aporte solidario para gomez, francisca considerando: …

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100 APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA VISTO: La Carta Orgánica Municipal, y el Programa de Asistencia Social de la Municipalidad de Lago Puelo, CONSIDERANDO: Que la Sra. GOMEZ, Emilia Francisca DNI 40.303.676, domiciliada en Paraje Cerro Radal, Lago Puelo, recibirá por única vez un aporte solidario no reintegrable por un monto total de PESOS QUINCE MIL CON 00/100CVS ($ 15.000,00) Que la Sra. Gómez debe realizar una terapia Psicológica y por tal motivo solicita una ayuda económica para solventar el gasto de la consulta y tratamiento ya que no cuenta con los recursos económicos para poder hacerlo.- POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE: Art. 1: AUTORIZAR a la Dirección de Economía y Finanzas a efectivizar un aporte no reintegrable por única vez de PESOS QUINCE MIL CON 00/100CVS ($15.000,00) a la Sra. GOMEZ, Emilia Francisca DNI 40.303.676 , domiciliada en Paraje Cerro Radal de Lago Puelo. Art.2: Notificar a la beneficiaria que debe presentar comprobantes que acrediten el uso del aporte solicitado y otorgado.- Art.3: Imputar el gasto ocasionado de la partida de Desarrollo Humano Y Social.- Art. 4: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y CUMPLIDO ARCHÍVESE RESOLUCIÓN N° 3034/ 21.- LAGO PUELO, 10 /12 / 21.- APORTE SOLIDARIO PARA NOCHETTI JOSE LUIS VISTO: La Carta Orgánica Municipal, y el Programa de Asistencia Social de la Municipalidad de Lago Puelo, CONSIDERANDO: Que el Sr NOCHETTI, José Luis DNI 12.503.433, domiciliado en Fracción A Lote 4 S/N Pje. Isla Sur de Lago Puelo, recibirá por única vez un aporte solidario no reintegrable por

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Page 1: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, y el Programa de Asistencia Social de la Municipalidad de

Lago Puelo,

CONSIDERANDO:

Que la Sra. GOMEZ, Emilia Francisca DNI 40.303.676, domiciliada en Paraje Cerro Radal,

Lago Puelo, recibirá por única vez un aporte solidario no reintegrable por un monto total de

PESOS QUINCE MIL CON 00/100CVS ($ 15.000,00)

Que la Sra. Gómez debe realizar una terapia Psicológica y por tal motivo solicita una ayuda

económica para solventar el gasto de la consulta y tratamiento ya que no cuenta con los

recursos económicos para poder hacerlo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1: AUTORIZAR a la Dirección de Economía y Finanzas a efectivizar un aporte no

reintegrable por única vez de PESOS QUINCE MIL CON 00/100CVS ($15.000,00) a la

Sra. GOMEZ, Emilia Francisca DNI 40.303.676 , domiciliada en Paraje Cerro Radal de

Lago Puelo.

Art.2: Notificar a la beneficiaria que debe presentar comprobantes que acrediten el uso del

aporte solicitado y otorgado.-

Art.3: Imputar el gasto ocasionado de la partida de Desarrollo Humano Y Social.-

Art. 4: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE

RESOLUCIÓN N° 3034/ 21.-

LAGO PUELO, 10 /12 / 21.-

APORTE SOLIDARIO PARA NOCHETTI JOSE LUIS

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, y el Programa de Asistencia Social de la Municipalidad de

Lago Puelo,

CONSIDERANDO:

Que el Sr NOCHETTI, José Luis DNI 12.503.433, domiciliado en Fracción A Lote 4 S/N

Pje. Isla Sur de Lago Puelo, recibirá por única vez un aporte solidario no reintegrable por

Page 2: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100CVS ($ 25.000,00) para

solventar gastos de una derivación para consulta, tratamiento y/o internación a la ciudad de

Comodoro Rivadavia, ya que no cuenta con los recursos económicos para dicho gastos y su

adquisición es de suma urgencia.

Sera retirado por la Sra. DI SANTO, ANTONIA HERMINIA DNI 14.800.959 domiciliada

en Fracción A Lote 4 S/N en Pje. Isla Sur de Lago Puelo.

Por transferencia bancaria con BANCO CHUBUT C.B.U Nº 0830015740003253740013.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1: AUTORIZAR a la Dirección de Economía y Finanzas a efectivizar un aporte no

reintegrable por única vez de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100CVS ($25.000,00)

al él Sr NOCHETTI, José Luis DNI 12.503.433 domiciliado en Fracción A Lote 4 S/N Pje.

Isla Sur de Lago Puelo.-

Art.2: NOTIFICAR al beneficiario que debe presentar comprobantes que acrediten el uso

del aporte solicitado y otorgado.-

Art.3: IMPUTAR el gasto ocasionado de la partida de Desarrollo Humano Y Social.-

Art. 4: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE.-

RESOLUCIÓN N°: 3035/21.-

LAGO PUELO, 10/12/21.-

ALTA A TU GUSTO

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Cabrera Daiana Vanina, DNI N° 33.112.613, solicita habilitación comercial en

el rubro1001 “Despensa”, ubicado en Ejido 24, circunscripción 1, sector 1, manzana 21,

parcela 11.-

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005308 (03/12/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

Page 3: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 1001 “Despensa”, bajo la

razón social “A TU GUSTO”, con la titularidad de la Sra. Cabrera Daiana Vanina, DNI

N°33.112.613.-

ARTICULO 2°- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, circunscripción 1, sector 1, manzana 21, parcela 11.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3036-2021.-

LAGO PUELO, 14/12/2021.-

RENOVACION CHACRA SOL

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal y, la habilitación Comercial N°0039/2017, otorgada por

resoluciones Nº0607/2017, Nº 1536/2020, y;

CONSIDERANDO:

Que alcanzada la fecha de vigencia otorgada para la presente habilitación comercial, es

necesario actualizar el expediente administrativo; tributario y de inspección, en base a la

normativa vigente.

Que de acuerdo a la inspección realizada por medio de acta de inspección N°

005302(01/12/2021) y en conformidad a la documentación presentada por la Sra. John

Verónica Elizabeth, DNI Nº 17.065.448, no se advierten impedimentos para otorgar la

renovación de la habilitación comercial.

Page 4: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE

CONFIERE LA LEY RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- RENOVAR LA HABILITACION COMERCIAL N°0039/2017, otorgada

por resoluciones Nº Nº0607/201, Nº 1536/2020, en el rubro 13001 “Alquiler de cabañas por

día con destino turístico una (1) unidad, cinco (5) plazas, bajo la razón social “CHACRA

SOL”, bajo la titularidad de la Sra. John Verónica Elizabeth, DNI Nº 17.065.448.-

ARTICULO 2°.- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, circunscripción 3, parcela 9, chacra 8, sector 1.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4°- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3037-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ALTA POLLERIA FRONTERA

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Rodríguez Lorena Elizabeth, DNI N°24.817.497, solicita habilitación comercial

en el rubro 1010 “Pollería” Anexo 1001 “Despensa”, ubicado en Ejido 24, lote 7, manzana

35, planta urbana.-

Page 5: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005306(2/12/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 1010 “Pollería” Anexo

1001 “Despensa”, bajo la razón social “FRONTERA”, con la titularidad de la Sra.

Rodríguez Lorena Elizabeth, DNI N°24.817.497.-

ARTICULO 2°- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, lote 7, manzana 35, planta urbana.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3038-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ALTA REMIS KVV 048

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 067/2019, 103/2005 CD MLP, y;

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Arizmendi José Roberto, DNI Nº 31.109.218 ha solicitado habilitación comercial

en el rubro 3033 “Transporte de pasajeros, Remis”, al automóvil marca RENAULT

MODELO DUSTER PRIVILEGE 2.0 4X2,RURAL 5 PUERTAS, Modelo 2012, Motor

F4RA402C001535, DOMINIO KVV048.

Page 6: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que de acuerdo a la inspección realizada por medio de acta de inspección Nro.

005301/2021 (01/12/2021) y documentación aportada no surgen impedimentos para

proceder a la habilitación comercial solicitada.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

ARTICULO 1º.- OTORGAR habilitación comercial en el rubro 3033 “Transporte de

pasajeros en la categoría de “Remis”, al automóvil marca RENAULT MODELO DUSTER

PRIVILEGE 2.0 4X2, RURAL 5 PUERTAS, Modelo 2012, Motor F4RA402C001535,

DOMINIO KVV048, bajo la titularidad del Sr. Arizmendi José Roberto, DNI Nº

31.109.218.-

ARTICULO 2°.- Queda establecidoque el presente vehículo se encuentra autorizado a

prestar servicio de “Remís” en la Remisería REMISES SURYA conforme a la nota

presentada por Irch José Luis.-

ARTICULO 3º- NOTIFICAR a los titulares que deberá tomar conocimiento de la

Ordenanza 103/2005 CD MLP y cumplimentar con lo que se exige en la misma como así

también que se realizan inspecciones donde se solicitaran últimos pagos de seguro

correspondiente y habilitación.-

ARTICULO 4º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 5°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3039-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ASERRADERO ANGELITO

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal y, la habilitación Comercial N°052/2017, otorgada por

resolución Nº0997/2017; y;

CONSIDERANDO:

Page 7: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que alcanzada la fecha de vigencia otorgada para la presente habilitación comercial, es

necesario actualizar el expediente administrativo; tributario y de inspección, en base a la

normativa vigente.

Que de acuerdo a la inspección realizada por medio de acta de inspección N°

005304(01/12/2021) y en conformidad a la documentación presentada por el Sr. Oyarzo

Demetrio Ángel, no se advierten impedimentos para otorgar la renovación de la

habilitación comercial.

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE

CONFIERE LA LEY RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- RENOVAR LA HABILITACION COMERCIAL N°052/2017, otorgada

por resolución Nº0997/2017, en el rubro 4024 “Aserradero Portátil”, bajo la razón social

“ANGELITO”, bajo la titularidad del Sr. Oyarzo Demetrio Ángel, DNI Nº 23.661.941.-

ARTICULO 2º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 3°- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos

ARTICULO 4º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 5°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3040-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ANIDAR

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Page 8: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que la Sra. Ciavatta Paula,DNI N°29.331.499, solicita habilitación comercial en el rubro

4016 “Servicios relacionados con la medicina” ubicada en Ejido 24, circunscripción 1,

sector 1, manzana 20, parcela 7.-

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005246(28/10/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 4016 “Servicios

relacionados con la medicina” bajo la razón social “ANIDAR”, con la titularidad de la Sra.

Ciavatta Paula, DNI N° 29.331.499.-

ARTICULO 2°- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, parcela 24, circunscripción 1, sector 1, manzana 20, parcela 7.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3041-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

CHIN CHIN

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Page 9: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que la Sra. Ciavatta Paula,DNI N°29.331.499, solicita habilitación comercial en el rubro

4016 “Servicios relacionados con la medicina” ubicada en Ejido 24, circunscripción 1,

sector 1, manzana 20, parcela 7.-

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005246(28/10/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 4016 “Servicios

relacionados con la medicina” bajo la razón social “ANIDAR”, con la titularidad de la Sra.

Ciavatta Paula, DNI N° 29.331.499.-

ARTICULO 2°- Queda establecidoel domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, parcela 24, circunscripción 1, sector 1, manzana 20, parcela 7.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3042-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

RICO SANDWICH

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Page 10: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que el Sr. Rodríguez Adrián Fernando, DNI N° 31.566.757, solicita habilitación comercial

en el rubro 1028 “Sandwicheria” ubicada en Ejido 24, circunscripción 1, sector 1, manzana

16, lote A, Local Nº 5.-

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005300(02/12/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 1028 “Sandwicheria”, bajo

la razón social “RICO SANDWICHS”, con la titularidad del Sr. Adrián Fernando

Rodríguez, DNI N°31.566.757.-

ARTICULO 2°- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, circunscripción 1, sector 1, manzana 16, lote A, Local Nº 5.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3043-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

CHAPPA MOURIZ ISOLINA

VISTO:

La COM, el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y la Sra. María Isolina, CHAPPA MOURIZ DNI N° 21.845.442, de fecha 01 de

Diciembre de 2021, y;

Page 11: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas Administrativas en el DEM, bajo instrucciones y

directivas de la Secretaría de Gobierno, debiendo cumplir con 30 horas semanales, durante

el mes de contrato.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA por sus servicios, como única

remuneración y por todo concepto, se conviene de común acuerdo en la suma de PESOS

CIENTO NOVENTA Y DOS MIL ($192.000,00) los que serán abonados de la siguiente

manera: SEIS (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TREINTA Y DOS

MIL ($32.000,00) cada una, pagaderas dentro de los primeros diez días de cada mes,

contando con la primera de ellas a partir del 01 de Enero del 2022. El Plazo de duración del

contrato se fija a partir del día 01/12/2021 venciendo indefectiblemente el día 31/05/2022.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. María Isolina, CHAPPA MOURIZ DNI N° 21.845.442, en su carácter

de trabajadora autónoma, para realizar tareas Administrativas en el DEM, bajo

instrucciones y directivas de la Secretaría de Gobierno, debiendo cumplir con 30 horas

semanales, de común acuerdo, durante el mes de contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL ($192.000,00) los que serán abonados de la

siguiente manera: SEIS (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS

TREINTA Y DOS MIL ($32.000,00) cada una, pagaderas dentro de los primeros diez días

de cada mes, contando con la primera de ellas a partir del 01 de Enero del 2022.

Art. 3°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contrato de Servicios.

Art. 4°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3044-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

Page 12: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

LA PARRILLA DE ALI

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, La Ordenanza Nº 066/2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Molina Alicia Teresa, DNI N°20.192.396, solicita habilitación comercial en el

rubro 3025 “Parrilla-Restaurant” ubicada en Ejido 24,Fracc. 21, 22 y 23, circunscripción 3,

sector 4, chacra 10, parcela 11,12 y 13.-

Que de acuerdo a la inspección realizada por acta de inspección N°005290(18/11/2021) y

documentación presentada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.-

POR ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE

SON PROPIAS RESUELVE:

ARTICULO 1° -OTORGAR, habilitación comercial en el rubro 3025 “Parrilla-Restaurant”,

bajo la razón social “LA PARRILLA DE ALÍ”, con la titularidad de la Sra. Molina Alicia

Teresa, DNI N° 20.192.396.-

ARTICULO 2°- Queda establecido el domicilio legal de la razón comercial del Art.

precedente en Ejido 24, Fracc. 21, 22 y 23, circunscripción 3, sector 4, chacra 10, parcela

11, 12 y 13.-

ARTICULO 3º- La presente tendrá vigencia a partir de su registro. En el término de un (1)

año del otorgamiento de la citada, el titular deberá actualizar el expediente administrativo,

tributario y de inspección, como así también podrá requerir la baja por nota o modo

fehaciente.-

ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los titulares que el incumplimiento de lo estipulado en el

artículo precedente, será motivo suficiente para la caducidad de dicha habilitación, como

así también el municipio se reserva el derecho de efectuar, las inspecciones y requerir la

documentación que acredite el pago de habilitaciones comerciales e ingresos brutos.-

ARTICULO 5º-NOTIFICAR a los titulares que en el término de 48 hs deberán comunicar

al departamento de Inspectoría General del Municipio toda modificación de datos, cambio

de rubro, de unidad, de domicilio, de titularidad, alta o baja de anexos si los hubiere y/o

baja de habilitación comercial.-

ARTICULO 6°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE

RESOLUCION Nº 3045-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

GALLARDO PAMELA

VISTO:

La Legislación Vigente (COM) y El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la

Municipalidad de Lago Puelo y la Sra. Pamela Noemi, GALLARDO CUIL N° 27-

28719777-8, de fecha 1 de Diciembre de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas generales de marketing, contemplando el alquiler

y uso de equipos propios, dentro de la Dirección de Turismo, bajo órdenes y directivas de la

responsable del Área, debiendo cumplir horario full time , de común acuerdo. Asumiendo

la responsabilidad de pagar el monotributo.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

TREINTA Y SEIS MIL ($36.000.00) los que serán abonados a mes vencido, a partir 01

Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Pamela Noemi, GALLARDO CUIL N° 27-28719777-8, en su carácter

de trabajadora autónoma, para realizar tareas generales de marketing, contemplando el

alquiler y uso de equipos propios, dentro de la Dirección de Turismo, bajo órdenes y

directivas de la responsable del Área, debiendo cumplir horario full time , de común

acuerdo.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($36.000.00) los que serán abonados, a mes vencido, a

partir 01 Enero del 2022, el misma se realizará contra Factura.

Art. 3°- El pago mensual se depositara en el CBU indicado por la contratada.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3046-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

RICHERI EDUARDO

VISTO:La COM y El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad

de Lago Puelo y el Sr. Eduardo Maximiliano, RICHERI, DNI N° 28.843.745, de fecha 01

de Diciembre de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó al nombrado, en su carácter de

trabajador autónomo, para que realice tareas de mantenimiento en Depósito de la Secretaría

de Desarrollo Humano y Social, bajo órdenes e indicaciones impartidas por el responsable

del área, debiendo cumplir 30 horas semanales, de común acuerdo, durante el mes de

contrato.

Que el monto que percibirá EL CONTRATADO como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir 01 de

Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y el Sr. Eduardo Maximiliano, RICHERI, DNI N° 28.843.745, en su carácter

de trabajador autónomo, para que realice tareas de mantenimiento en Depósito de la

Secretaría de Desarrollo Humano y Social, bajo órdenes e indicaciones impartidas por el

responsable del área, debiendo cumplir 30 horas semanales, de común acuerdo, durante el

mes de contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir

01 de Enero del 2022.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Art. 3°- El pago mensual se depositara en el CBU indicado por el contratado.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3047-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

AVALAR CONTRATO MANTENIMIENTO ELECTRICO EN EDIFICIO MUNICIPAL

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal y la Ley de la Provincia de Chubut II N° 76, el contrato de

locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago Puelo y el Sr. Ayala Claro,

Lisandro Manuel CUIT: 20-35253623-8 de fecha 1 de Diciembre de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Lago Puelo no cuenta con un régimen de contrataciones de obras

y trabajos públicos municipal, aplicando en forma supletoria la Ley de Administración

Financiera de la Provincia de Chubut II N° 76 (artículo 233° de la COM).

Que el sistema de la contratación directa tiene por finalidad obviar normas de

procedimiento de las contrataciones públicas cuando existen razones de urgencia como las

que acontecen actualmente en el ejido municipal de Lago Puelo; por ello el procedimiento

no requiere formalizar invitaciones para la presentación de propuestas en sobre cerrado,

formularios especiales con pliego previamente aprobado, garantía de oferta y publicidad

con anticipo a la fecha de apertura, pero el Estado Municipal tiene la obligación de “obtener

las condiciones más ventajosas en cuanto a precio y calidad”, dejando constancia de ello, de

acuerdo a lo establecido por el artículo 7° del Decreto Provincial reglamentario N° 42/1980

y sus modificatorias y normas complementarias de la Ley II N° 76.

Que el Estado Municipal tiene la obligación de “obtener las condiciones más ventajosas en

cuanto a precio y calidad”, dejando constancia de ello, de acuerdo a lo establecido por el

artículo 7° del Decreto Provincial reglamentario N° 42/1980 y sus modificatorias y normas

complementarias de la ley II N° 76.

Que mediante el mencionado contrato, se contrató al Sr. AYALA CLARO, Lisandro

Manuel CUIT: 20-35253623-8, en su carácter de trabajador autónomo, para realizar el

servicio de “MANTENIMIENTO ELECTRICO EN EDIFICIOS MUNICIPALES, LAGO

PUELO”.

Que el precio total y definitivo por las tareas encomendadas se conviene en la suma de

PESOS TREINTA MIL CON 00/100 CVS ($30.000,00), pagaderos contra la

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

correspondiente certificación de dichos trabajos. La Secretaría de Planificación Estratégica

de la Municipalidad de Lago Puelo será la autoridad competente para emitir tal certificado.

POR ELLO;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE

LA LEY RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021, celebrado entre La

Municipalidad de Lago Puelo y el Sr. AYALA CLARO, Lisandro Manuel CUIT: 20-

35253623-8, en su carácter de Trabajador Autónomo, para realizar los siguientes trabajos:

“MANTENIMIENTO ELECTRICO EN EDIFICIOS MUNICIPALES, LAGO PUELO”.

ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Departamento de presupuesto y Finanzas a efectivizar el

pago de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 CVS ($30.000,00), pagaderos contra la

correspondiente certificación de dichos trabajos. La Secretaría de Planificación Estratégica

de la Municipalidad de Lago Puelo será la autoridad competente para emitir tal certificado.

ARTÍCULO 3º: IMPUTAR el gasto que irroga el presente a la partida presupuestaria,

Refacción de Edificios Públicos.

ARTICULO 4ª: Remitir copia de la presente al Concejo Deliberante de la ciudad de Lago

Puelo, para su conocimiento y efectos.

ARTICULO 5°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL

Y CUMPLIDO ARCHÍVESE.

RESOLUCIÓN N° 3048/2021 MLP.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

SCHONHOFF MONICA JACQUELINE

VISTO:

La COM, El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y la Sra. Mónica Jacqueline, SCHONHOFF CUIL N° 27- 29050480-0, de fecha 01

de Diciembre de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas Administrativas, como Secretaria Privada del

DEM, bajo las directivas del Intendente Municipal. Siendo sus funciones llevar el registro y

archivo de todas las Resoluciones emitidas por el DEM, coordinar la agenda del Intendente

Municipal, recibir toda la documentación dirigida al DEM, y todas aquellas tareas que por

el cargo para el que ha sido contratada le sean encomendadas por el Intendente Municipal,

debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo, durante el mes de contrato.

Page 17: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA por sus servicios, como única

remuneración y por todo concepto, se conviene de común acuerdo en la suma de PESOS

DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($240.000,00) los que serán abonados de la siguiente

manera: SEIS (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS CUARENTA MIL

($40.000,00) cada una, pagaderas dentro de los primeros diez días de cada mes, contando

con la primera de ellas a partir del 01 de Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato

se fija a partir del día 01/12/2021 venciendo indefectiblemente el día 31/05/2022.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Mónica Jacqueline, SCHONHOFF CUIL N° 27-29050480-0,en su

carácter de trabajadora autónoma, para realizar tareas Administrativas, como Secretaria

Privada del DEM, bajo las directivas del Intendente Municipal. Siendo sus funciones llevar

el registro y archivo de todas las Resoluciones emitidas por el DEM, coordinar la agenda

del Intendente Municipal, recibir toda la documentación dirigida al DEM, y todas aquellas

tareas que por el cargo para el que ha sido contratada le sean encomendadas por el

Intendente Municipal, debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo,

durante el mes de contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($240.000,00) los que serán abonados de la

siguiente manera: SEIS (06) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS

CUARENTA MIL ($40.000,00) cada una, a partir del 01 de Enero del 2022, la misma se

realizará contra factura.

Art. 3°- El pago se depositará mediante el CBU indicado por la contratada.

Art.4º- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3049-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

TORRES MIGUEL

VISTO:

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

La Legislación Vigente COM, y el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la

Municipalidad de Lago Puelo y el Sr. Miguel Ángel, TORRES CUIL Nº 23 -13610644-9,

de fecha 01 de Diciembre 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó al nombrado, en su carácter de

trabajador autónomo, como responsable a Cargo del Departamento Talleres dentro de la

Dirección de Cultura, debiendo cumplir horario full time, de común acuerdo.

Que el monto que percibirá EL CONTRATADO por sus servicios, como única

remuneración y por todo concepto, se conviene de común acuerdo en la suma de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir 01 de

Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y el Sr. Miguel Ángel, TORRES CUIL Nº 23-13610644-9,en su carácter de

trabajador autónomo, como responsable a Cargo del Departamento Talleres dentro de la

Dirección de Cultura, debiendo cumplir horario full time, de común acuerdo.

Art 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir

01 de Enero del 2022.

Art. 3°- El pago mensual será depositado al CBU indicado por el contratado.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Otros Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3050-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

TORRES RODRIGUEZ CAROLINA

VISTO:

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

La COM y El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y la Sra. Carolina Elizabeth, TORRES RODRIGUEZ CUIL Nº 27-37857934-7, de

fecha 01 de Diciembre de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrado, en su carácter de

trabajadora autónoma, para que realice tareas Administrativas en la Dirección de la Oficina

de Empleo, bajo las órdenes e indicaciones impartidas por el responsable del área, debiendo

cumplir con 30 horas semanales, durante el mes de Contrato, de común acuerdo.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir

01 Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Carolina Elizabeth, TORRES RODRIGUEZ CUIL Nº 27-37857934-7,

en su carácter de trabajadora autónoma, para que realice tareas Administrativas en la

Dirección de la Oficina de Empleo, bajo las órdenes e indicaciones impartidas por la

responsable del área, debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo, durante

el mes de Contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00) los que serán abonados a mes vencido,

a partir 01 Enero del 2022.

Art. 3°- El pago mensual se depositara al CBU indicados por la contratada.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3051-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

LOPEZ ELIDA MARIELA

VISTO:

La Legislación Vigente COM, el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la

Municipalidad de Lago Puelo y la Sra. Elida Mariela, LOPEZ CUIL N° 27-28.193.739-7,

de fecha 01 de Diciembre de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas generales en el Cementerio Municipal de Lago

Puelo, debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo, bajo instrucciones

para la ejecución laboral encomendada por el responsable del Área.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de, PESOS

VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00) ,pagadera a mes vencido, a partir del 01 de

Enero 2022. El plazo de ejecución de los servicios encomendados se fija a partir del 01 de

Diciembre del 2021, venciendo indefectiblemente el 31 de Diciembre del 2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Elida Mariela, LOPEZ DNI N° 27-28.193.739-7, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas generales en el Cementerio Municipal de Lago

Puelo, debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo, bajo instrucciones

para la ejecución laboral encomendada por el responsable del Área.

Art.2° - AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00), a partir del 01 de Enero 2022.

Art. 3°- El depósito mensual se depositara en el CBU indicado por la contratada.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3052-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

Page 21: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

FERNANDEZ SANTOS TATIANA DANIELA

VISTO:

La COM, el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y la Sra. Tatiana Daniela, FERNANDEZ SANTOS CUIL Nº 27-36359734-9 ,de

fecha 01 de Diciembre de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó al la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, debiendo realizar tareas generales en la Secretaría de Mujeres,

Género y Diversidad , bajo las órdenes e indicaciones impartidas por la responsable del

Área, debiendo cumplir con 30 horas semanales, de común acuerdo, durante el mes de

contrato.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados, a mes vencido, partir 01 de

Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Tatiana Daniela, FERNANDEZ SANTOS CUIL Nº 27-36359734-9,

en su carácter de trabajadora autónoma, debiendo realizar tareas generales en la Secretaria

de Mujeres, Género y Diversidad, bajo las órdenes e indicaciones impartidas por la

responsable Área, debiendo cumplir 30 horas semanales, de común acuerdo, durante el mes

de contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados , a partir 01 de Enero

del 2022.

Art. 3° El pago mensual se depositará al CBU indicado por la contratada.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contrato de Servicios.

Page 22: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3053-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

ARRAIGADA JOSE AMERICO

VISTO:

La COM, el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago y

el Sr. José Américo, ARRAIGADA CUIL N° 20-28018979-1, de fecha 01 de Diciembre de

2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó al nombrado, en su carácter de

trabajador autónomo, para realizar tareas de organización y coordinación del actual

basurero Municipal del Cerro Radal, entre sus funciones estará establecer el horario de

funcionamiento de lunes a sábados de 8 a 14hs, de común acuerdo. Coordinar con el

Director de Servicios Públicos el ingreso de los camiones de recolección de residuos y las

tareas. Coordinar con la Subsecretaría de Ecología y Ambiente, la ubicación, distribución y

relleno de residuos. Acondicionar la oficina de ingreso, poniéndola en condiciones para el

resguardo de los trabajadores de ese sector. Mantener en buen estado el cerco perimetral y

el portón de ingreso. Las tareas de organización y coordinación, se realizan bajo la

dirección directa de la Secretaría de Planificación Estratégica, con la asistencia técnica de la

Subsecretaría de Ecología y Ambiente.

Que el monto que percibirá EL CONTRATADO como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000,00), los que serán abonados a mes vencido, a partir del 01

de Enero 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir de 01/12/2021 venciendo

indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y el Sr. José Américo, ARRAIGADA DNI N° 28.018.979, en su carácter de

trabajador autónomo, para realizar tareas de organización y coordinación del actual

basurero Municipal del Cerro Radal, entre sus funciones estará establecer el horario de

funcionamiento de lunes a sábados de 8 a 14hs, de común acuerdo. Coordinar con el

Page 23: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Director de Servicios Públicos el ingreso de los camiones de recolección de residuos y las

tareas. Coordinar con la Subsecretaría de Ecología y Ambiente, la ubicación, distribución y

relleno de residuos. Acondicionar la oficina de ingreso, poniéndola en condiciones para el

resguardo de los trabajadores de ese sector. Mantener en buen estado el cerco perimetral y

el portón de ingreso. Las tareas de organización y coordinación, se realizarán bajo la

dirección directa de la Secretaría de Planificación Estratégica, con la asistencia técnica de la

Subsecretaría de Ecología y Ambiente.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00), los que serán abonados a mes vencido, a partir

del 01/01/2022.

Art.3°- El pago se depositara mediante el CBU indicado por el contratado.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contrato de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3054-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

ALDROVANDI VICTORIA AILEN

VISTO:

El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago Puelo y la

Sra. Victoria Ailen, ALDROVANDI CUIL N° 27-35594695-4, de fecha 01 de Diciembre

2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para realizar tareas generales en la Secretaría de Desarrollo Humano

y Social, debiendo cumplir 40 horas semanales, de común acuerdo y bajo instrucciones y

directivas del responsable del Área.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA por su servicio, como única remuneración

y por todo concepto, se conviene de común acuerdo en la suma de PESOS VEINTISIETE

MIL ($27.000,00) los que serán abonados a partir del 01 de Enero del 2022. El plazo de

duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021 venciendo indefectiblemente el día

31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra.Victoria Ailen, ALDROVANDI CUIL N° 27-35594695-4, en su

carácter de trabajadora autónoma, para realizar tareas generales en la Secretaría de

Desarrollo Humano y Social, debiendo cumplir 40 horas semanales, de común acuerdo y

bajo instrucciones y directivas del responsable del Área y demás condiciones expresadas en

el mismo.

Art.2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTISIETE MIL ($27.000,00) los que serán abonados a partir del 01 de Enero

del 2022.

Art. 3°- El pago mensual se depositará al CBU indicado por la contratada.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado por la presente resolución a la Partida Contratos de

Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3055-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

ORTIZ JULIETA LAURA

VISTO:

La COM y El Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y la Sra. Julieta Laura, ORTIZ CUIL Nº 27-38361325-1, de fecha 01 de Diciembre

de 2021 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó a la nombrada, en su carácter de

trabajadora autónoma, para que realice labores de asistencia durante la campaña de

vacunación en el marco de contingencia “ Covid 19”, bajo órdenes e indicaciones

impartidas por la responsable del área. Debiendo cumplir 30 hs semanales, de común

acuerdo, durante el mes de Contrato.

Que el monto que percibirá LA CONTRATADA como retribución a los servicios

prestados, como única retribución y por todo concepto se establece la suma de PESOS

VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00) pagadera a mes vencido, a partir 01 Enero del

2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021 venciendo

indefectiblemente el día 31/12/2021.

Page 25: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS

ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y la Sra. Julieta Laura, ORTIZ CUIL Nº 27-38361325-1,en su carácter de

trabajadora autónoma, para que realice labores de asistencia durante la campaña de

vacunación en el marco de contingencia “Covid 19”, bajo órdenes e indicaciones

impartidas por la responsable del área. Debiendo cumplir 30 hs semanales, de común

acuerdo, durante el mes de Contrato.

Art. 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de:

PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($20.500,00), a partir 01 Enero del 2022.

Art. 3°- El pago mensual se depositara al CBU indicados por la contratada.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contratos de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3056-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

MODIFICA RES. 2947/21 ADJ. VENTANAS PARA MODULOS

VISTO

Las Resolución Municipal N° 2947/21, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Municipal 516/21 citada en el Visto se declaró el Estado de

Emergencia y Catástrofe en el Ejido Municipal de Lago Puelo.

Que en la resolución 2947/21 mencionada en el Visto, se adjudicó de forma directa a MDS

VI-DRIERÍA, la provisión de la totalidad de los bienes descriptos en los Renglones Nros: 1

y 2 de la Tabla comparativa de precios que forma parte integrante de la mencionada

resolución como Anexo I, por la suma de PESOS DOS MILLONES VEINTICINCO MIL

CON 00/100 CVS ($2.025.000,25) por resultar la oferta técnicamente admisible y

económicamente más conveniente a los intereses de la Administración

Que la resolución mencionada en el considerando anterior incurre falta de datos de dicho

oferente.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que corresponde modificar el artículo 1 de la resolución 2947/21.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO, EN USO DE LAS FACULTADES

CON-FERIDAS POR LA LEY RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: MODIFICAR el artículo 1° de la Resolución 2947/21, que queda

redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º: Adjudicar en forma directa a la empresa, a MDS VIDRIERÍA DE

SCARAFIA MAURO DIEGO CUIT 20-21700179-0 con domicilio en Ruta 16 S/N, Lago

Puelo, Chubut, la provisión de la totalidad de los bienes descriptos en los Renglones Nros:

1 y 2 de la Tabla compara-tiva de precios que forma parte integrante de la mencionada

resolución como Anexo I, por la suma de PESOS DOS MILLONES VEINTICINCO MIL

CON 00/100 CVS ($2.025.000,25) por resultar la oferta técnicamente admisible y

económicamente más conveniente a los intereses de la Administración .-

ARTICULO 2°: IMPUTAR el presenta gasto a la partida “250 Viviendas de Emergencia”

del pre-supuesto de gastos y cálculo de recursos vigente.-

ARTICULO 3°: COMUNIQUESE al Concejo Deliberane Municipal en los términos del

artículo 133° inciso 29 de la Carta Orgánica Municipal.-

ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Notifíquese y cumplido Archívese.-

RESOLUCION Nº 3057/2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

TRENTINI VICTOR

VISTO:

La COM, y el Contrato de Locación de servicio celebrado entre la Municipalidad de Lago

Puelo y el Sr. Víctor Hugo, TRENTINI CUIL Nº 20-17198293-7, de fecha 01 de

Diciembre 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el contrato citado en el visto se encomendó al nombrado, en su carácter de

trabajador autónomo, realizando tareas en el Departamento de Movilidad Urbana dentro de

la Secretaría de Planificación Estratégica, debiendo cumplir horario full time, de común

acuerdo.

Que el monto que percibirá EL CONTRATADO por sus servicios, como única

remuneración y por todo concepto, se conviene de común acuerdo en la suma de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir 01 de

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Enero del 2022. El Plazo de duración del contrato se fija a partir del día 01/12/2021

venciendo indefectiblemente el día 31/12/2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el mencionado Contrato mediante la

presente norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- AVALAR el Contrato de fecha 01/12/2021 celebrado entre La Municipalidad de

Lago Puelo y el Sr. Víctor Hugo, TRENTINI CUIL Nº 20-17198293-7,en su carácter de

trabajador autónomo, realizando tareas en el Departamento de Movilidad Urbana dentro de

la Secretaría de Planificación Estratégica, debiendo cumplir horario full time, de común

acuerdo.

Art 2°- AUTORIZAR al Departamento de Presupuesto y Finanzas a efectivizar el pago de

PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) los que serán abonados a mes vencido, a partir

01 de Enero del 2022.

Art. 3°-El pago mensual se depositará al CBU indicado por el contratado.

Art. 4°- IMPUTAR el gasto ocasionado consecuente del contrato que la presente avala, a la

Partida Contrato de Servicios.

Art. 5°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCIÓN Nº 3058-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

BAJA DESIGNACION LUCIONI ANDRES

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, la Resolución N° 1370/21, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 inc. 5 de la Carta Orgánica citada establece como facultad del Sr.

Intendente el nombramiento y remoción de los funcionarios del departamento Ejecutivo

Municipal.

Que en la Resolución citada en el visto, se designó como Secretario de Economía y

Finanzas de esta Municipalidad al Sr. Andres Esteban LUCIONI DNI N° 21.954.700.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que el Sr. antes mencionado presenta su renuncia al Sr. Intendente Municipal a través de

nota con fecha 07/12/2021.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Art. 1°- ACEPTAR la renuncia del Secretario de Economía y Finanzas de esta

Municipalidad, Sr. Andrés Esteban LUCIONI DNI N° 21.954.700, a partir del 15 de

Diciembre del 2021.

Art. 2°- DEJAR SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución 1370/21 de fecha

22/06/21.

Art. 3°- COMUNICAR a la dirección de Capital Humano y Capacitaciones y al

Departamento de Presupuesto y Finanzas a los efectos de Liquidación que pudieran

corresponder.

Art. 4°- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCION Nº 3059-2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

BAJA DESIGNACION CEBALLOS JOANNA

VISTO:

La COM, y la Resolución N°667/21;

CONSIDERANDO:

Que oportunamente se designó como coordinadora en Seccion Transito a la Sra. Joanna

Vanesa, CEBALLOS DNI N° 31.326.037, mediante resolución mencionada en el visto.

Que desde la Secretaría de Gobierno se solicita la baja de dicha designación, a través de

nota Nº 75/2021, a partir del 14/12/21.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Artículo 1º: DEJAR sin efecto en todos sus términos la Resolución N° 667/21, a partir del

14/12/2021.-

Artículo 2°: COMUNICAR la presente a la Dirección de Capital Humano y Capacitaciones

y al Departamento Contable de esta Municipalidad, a los efectos de la liquidación que

pudiere corresponder.

Page 29: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Artículo 3°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHÍVESE.-

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 3060-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

RESOL. AC. M. PELLETIERI DAVID

VISTO:

La COM, el Contrato celebrado entre la Municipalidad de Lago Puelo y el Sr. David

Emanuel, Pelletieri CUIL Nº 20-38299360-9, de fecha 01/09/2021, avalado por Resolución

N° 2039/21 y el Acuerdo Modificatorio de Contrato de fecha 14/12/2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado contrato, se contrató al nombrado, en carácter de trabajador

autónomo, para realizar tareas generales y diligencias, dependiendo del Intendente

Municipal, bajo directiva y supervisión del mismo, debiendo cumplir horario full time, de

común acuerdo durante el mes de contrato.

Que el monto y las tareas de EL CONTRATADO fue modificado; razón por la cual se

firmó un acuerdo modificatorio de contrato, modificando la cláusula PRIMERA Y

SEGUNDA del antedicho contrato; quedando redactada de la siguiente manera:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, en su

carácter de trabajador autónomo, como coordinador en Sección Tránsito de esta

Municipalidad, bajo instrucciones y directivas de la Secretaría de Gobierno, debiendo

cumplir horario full time.

SEGUNDA: El monto que percibirá EL CONTRATADO como pago de los trabajos

encomendados, como única remuneración y por todo concepto, se conviene de común

acuerdo en la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL ($108.455,00), los que se abonaran de

la siguiente manera: TRES (03) cuotas de PESOS VEINTISIETE MIL (27.000,00) y UNA

(01) cuota de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y

CINCO ($37.455,00), mediante depósito al CBU indicado por el contratado, dentro de los

primeros diez días de cada mes, contando la primera de ellas a partir del 01 de Octubre del

2021.

Que a los fines administrativos, es necesario avalar el Acuerdo Modificatorio de Contrato

mediante la presente Norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA LEY Resuelve:

Page 30: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Artículo 1º: AVALAR el Acuerdo Modificatorio de Contrato suscripto entre La

Municipalidad de Lago Puelo y el Sr. David Emanuel, Pelletieri CUIL Nº 20-38299360-9,

de fecha 14/12/2021, mediante el cual se modificó la cláusula PRIMERA Y SEGUNDA del

contrato suscripto en fecha 01/09/2021, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA, en su

carácter de trabajador autónomo, como coordinador en Sección Tránsito de esta

Municipalidad, bajo instrucciones y directivas de la Secretaría de Gobierno, debiendo

cumplir horario full time.

SEGUNDA: El monto que percibirá EL CONTRATADO como pago de los trabajos

encomendados, como única remuneración y por todo concepto, se conviene de común

acuerdo en la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL ($108.455,00), los que se abonaran de

la siguiente manera: TRES (03) cuotas de PESOS VEINTISIETE MIL (27.000,00) y UNA

(01) cuota de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y

CINCO ($37.455,00), mediante depósito al CBU indicado por el contratado, dentro de los

primeros diez días de cada mes, contando la primera de ellas a partir del 01 de Octubre del

2021.

Artículo 2°: IMPUTAR el gasto ocasionado por la presente resolución a la Partida

Contratos de Servicios.

Artículo 3°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHÍVESE.

RESOLUCION Nº 3061-2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

AUTORIZAR FIRMA BANCO BAUER FEDERICO

VISTO

La Carta Orgánica Municipal, la Ley Orgánica de Corporaciones Municipales, N° 1229/15,

Res. 1831-21, Res 2992-21, Res. N° 3059-21, y;

Considerando

Que mediante resolución Res 3059/21 se acepta la renuncia de Andrés Lucioni.

Que mediante Res 2992-21 se designa como Secretario de Administración al Sr Federico

Bauer DNI 34.727.005.

Que como consecuencia de ello, ha habido cambios orgánicos y de funcionarios que

ameritan una adecuación de las habilitaciones de firma para actuar ante las instituciones

bancarias en las cuales la corporación municipal mantiene sus relaciones institucionales.

Page 31: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

POR ELLO;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESUELVE:

ARTICULO 1°: DEROGAR las Resoluciones municipales N° 1229/15 referidas a las

habilitaciones de firmas ante Instituciones Bancarias, y toda otra norma que se oponga a la

presente.

ARTICULO 2°: DEROGAR la resolución N° 1831-21 en todos sus términos.

ARTICULO 3°: HABILITAR a partir del 15 de Diciembre de 2021 la firma para actuar

ente el Banco Chubut S.A. y el Banco de la Nación Argentina sucursal El Bolsón, para que

en forma conjunta dos de cuatro e indistintamente, realice gestiones y firmas de cheques de

las cuentas corrientes municipales vigentes en tales instituciones bancarias, a los

funcionarios que a continuación se detallan, los que se incorporan a la ya habilitada firma

del Sr. Intendente Municipal:

-Sr. Secretario de Administración Federico Bauer DNI N° 34.727.005.

Art 3°: REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

RESOLUCIÓN N° 3062/2021.-

LAGO PUELO 10/12 /2021.-

AUTORIDAD MAXIMA ANTE CNRT

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal, la Resolución del Ministerio de Transporte N° 196/2020. y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la Resolución mencionada, en su artículo 1° establece la necesidad de

designar la autoridad máxima al funcionario en materia de transporte de cada jurisdicción,

como así también la solicitud de Usuarios para el portal "organismos de CNRT", de

acuerdo al procedimiento establecido.

Que, la presente se dicta de acuerdo a lo establecido en el artículo 133 inc. 5 de la Carta

Orgánica.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY RESUELVE:

Page 32: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ARTICULO 1°- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente como Máxima Autoridad

de Transporte para Jurisdicciones Municipales” al Secretario de Gobierno, actualmente el

Sr. Luis Jara DNI 17.506.091

ARTICULO 3° COMUNICAR que a través de la Dirección de Capital Humano y

Capacitaciones se actualice el legajo Personal del Agente precitado en función de lo

dispuesto en la presente y se informe al Departamento de Presupuesto y Finanzas a sus

mismos efectos.

ARTICULO 4°- REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

RESOLUCION Nº 3063/2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

ADJUDICACION COMPRA DIRECTA BOMBA DE AGUA PARA ABA

VISTO:

Las Resolución Municipal N° 516/21, las ordenanzas municipales 013/21 y 26/21, la Carta

Orgánica Municipal y las leyes de la Provincia de Chubut II N° 76 y I N° 11, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Municipal y Ordenanzas Municipales citadas en el Visto se

declaró el Estado de Emergencia y Catástrofe en el Ejido Municipal de Lago Puelo;

Que en ese marco de situación se suscribieron convenios con la Nación Argentina a través

del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Territorial que fueron aprobados por el Concejo

Deliberante de la Municipalidad de Lago Puelo en el marco del art. 133° Inciso 6 de la

COM, por Ordenanzas Municipales Nros. 27/21, 28/21, 29/21 y 30/21;

Que asimismo por Decreto de la Provincia de Chubut N° 174/21 se ha asignado recursos

económicos a la Municipalidad de Lago Puelo provenientes del Ministerio del Interior de la

Nación los fines de reparar los destrozos ocasionados por los incendios forestales;

Que la Municipalidad de Lago Puelo no cuenta con un régimen de contrataciones de obras

y trabajos públicos municipal, aplicando en forma supletoria la Ley de Obras Públicas de la

Provincia de Chubut I N° 11 (artículo 233° de la COM);

Que el estado de catástrofe establecido por las normativas citadas en el Visto autoriza al

Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación directa (artículo 95° inciso c. acápite 5

Ley II N° 76 y artículo 7° inciso c. de la Ley I N° 11), sin perjuicio de remitir las

actuaciones al Concejo Deliberante Municipal para su conocimiento y efectos;

Page 33: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que el sistema de la contratación directa tiene por finalidad obviar normas de

procedimiento de las contrataciones públicas cuando existen razones de urgencia como las

que acontecen actualmente en el ejido municipal de Lago Puelo; por ello el procedimiento

no requiere formalizar invitaciones para la presentación de propuestas en sobre cerrado,

formularios especiales con pliego previamente aprobado, garantía de oferta y publicidad

con anticipo a la fecha de apertura, pero el Estado Municipal tiene la obligación de “obtener

las condiciones más ventajosas en cuanto a precio y calidad”, dejando constancia de ello, de

acuerdo a lo establecido por el artículo 7° del Decreto Provincial reglamentario N° 42/1980

y sus modificatorias y normas complementarias de la ley I N° 11;

Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut mediante Dictamen Nº 21/01 ha

formulado los recaudos que debe formalizar el procedimiento de contratación directa;

Que asimismo la Carta Orgánica Municipal en su artículo 133, establece como deber y

facultad del Intendente Municipal: “Adoptar en caso de infortunio, catástrofe o grave

peligro público, las medidas necesarias y convenientes, con oportuno conocimiento del

Concejo Deliberante”;

Que se ha solicitado a CUATRO (4) firmas comerciales de la región la cotización de los

materiales básicos para la adquisición de bienes materiales e insumos por motivo de la

compra de manguera para la restauración de agua en el Paraje Las Golondrinas.

Que de los presupuestos requeridos, se ha recepcionado el presentado por las firmas de

Lago Puelo, Chubut: PIRQUE RUKAN CUIT 20-29021418-2, con domicilio en Ruta 16

lote 30 436. De Mar del Plata, Buenos Aires: TUBERÍAS MAR DEL PLATA CUIT 30-

71437616-7, con domicilio en Ruta 88 Km 9.5 Batan. De la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires: ARGENSERV S.R.L. CUIT 30-71217136-3, con domicilio en Virrey Ceballos

1657. De El Bolsón, Rio Negro: W. SCHMIDT SISTEMAS DE RIEGO CUIT 23-

20988764-9, con domicilio en Av. San Martin 3100;

Que analizados los mismos, en una tabla comparativa, en cuanto a oferta de precio, calidad,

y stock de materiales disponibles, resulta adjudicar a ARGENSERV S.R.L;

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO, EN USO DE LAS FACULTADES

CONFERIDAS POR LA LEY RESUELVE:

ARTICULO 1º: ADJUDICAR en forma directa a la empresa ARGENSERV S.R.L. CUIT

30-71217136-3, la provisión de la totalidad de los bienes descriptos en el Renglón Nro: 1,

de la Tabla Comparativa de Precios que forma parte integrante de la presente resolución

como Anexo I, por la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS

VEINTISÉIS MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 CVS ($6.426.180,00) por resultar la

oferta técnicamente admisible y económicamente más conveniente a los intereses de la

Administración.-

Page 34: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ARTICULO 2°: IMPUTAR el presente gasto a la partida “Catástrofe Ígnea” del

presupuesto de gastos y cálculo de recursos vigente.-

ARTICULO 3°: COMUNIQUESE al Concejo Deliberante Municipal en los términos del

artículo 133º inciso 29 de la Carta Orgánica Municipal.-

ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Notifíquese y cumplido Archívese.-

RESOLUCION N° 3064/2021.-

LAGO PUELO 10/12/2021.-

PROM Nº 95-21

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal; el Proyecto de Ordenanza registrado bajo el N° 095/2021 CD

MLP; y

CONSIDERANDO:

Que, la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 116 el proceso de sanción de las

Ordenanzas Municipales, estableciendo la obligación del Departamento Ejecutivo de

proceder a su promulgación y publicación del Proyecto; o en su defecto ejercer la facultad

de Veto.

Que, no existen motivos que justifiquen del veto del Proyecto de Ordenanza citada, por lo

que corresponde promulgar el Proyecto de Ordenanza Municipal registrado bajo el N°

095/2021, sancionada el día 6 de Diciembre de 2021.

Que, el Proyecto de Ordenanza citado tiene por objetivo la CREACION de generadores de

residuos comerciales, los cuales deberán separar en origen los residuos generados por su

actividad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMULGAR y tener por Ordenanza Municipal el Proyecto de Ordenanza

registrado bajo el N° 095/2021 CD MLP, disponiendo su publicación y vigencia a partir de

la fecha de registro de la presente.

Art. 2°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE.

Page 35: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ANEXO ORDENANZA N° 095/21 CD MLP:

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal de Lago Puelo, El listado de enfermedades profesionales de la

Ley 24.557 Anexo I, la forma en la que se recolectan los residuos en nuestra localidad y;

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I de la Ley se incorpora a las posiciones forzadas y gestos repetitivos en el

trabajo, como causa de riesgo laboral.

Que el peso máximo para la manipulación de cargas no puede superar los 25 Kg para los

hombres y 15 Kg para las mujeres, en acción vertical a la altura de la cintura.

Que se observó mediante inspección realizada desde la secretaria de Planificación

Estratégica, que los residuos retirados de distinto locales comerciales supera ampliamente

el peso previsto por las leyes vigentes, dado que el tipo de vehículo no es de tipo

compactador, por lo que la carga debe ser elevada a un altura aproximada de 1,60 mts y en

otros casos a una altura superior a 1,80 mts, generando un esfuerzo innecesario para los

operarios de recolección de residuos.

Que se ha observado también que las deposiciones de aceites utilizados no se efectúan en

muchos casos de forma adecuada, es decir en recipientes o bidones plásticos cerrados, lo

que ocasiona en muchos casos roturas de las bolsas que generan suciedad en la ropa de los

operarios y en la vía pública.

Que se detectó mediante inspección, que los residuos son dejados en la vía pública, fuera de

los horarios habituales de recolección, generando roturas de bolsas, esta misma es generada

por animales y ocasiona aparte de la suciedad, una pérdida de tiempo y una tarea extra para

los recolectores.-

Que habiendo realizado una inspección en el basurero municipal se observó que los

residuos no son separados en origen, ocasionando graves problemas para su correcta

deposición y posterior reciclado, lo que se agrava la ya delicada situación medioambiental

del mismo.

Que es deber del ejecutivo municipal resguardar la salud de los asalariados, haciendo

cumplir en su totalidad las leyes vigentes en cuanto a la prevención de accidentes laborales,

y velar a su vez por la gestión responsable de los residuos tanto comerciales, como

domiciliarios para la adecuada protección medioambiental en nuestra localidad.-

POR ELLO:

Page 36: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE LAGO PUELO SANCIONA CON

FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: CREESE el padrón de generadores de residuos comerciales, los cuales

deberán separar en origen los residuos generados por su actividad.

ARTICULO 2º: ESTABLEZCASE un plazo de treinta (30) días corridos a partir de la

sanción de la presente para la creación del Padrón de Generadores de Residuos

Comerciales.-

ARTÍCULO 3°: EXIJASE a los comercios empadronados como generadores de residuos

comerciales a partir de la promulgación de la misma la separación de los residuos en origen

es decir orgánico e inorgánico y la obligatoriedad de fraccionar los residuos en bolsa que no

superen en ningún caso los diez (10) Kg de peso.

ARTÍCULO 4°: INSTRUYASE al PEM para que a través del área correspondiente se de

cumplimiento a la misma

ARTÍCULO 5°: APLIQUESE a los infractores una multa de entre 500 y 1000uf

promulgada la presente

ARTÍCULO 6º: INFORMESE a través del área correspondiente a la A.R.T una vez

promulgada la presente.-

ARTICULO 7°: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 095/21 CD MLP

Dada en la Sala de Sesiones, Dr. Mario Abel Amaya, del Concejo Deliberante de Lago

Puelo, a los 06 días del mes de Diciembre de 2021

ANEXO RESOLUCIÓN N°: 3065/2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

PROM. Nº 97-21

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal; el Proyecto de Ordenanza registrado bajo el N° 097/2021 CD

MLP; y

CONSIDERANDO:

Que, la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 116 el proceso de sanción de las

Ordenanzas Municipales, estableciendo la obligación del Departamento Ejecutivo de

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

proceder a su promulgación y publicación del Proyecto; o en su defecto ejercer la facultad

de Veto.

Que, no existen motivos que justifiquen del veto del Proyecto de Ordenanza citada, por lo

que corresponde promulgar el Proyecto de Ordenanza Municipal registrado bajo el N°

097/2021, sancionada el día 6 de Diciembre de 2021.

Que, el Proyecto de Ordenanza citado tiene por objetivo AUTORIZAR al vecino Luciano

La Colla, DNI 29.938.195, mediante permiso precario de uso del espacio público

identificado como estacionamiento sobre calle Remigio Nogues, frente a la Escuela N 756,

en un todo de acuerdo a la ordenanza municipal 067/20 CD MLP.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMULGAR y tener por Ordenanza Municipal el Proyecto de Ordenanza

registrado bajo el N° 097/2021 CD MLP, disponiendo su publicación y vigencia a partir de

la fecha de registro de la presente.

Art. 2°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE

ANEXO ORDENANZA N° 097/21 CD MLP:

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza 067/20 CD MLP, y;

CONSIDERANDO:

Que está en vigencia la ordenanza que regula el funcionamiento de los FoodTruck en el

ejido municipal de Lago Puelo.

Que el vecino Luciano La Colla DNI N° 29.938.195 ha solicitado por nota la autorización

de uso de espacio público para poder iniciar la actividad comercial enmarcada en la citada

ordenanza.

Que es voluntad de este cuerpo generar los espacios y la legislación pertinente a la

regulación de toda actividad que se convierta en la posibilidad de ingreso de recursos

económicos genuinos para los habitantes de Lago Puelo.

Que la actividad solicitada por nota, y ante este cuerpo no se contradice con legislación

alguna, ni genera perjuicio económico para los comerciantes del sector donde se lo solicita.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

Que los FoodTruck, además de ser una alternativa viable de trabajo independiente, es una

propuesta visualmente atractiva a la vista tanto para los vecinos de la región como para la

actividad turística.

Que la autorización de uso de espacio público solo puede concederla el Concejo

Deliberante.

Que el permiso que se otorga tiene carácter de provisorio hasta tanto se defina un lugar

definitivo para la instalación de paseo de FoodTruck, donde se instalen con las

comodidades pertinentes y necesarias para el rubro en cuestión.

Que de la observación de otros destinos turísticos se concluye en que este rubro va en

permanente crecimiento.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE LAGO PUELO SANCIONA CON

FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al vecino Luciano La Colla DNI N° 29.938.195, mediante

permiso precario de uso del espacio público identificado como estacionamiento sobre calle

Remigio Nogues, frente a la Escuela Nº 765, en un todo de acuerdo a la ordenanza

municipal 067/20 CD MLP.-

ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que el permiso tendrá vigencia por el lapso de tiempo que

demore por ordenanza municipal este concejo Deliberante la creación de un paseo de

FoodTruck.

ARTÍCULO 3º: El permiso otorga días de permanencia y horarios similares a los

establecidos por permiso a las ferias Del Pueblo y Puelo Produce, con sus respectivos

cambios previstos para temporada estival e invernal, a saber:

Horario de verano: Sábados, domingos y feriados de 12.00 a 23.00 hs.-

Horario invernal o de baja temporada: Sábados, domingos y feriados de 12.00 a 17.00 hs.-

ARTÍCULO 4º: El vehículo autorizado a tal fin es el móvil identificado como: Cocina

rodante/ FoodTruck (MactrailMonterry 100), Equipada con plancha, horno pizzero,

mechero de alta temperatura, heladera, depósito de agua, bacha y mesada de acero

inoxidable, grupo electrógeno.

ARTÍCULO 5º: Se reconoce como productos autorizados para exhibir y vender al público

los que a continuación se detallan: sándwiches o tacos de carnes braseadas (cerdo, cordero,

vaca, y pollo), guisos (Buseca, Locro, lentejas, carbonadas, etc…) y sopas para ser

consumidas en vasos térmicos.

ARTICULO 6º. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

Page 39: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 097/21 CD MLP

Dada en la Sala de Sesiones, Dr. Mario Abel Amaya, del Concejo Deliberante de Lago

Puelo, a los 06 días del mes de Diciembre de 2021

PROM 98-21

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal; el Proyecto de Ordenanza registrado bajo el N° 098/2021 CD

MLP; y

CONSIDERANDO:

Que, la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 116 el proceso de sanción de las

Ordenanzas Municipales, estableciendo la obligación del Departamento Ejecutivo de

proceder a su promulgación y publicación del Proyecto; o en su defecto ejercer la facultad

de Veto.

Que, no existen motivos que justifiquen del veto del Proyecto de Ordenanza citada, por lo

que corresponde promulgar el Proyecto de Ordenanza Municipal registrado bajo el N°

098/2021, sancionada el día 9 de Diciembre de 2021.

Que, el Proyecto de Ordenanza citado tiene por objetivo la CREACION del CONSEJO

ASESOR Y CONSULTIVO PERMANENTE DE CULTURA, EDUCACION Y

COMUNICACIÓN, que funcionara en carácter de servicio de apoyo a dicha secretaría

municipal, en el ámbito de las competencias propias de esta última.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMULGAR y tener por Ordenanza Municipal el Proyecto de Ordenanza

registrado bajo el N° 098/2021 CD MLP, disponiendo su publicación y vigencia a partir de

la fecha de registro de la presente.

Art. 2°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE.

RESOLUCIÓN N°: 3069/2021.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ANEXO ORDENANZA N° 098/21 CD MLP:

VISTO

Los artículos 12º y 13º de la Carta Orgánica Municipal, Y;

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

CONSIDERANDO

Que es necesaria la activa participación del sector cultural de nuestra localidad, la inclusión

en la cartera de proyectos de las propuestas emanadas desde ese sector.

Que la Carta Orgánica Municipal establece democracia participativa y deliberativa,

reconoce y garantiza ámbitos e instituciones de participación, planificación y deliberación

con el propósito de mejorar la calidad de las decisiones de los representantes y promueve su

acceso a todos los ciudadanos, instituciones intermedias y en particular, a las de orden

vecinal.

Que el Municipio garantiza entre sus políticas prioritarias la democratización de la

Administración Pública, entendida como la realización de todas las acciones necesarias con

el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la Sociedad Civil en la

formulación, ejecución, planificación, control y evaluación de la gestión pública.-

Que incentiva la participación planificación y colaboración de los ciudadanos en los

asuntos de gobierno y estimula la innovación y el desarrollo social, económico y cultural en

el ámbito Municipal.

Que Lago Puelo cuenta con instituciones educativas con orientación artística en todas sus

expresiones.-

Que la ciudadanía en general y artistas en particular muestra gran interés, participación

comprometida y responsable en el ámbito de la Cultura y Educación y organiza en función

de crear un Consejo Consultivo Permanente de Cultura y Educación.-

Que la Dirección de Cultura avala y promueve políticas de participación institucional que

fortalezcan la identidad cultural municipal, regional, provincial y nacional.

Que es menester que dicho Consejo Asesor Consultivo funcione de manera permanente

para generar variadas y diversas propuestas a fin de promover y enriquecer la cultura,

economía y turismo en la región.-

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE LAGO PUELO SANCIONA CON

FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: CREACION

Crease el CONSEJO ASESOR Y CONSULTIVO PERMANENTE DE CULTURA,

EDUCACION Y COMUNICACION, que funcionara en carácter de servicio de apoyo a

dicha a secretaria municipal, en el ámbito de las competencias propias de esta última. Toda

participación en el Consejo Consultivo será considerada en calidad de AD HONOREM.

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ARTICULO 2º: OBJETIVOS

El objetivo general del Consejo, es constituirse en un espacio participativo d intercambio de

información, evaluación, consulta y generación de propuestas para la implementación de

las políticas culturales llevadas adelante por la Secretaria de Cultura, Educación y

Comunicación Municipal. Sera un interlocutor representativo del movimiento de las

distintas expresiones artísticos- culturales del pueblo, que funcionara como órgano

consultor de la mencionada dirección, contribuyendo a un dialogo fecundo y consensuado

que permitirá arribar a la concepción y el desarrollo de políticas estratégicas adecuadas y la

optimización de la distribución de los recursos, redundando en beneficio de la localidad y

sus habitantes.-

Es un órgano de asesoría y apoyo a la Secretaria de Cultura, Educación y Comunicación

con la participación de las representaciones de los distintos sectores de la comunidad que

tiene como objeto expresar su opinión fundada sobre una cuestión cultural y educativa

determinada en el marco de un proceso de decisión político y normativa.

ARTICULO 3º. FUNCIONES

El Consejo tiene como funciones:

a) Asesorar a la Secretaria de Cultura, Educación y Comunicación en todos los aspectos

concernientes del área.-

b) Recomendar a la Secretaria sobre la oportunidad de la implementación de medidas de

fondo

c) Informar a la Secretaria de Cultura, Educación y Comunicación municipal sobre

requerimientos y necesidades de cada ámbito de incumbencia

ARTICULO 4º ATRIBUCIONES

Son atribuciones del Consejo

a) Dictar su Reglamento interno de funcionamiento

b) Crear y suprimir las Comisiones internas para su mejor funcionamiento y de acuerdo a

las necesidades que surjan

c) Convocar a la comunidad en general a sus reuniones ordinarias y extraordinarias o las

reuniones de las comisiones; entendiendo que, es un ámbito de participación amplia pero

que las acciones las llevan a cabo únicamente los miembros del Consejo.

d) Remitir sus comunicaciones y recomendaciones, por escrito, en informe debidamente

fundado, con la firma de los miembros presentes en la sesión que se dicten

ARTICULO 5º: CONFORMACION

Composición del Consejo y de sus miembros

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Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

El Consejo estará integrado por un máximo de 15 (quince) miembros voluntarios titulares y

12 (doce) suplentes, cuya designación definitiva, compete al Consejo, que también será

responsable de la designación de sus presidentes.

El Consejo estará integrado por los siguientes claustros:

a) ARTISTAS

1. Músico

2. Artistas Visuales y Artistas de Audiovisuales

3. Artistas de Teatro y Circo

4. Artistas de Danzas

b) HACEDORES DE LA CULTURA

5. Representantes de la Literatura

6. Comerciantes generadores de espacios culturales y Productores artesanales y

Gastronómicos

7. Artesanos y Manualeros

8. Docentes y Talleristas

9. Representantes de Pueblos Originarios

10. Agrupaciones gauchas y hacedores de la cultura folclórica.

Cada claustro contara con un suplente y un titular. Todo vecino que se sienta convocado

puede participar con voz y sin voto.

ARTICULO 6º: DURACION

El mandato de los consejeros miembros tendrá una vigencia de un (1) año contando a partir

de la firma y aprobación de la presente ordenanza. Concluido ese plazo se renovaran

autoridades.-

ARTICULO 7º: REGLAMENTACION

El Consejo dictara su propio reglamento interno que será remitido al Concejo Deliberante

en un plazo no mayor a los 120 días a partir de la promulgación, para ser aprobado como

Anexo I de la presente.-

Cualquier modificación al reglamento Interno deberá ser comunicada al Cuerpo Legislativo

para ser incorporada como Anexo de esta Ordenanza.-

ARTICULO 8º: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

Page 43: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 098/21 CD MLP

Dada en la Sala de Sesiones, Dr. Mario Abel Amaya, del Concejo Deliberante de Lago

Puelo, a los 09 días del mes de Diciembre de 2021.-

PROM Nº 99-21

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal; el Proyecto de Ordenanza registrado bajo el N° 099/2021 CD

MLP; y

CONSIDERANDO:

Que, la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 116 el proceso de sanción de las

Ordenanzas Municipales, estableciendo la obligación del Departamento Ejecutivo de

proceder a su promulgación y publicación del Proyecto; o en su defecto ejercer la facultad

de Veto.

Que, no existen motivos que justifiquen del veto del Proyecto de Ordenanza citada, por lo

que corresponde promulgar el Proyecto de Ordenanza Municipal registrado bajo el N°

099/2021, sancionada el día 6 de Diciembre de 2021.

. Que, el Proyecto de Ordenanza citado tiene por objetivo ACEPTAR la cesión y traspaso al

dominio público municipal de las superficies cedidas como calles, la red de alumbrado y

electrificación, la ejecución de un sistema de captación, almacenamiento y red de

distribución de agua potable con cisterna, según proyecto de urbanización desarrollado en

Parcela 18 Chacra 2 Circunscripción 4 Ejido 24.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LAGO PUELO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES

QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL RESUELVE:

Art. 1°: PROMULGAR y tener por Ordenanza Municipal el Proyecto de Ordenanza

registrado bajo el N° 099/2021 CD MLP, disponiendo su publicación y vigencia a partir de

la fecha de registro de la presente.

Art. 2°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Y

CUMPLIDO ARCHÍVESE.

RESOLUCIÓN N°: 3068/ 21.-

LAGO PUELO, 10/12/2021.-

ANEXO ORDENANZA N° 099/21 CD MLP:

VISTO

Page 44: APORTE SOLIDARIO PARA GOMEZ, FRANCISCA CONSIDERANDO: …

Lago Puelo, Sábado 15 de Diciembre de 2021 Año -MMXXI Número 100

La Carta Orgánica Municipal, la Resolución Municipal 1596/21 MLP

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución Nº 1596/21 MLP el Poder Ejecutivo Municipal Acepto la

donación privada con respecto a una obra de infraestructura que según las condiciones

previstas en la legislación vigente en la materia.-

Que asimismo el Concejo Deliberante debe obrar en el mismo sentido a los efectos de

concretar definitivamente la aceptación y traspaso al dominio público de la obra en

cuestión.-

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE LAGO PUELO SANCIONA CON

FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: ACEPTESE la cesión y traspaso al dominio público municipal de las

superficies cedidas como calles, la red de alumbrado y electrificación, la ejecución de un

sistema de captación, almacenamiento y red de distribución de agua potable con cisterna,

según proyecto de urbanización desarrollado en Parcela 18 Chacra 2 Circunscripción 4

Ejido 24.-

ARTICULO 2°: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 099/21 CD MLP

Dada en la Sala de Sesiones, Dr. Mario Abel Amaya, del Concejo Deliberante de Lago

Puelo, a los 06 días del mes de Diciembre de 2021