apertura del cove - inicio€¦ · · 2015-12-16articulo 51 el texto del certificado médico...
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1. 09:00 a 09:05 Apertura del COVE
2. 09:05 a 09:15 Verificación de Quórum - Revisión de compromisos
3. 09:15 a 10:00 Presentación evaluación 2014, estadísticas vitales – Referente SDS
4. 10:00 a 10:45 Presentación Grupo Quincy – Dr. Daniel Peña
5. 10:45 a 11:00 Receso - refrigerio
6. 11:00 a 11:45 Unidad de análisis
7. 11:45 a 12:00 Realimentación COVE Distrital - Referente SISVECOS; Katherine
Garay
8. 12:00 a 12:15 Realimentación PAI – Referente PAI; Jenny Fernanda Guzmán
9.
12:15 a 12:30 Socialización vigilancia intensificada de Pólvora - Referente
SIVELCE; Guillermo Gutiérrez
10.
12:30 a 12:45
Realimentación Subsistema SIVIGILA - Referente SIVIGILA; Andrea
Gómez
11. 12:45 a 12:55 Varios
12. 12:55 a 1:00 Evaluación COVE
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SISTEMA DE REGISTRO CIVIL Y ESTADISTICAS
VITALES
INTRODUCCION
El Sistema de Registro Civil y Estadísticas Vitales está orientado a
recoger información sobre algunos hechos que ocurren a lo largo de la
vida de la persona, como:
Divorcio
Nacimiento
Legitimación
Matrimonio
Anulación
Defunción
COMPONENTES DEL SISTEMA
Los hechos vitales son obtenidos mediante dos componentes o
subsistemas:
SUBSISTEMA DE ESTADISTICAS
VITALES
Ley 9/ 1979: Titulo IX Defunción, Traslado de Cadáveres,
Inhumación u Exhumación, Trasplanté y Control de Especímenes
1) Articulo 515, se establecen, entre otras, las normas tendientes a:
a- Reglamentar la expedición y diligenciamiento de los certificados
de Defunción y Registro Bioestadística de las causas de mortalidad.
2) Articulo 516, el Gobierno por medio del Ministerio de Salud,
establecerá, entre otras, las normas y procedimientos para:
a- La certificación y registro de la muerte de todo ser humano
b- La certificación y registro de muertes fetales
3) Los Artículos 517 al 526, relacionados con el Certificado
Individual de Defunción y de Muerte Fetal
Ley 23/1981: Código de Ética Médica
Articulo 51 El texto del Certificado Médico será claro, preciso y
ceñido estrictamente a la verdad.
Articulo 52 Sin perjuicio de las acciones legales pertinentes, incurre
en falta grave contra la ética el médico a quien se comprobare
haber expedido un certificado falso
MARCO LEGAL
Ley 220 de 1995 Artículo 1o. A partir de la vigencia de la
presente Ley, los documentos de identificación incluirán el grupo
sanguíneo de su titular.
Ley 79 de 1993 Ley de Reserva Estadistica Art 5o. Las
personas naturales o jurídicas, de cualquier orden o naturaleza,
domiciliadas o residentes en el territorio nacional, están
obligadas a suministrar al Departamento Administrativo
Nacional de Estadística D.A.N.E, los datos solicitados en el
desarrollo de Censos y Encuestas.
Los datos suministrados al Departamento Administrativo
Nacional de Estadística DANE, en el desarrollo de los censos y
encuestas, no podrán darse a conocer al público ni a las
entidades u organismos oficiales, ni a las autoridades públicas,
sino únicamente en resúmenes numéricos, que no hagan
posible deducir de ellos información alguna de caráter individual
que pudiera utilizarse para fines comerciales, de tributación
fiscal, de investigación judicial o cualquier otro diferente del
propiamente estadístico.
MARCO LEGAL
Decreto 786 de 1990: Por el cual se reglamenta parcialmente el
titulo IX de la ley 09 de 1979, en cuanto a la practica de
autopsias clínicas y medico - legales, así como viscerotomias y
se dictan otras disposiciones.
Decreto 1171/ 1997
Articulo. 2o. El Certificado Médico será expedido por un
Profesional de la Medicina, con tarjeta profesional o registro del
Ministerio de Salud, o por un médico que se encuentre
prestando el Servicio Social Obligatorio, de conformidad con lo
previsto por el artículo 50 de la Ley 23 de 1981 (Código de
Ética Médica).
Decreto 955 de Mayo 10 de 2002
Art 1º- Créase la Comisión Intersectorial de Gestión de l
las Estadísticas Vitales, como órgano consultivo y asesor,
con el propósito de fortalecer y mantener el sistema de Registro
Civil y Estadísticas Vitales. Ver art. 45 Ley 489 de 1998,
Resolución de la Registraduría Nacional 4050 de 2002
MARCO LEGAL
Circular 019 de 2007 Minprotección Social instruye acerca del
procedimiento que se debe seguir para la expedición de
certificados de defunción por muerte natural y práctica de
autopsias clínicas
“Corresponde al último profesional que haya prestado atención
en salud al fallecido expedir el certificado de defunción, en el
evento de no encontrarse, se deberá acudir al médico que le
haya prestado servicios de salud con anterioridad.
Cuando la última atención haya sido brindada en una IPS, ésta
deberá garantizar durante las 24 horas del día, el médico
responsable de expedir los certificados de defunción”.
Resolución 468 de mayo 2013 Por la cual se reglamenta en su
integridad el proceso de certificación de la defunción con
manera de muerte natural en el Distrito Capital y se deroga la
Resolución 463 de 2011 proferida por la Secretaria Distrital de
Salud
MARCO LEGAL
Circular 008 de 2009 Registraduria Nacional del Estado
Civil instruye acerca del con el cual se sustituyen los
certificado de Nacido Vivo y Defunción en los casos de:
1. Inconsistencias o errores en el diligenciamiento
2. Extravió dentro de l institución de salud
3. Perdida del antecedente de nacido vivo ó defunción
al familiar
Resolución 468 de mayo 2013 Por la cual se
reglamenta en su integridad el proceso de certificación
de la defunción con manera de muerte natural en el
Distrito Capital y se deroga la Resolución 463 de 2011
proferida por la Secretaria Distrital de Salud
MARCO LEGAL
INSTRUMENTOS RECOLECCIÓN INFORMACION ESTADISTICA
CERTIFICADO DEFUNCION:
• Servir de antecedente para el Registro Civil.
• Unificar información en el marco internacional, a través de la Clasificación
Internacional de Enfermedades.
• Captar mejor la estadística sobre mortalidad materna a través del capítulo
de defunciones de mujeres en edad fértil.
• Captar mejor la estadística sobre mortalidad infantil mediante el capítulo
de defunciones fetales y menores de un año.
• Brindar información sobre causas de muerte para adoptar políticas en
prevención en salud pública y factores epidemiológicos.
CERTIFICADO NACIDO VIVO:
•Servir de antecedente para el Registro Civil.
• Unificar los criterios de certificación médica en el país.
• Contar con estadísticas de nacimientos.
• Planear a futuro políticas sociales y de inversión
pública, en los niveles nacional y territorial.
DILIGENCIAMIENTO CERTIFICADO DE NACIDO VIVO
DEFINICIÓN:
Expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre independientemente de la
duración del embarazo de un producto de la concepción que, después de dicha
separación, respire o dé cualquier otra señal de vida tales como: latidos del corazón,
pulsaciones del cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de
contracción voluntaria tanto si se ha cortado o no el cordón umbilical y esté o n o
desprendida la placenta. (CIE-10, Volumen 2, Pág. 130)
VARIABLES A TENER EN CUENTA:
Peso – Talla – Semana de Gestación del Nacido Vivo
Número de consultas prenatales que tuvo la madre del nacido
vivo
Multiplicidad del Embarazo
Hemoclasificación del nacido vivo (Grupo sanguíneo y RH)
Apellidos y nombres de la madre (tal como figuran en el
documento de identidad)
Tipo y número de documento de identidad
Edad de la madre a la fecha del parto
Lugar y Área de residencia habitual de la madre del nacido vivo
Datos de quien certifica el nacimiento
DILILENCAMIENTO CERTIFICADO DEFUNCION
DEFINICIÓN:
Desaparición permanente de todo
signo de vida, cualquiera que sea
el tiempo transcurrido desde el
nacimiento con vida (cesación
posnatal de las funciones vitales
sin posibilidades de resucitar).
DILIGENCIAMIENTO CERTIFICADO DEFUNCION
DEFUNCIÓN FETAL (FETO - MORTINATO)
Es la muerte de un producto de la concepción antes de la expulsión o
extracción completa del cuerpo de la madre, independientemente de la
duración del embarazo; la muerte esta indicada por e hecho de que después
de la separación, el feto no respira ni da ninguna otra señal de vida, como
latidos del corazón, pulsaciones del cordón umbilical, movimientos efectivos de
los músculos de contracción voluntaria. (CIE-10, Volumen 2, Pág. 130)
ABORTO: Incluye las muertes de los productos del embarazo hasta antes de
las 22 semanas de gestación y menos de 500 gramos. MORTINATO: Incluye las muertes de los productos del embarazo de 500 gramos y más y de 22 semanas y más de gestación hasta el nacimiento.
La muertes fetales NO SON OBJETO DE REGISTRO CIVIL
DECRETO 1260/70 Art. 78
DILIGENCIAMIENTO CERTIFICADO DEFUNCION
VARIABLES PARA TENER EN CUENTA:
Tipo de defunción
Apellidos y nombres del fallecido (tal cual figura en el documento de identidad)
Tipo y número de documento de identidad del fallecido
Edad del fallecido
Lugar y Área de residencia habitual del fallecido
Probable manera de muerte
Certificado de defunción expedido por
II. DEFUNCIONES FETALES O MENORES DE UN AÑO:
Tiempo de gestación
Peso al nacer del feto o menor de un año fallecido
III. DEFUNCIÓN DE MUJERES DE EDAD FÉRTIL (10 A 54 AÑOS)
Estaba embarazada cuando falleció?
Estuvo embarazada en las últimas 6 semanas?
Estuvo embarazada en los últimos 12 meses?
DILIGENCIAMIENTO CERTIFICADO DEFUNCION
V. CAUSAS DE DEFUNCIÓN PARA TODOS LOS CASOS:
En 1967, la 20 Asamblea Mundial de la Salud definió Las
causas a ser registradas en el certificado de defunción como
“todas aquellas enfermedades, estados morbosos o lesiones
que produjeron la muerte, y las circunstancias del accidente o
de la violencia que produjo dichas lesiones”.
DILIGENCIAMIENTO CERTIFICADO DEFUNCION
Causa Básica de la Defunción .
Es la enfermedad o lesión que inició la cadena de
acontecimientos patológicos que condujeron directamente a la
muerte o las circunstancias del accidente o violencia que
produjo la lesión fatal”
Causas de Defunción
• Se utilizara para referirse a la afección ubicada en la última línea utilizada de la Parte I del certificado
Causa Antecedente
Originaria (CAO)
• Será utilizada para identificar la causa seleccionada para la tabulación
Causa Básica
Defunción (CB)
Síntomas ni modos de morir, tales
como paro cardíaco o insuficiencia
respiratoria cuando son el
resultado final de un proceso de
enfermedad.
Causas de Defunción
La definición no incluye:
Causas de Defunción
Intervalos de Tiempo:
Anotar en el certificado el intervalo aproximado
(minutos, horas, días, semanas, meses o años) entre
el comienzo de cada afección y la fecha de la muerte
ayuda al médico:
A establecer correctamente la cadena de
acontecimientos que condujeron a la muerte.
Y facilita a codificador
la selección del código apropiado
Shock Séptico
Peritonitis
Colecistitis
Artritis
0 4 Horas
1 2 Horas
0 4 Días
1 0 Años
Colelitiasis 0 3 Meses
Shock Séptico 0 4 Horas
SEPSIS
INFECCIONES
GASTROINTESTINALES
INFECCIONES
RESPIRATORIAS INFERIORES
INFECCIONES PIEL Y TEJIDO
CELULAR SUBCUTÁNEO
INFECCIONES
SIST NERVIOSO CENTRAL
INFECCION URINARIA
PIELONEFRITIS
NEFRITIS
ABSCESO RENAL
MENINGITIS
ABSCESO
CEREBRAL
ENCEFALITIS
EPOC INFECTADO
BRONCONEUMONIA
NEUMONIA
ERISIPELA
CELULITIS
ABSCESOS
ESCARAS
INFECCIONES
OSTEOMUSCULARES
FASCITIS
MIOSITIS
ARTRITIS SEPTICA
OSTEOMIELITIS
PATOLOGIAS ABDOMINALES
OBSTRUCCION
APENDICITIS
PERITONITIS
COLANGITIS
COLECISTITIS
COLELITIASIS
ABSCESO HEPATICO
INFECCIONES
GENITOURINARIAS
FIEBRE TIFOIDEA
INTOXICACION
ALIMENTARIA
COLERA
SHIGUELOSIS
SALMONELOSIS
INFECCIONES
CARDIOVASCULARES
PERICARDITIS
MIOCARDITIS
ENDOCARDITIS
PREDISPONEN INFECCION
DIABETES
CANCER
COLAGENOSIS
AIDS
FRACTURAS ABIERTAS
QUEMADURAS
ACC OFIDICOS
PONZOÑOSOS
DIAGNÓSTICOS QUE NO SON BUENA CAUSA BÁSICA DE
DEFUNCIÓN
Coagulación intravascular diseminada
Sepsis Insuficiencia cardiaca
Insuficiencia hepática
Insuficiencia renal
Hipotensión
Enfermedad cerebro vascular Hipovolemia
Hemorragia gastrointestinal
Choque
DIAGNOSTICOS NO PRECISOS
Hemorragia abdominal
Insuficiencia respiratoria
Síndrome de dificultad respiratoria
Anoxia
Anemia
Carcinomatosis
Convulsiones
Tumor (sin mención del sitio y/o naturaleza)
Malformación congénita sin especificación
Hepatitis sin clasificar (tipo)
Hemorragia digestiva
DIAGNÓSTICOS QUE NO SON BUENA CAUSA BÁSICA DE
MUERTE
Escaras sépticas
Obstrucción intestinal
Causas mal definidas:
Falla orgánica multisistémica
Senilidad
Paro cardiorespiratorio
paro cardiaco
insuficiencia respiratoria (aguda
AL DILIGENCIAR CAPITULO CAUSAS DE DEFUNCIÓN
• No usar Siglas ni Abreviaturas
• No más de 2 diagnósticos, por línea.
• Procedimientos quirúrgicos o no quirúrgicos (usar la patología que
lleva a la intervención)
• Asegurarse de incluir la causa que a su mejor juicio, desencadena
los acontecimientos que llevan a la muerte.
• Diagnósticos de causa externa (accidente de tránsito, agresiones,
caídas de altura, intoxicaciones, o lesiones que no concuerden con
muerte natural), debe ser diligenciado por medico legista.
• Recuerde que la causa básica en ultima instancia es seleccionada
por el equipo de codificación del DANE central, a partir de las
causas consignadas por usted en los certificados de defunción.
• Recuerde que con “su causa básica” se construyen las estadísticas
vitales, insumo para planeación nacional y salud publica.
INDICADORES CALIDAD
2014
Fuente: Base de datos Aplicativo Web RUAF_ND, datos preliminares
Fuente: Base de datos Aplicativo Web RUAF_ND, datos preliminares
DIRECTORIO ESTADISTICAS VITALES
GRUPO QUINCY
Unidad Marfil – CTI 4 246481
4 238230 Ext 1139
313 2271540
GRUPO ESTADISTCAS VITALES - SDS
Líder: Dr RODRIGO RODRIGUEZ FERNANDEZ
3 64 90 90 Ext 9741
GRACIAS
PROYECTO DE ASESORÍA, ASISTENCIA TÉCNICA, INSPECCIÓN, DILIGENCIAMIENTO Y EXPEDICIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE DEFUNCIONES DE MUERTES NATURALES DOMICILIARIAS O EN SITIO PÚBLICO Y EN PROCESOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO EN LA PRESTACIÓN DE NECROPSIAS CLÍNICAS POR PARTE DE LOS ASEGURADORES (EPSC, EPSS) Y A LA POBLACIÓN POBRE Y VULNERABLE EN LO NO CUBIERTO POR SUBSIDIOS ALA DEMANDA EN CONCORDANCIA CON LA RESOLUCIÓN 468 DE 2013.
GRUPO ESPECIAL QUINCY
3 Octubre 1976 - 5 Septiembre 1983
NBC – Policía / Drama
148 Episodios
GRUPO QUINCY
N° Fijo: (031) 4238238
N° Celular: (310) 7680266
Avantel N° 350 3062656
4305*1308*4
Correo Electrónico: [email protected]
“Mejoramos su Calidad de Vida”
HOSPITAL DE USAQUÉN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
MARCO NORMATIVO
• Ley 9° de 1979
• Ley 100 de 1993
• Decreto 1171 de 1997 MPS
• Resolución 1346 de 1997 MS
• Decreto 3158 de 2006 MPS
• Circular 019 de 2007 MS
RESOLUCIÓN 468 DE 2013 SDSB
• Procesos que se Desprenden de la Muerte
• Procedimiento para la Expedición del Certificado de Defunción
• Certificado de Defunción Fetal
• Fallecido durante el Traslado – Enfermos Crónicos
• Necropsia Clínica
• Intervención Sanitaria
• Tarifas - Recuperación de Costos
• Vigencia y Derogatorias
“Mejoramos su Calidad de Vida”
HOSPITAL DE USAQUÉN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN • MD – IPS – EPS Tratante
– Muerto
– Plena Identificación del Fallecido
– Ausencia de Trauma en el Cuerpo
– Ausencia de Violencia en la Escena
– Claridad en las Causas de Muerte
“Mejoramos su Calidad de Vida”
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PACIENTE ENTRASLADO
TAB TAM
CERTIFICADO DE DEFUNCION
INGRESO / VALORACION / REGISTRO
NECROPSIA CLINICA
JUDICIALIZACION
Hay una responsabilidad
compartida entre la
institución que remite, la
que traslada y la que
recibe a el paciente al
momento de general el
adecuado proceso …
Todo proceso debe ser
garantizado por el
Asegurador en Salud y
velado por la SDSB …
• Confirmación de Datos
• Verificación de Antecedentes (Historia Clínica)
• Comprobación de Identidad
• Entrevista a Familiares / Acudientes
• Inspección de la Escena
• Examen Clínico del Cuerpo
• Definición del Caso
EXAMEN CLÍNICA DEL CUERPO • Palidez Cadavérica “Pallor Mortis”
• Enfriamiento Cadavérico “Algor Mortis”
• Espasmo Cadavérico
• Deshidratación Cadavérica
• Livideces Cadavéricas “Livor Mortis”
• Rigidez Cadavérica “Rigor Mortis”
• Autólisis
• Tanatoquimia
• Putrefacción
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“Mejoramos su Calidad de Vida”
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“Mejoramos su Calidad de Vida”
MUERTE
VÍA PUBLICA DOMICILIO IPS
REPORTE
123 CAD Policía Cuadrante DCRUE IPS EPS
SATELITE (Central de Comunicaciones de la Fiscalía)
Teléfono Directo:
(031) 4246481
INFORMACIÓN •Numero de Contacto
•N° Fijo
•N° Celular
•Dirección Hechos
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GRUPO QUINCY
Contributivo / Especial Subsidiado Vinculado
Teléfono Directo:
(031) 4238238
DOMICILIO IPS
EPS Responsable
Certificado NO Certificado
Necropsia Clínica
Necropsia Medico-Legal
Apoyo de QUINCY
RECUPERACIÓN DEL COSTO
• Plena Identificación
• Ausencia de Trauma y/o Violencia
• Antecedentes Médicos / Historia Clínica
• Enfermedad Crónica
• Enfermedad Catastrófica
DOCUMENTOS SOLICITADOS
• Documento del Fallecido
• Carne Afiliación
• Historia Clínica
• Primer Respondiente
• Documento del Familiar / Acudiente
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“Mejoramos su Calidad de Vida”
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GRUPO QUINCY
Vinculado
Teléfono Directo: 4238238
Celular: 310 7680266
DOMICILIO IPS
DATOS REQUERIDOS
•Datos del Fallecido
•Nombre
•Documento Identidad
•Edad
•Régimen de Seguridad Social
•Hora de la Muerte
•Datos del Familiar
•Nombre
•Parentesco
•Datos Generales
•Teléfono Fijo / Celular
•Dirección de los Hechos
Asesoría / Direccionamiento (Responsabilidad Medico Tratante / Institucional)
Certificado NO Certificado
Necropsia Clínica
Necropsia Medico-Legal
• Plena Identificación
• Ausencia de Trauma y/o Violencia
• Antecedentes Médicos / Historia Clínica
• Enfermedad Crónica
• Enfermedad Catastrófica
DOCUMENTOS SOLICITADOS
• Documento del Fallecido
• Carne Afiliación
• Historia Clínica
• Primer Respondiente
• Documento del Familiar / Acudiente
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“Mejoramos su Calidad de Vida”
“Mejoramos su Calidad de Vida”
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Si suenan como Caballos y
se ven como Caballos . . .
. . . no pueden ser Cebras !!
Tienen que se CABALLOS !!
CASOS QUE DEBEN SER JUDICIALIZADOS NECROPSIA MEDICO-LEGAL
• Decreto 786 de 1990. Ministerio de Salud
• Circular externa No. 019, Ministerio de Protección Social
• Circular 001 de 2000, Secretaria Distrital de Salud de Bogotá
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“Mejoramos su Calidad de Vida”
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Decreto 786 – 16 Abril de 1990
• Capitúlalo III
–Articulo 6° • Necropsia Medico Legal Obligatoria
» Homicidio
» Suicidio
» Diferenciar entre Homicidio y Suicidio
» Muerte en Accidente / Sospechosa
MUERTE DONDE SE INDICA LA
INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE FORMA
OBLIGATORIA SON TODAS AQUELLAS
MANERAS DE MUERTE VIOLENTAS…
“Mejoramos su Calidad de Vida”
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Decreto 786 – 16 Abril de 1990 Distinciones Especiales
– Articulo 7°
• Necropsia Medico Legal – Muertes Bajo Custodia y/o Protección del Estado
» INPEC – ICBF
» Fuerzas Militares
» Ministerio de Protección Social
» Secretaria de Integración Social
– Bajo Sospecha de Muerte Causada por Agentes Químicos o Biológicos / Drogas / Medicamentos / Productos de Uso Domestico y/o Industrial / Similares
“Mejoramos su Calidad de Vida”
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Decreto 786 – 16 Abril de 1990
Distinciones Especiales
– Articulo 7°
• Necropsia Medico Legal – Menores de Edad y/o Adultos Mayores Victimas de Maltrato y/o
Abandono (Sospechosos o Confirmado)
– Muertes en Relación con Actos Médicos
– Muertes de Gestantes o del Producto de la concepción cuando haya sospecha de Aborto no Espontáneo
“Mejoramos su Calidad de Vida”
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Dudas ??
Preguntas ??
Aclaraciones ??
REALIMENTACIÓN
COMITÉ EPIDEMIOLÓGICO DISTRITAL Grupo No Transmisibles – SDS
Nivel Local – Hospital de Usme
4 de Marzo de 2015 - SDS
Posicionar la vigilancia de eventos no
transmisibles en Bogotá para el
fortalecimiento del análisis de la
información generada por este
componente de vigilancia y aportar
información útil y oportuna para la toma de
decisiones en Salud Pública.
OBJETIVO
Lesionados corte 18-01-15
(7:00 a.m.)
29 adultos 13 menores de 18 años
LOCALIDAD DE
OCURRENCIA
TOTAL
CASOS POR
LOCALIDAD
TEMPORADA
2012 - 2013
TOTAL
CASOS POR
LOCALIDAD
TEMPORADA
2013 - 2014
TOTAL
CASOS POR
LOCALIDAD
TEMPORADA
2014 - 2015
VARIACION
2013-2014 Vs.
2014-2015
1 USAQUEN 4 1 0 -1
3 SANTAFE 0 3 2 -1
4 SAN CRISTOBAL 3 5 3 -2
5 USME 4 4 3 -1
6 TUNJUELITO 1 1 3 2
7 BOSA 9 7 2 -5
8 KENNEDY 7 6 7 1
9 FONTIBON 1 1 0 -1
10 ENGATIVA 1 5 5 0
11 SUBA 3 5 3 -2
12 BARRIOS UNIDOS 1 1 1 0
13 TEUSAQUILLO 0 0 1 1
14 LOS MÁRTIRES 1 1 0 -1
15 ANTONIO NARIÑO 1 1 0 -1
16 PUENTE ARANDA 0 2 0 -2
18 RAFAEL URIBE URIBE 4 1 7 6
19 CIUDAD BOLIVAR 8 4 5 1
TOTAL BOGOTÁ 48 48 42 -6
FRECUENCIA DE
LOCALIDADCONVENCIÓN
2
5
3
6
Fuente: Subdirección de Vigilancia en Salud Pública - SIVELCE - VIP 2014 - 2015
LESIONADOS POR PÓLVORA SEGÚN LOCALIDAD DE OCURRENCIA.
BOGOTÁ, D.C., TEMPORADAS 2012-2013 A 2014 - 2015
LOCALIDADES SIN VARIACION
CATEGORÍA
LOCALIDADES NUEVAS 2014-2015
LOCALIDADES CON DISMINUCIÓN DE CASOS
LOCALIDADES CON AUMENTO DE CASOS
1. SEGUIMIENTO A COMPROMISOS
POLVORA EN BOGOTÁ
En Usme Se incrementó su uso,
no se detectaron centros de
venta.
Sitios UPZ 61 Ciudad Usme; UPZ
58 Comuneros; UPZ 57 Gran
Yomasa.
2. CONDUCTA SUICIDA EN BOGOTÁ Sistema de Vigilancia Epidemiológica de la Conducta
Suicida SISVECOS
Fuente: Secretaria Distrital
de Salud .Sistema de
Vigilancia Epidemiológica
de la Conducta Suicida
SISVECOS, Base de datos
2012 ,2013 y 2014
*Fuente: Instituto Nacional
de Medicina Legal y
Ciencias Forenses .
Cuadros estadísticos sobre
muertes violentas.
2. CONDUCTA SUICIDA EN BOGOTÁ
SISVECOS USME
Año Casos Tasa
2013 9 2,2
2014 7 1,6
Fuente: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses / Base de datos Sistema de Información para el Análisis de la Violencia
y la accidentalidad en Colombia. Base de datos Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres – SIRDEC.
Tasa de suicidio
Un Nuevo Camino
“El caso de Pedro”
Evidencia el proceso de atención e
intervención con calidad, idoneidad,
experticia, cordialidad, oportunidad e
integralidad.
3. ALERTAS EPIDEMIOLÓGICAS GRUPO URGENCIAS Y EMERGENCIAS EN SALUD PUBLICA
ENFERMEDAD POR VIRUS DE
EBOLA
CHICUNGUNYA EN COLOMBIA
SARAMPION EN EUROPA
CORONAVIRUS DEL MEDIO
ORIENTE
POLIO EN EL MUNDO
1 • Construir propuesta de Plan de Análisis
2 •Caracterización de fuentes de información
3 •Construcción de preliminares de introducción, objetivos, justificación
4 •Gestión y consolidación de fuentes de información primarias y secundarias
5 •Depuración y geocodificación de fuentes de información primarias y secundaria
6 •Construcción de Base de Datos Atlas.
7 •Construcción de las cartografías
8 •Análisis de las cartografías
9 •Construcción del Documento del Atlas.
10 •Presentación preliminar en unidad de análisis local.
4. ANÁLISIS GEOESPACIAL DE EVENTOS NO TRANSMISIBLES: CASO
DISCAPACIDAD
Ciclo vital vejez n: 8265 (49%)
Condición de la vivienda n: 8265
PCD VCA n: 436 PCDS viven solas n: 8265 (4,29%)
4. ANÁLISIS GEOESPACIAL DE EVENTOS NO TRANSMISIBLES: CASO
DISCAPACIDAD
Fuente: Registro para la Localización y caracterización de Personas con discapacidad 2005-2013, MPS-SDS,
Actualización 2013, IDECA 2013 Geografía ASIS Hospital de USME 2014.
5. CÁNCER INFANTIL:
ASPECTOS CLAVES PARA
FORTALECER EN LA VIGILANCIA
Definiciones desde la vigilancia
Caso probable
Leucemia Aguda
Pediátrica Otros tipos
Caso confirmado
Fuente: SIVIGILA. 2014 *Datos a semana epidemiológica 40
Notificación de Casos de
conducta suicida.
Correos electrónicos:
Teléfonos:
7660666 ext. 1048
Ref. SISVECOS 3102278040
PARA RECORDAR SISVECOS
GRACIAS
• Niñas a partir de cuarto grado de
básica primaria entre 9 a 20 años
• Niñas No escolarizadas entre 9 a 17
años
Fecha elegida
Seis meses después de la 1. dosis
60 meses después de la 1. dosis
SENSIBILIZAR A PADRES DE
FAMILIA
EJECUTAR JORNADA DE VACUNACION
COLEGIOS PRIVADOS
COLEGIOS PUBLICOS
Actualmente se han sensibilizado 50 instituciones educativas en la localidad.
Se han inmunizado un total de 300 niñas en la localidad con un índice de 0 Esavi por Vph a la fecha.
GRACIAS
Vigilancia de Lesiones por
Artefactos explosivos y pólvora de pirotecnia
Dirección de Salud Pública
Área de Vigilancia en Salud
Pública
Sistema de Vigilancia
Lesiones de Causa Externa SIVELCE
Generar información útil, confiable y oportuna sobre las lesiones por Explosivos - pólvora de pirotecnia y sus factores de riesgo a nivel distrital , para ajustar las políticas existentes sobre la prevención y el control de este
evento.
Objetivo General
La Ley 670 de 2001, desarrolla parcialmente en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia para garantizar la vida, la integridad física y la recreación del niño expuesto al riesgo por el manejo de artículos pirotécnicos o explosivos. La ley tiene por objeto garantizar al niño los derechos fundamentales a la vida, integridad física, la salud y la recreación, establecer las previsiones de protección al niño por el manejo de artículos o fuegos pirotécnicos y confirmar que los derechos fundamentales de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Ley 1098 del 2006 por la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia cuyo objeto es establecer normas sustantivas y procesales, para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la constitución política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, el estado. El Gobierno Nacional reglamentó parcialmente la ley 670 de 2001, con el decreto 4481 de 2006, mediante el cual establece los parámetros de “protección a los menores de edad, la atención de urgencias y los requisitos para la autorización por parte de los alcaldes para la distribución, venta y uso y la distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, estableciendo seguridad, que se determine técnicamente por las autoridades o cuerpos de bomberos para prevenir incendios o situaciones de peligro.
MARCO LEGAL
Definición De Caso
• Lesiones auditivas, más específicamente ruptura timpánica por la detonación.
• Quemaduras de primer, segundo y tercer grado.
• Heridas, abiertas y pérdida de partes del cuerpo.
• Daños y lesiones oculares tipo laceración.
• Amputaciones (mas frecuente dedos y genitales por pólvora en bolsillos).
• Muerte
Lesiones por explosivos y pólvora de pirotecnia
El tratamiento de las lesiones por pólvora: está incluido en el capítulo de manejo del poli traumatizado en las guías atención de urgencias, del Ministerio de la Protección Social, año 2003
FICHA DATOS
BÁSICOS
VIGILANCIA INTENSIFICADA
Nuevo código del evento
Legislación
Precisión para uso de formato
Vigencia
CARA B
IDENTIFICAR
• Eventos amenazantes y entidad responsable de los registros e Información
• Sitios Críticos • Días Críticos
ACCIONES A DESARROLLAR
• Generación de estados de alerta hospitalaria • Barrido telefónico diario • Determinado el evento
• Reporte (ESE – SDS – INS) • IEC si fuera necesario • Reporte ICBF • Seguimiento y Cierre
Estrategias
“La pólvora te da alegría pero puede venir por tu vida…y la de tus seres queridos”
….TU DECIDES.
REALIMENTACION
SUBPROCESO SIVIGILA
ANDREA DEL PILAR GÓMEZ TRUJILLO
ENFERMERA -AUDITORA
REFERENTE SIVIGILA
HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E.
OPORTUNIDAD DE LA
NOTIFICACION SEMANAL
Semaforización
menos de 90% acumulado
de 90% a 96% acumulado
mas del 97% acumulado
GRUPO I,II,III
GRUPO CENTROS DE ATENCION
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1-5
1 Cami santa Librada 1 1 1 1 1 200% 100%
2 Upa Marichuela 1 1 1 1 1 200% 100%
3 Cami Usme 1 1 1 1 1 200% 100%
GRUPO IV
GRUPO CENTROS DE ATENCION
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1-5
Uba Destino 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Lorenzo Alcantuz 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Santa marta 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Fiscala 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Danubio 1 1 1 1 1 200% 100%
4
GRUPO V
GRUPO CENTROS DE ATENCION
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1-5
Upa Yomasa 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Reforma 1 1 1 1 1 200% 100%
Uba Arrayanes 1 1 1 1 1 200% 100%
Uba la Flora 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa Betania 1 1 1 1 1 200% 100%
Upa San Juan bautista 1 1 1 1 1 200% 100%
5
CE
NT
RO
S P
RIV
AD
OS
CENTROS DE ATENCION
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6
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1-5
CENTRO DE SALUD JUAN
BONAL1 1 1 1 1 200% 100%
COMFACUNDI 1 1 1 1 1 200% 100%
CM GILBERTO CASTRO 1 1 1 1 1 200% 100%
CM MARIA TERESA DIAZ 1 1 1 1 1 200% 100%
CM GERMAN EDUARDO
RODRIGUEZ BERNAL1 1 1 1 1 200% 100%
CM DOCTOR CELIS 0 1 1 1 1 180% 100%
CM BRASILIA 1 1 1 1 1 180% 80%
CM SANTA PILAR 1 1 1 1 1 200% 100%
COLSUBSIDIO SANTA
LIBRADA1 1 1 1 1 200% 100%
SERVIMED 1 1 1 1 1 160% 60%
• Lunes 23 día Festivo: Envió de
notificación viernes anterior o el mismo
lunes.
• Correos cambian
Gracias.!!!