución Nacional: “Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la Provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859”. 

Bolilla Nº 3 

ï¶ Declaraciones, derechos y garantías: concepto�  La Primera Parte de la Constitución es conocida como la parte dogmática. En ella se reconocen los derechos individuales y de los ciudadanos. Está integrada por 43 artículos. Los treinta y cinco primeros forman el primer capítulo denominado "Declaraciones, Derechos y Garantías". Declaraciones: son expresiones, manifestaciones o afirmaciones en las que se tomaposición acerca de cuestiones fundamentales, como la forma de gobierno o la organización de las provincias. Derechos: son facultades que la Constitución reconoce a los habitantes del país para que puedan vivir con dignidad. Al estar así reconocidas, los habitantes pueden exigir su respeto. Garantías: son protecciones, establecidas en la Constitución para asegurar el respeto de los derechos y las libertades que ella reconoce. 

ï¶ Derechos civiles, sociales y políticos, implícitos:�  El plexo de derechos humanos se descompone en tres categorías: según el orden cronológico en el que fueron apareciendo históricamente. Se habla así de tres "generaciones" de derechos por la época en que se generó cada una. Los derechos de la primera generación son los clásicamente denominados derechos civiles y políticos; los de la segunda generación emergen como derechos sociales, económicos y culturales (o derechos sociales en conjunto) con el constitucionalismo social en el siglo XX; los derechos de la tercera generación atisban incipientemente desde hace escaso tiempo, e incluyen el derecho a la paz, a la cultura, a un medio ambiente sano, etc. y podrían titularse derechos colectivos. En nuestra Constitución, los derechos anteriormente mencionados se encuentran recepcionados de la siguiente forma: 

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• Derechos de la 1º generación : derechos civiles: Art.7 a 12, 14 a 19, 26, 28, 36, 41, 42 y 75 incisos 2, 17, 19, 22 y 23; derechos civiles de los extranjeros : Art.. 20, 21 y 25. Derechos políticos: Art. 37, 39 y 40. • Derechos de la 2º generación: derechos sociales: Art. 14 bis, 41, 42 y 75 incs. 17 y 23;derechos económicos y culturales: Art. 75 inc. 19. • Derechos de la 3º generación: derechos colectivos: Art. 41 y 43. Asimismo, el Art. 33 incluye los derechos implícitos de toda índole y el Art. 75 inc. 22 los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. • Derecho a la personalidad jurídica: Abolición de la esclavitud y prohibición de la compraventa de personas (Art. 15) Desde su entrada en vigencia nuestra Constitución deja en libertad a los esclavos que existiesen y prohíbe para el futuro la comercialización de esclavos. Es así como para nuestra constitución queda abolida definitivamente la "muerte civil". Esto quiere decir que los esclavos no serán tratados ya como cosas sino como personas reconociéndoseles definitivamente el derecho a la personalidad jurídica por el solo hecho de ser humanos. Sobre el derecho de todo ser humano a ser persona el Art. 1º de la Convención Americana sobre Derechos humanos dice que "para los efectos de ésta Convención, persona es todo ser humano". Con respecto al reconocimiento de la personalidad jurídica el Art. 3º de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos dice "toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica”; y el Art.16 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos expresa que "todo ser humano tiene derecho en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica". Para la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en su Art. 6 "nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre, y tanto ésta como la trata de esclavos y la trata de mujeres están prohibidas en todas susformas" y para el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se establece exactamente lo mismo. • La dignidad personal (Art.. 33 y 14 bis) Es verdad evidente que la persona humana tiene una dignidad que deriva del hecho de ser, ontológicamente una persona, y que el derecho debe reconocérsela por ser tal. Nuestra Constitución no enumera este derecho entre los explícitos, pero los incluye en los implícitos del Art. 33, a más de algunas referencias a las condiciones dignas de trabajo del Art 14 bis. Según la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en su Art. 11 dice: "Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad". • La integridad del hombre (Art.. 33 y 18) La Constitución argentina carece de un enunciado análogo al Art. 5.2 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos referido al respeto a la integridad personal, o a la exención de malos tratos; pero incluye implícitamente el derecho a la integridad como parte del derecho a la dignidad, en el Art. 33 y expresamente asume la abolición de tormentos y azotes en el Art. 18. El derecho a la integridad física y psíquica, además de

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ser contenido como un derecho a la dignidad, forma parte -de alguna manera- del derecho a al vida y a la salud los cuales componen un plexo de derechos implícitos del Art. 33 de nuestra Constitución. • Derecho a la vida y sus circunstancias (Art.. 14, 41, 42, 75 incs. 2, 19, 22, 23 y 125) Hasta la reforma de 1994 el derecho a la vida, que es el derecho humano fundamental, no estaba expresamente contemplado en el texto constitucional. La constituciónreformada hizo explícito tal reconocimiento por vía de incorporación con jerarquía constitucional del Pacto de San José de Costa Rica (Art. 75 inc. 22 C.N. y Art. 4º del Pacto) a) Ambiente sano (Art. 41): la preservación de las características naturales del ambiente deriva en un equilibrio que posibilita el desarrollo de los seres vivos. b) Protección de la salud de los usuarios y consumidores (Art. 42): al afectar la salud por medio de los productos que consume o no seguros para su uso implica un desmedro para la vida humana y por ello se trata de resguardar expresamente este derecho. c) Calidad de vida (Art. 75 inc.2, párrafo 3): en forma genérica se propende al bienestar en toda la Nación, de modo que no existan discriminaciones por el hecho de vivir en una u otra provincia. d) Seguridad social integral desde el embarazo (Art. 75 incs. 22 y 23): se trata de la protección del derecho a la vida desde la concepción. El primer derecho que adquiere la persona es el de ser protegido para nacer y luego recibir amparo para su crecimiento. Se trata de que sean cubiertas las necesidades básicas de salud, alimentación y educación, de acuerdo a lo que establece el Art. 14 bis. e) Eliminación de toda forma de discriminación (Art. 43 y 75 inc. 23): Para garantizar la igualdad de trato, con especial referencia a mujeres, niños, ancianos y discapacitados. f) Reconocimiento de derechos humanos, prevención y sanción del genocidio, la tortura, tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes (Art. 75 inc. 22): La norma constitucional que en origen establecía que las cárceles deben ser limpias y sanaspara seguridad y no para castigo de los detenidos (Art. 18) se amplía con la reforma al dar jerarquía constitucional a los tratados sobre derechos humanos. g) Protección de la niñez y la ancianidad (Art. 75 inc. 23): La protección de la niñez, específicamente contemplada en la Convención sobre los Derechos del Niño fue incluido en el texto constitucional en el inc. 23 del Art. 75. Los derechos de los ancianos a disponer de los medios necesarios para su bienestar personal a través de beneficios jubilatorios y planes asistenciales, son protegidos por extensión. h) Protección de los discapacitados (Art. 75, inc. 23): La situación de disminución en la aptitud física o psíquica de las personas no hace mengua en la dignidad humana y esa situación de desventaja debe ser compensada por la sociedad. i) Protección integral de la familia (Art. 14 bis, 75 incs. 19, 22 y 23): El Art. 14 bis contempla la protección integral de la familia. Esta norma es complementada por el Art. 75 inc. 22 y el Pacto de San José de Costa Rica alude en su Art. 17 a derechos específicos para la formación de la familia y el mantenimiento de su cohesión, ya que la vida del

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hombre no puede desarrollarse sino en el ámbito natural de la familia y al proteger a la familia se protege a la vida misma. j) Favorecer el desarrollo humano (Art. 75 incs. 18 y 19; 124 y 125): cuando establece que el legislador debe tener como valor básico al dictar normas el desarrollo humano en sus aspectos físico y espiritual, al igual que el desarrollo institucional de la Nación y de las provincias. Promover no sólo el desarrollo económico, sinotambién educativo, cultural, tecnológico y científico, que es una manera de respetar y proteger el derecho a la vida. • Derecho a la libertad y seguridad personal (Art.. 18, 19 y 28) En nuestra Constitución se establece que nadie puede ser arrestado, sino en virtud de orden escrita de autoridad competente (Art.18), más los principios de legalidad (Art.19) y de razonabilidad (Art.28) son paralelos a las normas internacionales que reconocen operativamente estos derechos en forma conjunta. La abolición del trabajo forzoso u obligatorio se induce del Art. 17 de la constitución al declarar que ningún servicio personal es exigible sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Los tratados internacionales coinciden con la tesitura constitucional. • Igualdad ante la ley (Art.16) Está claramente explicitado en nuestra Constitución en el Art. 16, al prohibir prerrogativas de sangre, fueros personales, etc. • Intimidad personal (Art.18 y 19) En nuestra Constitución (Art.19) se reconoce el "principio de reserva" por el cual las acciones privadas de los hombres hacen a la vida y a la moral privada de ellos, si no ofenden al orden y a la moral pública. Por añadidura, la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia aparece en el Art.18. • Libertad religiosa (Art.14) Consagra la libertad de cultos en forma expresa y en forma implícita la libertad de conciencia que es indispensable y prioritaria para ejercer la anterior. • Derecho a la Nacionalidad (Art.20, 21 y 25) Los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los ciudadanos nativos aunque no están obligados a admitir laciudadanía de nuestro país, pero si lo desean pueden solicitarla (Art.20). Estos además están eximidos de prestar servicios en defensa de la patria de adopción (Art.21), así como no puede ser restringido su ingreso al país ni gravado con cargas fiscales, cuando beneficien al progreso del país. (Art.25) • Derechos de los pueblos indígenas (Art.. 14, 75 inc. 17) La conversión de los indios al catolicismo fue suprimida en concordancia con la libertad de cultos (Art.14) y reafirma el respeto a la identidad e integridad de los indígenas (Art.75 inc.17) • Libertad de prensa (Art.14 y 32) Uno de los derechos humanos más importantes en un Estado republicano y democrático es la libertad de expresarse y el Art. 14 dispone la libre publicación de las ideas por la prensa sin ningún tipo de censura previa. El Art. 32 respalda dicha libertad no permitiendo

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su restricción por medio de reglamentaciones surgidas del gobierno federal, dejando dicha potestad al Congreso, para evitar los abusos de poder del Poder Ejecutivo. • Derecho de libre asociación (Art.. 14 y 14 bis) Nuestra Constitución en una fórmula concisa y parca (Art. 14) establece la libertad de asociarse con fines útiles y la libertad sindical -organización sindical libre y democrática- (Art. 14 bis). • Derecho de propiedad (Art.. 14 y 17) Nuestra C.N. además de reconocer la propiedad privada (Art. 17) como un derecho humano fundamental, y el derecho de usar y disponer de ella (Art. 14), declara que ésta es inviolable (Art. 17) y da por abolida para siempre la confiscación (Art. 17). • Defensa del sistema democrático y del ordeninstitucional (Art. 36) La historia argentina interrumpió la continuidad jurídica y política del Estado, de sus poderes y del ejercicio pleno de los derechos del ciudadano. Este recorrido histórico es la causa eficiente de la incorporación del Art. 36. • Derechos Políticos (Art. 37) Se garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, no enunciados en la anterior Constitución, que se derivaban básicamente por interpretación del Art. 33, que establece que las declaraciones, derechos y garantías enumeradas no se entenderán como negación de otros enumerados, pero que nacen de la soberanía del pueblo y de la forma republicana adoptada • Derecho a la creación y organización de partidos políticos (Art. 38) Los partidos políticos revisten el carácter de institución, ya que ellos contienen el ideario de los ciudadanos que la componen. 

• Derecho a la iniciativa popular (Art. 39) Se pone el acento en el mayor protagonismo del ciudadano, sin diluir el sistema representativo, aunque en una especie de democracia semi-directa, a quienes por gozar del derecho político a ejercer el sufragio se les permite promover iniciativas de origen exclusivamente popular. • Derecho a la consulta popular (Art. 40) Otro modo de participación democrática es este artículo que se ha incorporado a las declaraciones, derechos y garantías, por la cual la ciudadanía emite su opinión. • Derecho a la educación y sus circunstancias (Art. 14 y 75 inc. 19) El derecho a la educación es el equivalente moral al derecho a la vida, por considerar que la vida sin educación sería meramente vegetativa y la educación esel fundamento de la cultura. Sitúa a la educación en el marco de las "circunstancias" del hombre. Así el Art. 75 inc. 19 establece que la educación debe ser garantizada por el Estado. El Estado asume diversas obligaciones para hacer efectivo el ejercicio de este derecho: la reglamentación del derecho de enseñar y aprender (Art.14), la organización y bases de la educación (Art. 75 inc. 19), la planificación de la instrucción general y universitaria (Art. 75 inc. 18), la

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promoción de la formación profesional, de la investigación, del desarrollo tecnológico y científico, de la ciencia, el conocimiento y la cultura (Art.. 75 inc. 19 y 125, 2º párrafo), de la ilustración (Art.75 inc.18), garantía de equidad y gratuidad de la educación pública estatal, autonomía y autarquía universitaria y derechos culturales reconocidos en los tratados constitucionalizados (Art. 75 incs. 19 y 22). • Derecho al medio ambiente (Art. 41) La Constitución otorga en este momento la protección a un amplio espectro de bienes comunes, tratando de amparar el ambiente y las circunstancias donde se desarrolla la vida del hombre, caracterizando el derecho al ambiente como un derecho común a todos los habitantes, tratándolo como un derecho a un ambiente apto para el desarrollo humano. • Derecho de consumidores y usuarios de bienes y servicios (Art.42) Se dio jerarquía constitucional a la protección y tutela de los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios. El objetivo es lograr una mejor calidad de vida: salud (medicamentos y bienes que consume); seguridad (integridad física y seguridad individual opersonal de los consumidores, etc.) 

ï¶ Libertad e igualdad civil:�  Los principios de libertad e igualdad han conformado el ideario radical dando sustentación a la doctrina y su acción política, dirigidas a la reivindicación de los derechos de los sectores excluidos de representación y participación política del llamado régimen. La integración social y su ampliación permanente a través de derechos, fueron la constante que informa incluso a la reforma constitucional. Cien años después, logrados y consolidados los objetivos de voto universal y elecciones libres, debemos profundizar la tarea en aras de ampliar la participación ciudadana y obtener una más genuina representación política. El principio de la igualdad, no solo en el sentido jurídico de las constituciones liberales, sino en la concepción amplia que acentúa su búsqueda en el campo social y económico, se traduce en la construcción de una democracia de ciudadanos basada en el desarrollo económico y humano integrados para garantizar la persona en su existencia única e irrepetible. Nuestro concepto de libertad necesita de la democracia para asegurar la diversidad, la pluralidad y la igualdad. En este contexto es indispensable garantizar, asimismo, los derechos de los pueblos originarios. La transformación de nuestra sociedad debe sustentarse en el marco ético de la libertad e igualdad, única manera de liberar las fuerzas creadoras de la igualdades oportunidades. 

ï¶ El derecho de propiedad:�  La propiedad como todo derecho tiene en principio sus limitaciones; este derecho se

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encuentra sujeto a restricciones de diversa índole, bienpor su ejercicio frente o ante otros sujetos, bien por razón de situaciones que con mayor relevancia predominaban preferentemente al ejercicio de este. En todo caso resulta de especial trascendencia el estudio de este tema puesto que constituye un coto a una posible y total liberalidad al ejercer dicho derecho que eventualmente pudiera constituir un agravio frente a terceros. La propiedad es un derecho. Esto significa, que al titular del derecho de propiedad le asiste un título jurídico. Este es el fenómeno concreto en el cual descansa y se legitima el derecho y el cual invoca el titular cuando, por perturbación o despojo, se lesiona su derecho. 

ï¶ Concepto de estadio de sitio:�  El estado de sitio es un régimen de excepción que puede declarar el gobierno de un país en situaciones especiales. El estado de sitio representa un concepto equivalente al de estado de guerra, y por ello se dan a las fuerzas armadas facultades preponderantes para los actos de represión. Durante el 'estado de sitio' quedan en suspenso las garantías constitucionales, con mayor o menor extensión, según las legislaciones. En algunas de ellas, como sucede en la Argentina, se autoriza al jefe de Estado a detener a las personas y a trasladarlas de un punto a otro de la nación, salvo que prefieran salir del territorio nacional. La declaración del 'estado de sitio' representa, en el Derecho Político, una institución muy discutida, no porque se desconozca la necesidad de su implementación en momentos determinados, sino por los abusos a que se presta por parte del poder ejecutivo. Este estado se dicta, generalmente, encaso de invasión, guerra exterior, guerra civil o peligro inminente de que se produzcan. 

Bolilla Nº 4 

ï¶ Seguridad judicial:�  La seguridad jurídica en lo judicial.- El principio de la unidad jurisdiccional y el derecho a impugnar judicialmente todos los actos de la administración pública, y la institución de la cosa juzgada, son otras manifestaciones del principio de seguridad jurídica, porque solo sometiendo la revisión de la idoneidad de los actos y resoluciones administrativas a los tribunales, se puede asegurar, aunque fuese relativamente, que el Estado, o la contraparte de un contrato, obren con sujeción al Derecho y no en forma arbitraria. Solo con seguridad jurídica hay firmeza en las sentencias. En el presupuesto de la seguridad jurídica se basa todo el sistema de administración de justicia. El mismo fundamento tiene el recurso de casación, cuyo objetivo final es examinar la legalidad de los fallos y ajustar las decisiones judiciales a los preceptos de la Ley. 

ï¶ Las garantías individuales:�  

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La declaración de garantías Individuales se divide en tres grandes partes: los derechos de igualdad, libertad y seguridad jurídica. En la constitución vigente los derechos de Igualdad son: • Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución. • Prohibición de la esclavitud. • Igualdad de derechos sin distinción. • Prohibición de títulos nobiliarios. • Prohibición de fueros. Las garantías de Libertad se dividen en tres grupos: • Libertades de la persona Humana. • Libertades de la persona Física. • Libertades de la persona Social. Las libertades deseguridad son: Se refieren a: derecho de petición, privación de derecho solo mediante juicio, detención solo con orden judicial, derecho a la eficaz administración de justicia, etc. 

ï¶ Análisis del Art. 18:�  El artículo 18 de la Constitución Nacional es el pilar básico y fundamental del derecho de "acceso a la jurisdicción". Esto es, el derecho esencial que todo habitante posee de tener un juez a quien recurrir, no está enunciado de esta manera en ese artículo 18. Pero surge como consecuencia de la lectura de las garantías de fondo y procesales que el citado artículo va enumerando en su desarrollo. Estamos frente a un caso análogo al texto del artículo 43 de la norma de base en su primera parte. Nadie duda de que el artículo 18 de la Constitución Nacional importa la garantía del derecho de "acceso a la jurisdicción" en todo el cuadrante de lo constitucional en el ámbito del Estado contemporáneo. Es absolutamente claro que ese artículo 18 tiene enunciaciones que aparecen como típicamente acciones procesales. Pero declaman todas ellas el derecho básico que es ese "acceso a la jurisdicción" con todas las garantías que dimanan de dicho artículo 18. Por ello para mí la analogía entre el artículo 43 y el artículo 18 de la Constitución Nacional, desde el punto de vista de que ambos enuncian derechos a más de acciones, es un elemento que hace al convencimiento que enuncio en derredor de la doble naturaleza jurídica del amparo.

Bolilla Nº5 

ï¶ Gobierno Federal:�  El gobierno es el conjunto de órganos estables que actualizan, coordinan e instrumentan la orientación política expresadacomo fines del Estado y 

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desenvuelta en el ejercicio de sus funciones básicas; ejecutiva, legislativa y jurisdiccional. Este es el sentido objetivo que el gobierno se le otorga en América; mientras que en Europa tiene un sentido subjetivo, de alcance más restringido, al referirse con dicha denominación al poder ejecutivo. En realidad, la función ejecutiva es de carácter permanente y se ve continuamente ante la necesidad imperiosa de decidir. 

ï¶ Principio de la división de poderes:�  División de poderes Principio de organización política por el que las distintas tareas de la autoridad pública deben desarrollarse por Órganos separados. La división tradicional se ha basado en la existencia de tres poderes que se justifican por necesidades funcionales y de mutuo control. Además, en los sistemas democráticos se concibe como un complemento a la regla de la mayoría ya que gracias a él se protegen mejor las libertades individuales. Aristóteles, en la consideración de las diversas actividades que se tienen que desarrollar en el ejercicio del gobierno, habló en su momento de legislación, ejecución y administración de la justicia. Sin embargo, quienes realmente aparecen como formuladores de la teoría de la división de poderes son Locke y Montesquieu. Ambos parten de la necesidad de que las decisiones no deben concentrarse, por lo que los órganos del poder han de autocontrolarse a través de un sistema de contrapesos y equilibrios (checks and balances). La primera división que efectúan separa el poder entre la corona y las demás corporaciones y, a su vez, dentro de éstas distinguen los podereslegislativo, ejecutivo* y federativo; aunque Montesquieu sustituye el último término, que Locke relacionaba con los asuntos exteriores, por el judicial. La defensa de la división de poderes se convierte a partir de ambas aportaciones en objeto principal del constitucionalismo liberal, que encuentra así un modelo institucional opuesto al absolutista. Además, esta fragmentación incluye la organización del legislativo en un parlamento bicameral*; la división del ejecutivo entre gobierno y burocracia; y en algunos casos, una adicional división territorial del Estado. Todo ello, junto con la existencia de unos derechos fundamentales, pasa a ser un requisito imprescindible para evitar la arbitrariedad del poder público y, por tanto, conseguir garantías para la autonomía individual de la acción. Los dos más significativos ejemplos de la aplicación pionera de la división de poderes fueron las constituciones post-revolucionarias norteamericana y francesa. En los dos casos, el legislativo gozó en principio de primacía sobre el resto de los poderes y se dotó de independencia rigurosa al poder judicial. En Francia la limitación de la acción del ejecutivo, al tener que observar el principio de legalidad, suponía que el parlamento dominado por la burguesía podía controlar al gobierno emanado del rey. En Estados Unidos, por el contrario, el propio jefe del Estado era elegido democráticamente y la cuestión tenía más que ver con la distribución de responsabilidades que, siguiendo el

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diseño de Madison, quedaban parcialmente solapadas a través de la posibilidad excepcional de que el Congreso destituyera al presidente,de que éste vetase ciertas leyes, y de que los jueces pudieran reinterpretarlas. Posteriormente, se asiste a un desplazamiento del protagonismo hacia el ejecutivo como consecuencia primordial de la expansión de tareas del Estado y la evidencia de que sólo el gobierno y la administración son capaces de absorberlas. A pesar de esta tendencia, la respectiva y diferente legitimidad democrática del ejecutivo y el legislativo que es propia del presidencialismo norteamericano, hace mantener la independencia entre poderes. Por su parte, en el constitucionalismo inspirado por Francia e Inglaterra, la dirección del ejecutivo por la corona fue reemplazada por una designación parlamentaria del gobierno y, de esta forma, los poderes ejecutivo y legislativo pasaban más bien a ser interdependientes y derivados de la misma mayoría. Así, en el parlamentarismo europeo, la división de poderes sólo se garantiza para el poder judicial, mientras que el poder legislativo, especialmente en los casos de estabilidad gubernamental, puede resultar paradójicamente más marginado del proceso decisorio que en el presidencialismo. Frente a los riesgos que con lleva esta concentración de poder, puede apelarse a las ventajas de una mayor coherencia en la elaboración de las políticas y, consiguientemente, una responsabilidad democrática más directa. 

ï¶ Análisis de Art. 1:�  El artículo 1 de la Constitución Nacional, cuya fuente directa fue la Constitución de 1826, establece como forma de gobierno la representativa y republicana. Como sinónimo de lo hoy llamamos la democracia constitucional. Como sinónimo de un sistemapolítico en donde impera la libertad, no solamente en el campo político o en el campo económico, sino también básicamente en el campo filosófico. Libertad que en el campo filosófico se traduce en la idea de tolerancia, en la idea del respeto recíproco, en la idea del pluralismo, en la idea de un combate civilizado de ideas, no de fuerza. 4.1.13. Formas de Estado La forma de Estado se expresa en la síntesis estructural de sus tres elementos componentes: el territorio, el pueblo y el poder. Pero es la relación del poder con los otros elementos que configuran la entidad estatal, in genere, la que expresa, concretamente, las diferentes formas de Estado según el grado mayor o menor de centralización o descentralización. Se trata, pues, de una cuestión que incide en los dos planos de la realidad política. En el interno porque únicamente los Estados tienen realmente una Constitución formal que se halla condicionada, precisamente, por la forma de Estado; además de la relación que existe con la forma de gobierno; y en el plano externo porque son los Estados los sujetos principales del derecho internacional35. 32Tal, por ejemplo, el principio sustentado por el nacionalsocialismo: "Derecho es lo que es útil para el pueblo". Cfr.: Merkl, ob. cit., p. 435. En el mismo sentido las brigadas voluntarias de los soviets, tribunales de camaradas soviéticos y los tribunales

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revolucionarios de las Asociaciones Campesinas de China en los inicios del régimen comunista. Cfr.: Merkl, ob. cit., ps. 433, in fine, y 434. 33Idem. 34Von der Gablentz, ob. cit., p. 316, in fine: "El orden debe ser justo, y debe podercontarse con él, pues los hombres tienen que poder establecer su conducta de acuerdo con lo que acostumbran a decidir los tribunales". Fayt, ob. cit., p. 146: "La función primordial del Estado aparece clara: el cumplimiento del derecho, como representación de un orden justo, voluntario y libre". 35Nos encontramos, sin embargo, con los casos excepcionales de que Estados particulares integrantes de una unión federativa tienen reconocida personalidad internacional ante las Naciones Unidas, como Ucrania y 12 4.1.14. Forma de Estado y forma de gobierno La forma de Estado, aunque relacionada con la forma de gobierno, difiere de ésta. En efecto, mientras en la forma de Estado se determina el concepto de soberanía en función del territorio, en la forma de gobierno, en cambio, ésta resulta de la distribución y relación de los órganos políticos que expresan la voluntad del Estado. La forma de Estado se refiere a cuestiones de fondo, ya que toma en consideración a los tres elementos: el territorio, el pueblo y el poder; mientras que la forma de gobierno se limita a la estructura de uno de sus elementos constitutivos: el poder36. Por otra parte, es un dato empírico comprobable el hecho de que es más factible cambiar la forma de gobierno antes que la forma de Estado. 4.1.15. Clasificación de las formas de Estado Tradicionalmente se distinguen dos formas de Estado: a) el Estado simple o unitario, y b) el Estado compuesto37. Pero algunos autores consideran, como forma intermedia, c) el Estado regional. a) Estado simple o unitario. Como se desprende de su denominación, configura una unidad depoder en su fundamento, en su estructura y en su ejercicio. De esta manera tiene una organización incompatible con la división en partes (provincias, Estados particulares) investidas de autonomía política. En efecto, su organización constitucional presenta una estructura política centralizada, la cual, sin embargo, debe compatibilizarse con las exigencias propias del pluralismo social. He aquí la verdadera problemática del Estado unitario, conciliar la estructura centralizada del poder con los requerimientos de la organización plural de la sociedad, porque en ello reside el fundamento de su legitimidad. La centralización del poder38 es una nota característica del poder estatal, por eso el Estado unitario aparece como el prototipo de esta forma política. De ahí que la centralización política haya desempeñado un importante papel en la realización de la unidad nacional y lo conserve aun para su mantenimiento. Sin embargo, la centralización, cuando se muestra absoluta o total, se convierte en opresiva, y así se manifiesta bajo la formulación técnica de la concentración de la potestad estatal y del monopolio de la fuerza pública. Cierto grado de descentralización39 favorece, entonces, a la Bielorrusia, miembros de la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas.

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Cfr.: B. T. Halajczuk y María Teresa Moya Dominguez, Derecho internacional público, Ediar, Buenos Aires, 1972. 36Germán Bidart Campos, Derecho constitucional, Ediar, Buenos Aires, 1968, t. I., p. 319: "Sin embargo, no es exactamente la estructura del poder lo que organiza la forma de gobierno, porque el poder no es una competenciaestatal, sino la estructura del gobierno mismo". 37López, t. II, p. 238, limita el concepto de "forma de Estado" a la condición de que se trate de un solo Estado, y no de una unión de varias Estados. 38Ibídem, t. II, nº 259, p. 355: "El poder político se considera centralizado cuando los agentes del Estado están jurídicamente capacitados para hacer prevalecer su concepción del bien público en cualquier lugar y materia a la vez que monopolizan la utilización de los procedimientos de creación del derecho positivo". La traducción es nuestra. 39Ibídem, t. II, nº 264, p. 365: "la descentralización es incompatible con las miras de los gobiernos autoritarios en la medida que les sustrae de su dirección una parte de la reglamentación de las relaciones sociales". La traducción es nuestra. 13 organización democrática y plantea la viabilidad no sólo del federalismo, sino, también, del regionalismo. b) Estado compuesto. Resulta de la unión40 o la federación de varias entidades de naturaleza estatal unidas entre sí por un vínculo social. Su estructura aparece, entonces, diversificada en distintos centros de poder... Los Estados compuestos ofrecen, por tanto, dos formas: como uniones y como federaciones. A) Uniones. Pueden ser de tres tipos: personal, real, confederal. I. Unión personal. Las uniones personales solían comprender a dos monarquías colocadas bajo el gobierno de un mismo monarca, constituyendo un solo Estado en cuanto la soberanía de cada Estado miembro de la unión se confunde en la persona de un mismo monarca. De manera que la unión se da en lo que respecta a la titularidad oposesión del poder; pero no en lo que concierne a su ejercicio. Ejemplos de uniones personales han sido los de Inglaterra y Hannover desde 1714 hasta 1837; del Reino de los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo desde 1815 hasta 1890; del Reino de Bélgica y el Estado libre del Congo desde 1885 hasta 1908. II. Unión real. En las uniones reales la unificación no sólo se extiende a la soberanía del poder, sino que abarca, también, aunque de modo parcial, a su ejercicio, en el sentido de que suele comprender, preferentemente, el manejo de las relaciones exteriores y aun lo concerniente a la guerra y la hacienda. Pero cada miembro de la unión real conserva las otras funciones de gobierno tanto en lo que se refiere a la legislación como a la administración. Ejemplos de unión real han sido los de Suecia y Noruega desde 1815 hasta 1905; y de Austria y Hungría desde 1865 hasta 1918. III. Confederación. Las confederaciones consisten en la unión permanente de Estados independientes resultante de un pacto o acuerdo internacional y dotada de órganos permanentes con el fin principal de asegurar la protección exterior y la paz interior. 

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Esta forma política estatal se distingue por las siguientes características: a) Los Estados confederados conservan su soberanía. b) El poder de decisión de la confederación se ejerce directamente sobre los órganos de los Estados confederados, y no sobre los nacionales de los Estados miembros de la confederación. c) Los Estado que integran la confederación cuentan, en caso de disconformidad, con el derecho de nulificación de las decisiones de la confederación. d) LosEstados miembros de la confederación conservan el derecho de secesión. e) La competencia de los órganos de la confederación, conforme a su fin principal, concierne a las relaciones internacionales. Históricamente se han dado distintos casos de confederación que luego evolucionaron hacia la forma de Estado federal. En tal sentido cabe citar los siguientes ejemplos: la Confederación de los Estados Unidos de América desde 1776 hasta 1787; la Confederación suiza de 1815 a 1848; la Confederación germánica de 1815 a 1866, trasformada luego de la guerra austro-prusiana en la Confederación germánica del norte, de la cual se excluyó a Austria, y cuya permanencia se extendió desde 1867 hasta 1871, en que se estableció el Imperio Alemán, como consecuencia de la guerra franco-prusiana. 40Joaquín V. González, Manual de la Constitución Argentina, Ángel Estrada y Cía., Buenos Aires, 1897, p. 82: "La unión se forma de varios Estados, personalidades hechas dueñas de voluntad y fines políticos colectivos; la unidad suprime los Estados para sólo dar existencia a un solo Estado, a un solo gobierno". 14 B) Estado federal. El Estado federal, como forma de Estado compuesto41 y su denominación lo expresa, surge de un proceso42 histórico de carácter federativo43 que jurídicamente se formaliza en una constitución44, por la cual se establece una descentralización del poder sobre base territorial. En consecuencia, el Estado federal no tiene su origen en un acto del derecho internacional, como ocurre en la confederación; sino en un acto regido por el derecho público interno. Por tanto, las relaciones que seestablecen entre sus partes componentes (Estados particulares, provincias), en cuanto pertenecen al derecho público interno, son de naturaleza constitucional. Pero las relaciones exteriores son de la exclusiva competencia del Estado federal, que en el plano externo de la realidad política se presenta como una unidad político-territorial y de mercado económico. Esto no significa, sin embargo, como expresa Hauriou, que el Estado federal sea una sociedad de Estados que constituye un superestado. Ello no es así porque, como lo reconoce el mismo autor, los conflictos entre Estados particulares o entre éstos y el Estado federal, si bien no se resuelven por la vía diplomática, tampoco pueden serlo por la vía administrativa, ya que los Estados miembros no están subordinados al Estado federal45 por la jerarquía administrativa y, en consecuencia, sólo pueden ser resueltos por la vía judicial46. Por otra parte, y dada la naturaleza compuesta del Estado federal, las relaciones complejas que se establecen en el plano interno de la realidad política que integran sus partes componentes (Estados miembros, provincias) generan un entrecruzamiento de competencias que es preciso coordinar las cuales se manifiestan por relaciones de poder

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basadas en la negociación47 y regidas por el principio de subsidiaridad48. De manera que en la forma política federal se plantea un juego 41Burdeau, ob. cit., t. II, nº 334, p. 527: "...el Estado federal presenta un carácter compuesto, no solamente por la coexistencia de un poder federal y de poderes locales, sino esencialmente porque el mismo poder federal es un poder complejo". Latraducción es nuestra. 42Friedrich, ob. cit., p. 639, señala que se ha tenido más en cuenta el aspecto estructural que el procesal. 43Sánchez Agesta, ob. cit., p. 417: "El proceso federativo tiene un carácter consciente y normalmente se cristaliza en un pacto entre Estados cuyo contenido se fija en un instrumento constitucional". 44Idem, Friedrich, ob. cit., ps. 628, 637 y 638, donde expresa: "Un sistema constitucional, entonces, es un tipo particular de orden constitucional". 45 Pedro J. Frías, El federalismo argentino. Introducción al derecho público provincial, Depalma, Buenos Aires, 1980, p. 91: "No hay subordinación de las provincias al gobierno federal, pero éste tiene la misión augusta de asegurar la convergencia de todos al bien común que de alguna manera se expresa en la Constitución". 46 Respecto de la Constitución Nacional Argentina, expresa Juan A. González Calderón, Curso de derecho constitucional, Depalma, Buenos Aires, 1975, 6º ed., p. 62: "Las provincias, pues, no son los jueces o intérpretes finales de la Constitución federal, porque ésta no es un pacto o convenio celebrado por ellas; es el poder judicial federal, instituido por aquélla, su intérprete definitivo, en todos los casos que motivare su aplicación práctica". 47 Hauriou, ob. cit., p. 365; Frías, ob. cit., ps. 8-10 y 54. Refiriéndose al federalismo argentino, cuya etapa de negociación ubica hacia 1958, señala este autor que la función promotora del gobierno federal deja escaso margen a una negociación verdadera entre partes de poder desigual. Sostiene que el federalismo argentino basado en la negociación hasido desbordado por un nuevo federalismo de concertación o cooperativo iniciado hacia 1967 y materializado tanto por medio de instrumentos convencionales y legales como de organismos federalizados que concretan la participación del poder central y de los poderes locales (ibídem, p. 269). 48 VON DER GABLENTZ, ob. cit., p. 89. Frías, ob. cit., p. 41, señala con singular precisión: "El Estado es un vínculo de condensación de relaciones sociales, un centro de convergencias. El federalismo es, precisamente, un modelo de organización de esa convergencia, asegurada jerárquicamente: una aplicación más drástica del principio de subsidiaridad, por el cual el Estado federal debe inclinarse ante las decisiones de otros órganos que no lo necesitan en su competencia propia". Con la misma justeza, más adelante, p. 84, añade: "¿Qué queremos decir con lo de rol subsidiario del gobierno central? Cuando hay una división territorial del poder como la del federalismo, los cuatro verbos del Estado tienen una conjugación particular: coordina sin especulación, controla sin anular, promueve sin marginar, ayuda sin presionar. El gobierno 15 delicado de relaciones de poder entre el Estado federal (poder central) y los Estados

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miembros (poderes locales), que suele oscilar entre la convergencia y la dependencia. En tal sentido, señala un especialista: "Hay convergencia, en principio, cuando el gobierno federal ejerce razonablemente sus poderes expresos e implícitos, lo que no obsta a que distorsiones parciales puedan generar dependencia. Hay dependencia, en cambio, cuando la subordinación de los poderes locales vulnerael principio de subsidiaridad del gobierno central, en cuya virtud son las provincias y, en su caso, los municipios, los que deben cubrir la gestión pública que no se requiere del Estado nacional"49. La dependencia traduce una situación de subordinación de los Estados miembros que se da en los más diversos órdenes. Es "política -expresa Frías- cuando afecta la libertad de los poderes locales en su competencia institucional. Es económica cuando la asignación de recursos y distribución de ingresos no asegura el ejercicio autónomo y coordinado -no subordinado- de las competencias locales". "La dependencia es social cuando la desigualdad de oportunidades limita las expectativas razonables y la presión del centro hegemónico impide la operación de los grupos locales". Es más aún: la dependencia interna puede generarse como una consecuencia del desarrollo político50, u obedecer a causas financieras y tecnológicas. La necesidad de la convergencia es el fundamento del poder de intervención que el Estado federal ejerce con respecto a los Estados miembros. Derecho de intervención que puede convertirse precisamente en lo contrario, es decir, en instrumento de dependencia. Las relaciones de poder basadas en la negociación para lograr la convergencia, tienen expresión orgánica en el bicameralismo, inherente a la forma del Estado federal, en el cual los Estados miembros se hallan representados en igualdad de condiciones en una cámara de senadores o consejo federal. Cada Estado que es parte integrante de la federación tiene su propia Constitución encuadrada en los principios de la Constituciónfederal o nacional, dicta sus leyes y organiza su propia administración de justicia. Pero, paralelamente, existe una legislación nacional y una justicia federal, situación que genera, necesariamente, el deslinde de las respectivas esferas de competencia, con facultades propias del Estado federal y de los Estados miembros, además de las facultades concurrentes. La doble legislación -federal y local- tiene un límite de compatibilización expresado en el principio de supremacía jurídica federal. La distribución de competencias entre el poder central y los poderes locales crea una necesaria interrelación funcional que expresa el carácter sistémico del proceso federativo51. De manera que el federalismo no constituye un modelo fijo, de estructura estática (foedus) y permanente, sino que más bien expresa la forma institucional (consociatio) de un proceso político muy general que actúa en todo nivel de ordenación política y se configura en el plano interno de la realidad política como Estado federal. Pero que tiende a trascender al plano externo de la realidad política como intento de

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organización voluntaria de un orden ecuménico. En tal sentido, supone cierto grado de homogeneidad de sus partes componentes e interrelacionadas que preserva la unidad en la diversidad y se expresa en un cuadro institucional de distribución policéntrica del poder. El proceso federativo participa de la naturaleza comunitaria del ser político en el sentido de federal es supremo en lo suyo pero subsidiario en relación a esa esfera de reserva de las provincias". 49Frías, ob. cit., p. 25. 50Ibídem, p. 76: "El desarrollopolítico, en suma, ha favorecido al Poder Ejecutivo, pero puede empobrecer la calidad de gobierno". 51Friedrich, ob. cit., p. 641: "El federalismo en cuanto proceso ha de ser considerado como la vinculación de una serie de sistemas de relación en el término medio de dichas series". 16 que implica una progresiva comunidad de valores, intereses y creencias en beneficio de la entidad central incluyente y federal. C) Estado regional. Cuando la región52 revela cierto grado de autonomía en el ejercicio de determinadas competencias, puede llegar a constituir también, como en el régimen federal, una forma de descentralización sobre base territorial que se configura en el Estado regional53. La doctrina discute acerca de la naturaleza entitativa del Estado regional. Así, cierta corriente doctrinal la considera como una especie o variedad de Estado unitario, en tanto que otra posición le asigna una posición intermedia entre el Estado unitario y el Estado federal. La cuestión se vincula con el concepto que se tenga de región. Si ésta no constituye un genuino grupo social autónomo, sino la forma de expresión de ciertos caracteres histórico naturales que vinculan a una población, entonces la región no pasa de ser una simple unidad geográfica y, a lo sumo, administrativa, pero no política, ya que históricamente la región es una etapa de transición hacia la formación del grupo nacional. Pero si, por un fenómeno de regresión histórica, la región reivindica su autonomía política, entonces trasciende el contenido histórico-geográfico y recaba para sí el atributo de establecer una forma de organizaciónpolítica. O sea, pasa de una formulación meramente adjetiva a una formulación sustantiva. 

Bolilla Nº6 

ï¶ Poderes del Estado:�  Poder Ejecutivo: Presidencia de la Nación, Secretarias de Estado, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerios. Poder Legislativo: Congreso de la Nación, Senado, Cámara de Diputados. Poder Judicial: Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Magistratura, Cámara Nacional Electoral. Ministerio Público: Ministerio Público Fiscal, Ministerio Público de la Defensa. 

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ï¶ Autoridades de la Nación:�  Poder Ejecutivo Nacional 

Presidencia de la Nación Presidenta: Dra. Cristina Fernández. Vicepresidente: Lic. Amado Boudou 

Secretaría General Secretario: Dr. Eduardo De Pedro

Secretaría de Inteligencia de Estado Secretario: Dr. Oscar I. J Parrilli.

Secretaría Legal y Técnica Secretario: Dr. Carlos Alberto Zannini 

Casa Militar Tte. Cnel. Agustin Marcelo Rodriguez

Secretaría de Cultura Secretario: Sra. Teresa Adelina Sellares.

Secretaría de Turismo Secretario: Sr. Carlos Enrique Meyer 

Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) Secretario: Dr. Gabriel Lerner

Jefatura de Gabinete de Ministros Jefe de Gabinete de Ministros: Cdor. Dr. Anibal Domingo Fernandez  

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva Ministro: Dr. Jose Lino Barañao. 

Ministerio de Defensa Ministro: Ing. Agustin Rossi

Ministerio de Desarrollo Social 

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Ministro: Dra. Alicia Margarita Kirchner 

Ministerio de Economía Ministro: Dr. Axel Kicillof 

Ministerio de Educación Ministro: Dr. Alberto Sileoni 

Ministerio del Interior Ministro: Cdr. Aníbal Florencio Randazzo. 

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Ministro: Dr. Julio Alak. 

Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Ministro: Arq. Julio Miguel De Vido 

Ministerio de Producción Ministra: Lic. Débora Adriana Giorgi. 

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Canciller: Mj. Hector Marcos Timerman 

Ministerio de Salud Ministro: Dr. Daniel Gustavo Gollan.

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ministro: Dr. Carlos Alfonso Tomada 

Poder Legislativo Nacional Congreso de la Nación Argentina 

Honorable Senado de la Nación Puede consultar la nómina de integrantes de la Cámara Alta, provincia a la que representan, bloques y comisiones que integran, proyectos presentados y toda otra información de interés ante el Honorable Senado de la Nación. Honorable Cámara de Diputados de la Nación Puede acceder a un buscador y a un listado, que le permitirán obtener información sobre los integrantes de la Cámara Baja. 

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Poder Judicial de la Nación Corte Suprema de Justicia de la Nación Presidente: Dr. Ricardo Luis Lorenzetti. 

Ministerio Público Fiscal Procurador General de la Nación: Dr. Esteban Righi. 

Ministerio Público de la Defensa Defensora General de la Nación: Dra. Stella Maris Martínez. 

ï¶ El Poder Legistativo:�  El Poder Legislativo está ejercido en la República Argentina por el Congreso Nacional, compuesto por dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores. 

Larepresentatividad que da sustento a la democracia en nuestro país, se halla asegurada por la Constitución Nacional en lo atinente a la conformación de ambas Cámaras del Congreso. Los Diputados representan al pueblo y son elegidos directamente por éste, dependiendo su número de la cantidad de habitantes. A los fines electorales, el país se divide en distritos, eligiendo cada uno de ellos sus candidatos en forma proporcional al número de habitantes. 

Duran cuatro años en sus cargos y se renuevan por mitades cada dos años, pudiendo ser reelegidos. El Senado de la Nación se encuentra compuesto por setenta y dos Senadores a razón de tres por cada provincia y por la Ciudad de Buenos Aires. Como se advierte, todos los distritos tienen igual representación, atribuyéndose dos al partido mayoritario y uno al que le sigue en cantidad de sufragios obtenidos. 

Las elecciones del 14 de octubre de 2001, pusieron en marcha el mecanismo definitivo que consagra la Constitución Nacional, luego de la reforma de 1994. En efecto, desde la mencionada reforma y hasta las elecciones aludidas, el texto constitucional determinó un sistema transitorio de elección, que concluyó con el mandato de todos los Senadores el 9 de diciembre de 2001, y dispuso el comienzo de una nueva etapa con diversas novedades, que incluye la duración de los mandatos (6 años) y la renovación parcial de la Cámara (cada 2 años). 

Singular importancia reviste el modo de designación de los Senadores. A partir de la última elección, los miembros del Honorable Senado son nominados por el voto popular,

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cambiando fundamentalmente el sistema que atribuía talpotestad a las respectivas legislaturas locales. Al determinarse constitucionalmente la renovación parcial del Cuerpo, este primer Senado en la nueva etapa, decidió por la suerte los legisladores que cumplirán mandato de dos, cuatro y seis años, por única vez. A estos efectos, cabe señalar que todos los Senadores de un mismo distrito concluyen su mandato conjuntamente, ya que es la única forma de poder elegir dos representantes por el partido que gane la elección y uno por el que finalice en segundo término. 

Por último, debe consignarse que los Senadores podrán ser reelegidos indefinidamente y que, en la misma elección que se vota un titular del cargo, también se elige un suplente. 

ï¶ Cámara de Diputados y Senadores:�  La Cámara de Diputados A partir del artículo 45 (hasta el 53), se establecen las características esenciales de la Cámara de Diputados. Efectivamente, en este artículo 45, se describen los caracteres que deben tener los que integran esta Cámara. Para comenzar, se dice que los diputados serán elegidos directamente por el pueblo, lo que significa que los ciudadanos de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires eligen los candidatos que llenarán las vacantes de diputados, sin intermediación alguna. Al respecto de la representación política, se discute si realmente los diputados representan al pueblo se la Nación o al partido que los propuso, o si no representan a nadie. En cuanto a la representación del partido que lo patrocina, esto se vincula con la pertenencia de la banca del diputado. Algunas constituciones provinciales establecen que la banca pertenece al partidoque nominó al diputado. Con esto se pretende imponer una rígida disciplina de bloque, que evite que el diputado pueda separarse de él o votar en forma distinta de lo resuelto por el bloque. Yo creo que estoe viola la forma republicana y democrática, porque sería traspasar la soberanía del Congreso al partido Político. Además, el ciudadano debe sentirse defraudado por los representantes que votó. Pero él podrá decidir, si es que siente eso, si lo castigará por medio de comicios futuros. Si continuamos con la lectura del artículo 45, vemos que los representantes también serán elegidos a “simple pluralidad de sufragios”, lo que significa que las vacantes deben ser cubiertas por los candidatos más votados de cada distrito. Finalmente, en este artículo se establece la base para calcular la cantidad de diputados que envía cada distrito a la Cámara. Las últimas leyes electorales han fijado un número mínimo de cinco diputados por provincia. De esta manera se establece una sobre-representación para las provincias de poca población, que distorsiona el principio “un hombre, un voto” ya que el voto del ciudadano de una provincia vale más,

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cuantitativamente, que el de quien vive en una provincia más poblada. Por todo lo antedicho, yo creo, aunque esta es una opinión estrictamente personal, que esta situación no es justa de acuerdo a la estructura del bicameralismo, pues no respeta lo “pactado” entre las Cámaras. Por otra parte, en el artículo 48 de la Constitución establece los requisitos para ser diputado: 25 años de edad, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provinciaque lo elija, o con 2 años de residencia inmediata en ella. En el artículo 50 se expresa que los diputados durarán en su representación por cuatro años y son reelegibles. El artículo 52 establece que a esta Cámara corresponde la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas. 

La Cámara de Senadores Como se ha dicho anteriormente, los Senadores representan a las provincias como entidades autónomas, por lo que cada provincia tiene un número igual de votos en la Cámara de Senadores, cualquiera que sea su población o su riqueza. Para comenzar, el artículo 54 establece que el Senado se compone de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad elegidos en forma directa y conjunta, correspondiendo a dos bancas al partido político que obtenga el mayor número de votas, y la restante al partido político que le siga en número de votos. En el artículo 55, se expresa que los requisitos para ser senador son: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutas de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia en ella. A simple vista, se podría pensar que como el senador debe tener una “renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente”, esta Cámara contiene elementos elitistas. Sin embargo, esto está muy bien pensado para que no se cometan actos de corrupción que resulten prejuiciosos a los ciudadanos. Por otra parte, yo creo que el Senado representa nuevamente a los partidos políticos, como la Cámara de Diputados, puesen el Congreso, como en todos lados, existe mucha presión por parte de los gobernantes, por lo que a pesar de que el legislador quiera expresar su opinión o punto de vista, no lo puede hacer, debiendo permanecer resignado al control de los dirigentes de los partidos político. El artículo 56, establece que los senadores duran seis años en el ejercicio de su mandatos, pudiendo ser reelegibles, pero se renovará a razón de una tercera parte de los distritos electorales cada dos años. 

ï¶ Imposiciones comunes de ambas cámaras:�  Disposiciones comunes a ambas Cámaras Art.55. Ambas Cámaras se reunirán en sesiones ordinarias todos los años desde el 1 de

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mayo hasta el 30 de septiembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el presidente de la Nación, o prorrogadas sus sesiones. Art.56. Cada Cámara es juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez. Ninguna de ellas entrará en sesión sin la mayoría absoluta de sus miembros; pero un número menor podrá compeler a los miembros ausentes a que concurran a las sesiones, en los términos y bajo las penas que cada Cámara establecerá. Art.57. Ambas Cámaras empiezan y concluyen sus sesiones simultáneamente. Ninguna de ellas, mientras se hallen reunidas, podrá suspender sus sesiones más de tres días, sin el consentimiento de la otra. Art.58. Cada Cámara hará su reglamento, y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moralsobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos. Art.59. Los senadores y diputados prestarán en el acto de incorporación, juramento de desempeñar debidamente el cargo, y de obrar en todo en conformidad a lo que prescribe esta Constitución. Art.60. Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador. Art.61. Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva; con la información sumaria del hecho. Art. 62.Cuando se forme querella por escrito ante las justicias ordinarias contra cualquier senador o diputado, examinado el mérito del sumario en juicio público, podrá cada Cámara, con dos tercios de votos, suspender en sus funciones al acusado, y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento. Art.63. Cada una de las Cámaras puede hacer venir a su sala a los ministros del Poder Ejecutivo para recibir las explicaciones e informes que estime convenientes. Art.64. Ningún miembro del Congreso podrá recibir empleo o comisión del Poder Ejecutivo, sin previo consentimiento de la Cámara respectiva, excepto los empleos de escala. Art.65. Los eclesiásticos regulares no pueden ser miembros delCongreso, ni los gobernadores de provincia por la de su mando. Art.66. Los servicios de los senadores y diputados son remunerados por el Tesoro de la Nación, con una dotación que señalará la ley. Compete al Senado: • Juzgar a los acusados por la Cámara de Diputados (Juicio Político) C.N. Art. 59 

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• Autorizar al Presidente de la Nación para que declare el Estado de Sitio en caso de ataque exterior C.N. Art. 61 • Ser Cámara de origen en la ley convenio, sobre coparticipación federal de impuestos C.N. Art. 75 Inc.2 • Ser Cámara de origen en leyes promoviendo políticas tendientes al crecimiento armónico de la Nación, y poblamiento de su territorio. C.N. Art. 75 inc 19 • Prestar acuerdo al Poder Ejecutivo para la designación de magistrados judiciales, ministros plenipotenciarios, encargados de negocios y de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y funcionarios de determinadas reparticiones C.N. Art. 99 inc 4°, 7°, 13° 

La Cámara de Diputados tiene como atribuciones: • La iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas C.N. Art.52 • La recepción de los proyectos de ley por iniciativa popular C.N. Art.39 • Someter a consulta popular un Proyecto de Ley C.N. Art. 40 • El derecho de acusar ante el Senado, en Juicio Político, al Presidente y Vicepresidente de la Nación, al Jefe de Gabinete de Ministros, ministros del Poder Ejecutivo y miembros de la Corte Suprema.C.N. Art. 53 

ï¶ Atribuciones del Congreso:�  Atribuciones del Congreso Art.67. Corresponde al Congreso: 1. Legislar sobre las aduanas exteriores y establecer los derechos de importación, loscuales así como las avaluaciones sobre que recaigan serán uniformes en toda la Nación; bien entendido, que ésta, así como las demás contribuciones nacionales, podrán ser satisfechas en la moneda que fuese corriente en las provincias respectivas, por su justo equivalente. Establecer igualmente los derechos de exportación. 2. Imponer contribuciones directas por tiempo determinado y proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan. 3. Contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Nación. 4. Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional. 5. Establecer y reglamentar un Banco nacional en la Capital y sus sucursales en las provincias, con facultad de emitir billetes. 6. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación. 7. Fijar anualmente el Presupuesto de gastos de administración de la Nación, y aprobar o desechar la cuenta de inversión.8. Acordar subsidios del Tesoro nacional a las provincias, cuyas rentas no alcancen, según sus presupuestos, a cubrir sus gastos ordinarios. 9. Reglamentar la libre navegación de los ríos interiores, habilitar los puertos que

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considere convenientes, y crear y suprimir aduanas, sin que puedan suprimirse las aduanas exteriores, que existían en cada provincia, al tiempo de s u incorporación. 10. Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para toda la Nación. 11. Dictar los códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, sinque tales códigos alteren las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones; y especialmente leyes generales para toda la Nación sobre naturalización y ciudadanía natural; así como sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado, y las que requiera el establecimiento del juicio por jurados. 12. Reglar el comercio marítimo y terrestre con las naciones extranjeras, y de las provincias entre sí. 13. Arreglar y establecer las postas y correos generales de la Nación. 14. Arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias. 15. Proveer a la seguridad de las fronteras; conservar el trato pacífico con los indios, y promover la conversión de ellos al catolicismo. 16. Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines ypor concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo. 17. Establecer tribunales inferiores a la Suprema Corte de Justicia; crear y suprimir empleos, fijar sus atribuciones, dar pensiones, decretar honores, y conceder amnistías generales. 18. Admitir o desechar los motivos de dimisión del presidente o vicepresidente de la República; y declarar el caso de proceder a nueva elección: hacer es escrutinio y rectificación de ella. 19. Aprobar o desechar los tratados concluidos con las demás naciones, y los concordatos con la Silla Apostólica; y arreglar el ejercicio del patronato en toda la Nación. 20. Admitir en el territorio de la Nación otras órdenes religiosas a más de las existentes. 21. Autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz. 22. Conceder patentes de corso y de represalias, y establecer reglamentos para las presas. 23. Fijar la fuerza de línea de tierra y de mar en tiempo de paz y guerra; y formar

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reglamentos y ordenanzas para el gobierno de dichos ejércitos. 24. Autorizar la reunión de las milicias de todas las provincias o parte de ellas, cuando lo exija la ejecución de las leyes de la Nación y sea necesario contener las insurrecciones o repeler las invasiones. Disponer la organización, armamento y disciplina de dichas milicias, y la administración y gobierno de la parte de ellas que estuviese empleada en servicio de la Nación, dejando a las provincias el nombramiento de sus correspondientes jefes y oficiales, y el cuidado d e establecer en su respectiva milicia la disciplina prescripta por el Congreso. 25. Permitir la introducciónde tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él. 26. Declarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación en caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo. 27. Ejercer una legislación exclusiva en todo el territorio de la Capital de la Nación, y sobre los demás lugares adquiridos por compra o cesión en cualquiera de las provincias, para establecer fortalezas, arsenales, almacenes u otros establecimientos de utilidad nacional. 28. Hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes, y todos los otros concedidos por la presente Constitución al Gobierno de la Nación Argentina. Capítulo Cuarto Atribuciones del Congreso Art. 75.- Corresponde al Congreso: 1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación. 2. Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan. Las contribuciones previstas en este inciso, con excepción de la parte o el total de las que tengan asignación específica, son coparticipables. Una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, instituirá regímenes de coparticipación de estas contribuciones,garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos. La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional. La ley convenio tendrá como Cámara de origen el Senado y deberá ser sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, no podrá ser

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modificada unilateralmente ni reglamentada y será aprobada por las provincias. No habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos, aprobada por ley del Congreso cuando correspondiere y por la provincia interesada o la ciudad de Buenos Aires en su caso. Un organismo fiscal federal tendrá a su cargo el control y fiscalización de la ejecución de lo establecido en este inciso, según lo determine la ley, la que deberá asegurar la representación de todas las provincias y la ciudad de Buenos Aires en su composición. 3. Establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. 4. Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación. 5. Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional. 6. Establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir moneda, asícomo otros bancos nacionales. 7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación. 8. Fijar anualmente, conforme a las pautas establecidas en el tercer párrafo del inciso 2 de este artículo, el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas y aprobar o desechar la cuenta de inversión. 9. Acordar subsidios del Tesoro nacional a las provincias, cuyas rentas no alcancen, según sus presupuestos, a cubrir sus gastos ordinarios. 10. Reglamentar la libre navegación de los ríos interiores, habilitar los puertos que considere convenientes, y crear o suprimir aduanas. 11. Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras; y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para toda la Nación. 12. Dictar los códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, en cuerpos unificados o separados, sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones; y especialmente leyes generales para toda la Nación sobre naturalización y nacionalidad, con sujeción al principio de nacionalidad natural y por opción en beneficio de la argentina; así como sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado, y las que requiera el establecimiento del juicio por jurados. 13. Reglar el comercio con las naciones extranjeras, y de las provincias entre sí. 14. Arreglary establecer los correos generales de la Nación. 15. Arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias. 16. Proveer a la seguridad de las fronteras 

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17. Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones. 18. Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales deprivilegios y recompensas de estímulo. 19. Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento. Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas iniciativas, el Senado será Cámara de origen. Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales. Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales. 20. Establecer tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia; crear y suprimir empleos, fijar sus atribuciones, dar pensiones, decretar honores, y conceder amnistías generales. 21. Admitir o desechar los motivos de dimisión del presidente o vicepresidente de la República; ydeclarar el caso de proceder a nueva elección. 22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el

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Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional. 23. Legislar y promover medidas deacción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia. 24. Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supra estatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes. La aprobación de estos tratados con Estados de Latinoamérica requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En el caso de tratados con otros Estados, el Congreso de la Nación, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, declarará la conveniencia de la aprobación del tratado y sólo podrá ser aprobado con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, después de ciento veinte días del acto declarativo. La denuncia de los tratados referidos a este inciso, exigirá la previa aprobación de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. 25. Autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz. 26. Facultar al Poder Ejecutivo paraordenar represalias, y establecer reglamentos para las presas. 27. Fijar las fuerzas armadas en tiempo de paz y guerra, y dictar las normas para su organización y gobierno. 

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28. Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él. 29. Declarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación en caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo. 30. Ejercer una legislación exclusiva en el territorio de la capital de la Nación y dictar la legislación necesaria para el cumplimiento de los fines específicos de los establecimientos de utilidad nacional en el territorio de la República. Las autoridades provinciales y municipales conservarán los poderes de policía e imposición sobre estos establecimientos, en tanto no interfieran en el cumplimiento de aquellos fines. 31. Disponer la intervención federal a una provincia o a la ciudad de Buenos Aires. Aprobar o revocar la intervención decretada, durante su receso, por el Poder Ejecutivo. 32. Hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes, y todos los otros concedidos por la presente Constitución al Gobierno de la Nación Argentina. Art. 76.- Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca. La caducidad resultante del transcurso del plazo previsto enel párrafo anterior no importará revisión de las relaciones jurídicas nacidas al amparo de las normas dictadas en consecuencia de la delegación legislativa. 

ï¶ Auditoría General de la Nación:�  La Auditoría General de la Nación (AGN) es el organismo que asiste técnicamente al Congreso en el control del estado de las cuentas del sector público. Verifica el cumplimiento contable, legal y de gestión por parte del Poder Ejecutivo Nacional; controla la exposición completa, clara y veraz de las cuentas públicas y analiza la administración de los intereses fiscales. Controla y no coadministra la cosa pública: examina hechos, actos y documentos una vez finalizados los ejercicios contables de los entes que se haya decidido auditar. Con sus Informes de Auditoría, que incluyen comentarios, conclusiones y recomendaciones, asesora al Poder Legislativo sobre el desempeño de la Administración Pública Nacional y la situación de la hacienda pública. El objetivo primario de la Auditoría General de la Nación es contribuir a que se adopten decisiones eficaces, económicas y eficientes en materia de gastos e ingresos públicos. 

La AGN enfrenta un importante desafío: lograr una mayor racionalidad del accionar del sector público. ï¶ Defensor del Pueblo:�  Qué es el Defensor del Pueblo Es una Institución de la Nación que actúa con plena independencia y autonomía funcional,

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sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. 

Está instituido en el ámbito del Congreso de la Nación y su competencia surge de: • el artículo 86 de la Constitución Nacional: Art. 86 - El Defensor del Pueblo es un órganoindependiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. El Defensor del Pueblo tiene legitimación procesal. Es designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras. Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores. Durará en su cargo cinco años, pudiendo ser nuevamente designado por una sola vez. La organización y el funcionamiento de esta institución serán regulados por una ley especial. • el artículo 43 de la Constitución Nacional: Art. 43 - Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva. Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva engeneral, el afectado, el Defensor del Pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización. Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística. Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de habeas corpus será interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aun durante la vigencia del estado de sitio. • y de la Ley Nº 24.284, modificada por la Ley Nº 24.379. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y los demás derechos,

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garantías e intereses tutelados en la Constitución y en las Leyes; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. A tal efecto, puede realizar investigaciones conducentes al esclarecimiento de los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública y sus agentes, ante violaciones a los Derechos Humanos y el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones, incluyendoaquellos capaces de afectar los intereses difusos o colectivos; tiene legitimación procesal, es decir que está facultado para presentarse en sede judicial. El titular de esta institución nacional deber ser argentino, nativo o por opción, y es elegido por el Honorable Congreso de la Nación, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras que lo componen. La duración del mandato del Defensor del Pueblo es de cinco años y puede ser reelegido por una única vez. Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores. Características 

La Institución tiene los siguientes rasgos característicos: • no es un órgano del gobierno de turno, apéndice de algún partido político ni amortiguador de disputas políticas; es, sin lugar a dudas, una Institución de la República; • no es una figura cosmética o estética sino, por el contrario, una figura seria y objetiva; • se caracteriza por su prudencia, lo cual no ha de ser entendido como sinónimo de complacencia con el poder; • no se arroga la pretensión de sustituir a los órganos y procedimientos de control existentes, los complementa; • su perfil es el de colaborador crítico de la administración; no su contradictor efectista; • a esos fines, y siempre que las circunstancias lo permitan, agota sus esfuerzos para perseverar en una gestión mediadora entre la Administración y el ciudadano; • ayuda a la solución de los problemas particulares planteados por los quejosos, sin olvidar, en ningún momento, que esos problemas son síntoma u efecto de causas, seguramente más profundas, las cualestiende a superar; • es un instrumento de diálogo, honda comunicación y profunda solidaridad entre los hombres. Facultades del Defensor del Pueblo 

En el ejercicio de las misiones que la Constitución Nacional y la Ley le encomiendan, el Defensor del Pueblo de la Nación podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado cualquier investigación en todos aquellos casos originados por cualquier repartición de la Administración Pública Nacional (en todo el territorio del país) y las empresas prestadoras de servicios públicos, aún las privatizadas, en relación a los siguientes temas: • mal funcionamiento 

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• ilegitimidad • falta de respuesta a reclamos efectuados • mala prestación, atención o trato • insuficiencia de información • violaciones a los derechos humanos, del usuario y del consumidor • cuestiones atinentes a la preservación del medio ambiente También tiene competencia para actuar ante casos de incumplimiento de sentencias judiciales por parte del Estado. Sin embargo, no puede intervenir: • en conflictos entre particulares. • cuando respecto a la cuestión planteada se encuentre pendiente resolución administrativa o judicial. • cuando hubiera transcurrido más de un año calendario contado a partir del momento en que ocurriere el hecho, acto u omisión motivo de la queja. Para atender su reclamo, el Defensor del Pueblo de la Nación está facultado para realizar investigaciones, inspecciones, verificaciones, solicitar expedientes, informes, documentos, antecedentes, determinar la producción de toda otra medida probatoria o elemento que estime útil a losfines de la investigación. Puede requerir la intervención de la justicia para obtener la remisión de toda la documentación que le hubiere sido negada. También está facultado para proponer al Poder Legislativo y a la Administración Pública la modificación de aquellas normas cuyo cumplimiento riguroso pueda provocar situaciones injustas o perjudiciales. El Defensor del Pueblo de la Nación dispone de un equipo interdisciplinario constituido por abogados, ingenieros, contadores, asistentes sociales, psicólogos, biólogos, ecólogos y geólogos, que analizan las actuaciones que se promueven ya sea de oficio o como consecuencia de la presentación de una queja, y elaboran propuestas sobre los cursos de acción a seguir mediante técnicas modernas de gestión y procesamiento de la información. 

Bolilla Nº 7 

ï¶ El Poder Ejecutivo actual:�  El Poder Ejecutivo argentino está compuesto por el Presidente de la Nación y el Vice -presidente electos, por el Jefe de Gabinete de Ministros y por los demás Ministros y Secretarios. 

El Presidente es el jefe supremo de la nación, jefe de gobierno y responsable político por la administración del país. A él le compete también ejercer la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas, nombrar embajadores e indicar los ministros de la Suprema Corte, ad

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referéndum del Senado Federal. El Vice-presidente reemplaza al Presidente en casos de impedimento y ejerce la Presidencia del Senado. 

El Jefe de Gabinete es nombrado por el Presidente para ejercer la coordinación de los Ministerios, la administración, además de representar al Poder Ejecutivo ante el Congreso. ElPresidente también nombra los ocho Ministros y los Secretarios de Estado responsables por las 16 Secretarías dependientes directamente de la Presidencia, entre las cuales están la de la Pequeña y Mediana Empresa, la de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable y la de Turismo. Estos últimos gozan, en la práctica, del status de Ministro. Presidente: Cristina Fernández de Kirchner (desde el 10 de diciembre de 2007) Vicepresidente: Julio Cobos 

Elecciones: Presidente y vice son elegidos para un mandato de 4 años, siendo posible la reelección por un solo período consecutivo. La elección se da en dos vueltas, siempre y cuando uno de los candidatos no obtenga más del 45% de los votos en la primera vuelta. ï¶ Naturaleza y duración:�  De su naturaleza y duración Art.74. El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeño por un ciudadano con el título de "Presidente de la Nación Argentina." Art.75. En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el Vicepresidente de la Nación. En caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del presidente y vicepresidente de la Nación, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la Presidencia, hasta que haya cesado la causa de la inhabilidad o un nuevo presidente sea electo. Art.76. Para ser elegido presidente y vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; pertenecer a la comunión católica apostólica romana, y las demás calidades exigidas para serelecto senador. Art.77. El presidente y vicepresidente durarán en sus empleos el término de seis años; y no pueden ser reelegidos sino con intervalo de un período. Art.78. El presidente de la Nación cesa en el poder el día mismo en que expira su período de seis años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde. Art.79. El presidente y vicepresidente disfrutan de un sueldo pagado por el Tesoro de la Nación, que no podrá ser alterado en el período de sus nombramientos. Durante el mismo período no podrán ejercer otro empleo, ni recibir ningún otro emolumento de la Nación ni de provincia alguna. Art.80. Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento en manos del presidente del Senado (la primera vez del presidente del Congreso

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Constituyente), estando reunido el Congreso, en los términos siguientes: "Yo, N.N., juro por Dios nuestro Señor y estos Santos Evangelios, desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de presidente (o vicepresidente) de la Nación, y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina. Si así no lo hiciere, Dios y la Nación me lo demanden". 

ï¶ Formas de elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación:�  En la Sección Segunda DEL PODER EJECUTIVO, la Constitución Nacional Argentina establece: 

CAPÍTULO II 

Artículo 94: El presidente y el vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece esta Constitución. A este fin el territorio nacional conformará un distrito único. 

Artículo 95: Laelección se efectuará dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del presidente en ejercicio. 

Artículo 96: La segunda vuelta electoral, si correspondiere, se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los treinta días de celebrada la anterior. 

Artículo 97: Cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación. 

Artículo 98: Cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación. 

ï¶ Ley Nacional de Elecciones:�  10 de Febrero de 1912 Se sanciona la Ley Nacional de Elecciones Nº 8.871 Más conocida por "Ley Sáenz Peña". Desecha el voto calificado y establece el sufragio universal, secreto y obligatorio y el sistema de lista incompleta, con lo que se da representación legislativa a la minoría. 

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Su aplicación llevó al gobierno a Hipólito Yrigoyen (1916) y permitió el acceso de la clase media al poder. CODIGO ELECTORAL NACIONAL Ley 25.858 Modificación Sancionada: Diciembre 4 de 2003. Promulgada: Diciembre 29 de 2003. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidosen Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° — Incorporase como último párrafo del artículo 94 de la Ley 19.945 del Código Electoral Nacional, el siguiente: Las personas que tuvieren imposibilidad concreta para efectuar todos o algunos de los movimientos propios para sufragar, serán acompañados por el presidente de la mesa al cuarto oscuro, donde a solas con el ciudadano elector, colaborará con los pasos necesarios hasta la introducción del voto, en la medida que la discapacidad lo requiera. ARTICULO 2° — Incorporase como inciso d) del artículo 75 de la Ley 19.945 del Código Electoral Nacional, el siguiente: d) Los votantes mayores de setenta (70) años que hayan sido designados como autoridades de mesa podrán excusarse de dicha carga pública, justificando únicamente su edad. La excusación se formulará dentro de los tres (3) días de notificado. El presente inciso deberá figurar impreso en todos los telegramas de designación. ARTICULO 3° — Deróganse los incisos d), h), j) y k) del artículo 3° de la Ley 19.945 del Código Electoral Nacional. ARTICULO 4° — Incorporase a la Ley 19.945, Código Electoral Nacional, el siguiente artículo: Artículo 3° bis.- Los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva, tendrán derecho a emitir su voto en todos los actos eleccionarios que se celebren durante el lapso en que se encuentren detenidos. A tal fin la Cámara Nacional Electoral confeccionará el Registro de Electores Privados de Libertad, que contendrá los datos de los procesados que se encuentren alojados en esos establecimientos de acuerdo con la información quedeberán remitir los jueces competentes; asimismo habilitará mesas de votación en cada uno de los establecimientos de detención y designará a sus autoridades. Los procesados que se encuentren en un distrito electoral diferente al que le corresponda podrán votar en el establecimiento en que se encuentren alojados y sus votos se adjudicarán al Distrito en el que estén empadronados. ARTICULO 5° — La norma del artículo anterior entrará en vigencia a partir de su reglamentación por el Poder Ejecutivo nacional, la que deberá dictarse en el plazo máximo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la presente. ARTICULO 6° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

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ï¶ Atribuciones del Poder Ejecutivo:�  Atribuciones del Poder Ejecutivo Art.86. El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: 1. Es el jefe supremo de la Nación y tiene a su cargo la administración general del país. 2. Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias 3. Es el jefe inmediato y local de la Capital de la Nación. 4. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las sanciona y promulga. 5. Nombra los magistrados de la Corte Suprema y de los demás tribunales federales inferiores, con acuerdo del Senado. 6. Puede indultar y conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados. 7. Concede jubilaciones, retiros, licencias ygoce de montepíos conforme a las leyes de la Nación. 8. Ejerce los derechos del patronato nacional en la presentación de obispos para las iglesias catedrales, a propuesta en terna del Senado. 9. Concede el pase o retiene los decretos de los concilios, las bulas, breves y rescriptos del Sumo Pontífice de Roma con acuerdo de la Suprema Corte: requiriéndose una ley cuando contienen disposiciones generales y permanentes 10. Nombra y remueve a los magistrados plenipotenciarios y encargados de Negocios, con acuerdo del Senado; y por si solo nombra y remueve los ministros del despacho, los oficiales de sus secretarías, los agentes consulares y demás empleados de la administración, cuyo nombramiento no está reglado de otra manera por esta Constitución. 11. Hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunidas al efecto ambas Cámaras en la sala el Senado, dando cuenta en esta ocasión al Congreso del estado de la Nación, de las reformas prometidas por la Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes. 12. Prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, cuando un grave interés de orden o e progreso lo requiera. 13. Hace recaudar las rentas de la Nación y decreta su inversión con arreglo a la ley o presupuestos de gastos nacionales. 14. Concluye y firma tratados de paz, de comercio, de navegación, de alianza, de límites y de neutralidad, concordatos y otras negociaciones requeridas para el mantenimiento de buenas relaciones con las potencias extranjeras, recibe sus ministros y admite suscónsules. 15. Es comandante en jefe de todas las fuerzas de mar y de tierra de la Nación. 

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16. Provee los empleos militares de la Nación: con acuerdo del Senado, en la concesión de los empleos o grados de oficiales superiores del Ejército y Armada; y por sí solo en el campo de batalla. 17. Dispone de las fuerzas militares marítimas y terrestres, y corre con su organización y distribución según las necesidades de la Nación. 18. Declara la guerra y concede patentes de corso y cartas de represalias con autorización y aprobación del Congreso. 19. Declara en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación, en caso de ataque exterior y por un término limitado, con acuerdo del Senado. En caso de conmoción interior sólo tiene esta facultad cuando el Congreso está en receso, porque es atribución que corresponde a este cuerpo. El presidente la ejerce con las limitaciones prescriptas en el artículo 23. 20. Puede pedir a los jefes de todos los ramos y departamentos de la administración, y por su conducto, a los demás empleados los informes que crea convenientes, y ellos son obligados a darlos. 21. No puede ausentarse del territorio de la Capital, sino con permiso del Congreso. En el receso de éste, sólo podrá hacerlo con licencia por graves objetos de servicio público. 22. El presidente tendrá facultad para llevar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que espirarán al fin de la próxima Legislatura. 

ï¶ Jefe de Gabinete y demás Ministros:�  Art. 100.- El jefe de gabinete de ministros y los demásministros secretarios cuyo número y competencia será establecida por una ley especial, tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación, y refrendarán y legalizarán los actos del presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia. Al jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde: 1. Ejercer la administración general del país. 2. Expedir los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las facultades que le atribuye este artículo y aquellas que le delegue el presidente de la Nación, con el refrendo del ministro secretario del ramo al cual el acto o reglamento se refiera. 3. Efectuar los nombramientos de los empleados de la administración, excepto los que correspondan al presidente. 4. Ejercer las funciones y atribuciones que le delegue el presidente de la Nación y, en acuerdo de gabinete resolver sobre las materias que le indique el Poder Ejecutivo, o por su propia decisión, en aquellas que por su importancia estime necesario, en el ámbito de su competencia. 5. Coordinar, preparar y convocar las reuniones de gabinete de ministros, presidiéndolas en caso de ausencia del presidente. 

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6. Enviar al Congreso los proyectos de ley de Ministerios y de Presupuesto nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo. 7. Hacer recaudar las rentas de la Nación y ejecutar la ley de Presupuesto nacional. 8. Refrendar los decretos reglamentarios de las leyes, los decretos que dispongan la prórroga de las sesiones ordinarias del Congreso o la convocatoria de sesionesextraordinarias y los mensajes del presidente que promuevan la iniciativa legislativa. 9. Concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates, pero no votar. 10. Una vez que se inicien las sesiones ordinarias del Congreso, presentar junto a los restantes ministros una memoria detallada del estado de la Nación en lo relativo a los negocios de los respectivos departamentos. 11. Producir los informes y explicaciones verbales o escritos que cualquiera de las Cámaras solicite al Poder Ejecutivo. 12. Refrendar los decretos que ejercen facultades delegadas por el Congreso, los que estarán sujetos al control de la Comisión Bicameral Permanente. 13. Refrendar conjuntamente con los demás ministros los decretos de necesidad y urgencia y los decretos que promulgan parcialmente leyes. Someterá personalmente y dentro de los diez días de su sanción estos decretos a consideración de la Comisión Bicameral Permanente. El jefe de gabinete de ministros no podrá desempeñar simultáneamente otro ministerio. Art. 101.- El jefe de gabinete de ministros debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar de la marcha del gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71. Puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras. Art. 102.- Cada ministro es responsable de los actos que legaliza; y solidariamente de losque acuerda con sus colegas. Art. 103.- Los ministros no pueden por sí solos, en ningún caso, tomar resoluciones, a excepción de lo concerniente al régimen económico y administrativo de sus respectivos departamentos. Art. 104.- Luego que el Congreso abra sus sesiones, deberán los ministros del despacho presentarle una memoria detallada del estado de la Nación en lo relativo a los negocios de sus respectivos departamentos. Art. 105.- No pueden ser senadores ni diputados, sin hacer dimisión de sus empleos de ministros. Art. 106.- Pueden los ministros concurrir a las sesiones del Congreso y tomar parte en sus debates, pero no votar. Art. 107.- Gozarán por sus servicios de un sueldo establecido por la ley, que no podrá ser aumentado ni disminuido en favor o perjuicio de los que se hallen en ejercicio. 

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Bolilla Nº8 

ï¶ El Poder Judicial: naturaleza y duración de los cargos.�  De su naturaleza y duración Art.94. El Poder Judicial de la Nación será ejercido por una Corte Suprema de Justicia, y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación. Art.95. En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas. Art.96. Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones. Art.97. Ninguno podrá ser miembro de laCorte Suprema de Justicia, sin ser abogado de la Nación con ocho años en ejercicio, y tener las calidades requeridas para ser senador. Art.98. En la primera instalación de la Corte Suprema, los individuos nombrados prestarán juramento en manos del presidente de la Nación, de desempeñar sus obligaciones, administrar justicia bien y legalmente, y en conformidad a lo que prescribe la Constitución. En lo sucesivo lo prestarán ante el presidente de la misma Corte. Art.99. La Corte Suprema dictará su reglamento interior y económico, y nombrará todos sus empleados subalternos. 

ï¶ Atribuciones del Poder Judicial:�  Atribuciones del Poder Judicial Art. 100. Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación, con la reserva hecha en el inciso 11 del artículo 67: y por los tratados con las naciones extranjeras: de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros de las causas de almirantazgo y jurisdicción marítima: de los asuntos en que la Nación sea parte: de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero. Art. 101. En estos casos la Corte Suprema ejercerá su jurisdicción por apelación según las reglas y excepciones que prescriba el Congreso; pero en todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los quealguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente. Art. 102. Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se

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establezca en la República esta institución. La actuación de estos juicios se hará en la misma provincia donde se hubiere cometido el delito; pero cuando éste se cometa fuera de los límites de la Nación, contra el Derecho de Gentes, el Congreso determinará por una ley especial el lugar en que haya de seguirse el juicio. Art. 103. La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. El Congreso fijará por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado. 

ï¶ Jurisdicción y competencia:�  Ley 48 Art. 1.- La Suprema Corte de Justicia nacional conocerá en primera instancia: (sustituido por el Art. 24 del dec.-ley 1285/58). Art. 2.- Los jueces nacionales de sección conocerán en primera instancia de las causas siguientes: 1) las que sean especialmente regidas por la Constitución nacional, las leyes que haya sancionado y sancionare el Congreso y los tratados públicos con naciones extranjeras; 2) las causas civiles en que sean partes un vecino de la provincia en que se suscite el pleito y un vecino de otro, o en que sean parte un ciudadano argentino y un extranjero; 3) las que versen sobre negocios particulares de un cónsul o vicecónsul extranjero; 4)todo pleito que se inicie entre particulares, teniendo por origen actos administrativos del gobierno nacional; 5) toda acción fiscal contra particulares o corporaciones, sea por cobro de cantidades debidas o por cumplimiento de contratos, o por defraudación de rentas nacionales, o por violación de reglamentos administrativos; 6) en general todas aquellas causas en que la Nación o un recaudador de sus rentas sea parte; 7) todas las causas a que den lugar los apresamientos o embargos marítimos en tiempo de guerra; 8) las que se originen por choques y averías de buques, o por asaltos hechos, o por auxilios prestados en alta mar, o en los puertos, ríos y mares en que la República tiene jurisdicción; 9) las que se originen entre los propietarios o interesados de un buque, sea sobre su posesión o sobre su propiedad; 10) las que versen sobre la construcción y reparos de un buque sobre hipoteca de su casco; sobre fletamentos y estadía; sobre seguros marítimos; sobre salarios de oficiales y marineros; sobre salvamento civil y militar; sobre naufragios; sobre avería simple y gruesa; sobre contratos a la gruesa ventura; sobre pilotaje; sobre embargo de buques y pena por violación de las leyes de impuestos y navegación; sobre la nacionalidad del buque y legitimidad de su patente o regularidad de sus papeles; sobre arribadas forzosas;

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sobre reconocimientos; sobre abandono, venta y liquidación de créditos del buque; sobre cumplimiento de las obligaciones del capitán, tripulantes, y en general sobre todo hecho o contrato concerniente a la navegación y comercio marítimo. Art. 3.- Los jueces desección conocerán igualmente de todas las causas de contrabando y de todas las causas criminales cuyo conocimiento competa a la Justicia nacional, a saber: 1) los crímenes cometidos en alta mar, a bordo de buques nacionales o por piratas extranjeros, serán juzgados por el juez de sección del primer puerto argentino a que arribase el buque; 2) los crímenes cometidos en los ríos, islas y puertos argentinos serán juzgados por el juez que se halle más inmediato al lugar del hecho, o por aquel en cuya sección se encuentren los criminales, según sea el que prevenga en la causa; 3) los crímenes cometidos en el territorio de las provincias en violación de las leyes nacionales, como son todos aquellos que ofendan la soberanía y seguridad de la Nación o tiendan a la defraudación de sus rentas, u obstruyan o corrompan el buen servicio de sus empleados o violenten o estorben la correspondencia de los correos, o estorben o falseen las elecciones nacionales o representen falsificación de documentos nacionales o de moneda nacional; o de billetes de banco autorizados por el Congreso, serán juzgados en la sección judicial en que se cometieren; 4) los crímenes de toda especie que se cometan en lugares donde el gobierno nacional tenga absoluta y exclusiva jurisdicción, serán juzgados por los jueces de sección allí existentes. 5) (Inciso agregado por ley 20661, y texto según ley 23817, Art.. 1) Los delitos previstos por los artículos 142 bis, 149 ter, 170, 189 bis, a excepción de la simple tenencia de un arma de guerra salvo que tuviere vinculación con otros delitos de competencia federal, 212 y 213 bis delCódigo Penal. Art. 4.- (No rige por el dec.-ley 1285/58, Art. 24, inc. 6). Art. 5.- Las cuestiones que se susciten entre los individuos de la tripulación de un buque mercante, o entre alguno de ellos y su capitán, u otros oficiales del mismo, y cuya importancia no pase de m$n 50, (El monto nunca se actualizó. Véase la ley 20094) serán decididas en juicio verbal por el capitán del puerto donde se halla el buque, con apelación para ante el juez de sección que conocerá también en juicio verbal. Art. 6.- Siempre que un juez de sección se excuse de conocer en una causa de su competencia, o retarde el administrar justicia, se podrá ocurrir a la Corte Suprema por el recurso de justicia denegada o retardada. Y siempre que conozca de causa que no le competa, y rehusare inhibirse, podrá igualmente apelarse a la Corte, que resolverá el artículo según su mérito (Véase la ley 4055, Art. 17, inc. 3). Art. 7.- La jurisdicción criminal atribuida por esta ley a la Justicia nacional, en nada altera la jurisdicción militar en los casos en que, según las leyes existentes, deba procederse por

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consejos de guerra. Art. 8.- En las causas entre una provincias y vecinos de otra, o entre una provincia y un súbdito extranjero, o entre un ciudadano y un extranjero, o entre vecinos de diversas provincias, para surtir el fuero federal, es preciso que el derecho que se disputa pertenezca originariamente, y no por cesión o mandato, a ciudadanos extranjeros o vecinos de otras provincias respectivamente. Art. 9.- Las corporaciones anónimas creadas y haciendo sus negocios en una provincia serán reputadas, para losefectos del fuero, como ciudadanos vecinos de la provincia en que se hallen establecidas, cualquiera que sea la nacionalidad de sus socios actuales. Art. 10.- En las sociedades colectivas, y en general en todos los casos en que dos o más personas asignables pretendan ejercer una acción solidaria, o sean demandadas por una obligación solidaria, para que caigan bajo la jurisdicción nacional, se atenderá a la nacionalidad o vecindad de todos los miembros de la sociedad o comunidad, de tal modo que será preciso que cada uno de ellos individualmente tenga el derecho de demandar o pueda ser demandado ante los tribunales nacionales, con arreglo a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 2. Art. 11.- La vecindad de una provincia se adquirirá, para los efectos del fuero, por la residencia continua de dos años, o por tener en ella propiedades raíces, o un establecimiento de industria o de comercio, o por hallarse establecido de modo que aparezca el ánimo de permanecer. Art. 12.- La jurisdicción de los tribunales nacionales en todas las causas especificadas en los artículos 1, 2 y 3 será privativa, excluyendo a los juzgados de provincia, con las excepciones siguientes: 1) en todos los juicios universales de concurso de acreedores y partición de herencia, conocerá el juez competente de provincia, cualquiera que fuese la nacionalidad o vecindad de los directamente interesados en ellos, y aunque se deduzcan allí acciones fiscales de la Nación; 2) en los lugares en que no haya establecidos jueces de sección o que se halle distante la residencia de éstos, los fiscales o colectores de renta, oindividuos comisionados al efecto, podrán demandar a los deudores del fisco ante los jueces de provincia; 3) cuando se cometiere un crimen de los que por esta ley caen bajo la jurisdicción nacional, los jueces de provincia, de cualquier categoría, podrán aprehender a los presuntos reos, que pondrán a disposición del juez nacional de sección correspondiente, con la remisión del sumario que hayan levantado para justificar la prisión; 4) siempre que en pleito civil un extranjero demande a una provincia, o a un ciudadano, o bien el vecino de una provincia demande al vecino de otra ante un juez o tribunal de provincia, o cuando siendo demandados el extranjero o el vecino de otra provincia, contesten a la demanda, sin oponer la excepción de declinatoria, se entenderá que la jurisdicción ha sido prorrogada, la causa se sustanciará y decidirá por los tribunales provinciales; y no podrá ser traída a la jurisdicción nacional por recurso alguno, salvo en

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los casos especificados en el artículo 14. Art. 13.- Las autoridades dependientes del Poder Ejecutivo nacional prestarán todo auxilio para la ejecución de las sentencias del Poder Judicial, y siempre que un juez nacional dirija un despacho precautorio a un juez provincial, sea para hacer citaciones o notificaciones, o recibir testimonios, o practicar otros actos judiciales, será cumplido el encargo. Y siempre que un alguacil u oficial ejecutor presente una orden escrita de un juez o tribunal nacional para ejecutar una prisión o embargo, las autoridades provinciales y personas particulares estarán obligadas a prestar el auxilio que él les requiera para elcumplimiento de su comisión. Art. 14.- Una vez radicado un juicio ante los tribunales de provincia, será sentenciado y fenecido en la jurisdicción provincial, y sólo podrá apelarse a la Corte Suprema de las sentencias definitivas pronunciadas por los tribunales superiores de provincia en los casos siguientes: 1) cuando en el pleito se haya puesto en cuestión la validez de un tratado, de una ley del Congreso, o de una autoridad ejercida en nombre de la Nación, y la decisión haya sido contra su validez; 2) cuando la validez de una ley, decreto o autoridad de provincia se haya puesto en cuestión bajo la pretensión de ser repugnante a la Constitución Nacional, a los tratados o leyes del Congreso, y la decisión haya sido en favor de la validez de la ley o autoridad de provincia; 3) cuando la inteligencia de alguna cláusula de la Constitución, o de un tratado o ley del Congreso, o una comisión ejercida en nombre de la autoridad nacional haya sido cuestionada y la decisión sea contra la validez del título, derecho, privilegio o exención que se funda en dicha cláusula y sea materia de litigio. Art. 15.- Cuando se entable el recurso de apelación que autoriza el artículo anterior deberá deducirse la queja con arreglo a lo prescripto en él, de tal modo que su fundamento parezca de los autos y tenga una relación directa e inmediata a las cuestiones de validez de los artículos de la Constitución, leyes, tratados o comisiones en disputa, quedando entendido que la interpretación o aplicación que los tribunales de provincia hicieren de los códigos Civil, Penal, Comercial y de Minería, no dará ocasión aeste recurso por el hecho de ser leyes del Congreso, en virtud de lo dispuesto en el inciso 11, artículo 67 de la Constitución. Art. 16.- En los recursos de que tratan los dos artículos anteriores, cuando la Corte Suprema revoque, hará una declaratoria sobre el punto disputado, y devolverá la causa para que sea nuevamente juzgada; o bien resolverá sobre el fondo, y aun podrá ordenar la ejecución especialmente si la causa hubiese sido una vez devuelta por idéntica razón. Art. 17.- La Corte Suprema decidirá las competencias que se susciten a instancia de parte, sobre jurisdicción de los jueces nacionales (Véase el dec.-ley 1285/58, Art. 24, inc. 7). Art. 18.- La Corte Suprema podrá establecer los reglamentos necesarios para la ordenada

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tramitación de los pleitos, con tal que no sean repugnantes a las prescripciones de la ley de procedimientos. Art. 19.- (No rige por dec.-ley 1285/58, Art. 16, 17 y 18). Art. 20.- (Derogado por ley 23098, Art. 28). Art. 21.- Los tribunales y jueces nacionales en el ejercicio de sus funciones procederán aplicando la Constitución como ley suprema de la Nación, las leyes que haya sancionado o sancione el Congreso, los tratados con naciones extranjeras, las leyes particulares de las provincias, las leyes generales que han regido anteriormente a la Nación y los principios del derecho de gentes, según lo exijan respectivamente los casos que se sujeten a su conocimiento, en el orden de prelación que va establecido. Art. 22.- Las causas que se hallen pendientes ante los tribunales de provincia a la promulgación de esta ley, serán terminadas y fenecidas en losmismos tribunales, aunque por su materia o por las personas interesadas en ellas pudieran pertenecer a la jurisdicción nacional. Art. 23.- La presente ley será considerada como adicional y correctiva de la del 16 de octubre de 1862. Art. 24.- Comuníquese. 

ï¶ Corte Suprema y Tribunales inferiores:�  La Corte Suprema de Justicia de la Nación es el más alto tribunal de justicia del país. La Corte tiene competencia originaria sobre determinadas materias que se encuentran reguladas en el artículo 117 de la Constitución. También es última instancia decisoria por vía de apelación, si el caso suscitare una cuestión federal, que traiga aparejada la necesidad de decidir en un conflicto suscitado entre dos leyes de igual o diferente rango o respecto de tratados internacionales. Corte Suprema de Justicia Está formada por nueve jueces. El tribunal –como cabeza del Poder Judicial de la Nación–, es la instancia jurídica final tanto para los asuntos en los que tiene competencia originaria, como en aquellos que plantean cuestiones de inconstitucionalidad. 

Jurado de Enjuiciamiento Es el órgano a cargo del juzgamiento de los jueces de los tribunales inferiores. Formado por nueve miembros, está integrado por: un ministro de la Corte Suprema, dos jueces de cámara, tres legisladores y tres abogados de la matrícula federal. 

Consejo de la Magistratura Es el órgano que selecciona las ternas de los candidatos a magistrados y que realiza la acusación de los mismos ante el Jurado de Enjuiciamiento. El Consejo está integrado por trece miembros (Ley 26.080): tres jueces del Poder Judicial, seislegisladores, dos representantes de los abogados de la matrícula federal, un representante del Poder

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Ejecutivo y un representante del ámbito científico y académico. 

Tribunales Nacionales Son órganos encargados de administrar la justicia federal. Los tribunales con asiento en la Capital Federal están organizados en una cámara y en juzgados para cada una de las materias. En las provincias, los tribunales nacionales intervienen en todos los asuntos federales. Además, cada una de las provincias posee una organización judicial propia para ejercer la justicia ordinaria. 

Consejo de la Magistratura Está regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara del Congreso, tiene a cargo la selección en concurso público de los candidatos a jueces y la conformación de ternas, de las cuales, el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado, elige al nuevo juez. Administra también el Poder Judicial, supervisa a los jueces y pone en marcha el mecanismo para su remoción por un Jurado de Enjuiciamiento. 

ï¶ La Justicia Federal y Provincial:�  Justicia Federal De acuerdo a lo establecido por el artículo 116 de la Constitución, corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versan sobre puntos regidos por la Constitución y por las leyes nacionales, salvo los casos que corresponden a la justicia provincial; y por los tratados internacionales; de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros; de las causas de almirantazgo y jurisdicciónmarítima; de los asuntos en que la Nación sea parte; de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra: entre los vecinos de diferentes provincias: y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero. Justicia Provincial Cada una de las provincias de Argentina, en base a la autonomía otorgada por la Constitución Nacional en su artículo 5, establece la administración y organización de la justicia ordinaria dentro de su territorio. Además, cada una de las provincias posee una organización judicial propia para ejercer la justicia ordinaria. Es por ello que en Argentina hay una organización judicial distinta en cada una de las provincias de acuerdo a sus constituciones provinciales. 

ï¶ Las Provincias: características federales y autonomías provinciales.�  Estas relaciones están contempladas expresamente a lo largo de la Constitución, y están determinadas en función del equilibrio que debe mantenerse para que funcione el sistema federal. 

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Son de tres tipos: • Subordinación: Prevista en los Art. 5, 31, y 128. Su finalidad es la armonía del ordenamiento jurídico mediante la subordinación de las normas provinciales a las federales. • Participación: Significa que las provincias poseen el derecho que se han reservado de participar o colaborar en la toma de decisiones del gobierno federal, mediante su presencia en la Cámara de Senadores. • Coordinación: Por medio de este tipo de relación se distribuyen las competencias que corresponden a los gobiernos provinciales y al gobierno federal (Art. 121). El principio rectores que las provincias conservan un ámbito de competencia residual, es decir "...conservan todo el poder no delegado.....al Gobierno federal...". Art. 121.- Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación. Art. 122.- Se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno federal. Art. 123.- Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. Art. 124.- Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. Art. 125.- Las provincias pueden celebrar tratados parciales para fines de administración de justicia, de intereses económicos y trabajos de utilidad común, con conocimiento del Congreso Federal; y promover su industria, la inmigración, laconstrucción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad provincial, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de sus ríos, por leyes protectoras de estos fines, y con sus recursos propios. Las provincias y la ciudad de Buenos Aires pueden conservar organismos de seguridad social para los empleados públicos y los profesionales; y promover el progreso económico, el desarrollo humano, la generación de empleo, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura. Art. 126.- Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio, o navegación

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interior o exterior; ni establecer aduanas provinciales; ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultad de emitir billetes, sin autorización del Congreso Federal; ni dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería, después que el Congreso los haya sancionado; ni dictar especialmente leyes sobre ciudadanía y naturalización, bancarrotas, falsificación de moneda o documentos del Estado; ni establecer derechos de tonelaje; ni armar buques de guerra o levantar ejércitos, salvo el caso de invasión exterior o de un peligro tan inminente que no admita dilación dando luego cuenta al Gobierno federal; ni nombrar o recibir agentes extranjeros. Art. 127.- Ninguna provincia puede declarar, ni hacer la guerra a otra provincia. Sus quejas deben ser sometidas a la Corte Suprema de Justicia y dirimidas por ella. Sus hostilidades de hecho son actos de guerracivil, calificados de sedición o asonada, que el Gobierno federal debe sofocar y reprimir conforme a la ley. Art. 128.- Los gobernadores de provincia son agentes naturales del Gobierno federal para hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación. Art. 129.- La ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción, y su jefe de gobierno será elegido directamente por el pueblo de la ciudad. Una ley garantizará los intereses del Estado nacional, mientras la ciudad de Buenos Aires sea capital de la Nación. En el marco de lo dispuesto en este artículo, el Congreso de la Nación convocará a los habitantes de la ciudad de Buenos Aires para que, mediante los representantes que elijan a ese efecto, dicten el Estatuto Organizativo de sus instituciones. 

ï¶ Poderes: delegados y concurrentes.�  Poderes exclusivos de las provincias • Dictar su propia Constitución y sancionar sus códigos procesales (Art.. 5 y 123) • Darse sus propias instituciones locales, elegir sus gobernadores y demás funcionarios provinciales (Art.. 122) • Imponer contribuciones directas (Art.. 75, inc. 2) • Elegir los senadores que las representarán (Art. 54). • Crear regiones para el desarrollo económico y social (Art. 124). En general las provincias conservan todo el poder no delegado expresa o implícitamente al gobierno federal, pero el ejercicio de los poderes reservados no es absoluto sino que debe ser compatible con la Ley Fundamental. Poderes delegados al gobierno federal Son aquellos delegados expresamente por los Art. 75, 99, 100, 116 y117, y también aquellos que posee implícitamente cuando por variadas razones debe resolver cuestiones que se verían obstaculizadas si correspondieran a las provincias. Dentro de estas competencias implícitas hay tipos especialmente contemplados por la Constitución en el Art. 33 (derechos y garantías implícitos) y que son los llamados "poderes implícitos del

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Órgano Legislativo". Entre otras competencias, le corresponde al gobierno federal: • Legislar sobre aduanas exteriores y establecer los derechos aduaneros (Art. 9 y 75, inc.1). • Reglar el comercio exterior e interprovincial (Art.. 75, inc. 13) • Proveer a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro Nacional. • Arreglar y establecer los correos generales de la Nación (Art.. 75, inc. 14) • Intervenir en el territorio de las provincias (Art. 6, 75, inci. 31 y 99, inc. 20). • Declarar el estado de sitio (Art. 23, 75, inc. 29 y 99, inc. 16). • Disponer el uso y enajenación de tierras de propiedad nacional (Art. 75, inc. 5). • Declarar la guerra y hacer la paz • Fijar el presupuesto de gastos de la Administración Nacional y acordar subsidios a las provincias. • Dictar normas para la organización y gobierno de las Fuerzas Armadas (Art.. 75, inc. 27) • Proveer a la seguridad de las fronteras (Art.. 75, inc. 16) • Arreglar el pago de las deudas interna y externa de la Nación (Art. 75, inc. 7). • Legislar y promover acciones que garanticen la igualdad real de oportunidades y trato (Art.. 75, inc. 23) • Tomar las medidas pertinentes para la protección del niño en situación de desamparo (Art. 75, inc. 23). •Controlar al sector público nacional por intermedio de la Auditoría General de la Nación (Art. 85). • Ejercer todas las atribuciones del Poder Judicial que corresponden a la Corte Suprema de Justicia (Art.. 116 y 117) • Garantizar la existencia, organización y funcionamiento de los partidos políticos (Art. 38). Poderes concurrentes Los poseen tanto el gobierno federal como los gobiernos provinciales, pudiendo ser ejercidos por ambos al mismo tiempo. • Promover la industria, inmigración, construcción de ferrocarriles y canales navegables, etc. (Art.125). • Imponer contribuciones indirectas (Art.. 75, inc. 2) • Proveer a la protección de los derechos de los usuarios y consumidores (Art. 42). • Intervenir cuando el corresponda en las acciones de amparo, hábeas corpus y hábeas data (Art. 43). 

Bolilla Nº 9 

ï¶ Constitución Provincial de Santa Fé�  Poder Judicial 

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El Poder Judicial de la Provincia es ejercido, exclusivamente, por una Corte Suprema de Justicia, cámaras de apelación, jueces de primera instancia y demás tribunales y jueces que establezca la ley. La Corte Suprema de Justicia se compone de cinco ministros como mínimo y de un procurador general. Poder Legislativo El Poder Legislativo de la Provincia es ejercido por la Legislatura, compuesta de dos Cámaras: la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados se compone de cincuenta miembros elegidos directamente por el pueblo, correspondiendo veintiocho diputados al partido que obtenga mayor número de votos y veintidós a los demás partidos, en proporción de los sufragios que hubieren logrado. La Cámara de Senadores se compone de un senador por cada departamento de la Provincia, elegido directamente por el pueblo, a simple pluralidad de sufragios. Por otro lado, el Poder Legislativo, a través de la Defensoría del Pueblo, protege los derechos fundamentales del individuo y los intereses difusos o colectivos de la comunidad contra actos irregulares, arbitrarios, ilegítimos, discriminatorios o negligentes de los funcionarios de la Administración Pública. Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de gobernador de la Provincia y, en su defecto, por un vicegobernador, elegido al mismo tiempo, en igual forma y por idéntico período que el gobernador. El gobernador y vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones.ï¶ Constitución�  CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANTA FE, 14 DE ABRIL DE 1962. BOLETIN OFICIAL, 18 de Abril de 1962 PREAMBULO Nos, los representantes del pueblo de la Provincia de Santa Fe, reunidos en Convención Constituyente con el objeto de organizar los poderes públicos y consolidar las instituciones democráticas y republicanas para asegurar los derechos fundamentales del hombre; mantener la paz interna; afianzar la justicia; estimular y dignificar el trabajo; proveer a la educación y la cultura; fomentar la cooperación y solidaridad sociales; promover el bienestar general; impulsar el desarrollo económico bajo el signo de la justicia social; afirmar la vigencia del federalismo y del régimen municipal; y garantir en todo el tiempo los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Provincia, invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, sancionamos esta Constitución. SECCION PRIMERA CAPITULO UNICO - Principios, Derechos, Garantías y Deberes ARTICULO 1. La Provincia de Santa Fe, como miembro del Estado federal argentino, y

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con la población y el territorio que por derecho le corresponden, organiza sus instituciones fundamentales conforme a los principios democráticos, representativo y republicano, de la sumisión del Estado a las propias normas jurídicas en cualquier campo de su actividad y de los deberes de solidaridad recíproca de los miembros de la colectividad, de acuerdo con las condiciones y limitaciones emergentes de la Constitución Nacional. ARTICULO 2. El pueblo, y los órganos del Estado que él elige y ejercen la potestad de gobierno, desempeñan sus funciones respectivas en las formas y con los límites que establecen esta Constitución y las leyes dictadas en su consecuencia. Ningún sector del pueblo, ni persona alguna, puede atribuirse legítimamente su ejercicio. ARTICULO 3. La religión de la Provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes. ARTICULO 4. Las autoridades que ejercen el Gobierno Provincial residen en la ciudad de Santa Fe, Capital de la Provincia.ARTICULO 5. El gobierno de la Provincia provee a los gastos públicos con los fondos provenientes de las contribuciones que establezca la ley; de las rentas producidas por sus bienes y servicios; de la enajenación de bienes de su pertenencia; de la propia actividad económica que realice; y de las operaciones de crédito que concierte. Todos los habitantes de la Provincia están obligados a concurrir a los gastos públicos según su capacidad contributiva. El régimen tributario puede inspirarse en criterios de progresividad. ARTICULO 6. Los habitantes de la Provincia, nacionales y extranjeros, gozan en su territorio de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitución Nacional y la presente, inclusive de aquellos no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran. ARTICULO 7. El Estado reconoce a la persona humana su eminente dignidad y todos los órganos del poder público están obligados a respetarla y protegerla. El individuo desenvuelve libremente su personalidad, ya en forma aislada, ya en forma asociada, en el ejercicio de los derechos inviolables que le competen. La persona puede siempre defender sus derechos e intereses legítimos, de cualquier naturaleza, ante los poderes públicos, de acuerdo con las leyes respectivas. Los derechos fundamentales de libertad y sus garantías reconocidos por esta Constitución son directamente operativos. ARTICULO 8. Todos los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley. Incumbe al Estado remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando de hecho la igualdad y la libertad de los individuos, impidan el libre desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos en la vida política, económica y social de la comunidad. ARTICULO 9. Ningún habitante de la Provincia puede ser privado de su libertad corporal, o sometido a alguna restricción de la misma, sino pordisposición de autoridad competente

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y en los casos y condiciones previstos por la ley. Toda persona que juzgue arbitraria la privación, restricción o amenaza de su libertad corporal, puede ocurrir ante cualquier juez letrado, por sí o por intermedio de cualquier otra que no necesita acreditar mandato, para que la haga comparecer ante su presencia y examine sumariamente la legalidad de aquéllas y , en su caso, disponga su inmediata cesación. Ninguna detención puede prolongarse por más de veinticuatro horas sin darse aviso al juez competente y ponerse a su disposición al detenido, ni mantenerse una incomunicación por más de cuarenta y ocho horas, medida que cesa automáticamente al expirar dicho término, salvo prórroga por auto motivado del juez. Queda proscripta toda forma de violencia física o moral sobre las personas sometidas a privación o restricción de su libertad corporal. Nadie puede ser penado sino en virtud de un proceso y de una típica definición de una acción u omisión culpable previamente establecidos por la ley, ni sacado del juez constituido con anterioridad por ésta, ni privado del derecho de defensa. No se puede reabrir procesos fenecidos, sin perjuicio de la revisión favorable de sentencias penales en los casos previstos por la ley procesal. Cuando prospere el recurso de revisión por verificarse la inocencia del condenado, la Provincia indemniza los daños que se le hubieren causado. Las cárceles serán sanas y limpias y adecuadas para la readaptación social de los internados en ellas. No se alojará a encausados juntamente con penados y los procesados o condenadosmenores de diez y ocho años y las mujeres lo serán en establecimientos especiales. La ley propende a instituir el juicio oral y público en materia penal. ARTICULO 10. El domicilio es inviolable. No se puede efectuar en él registros, inspecciones o secuestros sino en los casos y en las condiciones que fije la ley. Son igualmente inviolables la libertad y el secreto de la correspondencia y de todo otro medio de comunicación y sus restricciones pueden realizarse sólo cuando la ley las autorice y con sus garantías. Los habitantes de la Provincia pueden permanecer y circular libremente en su territorio. ARTICULO 11. Todo individuo tiene derecho a expresar y difundir libremente su pensamiento mediante la palabra oral o escrita, o cualquier otro medio de divulgación. El cultivo de la ciencia y del arte es libre. Queda garantido el derecho de enseñar y aprender. La prensa no puede ser sometida a autorizaciones o censuras, ni a medidas indirectas restrictivas de su libertad. Una ley especial asegura este derecho y define y reprime los abusos que por medio de ella pueden cometerse. En tanto esta ley no se dicte, los abusos que importen delitos comunes según el Código Penal son castigados conforme a éste, sin perjuicio de la obligación de resarcir los daños causados. No puede clausurarse las

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imprentas, ni secuestrarse sus elementos, como instrumentos del delito, mientras dure el proceso. Las personas que se consideren afectadas por una publicación periodística tienen el derecho de réplica gratuita, en el lugar y con la extensión máxima de aquélla, con recurso, de trámite sumario en caso de negativa, ante la justicia ordinaria. ARTICULO 12. Todos gozan del derecho a la libre profesión de su fe religiosa en forma individual o asociada, a hacer propaganda de ella y a ejercer el culto en público o privado, salvo que sea contrario al orden público o a las buenas costumbres. No se puede suprimir o limitar el ejercicio de un derecho en razón de profesarse determinada religión. ARTICULO 13. Los habitantes de la Provincia pueden libremente reunirse en forma pacífica, aun en locales abiertos al público. Las reuniones en lugares públicos están sometidas al deber de preaviso a la autoridad, que puede prohibirlas sólo por motivos razonables de orden o interés público con anticipación no menor de cuarenta y ocho horas. Pueden también asociarse libremente con fines lícitos. Gozan igualmente del derecho de petición a las autoridades públicas, en defensa de intereses propios o generales. ARTICULO 14. Todos tienen derecho a ejercer, según las propias posibilidades y la propia elección, una actividad o profesión que concurra al progreso material o espiritual de la sociedad, en las condiciones que establezca la ley. Pueden, asimismo, tener acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad, según los requisitos que se determinen. Ninguna prestación personal de servicios al Estado es exigible sino en virtud de la ley. ARTICULO 15. La propiedad privada es inviolable y solamente puede ser limitada con el fin que cumpla una función social. El Estado puede expropiar bienes, previa indemnización, por motivos de interés general calificado por ley. La iniciativa económica de los individuos es libre. Sin embargo, no puede desarrollarse en pugna con la utilidad social o con mengua de la seguridad, libertad o dignidad humana. En este sentido, la ley puede limitarla, con medidas que encuadren en la potestad del gobierno local. Ninguna prestación patrimonial puede ser impuesta sino conforme a la ley. ARTICULO 16. El individuo tiene deberes hacia la comunidad. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades puede quedar sometido a las limitaciones, establecidas por la ley exclusivamente, necesarias para asegurar el respeto de los derechos y libertades ajenas y satisfacer las justas exigencias de la moral y el orden público y del bienestar general. ARTICULO 17. Un recurso jurisdiccional de amparo, de trámite sumario, puede deducirse contra cualquier decisión, acto u omisión de una autoridad administrativa provincial, municipal o comunal, o de entidades o personas privadas en ejercicio de funciones

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públicas, que amenazare, restringiere o impidiere, de manera manifiestamente ilegítima, el ejercicio de un derecho de libertad directamente reconocido a las personas en la Constitución de la Nación o de la Provincia, siempre que no pudieren utilizarse los remedios ordinarios sin daño grave e irreparable y no existieren recursos específicos de análoga naturaleza acordados por leyes o reglamentos. ARTICULO 18. En la esfera del derecho público la Provincia responde hacia terceros de los daños causados por actos ilícitos de sus funcionarios y empleados en el ejercicio de las actividades que les competen, sin perjuicio de la obligación de reembolso de éstos. Tal responsabilidad se rige por las normas del derecho común, en cuanto fueren aplicables. ARTICULO 19. La Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad. Con tal fin establece los derechos y deberes de la comunidad y del individuo en materia sanitaria y crea la organización técnica adecuada para la promoción, protección y reparación de la salud, en colaboración con la Nación, otras provincias y asociaciones privadas nacionales e internacionales. Las actividades profesionales vinculadas a los fines enunciados cumplen una función social y están sometidas a la reglamentación de la ley para asegurarla. Nadie puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado, salvo por disposición de la ley, que en ningún caso puede exceder los límites impuestos por el respeto a la persona humana. ARTICULO 20. La Provincia, en la esfera de sus poderes, protege el trabajo en todas sus formas y aplicaciones y, en particular, asegura el goce de los derechos que la Constitución y las leyes nacionales reconocen al trabajador. Reglamenta las condiciones en que el trabajo se realiza, incluso la jornada legal de trabajo, y otorga una especial protección a la mujer y al menor que trabajan. Cuida la formación cultural y la capacitación de los trabajadores mediante institutos adecuados, tanto en las zonas urbanas como en las rurales. Promueve y facilita la colaboración entre empresarios y trabajadores y la solución de sus conflictos colectivos por la vía de la conciliación obligatoria y del arbitraje. Establece tribunales especializados para la decisión de losconflictos individuales del trabajo, con un procedimiento breve y expeditivo, en el cual la ley propende a introducir la oralidad. La ley concede el beneficio de gratuidad a las actuaciones administrativas y judiciales de los trabajadores y de sus organizaciones. La Provincia otorga igual remuneración por igual trabajo a sus servidores. ARTICULO 21. El Estado crea las condiciones necesarias para procurar a sus habitantes un nivel de vida que asegure su bienestar y el de sus familias, especialmente por la alimentación, el vestido, la vivienda, los cuidados médicos y los servicios sociales necesarios. 

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Toda persona tiene derecho a la provisión de los medios adecuados a sus exigencias de vida si estuviese impedida de trabajar y careciese de los recursos indispensables. En su caso, tiene derecho a la readaptación o rehabilitación profesional. El Estado instituye un sistema de seguridad social, que tiene carácter integral e irrenunciable. En especial, la ley propende al establecimiento del seguro social obligatorio; jubilaciones y pensiones móviles; defensa del bien de familia y compensación económica familiar, así como al de todo otro medio tendiente a igual finalidad. ARTICULO 22. La Provincia promueve, estimula y protege el desarrollo y la difusión de la cultura en todas sus formas, tanto en sus aspectos universales como en los autóctonos, y la investigación en el campo científico y técnico. En particular, facilita a sus artistas, científicos y técnicos el desenvolvimiento de sus facultades creadoras y el conocimiento popular de sus producciones. ARTICULO 23. La Provincia contribuye a la formación y defensa integral de la familia y al cumplimiento de las funciones que le son propias con medidas económicas o de cualquier otra índole en cuadradas en la esfera de sus poderes. Procura que el niño crezca bajo la responsabilidad y amparo del núcleo familiar. Protege en lo material y moral la maternidad, la infancia, la juventud y la ancianidad, directamente o fomentando las instituciones privadas orientadas a tal fin. ARTICULO 24. El Estado promueve y coopera en la formación y sostenimiento de entidades privadas que se propongan objetivos científicos, literarios, artísticos, deportivos, de asistencia, de perfección técnica o de solidaridad de intereses. ARTICULO 25. El Estado provincial promueve el desarrollo e integración económica de las diferentes zonas de su territorio, en correlación con la economía nacional, y a este fin orienta la iniciativa económica privada y la estimula mediante una adecuada política tributaria y crediticia y la construcción de vías de comunicación, canales, plantas generadoras de energía y demás obras públicas que sean necesarias. Facilita, con igual propósito, la incorporación de capitales, equipos, materiales, asistencia tecnológica y asesoramiento administrativo y, en general, adopta cualquier medida que estime conveniente. ARTICULO 26. La Provincia reconoce la función social de la cooperación en el campo económico, en sus diferentes modalidades. La ley promueve y favorece el cooperativismo con los medios más idóneos y asegura, con oportuna fiscalización, su carácter y finalidades. ARTICULO 27. La Provincia estimula y protege el ahorro popular en todas sus formas y lo orienta hacia la propiedad de la vivienda urbana y del predio para el trabajo rural e inversiones en actividades productivas dentro del territorio de la Provincia. ARTICULO 28. La Provincia promueve la racional explotación de la tierra por la colonización de las de su propiedad y de los predios no explotados o cuya explotación no se realice conforme a la función social de la propiedad y adquiera por compra o expropiación. 

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Propende a la formación, desarrollo y estabilidad de la población rural por el estímulo y protección del trabajo del campo y de sus productos y el mejoramiento del nivel de vida de sus pobladores. Facilita la formulación y ejecución de planes de transformación agraria para convertir a arrendatarios y aparceros en propietarios y radicar a los productores que carezcan de la posibilidad de lograr por sí mismos el acceso a la propiedad de la tierra. Favorece mediante el asesoramiento y la provisión de los elementos necesarios el adelanto tecnológico de la actividad agropecuaria a fin de obtener una racional explotación del suelo y el incremento y diversificación de la producción. Estimula la industrialización y comercialización de sus productos por organismos cooperativos radicados en las zonas de producción que faciliten su acceso directo a los mercados de consumo, tanto internos como externos, y mediante una adecuada política de promoción, crediticia y tributaria, que aliente la actividad privada realizada con sentido de solidaridad social. Promueve la creación de entes cooperativos que, conjuntamente con otros organismos, al realizar el proceso industrial y comercial, defiendan el valor de la producción del agro de la disparidad de los precios agropecuarios y de los no agropecuarios. Protege el suelo de la degradación y erosión, conserva y restaura la capacidad productiva de las tierras y estimula el perfeccionamiento de las bases técnicas de su laboreo. Resguarda la flora y la fauna autóctonas y proyecta, ejecuta y fiscaliza planes orgánicos y racionales de forestación y reforestación. SECCION SEGUNDA CAPITULO UNICO - Régimen Electoral ARTICULO 29. Son electores todos los ciudadanos, hombres y mujeres, que hayan alcanzado la edad de diez y ocho años y se hallen inscriptos en el Registro Cívico Provincial. No pueden serlo los que por su condición, situación o enfermedad están impedidos de expresar libremente su voluntad y los afectados de indignidad moral. Los extranjeros son electores en el orden municipal y en las condiciones que determine la ley. El voto es personal e igual, libre, secreto y obligatorio. La Legislatura de la Provincia dicta la ley electoral con las garantías necesarias para asegurar una auténtica expresión de la voluntad popular en el comercio, con inclusión, entre otras, de las siguientes: 1 la autoridad única del presidente de la mesa receptora de votos, a cuyas órdenes está la fuerza pública; 2 comienzo y conclusión de la elección dentro del día fijado; 3 escrutinio provisional público, en seguida de cerrado el acto electoral y en la propia mesa, cuyo resultado se consignará en el acta, suscripta por el presidente del comicio y fiscales presentes, a quienes el primero dará certificadode dicho resultado; y 4 prohibición del arresto de electores, salvo en flagrante delito o por orden emanada de juez competente. 

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Los partidos políticos concurren a la formación y expresión de la voluntad política del pueblo y todos los ciudadanos son libres de constituirlos o de afiliarse a ellos. La ley establece la composición y atribuciones del Tribunal Electoral. ARTICULO 30. Todos los ciudadanos pueden tener acceso a los cargos electivos en condiciones de igualdad, según los requisitos establecidos en cada caso por esta Constitución. Carecen de este derecho los inhabilitados para el ejercicio del sufragio. Los extranjeros son elegibles en el orden municipal en las condiciones que determine la ley. SECCION TERCERA Poder Legislativo ARTICULO 31. El Poder Legislativo de la Provincia es ejercido por la Legislatura, compuesta de dos Cámaras: la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados. Los miembros de ambas Cámaras se reúnen en Asamblea Legislativa solamente en los casos y para los fines previstos por esta Constitución. La asamblea es presidida por el vicegorbenador, en su defecto por el presidente provisional del Senado y, a falta de éste, por el presidente de la Cámara de Diputados. Sus decisiones son válidas si está presente la mitad más uno de los legisladores y se adoptan por la mayoría absoluta de los presentes, salvo disposición en contrario de esta Constitución. Dicta el reglamento para el desempeño de sus funciones. CAPITULO I - Cámara de Diputados ARTICULO 32. La Cámara de Diputados se compone de cincuenta miembros elegidos directamente por el pueblo, formandoal efecto la Provincia un solo distrito, correspondiendo veintiocho diputados al partido que obtenga mayor número de votos y veintidós a los demás partidos, en proporción de los sufragios que hubieren logrado. Los partidos políticos incluirán en sus listas de candidatos por lo menos uno con residencia en cada departamento. Juntamente con los titulares se eligen diputados suplentes para completar períodos en las vacantes que se produzcan. ARTICULO 33. Son elegibles para el cargo de diputado los ciudadanos argentinos que tengan, por lo menos, veintidós años de edad y, si no hubieren nacido en la Provincia, dos años de residencia inmediata en ésta, y, en su caso, dos años de residencia inmediata en el departamento. ARTICULO 34. Los diputados duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y son reelegibles. Su mandato comienza y termina simultáneamente con el del gobernador y vicegobernador. ARTICULO 35. La Cámara de Diputados elige anualmente entre sus integrantes su presidente y sus reemplazantes legales. CAPITULO II - Cámara de Senadores 

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ARTICULO 36. La Cámara de Senadores se compone de un senador por cada departamento de la Provincia, elegido directamente por el pueblo, a simple pluralidad de sufragios. Juntamente con los titulares se eligen senadores suplentes para completar períodos en las vacantes que se produzcan. ARTICULO 37. Son elegibles para el cargo de senador los ciudadanos argentinos que tengan, por lo menos, treinta años de edad y dos años de residencia inmediata en el departamento. ARTICULO 38. Los senadores duran cuatro años en el ejercicio de susfunciones y son reelegibles. Su mandato comienza y termina simultáneamente con el del gobernador y vicegobernador. ARTICULO 39. La Cámara de Senadores es presidida por el vicegobernador y, en caso de ausencia, enfermedad, renuncia, muerte, inhabilidad física o mental sobreviniente de carácter permanente, destitución o suspensión del mismo, o cuando se halle en ejercicio del Poder Ejecutivo, por un presidente provisional que elige anualmente de su seno. El vicegobernador sólo tiene voto en caso de empate. CAPITULO III - Normas comunes a ambas Cámaras ARTICULO 40. Ambas Cámaras se reúnen anualmente por sí mismas en sesiones ordinarias desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre. Este período es susceptible de prórroga hasta por un mes más en virtud de decisión concorde de ambos cuerpos. El Poder Ejecutivo las puede convocar a sesiones extraordinarias cuando lo juzgue necesario y sólo para tratar los asuntos que determine. Las Cámaras pueden también convocarse a sesiones extraordinarias, a pedido de la cuarta parte de sus miembros y por tiempo limitado, para tratar graves asuntos de interés público. ARTICULO 41. Ambas Cámaras empiezan y concluyen simultáneamente sus períodos de sesiones, y ninguna de ellas, mientras se hallen reunidas, puede suspender las suyas por más de seis días sin el acuerdo de la otra. ARTICULO 42. Las decisiones de las Cámaras son válidas si está presente la mitad más uno de sus miembros y son adoptadas por la mayoría de los presentes, salvo los casos en que esta Constitución prescribe mayorías especiales. En estos últimos supuestos se computan los votos de los presidentes que son miembros de los cuerpos. Sin embargo, en minoría pueden acordar las medidas que estimen necesario para obtener el " quórum " requerido, inclusive la compulsión física de los inasistentes en los términos y bajo las sanciones que establezcan los reglamentos; y con no menos de la tercera parte de los miembros de la Cámara, en los días ordinarios de sesión, dar entrada a asuntos, escuchar informes o proseguir deliberaciones anteriores, sin adoptar resoluciones de ninguna naturaleza. 

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ARTICULO 43. Cada Cámara dicta su reglamento, designa y remueve sus empleados y ejerce la policía de sus locales. ARTICULO 44. Las sesiones de ambas Cámaras son públicas, salvo que acuerden reunirse en sesión secreta. ARTICULO 45. Las Cámaras tienen el derecho de requerir la asistencia a sus sesiones de los ministros del Poder Ejecutivo para suministrar informes o explicaciones sobre puntos que previamente se les fije. Los ministros pueden excusar su asistencia en el primer caso y dar por escrito los informes solicitados, no así en el segundo caso, en que deben concurrir al seno de las Cámaras. ARTICULO 46. Cada Cámara puede designar comisiones con propósitos de información e investigación sobre materias o asuntos de interés público y proveerlas en cada caso de las facultades necesarias, las que no pueden exceder de los poderes de la autoridad judicial, para el desempeño de sus cometidos. ARTICULO 47. Las Cámaras pueden reprimir con arresto que no exceda de treinta días a toda persona extraña al cuerpo que viole sus privilegios o altere el orden en sus sesiones, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que aquélla hubiere incurrido. ARTICULO 48. Cada Cámara es juez exclusivo de la elección de sus miembros y de la validez de sus títulos y, con el voto de las dos terceras partes de los componentes del cuerpo, resuelve la existencia de causas sobrevinientes de inelegibilidad y de incompatibilidad, sin que, en ambos casos, una vez pronunciada al respecto, pueda volver su decisión. ARTICULO 49. Al recibirse de sus cargos, los legisladores prestan juramento de desempeñarlo conforme a la Constitución y a las leyes. ARTICULO 50. Cada Cámara puede, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, corregir a cualquiera de éstos, y aun excluirlo de su seno, por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones. La inasistencia a la mitad de las sesiones del período ordinario determina la cesación en el mandato, salvo los casos de licencia o suspensión en el cargo. ARTICULO 51. Ningún miembro de ambas Cámaras puede ser acusado, perseguido o molestado por las opiniones o los votos que emita en el ejercicio de sus funciones. Sin autorización de la Cámara a que pertenece, acordada por dos tercios de los votos de los presentes, no puede ser sometido a proceso penal. Sin la misma autorización tampoco puede ser detenido, o de alguna manera restringido en su libertad personal, salvo si es sorprendido en el acto de cometer un delito que no fuere excarcelable, en cuyo caso se comunicará a la Cámara respectiva, con sumaria información del hecho, a fin que resuelva sobre la inmunidad del detenido. La decisión de las Cámaras que disponga la suspensión de la inmunidad puedecomprender también la suspensión en el ejercicio de las funciones del cargo. ARTICULO 52. Es incompatible el cargo de diputado o senador con cualquier otro de carácter nacional, provincial o municipal, sea electivo o no, excepto los cargos docentes y

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las comisiones honorarias eventuales de la Nación, de la Provincia o de los municipios, que solamente pueden ser aceptadas con autorización de la Cámara correspondiente, o si ésta estuviere en receso, con obligación de dar cuenta a ella en su oportunidad. Los agentes de la Administración pública provincial o municipal que resultaren elegidos diputados o senadores quedan automáticamente con licencia, sin goce de sueldo, por todo el tiempo que dure el mandato. También es incompatible el cargo de legislador con la propiedad personal, individual o asociada, de empresas que gestionen servicios por cuenta de la Provincia o entidades públicas menores, o sean subsidiadas por éstas, y con el desempeño de funciones de dirección, administración, asesoramiento, representación o asistencia profesional en empresas ajenas en iguales condiciones. El legislador que haya aceptado algún cargo incompatible con el suyo, queda por ese solo hecho separado de éste. ARTICULO 53. Los legisladores reciben por sus servicios la retribución que determine la ley. CAPITULO IV - Atribuciones del Poder Legislativo ARTICULO 54. Corresponde a la Asamblea Legislativa: 1- Recibir el juramento del gobernador y del vicegobernador; 2- Resolver en caso de empate en la elección de los mismos; 3- Decidir sobre las renuncias de dichos funcionarios y declarar su inhabilidad física o mental sobreviniente de carácter permanente, en ambos casos por el voto de los dos tercios de la totalidad de los legisladores; 4- Escuchar el informe anual del gobernador sobre el estado de los negocios públicos, en ocasión de abrirse el período de sesiones ordinarias de las Cámaras; 5- Prestar el acuerdo requerido por esta Constitución o las leyes para la designación de magistrados o funcionarios, el que se entenderá prestado si no se expidiese dentro del término de un mes de convocada al efecto la Asamblea, convocatoria que debe realizarse dentro del quinto día de recibido el pedido de acuerdo, o, en caso de nombramientos en el receso legislativo, de abierto el período ordinario de sesiones. ARTICULO 55. Corresponde a la Legislatura: 1- En sesión conjunta de ambas Cámaras, elegir senadores al Congreso de la Nación; 2- Establecer la división política de la Provincia, que no puede alterarse sin el voto de las dos terceras partes de los miembros de las Cámaras, y las divisiones convenientes para su mejor administración; 3- Legislar en materia electoral; 4- Dictar las leyes de organización y procedimientos judiciales; 5- Organizar el régimen municipal y comunal, según las bases establecidas por esta Constitución; 6- Legislar sobre educación; 7- Crear las contribuciones especificadas en el artículo 5; 

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8- Fijar anualmente el presupuesto de gastos y cálculo de recursos. En el primero deben figurar todos los gastos ordinarios y extraordinarios de la Provincia, aun los autorizados por leyes especiales, las que se tendrán por derogadas si no se incluyen en el presupuesto las partidas para su ejecución. La Legislatura no puede aumentar los sueldos y gastos proyectados por el Poder Ejecutivo, salvo para la ejecución de las leyes especiales, en cuanto no excedan el cálculo de recursos. No sancionado en tiempo un presupuesto, seguirá en vigencia el anterior en sus partidas ordinarias, hasta la sanción del nuevo; 9- Aprobar o desechar anualmente la cuenta de inversión; 10- Arreglar el pago de la deuda interna y externa de la Provincia; 11- Aprobar o desechar los convenios celebrados con la Nación o con otras provincias; 12- Autorizar al Poder Ejecutivo para celebrar contratos y aprobar o desechar los concluidos " adreferendum" de la Legislatura. El servicio de la totalidad de las deudas provenientes de empréstitos no puede comprometer más de la cuarta parte de la renta provincial; 13- Establecer bancos u otras instituciones de crédito; 14- Legislar sobre tierras fiscales; 15- Declarar de interés general la expropiación de bienes, por leyes generales o especiales; 16- Conceder privilegios o estímulos por tiempo determinado con fines de fomento industrial, con carácter general; 17- Dictar leyes de protección y fomento de riquezas naturales; 18- Legislar sobre materias de policía provincial; 19- Dictar los códigos de faltas, rural, bromatológico, fiscal y otros en que sea conveniente este tipo de legislación; 20- Acordar amnistías por delitos o infracciones en general de jurisdicción provincial; 21- Dictar leyes sobre previsión social; 22- Conceder subsidios; 23- Dictar leyes sobre organización de la Administración pública y el estatuto de los funcionarios y empleados públicos, que incluya, entre otras, garantías de ingreso, estabilidad, carrera e indemnización por cesantía injustificada; 24- Fijar su presupuesto de gastos; 25- Convocar a elecciones provinciales si el Poder Ejecutivo no lo hiciese con la anticipación legal, a cuyo fin puede, en su caso, convocarse a sesiones extraordinarias por acuerdo propio y a solicitud de una cuarta parte de los miembros de cada Cámara; 26- Conceder o negar, en su caso, autorización al gobernador o vicegobernador para ausentarse del territorio de la Provincia; 27- En general, ejercer la potestad legislativa en cuanto se considere necesario o conveniente para la organización y funcionamiento de los poderes públicos y para la consecución de los fines de esta Constitución, en ejercicio de los poderes no delegados al

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gobierno federal, sin otras limitaciones que las emergentes de dicha Constitución o de la Nacional. CAPITULO V - Formación y sanción de las Leyes ARTICULO 56. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras por proyectos presentados por sus miembros o por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 57. Aprobado un proyecto por la Cámara de origen, se remite para su consideración a la otra Cámara y, si ésta también lo aprueba, pasa al Poder Ejecutivo. Si el Poder Ejecutivo está conforme, lo promulga como ley de la Provincia y dispone su publicación inmediata. Queda convertido en ley todo proyecto sancionado por ambas Cámaras si, comunicado al Poder Ejecutivo, éste no lo devuelve observado dentro del plazo de diez días hábiles. ARTICULO 58. Un proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras, no puede repetirse en las sesiones del mismo año. Si solamente es modificado por la Cámara revisora, vuelve a la de origen, y si ésta acepta las enmiendas pasa el proyecto al Poder Ejecutivo. Si, por el contrario, no las acepta, el proyecto vuelve nuevamente a la Cámara revisora, y si ésta las mantiene con el voto de las dos terceras partes de los presentes, vuelve a la Cámara de origen, y sólo si ésta insiste en su sanción con igual mayoría, se tienen por rechazadas definitivamente las modificaciones y aprobado el proyecto que se comunica al Poder Ejecutivo. ARTICULO 59. Vetado en todo o en parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus observaciones a la Cámara de origen, la que, si en votación nominal lo confirma por mayoría de dos tercios de los votos presentes, lo remite a la Cámara revisora, y si ésta también se expide de igual manera, el proyecto queda convertido en ley y se comunica al Poder Ejecutivo para su promulgación. Si ambas Cámaras no insisten con dicha mayoría, el proyecto no puede repetirse en las sesiones del año. Si el veto ha sido parcial y las Cámaras aprueban por simple mayoría las enmiendas propuestas por el Poder Ejecutivo, el proyecto, con éstas, queda convertido en ley. La Legislatura debe pronunciarse sobre el veto del Poder Ejecutivo dentro del término de un mes de comunicado, o, en su caso, de iniciado el período ordinario de sesiones; en su defecto, se considera rechazado el proyecto. El veto parcial de la ley de presupuesto no implica la necesidad de devolverlo totalmente a la Legislatura y puede promulgarse enlas partes no observadas. ARTICULO 60. Las leyes son obligatorias luego de su publicación. El Poder Ejecutivo debe publicarlas dentro de los ocho días de promulgadas y, en su defecto, dispone la publicación el presidente de la Cámara que hubiere prestado la sanción definitiva. Las leyes entran en vigor el noveno día siguiente al de su publicación, salvo que las mismas leyes establezcan otras fechas al efecto. 

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ARTICULO 61. Todo proyecto que no haya alcanzado sanción definitiva en dos períodos ordinarios de sesiones consecutivas caduca y sólo puede ser nuevamente considerado si se lo inicia como nuevo proyecto. SECCION CUARTA - Poder Ejecutivo CAPITULO I - Organización ARTICULO 62. El Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de gobernador de la Provincia y, en su defecto, por un vicegobernador, elegido al mismo tiempo, en igual forma y por idéntico período que el gobernador. ARTICULO 63. Para ser elegido gobernador o vicegobernador se requiere ser ciudadano argentino nativo o hijo de ciudadano nativo si hubiere nacido en país extranjero y tener, por lo menos, treinta años de edad y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en ésta. ARTICULO 64. EL gobernador y vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones, sin que evento alguno autorice prórroga de ese término, y no son elegibles para el mismo cargo o para el otro sino con intervalo, al menos, de un período. ARTICULO 65. Al tomar posesión de sus cargos el gobernador y el vicegobernador prestan juramento de desempeñarlo conforme a la Constitución y a las leyes, anteel presidente de la Asamblea Legislativa, en sesión especial de ésta, o, en su defecto, ante el presidente de la Corte Suprema de Justicia, reunido este cuerpo. ARTICULO 66. El vicegobernador reemplaza al gobernador en caso de muerte, destitución, renuncia o inhabilidad física o mental sobreviniente de éste, por el resto del período legal; y en caso de enfermedad, ausencia o suspensión en tanto el impedimento no cese. ARTICULO 67. En caso de muerte, destitución, renuncia o inhabilidad física o mental sobreviniente del vicegobernador en ejercicio del Poder Ejecutivo, lo sustituye el presidente provisional del Senado mientras se procede a nueva elección, la que no puede recaer en este último, para completar período. La convocatoria debe hacerse dentro del plazo de diez días y la elección realizarse en término no mayor de noventa días. No procede nueva elección si el resto del período no excede de un año y medio. El vicegobernador en ejercicio es igualmente reemplazado por el presidente provisional del Senado en caso de enfermedad, ausencia o suspensión, mientras no cese el impedimento. ARTICULO 68. El gobernador y vicegobernador en desempeño del Poder Ejecutivo residen en la capital de la Provincia, pero pueden permanecer fuera de ella, dentro del territorio provincial, en ejercicio de sus funciones, por un término que, en cada caso, no exceda de treinta días. No pueden ausentarse del territorio de la Provincia, por un plazo mayor de diez días, sin la autorización de la Legislatura; ni, en todo caso, del territorio de la República sin esa autorización. En el receso de las Cámaras, ysiendo necesario el permiso previo pueden ausentarse

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sólo por un motivo urgente de interés público y por el tiempo indispensable, comunicando a aquéllas oportunamente. ARTICULO 69. El gobernador y vicegobernador reciben por sus servicios la retribución que fije la ley. CAPITULO II - Elección de Gobernador y Vicegobernador ARTICULO 70. El gobernador y vicegobernador son elegidos directamente por el pueblo de la Provincia, a simple pluralidad de sufragios. La elección debe realizarse con una antelación no mayor de seis meses ni menor de tres. En caso de empate, decide, en una sola sesión y sin debate, por mayoría absoluta de los miembros presentes, la Asamblea Legislativa surgida de la misma elección. ARTICULO 71. Si antes de ocupar el cargo muriere o renunciare el ciudadano electo gobernador, lo reemplaza el vicegobernador conjuntamente elegido. CAPITULO III Atribuciones del Poder Ejecutivo ARTICULO 72. El gobernador de la Provincia: 1- Es el jefe superior de la Administración Pública; 2- Representa a la Provincia en sus relaciones con la Nación y con las demás provincias; 3- Concurre a la formación de las leyes con las facultades emergentes, a tal respecto, de esta Constitución; 4- Expide reglamentos de ejecución y autónomos, en los límites consentidos por esta Constitución y las leyes, y normas de orden interno; 5- Provee, dentro de los mismos límites, a la organización, prestación y fiscalización de los servicios públicos; 6- Nombra y remueve a los ministros, funcionarios y empleados de la Provincia, con arreglo a la Constitución y a las leyes, siempre que elnombramiento o remoción no competa a otra autoridad; 7- Provee en el receso de las Cámaras, las vacantes de cargos que requieren acuerdo legislativo, que solicitará en el mismo acto a la Legislatura; 8- Presenta a la Legislatura, antes del 30 de setiembre de cada año, el proyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Provincia y de las entidades autárquicas; 9- Presenta anualmente a la Legislatura la cuenta de inversión del ejercicio anterior; 10- Hace recaudar y dispone la inversión de los recursos de la Provincia con arreglo a las leyes respectivas; 11- Celebra contratos con autorización o " ad-referéndum " de la Legislatura; 12- Concluye convenios o tratados con la Nación y otras provincias, con aprobación de la Legislatura y conocimiento, en su caso, del Congreso Nacional; 13- Informa a la Legislatura, al abrirse las sesiones ordinarias, sobre el estado general de la Administración, y aconseja las reformas o medidas que estima convenientes; 14- Convoca a sesiones extraordinarias de la Legislatura de conformidad a esta Constitución; 

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15- Efectúa las convocatorias a elecciones en los casos y oportunidades legales; 16- Indulta o conmuta penas impuestas dentro de la jurisdicción provincial, con informe previo de la Corte Suprema de Justicia. No puede ejercer esta facultad cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones; 17- Dispone de las fuerzas policiales y presta su auxilio a la Legislatura, a los tribunales de justicia y a los funcionarios provinciales, municipales o comunales autorizados por laley para hacer uso de ella; 18- Resuelve los recursos administrativos que se deduzcan contra sus propios actos, los de sus inferiores jerárquicos y entidades autárquicas de la Administración provincial; y 19- Hace cumplir en la Provincia, en su carácter de agente natural del gobierno federal, la Constitución y las leyes de la Nación. CAPITULO IV - Ministros del Poder Ejecutivo ARTICULO 73. El despacho de los asuntos que incumben al Poder Ejecutivo está a cargo de ministros designados por el gobernador, en el número y con las funciones, en los respectivos ramos, que determine una ley especial. Al recibirse de sus cargos prestan juramento ante el gobernador de desempeñarlos conforme a la Constitución y a las leyes. ARTICULO 74. Para ser ministro se requieren las mismas calidades que para ser diputado y le comprenden las mismas incompatibilidades de los legisladores. ARTICULO 75. Los ministros refrendan con su firma las resoluciones del gobernador, sin la cual éstas carecen de eficacia.Sólo pueden resolver por sí mismos en lo concerniente al régimen administrativo interno de sus respectivos departamentos y dictar providencias de trámite. ARTICULO 76. Sin perjuicio de las facultades de las Cámaras a su respecto, los ministros tienen el derecho de concurrir a las sesiones de aquéllas y participar en sus deliberaciones, pero no votar. Dentro de los treinta días posteriores a la apertura de las sesiones ordinarias de la Legislatura, los ministros deben presentar a ésta una memoria detallada del estado de la administración de los asuntos de sus respectivos ministerios. ARTICULO 77.Los ministros son responsables de las resoluciones que autoricen y solidariamente de las que refrenden conjuntamente con sus colegas. ARTICULO 78. Los ministros pueden ser removidos de sus cargos por el gobernador, que también decide sus renuncias, y ser sometidos a juicio político. ARTICULO 79. En los casos de vacancia o de cualquier impedimento de un ministro, los actos del gobernador pueden ser refrendados por algunos de sus colegas. ARTICULO 80. Los ministros reciben por sus servicios la retribución que fije la ley. CAPITULO V Tribunal de Cuentas ARTICULO 81. Un Tribunal de Cuentas, con jurisdicción en toda la Provincia, tiene a su cargo, en los casos y en la forma que señale la ley, aprobar o desaprobar la percepción e inversión de caudales públicos y declarar las responsabilidades que resulten. 

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Los miembros del Tribunal de Cuentas duran seis años en sus funciones, son nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa y pueden ser removidos según las normas del juicio político. Los fallos del Tribunal de Cuentas son susceptibles de los recursos que la ley establezca ante la Corte Suprema de Justicia y las acciones a que dieren lugar deducidas por el Fiscal de Estado. El contralor jurisdiccional administrativo se entenderá sin perjuicio de la atribución de otros órganos de examinar la cuenta de inversión, que contarán previamente con los juicios del Tribunal de Cuentas. CAPITULO VI Fiscal de Estado ARTICULO 82. El Fiscal de Estado es el asesor legal del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la defensa de los intereses de la Provincia ante los tribunalesde justicia en los casos y en la forma que establecen la Constitución o las leyes, y desempeña las demás funciones que éstas le encomiendan. El Fiscal de Estado es designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa, debe reunir las condiciones requeridas para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia y tiene las mismas incompatibilidades y prohibiciones que los miembros del Poder Judicial. El Fiscal de Estado ejerce sus funciones durante el período del gobernador que lo ha designado, sin perjuicio de ser renombrado, es inamovible y puede ser removido sólo según las normas del juicio político. SECCION QUINTA CAPITULO UNICO - Poder Judicial ARTICULO 83. El Poder Judicial de la Provincia es ejercido, exclusivamente, por una Corte Suprema de Justicia, cámaras de apelación, jueces de primera instancia y demás tribunales y jueces que establezca la ley. Sin embargo, la ley puede instituir tribunales colegiados de instancia única. ARTICULO 84. La Corte Suprema de Justicia se compone de cinco ministros como mínimo y de un procurador general. Las cámaras de apelación se integran con no menos de tres vocales y, en su caso, pueden ser divididas en salas. ARTICULO 85. Para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia, vocal o fiscal de las cámaras de apelación se requiere ser ciudadano argentino, poseer título de abogado y tener, por lo menos, treinta años de edad, diez de ejercicio de la profesión de abogado o de la magistratura y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en ésta.Para ser juez de primera instancia se requiere serciudadano argentino, poseer título de abogado y tener, por lo menos veinticinco años de edad, cuatro de ejercicio de la profesión o de la función judicial como magistrado o funcionario y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en ésta. 

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La ley fija las condiciones exigidas para los jueces creados por ella. ARTICULO 86. Los miembros de la Corte Suprema de Justicia, los vocales de las cámaras de apelación y los jueces de primera instancia son designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa. La ley determina la forma de designación de los jueces creados por ella. ARTICULO 87. Los magistrados y funcionarios de la administración de justicia prestan juramento, al asumir sus cargos, de desempeñarlos conforme a la Constitución y a las leyes. ARTICULO 88. Los magistrados y funcionarios del ministerio público son inamovibles mientras conserven su idoneidad física, intelectual y moral y el buen desempeño de sus funciones. Cesa su inamovilidad a los sesenta y cinco años de edad si están en condiciones de obtener jubilación ordinaria. No pueden ser ascendidos ni trasladados sin su consentimiento previo. Perciben por sus servicios una retribución que no puede ser suspendida ni disminuida sino por leyes de carácter general y transitorio, extensivas a todos los Poderes del Estado. ARTICULO 89. Los miembros del Poder Judicial no pueden actuar de manera alguna en política. Los magistrados y funcionarios no pueden ejercer profesión o empleo alguno, salvo la docencia en materia jurídica, las comisiones de carácter honorario, técnico y transitorio queles encomienden la Nación, la Provincia o los municipios, y la defensa en juicio de derechos propios, de su cónyuge o de sus hijos menores. La ley determina las incompatibilidades de los empleados. ARTICULO 90. Los magistrados, funcionarios y empleados de la administración de justicia deben residir en el lugar donde desempeñan sus funciones, excepto los ministros de la Corte Suprema de Justicia. ARTICULO 91. Los miembros de la Corte Suprema de Justicia están sujetos al juicio político. Los demás jueces nombrados con acuerdo legislativo son enjuiciables, en la forma que establezca una ley especial, ante la Corte Suprema de Justicia, integrada a ese sólo efecto por un senador, un diputado y dos abogados de la matrícula. ARTICULO 92. La Corte Suprema de Justicia: 1- Representa al Poder Judicial de la Provincia; 2- Ejerce la superintendencia general de la administración de justicia, que puede parcialmente delegar, de acuerdo con la ley, y la consiguiente potestad disciplinaria; 3- Dicta los reglamentos y disposiciones que conduzcan al mejor desempeño de la función judicial; 4- Dispone, según normas propias, de las partidas para inversiones y gastos de funcionamiento asignadas al Poder Judicial por la ley de presupuesto, sin perjuicio de rendir cuentas; 

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5- Propone al Poder Ejecutivo, previo concurso, la designación de los funcionarios y empleados de la administración de justicia, y la remoción de los magistrados sin acuerdo legislativo y la de aquéllos, conforme a la ley; 6- Envía a los poderes legislativos y ejecutivo un informe anual sobre el estado de la administración de justicia; 7- Propone en cualquier tiempo reformas de organización o procedimiento encaminadas a mejorar la administración de justicia; y 8- Ejerce las demás funciones que le encomiende la ley. ARTICULO 93. Compete a la Corte Suprema de Justicia, exclusivamente, el conocimiento y resolución de: 1- Los recursos de inconstitucionalidad que se deduzcan contra las decisiones definitivas de los tribunales inferiores, sobre materias regidas por esta Constitución; 2- Los recursos contencioso-administrativos sometidos a su decisión en los casos y modos que establezca la ley; 3- Los juicios de expropiación que promueva la Provincia; 4- Los recursos de revisión de sentencias dictadas en procesos criminales, en los casos autorizados por la ley; 5- Las contiendas de competencia que se susciten entre tribunales o jueces de la Provincia que no tengan un superior común; 6- Los conflictos de atribuciones planteados entre funcionarios del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial; 7- Los juicios de responsabilidad civil contra los magistrados judiciales; 8- Los recursos contra las decisiones del Tribunal de Cuentas en los casos y modos que establezca la ley; y 9- Los incidentes de recusación de sus propios miembros. ARTICULO 94. Los demás tribunales y jueces ejercen la jurisdicción contenciosa y voluntaria, que corresponda a la Provincia, con las competencias que establezca la ley. Asimismo, las funciones de otra índole que ésta les encomiende. ARTICULO 95. Las sentencias y autos interlocutorios deben tener motivación suficiente, so pena de nulidad. ARTICULO 96. Los tribunales y jueces tienen la obligación de fallar las causas dentro de los plazos legales y el retardo reiterado no justificado importa mal desempeño a los efectos de la remoción. ARTICULO 97. La administración de justicia se rige por una ley reglamentaria de su organización y por códigos que determinen sus modos de proceder. SECCION SEXTA CAPITULO UNICO - Juicio Político ARTICULO 98. Pueden ser sometidos a juicio político el gobernador y sus sustitutos legales en ejercicio del Poder Ejecutivo, los ministros de éste, el Fiscal de Estado, los miembros de la Corte Suprema de Justicia y los del Tribunal de Cuentas, de conformidad

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con las disposiciones de esta Constitución y de la ley reglamentaria que se dicte. ARTICULO 99. A la Cámara de Diputados compete, a petición escrita y fundada de alguno de sus miembros o de cualquier habitante de la Provincia, la facultad de acusar ante el Senado a los funcionarios anteriormente mencionados por mal desempeño de sus funciones, delito cometido en el ejercicio de éstas o crímenes comunes. ARTICULO 100. La acusación no se hará sin previa averiguación de la verdad de los hechos por la comisión permanente respectiva, con citación y audiencia del acusado, y declaración de haber lugar a la formación de causa por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara. Si la comisión o, en su caso, la Cámara no se expidiese en el término de noventa días útiles correspondientes a los períodos ordinarios de sesiones o de prórroga, caducarán las actuaciones respectivas, inclusive la petición. Admitida la acusación, la Cámara designará una Comisión para que sostengala acusación ante el Senado y podrá suspender al funcionario acusado por las dos terceras partes de sus miembros presentes. Si se desechara una petición de acusación manifiestamente temeraria, se aplicará al particular peticionante la sanción de multa o arresto que establezca la reglamentación. ARTICULO 101. Corresponde a la Cámara de Senadores juzgar a los acusados por la Cámara de Diputados, a cuyo fin aquélla se constituye en tribunal, dentro del plazo que señale la ley, previo juramento, en cada caso, de sus miembros, de resolver la causa en justicia según su conciencia. Cuando el acusado es el gobernador o alguno de sus reemplazantes legales en ejercicio, el presidente de la Corte Suprema de Justicia preside la Cámara juzgadora, pero sin voto en el fallo. ARTICULO 102. Formulada la acusación, el Senado sustancia el juicio con arreglo a la ley, que debe asegurar amplia defensa al acusado. En ningún caso el juicio puede durar más de tres meses. Vencido este término sin que hubiere recaído sentencia, el acusado queda absuelto y, en su caso, reintegrado por ese solo hecho a sus funciones. ARTICULO 103. Ningún acusado puede ser declarado culpable sino por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara. La votación será nominal. El fallo condenatorio sólo dispone la destitución del acusado y aún su inhabilitación para ocupar cargos de la Provincia por tiempo determinado sin perjuicio de la responsabilidad del condenado ante la justicia ordinaria. El fallo absolutorio importa, en su caso, el reintegro de pleno derecho del acusado al ejercicio de susfunciones. ARTICULO 104. Cuando el enjuiciado sea el gobernador o su reemplazante legal o un ministro del Poder Ejecutivo, las mayorías de dos tercios prescriptas en los artículos anteriores se computará sobre la totalidad de los miembros de las Cámaras. ARTICULO 105. A los efectos de asegurar la continuidad sin interrupciones del juicio

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político, las Cámaras pueden prorrogar a ese solo fin sus sesiones ordinarias o ser convocadas a sesiones extraordinarias por acuerdo propio y a solicitud de una cuarta parte de los miembros de cada Cámara. SECCION SEPTIMA CAPITULO UNICO - Régimen Municipal ARTICULO 106. Todo núcleo de población que constituya una comunidad con vida propia gobierna por sí mismo sus intereses locales con arreglo a las disposiciones de esta Constitución y de las leyes que se sancionen. Las poblaciones que tengan más de diez mil habitantes se organizan como municipios por ley que la Legislatura dicte en cada caso, y las que no reúnan tal condición como comunas. La ley fija la jurisdicción territorial de municipios y comunas y resuelve los casos de fusión o segregación que se susciten.ARTICULO 107. Los municipios son organizados por la ley sobre la base: 1- De un gobierno dotado de facultades propias, sin otras injerencias sobre su condición o sus actos que las establecidas por esta Constitución y la ley; 2- Constituido por un intendente municipal, elegido directamente por el pueblo y por un período de cuatro años, y un Concejo Municipal, elegido de la misma manera, con representación minoritaria, y renovado bianualmente por mitades; y 3- Con las atribuciones necesarias para una eficaz gestión de los intereses locales, a cuyo efecto la ley los proveerá de recursos financieros suficientes. A este último fin, pueden crear, recaudar y disponer libremente de recursos propios provenientes de las tasas y demás contribuciones que establezcan en su jurisdicción. Tienen, asimismo, participación en gravámenes directos o indirectos que recaude la Provincia, con un mínimo del cincuenta por ciento del producido del impuesto inmobiliario, de acuerdo con un régimen especial que asegure entre todos ellos una distribución proporcional, simultánea e inmediata. Estas mismas normas fundamentales rigen para las comunas, de acuerdo con su ley orgánica propia, con excepción de su forma de gobierno, el cual está a cargo de una Comisión Comunal, elegida directamente por el cuerpo electoral respectivo, y renovada cada dos años en su totalidad. Queda facultada la Legislatura para cambiar con carácter general el sistema de elección de los intendentes por cualquier otro modo de designación. ARTICULO 108. La Provincia puede intervenir por ley, o por decisión del Poder Ejecutivo, en receso de la Legislatura, con cargo de dar cuenta inmediata a ésta, los municipios y comunas a los solos efectos de constituir sus autoridades en caso de acefalía total, o de normalizar una situación institucional subvertida. En el caso de intervención por resolución del Poder Ejecutivo, la Legislatura puede hacerla cesar al examinar los fundamentos de aquélla. SECCION OCTAVA 

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CAPITULO UNICO - Educación ARTICULO 109. El Estado provincial provee al establecimiento de un sistema de educación preescolar y elemental y puede organizar y proteger también la enseñanza secundaria, técnica y superior. La educación impartida en los establecimientos oficiales es gratuita en todos sus grados. La educación preescolar tiene por objeto guiar adecuadamente al niño en sus primeros años, en función complementaria del hogar. La educación elemental es obligatoria e integral y de carácter esencialmente nacional. Cumplido el ciclo elemental, la educación continua siendo obligatoria en la forma y hasta el límite de edad que establezca la ley. La educación secundaria tiende a estimular y dirigir la formación integral del adolescente. La normal propende a la formación de docentes capacitados para actuar de acuerdo con las características y las necesidades de las distintas zonas de la Provincia. La educación técnica tiene en cuenta los grandes objetivos nacionales y se orienta con sentido regional referida preferentemente a las actividades agrícolas, ganaderas e industriales de la zona. La Provincia presta particular atención a la educación diferencial de los atípicos y a la creación de escuelas hogares en zonas urbanas y rurales. ARTICULO 110. Los padres de familia e instituciones privadas pueden crear escuelas u otros institutos de educación en las condiciones que determine la ley. La educación que se imparta en los establecimientos privados desarrollará, como mínimo, el contenido de los planes de estudios oficiales y se identificará con los objetivos nacionales y los principios de esta Constitución. Queda garantido a los padres el derecho de elegir para sus hijos el establecimientoeducativo de su preferencia. ARTICULO 111. La Provincia establece institutos que investiguen y orienten la vocación de los adolescentes hacia una elección profesional adecuada. Procura, asimismo, que los alumnos que acrediten vocación, capacidad y méritos, dispongan de los medios necesarios para alcanzar los más altos grados de la educación. Arbitra igualmente las medidas que fueren menester para impedir o combatir la deserción escolar. ARTICULO 112. El Estado estimula la formación de entidades privadas de cooperación con los institutos educativos oficiales. ARTICULO 113. La Provincia destina recursos suficientes para el sostenimiento, difusión y mejoramiento de los establecimientos educativos del Estado. La ley asegura al docente un régimen de ingreso, estabilidad y carrera profesional según sus méritos y estimula y facilita su perfeccionamiento técnico y cultural.SECCION NOVENA CAPITULO UNICO - Reforma de la Constitución ARTICULO 114. Esta Constitución no puede ser reformada sino en virtud de una ley

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especial, sancionada con el voto de las dos terceras partes de los miembros de cada Cámara, que declare la necesidad de la reforma; y si fuere vetada, su promulgación requiere la insistencia legislativa por igual mayoría. La ley determina si la reforma debe ser total o parcial y, en este último caso, los artículos o la materia que hayan de reformarse. La reforma se hará por una Convención compuesta de diputados elegidos directamente por el pueblo en número igual al de los miembros del Poder Legislativo. Para ser convencional se requieren las mismas calidades que para ser diputadoa la Legislatura. El cargo de convencional es compatible con cualquier otro nacional, provincial o municipal. Los convencionales gozan de las mismas inmunidades y remuneración de los legisladores, mientras ejerzan sus funciones. ARTICULO 115. La ley especial que declare la necesidad de la reforma debe determinar, asimismo, las bases fundamentales de la elección, instalación y término de la Convención Reformadora. Queda reservado a ésta todo lo concerniente a su ordenamiento interno. La Convención puede prorrogar el término de su duración una sola vez y por la mitad del plazo fijado por la ley. Si vencido el plazo legal de duración la Convención no se hubiera expedido sobre todos los puntos susceptibles de reforma, se entenderá que ésta no se ha producido en parte alguna. En los casos de reforma parcial la Convención no puede pronunciarse sino sobre los artículos o la materia designados por la ley. La Convención no está obligada a modificar o suprimir las disposiciones de la Constitución si considera que no existe la necesidad de la reforma declarada por la ley. Disposiciones Transitorias ARTICULO 116. Con el carácter de transitorias se observarán las disposiciones siguientes: 1- A los efectos de unificar los mandatos legislativos cuya duración regla esta Constitución, dispónese lo siguiente: a) La próxima renovación de diputados se hará de conformidad con lo que establece la Constitución de 1900/1907, por el término de dos años, de modo que los electos en el año 1964 terminen sus mandatos el 30 de abril de 1966; b) La renovación del tercio de senadores que corresponda haceren 1964 se hará por el término de dos años, de modo que caduquen sus mandatos el 30 de abril de 1966; c) La renovación de los dos tercios de senadores que corresponda hacer en 1966 se hará de conformidad con las normas de esta Constitución; d) La renovación del tercio de senadores que corresponda hacer en 1968 se hará por el término de dos años, de modo que caduque su mandato el 30 de abril de 1970; 2- La actual estructura del Poder Judicial se mantendrá hasta la sanción de las modificaciones de su ley orgánica necesarias para adaptarlas a esta Constitución y

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designación de los miembros de la Corte Suprema de Justicia. Dicha ley se dictará en un plazo que no exceda de tres meses. Los mandatos de los actuales jueces subsistirán hasta la finalización del período para el cual fueron designados y la inamovilidad que establece esta Constitución regirá para los que se designen en lo sucesivo; 3- Los concejales de los municipios que se elijan en 1963 durarán en sus cargos hasta el 30 de abril de 1966 y los que se elijan en 1964 durarán hasta la misma fecha. En las primeras elecciones de renovación legislativa provincial, los intendentes municipales serán elegidos de conformidad a esta Constitución y durarán en sus funciones por el término que falte para completar el período de gobierno bajo el cual se realicen las elecciones; La Legislatura solo podrá usar de la facultad que le acuerda el último párrafo del artículo 107, una vez que se haya cumplido un período completo de mandato electivo del intendente. 4- Mientras la Legislatura no sancione el estatuto de los funcionarios y empleadospúblicos, toda cesantía injustificada de los mismos le dará derecho a una indemnización equivalente al importe de doce meses del sueldo mensual que perciba en el momento de la cesantía. 5- Esta Constitución entrará en vigencia a partir de su publicación, dispuesta por esta Convención. El Gobernador de la Provincia jurará esta Constitución ante la Convención reformadora que, a este sólo efecto, podrá reunirse en minoría. Los presidentes de las Cámaras Legislativas lo harán ante los cuerpos respectivos en la primera sesión que realicen con posterioridad a la vigencia de aquélla y los miembros de cada cuerpo ante su presidente. El Presidente del Superior Tribunal de Justicia y el de la Cámara de Apelaciones prestarán juramento ante los respectivos cuerpos y recibirán el de los magistrados y funcionarios. La falta de cumplimiento de los juramentos prescriptos determinará la cesación inmediata en su mandato o función a los que se negaren a prestarlos. 

Programa de Geografía Argentina

Bolilla 3 

ï¶ Población del territorio argentino:�  Argentina: Crisol de Razas Los primeros pobladores del actual territorio argentino fueron indígenas quienes, congregados en diversas tribus, desarrollaron sus respectivas culturas en grado diverso. 

En el siglo XVI, se produce el arribo de los conquistadores españoles, quienes traen

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consigo sus costumbres y valores propios, generándose un encuentro cultural de dimensiones perdurables, no exento de dolor en muchos casos y de cooperación en otros. Desde el punto de vista poblacional, dicho encuentro dio lugar al mestizaje de blancos e indios, al que sesumaría en grado menor, el aporte de habitantes negros traídos desde África o desde el Brasil en calidad de esclavos, particularmente en la zona del Río de la Plata. Mestizos, mulatos y zambos han de sentar así la conformación de la población criolla. 

En la segunda mitad del siglo XIX y la primera del XX, se produjo el arribo de un importantísimo caudal inmigratorio de origen predominantemente europeo, que constituye otro pilar fundamental a la hora de definir la esencia de la argentinidad, como producto de un verdadero “crisol de razas”. 

“Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.” Artículo 75, Inciso 17 de la Constitución Nacional. Los Orígenes Las primeras tribus de cazadores de origen asiático llegaron a América a través del Estrecho de Bering hace unos 30.000 años aproximadamente, en tanto que su arribo al actual territorio argentino se considera producto de migraciones internas ocurridas hace 18.000 años. 

Estos pueblos se asentaron básicamente en dos regiones: lamontaña y la llanura. Con respecto al primer hábitat, los testimonios más antiguos con que se cuenta son los rastros de núcleos poblacionales que datan de hace 8.000 años en Ayamapatín (Provincia de Córdoba) e Inti Huasi (Provincia de San Luis). Vestigios hay también de otra cultura antigua en Tafí (Provincia de Tucumán), de pueblos que trabajaban la piedra y la cerámica. Más reciente resulta la civilización de La Aguada (territorio comprendido por las provincias de San Juan, La Rioja y Catamarca), cuyos pobladores se dedicaban al cultivo del maíz y al trabajo en bronce y cuyo desarrollo se ubica entre los años 800 a 650. 

En cuanto a los asentamientos de llanura, se registra la presencia de un núcleo poblacional en Tandil (Provincia de Buenos Aires), de aproximadamente 6.000 años de antigüedad, cuyos habitantes trabajaban la piedra y la cerámica. En el Litoral, iguales

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vestigios dan cuenta de la llamada Cultura del Alto Paraná, de la misma data. En el extremo sur y los canales fueguinos se considera la llegada de los primeros hombres hace 6.000 años, los que habitaban en viviendas circulares semienterradas, vivían de la caza y la pesca, empleaban botes y arpones para la caza de mamíferos marinos y recolectaban moluscos. 

Con la llegada de los conquistadores españoles los pueblos indígenas vieron truncadas sus posibilidades de desarrollo cultural. 

 Dónde Vivían 

En el Noroeste La cultura diaguita fue la más compleja y numerosa de las poblaciones indígenas. Aproximadamente unos 200.000 habitantes conformaban su población a la llegada de los conquistadores. Eran expertos agricultoresque habían desarrollado canales de riego para sus plantaciones de maíz, zapallo y porotos. Adoraban al sol, el trueno y el relámpago. Tenían jefaturas similares a los cacicazgos y sus familias eran monogámicas. 

En las sierras En la zona de las sierras centrales estaban asentados los comechingones y los sanavirones. Vivían de la caza, la recolección y la pesca; cosechaban maíz, porotos y zapallos. Practicaban el culto al sol y a la luna. 

En Cuyo y Neuquén La cultura de los huarpes ocupó las actuales provincias de San Juan, San Luis y Mendoza. Eran agricultores, cosechaban maíz y cazaban guanacos y ñandúes. Trabajaban la cerámica y creían en la existencia de un ser supremo. La cultura pehuenche caracterizó a la zona de Neuquén. Sus habitantes vivían de la caza y de la recolección, se agrupaban en clanes familiares y creían en un ser supremo que moraba más allá del mar. 

En la Pampa y la Patagonia Fue habitada por los querandíes y los araucanos provenientes del Chile actual. Los tehuelches y los onas ocupaban el sur, en tanto que en la zona central se hallaban asentados los pampas. Todos estos pueblos tenían características comunes: vivían de la caza de liebres, zorros, ñandúes y de la pesca. Tenían asimismo un grado importante de organización social que les permitía convivir agrupados, bajo el liderazgo de un cacique. 

En el Gran Chaco Antes de la llegada de la conquista española, esta región era habitada por tobas,

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mocovíes y abipones. Eran básicamente cazadores y recolectores. Estaban integrados en un sistema social de clanes, liderados por un cacique. La estructura socialera de carácter monogámico pero a los jefes les estaba permitida la poligamia. 

En el Litoral En esta zona predominó la cultura guaraní, fruto de un pueblo de mansos agricultores que muy pronto se sometieron al dominio español. Vivían en grandes casas donde se alojaban varias familias. Creían en la tierra sin mal, una suerte de paraíso perdido, al que regresarían algún día. 

ï¶ Las corrientes colonizadoras y la gran inmigración:�  • Poblamiento hispánico o colonizador. Penetraron en nuestro territorio las denominadas "corrientes colonizadoras", las que fundaron ciudades, muchas de ellas hoy ciudades capitales. Entre las corrientes colonizadoras se destacaron la del este, que penetró por el río de la Plata; la del norte, proveniente del Alto Perú, la del oeste, desde Chile. A partir de la penetración española comenzó a configurarse paulatinamente lo que -años más tarde- sería nuestro país, la República Argentina. He aquí algunos datos de acontecimientos históricos para tener en cuenta: En 1776, por orden de España, se crea el Virreinato del Río de la Plata, el cual estaba integrado por los actuales territorios de Argentina, Uruguay, Paraguay, parte de Brasil y parte de Bolivia. En 1810 comienza el desembarco del Virreinato. Ello se debe a la emancipación de nuestro país. Lo propio hicieron años más tarde Paraguay, Bolivia y Uruguay. A partir de 1813 comienzan a precisarse las jurisdicciones provinciales de nuestro país. . La gran y la nueva inmigración A partir del año 1856 comenzó en nuestro país lo que se conoce con el nombre de colonización. La primera colonia establecidaen nuestro territorio fue la de Baradero (provincia de Buenos Aires), que estaba integrada por suizos, gracias a la iniciativa de Aarón Castellanos. Desde entonces comenzó la gran afluencia de europeos a la República Argentina, que llegaban hasta nuestras tierras con el anhelo de trabajo y progreso. El período en que llegó a nuestro país mayor número de inmigrantes fue el comprendido entre los años 1901-1910, a esta afluencia de inmigrantes europeos se llamó gran inmigración. Los inmigrantes europeos se dedicaron a la actividad agrícola e introdujeron en la Argentina nuevos métodos para la explotación de las tierras. A partir del año 1939 comenzó la nueva inmigración, la que estaba compuesta por personas que provenían de los países vecinos. A diferencia de los inmigrantes europeos, estas personas se concentraron en las zonas aledañas a las ciudades y se dedicaron fundamentalmente a la actividad industrial. También durante la Segunda Guerra Mundial hubo una gran inmigración de europeos, asentándose en distintos puntos del país,

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dedicándose tanto al campo como a distintos oficios en las ciudades. 

ï¶ Su impacto en la sociedad argentina�  : Los españoles Pese a su número merecieron menos atención ya que no significaban ninguna novedad entre nuestras etnias constitutivas. Los gobiernos españoles no dejaban partir a sus connacionales. Tres millones y medio de españoles, en su mayoría gallegos, cruzaron el mar en la gran inmigración. Ya contaban con los vascos, pastores y lecheros, arribados en el siglo XIX. Estos dos grupos iniciales son importantes, porque establecieron lo que se ha dado enllamar la cadena migratoria. Un millón y medio de españoles eligieron nuestro país para migrar. Mayoritariamente eran campesinos, ejercieron la agricultura y otros se ubicaron en servicios. Se ocuparon, particularmente, como mozos de cafés y restaurantes y guardias de tranvías. En 1914 la décima parte de la población era española. Cientos de vascos eran traídos en barcos, con la seguridad de encontrar un mundo diferente. Y no fueron defraudados ya que se los estableció proporcionándoles parcelas de campos y haciendas para ayudarlos a labrarse un porvenir cierto. 

Los árabes Cuando un árabe (vulgarmente llamado turco) llegaba al país, declaraba indefectiblemente ser de profesión comerciante. Al ver los registros, podía comprobarse que en verdad era agricultor en su tierra. Pero el paisano que lo llamaba le aseguraba su colocación en el comercio ambulante y el inmigrante asumía de antemano ese papel. Se formaron verdaderas redes de distribuidores de telas y baratijas, a partir de un árabe con negocio instalado, que mandaba al interior a los recién llegados. Estos, con una caja o baúl al hombro, llegaban hasta apartados rincones rurales a ofrecer su mercadería, sabiendo poco y nada del idioma. En 1906 el comercio ambulante sufrió una crisis en Buenos Aires, lo que hizo que los árabes se desplazaran hacia el interior. Pronto alcanzaron una distribución uniforme en todo el país. En Córdoba y en el Noroeste fueron más que todos los otros extranjeros juntos. En La Rioja superaban a los españoles. Debieron luchar contra la mala imagen que se les atribuía como comerciantes. En 1914, el72% de los árabes habitaba en medio urbano. Los que prosperaron se interesaron en la industria y en otras actividades. Sólo en la segunda o tercera generación enviaron sus hijos a la universidad. 

Los británicos La inmigración es muy antigua y se vincula con las luchas independentistas. No sobresalieron en agricultura. Crearon en 1930 la colonia Victoria en Misiones. En oficios y ocupaciones los ingleses descollaron. Fueron banqueros, ingenieros y

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financistas. Echaron raíces en Buenos Aires y penetraron en el resto del país siguiendo el trazado de las líneas férreas, dejando el inconfundible estilo arquitectónico de sus estaciones ferroviarias. Desde épocas tempranas tuvieron sus propios templos, donde se oficiaba en su lengua, y sus escuelas. Trajeron innovaciones tecnológicas en la industria frigorífica y tuvieron gran influencia sobre la ganadería. 

Los galeses: Desembarcaron en Puerto Madryn en 1865. La Patagonia era, por entonces, un territorio semidesértico, sin autoridades administrativas estables y carencia total de atención sanitaria y escolar. Allí habitaban los indígenas tehuelches. En las nuevas colonias, europeos e indígenas establecieron provechosas relaciones. Los tehuelches enseñaron a los galeses a cazar y pescar cuando las primeras cosechas no fueron suficientes para mantenerlos y los proveyeron de caballos. Los galeses, por su parte, les proveyeron los artículos que necesitaban. En 1880, el Ejército procedió a ocupar el territorio patagónico y combatir al indígena. Las colonias galesas gozaron de privilegios otorgados por el Estado argentino, como el de tener supropio gobierno elegido libremente y su propio sistema de justicia. Con el tiempo, consiguieron prosperar, editaron libros y periódicos en su lengua. Algunos prefirieron ir a poblar otras provincias patagónicas. Con la llegada de italianos y españoles proliferaron los matrimonios de jóvenes con integrantes de otros grupos étnicos y la individualidad fue diluyéndose. No obstante, los mas viejos aun se expresan en Gales y persisten las influencias culturales, desde el culto a la música y la poesía hasta la célebre torta galesa. Sus huellas perduran en algunas designaciones galesas como Trelew, Trevelin o Dolabon. ¿La Inmigración iba al campo, como se pretendía? La colonización se inició en Santa Fe en 1865. Para 1895, sobre un total de 9.837.000 ha. habían sido colonizadas alrededor del 37%. En una primera etapa, los gobiernos de la Confederación (Urquiza y Derqui), propiciaron la explotación agrícola. Pero al final del período se reemplazó la agricultura por la ganadería vacuna. 

Colonia Esperanza (provincia de Santa Fe) En esta provincia fue notable la Colonia ”Esperanza”, situada a 36km. al noroeste de la capital de la provincia de Santa Fe. La colonización agrícola se inició a principio de 1856 con el aporte de 1.400 colonos europeos, fundamentalmente suizos-franceses. Después de la crisis del 90, el trigo será quien actúe como un remedio casi milagroso. Los primeros ensayos con el lo hicieron los colonos de Santa Fe. En 1890, exportaron 328.000 toneladas de trigo. En 1895, las exportaciones llegaron a más de 488.000 toneladas, y en 1900 fueron 1.000.000 las toneladasexportadas. También, Entre Ríos y Corrientes recibieron una oleada inmigratoria importante. Los primeros colonos entrerrianos tuvieron que realizar el desmonte de las formaciones boscosas, de las que

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obtuvieron la leña y madera. Aquí las pequeñas chacras estaban distribuidas dentro de grandes estancias. En 1892 la Jewish Colonization Association contrataron colonos judíos, la mayoría provenientes de Rusia. Establecieron la primera Colonia llamada ”Clara”, de aproximadamente 15.000 ha. Estaba dedicada a una economía mixta, con predominio de granja. Casi al mismo tiempo surgió la Colonia ”San Antonio”, un año mas tarde la de ”Yatay”, con inmigrantes polacos y de los Balcanes, y al año siguiente, ”Lucienville”, cuyo centro urbano, Basavilvaso, adquirió rápidamente importancia, sobre todo porque estaba ubicado en un cruce ferroviario. En un principio, había 170 colonias en Entre Ríos. Con la Primera Guerra Mundial, la falta de combustible se hizo sentir, fue necesario desmontar el bosque aun mas, para el uso de la leña como carbón. Así aparecieron más espacios abiertos y se fundaron nuevas colonias. Surgieron las de Seguí, Viale, Taboissi, Sosa y María Grande, junto a la línea férrea de Crespo a Federal, que había sido inaugurada en 1907. El Chaco constituyó hasta 1860 la frontera con el aborigen. A principio de la inmigración, la explotación del quebracho colorado, fundamentalmente usado para los durmientes del ferrocarril, la extracción del tanino y el cultivo del algodón, constituyeron el atractivo para la instalación de las primeras poblaciones. Entre 1900 y 1930 tuvo lugar el auge de laextracción del tanino. Se ocuparon las áreas boscosas del norte de Santa Fe y del sur del Chaco. El poblamiento agrícola de Misiones fue realizado por grupos inmigrantes franceses, noruegos, suecos, mas tarde por alemanes, polacos y ucranianos, que constituyeron pequeñas colonias de poca explotación. La Patagonia constituyó, quizá, la más difícil de las colonizaciones. La llegada del inmigrante se hizo efectiva a fines del siglo XIX después de la Campaña del Desierto, del tratado de 1881 con Chile que estableció el modo de distribución de los territorios patagónicos entre ambas naciones y de la entrega de grandes extensiones de tierras dedicadas a la cría de ganado ovino, y de pequeñas cantidades dadas para la agricultura. Asentamiento en la Patagonia: Los que llegaron fueron españoles, italianos, galeses, sirios, libaneses, alemanes e irlandeses. Algunos fracasaron y otros constituyeron pueblos y verdaderos oasis agrícolas. Los galeses se instalaron, primero, en el valle inferior del río Chubut, luego en las zonas cordilleranas, en Colonia Sarmiento y en Comodoro Rivadavia. Algunos italianos lo hicieron en Viedma. Los alemanes estuvieron en la zona del lago Nahuel Huapi. Los españoles y sirio-libaneses fueron comerciantes, fundamentalmente con relación a la lana y la curtiembre. En la llanura pampeana, los inmigrantes formaron chacras de 50 a 100 ha., superficie fácilmente manejable por una familia. En La Pampa, a fines de siglo se radicaron las Colonias Santa María y Winifreda. Al principio del siglo XX nuestro país era el más adelantado de los de América del Sur. Poseía una muy buenainserción en el mundo de la producción, del consumo, tenía la red ferroviaria mas larga de América, elemento fundamental para el crecimiento del país, poseía un incipiente, pero muy buen sistema educativo. Por entonces, ya se había

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sancionado la Ley de Educación Común. También en esa época se creó un sistema monetario para reemplazar la situación imperante en que cada provincia tenía su moneda, cuyos valores variaban de una a otra. Por otra parte las monedas extranjeras también eran de uso corriente. En 1882, católicos y liberales se enfrentaron en el seno del Congreso Pedagógico, y en el Parlamento al debatir la ya citada Ley 1420 de Educación Común, que establecía la enseñanza laica, obligatoria, gratuita y gradual. Por otra parte ese año se aprobó la ley que creó el Registro Civil. Por ella se transfería al Estado la función de inscribir nacimientos y defunciones, tarea que antes estaba en manos de la Iglesia. Esta acentuada política liberal motivó una campaña en contra del gobierno, por parte de la Iglesia. De este movimiento participo entre otros, el nuncio apostólico monseñor Mattera. Esta actitud provocó su expulsión del país y la ruptura de relaciones con el Vaticano. Sin embargo, el enfrentamiento no llegó al campo de las ideas socioeconómicas. El papel de la Argentina agroexportadora como proveedora de materia prima fue compartidopor ambos grupos. Ingresemos por un momento al siglo pasado... ¿Por qué hubo necesidad de favorecer la llegada de inmigrantes a la Argentina? Por entonces, la Argentina poseía gran cantidad de tierra virgen, alrededor de 30 millones de hectáreas. Era ellugar ideal para la obtención de materia prima que necesitaba el mercado, especialmente el inglés, a raíz del auge industrial. De modo que será la Argentina la que proveerá la materia prima al mundo industrializado y al mismo tiempo la que comprará los productos manufacturados provenientes de los países europeos. Por lo tanto, la tierra constituyó el elemento económico más importante en la política de entonces. La conquista de nuevos espacios fue alentada, y la lucha contra el indio en el sur tuvo que ver con esa necesidad. La acción iniciada con la Conquista del Desierto tuvo como objetivo conseguir más espacios. Esta se acentuó con la realización de otras expediciones militares que posibilitaron la ocupación efectiva de la Patagonia (Región del sur de La Argentina). Más allá de ese espacio estaba el aborigen. Por tiempo el río Salado constituyó el límite para la población de Buenos Aires. En realidad desde la época de la colonización hasta el siglo XIX la población de las llanuras estuvo concentrada en el litoral argentino, y en Buenos Aires y sus alrededores. Por entonces el General Julio A. Roca, que fue presidente entre 1880 y 1886, después de una larga campaña, era partidario de concluir con el problema indio, ya fuese ”extinguiéndolos o arrinconándolos al otro lado del río Negro”. El 25 de mayo de 1879 enarboló allí, en Choele-Choel (Río Negro) la Bandera Nacional, dando por cumplimentado su deseo. Abrió así el camino para que el Estado se desprendiese de tierras de su propiedad y que pasasen a manos privadas, generando en algunos casos verdaderos latifundios. Por otra partemuchas de esas tierras fueron entregadas como premio a los soldados que actuaron contra el indio. Estos las vendieron, permitiendo que grandes latifundistas acrecentaran las grandes extensiones que ya poseían. Además, alrededor de muchos de los Fortines

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se organizaron pueblos. La generación del 80 plasmó así un modelo agro-exportador, liberal, positivista, estrechamente vinculado al comercio inglés. Por la década del 70 la cría de ovejas, en la provincia de Buenos Aires fue fundamental. La oveja tenía ventajas sobre la vaca, como tener pariciones muy rápidas y con mucha cría. Por otra parte se comercializaba tanto la lana como la carne. La cría de ovejas también llegaría a Santa Fe, a las colonias de Entre Ríos, al oeste de Córdoba y ha sido fundamental en la Patagonia. La industria textil fue el fuerte de la revolución industrial. Gran Bretaña necesitaba imperiosamente la lana para sus tejidos. La relación era interesante. Argentina vendía materia prima y compraba el producto manufacturado. 1. Vivienda: Los genoveses tenían gran experiencia en la construcción de viviendas en zonas inundables, lo hacían sobre pilotes y con chapas, por eso compraban terrenos baratos, parte de la Boca era propiedad, como inversión de Carlos Pellegrini ”un paesano”, y las pintaban con sobrantes de pinturas de los barcos de allí la multiplicidad de colores. Los conventillos, en su gran mayoría estaban en La Boca, casi todos los inquilinos eran italianos, así como los propietarios que ejercían una política rufianesca. Evadían todas las disposiciones municipales y sanitarias, las habitaciones tenían solo una puerta de entrada, que podría ser vidriada o no, y no tenían ventanas, se cocinaba adentro de la misma en invierno, o en el patio común en verano. No se respetaba la proporción habitaciones/baños y solo había un par de piletones para el lavado de la ropa. Los abusos fueron tan grandes hacia sus connacionales, quienes no tenían garantes para un alquiler más digno y debían pagar por adelantado, que un grupo de italianos, algunos más tarde serían catalogados de anarquistas, inician la famosa huelga de inquilinos durante la presidencia de Julio Argentino Roca, quien hasta debe enviar tropas para reprimirlos. Luego se llega a un acuerdo que es medianamente respetado y al poco tiempo las cosas siguieron como antes, el famoso gatopardismo que dice”algo debe cambiar para que todo siga igual”. Con la inmigración, también se importaron los problemas sociales como anarquismo, ácratas: o sea, partidarios de una sociedad sin gobierno, libertarios, etc. 2. Como consecuencia del proceso inmigratorio, la estructura social argentina se volvió más compleja. Si bien creció el número de industriales y comerciantes, la clase alta se cerró al inmigrante, reteniendo la riqueza y el prestigio (basado en la ”antigüedad y los antepasados”) como también el poder político y económico asociado con la propiedad de la tierra. El tipo argentino fue cambiando. La clase dominante, compuesta por ganaderos, estancieros, comerciantes, abogados y políticos, formaba la clase alta o aristocrática que, hasta 1914, representó al uno por ciento de la población del país. La guerra del ´14 no sólo interrumpió el flujo inmigratorio, sino que, también, llamó a los nacionales de los beligerantes, lo cual explica el saldo inmigratorio negativo del período 1914-1918. Pero la República Argentina logró retener a los hijos de los extranjeros de las primeras olas, proclives tanto al ascenso social como a la participación política. Muchos de ellos habían obtenido títulos, los que, sumados a la actividad de

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sindicalistas anarquistas, provocaron las tensiones que caracterizaron al país a principios de siglo. La población urbana se duplicó. Y fue la clase media el estrato que más se desarrolló gracias a la contribución de los extranjeros; en el, crecían los sectores dependientes (empleados, funcionarios, técnicos). A la vez, fue en los centros urbanos donde el ascenso social, desde los estratos populares, era más acentuado. Esto favoreció a la integración de tales grupos en el orden social vigente. 3. En el año 1900, Buenos Aires cuenta con más de 800.000 habitantes, lo cual ya plantea algunos problemas. Se establece que el tránsito circulara por la mano izquierda, al modo británico y ya existen tres líneas de tranvías que circulan con electricidad. El tradicional Club del Progreso se instala en un vistoso edificio de la Avenida de Mayo, cuyo esplendor aumenta con la ampliación del Palacio Municipal. Se funda el Club Hípico y el paisajista Carlos Thays adelanta la instalación del Jardín Botánico. Así, la capital de la República va adquiriendo el aspecto de una gran ciudad europea. Además, empiezan las exportaciones de chilled beef un tipo de carne mucho mas refinado que la congelada. Y en Tafí Viejo, Tucumán, se instalan talleres ferroviarios que pronto consiguen construir un coche comedor con todas las comodidades necesarias. 4. En 1901 La Argentina sigue recibiendo inmigrantes: mas de 125.000 arribaron ese año. Se empieza a construir la terminal ferroviaria de Retiro, que será un modelo de arquitectura avanzada. Allí funcionaría la terminal de los ferrocarriles Mitre y Belgrano. Además, empiezan los ensayos para usar el sistema de comunicación sin hilos inventado por Guillermo Marconi. El nuevo siglo marca un cambio en la exportación con un gran crecimiento de los productos de frigorífico contra el comercio de animales a pie. 5. En 1902 se inician las obras para construir el Hospital Italiano en el barrio de Almagro. La construcción del hospital había sido una iniciativa de la colectividad italiana. En tanto, se firma con la empresa francesa Herrent, Schneider et Fils un contrato para la construcción del puerto de Rosario. Dos leyes importantes son sancionadas este año. Una, llamada Ley de Residencia, autorizaba al Poder Ejecutivo a expulsar del país a cualquier extranjero considerado indeseable, sin ningún tipo de juicio. Esta medida provocó una huelga general, propiciada por el Partido Socialista y su derogación será una bandera de lucha por muchos años. La otra ley estableció el sistema de elección de diputados por circunscripciones y fue auspiciada por el ministro del Interior, Joaquín V. González, quien consideraba que su aplicación sería un avance en nuestras costumbres políticas. Hasta ese momento, el partido que ganaba se quedaba con todas las bancas en disputa. Esta última ley permitió, en cierta medida, laparticipación política de la clase media argentina conformada en su mayoría por los hijos de los emigrantes europeos quiénes bregaban afanosamente por su ascenso social. 6. En el interior, 1903 fue un año de malas cosechas. La langosta asolaba los campos, hubo grandes inundaciones y la aftosa y el carbunclo afectaron al ganado. También, se

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realiza el quinto congreso del Partido Socialista y las huelgas aumentan. Por unas semanas, las protestas de tranviarios y portuarios paralizan el movimiento comercial del país. Pero la Argentina sigue siendo tierra de promisión para muchos: tal es el caso de un núcleo de bóers, que después de la derrota sufrida en Sudáfrica, se embarcan hacia nuestro país y se radican cerca de Comodoro Rivadavia. 7. En marzo de 1904, un mes antes de las elecciones presidenciales, se eligen legisladores según una nueva ley de circunscripciones y Alfredo Palacios se consagra como el primer diputado socialista de América, proclamado por el electorado de la Boca. Llegan este año 161.000 inmigrantes. Las exportaciones ascendieron a 264 millones de pesos oro, contra 187 millones por importaciones. Pero la deuda pública es alta: 426 millones de pesos. Existen en el país casi 20.000 kilómetros de ferrocarriles. Por otra parte, siguen los problemas obreros. Hay enfrentamientos con los portuarios, con secuelas de muertos y heridos en Buenos Aires, al punto que tropas del Ejército deben ocupar el puerto durante más de un mes. En cambio, el descanso dominical dispuesto por ley se nota en todo el territorio, donde las casas de comercio cierran ese día de la semana. 8. El destino, generoso en este caso, ha dispuesto que los argentinos hablen español, una lengua compartida en el mundo por 350 millones de hombres y mujeres y que se proyecta como el instrumento de comunicación escrito y oral de mayor significación en el siglo XXI después del inglés. ¿Han comprendido los argentinos el privilegio que comporta hablar y escribir con carácter de lengua propia aquella que más crece en términos proporcionales en la enseñanza bilingüe en escuelas y universidades de Europa y de los Estados Unidos y que comienza a interesar en Asia? ¿Han reflexionado sobre lo que esto pesa como instrumento de penetración cultural, social, económica, política y estratégica en el planeta y que disfruta, por añadidura, de una homogeneidad desconocida en otros idiomas? Saberlo es de interés manifiesto para los argentinos, ciudadanos del país cuya geografía ocupa uno de los extremos del mundo. 9. Durante el año 1905 arriban a nuestras playas 221.000 inmigrantes pero regresan a sus lugares de origen 82.000. Son los llamados inmigrantes golondrinas, que vienen a trabajar en las cosechas y luego retornan con sus ahorros. Ya son 12 millones de hectáreas las que comprenden los cultivos explotables. La ciudad de Buenos Aires ha pasado la raya del millón de habitantes y lo que llama la atención de los visitantes es la tupida red ferroviaria que transporta anualmente a 225 millones de pasajeros. ”En ese año el Presidente Quintana tiene un atentado fallido cuando cerca de la Casa de Gobierno un joven español con una pistola en la mano, gatilla varias veces contra el Presidente, pero las balas no salen.Rápidamente se da a la fuga, pero es apresado por un custodio del Presidente.” Y el 1o de Mayo es celebrado, en forma conjunta, por la socialista Unión General de Trabajadores (UGT) y la anarquista FORA el acto termina con la represión policial. 10. Grandes personalidades mueren en 1906, dejando como huérfano al país. Fallecen: Carlos Pellegrini, Bernardo de Irigoyen y Manuel Quintana. En enero muere Bartolomé

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Mitre y sus exequias son apoteóticas; de inmediato el Congreso vota una ley que dispone la construcción de un monumento a su memoria. 11. En 1907 un censo municipal revela que Buenos Aires tiene 1.083.653 habitantes, siendo mas del 45 por ciento, inmigrantes. Ese año estuvo signado por violentas huelgas: la de los conductores de tranvías en Rosario, la de los portuarios en Ingeniero White, que es reprimida con derramamiento de sangre, y la de los inquilinos de Buenos Aires que se niegan a pagar los alquileres, considerados abusivos, y que durara varios meses. Paradójicamente, ese mismo año se crea la Oficina del Trabajo que depende del Ministerio del Interior. Su función predominante será llevar estadísticas sobre el estado de la clase obrera. La U.G.T. y la F.O.R.A. realizan sendos congresos extraordinarios que, en el último caso, reafirma su postura identificada con el anarquismo revolucionario y la negativa a toda colaboración con el Estado. La noticia que cierra el año conmueve, y alegra al país entero. En diciembre una empresa que buscaba agua en Comodoro Rivadavia, llega a los 539 metros de profundidad y descubre petróleo. 12. En marzo de 1908 se celebran las elecciones en la Provincia de Buenos Aires. Como era usual, el fraude caracteriza la jornada. En la Capital, los votos se pagan a 3, 5 ó 10 pesos, según el barrio. El diario ”La Prensa” decía ”El ciudadano ya no sufraga; sólo lo hacen los centenares de libretas acaparadas por los profesionales del sufragio”. 

ï¶ Distribución de la población urbana y rural. Distintos tipos de concentraciones �humanas: 

Identidad de los Argentinos 

De acuerdo a lo anteriormente expresado, los argentinos somos el resultado de la mezcla de: a Pueblos nativos que se asentaron exclusivamente en este territorio hasta el siglo XVI (año 1500). b Conquistadores españoles y sus descendientes, que poblaron el país desde aquel siglo. c Los inmigrantes europeos que llegaron a la argentina a fines del siglo pasado y principios del actual. d Los inmigrantes de países limítrofes, cuyos desplazamiento hacia nuestro país se produjo en las últimas tres décadas. Desde mediados del siglo XVI y hasta la Independencia de nuestro país continuaron llegando españoles por los caminos de las corrientes colonizadoras del Alto Perú y por el Río de la Plata, pero en cantidad no significativa. En cambio, desde fines del siglo XVI, ante la escasez de mano de obra indígena, ingresaron al país esclavos africanos. Los negros y posteriormente los mulatos, llegaron a ser una proporción de considerable importancia entre los habitantes del país. Iniciada en 1813 la abolición de la esclavitud, la

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población negra decayó por su alta mortalidad (participación en la guerra de la Independencia, condiciones laborales infrahumanas y enfermedades infecciosas). Hacia 1850 la población argentina era étnicamente una población mestiza, con predominio indígena: mestizos, 70%; indios, 12%; mulatos, 14%; negros puros, 2%; población de origen europeo, 3%. Luego, en nuestro país, la constante interrelación étnica y social parece haber logrado una sociedad integrada y predispuesta por experiencia a la fusión de razas, pero a la vez ya consolidada en su cultura y sus instituciones hispanoamericanas, occidentales y cristianas (INDEC 1980). Pero al promediar la investigación sobre el origen de nuestros pueblos y su calidad de vida, concluimos que la nación argentina es el conjunto de personas que habitan el territorio del Estado; el Alma que lo anima, la condición esencial para su existencia. No se concibe un Estado sin una población que le dé vida. Ella es la Voluntad que dictamina; la Imaginación creadora; la Fuerza que trabaja; la Conciencia que razona3. Como hemos visto, con mucha frecuencia se identifica a la Argentina con la región Pampeana y a esta con el Área Metropolitana. Resulta claro que existen dos argentinas: una densamente poblada, con un solo centro que la polariza, y otra Argentina periférica escasamente poblada y distribuida en pequeñas concentraciones urbanas en un vasto territorio o muy dispersa. Una cantidad sorprendente de gente en Europa, Asia y Estados Unidos sigue creyendo que las naciones de América Latina son pequeñas repúblicas bananeras, adormecidas, pobladas por indios analfabetos y pobres que viven en selvas malsanas. Esta visión injusta, que no es cierta para las naciones de América Central y el Caribe, lo es mucho menos para las de Sudamérica. En Argentina, hasta no hace mucho tiempo se observaban en contra de ese estereotipo, treinta y cinco millones de habitantes educados y bien alimentados, casi todos descendientes de europeos, que viven en la octava nación del mundo por su tamaño y que prácticamente en su totalidad se encuentran en la zona templada. Casi una tercera parte de la población vive en la región metropolitana de Buenos Aires, una de las ciudades más grande y cosmopolita del mundo4. Buenos Aires, por ejemplo, tiene más de trescientos cinematógrafos y 50 teatros (más que Nueva York, Londres o Roma), 15 estadios de fútbol, cada uno con capacidad para más de 50.000 personas, y un magnífico teatro de ópera, El Colón. Los habitantes de Buenos Aires ven más películas, comen más carne vacuna y beben más Coca-Cola que los habitantes de cualquier otro lugar del mundo. Tampoco las personas que viven fuera de la capital federal se corresponden con la imagen distorsionada que suele ver a la gran mayoría de los argentinos como paisanos pobres que trabajan la tierra de otros. Por cierto que hay campesinos sin tierra en la Argentina, pero son muchos menos de lo podría pensarse. Un dato importante es saber que casi 34 parte de la población que vive fuera de Buenos Aires habita en centros urbanos, y no todos ellos son ciudades pequeñas, por lo menos seis del interior tienen más de 500.000 habitantes, por ejemplo: Rosario 

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es una ciudad altamente industrializada, enclavada a la vera del Río Paraná en la llamada Pampa Gringa, con más de un millón de habitantes, ciudad puerto situada a unos 320 kilómetro de Buenos Aires, aguas arriba del río Paraná; Córdoba también con una población superior a un millón de habitantes y situada e unos 720 kilómetros al noroeste de la Capital, es un centro cultural muy antiguo donde en las últimas décadas se han instalado industrias pesadas en medio de una atmósfera tradicional, casi colonial, reconocida como la ”Docta”. Mendoza, una ciudad muy limpia y agradable, situada al pie de los Andes, de gran comercio internacional con Chile, productora vitivinícola de excelencia y en cuyo suelo se extraen hidrocarburos de alta calidad, con una población superior al millón de personas. Vemos que Argentina es muy diferente de la imagen errada que el mundo tiene de nuestro país periférico de la América del sur. Desde hace mucho, Argentina es una nación casi completamente ”Blanca”. Su población indígena ha disminuido constantemente no solo en por ciento sino también en cifras absolutas. Hoy en día no hay probablemente más de 300.000 indios en la Argentina, concentrados en la zona de la frontera noroeste, especialmente en Salta y Jujuy. Un poco menos en los Andes patagónicos y menos aun en el litoral y en la Mesopotamia. La mayoría de los indios fueron matados en el siglo XIX con el objeto de extender las fronteras hacia el Sur. Por otra parte, los mestizos (mezcla de indios y europeos) fueron absorbidos por las olas de inmigrantes transnacionales. Un hecho significativo referente a la población argentina y a su identidad, es la gran cantidad de extranjeros que residen en el país. Según el censo de 1960, el 15% de la población era extranjera. O sea, aproximadamente elmismo porcentaje que en el primer censo nacional de 1869, y que era muy inferior al máximo del 30% de 1914. El índice más bajo de extranjeros se da en las provincias de Catamarca y la Rioja que es inferior al 2%. El tremendo aumento de población en el Gran Buenos Aires forma parte de una tendencia general a la urbanización en Argentina. La magnitud de esta tendencia se pone de manifiesto en el hecho de que cien años atrás había un 75% de población rural; actualmente, más del 80% es población urbana. 

Clases Sociales y Económicas En Argentina, la característica dominante de la propiedad de la tierra la constituye la existencia de unas pocas propiedades inmensas y una gran cantidad de pequeñas granjas de subsistencias y algunas propiedades intermedias. Mas o menos la mitad de la población rural posee solo el 2% de la tierra dedicada a la agricultura, en tanto que el 1% de la población posee más del 30% de dicha tierra. El sector industrial de la economía absorbe aproximadamente 1/3 de la población económicamente activa, principalmente en la construcción y las industrias alimenticias, textiles y metalúrgicas. Los establecimientos industriales, que en su mayoría son medianos o muy pequeños,

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están concentrados en su mayor parte en torno a la capital federal y en menor escala en las ciudades de Córdoba y Rosario. El 45% restante de la población esta dedicada al comercio y servicios. El principal grupo dentro de este sector lo absorben los negocios, los funcionarios públicos y el servicio doméstico. Este sector terciario aumenta en términos relativos, en tanto que el porcentaje de la poblacióndedicado a la agricultura disminuye y el sector industrial se mantiene relativamente constante. La parte principal del crecimiento del sector terciario se debe al incremento de la burocracia que emplea actualmente casi 3 de cada 10 ciudadanos económicamente activos. A pesar de las fuertes crisis económicas sufridas por la población argentina en las últimas décadas, su clase media sigue siendo alrededor del 40%. La clase alta es muy reducida (menos del 1% de la población económicamente activa). Sin embargo, la pirámide de las clases sociales sigue siendo bastante ancha en la base y muy angosta en la cumbre. La clase media baja y la clase baja representan todavía más del 80% de la población. El más importante de los cambios sociales ocurridos en nuestro país en el primer tercio del siglo XX fue la rápida formación de una clase media compuesta en gran parte por los inmigrantes europeos y sus descendientes. Estos nuevos argentinos adquirieron tierras, abrieron pequeños negocios, compraron propiedades, ahorraron su dinero. Y a mediados del mismo siglo (1948), formaban el elemento más estable de la comunidad. En el comercio y la industria, la proporción entre extranjeros y criollos era de 3 a 1 a favor de aquéllos. En medicina y enfermería, los profesionales de arte de curar superaban a los médicos argentinos en razón de cinco a uno. Predominaban en la industria de las comunicaciones, en los transportes y en todo lo que no fuera la crianza de vacunos y las cosechas. Inclusive se dedicaron a la agricultura, no como propietarios de enormes latifundios en las estancias, sino como péquennosarrendatarios cultivando huertas, cereales y frutas en chacras familiares. Este tipo de inmigrantes fueron la clase media argentina, casi desconocida en otras latitudes de América Latina. Resumiendo, la incorporación masiva, al cabo de pocos años, durante el proceso de la gran inmigración, de más de seis millones de personas, casi todas europeos, a una población autóctona de tan solo un millón de habitantes, ha significado una verdadera revolución demográfica que transformó radicalmente las características étnicas, sociales, económicas y políticas del pueblo argentino. Reiteramos, a lo largo de su historia, la Argentina ha recibido contingentes inmigratorios de distinta procedencia. Sin embargo, ellos han tenido un impacto diferenciado sobre la sociedad receptora. Mientras la inmigración ultramarina que llegó al país entre 1880 y 1930, por su masividad y heterogeneidad cultural, transformó radicalmente la sociedad argentina, la actual -procedente mayoritariamente de los países limítrofes- no transformó estructuralmente la sociedad argentina. Dada la situación actual de desocupación y subocupación y el modo en que estos inmigrantes aceptan trabajar (sin contrato ni seguro, por una cantidad excesiva de horas y en condiciones insalubres),

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la sociedad receptora tiende a sobredimensionar su impacto sobre el mercado de trabajo. En este contexto, los inmigrantes limítrofes son percibidos como competidores laborales desleales y también como usuarios de servicios sociales (salud, educación, etc.) que no retribuyen a la sociedad receptora la asistencia brindada (por ejemplo, con el pago de impuestos). Esta percepción alienta, en muchos casos, sentimientos xenófobos hacia los inmigrantes que no se condicen con los valores y actitudes propios de una convivencia democrática y plural. 

ï¶ Fundación y desarrollo de las principales ciudades argentinas�  : Fundación de Buenos Aires: • En 1534 Pedro de Mendoza firma una capitulación con el rey para la conquista y población del Río de la Plata. Tenía 35 años. • Debía costear toda la expedición de unos 1500 hombres y 11 barcos. Fue una de las más grandes a América. • Mendoza recibiría el título de adelantado (el primero en conquistar una tierra desconocida). • Mendoza participaba de un cierto porcentaje de las ganancias producidas por la expedición. • En 1536 Mendoza funda Buenos Aires, con el nombre de Puerto de Nuestra Señora de Santa María de los Buenos Aires.• Inicialmente tuvieron una buena relación con los indios. • Luego debido a fuertes exigencias impuestas por los españoles los indios dejaron de proveer de alimentos a los marinos, y se rompe la "amistad". Comienzan severos enfrentamientos. • Sale una expedición al mando de Juan de Ayolas por el Paraná, y funda el fuerte Corpus Christi, cerca del río Coronda. • Mendoza envía a su hermano en una expedición de 300 hombres en busca de alimentos. Los indios los atacan y muere Diego de Mendoza. • Mendoza estaba enfermo de sífilis, al igual que su novia, pero igual decide acompañar a Ayolas para conocer las zonas del fuerte que este había fundado. • Mendoza ya casi abatido por su enfermedad retorna a Europa donde muere en el barco durante el viaje. • Mientras tanto Ayolassigue explorando el río Paraná y Paraguay en busca de riquezas, y en un lugar que llamó la Candelaria deja sus hombres al mando de Dominguez Martinez Irala, y parte hacia la "Sierra de la Plata". Cuando retorna con un botín es interceptado por los indios y muerto con todos sus marineros. • Irala regresa al fuerte Asunción, que había sido fundado por Salazar, uno de los hombres de la expedición de Pedro de Mendoza. • Irala toma el gobierno de la población y decide concentrar a todos los españoles en

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dicho lugar. • La ciudad de Bs.As. fue despoblada en 1541 y sus escasos y hambrientos habitantes fueron enviados a Asunción del Paraguay, ciudad fundada por el segundo de Mendoza. • Asunción estuvo gobernada por Domingo Martinez de Irala. • Asunción pasó a ser una de las principales ciudades del Río de la Plata, ya que estaba habitada por indígenas sedentarios de costumbres ordenadas y no muy belicosos. Además se encontraba mucho más cerca de la zona de la "sierra de plata" y del rey blanco. • Desde Asunción salieron más tarde las nuevas expediciones que fundarían definitivamente a Santa Fe (1573), Corrientes (1588) y Buenos Aires en 1580. Juan de Garay partió de Asunción con una grupo de unos sesenta hombre y solo una mujer llamada: Ana Díaz. Una parte descendió por el río y otra se desplazó a pie. Llevaba consigo víveres, armas, herramientas de trabajo, semillas, y 1700 cabezas de ganado. Elegido el lugar de la fundación, dividió el terreno en 200 manzanas iguales, que se cortaban en ángulo recto. Marcó la plaza mayor, la ubicación de los edificios públicos, la iglesia, el cabildo, elhospital y el fuerte. Luego repartió las manzanas entre los expedicionarios y destinó zonas para chacras y huertas. El 11 de Junio de 1580 realizó el acto de fundación según lo exigían las leyes indias. Garay murió asesinado por un golpe en la cabeza por parte de los indígenas, en el año 1583. Hubo tres corrientes colonizadoras del Río de la Plata: 1- Desde España: la de Mendoza para fundar Bs.As. 2- Desde el Perú: La corona permitió a los conquistadores del Perú buscar nuevas tierra en estas zonas, por que ellos no lograron los frutos de riquezas pensados y estaban muy disconformes, generándose diversos conflictos armados. Fundaron la ciudad de Santiago del Estero. Esta zona estaba habitada por los diaguitas, indígenas de costumbres regulares, trabajadores y con excedentes agrícolas para la alimentación de los conquistadores. Cabrera fundó Córdoba, Juan de Garay fundó Santa Fe y Buenos Aires, con la intensión de abrir "puertas a la tierra" ya que la relación de Asunción con España estaba bastante interrumpida, debido a su posición geográfica. 3- Desde Chile: se fundaron Mendoza, San Juan y San Luis con escasa población española proveniente de Chile. Cerca de 1700 había tres "provincias" con varias ciudades de cierta importancia, desparramadas en la inmensidad del territorio "argentino": La de: 1- Tucumán 2- Río de la Plata 3- Cuyo. Esta zonas estaban separadas por grandes distancias, en donde los medios de comunicación eran primitivos y lentos y además los caminos eran inseguros y pocos frecuentados. 

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Un viaje en carreta desde Bs.As. a Potosí podría durar hasta un año. Losviajes en caballo eran más cortos. Había zonas en el norte que eran permanentemente azotadas por los ataques indios.

Bolilla 4 

ï¶ La Provincia de Santa Fé: sus regiones, población, producción:�  

Capital: Santa Fe. Fecha de fundación: 15 de noviembre de 1573. Fundador: Juan de Garay. Superficie: 133.007 km2. Población: 2.782.809 hab. (Censo 1991). M.: 1.424.293; V.: 1.358.516. Población urbana: 82%. Población rural: 18%. Densidad: 18,5 hab. /km2. 

Es una vasta llanura que presenta diversos aspectos: las subregiones del Chaco Oriental y de la Diagonal Fluvial de la Región Chaqueña (en la mitad septentrional), y las subregiones de la Pampa del Norteo de la Colonia y de la Pampa Ondulada de la Región Pampeana (en la mitad sur y sudeste, respectivamente). En el norte, la llanura conocida con el nombre de chaqueña y por tanto, continuación de la llanura pampeana, se extiende horizontalmente con una suave pendiente hacia el SE, donde la falta de drenaje, causa de la formación de cañadas, lagunas y zonas anegadizas, más la ausencia total de cerros, sierras o montañas, confirman la uniformidad del suelo horizontal y levemente inclinado. Hacia el sur de los 300S, la provincia se extiende en la región de la Pampa del Norteo Gringa, y cuenta con un suelo naturalmente fértil, clima templado y un gran desarrollo agrícolaa-ganadero y poblacional. La Pampa Ondulada se halla al SE del Río Carcarañá, es una franja litoral que presenta barrancas, ondulaciones suaves y valles fluviales. El río más importante es el Paraná que recorre el límite interprovincial este; otros de importanciason: Río Carcarañá, Río Salado, Río Coronda, San Javier, etc. Según estimaciones del INDEC en 2005 tenía 3.248.049 habitantes, lo que resultaría en una densidad media mayor a los 24 hab. /km². El centro de mayor concentración poblacional y económico es la ciudad de Rosario (población, 908.000 hab. en 2001). Le siguen, en población, Santa Fe de la Vera Cruz (369.000 hab.) capital de la provincia; Rafaela (83.000 hab.), centro de la industria láctea nacional; Villa Gobernador Gálvez (74.000 hab.), parte de la conurbación de Rosario; Venado Tuerto (69.000 hab.), centro regional del sudoeste de la provincia; Reconquista (66.000 hab.), la ciudad más grande del norte santafesino; Santo Tomé (58.000 hab.), parte del conurbano de Santa Fe; entre

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otras 18 ciudades de más de 25.000 habitantes. El origen de la población es mitad europeo y mitad mestizado (proceso de invisibilización), descendiente de la gran inmigración de 1855-1955, entre la cual destacan los orígenes piamonteses y suizos, con un importante aporte judío (en Moisés Ville). Desde 1970, Rosario es una ciudad atractora de migrantes internos, principalmente del norte santafesino y de las provincias del norte. Entre ellos se destaca el gran contingente toba, proveniente de la limítrofe provincia del Chaco. Año 1991: Plantilla: Indec (población urbanalantilla: Indec), (población rurallantilla: Indec). Año 2001: Plantilla: Indec (población urbana: Plantilla: Indec, población rural: Plantilla: Indec). 

Es una de las provincias que tiene mayor desarrollo económico. Su riqueza está basada en la transformación de productos agropecuarios. Agricultura: incluye el cultivo de oleaginosas (soja, girasol y maíz), siendo la principal provincia productora de soja. También hay cultivos de trigo y sorgo. Después de Buenos Aires, es la principal productora de trigo. Otros cultivos: frutillas (en Coronda), papa en Arroyo Seco. Ganadería: cría intensiva en el norte, e invernada intensiva en el centro y sur, y en las islas del Paraná (pertenecientes a la provincia de Entre Ríos. La faena representa el 20 % del total nacional. Industria: se destacan la industria aceitera, molinos harineros, producción de lácteos, de carnes, elaboración de quesos y leche en polvo destinados a exportación y producción de miel. Además la siderurgia (Villa Constitución), el sector automotriz (en Alvear, fabricación de máquinas y herramientas agrícolas cumplen un papel destacado en la economía de la provincia. 

ï¶ Su organización y división política�  : Gobierno Edificio de la gobernación en la ciudad de Rosario. La provincia se encuentra dividida en 19 departamentos. La actual Constitución provincial fue aprobada el 14 de abril de 1962. Poder ejecutivo está a cargo de un gobernador, elegido democráticamente cada cuatro años, sin posibilidad de reelecciones consecutivas. Poder legislativo se personifica en la Legislatura, dividida en dos cámaras: Senado, formado por 19 senadores, uno por cada departamento. Cámara de Diputados, formada por 50 diputados elegidos en su totalidad cada cuatro años. De éstos, 28 corresponden al partido que hubiera conseguido más votos y los restantes 22 se proporcionan entre el resto. Esta desigualdad representativa sea dado en conocer como "la mayoría automática", porque le permite al partido del poder controlar la legislación prescindiendo de la oposición. Poder judicial se forma por la Corte Suprema y tribunales inferiores. 

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Los departamentos carecen de cualquier forma de gobierno o administración autónoma, siendo el segundo nivel de gobierno el municipal. La provincia se divide en multitud de municipios y comunas. Los municipios son gobernados por un Concejo y un Departamento Ejecutivo encabezado por un Intendente. Ambos son elegidos por el pueblo cada cuatro años, siendo el Concejo renovado por mitades cada dos años. Las comunas son administradas por una Comisión Comunal, formada por tres o cinco miembros, dependiendo de la población de la comuna. La Comisión elige su Presidente Comunal, que hace las veces de intendente. Existe también una Comisión de Contralor de Cuentas y una Junta de Mayores Contribuyentes, con funciones eminentemente electoral, formada por las 25 personas físicas que más contribuyen al fisco provincial. Las autoridades comunales son electas cada dos años. Casa de Gobierno ubicada sobre la plaza de Mayo en el casco histórico de la ciudad de Santa Fe Su 1ª constitución, de 1819, fue otorgada por Estanislao López, luego de rechazar un proyecto presentado por una Junta de Representantes. De carácter paternalista, con el tiempo fue adaptándose para darle más poder a la legislatura. La 2ª constitución, de 1841, fue de un carácter más moderno, similar al del resto de las provincias argentinas. La 3ª, de 1853, fue adoptada con los requisitos impuestos por la Constitución Nacional. Fue reformada en 1863, 1872 y 1890, en las cuales se creó el cargo de vicegobernador y se aumentó el período de gobierno a cuatro años. La constitución de 1900, reformada en 1907, tuvo vigencia en tres períodos: 1900-1932, 1935-1946 y 1955-1962. Fue suplantada en dos oportunidades, en la primera por la constitución de 1921 y en la segunda por la de 1949. En 1921 se sancionó una nueva constitución, pero la misma fue vetada por el gobernador Enrique Mosca, porque la convención había excedido los 90 días que la ley le había otorgado para realizar la reforma. Fue puesta en vigencia en 1932 por el gobernador Luciano Molinas, del Partido Demócrata Progresista, el cual había sido inspirador de gran parte de las reformas de 1921. Tras la intervención federal de 1935, se volvió a la constitución anterior. En 1949, durante el período peronista, se dictó una nueva constitución en el espíritu de la reforma de la Constitución Nacional. Ésta fue derogada tras el golpe de Estado de 1955. La actual constitución, de 1962, fue adoptada con gran consenso en su momento e incorporó muchas de las reformas que habían sido incluidas en la constitución de 1921. Actualmente, gran parte de la población de la provincia está de acuerdo en su reforma, la cual se cree que se llevará a cabo en los próximos años. 

División administrativa La provincia se divide en departamentos, y éstos a su vez en distritos, aunque en algunos casos los distritos se extienden por más de un departamento: los distritos Cafferata y

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Cañada del Ucle del departamento Gral. López abarcan también parte del departamento Caseros, losdistritos Chañar Ladeado y Godeken del departamento Caseros abarcan partes del departamento General López y el distrito Firmat del departamento Gral. López incluye también parte de los departamentos Caseros y Constitución. Además los distritos: Arminda, Coronel Arnold, Funes, Ibarlucea y Zavalla, se extienden entre los departamentos Rosario y San Lorenzo. Cada municipio o comuna esta comprendido en un sólo distrito. Los departamentos tienen una función estadística, electoral y organizativa de los organismos de nivel provincial, como por ejemplo, la policía. La provincia utiliza el sistema de ejidos colindantes para sus municipios, por lo que estos abarcan todo el territorio provincial. La Constitución santafecina no reconoce la autonomía municipal consagrada en la Constitución Nacional en 1994. División administrativa de la provincia de Santa Fe y su capital Departamento Habitantes Superficie Cabecera Belgrano 41.449 2.386 km² Las Rosas 

Caseros 79.096 3.449 km² Casilda 

Castellanos 162.165 6.600 km² Rafaela 

Constitución 83.045 3.225 km² Villa Constitución 

Garay 19.913 3.964 km² Helvecia 

General López 182.113 11.558 km² Melincué 

General Obligado 166.436 10.928 km² Reconquista 

Iriondo 65.486 3.184 km² Cañada de Gómez 

La Capital 489.505 3.055 km² Santa Fe 

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Las Colonias 95.202 6.439 km² Esperanza 

Nueve de Julio 28.273 16.870 km² Tostado 

Rosario 1.121.441 1.890 km² Rosario 

San Cristóbal 64.935 14.850 km² San Cristóbal 

San Javier 29.912 6.929 km² San Javier 

San Jerónimo 77.253 4.282 km² Coronda 

San Justo 40.379 5.575 km² San Justo 

San Lorenzo 142.097 1.867 km² San Lorenzo 

San Martín 60.698 4.860 km² Sastre 

Vera 51.303 21.096 km² Vera 

ï¶ Límites�  : Límites: Norte, con la provincia del Chaco; Este, con las provincias de Corrientes y Entre Ríos; Sur, con la de Buenos Aires; Oeste, con las de Córdoba y Santiago del Estero. 

ï¶ Las comunicaciones�  : La red vial santafesina cuenta con 5548 kilómetros de ruta pavimentada, entre las que se cuentan las autopistas Rosario - Santa Fe y Rosario - Buenos Aires de jurisdicción nacional. Las rutas nacionales No 34 a Bolivia, No 7 a Chile y No 11 a Paraguay posibilitan la conexión nacional e internacional. 

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La conexión a través del Paraná con la zona mesopotámica, Uruguay y Brasil tiene en el túnel subfluvial Hernadarias (entre santa Fe ciudad y Paraná) la única vía a la que se sumará en breve, el puente Rosario - Victoria, actualmente en construcción. La red ferroviaria de cargas se concentra en la zona de puertos, especialmente el de Rosario. Tres líneas surcan el territorio provincial: la línea de ferrocarril Belgrano S.A. que une a Buenos Aires con Santa Fe pasando por Rosario y se extiende hasta Resistencia-Barranqueras hacia el norte, y hacia La Quiaca por el noroeste, hasta llegar a Chile y a Bolivia; la línea Nuevo Central Argentino, que conectan a Rosario y Santa Fe con la provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santiago del Estero y Tucumán, y la línea Ferroexpreso Pampeano que une los puertos de Rosario y Bahía Blanca Actualmente el servicio ferroviario de pasajeros une las ciudades de Rosario y Buenos Aires con una frecuenciadiaria y nuevamente la primera con Santiago del Estero y Tucumán de forma semanal. El Aeropuerto Internacional de Fisherton, en Rosario, y el de Sauce Viejo en Santa Fe, son las dos principales estaciones aéreas de la provincia. De la primera, además de los vuelos de cabotaje hacia todo el país, se realizan conexiones con Uruguay y Brasil. Otros aeropuertos de relevancia se encuentran en Reconquista y Venado Tuerto, los que son completados por una serie de aeródromos distribuidos en distintas localidades de la provincia. A lo largo de los 700 Km. de ribera sobre el río Paraná se han emplazado puertos de importancia en el contexto nacional. Entre los principales encontramos: Puerto de Rosario. Único puerto fluvial con calado oceánico de más de 32 pies, y uno de los principales del país. No requiere operación con remolcadores para barcazas y buques ultramarinos. Puerto de Santa Fe. Es el puerto de ultramar ubicado más al norte. Se accede a él a través de un canal artificial de 10 km que lo conecta con el Paraná. Puerto de Reconquista. Puerto de Villa Constitución. Complejo portuario privado en la zona norte y sur del Gran Rosario. La red de telecomunicaciones es servida por varias empresas y se encuentra digitalizada en su totalidad. La densidad de teléfonos es de 19 cada 100 habitantes. Los medios masivos de comunicación de mayor llegada se encuentran en Rosario (región sur) y Santa Fe (región norte). En Rosario existen 2 canales de TV, 4 radios AM, más de 100 en FM y tres diarios. En Santa Fe por otra parte existe 1 canal de TV de aire, 3 radios de amplitud modulada y 1 diario. Laoferta provincial se completa con canales de cable y radios FM en la mayoría de las poblaciones y varios diarios de tirada local o regional. 

Bolilla 5 

ï¶ La red caminera�  : 

Red caminera 

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Hasta la tercera década del siglo XX la red caminera fue considerada complementaria de los ferrocarriles; aún más, en las zonas rurales los caminos locales conducían a las estaciones del ferrocarril. Primero los carruajes y luego los automotores se convirtieron en alimentadores de la red ferroviaria, en cuanto a tráfico se refiere. En 1952 se crea la Dirección Nacional de Vialidad, estableciéndose una cuota sobre la nafta y un porcentaje sobre los lubricantes, destinados ambos a la construcción de caminos. Es a partir de ese momento cuando comienza a desarrollarse la red caminera nacional que, en líneas generales, siguió el trazado de las vías férreas. En las décadas de 1950 y 1960 se produce una importante expansión de la red caminera y del transporte automotor, tanto de carga como de pasajeros. 

La red vial puede ser clasificada, de acuerdo con su jurisdicción, en nacional y provincial; y, por su importancia en lo concerniente al tráfico circulado, en rutas troncales, rutas secundarias y rutas locales o alimentadoras. Además, se distinguen unas rutas transnacionales de gran importancia ante el MERCOSUR. Una tercera clasificación se establece en función del estado de la red: pavimentada (59.300 km), mejorada (40.300 km) y natural o de tierra (111.300 km). 

Hacia fines de la década de 1980 la red vial argentina se encontraba muy deteriorada por la sobrecarga de los camiones, sin control peso/eje,y por insuficientes inversiones en el mantenimiento. Por otro lado, se observaban varios estrangulamientos en la circulación, sobre todo en el acceso al área metropolitana de Buenos Aires, así como a otras grandes ciudades. Es entonces cuando se decide privatizar, por el sistema de concesión, las principales rutas troncales del país, como Buenos Aires-Mar del Plata, Buenos Aires-Bahía Blanca, Buenos Aires-San Luis-Mendoza, Buenos Aires-Rosario-Córdoba o Zárate-Concordia-Paso de los Libres, entre otras. También se desarrolla un plan de obras para el acceso a las grandes ciudades. Por otro lado, Vialidad Nacional está llevando a cabo un Plan Maestro, denominado Corredores Viales y Pasos de Integración, para mejorar la infraestructura en los corredores de exportación y de integración, fortaleciendo el desarrollo de tres ejes bioceánicos al norte, centro y sur, así como la Ruta 40, que corre paralela a la cordillera por el oeste, desde La Quiaca hasta Río Gallegos. La estructura se apoya en los siguientes pasos montañosos al oeste: Jama (Jujuy), Sico (Salta), San Francisco (Catamarca), Peñas Negras (La Rioja), Aguas Negras (San Juan), Cristo Redentor (Mendoza), Paso Pehuenche (Mendoza), Pino Hachado (Neuquén), Cardenal Samoré (Neuquén), Coihaique (Chubut) y Huemules (Santa Cruz). En el este se dirige a los puertos del Atlántico y del Plata-Paraná, y a los puertos de Paysandú-Colón, Puerto Unzué-Fray Bentos, Concordia-Salto, Paso de los Libres-Uruguayana, Posadas-Encarnación y Puerto Iguazú-Foz do Iguazú. Entre los proyectos estratégicos se pueden mencionar: las redes de autopistas acceso al áreametropolitana de Buenos Aires, las

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autopistas Córdoba-Rosario, Buenos Aires-La Plata y Buenos Aires-Mar del Plata, los puentes Buenos Aires-Colonia, Rosario-Victoria y Santo Tomé-São Borja, y el túnel de montaña Juan Pablo II, de baja altura, entre Mendoza y Chile. 

ï¶ Las flotas�  : Red aérea 

La compañía Aerolíneas Argentinas fue privatizada en 1990 y realiza vuelos tanto nacionales como internacionales; existen también numerosas líneas aéreas internas. Los ríos proporcionan unos 3.100 km de vías navegables, especialmente los de la cuenca del Río de la Plata. La red de carreteras alcanza un total de 211.370 km. La ampliación del túnel ferroviario que cruza los Andes (1940) permite el paso de vehículos. A finales de la década de 1980 había matriculados unos 4,3 millones de vehículos privados y 1,4 millones de vehículos comerciales. 

Red portuaria y fluvial 

En la actualidad, se hace necesario incorporar los puertos a las redes de transporte intermodales e interoperables como parte de una cadena logística de transporte. Los puertos ya no son terminales sino centros de transferencia de cargas. El concepto de hinterland (área de influencia de un puerto con continuidad espacial) se ha desdibujado ante las relaciones espacialmente discontinuas entre puertos y centros receptores y emisores de tráfico, más aún con la vigencia de los puentes terrestres (land bridge) sobre corredores bioceánicos. ï¶ Política económica Argentina, en relación con la provincia de Santa Fé�  : Región Centro de la Provincia de Santa Fe (CSF) La provincia de Santa Fe tuvo, a fines del siglo XIX y principios delXX, un perfil económico bastante balanceado entre sus regiones, pero siguiendo una tendencia mundial, la actividad económica se fue concentrando paulatinamente en la región sur y con menor intensidad en el centro de la misma. A nivel provincia en la generación del Producto Bruto argentino ha experimentado fluctuaciones que van del 9,1% en 1953 a menos del 8% en 1998. Lo mismo ocurrió con la economía Argentina en comparación con los países más desarrollados, si comparamos el PBI per cápita de Argentina, dicha relación era de 0,44 en 1952/54, en 1997 había descendido a 0,41.6 Evolución de la economía santafesina y de CSF a partir de la Convertibilidad A partir de la misma se genera un escenario que potenció el perfil económico de Santa Fe y su estratégica localización geográfica. A pesar de ello el PBG de Santa Fe creció un 2,1 % en términos reales, en relación al crecimiento del PIB nacional que fue del 8,1%. En los años 1996-1997, Santa Fe fue favorecida por la desregulación de la prestación de

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servicios portuarios y las privatizaciones ferroviarias, el dragado y señalización del Paraná. Estos cambios estructurales mejoraron la competitividad del sector agrícola-ganadero y la de las industrias que elaboran sus materias primas agropecuarias. Para el año 1998 la provincia de Santa Fe, había crecido por encima de la tendencia nacional (crisis asiática y exportaciones a Brasil). En 1999 de acuerdo con estimaciones de IERAL la economía de la provincia experimentó una caída en el PGB del 3,4% mayor del PIB nacional. 

La dimensión económica actual de CSF Se confeccionan estadísticas aefectos de ilustrar la dimensión de la economía de CSF, considerando población, superficie y sectores productivos. Las nuevas ideas sobre crecimiento económico Las nuevas realidades y el crecimiento económico A partir de la década del 70 comenzaron a producirse cambios fundamentales en la forma en que los países y las regiones pueden crecer económicamente. A saber: 

» La tercera revolución industrial. » La globalización financiera y económica. » Las ventajas competitivas. » Las externalidades. » El fenómeno de la concentración económica. » Las infraestructuras física, humana e institucionales. 

El crecimiento de una región en una economía globalizada Los cambios en la economía mundial trajeron como consecuencia el debilitamiento de la importancia del país o nación como sujeto en el estudio del crecimiento económico y acrecentó la importancia de las regiones subnacionales. Esto nos obliga a estudiar las estrategias de crecimiento para una región. La globalización impone la necesidad de poseer una concentración económica suficiente como para obtener las economías externas que permitan la competitividad de las empresas, y por lo tanto de la región. Todas las regiones subnacionales se encuentran en la necesidad de definir una estrategia de crecimiento en relación con las restantes regiones subnacionales y con el resto de la economía mundial. 

Provincia de Santa Fe La Provincia de Santa Fe, desempeñó siempre un rol protagónico en la vida política, social y económica del país. El fuerte Sancti Spíritu, construido en 1527, constituyó el primer establecimiento español en laArgentina. En 1573 fue fundada la ciudad de Santa Fe que fue trasladada en 1660 al sitio actual, convirtiéndose luego en la capital provincial. 

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La autonomía en relación al gobierno central, lograda en 1815, tuvo a la provincia como protagonista principal para la formación de una nación federalista. A fines del siglo XIX, la ciudad de Esperanza se constituyó en la primera colonia agrícola del país, como consecuencia del proceso inmigratorio europeo, principalmente de italianos, españoles, suizos y alemanes. Santa Fe tiene en la actualidad una relevante importancia en la vida del país, y esto se ve reflejado en sus índices de producción, en la diversidad de sus industrias, en el prestigio de sus establecimientos educativos y en sus reconocidas expresiones artesanales y turísticas. La provincia integra la región agrícola-ganadera e industrial de Argentina que concentra gran parte de la población del país. Se encuentra ubicada entre los meridianos de 59° y 63° de longitud oeste y los paralelos de 28° y 34° de latitud sur, en una extensa planicie que se caracteriza por la horizontalidad de su relieve. 

ï¶ Puertos principales, privados y públicos:�  El transporte de cargas marítimo y fluvial opera principalmente a través de los puertos ubicados sobre los ríos de la cuenca del Plata y el Océano Atlántico. Entre los primeros caben mencionar los de: Buenos Aires y La Plata sobre el Río de la Plata; los de Santa Fe, San Lorenzo - Rosario - Villa Constitución y Campana (entre otros), sobre el río Paraná; Concepción del Uruguay y Concordia sobre el Uruguay. Entre los segundos encontramos alos de Mar del Plata, Quequén, Bahía Blanca, San Antonio, Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia, etc. El principal transporte de pasajeros sobre las aguas lo constituye el servicio regular de ferrys entre Buenos Aires y distintos puntos de la costa uruguaya, en especial Colonia y Montevideo. En cuanto a los cinco puertos principales de propiedad de la Nación , Buenos Aires, Santa Fe, Rosario , Quequén y Bahía Blanca , se decidió que fueran transferidos a las provincias respectivas y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, condicionada esta transferencia a que previamente se constituyeran Sociedades de derecho privado, o Entes Públicos no estatales, que las administraran , en los cuales se garantizaran en sus organismos directivos , la participación de los operadores de servicios portuarios, productores, usuarios y demás entes vinculados con la actividad portuaria. En estos organismos administradores también participarán representantes de la respectiva provincia o de la municipalidad local. Estos Entes determinarán sus propias tarifas, y están obligados a reinvertir en cada puerto las utilidades de su gestión, lo que significa no depender de las directivas de los gobiernos provinciales o municipales, ni poder derivarles los ingresos o utilidades a las arcas fiscales, es decir, un sistema de autogestión operativa, administrativa, económica y financiera. 

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Para los demás puertos provinciales, cada estado determinará la forma en que serán administrados, ya sea por entes autónomos o directamente por organismos estatales. Esa es la razón por la cual las Provincias solo podrán en materiade puertos, legislar sobre el uso de la tierra pública, y la creación y atribuciones de sus organismos administradores, sin poder regular ni legislar sobre los temas que delegaron en el Gobierno Nacional en nuestro régimen constitucional , como la habilitación de puertos y el ejercicio de las facultades de los organismos nacionales competentes que precisa el Art. 21 de la ley, y los que se atribuyen a la Autoridad Portuaria Nacional en el Art. 22 de la ley y su Decreto Reglamentario 769/93. 

Hidrovía Paraguay-Paraná 

Puerto de Barranqueras Este puerto cumplirá una función estratégica en la Hidrovía. Posee accesos por carretera y ferroviarios. Se deberá construir una estación de transferencia intermodal de cargas. Se prevé un nuevo puente sobre el Paraná que lo unirá con Corrientes (ferrovial). El puerto necesitará de inversiones para ampliación y modernización. Ha pasado a depender de la jurisdicción provincial y a ser importante el movimiento de contenedores, minerales y productos siderúrgicos de Zapla. El puerto de Formosa es complementario del anterior y el gobierno provincial busca inversores para canalizar sus proyectos. Será un nodo estratégico de tráfico internacional en la intersección de la Hidrovía y el corredor bioceánico Norte. 

Puerto de Santa Fe Cuando se termine el canal de acceso 21 pies y su conexión con la ruta de Rosario al Atlántico, el puerto de Santa Fe tendrá un papel significativo en las exportaciones de una rica región agro-industrial. Necesitará ampliaciones y modernización en equipamiento y accesibilidad. 

Vía navegable 32 pies. 

Complejo Rosario-SanLorenzo al Atlántico Por esta vía navegable, se canaliza casi el 70% de las exportaciones de Argentina y el 80% de las importaciones. El complejo portuario San Martín - San Lorenzo se mantiene con una dinámica de alto crecimiento. Se conjugan inversiones privadas en las terminales portuarias, concesión de ferrocarriles (N.C.A.), rutas y un aumento masivo de la producción exportable de oleaginosas. Nuevas inversiones pueden reforzar esta franja fluvial-portuaria. El puerto de Rosario se constituirá en otro nodo importante para el Mercosur, con el puente Rosario-Victoria que conectará el más importante corredor bioceánico con la

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Hidrovía Paraguay-Paraná y la ruta 32 pies de Rosario al Atlántico. Pueden requerirse inversiones puntuales en este puerto, así como en los de Villa Constitución y San Nicolás. En el caso de Rosario existe un estudio reciente acerca de sus posibilidades y necesidades de inversión, elaborado por la Fundación Banco Municipal de Rosario. Las propuestas del estudio definen las necesidades de inversiones en varias terminales especializadas de graneles líquidos, sólidos (cereales y minerales), otra polivalente y una destinada a contenedores, y mejoras en el equipamiento para carga y descarga, con áreas de actividades logísticas e industriales. En Rosario pueden operar buques Panamax (35.000 a 80.000 tpb). Un barco de 30.000 toneladas requiere ser abastecido por 20 trenes o 1.000 camiones. 

Puerto de Campana El núcleo Zárate-Campana-Escobar constituye un área portuaria con futuro. Ello se debe a que es la terminal fluvial de la Hidrovía Paraguay-Paraná con 32 pies alcero y con un acceso directo al Uruguay-Brasil, vía Zárate-Brazo Largo. En el kilómetro 95.8, sobre la margen derecha del Paraná de Las Palmas, se inauguró recientemente la terminal portuaria Mariposa-Furlong, destinada a cargas generales. Posee un muelle de 140 m, con todas las instalaciones necesarias. Actualmente, opera con carga de automotores, que se ampliará en el futuro. Otros puertos, como Euroamérica (Grupo Turner), mueven autos, frutas y maderas. Las inversiones portuarias siguen en marcha. 

Complejo portuario Buenos Aires-La Plata El puerto de Buenos Aires ha sido objeto de una profunda transformación en los últimos años. Este proceso alcanza a las terminales de Puerto Nuevo y a Exolgan, en Dock Sud, todo en manos privadas. Su principal movimiento es el de contenedores. Puerto Nuevo mueve el 70% y Exolgan el 30%. Existen algunos problemas de equidad en el tratamiento legal de ambas estaciones marítimas. El tema de las tasas de cargas está en el centro de la discusión. Es importante la formación de la Sociedad Administradora del Puerto. Las terminales portuarias han recibido, a fines de 1995, unos 500.000 TEU, pese a una caída de las importaciones del 33% por Puerto Nuevo. Dock Sud (Exolgan) movió 100.000 TEU. El puerto de Exolgan opera con alta tecnología y se presenta con un gran futuro. Posee un sistema informático integrado para carga, descarga y facturación. El puerto de La Plata está comenzando un proceso de transformación orientado a lograr un nuevo perfil para operar contenedores (carga general) y combustibles. La zona franca de La Plata impulsará el proceso y se necesitaninversiones para instalar una estación intermodal de transferencia de cargas en el puerto y el replanteo de accesos ferroviarios y viales. El polo petroquímico es otra actividad movilizadora. Se profundizó a 28 pies y se lo balizó, pero será necesario obtener más profundidad. Otras inversiones están destinadas a dotar al puerto de un muelle de 300 m sobre la costa de Berisso, a la profundización del Dock Central y a la puesta en marcha de una terminal multipropósito sobre 16 ha en Ensenada.

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La estación portuaria cuenta con 24 puntos de embarque. 

Bajo río Uruguay 

Concepción del Uruguay Este puerto crecerá en importancia ante el dragado a 23 pies del río Uruguay. Ya muestra una gran actividad. Su amplia rada permite operar a buques de hasta 225 metros de eslora y realiza múltiples embarques simultáneos. Posee muy buena accesibilidad por redes intermodales. El puerto está regulado por el Instituto Fluvioportuario Provincial de Entre Ríos (también Diamante e Ibicuy, que son complementarios). El ferrocarril accede a todos los galpones y plazoletas, en alto y bajo nivel. Es necesario invertir en el acondicionamiento con cámaras frigoríficas de galpones, en la zona alta, para el acopio de frutas frescas, especialmente cítricos. También se hace necesario ampliar los servicios. Hoy moviliza rollizos de eucalipto, madera aserrada y soja paraguaya. 

Puertos de la región pampeana 

Complejo portuario de Bahía Blanca Varios puertos integran este complejo portuario, el más importante de Argentina. Es administrado por un consorcio especial. Se logró reducir el tiempo de espera de los buques enla rada de acceso con un ahorro de U$S 100 millones al año. También se redujeron los costos de los elevadores en las terminales cerealistas, aumentando, en 1995, las exportaciones en un 30%. Las exportaciones de Ingeniero White fueron de 2.505.064 t (67,15%) de granos, subproductos y aceites; 985.118 t (26,41%) de combustibles y productos químicos; y 263.623 t (6,45%) de mercancías en general. El mejoramiento ferroviario amplió la zona de influencia del puerto, que necesitará de la dinámica de las inversiones privadas. También sería conveniente la rehabilitación del puerto de Coronel Rosales. 

Puerto de Quequén El puerto de Quequén es una de las estaciones marítimas de más futuro de Argentina. En 1995 sus movimientos se aproximaron a los 4 millones de toneladas. Hoy posee 12 puntos de atraque. Es necesario mejorar su capacidad operativa, para lo que precisará de unas inversiones de casi 40 millones U$S. El puerto está administrado por el Consorcio de Gestión Autónomo. Se licitarán 15 ha aledañas para instalar industrias. Se necesitan inversiones para extender la escollera sur 1.000 m (se espera del BID créditos por 30 millones de dólares estadounidenses). También se hace necesario retirar del puerto los buques inactivos. Por Quequén salen hoy aceite y pellets (pipas) de girasol, chips, maderas, trigo y fertilizantes, y se reciben productos importados. Conexiones viales y ferroviarias se están mejorando aceleradamente. También serían necesarias inversiones

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para la instalación de una planta de almacenaje de fertilizantes, la construcción de un muelle pesquero de 250 m, contar con 5 ha paradisposición de cargas generales, con accesos viales y ferroviarios, crear un muelle pesquero flotante, la reconstrucción de puentes (Ezcurra), la construcción de un muelle corrido sobre el antepuerto, la modernización del giro y la profundización a pie de muelles de 40 pies y prolongación de la escollera sur. 

Puerto de Mar del Plata El puerto de Mar del Plata es una estación marítima completa y multifuncional (pesca, combustibles, cereales, deportivo, militar). Sin embargo, presenta problemas de profundidad por embanque de arenas producidas por la escollera sur, que detiene la corriente de deriva litoral. Es necesario hacer una limpieza del agua de cascos hundidos o barcos incautados, tarea que ya ha comenzado, y se reordenará el espacio interior del puerto. Su futuro debe ser replanteado. La región de influencia es de gran importancia económica (hortícola, industrial, turística y floricultura, entre otras actividades). Puede ser un excelente puerto complementario del de Buenos Aires, debido a la accesibilidad ferroviaria. Es necesario construir plazoletas de contenedores, un puerto deportivo, dragas de acceso y construir una draga fija que bombee agua de la escollera sur a la norte, mejorando la profundidad y devolviendo el equilibrio a las playas. 

Puertos patagónicos 

Puerto San Antonio Este Las exportaciones pesqueras y de frutas del alto valle del río Negro incrementaron el movimiento y la importancia de este puerto. El mismo se encuentra en el extremo este de un corredor bioceánico ferrovial hacia el Pacífico, vía Bariloche y Paso Puyehue. En materia pesquera se complementa conel de San Antonio Oeste. Se puso en marcha un pontón flotante. España y Japón fueron los principales destinos de las exportaciones; luego, China y Corea. Existe un proyecto de criadero de ostras. En el puerto son necesarias inversiones para el acceso del ferrocarril, gasoducto y obras de defensa (escollerado). 

Puerto Madryn Se piensa ampliar y remodelar el muelle Almirante Storni en el puerto natural de aguas profundas de Argentina y construir otro muelle para buques pesqueros (barcos fresqueros y congeladores). Se prevé el mejoramiento operativo del sitio 3, ampliando instalaciones para adaptarlas a los buques actuales. El muelle pesquero será independiente del resto de las instalaciones y permitirá la operación de modernos buques. Todas estas obras requieren de un detallado estudio de impacto ambiental, por las condiciones ecológicas de la región. El movimiento de minerales y aluminio aumentó en un 35%. También lo hicieron

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las lanas, frutas, jugos, minerales, cueros y algas. Existe un proyecto coreano de instalar aquí el astillero más grande del Atlántico sur (inversión de 50 millones de dólares estadounidenses). Junto a ello, se piensan establecer plantas de tratamiento de efluentes (residuos contaminantes) y tanques para almacenamiento de combustibles. El puerto de Rawson es una estación marítima complementaria para barcos pesqueros. 

Puerto de Comodoro Rivadavia El puerto de Comodoro Rivadavia ha sido reacondicionado. Se prolongó la escollera de 600 m, se dragó la dársena para buques de ultramar y pesqueros y se ganaron terrenos al mar para ampliar las playas de maniobras einstalaciones. Comodoro Rivadavia se conectará por un corredor bioceánico con el puerto chileno de Chacabuco (800 km). El puerto puede ser un apoyo logístico a flotas pesqueras que operan en el Atlántico sur y a otras necesidades navieras. Necesita inversiones complementarias en equipamiento, como un muelle pesquero y astillero para reparaciones navales. Es importante la instalación de la zona franca de Comodoro Rivadavia, de una plazoleta de contenedores y de una cámara frigorífica (4.000 t de capacidad) para mariscos y pescados. 

Puerto Punta Loyola Este puerto fue construido para reemplazar al de Río Gallegos, debido a los problemas de la amplitud de mareas en éste último. Su objetivo era la operación de buques mineraleros para exportar el carbón (lignito sub-bituminoso) de Río Turbio, extendiendo el ferrocarril 20 km. También se pensó para localizar industrias petroquímicas y eléctricas que utilizarían la energía hidroeléctrica del río Santa Cruz. Se presenta como un gran puerto potencial. 

Puerto de Ushuaia Se requiere una inversión de más de 10 millones de U$S para modernizar el puerto más austral del país y el segundo en movimiento de contenedores. Desde este puerto operan flotas pesqueras, de pasajeros (cruceros turísticos) y de apoyo a la actividad antártica. Las inversiones apuntan a un nuevo muelle de 205 m de largo y de mayor ancho para mejorar la accesibilidad. Actualmente la capacidad de atraque es de 732 metros. Turismo, pesca, contenedores y carga general son sus actividades. Para la pesca tiene un gran futuro. Todos estos puertos se encuentran hoy bajo jurisdicciónnacional, provincial o municipal, administrados muchos por organismos ad hoc y por concesionarios privados. 

ï¶ Movimientos:�  Estos aspectos que rigen internacionalmente ya se están perfilando en Argentina. En el caso argentino aparecen los siguientes aspectos: a) la producción cerealista y de graneles necesita una salida entre Santa Fe, Rosario y

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Villa Constitución (65% de la producción exportable); b) el resto puede ser canalizado por los puertos de Bahía Blanca, Quequén y Mar del Plata; c) los contenedores se canalizan vía puerto Buenos Aires (Nuevo y Exolgan) y, en el futuro, por Campana, La Plata y Mar del Plata; d) existe tráfico pasante, en tránsito, que utilizaría corredores bioceánicos intermodales, al igual que las producciones básicas regionales; e) la producción de la región de la Patagonia, de menos volumen, encontraría salida por San Antonio Este, frutas y minerales, principalmente, Puerto Madryn, minerales, aluminio, pescado, Comodoro Rivadavia, combustibles y Puerto Illia, en Punta Loyola, carbón y otros. 

En síntesis, Argentina necesita puertos más profundos en donde no los tiene de forma natural; si bien, los posee en donde la lejanía de las áreas demandantes no los valoriza. La Hidrovía Paraná-Paraguay, conectada al canal 32 pies Rosario al mar, y Punto Alfa pueden potenciar el complejo portuario Rosario-Terminal 6-San Martín-San Lorenzo y, en menor medida, Buenos Aires-La Plata. Otra opción es construir dos o tres estaciones de transferencia de graneles al centro-sur de Córdoba, Santa Fe y costa de Buenos Aires, y, desde allí, operar dos líneas ferroviarias haciaBahía Blanca y Quequén, ampliando y fortaleciendo estos puertos en aguas profundas a 45 pies (será necesario comparar costos de operaciones alternativas). Para identificar algunas prioridades es necesario clasificar los puertos en cinco tramos de la ribera fluvial y del litoral Atlántico de Argentina, observando su actual comportamiento, posibilidades y necesidades: Hidrovía Paraguay-Paraná (tramo medio), Vía Navegable 32 pies Rosario-San Lorenzo al Atlántico, bajo río Uruguay, puertos del frente marítimo de la región pampeana, y puertos patagónicos. 

Programa de Historia Argentina

Bolilla 1  

ï¶ Obra del Brigadier General Estanislao López�  : 

LA VIDA DE ESTANISLAO LOPEZ Estanislao López, proveniente de un hogar humilde, hijo del Capitán Juan Manuel Roldán y de Doña María Antonia López, tuvo dos hermanos: Catalina, su melliza, nacidos el 22 de noviembre de 1786 y Juan Pablo. Luego de estudiar primeras letras en la Escuela de San Francisco, se alejó a los 14 años para ir a empuñar las armas como permanente vigía del malón fronterizo. El Fuerte del

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Socorro será su cuartel inicial, y su padre, luciendo el grado de Capitán de Milicias de Caballerías Provinciales, ha de ser su jefe y el mejor compañero y amigo de su carrera militar. Llegado el año 1810, Estanislao López será soldado de Manuel Belgrano en la expedición al Paraguay y junto a setenta bravos blandengues y milicianos se convertiría en verdadero león allá en Paraguay y Tacuarí. Hecho prisionero, López buscará a nado su libertad tras la fuga de la Fragata "Flora", hallándola en arrojado acto de audacia, llegando a la costacustodiada por Rondeau que sitiaba el bastión montevideano. El año 1815 fue decisivo para Santa Fe, marzo será el mes clave para erigirse en Provincia autónoma, pero su primer gobernante, Francisco Antonio Candioti, no tendrá suficiente vida como para ver concluido su mandato y la provincia volverá a depender de Buenos Aires hasta que en marzo de 1816, Estanislao López al frente de la guarnición de Añapiré, en una sublevación inesperada apoya a Mariano Vera para obligar a Viamonte a abandonar la ciudad. Digna de destacar, dentro de su acción de gobierno, es la especial atención que prestó al aspecto educacional, en el que se fijó como objetivos: la buena remuneración al docente, educación gratuita y otorgamiento de becas, provisión de material didáctico a las escuelas y de útiles a los niños, y construcción y equipamiento de edificios escolares. Paralelamente procuró dotar a la provincia del número de escuelas necesarias, llevándolas de 5 a 13, a la vez que fundó: el Gimnasio Literario "San Gerónimo", la Escuela de Oficios de San José del Rincón y las primeras escuelas de niñas. Todas estas creaciones llevaron a Santa Fe a ocupar un importante sitio en el ámbito de la cultura de las Provincias Unidas. López fue un político de fuste, realista, pragmático, fue también un excelente militar, hábil estratega, capaz de aprovechar sus conocimientos del terreno para definir una batalla, pero por sobre todas las cosas fue un pacifista que procuraba en la mesa de las negociaciones la paz necesaria para el progreso y el crecimiento. Ello lo llevó a firmar 23 pactos y tratados de entre los cualesse destacan aquellos que fueron mojones de la organización nacional. Los tratados del Cuadrilátero, del Pilar y el célebre Pacto Federal del 4 de Enero de 1831 coronan esa política del gobernante santafesino que se proyecta a la posteridad para quedar registrado en el Preámbulo de la Constitución Nacional de 1853, en el postulado que reza: "en cumplimiento de los pactos preexistentes". Esta ruptura con Buenos Aires, que elevará a la Provincia al rango de autónoma, le señalará el sendero de la nueva vida institucional. Dos años más tarde, en julio de 1818, Estanislao López va a llegar al poder del ejecutivo provincial. Al año siguiente renuncia al cargo de Gobernador ante el Cabildo -en razón de hallarse la provincia en paz gracias al armisticio de San Lorenzo del 12 de abril de 1819-, diciendo que "llamado por la salud pública me hice cargo de un mando que no se me confió por la voluntad del pueblo soberano", y agregó, que la provincia es libre y debe darse la

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suprema autoridad. Con ello, reconoce que no podía estar al frente de un gobierno para el cual no había sido elegido por el pueblo, y subraya que las circunstancias lo obligaron a tomar el mando de la provincia. El 8 de julio de 1819 fue elegido Gobernador por elección popular, y con el apoyo de todos los santafesinos asumió legítimamente el gobierno de Santa Fe. Una de sus primeras medidas; el Estatuto de 1819, es el primer cartabón ordenador de los poderes de la provincia de Santa Fe y es el primer documento constitucional en el derecho público provincial argentino. Le cupo el honor a Santa Fe de ser la precursora, y a López, suinspirador y ejecutor. El Brigadier General Estanislao López participa luego, con gran decisión, de su vocación federalista a través de diferentes pactos, hasta soñar seguramente con ese Acuerdo de San Nicolás en 1852, que fueron las puertas del Congreso Constituyente, pero lamentablemente la muerte lo sorprende tras regresar de la Campaña del Chaco, desde donde llegó enfermo, derivando en una tuberculosis y falleciendo a las 16.30 hs. del 15 de junio de 1838. Estanislao López quería la República, la Constitución, pero a través de la intuición, sin contar con estudios superiores; para ello contaba con pensadores de confianza como Francisco Seguí y Domingo Cullen. Se opuso a la monarquía, y deseaba la autonomía. 

Bolilla 2 

ï¶ La organización nacional:�  

LA ORGANIZACIÓN NACIONAL: Entre 1862 y 1880, los sucesivos presidentes fueron estableciendo las bases para La construcción del Estado central argentino, lo cual significó que las autoridades nacionales expandieron su control sobre el territorio y subordinaron a las provincias a su autoridad. Para llevar a cabo estos objetivos, los gobiernos tuvieron tres herramientas fundamentales: el Ejército nacional, la administración pública y el manejo de los principales recursos económicos. En relación con este último punto, en julio de 1862 Mitre tomó una medida fundamental: nacionalizó la Aduana de Buenos Aires, decisión que le permitió disponer de los recursos necesarios para sostener los gastos del gobierno nacional. PRESIDENCIA DE MITRE (1862-1868) El 12 de octubre de 1862 Mitre asumió la presidencia luego de haber ejercido desde el 12de abril el poder nacional por delegación de las provincia lo acompaño corno vicepresidente Marcos Paz. Ya se había producido la separación dentro del liberalismo de los nacionalistas de Mitre (partidarios de la autoridad del gobierno central por sobre el de las provincias) y los autonomistas de Valentín Alsina (defensores de la autonomía de los privilegios

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provinciales de Buenos Aires). El objetivo de Mitre fue realizar la unidad nacional sobre la base de la pacificación interior. Contra su gobierno, en La Rioja, se sublevó la montonera federal, acaudillada por Ángel V. Peñaloza, El Chacho, que extendió su influencia sobre San Luis, Córdoba, Catamarca, Salta y Tucumán. Para derrotarlo se destinaron fuerzas nacionales que resultaron triunfantes en San Francisco (mayo 26 de 1863) y Lomas Blancas (agosto de 1863). Finalmente, El Chacho fue capturado y asesinado por uno de los jefes militares que lo perseguían en Olla (La Rioja) en noviembre de 1863. El caudillo riojano Ángel Vicente Peñaloza era el jefe de las “montoneras”, que utilizaban el método de ‘la guerra de guerrillas”, es decir, ataques a caballo sorpresivos, veloces y contundentes, seguidos de una huida igualmente rápida para evitar los contraataques. Finalmente, en 1 863, y luego de varios combates, el “Chacho” —así se lo llamaba a Peí5aloza— fue derrotado y muerto. Más tarde, todas las provincias cuyanas se alzaron al mando del caudillo Felipe Varela, en oposición a la guerra contra el Paraguay (1 865-1 870). En 1 868, las montoneras de Varela también fueron vencidas por tropas nacionales. La oposición al centralismo de BuenosAires y a la guerra del Paraguay —totalmente impopular en las provincias, donde se producían deserciones masivas entre los reclutados para el ejército nacional— estalló en 1867 con la revolución de los Colorados, encabezada por Juan Saa y Felipe Varela. El apoyo de Mitre con el interior era el caudillo santiagueño Antonio Taboada quien venció a Varela en Pozo de Vargas y retuvo así el control del norte. Para poder encauzar al país dentro del proceso de la organización nacional e integrarlo en la política mundial, el presidente entendió como una necesidad la no intervención en los problemas americanos. Por eso no participó del Congreso Panamericano reunido en Lima en 1862 para considerar la intervención francesa en México y la reincorporación de la República Dominicana a España, y se mantuvo prescindente en el conflicto planteado entre Perú y España al no reconocer ésta la independencia peruana. Mientras Bartolomé Mitre estaba ocupado por los numerosos conflictos internos y por la guerra contra el Paraguay, el Presidente también se dedicó a la organización institucional del Estado y la sociedad. Durante su mandato se dio un fuerte impulso a la educación y a la justicia. Se organizó la Corte Suprema, se aprobó el Código de Comercio y se comenzaron a redactar los Códigos Civil y Penal. LA CUESTIÓN ELECTORAL. Al aproximarse la renovación de las autoridades nacionales se postularon distintos candidatos. El localismo porteño estaba representado por Adolfo Alsina el federalismo del interior, por Urquiza. El partido nacionalista sostenía a Elizalde, resistido por la opinión general debido a sussimpatías hacia el Brasil. También surgió como candidato Sarmiento, apoyado por varias provincias del interior y, sobre todo, por la oficialidad del ejército. Mitre no apoyó abiertamente a ninguno de ellos. Desde Curuzú Cuatiá envió una carta a José María Gutiérrez, publicada en el periódico Iba Nación Argentina, que se conoce como testamento político de Mitre, donde, pese a

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anunciar su prescindencia en la cuestión, se manifiesta contrario a la candidatura de Alsina: tampoco está de acuerdo con la de Urquiza, si bien no brinda su apoyo a Sarmiento, tampoco le hace mayores objeciones. Dentro del partido simpatizaba con Elizalde, Alsina sintiéndose anulado por Mitre y su apoyo en el interior para poder vencer a los nacionalistas, se unió a Sarmiento. Así se integró la fórmula Sarmiento-Alsina que triunfó en las elecciones del 2 de abril de 1868. En mayo de 1862 se reunió el Congreso Nacional de Buenos Aires para encontrar una solución al problema de la Capital Federal. El proyecto de la federalización de Buenos Aires fue enviado a la Legislatura bonaerense en agosto de 1862, pero la provincia se negó a entregar su ciudad capital, tras varios debates, no se llegó a un acuerdo, por lo cual se apeló a una solución temporaria. El gobierno nacional se instaló en la ciudad de Buenos Aires en calidad de ‘huésped”, coexistiendo en la misma ciudad con el gobierno provincial bonaerense. Como este acuerdo sólo duraba cinco años, tuvo que ser renovado periódicamente hasta 1 880, cuando se llegó a una solución definitiva. 

Bolilla 4 

ï¶ Ley 1420/1884 (Educación Común):�  

La ley 1420 que fundamentadaen el diagnóstico de necesidades nacionales establecerá una educación universal y gratuita conforme a los ideales del laicismo positivista y el objetivo de formar un espíritu hegemónico nacional. La ley 1420 (1884), resumiendo los postulados del Congreso pedagógico de 1882, establece que la educación ha de ser universal, común, mixta, gratuita, obligatoria y neutra. La ley, (validad para Capital Federal y los territorios nacionales), establecía: 1- Qué el Estado es el responsable de la educación pública 2- Que el gobierno colegiado a través del Consejo Nacional de Educación y los Consejos de Distritos 3- Se financia la educación primaria (Fondo Escolar permanente) 4- Se estimula la creación de jardines de infantes, escuelas para adultos y en caso de necesidad, escuelas ambulantes 5- Se establecen contenidos mínimos de lengua nacional, historia nacional y geografía nacional 6- Se Normatiza la construcción de edificios escolares y cuestiones de sanidad escolar 7- Se Normatiza la actividad docente, asegurando formación, estabilidad y derecho al retiro 8- Se promueve la creación de bibliotecas populares 9- Se establece la Inspección Estatal sobre escuelas particulares 

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ï¶ Conflictos obreros�  : En este año, el campo comenzó a sentir el malestar que ya se venía dando en las ciudades por mejores condiciones de trabajo y salario. Por primera vez los chacareros tomaron conciencia de la precariedad de su situación y se movilizaron en demanda de mejores condiciones en sus formas laborales. Esto sucedió principalmente en Santa Fe y Córdoba y culminó con el "Grito de Alcorta" cuyaconsecuencia más directa fue la creación de la Federación Agraria Argentina que sería, desde entonces, la defensora del productor rural y los trabajadores del campo. Tanto en Santa Fe como en Córdoba eran las provincias donde existían las peores formas de abusos y corrupciones, producto de la mala distribución de la tierra. En el campo existían tres tipos de ocupantes: propietarios, arrendatarios y medieros, de los cuales el primero era siempre el beneficiado mientras que los dos restantes debían cumplir con ciertas condiciones que encarecían sus costos y obtenían apenas una mínima entrada, casi insignificante, y que en nada se comparaba con la labor que efectuaban. Para ellos no existía Instituciones de Crédito Agrícola y la posibilidad de acceder a la tierra era solo una ilusión, de esta manera el agricultor se convertía en un peón de campo sometido a la fuerza de un empresario agrícola; ya para iniciarse había invertido todos sus ahorros y a la vez se encontraba siempre endeudado con la compañía colonizadora. Por otro lado, la carestía de la vida había aumentado también para ellos al punto de encontrar dificultades para hacer frente a las necesidades más elementales mientras que el precio de sus cereales mantenían el mismo valor. Claro está que para salvarse de embargos tuvieron que hacer grandes esfuerzos con alimentación precaria y poniendo a trabajar la tierra a sus esposas e hijos sin posibilidad de concurrir a la escuela. Entre sus costumbres, los chacareros solían ir al pueblo los domingos y entre sus conversaciones nunca faltaba el tema de sus condiciones de vida, las que al iragravándose también iban agitando a estos hombres; es así que en la localidad de Alcorta, Santa Fe, uno de ellos propuso la lucha que ya se tornaba necesaria. El de Alcorta no fue un grito sino una consigna: "Antes de doblegar nuestros esfuerzos debemos conseguir nuestros objetivos, antes de ser vencidos debemos preferir la muerte". Los arrendatarios no hicieron caso a estos reclamos de mejoras y, ante esta situación, se declaró la huelga agraria. Por primera vez en el campo se hicieron sentir las voces de los trabajadores de la tierra que hasta entonces había sido una masa silenciosa. Fue la primera de las huelgas agrarias que constituyó el pilar fundamental para la extensión de los reclamos a otros puntos del país sabiendo aún que podían aplicar sobre ellos la Ley de Residencia con la que se los reportaría a su país de origen. Si bien este movimiento era inorgánico, sin mayor coordinación, obtenía buena información de lo que ocurría en otras zonas y sintieron la necesidad de crear una fuerza que fuera capaz de enfrentar a la Sociedad Rural. Por esta causa es que se decide fundar la Federación Agraria Argentina con la que ahora el agricultor ya no sería más el individualista que había sido, sino que se encontraba integrado a una organización

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colectiva luchando por sus reivindicaciones y haciendo a un lado el temor al patrón o administrador de su esfuerzo. Las nuevas fuerzas políticas Ya en 1890 existía en nuestro país un Club de Socialistas alemanes que comenzó a publicar el diario "El Obrero". El Movimiento Anarquista cobra vuelo en la Argentina con el periódico "El Perseguido".Estas tendencias socialistas y anarquistas fueron inspiradas en Marx y organizaron el Movimiento Obrero cuya acción directa se traduce en huelgas, las que se organizan por las condiciones lamentables de trabajo. 1890 fue también el año en que se festejó por primera vez en la Argentina el 1º de Mayo como Fiesta Nacional de los Trabajadores. Nace también el Movimiento Sindical Argentino reclamando reformas urgentes en el orden social, dicho movimiento luego intensifica su acción cuando la oposición se polariza en la Unión Cívica Radical. Aunque los gremialistas aportaron una ideología sin sentido nacional (repitieron el esquema imperante en Europa industrializada que era muy distinto al nuestro), al menos sirvió para dar forma a las primeras agrupaciones sociales. Anarquistas y Socialistas son los dos sentidos en que se orienta el movimiento obrero soportando la Ley de Defensa Social que legalizaba cualquier tipo de represión y clausuraba sindicatos, comités y periódicos vinculados a este movimiento. Como también la Ley de Residencia que expulsaba a todo extranjero que se manifestaba contra el orden impuesto. Los anarquistas se caracterizaron por ser apolíticos y revolucionarios mientras que los socialistas eran reformistas y proclives a participar en la lucha electoral. Ante estos movimientos, el gobierno responde siempre con luchas represivas hasta que acepta el legal funcionamiento del Partido Socialista que, en 1904, obtuvo su primer Diputado Nacional, el Doctor Alfredo Palacios. Por otro lado, la Unión Cívica Radical, con Irigoyen al frente, se caracterizó por su posturaabstencionista, aunque carecían de fuerza electoral propia se los sabía numerosos y cuyo programa de abstención fue táctico y definido: Irigoyen no iría a elecciones sin registros nuevos y sufragio garantido en todo el país. Línea radical, que continúa su prédica en todo el país, construye su plataforma política en cuatro puntos: Libertad de política, honradez administrativa, impersonalidad de la coalición (participación democrática) y sentimiento nacional. Cabe destacar que este movimiento (U.C.R.) llevó a cabo varios intentos de revolución contra el régimen conservador, durante este período, inclusive en las provincias el interior y, aunque fueron fallidos, constituyeron una clara manifestación de oposición al régimen. Esto demuestra que la principal fuerza opositora no descansa. El movimiento era casi exclusivamente porteño pero va creciendo en el interior y acentuando su carácter popular mientras crece la impaciencia en las provincias, claro ejemplo de esto son las revoluciones radicales que se produjeron en Córdoba y Catamarca donde la Unión Cívica

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se subleva y las provincias son intervenidas. También durante la presidencia de Sáenz Peña, el gobierno debió hacer frente a revoluciones radicales que se llevaron a cabo en el Interior y en Buenos Aires a pesar de la represión sangrienta con que se les respondía, igual deciden hacerla y estalla una sublevación en Tucumán coincidente con movimientos en Santa Fe y Rosario. Durante la Segunda Presidencia de Roca vuelven a producirse intentos revolucionarios radicales en Catamarca aunque esta vez los rebeldes pertenecían a distintos sectores de la opiniónnucleados bajo el nombre de "Unión Provincial". En San Luis, y durante esta misma presidencia, otra revuelta opositora llevada a cabo por conservadores y radicales dejó como consecuencia la constitución de un gobierno provisional y la posterior intervención de la provincia convocando a la ciudadanía a elecciones en la cual ganó la coalición conservadora. En 1905, durante el gobierno de Quintana se produjo un movimiento revolucionario cuyo estallido fue simultáneo en Córdoba, Mendoza, Santa Fe y Bahía blanca, fue el movimiento revolucionario que más significación tuvo por su magnitud, sus resultados fueron: En Santa Fe hacen peligrar al gobierno local, en Mendoza deponen al gobernador y en Bahía Blanca las tropas sublevadas inician un avance hacia Buenos Aires. Pero el gran suceso se produce en Córdoba donde los revolucionarios radicales toman prisioneros a un grupo de hombres del régimen que estaban veraneando. Sin bien todos estos intentos no tuvieron el final esperado es de destacar que hicieron temblar a los gobiernos liberales que se veían cada vez más presionados por la unión de las fuerzas opositoras que pretendían un cambio radical en el orden político, económico y social que condujera al país a un sistema más limpio, participativo como lo es la democracia, y por sobre todo que sea nacional para garantizar la verdadera libertad y autonomía nacional. En este punto nos interesa también incluir la sanción de ley de voto secreto, universal y obligatorio efectuada en 1910 durante la presidencia de Roque Sáenz Peña, último presidente del régimen oligárquico del período en cuestión. Una vez sancionada la Ley, su primera aplicación tuvo lugar en Santa Fe y evidenció sus ventajas ya que existían padrones nuevos, serios y de fácil consulta, lo que aseguraba la participación de todos los ciudadanos y que ninguno lo hiciera más de una vez como había sido costumbre durante las elecciones fraudulentas anteriores. Llegado el comicio hay una afluencia multitudinaria de votantes y se pone de manifiesto la mayoría que nuclea la oposición: El Radicalismo obtiene mayoría de votos. Con esta Ley se adoptó, por fin, la forma representativa, republicana y federal y, tras medio siglo de gobiernos liberales, la voluntad popular se convirtió en factor de poder dando paso a un nuevo partido gobernante: La Unión Cívica Radical.Programa de Historia Argentina (2da. parte)

ï¶ Política socioeconómica:�  

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Aspectos económicos La Argentina entre 1880 y las vísperas de la guerra del 14 comparada consigo misma o con el resto del mundo exhibe índices de crecimiento económico impresionantes. La Argentina económica se orientó hacia las exportaciones. En un país donde predomina una estructura agro - exportadora (modelo agro - exportador 1850-1930), se sobre entiende que ello implica un escaso desarrollo de las actividades industriales. Todos estos desarrollos agro - exportadores tienen por causa esencial el acelerado desarrollo industrial moderno que comenzó en Gran Bretaña. La revolución industrial produce tanto un brusco crecimiento de la población como un no menos espectacular desarrollo de actividades que requieren enormes masas de materias primas, produciendo una creciente demanda que es la queinduce el desarrollo de actividades agro - exportadoras en muchas zonas del mundo. 

Aspectos de la estructuración interna de sociedades agro - exportadoras: 

1. Ocupación de nuevas áreas geográficas para el desarrollo de actividades agro - exportadoras. Se recurrió también a una verdadera importación de mano de obra, mediante un masivo proceso inmigratorio proveniente principalmente de España e Italia. 

2. Unificación del mercado interno que se realizó mediante el ferrocarril y con un trazado estructural apropiado a la función agro - exportadora dentro del mundo, es decir destinado a sacar hacia los puertos las materias primas de producción local e introducir en el mercado interno las manufacturas provenientes de los centros industriales capitalistas. En el caso argentino: el claro predominio del puerto de Bs. As dio al trazado del ferrocarril la forma de un abanico con vértice en dicho puerto. 

3. El tráfico de ida y vuelta por vía marítima se hizo mediante la moderna navegación a motor (inicialmente vapores) y cuando la naturaleza misma de la materia prima de agro - exportación lo requirió, se recurrió a decisivas innovaciones tecnológicas por ej. La refrigeración de las carnes. 

El período de la economía agro - exportadora (1850-1930) tuvo dos etapas que se han denominado "el ciclo de la lana y el ciclo de la carne y los cereales”. E l período que corresponde a la década del 80’ concuerda con la etapa del ciclo de las carnes y los cereales. EL ganado vacuno, que había sido desplazado desde la pampa húmeda a las tierras marginales, durante la segunda etapa vuelve a lastierras ricas, desplazando a las ovejas hacia la Patagonia, Corrientes, Catamarca, etc. Las características del ganado vacuno en la segunda etapa del período, no se trataba como antes, de los viejos vacunos criollos, ahora era animales mestizados, las razas británicas cómo: Shorthon, Hereford, etc. 

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La pampa húmeda estaba distribuida entre la agricultura (especialmente cereales, trigo y maíz) y ganado vacuna. La agricultura dio un nuevo impulso a la demanda de mano de obra (agricultura, ganadería, ferrocarriles, frigoríficos en materia de carne, silos y molinos en materia de cereales) y con ello el aumento de la población. Es imposible explicarse la historia política Argentina sin referencia a este marco económico. La exportación de lanas introdujo a la producción Argentina dentro de los abatares del mercado mundial capitalista. En el siglo XIX éste estaba sometido a crisis periódicas de expansión y contracción, ocurriendo en esta fase que caían los volúmenes y los precios de las materias primas. Hacia la mitad del ciclo de la lana, un sector de los productores argentinos cuya expresión política más relevante fue el grupo parlamentario liderado por Vicente Fidel López, planteó por primera vez una postura económica nacionalista y proteccionista, destinada a la promoción de una industria textil argentina que actuara como reaseguro de la producción lanera ante los avatares del mercado mundial y los proteccionismos foraños. A partir de 1880 se inicia una etapa de expansión económica en la Argentina, que se prolonga hasta la 1ra. Guerra Mundial, con excepción de la crisis de 1885 - 1890. Laexpansión se debió fundamentalmente al desarrollo económico ganadero, ya que Argentina era proveedora esencial de materias primas para Europa, particularmente de Gran Bretaña, quién invertía en nuestro país capitales, como por ejemplo, en 1880 la inversión fue de 25 millones de libras esterlinas, y en 1885 de 45 millones. Estos capitales se utilizaron para pagar deudas contraídas con empréstitos anteriores, la extensión de vías ferroviarias y la creación de bancos. El ferrocarril y la mano de obra de la inmigración aumentaron la superficie cultivada en Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba y Buenos Aires. Así aumentó la producción y posterior exportación de trigo, maíz y lino. Al fundarse en 1890, un momento de inflexión entre el ciclo de la lana y el de la carne / cereales bien puede decirse que la U.C.R. nace sintetizando experiencias. Pero también la situación económica social generó problemas y conflictos. En los últimos años del siglo XIX la prohibición británica de importar ganado en pie de la Argentina produjo una enorme transferencia de ingresos de los ganaderos hacia el grupo frigorífico británico. El acrecimiento de la mano de obra de origen inmigratorio había sido acompañado de un importante desarrollo sindical, que desplegaba lucha por las reivindicaciones obreras, lo que obligaba al régimen a oscilar entre una creciente represión o estudiar posibles concesiones. La transformación demográfica del país respondía a los intensos cambios producidos desde que comenzaron a refinarse los ganados vacunos y ovinos y a extenderse las áreas de cultivo de cereales. En 1883 se instalaron los primerosfrigoríficos argentinos, que al cabo de poco tiempo fueron sobrepasados por los que se crearon con capitales británicos y norteamericanos para servir a la demanda del mercado inglés. Quedaron en su poder los dos grande sistemas industriales de carácter moderno que se habían

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organizado hasta entonces: los ferrocarriles y los frigoríficos, pero al mismo tiempo surgieron entre 1880 y 1890, especialmente en Buenos Aires, otras industria menores, especialmente en el campo de las artes gráficas, de la alimentación, de la construcción y del vestido. A partir de esto se comienzan a advertir las consecuencias de los cambios provocados por la política económica- social que habían adoptado las minorías dirigentes. El naciente proletariado industrial comenzaba a exigir mejoras y manifestaba su actitud a trabes de las huelgas. Eran generalmente obreros extranjeros quienes la desencadenaban, y la política comenzó variar el contenido gracias a las ideas y al lenguaje que introdujeron esos inmigrantes urbanos que habían adquirido en sus países de origen. 

Bolilla 5 

ï¶ Problemas sociales. Semana trágica. Gestión económica y financiera de Marcelo T. de �Alvear. Decisión del partido gobernante. Problemas sociales y legislación del trabajo: En 1893 Yrigoyen fue presidente del partido de la Unión Cívica Radical en la provincia de Buenos Aires y luego del suicidio de su tío Leandro N. Alem (1896) pasó a ser el líder indiscutido del partido o, como él prefería llamarlo, "del movimiento Radical; en su lucha contra la oligarquía gobernante" La UCR siguió la política de abstenerse de participar tanto en laselecciones como en el gobierno hasta que se satisficieran sus demandas de un sufragio más amplio, elecciones libres y honestidad en el gobierno Yrigoyen rechazó nombramientos de los presidentes Luis Sáenz Peña y Carlos Pellegrini; luego de la promulgación de la ley de reforma electoral de 1912, los radicales iniciaron su acción política y eligieron presidente a Yrigoyen en 1916. Su primera presidencia (1916-1922) cubrió la época difícil de la Primera Guerra Mundial, con sus desastrosas consecuencias; conservó la neutralidad Argentina pero la nación sufrió trastornos económicos debido a que sus habituales compradores europeos no podían transportar las mercaderías; cuando la situación se regularizó y las demandas del mercado aumentaron. Yrigoyen -un precursor del nacionalismo económico- trató de elaborar acuerdos comerciales que beneficiaran a los agricultores argentinos y a los comerciantes; también envió un representante a la asamblea de organización de la Liga de las Naciones pero lo llamó de vuelta cuando las sugerencias argentinas parecieron ser ignoradas. En la política interior, la posición de Yrigoyen fue dificultada por el hecho de que el Congreso y casi todas las provincias aún estaban bajo el dominio conservador; hizo pleno uso de sus poderes constitucionales de intervención. En veinte oportunidades, a veces reiteradamente en la misma provincia, si consideraba que su gobierno era ilegítimo; sus críticos lo acusaron de emplear su poder con fines políticos para fortalecer la UCR. En 1919 las tensiones sociales estallaron en una serie de

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huelgas que fueron reprimidas despiadadamentepor el gobierno, que recurrió a la ayuda de las fuerzas armadas. Una reforma importante que aconteció durante la primera presidencia fue la de las universidades; las facultades (acusadas de tener apoyo e intereses oligarcas) fueron despojaras de gran parte de su poder y la administración universitaria pasó a ser mucho más democrática. En 1922 Yrigoyen cedió la presidencia a Marcelo Torcuato de Alvear, pero permaneció políticamente poderoso como presidente del partido Radical. En 1928 el partido se dividió entre los personalistas que querían a Yrigoyen como presidente nuevamente y los antipersonalistas (conducidos por Alvear) que lo rechazaban. Pero fue elegido nuevamente. La segunda presidencia de Yrigoyen (1928-1930) fue breve y estéril, casi un fracaso; frente a los agudos problemas económicos (depresión mundial), sociales y financieros y a la creciente oposición política de otros partidos, ofreció poca conducción y menos acción; se atribula este comportamiento a su edad avanzada y a su salud frágil. Una revolución de oficiales militares conducidos por Uriburu lo removió de su cargo el 6 de septiembre de 1930, con la total aprobación del pueblo; encarcelado en la isla Martín García, Yrigoyen primero rechazó la absolución que le ofrecieron pero luego regresó a Buenos Aires para morir en 1933. Luego de su muerte, su prestigio entre la gente fue ampliamente restablecido. En 1956, se publicaron doce volúmenes de sus obras completas, Pueblo y gobierno. En 1916 se impone, tras elecciones nacionales, la formula Yrigoyen-Luna. Ganaron con el 45% de los votos, situación que dejaba a Irigoyencon debilidad política, sin mayoría en el parlamento y con muchas provincias en manos de la oposición conservadora, que controlaba también a la Corte Suprema de Justicia. El radicalismo emprendió una política democratizadora, presentando varios proyectos de ley como reparto de tierra para beneficiar la colonización agrícola-ganadera, intentó que los contratos de arrendamiento tuvieran una extensión mínima de tres años, e intentó realizar una reforma agraria, pero todos estos proyectos no se concretaron por el profundo rechazo de la oposición. En 1919, Yrigoyen presentó un proyecto que establecía normas a las que debía ajustarse el régimen legal del petróleo e imponía el principio del dominio estatal sobre los yacimientos de hidrocarburos. En 1922 el Poder Ejecutivo creo la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales. 

La Reforma Universitaria: Hasta la llegada del radicalismo al gobierno, solo jóvenes pertenecientes a las clases dirigentes realizaban estudios universitarios. Dos fueron las causas que dispararon la reforma universitaria, una, la clase media deseaba el ascenso social de sus hijos, y el otro un cambio en el régimen universitario vigente (Univ. De Córdoba) el que adolecía de un programa de estudio anacrónico, por

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falta de actualización y renovación de los docentes y directivos. El 16 de mayo de 1918 los estudiantes cordobeses constituyeron un Comité Pro-reforma, y se agruparon en una Federación Universitaria. Estos tuvieron la adhesión de sus pares porteños, de distintas organizaciones obreras y de políticos destacados como Leopoldo Lugones y AlfredoPalacios. El gobierno de Irigoyen, identificado con un concepto nacional de la cultura, consideró que la educación debía estar al alcance de todo el mundo y sostuvo la autonomía de la Universidad frente al Estado. El movimiento universitario reformista, renovó los programas de estudio y posibilitó la apertura de la universidad a mayor cantidad de estudiantes. 

La Semana Trágica: La huelga iniciada en diciembre de 1918 en los talleres metalúrgicos Pedro Vasena e Hijos (Pompeya) por obreros que pretendían mejoras en sus condiciones de trabajo y salarios, finalizó con un conflicto sindical generalizado. Las industrias metalúrgicas buscaban bajas costos puesto que la guerra había afectado profundamente (dependía de la importación de carbón y materias primas de alto precio). La represión gubernamental, utilizando al ejército, cobró la vida de numerosos obreros. Miembros de la elite, preocupados por el clima revolucionario, crearon la Liga Patriótica Argentina, una banda terrorista armada compuesta por miembros de la oligarquía, jefes de la marina y del ejército y representantes de la iglesia. Los miembros de La Liga, atacaron e incendiaron los lugares de reunión como sindicatos, bibliotecas obreras, sinagogas, barrios judíos y conventillos, bajo la mirada cómplice de la policía y el respaldo de políticos, legisladores, militares y miembros de comités radicales. 

Las Huelgas Patagónicas: La inquietud laboral creció a partir de 1919, La Liga, apoyados por los conservadores, presionó al gobierno para que abandonara su política social (consistente en escuchar a la patronal y a los sindicatos) ypaternalista (buscaba parecer como protectora de los trabajadores). En este marco a fines de 1921, en la Provincia de Sta. Cruz, estalló una larga huelga de peones de estancia, apoyados por la organización sindical de los obreros frigoríficos del sur. Los trabajadores se enfrentaron a los estancieros y a las sociedades anónimas dueñas de las tierras y del gran comercio. La protesta obrera se había extendido y perjudicaba numerosos intereses. El gobierno radical envío al Tte. Cnel. Héctor B.Varela quién frente a un regimiento de caballería ejecutó una de las represiones más salvajes que se recuerde, con torturas y fusilamientos masivos (se calcularon más de 2.000 muertos) 

Las Huelgas del Quebracho La base fundamental de la producción de la empresa inglesa La Forestal era la

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explotación del quebracho colorado. Las condiciones laborales de los trabajadores de dicha empresa eran penosas, los hacheros vivan en ranchos de rama y troncos y la jornada laboral era muy extensa. Además no se les pagaba con moneda nacional, sino con vales que solo podían canjear en los almacenes de la empresa, donde los precios de los productos eran carísimos. Entre 1920 y 1921 la organización obrera debió recurrir a la clandestinidad ya que la policía de la empresa reprimía con mucha saña cualquier tipo de movimiento sindical de los obreros. Los obreros presentaron sus condiciones y reclamos a La Forestal y ante la negativa de retomar a sus trabajos a pesar de las presiones, La Forestal recurrió a la policía provincial y trajo rompe huelgas de Corrientes, Chaco y Santiago del Estero para poner enfuncionamiento las fábricas detenidas. La policía privada contratada por dicha empresa, llamada “Penachos colorados” llegaron y cometieron todo tipo de atropellos, robaron, quemaron ranchos, suprimieron los trenes aguateros (dejando a todas las familias sin provisión de agua potable) etc. Como la huelga continuaba, el gobierno de Yrigoyen intervino enviando al Regimiento 12 de Infantería. Esto ocasionó que la huelga fuera aplastada y los dirigentes fueran encarcelados y un gran número de obreros fueran dejados cesantes. 

PRESIDENCIA DE MARCELO T. DE ALVEAR (1922 –1928) Con el arribo a la Presidencia de Marcelo T. de Alvear, las medidas adoptadas contemplaron los gustos de la clase conservadora. Eran tiempos de prosperidad y de una gran riqueza que continuaba mal repartida. La protesta social continuaba, durante el período de Alvear se realizaron 519 huelgas que involucraron a más de 400.000 trabajadores. Durante esta presidencia, el coronel Mosconi fue nombrado director de YPF, de este modo condujo la primera empresa petrolera estatal del mundo. SEGUNDO GOBIERNO DE YRIGOYEN El Presidente Yrigoyen asume por 2da vez en 1928 a los 77 años de edad. Su breve gestión se desarrolló dentro de un panorama económico mundial muy complicado y desfavorable para la Argentina. A pesar de ello, el gobierno radical intentó una política progresista. Ordenó la creación de 1700 escuelas, dictó medidas que favorecieron a los chacareros y agricultores y creo el Instituto del Petróleo. Hacia 1930 el modelo agroexportador que había redituado fabulosas ganancias (importación de materias primas y exportación decarnes y cereales) evidenciaba su límite ya que las condiciones del comercio internacional habían cambiado, y las exportaciones disminuyeron y la rentabilidad era mucho menor. Esta situación produjo que los salarios sufrieran una leve pérdida y apareció el desempleo. Algunos sectores de la dirigencia política y militar comenzaron a pensar que las democracias liberales no garantizaban un orden y decidieron que el instrumento para

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desalojar al radicalismo del gobierno era el ejército. Así fue que el radical Leopoldo Melo, el conservador Manuel Fresco, el Gral. Agustín P. Justo y el General José F. Uriburu realizaron un golpe cívico-militar el 6 de septiembre de 1930, contaron además con la adhesión de los estudiantes universitarios y civiles conducidos por la dirigencia opositora. Yrigoyen renunció ese mismo día. El primer decreto del Gral. Uriburu, nuevo presidente de facto, fue disolver el congreso. La Restauración Conservadora (Uriburu) Una vez en el gobierno Uriburu propuso reformar la Constitución, creo la Legión Cívica (un cuerpo paramilitar de miles de hombres, imitando los ejércitos de Musolini y de Hitler) y desarrolló una política represiva en lo político y sindical. Creo una sección en la policía destinada a perseguir a dirigentes gremiales y opositores en general. Introdujo el uso de la picana eléctrica en los interrogantes y decretó la pena de muerte y hubo varios fusilados. También dictó un decreto confidencial, en el que el gobierno se haría cargo de todas las deudas privadas de los oficiales de ejército. En febrero de, la convocatoria a elecciones en la Pcia. de Bs.As., dio el triunfo del radicalismo. Las clases dirigentes prefirieron regresar a la democracia formal, con gobiernos y parlamentos sustentados en el “Fraude electoral”, que lo llamaron “patriótico”. Ante el fracaso de Uriburu, apareció una figura de recambio, el Gral. Agustín P. Justo, quién con el Julio A. Roca hijo, integrará las formula para las fraudulentas elecciones de noviembre de 1931. Por supuesto Justo asumió la presidencia en 1932. Justo, representaba las aspiraciones de la oligarquía criolla y las necesidades del gobierno inglés. No le preocupaba ni la miseria, ni el hambre, ni la desocupación que había en el país. En lo político, este gobierno se vio favorecido por la inexistencia de una oposición efectiva. Alvear, conductor del Partido Radical renunció a acciones agitadoras y los socialistas, muerto Juan B. Justo, dividieron el partido y perdieron el consenso. Para dar una solución a la situación económica, Argentina firmo un tratado con Inglaterra (Tratado Roca-Runciman-, a cambio del compromiso ingles de continuar comprando la misma cantidad de carne enfriada y no imponer nuevos gravámenes sobre las exportaciones de nuestro país, y la Argentina trataría con especial cuidado a las empresas británicas. Nuestro país destinaría para la compra de productos británicos todo el dinero de las exportaciones, no reduciría las tarifas de los ferrocarriles ingleses, mantendría libre de derechos de aduana al carbón y resguardaba los intereses de la industria frigorífica inglesa. A este pacto se lo calificó como “estatuto legal del coloniaje”. 

La Década Infame (El fraude económico) Los numerosos escándalos que abundaron en los años 30 llevaron a algunos autores a llamarla La década infame. Fueron dos los de

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mayor repercusión: el referido a las carnes y los frigoríficos y el de los transportes. Con relación al primero, se investigó y probó una serie de irregularidades: los frigoríficos extranjeros llevaban una doble contabilidad, en la falsa, mostraban escasas ganancias y las pérdidas, mientras que en la real, las ganancias eran mayores y se enviaban a las casas matrices del extranjero. Respecto al transporte, en 1939 se aprobó una ley por la cual se establecía la “Coordinación de transporte de la Ciudad de Bs.As., por ella, una empresa inglesa que controlaba parte de los transportes porteños, pasó a monopolizar la totalidad de los servicios en Cap. Federal. 

El Estado Interventor: La gran depresión, afectó los precios de nuestras exportaciones, el gobierno de Justo mantuvo el pago de la deuda externa, la situación hacía imposible que los ingresos públicos continuaran dependiendo del crédito externo y de los gravámenes a las importaciones. Las primeras medidas habían sido adoptadas por Uriburu al establecer el impuesto al rédito y decretado el control de cambios por la cual la compra-venta de la divisa extranjera estaba en manos del Estado. Además se creó el Banco Central de la Rep. Arg. cuyo directorio estaba compuesto mayoritariamente por directivos de bancos privados. Sus funciones eran el manejo de la moneda, el crédito y el valor del peso, la regulación del papel circulante y la regulación de las tasas de interés. Se crearon además una serie de entidadesreguladoras denominadas “juntas nacionales” destinadas a fomentar ciertas actividades privadas y estatales y controlar la calidad de los productos (Ej. Junta Nacional de Carnes y Junta Nacional de Granos). También fue fomentada la radicación de las industrias para favorecer la elaboración de aquellos productos que ya no podían importarse, el Estado se ocupó de ampliar la red caminera, facilitando el ingreso de personas y productos a centros urbanos. Parte de las medidas adoptadas contribuyeron al desarrollo del mercado interno. La industria textil, de notorio crecimiento, ocupó parte del vacío dejado por la alimenticia. Otra rama que creció sorprendentemente fue la química. Así fue que con el transcurso del tiempo la industria se convirtió en el sector líder de la economía. Por otra parte esto influyo para que la mano desocupada encontrara empleo, y de ese modo los productos de nuestra industria encontraban compradores en el mercado interno. 

ï¶ Crisis mundial de 1930:�  

Segundo Gobierno De Yrigoyen (1928-1930) Yrigoyen fue reelegido con el 57,4 % de los votos y volvió al poder con 76 años. Tuvo que gobernar en uno de los períodos más complejos de la historia argentina, ya que la crisis mundial, iniciada en 1929 (Crack del ‘29), también afectó gravemente a nuestro

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país. La recesión económica norteamericana repercutió en los mercados europeos y sudamericanos en forma notable. Los capitales extranjeros retornaron a sus países de origen para favorecer las respectivas economías, y la dependencia económica nacional sufrió un gran deterioro. Cayeron los precios agropecuarios y mermaronconsiderablemente las exportaciones, acentuándose la crisis interna con el fracaso de la cosecha. Los efectos de la crisis fueron graves, se produjo el colapso del sector agroexportador. Así, el país comenzó a endeudarse, el gobierno perdió apoyos internos, y los golpistas –principalmente, los sectores conservadores y militares- encontraron un buen sustento para el golpe militar que derrocaría al presidente Yrigoyen. 

El creciente descontento El Gobierno debió enfrentar los conflictos derivados de la crisis: desocupación, inflación y aumento de la deuda estatal. Los descontentos crecieron, e Yrigoyen debió soportar el embate de instituciones como la Sociedad Rural y la Unión Industrial Argentina, la renta aduanera disminuyó en 46 millones de pesos en poco tiempo. Diarios opositores acusaron al Presidente de "dictador". A la acción subversiva se sumó la agitación estudiantil y la influyente prédica de ciertos sectores antidemocráticos vinculados con el fascismo italiano, que presionaron sobre los militares. Mítines políticos opositores, grupos universitarios y grupos nacionalistas provocaron disturbios reclamando la renuncia de Yrigoyen. Solo los socialistas auténticos y los demócratas progresistas reclamaron calma. Las luchas obreras fueron permanentes. Las numerosas huelgas no sólo buscaban mejorar el salario: también aspiraban a reducir la jornada de trabajo, mejorar las condiciones higiénicas, lograr el reconocimiento de las organizaciones gremiales... Los trabajadores –muchos de ellos ya en sindicatos recibían influencia de socialistas y anarquistas. Frente a numerosos conflictosgremiales y a las huelgas, el presidente Yrigoyen se movió con un criterio personal conciliador. En 1930, el país vivía un momento clave. La crisis internacional, con sus secuelas sociales de desocupación y miseria se sumaron a los inconvenientes de la última etapa de la gestión presidencial. Yrigoyen, ya anciano y enfermo se empeñaba en resolver personalmente todas las cuestiones de estado ocasionando demoras e ineficiencia en su resolución. También se lo acusó de rodearse de ineptos obsecuentes que obstaculizaban su gobierno. Se inició así una acción opositora en la que intervinieron miembros del Congreso, la prensa, el Partido Socialista independiente y grupos nacionalistas, estos grupos constituían una nueva fuerza desprendida del conservadorismo, que simpatizaba con las ideas fascistas de Mussolini. El ejército también manifestó su disconformidad con la gestión de gobierno. Pero había dos sectores con distintas propuestas. Uno encabezado por el general José Félix Uriburu

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proponía la reforma total del sistema y la eliminación del sufragio universal para reemplazarlo por un sistema corporativo, dispuesto a imponer en el país una dictadura inspirada en el fascismo italiano, dispuesto a imponer en el país una dictadura inspirada en el fascismo italiano El otro sector, liderado por el ex ministro de Guerra general Agustín P. Justo de tendencia liberal y conservadora, aspiraba solamente a desplazar al Presidente y a implantar un nuevo gobierno que se apoyara en los grupos opuestos a Yrigoyen, sin alterar esencialmente el sistema político. El golpe ya era un hecho pero Yrigoyen no creíaen él, Dellepiane, ministro de Guerra renunció al sentirse impotente frente a la situación. El 5 de septiembre Yrigoyen delegó el mando en el vicepresidente Martínez, su salud era muy débil. Este declaró el estado de sitio pero la revolución ya estaba en marcha. Uriburu llegó a la casa de Gobierno sin resistencia alguna. Horas después el vicepresidente entregaba el mando. Yrigoyen debió firmar su renuncia y quedó detenido en la isla Martín García. Uriburu asumió la presidencia. 

General Uriburu LOS FACTORES QUE CONTRIBUYERON AL GOLPE DE ESTADO DEL 6 DE SEPTIEMBRE • La influencia de un ejército muy politizado y predispuesto a la conspiración. • La práctica de una prensa tenazmente opositora. • La disimulada acción de los intereses petroleros internacionales a los que Yrigoyen se impuso. • Los grupos conservadores que abandonaron el liberalismo, cambiándolo por principios del fascismo italiano o de la derecha monárquica francesa, recogidos por periódicos nacionalistas como La Nueva República y La Fronda. El hecho es precedido por una intensa oposición en el Congreso y la prensa, que acusa al líder radical de inoperancia y senilidad. Es la primera vez en setenta años de vida institucional que un Presidente es expulsado del poder. Para justificar el levantamiento, las fuerzas armadas emitieron el siguiente comunicado: 

"Camaradas: El Ejército y la Armada de la Patria, respondiendo al clamor unánime del pueblo de la Nación y a los propósitos perentorios que nos impone el deber de argentinos en esta hora solemne para los destinos del país, han resuelto levantar su banderapara intimar a los hombres que han traicionado en el gobierno la confianza del pueblo y de la República, el abandono inmediato de los cargos, que ya no ejercen para el bien común, sino para el logro de sus apetitos personales. (...) La misma Constitución obliga a los ciudadanos a armarse en su defensa. Ha llegado el momento. ¡A las armas! para salvar la realidad de las instituciones y la dignidad de la Nación". 

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1930, la usurpación del poder del pueblo Lo que sucedió en 1930, fue una usurpación del poder legítimo por la fuerza y la instalación de una dictadura que absorbía los poderes del gobierno. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en una acordada emitida el día 10 de septiembre, reconoció a las nuevas autoridades como un gobierno de hecho (de facto) y dio validez a sus actos. El año 30, es un año problematizador: marca el fin de una democracia incipiente y el paso de una república alterada por gobiernos cuya legitimidad fue reiteradamente puesta en duda por las implicancias del fraude electoral eufemísticamente denominado "fraude patriótico". El debilitamiento y caída de Yrigoyen.... ....Sectores conservadores, basados en su supuesta senilidad, fomentaron su derrocamiento. La corrupción y la paralización dentro de su administración le costaron mucho apoyo. La gran depresión que comenzó en 1929 debilitó su gobierno y un Golpe Militar en 1930 terminó con su carrera. Este año señaló el comienzo de una alteración que se inicia con la ruptura del orden constitucional, sigue con la desnaturalización del sufragio y culmina con la reinserción de la mentalidadconservadora. Austero en su vida personal, oscuro en muchas de sus declaraciones políticas, Yrigoyen falló en implementar en Argentina las reformas democráticas que quería alcanzar antes de asumir la presidencia. 

Bolilla 6 

ï¶ Los últimos treinta años de la Historia Argentina:�  1974: La agonía del gobierno peronista La muerte de Perón dejó sin control al conjunto de fuerzas que habían coexistido conflictivamente bajo su liderazgo. Cierto es que la ruptura entre las facciones peronistas había alcanzado un punto sin retomo antes de julio de 1974. Pero cierto es también que la muerte de Perón privó al gobierno de una conducción legítima y aceptada por el conjunto del peronismo, que pudiera reformular los acuerdos políticos y sociales para asegurar la gobernabilidad del país. En su lugar, ejerció una vacilante dirección su viuda, acompañada y aconsejada por el cada vez más influyente ministro de Acción Social y secretario privado de Perón, José López Rega. (En la foto Héctor Cámpora saluda al presidente saliente Alejandro Lanusse en 1973) Además del entorno presidencial, el otro factor de poder en el seno del gobierno era el sindicalismo. Los sindicatos se sintieron relevados de los compromisos que habían asumido en 1973 y se dedicaron a deshacer el diseño político trabajosamente armado por Perón. 

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Poco después de la muerte de Perón, la dirección de la CGT pasó a manos de sindicalistas que creían que el movimiento obrero debía entrar en la etapa política abierta con la muerte del presidente libre de viejos compromisos con el gobierno. Los nuevos compromisos que la nueva dirigencia negoció con elgobierno apuntaban a la reformulación del Pacto Social y al desplazamiento de los líderes sindicales y políticos opositores al oficialismo cegetista. Perón y su esposa "Isabel" Martínez cuando asumían la presidencia de la republica Argentina el 12 de octubre de 1973 La concesión de la renegociación del pacto social desencadenó la renuncia de Gelbard. Esta reorganización del gobierno, que llevó a López Rega a la cúspide de su poder y fortaleció a la burocracia sindical, coincidió con un recrudecimiento de la violencia. Isabel Perón se alejó temporariamente del gobierno, que quedó en manos del presidente del Senado, Ítalo Luder (foto izquierda). El ministro de Economía, Antonio Cafiero, apoyado por la CGT, procuró infructuosamente controlar la inflación. El retorno de Isabel Perón a la presidencia, la crisis interna del peronismo, la agudización de la violencia política, y la falta de colaboración —en muchos casos, abierta oposición— del empresariado y las Fuerzas Armadas, quitaron al gobierno toda base de apoyo. Hacia mediados de 1975, el conjunto de acuerdos que Perón había articulado y que habían constituido el eje de su proyecto de institucionalización política, habían fracasado y el país parecía marchar sin rumbo. La llegada de Celestino Rodrigo (foto derecha arriba) al Ministerio de Economía agudizó aún más los problemas. Con el apoyo de López Rega, (foto derecha) Rodrigo adoptó una serie de medidas, conocidas como el “Rodrigazo” —devaluación del peso entre un 100% y un 160% incremento del 181 % en el precio de la nafta y del 75% en los precios del transporte, y o-tras medidassimilares— que tuvieron como efectos inmediatos una aceleración brusca de la inflación y una crisis política. La crisis política culminó con el desplazamiento de Rodrigo y de López Rega, provocados por una exitosa huelga general declarada por la CGT. 

LOPEZ REGA: EL RASPUTIN ARGENTINO: López Rega nació un 17 de octubre y su madre murió en el parto; fue un muchacho educado, cuidadoso en los modales y respetuoso en el trato, pero introvertido; tenía una biblioteca que cubría toda una pared y se interesaba especialmente en temas espirituales; a los 19 años jugaba al fútbol e integró la tercera especial de River Plate; se casó a los 27 años y se incorporó a la Policía Federal en 1944. Sus dos pasiones fueron el canto lírico y el esoterismo. Una noche de 1943, tristemente ataviado con un traje de etiqueta alquilado y perfumado con una colonia barata, el hombre subió al escenario del Club El Tábano, de Saavedra, y entonó un bolero, al frente de una orquesta que él mismo había contratado. Su debut frente al micrófono fue casi debut y despedida: una seguidilla de necesidades económicas lo llevarían a alistarse poco tiempo después en la Policía Federal. El cantante frustrado tenía la certeza de que el nuevo trabajo terminaría con las penurias que lo llevaban a

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enredarse en largas disputas verbales con su esposa, Josefa Flora Maseda. Ni sus más íntimos imaginaban, por entonces, que aquel hombre gris y menor se convertiría en uno de los personajes más influyentes y nefastos de la política argentina. El cantante frustrado que se convirtió en policía se llamaba José López Rega (1916-1989) y buena partede su época lo identificaba como “El brujo”. Un golpe anunciado El descontrol económico, la violencia política y la evidencia de la descomposición del gobierno abrieron la brecha por la cual tos militares volvieron al gobierno. El 24 de marzo de 1976 la Junta Militar —integrada por los comandantes de las tres armas, Jorge R. Videla (Ejército), Emilio E. Massera (Marina) y Orlando R. Agosti (Aeronáutica) — derrocó al gobierno de María Estela Martínez de Perón e inauguró lo que denominó “Proceso de Reorganización Nacional”. Esta nueva intervención militar fue diferente de las anteriores. El golpe de 1966 había originado un gobierno sostenido, en última instancia, por las Fuerzas Armadas; en 1976 el gobierno fue ejercido en forma directa y en todos sus niveles por las Fuerzas Armadas. Como señaló el nuevo presidente, el general Jorge R. Videla, el 25 de mayo de 1976: “Las Fuerzas Armadas no fueron escuchadas. Como consecuencia de ello y previendo la inexorabilidad de la crisis, se prepararon para hacer frente a esta situación y las Fuerzas Armadas, como institución, dieron una respuesta institucional a una crisis también institucional.” El gobierno militar se propuso transformar de raíz la sociedad argentina. No se trataba simplemente de corregir una política económica, de derrotar a la guerrilla o de resolver una crisis institucional. Para ello hubieran bastado algunos cambios dentro de la legalidad constitucional. Lo que para la Junta Militar estaba en cuestión era la existencia misma de una nación. Para resolver esta crisis, entonces había que “reorganizar” la sociedad argentina, en un“proceso” que no tenía “plazos” sino “objetivos”. Había que crear un "ser occidental, nacional y cristiano". Esta “reorganización” tuvo expresiones concretas: represión política y social, desarticulación de las bases de la economía industrial y ejercicio autoritario del poder. Finalmente, culminó con la derrota militar en la Guerra de las Malvinas. La represión ilegal —que tuvo su apogeo entre 1976 y 1978— fue uno de los rasgos básicos del gobierno militar. La ilegalidad no fue tal sólo por haber sido llevada a cabo por un gobierno de facto sino porque incluso se violó la legalidad establecida por ese gobierno. La represión, cuidadosamente planeada, organizada y dirigida por los más altos niveles de decisión política y militar, fue, al mismo tiempo, clandestina. Sus destinatarios no fueron exclusivamente los integrantes de las organizaciones guerrilleras comprometidos con la lucha armada, sino que se extendió a un conjunto de actores sociales y políticos sin vinculación directa con las organizaciones guerrilleras. El decreto N° 6 de la junta Militar suspendió “la actividad política y de los partidos políticos, en jurisdicción nacional, provincial y municipal”. La ley Nro. 21.261 dispuso

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‘transitoriamente” la suspensión del “derecho de huelga, como así también el de toda otra medida de fuerza, paro, interrupción o disminución del trabajo o su desempeño en condiciones que de cualquier manera puedan afectar la producción, tanto por parte de trabajadores como de empresarios y de sus respectivas asociaciones u organizaciones”. Las modalidades clandestinas de la represión incluyeron el secuestro yla detención en centros clandestinos —se verificó la existencia de más de trescientos—, la tortura y, en la mayoría de los casos, la ejecución. La Junta Militar implantó la pena de muerte. Sin embargo no la aplicó legalmente sino fuera de la ley. Como consecuencia de ello, surgió la figura jurídica de la desaparición forzada de personas —alrededor de diez mil casos comprobados, aunque algunas estimaciones triplican esa cifra—, incluyendo a personas detenidas y ejecutadas clandestinamente por las fuerzas de seguridad. Las consecuencias de la represión incluyeron también a la gran mayoría de la población, que vivió en un clima de miedo de censura. En el primer año de dictadura ya había más de quince mil desaparecidos, diez mil presos, cuatro mil muertos y decenas de miles de exiliados. A pesar de su pretensión de homogeneidad y firmeza, el gobierno militar estuvo atravesado desde sus orígenes por profundas divisiones internas, derivadas en buena medida de la particular traducción a la acción que adquirió la decisión de asumir institucionalmente el gobierno. El principio general que aseguró la participación de las tres fuerzas en el gobierno fue la distribución de la administración pública en todos sus niveles y modalidades —nacional, provincial, municipal, empresas del Estado, universidades— en partes iguales. Cada fuerza, o más precisamente, el cuerpo de oficiales de cada fuerza, se quedaron con una tercera parte de los cargos públicos. Esta decisión -que revelaba la índole de las relaciones entre las fuerzas, caracterizadas por una profunda desconfianza— marcó también una diferencia entreel gobierno del “Proceso” y las anteriores intervenciones militares, que contaron con mayor peso de funcionarios civiles en la administración pública. Entre 1976 y 1981, la gran mayoría de los altos cargos de la administración pública estuvo en manos de oficiales de las Fuerzas Armadas. Esto perjudicó el funcionamiento del Estado, fundamentalmente porque cada funcionario pasó a depender de dos jefes: su superior jerárquico en el escalafón de la administración pública y su superior militar. Esta doble dependencia contribuyó a fragmentar el Estado en múltiples unidades que gozaban de una autonomía de hecho, con los previsibles efectos de corrupción. Además, el mismo ordenamiento institucional y jurídico del gobierno del “Proceso” se caracterizó por su incoherencia y arbitrariedad. Como lo puso en evidencia la acción represiva, el gobierno militar no cumplió con las leyes que él mismo había dictado. Estado legal, Estado Clandestino “El Estado se vio afectado de forma más profunda aún. El llamado Proceso de Reorganización Nacional supuso la coexistencia de un Estado terrorista clandestino, encargado de la represión, y otro visible, sujeto a normas, establecidas por las propias

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autoridades revolucionarias pero que sometían sus acciones a una cierta juridicidad. En la práctica, esta distinción no se mantuvo, y el Estado ilegal fue corroyendo y corrompiendo al conjunto de las instituciones del Estado y a su misma organización jurídica. La primera cuestión oscura era dónde residía realmente el poder, pues pese a que la tradición política del país era fuertemente presidencialista, y a que launidad de mando fue siempre uno de los principios de la Fuerzas Armadas, la autoridad del presidente —al principio el primero entre sus pares, y luego ni siquiera eso— resultó diluida y sometida a permanente escrutinio y limitación por los jefes de las tres armas." 

LUIS ALBERTO ROMERO Breve Historia Contemporánea de Argentina (1994) La Economía Durante el Gobierno Militar (ampliar) La política económica del gobierno militar fue decidida y ejecutada durante cinco años por José Alfredo Martínez de Hoz. Ministro de economía entre 1976 y 1981. Martínez de Hoz concentró un enorme poder, que le permitió tomar decisiones que transformaron profundamente el funcionamiento de la economía y la sociedad argentinas. El programa económico que Martínez de Hoz presentó al país el 2 de abril de 1976 era de inspiración liberal y postulaba la necesidad de pasar de una economía de especulación a una de producción, por medio del estímulo a la libre competencia y la limitación del papel del Estado en la economía. Estos objetivos no fueron alcanzados. Por el contrario, el resultado de la política económica de Martínez de Hoz fue un crecimiento explosivo de la especulación financiera y una caída dramática de las actividades productivas. En un primer momento, el gobierno militar tomó una serie de medidas de estabilización —que contaron con el apoyo del Fon-do Monetario Internacional y la banca privada extranjera— para controlar la inflación, reducir el déficit fiscal y equilibrar el sector externo. Se devaluó la moneda, se redujo el déficit del sector público —en buena parte congelando los salarios— y seconsiguió financiamiento externo. La política económica tuvo un sesgo fuertemente antiobrero: se suspendió el derecho de huelga y se redujo la participación de los asalariados en el PBI (producto bruto interno). Una vez controlada la crisis abierta con el Rodrigazo, el equipo económico definió y llevó adelante dos medidas principales: la apertura de la economía y la liberalización de los mercados financieros. La apertura de la economía era la apertura del mercado interno a la competencia exterior —no la promoción de la exportación de la producción nacional—. El instrumento principal de esta política fue la reducción de los aranceles de importación. Posteriormente, la sobrevaluación del peso se sumo a esta medida, lo que comprometió seriamente la actividad productiva —afectada además por las altas tasas de interés—. La liberalización del mercado financiero se llevó a cabo con la liberación de la tasa de interés y la autorización para el funcionamiento de nuevos bancos e instituciones financieras. Sin embargo el Estado, que renunciaba a los controles, garantizaba los

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depósitos a plazo fijo tomados por entidades financieras privadas. En 1978 el gobierno militar estableció una pauta cambiarla —conocida popularmente como la “tablita”— que determinaba una devaluación mensual del peso. Esta devaluación era decreciente y tendía a cero. El objetivo declarado de esta medida era controlar la inflación. Este objetivo no se alcanzó. En cambio, lo que se fomentó fue una fuerte especulación con una gran masa de dinero colocada a corto plazo —favorecida por la abundancia de dólares en el mercadointernacional— basada en la existencia de altas tasas de interés y la garantía del Estado sobre el precio de recompra de los dólares. Algunas palabras y frases de uso habitual en la época —“plata dulce”, ‘bicicleta”,"déme dos"— dan cuenta de las características de un período de prosperidad artificial y de especulación financiera. La euforia financiera contrastaba con el comportamiento del sector productivo, apremiado por el endeudamiento. El sector industrial, en particular, sufrió una profunda mutación, que incluyó una caída en su producción, una disminución de la mano de obra ocupada y el cierre de numerosas plantas. El esquema de Martínez de Hoz estalló en 1980, de la mano de la quiebra de importantes entidades financieras —entre ellas uno de los mayores bancos privados— y el Estado terminó haciéndose cargo de los pasivos de los bancos quebrados. En 1981, el general Viola reemplazó en la presidencia a Videla, y Martínez de Hoz también fue reemplazado. En ese año, el descalabro económico llegó al extremo. El gobierno dispuso una devaluación del peso del 400%, al tiempo que la inflación llegaba al 100% anual. Esta devaluación tomó impagables las deudas en dólares de las empresas privadas. El Estado nacionalizó las deudas, lo que acrecentó el endeudamiento público. A pesar de su carácter liberal, la política económica de Martínez de Hoz incluyó una expansión considerable del papel del Estado en la esfera económica. Esto se debió en parte a la decisión de la cúpula militar de mantener en la órbita estatal a las empresas públicas —cuyos directorios, por otro lado, fueron ocupados por militares—.Además, durante este período creció la inversión pública. Muchas obras públicas fueron ejecutadas por contratistas privados y algunas empresas del Estado privatizaron parte de sus actividades —lo que se llamó “privatización periférica”—. En este último caso se incluyó la subcontratación de tareas de búsqueda y explotación petrolera y de tareas de reparación de materiales y mantenimiento de vías en los ferrocarriles, la provisión de equipos telefónicos, la recolección de residuos y el mantenimiento del alumbrado público en la ciudad de Buenos Aires. Alrededor de estas actividades se fue configurando un poderoso grupo de empresas contratistas del Estado. Otras áreas de crecimiento del gasto público fueron la estatización de empresas privadas en dificultades —como la Compañía Ítalo Argentina de Electricidad y la compañía Austral— y la notable expansión del gasto militar. En 1978, el conflicto limítrofe con Chile por la zona del canal Beagle estuvo a punto de desencadenar una guerra. Las Fuerzas Armadas fueron reequipadas con vistas al

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enfrentamiento y movilizaron tropas hacia la frontera. La guerra se impidió por la mediación del Papa Juan Pablo II. Entre la apertura y la guerra: El estallido del programa económico coincidió con el cambio de presidente. El débil ganador en la puja interna de la cúpula militar fue el general Roberto Viola, designado presidente por la Junta de comandantes, en septiembre de 1980. Viola, que asumió en marzo de 1981, se propuso modificar la orientación de la política económica y encontrar una salida política para el régimen militar. Este intento de cambioobedecía a la percepción por parte de una fracción del Ejército del fracaso de la política de Martínez de Hoz y de la necesidad de buscar nuevos aliados. Viola dividió el Ministerio de Economía en cinco carteras, con el propósito de “despersonalizar” la política económica, incorporó una mayoría de civiles al gabinete, produjo un acercamiento con los sectores propietarios —nombró dirigentes representativos del sector rural y del industrial en los ministerios de Agricultura e Industria— e inició un diálogo con sindicalistas y políticos. Este intento de encontrar nuevas bases de apoyo para el régimen militar fracasó. En el terreno político, la apertura fue recibida con frialdad por las principales fuerzas políticas, que dudaban de la representatividad de Viola dentro de las Fuerzas Armadas y, por consiguiente, de la viabilidad de su política. En julio de 1981, se constituyó la Multipartidaria —convocada por la Unión Cívica Radical e integrada por los partidos Justicialista, Intransigente, Demócrata Cristiano y el Movimiento de Integración y Desarrollo—, con la finalidad de ofrecer un bloque político unificado “tendiente a recuperar la vigencia de las instituciones democráticas y a ofrecer al país, coyunturalmente, una propuesta de solución ante la emergencia nacional”. Sin embargo, la oposición decisiva al proyecto de Viola provino del frente interno militar. Esta oposición se manifestó como un conflicto de poderes entre la Junta Militar y el presidente, que culminó con el desplazamiento de Viola, en diciembre de 1981. Su reemplazante fue el general Leopoldo F. Galtieri. (Foto arriba) Galtieriintentó restablecer la imagen de autoridad del gobierno militar y retomar la orientación liberal de la política económica, que quedó en manos de un nuevo ministro de Economía, Roberto Alemann (foto izquierda). Endureció las relaciones con los partidos políticos y con el sindicalismo, que por su parte endurecieron también su oposición. Una masiva concentración promovida por la CGT-Brasil —el ala más combativa del sindicalismo, diferenciada de la CGT-Azopardo, más conciliadora—, el 30 de marzo de 1982, fue duramente reprimida. Pero la magnitud y el carácter de la movilización mostraron que la oposición social y política había crecido. Tres días más tarde, el régimen militar —que en 1978 había llevado al país al borde de la guerra con Chile, evitada por la mediación del Papa— inició su última etapa, con la ocupación militar de las islas Malvinas. La Guerra de las Malvinas: El 2 de abril de 1982 el gobierno ocupó por la fuerza las islas Malvinas. La ocupación, si bien se originó en una decisión tomada en secreto por unas

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pocas personas y sin calibrar adecuadamente sus posibles consecuencias militares y políticas, contó con un amplio respaldo popular. (Ver: La Junta Decide Tomar Las Islas Malvinas) El gobierno imaginó que la recuperación de las Malvinas iba a resolver sus problemas políticos, en un momento en que el rumbo de la experiencia militar se veía comprometido. Al principio, eso pareció posible. Pero el gobierno había subestimado la respuesta de Gran Bretaña y creyó además que los Estados Unidos —cuyo principal aliado era precisamente Gran Bretaña— apoyarían la acción argentina. Lareacción británica —en buena medida motivada por razones de política interna— fue dura. El gobierno de Margaret Thatcher decidió enviar una poderosa flota y fuerzas militares para recuperar las islas. Los Estados Unidos, después del fracaso de la mediación del general Haig —que procuró que el gobierno argentino aceptara la resolución 502 de las Naciones Unidas y retirara las tropas de las islas— apoyaron decididamente a su principal aliado. El gobierno militar decidió controlar estrictamente la difusión de noticias acerca de la evolución política y militar del conflicto, y creó un clima triunfalista que no se correspondía con el curso real de los acontecimientos. En el plano de la política internacional, la Argentina recibió la adhesión de los países de América latina y del Movimiento de Países No Alineados, pero quedó aislada de las potencias occidentales. Un intento desesperado del gobierno argentino por cambiar sus alianzas y conseguir el apoyo de la URSS tampoco prosperó. En el plano militar, el poderío y la organización británicos superaron al caótico e improvisado dispositivo militar argentino. El 14 de junio de 1982, el mando militar argentino en Malvinas capituló ante los jefes británicos. ...El 15 de junio de 1982, las tropas argentinas se rindieron ante las inglesas. La guerra por las Malvinas había terminado. También empezaba el fin de la dictadura militar.Programa de Historia Argentina (3ra. parte)

De Carter a Reagan Las relaciones entre la Argentina y los Estados Unidos durante el “Proceso’ atravesaron dos etapas diferenciadas. En la primera, el gobierno de los EstadosUnidos estaba en manos de James Carter, del partido Demócrata, que hizo de la defensa de los derechos humanos una de sus prioridades en América latina. Esta orientación lo llevó a un conflicto permanente con el gobierno argentino, que violaba sistemática¬mente los derechos humanos. El cambio de administración —cuando el republicano Ronald Reagan reemplazó a Carter— tuvo como consecuencia un cambio de política con respecto a la Argentina. Reagan, que buscaba aliados para su política exterior, encontró en Galtieri un entusiasta adherente, dispuesto a aline¬ar a la Argentina con la política exterior norteamericana y a intervenir militarmente en América central. Los Estados Unidos, por su

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parte, levantaron las sanciones que la administración Carter había impuesto a la Argentina. Galtieri, entusiasmado con los elogios norteamericanos e ignorante de la importancia relativa de los aliados de Estados Unidos, supuso que este apoyo se traduciría en una neutralidad benévola en el conflicto que pensaba iniciar con Gran Bretaña. Dadas las condiciones militares del conflicto y el control de la información por parte del gobierno, la derrota militar fue a la vez inevitable e inesperada. Una de sus consecuencias principales fue la descomposición inmediata del gobierno militar. Galtieri renunció, la Marina y la Fuerza Aérea se retiraron de la Junta y el comandante en jefe del Ejército designó a un nuevo presidente, el general Reynaldo Bignone. (foto a la derecha) Luego de casi ocho años de interrupción democrática a manos de las Juntas Militares, terrorismo de Estado y vuelco total de la economía nacional desdelos sectores de la producción y la industria a los de las finanzas y los servicios. y tras la guerra de Malvinas, se reiniciaba el camino dala normalización institucional. En las elecciones de 1983, Raúl Alfonsín se adjudicó el 51.7% de los votos contra el 40,1% de Italo Argentino Luder. convirtiéndose en el primer postulante radical en derrotara un justicialista. La U.C.R. estableció también un precedente histórico al obtener 128 de las 254 bancas que componían a Cámara de Diputados, 16 más que el PI y con ello la mayoría absoluta. En el interior hicieron sentir su fuerza el P.J. y las pequeñas formaciones regionales conservadoras. La UCR sólo ganó los gobiernos de siete de las veintitrés provincias. Este desequilibrio entre el peso electoral de la UCR a nivel nacional y el predominio geográfico del P.J., más homogéneamente implantado en las provincias, quedó reflejado en el Senado, donde de los 46 miembros del partido de Alfonsín sólo conquisté 18 bancas, es decir, la minoría. Durante su campaña, Alfonsín fue el candidato que más claramente habló sobre el futuro papel de has Fuerzas Armadas como institución subordinada al poder civil, y en particular a él como Comandante en Jefe en su carácter de Presidente de La Nación. Propuso recortar en un tercio el presupuesto militar y que la lucha antisubversiva quedara en manos deja policía dentro del marco de la ley y el respeto a los Derechos Humanos. Anuncié además un reordenamiento de los sindicatos, hasta entonces mayoritariamente en manos peronistas. Indicó que el objetivo era democratizar estas instituciones gremiales y hacerlasrepresentativas de la mayoría de los trabajadores. Señalé la existencia de un pacto militar-sindical que atentaba contra la democracia argentina y se propuso desbaratarlo apenas asumiera la Presidencia de a Nación. El electorado no se volcó a la propuesta del radicalismo por sus promesas de progreso económico, sino porque Alfonsín irrumpía como la garantía de una normalización institucional donde la Libertad, la paz, la democracia y el respeto por las garantías individuales y los derechos humanos -mutilados por las Juntas Militares- expresaban justicia y modernidad. 

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El Gobierno de Raúl Alfonsín estuvo signado por tres hechos o temas fundamentales relacionados a la temática militar: el juicio a los ex comandantes, la política de derechos humanos y el problema militar en si mismo, no sólo con temas relacionados con las fuerzas en forma interna, sino también con los diversos levantamientos que tuvo que afrontar. La dictadura militar había provocado una profunda fractura entre la sociedad y les Fuerzas Armadas. Esto se debía al rotundo fracaso del Proceso de Reorganización Nacional para solucionar Los gravísimos problemas que tenía el país, al terrorismo de Estado, implantado por las Fuerzas Armadas ya los métodos utilizados para deshacerse de todo aquel que no compartiera sus planes, y por último, a la derrota en la guerra de Malvinas y los hechos que allí se habían producido. Alfonsín sabía que no podía sentar bases sólidas para el futuro si no se zanjaba la cuestión civil-militar Por ello, manifestó en su campaña política algunas ideas a partir de las cuales superarla. Por un lado, eliminar elcargo de Comandante en Jefe de cualquiera de las armas. La jerarquía militar se terminaría en el cargo de Jefe do Estado Mayor y el Comandante en Jefe seria quien la Constitución establece: el Presidente de la Nación. Por otro lado, proponía rechazar toda auto amnistía, declarando nula toda ley que quisiera enmendarla acción realizada por el gobierno militar, pero a la vez, reconocer que existían distintas responsabilidades entre los actuantes: una responsabilidad de quien toma la decisión de actuar como lo hizo: otra responsabilidad distinta de quienes, en definitiva, cometieron excesos en la represión, y otra muy distinta de quienes no hicieron otra cosa que cumplir órdenes, La teoría de los tres nivele fue expresada por Alfonsín en un discurso pronunciado en la cancha de Ferro durante la campaña de 1983. Por último se buscaría disminuir el presupuesto de las Fuerzas Armadas. Es decir, pretendía tener a las Fuerzas Armadas de La Nación en el marco de la Constitución la democracia. Inmediatamente después de asumir, Alfonsín comenzó a concretar algunos de los puntos que había enunciado antes. A sólo tres días de haber tomado posesión de su cargo, dicta los decretos 167 y 158. El primero establecía la necesidad de perseguir penalmente a los conductores de grupos armados como los Montoneros y el Ejército Revolucionario del Pueblo (E.R.P.). El segundo ordenaba el juicio a los ex comandantes que integraron as tres Juntas Militares ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Arma-das por su responsabilidad en los homicidios, torturas y detenciones ilegales perpetrados entre 1976 y 1983 inspirados enla Doctrina de la Seguridad Nacional. También inicia la reestructuración del Ministerio de Defensa, con el objeto de transformarlo en un instrumento a través del cual el gobierno democrático pudiera controlar efectivamente el sector redefensa y por medio de éste a las Fuerzas Armadas. El Juicio a las Juntas contaría con el aporte de las investigaciones realizadas por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas Conadep). convocada por Alfonsín el 15 de diciembre de 1983 y cuya presidencia se otorgó al escritor Ernesto Sábato. Su objetivo era intervenir en el esclarecimiento de los hechos relacionados con la

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desaparición de personas otorgándoles la autoridad para recibir denuncias y pruebas y girarlos con posterioridad a la justicia. El Informe, que luego fuera publicado bajo el titulo Nunca más, fue entregado al Presidente el 20 de septiembre do 1984 y determinaba que fueron 8.960 los desaparecidos forzosos durante la dictadura, aunque Amnistía Internacional estimó que el número de victimas superaba los 16.000 y organizaciones argentinas como Madres de Plaza de Mayo hablaron de 30.000 afectados entre muertos y desaparecidos. El juicio a los ex militares comenzó en forma oral y pública el 22 de abril de l985yconcluyó con la sentencia de a Cámara Federal en diciembre del mismo año- Los Tenientes Generales y ex Presidentes de Facto Jorge Rafael Videla y Roberto Eduardo Viola, el Brigadier General Orlando Ramón Agosti y los Almirantes Emilio Eduardo Massera y Armando Lambruschini fueron acusados y sentenciados por los delitos de homicidio, privación ilegítima do la libertad yaplicación de tormentos a los detenidos. También fueron sentenciados por e1 Consejo Supremo de as Fuerzas Arma-das el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri, el Brigadier General Basilio Lamí Dozo y el Almirante Jorge Isaac Anaya (absuelto por la justicia civil en el anterior proceso» Si bien esta experiencia de enjuiciamiento generó un precedente histórico no sólo para Argentina, sino también para Latinoamérica, donde las experiencias de los Golpes de Estado siempre hablan quedado impunes, ciertos sectores de la sociedad consideraron que las penas otorgadas eran insuficientes además muchos acusados de m000rrango habían quedado absueltos. Seguidamente, y para dar por concluido el capítulo correspondiente a los crímenes cometidos durante la dictadura, Alfonsín envía al Congreso el proyecto de ley que se conocería como de Punto Final y que fuera aprobado el 23 de diciembre de 1986. Según esta ley quedaba extinguida toda acción penal contra civiles y/o militares que no hubieran sido imputados por delitos cometidos en las operaciones antisubversivas dentro de un determinado plazo (basta el 23102/87). La Ley de Punto Final produjo el rechazo y malestar en importantes sectores de la sociedad civil, pero también en el seno de los sectores castrenses. El 16 de abril de 1987 el Teniente Coronel Aldo Rico y un grupo que lo acompañaba! conocidos como los carapintadas, se amotinaron en la Escuela de infantería de Campo de Mayo resistiendo la citación que la Justicia fe hiciera al Mayor Ernesto Guillermo Barreiro (refugiado en el XIV Regimiento de Infantería Aerotransportada, en La Calera! Córdoba,declarada también en rebelión). Los insurrectos solicitaban el cese de la campaña de agresión do los medios de comunicación contra las Fuerzas Armadas, un aumento del presupuesto para esas fuerzas! la elección de un nuevo Jefe del Estado Mayor del Ejército de entre cinco postulantes que ellos propondrían y a exculpación para todos aquellos que hubieran participado en los hechos que se estaban sucediendo. Mientras tanto en todo el país, la gente se agolpó en las calles y las plazas para expresar su apoyo al gobierno constitucional y su repudio a la actitud de los carapintadas. Luego de varios intentos para solucionar la crisis fue el mismo Alfonsín quien tuvo que

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hacerse presente en Campo de Mayo y lograr que Aldo Rico depusiera su actitud. Esto fue comunicado rápidamente a gente reunida en la Plaza de Mayo.Inmediatamente se produjo la sustitución del General Héctor Ríos Ereñú como Jefe del Estado Mayor por el General José Dante Caridi. Pocos días después Alfonsín envió al Congreso el proyecto de Ley de Obediencia Debida promulgada el 8/6/87) que sólo admitía el procesamiento de quienes se desempeñaban por encima del rango de brigadier, es decir! aquellos que habían impartido órdenes y que habían contado con capacidad operativa para ejecutarlas. Hubo sólo una excepción: era el caso de los delitos de sustitución de estado civil y de sustracción y ocultación de menores. Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida ponían al descubierto, ante la sociedad, la fragilidad del gobierno constitucional frente a las presiones ejercidas por ciertos sectores de las Fuerzas Armadas -particularmente el Ejércitopara que se concluyera con la persecución a sus camaradas de armas. Otros alzamientos militares se sucedieron. En Monte Caseros provincia de Corrientes, entre el 16 y la de enero de 1988 Alda Rico volvió a sublevarse, repudiando la prolongación de su arresto por los hechos de Semana Santa. Esta vez las fuerzas leales” reencauzaron la situación. Era el primer enfrentamiento entre militares, luego del de los ‘azules y colorados en 1962. El 4 de junio del mismo año el coronel Mohamed Seineldin fue el cabecilla de un nuevo alzamiento! Esta ve en Villa Martelli. Pugnaban por restaurar el honor y la dignidad del personal y la institución militar, reivindicar la guerra contra La subversión, lo actuado en la guerra de Malvinas y alcanzar una amplia amnistía. La rebelión fue sofocada rápidamente. En 1988, se promulgó la Ley de Defensa Nacional (Nro 23.554), que establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales para la preparación, ejecución y control de la Defensa Nacional, Fijando sus finalidades y diferencias con la Ley de Seguridad Interior. Pero el problema de los derechos humanos y la conflictiva relación con las Fuerzas Armadas no fue e1 único que el gobierno radical tuvo que encarar. El poder económico, formado por los grandes grupos financieros internacionales y por los grandes grupos económicos locales, había logrado hacerse del control de todo el proceso productivo y financiero sobre la base de la explotación de los trabajadores y la subordinación del Estado a sus intereses particulares. Una inflación mensual deL 20%, una deuda externa que rondaba los 45.000 millones de dólares -el70% de ésta había sido contraído por los grupos privados y estatizada por el entonces presidente del Banco Central! Domingo Felipe Cavallo. en 1932- y una tasa de desocupación que ascendía al 7%. fueron as secuelas que la dictadura había dejado en el campo económico. Para paliar la situación de aquellas familias que no podían satisfacer sus necesidades básicas se lanzó el Plan Alimentario Nacional (PAN). Una de las ideas de Alfonsín era quitarle a la Confederación General del Trabajo (CGT) el monopolio en la representación de los derechos de los trabajadores. Para alcanzar ese objetivo, en febrero de 1984 la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley sobre

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Reordenamiento Sindical que permitía la creación de nuevas uniones gremiales, pero que ponía en pie de guerra a la central que se encontraba dividida (CGT Azopardo y CGT Brasil) y que! a comienzos de 1984 y como consecuencia de la política sindical alfonsinista, se unificó bajo el liderazgo de Saúl Ubaldini. Durante este gobierno hubo 13 paros generales organizados por la CGT defensa de los intereses sectoriales que representaba. En junio de 1985 se anunció el Plan Austral. Nuestra moneda cambió el nombre de peso argentino por el de austral. El austral equivalía a 1.000 pesos argentinos y nació cotizando con un tipo de cambio fijo de 0,80 centavos de austral por dólar. Las medidas incluidas en el plan eran: control de los precios de los productos y tarifas de los servicios públicos, congelamiento salarial y no emisión monetaria. Se pretendía así detener la inflación que crecía por entonces un 1% diario. Muchas de esas medidas erancondiciones que el FMI exigía para continuar las negociaciones que llegaron a buen puerto cuando Alfonsín firmó con esa entidad un acuerdo de re - escalonamiento del pago de la deuda externa que vencía ese año y el otorgamiento de un crédito suplementario de 4.200 millones de dólares, pese a que en los primeros meses de su gobierno promovió la creación de una comisión legislativa para que estableciera el monto de la deuda legítima y a que intentó no negociar el pago de ella solamente con el FMI, acudiendo al Banco Mundial ,a Club de Paris. al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y a la banca privada. El éxito inicial del Plan Austral se reflejé en las elecciones legislativas de noviembre de 1985. La U.C.R. reforzó su mayoría absoluta en la Cámara de Diputados manteniendo intactas sus 128 bancas. El PJ, en cambio, disminuyó su representación a 101 bancas. El radicalismo ganó, además, 17 de las 23 gobernaciones, incluyendo la Capital Federal. El triunfo daba indicios de que ¡asocie-dad continuaba confiando en la capacidad de Alfonsín para encarar tos grandes problemas que aquejaban a los argentinos. Pero a fines del 986, el Plan Austral dio muestras de agotamiento. El austral comenzó a desvalorizarse fuertemente con respecto al dólar en e’ mercado de cambió. La inflación volvió a trepar mientras que la recesión y los conflictos sociales se agravaban más y más. Ante esta situación, se opté por el abandono de tos estrictos controles y por la liberalización económica. Esto significó el rompimiento con el modelo de economía semi cerrada puesto en marcha desde hacia medio siglo y la apertura delmercado a los productos extranjeros, acompañada por la reforma del Estado. Tal política estuvo enmarcada en los cambios que se operaron a nivel internacional. Tanto Inglaterra como EE.UU. propiciaron una serie de reformas en las cuales el Estado ya no intervendría en los problemas económicos y sociales. Así, una ola de privatizaciones, reducción de las prestaciones sociales y del empleo público abrían el camino hacia el neoliberalismo. En agosto de 1986 la Cámara de Diputados empezó a tratar y aprobó en pocos días el proyecto de Ley de Divorcio. El trámite fue más lento en Senadores, pero luego de algunas modificaciones, el 3 de junio de 1987 el divorcio vincular se hacia Legal en la

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Argentina . Muchos festejaron la sanción de la ley, especialmente quienes pudieron regularizar su situación (había más de 1.500.000 parejas separadas de hecho). Fueron la Iglesia y los sectores conservadores los que no estuvieron de acuerdo con la nueva ley y preanunciaban una avalancha de rupturas matrimoniales con la consecuente repercusión en a disolución familiar. El Episcopado emitió un comunicado donde pedía que el mal que no se ha podido evitar se difunda lo menos posible. Y convoca una marcha a Plaza de Mayo en defensa de la familia. Durante su gobierno. Alfonsín trató de dar impulso a la política exterior, abandonada por la dictadura y fue el canciller Dante Caputo el encargado de esa tarea. Se resolvió con Chile el conflicto por la demarcación fronteriza en el Canal de Beagle. a partir del cual casi se inicia una guerra en 1978 y que, en vísperas de las elecciones de 1983, suscité nuevas tensiones. Conla mediación del Vaticano, los dos países australes suscribieron en 1984 primero una declaración de paz y fraternidad y luego un acuerdo sobre e1 canal, que fuera ratificado por la sociedad argentina con un devotos favorables en una consulta popular convocada al efecto. En 1985 el Vaticano rubricó el tratado bilateral, En relación a las negociaciones con el Reino Unido por las Malvinas, sólo consiguió de Londres la reanudación del diálogo bilateral, excluyendo lo relativo a la soberanía de as islas. Alfonsín inició también tratativas para alcanzar la integración regional con Brasil y Uruguay y firmé en 1988, junto a los mandatarios de ambos países, el Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo, que sería la piedra angular del Mercado Común del Sur (MERCOSUR). El tratado comprometía la creación de un espacio comercial común en diez años, mediante la eliminación dejas barreras arancelarias y no arancelarias y armonización de políticas comerciales. En los 80 el cine argentino le abrió sus puertas a la voluntad de cambio. Los directores no exiliados se habían volcado al cine publicitario como otra alternativa de trabajo y luego, con la vuelta a la democracia, instauran implícitamente una nueva forma de hacer cine: este ese1 caso de Pino Solanas y Luis Puenzo. Durante el gobierno de Alfonsín. los principales organismos relacionados con la cultura fueron ocupados por figuras y personalidades relacionadas con ese campo, como por ejemplo el actor Luis Brandoni en la asesoría presidencial en temas de cultura; el escritor Pacho O`Donnell, como secretario do Cultura de la Municipalidad de BuenosAires, Carlos Gorostiza en la Secretaria de Cultura de La Nación, Miguel Ángel Merellano en A.T.C.. Todas estas transformaciones de base alentaron [a verdadera idea de cambio, pero aun así, la reprobación de las películas seguía vigente. Por este motivo se votó en el Congreso la ley 23.052 que estableció la abolición de la censura cinematográfica que durante casi 30 años había coartado la libertad del público y la creatividad de los autores. En 1984, hubo 24 estrenos. El primero en democracia fue Camila, de María Luisa Bemberg. A partir de ese momento! muchas de las películas intentan reflejar a través de sus historias os años de la dictadura militar. Con la vuelta a la democracia, poco a poco, las diferentes expresiones artísticas y sus creadores que habían estado censurados o exiliados- pudieron plasmar sus ideas

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libremente e intentar reconstruir el patrimonio cultural argentino. La gente estaba ávida por leer, ver y escuchar. Y los creadores (cineastas, músicos, escritores) ávidos do mostrar y cantar verdades. Hacia 1986 Alfonsín anunció un ambicioso proyecto para fundar una ‘Segunda Repúblicas. Incluía la incorporación de Fa figura de un primer ministro, la posibilidad de un segundo mandato presidencial consecutivo, reformas administrativas y el traslado de la Capital Federal a la provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma. La idea fue evaluada como inoportuna por gran parle de la opinión pública, que también consideré que lo que se pretendía era tapar la dura realidad a la que se asistía: 1986 culminó con una inflación acumulada del 82% y llegó en 1987 al 175%. A mediados de 1987,el gobierno declaró oficialmente fenecido el Plan Austral (aunque la moneda que le dio nombre siguió funcionando) y anunció un nuevo paquete de medidas que atraerían el apoyo del FMI a través de otro crédito stand-by. Se atacaría a la inflación y el déficit fiscal interno y externo. Se establecían además pautas estrictas en relación al tipo oficial de cambio del dólar, los salarios, impuestos y tarifas de servicios públicos. La aplicación de estas medidas, que provocaron una gran disminución en la capacidad adquisitiva de algunos sectores sociales, sumadas a la tibia respuesta al problema militar, a la imposibilidad de hacer frente a los problemas sindicales y otros, repercutieron en los resultados de los comicios electorales de septiembre de 1987. También influyó en ellos el proceso de depuración interna que se dio en el seno del l, conocido como Renovación Peronista, liderada por Antonio Cafiero y Manuel de la Sota. En las elecciones de diputados nacionales de 1987 el P.J. obtuvo el 41.5 % de los sufragios frente al 37,3% de la UCR; en las provinciales, los radicales sólo mantuvieron las gobernaciones de Córdoba y Río Negro junto a la Capital Federal. Estos resultados electorales y el agravamiento de la situación económica llevaron al Gobierno a abandonar algunos proyectos y a replantear su política económica. En agosto de 1988 se lanzó el Plan Primavera (Programa para Fa recuperación económica y el crecimiento sostenido>. Estaba centrado, una vez más, en contener el ascenso inflacionario a través del control de precios de as tarifas públicas y el congelamiento de los salarios estatales.Incluía control de cambio y precios, y negociación con el movimiento obrero. la Unión Industrial Argentina y la Cámara de Comercio. Quedaban fuera de la negociación Confederaciones Rurales Argentinas. la Federación Agraria, la Sociedad Rural y Coninagro. 1989 sería un año adverso para el gobierno: • Las sequías afectaron las cosechas y la provisión do energía, • EL copamiento al Regimiento 3 de Infantería de La Tablada llevado a cabo por miembros del Movimiento Todos por la Patria. Su recuperación -encargada a la policía y al Ejército- generó un saldo de 39 muertos y explicaciones turbias y oscuridad respecto de los móviles y conexiones de la acción ultraizquierdista -como la denominó el gobierno-y también sobre la forma en que fue resuelta la cuestión, 

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• Alza incontrolada de las tasas de interés, agotamiento de las reservas del Banco Central para intentar mantener el valor de un austral queso depreciaba cada vez más frente al dólar. • Golpe de morcado producido por los principales grupos económicos al retirar sus depósitos de los bancos, retener divisas producidas por exportaciones y demorar el pago de impuestos. La campaña para las elecciones presidenciales del 14 de mayo de 1989 se llevó adelante en este merco. La situación se tornaba cada vez menos manejable: hiperinflación, pérdida del poder adquisitivo de los salarios, remarcación de precios, compra compulsiva de dólares por parte de los especuladores. En los comicios, el candidato del P.J., Carlos Saúl Menem, se impuso a Eduardo Angeloz. de la U.C.R., con el 47% de los votos, En medio de saqueos a supermercados. la situaciónsocial se tornaba insostenible para Alfonsín. Jesús Rodríguez reemplazó a Juan Sourrouille como Ministro de Economía. El 30 de mayo se decretó el estado de sitio y se adoptaron medidas económicas de emergencia. Comenzaba a sonar la palabra ingobernabilidad. Alfonsín se retiró antes del gobierno, sin haber podido cumplir su promesa de recuperación de ‘el orden. Era la primera vez en mucho tiempo que un gobierno civil y elegido constitucionalmente era sucedido por otro de igual condición. Su presidencia había restaurado y abierto la puerta a la consolidación de la democracia en el país y roto con el aislamiento internacional, pero no había podido lograr un crecimiento positivo, la deuda externa había crecido y los salarios decrecido enormemente, Menem llegaba optimista proponiendo síganme, revolución productiva y salariazo, en una Argentina con recesión del 6% de P.B.I., una deuda externa de 63.000 millones de dólares y una hiperinflación cercana al 5000% anual. La caída del muro de Berlín en 1989 abría paso aun mundo en el que una sola potencia, los Estados Unidos, ejercía una hegemonía militar indiscutible, acompañada de un poder económico formidable. El 14 de mayo de 1989. Carlos Menem el candidato del Frente Justicialista Popular (Frejupo y una coalición del P.J. con diversos partidos. se impuso al radical Eduardo Angeloz con el 49,3% de los votos. El 8 de julio, con circo meses de antelación -el traspaso de poderes estaba previsto para el 10 de diciembre, ante la delicada situación económica y social, Menem se bacía cargo de la Presidencia de la Nación. Heredó una economía en rápidadescomposición, una hiperinflación cercana al $5.000% y una deuda externa que rondaba los 63.000 millones de dólares. Una vez en la presidencia, cambié el mensaje populista de su campaña por un duro programa de ajuste, cuyo carácter ultraliberal provocó divisiones en la CGT y acusaciones de diversos sectores, por considerarlo contrario a los postulados del general Perón. El nuevo presidente no hacía más que poner en marcha aquello que académicos, economistas y funcionarios estadounidenses y del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional establecieron a comienzos de 1989 en el denominado ‘Consenso de

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Washington: En el documento aparecían diez puntos que expresaban las necesidades y las opciones del mundo hacia el siglo XXI: disciplina fiscal, prioridad del gasto público en educación y salud, reforma tributaria, lasas de interés positivas determinadas por el mercado, tipos de cambio competitivos, políticas comerciales liberales, mayor apertura e la inversión extranjera., privatización de empresas públicas, desregulación y protección de la propiedad privada. También se dispuso que se otorgaría ayuda financiera a aquellos países endeudados que adoptaran las políticas sugeridas por el Consenso. Para dar cauce a estas recomendaciones, Menem abandonó rápidamente sus promesas de salariazo y revolución productiva. Nombró ministro de Economía a Miguel Roig primero, y luego a Néstor Rapanelli, ambos altos ejecutivos de Bunge y Born. El llamado Plan Bunge y Born estableció el control de precios, el cierre a las importaciones y la convocatoria a negociaciones paritarias entre empresarios ysindicatos. También se aprobaron la Ley de Reforma del Estado y La Ley de emergencia Económica, que esbozaban un amplio plan de privatizaciones y dotaban al Ejecutivo de amplias facultades. El plan fracasó. La inflación no se detuvo y la recesión fue en aumento. En consecuencia asumió la Calera de Economía el ministro de Economía de La Rioja Antonio Erman González, quien en 1990 lanzó un nuevo plan. Una de las primeras medidas fue el canje compulsivo de depósitos a plazo fijo por bonos externos. Esto ocasionó pérdidas irreparables al sector de pequeños y medianos ahorristas Menem cultivó la alianza con sectores Conservadores tradicionalmente antiperonistas quienes ocuparon importantes cargos en el Gobierno. Así, el proceso de privatizaciones estuvo a cargo de José Roberto Dromi y María Julia Alsogaray Hacia el final de la presidencia de Menen y virtualmente no quedó ninguna empresa en manos del Estado. Se privatizaron la petrolera YPF, Aerolíneas Argentinas, Entel, gas del Estado, la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, Obras Sanitarias, los aeropuertos, correo, la energía Eléctrica, la seguridad social, dos plantas siderúrgicas, el Mercado de Hacienda de Liniers las radios, los Canales de televisión. las carreteras los ferrocarriles Si bien la prédica privatista aconsejaba romper con el monopolio estatal, Las empresas adjudicatarias gozaron de un virtual monopolio, ya que se distribuyeron territorialmente la provisión de servicios. Esta transformo a los usuarios en rehenes de las empresas, que fijaron altas tarifas y con total libertad redujeron los servicios a los territorios que mayores ganancias lesbrindaban. El servicio ferroviario, por ejemplo, quedó reducido al Gran Buenos Aires y dejó aisladas a importantes zonas del país. Las privatizaciones proporcionaron unos 25.006 millones de dólares. Entre 1989 y 1990, como parte de una política de reconciliación nacional. Menem indulté a los máximos culpables de la represión durante la dictadura -Jorge Rafael Videla, Roberto Eduardo Viola y Leopoldo Fortunato Galtieri- y unos 220 militares y civiles, entre ellos el líder montonero Mario Firmenich, El 3 de diciembre de 1990, se produjo la última asonada de militares carapintadas liderados por el coronel Mohamed Ah Seineldin El alzamiento fue sofocado En 1994, quedó abolido el servicio militar obligatorio 

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Durante su gestión, Menem se alineó con Estados Unidos, buscando el anclaje del país en Occidente. Su canciller, Guido Di Tella, llegó a decir que Argentina mantenía relaciones camales Con aquel país. En 1991, ante el conflicto en el Golfo Pérsico envió tropas a esa zona, rompiendo lo larga trayectoria de neutralidad argentina. Luego se posicionó del lado de Estados Unidos en lo referente a Cuba y en otros enfoques geopolíticos y llegó a alcanzar el status de aliado de la OTAN Además, el país renuncié, en 1990, e desarrollar armas nucleares Entretanto en el orden interno se sucedieron una serie de escándalos económicos da grandes proporciones. Muchos funcionarios encontraron en la falta de controles a impunidad para hacer negocios a expensas del Estado Miguel Ángel Vicco y Carlos Spadone secretario y asesor presidencial respectivamente quedaron implicados en la venta de leche no apta para elconsumo humano el asesor Emir Yoma y el ministro de Obras y Servicios Públicos. Roberto Dromi, decidieron renunciar luego de pedir coimas a empresa norteamericana Swift varios familiares y colaboradores del Presidente fueron investigados por lavado de narcodólares entre ellos su cuñada y secretaría personal, Amira Yoma; funcionarios de la empresa estadounidense IBM y del Banco de la Nación Argentina quedaron involucrados en el cobro y pago de coimas para posibilitar la firma de un contrato que beneficiaba a la empresa extranjera Ante las numerables denuncias Menem consiguió la sanción de una en que aumentaba de cuatro a nueve los miembros de la Corte Suprema de .Justicia se designaron -por mecanismos que fueron duramente cuestionados seis de los nueve miembros que tendría esa corte. Quedó así conformada una mayoría automática que nunca se expidió en contra de las decisiones del Ejecutivo En 1991 fue designado ministro de Economía Domingo Felipe una figura aceptada por el establishment ya que había estatizado lo deuda de los grandes grupos económicos privados cuando presidía el Banco Central durante la dictadura. Pronto el Congreso aprobarla la Lev de Convertibilidad Monetaria que fijaba la cotización del austral en razón de 10.000 unidades por 1 dólar. En 1992 el Plan recuperaba el peso como unidad de cuenta nacional sobre la paridad exacta y fija con respecto al dólar. Se prohibía además toda emisión de moneda sin el respaldo en las reservas internacionales de divisas. Si bien el programa trajo aparejada cierta estabilidad, posibilidad de viajes al exterior, compras en cuotas y con tarjetas decrédito, esos frutos tuvieron como contrapartida la caída de los salarios reales, que recuperados del proceso inflacionario, iniciarían un descenso continuo. Los salarios estaban congelados pero los precios de los productos de la canasta familiar y las tarifas de los servicios y de los alquileres no. La disminución del índice de pobreza fue tan solo un reflejo de la disminución de la de inflación acompañada por un breve crecimiento del PBI y no una consecuencia redistributiva de la riqueza. El crecimiento de las exportaciones estuvo centrado en sectores de uso ‘rltensivo de los recursos naturales y la brecha salarial entre mano obra calificada y no calificada creció En 1992, una bomba destruyó la Embajada de Israel y dos años más tarde, otro artefacto

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explosivo demolió la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina AMIA). Entre los dos atentados murieron 116 personas y 550 resultaron heridas Tras años de investigaciones nada se ha esclarecido aún y los responsables siguen impunes. En 1992 Argentina renunció a la inmunidad soberana y ratificó la jurisdicción de los tribunales de Nueva York para los contratos vinculados a la deuda externa. Un año después, el Gobierno emitió 25,000 millones de dólares en bonos, que posibilitaron a los Bancos acreedores desembarazarse de los créditos incobrables Según Cavallo ésta era la forma de Solucionar el problema de la deuda externa. En 1993, Menem y Alfonsín firmaron el denominado Pacto de Olivos por el cual se aceptaba la reforma Constitucional que Se reflejaría en cambios políticos e institucionales cuyo punto más llamativo era la reelecciónpresidencial En 1994, quedó 1mb-mt4gada la nueva Constitución que establecía el acortamiento del mandato presidencial a cuatro años! la reelección presidencial, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, la creación del Consejo de la Magistratura, la elección de ‘os senadores y un nuevo capitulo, titulado Nuevos derechos y garantías Como reacción al Pacto de Olivos, sectores de la Oposición entre los que se encontraban e dirigentes justicialistas como Ferrando Solanas , Chacho Alvarez, Juan Pablo Gallero, sectores de fa Democracia Cristiana de Carlos Auyero y Graciela Fernández Mehide y grupos socialistas liderados por Alfredo Bravo fundaron el Frente Grande. EL 1 de enero de 1994, en virtud del acuerdo celebrado por Canadá, Estados Unidos y México entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA). Al mismo tiempo, se generaba en México una reacción encabezada por el subcomandante Marcos, del Ejército Zapatista de Liberación Nacional ante las decisiones gubernamentales que, con el objeto de dar cumplimiento al NAFTA garantizaban los latifundios provocando la extinción de las propiedades comunales El 15 de marzo de 1995, murió en un accidente de helicóptero el hijo del Presidente Carlos Facundo Menem Su madre, Zulema Yoma, sostuvo la teoría de un atentado proveniente del entorno de su marido. En 995, Menem obtuvo la reelección con el 49,6% de los votos, seguido por la fórmula José Octavio Bordón-Carlos "Chacho" Alvarez, del Frente País Solidario (Frepaso) El PJ consigue 434 bancas en